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1 REGLAMENTO INTERNO 2020 PRESENTACIÓN La IEP SAN BENITO DE PALERMO presenta su Reglamento Interno correspondiente al año académico 2020, que ha sido formulado, de acuerdo a las normas educativas vigentes, implementando para el presente año lectivo, con la participación de todo el Personal de la Institución, en base a la propuesta de la Comisión de Reglamento Interno. El REGLAMENTO interno 2020 recoge las sugerencias y expectativas del Personal de la Institución, el análisis de la problemática de nuestro entorno socio – geográfico y educativo; así como es el resultado de la evaluación del RI 2019. Desarrolla el siguiente esquema. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Concepto 1.2 Línea axiológica 1.3 Alcance 1.4 Bases legales CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 2.1 Del funcionamiento 2.2 Ubicación 2.3 Ámbito geográfico 2.4 Objetivos a) Generales Institución Educativa Privada “San “San Benito de Palermo” R.D N° 469-143 UGEL 06 ATE

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REGLAMENTO INTERNO 2020

PRESENTACIÓN

La IEP SAN BENITO DE PALERMO presenta su Reglamento Interno

correspondiente al año académico 2020, que ha sido formulado, de acuerdo a las

normas educativas vigentes, implementando para el presente año lectivo, con la

participación de todo el Personal de la Institución, en base a la propuesta de la

Comisión de Reglamento Interno.

El REGLAMENTO interno 2020 recoge las sugerencias y expectativas del

Personal de la Institución, el análisis de la problemática de nuestro entorno socio

– geográfico y educativo; así como es el resultado de la evaluación del RI 2019.

Desarrolla el siguiente esquema.

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

1.1 Concepto

1.2 Línea axiológica

1.3 Alcance

1.4 Bases legales

CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

2.1 Del funcionamiento

2.2 Ubicación

2.3 Ámbito geográfico

2.4 Objetivos

a) Generales

Institución Educativa Privada “San “San Benito de Palermo”

R.D N° 469-143 UGEL 06 ATE

2

b) Específicos

CAPÍTULO III DE LA ESTRUCTURA ORGANICA

3.1 Diseño organizacional y organigrama estructural

3.2 Funciones generales

3.3 Funciones específicas

CAPÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN

4.1 Académica:

a) Planificación

b) Programación

c) Calendarización

d) Periodos vacacionales

e) Supervisión Educativa

4.2 Administrativa:

a) Régimen Interno

b) Régimen económico

c) Régimen de seguridad social de los trabajadores

CAPÍTULO V DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA Y

CERTIFICACIÓN

5.1 Matricula (proceso)

5.2 evaluación (etapas)

5.3 Promoción, repitencia-especificar

5.4 Certificación (Especificar en qué casos)

CAPÍTULO VI DEL RÉGIMEN ESCALAFONARIO

6.1 Organización del escalafón docente, administrativo

6.2 Su uso y obligatoriedad de registro de los trabadores que laboran en la

institución educativa.

CAPÍTULO VII DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL

7.1 Derechos del personal directivo. 7.2 Derechos del personal jerárquico. 7.3 Derechos del personal docente. 7.4 Derechos de los auxiliares de educación e instructor. 7.5 Derechos del personal administrativo. 7.6 Deberes del personal directivo.

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7.7 Deberes del personal jerárquico. 7.8 Deberes del personal docente. 7.9 Deberes de los auxiliares de educación e instructor. 7.10 Deberes del personal administrativo.

7.11 De las faltas que ameritan sanción al personal. 7.12 De las sanciones por faltas cometidas por el personal. 7.13 De los estímulos por acciones relevantes al personal.

CAPÍTULO VIII NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

8.1 De la promoción de la convivencia escolar sin violencia

8.2 De los derechos de los estudiantes.

8.3 De los deberes de los estudiantes

8.4 Presentación personal y aseo

8.5 Uso de material educativo, mobiliario, objetos y ambientes.

8.6 Horarios

8.7 De las prohibiciones a los estudiantes.

8.8De las faltas tipificadas que cometen los estudiantes.

8.9. Acciones preventivas y correctivas.

8.10 Causales de atenuación y de agravación de las faltas.

8.11 Procedimiento de evaluación de la falta

8.12 Instancia de apelación

8.11 De la derivación al departamento de psicología

8.12 De las sanciones a los estudiantes

8.13 Procedimientos para la aplicación de sanciones leves

8.14 Sanciones para las faltas moderadas y graves.

8.15 De los estímulos por acciones relevantes a los alumnos.

CAPÍTULO IX DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y LOS RESPONSABLES.

CAPÍTULO X DE LA CAFETERÍA: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES.

CAPÍTULO XI RELACIONES Y COORDINACIONES

11.1 Relaciones y coordinaciones con los padres de familia.

11.2 Relaciones y coordinaciones con las instituciones de la localidad.

11.3 Relaciones y coordinaciones con la asociación de ex alumnos.

CAPÍTULO XII DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA.

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CAÍTULO XIII DE LOS CONTRATOS Y SISTEMA DE BECAS,

CAPÍTULO XIV DISPOSICIONES FINALES

DATOS GENERALES

a. Denominación : IEP SAN BENITO DE PALERMO

b. Ubicación : Calle Polonia N° 151 – 157

Urbanización Los Portales de Javier Prado.

III Etapa

Distrito de Ate

Provincia de Lima

Región Lima Metropolitana

Teléfono: 3511652

c. Resoluciones de creación

Apertura : R. D. N° 469-89

Ampliación : R. D. N° 143-92

d. Niveles -Educación Inicial

-Educación Primaria

-Educación Secundaria

e. Turno Mañana

f. Vigencia 2020

a. Personal directivo y jerárquico:

Directora : CARMONA HURTADO, Juana Elizabeth

Sub Directora : CARMONA HURTADO, Rosa Isabel

Coordinador Académico : VELA TAFUR, Martín Fernando

h. Organización

- Órgano de Dirección

- Directora

- Sub Directora.

- Órgano de Asesoría

- Coordinador Pedagógico

- Psicóloga

- Órgano de Ejecución

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- Personal Docente

- Auxiliares de Educación

- Órgano de Apoyo:

- Secretaría

- Bibliotecaria

- Personal de servicio

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Art. 01 CONCEPTO:

La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” es una Institución Educativa Privada

que imparte educación a niños y adolescentes en Educación Básica Regular;

se encuentra ubicado en la calle Polonia N° 151-157 Urbanización “Los

Portales de Javier Prado” III Etapa, distrito de Ate, provincia de Lima y

Región Lima Metropolitana.

El presente Reglamento Interno se formula sobre la base del esquema de la

Unidad de Gestión Educativa N° 06 de Vitarte, asimismo, actualizando el

Reglamento Interno 2019 y con la participación del Personal del Plantel. En

él, se determina la estructura orgánica, su funcionamiento global y de cada

ente, así como las consideraciones específicas que posibiliten la marcha

articulada de cada uno de sus órganos orientados al mejoramiento de la

Institución en constante cambio en su crecimiento y desarrollo, acorde con

nuestra MISIÓN y VISIÓN.

El Reglamento Interno de la IEP “SAN BENITO DE PALERMO”

tiene por finalidad normar el ordenamiento y organización interna,

así como los mecanismos de coordinación Interna y externa, al que

se ciñen los integrantes de cada uno de sus órganos: Personal

Directivo, Jerárquico, de Asesoría, Docentes, Administrativos,

alumnos y padres de familia, reconociéndoles sus derechos y

obligaciones, así como la especificación de los estímulos y sanciones.

Art. 02 LINEA AXIOLÓGICA:

La IEP “San Benito de Palermo” se basa en los principios cristianos

católicos con influencia en las enseñanzas de nuestro Santo Patrón de

ayuda, apoyo a la educación de la niñez y adolescentes.

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Asume las normas relacionadas con la Constitución Política del Perú y sus

leyes del sector Educación, así como los dispositivos legales que lo

implementan. Asume los siguientes principios en el desarrollo educativo:

Principio de construcción de los propios aprendizajes.

Principio de necesidad del desarrollo de la comunicación y el

acompañamiento en los aprendizajes.

Principio de significatividad de los aprendizajes.

Principio de organización de los aprendizajes.

Principio de integralidad de los aprendizajes.

Principio de evaluación de los aprendizajes.

En la evaluación se orienta al logro de Competencias y Capacidades

(habilidades y destrezas); los contenidos están inmersos en ellas.

En la planificación de la evaluación, se efectúa la formulación de las

matrices de evaluación que considera: capacidades, Indicadores, Niveles

de Aprendizaje y la ponderación, como paso previo a la elaboración de los

exámenes.

Art. 03 ALCANCE:

El Reglamento Interno 2020 señala su cumplimiento a todos los agentes educativos de la

Institución:

Personal Directivo:

Personal Jerárquico (Coordinador Pedagógico y Psicólogo)

Personal Docente.

Auxiliares de Educación.

Personal Administrativo.

Padres de Familia

Alumnos de los tres niveles educativos.

Art. 04 BASES LEGALES:

El Reglamento de la IEP “SAN BENITO DE PALERMO” se sustenta en la

Normatividad Vigente que la regula, limita y clarifica su accionar. Estos son:

a. Constitución Política de la Nación.

b. Ley General de Educación N° 28044.

c. Ley de los Colegios Privados N° 26549

d. Reglamento General de Educación Básica Regular D.S. N° 011-2012 - ED

e. Reglamento de la Ley de Colegios Privados. D.S. N° 01-96-ED.

g. Orientaciones de la UGEL 06 sobre el Reglamento Interno.

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CAPÍTULO II

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 05 DEL FUNCIONAMIENTO:

La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” funciona en, en la calle Polonia N° 151-157

Urbanización “Los Portales de Javier Prado” III Etapa, distrito de Ate, provincia

de Lima y Región Lima Metropolitana, de lunes a viernes en el horario de 7:30 a

16:00 horas, pudiendo prolongarse a los días sábados, cuando la naturaleza de las

exigencias Administrativas y Técnico- Pedagógicas lo requieran.

Art. 06 UBICACIÓN:

La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” se encuentra ubicada en la dirección

anotada en el Art. 1 del presente Reglamento Interno.

Art. 07 ÁMBITO GEOGRÁFICO:

LOCALIDAD: LOS PORTALES DE JAVIER PRADO

CENTRO POBLADO: VITARTE

CÓDIGO DE UBICACIÓN GEOGRÁFICA: 150103

CÓDIGO LOCAL: 293036

DISTRITO: ATE

PROVINCIA: LIMA

Art. 08 OBJETIVOS:

General:

El Reglamento Interno de la IEP “SAN BENITO DE

PALERMO” tiene por objetivo general Normar el

ordenamiento y organización interna, así como los

mecanismos de coordinación Interna y externa, al que se

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ciñen los integrantes de cada uno de sus órganos:

Personal Directivo, Jerárquico, de Asesoría, Docentes,

Administrativos, alumnos y padres de familia,

reconociéndoles sus derechos y obligaciones, así como la

especificación de los estímulos y sanciones.

Específicos:

Poner en conocimiento de todos los integrantes de

la comunidad educativa el presente Reglamento

Interno.

Establecer los estímulos y las sanciones

correspondientes al tipo de acciones o conductas

por el personal y/o, alumnos de la Institución.

Determinar los estamentos de Organización

interna dela Institución.

Reconocer las funciones, los Derechos y

obligaciones de cada miembro de la Institución.

Promover eventos de capacitación y desarrollo para

su personal docente y administrativo

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CAPITULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 09 DISEÑO ORGANIZACIONAL:

La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” tiene la siguiente estructura

orgánica:

a. Órgano de Dirección:

- Dirección

- Sub Dirección

b. Órgano de Asesoramiento:

- Coordinación Pedagógico.

- Departamento de Psicología

c. Órgano de Ejecución:

- Personal Docente de Educación Inicial, Primaria y Secundaria.

- Auxiliares de Educación e Instructor

d. Órgano de Apoyo Administrativo:

- Secretaría

- Equipo de economía: Tesorería y Contabilidad.

- Bibliotecaria

- Personal de Servicio

e. Órgano de Participación:

- Comités de Padres de Familia de cada aula.

La estructura que se establece en el artículo anterior responde a la naturaleza y

necesidades de la Institución: es flexible en tanto requieren el proceso de

desarrollo Técnico Pedagógico y Administrativo, adecuándose y ciñéndose a las

normas establecidas.

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IEP SAN BENITO DE PÁLERMO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N° 06

DIRECCIÓN

PSICOLOGÍA Y

COORDINACIÒN DE TUTORÍA

PERSONAL DOCENTE

EDUCACIÓN PRIMARIA

1° - 4° GRADO

PERSONAL DOCENTE

EDUCACIÓN INICIAL

PERSONAL DOCENTE

EDUCACIÓN

SECUNDARIA

COMITÉS DE AULA

PP FF

COORDINACIÓN

ÁREAS DE LETRAS

IE SAN BENITO DE PALERMO

DIRECCIÓN

SUB DIRECCIÓN

COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

COORDINACIÓN

NIVEL INICIAL

COORDINACIÓN

NIVEL PRIMARIA

1° - 4° GRADO

COORDINACIÓN

ÁREAS DE CIENCIAS

COORDINACIÓN

NIVEL PRIMARIA

5° - 6° GRADO

COORDINACIÓN

NIVEL SECUNDARIA

PERSONAL DOCENTE

EDUCACIÓN PRIMARIA

5° - 6° GRADO

APOYO

ADMINISTRATIVO

SECRETARÍA

TESORERÍA

BIBLIOTECARIA

PERSONAL DE

MANTENIMIENTO

COMITÉS DE APOYO

DOCENTES

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Art. 10 FUNCIONES GENERALES:

a) Propender a la formación y desarrollo integral del educando en Educación

Básica Regular para su integración a la sociedad y participar en su

desarrollo.

b) Brindar servicios educativos de óptima calidad y eficiencia.

c) Desarrollar acciones educativas en el marco de la Constitución Política del

Perú, sus leyes y reglamentos. Así como, adecuándose a las innovaciones

del Sector Educación.

d) Brindar una educación personalizada y liberadora que contribuya al

desarrollo socioeconómico y cultural del país, en función a las necesidades,

aspiraciones y potencialidades individuales y grupales, hacia la auto-

realización personal, familiar y social.

e) Promover el desarrollo de la identidad personal y cultural del educando, el

conocimiento y comprensión de su medio; la formación de actitudes y

comportamientos positivos, así como la práctica de valores.

f) Fortalecer la capacidad de autonomía y aptitudes para resolver problemas

de su medio.

g) Desarrollar acciones integrales de protección y conservación del medio

ambiente, concientizando el uso de las RRR (Reciclar, Reusar, Resumir).

h) Brindar servicios educativos de calidad en los niveles de Educación Inicial,

Primaria y Secundaria, asegurando el desarrollo armónico e integral,

individual y social de los educandos.

i) Conducir el desarrollo integral de los educandos, detectando, orientando y

brindando ayuda oportuna en los problemas de conducta y/o aprendizaje

que afectan o limiten su formación.

PER

PERSONAL DISCENTE

ESTUDIANTES NIVEL I-P-S

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j) Asegurar y garantizar un servicio educativo eficiente acorde con los fines

de la educación peruana y la Misión de la Institución.

k) Programar, implementar, desarrollar y evaluar acciones de defensa del

medio ambiente.

l) Contribuir a la integración y realización familiar, escolar y social de los

educandos.

m) Orientar, capacitar y asesorar a los padres de familia como entes que

contribuyan a la mejor formación de sus hijos.

n) Promover y canalizar la participación de los padres de familia y de

representantes de las Instituciones públicas y privadas de nuestro entorno

socio económico y geográfico, en la gestión educativa.

o) Promover el auto-control disciplinario de los educandos actuando con

libertad y responsabilidad.

p) Motivar y fortalecer la conciencia crítica y creativa del educando con el

propósito que logre ser el principal actor en su formación y auto-

realización personal, familiar y social en el marco de la Constitución y las

leyes.

q) Desarrollar la comprensión y práctica de los valores cívico – patrióticos,

éticos, morales, estéticos y religiosos.

r) Irradiar la acción educativa de la Institución a la Comunidad educativa y su

entorno socio -geográfico.

s) Fomentar actividades extra y co-curriculares mediante la organización y

desarrollo de Áreas Complementarias, talleres, clubes y otros, que

fortalezcan su formación académica y socio -emocional.

t) Brindar al educando las posibilidades de descubrir y desarrollar sus

potencialidades artísticas, físicas, intelectuales, académicas, deportivas y

recreativas.

13

u) Brindar una formación integral que permita a nuestros estudiantes

enfrentar los retos de su desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y

continuar aprendiendo a lo largo de toda su vida.

v) Planificar, implementar, ejecutar y evaluar un currículo por Competencias y

Capacidades, pertinente, flexible y diversificado que atienda las

necesidades y demandas de los estudiantes y su contexto. Capacitación y

actualización permanente del potencial humano de nuestra Institución.

Art. 11 FUNCIONES ESPECÍFICAS:

NIVEL DE EDUCACION INICIAL

a. Atender la educación de los niños de 03; 04 y 05 años de edad, sin

perjuicio de su condición social, económica, raza o credo, desarrollando el

Currículo Nacional, experimentalmente (RM N° 649-2016-ED) y el PCI,

PCA y sobre la base de un Perfil para cada edad, y a la Misión de la

Institución, en ambientes especiales, adecuados, autónomos y con el apoyo

de recursos materiales necesarios.

b. Promover el desarrollo integral del educando procurando su atención,

estimulación y aprestamiento de acuerdo a sus potencialidades con un

avance significativo en la lecto-escritura y matemática.

c. Contribuir al fortalecimiento e integración familiar y comunal, apoyándolos

para su participación efectiva en la educación de sus niños.

d. Prevenir, descubrir y brindar tratamiento oportuno a los niños con

problemas biológicos, psicológicos y sociales y académicos que perturben

su desarrollo.

e. Promover la toma de conciencia en defensa y protección del medio del

medio ambiente.

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f. Expresa con naturalidad y creativamente sus necesidades, ideas,

sentimientos, emociones y experiencias, en su lengua materna y haciendo

uso de diversos lenguajes y manifestaciones artísticas y Lúdicas.

NIVEL DE EDUCACIÓN PRIMARIA

a. Atender la educación de los niños a partir de los 06 años de edad y

egresados del Nivel de Educación Inicial y que estén capacitados e

inmersos en el III Ciclo de la Educación Básica Regular.

b. Proporcionarles las oportunidades educativas que faciliten su aprendizaje

para el dominio de las Competencias y Capacidades, Estándares de

aprendizaje y Desempeños, contextualizados, de las Áreas Curriculares y

Complementarias, de acuerdo al CN (R. M. N° 649-2016-ED), a través del

PCI, PCA de cada Grado y el Perfil del Educando del Nivel.

c. Desarrollar el Área de Computación como Taller Curricular.

d. Desarrollar programas específicos de Áreas Complementarias:

Razonamiento verbal, Razonamiento Matemático, Danzas, música tendiente

a la optimización de la calidad y eficiencia educativa, aplicando las horas de

libre disponibilidad.

e. Estimular la capacidad creativa, desarrollo vocacional, así como la

adquisición y práctica de hábitos, actitudes y habilidades de seguridad,

orden, higiene, urbanidad.

f. Contribuir con acciones concretas de DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE

a través de todas las acciones educativas, como ENFOQUE

TRANSVERSAL prioritario y permanente

g. Promover el conocimiento y práctica de valores cívico - patrióticos,

religiosos, éticos, estéticos y morales.

h. Lograr la formación integral del educando en cada Grado de Estudios, en un

ambiente que garantice la seguridad moral y física, altamente estimulativa.

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i. Desarrollar métodos y técnicas eminentemente activas que propendan al

desarrollo del pensamiento, la creatividad y la construcción del

aprendizaje, teniendo como eje y principal actor a los educandos.

j. Incentivar la comunicación asertiva para la resolución de problemas.

k. Evaluar en forma permanente el proceso de formación integral del educando

NIVEL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

a. Atender a los educandos egresados del Nivel de Educación Primaria

contribuyendo a su formación integral en un ambiente estimulativo y que

asegure su integridad física y moral.

b. Desarrollar el CN vigente, de manera experimental (RM 649-2016-ED) y

del PCI, PCA adecuados a la realidad de la Institución en base a diseños

curriculares que permitan a los alumnos la adquisición de habilidades,

conocimientos y actitudes en el campo científico y humanista, de acuerdo

al Perfil del Educando del Nivel y Perfil del Egreso.

c. Afianzar y profundizar los valores cívico-patrióticos, religiosos, éticos,

estéticos y morales que aseguren su desarrollo personal, familiar y social.

d. Ofrecer los servicios de orientación vocacional, desarrollando las

aptitudes, habilidades y destrezas de los educandos.

e. Utilizar métodos y técnicas activas; así como el uso de materiales

didácticos y bibliográficos que incentiven la investigación y creatividad, en

su formación personal, familiar y social.

f. Contribuir en acciones concretas de defensa del MEDIO AMBIENTE a

través de todas las acciones educativas, como TEMA TRANSVERSAL

permanente. Atender la educación a los púberes y adolescentes, cuyas

edades oscilan entre 11 y 17 años aproximadamente.

g. Desarrollar el uso de estrategias para estimular permanentemente sus

potencialidades cognitivas para que aprenda a pensar y así identificar su

propio estilo de aprendizaje.

16

CAPITULO IV: DE LA ORGANIZACIÓN

Art. 12 ACÁDÉMICA

PLANIFICACIÓN

a. El período de planificación se realiza antes del comienzo de las actividades

académicas y la revisión de los trabajos previos al inicio del año escolar

asesorados y evaluados por la Directora, Sub Directora y el Coordinador

Académico, según corresponda.

b. Los Planes de Trabajo Institucionales serán evaluados semestralmente

para ser informados a la superioridad y efectuar las acciones de

reprogramación.

c. La planificación curricular es de responsabilidad del Personal Docente, la

que se efectuará sobre la base de los Diseños Curriculares Vigentes, el

Perfil del Educando, el diagnóstico situacional y las necesidades e

intereses de los alumnos de cada Nivel, Grado de Estudios, Áreas de

Desarrollo, con el apoyo y asesoría del Coordinador Académico.

d. Elaboración del Anuario escolar.

e. Planificación y ejecución del proceso de matrícula.

f. Actividades de formación para el personal docente.

g. Revisar y actualizar los documentos normativos: Reglamento Interno, PEI,

PCI, PAT, Manual de Funciones, Directivas, etc.

h. Distribución de horas al personal docente.

17

i. Elaboración y revisión de los programas de las áreas pedagógicas.

j. Ambientación de las aulas.

k. Organización de la ceremonia de inauguración y clausura del año escolar.

l. Los Tutores planifican, organizan, coordinan y ejecutan su Plan de acción

de conformidad con la política general de la Institución.

m. El Departamento de Psicología formula el Plan de Tutoría anual.

n. Los servicios de Tutoría que ofrece al Plantel se refieren a la contribución

en la formación integral del educando, debiendo: Favorecer el cultivo de

los valores éticos, sociales, estéticos, cívicos, religioso y morales.

o. Inculcar actitudes Cívico-Patrióticas que refuercen la conciencia e

identidad nacional.

p. Desarrollar asuntos referidos a la salud física y mental, Personal Social,

Apoyo Académico, Orientación Vocacional, Ayuda comunitaria, Cultural.

q. Cultivar hábitos de trabajo, lealtad, lectura y otros que favorezcan el

mejor ordenamiento y realización personal, familiar y social.

r. Promover y desarrollar los servicios de atención en los problemas de

aprendizaje y conducta.

PROGRAMACIÓN:

a) Programar actividades de la Institución, expresándolas en el PAT, Anuario

escolar y Boletín mensual, además de actividades relevantes que programa

la Institución. Cada una de las actividades contempladas en el Calendario,

se realiza en concordancia con los principios axiológicos y pedagógicos del

Colegio.

b) Programación, desarrollo y evaluación de los objetivos y acciones básicas

de tutoría.

c) Programar, implementar, desarrollar y evaluar acciones de defensa del

18

medio ambiente.

d) La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” con el apoyo de los Comités de Aula

organizan actividades de recreación, bienestar, integración entre el

Personal Directivo, jerárquico, docente y administrativo, mediante eventos

culturales, académicos, deportivos, recreativos y sociales.

e) El Plantel organiza los Programas de Recuperación Académica durante el

año escolar y en el período vacacional; enero – febrero, para los alumnos

que registran bajo rendimiento académico.

f) La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” organiza talleres de proyección a la

comunidad, así como Actividades deportivas, recreativas, artísticas,

culturales para los educandos; así como la música, canto, danza y los

servicios de Biblioteca, Computación e informática, Tutoría, etc. en forma

individual y grupal de acuerdo a las necesidades e intereses de los alumnos.

CALENDARIZACIÓN

La Calendarización se formula cada año de estudios en base a la normatividad

vigente que fija las fechas de inicio y término del año escolar, así como las

festividades generales, comunales e institucionales. En todos los casos el mínimo

de semanas lectivas es de 40, así como el mínimo de horas en el año escolar para

cada nivel normado por la Directiva respectiva al 2020 y las vacaciones

consideradas en el presente Reglamento Interno.

PERIODO VACACIONALES:

DE LAS VACACIONES ESCOLARES Las vacaciones de los estudiantes se

desarrollan en los meses de enero y febrero, además de las vacaciones de una

semana que separan el primer y el segundo bimestre, así como el tercer y cuarto

bimestre; y las vacaciones de dos semanas que separan el segundo y tercer

bimestre. Durante este tiempo, el docente programa y prepara las actividades

pedagógicas, materiales, etc., según disponga la Dirección de la Institución y la

Entidad Promotora.

SUPERVISIÓN EDUCATIVA:

MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO

19

Las acciones de Monitoreo y acompañamiento educativo permite a la Directora,

Equipo de Gestión y Personal Jerárquico:

a) Evaluar, monitorear y orientar el trabajo pedagógico.

b) Apoyar el mejoramiento de la calidad de los procesos de gestión. Sus

funciones básicas son: Evaluar el trabajo pedagógico en el aula y orientar

al Docente en el mejoramiento de su práctica pedagógica.

c) Identificar las necesidades de capacitación Docente.

d) Hacer los reajustes oportunos y la retroalimentación del PEI.

e) Construir un clima organizacional fraterno y comprometido con los

objetivos institucionales.

f) El trabajo, su planificación, recojo de información, procesamiento y

retroalimentación se orientan ante todo a evitar mostrar errores y

deficiencia frente a los alumnos, haciendo participar en este esfuerzo al

colectivo pedagógico, liderado por la Directora en permanente diálogo y en

su ambiente de confianza y motivación.

g) Promover la autoestima personal y profesional como ayuda, en gran

medida, a superar errores y limitaciones en el trabajo docente educativo.

Los tiempos actuales de cambios permanentes nos obligan a hacer de la

capacitación y actualización actividades obligatorias, programándose para

el efecto, mensual o bimensualmente, jornadas pedagógicas

Art. 13 ADMINISTRATIVO:

RÉGIMEN INTERNO

FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

La organización del trabajo administrativo se realiza al inicio de cada año

académico, evaluando lo realizado el año anterior, básicamente referido a

la inversión, planificación, evaluación, además de:

20

a. Motivación, difusión, descripción, inscripción y matrícula.

b. Evaluación y Contratación del personal.

c. Formulación, discusión y aprobación de los Planes Institucionales:

PEI, PCI, PCA, PAT

d. Revisión y actualización del Reglamento Interno.

e. Actualización del diagnóstico.

f. Elaboración de la lista de cotejo y pruebas de entrada.

g. Capacitación y/ o actualización docente

h. Organización de la carpeta didáctica

i. Formulación de los documentos de planificación curricular

j. Ambientación del local escolar y de las aulas.

La evaluación de los trabajos previos al inicio del año escolar será

asesorada y evaluada por la Directora, Sub Directora y el Coordinador

Académico, según corresponda.

Los Planes de Trabajo Institucionales serán evaluados semestralmente

para ser informados a la superioridad y efectuar las acciones de

reprogramación.

La planificación curricular es de responsabilidad del Personal Docente, la

que se efectuará sobre la base del Currículo Nacional Vigente, el Perfil del

Educando, el diagnóstico situacional y las necesidades e intereses de los

alumnos de cada Nivel, Grado de Estudios, Áreas Curriculares con el apoyo

y asesoría del Coordinador Académico.

La administración general del Plantel está a cargo y es de responsabilidad

de la Directora cuyas funciones las ejerce con el desempeño del órgano de

ejecución y de apoyo administrativo.

El local escolar es de uso exclusivo de la IEP “SAN BENITO DE

PALERMO”, el local principal, para Educación Primaria y Secundaria y los

anexos para Educación Inicial. Sus ambientes, equipamiento y mobiliario se

racionalizan para los tres niveles de acuerdo a la cantidad de alumnos

matriculados en cada caso.

21

La Promotoría mantiene y renueva permanentemente la infraestructura,

mobiliario y equipamiento, asimismo, selecciona y contrata al Personal

Docente idóneo y especializado para cada nivel, grado y área curricular.

La acción de trabajo administrativo se organiza en:

a. Acciones de Dirección.

b. De secretaría

c. Trámite documentario y archivo.

d. Comunicación e información.

e. Economía, tesorería y contabilidad.

f. Mantenimiento y seguridad.

g. Abastecimiento y almacén.

h. Adquisiciones.

i. Distribución, racionalización y logística.

j. Calendarización.

k. Actas y certificados.

l. Convenios y otros.

La documentación de flujo interno y externo se registra en el libro de

trámite documentario, que considera el tipo de documento, fecha, asuntos,

derivación y seguimiento.

El archivo documentario se clasifica según su categoría y función:

a. Documentos de ingreso

b. Documentos de egreso

c. Documentos técnicos

d. Documentos legales

e. Documentos de matrícula: Fichas, nóminas.

f. Documentos de evaluación: Actas, certificados

g. Libros: reclamos, actas, visitas, inventario, asistencia, caja.

La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” funciona en el local indicando en la

Introducción del presente Reglamento Interno, de lunes a viernes en el

horario de 7:30 a 16:00 horas.

La finalidad y objetivos de la IEP “SAN BENITO DE PALERMO” son

eminentemente Educativos y culturales, especificados en el presente

Reglamento Interno

La LÍNEA DE AUTORIDAD está determina en el artículo N° 09 del

presente Reglamento Interno en forma vertical y las de COORDINACIÓN

22

Y ASESORAMIENTO en forma horizontal. La autoridad máxima es la

Directora en los aspectos administrativos y Técnico-Pedagógicos

dependiendo de la Promotoría en los asuntos señalados en el convenio

laboral respectivo.

La Dirección recibe el asesoramiento y apoyo de la Sub Directora, del

Coordinador Pedagógico y de la Psicóloga tomando las decisiones que

corresponda a sus funciones, pudiendo delegar algunas tareas o

responsabilidades al personal magisterial siguiendo la Línea de Autoridad.

El inicio y finalización del año escolar son programados de acuerdo a la

normatividad especificada en la Directiva de Funcionamiento del año

escolar 2020.

La Promotoría proporciona un ambiente adecuado para el trabajo

Institucional en todos los aspectos de acuerdo al requerimiento

establecido por el Personal Directivo.

Acciones de Dirección coadyuvan a la intención de servicios de la

Promotoría. Elabora su Cuadro de requerimientos y Plan general de

trabajo.

La documentación de flujo interno y externo es registrada por Secretaría.

El archivo documentario debidamente clasificado es el patrimonio

Institucional, al servicio de los diferentes agentes educativos en lo que les

corresponda.

RÉGIMEN ECONÓMICO

ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS, INGRESOS PROPIOS

Constituyen ingresos propios del Colegio los pagos que efectúan los padres

de familia por concepto de Pensiones de Enseñanza, determinando

anualmente por la Promotoría, las que se efectúan por meses adelantados;

igualmente por conceptos de derecho de matrícula, donaciones e

inversiones en concordancia con el artículo 16 de la Ley 26549 y artículo

20 del D.S. N° 01-96-ED.

23

La Promotoría, con opinión de la comisión de estímulos, como una acción de

apoyo a los educandos, concede becas, de acuerdo con el reglamento

específico que se formule.

La Directora es la principal responsable de la administración de los

recursos económicos y materiales.

La recaudación se efectúa de acuerdo a las normas de trabajo

administrativo y al control económico estipulado en el presente

Reglamento Interno.

DE LA MATRICULA

Se inicia el 01 de enero del 2020 y culmina el 31 del mismo mes.

No habrá matrícula extemporánea (al no realizar la matrícula en las fechas

indicadas perderán automáticamente la vacante y el colegio podrá disponer

de ella)

El derecho de matrícula es obligatorio y es cancelado al momento de

matricular a su menor hija(a).

No podrán matricularse los alumnos que tengan deuda pendiente por

concepto de pensiones del año 2019.

DE LAS PENSIONES

Las pensiones de marzo a diciembre podrán ser canceladas hasta el último

día útil de cada mes.

Los atrasos en el pago de pensiones obligan al colegio a sobregiros para

poder cumplir con los compromisos, por ello, pedimos a los padres de

familia, PUNTUALIDAD en el cumplimiento de sus obligaciones.

El incumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza dará lugar a un

interés moratorio establecido por el Banco Central de Reservas (estimado

a la fecha de 5.40 % anual con un factor diario de 0.015). Por ello, solo el

pago oportuno y puntual de las pensiones evita el pago de la mora señalada.

Para comodidad del padre de familia estas pensiones podrán ser

depositadas en las cuentas que tiene la Institución en los bancos : BBVA

24

Banco continental y BCP Banco de Crédito del Perú. Los números de

cuentas serán brindadas en la secretaría del colegio al momento de la

matrícula. Los respectivos vouchers de pago deberán ser enviados al

correo electrónico [email protected]

No se entregarán certificados de estudios de los periodos no cancelados,

sin embargo, los padres de familia a su solicitud serán informados

verbalmente de los resultados de las evaluaciones finales.

CONCEPTO NIVEL

INICIAL

NIVEL

PRIMARIA

NIVEL

SECUNDARIA

MATRICULA S/300.00 S/350.00 S/350.00

PENSIONES DE

MARZO A

DICIEMBRE

S/320.00 S/350.00 S/380.00

25

RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES

Los contratos de trabajo del personal rigen de marzo a diciembre,

renovándose por períodos similares a conveniencia de ambas partes.

La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” cuenta con el Escalafón como

sistema de información y evaluación del personal que registra la

Información Básica del Trabajador y las consideraciones necesarias para

la aplicación de los estímulos y sanciones. El Escalafón utiliza los siguientes

documentos.

a. Ficha de registro del Trabajador con sus datos personales.

b. Hoja Anual de Evaluación con las anotaciones de su desempeño

laboral.

Los trabajadores docentes y no docentes proporcionarán a la Dirección del

Plantel su Currículo Vitae documentado con una declaración jurada sobre la

autenticidad y veracidad de los documentos e informaciones, con carácter

reservado, para la elaboración de su Ficha de registro.

La Evaluación del Personal es permanente., normado en el presente

Reglamento Interno

la Dirección del Plantel elaborará y enviará a la UGEL N° 06 el Cuadro del

Personal (CAP) actualizados anualmente para los efectos legales y

administrativos correspondientes.

26

CAPÍTULO V

DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, REPITENCIA

Y CERTIFICACIÓN.

Art. 14 MATRÍCULA (Proceso).

* El acto de matrícula es un proceso por el cual la familia se integra formalmente

a la Comunidad Palermina, incorporando a su hijo(a) en el grado de estudios que le

corresponde. A partir de ese momento, conlleva a la aceptación de los fines y

reglamento del colegio por parte de loa Padres de Familia.

* La matrícula de los educandos o ratificación de la misma se efectúa con la

presencia física del Padre de Familia o apoderado; se registra en la Fichas de

Matrícula y en el SIAGE, que son base para la elaboración de las Nóminas de

Matrícula por secciones, las que se informa a la UGEL No. O6, con aprobación de

la Dirección del Plantel, mediante Resolución Directoral.

*El proceso de matrícula y ratificación de la matrícula se efectúa en los meses

de enero y febrero, pudiendo prolongarse al mes de marzo si los requerimientos

de oferta y demanda así lo exijan.

* Durante el proceso de Matrícula, la Institución brinda en forma escrita, veraz

y apropiada, la información sobre las condiciones económicas a las que se

ajustará la prestación del servicio.

* Previa solicitud del Padre o apoderado se autorizará el traslado de matrícula,

garantizándose la continuidad de la escolaridad de los alumnos, entregándose al

alumno la Ficha de Matrícula y demás documentos debidamente actualizados y

refrendados por la Directora, mediante el SIAGE.

* Los datos de la Ficha de Matrícula y/o Ficha Integral, así como los resultados

cualitativos de la evaluación extraída de los registros respectivos servirán como

27

fuentes de información para el progresivo desarrollo de las acciones educativas y

para los Padres de Familia.

* Para efectivizar la matrícula o ratificación de la misma será necesaria:

a) Realización de los pagos por Derecho de Matrícula y Pensiones de Enseñanza

correspondientes, comprometiéndose a los pagos futuros con puntualidad.

b) Presentación del Certificado de Estudio y/o Libreta Escolar del año anterior.

c) Presentación del DNI, Certificado de salud y fotografías.

d) Presentación de una constancia de conducta, si procede de otra Institución

Educativa,

e) Presentación de un informe psicológico, si procede de otra Institución

Educativa,

Art. 15 EVALUACIÓN (Etapas).

* La Evaluación de los Aprendizajes es un proceso, mediante el cual se observa,

recoge y analiza la información relevante respecto del proceso de aprendizaje de

los estudiantes, con la finalidad de reflexionar, emitir juicios de valor y tomar

decisiones pertinentes y oportunas para optimizarlo.

* La evaluación del educando es permanente, justa, democrática, flexible,

integral, coherente, diversificada, continua, planificada, participativa y científica

porque sirve de motivación con tendencia a la perfección del alumno.

* Se llevará un historial de la conducta del estudiante desde su ingreso al nivel

de Educación Inicial, el mismo que irá incrementándose a medida que se

promocione a Primaria y Secundaria

* El alumno(a) que falte a cualquier evaluación realizada durante el horario

escolar deberá justificar su inasistencia con su Tutor(a) y el profesor del Área,

para poder ser evaluado(a). En casos de exámenes bimestrales la justificación se

hará personalmente por el padre, madre o tutor.

* Al término de cada bimestre, los alumnos de Primaria y Secundaria que estén

desaprobados(as) en más de tres áreas o con problemas de comportamiento

28

recibirán una citación del Coordinador, Tutor y del Psicólogo para una entrevista

con sus padres.

* Los documentos que utiliza el Personal docente en el proceso de evaluación son

los siguientes:

- Matrices de Evaluación

- Registro de Evaluación: Auxiliar y Oficial

- Registro Anecdótico y/o de avance curricular

- Registro de Evaluación de Comportamiento.

- Libreta Escolar

- Actas de Evaluación

* La evaluación del comportamiento es cualitativa (AD, A, B, C) en Educación

Inicial, Primaria y Secundaria, pudiéndose condicionar la matrícula a los alumnos

que obtengan apreciaciones inferiores con “C”.

Art. 16 PROMOCIÓN:

EN EL NIVEL PRIMARIO:

a) Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma

automática.

b) Los estudiantes de 2do., 3ro. y 4to. Grados son promovidos cuando obtienen

como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación y Matemática; y, como

mínimo “B”, en las demás áreas y talleres curriculares. Con situaciones

diferentes pasan al periodo de Recuperación.

c) Los estudiantes de 5to. y 6to. Grados son promovidos si obtienen como mínimo

“A” en las áreas curriculares de Comunicación, Matemática, Personal Social y

Ciencia y Tecnología y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares.

Con situaciones diferentes pasan al periodo de Recuperación.

29

d) Repiten el Grado al obtener C en las áreas Curriculares de Matemática y

Comunicación.

EN EL NIVEL SECUNDARIO:

Al término del año escolar los alumnos son promovidos al obtener nota

aprobatoria en todas las Áreas Curriculares. Pasan a Recuperación con 1, 2 ó 3

Áreas Curriculares desaprobadas, incluyendo las de Cargo. Al término del período

de recuperación para ser promovidos al Grado inmediato superior deberán

aprobar todas las áreas desaprobadas. Con un área desaprobada será promovido

debiendo levar ésta en la condición de Área a Cargo en el siguiente año escolar.

REPITENCIA.

Cuando el término del Año Escolar desaprueba cuatro o más áreas curriculares,

incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre

disponibilidad, o las de Cargo. Cuando el término del Programa de recuperación

Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban más de un área

curricular, incluida el área de subsanación

Art. 17 CERTIFICACIÓN.

* La Directora es la responsable de extender oficial y oportunamente, la

certificación correspondiente que acredite los resultados de la Evaluación Anual

de los estudiantes de Educación Inicial, Primaria y Secundaria.

* El colegio otorgará certificaciones a los alumnos en cualquier nivel u grado para

realizar trámites que exijan este requisito (viajes al extranjero, becas, traslado

de matrícula u otro).

* Al finalizar 5to. de Secundaria la Institución emitirá el Certificado de Estudios

de los cinco grados de secundaria, así como el certificado de comportamiento.

30

* La Institución a través de sus convenios para la enseñanza del idioma inglés y

Computación, otorgará diplomas emitidos por las Instituciones Nacionales e

Internacionales a los alumnos que aprueben satisfactoriamente los exámenes.

* Los alumnos tienen derecho a solicitar los certificados oficiales de estudios

realizados en la Institución, abonando los derechos correspondientes.

CAPÍTULO VI

DEL RÉGIMEN ESCALAFONARIO

Art. 17 Organización del escalafón docente, administrativo.

La I.E.P.” SAN BENITO DE PALERMO” cuenta con el Escalafón como sistema de

información y evaluación del personal.

a) Ficha de registro del trabajador con sus datos personales.

b) Hoja Anual de Evaluación con las anotaciones de su desempeño laboral.

Art. 18 Su uso y obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran

en la Institución Educativa.

Los trabajadores docentes y no docentes proporcionan a la Dirección del Plantel

su Currículo Vitae actualizándose permanentemente.

LA EVALUACIÓN DEL PERSONAL:

Considera los siguientes criterios:

a) Antecedentes Profesionales.

- Formación profesional

- Estudios de perfeccionamiento, capacitación, actualización.

– Tiempo de Servicio

- Cargos desempeñados.

b) Desempeño Laboral:

- Grado de eficiencia en el trabajo

31

- Asistencia y puntualidad

- Comisiones desempeñadas

c) Méritos:

- Distinciones: Resoluciones, Diplomas, Oficios

- Producción: libros, separatas, artículos

d) Deméritos:

- Amonestaciones

- Sanciones efectivizadas

CAPÍTULO VII

DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTIMULOS Y

SANCIONES DEL PERSONAL

Art. 19. DERECHOS DEL PERSONAL DIRECTIVO.

1. El Director es la primera autoridad del Plantel y el supervisor nato del

mismo.

2. El personal directivo tiene el derecho a disfrutar de un ambiente

de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo

de sus labores.

3. El personal directivo tiene el derecho de recibir un trato justo y de

respeto a su dignidad y condición humana por parte de todas las personas

que conforman la comunidad educativa (alumnos, docentes, administrativos,

obreros, supervisores, padres o representantes).

4. El personal directivo representa a la Institución

en todos los actos públicos y privados.

Art. 20 DERECHOS DEL PERSONAL JERÁRQUICO

1. Recibir la capacitación, asesoría y orientación sobre administración

educativa, financiera, académica por parte de la Institución Educativa.

32

2. Participar en eventos como: Foros, seminarios, talleres y demás

actividades que la Secretaría de Educación y otros del sector educativo

programen a nivel municipal y/o departamental.

3. A ser respetados ante sus decisiones y determinaciones, cuando ellas

han sido tomadas sin violación a normas vigentes y para un beneficio de la

comunidad educativa.

4. A recibir respeto por parte de estudiantes, docentes, padres de familia y

demás personas adscritas a la educación.

5. Percibir la remuneración económica por sus servicios de acuerdo a la alta

función del cargo de los mismos

Art.21 DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE

1. Ser contratados por escrito y estar amparados por el régimen laboral de

la actividad privada.

2. Percibir las remuneraciones y demás beneficios de acuerdo a Ley.

3. Participar activamente en las acciones que se prevén en los documentos de

planificación.

4. Percibir una remuneración justa acorde con su elevada misión y su

condición de profesional, mejorable de acuerdo a sus calificaciones,

acreditación y eficiencia en la Institución Educativa.

5. Poder realizar sus funciones en forma creativa e innovadora dentro del

marco de la organización institucional.

6. Conocer el Reglamento Interno vigente en su totalidad, al inicio del año

escolar.

7. Se respete el horario de atención a padres de familia, no permitiéndose

que se les interrumpe en sus horarios de clases.

33

8. Ser capacitado y actualizado mediante los programas de capacitación que

organiza el Ministerio de Educación y los que ofrece el Colegio.

9. Ser informado periódicamente del estado de la evaluación que la Dirección

efectúa en forma permanente por intermedio de la Coordinación

Académica y Sub Dirección.

10. Respeto a los procedimientos legales y/o administrativos en la aplicación

de sanciones.

11. Reconocimiento por Oficio, en mérito a su tiempo de servicios.

Art. 22 DERECHOS DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN E

INSTRUCTOR:

1. Gozar de los beneficios de la estabilidad laboral, de acuerdo a los

dispositivos legales vigentes.

2. Ser considerado en la carrera docente, en el grupo remunerativo

correspondiente en el marco de la Ley del Profesorado.

3. Ser capacitado y actualizado a cargo del Ministerio de Educación Pública,

quien programa acciones para tal efecto.

4. Gozar de los derechos pertinentes establecidos en la Constitución Política

del Perú

5. Percibir la remuneración económica de acuerdo a sus funciones y contrato

de trabajo.

Art.23 DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

1. A ser respetados por todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

2. Al debido proceso y a la defensa especialmente en los casos de tipo

sancionatorios.

34

3. A ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por los

directivos y docentes.

4. A dirigir peticiones a las autoridades del plantel.

5. A opinar libremente sobre asuntos de la vida del plantel en que tenga

interés.

6. A defender los derechos, garantías e intereses de los alumnos(as).

7. Percibir la remuneración económica de acuerdo a sus funciones y contrato

de trabajo.

Art. 24 DEBERES DEL PERSONAL DIRECTIVO.

1. Planificar, organizar, administrar, dirigir y controlar todo lo

concerniente a la estructura organizativa

de la institución conforme a los lineamientos y

políticas educativas impartidas por el Ministerio de Educación.

2. Crear espacios propicios para discutir construir y evaluar el Reglamento

Interno Escolar, con todos los actores de la comunidad educativa.

3. Definir las normas de convivencia escolar conjuntamente con el resto de

los actores de la comunidad educativa y supervisores.

4. La Directora tienen la autonomía necesaria para cumplir y hacer cumplir el

Reglamento Interno a todas las personas que conforman la comunidad

educativa (alumnos, docentes, administrativos, Coordinadores,

padres representantes o responsables)

5. A la Directora le corresponde cumplir y hacer cumplir el ordenamiento

jurídico aplicable en el sector educativo.

35

6. La Directora tiene el deber de impartir las directrices y orientaciones

pedagógicas administrativas y disciplinarias dictadas por el Ministerio de

Educación.

7. Promover la práctica para el aprendizaje, sustentando en los principios

y valores de la participación ciudadana.

8. Promover espacios para la consulta y creación de proyectos educativos, con

la finalidad de lograr el equilibrio de la convivencia escolar y otros

proyectos en el ámbito cultural, ambiental y de deporte desde la escuela.

9. Coordinar con todo el personal la integración Institución – comunidad.

10. Convocar a toda la personal vez a los Docentes a objeto de asesorarlo en

el cumplimiento de sus funciones y reflexionar sobre la situación educativa

de la Institución.

Art. 25 DEBERES DEL PERSONAL JERÁRQUICO

1. Propiciar un ambiente armónico de integración social entre todos los

estamentos de la comunidad educativa y sociedad en general.

2. Ofrecer un trato humano, cortés y de amistad al personal a su dirección.

3. Brindar orientación y asesoría a docentes, estudiantes, padres de familia

y demás personal de la institución.

4. Mostrar un comportamiento ejemplar el cual puede ser tomado e imitado

por los demás miembros de la comunidad.

5. Dar información oportuna de las diferentes modificaciones e innovaciones

que el Proyecto Educativo Institucional contempla.

6. Colaborar con la solución de los problemas de educandos, docentes y

demás personal en la medida que la circunstancia lo ameriten.

7. Ofrecer solidaridad, motivación y ayuda a cualquier persona dependiente

de la institución en momento de dificultad.

36

8. Propender por el fomento de valores, hábitos y aptitudes en educadores y

educandos.

9. Cumplir su jornada con puntualidad, estando dispuesto al diálogo.

10. Buscar alternativas de solución ante los conflictos que se presenten en la

comunidad educativa.

11. Hacer acuerdos internos de tal manera que hablen el mismo idioma.

12. Participar en todos los eventos programados por la institución y demás

entes.

13. Abstenerse de solicitar préstamo de dinero a los estudiantes, la venta de

productos dentro de la institución y la obtención de cualquier otro servicio

personal.

14. Evitar solicitar a los estudiantes y al personal del plantel la prestación de

servicios personales.

15. Participar con los demás profesores que orienten clase en cada grado para

originar la calificación de comportamiento.

16. Propiciar una convivencia sana para evitar el chisme, la calumnia, la mentira

y el engaño como medio para salir justificado en situaciones personales.

17. Actuar de manera imparcial en el trato con cada uno de los estamentos que

representan a la comunidad educativa.

Además, el responsable del Departamento de Psicología se encarga de:

18. Formula el plan de Trabajo del servicio Psicológico y presenta a la

Dirección, todo ello de acuerdo a los días de atención que labora en la

institución educativa.

19. Conocer el perfil psicológico de los alumnos de los diferentes niveles

educativos (Inicial, Primaria y Secundaria) tanto al inicio como en el

transcurso del año escolar.

37

20. Participar en la solución de problemas que se presentan en una sección:

problemas de conducta, adaptación e integración a los grupos, aprendizaje,

maduración, matriz, etc.

21. Mantener continua comunicación con los docentes y padres de familia para

solucionar problemas.

22. Promover estilos de vida saludables entre las familias del alumnado,

mediante las Escuelas para padres por niveles de acuerdo a la problemática

que se suscite en el nivel.

23. Difundir entre el Personal docente lo relativo a las características

evolutivas del alumnado.

24. Actuar coordinadamente con el Director y los docentes en la evaluación de

nuevas pautas y métodos educativos y en la valoración psicológica de

ciertos recursos didácticos.

25. Aplicar técnicas de dinámica de grupo entre el personal del Centro

Educativo Inicial.

26. Identificar alumnos con dificultades en salud mental que limiten el

aprendizaje y socialización en el contexto escolar.

27. Concientizar a los padres o apoderados de los alumnos sobre la importancia

de la salud mental de su menor hijo(a) para que brinden el apoyo adecuada,

según las necesidades educativas que presenten.

28. Realizar talleres grupales sobre temas de interés con alumnos cuyas

secciones lo requieran y soliciten por medio del tutor de aula.

29. Liderar la adecuación metodológica en casos de alumnos con problemas de

desarrollo o de aprendizaje que lo requieran.

30. Direccionar el apoyo profesional externo que los estudiantes requieran

según las necesidades educativas que presenten.

38

31. Capacitar a los docentes sobre problemáticas actuales en el contexto

escolar que favorezcan el manejo de aula y la optimización del rendimiento

académico de los alumnos.

32. Diseñar, asesorar y aplicar programas de modificación de conducta.

33. Llevar el registro de casos atendidos e informar periódicamente a la

dirección la labor cumplida.

34. Realizar el seguimiento terapéutico externo de los alumnos detectados,

que presenten dificultades psicológicas, mediante la comunicación con el

terapeuta externo y la ficha de seguimiento psicopedagógico, con el

objetivo de reforzar conductualmente los progresos del (la) menor tanto

en su tratamiento externo como en la institución educativa.

35. Formar parte del comité de Disciplina para proponer correctivos

necesarios en casos de situaciones complejas de los alumnos.

36. Y otros que le asigne la Directora.

Art. 26 DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE

El Personal Docente (profesores de aula y por horas) tiene los siguientes

deberes durante su desempeño en la Institución Educativa:

a) Planificación, ejecución y evaluación del currículo en los niveles y grados que

les corresponda.

b) Elaboración y utilización del material educativo.

c) Conducción del proceso de aprendizaje y evaluación, desarrollando el CN

aprobado por la RM N° 649 – 2016 - ED y el logro de Competencias,

Capacidades, Estándares de aprendizaje, Desempeños y/ o Contenidos

Curriculares con dignidad, eficiencia y responsabilidad; en el marco de la

MISIÓN de la Institución Educativa.

d) Acompañar, orientar y guiar el trabajo y la búsqueda de conocimiento del

estudiante.

39

e) Promueve el desarrollo integral y el mejoramiento continuo del estudiante.

f) Dirige, da sentido y fortalece el esfuerzo de sus alumnos. Apoyando el

esfuerzo del estudiante.

g) Diseña escenarios, procesos y experiencias de aprendizaje significativo y

relevante.

h) Preparar a los estudiantes para que se adapten a la cultura vigente y,

especialmente, prepararlos para el futuro.

i) Orienta el auto aprendizaje de los estudiantes, creando un ambiente propicio

para el aprendizaje individual y colectivo.

j) Incentiva al alumno a descubrir los diversos motivos que lo animen para ser

constante, persistente y responsable en sus estudios y trabajos.

k) Participación en la formulación de los documentos y planes institucionales.

l) Formulación, ejecución y evaluación del Plan de Aula y tutoría de las

secciones a su cargo con criterios de mejoramiento en calidad y eficiencia.

m) Elaboración y formulación en su debida oportunidad de la documentación

técnico pedagógica y administrativa de su responsabilidad, presentándola en

los plazos previstos a la Coordinación Académica y/ o a la Dirección para su

respectiva visación.

n) Cumplir con el Reglamento Interno de la IE.

o) Desempeño de su trabajo con responsabilidad, dignidad, esmero, cuidando la

ética profesional e identificación con la Institución.

p) Cumplir con la jornada laboral que se estipula en su correspondiente contrato

de Trabajo. salvo que cumpla actividades curriculares fuera de él y/ o cuente

con la autorización respectiva.

q) Atención a los padres de familia en el horario establecido brindándoles

información sobre los logros de aprendizaje de sus hijos, dificultades y

40

problemas; estableciendo procedimientos y acciones conjuntas para elevar el

nivel académico.

r) Buscar nuevas metodologías, información y recursos para su propia formación

y la del alumnado.

s) Detección de los problemas y desajustes que se presentan en la formación

integral de sus alumnos informando y/o derivando los casos especiales a las

instancias correspondientes del colegio.

t) Control de la Agenda Escolar, verificando la anotación de las tareas y

mensajes a los padres de familia.( Labor específica de los Tutores y

Coordinadores de Nivel )

u) Mantener el aula y la pizarra limpias. No iniciando su labor docente hasta que

el salón esté en condiciones adecuadas de higiene y orden.

v) Promoción de actividades y proyectos de innovación pedagógica o

administrativa en el marco de la Misión de la Institución.

w) Manejo y conocimiento de las tics y aplicarlo en su desarrollo didáctico.

x) Trabajar el uso de las RRR constantemente.

Art. 27 DE LAS FUNCIONES DE LOS TUTORES

Sobre la definición de tutoría:

1) La atención tutorial tiene por finalidad brindar un acompañamiento

efectivo a los estudiantes de la institución educativa, para

contribuir con su desarrollo integral en las dimensiones: personal, de

los aprendizajes y social comunitario, mediante la implementación de

acciones planificadas de prevención y orientación acerca de diversos

problemas asociados, sobre todo, al bajo rendimiento y aspectos

socioemocionales del alumno.

2) Las funciones de los tutores son las siguientes:

2.1. Establecer mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar,

sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento, la intimidación

cualquier acto considerado como acoso entre los alumnos en

coordinación con el Comité de disciplina.

41

2.2. Programar actividades / sesiones de aprendizaje que

contribuyan al desarrollo de las dimensiones: personal, social y de

los aprendizajes de acuerdo a la problemática del grupo.

2.3. Promover la expresión de pensamientos, emociones y

sentimientos por medio del diálogo abierto y democrático.

2.4. Generar espacios para la reflexión crítica de los estudiantes

con relación a sus necesidades, intereses y expectativas.

2.5. Desarrollar en los estudiantes el interés por el otro, la

solidaridad en el grupo, el trabajo colaborativo, así como conductas

éticas y morales.

2.6. Coordinar actividades con el psicólogo de la institución para

orientar el desarrollo psicosexual de los alumnos de manera

permanente.

2.7Fortalecer habilidades sociales como: saber comunicar, saber

persuadir, negociar, dirigir, resolver conflictos, conseguir

cooperación, trabajar en equipo, asimismo destrezas emocionales

como la automotivación, la autorregulación y la conciencia emocional.

2.8. Elaborar un plan anual de actividades de tutoría al comienzo del

año, que constituirá un documento flexible y abierto, que puede ser

reajustado de acuerdo a las necesidades, problemáticas,

características, intereses y preocupaciones de los estudiantes que

se presente durante el año escolar.

2.9. Informar periódicamente el avance académico y desarrollo

social del alumno (a) al padre de familia.

2.10. Propiciar una entrevista personal con cada uno los padres de

familia de su tutoría.

2.11 Mantener un historial académico y conductual de cada alumno

de su tutoría, el cual debe ser actualizado permanentemente e

informar a los docentes sobre los problemas que presenta el alumno

(a) para un respectivo apoyo o asesoría.

2.12 Establecer mecanismos de comunicación vía wasap con la

delegada de aula, y esta a su vez con los padres de familia.

Art. 28 DEBERES DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN e INSTRUCTOR:

1. Elaborar un Plan Anual de Trabajo tomando en cuenta los lineamientos de

planificación, programación, supervisión y evaluación, abarcando aspectos

técnico pedagógicos, administrativos y otros que correspondan al nivel.

42

2. Coordinar con la Dirección, Subdirección de Educación Inicial, Primaria y

Secundaria, Subdirección de Actividades Educativas, Subdirección

Académica y de Investigación, Coordinadores de cada nivel y

Coordinadores de Áreas Académicas del Plan de Trabajo, para el avance y

logro de los objetivos generales.

3. Planificar, coordinar, ejecutar, evaluar e informar las acciones de apoyo

técnico pedagógico relacionadas a actividades conductuales. Respetar los

derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia.

4. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el

horario de trabajo.

5. Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los

miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional.

6. Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución

educativa a su cargo.

7. Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la

práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la

solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y

democracia.

8. Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de

la Institución Educativa. Además, el Instructor se encarga de:

9. Velar por el mantenimiento del orden disciplinario en todo el colegio, y de

ser el caso, aplicar técnicas correctivas adecuadas que no dañen la

integridad física. moral y psicológica del educando.

10. Dirigir y controlar el ingreso, salida y formación del alumnado en todas las

actividades del colegio.

11. Exigir al alumnado aseo, puntualidad, así como el correcto y adecuado uso

del uniforme escolar y exigir respeto a los distintivos patrios y del colegio.

12. Atender problemas de interrelación que surjan entre los estudiantes.

13. Vigilar que los alumnos no deambulen por el local del Colegio durante las

horas de clase y después de ellas que no cuenten con la autorización de sus

padres o profesores responsables de los talleres.

43

14. Absolver las consultas de los alumnos y padres de familia en forma

oportuna y con carácter formativo.

15. Detectar y realizar acciones de consejería en los casos de indisciplina y

mal comportamiento para su respectivo tratamiento y/o sanción.

16. Entregar oportunamente las Subdirecciones y/o Tutores, los partes

mensuales de asistencia, inasistencia, tardanza y justificaciones de los

alumnos.

17. Vigilar permanentemente a los alumnos durante las horas de recreo y

formaciones.

18. Presentar un informe oportuno a las Subdirecciones respectivas y Tutores

sobre aquellos alumnos que reincidan en inasistencias y tardanzas.

19. Convocar a reuniones a los Tutores de los Nivel correspondientes, para

tomar acuerdos en el mejoramiento conductual. Conducir las formaciones

de los alumnos: Secundaria e Inicial (lunes); Primaria alta (miércoles);

Primaria baja (viernes) además otras, que le asigne la Dirección.

Art. 29 DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

1. Cumplir puntualmente con su horario de trabajo para garantizar el

desarrollo de las actividades escolares.

2. Mantener relaciones de respeto, consideración y buen trato con todos los

miembros de la comunidad educativa.

3. Cumplir a cabalidad con las tareas o actividades asignadas, para

lograr optimizar los procesos tanto administrativos como de labores

diarias en el aseo y pulcritud de la institución.

4. Velar porque los bienes de la institución no se extravíen y no salgan del

mismo sin la autorización del personal directivo.

5. Los miembros del personal administrativo y obrero deberán cumplir con lo

establecido en el Reglamento Interno Escolar.

Art. 30 DE LAS FALTAS QUE AMERITAN SANCIÓN AL PERSONAL

DOCENTE:

a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de

trabajo. (Ej: venta de productos)

44

b) Realizar actividades políticas partidaria durante el cumplimiento de las

labores.

c) Promover, asesorar y/o participar directa o indirectamente en actividades

pro fondos de beneficio personal utilizando a los alumnos y/o padres de la

IEP.

d) Promover discordias, conflictos, con sus compañeros de trabajo, personal

del colegio, alumnos y padres de Familia.

e) Ausentarse de la IEP sin aviso y autorización de la Dirección, en el horario

de trabajo.

f) Censurar las órdenes y/o disposiciones de la Directora General.

g) Hacer publicaciones o declaraciones que dañen el prestigio de la

institución.

h) Brindar clases particulares a los alumnos a su cargo fuera del horario de

trabajo.

i) Hacer uso del celular en horas de clase.

j) Asistir con vestuario informal durante los días de clase.

k) Imponer castigo corporal, moral y/o psicológico.

l) Utilizar a los alumnos para servicios personales.

m) Dedicarse a vender tarjetas de parrilladas u otros enseres a los

profesores, alumnos y Padres de familia.

n) Solicitar cuotas de dinero a los alumnos y/o padres de Familia sin la

autorización de la Directora.

o) Fomentar actividades de divisionismo, rencor, difamación e informalidad.

p) Beneficiar con notas a los alumnos a cambio de favores económicos y otros.

q) Mostrar conductas de excesiva confianza con alumnos y/o padres de

familia de la institución que puedan generar opiniones negativas hacia la

institución en los miembros de la comunidad educativa (llamarse por

apodos, juegos de manos, no aplicar el reglamento interno para todos los

alumnos por igual, brindar beneficios especiales a ciertos padres de familia

sin autorización de la autoridad del colegio).

r) Brindar opiniones personales contrarias a la institución educativa (alumnos,

padres de familia u otros allegados al colegio) sin haber recurrido a las

instancias adecuadas para la solución de dicha dificultad.

45

s) Venir al trabajo bajo los efectos del alcohol u otra sustancia nociva o en un

estado físico inadecuado para cumplir la labor para la que fue

contratado(a).

t) La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil,

orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura,

religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia

personal, económica o social, cuando no deba considerarse conducta que

perjudique gravemente la convivencia.

u) La grabación, publicidad o difusión no autorizada de imágenes de los

miembros de la comunidad educativa, cuando ello resulte contrario al

derecho a su intimidad.

v) Llamar la atención públicamente al o la estudiante por un evento de

indisciplina moderado o grave, generando su incomodidad.

w) Incumplimiento de sus deberes, de acuerdo a lo estipulado.

Art.31 DE LAS SANCIONES POR FALTAS COMETIDAS POR EL PERSONAL

Se realizará de acuerdo a cada caso y en el siguiente orden:

1. Amonestación verbal.

2. Amonestación escrita por el personal Directivo.

3. Descuentos, de acuerdo a las normas vigentes.

4. Suspensión del Servicio conforme a las normas vigentes.

5. Separación del cargo previo proceso administrativo con el Comité de

Disciplina.

Art. 32 DE LOS ESTÍMULOS POR ACCIONES RELEVANTES AL PERSONAL

En la Institución, los estímulos, ante acciones positivas del docente, son:

1. Reconocimiento de la labor sobresaliente, progresivamente, mediante

Oficio, Resolución.

46

2. Financiamiento en Capacitaciones Técnico Pedagógicas.

3. Diploma de Mérito.

4. Bono económico, por acción sobresaliente en el Día del Maestro y/o

Clausura del año Escolar

a) Colabora y controla la formación diaria de los alumnos, el ingreso y la

salida, así como la realización de actividades cívica patriótica dentro y

fuera del colegio.

b) Control de la utilización adecuada de los documentos y el uso correcto del

uniforme escolar.

c) Apoya directamente en las acciones del plan de tutoría (TOE),

programadas a nivel del centro Educativo.

d) Colabora con el proceso de matrícula, en la elaboración de tarjetas de

información, así como de su distribución como apoyo a la administración

educativa formula la pre-nómina de las secciones a su cargo bajo

responsabilidad.

e) Atiende y auxilia a los educandos en caso de emergencias.

f) Cumple con las demás obligaciones indicadas en el manual de funciones.

CAPITULO VIII

CONVIVENCIA ESCOLAR

¿Qué entendemos por Convivencia Escolar?

Convivencia escolar es la “coexistencia armónica de los miembros de la comunidad

educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado

cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo

integral de los estudiantes”

“El desarrollo de la Convivencia Escolar tiene un valor formativo intrínseco; es

decir, aprender a vivir juntos no solo es un medio para facilitar el traspaso de

contenidos curriculares, sino que es un contenido curricular en sí mismo, que se

enseña y adquiere significado en la vivencia con los otros.”

47

Aprender a respetar, a tener actitudes positivas, a creer en el consenso debe

ser una prioridad para toda la comunidad escolar.

Educar la convivencia mejora el rendimiento académico y sobre todo prepara a

los alumnos para llevar una vida social adulta satisfactoria y autónoma. Como

colegio sabemos que enseñar a convivir no es sólo tarea de los profesores, es una

labor de toda la unidad educativa y de la sociedad. Es por ello que fortalecemos

la relación entre el colegio, la familia y el entorno, creando nuevas instancias de

participación de los padres y/o apoderados en la vida colegial, basados en el

respeto mutuo y en la colaboración hacia la búsqueda conjunta de soluciones.

Aprender a respetar es uno de los objetivos de la convivencia escolar.

¿Qué entendemos por respeto?

El respeto permite que la sociedad viva en paz, en una sana convivencia en base a

normas e instituciones. Implica reconocer en sí y en los demás los derechos y las

obligaciones, aceptar que las personas son diferentes.

Un estudiante palermino que muestra respeto:

a) Utiliza la empatía para comprender y aceptar a todos.

b) Se respeta a sí mismo y por ello no acepta lo que le puede dañar física, mental

y espiritualmente.

c) Acepta y cumple las leyes y normas que establece nuestra sociedad.

d) Agradece a otras personas lo que hacen por ella.

e) Valora y respeta a las expresiones propias y ajenas.

f) Hace uso correcto de los lugares colectivos para que los puedan usar los

demás.

g) Respeta a la persona como se merece, de acuerdo a su dignidad de ser humano

(todos somos iguales en este sentido), y a la posición que ocupa en una

colectividad.

h) Respeta y valora a cada persona, su reputación y sus pertenencias.

i) Cuando no se puede hablar bien de una persona, mejor mantiene silencio. Evita

juzgarla, si no tienes obligación de ello.

48

j) Evita la murmuración en el ambiente del estudio y trabajo, pues daña las

relaciones interpersonales. No inicia ni propaga chismes bajo ninguna excusa.

k) Es tolerante, es decir, no atropella a otras personas y valora las diferencias,

sean estas, entre otras, culturales, raciales, religiosas o étnicas

l) Expresa y defiende las ideas propias como también, respeta y considera las

ideas ajenas.

Art. 33 DE LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR SIN

VIOLENCIA

NORMAS DE CONVIVENCIA EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1. Mantenemos el valor de la puntualidad en todas las actividades que

realizamos.

2. Levantamos la mano si necesitamos expresarnos oralmente,

fomentando el orden y respeto mutuo.

3. Cuidamos y mantenemos la limpieza en todo lo que realizamos, así

como los ambientes y mobiliarios que utilizamos.

4. Fomentamos el valor de la solidaridad en todas sus formas.

5. Utilizamos adecuadamente nuestras habilidades sociales.

6. Escuchamos con atención y respeto las opiniones de los demás.

7. Somos honestos en cada una de nuestras acciones.

8. Nos comunicamos de manera asertiva.

9. Mantenemos una actitud positiva en el trabajo colaborativo y

cooperativo.

10. Utilizar adecuadamente los ambientes de nuestra institución según

sea el fin.

De conformidad a lo establecido en la LEY 29719 QUE “PROMUEVE

LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA EN LAS INSTITUCIONES

EDUCATIVAS” Y SU REGLAMENTO, la Convivencia Democrática

tiene como finalidad propiciar procesos de democratización en las

relaciones entre los integrantes de la comunidad educativa, como

fundamento de una cultura de paz y equidad entre las personas,

contribuyendo de este modo prevención del acoso y otras formas de

violencia entre los estudiantes.

En nuestra institución se promueve permanentemente la convivencia

armoniosa y se aborda bajo un enfoque preventivo e integral los

49

casos de violencia escolar que puedan aparecer al interior de la

institución. Por ello la Institución a través de su Comité de Disciplina

y el responsable del encargado de Convivencia Escolar:

a) Orienta el comportamiento de los educandos en armonía con las normas

establecidas. Lleva el registro Anecdótico o de incidencias de los

alumnos a su cargo.

b) Ejecuta las sanciones estipuladas en el reglamento interno del colegio,

ante inconductas presentadas por los alumnos.

c) Mantiene actualizados el registro de asistencias y control de

comportamiento de los educandos, teniendo en la relación de casos

problemas para su tratamiento oportuno.

d) Vela por la derivación correcta de casos suscitados, siguiendo el orden

jerárquico de la institución.

e) Formula información sobre casos de inasistencia y tardanzas de los

educandos a su cargo.

f) Coordina con los padres de familia el tratamiento de problemas

cotidianos que presenten sus pupilos.

g) Vela por el respeto y la interacción apropiada entre padres de familia y

actores educativos (personal directivo, docentes, psicólogo, alumnado

en general) y viceversa.

h) Apoya en la realización de tareas escolares a su cargo, en caso de

ausencia de los docentes.

Art. 34 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:

a. Recibir una educación integral, de excelencia, de acuerdo con el Perfil

del Educando del nivel respectivo y a sus necesidades, aspiraciones y

capacidades individuales y potencialidades.

b. Recibir un trato con respeto, dignidad y afecto, sin ninguna clase de

discriminaciones, elevando permanentemente su autoestima.

c. A ser llamado por su nombre y a que se respete su identidad.

d. A ser tratados con equidad y no ser discriminados(as) por motivo

alguno.

e. A expresarse libremente sobre los asuntos que los/las afecten

teniendo en cuenta sus opiniones en función de su edad y madurez.

50

f. A promover y llevar sus pedidos ante sus delegados de aula.

g. A ser protegidos(as) con las medidas de seguridad y ser atendidos con

prontitud en casos de accidentes o malestares físicos, recurriendo a

los primeros auxilios.

h. Al descanso, esparcimiento, juego, actividades recreativas propios a

sus edades y a participar en las actividades deportivas y culturales de

la Institución.

i. Recibir la orientación y apoyo moral, físico, intelectual, psicológico y

vocacional adecuados.

j. Ser evaluado en forma justa, permanentemente y en igualdad de

condiciones y oportunidades, recibiendo los estímulos cuando los casos

lo requieran.

k. Recibir estímulos por acciones meritorias de comportamiento,

rendimiento académico y destacada participación en eventos externos,

representando a la Institución.

l. Gozar de permisos y merecer la justificación por tardanzas e

inasistencias cuando sean debidamente fundamentadas por sus padres o

apoderados.

m. Tener libertad a la recreación sana.

n. Hacer uso de las instalaciones, equipamiento, mobiliario y materiales

que coadyuven al óptimo logro de su aprendizaje.

o. Ser informado de los resultados de la evaluación de inicio, progresiva y

final a efectos de su recuperación o superación; formulando reclamos

cuando los cree convenientemente, las que serán resueltos, explicados,

corregidos o mejorados según los casos.

p. Representar a su sección o a la Institución como en eventos culturales,

cívicos, académicos, deportivos, sociales, de proyección comunal y otros

con apoyo y asesoría del personal del Plantel.

q. Acceder a las actividades co-curriculares y extracurriculares que

contribuyan a su realización personal, familiar y comunal.

r. Ser escuchados en sus pedidos y reclamos por la vía regular siempre

que guarde la debida cordura y respeto.

s. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado

de las disposiciones que le conciernen como alumnos.

t. Integrar el Cuero de Brigadieres de la Institución.

Art.35 Son DEBERES y OBLIGACIONES de los alumnos, de acuerdo al

Nivel y Grado de Estudios con la co -responsabilidad de sus

Padres o apoderados y la orientación de sus profesores.

51

a) Comprender y cumplir con las normas establecidas en el Reglamento

Interno de nuestra IE. “San Benito De Palermo “que le motivan a

vivenciar principios y valores propugnados en nuestra Institución:

ESFUERZO, SOLIDARIDAD Y TOLERANCIA.

b) Vestir correctamente el uniforme establecido, dentro y fuera del

colegio. (Oficial y de deportivo) en los días que le corresponda, según

horario.

c) Presentarse al Colegio debidamente aseado(a): los estudiantes

hombres con el corte de cabello tipo escolar, y las estudiantes mujeres

con el cabello recogido con moñera y colet amarillo (inicial y primaria).

Con moñera y colet de color negro (nivel secundario) y sin accesorios, ni

lentes de contacto de tipo cosméticos, collares, aretes grandes,

pulseras, uñas pintadas, maquillaje ,piercing, tatuajes, etc.

d) Asistir puntualmente al Colegio cumpliendo estrictamente el horario

escolar y portando los materiales necesarios para las labores

académicas.

e) Permanecer en el Colegio en los ambientes adecuados y en el momento

oportuno, según horarios. Evitar permanecer en el aula en horas de

recreo o durante otras actividades, sin autorización.

f) Ingresar puntualmente a la clase después de los recreos o de cualquier

actividad interna,

g) Asistir a clase con los útiles que se requieren, cuidando su material de

trabajo y respetando el de sus compañeros.

h) Fomentar la paz y la práctica de valores.

i) Mantener una conducta correcta dentro y fuera de la Institución,

orientada por los principios de la moral, pudor, las buenas costumbres,

en concordancia con la política y axiología del Colegio, con mayor

responsabilidad cuando está de por medio la representatividad de la

institución.

j) Demostrar respeto e identificación al entonar con unción nuestro

Himno Nacional, Marcha de Banderas y el Himno de los Héroes del

Cenepa.

k) Respetar la parte física del Colegio, cuidando la buena conservación de

la infraestructura, muebles, material educativo y otros enseres de

nuestra Institución.; además del orden, limpieza de aulas, corredores y

demás ambientes. Esto incluye la propiedad privada, fuera del colegio.

52

l) Cumplir y cooperar con las normas y el buen comportamiento en los

diferentes ambientes de la Institución.

m) Respetar física y moralmente a todos los miembros de la Comunidad

Educativa palermina, sobre todo el honor y la dignidad, manteniendo una

relación cordial y de ayuda mutua.

n) Mantener normas de cortesía, civismo y buenas costumbres, evitando

el uso de lenguaje inadecuado, ofensivo, soez, despectivo y/o racista.

o) No traer al Colegio celulares u otros dispositivos electrónicos

distractores.

p) Devolver firmada por sus padres o apoderado toda documentación que

se envíe y se solicite devolverla.

q) Portar la Agenda Escolar debidamente conservada: forrada y

etiquetada con el nombre del estudiante, la cual debe estar firmada

diariamente por el padre de familia o apoderado. En este documento se

explicita normas de comportamiento, comunicados, citaciones u otros,

por tanto, no debe tener borrones ni enmendaduras.

r) Lograr un excelente rendimiento académico por su propio esfuerzo y

capacidad, sometiéndose con honradez a las normas académicas y de

evaluación

s) Demostrar, en caso de evaluación, haber logrado las competencias

evaluadas sin buscar situaciones fáciles. En este sentido es deber del

estudiante, rendir las pruebas de recuperación y/o subsanación en el

mismo colegio, salvo motivos de viaje debidamente justificados.

t) Presentar sus tareas, trabajos y cuadernos en orden y a tiempo con

letra legible.

u) Presentarse a las evaluaciones de cada área curricular, según

planificación pedagógica del docente.

v) Archivar y conservar en buen estado las evaluaciones una vez

verificadas por el padre de familia. Queda prohibida toda falsificación

de documentos del Colegio San Benito De Palermo. (boleta de simulacro,

libreta de notas, agenda, etc.)

w) Cumplir con las normas de conservación del medio ambiente.

x) Participar con responsabilidad en las acciones de Defensa Civil.

y) Cumplir responsablemente con representar a su clase y/o al Colegio en

eventos para los cuales han sido seleccionados previamente, con

autorización expresa.

53

z) Promover el cuidado de su salud, evitando el uso de drogas y/o

sustancias psicoactivas.

aa) Velar por la imagen institucional como muestra de su identificación con

el Colegio San Benito De Palermo.

bb) Solicitar a su padre o apoderado para que se sirva justificar sus

inasistencias y tardanzas, dentro de las 48 horas de ocurridas.

cc) Mantener una relación cordial y de ayuda mutua; dentro y/o fuera del

Colegio.

dd) Aceptar y cumplir las acciones correctivas a las que se hace

merecedor por las faltas, errores y/u omisiones cometidas.

ee) Cumplir la normatividad del presente Reglamento en todas sus partes.

En la IEP San Benito de Palermo se organiza el Cuerpo de Delegados como ente

de participación del estudiantado en el aspecto disciplinario, fundamentalmente,

a partir de 5to. Grado de Primaria. Tiene su propio Reglamento de Delegados y se

ciñen a los siguientes criterios generales:

a. Elegidos por su buen comportamiento y buen desempeño

académico

b. Representan a su aula; un brigadier y un sub brigadier.

c. Contribuyen a la disciplina de sus compañeros, en el aula, en las

formaciones, en el patio y en las diferentes actividades que

organiza la Institución.

d. Apoyan la gestión de los delegados.

e. Son ejemplo de buen comportamiento, rendimiento escolar, uso

del uniforme dentro como fuera de la Institución.

f. Practican buenos modales con todos sus semejantes.

En la Institución se organiza el Equipo de Delegados brigadistas, en Primaria y

Secundaria: DEFENSA CIVIL, CRUZ ROJA, MEDIO AMBIENTE, dos en cada

caso, los que se rigen por su propio Reglamento.

Art. 36 PRESENTACIÓN PERSONAL Y DE ASEO:

a. El uso del uniforme oficial debe usarse según el horario

establecido y el uniforme deportivo en el curso de Educación

Física, Taller de danza, música y CDD.

b. En cuanto a los varones, el corte de cabello deberá ser de tipo

escolar clásico; la barba y bigote rasuradas completamente.

54

c. Las alumnas del nivel primario deberán sujetar su cabello en un

moño con una redecilla amarilla y un carmín amarillo grande,

además lazo con cinta amarilla y negra.

d. Las alumnas del nivel secundario deberán sujetar su cabello en un

moño con una redecilla negra y un carmín negro grande, además

lazo con cinta amarilla y negra

e. Está prohibido el uso de aditamentos como ganchos llamativos,

collares, aretes grandes, pulseras, piercing, etc. así como el teñido

de cabello, pintado de uñas, tatuajes y maquillaje.

f. La falda del uniforme se usará a la cintura y deberá tener un largo

de cuatro dedos encima de la rodilla y con la basta correctamente

cosida. La blusa debe ser usada dentro de la falda. En el caso de

los varones, el pantalón se llevará a la cintura y el uso de la correa

es obligatorio. De igual forma la camisa debe ser usada dentro del

pantalón.

g. Queda terminantemente prohibido hacer modificaciones al

uniforme institucional del alumno.

h. Se prohíbe el uso de polos, casacas, chompas y prendas

adicionales que no correspondan al Colegio.

i. En época de verano los alumnos de los niveles de Educación Inicial

y Primaria y secundaria podrán usar polo y short según el modelo

que permite el Colegio. Las zapatillas y las medias serán de color

blanco o negro según corresponda.

j. En época de invierno y frío intenso, los alumnos(as) podrán asistir

con chalinas y/a guantes de color negro. Así mismo, debajo del

uniforme podrán usar cafarena de color blanco, amarillo o negro y

leggins o pantys negros.

USO DEL UNIFORME OFICIAL Y DEPORTIVO:

UNIFORME OFICIAL

La Institución Educativa establece de manera permanente su uso durante toda la

jornada escolar. Se llevará limpio, completo, presentable y deberá llevar el

nombre del alumno en cada prenda. Es obligatorio para su asistencia a la

Institución y a todas los actos o ceremonias internas o externas que programe el

mismo:

a. EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN INICIAL:

55

- Buzo completo oficial

- Polo amarillo

- Zapatillas negras y/o blancas

- Las cafarenas, gorros, chalinas, etc. deberán ser de color

amarillo o negro.

b. EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA:

DAMAS:

- Blusa amarilla con corbatín negro oficial con insignia vigente, bordada

en el bolsillo.

- Falda pantalón que deberá tener un largo de cuatro dedos sobre la

rodilla.

- Medias largas de color negro (no taloneras, ni tobilleras).

- Zapatos negros de colegio (no zapatillas).

- Casaca oficial de la Institución. Solo los alumnos del V de Secundaria

pueden llevar la casaca de promoción como única prenda adicional del

uniforme oficial, la cual debe ser previamente autorizada por la

Dirección.

- Las alumnas del nivel primario deberán sujetar el cabello en un moño

con una redecilla amarilla y un carmín amarillo grande, además hacer

un lazo con cinta amarilla y negra. Las alumnas del nivel secundario

deberán sujetar el cabello en un moño, colocando una redecilla y

colet negro grande, además hacer un lazo con cinta negra y amarilla.

VARONES:

- Camisa y corbata negra oficial, según modelo de la Institución.

- Pantalón de vestir (de tela, color negro corte clásico). - Debe

llevarse a la cintura con correa negra sin aplicaciones.

- Medias negras (no taloneras ni tobilleras).

- Zapatos negros de colegio, no zapatillas.

- Casaca oficial de la Institución. Solo los alumnos del V de Secundaria

pueden llevar la casaca de promoción como única prenda adicional del

uniforme oficial, la cual debe ser previamente autorizada por la

Dirección.

- Los varones usarán el corte de cabello clásico escolar y deberán

presentarse, sin patillas, barba ni bigotes. No se les permite el

cabello largo, ni arreglos o tintes que no coinciden con la sencillez y

56

porte personal que exige la vida comunitaria de la Institución

Educativa.

UNIFORME OFICIAL DE VERANO:

DAMAS

- Polo amarillo oficial de la Institución Educativa.

- Falda short negra, modelo oficial de la Institución Educativa, que deberá

tener un largo de cuatro dedos encima de la rodilla.

- Zapatillas blancas o negras con pasadores del mismo color y sin

aplicaciones.

- Medias negras o blancas (no taloneras ni tobilleras).

VARONES

- Polo amarillo con el logo oficial de la Institución Educativa, que deberá

usarse dentro del pantalón.

- Short negro oficial de la Institución Educativa

- Zapatillas blancas o negras con pasadores del mismo color y sin

aplicaciones.

- Medias negras o blancas (no taloneras ni tobilleras).

El UNIFORME DEPORTIVO DE LA INSTITUCIÓN es el siguiente:

- Buzo oficial de la Institución Educativa (pantalón con corte clásico,

no entubado).

- Polo amarillo con el logo oficial de la Institución Educativa, que

deberá usarse dentro del pantalón

- Zapatillas blancas o negras con pasadores del mismo color y sin

aplicaciones.

- Medias negras o blancas (no taloneras ni tobilleras).

El uniforme deportivo de la institución es de uso obligatorio en las clases de

Educación Física y Talleres de Danza, Música y CDD deberá estar marcado con el

nombre y apellido del alumno, no se permitirá la asistencia con otras prendas. El

no respetar el uso del uniforme afectará la nota en la libreta.

57

OTRAS PRENDAS PERMITIDAS:

- En época de invierno los alumnos y alumnas podrán llevar un polo o cafarena

íntegramente de color blanco, amarillo o negro. No está permitido que este

polo sea de otro color o con estampado.

- Las alumnas podrán ponerse una chalina o medias pantys de color negro.

- En verano para protegerse del sol podrán usar un gorro negro, sin diseños.

En las asambleas, actuaciones, competencias o eventos interescolares, los

participantes o representantes asistirán correctamente uniformados, de acuerdo

a la actividad correspondiente.

Queda terminantemente prohibido portar objetos tecnológicos como celulares,

ipods, iPad, tablets, mp3, psp, etc. Puede exceptuarse si el profesor lo considera

como medios necesarios para el desarrollo en alguna actividad de aprendizaje en

la escuela. EL COLEGIO NO SE RESPONSABILIZA DE SU DETERIORO O

PÉRDIDA.

Art. 37 USO DE MATERIAL EDUCATIVO, MOBILIARIO, OBJETOS Y

AMBIENTES:

a. Los alumnos retirarán del aula sus materiales de danza o

laboratorio, cuando les corresponda taller o clases en otro

ambiente, cuidando el orden y limpieza.

b. Los alumnos repararán o pagarán cualquier daño ocasionado al

material, mobiliario o ambientes del Colegio. De igual manera si

las pertenencias de un compañero fueran dañadas por un

compañero identificado, este asumirá o el costo de reparación /

reposición.

Art.38 HORARIO

El alumnado tiene el siguiente horario.

a. Educación Inicial:

- Hora de entrada (3 y 4 años): 8:00 a 8:20 a.m.

- Hora de Salida: 12:45 a 1:00 p.m.

- Hora de entrada (5 años): 7:45 a 8:10 a.m.

- Hora de Salida: 1:15 a 1:30 p.m.

b. Educación Primaria 1° a 4° Grado:

58

- Hora de entrada 7:30 - 7:35

- Hora de salida 2:15 p.m.

c. Educación Primaria 5° y 6° Grados

- Hora de entrada: 7:30 - 7:35

- Hora de salida: 2:45 p.m.

d. Educación secundaria:

- Hora de entrada 7:30 - 7:35 am. (7:41 am. Será

considerado tardanza)

- Hora de salida 3:15 p.m.

El ingreso a la Institución será utilizando las siguientes puertas:

o Portón derecho: alumnos de Primaria.

o Portón Izquierdo: alumnos de Secundaria.

o Puerta principal: Personal Docente y padres de familia.

-Al toque del timbre, 7:40 am. Los alumnos deben estar en sus

aulas para dar inicio a la sesión. (7:41 am. Será considerada

tardanza y se le pondrá el sello respectivo en la agenda.)

-Los alumnos del nivel secundario ingresarán al colegio a partir de

las 7:30 am. Solo se permitirá el ingreso antes de esta hora a los

alumnos de inicial hasta primaria.

-Los alumnos que lleguen tarde se quedarán en el segundo patio.

Debiendo cumplir, además, con actividades de investigación en la

biblioteca, producción escrita de temas relacionadas con el

avance curricular o tareas administrativas en los diferentes

niveles de la Institución.

Art. 39 PROHIBICIONES A LOS ALUMNOS

Los alumnos de la IEP San Benito de Palermo tienen las siguientes

prohibiciones:

59

a) Promover o realizar proselitismo político, religioso y/o acciones que

solivianten a sus compañeros en contra de los propósitos institucionales.

b) Fomentar cualquier acto que contravenga la política institucional y su

Reglamento Interno.

c) Tener comportamientos agresivos que atenten contra la integridad física

y moral de los estudiantes o de cualquier miembro de la comunidad

educativa palermina.

d) Asistir a clases sin el correspondiente uniforme completo, oficial y

deportivo indicado en los deberes y obligaciones. (La camisa, blusa o polo

estarán dentro de la falda o pantalón, según se trate de estudiante

hombre o mujer, respectivamente).

e) Asistir al Colegio con barba, bigote, cabello teñido (todas sus variantes),

extensiones, uñas con esmalte, maquillaje y accesorios personales de moda

(clips, piercings, alfileres u otros aditamentos que perforen la piel o parte

del cuerpo y/o tatuajes) porque no forman parte de la presentación

personal. Solo se permitirá a las estudiantes mujeres el uso de un arete

pequeño no colgante en el lóbulo de cada oreja.

f) Asistir al Colegio, injustificadamente, después de los horarios establecidos

para la jornada escolar de clases y/o actividades programadas.

g) Faltar injustificadamente en las fechas de evaluación, porque se pierde el

derecho a ser evaluado, sin excepción. Además, se les asignará en el

registro la anotación “no se presentó” que equivale a cero o C, salvo

justificación debidamente acreditada con documento indubitable que

justifique la causa de la inasistencia, dentro de las 48 horas de ocurrida.

h) Asistir al Colegio sin Agenda Escolar o presentarla sin firmar,

deteriorada o con borrones o enmendaduras.

i) Hacer uso del servicio de cafetería en horario de trabajo escolar.

j) Abandonar el aula en el horario escolar o ingresar a otras aulas o

ambientes del Colegio, sin la autorización correspondiente.

k) Abandonar el Colegio sin permiso, en horas de jornada académica.

l) Traer celulares, audífonos, equipos de cómputo portátiles u otros

dispositivos electrónicos distractores. El colegio no se responsabiliza por

su pérdida y/o daño.

m) Asistir a las instalaciones del Colegio en estado de ebriedad y/o en estado

de haber hecho consumo de sustancias psicoactivas.

n) Instigar a enfrentamientos entre compañeros que degeneren en riñas o

peleas.

60

o) Promover y/o realizar actos ajenos al quehacer escolar que degeneren en

escándalo o que causen deterioro a los bienes del Colegio.

p) Dejar papeles o desperdicios fuera de los depósitos de basura.

q) Fumar en las instalaciones del colegio.

r) Portar cualquier tipo de arma de fuego o armas en general, objetos

punzocortantes o que, por su naturaleza, puedan causar daño a las demás

personas, dentro de la institución.

s) Participar de reuniones o actividades, dentro y fuera del colegio, que

alteren el normal desenvolvimiento del estudiante en perjuicio de la

imagen del Colegio.

t) Deteriorar las instalaciones y equipos de los servicios higiénicos.

u) Realizar anotaciones, inscripciones o grafitis en el mobiliario escolar, en

las paredes o en otro lugar de la infraestructura del colegio, incluyendo

otras propiedades privadas.

v) Usar el nombre del Colegio en actividades no autorizadas por la Dirección.

w) Promover y/o realizar actos reñidos contra la moral y las buenas

costumbres, dentro o fuera de la institución.

x) Interrumpir el normal desarrollo de las actividades académicas con

actitudes discordantes.

y) Portar, vender, distribuir y/o consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias

psicoactivas dentro o fuera del Colegio.

z) Copiar y/o plagiar trabajos o exámenes.

aa) Planificar, promover y/o realizar actos de hostigamiento y maltrato

físico y/o psicológico a sus profesores y/o compañeros de estudios.

bb) Faltar el respeto a los miembros de la Comunidad Educativa

Palermina: personal directivo, docente, administrativo, de mantenimiento o

a los padres de familia.

cc) Portar objetos de valor u otros, ajenos al quehacer educativo.

dd) Beber y/o ingerir alimentos en ambientes donde se está

desarrollando trabajo educativo, a excepción de agua que solo podrá

ingerirla con autorización de quien conduce dicha jornada.

ee) Promover y practicar el bullying o acoso escolar en cualquiera de sus

formas.

ff) Promover firmas para actas, memoriales o peticiones a favor o en contra

de profesores u otros miembros del personal del Colegio.

gg) Tomar fotografías, hacer videos o cualquier tipo de grabación y utilizar

blogs o las redes sociales como medios para publicarlos atentando contra

61

la intimidad y/o dignidad de las personas y de nuestra Institución

Educativa San Benito De Palermo

hh) Realizar demostraciones inadecuadas de cariño entre estudiantes,

que atenten contra el pudor y las buenas costumbres, dentro y/o fuera del

Colegio.

ii) Realizar cualquier tipo de comercialización, rifas, colectas o propaganda

no autorizada dentro del Colegio, salvo autorización expresa de la

Dirección del Colegio.

jj) Participar en apuestas y juegos de azar.

kk) Asistir al Colegio padeciendo alguna enfermedad que comprometa la salud

e integridad de la Comunidad Educativa.

ll) Hurtar, robar y/o apropiarse de un bien que no sea de su propiedad.

mm) Todo comportamiento que contravenga el ideario, el prestigio, el

Reglamento Interno y objetivos de nuestra Institución.

nn) No está permitido el uso de pelotas de fútbol, vóley o básquet en el patio

del colegio o dentro de las aulas.

oo) Los estudiantes aprovecharán la hora de recreo y receso para ir

al baño, ya que no se dará permiso para salir del aula durante los períodos

de clase, salvo circunstancias de fuerza mayor. Ningún estudiante

ingresará a las salas de las áreas académicas o ambientes administrativos

sin contar con el permiso de los profesores o trabajadores del colegio.

pp) Los alumnos solamente se pueden dirigir libremente a la recepción o a las

dependencias en las que necesiten realizar un pago durante el horario de

los recreos o a la hora de salida. Al toque del timbre que anuncia la

finalización del recreo, los estudiantes se dirigirán directamente a sus

aulas.

Art. 40 TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS:

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

No hay discriminación en la aplicación de acciones correctivas a los estudiantes.

La Institución Educativa “San Benito De Palermo” determina las acciones

preventivas y correctivas para los estudiantes que falten a las normas que

establece el presente Reglamento Interno.

Se considera falta disciplinaria toda acción u omisión voluntaria, que contravenga

los deberes y demás disposiciones establecidas en el presente Reglamento, así

como las establecidas por las autoridades de la Institución.

62

A. FALTAS LEVES:

Son aquellas conductas que perturban las normas de convivencia y que alteran

el normal desarrollo del proceso de Enseñanza y Aprendizaje que no involucran

daño físico o psíquico dentro o fuera de la sala de clases. Serán consideradas

faltas leves las siguientes:

a) Utilizar en clases elementos como: cámaras fotográficas, filmadoras,

reproductores o grabadores de sonidos, etc. salvo que se requiera de

éstos, para fines académicos y/o pedagógicos.

b) El no usar del uniforme correspondiente en talleres y/o laboratorios.

c) La inasistencia a una asignatura en más de un 10% bimestral.

d) Usar adornos en el rostro o cuerpo que representen modas o tendencias.

e) Incumplimiento en las normas existentes para la seguridad.

f) No presentar las tareas con puntualidad y eficiencia.

g) Ingresar al aula de clases con el uniforme mojado una vez finalizado el

recreo.

h) Realizar las tareas en horas que no correspondan al Área y/o curso de

dicha hora.

i) Asistir a clases sin útiles escolares correspondientes.

j) No portar agenda escolar.

k) Mascar chicle, tomar bebida, jugos y consumir alimentos dentro de la sala

de clases.

l) Tirar basura o similares, en cualquier lugar distinto a un basurero.

m) No devolver las circulares firmadas por los padres y apoderados.

n) Tener tardanzas consecutivas.

o) Salir fuera de clase en horas de trabajo educativo.

p) Llevar incorrectamente el uniforme único, insignias, etc.

q) Abandonar el salón en horas de clase.

B. SON FALTAS MODERADAS

Constituyen faltas moderadas, las actitudes y comportamientos que atenten

contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y

del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia o

actitudes que alteren el normal proceso de aprendizaje. Serán consideradas

faltas moderadas las siguientes:

63

a) La agresión verbal, en la cual se utilice un vocabulario impropio dentro y/o

fuera del Plantel.

b) Realizar expresiones obscenas (dibujos, pinturas, gestos, textos, etc.) en

cualquier ambiente del Plantel.

c) La ausencia a clases sin conocimiento y/o autorización del apoderado.

d) Salir de improviso o injustificado del establecimiento, durante la jornada

de clases y sin autorización escrita de la autoridad competente.

e) Salir del aula o de donde se imparte la clase, sin permiso del profesor.

f) La impuntualidad en el ingreso a una hora de clases, estando en el

Plantel.

g) La ausencia a clases dentro de la jornada escolar.

h) Incumplimiento de normas de higiene y/o presentación personal (NO uso

de uniformes).

i) Todo estudiante que destruya elementos escolares y/o personales de sus

compañeros, deberá devolver el valor y/u objeto de manera íntegra.

j) Rayar, dibujar o pintar cualquier dependencia, mobiliario o muro del

Plantel.

k) Instalación de afiches o carteles en cualquier lugar del edificio sin

autorización escrita y expresa de Dirección.

l) Distribución de material propagandístico (físico o digital) no autorizados

dentro del Plantel.

m) Manipulación y/o adulteración de información personal de los (as)

estudiantes, vía intranet y utilizando claves ajenas o por otros medios.

n) No justificar oportunamente la inasistencia.

o) Falsificar, manipular y/o adulterar la firma del apoderado o persona

responsable del (a) estudiante, en cualquier documento relacionado

con el Plantel.

p) Organizar rifas, colectas, suscripciones u otra actividad de iniciativa

personal y colectiva utilizando el nombre del Plantel, sin autorización

escrita respectiva por dirección.

q) No devolver a tiempo los materiales prestados de la institución y/o de

los compañeros.

r) Descuidar, destruir o extraviar materiales e instalaciones educativas

como biblioteca, laboratorios, libros, material pedagógico de TIC, etc.

s) No asistir con su uniforme respectivo cuando corresponda.

64

t) Atentar contra grupos políticos, religiosos, étnicos o grupos urbanos.

u) Fumar dentro o en los alrededores de la Institución.

v) Uso de aparatos musicales, teléfonos celulares y/o similares, durante la

administración de una prueba.

w) La consulta con sus compañeros durante la prueba.

x) Intercambio o copia de materiales escritos o información durante una

evaluación.

y) Rayar el uniforme propio y/o de sus compañeros (as).

La acumulación de tres faltas leves es considerada una FALTA MODERADA.

C. SON FALTAS GRAVES:

Se consideran faltas graves aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra

la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa,

agresiones sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delitos que requieren

sanción urgente. Serán consideradas faltas graves las siguientes:

a) El incumplimiento del presente Reglamento.

b) El reiterado incumplimiento de las tareas.

c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de

palabra en agravio del personal y de sus compañeros.

d) La destrucción de los bienes de la IEP.

e) Las ausencias injustificadas, que no excedan del 30% del año.

f) Promover desorden e indisciplina en el aula durante clases y en presencia

del profesor haciendo caso omiso a las llamadas del profesor.

g) Comprometer la buena imagen y el buen prestigio del colegio en actos

públicos, ceremonias, desfiles, etc.

h) Usar el nombre del colegio en actividades extraescolares para fines

personales.

i) Faltar el respeto a los símbolos patrios.

j) Falsificar la firma de los padres o apoderado en el cuaderno de control u

otros.

k) Presentarse de manera reiterada sin su uniforme (más de tres veces en una

semana).

l) Traer, difundir y/o utilizar material pornográfico.

65

m) La agresión física entre los estudiantes, en cualquier ambiente del Plantel o

fuera de él.

n) Faltar el respeto a los docentes, en forma física y/o verbal.

o) Las ofensas, burlas o desacreditaciones que se puedan hacer a través del

uso de la tecnología (Internet, FACEBOOK, TWITTER, ASK, chat, e-

mails, sitios Web, etc.) tanto a los funcionarios del Plantel, como a sus

propios compañeros.

p) Ingresar al Plantel portando armas contundentes, cortantes y/o de fuego,

drogas, bebidas alcohólicas y/o bajo el efecto de éstas.

q) Comercializar, distribuir o portar cualquier tipo de droga, bebidas

alcohólicas y/o pornografía en las dependencias del Plantel.

r) Apropiación indebida y comprobada de alguna especie o elemento ajeno.

s) Portar armas u otro elemento que represente peligro para la salud,

integridad física y/o moral.

t) Manipular, sustraer, falsificar y/o adulterar documentos públicos, boletines,

libros de clases o similares, informaciones orales.

u) Intento de ocupación o ingreso no autorizado al Plantel.

v) Salida masiva de estudiantes no autorizada por la Dirección.

w) Estar involucrado o liderar manifestaciones al interior del establecimiento

que atente contra el normal funcionamiento de la jornada académica.

x) Coordinar premeditadamente la inasistencia a la institución educativa, a

expensas de los padres y de las autoridades educativas, sin justificación

válida.

y) Mostrar un comportamiento afectivo o erótico entre compañeros (sea una

relación de pareja o no) dentro de las instalaciones de la institución

educativa.

z) Organizar eventos clandestinos tomando el nombre de algún miembro de la

comunidad educativa (docentes, personal administrativo), mancillando la

honra del involucrado.

aa) Realizar actividades inadecuadas fuera de la estructura física de la

institución educativa, pero con el buzo del colegio (beber alcohol en la calle,

consumo de drogas, pandillaje, robos, etc.).

bb) Incitar a compañeros de aula o de otro grado a realizar actos

indebidos ya sea dentro de la institución como fuera de ella:

- Actos contra el pudor

66

- Consumo de bebidas alcohólicas

- Consumo o micro comercialización de drogas

- Interacción con sujetos con apariencia delictiva, que socialmente se

conoce sus actividades en contra de la ley.

- Cualquier comportamiento que suponga una alteración de la convivencia

escolar tanto dentro del aula como fuera de ella.

- Todo ello, se puede suscitar tanto dentro de las instalaciones de la

institución educativa como fuera de ella).

La acumulación de tres faltas moderadas, es considerada una FALTA

GRAVE.

Art. 41 ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS.

Las acciones preventivas son:

a) Recomendaciones generales para formar la voluntad.

b) Consejos u orientaciones individuales.

Las acciones correctivas son:

a) Llamada de atención verbal.

b) Disminución de puntos en el rubro de conducta.

c) Amonestación escrita.

d) No representatividad del Colegio en ninguna actividad.

e) Diálogo reflexivo con los padres de familia.

f) Participación en actividades de formación personal.

g) Otras propuestas por el Comité de Tutoría y Convivencia Escolar y

Disciplina.

La llamada de atención verbal, la puede efectuar inmediatamente de

cometida la falta, el docente, tutor (a) y/o autoridad del Colegio, invitando

a la reflexión en mejora de su formación.

La amonestación escrita, se efectúa de forma inmediata en la Agenda del

estudiante, con conocimiento del padre de familia a través de su firma, y

registrada en el anecdotario del estudiante, con la disminución de puntos

en Conducta, según la gravedad de la falta.

67

La amonestación escrita, emitida por la Dirección, se hará efectiva según

las características y la gravedad de la falta.

Las acciones correctivas proceden después que los casos han sido

analizados por el Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina, por

decisión propia o a solicitud de la Dirección. Se aplican en caso de faltas

moderadas y graves.

Se citará a los padres de familia de los estudiantes que hayan incumplido

con el reglamento a un diálogo reflexivo para la mejora del

comportamiento de su menor hijo(a).

Las actividades de formación personal las desarrollarán los estudiantes

para motivar su reflexión y fortalecer su buen comportamiento.

La institución monitoreará el cumplimiento de las diversas acciones

correctivas.

Se informará a los padres de familia las acciones correctivas tomadas

involucrándolos en el cumplimiento de las mismas.

El Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina es un órgano de

colaboración cuya competencia es investigar los casos de indisciplina de los

y las estudiantes, de oficio o a solicitud de la Dirección y proponer las

acciones correctivas adecuadas, según la falta moderada o grave que se

cometa.

El Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina evalúa la falta

moderada o grave cometida por el o la estudiante, para lo cual también

escucha sus descargos y establece la acción correctiva. Su gravedad será

determinada considerando cualquiera de los siguientes aspectos:

a) Circunstancias en que se comete la falta.

b) La forma cómo ocurrió la falta.

c) La participación en la falta

d) La reincidencia de faltas.

e) Los efectos que produce la falta

f) La afectación a la Imagen Institucional.

El procedimiento a seguir para el tratamiento de casos de faltas

moderadas o graves es el siguiente:

68

a) Puesta en conocimiento al(la) responsable de Convivencia Escolar y

Disciplina del hecho a investigar, por la persona que detectó la falta, a

través de un informe.

b) Entrevista del(la) responsable de Convivencia Escolar y Disciplina con

el o los estudiantes implicados en el hecho.

c) Investigación del hecho para identificar el grado de participación y

culpabilidad del o los estudiantes implicados.

d) Citación a los padres de familia de los estudiantes implicados para

informarles de lo ocurrido y el grado de participación de su menor

hijo(a). Se redacta un Acta de la reunión en la que queda constancia de

la participación del o los estudiantes en el hecho investigado, la misma

que la suscriben los padres de familia de dichos estudiantes.

e) El(la) responsable de Convivencia Escolar y Disciplina convoca al

Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina para analizar la

gravedad del caso y proponer la acción correctiva correspondiente.

f) Establecida la acción correctiva sugerida, el presidente de dicho

Comité eleva un informe a la Dirección para la elaboración de la

Resolución Directoral correspondiente.

g) El(la) responsable de Convivencia Escolar y Disciplina cita al padre o

padres de familia de los estudiantes amonestados para entregarles

copia de la Resolución Directoral de la acción impuesta, la misma que

entra en vigencia inmediatamente después de este acto administrativo.

Todos los acuerdos del Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina

constan en acta y se toman por unanimidad o por mayoría simple de sus miembros

presentes en la sesión y debidamente convocados.

El Comité de Tutoría, Convivencia Escolar y Disciplina está constituido por:

a) Coordinador de tutoría. (Psicóloga de la IE.)

b) Responsable de Convivencia Escolar y Disciplina.

c) Tutor(a) de la sección a la que pertenece el(la) estudiante que cometió la

falta.

d) Coordinador (a) del Nivel Educativo al que pertenece el (la) estudiante

que cometió la falta.

e) Representante de Padres de Familia.

f) Representante de los estudiantes.

69

Tomando en cuenta las conclusiones del Comité de Tutoría, Convivencia

Escolar y Disciplina al evaluar la falta cometida, la Dirección dispondrá la

aplicación de las acciones correctivas correspondientes.

De acuerdo a las características del incidente ocurrido, se pueden tipificar

más de una de las faltas consideradas en el presente reglamento; en tales

casos, se aplicará la acción correctiva por la falta de mayor gravedad.

Por ser menores de edad los estudiantes, para la aplicación de todas las

acciones correctivas se informará a los padres de familia sin que ello

modifique la aplicación de la acción. Queda exceptuada de esta norma la

“llamada de atención verbal”.

Art. 42 CAUSALES DE ATENUACIÓN Y DE AGRAVACIÓN DE LAS FALTAS.

Son causales de atenuación de las faltas, las siguientes:

1. Presentarse voluntariamente ante la autoridad después de cometido el hecho para reconocerlo y enmendarlo.

2. Reconocer la falta desde los hechos.

3. Mejorar el comportamiento, resarcir o reparar el daño causado y ofrecer las debidas disculpas en el momento oportuno.

4. Confesar la infracción antes de ser sancionado.

Son causales de agravación de las faltas, las siguientes:

1. Negarse a reconocer los hechos.

2. Ser reincidente en los hechos sancionables.

3. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa.

4. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada en el estudiante.

5. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad o indefensión de otras personas.

6. Negación inicial del hecho, aun siendo comprobada su participación.

7. Poner en peligro la vida o la integridad física de cualquier miembro de la comunidad educativa.

8. La premeditación o planeación de la falta.

70

9. La complicidad con otras personas pertenecientes o no al colegio.

10. El tiempo, el lugar, la oportunidad, los instrumentos empleados, entre otros.

Art. 43 PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE LA FALTA.

Al aplicar sanciones por trasgresión a la norma, se tendrá precaución en la

aplicabilidad de dichas sanciones de manera racional, justa y equitativa, sin

arbitrariedades, enmarcándola en el debido proceso, lo que implica:

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: Ante el aviso de un hecho suscitado, se

presume la NO RESPONSABILIDAD del alumno, hasta que se encuentren los

elementos que prueben lo contrario. Todo ello, de modo independiente de los

antecedentes personales que el menor ha tenido en la institución.

INVESTIGACIÓN DE LAS PRUEBAS RELEVANTE: La investigación para la

aplicación de las sanciones contemplados en el presente reglamento podrá

iniciarse con base a un relato de los hechos, queja, informe, aviso,

comunicación o denuncia de cualquier persona de la comunidad escolar,

presentada en forma oral o escrita, ante la autoridad respectiva. La

investigación se realizará por el equipo directivo (Director, Psicólogo de la

Institución y Jefe o Coordinador de Normas y Disciplina) quienes podrán

delegar en otros integrantes de la comunidad escolar acciones que lleven al

esclarecimiento de una o varias situaciones que sean del interés de la

comunidad.

EL DERECHO A LA APELACIÓN: Con respecto a la aplicación de alguna

sanción de uno (a) o varios (as) estudiantes, estos deberán ser escuchados por

la autoridad responsable del Plantel, para casos que ameriten alguna

investigación o aplicación de métodos correctivos disciplinarios. Asimismo, cabe

resaltar que el departamento Psicológico brinda apoyo al departamento de

Normas y Convivencia Escolar cuando el caso lo amerite (casos de complejidad

mayor). El encargado (a) debe entrevistar al estudiante y a los testigos de

modo individual y discreto, para formarse una convicción de los hechos (Las

preguntas y respuestas deben quedar por escritos y firmadas por los

participantes, en el caso de faltas graves).

El número o cantidad de evidencias no es importante para la investigación,

sino, la calidad de cada una de ellas. Que el (la) estudiante atribuido (a)

tenga su hoja de observaciones llena, no debería constituir una agravante, sin

prejuicio, se valora la información de hechos positivos que consten en la hoja

de vida del (a) estudiante.

71

IMPORTANTE: Los hechos que relate el docente como testigo u otro

funcionario del Plantel, y que quedan escritos en el libro, deben ser

considerados como antecedentes válidos, siempre y cuando, estos sean una

descripción de los hechos y no meros juicios de valor u opinión del docente.

La sanción sólo debe hacerse efectiva, una vez agotados todos los recursos e

instancias disponibles, por parte del (a) estudiante atribuido (a), establecidos

por el Reglamento de Convivencia. Esto bajo el estricto interés de esclarecer

los hechos.

Art. 44 INSTANCIA DE APELACIÓN.

Todos los estudiantes que hayan sido sancionados y encuentren que la sanción

fue injusta y que no se respetó el reglamento, podrán apelar en única

instancia por escrito ante la Dirección tanto el estudiante como el apoderado,

exponiendo los argumentos fundamentales de su apelación.

Art. 45 DE LA DERIVACIÓN AL DEPARTAMENTO DE PSICOLOGÍA

Con respecto a la derivación de alumnos al departamento de Psicología del colegio

éste será realizado sólo exclusivamente por el tutor o tutora de aula previo

empleo de la ficha de detección psicopedagógica del nivel.

Asimismo, es importante señalar que la institución educativa San Benito de

Palermo, cuenta con 4 fichas de detección psicopedagógica de acuerdo a cada

nivel (Inicial, Primaria Baja, Primaria Alta y Secundaria). Dichos instrumentos

serán utilizados por los tutores de aula de acuerdo a las dificultades detectadas

durante los primeros meses de adaptación y a lo largo del año escolar.

Cabe resaltar que las fichas de detección han sido redactadas de acuerdo al

diagnóstico del alumnado del año anterior (de acuerdo a cada nivel). Asimismo,

cada ficha cuenta con 10 problemáticas esperadas para la edad y ayuda a realizar

la derivación profesional docente – psicólogo del modo más objetivo posible.

Sin embargo, en casos de situaciones excepcionales que lo ameriten; la dirección

de la institución educativa y/o coordinación del nivel (según sea el caso) podrá

realizar la derivación psicopedagógica del alumno con el objetivo de promover la

mejor decisión que contribuya la mejora de la situación problemática.

72

En caso que existieran sospecha de dificultades psicológicas de algún alumno que

no se manifieste en el contexto escolar, pero si en el contexto familiar, el

padre/madre de familia o apoderado podrán solicitar la entrevista con el

departamento Psicológico por medio del tutor de aula y/o coordinador(a) del

nivel.

Art. 46 DE LAS SANCIONES A LOS ESTUDIANTES

Las sanciones van encaminadas a aportar a la formación del estudiante y, en

general, son retributivas, es decir, van en el sentido de reparar algún perjuicio

que haya podido generar un comportamiento del estudiante. En la aplicación de

cualquier sanción, no es admisible la humillación del estudiante, por el contrario,

la sanción está encaminada a la orientación del estudiante.

Los criterios aplicables a las medidas correctivas a los estudiantes, deberán ser:

a. Claras y oportunas.

b. Reparadoras y formativas.

c. Respetuosa de la etapa de desarrollo de las y los estudiantes.

d. Pertinentes al desarrollo pedagógico.

e. Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de las y los

Estudiantes.

f. Proporcionales a la falta cometida.

g. Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las

condiciones y necesidad de las y los estudiantes.

h. Respetuosas de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y los

Derechos humanos Relacionadas con la promoción de la Convivencia

Democrática.

j. Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado

anímico de quienes apliquen las medidas correctivas.

Está prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de violencia,

trato cruel, inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y

humillantes, así como cualquier otra sanción que pueda poner en peligro la

salud y el desarrollo integral de las y los estudiantes.

73

Art. 47 PROCEDIMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES:

Sanciones para las faltas leves:

Si algún estudiante incurriera en alguna de las Faltas leves antes señaladas, el

procedimiento será el siguiente:

a. Se tendrá un diálogo entre el estudiante y el docente o tutor.

b. Cualquier incidencia será anotada en el registro de incidencias o anecdotario

del aula.

c. El alumno será derivado al departamento de Psicología de la Institución para su

orientación pertinente y el asesoramiento a sus padres para mejorar su conducta.

d. Si persiste la Falta leve por parte del estudiante en un corto periodo de

tiempo (3 o más de estas faltas en un lapso de una semana) se registrará por

escrito en una notificación la falta del compromiso del estudiante para

subsanarla. Esta notificación será enviada por parte del tutor a los padres de

familia, quienes deberán firmarla y devolver el documento para incluirlo en el

archivo personal del estudiante.

e. Si persiste la falta (tres o más faltas de primer orden en un lapso de una

semana), se realizará una entrevista entre el tutor o docente y los padres de

familia o apoderado y el estudiante. Esto es previa cita y confirmación. En dicha

entrevista se firmará un documento de compromiso asumido por el estudiante y

su familia. Tal documento se incluirá en el archivo del estudiante.

f. De no encontrar una solución y de persistir las faltas, se suspenderá

temporalmente de asistencia al aula al estudiante por un lapso de un día

derivándolo a un ambiente administrativo o aula de otro nivel. A su retorno el

estudiante se presentará en compañía de sus padres o apoderado en la Dirección

para firmar una Carta de Compromiso. Tal documento se incluirá en el archivo

personal del estudiante.

g. Finalmente, si a pesar del procedimiento señalado en los numerales

precedentes, el estudiante persiste, se coordinará con el padre de familia la

reubicación del alumno a otra Institución, dándole las facilidades pertinentes.

h. En este sentido, se devolverá al padre de familia del menor todos y cada uno

de los documentos que fueron entregados al momento de la matrícula y se

facilitará cualquier documento que sea requerido o resulte necesario para el

padre de familia para lo que crea conveniente.

74

Art. 48 SANCIONES PARA LAS FALTAS MODERADAS Y GRAVES:

Cuando el estudiante cometa alguna de las faltas de manera reiterada, el

procedimiento de sanción será el siguiente:

a. Asignación de actividades dentro de la Institución, en otro nivel

educativo, temporalmente al estudiante por dos o más días del aula, de

acuerdo a la gravedad de la falta. A su retorno a su aula el estudiante

se presentará en compañía de sus padres y/o apoderado en la Dirección

para firmar una Carta de Compromiso, que condicionará su matrícula.

Esta determinación es decisión exclusiva de la Dirección de la

Institución.

b. De no cumplir con lo señalado en la Carta de Compromiso se procederá a

la aplicación del artículo anterior inc. g. Cualquier falta cometida y las

medidas y sanciones correspondientes serán registradas en el archivo

personal del estudiante. Sin perjuicio de cada uno de los actos llevados

realizados que correspondan a una Falta leve o a una Falta Moderada.

Cabe señalar que las faltas, las sanciones y el procedimiento de las

sanciones antes descritas, son establecidas por la Institución según la

potestad que tienen para organizar y conducir su gestión administrativa,

es decir, establecer su régimen administrativo, en conformidad con las

leyes especiales del sector. En cualquier situación no prevista en el

presente Reglamento Interno, la Dirección tiene potestad para

determinar el procedimiento a seguir para cada caso.

Art. 49 DE LOS ESTÍMULOS POR ACCIONES RELEVANTES DE LOS

ALUMNOS:

Los estímulos serán empleados por los docentes, tutores, coordinadores

y el Director/la Directora, considerando y reconociendo el esfuerzo y

naturalidad en el comportamiento. Así, son acreedores de estímulos, los

estudiantes que muestran:

Desempeño académico sobresaliente y alto nivel de responsabilidad

con sus deberes académicos y actividades asumidas.

Solidaridad, a favor de los agentes de la comunidad educativa. c.

Comportamientos adecuados (asistencia, puntualidad, vocabulario

adecuado, actitudes positivas, etc.) que manifiestan la práctica de los

valores, siendo un buen ejemplo para sus compañeros.

75

Cumplimiento del Código de vestimenta del Estudiante.

Responsabilidad y compromiso con la Institución Educativa

(representaciones en actos cívicos, deportivos, recreativos, culturales

o artísticos). Asimismo, el Colegio otorga diversos reconocimientos:

Participación responsable y eficiente al integrar el Cuerpo de

Brigadieres.

ESTÍMULOS:

a) Anotaciones de felicitación en la agenda escolar.

b) Diplomas al rendimiento académico y la vivencia de los valores del

colegio.

c) Menciones honrosas o felicitaciones verbales personales o públicas.

d) Reconocimientos escritos (en boletines, comunicados, diplomas)

durante el proceso de aprendizaje o al final del bimestre.

e) Cargos de importancia en las organizaciones estudiantiles.

f) Reconocimiento con fines característicos a los estudiantes que

destacan por la práctica de los valores.

g) Becas de estudio.

CAPÍTULO IX

DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y RESPONSABLES

Art.50 La asistencia del personal Directivo, Jerárquico, docente,

administrativo y de servicio se registra en el control digital de

asistencia.

Art.51 El control de asistencia y consolidado diario y mensual será

efectuado por la secretaría, informando a la Dirección de las

ocurrencias inmediatas para el control de clases y reemplazos en las

aulas por tardanzas e inasistencia de algún docente.

Art.52. La asistencia de los alumnos es controlada por cada uno de los

tutores, quienes llevarán el registro de Asistencia en forma

actualizada, apoyados por el reporte de los Auxiliares de Educación

76

Art.53. Los Auxiliares de Educación o tutores de aula controlarán el ingreso

de los alumnos, llevando la contabilidad de las tardanzas y faltas por

secciones, informando en la libreta la estadística bimestral.

Art.54. La Directora podrá conceder permisos al personal del Plantel cuando

se solicite con la debida anticipación por causas que lo ameriten o

justificar las inasistencias por problemas de suma importancia y

comunicadas oportunamente. En estos casos, el usuario compensará

el tiempo de trabajo en un horario alterno, evitándose el descuento

en sus remuneraciones.

CAPÍTULO X

DE LA CAFETERÍA: DERECHOS Y RESPONSABILIDADES.

Art.55. La cafetería es un servicio que brinda la Institución para los

estudiantes como al personal directivo docente y administrativo.

Art,56. La cafetería es entregada para su atención a un concesionario, previa

selección por una terna de postulantes y se sujetará a las siguientes

disposiciones:

a. Atenderá todos los días del año lectivo, en el horario escolar.

b. Mantendrá mucha higiene y pulcritud, tanto en el local, los

utensilios y las personas que lo atiendan.

c. Las personas que atiendan en la cafetería usarán mandil blanco y

el cabello sujetado y con una gorra blanca.

d. Los productos que se expendan corresponderán a una alimentación

saludable. Básicamente frutas y verduras (todo tipo de ensaladas

y muy variadas).

e. No estará permitido el expendio de productos de carne procesada

(embutidos) de ninguna índole.

f. Deberá evitarse el expendio de frituras por ser cocinadas con

aceites en forma repetitiva.

g. Las ventas de los productos serán en el horario establecido. De

ninguna manera podrá venderse a los usuarios (alumnos) después

que se toque el timbre, de finalización del recreo o descanso. Al

toque del timbre de término del recreo o descanso se cierra la

atención.

77

h. Los precios serán accesibles a los estudiantes. En lo posible no

más de lo que se cobra en los establecimientos fuera del plantel.

i. La supervisión estará a cargo de una comisión que designe la

Institución.

CAPÍTULO XI

RELACIONES Y COORDINACIONES

CON LOS PADRES DE FAMILIA

Art.57 Los Padres de familia o apoderados de la IEP “SAN BENITO DE

PALERMO” son considerados como tales al tener matriculados a sus

hijos y están al día en el pago de sus compromisos económicos con el

Plantel.

Art.58 Los Padres de Familia y apoderados se organizan formando Los

Comités de Aula y constituyen el órgano de participación encargados

de apoyar y participar en la gestión educativa, particularmente en el

de promoción educativa a la comunidad, bienestar del educando y

defensa civil.

Su participación es a través de su Junta Directiva.

Art.59 Los Comités de Aula se reúne y coordina periódicamente con la

Directora con la finalidad de:

a. Planeamiento y organización con el fin de apoyar el mejoramiento

de la calidad y eficiencia del servicio en la formación integral de

sus hijos.

b. Consolidar los valores culturales, locales y nacionales.

c. Contribuir con el mejoramiento de la infraestructura,

equipamiento y mobiliario.

d. Formulación del Proyecto Educativo Institucional y los Planes

derivados de éste.

Art.60 Los Comités de Aula se rigen de acuerdo al presente Reglamento

Interno.

78

Art.61 Los Comités de Aula formulan su reglamento específico en base a las

consideraciones y artículos procedentes, eligen a su Junta Directiva

para un período anual. Son aprobados por la Directora.

Art.62 Los Comités de Aula son órganos menores de participación

organizados con los Padres de Familia y de cada sección de alumnos.

Se forma cada año por convocatoria de cada docente – Tutor en

coordinación con la Directora.

Art.63 Los Comités de Aula formulan su Plan Anual de Trabajo basándose

en la problemática y necesidades de cada aula, asesorados por los

tutores de aula y de la Directora cuando se le requiera.

Art.64 Los Padres de Familia y apoderados tienen derecho a ser informados

permanentemente sobre el avance académico y las ocurrencias

conductuales de sus hijos; tendrá los siguientes deberes frente a la

Institución Educativa Privada “San Benito de Palermo”:

a. Conocer y cumplir el Reglamento Interno, en todas sus partes

por ser un documento que rige la buena marcha administrativa y

pedagógica y acatar todas sus disposiciones.

b. Dotar las comodidades indispensables para que a sus hijos o

pupilos adquieran los aprendizajes que se desarrollan en la

Institución Educativa, referidos a útiles escolares, uniformes, un

ambiente adecuado para sus estudios en su hogar.

c. Proporcionar un clima hogareño adecuado y saludable para su

realización personal, estudiantil y familiar.

d. Estimular y controlar a su hijo(a)(s) o pupilos en el cumplimiento

de sus obligaciones escolares, fomentando los valores de la

responsabilidad, orden, limpieza y puntualidad.

e. Asistir puntualmente a las citas, charlas, reuniones y otras

actividades convocadas por la Institución.

f. Reparar y/ o reponer, en casos que su hijo(a)(s) hayan causado

deterioro o destrozos en los bienes, materiales, equipos de la

Institución.

g. Orientar y comprometer a su hijo(a)(s) que respeten a sus

compañeros y personal directivo, docente y administrativo

dentro y fuera de la Institución.

79

h. Justificar oportunamente las tardanzas e inasistencias de sus

hijos o pupilos con honestidad y precisión, personalmente o una

carta formal.

i. Firmar las Libretas de notas, exámenes quincenales, mensuales,

bimestrales, agenda, boletas de simulacros, boletines, citaciones,

permisos, amonestaciones escritas, etc. y hacerlos llegar a las

autoridades respectivas de la Institución.

j. No faltar el respeto y/o ejercer presiones sobre el Personal del

Colegio.

k. Abstenerse de contratar a profesores de la Institución para dar

clases particulares a sus hijos.

l. Evitar invitaciones de los docentes a sus domicilios y otros

lugares ajenos a la Institución para tratar allí asuntos

específicos relacionados con los estudios de sus hijos.

Art.65 Las informaciones a que se refiere el artículo anterior se efectuará

de las siguientes formas y/o momentos y/ o circunstancias.

a. Mediante la Libreta de Notas que se entregan personalmente a

los padres o apoderados al término de cada bimestre.

b. Solicitando información escrita en los cuadernos de control

diario.

c. Solicitando información directa en el horario de atención de cada

docente.

d. En las asambleas generales y de Comité de aula.

e. En la clausura del año escolar.

Art.66 En las relaciones y coordinaciones con los padres de familia se

establecen las acciones limitaciones y responsabilidades, las que no

podrán rebasar el marco establecido por las normas legales.

Art.67 Las acciones de coordinación con los Comités de Aula se registran en

el libro de actas, para cada caso

80

CON LAS INSTITUCIONES DE LA LOCALIDAD

Art. 68 La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” realiza acciones de

coordinación con representantes de los sectores e Instituciones

públicas y privados de su ámbito de influencia con la finalidad de

promover la participación intersectorial en la gestión educativa.

Art.69 La relaciones y las acciones de coordinación que efectúa el colegio

se realizará con representantes de:

a. La Unidad de Gestión Educativa Local N° 06

b. El Concejo Distrital de Ate

c. La Policía Nacional

d. La Iglesia

e. El Sector Salud

f. Organizaciones vecinales

g. Centros laborales

h. Instituciones deportivas y culturales.

Art. 70 La efectivización y acuerdos que se adopten en las acciones de

coordinación se sentarán en libro de Actas.

CON LA ASOCIACIÓN DE EX ALUMNOS

Art.71 La IEP “SAN BENITO DE PALERMO” propicia la organización de la

Asociación de ex alumnos con quienes establecerán coordinaciones

con el objetivo de:

a. Mejoramiento del servicio educativo

b. Proyección a la Comunidad

c. Apoyo y seguimiento en sus estudios y ocupaciones futuras.

81

CAPÍTULO XII

DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA

Art. 72 La atención a los padres de familia se rige por el siguiente horario:

a. Por el Personal Directivo: De acuerdo al rol de atención que se

establezca.

b. Por el personal Administrativo: de 8:00 a 16: 00 horas.

c. Por el personal Docente:

c. Educación Inicial : De acuerdo al rol de atención que se

establezca.

En el horario de atención docente: De acuerdo al rol de atención que

se establezca.

Art.73. Durante las horas de clase el Personal Docente no dará atención a

los padres de familia, de ninguna manera ni durante la semana de

evaluación. Los Padres de Familia serán informados sobre la

conducta de sus hijos previa citación del docente y sobre el

rendimiento académico en los horarios establecidos y no en las

reuniones generales que se convoquen.

Art. 74 DEL ROL Y COLABORACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA

La promoción de una violencia escolar sin violencia requiere de la

coordinación permanente con los padres de familia. Para ello, la

Institución:

a) Convoca a las familias de los estudiantes involucrados y

coordina con ellos las acciones a realizar para intervenir en

cada caso.

b) Realiza reuniones para coordinar con las familias acciones de

prevención e intervención.

c) Aplica prácticas restaurativas para la solución de conflictos.

d) Garantiza el bienestar integral de cada estudiante y, por

tanto, asegura un manejo prudente de la información en cada

caso, así como el derecho de todo estudiante de ser tratado

de una forma digna y justa.

82

e) Registra en el Libro de Incidencias sobre violencia y acoso

entre escolares, el trámite seguido a cada caso, el resultado

de la investigación y la sanción aplicada, cuando corresponda.

f) Toma las medidas para asegurar el apoyo correspondiente a

los estudiantes que hayan recibido agresión en la escuela.

g) Promueve el desarrollo de capacidades y actitudes de las y

los docentes, así como del personal directivo, administrativo

y de servicio, que permitan la implementación de acciones

para la Convivencia Democrática en la Institución Educativa.

h) Registra los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el

Libro de Registros de Incidencias de la Institución

Educativa, así como consolida información existente en los

anecdotarios de clase de los docentes, a fin de que se tomen

las medidas pertinentes y permitan la elaboración de las

estadísticas correspondientes.

i) Adopta medidas de protección, contención y corrección,

frente a los casos de violencia y acoso entre estudiantes, en

coordinación con el (a) Director (a).

j) Informa periódicamente por escrito, la Directora de la

Institución Educativa acerca de los casos de violencia y acoso

entre estudiantes, anotados en el Libro de Registro de

Incidencias, y de las medidas adoptadas.

k) Informa a la Directora sobre las y los estudiantes que

requieran derivación para una atención especializada en

entidades públicas o privadas.

l) Realizar, en coordinación con la Directora y los padres de

familia o apoderados el seguimiento respectivo de las y los

estudiantes derivados a instituciones especializadas,

garantizando su atención integral y permanencia en la

Institución.

Art. 75 DE LOS DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES DE LOS

PADRES DE FAMILIA O APODERADOS

Los Padres de Familia son los educadores naturales de sus hijos y se relacionan

con el colegio mediante la matricula oficial, dentro de los derechos y obligaciones

que la ley les faculta, y se obligan a cumplir lo establecido en el Reglamento

Interno de la Institución Educativa.

83

Los padres o apoderados son los responsables legales de los alumnos.

Los Padres de Familia y/o apoderados cuentan con los siguientes DERECHOS:

a) Que sus hijos reciban formación acorde a los objetivos y fines del colegio.

b) Ser informado oportunamente del rendimiento académico y de conducta de

sus hijos a través de los informes de cada período académico.

c) Recibir información oportuna sobre los horarios, calendario, cronogramas y

normas que regulen el funcionamiento general del colegio.

d) Ser atendido respetuosa y diligentemente por los profesores, directivos y

personal del colegio, en jornada de trabajo y de acuerdo con el horario de

atención, ciñéndose estrictamente al mismo.

e) Solicitar explicaciones en situaciones que se presenten en el colegio

utilizando el conducto regular (profesor, Subdirecciones, Jefes de las

Áreas Formativas, según el caso).

f) Asistir puntualmente a las citas y reuniones convocadas por el profesor de

aula o tutor, o por la dirección del plantel.

g) Pagar puntualmente las cuotas de enseñanza, de acuerdo al cronograma.

h) Justificar oportunamente las tardanzas e inasistencia del padre familia y

de los alumnos cuando corresponda.

i) Conocer y cumplir lo prescrito en el presente Reglamento.

j) Apoyar la labor educativa y formativa que imparte el colegio.

k) Firmar las libretas de notas, pruebas de evaluación y los documentos que le

remita el colegio.

Los Padres de Familia y/o apoderados promueven el desarrollo integral del

núcleo familiar a través de los siguientes DEBERES:

a) Participa activamente en la Escuela de Padres, asumiendo el compromiso de

la práctica de valores en su familia.

b) Promueve y participa en actividades culturales, recreativas y deportivas

orientadas a la integración familiar.

c) Es partícipe en las acciones de consejería familiar orientadas a la mejora

de su formación personal y familiar.

Los padres de familia o tutores del alumno/a de la Institución Educativa

“San Benito de Palermo” asumen las pautas que la Institución propone a

continuación:

84

a) Procurar que exista la mayor coherencia entre la vida familiar y el Ideario

del Colegio, asumiendo personalmente su conocimiento, profundización y

testimonio.

b) Fortalecer la relación entre el colegio y la familia asistiendo activamente a

la Escuela de Padres, a las reuniones, a las entrevistas, a los actos

escolares organizados por el colegio.

c) Aunar esfuerzos para defender, vitalizar y promover la libertad de

enseñanza que les asegure la posibilidad de una educación integral para sus

hijos.

d) Darse por notificado de toda comunicación que remita el colegio por

escrito.

e) Justificar por escrito las inasistencias de sus hijos/a, acompañando los

certificados correspondientes, cuando la inconcurrencia haya sido

motivado por enfermedad.

f) Respetar la autonomía de la Dirección en la conducción del colegio y en la

elección de los educadores.

g) Colaborar con el personal docente reconociendo su autoridad y

proporcionándole los datos que consideren necesarios para facilitar el

conocimiento del alumno y comprender mejor la realidad que vive.

h) Cumplir puntualmente con los aspectos administrativos-pensiones, como

medio material que contribuye al óptimo desenvolvimiento del Colegio.

Entregar en su oportunidad la documentación que Secretaría de la

Dirección solicite.

i) Conocer el Sistema de Convivencia Escolar, en casos en que sus hijos

incurran en violencia están obligados a brindar toda su colaboración para

corregir dichos actos y deben comprometerse a cumplir con la consejería

respectiva, en aplicación de la Ley N° 29719. Asimismo, es deber de los

padres de familia para que formule su proyecto personal de vida.

j) Permitir que el personal de vigilancia, por medidas de seguridad, revise

carteras, maletines y bultos, que ingresen o retiren del colegio. No pueden

ingresar al colegio determinados objetos sin permiso de la dirección.

k) Colaborar con el Colegio:

Cumpliendo las normas e indicaciones que están vigentes (asistencia,

puntualidad, presentación personal: cabello corto para los varones, para las

mujeres el cabello ordenado, sin maquillaje, sin colores, etc.; uso del

uniforme que indica el Colegio).

Evitando hacer comentarios desfavorables.

85

Presentando sus inquietudes y sugerencias a quien corresponda, siguiendo

el protocolo establecido en el Reglamento Interno de la Institución

Educativa “San Benito de Palermo”.

Participando activamente en los Comité de aula, comisiones o reuniones

programadas por la Institución o tutores.

l) El padre de familia o apoderado debe informar mediante la actualización

de la ficha médica las enfermedades preexistentes de su hijo y las que se

presenten durante el año escolar.

m) Los padres de familia o apoderados deben evitar enviar a sus hijos al

colegio con síntomas y signos de alguna enfermedad.

Art. 76 PROHIBICIONES A LOS PADRES DE FAMILIA:

a) Faltar el respeto y/o ejercer presiones sobre el personal del colegio.

b) Contratar a los profesores del plantel para dar clases particulares a los

alumnos de su propia sección.

c) Invitar a los docentes a sus domicilios u otros lugares ajenos al colegio,

para tratar asuntos relacionados con el colegio.

d) Dar obsequios al personal del colegio a fin de lograr favores no éticos

(influenciar en las notas de aprovechamiento o conducta).

Art. 77 DE LOS COMITÉS DE AULA

CONSTITUCIÓN, FINES, DERECHOS Y FUNCIONES

El Comité de Aula de Padres de Familia es un órgano de colaboración integrado

por todos los Padres de Familia y Apoderados de los y las estudiantes que tengan

la condición de matriculados en una misma sección.

Son fines del COMITÉ DE AULA de Padres de Familia:

a) Cooperar en la formación integral del educando, promoviendo y

organizando actividades de apoyo a sus hijos o hijas, en aspectos

religiosos, culturales y formativos.

b) Propiciar la comprensión, cooperación y solidaridad entre los miembros del

Comité de Aula, Tutor (a) y demás Profesores e integrantes del Colegio.

86

Son derechos y obligaciones de los integrantes del Comité de Aula de Padres

de Familia:

a) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento.

b) Asistir a las reuniones y participar en las actividades que se organicen en

la Institución Educativa.

c) Apoyar al Tutor (a) de sección, de acuerdo a los objetivos institucionales.

d) Asistir a la Escuela de Padres programada por la Institución. La

inasistencia a la Escuela de Padres afectará al estudiante en su boleta de

notas.

Los integrantes del Comité de Aula de Padres de Familia tienen las

siguientes funciones:

a) Aprobar el Plan de Trabajo elaborado por el Comité de Aula con el

asesoramiento de su respectivo Tutor (a).

b) Cumplir fielmente la normatividad institucional y las disposiciones de las

autoridades del Colegio.

c) Conocer y hacer conocer la Misión y Visión del Colegio Claretiano.

d) Planificar, organizar y ejecutar servicios de capacitación dirigidos a los

padres de familia de su sección para revalorar la estructura familiar, en

coordinación con el (la) Coordinador(a) de Tutoría.

e) Respetar la labor educativa que realizan los profesores, personal

administrativo y de apoyo.

f) Mantenerse informados de las actividades que se realizan para ayudarse

mutuamente en su vida personal, familiar y de relación con el Colegio.

g) Apoyar al Tutor (a) en su labor formativa. Apoyar y participar en todas las

actividades programadas por los (as) responsables de los diferentes

órganos de ejecución.

h) Colaborar en el mantenimiento y conservación del aula.

Las reuniones del Comité de Aula serán convocadas por la Junta Directiva en

coordinación con su respectivo tutor (a), quien es el nexo de comunicación con las

autoridades del Colegio y estará presente en dichas reuniones en forma

obligatoria. Toda reunión del Comité de Aula tendrá una agenda supervisada por

el tutor (a) y aprobada por el (la) Coordinador(a) de Tutoría. Los padres de

familia que no asistan a dichas reuniones dejan por entendido la aceptación de los

acuerdos asumidos por los padres de familia asistentes.

87

La solicitud de un ambiente en el Colegio para llevar a cabo reuniones del Comité

de aula, la gestionará el tutor(a), con 48 horas de anticipación, mediante correo

institucional dirigida al Coordinador de Tutoría con copia a Administración

adjuntando agenda a tratar, indicando hora de inicio y término, que no debe

exceder del horario establecido.

Art. 78 FUNCIONES ESPECIFÍCAS DEL COMITÉ DE AULA

SON FUNCIONES DEL (LA) PRESIDENTE(A) DEL COMITÉ DE AULA:

a) Presidir las sesiones del Comité de Aula.

b) Supervisar las funciones y actividades de los otros miembros del comité

c) Proponer el Plan de Trabajo con asesoramiento del tutor o tutora, quien lo

elevará a la instancia correspondiente para su conocimiento, aprobación y

archivo.

d) Es responsable de rendir cuentas al Comité de aula y al respectivo tutor

(a) de los fondos de la sección, junto con el Tesorero, rendición de cuentas

inmediatamente realizada la actividad, la cual será entregado al tutor (a),

quien lo elevará a la instancia correspondiente para su conocimiento y

archivo.

SON FUNCIONES DEL (LA) SECRETARIO(A):

a) Reemplazar al (la) Presidente(a) en casos de ausencia del (la) titular.

b) Redactar las Actas, citaciones, documentos y correspondencia de los

asuntos concernientes a la sección. Mantener al día el Libro de Actas.

Tener al día el Registro Telefónico de los miembros del Comité de Aula.

c) Asistir a las reuniones del Comité de aula y colaborar en las tareas

comunes.

SON FUNCIONES DEL (LA) TESORERO(A):

a) Llevar el registro y documentación que sustenta el manejo de fondos del

Comité de aula.

b) Recaudar los ingresos del Comité de aula consignados en el Plan de trabajo

y aprobados por la Dirección.

c) Asistir a las reuniones del Comité de aula y colaborar en las tareas

comunes.

88

d) Informar al Comité de aula sobre el estado económico al término de toda

actividad en que se haya manejado dinero.

e) Es responsable junto con el (la) Presidente (a), de rendir cuentas ante el

Comité de aula y a su respectivo tutor (a) mediante documento de balance

de ingresos y egresos, quien lo elevará a la instancia correspondiente para

su conocimiento y archivo.

CAPÍTULO XIII

DE LOS CONTRATOS Y SISTEMAS DE BECAS

Art. 79 Los contratos de trabajo del Personal de la Institución se realiza de

acuerdo a ambas partes, rigiéndose por un año académico, pudiendo renovarse

por acuerdo mutuo, bajo las condiciones laborales y económicas y las

disposiciones vigentes y lo acordado por los contrayentes.

Art. 80 Las becas de estudio s los estudiantes se rige por el presente

Reglamento interno, por destacado rendimiento académico, razones de salud de

la familia, alumnos o por la aceptación de la Promotoría previa presentación de la

documentación respectiva. Las becas pudieran ser: integrales, 50% o 25%.

CAPÍTULO XIV

DISPOSICIONES FINALES:

PRIMERA El presente Reglamento Interno es susceptible de modificaciones y

reajustes de acuerdo a los cambios de la normatividad y a las

necesidades de crecimiento y desarrollo del Plantel; aprobándose

por Resolución Directoral y comunicado a la UGEL N° 06. Será

evaluado al Inicio, al término del I Semestre y al concluir el año

escolar 2020

89

SEGUNDA El presente Reglamento Interno ha sido elaborado en base al

esquema sugerido por la UGEL N° 06, adecuado a nuestra realidad y

necesidades.

TERCERA Los casos no contemplados por el presente Reglamento Interno

serán resueltos por la Directora con participación del Comité del RI.

CUARTA El presente Reglamento Interno entra en vigencia a partir de su

aprobación mediante la Resolución Directoral de la IEP “SAN

BENITO DE PALERMO”, dejando sin efecto el Reglamento Interno

del 2019.

Los Portales, marzo del 2020

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