dictamen aytam.madrid 13-12-12 madridarena

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DICTAMEN QUE CONTIENE LAS CONCLUSIONES DE LA COMISIÓN NO PERMANENTE DE INVESTIGACIÓN SOBRE LOS HECHOS OCURRIDOS EN LA MADRUGADA DEL PASADO 1 DE NOVIEMBRE EN EL PABELLÓN MADRID ARENA, APROBADAS POR MAYORÍA, EN SU SESIÓN DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DE 2012. EL DICTAMEN LO INTEGRAN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: 1. Documento propuesto por el Grupo Popular, si bien modificadas las medidas números 2, 7, 8, 12 y 14, por sendos acuerdos transaccionales y que se reflejan en letra cursiva. 2. Medidas números 9 y 10 (página 44), del documento presentado por el Grupo Socialista de Madrid modificadas por sendos acuerdos transaccionales de adición. 3. Medidas números 4 y 5 (páginas 52 y 53) y la medida número 4 (página 75) del documento presentado por el grupo municipal de Unión Progreso y Democracia. 4. Medidas números 7 y 8 del documento presentado por el Grupo Municipal de Izquierda Unida – Los Verdes. 5. Medidas números 13, 18, 21 y 25 (páginas 44 y 45) del documento presentado por el Grupo Municipal Socialista de Madrid. Madrid, 13 de diciembre de 2012 EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO Y DE LA COMISIÓN Federico Andrés López de la Riva Carrasco CNP de Investigación MADRID ARENA Sesión 12-12-2012 - Dictamen Página 1 de 25

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Dictamen municipal sobre sucesos Madrid Arena

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  • DICTAMEN QUE CONTIENE LAS CONCLUSIONES DE LA COMISIN NO PERMANENTE DE INVESTIGACIN SOBRE LOS HECHOS OCURRIDOS EN LA MADRUGADA DEL PASADO 1 DE NOVIEMBRE EN EL PABELLN MADRID ARENA, APROBADAS POR MAYORA, EN SU SESIN DEL DA 12 DE DICIEMBRE DE 2012.

    EL DICTAMEN LO INTEGRAN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

    1. Documento propuesto por el Grupo Popular, si bien modificadas las medidas nmeros 2, 7, 8, 12 y 14, por sendos acuerdos transaccionales y que se reflejan en letra cursiva.

    2. Medidas nmeros 9 y 10 (pgina 44), del documento presentado por el Grupo Socialista de Madrid modificadas por sendos acuerdos transaccionales de adicin.

    3. Medidas nmeros 4 y 5 (pginas 52 y 53) y la medida nmero 4 (pgina 75) del documento presentado por el grupo municipal de Unin Progreso y Democracia.

    4. Medidas nmeros 7 y 8 del documento presentado por el Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes.

    5. Medidas nmeros 13, 18, 21 y 25 (pginas 44 y 45) del documento presentado por el Grupo Municipal Socialista de Madrid.

    Madrid, 13 de diciembre de 2012 EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO

    Y DE LA COMISIN Federico Andrs Lpez de la Riva Carrasco

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • DICTAMEN DEL GRUPO POPULAR PARA LA COMISIN NO PERMANENTE DE INVESTIGACIN SOBRE LOS HECHOS

    OCURRIDOS EN LA MADRUGADA DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2012 EN EL PABELLN MADRID ARENA

    1. INTRODUCCIN

    El presente dictamen recoge las conclusiones que el Grupo

    Municipal del Partido Popular ha elaborado como resultado de los

    trabajos de la Comisin No Permanente de Investigacin creada por

    unanimidad de los Grupos Polticos representados en el Pleno del

    Ayuntamiento de Madrid sobre los hechos ocurridos en la madrugada

    del 1 de noviembre de 2012 en el Pabelln Madrid Arena.

    Asimismo, el dictamen del Grupo Municipal del Partido Popular

    presenta una relacin de propuestas elaboradas con el firme objetivo de

    mejorar las garantas de la seguridad de las personas en los eventos que

    tengan lugar en las vas y espacios pblicos de Madrid, as como los que

    se celebren en los recintos municipales.

    Los contenidos de este dictamen responden, por tanto, a los dos

    compromisos esenciales adquiridos desde el primer momento ante todos

    los madrileos por la Alcaldesa de Madrid despus de la tragedia. En

    primer lugar, llegar al fondo de la verdad de los terribles hechos que se

    produjeron en el Madrid Arena, en cuya investigacin judicial y policial el

    Ayuntamiento de Madrid est colaborando desde el primer momento. Y,

    en segundo trmino, evitar que una tragedia como la acontecida en la

    noche de Halloween vuelva a suceder en nuestra ciudad.

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • La memoria de las jvenes Cristina Arce, Roco Oa, Katia

    Esteban, Beln Langdon y Mara Teresa Alonso, fallecidas como

    consecuencia de la tragedia del pasado 1 de noviembre, as como el

    dolor de sus familias y sus amigos, han sido un profundo acicate en la

    voluntad del Grupo Municipal del Partido Popular de cumplir con nuestras

    obligaciones ante los madrileos respecto a los sucesos acontecidos en

    el Madrid Arena.

    Ante esta tragedia hemos entendido que slo cabe responder

    desde los principios de rigor y transparencia. Rigor en el esclarecimiento

    de la verdad de los hechos para que la tragedia del Madrid Arena nunca

    ms vuelva a repetirse, mediante el anlisis y elaboracin de medidas

    que refuercen las garantas de la seguridad de las personas, las cuales

    se recogen en las conclusiones del presente dictamen. Y transparencia

    desde el primer momento a la hora de proporcionar a los ciudadanos y a

    los Grupos Polticos Municipales toda la informacin relacionada con los

    sucesos, y en especial sobre la actuacin de los servicios del

    Ayuntamiento de Madrid antes y despus de conocida la tragedia.

    A todo ello responden las sucesivas comparecencias ante los

    medios de comunicacin por parte de la Alcaldesa de Madrid, el

    Vicealcalde y los responsables de las diferentes reas Delegadas de

    Gobierno con competencias relacionadas con los hechos, as como la

    informacin facilitada por stos a preguntas de los Grupos de la

    Oposicin en el Pleno del Ayuntamiento celebrado el 28 de noviembre.

    En esta lnea cabe destacar tambin el informe de investigacin interna

    elaborado por la segunda Teniente de Alcalde y Delegada del rea de

    Gobierno de Hacienda y Administracin Pblica, doa Concepcin

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • Dancausa, que el Ayuntamiento ha puesto a disposicin de todos los

    ciudadanos en su pgina web.

    En la voluntad de rigor y transparencia se inscribe tambin la

    aceptacin inmediata por parte de la Alcaldesa de Madrid de la creacin

    de la Comisin de Investigacin solicitada al da siguiente de la tragedia

    por los portavoces municipales del PSOE y UPyD en relacin con los

    sucesos del Madrid Arena.

    Desde la creacin de la Comisin de Investigacin, aprobada el

    pasado 16 de noviembre por unanimidad de los Grupos Polticos

    representados en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, se ha trabajado

    resueltamente para que sus sesiones condujeran al esclarecimiento de

    las actuaciones del Ayuntamiento de Madrid en relacin con la tragedia

    de la noche de Halloween.

    Por esta razn se aprobaron un total de veinte comparecencias

    solicitadas por los Grupos de la Oposicin, correspondientes en su mayor

    parte a los ms altos responsables polticos de las reas Delegadas de

    Gobierno con competencias relacionadas con el caso, as como a los

    responsables de los servicios municipales de Polica Municipal y

    SAMUR-Proteccin Civil y de la empresa pblica municipal Madrid

    Espacios y Congresos, S.A., que gestiona la instalacin Madrid Arena y

    que formaliz el contrato con la empresa Diviertt, S.L, promotora del

    evento Thriller Music Park-Steve Aoki (Halloween).

    De este modo, se ha garantizado a la Comisin de Investigacin la

    oportunidad de conocer el testimonio de los mximos responsables

    polticos de los departamentos municipales sobre la actuacin de stos

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • antes y despus de la tragedia de Halloween. Asimismo se entregaron a

    los Grupos de la Oposicin representados en la Comisin un total de 186

    documentos que haban solicitado por su relacin directa con el objeto de

    la Comisin.

    Los trabajos de la Comisin de Investigacin han arrojado luz

    sobre la clave que desencaden la tragedia: la temeraria conducta del

    promotor del evento, Miguel ngel Flores, propietario de Diviertt, S.L., al

    exceder el aforo mximo permitido para el evento en el recinto del Madrid

    Arena. Como pusieron de relieve la mayora de los comparecientes, el

    mal uso de la instalacin municipal provocado por este exceso de aforo,

    que pudo superar incluso el doble del permitido, desencaden la tragedia

    en el interior del recinto.

    Como ya ha apuntado la Alcaldesa de Madrid, los ciudadanos

    madrileos y, en especial, los familiares de las vctimas, merecen las

    ms sinceras disculpas por el hecho de que Madrid Espacios y

    Congresos, S.A. hubiera confiado en un promotor capaz de anteponer un

    desmedido nimo de lucro al cumplimiento de las normas de seguridad y

    proteccin de las personas que le haban sido exigidas en el momento de

    la contratacin. El reconocimiento de esta verdad es el punto de partida

    de nuestros esfuerzos por evitar que tragedias como la acaecida en el

    Madrid Arena en la madrugada del 1 de noviembre vuelvan a repetirse en

    el futuro.

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • 2. CONCLUSIONES

    A tenor de las comparecencias celebradas en el marco de la

    Comisin de Investigacin arriba referenciada, el Grupo Municipal

    Popular presenta las siguientes conclusiones, una vez examinado lo

    sucedido, y con el nico fin de contribuir al esclarecimiento de los hechos

    y determinar posibles responsabilidades polticas.

    2.1. El pabelln Madrid Arena y las normas urbansticas

    El pabelln Madrid Arena es un bien inmueble inscrito en el

    inventario general del Ayuntamiento de Madrid, construido sobre otro

    bien de dominio pblico denominado Rockdromo. Construccin,

    recordemos, que obedeca a la carencia de la ciudad, observada ya en

    2001, de espacios adecuados para celebrar grandes eventos.

    El pabelln Madrid Arena se construy bajo el control y

    seguimiento de los servicios tcnicos municipales, previo informe

    favorable de la Comisin Mixta de Patrimonio (formada por la Comunidad

    de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid), y con financiacin municipal,

    por lo que goza del carcter de obra pblica municipal a los efectos de

    licencia urbanstica. As, conforme a la legislacin vigente en su

    momento, y por tratarse de un edificio municipal cuyo proyecto y

    ejecucin se realizaron bajo la supervisin de los tcnicos municipales,

    cumpla con el artculo 4 de artculo 151 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,

    de Suelo de la Comunidad de Madrid, que establece lo siguiente:

    cuando los actos de uso del suelo, construccin y edificacin sean

    promovidos por los Ayuntamientos en su propio trmino municipal, el

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • acuerdo municipal que los autorice o apruebe estar sujeto a los mismos

    requisitos y producir los mismos efectos que la licencia urbanstica a los

    efectos de la presente Ley, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislacin

    de rgimen local.

    Incidiendo en el asunto de la licencia, en la Comisin de

    Investigacin se puso de manifiesto que el Pabelln Madrid Arena es un

    inmueble de titularidad municipal, de dominio pblico y servicio pblico,

    gestionado por la empresa municipal Madrid Espacios y Congresos, S.A.

    conforme a su objeto social. Las obras de intervencin para su

    construccin fueron promovidas por el Ayuntamiento de Madrid, llevando

    su direccin facultativa el rea de Urbanismo, estando incluidas tales

    actuaciones en los supuestos sealados de la Ley del Suelo autonmica

    antes citada y en el artculo 2 de la Ordenanza Municipal de Tramitacin

    de Licencias como actos no sujetos a licencia urbanstica.

    En este punto es necesario destacar que en la Comisin de

    Investigacin se ha puesto de relieve que la jurisprudencia avala esta

    interpretacin, como as se desprende de la Sentencia del Tribunal

    Supremo de 19 de abril de 1999, en la que se seala que si las obras a

    ejecutar son las contempladas en un previo proyecto de urbanizacin u

    obras elaborado y aprobado por el Ayuntamiento, sera redundante, una

    vez autorizado aquel, que se permitiera a la propia corporacin otra

    intervencin, la de la concesin de licencia, carente ya a todas luces de

    sentido y obligatoriedad.

    Sirva tambin para confirmar esta doctrina la sentencia del Tribunal

    Supremo de 2 de abril de 2002, en la que se establece que si la

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  • finalidad de toda licencia municipal de obras radica en la necesidad de

    control por parte del Ayuntamiento de los proyectos presentados al efecto

    para dilucidar su ajuste y conformidad a la normativa urbanstica, cuando

    tales proyectos son realizados por el propio Ayuntamiento, es lgico

    deducir que la necesidad objetiva de licencia, plasmada formalmente en

    la correspondiente autorizacin, resulta innecesaria al ser el propio

    rgano competente para controlar el ajuste de la obra a la normativa

    urbanstica, vigente el autor del correspondiente proyecto a finalizar, lo

    que por s mismo conlleva a esa autorizacin.

    Resulta evidente pues que el pabelln Madrid Arena cuenta con

    licencia de funcionamiento vigente, no sindole de aplicacin el Cdigo

    Tcnico de Edificacin por no haberse llevado a cabo obra alguna de

    modificacin, reforma, ampliacin o rehabilitacin posterior a la entrega

    en vigor en 2006 del citado Cdigo.

    De esta forma el pabelln Madrid Arena se convirti en el primer

    edificio en el mundo con la posibilidad de ajustar todo su aforo de forma

    modular y automtica, resultando un edificio multifuncional capaz de

    albergar todo tipo de eventos. Adems, y as se refleja en el Plan de

    autoproteccin aprobado en 2005, el edificio cuenta con las condiciones

    tcnicas para el montaje de cualquier tipo de espectculo, capacidad de

    carga de la estructura, instalacin elctrica adecuada, galera de

    comunicacin entre el escenario y el control de luz de sonido, entre otros

    elementos.

    Por todo ello, podemos concluir terminantemente que la realizacin

    de conciertos como el de la madrugada del 1 de noviembre forma parte

    de la actividad habitual desarrollada en el pabelln.

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  • 2.2. Normativa de aplicacin en la contratacin de Madrid Espacios

    y Congresos, S.A.

    Madrid Espacios y Congresos, S.A. es una empresa pblica con

    forma de sociedad mercantil del Ayuntamiento de Madrid cuyo objeto

    social comprende, entre otros, la celebracin de eventos de carcter

    deportivo, espectculos, ferias y otros de naturaleza similar. En

    consecuencia, el alquiler del pabelln Madrid Arena para la realizacin

    del evento denominado Thriller Music Park Steve Aoki (Halloween)

    forma parte de la actividad ordinaria actual de Madrid Espacios y

    Congresos, S.A..

    Madrid Espacios y Congresos, S.A., en su condicin de empresa

    pblica, acta con carcter general conforme al derecho privado.

    Concretamente, en materia de gestin y explotacin de su patrimonio a

    travs de arrendamiento, segn lo dispuesto en el artculo 85 ter. de la

    Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Rgimen Local

    (LBRL), en relacin con la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de

    Patrimonio de las Administraciones Pblicas (LPAP), se rige de forma

    exclusiva por el derecho privado. Por todo ello, en el contrato suscrito

    entre Madrid Espacios y Congresos, S.A. y el organizador del evento no

    resultaban de aplicacin las prohibiciones de contratar previstas en el

    artculo 49 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 16 de noviembre, por

    el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector

    Pblico (TRLCSP).

    Aqu cabe destacar la existencia de un procedimiento de gestin

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • de eventos por parte de Madrid Espacios y Congresos, S.A., que consta

    de las siguientes pautas: se recibe la propuesta del evento y Madrid

    Espacios y Congresos, S.A. analiza la viabilidad tcnica y comercial de la

    solicitud, a la vez que determina cul es la instalacin que mejor se

    adapta al tipo de evento. Por su parte, el promotor ha de facilitar los

    datos precisos relativos a pblico estimado, fechas de celebracin e

    instalaciones necesarias para que Madrid Espacios y Congresos, S.A.

    pueda elaborar un primer presupuesto.

    Aceptadas las condiciones propuestas, se procede a la firma del

    contrato y a realizar una visita tcnica de la instalacin por parte del

    promotor, de forma que pueda analizar las caractersticas del espacio

    previamente a la organizacin del evento. Seguidamente, el promotor ha

    de enviar a Madrid Espacios y Congresos, S.A. la documentacin

    acreditativa de las caractersticas del evento, y ya con esta informacin

    se elabora el presupuesto definitivo.

    2.3. La seguridad privada responsable del evento

    En el caso concreto del Thriller Music Park Steve Aoki, una vez

    realizados los trmites previos recin sealados, el 24 de octubre el

    promotor comunica a Madrid Espacios y Congresos, S.A. que el nmero

    de asistentes oscilar entre 4.000 y 6.000, que el equipo de

    controladores de acceso correr a cargo de la empresa Kontrol 34, con

    75 efectivos, y que se contar adems con un servicio mdico formado

    por dos mdicos, dos ATS y dos ambulancias con dos tcnicos en cada

    una. Posteriormente, el 26 de octubre Madrid Espacios y Congresos,

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  • S.A. comunica la previsin del evento a Delegacin del Gobierno, a la

    Coordinacin de Actos Pblicos de Vicealcalda y a la propia Polica

    Municipal, sealando ante la falta de concrecin del organizador, y por

    mayor precaucin, que el nmero previsto de asistentes rondara los

    7.000. Por su parte, la empresa adjudicataria del contrato de seguridad de

    Madrid Espacios y Congresos, S.A., Seguriber, elabor un plan

    especfico de vigilancia en el que se detalla la relacin de medidas y

    medios destinados a proteger las instalaciones y el evento propiamente

    dicho. A la vista de lo acaecido, parece lgico concluir que el

    cumplimiento de las obligaciones asumidas por Seguriber no fue el

    exigible segn lo estipulado en su contrato con Madrid Espacios y

    Congresos, S.A. En este punto, y respecto al cumplimiento de las disposiciones en

    materia de seguridad que afectan concretamente al evento celebrado en

    la madrugada del 1 de noviembre, debe sealarse en primer lugar que

    Madrid Espacios y Congresos, S.A. realiz las siguientes actuaciones:

    - dar a conocer al promotor del evento, segn lo estipulado en el

    contrato, el plan de autoproteccin;

    - adopcin de un plan de vigilancia especfico para el evento;

    - comunicacin al organizador del evento del aforo permitido por

    planta;

    - control exterior de las instalaciones a travs de la empresa

    Seguriber;

    - control de las instalaciones de seguridad con carcter previo a la

    celebracin del evento;

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  • - la designacin de tres empleados de Madrid Espacios y Congresos,

    S.A. para el seguimiento y control del evento durante su desarrollo.

    2.4. Despliegue y actuacin de la Polica Municipal en el exterior

    del recinto ferial

    Como se ha sealado, Polica Municipal recibe comunicacin del

    evento con fecha 26 de octubre, con una estimacin de asistencia en

    torno a las 7.000 personas, cifra que hace se le asigne un nivel de riesgo

    medio. No obstante, a las dos de la tarde del da 31, y de forma verbal, la

    Inspeccin Territorial de Polica Municipal a instancias de la Unidad

    Integral del distrito de Moncloa eleva el nivel de riesgo de medio a alto,

    atendiendo para ello a la posible afeccin que la celebracin de la noche

    de Halloween puede tener sobre zonas aledaas de Madrid, como es el

    caso de la zona de Plaza de Espaa, Centro y Moncloa.

    El dispositivo policial tena como funciones velar por el

    cumplimiento de las ordenanzas municipales, evitar incidentes de

    seguridad en el entorno del recinto ferial, impedir la obstaculizacin de

    las entradas y salidas al mismo, as como la regulacin del trfico en los

    accesos e interior de la Casa de Campo. Para ejercer estas funciones la

    Polica Municipal se despleg en el entorno exterior del recinto ferial, no

    siendo de su competencia la seguridad del evento celebrado en el

    pabelln Madrid Arena.

    Dicho evento tena carcter privado y, como tal, contaba con

    seguridad privada cuya actuacin regula la Ley 23/1992, de 30 de julio,

    de Seguridad Privada, la cual no atribuye a Polica Municipal ninguna

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • atribucin sobre el control de la seguridad privada. Por su parte, el

    Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno de la

    Comunidad de Madrid, regula la actividad de control de acceso a

    espectculos pblicos y actividades recreativas, recogiendo en su

    artculo 5 las funciones que le corresponden al personal de control de

    accesos, y que se citan textualmente a continuacin:

    a) Dirigir y asegurar la pacfica entrada de personas al establecimiento

    pblico, espectculo pblico o actividad recreativa, con el fin de que

    no perturben el desarrollo del espectculo o la actividad recreativa

    que se realice.

    b) Comprobar la edad de las personas que pretendan acceder al local

    cuando sea procedente.

    c) Controlar la adquisicin de la entrada o localidad por parte de los

    asistentes al establecimiento.

    d) Controlar en todo momento que no se exceda el aforo autorizado.

    e) Requerir la intervencin del personal del servicio de vigilancia del

    establecimiento, si lo tuviera, o en su defecto, de las Fuerzas y

    Cuerpos de Seguridad para que impida el acceso de las personas que

    incumplan las condiciones especficas de admisin autorizadas.

    f) Controlar el trnsito de zonas reservadas.

    g) Vigilar que las bebidas expedidas en el interior del local se consuman

    dentro del mismo y no sean, en ningn supuesto, sacadas al exterior.

    h) Prohibir el acceso del pblico a partir del horario de cierre del local.

    i) Informar inmediatamente al personal de vigilancia, si lo tuviera, o en

    su defecto, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de las alteraciones

    del orden que se produzcan en los accesos o en el interior del

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • establecimiento, sin perjuicio de las actuaciones que pueda llevar a

    cabo con el fin de velar por la integridad fsica de las personas y los

    bienes, cuando la urgencia lo requiera.

    j) Permitir y colaborar en las inspecciones o controles reglamentarios

    establecidos en la normativa vigente.

    Concretamente, respecto al punto i) referenciado, es necesario

    subrayar que la Polica Municipal no tuvo comunicacin alguna relativa a

    los incidentes que se estaban produciendo en el interior del pabelln. En

    concreto, Polica tuvo conocimiento de lo ocurrido a las 4.00 horas, es

    decir, 10 minutos despus que el personal de Seguriber. Ninguno de

    ellos, recibi comunicacin de lo acontecido por parte del personal de la

    empresa Kontrol 34 desplegado en el interior del recinto.

    2.5. Despliegue y actuacin de SAMUR-Proteccin Civil

    Igualmente, en tanto que se trataba de un evento privado, el

    promotor suscribi la contratacin de servicios mdicos propios, tal y

    como le fue comunicado a Madrid Espacios y Congresos, S.A., y por

    tanto el servicio de SAMUR Proteccin Civil no tena atribuciones para

    estar presente en el interior del recinto. No obstante, es importante

    sealar que la base 0 est situada a escasos 700 metros del pabelln

    Madrid Arena, donde hay un jefe de guardia desde las 10 de la maana

    en turno de 24 horas.

    Asimismo, durante la madrugada del 1 de noviembre, y

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • consecuencia de la valoracin evolutiva que durante esa noche se hace

    del entorno del Madrid Arena, a las 2:29 horas se decide disponer

    preventivamente de dos unidades de Samur en el exterior del recinto,

    concretamente en la Puerta del ngel y en la base 7, lo que permiti

    acceder a atender a las vctimas en menos de 4 minutos desde la

    recepcin de la primera llamada. En definitiva, queda acreditada la

    correcta planificacin de los servicios de emergencia conforme a la

    normativa aplicable.

    2.6. La causa de la tragedia

    La causa incuestionable de la tragedia del Madrid Arena puesta de

    manifiesto en la Comisin de Investigacin ha sido la intolerable e

    injustificable conducta del promotor del evento, Miguel ngel Flores,

    propietario de Diviertt, S.L., al vender entradas que superaban el aforo

    mximo permitido en el recinto del Madrid Arena.

    ste, sin duda, es el desencadenante primero de una tragedia que

    responde bsicamente al mal uso realizado de una instalacin que s

    estaba preparada para acoger el evento tal y como estaba planificado

    contractualmente.

    Esta realidad ha sido confirmada fehacientemente por el recuento

    de las entradas realmente vendidas para el evento, que sumaban un total

    de 16.791, lo que superaba con creces el aforo permitido de 10.600

    asistentes para el recinto, as como las personas previstas por el

    propietario de Diviertt, S.L. en sus comunicaciones previas a Madrid

    Espacios y Congresos, S.A. y, sobre todo, las 9.650 entradas que esta

    misma persona asegur haber vendido en sedes policial y judicial y en su

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • primera comunicacin a los responsables de Madrid Espacios y

    Congresos, S.A. apenas unas horas despus de los fatales sucesos.

    As, se produce una trgica situacin que se debi tambin, de

    acuerdo con los testimonios recabados en la Comisin, al incumplimiento

    por parte del personal de la empresa Kontrol 34, contratado por Diviertt,

    S.L, de su deber a la hora de limitar la circulacin de los asistentes entre

    los diferentes niveles del recinto.

    El pabelln Madrid Arena lleva funcionando ms de diez aos, y en

    todo este tiempo se han celebrado eventos muy diversos, muchos de

    ellos de similares caractersticas al del 1 de noviembre objeto de esta

    Comisin. Estos datos avalan la seguridad de la instalacin, pero es

    obvio que en esta ocasin algo fall.

    A estas alturas se ha demostrado que las clusulas del contrato

    eran las correctas. Tambin sabemos que se haban previsto los

    correspondientes procedimientos de seguridad, y que los servicios de

    emergencia del Ayuntamiento desarrollaron su labor con eficacia una vez

    tuvieron conocimiento de lo sucedido.

    2.7. Responsabilidades polticas

    La gravsima conducta del promotor del evento como causa de la

    tragedia no puede ser, en modo alguno, un motivo para sortear la

    responsabilidad de Madrid Espacios y Congresos, S.A., la empresa

    municipal que contrat al citado promotor. Responsabilidad asumida sin

    ambages ni excusas con la dimisin del Delegado del rea de Economa,

    Empleo y Participacin Ciudadana, don Pedro Calvo Poch, en tanto que

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • era el ms alto cargo del Ayuntamiento de Madrid - si bien sin funciones

    ejecutivas ni de gestin- en la citada empresa municipal. Dimisin que

    responde a la exigencia tica a que nos debemos los responsables

    polticos en el ejercicio de nuestra misin de servicio a los ciudadanos, y

    que, de acuerdo con las palabras del Sr. Calvo Poch ante la Comisin de

    Investigacin, debe de enmarcarse as lo siento yo- en el respeto y la

    sensibilidad hacia aquellas vidas truncadas y al sufrimiento de sus

    familias.

    Asimismo, las responsabilidades se han sustanciado en la

    destitucin del Consejero Delegado de Madrid Espacios y Congresos,

    S.A., don Jos del Rivero, y del Gerente de la misma empresa municipal,

    don Jorge Rodrigo.

    Independientemente de que los procedimientos utilizados por

    Madrid Espacios y Congresos, S.A fueran legales, que lo fueron a la luz

    de lo acontecido y declarado en la Comisin de Investigacin, este Grupo

    Municipal entiende que los espacios pblicos no deben utilizarse para

    macroeventos como el de la madrugada del 1 de noviembre. Como ha

    declarado ya la Alcaldesa, nunca ms van a tener ese uso.

    Por eso tambin, y con el firme objetivo de que algo as no vuelva

    a suceder y, en consecuencia, mejorar y perfeccionar las garantas de la

    seguridad de las personas en los eventos que tengan lugar en vas y

    espacios pblicos de Madrid, el Grupo Municipal del Partido Popular

    propone la adopcin de una serie de medidas y lneas de mejora que se

    desarrollan a continuacin.

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  • 3. MEDIDAS PROPUESTAS

    1. Aumentar las inspecciones previas de los edificios

    municipales por parte de la Polica Municipal.

    2. Para evitar que el exceso de aforo vuelva a ser responsable

    de hechos como los sucedidos el pasado 1 de noviembre, se propone la

    instalacin de elementos digitales de control de aforo en edificios

    municipales para grandes eventos.

    3. Mayor divulgacin de las medidas de evacuacin antes del

    comienzo de los espectculos.

    4. Se va a adoptar la recomendacin general, en la

    contratacin con el sector pblico municipal, de hacer extensible a los

    contratos privados las prohibiciones para contratar recogidas en la

    legislacin contractual de las administraciones pblicas.

    5. El Ayuntamiento de Madrid va a incoar los procedimientos

    sancionadores que procedan por incumplimientos tipificados como

    infracciones administrativas en la LEPAR, delegando en un nico rgano

    administrativo la competencia para la incoacin, instruccin y resolucin

    de los mismos, aunque proceda su suspensin hasta que exista

    resolucin penal firme, a los efectos de evitar la prescripcin de las

    infracciones y sanciones que correspondan.

    Mejora de los protocolos en materia de licencias

    6. Adaptar la normativa municipal en materia de licencias, con

    el fin de que en la misma se establezca la obligatoriedad por parte de los

    titulares de obras, construcciones o edificios pblicos, de comunicar al

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • rgano competente el acuerdo o autorizacin que apruebe el proyecto y

    la recepcin de las obras.

    7. Creacin de un registro municipal de los edificios

    municipales y de las sociedades de economa mixta municipal, en el que

    se inscriban todos los acuerdos o autorizaciones de proyectos con efecto

    de licencia urbanstica obtenida por cualquiera de los procedimientos

    previstos en la legislacin urbanstica para las administraciones pblicas,

    a fin de garantizar la adecuacin de cada edificio y en el que se recojan

    datos actualizados sobre aforos, actividades permitidas y estado de

    comprobacin de las condiciones de seguridad.

    8. As mismo, en dicho registro se inscribirn las actas de

    recepcin definitivas de las otras construcciones o edificaciones con

    efecto de licencia de funcionamiento, de acuerdo con el procedimiento

    previsto en la normativa aplicable para s garantizar, igualmente, los usos

    a las que estn destinadas las instalaciones.

    9. En cualquier caso, se revisar el uso habitual de los

    equipamientos del Ayuntamiento y de las empresas pblicas para

    determinar con claridad su uso y destino.

    Mejora en los procedimientos de seguridad

    10. Queda terminantemente prohibida la celebracin en recintos

    municipales de aquellos espectculos o actuaciones artsticas que

    superen el aforo sentado.

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  • 11. Transformar el actual Departamento de Actos Pblicos en la

    Oficina de Actos en Va Pblica del Ayuntamiento de Madrid, encargada

    de la recepcin, tramitacin, gestin, coordinacin y anlisis de los

    siguientes actos:

    - Actos privados que tengan algn impacto en vas o espacios

    pblicos, o en los que est prevista la asistencia de ms de 5.000

    personas.

    - Actos pblicos que tengan lugar en vas y espacios pblicos.

    - Actos de naturaleza pblico-privada, entendiendo por tales los

    de carcter privado en los que el Ayuntamiento participe como

    colaborador.

    Deber determinarse la unidad o dependencia municipal a la que

    dicha Oficina quedar adscrita y debern actualizarse los procedimientos

    actualmente existentes en aras de conseguir un ptimo funcionamiento

    de la misma.

    12. Creacin en el CISEM de la figura de mando nico de

    Seguridad y Emergencias, de carcter rotatoria, que asuma la gestin de

    la emergencia, transmitiendo la informacin de forma nica y completa a

    los diferentes departamentos de seguridad y emergencia del

    Ayuntamiento de Madrid, as como a los designados por la Comunidad

    de Madrid y la Delegacin del Gobierno.

    13. Actualizacin de los procedimientos operativos de los

    servicios de emergencia para hacerlos ms eficaces teniendo en cuenta

    las nuevas formas de relacin social (convocatorias telemticas a travs

    CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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  • de correo electrnico, mensajera instantnea, redes sociales, u otras

    que puedan generar fenmenos con impacto en la va pblica que

    precisen de una respuesta rpida, como los denominados flashmob).

    Esta actualizacin de procedimientos debera extenderse a las diferentes

    herramientas de las que los servicios de emergencia (SAMUR-PC,

    Bomberos y Polica Municipal) disponen actualmente para la gestin de

    sus servicios.

    14. A la vista de lo sucedido, se hace necesario instar los

    correspondientes cambios legislativos para establecer la presencia

    policial y el nmero de efectivos de sta, de forma permanente, en

    aquellos eventos que se celebren en recintos cerrados con asistencia

    superior a 5.000 personas, con el objeto de extremar la vigilancia efectiva

    en lo referido a la venta y consumo de alcohol en la va pblica y a la

    inspeccin y comprobacin previa del cumplimiento de todas las

    condiciones exigibles al organizador/promotor.

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  • LA COMISIN INCORPOR, TENIENDO EN CUENTA LAS MEDIDAS NMEROS 9 Y 10 (PGINA 44) DEL DOCUMENTO PRESENTADO POR EL GRUPO SOCIALISTA DE MADRID DOS ACUERDOS TRANSACCIONALES DE ADICIN, CON EL SIGUIENTE TENOR LITERAL:

    En materia de funcionamiento de los Servicios Municipales:

    Ser obligatoria la presencia del SAMUR-Proteccin Civil en todos los espectculos y

    eventos en los que se prevea una gran afluencia de personas, tengan carcter pblico

    o privado, siempre que se realicen en edificios y recintos de titularidad municipal.

    En caso de la celebracin de eventos de carcter privado, el organizador o promotor

    del mismo deber abonar las tasas correspondientes al coste del servicio, si el objetivo

    de las mismas fuera lucrativo.

    Ser obligatoria, por parte de Polica Municipal, la inspeccin y control de los grandes

    eventos, as como mecanismos de inspeccin previa en materia de seguridad por

    parte de Proteccin Civil.

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  • COMO CONSECUENCIA DE ACUERDOS DE ACEPTACIN, SE INCORPORAN AL DICTAMEN LAS MEDIDAS NMEROS 4 Y 5 (PGINAS 52 Y 53) Y LA MEDIDA NMERO 4 (PGINA 75) DEL DOCUMENTO PRESENTADO POR EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIN PROGRESO Y DEMOCRACIA, CON EL SIGUIENTE TENOR LITERAL:

    Bloque Seguridad:

    4. Intervencin de oficio de los cuerpos de seguridad y emergencias en los eventos con un nmero de asistentes determinado (a establecer).

    5. Especificar dentro de los contratos de arrendamiento de inmuebles de propiedad municipal cada uno de los espacios realmente alquilados, determinando el uso de los

    mismos y asignar el organismo municipal responsable de cada uno de ellos. Delimitar

    claramente el espacio alrededor del inmueble que ser asignado a la seguridad

    privada del arrendador.

    Bloque Contratacin.

    4. Se requiere compromiso del equipo de Gobierno de que los distintos entes del sector pblico municipal mantengan en el Perfil del Contratante la misma informacin

    de los expedientes de contratacin que se contiene a da de hoy en el perfil del

    contratante del Ayuntamiento de Madrid durante un perodo no inferior a un ao.

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  • COMO CONSECUENCIA DE ACUERDOS DE ACEPTACIN, SE INCORPORAN AL DICTAMEN LAS MEDIDAS NMEROS 7 Y 8 DEL DOCUMENTO PRESENTADO POR EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA LOS VERDES, CON EL SIGUIENTE TENOR LITERAL:

    7. La fijacin del aforo de una instalacin, municipal o privada, es lo suficientemente importante como para que sea fijado por el organismo competente para ello. En el

    Madrid Arena, en funcin del documento que se consulte, para una misma actividad

    figuran aforos diferentes. Establecimiento de aforo mximo autorizado para cada

    actividad prevista en los recintos municipales por el organismo o entidad competente en la materia.

    8. La aplicacin o no de la Ley de Contratos del Sector Pblico en los suscritos por Madrid Espacios y Congresos para el arrendamiento de sus edificios ha generado

    distintas interpretaciones jurdicas. En lo sucesivo para evitar la disparidad de criterios

    actuales, todos los contratos suscritos por las empresas pblicas municipales para la utilizacin de sus instalaciones estarn sujetos obligatoriamente a las prerrogativas establecidas en la Ley de Contratos del Sector Pblicos.

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  • CNP de Investigacin MADRID ARENA Sesin 12-12-2012 - Dictamen

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    COMO CONSECUENCIA DE ACUERDOS DE ACEPTACIN, SE INCORPORAN AL DICTAMEN LAS MEDIDAS NMEROS 13, 18, 21 Y 25 (PGINAS 44 Y 45) DEL DOCUMENTO PRESENTADO POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA DE MADRID, CON EL SIGUIENTE TENOR LITERAL:

    En materia de transparencia de la gestin: 13. Las empresas municipales darn cuenta a sus rganos rectores de los contratos plurianuales con cualquier otra entidad pblica o privada. A tal efecto, y de igual forma

    que se acta en los organismos autnomos municipales, se incluir un punto

    especfico en los correspondientes rdenes del da.

    18. Se crear un sistema municipal de acreditacin de empresas aptas para celebrar eventos con aforo de ms de 2.000 personas en edificios de titularidad del

    Ayuntamiento y de empresas municipales.

    Remodelacin de la Empresa Municipal Madrid Espacios y Congresos, S.A. 21. Modificar y reducir su estructura directiva para ajustarla a los nuevos cometidos.

    25. Elaborar un Plan Estratgico de actuacin de esta empresa en coordinacin con la Empresa Municipal de Turismo y Promocin de la Ciudad Madrid Visitors &

    Convention Bureau S.A.