reglamento interno 2020
TRANSCRIPT
REGLAMENTO INTERNO 2020
Revisado e implementado para el año 2021
“Desde 1982 educando a la niñez a la luz de la Palabra de Dios”
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 1
ÍNDICE
Pag.
Índice 1
Presentación 3
Visión, Misión y Objetivos 4
Capítulo I Disposiciones Generales – Base Legal 5
Capítulo II.- De la Entidad promotora 7
Capítulo III.- Del Centro Educativo
- Ideario 9
- Fines
- Objetivos 9
Capítulo IV.- De la Estructura Orgánica
- Órganos de Dirección
- Órganos Técnico Pedagógicos
- Órganos de Ejecución Educativa
- Órganos de Apoyo
10
- Organigrama 12
Capítulo V.- De las Funciones
- De los Órganos Académicos
13
- De los Órganos Administrativos 27
- De los Órganos de Participación y Colaboración 32
Capítulo VI.- De la Organización del Trabajo Educativo 37
Capítulo VII.- De la Organización del Trabajo Administrativo 39
Capítulo VIII Del Funcionamiento de la Institución
- Horario de Clases
- Calendarización
- Servicios
40
Capítulo IX Admisión, Matrícula, Evaluación y Certificación
- Matrícula
- Mecanismos de priorización de vacantes
- Para Inicial y Primer grado de Primaria - Postulantes
42
44
- De 2° grado de Primaria a V Secundaria – Postulantes 45
- Sistema de Evaluación
- Plan de Estudios
48
50
- De los requisitos de Promoción, Repitencia y Recuperación de la Evaluación 51
Capítulo X De los Derechos, Deberes y Obligaciones 54
- Asistencia y Puntualidad 56
- De la Presentación del Estudiante 58
- De la Conducta dentro y fuera de la Institución 59
- De las medidas correctivas y Amonestaciones 61
- Observaciones consideradas FALTA – FALTA GRAVE – FALTA MUY GRAVE 62
- PLAN DE CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA 65
- Libros de Registro de Incidencias y de Reclamaciones 72
Capítulo XI Aspecto Académico y otros alcances
- Del Rendimiento Académico
- Normas para las Tareas en el Hogar
- Reporte del Progreso Académico y Calificaciones
- De las Pensiones Escolares – Ley 27665
- Recreos, Refrigerios y Cafetería
- De la agenda escolar y de las Observaciones
- De los Estímulos
- Excursiones y Visitas de Estudio
73
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 2
Capítulo XII- De la Política de Inclusión Educativa 77
Capítulo XIII De la Administración de los Recursos 78
Capítulo XIV De los Derechos y Obligaciones del Personal Docente y Administrativo 81
Capítulo XV Disposiciones Complementarias 89
Anexos
Reglamento para las Actividades de Promoción de 6° grado 90
Reglamento para las actividades de Promoción de Inicial 91
Reglamento Comité de Aula IV y V de Secundaria 92
Reglamento para el Uso de Lockers 93
Reglamento para Uso de Intranet 94
Reglamento de las Grandes Ventas 95
Confesión de Fe de la I.E.P. “A.B. Simpson” 96
ESPECIFICACIONES DEL REGLAMENTO INTERNO PARA EL DESARROLLO DE
LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS EN LA MODALIDADA A DISTANCIA – AÑO
ESCOLAR 2021
98
ESPECIFICACIONES DEL REGLAMENTO INTERNO PARA EL TRABAJO REMOTO 103
PLAN PARA LA VIGILANCIA PREVENCION Y CONTROL DE COVID-19 EN EL
TRABAJO 108
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 3
PRESENTACIÓN
La Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨, promovida por la Asociación
sin fines de lucro “IGLESIA ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA DEL PERÚ”, ha elaborado el
siguiente documento que agrupa la normatividad que dirige nuestra institución. Es indispensable en
el escenario educativo precisar los valores, normas, filosofía, protocolos, responsabilidades y
obligaciones que la comunidad educativa sin excepción debe conocer, respetar y cumplir pues, solo
es posible la formación integral si todos cumplimos la tarea encomendada para alcanzar nuestra
propuesta pedagógica.
Este documento refleja los principios de los Programas Educativos de la Iglesia Alianza
Cristiana y Misionera del Perú, inspirados en las doctrinas bíblico-cristianas de la fe evangélica de su
declaración de fe. El presente Reglamento Interno establece la organización administrativa,
académica, los derechos y obligaciones de los miembros de la Comunidad Educativa, el régimen
disciplinario, estímulos y sanciones del personal, medidas restauradoras para los alumnos, sistema de
evaluación y certificación de alumnos, jornada de trabajo y la participación de los padres de familia.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 4
Visión
Ser líderes en la formación de estudiantes competentes para desarrollar su proyecto de vida capaces
de comunicarse en inglés y francés a un nivel avanzado y que, confiando en Dios, estén dispuestos a
impactar y transformar la sociedad a la luz del evangelio.
Misión
Somos una institución educativa cristiana evangélica, comprometida en la formación integral de
estudiantes autónomos, creativos, críticos y democráticos, que basados en valores de amor, honor y
servicio, son consecuentes con la defensa de la vida y el ejercicio de la ciudadanía a la luz del
evangelio
Objetivos
a) Brindar una sólida e integral formación a la persona en todas sus dimensiones (biológica,
psicológica y espiritual) y que ellas propicien el adecuado desarrollo de sus dinamismos
fundamentales y su correspondiente expresión en el mundo del conocimiento, de las vivencias y de
la expresión práctica.
b) Favorecer la educación activa en la que los alumnos sean ellos mismos artífices de su propio
desarrollo, propiciando y fortaleciendo la formación de valores y actitudes necesarios para
enriquecer su formación personal.
c) Propiciar la conformación de una comunidad educativa en la que todos sus miembros; es decir,
alumnos, padres de familia, docentes y personal en general, se encuentren integrados.
d) Propiciar oportunidades de participación de la comunidad educativa en beneficio de la sociedad.
e) Aplicar innovaciones pedagógicas a fin de mejorar la calidad de los procesos de enseñanza y de
aprendizaje buscando permanentemente elevar el nivel de rendimiento del educando y la eficiencia
de la labor educativa.
f) Formar en los alumnos la identidad peruana pluricultural.
g) Promover el conocimiento de otros idiomas como elemento cultural y de integración a un
mundo globalizado.
h) Propiciar oportunidades de desarrollo personal y profesional de la comunidad educativa.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 5
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES - BASE LEGAL
Artículo 1°.- El presente Reglamento Interno tiene fuerza de contrato y establece la línea axiológica
del Centro Educativo Privado ”Alberto Benjamín Simpson” su organización administrativa y
académica, la duración, contenido, metodología y sistema pedagógico del Plan Curricular en cada
nivel, los criterios de evaluación y control de los estudiantes, la Dirección y funciones del Centro;
los regímenes económicos laboral, disciplinario, de pensiones, y de becas, proceso de matrícula,
evaluaciones y certificación, las relaciones con los padres de familia y otras instituciones.
La institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨ es una institución cristiana, que ofrece
servicios educativos en los niveles de inicial primaria y secundaria, cuya misión es brindar una
educación de calidad orientada a la formación integral de los alumnos para enfrentar
competitivamente los desafíos que impone el avance del conocimiento y las responsabilidades cada
vez mayores en la sociedad. La Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson ha sido
creada para formar a niños y jóvenes con sólidos principios cristianos, éticos y morales, con
capacidades científico-tecnológicas, preservando las tradiciones y costumbres del Perú, para asumir y
afrontar los retos del país y del mundo.
Los estudios realizados en esta institución tienen reconocimiento oficial en el sistema peruano de
acuerdo con la Ley No 26549, "Ley de Centros Educativos Privados".
Artículo 2°.- La entidad promotora de la Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨
es la Asociación sin fines de lucro “IGLESIA ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA DEL PERÚ”.
Artículo 3°.- La Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson está ubicado en Av.
Arequipa 2335-2356 Provincia de Lima, jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 03
de Lima.
Artículo 4°.- El dispositivo legal de creación y funcionamiento de la Institución Educativa Privada
¨Alberto Benjamín Simpson¨ del Nivel Primaria, es la Resolución Directoral Zonal Nº 2175 del
02.7.1982 de la Dirección Regional de Educación de Lima, y las Resoluciones de Ampliación del
servicio Nivel Secundaria R.M. N°0453 04.04.1985, y Nivel Inicial R.M. Nº 869 30.06.1995.
Artículo 5°.- El Reglamento Interno de la Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨,
es el documento normativo que contiene las orientaciones de orden axiológico, así como las
disposiciones que rigen la organización y funcionamiento de los servicios educativos que brinda esta
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 6
Institución. Establece objetivos, funciones, responsabilidades y atribuciones de los diferentes órganos,
estamentos, cargos y miembros componentes según corresponda, así como la relación, organización,
instrumentos y procedimientos del trabajo educativo. A este Reglamento se sujetarán el personal
docente, administrativo y de servicios, padres de familia, alumnos y ex-alumnos del Plantel. El
presente Reglamento Interno es el instrumento normativo fundamental de la Institución Educativa
Privada ´Alberto Benjamín Simpson¨.
Artículo 6°.- Para la elaboración del presente reglamento se han tenido en cuenta las siguientes
normas legales:
a) La Constitución Política del Perú
b) Ley No 28044 Ley General de Educación y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº011-2012-ED de fecha 06 de Julio del año 2012.
c) Ley No 26549 Ley de los Centros Educativos Privados., modificada por Decreto de Urgencia N°
002-2020 y su reglamento aprobado por D.S. Nº 001-96-ED
d) Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Educación
Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 009 – 2006 – ED del 20 de Abril
del Año 2006.
e) R.M. 657 – 2017 Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2018.
f) Ley N° 27665 Ley de Protección a la Economía Familiar respecto a pago de Pensiones
en Centros y Programas Educativos Privados.
g) Ley 23585 Ley de Otorgamiento de Becas de estudio. D.S. No 26-83.
h) Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial.
i) Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular, aprobada por Resolución Ministerial
N° 0440- 2008-ED
j) Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educación Básica Regular, aprobados
por Resolución Ministerial N° 234-2005-ED
k) Decreto Supremo N° 004-98-ED, Reglamento de infracciones y sanciones para instituciones
educativas privadas, modificada por el DS N° 011-98-ED y DS N° 002-2001-Ed y ampliado por
el DS N° 005-2002-ED
l) R:M N° 0069-2008-ED, aprueba la directiva “Normas para la Matrícula de Niños y Jóvenes
con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo de la Educación
inclusiva”.
m) Ley de seguridad y salud en el Trabajo N° 29783 y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo N° 005-2012- TR.
n) Ley N° 29694 que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o
adquisición de textos escolares para lograr su eficiencia modificada por la Ley N° 29839 y su
reglamento aprobado por decreto supremo N° 015-2012-ED del 28 de setiembre de 2012.
o) RM N° 0028-2013-ED de fecha 25 de Enero 2013 sobre el ingreso y/o permanencia del niño
y/o niña en el Nivel Inicial.
p) Ley de Promoción de la Inversión en la Educación Decreto Legislativo Nº 882 y sus reglamentos
q) Ley Nº 28740. Ley del Sistema de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad
Educativa (SINEACE).
r) R.M. No 016-96-ED Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros y
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 7
Programas Educativos. Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo D.S. Nº 009–2005–ED
s) D.L. 882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación.
t) D.L. 854 Ley de Jomada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo.
u) R.M. No 058-97-TR Síntesis de la Legislación Laboral
v) Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor
w) Decreto Supremo N° 011-2011-PCM, Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de
Protección y Defensa del Consumidor del 18 de Febrero del 2011.
x) Ley 29719 Convivencia sin violencia, 21 de Junio del 2011, su reglamento aprobado por Decreto
Supremo N° 010-2012-Ed y los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la
Prevención y la Atención de la Violencia contra Niñas , Niños y Adolescentes”.
y) Ley 29893 – RM 0304 – 2012 – ED.
z) Código de Niños y Adolescentes aprobado por Ley Nº 27337.
a.a RM N° 0069-2008-ED, aprueba la Directiva “Normas para la Matrícula de Niños y Jóvenes
con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo de la
Educación inclusiva”.
a.b Disposiciones emanadas del Ministerio de Educación del Perú.
a.c Disposiciones del Régimen Laboral de la Actividad Privada
a.d Principios y Valores Institucionales
a.e Ley 28119, que prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenidos
pornográficos y a cualquier otra forma de comunicación en red de igual contenido.
a.f Ley 29988 denominada Ley que establece medidas extraordinarias para el personal
docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas implicado en
delitos de terrorismo, delito de violación, de la libertad, de tráfico ilícito, de drogas
Además en:
Principios y Valores Institucionales Bíblicos Cristianos.
Código de Protección y Defensa del Consumidor Ley 29571
CAPÍTULO II
DE LA ENTIDAD PROMOTORA
Artículo 7°.- La Entidad Promotora de la Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨
es la Asociación “IGLESIA ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA DEL PERÚ”, persona jurídica de
derecho privado, sin fines de lucro. Y ejerce sus funciones a través de la Dirección General de
Educación (DIGED), órgano dependiente de su Consejo Directivo Nacional.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 8
La Entidad Promotora ejerce sus atribuciones en la Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín
Simpson¨, a través de un representante designado por el Presidente del Consejo Directivo Nacional
de la Asociación “IGLESIA ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA DEL PERU”, con facultades inscritas
en los Registros Públicos. La designación recae en el Pastor Titular de la iglesia local a la que
pertenece el colegio, que es el representante legal del Consejo Directivo Nacional de la IGLESIA
ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA DEL PERU. a este representante se le denominará EL
PROMOTOR.
Artículo 8°.- Son funciones del Promotor:
a) Establecer la línea axiológica de la Institución Educativa Privada, dentro del respeto a los
principios y valores establecidos en la Constitución, vigilando que el servicio educativo responda a
los lineamientos establecidos en el "Proyecto Educativo Institucional" y en la búsqueda
permanentemente de la calidad del servicio educativo.
b) Establecer la organización y la administración de la Institución Educativa Privada, aprobar el
cuadro de funciones del mismo, así como la aplicación de los instrumentos de gestión, monitoreo y
evaluación que deben ser aplicados en el proceso educativo. Del mismo modo, decide respecto a la
fusión, transformación, escisión, disolución y liquidación de acuerdo a Ley.
c) Aprobar el Reglamento Interno y sus modificaciones; el Proyecto Educativo Institucional y el Plan
Anual de Trabajo presentado por el Director de la Institución Educativa Privada, estableciendo la
duración del período escolar, la propuesta pedagógica, sistema de evaluación y control de los
estudiantes y las relaciones con los padres de familia y ex alumnos, en coordinación con el Director.
d) Establecer el régimen económico, de selección de ingreso, disciplinario, de pensiones y de becas
en coordinación con la Dirección del centro educativo.
e) Asignar o retirar becas completas o parciales, en coordinación con la Dirección de la Institución
Educativa Privada.
f) Nombrar al Director de la Institución Educativa Privada, comunicando su nombramiento a las
autoridades correspondientes, en el tiempo establecido.
g) Designa al administrador de la Institución Educativa, así como al Pastor del colegio.
h) Aprobar el presupuesto de ingresos y egresos de la Institución Educativa, buscando en todo
momento de satisfacer, en coordinación con la Dirección, las necesidades que plantea el trabajo
educativo y la implementación, mejoramiento y ampliación de la infraestructura y equipamiento
educativo.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 9
CAPITULO III
DEL CENTRO EDUCATIVO
Artículo 9°.- La Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨ imparte educación en
los Niveles Inicial, Primaria y Secundaria. En cada nivel se desarrolla currículos integrados que
satisfacen las exigencias de la normatividad peruana y que promueven el despliegue de
Competencias, Capacidades y Actitudes que aseguren un óptimo desarrollo cognitivo, espiritual y
psicomotriz en nuestros alumnos.
Para ello se utiliza una metodología activa y participativa que considera los aportes de la sicología
educativa y se promueve la vivencia de los valores en las diferentes esferas del ámbito escolar. La
formación que brinda el centro educativo responde a las exigencias actuales y toma en cuenta los
últimos avances de la educación moderna.
Artículo 10º.- La institución tiene como VISIÓN:
Ser líderes en la formación de estudiantes competentes para desarrollar su proyecto de vida capaces
de comunicarse en inglés y francés a un nivel avanzado y que, confiando en Dios, estén dispuestos a
impactar y transformar la sociedad a la luz del evangelio.
Artículo Nº 11 El Colegio “Alberto Benjamín Simpson tiene como MISION:
Somos una institución educativa cristiana evangélica, comprometida en la formación integral de
estudiantes autónomos, creativos, críticos y democráticos, que basados en valores de amor, honor y
servicio, son consecuentes con la defensa de la vida y el ejercicio de la ciudadanía a la luz del
evangelio
Nuestros lemas son:
¨Instruye al niño en su camino, y aun cuando fuere viejo no se apartará de él¨
Proverbios 22:6
¨Para recibir el consejo de prudencia, justicia, juicio y equidad¨
Proverbios: 1:3
Son fines de la Institución Educativa Privada “Alberto Benjamín Simpson¨:
a) Impartir educación integral, de alto nivel académico y fundamentado en valores y principios
cristianos, en los niveles Inicial, Primaria y Secundaria.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 10
b) Impartir a los alumnos una educación acorde con los retos y necesidades de nuestro tiempo, sin
ningún tipo de discriminación, donde se integren en forma armónica la formación del ser humano,
las áreas: espiritual, académica-y física y las actividades culturales, científicas, recreativas y
deportivas.
Son objetivos fundamentales de la Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨:
a) Brindar una sólida e integral formación a la persona en todas sus dimensiones (biológica,
psicológica y espiritual) y que ellas propicien el adecuado desarrollo de sus dinamismos
fundamentales y su correspondiente expresión en el mundo del conocimiento, de las vivencias y de
la expresión práctica.
b) Favorecer la educación activa en la que los alumnos sean ellos mismos artífices de su propio
desarrollo, propiciando y fortaleciendo la formación de valores y actitudes necesarios para
enriquecer su formación personal.
c) Propiciar la conformación de una comunidad educativa en la que todos sus miembros; es decir,
alumnos, padres de familia, docentes y personal en general, se encuentren integrados.
d) Propiciar oportunidades de participación de la comunidad educativa en beneficio de la sociedad.
e) Aplicar innovaciones pedagógicas a fin de mejorar la calidad de los procesos de enseñanza y de
aprendizaje buscando permanentemente elevar el nivel de rendimiento del educando y la eficiencia
de la labor educativa.
f) Formar en los alumnos la identidad peruana pluricultural.
g) Promover el conocimiento de otros idiomas como elemento cultural y de integración a un
mundo globalizado.
h) Propiciar oportunidades de desarrollo personal y profesional de la comunidad educativa.
CAPITULO IV
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 12°.- la Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson¨ tiene la siguiente
estructura orgánica:
A) Órganos de Dirección
Son los responsables de la organización y funcionamiento del centro educativo, así como de
conducir el desarrollo de las acciones educativas. Lo constituyen:
- Promotora.- El promotor
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 11
- Dirección.- El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa Privada y su
representante legal, nombrado de acuerdo al artículo 7° de la Ley N° 26549.
- Sub-dirección.- Subdirector
B) Órganos Técnico-Pedagógicos
Son los responsables del desarrollo de las acciones educativas en sus respectivos niveles, ciclos y
especialidades. Son nombrados por los Órganos de Dirección y su conformación puede variar de
acuerdo a las necesidades educativas. Entre otros, los principales son:
- COORDINADORES DE NIVEL EDUCATIVO, INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA:
encargados de la supervisión, asesoramiento en las acciones técnico – pedagógicas y de
Tutoría y responsables del equipo docente a su cargo
- ASESORES DE ÁREA CURRICULAR: encargado de articular acciones con los docentes de su
especialidad
C) Órganos de Ejecución Educativa
Son los encargados de hacer cumplir en sus respectivos ámbitos de acción, las disposiciones
emanadas de los órganos directivos y técnico-pedagógicos. Lo constituyen:
• Los Docentes.
• Los Tutores.
D) Órganos de Apoyo
Brindan soporte especializado y relevante para el logro de los objetivos propios del centro
educativo. Son nombrados por la Entidad Promotora y su conformación puede variar de acuerdo a
las necesidades educativas e institucionales. Lo constituyen:
El Pastor del Colegio
Coordinación de Psicopedagogía.
Coordinador de Normas Educativas y Auxiliares de Educación
La Administración.
La Secretaria.
El Contador
La Tesorería
Coordinador de Actividades
Asociación de Padres de Familia – Ex alumnos
Comités de Aula
El personal de servicio.
Artículo 13°.- El Promotor y el Director son miembros del Personal Jerárquico.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 12
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 13
CAPITULO V
DE LAS FUNCIONES
DE LOS ÓRGANOS ACADÉMICOS
DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
Artículo 14°.- Es el órgano responsable de la administración y gestión académica del colegio,
coordinando con los diferentes estamentos las acciones pertinentes para la mejora tanto del proceso
enseñanza-aprendizaje como del aspecto formativo. Responde a la necesidad de tener un órgano
que promueva una propuesta educativa que vincule los objetivos de padres de familia, la visión
institucional y la parte pedagógica.
Su misión principal es la de liderar a la institución hacia el éxito en el ámbito académico. Es el
encargado de establecer (rediseñar y redefinir) los lineamientos de la propuesta educativa
institucional e innovarlas de acuerdo a las exigencias educativas del contexto actual.
Conformación.
Está integrado por:
- El Promotor
- El Director
- Sub Director
- Coordinadores de Nivel Educativo y TOECE, Inicial, Primaria y Secundaria
- Pastor(es) del Colegio
Responsabilidades del Promotor:
Dirigir la política educativa.
Administrar la documentación de la Institución Educativa Privada en lo concerniente a las
acciones pedagógicas.
Es el Responsable directo del éxito de la Institución Educativa Privada.
Aprobar y participar en el proceso de elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PCC, PAT, RI
y demás documentos de gestión, en el contexto de una mejora de la calidad educativa.
Promover mecanismos y modelos de participación de los diferentes estamentos educativos, para
contribuir al buen clima y liderazgo institucional, así como en la evaluación de la gestión de la
institución orientada a mejorar su prestigio en la comunidad.
Fortalecer las formas de organización y funcionamiento existentes y promover otras que
conduzcan a elevar la calidad de los servicios educativos.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 14
Participar en la evaluación para el ingreso del personal docente de la institución.
Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente que destaquen en su
desempeño en la institución educativa de acuerdo a una evaluación por competencias, y a los
estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del Proyecto Curricular y el Proyecto
Educativo Institucional.
Presentar proyectos de desarrollo educativo.
Planificar y organizar en equipo el trabajo pedagógico del centro educativo.
Velar por el cumplimiento de los objetivos del centro educativo, haciendo uso de su capacidad
direccional, coordinadora y supervisora del personal a su cargo.
Promover, difundir y asesorar en cuanto a los trámites de otorgamiento de becas al personal
docente con el propósito de desarrollar proyectos de investigación y/o participación en cursos de
actualización profesional y desarrollo académico.
DEL DIRECTOR
Artículo 15°.- El Director es la primera autoridad de la Institución Educativa Privada y su
representante legal. Es el responsable de la organización y de la conducción, de la programación, de
la supervisión y de la evaluación de todas las acciones técnico-pedagógicas y legales. Su cargo es de
confianza y sus funciones son:
Atribuciones.
a) Ejerce la personería legal e institucional del centro educativo.
b) Vela por el cumplimiento de los objetivos institucionales, el estilo y las tradiciones del centro
educativo.
c) Dicta las disposiciones académicas necesarias para el adecuado desenvolvimiento de todas las
actividades de
la Institución Educativa Privada.
d) Aplica el Reglamento Interno: Decreto Directoral, Resolución Directoral.
e) Informa permanentemente a la entidad promotora sobre las diversas ocurrencias del quehacer
educativo.
f) Dirige el equipo de selección del personal docente y propone al PROMOTOR la contratación del
personal docente seleccionado.
g) Cumplir el flujograma establecido para la admisión de estudiantes nuevos al plantel.
h) Verificar la existencia, autenticidad de los documentos y Actas de Notas que señale la Ley.
i) Firma las comunicaciones oficiales y correspondencia general con los padres de familia, previa
coordinación con el Promotor.
j) Firma la documentación oficial de la Institución Educativa Privada.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 15
k) Fomentar la actualización profesional del personal, así como estimular su buen desempeño.
l) Propone la oportuna contratación y/o renovación de los recursos humanos docentes y
materiales, de modo que estén siempre acordes con las exigencias técnico-pedagógicas
modernas.
m) Firmar contratos o convenios que el centro educativo necesite concertar con otras instituciones,
en coordinación con el PROMOTOR.
n) Establecer el régimen laboral de los trabajadores de la Institución Educativa Privada.
ñ) Suscribe los contratos de trabajo con el personal docente y administrativo del Colegio
Responsabilidades.
a) Conducir y administrar la Institución Educativa con las atribuciones y poderes que se fije en el
respectivo contrato.
b) Dirigir la diversificación del currículo básico.
c) Conducir la elaboración y presentar a la Promotoría para su aprobación, los instrumentos de
gestión: Plan Anual de Trabajo, Informe de Gestión Anual (IGA) y Proyecto Educativo
Institucional (PEI) que comprende el Proyecto Curricular de Centro (PCC) y el Reglamento
Interno (RI); así como supervisar su ejecución y evaluarlos, proponiendo los cambios que sean
necesarios; presentarlo a las instituciones correspondientes con las cuales corresponda por norma
hacerlo.
d) Conducir, controlar, supervisar y evaluar los procesos de gestión pedagógica.
e) Suscribir las nóminas de matrícula, actas, informes, constancias y libretas de información de
evaluación o de notas, certificados de estudios y demás documentos técnico pedagógicos que
otorgue la Institución Educativa.
f) Propiciar un ambiente institucional y clima laboral favorable al desarrollo del servicio educativo.
g) Facilitar programas de apoyo en los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los
estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables a su aprendizaje.
h) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica, de gestión, experimentación e
investigación educativa.
i) Informar periódicamente al promotor sobre su gestión.
j) Establece las áreas de Coordinación y nombra los Coordinadores con la aprobación de la
Promotoría.
l) Nombra a los responsables de las diversas actividades de la Institución Educativa Privada
contempladas en el Plan de Trabajo Anual.
m) Formula peticiones al PROMOTOR para atender las necesidades del trabajo educativo.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 16
n) En consulta con la Promotora, Comisiones revisoras conformadas por docentes de cada área y
nivel y Comités de Aulas, aprueba la lista de textos escolares para cada año.
o) Fomenta relaciones de amistad e intercambio de experiencias con otras instituciones,
principalmente educativas.
Funciones Específicas de Supervisión y Evaluación
a) Controla y supervisa las actividades técnico-pedagógicas y extracurriculares de la Institución
Educativa Privada Conjuntamente con la Promotora.
b) Formula el Sistema de Evaluación por Competencias del Personal de la Institución Educativa
Privada administrando el proceso anual de evaluación y sintetiza oportunamente la
información para la Promotora del Centro Educativo y las instancias oficiales del Ministerio
de Educación.
c) Estimula al personal del centro educativo por acciones extraordinarias tanto en el
cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en beneficio de los alumnos o
de la Institución.
d) Lleva el control de asistencia y tardanzas del personal docente y personal administrativo
bajo su línea de mando, tanto a la Institución Educativa Privada como a las aulas, así como
autorizar los permisos de salida.
e) Evalúa las justificaciones.
f) Aplica las sanciones al personal docente por incumplimiento de funciones o por actos reñidos
con la tarea educativa, de acuerdo con este Reglamento Interno.
DEL SUBDIRECTOR
De acuerdo al marco normativo del sector Educación y de la responsabilidad del promotor de
“fortalecer las formas de organización y funcionamiento existentes y promover otras que conduzcan
a elevar la calidad de los servicios educativos”, se establece el puesto de Sub director en la I.E.P.
“A.B. Simpson” con funciones específicas, para compartir la gestión pedagógica de la institución
educativa, siendo jerárquicamente el inmediato inferior después de la Dirección, constituyéndose en
un valioso órgano de asesoramiento, conexión, ejecución y apoyo para la gestión.
Son Funciones Específicas del Subdirector
1. Elaborar el Plan de TOECE (Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar), con
el equipo a su cargo (Áreas de Psicología, Pastoral, Normas Educativas y Docentes) y en
coordinación con la Dirección.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 17
2. Difundir el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar y supervisar su
cumplimiento. Sus actividades se cumplen en las áreas personal-social, académica,
vocacional, salud corporal, emocional y mental, ayuda social y convivencia escolar.
3. Establecer los flujos correspondientes para la oportuna derivación, atención y seguimiento
de los estudiantes con problemáticas identificadas formalmente.
4. Implementar los protocolos de atención de los estudiantes y padres de familia así como
instrumentos que resulten necesarios para registro de la información que son estrictamente
de uso interno, en armonía con el reglamento de la institución.
5. Planificar, convocar y realizar jornadas de reflexión generales, por niveles, grados para
verificar el desarrollo del plan TOECE o abordar una problemática emergente. Estas pueden
ser opinadas e inopinadas
6. Desempeñar de manera compartida, la gestión de la institución educativa, siguiendo los
lineamientos establecidos por el Promotor y Dirección.
7. Supervisar, asesorar y evaluar la planificación, organización y ejecución de las actividades
técnico-pedagógicas.
8. Conducir, supervisar y evaluar el desarrollo integral del currículo articulando las acciones
académicas, de TOECE y de proyección social.
9. Velar por el cumplimiento de las actividades pedagógicas en el aula y el desarrollo de las
horas efectivas de clases
10. Mantener una comunicación fluida mediante informes escritos y verbales periódicos y en
caso de una problemática emergente de inmediato a las instancias superiores (Dirección –
Promotor)
11. Limitar sus funciones y quedar exenta de toda responsabilidad cuando la Dirección o
Promotoría intervengan dando inicio a la atención de una problemática con estudiantes o
padres de familia pues es deber realizar el acompañamiento hasta el cierre del mismo.
COORDINADORES DE NIVEL EDUCATIVO, INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA
Artículo 16º.- Coordinan la planificación, ejecución y control del desarrollo curricular y de tutoría de
su nivel respectivo.
DEL COODINADOR ACADEMICO DE NIVEL Y DE TOECE
La Coordinadora Académica de Nivel, depende del Director del Colegio y coordina semanalmente
con él.
Es la encargada de planificar, organizar, coordinar, orientar, supervisar el proceso enseñanza
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 18
aprendizaje en los niveles y modalidades que atiende el Centro Educativo:
- Educación Inicial
- Educación Primaria y Menores
- Educación Secundaria de Menores
La Coordinadora Académico de Nivel, depende directamente de la Sub- Dirección y del Director(a)
con quien coordina permanentemente toda acción que cumpla. Orienta su actividad al logro de los
objetivos propuestos, contando con la participación de todo el personal docente y alumnado y
cuentan con el apoyo de los Coordinadores de áreas.
Tiene las siguientes funciones comunes:
1. PLANIFICACION
a) Participar en la formación del Plan de Trabajo del Plantel y del Plan de TOECE.
b) Coordinar la marcha académica del Centro Educativo, velando por la excelencia y eficiencia
Técnica-Pedagógica.
c) Orientar a los Profesores y a los Organismos de Formación Humano- Cristiana en él
planeamiento y desarrollo de sus respectivos proyectos y actividades.
d) Promover la investigación en el Área de Administración Curricular con fines de lograr la
currícula, sistema pedagógico y de evaluación propias del Centro Educativo, que respondan al
perfil de Educando y al proyecto educativo.
e) Elaborar los proyectos de cuadros de horas, distribución de asignaturas o líneas de acción
educativa, entre los docentes, para la aprobación por parte de la Dirección.
f) Proponer anualmente los Cuadros de Asignación de Profesores y Tutores de Aula o de grado,
con fines de rotar personal o integrar en casos de vacancia o incremento.
g) Cumplir con prever, organizar y ejecutar las acciones de supervisión académica, general y
especializada, opinada y no opinada, aplicando los correctivos en casos necesarios.
h) Asesorar y verificar que las listas de útiles escolares, materiales y medios auxiliares, sean los
estrictamente necesarios.
i) Brindar el asesoramiento para una buena administración curricular estableciendo la relación
entre los siguientes elementos y procesos:
Operativización a la luz del Perfil del Educando y del Proyecto Educativo del Centro
Educativo.
Determinación de los objetivos del Programa de Estudios, en base al Perfil del Egresado
del Centro Educativo.
Elaboración de los carteles de alcances y secuencias de contenidos y objetivos específicos.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 19
Elaboración de la matriz axiológica.
Elaboración de las unidades didácticas.
Selección de estrategias, métodos y técnicas obstrucciónales.
Selección de instrumentos de evaluación.
j) Orientar el trabajo de los Profesores brindándoles el asesoramiento correspondiente y
haciéndoles conocer las disposiciones oficiales.
k) Programar y realizar jornadas de actualización para docentes en coordinación con el Director.
l) Establecer en coordinación con el Director, los horarios del Personal Docente.
m) Informar periódicamente al Director, a los profesores, alumnos y padres de familia, sobre
el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje.
n) Informar semestralmente al Director sobre la situación del área a su cargo.
o) Elaborar el Plan de Tutoría y convivencia democrática del nivel junto con el equipo a su
cargo, en coordinación con la Subdirección y bajo los lineamientos del Plan de TOECE de la
Institución.
2. EJECUCIÓN Y SUPERVISION
a) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnicos-pedagógicas del área de su
competencia, en coordinación con el Director.
b) Recomendar en coordinación con los docentes, la adquisición de material didáctico y
actualizar el catálogo para el conocimiento y uso de los profesores.
c) Programar las evaluaciones de progreso al final de cada unidad didáctica o del bimestre.
d) Controlar y dosificar las tareas escolares y otras asignaciones que se realizan en el domicilio.
e) Mantener reuniones de coordinación con el personal docente de su nivel.
f) Mantener un diálogo continuo con los padres de familia en torno al avance educativo de sus
hijos y con fines de ofrecer orientación para que pueda apoyar la labor escolar.
g) Prever, organizar, dirigir y supervisar los procesos de evaluación de recuperación,
complementación, subsanación y revalidación, en conformidad con las normas vigentes.
h) Conducir técnicamente la administración documentaria de su responsabilidad.
i) Supervisar las actividades de orientación y bienestar del educando.
j) Recepciona y supervisa los planes, programas, registros, diarios de clase, así como los planes de
actividades de estudios (visitas, museos, excursiones) y velar por su cumplimiento.
k) Coordina acciones con los Asesores de asignaturas para los concursos internos y /o externos,
motivándolos a tener resultados óptimos en su nivel.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 20
l) Mantiene informada a la Dirección y Subdirección de los progresos significativos o dificultades a
fin de buscar soluciones inmediatas.
l) Contribuye a la formación de hábitos de estudio y métodos de auto e inter-aprendizaje en
coordinación con el Dpto. psicológico.
n) Propende a canalizar el dictado de clases de nivelación.
ñ) La Coordinadora Académica de Educación Primaria, además de atender el nivel de su de su
competencia, es responsable del nivel de Educación Inicial.
o) El Sub-Director o Coordinador Académico de Primaria y Secundaria además, deben promover
planificar, organizar, desarrollar, supervisar y evaluar las siguientes actividades culturales:
Eventos de creatividad tecnológica y laboral.
Programas de difusión cultural a través de periódicos murales, boletines informativos,
revistas, audiciones radiales y televisivas.
Exposiciones escolares
Visitas y excursiones con propósitos de estudios
Celebraciones del Calendario Religioso- Cívico Escolar.
Campañas de prevención.
p) Difunde los documentos normativos y técnicos, proporcionando a los profesores la
implementación necesaria en el área de su competencia.
q) Recepciona los Planillones de Notas de la Secretaría para supervisar en su revisión por los
responsables.
r) Coordinar con los responsables de cada fecha cívica, la programación de cada celebración
importante, por lo menos con un mes de anticipación.
s) Prever todos los detalles para el cumplimiento de las ceremonias cívicas de los días Lunes y
Miércoles en secundaria y Martes y Viernes en primaria.
t) Llevar un récord del cumplimiento de cada profesor e informar cada bimestre en forma
porcentual.
ASESORES DE ÁREA CURRICULAR.
Artículo 17°.- Son nombrados por la Dirección. Aplican conjuntamente con los profesores de la
misma especialidad, los lineamientos pedagógicos aprobados en el Plan Operativo aprobado por el
Consejo Académico. Planifican acciones con la Coordinación Académica. Coordinan la planificación,
ejecución y control de desarrollo curricular a nivel de docentes área curricular: comunicación,
ciencias naturales, ciencias sociales y formación cristiana.
Artículo 18º- Son funciones específicas de los Asesores de Área Curricular:
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 21
Conducir el proceso de programación y evaluación curricular, dentro de los lineamientos
establecidos por la Institución y el Ministerio de Educación.
Sugerir técnicas de enseñanza-aprendizaje, a los docentes de su cargo.
Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, el
Proyecto Curricular del Centro y el Plan Anual de Trabajo.
Supervisar el trabajo de los docentes del área en toda su extensión, aplicar oportunamente
las medidas correctivas y velar por el óptimo manejo de la Intranet, para favorecer la
comunicación con Padres de Familia
Motivar la creatividad del personal de su área, en todos los aspectos del quehacer educativo
como: elaboración de material didáctico, propuesta de proyectos de innovación otros.
Entre las funciones operativas tenemos:
o Presentar los informes correspondientes a la Coordinación de Nivel
o Proponer la distribución de los profesores de su área en cada grado y curso
o Conducir las reuniones semanales de su equipo académico para tratar asuntos propios
de su coordinación u otros que les encarguen la Dirección
o Revisar los registros de evaluación y su adecuado funcionamiento
o Velar el cumplimiento de las disposiciones de las autoridades, propiciando un
ambiente de armonía comprensión y colaboración.
o Participar en todas las reuniones promovidas por la Dirección y subdirección, y cumplir
con los acuerdos que en ella se adopten.
o Asesorar al personal a su cargo, en el campo técnico pedagógico.
o Aprobar los Planes de trabajo de su equipo.
o Presentar en la fecha programada su Plan Anual de Trabajo.
o Aprobar la elección de textos, lista de útiles u otros proyectos del personal a su cargo y
elevar a la Dirección.
o Participar activamente en las diferentes actividades organizadas por el plantel.
DE LOS DOCENTES.
Artículo 19º.- Los docentes son la base fundamental sobre la que descansa la organización del centro
educativo, por lo tanto su desempeño constituye la piedra angular sobre la que se construye todo lo
demás. Los docentes de la Institución Educativa Privada, como Licenciados de la educación tienen
como misión formar a los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Cuentan con
solvencia espiritual bíblica cristiana, moral, salud física y mental. Son designados por la Dirección.
Coordinan con sus colegas en las acciones sobre la enseñanza-aprendizaje. Depende jerárquica y
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 22
funcionalmente de su respectivo Coordinador en lo referente a su labor pedagógica y de las
autoridades superiores.
Artículo 20º.- Son funciones específicas de los docentes:
Planificar, desarrollar y evaluar actividades orientadas al logro del aprendizaje de los
educandos.
Participar en las acciones destinadas a la elaboración del PEI, PCI, PAT y RI de la institución
así como en la ejecución y evaluación de los mismos.
Desarrollar el trabajo docente con eficiencia, puntualidad, espíritu de colaboración y con
lealtad al Colegio, a las autoridades y colegas.
Proponer y desarrollar proyectos educativos y participar en la elaboración de materiales.
Asumir funciones de consejería y actividades docentes de apoyo para alumnos que lo
requieran, orientadas a lograr el desarrollo integral del alumno.
Participar en eventos de capacitación, organizados por el colegio y por delegación en otras
instituciones de carácter pedagógico, efectuando el efecto multiplicador pertinente.
Entre las funciones operativas tenemos:
o Elaborar, ejecutar y evaluar las programaciones curriculares de las asignaturas a su
cargo.
o Ejecutar el proceso de evaluación de los alumnos en forma seria y responsable
o Mantener la disciplina de los alumnos dentro y fuera de la institución, interviniendo
oportunamente cuando el caso lo requiera, buscando optimizar su proceso de
aprendizaje.
o Participar en todas las reuniones promovidas por los Coordinadores, Sub-Dirección y
Dirección, y cumplir con los acuerdos que en ella se adopten.
o Comunicar y coordinar oportunamente con los padres de familia sobre los aspectos
académico y conductual de sus hijos, haciendo uso de los instrumentos previstos por la
institución, y conceder las entrevistas dentro del horario establecido.
o Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno.
o Mantener una comunicación fluida y permanente con los diferentes estamentos del
plantel a través del e-mail del colegio y otros instrumentos establecidos por la
institución. Así mismo enviar los informes correspondientes de la labor realizada, a las
autoridades pertinentes.
TUTORES.
Artículo 21º.- Los tutores son docentes que realizan la consejería correspondiente para lograr el
desarrollo integral del educando y por tanto responsable directo de la orientación de su aula en los
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 23
aspectos formativos, de conducta, aprovechamiento e integración. Es el punto de convergencia de
los esfuerzos educativos de Padres, Profesores, Colegio y estudiante. El cargo es asignado por la
Dirección. Su carga horaria corresponde a la sección donde ejerce la tutoría.
Son los primeros responsables de intervenir en asuntos de indisciplina conjuntamente con el docente
del curso, trabajando estrechamente con el Coordinador de Tutoría y Orientación Educacional,
Jefatura de Normas y Convivencia y el Coordinador de Psicopedagogía. Los tutores dependen en
primera instancia del Coordinador de Tutoría y Orientación Educacional, del Director, Subdirectores
y Asesoran a los alumnos a su cargo en los problemas académicos, personales o de conducta y
promueven la solución de aquellos que surjan entre los profesores, alumnos y entre los mismos
alumnos.
Las horas de tutoría se dictan de la siguiente manera:
1. En primaria de 1º a 3º grado, los tutores tienen 5 horas de tutoría semanal.
2. De 4º a 6º grado tienen 4 horas semanales.
3. En Secundaria los tutores tienen 2 horas a la semana.
Artículo 22º.- Son funciones específicas de los tutores:
Participar en la elaboración del Plan General de Tutoría. Programar y desarrollar el Plan
Tutorial del grado respectivo, en el horario establecido, con el apoyo y asesoría de la
Coordinación de Tutoría y Orientación Educacional (TOECE) y el Departamento
Psicopedagógico. Aplicar estrategias que permitan el desarrollo integral de los alumnos:
autonomía, espíritu crítico y reflexivo, creatividad y solidaridad.
Realizar acciones de tutoría que favorezcan el desarrollo personal de los alumnos en el aula,
al inicio (15 minutos) y al término del horario escolar (10 minutos), según lo establecido por
la institución, para realizar actividades permanentes de tutoría.
Detectar y orientar a los alumnos con dificultades de aprendizaje y/o conductuales,
derivando los casos que requieran atención especializada a la Coordinación Pedagógica,
quién derivará dichos casos al Departamento de Psicología y/o Área Pastoral.
Establecer una comunicación permanente a través de reuniones con los profesores del aula
para conocer sus impresiones respecto al desempeño conductual y académico de los
alumnos, como también con el psicólogo(a) del grado, para recibir el apoyo y orientación
necesaria.
Promover la participación responsable de los padres o apoderados en la formación integral
de los alumnos.
Realizar entrevistas personales con los padres de familia para mantenerlos informados del
avance conductual y académico de sus hijos, mínimo una vez por semestre,
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 24
Mantener una comunicación permanente con los padres de familia a través de la Intranet
del colegio.
Entre las funciones operativas tenemos:
- Difundir y promover el cumplimiento del Reglamento del alumno.
- Gestionar la justificación las inasistencias ante Jefatura las Subdirecciones respectivas,
cuando el período de inasistencia de los alumnos es de dos o más días.
- Fomentar el trabajo en equipo con responsabilidad, disciplina y el cultivo de valores que
la institución educativa promueve.
- Determinar la nota de conducta tomando en cuenta las normas establecidas y los
informes de los profesores de sección.
DE LOS CAPELLANES DEL COLEGIO
Artículo 23 º.- Son designados por la entidad promotora IGLESIA ALIANZA CRISTIANA Y
MISIONERA DEL PERÚ. Están encargados del área espiritual de la Dirección, personal
administrativo, docentes, alumnos y padres de familia.
Son Funciones de (los) Capellán (es) del Colegio:
a) Organizar el proceso de enseñanza en educación religiosa y el material de enseñanza
oportunamente.
b) Capacitar y evaluar al personal docente en las doctrinas de la fe y en la didáctica para el
desarrollo del área de formación cristiana.
c) Supervisar el proceso de enseñanza y aprendizaje del área de educación religiosa
d) Atender los problemas de carácter espiritual de los alumnos en coordinación con el área de
TOECE y Dirección.
e) Planificar y llevar a cabo reuniones de adoración semanales de acuerdo a las necesidades
espirituales del alumnado, organizar campamentos y fomentar ayuda social de acuerdo a un
plan de trabajo anual
f) Bridar el devocional diario para cada grado de estudio y coordinar el reemplazo con el
personal asignado ante la ausencia del encargado.
g) Brindar consejería pastoral al personal del plantel, padres de familia y alumnado coordinando
con los responsables de área y siguiendo los protocolos; así como también velar por la vida
espiritual de los mismos.
h) Participar organizadamente en el proceso de admisión de acuerdo a los flujogramas y protocolos
establecidos.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 25
PSICOLOGÍA
Artículo 24º.-Conformada por psicólogos designados por la Dirección de los cuales uno de ellos
ejercerá la función de coordinador. Dependen jerárquica y funcionalmente de la Dirección,
Subdirección y Coordinación del Nivel. Brindan servicios de asesoramiento a los padres de familia,
docentes y alumnos con relación a los problemas personales, aprendizaje y de conducta que los
estudiantes pudieran tener, respondiendo sus acciones al ámbito preventivo de la psicología
educacional.; así como otras tareas que le encargue la Dirección.
Artículo 25º.- Son funciones específicas de los Psicopedagogos:
Colaborar en la elaboración del Plan Anual de TOE y en el Plan Anual de Trabajo.
Colaborar con los Tutores en la elaboración del Plan de Tutoría.
Supervisar el cumplimiento del Plan de TOECE.
Realizar acciones preventivas y seguimiento a los educandos que presentan bajo
rendimiento escolar, dificultades en el aprendizaje, lenguaje, conducta, personalidad y
adaptación, permitiendo que el alumno aprenda a superar sus limitaciones y desarrollar
sus habilidades. Comunicarse oportunamente con los padres de familia para que brinden
atención especializada externa cuando los casos lo requieran.
Propiciar reuniones con el equipo de tutores y personal docente para informar sobre el
avance de los alumnos atendidos, dando pautas que permitan unificar criterios para un
mejor tratamiento con los alumnos.
Permitir una mejor relación del Colegio con la familia, a través de la atención y
comunicación grupal y/o individual dirigida a los padres de familia (charlas, entrevistas,
Escuela de Padres, mensajería Intranet etc.).
Realizar observación y entrevista Psicopedagógica, en los procesos de ingreso, a los
menores de 2° de Primaria a V de secundaria (A excepción de los niños de Inicial y 1°);
también entrevistar a los Padres de Familia de todo menor que participa en estos
procesos.
Propiciar actividades formativas para el alumnado como taller de líderes, de integración,
de adaptación, de orientación vocacional tanto con personal del Colegio “Alberto
Benjamín Simpson”, así como otras instituciones o profesionales.
Guardar en estricta reserva la información de los diferentes estamentos, excepto con los
órganos pertinentes para favorecer el apoyo oportuno.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 26
Ejecutar la reubicación de alumnos en las diferentes secciones, con el apoyo de los
Tutores y Docentes, en coordinación con la Dirección y Subdirección.
Participar activamente en las diferentes actividades programadas por el colegio.
Presentar informes semestrales sobre la labor realizada a la Coordinación Académica y de
TOECE del Nivel con copia a la Subdirección y Dirección.
JEFATURA DE NORMAS EDUCATIVAS – AUXILIARES DE EDUCACIÓN
Artículo 26º-La Jefatura de Normas Educativas, integrada por los auxiliares de Educación, trabaja
directamente con los Tutores, Docentes, Coordinación de Nivel, Subdirección y Dirección. Su
función principal es realizar acciones que contribuyan a mantener la correcta disciplina y orden en
el plantel, además de velar por la buena formación integral del educando, contribuyendo
adecuadamente en su desarrollo bio-psico-social-espiritual.
Artículo 27º.- Son funciones específicas de la Jefatura de Normas Educativas – Auxiliares de
Educación:
Brindar a los alumnos consejería y orientación, contribuyendo en su desarrollo integral,
promoviendo el cumplimiento del Reglamento Interno del Plantel y la vivencia de los
valores que guían nuestra acción formativa, a partir de la reflexión con ellos, manteniendo
informado al tutor y/o autoridades superiores de acciones realizadas.
Supervisar y mantener la buena presentación orden y disciplina de los alumnos a su cargo,
durante el horario escolar dentro y fuera del plantel en actividades oficiales, estableciendo
una relación de empatía y respeto.
Velar por la seguridad de la comunidad educativa y orientarla sobre las acciones a tomar en
caso de emergencia, respondiendo a nuestra participación como equipo, dentro del Comité
de Defensa Civil
Verificar el normal funcionamiento del servicio de vigilancia e informar al Director.
Controlar la hora de entrada, recreo y salida asegurando el normal desenvolvimiento del
mismo.
Participar en las reuniones de tutoría por grado y nivel para evaluar la situación y establecer
las estrategias necesarias para orientar a los alumnos de acuerdo a la realidad y problemática
de cada aula.
Informar oportunamente a las autoridades pertinentes sobre los problemas de conducta que
se puedan presentar a fin de darles solución y principalmente orientar a los alumnos
implicados.
Entre las funciones operativas tenemos:
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 27
o Orientar al Estado Mayor y Brigadieres de Aula en el cumplimiento de sus
funciones. (nivel Secundario).
o Asesorar a las Escoltas para su óptimo desenvolvimiento en las diferentes
actividades cívicas realizadas en nuestra institución y/o en la comunidad.
o Participar activamente en las diferentes actividades del plantel y en las que el
colegio participe como invitado.
o Recorrer continuamente los salones de clases en cambio de horas y pasadizos de
los pisos o áreas a su cargo verificando el cumplimiento de los horarios de inicio
y término de clases por parte de los alumnos y docentes; así como para detectar
irregularidades o problemas de funcionamiento.
o Informar a la Coordinación respectiva del Nivel Inicial, Primaria y Secundaria las
asistencias y tardanzas de docentes y al TOECE con respecto a los alumnos, así
como de irregularidades detectadas en el colegio.
o Ser rigurosos en el cumplimiento del Reglamento Interno, de acuerdo a casos.
o Supervisar y revisar la entrega de notas de comportamiento(conducta y
responsabilidad) las cuales deben ser visadas por la Coordinación del Nivel.
o Ingresar la asistencia – puntualidad de cada día en la plataforma del colegio, para
Primaria y Secundaria con un retraso máximo de 24 horas; en el nivel Inicial
semanalmente es el plazo máximo
DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
DE LA ADMINISTRACION GENERAL.
Artículo 28º.- Es responsabilidad de la Entidad Promotora y depende funcionalmente de la misma.
Artículo 29º.- Son funciones de la Administración General:
Ejecución presupuestal
Logística
Supervisar y controlar el buen funcionamiento físico de las aulas y ambientes. Ver su correcto
funcionamiento y sugerir medidas para corregir deficiencias.
Mantener actualizado el inventario de los bienes de propiedad del Centro Educativo.
Organizar la infraestructura física y logística para el proceso de la matrícula.
Coordinar con la Dirección el uso eventual de los ambientes y/o equipos del Centro
Educativo
Implementar un sistema de dirección y control que permita supervisar el Plan Anual de
Trabajo, en el aspecto administrativo, en coordinación con la Dirección.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 28
Elaborar el manual de procedimientos de las áreas de logística (compras, almacenes), servicio
y mantenimiento.
Elaborar planes de acción para la prevención de riesgos relacionados a la salud e higiene de
la institución.
Análisis, mejoramiento, implementación y supervisión del área de almacenes.
o Diagnóstico de la situación actual.
o Implementación y ajuste de Software existente del control de almacenes, kardex,
base de datos de proveedores, automatización del proceso de compras.
o Distribución física de los almacenes y taller.
o Baja de equipos y productos.
Gestionar, evaluar e implementar el área de Compras y Logística (proceso de compras,
cotizaciones).
Análisis, mejoramiento y asesoría del área del comedor.
o Evaluación y mejoramiento de la funcionalidad del software (ingresos, reportes,
cuentas por cobrar)
Gestionar el área y personal de servicio y mantenimiento.
o Funciones, cronograma de labores (semanal, mensual).
o Supervisión de labores.
o Elaborar cronograma de mantenimiento preventivo de las maquinarias y equipos de
la institución.
o Supervisar el estado y conservación de la infraestructura del colegio.
Administrar la disponibilidad de las aulas e infraestructura para su separación.
Proponer alternativas de inversión, estrategias, solución de problemas.
Reportar los avances e informes finales a la Gerencia para su evaluación y decisión.
ADMINISTRACIÓN ADJUNTA.-
El Asistente Administrativo, se ocupa de las acciones de Administración Educacional
vinculadas a Profesores y Alumnos; cuya responsabilidad es apoyar la tarea administrativa.
Coordina conjuntamente con el Administrador las acciones para el cobro de las pensiones y
proveer los medios materiales necesarios para realizar óptimamente la labor educativa.
Además tiene las siguientes funciones:
1.- Atender a los Padres de Familia en lo que se refiere a cobros de pensiones escolares, y otros
conceptos.
2.- Informar a los Padres de Familia que ingresan a nuestro plantel de los requisitos
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 29
indispensables, pensiones y otros.
3.- Atención exclusiva al Personal del Plantel en lo que se refiere a préstamos, adelantos y
descuentos.
4.- Es responsable de la Tesorería del Colegio y Responder mancomunadamente con la
Administración General y Dpto. Contable de los fondos del Colegio.
5.- Atender a los proveedores según sea el caso.
6.- Se encargará de la Caja Chica diariamente, reportando a Contabilidad de los ingresos
y egresos diarios.
7.- Desarrollar la cobranza por atrasos en pagos de pensiones siguiendo la política establecida
8.- Actualizar la relación de alumnos que no estén al día en el pago de pensiones.
9.- Colaborar en la elaboración de planillas de pago de haberes y salarios.
10.- Elaborar cheques de pago según sea el caso.
SECRETARIA
Artículo30º- Es el órgano de apoyo encargado de la organización y administración del flujo
informativo de la Dirección de la Institución Educativa Privada, tanto de entrada como de salida.
Realiza las tareas relacionadas con el trámite documentario, archivo, correspondencia, atención al
público, etc. Brinda información práctica, adecuada y veraz en su área, acorde a lo que le faculta sus
funciones y normas de la Institución. Su función de canalizar la información exacta, puntual y veraz
permite la toma de decisiones de la Dirección. Es designado y depende jerárquica y funcionalmente
de la Dirección del Plantel.
Artículo 31°.- Son funciones específicas de la Secretaría:
Recibir la correspondencia enviada al plantel y adjuntar a la misma los antecedentes e
informes que faciliten su tramitación.
Entregar memorando(s) y otros documentos al personal docente y administrativo en los
asuntos que compete a la Dirección
Preparar comunicados a los padres de familia.
Efectuar y remitir la correspondencia ordenada por el Director.
Organizar la inscripción del proceso de admisión de acuerdo a lo establecido en las normas y
flujogramas
Preparar la documentación y apoyar en el proceso de matrícula.
Apoyar en la presentación de toda la documentación que de acuerdo a las disposiciones
vigentes debe efectuar el Plantel a las diversas reparticiones públicas, peruanas en el ámbito
pedagógico-administrativo.
Preparar la documentación general del Colegio.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 30
Mantener un archivo especial de leyes, decretos, resoluciones, circulares y demás
disposiciones del Colegio.
Atender, orientar y proporcionar a los padres de familia y al público en general información
y los documentos que las normas y reglamento establecen como accesibles; solicitados por
escrito y con previa autorización.
Verificar la lista de alumnos por grados y secciones que elabora el Departamento
Psicopedagógico en coordinación con los tutores.
Entregar bajo cargo los Certificados Oficiales, Constancia de Estudios y otros.
Remitir a la autoridad competente, dentro del plazo prescrito las nóminas de matrícula, actas
de evaluaciones.
Actualizar las fichas únicas.
Actualizar las fichas del personal.
Conducir y conservar bajo su responsabilidad el archivo de notas y actas oficiales,
efectuando las revisiones necesarias para el estricto cumplimiento de las normas al respecto.
Emitir informe a la Dirección acerca de los alumnos que necesiten algún tipo de
regularización.
Revisar las actas anuales, de recuperación y subsanación.
Es responsable del archivo y utilización de las actas de evaluación.
Participar en las diferentes actividades del plantel
Coordinar con las áreas y jefaturas respectivas situaciones imprevistas en las normas antes de
dar una respuesta u ofrecer algo que no especifica las normas o protocolos a los padres.
CONTADOR
Artículo 32°.-Es designado por el Promotor, de quien depende Jerárquica y funcionalmente.
Artículo 33°.- Son funciones específicas del Contador:
Diseñar y evaluar el sistema de control interno y el cumplimiento de normas contables
Entre las funciones operativas están:
o Tributaria. Planillas, AFP, SUNAT (PDT), Elaboración de DJ de IR anual, DJ DAOT,
estadísticas trimestrales y anuales solicitadas por INEI, Ministerio de Trabajo y otros,
cada vez que así lo requieran.
o Personal. Cálculo de CTS. Revisión de reportes de asistencia. Control de cuentas de
préstamos y adelantos, Elaboración de las Planillas de Sueldos, gratificaciones,
Control de vacaciones.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 31
o Contable. Registro de las facturas, boletas y/o recibos por honorarios, digitación
diaria para ingreso al sistema contable de los vouchers de egresos (pagos), de
moneda nacional y extranjera. Traspaso mensual de tesorería a contabilidad de las
boletas emitidas y las cobranzas efectuadas. Ingreso manual de los pagos que no
involucran cobranzas a los padres de familia. Análisis individual de las cuentas
contables. Emisión de los Estados Financieros de la institución, trimestral y
anualmente.
o Administrativa. Emisión e Impresión de los Libros Contables (07) mensuales.
Supervisar las tomas físicas de Inventarios (artículos para la venta). Arqueo diario
(por el movimiento de caja actual).
o Otros. Cobro en Banco de los subsidios de Essalud, pasados por el Dpto. de
Asistencia Social. Atención a los auditores internos y/o externos cuando existan
revisiones o fiscalizaciones del Ministerio de Trabajo, o Sunat. En general, cualquier
informe o control que solicite el Consejo Administrativo respecto a: lo relacionado
con el personal o con la parte económica - financiera de la institución.
MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y VIGILANCIA
Artículo 34°.- El personal de Mantenimiento, Limpieza y Vigilancia depende jerárquicamente de la
Administración. Este personal está compuesto por los encargados de: limpieza y vigilancia.
Artículo 35°.- Son funciones y deberes de los encargados de limpieza.
a. Velar por el mantenimiento, regadío y renovación de las áreas verdes a su cargo.
b. Velar por la constante limpieza del centro educativo, especialmente del área a su cargo.
c. Informar de inmediato a su superior de cualquier anormalidad detectada.
d. Velar por el mantenimiento de los equipos y mobiliario de las áreas a su cargo.
e. Hacer uso racional del material de limpieza y otros que se le entregue.
f. Llevar al departamento de objetos perdidos el material encontrado, o en su defecto, a su
inmediato superior.
g. Velar por la seguridad, bienestar y disciplina del alumnado, informando de cualquier
anormalidad a su jefe inmediato o actuando directamente, si fuese necesario, por razón de las
circunstancias.
h. Atender con cortesía y corrección las consultas de padres de familia y/o derivarlas hacia la
persona mejor enterada.
i. Otras afines que le sean asignadas.
Artículo 36°.- Son funciones y deberes de los encargados de vigilancia:
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 32
a) Administrar el ingreso por las puertas asignadas de acuerdo a las normas y el cuidado del local,
según el horario acordado.
b) Informar a la autoridad inmediata y a la policía, de cualquier emergencia que se pudiera
presentar.
c) Velar por el mantenimiento del material que se encuentra en la zona que se le ha asignado.
d) Otras labores afines que el asigne el inmediato superior.
DE LOS ORGANOS DE PARTICIPACION Y COLABORACION
LOS PADRES DE FAMILIA
Artículo 37º.- Se considera padre de familia a quienes matricularon uno o más hijos en el Centro
Educativo. Solo terceras personas con carta poder con firma legalizada de ambos padres o
declarados judicialmente, pueden asumir y ejercer esta posición de acuerdo a ley.
Artículo 38°.- El padre y madre de familia son los educadores naturales de su hijo y con ellos
colabora el centro educativo con su personal y sus recursos. La Institución Educativa Privada
reconoce y corrobora el importante papel de los padres de familia en garantizar y apoyar el estudio
y la educación de sus hijos.
Son derechos de los padres de familia, apoderados y representantes legales de los alumnos:
a) Conocer oportunamente los objetivos educativos y académicos del centro educativo, así como
el programa de estudios que seguirán sus hijos y el sistema con el que serán evaluados.
b) Solicitar documentos como informe académico y certificados oficiales. La documentación interna
del centro educativo es para el uso estricto de la institución.
c) Ser elegidos en el Comité de Aula como representantes de la sección de sus hijos y realizar las
oportunas coordinaciones con los docentes y con la Dirección.
d) Ser atendidos en todas sus inquietudes por el personal docente y autoridades del centro
educativo o a través del representante elegido, para los asuntos referentes a la problemática
de su menor hijo (a) en las horas de consultas establecidas de acuerdo a citas coordinadas sin que
la frecuencia de las citas reste este privilegio a los otros padres de familia, con el fin de tratar
situaciones personales en salvaguarda del respeto a la ley de protección sobre datos sensibles.
Las entrevistas deben seguir los canales correspondientes: primero el tutor o docente del área.
Luego la Coordinación Académica del Nivel y llegando a las instancias de la Dirección cuando ya
se recurrieron a las primeras.
e) Participar en eventos organizados dentro o fuera de.la Institución Educativa Privada.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 33
f) Ser informados de las disposiciones que les conciernen como padres de familia o que conciernen a
sus hijos y ser escuchados en todo procedimiento académico o disciplinario que los afecten
directamente.
Artículo 39º.- Para alcanzar los objetivos educativos y didácticos previstos con sus alumnos, la
Institución Educativa Privada necesita que la participación de los padres de familia sea permanente,
activa y responsable. Son deberes de los padres de familia:
a) Conocer y respaldar los valores y el espíritu formativo propio de la Institución Educativa Privada,
expresados en el Proyecto Educativo Institucional.
b) Garantizar el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos, apoyando y reforzando la
labor realizada en horario escolar.
c) Garantizar la participación puntual de sus hijos en todas las actividades que se programen,
justificando dentro de los plazos establecidos toda inasistencia o tardanza, así como solicitando
autorización en el caso de una ausencia programada.
d) Respetar el presente reglamento y su aplicación; así como las normas de seguridad y de
desarrollo pedagógico que establezca el Plantel.
e) Mantener una constante comunicación con los docentes, a través de la Agenda Escolar,
entrevistas en las horas de consultas establecidas.
f) Tratar con respeto y dignidad a todas las personas que laboran en la Institución Educativa
Privada, en especial a las damas como lo establece los principios bíblicos y la ley.
g) Responsabilizarse por toda acción cometida por sus hijos en perjuicio del centro educativo, del
personal y de los compañeros de estudio.
h) Asistir puntualmente a las reuniones de la Institución Educativa Privada con los padres de familia
y participar activamente en la organización y ejecución de eventos.
i) Cumplir puntualmente con los compromisos económicos y demás compromisos generales o
específicos contraídos con la Institución Educativa Privada, asumiendo las consecuencias en caso de
incumplimiento.
j) Cumplir con las derivaciones externas que solicite el colegio en aras que el estudiante reciba el
oportuno soporte médico, psicológico, psicopedagógico, terapéutico y emocional en instituciones
acreditadas y por profesionales respaldados por sus respectivos colegios profesionales para un
adecuado desarrollo y el cumplimiento de los propósitos de aprendizaje. Esta debe darse por el
tiempo, la frecuencia y forma que sea necesario. De acuerdo a lo normado por la ley, aquellos que
no cumplan en los plazos establecidos o abandonen el soporte antes de superar la problemática del
menor, se dará aviso a las instancias correspondientes, si así correspondiera, por presunta situación
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 34
de riesgo siendo responsables de todas las contingencias y consecuencias que el quitar el soporte
ocasione.
Los padres de familia en la I.E.P. “A.B. SIMPSON” participan también a través de los Comités de
Aula.
DEL COMITE DE AULA
Artículo 40º Los Comités están Integrados por padres de familia de cada aula, apoyan
directamente a los tutores de aula en lo que solicite el /la tutor (a) a nombre de la institución
para el éxito de las actividades planificadas. Con la intención de promover un clima armonioso y
favorable para el aprendizaje de los alumnos, la Dirección del Colegio puede solicitar la
colaboración de los comités de grado en los diversos aspectos del proceso de formación de sus
hijos(as).
Artículo 41º Para ser parte del Comité de Aula, el padre de familia, deberá evidenciar
responsabilidad y cumplimiento en los compromisos económicos asumidos con el plantel. Asimismo
evidenciar identificación y respeto con la línea axiológica cristiana de la Institución. Un padre o
madre de familia solo podrá integrar un Comité de Aula.
Artículo 42º
El Comité de Aula es el Órgano de Cooperación a nivel de aula. Tiene las siguientes Funciones:
a) - Apoyar al profesor o tutor del aula en las actividades programadas.
- Colaborar con la IE en el logro de los objetivos y funciones propuestos.
- Colaborar en la implementación de algunas necesidades del aula ejemplo: Botiquín,
artículos de escritorio y aseo para uso del estudiante y agua
b) En los primeros meses de cada año, la Dirección del Centro Educativo, convoca a los padres de
familia o apoderados, por grado, a efecto de organizar el Comité respectivo. Los miembros
del comité son los siguientes:
En modalidad presencial En modalidad a distancia o semi presencial
-Presidente
- Secretario
- Tesorero
- Un vocal
Presidente
- Secretario
- Un vocal
c) Los Tutores son los asesores del Comité de Aula.
d) Cada año los miembros del Comité de Aula son propuestos por el tutor, en coordinación
con el Director(a) y elegidos por los padres de familia. Si no se logran cubrir todos los cargos,
o si los padres de familia del grado no llegarán a reunir el quorum necesario para la elección
(30%), entonces la Dirección del Colegio tendrá la potestad de designar a los miembros del
Comité que no hayan sido electos en la reunión de aula. La elección es por un año.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 35
e) Para el ejercicio de sus actividades el Comité de Aula elaborará un plan de trabajo, el mismo
que será formulado y ejecutado con el asesoramiento de la profesora o tutora de aula, aprobado y
evaluado por el Director. Por ningún motivo, los Comités de Aula exigirán cuotas o aportes
económicos sin aprobación de la Dirección del Centro Educativo.
DEL REGIMEN ECONOMICO
Artículo 43º
a) Constituyen recursos del Comité de Aula :
- Las cuotas ordinarias que los padres de familia o apoderados acuerdan aprobados por
la/el Director(a) del Centro Educativo previamente
- Los fondos que recaude el Comité conforme al plan de trabajo aprobado por la Dirección
del Centro Educativo
b) Los recursos del Comité, que son administrados por el mismo, serán destinados para el desarrollo
de las actividades formuladas en su plan de trabajo, en coordinación con el Director del Centro
Educativo.
c) Las cuotas que establece el Comité son voluntarias, se pagarán por familia en los momentos
establecidos en su plan de trabajo, asesorado por el tutor y aprobado por Dirección.
d) Los fondos recaudados serán depositados en un Banco, Cooperativa, Mutual u otra entidad
análoga de ser necesario o al tratarse de una serie de cuotas mensuales. Dicho depósito se
efectuará bajo responsabilidad del Presidente y Tesorero del Comité,
e) El Comité de Aula al finalizar su ejercicio anual, debe presentar un informe escrito de rendición
de cuentas con el visto bueno del Tutor para ser distribuido o presentado a los padres de
familia del aula
f) Las reuniones de aula se realizan en el local del colegio y son para coordinar esfuerzos para las
actividades curriculares señaladas por la Institución o tutor, de acuerdo al plan de trabajo. La IE
apoya al Comité de Aula en:
- Uso del local para las reuniones previa autorización de la agenda a tratar
- Distribuciones de citaciones, boletines y otros revisadas por el tutor.
LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS
Artículo 44°.- Tiene su propia organización, colaboran con el colegio, en coordinación directa con
la Dirección. Son ex alumnos de la Institución Educativa Privada¨Alberto Benjamín Simpson¨,
aquellos estudiantes que concluyeron el Quinto de Secundaria en el Plantel. Excepcionalmente
podrá considerarse así quien recibió la mayor parte de su formación escolar en la Institución
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 36
Educativa Privada, no habiendo concluido en él por razones de fuerza mayor. De ninguna manera
se considerará ex alumno a aquel que haya perdido su condición de alumno por razones académicas
o disciplinarias. Los ex alumnos de la Institución Educativa Privada ¨Alberto Benjamín Simpson,
mantienen contacto con la Institución a través de los mecanismos establecidos en coordinación con
los órganos de dirección del centro educativo.
DEL MUNICIPIO ESCOLAR
Artículo 45°.- El Municipio Escolar es el órgano de participación del alumnado en el Proyecto
Educativo del Centro Educativo Tiene como fines:
a. Desarrollar la iniciativa del alumnado a través de diversos proyectos y generación de recursos en
apoyo al servicio social que se encuentran en un plan de trabajo de acuerdo al ideario y normas
del colegio y que cuenta con la aprobación de la Dirección.
b. Propiciar la buena comunicación y la unión de esfuerzos del alumnado con la Dirección y el
cuerpo docente del Centro Educativo para fines comunes inspirados en nuestra axiología
c. Dar al alumnado la oportunidad de desarrollar un liderazgo democrático a través de la
planificación y organización de actividades, siempre bajo la orientación de la Dirección y en el
marco de la normatividad e ideario institucional.
Artículo 46.- El Municipio Escolar está conformado por alumnos del nivel secundario y está
compuesta por los siguientes cargos:
a. Alcalde
b. Teniente Alcalde
c. Regidores
Artículo 47.- El Alcalde será un(a) alumno(a) de 5to grado de secundaria.
Artículo 48.- Los postulantes a los cargos deben cumplir los siguientes requisitos antes y durante su
gestión:
a. Denotar liderazgo entre sus compañeros.
b. Pertenecer al tercio superior de su salón y con la aprobación de un comité de
maestros
c. Observar buena conducta (A) y reflejar el ideario de la institución.
d. Dar siempre lo mejor de sí.
e. Ser responsable y eficiente en las tareas asumidas.
f. Respeto a la propiedad ajena y a sus semejantes.
Artículo 49- Los alumnos presentarán listas de postulantes y serán elegidos mediante votación
general
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 37
de todos los alumnos desde Inicial a V de Secundaria.
El órgano supervisor será un comité integrado por maestros asignados por la coordinación, este ente
tendrá a su cargo la supervisión de este evento, antes de la postulación, durante las elecciones y en
la ejecución de su gestión.
Artículo 50- Su representación tendrá una duración de un año, a menos que incumpla con los
lineamientos de este reglamento o que el comité supervisor así lo indique.
CAPITULO VI
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Artículo 51°.- El trabajo educativo se realiza en tres periodos: Planificación, Ejecución y Evaluación.
La aprobación del Plan de Trabajo Anual es de responsabilidad del Promotor de la Entidad
Educativa a propuesta de la Dirección General. Para ello organiza al personal docente y al
Coordinador de Nivel, con el fin de recoger sugerencias e inquietudes y el compromiso para su
ejecución.
Una vez terminada la elaboración del Plan de Trabajo Anual, es puesto a disposición de la Entidad
Promotora para que alcance sus observaciones. Finalmente se aprueba por Decreto Directoral.
PLANIFICACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Artículo 52º.- El periodo de planificación se realiza y concluye antes del comienzo de las actividades
didácticas. Comprende:
a) Matrícula de los alumnos.
b) Actividades de formación del personal docente.
c) Revisión del Proyecto Educativo Institucional.
d) Diseño y evaluación de Proyectos de Innovación.
e) Estudio y discusión de los documentos normativos: Reglamento Interno, Reglamento
del Alumno, etc.
f) Distribución de horas al personal docente.
g) Elaboración del Plan de Trabajo Anual.
h) Elaboración de los Programas de los cursos.
i) Ambientación de las aulas.
j) Preparación de la Ceremonia de Inauguración del Año Escolar.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 38
EJECUCIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Distribución del Tiempo
Artículo 53°.- El periodo de ejecución del trabajo educativo comprende un mínimo de 37 semanas
de clases efectivas. La fecha de iniciación es variable. Las 37 semanas se distribuyen en periodos.
Entre los periodos puede o no haber vacaciones para los alumnos, dependiendo del cumplimiento
de las semanas efectivas de clases.
Artículo 54º- Durante las vacaciones de los alumnos los profesores evalúan el cumplimiento de sus
objetivos y reajustan su programación, así como elaboran los documentos de evaluación.
Distribución de los Alumnos
Artículo 55°.- Los estudiantes son distribuidos por secciones de acuerdo al criterio de equidad en el
número de niñas y niños. También bajo criterios que den a ambas secciones las facilidades para el
desarrollo de clases y avance del grupo. La denominación de las secciones por las primeras letras del
alfabeto no reviste significado o connotación alguna.
Asesoría y Supervisión
Artículo 56°.- La supervisión del trabajo educativo es permanente y de responsabilidad del personal
jerárquico. Comprende acciones de asesoramiento y evaluación dirigidas a optimizar los procesos de
enseñanza y de aprendizaje. La supervisión del dictado de las clases es prerrogativa de: el Director,
las Sub Direcciones y el Coordinador Docente.
Artículo 57° La supervisión buscará en todo momento el establecimiento de un aprendizaje
significativo, vivencial, activo y creativo para los alumnos, de acuerdo al espíritu y la letra del
proyecto educativo institucional y de los documentos vigentes.
Insistirá en la aplicación de métodos y técnicas modernas y en instrumentos de evaluación realmente
consistentes.
DE LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO
Artículo 58°.- El período de evaluación del trabajo educativo se realiza al finalizar cada bimestre
Comprende la elaboración de Actas y documentos oficiales y la elaboración de informes.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 39
Actas e Informes
Artículo 59°.- Las Actas de Evaluación que se remiten para su registro ante las autoridades
educativas del Ministerio de Educación correspondientes, son preparadas por Secretaría.
Artículo 60°.- Todos los profesores deben presentar un informe de la labor realizada, según
esquema entregado por la Dirección General.
CAPITULO VII
ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO
Artículo 61°.- La parte administrativa del centro educativo funciona todo el año. El personal
administrativo hace uso de sus vacaciones de acuerdo a un rol establecido por la Promotoría, de
modo que en ninguna época del año se interrumpa el servicio.
Artículo 62°.- Todas las dependencias atienden a los padres de familia y público en general en el
horario de 8:30am a 2:00pm. En la modalidad presencial
Artículo 63°.- Está prohibido que los padres de familia u otras personas ingresen a las aulas sin
autorización de la Dirección o del Coordinador Docente.
Artículo 64°.- Las pensiones se pagan los 30 de cada mes, excepto Diciembre que es el último día de
clases. A partir del día siguiente de la fecha indicada de cada mes se cobra mora. 0.014% diario.
A partir del primer mes de mora se procede a tomar oportunas medidas hasta el cumplimiento del
pago, de acuerdo a lo establecido por las leyes y los acuerdos formales estipulados entre en la
Institución Educativa Privada y los padres de familia.
A partir del segundo mes consecutivo de no pago de las pensiones, agotadas las demás medidas de
prevención y negociación de las deudas y como última medida, se procederá a advertir por escrito
al padre de familia, apoderado o tutor legal, que de persistir la conducta morosa, el centro
educativo podrá decidir la No ratificación de la matrícula en el año siguiente; sin perjuicio de las
acciones legales para el cobro de las pensiones adeudadas. Del mismo modo, salvaguardando la
estabilidad económica de la institución y del personal que labora en la misma, no se entregarán
certificados de estudios a los alumnos cuyos padres adeuden servicio de pensión educativa u otros,
para ello la Secretaría solicitará una “Constancia de No Adeudo” a la Administración.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 40
CAPITULO VIII
FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN
HORARIO DE CLASES
Artículo 65º.- El horario de clases es establecido con Decreto Directoral antes del comienzo del año
escolar.
DEL INICIO DEL AÑO ESCOLAR
El Colegio inicia sus actividades escolares el 28 de Febrero, como resultado de una rigurosa
planificación en base a los lineamientos establecidos por el Ministerio de Educación y Organismos
competentes, así como al Cronograma de Actividades realizado con el Personal Jerárquico, Docente
y Administrativo durante el mes de Febrero.
La calendarización del año escolar será la siguiente:
CALENDARIZACION 2021
BIMESTRE CRONOGRAMA DURACIÓN
Trabajo de Gestión Directiva y
Docente
Del 8 de Febrero al 26 de Marzo 3 semanas
I Bimestre
Periodo lectivo
Del Lunes 1° de Marzo al Viernes 7 de Mayo 10 semanas
Trabajo de Gestión Directiva y
Docente
Del 3 al 7 de Mayo 1 semana
II Bimestre
Periodo lectivo
Del 17 de Mayo al 23 de Julio 10 semanas
Trabajo de Gestión Directiva y
Docente
Del 19 al 23 de Julio 1 semana
III Bimestre
Periodo lectivo
Del 9 de Agosto al 1° de Octubre 8 semanas
Trabajo de Gestión Directiva y
Docente
Del 27 de Setiembre al 1° de Octubre 1 semana
IV Bimestre
Periodo lectivo
Del 11 de Octubre al 17 de Diciembre 10 semanas
Trabajo de Gestión Directiva y
Docente
Del 20 al 31 de Diciembre 2 semanas
Total: 38 semanas lectivas
8 semanas de gestión
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 41
Horas lectivas anuales A.B. SIMPSON MINEDU
INICIAL 1110 900
PRIMARIA 1480 1100
SECUNDARIA 1665 1200
SERVICIOS QUE BRINDA LA INSTITUCION EDUCATIVA
La I.E.P ¨A.B. Simpson¨ brinda a nuestros alumnos una exigente Formación Integral cuyo
fundamento son los valores bíblicos cristianos y los principios de aprender a estudiar, desarrollando
así su capacidad de:
Obtener aprendizajes significativos e importantes para el alumno.
Proponer y realizar proyectos que exigen investigación.
Realizar trabajos en grupo con proyección de liderazgo y el emprendimiento
Apreciar las expresiones y valores culturales de nuestra nación.
Valorar la ecología cuidando de su entorno.
Para alcanzar nuestros objetivos, hemos diversificado la propuesta con nuestro plan de estudios
utilizando recursos tecnológicos, diferentes estrategias de enseñanza –aprendizaje y un énfasis en la
formación de valores presente en toda actividad educativa. Además brindamos en la modalidad
presencial:
Evaluación cualitativa
Inglés intensivo por niveles en secundaria
Francés - Convenio con la Alianza Francesa
Desarrollo de Proyectos: Obras Teatrales, Feria de Ciencias, Ferias Temáticas, Exhibición de
danzas, etc.
Informática desde 1ª Grado de Primaria a 5to de Secundaria
Capacitación Docente permanente
Clases de Asesoramiento Pedagógico
Búsqueda de Talentos Artísticos
Educación Musical desde Inicial
Talleres Artísticos: Danzas, Ejecución Instrumental Musical y Dibujo y Manualidades,
Talleres de inducción a las Disciplinas Deportivas
Proyectos de Ayuda Social
Campamentos
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 42
Consejería Espiritual y Psicológica
Escuela para Padres
Orientación Familiar y Matrimonial
Círculos de estudios del área de matemática.
Nuestra propuesta curricular no considera la educación a distancia salvo los casos excepcionales que
contempla la ley. Tampoco se oferta una modalidad de educación virtual. Razón por la cual por
pertenecer a Educación Básica Regular, todos los estudiantes de los tres niveles han de asistir a clases
de forma regular, aun a las actuaciones, días de logro; considerando que el MINEDU hace énfasis a
las horas efectivas de clase y que el 30% de inasistencias imposibilita ser promovido de grado.
Los estudiantes que por libre decisión desempeñan otras actividades deportivas o asisten a
academias preuniversitarias fuera del horario escolar, también están llamados a cumplir lo
estipulado en el párrafo anterior y serán evaluados bajo los mismos criterios, desempeños,
capacidades y competencias.
CAPITULO IX
ADMISIÓN, MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN
MATRÍCULA
Artículo 66º.- El proceso y las fechas de matrícula serán establecidos por la Entidad Promotora en
coordinación con la Dirección de la Institución Educativa Privada. Se comunica la información
referente a la matrícula a través de algunos de los siguientes medios:
El Boletín Informativo o comunicado de Fin de año, distribuido una semana antes de la
finalización del año
Agenda Escolar
La página Web de la I.E.P. “A.B. SIMPSON”
Plataforma SIEWEB
Por ser los medios oficiales de difusión de la información a nivel institucional.
La matrícula está a cargo de Secretaría y el personal administrativo asignado. Si se tratara de una
ratificación de matrícula, no se necesita ningún documento, salvo que exista alguna regularización
pendiente; el proceso se efectúa usando la información interna.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 43
Tanto en caso de alumnos nuevos como de ratificación de matrícula, el centro educativo se reserva
el derecho de no matricular a un alumno por causas justificadas o en caso no existan vacantes
disponibles. En todas las etapas del proceso se valora la buena fe de las partes
MECANISMOS DE PRIORIZACIÓN DE VACANTES PARA ADMISIÖN
De acuerdo con la disposición impartida por el Ministerio de Educación, les presentamos nuestros
mecanismos de la priorización de vacantes:
1° Hermanos de alumnos que estén estudiando en la Institución Educativa.
2° Hijos del personal del Colegio
3° Hijos de exalumnos
4° Evaluación de documentos presentados en la admisión
5° Evaluación de Padres de Familia a través de una entrevista y asistencia a la reunión informativa.
6° Equidad de niños y niñas según las vacantes.
Nota: Se tomará en cuenta el orden de la fecha de inscripción.
Artículo 67 º.- Para la matrícula se tendrán en cuenta los siguientes pasos y el proceso puede
culminar antes de la fecha en caso se cubra el número de vacantes. Se rechazará postulaciones que
no respeten los pasos
PARA INICIAL Y PRIMER GRADO DE PRIMARIA - POSTULANTES
Documentos del POSTULANTE:
1. Ingresar a la página web, descargar y completar los formularios y fichas de datos
2. Partida de nacimiento del postulante (original).
3. Copia fotostática nítida del D.N.I. del postulante (no oscura).
4. Recabar en el Nido o Colegio de procedencia:
a. Copia fotostática del informe del Progreso Bimestral/Libreta de notas.
b. Constancia de No Adeudo
c. Constancia de matrícula del Nido/Colegio de procedencia donde indique el nombre, distrito y
código modular del Nido/Colegio, con firma y sello de la Dirección.
Documentos de los PADRES / APODERADO:
1. Copia fotostática nítida del D.N.I. de los padres del postulante (no oscura).
2. Fotos actuales de ambos padres tamaño carne.
3. Constancia de ingresos de los últimos tres meses de ambos padres:
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 44
- Boleta si son dependientes.
- Declaración Jurada Anual de Renta de 3º o 4ª categoría si son independientes.
4. Una carta de recomendación de una persona relacionada al colegio (deseable) que refiera la
integridad moral de los padres del postulante. Esta carta es solicitada únicamente a los Padres de
Familia que no tienen otros hijos en el colegio
Pasos
1) Entrega de documentación
En esta fase se recibirán los documentos completos de postulación. Se verificará la información
recibida y la solvencia económica en centrales de riesgo.
2) Entrevista a Padres De Familia (ambos padres sin el hijo)
El mismo día cancelar en Tesorería el pago por el proceso de admisión previa a la entrevista
3) Charla informativa
La asistencia a la charla informativa de ambos padres de familia es obligatoria.
4) Entrega de resultados
Se comunicará vía correo electrónico
*El participar de este proceso de admisión no garantiza una vacante dentro de la institución
educativa.
5) Participación de Padres e hijos en actividad “Conociéndonos mejor”
6) Separación de vacante
Mediante el pago de la cuota de ingreso
7) Completar la documentación
a. Resolución de Traslado del Nido o Colegio de procedencia indicando el número de código
modular.
b. Ficha Única y Constancia de Matrícula expedida por el Sistema SIAGIE a través del Nido o
Colegio de Procedencia.
c. En caso de haber estudiado en diferentes nidos o colegios, presentar los respectivos Certificados
de Estudios y libreta de notas.
d. Declaración del Padre de familia debidamente firmada (entregada por el colegio)
e. Autorización de recopilación y uso de datos (entregada por el colegio)
f. Copia de la cartilla CRED – Control de Crecimiento y Desarrollo del MINSA o la Copia de cartilla
de Control del Niño Sano.
g. Certificado de tamizaje de hemoglobina del alumno.
h. Certificado médico oftalmológico (agudeza visual).
i. Certificado médico odontológico (control)
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 45
j. Copia de carnet de vacunas completas (obviar esta solicitud si ya está incluido en el ítem f).
k. Copia de Seguro médico privado o de EsSalud.
DE 2° GRADO DE PRIMARIA A V DE SECUNDARIA - POSTULANTES
Es requisito para el ingreso a la Institución Educativa Privada, aprobar el proceso de evaluación a
partir del 2do grado de Primaria y la disponibilidad de vacantes de acuerdo a las metas de atención
que se hayan señalado para cada año y a la disponibilidad de aulas con arreglo a las normas de
Defensa Civil.
Documentos del postulante
1. Partida de nacimiento del postulante (original).
2. Libreta de notas hasta el último bimestre cursado.
3. Copia fotostática nítida del D.N.I. del postulante (no oscura).
4. Copia fotostática nítida del D.N.I. de los padres del postulante (no oscura).
5. Fotos actuales de ambos padres tamaño carnet.
6. Constancia de ingresos de los últimos tres meses de ambos padres: Una carta de
recomendación de una persona relacionada al colegio que refiera la integridad moral de los
padres del postulante. Esta carta es solicitada únicamente a los Padres de Familia que no
tienen otros hijos en el colegio
a. Boletas si son dependientes.
b. Declaración Jurada Anual de Renta de 3º o 4ª categoría si son independientes.
7. Una carta de recomendación de una persona relacionada al colegio que refiera la integridad
moral de los padres del postulante. Esta carta es solicitada únicamente a los Padres de Familia
que no tienen otros hijos en el colegio.
8. Constancia de No Adeudo.
Pasos
1) INSCRIPCIÓN A TRAVÉS DE LA PÁGINA WEB
Descargar los formularios de admisión y entrevista.
Completar los datos y presentarlos en Recepción del colegio junto con el primer
listado de documentos
Presentar en la recepción del colegio los documentos completos
Se verificará la información recibida y la solvencia económica en centrales de riesgo
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 46
2) EVALUACION ACADËMICA Y ENTREVISTA PSICOLÓGICA
Exámenes de Matemáticas, Comunicación e Inglés
Entrevista Psicológica para postulantes.
El primer día de exámenes deberá realizar el pago por Proceso de Admisión. Los
instrumentos de evaluación utilizados no se entregan
3) ENTREVISTA A PADRES DE FAMILIA
Luego de los resultados de los exámenes, se les enviará un mensaje a su correo con la
fecha y hora de la entrevista.
La entrevista es para ambos padres (sin el hijo/a).
4) ENTREGA DE RESULTADOS
El colegio enviará los resultados al email que registraron en la inscripción.
5) COMPLETAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN
Concedida la vacante, deberán completar la siguiente documentación
Resolución de Traslado del Colegio de procedencia indicando el número de código
modular.
Ficha Única y Constancia de Matrícula expedida por el Sistema SIAGIE a través del
Colegio de Procedencia.
Certificados de Estudios. (si es del extranjero, una traducción oficial en original y
refrendada por el Ministerio de Educación)
Libreta de notas de todo el año escolar previo al que postula
Declaración del Padre de familia debidamente firmada (entregada por el colegio)
Autorización de recopilación y uso de datos (entregada por el colegio).
Certificado de tamizaje de hemoglobina del alumno.
Certificado médico
Copia de Seguro médico privado o de EsSalud.
6) PAGO DE LA CUOTA DE INGRESO
Realizar el pago de la cuota de ingreso antes de la fecha límite; en caso contrario, se
dispondrá de la vacante.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 47
DE LA MATRÍCULA
a. La matrícula es un proceso administrativo por el cual se adquiere la condición de alumno de la
Institución Educativa Privada y por lo tanto, genera derechos y obligaciones.
b. El proceso de matrícula es realizado por el padre, madre o, en su defecto el apoderado
(acreditado con carta poder firmada por ambos padres) según el cronograma establecido
c. Cada año debe realizarse el proceso de matrícula antes del inicio del año lectivo, en el orden
que señale la Dirección y presentando la documentación requerida:
Libreta de notas de todo el año escolar previo
Suscripción de Contrato de Prestación de Servicios Educativos
Autorización de recopilación y uso de datos (entregada por el colegio).
Certificado de tamizaje de hemoglobina del alumno.
Certificado médico
Copia de Seguro médico privado o de EsSalud
Actualización de datos
Constancia de pagos correspondientes
Otros
d. Es competencia del Director aprobar la nómina de matrícula y señalar el número de vacantes
por sección.
e. Cualquier alumno puede solicitar el traslado de matrícula por razones personales, hasta el
término del tercer bimestre. Debe hacerlo con por lo menos quince días de antelación y
sostener una entrevista previa con el Director. Antes de realizarse el traslado es requisito traer el
documento “Constancia de Vacante” de la Institución Educativa Privada a donde se está
postulando y haber cancelado todos los adeudos pendientes con el Plantel. La petición la realiza
el padre o apoderado que figuren en los registros del Plantel como el responsable legal del
alumno. Se considera la devolución de la cuota de ingreso, en forma proporcional al tiempo
que el estudiante haya permanecido en el Colegio (D.L. de Urgencia 002-2020)
Artículo 68º.- Los alumnos procedentes del extranjero podrán solicitar la convalidación oficial de sus
estudios realizados, mediante solicitud dirigida a la Dirección, acompañando la traducción oficial de
los certificados y una copia legalizada de los grados a convalidar con el trámite pertinente
realizado en el Ministerio de Educación.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 48
Artículo 69º.- No podrán matricularse en la Institución Educativa Privada o perderán el derecho a
matricularse y no podrán reingresar los alumnos que:
a) Tengan más del 30% de inasistencias injustificadas durante el año.
b) Repitan de año por segunda vez
c) Estando con Compromiso Conductual, resulten desaprobados en la nota final de conducta, con
la calificación correspondiente a conducta deficiente.
d) Desaprueben en conducta y repitan de año al mismo tiempo.
e) Sus padres presentan morosidad en el pago de las obligaciones económicas según lo establecido
en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos celebrado. Pierden automáticamente su
vacante, así haya ratificado su matrícula por escrito, los que finalizaron el año escolar con
deuda por el servicio educativo prestado
SISTEMA DE EVALUACIÓN
Artículo 70º.- En la Institución Educativa Privada realizamos una Evaluación Formativa, se evalúa al
educando en forma integral, flexible y permanente. Los objetivos y características del Sistema de
Evaluación cualitativa y cuantitativa, a través del cual se busca reconocer en el estudiante todos los
aspectos de su progreso personal, son:
a) Conocer los logros alcanzados por el estudiante y obtener información acerca de los
elementos que influyen en el proceso enseñanza – aprendizaje, con el fin de adoptar las
medidas que permitan alcanzar los objetivos del trabajo educativo.
b) Estimular el esfuerzo del estudiante, brindándole incentivos necesarios para el desarrollo de
sus potencialidades.
c) Proporcionar información oportuna a los padres de familia y educandos, sobre el avance y
logros del aprendizaje, así como al término de cada bimestre, a través de la Libreta de
Información.
d) La evaluación del aprendizaje de los estudiantes tiene en cuenta el desarrollo y actividades
del Programa de Estudios, las características del área y/o taller curricular (electivo) y las
condiciones del aprendizaje, asegurando objetividad, validez y confiabilidad.
e) Las escalas de calificación utilizadas en los niveles Inicial y Primaria son :
En Inicial
Es literal y descriptiva
En Primaria
Es literal y descriptiva
AD: Logro destacado
A: Logro previsto
B: En Proceso de lograr aprendizaje
C: En inicio del proceso o sin avance
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 49
f) La escala de calificación en el nivel Educación Secundaria es:
De I a III de Secundaria
Es literal y descriptiva
De IV a V de Secundaria
Es vigesimal
AD: Logro destacado
A: Logro previsto
B: En Proceso de lograr aprendizaje
C: En inicio del proceso o sin avance
11 es la nota mínima aprobatoria
g) Si el alumno obtiene como logro bimestral, una calificación de B o C en primaria o 12 o
menos en secundaria, en las áreas de Matemática, Comunicación e Inglés deberá asistir
obligatoriamente a los cursos de asesoramiento académico que la Institución Educativa
Privada programe durante el año.
h) Si al culminar el año escolar, el alumno obtiene como logro anual la calificación de B o C en
el nivel de educación primaria o desapruebe en alguna área en el nivel de educación
secundaria, deberá rendir los exámenes de recuperación correspondientes en el mes de
Febrero
i) La evaluación de ambos niveles se realiza mediante criterios e indicadores de desempeño que
especifican y evidencian los aprendizajes que desarrollan los estudiantes. Estos criterios de
evaluación son las competencias en ambos niveles.
j) El profesor de área tiene la responsabilidad de dar la calificación final de cada curso a fin del
año escolar, teniendo en cuenta los objetivos del curso y la naturaleza de ésta, así como el
progreso en las calificaciones de los diferentes ítems durante el año.
k) La evaluación de la conducta en los tres niveles, es cualitativa.
l) Los alumnos deberán ser calificados en todas las asignaturas del Plan de Estudios que
corresponda, el cual se elabora a partir del Diseño Curricular Nacional aprobado por el
Ministerio de Educación y la realidad de la Institución
Educativa Privada.
m) El Plan de Estudios comprende además de las áreas básicas propuestas por las autoridades
educativas, sub. áreas que tienen como objetivo promover el desarrollo de las capacidades
de expresión, comprensión, investigación y análisis que les permitan a nuestros estudiantes
desenvolverse adecuadamente en los diferentes ámbitos en los que participe.
n) El Plan de Estudios del centro educativo, modalidad presencial, es el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 50
PLAN DE ESTUDIOS NIVEL INICIAL
PLAN DE ESTUDIOS - NIVEL PRIMARIA
PLAN DE ESTUDIOS - SECUNDARIA
ÁREAS CURRICULARES
HORAS SEMANALES POR GRADO
I II III IV V
MATEMÁTICA 8 8 8 8 8 COMUNICACIÓN 7 7 6 6 6 INGLÉS 7 7 6 6 6 FRANCÉS 2 2 2 2 1 ARTE 1 1 1 1 1 HISTORIA, GEOGRAFÍA Y ECONOMÍA 5 5 5 5 5 FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA 2 1 1 1 1 DESARROLLO PERSONAL, CIUDADANIA
Y CIVICA 1 1 1 2 2
EDUCACIÓN FÍSICA 2 2 2 2 2
NURSERY HORAS PRE – KINDER HORAS KINDER HORAS
Comunicación 4 Comunicación 4 Comunicación 4
Matemática 4 Matemática 4 Matemática 4
Personal Social 4 Personal Social 4 Personal Social 4
Ciencia Ambiente 4 Ciencia Ambiente 4 Ciencia Ambiente 4
Psicomotricidad 4 Psicomotricidad 4 Psicomotricidad 4
Artes Plásticas 2 Artes Plásticas 2 Artes Plásticas 2
OBE – Reu Kids 1 OBE – Reu Kids 1 OBE –Reu Kids 1
Inglés 4 Inglés 4 Inglés 4
Música 2 Música 2 Música 2
Folklore 1 Folklore 1 Folklore 1
TOTALES
(Hora: 40´)
30 TOTALES 30 Informática 1
Totales 30
ÁREAS 1° 2° 3° 4° 5° 6° Total
Comunicación 9 9 9 8 8 8 51
Matemática 8 8 8 8 8 8 48
Personal Social 3 3 3 4 4 4 21
Ciencia y Tecnología 3 3 3 3 3 3 18
Educación Física 2 2 2 2 2 2 12
Arte y Cultura
(Música, Folklore, Dibujo y
Manualidades)
3 3 3 3 3 3 18
Tutoría y Orientación
Educacional 2 2 2 1 1 1 9
Educación
Religiosa/Biblioteca 2 2 2 2 2 2 12
Idioma Extranjero – Inglés 6 6 6 6 6 6 36
Informática 2 2 2 2 2 2 12
Francés - - - 2 2 2 6
Totales 40 40 40 41 41 41 243
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 51
EDUCACIÓN RELIGIOSA 2 2 1 2 1
CIENCIA, TECNOLOGÍA Y AMBIENTE 4 5 5 6 6
EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO 2 2 2 2 2
TUTORÍA Y ORIENTACIÓN
EDUCATIVA 2 2 2 2 2
TOTAL DE HORAS 45 45 44 45 45
DE LOS REQUISITOS DE PROMOCIÓN, REPITENCIA Y RECUPERACIÓN DE LA
EVALUACIÓN – MODALIDAD A DISTANCIA
ASPECTOS IMPORTANTES SOBRE EL PROCESO DE EVALUACIÓN PARA EL APRENDIZAJE Y DEL
APRENDIZAJE - según R.V.M. 094-2020-MINEDU
NIV
EL GRADO/AÑO PROMOCIÓN
RECIBEN
ACOMPAÑAMIENT
O O
RECUPERACION
PEDAGÓGICA
PERMANECEN EN EL
GRADO
INICI
AL
3 AÑOS, 4
AÑOS, 5 AÑOS Promoción automática
PR
IM
AR
IA
1° GRADO Promoción automática
GR
AD
OS
FIN
ALES D
E
CIC
LO
2° El estudiante alcanza el nivel de logro
“A” o “AD” en la mitad o más de las
competencias asociadas a cuatro áreas o
talleres y “B” en las demás competencias
Si no cumple
los
requerimientos
de promoción
o permanencia
al término del
año lectivo.
a) El estudiante
que alcanza el nivel
de logro “C” en más
de la mitad de las
competencias
asociadas a cuatro
áreas o talleres y
“B” en las demás
competencias al
término del año
escolar
b) Si al término
de la recuperación
pedagógica al
estudiante o
evaluación de
recuperación no
alcanzó los
requerimientos para
la promoción.
4°
6°
GR
AD
OS IN
TER
MED
IO
S 3°
El estudiante alcanza el nivel de logro
“B” en la mitad o más de las
competencias asociadas a todas las áreas
o talleres, pudiendo alcanzar los niveles
“AD”, “A”, o “C” en las demás
competencias 5°
SEC
UN
DA
RIA
GR
AD
OS/A
ÑO
S
FIN
ALES D
E C
IC
LO
II AÑO
a) Al finalizar el año, el estudiante
alcanza el nivel de logro “A” o “AD”
en la mitad o más de las competencias
asociadas a tres áreas o talleres y “B”
en las demás competencias.
b) Si al término del acompañamiento o
evaluación pedagógica, el estudiante
alcanza el nivel de logro “A” o “AD” en
la mitad o más de las competencias
asociadas a las áreas o talleres del
Si no cumplen
con las
condiciones de
promoción o
permanencia
a) El estudiante alcanza
el nivel de logro
“C” en la mitad o
más de las
competencias
asociadas a cuatro o
más áreas o talleres
al término del año
escolar
b) Si al término de la
V AÑO
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 52
acompañamiento o recuperación
pedagógica y “B” en las demás
competencias, pudiendo tener en una
de esas áreas o talleres el nivel de logro
“C” en todas las competencias.
recuperación
pedagógica al
estudiante o
evaluación de
recuperación no
cumple las
condiciones de
promoción.
GR
AD
OS/A
ÑO
S IN
TER
MED
IO
S
I AÑO
a) Al término del periodo lectivo, el
estudiante alcanza como mínimo el
nivel de logro “B” en la mitad o más de
las competencias asociadas a todas las
áreas o talleres, pudiendo alcanzar los
niveles “AD”, “A”, o “C” en las demás
competencias.
b) Al término del acompañamiento al
estudiante o recuperación pedagógica,
el estudiante alcanza como mínimo el
nivel de logro “B” en todas las
competencias asociadas a las áreas o
talleres del acompañamiento al
estudiante o recuperación pedagógica,
pudiendo tener en una de esas áreas o
talleres el nivel de logro “C” en todas
las competencias.
III
AÑO
IV
AÑO
1. Las competencias adicionales que no estén organizadas en áreas curriculares no se tendrán en
cuenta con fines de promoción, recuperación ni permanencia.
2. Las competencias adicionales organizadas en áreas curriculares y los talleres se tendrán en cuenta
con fines de promoción, recuperación y permanencia. Este sería el caso de un tercer idioma, por
ejemplo.
3. Las competencias transversales no se tendrán en cuenta con fines de promoción, recuperación ni
permanencia.
4. En los casos en los que el número de competencias asociadas a un área sea impar, se considerará
de la siguiente manera:
ÁREAS CON NÚMERO DE COMPETENCIA IMPAR LA MITAD
Si un área curricular tiene 5 competencias “la mitad” a 3 competencias.
Si el área tiene 3 competencias “la mitad” a 2 competencias
áreas curriculares con una sola competencia se considera esa única competencia del área
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 53
PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO AL ESTUDIANTE O RECUPERACIÓN
PEDAGÓGICA según R.V.M. 094-2020-MINEDU
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS QUE SEÑALA LA NORMA PARA SECUNDARIA
La evaluación de subsanación procede en los siguientes casos:
Estudiantes de quinto grado de Secundaria que no alcanzaron el mínimo de logro exigido
para promoverse de grado hasta en tres áreas o talleres curriculares, o asignaturas o cursos y
dejaron de estudiar por uno o más años. La evaluación de subsanación se aplica durante el
año lectivo o el acompañamiento al estudiante o recuperación pedagógica que organiza la IE
al finalizar el año lectivo. De no alcanzar el mínimo de logro exigido para promoverse de
grado, procede la evaluación cada treinta días hasta lograrlo.
Estudiantes que, al concluir un determinado grado de Educación Secundaria, que no
alcanzaron el mínimo de logro exigido para promoverse de grado hasta con tres áreas o
talleres curriculares, o asignaturas o cursos y que dejaron de estudiar por dos más años.
Estudiantes con áreas o talleres curriculares, o asignaturas o cursos, pendientes de aprobación
por convalidación o revalidación de estudios.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 54
La evaluación de subsanación se aplica durante el año lectivo o en el acompañamiento o
recuperación pedagógica que organiza la IE al finalizar el año lectivo.
Cuando un país va a realizar el reconocimiento de estudios cursados en el Perú, se informa
de la escala de evaluación vigente y anterior en el portal de MINEDU o en la embajada o
consulado del Perú establecidos en ese país.
Diversos agentes como universidades, otras instituciones de estudios superiores, instituciones
educativas en el extranjero u otras; solicitan información vinculada a la comparación entre
los niveles de logro de los estudiantes. Esta información es requerida con variedad de
finalidades (asignación de becas de estudio, posibilidad de acceder a procesos especiales de
admisión). Es indispensable proveer esta información; sin embargo, dado que no se enmarca
en el enfoque formativo de la evaluación del CNEB, no será determinada por el docente
sino por el SIAGIE y será entregada a solicitud del usuario, en el marco de la Ley N° 29733,
Ley de protección de datos personales, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°
003-2013- JUS, que tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de
los datos personales.
CAPITULO X - DE LOS ALUMNOS
DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES
Artículo 71°.- Son estudiantes de la Institución Educativa Privada los estudiantes de régimen
escolarizado matriculados en las secciones de inicial, primaria y secundaria, de acuerdo a las normas
que rigen el sistema de ingreso al Plantel.
Artículo N° 72.- Todo estudiante de la Institución Educativa Privada “Alberto B. Simpson” tiene
derecho a:
Recibir una formación y orientación integral en cada grado de estudios dentro de un
ambiente que le brinde seguridad moral, física y espiritual.
Ser tratado dignamente, sin discriminación alguna. Expresar libre y creativamente sus
ideas u opiniones, con respeto y educación hacia otros.
Recibir de su profesor(a) de aula o de área los resultados de las pruebas y trabajos
presentados para su revisión.
Ser evaluado fuera de las fechas de los exámenes bimestrales, cuando su inasistencia
ha sido debidamente justificada.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 55
Artículo 73°.-La escolaridad y evaluación de los estudiantes trasladados estará de acuerdo a las
normas respectivas que emanen de las Autoridades Educativas.
Artículo 74°.- Los estudiantes son los sujetos activos de su educación. Son educadores de sí mismo y
de sus compañeros, y como tales, son sujetos de derechos y deberes.
Artículo 75°.- Los deberes y obligaciones que tienen los estudiantes para con la institución y las
personas que la conforman hacen de ellos personas de bien, por eso:
Participa activa y responsablemente en la labor escolar, cumpliendo con todas las
obligaciones correspondientes, asistiendo y participando en todas las actividades que se
programen dentro y fuera del horario escolar, demostrando un comportamiento correcto
durante su desarrollo.
Tratar con respeto y dignidad a todas las personas que conviven en la Institución Educativa
Privada dentro y fuera de las instalaciones del mismo.
Ama, respeta y hace respetar la Patria y sus símbolos.
Debe guardar orden y silencio en:
La formación y desplazamiento, para estimular la rapidez y evitar molestias a los
demás.
Los salones de clase y lugares afines para atender, estudiar y trabajar.
El templo durante las actividades que se desarrollen en él.
Participar en la limpieza, cuidado y buen uso de aulas, ambientes, libros, materiales,
mobiliario o infraestructura de la institución.
Trae la agenda escolar todos los días, YA QUE ES UN INSTRUMENTO DE
COMUNICACIÓN ENTRE EL PADRE DE FAMILIA Y LA INSTITUCIÓN.
Respeta la propiedad privada estrictamente, y no hace uso de ella sin consentimiento.
Es responsable del cuidado de sus pertenencias. Todos los útiles deben ser marcados con el
nombre y apellidos del alumno(a) para ser identificados fácilmente. Para fomentar la
responsabilidad en nuestros alumnos y evitar las interrupciones en clase, después de la hora
de ingreso a las aulas, los útiles, loncheras, tareas, etc., que los alumnos(as) olviden traer, no
serán admitidos. El Centro Educativo no se responsabiliza por los objetos perdidos por los
alumnos(as).
Pone en conocimiento de sus padres toda la información emanada de la Institución y la
mantiene en su archivo personal. En caso de recibir un desglosable devolverlo
puntualmente.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 56
DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
Artículo 76°.-
a) La asistencia y la puntualidad son aspectos considerados importantes para la formación
integral del estudiante.
b) El horario de clases de la IEP “Alberto Benjamín Simpson” es:
NIVEL INGRESO SALIDA SALIDA DE
TALLERES
INICIAL 8.00 am
1.45 pm
Pasada las 2.00
pm. No se podrá
recoger hasta las
2.50 pm.
----------------
PRIMARIA 7.55 am
2.50 pm 4.00 pm
SECUNDARIA
7.55 am
Los Miércoles salen 2.50
pm.
3.30 pm
4.30 pm
c) Después de la hora de ingreso, en Inicial, Primaria y Secundaria, automáticamente se
considerará tardanza, y los estudiantes entregarán su agenda para la observación
correspondiente.
d) A partir de la tercera tardanza en el bimestre, el padre de familia será citado para firmar un
compromiso de puntualidad e informarle que a la quinta tardanza el estudiante
automáticamente desaprobará en el rubro de responsabilidad. Si el padre de familia no
asistiera a la citación, da por aceptada la disposición tomada por la institución.
e) Los estudiantes que provengan de una consulta médica, presentarán el documento que
certifique la realización del acto médico.
De presentar algún problema de salud o problemática fuera de control el padre será
informado y deberá recoger al estudiante de inmediato, en caso contrario o en caso de
accidente el estudiante será derivado a la clínica más cercana teniendo los padres que
asumir los costos correspondientes. Si el estudiante está indispuesto o con una enfermedad
que pueda ser contagiosa, NO DEBE SER ENVIADO A CLASES.
f) Se solicita a los Sres. Padres de Familia, ser PUNTUALES también a la hora de salida, pues
después de los 10 minutos de tolerancia, se considerará TARDANZA que se contabilizará
para la evaluación de responsabilidad.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 57
g) A los estudiantes les está terminantemente prohibido salir del local escolar. La autoridad
pertinente concederá permiso durante el horario de clases sólo en caso de suma
urgencia, a solicitud escrita en la agenda y presentada a primera hora y/o presencia
únicamente de los padres en la secretaria de la institución.
h) Todo permiso para ausentarse por motivos de viaje y/o familiares debe ser solicitados
por escrito con la debida anticipación a la Dirección y/o Coordinación del y/o
Jefatura de Normas (con 48 horas de anticipación como mínimo). Sólo se otorga
permiso por los siguientes motivos:
Salud (con certificado médico).
Familiares (emergencias).
Trámites documentarios urgentes.
Representar a la Institución Colegio en eventos académicos o deportivos.
(participación externa en eventos académicos o deportivos).
La nivelación será de entera responsabilidad de los padres de familia, es decir
ponerse al día y buscar el ser evaluado recae sobre los padres de familia y los estudiantes
que han solicitado este permiso.
i) Cualquier ausencia de los estudiantes, deberá ser justificada obligatoriamente a través de
la Agenda Escolar explicando los motivos, y ser presentada a Normas Educativas el día de
reingreso a clases en el horario establecido(24horas como máximo). Se justificarán en caso
de:
o Salud
o Duelo
o Accidente
No se permite dejar mochilas, cuadernos, agendas o presentar tareas si el alumno hubiera
faltado, debe ponerse al día al reingresar al colegio.
j) Con 30% de inasistencias injustificadas, el alumno pierde el año escolar.
k) Las inasistencias por más de una semana, se justificarán mediante Certificado Médico
presentado a la Dirección (se debe presentar únicamente el día de reingreso del estudiante).
Los alumnos impedidos de hacer Educación Física, por causa justificada (certificado
médico), realizarán trabajos programados para ser calificados.
l) Los útiles, loncheras, trabajos, cuadernos, tareas y otros, que los alumnos olviden NO
serán admitidos una vez que el alumno haya ingresado al colegio.
Agradecemos NO INSISTIR.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 58
DE LA PARTICIPACION DEL PADRE Y/O APODERADO EN LA FORMACION DEL ESTUDIANTE
Artículo 77°.-
Asistir a la Escuela de Familias
Asistir a citas programadas por la Institución
Firmar la agenda escolar diariamente.
Cumplir con los acuerdos verbales y/o escritos con la Institución (Dirección, Sub-Dirección,
Coordinación, Jefatura de Normas, Área Pastoral y Psicológica)
Los padres deben participar de acuerdo a los compromisos, protocolos establecidos en este
reglamento o indicaciones dadas para cada actividad.
DE LA PRESENTACIÓN DEL ESTUDIANTE.-
El estudiante debe cuidar su presentación personal como parte de su formación integral y
autoestima.
MUJERES HOMBRES
Bermuda oficial del colegio(NO
SHORT)
Polo celeste Piqué debajo dela cadera
Medias blancas tobilleras (NO
TOBILLERAS)
Zapatillas negras color entero(planta
negra, pasadores) modelo escolar sin
diseño, totalmente negro.
Medias blancas no taloneras(por
encima del tobillo)
Bermuda oficial del colegio(NO
SHORT)
Polo celeste Piqué debajo de la cadera
Medias blancas tobilleras (NO
TOBILLERAS)
Zapatillas negras color entero(planta
negra, pasadores) modelo escolar sin
diseño, totalmente negro.
Medias blancas no taloneras(por encima
del tobillo)
Educación física:
Polo celeste de algodón cuello
redondo azul (oficial del colegio)
Bermuda oficial del colegio(NO
SHORT)
Medias blancas tobilleras (NO
TOBILLERAS)
Zapatillas negras color entero(planta
negra, pasadores) modelo escolar sin
diseño, totalmente negro.
Educación física:
Polo celeste de algodón cuello redondo
azul (oficial del colegio)
Bermuda oficial del colegio (NO
SHORT)
Medias blancas tobilleras (NO
TOBILLERAS)
Zapatillas negras color entero(planta
negra, pasadores) modelo escolar sin
diseño, totalmente negro.
Blusa Blanca cuello BB
Corbatín azul noche
Falda de la institución educativa por
debajo de la rodilla y pantaloneta azul
noche debajo de la falda.
Chompa del colegio con insignia
Camisa blanca con botón para corbata
Corbata azul noche, modelo del colegio
Pantalón de vestir modelo y color del
colegio.(NO PITILLO)
Chompa del colegio con insignia
Zapatos negros
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 59
Medias azul noche hasta la rodilla
Zapatos negros bien lustrados
Medias azules
Buzo oficial del Colegio
Polo celeste con cuello redondo azul
debajo de la cadera
Zapatillas negras
Medias blancas no taloneras(por
encima del tobillo)
Buzo oficial del Colegio
Polo celeste con cuello redondo azul
debajo de la cadera
Zapatillas negras
Medias blancas no taloneras(por encima
del tobillo)
El uniforme no puede ser modificado en modelo y la talla debe ser como corresponda, no
ajustado ni ceñido. (NO PITILLO)
a) Las prendas del uniforme y ropa de deporte deben estar limpios y marcados con el nombre
y apellidos completos del estudiante.
b) Los estudiantes debe asistir limpios y pulcros a diario a la institución educativa.
c) No se permite el uso de joyas y adornos ostentosos que no concuerden con la presentación
del uniforme. No se permite el uso de: piercing y/o tatuajes.
d) Los varones deben mantener el cabello con corte escolar ( corto, sin diseños, ni flequillos-
NO CORTES DE MODA) y aseo del cabello apropiada a su condición de escolar.
.-En las señoritas: el cabello largo debe ir completamente recogido, con una cola y collete
de color azul noche, el cabello corto con una vincha de color azul noche. El cabello debe
estar limpio, de color natural (no teñido) y dejando libre el rostro.
.- Es responsabilidad del padre de familia mantener el cuidado y limpieza del cabello del
estudiante para evitar la pediculosis.
.- No está permitido las cejas rasuradas o depiladas en varones.
.-No se permite maquillaje, base, rimel, delineador de ojos y cejas, brillo labial.
.-Las uñas deberán estar recortadas y sin esmalte.
.-Los varones deben asistir bien peinados y la barba bien rasurada.
e) El uso del uniforme es según horario escolar y de haber alguna actividad o ceremonia oficial
el estudiante deberá asistir correctamente uniformado.
f) Se asiste con buzo :
El día que le toque educación física
Taller de deporte
DE LA CONDUCTA DENTRO Y FUERA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
Artículo 78°.-
a) En concordancia con el perfil del estudiante, Reglamento interno y demás normas, la
Institución Educativa orienta el comportamiento de los estudiantes, a fin que cada uno
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 60
desarrolle su sentido de libertad, responsabilidad, honradez, veracidad, ayuda mutua y
respeto a la persona.
b) Los estudiantes son responsables del cuidado de útiles, mobiliario escolar y prendas
personales. De su cuidado personal, de no exponer su bienestar trasgrediendo las normas.
c) Los estudiantes están prohibidos de formular y fomentar comentarios injuriosos,
sobrenombres a las autoridades de la Institución Educativa, las familias de los
estudiantes y a sus compañeros, tanto en forma verbal, no verbal, escrita o digital (redes
sociales).
d) Los estudiantes deben hacer uso responsable de la tecnología actual (redes sociales, correos
electrónicos, mensajería, etc). Toda filmación, grabación, declaración y/o fotografía que
falte a los principios cristianos de la institución, que se exhiban en cualquier medio de
comunicación y que involucre a los estudiantes, la institución o a su personal, no está
autorizado y será sancionado como falta muy grave. El colegio no promueve, ni avala el uso
de redes sociales virtuales entre los estudiantes o entre los padres de familia. El personal del
colegio, según lo estipulado en las normas, está prohibido de participar en estas redes
sociales con los padres de familia o estudiantes. Es indispensable recordar que el Código
Penal regula el delito de difamación porque las frases ofensivas o denigrantes son calificadas
como delito cuanto se refieren, primero, sobre el honor de otra persona, y segundo, cuando
esta información es falsa o adulterada, con el agravante cuando se trata de un menor de
edad.
e) Dentro del aula, si el estudiante llega tarde a una clase estando en el colegio, el profesor
anotará en la agenda la falta cometida. Los cambios de clase se deben hacer en
orden. El estudiante puede ausentarse de clase para ensayos u otra actividad sólo
con permiso escrito del Coordinador (a) de estudio, dando aviso a profesores y jefatura
de normas.
f) Los estudiantes permanecerán en el patio a su llegada al colegio, este tiempo de espera no es
recreo, por lo cual los estudiantes deben guardar el orden. Los profesores o personal
competente que constaten actos de indisciplina en los patios, pasadizos u otros,
amonestarán y anotarán observaciones, dando cuenta a la Dirección según sea el caso.
g) Terminada la clase, el aula debe quedar vacía, limpia y ordenada. Es responsabilidad
del profesor(a) como del estudiante el cumplimiento de esta norma.
h) Durante ambos recreos los estudiantes de PRIMARIA permanecerán los primeros 15 minutos
en sus aulas para tomar su refrigerio y, posteriormente se dirigirán al patio para sus 25
minutos de receso. Por ningún motivo los estudiantes deberán permanecer en las aulas.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 61
Durante el segundo recreo los estudiantes de SECUNDARIA permanecerán los primeros 10
minutos en sus aulas para tomar su refrigerio y, posteriormente se dirigirán al patio para sus
30 minutos de receso. Por ningún motivo los estudiantes deberán permanecer en las aulas.
i) Está prohibido que los estudiantes porten instrumentos con los que puedan hacerse daño
y/o traer objetos tales como: cosméticos, radios, celulares, tablets, laptop, juegos
electrónicos, juguetes costosos, y revistas que distraigan la atención de sus compañeros,
dichos objetos serán retenidos y devueltos a sus padres o apoderados en el plazo que
señale la Institución. El colegio no se responsabiliza por la pérdida y/o deterioro de estos
objetos.
j) No se permite al estudiante el manejo de cantidades excesivas de dinero. Los
estudiantes de Inicial y Primaria no deben portar dinero. El colegio no se responsabiliza
por la pérdida de dinero.
k) Está prohibido reunirse en grupo para causar desorden dentro y fuera de la Institución
cuando estén con el uniforme de la institución.
l) Están prohibidos gestos y actitudes reñidas contra la moral y las buenas costumbres
dentro y fuera de la institución educativa. Evitar demostraciones de afecto o contacto
físico así como muestras de excesiva confianza con sus compañeros y/o personal de la
Institución.
m) Los estudiantes deben observar siempre buen comportamiento al estar uniformados, dentro
y fuera del plantel, y/o en representación de la Institución educativa.
n) Dentro de la Institución no se permite la organización, ni promoción de actividades sociales
contrarias a nuestros principios cristianos, confesión de fe (invitaciones a fiestas, rifas,
bingos, apuestas, etc.), razón por la cual el desacato es interpretado como incumplimiento a
los compromisos de prestación de servicios.
DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS Y AMONESTACIONES
Artículo 79°
Las medidas correctivas se caracterizan por:
- Ser oportuna
- Ser formativa
- Ser asertiva y constructiva
- Busca ser reflexiva y generar así la autodisciplina del estudiante.
a) En la evaluación de Comportamiento se tomarán en cuenta dos aspectos:
1. Responsabilidad
2. Conducta
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 62
En inicial, primaria y secundaria, quedarán registradas las observaciones y/o anotaciones en
la Agenda
b) La Nota de conducta será procesada por la Jefatura de Normas y Tutoría.
En los Niveles de Inicial, Primaria y Secundaria, la evaluación del comportamiento Es
CUALITATIVA. Se toma en cuenta dos aspectos:
RESPONSABILIDAD
1. Cumplimiento de los deberes y tareas
2. Asistencia y puntualidad
3. Cuidado de su cuerpo (higiene y alimentación
CONDUCTA:
1. Obediencia y respeto al Reglamento y autoridades
2. Relaciones Interpersonales
Observaciones consideradas: FALTA
Llegar tarde al Colegio
Orden y presentación personal
Útiles olvidados o mal presentados
Tareas no hechas, incompletas, mal hechas
Agenda mal presentada y/o no firmada
Mantener su lugar desordenado y/o sucio
Estar desatento en clase
No devolver documentos o desglosables firmados por los padres
Ingerir alimentos en clase.
Ensuciar el aula o ambientes del colegio
Manipular equipos sin autorización.
Crear y fomentar desorden en clase o dentro del plantel.
Llegar tarde a clase y talleres.
Reincidir en la no devolución de documentos y/o desglosables firmados.
Hacer uso del locker fuera del horario establecido.
Inasistencia injustificada
Utilizar en clase equipos u objetos no requeridos ni permitidos (celular, mp3, tablets) etc.
El teléfono celular no es un material educativo requerido por el Centro Educativo razón por
la cual no nos hacemos responsables por su pérdida o deterioro. Por la seguridad de
nuestros alumnos(as) recomendamos evitar el uso de los celulares en los exteriores del
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 63
Centro Educativo. El incumplimiento del presente artículo obliga la retención del equipo
teniendo que ser recuperado por el padre de familia en entrevista con Jefatura de Normas
Otros casos según el criterio de la institución educativa
Observaciones consideradas FALTA GRAVE
Se consideran Faltas Graves y se amonestan de forma escrita en la agenda
Copiar tareas.
No traer agenda
Acumular 5 tardanzas injustificadas.
Ejercer hostigamiento, acoso o amenaza a sus compañeros
Utilizar un lenguaje soez, tanto verbal como no verbal.
Dañar con mala intención cosas ajenas como: cuadernos libros de compañeros, útiles
escolares, material de trabajo, refrigerios, muebles e instalaciones del colegio, etc
Falta de respeto a sus compañeros y/o personal del colegio. (Verbal, digital, redes sociales)
Falta de honradez y/o veracidad.
No obedecer las órdenes superiores o incumplir responsabilidades encomendadas.
Conducta inadecuada durante simulacro de evacuación.
Ocultar o Violar la correspondencia dirigida a los padres
Practicar juegos agresivos o violentos.
Evadirse de clase.
Otros: A criterio de las autoridades de la Institución
En coordinación con los padres de familia, se implementará la jornada de reflexión domiciliaria
como una medida en el proceso de restauración para el estudiante que incurrió en falta grave
FALTAS MUY GRAVES
Artículo 80°
1- Son consideradas faltas muy graves las siguientes:
o Consumir y/o portar cigarrillos, drogas bebidas alcohólicas dentro del local escolar, sus
inmediaciones, en actividades de la Institución, o en representación del mismo.
o Pérdida de la agenda escolar o su mal uso.
o Portar material pornográfico (físico o virtual)
o Actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres.
o Insubordinación y falta de respeto al personal docente y no docente
o Agresiones físicas, y verbales lesivas a la moral de sus compañeros o personal de la
institución.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 64
o Conducta inadecuada cuando está fuera de la Institución en representación del mismo
o Conducta inadecuada fuera del colegio estando con el uniforme de la institución.
o Evadirse del colegio o no ingresar a él.
o Sustraer exámenes de cualquier tipo o cometer plagio de exámenes o trabajos de
investigación.
o Otros: A criterio de las autoridades de la Institución.
La falta MUY GRAVE amerita derivación inmediata al TOECE
2. El estudiante es derivado a TOECE (Tutoría y Bienestar del Educando) para suscribir un
compromiso con los padres de familia, que podrá incluir:
- Evaluaciones e Informes Psicológicos externos y asimismo, médicos si fuera necesario.
- Nota desaprobatoria bimestral
- Matrícula Condicional (Compromiso firmado por los Padres)
- Separación del Centro Educativo, temporal o definitiva previa opinión del Consejo de
Tutoría, Disciplina y Convivencia Escolar.
a) El alumno sancionado por TOECE por las anteriores faltas no podrá participar en actividades
artísticas, deportivas, clausuras, graduaciones, etc.
b) Las observaciones de conducta son enviadas al padre o apoderado en la agenda el mismo día
del incidente, con una nota escrita y/o documento, y debe ser devuelta firmada al día
siguiente. De acuerdo al contrato de prestaciones de servicios educativos, la renuencia a lo
estipulado significa el incumplimiento del mismo. (el negarse a firmar)
c) Para recabar más información, el padre de familia o apoderado debe solicitar una cita dentro
de las 24 horas de ocurrido el incidente con el que suscribe la anotación para obtener detalles
de la falta de disciplina.
d) En el caso que los padres de familia que no colaboren ni contribuyan con el seguimiento
del Compromiso suscrito, desatendiendo las indicaciones del mismo para el logro de los
objetivos enunciados en el documento, el caso será derivado a instancias superiores:
Promotoría del Plantel, DEMUNA, FISCALIA, UGEL u otros entes superiores, según sea el
caso.
Artículo 81º-Es facultad de la Institución Educativa organizar y conducir su gestión conforme a los
Principios Fundamentales, Compromisos Firmados y Leyes y determinar el procedimiento a seguir
para cada caso.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 65
DEL PLAN DE CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA
Artículo 82°
1. ALCANCE
El Plan de Convivencia Democrática aplica a todos los estudiantes, personal docente y padres de
familia de la IEP ¨Alberto Benjamín Simpson¨ de los diferentes niveles y áreas académicas en
cumplimiento a la Ley 29719 y al DS 010-2012-ED que promueve la convivencia sin violencia en las
instituciones educativas, así como los “Lineamientos para la Gestión de la convivencia escolar, la
prevención y la Atención de la Violencia contra niñas, niños y Adolescentes” aprobados por
Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU
2. OBJETIVOS
a. Recoger los alcances legales establecidos por la Ley 29719 que promueve la convivencia sin
violencia en las instituciones educativas asumiendo el objetivo de la norma: “establecer los
mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el
hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso entre los alumnos de
las instituciones educativas.” (Artículo 1º - Objeto de la Ley)
b. Reconocer que nuestros alumnos son el centro y razón de ser de la IEP ¨Alberto Benjamín
Simpson¨
c. Entender que la convivencia es un objetivo formativo en sí mismo, que tiene como referente
a la educación para la paz, los derechos humanos, el aprendizaje de una ciudadanía
democrática, la tolerancia, la prevención de la violencia y la mejora de la convivencia escolar y
que es imprescindible en el proceso educativo que fundamenta los objetivos generales y
específicos de la IEP ¨Alberto Benjamín Simpson¨
3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
a. Educar en valores, destacando el respeto a la dignidad, integridad, intimidad, ideas y creencias
de toda persona.
b. Inculcar los principios que sustentan una cultura de paz.
c. Fomentar una convivencia pacífica, desarrollando habilidades de comunicación y relación
social e intentando prevenir la aparición de conductas violentas.
d. Aprender a resolver el conflicto, si lo hubiera, de forma dialogada y pacífica buscando la
armonía en las relaciones entre las personas
e. Favorecer la escucha activa y la toma de decisiones por consenso desde la convivencia de las
aulas.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 66
f. Establecer espacios de diálogo que faciliten la expresión pacifica de las tensiones y las
discrepancias
g. Crear un clima escolar ordenado y afectuoso pero exigente, recuperando los conceptos del
deber, de la disciplina y del respeto al trabajo de todos los miembros de la Comunidad
Educativa.
h. Capacitar a los profesores en técnicas y estrategias en resolución de conflictos.
i. Fortalecer la autoridad del profesor a través del cumplimiento del reglamento interno, de sus
funciones, del código de ética y administración de medidas restauradoras
j. Conservar nuestro entorno manteniéndolo limpio y ordenado, cuidando las instalaciones y
materiales.
4. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN.
4.1 PREVENCIÓN.-
De acuerdo a la orientación que brinda el MINEDU en la cartilla de “Prevención e intervención
educativa frente al acoso entre estudiantes”, se transcriben las siguientes recomendaciones con
respecto a las estrategias de prevención que contribuyan al logro de la convivencia democrática a
nivel de la institución educativa y del aula:
a) EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA. -
- Explicitar en los instrumentos de gestión, objetivos y acciones que fortalezcan la convivencia
democrática, el buen trato y el respeto mutuo.
- Gestionar la capacitación de los docentes en aspectos relacionados a la cultura de paz,
convivencia democrática, mediación escolar y solución de conflictos.
- Elaborar normas de convivencia de manera consensuada y difundirlas entre todos los
integrantes de la comunidad educativa, estableciendo mecanismos para su cumplimiento.
- Involucrar a las organizaciones estudiantiles en el diálogo, reflexión y prevención de
situaciones de maltrato, promoviendo entre ellos una actitud vigilante.
- Reconocer como espacios comunes de convivencia democrática: las aulas, patios, pasillos,
servicios higiénicos, quioscos, entre otros. Así como poner en práctica estrategias de
acompañamiento a los estudiantes a la hora de entrada, recreos y salida.
- Motivar a los estudiantes y a toda la comunidad educativa a comunicar y rechazar
situaciones de acoso o maltrato.
- Promover sistemas de denuncias directas o anónimas de posibles casos, como por ejemplo, a
través de buzones informativos.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 67
- Establecer alianzas estratégicas con entidades de la comunidad, para que apoyen los
objetivos pedagógicos de la institución educativa.
b) EN EL AULA.-
El docente debe promover el desarrollo de una cultura de respeto a las diferencias entre los
estudiantes, que favorezcan actitudes solidarias, tolerantes y de cooperación, orientadas a
propiciar la responsabilidad y la reflexión sobre las consecuencias de las acciones propias o
ajenas, reconociendo la importancia de las normas para el logro del bien común y teniendo en
cuenta el desarrollo evolutivo del estudiante. Asimismo, las acciones sugeridas por el
MINEDU para cada uno de los niveles académicos son las siguientes:
a) INICIAL.-
- Desarrollar actividades que contribuyan a incentivar la empatía y la solidaridad a través de
juegos, canciones, cuentos, etc. Los cuentos son un buen recurso a través del cual se puede,
por ejemplo, valorar las diferencias, identificar las conductas o actitudes intimidantes,
los sentimientos, los adultos confiables y proponer alternativas.
- Intervenir, inmediatamente, ante la pelea por un juego, juguete, material educativo u otra
actividad.
- Transmitir mensajes positivos que el niño pueda interiorizar, para aprender a autorregular o
controlar su propia conducta.
- Conversar con los padres sobre la importancia de no minimizar las situaciones de agresión
y no considerarlas como “cosa de chicos”, siendo necesario que estas conductas sean
reguladas por los adultos para evitar que el niño las adopte como una forma de resolver los
conflictos.
- Establecer con los niños, niñas y la familia las normas de convivencia, de modo que
comprendan que sus actos tienen consecuencias consigo y con los demás.
- Coordinar con los padres y madres de familia sobre la importancia de que las normas y
valores de convivencia sean compartidas entre la escuela y el hogar.
- Informar a los padres y madres de familia sobre el procedimiento a desarrollar en la
institución educativa en caso de presentarse situaciones de agresión o violencia.
- Desarrollar en la Escuela de Padres temas de prevención de la violencia como: límites y
normas claras, respeto hacia el otro, solidaridad y cómo sus acciones están modelando
constantemente la conducta de su hijo o hija.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 68
b) PRIMARIA.-
- Promover el desarrollo de conocimientos y habilidades socio-afectivas para prevenir,
comunicar y enfrentar situaciones de acoso escolar.
- Desarrollar habilidades sociales para establecer relaciones de amistad y compañerismo
basadas en el respeto mutuo.
- Prestar atención a los niños que no participan del grupo, para fortalecer sus habilidades
sociales.
- Facilitar mecanismos para que los estudiantes comuniquen situaciones de los estudiantes
comuniquen situaciones de maltrato o violencia.
- Estar atentos a los juegos, programas televisivos, medios, de comunicación, internet, etc. ya
que a través de ellos los niños aprenden a modificar situaciones sociales, practicar roles,
ensayar normas y formas de relacionarse.
- Conversar con los padres y madres para que estén atentos a los cambios repentinos de la
conducta de sus hijos e hijas. Por ejemplo: si ya no quiere asistir a la institución educativa e
inventa excusas para ello, si deja de lado ciertas actividades, si repentinamente está triste,
callado, etc.
- Promover en los padres y madres la responsabilidad de dejar y/o recoger a sus hijos en el
horario establecido por la institución educativa (entrada y salida).
- De incidir en no llegar a tiempo para recoger al estudiante, se informará a las autoridades
correspondientes en sobre cerrado dirigido al padre de familia.
b) SECUNDARIA.-
- Desarrollar y fortalecer el respeto a las diferencias de los demás, habilidades sociales como la
autoestima, empatía, comunicación asertiva y la solución pacífica de conflictos.
- Crear un clima positivo, promoviendo relaciones adecuadas entre compañeros, la
cooperación, identificación con su grupo-clase y el respeto por las normas.
- Establecer normas de aula específicamente para casos de maltrato.
- Brindar al adolescente la oportunidad de compartir sus pensamientos y sentimientos con
compañeros que se identifiquen con valores positivos, fomentando que descubran
coincidencia y pueda n sentirse únicos y especiales, sin necesidad de poner en riesgo su
desarrollo ni el bienestar de otras personas.
- Estar atento a las situaciones de conflicto para mediar o fomentar su solución pacífica.
- Realizar las Asambleas Escolares de Aula para dialogar sobre situaciones cotidianas que afecten
a los estudiantes e involucrarlos en la propuesta de soluciones.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 69
- Promover en los padres y madres la responsabilidad de dejar y/o recoger a sus hijos en el
horario establecido por la institución educativa (entrada y salida).
4.2 INTERVENCIÓN.-
Se considera que existe acoso escolar cuando un alumno recibe un continuo y deliberado maltrato
verbal, físico y/o psicológico por parte de uno o varios compañeros que se comportan con él
cruelmente con el objeto de someterlo, apocarlo, asustarlo, hostigarlo, intimidarlo y/o amenazarlo
atentando contra su dignidad.
Es necesario diferenciar el acoso respecto de agresiones esporádicas y otras manifestaciones
violentas.
La intervención implica reconocer o identificar una posible situación de acoso entre estudiantes. Si se
detecta a tiempo, la intervención es más eficaz, mitigando el daño causado al estudiante agredido.
La primera herramienta para detectar estos casos será la observación.
Para poder considerar un comportamiento como acoso escolar se tomarán uno o más de los
siguientes criterios básicos, prescindiendo de la personalidad de la posible víctima:
• Existencia de intención premeditada de hacer daño.
• Repetición de las conductas agresivas.
• Duración en el tiempo.
Partiendo de las anteriores consideraciones, el equipo responsable orienta al personal de la
institución sobre situaciones de acoso escolar que recoja una información precisa sobre
este fenómeno y le ofrece estrategias para trabajar y orientar a los estudiantes y padres de familia en
la prevención y detección del acoso escolar, a fin de que su acción sea inmediata y eficaz en la
observación peculiar de este tipo de comportamiento y de los casos detectados.
En tal sentido, se tendrán en cuenta las siguientes acciones:
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 70
MEDIDAS RESPONSABLE/S
- Apoyo y medidas de protección. Director La actuación inmediata es garantizar la seguridad de la víctima, de forma Equipo de la Convivencia que no se produzcan nuevas agresiones. Democrática
Se brindará condiciones de seguridad para que comunique lo que pasa. Bridar una tutoría especial de apoyo a cargo de un docente.
- Vigilancia en zonas de riesgo dentro de la institución. Director Importancia de la presencia y acompañamiento de los profesores en el Subdirectores ingreso, recreos, salidas y en todas las actividades internas. Coordinadores Profesores/Orientadores
- Entrevista. Profesores responsables y/o Con la mayor discreción posible, en un lugar discreto. Es Probable que Sicóloga del Equipo de la
VÍCTIMA haya recibido amenazas de agresiones mayores si cuenta lo sucedido. Convivencia Democrática La entrevista la realiza en primera instancia los profesores responsables
y en segunda instancia por su gravedad con la sicóloga designada para estos casos con la que guardara una especial afinidad.
A través de sus manifestaciones podremos conocer el alcance de la agresión, sus sentimientos y repercusiones.
- Comunicación a los padres de familia. Profesores responsables y/o Es importante comunicar inmediatamente a los padres de familia y Sicóloga del Equipo de la hacerle conocer del hecho, poniendo a su disposición los recursos de Convivencia Democrática
apoyo sicológico con los que cuenta la institución.
- Cambio de aula. Director Solo como último recurso que acuerde el Consejo de Disciplina de Consejo de Disciplina acuerdo al reglamento interno y a los informes solicitados al equipo responsable según la gravedad del caso.
- Comunicación a entidades públicas de protección de menores. Director Si se considera que está en cierto peligro la integridad física o emocional al ser seriamente amenazado.
En esta situación será la Dirección la única encargada de recurrir a los organismos de protección de menores de acuerdo a ley.
- Fomentar la reparación del daño cometido. Equipo de la Convivencia Promoviendo la responsabilidad y la reflexión para el reconocimiento de Democrática las consecuencias de su acción.
Seguimiento sicopedagógico y/o tutorial de manera permanente.
- Entrevista. Profesores responsables y/o Cuando el conflicto grave se confirma, hay que hablar inmediatamente Sicóloga del Equipo de la con el/los agresor/es. Convivencia Democrática La entrevista la realiza los profesores responsables y/o con la sicóloga
designada para estos casos con la que guardara una especial confidencialidad.
Si son varios se aconseja mantener las entrevistas por separados evitando que puedan comunicarse para proceder posteriormente a una
AGRESOR/ES intervención grupal.
- Posibilidad de llegar a acuerdos o conciliaciones. Equipo de la Convivencia A nivel personal, de mutua voluntad de enmendar lo sucedido. Democrática A nivel grupal, pedir perdón públicamente, reparar el daño u ofensa, realizar campañas sobre la dignidad de la persona, respeto, tolerancia,
compañerismo y convivencia, etc.
- Medidas disciplinarias. Director Comunicar la falta en que ha incurrido en contra de las normas de Consejo de Disciplina convivencia y la medida correctiva de suspensión temporal de clases o Coordinador de Tutoría definitiva a que está sujeto por reglamento interno.
Comunicarle igualmente la posibilidad de denuncia, por parte de la víctima, a la fiscalía de menores.
- Cambio de aula. Director Si pertenece a la misma aula que el/la agredido/a. Consejo de Disciplina
- Información al aula. Tutor/a
AULA Información a los estudiantes y solicitud de colaboración. Orientador/a Describir el fenómeno del bullying o situación conflictiva que se haya
originado
Identificar a víctimas, agresores y espectadores.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 71
Esquema Nº 01
ACTORES INVOLUCRADOS PARA HACER FRENTE AL ACOSO ENTRE ESTUDIANTES
- Información a los profesores. Director La información a los profesores será de acuerdo a las implicancias de la Equipo de la Convivencia
PROFESORES detección del hecho de acoso escolar en reunión general, por nivel Democrática educativo, por grados o por aula. Coordinador de Tutoría
Explicación de las posibles medidas correctivas que se van adoptar.
- Información a los padres de familia. Director Entrevista privada para la información de las medidas adoptadas a Sicóloga del Equipo de la realizar de protección en el caso del estudiante víctima y de medidas Convivencia Democrática
PADRES DE correctivas en el caso del estudiante agresor.
Orientación y establecimiento de compromisos para su colaboración en
FAMILIAS
las medidas adoptadas.
En los casos de situación grave en que se haya causado daño a la
integridad física, moral o sicológica de la víctima, se informará las posibles acciones legales.
En todos los casos, constante apoyo a los padres de familia.
- Reunión para establecer acciones y medidas. Equipo de la Convivencia Notificado un caso procede en primera instancia a los profesores Democrática
EQUIPO responsables para las averiguaciones respectivas.
La información de los profesores responsables proporcionada es
RESPONSABLE
analizada y evaluada por el equipo de la convivencia para su tratamiento
DE LA y seguimiento. Evaluada la situación, se determina el registro o no al
CONVIVENCIA
Libro de Registro de Incidencias.
DEMOCRÁTICA Al ser registrado en el Libro de Registro de Incidencias se actúa
conforme a lo que establece la Ley 29719 y el DS 010-2012-ED que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, el
Reglamento Interno y el Plan de Convivencia Democrática de la institución.
Directivos
Docentes
PREVENCION Todos los
estudiantes
Equipo Responsable
Padres de Familia
ACTORES
INTERVENCION
Estudiantes agresores
Estudiantes observadores
Estudiantes víctimas
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 72
Esquema N° 02
FLUJOGRAMA DE INTERVENCION ANTE CAOS DE ACOSO ENTRE ESTUDIANTES
LIBRO DE REGISTRO DE INCIDENCIAS
Artículo 83º
El Centro Educativo tiene un Libro de Registro de Incidencias sobre violencia y acoso entre
estudiantes, a cargo de la Directora, en el que se anotan todos los hechos sobre violencia, acoso
entre estudiantes, el trámite seguido en cada caso, el resultado de la investigación y la sanción
aplicada, cuando corresponda.
BOLETIN INFORMATIVO SOBRE CONVIVENCIA EMOCRÁTICA
Artículo 84.-
El Centro Educativo Particular, debe entregar al inicio del año escolar a cada estudiante y padre de
familia un boletín informativo que difunda las normas y principios de sana convivencia y disciplina
escolar, la proscripción de todo tipo de violencia física y psicológica y de toda forma de
hostigamiento y de acoso entre alumnos, cometido por cualquier medio, incluyendo virtuales,
telefónicos, electrónicos u otros análogos en la comunidad educativa.
DEL LIBRO DE RECLAMACIONES
Artículo 85.-
Conforme a lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor y D.S. N° 011-
2011-PCM. Este Colegio cuenta con un Libro de Reclamaciones que está a su disposición. Puede
solicitarlo en la Secretaría de Dirección para registrar cualquier reclamo que tenga.
Procedimiento de Reclamaciones:
• El Personal del área de Secretaría alcanzará al reclamante el Libro de Reclamaciones e
indicará la forma correcta de llenar el formato.
Director
Equipo responsable
Docente
Tutor/a
Establecer medidas de prevención e intervención
desde cada uno de los espacios y momentos de la Institución Educativa.
Establecer medidas de prevención e intervención
en el aula.
Orientar a los Padres de Familia.
Estudiantes
Docentes
Padres de Familia
Estudiante víctima
Estudiante/s Agresor/es
Estudiantes observadores
Se detecta un caso de acoso entre estudiantes
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 73
• La Hoja de Reclamación deberá ser llenada con las características siguientes:
o Letra de imprenta
o Completar todos los datos exigidos en dicho formato
o Copia de DNI
• El personal encargado recibirá y verificará que la Hoja de Reclamación se encuentre
correctamente llena, de no ser así, indicará al usuario para que complete la información y en
el caso de Reclamos adjunte los documentos necesarios.
• En caso que el usuario no consigne de manera adecuada la totalidad de la información
requerida como mínima en el formato del presente Reglamento, se considerará el reclamo o
queja como no puesto.
• El personal encargado recibirá la Hoja de Reclamación y procederá a:
o Entregar al reclamante la hoja que indica: usuario
o Enviar una copia al área correspondiente cuando se trate de una queja o reclamo.
o Guardar una copia en el Libro de Reclamaciones, como archivo, la misma que en
caso de ser requerida por INDECOPI, deberá ser enviada a dicha institución,
previamente será fotocopiado para reemplazar la original.
• En caso de queja o reclamo el área correspondiente será la encargada de efectuar las
investigaciones y/o coordinar con el (la) reclamante, enviando los actuados, sus conclusiones
recomendaciones al reclamante y/o quejoso con el cargo de recepción correspondiente con
copia a la Dirección de la Institución.
Todo reclamo registrado deberá ser atendido y respondido en un plazo de 30 días
calendario.
CAPITULO XI
ASPECTO ACADEMICO
DEL RENDIMIENTO ACADEMICO
Artículo 86º-Es deber del estudiante estudiar sus lecciones, hacer sus tareas e investigar todo lo
concerniente para un buen rendimiento en cada área. No están eximidos de lo anterior los
estudiantes que participen en talleres y comités de participación.
Artículo 87º- Además del horario de clases se programan en la Institución, actividades con
participación de los estudiantes, llámense asesorías o grupos de estudio En ellas están obligados a
participar cuando tengan una invitación expresa del personal de la Institución, a través de una
circular o esquela.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 74
Artículo 88º- El área de educación cristiana será dictado de acuerdo a las enseñanzas bíblicas.
Artículo 89º- Todos los estudiantes están llamados a participar en las actividades pastorales que el
colegio planifica.
Artículo 90º- No se aceptarán reclamos relacionados con la exigencia académica y/o tareas escolares.
Artículo 91º- Participarán de la ceremonia de graduación sólo los estudiantes de V de secundaria
aprobados en aprovechamiento, conducta y que no hayan cometido falta muy grave según el
Reglamento Interno y estén al día en sus obligaciones económicas con el Centro Educativo.
NORMAS PARA LAS TAREAS EN EL HOGAR
Artículo 92°
a. Las tareas constituyen una parte esencial en el desarrollo de cualquier área escolar.
b. Los maestros asignarán tareas diarias para promover en cada estudiante un mayor esfuerzo
en la consecución del más alto nivel académico posible. Para que este objetivo sea
alcanzado, es necesario e imprescindible, que cada estudiante dedique un mínimo de una
hora y media, o dos horas por día a la realización de sus tareas y a sus estudios individuales.
c. El esfuerzo del colegio, sin embargo no podrá alcanzar los mejores logros sino cuenta con el
respaldo e interés de los padres, quienes son en última instancia, los responsables de que en
sus hogares sus hijos dediquen el tiempo y esfuerzo necesario para cumplir con sus
obligaciones escolares.
d. La Institución Educativa “Alberto Benjamín Simpson”, confía plenamente en el respaldo del
hogar, sin éste, jamás será alcanzada nuestra aspiración.
REPORTE DEL PROGRESO ACADEMICO Y CALIFICACIONES.-
Artículo 93°
a) El informe académico, refleja el progreso del estudiante, será entregado a los padres de
familia o apoderado legal; cada bimestre. Sugerimos que tomen muy en serio este informe para
corregir a tiempo cualquier problema académico o de conducta que esté ocurriendo.
b) Las fechas en que serán emitidos estos Informes de calificaciones se encuentran en la
Calendarización de actividades escolares. Se recomienda a los padres que revisen estas
calificaciones junto con sus hijos. Los reportes se harán en forma mensual y bimestral.
El certificado de estudios podrá ser retenido por la Administración del colegio conforme a los casos
establecidos en el Contrato de Prestación de Servicios Educativos celebrado por los padres de
familia con el Colegio, pero es deber del padre mantenerse informado respecto al avance
académico del estudiante y asistir a las entregas de los informes académicos.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 75
c) Deficiencia Académica.- Los estudiantes que mantengan un promedio B o C, deberán tener una
atención especializada por parte de los padres. El dialogo debe ser continuo con los Tutores o
profesores de curso.
d) Todo padre de familia está en la obligación de firmar la ficha del Fólder anecdótico,
constancias de entrevistas, reportes académicos, reportes conductuales y compromisos, donde se
registra las medidas que la Institución recomienda; cumpliendo éstos en el plazo determinado por
la Institución; esto se aplica a aspectos de área académica, psicológica y conductual.
DE LAS PENSIONES ESCOLARES. – (LEY 27665)
Artículo 94ª
a) La política actual del colegio es que en caso de morosidad en el pago de las pensiones
escolares, cuando se trata de un atraso de un mes, se envía al padre de familia una carta
donde se le recuerda la deuda pendiente y se les invita a la cancelación.
B) Si la morosidad es de dos meses, se remite una carta donde se le informa de la deuda y se le
hace recordar que al iniciar el año, se suscribió un Contrato de Prestación de Servicios Educativos
dentro de cuyas estipulaciones se establecía el pago puntual de las pensiones escolares.
C) Se le recuerda, que el Colegio, está en facultad de realizar el reporte a la central de
riesgo (INFOCORP), asumiendo los Padres de Familia, los gastos administrativos que de
esto derive, según Contrato de Prestación de Servicios Educativos celebrado con los padres de
familia y cuyo formato está publicado en la página WEB de la Institución
D) Si el atraso es de más de dos meses, se remite una carta recordando que al momento de
la matrícula se ha suscrito un según Contrato de Prestación de Servicios Educativos y que se está
incumpliendo. Asimismo se le recuerda las consecuencias que puede acarrear dicho
incumplimiento, además de propiciar una reunión con los responsables del pago, a fin de tratar la
situación y de ser el caso, llegar a un compromiso de pago. Si no obtenemos respuesta a esta
comunicación, se remite un reiterativo.
E) Si la morosidad persiste o el padre de familia incumple el acuerdo de pago de las pensiones
en morosidad, culminado el año escolar se decide la No ratificación de la matrícula del
estudiante, la cual es comunicada a más tardar la primera semana de Enero notarialmente. Las
cartas remitidas en caso de morosidad son anexadas a la Agenda Escolar en sobre cerrado
dirigido al padre de familia.
RECREOS, REFRIGERIOS Y CAFETERIA
Artículo 95°
a) Cuando toque el timbre del recreo, los minutos posteriores, el estudiante debe dirigirse al
patio evitando hacer ruido y/o fomentando desorden.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 76
b) Ningún estudiante se quedará en el aula, durante los minutos posteriores de los recreos.
c) Ningún estudiante debe permanecer en los baños del 2º y 3º piso durante los recreos.
d) Una vez que el estudiante se encuentre en el patio en los posteriores, no podrá volver al
aula, por ello antes de salir al recreo deberá llevar su lonchera. botella de agua o dinero
necesario.
e) Las compras en la cafetería se deben hacer en orden y respetando en todo momento a sus
compañeros.
f) Una vez finalizado el recreo, los estudiantes irán a sus respectivas aulas en orden.
g) Está prohibido que los estudiantes: Lleven alimentos o bebidas al aula. Ingresen al aula con
el uniforme desarreglado y sucio.
DE LA AGENDA ESCOLAR Y DE LAS OBSERVACIONES
Artículo 96°
a. Los estudiantes presentarán obligatoriamente la Agenda Escolar para poder ingresar al
plantel. La llevarán en cada clase, la conservarán limpia y forrada, en buen estado y
firmada diariamente.
b. La agenda escolar sirve para que:
. El estudiante ingrese al colegio.
. El estudiante apunte sus deberes.
. El padre o apoderado justifique la inasistencia y tardanza del
Estudiante o pida cita al profesor.
. El profesor anota y comunique al padre o apoderado las Observaciones sobre la actitud
de trabajo, conducta, rendimiento académico y otros.
c. Es obligatorio que la hoja de datos personales sea llenada por completo utilizando letra
imprenta y tinta azul o negra y que los teléfonos sean actualizados constantemente.
d. Las anotaciones en la agenda sólo deben hacerse con lapicero de color: azul o negro.
e. El estudiante por ningún motivo debe dejar la agenda en el colegio.
f. En caso de extravío debe comunicarse el mismo día al tutor o al Jefe de Normas Educativas.
g. Los estudiantes que no traigan su agenda se le avisará telefónicamente a sus apoderados
para que la traigan de inmediato. De suceder una segunda vez en el bimestre o a lo largo
del año, el alumno esperará a que le traigan la agenda para su ingreso a clases. De suceder
una tercera vez tendrá una sanción especial.
DE LOS ESTIMULOS
Artículo 97°
a) Toda acción que el estudiante realice mostrando: responsabilidad, espíritu de superación,
respeto asimismo y a los demás, veracidad, disciplina, solidaridad, servicio, justicia, prudencia
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 77
e integridad, constituyen mérito en beneficio del estudiante. Será premiado con 1 punto a favor
en su evaluación de comportamiento en el bimestre por mérito relevante o significativo.
c) La Institución otorga premios y estímulos a sus estudiantes por el esfuerzo del deber cumplido y
de ser cada día mejor, estos premios son:
Diploma de honor y/o medalla por obtener el primer puesto en aprovechamiento y
conducta durante todo el año escolar.
Felicitaciones y menciones honrosas individualmente y ante todo el alumnado por
encabezar los primeros puestos en el cuadro de méritos.
Reconocimiento público por haber destacado en una obra de bien social con sus compañeros o
en la comunidad.
Ser integrante de los comités de participación en el aula o de la representación del estudiante a
nivel de colegio.
c) Solamente los estudiantes cuya conducta, actitud de trabajo y rendimiento sean satisfactorios, en
necesidad comprobada podrán ser acreedores, de una ayuda económica de estudios, determinada
por la Institución (Becas).
d)Las autoridades de la Institución Educativa delegarán ciertas responsabilidades a los estudiantes
que demuestren madurez y responsabilidad.
EXCURSIONES Y VISITA DE ESTUDIO.-
Artículo 98º- Toda excursión o visita de estudio está supeditada a la Resolución Ministerial Nº 0394-
2008 – ED lo siguiente:
a) Información previa para los padres de familia
b) Declaración Jurada Notarial, firmada por los padres, que autorice al estudiante a participar en
la actividad.
c) Disponibilidad de docentes que acompañen a los estudiantes.
d) Se realiza en concordancia con los Reglamentos de Aula, adjunto en los anexos.
CAPITULO XII
DE LA POLITICA DE INCLUSION EDUCATIVA
Artículo 99º- El centro Educativo desarrolla una política de educación inclusiva, incorporando en su
población escolar a estudiantes con NEE asociadas a discapacidad leve, moderada. Es la Institución
educativa quien orienta el proceso de inclusión educativa en coordinación con el equipo
multidisciplinario y padres de familia; en el marco de las normas vigentes el presente reglamento y
los compromisos firmados.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 78
Artículo 100º.- Los niños y jóvenes con NEE se incorporan al Centro Educativo mediante un proceso
regular de matrícula, de acuerdo a la edad normativa que corresponde al grado, debiendo utilizarse
la ficha única de matrícula. De acuerdo a ley, hay dos (2) vacantes por aula para los estudiantes
con NEE y, de no estar ya ocupadas solo se reservan por 15 días calendario a partir del inicio de la
matrícula. Cumplido este plazo, la I.E. podrá disponer de las mismas para todos los NNA.
Artículo 101º.- Son requisitos para la matrícula del menor con NEE, sea que se trate de la
incorporación a la Educación Básica Regular o de traslado de matrícula, la partida de nacimiento, el
certificado de discapacidad y la evaluación psicopedagógica; esta última determina el nivel de
discapacidad y recomienda el grado al cual debe incorporarse el menor. Sin embargo, la carencia de
los documentos indicados, no impide el procedimiento de matrícula, en cuyo caso la Dirección del
Centro Educativo o quienes éste designe, asesorará a los padres de familia y coordinará con las
instancias pertinentes las obtención de los mismos.
Artículo 102º.- Conforme a las normas establecidas por el Ministerio de Educación, que regulan la
educación inclusiva, para la promoción de grado de los estudiantes con NEE incorporados al Centro
Educativo, se considera la edad normativa y el logro de los aprendizajes establecidos en las
adaptaciones curriculares individuales. Su permanencia en el nivel educativo puede extenderse por
dos años sobre la edad normativa.
Artículo 103°.- Para el éxito del proceso de inclusión educativa de los estudiantes con NEE son
muchos los factores que convergen para el mismo. Es responsabilidad del padre de familia trabajar
con la institución educativa la provisión de los soportes necesarios que favorezcan dicho proceso, en
armonía con el artículo 42° de este reglamento.
CAPITULO XIII
DE LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS
Artículo 104º.- Constituyen ingresos propios ordinarios de la institución aquellos provenientes de las
mensualidades y cuotas que por concepto de pensión de enseñanza abonan los padres de familia.
Artículo 105º.- Constituyen ingresos extraordinarios aquellos que se originan por trabajo
comunitario de los padres de familia o por concepto de donaciones.
Artículo 106º.- El Consejo de Administración de la Entidad Promotora, tienen a su cargo la
determinación de las pensiones de enseñanza, si así se determinase, las becas y otro tipo de ayuda a
los educandos que la necesiten.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 79
Artículo 107º.- Las pensiones de enseñanza se rigen por el reglamento de pensiones donde se
establecen en diez cuotas iguales, correspondientes a cada una de las mensualidades y deberán ser
abonadas al finalizar el mes en el que se brindó el servicio educativo.
Artículo 108º.- El pago oportuno de las pensiones de enseñanza condiciona la ratificación de su
matrícula del alumno.
Artículo 109º.- Los padres de familia que tengan dificultades de carácter económico que le
imposibiliten pagar las pensiones de enseñanza, están en la obligación de poner en conocimiento de
la Dirección de dicha situación.
Artículo 110º.- El Centro Educativo concede ayuda económica en forma de Becas de ley y casos de
necesidad comprobada.
Artículo 111º.- Para otorgar la Beca se tendrá en cuenta:
a. La situación económica familiar.
b. La situación de orfandad del alumno.
c. El número de hermanos que cursen estudios, cualquiera que fuera el nivel o modalidad.
d. El comportamiento y aprovechamiento del alumno.
Artículo 112º- La Institución Educativa otorga las siguientes Becas:
a) Por fallecimiento del Padre o Tutor
b) Incapacidad física total del Padre o Tutor
c) Pena privativa de la libertad del Padre o Tutor
Artículo 113º- La ayuda otorgada sólo cubre el pago de pensiones.
Artículo 114º.- Pierden la beca, los alumnos que:
a. Tengan más de cinco inasistencias o tardanzas injustificadas en un bimestre.
b. Los que sean desaprobadas en dos bimestres.
c. Los que al final de año sean aplazados en dos o más asignaturas.
d. Los que sean desaprobadas en los exámenes de subsanación.
Artículo 115.- La Dirección está facultada para reducir o suprimir la beca, en los siguientes casos:
a. Sanción disciplinaria.
b. Bajo rendimiento escolar.
c. Haber superado la situación económica que motivó la petición de la beca.
Artículo 116º.- Los ingresos de la Institución Educativa Privada se destinan enteramente a cubrir el
gasto corriente del mismo; financiar proyectos de inversión y crecimiento del mismo; atender el
sistema de becas y sostenerlos proyectos educativos de la institución.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 80
Artículo 117º.- Los bienes adquiridos por la Institución Educativa Privada a título gratuito u oneroso,
así como los provenientes del trabajo comunitario, forman parte del patrimonio que administra ella
Institución Educativa, en nombre de la entidad promotora.
Artículo 118º.- Las adquisiciones se realizan de acuerdo al Presupuesto Anual y con autorización
escrita del Promotor
Artículo 119º.- La administración financiera de la Institución Educativa se efectuará en estrecha
coordinación con la entidad promotora, a través de un representante de su Consejo de
Administración.
Artículo 120º.- El patrimonio de la Institución Educativa es distinto del de cada una de las
autoridades docentes, padres de familia y alumnos.
Artículo 121º.- En caso que el hijo(a) o pupilo del declarante, sea retirado (a) o trasladado(a) del
Centro Educativo por cualquier motivo y en cualquier época del año, el padre de familia se
compromete expresamente a no efectuar peticiones o reclamaciones ante el Centro Educativo o
Entidad Promotora del Centro Educativo, respecto a devoluciones de los pagos de matrícula,
pensiones de enseñanza, y donaciones efectuadas.
Artículo 122º.- De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el Centro Educativo tiene la facultad
de retener los certificados de estudios correspondientes a periodos no pagados y/o a no ratificar la
matricula del alumno para el año siguiente, por falta de puntualidad en el pago de las pensiones de
enseñanza correspondientes al servicio educativo proporcionado en el año lectivo anterior.
Asimismo, el Centro Educativo, tiene la facultad de comunicar a una Central de Riesgo, lo
relacionado con el incumplimiento de pago de las pensiones de enseñanza y otros montos
establecidos por las disposiciones legales vigentes. Igualmente tendrá el derecho de iniciar las
acciones legales judiciales que la ley franquea.
Artículo 123º.- Para la ratificación de la matrícula se tendrá en cuenta el comportamiento o
cumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al año lectivo anterior.
Artículo 124º.- En el acto de la matrícula los padres de familia o apoderados suscribirán el
CONTRATO DE PRESTACIÖN DE SERVICIOS, DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD y
AUTORIZACIÓN DE RECOPILACIÓN Y USO DE DATOS POR FAMILIA.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 81
CAPITULO XIV
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
INGRESO COMO TRABAJADOR DEL CENTRO EDUCATIVO.
Artículo 125º.- Son requisitos para postular a un puesto de trabajo en la Institución Educativa
Privada.
a) Ser mayor de edad.
b) Gozar de buena salud, tener aptitud física y psicológica apropiada inherente a las labores que
desempeñará o que exige el cargo.
c) Carecer de antecedentes penales, judiciales o policiales.
d) Cumplir con los requisitos mínimos establecidos para el desempeño en el puesto que se requiere
cubrir.
e) No tener grado de parentesco en 1er y en 2do grado de consanguinidad así como afinidad con
otros empleados del colegio. Salvo que a propuesta de la dirección la entidad promotora
apruebe la contratación de personas con grado de parentesco prevista en este inciso.
f) En caso de que el postulante sea admitido deberá presentar:
- Copia de documento de identidad.
- Certificado domiciliario.
- Copia de sus certificados de trabajo.
- Declaración sobre su situación previsional; esto es, si está afiliado al Sistema Nacional de
Pensiones a cargo de la ONP o al Sistema Privado de Pensiones a cargo de una AFP o, de no
estar afiliado, a cuál de los sistemas solicita se le inscriba.
- En caso de tener hijos menores deberá presentar las partida de nacimiento a efectos de
considerarle la asignación familiar conforme a ley.
- Cualquier otro documento o antecedente que el centro educativo estime necesario.
Artículo 126º.- El trabajador que ingresa a laborar a la Institución Educativa Privada queda sujeto a
uno de los periodos de prueba que establece la ley. Para el establecimiento de un periodo de
prueba extendido o mayor, el trabajador debe haberlo conocido previamente por escrito. Quienes
postulen su ingreso a la Institución Educativa Privada como trabajadores, deben cumplir los
requisitos que se establezca en cada oportunidad.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 127 º- Son derechos de los trabajadores:
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 82
a) Ser amparado por las normas del régimen laboral de la actividad privada.
b) Participar activamente en la elaboración del Proyecto Educativo y de Desarrollo Institucional.
c) No sufrir disminución de sus haberes, salvo los descuentos de ley o por tardanzas e inasistencias
injustificadas.
d) Se admita a trámite, por conducto regular, las reclamaciones de reconsideración ante las
autoridades de la Institución Educativa Privada cuando considere que se desconocen o vulneran
sus derechos.
e) Se evalúe periódicamente su rendimiento y conducta, y si el trabajador lo solicita se le informe
por escrito.
f) Se guarde la debida reserva sobre la información de su carpeta o legajo personal, la que no
podrá ni deberá ser difundida fuera del ámbito de la Administración o más allá de las exigencias
que demanda la ley.
g) Asistir a los cursos de actualización, dentro y fuera del plantel, siempre que no interfiera con sus
obligaciones en el centro educativo.
h) Solicitar financiamiento para cursos de actualización, dentro de las posibilidades de la institución.
i) Expresar libremente sus ideas, opiniones y sugerencias en todas las instancias institucionales
correspondientes
j) Disponer de los días de licencia previstos por la legislación pertinente.
Artículo 128º.- Son obligaciones de los trabajadores del centro educativo:
a) Adherirse plenamente a los principios cristianos dela Institución Educativa Privada.
b) Desempeñar sus funciones con idoneidad, eficiencia y responsabilidad y buen testimonio
cristiano.
c) Acatar las normas dispuestas por la entidad promotora, la dirección y/o administración, en las
áreas de su competencia, así como el presente Reglamento Interno y los demás documentos
normativos de uso interno.
d) Respetar el principio de autoridad y los niveles jerárquicos.
e) Guardar reserva en cuanto a sucesos, datos, técnicas y otros conocimientos adquiridos en el
ejercicio de sus funciones; cuando la difusión de hechos o datos pueda perjudicar a la
Institución Educativa Privada y la entidad promotora o a terceros o que reporte beneficio
económico al trabajador.
f) Preservar los bienes del centro educativo.
g) Mantener permanentemente un trato personal de respeto y consideración a los demás.
h) Informar a sus superiores acerca de las dificultades que pueda encontrar para desarrollar con
eficiencia sus funciones o lo que le impida tener un rendimiento óptimo.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 83
i) Atender a los padres y al público en general con prontitud, esmero y amabilidad, principalmente
en el respeto del horario previsto.
j) Asistir a los eventos para los que ha sido designado por las autoridades de la Institución
Educativa Privada
k) Cumplir con todas las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.
I) Observar en toda circunstancia buena conducta y una actitud responsable, cuidando de su
imagen y presentación personales.
m) Someterse a exámenes médicos que permitan el despistaje de enfermedades infecto contagiosas
de fácil transmisión en el ámbito laboral.
n) Dar aviso a la Dirección del centro educativo o al director de estudios o al Administrador, al
inicio de la jornada laboral, en caso de no poder asistir al trabajo por enfermedad u otra causa.
o) Proporcionar a la Institución Educativa Privada su dirección domiciliaria y Nº de teléfono móvil
y las referencias para su localización, así como comunicar de inmediato cualquier variación. La
información constituirá para la Institución Educativa Privada el domicilio real del empleado al
que podrá dirigir, cualquier comunicación que sea de interés de éste.
HORARIO DE TRABAJO Y PERMANENCIA DE PERSONAL
Artículo 129°.- El personal docente y administrativo cumple un horario de permanencia de acuerdo
a su contrato de trabajo y a lo dispuesto en el Decreto Directoral correspondiente. El personal de
servicio y de vigilancia realiza trabajo por tumos según disposiciones dictadas por la Administración.
Artículo 130°.- Todo el personal está obligado a registrar personalmente su ingreso y salida, de
acuerdo a las disposiciones que dicte la Dirección, tanto a la hora de ingreso como a la hora de
salida.
Artículo 131°.- La permanencia de un trabajador en las instalaciones del Centro Educativo no dan
derecho al pago de horas extras. Solo se considera como sobretiempo que dé derecho al pago de
horas extras cuando exista autorización escrita del órgano competente para realizar labores de
sobretiempo.
a. En sus horas de permanencia, el profesor debe ubicarse en la Sala de Profesores o avisar al
coordinador de nivel donde estará trabajando. Realizará tareas de su responsabilidad,
estando prohibido el desarrollo de trabajos ajenos al Colegio, así como salir del plantel sin
autorización.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 84
b. Reemplazar con puntualidad a los profesores que faltaron eventualmente al dictado de sus
clases. En este tiempo aplicará fichas de repaso u otro material educativo entregado por las
Coordinadoras.
c. Cumplir con el rol de turno de la vigilancia de alumnos durante los recreos, períodos
de refrigerio y a la hora de ingreso y salida del Centro Educativo, según se le haya
designado. En Primaria, los tutores deberán cuidar el orden en la formación de los alumnos a la
hora de ingreso y salida.
d. Estar disponibles y puntuales según sus horarios para las entrevistas con los Padres de Familia,
habiendo reportado a seguridad las entrevistas programadas con la debida anticipación.
e. Asistir y colaborar obligatoriamente en la realización de las actividades educativas,
espirituales y recreacionales del Centro Educativo.
Artículo 132°.- Ante la eventualidad de una ausencia el trabajador está obligado a comunicarlo a la
Dirección antes delas 8:00am con la finalidad que ésta tome las medidas de prevención del caso. En
caso de no comunicarlo podrá ser sancionado de acuerdo a ley, salvo comprobados casos de
imposibilidad material.
ASISTENCIA Y PUNTALIDAD
Artículo 133º- Los trabajadores están obligados a registrar su asistencia al trabajo mediante los
procedimientos establecidos para dicho fin, los cuales se ajustan a las normas legales sobre registro
de control de asistencia.
a) El Devocional es de 7.40 a 7.50 am. Todo el personal sin excepción deberá de participar
de esta reflexión, importante para involucrarnos en las labores del día.
b) El profesor que presente alguna enfermedad, debe comunicar a la Institución, llamando a
Secretaría de Dirección para informar su demora o inasistencia a sus labores.
c) Desde la 1ra. Tardanza procede a descuento y de ser reiterada se procederá de acuerdo a Ley. La
justificación de tardanzas será presentada a Dirección el mismo día de la ocurrencia.
d) Para la Justificación de Inasistencias, deberá presentarse el documento médico de
incapacidad laboral emitido por Essalud. En un plazo de 48 horas máximo.
e) Solamente se considerarán 2 faltas por salud al año sin constancia médica. En los demás casos
se procederá al descuento respectivo.
Artículo 134°.- La acumulación de tardanzas, inasistencias injustificadas, las salidas no autorizadas y
las omisiones en el registro de asistencia, dan lugar al descuento de haberes proporcional al tiempo
dejado de laborar.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 85
Artículo 135°.- La tolerancia de ingreso es de 5 minutos. Superado el periodo de tolerancia, en la
Institución Educativa Privada se reserva el derecho de prohibir el ingreso del trabajador con el
consecuente descuento por ley. El reiterado uso de la tolerancia es una falta sujeta a imposición de
sanciones graduales de amonestación, suspensión y de ser el caso despido.
Artículo 136°.- El Director y la Administración pueden conceder al personal bajo su responsabilidad
permisos para ingresar con tardanza al trabajo por razones de salud u otras justificadas, siempre que
lo hagan de manera previa al uso del permiso o por casos imprevistos debidamente justificados en el
día. La misma facultad, con igual restricción podrá ser ejercida para la salida anticipada del Centro
Educativo.
Artículo 137°.- Con autorización de los funcionarios señalados en el numeral que precede las
tardanzas y las salidas anticipadas pueden ser compensadas con trabajo más allá del horario
establecido sin que ello implique pagos por horas extras u otras compensaciones.
Artículo 138°.- Es obligación del trabajador presentar al Jefe Administrativo, el mismo día de su
reincorporación, el certificado médico que justifique su inasistencia.
LICENCIAS Y PERMISOS
Artículo 139°.- Se podrán otorgar licencias y permisos de carácter personal, las cuales estarán
sujetas a los descuentos respectivos. Estas licencias o permisos las otorga el Director al personal
docente y el promotor al personal administrativo, por escrito.
Artículo 140°.- Las licencias por fallecimiento del cónyuge o de familiares en primer grado de
consanguinidad se conceden por los siguientes lapsos:
- Tratándose de cónyuge, hijos o padres: si la muerte ocurre en la localidad donde trabaja un
empleado, tres días útiles; si la muerte ocurre en otra localidad: cinco días útiles.
- Tratándose de abuelos, nietos y hermanos; si la muerte ocurre en la localidad donde trabaja
el empleado, un día útil; si la muerte ocurre en otra localidad, tres días útiles.
Artículo 141° La licencia por capacitación, con o sin goce de remuneraciones, solicitada por el
trabajador sólo son autorizadas por la Dirección previa opinión e informe técnico y económico de
su superior inmediato.
Artículo 142º.- Permiso es la autorización para ausentarse momentáneamente del trabajo en el
curso del día. Su concesión corresponde al Director o en su ausencia al Coordinador Docente.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 86
VACACIONES
Artículo 143º.- El periodo goce del derecho vacacional debe ser ininterrumpido. Sin embargo a
solicitud escrita del trabajador previa opinión del superior inmediato, de la que quede constancia
escrita, puede ser fraccionado en lapsos no menores de siete días calendario.
Artículo 144º.- Todo el personal, incluyendo al docente, tiene derecho a 30 días de vacaciones
anuales. El personal docente hace uso de sus vacaciones en el periodo establecido (mes de enero de
cada año); el resto del personal en forma escalonada según rol establecido por la Dirección y la
Entidad Promotora.
Artículo 145º.- El descanso vacacional puede reducirse de 30 a 15 días, con la respectiva
compensación económica, siempre que medie un acuerdo escrito con el Director, aprobado por el
representante de la Entidad Promotora.
Artículo 146º.- La fecha de inicio de descanso se fija por acuerdo del trabajador y su inmediato
superior, teniendo en cuenta las necesidades y los intereses del Centro Educativo. A falta de acuerdo
lo decide la Dirección.
Tratándose de la Institución Educativa Privada escolarizado, el periodo vacacional del personal
docente se programa en el mes de enero de cada año; sin embargo, por disposición del director,
por necesidad del servicio, por suspensión de la relación laboral en el mes de enero o por otra
razón justificada con aprobación de la Entidad Promotora, el periodo vacacional puede ser
trasladado a otro mes.
Artículo 147º.- Durante el periodo vacacional, el trabajador tiene el derecho de percibir todos los
beneficios que le correspondan por ley.
ESTÍMULOS Y SANCIONES
Artículo 148º Los trabajadores que en cumplimiento de su función realicen acciones excepcionales a
favor de los educandos o la institución educativa, se hará acreedor a los siguientes estímulos
concedidos por la Dirección General o por la Entidad Promotora:
a) Agradecimiento verbal
b) Felicitación o agradecimiento escrito
c) Diploma de mérito
d) Bonificación excepcional
Artículo 149º.- Son prohibiciones para todos los trabajadores de la Institución Educativa Privada y
se consideran faltas:
a) Desempeñar con negligencia las funciones de su cargo, incumpliendo sus obligaciones y deberes.
b) Faltar de palabra u obra a las autoridades o miembros de la Institución.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 87
c) Desobedecer sistemáticamente las indicaciones o políticas de la Institución Educativa Privada.
d) Observar conducta inmoral o gravemente reprensible y mantener en público un comportamiento
que perturbe la necesaria tranquilidad que debe existir en un centro educativo.
e) No asistir al centro de trabajo sin causa justificada. Falta sistemática de puntualidad.
f) Abandonar su puesto de trabajo sin autorización de su coordinador.
g) El maltrato físico, psicológico o moral de los alumnos.
h) Incitar a los alumnos o padres de familia a realizar reclamos o peticiones de grupo, en contra de
otros colegas o de la institución.
i) Extraer pertenencias de la Institución Educativa Privada sin autorización escrita de las autoridades.
j) Dictar clases particulares remuneradas a los estudiantes de la Institución Educativa
k) Efectuar dentro de la Institución Educativa Privada ventas o transacciones comerciales de
cualquier tipo.
m) Ofrecer ventas a los padres de familia.
m) Solicitar o promover colectas no autorizadas por la Entidad Promotora.
n) Fumar dentro del local de la Institución Educativa Privada.
o) Realizar actividades político-partidarias dentro del plantel.
p) Publicar documentos o hacer declaraciones públicas sobre asuntos relacionados con la institución
sin estar autorizado por el Director o representante de la entidad promotora.
q) Falsear información sobre su formación profesional y/o trayectoria docente en su hoja de vida.
La Institución educativa verificará la documentación en la plataforma de SUNEDU y otros.
r) Dar a los estudiantes o padres de familia sus números telefónicos, direcciones de correo
electrónico, fotos o videos y añadirlos a sus contactos; participar en las redes sociales con ellos. Las
comunicaciones deben realizarse a través de: la agenda escolar, el teléfono de la institución y las
entrevistas.
s) En el caso de los tutores, ser negligente en derivar a los estudiantes con problemáticas a las áreas
correspondientes, o no realizar el seguimiento oportuno de la atención, de acuerdo a los
protocolos establecidos por la Coordinación de TOE.
Artículo 150º.- Toda sanción se aplica con relación a la naturaleza de la falta. No se sigue
necesariamente un sistema progresivo de sanciones. Las sanciones pueden ser aplicadas por la
Dirección General y/o Jefe Administrativo, de acuerdo a su nivel de competencia.
Se contemplan las siguientes sanciones:
a) Amonestación verbal.
b) Amonestación escrita.
c) Suspensión sin derecho a remuneración.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 88
d) Separación definitiva del servicio.
Artículo 151º.- La aplicación de sanciones no será necesariamente sucesiva o automática. En cada
caso, deberá apreciarse la naturaleza y gravedad de la falta y los antecedentes del trabajador, por lo
que las sanciones podrán ser diversas, aunque se trate de la comisión de la misma falta por varios
trabajadores.
Artículo 152º.- Los jefes inmediatos pueden aplicar amonestaciones verbales y escritas a los
trabajadores y a los que de ellos dependan, poniendo el hecho en conocimiento de la Dirección
para su registro y archivo en el legajo personal.
Artículo 153º.- Son causas justas de despido del trabajador las establecidas en las normas legales
vigentes, aplicándose los procedimientos previstos por éstas. Para los casos de faltas relacionadas
con la conducta se tendrán en cuenta que son conductas prohibidas y por tanto sujetas a sanciones
que pueden llegar al despido, las transgresiones a las normas previstas en el presente reglamento
interno.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CENTRO EDUCATIVO CON RESPECTO A SUS
TRABAJADORES
Artículo 154º.- Sin perjuicio de lo que resulte de las demás disposiciones de este reglamento, la
Institución Educativa Privada como empleador tiene derecho de:
a) Exigir el cumplimiento estricto del presente reglamento, pudiendo, si fuera el caso aplicar sanción
disciplinaria según la gravedad de la falta.
b) Establecer o modificar las funciones de los puestos de trabajo y las responsabilidades que
deriven de su desempeño, con previo conocimiento de los trabajadores que han de ocuparlos.
c) Determinar el puesto que va a desempeñar el trabajador conforme a las necesidades del servicio.
d) Fijar y modificar el horario del trabajador de acuerdo a las necesidades operativas.
e) Aprobar o denegar las solicitudes de licencias, a excepción de las médicas y las establecidas por
Ley.
f) Ejercer cualquiera de las facultades de dirección que la ley le otorga.
Artículo 155º.- Sin perjuicio de lo que resulte de las demás disposiciones de este reglamento, son
obligaciones dela Institución Educativa Privada:
a) Aplicar estrictamente las disposiciones de este Reglamento.
b) Organizar programas de actividades que fomenten y mantengan la armonía en las relaciones
laborales, promoviendo la difusión del fin y funciones de la Institución Educativa Privada así
como las normas que se rigen de él.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 89
c) Informar oportunamente sobre las disposiciones y decisiones emanadas o adoptadas por la
entidad promotora, la Dirección o Administración que puedan afectar, directa o indirectamente
sus condiciones de trabajo.
d) Poner en conocimiento de los trabajadores toda inserción de documentos referidos a sanciones o
felicitaciones, méritos o deméritos, a su carpeta personal.
INSTANCIAS LABORALES
Artículo 156º.- Todo reclamo individual del trabajador, relacionado con sus labores, debe ser
presentado por escrito a su inmediato superior quien dentro de los tres días hábiles siguientes le
comunicara en igual forma su decisión.
De no estar de acuerdo, el trabajador, dentro de los tres días siguientes, puede recurrir a la Dirección
De no estar conforme con la segunda decisión administrativa, el trabajador puede recurrir al
representante de la Entidad Promotora dentro de los tres días hábiles siguientes. Dicho funcionario
puede resolver en el mismo plazo de tres días, con lo que se agota la vía interna quedando a salvo
el derecho del trabajador para trasladar su reclamo ante la autoridad competente.
CAPITULO XV
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 157º.
Primera.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir del día en que se emita la
Resolución Directoral aprobatoria expedida por la Dirección General del Centro Educativo.
Segunda.- La interpretación o la modificación total o parcial del presente Reglamento Interno es
atribución de la Dirección General en lo relacionado a aspectos docentes, de la Gerencia en los
aspectos administrativos dela Institución Educativa Privada, en ambos casos en coordinación y con
autorización del representante de la Entidad Promotora. Este deberá dictar las disposiciones que
sean del caso para subsanar cualquier vacío o implicancia que contenga.
Tercero.-Los casos no previstos en el presente Reglamento Interno de la Institución Educativa, serán
resueltos por las autoridades del Plantel y/o Consejo Directivo, tomando como base lo establecido
por la Ley General de Educación y Ley de Educación de Colegios Particulares.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 90
ANEXOS
REGLAMENTO PARA LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE 6° GRADO
La I.E.P. “A.B. Simpson” tiene establecido para los estudiantes de 6° grado como actividad
conmemorativa de su promoción del nivel primario al secundario, una ceremonia de promoción, la
cual no es una actividad curricular.
Dicha actividad tiene las siguientes características:
1. Es una ceremonia de corte escolar, dentro del horario diurno, de acuerdo a la edad de los
niños
2. Los estudiantes de 6° grado al pertenecer a la Institución, participan en su totalidad en dicha
ceremonia sin condicionamiento
3. La única excepción al punto anterior es que el estudiante se vea auto imposibilitado por
motivos serios de salud que signifiquen exposición o riesgo o alguna situación conductual
señalada en las normas.
4. Dada la naturaleza del evento y horario, los estudiantes estarán correctamente uniformados
y peinados de acuerdo a lo establecido en las normas del colegio.
5. La planificación y ejecución del programa de dicha ceremonia es responsabilidad de las
autoridades del colegio, tutores y estudiantes.
6. En dicha ceremonia los estudiantes recibirán un certificado de promoción sencillo.
Temas adyacentes
1. Otra actividad establecida para la promoción de 6° de Primaria, son los campamentos los
cuales están a cargo del Área Pastoral del Colegio.
2. La institución no organiza otras actividades, ni el recojo de cuotas para otros fines. Cualquier
situación extra es de total responsabilidad de los padres al carecer de la autorización de la
Dirección. El personal del colegio respeta las disposiciones del colegio y no participa en
situaciones que contravenga lo normado.
3. La I.E.P. “A.B. Simpson” saluda a los padres de familia que muestran respeto a nuestros
valores, normas y disposiciones; lo cual se expresa al ceñirse al presente reglamento y es
expresión del cumplimiento de compromisos
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 91
REGLAMENTO PARA LAS ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE INICIAL
La I.E.P. “A.B. Simpson” tiene establecido para los estudiantes de Inicial 5 años como actividad
conmemorativa de su promoción del nivel inicial al primario, una ceremonia de promoción, en las
instalaciones de nuestro auditorio
Dicha actividad tiene las siguientes características:
1. Es una ceremonia de corte escolar, dentro del horario diurno, de acuerdo a la edad de los
niños
2. Los estudiantes de Inicial al pertenecer a la Institución, participan en su totalidad en dicha
ceremonia, de acuerdo al plan de trabajo elaborado bajo el asesoramiento de la tutora y
aprobado por la Dirección previamente
3. Dada la naturaleza del evento, horario y edad, los estudiantes estarán correctamente
uniformados y peinados de acuerdo a lo establecido en las normas del colegio. No se
condicionará su participación a vestimentas costosas que obligue a los padres de familia a
gastos extras
4. La planificación y ejecución del programa de dicha ceremonia es responsabilidad de las
autoridades del colegio, tutores y estudiantes.
5. En dicha ceremonia los estudiantes recibirán un certificado de promoción sencillo.
Temas adyacentes
1. La Tutora de aula convoca al comité y a los padres de familia para colaborar en las acciones
que lleven al éxito de esta actividad
2. La I.E.P. “A.B. Simpson” saluda a los padres de familia que muestran respeto a nuestros
valores, normas y disposiciones; lo cual se expresa al ceñirse al presente reglamento y es
expresión del cumplimiento de compromisos
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 92
REGLAMENTO
COMITÉ DE AULA 4to y 5to. De Secundaria
Los alumnos, padres de familia y profesores de la Institución Educativa A.B. Simpson,
organizarán las actividades de pre-promoción y promoción teniendo en cuenta los siguientes
lineamientos:
1. La Institución educativa realiza la ceremonia de graduación, el cual no es un acto educativo o
curricular, diseñada, dirigida y supervisada por las autoridades de la misma.
2. Las actividades de agasajo o recepción después de la ceremonia de graduación deberá realizarse
fuera de las instalaciones de la Institución a cargo de los padres de familia.
3. La casaca de la promoción (si deciden hacerla) deberá ser de uso obligatorio en la totalidad
de la promoción, pues su uso constituye parte del uniforme en los alumnos de 5to. de secundaria
lo que se reflejará en la foto oficial de la promoción.
4. La Institución Educativa, de acuerdo a la norma NT-022-01-MINEDU, no organiza viajes de
Promoción.
5. Toda actividad de promoción que se realice fuera de las instalaciones de la Institución y que
no haya sido promovida u organizada por la misma, no será de obligatoriedad y la Institución
deslinda cualquier responsabilidad en la organización, servicio o inconvenientes que deriven
del mismo, la decisión y cuidado de los alumnos en estos casos es de los padres de familia
totalmente.
6. Como las instalaciones de la Institución educativa pertenecen a la Iglesia Alianza Cristiana y
Misionera de Lince, entidad promotora, hay un horario al cual ceñirse así como reglas
establecidas para el cuidado de las mismas.
7. Debido a las recargadas labores del personal docente, éstos se ven limitados de participar
en actividades de recaudación de fondos, siendo de responsabilidad de los padres de familia,
hacerse cargo de estas actividades como: grandes ventas, recaudación de cuotas, etc.
8. Los comités de aula deben presentar informes escritos específicos de los ingresos y gastos y
mantener informados a los padres de familia que asisten a las reuniones inclusive a aquellos
que no pueden asistir, enviando el informe escrito a través de sus hijos, vía esquelas, correo
electrónico, etc.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 93
9. Los comités de aula deben tomar acuerdos en conformidad con los padres de familia y así
evitar malestares futuros.
10. Los estudiantes de V de secundaria al pertenecer a la Institución, participan en su totalidad
en dicha ceremonia sin condicionamiento
11. La única excepción al punto anterior es que el estudiante se vea auto imposibilitado por
motivos serios de salud que signifiquen exposición o riesgo o alguna situación conductual señalada
en las normas
REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS LOCKERS
1 .- El locker es un casillero donde los alumnos(as) guardan sus pertenencias en forma ordenada, su
uso es diario y de acuerdo a las asignaturas del día. Por su seguridad el locker debe permanecer
cerrado.
2. La asignación de un locker conlleva la responsabilidad del alumno(a) de mantenerlo ordenado y
en perfecto estado. El uso del locker se sujeta a lo siguiente:
a. Al inicio del año escolar, se le asignará al alumno(a) de 6° grado y V de Secundaria un locker que
será de uso personal, este será devuelto al finalizar el año en las mismas condiciones que lo
recibió. Cada alumno será responsable de la, o las llaves que se le entreguen. Los alumnos que
extravíen la o las llaves, deberán pagar el importe correspondiente al cambio del sistema, así
como por el deterioro o maltrato del locker asignado.
b. Los lockers son asignados por la Administración a los estudiantes de 6° grado de Primaria y V de
secundaria
c. Todo alumno(a) tiene su propio locker y no debe compartirlo con nadie. No debe ser transferido
de un estudiante a otro, ni puede ser abierto por otro alumno(a).
d. La Administración son las únicas autorizadas a abrir los lockers.
3. El alumno(a) puede hacer uso del locker en los siguientes horarios:
a. A la hora de ingresar 07:50 a 08:00 a.m.
b. En los 15 primeros minutos de cada recreo
c. A la hora de salida
No está permitido el uso de los lockers fuera de estos horarios.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 94
REGLAMENTO PARA EL USO DE INTRANET
1. El servicio de intranet es uno de los medios de transmisión de información del Colegio a los
Padres de familia acerca de:
a) Resultado de la evaluación mensual y bimestral
b) Comunicados
c) Asistencia del estudiante
d) Gestión de medios y materiales para el proceso de enseñanza aprendizaje
2. El servicio de Mensajería funcionará para el área de Secretaría y Normas Educativas para
solicitudes de información o trámite administrativo (justificaciones), debiendo los mismos
formalizarse mediante nota en la agenda o escrito dirigido al área correspondiente según
corresponda, en las siguientes 24 horas.
Este servicio tiene un horario de funcionamiento que es:
De 8:00 a.m. a 3:00 p.m. De lunes a Viernes a excepción de feriados.
3. El servicio de mensajería de la Institución tiene un plazo de 48 horas para dar respuesta a los
escritos por este mismo medio, sin significar este plazo la adjudicación de lo que se solicita
necesariamente.
4. Se recomienda que si se trata de una comunicación de emergencia se recurra al teléfono
institucional:
470 68 79
O por nota en la Agenda escolar
5. En el caso del servicio de la modalidad a distancia, el uso de la intranet y otros servicios que
el colegio implemente en su propuesta serán detallados y normados en los documentos
institucionales que se emitan para su organización, convirtiéndose la conexión a internet en
el hogar y el de un equipo informático indispensables para la prestación de servicios en esta
modalidad.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 95
REGLAMENTO DE LAS GRANDES VENTAS
1. Son un beneficio para los grados de 6to grado de primaria, 4to y 5to de Secundaria y el
municipio escolar
2. Con el fin de garantizar el cuidado que las normas educativas nos pide sobre alimentación
saludable en la escuela, también el orden interno y el normal desarrollo de las actividades
educativas, a cada uno de los beneficiarios se les dará una sola oportunidad para la
realización de una gran venta comprometiéndose a ser cuidadosos en que la oferta de los
alimentos no vayan en perjuicio de la salud y sean a un justo precio
3. La participación de los padres de familia en las mencionadas grandes ventas, será durante los
recreos, permaneciendo en el lugar asignado durante la venta. Sin desplazarse libremente
por el plantel
4. Entre los recreos los padres no permanecerán en el plantel.
5. Por motivos de garantizar la salud y cumplimiento de reglas sanitarias, la institución en
obediencia a las normas, tiene la facultad de suspender la realización de estas actividades que
puede significar poner en riesgo la salud y buena alimentación de los estudiantes.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 96
CONFESIÓN DE FE
La I.E.P. “Alberto Benjamin Simpson” abraza la declaración de fe de su entidad promotora: La
Iglesia Alianza Cristiana y Misionera del Perú – Lince:
“Creemos que hay un solo Dios infinito, inmutable y perfecto, creador y sustentador de todas las
cosas, de eterna existencia en las tres personas de la Trinidad: Padre, Hijo y Espíritu Santo; tres en
uno y uno en tres.
Creemos que Jesucristo es verdadero Dios y verdadero Hombre. Fue concebido por virtud del
Espíritu Santo, nació de la virgen María. Vivió sin pecado y murió en la cruz, el justo por los injustos
en sacrificio de substitución. Es salvador de todos los que en arrepentimiento ponen su fe en Él. Y le
reciben como tal personalmente. Se levantó corporalmente de entre los muertos en cumplimiento
de las Sagradas Escrituras. Hoy está a la diestra de Dios como nuestro Sumo Sacerdote y único0
mediador entre Dios y los hombres. Vendrá otra vez para establecer su reino de justicia y paz
Creemos que el Espíritu santo es la tercera persona de la Santísima Trinidad, enviado a habitar en el
creyente para guiarle, enseñarle y llenarle con su poder, como también para convencer al mundo de
pecado, de justicia y juicio
Creemos que las Sagradas Escrituras, compuestas por 66 libros divididos en el Antiguo y Nuevo
Testamento, fueron sobrenatural, plenaria y dinámicamente inspiradas por Dios en su forma original
y constituyen así la Palabra infalible de Dios y su revelación completa del camino de salvación para
el hombre y su única regla de fe y conducta cristiana. Que cada creyente en Cristo, guiado por el
Espíritu Santo, puede estudiar personalmente las Sagradas Escrituras para beneficio de su vida
Espiritual.
Creemos que el hombre, originalmente creado a imagen y semejanza de Dios- hombre y mujer los
creo - , cayó por desobediencia, trayendo así la muerte física y espiritual sobre la raza humana, el
hombre nace desde entonces con una naturaleza pecaminosa, separada de Dios y en camino al
infierno.
Creemos que el destino del hombre impenitente e incrédulo es una existencia en tormento eterno.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 97
Creemos que el destino del creyente es una existencia en espíritu, alma y cuerpo glorificado, de
eterno gozo y bienaventuranza en la presencia de Dios
Creemos que es la voluntad de Dios que cada creyente experimente la plenitud del Espíritu Santo en
su vida, la cual se inicia con una experiencia de crisis posterior a su conversión y continúa en forma
progresiva y en obediencia a su Palabra, recibiendo así el poder necesario.
Creemos que Dios tiene poder para sanar cualquier enfermedad. Por lo tanto, oramos a favor de los
enfermos ungiéndolos con aceite en el nombre del Señor Jesucristo según las enseñanzas de la
Palabra de Dios.
Creemos que la iglesia universal está compuesta por los santos de todas las edades y que Jesucristo
es su cabeza. La iglesia ha sido comisionada para predicar el Evangelio a toda criatura en todas las
naciones bautizándolas en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, y enseñándoles a
cumplir con todos los mandatos de Cristo.
Creemos que Cristo volverá corporalmente por segunda vez a esta tierra, para establecer su reino.
Su venida es inminente y creemos que será premilenial
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 98
ESPECIFICACIONES DEL REGLAMENTO INTERNO PARA EL DESARROLLO
DE LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS EN LA MODALIDADA A DISTANCIA –
AÑO ESCOLAR 2021
PRESENTACION
El presente anexo a nuestro Reglamento Interno 2021, son medidas específicas para normar el
desarrollo de las actividades educativas en esta modalidad a distancia, en medio del aislamiento
social por motivo de la emergencia sanitaria decretada por el gobierno y por ende de obligatorio
cumplimiento durante el lapso de tiempo en que se brinde el servicio educativo en dicha
modalidad.
Este anexo se sustenta en nuestro Reglamento Interno 2021, documento de gestión institucional que
contempla todos los aspectos normativos de nuestra institución en base a nuestro ideario y respeto a
las leyes vigentes. En caso este capítulo no contemple algún aspecto que surja a lo largo del año
escolar, nos remitiremos siempre a la fuente, el Reglamento Interno y otros documentos de gestión
en vigencia.
I. DE LOS ASPECTOS DE EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO EN LA MODALIDAD A
DISTANCIA
En esta modalidad a distancia evaluamos el comportamiento de los estudiantes de los
tres niveles durante las sesiones sincrónicas y uso del entorno virtual, en base a dos
aspectos: Responsabilidad y Conducta
1.1. EVALUACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD
El registro de la asistencia en las sesiones sincrónicas este 2021 se hará en cada hora de clase,
debiendo contar con cámara “abierta” y micrófono operativo para ser considerado “presente”.
CRITERIO DE
DESEMPEÑO INDICADORES
RESPONSABILIDAD
Demuestra responsabilidad
al poseer un buen record
de asistencia y puntualidad
1. Ingresa puntualmente y permanece en la
clase
2. Asiste con cámara encendida y nombre en
la cuenta
3. Demuestra cuidado en su presentación
personal (vestimenta, corte y peinados
acorde a su condición escolar)
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 99
1.2. EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA
II. DE LA VALORACIÓN DEL COMPORTAMIENTO
2.1. ESCALA DE VALORACIÓN
En el marco del enfoque por competencias, la evaluación del comportamiento es
cualitativo para lo cual utilizamos una escala literal:
NIVEL DE LOGRO DESCRIPCIÓN
AD Logro destacado
A Logrado
B En proceso
C En inicio
2.2. RESPONSABLES DE LA VALORACIÓN
La valoración de la conducta y responsabilidad estará a cargo del equipo de
apoyo dirigido por Jefatura de Normas de cada nivel. Esta evaluación se hará
bimestralmente en base a los indicadores establecidos para cada desempeño
CRITERIO DE
DESEMPEÑO INDICADORES
CONDUCTA
Colabora con el
desarrollo normal de
las sesiones
1. Enciende y utiliza el micrófono solo para
participar a indicación del docente. Mantiene su
cámara encendida toda la duración de la sesión
2. Colabora con el desarrollo de la sesión, no
suscitando interrupciones, ruidos ni realiza
actividades ajenas a la clase, indicaciones o
normas
3. Interactúa en los entornos virtuales
demostrando respeto a los demás, normas de
convivencia y reglas de netiqueta
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 100
III. DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
La Educación Básica Regular busca la formación integral del estudiante. La práctica de
hábitos de higiene y cuidado personal aporta para la formación del educando y
contribuyen a mejorar la disposición anímica al empezar la jornada escolar. Por este
motivo solicitamos a los estudiantes vestir para las sesiones virtuales el polo del colegio,
a la vez que puedan tener un corte y peinado adecuados (varones cabello corte escolar
y damas cabellera recogida).
IV. DEL RESPETO A LAS PERSONAS, REGLAMENTO Y NORMAS DE CONVIVENCIA.
Nuestra Institución educativa busca la formación de los estudiantes en valores éticos
cristianos, personas que “saben ser” y convivir en armonía con Dios y los hombres. Por
lo expuesto velamos junto a los padres de familia para que se practique, aun en los
entornos virtuales, el respeto a las leyes, a las autoridades, entre compañeros y a sí
mismos. Esto debe manifestarse en la obediencia a las normas, fruto de la reflexión y
toma de decisiones en base a valores, a la búsqueda del bienestar de todos y no
solamente el propio, en el uso de la tecnología y entornos virtuales. Por lo expuesto los
integrantes de la comunidad educativa de nuestra Institución tienen el deber de:
a. Contribuir con el orden y seguridad en el uso de la infraestructura tecnológica
que el colegio pone a su disposición. Los links, usuarios, contraseñas, servicios y
otros son de uso exclusivo para el estudiante, no debe facilitarlo a terceras
personas. Los padres de familia, de acuerdo a los contratos de prestación de
servicios, tiene la responsabilidad de velar por el buen uso que su hijo haga de los
mismos y asumen las consecuencias del incumplimiento del deber.
b. Hacer uso de la información a la que tiene acceso solo para los fines educativos
derivados de las actividades curriculares, que contribuyan a la convivencia
democrática, a la paz, armonía y que demuestre siempre respeto a los derechos
de los demás. Los estudiantes y padres de familia no están facultados para usar,
facilitar a terceros o publicar en redes fotos, datos, información sensible que
represente la vulneración a la seguridad, intimidad, a los derechos de otros
señalados por la ley, en perjuicio de los compañeros o institución.
c. En el caso de los padres de familia tutores o cuidadores de los menores deben
abstenerse de interrumpir el desarrollo de las clases si es que su concurso no ha
sido requerido por el docente a cargo.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 101
V. ASPECTOS TECNOLOGICOS Y COMUNICACIÓN
3.1. REQUERIMIENTOS TECNOLÓGICOS PARA PARTICIPAR DE LAS SESIONES
SINCRÓNICAS EN ZOOM
a. Un equipo informático (PC o laptop) con micrófono y cámara operativos para
hacer posible la interacción. Tener una conexión estable a internet
b. Cada estudiante tiene derecho a conectarse con un solo dispositivo, con su
nombre y apellido. Por seguridad no se admite en la sesión virtual el ingreso de
equipos con cuentas que no estén renombradas
c. El estudiante debe conectarse a las clases sincrónicas desde un ambiente donde no
haya interrupciones, ruidos molestos; que contribuya a la concentración de los
estudiantes
3.2. USO DE LA PLATAFORMA
a. Los canales de comunicación establecidos entre el hogar y el colegio considera
instancias y áreas de atención. Para la atención efectiva se debe respetar las
instancias y orden establecido, siempre con una comunicación oportuna,
alturada que demuestra el respeto y educación de ambas partes.
b. Nuestra Institución ha contratado los servicios de SIEWEB para que las actividades
de aprendizaje, comunicación y administrativas se desarrollen a través de este
sistema intranet. Pueden comunicarse con secretaría mediante los números
celulares que se indican
c. Respecto a la comunicación entre el colegio y los padres de familia se realizará
mediante el servicio de mensajería en el horario de Lunes a Viernes de 8:00 a.m.
a 3:00 p.m.
REGLAMENTO INTERNO 2020 - 2021
Institución Educativa Particular “Alberto Benjamin Simpson” Página 102
Gestión de
aspectos
administrativos
Gestión de
Aspectos
documentarios,
trámites e
Información
General
Gestión aspectos
Académicos, de enseñanza –
aprendizaje y Tutoría
Gestión de aspectos
vinculados al
Comportamiento:
justificaciones,
inasistencias,
tardanzas, ingresos a
aulas virtuales,
supervisión de la
seguridad y conducta
Área de
Administración –
Contabilidad
Responsable:
Carmen Malca
de Abarca
Área de Secretaría
Nancy Zea
965724786
Rosa
Cárdenas
989007526
Judith Ríos
989265239
*Atención
telefónica en
horario de Lunes a
Viernes, de 8:00
a.m. a 3:00 p.m.
1° Instancia
Tutor de Aula o profesor de área -
Curso
Jefatura de Normas
de cada nivel
Inicial y
Primaria:
Kattia Ignacio
Rojas
Secundaria:
Mónica Burga
Campos
2° Instancia
Coordinaciones Académicas
Inicial y Primaria:
Carmen Vera Tudela
Dolberg
Secundaria:
Haydée Trujillo Gallegos
3° Instancia
Sub Dirección – Coordinación TOE
Rebeca Vega Espejo
4° Instancia
Dirección de la Institución
Teresa Arévalo Carrión
103
REGLAMENTO PARA EL TRABAJO REMOTO
Presentación
Las siguientes indicaciones y normas anexadas a nuestro Reglamento Interno, organizan el
Trabajo Remoto en la Institución Educativa Particular “A.B. Simpson”. Resulta ser una
herramienta útil y necesaria para todos los colaboradores, quienes son el recurso más
preciado para nosotros y que nos permitirá poner algunos parámetros y orientaciones para
esta modalidad de prestación de servicios que surge, en el marco de la emergencia nacional
y el aislamiento social decretado por el gobierno.
Fundamentos
a) Las normas laborales vigentes
b) Ley 30036 y su reglamento
c) Normas emitidas en este estado de emergencia
d) Reglamento Interno de la Institución 2020 actualizado para el 2021
e) Plan Educativo 2021
f) El ideario Bíblico de la Institución.
Glosario de Términos
Puesto: conjunto de funciones y responsabilidades que corresponden a una posición
de trabajo dentro de nuestra institución, así como los requisitos para su adecuado
ejercicio señalados en el reglamento interno y manual de funciones.
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC): conjunto de recursos,
herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que
permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento y transmisión de
información como: voz, datos, texto, vídeo e imágenes.
Teletrabajador: trabajador o colaborador que, en el marco de esta emergencia
nacional, ha pasado de prestar servicios de la modalidad presencial ahora a
modalidad a distancia, bajo el concepto de trabajo remoto pues su puesto o
104
especialidad, se presta para adaptar, modificar y/o crear las estrategias que le
permita brindar sus servicios dentro del marco de la normatividad del sector.
Trabajo Remoto: consiste en la prestación de servicios sin presencia física en el
centro de trabajo, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y
análogos. De ninguna manera guarda una equivalencia directa, proporcional entre
el trabajo presencial y el trabajo a distancia, dado que cuando el trabajo remoto se
relaciona con la prestación de servicios educativos la inversión de tiempo en los tres
momentos es mayor e involucra un mayor desgaste de fuerzas y/o salud.
Principios
En el marco de esta emergencia, dado que en nuestro caso como institución educativa, nos
hemos visto forzados a que personal que realizaba trabajo presencial, ahora muden al
trabajo remoto para brindar especialmente la educación a distancia, es bueno establecer
principios que orienten los planes, acuerdos y medidas a tomar. Se propone como
principios que orientan la aplicación de la modalidad del trabajo remoto los siguientes:
a) Dialogar para mejorar la disposición: crear un diálogo fluido para exponer, por qué
razones debidamente sustentadas se efectúa variaciones, de la prestación de servicios a la
modalidad de trabajo remoto, por qué se implementa medidas, recoger observaciones de
todos los involucrados en esta nueva modalidad, para tomarlas en cuenta en la toma de
decisiones. Para ello contamos con el compromiso de cada colaborador, fruto de la
información suficiente sobre la propuesta institucional, diálogo y capacidad de escucha.
b) Reversibilidad: en cuanto la circunstancia lo permita sin poner en riesgo la salud de la
comunidad educativa, retornar al trabajo presencial, que ha sido la esencia de nuestro
trabajo educativo y realizamos con mejores resultados. También considerar pruebas piloto
de nuevas estrategias a implementar, luego del cual evaluar su efectividad y continuidad y
ampliación.
c) Igualdad de trato: brindamos como institución cristiana buen trato, digno y considerado
al trabajador tanto cuando se encuentran en las condiciones de trabajo remoto o en
presencial.
d) Conciliación entre la vida personal, familiar y laboral: promover un equilibrio entre las
actividades realizadas en los ámbitos, personal, familiar y laboral de los trabajadores a
105
través de la modalidad de trabajo remoto. En tal sentido, deberá existir una adecuada
correspondencia entre la carga de trabajo y la jornada de labores o servicios asignada, pues
es nuestro fin velar por la salud física y emocional de los colaboradores.
Derechos del Teletrabajador
a. Recibir capacitación sobre los medios informáticos, de telecomunicaciones y
análogos que emplearán para el desempeño de sus labores, restricciones en el uso,
legislación vigente en materia de protección de datos personales, propiedad intelectual y
seguridad de la información, entre otros. Dicha capacitación deberá
realizarse antes y durante la prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto,
así como cuando se introduzcan modificaciones sustanciales.
b. Respeto en el trato, a la intimidad, privacidad datos personales e información
sensible del/la teletrabajador/a
c. Seguridad y salud en el trabajo, procurando asegurar la gestión de los riesgos
laborales asociados a sus actividades del teletrabajo.
d. Utilizar las herramientas virtuales sobre las que posea adecuada competencia,
accesibilidad a equipos, condiciones y conectividad, que sume a su labor y no se convierta
en un obstáculo.
Responsabilidades del Teletrabajador
En el marco del reglamento interno vigente para el año 2020, actualizado al 2021 y, de los
instrumentos de gestión, se señala las siguientes obligaciones
a. Cumplir con las indicaciones sobre la prestación del servicio educativo en esta
modalidad, comunicación, seguridad de la información, protección y confidencialidad de
los datos, seguridad y salud en el trabajo.
b. Realizar las acciones señaladas durante la jornada de trabajo remoto,
coordinaciones, asignación de labores, registro virtual de entrada y salida, comprendiendo
que en el caso de la educación a distancia hay un trabajo tutorial, de preparación de
material, desarrollo y revisión arduo.
106
c. Guardar confidencialidad de la información proporcionada por la institución para la
prestación de servicios. (data de los estudiantes, usuarios y claves de acceso, etc) o
información interna que no debe trascender a los padres.
d. De acuerdo a los objetivos para la gestión del talento humano, se han programado
capacitaciones o reuniones de acuerdo a horario. Sin embargo, de manera extraordinaria se
solicitará su asistencia a Capacitaciones o Reuniones de emergencia pues revisten especial
interés para todos los colaboradores.
Horario Referencial para la modalidad de Trabajo Remoto
Registro de
Inicio de
labores
Registro de
fin de
jornada del
día
Funciones - Responsabilidades
7:30 a.m. 3:30p.m.
Alistar los recursos educativo para los paquetes o carpetas
educativos virtuales de frecuencia semanal
Realizar las video conferencias
Revisar el envío de los estudiantes en plataforma e intranet
Revisar mensajería
Realizar entrevistas a padres de familia, reuniones de aula,
etc
Revisar foros de consulta
Asistir y participar de reuniones de trabajo colegiado
Personal de otras áreas: cumplir funciones de acuerdo al
puesto de trabajo asignado.
5:00 p.m. Cierre del día, nos desconectamos todos y dejamos descansar whatssap en
salvaguarda de su salud y descanso. Dedique tiempo a la familia, de ello depende que usted
esté tranquilo para realizar su trabajo. Evitaremos enviar mensajes y le pedimos a los
teletrabajadores hagan lo mismo– Solo comunicaciones de emergencia (salud y vida)
107
La I.E.P. “A.B. Simpson”, mantiene todos los derechos y obligaciones propias, en su calidad
de empleador, pudiendo emitir lineamientos adicionales para una adecuada realización del
trabajo remoto, así como garantizar que la aplicación de esta modalidad se materialice en
un normal desarrollo de las labores educativas.
Lince, 1° de Marzo del 2021
Rev. César Sovero
Promotor de la I.E.P. “A.B. Simpson”
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
1
PLAN PARA LA VIGILANCIA PREVENCION Y CONTROL
DE COVID-19 EN EL TRABAJO
De acuerdo a la RM 972 – MINSA - 2020
DICIEMBRE 2020
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
2
CONTENIDO
I. INTRODUCCION
II. DATOS DE LA EMPRESA
III. OBJETIVOS, VIGENCIA Y BASE LEGAL
IV. TRABAJADORES DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19
V. DATOS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
VI. DISPOSICIONES GENERALES
VII. PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS DE PREVENCION DEL COVID – 19
LINEAMIENTO 1.- LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO
LINEAMIENTO 2.- EVALUACION DE LA CONDICION DE SALUD DE LOS TRABAJADORES PREVIO AL
REGRESO O REINCORPORACION AL CENTRO DE TRABAJO
LINEAMIENTO 3.- LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO
LINEAMIENTO 4.- SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO
LINEAMIENTO 5.- MEDIDAS PREVENTIVAS COLECTIVA
LINEAMIENTO 6.- MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL
LINEAMIENTO 7.- VIGILANCIA SALUD DEL TRABAJADOR EN EL CONTEXTO DEL PLAN COVID - 19
VIII. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO Y REINCORPORACIÒN AL TRABAJO
8.1. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO AL TRABAJO
8.2. CONSIDERACIONES PARA LA REINCORPORACIÓN AL TRABAJO
8.3. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO DE
TRABAJADORES CON FACTORES DE RIESGO PARA COVID
8.4. PROCESO PARA EL REGRESO O REINCORPORACION AL TRABAJO CON FACTORES DE
RIESGO
IX. PRESUPUESTO Y PROCESO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN
X. LISTA DE CHEQUEO DE VIGILANCIA - BASE LEGAL RM 972 - MINSA
XI. DOCUMENTO DE APROBACIÓN DEL PLAN DE VIGILANCIA COVID - 19
ANEXO 1: CENTROS DE TRABAJO DE ACUERDO AL ANEXO 1 RM 972
ANEXO 2: NOMINA DE TRABAJADORES DE ACUERDO A LA RM 972– MINSA - 2020
ANEXO 3: REGISTRO DE TOMA DE TEMPERATURAS
ANEXO 4: CONTROL DE LIMPIEZA
ANEXO 5: FICHA DE SINTOMATOLOGIA COVID – 19 DECLARACION JURADA
ANEXO 6: REGISTRO DE INDUCCIÓN, CAPACITACIÓN, ENTRENAMIENTO Y SIMULACROS DE
EMERGENCIA
ANEXO 7: CORRECTO LAVADO DE MANOS
ANEXO 8: CORRECTA POSICION DE LA MASCARILLA COMUNITARIA Y OTRAS
ANEXO 9: MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE ASUNCION DE RESPONSABILIDAD
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
3
I. INTRODUCCIÓN
El nuevo coronavirus 2019 (SARS-CoV2) es un virus identificado como la causa de un brote de
enfermedad respiratoria detectado por primera vez en Wuhan, China. Tras la declaración del
pasado mes de enero por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en la que se
informaba del nuevo coronavirus SARS-CoV-2 como un nuevo tipo de coronavirus que puede
afectar a las personas, detectado por primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de
Wuhan, provincia de Hubei, en China y que todavía hay muchas cuestiones que se desconocen
en relación a la enfermedad que produce el COVID-19, suponiendo dicha situación una
emergencia de salud pública de importancia internacional, el Ministerio de Salud ha venido
realizando un seguimiento constante de la situación y evolución del Covid-19 para adoptar las
medidas de prevención y contención necesarias.
A nivel mundial, millones más de infectados y aproximadamente 1,4 millones de muertes es el
saldo que deja hasta la fecha la pandemia del COVID-19 en al menos 185 países del mundo. Se
ha expandido a todos los continentes excepto La Antártida.
Según el recuento de la Universidad Johns Hopkins: Estados Unidos desplazó del primer lugar
a China, USA sigue siendo el epicentro global de la enfermedad con más de 290 mil muertos y
poco más de 8 millones de casos confirmados. Nueva York es el estado de USA más vulnerado
por el virus. Luego se encuentran Brasil, India, México, Reino Unido, Italia Francia y España.
En el caso del Perú, hay que destacar los esfuerzos realizados por el Gobierno, sin embargo, las
cifras no son muy halagadoras, lo que hace suponer que, si no se hubieran tomado las medidas
desde inicios de marzo, la situación sería más dramática. El Perú registra a la fecha más de 950
mil personas infectadas y más de 37,000 personas fallecidas, ocupando lastimosamente los
primeros lugares en el índice mundial de mortalidad, esto equivale a una ratio de 85.8
personas fallecidas por cada cien mil habitantes.
Considerando que los sitios concurridos por numerosas personas como los centros educativos
son un espacio potencial como fuente de contagio es importante que estas instituciones
tomen medidas preventivas y de mitigación, que eviten la entrada y/o diseminación de este y
otro tipo de patógenos respiratorios entre las personas que acuden a sus instalaciones.
En este sentido, a fecha de diciembre del 2020 y siguiendo las directrices que nos indican las entidades competentes, la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON con RUC N° 20106525375 ha establecido un Protocolo de Actuación y LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19 para los Docentes, colaboradores administrativos, alumnado y visitantes en general frente al Coronavirus Covid-19.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
4
II. DATOS DE LA EMPRESA
La INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON con RUC N° 20106525375 es una organización sin fines de lucro que inicio sus actividades el 01/03/1982. Dirección: Avenida Arequipa 2335-Lince. Representada por: Directora Sra. Teresa de Jesús Arévalo Carrión, DNI 08099786.
III. OBJETIVOS, VIGENCIA y BASE LEGAL
El Objetivo es Prevenir, detectar precozmente y manejar los casos de infección por COVID
– 19 en el local de la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN
SIMPSON El Alcance del Plan es la Protección de la salud y seguridad de todos los
trabajadores, alumnado y visitantes.
Otros objetivos son:
Establecer los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la
salud de la comunidad educativa con riesgo de exposición a SARS-CoV-19
(COVID-19).
Establecer los lineamientos para el regreso y reincorporación al trabajo.
Garantizar la sostenibilidad de las medidas de vigilancia, prevención y
control
adoptadas para evitar la transmisibilidad de SARS-CoV-2 (COVID-19).
Intensificar la vigilancia ocupacional activa de los casos sospechosos y
confirmados del COVID-19.
LA VIGENCIA del presente Plan está supeditado a los criterios técnicos
normativos de alcance nacional que se dicten con relación a la prevención y
contención COVID-19. Nuestra institución está realizando trabajo remoto y/o
clases virtuales, conforme a los protocolos establecidos por el Ministerio de
Educación.
BASE LEGAL
• Ley N° 26842, Ley General de Salud y sus modificatorias.
• Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y modificatoria.
• Decreto Supremo N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de SST.
• Resolución Ministerial N° 055-2020-TR, que establece la Guía para la prevención del
Coronavirus (COVID-19) en el ámbito laboral.
• Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico
“Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por el COVID-19.
• D.S. 080 – 2020 - - PCM Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los
trabajadores con riesgo de exposición a COVID – 19
• Decreto Legislativo N°1465 que establece medidas para garantizar la continuidad del
servicio educativo en el marco de las acciones preventivas ante el riesgo del COVID.
• Resolución Viceministerial N° 00093-2020 - MINEDU
• Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA, a efectos de elaborar su Plan para la
Vigilancia, prevención y control de la Salud de los trabajadores con riesgo
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
5
exposición COVID-19”. Y sus modificatorias
IV. TRABAJADORES DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19
(Ver Anexo 2) la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN
SIMPSON asume la clasificación del Nivel de Riesgo de exposición al COVID-19, se basa
en normativas legales vigentes y guía internacional OSHA 3992-03-2020, teniendo en
cuenta las siguientes características:
NIVEL DE RIESGO DESCRIPCIÓN
MUY ALTO
Trabajadores en contacto directo con casos de COVID 19.
Trabajadores de salud que realizan atención de pacientes
COVID-19 Expuesto a aerosoles.
Trabajadores de toma de muestras o procedimientos de
laboratorio de pacientes confirmados o sospechosos, etc.
Trabajadores de morgues que realizan procedimientos en
cuerpos de personas con diagnostico o sospecha de
COVID19.
ALTO
Trabajadores con riesgo potencial de exposición a fuentes
conocidas o sospechosas de COVID-19.
Trabajadores de salud con contacto indirecto de pacientes
COVID.
Trabajadores de limpieza de áreas COVID, et.
Conductores de ambulancia con pacientes COVID19
Trabajadores de funerarias.
MEDIO
(Docentes y
tutores cuando
realicen clases
presenciales)
Requieren contactos frecuente o cercano (menos de 1.50
metros de distancia con personas que podrían estar
infectadas con COVID-19.
Los trabajadores que requieren de contacto cercano y
frecuente de menos de 1 metro con el público en general; o
en el que se puede establecer barreras físicas para el
trabajo.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
6
V. D
A
T
O
S
DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON se
considera organización o empresa del tipo 3 según el anexo 1 de la RM 972 -2020-
MINSA (Ver anexo 1) cuenta con un Sistema de Gestión en Servicio de Seguridad
y Salud en el Trabajo liderado por un Presidente del Comité de Seguridad y Salud
en el Trabajo, El Comité de SST será renovado cuando se reanuden las
actividades en el año 2021, así mismo desde el mes de noviembre 2020 recibe
consultoría externa por medio de un Consultor Profesional especialista en RRHH y
Seguridad y salud en el Trabajo.
REPRESENTANTE RESPONSABLE DE LA SST CARGO DENTRO DEL COMITÉ DE
SST
EMPRESA Rebeca Vega Espejo PRESIDENTE
EMPRESA Carmen Cecilia Malca Córdova SECRETARIO
TRABAJADORES Judith Rios Rengifo MIEMBRO
TRABAJADORES Walter David Wharton Melchor MIEMBRO
CONSULTOR
EXTERNO
MBA Walter
Fernández-Baca
ESPECIALISTA RRHH - SST
OBSERVADOR - CONSULTOR
DATOS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
N° TIPO N°
DOCUMENTO NOMBRES Y APELLIDOS
FECHA DE
NACIMIENTO EDAD
1 07397643 Elsa Grimanesa Romero Sancho-Dávila 26.04.57 63
BAJO
(Trabajadores
administrativos y
docentes
mientras realicen
trabajo remoto)
Trabajadores que no requieren contacto con personas que
se conozca o se sospeche que esté con COVID-19
No tienen contacto cercano o frecuente a menos de 1.50
metros con el público en general
O en el que, se pueda usar o establecer barreras físicas para
el desarrollo de la actividad laboral.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
7
N° PROFESIÓN N° COLEGIATURA CORREO ELECTRÓNICO CELULAR
1 Psicóloga 10441 [email protected] 989003426
N° PUESTO DE TRABAJO LUGAR DE TRABAJO
1 Psicologa del Colegio Av. Arequipa 2335 Lince
VI. DISPOSICIONES GENERALES
6.1. SINTOMATOLOGÍA COVID-19
En la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON Se
puede sospechar el contagio por COVID-19 en aquellas personas que
experimenten los siguientes síntomas y condiciones:
a. Fiebre superior a 37.5 °C persistente (Resolución MinisterialN°193-2020-
MINSA).
b. Escalofríos, tos y estornudos.
c. Dolor de garganta y dolor en el pecho.
d. Malestar general intenso.
e. Respiración rápida y sensación de falta de aire.
f. Desorientación, confusión
g. Coloración azul de los labios (cianosis).
h. El trabajador ha realizado viajes a locaciones en el Perú o extranjero con riesgo
de contagio, en los 14 días previos al inicio de los síntomas.
i. El trabajador tuvo contacto cercano con un caso confirmado de infección por
COVID- 19.
j. El trabajador ha tenido exposición a un centro de salud con atenciones por
infecciones de COVID-19.
6.2. CONTACTO CERCANO
Cuando se reinicien las labores presenciales En la INSTITUCION EDUCATIVA
PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON se deberá mantener una
distancia mínima de 1.50 metros entre cada puesto de trabajo, así mismo se
deberán mantener las vías de evacuación siempre despejadas y libres de
obstáculos.
6.3. OBJETIVO GENERAL
Establecer las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud
de los docentes, trabajadores, visitantes, con riesgo de exposición a COVID-19
antes del reinicio y durante el reinicio de actividades presenciales.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
8
Establecer lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud
frente al COVID-19 durante el trabajo remoto y labores presenciales cuando se
reinicien las actividades.
Establecer lineamientos para el regreso y reincorporación al trabajo
Garantizar la sostenibilidad de las medidas de vigilancia, prevención y control
adoptadas para evitar la transmisibilidad del SarsCov 2.
6.4. PROTOCOLOS TRABAJO REMOTO DOCENTES en la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON
DESCRIPCIÓN
DE LOS DOCENTES
Establecer comunicación con las familias
de los estudiantes, en la medida que les
sea posible, para sensibilizar y apoyar su
participación en la educación a distancia
Conformación de grupos con los padres de
familia a través de la mensajería del
sistema INTRANET
Establecer horarios y acuerdos para la
información
Planificar y organizar las acciones de
acompañamiento de acuerdo con el medio
que cuente el estudiante.
Bajo ninguna circunstancia solicitar a los
estudiantes y/o padres de familia,
materiales o actividades que impliquen
desacatar el aislamiento social.
El soporte socioemocional se debe brindar
en todo momento así también como las
medidas sanitarias y la importancia de
quedarse en casa.
REGISTROS DE ASISTENCIA
Contar con un Registro de asistencia y
control de los alumnos
Informar sobre aquellos estudiantes que
no han podido ingresar a la “Plataforma”
Informar sobre los problemas de estrés u
otros del contexto familiar de los alumnos.
Recordar a los estudiantes las
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
9
recomendaciones sobre las medidas de
higiene para enfrentar el COVID-19
Creación de un portafolio virtual donde
guarde sus evidencias de cumplimiento de
trabajo remoto.
Informe de las acciones realizadas según
indicaciones del Director de la IE
ENTORNO Y ESPACIO DE
TELETRABAJO
ESPACIO
Disponer de una zona aislada y separada,
con espacio suficiente para trabajar con
comodidad.
Orientar el puesto de trabajo
perpendicularmente a las ventanas (ni de
cara ni de espaldas).
Evitar la presencia de cableado u objetos
en zonas de paso que puedan comportar
riesgo de caída.
ILUMINACION
Disponer de una iluminación suficiente y uniforme, que permita leer documentos sin tener que forzar la vista.
Evitar reflejos o deslumbramientos generados por la luz natural (utilizar cortinas).
RUIDO Y TEMPERATURA
Procurar unos niveles sonoros bajos
para favorecer la concentración.
Siempre que sea posible, evitar las fuentes
de ruido que puedan distraer.
Mantener una temperatura de confort.
Ventilar el Lugar donde realizamos el
trabajo remoto
MOBILIARIO
SILLA DE TRABAJO
Procure utilizar una silla estable, que
permita una postura confortable y libertad
de movimiento.
Se recomienda que tenga:
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
10
La base del asiento regulable en
altura y profundidad.
Un respaldo con suave
prominencia para la zona lumbar y
ajustable en inclinación y altura.
Cinco ruedas.
MESA DE TRABAJO
Tenga una superficie suficiente
para colocar el equipo de trabajo,
documentos y material accesorio.
La superficie deberá estar limpia y
desinfectada.
Exista suficiente espacio para
ubicar las piernas con comodidad.
REPOSAPIES
Se recomienda que sea:
Estable. De dimensiones
suficientes (45 × 35 cm).
Inclinable.
EQUIPO DE
TELETRABAJO
Regule la altura de la silla hasta garantizar
un apoyo estable de los brazos sobre la
mesa (flexión del brazo entre 95 y 100°).
Garantizar una distancia ojo-pantalla
mínima de 40 cm para evitar la fatiga
visual y, siempre que sea posible,
aumentar dicha distancia a la
recomendada de confort visual (65 cm).
Alinear la pantalla, el teclado y la silla para
garantizar posturas neutras.
Dejar un espacio suficiente delante del
teclado para apoyar de forma estable la
muñeca y parte del antebrazo.
Colocar el teclado paralelo al borde de la
mesa y el ratón
No tele-trabaje en las siguientes posturas
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
11
GESTION DEL TIEMPO
Establezca un horario de inicio y de fin de
la actividad. Aunque el teletrabajo ofrece
una cierta flexibilidad horaria, la
recomendación es mantener más o menos
el mismo horario que en el centro de
trabajo, procurando que este coincida con
el horario de las personas de su equipo.
Del mismo modo, es recomendable que
dichas personas conozcan su horario para
conocer su disponibilidad
Intercale pausas y descansos, del mismo
modo en que lo hace cuando trabaja
presencialmente. Estos momentos le
ayudarán a relajar la mente y a
incrementar su productividad durante los
períodos de actividad. Durante estas
pausas, aproveche y realice estiramientos
y ejercicios de relajación muscular, que le
ayudarán a romper el estatismo. Le
recomendamos organizar las pausas en
determinadas horas de la jornada y no
alargarlas demasiado para evitar perder el
ritmo de trabajo.
Con el objetivo de minimizar la fatiga
visual, siga la regla mnemotécnica 20-20-
20. Cada 20 minutos de trabajo con el
ordenador, mire durante 20 segundos
hacia un punto situado a una distancia
superior a 20 pies o 6 metros
Realice ejercicios de
relajación muscular
y visual
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
12
VII. P
ROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS DE PREVENCIÓN DEL COVID-19
LINEAMIENTO 1.- LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO
Antes del reinicio de labores presenciales la INSTITUCION EDUCATIVA
PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON deberá gestionar la limpieza y
desinfección total de los distintos ambientes. Así mismo, deberá garantizar la
limpieza y desinfección diaria. La desinfección descrita anteriormente se realizará
empleando lejía en concentraciones adecuadas, para mantener las áreas
desinfectadas (Ambientes, mobiliario, laboratorios, herramientas, equipos, útiles
y/o artículos de la institución, a fin de asegurar las superficies libres del COVID -
19) y así evitar alguna enfermedad infecto contagiosa.
a. La Superficie y los materiales a desinfectar; y la frecuencia, son las siguientes:
ITEM SUPERFICIE / MATERIAL
A DESINFECTAR
PERIODICIDAD DE LA DESINFECCION
Previo al Ingreso de los
trabajadores
Dos veces al día
Tres veces al día
1 Pisos de oficinas, sala de
reuniones, comedor y pasadizos
X X
2
Escritorios, sillas, mesas, armarios, módulos,
equipos de cómputo, electrodomésticos, filo de ventana, mamparas
X X
3
Manijas de: Servicios Higiénicos, puertas,
mamparas de vidrio y otros
X X
6 Servicios Higiénicos X X X
7 Puertas en General X X
8 Mantenimiento x x
b. Los materiales a utilizar para la desinfección de las diferentes instalaciones
y superficies de la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO
BENJAMIN SIMPSON será el siguiente:
• Lejía diluida al 1%
• Alcohol al 70%
• Desinfectante
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
13
• Trapeadores
• Escobillones
• Bolsa recolectora para diferentes residuos
Para la realización de esta limpieza, la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA
ALBERTO BENJAMIN SIMPSON previsto proveer un kit especial de
limpieza. El mantenimiento se realizará de dos a tres veces al día.
Servicios Higiénicos: La limpieza y desinfección de los servicios higiénicos
debe realizarse frecuentemente (manijas, puertas, caños, palancas,
inodoros, inodoros con lejía al 0.1%).
Oficinas: La limpieza de las oficinas, es responsabilidad de la institución y
cada trabajador que labore en ella, se recomienda que esta limpieza se
realice cada vez que se concluye una jornada o a media jornada de
trabajo. Para la realización de esta limpieza, la INSTITUCION
EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON ha previsto
proveer un kit especial de limpieza. Se incide en la limpieza Manijas de:
Servicios Higiénicos, puertas, pasamanos y manijas / Chapas.
c. Para el uso constante de los servicios higiénicos, el encargado de limpieza
o quien haga sus veces, deberá verificar que se coloque y mantenga las
existencias en forma permanente con el siguiente material:
Jabón líquido,
Papel higiénico
Papel toalla.
El cumplimiento de este primer lineamiento se realiza de acuerdo al siguiente Protocolo:
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
CONSIDERACIONES GENERALES
1-Para las actividades de limpieza y desinfección se
podrá tomar las consideración de R.D N° 003-2020-
INACAL/DN “Guía de Limpieza, Desinfección Manos y
Superficies”
Administración /
Dirección de
estudios / Comité
de Seguridad y
salud en el
Trabajo
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
1-LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN AL
RETORNO
1.1- la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA
ALBERTO BENJAMIN SIMPSON debe gestionar la
limpieza y desinfección con una empresa proveedora
autorizada con autorización vigente por la autoridad
competente DIGESA/DIRESA (Según DS N° 022-2001-
SA) con un alcance de todo el ambiente del local
Administración /
Dirección de
estudios / Comité
de Seguridad y
salud en el
Trabajo
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
14
2-LIMPIEZA Y DESINFECCION EN EL
CENTRO EDUCATIVO
2.1- Manejo de residuos sólidos. Los recipientes
(tachos) para residuos tendrán en su interior una bolsa
plástica. En él se colocarán todos los desechos.
2.2-El personal de limpieza o quien haga sus veces
debe generar el registro diario “Registro de Limpieza y
Desinfección” (Ver anexo 4)
Administración /
Dirección de
estudios / Comité
de Seguridad y
salud en el
Trabajo
3-CAPACITACION
3.1 El consultor en Seguridad y Salud en el Trabajo
realizara la capacitación (Previa coordinación con las
Dirección) a los colaboradores de la INSTITUCION
EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN
SIMPSON sobre los riesgos y medidas preventivas,
específicamente en el ámbito de la limpieza y
desinfección diaria.
3.2 Se debe conservar el registro de capacitación (Ver
Anexo 6)
Administración /
Dirección de
estudios / Comité
de Seguridad y
salud en el
Trabajo
4-EQUIPOS DE PROTECCION
PERSONAL
4.1- Suministra los equipos de protección personal
(EPP) específicamente para labores de limpieza y
desinfección conservando un registro de la entrega
del equipo de protección personal.
Administración /
Dirección de
estudios / Comité
de Seguridad y
salud en el
Trabajo
LINEAMIENTO 2.- EVALUACION DE LA CONDICION DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES PREVIO AL
REGRESO O REINCORPORACION AL CENTRO DE TRABAJO
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON tomará el control
de temperatura corporal en caso de sospecha de contagio de un trabajador o de un alumno
cuando empiecen las clases presenciales, el valor será registrado en el formato de control
diario de asistencia y temperatura (Ver Anexo N° 3) Para ello la INSTITUCION EDUCATIVA
PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON dispondrá de un termómetro infrarrojo para
determinar la temperatura de las personas:
1. Identificar el riesgo de exposición al COVID-19 de cada puesto de trabajo.
2. Aplicar la Ficha sintomatología COVID-19 carácter declarativo por trabajador. (Anexo
5)
3. Medir la temperatura corporal aleatoria al momento de ingreso a la institución y
mantener un registro de control de temperatura (Anexo 3)
4. Para los trabajadores del colegio, clasificados de riesgo bajo de exposición o
precaución, la toma de temperatura será potestativo a la indicación del
profesional de salud o por directivas del MINEDU. Los costos generados por la
implementación del Plan son asumidos por el empleador.
N° ACTIVIDADES RESPONSABLE
1 Designar a un responsable para la medición de la Administración / Dirección /
Profesional de la Salud
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
15
temperatura obligatoria de los trabajadores manteniendo siempre el distanciamiento social.
2
Informar al trabajador o alumno, que procederá a tomar su temperatura con un termómetro de luz infrarroja, explicando que dicha medida se realiza con el fin de proteger su seguridad y la seguridad de la comunidad educativa. Previamente, deberá verificar que la persona cuente con mascarilla. En caso de no poseer los elementos de protección personal o negarse al control, no se le permitirá el ingreso.
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
3
Si el resultado de la toma de temperatura es igual o mayor a 37.5 °C, se tomarán las siguientes acciones: a. Informar al trabajador o estudiante, o visita externa que su temperatura es igual o mayor a 37.5 °C, y que no podrá ingresar a la institución por prevención ante la emergencia sanitaria de coronavirus (COVID-19). En caso de ser trabajador comunicarse inmediato con la gerencia de la b. Recomendarle que acuda a su domicilio para que se comunique al 113 o 107, a fin de recibir asesoría especializada para descartar algún tipo de contagio de coronavirus (COVID-19). Para ambos casos, el Profesional de la Salud realizará el seguimiento respectivo, consultando si es necesario con un profesional de la salud especialista. d. Registrar el nombre y el resultado de la toma de temperatura en el formato respectivo (Anexo Nº 04).
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
4
Realizar vigilancia y seguimiento clínico a través del Responsable de la SST los casos reportados de trabajadores con temperaturas iguales a 37.5°C, Si el/la trabajador/a presenta temperatura elevada a causa de problema de salud distinto al contagio de coronavirus (COVID-19), se le brindará la asesoría necesaria garantizando su atención médica.
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
5
Se realizará una evaluación física presencial antes del regreso al centro de trabajo. Tomando las siguientes acciones: 5.1. Control de temperatura: Para el ingreso de los colaboradores y de cualquier visitante a las instalaciones, se medirá la temperatura corporal mediante el uso de un termómetro digital, sin contacto con las personas. 5.2. Evaluación de síntomas: Sensación de alza térmica o fiebre (temperatura >= 37.5°C), dolor de garganta, tos seca, estornudo, congestión nasal, pérdida del gusto, pérdida del olfato, dolor abdominal, náuseas, diarrea, falta de aire o dificultas para respirar, expectoración o flema, dolor en el pecho, coloración
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
16
azul en labios, etc. 5.3. Evaluación de contactos: con un paciente sospechoso o declarado con COVID-19, viajes al exterior y que no haya cumplid la cuarentena de 14 días.
De identificarse casos de trabajadores que presenten problemas respiratorios evidentes, síntomas
relacionados al coronavirus (COVID-19) o que hayan estado en contacto con personas que fueron
diagnosticadas como casos sospechosos, probables o confirmados de coronavirus (COVID-19), se
procederá con las siguientes medidas.
N° ACTIVIDADES RESPONSABLE
1
Reportar a la Dirección/Administración o Profesional de la Salud si presenta sospecha de contar con los síntomas del coronavirus (COVID-19) o haber estado en contacto con un caso sospechoso, probable o confirmado de COVID-19. El profesional de la Salud u otro designado realizara el seguimiento clínico diario a distancia guardando evidencias de ello. (Correo, WhatsApp. Google meet o Zoom)
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
2 Reportar la ocurrencia inmediatamente
3
En caso de identificarse un caso sospechoso o contacto con un caso confirmado, se procederá a las siguientes medidas (1) Derivación a un establecimiento de salud para su manejo, de conformidad con la RM 193-2020-MINSA y sus modificatorias; (2) Evaluación por el responsable de la salud para identificar potenciales contactos; (3) Comunicar a la autoridad de salud a través de la FICHA F300 SISCOVID-MINSA
Procederá con otorgar descanso médico con firma del médico tratante.
• Brindar material e información sobre la prevención del contagio de la COVID-19, medidas de higiene y cuidado que debe llevar en casa.
• Si el/la trabajador/a se encuentra en su domicilio, indicarle que debe realizar la consulta para el descarte de contagio por coronavirus a los números 113 o 107. Realizar el seguimiento telefónico para corroborar su atención.
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
4
Recibir la atención correspondiente vía telefónica, seguir las indicaciones que se le brinden e informar a la Dirección u otro encargado el resultado de las evaluaciones médicas o la emisión de las constancias correspondientes.
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
5
Realizar el seguimiento del tratamiento médico y el estado de salud del trabajador en coordinación con la Administración o Dirección Si el/la trabajador/a presenta un problema de salud distinto al contagio de coronavirus (COVID-19), se le brindará asesoría
Administración / Dirección / Profesional de la Salud
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
17
general para garantizar su atención especializada.
Los permisos otorgados a los docentes y trabajadores para la realización de evaluaciones médicas,
deberán presentar constancia de su atención médica, de lo contrario esos permisos serán
compensables. Asimismo, las inasistencias que se generen por estas causas están sujetas a
compensación, salvo que se justifique con el descanso médico respectivo.
LINEAMIENTO 3.- LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON es responsable de la limpieza y
mantenimiento de servicios higiénicos, los mismos que durante toda la jornada laboral estarán
provistos de servicio de agua, jabón líquido y papel toalla. La administración del Colegio deberá
asegurar la disponibilidad de estos en las instalaciones de la institución
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
CONSIDERACIONES
GENERALES
1-Para las actividades de limpieza y desinfección de
manos se podrá tomar las recomendaciones de
R.D N° 003-2020-INACAL/DN “Guía de Limpieza,
Desinfección Manos y Superficies”
Administración
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN
1-CANTIDAD Y
UBICACIÓN PUNTOS
DE LAVADO O
DESINFECCIÓN
1.1- la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA
ALBERTO BENJAMIN SIMPSON cuenta con
puntos de lavado (lavadero, caño con conexión
agua potable, jabón líquido o jabón desinfectante y
papel toalla, asimismo también se cuenta con
alcohol gel.
1.2-La Dirección en coordinación con la
administración deberá asegurar la implementación
de alcohol y gel desinfectantes acorde a la
siguiente distribución:
UBICACIÓN PUNTOS DE LAVADO O
DESINFECCIÓN
Ingreso al Centro
educativo 1 Punto: Alcohol gel
Administración /
Dirección /
Profesional de la
Salud
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
18
Antes de ingreso
a oficinas y aulas
Servicio higiénico con
lavadero de manos
Ingreso a los SSHH
para varones y
mujeres
2 Punto: Gabinetes de
lavado de manos
Aulas y Oficinas 3 Punto: Alcohol gel
1.3 la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA
ALBERTO BENJAMIN SIMPSON asegura la
colocación de señalética del método de lavado
correcto en el punto de lavado y desinfección
1.4 EL USO DE DESINFECTANTE O GEL NO
REEMPLAZA EL LAVADO DE MANOS CON AGUA
Y JABON QUE SERA DE 20 A 40 SEGUNDOS (RM
972 – MINSA – 2020)
2-LIMPIEZA Y
DESINFECCION
PERIODICA EN EL
CENTRO EDUCATIVO
2.1-Todo trabajador o visitante dentro del la
INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO
BENJAMIN SIMPSON está obligado a lavarse las
manos en los siguientes casos:
- Después de toser o estornudar.
- Antes, durante y después de las labores.
- Después de usar el baño.
- Cuando están visiblemente sucias.
- Después de tocar objetos como el celular,
llaves, dinero, manija de la puerta, solidos.
2.2-Antes de lavarse las manos es necesario retirarse
objetos como anillos, reloj, pulseras u otro accesorio.
2.3. Para cuando por motivos de servicios, el personal
tenga que trasladarse en movilidad, se facilitará frasco
de alcohol gel al 70% para la desinfección de manos
del chofer y de los trabajadores para conservar las
manos permanentemente higiénicas.
Administración /
Profesional de la
Salud
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
19
2.4. De igual forma en otros lugares o en la propia
vivienda se tendrá especial cuidado en mantener las
manos desinfectadas, en especial al transitar por
lugares de uso público, como al entrar y salir del
comedor, de zonas de trabajo, y sobre todo después
de entrar en contacto con secreciones o con el papel
que se ha eliminado, entre otros.
LINEAMIENTO 4.- SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON tomará medidas para asegurar la
comunicación y capacitación en ambientes saludables frente al COVID-19, la Administración en
coordinación con el profesional de la Salud y Consultor externo en SST, realiza las siguientes
actividades:
a. Exponer información sobre el coronavirus y medios de protección laboral en las actividades
de capacitación, como también carteles en lugares visibles y medios existentes.
b. Exponer la importancia del lavado de manos, toser o estornudar cubriéndose la boca con la
flexura del codo, no tocarse el rostro.
c. Difusión de la obligación de uso de mascarillas durante toda la jornada laboral.
d. Sensibilizar en la importancia de reportar tempranamente la presencia de COVID-19.
e. El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Consultor Externo en SST, pondrá a
disposición de todos los colaboradores su número y correo para la atención de inquietudes
de trabajadores respecto al COVID-19.
f. Educar permanentemente en medidas preventivas descritas en el presente documento y
otras que son actualizadas constantemente por el Ministerio de Salud, para evitar el
contagio de COVID-19 dentro del centro de trabajo, en la comunidad y el hogar.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
20
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
21
ACTIVIDAD PROTOCOLOS LINEAMIENTO 4
1. CONSIDERACIONES GENERALES
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO
BENJAMIN SIMPSON como medida para asegurar
ambientes saludables frente al Covid-19, en forma conjunta con
otras oficinas, asegura las siguientes actividades para la
sensibilización a los trabajadores:
Exponer información sobre coronavirus y medios de
protección laboral en las actividades de capacitación, como
también en carteles en lugares visibles y medios existentes.
Exponer la importancia del lavado de manos, toser o
estornudar cubriéndose la boca con la flexura del codo, no
tocarse el rostro. El uso de mascarillas es obligatorio
durante la jornada laboral, el tipo de mascarilla es de
acuerdo con el nivel de riesgo del puesto laboral.
Sensibilizar la importancia de reportar tempranamente la
presencia de sintomatología Covid-19-
Facilitar medios para responder las inquietudes de los
Trabajadores respecto al COVID-19
Educar permanentemente en medidas preventivas, para
evitar contagio por COVID-19 dentro del centro de trabajo,
en la comunidad y en el hogar.
Educar sobre la importancia de prevenir diferentes formas
de estigmatización.
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN
2-METODOLOGÍA DE SENSIBILIZACIÓN
2.1 la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO
BENJAMIN SIMPSON coordina con el Consultor Capacitador
en SST, para realizar la sensibilización en la modalidad
preferentemente de manera Virtual (Sincrónica o Asincrónica)
para reducir riesgos de exposición al SARC-COV-0,
específicamente en los procesos de desinfección de lavado de
manos.
2.2-En caso no puede ser virtual y es presencial debe adoptarse
las medidas preventivas de bioseguridad, distanciamiento social,
equipos de protección personal y cualquier otra medida
dependiendo el contexto establecidos en el plan de vigilancia.
2.3.- Los profesionales de la salud sensibiliza y reporta
tempranamente la presencia de sintomatología covid-19, y
el autoreporte de casos intradomiciliarios o intrafamiliar.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
22
3-TEMAS Y ASPECTO DE SENSIBILIZACIÓN
3.1- la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN
SIMPSON En coordinación con la administración y la
dirección y el comité de seguridad y salud en el trabajo
realizara la sensibilización y capacitación en:
TEMA /ASPECTO A SENSIBILIZAR METODO
1- Lineamientos del Plan de
vigilancia, Prevención y
Control de COVID – 19 en el
lugar del trabajo
(Ejecutado)
2- Seguridad y Salud en el
Trabajo-Identificación de
Peligros y Riesgos IPERC
frente al COVID – 19(
OCTUBRE)
3- Ergonomía laboral y Pausas
Activas (NOVIEMBRE)
1. Salud mental en tiempos
del COVID – 19 (DICIEMBRE)
3.2 Las sensibilizaciones son registradas en el formato: “Control
de asistencia a capacitaciones, sensibilizaciones y reuniones.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
23
LINEAMIENTO 5.- MEDIDAS PREVENTIVAS COLECTIVAS
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON tomará acciones dirigidas al
medio o vía de transmisión de COVID-19 en el ambiente de trabajo que se implementarán
considerando:
Ambientes ventilados adecuadamente.
Renovación cíclica de volumen de aire.
Distanciamiento social de 1,0 metro entre trabajadores, además del uso permanente de
mascarilla comunitaria.
En el caso de nuestra organización todo/a trabajador/a deberá mantener el
distanciamiento de 1,5 metros respectivo con los visitantes.
El aforo máximo en cada una de las oficinas, será inicialmente hasta un máximo de 50%,
el cual se irá incrementando gradualmente, considerando las disposiciones emitidas por
el Gobierno y según las necesidades del servicio.
Las reuniones de trabajo y/o capacitación deben ser preferentemente virtuales.
De ser necesaria la reunión de trabajo presencial, se deberá respetar el distanciamiento
respectivo y uso obligatorio de mascarillas.
Se brindará protección de el/la trabajador/a en puestos de atención a los padres de
familia y otros, mediante barreras físicas como mamparas, además de la mascarilla
correspondiente.
Limpieza y desinfección de calzados antes de ingresar al centro de trabajo.
Evitar aglomeración durante el ingreso y salida a la institución educativa
Estará prohibido el uso de marcadores con huella digital, el control de asistencia se ha
sustituido por el registro de asistencia en físico que será elaborado por la administración.
En caso de tener a unja trabajadora gestante y que dan lactancia materna deben realizar de
preferencia trabajo remoto, en caso no sea posible, estarán ubicadas en áreas de no
exposición al público.
Sensibilizar al personal en buenos hábitos personales para el estornudo como, cubrirse con
el antebrazo o pañuelo desechable al estornudar o toser y promover la técnica correcta de
lavado de mano.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
24
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON cuenta con un protocolo que
describe las actividades, controles que aseguran el cumplimiento de este lineamiento.
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN
MEDIDAS
PREVENTIVAS DE
APLICACIÓN
COLECTIVA
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON
asegura tener los siguientes controles en las medidas preventivas
de aplicación colectiva en los siguientes puntos:
Distanciamiento social mínimo de 1,0 metro entre
trabajadores; y visitantes recomendable 1,5 metros, además
del uso de mascarilla según corresponda.
Reuniones de trabajo y/o capacitación, que deben ser
preferentemente virtuales a través de la plataforma MEET
GOOGLE o ZOOM u otro mecanismo de comunicación
virtual, mientras dure el estado de emergencia nacional o
posteriores que establezca el ministerio de salud.
Para reuniones de trabajo o capacitaciones presencial, se
deberá respetar el distanciamiento respectivo y uso
obligatorios de mascarillas.
Protección de trabajadores en puestos de atención a los
padres de familia, mediante del empleo de barreras físicas
por ejemplo pantallas o mamparas para mostradores,
además de la mascarilla correspondiente, (posteriores que
establezca el ministerio de salud)
Limpieza y desinfección de calzados antes de ingresar a
áreas comunes del centro de Trabajo con el uso de pediluvio
Evitar Aglomeraciones durante el ingreso y salida del centro
de trabajo.
Generar Mecanismos para prevenir el contagio.
Establecer puntos estratégicos para el acopio de Equipos de
Protección personal usados, (EPP) usados, material
descartable posiblemente contaminado (guantes,
mascarillas u otros), para el manejo adecuado como
material contaminado.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
25
DESARROLLO Y
CONTENIDO DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
DISTANCIAMIENTO
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO
BENJAMIN SIMPSON que, al momento de ingresar,
dentro del centro de trabajo y salir, se aplica el
distanciamiento mínimo de 1 metro, recomendable
1,5 metros.
Administración /
Dirección de
Estudios
OFICINAS
Administración /
Dirección de
Estudios
LIMPIEZA Y
DESINFECCIÓN DE
CALZADO
AFORO, TURNOS
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO
BENJAMIN SIMPSON realizara el plan de
distribución de turnos para el refrigerio y el horario
de ingreso y salida, teniendo en cuenta las medidas
de seguridad requeridas frente a la pandemia; ésta
acción se debe realizar a través de horarios flexibles.
Administración /
Dirección de
Estudios
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
26
LINEAMIENTO 6.- MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON determina que Los estudiantes,
trabajadores, prestadores de servicios, visitantes, deberán usar obligatoriamente mascarillas antes del
ingreso al local. Asimismo, deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones desde su salida o
al retorno a su domicilio:
Uso obligatorio de mascarilla comunitaria
Llevar siempre el alcohol o gel
Limitar el uso de accesorios (mochilas, carteras, canguros, relojes, alhajas, etc.)
No compartir utensilios para comer (vasos, cucharas, platos, etc.)
Evitar el uso de pañuelos de tela. Reemplazar por papel toalla, servilletas u otros
desechables y de inmediato arrojarlo al contenedor respectivo.
Al salir de casa o al retorno, deben mantener siempre distanciamiento social de por los
menos 1,0 metro con otra persona.
De usar transporte público, usar mascarilla comunitaria y una careta facial; tratar de mantener la distancia social o estar cerca a la ventana de ser posible. Al bajar del transporte, se recomienda desinfectarse con alcohol o alcohol en gel; para comisiones de servicio recomendamos no consumir alimentos en la calle ni recibir objetos ni compras en los medios de transporte.
Evitar tocar cualquier superficie al momento de la espera en los paraderos de transporte que utilice
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON cuenta con un procedimiento o protocolo que describe las actividades, controles y responsabilidades que aseguran el cumplimiento del lineamiento 6
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN
MEDIDAS DE
PROTECCIÓN
PERSONAL
Cuando se reinicien las labores presenciales nuestra INSTITUCION
EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON , asegura la
disponibilidad de los equipos de protección personal-EPP e implementa las
medidas para su uso correcto y obligatorio.
DIRECTIVAS
ESPECIFICAS
El uso de mascarilla comunitaria o N95, es de forma obligatorio para
todos los estudiantes y trabajadores durante de jornada
Para cuando se realicen actividades de servicio, donde el personal requiera apoyo temporal – y breve - de otro técnico, se utilizará careta facial, mascarilla N95 u otro que cumpla con la medida de prevención. Uso de guantes. Para cuando se requiera por necesidades del trabajo, el
uso de guantes de materiales como venitex o neoprene, reusables, éstos después del uso se lavarán con agua y detergente y se desinfectarán con alcohol y/o clorox adecuadamente.
Los guantes del tipo quirúrgico de nitrilo, serán desechados inmediatamente después de su uso.
En caso de colocarse mascarilla comunitaria, estas pueden ser
reutilizables y lavables; y el empleador debe asegurarse de brindarle al
menos tres (3) unidades (Duración de acuerdo a la ficha técnica) para
poder cambiarlas y lavarlas diariamente.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
27
LINEAMIENTO 7.- VIGILANCIA DE LA SALUD DEL TRABAJADOR EN CONTEXTO DEL COVID - 19
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON durante la emergencia sanitaria
nacional realizará la vigilancia de la salud de los trabajadores y miembros de la comunidad educativa
de manera permanente:
a. Vigilancia de la salud de los estudiantes y trabajadores tanto los que asisten al centro de
trabajo o los que realizan trabajo remoto. A estos últimos se realizará obligatoriamente
seguimiento vía Ficha sintomatológica de parte del profesional de la Salud.
b. Registro, seguimiento y control de la temperatura al inicio y fin de la jornada.
c. Indicación de seguimiento médico de síntomas COVID-19, a todo estudiante o trabajador
que presente temperatura mayor a 37.5°C. Con participación y conocimiento del Profesional
de la Salud, ESTE SEGUIMIENTO DEBE SER REGISTRADO EN LA FICHA F300 SISCOVID-MINSA
d. Indicación de evaluación médica de síntomas COVID-19 a todo estudiante o trabajador que
presente temperatura mayor a 37.5 °C o con síntomas respiratorios, deberá retornar a su
domicilio para el aislamiento domiciliario. Con participación del Profesional de la salud o
quien haga sus veces.
e. Todo estudiante o trabajador que piensa que es sospechoso de COVID – 19 deberá reportar su
condición médica a la Dirección de estudios o Administración, para luego delegar el posible
caso de COVID-19 a la Profesional de la Salud, quien reporta al MINSA 113 y laboratorios
respectivos para el análisis correspondiente.
f. Todo estudiante o trabajador con fiebre o sintomatología COVID-19, que sea identificado
por algún responsable se considera caso sospechoso, y se realizará lo siguiente:
f.1. Si el trabajador se encuentra en casa:
Acudir inmediatamente al centro de salud donde se atiende regularmente. Allí procederán
a tratarlo o a derivarlo a otro centro de salud más especializado. Utilizar siempre la
mascarilla.
Comunicarse a la Gerencia o quien haga sus veces para informar de la situación. En
ninguna circunstancia acudir al centro de labores hasta la confirmación del diagnóstico -
No auto medicarse.
f.2. Si el trabajador o visitante es sospechoso de COVID – 19 y se encuentra en nuestra
institución educativa:
Asegurarse que el trabajador o visitante en todo momento use su mascarilla, quien además
deberá proceder a lavarse las manos hasta el antebrazo.
Se comunicará inmediatamente a la administración o quien haga sus veces, la sospecha de
la posibilidad de contagio y el trabajador acudirá inmediatamente al centro de salud más
cercano o donde se atiende regularmente.
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON por medio del profesional
de la salud entablará comunicación con el contacto de emergencia del trabajador y se le
indicará que deberá acompañarlo al establecimiento de salud donde se está dirigiendo.
En caso de que el trabajador no pueda movilizarse por sus propios medios, el programa lo
aislará en un área específica y procederá a comunicarse con el MINSA para coordinar su
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
28
traslado con las debidas precauciones.
Un representante de la institución o el Profesional de la Salud, realizará la evaluación y
coordinación para indicar que deberán retirarse del centro de labores por el resto del día.
El retorno al centro de trabajo del trabajador evacuado puede darse una vez se tenga
confirmación de diagnóstico para el trabajador en el que se indica que no hay contagio por
coronavirus.
f.3. En caso de confirmación de diagnóstico de contagio
Si el médico tratante dispone cuarentena del trabajador por sospecha de COVID-19, este
último justificará su inasistencia ante el empleador presentando el descanso médico
correspondiente emitido por el médico tratante, pudiendo enviarse de manera digital.
En caso de confirmación de contagio de COVID-19, el trabajador dejará de asistir al centro
de labores, operando el descanso médico previsto por Ley.
Como medidas preventivas y sanitarias en el área del colaborador afectado, se
ejecutarán las siguientes acciones, en coordinación con la Gerencia y oficina
administrativa. Disponer el cierre del área por el plazo que corresponda, luego de tomar
conocimiento del caso, para su desinfección; y (ii) Otras acciones dispuestas por las
entidades competentes.
g. la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON deberá realizar la
vigilancia a factores de riesgo ergonómico y psicosociales, lo cual extenderá al trabajo
remoto; en caso de su implementación.
h. El presente Plan de Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo, tiene
como objeto promover una cultura de prevención de riesgos frente a esta pandemia
sobre la base de la observancia del deber de prevención de los trabajadores.
Protocolos para el cumplimiento del lineamiento 7
ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN
VIGILANCIA
PERMANENTE DE
COMORBILIDADES
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON
vigilara la salud de los trabajadores terceros que laboren en nuestro local
La vigilancia a la exposición a otros factores de riesgo a tipo
ergonómico (jornadas de trabajo, posturas prolongadas, movimiento
repetitivo y otros) que se generen como consecuencia de trabajar en el
contexto de la pandemia COVID 19, de ser necesario se establecen medidas
preventivas y correctivas que correspondan.
Se deberá considerar una capacitación en Salud Mental para
conservar un adecuado clima laboral.
En caso de presentarse un brote en el centro de trabajo, la autoridad
correspondiente comunica de forma inmediata al MINSA Y SUNAFIL.
La vigilancia de la salud de los trabajadores es una práctica necesaria
ante el riesgo de exposición al COVID-19 y debe realizarse de forma
permanente durante el tiempo que lo establezca el Ministerio de Salud.
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
29
VIII. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO Y REINCORPORACIÓN AL TRABAJO
8.1. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO AL TRABAJO
la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON establece el proceso para el
regreso al trabajo para los trabajadores que estuvieron en cuarentena o en trabajo remoto, y no
presentaron; ni presentan, sintomatología COVID-19, ni fueron caso sospechoso o positivo de
COVID-19.
Aplicación y análisis de la Ficha de sintomatología COVID-19 para el regreso al trabajo
que se encuentra detallada en (Anexo 3), de carácter declarativo.
8.2. CONSIDERACIONES PARA LA REINCORPORACIÓN AL TRABAJO
Pacientes asintomáticas con riesgo de COVID – 19 se les da de alta 7 días después de la
prueba serológica, si no ha tenido condición grave y no requiere prueba adicional
serológica.
Pacientes asintomáticos con diagnostico confirmado de COVID - 19 se le realiza una
prueba molecular para darles de alta 14 días después de la prueba molecular positiva,
no requiriendo ninguna otra prueba adicional. Entonces el paciente asintomático ya
puede tener el alta epidemiológica.
Pacientes sintomáticos con diagnostico confirmado de COVID – 19 es decir los que
tienen síntomas como dolor de cabeza o garganta, fiebre, falta de respiración y otros;
obtienen el alta epidemiológica 14 días después del inicio de síntomas; debe
permanecer 3 días sin síntomas.
Pacientes hospitalizados con diagnostico confirmado de COVID – 19 el alta
epidemiológica lo tiene que realizar el médico tratante.
El Responsable del servicio de seguridad y salud en el trabajo cuenta con los datos de
los trabajadores con características, con lo cual realiza el seguimiento médico de cada
trabajador.
8.3. CONSIDERACIONES PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO DE TRABAJADORES
CON FACTORES DE RIESGO PARA COVID-19
En caso de docentes y trabajadores en estado de gestación y presenten alguna
intercurrencia en el embarazo, el médico especialista o tratante determina si puede
permanecer o no en el trabajo. Debiendo cautelar la salud y vida de la trabajadora y
la culminación satisfactoria del embarazo.
Aquellos trabajadores con factores de riesgo que hayan superado el COVID – 19 y
desean reanudar sus actividades deberán ser analizados por un médico especialista,
coordinando con un Profesional de la Salud o quien haga sus veces.
La información clínica (antecedentes y/o informes médicos o data medica) debe ser
valorada por un médico a cargo de la vigilancia de la salud y riesgo laboral individual de
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
30
cada trabajador, a fin de determinar la modalidad de trabajo (remoto, semipresencial o
presencial)
Las evaluaciones médico-ocupacionales de acuerdo con cada caso deben ser realizadas
cumpliendo las medias estrictas de bioseguridad y lineamientos de la RM 972-MINSA
es responsable de realizar el seguimiento y notificar a la entidad de salud el manejo de
los pacientes infectados
8.4. PROCESO PARA EL REGRESO O REINCORPORACION AL TRABAJO CON FACTORES DE RIESGO
La reincorporación de trabajadores se realizará considerando lo siguiente:
La información clínica deberá ser evaluada por informes médicos o data médica, estas
deben ser valoradas por un médico para precisar el estado de salud y riesgo laboral
individual de cada trabajador, a fin de determinar el trabajo (remoto, semipresencial o
presencial)
Las personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos, deben realizar
prioritariamente trabajo remoto
Edad mayor a 65 años (En caso desee realizar trabajo presencial presentar la Declaración de asunción de responsabilidad)
Hipertensión arterial no controlada
Enfermedades cardiovasculares graves
Cáncer
Diabetes mellitus
Asma moderada o grave
Enfermedad pulmonar crónica
Insuficiencia renal crónica en tratamiento con hemodiálisis
Enfermedad o tratamiento inmunosupresor
Obesidad con IMC de 40 a más
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
31
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
32
IX. PRESUPUESTO Y PROCESO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE
VIGILANCIA COVID-19 – 6 meses
INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON
ITEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE
MEDIDA
COSTO
UNITARIO
(S/)
TOTAL (S/)
1 Mascarilla Comunitaria 540 Unidades 4.00 2,160.00
2 Alcohol gel 1 litro 12 Unidades 45.00 540.00
4 Termómetro Infrarrojo 01 Unidades 315.00 315.00
5 Bolsas plásticas rojas 0.5 Ciento 40.00 40.00
6 Servicio de desinfección de
la institución 01 Unidades 650.00 650.00
7 Jabón líquido por 1 litro 30 Unidades 10.00 300.00
7 Contenedor de desechos con
peligro biológico (bolsa roja) 01 Unidad 25.00 25.00
8
Felpudo Desinfectante,
Trapeadores
Escobillones
02 unidad 100.00 200.00
9
Lejía Desinfectante Sapolio
Al 4.63% Galón X 5lt Cj X 4
Und
30 unidad 12.00 360.00
10
Carteles informativos (COVID
– 19 (12), SST (12), etc.)
6 Docena 30.00 360.00
11 Protector facial 08 Unidad 7.00 56.00
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
33
TOTAL INCLUYE IGV 5,006.00
X. L ISTA DE CHEQUEO DE VIGILANCIA COVID-19 DE ACUERDO AL ANEXO 4 de la RM 972
MINSA – 2020 (Solo labor remota)
ELEMENTO CUMPLE
SI/NO DETALLES/POR
MEJORAR
Limpieza del centro de labores SI
Desinfección del centro de labores NO
Se evalúa la condición de salud de todos los trabajadores periódicamente SI
2. Toma de Temperatura diaria NO
3. Ficha de sintomatología de la COVID - 19 SI
4. Aplicación de pruebas serológicas cuando lo ameriten SI
CASOS SOSPECHOSOS
Aplicación de la Ficha Epidemiológica de la COVID – 19 establecida por MINSA a todos los casos sospechosos trabajadores Bajo riesgo.
SI
Identificación de contactos con casos sospechosos SI
Se comunica a la autoridad de salud de su jurisdicción o EPS para el seguimiento de casos correspondiente SI
No existe ningún caso confirmado
Se realiza seguimiento clínico a distancia diariamente al trabajador identificado como sospechoso Si
En caso de existir se realizara seguimiento
MEDIDAS DE HIGIENE
Se aseguran los puntos de lavado de mano con agua potable, jabón líquido o jabón desinfectante y papel toalla. NO En Ejecución
Se aseguran puntos de alcohol para la desinfección de mano NO
Los trabajadores proceden al lavado de manos previo al inicio de sus actividades laborales NO
Se colocan carteles en las partes superiores de los puntos de lavado para la ejecución adecuada del método de lavado correcto o el uso de alcohol para la higiene de manos
SI
SENSIBILIZACION DE LA PREVENCION DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO
Se difunde información sobre coronavirus y medios de protección laboral en lugares visibles SI
Se difunde la importancia de lavado de manos, toser o estornudar cubriéndose la boca con la flexura del codo, no tocarse el rostro, entre otras prácticas de higiene
SI
Todos los trabajadores utilizan mascarilla de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de trabajo SI
MEDIDAS PREVENTIVAS
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
34
Ambientes adecuadamente ventilados SI
Se cumple con el distanciamiento social de 1 metro entre trabajadores, además del uso permanente de protector respiratorio, mascarilla quirúrgica o comunitaria según corresponda
SI
Existen medidas de protección a los visitantes o clientes, mediante el empleo de barreras físicas SI
Se evita las conglomeraciones durante el ingreso y la salida del centro de trabajo SI
Se establecen puntos estratégicos para el acopio y entrega de EPP SI
Se entrega EPP de acuerdo al riesgo del puesto de trabajo SI
Los trabajadores utilizan correctamente EPP SI
Medidas preventivas colectivas (Talleres sobre Prevención COVID – 19) SI
Capacitaciones programadas
VIGILANCIA DE LA SALUD DEL TRABAJADOR
Se interroga diariamente a los trabajadores sobre la presencia de sintomatología compatible con casos sospechosos de la COVID-19 SI
Se controla la temperatura corporal de estudiantes y trabajadores NO Clases a distancia
Se indica evaluación médica de síntomas a todo trabajador que presente temperatura corporal mayor a 37.5 C
SI
Se consideran medidas de salud mental SI
Se realizaran Capacitaciones
Se registra en el SISCOVID a todos los trabajadores que pasen por una prueba COVID-19
NO
Se les otorga aislamiento domiciliario cubierto con Descanso Medico por un tiempo no menor a 14 días a aquellos trabajadores diagnosticados con la COVID – 19
SI
Se les otorga licencia por un tiempo de 14 días a aquellos trabajadores que por haber presentado síntomas o haber estado en contacto con un caso positivo COVID-19 cumplen cuarentena.
SI
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
35
XI.- DOCUMENTO DE APROBACIÓN DEL PLAN DE VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL COVID-19
DOCUMENTO - ACTA DE APROBACIÓN DEL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Siendo las 06:30 p.m. del día 29 de diciembre del año dos mil veinte de acuerdo al cumplimiento de
la Ley 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Artículo 68º del DS 05 – 2012 TR que dice:
“El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se reúne en forma ordinaria una vez por mes, en día
previamente fijado. En forma extraordinaria, el Comité se reúne a convocatoria de su Presidente, a
solicitud de al menos dos (2) de sus miembros, o en caso de ocurrir un accidente mortal”.
Por ello en base a esta norma, El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la INSTITUCION
EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON se reunió en sesión extraordinaria con la
finalidad de aprobar El Plan de Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo; el cual
se ha redactado de acuerdo a la estructura y contenido definido en la norma legal: RM 972 – 2020
MINSA Lineamientos para el Plan de Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores
con Riesgo de exposición a COVID – 19.
Presidio la sesión la Sra. Rebeca Vega Espejo, en su calidad de Presidente Titular del CSST, debido al
estado de Emergencia Nacional se utilizará la Plataforma ZOOM o Google Meet contando con la
asistencia de tres invitados con derecho a voz, pero sin voto:
Luego de tomar la lista correspondiente el presidente informa que tiene un porcentaje mayor al 50%
de asistencia y se procede al inicio de la reunión del comité programado para la revisión y aprobación
del Plan de Vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el Trabajo.
1.- Puntos presentados
Antecedentes
Normativa legal
Objetivos
Nómina de Trabajadores por riesgo de exposición
Procedimientos obligatorios de prevención COVID – 19
Procedimiento Obligatorio para el regreso y reincorporación
Presupuesto
Conclusiones
2.-Acuerdos y pedidos
2.1. Siendo las 9:00 p.m. del mismo día, se da por terminada la sesión, después de lo
expuesto se aprueba por unanimidad el Plan de Vigilancia, prevención y control del COVID-19
en el Trabajo de la INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON
2.2. Pedidos del CSST
PEDIDOS DEL CSST AREA RESPONSABLE PLAZO
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
36
Mantener una actualización constante de
acuerdo a las normas legales del estado
peruano, de acuerdo a la normativa actual
RM 972-2020 - MINSA
Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo / Administración Constante
Se deberá programar una capacitación a los
trabajadores en los puntos más importantes
del PLAN COVID-19 presentado
Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo / Administración 30 días
Se deberá entregar una copia del PLAN
COVID – 19 a todos los trabajadores de
acuerdo a la Resolución Ministerial N° 448-
2020-MINSA
Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo / Administración 2 días
FIRMAS PARA LA REVISION Y APROBACION DEL PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO
DE ACUERDO A LA RM 972-2020-MINSA
CARGO - CSST
NOMBRE Y APELLIDOS
FIRMA
OBSERVACIONES
PRESIDENTE DEL CSST Rebeca Vega Espejo
APROBACION
SECRETARIO DEL CSST Carmen Malca Córdova
APROBACION
1er MIEMBRO DEL
CSST
Walter David Wharton
Melchor
APROBACION
2do MIEMBRO DEL
CSST Judith Ríos Rengifo
APROBACION
CONSULTOR EXTERNO
SST (Invitado)
MBA Walter
Fernández-Baca
REVISION
DIRECTOR
ACADEMICO (Invitado)
Teresa Arévalo
Carrión
REVISION
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN
EL TRABAJO
37
ADMINISTRACION
(Invitado) NANCY ZEA
REVISION
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO N° 1: CENTROS DE TRABAJO DE ACUERDO AL ANEXO 1 DE LA RM 972- MINSA
CENTROS DE TRABAJO DE ACUERDO AL ANEXO 1 DE LA RM 448 – MINSA
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO N° 2: NÓMINA DE TRABAJADORES DE ACUERDO A LA
RM 972 – MINSA – 2020 - INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA
ALBERTO BENJAMIN SIMPSON
N° APELLIDOS Y NOMBRES REGIMEN DNI MODALIDAD DE
TRABAJO
FACTOR DE
RIESGO PUESTO DE TRABAJO
NIVEL DE RIESGO PARA
COVID - 19 SERVICIO ESENCIAL
1 RODRIGUEZ GONZALES BEATRIZ D.L. 728 08096921 TRABAJO REMOTO
NO DOCENTE
2 CARDENAS VARGAS ROSA
MARGARITA
D.L. 728 07858313
TRABAJO REMOTO NO
ADMINISTRATIVO
3 VEGA ESPEJO REBECA D.L. 728
25652667 TRABAJO REMOTO NO
DOCENTE
4 LAY RONCAL WALTHER ERNESTO D.L. 728
08782756 TRABAJO REMOTO
NO MANTENIMIENTO
5 CARRION HERRERA RUBEN D.L. 728
25727978 TRABAJO REMOTO
NO DOCENTE
6 TRUJILLO GALLEGOS HAYDEE NELLY D.L. 728
25416255 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
7 PEDRAZA JUNCO FELICITAS LUCIA D.L. 728
09501435 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
8 ESPINOZA ZORRILLA JUAN ORLANDO D.L. 728
07597271 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
9 VERATUDELA DOLBERG CARMEN
ROSA
D.L. 728 06990658
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
10 BURGA CAMPOS MONICA ELIA D.L. 728
07200581 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
11 YOUNG JUAREZ ANGEL ROLANDO D.L. 728
07601143 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
12 ROMERO SANCHO DAVILA ELSA
GRIMANESA
D.L. 728 07397643
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
13 VASQUEZ HUAMAN AGRIPINA JUANA D.L. 728
07094586 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
14 PASCUAL JAEN JOSE GERMAN D.L. 728
10076364 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
15 WHARTON MELCHOR WALTER DAVID D.L. 728
09419036 TRABAJO REMOTO NO ADMINISTRATIVO
16 BEJARANO ARANA NANCY VIOLETA D.L. 728
07416030 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
17 ALCANTARA GALARZA VILMA
ALCANTARA
D.L. 728 07571828
TRABAJO REMOTO NO MANTENIMIENTO
18 CAVALIER ROMERO DIOMAR D.L. 728
07279392 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
19 ROJAS TERAN DE CHANG MARIA
ISABEL
D.L. 728 10470260
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
20 ORUE VASQUEZ ROSAURA RODRIGO D.L. 728
09257466 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
21 EARL FARFAN RUTH SANDRA D.L. 728
10064485 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
22 CRESPO TATAJE DE PASCUAL SARA
MARIA
D.L. 728 07637943
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
23 BEJARANO CARRASCO TATIANA YVON D.L. 728
21568668 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
24 ROMERO VASQUEZ DAVID EDUARDO D.L. 728
08016092 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
25 QUESADA CAMARGO EDUARDO D.L. 728
000344543 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
26 CORDOVA CARDENAS VDA DE DE LA
CRUZ ROSA LUZ ELEUTERIA
D.L. 728 08261183
TRABAJO REMOTO NO MANTENIMIENTO
27 BARRETO MANIHUARI EDGAR
FRANCO
D.L. 728 09899537
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
28 ACOSTA VILA ELIZABETH CARMEN D.L. 728
06659701 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
29 PINEDO SAAVEDRA MERCEDES D.L. 728
40393358 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
30 CABRERA ROSA AURORA D.L. 728 000555382 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
31 HUAMANI CRISOSTOMO DELIA
MILAGROS
D.L. 728 10471570 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
32 NINAYAHUAR RIVERA GINA
GIOVANNA
D.L. 728 09693968 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
33 TORRES RIVERA DANIEL ESTEBAN D.L. 728 41919014 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
34 MALCA CORDOVA DE ABARCA
CARMEN CECILIA
D.L. 728 07792964 TRABAJO REMOTO NO ADMINISTRATIVO
35 TORRES MARQUEZ DE PEÑA MARIA DE LOURDES
D.L. 728 07001425 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
36 ESPINOZA YAÑEZ CARLOS RUBEN D.L. 728 09647951 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
37 CRUZ ESTRADA RUTH YOLANDA D.L. 728 10817624 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
38 ZEA SULCA NANCY RUTH D.L. 728 07595312 TRABAJO REMOTO NO
ADMINISTRATIVO
39 AREVALO CARRION TERESA DE JESUS D.L. 728 08099786 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
40 ROMERO QUISPE ABRAHAM DAVID D.L. 728 10071317 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
41 BUSTAMANTE ROJAS CESAR
FRANCISCO
D.L. 728 16736359 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
42 VALLES ARCE ESTHER D.L. 728 10552772 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
43 CORONADO MIGUEL GRACIELA
MARGOT
D.L. 728 41244839 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
44 PELAEZ GUIOP JOSE LUIS D.L. 728 10594948 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
45 RIOS RENGIFO JUDITH SUNIRA D.L. 728 07685674 TRABAJO REMOTO NO ADMINISTRATIVO
46 RIVADENEIRA GINES LISSETH DEL
ROSARIO
D.L. 728 48446392 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
47 ACOSTA VILA MARIA ESTHER D.L. 728 06672101 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
48 RUIZ SEVILLA MAURA CONSUELO D.L. 728 07964949 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
49 RODRIGUEZ MORALES MIGUEL
ANGEL
D.L. 728 08163572 TRABAJO REMOTO NO
DOCENTE
50 IGNACIO ROJAS KATTIA ELVIA D.L. 728 41064054 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
51 SOVERO HABICH CESAR ALBERTO D.L. 728 06170204 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
52 KNUTZEN ROMERO CLAUDIA PAMELA D.L. 728 45088325 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
53 TIRADO LUNA VICTORIA GUILLERMO
NICOLAS
D.L. 728 06079581 TRABAJO REMOTO NO MANTENIMIENTO
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
54 ALVAREZ GUEVARA SONIA D.L. 728 10455208 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
55 MUNIVE LERTORA ANA MARIA D.L. 728
09954113 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
56 FLORES FLORES FRANCISCO JAVIER D.L. 728
07504966 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
57 ROJAS SOTELO GERALDINE DEL
ROSARIO
D.L. 728 46422025
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
58 GOMEZ LOPEZ LUIS RAUL D.L. 728
44410153 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
59 RUBIO OLIVA DE MERINO PATRICIA
LILIANA
D.L. 728 25672220
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
60 CAMPOS ALEGRE ROSARIO INES D.L. 728
10252542 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
61 RAMIREZ PICON SANDRA MARISOL
REBECA
D.L. 728 76394527
TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
62 PAZ MENDOZA MARCO PAULO D.L. 728
47434582 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
63 MENDOZA BAZAN GRECIA DALILA D.L. 728
73258041 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
64 CHAVEZ QUIROZ REBECA D.L. 728
40023693 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
65 RUBIO GONZALES ROCIO ELENA D.L. 728
47874610 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
66 COLONIA DIAZ PATRICIA D.L. 728
15708593 TRABAJO REMOTO NO DOCENTE
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN
Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO 3 REGISTRO DE TOMA DE TEMPERATURAS
SEDE INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON FECHA
ITEM
ÁREA DE TRABAJO
PUESTO
VINCULO NOMBRES Y
APELLIDOS
DNI
INGRESO SALIDA
HORA T (°C) HORA T (°C)
1
2
3
4
5
6
7
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN
Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO 4 CONTROL DE LIMPIEZA
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN
Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO N° 5:
FICHA DE SINTOMATOLOGÍA COVID-19– DECLARACIÓN JURADA
Ficha de Sintomatología COVID-19
Declaración Jurada
He recibido explicación del objetivo de esta evaluación y me comprometo a responder con la
verdad
Institución
INSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA ALBERTO BENJAMIN SIMPSON
RUC:
Apellidos y Nombres:
Área de Trabajo: DNI o CE:
Dirección: Celular:
En los últimos 14 días ha tenido alguno de los síntomas siguientes:
SI NO
1. Sensación de alza térmica o fiebre
2. Tos, estornudos o dificultad para respirar
3. Expectoración o flema amarilla o verdosa
4. Contacto con persona(s) con un caso confirmado de COVID-19
5. Está tomando alguna medicación detallar cual o cuales:
____________________________________________________
Todos los datos expresados en esta ficha constituyen Declaración Jurada de mi parte.
He sido informado(a) que de omitir o falsear información puedo perjudicar la salud de mis
compañeros, y la mía propia, lo cual, de constituir una falta grave a la salud pública, asumo sus
consecuencias.
Fecha: Firma:
1. El presente formato deberá ser remitido con carácter OBLIGATORIO 2. El formato debe ser enviado escaneado por el mismo trabajador desde su correo al e-mail:
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN
Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
N° REGISTRO: ANEXO 6
REGISTRO DE INDUCCIÓN, CAPACITACIÓN, ENTRENAMIENTO Y SIMULACROS DE EMERGENCIA
DATOS DEL EMPLEADOR
RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN SOCIAL
RUC DOMICILIO (Dirección, distrito,
departamento, provincia) TIPO DE ACTIVIDAD
ECONÓMICA N° TRABAJADORES
EN EL CENTRO LABORAL
MARCAR X
INDUCCIÓN CAPACITACIÓN X ENTRENAMIENTO SIMULACRO DE EMERGENCIA
TEMA
FECHA
NOMBRE DEL CAPACITADOR O ENTRENADOR
EMPRESA CONSULTORA: MILANO TRAINING DEL PERU SAC EXPOSITOR: MBA WALTER FERNANDEZ-BACA SEVILLANO
N° HORAS 3 HORAS ACADEMICAS
APELLIDOS Y NOMBRES DE LOS CAPACITADOS
N° DNI ÁREA FIRMA OBSERVACIONES
RESPONSABLE DEL REGISTRO
NOMBRE: CARGO: FECHA FIRMA
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-
01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN
Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO N° 7: CORRECTO LAVADO DE MANOS
Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón por al menos 20 segundos, especialmente
después de ir al baño, antes de comer, y después de sonarse la nariz, toser o estornudar; caso
contrario usar alcohol gel al 60%.
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01
Versión:
01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y
CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO N° 08:
CORRECTA POSICIÓN DE LA MASCARILLA COMUNITARIA Y OTRAS
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO
ANEXO N° 9:
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE ASUNCION DE RESPONSABILIDAD
SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PL-SST-01 Versión: 01
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID19 EN EL TRABAJO