directiva recursos propios218- 2004ed

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SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de mayo de 2004 AÑO XXI - Nº 8722 Pág. 268187 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA" R E P U B LIC A D E L P E R U DIARIO OFICIAL Director (e): GERARDO BARRAZA SOTO http://www.editoraperu.com.pe PODER EJECUTIVO DEFENSA R.M. Nº 537-2004 DE/SG.- Designan representante del ministe- rio ante el Comité de Coordinación Multisectorial de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI 268188 EDUCACIÓN R.M. Nº 0218-2004-ED.- Aprueban Directiva "Normas para la recaudación y administración de los recursos directamente re- caudados en las Instituciones Educativas Públicas" 268188 ENERGÍA Y MINAS R.M. Nº 195-2004-MEM/DM.- Renuevan concesión otorga- da a EINGESA para concluir estudios relacionados con la acti- vidad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Chaglla 268194 R.M. Nº 201-2004-MEM/DM.- Imponen servidumbres de em- balses, obras hidroeléctricas y de tránsito a favor de concesio- nes definitivas de las que es titular EGECEN S.A. 268194 R.M. Nº 204-2004-MEM/DM.- Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2004 de la Dirección Ejecuti- va de Proyectos del ministerio 268197 INTERIOR RR.SS. Nºs. 208, 209, 210, 211 y 212-2004-IN.- Autorizan viaje de personal de la PNP a Colombia, Brasil, Ecuador y España, en comisión de servicios 268197 R.S. Nº 216-2004-IN.- Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Alemania, en comisión de servicios 268202 JUSTICIA R.M. Nº 232-2004-JUS.- Designan representante del Poder Ejecu- tivo ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal 268203 RR.MM. Nºs. 233, 234, 235, 236 y 237-2004-JUS.- Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública 268203 PRODUCE R.D. Nº 148-2004-PRODUCE/DNEPP.- Segundo Cronograma de instalación de los equipos del Sistema de Seguimiento Satelital a bordo de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente al amparo de la Ley Nº 26920 268205 SALUD R.M. Nº 469-2004/MINSA.- Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Logística de la Dirección General de Administración 268210 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES D.S. Nº 022-2004-MTC.- Modifican el artículo 2º del D.S. Nº 017-2004-MTC 268210 R.M. Nº 325-2004-MTC/02.- Autorizan a procurador iniciar acciones legales para obtener nulidad de la R.D. Nº 1653-2002- MTC/15, que autorizó sustituir ómnibus para efectuar servicio público de transporte 268210 R.M. Nº 328-2004-MTC/02.- Autorizan a procurador iniciar acciones legales para obtener nulidad de la R.D. Nº 1004-2002- MTC/15.18, que autorizó incrementar flota vehicular de omnibuses 268211 VIVIENDA R.M. Nº 118-2004-VIVIENDA.- Aprueban donación de máquinas a favor de la Universidad Nacional San Martín, a fin de equipar las Facultades de Ciencias Agrarias y Agroindustrias 268212 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Res. Nº 165-2004-CG.- Autorizan viaje de funcionarios en mi- sión oficial al Reino Unido y España, para participar en certá- menes internacionales 268213 Res. Nº 166-2004-CG.- Designan Sociedades de Auditoría encargadas de realizar exámenes a los estados financieros, in- formación presupuestal y otros aspectos de gestión de diversas entidades 268214 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Res. Nº 152-2004-CNM.- Disponen tener por reincorporado al Juez de Paz Letrado de Sullana, Distrito Judicial de Piura 268217 JNE Res. Nº 077-2004-JNE.- Disponen que regidor asume cargo de alcalde y convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores del Concejo Provincial de El Collao, Región Puno 268218 S B S Res. SBS Nº 647-2004.- Autorizan a la EDPYME Crear Are- quipa S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito de Los Olivos, provincia de Lima 268218 Res. SBS Nº 677-2004.- Autorizan viaje de funcionario a Boli- via para participar en evento sobre microfinanzas 268219 Circular AFP Nº 44-2004.- Establecen categorías de riesgo equivalente y equivalencias aplicables a los instrumentos de inversión en los cuales se invierten los recursos de las Carteras Administradas 268219 UNIVERSIDADES Res. Nº 156-2004-CU-R-UNS.- Autorizan viaje a Brasil de la Secretaria Docente de la Facultad de Ingeniería de la Universi- dad Nacional del Santa 268222 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC R.J. Nº 1592-2004-INACC/J.- Aprueban Formulario Nº 001: "Solicitud de Acceso a la Información Pública" 268223 R.J. Nº 1664-2004-INACC/J.- Actualizan demarcación de circunscripciones territoriales de los distritos y provincias del país en el Sistema de Graficación del INACC 268225

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Page 1: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

S U M A R I O

NORMAS LEGALESLima, domingo 9 de mayo de 2004 AÑO XXI - Nº 8722 Pág. 268187

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

"AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA"

REPUBLICA DEL PERU

DIARIO OFICIAL

Director (e): GERARDO BARRAZA SOTO http://www.editoraperu.com.pe

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DEFENSA

R.M. Nº 537-2004 DE/SG.- Designan representante del ministe-rio ante el Comité de Coordinación Multisectorial de la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional - APCI 268188

EDUCACIÓN

R.M. Nº 0218-2004-ED.- Aprueban Directiva "Normas para larecaudación y administración de los recursos directamente re-caudados en las Instituciones Educativas Públicas" 268188

ENERGÍA Y MINAS

R.M. Nº 195-2004-MEM/DM.- Renuevan concesión otorga-da a EINGESA para concluir estudios relacionados con la acti-vidad de generación de energía eléctrica en la futura CentralHidroeléctrica Chaglla 268194R.M. Nº 201-2004-MEM/DM.- Imponen servidumbres de em-balses, obras hidroeléctricas y de tránsito a favor de concesio-nes definitivas de las que es titular EGECEN S.A. 268194R.M. Nº 204-2004-MEM/DM.- Modifican el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones 2004 de la Dirección Ejecuti-va de Proyectos del ministerio 268197

INTERIOR

RR.SS. Nºs. 208, 209, 210, 211 y 212-2004-IN.- Autorizan viajede personal de la PNP a Colombia, Brasil, Ecuador y España,en comisión de servicios 268197R.S. Nº 216-2004-IN.- Autorizan viaje de oficiales de la PolicíaNacional del Perú a Alemania, en comisión de servicios 268202

JUSTICIA

R.M. Nº 232-2004-JUS.- Designan representante del Poder Ejecu-tivo ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal 268203RR.MM. Nºs. 233, 234, 235, 236 y 237-2004-JUS.- Autorizana procurador iniciar acciones legales a presuntos responsablesde la comisión de delito contra la fe pública 268203

PRODUCE

R.D. Nº 148-2004-PRODUCE/DNEPP.- Segundo Cronogramade instalación de los equipos del Sistema de SeguimientoSatelital a bordo de embarcaciones pesqueras con permiso depesca vigente al amparo de la Ley Nº 26920 268205

SALUD

R.M. Nº 469-2004/MINSA.- Designan Director Ejecutivo dela Oficina Ejecutiva de Logística de la Dirección General deAdministración 268210

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

D.S. Nº 022-2004-MTC.- Modifican el artículo 2º del D.S.Nº 017-2004-MTC 268210R.M. Nº 325-2004-MTC/02.- Autorizan a procurador iniciaracciones legales para obtener nulidad de la R.D. Nº 1653-2002-MTC/15, que autorizó sustituir ómnibus para efectuar serviciopúblico de transporte 268210

R.M. Nº 328-2004-MTC/02.- Autorizan a procurador iniciaracciones legales para obtener nulidad de la R.D. Nº 1004-2002-MTC/15.18, que autorizó incrementar flota vehicular deomnibuses 268211

VIVIENDA

R.M. Nº 118-2004-VIVIENDA.- Aprueban donación de máquinasa favor de la Universidad Nacional San Martín, a fin de equipar lasFacultades de Ciencias Agrarias y Agroindustrias 268212

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CONTRALORÍA GENERAL

Res. Nº 165-2004-CG.- Autorizan viaje de funcionarios en mi-sión oficial al Reino Unido y España, para participar en certá-menes internacionales 268213Res. Nº 166-2004-CG.- Designan Sociedades de Auditoríaencargadas de realizar exámenes a los estados financieros, in-formación presupuestal y otros aspectos de gestión de diversasentidades 268214

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

Res. Nº 152-2004-CNM.- Disponen tener por reincorporado al Juezde Paz Letrado de Sullana, Distrito Judicial de Piura 268217

JNE

Res. Nº 077-2004-JNE.- Disponen que regidor asume cargode alcalde y convocan a candidatos no proclamados para queasuman cargos de regidores del Concejo Provincial de El Collao,Región Puno 268218

S B S

Res. SBS Nº 647-2004.- Autorizan a la EDPYME Crear Are-quipa S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito de LosOlivos, provincia de Lima 268218Res. SBS Nº 677-2004.- Autorizan viaje de funcionario a Boli-via para participar en evento sobre microfinanzas 268219Circular AFP Nº 44-2004.- Establecen categorías de riesgoequivalente y equivalencias aplicables a los instrumentos deinversión en los cuales se invierten los recursos de las CarterasAdministradas 268219

UNIVERSIDADES

Res. Nº 156-2004-CU-R-UNS.- Autorizan viaje a Brasil de laSecretaria Docente de la Facultad de Ingeniería de la Universi-dad Nacional del Santa 268222

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INACC

R.J. Nº 1592-2004-INACC/J.- Aprueban Formulario Nº 001:"Solicitud de Acceso a la Información Pública" 268223R.J. Nº 1664-2004-INACC/J.- Actualizan demarcación decircunscripciones territoriales de los distritos y provincias delpaís en el Sistema de Graficación del INACC 268225

Page 2: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� ����� ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

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DEFENSA

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 537-2004-DE/SG

Lima, 5 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27692 se crea la Agencia Perua-na de Cooperación Internacional - APCI como OrganismoPúblico Descentralizado adscrito al Ministerio de Relacio-nes Exteriores;

Que, el Decreto Supremo Nº 053-2003-RE del 9 de abril del2003, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de laAgencia Peruana de Coordinación Internacional - APCI;

Que, el artículo 12º del dispositivo legal citado en elconsiderando precedente establece que el Comité de Co-ordinación Multisectorial de la APCI, actúa como instanciade enlace y coordinación con los responsables de coope-ración de los Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobier-nos Locales, otros poderes del Estado y de los organis-mos constitucionales autónomos, para fortalecer los espa-cios de concertación y diálogo de la política y gestión de lacooperación técnica internacional;

Que, el artículo 13º del citado Reglamento estableceque son miembros del Comité de Coordinación Multisecto-rial, el Director Ejecutivo de la APCI, los Directores o Jefesde las oficinas responsables de cooperación de los Minis-terios o quienes hagan sus veces, los que serán designa-dos por Resolución del titular de la entidad; y,

De conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a la EC F-3 Julia CaballeroVizcarra, como representante del Ministerio de Defensa,ante el Comité de Coordinación Multisectorial de la Agen-cia Peruana de Cooperación Internacional - APCI.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa

08772

EDUCACIÓN

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0218-2004-ED

Lima, 6 de mayo de 2004

SUNAT

Res. Nº 109-2004/SUNAT.- Exoneran del proceso de seleccióncorrespondiente al arrendamiento de inmueble ubicado en eldistrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, departamentode Tumbes 268226

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GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS

R.D. Nº 015-2004-GOBIERNO REGIONAL-DRA-AMA-ZONAS/D.- Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones de la Dirección Regional Agraria Amazonas para elEjercicio Presupuestal 2004 268226

GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA

Acuerdo Nº 006-2004-GR.CAJ-CR.- Solicitan a Rector de laUniversidad Nacional de Cajamarca crear la carrera de Inge-niería Civil en la provincia de Jaén 268227

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

Res. Nº 0119-2004-GRU-P.- Exoneran de proceso de selec-ción la prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble don-de funciona la Oficina de Coordinación del gobierno regional

268227

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MUNICIPALIDAD DE ATE

R.A. Nº 0465.- Aprueban regularización de habilitación urbana deterreno ubicado en el distrito y autorizan venta de lotes 268228

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO

D.A. Nº 005-A-2003-SEGE-03-MDEA.- Aprueban Reglamen-to del Procedimiento de Tapiado o Destapiado de Locales enlos que se constate el ejercicio de actividades ilegales o contrala moral, las buenas costumbres y otros 268229

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

Ordenanza Nº 024-04-MDLV.- Establecen descuentos porpronto pago de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi-nes y Serenazgo para el Ejercicio 2004 268231

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

Acuerdo Nº 050-2004.- Autorizan a procurador interponer de-nuncia contra magistrada del Juzgado Mixto del Módulo Bási-co de Justicia de Condevilla y otros, por presuntos delitos deAbuso de Autoridad, Prevaricato y otros 268231

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

Res. Nº 165-2004-GDU-MDSM.- Autorizan acumulación enun lote único sin cambio de uso de inmuebles ubicados en eldistrito 268232

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO

R.A. Nº 110-04/A-MPA/P.- Modifican el Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones 2004 de la municipalidad268233

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TUMBES

Res. Nº 036-2004-GM-MPT.- Aprueban el Plan Anual deAdquisiciones de productos alimenticios para los programasde asistencia alimentaria 268233

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CASTILLA

Acuerdo Nº 068-2004-CDC.- Fijan monto de dietas deregidores por asistencia a sesiones de concejo 268234

Page 3: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� ���������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8ºde la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria delEstado y el artículo 5º de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01,Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Pro-ceso Presupuestario del Sector Público para el año fiscal2004, corresponde a la Oficina de Presupuesto del Pliego,como máxima instancia técnica en materia presupuestal,la responsabilidad de emitir las indicaciones y lineamien-tos operativos pertinentes para la mejor aplicación de lanormatividad presupuestal, sin que ello implique modificary/o desnaturalizar el sentido de las disposiciones legales yadministrativas vigentes sobre la materia;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 144-2001-ED seaprueba el Reglamento sobre la captación y administraciónde los ingresos directamente recaudados por los Centros yProgramas Educativos Públicos, con la finalidad de normar lacaptación y administración de los ingresos directamente re-caudados por los Centros y Programas Educativos Públicos;

Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº1094-2003-ED se aprueba la Directiva Nº 001-2004-ME/SPE-UP, “Normas Complementarias para la ejecución delPresupuesto en los Programas de Educación Básica y Edu-cación Superior no universitaria para el año 2004 y Funcio-namiento de los Comités de Programación del Plan y Pre-supuesto (CPPP)”, norma que introduce el concepto deUnidad de Costeo, como instrumento de gestión presupues-taria que tiene por objetivo descentralizar y hacer más trans-parente el gasto público en el Sector Educación;

Que, al haberse desactualizado las normas sobre cap-tación y administración de los ingresos directamente re-caudados por los Centros y Programas Educativos Públi-cos, e introducido en las referidas normas complementa-rias de carácter presupuestario, conceptos innovadores degestión, resulta necesario actualizar las pautas y procedi-mientos que estipulaba el citado Reglamento, así como,establecer normas técnicas acordes con los criterios deeficiencia y modernización del Sector Público, sin que elloafecte el normal desarrollo de las actividades del procesoeducativo; de tal manera que permita una gestión más efi-ciente, ordenada y uniforme en la recaudación y adminis-tración de los recursos directamente recaudados en lasInstituciones Educativas Públicas, la misma que coadyuvea la consecución de metas y objetivos institucionales enbase a una mayor disponibilidad de recursos;

De conformidad con la Ley Nº 27209 - Ley de GestiónPresupuestaria del Estado, la Ley Nº 28128- Ley de Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, el De-creto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, losDecretos Supremos Nºs 51-95-ED y 002-96-ED, y la Di-rectiva Nº 001-2004-EF/76.01-Directiva para la Aprobación,Ejecución y Control del Proceso Presupuestario del Sec-tor Público para el Año Fiscal 2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2004-ME/SPE-UP "Normas para la recaudación y administración de losrecursos directamente recaudados en las Instituciones Edu-cativas Públicas", que forma parte de la presente Resolu-ción.

Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución MinisterialNº 144-2003-ED, y demás normas que se opongan al pre-sente dispositivo legal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación

DIRECTIVA Nº 002-2004-ME/SPE-UP

NORMAS PARA LA RECAUDACIÓN YADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOSDIRECTAMENTE RECAUDADOS EN LAS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS

I - OBJETIVO

Establecer Normas Técnicas para la recaudación y ad-ministración transparente de los Recursos Directamente

Recaudados en las Instituciones Educativas Públicas, in-tegrantes de las Unidades de Costeo.

II - FINALIDAD

2.1 Administrar con transparencia los Ingresos dinera-rios captados por las Instituciones Educativas Públicas, in-tegrantes de las Unidades de Costeo sin que ello signifi-que afectar el normal desarrollo de las actividades del pro-ceso educativo.

2.2 Establecer los aspectos técnico normativos y pro-cedimientos para la adecuada y oportuna incorporación alMarco Presupuestal de los Recursos Directamente Recau-dados, así como los depósitos en la respectiva Cuenta Co-rriente.

III - BASE LEGAL

- Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Es-tado.

- Ley del Presupuesto del Sector Público.- Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del

Proceso Presupuestario del Sector Público.- Resolución Ministerial Nº 1094-2003-ED, que aprue-

ba la Directiva Nº 001-2004-ME/SPE-UP “Normas Com-plementarias para la Ejecución del Presupuesto en losProgramas de Educación Básica y Educación SuperiorNo Universitaria para el año 2004 y Funcionamiento delos Comités de Programación del Plan y Presupuesto(CPPP).

- Decreto Supremo Nº 195-2001-EF, Regula la Centra-lización de los Recursos Directamente Recaudados

- Directiva de Tesorería.- Resolución Ministerial Nº 0267-2003-ED, Aprueba

Reglamento sobre el pago de Servicios Básicos de agua yenergía eléctrica de los Centros Educativos Públicos.

- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ysu Reglamento.

- Resolución Ministerial Nº 0026-2004-ED de confor-mación del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto delMinisterio de Educación.

IV - ALCANCE

La presente Directiva, es de aplicación y de cumplimien-to obligatorio de todas las Instituciones Educativas Públi-cas integrantes de las Unidades de Costeo, Unidades Eje-cutoras del Pliego Presupuestario 10 - Ministerio de Edu-cación y Unidades Ejecutoras de las Direcciones Regio-nales de Educación.

V - INGRESOS

5.1 - Son los Recursos Directamente Recaudados: losingresos generados por las entidades públicas y adminis-trados directamente por éstas, entre los cuales se puedemencionar: las rentas de la propiedad, tasas, venta de bie-nes y servicios, entre otros, así como aquellos ingresosque les corresponde de acuerdo a la normatividad vigente(ver Anexo Nº 1 y Formato Nº 01).

Incluye los saldos de balance y todos los ingresos ge-nerados en las Instituciones educativas públicas por la fuen-te de financiamiento de Recursos Directamente Recauda-dos.

5.2 - De acuerdo al Maestro del Clasificador de Ingre-sos y Financiamiento, aprobado por el Ministerio de Eco-nomía Finanzas, las Instituciones Educativas Públicas, cla-sifican y registran sus Ingresos de acuerdo al citado Clasi-ficador.

5.3 - Los conceptos autorizados por los que puedencaptar ingresos, las Instituciones Educativas Públicas son:

a) Ingresos provenientes del cobro de tasas estableci-das en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA debidamente aprobados por el Ministerio de Educa-ción.

b) Concesión de la Administración de Kioscos (Salvoen las Instituciones Educativas Públicas las cuales se ri-gen por el reglamento del D.S. Nº 026-87-ED), cafeterías yservicio de fotocopiado.

c) Actividades productivas según la capacidad de re-cursos y equipamiento con que cuente.

Page 4: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

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d) Arrendamiento a plazo fijo de ambientes y espaciosdisponibles, fuera de la jornada escolar.

e) Arrendamiento de canchas deportivas, piscinas yauditorio, fuera de la jornada escolar.

f) Arrendamiento, usufructo y uso por parte de terce-ros, de tierras de cultivo cuando éstas no sean requeridaspara la práctica educativa.

g) Prestación de Servicios a terceros a través de activi-dades técnicas según la disponibilidad de recursos y equi-pos con que se cuente.

h) Convenios con entidades públicas y privadas, quepermita ingresos por Recursos Directamente Recaudados.

i) Otros incluidos en el Clasificador de Ingresos del Sec-tor Público.

5.4 El Director de la Institución Educativa Pública infor-mará mensualmente al responsable de su Unidad de Cos-teo y éstos a su vez al Comité de Programación de Plan yPresupuesto de la Unidad Ejecutora sobre la captación ydestino de sus ingresos.

5.5 El Consejo Educativo Institucional creado al am-paro de la Directiva Nº 088-2003-VMGI, es la encargadade controlar y administrar el uso de los Recursos Direc-tamente Recaudados generados por las InstitucionesEducativas Públicas, el cual está integrado por el Direc-tor de la Institución Educativa Pública, el subdirector, re-presentantes de los docentes, de los estudiantes, de losex alumnos, de los padres de familia en los casos perti-nentes, y del personal administrativo. El Director convo-cará al Consejo Educativo Institucional a reuniones tri-mestrales, y otras de carácter extraordinario, cuando loestime conveniente, para lo cual se comunicará con ladebida anticipación.

5. 6 Para el caso de las Instituciones Educativas Uni-docentes y Multigrados, el Consejo Educativo Institucionalse conformará por el Director, un representante de los do-centes, un representante de los padres de familia, una au-toridad comunal y un representante de los pobladores ele-gido por la propia comunidad.

5.7 El Director de la Institución Educativa Pública, infor-mará al responsable de la Unidad de Costeo al que perte-nece, los montos captados, quien consolidará e informaráal Comité de Programación de Plan y Presupuesto de laUnidad Ejecutora correspondiente, para la proyección deingresos y gastos.

5.8 Para el arrendamiento de ambientes, espacios dis-ponibles, canchas deportivas, patios , piscinas, auditorios,entre otros, así como el arrendamiento, usufructo y uso detierras de cultivo, el Director de la Institución Educativa Pú-blica debe tener en cuenta bajo responsabilidad lo siguien-te:

a) Que estas actividades no se realicen en horas declases y que no interfieran o pongan en peligro el normaldesarrollo de las actividades escolares.

b) Que el contrato que se suscribe debe especificar lasresponsabilidades del contratante, con respecto al cuida-do, mantenimiento, conservación y reparación en caso dedeterioro.

c) Que cuando se trata de tierras de cultivo, sólo puederealizarse el arrendamiento, usufructo y uso de aquellosterrenos cuya utilización no está prevista en el ProyectoCurricular del Centro Educativo.

5.9 El plazo de arrendamiento, usufructo y uso a quehace referencia el numeral 5.8 en ningún caso será su-perior a un año, pudiendo proceder la prórroga, previaevaluación del Consejo Educativo Institucional; ponien-do en conocimiento del responsable de la Unidad de Cos-teo y de la Oficina de Administración de la Unidad Eje-cutora.

5.10 Las Instituciones Educativas Públicas que ge-neren Recursos Directamente Recaudados, necesaria-mente deberán tramitar su “Registro Único de Contri-buyente” ante las Oficinas de la Superintendencia deAdministración Tributaria - SUNAT de su jurisdicción.

VI - PROGRAMACIÓN DE LOS INGRESOS

6.1 En la fase de la Programación de los Ingresos, seestablecen los criterios básicos para la captación de losIngresos de cada ejercicio fiscal. Igualmente en dicha pro-

gramación se determina el monto de los Ingresos que seestima captar.

6.1.2 La Proyección de los Ingresos Directamente Re-caudados, deberá efectuarse sobre la base de la ejecu-ción financiera de ingresos, informada al 31 de diciem-bre del año anterior, así como el comportamiento de losingresos registrados en lo que va del presente año y laproyección de la percepción o captación al cierre del mis-mo año, debiendo clasificarlos por su naturaleza de ori-gen según el clasificador de ingresos (ver 5.2) con lafinalidad de efectuar la proyección del gasto, el mismoque deberá ser informado oportunamente a su represen-tante de su Unidad de Costeo.

6.1.3 La Proyección de los Recursos DirectamenteRecaudados deberá ser a nivel de partidas especificasde acuerdo al maestro clasificador de ingresos.

6.1.4 La Unidad Ejecutora a través de sus unidadesde costeo, destinará el uso de Recursos DirectamenteRecaudados preferentemente a cubrir, la adquisición dematerial educativo, mantenimiento de mobiliario e infra-estructura, laboratorios y equipos y otros que permitanel cumplimiento de metas.

VII - GASTOS (EJECUCIÓN)

7.1.1 Los gastos se programan en forma Trimestralen función a los montos recaudados por las Institucio-nes Educativas Públicas que forman parte de las Unida-des de Costeo, para lo cual se tomará en cuenta lo si-guiente:

a) El Director de la Institución Educativa Pública, debepriorizar sus requerimientos de gastos en función a lasmetas y Objetivos Institucionales establecidos para elaño Fiscal.

b) Las proyecciones de ingresos por rubro que seespera captar u obtener durante el período.

7.1.2 Los Directores de las Instituciones EducativasPúblicas, a través del responsable de la unidad de cos-teo, deben presentar al Comité de Programación de Plany Presupuesto de la Unidad Ejecutora, la información re-lativa a la Programación de Gastos en los plazos esta-blecidos en las Directivas pertinentes, sujetándose a losmontos establecidos en la previsión de ingresos infor-mados.

7.1.3 Los Calendarios de Compromisos son aproba-dos por la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Laspropuestas o solicitudes de calendarios de compromisosdeben ser remitidos a la Dirección Nacional del PresupuestoPúblico, únicamente a través de la Oficina de Presupues-to o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora corres-pondiente. El responsable de la Unidad Ejecutora consoli-da y canaliza las solicitudes de calendario, al pliego.

7.1.5 Las Direcciones de las Instituciones Educati-vas Públicas a través de sus Unidades de Costeo, sólopodrán realizar actos administrativos o de administra-ción que generan gasto siempre y cuando cuenten conla disponibilidad presupuestal y el respectivo Calenda-rio de Compromisos aprobados en la Fuente de Finan-ciamiento de Recursos Directamente Recaudados.

VIII - NORMAS ESPECÍFICAS

8.1 DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOSDIRECTAMENTE RECAUDADOS

8.1.1 El responsable de la Unidad de Costeo y losDirectores de las Instituciones Educativas Públicas, se-gún corresponda, son los responsables de llevar el re-gistro actualizado de la programación y captación efec-tiva de los recursos directamente recaudados.

8.1.2 El Tesorero de la Institución Educativa Públicao quien haga sus veces, es la única persona autorizadapara la recepción de los ingresos, debiendo extender yfirmar los recibos, boletas o facturas, las cuales debenestar correctamente numeradas en forma correlativa deacuerdo a las normas vigentes. Si la Institución Educati-va Pública no cuenta con tesorero el Consejo EducativoInstitucional decidirá entre sus miembros quien será elresponsable de realizar esta labor.

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8.1.3 Todos los ingresos captados, se depositarán enla cuenta corriente recaudadora respectiva de ingresosdel Banco de la Nación por Unidad de Costeo en el tér-mino máximo de veinticuatro (24) horas, bajo responsa-bilidad del Director y el Tesorero, a excepción de los lu-gares que por la lejanía no cuenten con Agencia del Ban-co de la Nación, siendo el Director del Centro Base encoordinación con el Jefe de la Unidad Ejecutora quienesdeterminarán las respectivas pautas.

El Consejo Educativo Institucional de la InstituciónEducativa Pública, llevará un Libro de Caja, siendo elTesorero o quien haga sus veces, el responsable demantener al día toda la documentación originada por elmovimiento de los ingresos. Asimismo es el responsa-ble de presentar el Libro de Caja cuando lo soliciten.

8.2 DE LAS CUENTAS BANCARIAS PARA LA AD-MINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DIRECTAMEN-TE RECAUDADOS

8.2.1 En concordancia con la Directiva de Tesoreríavigente, las Unidades Ejecutoras aperturarán CuentasCorrientes Recaudadoras y Cuentas Corrientes Gasta-doras por cada Unidad Operativa (Unidad de Costeo) desu jurisdicción, las cuales se centralizan en una CuentaCorriente Única en la Unidad Ejecutora, para el manejode los Recursos Directamente Recaudados (Cuenta Co-rriente Centralizadora de R.D.R).

8.2.2 Las cuentas corrientes recaudadoras serviráncomo cuentas captadoras, y la cuentas corrientes de en-cargos como gastadora, en ambos casos por cada Uni-dad Operativa (unidad de costeo).

8.2.3 El manejo de fondos por parte de las unidadesde costeo se debe realizar con criterios de racionalidad,en función a su ubicación geográfica, montos a ser trans-feridos y naturaleza de gastos.

8.2.4 La acreditación de los Titulares (2) y suplen-tes (2) de la Cuenta Corriente Gastadora que se autori-cen en el año fiscal por cada Unidad Operativa, debenefectuarse directamente en el Banco de la Nación, conuna copia de la Resolución del Jefe de la Unidad Ejecu-tora, según el modelo adjunto del Anexo Nº 02, una co-pia de dicha resolución será remitida por la Unidad Eje-cutora a la Dirección General del Tesoro Público dentrode las 48 horas de haberse efectuado el respectivo re-gistro de firmas.

8.2.5 Los cambios de registro de firmas de los res-ponsables del manejo de la cuenta bancaria se efec-tuarán directamente en las Oficinas del Banco de la Na-ción, con una copia de la Resolución del Jefe de la Uni-dad Ejecutora, según modelo del Anexo Nº 03. previoinforme y/o autorización del Jefe de Administración asolicitud del responsable de la Unidad de Costeo.

8.2.6 Los Titulares y Suplentes designados para elmanejo de estos fondos están impedidos de efectuar mo-vimientos contra la cuenta bancaria mientras que no sehaya formalizado el correspondiente registro de firmasante el Banco de la Nación, bajo responsabilidad del Te-sorero y Administrador o de quienes hagan sus vecesen la Unidad Ejecutora.

8.2.7 Para efectos del manejo de cuentas, éstas seautorizarán mediante Resolución Directoral de la Uni-dad Ejecutora para Lima y Resolución Ejecutiva Regio-nal - DRES para las Regiones que autorizarán a lasUnidades de Costeo el manejo de estas cuentas.

8.2.8 Conforme a la aprobación de calendarios decompromisos a la Unidad Ejecutora y la distribución delmismo a nivel de meta presupuestaria (unidad de cos-teo) por parte del Comité de Programación de Plan yPresupuesto, el responsable de la Unidad de Costeo yel Director del Instituto Educativo Público, se sujetará ala disponibilidad de dicho calendario distribuido y cons-tituye la autorización máxima para la ejecución de egre-sos.

8.2.9 La ejecución de los Recursos DirectamenteRecaudados lo realiza la Unidad Ejecutora de acuerdoal procedimiento establecido en el Sistema Integrado Ad-ministrativo Financiero del Sector Público SIAF-SP, bajola modalidad de encargos, para lo cual cada Unidad Eje-cutora y/o Dirección de Educación deberá elaborar unaDirectiva interna para su manejo.

- Compromiso: el registro del compromiso lo realizala Unidad Ejecutora bajo las modalidades de ejecuciónde encargos, para lo cual deberá elaborar una Resolu-ción Directoral como documento de compromiso por cadaUnidad Operativa (Unidad de Costeo), con indicación dela cadena de gastos así como del monto a comprometer,para lo cual el responsable de la Unidad de Costeo de-berá coordinar con la Administración de la Unidad Eje-cutora.

- Devengado: Obligación de pago del Encargo a trans-ferir a cada Unidad Operativa, siendo el documento fuen-te la misma Resolución Directoral.

- Girado: Mediante Carta Orden Electrónica, la Uni-dad Ejecutora transfiere a las cuentas corrientes gasta-doras de las unidades Operativas las sumas solicitadaspara su funcionamiento, de acuerdo a sus requerimien-tos.

- Rendición de Cuenta: Las Unidades operativas de-berán rendir cuenta documentada por el monto total dela transferencia recibida a la Unidad Ejecutora, de acuer-do a los plazos que deberá establecer la Directiva inter-na de Encargos.

8.2.10 Las Unidades Operativas (Unidades de Cos-teo), manejaran sus recursos en sistema manual, soft-ware si es que tuvieran, o si se llega a implantar el Sis-tema Integrado de Administración Financiera del SectorPúblico (SIAF-SP), de acuerdo a lo siguiente:

• Captación de Recursos Directamente Recaudados:

- Las Instituciones Educativas Públicas depositaránsus recaudaciones diarias a la Cuenta Corriente Recau-dadora aperturada por la Unidad Ejecutora en cada Uni-dad Operativa (Unidad De Costeo).

- Es necesario puntualizar que estas Cuentas corrien-tes recaudadoras solamente reciben abonos (depósitos),no pudiendo girar cheques.

MINISTERIO DE SALUD

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO DEL ABASTECIMIENTODE AGUA SEGURA PARA CONSUMO HUMANO Y DISPOSICION ADECUADA DE AGUAS SERVIDAS.

El Ministerio de Salud, a través de la Secretaría General, pone en conocimiento de los interesados que elProyecto de “Reglamento para la Vigilancia y Control Sanitario del Abastecimiento de Agua Segura paraConsumo Humano y Disposición Adecuada de Aguas Servidas”, se encuentra en calidad de Pre-Publica-ción en su Página Web [email protected], a fin de recibir los comentarios, sugerencias y observacionesdel público en general, los que podrán remitirse a la Secretaría General del Ministerio de Salud a través delcorreo electrónico [email protected], del fax 3156600 anexo 2806 o mediante Carta a la AvenidaSalaverry Cdra. 7 s/n Jesús María – Lima, hasta el 24 de Mayo de 2004.

REPUBLICA DEL PERU

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• Ejecución de los Recursos Captados:

- Las Unidades Operativas para ejecutar sus recau-daciones, deberan solicitar mediante oficio a las Uni-dades ejecutoras a las cuales pertenecen, elabore laCarta Orden para la transferencia de fondos de su Cuen-ta Corriente Recaudadora a la Cuenta Corriente cen-tralizadora, de acuerdo al total del Calendario de Com-promiso Mensual por el Comité de Programación dePlan y Presupuesto.

- Estos montos transferidos son registrados en elSIAF-SP de la Unidad Ejecutora.

- La Unidad Ejecutora realiza la transferencia de fon-dos de acuerdo a lo indicado en el numeral 8.2.9.

• Cuenta Corriente Gastadora:

- Las Unidades Operativas reciben las transferen-cias de las Unidades Ejecutoras en las Cuentas Co-rrientes Gastadoras de Encargos, para ejecutar los re-querimientos autorizados con Resolución Directoral anivel de asignaciones especificas, debiendo cumplir conlas normas vigentes para la adquisición de bienes, pres-tación de servicios y habilitación de fondo fijo para lacaja chica.

- En esta cuenta gastadora solamente se puedengirar cheques, no reciben depósitos.

8.2.11 Las Unidades Operativas (Unidades de Cos-teo), que por razones justificadas se vean imposibilita-das de efectuar el deposito de dichos recursos en elplazo que señala el inciso 8.1.3 de la presente Directi-va, podrán efectuar los gastos y depositar los saldosde acuerdo a las condiciones y los plazos que se seña-le en la Directiva interna de Encargos, que para el efectoserá aprobada por la máxima autoridad de la corres-pondiente Unidad Ejecutora.

8.2.12 Adicionalmente las Instituciones EducativasPúblicas que requieran usar fondos para caja chica, ésteserá de acuerdo a las necesidades del servicio, sujetoal análisis financiero de recaudación de cada institu-ción educativa pública, el mismo que deberá contar conla autorización de la Unidad Ejecutora que implemen-tará los procedimientos para su manejo y control.

8.2.13 Debe precisarse que de lo señalado en el pá-rrafo anterior el Fondo Fijo para Caja Chica es exclusi-vamente para gastos inherentes al servicio educati-vo

8.2.14 Está prohibido el retiro de dinero para accio-nes distintas de las establecidas en la Directiva de Te-sorería, bajo responsabilidad del personal encargadode su ejecución en las Unidades Operativas.

8.3 DEL DESTINO DE LOS RECURSOS DIREC-TAMENTE RECAUDADOS Y DE LOS MECANISMOSDE TRANSPARENCIA

8.3.1 Los Recursos Directamente Recaudados delas Instituciones Educativas Públicas serán destinados,prioritariamente a cubrir el costo de la actividad quegeneró ingresos, la adquisición de material educativo,mantenimiento de mobiliario e infraestructura, labora-torios y equipos en el marco del Proyecto EducativoInstitucional (PEI) y Plan Anual de Trabajo (PAT) y Pro-yecto Curricular de Centro (PCC).

8.3.2 Los Responsables de las Unidades de Cos-teo en coordinación con los Directores de las Institu-ciones Educativas Públicas, deberán implementar me-canismos de transparencia para informar a los padresde familia y autoridades educativas respecto de la cap-tación y destino de los Recursos Directamente Recau-dados a efectos de:

a) Sensibilizar la importancia de la captación de losRecursos Directamente Recaudados en beneficio delservicio educativo.

b) Informar a la Asociación de Padres de Familia, Presi-dentes de Comités de Aula, Consejo de Estudiantes para elcaso de los Institutos de Educación Superior, Consejo Es-colar Consultivo y a la Comunidad Educativa, del destino delos recursos directamente recaudados, trimestralmente, através de documentos y balances de Ingresos y Egresos,los mismos que deberán ser publicados en los periódicosmurales, boletines o revistas del Centro Educativo.

8.4 DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LOSINGRESOS Y GASTOS

8.4.1 La Unidad Ejecutora a través del responsablede la Unidad de Costeo, es el encargado de supervisarel correcto uso o destino de los ingresos captados porla Institución Educativa Pública.

8.4.2 Cuando exista denuncia por una inadecuadaadministración de los ingresos captados por las Insti-tuciones Educativas Públicas, la Jefatura de la UnidadEjecutora correspondiente realizará la investigación co-rrespondiente y si el caso amerita iniciará el ProcesoAdministrativo para sancionar a los responsables

8.4.3 El Órgano de Control Institucional de la Uni-dad Ejecutora correspondiente, es el responsable deefectuar el control de las captaciones y desembolsosrecibidos en los Centros Educativos o Programas Edu-cativos; así como garantizar la legalidad y observanciade las normas aplicables al caso.

Lima, febrero del 2004

UNIDAD EJECUTORA ......................................................................... UNIDAD DE COSTEO .........................................................................

Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre TOTAL1.2.0 TASAS - Constancias - Certificados - Traslados - Otros (Especificar)1.4.0 VENTA de BIENES - Animales - Uniformes y Buzos - Libros - Productos Agrícolas - Otros (Especificar)1.5.0 PRESTACIÓN de SERVICIOS - Canchas - Piscinas - Oficinas - Computadoras - Maquinaria - Kioscos - Cocheras - Vacaciones Útiles - Cursos - Otros (Especificar)

TOTAL

(1) Los conceptos señalados, son únicamente referenciales

ANEXO Nº 1

RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS POR INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA .........................................(En nuevos soles)

Conceptos de Ingreso (1)Ingresos

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ANEXO Nº 02

MODELO DE RESOLUCIÓN ÚNICA PARADESIGNAR A LOS TITULARES Y SUPLENTES

DE LAS CUENTAS BANCARIAS

Lima,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la normatividad aprobada por laDirección Nacional del Tesoro Público los fondos que fi-nancian el Presupuesto de la Unidad Ejecutora así comoaquellos que son administrados en la modalidad de en-cargos se centralizan en la Tesorería y deben ser depo-sitados y manejados a través de las cuentas bancariasabiertas a nombre de la Unidad Ejecutora Correspon-diente;

Que es necesario proceder a la designación de losresponsables del manejo de las sub cuentas bancariasde gasto, cuentas bancarias de encargos y fondos pro-venientes de la fuente de financiamiento de RecursosDirectamente Recaudados, el Señor (Indicar Nombres yApel l idos), correspondiente a la UnidadCosteo......(Indicar denominación); para el manejo defondos, perteneciente a la Unidad Ejecutora....(Indicardenominación).

Que de acuerdo a la estructura organizacional de laUnidad de Costeo.........(Indicar su denominación) el Señor(Indicar nombres y apellidos), quién se desempeña en elcargo de ...(Indicar la denominación del cargo según la es-tructura), hace las veces de ....(Precisar si se trata de Ad-ministrador o Tesorero)

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a los responsables del ma-nejo de las cuentas bancarias de la Unidad deCosteo...(Indicar denominación de la Unidad de Costeo),de acuerdo con el siguiente detalle:

1. TitularesApellidos Nombres Cargo

a)b)

2. Suplentesa)b)

Regístrese y comuníquese.

(Firma y sello del Titular del Pliego o delFuncionario facultado)

ANEXO Nº 03

MODELO DE RESOLUCIÓN PARA SUSTITUIRA LOS TITULARES Y SUPLENTES DE LAS

CUENTAS BANCARIAS

Lima,

CONSIDERANDO:

Que es necesario designar al Señor ...................., comonuevo responsable (Indicar si se trata de titular o suplente)de las cuentas bancarias de la Unidad de Costeo ...........(In-dicar la denominación) así como disponer las acciones ne-cesarias para efectos de la modificación del registro de fir-mas correspondiente modificando en tal sentido lo dispuestopor la Resolución Nº ...(De la última designación de res-ponsables de las cuentas bancarias de la Unidad de Cos-teo);

Que de acuerdo a la estructura organizacional de laUnidad Ejecutora.........(Indicar su denominación) Unidadde Costeo ...(Indicar su denominación) el Señor (Indicarnombres y apellidos), quién se desempeña en el cargo de...(Indicar la denominación del cargo según la estructura),hará las veces de ....(Precisar si se trata de Administradoro Tesorero);

De conformidad con lo dispuesto en la normatividadaprobada por la Dirección General del Tesoro Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a partir de .....(Indicar lafecha) al señor........(Indicar nombre, apellidos y cargo co-rrespondiente), en reemplazo del señor .........(Indicar nom-bre y apellidos) como responsable(Indicar si se trata detitular o suplente, según sea el caso) para el manejo de las

FORMATO Nº 01

DETALLE POR PARTIDAS ESPECIFICASRECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

UNIDAD EJECUTORA ...............................................................................................................UNIDAD DE COSTEO ...............................................................................................................INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA O PROGRAMA EDUCATIVO ................................................................................................................

CÓDIGO DE INGRESOS DENOMINACIÓN DEL INGRESO CONCEPTO BASE LEGAL

1 / Código de la partida específica del ingreso de acuerdo al Maestro del Clasificador de Ingresos2 / Denominación de la partida específica de acuerdo al Maestro del Clasificador de Ingresos3 / Explicaciones de los Ingresos obtenidos (por ejemplo: Publicaciones; recursos provenientes de la venta de publicaciones estadísticas que realiza la entidad para los usuarios públicos

y privados)4 / Base Legal que sustente los ingresos a recaudar (ley o norma de igual rango)

Nota: En los casos de la partidas específicas otros, deberá detallarse el concepto y la base legal respectiva

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cuentas bancarias de la Unidad de Costeo....(Indicar de-nominación) perteneciente a la Unidad Ejecutora .......(In-dicar denominación).

Artículo segundo.- Como consecuencia de lo señala-do en el artículo precedente, el cuadro de funcionarios res-ponsables del manejo de las cuentas bancarias de la an-tes mencionada Unidad de Costeo vigente a partir de lafecha indicada en el artículo precedente es como sigue:

De los Titulares:Apellidos Nombres Cargo

a)b)

De los Suplentes:a)b)

Regístrese y comuníquese.

(Firma y sello del Titular del Pliego o delFuncionario facultado)

08785

ENERGÍA Y MINAS

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 195-2004-MEM/DM

Lima, 3 de mayo de 2004

VISTA: La solicitud de transferencia y de renovación deconcesión temporal, de fecha 19 de noviembre de 2003,ampliada con fecha 19 de marzo de 2004, para realizarestudios relacionados con la actividad de generación deenergía eléctrica, presentada por ECHEANDIA INGE-NIEROS S.A., en adelante "EINGESA", persona jurídicainscrita en el Asiento 1-A de la Ficha Nº 137861 del Regis-tro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima yCallao;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 035-2002-EM/VME, publicada el 22 de enero de 2002, se otorgó afavor de EINGESA la concesión temporal por un plazo dedos (2) años para realizar estudios relacionados con la ac-tividad de generación de energía eléctrica en la futura Cen-tral Hidroeléctrica Chaglla, ubicada en el distrito de Chag-lla, provincia de Pachitea, departamento de Huánuco, cu-yas coordenadas UTM figuran en el Expediente Nº21118301;

Que, mediante solicitud de fecha 19 de noviembre de2003, ampliada con fecha 19 de marzo de 2004, EINGESAsolicitó la renovación de la concesión temporal de la quees titular para concluir los estudios, así como la transferen-cia de la concesión temporal a favor de EMPRESA DE GE-NERACIÓN HUALLAGA S.A., persona jurídica inscrita enel rubro A00001 de la Partida Electrónica Nº 11565106 delRegistro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral deLima y Callao;

Que, como sustento, EINGESA manifestó que median-te Escritura Pública de fecha 18 de octubre de 2003, ex-tendida ante el Notario Público de Lima, Dr. Alejandro Ra-mírez Carranza, cuya copia obra en el Expediente, se for-malizó el Convenio de Cesión de Derechos de uso de aguasdel río Huallaga con fines hidroenergéticos y de la conce-sión temporal para realizar estudios del proyecto CentralHidroeléctrica Chaglla, en concordancia con lo cual EIN-GESA ha presentado copias de las Resoluciones Admi-nistrativas Nº 010-2003-CTAR-DRA-HCO/ATDR-AH, y Nº146-2003-GR-DRA-HCO/ATDR-AH, del 5 de marzo de

2003 y 11 de noviembre de 2003, respectivamente, emiti-das por la Administración Técnica del Distrito de Riego delAlto Huallaga de la Dirección Regional Agraria Huánuco,en virtud de las cuales se amplió el plazo para desarrollarel estudio del proyecto Chaglla y se otorgó autorizaciónpara la cesión de derechos y obligaciones a favor de laEMPRESA DE GENERACIÓN HUALLAGA S.A.;

Que, la cesión de derechos referida en el considerandoque antecede, cumple con el requisito de validez contem-plado en el numeral 4 del artículo 140º del Código Civil,concordado con el artículo 1207º del mismo Código, con-forme al cual, la cesión de derechos debe constar por es-crito, bajo sanción de nulidad;

Que, de acuerdo con el Informe de Fiscalización Nº 048-2003-10-06 del OSINERG, remitido a la Dirección Generalde Electricidad mediante el Oficio Nº 4699-2003-OSINERG-GFE de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica de OSI-NERG, de fecha 11 de noviembre de 2003, está acreditadoque la concesionaria ha culminado con desarrollar los Es-tudios de Prefactibilidad y Factibilidad, y viene desarrollan-do el Estudio de la Ingeniería Básica con relación al pro-yecto de la futura Central Hidroeléctrica Chaglla;

Que, la solicitud cumple con los requisitos señaladosen el Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Energía y Minas (TUPA), aprobado por De-creto Supremo Nº 025-2002-EM;

Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléc-tricas, y el artículo 1207º del Código Civil;

Con la opinión favorable del Director General de Electri-cidad y del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Renovar la concesión temporal otorgadaa favor de ECHEANDIA INGENIEROS S.A.- EINGESA me-diante la Resolución Ministerial Nº 035-2002-EM/VME, paraconcluir los estudios relacionados con la actividad de ge-neración de energía eléctrica en la futura Central Hidro-eléctrica Chaglla, aprovechando el recurso hídrico del ríoHuallaga, por un plazo adicional de un (1) año, el mismoque vencerá el 22 de enero de 2005.

Artículo 2º.- Aprobar la transferencia a favor de EM-PRESA DE GENERACIÓN HUALLAGA S.A de la conce-sión temporal otorgada originariamente a favor de ECHEAN-DÍA INGENIEROS S.A. mediante Resolución Ministerial Nº035-2002-EM/VME, por las razones y fundamentos lega-les expuestos en la parte considerativa de la presente Re-solución.

Artículo 3º.- Tener como titular de la concesión tempo-ral materia de la presente Resolución, a EMPRESA DEGENERACIÓN HUALLAGA S.A., quien asume todos losderechos y obligaciones inherentes a la concesión tempo-ral, en particular el cumplimiento de los estudios a desa-rrollar, dentro del plazo renovado por el artículo 1º de lapresente Resolución, que vencerá el 22 de enero de 2005,conforme a la Ley de Concesiones Eléctricas, su Regla-mento, y demás normas legales y técnicas aplicables.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Regla-mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá serpublicada en el Diario Oficial "El Peruano" por una solavez, a costo del titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME QUIJANDRÍA SALMÓNMinistro de Energía y Minas

08583

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 201-2004-MEM/DM

Lima, 3 de mayo de 2004

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VISTA: La solicitud de imposición de las servidumbresde embalses, obras hidroeléctricas y de tránsito para cus-todia, conservación y reparación de las obras e instalacio-nes de la Central Hidroeléctrica Yuncán, presentada porEmpresa de Generación de Energía Eléctrica del CentroS.A. (EGECEN S.A.), persona jurídica inscrita en el Asien-to 1-A, Ficha Nº 131639 del Libro de Sociedades del Re-gistro de Personas Jurídicas de la Oficina de RegistrosPúblicos de Lima y Callao;

CONSIDERANDO:

Que, EGECEN S.A., titular de la concesión definiti-va para desarrollar la actividad de generación de ener-gía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Yuncán, enmérito de la Resolución Suprema Nº 094-98-EM de fe-cha 17 de setiembre de 1998, ha solicitado la imposi-ción de las servidumbres de embalses, obras hidroeléc-tricas y de tránsito para custodia, conservación y repa-ración de las obras e instalaciones de dicha central hi-droeléctrica, ubicada en los distritos de Huachón y Pau-cartambo, provincia y departamento de Pasco, segúnlas coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº11149303;

Que, el artículo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley deConcesiones Eléctricas, dispone que el derecho de impo-ner una servidumbre al amparo de la citada Ley, obliga aindemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el usodel bien gravado;

Que, de acuerdo a la documentación que obra en elExpediente, el concesionario ha compensado a los propie-tarios de los predios afectados por las servidumbres a quese refiere la presente Resolución;

Que, la petición se encuentra amparada por el artículo110º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Con-cesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el De-creto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego dehaber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes,ha emitido el Informe Nº 035-2004-DGE-CEL;

Con la opinión favorable del Director General de Elec-tricidad y del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa-vor de la concesión definitiva de generación de la que estitular Empresa de Generación de Energía Eléctrica delCentro S.A. (EGECEN S.A.), las servidumbres de embal-ses, obras hidroeléctricas y de tránsito para custodia, con-servación y reparación de las obras e instalaciones de laCentral Hidroeléctrica Yuncán, ubicada en los distritos deHuachón y Paucartambo, provincia y departamento de Pas-co, de acuerdo a la documentación técnica y los planosproporcionados por la empresa, conforme al siguiente cua-dro:

Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario

11149303 Servidumbres permanentes de embalses, obras hidroeléc- Área: 1 132 300,00 m2

tricas y de tránsito para custodia, conservación y repara-ción de las obras e instalaciones de la CH Yuncán:

- Camino de acceso a la Bocatoma Uchuhuerta Área: 21 200,00 m2 ComunidadCoordenadas UTM: Campesina dePunto Norte Este QuiparacraA1 8 821 620,00 416 697,00A2 8 821 620,00 416 930,00A3 8 821 541,18 417 000,00A4 8 821 464,70 417 000,00A5 8 821 483,90 416 929,42A6 8 821 520,00 416 760,00

- Base Contrasubversiva Uchuhuerta Área: 2 100,00 m2 ComunidadCoordenadas UTM: Campesina dePunto Norte Este QuiparacraB1 8 822 006,71 415 935,69B2 8 822 030,19 415 954,36B3 8 821 986,62 416 009,14B4 8 821 963,14 415 990,47

- Campamento Uchuhuerta Área: 19 000,00 m2 ComunidadCoordenadas UTM: Campesina dePunto Norte Este QuiparacraC1 8 821 947,27 415 978,75C2 8 821 963,14 415 990,47C3 8 821 986,62 416 009,14C4 8 821 995,00 416 015,00C5 8 821 995,00 416 050,00C6 8 821 935,00 416 170,00C7 8 821 865,00 416 190,00C8 8 821 819,51 416 146,95

- Zona Huallamayo: variante de carretera desde Hualla- Área: 385 000,00 m2 Comunidadmayo hasta Yuncán, presa (mayor área inundable) y Coordenadas UTM: Campesina detoma de Huallamayo Punto Norte Este Paucartambo

1 8 810 446,78 422 039,342 8 810 797,22 422 359,663 8 810 761,98 422 509,994 8 811 139,74 423 384,765 8 810 894,14 423 495,246 8 810 399,76 422 316,057 8 810 391,70 422 065,71

- Zona Yuncanpata: acceso 1 a la tubería forzada y a la Área: 705 000,00 m2 Comunidad

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����� ���� ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

chimenea de equilibrio, botadero de escombros del túnel Coordenadas UTM: Campesina deNº 4, zona de trabajo del lote T-4 (equipamiento hidro- Punto Norte Este Paucartambomecánico) y chimenea de equilibrio. 1 8 814 983,75 427 341,29

2 8 815 262,79 427 653,803 8 815 330,04 428 176,144 8 814 356,04 429 149,675 8 814 437,95 429 230,846 8 814 437,95 429 363,697 8 814 233,38 429 357,258 8 814 131,21 429 284,869 8 814 028,25 429 460,2610 8 813 906,43 429 203,8711 8 813 912,56 429 064,8312 8 814 080,90 429 003,4213 8 814 143,34 429 047,8614 8 814 614,11 428 293,9715 8 815 056,55 428 107,6416 8 815 066,63 427 717,6517 8 814 909,02 427 384,67

Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario

Artículo 2º.- IMPONER con carácter temporal, a partirde la vigencia de la presente Resolución hasta el mes dejulio de 2005, a favor de la concesión definitiva de genera-ción de la que es titular Empresa de Generación de Ener-gía Eléctrica del Centro S.A. (EGECEN S.A.), las servi-dumbres de obras hidroeléctricas y de tránsito para custo-

dia, conservación y reparación de las obras e instalacio-nes de la Central Hidroeléctrica Yuncán, ubicada en los dis-tritos de Huachón y Paucartambo, provincia y departamentode Pasco, de acuerdo a la documentación técnica y losplanos proporcionados por la empresa, conforme al siguien-te cuadro:

Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario

11149303 Servidumbres temporales de obras hidroeléctricas y de Área: 491 750,00 m2

tránsito para custodia, conservación y reparación de lasobras e instalaciones de la CH Yuncán:

- Disposición de escombros de Uchuhuerta Área: 25 030,00 m2 ComunidadCoordenadas UTM: Campesina dePunto Norte Este QuiparacraD1 8 820 880,40 417 129,93D2 8 821 017,16 417 138,08D3 8 821 029,05 417 175,71D4 8 820 997,26 417 301,56D5 8 820 957,36 417 325,36D6 8 820 927,87 417 305,78D7 8 820 908,93 417 298,66D8 8 820 871,05 417 293,60D9 8 820 866,83 417 180,44

- Zona de ingreso a la Ventana Nº 01 Área: 7 920,00 m2 ComunidadCoordenadas UTM: Campesina dePunto Norte Este QuiparacraE1 8 820 539,15 417 247,08E2 8 820 635,79 417 221,37E3 8 820 646,43 417 261,38E4 8 820 549,79 417 287,09E5 8 820 554,44 417 292,06E6 8 820 646,65 417 267,53E7 8 820 648,30 417 313,76E8 8 820 553,12 417 326,53

- Zona Cuchijara: acceso a la ventana Nº 03, zona de Área: 45 000,00 m2 Comunidadtrabajo de la ventana Nº 03 y botadero de escombros Coordenadas UTM: Campesina dedel túnel Nº 03 Punto Norte Este Paucartambo

1 8 811 200,83 424 056,892 8 811 284,31 424 244,893 8 811 084,20 424 358,674 8 811 010,82 424 176,39

- Zona Maranmayo: acceso posterior a la presa Huallamayo Área: 13 000,00 m2 ComunidadCoordenadas UTM: Campesina dePunto Norte Este Paucartambo1 8 811 146,93 423 670,822 8 811 285,23 423 754,383 8 811 201,65 423 798,364 8 811 048,81 423 714,75

- Zona Auquimarca: camino de acceso a la ventana Nº 02 y Área: 372 000,00 m2 Comunidadzona de botadero de escombros y plataformas de trabajo Coordenadas UTM: Campesina dedel túnel Nº 02 Punto Norte Este Paucartambo

1 8 813 024,45 422 863,542 8 813 381,94 423 554,303 8 813 003,11 424 014,554 8 812 877,91 424 028,695 8 812 880,46 423 622,256 8 812 780,14 423 362,77

Page 11: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� ���������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 204-2004-MEM/DM

Lima, 6 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM se constituye laDirección Ejecutiva de Proyectos como órgano del Ministerio deEnergía y Minas, que tiene por objeto atender las necesidades dela población a través del desarrollo de las obras de infraestructuraeléctrica en el marco del Programa de Electrificación Nacional;

Que, por Resolucióni Ministerial Nº 025-2004-MEM/DM, defecha 27 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones de la Dirección Ejecutiva de Proyectosdel Ministerio de Energía y Minas, para el ejercicio presupuestal2004;

Que, mediante Memorándum Nº 018-04-MEM/DEP/OLC, del 12 de marzo de 2004, el Jefe de la Oficina deLicitaciones y Contratos ha planteado la necesidad de mo-dificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones dela Dirección Ejecutiva de Proyectos para el presente ejer-cicio presupuestal, solicitando: i) la exclusión de la Adjudi-cación Directa Selectiva "Saldo de Obra y Levantamientode Observaciones de las Líneas y Redes Primarias de losPequeños Sistemas Eléctricos Pampas - San Antonio,Huancavelica Norte - Eje Palca II Etapa y Cobriza II Eta-pa"; ii) la modificación de la Adjudicación Directa Selectiva"Estudio de Impacto Ambiental de las Líneas y Redes Pri-marias de los Pequeños Sistemas Eléctricos Pampas SanAntonio, Huancavelica Norte - Eje Palca II Etapa y CobrizaII Etapa"; y, iii) la inclusión de obras y servicios; de acuer-do a lo detallado en los Anexos Nº 01, Nº 02 y Nº 03;

De conformidad con lo establecido por el artículo 7º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; el numeral 7) del capítulo VI) de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE-PRE, aprobada por Resolución Nº380-2003-CONSUCODE-PRE; y, el Reglamento de Orga-nización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas,aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la Dirección Ejecutiva de Proyectos

del Ministerio de Energía y Minas para el ejercicio presu-puestal 2004, aprobado por Resolución Ministerial Nº 025-2004-MEM/DM, por las consideraciones expuestas, deacuerdo a lo detallado en los Anexos Nº 01, Nº 02 y Nº 03,que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Licitaciones yContratos de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, remitacopia de la presente Resolución al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO-DE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microe-mpresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábi-les siguientes a su aprobación.

Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Pla-neamiento, Presupuesto, Estadística e Informática publi-que la presente Resolución y los Anexos Nº 01, Nº 02 y Nº03 en la página Web del Ministerio de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME QUIJANDRÍA SALMÓNMinistro de Energía y Minas

08861

INTERIOR

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 208-2004-IN

Lima, 5 de mayo de 2004

VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 110-02-2004-DIRGEN PNP/COAS-A10, de 9.FEBRERO.2004, que opi-na se autorice el viaje en Comisión del Servicio, de losCapitanes PNP Juan Carlos BULNES SOTOMAYOR yEnrique Fernando SAMAME SANCHEZ, a la ciudad deBogotá de la República de Colombia, del 28 al 30.DI-CIEMBRE.2003, en vía de regularización;

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 10502-DGPNP/INTERPOL-LIMA-DEPICTID, de 13.DICIEMBRE.2003, el Jefe Ejecutivo dela Oficina Central Nacional INTERPOL LIMA, hace cono-

7 8 812 708,18 423 331,578 8 812 730,49 423 272,859 8 812 696,44 423 244,9310 8 812 730,13 423 185,6211 8 812 800,27 423 195,3212 8 812 811,25 423 118,8713 8 812 855,57 423 097,5214 8 812 865,91 423 024,86

- Carretera de acceso de 4,80 km. de longitud por 6,00 m. Área: 28 800,00 m2 Comunidadde ancho desde el puente Uchum hasta la ventana Nº 01 Campesina de

Quiparacra

Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario

Artículo 3º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podránrealizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas.

Artículo 4º.- EGECEN S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que el área de servidumbre no sufradaño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumpli-miento.

Artículo 5º.- EGECEN S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por las servidumbreso sobre ellas se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio.

Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME QUIJANDRÍA SALMÓNMinistro de Energía y Minas

08584

Page 12: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� ���� ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

cer al DIRGEN - PNP que procedente del Ministerio deRelaciones Exteriores, se han recepcionado los documen-tos mediante los cuales hacen conocer que las autorida-des peruanas deberán efectuar el traslado hacia el Perúdel ciudadano colombiano Martín Alonso RENTERIAGUTIERREZ por encontrarse requerido por el Cuadragé-simo Sexto Juzgado Penal de Lima, por el delito contra laSalud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Es-tado, el mismo que se encuentra en condiciones de serentregado a funcionarios policiales de INTERPOL LIMA,para su traslado a la República del Perú;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL-LIMA, deconformidad a procedimientos normados en la Ley de Extra-dición Peruana Nº 24710, el Reglamento y Estatuto de la OIPC-INTERPOL y en adopción a las medidas de seguridad, por elriesgo, peligrosidad e impedir cualquier intento de fuga deldetenido, ha designado a los Capitanes PNP Juan CarlosBULNES SOTOMAYOR y Enrique Fernando SAMAME SAN-CHEZ, para que viajen en Comisión del Servicio a la ciudadde Bogotá de la República de Colombia del 28 al 30.DICIEM-BRE.2003, y solicita la autorización respectiva;

Que, mediante Informe Nº 006-DGPNP/INTERPOL-DEPIC-TID de 15.ENERO.2004, los precitados Oficiales comunicanque la ejecución de Extradición Activa del ciudadano colombia-no Martín Alonso RENTERIA GUTIERREZ, se produjo el 30 yel 31.DICIEMBRE.2003, fue puesto a disposición de la Prime-ra Sala Penal con Reos en cárcel de la Corte Superior de Jus-ticia de Lima, quedando concluido el proceso de extradición;

Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos e im-puestos serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002 - Direc-ción de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007, Minis-terio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autori-zación de viajes al exterior de funcionarios y servidores públi-cos que irroguen gasto al Tesoro Público, con lo establecido enel artículo 1º del D.S. Nº 047-2002-PCM del 5.JUNIO.2002, enconcordancia con lo previsto en el D.U. Nº 017-2003, del6.AGOSTO.2003, y lo dispuesto en el artículo 28º del D. Leg.Nº 745; Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Na-cional del Perú;

Estando a lo propuesto por el Coronel PNP Jefe del Comitéde Asesoramiento de la Dirección General de la Policía Nacio-nal del Perú; y,

Lo opinado por el General de Policía Director General de laPolicía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión del Servicio delos Capitanes PNP Juan Carlos BULNES SOTOMAYOR yEnrique Fernando SAMAME SANCHEZ, en vía de regulariza-ción, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 28 al30.DICIEMBRE.2003, para los fines expuestos en la parte con-siderativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución Suprema se efectuarán con car-go a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía yFinanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interior,de acuerdo al siguiente detalle:

Capitán PNP Juan Carlos BULNES SOTOMAYORPasaje Lima - Bogotá - Lima $ 263.00 + 19% US$ 312.97Tarifa única de uso de aeropuerto CORPAC US$ 28.00Viáticos (3 x 200) US$ 600.00

--------------------TOTAL US$ 940.97

============

Capitán PNP Enrique Fernando SAMAME SANCHEZPasaje Lima - Bogotá - Lima $ 263.00 + 19% US$ 312.97Tarifa única de uso de aeropuerto CORPAC US$ 28.00Viáticos (3 x 200) US$ 600.00

-------------------TOTAL US$ 940.97

===========

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariode efectuado el viaje deberán presentar ante el Ministro delInterior un informe detallado describiendo las acciones rea-lizadas y los resultados obtenidos, así como rendición decuentas debidamente documentadas por los viáticos en-tregados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delInterior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

FERNANDO ROSPIGLIOSI C.Ministro del Interior

08883

RESOLUCIÓN SUPREMANº 209-2004-IN

Lima, 5 de mayo de 2004

VISTOS, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 67-2004-DIR-GEN PNP/COAS-A10, de 27.ENERO.2004, que opina seautorice el viaje en Comisión del Servicio, del Mayor PNPJosé Fernando ESPINOZA FERNÁNDEZ, Capitán PNP NiloArturo FERNÁNDEZ MARCELO, SOS PNP Jorge ManuelVILLENA VILLENA, y del SO1 PNP Guillermo Roger SO-LARI CHILET, a la ciudad de Brasilia de la República Fede-rativa de Brasil, del 4 al 7.FEBRERO.2004, y la Hoja de Es-tudio y Opinión Nº 201-2004-DIRGEN PNP/COAS-A10, de8.MARZO.2004, sobre absolución de observaciones a pro-yectos de RRSS autorizando viaje al extranjero de personalPNP en Comisión del Servicio, en vía de regularización;

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 558-DGPNP/INTERPOL-LIMA-DE-PICTID, de 26.ENERO.2004, el Jefe Ejecutivo de la Ofici-na Central Nacional INTERPOL - Lima, hace conocer alDIRGEN - PNP que procedente del Ministerio de Relacio-nes Exteriores ha recepcionado el FACSÍMIL (LEG) Nº 23,de 23.DICIEMBRE.2003, adjuntando copia de la Nota DJ/DAM II/007/JUS-BRAS-PERÚ y Fax SNJ/DEEST/DMC Nº182, de 19.ENERO.2004, comunicando que las autorida-des peruanas deberán efectuar el traslado hacia el Perú delos ciudadanos peruanos Roger Ichman CUETO CANCHA-RI y Antonio CUETO GASTELU, requeridos por la Segun-da Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de laCorte Superior de Justicia, por el delito contra la SaludPública - Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado,teniendo como plazo máximo hasta el 9.FEBRERO.2004;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL-Lima, de con-formidad a procedimientos normados en la Ley de Extradi-ción Peruana Nº 24710, el Reglamento y Estatuto de la OIPC-INTERPOL y en adopción a las medidas de seguridad, por elriesgo, peligrosidad e impedir cualquier intento de fuga deldetenido, ha designado al Mayor PNP José Fernando ESPI-NOZA FERNÁNDEZ, Capitán PNP Nilo Arturo FERNÁNDEZMARCELO, SOS PNP Jorge Manuel VILLENA VILLENA, y alSO1 PNP Guillermo Roger SOLARI CHILET, para que viajenen Comisión del Servicio a la ciudad de Brasilia de la Repúbli-ca Federativa de Brasil, del 4 al 7.FEBRERO.2004 y solicitala autorización de viaje respectiva;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL-LIMA, con In-forme Nº 07-DGPNP/INTERPOL-LIMA-DEPICTID de9.FEB.2004, hace conocer que el viaje del personal PNP serealizó de acuerdo a las coordinaciones realizadas con su si-milar de Brasil, custodiando los funcionarios policiales de laOCN INTERPOL LIMA, el 7.FEB.2004 a los ciudadanos pe-ruanos Roger Ichman CUETO CANCHARI y Antonio CUETOGASTELU, al ser extraditados activamente a solicitud de lasautoridades judiciales del Perú, siendo puestos a disposiciónde la División de Requisitorias de la Policía Judicial y posteriortraslado a la autoridad judicial competente;

Que, los gastos por concepto de pasajes, impuestos eindemnización de gastos de viaje serán sufragados por elEstado Peruano con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Di-

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����� ��������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

rección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007,Ministerio del Interior;

Que, la expedición de la presente resolución está ampara-da en la Ley Nº 28128, por tratarse de un asunto de interésnacional e institucional al tratarse de una extradición activa; enlo estipulado en la Ley Nº 27619, que regula la autorización deviajes al exterior de funcionarios y servidores públicos que irro-guen gasto al Tesoro Público, y artículo 1º y segundo acápitedel artículo 4º del D.S. Nº 047-2002-PCM del 5.JUN.2002, portratarse de un asunto de fuerza mayor, por lo que se prescindede la obligatoriedad de publicarse antes del viaje; y lo dispues-to en el artículo 28º del D. Leg. Nº 745, Ley de Situación Policialdel Personal de la Policía Nacional del Perú;

Estando a lo propuesto por el Coronel PNP Jefe delComité de Asesoramiento de la Dirección General de laPolicía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por el General de Policía Director Generalde la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión del Serviciodel Mayor PNP José Fernando ESPINOZA FERNÁNDEZ,Capitán PNP Nilo Arturo FERNÁNDEZ MARCELO, SOSPNP Jorge Manuel VILLENA VILLENA y al SO1 PNP Gui-llermo Roger SOLARI CHILET, a la ciudad de Brasilia de laRepública Federativa de Brasil, del 4 al 7.FEBRERO.2004,para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución Suprema, en vía de regularización.

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución Suprema se efectuarán con car-go a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía yFinanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interior,de acuerdo al siguiente detalle:

Mayor PNP José Fernando ESPINOZA FERNÁNDEZPasaje Lima - Brasilia - Lima715.00 + 19% = 850.85 x 1 US$ 850.85Impuesto BRASILEÑO US$ 36.00Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)4 x 200 US$ 800.00

-------------------TOTAL US$ 1,714.85

===========

Capitán PNP Nilo Arturo FERNÁNDEZ MARCELOPasaje Lima - Brasilia - Lima715.00 + 19% = 850.85 x 1 US$ 850.85Impuesto BRASILEÑO US$ 36.00Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)4 x 200 US$ 800.00

-------------------TOTAL US$ 1,714.85

===========SOS PNP Jorge Manuel VILLENA VILLENAPasaje Lima - Brasilia - Lima715.00 + 19% = 850.85 x 1 US$ 850.85Impuesto BRASILEÑO US$ 36.00Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)4 x 200 US$ 800.00

------------------TOTAL US$ 1,714.85

===========

SO1 PNP Guillermo Roger SOLARI CHILETPasaje Lima - Brasilia - Lima715.00 + 19% = 850.85 x 1 US$ 850.85Impuesto BRASILEÑO US$ 36.00Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)4 x 200 US$ 800.00

-------------------TOTAL US$ 1,714.85

===========

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariode efectuado el viaje deberán presentar ante el Ministro delInterior un informe detallado describiendo las acciones rea-lizadas y los resultados obtenidos, así como rendición de

cuentas debidamente documentadas por los viáticos en-tregados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

FERNANDO ROSPIGLIOSI C.Ministro del Interior

08884

RESOLUCIÓN SUPREMANº 210-2004-IN

Lima, 5 de mayo de 2004

VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 186-03-04-DIR-GEN-PNP/COAS-A10, de 1.MARZO.2004, que opina seautorice el viaje en Comisión del Servicio, del Mayor PNPCiro RENGIFO RIVAS y del SOT1 PNP Salomón VILLA-LOBOS CASTILLO, a la ciudad de Bogotá de la Repúblicade Colombia, del 10 al 12.MARZO.2004.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 1485-DGPNP/INTERPOL-LIMA-EM,de 26.FEBRERO.2004, el Jefe Ejecutivo de la Oficina Cen-tral Nacional INTERPOL-Lima, hace conocer al DirectorGeneral PNP que procedente del Ministerio de RelacionesExteriores se ha recepcionado el Facsímil (LEG) Nº 46, de24.FEBRERO.2004, adjuntando copia del Oficio DFGN Nº00778 de 20.FEBRERO.2004, con el cual la Fiscalía Ge-neral de la Nación de la República de Colombia, hace co-nocer que ha concedido la extradición del ciudadano co-lombiano Pablo Andrés CARRILLO MONTERO, requeridopor la justicia peruana, por la Comisión de Delito Contra laSalud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Es-tado, el mismo que se encuentra en condiciones de serentregado a funcionarios policiales de INTERPOL - Lima,para su traslado a la República de Perú;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima, deconformidad a procedimientos normados en la Ley de Ex-tradición Peruana Nº 24710, el Reglamento y Estatuto de laOIPC-INTERPOL y en adopción a las medidas de seguri-dad, por el riesgo, peligrosidad e impedir cualquier intentode fuga del detenido, ha designado al Mayor PNP Ciro REN-GIFO RIVAS y al SOT1 PNP Salomón VILLALOBOS CAS-TILLO, para que viajen en Comisión del Servicio a la ciudadde Bogotá de la República de Colombia, del 10 al 12.MAR-ZO.2004, y solicita la autorización de viaje respectiva;

Que, los gastos por concepto de pasajes, impuestos eindemnización de gastos de viaje serán sufragados por elEstado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 -Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego007, Ministerio del Interior;

Que, lo solicitado por la OCN-INTERPOL-Lima, está de con-formidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de via-jes al exterior de funcionarios y servidores públicos que irroguengasto al Tesoro Público, con lo establecido en el artículo 1º delD.S. Nº 047-2002-PCM, de 5.JUNIO.2002, en concordancia conlo previsto en el D.U. Nº 017-2003, de 6.AGOSTO.2003 y lodispuesto en el artículo 28º del D.Leg. Nº 745, Ley de SituaciónPolicial del Personal de la Policía Nacional del Perú;

Estando a lo propuesto por el Coronel PNP Jefe delComité de Asesoramiento de la Dirección General de laPolicía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por el General de Policía Director Generalde la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Serviciodel Mayor PNP Ciro RENGIFO RIVAS y al SOT1 PNP Salo-

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����� ������ ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

món VILLALOBOS CASTILLO, a la ciudad de Bogotá de laRepública de Colombia, del 10 al 12.MARZO.2004, paralos fines expuestos en la parte considerativa de la presen-te Resolución Suprema, en vía de regularización.

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución Suprema se efectuarán con car-go a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía yFinanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interior,de acuerdo al siguiente detalle:

Mayor PNP Ciro RENGIFO RIVAS

Pasaje Lima-Bogotá-Colombia-Lima252.00 + 19% = 299.88 x 1 US$ 299.88Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00

-----------------TOTAL US$ 927.88

==========

SOT1 PNP Salomón VILLALOBOS CASTILLO

Pasaje Lima-Bogotá-Colombia-Lima252.00 + 19% = 299.88 x 1 US$ 299.88Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)3 x 200 US$ 600.00

-----------------TOTAL US$ 927.88

==========

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario deefectuado el viaje deberán presentar ante el Ministro del Inte-rior un informe detallado describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos, así como rendición de cuentas de-bidamente documentadas por los viáticos entregados.

Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho aexoneración o liberación de impuestos aduaneros de ningunaclase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

FERNANDO ROSPIGLIOSI C.Ministro del Interior

08885

RESOLUCIÓN SUPREMANº 211-2004-IN

Lima, 5 de mayo de 2004

VISTOS, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 643-2003-DIR-GEN-PNP/COAS-A10, de 18.NOVIEMBRE.2003, que opinase autorice el viaje en Comisión del Servicio, del Mayor PNPLuis Hipólito SANDIVAR ROSAS y SOT1 PNP Johnny Alber-to LINDO CAJO, a la ciudad de Quito de la República de Ecua-dor, del 18 al 20.NOVIEMBRE.2003, y la Hoja de Estudio yOpinión Nº 201-2004-DIRGEN PNP/COAS-A10, de 8.MAR-ZO.2004, sobre absolución de observaciones a Proyectos deRR.SS. autorizando viaje al extranjero de personal PNP enComisión del Servicio, en vía de regularización.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 9909-DGPNP/INTERPOL-DIDCAPdel 17.NOVIEMBRE.2003, el Jefe Ejecutivo de la OficinaCentral Nacional INTERPOL-Lima, hace conocer al DIRGENPNP que el Titular del Sexto Juzgado Penal Especial de laCorte Superior de Justicia de Lima, con Oficio Nº 16-2003-6JPEL de 17.NOVIEMBRE.2003, solicita al Sr. Ministro delInterior se efectúe las gestiones para lograr la recepción delprocesado Miguel Edilberto RISCO CORNEJO, detenido por

funcionarios de INTERPOL QUITO, por estar requerido enla instrucción que se le sigue a los hermanos Oscar y Enri-que BENAVIDES MORALES, Vladimiro MONTESINOSTORRES y otros por el delito de Asociación Ilícita y otros enagravio del Estado, el mismo que se encuentra en condicio-nes de ser entregado a funcionarios policiales de INTER-POL LIMA, para su traslado a la República del Perú;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL - LIMA, deconformidad a procedimientos normados en la Ley de Ex-tradición Peruana Nº 24710, el Reglamento y Estatuto de laOIPC-INTERPOL y en adopción a las medidas de seguri-dad, por el riesgo, peligrosidad e impedir cualquier intentode fuga del detenido, ha designado al Mayor PNP Luis Hipó-lito SANDIVAR ROSAS y SOT1 PNP Johnny Alberto LIN-DO CAJO, para que viajen en Comisión del Servicio a laciudad de Quito de la República de Ecuador del 18 al 20.NO-VIEMBRE.2003, y solicita la autorización respectiva;

Que, el Jefe Ejecutivo de la OCN INTERPOL - LIMA,con Oficio Nº 10442-DGPNP/INTERPOL-DIDCAP de10.DICIEMBRE.2003, remite el Informe Nº 10-DGPNP/IN-TERPOL-DIDCAP de 6.DICIEMBRE.2003, mediante el cualhace conocer que el viaje del personal PNP se realizó deacuerdo a las coordinaciones realizadas con su similar deEcuador custodiando los funcionarios policiales de la OCNINTERPOL LIMA, el 21.NOV.2003 al ciudadano peruanoMiguel Edilberto RISCO CORNEJO, al ser expulsado a so-licitud de las autoridades judiciales del Perú, siendo pues-to a disposición del Sexto Juzgado Penal Especial de Limacon Oficio Nº 9957-DGPNP/INTERPOL-DIDCAP;

Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos e im-puestos serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002 - Di-rección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007,Ministerio del Interior;

Que, la expedición de la presente resolución está ampa-rada en lo previsto en el D.U. Nº 017-2003, del 6.AGOS-TO.2003, por tratarse de un asunto de interés nacional e ins-titucional al tratarse de una extradición activa; en lo estipuladoen la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes alexterior de funcionarios y servidores públicos que irroguengasto al Tesoro Público, y artículo 1º y segundo acápite delartículo 4º del D.S. Nº 047-2002-PCM del 5.JUN.2002, portratarse de un asunto de fuerza mayor, por lo que se prescin-de de la obligatoriedad de publicarse antes del viaje; y lodispuesto en el artículo 28º del D. Leg. Nº 745, Ley de Situa-ción Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú;

Estando a lo propuesto por el Coronel PNP Jefe delComité de Asesoramiento de la Dirección General de laPolicía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por el General de Policía Director Generalde la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión del Servi-cio del Mayor PNP Luis Hipólito SANDIVAR ROSAS y SOT1PNP Johnny Alberto LINDO CAJO, a la ciudad de Quito,República de Ecuador, del 18 al 20.NOVIEMBRE. 2003,para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución Suprema, en vía de regularización.

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución Suprema se efectuarán con car-go a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía yFinanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interior,de acuerdo al siguiente detalle:

Mayor PNP Luis Hipólito SANDIVAR ROSAS

Pasaje Lima-Quito-Ecuador-Lima $ 179.00 + 19% US$ 213.01Tarifa única de uso de aeropuerto ecuatoriano US$ 28.80Tarifa única de uso de aeropuerto CORPAC US$ 25.00Viáticos (3 x 200) US$ 600.00

-----------------TOTAL US$ 866.81

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SOT1 PNP Johnny Alberto LINDO CAJO

Pasaje Lima-Quito-Ecuador-Lima $ 179.00 + 19% US$ 213.01Tarifa única de uso de aeropuerto ecuatoriano US$ 28.80Tarifa única de uso de aeropuerto CORPAC US$ 25.00Viáticos (3 x 200) US$ 600.00

-----------------TOTAL US$ 866.81

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����� ����������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariode efectuado el viaje deberán presentar ante el Ministro delInterior un informe detallado describiendo las acciones rea-lizadas y los resultados obtenidos, así como rendición decuentas debidamente documentadas por los viáticos en-tregados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delInterior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

FERNANDO ROSPIGLIOSI C.Ministro del Interior

08886

RESOLUCIÓN SUPREMANº 212-2004-IN

Lima, 5 de mayo de 2004

VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 216-2004-DIR-GEN-PNP/COAS-A10, de 15.marzo.2004, que opina seautorice el viaje en Comisión de Servicio, del Mayor PNPEdward Rando ESPINOZA LÓPEZ y del SOT2 PNP EdgarAugusto REINA ROJAS, a la ciudad de Madrid del Reinode España, del 8 al 12.marzo.2004, en vía de regulariza-ción.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 1391-DGPNP/IP-DIPVCS, de 25.fe-brero.2004, el Jefe Ejecutivo de la Oficina Central Nacio-nal INTERPOL - Lima, hace conocer al Director GeneralPNP que procedente de INTERPOL - Madrid se ha re-cepcionado el Telefax Nº 536/13/G3, de 24.febrero.2004,comunicando que las autoridades españolas han conce-dido para el 11.marzo.2004, la entrega del ciudadano pe-ruano José Asunción CASTRO MERINO, requerido porel Vigésimo Tercer Juzgado Penal de la Corte Superior deJusticia de Lima, por la Comisión de Delito Contra el Pa-trimonio - Apropiación Ilícita, en agravio de la EmpresaGrifosa, el mismo que se encuentra en condiciones deser conducido y entregado a funcionarios policiales deINTERPOL - Lima, para su traslado a la República delPerú;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima, deconformidad a procedimientos normados en la Ley de Ex-tradición Peruana Nº 24710, el Tratado de Extradición sus-crito entre el Perú y el Reino de España, el Reglamento yEstatuto de la OIPC - INTERPOL y en adopción a las me-didas de seguridad, por el riesgo, peligrosidad e impedircualquier intento de fuga del detenido, ha designado alMayor PNP Edward Rando ESPINOZA LÓPEZ y al SOT2PNP Edgar Augusto REINA ROJAS, para que viajen enComisión de Servicio a la ciudad de Madrid del Reino deEspaña, del 8 al 12.marzo.2004, y solicita la autorizaciónde viaje respectiva;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL - Lima,mediante Informe Nº 031-DGPNP-INTERPOL LIMA-DI-PVCS, de 15.marzo.2004, comunica que el 12.MAR.2004,a horas 19.45, en vuelo Nº 6651 de la Línea Aérea IBERIA,arribaron al Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez", pro-cedentes de España, los funcionarios policiales designa-dos para ejecutar la EXTRADICIÓN ACTIVA del ciudada-no peruano José Asunción CASTRO MERINO, el mismoque con Oficio Nº 1860-DGPNP-INTERPOL/DIPVSC y elPar te Nº 031-OCN INTERPOL LIMA/DIVPSC, de13.MAR.04, el extraditado fue puesto a disposición de laDivisión de Requisitorias de la Policía Judicial, para su tras-lado al 23º Juzgado Penal de Lima;

Que, los gastos por concepto de pasajes, impuestos eindemnización de gastos de viaje serán sufragados por elEstado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 -Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego007, Ministerio del Interior;

Que, la expedición de la presente Resolución está am-parada en la Ley Nº 28128, por tratarse de un asunto deinterés nacional e institucional al tratarse de una EXTRA-DICIÓN ACTIVA; en lo estipulado en la Ley Nº 27619, queregula la autorización de viajes al exterior de funcionariosy servidores públicos que irroguen gasto al Tesoro Público,y artículo 1º y segundo acápite del artículo 4º del D.S. Nº047-2002-PCM del 5.JUN.2002, por tratarse de un asuntode fuerza mayor, por lo que se prescinde de la obligatorie-dad de publicarse antes del viaje; y lo dispuesto en el artí-culo 28º del D. Leg. Nº 745, Ley de Situación Policial delPersonal de la Policía Nacional del Perú;

Estando a lo propuesto por el Coronel PNP Jefe delComité de Asesoramiento de la Dirección General de laPolicía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por el General de Policía Director Generalde la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de serviciodel Mayor PNP Edward Rando ESPINOZA LÓPEZ y alSOT2 PNP Edgar Augusto REINA ROJAS, a la ciudad deMadrid del Reino de España, del 8 al 12.marzo.2004, paralos fines expuestos en la parte considerativa de la presen-te Resolución Suprema, en vía de regularización.

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución Suprema se efectuarán con car-go a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía yFinanzas de la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interior,de acuerdo al siguiente detalle:

Mayor PNP Edward Rando ESPINOZA LÓPEZPasaje Lima-Madrid-España-Lima1,036.00 + 19% = 1,232.84 X 1 US$ 1,232.84Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)5 x 260 US$ 1,300.00

-----------------------TOTAL US$ 2,560.84

=============

SOT2 PNP Edgar Augusto REINA ROJASPasaje Lima-Madrid-España-Lima1,036.00 + 19% = 1,232.84 X 1 US$ 1,232.84Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)5 x 260 US$ 1,300.00

-----------------------TOTAL US$ 2,560.84

=============

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariode efectuado el viaje deberán presentar ante el Ministro delInterior un informe detallado describiendo las acciones rea-lizadas y los resultados obtenidos, así como rendición decuentas debidamente documentadas por los viáticos en-tregados.

Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derechoa exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delInterior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

FERNANDO ROSPIGLIOSI C.Ministro del Interior

08887

Page 16: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

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RESOLUCIÓN SUPREMANº 216-2004-IN

Lima, 7 de mayo de 2004

VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 267-04-2004-DIGEN-PNP/COAS-A10, de 10ABRIL2004, que opina seautorice el viaje en Comisión del Servicio, del Coronel PNPManuel SÁNCHEZ PINTO y del Mayor PNP Luis HipólitoSANDIVAR ROSAS, a la ciudad de Munich - Alemania, del23 al 27ABRIL2004;

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio Nº 2517-DGPNP/IP-DIDCAP, de7ABRIL2004, el Jefe Ejecutivo de la Oficina Central Nacio-nal INTERPOL-Lima, hace conocer al Director General PNPque procedente de la Oficina de Asuntos Legales del Mi-nisterio de Relaciones Exteriores se ha recepcionado elFacsímil Nº OF.RE(LEG)2-10-C/127, mediante el cual laEmbajada de Perú en Alemania trasmite la Nota Gz:506-531.00/7308PER, de la Cancillería Alemana, con la cualseñala que su Ministerio Federal de Justicia ha decididoconceder la extradición del ciudadano peruano GuillermoSantiago BURGA ORTIZ, para el procesamiento de losdelitos contenidos en la orden de detención del Sexto Tri-bunal Especial de Lucha contra la Corrupción otorgado el6AGOSTO2001 (Número de expediente 7853-2000), enrelación a la exposición de los hechos realizada por la jue-za penal Victoria SÁNCHEZ ESPINOZA de la Corte Supe-rior de Lima, el 9AGOSTO2002;

Que, la Oficina Central Nacional INTERPOL-LIMA, deconformidad a procedimientos normados en la Ley de Ex-tradición Peruana Nº 24710; al Reglamento y Estatuto dela OIPC-INTERPOL; la Nota de la Cancillería Alemana yen adopción a las medidas de seguridad que el caso ame-rita por el riesgo y peligrosidad ha designado al CoronelPNP Manuel SÁNCHEZ PINTO y al Mayor PNP Luis Hipó-lito SANDIVAR ROSAS, para que viajen en Comisión delServicio a la ciudad de Munich - Alemania, del 23 al27ABRIL2004, para la ejecución de la extradición y solicitala autorización de viaje respectiva;

Que, los gastos por concepto de pasajes, impuestos eindemnización de gastos de viaje serán sufragados por elEstado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 -Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego007, Ministerio del Interior;

Que, la expedición de la presente Resolución está am-parada en la Ley Nº 28128, por tratarse de un asunto deinterés nacional e institucional al tratarse de una EXTRA-DICIÓN ACTIVA; en lo estipulado en la Ley Nº 27619, queregula la autorización de viajes al exterior de funcionariosy servidores públicos que irroguen gasto al Tesoro Públicoy artículo 1º y segundo acápite del artículo 4º del D.S. Nº047-2002-PCM del 5JUN.2002, por tratarse de un asuntode fuerza mayor, por lo que se prescinde de la obligatorie-dad de publicarse antes del viaje; y, lo dispuesto en el artí-

culo 28º del D. Leg. Nº 745, Ley de Situación Policial delPersonal de la Policía Nacional del Perú;

Estando a lo propuesto por el Coronel PNP Jefe delComité de Asesoramiento de la Dirección General de laPolicía Nacional del Perú; y,

Lo opinado por el General de Policía Director Generalde la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión del Servi-cio al Coronel PNP Manuel SÁNCHEZ PINTO y Mayor PNPLuis Hipólito SANDIVAR ROSAS, a la ciudad de Munich -Alemania, del 23 al 27ABRIL 2004, para los fines expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución, envía de regularización.

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución se efectuarán con cargo a laUnidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzasde la PNP, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuer-do al siguiente detalle:

Coronel PNP Manuel SÁNCHEZ PINTOPasaje Lima - Munich - Alemania - Lima1,084.00 + 19% = 1,289.96 x 1 US$ 1,289.96Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)5 x 260 US$ 1,300.00 TOTAL US$ 2,617.96

Mayor PNP Luis Hipólito SANDIVAR ROSASPasaje Lima - Munich - Alemania - Lima1,084.00 + 19% = 1,289.96 x 1 US$ 1,289.96Impuesto CORPAC US$ 28.00Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)5 x 260 US$ 1,300.00 TOTAL US$ 2,617.96

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario deefectuado el viaje deberán presentar ante el Ministro del Inte-rior un informe detallado describiendo las acciones realiza-das y los resultados obtenidos, así como rendición de cuen-tas debidamente documentadas por los viáticos entregados.

Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derechoa exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delInterior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

FERNANDO ROSPIGLIOSI CAPURROMinistro del Interior

08893

DIARIO OFICIAL

REPUBLICA DEL PERU

COMUNICADO

Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descen-tralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que el Diario Oficial asume que el contenido de losdisquetes o correos electrónicos es idéntico al contenido del material impreso refrendado u original delos Dispositivos Legales y Sentencias que nos remiten para su publicación en las Separatas de NormasLegales, Sentencias en Casación, Garantías Constitucionales, Jurisprudencia y Separatas Especiales,bajo responsabilidad del organismo emisor.

LA DIRECCIÓN

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

Page 17: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

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JUSTICIA

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 232-2004-JUS

Lima, 6 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27837, de fecha 4 de octubre de2002, se constituyó la Comisión Especial Revisora del Có-digo Penal, la misma que está encargada de revisar el tex-to del Código Penal, normas modificatorias y adecuación alos delitos previstos en el Estatuto de Roma de la CortePenal Internacional, ratificado por el Perú, y demás instru-mentos internacionales, a fin de elabrorar un "Anteproyec-to de Ley de Reforma del Código Penal", respecto de losartículos cuya modificación se considere pertinente;

Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 3º de laLey Nº 27837, la referida Comisión Especial está confor-mada entre otros, por dos representantes del Poder Ejecu-tivo los cuales serán designados por el Ministerio de Justi-cia;

Que, mediante Ley Nº 28116, de fecha 6 de diciembrede 2003, se prorroga por un año adicional el plazo paraque la Comisión Especial concluya con la labor encomen-dada;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 003-2003-JUS,de fecha 12 de enero de 2003, se designa como represen-tante del Poder Ejecutivo, al señor abogado Alcides MarioChinchay Castillo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 419-2003-JUS,publicada el 5 de noviembre del 2003, se resolvió aceptarla renuncia formulada por el señor abogado Alcides MarioChinchay Castillo, como Asesor Nivel F-5, de la AsesoríaTécnica de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, porlo que es necesario designar al nuevo representante delPoder Ejecutivo;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, por el artículo 3º de laLey Nº 27837, y por los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº25993 - Ley del Sector Justicia;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº003-2003-JUS, en el extremo que designó al doctor AlcidesMario Chinchay Castillo como representante del Poder Eje-cutivo en la Comisión Especial Revisora del Código Penal.

Artículo 2º.- Designar al doctor Gonzalo José SalasLozada, como representante del Poder Ejecutivo, ante laComisión Especial Revisora del Código Penal, constituidamediante Ley Nº 27837.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BALDO KRESALJA R.Ministro de Justicia

08792

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 233-2004-JUS

Lima, 6 de mayo de 2004

Visto los Oficios Nºs. 273 y 282-2004-JUS/PPMJ, defechas 4 de febrero del 2004, de la Procuraduría Pública acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia,Registros Nºs. 0152, 0153 y demás actuados;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los Informes Nºs. 39-2001 y 53-2002-ORLC/GL, la Gerencia Legal de la Oficina de Registros Públicos deLima y Callao remite a la Procuraduría Pública encargada delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documenta-ción sobre indicios de comisión de delito, a efecto que se expi-da la Resolución Ministerial que autorice iniciar las accionespenales contra los que resulten responsables por la presuntacomisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de fal-sificación de documentos, previsto y penado en el artículo 427ºde nuestro ordenamiento penal sustantivo;

Que, mediante los informes antes mencionados, se da cuen-ta de la solicitud de inscripción de títulos Nºs. 49743 y 142944-2001, presentados ante los Registros de Personas Naturales yPropiedad Inmueble, en los que conforme se aprecia de losantecedentes, se adjunta documentación supuestamente falsi-ficada;

Que, siguiendo el principio de celeridad y de conformidadcon el artículo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, procede acumular dichos expedientes,en tanto guardan conexión entre sí;

Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitadopor la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en susOficios Nºs. 273 y 282-2004-JUS/PPMJ, de fechas 4 de febre-ro del 2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de losInformes Nºs. 39-2001 y 53-2002-ORLC/GL, de fechas 19 deabril y 9 de agosto respectivamente, y con el objeto de reunirlas pruebas de la presunta comisión del delito contra la Fe Pú-blica y las circunstancias en que se habría realizado, corres-ponde recurrir a la vía judicial para establecer la distinta partici-pación que hayan tenido los autores y otros en la ejecución delmismo; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de laConstitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º delDecreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Esta-do en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Estado, inter-ponga las acciones judiciales correspondientes contra los queresulten responsables conforme a los fundamentos expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución yantecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BALDO KRESALJA R.Ministro de Justicia

08841

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 234-2004-JUS

Lima, 6 de mayo de 2004

Visto los Oficios Nºs. 443, 446, 447, 461 y 493-2004-JUS/PPMJ, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asun-tos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registros Nºs. 231,229, 228, 236, 280 y demás actuados;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los Informes Nºs. 15, 16, 13, 12 y 18-2004/ZRI-OGL, la Oficina de Asesoría Legal de la ZonaRegistral Nº I- Sede Piura remite a la Procuraduría Públicaencargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Jus-ticia, la documentación sobre indicios de comisión de deli-tos, a efecto que se expida la Resolución Ministerial queautorice iniciar las acciones penales contra los que resul-ten responsables por la supuesta comisión de los delitoscontra la Fe Pública en las modalidades de falsificación dedocumentos y falsedad ideológica, previsto y penado enlos artículos 427º y 428º de nuestro ordenamiento penalsustantivo;

Page 18: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� ����� ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

Que, mediante los informes antes mencionados, se da cuen-ta a la Gerencia Registral de la Zona Registral I- Sede Piurasobre la solicitud de inscripción de los Títulos Nºs. 2004-2028,2004-671, 2004-3036, 2004-1324 y 26518/3-RAVF, presenta-dos ante el Registro de Propiedad Vehicular y Prenda de Trans-porte, en los que conforme se aprecia de los antecedentes, seadjunta documentación supuestamente falsificada;

Que, siguiendo el principio de celeridad y de conformi-dad con el artículo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Proce-dimiento Administrativo General, procede acumular dichosexpedientes, en tanto guardan conexión entre sí;

Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicita-do por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia,en sus Oficios Nºs. 443, 446, 447, 461 y 493-2004-JUS/PPMJ, de fechas 19 y 26 de febrero del 2004, y en virtud alos hechos que se desprenden de los Informes Nºs. 15, 16,13, 12 y 18-2004/ZRI-OGL, y con el objeto de reunir laspruebas de la presunta comisión de los delitos contra la FePública y las circunstancias en que se habrían realizado,corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la dis-tinta participación que hayan tenido los autores y otros enla ejecución del mismo; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º dela Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para queen representación y defensa de los intereses del Estado,interponga las acciones judiciales correspondientes con-tra los que resulten responsables conforme a los funda-mentos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución yantecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BALDO KRESALJA R.Ministro de Justicia

08842

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 235-2004-JUS

Lima, 6 de mayo de 2004

Visto el Oficio Nº 293-2004-JUS/PPMJ, de fecha 4 defebrero del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registro Nº0155 y demás actuados;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio Nº 031-2004-SUNARP-Z.R.NºIX/OL, de fecha 15 de enero del 2004, la Jefatura de laOficina Legal de la Zona Registral Nº IX- Sede Lima remitea la Procuraduría Pública encargada de los Asuntos Judi-ciales del Ministerio de Justicia, la documentación sobreindicios de comisión de delito, a efecto que se expida laResolución Ministerial que autorice iniciar las acciones pe-nales contra los que resulten responsables por la supues-ta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidadde falsificación de documentos, previsto y penado en elartículo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo;

Que, mediante los Oficios Nºs. 671 y 733-SUNARP-Z.R.NºIX/OL, se da cuenta a la Jefatura de la Zona Regis-tral IX, sede Lima, sobre la solicitud de inscripción de Títu-lo Nº 95969, de fecha 21 de mayo del 2003, presentadoante el Registro de Propiedad Inmueble, en el que confor-me se aprecia de los antecedentes, se adjunta documen-tación supuestamente falsificada;

Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitadopor la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en su

Oficio Nº 293-2004-JUS/PPMJ, de fecha 4 de febrero del 2004,y en virtud a los hechos que se desprenden de los oficios pre-cedentes, y con el objeto de reunir las pruebas de la presuntacomisión del delito contra la Fe Pública y las circunstancias enque se habría realizado, corresponde recurrir a la vía judicialpara establecer la distinta participación que haya tenido el au-tor y otros en la ejecución del mismo; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de laConstitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º delDecreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Esta-do en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Estado, inter-ponga las acciones judiciales correspondientes contra los queresulten responsables conforme a los fundamentos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución yantecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BALDO KRESALJA R.Ministro de Justicia

08843

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 236-2004-JUS

Lima, 6 de mayo de 2004

Visto los Oficios Nºs. 019 y 020-2004-JUS/PPMJ, defecha 7 de enero del 2004, de la Procuraduría Pública acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia,Registros Nºs. 0017, 0018 y demás actuados;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los Informes Nºs. 244 y 245-2003-INPE/07, la Oficina General de Asesoría Jurídica del InstitutoNacional Penitenciario remite a la Procuraduría Públicaencargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Jus-ticia, la documentación sobre indicios de comisión de deli-to, a efecto que se expida la Resolución Ministerial queautorice iniciar las acciones penales contra los que resul-ten responsables por la presunta comisión del delito contrala Fe Pública en la modalidad de falsificación de docu-mentos, previsto y penado en el artículo 427º de nuestroordenamiento penal sustantivo;

Que, mediante los Informes Especiales Nºs. 043 y 044-2003-INPE-05, de fecha 18 de diciembre del 2003, la Ofici-na de Auditoría General del INPE, da cuenta sobre las pre-suntas falsificaciones de certificados de estudios para in-gresar al INPE y de certificados médicos para justificaciónde inasistencias laborales;

Que, siguiendo el principio de celeridad y de conformi-dad con el artículo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Proce-dimiento Administrativo General, procede acumular dichosexpedientes, en tanto guardan conexión entre sí;

Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitadopor la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en susOficios Nºs. 019 y 020-2004-JUS/PPMJ, de fecha 7 de ene-ro del 2004, y en virtud a los hechos que se desprenden delos Informes Especiales Nºs. 043 y 044-2003-INPE-05, ycon el objeto de reunir las pruebas de la presunta comisióndel delito contra la Fe Pública y las circunstancias en que sehabría realizado, corresponde recurrir a la vía judicial paraestablecer la distinta participación que hayan tenido los auto-res y otros en la ejecución del mismo; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º dela Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667;

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����� �����������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que enrepresentación y defensa de los intereses del Estado, interpongalas acciones judiciales correspondientes contra los que resultenresponsables conforme a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución yantecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BALDO KRESALJA R.Ministro de Justicia

08844

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 237-2004-JUS

Lima, 6 de mayo de 2004

Visto el Oficio Nº 278-2004-JUS/PPMJ, de fecha 4 defebrero del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registro Nº0156 y demás actuados;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio Nº 507-2003-SUNARP-Z.R.NºIX-OL, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona RegistralNº IX- Sede Lima remite a la Procuraduría Pública encar-gada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia,la documentación sobre indicios de comisión de delito, aefecto que se expida la Resolución Ministerial que autoriceiniciar las acciones penales contra los que resulten res-ponsables por la presunta comisión del delito contra la FePública en la modalidad de falsificación de documentos,previsto y penado en el artículo 427º de nuestro ordena-miento penal sustantivo;

Que, los hechos que acreditarían la presunta comisióndel delito están relacionados con el proceso de adjudica-ción directa selectiva Nº004-2003-ZR.IX-Lima, referido ala “Adquisición de Cintas Tape Back Up”, el cual diera lugara la emisión de la Resolución Nº380-2003-SUNARP/SN,de fecha 31 de julio del 2003;

Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitadopor la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en suOficio Nº 278-2004-JUS/PPMJ, de fecha 4 de febrero del2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de lacitada resolución, y con el objeto de reunir las pruebas de lapresunta comisión del delito contra la Fe Pública y lascircunstancias en que se habría realizado, corresponde re-currir a la vía judicial para establecer la distinta participaciónque haya tenido el autor y otros en la ejecución del mismo; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º dela Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientesconforme a los fundamentos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución yantecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BALDO KRESALJA R.Ministro de Justicia

08845

PRODUCE

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RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 148-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 7 de mayo del 2004

Visto el Informe Nº 184-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchide fecha 3 de mayo del 2004 de la Dirección de ConsumoHumano Indirecto.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 144-2004-PRO-DUCE del 7 de abril del 2004, se declara a COLLECTELOCALIZATION SATELLITES PERU S.A.C. - CLS PERUS.A.C., como empresa proveedora del Servicio de Segui-miento Satelital dentro del Marco Provisional para la imple-mentación del Sistema de Seguimiento Satelital, aprobadopor Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE y modifica-do por el Decreto Supremo Nº 005-2004-PRODUCE; asi-mismo se autoriza a la citada empresa a suscribir los Con-tratos Tipos de Prestación de Servicios de SeguimientoSatelital, con los armadores pesqueros a los cuales lesviene prestando dicho servicio, así como con aquellos ar-madores que han obtenido su permiso de pesca al amparode la Ley Nº 26920 y normas complementarias, de acuer-do a lo establecido por el artículo 5º y los Anexos I y II de laResolución Ministerial Nº 447-2003-PRODUCE;

Que el artículo 3º de la Resolución Ministerial citada enel considerando anterior, dispone que la Dirección Nacio-nal de Extracción y Procesamiento Pesquero y la Direc-ción Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Mi-nisterio de la Producción, están obligadas a adoptar lasmedidas pertinentes, para garantizar su cumplimiento;

Que a través de la Resolución Directoral Nº 132-2004-PRODUCE/DNEPP del 12 de abril del 2004, se publicó elprimer cronograma de instalación de los equipos del Siste-ma de Seguimiento Satelital a bordo de las primeras cien(100) embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vi-gente al amparo de la Ley Nº 26920, el mismo que se de-berá implementar antes del 30 de abril del 2004;

Estando a lo informado en el documento de Visto y conla opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurí-dica;

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Mi-nisterial Nº 447-2003-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Publicar el Segundo Cronograma de ins-talación de los equipos del Sistema de Seguimiento Sateli-tal a bordo de las embarcaciones pesqueras con permisode pesca vigente al amparo de la Ley Nº 26920, el mismoque se implementará de acuerdo a lo indicado en el Anexo,que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los armadores pesqueros que incumplancon la instalación de los equipos del Sistema de Segui-miento Satelital a bordo de sus embarcaciones pesquerasdurante el período establecido en el artículo anterior, que-darán impedidos de realizar actividades pesqueras, paralo cual la Autoridad Marítima no les otorgará el zarpe co-rrespondiente, hasta que cumplan con la instalación res-pectiva. La Dirección Nacional de Seguimiento, Control yVigilancia del Ministerio de la Producción realizará las co-municaciones pertinentes a la Dirección General de Capi-tanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE VÉRTIZ CALDERÓNDirector Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e)

Page 20: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� ������ ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

AnexoEMBARCACIONES PESQUERAS QUE DEBEN INSTALAR LOS EQUIPOS DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO SATELITAL ANTES DEL 30 DE

MAYO DE 2004

Nº EMBARCACIÓN MATRÍCULA CAPBOD DESTINO PERMISO FECHA ARMADOR

1 MARIA SIXTA 3 PT-18173-CM 90.83 CHI/CHD R.D. Nº010-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 11/02/99 PANTA ECA JUAN EMILIO Y OTRO

2 DIVINO CAUTIVO TA-5673-CM 90.80 CHI/CHD RD. 078-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 PANTA PANTA PEDRO

3 MI CAUTIVO PT-4238-CM 90.48 CHI/CHD RD. 045-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 13/02/03 PAZO REYES EXALTACION Y SALAZAR DE PAZOTEOFILA

4 JOAS LO DE JEHOVA DIO PT-3958-CM 90.00 CHI/CHD RD. 121-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 YATACO LAVALLE MANUEL FORTUNATO Y MAR-TINEZ DE YATACO JULIA JUANA

5 SEBASTIAN CE-19914-CM 89.97 CHI/CHD RD. 089-2003-PRODUCE/DNEPP 10/04/03 SANCHEZ ULLOA MANUEL FERNANDO Y LOPEZDE SANCHEZ YOLANDA TERESA

6 BENDICION SY-21109-CM 89.85 CHI/CHD RD. 104-2003-PRODUCE/DNEPP 24/05/03 HUAMANCHUMO DE SIPION NICOLAZA

7 MI SAN MARTIN PL-3464-CM 89.76 CHI/CHD RD. 038-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 05/02/03 PANTA PANTA PATRICIO

8 MARILU CO-4208-CM 89.32 CHI/CHD RD. 112-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 25/11/02 PERICHE ECHE EDWIN WILMER

9 SANTO TORIBIO TA-20665-CM 89.32 CHI/CHD RD. 085-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 18/11/02 ECHE SANCHEZ GREGORIO, GABRIEL Y TEO-DORO

10 TIO CARAMELO CE-17212-CM 87.36 CHI/CHD R.D. Nº087-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 MIGLIORI BAZALAR BENEDICTO ANTONIO

11 CINTHIA PT-3888-CM 87.11 CHI/CHD RD. 092-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 RODRIGUEZ VARGAS MARGARITA CARMEN

12 YOLY CE-19851-CM 86.98 CHI/CHD RD. 124-2003-PRODUCE/DNEPP 21/05/03 SANCHEZ ULLOA MANUEL FERNANDO Y LOPEZHUARAZ YOLANDA TERESA

13 DON MANUEL II PT-15819-CM 86.90 CHI/CHD RD. 098-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR 18/11/02 TEMOCHE AMAYA MANUEL

14 SIEMPRE MI HERNANCITO II PT-20878-CM 86.01 CHI/CHD RD. 166-2002-PRODUCE/DNEPP 27/01/03 PERICHE ECA PEDRO CELESTINO, EDUARDOY PANTA PANTA JOSE ANDRES

15 MAURO PT-18056-CM 85.71 CHI/CHD RD. 086-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 12/10/98 VITE MORALES LEONARDO FELIPE

16 NEPTUNO PL-1509-CM 85.48 CHI/CHD RD. 035-2003-PRE/P-LL 28/02/03 SANTISTEBAN BANCES JUAN FRANCISCO

17 LILIANA CO-16862-CM 85.46 CHI/CHD RD. 053-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 ORGULLO DEL MAR E.I.R.L.

18 BENDICION DE MI MADRE CO-18762-CM 85.35 CHI/CHD RD. Nº058-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 15/05/99 PERICHE PANTA CRISPIN

19 MADRE AUXILIADORA PT-10145-CM 85.28 CHI/CHD RD. 139-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 20/12/02 SALAS SALAS CLAUDIO WALTER

20 MILAGRO DE CHALPON PT-17962-CM 85.00 CHI/CHD R.D. Nº103-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 28/12/98 VITE ZETA JUAN BAUTISTA Y CALIXTO

21 LOS ANGELES II PL-19843-PM 84.70 CHI/CHD RVM. 038-2002-PE 20/06/02 SANTISTEBAN URCIA MOISES Y CONY.

22 DON SEFERINO PL-17904-CM 83.47 CHI/CHD RD. 018-2000-CTAR-LAMB/DRPE 04/07/00 TEQUE FIESTAS MARTIR Y GALAN DE TEQUETEODORA

23 MI JUSTINA PL-21001-CM 83.42 CHI/CHD RD. 211-2003-PRODUCE/DNEPP 21/07/03 LLENQUE FIESTAS MANUEL RAMOS Y FIESTASGALAN MARIA JUSTINA

24 EXITO OCEANO I CO-17925-CM 83.34 CHI/CHD RD. 028-2000-CTAR PIURA-DIREPE-DR 08/08/00 PANTA ECA SANTOS ALEJANDRO Y OTROS

25 GUIAME MADRE MIA CO-17710-CM 83.17 CHI/CHD R.D. Nº053-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 23/09/98 ALVAREZ PANTA AUGUSTO

26 MI JUAN PL-002265-CM 83.10 CHI/CHD RD. 128-2003-PRODUCE/DNEPP 22/05/03 CUSTODIO HUAMANCHUMO JUAN ANTONIO YDOÑA ZAVALETA MARTINEZ MARIA FRANCIS-CA

27 MILAGROSA CONCEPCION PT-6189-BM 82.57 CHI/CHD RDRS. 021-2000-CTAR-LAMB/DRPE 06/07/00 ALVAREZ PAIVA CASIMIRO Y OTRO

28 CORAZON DE MARIA PT-4431-CM 81.90 CHI/CHD RD. 082-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 PANTA PANTA SANTOS EVARISTO

29 AURORITA PT-3917-CM 81.28 CHI/CHD RD. 380-2003-PRODUCE/DNEPP 29/10/03 JIMENEZ GONZALES ROSA ISABEL

30 MI JOSE LUIS Nº 2 PL-4148-CM 80.92 CHI/CHD RD. 176-2003-PRODUCE/DNEPP 01/07/03 SUCLUPE SANTISTEBAN HIPOLITO

31 DIVINA MISERICORDIA I PL-3433-CM 80.83 CHI/CHD RD. 037-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 05/02/03 VIDAURRE PURIZAGA MANUEL EFRAIN

32 DON BRADY HO-21112-CM 80.63 CHI/CHD RD. 083-2003-PRODUCE/DNEPP 10/04/03 DEL CASTILLO CAÑARI BRADY WILLIAM

33 JUAN ENRIQUE PT-11863-CM 80.60 CHI/CHD RD. 042-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 29/03/99 VITE PINGO PEDRO, JUAN Y JULIO

34 SANTA TERESITA PL-19494-CM 80.57 CHI/CHD RD. 077-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 PANTA ECA CALIXTO Y OTROS

35 EXITO V PT-14743-CM 80.50 CHI/CHD RD. 029-2001-PE/DNEPP 16/04/01 PANTA ECA DIONISIO Y OTROS

36 DON ANGEL CO-20238-CM 80.02 CHI/CHD RD. 146-2003-PRODUCE/DNEPP 30/06/03 ECA SANCHEZ ANGEL, SU CONYUGE PANTA DEECA ELEODORA Y ECA SANCHEZ SANTOS

37 JESUS ES EL CAMINO CO-20779-CM 79.01 CHI/CHD RD. 129-2003-PRODUCE/DNEPP 22/05/03 VITE PONGO JUAN y TUME DE VITE MARIA ANI-TA

38 CARMEN ROSA CO-17432-CM 78.32 CHI/CHD R.D Nº357-98-PE/DNE 04/12/98 PANTA VITE EMILIO Y OTROS

39 CARLOS Y EDUARDO PT-3901-CM 77.46 CHI/CHD RD. 129-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 PANTA ALVAREZ CARLOS Y EDUARDO JOSE

40 MI JUANITA PL-4335-CM 76.97 CHI/CHD RD. 176-2003-PRODUCE/DNEPP 01/07/03 IPANAQUE OROSCO ISRAEL A.

41 NEPTUNIA HO-18316-CM 76.76 CHI/CHD RD. 289-99-PE/DNE 16/12/99 PESQ. ZEMAR S.A.C.

42 JOSE HIPOLITO PT-3363-CM 76.05 CHI/CHD RD. 064-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 24/02/03 PANTA PERICHE FROILAN

43 JUAN CO-20239-CM 75.76 CHI/CHD RD. 111-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 25/11/02 QUEREVALU PERICHE JOSE SIMON

44 YAMANASHI PT-6020-CM 75.72 CHI/CHD RD. 043-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 12/02/03 SOLIS COMETIVOS CONSEPCION

45 VIRGEN DEL CARMEN 4 PT-13731-CM 75.64 CHI/CHD RD. 056-98-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 25/09/98 JACINTO CHUNGA DEMETRIO, FAUSTINO Y AL-BERTO

46 JUAN ENRIQUE II CO-18000-CM 75.15 CHI/CHD RD. 141-2002-PRODUCE/DNEPP 19/01/03 VITE PINGO PEDRO, JUAN Y JULIO

47 MAGDALENA DEL MAR PT-3399-CM 75.15 CHI/CHD RD. 048-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 13/02/03 FIESTAS PERICHE HIPOLITO Y FRANCISCO

48 JUANITA ISABEL PL-2128-CM 75.10 CHI/CHD RD. 310-2003-PRODUCE/DNEPP 17/09/03 GORDILLO PALACIOS PEDRO PABLO Y JACINTOBELLO DE GORDILLO JOSEFA

49 MI JUAN NOE PT-17725-CM 74.80 CHI/CHD RD. 019-2002-PE/DNEPP 28/01/02 PANTA PANTA CRISTOBAL Y OTROS

50 MILAGRO DE NOE PT-6187-CM 74.80 CHI/CHD R.D. Nº055-2000-PE/DNE 29/03/00 PANTA PANTA SANTOS EVARISTO Y OTROS

51 SEÑOR DE LA ASCENCION PT-3956-CM 74.24 CHI/CHD RD. 025-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 ECHE NUNURA MAMERTO EVELIO

52 SAGITARIO PT-19879-CM 74.12 CHI/CHD RD. 043-2001-CTAR PIURA-DIREPE-DR 18/06/01 FIESTAS QUEREVALU BERNARDO

53 CRUZ DEL SUR III PL-2279-CM 73.95 CHI/CHD RD. 194-2003-PRODUCE/DNEPP 11/07/03 SANTISTEBAN URCIA VICTOR Y DE LA CRUZCASTRO PALMA MARIA

54 ALABADO SEA DIOS PL-017354-CM 73.72 CHI/CHD RD. Nº 021-2003-PRE/P-LL 28/02/03 JACINTO LLENQUE JUAN DE DIOS

55 PODEROSO CAUTIVO PT-11862-CM 73.51 CHI/CHD RD. 127-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 FIESTAS PERICHE NORBERTO ROLANDO

56 JESSICA OLINDA TA-12299-CM 72.50 CHI/CHD RD. 052-98-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 23/09/98 PANTA PANTA PEDRO

Page 21: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� �����������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

57 JESUS EN TI CONFIO I PL-3027-CM 72.31 CHI/CHD RD. 194-2003-PRODUCE/DNEPP 11/07/03 PANTA PANTA JOSE MERCEDES, JACINTO DEPANTA MARIA TEMPORA, PANTA JACINTO MA-RIANO, JACINTO DE PANTA ROSA ISABEL RUIZ,PANTA JACINTO CLAUDIO, PERICHE MARTINEZDE PANTA FRANCISCA

58 MARIA MERCEDES IV PL-4370-CM 71.74 CHI/CHD RD. 030-2003-PRE/P-LL 28/02/03 SANTAMARIA CHAPOÑAN JOSE RAUL Y Sra.SANTISTEBAN DE SANTAMARIA CONCEPCION

59 TOKIO PT-3878-CM 71.66 CHI/CHD RD. 338-2003-PRODUCE/DNEPP 01/11/03 CHEVEZ CURO GABRIEL

60 MARIA MARTHA CO-16659-CM 71.57 CHI/CHD R.D. Nº027-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 23/03/99 FIESTAS GALAN BASILIO

61 JOSE DEL CARMEN TA-3854-CM 71.57 CHI RD. 082-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 CHUNGA CHAPILLIQUEN ALEJANDRO

62 DON FELIPE CO-17711-CM 71.39 CHI/CHD R.D. Nº090-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 22/10/98 PERICHE ALVAREZ VICTOR Y HNOS.

63 MARIBEL TA-13898-CM 71.23 CHI/CHD RD. 050-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 22/09/98 PERICHE M. FIDEL Y HNOS.

64 DON MANUEL V PL-17781-CM 71.22 CHI RD. 003-2000-CTAR/ANCASH/DRP-CH 06/06/00 HUAMANCHUMO DIAZ ARMANDO Y OTRO

65 MI HERNANCITO PT-17727-CM 71.10 CHI/CHD RD. Nº082-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 19/08/99 PERICHE ECA CELESTINO Y OTROS

66 CRUZ DE CHALPON PT-2604-CM 71.09 CHI/CHD RD. 398-2003-PRODUCE/DNEPP 06/11/03 RUMICHE VALENCIA SANTOS, LUCIO CAYO,FRANCISCO Y PABLO

67 VIRGEN DE CHAPI Nº 2 PL-17923-CM 70.91 CHI/CHD RD. 019-2000-CTAR-LAMB/DRPE 04/07/00 NUNTON CASTRO LORENZO, VICTOR Y CASI-MIRO

68 VIRGEN DE CHAPI PL-12085-CM 70.89 CHI RD. 072-2002-CTAR-ANCASH/DRP-CH 15/10/02 NUNTON CASTRO VICTOR Y OTROS

69 JHONY MANUELITO PT-4215-CM 70.64 CHI/CHD RD. 069-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 24/02/03 ALVAREZ ECHE JUAN

70 JEREMIAS CO-20097-CM 70.47 CHI/CHD RD. 125-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 MARTINEZ DE YATACO JULIA JUANA

71 MILAGRO DE MI MADRE CO-16871-CM 70.44 CHI/CHD R.D. Nº065-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 25/09/98 ALVAREZ PANTA JOSE Y WALTER

72 MI CONSUELO PT-4242-CM 70.43 CHI/CHD RD. 026-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 23/01/03 MUNDACA GAYOSO JORGE ANTONIO Y ZAGALMUÑOZ ELIZABETH

73 MI JOSUE PL-0036-CM 70.09 CHI/CHD RD. 196-2003-PRODUCE/DNEPP 15/07/03 SUCLUPE TEJADA MERCEDES

74 JUANITA 2 HO-5616-CM 70.04 CHI RD. 025-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH 21/12/00 RAMOS MORANTE BENIGNO T. Y CONY.

75 CARLOS EDUARDO PT-19981-CM 69.70 CHI/CHD RD. 078-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 FIESTAS PERICHE JOSE FRANCISCO

76 MARIA MAGALY PT-3299-CM 69.64 CHI/CHD RD. 128-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 PANTA PANTA PEDRO

77 DON JULIO CO-17901-CM 69.58 CHI/CHD R.D. Nº051-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 23/09/98 ALVAREZ PAIVA ROMAN ELOGIO Y OTRO

78 DON JULIO IV CO-18170-CM 69.58 CHI/CHD RD. 018-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 10/03/99 ALVAREZ PAIVA ROMAN Y OTRO

79 MI ESPERANZA III PT-17973-CM 69.21 CHI/CHD R.D. Nº 062-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 25/09/98 PAIVA MARTINEZ ELISEO Y OTRO

80 MARIA ANGELITA PT-21366-CM 68.60 CHI/CHD RD. 011-2004-PRODUCE/DNEPP 16/01/04 ECHE RAMIREZ MARTIN

81 MARIA SIXTA II PT-14425-CM 68.06 CHI/CHD R.D. Nº070-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 30/09/98 PANTA VITE VALENTIN Y OTRO

82 VICTORIA CO-21014-CM 67.80 CHI/CHD RD. 142-2002-PRODUCE/DNEPP 19/01/03 EMP. PESQ. VICTORIA S.R.Ltda.

83 MERCEDEZ ANGELITA CO-15856-CM 66.84 CHI/CHD RD. 382-98-PE/DNE 28/12/98 ECHE RAMIREZ MARTIN

84 MANUEL EDUARDO TA-18036-CM 66.72 CHI/CHD RD. 104-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 28/12/98 CRESENCIO, ANGEL, CUSTODIO Y VICTORINOJACINTO PANTA

85 MI MAXIMINA 2 PL-1388-CM 66.49 CHI/CHD RD. 414-2003-PRODUCE/DNEPP 14/11/03 PUESCAS FIESTAS JULIO

86 MI SANTO TORIBIO PT-17974-CM 66.38 CHI/CHD RD. 024-99-PE/DNE 22/01/99 ECHE SANCHEZ GREGORIO Y HNOS.

87 DON ROBERTH PT-18006-CM 66.31 CHI/CHD RD. Nº059-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 25/09/98 PANTA IPANAQUE VENANCIO Y OTROS

88 DON LUCHO PT-14741-CM 66.19 CHI/CHD RD. 064-2001-PE/DNE 07/03/01 MARCIANO PANTA TUME

89 MONITOR HUASCAR PL-1833-CM 65.57 CHI/CHD RD. 067-2000-PRE/P 06/12/00 SANTISTEBAN BANCES JOSE DE LA ROSA

90 JUANITA HO-21122-CM 65.54 CHI/CHD RD. 260-2003-PRODUCE/DNEPP 22/10/03 RAMOS MORANTE BENIGNO TEODORO

91 MAGALY CO-0045-CM 65.53 CHI/CHD RD. 062-2004-PRODUCE/DNEPP 28/01/04 ESPINO ROSAS EVELYN MAGALY

92 PROVIDENCIA DE DIOS PT-11176-CM 65.50 CHI/CHD RD. 002-2003-PRODUCE/DNEPP 18/01/03 FIESTAS FIESTAS FELIX AMADEO Y HNOS.

93 JHONNY MANUELITO II CO-18314-CM 65.05 CHI/CHD RD. Nº105-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 28/12/98 ALVAREZ MORALES JOSE ROSENDO

94 JOSE NICOLAY Nº 2 PL-1520-CM 65.00 CHI/CHD RD. 198-2003-PRODUCE/DNEPP 15/07/03 OROSCO CASTRO MANUEL DE LA CRUZ Y PAL-MA DE OROSCO VALENTINA

95 AMIGO DE DIOS 1 PL-4451-CM 65.00 CHI/CHD RD. Nº 024-2003-PRE/P-LL 28/02/03 IPANAQUE OROSCO ISRAEL ABIMAEL

96 JESUS SOBRE LAS AGUAS CO-18073-CM 64.61 CHI/CHD RD. 359-98-PE/DNE 04/12/98 CHAPILLIQUEN CALDERON FERNANDO BASI-LIO Y OTRO

97 JULIO VALERIANO PL-2423-CM 63.88 CHI/CHD RD. 212-2003-PRODUCE/DNEPP 29/08/03 GALAN CHIMOY TEODORO, JUAN ELEODORO,JOSE DE LA CRUZ Y CRISTOBAL, FIESTAS RA-MIREZ MARIA VIRGINIA, GALAN DE GALAN FE-LICIA, LORO FIESTAS JUANA Y BALDERA DEGALAN JOSEFA EMILIA

98 APOSTOL SANTIAGO CE-14969-CM 63.73 CHI RD. 017-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH 13/11/00 DE CASTILLO CAÑARI ERLIS JOHNSON

99 GENESIS CO-15126-CM 63.62 CHI/CHD RD. 124-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 MARTINEZ DE YATACO JULIA JUANA

100 ANA SY-1514-CM 63.54 CHI/CHD RD. 023-2003-PRE/P-LL 28/02/03 GALLARDAY DEL RIO IVOR EMILIO

101 ARCA DE NOE PT-17970-CM 62.89 CHI/CHD RD. 360-98-PE/DNE 04/12/98 PANTA PANTA JOSE SANTOS Y HNOS.

102 SANTA MARIA PT-18509-CM 62.61 CHI/CHD RD. 073-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 01/07/99 PANTA ECA JOSE ISIDRO Y OTROS

103 ISABELLA CO-15664-CM 62.49 CHI/CHD R.D. Nº054-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 23/09/98 PAZO NUNURA VICTOR RAUL

104 SIEMPRE ROSITA YANET TA-20333-CM 62.49 CHI/CHD RD. 079-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 ANTON VITE ANDRES Y FIESTAS DE ANTONMAXIMINA

105 MARIA PT-13622-CM 62.44 CHI/CHD RD. 109-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 25/11/02 PERICHE PANTA LORENZA VDA. DE QUEREVA-LU

106 MILAGRO DE CHALPON CO-20742-CM 62.39 CHI/CHD RD. 115-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 25/11/02 VITE ZETA ADRIANO

107 MARIAJOSE PT-4269-CM 62.36 CHI/CHD RD. 024-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 23/01/03 MUNDACA GAYOSO JORGE ANTONIO Y ZAGALMUÑOZ ELIZABETH

108 GUIAME SEÑOR CAUTIVO TA-18286-CM 61.74 CHI/CHD RD. 034-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 05/02/03 RAMIREZ PERICHE GUADALUPE, JUAN, GRE-GORIO, NESTOR Y JOSE

109 SEÑOR DEL MAR IV PT-14031-CM 61.68 CHI/CHD RD. 108-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 25/11/02 PAZO ECHE JACINTO Y TEOBALDO

110 LUIS RODRIGO CE-19874-CM 61.50 CHI/CHD RD. 022-2000-PRE/P 29/11/00 TEJADA CANEVELLO CARMEN ROSA Y OTRO

111 JAGUI-I CE-19880-CM 61.50 CHI/CHD RD. 284-2003-PRODUCE/DNEPP 11/09/03 EMPRESA PESQUERA JAGUI S.R.L.

Nº EMBARCACIÓN MATRÍCULA CAPBOD DESTINO PERMISO FECHA ARMADOR

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����� ������ ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

112 MARIA ESPERANZA I CE-2891-CM 61.50 CHI/CHD RD. 157-2003-PRODUCE/DNEPP 07/07/03 SIPION EFFIO SEGUNDO N. Y HUAMANCHUMOMATEO YOLANDA

113 ALMIRANTE GRAU II PL-1510-CM 61.50 CHI/CHD RD. Nº 022-2003-PRE/P-LL 28/02/03 SANTISTEBAN BANCES JOSE CLEMENTE Y ES-MERALDA DE SANTISTEBAN SILVIA

114 MARIA AURELIA PT-3474-CM 60.84 CHI/CHD RD. 088-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 TUME RUIZ CESAR AUGUSTO

115 GLENN I PL-12465-CM 60.80 CHI RD. 018-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH 13/11/00 ROQUE PLUTARCO GLENNI REYES

116 MARIA DEL ROCIO PT-4401-CM 60.64 CHI/CHD RD. 122-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 FIESTAS CARRERA CESAR MATIAS

117 MARIA DEL ROSIO TA-18072-CM 60.30 CHI/CHD RD. 090-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 18/11/02 MARTINEZ JACINTO JOSE LUCIANO

118 MI ELVIS 2 PT-19895-CM 59.97 CHI/CHD RD. 046-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 TEQUE FIESTAS MARTIR E HIJOS

119 DON GREGORIO PT-17720-CM 58.44 CHI/CHD RD. 081-2001-PE/DNE 15/03/01 ECHE SANCHEZ GREGORIO

120 MI CARMELITA 1 PL-4445-CM 58.42 CHI/CHD RD. 194-2003-PRODUCE/DNEPP 11/07/03 CASTRO GONZALES JUAN JOSE Y CHAYANLLENQUE NELLY SAYRA

121 MI BLANQUITA PL-18759-CM 58.00 CHI/CHD RD. 079-2000-CTAR-LAMB/DRPE 29/12/00 MARIA VIRGINIA CURO DE LLENQUE

122 MARIA LUZ PL-4156-CM 58.00 CHI/CHD RD. 157-2003-PRODUCE/DNEPP 07/07/03 ZAPATA PAZ ROXANNA B. Y GRANDA MARESWASHINGTON NATAL

123 RIVERA II PL-18107-CM 57.63 CHI/CHD RDRS. 026-2000-CTAR-LAMB/DRPE 31/07/00 ACOSTA RIVERA ESTEBAN Y OTRO

124 MOISES I CO-10407-CM 57.44 CHI/CHD RD. 093-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 PANTA PERICHE CRISPIN

125 MARIA EUGENIA 2 PL-15498-CM 57.42 CHI/CHD RD. 005-99-CTAR-LL/DIREPE 28/01/99 FIESTAS GALAN PEDRO Y DIONICIO Y OTRO

126 MARIA MERCEDES III PL-5139-CM 57.42 CHI/CHD RD. 066-2000-PRE/P 06/12/00 SANTAMARIA CHAPOÑAN JOSE R.

127 SIEMPRE SAN JUAN CO-17998-CM 57.36 CHI/CHD R.D. Nº076-99-PE/DNE 30/03/99 QUEREVALU PERICHE SANTOS VALENTIN YOTROS

128 JEHOVA ES LUZ DEL MUNDO PL-6578-CM 56.85 CHI/CHD RD. 150-2003-PRODUCE/DNEPP 06/07/03 BERNAL CASTRO AURELIO

129 MI MARY 2 PL-18109-CM 56.71 CHI/CHD RD. 004-99-CTAR-LL/DIREPE 28/01/99 FIESTAS GALAN JUAN ALBERTO

130 MILAGRO DE CHALPON III PT-11173-CM 56.65 CHI/CHD R.D. Nº054-2000-PE/DNE 29/03/00 VITE LALUPU TOMAS

131 JESUS EN TI CONFIO PT-19862-CM 56.63 CHI/CHD RD. 070-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 PANTA PANTA JOSE MERCEDES Y OTROS

132 ROSA MARIA HO-20774-CM 56.13 CHI/CHD RD. 312-2003-PRODUCE/DNEPP 18/09/03 BUSTAMANTE AGÜERO MARIA JESUS

133 MARIA MANUELA PO-2421-BM 56.08 CHI/CHD RD. 175-98-PE/DNE 08/06/98 TEQUE FIESTAS JUAN

134 JORGE CO-17713-CM 55.77 CHI/CHD R.D. Nº055-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 23/09/98 QUIROGA RUMICHE TEOFILO

135 SAN JUAN II PT-5233-CM 55.70 CHI/CHD RD. 090-2004-PRODUCE/DNEPP 06/02/04 QUEREVALU PERICHE SANTOS VALENTIN,JOSE SIMON Y MANUEL ANTONIO

136 JESUS ES MI GUIA TA-21077-CM 55.58 CHI/CHD RD. 018-2003-GOB.REG.PIURA/DIREPE-DR 23/01/03 PANTA PANTA EULOGIO

137 VICTORIA PT-11155-CM 55.56 CHI/CHD RD. 043-98-PE/DIREPE/PIURA 08/09/98 PANTA I. DOMINGO Y HNOS.

138 DON FELIX IV PT-18004-CM 55.55 CHI/CHD RD. Nº060-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 25/09/98 GONZALES RUMICHE VICENTE Y OTROS

139 ROXANA II PL-19965-CM 55.35 CHI/CHD RD. 054-2000-PRE/P 06/12/00 ZAPATA PAZ ROXANNA B.

140 ALMIRANTE GRAU I SY-19960-CM 55.35 CHI/CHD RD. 026-2000-PRE/P 29/11/00 SANTISTEBAN BANCES JOSE DE LA ROSA

141 VIRGENCITA DE LA PUERTA PT-6093-CM 54.67 CHI/CHD RD. 082-2003-PRODUCE/DNEPP 10/04/03 FIESTAS ECHE CAMILO E HIJOS

142 LIBERTAD DEL PERU Nro.2 PL-17715-CM 54.00 CHI/CHD RD. 027-98-CTAR-LL/DIREPE 10/08/98 SANTISTEBAN URCIA JOSE DEL CARMEN

143 CONCEPCION ISIDORA PO-6145-CM 54.00 CHI/CHD RD. 042-98-CTAR-LL/DIREPE 28/09/98 FIESTAS VDA. DE TEQUE ROSA EMILIA

144 DON MARIANO ZS-19410-CM 53.96 CHI/CHD RD. 157-2002-PRODUCE/DNEPP 21/01/03 PANTA PANTA PEDRO

145 DON ROLO 2 CE-3014-CM 53.84 CHI/CHD RD. 157-2003-PRODUCE/DNEPP 07/07/03 ZAPATA PAZ ROXANNA B. Y GRANDA MARESWASHINGTON NATAL

146 ROSA MARIA PL-2266-CM 53.74 CHI/CHD RD. 055-2000-PRE/P 06/12/00 FIESTAS CURO MARCIAL Y OTROS

147 CRISTO REDENTOR 2 PL-4856-CM 53.60 CHI/CHD RD. 051-98-CTAR-LL/DIREPE 28/09/98 OROSCO C. GERMAN

148 SANTA ELVIRA PL-19963-CM 53.54 CHI/CHD RD. 017-2000-PRE/P 29/11/00 GALAN CHIMOY TEODORO

149 NUESTRA SEÑORA DE FATIMA PL-20856-CM 53.46 CHI/CHD RD. 058-2002-PRE/P-LL 31/12/02 RAMOS CHAVEZ GUILLERMO

150 VIRGEN DEL CARMEN III PT-10211-CM 53.36 CHI/CHD R.D. Nº065-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 JACINTO CH. DEMETRIO Y HNOS.

151 DON MANUEL III CE-4117-CM 53.00 CHI/CHD RDRS. 078-2000-CTAR-LAMB/DRPE 26/12/00 HUAMANCHUMO ZUÑE ARTURO

152 EL NAZARENO PL-2250-BM 52.72 CHI/CHD RD. 314-2003-PRODUCE/DNEPP 23/10/03 CHAYAN CASTRO MANUEL ALBERTO, CHAYANSIPION JUAN PASTOR Y CASTRO DE CHAYANROSA DEL PILAR

153 JUANA ROSA 3 PL-18168-CM 52.55 CHI/CHD RD. 044-98-CTAR-LL/DIREPE 28/09/98 SANTISTEBAN U. FLORENTINO Y OTRO

154 MARIA EUGENIA PL-2122-CM 52.51 CHI/CHD RD. 247-2003-PRODUCE/DNEPP 05/12/03 FIESTAS GALAN PEDRO, GALAN RAMIREZ MA-RIA EUGENIA Y FIESTAS GALAN DIONISIO

155 ROSA ISIDORA PL-4847-CM 52.40 CHI/CHD RD. 350-2003-PRODUCE/DNEPP 13/10/03 TEQUE FIESTAS JOSE VALERIANO Y CONYU-GUE FIESTAS DE TEQUE MAXIMINA

156 JOSE OTILIO II PT-3937-CM 52.40 CHI/CHD RD. 031-2003-GOB.REG.PIURA/DIREPE-DR 05/02/03 FIESTAS ESPINOZA SERAPIO

157 WALTER HERNAN PL-17033-BM 52.38 CHI/CHD RD. 048-98-CTAR-LL/DIREPE 28/09/98 PUESCAS LL. FORTUNATO Y OTROS

158 GISALI I PL-5915-CM 52.37 CHI RD. 365-98-PE/DNE 10/12/98 PESQ. GISALI S.R.Ltda.

159 VIRGEN MAGDALENA TA-13896-CM 52.30 CHI/CHD RD. 087-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 12/10/98 MARTINEZ JACINTO JOSE LUCIANO

160 EXITO PT-6081-CM 52.04 CHI RD. 079-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 PANTA AMAYA JOSE J. Y OTROS

161 CAROLINA HO-1767-CM 52.00 CHI/CHD RD. 038-2001-PE/DNE 16/02/01 ORGULLO DEL MAR E.I.R.L.

162 DON ROLO I PL-19884-CM 51.99 CHI/CHD RD. 021-2004-PRODUCE/DNEPP 19/01/04 INURRITEGUI EUREN CESAR JOSE MIGUEL YCONYUGE BERNAL BERNAL ESTHER INES

163 MI SAN MARTIN III PT-11860-CM 51.78 CHI/CHD RD. 029-98-PE/DIREPE/PIURA 10/08/98 PANTA PANTA JOSE GUADALUPE Y OTROS

164 DON JUAN PL-2734-CM 51.70 CHI/CHD RD. 237-2003-PRODUCE/DNEPP 11/08/03 FIESTAS GALAN JUAN ALBERTO Y FIESTAS DEFIESTAS JULIA DOLORES

165 SAN MARTIN DE PORRAS III PT-13621-CM 51.58 CHI/CHD RD. 036-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 05/02/03 PERICHE PANTA LEONIDAS Y PANTA PANTAMARIA PELAGIA

166 MILAGRO DE CHALPON II PT-6162-CM 51.56 CHI/CHD RD. 019-99-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 10/03/99 VITE LALUPU TOMAS

167 ROSA MARIA MS-4 PL-19897-CM 51.33 CHI/CHD RD. 059-2000-CTAR-LAMB/DRPE 23/11/00 SANTISTEBAN TEJADA MAXIMO

168 HALCON PACIFICO CE-17771-CM 51.24 CHI RD. 012-2003-REGION-ICA/DRPES 04/03/03 COGORNO MARSILI SANDRO LUIS

169 MI DIONICIO IV PT-6161-CM 51.24 CHI/CHD RD. 154-2002-PRODUCE/DNEPP 20/01/03 VITE PINGO JUAN

170 NIÑO DEL MILAGRO IV PL-4342-CM 50.99 CHI/CHD RD. 192-2003-PRODUCE/DNEPP 11/07/03 FIESTAS FIESTAS JOSE EUSEBIO Y TOMAS

171 MI ALFREDO PL-10603-CM 50.94 CHI/CHD RD. 008-2002-PRE/P-LL 13/03/02 FIESTAS FIESTAS JOSE Y CARLOS

Nº EMBARCACIÓN MATRÍCULA CAPBOD DESTINO PERMISO FECHA ARMADOR

Page 23: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

����� ����������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

172 MERCEDES ISABEL PT-10413-CM 50.88 CHI/CHD RD. 047-98-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 10/09/98 PAZO N. JOSE L.

173 MI RAFAEL PL-20748-CM 50.84 CHI/CHD RD. 316-2003-PRODUCE/DNEPP 23/10/03 VENEGAS SANCHEZ PATRICIA GIOVANNA

174 ROSA Y LEONEL PT-14030-CM 50.81 CHI/CHD RD. 058-98-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 25/09/98 VITE MORALES LEONARDO F. Y OTRO

175 CRISTO VIENE PL-18102-CM 50.71 CHI/CHD RD. 211-2003-PRODUCE/DNEPP 21/07/03 SANCHEZ AZABACHE CASIMIRO Y ISIQUE UR-CIA MARIA CRUZ

176 JESUS NAZARENO CAUTIVO PL-4450-CM 50.65 CHI/CHD RD. Nº 027-2003-PRE/P-LL 28/02/03 PALMA CASTRO HECTOR RAUL Y BERNAL DEPALMA RAMOS

177 BENDICION DE MI MADRE 2 PL-18448-CM 50.63 CHI/CHD RD. 016-2000-PRE/P 29/11/00 HUAMANCHUMO NUNTON NICOLASA

178 MI ESPERANZA II PT-6156-CM 50.62 CHI/CHD R.D. Nº052-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 PAIVA MARTINEZ ELISEO Y OTRO

179 MI FELICITA 3 PL-18106-CM 50.40 CHI/CHD RD. 031-2000-PRE/P 29/11/00 NUNTON CASTRO LORENZO, VICTOR Y CASI-MIRO

180 JABET HO-13537-CM 50.21 CHI/CHD RD. 017-2001-PE/DNEPP 08/04/01 GARCIA CHUNGA TEOFILO OMAR

181 DIVINA MISERICORDIA CO-18166-CM 50.05 CHI/CHD RD. Nº059-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 15/05/99 VIDAURRE PURIZACA MANUEL E.

182 ROSA ISABEL PT-6155-CM 50.01 CHI/CHD RD. 049-98-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 14/09/98 PAZO N. JOSE A.

183 SAN JUAN CO-16686-CM 50.00 CHI/CHD RD. 154-2003-PRODUCE/DNEPP 06/07/03 FLORES SALLERES JUAN ENRIQUE

184 MI PANCHITO PL-1563-CM 50.00 CHI/CHD R:D. Nº092-2001-PE/DNEPP 04/06/01 SILVA CANOSA CELESTINO

185 MI DIONICIO 3 PT-3401-CM 50.00 CHI/CHD RD. 151-2002-PRODUCE/DNEPP 19/01/03 VITE PINGO JOSE SANTOS

186 LAIDY DIANA PL-17357-CM 49.61 CHI/CHD RD. 008-99-CTAR-LL/DIREPE 15/02/99 BERNAL L. MARIN

187 MILAGROSA CRUZ DE PL-2257-CM 49.40 CHI/CHD RD. 287-2003-PRODUCE/DNEPP 05/12/03 SANCHEZ CARNERO LUIS MIGUELCHALPON

188 AGUSTINA PL-3657-CM 49.30 CHI/CHD RD. 192-2003-PRODUCE/DNEPP 11/07/03 ALVARADO FIESTAS VICTOR, ADRIANO YEDUARDO

189 MONITOR HUASCAR PL-20871-CM 49.17 CHI/CHD RD. 371-2003-PRODUCE/DNEPP 22/10/03 SANTISTEBAN URCIA MANUEL Y PEDRO

190 EL PROFETA PT-14032-CM 49.06 CHI/CHD RD. 099-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 18/11/02 ARCADIO MODESTO JOSE RAMON Y PANTAVITE JOSE DAVID

191 MALVI II CO-20284-CM 48.97 CHI/CHD RD. 153-2002-PRODUCE/DNEPP 20/01/03 TUME VITE GLADYS Y LOPEZ ABARCA PALMI-RO

192 DON DANIEL PT-2574-BM 48.97 CHI/CHD RD. 126-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 TEMOCHE AMAYA MANUEL Y TEMOCHE PUES-CAS CAMILIO

193 MALVI MARIA TA-13897-CM 48.97 CHI/CHD RD. 156-2002-PRODUCE/DNEPP 21/01/03 TUME TUME RUFINO Y TUME VITE ROLANDO

194 MALVI TA-15253-CM 48.97 CHI/CHD RD. 155-2002-PRODUCE/DNEPP 20/01/03 TUME VITE MALVI GLADYS

195 JESUS EN TI CONFIO PL-18108-BM 48.43 CHI/CHD RD. 216-2003-PRODUCE/DNEPP 22/07/03 ARROYO CHANCAFE MANUEL Y BERNAL CAS-TRO VIOLETA

196 COSTA BELLA PL-2251-CM 48.31 CHI/CHD RD. 349-2003-PRODUCE/DNEPP 13/10/03 INURRITEGUI BERNAL MIRTHA MARGOT

197 SEÑOR DE LA SOLEDAD PT-5506-BM 48.19 CHI/CHD RD. 057-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 JACINTO PANTA SANTOS F. Y OTRO

198 SANTA ROSA DE LIMA CE-4824-CM 48.02 CHI RD. 001-99-CTAR-ANCASH/DRP-CH 11/01/99 QUIJANO A. DORA DEL PILAR

199 MAYDA MARIA CO-17914-CM 48.02 CHI/CHD RD. 152-2002-PRODUCE/DNEPP 20/01/03 TUME VITE FRANCISCO ROLANDO

200 DIOS ME BENDIGA PL-2135-CM 47.98 CHI/CHD RD. 084-2004-PRODUCE/DNEPP 04/02/04 CASTRO DIAZ MARIA FLOR

201 JHONNY MANUELITO PL-21027-PM 100.00 CHI/CHD RD. 149-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR 31/12/02 ALVAREZ ECHE JOSE SIMON Y PABLO

202 MARIA PIA PL-20745-PM 99.00 CHI/CHD RD. 087-2003-PRODUCE/DNEPP 10/04/03 NUNTON CASTRO LORENZO, VICTOR Y CASI-MIRO

203 MAURO PL-20968-PM 102.00 CHI/CHD RD. 092-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 18/11/02 VITE MORALES LEONARDO FELIPE Y ALVAREZECHE FLORA

204 MI EDUARDO TA-21063-CM 99.54 CHI/CHD RD. 134-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR 20/12/02 FIESTAS PERICHE PEDRO ARCANGEL

205 MI JUANITA TA-21061-CM 109.21 CHI/CHD RD. 137-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR 20/12/02 ALVAREZ ECHE JUAN

206 MI YAHVE ZS-0931-CM 101.77 CHI/CHD RD. 080-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 PANTA PANTA MARIANO

207 MILAGROSO CAUTIVO PT-18058-CM 94.65 CHI/CHD RD. 123-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 02/12/02 FIESTAS PERICHE CESAR EUSTAQUIO

208 MIRELLA MO-0278-CM 110.00 CHI RD. 029-2000-CTAR-ICA/DRPES 18/09/00 CIÑERA URIBELARREA MODESTO

209 MONITOR HUASCAR 1 SY-002136-CM 104.02 CHI/CHD RD. 034-2003-PRE/P-LL 28/02/03 SANTISTEBAN BANCES ORLANDO

210 NATHALIA HO-21097-CM 99.58 CHI/CHD RD. 196-2003-PRODUCE/DNEPP 15/07/03 SANCHEZ LEON MARIA

211 PROFETA DANIEL II PT-11884-CM 99.88 CHI/CHD RD. 091-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 18/11/02 PANTA VITE JOSE RAMON Y PANTA VITE ARCA-DIO MODESTO

212 ROSA ISABEL CO-19554-CM 105.99 CHI/CHD R.D. Nº058-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 PAZO NUNURA JOSE DE LA ROSA

213 SALVADOR CO-19875-CM 92.00 CHI RDRS. 065-2000-CTAR-LAMB/DRPE 28/11/00 ZERILLO PAZ ANTONIO L.

214 SAN MARTIN DE PORRAS IV CO-18297-CM 91.10 CHI RD. 086-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 30/10/00 PAZO TUME VICTOR J.

215 SAN PEDRO PT-17971-CM 103.80 CHI/CHD RD. 031-2000/CTAR TUMBES-DRPT-DR 30/11/00 PANTA PANTA GILBERTO Y OTROS

216 SANTA ISABEL CO-18318-CM 106.18 CHI/CHD R.D. Nº020-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR 10/03/99 PAZO NUNURA JOSE GILBERTO

217 SANTA ISABEL I CO-21067-PM 108.00 CHI/CHD RD. 066-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 24/02/03 PAZO NUNURA MANUEL NATIVIDAD

218 VICTORIA SY-5984-CM 95.39 CHI/CHD RD. 080-2003-PRODUCE/DNEPP 10/04/03 OROSCO NUNTON FELIPA ROXANA

219 CENTELLA MO-0466-CM 110.00 CHI RD. 029-2000-CTAR-ICA/DRPES 18/09/00 CIÑERA URIBELARREA MODESTO

220 CRISTO REDENTOR 3 PL-19027-CM 104.03 CHI/CHD RD. Nº051-99-PRE/P 14/06/99 OROSCO CASTRO GERMAN Y CASTRO DEOROSCO FELIPA Y OROSCO CASTRO JOSEROSARIO

221 DON MARTIR PL-21043-PM 110.00 CHI/CHD RD. 192-2003-PRODUCE/DNEPP 11/07/03 TEQUE FIESTAS MARTIR Y GALAN DE TEQUETEODORA

222 DON TEOFILO PT-18707-CM 95.57 CHI/CHD RD. 115-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR 13/11/00 TUME MORALES FELIPE Y OTRO

223 DON TOMAS CO-21111-PM 108.12 CHI/CHD RD. 081-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR 07/03/03 VITE ZETA MERARDO Y HERNANDEZ DE LACRUZ MELO CARLOS ALBERTO

224 DOÑA MARY ZS-4144-CM 95.08 CHD RD. 036-98/CTAR TUMBES-DRPT-DR 05/10/98 PESQ. EMP. DOÑA MARY SCRL.

225 EL PIQUERO PT-3875-CM 95.79 CHI/CHD RD. 136-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 20/12/02 ANTON BANCAYAN FRANCISCO

226 FIRSA CO-18163-CM 100.37 CHI/CHD RD. 084-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR 18/11/02 RUIZ Y FIESTAS S.A.

08874

Nº EMBARCACIÓN MATRÍCULA CAPBOD DESTINO PERMISO FECHA ARMADOR

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����� ����� ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

SALUD

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 469-2004/MINSA

Lima, 7 de mayo del 2004

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislati-vo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Sr.Carlos Enrique ADRIANZÉN BUSTAMANTE, al cargo deDirector Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Lo-gística de la Dirección General de Administración del Mi-nisterio de Salud, dándosele las gracias por los serviciosprestados.

Artículo 2º.- Designar al Sr. Julio Enrique NEGRÓNMARTIJENA, en el cargo de Director Ejecutivo, NivelF-4, de la Oficina Ejecutiva de Logística de la DirecciónGeneral de Administración del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PILAR MAZZETTI SOLERMinistra de Salud

08854

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

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DECRETO SUPREMONº 022-2004-MTC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-MTC, seconstituyó la Comisión Multisectorial e Interdisciplinaria de For-malización de los Servicios de Transporte Interprovincial dePasajeros y de Carga en Camión, cuya misión es estudiar, ela-borar y proponer al Gobierno políticas y estrategias encamina-das a fortalecer el Sistema de Fiscalización de los Servicios deTransporte Interprovincial de Pasajeros y de Carga en Camión,así como evaluar las distintas alternativas para la solución delos problemas estructurales del transporte de carga;

Que, según lo dispuesto en el citado Decreto Supremo,la Comisión mencionada está integrada, entre otros, pordos representantes titulares y dos representantes alternosde los gremios representativos de los generadores de car-ga, del servicio de transporte interprovincial de pasajerosy del servicio de transporte de carga en camión;

Que, a fin de promover una mayor participación plural,democrática y representativa de los transportistas en lareferida Comisión, resulta conveniente incrementar el nú-mero de representantes de los gremios mencionados;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) delartículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y elDecreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;

DECRETA:

Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 2º del Decreto Su-premo Nº 017-2004-MTC, en los términos siguientes:

"Artículo 2º.- La Comisión a que se refiere el artículoprecedente estará integrada por un representante titular yuno alterno de las siguientes instituciones:

- Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien lapresidirá;

- Ministerio del Interior;- Ministerio de Economía y Finanzas;- Superintendencia Nacional de Administración Tribu-

taria;- Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios;- Gremios representativos de los generadores de car-

ga (tres representantes titulares y tres alternos);- Gremios representativos del servicio de transporte in-

terprovincial de pasajeros (tres representantes titulares ytres alternos); y,

- Gremios representativos del servicio de transporte decarga en camión (tres representantes titulares y tres alter-nos).

Excepcionalmente, cuando el caso lo requiera la Comi-sión podrá invitar por acuerdo de sus miembros a repre-sentantes de otros organismos, instituciones, gremios yentidades públicas y privadas en general para el tratamientode temas específicos, en las sesiones designadas paraello."

Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren-dado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete díasdel mes de mayo del año dos mil cuatro.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones

08882

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 325-2004-MTC/02

Lima, 5 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, con solicitud del 28.10.2002 la Empresa de Trans-portes REGIONAL ANDRES AVELINO CACERES S.R.L.solicita la sustitución de flota con el retiro de su padrón vehi-cular del vehículo de placa de rodaje Nº UO-6022, ingresan-do en su reemplazo el vehículo de placa de rodaje Nº VG-5260, habiendo presentado, entre otros requisitos, una de-claración jurada señalando que el vehículo ofertado para lasustitución de flota no había sido convertido de remolcadoro camión a ómnibus, conforme lo señala el artículo 279º delReglamento Nacional de Administración de Transportes,aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC;

Que, con Resolución Directoral Nº 1653-2002-MTC/15del 11.12.2002, se autorizó la sustitución del ómnibus deplaca de rodaje Nº UO-6022 (1995) por el vehículo de pla-ca de rodaje Nº VG-5260 (1991) para efectuar el serviciopúblico de transporte terrestre nacional de pasajeros en laruta Huancayo-Lima y viceversa, autorizada mediante Re-solución Directoral Nº 059-95-MTC/15.15;

Que, como resultado de la acción de control posterior,llevada a cabo por la Dirección General de Circulación Te-rrestre, el representante de VOLVO PERU S.A. informó concarta del 16.02.2004, que el ómnibus de placa de rodaje NºVG-5260, Marca Volvo, Modelo FL-10, VIN:YV2F2CBC4MA353781, Motor Nº TD102FH257232017,año de fabricación: 1991, corresponde a un chasis de ca-mión FL10 6 x 2 Chasis largo ensamblado;

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����� ���������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

Que, el artículo 279º del Reglamento Nacional de Ad-ministración de Transportes, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 040-2001-MTC, señala que sólo se pueden habilitarvehículos, cuya estructura, chasis, diseño y construcciónsean exclusivamente para ómnibus y no hayan sido mate-ria de modificación;

Que, conforme a lo señalado por el representante deVOLVO PERU S.A. con carta del 16.02.2004, el ómnibusde placa de rodaje Nº VG-5260, Marca Volvo, Modelo FL-10, VIN: YV2F2CBC4MA353781, Motor NºTD102FH257232017, año de fabricación: 1991 correspondea un chasis de camión FL10 6 x 2 Chasis largo ensambla-do, por lo que debe declararse la nulidad de la ResoluciónDirectoral Nº 1653-2002-MTC/15 al encontrarse incursa enla causal señalada en el numeral 1 del artículo 10º de laLey Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Gene-ral;

Que, el artículo 10º, numeral 1, de la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General, señala que sonvicios del acto administrativo, que causan su nulidad depleno derecho, la contravención a la Constitución, a las le-yes o a las normas reglamentarias;

Que, los numerales 202.3 y 202.4 del artículo 202º dela Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral, señalan que la facultad para declarar la nulidad deoficio de los actos administrativos prescribe al año conta-do a partir de la fecha en que hayan quedado consenti-dos. Caso contrario, sólo procede demandar la nulidadante el Poder Judicial vía el proceso contencioso admi-nistrativo, siempre que la demanda se interponga dentrode los dos años siguientes a contar desde la fecha en queprescribió la facultad para declarar la nulidad en sede ad-ministrativa;

Que, asimismo, el artículo 32º numeral 32.3 de la LeyNº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,establece que en caso de comprobarse fraude o falsedaden la declaración, información o en la documentación pre-sentada por el administrado, la entidad considerará no sa-tisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, pro-cediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerárquica-mente superior, para que declare la nulidad del acto admi-nistrativo respectivo. El órgano jerárquicamente superior,si lo hubiere, impondrá una multa de entre dos y cinco Uni-dades Impositivas Tributarias a favor de la Entidad, sin per-juicio de comunicar el hecho al Ministerio Público para lainterposición de la acción penal correspondiente si la con-ducta se adecuara a los supuestos previstos en el TítuloXIX del Código Penal;

Que, teniendo en consideración que la multa constituyeuna sanción, para su graduación e imposición debe apli-carse lo señalado en el Titulo IV Capítulo II de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, re-ferido al procedimiento sancionador, por lo que correspon-de instaurar Proceso Administrativo Sancionador contra laEmpresa de Transportes REGIONAL ANDRES AVELINOCACERES S.R.L.;

Que, habiendo prescrito la facultad para que la Admi-nistración declare la nulidad de oficio del acto administrativocontenido en la Resolución Directoral Nº 1653-2002-MTC/15, al haber transcurrido más de un año de haber quedadoconsentido, sólo procede solicitar la nulidad en sede judi-cial;

Que, el artículo 47º de la Constitución Política del Perú,concordante con el Decreto Ley Nº 17537, señala que ladefensa de los intereses del Estado está a cargo de losProcuradores Públicos;

Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537, señalaque los Procuradores Públicos tienen la plena represen-tación del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todoslos procesos y procedimientos en los que actúe comodemandante, demandado, denunciante o parte civil;

Que, el artículo único del Decreto Ley Nº 17667, estable-ce que para demandar y/o formular denuncias a nombredel Estado es necesaria la expedición previa de la Resolu-ción Ministerial autoritativa;

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27791,Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, el Reglamento Na-cional de Administración de Transportes, aprobado por De-creto Supremo Nº 040-2001-MTC, el Decreto Supremo Nº041-2002-MTC y la Décimo Segunda Disposición Transito-ria del Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargadode los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones para que, en representación y defensa delos intereses del Estado, inicie y culmine las acciones le-gales destinadas a obtener la nulidad de la Resolución Di-rectoral Nº 1653-2002-MTC/15, por los fundamentos ex-puestos en la parte considerativa de la presente resolu-ción.

Artículo 2º.- Iniciar procedimiento administrativo san-cionador contra la Empresa de Transportes REGIONALANDRES AVELINO CACERES S.R.L., al existir indiciosde haber presentado información que no se ajusta a la ver-dad, en su solicitud de sustitución de flota respecto al vehí-culo de Placa de Rodaje Nº VG-5260, con el fin de acredi-tar los requisitos exigidos por ley, otorgándosele un plazode cinco (05) días hábiles contados desde la notificaciónde la presente resolución, para la presentación de sus des-cargos.

Artículo 3º.- Disponer que la Dirección General de Cir-culación Terrestre sea quien conduzca la fase instructora,a efectos de que el superior jerárquico decida oportuna-mente sobre la aplicación de la sanción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones

08770

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 328-2004-MTC/02

Lima, 5 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, con solicitud del 31.5.2002 la Empresa de Trans-portes CRUCERO S.R.LTDA., solicita el incremento de flo-ta vehicular con las unidades de placas de rodaje Nºs. VM-1102 y VY-1169, habiendo presentado, entre otros requisi-tos, una declaración jurada señalando que los vehículosofertados para la sustitución de flota no habían sido con-vertidos de remolcador o camión a ómnibus, conforme loseñala el artículo 279º del Reglamento Nacional de Admi-nistración de Transportes, aprobado por Decreto SupremoNº 040-2001-MTC;

Que, con Resolución Directoral Nº 1004-2002-MTC/15.18 del 3.10.2002, se autorizó a la Empresa de Trans-portes CRUCERO S.R.LTDA., el incremento de flota ve-hicular con los omnibuses de placas de rodaje Nºs. VM-1102 (1994) y VY-1169 (1991) en la ruta Lima-Huánuco yviceversa, otorgada con Resolución Directoral Nº 754-97-MTC/15.18 y la modificación de frecuencias de tres (3)semanales a una (1) hora diaria en cada extremo de laruta;

Que, como resultado de la acción de control posterior,llevada a cabo por la Dirección General de Circulación Te-rrestre, el representante de VOLVO PERU S.A. informó concarta del 16.2.2004, que los omnibuses de placas de roda-je Nºs. VM-1102 y VY-1169, Marca Volvo, Modelos FL-12 yF-10, respectivamente, corresponden a chasis de camio-nes;

Que, el artículo 279º del Reglamento Nacional de Ad-ministración de Transportes, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 040-2001-MTC, señala que sólo se pueden habilitarvehículos, cuya estructura, chasis, diseño y construcciónsean exclusivamente para ómnibus y no hayan sido mate-ria de modificación;

Que, la Resolución Directoral Nº 1004-2002-MTC/15.18,del 3.10.2002 autorizó a la Empresa de Transportes CRU-

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����� ����� ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

CERO S.R.LTDA., el incremento de flota vehicular con losomnibuses de placas de rodaje Nºs. VM-1102 (1994) y VY-1169 (1991), la modificación de frecuencias de tres (3) se-manales a una (1) diaria en cada extremo de la ruta y lamodificación de los horarios de salida de Lima a las 7.30p.m. y de Huánuco a las 7.30 p.m.;

Que, conforme a lo señalado por el representante deVOLVO PERU S.A., mediante carta del 16.2.2004, los om-nibuses de placas de rodaje Nºs. VM-1102 y VY-1169, MarcaVolvo, Modelos F-12 y F-10, corresponden a chasis de ca-mión, por lo que debe declararse la nulidad de la Resolu-ción Directoral Nº 1004-2002-MTC/15.18 al encontrarse in-cursa en la causal señalada en el numeral 1 del artículo10º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administra-tivo General;

Que, el artículo 10º, numeral 1, de la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General, señala que sonvicios del acto administrativo, que causan su nulidad depleno derecho, la contravención a la Constitución, a las le-yes o a las normas reglamentarias;

Que, los numerales 202.3 y 202.4 del artículo 202º dela Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral, señalan que la facultad para declarar la nulidad deoficio de los actos administrativos prescribe al año conta-do a partir de la fecha en que hayan quedado consentidos.Caso contrario, sólo procede demandar la nulidad ante elPoder Judicial vía el proceso contencioso administrativo,siempre que la demanda se interponga dentro de los dosaños siguientes a contar desde la fecha en que prescribióla facultad para declarar la nulidad en sede administrativa;

Que, asimismo, el artículo 32º numeral 32.3 de la LeyNº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,establece que en caso de comprobarse fraude o falsedaden la declaración, información o en la documentación pre-sentada por el administrado, la entidad considerará no sa-tisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, pro-cediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerárquica-mente superior, si lo hubiere, para que se declare la nuli-dad del acto administrativo sustentado en dicha declara-ción, información o documento; e imponga a quien hayaempleado esa declaración, información o documento, unamulta a favor de la entidad entre dos y cinco Unidades Im-positivas Tributarias vigentes a la fecha de pago, sin perjui-cio de comunicar el hecho al Ministerio Público para la in-terposición de la acción penal correspondiente si la con-ducta se adecuara a los supuestos previstos en el TítuloXIX del Código Penal;

Que, habiendo prescrito la facultad para que la Admi-nistración declare la nulidad de oficio del acto administrati-vo contenido en la Resolución Directoral Nº 1004-2002-MTC/15.18, al haber transcurrido más de un año de haberquedado consentido, sólo procede solicitar la nulidad ensede judicial;

Que, el artículo 47º de la Constitución Política del Perú,concordante con el Decreto Ley Nº 17537, señala que ladefensa de los intereses del Estado está a cargo de losProcuradores Públicos;

Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537, señalaque los Procuradores Públicos tienen la plena representa-ción del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todoslos procesos y procedimientos en los que actúe como de-mandante, demandado, denunciante o parte civil;

Que, el artículo único del Decreto Ley Nº 17667 esta-blece que para demandar y/o formular denuncias a nom-bre del Estado es necesaria la expedición previa de la Re-solución Ministerial autoritativa;

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27791,Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667, el Reglamento Na-cional de Administración de Transportes, aprobado por De-creto Supremo Nº 040-2001-MTC, el Decreto Supremo Nº041-2002-MTC y la Décimo Segunda Disposición Transito-ria del Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga-do de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones para que, en representación y defensa delos intereses del Estado, inicie y culmine las acciones le-gales destinadas a obtener la nulidad de la Resolución Di-rectoral Nº 1004-2002-MTC/15.18, por los fundamentos ex-

puestos en la parte considerativa de la presente resolu-ción.

Artículo 2º.- Iniciar procedimiento administrativo san-cionador contra la Empresa de Transportes CRUCEROS.R.LTDA., al existir indicios de haber presentado informa-ción que no se ajusta a la verdad en su solicitud de incre-mento de flota vehicular respecto a los vehículos de pla-cas de rodaje Nºs. VM-1102 (1994) y VY-1169 (1991), conel fin de acreditar los requisitos exigidos por ley, otorgán-dosele un plazo de cinco (5) días hábiles contados desdela notificación de la presente resolución para la presenta-ción de sus descargos.

Artículo 3º.- Disponer que la Dirección General de Cir-culación Terrestre sea quien conduzca la fase instructora,a efectos de que el superior jerárquico decida oportuna-mente sobre la aplicación de la sanción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones

08771

VIVIENDA

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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 118-2004-VIVIENDA

Lima, 7 de abril de 2004

Vistos; el Oficio Nº 009-2004- UNSM/R de la Univer-sidad Nacional de San Martín, provincia de Tarapoto,departamento de San Martín; el Informe Técnico Nº 005-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM del Programa de Equi-pamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 40 -2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial;y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 009-97, seasignó al Ministerio de la Presidencia, la suma de US$16 407 689 40 (Dieciséis Millones Cuatrocientos SieteMil Seiscientos Ochentinueve con 40/100 Dólares USA)a favor del Ministerio de la Presidencia, con cargo a laLínea de Crédito de la República Popular China, desti-nados a la adquisición directa de máquinas para la in-dustria automotriz, con el objeto de crear y transferir latecnología apropiada para contribuir al mejoramiento delos niveles de ingreso de la población, y al de su capaci-tación técnico profesional;

Que, vía el Decreto de Urgencia Nº 041-94, se asig-nó al Ministerio de la Presidencia, la suma de US$ 10232 150 00 (Diez Millones Doscientos Treinta y dos milciento cincuenta con 00/100 Dólares USA) con la finali-dad de adquirir artículos para la mecánica de produc-ción con el objeto de mejorar la calidad de la educaciónen todos sus niveles;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96, sedestinó al Ministerio de la Presidencia, una partida eco-nómica de US$ 6 299 868 00 (Seis millones doscientosnoventa y nueve mil ochocientos sesenta y ocho con 00/100 Dólares USA) con la que se adquirió maquinaria parala industria del cuero a efectos de contribuir al mejora-miento de los niveles de ingreso del pueblo, siendo quepor ampliación del mismo, a través del Decreto de Ur-gencia Nº 023-97 se adicionó como beneficiarios del 50%de la maquinaria a donarse, a las entidades EducativasEstatales buscando mejorar la calidad de educación entodos sus niveles;

Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica quemodifica la organización y funciones de los Ministerios, re-gulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo, determinándose el número de Ministerios, entre

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����� ����������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento;

Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi-ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministe-rio de la Presidencia, quedando extinguido para todos susefectos, el 31 de julio del 2002;

Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se es-tableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa-neamiento, según corresponda, asumía las competencias,funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones, delViceministerio de Infraestructura, del Programa de Equi-pamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, con-trol, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presi-dencia que se desactivó;

Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea-miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio-nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condicio-nes de vida de la población facilitando su acceso a unavivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcio-nando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mante-nimiento y protección de los centros de población y susáreas de influencia, fomentando la participación de las or-ganizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inver-sión privada;

Que, con Oficio Nº 009-2004- UNSM/R, de fecha 15 deenero del 2004, el Sr. Alfredo Quinteros García, Rector dela Universidad Nacional de San Martín, provincia de Tara-poto, departamento de San Martín, solicitó al Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento la donación de unmódulo de mecánica automotriz, maquinaria de mecánicade producción y maquinaria para la industria del cuero, quese detalla en el Anexo que forma parte integrante de lapresente Resolución;

Que, mediante el Memorándum Nº 091-2004/VIVIEN-DA-VMCS-PREBAM y Constancia de Inspección, el Jefedel Programa de Equipamiento Básico Municipal corrió tras-lado del Informe Técnico Nº 005-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se precisa que la entidad solicitante,cuenta con infraestructura adecuada para recibir e instalarla maquinaria solicitada como donación;

Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con laopinión técnica favorable del Programa Básico de Equipa-miento Municipal y actuando de conformidad con lo dis-puesto en la Directiva para el Procedimiento Administrati-vo respecto de los actos de disposición de bienes mueblesno patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento para ser transferidos, apro-bada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación delas máquinas detalladas en el anexo que forma parte inte-grante de la presente Resolución;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución deSecretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, los bienesmuebles no patrimoniales, asumidos por el Ministerio de laPresidencia o mediante normas especiales podrán sertransferidos a entidades públicas o privadas de acuerdo alos procedimientos en ella establecidos;

Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la dona-ción de la maquinaria que se detalla en el Anexo que formaparte integrante de la presente Resolución a la Universi-dad Nacional de San Martín, provincia de Tarapoto, depar-tamento de San Martín, con la finalidad de equipar las Fa-cultades de Ciencias Agrarias y Agroindustrias;

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779,Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas des-critas en el Anexo que forma parte integrante de la pre-sente Resolución, valorizadas en S/.170 232 30 (CientoSetenta Mil Doscientos treinta y dos con 30/100 NuevosSoles), a favor de la Universidad Nacional San Martín,provincia de Tarapoto, departamento de San Martín, a finde equipar las Facultades de Ciencias Agrarias y Agroin-dustrias.

Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Mu-nicipal será responsable de velar porque se cumpla con lafinalidad de la donación.

Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis-terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los términosestablecidos por Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCEMinistro de Vivienda, Construccióny Saneamiento

08875

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CONTRALORÍA GENERAL

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RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 165-2004-CG

Lima, 5 de mayo de 2004

VISTOS; las comunicaciones de la Oficina Nacionalde Auditoría del Reino Unido, de la Fundación Interna-cional y para Iberoamérica de Administración y Políti-cas Públicas - FIIAPP y del Tribunal de Cuentas deEspaña de fechas 19 de diciembre de 2003 y 26 y 30de abril de 2004, respectivamente; así como las HojasInformativas Nºs. 014, 030, 040 y 050-2004-CG/CT y elMemorando Nº 322-2004-CG/CT de la Gerencia deCooperación Técnica;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las II Jornadas Euroamericanasde Entidades Fiscalizadoras Superiores, realizada enCartagena de Indias - Colombia el 10 y 11 de julio de2002, la Organización Latinoamericana y del Caribe deEntidades Fiscalizadoras Superiores-OLACEFS y laOrganización Europea de Entidades Fiscalizadoras Su-periores - EUROSAI, asumieron el compromiso de darcontinuidad al desarrollo de dichas actividades, determi-nando que constituiría sede del siguiente evento la ciu-dad de Londres, el mismo que tendría como anfitrionala Oficina Nacional de Auditoría del Reino Unido;

Que, conforme a los documentos de vistos, la Ofici-na Nacional de Auditoría del Reino Unido (NAO), en sucondición de Entidad Fiscalizadora Superior anfitriona,ha invitado al Titular de la Contraloría General de la Re-pública del Perú, así como a los miembros de la dele-gación que lo acompañen, para participar en el 3er. Se-minario EUROSAI - OLACEFS, titulado "La Auditoríaen el Siglo XXI", a celebrarse en la ciudad de Londres,del 11 al 14 de mayo de 2004;

Que, la agenda del citado evento, contempla eldesarrollo de los siguientes subtemas: Subtema I: "Ex-periencias de Entidades Fiscalizadoras Superiores yGobierno Electrónico, que estará bajo la Presidenciadel Contralor General de la República del Perú; y Sub-tema II: "Capacitando y facultando a los auditores es-tatales modernos para que desempeñen su fun-ción";

Que, los actuales sistemas de comunicación y aque-llos desarrollados por las Entidades FiscalizadorasSuperiores para el intercambio de información, estánadquiriendo un alto nivel de avance tecnológico quecomplementa y contribuye al desarrollo de sus activida-des, disminuyendo los riesgos que amenazan el buenuso de los recursos estatales; por lo que el citado Se-minario constituye una oportunidad que permitirá a esteOrganismo Superior de Control rescatar las experien-cias de entidades homólogas que han puesto en prácti-ca proyectos de tecnologías de información, a efectosde considerar su aplicabilidad en nuestro entorno;

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Que, de otro lado, conforme se da cuenta en losdocumentos de vistos, se ha recibido invitación de laFIIAPP, para participar en una reunión de trabajo a rea-lizarse en la ciudad de Madrid, el día 17 de mayo de2004, con el objeto de intercambiar ideas respecto deproblemáticas comunes en temas inherentes al controlgubernamental, lo que contribuirá al desarrollo de pro-puestas concretas en beneficio de la modernizaciónpública de España y Perú;

Que, asimismo, a fin de intercambiar puntos de vistasobre iniciativas y proyectos encaminados a hacer fructí-fera la colaboración entre las Entidades Fiscalizadoras Su-periores de España y Perú, en el marco del Convenio deColaboración firmado en el año 2002, el Tribunal de Cuen-tas de España ha previsto una reunión de trabajo a reali-zarse el próximo 18 de mayo de 2004, en la ciudad de Ma-drid;

Que, en las referidas reuniones se tratarán temas desingular importancia para el quehacer Institucional, lo quepermitirá consolidar las relaciones institucionales y poten-ciar la cooperación con la Entidad Fiscalizadora Superiorde España y la FIIAPP;

Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar el viajedel Abog. Samuel Torres Benavides, Secretario General yde la Ing. Liliana Alfaro Ramírez, Gerente de CooperaciónTécnica de la Contraloría General de la República, paraparticipar en los citados eventos;

Que, los gastos que irrogue la misión oficial de los cita-dos funcionarios serán asumidos con cargo a los recursosdel presupuesto de la Contraloría General de la República,conforme al Memorando Nº 346-2004-CG/FI de la Geren-cia de Finanzas;

De conformidad con las facultades conferidas por losartículos 32º y 33º de la Ley Orgánica del Sistema Nacio-nal de Control y de la Contraloría General de la República- Ley Nº 27785, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje en misión oficialdel Abog. Samuel Torres Benavides, Secretario General yde la Ing. Liliana Alfaro Ramírez, Gerente de CooperaciónTécnica de la Contraloría General de la República, a lasciudades de Londres y Madrid, del 9 al 19 de mayo de 2004,para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución.

Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje delos citados funcionarios serán asumidos con cargo a losrecursos del Pliego 019: Contraloría General, conforme alsiguiente detalle:

Samuel Torres BenavidesPasajes US$ 1 442,97Viáticos US$ 2 600,00Tarifa Corpac US$ 28,24

Liliana Alfaro RamírezPasajes US$ 1 442,97Viáticos US$ 2 600,00Tarifa Corpac US$ 28,24

Artículo Tercero.- Los citados funcionarios presentaránal Despacho Contralor un informe sobre los contenidos,desarrollo de las reuniones y demás acciones realizadasdurante el viaje, así como un ejemplar del material técnicopertinente, dentro de los quince días (15) días calendariosiguientes de efectuado la culminación de la comisión deservicios citada.

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorgaderecho a exoneración de impuestos o derechos aduane-ros de ninguna clase o denominación, a los funcionarioscuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese

GENARO MATUTE MEJÍAContralor General de la República

08689

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RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 166-2004-CG

Lima, 5 de mayo de 2004

Visto, el Informe Nº 004-2004-CG/CE-SOA de la Co-misión Especial de Designación de Sociedades de Au-ditoría, nombrada por Resolución de Contraloría No 137-2004-CG de 16.ABR.2004, encargada de la recepción,apertura , evaluación y calificación de las propuestaspresentadas en el Concurso Público de Méritos Nº 02-2004-CG para la Designación de Auditorías Externas;

CONSIDERANDO:

Que, en ejercicio de sus atribuciones, la ContraloríaGeneral de la República, mediante publicaciones efec-tuadas en el Diario Oficial El Peruano los días 5 y 6 deabril del 2004, convocó a Concurso Público de MéritosNº 02-2004-CG, a fin de designar sociedades de audi-toría externa para auditar los estados financieros, in-formación presupuestal y otros aspectos de gestión co-rrespondientes a diversas entidades públicas solicitan-tes; habiéndose recibido ciento treinta (130) propues-tas, dirigidas a cincuenta (50) de las cincuenta y ocho(58) entidades solicitantes que formaron parte de la con-vocatoria, resaltando que no adquirieron bases paraocho (8) de ellas;

Que, de la evaluación efectuada a las propuestaspresentadas por las cuarenta y ocho (48) Sociedadesde Auditoría participantes, se han declarado ganado-ras cuarenta y cuatro (44) propuestas correspondien-do a igual número de entidades; dieciocho (18) propues-tas fueron descalificadas por no alcanzar el puntajemínimo, haber obtenido más de tres buenas pro en unconcurso, así como incumplir los literales a) y b) delartículo 40º del Reglamento para la Designación deSociedades aprobado mediante Resolución de Contra-loría Nº 140-2003-CG;

Que, conforme al documento de visto se ha decla-rado desierto el Concurso Público de Méritos, por pri-mera vez, respecto a ocho (8) entidades, de las cualesseis (6) de ellas no adquirieron bases, en una (1) deellas el adquiriente de las bases no presentó su pro-puesta, y respecto de la otra (1) restante el motivo fuepor no alcanzar el puntaje mínimo requerido; asimis-mo, corresponde declarar desierto por segunda vez,respecto de seis (6) entidades, de las cuales dos (2)de ellas no se adquirieron bases, en una (1) de ellas eladquiriente no presentó su propuesta y respecto de lastres (3) restantes los motivos fueron el incumplimientode bases y/o no lograr el puntaje mínimo aprobatorio,autorizándoles la conducción del proceso de selecciónpara la designación de una sociedad de auditoría;

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 20º de laLey Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, alcapítulo IV Evaluación y Calificación de Propuestas delTitulo III Concurso Público de Méritos, y artículo 42º y47º del Reglamento para la Designación de Socieda-des de Auditoría, aprobado por Resolución de Contra-loría Nº 140-2003-CG; y,

En uso de las atribuciones derivadas de los artícu-los 20º y 32º literal l) de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánicadel Sistema Nacional de Control y de la ContraloríaGeneral de la República;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar las Sociedades de Audi-toría, para realizar las auditorías a los estados financieros,información presupuestal y otros aspectos de gestión, co-rrespondiente a cuarenta y cuatro (44) entidades que acontinuación se indican:

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CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOSNº 002-2004-CG

Nº ENTIDADES PERIODO SOCIEDADES1 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN 2003 VENERO & ASOCIADOS CONTADORES

Y SANEAMIENTO PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL2 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD 2003 RAMIREZ ENRIQUEZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD

AGRARIA – SENASA / PROGRAMA DE CIVIL ORDINARIADESARROLLO DE LA SANIDAD

AGROPECUARIA – PRODESA – PRÉSTAMOBID Nº 1025/OC-PE

3 PROGRAMA ESPECIAL MEJORAMIENTO DE 2003 RAMIREZ ENRIQUEZ Y ASOCIADOS SOCIEDADLA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN EN LOS CIVIL ORDINARIA

NIVELES DE INICIAL Y SECUNDARIA Y DEEDUCACIÓN PARA EL TRABAJO (MECEP) –PRÉSTAMOS BID 956/OC-PE Y 1237/OC-PE /

MINISTERIO DE EDUCACIÓN4 UNIDAD ESPECIAL PL 480 – MINISTERIO DE 2003 PORTAL BROWN Y ASOCIADOS SOCIEDAD

ECONOMÍA Y FINANZAS CIVIL5 PROYECTO DE INVESTIGACIÓN Y 2003 PORTAL BROWN Y ASOCIADOS SOCIEDAD

EXTENSIÓN AGRÍCOLA – INCAGRO / CIVILCONVENIO DE PRÉSTAMO BIRF Nº 4519-PE

6 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN 2003 RIMAC & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL

7 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y 2003 TOLEDO Y LEZAMA CONTADORES PÚBLICOSCATASTRO MINERO SOCIEDAD CIVIL

8 PROYECTO ESPECIAL SIERRA CENTRO 01.ENE.2002 NOLES MONTEBLANCO Y ASOCIADOSSUR SUB CONVENIO DE EJECUCIÓN DEL al SOCIEDAD CIVIL

PROGRAMA DE DESARROLLO 30.JUN.2003ALTERNATIVO SUSCRITO ENTRE LA

COMISIÓN DE LA LUCHA CONTRA ELCONSUMO DE DROGAS – CONTRADROGAS

Y EL INSTITUTO NACIONAL DEDESARROLLO – INADE / RECURSOS USAID

9 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL 2003 LUIS REÁTEGUI RUIZ & ASOCIADOSCALLAO SOCIEDAD CIVIL

10 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA 2003 URBIZAGASTEGUI, RIVAS & ASOCIADOSSOCIEDAD CIVIL

11 PROYECTO APOYO INSTITUCIONAL AL DIC.2002 NOLES MONTEBLANCO Y ASOCIADOSINRENA CON ÉNFASIS EN EL SECTOR a SOCIEDAD CIVIL

FORESTAL / INRENA ABR.200412 CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA 2003 VILA TAPIA TORRES Y ASOCIADOS

CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL13 DEFENSORÍA DEL PUEBLO 2003 COLCHADO, RIVERA Y ASOCIADOS

CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVILORDINARIA

14 FONDO NACIONAL DE DESARROLLO 2003 MARTINEZ, RODRIGUEZ Y ASOCIADOSPESQUERO – FONDEPES CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL

15 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL 2003 RIMAC & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL– INDECI

16 PROYECTO CONSERVACIÓN DE LOS 01.SET.2001 a NOLES MONTEBLANCO Y ASOCIADOSBOSQUES DE LA AMAZONÍA ALTA DE LA 31.JUL.2003 SOCIEDAD CIVIL

SELVA CENTRAL DEL PERÚ / INRENA17 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES 2003 EDGAR GARAY & ASOCIADOS

CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL

18 INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS 2003 BELLO, MARQUEZ, VILLENA Y ASOCIADOSNATURALES – INRENA SOCIEDAD CIVIL

19 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E 2003 NUÑEZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVILINFORMÁTICA – INEI

20 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN 2003 ANGEL LOPEZ – AGUIRRE & ASOCIADOSDE LURIGANCHO CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL

21 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VELILLE - 1999 al 2002 NOA SANTA CRUZ CONTADORES PÚBLICOSCHUMBIVILCAS ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL

22 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN 2003 CHAVEZ ESCOBAR Y ASOCIADOSMARTÍN DE PORRES SOCIEDAD CIVIL

23 ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE 2003 WEIS & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVILSANEAMIENTO TACNA S.A. – EPS TACNA

S.A.

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24 CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO 2003 JARA, ALVA URQUIZA CONTADORESDE PAITA S.A. PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL

25 CAJA DE AHORROS DE LIMA EN AGO - DIC 2002; VICTOR PISCOYA Y ASOCIADOSLIQUIDACIÓN ENE - DIC 2003; CONTADORES PÚBLICOS

ENE - MAR 2004Y Balance Finalde Liquidación

26 EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. EN 2003 LLONTOP PALOMINO Y ASOCIADOSLIQUIDACIÓN e INDUSTRIAS MILITARES SOCIEDAD CIVIL

DEL PERÚ S.A. EN LIQUIDACIÓN27 COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO 2001, 2002 y PALACIOS Y ASOCIADOS CONTADORES

DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL PLIEGO 2003 PÚBLICOS SOCIEDAD CIVILEX CTAR PIURA AÑOS 2001 – 2002 Y

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDODE ASISTENCIA Y ESTÍMULO PLIEGO

GOBIERNO REGIONAL PIURA AÑO 200328 CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO 2002 y 2003 LUIS QUINTANA Y ASOCIADOS CONTADORES

DE TACNA S.A. – PROYECTO CONVENIO PÚBLICOS SOCIEDAD CIVILDE FINANCIAMIENTO BID Nº 58/MS-PE

29 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA 2003 VALERA & ASOCIADOS CONTADORESMOLINA PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL

30 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA 2003 MOSAIHUATE CONTADORES PÚBLICOSSOCIEDAD CIVIL

31 CONSEJO NACIONAL DE CAMÉLIDOS 2003 PAUKAR ROMERO & ASOCIADOS SOCIEDAD SUDAMERICANOS – CONACS CIVIL

32 CENTRO DE ENTRENAMIENTO PESQUERO 2003 VERA & ASOCIADOS SOCIEDAD CIVILDE PAITA – CEP PAITA

33 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 2003 LLONTOP PALOMINO Y ASOCIADOSSOCIEDAD CIVIL

34 PROGRAMA ESPECIAL MEJORAMIENTO 2002 CORONADO VELASCO CONTADORESDE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PÚBLICOS ASOCIADOS SOCIEDAD CIVILPRIMARIA – MECEP DONACIONESJAPONESA TF 025902 Y TF 026867 /

UNIDAD EJECUTORA Nº 27 – MINISTERIODE EDUCACIÓN

35 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA 2003 URIOL Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL36 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO 2003 RAUL SOMOCURCIO Y ASOCIADOS

– HUANCAYO SOCIEDAD CIVIL37 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE 2003 ALVAREZ BIANCHI CONTADORES PÚBLICOS

ABANCAY SOCIEDAD CIVIL38 ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE 2002 y 2003 CHAVEZ ESCOBAR Y ASOCIADOS

SANEAMIENTO SIERRA CENTRAL S.A. SOCIEDAD CIVIL39 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE 2003 PALACIOS Y ASOCIADOS CONTADORES

MORROPÓN – CHULUCANAS PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL40 ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE 2003 URBANO TOLEDO Y ASOCIADOS SOCIEDAD

SANEAMIENTO MOQUEGUA S.R.L. – EPS CIVILMOQUEGUA

41 ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS 2003 LUIS QUINTANA Y ASOCIADOS ILO S.A. – EPS ILO S.A. CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL

42 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN 2003 PAUKAR ROMERO & ASOCIADOS SOCIEDADAGRARIA - INIA CIVIL

43 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VICTOR 2003 ELMO SERRANO & ASOCIADOS S.C. LARCO HERRERA AUDITORES Y CONSULTORES

44 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN MAR. / AGO. LLONTOP PALOMINO Y ASOCIADOSY ESTADO CIVIL – RENIEC / PROCESO DE 2003 SOCIEDAD CIVIL

ELECCIONES MUNICIPALESCOMPLEMENTARIAS DE ALCALDES Y

REGIDORES DE CONCEJOS DISTRITALES

Artículo Segundo.- Autorizar a las entidades descritas en el artículo precedente, a contratar los servicios profesionalesde las Sociedades de Auditoría designadas, dentro de las formalidades establecidas en las Bases del Concurso y en elReglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, debiendo nombrar una Comisión Especial que se encargue decautelar el cumplimiento de los Contratos, sin perjuicio de las acciones de verificación que lleve a cabo la Contraloría Generalde la República.

Artículo Tercero.- Las sociedades de auditoría designadas deberán presentar a la Contraloría General de la Repúbli-ca la documentación a que se refiere el artículo 33º incisos c) y e) del Reglamento para la Designación de Sociedadesdentro de los tres días hábiles de publicada la presente Resolución, su incumplimiento constituye causal de revocatoriade la designación.

Artículo Cuarto.- Declarar desierto el Concurso Público de Méritos por primera vez para las ocho (8) entidadessiguientes:

Nº ENTIDADES PERIODO SOCIEDADES

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CONSEJO NACIONAL DE

LA MAGISTRATURA

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RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONALDE LA MAGISTRATURA Nº 152-2004-CNM

Lima, 3 de mayo de 2004VISTO:El Oficio número 2469-2004-P-CSJPI/PJ, del veinticua-

tro de marzo del presente año, del Presidente encargadode la Corte Superior de Justicia de Piura.

CONSIDERANDO:Que, el Duodécimo Juzgado Especializado en lo Civil de

Lima, mediante Resolución número cinco del trece de octu-bre de dos mil tres, declaró fundada en parte la acción deamparo, seguida por el doctor Gerardo Gutiérrez Chuyes,contra el Poder Judicial, recaída en el expediente número27474-2003; y en consecuencia inaplicable al demandanteel acuerdo adoptado en sesión extraordinaria de la Sala Plenade la Corte Suprema de Justicia de la República, del diez deagosto de mil novecientos noventa y dos; ordenando su rein-corporación como Juez de Paz Titular de la Provincia deSullana, del Distrito Judicial de Piura; la cual quedó consen-tida mediante Resolución número ocho, del diez de febrerode dos mil cuatro, expedida por el mismo Juzgado;

Que, el Presidente encargado de la Corte Superior de Piu-ra, mediante Oficio número 2469-2004-P-CSJPI/PJ, del veinti-cuatro de marzo del presente año, remite copia certificada de

la Resolución Administrativa número 150-2004-P-CSJPI-PJ,mediante la cual se reincorpora al doctor Gerardo GutiérrezChuyes, como Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letra-do de Sullana;

Que, la plaza del Juzgado de Paz Letrado de Sullana, Dis-trito Judicial de Piura, se encuentra sometida a concurso en laConvocatoria Nº 001-2004-CNM, y tendiendo en cuenta quese ha reincorporado al doctor Gerardo Gutiérrez Cuyes, pormandato judicial, debe excluirse dicha plaza del concurso pú-blico convocado;

Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en lasesión del veintinueve de abril de dos mil cuatro, acordó por una-nimidad tener por reincorporado al doctor Gerardo Gutiérrez Chu-yes, como Juez de Paz Letrado de Sullana, Distrito Judicial dePiura, recobrando vigencia su título de nombramiento, y se exclu-ya dicha plaza de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM; por lo que,en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facul-tades conferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley núme-ro 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;

SE RESUELVE:

Primero.- Tener por reincorporado al doctor GERAR-DO GUTIERREZ CHUYES, como Juez de Paz Letrado deSullana, Distrito Judicial de Piura, recobrando vigencia sutítulo de nombramiento.

Segundo.- Excluir la plaza del Juzgado de Paz Letra-do de Sullana, Distrito Judicial de Piura, de la Convocato-ria Nº 001-2004-CNM.

Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señorPresidente de la Corte Suprema de Justicia de la República,para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL CABALLERO CISNEROSPresidente

08778

Nº ENTIDAD PERÍODO1 PROYECTO MANEJO DE RECURSOS NATURALES EN LA SIERRA SUR 2003

– MARENASS / MINISTERIO DE AGRICULTURA2 PROYECTO CREACIÓN Y OPERACIÓN DE UN CENTRO DE 01.OCT.2002 al

INFORMACIÓN ESTRATÉGICO FORESTAL – CIEF FASE II – ETAPA 2 / INRENA 31.DIC.2003

3 UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMAN Y VALLE 20034 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLMOS 2001 y 20025 EMPRESA MUNICIPAL DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y 2003

ALCANTARILLADO DE AMAZONAS SOCIEDAD COMERCIAL DERESPONSABILIDAD LIMITADA – EMUSAP SRLTDA.

6 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL VALLE – 2001 y 2002HUÁNUCO

7 ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SELVA 2003CENTRAL S.A.

8 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YUNGUYO 2002 y 2003

Artículo Quinto.- Declarar desierto por segunda vez el Concurso Público de Méritos, correspondiente a las seis (6)entidades que se detallan en el cuadro siguiente. Asimismo, autorizar la conducción del proceso de selección para ladesignación de una sociedad de auditoría, salvo que la entidad, en el marco del artículo 47º del Reglamento para laDesignación de Sociedades de Auditoría, solicite la inclusión de la designación en el siguiente concurso público deméritos convocado por la Contraloría General de la República.

Nº ENTIDAD PERÍODO1 PROYECTO PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES NATIVAS EN EL 2003

MANEJO DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DE LAAMAZONÍA PERUANA / INRENA

2 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN – TARAPOTO 20023 UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS 20024 PROYECTO CONSOLIDACIÓN Y VALIDACIÓN DEL MANEJO INTEGRAL 2003

DE LOS BOSQUES SECOS EN LA COSTA NORTE DEL PERÚ –PROYECTO ALGARROBO / INRENA

5 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD LAMBAYEQUE 20026 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE TRUJILLO - SATT 2003

Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la implantación de lo dispuesto en la presenteResolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GENARO MATUTE MEJÍAContralor General de la Republica

08849

Page 32: Directiva Recursos Propios218- 2004ed

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RESOLUCIÓN Nº 077-2004-JNE

Lima, 7 de mayo de 2004

Visto, el Protocolo de Necropsia Nº 000049 de la DivisiónMédico Legal del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Públi-co del Distrito Judicial de Puno de fecha 27 de abril último, quecertifica el fallecimiento del ciudadano Fernando Robles Callo-mamani, quien venía desempeñándose como Alcalde del Con-cejo Provincial de El Collao, el informe escrito del señor doctorGastón Soto Vallenas, Miembro Titular del Pleno del Jurado Na-cional de Elecciones, el de los abogados comisionados de la Se-cretaría General y documentos adjuntos;

CONSIDERANDO:Que, don Cirilo Fernando Robles Callomamani, Alcalde

del Concejo Provincial de El Collao, región Puno, fue victima-do el lunes 26 de abril pasado, durante una grave alteracióndel orden público en la ciudad de Ilave, como acredita el Pro-tocolo de Necropsia de visto, el certificado de defunción Nº003023 de la misma fecha y los documentos anexos;

Que, consecuentemente, se ha producido la vacanciadel cargo de Alcalde del mencionado Concejo Municipal,de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1) del artículo22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

Que, el Gobierno Local de El Collao no ha podido re-constituirse porque cuatro regidores se encuentran hospi-talizados en el Hospital Regional de Puno, como conse-cuencia de graves lesiones que les infringió una turba en laciudad de Ilave el mismo día en que falleció el Alcalde, yotros tres se encuentran detenidos por mandato judicial;

Que, en este contexto es necesario dictar disposicio-nes a fin de restablecer las actividades del Gobierno Lo-cal, en defensa de los derechos de la población, el bienes-tar y seguridad general, y con el propósito que continúe laprestación de los servicios públicos municipales, pues losvecinos están resultando afectados por dicha inactividad;

Que, la defensa de la persona humana y el respeto desu dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estadoconforme lo establece el artículo 1º de la Constitución Po-lítica del Perú, lo que hace necesaria la intervención direc-ta del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones;

Que, conforme lo dispone el artículo 24º de la ley antes refe-rida, en caso de vacancia del Alcalde lo reemplaza el tenientealcalde que es el primer regidor hábil, empero el primer y segun-do regidor señores Alberto Sandoval Loza y Teófilo ContrerasEncinas no pueden ser llamados pues se encuentran con man-dato de detención expedido por el Juzgado Mixto de la provincia,por lo que se ha producido su suspensión en aplicación de lodispuesto en el artículo 25º inciso 3) de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 27972, correspondiendo asumir la alcaldía en for-ma temporal a don Arnaldo Chambilla Maquera, tercer regidor;

Que, para completar el número legal de miembros delConcejo Municipal, se debe convocar al suplente, respetan-do la precedencia establecida en su propia lista electoral, co-rrespondiendo la suplencia al ciudadano Ramón Arias San-tos, integrante de la organización política "Movimiento Políti-co Unión Regional Para El Desarrollo", según documenta-ción remitida por el Jurado Electoral Especial de Chucuito;

Que, en el caso de suspensiones procede llamar tempo-ralmente a los suplentes en su orden, siendo que el 8º regidorseñor Marcelino Aguilar Arce también se encuentra detenido;

El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri-buciones, de conformidad con el artículo 181º de la Cons-titución Política del Estado y artículo 5º inciso u) de la LeyOrgánica del Jurado Nacional de Elecciones;

RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de

Alcalde del Concejo Provincial de El Collao, región Puno,que venía ejerciendo Cirilo Fernando Robles Callomamani.

Artículo Segundo.- Disponer que don Arnaldo Cham-billa Maquera asume temporalmente el cargo de Alcalde

del Concejo Provincial de El Collao, región Puno, para com-pletar el período de gobierno municipal 2003-2006, debién-dosele otorgar la respectiva credencial.

Artículo Tercero.- Convocar al ciudadano Ramón AriasSantos, candidato no proclamado de la organización política"Movimiento Político Unión Regional Para El Desarrollo", paraque asuma el cargo de regidor en el Concejo Provincial de ElCollao, Puno, para completar el período de gobierno municipal2003-2006, debiéndosele otorgar la respectiva credencial.

Artículo Cuarto.- Convocar temporalmente a doña Ge-trudes Llanqui Mamani y María Nora Nina Ramos, candida-tas no proclamadas de la organización política "MovimientoPolítico Unión Regional Para El Desarrollo", y don Elías Ri-zalaso Incacutipa candidato no proclamado de la organiza-ción política "Movimiento Independiente Regional FrenteUnido Progresista", para que asuman el cargo de regidoresen el Concejo Provincial de El Collao - Ilave, departamentode Puno, debiéndosele otorgar la respectiva credencial.

Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policia-les prestarán las garantías necesarias para el cumplimien-to de la presente, bajo responsabilidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA

BOLÍVAR ARTEAGA

SOTO VALLENAS

VELA MARQUILLO

ROMERO ZAVALA

BALLÓN - LANDA CÓRDOVA,Secretario General

08894

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RESOLUCIÓN SBS Nº 647-2004

Lima, 29 de abril de 2004

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA

VISTA:

La solicitud presentada por la EDPYME Crear Arequipa S.A.para que se le autorice el traslado de su Agencia ubicada en eldistrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; y,

CONSIDERANDO:

Que la referida empresa ha cumplido con presentar ladocumentación pertinente que justifica el traslado de la ci-tada agencia;

Estando a lo informado por Departamento de Evalua-ción del Sistema Financiero "E", mediante Informe DESF"E" Nº 060-2004; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la LeyGeneral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702y sus modificatorias; la Circular SBS Nº EDPYME-013-97, laResolución SBS Nº 1276-2002, y el procedimiento Nº 12 del Tex-to Único de Procedimientos Administrativos aprobado medianteResolución SBS Nº 131-2002; y en virtud de la facultad delegadapor Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Crear Arequipa S.A.el traslado de la Agencia ubicada en la avenida Santiago Antúnezde Mayolo Nº 944-A, distrito de Los Olivos, provincia y departa-mento de Lima, al local ubicado en la avenida Alfredo MendiolaNº 3555, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPARSuperintendente Adjunto de Banca

08862

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RESOLUCIÓN SBS Nº 677-2004Lima, 7 de mayo de 2004

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

CONSIDERANDO:

Que, el Proyecto Desarrollo del Sistema Financiero(DSF), ejecutado por la Cooperación Técnica Alemana (GTZ)en Bolivia, junto con el Centro Internacional de Apoyo a lasInnovaciones Financieras (Centro AFIN), han organizado elSeminario - Taller Internacional “Innovaciones en las Microfi-nanzas”, el mismo que se llevará a cabo del 10 al 12 demayo de 2004 en la ciudad de Santa Cruz, Bolivia;

Que, en el citado Seminario se desarrollarán temas de im-portancia vinculados a las actividades de este organismo deregulación, supervisión y control, cuyo principal objetivo es elde servir de foro para intercambiar información y experienciascon los distintos delegados de la banca de desarrollo de Amé-rica Latina que participarán en el referido evento, a fin de pro-mover el desarrollo y la aplicación de innovaciones que contri-buyan al progreso de las microfinanzas;

Que, por ser de interés para la Institución, se ha considera-do conveniente designar en esta oportunidad, al señor JuanEduardo Cieza Raygada, Analista del Departamento de Eva-luación del Sistema Financiero “E” de la Superintendencia Ad-junta de Banca, para que participe en el citado evento;

Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, medianteDirectiva SBS-DIR-ADM-085-05, ha dictado una serie de Me-didas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2004, esta-bleciéndose en el Numeral 6.1. que no se encuentran com-prendidas en las restricciones de la citada Directiva, las activi-dades de capacitación aprobadas para el ejercicio 2004;

Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del cita-do funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimientodel presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajesaéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Convenio deCooperación Técnica No Reembolsable ATN/MT-6634-PE (BID-FOMIN), suscrito entre el Banco Interamericano de Desarrollo yla Superintendencia de Banca y Seguros, conforme a lo solicita-do mediante Oficio SBS Nº 8528-2004 y comunicación de noobjeción remitida por el Banco Interamericano de Desarrollo, de-biendo asumir esta Superintendencia, únicamente, los gastos porconcepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presu-puesto correspondiente al ejercicio 2004; y,

En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702"Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu-ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros"y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directivasobre Medidas de Austeridad en el Gasto para el ejercicio2004, Nº SBS-DIR-ADM-085-05;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor JuanEduardo Cieza Raygada, Analista del Departamento deEvaluación del Sistema Financiero “E” de la Superintenden-cia Adjunta de Banca, a la ciudad de Santa Cruz, Boliviadel 9 al 13 de mayo de 2004, para los fines expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15(quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, de-berá presentar ante el Superintendente de Banca y Segurosun informe detallado describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumpli-miento de la presente autorización por concepto de pasa-jes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al Conve-nio de Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/MT-6634-PE (BID-FOMIN), debiendo asumir esta Superin-tendencia, únicamente, los gastos por concepto de impues-tos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspon-diente al ejercicio 2004, de acuerdo al siguiente detalle:

Impuestos (Pasajes) US$ 85,68Tarifa CORPAC 28,24

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorgaderecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua-na de cualquier clase o denominación a favor del funciona-rio cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca y Seguros

08848

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CIRCULAR AFP Nº 44-2004

Lima, 7 de mayo de 2004

—————————————————————Ref. : Categorías de riesgo equivalente y equivalen-

cias aplicables a los instrumentos de inver-sión en los cuales se invierten los recursosde las Carteras Administradas.—————————————————————

SeñorGerente General:

Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribucio-nes conferidas por el inciso d) del Artículo 57º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley del Sistema Privado de Administración deFondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF y sus modificatorias, y la Tercera Disposición Final yTransitoria de su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 004-98-EF, y con la finalidad de establecer las categoríasde riesgo equivalente y las equivalencias aplicables a los ins-trumentos de inversión a que se refiere el artículo 19º del TítuloX del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamen-tarias del Sistema Privado de Administración de Fondos dePensiones, referido a Calificación y Clasificación de Riesgo deInversiones, aprobado por Resolución SBS Nº 724-2001, estaSuperintendencia dispone lo siguiente:

1. AlcanceLa presente Circular es aplicable a las Administradoras

Privadas de Fondos de Pensiones.

2. Categorías de riesgo equivalenteLos instrumentos de inversión en los que invierten los

recursos de la Cartera Administrada serán consideradosdentro de alguna de las categorías de riesgo equivalentedefinidas en los Anexos I al V de la presente Circular.

3. EquivalenciasLas equivalencias aplicables a las categorías de riesgo

otorgadas por las empresas clasificadoras de riesgo seránlas establecidas en los Anexos VI al X de la presente Circular.

4. VigenciaLa presente Circular rige a partir del día siguiente de su

publicación en el Diario Oficial El Peruano.

5. DerogatoriaDeróguese la Circular AFP Nº 011 –2001.

Atentamente,

JUAN JOSE MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca y Seguros

ANEXO IINSTRUMENTOS DE INVERSIÓN DE CORTO PLAZO

Los valores mobiliarios y los depósitos y otrostítulos representativos de captaciones por parte

de empresas del sistema financiero, cuyos plazossean menores o iguales a un (1) año

CP-1: Corresponde a aquellos instrumentos que poseen elmayor grado de calidad y la más alta capacidad depago del capital e intereses en las condiciones y tér-minos pactados. La capacidad de pago no estaría afec-tada por cambios en el emisor, en la industria o sectoral que pertenece o en la economía.

CP-2: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenbuen grado de calidad y buena capacidad de pagodel capital e intereses en las condiciones y términospactados. La capacidad de pago es susceptible dereducirse levemente ante cambios en el emisor, en laindustria o sector al que pertenece o en la economía.

CP-3: Corresponde a aquellos instrumentos que poseen unregular grado de calidad y una suficiente capacidad depago del capital e intereses en las condiciones y térmi-nos pactados. La capacidad de pago es susceptible dereducirse moderadamente ante cambios en el emisor,en la industria o sector al que pertenece, o en la econo-mía.

CP-4: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenel menor grado de calidad y una menor capacidad

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de pago del capital e intereses en las condicionesy términos pactados. La capacidad de pago essusceptible de reducirse más que moderadamen-te ante cambios en el emisor, en la industria o sec-tor al que pertenece o en la economía.

I: Corresponde a aquellos instrumentos que han in-cumplido el pago de las obligaciones (intereses y/oprincipal) en las condiciones y términos pactados.

E: Corresponde a aquellos instrumentos que no tie-nen información suficiente.

V: Circunstancia extraordinaria bajo la cual la cate-goría de riesgo de un instrumento de inversión hasido observada, por considerar que el instrumen-to cuenta con un nivel de riesgo correspondientea una categoría de grado especulativo.

ANEXO IIINSTRUMENTOS DE INVERSIÓN DE LARGO PLAZO

Los valores mobiliarios y los depósitos y otrostítulos representativos de captaciones por parte

de empresas del sistema financiero, cuyosplazos sean mayores a 1 año

AAA: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna sobresaliente capacidad de pago del capital eintereses en las condiciones y términos pactados.La capacidad de pago no estaría afectada por cam-bios en el emisor, en la industria o sector al quepertenece o en la economía.

AA: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna muy alta capacidad de pago del capital e inte-reses en las condiciones y términos pactados. Lacapacidad de pago se vería marginalmente afec-tada por cambios en el emisor, en la industria osector al que pertenece o en la economía.

A: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna alta capacidad de pago del capital e interesesen las condiciones y términos pactados. La capa-cidad de pago es susceptible de reducirse leve-mente por cambios en el emisor, en la industria osector al que pertenece o en la economía.

BBB: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna adecuada capacidad de pago del capital e in-tereses en las condiciones y términos pactados.La capacidad de pago es susceptible de reducirsemoderadamente por cambios en el emisor, en laindustria o sector al que pertenece o en la econo-mía.

BB: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna regular capacidad de pago del capital e inte-reses en las condiciones y términos pactados. Lacapacidad de pago es variable y susceptible dereducirse más que moderadamente por cambiosen el emisor, en la industria o sector al que perte-nece o en la economía.

B: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenla menor capacidad de pago del capital e intere-ses en las condiciones y términos pactados. Lacapacidad de pago es muy variable y susceptiblede reducirse significativamente por cambios en elemisor, en la industria o sector al que pertenece oen la economía.

CCC: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna débil capacidad de pago del capital e intere-ses en las condiciones y términos pactados. Esvulnerable al incumplimiento, pese a la presenciade cláusulas de protección a los inversionistas.

CC: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna muy débil capacidad de pago del capital e in-tereses en las condiciones y términos pactados.Es altamente vulnerable al incumplimiento, pese ala presencia de cláusulas de protección a los in-versionistas.

C: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna insuficiente capacidad de pago del capital eintereses en las condiciones y términos pactados.El emisor está en una situación próxima de insol-vencia y de incumplimiento total.

D: Corresponde a aquellos instrumentos que han in-cumplido el pago de las obligaciones (intereses y/oprincipal) en las condiciones y términos pactadoso que el emisor ha incurrido en otras causales deincumplimiento (cláusulas específicas a la emisión)

E: Corresponde a aquellos instrumentos que no tie-nen información suficiente.

V: Circunstancia extraordinaria bajo la cual la cate-goría de riesgo de un instrumento de inversión hasido observada, por considerar que el instrumen-to cuenta con un nivel de riesgo correspondientea una categoría de grado especulativo.

ANEXO IIIACCIONES PREFERENTES

AAA: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna sobresaliente capacidad de pago de los divi-dendos preferentes en las condiciones y términospactados. La capacidad de pago no estaría afec-tada por cambios en el emisor, en la industria osector al que pertenece o en la economía.

AA: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna muy alta capacidad de pago de los dividen-dos preferentes en las condiciones y términos pac-tados. La capacidad de pago se vería marginal-mente afectada por cambios en el emisor, en laindustria o sector al que pertenece o en la econo-mía.

A: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna alta capacidad de pago de los dividendos pre-ferentes en las condiciones y términos pactados.La capacidad de pago es susceptible de reducirselevemente por cambios en el emisor, en la indus-tria o sector al que pertenece o en la economía.

BBB: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna adecuada capacidad de pago de los dividen-dos preferentes en las condiciones y términos pac-tados. La capacidad de pago es susceptible de re-ducirse moderadamente por cambios en el emi-sor, en la industria o sector al que pertenece o enla economía.

BB: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna regular capacidad de pago de los dividendospreferentes en las condiciones y términos pacta-dos. La capacidad de pago es variable y suscepti-ble de reducirse más que moderadamente porcambios en el emisor, en la industria o sector alque pertenece o en la economía.

B: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenla menor capacidad de pago de los dividendos pre-ferentes en las condiciones y términos pactados.La capacidad de pago es muy variable y suscepti-ble de reducirse significativamente por cambios enel emisor, en la industria o sector al que pertene-ce o en la economía.

CCC: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna débil capacidad de pago de los dividendos pre-ferentes en las condiciones y términos pactados.Es vulnerable al incumplimiento, pese a la presen-cia de cláusulas de protección a los inversionis-tas.

CC: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna muy débil capacidad de pago de los dividen-dos preferentes en las condiciones y términos pac-tados. Es altamente vulnerable al incumplimiento,pese a la presencia de cláusulas de protección alos inversionistas.

C: Corresponde a aquellos instrumentos que poseenuna insuficiente capacidad de pago de los dividen-dos preferentes en las condiciones y términos pac-tados. El emisor está en una situación próxima deinsolvencia y de incumplimiento total.

D: Corresponde a aquellos instrumentos que han in-cumplido el pago de los dividendos preferentes en

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las condiciones y términos pactados o que el emi-sor ha incurrido en otras causales de incumplimien-to (cláusulas específicas de los pagos de dividen-dos).

E: Corresponde a aquellos instrumentos que no tie-nen información suficiente.

V: Circunstancia extraordinaria bajo la cual la cate-goría de riesgo de un instrumento de inversión hasido observada, por considerar que el instrumen-to cuenta con un nivel de riesgo correspondientea una categoría de grado especulativo.

ANEXO IVACCIONES Y VALORES REPRESENTATIVOS

DE DERECHOS SOBRE ACCIONES ENDEPÓSITO INSCRITOS EN BOLSA DE VALORES

Y CERTIFICADOS DE SUSCRIPCIÓNPREFERENTE

1ª: El más alto nivel de solvencia y mayor estabilidaden los resultados económicos del emisor.

2ª: Alto nivel de solvencia y estabilidad en los resulta-dos económicos del emisor.

3ª: Buen nivel de solvencia y cierta volatilidad en losresultados económicos del emisor.

4ª: Solvencia ligeramente inferior a la de la categoríainmediata superior y volatilidad en los resultadoseconómicos del emisor.

5ª: Débil situación de solvencia y volatilidad en los re-sultados económicos.

E: Corresponde a aquellos instrumentos que no tie-nen información suficiente.

V: Circunstancia extraordinaria bajo la cual la cate-goría de riesgo de un instrumento de inversión hasido observada, por considerar que el instrumen-to cuenta con un nivel de riesgo correspondientea una categoría de grado especulativo.

ANEXO VCUOTAS DE PARTICIPACIÓN DE FONDOS

MUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN DE ACUERDOAL CRITERIO DE RIESGO DE CRÉDITO

AAA: El portafolio del fondo presenta un sobresalientedesempeño y su capacidad de pago es la más alta.Los activos del fondo y la política de inversionespresentan el menor riesgo de todas las categoríasfrente a cambios en las condiciones económicaso de mercado.

AA: El portafolio del fondo presenta un muy buen des-empeño y su capacidad de pago es alta. Los acti-vos del fondo y la política de inversiones son mar-ginalmente sensibles frente a cambios en las con-diciones económicas o de mercado.

A: El portafolio del fondo presenta un buen desem-peño y su capacidad de pago es buena. Los acti-vos del fondo y la política de inversiones son mo-deradamente sensibles frente a cambios en lascondiciones económicas o de mercado.

BBB: El portafolio del fondo presenta un aceptable des-empeño y su capacidad de pago es suficiente. Losactivos del fondo y la política de inversiones sonmás sensibles frente a cambios en las condicio-nes económicas o de mercado que en las catego-rías inmediatas superiores.

BB: El portafolio del fondo presenta un regular desem-peño y su capacidad de pago es variable. Los ac-tivos del fondo y la política de inversiones son sen-sibles frente a cambios en las condiciones econó-micas o de mercado. Existe probabilidad de incum-plimiento de las obligaciones. Esta categoría invo-lucra aquellos fondos cuyos activos presenten pro-blemas patrimoniales, los cuales deberán ser re-

sueltos en el mediano plazo.

B: El portafolio del fondo presenta un bajo desempe-ño y su capacidad de pago es muy variable. Losactivos del fondo y la política de inversiones sonsignificativamente sensibles frente a cambios enlas condiciones económicas o de mercado. La pro-babilidad de incumplimiento es mayor que en lacategoría inmediata superior. Esta categoría invo-lucra aquellos fondos cuyos activos tengan carac-terísticas especulativas.

CCC: El portafolio del fondo presenta un muy bajo des-empeño y su capacidad de pago es insuficiente.Hay una muy alta probabilidad de incumplimientode las obligaciones.

E: Corresponde a aquellos instrumentos que no tie-nen información suficiente.

V: Circunstancia extraordinaria bajo la cual la cate-goría de riesgo de un instrumento de inversión hasido observada, por considerar que el instrumen-to cuenta con un nivel de riesgo correspondientea una categoría de grado especulativo.

CUOTAS DE PARTICIPACIÓN DE FONDOSMUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN DE ACUERDO

AL CRITERIO DE RIESGO DE MERCADO

RM1: Fondos que presentan una baja sensibilidad de suportafolio ante variaciones en las condiciones delmercado.

RM2: Fondos que presentan una baja a moderada sen-sibilidad de su portafolio ante variaciones en lascondiciones del mercado.

RM3: Fondos que presentan una moderada sensibilidadde su portafolio ante variaciones en las condicio-nes del mercado.

RM4: Fondos que presentan una moderada a alta sen-sibilidad de su portafolio ante variaciones en lascondiciones del mercado.

RM5: Fondos que presentan una alta sensibilidad de suportafolio ante variaciones en las condiciones delmercado.

RM6: Fondos que presentan una muy alta sensibilidadde su portafolio ante variaciones en las condicio-nes del mercado.

ANEXO VIEQUIVALENCIAS DE INTRUMENTOS DE

INVERSIÓN DE CORTO PLAZO

Instrumentos de Corto Plazo

Depósitos

CP-1 CP-1(pe) (+/-) p1 (+/-) I CLA-1 (+/-) EQL-1 (+/-)

CP-2 CP-2(pe) (+/-) p 2 II CLA-2 (+/-) EQL-2 (+/-)

CP-3 CP-3 (pe) (+/-) p3 III CLA-3 (+/-) EQL-3 (+/-)

CP-4 CP-4(pe) p4 IV CLA-4 EQL-4

I CP-5(pe) p5 V

E E(pe) E E

V S(pe) S

EquilibriumSBS ApoyoPCR

Class

EQUIVALENCIAS DE INTRUMENTOS DEINVERSIÓN DE CORTO PLAZO EMITIDOS PORENTIDADES FINANCIERAS Y NO FINANCIERAS

CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO

SBS Apoyo PCR Class Equilibrium

CP-1(e) CP-1 (+/-) 1 (+/-) CLA-1i (+/-) EQL-1(Sob.) (+/-)CP-2(e) CP-2 (+/-) 2 CLA-2i (+/-) EQL-2(Sob.) (+/-)

CP-3(e) CP-3 (+/-) 3 CLA-3i (+/-) EQL-3(Sob.) (+/-)

CP-4(e) CP-4 4 CLA-4i EQL-4(Sob.)I(e) CP-5 5

E(e) E Ei E(Sob.)V(e) S S(Sob.)

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����� ������ ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

ANEXO VIIEQUIVALENCIAS DE INSTRUMENTOS DE

INVERSIÓN DE LARGO PLAZO

SBS Apoyo PCR Class EquilibriumAAA AAA(pe) pAAA AAA AAAAA AA(pe) (+/-) pAA (+/-) AA (+/-) AA (+/-)

A A(pe) (+/-) pA (+/-) A (+/-) A (+/-)BBB BBB(pe) (+/-) pBBB (+/-) BBB (+/-) BBB (+/-)

BB BB(pe) (+/-) pBB (+/-) BB (+/-) BB (+/-)B B(pe) pB (+/-) B (+/-) B (+/-)

CCC CCC(pe) pCCC CCC CCC (+/-)CC CC(pe) CC CC

C C(pe) C CD D(pe) pDD D D

E E(pe) E EV S(pe) S

EQUIVALENCIAS DE INSTRUMENTOS DEINVERSIÓN DE LARGO PLAZO EMITIDOS PORENTIDADES FINANCIERAS Y NO FINANCIERAS

CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO

SBS Apoyo PCR Class EquilibriumAAA(e) AAA AAA AAAi AAA(Sob.)AA(e) AA (+/-) AA (+/-) AAi (+/-) AA(Sob.) (+/-)

A(e) A (+/-) A (+/-) Ai (+/-) A(Sob.) (+/-)BBB(e) BBB (+/-) BBB (+/-) BBBi (+/-) BBB(Sob.) (+/-)BB(e) BB (+/-) BB (+/-) BBi (+/-) BB(Sob.) (+/-)

B(e) B B (+/-) Bi (+/-) B(Sob.) (+/-)CCC(e) CCC CCC CCCi CCC(Sob.) (+/-)

CC(e) CC CCi CC(Sob.)C(e) C Ci C(Sob.)D(e) D DD / DP Di D(Sob.)

E(e) E Ei E(Sob.)V(e) S S(Sob.)

ANEXO VIIIEQUIVALENCIAS DE ACCIONES PREFERENTES

SBS Apoyo PCR Class EquilibriumAAA 1ª(pe) pAAA aaa aaa

AA pAA (+/-) aa (+/-) aa (+/-)

A 2ª(pe) pA (+/-) a (+/-) a (+/-)

BBB 3ª(pe) pBBB (+/-) bbb (+/-) bbb (+/-)

BB pBB (+/-) bb (+/-) bb (+/-)

B 4ª(pe) pB(+/-) b (+/-) b (+/-)

CCC pCCC ccc (+/-) ccc (+/-)

CC cc cc

C 5ª(pe) c c

D pDP d d

E E(pe) e e

V S(pe) s

ANEXO IXEQUIVALENCIAS DE ACCIONES Y VALORESREPRESENTATIVOS DE DERECHOS SOBRE

ACCIONES EN DEPÓSITO INSCRITOS ENBOLSA DE VALORES Y CERTIFICADOS DE

SUSCRIPCIÓN PREFERENTE

SBS Apoyo PCR Class Equilibrium1ª 1ª(pe) Nivel 1 1ª Categoría 1ª Clase

2ª 2ª(pe) Nivel 2 2ª Categoría (+/-) 2ª Clase

3ª 3ª(pe) Nivel 3 3ª Categoría (+/-) 3ª Clase

4ª 4ª(pe) Nivel 4 4ª Categoría (+/-) 4ª Clase

5ª 5ª(pe) Nivel 5 5ª Categoría (+/-) 5ª Clase

E E(pe) E E

V S(pe) S

ANEXO XEQUIVALENCIAS DE CUOTAS DE FONDOS MUTUOS

Y FONDOS DE INVERSIÓN DE ACUERDO ALCRITERIO DE RIESGO DE CRÉDITO

SBS Apoyo PCR 1/ Class EquilibriumAAA AAAf(pe) pAAAf AAAf AAAfi / AAAfm

AA AAf (pe) (+/-) pAAf (+/-) AAf (+/-) AAfi / AAfm (+/-)

A Af(pe) (+/-) pAf (+/-) Af (+/-) Afi / Afm (+/-)

BBB BBBf(pe) (+/-) pBBBf (+/-) BBBf (+/-) BBBfi / BBBfm (+/-)

BB BBf(pe) (+/-) pBBf (+/-) BBf (+/-) BBfi / BBfm (+/-)

B Bf(pe) pBf (+/-) Bf (+/-) Bfi / Bfm (+/-)

CCC Cf(pe) pCCCf CCCf CCCfi / CCCfm

E Ef Dfm

V Efm

1/ Para los fondos de inversión directa y los fondos de inversión en desa-rrollo de empresas, son válidas las categorías desde pAf hasta pCCCf.

EQUIVALENCIAS DE CUOTAS DE FONDOSMUTUOS Y FONDOS DE INVERSIÓN DE ACUERDO

AL CRITERIO DE RIESGO DE MERCADO

SBS Apoyo PCR Class EquilibriumC1M1A1C2M2A2C3M3A3C4M4A4

V5 (pe) C5 M5 Rm5V6 (pe) M5 M6 Rm6

A5RM6 V6 (pe) M6 Rm6

RM1 V1 (pe) M1 Rm1

RM2 V2 (pe) M2 Rm2

Rm4

RM3 V3 (pe) M3 Rm3

RM5

RM4 V4 (pe) M4

08846

UNIVERSIDADES

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA

RESOLUCIÓNNº 156-2004-CU-R-UNS

Chimbote, 28 de abril del 2004

Visto el Oficio Nº 013-2004-UNS-CFI-P de la Presiden-cia del Consejo de la Facultad de Ingeniería y con registrode Expediente Nº 04-981 de la Unidad de Trámite Docu-mentario de la UNS;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 051-04-UNS-FI-DAA/J del23.3.2004, la Jefatura del Dpto. Académico de Agroindus-tria, eleva el Oficio Nº 09-2004-UNS-DAA-LMPM, del23.3.2004, de la M.Sc. Luz María Páucar Menacho de Mel-garejo, Secretaria Docente de la Facultad de Ingeniería,en el cual solicita autorización para participar en el Cursode Alimentos Funcionales: Aspectos Bioquímicos e Impor-tancia en la Industria de Alimentos", organizado por la Uni-versidade Estadual de Campinas, la misma que se llevaráa cabo del 14 al 29 de mayo del presente año, en la ciudadde Campinas, Sao Paulo - Brasil, asimismo, solicita el apo-yo económico correspondiente;

Que, mediante Oficio Nº 013-2004-UNS-CFI-P, recep-cionado el 5.4.2004, la Presidencia del Consejo de la Facul-tad de Ingeniería, comunica que el Consejo de la Facultad

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����� �����������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

en mención, en su Sesión Ordinaria Nº 02-2004 del 1.4.2004,acordó conceder la licencia con goce de haber por 16 días,a la docente recurrente para que asista al referido evento;así como solicitar el apoyo económico para la referida do-cente, consistente en inscripción ($ 250,00), pasajes: terres-tres (Chimbote-Lima-Chimbote, Sao Paulo - Campinas - SaoPaulo), aéreos (Lima-Sao Paulo-Lima) e Impuestos COR-PAC y viáticos según disponibilidad presupuestal;

Que, mediante Oficio Nº 265-2004-UNS-OCP/J del14.4.2004, la Oficina Central de Planificación, alcanza el In-forme Nº 095-2004-UNS-OCP/OPRES del 13.4.2004, de laOficina de Presupesto, en el cual se precisa que la Autori-dad puede autorizar la participación de dicha docente, afec-tando el gasto en la Actividad 1 00199 Desarrollo de la Edu-cación Universitaria, con la fuente de financiamiento de Re-cursos Directamente Recaudados;

Que, el segundo párrafo del inciso k) del Art. 15º de laLey Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2004, establece que para el resto de las enti-dades, los viajes al exterior de sus funcionarios y servido-res serán aprobados mediante resolución del titular del Plie-go o Acuerdo del Consejo, según corresponda, dichas re-soluciones o acuerdos deben ser publicadas en el DiarioOficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servi-cios;

Que, en consecuencia, el Consejo Universitario, en suSesión Ordinaria Nº 09-2003, del 28 de abril del 2004, acor-dó autorizar la participación de la Sra. M.Sc. Luz María Páu-car Menacho de Melgarejo, en el mencionado evento, con-cediéndole licencia con goce de haber del 14 al 29 de mayodel año en curso, 1 ½ día de viáticos de conformidad al D.S.Nº 047-2002-PCM del 5.6.2002, pasajes terrestres y aéreos,gastos por tarifa CORPAC y el pago por derecho de inscrip-ción y disponer la emisión de la resolución correspondiente;

Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acor-dado en el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria Nº09-2004 del 28 de abril del 2004, de conformidad con lo dis-puesto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en usode las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº23733;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje de la señora M.Sc.LUZ MARÍA PÁUCAR MENACHO DE MELGAREJO, Se-cretaria Docente de la Facultad de Ingeniería de la Universi-dad Nacional del Santa, a la ciudad de Campinas, Sao Pau-lo - Brasil, los días del 14 al 29 de mayo del 2004, para losfines a los que se refiere la parte considerativa de la presen-te Resolución.

Artículo 2º.- ENCARGAR las funciones de ProfesorSecretario de la Facultad de Ingeniería de la UNS al Sr. M.Sc.AUGUSTO CASTILLO CALDERÓN, Docente Principal aD.E., mientras dure la ausencia de la Profesora SecretariaDocente Titular.

Artículo 3º.- La Universidad Nacional del Santa cubrirálos gastos siguientes:

- Viáticos (1 ½ día a $ 200,00 por día) : US$ 300,00- Derecho inscripción al curso : US$ 250.00- Pasajes terrestres : S/. 80,00- Pasajes aéreos : US$ 505.00- Tarifa CORPAC : US$ 28,24

Artículo 4º.- PRECISAR que, dentro de los quince díascalendario siguientes de efectuado el viaje, se deberá pre-sentar a la institución un informe detallado, describiendo lasacciones realizadas durante el evento mencionado, junta-mente con la entrega de la rendición de cuentas correspon-dientes a los montos entregados.

Artículo 5º.- El egreso que ocasione la aplicación de lapresente resolución, se afectará en las asignaciones espe-cíficas pertinentes de la Actividad 1 00199 Desarrollo de laEducación Universitaria, con la fuente de financiamiento deRecursos Directamente Recaudados del Presupuesto Insti-tucional del Año Fiscal 2004 del Pliego 536 de la Universi-dad Nacional del Santa.

Artículo 6º.- La presente resolución no da derecho aexoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de nin-guna clase o denominación.

Regístrese y comuníquese.

ESTEBAN HORNA BANCESRector de la Universidad Nacional del Santa

08865

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INACC

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INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONESY CATASTRO MINERO

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 1592-2004-INACC/J

Lima, 5 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1º del Texto Único Ordenado de laLey Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la In-formación Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº043-2003-PCM, establece como finalidad de la mencio-nada Ley, promover la transparencia de los actos delEstado y regular el derecho fundamental del acceso ala información consagrado en el numeral 5 del artículo2º de la Constitución Política del Perú;

Que, los numerales 2 y 3 del artículo 3º del referidoTexto Único Ordenado, precisan que el Estado adoptamedidas básicas que garanticen y promuevan la trans-parencia en la actuación de las entidades de la Admi-nistración Pública, teniendo la obligación de entregarla información que demanden las personas en aplica-ción del Principio de Publicidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM,se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública;

Que, el artículo 10º del mencionado Reglamento, es-tablece que la solicitud de acceso a la información pú-blica puede ser presentada mediante el formato conte-nido en el Anexo que forma parte del mismo, sin perjui-cio de la utilización de otro medio escrito que contengala información señalada en el mencionado artículo;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria delmencionado Reglamento, establece que las entidadesimplementarán el formato a que se refiere el artículo10º antes citado;

Estando a lo propuesto por la Oficina General deAsesoría Jurídica; la visación de las Oficinas Genera-les de Administración y Sistemas de Información; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia yAcceso a la Información Pública; su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; y, el Re-glamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Concesiones y Catastro Minero, aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2003-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Formulario Nº 001: “Solici-tud de Acceso a la Información Pública” del InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC,el mismo que como Anexo forma parte integrante de lapresente resolución.

Artículo 2º.- Las Solicitudes de Acceso a Informa-ción podrán ser presentadas en el Formulario aproba-do en el artículo precedente, ante la Mesa de Partesdel Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Mine-ro - INACC.

Artículo 3º.- Publicar el Formulario en el Portal delInstituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero -INACC, debiendo la Oficina General de Sistemas deInformación tomar las acciones necesarias, dentro delplazo de siete (7) días hábiles de publicada la presenteResolución.

Regístrese y publíquese.

JUAN CARLOS BARCELLOS M.Jefe Institucional

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SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

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INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONESY CATASTRO MINERO

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 1664-2004-INACC/J

Lima, 6 de mayo del 2004

VISTO; el Oficio Nº 615-2003-INEI/DNCE-DECG delInstituto Nacional de Estadística e Informática-INEI, el Me-morando Nº 202-2003-INACC/DGC de la Dirección Gene-ral de Catastro, el Memorando Nº 0401-2003-INACC/DGCMde la Dirección General de Concesiones Mineras, el Me-morando Nº 586-2003-INACC-DGDV y el Informe Nº 0235-2004-INACC-DGDV de la Dirección General de Derechode Vigencia y Desarrollo;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 002-2001-EM se autori-zó al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Mineroa utilizar la Cartografía Digital Censal elaborada por el Ins-tituto Nacional de Estadísticas e Informática -INEI, para ladistribución de ingresos provenientes del Derecho de Vi-gencia entre municipalidades y ubicación de derechos mi-neros;

Que, INEI ha elaborado un Nuevo Mapa Político Digitaldel Perú, con la demarcación territorial actualizada de loslímites de las circunscripciones territoriales de todos losdistritos y provincias aprobados por ley, remitida por OficioNº 615-2003-INEI/DNCE-DECG con fecha 25 de setiem-bre del 2003;

Que, la Dirección General de Derecho de Vigencia yDesarrollo, mediante el Memorando Nº 586-2003-INACC-DGDV del 10 de diciembre del 2003, opina por la utiliza-ción del Nuevo Mapa Político Digital del Perú elaboradopor el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI,y mediante el Informe Nº 0235-2004-INACC-DGDV de fe-

cha 19 de abril del 2004, complementa el memorando an-tes citado detallando las acciones a tomar sobre la infor-mación histórica así como la información a registrarse des-pués del ingreso al Sistema de Graficación del CatastroMinero, para los fines propios de sus funciones;

Que, los cambios de demarcación han sido ejecutadospor la Oficina General de Sistemas de Información, desdeel 26 de marzo del 2004, en mérito al Memorando Nº 586-2003-INACC-DGDV;

Que, en consecuencia, debe disponerse la actualiza-ción en el Sistema de Graficación del INACC, el Mapa Po-lítico Digital con la respectiva ubicación geográfica de lasjurisdicciones políticas-administrativas del Perú elaboradospor el INEI;

De conformidad con el inciso k) del artículo 105º delTexto Único Ordenado de la Ley General de Minería apro-bado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y la atribuciónestablecida en el Artículo 8º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Instituto Nacional de Concesiones yCatastro Minero, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-EM;

Con el visado de los Directores Generales de CatastroMinero, Concesiones Mineras, Derecho de Vigencia y De-sarrollo y las Oficinas Generales de Sistemas de Informa-ción y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Actualizar en el Sistema de Grafica-ción del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Mi-nero - INACC, la demarcación de las circunscripciones te-rritoriales de los distritos y provincias del país de acuerdoal Mapa Político Digital del Perú elaborado por el InstitutoNacional de Estadística e Informática - INEI, remitido conOficio Nº 615-2003-INEI/DNCE-DECG, para los fines a losque se contrae el Decreto Supremo Nº 002-2001-EM, lamisma que tiene efectividad desde el 26 de marzo del pre-sente año.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS BARCELLOS M.Jefe Institucional

08860

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NOTA: PRESENTAR EN ORIGINAL Y COPIA

08892

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SUNAT

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DEADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANº 109-2004/SUNAT

Lima, 4 de mayo de 2004

CONSIDERANDO:

Que el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que se encuentran exoneradas de los procesosde Licitación Pública, Concurso Público o AdjudicacionesDirectas las adquisiciones y contrataciones que se reali-cen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos;

Que una vez aprobada la exoneración correspondiente,la contratación debe efectuarse a través de un proceso deAdjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo establecidopor el Artículo 20º de dicho texto legal;

Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, se establece el procedimiento a que de-ben someterse tales contrataciones, precisándose que de-berá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano quese encargará de llevar a cabo la contratación;

Que el Informe Nº 14-2004-SUNAT/3J0010 de la Inten-dencia de Aduana de Tumbes, con visación de la Oficinade Administración y Almacén de la Intendencia RegionalPiura, indica que se requiere arrendar un área del inmue-ble de propiedad de la Municipalidad Distrital de AguasVerdes, ubicado en el Complejo Fronterizo de Zarumilla,distr ito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla,departamento de Tumbes, para el funcionamiento de dichaIntendencia de Aduana, en virtud a que la ubicación delpredio y su corta distancia de la frontera con Ecuador re-sultan apropiados para el cumplimiento de las funcionesinherentes al servicio aduanero;

Que asimismo, dicho Informe señala que el inmueble cuentacon los ambientes adecuados para brindar atención a los ope-radores del comercio exterior; y que en sus inmediaciones seubican las oficinas de otras dependencias estatales vincula-das al control fronterizo y las agencias de aduana de la zona;

Que del mismo modo, agrega que de conformidad conlos Acuerdos de Paz suscritos con el Ecuador, se acordóla creación de Centros Binacionales de Atención Fronte-riza (CEBAF), los cuales involucran la reunión de las de-pendencias a cargo de los trámites y servicios fronterizosde cada país (aduaneros, policiales, migratorios, sanita-rios, agrícolas, entre otros) en un solo complejo, tanto enPerú como en Ecuador; por lo que considerando que unade las sedes de dicho proyecto, a ser implementado por elMinisterio de Relaciones Exteriores a partir del año 2005,estará ubicada en el Complejo Fronterizo de Zarumilla, di-cho emplazamiento no puede ser sustituido;

Que el Informe Legal Nº 017-2004-SUNAT/2B2300, se-ñala que resulta procedente la emisión de una Resolución deSuperintendencia que, de conformidad con lo dispuesto enlos Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, exonere del pro-ceso de selección correspondiente al arrendamiento del re-ferido local, el mismo que por su ubicación no admite sustitu-tos;

Que lo expuesto en los mencionados Informes justificatécnica y legalmente la exoneración del proceso de selec-ción para la suscripción del contrato de arrendamiento delinmueble descrito, cumpliéndose así con lo establecido enel Artículo 113º del mencionado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; y en uso delas facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19ºdel Reglamento de Organización y Funciones de la SU-NAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres-pondiente, al arrendamiento un área de Mil trescientos cin-cuenta y ocho metros cuadrados (1,358 m2), del inmuebleubicado en el Complejo Fronterizo de Zarumilla, ubicadoen el distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla,departamento de Tumbes, por el período de ocho (8) me-ses, comprendido entre el 5 de mayo de 2004 y el 4 deenero de 2005, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Piura a sus-cribir el Contrato respectivo con la Municipalidad Distrital deAguas Verdes, mediante Adjudicación de Menor Cuantía ypor una renta mensual de S/. 11.50 (Once y 50/100 NuevosSoles) por metro cuadrado, incluido impuestos; la misma queserá financiada con recursos propios de la Institución.

Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional deAdministración remita copias de la presente Resolución ydel Informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez (10) días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLOSuperintendente Nacional

08847

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GOBIERNO REGIONAL

DE AMAZONAS

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DIRECCIÓN REGIONAL AGRARIA AMAZONAS

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 015-2004-GOBIERNO

REGIONAL-DRA-AMAZONAS/D

Chachapoyas, 12 de febrero del 2004

VISTO:

La Resolución Ejecutiva Regional Nº 031-2004-GO-BIERNO REGIONAL-AMAZONAS/PR de fecha 22 de ene-ro del 2004 con la que delegan facultades a las UnidadesEjecutoras para Elaborar, Aprobar, Modificar, Difundir, Eje-cutar y Supervisar sus Planes Anuales de Adquisiciones yContrataciones del Estado, durante el Ejercicio Presupues-tal 2004.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902,se aprobó la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM- Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, concordante con los artículos 5º, 6º, 7º,8º y 9º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM que regla-menta la citada Ley establece que cada entidad elabora unPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, dicho plan debeprever el tipo de bienes y servicios que se requiera durante elejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido;

Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes; ycontando con el Visto Bueno de las Oficinas de Administración yPlanificación Agraria, y en uso de las atribuciones conferidas alDespacho mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 700-2003-GOBIERNO REGIONAL-AMAZONAS/PR;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones que regirá durante el EjercicioPresupuestal 2004 en la Dirección Regional Agraria Ama-

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����� �����������������Lima, domingo 9 de mayo de 2004

zonas, el mismo que forma parte integrante de la presenteResolución.

Artículo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones, sea remitida al CONSU-CODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Mi-croempresa - PROMPYME, además de estar a disposi-ción de las Oficinas competentes.

Artículo Tercero.- La ejecución del Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones de la Dirección Regional Agra-ria Amazonas para el año fiscal 2004 se hará de acuerdo ala disponibilidad Presupuestal.

Artículo Cuarto.- Dar cuenta con la presente Resolu-ción, a las Instancias Internas de la Dirección RegionalAgraria Amazonas para los fines consiguientes.

Regístrese y comuníquese.

CARLOS A. MESTANZA IBERICODirector Regional

08833

GOBIERNO REGIONAL

DE CAJAMARCA

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ACUERDO DE CONSEJO REGIONALNº 006-2004-GR.CAJ-CR

Cajamarca, 30 de abril de 2004

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamar-ca; en su Sesión Ordinaria llevada a cabo el día dieciséisde abril del año en curso; VISTO la Moción de Orden delDía, presentada por el Consejero Regional por la provinciade Jaén, Psic. Néstor Suárez Ramos, sobre petición al Rec-tor de la Universidad Nacional de Cajamarca para la crea-ción de la Carrera Académico Profesional de Ingeniería Ci-vil, con sede en la ciudad de Jaén; y,

CONSIDERANDO:

Que, el proceso de descentralización y regionalización per-mite que los Gobiernos Regionales velen por los intereses dela población buscando el bienestar de sus integrantes;

Que, uno de los fines de las Universidades es extender suacción y sus servicios a la Comunidad y promover su desarrollointegral;

Que, la Universidad Nacional de Cajamarca en concor-dancia con lo que establece su Estatuto, viene atendiendola Sección Jaén con las Carreras Académicas Profesiona-les de Enfermería e Ingeniería Forestal;

Que, la provincia de Jaén por su ubicación geo-políticaestratégica se ha convertido en un polo de desarrollo muyimportante en el país, contando en la actualidad con másde cuatro mil alumnos;

Que, de acuerdo al estudio profesiográfico realizado enalumnos del quinto año de secundaria, el nivel de prefe-rencias para la Carrera Académico Profesional de INGE-NIERÍA CIVIL, es elevado;

Que, estando a las atribuciones conferidas por la Leyde Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobier-nos Regionales Nº 27867 y Reglamento Interno del Con-sejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, apro-bado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC y con dis-pensa de dictamen correspondiente;

ACORDÓ:

1.- Solicitar al señor Rector de la Universidad Nacionalde Cajamarca, que dentro del marco de sus atribuciones,disponga la creación de la Carrera Académico Profesionalde INGENIERÍA CIVIL en la provincia de Jaén.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

LUIS FELIPE PITA GESTELUMENDIPresidente

08776

GOBIERNO REGIONAL

DE UCAYALI

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RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 0119-2004-GRU-P

Pucallpa, 10 de febrero de 2004

VISTO; El Informe Técnico-Legal Nº 001-2004-GRU-P-GGR-GA-GAJ, de fecha 9 de febrero del 2004;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado por D.S. Nº 012.2001-PCM, establece quese encuentran exoneradas de los procesos de licitaciónPública, Concurso Público o Adjudicaciones Directas, lasprórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento deinmuebles siempre y cuando la renta no se incremente enuna tasa mayor al crecimiento del índice general de pre-cios al por mayor;

Que, el Informe Técnico-Legal de visto, indica que serequiere prorrogar por un período de un año, comprendidoentre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2004, el plazo delcontrato de arrendamiento del inmueble constituido por laOficina Nº 901 ubicada en el Piso Nº 9no. del Edificio “Pro-color” sito en la Av. Arequipa Nº 810 de la ciudad de Lima,con un área de 111.19 m2, lugar en donde funciona la Ofi-cina de Coordinación del Gobierno Regional de Ucayali;

Que, lo expuesto en el mencionado Informe justifica téc-nica y legalmente la exoneración del proceso de selecciónpara la prórroga del contrato de arrendamiento, cumplién-dose con lo establecido en el Artículo 113º del menciona-do reglamento;

Al amparo de la Ley de Bases de la Descentralización -Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales- Ley Nº 27867, Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 012-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado - D.S. Nº 013-2001-PCM y Directiva Nº011-2001-CONSUCODE-PRE;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selec-ción correspondiente, a la prórroga del contrato dearrendamiento del inmueble constituido por la Oficina Nº901 ubicada en el Piso 9no. del Edificio “Procolor” sitoen la Av. Arequipa Nº 810 de la ciudad de Lima, con unárea de 111.19 m2, lugar en donde funciona la Oficinade Coordinación del Gobierno Regional de Ucayali, porel período de un (1) año, comprendido entre el 1 de ene-ro al 31 de diciembre del 2004, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Re-solución.

Artículo Segundo.- Autorizar al Gerente General Re-gional del Gobierno Regional de Ucayali, a suscribir elContrato respectivo con la empresa Procesos de ColorS.A., y por una renta mensual de US$ 400.00 (Cuatro-cientos y 00/100 Dólares Americanos), incluido IGV; lamisma que será financiada con recursos de la institu-ción.

Artículo Tercero.- Disponer La publicación de la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la re-misión de las copias de la resolución y el informe que lasustenta a la Contraloría General de la República, den-tro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su apro-bación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZPresidente Regional

08872

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MUNICIPALIDAD DE ATE

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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 0465

Ate, 14 de abril de 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE ATE

VISTO; el Expediente Nº 24491-2002 y Anexo Nº 2926-2003 seguido don PRIMITIVO TAIPE CAMAYO y su cón-yuge doña ELISA ASPARRIN DE TAIPE, por el que solici-tan el acogimiento al Silencio Administrativo Positivo de laRegularización de la Habilitación Urbana Ejecutada paraUso Residencial de Densidad MediaR-4, y se autorice la Ejecución de Obras, así como la ven-ta garantizada del terreno con un área de 5,237.70 m2,constituido por el Lote 8 B, del Sector Casablanca, ubica-do en el ex Fundo Gloria Baja, distrito de Ate, provincia ydepartamento de Lima; el Informe Nº 3311-03-OAJ/MDAde la Oficina de Asuntos Jurídicos; el Infome Nº 019-AA/MDA-03 del Despacho de Asesoría de Alcaldía y el Infor-me Nº 276-04-SGPUyC-GDU/MDA de la Subgerencia dePlanificación Urbana y Catastro; y,

CONSIDERANDO:

Que, los administrados, con fecha 17 de octubre del 2002,presentaron ante la Municipalidad Distrital de Ate, su pedidosobre acogimiento a la Regularización de Habilitación Urba-na Ejecutada, amparándose en lo dispuesto en la Ley Nº26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas;

Que, mediante Anexo Nº 2926-2003 de fecha 16 de oc-tubre del 2003, el solicitante peticiona a la MunicipalidadDistrital de Ate la aprobación del presente trámite por efec-to del Silencio Adminitrativo Positivo, señalando que hatranscurrido el plazo de Ley para el pronunciamiento res-pectivo por parte de la Municipalidad Distrital;

Que, el artículo 4º del numeral 1, párrafo final de la Ley Gene-ral de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Ley Nº 26878, seña-la que la Municipalidad Distrital debe pronunciarse en un plazomáximo de 60 días útiles de presentada la solicitud y que vencidodicho plazo operará el Silencio Administrativo Positivo;

Que, mediante los Informes Legales Nº 19-AA/MDA-03y Nº 3311-03-OAJ/MDA de fechas 20 de noviembre y 12de diciembre del 2003, respectivamente, determinan queen el presente expediente ha operado el Silencio Adminis-trativo Positivo; conforme se señala en el artículo 3º, de laLey General de Habilitaciones Urbanas, correspondiéndo-le a esta Corporación Municipal realizar las liquidacionesrespectivas y expedir la Resolución correspondinte;

Que, mediante Valorización Nº 066-2003-SDHUyF-DGU/MDA se efectuó la Liquidación referente al déficit deRecreación Pública con un área de 523.77 m2 y por Pro-yectos y Control de Obra de acuerdo con lo estipulado enel Art. II-XXI-4 del Reglamento Nacional de Construccio-nes, ascendente a un monto total de S/. 2,752.65 NuevosSoles; y con los recibos con liquidaciones Nº 0100966043y Nº 0100978758, pagados en la tesorería de esta Corpo-ración Municipal han acreditado la cancelación de la men-cionada Valorización; así como también, han cumplido conlos derechos administrativos correspondientes;

Con el Visto Bueno de la Gerencia de Asuntos Jurídi-cos;

Estando los fundamentos expuestos en la parte consi-derativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso3.6.1 del capítulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, conforme a las disposicionesde la Ley General de Habilitaciones Urbanas y el Texto Úni-co Ordenado de su reglamento, aprobados por Ley Nº26878 y D.S. Nº 011-98-MTC y a la Ley Nº 27444 artículo32º, por estar sujeto a fiscalización posterior;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR, por Silencio AdministrativoPositivo, la Regularización de la Habilitación Urbana Eje-

cutada conforme el Plano signado con el Nº 018-04-SGPUC-GDU/MDA para Uso Residencial de DensidadMedia R-4, correspondiente al terreno con área de 5,237.70m2, constituido por el Lote 8 B, del Sector Casablanca,ubicado en el ex Fundo Gloria Baja, distrito de Ate, provin-cia y departamento de Lima, y en consecuencia, dejar sinefecto los actuados administrativos seguidos con poste-rioridad al plazo establecido para la aplicación del SilencioAdministrativo Positivo, quedando sujeto a fiscalizaciónposterior.

Artículo 2º.- AUTORIZAR, a don PRIMITIVO TAIPECAMAYO y su cónyuge doña ELISA ASPARRIN DE TAI-PE, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, con-tados a partir de la fecha de notificación de la presenteResolución, las obras de Habilitación Urbana; teniendo encuenta las características y especificaciones técnicas delas obras de acuerdo a la siguiente descripción:

DISEÑO:Área bruta total : 5,237.70 m2Área útil total : 3,127.16 m2Área de vías : 2,110.54 m2

ENERGÍA ELÉCTRICA:Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ

DEL SUR la instalación de las redes primarias y secunda-rias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cualesserán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión dedicha compañía.

AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Obras Sanitarias.- Quedarán supeditadas al otorga-

miento de la factibilidad correspondiente y para la ejecu-ción de las obras deberán aprobarse previamente los pro-yectos por SEDAPAL, y solicitar la autorización respectivaa esta Corporación Municipal.

PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS:Luego de la aprobación de los proyectos sanitarios, de-

berán solicitar a esta Entidad Edilicia el permiso corres-pondiente para la Ejecución de las Obras de Pavimenta-ción.

TELEFONÍA:Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones tele-

fónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Ge-rencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compa-ñía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva deáreas para centrales.

Artículo 3º.- AUTORIZAR, a don PRIMITIVO TAIPECAMAYO y su cónyuge doña ELISA ASPARRIN DE TAI-PE, la Venta Garantizada de los Lotes que constituyen elárea útil, debiendo respetar el plano de lotización aproba-do dejando a salvo el derecho de los adquirientes de exigiral Habilitador Vendedor las garantías previstas en la legis-lación vigente para asegurar la culminación de las Obrasde Habilitación Urbana.

Artículo 4º.- RESERVAR, los lotes Nºs. 5 y 6 de lamanzana "C" en garantía de pago en efectivo del déficit deaportes al Ministerio de Educación y Parques Zonales, res-pectivamente, correspondiéndole a cada uno el déficit de104.75 m2, los mismos que deberán ser cancelados antesde la Recepción de las Obras de Habilitación Urbana.

Artículo 5º.- DISPONER que las obras de canaliza-ción de la acequia de regadío, se ejecuten de conformidadcon la Resolución Administrativa que apruebe el Ministeriode Agricultura, previo a la Recepción de las Obras de laHabilitación Urbana.

Artículo 6º.- DISPONER, la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de30 días contados a partir de su notificación, a cargo de losinteresados.

Artículo 7º.- TRANSCRIBIR, a la Municipalidad Me-tropolitana de Lima para las acciones de su competen-cia; a la Oficina Registral de Lima y Callao para los efec-tos de la inscripción de la Habilitación Urbana, al Minis-terio de Educación, a SERPAR LIMA, a la Subgerenciade Fiscalización y a los interesados para su conocimientoy fines.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

OSCAR BENAVIDES MAJINOAlcalde

08871

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MUNICIPALIDAD DE

EL AGUSTINO

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DECRETO DE ALCALDIANº 005-A-2003-SEGE-03-MDEA

EL Agustino, 25 noviembre de 2003

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE EL AGUSTINO

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 83º Inc.3.6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, seestablece que es función específica exclusiva de las Muni-cipalidades Distritales el otorgar licencias de apertura deestablecimiento comerciales, industriales, de servicios yprofesionales y controlar su debido funcionamiento deacuerdo a ellas;

Que, el Art. 46º de la Ley anotada, las normas munici-pales son de carácter obligatorio y su incumplimiento aca-rrea las sanciones correspondientes, éstas pueden ser delas multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clau-sura decomiso, retención de productos y mobiliario retirode elementos antirreglamentarios, paralización de obras,demolición internamiento de vehículos inmovilizaciones deproductos y otras;

Que, el Art. 49º, dispone que la Autoridad Municipal pue-da ordenar la cláusula transitoria o definitiva de edificios,establecimientos o servicios cuando su funcionamiento estáprohibido legalmente o constituye peligro o riesgo para laseguridad de las personas y la propiedad privada o la segu-ridad pública, o infrinjan las normas reglamentarias o de se-guridad del sistema de defensa civil;

Que, mediante Ordenanza Nº 132-MDEA de fecha 31de enero del 2002, se aprueba el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos de la Municipalidad de El Agusti-no, para el 2002, norma que fuera ratificada para el año2003, con Acuerdo de Concejo Nº 316-MML, de fecha 29-11-2002, en la que precisa el otorgamiento de licencias defuncionamiento;

Que, pese a las órdenes de clausura dictadas por laautoridad municipal, aun se siguen desarrollando activida-des que contravienen las disposiciones legales y munici-pales vigentes, en las que se realizan actos reñidos contrala moral y las buenas costumbres así como actividadesque constituyen peligro a la tranquilidad y a la salud públi-ca; actividades que deben ser erradicadas en forma defini-tiva, a fin de establecer la preeminencia de la autoridadmunicipal, y permita coadyuvar el cumplimiento y eficaciade las órdenes de clausura dictadas por la Municipalidad;

Que, por Ordenanza Nº 186-MDEA en su artículo ter-cero faculta al Alcalde para dictar las disposiciones regla-mentarias para una correcta aplicación del tapiado;

Estando a las facultades otorgadas por el Art. 20º Inc.3) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Proce-dimiento de Tapiado o Destapiado de los locales de la ju-risdicción del distrito de El Agustino, en lo que se constateel ejercicio reiterado de actividades contrarias a las dispo-siciones legales y municipales o contra la moral y las bue-nas costumbres o contra la tranquilidad y la salud pública;o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad delsistema de defensa civil, la misma que se encuentra con-formada por tres capítulos y trece artículos.

Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del pre-sente reglamento a la Gerencia Municipal y a la Gerenciade Rentas, de esta Municipalidad.

Artículo Tercero.- La presente norma entrará en vigen-cia a partir del siguiente día de su publicación en el DiarioEl Peruano.

Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase.

VÍCTOR M. SALCEDO RÍOSAlcalde

REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DELA SANCIÓN DEL TAPIADO DE LOS

ESTABLECIMIENTOS QUE EJERCEN ACTIVIDADESCONTRARIAS A LAS DISPOSIONES LEGALES YMUNICIPALES CONTRA LA MORAL Y BUENAS

COSTUMBRES, TRANQUILIDAD Y SALUD PÚBLICA

CAPÍTULO I - OBJETIVO

Establecer las normas y procedimientos para ejecutarla sanción de tapiado de los establecimientos que se en-cuentren ejerciendo reiterativamente actividades contrariasa las disposiciones legales y municipales o contra la moraly las buenas costumbres o contra la tranquilidad y a la sa-lud pública, a fin de garantizar el espacio adecuado de vida,en la que los vecinos del distrito disfruten de un ambientesano de tranquilidad y seguridad respetando los valores ycostumbres del pueblo y normas de convivencia social;erradicando todo tipo de actividades que constituyan unatentado a esos derechos así como fortalecer la imagende la Autoridad Municipal en el cumplimiento de sus fun-ciones de control, fiscalización y de establecer sancionesque la Constitución le faculta.

CAPÍTULO II - ALCANCES

Están sujetos a la sanción de tapiado lo establecimien-tos que se encuentren ejerciendo actividades contrarias alas disposiciones legales y municipales o contra la moral yla buenas costumbres o contra la tranquilidad y las saludpública, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguri-dad del sistema de defensa civil, en la jurisdicción del dis-trito de El Agustino.

CAPÍTULO III - NORMAS ESPECIFICADAS DELPROCEDIMIENTO

Artículo 1º.- Una vez que la autoridad municipal me-diante los efectivos de la policía municipal, constate la co-misión de la infracción de manera reincidente o continua alas disposiciones municipales, en los cuales el conductory/o propietario del establecimiento se le ha aplicado la multacorrespondiente, sin embargo persiste la reincidencia ocontinuidad de la infracción; o en los establecimientos enlas que se constate actividades contrarias a la moral y alas buenas costumbres o se atente contra la seguridad ysalud pública, elaborará el acta de constatación respecti-va, en la cual se incluirá el informe de dicha intervención.

Artículo 2º.- Con el informe y el acta de constataciónse expedirá la correspondiente Resolución Gerencial porel área competente ordenado la clausura y el tapiado delestablecimiento en razón de la gravedad de la infracción;en el caso que el establecimiento cuente con orden de clau-sura se procederá a emitir la resolución que ordena el ta-piado del mismo.

Artículo 3º.- La Resolución Gerencial antes indicadaserá notificada al conductor del establecimiento, y se pro-cederá a la clausura y el tapiado correspondiente.

Artículo 4º.- Frente al tapiado el propietario y/o con-ductor del establecimiento podrán interponer los recursosimpugnatorios correspondientes, los mismos que se sus-tanciarán de acuerdo a lo establecido en la Ley de Proce-dimientos Administrativos General Nº 27444.

Artículo 5º.- La interposición del recurso impugnatoriono suspende la sanción determinada y ejecutada por laAutoridad Administrativa, la misma que sólo podrá ser le-vantada por otra resolución que así lo ordene.

Artículo 6º.- En caso que el local fuera conducido porun inquilino y el propietario del inmueble desconociera laactividad realizada por el conductor del establecimiento,podrá interponer los recursos impugnatorios que la Ley leprevee. Además deberá firmar una declaración jurada me-diante la cual se compromete a no arrendar su local paraactividades contrarias a las disposiciones legales y muni-cipales.

Artículo 7º.- La Municipalidad mediante resolución deigual rango que la que ordenó el tapiado dispondrá el des-tapiado del inmueble y levantará la correspondiente actade entrega del local al propietario del mismo.

Artículo 8º.- Una vez levantado el tapiado, la munici-palidad, constatará la nueva actividad que se desarrolle enel local, la misma que antes de iniciar sus actividades de-

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����� ������ ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

berá solicitar su correspondiente autorización municipal defuncionamiento.

Artículo 9º.- En caso de reincidencia la Autoridad Mu-nicipal procederá nuevamente al tapiado y a la correspon-diente denuncia penal, independientemente de los ilícitospenales que constituyan su actividad, se interpondrá porresistencia y desobediencia a la Autoridad en la cual esta-rá incurso además el propietario, si fuera el caso estableci-do en el Art. 6º del presente reglamento.

Artículo 10º.- Los gastos en que incurra la Administra-ción Municipal para el tapiado del establecimiento seránasumidos por el conductor y/o propietario, en forma solida-ria, el mismo que será notificado mediante liquidación de

oficio requiriéndole el cumplimiento de la obligación bajoapercibimiento de ejecutarlo en la vía coactiva.

Artículo 11º.- La ejecución de la sanción del tapiadoestará a cargo de la Gerencia de Rentas, contando con elapoyo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva.

Artículo 12º.- Encargar a la Subgerencia de Administra-ción Tributaria, emita relación de los establecimientos que cuen-tan con multas por reincidencia o reiterancia en la infracción,así como los establecimientos que cuentan con orden de clau-sura a fin de que se proceda la verificación de los mismos.

Artículo 13º.- Créase el formato del acta de constata-ción municipal el mismo que formará parte del presentereglamento.

ACTA DE CONSTATACION MUNICIPAL

Municipalidad Distrital de Nº 000001El Agustino

En el distrito de El Agustino a los dias del mes de del 200 siendo las horas.En cumplimiento a lo ordenado por Resolucion de fecha Se efectuo la intervencion y constatacion siguiente:IDENTIFICACION DEL CONTRIBUYENTE

RUC Nº DNI Nº APELLIDOS Y NOMBRES O RAZON SOCIAL

REPRESENTANTE LEGAL

DOMICILIO FISCALDISTRITO ZONA AVENIDA, JIRON, PASAJE Nº Mz. Lt.

UBICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO INTERVENIDO

AVENIDA, JIRON, CALLE Nº DPTO. OFIC. INT. Mz. Lt.

USO Y/O GIRO CONSTATADO

AUTORIZADO SI Detallar NO

GIRO DE ACTIVIDAD AUTORIZADA

AREA DEL LOCAL CONDICION

PROPIETARIO INQUILINO OTROS

Estando presentesse dio inicio a la Constatacion

Firma del Contribuyente Policia Municipal o Representante Legal Nombre

DNI

Nombre Nombre DNI DNI

FECHA DE EXPED.

OTROS

Testigo Testigo

DISTRITO

EXPEDIENTE Nº RESOLUCION Nº

EL AGUSTINOPOBLACION

M2

AUTORIZACION Nº

APELLIDOS Y NOMBRES

ZONA

08873

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MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

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ORDENANZA Nº 024-04-MDLV

La Victoria, 29 de abril de 2004

EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA

Visto en la Orden del Día de la Sesión Extraordinariade Concejo celebrada con fecha 29 de abril del 2004, elInforme Nº 045-04-DR/MDLV de fecha 20 de abril del2004, de la Dirección de Rentas, el Oficio Nº 155-04-DAJ/MDLV de fecha 21 de abril del 2004, de la Direcciónde Asesoría Jurídica, y los Dictámenes Nº 005-2004-CR-MDLV de fecha 26 de abril del 2004 de la Comisión Per-manente de Rentas y Nº 012-2004-CPPAL/CDLV de fe-cha 27 de bril del 2004 de la Comisión Permanente dePlanificación, Presupuesto y Asuntos Legales, respectoa normar mediante Ordenanza el Otorgamiento de Des-cuentos por Pronto Pago de los Arbitrios de LimpiezaPública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el ejerci-cio 2004; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos194º y 195º, en concordancia con el artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, precisa que los gobiernos locales tienen autono-mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia;

Que, el Concejo Distrital de La Victoria ejerce su fun-ción normativa, mediante sus Ordenanzas, que tienenrango de Ley, de conformidad con lo establecido con elnumeral 4) artículo 200º de la Constitución Política delPerú;

Que, los gobiernos locales pueden crear, modificar ysuprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, den-tro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley,conforme lo establece el artículo 74º de la ConstituciónPolítica del Perú, en concordancia con el numeral 9) delartículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972 y la Norma IV del Título Preliminar del Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario aprobado por Decreto Su-premo Nº 135-99-EF;

Que, mediante Ordenanza Nº 021-04/MDLV de fecha23 de marzo del 2004, se estableció el régimen tributarioaplicable a los arbitrios de limpieza pública, parques y jar-dines y serenazgo para el ejercicio 2004, y las tasas co-rrespondientes a este servicio público;

Que, es necesario incentivar entre los contribuyentesdel distrito, la cultura de pago de sus deberes tributariospara con su Municipio, generando de esta manera una con-traprestación oportuna por parte de la Comuna de los ser-vicios básicos;

Estando a las consideraciones expuestas, de con-formidad con lo establecido en el artículo 9º inciso 8)de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972,y el Reglamento Interno de Concejo, en la forma regla-mentaria, por Unanimidad y con dispensa de la lecturay aprobación del Acta, el Concejo aprobó la siguien-te:

ORDENANZA

SE ESTABLECE DESCUENTOS POR PRONTO PAGODE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA,PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA

EL EJERCICIO 2004

Artículo Único.- BENEFICIO POR PRONTO PAGOPara el ejercicio fiscal 2004, se concederá como incen-

tivo por el abono adelantado u oportuno de los tributos undescuento del orden del 10% y 15%, según los supuestosque a continuación se detalla:

a) Los contribuyentes que dentro del plazo para el pagoal contado del Impuesto Predial, realicen el pago total delos arbitrios correspondiente a todo el ejercicio fiscal vi-

gente del Impuesto Predial y de Arbitrios gozarán de undescuento del 15% del insoluto de los arbitrios.

b) Los contribuyentes que dentro del plazo para el pagoal contado del Impuesto Predial, realicen el pago total delos arbitrios correspondiente a todo el ejercicio fiscal vi-gente, gozarán de un descuento del 10% del insoluto delos arbitrios.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Encargar a la Dirección de Rentas el cumpli-miento de la presente Ordenanza.

Segunda.- Facúltese al Alcalde Distrital, para que me-diante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones comple-mentarias necesarias para la adecuada aplicación de lapresente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLESAlcalde

08769

MUNICIPALIDAD DE

SAN MARTÍN DE PORRES

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ACUERDO DE CONCEJONº 050-2004

San Martín de Porres, 30 de abril del 2004

Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fe-cha, el Memorando Nº 258-2004-PPM/MDSMP, delProcurador Público Municipal, quien solicita autorizaciónpara formalizar denuncia penal contra de la MagistradaHILDA HUERTA RÍOS, Juez Titular del Juzgado Mixtodel Modulo Básico de Condevilla y otros que resultenresponsables, por el presunto delito de Abuso de Autori-dad, Prevaricato y Otros, por cuanto continúa retenien-do indebidamente el Certificado del Banco de la NaciónNº 2003321203854 que contiene el monto embargadode Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.400.000.00);

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgáni-ca de Municipalidades, dispone "Que la representacióny defensa de los intereses y derechos de las municipali-dades en juicio, se ejercitan a través del órgano de de-fensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo deprocuradores públicos municipales y el personal de apoyoque requiera";

Que, el artículo 9º inciso 23) de la acotada Ley Orgáni-ca de Municipalidades dispone que "Son atribuciones delConcejo Municipal, autorizar al Procurador Público Mu-nicipal, para que, en defensa de los intereses y dere-chos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie oimpulse procesos judiciales contra los funcionarios, ser-vidores o terceros respecto de los cuales el órgano decontrol interno haya encontrado responsabilidad civil openal; Así como en los demás procesos judiciales inter-puestos contra el gobierno local o sus representantes.Que, el Concejo Municipal, en cumplimiento de sus obli-gaciones establecidas taxativamente en la Ley Nº 27972,está facultada de tomar decisiones en salvaguarda delos intereses de la población y la Institución Municipal";

Que, el Concejo Municipal, en cumplimiento de sus obli-gaciones establecidas taxativamente en la Ley Nº 27972,está facultada a tomar decisiones en salvaguarda de losintereses de la población y la Institución Municipal;

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����� ������ ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

Que, esta Corporación Municipal, mediante Resoluciónde Alcaldía Nº 661-2003- AL/MDSMP de fecha 11 de se-tiembre del 2003 designó al Procurador Público Municipal;

Que, los artículos 4º, 12º y 13º del Decreto Ley Nº17537, Ley de Representación y Defensa del Estado enJuicio, faculta a los Procuradores del Estado a desempe-ñar sus labores, conforme a su propio criterio y en la formaque estime más arreglada a ley, así como el de tramitarante jueces o quienes corresponda, medidas cautelares ytodas las diligencias preparatorias necesarias para defen-der o promover los derechos del Estado, con cargo a serconvalidados dichos actos;

Que, a la fecha se viene tramitando en el Juzgado Mix-to del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, que despa-cha la Dra. HILDA HUERTA RÍOS, el Expediente Nº 2002-0078-0-2703-JM-LA-01, seguido por Aldo Yohnny PortellaValverde y Otros, contra esta Corporación Municipal, so-bre Proceso de Ejecución cuya pretensión es la Ejecuciónde Resolución Administrativa, el cual se encuentra en eje-cución de sentencia;

Que, en este proceso, los demandantes han interpues-to una Medida Cautelar de Embargo en forma de Reten-ción, en contra de la Corporación Municipal, ExpedienteNº 2002-0078-35-2703-JM-LA-01, habiéndose trabado unembargo de Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles, (S/. 400,000.00). La Procuraduría en cumplimiento de sus fun-ciones interpuso recurso de apelación, el cual, la CorteSuperior de Justicia del Cono Norte de Lima, medianteResolución de fecha 6 de febrero del año en curso, declaróNula la Resolución que ordena el embargo, disponiendoque el A QUO proceda con arreglo a ley, considerando losfundamentos de la citada resolución;

Que, en virtud del Mandato del Superior, la Corpora-ción Municipal con fecha 23 de marzo del 2004, solicitó alJuzgado Mixto de Condevilla la devolución del Certificadodel Banco de la Nación Nº 2003321203854 que contiene elmonto embargado de Cuatrocientos Mil y 00/100 NuevosSoles (S/. 400.000.00), por haberse declarado Nulo el em-bargo, y carecer de objeto que hasta la fecha continúe re-tenido el citado documento, por cuanto la Sala Civil Supe-rior ha resuelto favorablemente a los intereses de nuestraCorporación Municipal, y esta Municipalidad viene cum-pliendo con los pagos de la obligación contenida en la sen-tencia;

Que, pese al tiempo transcurrido y habiendo ingresadocon fecha 5 de abril del presente año, la orden del Superioral Despacho del A QUO, a cargo de la Dra. Hilda HuertaRíos, Juez Titular del Juzgado Mixto del Módulo Básico deJusticia de Condevilla, que tiene que proveer nuestro es-crito de fecha 23 de marzo del presente año y dar cumpli-miento a lo ordenado por el AD QUEM, hasta la fecha noresuelve dicho recurso y continúa reteniendo indebidamenteel mencionado Certificado de Consignación, a pesar delas gestiones efectuadas por la Procuraduría ante el Des-pacho de la citada Magistrada, haciendo presumir su dolo-sa intención con el objeto de causar mayores agravios a laMunicipalidad Distrital de San Martín de Porres, en claramuestra de parcialización con la parte contraria;

Que, ante estos hechos, la Municipalidad tiene expedi-ta la defensa de sus derechos que la ley le franquea, me-diante las acciones que deba adoptar el Procurador Públi-co Municipal, para recurrir ante el Órgano de Control Inter-no del Poder Judicial, la Presidencia de la Corte Superiorde Justicia del Cono Norte de Lima, el Ministerio Público ytodas las Instancias pertinentes para interponer quejas ver-bales, escritas y denuncias penales contra la citada Ma-gistrada;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº17537, y con las facultades conferidas por la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de lospresentes el Concejo Municipal integrado por el señor Al-calde Lucio Campos Huayta, y de los señores RegidoresJesús Alvaro Veliz Duarte, Pedro Carlos Casanova Saave-dra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramí-rez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger HernánPaz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, MaríaGuadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vi-dalón, Carlos Enrique Calderón Carvajal, Roberto Asun-ción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Ríos y con laausencia justificada del Regidor Luis Caballero Sabino, ycon dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;

ACUERDA:

Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Pú-blico Municipal, para que en el ejercicio de sus funciones

interponga denuncia contra la Magistrada Dra. Hilda Huer-ta Ríos, Juez Titular del Juzgado Mixto del Módulo Básicode Justicia de Condevilla, y otros que resulten responsa-bles por los presuntos delitos de Abuso de Autoridad, Pre-varicato y otros; por la retención indebida del Certificadodel Banco de la Nación Nº 2003321203854 por la suma deCuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 400,000.00).

Artículo Segundo.- Que, el Procurador y/o los aboga-dos adscritos a la Procuraduría Pública Municipal, se aper-sonen a las investigaciones preliminares ante el MinisterioPúblico, Dependencias Policiales y Autoridades Jurisdic-cionales derivadas de la denuncia penal presentada, endefensa de los intereses de la Corporación Municipal.

Artículo Tercero.- Encargar a la Procuraduría Munici-pal, informar y dar cuenta al Concejo respecto a las accio-nes que se han de implementar, así como el estado delproceso iniciado y/o en trámite.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

LUCIO CAMPOS HUAYTAAlcalde

08784

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

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GERENCIA DE DESARROLLO URBANO

RESOLUCIÓN GERENCIALNº 165-2004-GDU-MDSM

San Miguel, 19 de abril de 2004

Visto el Expediente Nº 001593-2004, organizado porASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DEL CENTRO CO-MERCIAL MARANGA, sobre Acumulación de lotes sincambio de uso de un Área de 1,023.50 m2, calificado paraUso Comercial, ubicados en la Av. Elmer Faucett, lote 23 ylote 24, manzana "EF", de la urbanización Maranga 2da.Fase - 5ta. Etapa, del distrito de San Miguel, provincia ydepartamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, el recurrente ha cumplido con presentar la docu-mentación requerida para el trámite correspondiente, y ha-biendo abonado los derechos administrativos señaladosen el Texto Único de Procedimientos Administrativos de laMunicipalidad Distrital de San Miguel aprobado vía Orde-nanza Nº 011-2000-MDSM, ratificado vía Ordenanza Nº015-2001-MDSM, y el Reglamento Nacional de Construc-ciones;

Estando el Informe Nº 099-2004-CGRC/SGFUC/GDU/MDSM del 1 de abril del 2004, emitido en la Subgerenciade Fiscalización Urbana y Catastro;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, la Acumulación en unLote Único sin Cambio de Uso con un Área de 1,023.50m2 (Mil Veinte y Tres Metros Cuadrados con Cincuenta De-címetros Cuadrados), el Perímetro que circunscribe la su-perficie Acumulada es de 134.47 ml (Ciento Treinta y Cua-tro Metros Lineales y Cuarenta y Siete Decímetros Linea-les), ubicado en la Av. Elmer Faucett, esq. Jr. Huancauri,lotes 23 y 24, de la manzana "EF", de la urbanización Ma-ranga, 2da. Fase - 5ta. Etapa, del distrito de San Miguel,provincia y departamento de Lima, de la siguiente forma:

- Lote 23.- Con un área de 483.00 m2 y un perímetrode 88.30 ml.

- Lote 24.- Con un área de 540.50 m2 y un perímetrode 93.07 ml.

Las características de los lotes figuran en los Planos yMemoria Descriptiva que se anexan, y que forman partede la presente Resolución.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la Inscripción antela Superintendencia Nacional de los Registros Públicos

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(SUNARP) del Lote Acumulado a nombre de LA ASOCIA-CIÓN DE PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIALMARANGA, así mismo la presente Resolución sólo aprue-ba la acumulación de los lotes en mención, no convalidan-do la falta de Licencia de Construcción que a la fecha po-dría existir, ni regularizando las construcciones existentes.

Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la pre-sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la cualestará a cargo del interesado debiendo efectuarse en unplazo máximo de treinta días calendario a partir de la fechade notificación de la presente.

Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu-ción a la Superintendencia Nacional de los Registros Pú-blicos, para su inscripción correspondiente y a la Superin-tendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT)para su conocimiento y fines.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ROBERTO M. ARBAIZA GAYOSOGerente

08852

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE AZÁNGARO

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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 110-04/A-MPA/P

Azángaro, 10 de marzo de 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIALDE AZÁNGARO - REGIÓN PUNO

VISTO:

El Informe Nº -2004-OAL-MPA de fecha 20 de febrerode 2004, donde señala la necesidad de modificar el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones 2004; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 043-04/A-MPA/P de fecha 15 de enero de 2004, publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano, se aprobó el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de

Azángaro, correspondiente al Ejercicio Presupuestal delaño Fiscal 2004;

Que, mediante la Opinión Legal Nº 082-204-OAL-MPAseñalan que al no haberse establecido en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Pro-vincial de Azángaro, el proceso de adjudicación directa pú-blica para la adquisición de Geomembrana, para la obra"Laguna de Oxidación I" de la ciudad de Azángaro, es ne-cesario modificar el plan anual a fin de incluir en el mismodicho proceso de selección;

Que, el numeral 6 de la Directiva Nº 022-2001-CON-SUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001-CON-SUCODE/PRE, en concordancia con los artículos 7º y 8º delDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, precisa que el Plan Anualpodrá ser modificado en cualquier momento, al permitir que laslicitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones di-rectas no contenidos en el referido plan sean aprobados porTitular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad, según corresponda, para su inclusión en el mismo ycomunicada a CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de losdiez (10) días siguientes a dicha aprobación;

Que, las Municipalidades son Órganos de GobiernoLocal que gozan de autonomía administrativa, económicay normativa por mandato del artículo 194º de la Constitu-ción Política del Estado y del artículo II del Título Prelimi-nar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades;

Por las consideraciones expuestas, en uso de las fa-cultades conferidas por el Art. 194º de la Constitución Po-lítica del Estado y por los artículos 6º y 20º Inc. 6) de la LeyNº 27972, Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- INCORPORAR, al "Plan Anual de Con-trataciones y Adquisiciones 2004" el proceso de Selecciónque a continuación se detalla:

SÍNTESIS DETIPO DE OBJETO ESPECIFICACIONES CIIU TRIMESTRE MONEDA VALOR UNIDAD CANTIDAD FF

PROCESO TÉCNICAS ESTIMADO MEDIDA

Adquisiciónde material

Adjudicación Bien Geomembrana 5150 I S/. 224 790.00 m2 25690 7Directa PVC 0.75 mm

Selectiva y Colocado

Artículo 2º.- DISPONER que la presente Resolución se ponga a disposición del público en la Unidad de Abasteci-mientos y Control Patrimonial, y se remita en el plazo máximo de diez (10) días hábiles al CONSUCODE y a la Comisiónde Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

PERCY CHOQUE RAMOSAlcalde

08857

MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DE TUMBES

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RESOLUCIÓN GERENCIAL MUNICIPALNº 036-2004-GM-MPT

Tumbes, 15 de abril de 2004

VISTO: La propuesta del Plan Anual de Adquisiciones,para los Programas de Asistencia Alimentaria de la Muni-cipalidad Provincial de Tumbes, alcanzado por la Direcciónrespectiva;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Lo-cal, que gozan de autonomía política, económica y admi-nistrativa en asuntos de su competencia, de acuerdo aLey;

Que, según Directiva Nº 036-2003-PCM, se aprueba elcronograma de transferencias para el año 2003, a los Go-biernos Locales y Regionales, de fondos, proyectos y pro-gramas sociales;

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����� ����� ����������� Lima, domingo 9 de mayo de 2004

Que, según la Directiva Nº 029-2003-MIMDES, Di-rectiva para las Gestiones de los Programas de Com-plementación Alimentaria, para los Gobiernos Localesy Regionales acreditados en el año 2003, dentro de loscuales se halla esta Municipalidad, aprobada medianteR.M. Nº 699-2003-MIMDES, establece en su numeral5.3 literal b, que dentro de las funciones del GobiernoLocal Provincial en la fase de Adquisiciones de Alimen-tos: Elaborará el Plan Anual de Adquisiciones de Ali-mentos de la provincia, del año 2004;

Que, mediante Informe Nº 010-2004-DPAA-MPT, defecha 30 de marzo del 2004, la Dirección del Programade Asistencia Alimentaria de la Municipalidad Provin-cial de Tumbes, alcanza para su aprobación el proyec-to, del Plan Anual de Adquisiciones de Alimentos de laprovincia para el año 2004;

Que, mediante R.A. Nº 158-2004-ALC-MPT, se de-lega a la Gerencia Municipal, las atribuciones previs-tas en los Incs. 3º, 8º, 19º, 23º, 25º y 28º del Art. 20º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dentrode los cuales está el de dirigir la ejecución de los Pla-nes de Desarrollo Municipal;

En uso de las facultades que la normativa vigente,confiere;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Ad-quisiciones de productos alimenticios para la atenciónde los Programas de Asistencia Alimentaria, transferi-dos a la Municipalidad Provincial de Tumbes, dentro delproceso de descentralización, para el año 2004.

Artículo Segundo.- APROBAR dentro del mismoPlan, las modalidades de adquisición contempladas, lasmismas que serán adecuadas por la Comisión de Adqui-siciones, de acuerdo a los montos transferidos por elMEF para la compra de cada uno de los productos con-signados.

Artículo Tercero.- REMITIR al MIMDES, a travésde la Gerencia Local PRONAA-TUMBES, copia de di-cho Plan, para los fines pertinentes.

Artículo Cuarto.- INCORPORAR dicho plan, a tra-vés de la Oficina de Abastecimiento y Adquisiciones,de manera diferenciada, en el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones de la Municipalidad Provincial deTumbes, para el año 2004, el mismo que se presenta alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado (CONSUCODE).

Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento dela presente Resolución y su difusión a la Dirección delPrograma de Asistencia Alimentaria, Dirección de Ase-soría Legal, Dirección de Administración, Oficina de Re-laciones Públicas, Oficina de Abastecimiento y Adqui-siciones y Secretaría General.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

JOSÉ LIZANDRO SERRANO MORÁNGerente Municipal

08858

MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CASTILLA

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ACUERDO DE CONCEJONº 068-2004-CDC

Castilla, 27 de abril de 2004

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE CASTILLA

VISTOS:

Las Sesiones Ordinarias de Concejo de fechas 31 demarzo y 16 de abril del 2004, la Moción de Orden del Día,pidiendo que el Pleno del Concejo incremente las Dietas

de los Regidores y la Remuneración del señor Alcalde, eInforme Legal Nº 37-2004-ASC; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida-des entró en vigencia a partir del 28 de mayo del 2003, lamisma que contempla en el Inc. 16) del artículo 9º entreotras de las atribuciones que tiene el Concejo Municipal,la de aprobar el Presupuesto Anual y sus modificacionesdentro de los plazos señalados por Ley, bajo responsabi-lidad; por su parte el Inc. 28) del mismo artículo, señalacomo otra de las atribuciones del Concejo, la de aprobarla remuneración del Alcalde y las dietas de los Regido-res;

Que, de otro lado el Inc. 9) del artículo 20º de la LeyNº 27972, precisa como atribución del señor Alcalde, lade someter a aprobación del Concejo Municipal, bajoresponsabilidad y dentro de los plazos y modalidadesestablecidas en la Ley Anual del Presupuesto de la Repú-blica, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamen-te equilibrado y financiado;

Que, habiéndose iniciado la actual Gestión Municipalen el mes de enero del 2003, los Regidores no hicieronuso de su derecho a incrementar sus dietas, conforme alo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº23853, artículo 21º, modificado por Ley Nº 26317, que losfacultaba a incrementarse hasta el 31 de marzo, de cadaaño, por lo que se entiende, que se puede efectuar hastael primer trimestre del año 2004, por ser el primer año,computarizándose dicho plazo, a partir del 27 de mayodel 2003, fecha en la cual, entra en vigencia la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972;

Que, el artículo 21º de la misma consagra como dere-cho del Alcalde, ser rentado mediante una remuneraciónmensual fijada por Acuerdo del Concejo Municipal, den-tro del primer año de gestión, precisando que dicha re-muneración debe estar de acuerdo a la real y tangiblecapacidad económica del Gobierno Local, previas lasconstataciones presupuestales del caso, remuneraciónque anualmente podrá ser incrementada con arreglo a Ley,siempre y cuando se observe estrictamente las exigen-cias presupuestales y económicas propias de la remune-ración;

Que, visto y sustentado el Presupuesto para el añoFiscal 2004, por parte del Jefe de la Oficina de Planea-miento y Presupuesto, el 15 de diciembre donde se apro-bó el Presupuesto Institucional de Apertura, por votaciónunánime de los Regidores, se consideró un incrementoen el monto de las dietas en un 20%, en cumplimiento alos requisitos que la ley exige y teniendo en cuenta elgrado de responsabilidad de los Regidores en ejerciciode sus funciones;

Que, en este orden de ideas fue sometido al Pleno delConcejo quedando aprobado por mayoría el incrementoantes señalado y en cuanto a la Remuneración del señorAlcalde seguirá percibiendo el mismo monto aprobado enla Sesión Ordinaria de fecha 23 de enero del 2003;

Que, con fecha 16 de abril del 2004, en Sesión Ordina-ria de Concejo se aprobó por mayoría declarar extempo-ránea la reconsideración del Acuerdo de Concejo sobreel aumento de Dietas en 20%, presentada por tres Regido-res; quedando ratificado dicho incremento;

Estando a las atribuciones conferidas por el artículo12º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

SE ACORDÓ:

Artículo Primero.- Fijar las Dietas de los Regidoresde la Municipalidad Distrital de Castilla, en un monto as-cendente a S/. 960.00 Nuevos Soles, que representa un30.00% de la UIT por Sesión, precisándose que es porasistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, las mis-mas que no excederán de cuatro sesiones rentadas almes.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Munici-pal, las acciones administrativas correspondientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y ar-chívese.

ALFREDO GARCÍA FRÍASAlcalde

08859