el fundamento filosófico del derecho

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El fundamento filosófico del derecho Curso: Filosofía del derecho Prof. Delfín Rafael Pino Martínez 2015

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Page 1: El fundamento filosófico del derecho

El fundamento filosófico del derecho

Curso: Filosofía del derechoProf. Delfín Rafael Pino Martínez

2015

Page 2: El fundamento filosófico del derecho

– Filosofía del derecho –Profesor Delfín Pino Martínez

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– Filosofía del derecho –Profesor Delfín Pino Martínez

• https://www.youtube.com/watch?v=n1Zay9SOYxA

• ¿Cómo aprendemos a comunicarnos?

• ¿Qué comunicamos?

• ¿A quiénes?

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Punto de partida, nos hacemos humanos en sociedad• Aristóteles en su Política: “el hombre es Ζωον πολιτικον, por

naturaleza un animal social”.

• Solo somos seres humanos en sociedad.

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• “En este ámbito es donde encontramos al derecho, en el […] que se producen la acción y la conducta; por lo cual […] el derecho trata de presentarse, siempre, como un instrumento humano porque se ocupa de la vida humana social […], la organiza y establece pautas de comportamiento de esa vida humana.”• P. 40 del texto: Ruíz, Virgilio. Filosofía del derecho, México: Instituto Electoral

del Estado de México, 2009.

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Veamos un segundo punto: la libertad

• ¿Recuerdas las características del saber filosófico?

• ¿Qué son los principios?

• ¿Cuáles son los cuatro principios del saber racional?

• ¿Cuáles son las cuatro causas posibles a partir de Aristóteles?

• ¿Recuerdas la diferencia entre lo necesario y lo contingente?

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Saber filosófico => características

1. Es un conocimiento intelectual <= resultado de la inteligencia.

2. Es un conocimiento discursivo:Piensa en el “curso” de un río. El pensamiento discurre, va y viene, elabora, “reflexiona”…

3. Es conocimiento de lo real: Todo lo que existe, lo que es…

4. Es un conocimiento causal.

5. Es un conocimiento demostrativo.

6. Es un conocimiento de lo necesario.

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Conocimiento de lo necesario

• Lo necesario lo que es no puede ser de otra manera de lo que es.

• Se opone a lo contingentetodo aquello que es, pero que no hay ningún problema en que deje de serlo.• Los seres humanos nacemos, somos bebés, y dejamos de serlo, y no existe problema

con ello.

• De Vries: “El saber (la filosofía) se limita así a lo necesario, que siempre se conduce de la misma manera y, por tanto, a lo universal.”

• El acontecimiento puede ser contingente, mientras la ley reconocida por la ciencia es necesaria.

• Las cosas fluyen y cambian, mientras el objeto de la ciencia es inmutable.

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Principios

• Son proposiciones que Aristóteles llamaba “inmediatas”:

• verdades fundamentales, son indemostrables y que no necesitan demostración porque son evidentes.

• Constituyen los llamados axiomas o primeros principios especulativos, que para su comprensión basta explicarlos o mostrarlos.

• Son la base de cualquier conocimiento, de cualquier saber, de todas las ciencias.

• Son tan necesarios que aun cuando las ciencias ni siquiera los mencionen éstas se encuentran fundamentadas en aquéllos; como los cimientos de una casa o de un edificio, que aunque no se ven, allí están.

• Gracias a ellos que son indemostrables todo lo demás se puede demostrar.

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Los principios de la demostración racional

1. Principio de no contradicción.

2. Principio del tercer excluso (o excluido).

3. Principio de causalidad.

4. Principio de razón suficiente.

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Volvamos:nuestro punto 2 es “la libertad”• La posibilidad del conocimiento se basa en la presunción (la fe) que

puede encontrarse en el mundo reglas que explican los fenómenos y relaciones.

• ¿Podemos poner ejemplos de fenómenos?

• Si esas reglas pueden ser encontradas o conocidas (ciencia), tenemos “leyes” naturales.• ¿Cómo podemos definir esas “leyes”?

• Si lo necesario es “lo que es no puede ser de otra manera”.

• ¿Qué pasa con la libertad humana?

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2) La libertad

• Los seres humanos podemos tomar elecciones: podemos DECIDIR.• ¿esto será el ámbito de “lo necesario”?

• ¿Quién es responsable de esas decisiones?

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2) La libertad

• Los seres humanos podemos tomar elecciones: podemos DECIDIR.• ¿esto será el ámbito de “lo necesario”?

• ¿Quién es responsable de esas decisiones?

• ¿Qué conlleva la responsabilidad?

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2) La libertad

• Los seres humanos podemos tomar elecciones: podemos DECIDIR.• ¿esto será el ámbito de “lo necesario”?

• ¿Quién es responsable de esas decisiones?

• ¿Qué conlleva la responsabilidad?• Podemos “acertar” o podemos “equivocarnos”.

• Podemos actuar (obrar) “bien” o actuar “mal”.

• ¿Cómo se llama la reflexión filosófica respecto al obrar de modo que pueda elegirse lo bueno

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Excurso: la ética

• Fernando Savater, en el primer capítulo de su libro Ética para Amador («De qué va la ética»), define la ética como «el arte de vivir, el saber vivir, por lo tanto el arte de discernir lo que nos conviene (lo bueno) y lo que no nos conviene (lo malo)».

• Ello implica establecer una distinción entre lo que sea bueno y lo que sea malo desde el punto de vista ético, y si el bien y el mal éticos coinciden o no con lo que serían el bien y el mal en sí.

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• “De ahí que García Máynez entienda por conducta “el ejercicio que el hombre hace de su libertad”.72 Por lo tanto, si el hombre es libre para actuar será responsable por lo mismo de lo que realiza. De esta manera podemos decir que el derecho existe por y para la libertad, para hacer posible en su ejercicio la convivencia social. Esto nos permite sostener que el derecho es vida humana, que es vida de la persona, y así llegamos al dato fundamental que estamos buscando: a la realidad jurídica fundamental, que es la persona coexistente.”• P. 41.

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Nuestro punto 3) es el ser “personas”

• Repasemos:

• 1) Solo somos humanos en sociedad.• Nuestra pertenencia a una sociedad nos hace

humanos.

• 2) El ser humanos pertenece al ámbito de la libertad, no de la necesidad.• El mundo natural está en el ámbito de lo necesario.• La libertad hace que los seres humanos podamos

actuar de una u otra manera: elegimos.• La elección nos trae responsabilidad.• Las consecuencias de nuestros actos pueden ser

“aceptadas” o “reprochables”.

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Nuestro punto 3) es el ser “personas”

• 1) Solo somos humanos en sociedad.

• 2) El ser humanos pertenece al ámbito de la libertad, no de la necesidad.

Entonces:

• 3) ¿Cómo actuar respecto a los demás seres humanos?• ¿Podemos comportarnos como en el mundo

natural?

• El más fuerte vence al débil “ley de la selva”.

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3) Persona

• “¿Por qué el dato fundamental? Porque todo lo que compone el Universo […] carecería de sentido si no existiera […] la persona, poseedora de tal dignidad que le hace decir a Kant:

• el hombre, y en general todo ser racional, existe como fin en sí mismo, no sólo como medio para usos cualesquiera de esta o aquella voluntad; debe en todas sus acciones, no sólo las dirigidas a sí mismo, sino las dirigidas a los demás seres racionales, ser considerado siempre al mismo tiempo como fin. [...] Si, pues, ha de haber un principio práctico supremo y un imperativo categórico con respecto a la voluntad humana, habrá de ser tal, que por la representación de lo que es fin para todos necesariamente, porque es fin en sí mismo, constituya un principio objetivo de la voluntad y, por lo tanto, pueda servir de ley práctica universal. El fundamento de este principio es: la naturaleza racional existe como fin en sí mismo. [...] El imperativo práctico será, pues, como sigue: obra de tal modo que uses la humanidad, tanto en tu persona como en la persona de cualquier otro, siempre como un fin al mismo tiempo y nunca solamente como un medio.”• P. 41.

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3) Ser personas

• “Fue necesaria en la historia del ser humano […] la irrupción de la persona de Jesucristo para que, con fundamento en su mensaje de salvación, posteriormente la filosofía cristiana llevara a cabo esa distinción […] Por tanto, es necesario matizar que la noción de persona es patrimonio del cristianismo. Es cierto que ya habían existido términos o palabras tales como prosopon, del griego; personare, del latín, o phersu, del etrusco, pero no con la connotación y significado peculiar y profundo que alcanzó el concepto de persona, después de ese trascendente hecho histórico.”• P. 42

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4) El derecho: la forma de relacionarnos en sociedad• Entre las muchas realidades que podemos percibir en la persona, una de

ellas —como lo hemos escrito arriba— es su naturaleza constitutivamente social: su vivir y su existir es un vivir y coexistir con las cosas y con las demás personas;

• diremos también que su vivir no desde sí mismo, sino desde los otros y con los otros, de ahí que nos parezca una rareza ver a un hombre solo.

• Es por ello que la idea de persona conlleva en sí misma la idea de relación.

• […] Pero no es solamente que la persona se abra al otro, sino que la persona no puede existir más que siendo con los demás; un existir desde lo que los demás han hecho, desde lo que los otros han resuelto que se debe hacer porque ineludiblemente se encuentra inserto en esa vida social. (P. 42)

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4) El derecho: la forma de vivir en sociedad

• Vivir como ser humano, con la dignidad de ser personas, conlleva vivir con los otros, no instrumentando a los demás (sino verlos como fines en si mismos Kant).

• Y vivir con los otros implica vivir como viven estos otros en la sociedad en la que nos hacemos humanos.

• Ese cómo vivir, en su expresión jurídica es el derecho.

• Hay varias formas de relacionarse, por ejemplo los modales, la amistad, la autoridad de los padres, las relaciones de empleador trabajador, y otras. ¿Qué distingue la relación jurídica?

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5) La justicia

• ¿Qué conlleva la libertad en el ámbito individual?

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5) La justicia

• ¿Qué conlleva la libertad en el ámbito individual?• Qué podemos decidir/elegir.

• Que somos responsables por nuestras elecciones.

• Que esas elecciones pueden ser buenas o malas.

• Que nuestras decisiones no pueden dejar de reconocer a los demás como fines en sí mismos imperativo categórico kantiano.

• ¿Cómo tendrían que orientarse las reglas que orientan la forma de vida en sociedad?• ¿Cuál es el criterio desde el que podemos examinar las reglas de convivencia?

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5) La justicia y el derecho

• En esa vida social, por su naturaleza habrá de darse todo tipo de relaciones entre los hombres, unas de ellas marcadas con el carácter jurídico, es decir, que se pueden catalogar algunas como justas y otras valoradas como injustas;

• el derecho pondrá orden y organizará la convivencia del hombre en ese ámbito de la vida social, que es “vida humana relacionada”, como dice Peces-Barba […]

• En este sentido, el Derecho tendrá que regular las relaciones humanas dentro de esa vida social, […] el derecho es la forma misma de la sociedad, la cual es, a su vez, una de las formas de la vida humana;

• sin el derecho la vida social sería impensable como es impensable el derecho fuera de la vida social.

• Por todo lo anterior, nos hemos acercado a una conclusión que me parece muy lógica, pero con contenido ontológico: el derecho no tiene otro fundamento que la naturaleza humana, el hombre. (P. 43)

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Integremos conceptos.

• “Por todo lo anterior, nos hemos acercado a una conclusión que me parece muy lógica, pero con contenido ontológico: el derecho no tiene otro fundamento que la naturaleza humana, el hombre.”• ¿Cómo desarrolla el autor el fundamento del derecho?

• ¿Puedes explicarlo?

• ¿Están presentes las seis características del pensamiento filosófico en ese desarrollo? ¿Cuáles son esas características?

• ¿Están presentes los principios de la demostración racional? ¿Qué es un principio? ¿Cuáles son esos principios de la demostración racional?

• ¿Están presentes los tipos de causas que hemos tratado? ¿Cuáles son esas causas?

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Conclusión

• Hemos visto cómo desde la filosofía se puede encontrar el fundamento primero, universal de aquello que es nuestro objeto de estudio y será nuestra práctica profesional: el derecho.

• Hemos repasado las características del conocimiento filósofico y sus principios.

• Hemos comprendido el ámbito de la libertad humana.

• Hemos comprendido el ámbito de la ética y el de la justicia.

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Fecha del examen parcial

• OJO: el examen parcial será el jueves 24 de setiembre.