el capital social abog. ana milagros cerpa h.. capital social (1) es el valor de los aportes que...

14
EL CAPITAL SOCIAL EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.

Upload: belen-gutierrez-belmonte

Post on 25-Jan-2016

215 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

EL CAPITAL SOCIAL EL CAPITAL SOCIAL

ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.

Page 2: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

CAPITAL SOCIAL (1)CAPITAL SOCIAL (1)Es el valor de los aportes que

realizan los socios destinados a cumplir el objeto de la sociedad.

Conformado por aportes dinerarios y/o no dinerarios, servicios, etc; dependerá del tipo social.

Estará representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los accionistas (sociedad anónima).

Page 3: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

CAPITAL SOCIAL (2)CAPITAL SOCIAL (2)Estará integrado por los aportes

de los socios, el que está dividido en participaciones (SRL).

El patrimonio inicial está formado por los aportes de la persona natural que la constituye (EIRL).

Page 4: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

CAPITAL SOCIAL (3)CAPITAL SOCIAL (3)En la S.A. el estatuto (reglas de

funcionamiento de la sociedad) debe contener “el monto del capital social, el número de acciones en que está dividido, el valor nominal de cada uno de ellos y el monto pagado por cada acción suscrita” (Art. 55 LGS).

En las sociedades de capital no se admite el aporte en industria (servicios).

Page 5: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

CAPITAL SOCIAL (4)CAPITAL SOCIAL (4)ES UNA ENTIDAD FORMAL, carece

de consistencia real, es una partida del pasivo no exigible, y no tiene porqué materializarse en bienes concretos. No tiene nada que ver con la liquidez de la empresa o los recursos operativos de la misma.

ES UNA ABSTRACCIÓN JURÍDICA, que significa la garantía indirecta que los socios se obligan a mantener por encima del pasivo social.

Page 6: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

CAPITAL SOCIAL (5)CAPITAL SOCIAL (5)No está amparado por el

principio de legitimación, sino por el de responsabilidad frente a lo declarado.

Page 7: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

DIVISIÓN DEL CAPITAL, DIVISIÓN DEL CAPITAL, SUSCRIPCIÓN Y PAGOSUSCRIPCIÓN Y PAGO

S.A. : El capital se representa en acciones, que deben tener el mismo valor nominal.

SRL: El capital se divide en participaciones, que vienen a ser porciones iguales, acumulables e indivisibles que representan partes alícuotas del capital.

S.A: Las acciones deben estar pagadas en por lo menos un 25% del valor nominal de cada acción (Art 84 LGS).

Page 8: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

La parte no pagada del capital son “Dividendos Pasivos”, el cual debe ser abonado en la forma y plazo previsto en el pacto social o en acuerdo en junta General (Art 78) aplicable a la SRL.

No se aceptan indeterminaciones frente a la forma de pago de las acciones.

Page 9: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

APORTACIONES DE LOS APORTACIONES DE LOS SOCIOS SOCIOS

La aportación es la principal obligación del socio.

En las sociedades de capital sólo podrá hacerse en bienes (Art. 51 LGS)

El pacto social debe indicar expresamente la forma cómo se paga el capital y el aporte de cada socio (Art.54-4 LGS)

Podrá ser dinerario o no dinerario (muebles, inmuebles, títulos valores)

Page 10: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

APORTES DINERARIOSAPORTES DINERARIOSSe justifica mediante documento

emitido por institución bancaria o financiera respecto al depósito a nombre de la sociedad (Art. 23 LGS).

Page 11: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

APORTES NO DINERARIOSAPORTES NO DINERARIOSMuebles: Se justifica con el

documento “Informe de Valorización” que se inserta en la Escritura Pública donde consta la descripción de los bienes o de derechos de crédito, los criterios empleados para su valuación y su respectivo valor. La realiza el Gerente General.

Inmuebles: Se justifica efectuada al otorgarse la escritura publica en la que conste el aporte (Art. 25 LGS).

Page 12: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

APORTES NO DINERARIOSAPORTES NO DINERARIOSDerechos de crédito: Títulos

Valores o documentos de crédito en general. (Art 26 LGS)

El pacto social debe permitir este tipo de aporte. El aportante no debe ser el obligado en el título valor o docuemnto de crédito.

Se transfiere con el endoso y sin perjuicio de la responsabilidad solidaria.

Page 13: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

SANEAMIENTO DE LOS SANEAMIENTO DE LOS APORTESAPORTES

El socio aportante se obliga al saneamiento del bien aportado mueble o inmueble, de manera general y particular (caso conjunto de bienes que se transfieren como un bloque patrimonial).

Cesión de Derechos: el aportante se responsabiliza hasta el límite del valor atribuido al derecho cedido: Existencia-exigibilidad-solvencia del deudor

(Art. 28 LGS)

Page 14: EL CAPITAL SOCIAL ABOG. ANA MILAGROS CERPA H.. CAPITAL SOCIAL (1) Es el valor de los aportes que realizan los socios destinados a cumplir el objeto de

RIESGOS DE LOS BIENES RIESGOS DE LOS BIENES APORTADOSAPORTADOS

Aporte en Propiedad: De la sociedad desde que se verifica su entrega.

Aporte en uso o usufructo: Del socio(Art.29 LGS)