dispositivo semana santa segura 2013

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ConseNews Avance No. 299/ Caracas, 22 de Marzo de 2013 .: Dispositivo Semana Santa Segura 2013:. (Ley seca en Semana Santa) En la Gaceta Oficial Nº 40.133 del 21 de marzo de 2013 fue publicada Resolución N° 081 , mediante la cual Resolución mediante la cual se ordena a las personas jurídicas, públicas o privadas, propietarios o administradores, de los establecimientos que en ella se mencionan públicos o privados disponer de las medidas que en ella se señalan, que incluyen limitar la distribución, expendio y consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional durante la temporada de semana santa. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINITERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA DESPACHO DEL MINISTRO 202º, 154º Y 14º RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN Nº 081 FECHA: 21 DE MARZO DE 2013 El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, designado según Decreto N° 9.221 de fecha 13 de octubre de 2012, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.028 de fecha 15 de octubre de 2012, en ejercicio de las atribuciones que le confiere lo dispuesto en los numerales 2, 3, 19 y 27 del artículo 77 del Decreto N° 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; en concordancia con los numerales 2, 14 y 19 del artículo 3° del Decreto N° 8.121 de fecha 29 de marzo de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.644 de la misma fecha, lo previsto en el Decreto N° 9.086 de fecha 10 de julio de 2012, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.961 de la misma fecha, mediante el cual se crea la Gran Misión A Toda Vida Venezuela y conforme lo establecido en el Literal "A" numeral 1° de las Disposiciones de Carácter General del Plan Nacional de Protección para la Prevención y Atención en Períodos Festivos, de Asueto y Vacacionales, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.861 de fecha 30 de enero de 2008, CONSIDERANDO Que la Gran Misión A Toda Vida Venezuela, constituye una Política Integral de Seguridad Pública, con alcance nacional, encargada del diseño, difusión y seguimiento de las políticas de seguridad ciudadana, con la finalidad de transformar los factores de carácter estructural, situacional e institucional generadores de la

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Ley seca en Semana Santa

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Page 1: Dispositivo Semana Santa Segura 2013

ConseNews Avance No. 299/ Caracas, 22 de Marzo de 2013

.: Dispositivo Semana Santa Segura 2013:.

(Ley seca en Semana Santa)

En la Gaceta Oficial Nº 40.133 del 21 de marzo de 2013 fue publ icada Resolución N° 081, mediante la cual Resolución mediante la cual se ordena a las personas jurídicas, públ icas o privadas, propietarios o administradores, de los establecimientos que en el la se mencionan públ icos o privados disponer de las medidas que en el la se señalan, que incluyen l imitar la distr ibución, expendio y consumo de bebidas alcohól icas en todo el territorio nacional durante la temporada de semana santa.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINITERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA

DESPACHO DEL MINISTRO 202º, 154º Y 14º

RESOLUCIÓN

RESOLUCIÓN Nº 081 FECHA: 21 DE MARZO DE 2013

El Minis tro del Poder Popular para Relac iones Inter iores y Just ic ia , designado según Decreto N° 9.221 de fecha 13 de octubre de 2012, publ icado en la Gaceta Of ic ia l de la Repúb l ica Bol ivar iana de Venezue la N° 40.028 de fecha 15 de octubre de 2012, en ejerc ic io de las atr ibuciones que le conf iere lo d ispuesto en los numerales 2, 3, 19 y 27 del art ícu lo 77 del Decreto N° 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Admin is trac ión Públ ica; en concordancia con los numerales 2, 14 y 19 del art ícu lo 3° del Decreto N° 8.121 de fecha 29 de marzo de 2011, publ icado en la Gaceta Of ic ia l de la Repúbl ica Bol ivar iana de Venezue la N° 39.644 de la misma fecha, lo previs to en e l Decreto N° 9.086 de fecha 10 de ju l io de 2012, publ icado en la Gaceta Of ic ia l de la Repúbl ica Bol ivar iana de Venezue la N° 39.961 de la misma fecha, mediante e l cua l se crea la Gran Mis ión A Toda Vida Venezue la y conforme lo estab lec ido en e l L i tera l "A" numeral 1° de las Disposic iones de Carácter Genera l del P lan Naciona l de Protecc ión para la Prevención y Atención en Per íodos Fest ivos, de Asueto y Vacacionales, publ icado en la Gaceta Of ic ia l de la Repúbl ica Bol ivar iana de Venezue la Nº 38.861 de fecha 30 de enero de 2008,

CONSIDERANDO

Que la Gran Mis ión A Toda Vida Venezue la, const ituye una Po l í t ica Integral de Segur idad Púb l ica, con a lcance naciona l, encargada de l d iseño, d i fus ión y seguimiento de las pol í t icas de segur idad c iudadana, con la f ina l idad de transformar los fac tores de carácter estructural , s i tuacional e ins t i tuc iona l generadores de la

Page 2: Dispositivo Semana Santa Segura 2013

vio lenc ia y e l de l i to , para reduc ir los, aumentando la convivencia so l idar ia y e l d is f rute de l derecho a la segur idad c iudadana,

CONSIDERANDO

Que la act ivac ión de l Disposi t ivo "Semana Santa Segura 2013", en e l marco de la Gran Mis ión A Toda Vida Venezue la, t iene como f inal idad garant izar la v ida y segur idad en la c iudadanía f rente a s ituaciones que const i tuyan amenaza, vulnerabi l idad, r iesgo o daño a la integr idad f ís ica de las personas, sus propiedades, e l ejerc ic io de sus derechos, e l respeto de sus garant ías , la paz soc ia l , la conv ivenc ia y e l cumpl imiento de la ley,

CONSIDERANDO

Que la Semana Santa, const ituye un espac io propic io para e l reencuentro de las fami l ias, e l esparc imiento, la recreación, la profes ión intensa de la fe cató l ica y e l descanso de las tareas cot id ianas, por la cual se produce e l desplazamiento y concentrac iones mas ivas de personas,

CONSIDERANDO

Que es necesar io restr ingir e l horar io de d istr ibución, expend io o venta de bebidas alcohó l icas en todo e l terr i tor io naciona l, a f in de ev itar un aumento de las c i f ras de acc identes de tránsi to, r iñas y eventos adversos que generan daños a las personas y a sus propiedades,

RESUELVE

Artículo 1°. Act ivar e l Plan Nacional Integral de Seguridad, Prevención y Atención en Períodos Festivos, Asueto y Vacacional "Disposit ivo Semana Santa Segura 2013".

Artículo 2°. Se l imi ta la d is tr ibución, expend io y consumo de beb idas alcohó l icas , en todo e l terr i tor io de la Repúbl ica Bol ivar iana de Venezue la, durante e l per íodo Semana Santa, comprendido entre e l d ía 22 de marzo de 2013 hasta e l d ía 1° de abr i l de 2013, en los s iguientes horar ios:

Renglón Tipo de Expendio Días Festivos de

Semana Santa

Horadistribución, expendio y

consumo permitido

1 Distr ibuidores/L icorer ías Supermercados y af ines

22, 23, 25, 26, 27, 30, 01

Desde 11hasta 18

2 Tascas/Restaurantes/Bares Espectácu los Públ icos/ Discotecas y af ines

22, 23, 25, 26, 27, 30, 01

Desde 12:00 m. hasta 0

3 Todos los anter iores 24, 28, 29, 31

No hay d istr ibuc ión, expendio y consumo de bebidas alcohó l icas

Queda prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas fuera de los

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horarios antes señalados; por lo tanto, los establecimientos y comercios que incurran en desacato e inobservancia a la presente Resolución, quedarán sujetos a las sanciones correspondientes, impuestas por las respectivas autoridades municipales.

Art ículo 3°. Se ins ta a los func ionar ios de los Órganos y Entes de Segur idad Ciudadana y demás autor idades competentes a dar cumpl imiento a las d isposic iones lega les que prohíben e l consumo de bebidas alcohó l icas , en Parques Nacionales , Establec imientos Púb l icos, Insta lac iones Deport ivas, V ías Públ icas y Automóvi les (Estac ionados o en Desplazamiento); en caso de ser detectada la presencia de botel las a tapa abier ta y/o envases para e l consumo, los func ionar ios y autor idades antes menc ionadas requer irán de los infractores e l vac iado del l íquido; la inobservanc ia de esta d isposic ión acarreará las sanciones a que hubiere lugar , por desacato a la autor idad y al ordenamiento jur íd ico v igente.

Artículo 4°. Las autor idades competentes adoptarán las medidas necesar ias que permitan la determinación de los n iveles de consumo de beb idas alcohól icas y la capacidad psicomotora por parte de las personas que operen cua lqu ier unidad de transporte , sea ésta terrestre, aérea o acuática, a objeto de ev itar acc identes de tráns i to.

Artículo 5°. Se ins ta a los func ionar ios adscr itos a las Unidades Especia les de Vig i lancia y Unidades Operat ivas de Vig i lancia del Tránsi to, a dar cumpl imiento a las d isposic iones lega les contenidas en la Ley de Tráns ito y Transporte Terrestre, su Reglamento, la Ley Orgánica de Drogas y demás normas ap l icables, en lo que respecta a los c iudadanos y c iudadanas que conduzcan unidades de transporte, bajo la inf luencia de bebidas alcohó l icas, es tupefac ientes o sustancias ps icotrópicas o por encima del l ími te máximo de veloc idad estab lec ido , que conduzcan vehícu los efectuando competenc ias de ve loc idad y demás maniobras prohib idas, o que incurran de una manera u otra en cua lqu iera de las infracc iones y v io lac iones de la normat iva antes indicada. En e l mismo contexto, los Órganos y Entes de Segur idad Ciudadana y demás autor idades competentes en los espac ios terrestres, acuát icos y aéreos, ap l icarán y harán cumpl ir las regulac iones correspondientes, a f in de coadyuvar a la protecc ión de la c iudadanía.

Artículo 6°. Los Órganos de Segur idad Ciudadana y demás autor idades competentes están en la obl igac ión de acatar las d irec tr ices emanadas de este Órgano Rector; durante e l per íodo Semana Santa 2013, "A Toda Vida Venezuela".

Artículo 7°. E l incumpl imiento de l contenido de la presente Resoluc ión por parte de los func ionar ios púb l icos involucrados en e l P lan Nac ional de Protecc ión para la Prevención y Atención en Per iodos Fest ivos de Asueto y Vacac ionales , será sanc ionado conforme a las d isposic iones contenidas en la Ley del Estatuto de la Función Públ ica, Ley del Estatuto de la Func ión Pol ic ia l , la Ley Contra la Corrupción y demás normat ivas ap l icables .

Artículo 8°. La presente Resoluc ión entrará en v igenc ia a part ir del d ía v iernes 22 de marzo de 2013 hasta e l d ía lunes 1° de abr i l de 2013 ambas fechas inc lus ive.

Comuníquese y Publ íquese Por e l Ejecut ivo Nac iona l,

NÉSTOR LUIS REVEROL TORRES MINISTRO

Page 4: Dispositivo Semana Santa Segura 2013

Por Consecomercio,

Ana Carolina Crespo Carruyo Coordinadora

Unidad de Análisis Económico y Legislativo

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