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8/18/2019 Demanda del Colegio de Abogados de Bahia Blanca, por Juicio Politico Contra Salvatori Reviriego
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FORMULA ACUSACIÓN.
Señor Presidente de la
Excma. Surema Corte de !usticia
de la Pro"incia de #uenos Aires
$octor Eduardo N%stor de L&''ari.
(ERAR$O RAFAEL SALAS) a*o+ado) ,- I F- /0 CA##1
CPAP#A) le+a2o N- /3.456) CUI, /7847597/798:1 ; CECILIO
LEONAR$O #E$ER) a*o+ado1 ,- III F- 40/ CA##1 CPAP#A)
le+a2o N- //.66648>) CUI, /7870363:93841
constitu;endo domicilio ad litem en la sede del Conse2o
Suerior del Cole+io de A*o+ados de la Pro"incia de
#uenos Aires) sita en calle 43 N- >3> ?es@uina calle 3>
de La Plata) a .E. nos resentamos ; decimosB
4. PERSONALI$A$.
Cumlimos la unciDn de residente ; secretario
resecti"amente) del COLE(IO $E A#O(A$OS $EL $EPAR,AMEN,O
!U$ICIAL $E #AA #LANCA) con domicilio le+al en Moreno
5/ iso /- de #aGHa #lanca. Ad2untamos coias
certiicadas del acta ?olios 777/50
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reresentaciDn de la InstituciDn de menciDn) con el
ele"ado roDsito de cumlir el insosla;a*le de*er le+alimuesto or el artHculo 49 incisos 9) 47 ; 44 de la Le;
0.4>>) ,.O. $ecreto /.::0
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Por Ga*er incurrido en tales causales)
solicitamos al !urado de En2uiciamiento @ue ordene ormarcausa al acusado) dison+a la inmediata SUSPENSIÓN en el
e2ercicio de la unciDn ;) inalmente) la $ES,I,UCION)
con las costas del 2uicio.
6. RECAU$OS $E A$MISI#ILI$A$.
6.4.ResoluciDn del Conse2o $irecti"o.
El Conse2o $irecti"o del Cole+io de A*o+ados del
$eartamento !udicial de #aGHa #lanca) en la reuniDn del
/ de diciem*re de /.773) decidiD or unanimidad de los
miem*ros inte+rantes ormular esta acusaciDn) conorme
resulta de la coia certiicada @ue es acomañada del
acta N- 449> otor+ada a los olios 77//::>) ,.O. $ecreto /.::0
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A mediados del mes de diciem*re de /776 el
Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca tomD conocimiento de@ue un uncionario 2udicial inte+rante de una terna ara
cu*rir la "acante existente en un !u'+ado Ci"il ;
Comercial de #aGHa #lanca) el $r. Ru*%n Moiola) Ga*Ha
sido "isitado or una a*o+ada del oro local) $ra. $elia
Rosa Laiua) ara orecerle sus inluencias ara @ue sea
el ele+ido de esa terna) Gaciendo alusiDn a @ue de*Ha
inte+rarse al +ruo @ue ellos orma*an con su marido) el
$r. (usta"o !or+e Sal"atori Re"irie+o) otros a*o+ados ;
olHticos de inluencia) ara lo cual lo in"ita*a a
concurrir a un estudio 2urHdico local ara entre"istarse
con inte+rantes de ese +ruo.
El $r. Moiola recGa'D el orecimiento
maniestando @ue sDlo acetarHa ser desi+nado en "irtud
de su idoneidad ; @ue Ga*Ha cumlido con todo cuanto
de*Ha ara ser desi+nado ma+istrado. La resuesta molestDa la letrada @uien entonces) como reresalia) amena'D al
uncionario señal&ndole @ue sin su ao;o nunca lle+arHa a
ascender en su carrera 2udicial.
Ni *ien se enterD de lo acontecido ; ante la
+ra"edad del GecGo) el Cole+io de A*o+ados emitiD un
comunicado de rensa @ue se u*licD en los medios orales
; escritos de la ciudad ; con"ocD a los tres inte+rantes
de la terna a eectos de conirmar la "ersiDn.
Ante la trascendencia del GecGo) el Fiscal
(eneral del $eartamento !udicial ordenD la ormaciDn de
la IPP n- >4.4/0?se+n numeraciDn ori+inaria de tr&mite
or ante la UFI N- 4 a car+o del A+ente Fiscal CGristian
Fernando Lon+ ara @ue se in"esti+ara el GecGo) denuncia
@ue lue+o de su tr&mite ue recGa'ada or no Ga*erse
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ro*ado @ue @uien roiriD las amena'as ?$ra. Laiua
tu"iera +o*erna*ilidad en el daño rometido ara Gacercumlir las amena'as ?“nunca serás Juez sin nuestro
apoyo . ,u"o sH or ro*ados) los GecGos tal como los
Ga*Ha relatado el $r. Moiola.
Este GecGo) +ra"e ; reocuante) tu"o eecto
disarador en el oro del deartamento ; moti"D a @ue
"arios a*o+ados de la matrHcula) concurrieran al Cole+io
de A*o+ados reocuados or) a 2uicio de ellos) las
+ra"es irre+ularidades cometidas or el $r. (usta"o !or+e
Sal"atori Re"irie+o.
El Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca ormD una
comisiDn esecial inte+rada or reresentantes del mismo
Cole+io) los conse2eros Raul Josco ; Al*erto E. (Kr+1
un reresentante de la FederaciDn Ar+entina de Cole+ios
de A*o+ados ?FACA) $r. %ctor $ie+o Furlon+1 un
reresentante del Cole+io de A*o+ados de la Pro"incia de#uenos Aires) $r. !or+e SeraHn (roa1 ; un a*o+ado de
la matrHcula) $r. I"&n F. #udassi) @uienes inmediatamente
comen'aron a tra*a2ar reci*iendo denuncias ; reuniendo
toda las uentes conirmatorias de las "ersiones
denunciadas. Las conclusiones de la tarea de la ComisiDn)
son las @ue sir"ieron de *ase ara la ormulaciDn de esta
demanda ; ser&n o*2eto de extenso tratamiento m&s
adelante.
A su "e' ; moti"ados or los acontecimientos @ue
o*"iamente conmocionaron a todo el oro) el $r. Sal"atori
Re"irie+o 2unto a su cole+a de Sala $r. Mi+uel n+el
$ie') concurrieron a la Surema Corte de la Pro"incia de
#uenos Aires ; como resultado de esa entre"ista) se
iniciD un sumario administrati"o @ue lle"a el nmero uno
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?4 del año /773. Acta como instructora la $ra. Susana
Sisto de la Secretaria de Control de la Surema Corte ;allH se a+re+aron coias de toda la inormaciDn colectada
or la ComisiDn del Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca
reuni%ndose tam*i%n numerosa inormaciDn roducto del
tra*a2o de los insectores actuantes.
Lue+o de la la*or desarrollada or la ComisiDn
ormada al eecto) reali'ada con toda la rudencia ;
resonsa*ilidad @ue las circunstancias del caso exi+Han)
el Conse2o $irecti"o resol"iD romo"er la acusaciDn
contra el ma+istrado) con *ase en las causales @ue
se+uidamente asamos a exoner.
3.4. ENRIUECIMIEN,O ILCI,O.
Como di2imos) a raH' de la "isita del $r.
Sal"atori Re"irie+o a la Surema Corte Pro"incial) se
ormD un exediente administrati"o ?sumario N- 477 Gect&reas de camo
u*icadas en las cercanHas de la ciudad de #aGHa #lanca)
inmue*les en la ciudad ; tres automotores. El Cole+io de
A*o+ados Ga rouesto una serie de medidas ara
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in"esti+ar la comosiciDn del atrimonio de am*os
cDn;u+es ?Sal"atori Re"irie+o ; Laiua ; Ga edido @uese in"esti+ue tam*i%n si el ma+istrado Ga ad@uirido
*ienes a nom*re de terceras ersonas @ue con sus in+resos
no odrHan nunca Ga*er ad@uirido ara sH. Se trata en un
caso) del cuñado de Sal"atori) el $r. !uan Laiua)
m%dico radicado en esta ciudad.
A oco de @ue se ad"iertan las irre+ulares
conductas del ma+istrado @ue se descri*ir&n) se odr&
concluir @ue su atrimonio se Ga incrementado
directamente como roducto de su conducta indi+na como
uncionario 2udicial) m&xime cuando los *ienes ueron
ad@uiridos a artir del año 4996.
3./. E2ercicio clandestino de la a*o+acHa.
El $r. (usta"o !or+e Sal"atori Re"irie+o est&
casado con $elia Rosa Laiua) @uien es a*o+ada ; e2erce
Ga*itualmente la roesiDn en el &m*ito del $eartamento.Su condiciDn rente al imuesto al "alor a+re+ado ue la
de resonsa*le no inscrita Gasta @ue se eliminD esa
cate+orHa.
El $r. Sal"atori Re"irie+o Ga e2ercido
clandestinamente la roesiDn de a*o+ado) ocultando esta
acti"idad mediante la resentaciDn de escritos con la
irma de su cDn;u+e ; de otros a*o+ados.
La "i"ienda articular del matrimonio Sal"atori
Re"irie+o Laiua se encuentra u*icada en la calle
ie;tes N- 005 de #aGHa #lanca. En ese mismo lu+ar
tam*i%n unciona el estudio 2urHdico de la a*o+ada e
i+ualmente un desacGo ri"ado del ma+istrado) conti+uo a
la oicina de la a*o+ada.
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Al+unos de los escritos resentados en leitos en
los @ue Ga inter"enido $elia Laiua) ueronconeccionados or Sal"atori Re"irie+o.
En otras oortunidades) resentaciones de
clientes de $elia Laiua ueron irmadas or otros
a*o+ados a esar de @ue la direcciDn del exediente se
encontra*a a car+o de la a*o+ada. $e esa orma) se
e"ita*a @ue el !ue' de*iera excusarse or la inter"enciDn
de su cDn;u+e.
$e acuerdo al testimonio de #eatri' Liliana
Castillo) @uien ue emleada de Laiua durante die'
años) el estudio “!# estaba compuesto por tres
oficinas y una sala de espera $ue una oficina la
ocupaba la %ra &aiuppa' la oficina del medio
correspondía a la secretaria y la tercer oficina era
ocupada por el %r (alvatori )eviriego ?"er acta de
declaraciDn le"antada el /> de enero de /773 en la causaN- >4.4/0) de tr&mite or ante UFI N- 4.
ale decir @ue) en el mismo &m*ito Hsico)
tra*a2a*a simult&neamente el matrimonio. Relata Castillo
@ue “ los escritos de mero trámite' tal como pedir
que se libren oficios o c*dulas o notificar alg+n
traslado' los efectuaba la deponente en su computadora o
en una máquina de escribir, pero los escritos más
complejos eran hechos en la computadora del %r
(alvatori )eviriego y a mí me los alcanzaba para que yo
los hiciera firmar y posteriormente los presente en
secretaría' la %ra &aiuppa $ue le consta que los
escritos se confeccionaban en la computadora que se
hallaba en la oficina del %r (alvatori y no en la
computadora que habitualmente usaba la %ra &aiuppa
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porque tanto la computadora que usaba la %ra &aiuppa
como la que usaba la declarante eran de un modelo viejo'con monitor blanco y negro' con impresoras tambi*n
viejas, en tanto la computadora y la impresora del %r
(alvatori )eviriego eran nuevas ?,estimonio de
Castillo1 i*Hdem.
En t%rminos similares se exidiD la testi+o al
deoner ante la ComisiDn desi+nada or el Conse2o
$irecti"o de este Cole+ioB “$ue aclara que los escritos
a los que se refirió antes' y que salían de la máquina
que manejaba el %r (alvatori se referían a diferentes
e-pedientes' generalmente los escritos complicados $ue
el %r estaba todos los días a la tarde en su despacho
$ue veía a la %ra ingresar a ese despacho y salir con
los escritos en algunas oportunidades y tambi*n pasar
con e-pedientes que eran aquellos e-pedientes en los que
trabajaba la dicente y que retiraba de tribunales parael .studio &a %ra ponderaba a su marido y evacuaba las
consultas en las que tenía dudas ?,estimonio de la
Castillo ante la ComisiDn Esecial.
Una simle an%cdota *asta ara esclarecer la
cuestiDn ; conirmar las sosecGasB “desea manifestar
que en una oportunidad' no pudiendo precisar en qu*
e-pediente' tratándose de una contestación de un
traslado que vencía con cargo y siendo una tarde de
atención al p+blico' cuando la deponente llegó al
.studio pudo ver que dicha contestación no estaba hecha
y la %ra &aiuppa estuvo toda la tarde atendiendo gente'
hasta que en un determinado momento' casi en la hora de
cierre del .studio' la %ra &aiuppa ingresó en la
oficina del %r (alvatori )eviriego y salió con el
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e-pediente y la contestación escrita y luego la firmó y
se la dio a la dicente en mano para que la presentara aldía siguiente en las dos primeras horas /or lo e-puesto
la dicente podría asegurar que la %ra &aiuppa no pudo
haber hecho esa contestación ya que estuvo' reitera'
toda la tarde atendiendo clientes ?,estimonio de
Castillo en la causa enal >4.4/0.
Ello se "incula con lo @ue señalaremos en el
caHtulo a desarrollar m&s adelante resecto del tema
llamado “Corporación cuando se exlicite la relaciDn
ideolD+ica ; temoral entre la imu+naciDn de $elia
Laiua al acuerdo arri*ado entre la CororaciDn del
Comercio ; de la Industria de #aGHa #lanca ; sus
acreedores) ; el dictado de la sentencia de la C&mara de
Aelaciones en los autos “0ugo 1uti*rrez ()& s2
$uiebra !0oy Concurso preventivo# . decimos "inculaciDn
ideolD+ica ; temoral or@ue al+unas de las ideas delescrito ueron reroducidas casi ielmente dHas desu%s
en el allo comentado) cu;o dictado adem&s) ue es+rimido
or la $ra. Laiua ara or'ar un a+o ile+Htimo.
Las similitudes de las ie'as 2urHdicas) nos
ersuaden de su nica autorHa. La secuencia cronolD+ica
es decir el escrito rimero ; la sentencia desu%s nos
ermiten ad"ertir de @u% orma ueron or+ani'ados ara
ser utili'ados en con2unto) tra*a2ando am*os esosos
coordinadamente a a"or de un me2or resultado econDmico
del asunto.
Esta acti"idad ilHcita del !ue' resulta de
conocimiento *lico se+n lo reiere la testi+o Miriam
Larrea @uien le ad2udica el comentario a otros a*o+ados ;
al $r. Lon+as @ue) cuando era residente del ,ri*unal de
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Familia) “ en oportunidad de hablar sobre los mejores
abogados en derecho de familia' comentó que una de ellasera la %ra &aiuppa, pero que tenía quien le diera
letra' aludiendo a que los escritos se los hacía el
marido' es decir el %r (alvatori )eviriego ?"er
declaraciDn de Miriam Larrea ante la ComisiDn 3d hoc.
Lo Gasta a@uH exuesto no uede de2ar de
"incularse con el sin+ular eisodio @ue tu"o como
rota+onista a la sociedad “3morosi y Cia (3 ; a sus
dos socios) Eduardo !or+e ; oracio Amorosi) ; @ue Ga
lle+ado a nuestro conocimiento a tra"%s de las
comro*aciones @ue eectuara la comisiDn esecial.
Se+n el inorme ela*orado or uno de los
miem*ros de la ComisiDn) la cuestiDn) en rieta sHntesis)
Ga*rHa sido la si+uienteB
El $r. Carlos Rui') a*o+ado de la matrHcula) ue
asesor letrado ; aoderado de la sociedad mencionada ; desus socios. Se+n lo inormado or el Sr. Amorosi) el $r.
Rui' tra*a2a*a con la $ra. $elia Laiua ; sus escritos)
en "erdad) ertenecHan a “!# la pluma del %r
(alvatori )eviriego' el más brillante de los juristas
locales .
Rui') lue+o de inter"enir en el 2uicio de
di"orcio or mutuo acuerdo de !or+e Amorosi) declinD
Gacerlo en una incidencia contro"ertida suscitada con
osterioridad ; deri"D el asunto a otro cole+a del oro
localB el $r. $a"id (erardo Nudelman cu;os escritos
tam*i%n ueron redactados or el camarista.
Con osterioridad a estos a"atares) se
romo"ieron dos 2uicios la*orales contra la emresa cu;a
atenciDn ue deri"ada a la $ra. Laiua or conse2o del
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$r. Carlos Rui'. Las demandas la*orales resultaron
recGa'adas ; los Amorosi) o*li+ados al a+o de losGonorarios de sus a*o+ados) Rui' ; Laiua. ,ales
estiendios) @ue ascendieron a 67.777) ueron a+ados
con cGe@ues @ue oracio Amorosi entre+D al $r. Rui'. Uno
de estos cGe@ues) @ue lle"a el nmero 4:90500 or
0.777.8 li*rado el //
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quiebra !0oy concurso preventivo# con el escrito @ue)
*a2o la irma de la $ra. $elia Laiua) Ga*Ha sidoresentado en los autos caratuladosB “Corporación del
Comercio y de la 4ndustria de 5ahía 5lanca ) de tr&mite
or ante el !u'+ado de Primera Instancia en lo Ci"il ;
Comercial nmero siete) secretarHa seis) del $eartamento
!udicial de #aGHa #lanca.
Lue+o de anali'ar la comosiciDn literaria de
am*as ie'as) la exerta Ga concluido en @ueB “/or lo
analizado' argumentado y demostrado t*cnicamente en el
/lan de la pericia se concluye y afirma que hay
elementos de prueba suficientes que certifican que ambos
te-tos pertenecen al mismo autor .
ale decir @ue) siendo @ue am*as ie'as tienen la
misma autorHa) ca*e suoner @ue los dos tra*a2os Gan sido
coneccionados or uno de los dos irmantes. eremos
se+uidamente cDmo la ma;orHa de ellos es de ertenenciade (usta"o Sal"atori Re"irie+o.
En el se+undo reorte de la licenciada Straccali)
lo uesto en o*ser"aciDn Ga sidoB el mismo escrito de la
$ra. Laiua reci%n mencionado ?,.E.41 el escrito de la
a*o+ada) denominado QContesta traslado) @ue uera
resentado en los autos caratuladosB “1alván' 6irta
(usana c2 (chamun' Carlos 6anuel y otros s2 %a7os y
perjuicios ?ex. 90.773 ?,.E./) la trascriciDn de las
actas de las audiencias reali'adas en los autos
caratuladosB “&aiuppa' Juan 3lberto c2 3sociación 6*dica
de 5ahía 5lanca ?ex. 9:.0:0 ; en “Cifuentes' Jos* %
y otra c2 6unicipalidad de 5ahía 5lanca y otros ?ex.
:9./6:?,.O.4. ; la des+ra*aciDn de la entre"ista
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eriodHstica emitida en el ro+rama de radio QPanorama)
@ue conduce el eriodista %ctor (a; ?,.O./.Lue+o del an&lisis de las ie'as señaladas) la
exerta conclu;e en @ue) a esar de @ue los escritos
,.E.4 ; ,.E./ Gan sido irmados or la $ra. Laiua ; @ue
a ella ertenecen tam*i%n los discursos denominados ,.O.4
; ,.O./) en el rimero de ellos no se re+istraron errores
sint&cticos ni a+ramaticalidades @ue sH se Gan resentado
en los restantes.
AsH diceB “.l sujeto que enuncia y escribe en el
te-to 8.9 recurre a otro tipo de relacionantes' los
utiliza en forma rica' variada y adecuadamente' es
decir' de acuerdo a la normativa morfosintáctica
6anifiesta !a diferencia del hablante del te-to 8:9 y
8:;3# que su escritura responde a mecanismos que
generan las frases correctamente' teniendo en cuenta los
condicionamientos individuales !rol institucional# y sociales !ambiente de letrados y juristas# *ste no
presenta errores sintácticos de ese tipo (e reconoce
una alta y proba competencia no sólo de la gramática
ordinaria de la lengua' sino tambi*n del idiolecto
específico de su comunidad profesional .
Ello le ermite concluir @ue los textos
denominados ,.E.4 ; ,.E./ “no responden al mismo
sujeto hablante' por lo tanto tampoco e-iste
coincidencia entre el sujeto te-tual y el sujeto
escriturario .
En otras ala*rasB Si *ien a simle "ista el
texto escrito imide conocer de modo eGaciente si el
irmante es "erdaderamente el autor intelectual del
tra*a2o) la exresiDn oral ermite conocer
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cientHicamente si este su2eto arlante es caa' de
er+eñar una ie'a como lo uesta en duda.Sostiene la exerta @ue en el caso) la $ra.
Laiua carece de la idoneidad suiciente como ara ser
la autora de la imu+naciDn imetrada en el exediente de
la CororaciDn del Comercio ; de la Industria) denominado
en el tra*a2o como ,.E.4.
Ello asH or@ue en los dem&s tra*a2os ?,.E./ ;
en las transcriciones de las audiencias ; de la
entre"ista radial) la a*o+ada “presenta una
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or la $ra. $elia Rosa Laiua. La serie III est&
inte+rada or una serie de escritos irmados or el $r.(usta"o MatHas ScGumacGer.
Lue+o de anali'ar de modo minucioso los tres
+ruos de tra*a2os) Ga concluido en @ueB
Qa En la undamentaciDn de al menos ocGo textos
irmados or la $ra. $elia R. Laiua ?Serie II se
ad"ierte con claridad la inter"enciDn directa del emisor
de los nue"e textos irmados or el $r. (usta"o !or+e
Sal"atori Re"irie+o ?Serie I. b) Esto indica
indudablemente que, en lo esencial, el autor de los
textos de la Serie I es el mismo autor de, al menos, ocho
de los textos se la Serie II. c En la undamentaciDn de
al menos seis textos irmados or el $r. (usta"o MatHas
ScGumacGer ?Serie III) se ad"ierte con claridad la
inter"enciDn directa del mismo emisor de los textos de la
Serie I ; de la Serie II antes señalado ?el $r. (usta"o!or+e Sal"atori Re"irie+o. d) Esto indica indudablemente
que, en lo esencial, el autor de los textos de la Serie I
es el mismo autor de, al menos, los primeros seis textos
de la Serie III” ?la ne+rita es del ori+inal.
La autorHa del ma+istrado en los escritos
irmados or su cDn;u+e ; or el $r. (usta"o MatHas
ScGumacGer sur+e de las conclusiones de am*os tra*a2os
ericiales.
Pero adem&sB
Los "otos o*2eto del erita2e como todos los @ue
conocemos del camarista denunciado) exGi*en un aroiado
conocimiento 2urHdico ; se corresonden con la
ersonalidad de %steB un 2urista reconocido ; docente
destacado.
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,ales calidades resultan coincidentes con su
destre'a en el uso del len+ua2e. AsH lo sostu"o elroesor MonteleoneB “la competencia ling=ística del
emisor de los te-tos de la (erie 4' firmados por
(alvatori )eviriego' es' desde el punto de vista
gramatical y e-presivo' muy alta
Por el contrario) ;a Gemos "isto @ue) se+n la
licenciada Straccali) la a*o+ada carece de la atitud
ara ela*orar escritos de la calidad de los examinados.
En ello tam*i%n concuerda el roesor MonteleoneB
“.l emisor de este te-to parece ser otro en
cuanto a la competencia sintáctica' pero el mismo que se
reconoce en las series anteriores en cuanto al
repertorio l*-ico y al modo de argumentar .n el uso de
la sinta-is se hallan deslizamientos de la oralidad' que
no se hallan en los otros te-tos !# .l emisor en este
caso genera enunciados por escrito que parecentributarios de las leyes que utiliza el hablante en la
lengua oral> nos referimos a las leyes de la economía
verbal !simplificaciones' acortamientos' inacabamientos#
y la de e-presividad !recursos para reforzar sus
e-presiones' repetir' cometer redundancias# .
Id%ntica es la conclusiDn resecto de los
escritos irmados or ScGumacGer.
ale decir @ue) en ra'Dn de las inconundi*les
Guellas @ue Ga de2ado su autor en cada una de sus o*ras ;
or la notoria incaacidad de los a*o+ados irmantes ara
roducirlas) se encuentra cientHicamente demostrado @ue
el camarista denunciado Ga articiado ilHcitamente en la
acciDn de escritos 2udiciales.
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,al acti"idad se encuentra "edada a los
ma+istrados or imerio de las normas @ue ri+en ele2ercicio de la ma+istratura) or un lado) ; or las @ue
re+ulan la roesiDn de a*o+ado) or el otro.
Señala el inciso d de la le; 0.4>> @ue no odr&n
e2ercer la roesiDn de a*o+ado or incomati*ilidad
a*soluta “los magistrados' funcionarios y empleados
judiciales .
Se encuentra asH acreditado @ue el $r. Sal"atori
Re"irie+o Ga e2ercido clandestinamente la roesiDn de
a*o+ado) en la+rante "iolaciDn a las normas en
comentario) enmascarando esta acti"idad mediante la
resentaciDn de los escritos resecti"os con la irma de
su cDn;u+e ; del $r. (usta"o MatHas ScGumacGer.
Se trata de una causal de mal desemeño de la
ma+istratura en los t%rminos del artHculo /4 inciso m de
la Le; :.7:0) or "iolaciDn de la incomati*ilidada*soluta de los ma+istrados 2udiciales ara e2ercer la
roesiDn de a*o+ado) conorme lo disone el artHculo 6-
inciso d de la Le; 0.4>>. ,.O. $ecreto /.::0
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intentado o*tener la adGesiDn de la a*o+ada) @uien se
ne+D con el undamento de @ue la rouesta era lesi"aara sus intereses.
E2erciendo la acultad @ue le coniere a los
acreedores el artHculo 07 de la Le; /3.0//) el /6 de
octu*re de /77/ la $ra. Laiua imu+nD el acuerdo con
*ase en di"ersos ar+umentos. Entre ellos) ara los ines
erse+uidos con esta exosiciDn) se destacan dosB
a $enuncia*a @ue tres de las conormidades
restadas a la rouesta) carecHan de la certiicaciDn en
las condiciones de*idas como ara cumlir con la
exi+encia imuesta or el ArtHculo 30 de la LC. Con *ase
en ese GecGo concluHaB Q.... /or lo tanto' frente a la
inobservancia de un recaudo sustancial' se imponía tener
por no presentados esos escritos ?sin darle un nuevo
plazo para subsanar la deficiencia' puesto que si se lo
hiciera se estaría alongando un t*rmino que es perentorio e improrrogable @ corresponde así declarar
la quiebra de la Corporación' por no haber reunido las
mayorías necesarias .n definitiva' no hubo acuerdo' por
lo que el anunciado por A( queda impugnado tambi*n por
esta causa
* $enuncia*a @ue entre las "oluntades reunidas
ara lo+rar las ma;orHas le+ales) se conta*a la de AlTin
S.A. @ue era una sociedad creada al solo in de ad@uirir
un cr%dito licitado or el #.C.R.A. ; @ue le otor+a*a a
a@uella un "oto +ra"itante dentro del elenco de
acreedores de la CCIS#A. Airma*a @ue esa sociedad) desde
la constituciDn ?47
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Ga*Ha sido otor+ada con el acta de directorio N- /. “&o
que es definitorio y prueba cabal de una situación defraude que e-ige hasta la remisión de los antecedentes a
la Justicia /enal' es que esta sociedad comercial' que
aparece adquiriendo un cr*dito contra la concursada por
el que pagó BDE99F pero que le ha sido verificado
por BGH;EEH;'H' se conforme con cobrar centavos a
diez a7os y suscriba un acuerdo remisorioI
Entre la ecGa de resentaciDn ; el 67 de octu*re
de /77/) la roesional mantu"o una nue"a reuniDn con el
Contador Lon+oni) en la @ue le ad"irtiD @ue Ga*Ha
imu+nado la rouesta ; @ue i*a a resentar escritos
id%nticos en nom*re de otros dos a*o+ados acreedores or
los @ue Ga*Ha actuado en el concurso como aoderada) los
$res. Ariel ,russo ; !uan Fernando (aiter. ue ara
neutrali'ar todo ello tenHan @ue a+arle or su cr%dito)
US 40.777. Se+n el Contador Lon+oni) la a*o+ada ase+urD@ue "la quiebra iba a ser decretada por la Cámara Estas
airmaciones se undan en lo exuesto or el roesional
en el acta N- : corresondiente a la reuniDn del
directorio de AlTin cele*rada el 64 de octu*re de /77/.
Esa "ersiDn @ueda corro*orada en lo exuesto or el mismo
roesional en el acta N- /40: de la reuniDn de CCIS#A.
El 2ue"es 64 de octu*re de /77/) la Sala I
reunida en acuerdo) dictD sentencia deiniti"a en los
autos “0ugo . 1uti*rrez ()& ? su quiebra con rimer
"oto del $r. (usta"o Sal"atori Re"irie+o) en la @ue se
resol"iD decretar la @uie*ra de la reerida sociedad. Lo
su+esti"o de ese allo radica en los undamentos or los
@ue se decretD la @uie*ra. En ese roceso se Ga*Han
resentado conormidades en las @ue la irma de los
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acreedores ueron certiicadas or @uienes no re"estHan
cometencia ara ello ?el +erente de una entidad*ancaria) la autoridad olicial. En ese sentido) decHa
el cDn;u+e de la $ra. Laiua) como "ocal en rimer
t%rminoB “3 mi criterio' no procede acordar un plazo
suplementario para cumplir con los recaudos
desatendidos' puesto que ello conduciría a una indebida
e-tensión del período de e-clusividad' más allá de lo
permitido por el 3rtículo G &C$ o le bastaba a la
concursada con lograr las conformidades en el plazo
legalmente prescripto por el 3rtículo G' sino que debía
tambi*n acreditarlo en debida forma y en el mismo
t*rmino .sto +ltimo no lo hizo @ no vale en el caso
invocar la proscripción del e-ceso ritual' puesto que
tratándose de la aplicación de normas rígidas “como las
que establecen plazos' no cabe sino atenerse a ellas'
puesto que toda e-tensión “por peque7a que sea' haría procedente otra subsiguiente y similar' alongando los
plazos indefinidamente @ frente a un plazo perentorio
!3rtículo 9HH C/roc#' tampoco es posible restablecerlo
luego de fenecido' y su mero vencimiento determina el
decaimiento del derecho a proponer acuerdo preventivo
Adem&s de esa coincidencia ar+umentati"a) el
texto del "oto del $r. Sal"atori Re"irie+o resenta una
llamati"a similitud en la redacciDn) +ram&tica) sintaxis
e incluso "oca*ulario. $e acuerdo a los inormes t%cnicos
ela*orados or los roesores !or+e Monteleone ; MarHa
Eu+enia Straccali) ;a reseñados) resulta undado airmar
@ue ro"ienen de un mismo autor.
!or+e #onacorsi ; Oscar Mar*ella) residente ;
"iceresidente resecti"amente de la CCIS#A) concurrieron
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lue+o del 64 de octu*re de /77/ al estudio de la $ra.
Laiua con la exectati"a de Gacerla reconsiderar susexi+encias adem&s de maniestarle la necesidad de contar
con la'o ara el a+o. Sin em*ar+o) la roesional
reaccionD con ma;or dure'a ; ele"D la retensiDn a US
4:.777) aun@ue de2D a*ierta la osi*ilidad de dar
inanciaciDn. El di&lo+o no ue cordial e incluso)
Mar*ella esta*a decidido en oner in al di&lo+o ;
atenerse al de"enir de los GecGos se+n el curso 2udicial
del tr&mite. Mas “el temor de la mayoría de los
directivos de la institución “ante las amenazas de la
letrada por sus dichos y seguridades de que se iba a
decretar la quiebra' pudo más y terminó
condicionándolos ?textual de los dicGos del Sr. Oscar
Mar*ella en el acta de la reuniDn del directorio N- /.40:
de la CCIS#A) del 4/ de e*rero de /77/
Encomendados a una nue"a +estiDn) "isitaron una"e' m&s a la a*o+ada) el contador !or+e #onacorsi ; el
$r. Francisco !os% Costa arri*ando a un acuerdo or el
cual la acreedora cedHa el cr%dito a AlTin S.A. or un
recio de US //.777) del cual sDlo acetarHa dar reci*o
or 60.777.8 @ue en ese entonces) reresenta*an US
9.>09.8 considerando la coti'aciDn del 43
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Laiua cediD el cr%dito de su roiedad a AlTin S.A.
@uien a+D en ese acto en conceto de recio la cantidadde 60.777 si nos atenemos a lo consi+nado en la
escritura. El $r. Sal"atori Re"irie+o concurriD a restar
el asentimiento con;u+al del ArtHculo 4/>> del C.C.
Sin em*ar+o) como ;a di2imos) el a+o ue or una
cira suerior. Una "e' reunidos todos los
comarecientes) uno de los resentes le solicitD al
escri*ano una sala ri"ada a la @ue se retiraron el
Contador #onacorsi ; el $r. Sal"atori Re"irie+o. En ese
recinto a@u%l entre+D al ma+istrado la cantidad de US
4/.344. Lue+o de contarlo) "ol"ieron a la sala ;
rosi+uiD el acto con la irma de la cesiDn del cr%dito.
Al dHa si+uiente la $ra. Laiua resentD en el
concurso de CCIS#A el escrito desistiendo de la
imu+naciDn al acuerdo.
3.6./. $el relato de lo acontecido) resultanrele"antes las si+uientes conclusionesB
a En la rimera entre"ista con el contador
Lon+oni) la $ra. Laiua le maniestD @ue Ga*Ha romo"ido
la imu+naciDn del acuerdo concursal ante el !ue' de
Primera Instancia) ; @ue en la C&mara lo+rarHa @ue se
decretara la @uie*ra de la CororaciDn. Para e"itar ello
tenHan @ue a*onarle la suma de US 40.777.8
* Los dicGos de la $ra. Laiua resecto de la
se+ura o*tenciDn de la declaraciDn de @uie*ra or arte
de la C&mara Ci"il resultaron creH*les ara el Contador
Lon+oni) @uien asH lo Gi'o sa*er al $irectorio de la
CororaciDn. En eecto) Lon+oni declarD Ga*er transmitido
la noticia al $irectorio) junto con su convencimiento de
que en efecto la %ra &aiuppa lograría en la Cámara que
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se le decretara la quiebra a la Corporación Esta
creencia esta*a 2ustiicada en el GecGo de @ue el cDn;u+ede la $ra. Laiua era Camarista) circunstancia @ue)
se+n los dicGos de Lon+oni) era una preocupación de
todos los integrantes de la Corporación y que se tuvo
muy en cuenta al momento de decidir continuar con las
negociaciones
c $el acta N /40: resulta @ue con osterioridad
a la reuniDn mantenida or Lon+oni con Laiua) los Sres.
!or+e #onacorsi ; Oscar Mar*ella se entre"istaron con la
$ra. Laiua ; le solicitaron una reconsideraciDn de sus
retensiones) adem&s de la'o ara el a+o ?en caso de
@ue arri*aran a un acuerdo so*re el monto. La $ra.
Laiua recGa'D el edido de reconsideraciDn ; aumentD su
retensiDn en USS 6.777 m&s) al edir US 4:.777.
d Se+n la misma acta) el Sr. Mar*ella se ouso
a la continuaciDn del di&lo+o con Laiua) ero reconociD@ue “el temor de la mayoría de los directivos de la
institución' ante las amenazas de la letrada por sus
dichos y seguridades de que iba a decretar la quiebra'
pudo más y terminó condicionándolosI
e Finalmente) siemre se+n esa acta) Gu*o una
tercera entre"ista con Laiua) en la @ue acetD ceder su
cr%dito a AlTin S.A.) aumentD la cira en US 3.777
?reclamD US //.777 e indicD @ue solo otor+arHa reci*o
or 60.777 ?como ;a di2imos) aroximadamente US
9.>05.8 se+n coti'aciDn a esa ecGa. Al resecto
declara #onacorsi @ue no o*stante su sorresa or la
exi+encia de no otor+ar reci*o or el total @ue i*a a
erci*ir “cerramos en las condiciones impuestas por la
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%ra &aiuppa para terminar con la incertidumbre y la
amenaza de quiebra El a+o de una arte del recio) 60.777.8)
@ueda indu*ita*lemente acreditado con la escritura
*lica de cesiDn. La orciDn sin documentar) se rue*a
con la declaraciDn de #onacorsi de Ga*erlo eectuado en
dDlares *illetes al $r. Sal"atori Re"irie+o) en una
oicina conti+ua a la @ue esta*a desarroll&ndose el acto
notarial. Este dicGo del Sr. #onacorsi resulta
ro*ustecido or la declaraciDn del escri*ano M%nde')
@uien maniestD @ue previo a la instrumentación y firma
del acta notarial) se le solicitó una oficina adjunta a
efectos de mantener una conversación privada' a la que
accedieron el (r 5onacorsi' el %r (alvatori )eviriego'
cree sin poder precisar' que tambi*n lo hicieron su
cónyuge y el %r Costa
GG A artir de esos GecGos se extraen lassi+uientes conclusionesB
a El $r. Sal"atori Re"irie+o redactD el escrito
de imu+naciDn del acuerdo concursal.
* La $ra. Laiua se encar+D de e2ercer la
resiDn sicolD+ica so*re el Contador Lon+oni) al Sr.
Mar*ella ; el Contador #onacorsi ; or intermedio de
%stos al directorio de CCIS#A) amena'&ndolos con la
declaraciDn de la @uie*ra. Ca*e destacar la inusitada
se+uridad @ue *landHa la cole+a e incluso la
circunstancia de @ue Giciera menciDn se+n las reeridas
ersonas @ue la @uie*ra i*a a ser decretada or “la
Cámara .
c Esa intimidaciDn causD el eecto *uscado) ;a
@ue tanto Lon+oni) #onacorsi) como el +rueso de los
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directi"os de la Entidad a exceciDn de Mar*ella
reconocen Ga*er actuado *a2o coacciDn moral) ante eltemor de @ue se rodu'ca la @uie*ra de CCIS#A.
La entidad intimidatoria de la amena'a estu"o
dada) undamentalmente) or la relaciDn existente entre
la $ra. Laiua ; el !ue' de C&mara $r. Sal"atori
Re"irie+o) lo @ue torna*a a*solutamente "erosHmiles a los
dicGos de Laiua. La roia $ra. Laiua enati'D en
ello imlHcitamente al Gacer reerencia a su se+uridad
de @ue en la Cámara tendrHa %xito con su retensiDn de
nulidad del acuerdo ; lo+rarHa el decreto de @uie*ra. La
$ra. Laiua resentD un cuadro de situaciDn en el cual
el decreto de @uie*ra aarecHa como al+o @ue
necesariamente ocurrirHa) ; @ue la nica orma de e"itar
esa consecuencia era mediante el desistimiento de su
acciDn de imu+naciDn del acuerdo) a cam*io de lo cual
exi+iD el a+o de una suma de dinero. Los directi"os dela CororaciDn dieron cr%dito a esa amena'a ; la relaciDn
existente entre Laiua ; Sal"atori tu"o ara ello una
imortancia undamental.
d El $r. Sal"atori Re"irie+o uso en 2a@ue a
CCIS#A emitiendo el rimer "oto) @ue lue+o lo+rD ma;orHa)
ara decretar la @uie*ra de u+o (uti%rre' S.R.L. con
*ase en una de las circunstancias exuestas en el escrito
de imu+naciDn irmado or su cDn;u+e. Un indicio +ra"e
de la +ra"itaciDn de ese allo ara los "ictimarios) se
iniere en el aumento de la retensiDn de la letrada) a
artir de esa sentencia. ,am*i%n se iniere @ue) del lado
de la "Hctima) ese allo incidiD ara @ue la decisiDn de
a+ar sea deiniti"a acetando las exi+encias de la $ra.
Laiua. ale resaltar @ue la rocedencia de uno solo de
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imro*a*le. A eso de*e sumarse @ue su relaciDn con la
$ra. Laiua ue determinante ara la idoneidad ; %xitode los actos de intimidaciDn) ; @ue Ga*ida cuenta de su
relaciDn con;u+al con la autora resultD tam*i%n
*eneiciado or los rutos econDmicos deri"ados de la
ne+ociaciDn de los @ue) una arte imortante incluso)
co*rD ersonalmente.
La conducta del $r. Sal"atori Re"irie+o en los
GecGos relatados no resulta tolera*le dada la condiciDn
de ma+istrado. En eecto) en "irtud de la trascendencia
de la unciDn 2udicial) @uienes e2ercen la misma se
encuentran sometidos a est&ndares de conducta de*ida m&s
ri+urosos @ue el resto de la ciudadanHa. Por@ue se les
est& coniando el e2ercicio de la autoridad @ue no es m&s
@ue la otestad de tomar decisiones @ue onen en 2ue+o la
"ida ; Gacienda de los dem&s ciudadanos.
Sin em*ar+o) no es menester en este caso adotaruna ersecti"a "alorati"a tan exi+ente. En rimer lu+ar)
de acuerdo a los inormes ericiales resulta prima facie
ro*ado ; en condiciones suicientes ara ale+arlo en
este &m*ito) @ue el $r. Sal"atori Re"irie+o e2erciD la
roesiDn de a*o+ado al coneccionar el escrito de
imu+naciDn irmado ; resentado or su cDn;u+e en el
concurso de CCIS#A.
En se+undo lu+ar) ; sin necesidad de anali'ar
2urHdicamente el allo dictado con su rimer "oto en la
@uie*ra de u+o (uti%rre' S.R.L.) los undamentos ; el
modo con @ue ueron exuestos) a*ren la sosecGa de @ue
en la moti"aciDn del ma+istrado ara el dictado del allo
Ga;a re"alecido el roDsito de ortalecer la osiciDn
ne+ociadora @ue esta*a desle+ando la cDn;u+e. Esa
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GiDtesis se "e reor'ada al tomarse en cuenta las
ma;ores exi+encias @ue a artir de esa sentencia)comunicD la a*o+ada.
Finalmente) resulta una alta +ra"e al decoro)
@ue Ga;a articiado en la ormali'aciDn de la cesiDn del
cr%dito) oeraciDn an&lo+a a la @ue en el escrito de
imu+naciDn Ga*Ha denostado como ilHcita) al unto de
Ga*erle exi+ido al !ue' del concurso @ue remitiera los
antecedentes a la !usticia Penal. ,odo ello sin
considerar @ue ue @uien erci*iD ; contD los dDlares sin
dar reci*o ; como condiciDn re"ia a oner irma en la
escritura *lica.
El ma+istrado no uede ale+ar inad"ertencia)
cuando el acto de cesiDn entre Laiua ; AlTin ue con la
concurrencia de las autoridades ; ersoneros de CCIS#A
@uienes incluso entre+aron al $r. Sal"atori Re"irie+o
arte de la a+a.El artHculo /4 de la Le; :.7:0 ?texto se+n Le;
44.95> descri*e como una de las causales de destituciDn
“la realización de hechos o desarrollo de actividades
incompatibles con la dignidad y austeridad que el cargo
judicial impone ?inciso +. No ca*en dudas de @ue los
tres suuestos exuestos @uedan su*sumidos en esta
causal.
3.6.3. Ca*e anotar adem&s @ue el acusado de*iD
Ga*erse aartado de inter"enir en el caso (uti%rre' al
ser un asunto extremadamente similar a otro en @ue
inter"enHa como arte la cDn;u+e. Como @uedD exuesto
supra) estamos ersuadidos de @ue en el caso
Corporación21uti*rrez ?supra 0.6 el acusado no sDlo
incurriD en un acto de maniiesta arcialidad al
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sentenciar cuando de*iD excusarse) sino @ue adem&s
ue coautor de la intimidaciDn e2ercida so*re laconcursada ; AlTin S.A.. Puso en e"idencia adem&s) el
e2ercicio clandestino de la roesiDn de a*o+ado.
La semejanza entre los leitos en cuestiDn es
inne+a*le. En am*os concursos se de*atHa si corresondHa
atenuar o no el ri+or de dos normas rocesales re"istas
or la le; concursal) a sa*erB los recaudos ormales @ue
de*en cumlir las conormidades de los acreedores a la
rouesta de acuerdo re"enti"o ?artHculo 30 LC ; el
la'o ara @ue el concursado resente las conormidades
necesarias ara lo+rar el acuerdo ?artHculo 36 LC.
En el concurso de la "Corporación"' la $ra.
Laiua airma*a @ue las conormidades resentadas or
a*o+ados no esta*an rele"adas de la certiicaciDn de
irmas ; @ue la del secretario del 2u'+ado uesta al lado
de a@uellas sin aclaraciDn al+una) no constituHa unacertiicaciDn. En el concurso "1uti*rrez") la sentencia
@ue Gi'o lu+ar a la imu+naciDn declarD @ue la
certiicaciDn de irma or un uncionario olicial no era
suiciente al in retendido or la le; concursal. En
am*os leitos el nudo de la cuestiDn era si la
certiicaciDn de irmas re"ista or el artHculo 30 de la
LC ?"por ante escribano p+blico' autoridad judicial' o
administrativa en caso de entes p+blicos nacionales'
provinciales o municipales" de*Ha exi+irse ri+urosamente
o odHan lexi*ili'arse sus recaudos ?or e2emlo) no
exi+iendo la certiicaciDn al a*o+ado) considerando
suiciente la irma del secretario sin aclaraciDn al+una)
o ermitiendo la certiicaciDn or un uncionario
olicial.
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En las dos causas se de*atHa si odHa admitirse
la amliaciDn del la'o ara reunir las conormidades?llamado erHodo de exclusi"idad a in de ur+ar
e"entuales deiciencias ormales en el otor+amiento de
las conormidades.
3.3.INCUMPLIMIEN,O $EL $E#ER $E EVCUSARSE.
3.3.4.CONSI$ERACIONES (ENERALESB El !ue' del
roceso en tanto @ue est& llamado a diri+ir el de*ate ;)
al t%rmino del mismo) dirimir las contro"ersias mediante
el dictado de la sentencia) de*e ser neutral. Aun@ue todo
ronunciamiento irme es o*li+atorio ara los
2usticia*les) si el 2ue' no uera del todo a2eno al
de*ate) carecerHa de la necesaria uer'a moral ara
imonerse) so*re todo a a@uel al @ue le ue ne+ada la
ra'Dn. ,al ausencia rustrarHa los dos "alores m&s
eminados @ue ersi+ue el $erecGoB la 2usticia ?or@ue el
@ue ierde en esas condiciones estarHa ersuadido de @ueno le ue dado lo su;o ; la a' social ?or@ue su &nimo
no estarHa @uieto ; no odrHa sa*erse en @u% desem*ocarHa
tan intenso ; le+Htimo malestar.
Para res+uardar esa imrescindi*le neutralidad)
la autoridad siemre de*e serB 4- impartial) es decir)
no de*e ser arte al+una) or@ue si lo uera se+uramente
allarHa el liti+io a su a"or1 /- independiente) es
decir) no de*e ser inerior 2er&r@uico de arte al+una)
or@ue si lo uera es mu; osi*le @ue dicte sentencia
como lo retende su suerior 2er&r@uico1 ; 8inalmente8
6- imparcial) es decir) de*e carecer de inter%s en
resol"er de una u otra orma) or@ue si lo tu"iera
resol"erHa conorme ese inter%s. La neutralidad ase+ura)
entonces) @ue la autoridad roceda de manera a2ustada a
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$erecGo antes @ue en *eneicio de sH mismo) o del
suerior o del roio inter%s.La independencia e imparcialidad del 2ue')
constitu;en ilares *&sicos del derecGo de deensa en
2uicio ; est&n or so*re cual@uier otra consideraciDn a
la Gora de de2ar esta*lecido @ui%n ser& el @ue decide)
or@ue de nada "aldrHan las me2ores le;es) si no son
discernidas or 2ueces ro*os. Para serlo de*en ser del
todo a2enos a las artes ; a lo @ue se de*ate) es decir)
a*solutamente neutrales. Nada de*e aectar el &nimo del
2ue' ; la ra'ona*le sosecGa @ue al*er+ue la arte a su
resecto) imone aartarse o) en su deecto) aartarlo de
la causa.
.-cusación ; recusación de los 2ueces) en tanto
constitu;en mecanismos ara ase+urar la indeendencia e
imarcialidad de ellos) merecen reerente atenciDn de
las le;es rocesales. Sin er2uicio de ello) cual@uierasea la ra'Dn or la cual un 2ue' no sea neutral ara
resol"er en un roceso) de*e aartarse esont&neamente de
%l.
,an +ra"e es esta materia) @ue constitu;e causal
de remociDn del ma+istrado si "se probare que estaba
impedido de entender en el asunto y a sabiendas haya
dictado en *l resolución que no sea de mero trámite"
?artHculo 6/ CPCC.
En reiteradas oortunidades el ma+istrado acusado
reali'D actos de parcialidad manifiesta) al omitir
excusarse ; no admitir recusaciones correctamente
lanteadas) las m&s de las "eces) con intenciDn
deli*erada de a"orecer sus intereses) conorme asamos a
enumerar.
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3.3./.$EU$OR $EMAN$A$O POR EL MA(IS,RA$O.
3.3./.4.LOS ECOSB Alredo arriot en"iD notas@ue ueron u*licadas el 4: de octu*re de /.774 en la
secciDn cartas de lectores de los $iarios WLa Nue"a
Pro"inciaW de #aGHa #lanca ; WLa NaciDnW de #uenos Aires.
En ellas "ertiD consideraciones so*re la sentencia
dictada or la Sala I de la C&mara de AelaciDn Ci"il ;
Comercial de #aGHa #lanca en los autosB "Kisco de la
/rovincia de 5uenos 3ires c2 0arriot' 3lfredo s2
3premio" ?Exte. 443.4:0. El /4 de octu*re de /774) el
acusado 2unto con sus cole+as de sala) u*licD sendas
notas de descar+o en los mismos diarios. Esto moti"D una
nue"a carta de lector de arriot) u*licada el /: de
octu*re de /.774 en WLa Nue"a Pro"inciaW.
A ines de /776) el $r. Sal"atori Re"irie+o
demandD a arriot el a+o de una indemni'aciDn de /5.777
or considerarse a+ra"iado moralmente or a@u%l) dandoori+en a los autosB "(alvatori )eviriego' 1ustavo Jorge
c2 0arriot' 3lfredo s2 %a7os y perjuicios" ?Exte.
99./50) @ue tramitan ante el !u'+ado de Primera
Instancia en lo Ci"il ; Comercial N- 4.
Si *ien la demanda la romo"iD al ilo del
t%rmino de rescriciDn) la con"icciDn ara el acusado de
@ue conta*a con derecGo a co*rar la indemni'aciDn de*e
tenerse or nacida desde @ue @uedD anoticiado del tenor
de las cartas a+ra"iantes. Pese a ello) desu%s de
roducidos los GecGos @ue considerD in2uriosos) el
ma+istrado no se excusD de inter"enir en tres sentencias
interlocutorias dictadas en el reerido 2uicio. Las tres
.Se trata de los fallos pronunciados los días 19 de marzo de 2.002, 8 de octubrede 2.002 y 19 de junio de 2.003, a fs. 339, fs. 429 y fs. 49 de dic!os autos, yre"istrados como e#pte. 114.18$ %& de orden 192, e#pte. 11.$4 %& de orden
9$$ y e#pte.119.10$ %& de orden $12, respecti'amente.
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decisiones) in"aria*lemente) tu"ieron resultado
desa"ora*le ara los intereses del Sr. arriot) autor delas in2urias.
En oortunidad de a*sol"er osiciones en el
2uicio "(alvatori c2 0arriot"' el acusado reconociD @ue
Ga*Ha se+uido inter"iniendo en la causa "Kisco c2
0arriot" desu%s de los dicGos in2uriantes del demandado)
; aclarD @ue lo Gi'o "porque el artículo 9L inciso 9E
+ltima parte del Código /rocesal determina que no
procede el apartamiento de los magistrados por ofensas
inferidas con posterioridad al momento en que comenzó su
intervención en la causa"
;;CONSI$ERACIONES !UR$ICASB El ar+umento
del ma+istrado no se sostiene. El inciso 47 del ArtHculo
47) descarta la recusaciDn romo"ida or el oensor
or@ue de lo contrario se a*rirHa la osi*ilidad de @ue
deli*eradamente se ro"o@ue la situaciDn ara @ue elma+istrado sea searado de la causa. El ma+istrado de*iD
seararse ?ArtHculo 67 or@ue al sentirse a+ra"iado ;
con derecGo a romo"er un reclamo ci"il indemni'atorio)
@uedD incurso en las causales descritas or los incisos
6 ; 3 del CDdi+o rocesal. ue la demanda uera
romo"ida en "Hseras de enecer el la'o de rescriciDn
@uedando encerradas en el laso corrido entre las
in2urias ; la acciDn) las tres resoluciones mencionadas)
constitu;en un indicio ara concluir @ue el ma+istrado de
al+n modo sa*Ha @ue odHa @uedar incurso en las
reeridas causales ; or ello demorD la romociDn del
2uicio. Si asH uese) entonces m&s +ra"e de*e ser el
" 'er respuesta a la primera y (nica posici)n reformulada por el abo"ado del
demandado, en la audiencia pertinente del 29 de abril de 2.004.
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rerocGe) or@ue desnuda una acciDn intencional ara
er2udicar a la arte en el e2ercicio de la autoridad.3.3.6.ENEMIS,A$ CON EL MA(IS,RA$O.
El acusado ; su cDn;u+e se encuentran enemistados
con Enri@ue Mariano de Lasa) a*o+ado del oro de una
dilatada tra;ectoria.
En declaraciDn restada el 44 de e*rero de /.773
; escrito resentado el : de mar'o de /.773 ante la
ComisiDn ?se ad2untan ori+inales) el $r. de Lasa
atesti+uD @ue Gu*o un GecGo @ue dio notoriedad a esa
enemistad) consistente en un entredicGo @ue mantu"o en
diciem*re de 4.999 con la $ra. Laiua) en el @uinto iso
del Palacio de ,ri*unales de #aGHa #lanca.
Leandro Ser+io Picado) a*o+ado @ue comarte el
estudio con de Lasa) ; !os% Luis CenturiDn) otro a*o+ado
del $eartamento) tam*i%n declararon ante la reerida
ComisiDn adFhoc con relaciDn a la enemistad entre elmatrimonio Sal"atori Laiua ; de Lasa . Am*os ueron
contestes en atesti+uar @ue el /9 de 2unio de /.774
?CenturiDn recuerda @ue ue en 2unio) Picado recisa @ue
ue el /9) en ocasiDn de articiar en un acto
eleccionario @ue se desarrollD en el $eartamento de
$erecGo de la Uni"ersidad del Sur) el acusado ; su esosa
ormularon uertes ; airadas recriminaciones a Picado or
ser socio de Enri@ue de Lasa. El testimonio de uno ; otro
a*o+ado ue mu; reciso en el sentido @ue) en a@uella
oortunidad) Laiua caliicD de "delincuente" a de Lasa
; le imutD Ga*er e+ado "papelitos" en los ascensores
del Palacio de !usticia de #aGHa #lanca con exresiones
@ue descaliica*an a ella ; a su esoso.
.*eclaraciones del 13 y el 19 de febrero de 2.004+ se adjuntan las actas
respecti'as.
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En nota @ue entre+D al $iario WLa Nue"a
Pro"inciaW de #aGHa #lanca con edido de u*licaciDn ;@ue uera transcrita en la &+ina 46 de la ediciDn del
"iernes 45 de enero de /.773) el encartado reconociD @ue
su esosa es enemi+a del $r. de Lasa ; @ue tal
circunstancia es de *lico conocimiento en el oro.
Una nota con similar inormaciDn aun@ue redactada
en orma imersonal) como si no ro"iniera del acusado
@uien ue en realidad el autor) ue entre+ada or %ste)
a manera de descar+o de noticias u*licadas or WLa Nue"a
Pro"inciaW) al Presidente del Cole+io de Ma+istrados de
#aGHa #lanca) Ale2andro O. Aisuro) @uien a su "e' la
entre+D al Presidente del Cole+io de A*o+ados de #aGHa
#lanca) !or+e R. Pe''utti) en el encuentro @ue
mantu"ieron am*as instituciones en la sede de esta ltima
el 43 de enero de /.773. Acomañamos el ori+inal de esa
nota) con constancia manuscrita ; irmada so*re suentre+a en la oortunidad indicada. En la rimera Go2a
nue"amente reconoce la enemistad entre su cDn;u+e ; de
Lasa.
El acusado no udo ser a2eno a la enemistad @ue
%l mismo reconoce @ue su esosa roesa resecto de
Enri@ue de Lasa. No es ra'ona*le suoner @ue entre
cDn;u+es @ue "i"en a"enidos) no se conta+ie una de las
emociones m&s uertes ; "iscerales como lo es la @ue
deara el odio. Por otro lado) el eisodio @ue ocurriD en
la Uni"ersidad Nacional del Sur) atenti'D @ue el acusado
Ga*Ha tomado artido en a"or de su esosa) como es
lD+ico suoner @ue ocurriera) ; en contra de Enri@ue de
Lasa ; Gasta de Leandro Picado.
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La animad"ersiDn @ue el matrimonio
Sal"atori de #aGHa #lanca.
El acusado dictD "arias sentencias)
interlocutorias ; deiniti"as) en 2uicios en @ue de Lasa
era arte) cuando ;a no odHa sosecGarse de @ue esta*a
enemistado con %l ?artHculo 4> inciso 47- CPCC.
En estos casos la enemistad es con la arte ; no
con el a*o+ado de la arte. Los casos sonB
a "Cabrera' Jos* .usebio c2 (coccia' Carlos3lberto y otro s2 )edargución de falsedad y nulidad de
escritura" ?exte.99.374) radicado ante el !u'+ado Ci"il
; Comercial N- / SecretarHa N- 6 de #aGHa #lanca. Enri@ue
Mariano de Lasa es arte) conorme sur+e del certiicado
de rue*a exedido el // de no"iem*re de /.774 a s. 44/
@ue en coia es acomañado. Ouso una exceciDn @ue ue
admitida en rimera instancia. Aelada la sentencia)
@uedD en estado de resol"er en la Sala I de la Al'ada
*aGiense) comuesta or el acusado ;) or inte+raciDn)
or A*elardo n+el Pilotti ; Os"aldo (arcHa Festa) 2ueces
de la Sala II. El acusado emitiD el rimer "oto) al @ue
adGirieron los restantes camaristas) en sentido
desa"ora*le a su enemi+o) recGa'ando la exceciDn.
A+re+amos coia de la sentencia) @ue ue re+istrada como
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exediente 479.403) N- de orden //6) li*ro de sentencia
9:) ; dictada el /: de setiem*re de /.777. Para esaecGa ;a se Ga*Ha roducido el incidente ocurrido en
diciem*re de 4.999 en el 0- iso del ,ri*unal ; era
reciente la iniciaciDn de la e2ecuciDn de Gonorarios del
erito @ue data del 46 de setiem*re de /.777.
* "/*rez' .duardo Jos* c2 (auze' 6artín K y
otros s2 /osesión veinte7al" ?exte. :>.4:7) radicado
ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- 5 SecretarHa N- 3 de
#aGHa #lanca. Enri@ue Mariano de Lasa es arte) conorme
sur+e de la contestaciDn de demanda @ue o*ra a s.
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Ci"il ; Comercial N- 5 SecretarHa N- 3 de #aGHa #lanca.
Enri@ue Mariano de Lasa es arte conorme sur+e de lacontestaciDn de demanda @ue o*ra a s. 430
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estudio ueron rearados los escritos ; ella o la
emleada de su estudio reali'aron las tareas derocuraciDn so*re los mismos.
La inter"enciDn simulada del $r. ScGumacGer tu"o
or inalidad e"itar @ue el acusado tu"iera @ue excusarse
si Gu*iera inter"enido su cDn;u+e.
a "3ldalur' *lida 5eatriz c2 de la Cereza'
&aureano y otros s2 .jecución de honorarios" ?exte.
/0.906
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/75 ; /05. La aclaraciDn en el escrito de s. 43>
ertenece a Liliana Castillo.El /6 de mar'o de /.777) a s. /44 del exediente
al @ue nos "enimos reiriendo) se dictD sentencia en el
@ue se re+ularon los Gonorarios. El $r. Sal"atori
Re"irie+o ue uno de los 2ueces autores del allo.
* "3ldalur' *lida 5eatriz c2 de &asa' .nrique
6ariano s2 .jecución de honorarios" ?exte. 9/.9/3.
,ramitD ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- / SecretarHa
N- 6 de #aGHa #lanca) ; actualmente est& arcGi"ado en el
le+a2o /./40 del ArcGi"o $eartamental.
Enri@ue Mariano de Lasa) en nota resentada el :
de mar'o de /.773 a la ComisiDn) airma @ue ersonalmente
concurriD al estudio Laiua ; a+D los Gonorarios @ue se
le reclama*a en esa e2ecuciDn) reci*iendo a cam*io un
escrito irmado or Aldalur ; ScGumacGer.
La ComisiDn esecial comulsD este exediente enel ArcGi"o !udicial de #aGHa #lanca ; ad"irtiD @ue en uno
de los ocos escritos concretamente) el @ue luce a s.
0> en @ue la irma de ScGumacGer tenHa sello
aclaratorio) de*a2o del mismo Ga*Ha una caa de lH@uido
corrector *lanco de secado r&ido ?del estilo "liquid
paper" o similar) @ue cu*rHa otro sello @ue se Ga*Ha
@uerido ocultar con ese rocedimiento.
$e acuerdo a un inorme t%cnico re@uerido a la
erito calH+rao Andrea Polo) @ueda corro*orado @ue en
ese escrito se Ga*Ha estamado un sello @ue lue+o se
cu*riD con una caa de corrector *lanco ; so*re esa caa)
el sello aclaratorio de ScGumacGer. $el rimer sello
resulta osi*le leerB W,- 04 F- 044 C...##W @ue
corresonde a la matrHcula ederal de $elia Rosa Laiua.
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$os de las sentencias interlocutorias en las @ue
inter"ino el acusado ueron enteramente a"ora*les arala eritoB el 47 de ma;o de 4.993 a s. 6/ ; el 5 de
2unio de 4.990 a s. >4.
La Hntima relaciDn entre la $ra. Laiua ;
ScGumacGer @ueda corro*orada con lo acontecido en los
autos “Nlvarez' 3ntonio &uis c2 6attano' Kernando s2
Cobro ejecutivo @ue tramitD en el !u'+ado de Primera
Instancia en lo Ci"il ; Comercial N- 4) secretarHa 4 del
$eartamento !udicial de #aGHa #lanca. En ese exediente
era inminente el remate de un *ien inmue*le @ue el
e2cutado Ga*Ha ena2enado a la Sra. #lanca Alcira Arias.
Cuando reci*iD una c%dula de ScGumacGer notiic&ndole el
auto de su*asta) se entre"istD con %l @uien le maniestD
@ue %l no atendHa ese tr&mite) @uien lo lle"a*a era la
$ra. $elia Laiua. Entre"istada %sta ltima) le
maniiesta @ue el instrumento @ue exGi*Ha como *oleto noser"Ha ; rente a la insistencia de la Sra. Arias) lue+o
de "arios dHas acetD @ue le cancelara la deuda)
a*on&ndole /.977.8 or caital ; 077.8 or Gonorarios.
Una "e' a+ados) Laiua le extendiD reci*o nicamente
or los Gonorarios) no asH or el caital. Reiere Alcira
Arias @ue de*iD iniciar 2uicio or escrituraciDn ; @ue en
el tr&mite sucesorio de Mattano como asH tam*i%n en el
2uicio or escrituraciDn) la a*o+ada @ue atendiD a la
amilia Mattano ue $elia Laiua.
3.3.0. RECUSAN,ES $ENUNCIA$OS PENALMEN,E.
Como ;a uera exuesto ?supra 6 el acusado
radicD una denuncia enal or coacciDn a+ra"ada en la @ue
in"olucrD entre otros a los miem*ros del Conce2o
$irecti"o del Cole+io de A*o+ados de #aGHa #lanca1 a los
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de la ComisiDn 3dFhoc, a los cientos de a*o+ados @ue
concurrieron al acto reali'ado el 67 de diciem*re de/.776 en el Gall del Palacio de ,ri*unales sito en
Estom*a 6/ de #aGHa #lanca1 a conce2eros del $eartamento
de $erecGo de la Uni"ersidad Nacional del Sur) $res.
Arrui') CenturiDn ; Esandi ?G1 al nico orador de ese
acto) el $r. %ctor $ie+o Furlon+1 a los directi"os ;
roesionales de la CCIS#A1 a la AsociaciDn M%dica de
#aGHa #lanca1 al diario La Nue"a Pro"incia1 al eriodista
Luis Cano. $icGa denuncia dio lu+ar a la ormaciDn de la
in"esti+aciDn enal reeliminar N- >5.>9: caratuladaB
"Juez de Cámara s2 Coacción"' radicada ante la Unidad
Fiscal de In"esti+aciDn N- / de #aGHa #lanca) a car+o del
$r. (uillermo Federico Petersen.
arios de los denunciados recusaron al ma+istrado
in"ocando la causal de enemistad ?artHculo 4> inciso 47-
CPCC. En todas ellas) el acusado se resistiD con tesDndi+no de me2or causa. ,amoco se excusD or ra'ones de
decoro ; delicade'a. eamos cada una de las recusacionesB
3.3.0.4.AL#ER,O EAL$O (XR(B Fue conse2ero
titular en el anterior erHodo) en las elecciones de ma;o
asado resultD reelecto) desde entonces es "iceresidente
/-) e inte+ra la ComisiDn 3dFhoc. Acta como a*o+ado de
la e2ecutada en los autosB "/ellegrini' 6aría del Carmen
c2 8ete (3 s2 .jecución hipotecaria" ?exte. N
474.3/0 @ue tramitan ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial
N- / SecretarHa N- 6 de #aGHa #lanca. El /5 de a*ril de
/.773 recusD al encartado undado en la enemistad @ue
resulta de Ga*er sido imlicado en la denuncia enal. La
e2ecutada adGiriD a la recusaciDn de su a*o+ado. En el
inorme del artHculo // del CDdi+o Procesal del 67 de
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a*ril de /.773 ; en una amliaciDn roducida el /3 de
ma;o de /.773) el acusado reconociD Ga*er ormulado ladenuncia asH como @ue odrHa estar in"olucrado el a*o+ado
recusante) ero sostu"o @ue la recusaciDn or enemistad
sDlo rocede resecto de la arte ; no con relaciDn a su
a*o+ado. No se excusD or nin+una de las causales del
artHculo 4> del ordenamiento del rito) ni tamoco lo Gi'o
or ra'ones de decoro ; delicade'a en los t%rminos del
artHculo 67 del mismo cuero. PretextD @ue la situaciDn
suscitada no comrometHa su indeendencia ; @ue) dada la
extensiDn del conlicto) aartarse de la causa aectarHa
el uncionamiento del Dr+ano 2urisdiccional @ue inte+ra.
El 4/ de a+osto de /.773) el ,ri*unal recGa'D la
recusaciDn or entender @ue la enemistad @ue la autori'a
es sDlo a@uella @ue acontece con la arte ; no con su
a*o+ado. El 67 de a+osto de /.773) contra esa decisiDn la
e2ecutada ; su a*o+ado or derecGo roio interusieronrecursos extraordinarios de nulidad ; de inalica*ilidad
de le;. El / de setiem*re de /.773 la Sala dene+D los
recursos con el undamento @ue el allo cuestionado no
re"estHa el car&cter de sentencia deiniti"a. Los
interesados acudieron en @ue2a a la Surema Corte
Pro"incial) la @ue idiD la remisiDn del exediente
rincial ; de la denuncia enal. Estos exedientes ;a se
encuentran a consideraciDn del M&s Alto ,ri*unal
#onaerense @ue .E. reside.
3.3.0./.YC,OR $IE(O SAN,IA(O MI(UEL FURLON(B
El rimero) adem&s de Ga*er sido residente or dos
erHodos de nuestra InstituciDn) ue el nico orador en
el acto del 67 de diciem*re de /.776) ; reside la
ComisiDn 3dFhoc Santia+o Mi+uel Furlon+ es conse2ero
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titular del Cole+io desde /.777. %ctor es adre de
Santia+o) inte+ran el mismo estudio ; ueronesecHicamente mencionados en la denuncia or coacciDn
a+ra"ada.
%ctor $ie+o Furlon+ inter"iene como a*o+ado de
la demandada en autosB "Chimondeguy' Juan Carlos c2
/ucará (3 s2 ulidad de asamblea" ?exte. />.590) @ue
tramitan ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- :
SecretarHa N- > de #aGHa #lanca. Por su roio derecGo
recusD al encartado ?s.:97
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Padre e Gi2o inter"ienen en autosB "/innel' Jos*
.steban s2 (ucesión ab intestato" ?exte. 6/.:03) @uetramitan ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- :
SecretarHa N- > de #aGHa #lanca) en los @ue lle+D a la
Sala I una serie de aelaciones relati"as a la
caliicaciDn ; clasiicaciDn de los tra*a2os de los
roesionales. Los $res. Furlon+ recusaron al $r.
Sal"atori Re"irie+o @uien en su inorme ar+u;D @ue los
recusantes no tienen inter%s en la cuestiDn a resol"er)
la @ue se reduce a determinar @u% arte de*er& a+ar la
remuneraciDn de la tarea @ue reali'D cada a*o+ado. Los
recusantes no actan en la incidencia or derecGo roio)
lo @ue @ueda demostrado en @ue) cual@uiera uere el
resultado) no odrHan ser condenados en costas.
La 2ustiicaciDn no es cierta. No sDlo de*e
determinarse @ui%n a+a ; @u% tarea) sino tam*i%n @u%
etaas del sucesorio desarrollD cada roesional) asectoen el cual tiene inter%s ersonal ; directo cada a*o+ado.
No es "erdad @ue los recusantes no Ga;an inter"enido or
derecGo roio en la incidencia) lo @ue se constata en el
exordio del escrito en @ue se interuso la aelaciDn
undada ; en el @ue se contestD la aelaciDn de la
contraria ?resentados los dHas 64
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enemistado or Ga*erlos denunciado enalmente. El caso
descrito demuestra el incumlimiento de ese comromiso.
3.3.0.6. (UILLERMO AN$RYS MARCOSB Fue miem*ro del
,ri*unal de Ytica ; en las elecciones de ma;o ue
reelecto como residente del mismo. Patrocinando al actor
en autosB ")ambado' 6anuel Krancisco c2 5esozzi' 6arta
6atilde s2 Cobro de pesos" ?exte. 6>.>97) @ue tramitan
ante el !u'+ado Ci"il ; Comercial N- : SecretarHa N- > de
#aGHa #lanca) recusD al ma+istrado ?76::) ese a @ue se trata*a de una
incidencia de caliicaciDn ; clasiicaciDn de los
tra*a2os roesionales) entre otros) de Oscar Nor*erto
Freda) @uien como es de *lico ; notorio conocimiento
es una de las ersonas alcan'adas or su denuncia enal
dado @ue inte+ra desde Gace tiemo el Conse2o $irecti"o
del Cole+io de A*o+ados. El $r. Freda interuso
aclaratoria contra dicGo ronunciamiento) oortunidad en
@ue el acusado se excusD de inter"enir en la incidencia
so*re caliicaciDn ; clasiicaciDn de los tra*a2os
roesionales. PretextD @ue reci%n entonces tomD
conocimiento de la inter"enciDn del $r. Freda en los
GecGos @ue lo aectan) lo @ue no uede ser cierto.
?Contrasta la excusaciDn en este caso ; el recGa'o de la
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recusaciDn en QPinnel cuando se tratan de situaciones
id%nticas.En otro caso osterior a Q#oxler el ma+istrado
no se excusD ese a @ue se resol"Ha una cuestiDn @ue
aecta*a en orma ersonal ; directa al roesional. En
los autosB “6ochen' 0erminia y otros c2 &a /revisión
Cooperativa de (eguros &imitada s2 &iquidación forzosa
4ncidente de revisión ?Exte. 4/4.9:51 N. O. //6) el 47
de a+osto de /.773 la Sala I dictD sentencia deiniti"a ;
re+ulD Gonorarios del $r. Freda) sin @ue el $r. Sal"atori
Re"irie+o se excusara.
3.3.0.0.CARLOS AL#ER,O (IRAU$OBActualmente no
ocua car+o cole+ial al+uno) sH lo Gi'o con anterioridad.
Adem&s u*licD una carta al lector en el diario local)
ao;ando decididamente el roceder del Cole+io en esta
emer+encia. Con moti"o de esa carta de lector) la a*o+ada
Laiua intimD rimero a @ue rectii@ue o ratii@ue losdicGos ; romo"iD lue+o @uerella @ue se encuentra en
leno tr&mite. RecusD al acusado con resultado ne+ati"o
en autosB "6artínez Kalcón' *stor c2 55A3 5anco Kranc*s
(3 s2 %iligencias preliminares") Sala I) exte.
449.>6/.
3.3.0.5. (ERAR$O RAFAEL SALASB Es una de las
ersonas @ue irma esta actuaciDn. Fue residente del
,ri*unal de $iscilina Gasta las ltimas elecciones) en
las @ue ue electo residente del Cole+io. Fue @uerellado
or el acusado ; tam*i%n lo recusD. ,amoco el acusado se
excusD. An no le ue notiicada la @uerella) ero de
acuerdo a lo @ue resulta de la resoluciDn en @ue se
disuso una excusaciDn) @ue sH Ga sido notiicada) el
a+ra"io ro"endrHa de exresiones *licas del @uerellado
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en calidad de Presidente del Cole+io de A*o+ados de #aGHa
#lanca.Ori+inariamente tramitD como causa N- 4.499
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POSICIÓN ASUMI$A POR EL MA(IS,RA$OB En recuentes
entre"istas @ue el acusado concediD a los medios dediusiDn locales) ; en los inormes resentados en la
oortunidad i2ada or el artHculo // del CDdi+o
Procesal) el ma+istrado exuso las ra'ones @ue lo
lle"aron a decidir no aartarse del conocimiento de las
causas en cuestiDn.
Acomañamos una casete con "ideo+ra*aciones de
al+unas de las numerosas entre"istas concedidas or el
acusado a distintos medios de diusiDn de nuestra ciudad)
; la des+ra*aciDn escrita de su contenido.
3.3.5.CONSI$ERACIONES !UR$ICAS.
$e este material ; de las ie'as rocesales de
los 2uicios antes reeridos sur+e @ue el ma+istrado se
excusa or ra'ones de decoro ; delicade'a en los 2uicios
en @ue al+uno de los in"olucrados en su denuncia enal
inter"iene como arte. Pero no en cam*io) cuandointer"ienen como a*o+ado de la arte. Las ra'ones @ue Ga
dado ara roceder de esta orma son tres) a sa*erB 4- a
su 2uicio) la causal de enemistad re"ista or el
artHculo 4> del CPCC alcan'a sDlo a la arte ; no es
extensi"a a sus letrados1 /- el conlicto @ue reconoce
mantener con al+unos a*o+ados) no comromete su
imarcialidad ni lo coloca en situaciDn de "iolencia
moral al tener @ue decidir en causas en @ue ellos no son
arte1 6- dada la extensiDn @ue le asi+na al conlicto)
si se excusara en esos casos) se "erHa aectado el
uncionamiento del ,ri*unal @ue inte+ra. Por lo dem&s)
considera @ue la osi*ilidad de excusarse or las ra'ones
re"istas or el artHculo 67 del CPCC) constitu;e una
Wrerro+ati"aW li*rada al solo ar*itrio del ma+istrado.
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Nin+una de tales ra'ones es suiciente ara
2ustiicar lo in2ustiica*le) como se+uidamenteexlicamos.
3.3.5.4. LA CAUSAL $E ENEMIS,A$) EN CASOS (RAES)
ALCAN=A A LOS A#O(A$OSB La e-cusación ; recusación de los
2ueces) en tanto constitu;en mecanismos @ue ase+uran la
indeendencia e imarcialidad de ellos) merecen
reerente atenciDn en las le;es rocesales. Sin
er2uicio de ello) cual@uiera sea el moti"o or el cual
un 2ue' no sea neutral ara resol"er en un roceso) de*e
esont&neamente aartarse del mismo. Si no lo Gace) la
arte uede reclamarlo) con indeendencia de @ue el caso
ueda su*sumirse o no en al+una de las causales re"istas
or el ordenamiento rocesal. En eecto) la enunciaciDn
sDlo uede e2emliicar ero no es limitati"a) dada la
esecial imortancia @ue cuenta la imarcialidad del
ma+istrado como re@uisito ara el e2ercicio de la unciDn2udicial.
El artHculo 4> del CDdi+o Procesal Ci"il ;
Comercial *onaerense) alude a doce causales de recusaciDn
; o*li+an al ma+istrado a seararse con indeendencia de)
en caso de no a*stenerse) cometer re"aricato. Por ello)
las cualidades del !ue' en el caso concreto) son
irrele"antes ara 2u'+ar si rocede o no la searaciDn.
El 2ue' @ue se excusa est& con ello airmando @ue
cometerHa re"aricaciDn.
Las causales ueden seararse en dos +ruosB ,res
de ellas son o*2eti"as) es decir) se reieren a la
relaciDn del ma+istrado con el leito en sH mismo. $e*e
aartarse el 2ue' si emitiD oiniDn so*re el leito
?inciso >- aartado /- o inter"ino como a*o+ado en el
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mismo ?inciso >- aartado 4- o si %l o ciertos arientes
su;os tienen inter%s en la cuestiDn a decidir ?inciso /-aartado 4-.
Las restantes nue"e son su*2eti"as) es decir)
tratan so*re la relaciDn del ma+istrado con las ersonas
@ue inter"ienen en el leito. Estas se di"iden en tres
+ruos. El rimer +ruo se inte+ra con dos de ellas)
resecto de las cuales) de la letra exresa de la norma
rocesal) sur+e @ue la "inculaciDn @ue imone la
declinaciDn de la cometencia lo es tanto con la parte
cuanto con su abogado. ,ener cierto arentesco ?inciso
4- o mantener cierta comunidad ?inciso /- aartado /-
con la arte o con el a*o+ado de ella.
El se+undo +ruo se comone con otras tres
causales) con relaciDn a las cuales la le; indica con
recisiDn @ue de*en "eriicarse exclusi"amente con
relaciDn a la parte. Mantener cierto "Hnculo como deudoro acreedor ?inciso 3- o amistad ?inciso 9- o Ga*er
reci*ido *eneicios de imortancia ?inciso :- de la
arte.
El tercer +ruo se comone de cuatro causales en
las @ue la le; reiere ciertas circunstancias @ue
acontecen con el "recusante") sin aclarar si se trata de
la arte solamente o tam*i%n su a*o+ado. En los cuatro
casos se trata de dierentes GiDtesis de enrentamiento
o conlicto entre el 2ue' ; el recusante. Ellas son
mantener leito endiente ?inciso 6-1 ser o Ga*er sido
denunciador o acusador ?inciso 0- aartado 4- o Ga*er
sido denunciado o acusado antes de iniciarse el 2uicio
ante cual@uier tri*unal ?inciso 0- aartado /-1 o
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mantener enemistad ?inciso 47-1 todo ello) resecto del
recusante.No existe conormidad en la doctrina resecto si
la le; reiere como recusante sDlo a la arte o tam*i%n
al a*o+ado. Sin desconocer criterios en contrario)
estamos ersuadidos de @ue estas causales) so*re todo en
casos "erdaderamente +ra"es) tam*i%n alcan'an al a*o+ado.
MarHa Fa*iani Comiani ?WRecusaciDn con exresiDn de
causa de enemistad) odio o resentimientoW) LL 49938$ &+.
4) citando a CGiaini ?WLa recusaciDn con causaW) Ed.
La Rocca) #s.As.) 4.993) &+. 474 ; 479) sostiene @ue
"la multivocidad del sustantivo ZrecusanteZ que utiliza
el inciso 9E' inspira su e-tensión' ya que recusante
puede ser tanto la parte como su letrado"
Es interesante notar @ue en cinco causales
su*2eti"as) la %rdida de la neutralidad del 2ue'
alcan'ado or ellas) de"iene or la osi*ilidad de @uetienda a *eneiciar a la ersona cara a sus aectos o
intereses1 concretamenteB a su ariente) a a@uel con el
@ue tiene comunidad) a su deudor) acreedor o aian'ado) a
su mecenas o a su ami+o.
En tanto @ue en otras cuatro causales su*2eti"as)
la sosecGa radica en @ue odrHa @uerer er2udicar al
recusante con el cual est& enrentado1 o*"iamenteB la
contraarte de su leito endiente) su denunciado o
acusado) su denunciador o acusador) el @ue le idiD el
2ur; o su enemi+o declarado.
AGora *ien) si se entendiera @ue la causales de
recusaciDn undadas en GiDtesis de conlicto con el
2ue') sDlo alcan'a a la arte ; no al a*o+ado) de todas
ormas) el $r. Sal"atori Re"irie+o de*iD aartarse de los
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2uicios en los @ue los a*o+ados @ue %l denunciD
enalmente inter"ienen como tales) or@ue el artHculo 67no reen"Ha al artHculo 4>) ; si se entendiera @ue el
reen"Ho es imlHcito) en %l conlu;en todas las
alternati"as) or@ue menciona suuestos @ue alcan'an sDlo
a las artes) otros @ue tam*i%n lo Gacen a sus a*o+ados ;
un tercer +ruo @ue como di2imos menciona
indeinidamente al recusante.
En el caso @ue nos ocua la cuestiDn es crucial.
El enrentamiento entre el ma+istrado ; el
a*o+ado de la arte constitu;e un GecGo *lico ; notorio
@ue aecta se"eramente el ser"icio de 2usticia. En
eecto) la indeendencia de los 2ueces constitu;e
undamentalmente un de*er ara @uienes e2ercen esa
unciDn ; tiene como correlato el derecGo de los
ciudadanos a ser 2u'+ados desde el $erecGo) no desde las
relaciones de oder) 2ue+os de intereses o sistemas de"alores extraños al $erecGo. Pues *ien) el conlicto
alimentado or el mismo ma+istrado con la señalada
denuncia ; dem&s actos *licos) aecta se"eramente su
imarcialidad en todas a@uellas causas en @ue inter"en+an
los letrados resecto de los cuales el denunciado Ga
exteriori'ado un resentimiento. En eecto) el
resentimiento no es un sentimiento natural) sino un
sentimiento moral) @ue se caracteri'a or el GecGo de @ue
@ui%n lo exerimenta tiene la creencia de Ga*er
sido in2ustamente tratado o in2ustamente er2udicado or
el destinatario del sentimiento. ?con.) RaTls) !oGn)
W8eoría de la JusticiaW) Fondo de Cultura EconDmica) &+.
0:9) #s.AS. 4996. El encartado Ga rota+oni'ado
distintos GecGos ; acciones *licas en los @ue maniestD
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su resentimiento contra los mencionados a*o+ados) a
sa*erBa Los reeridos a*o+ados asistieron al acto del
67 de diciem*re en el Palacio de ,ri*unales ; ese GecGo
es erectamente conocido or el ma+istrado) ;a @ue %l
con su cDn;u+e se tomaron el tra*a2o de encomendar a un
tercero @ue ilmara el acto) ilmaciDn @ue ue a+re+ada a
una causa discilinaria resecto de la $ra. Laiua @ue
tramita en el Cole+io.
* El ma+istrado maniestD en los medios de
diusiDn @ue la comisiDn creada or el Cole+io de
A*o+ados es totalmente ile+al ; carece de acultades ara
in"esti+ar1 @ue est& inte+rada or ersonas arciales
@ue insti+an a otros a ormular denuncias) etc. Entre los
a*o+ados @ue exi+ieron @ue se searara) Ga; miem*ros
inte+rantes de esa comisiDn.
c La $ra. Laiua) cDn;u+e del encartadomaniestD *licamente en un ro+rama radial ?LU/ AM :37
@ue considera*a como sus enemi+os a todos los a*o+ados
@ue asistieron al acto de ,ri*unales. i'o esa
maniestaciDn estando acomañada del ma+istrado.
,odos estos GecGos conocidos en toda la
comunidad) constitu;en indicios suicientes ara
desertar la sosecGa en todos del odio o resentimiento
@ue el ma+istrado tiene con todos esos a*o+ados. Con ello
@ueda instalada la causal) siendo una cuestiDn
irrele"ante si eecti"amente en la ersonalidad del
ma+istrado se den esas sensaciones.
Al no a*stenerse de inter"enir el ma+istrado
ro"oca en los articulares la con"icciDn de @ue no ser&
resetado el derecGo @ue tienen a ser 2u'+ados desde el
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$erecGo ;) a la "e') aecta la credi*ilidad de las
decisiones @ue adote asH como de las ra'ones ; mD"iles@ue incidieron en la misma) las @ue sDlo de*en ser
2urHdicas. Yl mismo alimentD esa crisis al maniestar en
un reorta2e lo si+uienteB “los abogados dan testimonio
contra sí mismos' porque le dicen a sus clientes que con
ellos van a perder los juicios' porque el magistrado que
resuelve está enfrentado con ellos' con lo que le están
diciendo a sus clientes que vayan a ver otros abogados
Conorme a lo exuesto) ca*e de2ar sentado @ue la
excusaciDn or decoro ; delicade'a no Ga sido diseñada en
*eneicio del excusado sino) como toda recusaciDn ;
excusaciDn) en res+uardo de la imarcialidad 2udicial. El
2uicio re"io @ue de*e Gacer el ma+istrado entonces) no
asa or si en el caso articular 2u'+ar imortarHa
someterlo a una situaciDn moralmente "iolenta) sino ;
undamentalmente si al 2u'+ar en el caso @uedarHasosecGado or arcialidad porque así las circunstancias
del caso lo indican El recurso del artHculo 67) or
ende) imone un de*er m&s @ue una acultad @ue el
ma+istrado uede e2ercer discrecionalmente. El in tenido
en mira or el le+islador) restrin+e se"eramente el
&m*ito de li*ertad en la decisiDn. el &m*ito aroiado
ara 2u'+ar si Ga se Ga actuado conorme a ese de*er es
el resente 2uicio.
3.3.5./. LA EV,ENSIÓN $EL CONFLIC,OB La
excusaciDn or ra'ones de decoro o delicade'a no es
e-cepcional) sino @ue de*e roducirse cuantas "eces sea
necesario1 no tiene lHmite al+uno) m&s @ue el cuidadoso
an&lisis del 2ue' @ue de*e anali'arla. ,amoco de*e
2u'+arse desde la Dtica de la Giot%tica aectaciDn de
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la re+ularidad de la administraciDn de la 2usticia @ue
ueda roducir. El roceder de los 2ueces de*e estar+uiado or las re+las @ue de*en resetar) antes @ue or
la e"aluaciDn me'@uina de lo @ue uede darles m&s o menos
tra*a2o) a ellos o a sus cole+as. Con ma;or ra'Dn ello es
asH en materia de recusaciones ; excusaciones) or@ue
est& en 2ue+o la neutralidad del 2u'+ador) sin la cual
desaarece toda idea de roceso 2usto) ara reemla'arla
or la ar*itrariedad del @ue decide en a"or del ami+o o
en er2uicio del enemi+o.
3.3.5.6 $ELICA$O %.5.)' EL $E EVCUSARSE
KM%3%36.8. /:) 6:84A:( 1)3A.( %. %.C:): @ %.&4C3%.Q3 B
Aun@ue la doctrina rocesal no se Ga uesto de acuerdo
cDmo denominar ; clasiicar las atri*uciones de los
2ueces) es cl&sica la distinciDn entre sus de*eres ;
acultades) @ue or otra arte mencionan la ma;orHa de
los ordenamientos rocesales) entre ellos el ci"il ;comercial *onaerense. A artir de reconocerle a los
ma+istrados acultades se a*re la osi*ilidad del
e2ercicio discrecional de la unciDn sometida nicamente
a la Hntima con"icciDn del ma+istrado. Nada m&s errado.
SDlo Ga; dos modos distintos de estar o*li+ados o
sometido a una conducta de*ida. En el caso de los
de*eres) la norma est& indicando esecHicamente la
conducta @ue de*e adotarse1 resecto de las conductas
alcan'adas or el conceto facultades) el in @ue el
le+islador tiene en mira al concederla es la @ue de*e
+o*ernar el curso de acciDn de*ido.
En tal sentido) cuando el art 67 de nuestro
ordenamiento rocesal ro"incial exresa @ue) de Gallarse
comrendido en las causales re"istas en el artHculo 4>
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de dicGo cDdi+o) el 2ue' Qde*er& excusarse) ; @ue de
existir undados moti"os de decoro ; delicade'a Qodr&Gacerlo) de nin+n modo otor+a una mera Qrerro+ati"a en
*eneicio del ma+istrado. Es induda*le @ue la correcta
inteli+encia de tal norma) es desautori'ar la recusaciDn
or moti"os +ra"es de decoro ; delicade'a) diiriendo al
criterio undado del 2ue' la e"aluaciDn de la existencia
o no de tal causal) ero sin de2ar li*rada tal decisiDn a
su sola ;