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El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular. Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla: Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”. El artículo 5 del Código contencioso administrativo, viene a desarrollar este principio constitucional en los siguientes términos: Peticiones escritas y verbales. Toda persona podrá hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a través de cualquier medio. Las escritas deberán contener, por lo menos: 1. La designación de la autoridad a la que se dirigen. 2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante legal o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección. 3. El objeto de la petición. 4. Las razones en que se apoya. 5. La relación de documentos que se acompañan. 6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso. Si quien presenta una petición verbal afirma no saber o no poder escribir y pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedirá en forma sucinta. Las autoridades podrán exigir, en forma general, que ciertas peticiones se presenten por escrito. Para algunos de estos casos podrán elaborar formularios para que los diligencien los interesados, en todo lo que les sea aplicable, y añadan las informaciones o aclaraciones pertinentes. A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, autenticada por el

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Derecho petición

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El derecho de peticin es un derecho que la Constitucin nacional en su artculo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre informacin sobre situaciones de inters general y/o particular.Textualmente el artculo 23 de la constitucin nacional contempla:Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de inters general o particular y a obtener pronta resolucin. El legislador podr reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.El artculo 5 del Cdigo contencioso administrativo, viene a desarrollar este principio constitucional en los siguientes trminos:Peticiones escritas y verbales.Toda persona podr hacer peticiones respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, a travs de cualquier medio.Las escritas debern contener, por lo menos:1. La designacin de la autoridad a la que se dirigen.2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de surepresentante legalo apoderado, si es el caso, con indicacin del documento de identidad y de la direccin.3. El objeto de la peticin.4. Las razones en que se apoya.5. La relacin de documentos que se acompaan.6. La firma del peticionario, cuando fuere el caso.Si quien presenta una peticin verbal afirma no saber o no poder escribir y pide constancia de haberla presentado, el funcionario la expedir en forma sucinta.Las autoridades podrn exigir, en forma general, que ciertas peticiones se presenten por escrito. Para algunos de estos casos podrn elaborar formularios para que los diligencien los interesados, en todo lo que les sea aplicable, y aadan las informaciones o aclaraciones pertinentes.A la peticin escrita se podr acompaar una copia que, autenticada por el uncionario respectivo, con anotacin de la fecha de su presentacin y del nmero y clase de los documentos anexos, tendr el mismo valor legal del original y se devolver al interesado. Esta autenticacin no causar derecho alguno a cargo del peticionario.Alcance del derecho de peticin.Los particulares pueden solicitar y tener acceso a la informacin y documentacin que repose en las diferentes entidades, siempre y cuando no se trate de informacin que por ley, no tengan el carcter de reservados, caso en los cuales no procede el derecho de peticin.Tipos de peticiones que se pueden formular.Mediante un derecho de peticin se puedan hacer las siguientes peticiones: Quejas, cuando ponen en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados oficiales o particulares a quienes se ha atribuido o adjudicado la prestacin de un servicio pblico. Reclamos, cuando se da a las autoridades noticia de la suspensin injustificada o de la prestacin deficiente de un servicio pblico. Manifestaciones, cuando hacen llegar a las autoridades la opinin del peticionario sobre una materia sometida a actuacin administrativa. Peticiones de informacin, cuando se formulan a las autoridades para que estas: Den a conocer cmo han actuado en un caso concreto. Permitan el acceso a los documentos pblicos que tienen en su poder. Expidan copia de documentos que reposan en una oficina pblica. Consultas, cuando se presentan a las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones.Termino de que disponen las autoridades para dar respuesta a los derechos de peticin.Como mximo, las autoridades a quienes se les presente un derecho de peticin, deben responder dentro de los siguientes plazos:Quince (15) das para contestar quejas, reclamos y manifestaciones.Diez (10) das para contestar peticiones de informacin.Treinta (30) das para contestar consultas.En el caso que las autoridades no den respuesta a las peticiones solicitadas, los funcionarios responsables de dar respuesta, pueden ser objeto de sanciones disciplinarias, pues se incurre en causal de mala conducta.Accin de tutela para proteger el derecho de peticin.Cualquier ciudadano que considere que por accin u omisin de las autoridades o de los particulares que presten un servicio pblico o acten o deban actuar en desarrollo de funciones pblicas, vulneren o amenacen el derecho constitucional de peticin, puede recurrir a la accin de tutela para reclamar ante los jueces la proteccin inmediata de su derecho constitucional.Modelo de presentacin de un derecho de peticinDERECHO DE PETICINCiudad y fechaSeores _____________________ , identificado con la cdula de ciudadana nmero ________, expedida en la ciudad de ________, con residencia en ________ , en ejercicio del derecho de peticin consagrado en el artculo 23 de la Constitucin Nacional y en el artculo 5 del Cdigo Contencioso Administrativo, me permito muy respetuosamente solicitar de esta entidad lo siguiente:________________________________________________________ ________________________________________________________ _______.Apoyo mi peticin en las razones que paso a exponer: __________________________________________________A efectos de sustentar la solicitud efectuada me permito acompaar los siguientes documentos: ___________________________________.Espero la pronta resolucin de la presente peticin.Atentamente,Firma del peticionario _______________________C.C. No. ____________ de _____________

Bogot, 31 de octubre de 2008SeoresEmpresas de servicios pblicos de BogotPresento ante ustedes el siguiente derecho de peticin:Yo,Mario Alberto Carreo Cifuentes, identificado con cdula de ciudadana nmero 876.456.565 expedida en el municipio de Soacha y domiciliado en la transversal 545 #43-98 de la ciudad de Bogot, en ejercicio del derecho de peticin que consagra el artculo 23 de la constitucin nacional y las disposiciones pertinentes del Cdigo contencioso administrativo,respetuosamente solcito lo siguiente:[Describir con claridad y precisin lo que se desea solicitar]La peticin anterior est fundamentada en las siguientes razones:[Exponer con claridad y precisin las razones y hechos que justifican la peticin]Para los efectos pertinentes, anexo los siguientes soportes y documentos:[Anexar los documentos que respalden o prueben los hechos que motivaron el derecho de peticin]Por favor enviar respuesta a este derecho de peticin a la direccin que aparece al pie de mi firma [Puede ser la misma direccin del domicilio o una diferente, en caso de que quiera recibir la respuesta en la direccin de su domicilio, puede obviar esta parte].Firma del peticionarioNombre del peticionario:Mario Alberto Carreo CifuentesCdula:876.456.565DeSoacha, CundinamarcaDireccin:Transversal 545 #43-98 de la ciudad de BogotTelfono:265 987 3454