el remolque maniobra y la navegabilidad

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El remolque maniobra y la navegabilidad Entre las obligaciones del armador del buque remolcador relativas a la navegabilidad en el remolque maniobra – remolque portuario destaca la de situar el buque en la proximidad del remolcado y dar comienzo a las operaciones en el lugar y el tiempo convenido (obligación fundamental de puesta del buque al servicio o a disposición del remolcado del contrato de remolque maniobra – remolque portuario), utilizando para ello un buque remolcador idóneo (obligación principal de navegabilidad inicial). El empresario del remolque debe proporcionar a quien solicita el servicio un remolcador adecuado a la finalidad perseguida con el negocio, es decir, un remolcador que estéobjetivamente en las debidas condiciones de navegabilidad al recibir el remolque y poder prestar el servicio particular contratado en el remolque maniobra – remolque portuario. La obligación se extiende tanto a la navegabilidad del remolcador (seaworthiness), como a la relativa a la idoneidad para remolcar (tow-worthiness), siendo que dicha obligación encuentra su fundamento y base en el riesgo profesional objetivo que esta operación genera (debiendo cumplimentarse añadidamente una serie de requisitos de seguridad maritima ). No debe confundirse el comienzo del periodo contractual del remolque maniobra – remolque portuario (cuando, solicitado el remolque y aplazado el consentimiento, se da el visto bueno por el capitán del buque remolcado) con el momento de puesta a disposición del remolcador al capitán del remolcado. Aunque suelen ser momentos muy próximos –se suceden con continuidad-, en la jurisprudencia británica desde antiguo se ha venido entendiendo que la puesta a disposición no comenzaba cuando el buque estaba a la vista, sino

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Page 1: El Remolque Maniobra y La Navegabilidad

El remolque maniobra y la navegabilidadEntre las obligaciones del armador del buque remolcador relativas a

la navegabilidad en el remolque maniobra – remolque portuario destaca la de situar el

buque en la proximidad del remolcado y dar comienzo a las operaciones en el lugar y

el tiempo convenido (obligación fundamental de puesta del buque al servicio o a

disposición del remolcado del contrato de remolque maniobra – remolque

portuario), utilizando para ello un buque remolcador idóneo (obligación principal de

navegabilidad inicial).

El empresario del remolque debe proporcionar a quien solicita el servicio un

remolcador adecuado a la finalidad perseguida con el negocio, es decir, un

remolcador que estéobjetivamente en las debidas condiciones de

navegabilidad al recibir el remolque y poder prestar el servicio particular contratado en

el remolque maniobra – remolque portuario. La obligación se extiende tanto a la

navegabilidad del remolcador (seaworthiness), como a la relativa a la idoneidad para

remolcar (tow-worthiness), siendo que dicha obligación encuentra su fundamento y

base en el riesgo profesional objetivo que esta operación genera (debiendo

cumplimentarse añadidamente  una serie de requisitos de seguridad maritima).

No debe confundirse el comienzo del periodo contractual del remolque maniobra –

remolque portuario (cuando, solicitado el remolque y aplazado el consentimiento, se

da el visto bueno por el capitán del buque remolcado) con el momento de puesta a

disposición del remolcador al capitán del remolcado. Aunque suelen ser momentos

muy próximos –se suceden con continuidad-, en la jurisprudencia británica desde

antiguo se ha venido entendiendo que la puesta a disposición no comenzaba cuando

el buque estaba a la vista, sino cuando se encontraba en posición de recibir órdenes

para tomar el remolque, de atender a las mismas y al alcance de la voz.

La expresión tow-worthiness o toworthiness, que gráficamente es utilizada por

algunas pólizas o contratos de remolque transporte para hacer referencia al certificado

que acredita la navegabilidad del buque o elemento remolcado en el momento que es

puesto a disposición del remolcador, creemos es igualmente válida para describir la

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aptitud, también, respecto del remolcador, pues la cualidad de la remolcabilidad es

válida para todos los buques y elementos que participan en cualquier operación de

este tipo. En cuanto a los efectos o el alcance de la obligación de navegabilidad inicial

se han de extender, no sólo a los relativos a la maniobrabilidad del buque (potencia de

máquinas y agilidad o velocidad de respuesta), sino también a los aspectos relativos a

los equipos de radiocomunicaciones, a otros auxiliares de la navegación, a los

aparejos de cubierta del remolcador, a los cables de remolque, a la capacitación y

adecuación de la tripulación y a la documentación necesaria para realizar

adecuadamente el servicio.

Respecto de las obligaciones del remolcado en el remolque maniobra vinculadas con

la navegabilidad, está claro que, además de prestarse la general diligencia, se obliga

a que su propia nave se halle en correcto estado de navegabilidad para comenzar la

maniobra en el lugar y tiempo convenido y que sea mantenido en esa condición

diligentemente durante la misma. Tendrá éste que actuar con la diligencia media

exigible en la dirección del tren de remolque durante la maniobra, tomando el número

de remolcadores que, en función de las circunstancias que rodean a la maniobra,

sean necesarios.

El contrato remolque maritimo, remolque transporte u oceanico y la navegabilidadLas obligaciones del armador del buque remolcador para el contrato remolque

maritimo, remolque transporte o remolque oceanico (según se desee) relativas a

la navegabilidad e innavegabilidad del buque han de interpretarse e integrarse

analógicamente de las normas de nuestro Código de comercio que regulan la

obligación del fletante en el contrato de fletamento maritimo. A la vista de las

obligaciones de las partes en el contrato remolque maritimo – remolque transporte ,

existe una evidente entrega del buque o de los elementos remolcados al titular del

remolcador para la realización de unviaje-transporte, no siendo posible considerar que

pueda existir la cesión de uso y el disfrute plenos del remolcador por parte del titular

del objeto remolcado. Destaca entre las demás, en el contrato remolque maritimo –

remolque transporte, la de poner el buque remolcador a disposición del remolcado en

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el lugar y en el tiempo pactados y en las debidas condiciones de navegabilidad para

realizar el viaje convenido (siempre de acuerdo con el contrato remolque maritimo –

remolque transporte).

Nuestros abogados maritimos y asesores juridicos en Derecho marítimo entienden

que la puesta a disposición del buque remolcador en el lugar y en el tiempo convenido

al inicio del contrato de remolque maritimo – remolque transporte suele concretarse en

la práctica utilizando el sistema de cláusulas de cancelación y de notificaciones y

avisos de disponibilidad, similares a los que estudiamos en las pólizas de fletamento

por viaje respecto del buque y la carga. Además, aunque exista pacto expreso que

convierta la obligación de navegabilidad inicial en una de medios, la validez de los

mismos será dudosa.

Conforme al contrato remolque maritimo – remolque transporte, la obligación de

mantener la navegabilidad del conjunto durante el transporte maritimo (también la del

remolcado) recae, en principio y en defecto de pacto expreso entre las partes, sobre el

armador o naviero titular del remolcador que, al hacerse cargo del elemento entregado

por el titular del remolcado y asumir la dirección técnica de las operaciones del

remolque y el transporte recibido hasta su destino, asume la obligación

de vigilancia ycuidado diligente de todo el conjunto del remolque, elementos de

conexión y elementos remolcados incluidos. Sobre el titular del buque remolcador

recaerá finalmente la responsabilidad técnico-náutica de su cumplimiento de acuerdo

con el contrato remolque maritimo – remolque transporte, pues la operación de

remolque precisa que sea el mando del buque remolcador quien dirija, coordine y

mantenga en condiciones de navegar en todo momento el convoy en su conjunto (los

pactos suscritos entre las partes en el seno del contrato remolque maritimo –

remolque transporte tendrán, en consecuencia, tan sólo alcance comercial).

Al finalizar el viaje, antes de dar por concluido el contrato remolque maritimo -

remolque transporte, deberá largar el remolque y dejar al remolcado en seguridad en

el punto de destino designado, en las mismas condiciones en las que se recibió al

inicio del contrato remolque maritimo – remolque transporte.

Respecto de las obligaciones del buque u objeto remolcado en el

contrato remolque maritimo – remolque transporte vinculadas con la relación

obligacional de navegabilidad, destaca también la de poner los elementos remolcados

Page 4: El Remolque Maniobra y La Navegabilidad

a disposición del titular del remolcador, en el plazo y en la forma convenidos y en las

debidas condiciones de navegabilidad para ejecutar el viaje acordado en condiciones

de seguridad maritima y del buque.