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1-2-10 Cortes generales. (Ampliar) Nuestro sistema político se embarca en el llamado régimen parlamentario, que se caracteriza porque el gobierno va a necesitar de la confianza del parlamento para que se pueda formar y para que pueda realizar su vida política durante el mandato que le corresponda. El régimen parlamentario tiene su origen en Reino Unido, y en general es el régimen característico en Europa. El parlamento en nuestro país se denomina Cortes Generales, que viene de la tradición histórica, ya que las Cámaras Estamentales se denominaban así. La Naturaleza de Las Cortes Generales. Se encuentran reguladas en el título segundo de la Constitución, en el reglamento del Congreso de los Diputados y en el reglamento del Senado. Las cortes generales son órganos del Estado pero no tienen personalidad jurídica propia (la cual la posee el propio Estado). Son las cortes los órganos que dependen del Estado. Características - Es un órgano constitucional, ambos están creados por la constitución (Congreso y senado) - Es el órgano máximo representativo. - Es un órgano deliberante y colegislador (porque legislan ambas cámaras). - Es un órgano permanente, es cierto que cada cuatro años se produce una renovación legal de las cortes, sin embargo, estas nunca dejan de funcionar, en periodo de vacaciones y en los supuestos de disolución de las cortes, lo que se llaman diputaciones permanentes, siguen funcionando. - Es un órgano bicameral, las cortes están compuestas de Congreso y Senado, nadie puede ser miembro de ambas cámaras al mismo tiempo. Aunque la tradición bicameral, el objetivo de la segunda cámara (senado) era moderar el comportamiento radical de la cámara de representación popular (primera cámara, congreso), en nuestro sistema político este no es

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Cortes Generales

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Page 1: Dº Consti II

1-2-10Cortes generales. (Ampliar)

Nuestro sistema político se embarca en el llamado régimen parlamentario, que se caracteriza porque el gobierno va a necesitar de la confianza del parlamento para que se pueda formar y para que pueda realizar su vida política durante el mandato que le corresponda.El régimen parlamentario tiene su origen en Reino Unido, y en general es el régimen característico en Europa.El parlamento en nuestro país se denomina Cortes Generales, que viene de la tradición histórica, ya que las Cámaras Estamentales se denominaban así.

La Naturaleza de Las Cortes Generales.

Se encuentran reguladas en el título segundo de la Constitución, en el reglamento del Congreso de los Diputados y en el reglamento del Senado. Las cortes generales son órganos del Estado pero no tienen personalidad jurídica propia (la cual la posee el propio Estado). Son las cortes los órganos que dependen del Estado.

Características

- Es un órgano constitucional, ambos están creados por la constitución (Congreso y senado)- Es el órgano máximo representativo.- Es un órgano deliberante y colegislador (porque legislan ambas cámaras).- Es un órgano permanente, es cierto que cada cuatro años se produce una renovación legal de las cortes, sin embargo, estas nunca dejan de funcionar, en periodo de vacaciones y en los supuestos de disolución de las cortes, lo que se llaman diputaciones permanentes, siguen funcionando.- Es un órgano bicameral, las cortes están compuestas de Congreso y Senado, nadie puede ser miembro de ambas cámaras al mismo tiempo. Aunque la tradición bicameral, el objetivo de la segunda cámara (senado) era moderar el comportamiento radical de la cámara de representación popular (primera cámara, congreso), en nuestro sistema político este no es su objetivo. Nuestra segunda cámara, que es el senado, es un órgano territorial que trata de representar a nuestras comunidades autónomas. Existe un gran desequilibrio entre ambas cámaras y el Congreso tiene primacía en el Senado en el ámbito legislativo. La única competencia exclusiva en el senado es autorizar las medidas necesarias para que una Comunidad Autónoma, cumpla sus obligaciones constitucionales o para impedir que actúe contra los intereses generales de España

Funcionamiento y Organización

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Son independientes y autónomas, y tienen dos periodos de sesiones:1- De septiembre a diciembre2- De febrero a junio

Con lo que enero, julio y agosto son el periodo vacacional. Aunque también puede haber periodos extraordinarios solicitados por el gobierno.

Funcionamiento del CongresoSu composición se encuentra en el art. 68 de la Constitución, respondiendo a ciertos principios:- Se proclama el sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.- Se constitucionaliza la representación proporcional (los escaños en el congreso se distribuyen proporcionalmente al número de votos conseguido por los partidos políticos).- Se constitucionaliza la provincia como circunscripción electoral.- Hay un mínimo (300) y un máximo (400) de diputados. Las elecciones se producen entre los 30 y 70 días que se produce el mandato parlamentario.

Funcionamiento del SenadoSe regula en el art. 69 de la constitución, es la cámara de representación territorial. Los senadores elegirán en cada provincia por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.La legislatura al igual que en el congreso es cada 4 años, y se elegirán 4 senadores por comunidad autónoma, más un senador por cada millón de habitantes que haya en la comunidad autónoma, que será designado por la Asamblea legislativa de la Comunidad Autónoma.

Grupos ParlamentariosSon los órganos que se forman en las cortes y que agrupan a los parlamentarios por su afinidad política o ideológica.Para formar un grupo parlamentario en el congreso se necesitan 15 diputados, para hacerlo en el senado se necesitan 10 senadores. Tienen una organización interna autónoma, y funcionan a través de la junta de portavoces, ya que forman parte de ella, integran las comisiones parlamentarias, y forman parte de la diputación permanente.

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ESTATUTO CATALÁN=> Reforma