GASTOS DE MOVILIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTADURÍA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
NORMATIVA VIGENTE
DECRETO N° 501 GCABA/12
RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 18 MHGC-MMGC-MJGGC- SECLYT/12
RESOLUCIÓN N° 1769 MHGC/12 modifcada porRESOLUCIÓN N° 2617/MHGC/16
DECRETO N°501 GCABA/12
Son gastos de movilidad aquellos importes que se anticipan o reintegran en forma trimestral en concepto de traslados, en los términos del presente Decreto
El pago de gastos de movilidad se hace efectivo en forma trimestral a favor de los agentes de planta permanente, de planta transitoria, de planta de gabinete, a los que se encuentren bajo el Régimen Gerencial, así como de las personas contratadas bajo el régimen de locación de obra y de servicio, becadas o vinculadas con esta Administración por una relación de asistencia técnica o de pasantía que, en cumplimiento de órdenes de servicio emanadas de un funcionario con nivel no inferior a Director General, deben desempeñarse fuera del ámbito habitual de sus tareas, dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o hasta 50 Km. fuera de dicho radio y para lo cual resulte necesario el uso de medios de transporte tanto público (colectivos, subtes, trenes, taxis) como privado (remises) en días hábiles o inhábiles administrativos
DECRETO N°501 GCABA/12
Establécese que podrán reconocerse el pago de gastos de movilidad a aquellos funcionarios que no tengan asignado auto oficial y deban desempeñarse fuera del ámbito habitual de sus tareas, dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o hasta 50 Km. fuera de dicho radio y para lo cual resulte necesario el uso de medios de transporte público y privado, en días hábiles o inhábiles administrativos
No corresponde la asignación de gastos de movilidad a los funcionarios que utilicen en los traslados vehículos oficiales
Los fondos para gastos de movilidad son asignados una vez por trimestre a las reparticiones que así lo soliciten a la Dirección General de Contaduría, dentro de la correspondiente previsión presupuestaria, debiendo rendirse su inversión una vez culminado el trimestre. Podrá solicitarse una nueva asignación conjuntamente con la presentación de la rendición del trimestre anterior. Dichos fondos serán otorgados en la medida en que la rendición haya sido aprobada por la autoridad revisora.
Gastos de Movilidad
Agentes de planta
permanente
Agentes de planta transitoria
Agentes de planta de gabinete
Agentes bajo el régimen
gerencial
Contratados bajo el régimen de obra y locación de servicio
PasantesBecados
Asistentes técnicos
Aquellos importes que se anticipan o reintegran en forma trimestral en concepto detraslados.
Funcionariossin autooficial
$60 .- Valor diario máximo de gastos de movilidad por el uso detransporte público (colectivo, subtes y trenes) en el ámbito de la CABA.
$230 .- Fuera del radio de la CABA, hasta 50 km.
$450 .- Valor diario máximo por el uso de transporte publico y privado (taxis y remises).
$30 .- Asignación diaria adicional a favor de conductores de vehículos oficiales del Jefe de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios.
Montos Asignados (Res. N° 2617-MHGC-2016)
Etapa de Solicitud de Fondos de Movilidad Pedido Inicial
La repartición solicitante caratula un único Expediente Electrónico bajo el código de trata “GENE0201B”.
Vincular el acto administrativo de nombramiento deresponsables bajo el tipo de documento “Resolución” (en caso de realizarse modificaciones deberá vincularse el Acto Administrativo que así lo disponga).
Solicitud de Entrega de Fondos (SEF)
La repartición solicitante debe confeccionar la SEF
Afectación Preventiva
En caso de que la carga presupuestaria no esté descentralizada, esta tarea será realizada por la Autoridad Revisora.
CONFECCIONAR EN GEDO COMO
PartidaPresupuestaria
N°: 3.7.8
•
•
•
Beneficiario
Cuenta bancaria
Unidad ejecutora
Informe Solicitando Fondos
La repartición solicitante debe generar el “Informe” GEDO, donde se solicitan los fondos en concepto de Movilidad.
Modelo N° 3 – Res. Conjunta N° 18 – Anexo III
Rango de firma: máxima autoridad de la repartición solicitante
En caso de delegación de firma deberá adjuntarse copia del Acto Administrativo correspondiente
Tener en cuenta:
Al tratarse de la primera solicitud de fondos del ejercicio
deberá adjuntarse además el formulario C55 en estado C
“confirmado” correspondiente a la rendición del ultimo
trimestre solicitado del ejercicio anterior.
Controlar y Solicitar el depósito de los Fondos
La autoridad revisora, debe generar el “Informe” en el que se solicita la entrega de los fondos.
Modelo N° 4 – Res. Conjunta N° 18 – Anexo III
Rango de Firma: máxima autoridad de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal u organismo equivalente.
Controlar y Generar Orden de Pago (DG. de Contaduría)
Genera OP
Rango de firma
Jefe a cargo del Dto. Responsables
Director del área
Director General de la DGCG
Vincula OP Tesorería
Etapa de Rendición de Fondos de Movilidad
Plazos La solicitud de entrega de fondos podrá formularse hasta el día
quince (15) del último mes del trimestre.
Las rendiciones no podrán exceder de treinta (30) días corridos desde la fecha de finalización del trimestre.
La autoridad revisora, tiene como plazo máximo para aprobar la rendición treinta (30) días hábiles administrativos a partir de la fecha en que son rendidas ante dichas unidades de organización.
Etapa de Devolución de Fondos de Movilidad
La repartición solicitante deberá proceder a la devolución de los saldos no invertidos ante la autoridad revisora la cual confeccionará el formulario C55 ( DEG) de Devolución de Fondos.
Modelo N° 8 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18
Rango de Firma: máxima autoridad de la repartición.
Afectación DefinitivaCONFECCIONAR EN GEDO COMO
Si bien los saldos no invertidos no afectan gastos se debe vincular el C55 (DEG) como Afectación Definitiva
Confeccionar C55 de Devolución de Fondos
La autoridad revisora debe confeccionar el formulario C55de Devolución de Fondos en estado “S” (autorizado).
Presentar en Tesorería una CO de conformidad con el Modelo N° 9 (Modelo de Devolución de saldo no invertido de fondos de movilidad), el C55 por triplicado remitido por la DGTAL y los Fondos a devolver.
Vincular a la Rendición el C55La repartición solicitante debe vincular el formulario C55 de Devolución en estado C “confirmado” (quien confirma dicho formulario es la Tesorería).
Afectación Definitiva
Rango de Firma: responsable de fondos
Informe GráficoRango de Firma: responsable de fondos
CONFECCIONAR EN GEDO COMO
Si bien los saldos no invertidos no afectan gastos se debe vincular el C55 (DEG) como Afectación Definitiva
Vincular Ticket y Recibo de Ingresos Varios
La repartición debe vincular el Ticket y el recibo de Ingresos Varios
CONFECCIONAR EN GEDO COMO
Confección de Anexos (Repartición)
Planilla de Resumen Trimestral
Modelo N° 5 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18
Anexo Firma
Conjunta
Máximo responsable de la
repartición
Uno de los responsables
Confeccionar Afectación C55
La repartición solicitante debe confeccionar el formulario C55 en estado “S” correspondiente al monto devengado. Afectación
Definitiva
Confeccionar Acto Administrativo
La repartición solicitante debe realizar el correspondiente Acto Administrativo de aprobación del gasto. En el mismo debe hacerse referencia al “Anexo Firma Conjunta” (Planilla de Resumen Trimestral) y al número con el que quedo registrado en SADE.
CONFECCIONAR COMO
Informe Rendición/Solicitud de los Fondos
La repartición solicitante debe generar el“Informe” en GEDO.
Modelo N° 3 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18
Rango de Firma: máximo responsable de la repartición solicitante.
En caso de delegación de firma deberá adjuntarse copia del Acto Administrativo correspondiente
El Control de la Rendición debe centrarse en:
a) Verificación de cálculos aritméticos y topes máximos.
b) Controlar que todos los documentos pertinentes cumplan con el rango de firma requerido.
c) Controlar que se encuentre agregado al Expediente Electrónico el Acto Administrativo que aprueba el gasto.
d) Verificar en caso de devolución, que se encuentre adjunto el Formulario C55 en estado “C”, el Recibo de Ingresos Varios y el Ticket (entregados por la Tesorería General).
Devengar Afectación C55
La autoridad revisora, debe vincular la Afectación C55 en estado “C” (confirmado) correspondiente al monto
devengado.
Afectación Definitiva
CONFECCIONAR EN GEDO COMO
Aprobar la Rendición
La autoridad revisora debe generar el “Informe” en GEDO.
Modelo N° 4 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18
Rango de Firma: máxima autoridad
Última Rendición al finalizar el ejercicio
La autoridad revisora debe generar el “Informe” en el que se hace un resumen final del ejercicio y se solicita el archivo del Expediente Electrónico.
Modelo N° 7 – Anexo III – Res. Conjunta N° 18
Rango de Firma: máxima autoridad