el iva. tema 3

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TEMA 3 El impuesto sobre el Valor añadido 1

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TEMA 3. EL IVA

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TEMA 3

El impuesto sobre el Valor añadido1

ÍNDICE

PAG.

• Concepto 3 / Características generales del impuesto 4/ Tipos de IVA y Recargos de Equivalencia 5/ Ámbito de aplicación 6/ Operaciones no sujetas 7/ Operaciones exentas 8/ Proceso recaudatorio de IVA 9/ El IVA en Europa 10/ La regla de prorrata 11/ La prorrata genera y especial 12-13/ El Iva y los bienes de inversión 14/ La base imponible 15/ Obligaciones formales 16/ Regímenes especiales 17/ Operaciones realizadas en Canarias 18

GAP2

Concepto.Ley 37/92, 28 de diciembre 1992, Reglamento 29 de diciembre 1992

Tributo de naturaleza indirecta.

Recae sobre el consumo y grava las adquisiciones de bienes y servicios, efectuadas por empresarios y profesIoniales.

GAP3

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Características generales del impuesto Grava la adquisición de

bienes y servicios. (Hecho imponible)

Se calcula aplicando un porcentaje.

Grava la adquisición de bienes y servicios (Hecho imponible). Tipo ordinario. Tipo reducido.

Tipo súper-reducido.

GAP

Nuevos Tipos de IVA desde el 1 de septiembre de 2012

4

Tipos de IVA y Recargos de equivalencia

5

Ámbito de aplicación.

Territorio peninsular e islas Baleares

No en Canarias (Impuesto General Indirecto Canario), Ceuta y Melilla

21%

GAP

7%

6

Operaciones no sujetas.

Transmisión de la totalidad del patrimonio a favor de un solo adquirente.

Entrega de muestras Entrega impresos publicitarios. Servicios prestados por

trabajadores asalariados.

Servicios prestados a cooperativas de trabaja asociado.

Las operaciones de autoconsumo.

Entrega de bienes y prestación de servicios entes públicos.

Entrega de bienes como contraprestación de entrega de bienes o servicios.

GAP7

Operaciones exentas. Limitadas. Plenas.

Servicios públicos postales.

Asistencia sanitaria. Enseñanza, servicios

deportivos y culturales. Seguros. Loterías, apuestas y

juegos. Segunda u posteriores

entregas de edificios. Arrendamientos de

terrenos y edificios para viviendas y garajes.

Operaciones financieras.

Plenas: Exportaciones y adquisiciones intracomunitarias.

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Proceso recaudatorio del IVA

• IVA soportado o deducible.

• IVA repercutido que cobramos a nuestros

clientes.• Declaración del

empresario.

GAP9

10

La regla de prorrata.

Realizar operaciones que den derecho a decucir. (Deducción del IVA soportado)

Realizar operaciones que no tengan derecho a decucir. (No realizar ingreso IVA, ni devolución del soportado)

Realizar operaciones que den derecho a deducción y operaciones que no den derecho a deducción. Regla de prorrata.

GAP11

Importe operaciones con derecho a deducción_______________________________________ x 100 Importe total de las operaciones.•Prorrata Especial:

- Cuando los sujetos pasivos obten por su aplicación.Cuanto el total de las cuotas deducibles aplicando la prorrata general exceda en un 20% que resultaría por la aplicación de la prorrata especial

-

Prorrata General.

GAP12

Las cuotas soportadas en los bienes o servicios utilizados exclusivamente en las operaciones con derecho a deducción podrán deducirse íntegramente.

Las cuotas soportadas en los bienes o servicios utilizados exclusivamente en las operaciones sin derecho a deducción no podrán deducirse.

PRORRATA ESPECIAL

Las cuotas soportadas en la adquisición de bienes o servicios utilizados en operaciones con derecho a deducción serán deducibles en parte

GAP13

El IVA y los bienes de inversión.

Las empresas que adquieren bienes de inversión se deducen el IVA SOPORTADO.

Si la empresa está sometida a la regla de prorrata será necesario regularizar durante cuatros años, siempre que el % de regularización en relación al año de la adquisicón, tenga una diferencia de 10 puntos %.

En caso de terrenos o construcciones, la regularización se efectuará durante los nuevos años siguientes.

GAP14

La base imponible.

Regla General

Importe contraprestación. Comisiones, transportes,

seguros, envases, embalajes, subvenciones, tributos, no IVA, intereses.

NO: Indemnizaciones, dtos., suplidos.

Reglas especiales.

Operaciones en especie. Autoconsumo de bienes.

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Obligaciones formales.

Obligaciones de declarar. Obligaciones de expedir y

entregar facturas. Obligaciones de registro.

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Regímenes Especiales

Régimen Especial Simplificado Régimen Especial para las Agencias de Viajes Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca Régimen Especial de Bienes Usados, Objetos de Arte,

Antigüedades Régimen Especial de Recargo de Equivalencia

17

Operaciones realizadas en Canarias.

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO.

Tipo 0%, todas las cuotas soportadas deducibles.

Tipo reducido 3%. Tipo general 7%. Tipos incrementados 9,5%

y13,5%

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Ley de IVA 37/1992 28 de diciembre http://www.gabilos.com/iva/INDICE.htm

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Bibliografía

Libro de texto Gestión de Aprovisionamiento de MC Graw Hill. Ley Cambiaria y del IVA. Apuntes de la profesora. Internet.

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