el delito. concepto, naturaleza, antecedentes y presupuestos. sesión 1

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Concepto y naturaleza del Delito; antecedentes. Presupuestos del Delito Teoría del Delito

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por Cynthia Berenica Guzmán García de León

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Page 1: El delito. concepto, naturaleza, antecedentes y presupuestos. sesión 1

Concepto y naturaleza del Delito; antecedentes.

Presupuestos del Delito

Teoría del Delito

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DelitoPara Rossi, el delito es la infracción de un

deber exigible, en daño de la sociedad o de los individuos.

Carrara define al delito como la infracción de la ley del Estado promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo moralmente imputable y políticamente dañoso.

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Naturaleza jurídica

Hecho jurídico. Quien comete un delito no tiene la intención de quedar obligado por las consecuencias de su conducta, pese a ello, éstas se producen

Civiles. DelitosFuente de obligaciones Públicas.

Crímenes

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Antecedentes de los delitosEn el derecho primitivo, la comisión de una

conducta contraria al ius daba lugar a un derecho de venganza proporcional al daño recibido. Ley del Talión

Paulatinamente se permitió la amigable composición cuando se trataba de conductas entre particulares, renunciando a la venganza por parte del ofendido; esta sustitución de la venganza privada por la poena pecuniaria llegó a hacerse obligatoria siendo su objeto una poena pecuniaria más allá de la corporal.

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Antecedentes de los delitosEn el derecho romano, después de la Lex

Poetelia Papiria del siglo III a.C. se suprimió la esclavitud y la pérdida de la vida por deudas de carácter civil reservándose en adelante las penas corporales para las conductas contrarias al orden político republicano

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Delitos y CrímenesDelito. En el derecho romano son

obligaciones de carácter civil, privado. Actos cometidos en contra de particulares

perseguidos y sancionados legalmente. En el derecho romano se llaman delitos en

contraposición al ilícito que da lugar a un juicio público o crimen.

Crímen. En el derecho romano son obligaciones públicas, conductas contraria al orden Romano perseguidas y sancionadas corporalmente.

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DelictaLos delitos presuponen malicia de quien los

comete, el Dolo malo, sin embargo, también entran en la categoría de delitos los hechos ilícitos imprudenciales, los llamados delitos culposos.

Los delitos del ius civile consisten en agravios privados bien de carácter patrimonial, por sustracción –furtum- o daño –damnum- de cosas ajenas, bien de carácter personal, por lesiones corporales u ofensas morales, que los juristas clásicos abarcan con el nombre genérico de iniuriae.

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CrimenDaba lugar a una acción persecutoria

del orden político romano por la comisión de un hecho ilícito que afectaba a toda la comunidad, la civitas romana. Se perseguían de oficio por las autoridades que tenían coercitio (facultad policiaca) o bien mediando petición de parte.

Se sustanciaban a través de un Procedimiento penal del derecho público denominado Quaestiones:

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QuaestionesLa justicia coercitiva y policial de los

magistrados romanos se manifestaba en el tribunal de los los tresviri capitales, al que desplazaba en el Imperio la jurisdicción del praefectus urbi y del praefectus vigilum. En provincias romanas las causas criminales lo mismo que las civiles se sometían a la jurisdicción del gobernador.

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Quaestiones de repetundis (exacciones ilícitas o concusión de magistrados,

perseguía la restitución de la exacción ilícita e imponía una pena del doble, en caso de insolvencia del deudor de la exacción se podía hacer efectiva contra terceros adquirentes ;

de sicariis o de homicidio castigada con insaculación junto a animales exsecrables seguida de inmersión en el agua;

de veneficiis o de envenenamientos; de laesa maiestate, o de abuso de poder o traición a la Soberanía

romana; de vi; o de actos de molestia; de falsis o de falsificación; de ambitu o manejos ilícitos en las elecciones sólo para los

municipios en la época imperial. de peculatu o apropiación de fondos públicos. La Lex iulia de

peculado en tiempos de Augusto trataba conjuntamente ese crimen, el sacrilegio y la retención de fondos públicos –residua-;

de plagiariis o de apoderamiento de personas libres también conocido como secuestro.

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PoenasLas penas de los juicios criminales son públicas y de

varias clases: Bajo el nombre de pena capital se comprende la muerte, súmmum supplicium generalmente golpe de espada, la deportación con pérdida de la ciudadanía conocida como la antigua interdictio aquae et ignis –se daba contra el que había acudido al exilium para evitar una condena capital y sólo posteriormente se vino a identificar con la deportatio-; la condena a mina conocida como metallum con pérdida de la libertad; así también el derecho criminal conoció la relegatio como los trabajos forzados -opus metalli-, y el apaleamiento, sin pérdida de ciudadanía; además se conoció la prisión con cadenas –custodia- o sin ellas –carcer- la que propiamente no constituye una pena sino una situación transitoria del acusado en un juicio criminal. Las penas aplicadas a los esclavos son siempre más graves y afrentosas como la crucifixión.

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Teoría del DelitoPresupuestos del análisis del delito

SUJETOS ACTIVO OBJETO MATERIAL

PASIVO JURÍDICO

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Sujeto activo

El sujeto activo o agente criminal es la persona física que comete el delito;

El tipo penal o descripción de la conducta sancionada puede exigir calidades específicas del sujeto activo:

Ejemplo: Sólo la mujer embarazada puede ser sujeto activo en el aborto procurado

Del mismo modo: Sólo el ascendiente, descendiente, cónyuge, concubina, concubinario, hermano etc., puede ser sujeto activo del tipo homicidio en razón del parentesco

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Sujeto pasivoEl sujeto pasivo es la persona física o moral

sobre el que recae el daño o peligro causado por la conducta realizada por el delincuente. Puede ser al mismo tiempo sujeto pasivo de la conducta y del delito o bien es posible que éstos sean distintas personas como en el caso del robo.

Sujeto pasivo de la conducta. El que resiente directamente el daño

Sujeto pasivo del Delito: el titular del bien jurídico tutelado

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Sujeto pasivoTambién en algunos casos el tipo penal

establece características especiales para este sujeto:

Ejemplo: sólo el producto de la concepción puede serlo en el caso del aborto.

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Objeto material y jurídicodel delitoMaterial. Se trata de la persona o cosa

sobre la cual recae el daño causado por el delito cometido o el peligro en que se colocó a dicha persona (sujeto pasivo) o cosa.

Jurídico. El objeto jurídico es el interés jurídicamente protegido por la ley penal.

Nuestro código penal clasifica los tipos penales de acuerdo con el bien jurídicamente protegido.

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BibliografíaSobre los presupuestos del delitos y el

camino del delito. Véase. Amuchategui. Derecho Penal (parte

general). 2ºedición. Ed. Oxford. P.34-37.