UNIVERSIDAD SAN ANDRÉS
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
“INEFICACIA DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN LA
PREVENCIÓN DEL FEMINICIDIO EN EL DISTRITO DE
CARABAYLLO – 2019”
Para obtener el título de Abogado
Br. ROSA MARIA GASPAR JANAMPA
Línea de investigación: DERECHO PENAL
Lima Norte – Perú
2019
2
HOJA DE FIRMAS DE JURADO
………………………………….………
Presidente
.………………………………………… Secretario
…………………..……………………… Vocal
3
DEDICATORIA
Dedico esta tesis a Dios quien me inspiro para llegar a tener todas las conclusiones de esta
tesis. A mis padres quienes dieron vida educación y apoyo en todo momento. A mis
compañeros de estudio, a mis maestros y amigos, quienes me brindaron su ayuda
incondicional. A todos ellos se los agradezco desde el fondo de mi alma y es para ellos este
trabajo.
4
AGRADECIMIENTO
No tengo palabras para expresar mi amor y mi gratitud por mi madre, por su fe y su
generosidad y su incansable ayuda en todo momento, gracias a ella he llegado a culminar
un peldaño importante más en mi vida.
5
DECLARACIÓN JURADA DE AUTORÌA
“INEFICACIA DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN LA
PREVENCIÓN DEL FEMINICIDIO EN EL DISTRITO DE
CARABAYLLO – 2019” AÑO: 2019
AUTOR: ROSA MARIA GASPAR JANAMPA
LUGAR DE LA MUESTRA: Carabayllo
LOCALIDAD: Carabayllo DEPARTAMENTO: Lima
Yo ROSA MARIA GASPAR JANAMPA, con DNI 10407959 y en condición de
EGRESADO EN LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS en la
Universidad San Andrés, como autor del presente proyecto de investigación declaro lo
siguiente:
• Este trabajo es original e inédito, no se ha enviado ni se enviará a otra
revista para su publicación, salvo que sea rechazado.
• Ninguno de los datos presentados en este trabajo ha sido plagiado,
inventado, manipulado o distorsionado. Los datos originales se distinguen
claramente de los ya publicados.
• Se identifican y citan las fuentes originales en las que se basa la
información contenida en el manuscrito, así como las teorías y los datos
procedentes de otros trabajos previamente publicados.
6
PRESENTACIÓN
Señores miembros del jurado:
Dando cumplimiento a las Normas Vigentes de Reglamentos de grados y títulos de la
Facultad Ciencias Políticas me es grado dirigirme a ustedes para poner a vuestra
consideración y criterio la presente tesis titulada “Ineficacia de las medidas de protección
en la prevención del feminicidio en el distrito de Carabayllo-2019” con la finalidad de
obtener el título de abogado.
Con el propósito de obtener el título de abogado presento la estructura de mi investigación:
Título I: PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA: Realidad problemática, Formulación
del problema de investigación, Objetivos: Generales específicos, Justificación e
importancia, Limitación de la investigación.
Título II MARCO TEÓRICO: Antecedentes del problema: Internacional nacional.
Bases teóricas: Fundamentación, teorías y conceptos. Definición de términos básicos
Título III METODOLOGÍA: Enfoque de investigación. Zona de estudio. Población y
muestra. Técnica e instrumento etnográfico y/o recolección de datos. Términos de análisis
de datos, Análisis de resultado
Aprovechando la oportunidad para expresarle mi especial reconocimiento y consideración
y que la investigación contribuya para efectos de otras investigaciones.
EL AUTOR
7
ÍNDICE
CARÁTULA
HOJA DE FIRMA DEL JURADO
DEDICATORIA
AGRADECIMIENTO
DECLARACIÓN JURADA
PRESENTACIÓN
INDICE
RESUMEN
ABSTRAC
CAPÍTULO I
1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.2.1 PROBLEMA GENERAL
1.2.2 PROBLEMA ESPECÍFICO
1.3 OBJETIVOS
1.3.1 OBJETIVO GENERAL
1.3.2 OBJETIVO ESPECÍFICO
1.4 JUSTIFICACIÓN DEL PROBLEMA
1.5 LIMITACIÓN DEL PROBLEMA
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
2.1 ANTECEDENTES DEL PROBLEMA
2.2 BASES TEÓRICAS
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4
5
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11
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14
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17
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8
2.3 DEFINICIÓN DE TERMINOS BÁSICOS
CAPÍTULO III
3.1 ENFOQUE DE LA INVESTIGACIÓN
3.2 ZONA DE ESTUDIO
3.3 POBLACIÓN Y MUESTRA
3.4 TÉCNICA E INSTRUMENTOS ETNOGRÁFICOS Y/O
RECOLECCIÓN DE DATOS
3.5 TÉCNICAS DE ANÁLISIS DE DATOS
CUADRO 1
CUADRO 2
CUESTIONARIO
DATO 1
DATO 2
DATO 3
DATO 4
DATO 5
DATO 6
DATO 7
DATO 8
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
ANEXOS
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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24
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41
9
RESUMEN
A diario, en los medios de comunicación dan cuenta que la violencia contra la mujer en el
Perú va en aumento, y cabe recalcar que no todas las agresiones son televisadas ni mucho
menos denunciadas, ya que un gran índice de mujeres cuentan con temor al resultado de
una denuncia o posteriormente una agresión como respuesta; los casos de agresiones
físicas realizada por parte de los hombres que tienen o han tenido una relación sentimental
e incluso han procreado hijos. Varios son los motivos por los cuales se desencadenan las
agresiones, pero entre los más destacados es el machismo, el alcoholismo, los celos e
incluso ante una negativa para el inicio de una relación sentimental. El estado ante esta
realidad debe implementar programas de apoyo a las mujeres víctimas de las agresiones. El
proceso para otorgar medidas de seguridad es sencillo, el Juez de familia tiene absoluta
independencia para ordenar al agresor cese en sus ataques dentro de un plazo de 72 horas y
sin necesidad de que la víctima se vea obligada a portar medios de prueba que demuestren
los hechos denunciados. De esta manera formal es una alternativa que pareciera eficaz, se
puede pensar que la violencia contra la mujer disminuiría pero, en la práctica no es así, a
pensar de que las mujeres se les otorga esa protección el agresor no cumple con las
obligaciones impuestas, en su lugar reincide en los hechos, y aumenta la frecuencia e
intensidad hasta llegar, en algunos de los casos, a acabar con la vida de la mujer, es decir,
cometiendo feminicidio.
Cuando empecé a leer e investigar sobre todo lo que involucra, me percate que el tema y
los motivos influyen mucho en las personas que cualquier ámbito laboral, económico y
social, llegue a plantear que mi investigación los motivos que las medidas de protección
emitidas conforme a la ley 30364 no resultan eficaces para prevenir el feminicidio los
cuales son la falta de ejecución por parte de la policía nacional del Perú , debido a que no
cuentan con un presupuesto ni el personal necesario ni recursos técnicos; y la actividad de
la víctima quien no comunica a la PNP las situaciones, y a la vez el incumplimiento por
parte del agresor.
Palabras Claves: Medidas de protección, Prevención de feminicidio.
10
ABSTRACT
On a daily basis, in the media they realize that violence against women in Peru is
increasing, and it should be emphasized that not all attacks are televised, much less
denounced, since a large number of women are afraid of the result of a complaint or later
an assault in response; the cases of physical aggressions carried out by men who have or
have had a romantic relationship and have even had children. There are several reasons
why the attacks are triggered, but among the most prominent are machismo, alcoholism,
jealousy and even before a refusal to start a relationship. The state before this reality must
implement programs to support women victims of aggressions. The process for granting
security measures is simple, the Family Judge has absolute independence to order the
aggressor to cease their attacks within a period of 72 hours and without the need for the
victim to be forced to carry means of proof to prove the denounced facts In this formal way
it is an alternative that seems effective, one can think that violence against women would
diminish but, in practice it is not so, to think that women are granted such protection the
aggressor does not fulfill the obligations imposed, instead it relapses into the facts, and
increases the frequency and intensity until, in some cases, it ends with the woman’s life,
that is, committing Femicide.
When I began to read and investigate everything that involves, I realized that the subject
and the motives greatly influence the people that any labor, economic and social field, I
have to consider that my research the reasons that the protection measures issued pursuant
to Law 30364 is not effective in preventing Femicide, which is the lack of execution by the
national police of Peru, because they do not have a budget or the necessary personnel or
technical resources; and the activity of the victim who does not inform the PNP of
situations, situations, and at the same time the breach by the aggressor.
Keywords: Protective measures, Femicide prevention.
11
CAPÍTULO I
PLANTAMIENTO DEL PROBLEMA
1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA
El principal problema que viene afrontando el estado peruano, son los altos índices de
feminicidio.
En nuestro Código Penal Peruano en el artículo N° 108 – B, ha tenido una modificatoria en
cuanto la pena Se ha aumentado la pena mínima del tipo base de feminicidio de 15 a 20
años. Por lo tanto esta será ahora la menor pena a imponerse en los casos de feminicidio
por violencia familiar; coacción, hostigamiento o acoso sexual; abuso de poder, confianza
o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente; y cualquier
forma de discriminación contra la mujer, independientemente de que exista o haya existido
una relación conyugal o de convivencia con el agente.
Igualmente, se ha aumentado de 25 a 30 años la pena mínima en las formas agravadas de
feminicidio, esto es, cuando la víctima sea menor de edad o adulta mayor, o se encontraba
en estado de gestación o presentaba alguna discapacidad, o fue previamente objeto de
violación o sometida a trata de personas, entre otros supuestos. En la
circunstancia agravante de cometerse el delito estando presente cualquier niña, niño o
adolescente, se ha eliminado la expresión "a sabiendas".
Se mantiene la pena de cadena perpetua cuando concurran dos o más circunstancias
agravantes.
Ley 30364, “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los
integrantes del grupo familiar” posee aproximaciones rescatables como la distinción de los
diferentes tipos de violencia (física, psicológica, sexual y económica o patrimonial) y los
diferentes enfoques para abordarla (género, integralidad, intercultural, intersecciones,
general y de derechos humanos). Existen puntos sobre la propia ley que es necesario tomar
en cuenta para una mejor atención de esta problemática.
“(1) Ramos de Mello, Adriana (2015) Tesis” “Feminicidio: Un análisis criminológico-jurídico de la violencia contra las
mujeres”
12
En el distrito de Carabayllo en coordinación con la policía nacional se ha venido realizando
charlas gratuitas para la prevención del feminicidio toda vez que nuestro distrito cuenta
con la mayor cantidad de reportes de violencia realizados hasta el 2018, siendo 110
denuncias por violencia doméstica.
Ante estos hechos de la ineficacia de protección y prevención a favor de la mujer existe un
patrón de impunidad en los procesamientos judiciales debido al hecho de no existir una
buena investigación, sanción y reparación efectiva, existiendo una sensación de
inseguridad en las mujeres y la desconfianza ante el sistema de administración de la
justicia, debiendo existir un desafío por parte de los representantes del estado.
El tiempo ha demostrado que estas medidas no previenen la violencia, aclarándose que
para esta investigación resulta importante la ejercida en contra de las mujeres, por lo
contrario, su frecuencia e intensidad han aumentado al punto tal que, un alto porcentaje de
las mujeres son víctimas de feminicidio2.
Es aquí donde queremos centrar nuestro estudio para poder conocer si el actual tratamiento
penal que se le viene dando a los casos de feminicidio el Distrito de Carabayllo,
presentados en nuestra vida cotidiana ha sido efectivo o no con miras a disminuir los casos
que se presentan, si las penas impuestas han servido como medida para poder amedrentar a
los varones a que no comentan más actos contra la vida de la mujer.
La falta de protección y la ineficacia de las autoridades en apoyo a las víctimas de maltrato
y con consecuencia feminicidio donde debe existir el apoyo asistencial Policial y jurídica,
con personal capacitadas y de forma gratuita que contribuya a la creación de un clima que
hace posible que la víctima se sienta protegida.3
No tenemos elementos eficaces de articulación que pongan esfuerzos donde las
instituciones se sientan involucradas para complementar y evitar y remover las barreras
que impiden el acceso a la justicia de las víctimas que posteriormente llegan a feminicidio.
Se debe remover las prácticas de perjuicios y costumbres que legitiman la violencia a la
mujer en la sociedad sino del propio sistema de justicia que no comprende y no previene
desde el comienzo o inicio de la violencia por no tener juristas capacitados en el tema de
. (2) Varillas Alzamora, Juan Artidoro (2015) Tesis Tratamiento psicológico como medida de coerción en
prevención del feminicidio”
“(3) Guardia Huamán, Edgar Luis (2013”) Tesis “Tipificación del delito de violencia familiar permitirá
disminuir el feminicidio”
13
Protección y prevención y posteriormente llegar al feminicidio.
La falta de decisión oportuna por parte quien recibe la denuncia de violencia sea por el
Ministerio Publico, Policial y Ministerio Publico debiendo actuar y evitar su perturbación
hacia las nuevas agresiones prestándole las garantías necesarias en favor a la protección y
prevención del cuidado de la mujer4.
Debe existir un mecanismo de comunicación entre la víctima y la policía o el Ministerio
Publico para el plan de seguridad una vez realizada la denuncia para que se evite
posteriores agresiones.
Las personas encargadas de la seguridad y protección de la mujer pasan mucho tiempo
realizando reportes y no brindando las facilidades de seguridad para evitar formalidades
posteriores al maltrato. Las victimas por agresión que buscaron algún tipo de ayuda a la
autoridad no recibieron la respuesta necesaria para evitar su repetición y finalmente con
resultado fatal.
En la defensoría del pueblo se debe considerar la calidad de actuación de los funcionarios
para el cumplimiento de la diligencia para prevenir y sancionar la violencia contra la mujer
de forma inmediata cuando ella la requiera.
Se debe establecer procedimientos justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a
violencia en su protección oportuna y al procedimiento efectivo.
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
1.2.1 PROBLEMA GENERAL
¿De qué manera afecta a las mujeres la ineficacia de las medidas de protección en la
prevención del feminicidio en el Distrito de Carabayllo 2019?
1.2.2 PROBLEMAS ESPECÍFICOS
¿Cuál son los efectos de la ineficacia de las medidas de protección en la prevención del
feminicidio en el Distrito de Carabayllo en el 2019?
“(4) Aguilar Cabrera, Denis A. (2013)” “Feminicidio en el Perú: critica a la nueva ley de feminicidio
14
¿Cuál es la situación de la ineficacia de las medidas de protección en la prevención del
feminicidio en el distrito de Carabayllo en el 2019?
1.3 OBJETIVOS
1.3.1 OBJETIVOS GENERALES
Determinar la ineficacia de las medidas de protección en la prevención del feminicidio en
el distrito de Carabayllo en el 2019.
1.3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
a) Explicar de qué manera afecta a las mujeres la ineficacia de las medidas de
protección en la prevención del feminicidio.
b) Analizar de qué manera afecta a las mujeres la ineficacia de las medidas de
protección en la prevención del feminicidio.
1.4 JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN
El trabajo de investigación señala la situación problemática en torno al desarrollo de la
ineficacia de las medidas de protección en prevención del feminicidio en el Distrito de
Carabayllo justificando el proyecto por la aplicación y el conocimiento puesto para evitar
y prevenir el feminicidio buscando una solución a la eventualidad estableciendo objetivos
que pretenden alcanzar todo aspecto estructurado en base a la investigación usando la
población que fue víctima de agresión y maltrato diseñando la muestra y las técnicas e
instrumentos para recopilar e interpretar la información y obtener los resultados sobre los
cuales damos a conocer los resultados.
En este trabajo de investigación ha cumplido con los requisitos establecidos en el método
de investigación, en primer lugar, se ha identificado y señalado la situación problemática
en torno al cual se desarrolló, consistente en la ineficacia de las medidas de protección
15
dictadas por los jueces de familia o mixtos conformes a lo preceptuado por la Ley 303645,
para prevenir el feminicidio intimo como la máxima manifestación de violencia familiar
contra la mujer.5
La importancia de esta investigación radica en establecer algunas de las causas que
contribuyen a que las medidas de protección dictadas en favor de una mujer de acuerdo
con lo establecido con la ley, y no resulten eficaces para preservar su derecho a la vida con
el objeto que sean consideradas por el gobierno nacional para que aumente el presupuesto
y el número de miembros de la policía Nacional del Perú de manera que haya personal
suficiente para ejecutarlas y, por lo legisladores a fin de que establezcan la obligación de la
favorecida con la medida de comunicar a la PNP cualquier situación de peligro que perciba
en su contra.
JUSTIFICACIÓN METODOLOGÍCA
La tesis de investigación propone un nuevo estudio y estrategia para generar un
conocimiento valido y confiable donde se puedan identificar plenamente la ineficacia de
las medidas de protección en la prevención del feminicidio en el distrito de Carabayllo las
necesidades e intereses de la población que se encuentra inmersa a la violencia y a la falta
de profesión por parte de las autoridades.
JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA
Se desarrolló la investigación porque ayuda a resolver la ineficacia de las medidas de
protección en la prevención del feminicidio en el Distrito de Carabayllo, generando
estrategias y alternativas de solución que sean respaldadas por política estatal, a fin de no
solo reducir el índice de reducir la violencia, sino otros problemas que también aquejan en
el Distrito mencionado
JUSTIFICACIÓN CRIMINOLÓGICA
En este trabajo de investigación indicamos la disciplina del estudio de las medidas d
protección en prevención de feminicidio así como las formas de instituciones políticas de
prevención y control tratando de abordar el concepto de feminicidio en prevención a las
políticas de bienestar de las mujeres, calidad de vida, tolerancia entre otros.
(5)Defensoría del Pueblo Octavo Reporte de la Defensoría del Pueblo sobre el cumplimiento de la Ley de Igualdad
de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (2015)
16
1.5 LIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN
Una de las limitaciones influyentes en la investigación fue el tiempo, ya que por los
horarios de estudio y a la vez el horario laboral que manejo se hizo complicado poder
realizar la investigación los días de semana, es por eso que se usó los fines de semana
como los días principales para obtener toda la información correspondiente.
La gran mayoría de mujeres entrevistadas, supongo yo que por un tema de “vergüenza” no
quiso brindar una información sobre el tema de violencia personal, es porque eso que se le
tenía que informar que todo este estudio realizado seria en total reserva y que solo se
necesitaba poseer un número estadísticos para un estudio determinado.
No se tuvo acceso a todas las expediciones de medidas de protección por cuanto son
reservados y se tuvo muy poca colaboración por parte de los miembros de la Policía
Nacional del Perú.
17
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
2.1 ANTECENDETES DEL PROBLEMA
NACIONAL
Alení Díaz Pomé – Tacna (2010)6 “La efectividad de las medidas de protección
frente a la violencia familiar”, realizado en la Escuela de Post Grado de la universidad
Privada de Tacna. La misma que señala “En Efecto, en nuestra realidad, vemos con ciertas
desesperanzas que las medidas de protección que establece la ley frente a la violencia
familiar están nulas por lo tanto deberían cumplirse obligatoriamente, no es realmente así.
Muchas veces el agresor se burla de la ley y vuelve a cometer actos de violencia contra la
víctima, en otras oportunidades el agresor se esconde y burla la autoridad de la ley, que
pocas veces tiene medidas efectivas y carece de órganos de auxilio que hagan cumplir de
manera correcta y efectiva sus mandatos” Informe N° 110 de la defensoría del pueblo
sobre violencia familiar: Un análisis desde el derecho Penal, en el cual se verifica la
existencia de problemas y deficiencias en la tramitación de los casos de violencia familiar.
“Según Díaz, indica que las mujeres que realizan las denuncias no cuentan con una respuesta,
ya que su denuncia solo queda en un escrito más no en una resolución. El agresor vuelve a
cometer un acto de violencia contra la misma persona sin que la mujer agredida tenga una
opción de auxilio.”
Alení Díaz Pomé – Tacna (2010)7 “La efectividad de las medidas de protección
frente a la violencia familiar” concluye que existen casos procesales que tienen
demasiado tiempo de duración especialmente en la primera instancia, con lo que se deduce
que es precisamente el estado peruano que no cumple con sus funciones ya que tanto la
policía nacional del Perú, el ministerio público como el poder judicial no realizan las
investigaciones en forma rápida y eficaz, que vienen a ser un obstáculo para lograr acceso
a la justicia por parte de las personas que son víctimas de violencia psicológicas.
(6)Alení Díaz Pomé – Tacna (2010) “La efectividad de las medidas de protección frente a la violencia familiar”
(7)Alení Díaz Pomé – Tacna (2010) “La efectividad de las medidas de protección frente a la violencia familiar”
18
El tiempo en que se retrasan para acceder a las medidas de protección que se reclaman a
nivel prejudicial, esto de manifiesta en el tiempo en que se demoran para poder emitir los
resultados de las pericias psicológicas, otro de las deficiencias que se encuentra en los
procesos es que no se da seguimiento a la ejecución de las sentencias no cumpliendo de por
ello con la terapia psicológica para la persona agredida. Carecen de utilización de normas
internacionales en las demandas del ministerio público. De otra parte tenemos que los
magistrados tienen mucha reticencia para poder asignar la reparación civil en el caso de ser
fundada una demanda.
“Según Arriola en su tesis indica que existen varios problemas a la toma de una denuncia, y la
principal es la ejecución de una sentencia, ya que tiene un demora y no son acorde de la utilización
de las normas. Por otro lado las investigaciones no son en forma rápida ni eficaz. Las personas
agredidas tampoco cuentan con una medida de protección una vez generada su denuncia”
Sánchez Barrenechea – Chiclayo (2006) en su tesis “si me dejas, te mano”
Sostiene que el feminicidio se encuentra inmiscuido los agentes así como a las
instituciones. Las propias personas serían los agentes, en tanto que los hombres son los
victimarios y las mujeres las víctimas. En este caso es la familia como eje principal de la
socialización primaria y responsable de la formación de la cultura, de normas, y formas de
comportamiento ya que es aquí donde se formara la aceptación de la cultura machista
cuyas repercusiones lo tendremos cuando sean mayores y sufran el maltrato o se
conviertan en maltratadores. Las personas y la protección de sus derechos fundamentales.
Ambos tipos de socialización (primeria y secundaria) aunados en la actualidad a los
medios de comunicación como las redes sociales, la sociedad y el tipo de relaciones
establecidas van determina el tipo de masculinidades y femineidades en las personas.
“Según Sánchez, indica que los problemas de violencia contra la mujer son problemas repetitivos
del hogar, eso quiere decir que son conductas aprendidas por que vienen de familias que
anteriormente también han tenido violencia. Los niños son criados con violencia entonces de
adultos también generaran violencia. Los colegios son encargados de la formación, pero toda
conducta viene aprendida de casa.”
(8)Sánchez Barrenechea – Chiclayo (2006) en su tesis “si me dejas, te mano”
19
INTERNACIONAL
Lorenzo Morillas Cueva - España (2002) 9“Valoración de la violencia de genero
desde la perspectiva penal. Elaborado por el Catedrático de la Universidad de Granada en
España. “Verdad es, como ha podido comprobarse a lo largo de esta exposición que la
violencia de género es un tema de indudable y dolor osa actualidad, que desde todas las 14
perspectivas con que se ha de afrontar es una cuestión absolutamente: preventivas,
asistenciales, educativas, de intervención social, económicas, legislativas, etc.
Precisamente por ello requiere de grandes dosis de coordinación, de compromiso, de
sensibilidad, de solidaridad, y de gestión. Las medidas legislativas y procedimentales no
puedes ser presentada como la panacea que ha de solucionar el conflicto. No es así, la
prioridad son las políticas sociales previas, las acciones educativas y las firmes inversiones
para atenuar los efectos de semejantes conductas. Y si no es así para el ordenamiento
jurídico en general menos lo es para el derecho Penal que se presenta como la última ratio
entre los diversos sectores jurídicos y que precisamente por ese principio de intervención
mínima tiene que ser utilizado, incluso en estas desleales conductas, con suma economía
mínima tienen que ser utilizado, incluso en estas deleznables conductas, con suma
economía, solo para los supuestos más graves. Dicho esto también hay que afirmar que la
reacción punitiva tiene asimismo su papel en la lucha contra ese tipo de conductas. Nuestro
código penal, bien es cierto, está en una línea aceptable en su regulación frente a los
ataques violentos de género, acaso sea de los más avanzados en este sentido de nuestro
entorno cultural, pero todo es mejorable. Así ha sido puesto de manifiesto con las
propuestas realizadas. Hay que seguir actuando, y hay que hacerlo con prontitud.
“Según Cueva, indica que tenemos que sensibilizarnos más en todo aspecto desde los órganos
reguladores que son la policía Nacional hasta una mejora en el código Penal, ya que indica que
debemos actuar de inmediato para que los ataques no se compliquen y resulten ser más agresivos.”
“(9) Lorenzo Morillas Cueva - España (2002”) “Valoración de la violencia de genero desde la perspectiva penal”
20
Pacheco Arévalo - España (2011)10
“Análisis social de la comunidad y la
normativa imperante ante la violencia contra la mujer” , ha sufrido diferentes cambios
en lo que va desde su puesta en vigencia, entre las que se incluye una específica sobre la
protección a las mujeres debido a que son vulnerables, así se ha tenido el caso de no
imputable a la violencia intrafamiliar, como es el caso de la ley de seguridad ciudadana, lo
cual ha sido cambiado con otras leyes que establece que se puede tomar de oficio y tienen
el carácter de no poder desistirse. Habiendo mejorado la anterior norma, incluyéndose
como requisito importante la conciliación con el culpable de la agresión, que no se llega a
producir si es que la persona agredida no acepta dicha conciliación, que ha significado un
gran avance a pesar de la incomodidad causada a os mismos funcionarios judiciales. Ahora
ya no es necesario que la víctima tenga que probar la agresión para tomarla por producidas,
así como se ha establecido medidas de seguridad para dar protección a la mujer e hijos, así
como se ha mejorado la carga probatoria para la fiscalía en los casos de haberse cometido
delitos de violencia verbal y psicológica hacia su cónyuge.
“Según Pacheco, hace un análisis directo en la comunicad sobre las normativas en contra la
violencia indicando que el oficio en la denuncia debe ser evaluado de inmediato para una rápida
solución y brindar una conciliación junto con el agresor, esto generando inconvenientes a la vez ya
que las denuncias pueden ser recibidas sin ninguna prueba física, sin tener una carga probatoria.”
Ajsac Chicol – México (2010)11
“Estudio jurídico sobre el delito de feminicidio
y otros tipos de violencia contra la mujer, concluye que el feminicidio, viene a ser una
forma por demás extrema de cómo se manifiesta la violencia hacia la mujer solamente por
el hecho de su género y que es llevada a cabo por un hombre. La causa fundamental de esta
violencia que viola los derechos humanos se basa en la relación de poder desigual que se
da entre un hombre y una mujer. El feminicidio no es considerado como un crimen
pasional sino que la causa es la relación de poder, de dominio de quienes se sienten
superiores sobre las mujeres. Una contradicción fundamental es que el feminicidio no ha
sido considerado como un delito específico contra la vida de las mujeres, si no que se le
considera como violación a los derechos humanos de las mujeres, ya que viene a ser la
privación de la vida, que viene a ser un bien jurídico superior es por ello que recién en los
últimos años se ha dado inicio al registro policial o judicial del feminicidio, considerado
como una figura particular. Lo cual nos lleva a la conclusión de que el feminicidio no
considera sanción especifica en nuestra
(10)Pacheco Arévalo - España (2011) “Análisis social de la comunidad y la normativa imperante ante la
violencia contra la mujer”
(11)Ajsac Chicol – México (2010) “Estudio jurídico sobre el delito de feminicidio y otros tipos de violencia
contra la mujer”
21
normativa referente a este tipo de violencia con carácter de género dirigida a las mujeres. A
nivel internacional, es la declaración americana de los derechos de hombre ampara el
derecho a la vida, en tanto México como firmante de esta declaración se espera que debe
incluir el respecto al derecho de la vida, a la libertad, a la seguridad y a la integridad
personal, tanto del hombre como de la mujer, ya que a pensar de ello en nuestro país aún se
dan tratos violentos e inhumanos a las mujeres que las denigran y no respectan su dignidad
“Según Ajsac Chicol, indica en su tesis que en gran parte de violencia contra la mujer se genera
por un carácter en común en todos los hombres y es el grado de creerte superiores que las mujeres
y es por eso que denigran a la mujer tratándolas como objetos o seres inferiores, ya que tienen una
desigualdad fisca, ya sea por la fuerza o mayor masa muscular.”
2.2 BASES TEÓRICAS
FUNDAMENTACION – TEÓRIAS Y CONCEPTOS
La violencia familiar generada en el Perú, se explica como una herencia del pasado, ya que
se considera como una herencia colonial que se viene arrastrando pese a que la sociedad ha
cambiado enormemente. Desde años atrás el espacio femenino la cantidad de agresiones
era considerable, ya que las mujeres se consideraban parte de un botín de guerra situación
que se tradujo en violaciones concubinatos, hasta matrimonios forzosos. Antiguamente la
mujer debía al cónyuge obediencia total a cambio de sostén y protección, dentro de la
familia, aunque la iglesia católica denunciaba constantemente las agresiones contra las
mujeres y sostenía que las obligaciones debían de ser iguales tanto también como las
responsabilidades con los hijos. Todas las mujeres eran consideradas físicamente inferiores
y para muchos derechos y responsabilidades mentales también12
.
La supuesta inferioridad genero un discurso sobre protección que se traducía en que para
efectos legales se las ubico en una perpetua minoría.
Lo maridos controlaban la mayor parte de las transacciones económicas de sus esposas, las
mujeres casadas y las hijas solteras, y en general las mujeres no podían dedicarse a
actividades públicas si era el caso de existir presencia orfandad paterna y eso si es fallecido
no había nombrado a otra persona para el caso, y si la mujer no volvía a casarse.
(12) “Longa Garro, Luis Ernesto (2016) Nueva Ley N° 30364 (ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y
los integrantes del grupo familiar)”
22
En los hogares la violencia contra las mujeres, niñas y niños era muy común, gran cantidad
de ellos era golpeadores por esposos y padres, también existen documentos de la época son
una cantidad importante de incestos. Muchas mujeres huían de sus casas debido al maltrato
pero eran perseguidas por la justicia que las obligaba a retornar. Algunas lograban escapar
y se relacionaban con otro hombres a través de concubinato o de relaciones ocasionales,
pero corrían el riesgo de ser consideradas adulteras y por ello sufrir castigos.
2.3 DEFINICIÓN DE TERMINOS BÁSICOS
PROTECCIÓN
Protección es la acción y efecto de proteger (resguardar, defender o amparar a algo o
alguien). La protección puede ser física o simbólica. La protección es el cuidado y
resguardo con que algo o alguien preservan un objeto o un sujeto.
FEMENICIDIO
Se define como un asesinato de mujer, debido a su condición de género, es decir, por el
mero hecho de ser mujeres, por lo cual es siempre perpetrado por un hombre. Este tipo de
asesinatos constituye una de las primeras causas de muerte de la población femenina en la
actualidad. Siempre responden al odio o desprecio por el género femenino, al placer sexual
en el acto de la dominación a la mujer y/o al deseo de posesión, lo que implica que el
asesino concibe a la mujer como una propiedad del hombre
VIOLENCIA FÍSICA
Interacción entre sujeto que se manifiesta en aquellas conductas o situaciones que , de
forma deliberada, aprendida o imitada, provocan o amenazan con hacer daño, mal o
sometimiento grave a un individuo.
Es el uso intencional de la fuerza física, amenazas contra uno mismo, otra persona, un
grupo o una comunidad que tiene como consecuencia o es muy probable que tenga como
consecuencia un traumatismo, daños psicológicos, problemas de desarrollo o incluso la
muerte.
(13)Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)
23
VIOLENCIA PSICOLÓGICA14
Se refiere a las acciones que pueden afectar la salud mental de la víctima, sea adulta o
menor de edad, alterando su equilibrio emocional y generando un efecto destructivo sobre
su personalidad depresión, disminución de las capacidades para enfrentar situaciones
difíciles, incluso hasta propenso al suicidio. Puede manifestarse mediante insultos,
amenazas, humillaciones, malos tratos o inclusive a través del silencio.
VIOLENCIA SEXUAL15
Se refiere a toda aquella situación en las cuales se coacta la libertad sexual de la víctima,
sea adulta o menor de edad, ocasionando con ello un daño físico y psicológico. No se
refiere solamente al acto sexual sino también a cualquier otro ataque contra la libertad
sexual, como exhibirse desnudo u obligar a la otra persona a desvestirse.
DAÑOS PSICOLOGICOS16
Generalmente se denomina trauma psíquico o psicológico al evento que amenaza
profundamente el bienestar o la vida del individuo, como a la consecuencia de ese evento
de la estructura mental o emocional del mismo individuo.
AGRESOR17
Sujeto que tiene una tendencia hacia la hostilidad, por cuestiones psicológicas o
socioculturales, una persona puede desarrollar conductas que se vinculan a la agresividad,
provocando daños a terceros.
VICTIMA18
Es la persona que sufre un daño o perjuicio por culpa ajena o por una causa fortuita.
Cuando el daño es ocasionado por una persona, está recibe el nombre de victimario.
(14-15-16-17-18) “Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2016). Informe Feminicidio en el Perú-
Diccionario Jurídico”
24
CAPÍTULO III
METODOLOGÍA
3.1 ENFOQUES DE LA INVESTIGACIÓN
La investigación está diseñado de manera cualitativa dando un enfoque metodológico y
fundamentación epistemológica de carácter interpretativo con la finalidad de elaborar
teorías acerca de la realidad de la “INEFICACIA DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN
EN LA PREVENCIÓN DEL FEMINICIDIO EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO –
2019”. Con esta investigación queremos ver la realidad de la población de estudio
orientado a una investigación social, donde los hombres y mujeres deben ser conscientes y
solidarios. Aquí lo importante es construir un conocimiento lo más objetivo posible,
deslindado de posibles distorsiones de información que puedan generar los sujetos desde su
propia subjetividad.
Estamos convencido de que en Carabayllo un distrito donde existen diferentes culturas
sociales y economías de diferentes dimensiones donde tratamos de dar a conocer que existe
una problemática que afrontamos donde el machismo es común de verse por la gran
cantidad de denuncias en diferentes instituciones del estado en contra de la mujer por este
motivo damos un enfoque de la investigación sobre la ineficacia de las medidas de
protección en la prevención del feminicidio.
3.2 ZONA DE ESTUDIO
El proyecto de investigación se realizó en el Cono Norte en el Distrito de Carabayllo.
3.3 POBLACIÓN Y MUESTRA
POBLACIÓN
La población está conformada por 80 personas.
MUESTRA
La muestra de la población está conformada por 40 personas.
25
3.4 TÉCNICAS E INSTRUMENTO ETNOGRÁFICOS Y/O RECOLECCIÓN DE
DATOS
ENCUESTA19
:
La técnica utilizada fue la encuesta, porque permitió recoger de manera eficiente y
presencial y personal los datos sobre el tema de estudio, con ello se pudo resolver donde se
encontraba la ineficacia en las medidas de protección en la prevención del feminicidio en
el distrito de Carabayllo.
INSTRUMENTO20
:
La técnica de instrumento fue el cuestionario que es a primordial fuente de investigación al
tener un resultado de las preguntas realizadas a los comerciantes con el fin de resaltar las
respuestas relevantes sobre el tema de la investigación.
3.5 TÉCNICAS Y ANÁLISIS DE DATOS
CUESTIONARIO21
Este es un instrumento de investigación que nos permite obtener información donde se
recopila mediante un cuestionario donde se realiza una serie de preguntas con la finalidad
de obtener información en este caso realizo preguntas con respuestas cerradas ya que es
más fácil y acertada para que el investigado pueda contestar.
RESPUESTAS CERRADAS
Las respuestas fueron diseñadas para que el investigado puede responder con una sola
palabra, ya que las preguntas son concretas y ayuda al entrevistado a responder con
rapidez.
(19-20-21) “Juan Abel Palomino Orizano-(2015) Metodología de la Investigación”
26
CUADRO COMPARATIVO DE FEMINICIDIO Y TENTATIVA DEL DISTRITO
DE CARABAYLLO EN DIFERENTES SECTORES
PERIODO DE INVESTIGACIÓN DEL PROYECTO
Mes/año 2018 2019
Feminicidio Tentativa Total Feminicidio Tentativa Total
Enero 1 14 15 2 11 13
Febrero 1 17 18 0 10 10
Marzo 0 18 18 1 17 18
Abril 1 10 11 1 7 08
Mayo 2 5 07 2 16 18
Junio 0 14 14 1 14 15
Julio 2 10 12 2 18 20
Total 07 88 95 09 93 102
CASOS DE FEMINICIDIO Y TENTATIVA VINVCULO RELACIONAL
VICTIMA - AGRESOR
Vínculo relacional víctima-agresor Feminicidio Tentativa Total
Esposo 02 06 08
Conviviente 01 05 06
Pareja sexual sin hijos 01 02 03
Enamorado/novio que no es pareja sexual
0 02 02
Ex esposo 01 02 03
Ex conviviente 01 02 03
Progenitor de su hijo pero no han vivido juntos
0 06 06
Padre 01 02 03
Padrastro 01 01 02
Hermano 0 02 02
Hijo 0 01 01
Abuelo 0 01 01
Cuñado 0 03 03
Suegro 0 02 02
Yerno 1 01 02
Otro familiar 0 02 02
TOTAL 09 40 49
27
CUESTIONARIO
TABLA 1
1. ¿Cree usted que existe ineficiencia en las medidas de la protección contra la mujer
en el distrito de Carabayllo?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 40 100%
NO 0 0 %
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN
El 100% de los encuestados cree que SI existe una ineficiencia en las medidas de
protección contra la mujer en el distrito de Carabayllo.
100%
0%
%
SI
NO
28
CUESTIONARIO
TABLA 2
2. ¿Cree usted que existe mayor índice de feminicidio en el Perú por la presencia de
personas extranjeras en el distrito de Carabayllo?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 10 25%
NO 30 75%
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN
Solo un 25% de personas encuestadas índico que si cree que la presencia de personas
extranjeras hizo que aumente el feminicidio en el distrito de Carabayllo, mientras un 75%
no está de acuerdo.
25%
75%
%
SI
NO
29
CUESTIONARIO
TABLA 3
3. ¿Desearía usted que la policía del Perú se encuentre más preparada para poder
asumir los casos de violencia contra la mujer?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 40 100%
NO 0 0%
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN
El 100% de los encuestados cree que la policía Nacional del Perú debe encontrarse mejor
preparada para los casos de violencia contra la mujer en el distrito de Carabayllo.
100%
0%
%
SI
NO
30
CUESTIONARIO
TABLA 4
4. ¿Cree usted que los feminicidas deberías tener una pena mayor a 15 años de pena
privativa de libertad?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 30 75%
NO 10 25%
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN
El 25% de personas encuestadas indicaron que si están de acuerdo que los feminicidas
deberían tener una pena mayor a los 25 años de privacidad de libertad, mientras un 75% no
estuvo de acuerdo en el distrito de Carabayllo.
75%
25%
%
SI
NO
31
CUESTIONARIO
TABLA 5
5. ¿Cree usted, que se necesite mayor cantidad de efectivos policiales en la comisaría
del distrito para que se puedan atender los casos de violencia contra la mujer?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 40 100%
NO 0 0%
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN
El 100% de los encuestados indico que están de acuerdo en que existan mayor cantidad de
efectivos policiales en las comisarías para que puedan atender las denuncias sobre la
violencia contra la mujer en el distrito de Carabayllo.
100%
0%
%
SI
NO
32
CUESTIONARIO
TABLA 6
6. ¿Cree Usted que el comportamiento agresivo en contra a la mujer son conductas
aprendidas desde familia?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 15 30%
NO 25 70%
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN
El 30% de personas encuestadas indicaron que si creen que la violencia con la mujer es una
conducta aprendida desde pequeño, mientras el otro 70% está en desacuerdo.
30%
70%
%
SI
NO
33
CUESTIONARIO
TABLA 7
7. ¿Cree usted, que debería existir las mismas penas con respecto a la violencia tanto
como para hombres y las mujeres?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 40 100%
NO 0 0%
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN:
Todas las personas entrevistadas indicaron estar de acuerdo a que tanto los hombres como
las mujeres no deberían tener ninguna diferencia en las penas cuando exista un acto de
violencia.
100%
0%
%
SI
NO
34
CUESTIONARIO
TABLA 8
8. ¿Cree usted que exista una desigualdad en la sociedad con respecto a sueldos,
puestos de trabajo, que minimicen a la mujer?
PREGUNTA FRECUENCIA PORCENTAJE
SI 40 100%
NO 0 0%
TOTAL 40 100%
CONCLUSIÓN
Todas las personas entrevistadas sienten que es notoria la desigualdad en la sociedad con
respecto a sueldos e incluso en puestos de trabajo que minimizan a la mujer.
100%
0%
%
SI
NO
35
CONCLUSIONES
Primero:
El 100% de los encuestados cree que SI existe una ineficiencia en las medidas de
protección contra la mujer en el distrito de Carabayllo.
Segundo:
Solo un 25% de personas encuestadas índico que si cree que la presencia de personas
extranjeras hizo que aumente el feminicidio en el distrito de Carabayllo, mientras un 75%
no está de acuerdo.
Tercero:
El 100% de los encuestados cree que la policía Nacional del Perú debe encontrarse mejor
preparada para los casos de violencia contra la mujer en el distrito de Carabayllo.
Cuarto:
El 25% de personas encuestadas indicaron que si están de acuerdo que los feminicidas
deberían tener una pena mayor a los 25 años de privacidad de libertad, mientras un 75% no
estuvo de acuerdo en el distrito de Carabayllo.
Quinto:
El 100% de los encuestados indico que están de acuerdo en que existan mayor cantidad de
efectivos policiales en las comisarías para que puedan atender las denuncias sobre la
violencia contra la mujer en el distrito de Carabayllo.
Sexto:
El 30% de personas encuestadas indicaron que si creen que la violencia con la mujer es una
conducta aprendida desde pequeño, mientras el otro 70% está en desacuerdo.
36
Séptimo:
Todas las personas entrevistadas indicaron estar de acuerdo a que tanto los hombres como
las mujeres no deberían tener ninguna diferencia en las penas cuando exista un acto de
violencia.
Octavo:
Todas las personas entrevistadas sienten que es notoria la desigualdad en la sociedad con
respecto a sueldos e incluso en puestos de trabajo que minimizan a la mujer.
37
RECOMENDACIONES
Primero:
En base a los resultados de la encuesta indican que si existe una ineficiencia en medidas de
la protección contra la mujer, se recomienda que los policías, Ministerio Publico y otras
autoridades se encuentren mayor capacitados para resolver estos problemas en primera
instancia.
Segundo:
La presencia de personas extranjeras en el distrito de Carabayllo no implica que sea un
causal del aumento de violencia contra la mujer, se recomienda no causar un aumento de
xenofobia en el distrito y esto generara una disminución de otro factor de violencia.
Tercero:
Se recomienda que el Ministerio Publico y la Policía Nacional no solo del distrito de
Carabayllo si no del Perú se encuentre capacitada en el tema de violencia contra la mujer,
ya que los actos correctivos deberían ser desde un inicio.
Cuarto:
Todas las personas encuestadas estuvieron de acuerdo que la pena de 25 años es muy poca
para tan semejante acto de violencia, se recomienda que las leyes sean más fuerzas y
efectivas para que disminuya este tipo de violencia.
Quinto:
Se recomienda que la Policía Nacional del Perú tenga una mayor cantidad de efectivos en
sus comisarias para que puedan darse abasto en todas las denuncias de violencia contra la
mujer.
38
Sexto:
Se recomienda a todas las familias a sensibilizarse más con la crianza de sus menores hijos,
ya que las conductas en familias son conductas aprendidas por los menores y aun no hay
estudio científico pero a mi parecer si puede repercutir en el comportamiento más adelante.
Séptimo:
Para tener una sociedad equilibrada y tranquila, se deberían mejorar las penas ante los
actos de violencia, y esto debería generarse tanto como para hombres y mujeres, ya que
según la constitución todos somos iguales y deberíamos ser tratados de la misma forma.
Octavo:
Se debe tener siempre presente que tanto hombres como mujeres podemos desarrollar todo
tipo de trabajos teniendo unos mismos resultados, en este caso se recomienda no minimizar
a las mujeres ya que pueden brindar el mismo o incluso un mejor resultado que el hombre.
39
ANEXOS
1. ¿Cree usted que existe ineficiencia en las medidas de la protección contra la mujer
en el distrito de Carabayllo?
SI
NO
TOTAL
2. ¿Cree usted que existe mayor índice de feminicidio en el Perú por la presencia de
personas extranjeras en el distrito de Carabayllo?
SI
NO
TOTAL
3. ¿Desearía usted que la policía del Perú se encuentre más preparada para poder
asumir los casos de violencia contra la mujer?
SI
NO
TOTAL
4. ¿Cree usted que los feminicidas deberías tener una pena mayor a 25 años de pena
privativa de libertad?
SI
NO
TOTAL
5. ¿Cree usted, que se necesite mayor cantidad de efectivos policiales en la comisaría
del distrito para que se puedan atender los casos de violencia contra la mujer?
SI
NO
TOTAL
40
6. ¿Cree Usted que el comportamiento agresivo en contra a la mujer son conductas
aprendidas desde familia?
SI
NO
TOTAL
7. ¿Cree usted, que debería existir las mismas penas con respecto a la violencia tanto
como para hombres y las mujeres?
SI
NO
TOTAL
8. ¿Cree usted que exista una desigualdad en la sociedad con respecto a sueldos,
puestos de trabajo, que minimicen a la mujer?
SI
NO
TOTAL
41
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA
“(1) Ramos de Mello, Adriana (2015) Tesis” “Feminicidio: Un análisis criminológico-
jurídico de la violencia contra las mujeres”
“(2) Varillas Alzamora, Juan Artidoro (2015) Tesis Tratamiento psicológico como medida
de coerción en prevención del feminicidio”
“(3) Guardia Huamán, Edgar Luis (2013”) Tesis “Tipificación del delito de violencia
familiar permitirá disminuir el feminicidio”
“(4) Aguilar Cabrera, Denis A. (2013)” “Feminicidio en el Perú: critica a la nueva ley de
feminicidio”
“(5) Defensoría del Pueblo Octavo Reporte de la Defensoría del Pueblo sobre el
cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (2015)”
“(6) Alení Díaz Pomé – Tacna (2010) “La efectividad de las medidas de protección frente
a la violencia familiar”
“(7) Alení Díaz Pomé – Tacna (2010) “La efectividad de las medidas de protección frente
a la violencia familiar”
“(8) Sánchez Barrenechea – Chiclayo (2006) en su tesis “si me dejas, te mano”
“(9) Lorenzo Morillas Cueva - España (2002”) “Valoración de la violencia de genero
desde la perspectiva penal”
“(10) Pacheco Arévalo - España (2011)10 “Análisis social de la comunidad y la normativa
imperante ante la violencia contra la mujer”
“(11)Ajsac Chicol – México (2010)11 “Estudio jurídico sobre el delito de feminicidio y
otros tipos de violencia contra la mujer”
42
(12) “Longa Garro, Luis Ernesto (2016) Nueva Ley N° 30364 (ley para prevenir, sancionar
y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar)”
(13)Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer (CEDAW)
(14-15-16-17-18) “Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2016). Informe
Feminicidio en el Perú- Diccionario Jurídico”
(19-20-21) “Juan Abel Palomino Orizano-(2015) Metodología de la Investigación”