Universidad Casa Grande
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REGLAMENTO INTERNO
DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DE LA
UNIVERSIDAD CASA GRANDE
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Frente a la puerta #6 del C.C. Albán Borja 2209627 - 2202180 Cdla. Miraflores, Av. las Palmas #304 y calle 4ta. Guayaquil - Ecuador
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1. INTRODUCCIÓN
Considerando que es responsabilidad de la UNIVERSIDAD CASA GRANDE, institución
dedicada a prestar servicios de enseñanza superior en general, precautelar la Seguridad
y Salud de los trabajadores conforme a la Constitución Política del Estado, marco legal
vigente en el Ecuador y en concordancia a lo establecido en el artículo 434 del Código
de Trabajo vigente, así como también en cumplimiento del Reglamento de Seguridad y
Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo (Decreto
Ejecutivo 2393) publicado en el Registro Oficial No. 565 del 17 de Noviembre de 1986,
Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decisión 584 Acuerdo de
Cartagena / RO-S 461: 15 Nov. - 2004), del Reglamento de Seguridad para la
Construcción y Obras Públicas (Acuerdo Ministerial 011 de Febrero 09-19939, y en
concordancia con la Guía para la Elaboración de Reglamentos Internos de Seguridad y
Salud de los Centros de Trabajo, publicado en el R. O. No. 83 de fecha miércoles 17 de
Agosto del año 2005, y con la finalidad de dar protección a cada uno de sus trabajadores
como también a los bienes materiales de la institución, adoptará los mecanismos que
tiendan a velar por el fiel cumplimiento de las medidas de prevención de Riesgos
Laborales.
En facultad de sus ejercicios legales la Universidad Casa Grande, resuelve dictar el
siguiente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
2. POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD CASA GRANDE
La Universidad Casa Grande, ubicada en la ciudad de Guayaquil, es una institución dedicada
a la Enseñanza Superior en general, comprometida con la Seguridad y Salud de los
trabajadores, estudiantes, proveedores, visitantes en general y el cuidado del Medio
Ambiente; que como principio fundamental, vela por la prevención de los accidentes de
trabajo, las enfermedades profesionales originadas en el trabajo y así mismo, contribuye al
bienestar físico y mental de sus colaboradores.
Para el cumplimiento de esta política la Universidad Casa Grande se apoya en los
siguientes principios:
• Cumplimiento de todas las normas legales vigentes en el país sobre Prevención
de Riesgos Laborales, Salud y Medio Ambiente.
• Asignación de recursos económicos necesarios para la gestión de Calidad,
Ambiente, Seguridad y Salud en la búsqueda del mejoramiento continuo.
• Protección y mantenimiento del mayor nivel de bienestar físico y mental de
todos los trabajadores, a través de actividades de promoción y prevención,
buscando minimizar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
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Psta po alca será pub ica a y aifundida a todo el personal de Universidad Casa Grande,
para obtener así su cooperación y participación, siguiendo el ejemplo manifestado y
demostrado desde el compromiso del Rectorado de la Institución.
Edu. Marcia Gilbert de Babra
Representante Legal
1. RAZÓN SOCIAL: UNIVERSIDAD CASA GRANDE
2. RUC: 0992541539001
3. DOMICILIO: Provincia: GUAYAS Cantón: GUAYAQUIL. CIUDADELA MIRAFLORES
AVENIDA LAS PALMAS 304 Y CALLE CUARTA
4. ACTIVIDAD ECONÓMICA: Servicios de enseñanza superior en general.
5. OBJETIVOS
a) Prevenir la presencia de los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales en los empleados.
b) Proveer a la dirección de la universidad como a sus trabajadores, herramientas, equipos,
maquinarias, etc., que permitan el cumplimiento de todas las normas de prevención de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
c) Mantener un ambiente de trabajo que garantice condiciones seguras y saludables en
todos los sitios y puestos de trabajos de la universidad.
d) Dictar normas, procedimientos, protocolos y todo tipo de disposiciones para la debida
aplicación de los principios de la prevención de accidentes laborales y enfermedades
profesionales.
e) Implementar un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales.
6. ALCANCE.
a) Todo trabajador que presta sus servicios lícitos y personales en la Universidad Casa
Grande, de contrato individual de trabajo a plazo fijo, indefinido, en período de prueba,
eventual, y que mantenga relación de dependencia, deberá someterse al presente
Reglamento Interno de Seguridad y Salud del Trabajo de la institución.
b) Todos los estudiantes, docentes, personal administrativo, operativo, pasantes,
visitantes, proveedores y contratistas o sub contratistas o terceras personas, que
tengan relación con la Universidad, o se encuentre en sus instalaciones, están obligados
a cumplir y respetar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud del trabajo.
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7. ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El Reglamento Interno de Seguridad y Salud del Trabajo de la Universidad Casa Grande,
es de cumplimiento obligatorio para todo el personal, y se lo aplicará en todos sus
frentes administrativos y operativos de trabajo, incluyendo actividades que se deban
realizar fuera de la institución.
CAPITULO I
DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS
La Universidad Casa Grande, siendo una institución que realiza actividades de enseñanza
superior en general, tiene el compromiso legal y moral de coordinar y hacer cumplir el
Reglamento de Seguridad y Salud del Trabajo por parte de la alta dirección y de todos
sus colaboradores, de todos sus estudiantes, proveedores, visitantes, autoridades y
terceros que estén inmersos en sus instalaciones.
Artículo 1. - OBLIGACIONES GENERALES DE LA UNIVERSIDAD CASA GRANDE
a) Formular la política de Seguridad y Salud en el trabajo y difundirla entre todo el personal
de la institución.
b) Entregar a cada empleado, un ejemplar del presente Reglamento Interno de Seguridad
y Salud de la Institución, así como las normas y procedimientos relacionados con la
prevención de riesgos laborales, que implemente la institución y dejar constancia de
dicha entrega.
c) Identificar y evaluar los riesgos, en forma inicial y periódica, con la finalidad de planificar
adecuadamente las acciones preventivas, mediante sistemas de vigilancia
epidemiológica ocupacional específicos u otros sistemas similares, basados en la matriz
de riesgos.
d) Informar a los trabajadores por escrito y por cualquier otro medio sobre los riesgos
laborales a los que están expuestos y capacitarlos a fin de prevenirlos, minimizarlos y
eliminarlos.
e) Capacitar en materia de prevención de riesgos, a todo el personal de la universidad, en
especial a los directivos, técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y
periódicos. Los horarios y el lugar en donde se llevará a cabo la referida capacitación se
establecerán previo acuerdo de las partes interesadas.
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f) Combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el
trabajador, privilegiando el control colectivo al individual. En caso de que las medidas
de prevención colectivas resulten insuficientes, el empleador deberá proporcionar, sin
costo alguno para el trabajador, las ropas y los equipos de protección individual
adecuados.
g) Sustituir de forma progresiva y oportuna los procedimientos, técnicas, medios,
sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ningún riesgo
para el trabajador.
h) Mantener actualizado un sistema de registro y notificación de los accidentes, incidentes
de trabajo y enfermedades profesionales, así como los resultados de las evaluaciones
de riesgos realizadas y de las medidas de control propuestas. A este registro tendrán
acceso las autoridades correspondientes, empleador y empleados.
i) Conformar el comité de seguridad y salud y establecer un servicio de salud en el trabajo,
adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas por
el Comité de Seguridad y Salud y el Servicio Médico de la institución.
j) Facilitar durante las horas de trabajo la realización de inspecciones, en esta materia,
tanto a cargo de las autoridades administrativas, directivas y otros órganos internos de
la universidad.
k) Fomentar la adaptación del trabajo y de los puestos de trabajo a las capacidades de los
trabajadores, en función de su estado de salud física y mental y de las disciplinas
relacionadas con los diferentes tipos de riesgos ergonómicos y psicosociales.
I) Entregar gratuitamente a los trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios
de protección personal y colectiva necesarios.
m) Ubicar en otro departamento de la institución, al trabajador que como consecuencia de
la práctica de su actividad laboral ordinaria, ha sufrido lesiones o contraído enfermedad
profesional, previo consentimiento del trabajador y sin disminución de su remuneración
n) Informar de forma inmediata a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social, de los accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en la
universidad y entregar una copia al Comité de Seguridad y Salud.
o) Comunicar al Comité de Seguridad e Higiene, todos los informes que se generen en
relación a la prevención de riesgos laborales.
p) Cumplir las disposiciones de este Reglamento y demás normas vigentes en materia de
prevención de riesgos laborales.
q) Revisar y actualizar de forma periódica y cuando las condiciones laborales se
modifiquen, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la
participación de empleadores y trabajadores.
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11 1 111 I lcJaniverdnage Artículo 2.- OBLIGACIONES GENERALES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
Todos los trabajadores de la Universidad Casa Grande tienen derecho a:
a) Desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propio para el pleno
ejercicio de sus facultades físicas y mentales, que garanticen su salud, seguridad y
bienestar. Los derechos de consulta, participación, formación, vigilancia y control de la
salud en materia de prevención, forman parte del derecho de los trabajadores a una
adecuada protección en materia de seguridad y salud en el trabajo.
b) Los trabajadores tienen derecho a estar informados sobre los factores de riesgos
laborales vinculados a las actividades laborales que realizan. Complementariamente, la
institución proveerá la información necesaria a los trabajadores y sus representantes
sobre las medidas que se ponen en práctica para salvaguardar la seguridad y salud de
los mismos.
c) Los trabajadores o sus representantes tienen derecho a solicitar a la autoridad
competente la realización de una inspección al centro de trabajo, cuando consideren
que no existen condiciones adecuadas de seguridad y salud en el mismo. Este derecho
comprende el de estar presentes durante la realización de la respectiva diligencia y, en
caso de considerarlo conveniente, dejar constancia de sus observaciones en el acta de
inspección.
d) Sin perjuicio de cumplir con sus obligaciones laborales, los trabajadores tienen derecho
a interrumpir su actividad cuando, por motivos razonables, consideren que existe un
peligro inminente que ponga en riesgo su seguridad o la de otros trabajadores. En tal
supuesto, no podrán sufrir perjuicio alguno, a menos que hubieran obrado de mala fe o
cometido negligencia grave.
e) Los trabajadores tienen derecho a cambiar de puesto de trabajo o de tarea por razones
de salud, rehabilitación, reinserción y recapacitación, debidamente certificado por los
profesionales o Instituciones responsables en el tema.
f) Los trabajadores tienen derecho a la información y formación continua en materia de
prevención y protección de la seguridad y salud en el trabajo.
g) Los trabajadores tienen derecho a conocer los resultados de los exámenes médicos, de
laboratorio o estudios especiales practicados con ocasión de la relación laboral, así como
mantener la confidencialidad de dichos resultados, limitándose el conocimiento de los
mismos al personal médico, sin que puedan ser usados con fines discriminatorios ni en
su perjuicio.
h) Los trabajadores tienen derecho a recibir una adecuada protección, en relación a
vestimenta y equipos de protección personal en materia de seguridad y salud del
trabajo relacionado a su puesto y a sus alrededores.
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Los trabajadores de la Universidad Casa Grande tienen las siguientes obligaciones en
materia de prevención de riesgos laborales:
a) Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y
salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo dentro y fuera de la institución,
así como con las instrucciones que les impartan sus superiores jerárquicos directos.
b) Cooperar en el cumplimiento de las obligaciones que competen al empleador.
c) Usar, cuidar y mantener adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así
como los equipos de protección individual y colectiva.
d) No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los
cuales no hayan sido autorizados y, en caso de ser necesario, deberán ser capacitados.
e) Informar a sus superiores jerárquicos directos acerca de cualquier situación de trabajo
que a su juicio entrañe, por motivos razonables, un peligro para la vida o la salud de los
trabajadores.
f) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando a su
parecer los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los
originaron.
g) Velar por el cuidado integral de su salud física y mental, así como por el de los demás
trabajadores que dependan de ellos, durante el desarrollo de sus labores.
h) Informar oportunamente sobre cualquier dolencia que sufran y que se haya originado
como consecuencia de las labores que realizan o de las condiciones y ambiente de
trabajo. El trabajador debe informar al médico tratante las características detalladas de
su trabajo, con el fin de inducir la identificación de la relación causal o su sospecha.
1) Someterse a los exámenes médicos o que estén obligados por norma expresa así como
a los procesos de rehabilitación integral.
j) Participar con el comité paritario de Seguridad y Salud del Trabajo, en los programas de
capacitación y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales que organice
su empleador o la autoridad competente.
k) Colaborar en el control de desastres, prevención de riesgos mayores y mantenimiento
de la higiene y el orden en los locales de trabajo, cumpliendo las normas vigentes.
I) Asistir a los cursos, seminarios, charlas o todo evento sobre control de desastres,
prevención de riesgos, salvamento y socorrismo programados por la empresa y por los
organismos especializados del sector público.
m) Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por
la universidad y cuidar de su conservación.
n) Informar al jefe inmediato de las averías y riesgos que puedan ocasionar accidentes de
trabajo. Si éste no adoptase las medidas pertinentes, comunicar a la Autoridad Laboral
competente a fin de que adopte las medidas adecuadas y oportunas.
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o) Cuidar de su higiene personal, para prevenir al contagio y formación de enfermedades
y someterse a los reconocimientos médicos periódicos programados por la universidad.
p) No introducir bebidas alcohólicas, sustancias psicotrópicas, ni otras substancias tóxicas
a los centros de trabajo, ni presentarse o permanecer en los mismos en estado de
embriaguez o bajo los efectos de dichas substancias.
q) Colaborar en la investigación de los accidentes de trabajos ocurridos en la universidad,
que hayan presenciado o de los que tengan conocimiento.
r) Acatar las indicaciones contenidas en los dictámenes emitidos por la Comisión de
Evaluación de las Incapacidades del área de Riesgos de Trabajo del Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social, sobre cambio temporal o definitivo en las tareas o actividades
laborales que pueden agravar las lesiones o enfermedades adquiridas dentro de la
universidad o anteriormente.
Artículo 3. - PROHIBICIONES AL EMPLEADOR
La Universidad Casa Grande, siendo una institución de enseñanza superior en general,
considera las siguientes prohibiciones:
a) Obligar a sus trabajadores a laborar en ambientes insalubres por efecto de polvo, gases
o sustancias tóxicas; salvo que previamente se adopten las medidas preventivas
necesarias para la defensa de la salud.
b) Permitir a los trabajadores que realicen sus actividades en estado de embriaguez o bajo
la acción de cualquier sustancia psicotrópica, incluyendo ciertos tipos de fármacos
recetados por los facultativos respectivos.
c) Facultar al trabajador el desempeño de sus labores sin el uso de la ropa y equipo de
protección personal adecuados a sus actividades y a sus factores de riesgos laborales.
d) Permitir el trabajo en máquinas, equipos, herramientas o locales que no cuenten con las
defensas o guardas de protección u otras seguridades que garanticen la integridad física
de los trabajadores.
e) Transportar a los trabajadores en vehículos inadecuados, con defectos o con falta de
mantenimiento.
f) Dejar de cumplir las disposiciones que sobre prevención de riesgos laborales emanen
de la Ley, Reglamentos y las disposiciones de la Dirección de Seguridad y Salud del
Ministerio de Relaciones Laborales, del Área de Riesgos del Trabajo del Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social y de los Convenios Internacionales en relación al tema.
g) Dejar de acatar las indicaciones contenidas en los certificados emitidos por la Comisión
de Valuación de las Incapacidades del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social sobre
cambio temporal o definitivo de los trabajadores de sus puestos de trabajos, en las
actividades o tareas que puedan agravar sus lesiones o enfermedades adquiridas dentro
de la propia institución.
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CasaUniveun Universidad
h) Permitir que el trabajador realice una labor riesgosa para la cual no fue entrenado
previamente.
Artículo 4.- PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES.
Los trabajadores de la Universidad Casa Grande tienen las siguientes obligaciones en
materia de prevención de riesgos laborales:
a) Efectuar trabajos sin el debido entrenamiento previo para la labor que van a realizar.
b) Introducir bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas, o Ingresar al trabajo en estado
de embriaguez o habiendo ingerido las sustancias antes mencionadas.
c) Comer o beber en los puestos de trabajos de la universidad, deberán ingerir sus
alimentos en el área y horario asignados.
d) Fumar en las instalaciones o prender fuego en sitios señalados como peligrosos para no
causar incendios, explosiones o daños en las instalaciones de la Institución.
e) Distraer la atención en sus labores o a sus compañeros, con juegos, riñas, discusiones,
que puedan ocasionar accidentes.
f) Alterar, cambiar, reparar o accionar máquinas, instalaciones, sistemas eléctricos, etc.,
sin conocimientos técnicos o sin previa autorización superior.
g) Modificar o dejar inoperantes mecanismos de protección en maquinarias o
instalaciones.
h) Dejar de observar las reglamentaciones colocadas para la promoción de las medidas de
prevención de riesgos.
Artículo 5. - INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES
Las sanciones a los trabajadores se aplicarán conforme lo disponga el Reglamento
Interno de Seguridad y Salud del Trabajo. Las faltas muy graves podrán sancionarse
conforme lo determina el Código del Trabajo.
a) Serán faltas leves, aquellas que contravienen al presente reglamento, pero que no
ponen en peligro la seguridad física del trabajador, ni de otras personas.
b) Se considerará faltas graves, cuando por primera vez debido a ignorancia o
inobservancia de los hechos, el trabajador pone en peligro su seguridad, de terceros
y de los bienes de la universidad.
c) Se considera faltas muy graves, la reincidencia a las faltas graves, violación al
reglamento interno que con conocimiento del riesgo o mala intención, ponga en
peligro su vida, la de terceros y/o de las instalaciones, equipos y bienes de la
universidad.
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P Se tomarán medidas disciplinarias contra los trabajadores que a sabiendas, persisten en
llevar a cabo prácticas inseguras o peligrosas para él, los colaboradores y para la
institución, dichos casos serán vistos, estudiados y calificados; las sanciones que podrá
aplicar la universidad de conformidad al Reglamento Interno de Trabajo, de acuerdo a
la gravedad de la falta, serán:
1. Amonestación Verbal.
2. Amonestación escrita.
3. Multa de hasta el 10% de la remuneración diaria unificada.
4. Solicitud de visto bueno, de conformidad con lo previsto en el Código Trabajo.
Los trabajadores están obligados a acatar las medidas de prevención, seguridad y salud
del trabajo, determinadas en este reglamento y facilitado por el empleador. Su omisión
causaría:
a) Amonestación verbal sin multa, a toda violación al reglamento interno de
seguridad y salud del trabajo que fueran cometidas sin mala intención y por
primera ocasión, siempre y cuando, ello no implique daño y pérdidas a las
instalaciones de la universidad, a sus administradores, a sus bienes o a los
mismos compañeros de trabajo o a terceras personas.
b) Amonestaciones escritas sin multa, por asistir al trabajo de manera no pulcra,
por no colaborar con las inspecciones de seguridad y salud laboral, o por reincidir
por más de una vez en los contemplados en el inciso anterior del presente
reglamento interno de seguridad y salud del trabajo.
c) Sanción con multa, más la comunicación por escrito, por haber fumado en las
instalaciones de la universidad, el descuido notorio en su trabajo, en el cuidado
y mantenimiento de sus recursos y herramientas entregados para sus labores,
no sujetarse a los exámenes médicos programados por la institución, por no
acatar las medidas de higiene laboral, por la inasistencia o impuntualidad a los
eventos de capacitación programados y anunciados con antelación.
d) Las multas establecidas en el inciso anterior, se deducirán del sueldo o salario
del trabajador y en ningún caso podrá exceder del equivalente al 10% del salario
o remuneración diaria
e) El producto de las multas que se impongan a los trabajadores por el
incumplimiento al Reglamento Interno de Seguridad y Salud del trabajo, tendrá
el destino previsto en el Código de Trabajo, esto es, reforzar los gastos de los
programas del Sistema de Seguridad y Salud del Trabajo de la Universidad.
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f) Serán causa de terminación de las relaciones de trabajo con la universidad,
previo visto bueno actuado en el Ministerio de Relaciones Laborales, toda
violación grave, reiterada, o actuada dolosamente de las normas del Reglamento
Interno de Seguridad y Salud Laboral, incluyendo, riñas de palabras u obra con
sus compañeros de trabajo o por contrariar sin debida justificación las
prescripciones y dictámenes médicos.
Artículo 6. - INCENTIVOS
El empleador incentivará y motivará a los trabajadores a que cumplan con las normas
de seguridad y salud establecidas por la universidad a través de mecanismos acordados
previamente con el trabajador.
Los trabajadores que hayan tenido una destacada participación en actos de defensa de
la vida o de la salud de sus compañeros o de los bienes de la organización u otra forma
de participación, serán galardonados con distinciones honorificas y serán tomados en
cuenta para los eventos de formación continua en el tema Seguridad y Salud del Trabajo.
CAPITULO II
SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD CASA GRANDE
Artículo 7.- COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD
a) La Universidad Casa Grande, conformará el comité paritario de seguridad y salud en el
trabajo, sujeto a las normas y reglamentos vigentes en esta materia, que contribuirá a
la prevención de riesgos y accidentes.
b) Los miembros del comité deberán ser funcionarios de la universidad y trabajadores fijos
vinculados con las actividades propias de la institución.
c) El Comité Paritario estará formado por tres representes de la administración de la
Universidad y tres representantes de los trabajadores con sus respectivos suplentes
quienes de entre sus miembros designarán un presidente y un secretario que durarán
un año en sus funciones pudiendo ser reelectos indefinidamente.
d) Si el presidente representa a la administración, el secretario será de los trabajadores y
viceversa.
e) Los titulares del Servicio Médico de la empresa y del Departamento de Seguridad, serán
miembros del comité, actuando como asesores internos con voz pero sin voto.
f) Todos los acuerdos del comité serán aprobados por mayoría simple y en caso de empate
en las votaciones se repetirán las mismas hasta por dos veces más, en un plazo mayor
de ocho días. De subsistir el empate, se recurrirá a las autoridades de las jurisdicciones
respectivas del IESS.
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I I I 1 I 1 I g) Las actas de constitución del Comité serán comunicadas por escrito al Ministerio de
Relaciones Laborales y al IESS, así como al empleador y a los representantes de los
trabajadores. De igual manera, se remitirá durante el mes de enero, un informe anual
sobre los principales asuntos tratados en las sesiones del año anterior.
h) El comité deberá sesionar en forma ordinaria cada mes y en forma extraordinaria
cuando ocurriere algún accidente o incidente grave, a criterio del Presidente o a petición
de la mayoría de sus miembros. La convocatoria se la efectuara con 48 horas de
anticipación enviando una copia de las misma al Presidente, salvo casos de emergencia
en que el comité será integrado de inmediato, la instalación de la reunión se realizará
con 4 de los integrantes .
i) Las sesiones se efectuarán en horas laborales.
j) La institución y los trabajadores, deberán colocar obligatoriamente en lugares visibles,
los nombres de los miembros que conforman el comité de seguridad e higiene en el
trabajo para facilitar el cumplimiento de sus fines específicos y de las acciones que éste
disponga.
Artículo 8.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO
a) Analizar, sugerir y opinar acerca de reformas y recomendaciones sobre el Reglamento
Interno de Seguridad y Salud de la Universidad Casa Grande.
b) Promover entre los trabajadores, la observancia de las disposiciones sobre prevención
de riesgos tanto para la seguridad como para la salud.
c) Realizar la inspección general de las instalaciones y equipos de las áreas de trabajo,
verificar el estado de equipos, herramientas, recomendando la adopción de las medidas
preventivas necesarias.
d) Conocer los resultados de las investigaciones que realicen ya sea los organismos
especializados o la universidad, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, que se produzcan en la institución.
e) Realizar sesiones mensuales y de manera extraordinaria cuando ocurriere un
acontecimiento considerado como grave o cuando una situación de emergencia lo
amerite.
f) Cooperar y realizar campañas de Prevención de Riesgos laborales, procurando que todos
los trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia.
g) Analizar las condiciones de trabajo en la Universidad y solicitar a los directivos de la
misma la adopción de medidas de Seguridad y Salud en el trabajo.
h) Vigilar el cumplimiento del presente Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, así
como también normas, leyes, instructivos y procedimientos de la Universidad, en
materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
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Artículo 9.- UNIDAD DE SEGURIDAD Y SALUD
a) La Universidad Casa Grande, contará con una Unidad de Seguridad y Salud, dirigida por
un Técnico competente en la materia que reportará a la más alta autoridad de la
institución.
b) Los responsables y técnicos encargados de asumir las acciones de prevención de la salud
y prevención de los riesgos en el trabajo, contarán con la formación y la competencia
determinada por la legislación nacional, ajustada a la necesidad específica de la
Universidad.
Artículo 10. - FUNCIONES DE LA UNIDAD
a) Reconocer y evaluar los riesgos.
b) Controlar los riesgos profesionales.
c) Promover la capacitación y adiestramiento a los trabajadores.
d) Mantener un registro de los índices de accidentabilidad y ausentismo y realizar una
evaluación estadística de los mismos.
e) Diseñar y difundir el Plan de emergencias, además programar y coordinar los simulacros.
f) Proveer asesoramiento técnico en materia de Seguridad y Salud, a la Dirección de la
Universidad.
g) Cumplir con las normas ambientales vigentes.
h) Elaborar una programación para realizar las inspecciones de seguridad.
i) Intervenir y autorizar los procesos de adquisición de equipos, herramientas y demás
elementos de protección personal en función de los riesgos.
j) Velar por el buen uso del equipo de protección personal y autorizar la reposición del
mismo en caso de daños o desgastes.
k) Elaborar un plan anual de Seguridad y Protección Ambiental.
I) Elaborar documentos técnicos de seguridad y mantenerlos actualizados, como también
la elaboración de normas y reglamentos de Seguridad y Salud que deben ser aprobados
por los organismos del estado, competentes en materia de prevención de riesgos, y
presentarlos para su control cada vez que ello sea requerido.
m) Controlar que las compañías contratistas y subcontratistas que mantengan contratos
con la Universidad Casa Grande, acaten el Reglamento Interno de Seguridad y Salud,
como también las normas y procedimientos de seguridad.
n) Dar aviso de inmediato al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a través de la
Dirección Administrativa o Jefatura de Talento Humano, de los accidentes y
enfermedades profesionales ocurridas en sus centros de trabajo y entregar una copia al
Comité de Seguridad y Salud de la Universidad.
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111111i Universidad i Casa Grande
o) Prohibir o paralizar los trabajos en los que se adviertan riesgos inminentes de
accidentes, cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos.
Tomada tal iniciativa, la comunicará de inmediato a su superior jerárquico, quien
asumirá la responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte.
p) Mantener los planos de las instalaciones de la Universidad, con el señalamiento de las
áreas de puesto de trabajo, puertas, ventanas, escaleras de salida de emergencia, áreas
de seguridad, ubicación de máquinas, tendidos eléctricos sanitario. Así como los planos
con la ubicación de elementos de prevención de incendios (extintores, mangueras y
tomas de agua).
q) Mantener perfectamente señalizada todas las áreas de la institución, ya sea con la
utilización de carteles, avisos, líneas de colores, iluminación adecuada en lugares
peligrosos, etcétera.
r) Vigilar el cumplimiento de leyes, del Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores, tanto por parte de la administración de la Universidad como de los
trabajadores, así como la aplicación de las medidas preventivas o las acciones
correctivas correspondientes.
Artículo 11. - DEL SERVICIO MEDICO DE LA UNIVERSIDAD
a) La Universidad Casa Grande, tiene el compromiso legal y moral de instalar un servicio
médico permanente, cercano a sus instalaciones, el mismo que, proporcionará a todos
los trabajadores medicina laboral preventiva, contribuirá a mantener un alto nivel de
salud de todos los trabajadores de la universidad, y estará enmarcado en la política de
Seguridad y Salud.
a) Este servicio deberá contar con el personal médico y paramédico necesario y estará
sujeto a la reglamentación dictada por el Ministerio de Relaciones Laborales y
supervigilado por el Ministerio de Salud.
b) Se conservará en los lugares de trabajos, un botiquín de Primeros Auxilios, con los
medicamentos indispensables para la atención de los trabajadores, en los casos de
urgencia o emergencia, por accidentes de trabajo o de enfermedad común repentina.
c) Todos los exámenes y los chequeos médicos, no representarán una carga económica
para el trabajador, estos gastos los asumirá la Universidad.
Artículo 12. - FUNCIONES DEL SERVICIO MÉDICO DE LA UNIVERSIDAD
a) Funciones Generales. - Para llegar a una efectiva protección de la salud, el Servicio
Médico de la Universidad, cumplirá las funciones de prevención y fomento de la salud
de sus trabajadores dentro de sus instalaciones, evitando los daños que pudieren ocurrir
por los riesgos comunes y específicos de las actividades que desempeñan, procurando
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hl Universidad Casa Grande
en todo caso la adaptación científica del hombre al trabajo y viceversa. El médico de la
universidad, a más de cumplir las funciones generales, cumplirá además con las que se
agrupan bajo los subtítulos siguientes:
b) Higiene Del Trabajo
1. Estudio y vigilancia de las condiciones ambientales en los sitios de trabajo, con el fin de
obtener y conservar los valores óptimos posibles de ventilación, iluminación,
temperatura y humedad.
2. Estudio de la fijación de los límites para una prevención efectiva de los riesgos de
intoxicaciones y enfermedades ocasionadas por: ruido, vibraciones, trepidaciones,
radiación, exposición a solventes y materiales líquidos, sólidos o vapores, humos, polvos,
y nieblas tóxicas o peligrosas producidas o utilizadas en el trabajo.
3. Análisis y clasificación de puestos de trabajo, para seleccionar el personal, en base a la
valoración de los requerimientos psicofisiológicos de las tareas a desempeñarse, y en
relación con los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
4. Promoción y vigilancia para el adecuado mantenimiento de los servicios sanitarios
generales, tales como: comedores, servicios higiénicos, suministros de agua potable y
otros en los sitios de trabajo.
5. Vigilancia de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 41 (42) del Código del Trabajo,
controlando además, que la alimentación sea hecha a base de los mínimos
requerimientos dietéticos y calóricos.
6. Colaboración en el control de la contaminación ambiental en concordancia con la Ley
respectiva.
7. Presentación de la información periódica de las actividades realizadas, a los organismos
de supervisión y control.
c) Estado De Salud Del Trabajador
1. Apertura de la ficha médica ocupacional al momento de ingreso de los trabajadores a la
institución, mediante el formulario que al efecto proporcionará el área de Riesgos de
trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social o a criterio del galeno.
2. Examen médico preventivo anual de seguimiento y vigilancia de la salud de todos los
trabajadores.
3. Examen especial en los casos de trabajadores cuyas labores involucren alto riesgo para
la salud, el que se realizará semestralmente o a intervalos más convenientes según la
necesidad.
4. Atención médico-quirúrgica de nivel primario y de urgencia.
15
1111 1 11' Universidad Casa
5. Transferencia de pacientes a Unidades Médicas del Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social, cuando se requiera atención médica especializada o exámenes auxiliares de
diagnóstico.
6. Mantenimiento del nivel de inmunidad por medio de la vacunación a los trabajadores y
sus familiares, con mayor razón tratándose de epidemias.
d) Riesgos Del Trabajo
Además de las funciones indicadas, el servicio médico de la universidad cumplirá con:
1. Integrar el Comité de Higiene y Seguridad de la institución y asesorar en los casos que
no se cuente con un técnico especializado en esta materia.
2. Colaborar con la Unidad de Seguridad y Salud de la Universidad, en la investigación de
los accidentes de trabajo.
3. Investigar las enfermedades ocupacionales que se puedan presentar en los
colaboradores de la institución.
4. Llevar la estadística de todos los accidentes laborales y enfermedades profesionales
producidos, según el formulario del IESS, a falta de una Unidad de Seguridad de la
Universidad.
e) De la Educación Higiénico-Sanitaria de los Trabajadores
1. Divulgar los conocimientos indispensables para la prevención de enfermedades
profesionales y accidentes de trabajo.
2. Organizar programas de educación para la salud en base a conferencias, charlas,
concursos, recreaciones, y actividades deportivas destinadas a mantener la formación
preventiva de la seguridad y salud del trabajo en la empresa, mediante cualquier recurso
educativo y publicitario.
3. Colaborar con las autoridades de salud en las campañas de educación preventiva y
solicitar asesoramiento de estas Instituciones si fuere necesario.
f) De la Salud y Seguridad en favor de la Productividad:
1. Asesorar a la institución en la distribución racional de los trabajadores y empleados
según los puestos de trabajo y la aptitud del personal.
2. Elaborar la estadística de ausentismo al trabajo, por motivos de enfermedad común,
profesional, accidentes u otros motivos y sugerir las medidas aconsejadas para evitar
estos riesgos.
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Cdla. Miraflores, Av. las Palmas n304 y calle 4ta. Guayaquil - Ecuador
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Iellleenores de edady personas disminuidas física y/o
psíquicamente y contribuir a su readaptación laboral y social.
4. Clasificar y determinar las tareas, responsabilidades y deberes para los trabajadores
mencionados en el literal anterior.
Artículo 13. - RESPONSABILIDADES DE LA RECTORA
La Rectora o representante legal de la Universidad Casa Grande, asume la plena
responsabilidad de la Seguridad y la Salud del Trabajo de sus trabajadores determinados
en su Política de Seguridad y Salud del Trabajo, el financiamiento de los programas de
Seguridad y Salud del trabajo; y la evaluación periódica de su cumplimiento.
a) Establecer objetivos anuales de Prevención de Riesgos Laborales en coherencia con la
Política de Seguridad y Salud del Trabajo y con el Reglamento Interno de Seguridad y
Salud del Trabajo.
b) Establecer la estructura organizativa necesaria y obligatoria para la realización de las
actividades preventivas.
c) Designar una persona con conocimientos de la materia de Seguridad y Salud del Trabajo,
calificado por el Ministerio de Relaciones Laborales, que administre, coordine y controle
las actuaciones del Comité Paritario de Seguridad y Salud del Trabajo de la empresa, y
mantenga informada a la organización del cumplimiento de metas y objetivos.
d) Establecer las competencias y las interrelaciones de cada área en materia de prevención
de riesgos laborales.
e) Asignar los recursos necesarios, tanto humanos, materiales y económicos, para
conseguir los objetivos y metas establecidos en la gestión de seguridad y salud del
Trabajo.
f) Promover y participar en reuniones periódicas para analizar, valorar y tomar las
decisiones en materia de seguridad y salud laboral, y tratar también estos temas en las
reuniones normales de trabajo con la alta gerencia.
g) Visitar periódicamente los lugares de trabajo para poder estimular comportamientos
eficientes del personal de la empresa, detectar deficiencias y trasladar el interés por su
solución a las instancias pertinentes.
h) Realizar periódicamente auditorías internas y externas, revisiones de la política de
seguridad y salud del Trabajo, actividades ejecutadas y verificando los resultados.
i) Mostrar interés por los accidentes laborales y enfermedades profesionales acaecidos y
por las medidas correctivas adoptadas para evitar su repetición.
j) Reconocer a las personas sus logros, de acuerdo a los objetivos y actuaciones planteadas
en la gestión de seguridad y salud laboral.
k) Consultar a los trabajadores la adopción de decisiones que puedan afectar a la
seguridad, salud y condiciones de trabajo.
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111111 11 Casa veuraidnacclie
1) Interesarse y participar, cuando así se establezca, en las actividades preventivas
operacionales de seguridad y salud del Trabajo.
Artículo 14. - RESPONSABILIDADES DE LOS MANDOS MEDIOS
Los distintos niveles de supervisión de la Universidad Casa Grande, además de las
responsabilidades asignadas por la Rectora, tienen la responsabilidad de:
a) Velar por el cumplimiento de todos los procedimientos relativos a la Seguridad y Salud
del personal a su cargo, corrigiendo cualquier condición y/o acción que hayan sido
identificados o informados por los trabajadores.
b) Controlar que las personas a su cargo, utilicen los equipos de protección individual,
designados en cada área.
c) Determinar las condiciones de riesgo y coordinar las mejoras de estas condiciones con
la Unidad de seguridad y Salud o con su responsable.
d) Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los distintos puestos de
trabajo y las medidas de prevención a adoptar.
e) Prohibir o paralizar los trabajos en los que se adviertan riesgos inminentes de
accidentes, cuando no sea posible los medios adecuados para evitarlos. Tomada tal
iniciativa, la comunicarán de inmediato a su superior jerárquico, quien asumirá la
responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte.
CAPÍTULO III
DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA POBLACIÓN VULNERABLE
Artículo 15.- PREVENCION DE RIESGOS PARA MENORES DE EDAD
La Universidad Casa Grande, tiene como política la prohibición de contratar a menores
de edad.
Artículo 16.- PREVENCION DE RIESGOS QUE INCIDAN EN LAS FUNCIONES DE
PROCREACION DE LOS TRABAJADORES
LA Universidad Casa Grande, tomará en cuenta los factores de riesgo que puedan incidir
en las funciones de procreación de los trabajadores, en particular por la exposición a los
agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales, con el fin de adoptar
las medidas preventivas necesarias.
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Universidad Casa Grande
Artículo 17.- PROTECCION A TRABAJADORAS EMBARAZADAS
a) Cuando las actividades que normalmente realiza una trabajadora resulten
peligrosas durante el periodo de embarazo o lactancia, la universidad adoptará
las medidas necesarias para evitar su exposición a tales riesgos.
b) Para ello adaptarán las condiciones de trabajo, incluyendo el traslado temporal
a un puesto de trabajo distinto y compatible con su condición, hasta tanto su
estado de salud permita su reincorporación al puesto de trabajo
correspondiente. En cualquier caso, se garantizará a la trabajadora sus derechos
laborales, conforme a lo dispuesto en la legislación nacional.
Artículo 18. - PREVENCION DE RIESGOS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
a) La Universidad Casa Grande, garantiza la protección de los trabajadores que por su
situación de discapacidad o con capacidades especiales sean especialmente
sensibles a los factores de riesgos laborales derivados del trabajo. A tal fin, deberán
tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los factores de riesgos
laborales, en la adopción de medidas preventivas y de protección necesarias
Artículo 19. - PRESTADORES DE ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA
La Universidad Casa Grande aplicará todas las normativas en relación a seguridad y salud
del trabajo a sus proveedores y contratistas:
a) Se exigirá el cumplimiento laboral, afiliación al Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social y la presentación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud
debidamente aprobado ante el Ministerio de Relaciones Laborales o, en caso que
tenga de 10 o menos empleados, se les pedirá el plan mínimo de prevención de
riesgos laborales para la obra o servicio a prestar.
b) Se asegurará en los contratos civiles o mercantiles, al menos dos aspectos a
saber: el cumplimiento por parte del contratista del Reglamento o el plan
mínimo de prevención de riesgos laborales y la supervisión que la empresa
usuaria hará al respecto. Se establecerán además las sanciones específicas por
incumplimiento.
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Universidad Casa Grande
c) La Universidad Casa Grande, garantizará para estos trabajadores, el mismo nivel
de prevención y protección que da a sus trabajadores en el tema de seguridad y
salud del trabajo. Los requerimientos para prestadores de actividades
complementarias y contratistas se extenderán también para Servicios Técnicos
Especializados permitidos por la legislación.
d) Siempre que dos o más empresas desarrollen simultáneamente actividades en
las instalaciones de la Universidad, se solicitar las mismas condiciones en
seguridad y salud del trabajo. para evitar la aplicación de la responsabilidad
compartida por ignorar las medidas de seguridad en las labores contratadas.
Artículo 20. - PERSONAL EXTRANJERO EN LA EMPRESA. -
a) La Universidad Casa Grande, garantizará al personal extranjero, legalmente
establecido en el país, el mismo trato que recibe el personal nacional, en el tema
de Seguridad y Salud del trabajo.
CAPITULO IV
PREVENCIÓN DE RIESGOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD CASA GRANDE
Artículo 21.- RIESGOS FÍSICOS
a) La Universidad Casa Grande, proveerá en todas las áreas de trabajo, adecuados
niveles de iluminación.
b) En las diferentes áreas de la Universidad Casa Grande, el personal ejecutará sus
cargos en ambientes que posean temperaturas adecuadas para poder trabajar
sin riesgos.
c) El personal deberá utilizar sus implementos de protección personal, según la
necesidad del área en la que desempeñe sus funciones.
Artículo 22.- RIESGOS MECÁNICOS
a) Ninguna persona podrá trabajar si no existen las condiciones adecuadas que
aseguren que no se presenten riesgos de accidentes para los trabajadores.
b) Inspeccionar el área y el equipo antes de ponerlo en marcha, verificar que existan
todas las medidas para prevenir un accidente.
c) Sólo personal capacitado realizará los trabajos en el área que está designado.
d) A la llegada de los materiales e insumos para bodega, cada trabajador cuidará y
evitará los golpes a la carga de implementos, herramientas o cualquier otro
medio de trabajo.
e) Mantener la superficie de los pisos limpios y sin obstáculos en el camino.
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111 Universidad Casa Grande
f) Vías, escaleras y pasillos de la Universidad deben estar libres de obstáculos que
atañan peligro para los trabajadores y demás personas
g) El jefe de cada área capacitará al personal de los riesgos del área de trabajo.
h) Utilizar solo rampas y escalinatas adecuadas con pasarelas y pasamanos.
i) Todos los recursos y materiales utilizados para cumplir actividades dentro de la
universidad, tales como las instalaciones, edificios, maquinaria, herramientas,
equipos, etc. debe ser sometido a un buen sistema de mantenimiento predictivo,
preventivo y correctivo de tal manera que éstos, siempre se conserven en buen
estado y tengan las condiciones seguras de trabajo, reportando al Jefe de área
en un informe en el que se detalle todo el mantenimiento que se realice.
j) Todo trabajador aplicará las técnicas de levantamiento manual de carga
k) Todo trabajador que efectúe labores de mantenimiento y reparación, que por
razones de su labor está expuesto a los riesgos que atenten contra su vida, salud,
e integridad física, serán provistos y usarán el equipo de protección personal
adecuados a la naturaleza de su labor y cumplirá con los procedimientos
establecidos para los trabajos de mayor riesgo.
I) No se realizarán trabajos de limpieza, en elementos de máquinas o instalaciones
eléctricas o mecánicas en funcionamiento o movimiento
m) Todas las herramientas instrumentos o materiales usados durante el trabajo
serán cuidadosamente retirados y colocados en un lugar seguro.
n) Los equipos serán restaurados a su propia condición de trabajo con su
respectivas seguridades y espacios libre a su alrededor.
o) Cuando un equipo sea movido a otra área se lo realizará con los debidos cuidados
para que no afecte a los trabajadores ni a terceras personas que estén en el área
de tránsito.
p) Tener precaución al circular, por cuanto podría existir riesgo de tropezones y
caídas, por encontrarse los espacios de circulación obstruidos, pisos con grasa y
aceites.
q) Realizar los esfuerzos musculares correctamente ya que en caso contrario se
tienen como resultado hernias, lumbalgias.
r) Levantar pesos doblando las rodillas y hacer esfuerzos con las piernas, como
norma general.
Artículo 23.- RIESGOS QUÍMICOS
a) El personal de las distintas áreas de la Universidad Casa Grande, deberán tener
todo sus implementos y procedimientos de seguridad para realizar su labor.
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Cdla. Miraflores, Av. las Palmas #304 y calle 4ta. Guayaquii - Ecuador
b) Los diferentes insumos, suministros y materiales en general, se colocarán en
repis s vétgletátfon bandas de seguridad, según la peligrosidad de los
mism
c) Todo mndee utilice deberá tener la hoja de seguridad.
d) La limpieza de áreas donde se encuentren productos químicos debe realizarse
tomando todos los procedimientos seguros de trabajo, como la Buenas Prácticas
de manejo de productos químicos.
e) Los empleados de limpieza serán los encargados de recolectar los desechos,
debidamente clasificados y transportados desde los sitios de almacenamiento
primario a las áreas de disposición intermedia y final.
Artículo 24.- RIESGOS BIOLÓGICOS
a) Abastecimientos de agua.
1. En todos los establecimientos o lugares de trabajo, se debe proveer en forma
suficiente de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores
2. No existir conexiones entre el sistema de abastecimiento de agua potable y el de
agua que no sea apropiada para beber, tomar las medidas necesarias para evitar
su contaminación.
b. Servicios higiénicos
1. Mantener todos los servicios higiénicos de la universidad, limpios y estar
provistos de recipientes especiales y cerrados para depósito de desechos.
2. Mantener los servicios higiénicos que se comuniquen con los lugares de trabajo
completamente cerrados, así como disponer de ventilación al exterior, natural
o forzada.
3. Mantener las debidas condiciones de limpieza, desinfección y desodorización.
4. Mantener diariamente los urinarios y servicios higiénicos limpios y evacuados,
esto por cuenta del empleador.
c. Indicaciones comunes a los servicios higiénicos
1. Velar porque todos sus elementos tales como grifos, desagües y regaderas de
las duchas, si las hubiere, estén siempre en perfecto estado de funcionamiento
y los armarlos y asientos aptos para su utilización.
2. Queda prohibido usar estos locales para funciones distintas a las que estén
destinadas y, en cualquier caso, los trabajadores han de mantener en perfecto
estado de conservación tales servicios y locales.
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Universidad Casa Grande
Artículo 25. - RIESGOS ERGONÓMICOS.
Los ambientes y puestos de trabajo deberán estar adaptados a los trabajadores del
Universidad Casa Grande, para lo cual en todo momento se observará el confort
posicional, la relación con el ambiente, los tiempos de trabajo, los horarios, la
duración de la jornada, la optimización de pausas, descansos, y ritmos de trabajo.
a. Levantamiento Manual de Cargas. - Para el levantamiento de pesos se debe instruir al
trabajador haciendo énfasis en lo siguiente:
1. Mantener la espalda vertical, como sea posible, con los brazos rectos, lo más
cerca del tronco, flexionando las rodillas, haciendo punto de apoyo.
2. El peso de la carga debe ser levantado con los músculos de las piernas y de los
brazos y no con la espalda.
3. Usar las dos manos para manipular una carga, evitando movimientos bruscos y
forzados del cuerpo.
4. La carga debe estar siempre pegada al cuerpo, manteniendo erguida la espalda.
5. Hay que levantar objetos de manera correcta para evitar tensiones en el cuerpo.
No se debe doblar la cintura ni hacer torsiones del cuerpo.
6. Evitar contacto con substancias deslizantes.
7. Agarrar correctamente la carga, utilizando la palma de la mano.
8. Evitar movimientos de retorcimiento sobre la columna y levantar objetos sobre
la cabeza.
b. Posición Sentada.
1. Proporcionar sillas ergonómicamente diseñadas para el personal de planta y
administrativo, obligando a que la columna conserve sus curvas fisiológicas, de
esta forma los discos intervertebrales reciben la fuerza de la gravedad de forma
uniforme evitando las deformaciones. Podrán ser: fijas, en madera, o con ruedas
(opcionalmente con tacos).
2. Proveer asientos ergonómicamente diseñados para el transportista de vehículos,
si fuere del caso. Deberán ser fijos, con sistemas anti vibratorios y contar siempre
con cinturón de seguridad de tres puntos.
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•
Universidad Casa Grande
c. Trabajo de pie
1. Disponer de un asiento para que puedan sentarse a intervalos periódicos.
2. Procurar que los trabajadores realicen sus tareas con los brazos a lo largo del
cuerpo y sin tener que encorvarse ni girar la espalda excesivamente.
3. Ajustar las superficies de trabajo a la altura del trabajador, de no ser posible se
facilitará un pedestal o plataforma para adaptar la misma.
4. Garantizar un reposapiés al trabajador que labora de pie, con el ángulo adecuado
para el descanso seguro de las extremidades inferiores.
5. Realizar la tarea a una distancia de 20 a 30 centímetros frente al cuerpo. u
Cli
• d. Movimientos repetitivos
1. Las personas que realizan movimientos repetitivos por más de dos horas
deberán realizar pausas activas de trabajo y ejercicios acorde al segmento del
cuerpo que repite estos movimientos.
e. Uso de pantallas visuales de computadoras. -
1. Los trabajadores que laboren utilizando pantallas de visualización de sistemas
informáticos, deberán usar sillas ergonómicas y mantener posturas correctas
con respecto al monitor o pantalla y este, deberá estar su borde superior en línea
recta a las miradas de los empleados, como lo indica las normativas ergonómicas.
Artículo 26.- RIESGOS PSICOSOCIALES.
a) Amenaza delincuencial y conducta a seguir:
1. Considerar el factor delincuencia' del sector y del cantón donde vive el
empleado y está ubicada la institución, para evitar lesiones en el personal, en
los puestos de trabajo, proporcionándoles información sobre el tema y mejorar
los sistemas de seguridad física.
2. Fomentar las relaciones interpersonales y buen trato laboral entre el personal
operativo y el nivel medio de la organización, esto para que siempre prime un
buen ambiente laboral.
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Universidad Casa Grande
b) Programas de prevención primaria de la salud mental en el trabajo, basada en los
siguientes principios:
1. Realizar prevención a través de la selección de personal.
2. Basar la prevención en el conocimiento de los factores de riesgos laborales, por
parte del trabajador.
3. Realizar cambios planeados del funcionamiento de la universidad, a efectos de
disminuir las cargas de trabajo.
4. Prevenir las relaciones humanas insanas, mediante la modificación de las
condiciones de trabajo. u
CU
c. Identificar, evaluar y controlar los siguientes factores de riesgo psicosociales. •
1. Relación hombre - trabajo.
1.1. Incidir en todos los puestos de trabajo, para que éstos tengan una condición CU adecuada y contribuyan a que los trabajadores logren satisfacción laboral. 13
1.2
Involucrar en el trabajo: grado de identificación y vinculación del hombre con su
actividad laboral.
2. Relaciones humanas. Cr)
cv 2.1. Facilitar actividades que promuevan la integración entre todos los colaboradores
de la institución. rt,
2.2. Fortalecer en los equipos de trabajo una buena comunicación, desarrollando la u
confianza mutua y propiciando que surja un sentimiento de identidad y
•
compromiso.
2.3. Contribuir a la percepción de los trabajadores de un clima socio-psicológico sano,
mediante la integración grupa! con el fin de matizar los estados grupales
predominantes, propiciando responsabilidad entre las tareas y el cumplimiento de
las funciones y apoyo moral lo que favorecerá el rendimiento.
d. Intervención psicológica en el medio laboral. Para intervenir en la prevención de los
factores psicosociales, se debe considerar lo siguiente:
1. Dar prioridad a los programas organizacionales en el desarrollo de competencias y
apoyo gerencial, observando empatía, claridad, proceso de compromiso y
aprendizaje.
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Mil i Universidad Casa Grande
2. Fortalecer la cultura organizacional, manteniendo su propia identidad mediante
valores, conductas, aptitudes, actitudes, comportamiento y comunicación asertiva.
3. Motivar a los colaboradores eficientemente, mediante reconocimientos de logros,
progreso, condiciones de trabajo, salario, relaciones interpersonales, trabajo en
equipo y seguridad en el empleo.
4. Apoyar en el desarrollo personal y profesional atendiendo a las expectativas de sus
colaboradores, garantizando la seguridad y el empleo.
Política empresarial en relación al VIH/SIDA
1. Definir una política de prevención del VIH — SIDA.
2. Implementar una agenda de actividades de prevención de VIH — SIDA.
3. No despedir al trabajador que haya resultado positivo de VIH — SIDA.
4. Realizar las pruebas de detección de VIH-SIDA, única y exclusivamente de manera
voluntaria, individual, confidencial y con consejería.
5. Promocionar en el lugar de trabajo la importancia de la prevención del VIH-SIDA.
e. Carga Mental
1. Para prevenir los riesgos psicosociales producto de carga mental se deberá
determinar la naturaleza de la tarea, las condiciones ambientales y los aspectos
organizacionales para establecer las medidas preventivas correspondientes.
2. Planificar y controlar la ejecución de la tarea asignada para las diferentes áreas de
tra bajo.
3. Compartir el nivel de responsabilidad de los trabajadores con los jefes del área.
f. Acoso Psicológico
1. Informar a todos los niveles de la universidad acerca del acoso moral.
2. Crear un procedimiento que deberá ser aplicado para solucionar los conflictos que
puedan derivarse del acoso moral, garantizando el derecho de los trabajadores a
plantear la queja por el cauce adecuado y el anonimato.
3. Contar con un servicio permanente de asistencia a los trabajadores, desempeñado
por profesionales de la psicología.
4. Establecer mecanismos de ayuda tanto en el ámbito médico, como con el servicio
de Seguridad y Salud de la institución.
5. Realizar los cambios que sean necesarios en los puestos de trabajos para eliminar la
situación de acoso psicológico.
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Universidad Casa Grande
6. Controlar y establecer reglas claras, respecto de las acciones a seguir ante la
autoridad competente, en caso de detectar situación de acoso psicológico por parte
del empleador y de los trabajadores.
CAPITULO V
DE LOS ACCIDENTES MAYORES
Artículo 27.- PREVENCION DE INCENDIOS.- NORMAS GENERALES
1. Sin perjuicio de las disposiciones generales y especiales sobre prevención de
incendios que se encuentran en vigencia, en los lugares donde labora el personal de
la institución, se hallaran provistos de material de extinción de incendios adecuados
y suficientes. Los sistemas, materiales y equipos de extinción son objeto de
conservación e inspección por el personal de la Unidad de Seguridad y Salud de
manera periódica.
2. Todas las áreas de la universidad, tendrán el número de extintores que se requiera.
3. Todo el personal debe tomar las precauciones necesarias para evitar incendios ya
sea en su área de trabajo o cualquier otra perteneciente a la Institución, estas son:
a) Prohibido fumar dentro de las instalaciones de la Universidad.
b) No almacenar líquidos o gases inflamables en recipientes o lugares no destinados
para ello.
c) Evitar daños u ocasionar desperfectos a los cables eléctricos, cajas de brecker,
tomas de corriente, etc.
d) Evitar acumular o almacenar desperdicios considerados como basura en ninguna
área de trabajo. Excepto en lugares destinados para ello.
e) Cuidar y preservar los equipos o cualquier otro elemento instalado para impedir
los incendios.
1. La Universidad, cuenta con equipos contra incendios, los mismos que no deben ser
obstruidos ni obstaculizados sus accesos.
2. Todo colaborador de la Universidad, debe actuar usando el extintor en caso de
conatos de incendios, e informar a su jefe inmediato sobre la emergencia suscitada.
3. Las salidas estarán libres de obstáculos.
4. El sistema de alarma de la Institución será acústico.
5. Para el caso de generadores, se realizarán inspecciones y chequeos periódicos de
todos los equipos de la universidad, los encargados del mantenimiento deberán
registrar con detalle todas las anomalías e imprevisto que surjan en su vida útil.
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I Universidad Casa Grande
Artículo 28.- PLANES DE EMERGENCIA
La Universidad Casa Grande, tendrá un plan de emergencia, el mismo que será
difundido, practicado y entregado por escrito a todos los empleados. El plan de
respuesta a emergencias se establecerá mediante el análisis de riesgos, determinación
de zonas seguras, rutas de escape, conformación de brigadas, coordinadores de
emergencias, inventarios de equipos de atención, comunicación y combate,
acercamiento con las entidades externas tales como la policía, bomberos, cruz roja,
defensa civil y otros destinados para tal efecto:
a. El personal estará capacitado para reaccionar ante un suceso, minimizando sus
efectos y/o consecuencias. Después de esto se tendrá un plan alterno para
reactivar cualquier proceso productivo y/o administrativo después de la
ocurrencia de cualquier acontecimiento.
b. En el caso de presentarse desastres naturales como terremotos inundaciones,
erupciones volcánicas, lluvia de cenizas volcánicas, tsunamis, los trabajadores
actuarán de acuerdo a los instructivos correspondientes.
Artículo 29. - PLAN DE CONTINGENCIA.-
Una vez superada la emergencia que se presenten en las instalaciones de la Universidad
Casa Grande, se procederá al retorno de los empleados a sus respectivos puestos de
trabajos, siempre y cuando, las instalaciones brinden la total seguridad a sus
trabajadores, procediendo a:
a) Realizar un inventario rápido de los bienes, materiales, documentos que estén a
su cargo para establecer posibles daños o pérdidas de los mismos, que deberán
de comunicar por escrito a su jefe inmediato.
b) Convocar a una reunión de forma inmediata, al equipo de auxilio y brigadas de
emergencias de la universidad, para dictaminar los correctivos pertinentes a las
deficiencias visibles en la actuación del personal frente a la emergencia.
c) Establecer por escrito, como acta de trabajo, por parte del responsable de la
unidad de seguridad y salud del trabajo, conjuntamente con la brigada de
emergencia, todos los detalles de la emergencia que se presente en las
instalaciones, dictaminando pérdidas, daños, correctivos y mejora del sistema de
seguridad y salud del trabajo de la empresa.
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Universidad Casa Grande
Artículo 30.- PLAN DE EVACUACIÓN.-
La evacuación de todo el personal que esté en las instalaciones de la Universidad Casa
Grande, se la realizará acorde a las instrucciones y prácticas realizadas del plan de
emergencia de la organización, estableciendo que:
a) Todas las salidas de las áreas de la universidad, estarán siempre libres de
obstáculos, incluyendo las puertas de entradas o salidas a las instalaciones de la
Universidad Casa Grande.
b) Las puertas de entrada o salida a las instalaciones de la Universidad Casa Grande,
deberán siempre abrir hacia afuera.
c) Las instalaciones de la Universidad Casa Grande, contará con los indicativos o
señalizaciones respectivas de las vías de evacuación del personal en caso de
emergencia, debiéndolos respetar y siguiendo siempre por el lado derecho de
los corredores de paso.
d) Se procederá a la evacuación de inmediato y en primer lugar, a todas las
personas que tengan alguna capacidad especial, de funcionamiento corporal por
alguna patología o traumatología, las compañeras en estado de gravidez y los
adultos mayores.
e) La puerta de salida y las zonas de salidas de todas las áreas de la universidad,
tendrán un ancho mínimo de 1, 20 metros como lo marcan las ordenanzas en
este aspecto.
CAPITULO VI
DE LA SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD.
Artículo 31.- SEÑALIZACIÓN
a) La señalización de seguridad en la Universidad Casa Grande, está basada en orden a
señalar la existencia de riesgos y las medidas a adoptar, están acorde a las
especificaciones estipuladas en la NTE INEN — ISO 3864-1 de Símbolos gráficos. Colores
de seguridad y señales de seguridad.
b) Se ubicarán en lugares visibles todos los letreros y avisos de seguridad los que serán
elaborados con letras y símbolos legibles.
c) La señalización de seguridad se compone de:
1. Señal de Alerta
2. Señal de Prohibición
3. Señal de Evacuación
4. Extintores y Red Contra Incendios
5. Uso de Equipo de Protección Personal.
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I Universidad Casa Grande I I 1 )1 1
Todos los trabajadores recibirán capacitación acerca de la ubicación y significado de las
señales de seguridad, las mismas que serán colocadas en todas las áreas de la
universidad.
e) Toda señalización tendrá una duración conveniente, por lo que se utilizarán pinturas
resistentes al desgaste y lavables.
f) Los elementos que componen la señalización se mantendrán en buen estado y
conservación y se renovarán cuando estén deterioradas, manteniéndose siempre
limpias.
g) En el caso que se usen colores para indicaciones ajenas a la seguridad, estos serán
distintos a los colores de seguridad.
h) Las señales utilizadas en lugares de trabajo nocturno y con paso de peatones o vehículos
y que no lleven iluminación incorporadas, serán necesariamente reflectantes.
i) Todo el personal de la Universidad, usará chalecos con líneas reflectantes cuando el
trabajo sea nocturno.
j) La Universidad, cumplirá en materia de señalización contra incendios, con las normas
impartidas y establecidas por el INEN y el Benemérito Cuerpo de Bomberos.
A continuación se detalla el tipo de colores de señalización:
Color De Seguridad
Significado Indicaciones Y Precisiones
Paro Alto y dispositivos de desconexión para emergencias.
Prohibición Señalamientos para prohibir acciones específicas.
Material, equipo y sistemas para combate de incendios
Identificación y localización.
Amarillo
Advertencia de peligro Atención, precaución, verificación, identificación de fluidos peligrosos.
Delimitación de áreas Límites de áreas restringidas o de usos específicos.
Advertencia de peligro por radiaciones
Señalamiento para indicar la presencia de material peligroso.
Verde Condición segura
Identificación de tuberías. Señalamiento para indicar salidas de emergencia, zonas de seguridad y primeros auxilios, lugares de reunión, entre otros.
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Color De Seguridati
AZUL
a• Si n c do
iversidád Indicaciones Y Precisiones
sa Grande Obligación
Señalamientos para realizar acciones específicas, ejemplo: uso de elementos de protección personal.
Artículo 32.- DESCRIPCION DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD
Señales Descripción
Fondo blanco y barra inclinada de color rojo. El símbolo de seguridad será negro, colocado en el centro de la señal pero no debe sobreponerse a la barra inclinada roja.
La banda de color blanco periférica es opcional. Se recomienda que el color rojo cubra por lo menos el 35% del área de la señal.
Fondo azul. Es el símbolo de seguridad o el texto serán blanco y colocados en el centro de la señal, la franja blanca periférica es opcional. El color azul debe cubrir por lo menos el 50% del área de la señal.
Los símbolos usados en las señales de obligación debe indicarse el nivel de protección requerido, mediante palabras y números en una señal auxiliar usada conjuntamente con la señal de seguridad
L:S Fondo amarillo, franja triangular negra. El símbolo de seguridad será negro y estará colocado en el centro de la señal, la franja periférica amarilla es opcional. El color amarillo debe cubrir por lo menos el 50% del área de la señal
Fondo verde. Símbolo o texto de seguridad en color blanco y colocado en el centro de la señal. La forma de la señal debe ser un cuadrado o rectángulo de tamaño adecuado para alojar el símbolo y/o texto de seguridad. El fondo verde debe cubrir por lo menos un 50% del área de la señal. La franja blanca periférica es opcional.
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Universidad Casa Grande
CAPITULO VII
VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES
Artículo 33.- VIGILANCIA DE LA SALUD
a) La Universidad Casa Grande, será responsable de que todos sus empleados se
sometan a:
• Exámenes médicos pre-empleo,
• Exámenes periódicos, y
• Exámenes de retiro
b) Acorde con los riesgos a que están expuestos en sus labores, tales exámenes serán
practicados en los Dispensarios médicos u Hospitales del día del IESS y no implicarán
ningún costo para los empleados, y en la medida de lo posible, se realizarán durante
la jornada de trabajo.
c) Los empleados tienen derecho a conocer los resultados de los exámenes médicos,
de laboratorio o estudios especiales practicados con ocasión de la relación laboral.
d) Los empleados tienen derecho a la confidencialidad de los resultados de los
exámenes médicos, limitándose el conocimiento de los mismos al personal médico,
sin que puedan ser usados con fines discriminatorios ni en su perjuicio, solo podrá
facilitarse al empleador información relativa a su estado de salud, cuando el
trabajador preste su conocimiento expreso.
e) Todo empleado que presente una enfermedad profesional o que haya sufrido un
accidente, tiene la obligación de ceñirse estrictamente a las disposiciones e
indicaciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de la Institución y del
Médico Tratante.
CAPITULO VIII
DEL REGISTRO E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES.
Artículo 34.- INVESTIGACION DE ACCIDENTES
1. La Unidad de Seguridad y Salud y/o el área de Talento Humano de la Universidad,
mantendrá los registros y las estadísticas de los incidentes y accidentes que
ocurriesen en la institución.
2. Es obligatorio que el trabajador de la Universidad reporte de manera inmediata los
incidentes o accidentes a su jefe inmediato y éste dé parte a la Unidad de Seguridad
y Salud y al Comité Paritario de Seguridad y Salud de la institución.
3. La Universidad tendrá como objetivo asegurar un inmediato reporte de todos los
accidentes que ocurran en las áreas de trabajo, así como los accidentes en In Itinire.
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4.
La Universidad deberá realizar un seguimiento efectivo a las acciones correctivas,
buscando eliminar prácticas de trabajo inseguras y condiciones inseguras
(subestándares).
5. La información recabada por el Responsable de Seguridad y Salud o por personal del
Comité de Seguridad de la Universidad, con relación a los accidentes, debe ser lo
suficientemente veraz y mostrar todo lo que se debe saber sobre la causa que
originó cada accidente.
6. Todos los accidentes, así sean de primeros auxilios, e incidentes deben ser
reportados e investigados, como una medida para evitar futuras lesiones.
7. Es responsabilidad de la Rectora, facilitar los medios para incentivar la reducción de
accidentes dentro de la universidad.
8. El Responsable de Seguridad y Salud en conjunto con la jefatura de Talento Humano,
tiene la obligación de preparar el informe de accidente de forma inmediata.
9. El responsable del área de Talento Humano de la Universidad, reportará el accidente
al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social dentro de los 10 días laborables, a partir
del día del accidente. CD 10. El Responsable de Seguridad y Salud, Comité paritario de Seguridad y Salud, y el área "r3
de Talento Humano de la universidad, registrarán todos los accidentes y
enfermedades ocupacionales, para llevar una estadística de accidentabilidad en fti función de la frecuencia y gravedad de los accidentes. L_
11. Las estadísticas de accidentes de trabajo en la empresa serán elaboradas cn
semestralmente, en base al instructivo de la Dirección Provincial de Riesgos del tlY
Trabajo del IESS.
12. Se considerará como accidente de trabajo, los siguientes casos: Cti U
• a) Que se produzca en el lugar de trabajo o fuera de él, con ocasión o como
consecuencia del mismo.
b) Que ocurriera en la ejecución de órdenes de un funcionario de la universidad, o por
comisión de servicios fuera del lugar de trabajo con ocasión o como consecuencias
de las actividades encomendadas.
c) Que ocurriera por la acción de terceras personas o por acción de otro trabajador
durante la ejecución de las tareas y que tuvieren relación con el trabajo.
d) Que sobrevenga durante las pausas o interrupciones de las labores, si el trabajador
se hallaré en orden o a disposición del empleador.
e) En ocasión o como consecuencia del desempeño de actividades de capacitación o
en formación.
f) Y el accidente IN ITINERI, o sea en el trayecto habitual del domicilio a lugar de trabajo
o viceversa.
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111111111 Universidad Casa Grande
13. No se considerará como accidente de trabajo, en los siguientes casos:
a) Si el trabajador se hallaré en estado de embriaguez o bajo la acción de cualquier
tóxico, droga o sustancia psicotrópica.
b) Si el colaborador intencionalmente o valiéndose de otra persona causare
inca pacidad.
c) Si el accidente es el resultado de una riña, juego o intento de suicidio, salvo el caso
de que el accidentado sea sujeto pasivo en el juego o la riña y que se encuentre en
el cumplimiento de sus actividades laborales.
d) Si el siniestro fuera el resultado de un delito por el que hubiere sentencia
condenatoria para el asegurado.
e) Cuando se debiera a fuerza mayor como define el Código Civil, extraña al trabajo,
entendiéndose como tal la que no guarde ninguna relación con el ejercicio de la
actividad laboral.
f) Cuando el empleado o trabajador no desempeñe ninguna labor relacionada con el
trabajo.
14. En caso de accidentes fuera de las instalaciones, el trabajador o familiares deberán
avisar inmediatamente a la Jefatura de Talento Humano o algún funcionario de la
Universidad, por comunicación escrita o telefónica, se deberá proceder de forma similar
situación ante el caso de muerte.
15. De existir falsedad en declaraciones o datos en el informe del accidente se considera
causa suficiente para solicitar visto bueno y retiro del trabajador.
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Universidad Casa Grande CAPITULO IX
DE LA INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS
Artículo 35.- INFORMACIÓN
a) La Universidad Casa Grande, mantendrá una constante comunicación con todos los
niveles jerárquicos de la institución, que tienda a mantener un flujo de información
apropiado con la finalidad de fortalecer las relaciones de solidaridad y de servicio.
b) La comunicación se hará de manera verbal o escrita, utilizando todos los medios posibles
como: teléfonos fijos o móviles, carteleras, tablones de anuncios, rótulos, reuniones de
grupos de trabajo, etc.
c) La comunicación será de manera ascendente, descendente, diagonal o paralela, según
las necesidades de la Institución.
d) La Universidad informará a todo el personal por medio del Comité de Seguridad y Salud,
el Plan de Capacitación Anual, que se ejecutará en forma continua.
Artículo 36. - CAPACITACIÓN
a) La Universidad, mantendrá un programa de Inducción y Capacitación continua en
Seguridad, Salud y Protección del Medio Ambiente, así como también en Planes de
emergencias, Utilización de equipos de protección, entre otros.
b) Se involucrará en el plan de capacitación a todos los directivos, jefaturas medias,
empleados administrativos y operativos de la Universidad.
c) Se realizarán cursos informativos sobre los riesgos existentes en cada puesto de trabajo
para el personal que recién ingresa, y será instruido sobre cómo actuar y que debe hacer
para evitar un evento no deseado.
d) La Universidad, llevará un registro de la capacitación del personal, según el Plan Anual
de Capacitación.
e) La Universidad, reentrenará periódicamente al personal en prevención de accidentes.
a) Todo el personal será capacitado en la prevención de los riesgos existentes en sus áreas
de trabajo.
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Universidad Casa Grande CAPITULO X
DE LOS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL
Artículo 37.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN Y ROPA DE TRABAJO
a) El responsable de Seguridad y Salud de la Universidad, definirá las
especificaciones y estándares que deberán cumplir los equipos de protección
individual a ser utilizados por los empleados y trabajadores, así como por los
empleados de las empresas contratistas que laboran dentro de sus instalaciones.
b) La Universidad Casa Grande, en la realización de sus actividades, priorizará la
protección colectiva sobre la individual.
c) El equipo de protección individual requerido para cada empleado y trabajador,
en función de su puesto de trabajo y las actividades que realiza, será entregado
de acuerdo con los procedimientos internos.
d) Todos los empleados y trabajadores, deberán ser capacitados para el uso
apropiado de los equipos de protección individual que utiliza, su correcto
mantenimiento y los criterios para su reemplazo.
e) Todo equipo de protección individual dañado o deteriorado, deberá ser
inmediatamente reemplazado antes de iniciar cualquier actividad. Para cumplir
con este requerimiento, la universidad deberá mantener un stock adecuado de
los equipos de protección individual para sus empleados y trabajadores.
CAPITULO X
DE LA GESTION AMBIENTAL
Artículo 36.- GESTION AMBIENTAL
a) La Universidad Casa Grande, cumplirá estrictamente con las ordenanzas del Ministerio
del Ambiente, del Gobierno Autónomo Descentralizado del Ilustre Municipio de
Guayaquil, y demás ordenanzas emanadas de la legislación nacional vigente, sobre
conservación y protección del ambiente. Para cumplir dicho cometido, deberá:
1. Proveer condiciones de trabajo seguras, saludables y ambientalmente sustentables.
2. Evitar cualquier tipo de contaminación e impacto adverso sobre el ambiente y las
comunidades de su área de influencia.
3. Monitorear periódicamente aquellas emisiones gaseosas, líquidas y sólidas,
requeridas por la reglamentación nacional, de acuerdo con los cronogramas
establecidos y aprobados por las entidades Ambientales de Control, relacionadas
con las actividades de la Universidad.
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Dr. Alvaro Camp
1 1 1 lciansivaeuraidnage
Cuarto. - Quedan incorporadas al presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud de
los Trabajadores y Mejoramiento del Ambiente de Trabajo de la Universidad Casa
Grande, todas las disposiciones contenidas en el Código de Trabajo, sus reglamentos,
los reglamentos sobre seguridad y salud ocupacional en general, las normas y
disposiciones emitidas por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y las normas
internacionales de obligatorio cumplimiento en el País, las mismas que prevalecerán en
todo caso.
Dado en Guayaquil, a los veintitres días del mes de enero de dos mil quince.
Edu. Marcia Gilbert de Babra
Rectora-Representante Legal
UNIVERSIDAD CASA GRANDE ¿;)
Responsable de la Unidad de SST
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