diferencia entre la sucesión hereditaria testamentaria y ab

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DIFERENCIA ENTRE LA SUCESIÓN HEREDITARIA TESTAMENTARIA Y AB- INTESTATO: SUCESIÓN TESTAMENTARIA SUCESIÓN AB- INTESTADA Acto Jurídico, mediante el cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte. Dentro del derecho romano, uno de los negocios jurídicos más importantes era el testamento, siendo que en la Ley de las Doce Los Herederos (intestados) sólo pueden tener la sucesión no habiendo heredero testamentario. La sucesión testamentaria es la máxima exaltación de los principios de la apropiación privada, los cuales sirvieron de base para la formulación de los siguientes sistemas económicos. Es unilateral, porque se perfecciona sólo con la voluntad del testador. Es personal e indelegable, porque sólo el testador personalmente puede hacer el testamento. Es individual, porque no puede hacerse el testamento en forma conjunta o múltiple, aún en el caso de ser cónyuges. Es formal, porque tiene una determinada formalidad establecida por la ley. SUCESIÓN INTESTADA La sucesión ab intestato se abre en los siguientes casos: 1. Si una persona ha muerto sin testamento. 2. Si el testamento carecía de los requisitos o si se había hecho nulo con posterioridad o era revocado. 3. Si los herederos testamentarios no llegaban a adquirir la herencia. Encuentra su regulación en la Ley de la XII tablas. Se reguló de acuerdo con la típica organización de la familia romana primitiva. Se excluía así: 1) al hijo emancipado que había roto lazos de amistad con el paterfamilias . 2) Los nietos nacidos de una hija no heredan al abuelo materno. 3) los hijos no heredan a la madre, ni la madre a los hijos. Tres clases de herederos: sui-adgnati- gentiles

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Page 1: Diferencia Entre La Sucesión Hereditaria Testamentaria y Ab

DIFERENCIA ENTRE LA SUCESIÓN HEREDITARIA TESTAMENTARIA Y AB- INTESTATO:

SUCESIÓN TESTAMENTARIA SUCESIÓN AB- INTESTADA

Acto Jurídico, mediante el cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte.

Dentro del derecho romano, uno de los negocios jurídicos más importantes era el testamento, siendo que en la Ley de las Doce Los Herederos (intestados) sólo pueden tener la sucesión no habiendo heredero testamentario.

La sucesión testamentaria es la máxima exaltación de los principios de la apropiación privada, los cuales sirvieron de base para la formulación de los siguientes sistemas económicos.

Es unilateral, porque se perfecciona sólo con la voluntad del testador.

Es personal e indelegable, porque sólo el testador personalmente puede hacer el testamento.

Es individual, porque no puede hacerse el testamento en forma conjunta o múltiple, aún en el caso de ser cónyuges.

Es formal, porque tiene una determinada formalidad establecida por la ley.

Es revocable, porque el testador puede cambiarlo las veces que desee.

SUCESIÓN INTESTADA La sucesión ab intestato se abre en los siguientes casos:1. Si una persona ha muerto sin testamento.2. Si el testamento carecía de los requisitos o si se había hecho nulo con posterioridad o era revocado.3. Si los herederos testamentarios no llegaban a adquirir la herencia.

Encuentra su regulación en la Ley de la XII tablas.

Se reguló de acuerdo con la típica organización de la familia romana primitiva.

Se excluía así: 1) al hijo emancipado que había roto lazos de amistad con el paterfamilias . 2) Los nietos nacidos de una hija no heredan al abuelo materno.3) los hijos no heredan a la madre, ni la madre a los hijos. Tres clases de herederos: sui-adgnati-gentiles