el domicilio como factor de conexion
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DOMICILIOTRANSCRIPT
EL DOMICILIO COMO FACTOR DE
CONEXIÓN
YHOYGNEL FIORELLA REYESC.I.: V-19.368.339
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
El Domicilio como Factor de Conexión
La Ley de Derecho Internacional Privado, sustituye el Principio de la Nacionalidad por el Principio del Domicilio, como factor de conexión decisivo en materia de estado,
capacidad y relaciones familiares y sucesorias.
Se establece
que
La Nacionalidad, es el vinculo jurídico y político que une a una persona con un
Estado convirtiéndose en un miembro de la comunidad política de dicho estado, lo que le da derecho a reclamar su protección pero al mismo tiempo lo somete al cumplimiento
de sus normas, tanto de Derecho Interno como Internacional.
El domicilio precisa en lugar en que el individuo es considerado siempre presente,
aunque momentáneamente no lo esté, para el ejercicio de sus derechos y el
cumplimiento de sus obligaciones, el Art. 27 CC señala: El domicilio de una persona se halla en el lugar donde tiene el asiento
principal de sus negocios e intereses.
El Principio del Domicilio, viene a establecer una mejor concordancia entre
las disposiciones de la Ley y las tendencias de la práctica y de la jurisprudenciaLa tendencia hacia el domicilio se
recoge en la Convención Interamericana sobre Domicilio de las
Personas Físicas en el Derecho Internacional Privado, que regula diversos aspectos del mismo y responde a las realidades del
continente.
Principio del Domicilio
Existen dos teorías que pretenden
explicar la naturaleza del Domicilio
Teoría Clásica
según la cual el domicilio no es un lugar sino que una noción
abstracta que supone una relación jurídica entre el sujeto y el lugar,
por lo cual a la persona se le considera siempre presente en
dicho lugar
Teoría Concreta
estima que el domicilio es un lugar concreto en que la Ley supone que la
persona se encuentra siempre para los efectos jurídicos
El Código Civil acoge la teoría concreta y se puede decir que el domicilio es el
lugar en el que legalmente se entiende que una persona está
asentada y donde desarrolla su "idea
jurídica”
Domicilio Político, el cual se refiere al
domicilio dentro del territorio del Estado
Domicilio Civil que es el relativo a cierta y determinada parte
del Estado
Domicilio Civil General, el cual se origina cuando tal
domicilio sea aplicable a la mayoría o generalidad de las relaciones jurídicas
del domiciliado
características:1) Fijeza2) Necesidad3) Unidadel Código Civil Venezolano acoge el principio de la unidad del domicilio general, en su Artículo 27.
Domicilio Civil Especial, cuando el domicilio civil se haya constituido en
cierto lugar específicamente para una o más relaciones
jurídicas determinadas
El Domicilio Legal es aquel que la Ley impone a
determinadas personas en ciertos casos. El Código Civil dispone que este domicilio se determina por las respectivas Leyes que los exigen;
ejemplo: el caso de los jueces quienes tienen su domicilio en el lugar en que ejercen jurisdicción.