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1 INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO GAMANIEL BLANCO MURILLO Tf./ (063) 421558 SAN JUAN - CERRO DE PASCO R.M. Nº 0205-81-ED 18-03-1981 Institución Innovadora Formando Docentes Líderes y Competitivos "AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN" DIRECTIVA 017-2015-DG-JUA/IESPP”GBM” - CP I FASE “NORMAS PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL DOCENTE CONTRATADO EN EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO “GAMANIEL BLANCO MURILLO” I FINALIDAD. Establecer los procedimientos complementarios para la I Fase del proceso de convocatoria y Selección de Personal docente contratado en las plazas vacantes presupuestadas, dando cumplimiento a la normatividad emitida por el Ministerio de Educación Oficio Múltiple N° 043-2015-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA para la ejecución del proceso de contratación en el IESPP “Gamaniel Blanco Murillo”, para garantizar el proceso de Revalidación Institucional 2016. II. OBJETIVOS: 2.1 Establecer criterios técnicos para efectuar el proceso de evaluación en la contratación para personal docente, con el propósito de garantizar el servicio educativo, la Revalidación Institucional y el buen inicio del año académico 2016 en el IESPP “GBM”. 2.2 Cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con la contratación de docentes en esta institución de formación magisterial, así como seleccionar al personal de acuerdo al estándar de SINEACE “Selección de formadores” en estricto orden de capacidad y mérito. 2.3 Asegurar la relación laboral contractual con el Estado mediante contrato de servicios personales. III. BASES LEGALES: 3.1 Constitución Política del Perú. 3.2 Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias. 3.3 Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior. 3.4 Ley N° 29156, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. 3.5 Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.6 Ley N° 28118, Prohibición de reconocimiento y pago al profesorado que no cuente con contrato suscrito oportunamente de acuerdo a la normatividad correspondiente. 3.7 Ley N° 28641, Ley que modifica la décimo quinta disposición transitoria de la Ley N°28562, Ley que autoriza crédito suplementario en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2005. 3.8 Ley N° 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicado en delitos de violación de la libertad sexual.

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INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO

GAMANIEL BLANCO MURILLO Tf./ (063) 421558 – SAN JUAN - CERRO DE PASCO

R.M. Nº 0205-81-ED 18-03-1981

Institución Innovadora Formando Docentes Líderes y Competitivos

"AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN"

DIRECTIVA Nº 017-2015-DG-JUA/IESPP”GBM” - CP

I FASE

“NORMAS PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL DOCENTE CONTRATADO EN

EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO

“GAMANIEL BLANCO MURILLO”

I FINALIDAD.

Establecer los procedimientos complementarios para la I Fase del proceso de

convocatoria y Selección de Personal docente contratado en las plazas vacantes

presupuestadas, dando cumplim iento a la normat iv idad emit ida por el

Min ister io de Educación Of ic io Múlt iple N° 043-2015-MINEDU/VMGP-

DIGESUTPA para la ejecución del proceso de contratación en el IESPP

“Gamaniel Blanco Murillo”, para garantizar el proceso de Revalidación Institucional 2016.

II. OBJETIVOS:

2.1 Establecer criterios técnicos para efectuar el proceso de evaluación en la contratación

para personal docente, con el propósito de garantizar el servicio educativo, la

Revalidación Institucional y el buen inicio del año académico 2016 en el IESPP “GBM”.

2.2 Cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con

la contratación de docentes en esta institución de formación magisterial, así como

seleccionar al personal de acuerdo al estándar de SINEACE “Selección de formadores”

en estricto orden de capacidad y mérito.

2.3 Asegurar la relación laboral contractual con el Estado mediante contrato de servicios

personales.

III. BASES LEGALES:

3.1 Constitución Política del Perú.

3.2 Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias.

3.3 Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.

3.4 Ley N° 29156, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

3.5 Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

3.6 Ley N° 28118, Prohibición de reconocimiento y pago al profesorado que no cuente con contrato suscrito oportunamente de acuerdo a la normatividad correspondiente.

3.7 Ley N° 28641, Ley que modifica la décimo quinta disposición transitoria de la Ley N°28562, Ley que autoriza crédito suplementario en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2005.

3.8 Ley N° 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicado en delitos de violación de la libertad sexual.

2

3.9 Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, modificada por la Ley N° 28164.

3.10 Ley N° 26771, Establecen prohibición de ejercer la facultad de nombramiento

y contratación de personal en el sector público, en casos de parentesco.

3.11 Ley Nº 26771, Ley de Nepotismo.

3.12 Ley Nº 27588 Ley de Prohibiciones e Incompatibilidad de Funciones.

3.13 Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.

3.14 Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.

3.15 Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

3.16 Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto

Legislativo N° 1029.

3.17 Decreto Ley N° 23211, Acuerdo entre la Santa Sede y la República del Perú.

3.18 Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y

de Remuneraciones del Sector Público.

3.19 Decreto Supremo N° 039-85-ED, Reglamento Especial para los Docentes de

Educación Superior.

3.20 Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones.

3.21 Decreto Supremo N° 051-91-PCM, Niveles remunerativos de los Funcionarios,

Directivos, Servidores de la administración pública, modificado por Decreto de

Urgencia N° 105-2001.

3.22 Decreto Supremo N° 017-2004-ED, se aprueba el Estatuto del Colegio de Profesores

del Perú.

3.23 Decreto Supremo N° 004-2010-ED, Reglamento de la Ley Nº 29394, Ley de Institutos

y Escuelas de Educación Superior.

3.24 Decreto Supremo N° 006-2012-ED, Reglamento de Organización y Funciones (RF)

y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación.

3.25 Decreto Supremo N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.

3.26 Resolución Ministerial N° 483-89-ED, Reglamento de Centros Educativos de

Acción Conjunta.

3.27 Normas técnicas sobre descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal.

3.28 Resolución de Presidencias Ejecutiva N° 61-2012-SERVIR/PE.

3.29 Resolución de Secretaría General N° 2596-2014-MINEDU

3.30 Resolución de Secretaría General Nº 110-2014-MINEDU, es aplicable para llevar a cabo el procedimiento de contratación del mencionado personal en el año 2015.

3.31 Oficio N° 043-2015-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA. Proceso de Contratación docente.

IV. ALCANCE:

4.1 Dirección Regional de Educación de Pasco.

4.2 Dirección de Gestión Pedagógica de la DRE-Pasco.

4.3 Dirección de Gestión Institucional de la DRE-Pasco

4.4 Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “Gamaniel Blanco Murillo”.

3

V. DISPOSICIONES GENERALES

5.1 PLAZAS VACANTES Para el año académico 2016 se convoca a concurso público las siguientes plazas vacantes en las siguientes especialidades y menciones.

PLAZAS PARA CONTRATO A TIEMPO COMPLETO

SE REQUIERE PROFESIONALES COMO:

1 PLAZAS EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA LICENCIADO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA CON ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN EDUCATIVA

1 PLAZAS EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA LICENCIADO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA Y MATEMÁTICA

1 PLAZAS EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA LICENCIADO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA

1 PLAZA EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA PROFESOR O LICENCIADO EN COMPUTACIÓN E INFORMÁTICA – CON CERTIFICACIÓN EN DOMINIO DE LENGUAJE DE PROGRAMACIÓN NIVEL AVANZADO.

1 PLAZA EN INGLÉS LICENCIADO EN IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS – FRANCES

2 PLAZAS EN EDUCACIÓN FÍSICA PROFESOR DE EDUCACIÓN FÍSICA

2 PLAZAS EN EDUCACIÓN INICIAL PROFESORA O LICENCIADA EN EDUCACIÓN INICIAL – CON MAESTRÍA AFINES A LA CARRERA DE EDUCACIÓN INICIAL.

1 PLAZA EN COMUNICACIÓN LICENCIADO EN LENGUA – LITERATURA CON MAESTRÍA EN DIDÁCTICA.

1 PLAZA EN COMUNICACIÓN LICENCIADO EN LENGUA – LITERATURA (CON DOMINIO DE QUECHUA NIVEL AVANZADO)

1 PLAZA EN EDUCACIÓN PRIMARIA LICENCIADO O PROFESOR EN EDUCACIÓN PRIMARIA (CON DOMINIO DE QUECHUA NIVEL AVANZADO)

5.2 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

a) Para el proceso de contratación docente se consideran las plazas vacantes y las

horas para completar el plan de estudios, correspondiente al cargo de docente de

Educación Superior.

b) Las plazas vacantes y las horas para completar el plan de estudios deben estar

aprobadas en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP vigente. Asimismo, deben

contar con el financiamiento para el ejercicio fiscal correspondiente.

c) Todas las plazas, cualquiera sea su condición (ocupadas o vacantes), tienen asignado

necesariamente un Código Único, generado por el Sistema de Administración y

Control de Plazas – NEXUS.

d) Los contratos se efectuarán en plazas de 40 horas, a fin de garantizar que los docentes

de Educación Superior Pedagógica realicen además de sus horas de sesiones de

aprendizaje, ejecución de procesos de investigación educativa institucional, cumplimiento

de estándares de acreditación asignados, tareas de proyección comunal y social, practica

pre-profesional (I al X semestre académico) y tutor ía . Asimismo, asumirán el

compromiso de implementar los criterios para consolidar la Revalidación Institucional en

el año 2016.

e) Es prohibido efectuar más de un contrato en una plaza orgánica vacante bajo

responsabilidad administrativa del funcionario o servidor que autorice tal acto; igual

restricción se considera en los contratos eventuales.

5.3 DEL CONTRATO a) La selección de personal para cubrir plazas docentes por contrato se realizará anual o

semestralmente de acuerdo al numeral 5.2.16 de la RSG N° 110-2014-MINEDU, del 5 de

febrero de 2014.

b) El contrato no será menor de un mes (30 días) ni excederá el periodo presupuestal.

4

c) De conformidad con el artículo 1° del Decreto Supremo N° 016-2005-ED, el registro y

emisión de resoluciones de contratos se realiza obligatoriamente a través del Sistema de

Administración de Plazas – NEXUS.

d) No procede la celebración de contratos en los siguientes casos:

En cargos directivos y/o jerárquicos.

Por reemplazo de docente nombrado destacado.

Por reemplazo de docente nombrado con encargo de funciones de la Dirección de un

Instituto o Escuela de Educación Superior público, que se encuentre en comisión de

servicios.

e) Se encuentran impedidos de participar en el proceso de contratación:

Personas que no acreditan los requisitos mínimos establecidos para desempeñar la

función docente.

Servidores de carrera que están cumpliendo sanción disciplinaria de cese

temporal.

Servidores que hayan incurrido en abandono de cargo, sin que a la fecha hayan sido

resueltas su situación laboral.

Ex servidores destituidos o separados del servicio cuya sanción fue aplicada en los

últimos cinco (05) años a la fecha de postulación inclusive.

Ex servidores sancionados con separación definitiva o destitución del servicio por

delitos de violación de la libertad sexual.

Personas que hayan cumplido condenas por delitos de terrorismo y delitos de violación

de la libertad sexual o indicios comprobados de acoso sexual.

Personas con antecedentes penales por delitos dolosos.

Personas que estén cumpliendo condena condicional por delito doloso y los

suspendidos e inhabilitados judicialmente.

f) Los servidores públicos (nombrados y contratados) se encuentran prohibidos de

desempeñar más de un empleo público remunerado, con excepción de uno más por

función docente.

i) La jornada laboral del docente contratado en plaza vacante es de 40 horas. La hora

pedagógica es de 50 minutos

j) Se encuentra prohibido destacar o rotar al docente contratado, ya sea para cumplir

funciones administrativas u otras. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

6.1 Del Proceso de contratación

6.1.1 Del comité de contratación

a) El Comité de Contratación es designado anualmente por el Director General del

Instituto de Educación Superior y ejercerá sus funciones para la cobertura de

plazas vacantes que se generen en el año lectivo.

b) El Comité de Contratación está conformado por: En el Instituto de Educación Superior Tecnológico o Pedagógico público

Titulares:

Director General del Instituto de Educación Superior público, quien lo preside.

Jefe del área Académica de la carrera o especialidad afín a la(s)

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plaza(s) docente(s) a la(s) que se postula.

Secretario Académico. Alternos:

Jefe de la Unidad Académica.

Docente formador de mayor antigüedad, en años de servicios en la institución.

Jefe de la Unidad Administrativa

c) En caso algún miembro del Comité de contratación no pueda asumir sus

funciones o tenga que abstenerse por tener relación de parentesco con

alguno de los postulantes hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de

afinidad, será reemplazado por un alterno, retomando sus funciones en los

subsiguientes. Los miembros alternos figuran en la resolución de conformación

del mencionado comité.

d) No pueden ser miembros del comité de contratación, los servidores que se

encuentren con sanción administrativa vigente por procesos disciplinarios, ni los

que se encuentren en uso de licencia.

e) Se requiere la presencia de todos los miembros del Comité de Contratación (o sus alternos), para el inicio de las sesiones respectivas.

f) Los comités de contratación rigen su funcionamiento según lo establecido en el subcapítulo V del Capítulo II del Título II de la Ley N° 27444, Ley del procedimiento administrativo general.

g) Son funciones del Comité de Contratación:

Cumplir el cronograma de actividades establecido en la presente directiva.

Llevar un libro de actas, donde se registran las actividades desarrolladas y ocurrencias del proceso.

Evaluar los expedientes de los postulantes para establecer el Orden de Méritos de los docentes, considerando los criterios establecidos en la presente directiva.

Resolver los reclamos presentados.

Suscribir y publicar el Cuadro de Méritos definitivo resultante luego de la

evaluación de los postulantes con puntajes empatados.

Entregar un ejemplar del acta de adjudicación debidamente suscrita a los postulantes ganadores.

Elaborar y presentar el informe final del proceso de contratación a la Dirección de la DRE-Pasco, adjuntando un ejemplar de las actas de adjudicación.

6.1.2 De Requisitos de los postulantes: Para el surgimiento de las plazas de contrata se ha tomado en cuenta los estándares del SINEACE; el estándar 1.3.1 Selección de formadores: “El instituto cuenta con políticas y procedimientos para la selección de formadores en función al perfil definido por la propia institución, cumpliendo con el mínimo establecido por la autoridades educativas”.

6.1.3 De la Inscripción y requisitos de los postulantes: 6.1.3.1. De las convocatorias

En este proceso, por naturaleza e interés del Instituto se dará en tres (3) convocatorias: a) CONVOCATORIA 1: Los postulantes que acrediten un mínimo de tres

años de experiencia laboral en el nivel superior. (Anexo 02A) b) CONVOCATORIA 2: Los postulantes que acrediten de 1 a 5 semestres en

Educación Superior y aquellos afines a la carrera EIB con dominio del Quechua Yaro nivel avanzado. (Anexo 02B)

c) CONVOCATORIA 3: Los postulantes con experiencia mínima de 4 años en Educación Básica Regular y aquellos afines a la carrera EIB con dominio avanzado del Quechua Yaro, (Anexo 02C). (RSG N° 110-2014-MINEDU, numeral 6.1.2.3)

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d) De existir postulantes en todas o en dos de las convocatorias se priorizará a la primera sobre la segunda y de la segunda sobre la tercera convocatoria.

6.1.3.2. De los requisitos

a) El postulante al momento de su inscripción debe acreditar los siguientes

requisitos:

Copia autenticada del Título Profesional de Profesor,

Licenciado en Educación, Título Profesional Universitario no

Pedagógico, Título Profesional o Título Profesional Técnico afín al

requerimiento de la plaza.

Acreditar experiencia docente de acuerdo a las convocator ias del numeral 6.1.2.1. de esta d irect iva en Educación Superior e instituciones educativas; en el caso de públicas, con las Resoluciones de contrato legibles, boletas o constancias de pago, y para el caso de las privadas, con el contrato suscrito.

Copia del D.N.I.

Ser miembro del Colegio de Profesores del Perú.

Copia de Desempeño Laboral del último año de trabajo.

Hoja de vida documentada (2011 – 2015) de acuerdo al orden del anexos 02A, 02B Y 02C, debidamente numerada.

Certificado de discapacidad (si lo tuviere).

Documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite

su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas (si lo tuviere).

Declaración Jurada.

Los docentes postulantes deben ordenar sus expedientes de acuerdo a la ficha de los anexos 02A, 02B y 02C, según les corresponda.

b. Los trámites administrativos de autenticación, inscripción del postulante

y presentación de expedientes, sustentación de la sesión o actividad de

aprendizaje, que se efectúen en el Instituto de Educación Superior del

ámbito jurisdiccional de la DRE-Pasco son completamente gratuitos,

su incumplimiento merecerá las sanciones administrativas a que

hubiere lugar, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que

se puedan determinar

c. El Título Pedagógico necesariamente debe estar inscrito en el Registro de Grados y Títulos del MED o DRE-Pasco, y en la SUNEDU (sólo para los Licenciados en Educación y los titulados en las Escuelas Superiores de Formación Artística reconocidas con rango universitario) cuyas copias sean fedateados en el IESPP GBM.

d. En el caso de presentarse un solo postulante que tenga todos los requisitos, considerado el numeral 6.1.2.1 de esta Directiva, procederá su postulación y se someterá a la Evaluación y Clase Demostrativa.

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6.1.3.3. De la inscripción

El postulante al momento de inscribirse al concurso debe elegir una convocatoria (6.1.2.1)

6.1.3.4. De los anexos.

Los anexos y la directiva completa deben los interesados deben descargarlo de la página Web de la institución: http://gamanielblñanco.edu.pe

6.2 De las etapas del proceso de contrato:

Actividades/Tareas/Etapas

Cronograma

Del Al

01 Recepción de expedientes

28 de diciembre 2015

30 de diciembre 2015

02 Evaluación de antecedentes profesionales y

expedientes en las convocatorias 1, 2 y 3.

04 y 05 de enero del 2016

03 Clase demostrativa 06 y 07 de enero del 2016

04

Publicación de resultados. 08 de enero del 2016

05

Absolución de reclamos y entrega de los

documentos de los docentes seleccionados

a la DRE Pasco.

11 de enero del 2016

06 Emisión de resoluciones con vigencia del 01

de marzo al 31 de diciembre de 2016 12 y 13 de enero del 2016

VII. DE LA REMUNERACIÓN

7.1 El pago de remuneraciones se hará por trabajo efectivamente realizado, quedando

prohibido por días no laborados, con excepción de las licencias por incapacidad

temporal, debidamente acreditadas por ESSALUD.

7.2 En caso se ejecute un contrato por una jornada laboral menor a la establecida,

la remuneración mensual será proporcional a éstas.

7.3 Los descuentos por tardanzas, inasistencias, huelgas, paralizaciones y permisos de

los docentes contratados, se efectúan de conformidad a los dispuesto por la

Resolución Jefatural N° 1344-2008-ED y su modificatoria la Resolución Jefatural N°

0730-2010-ED.

Cerro de Pasco, 23 de diciembre del 2015.

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INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO

GAMANIEL BLANCO MURILLO Tf./ (063) 421558 – SAN JUAN - CERRO DE PASCO

R.M. Nº 0205-81-ED 18-03-1981 Institución Innovadora Formando Docentes Líderes y Competitivos

ANEXO 01

Yo, ………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

Identificado(a) con D.N.I. N° …………………………………………. , declaro bajo juramento:

• Tener buena conducta.

• Gozar de buena salud.

• No tener antecedentes penales por delito doloso.

• No tener antecedentes penales por delitos señalados en la Ley N° 29988.

• No haber sido sancionado administrativamente con destitución o separación del servicio en los

últimos cinco (5) años, inclusive a la fecha de postulación.

• No haber sido sancionado con destitución o separación definitiva del servicio por delitos de

violación de la libertad sexual y corrupción de funcionarios.

• La veracidad de la información y de la documentación que adjunto en copia simple.

• Adjunto Certificado de Discapacidad ........................ Sí No

• Adjunto Documento Oficial emitido por la autoridad competente que acredita condición

de Licenciado en las Fuerzas Armadas ...................... Sí No

Dado en la ciudad de ............................ a los ........... días del mes de ....................del 201.....

…………………………….

Firma huella Digital

(Índice derecho)

NOTA: Si el postulante oculta información y/o consigna falsa será excluido del proceso de selección de personal. En caso de haberse producido la contratación deberá cesar por comisión de falta grave, con arreglo a las normas vigentes, sin perjuicio de la responsabilidad penal que hubiera incurrido (Art. 4° DS 017-96-PCM)

DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATACIÓN

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ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

Desarrollo Profesional

(Hasta 30 puntos)

Segunda Lengua (Certificación) 4

Capacitación en Tecnologías de la Información y Comunicación TIC (Certificación) 4

Estudios de segunda especialización o especialización, en la plaza a la que postula - Tres (03) puntos por programa, hasta un máximo de 6 puntos

Estudios de capacitación o actualización en la especialidad de la plaza a la que postula. - Dos (01) puntos por curso no menor de 100 horas, hasta un máximo de 4 puntos

4

Estudios de segunda especialidad, especialización, capacitación o actualización, desarrollados en el marco del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente y Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente del Ministerio de Educación.

- Cuatro (02) puntos por programa, hasta un máximo de 4 puntos

4

Estudios de metodología de la enseñanza del inglés para docentes formadores, desarrollados por la Embajada de Estados Unidos de Norte América con apoyo del Ministerio de Educación. (Sólo para postulantes a Inglés)

2

Investigaciones

Copia autenticada de la investigación - Debe estar explicito el nombre del docente y el año de la

investigación

3

Publicaciones

Certificado del depósito legal realizado a la Biblioteca Nacional del Perú hasta la fecha de publicación de la presente directiva o presentación de los originales (texto, obras literarias)

3

Artículos publicados en revistas, periódicos, etc. - Un (01) punto por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos

2

Patente de invención o innovación tecnológica 2

ANEXO 02A

ASPECTOS Y CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE EXPEDIENTES

Nombre del Postulante:………………………………………………………………………………… Plaza a la que postula:…………………………………………………………………………………..

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENIDO

Formación y experiencia profesional

(Hasta 27 puntos)

Grado de Doctor 9

Estudios concluidos de Doctorado (*) 8

Estudios no concluidos de Doctorado (*) 7

Grado de Maestría afines a la carrera que postula(*) 6

Estudios concluidos de Maestría afines a la carrera que postula (*) 5

Estudios no concluidos de Maestría afines a la carrera que postula (*) 4

Otro título Profesional 8

Título de Segunda Especialidad o Diplomado de Especialización Tecnológica de post grado 4

Experiencia docente en Educación Superior no menor de 3 años - Dos (02) puntos por 3 años de experiencia - Dos (02) puntos por año adicional, hasta un máximo de 10 puntos

10

(*) Son excluyentes. Se califica el grado más alto obtenido y estudios más altos a dicho grado.

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

Méritos (Hasta 3

puntos)

Felicitaciones por desempeño o trabajo destacado en el campo pedagógico o tecnológico. Felicitación como asesor del trabajo de investigación.

- Por Resolución Ministerial o Directoral emitida por alguna Dirección del MINEDU, tres (03) puntos.

- Por Resolución Directoral Regional o de UGEL, dos (02) puntos. - Por Resolución Institucional (01) punto.

3

PUNTAJE TOTAL.

10

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

Desarrollo Profesional

(Hasta 30 puntos)

Segunda Lengua (Certificación) 4

Capacitación en Tecnologías de la Información y Comunicación TIC (Certificación) 4

Estudios de segunda especialización o especialización, en la plaza a la que postula - Tres (03) puntos por programa, hasta un máximo de 6 puntos

Estudios de capacitación o actualización en la especialidad de la plaza a la que postula. - Dos (01) puntos por curso no menor de 100 horas, hasta un máximo de 4 puntos

4

Estudios de segunda especialidad, especialización, capacitación o actualización, desarrollados en el marco del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente y Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente del Ministerio de Educación.

- Cuatro (02) puntos por programa, hasta un máximo de 4 puntos

4

Estudios de metodología de la enseñanza del inglés para docentes formadores, desarrollados por la Embajada de Estados Unidos de Norte América con apoyo del Ministerio de Educación. (Sólo para postulantes a Inglés)

2

Investigaciones

Copia autenticada de la investigación - Debe estar explicito el nombre del docente y el año de la

investigación

3

Publicaciones

Certificado del depósito legal realizado a la Biblioteca Nacional del Perú hasta la fecha de publicación de la presente directiva o presentación de los originales (texto, obras literarias)

3

Artículos publicados en revistas, periódicos, etc. - Un (01) punto por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos

2

Patente de invención o innovación tecnológica 2

ANEXO 02B

ASPECTOS Y CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE EXPEDIENTES

Nombre del Postulante:………………………………………………………………………………… Plaza a la que postula:…………………………………………………………………………………..

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENIDO

Formación y experiencia profesional

(Hasta 27 puntos)

Grado de Doctor 9

Estudios concluidos de Doctorado (*) 8

Estudios no concluidos de Doctorado (*) 7

Grado de Maestría afines a la carrera que postula (*) 6

Estudios concluidos de Maestría afines a la carrera que postula (*) 5

Estudios no concluidos de Maestría afines a la carrera que postula (*) 4

Otro título Profesional 8

Título de Segunda Especialidad o Diplomado de Especialización Tecnológica de post grado 4

Experiencia docente en Educación Superior un semestre a cinco semestres - Dos (02) puntos por 1 semestre de experiencia - Dos (02) puntos por año adicional, hasta un máximo de 10 puntos

10

(*) Son excluyentes. Se califica el grado más alto obtenido y estudios más altos a dicho grado.

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

Méritos (Hasta 3

puntos)

Felicitaciones por desempeño o trabajo destacado en el campo pedagógico o tecnológico. Felicitación como asesor del trabajo de investigación.

- Por Resolución Ministerial o Directoral emitida por alguna Dirección del MINEDU, tres (03) puntos.

- Por Resolución Directoral Regional o de UGEL, dos (02) puntos. - Por Resolución Institucional (01) punto.

3

PUNTAJE TOTAL.

11

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

Desarrollo Profesional

(Hasta 30 puntos)

Segunda Lengua (Certificación) 4

Capacitación en Tecnologías de la Información y Comunicación TIC (Certificación) 4

Estudios de segunda especialización o especialización, en la plaza a la que postula - Tres (03) puntos por programa, hasta un máximo de 6 puntos

Estudios de capacitación o actualización en la especialidad de la plaza a la que postula. - Dos (01) puntos por curso no menor de 100 horas, hasta un máximo de 4 puntos

4

Estudios de segunda especialidad, especialización, capacitación o actualización, desarrollados en el marco del Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente y Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente del Ministerio de Educación.

- Cuatro (02) puntos por programa, hasta un máximo de 4 puntos

4

Estudios de metodología de la enseñanza del inglés para docentes formadores, desarrollados por la Embajada de Estados Unidos de Norte América con apoyo del Ministerio de Educación. (Sólo para postulantes de Inglés)

2

Investigaciones

Copia autenticada de la investigación - Debe estar explicito el nombre del docente y el año de la

investigación

3

Publicaciones

Certificado del depósito legal realizado a la Biblioteca Nacional del Perú hasta la fecha de publicación de la presente directiva o presentación de los originales (texto, obras literarias)

3

Artículos publicados en revistas, periódicos, etc. - Un (01) punto por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos

2

Patente de invención o innovación tecnológica 2

ANEXO 02C

ASPECTOS Y CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE EXPEDIENTES

Nombre del Postulante:………………………………………………………………………………… Plaza a la que postula:…………………………………………………………………………………..

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENIDO

Formación y experiencia profesional

(Hasta 27 puntos)

Grado de Doctor 9

Estudios concluidos de Doctorado (*) 8

Estudios no concluidos de Doctorado (*) 7

Grado de Maestría afines a la carrera que postula (*) 6

Estudios concluidos de Maestría afines a la carrera que postula (*) 5

Estudios no concluidos de Maestría afines a la carrera que postula (*) 4

Otro título Profesional 8

Título de Segunda Especialidad o Diplomado de Especialización Tecnológica de post grado 4

Experiencia docente en Educación Básica Regular mínima de 4 años - Dos (02) puntos por 1 años de experiencia - Dos (02) puntos por año adicional, hasta un máximo de 10 puntos

10

(*) Son excluyentes. Se califica el grado más alto obtenido y estudios más altos a dicho grado.

ASPECTO CRITERIOS PUNTAJE MÁXIMO

Méritos (Hasta 3

puntos)

Felicitaciones por desempeño o trabajo destacado en el campo pedagógico o tecnológico. Felicitación como asesor del trabajo de investigación.

- Por Resolución Ministerial o Directoral emitida por alguna Dirección del MINEDU, tres (03) puntos.

- Por Resolución Directoral Regional o de UGEL, dos (02) puntos. - Por Resolución Institucional (01) punto.

3

PUNTAJE TOTAL.

12

INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO

GAMANIEL BLANCO MURILLO Tf./ (063) 421558 – SAN JUAN - CERRO DE PASCO

R.M. Nº 0205-81-ED 18-03-1981 Institución Innovadora Formando Docentes Líderes y Competitivos

ANEXO 03

APELLIDOS Y NOMBRES: …………………………………………………………………..……………………………………

PLAZA A LA QUE POSTULA: ………………………………..…………………………………………………………………

FECHA: …………………………………………………………….

FICHA DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO PROFESIONAL

ASPECTOS

PUNTAJE

1. Conocimiento de la realidad sociocultural, económica productiva y el desarrollo de

la localidad.

5

2. Conocimiento general de pedagogía y metodología para la formación profesional. 5

3. Conocimiento de la especialidad o área. 10

4. Simulación o

demostración

práctica de

conocimientos en

procesos

pedagógicos.

Motivación y recuperación de los saberes previos 5

Estrategias metodológicas para generar conflicto cognitivo

en los adultos

5

Uso de recursos y materiales para el procesamiento,

transferencia y aplicación de los conocimientos.

5

Evaluación de los aprendizajes mediante actividades de

reflexión y meta cognición

5

TOTAL 40