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CEPRE (Quieres más material educativo >> CLIC AQUÍ <<) Pág. - 63 - EL SISTEMA TRIBUTARIO I. DEFINICIÓN Es un conjunto de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones que se originan por la aplicación de tributos en el país. La misión principal del sistema tributario es la de proveer de ingresos al Estado. En mérito a facultades delegadas, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Legislativo No. 771 dictó la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, vigente a partir desde 1994, con los siguientes objetivos: Incrementar la recaudación. Brindar al sistema tributario una mayor eficiencia, permanencia y simplicidad. Distribuir equitativamente los ingresos que corresponden a las Municipalidades. El Código Tributario constituye el eje fundamental del Sistema Tributario Nacional, ya que sus normas se aplican a los distintos tributos. De manera sinóptica, el Sistema Tributario Nacional puede esquematizarse de la siguiente manera. II. ELEMENTOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO 1. POLÍTICA TRIBUTARIA Son los lineamientos de política económica que orientan y dirigen al sistema tributario. La política tributaria es diseñada y formulada por el Ministerio de Economía y Finanzas y es aplicada por la Administración Tributaria 2. NORMAS TRIBUTARIAS Son el conjunto de disposiciones legales a través de los cuales se aplica la política tributaria. Por ejemplo el Código Tributario, la Ley de Impuesto a la Renta, etc. La norma tributaria está a cargo principalmente del congreso. 3. ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Son los organismos que se encargan de la recaudación de los tributos en el país, son los que ejecutan la política tributaria. Los organismos que la componen son: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) Es un organismo público, descentralizado, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas; tiene por funciones, fiscalizar, recaudar, administrar los tributos internos, aranceles dirigidos al Gobierno Central, (con excepción de los tributos municipales). * SUNAD ha sido absorbida por SUNAT desde el 2002 Las municipalidades Encargadas de administrar exclusivamente las contribuciones, tasas e impuestos dirigidos a ellas, como por ejemplo, el impuesto al patrimonio predial, el impuesto de rodaje, las licencias de funcionamiento, los pagos por servicios de limpieza pública o por parques y jardines, etc. LOS TRIBUTOS A) DEFINICIÓN Es una prestación en dinero o en especie, que el Estado exige a los contribuyentes, con el objetivo de solventar los gastos que le demandan el cumplimiento de sus fines, “el bienestar general”. NOTA: Los tributos sólo se crean, modifican o derogan mediante ley, salvo que el congreso autorice al presidente de la república crearla mediante Decreto Legislativo. ECONOMÍA 13 LETRAS

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EL SISTEMA TRIBUTARIO

I. DEFINICIÓN Es un conjunto de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones que se originan por la aplicación de tributos en el país. La misión principal del sistema tributario es la de proveer de ingresos al Estado. En mérito a facultades delegadas, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Legislativo No. 771 dictó la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional, vigente a partir desde 1994, con los siguientes objetivos:

• Incrementar la recaudación. • Brindar al sistema tributario una mayor eficiencia,

permanencia y simplicidad. • Distribuir equitativamente los ingresos que

corresponden a las Municipalidades. El Código Tributario constituye el eje fundamental del Sistema Tributario Nacional, ya que sus normas se aplican a los distintos tributos. De manera sinóptica, el Sistema Tributario Nacional puede esquematizarse de la siguiente manera.

II. ELEMENTOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO 1. POLÍTICA TRIBUTARIA

Son los lineamientos de política económica que orientan y dirigen al sistema tributario. La política tributaria es diseñada y formulada por el Ministerio de Economía y Finanzas y es aplicada por la Administración Tributaria

2. NORMAS TRIBUTARIAS

Son el conjunto de disposiciones legales a través de los cuales se aplica la política tributaria. Por ejemplo el Código Tributario, la Ley de Impuesto a la Renta, etc. La norma tributaria está a cargo principalmente del congreso.

3. ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Son los organismos que se encargan de la recaudación de los tributos en el país, son los que ejecutan la política tributaria. Los organismos que la componen son: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) Es un organismo público, descentralizado, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas; tiene por funciones, fiscalizar, recaudar, administrar los tributos internos, aranceles

dirigidos al Gobierno Central, (con excepción de los tributos municipales). * SUNAD ha sido absorbida por SUNAT desde el

2002 Las municipalidades

Encargadas de administrar exclusivamente las contribuciones, tasas e impuestos dirigidos a ellas, como por ejemplo, el impuesto al patrimonio predial, el impuesto de rodaje, las licencias de funcionamiento, los pagos por servicios de limpieza pública o por parques y jardines, etc.

LOS TRIBUTOS A) DEFINICIÓN Es una prestación en dinero o en especie, que el Estado exige a los contribuyentes, con el objetivo de solventar los gastos que le demandan el cumplimiento de sus fines, “el bienestar general”. NOTA: Los tributos sólo se crean, modifican o derogan mediante ley, salvo que el congreso autorice al presidente de la república crearla mediante Decreto Legislativo.

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13 LETRAS

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El presidente de la república fija tasas arancelarias mediante Decreto supremos. Los gobiernos locales tienen facultades originarias pero restringidas. B) IMPORTANCIA. Los tributos en el país son importantes porque permiten: a. Financiar los gastos del Estado. b. Redistribuir la riqueza en un país. c. Establecer una igualdad ante la Ley. d. Manejar la política económica del país.

C) PRINCIPIOS DE LA TRIBUTACIÓN. a) Legalidad. Es decir, que serán establecidas teniendo

en cuenta los principios constitucionales. Todo tributo debe ser impuesto vía una norma legal. b) Equidad. Ser leyes igualitarias, en donde no se tiene

en cuenta el tipo de empresa o persona. c) Publicidad. Los tributos deben ser dados a conocer

antes de ser aplicados, para evitar arbitrariedades y se publica en el diario oficial “el peruano”.

d) Capacidad de pago. Los tributos deben tener en cuenta la capacidad económica del contribuyente es decir de acuerdo a la renta del contribuyente.

D) CLASIFICACIÓN DE TRIBUTOS. Los tributos se clasifican según el Código Tributario. 1. IMPUESTOS Es un tributo de pago obligatorio, que no genera ninguna contraprestación directa ni inmediata del Estado hacia el contribuyente. Los impuestos son creados por el Congreso a través de leyes, como por ejemplo: IGV, ISC, Impuesto a la Renta. Existen dos clases de impuestos: IMPUESTOS DIRECTOS Es el impuesto que grava la renta y patrimonio: El Estado puede optar por dos diferentes maneras de hacer efectivo el pago de los impuestos directos. a) Método de la proporcionalidad. Método mediante el cual, la tasa impositiva se fija independientemente del ingreso de las personas. Así, aquellas personas con bajos ingresos deben deducir de su renta por concepto de impuestos, un porcentaje igual al de aquellas personas de altos ingresos.

b) Método de la progresividad. Existe relación directa entre el ingreso de las personas y la tasa impositiva. Este método favorece a las personas de bajos ingresos, pues el que menos gana paga menos.

PRINCIPALES IMPUESTOS DIRECTOS Impuesto a la Renta El Impuesto a la Renta grava las rentas que provengan del capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales a aquéllas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos, están divididas en cinco categorías: • Primera categoría, las rentas reales (en efectivo o en

especie) del arrendamiento o sub – arrendamiento. • Segunda categoría, intereses por colocación de

capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias (actividades financieras)

• Tercera categoría, en general, las derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios.

• Cuarta categoría, las obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.

• Quinta categoría, las obtenidas por el trabajo personal prestado en relación de dependencia.

Impuesto Predial El Impuesto Predial es un tributo municipal de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos o rústicos. Para este efecto, se consideran predios a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes. La Tasa del Impuesto es acumulativa y progresiva variando entre 0.2% y 1%, dependiendo del valor del predio. Se encuentran inafectos del Impuesto Predial, entre otros, los de propiedad de las Universidades, centros educativos y los comprendidos en concesiones mineras. Impuesto al Patrimonio Vehicular El Impuesto al Patrimonio Vehicular es de periodicidad anual y grava la propiedad de los vehículos automóviles, camionetas y station wagons, fabricados en el país o importados, con una antigüedad no mayor de 3 años. La antigüedad de 3 años se computará a partir de la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. La base imponible está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, siendo que la tasa es de 1%

IMPUESTOS INDIRECTOS Los impuesto indirectos gravan el mayor o menor consumo de ciertos artículos generados por el Estado. PRINCIPALES IMPUESTOS INDIRECTOS Impuesto General a las Ventas IGV El Impuesto General a las Ventas, grava la venta en el país de bienes muebles, la prestación o utilización de servicios en el país, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos.

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Impuesto de Promoción Municipal IPM Este Impuesto se aplica en los mismos supuestos y de la misma forma que el Impuesto General a las Ventas, con una tasa de 2%, por lo tanto, funciona como un aumento de dicho Impuesto. En la práctica, en todas las operaciones gravadas con el Impuesto General a las Ventas se aplica la tasa del 18%, que resulta de la sumatoria de este impuesto con el de Promoción Municipal Impuesto Selectivo al Consumo ISC El Impuesto Selectivo al Consumo es un tributo al consumo específico. De manera similar a lo que acontece con el Impuesto General a las Ventas este tributo es de realización inmediata, pero se determina mensualmente. Las tasas de este Impuesto oscilan entre 0 y 118%, dependiendo del bien gravado, según las tablas respectivas. Impuesto de Alcabala El Impuesto de Alcabala grava las transferencia de inmuebles a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio. La base imponible será el valor del inmueble determinado para efectos del Impuesto Predial. La tasa aplicable es del 3%, de cargo del comprador. FUNCIONES DEL IMPUESTO Los impuestos existen en la medida que permiten cumplir alguna, todas las funciones siguientes:

a. Asignación de recursos Permiten corregir algunas fallas de mercado, como por ejemplo las externalidades negativas, con lo que pueden acercar la economía a una situación de Pareto óptima. b. Redistribución de ingresos Pueden ser usados para disminuir las diferencias de ingresos en la población mediante la aplicación de mayores tasas impositivas a los individuos de mejor posición relativa. c. Estabilización de la Economía Cuando ocurren desequilibrios profundos en la economía y está presente un déficit fiscal considerable, un aumento de los impuestos puede ayudar a retornar el equilibrio. d. Financiamiento de los Gastos Públicos Los gastos de gobierno también cumplen las tres funciones anteriores, por lo que es importante asegurar su adecuado financiamiento. De esta manera, los impuestos cumplen con cada una de las funciones gubernamentales tanto directa como indirecta.

2. TASAS Es un tributo cuyo pago genera una contraprestación directa de un servicio público individualizado, prestado por el Estado en favor del contribuyente. Entre ellos tenemos:

Arbitrios Son aquellos que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público, como por ejemplo, el arbitrio de limpieza de parques y jardines, etc. Derechos Son aquellos que se pagan por el uso de un bien público; por ejemplo, el peaje en las carreteras, o por la prestación de un servicio administrativo. Licencias Son aquellas que se pagan por la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades económicas para la realización de actividades económicas de provecho particular para el contribuyente.

3. CONTRIBUCIONES Es un tributo cuyo pago origina, para el contribuyente, ciertos derechos o beneficios derivados de actividades del Estado (obras públicas). Algunos de ellos son:

Contribución al SENATI (SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL) La Contribución grava el total de las remuneraciones que pagan a sus trabajadores las empresas que desarrollan actividades industriales manufactureras. La tasa de la Contribución al SENATI es de 0.75% del total de las remuneraciones que se paguen a los trabajadores. Contribución al SENCICO Aportan al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, las personas naturales y jurídicas .La tasa de esta contribución es de 0.2% y se aplica sobre el total de los ingresos que perciban los sujetos pasivos, por concepto de materiales, mano de obra, gastos generales, dirección técnica, utilidad y cualquier otro elemento facturado al cliente, cualquiera sea el sistema de contratación de obras. DATOS COMPLEMENTARIOS LA CURVA DE LAFFER La curva de Laffer representa la relación existente entre los ingresos fiscales y los tipos impositivos, mostrando como varía la recaudación fiscal al modificar los tipos impositivos. Fue difundida por el economista Arthur Laffer, aunque cinco siglos antes el economista nor-africano Ibn Jaldún ya había teorizado sobre la relación entre los tipos impositivos y la recaudación, y también John Maynard Keynes unos pocos años antes.

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La curva de Laffer representa la relación existente entre los ingresos fiscales y los tipos impositivos, mostrando como varía la recaudación fiscal LA TRIBUTACIÓN EN EL PERÚ La tributación en el Perú está reglamentada por el Código Tributario, que indica el conjunto de pagos obligatorios que deben hacer las personas naturales o jurídicas, las sociedades conyugales, sucesiones indivisas u otros entes colectivos, nacionales y extranjeros domiciliados en el Perú (los no domiciliados también tienen obligaciones en relación a patrimonios, rentas y contratos) en favor del Estado Peruano y de los gobiernos locales. Entre estos pagos se comprenden los impuestos, las contribuciones, las tasas, los arbitrios, los derechos, las licencias y otros. Una de las medidas para fijar tributos que afectan a personas o instituciones con determinados ingresos o capital, y que también se usa para fijar el costo de las sanciones, es la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que es un valor de referencia (Año 2017 = S/ 4050). Los tributos constituyen, como ya hemos visto en el presupuesto de la Nación, la base del financiamiento de las actividades del sector público. Las del Gobierno Central (que comprende todos los volúmenes citados, menos el volumen de gobiernos locales) se financian con el Impuesto a la Renta, el IGV, el SC y los derechos arancelarios. En cambio, las actividades de los gobiernos locales se financian con el impuesto predial, la alcabala,

el impuesto aí patrimonio vehicular y los impuestos a juegos y apuestas. LA SUNAT La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) es una institución pública descentralizada del sector Economía y Finanzas, encargada de la administración y recaudación de los tributos internos y aranceles (los tributos que van a financiar los gastos o volúmenes que tiene que afrontar el Gobierno Central). Son funciones de la SUNAT 1. Administrar los procesos de recaudación y

fiscalización de los tributos internos, así como resolver las reclamaciones que se presentan

2. Recaudar los tributos, para lo cual cuentan con todo un Sistema de Recaudación Bancaria

3. Prevenir y detener la evasión tributaria 4. Formar conciencia tributaria 5. Proceder a cobrar coactivamente a quienes no han

cancelado su deuda tributaria 6. Sancionar a los infractores tributarios EVASIÓN Y ELUSIÓN Tanto la evasión como la elusión generan menores recaudaciones tributarias para el fisco. Sin embargo, existe una diferencia crucial entre ambas conductas, la cual guarda relación con la legalidad o no de la misma, mientras la primera es ilegal y, por lo tanto, constituye un hecho sujeto a sanción, la segunda es perfectamente válida ya que consiste precisamente en aplicar la ley aprovechándose de algún vacío o indefinición de la misma

LA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA - UIT: Es un valor de referencia utilizado por las normas tributarias límites de afectación, deducción, para determinar bases imponibles, para aplicar sanciones, etc. Su valor se determina considerando los supuestos macroeconómicos. Para el ejercicio 2017 ha sido fijada en S/ 4050.

EJERCICIOS DE CLASE

1. ¿Cuál de los siguientes impuestos no es un impuesto indirecto?

A) Arancel B) Impuesto a la Renta C) Impuesto selectivo al consumo D) Impuesto general a las ventas E) Alcabala

2. Buenos ejemplos de impuestos directos son:

A) Los pagos de los empresarios a ESSALUD B) Aquellos que se aplican a las ventas C) Aquellos que afectan el consumo D) Los pagos por concepto de peaje E) Aquellos que afectan la renta de las personas

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3. Es un impuesto proporcional al valor del bien importado.

A) Arancel Flat B) Arancel específico C) Arancel escalonado D) Arancel ad-valorem E) Arancel compuesto

4. Señale Ud. el impuesto que no administra la SUNAT.

A) I.G.V. B) I.S.C. C) Impuesto predial D) Impuesto a la Renta E) Impuesto a las transferencias financieras

5. En nuestro país, la política tributaria es ejecutada

por............ A) Sunat B) Las Aduanas C) MEF D) Sunad E) Sistema tributario

6. Según el código tributario peruano, los tributos

pueden ser: A) Tasas, impuestos, contribuciones B) Contribuciones, aranceles C) Arbitrios, derechos, licencias D) Impuestos y tasas E) Derechos e impuestos

7. Es una clase de impuestos:

A) Arbitrios B) Derechos C) Licencias D) Directos E) Contribuciones

8. Los impuestos directos gravan:

A) La importación de bienes B) La producción de bienes y servicios C) Los ingresos y propiedades de las personas D) Los bienes de consumo masivo E) El consumo de bienes suntuarios

9. A cambio de su pago beneficia a todos los miembros

de la sociedad y no únicamente a aquellos que contribuyeron. Nos referimos a: A) Las tasas B) Las contribuciones C) Los tributos D) Los impuestos E) Los derechos

10. Se paga por la compra de un bien y es el de mayor

ingreso para el Estado: A) Impuesto de promoción municipal B) Impuesto a la renta C) Impuesto selectivo al consumo D) Impuesto general a las ventas E) Impuesto a la gasolina

11. La política tributaria como uno de los elementos del sistema tributario es diseñada por.............. A) Sunat B) Aduanas C) El MEF D) La Comisión de Economía E) Sistema tributario

12. No es un tributo para el gobierno central por lo tanto

lo administra las municipalidades. A) Impuesto a la Renta B) Impuesto General a las Ventas C) Impuesto Selectivo al Consumo D) Régimen Único Simplificado E) Impuesto de alcabala

EJERCICIOS DE EVALUACIÓN

1. Con respecto al tributo indicar la alternativa que

menos se relaciona:

A) Se crean en virtud de una Norma B) Se establecen teniendo en cuenta cierta

capacidad contributiva de los ciudadanos. C) Los altos funcionarios están exonerados del pago

de tributos D) El Estado tiene la facultad de exigirlo. E) Son prestaciones comúnmente en dinero

2. Son los lineamientos que orientan, dirigen y

fundamentan el sistema tributario. Nos estamos refiriendo a:

A) El sistema tributario. B) La administración tributaria. C) El Código Tributario. D) La política tributaria. E) Las disposiciones que al respecto emite el

Presidente de la República 3. Institución pública descentralizada del Sector de

Economía y Finanzas que se encarga de la administración de los tributos internos:

A) El Congreso de la República. B) Los municipios. C) Aduanas. D) Sunat E) Municipalidad

4. Cuál de las alternativas siguientes presenta las

clases de tasas se señala el Código Tributario:

A) Contribución e impuesto a la renta. B) Impuestos y arbitrios del Gobierno Central. C) Contribuciones, tasas e impuestos. D) Licencias, arbitrios y derechos. E) Impuestos, tasas y derechos administrativos.

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5. Este impuesto se hace tomando en cuenta elementos que reflejan la capacidad de pago del contribuyente:

A) Impuesto Selectivo al Consumo. B) Impuesto General a las Ventas. C) Impuestos indirectos. D) Impuestos directos. E) Licencias.

6. Es la prestación que el Estado exige a los

contribuyentes generalmente en dinero.

A) Tributo B) Impuesto C) Contribución D) Tasa E) Derecho

7. Es un tributo que no genera contraprestación directa

a favor del Contribuyente:

A) Impuesto B) Tasa C) Licencia D) Derecho E) Alcabala

8. Un Gerente de una empresa que gana 6,500 soles

mensuales, genera una renta de……. a favor del Estado.

A) Primera categoría B) Segunda categoría C) Tercera categoría D) Cuarta categoría E) Quinta categoría

9. Existe el impuesto directo, los cuales gravarán

directamente nuestros ingresos o riquezas basadas en nuestro patrimonio o actividad económica que realizamos. Al principal impuesto de este tipo para el gobierno central, se denomina:

A) impuesto general a las ventas B) impuesto selectivo al consumo C) impuesto a las transacciones financieras D) impuesto a la renta E) impuesto predial

10. El tributo que pagan las personas naturales y

jurídicas de manera obligatoria y sin recibir ninguna contraprestación directa por parte del Estado, recibe el nombre de:

A) Tasa B) Impuesto C) Contribución D) Licencia E) Arbitrio

11. Es un valor de referencia utilizado por SUNAT para

la determinación de bases impositivas y para este año 2017 asciende a 4050 soles.

A) Impuesto indirecto B) IGV C) ISC D) UIT E) Impuesto directo

12. Señale la relación que contenga impuestos indirectos.

A) IGV - impuesto a la renta B) ISC - impuesto predial C) IGV - arancel D) Impuesto predial - ISC E) Impuesto a la renta - arancel