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7/26/2019 TP 2 Procesal 4
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En Crdoba, el ente que concentra el control de la distribucin de electricidad,
transporte interurbano, la actividad de los concesionarios viales y el agua potable
es:
La AFIP.
ElEREP.
El ENRE.
La!A"E.
La #$R.
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.
La ley nacional 24.076 que regula lo concerniente al gas natural, indica en su Art. 66 quedebern ser sometidas sus decisiones
Ante AFIP de %anera obligatoria.
Al Poder &udicial de %anera directa.
En !orma "re#ia y obligatoria a la $urisdicci%n del ENAR&A'.
En 'or%a previa y obligatoria a la (urisdiccin del E)RE.
A la $urisdicci%n del ENAR&A', si el usuario lo considera necesario.
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.
En el *%bito de la Provincia de Crdoba, los actos ad%inistrativos que se dicten
durante la e(ecucin de un contrato ad%inistrativo y que puedan lesionar
derec+os sub(etivos del contratista o el inters leg-ti%o de quien result ecluido
del %is%o:
)o pueden ser i%pugnados ad%inistrativa%ente, ya que esta%os en el*%bito de los contratos que es %ateria de derec+o privado civil.
E(igen agotar la #)a administrati#a.
#eben ser i%pugnados ad%inistrativa%ente y una ve/ agotada la v-a
ad%inistrativa, deben ser llevados a la v-a contencioso ad%inistrativa)o requierenque sea agotada la v-a ad%inistrativa y pueden ser llevados a lav-a contenciosa ad%inistrativa.
Pueden per%itir que se interponga un recurso (udicial directo.
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.La "ri#ati*aci%n de los ser#icios determin%
La creacin de organis%os p0blicos que brinden los servicios p0blicos b*sicosa la co%unidad.
La "restaci%n de los ser#icios "+blicos "or em"resas trasnacionales.
La "restaci%n directa "or el Estado de los ser#icios "+blicos !undamentales.
El des"la*amiento de las "otestades regulatorias y de control, de las arcas estatales aentes reguladores es"eciali*ados.
El despla/a%iento de la responsabilidad de cobertura de los serviciosp0blicos 'unda%entales a e%presas p0blicas.
5. En el mbito "ro#incial
El sol#e et re"ete se a"lica s%lo a tributos munici"ales.'e encuentra regulado de manera e("resa el sol#e et re"ete.
)o debe pagarse el tributo en caso de duda.
El sol#e et re"ete s%lo se a"lica en casos de multas.
El solve et repete +a sido considerado inconstitucional por la C..&.).
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. Podr* participar de las audiencias p0blicas toda persona:
1ue acredite derec+o sub(etivo o inters leg-ti%o, di'uso o de incidenciacolectiva, relacionado con la te%*tica a discutirse en el procedi%iento.
ue acredite un inter-s leg)timo, relacionado con la temtica a discutirse en el"rocedimiento.
1ue acredite derec+o sub(etivo o un inters di'uso o de incidencia colectiva,relacionado con la te%*tica a discutirse en el procedi%iento.
ue acredite dereco sub$eti#o relacionado con la temtica a discutirse en el"rocedimiento.
1ue acredite derec+o sub(etivo o inters leg-ti%o, relacionado con late%*tica a discutirse en el procedi%iento.
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.El ER'E/ controla
La distribucin de electricidad, transporte interurbano, la actividad de losconcesionarios viales y el agua potable.
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El trans"orte interurbano y la acti#idad de los concesionarios #iales, +nicamente.
lo la distribucin de la electricidad y el agua potable.
Los concesionarios viales y el agua potable.
La distribucin de la electricidad y el transporte interurbano.
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.
En el procedi%iento de audiencia p0blica, una ve/ abierta la %is%a por el
Presidente del EREP y, co%o pri%era %edida:
'e acom"aar la "rueba "resentada "or los interesados.
'e dar comien*o a la eta"a de debate.
'e nominar los "artici"antes admitidos y acreditados.
e dar* lectura a las pretensiones o posiciones propuestas.
'e "roceder a la lectura de la resoluci%n y del a#iso de con#ocatoria.
9. El procedi%iento de audiencia p0blica deber* respetar los principios de:
&uricidad, in'or%alis%o, participacin e instruccin e i%pulso de o2cio.
1n!ormalismo y legalidad.
Instruccin e i%pulso de o2cio y (udicialidad./artici"aci%n e im"ulso de o!icio.
Legalidad y !ormalismo.
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.En el dereco al acceso a la in!ormaci%n "+blica, debe decirse que "uede restringirse
lo por la voluntad de un partido pol-tico
nicamente "or moti#os "ri#ados.
'%lo "or ra*ones de inter-s "+blico.
'%lo "or ra*ones de inter-s internacional.
/or ra*ones de inter-s "+blico y "ri#ado
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11.eg0n el art-culo, en Argentina, la %odalidad de la audiencia p0blica 'ue
introducida:
Por te%as a%bientales.
/ara debatir sobre la instalaci%n de nue#as redes de agua "otable.
/or temas de seguridad "+blica.
/ara debatir sobre la nue#a ley de educaci%n.
/or temas relacionados a la concesi%n de ser#icios "+blicos.
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.
'eg+n el art)culo 3erramientas de /artici"aci%n /+blica Las Audiencias /+blicas5
"odemos decir que la audiencia "+blica
Es el mbito donde surgen "royectos de leyes.
Es un es"acio "ara la creaci%n de leyes.
Es el es"acio donde "ueden "resentarse, con absoluta libertad, las "ers"ecti#as tantoindi#iduales como gru"ales o colecti#as sobre los "roblemas comunes y sobre lassoluciones que deban encararse.
Es el lugar de "resentaci%n de que$as re!eridas a temas de inter-s general.
Con2gura un %ecanis%o de solucin de proble%as.
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.Indica cu*l de las siguientes opciones es incorrecta.
La privati/acin de los servicios considerados esenciales 'ue instru%entadade acuerdo a las caracter-sticas propias de cada actividad.
Con la ley de Re'or%a del Estado co%en/ el ca%ino de la privati/acin delservicio de gas que se encontraba en %anos de la e%presa p0blica $as delEstado.
El agua potable atraves, en la dcada del oc+enta, el proceso deprivati/acin de las redes
Respecto del gas: se cre el Ente )acional Regulador del $as 3E)AR$A4que tiene a su cargo la regulacin y el control del servicio y cuyas 'acultades
est*n receptadas en la Ley 56.789.
La privati/acin de los servicios en Argentina, deter%in el despla/a%ientode las potestades regulatorias y de control, de las arcas estatales a entesreguladores especiali/ados.
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14.'eg+n el art)culo, la audiencia "+blica "uede ser
Cerrada o abierta.
A "etici%n del gobierno nacional y a "etici%n del gobierno !ederal.
Interna o eterna.
e con#ocatoria "ro#incial o de con#ocatoria munici"al.
acultati#a, obligatoria o a "etici%n de la ciudadan)a.
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.
En el sector elctrico 3Ley 56.794, 'rente a las decisiones del Ente )acional
Regulador de la Electricidad 3E)RE4:
e interpone el recurso de reconsideracin.
e interpone el recurso de que(a.)o debe agotarse la v-a ad%inistrativa.
La v-a de al/ada es obligatoria.
La v-a de al/ada es 'acultativa.
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.La convocatoria a una audiencia p0blica deber* darse a conocer %ediante:
Publicacin de aviso, por al %enos tres d-as sucesivos con una antelacin no%enor a veinte d-as +*biles de la 'ec+a de la audiencia, en por lo %enos dosdiarios de circulacin provincial.
Co%unicacin radial o televisiva, por al %enos tres d-as sucesivos con unaantelacin no %enor a veinte d-as +*biles de la 'ec+a de la audiencia.
La publicacin en el ;olet-n
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Por %edio de una lista de asistencia donde los convocados deber*n 2r%ar.
Por %edio de un libro de asistencias, a %edida que los convocados llegan alrecinto donde se reali/ar* la audiencia.
Por %edio del otorga%iento de una credencial que acredita la participacin.Por %edio de un 'or%ulario con'eccionado el e'ecto por el Ente y seasentar*n en un registro de participantes.
)o requiere ning0n tipo de 'or%alidad en la instru%entacin.
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El solve et repete +a sido considerado constitucional por la C..&.). sentando
precedente en:
La causa "icr%nibus ;arrancas de ;elgrano .A.
La causa :ot.
El caso "adison v. "arbury.
La causa iri.
La causa "alvinas Argentinas.
19.El marco regulatorio del gas indica que el ente regulador a cargo es
ENAR&A'.
E)!EL.
A)E.
&A' EL E';A9.
AFIP.
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En la rbita nacional, ante la deter%inacin de un tributo por parte de laAd%inistracin Federal de Ingresos P0blicos, sie%pre que la su%a sea superior a
los dos %il quinientos pesos:
)o se puede i%pugnar esa decisin en ning0n caso y debe abonarse eltributo.
El ad%inistrado puede i%pugnar esa decisin ante el !ribunal Fiscal de la)acin con e'ecto devolutivo.
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Puede interponerse recurso ad%inistrativo de reconsideracin ante elsuperior (er*rquico dentro de los veinte d-as.
Puede interponerse recurso ad%inistrativo de al/ada ante el superior(er*rquico dentro de los die/ d-as para agotar la v-a ad%inistrativa.
El ad%inistrado puede i%pugnar esa decisin ante el !ribunal Fiscal de la
)acin con e'ecto suspensivo.