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DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 395 SAN SALVADOR, MIERCOLES 6 DE JUNIO DE 2012 NUMERO 103 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-13 14 15-16 16 Pág. 17-18 19-24 25-38 39 39 39 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACIÓN Cambio de denominación de la Fundación Pro Obras Humanitarias del Beato Hermano Pedro en El Salvador, por el de Asociación Padre Vito Guarato, nuevos estatutos y Acuerdo Ejecutivo No. 133, aprobándolos. .............................................. MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 418.- Se concede beneficio a favor de la Asociación Cooperativa de Consumo, Ahorro, Crédito, Aprovisionamiento y Suministro Agropecuario La Estrella de Responsabilidad Limitada.......................................................... MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0158, 15-0485 y 15-0486.- Reconocimiento de estudios académicos. ............................................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 136-D y 263-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .............................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 1.- Ordenanza Transitoria de Exención de Intereses y Multas Generadas por Deudas de Impuestos y Tasas, a favor del municipio de Mejicanos. .......................................... Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal El Guayabo, Cantón La Hachadura y Acuerdo No. 10, emitido por la Alcaldía Municipal de San Francisco Menéndez, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................ Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Fallas”, “Las Brisas, Cantón Guayapa Abajo” y “El Obraje, Cantón El Diamante” y Acuerdos Nos. 1(3), emitidos por la Alcaldía Municipal de Jujutla, aprobándolos............................. SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Cartel No. 576.- María Salomé García Benítez (1 vez) .... Aviso de Inscripción Cartel No. 577.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria y Pesquera Teopan Lago de Coatepeque de R.L. ACOPAPETELC (1 vez) ........................................................................................ Cartel No. 578.- Asoc. Agropecuaria de Agricultores y Agricultoras de San Cristóbal de R.L. ASADES DE R.L. (1 vez) ........................................................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Page 1: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012.

DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro

Diario oficial

S U M a r i o

1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral

TOMO Nº 395 SAN SALVADOR, MIERCOLES 6 DE JuNIO DE 2012 NuMERO 103

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: [email protected]

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Pág.

17-18

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39

ORGANO EJECuTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRamo de GobeRnación

Cambio de denominación de la Fundación Pro Obras

Humanitarias del Beato Hermano Pedro en El Salvador, por el

de Asociación Padre Vito Guarato, nuevos estatutos y Acuerdo

Ejecutivo No. 133, aprobándolos. ..............................................

MINISTERIO DE ECONOMÍARamo de economía

Acuerdo No. 418.- Se concede beneficio a favor de

la Asociación Cooperativa de Consumo, Ahorro, Crédito,

Aprovisionamiento y Suministro Agropecuario La Estrella de

Responsabilidad Limitada. .........................................................

MINISTERIO DE EDuCACIÓNRamo de educación

Acuerdos Nos. 15-0158, 15-0485 y 15-0486.- Reconocimiento

de estudios académicos. .............................................................

ORGANO JuDICIAL

CORTE SupREMA DE JuSTICIA

Acuerdos Nos. 136-D y 263-D.- Autorizaciones para el

ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..............................

INSTITuCIONES AuTONOMAS

ALCALDÍAS MuNICIpALES

Decreto No. 1.- Ordenanza Transitoria de Exención de

Intereses y Multas Generadas por Deudas de Impuestos y Tasas,

a favor del municipio de Mejicanos. ..........................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal El

Guayabo, Cantón La Hachadura y Acuerdo No. 10, emitido por

la Alcaldía Municipal de San Francisco Menéndez, aprobándolos

y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal

“Fallas”, “Las Brisas, Cantón Guayapa Abajo” y “El Obraje,

Cantón El Diamante” y Acuerdos Nos. 1(3), emitidos por la

Alcaldía Municipal de Jujutla, aprobándolos. ............................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE pRIMERA puBLICACION

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 576.- María Salomé García Benítez (1 vez) ....

aviso de inscripción

Cartel No. 577.- Asoc. Coop. de Producción Agropecuaria y Pesquera Teopan Lago de Coatepeque de R.L. ACOPAPETELC (1 vez) ........................................................................................

Cartel No. 578.- Asoc. Agropecuaria de Agricultores y Agricultoras de San Cristóbal de R.L. ASADES DE R.L. (1

vez) ...........................................................................................

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DE SEGuNDA puBLICACION

aceptación de Herencia

Cartel No. 562.- María Juana Melgar Chávez y Otra (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 563.- Juan Salinas Flores (3 v. alt.) .................

DE TERCERA puBLICACION

aceptación de Herencia

Cartel No. 552.- María Estela Ramos Ramos y Otra (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 553.- Fidel Antonio Flores Granados y Otra

(3 v. alt.) .....................................................................................

Cartel No. 554.- Estela Santos Flores Torres y Otro (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Títulos de Dominio

Cartel No. 555.- Elizardo Antonio Reyes Lozano (3 v.

alt.) ...........................................................................................

Herencia Yacente

Cartel No. 556.- Elmer Geremías Medrano Martínez, curador

Hilda Margarita Guzmán Gómez (3 v. alt.) ...............................

SECCION CARTELES pAGADOS

DE pRIMERA puBLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C001876, C001884, C001904, C001905,

C001906, F040573, F040581, F040653, F040665, F040666,

F040674, F040688, F040707 .....................................................

aceptación de Herencia

Carteles Nos. F040580, F040610, F040611, F040614,

F040616, F040650, F040695, C001885, F040570, F040596,

F040597, F040606, F040633, F040640, F040651 ....................

Herencia Yacente

Carteles Nos. F040582, F040661 ......................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. C001877, F040676 .....................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C001891, C001901, F040637, F040643,

F040667, F040600 .....................................................................

Sentencia de Nacionalidad

Cartel No. F040671 ...........................................................

Juicio de ausencia

Carteles Nos. C001909, F040607 .....................................

renovación de Marcas

Cartel No. C001889 ..........................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. F040684, F040685, F040686, F040687 .....

Nombre comercial

Cartel No. C001903 ..........................................................

convocatorias

Carteles Nos. C001880, C001882, C001883, F040712 ....

Subasta Pública

Carteles Nos. C001907, C001908, C001910, F040618,

F040673 .....................................................................................

Reposición de Certificado

Cartel No. C001886 ..........................................................

Patente de invención

Cartel No. C001894 ..........................................................

Edicto de Emplazamiento

Carteles Nos. C001902, F040619, F040696 .....................

Marca de Servicio

Carteles Nos. C001887, C001896, F040679, F040680,

F040681, F040682, F040683, F040694 .....................................

Marca de Producto

Carteles Nos. C001881, C001897, F040689, F040698,

F040699, F040700 .....................................................................

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DE SEGuNDA puBLICACION

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C001806, C001812, C001824, C001828, C001829, F040237, F040238, F040261, F040265, F040329, F040334, F040367, F040376 .....................................................

Herencia Yacente

Carteles Nos. F040297, F040381 ......................................

Título de Propiedad

Cartel No. F040371 ...........................................................

renovación de Marcas

Carteles Nos. C001788, C001790, C001791, C001792, C001793, C001794, C001795, C001796, C001797, C001798, C001800, C001802, C001819....................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. C001807, C001808, C001809, C001810, C001811, C001813, C001815, C001817, C001818 ..................

Nombre comercial

Carteles Nos. C001804, C001816 .....................................

convocatorias

Carteles Nos. F040293, F040400 ......................................

Subasta Pública

Carteles Nos. C001789, C001825, F040321, F040330 ....

Reposición de Certificados

Cartel No. F040322 ...........................................................

Balances de liquidación

Cartel No. F040373 ...........................................................

Marca industrial

Carteles Nos. C001783, C001784, C001785, C001786 ...

Título Municipal

Cartel No. F040331 ...........................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C001801, C001814, C001820, F040375 ....

Marca de Productos

Carteles Nos. F040383, F040386 ......................................

DE TERCERA puBLICACION

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C001717, C001720, C001721, C001727, F039870, F039897, F039901, F039925, F039926, F039930, F039949, F039953, F039983, F039998, F039999, F040028 ....

Herencia Yacente

Carteles Nos. F039874, F040027 ......................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C001701, F039868, F040012 .....................

renovación de Marcas

Carteles Nos. C001732, C001733, C001734, C001735, C001736, C001737, C001738, C001739, C001740, C001741, C001742, C001743, F039964, F039965, F039966, F039968 ...

Marca de fábrica

Carteles Nos. C001674, C001675, C001677, C001678, C001679, C001682, C001684, C001685, C001686, C001687, C001688, C001689, C001690, C001691, C001692, C001693, C001694, C001695, C001696, C001697, C001698, C001704, C001706, C001707, C001708, C001709, C001710, C001711, C001712, C001713, C001715, C001716, C001718, C001722, C001723, C001726, C001746....................................................

Nombre comercial

Carteles Nos. F039855, F040005, F040009 .....................

Subasta Pública

Carteles Nos. F039922, F039944, F039945, F039973, F039976 .....................................................................................

Reposición de Certificados

Carteles Nos. C001705, F039875, F039876, F039877 .....

Marca de Servicios

Carteles Nos. C001676, C001680, C001681, C001683, C001702, C001703, C001714, C001724, C001725, F039951, F039954, F040006 .....................................................................

reposición de cheque

Cartel No. F039892 ...........................................................

Marca de Producto

Carteles Nos. C001699, C001700, C001729, C001745, C001747, C001748 ....................................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

NUMERO CINCUENTA.- LIBRO SETENTA Y CUATRO.- En la

ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintisiete de marzo

de dos mil doce. Ante mí, ALVARO EMILIO MARINO, Notario, de

este domicilio, comparece el señor SAUL CAÑENGUEZ MONTANO,

de sesenta y cuatro años de edad, Abogado, de este domicilio, a quien

conozco, portador de su Documento Único de Identidad número cero

uno uno uno ocho uno dos ocho-tres, actuando en su calidad de Presi-

dente y Representante Legal de la FUNDACION PRO OBRAS HU-

MANITARIAS DEL BEATO HERMANO PEDRO EN EL SALVA-

DOR, que se abrevia FUNDACION HERMANO PEDRO, calidad que

doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista credencial

de Junta Directiva inscrita en el Registro de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro al número SETENTA Y OCHO del Libro CUAREN-

TA Y CUATRO de Órganos de Administración, y en tal carácter ME

DICE: I) Que la FUNDACION PRO OBRAS HUMANITARIAS DEL

BEATO HERMANO PEDRO EN EL SALVADOR, que se abrevia

FUNDACION HERMANO PEDRO, se constituyó por medio de De-

creto Ejecutivo número TREINTA Y CINCO, emitido en el Ramo del

Interior, de fecha once de julio de mil novecientos ochenta y ocho,

publicado en el Diario Oficial número CIENTO CINCUENTA Y UNO,

Tomo TRESCIENTOS, de fecha dieciocho de agosto de mil novecien-

tos ochenta y ocho. II) Que la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin

Fines de Lucro, en su artículo noventa y siete, prescribe que las Asocia-

ciones y Fundaciones constituidas antes de la vigencia de la citada Ley,

deberán reformar y armonizar sus estatutos de acuerdo al contenido de

la misma. III) Que el artículo Noventa y tres del mismo cuerpo legal,

prescribe que las Asociaciones de membrecía que antes de dicha vigen-

cia fueron aprobadas con el carácter de fundaciones de utilidad pública,

quedarán sujetas al régimen de las asociaciones. IV) Que la FUNDACION

PRO OBRAS HUMANITARIAS DEL BEATO HERMANO PEDRO

EN EL SALVADOR, que se abrevia FUNDACION HERMANO PE-

DRO, fue aprobada como Fundación de Utilidad Pública con membre-

cía, encontrándose dentro de lo prescrito en el artículo Noventa y tres

del cuerpo legal ya referido. V) Que a fin de Reformar y Armonizar los

estatutos de la Fundación a la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin

Fines de Lucro, celebran sesión de Asamblea General Extraordinaria),

en San Salvador, a las dieciocho horas del día siete de octubre de dos

mil nueve, con la presencia de los miembros, que constituyen el porcen-

taje que de acuerdo a sus estatutos deben de cumplir, por medio de la

cual tomaron los siguientes ACUERDOS: a) Derogar los estatutos vi-

gentes que rigen a la Fundación: b) Aprobar los nuevos estatuto que

regirán a la Fundación que contienen la transformación de la naturaleza

jurídica de la Fundación de Utilidad Pública con membrecía, quedando

sujeta al régimen de Asociaciones, de conformidad al artículo noventa

y tres de la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, c)

Modificar la denominación de la FUNDACION PRO OBRAS HUMA-

NITARIAS DEL BEATO HERMANO PEDRO EN EL SALVADOR,

que se abrevia FUNDACION HERMANO PEDRO, por la de ASOCIA-

CION PADRE VITO GUARATO; d) Que para el exacto cumplimiento

de los acuerdos tomados en Asamblea General se designó al Represen-

tante Legal, para que comparezca ante Notario a otorgar la presente

Escritura Pública de Reforma y Armonización de Estatutos a la norma-

tiva legal vigente, quedando redactados de la siguiente manera: "ESTA-

TUTOS DE LA ASOCIACION PADRE VITO GUARATO. CAPITU-

LO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Artículo 1.- La FUNDACION PRO OBRAS HUMANITARIAS DEL

BEATO HERMANO PEDRO EN EL SALVADOR, que se abrevia

FUNDACION HERMANO PEDRO, es una persona jurídica de derecho

privado, apolítica, de nacionalidad salvadoreña, sin fines de lucro,

fundada el veintisiete de enero de mil novecientos ochenta y ocho, cuya

ORGANO EJECuTIVOMinisterio de Gobernación

RAMO DE GOBERNACION

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. personalidad Jurídica le fue conferida por medio de Decreto número

TREINTA Y CINCO en el Ramo del Interior, de fecha once de julio de

mil novecientos ochenta y ocho, publicado en el Diario Oficial número

CIENTO CINCUENTA Y UNO, Tomo TRESCIENTOS, de fecha

dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, que además

aproó en todas sus partes los Estatutos que actualmente rigen a la Fun-

dación, que se modifican especialmente en el cambio de su naturaleza

y denominación por el de ASOCIACION PADRE VITO GUARATO.

Artículo. 2- La Asociación tiene como domicilio la ciudad de San Sal-

vador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer oficinas o

representaciones en cualquier otro lugar, dentro o fuera de El Salvador.

Artículo. 3.- El plazo de la Asociación es indeterminado. CAPITULO

II. FINALIDAD, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS. Artículo, 4.- La Aso-

ciación tiene por principio, promover y hacer vivir el amor en la socie-

dad, realizando obras concretas tanto materiales como espirituales y de

servicio. Artículo. 5.- La Asociación tiene por objeto principal la reali-

zación de obras de misericordia corporales y espirituales enfocadas a

los niños niñas y adolescentes más desvalidos material y espiritualmen-

te desamparados de todo bien, congénitamente no aptos para desarrollar

una vida normal, dentro del mismo espíritu de amor fraterno y a imita-

ción del Santo Hermano Pedro de San José de Betancourt. Artículo.

6.- Para el cumplimiento de sus principios y objetivos, la Asociación

tendrá que gestionar, promover, organizar y participar en toda clase de

actividades, solicitando al efecto, la colaboración de las empresas pú-

blicas y privadas, tanto nacionales como extranjeras. CAPITULO III.

DEL PATRIMONIO. Artículo. 7.- El Patrimonio de la Asociación está

formado por: a) Las cuotas de los miembros, b) Los ingresos obtenidos

en actividades o eventos realizados para tales fines, c) Las donaciones,

herencias o legados o cualquier otra clase de aportes, d) Los bienes que

adquiera por cualquier otro título legal. Artículo 8.- La responsable del

manejo y dirección del patrimonio de la Asociación es la Junta Directi-

va y responderá ante la Junta General. CAPITULO IV. GOBIERNO Y

ADMINISTRACION. Artículo 9.- El gobierno y administración de la

Asociación será ejercido por a) La Junta General y b) La Junta Directi-

va. CAPITULO V DE LA JUNTA GENERAL. Artículo. 10.- La Junta

General estará integrada por miembros Fundadores, Benefactores y

Honorarios y es la autoridad suprema de la Asociación. Sus reuniones

serán ordinarias o extraordinarias. Sesionará válidamente con la concu-

rrencia de la mitad más uno de los miembros en primera convocatoria.

Si por falta de quórum no pudiera celebrarse la sesión a la hora señala-

da, ésta se llevará a cabo una hora después, en segunda convocatoria,

con el número de miembros que estuvieren presentes. Instalada la Jun-

ta, sus resoluciones serán válidas aunque se reduzca el número de

miembros presentes. Presidirá la sesión el Presidente de la Junta Direc-

tiva y en su defecto el Vice-Presidente, y a falta de éste el miembro que

la Junta designe. Actuará como Secretario, el que ocupe igual cargo en

la Junta Directiva y en su defecto, el que designe la Junta General. Ar-

tículo. 11.- La Junta General deberá reunirse ordinariamente dentro de

los primeros tres meses de cada año, previa convocatoria hecha por la

Junta Directiva. Se reunirá extraordinariamente cuando sea convocada

para tal efecto, por la Junta Directiva o por un número no menor de diez

miembros con derecho a voto, que así lo pidan a la Junta Directiva por

escrito, expresando las razones que justifiquen tal petición y los puntos

que deben ser tratados. En toda convocatoria para sesión de Junta Ge-

neral Extraordinaria, deberán consignarse los puntos a conocer y resol-

ver. Fuera de los asuntos consignados en la convocatoria cualquier

asunto que se trate no tendrá valor alguno. En caso que la convocatoria

fuere solicitada por miembros de acuerdo a lo prescrito, la Junta Direc-

tiva está obligada a resolver sobre la solicitud recibida dentro del plazo

de diez días, luego de presentada a la Secretaría. Si no se resuelve en el

plazo indicado o si la resolución de la Junta Directiva fuera negativa,

los miembros solicitantes podrán hacer la convocatoria directamente y

la Junta General Extraordinaria podrá verificarse y las resoluciones que

se adopten serán válidas, siempre que se observen los requisitos esta-

blecidos por estos Estatutos. Artículo. 12.- Las convocatorias a Junta

General, ordinarias como extraordinarias, serán por medio de circulares

que se enviarán a los miembros fundadores benefactores y honorarios

y por un aviso que se publicará en un periódico de circulación nacional,

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395con quince días de anticipación. Para formar resolución será necesaria

la concurrencia de la mitad más uno de los votos de los miembros pre-

sentes, salvo los casos expresamente exceptuados. La votación será

secreta o pública según lo determine la Junta General. Artículo. 13.- Todo

miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de Junta

General, por motivos justificados, podrá hacerse representar por escrito,

por otro miembro. En ningún caso podrá acreditarse la representación

de más de un miembro. Artículo. 14.- Corresponde a la Junta General:

a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva. B) Aprobar, reformar o

derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación; C)

Conocer la Memoria de Labores de la Junta Directiva, el Balance Ge-

neral, el Estado de Resultados y el informe del Auditor Externo, a

efecto de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que

juzgue oportunas. d) Fijar las cuotas que deben pagar los miembros, E)

Decidir sobre la venta o enajenación de los bienes inmuebles propiedad

de la Asociación; F) Elegir al Auditor Externo y fijarle sus emolumentos,

g) Las demás atribuciones que le corresponden de conformidad con los

presentes Estatutos y los que no estén previstos en ellos. CAPITULO

VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo. 15.- La dirección y admi-

nistración de la Asociación está confiada a una Junta Directiva, que

estará integrada por ocho miembros Fundadores, Benefactores u Hono-

rarios, de la siguiente forma: Presidente, Vice-Presidente, Síndico, Se-

cretario, Pro-Secretario, Tesorero, Pro-Tesorero y un Vocal. Durarán en

funciones dos años y podrán ser reelectos. Artículo. 16.- La Junta Di-

rectiva celebrará sesión ordinaria una vez a la semana y extraordinaria-

mente cuando así lo estime necesario el Presidente o tres de sus miem-

bros. Sesionará válidamente con la presencia de cinco miembros y los

acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso

de empate el Presidente tendrá doble voto. La inasistencia de los miem-

bros de la Junta Directiva a tres sesiones consecutivas sin excusa justi-

ficada, se entenderá como renuncia de sus cargos. Artículo. 17.- La

Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las

actividades necesarias para la Administración eficiente del patrimonio

y el cumplimiento de los fines de la Asociación, b) Definir la organiza-

ción interna y elaborar y modificar el Reglamento Interno, para some-

terlo a conocimiento de la Junta General, a efecto de ser aprobado, c)

Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y los Acuerdos de la Junta Gene-

ral, el Reglamento y sus propias decisiones, d) Elaborar la Memoria de

Labores, el Balance General y demás Estados Financieros, e) Elaborar

los programas de trabajo y los presupuestos, f) Nombrar y remover al

Director Ejecutivo y al personal Ejecutivo de la Asociación, g) Reco-

mendar a la Junta General a las personas que deban ser designadas como

miembros Honorarios o Benefactores, y en su caso, a los Fundadores,

h) Cualquier otra atribución que le corresponda de acuerdo a estos es-

tatutos o que le asigne la Junta General. Artículo. 18.- Corresponde al

Presidente, o a quien haga sus veces, representar judicial y extrajudi-

cialmente a la Asociación, conjunta o separadamente con el Síndico.

Previo acuerdo específico de la Junta Directiva, podrá contraer toda

clase de obligaciones, celebrar contratos, otorgar escrituras públicas y

privadas; otorgar poderes generales y especiales, enajenar o gravar

bienes inmuebles, muebles, valores o derechos; adquirir bienes muebles

e inmuebles, conferir o revocar poderes de administración y ejecutar

toda clase de actos y acuerdos tomados por la Junta Directiva, sin con-

travenir lo señalado en el artículo nueve de la Ley de Asociaciones y

Fundaciones Sin Fines de Lucro. Artículo. 19.- Corresponde al Vice-

Presidente sustituir al Presidente en caso de impedimento o ausencia de

éste, con iguales facultades. En ausencia de ambos, el Síndico será el

sustituto. Artículo. 20.- El Síndico tendrá la representación legal de la

Asociación en forma conjunta o separada con el Presidente será el

Asesor Legal, velará porque se cumplan los presentes Estatutos, el

Reglamento Interno y las Resoluciones de la Junta General y la Junta

Directiva, y hará del conocimiento de ésta última, de las irregularidades

que observare para los efectos legales conducentes. Artículo. 21.- Co-

rresponde al Secretario: a) Tener bajo su responsabilidad los Libros de

Actas y todos los demás registros y archivos que sean necesarios, b)

Llevar el Libro de Registro de los miembros de la Asociación c) Ser el

medio de comunicación de la Asociación d) Las demás obligaciones del

cargo aunque no estén aquí mencionadas El Pro-Secretario deberá co-

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. laborar con el Secretario en sus funciones, cuando sea necesario. Artí-

culo 22.- Corresponde al Tesorero: a) Verificar las operaciones contables,

b) Coordinar la recaudación de fondos de toda actividad realizada para

tales fines, c) Custodiar y guardar los fondos y sus respectivos Libros,

d) Las demás atribuciones propias de su cargo. El Pro-Tesorero colabo-

rará con el Tesorero y lo sustituirá por causa de impedimento o ausencia

temporal. Artículo. 23.- El Vocal colaborará en todas las actividades

que le señale la Junta Directiva. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS.

Artículo. 24.- La Asociación tendrá las siguientes categorías de miembros:

a) Fundadores; b) Benefactores; c) Honorarios; y d) Contribuyentes.

Artículo. 25.- Son miembros Fundadores, los que la Junta General les

conceda tal distinción, cumplidas las condiciones requeridas, que se

relacionan en el art. 29, Artículo. 26.- Son miembros Benefactores, las

personas naturales o jurídicas que contribuyan en forma sustancial al

patrimonio de la Asociación, y que serán propuestos por la Junta Direc-

tiva ante la Junta General, para su designación correspondiente. Artícu-

lo. 27.- Son miembros Honorarios, aquellas personas a quienes la Junta

General les conceda tal distinción, por recomendación de la Junta Di-

rectiva, por sus cualidades personales y por sus servicios destacados en

favor de las finalidades de la Asociación. Artículo. 28.- Son miembros

Contribuyentes aquellas personas naturales o jurídicas que aporten

económicamente al patrimonio de la Asociación, de acuerdo a los mon-

tos fijados, para cada uno de los programas especiales de ayuda estable-

cidos Artículo. 29.- Los miembros Contribuyentes, que tengan por lo

menos cinco años de pertenecer a la Fundación, que así lo soliciten por

escrito, podrán optar a ser miembros Fundadores, siempre y cuando, y

a criterio de la Junta General, por recomendación de la Junta Directiva,

sean merecedores de tal distinción por sus méritos personales y por su

decidida colaboración en las obras de la Asociación. Artículo. 30.- La

Asociación deberá llevar un Libro de Registro de sus miembros, en el

que se consignará lo siguiente: a) Clase o categoría, b) Nombre y pro-

fesión u oficio; c) Domicilio, d) Nacionalidad, e) Fecha de ingreso o

retiro, en su caso. Dicho Libro será autorizado por el Registro de Aso-

ciaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de Gober-

nación. Podrá ser consultado por cualquiera de sus miembros en todo

momento. Fuera de este caso sólo estará sujeto a la práctica de diligen-

cias ordenadas por la autoridad competente. Los miembros deberán ser

incluídos en el Libro de Registro desde el momento de su ingreso a la

Asociación. CAPITULO VIII. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE

LOS MIEMBROS. Artículo. 31.- Son derechos exclusivos de los miem-

bros Fundadores, Benefactores y Honorarios: a) Gozar de la facultad de

voz y voto en las deliberaciones de las Juntas Generales, b) Optar a

cargos Directivos c) Los demás que señalen los Estatutos y el Regla-

mento Interno. Artículo. 32.- Los miembros Contribuyentes podrán

participar con voz y voto, como miembros de las Comisiones nombradas

por la Junta Directiva, en apoyo del cumplimiento de sus obligaciones

y de sus gestiones administrativas. Artículo. 33.- Todos los miembros

tienen la obligación de respetar y cumplir los Estatutos, el Reglamento

Interno y las resoluciones de la Junta General y de la Junta Directiva.

El irrespeto a lo prescrito por este artículo será considerado como falta

grave. Artículo. 34.- Son también obligaciones de los miembros: a)

Desempeñar fielmente y con la mejor buena voluntad los cargos y las

comisiones que le encomienden la Junta General y la Junta Directiva,

b) Comportarse educada y correctamente con los demás miembros y el

personal administrativo y técnico de la Asociación, c)Asistir a las se-

siones y reuniones a que sean convocados, d) Proporcionar toda la in-

formación personal que para efectos del Registro de Miembros se le

requiera, e) Las demás que señalan estos Estatutos, el Reglamento In-

terno y las resoluciones de la Junta General y de la Junta Directiva.

CAPITULO IX. MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PRO-

CEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Artículo. 35.- Serán sujetos a me-

didas disciplinarias los miembros, por las causales siguientes: a) Por

violación de los presentes estatutos. b) Por cometer graves faltas en

contra de la moral o el decoro que dañe el prestigio de la Asociación; y

c) Por faltas graves que lesionen el honor de algún miembro.-. Art. 36.-

La medida disciplinaria a imponer, será la expulsión de la Asociación.

Cuando la Junta Directiva considere que la falta cometida amerita ex-

pulsión, suspenderá en sus derechos al miembro infractor hasta que la

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Junta General conozca el caso. Art. 37.- Para proceder a la aplicación

de esta sanción, bastará que se tenga conocimiento del hecho con sufi-

ciente robustez moral. La Junta Directiva, después de oír al infractor y

comprobada debidamente la falta grave, lo elevará a conocimiento de

la Junta General, quien se pronunciará sin más trámite y su resolución

será firme. CAPITULO X. DISOLUCION Y LIQUIDACION. Artícu-

lo. 38.- La Asociación podrá disolverse y liquidarse mediante resolución

tomada por la Junta General Extraordinaria convocada al efecto y con

un número de votos favorables, que represente por lo menos el ochenta

por ciento del total de los miembros con derecho a voto, También podrá

disolverse por las causas establecidas en la Ley. Artículo. 39.- Acorda-

da la disolución, se procederá al nombramiento de una Junta Liquidadora,

compuesta por tres personas que ejercerán su cargo dentro de un plazo

no mayor de dos años. Artículo. 40.- Canceladas las deudas pendientes,

el remanente del Patrimonio que quedare será donado a la Institución

de Beneficencia que acordare la Junta General. CAPITULO XI. RE-

FORMA DE ESTATUTOS. Artículo. 41.- Para reformar o derogar

estos Estatutos o para adoptar nuevos Estatutos, será necesario el voto

favorable de por lo menos el setenta y cinco por ciento de los miembros

presentes o representados en la Junta General, convocada especialmen-

te al efecto, CAPITULO XII. DISPOSICIONES GENERALES. Artí-

culo 42.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Regis-

tro de Asociaciones y Fundaciones sin fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la

nómina de los Miembros y dentro de los quince días siguientes a su

elección la nueva Junta Directiva y los demás documentos que la ley así

lo exija. Artículo. 43.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación,

no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento

Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva

y aprobado por la Junta General. Artículo. 44,- La ASOCIACION

PADRE VITO GUARATO, se regirá por estos Estatutos y demás dis-

posiciones legales aplicables. Artículo. 45.- Deróganse los Estatutos

aprobados por Decreto Ejecutivo número TREINTA Y CINCO del

Órgano Ejecutivo, en el Ramo del Interior, de fecha once de julio de mil

novecientos ochenta ocho, publicado en el Diario Oficial número CIEN-

TO CINCUENTA Y UNO, Tomo TRESCIENTOS de fecha dieciocho

de agosto de mil novecientos ochenta y ocho. Artículo. 46.- Los presen-

tes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el

Diario Oficial.- "Yo el suscrito Notario DOY FE: a) de haber explicado

a los comparecientes los efectos del artículo noventa y uno de la Ley de

Asociaciones y fundaciones sin Fines de Lucro, b) de haber tenido a la

vista Certificación extendida por la Secretaria de la Fundación Señora

NADIA DE CABRALES, del Acta de Sesión de Asamblea General

celebrada en esta ciudad de San Salvador, a las dieciocho horas de fecha

siete de octubre de dos mil nueve, y de los documentos relacionados en

la presente Escritura Pública; Así se expresó el compareciente, a quien

impuse de los efectos legales de este instrumento y leído que le hube

íntegramente todo lo escrito en un solo acto sin interrupción, ratificó su

contenido por estar redactado a su voluntad y firmamos. DOY FE. En-

mendado: Asociación, Asociación. Vale.

ALVARO EMILIO MARINO,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, de folios ciento noventa y tres frente a folios ciento

noventa y siete frente de mi LIBRO SETENTA Y CUATRO DE PROTO-

COLO que vence el día DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE; y

para entregar a la ASOCIACION PADRE VITO GUARATO, extiendo,

firmo y sello el presente Testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los

veintiocho días del mes de marzo de dos mil doce.

ALVARO EMILIO MARINO,

NOTARIO.

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. ESTaTUToS DE la aSociacioN PaDrE ViTo GUaraTo

caPiTUlo i.

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DoMicilio Y PlaZo.

Artículo. 1.- La FUNDACION PRO OBRAS HUMANITARIAS

DEL BEATO HERMANO PEDRO EN EL SALVADOR, que se

abrevia FUNDACION HERMANO PEDRO, es una persona jurídica

de derecho privado, apolítica, de nacionalidad salvadoreña, sin fines

de lucro, fundada el veintisiete de enero de mil novecientos ochenta y

ocho, cuya personalidad jurídica le fue conferida por medio de Decreto

número TREINTA Y CINCO en el Ramo del Interior, de fecha once de

julio de mil novecientos ochenta y ocho, publicado en el Diario Oficial

número CIENTO CINCUENTA Y UNO, Tomo TRESCIENTOS, de

fecha dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, que además

aprobó en todas sus partes los Estatutos que actualmente rigen a la Fun-

dación, que se modifican especialmente en el cambio de su naturaleza y

denominación por el de ASOCIACION PADRE VITO GUARATO.

Artículo. 2.- La Asociación tiene como domicilio la ciudad de San

Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer oficinas

o representaciones en cualquier otro lugar, dentro o fuera de El Salva-

dor.

Artículo. 3.- El plazo de la Asociación es indeterminado.

caPiTUlo ii.

fiNaliDaD, PriNciPioS Y oBJETiVoS.

Artículo. 4.- La Asociación tiene por principio, promover y hacer

vivir el amor en la sociedad, realizando obras concretas, tanto materiales

como espirituales y de servicio.

Artículo. 5.- La Asociación tiene por objeto principal la realiza-

ción de obras de misericordia corporales y espirituales, enfocadas a los

niños, niñas y adolescentes, más desvalidos material y espiritualmente,

desamparados de todo bien, congénitamente no aptos para desarrollar una

vida normal, dentro del mismo espíritu de amor fraterno y a imitación

del Santo Hermano Pedro de San José de Betancourt.

Artículo. 6.- Para el cumplimiento de sus principios y objetivos,

la Asociación tendrá que gestionar, promover, organizar y participar en

toda clase de actividades, solicitando al efecto, la colaboración de las

empresas públicas y privadas, tanto nacionales como extranjeras.

caPiTUlo iii.

DEl PaTriMoNio.

Artículo. 7.- El Patrimonio de la Asociación está formado por:

a) Las cuotas de los miembros,

b) Los ingresos obtenidos en actividades o eventos realizados

para tales fines,

c) Las donaciones, herencias o legados o cualquier otra clase

de aportes,

d) Los bienes que adquiera por cualquier otro título legal.

Artículo. 8.- La responsable del manejo y dirección del patrimonio de

la Asociación es la Junta Directiva y responderá ante la Junta General.

caPiTUlo iV.

GoBiErNo Y aDMiNiSTracioN.

Artículo. 9.- El gobierno y administración de la Asociación será

ejercido por:

a) La Junta General y

b) La Junta Directiva.

caPiTUlo V.

DE la JUNTa GENEral.

Artículo. 10.- La Junta General estará integrada por miembros

Fundadores, Benefactores y Honorarios y es la autoridad suprema de la

Asociación.

Sus reuniones serán ordinarias o extraordinarias. Sesionará vá-

lidamente con la concurrencia de la mitad más uno de los miembros

en primera convocatoria. Si por falta de quórum no pudiera celebrarse

la sesión a la hora señalada, ésta se llevará a cabo una hora después,

en segunda convocatoria, con el número de miembros que estuvieren

presentes. Instalada la Junta, sus resoluciones serán válidas aunque se

reduzca el número de miembros presentes.

Presidirá la sesión el Presidente de la Junta Directiva y en su defecto

el Vice-Presidente, y a falta de éste el miembro que la Junta designe

Actuará como Secretario, el que ocupe igual cargo en la Junta Directiva

y en su defecto, el que designe la Junta General.

Artículo. 11.- La Junta General deberá reunirse ordinariamente

dentro de los primeros tres meses de cada año, previa convocatoria

hecha por la Junta Directiva. Se reunirá extraordinariamente cuando

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395sea convocada para tal efecto, por la Junta Directiva o por un número

no menor de diez miembros con derecho a voto, que así lo pidan a la

Junta Directiva por escrito, expresando las razones que justifiquen tal

petición y los puntos que deben ser tratados.

En toda convocatoria para sesión de Junta General Extraordina-

ria, deberán consignarse los puntos a conocer y resolver. Fuera de los

asuntos consignados en la convocatoria, cualquier asunto que se trate

no tendrá valor alguno. En caso que la convocatoria fuere solicitada por

miembros, de acuerdo a lo prescrito, la Junta Directiva está obligada a

resolver sobre la solicitud recibida dentro del plazo de diez días, luego

de presentada a la Secretaría.

Si no se resuelve en el plazo indicado o si la resolución de la

Junta Directiva fuera negativa, los miembros solicitantes podrán hacer

la convocatoria directamente y la Junta General Extraordinaria podrá

verificarse y las resoluciones que se adopten serán válidas, siempre que

se observen los requisitos establecidos por estos Estatutos.

Artículo. 12.- Las convocatorias a Junta General, ordinarias como

extraordinarias, serán por medio de circulares que se enviarán a los

miembros fundadores, benefactores y honorarios y por un aviso que se

publicará en un periódico de circulación nacional, con quince días de

anticipación. Para formar resolución será necesaria la concurrencia de la

mitad más uno de los votos de los miembros presentes, salvo los casos

expresamente exceptuados. La votación será secreta o pública según lo

determine la Junta General.

Artículo. 13.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de

las sesiones de Junta General, por motivos justificados, podrá hacerse

representar por escrito, por otro miembro. En ningún caso podrá acre-

ditarse la representación de más de un miembro.

Artículo. 14.- Corresponde a la Junta General:

a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación.

c) Conocer la Memoria de Labores de la Junta Directiva, el

Balance General, el estado de Resultados y el informe del

Auditor Externo, a efecto de aprobar o improbar los tres

primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.

d) Fijar las cuotas que deben pagar los miembros.

e) Decidir sobre la venta o enajenación de los bienes inmuebles

propiedad de la Asociación.

f) Elegir al Auditor Externo y fijarle sus emolumentos.

g) Las demás atribuciones que le corresponden de conformidad

con los presentes Estatutos y los que no estén previstos en

ellos.

caPiTUlo Vi.

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Artículo. 15.- La dirección y administración de la Asociación está

confiada a una Junta Directiva, que estará integrada por ocho miembros

Fundadores, Benefactores u Honorarios, de la siguiente forma: Presi-

dente, Vice-Presidente, Síndico, Secretario, Pro-Secretario, Tesorero,

Pro-Tesorero y un Vocal. Durarán en funciones dos años y podrán ser

reelectos.

Artículo. 16.- La Junta Directiva celebrará sesión ordinaria una

vez a la semana y extraordinariamente cuando así lo estime necesario el

Presidente o tres de sus miembros. Sesionará válidamente con la presencia

de cinco miembros y los acuerdos deberán ser tomados por la mayoría

de los asistentes. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.

La inasistencia de los miembros de la Junta Directiva a tres sesiones

consecutivas sin excusa justificada, se entenderá como renuncia de sus

cargos.

Artículo. 17.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para la administración

eficiente del patrimonio y el cumplimiento de los fines de la

Asociación.

b) Definir la organización interna y elaborar y modificar el

Reglamento Interno, para someterlo a conocimiento de la

Junta General, a efecto de ser aprobado.

c) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y los Acuerdos de la

Junta General, el Reglamento y sus propias decisiones.

d) Elaborar la Memoria de Labores, el Balance General y demás

Estados Financieros.

e) Elaborar los programas de trabajo y los presupuestos.

f) Nombrar y remover al Director Ejecutivo y al personal

Ejecutivo de la Asociación.

g) Recomendar a la Junta General a las personas que deban ser

designadas como miembros Honorarios o Benefactores, y en

su caso, a los Fundadores.

h) Cualquier otra atribución que le corresponda de acuerdo a

estos Estatutos o que le asigne la Junta General.

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Artículo. 18.- Corresponde al Presidente, o a quien haga sus veces,

representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, conjunta o

separadamente con el Síndico.

Previo acuerdo específico de la Junta Directiva, podrá contraer toda

clase de obligaciones, celebrar contratos, otorgar escrituras públicas y

privadas; otorgar poderes generales y especiales, enajenar o gravar bie-

nes inmuebles, muebles, valores o derechos; adquirir bienes muebles e

inmuebles, conferir o revocar poderes de administración y ejecutar toda

clase de actos y acuerdos tomados por la Junta Directiva, sin contravenir

lo señalado en el artículo nueve de la Ley de Asociaciones y Fundaciones

Sin Fines de Lucro.

Artículo. 19.- Corresponde al Vice-Presidente sustituir al Presidente

en caso de impedimento o ausencia de éste, con iguales facultades. En

ausencia de ambos, el Síndico será el sustituto.

Artículo. 20.- El Síndico tendrá la representación legal de la Aso-

ciación en forma conjunta o separada con el Presidente. Será el Asesor

Legal, velará porque se cumplan los presentes Estatutos, el Reglamento

Interno y las Resoluciones de la Junta General y la Junta Directiva, y hará

del conocimiento de esta última, de las irregularidades que observare

para los efectos legales conducentes.

Artículo. 21.- Corresponde al Secretario:

a) Tener bajo su responsabilidad los Libros de Actas y todos

los demás registros y archivos que sean necesarios,

b) Llevar el Libro de Registro de los miembros de la Asocia-

ción,

c) Ser el medio de comunicación de la Asociación,

d) Las demás obligaciones del cargo aunque no estén aquí

mencionadas. El Pro-Secretario deberá colaborar con el

Secretario en sus funciones, cuando sea necesario.

Artículo. 22.- Corresponde al Tesorero:

a) Verificar las operaciones contables,

b) Coordinar la recaudación de fondos de toda actividad realizada

para tales fines,

c) Custodiar y guardar los fondos y sus respectivos Libros,

d) Las demás atribuciones propias de su cargo. El Pro-Tesorero

colaborará con el Tesorero y lo sustituirá por causa de impe-

dimento o ausencia temporal.

Artículo. 23.- El Vocal colaborará en todas las actividades que le

señale la Junta Directiva.

caPiTUlo Vii.

DE loS MiEMBroS.

Artículo. 24.- La Asociación tendrá las siguientes categorías de

miembros:

a) Fundadores;

b) Benefactores;

c) Honorarios; y

d) Contribuyentes.

Artículo. 25.- Son miembros Fundadores, los que la Junta General

les conceda tal distinción, cumplidas las condiciones requeridas que se

relacionan en el art. 29.

Artículo. 26.- Son miembros Benefactores, las personas naturales

o jurídicas que contribuyan en forma sustancial al patrimonio de la

Asociación, y que serán propuestos por la Junta Directiva ante la Junta

General, para su designación correspondiente.

Artículo. 27.- Son miembros Honorarios, aquellas personas a

quienes la Junta General les conceda tal distinción, por recomendación

de la Junta Directiva, por sus cualidades personales y por sus servicios

destacados en favor de las finalidades de la Asociación.

Artículo. 28.- Son miembros Contribuyentes, aquellas personas

naturales o jurídicas que aporten económicamente al patrimonio de

la Asociación, de acuerdo a los montos fijados, para cada uno de los

programas especiales de ayuda establecidos.

Artículo. 29.- Los miembros Contribuyentes, que tengan por lo

menos cinco años de pertenecer a la Fundación, que así lo soliciten por

escrito, podrán optar a ser miembros Fundadores, siempre y cuando, y

a criterio de la Junta General, por recomendación de la Junta Directiva,

sean merecedores de tal distinción por sus méritos personales y por su

decidida colaboración en las obras de la Asociación.

Artículo. 30.- La Asociación deberá llevar un Libro de Registro

de sus miembros, en el que se consignará lo siguiente:

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Page 12: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 a) Clase o categoría,

b) Nombre, profesión u oficio,

c) Domicilio,

d) Nacionalidad,

e) Fecha de ingreso o retiro, en su caso.

Dicho Libro será autorizado por el Registro de Asociaciones y

Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación. Podrá

ser consultado por cualquiera de sus miembros en todo momento. Fuera

de este caso solo estará sujeto a la práctica de diligencias ordenadas por

la autoridad competente. Los miembros deberán ser incluidos en el Libro

de Registro desde el momento de su ingreso a la Asociación.

caPiTUlo Viii.

DErEcHoS Y oBliGacioNES DE loS MiEMBroS.

Artículo. 31.- Son derechos exclusivos de los miembros Fundadores,

Benefactores y Honorarios:

a) Gozar de la facultad de voz y voto en las deliberaciones de

las Juntas Generales.

b) Optar a cargos Directivos

c) Los demás que señalen los Estatutos y el Reglamento Inter-

no.

Artículo. 32.- Los miembros Contribuyentes podrán participar

con voz y voto, como miembros de las Comisiones nombradas por la

Junta Directiva, en apoyo del cumplimiento de sus obligaciones y de

sus gestiones administrativas.

Artículo. 33.- Todos los miembros tienen la obligación de respetar

y cumplir los Estatutos, el Reglamento Interno y las resoluciones de la

Junta General y de la Junta Directiva. El irrespeto a lo prescrito por este

artículo será considerado como falta grave.

Artículo. 34.- Son también obligaciones de los miembros:

a) Desempeñar fielmente y con la mejor buena voluntad los

cargos y las comisiones que le encomienden la Junta General

y la Junta Directiva,

b) Comportarse educada y correctamente con los demás

miembros y el personal administrativo y técnico de la Aso-

ciación,

c) Asistir a las sesiones y reuniones a que sean convocados,

d) Proporcionar toda la información personal que para efectos

del Registro de Miembros se le requiera,

e) Las demás que señalan estos Estatutos, el Reglamento Interno y

las resoluciones de la Junta General y de la Junta Directiva.

caPiTUlo iX.

MEDiDaS DiSciPliNariaS, caUSalES Y

ProcEDiMiENTo DE aPlicaciÓN.

Artículo. 35.- Serán sujetos a medidas disciplinarias los miembros,

por las causales siguientes:

a) Por violación de los presentes estatutos.

b) Por cometer graves faltas en contra de la moral o el decoro

que dañe el prestigio de la Asociación; y

c) Por faltas graves que lesionen el honor de algún miembro.

Artículo. 36.- La medida disciplinaria a imponer, será la expulsión

de la Asociación.

Cuando la Junta Directiva considere que la falta cometida amerita

expulsión, suspenderá en sus derechos al miembro infractor hasta que

la Junta General conozca el caso.

Artículo. 37.- Para proceder a la aplicación de esta sanción, bastará

que se tenga conocimiento del hecho con suficiente robustez moral. La

Junta Directiva, después de oír al infractor y comprobada debidamente

la falta grave, lo elevará a conocimiento de la Junta General, quien se

pronunciará sin más trámite y su resolución será firme.

caPiTUlo X.

DiSolUcioN Y liQUiDacioN.

Artículo. 38.- La Asociación podrá disolverse y liquidarse, mediante

resolución tomada por la Junta General Extraordinaria, convocada al

efecto y con un número de votos favorables, que represente por lo me-

nos el ochenta por ciento del total de los miembros con derecho a voto.

También podrá disolverse por las causas establecidas en la Ley.

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Artículo. 39.- Acordada la disolución, se procederá al nombramiento

de una Junta Liquidadora, compuesta por tres personas que ejercerán su

cargo dentro de un plazo no mayor de dos años.

Artículo. 40.- Canceladas las deudas pendientes, el remanente del

Patrimonio que quedare será donado a la Institución de Beneficencia

que acordare la Junta General.

caPiTUlo Xi.

rEforMa DE ESTaTUToS.

Artículo. 41.- Para reformar o derogar estos Estatutos o para adoptar

nuevos Estatutos, será necesario el voto favorable de por lo menos el

setenta y cinco por ciento de los miembros presentes o representados

en la Junta General, convocada especialmente al efecto.

caPiTUlo Xii.

DiSPoSicioNES GENEralES.

Artículo. 42.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir

en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin fines de Lucro del

Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada

año, la nómina de los Miembros y dentro de los quince días siguientes

a su elección la nueva Junta Directiva y los demás documentos que la

ley así lo exija.

Artículo. 43.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación,

no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento

Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva

y aprobado por la Junta General.

Artículo. 44.- La ASOCIACION PADRE VITO GUARATO, se

regirá por estos Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo. 45.- Deróganse los Estatutos aprobados por Decreto

Ejecutivo número TREINTA Y CINCO del Órgano Ejecutivo, en el

Ramo del Interior, de fecha once de julio de mil novecientos ochenta y

ocho, publicado en el Diario Oficial número CIENTO CINCUENTA

Y UNO, Tomo TRESCIENTOS de fecha dieciocho de agosto de mil

novecientos ochenta y ocho.

Artículo. 46.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde

el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 133

San Salvador, 30 de mayo de 2012.

Vista la Solicitud del Representante Legal de la FUNDACION PRO

OBRAS HUMANITARIAS DEL BEATO HERMANO PEDRO EN EL

SALVADOR, fundada en la ciudad de San Salvador, Departamento de

San Salvador, relativa a la aprobación de nuevos Estatutos y cambio de

denominación de la entidad que representa, compuestos de CUARENTA

Y SEIS Artículos, los cuales sustituyen los que fueron aprobados por

Decreto Ejecutivo número 35, emitido en el Ramo del Interior (hoy de

Gobernación), con fecha 11 de julio de 1988, Publicados en el Diario

Oficial número 151, Tomo 300, de fecha 18 de agosto de 1988, acordada

la presente derogatoria en la ciudad de San Salvador, Departamento de

San Salvador, a las nueve horas del día 27 de marzo de 2012, ante los

oficios del Notario ALVARO EMILIO MARINO; y no encontrando en

ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad

con el Art. 93 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a)

Aprobar el cambio de denominación de la FUNDACION PRO OBRAS

HUMANITARIAS DEL BEATO HERMANO PEDRO EN EL SALVA-

DOR, por el de ASOCIACION PADRE VITO GUARATO; b) Aprobar

en todas sus partes los nuevos Estatutos de la citada entidad; c) Derogar

los Estatutos de la FUNDACION PRO OBRAS HUMANITARIAS

DEL BEATO HERMANO PEDRO EN EL SALVADOR, aprobados

por Decreto Ejecutivo número 35 , emitido en el Ramo del Interior

(hoy de Gobernación), con fecha 11 de julio de 1988, Publicados en el

Diario Oficial número 151, Tomo 300, de fecha 18 de agosto de 1988;

d) Inscríbase los referidos Estatutos en el Registro de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro y e) Publíquense en el Diario Oficial.

La mencionada Entidad conserva la calidad de Persona Jurídica

que le fue conferida. COMUNIQUESE. EL MINISTRO DE GOBER-

NACION, GREGORIO ERNESTO ZELAYANDIA CISNEROS.

(Registro No. F040702)

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

acUErDo No. 418

San Salvador, 2 de mayo del 2012

El ÓrGaNo EJEcUTiVo EN El raMo DE EcoNoMÍa.

Vista la solicitud y documentos presentados el día veintiocho de marzo del dos mil once, por el señor MELVIN ANÍBAL BARAHONA VÁSQUEZ, Representante Legal de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE CONSUMO, AHORRO, CRÉDITO, APROVISIONAMIENTO Y SUMINISTRO AGROPECUARIO "LA ESTRELLA", DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACCASAES, DE R.L., del domicilio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; referidas a que se e concedan a su representada por un nuevo período de CINCO AÑOS, los beneficios establecidos en el Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas.

coNSiDEraNDo:

I. Que por medio del Acuerdo Ejecutivo número 1325, de fecha 12 de diciembre de 2005, publicado en el Diario Oficial número 4, Tomo 370, de fecha 6 de enero de 2006, a la Asociación mencionada se le concedieron los beneficios antes citados, los que vencieron el día veintiocho de octubre de dos mil diez.

II. Que por medio de Resolución número 105 de fecha 8 de marzo del dos mil doce, se resolvió procedente concederle a la mencionada Asociación por un nuevo período de CINCO AÑOS, los beneficios solicitados, contados a partir del día veintiocho de marzo del dos mil once.

III. Que el Representante Legal de la referida Cooperativa, señor MELVIN ANÍBAL BARAHONA VÁSQUEZ, por medio de escrito presentado el día trece de abril del dos mil doce, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución.

Por TaNTo:

De conformidad con lo expuesto, y con lo establecido en los Artículos 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 del Reglamento de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, este Ministerio,

acUErDa:

1) OTORGAR a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE CONSUMO, AHORRO, CRÉDITO, APROVISIONAMIENTO Y SUMINISTRO AGROPECUARIO "LA ESTRELLA" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que se abrevia ACCASAES, DE R.L., del domicilio Ilobasco, Departamento de Cabañas, por un nuevo período de CINCO AÑOS, contados a partir del día veintiocho de marzo del dos mil once, los beneficios que expresa el Artículo 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, siguientes:

- Exención del impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forma, intereses que se generen a partir del ejercicio fiscal durante el cual se presente la solicitud;

- Exención de impuestos municipales.

2) Las exenciones que se conceden por medio del presente Acuerdo, no comprenden los impuestos a que se refieren la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y a la Ley del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces.

3) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegios concedidos.

4) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial.

COMUNÍQUESE. Enmendado: del domicilio Ilobasco, Departamento de Cabañas-vale. JOSÉ ARMANDO FLORES ALEMÁN, MINIS-TRO.

(Registro No. C001899)

Ministerio de econoMíaRAMO DE ECONOMIA

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012.

ACUERDO No. 15-0158.

San Salvador, 30 de enero de 2012.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado MARVIN ALEXI SÁNCHEZ REYES, solicitando que se le reconozca el título académico de ASSOCIATE OF APPLIED SCIENCE, obtenido en IOWA WESTERN COMMUNITY COLLEGE, EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, el día 27 de julio de 2007; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales, suscrito por nuestro país, ratificado el día dieciséis de mayo de mil novecientos dos, publicado en el Diario Oficial N° 131, Tomo N° 52, de fecha 4 de junio de 1902 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento Académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorpora-ción del título académico mencionado en el numeral uno. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley y Convención, ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios, de ASSOCIATE OF APPLIED SCIENCE, realizados por MARVIN ALEXI SÁNCHEZ REYES, en los Estados Unidos de América; 2°) Tener por incorporado a MARVIN ALEXI SÁNCHEZ REYES, como TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN DE PEQUEÑOS NEGOCIOS, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F040577)

ACUERDO No. 15-0485.

San Salvador, 10 de abril de 2012.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facul-tades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado FIDEL ORLANDO REYNADO AGUILAR, solicitando que se le reconozca el grado académico de DOCTOR EN MEDICINA, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, EN LA REPÚBLICA DE CUBA, el día 23 de julio de 2010; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Art. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y El Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial N° 235, Tomo N° 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho Reconoci-miento Académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en la referida Convención. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de DOCTOR EN MEDICINA, realizados por FIDEL ORLANDO REYNADO AGUILAR, en la República de Cuba; 2°) Tener por incorporado a FIDEL ORLANDO REYNADO AGUILAR, como DOCTOR EN MEDICINA, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F040586)

Ministerio de educaciónRAMO DE EDuCACION

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ACUERDO No. 15-0486.

San Salvador, 10 de abril de 2012.

EL VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facul-

tades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección

Nacional de Educación Superior, se ha presentado WENDY KARINA FIGUEROA DE RIVAS, solicitando que se le reconozca el grado académico

de DOCTORA EN MEDICINA, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, EN LA REPÚBLICA DE CUBA, el día 23 de

julio de 2010; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación

Superior y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Art. 4 y 5 del Convenio Regional

de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y El Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete

de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos

setenta y seis, publicado en el Diario Oficial N° 235, Tomo N° 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho Reconoci-

miento Académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de

la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico

mencionado en el numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la

Ley de Educación Superior, el Reglamento General de la Ley de Educación Superior y en la referida Convención. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez

académica de los estudios de DOCTORA EN MEDICINA, realizados por WENDY KARINA FIGUEROA DE RIVAS, en la República de Cuba; 2°)

Tener por incorporada a WENDY KARINA FIGUEROA DE RIVAS, como DOCTORA EN MEDICINA, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo

Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente;

4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.

SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN,

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

Y MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F040622)

ACUERDO No. 136-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de febrero de dos mil doce.- El Tribunal con fecha

veintiséis de enero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada AIDA MARIA PORTILLO SOLANO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- PERLA J.- L. C. DE AYALA G.- M.

POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F040624)

ACUERDO No. 263-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de marzo de dos mil doce.- El Tribunal con fecha dieciséis

de febrero de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada LOURDES MARIA BASAGOITIA GOCHEZ, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- J. N. CASTANEDA S.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- PERLA J.- R.

M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F040705)

ORGANO JuDICIALcorte supreMa de Justicia

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012.

DEcrETo NUMEro UNo.

El coNcEJo MUNiciPal DE MEJicaNoS, DEParTaMENTo DE SaN SalVaDor.

coNSiDEraNDo:

I. Que el Artículo 203 de la Constitución de la República, establece que los Municipios serán Autónomos en lo económico, en lo técnico y en

lo administrativo; el Artículo 204 Ord. 5°, establece que la autonomía del Municipio comprende la facultad de “Decretar las Ordenanzas

y Reglamentos Locales”;

II. Que el Art. 3 número 5 del Código Municipal, señala que es potestad del Municipio Decretar Ordenanzas y Reglamentos Locales; que de

conformidad al Artículo 30 número 4, es facultad del Concejo Municipal emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos;

III. Que el Artículo 36 de la Ley General Tributaria Municipal establece que sin perjuicio de lo preceptuado en el Artículo 34 de la misma Ley,

los Municipios podrán mediante arreglo, conceder facilidades para el pago de los tributos causados;

IV. Que la crisis económica ha reducido la capacidad de pago de los contribuyentes del Municipio de Mejicanos, convirtiendo a muchos en

sujetos morosos por falta de pago de los Tributos Municipales;

V. Que con el fin de facilitar que los contribuyentes insolventes paguen tributos, es necesario que el Gobierno Municipal tome las medidas

pertinentes para facilitar el pago mediante la exención de intereses y multas generadas por el no pago de impuestos y Tasas Municipales;

VI. Que no existe en la Constitución de la República y en la legislación secundaria, prohibición alguna para condonar o dispensar el pago de

intereses o accesorios a la obligación principal, por tanto, esta Ordenanza beneficiará a los contribuyentes, por consiguiente, la Municipalidad

percibirá mayores ingresos tributarios para el cumplimento de sus deberes y obligaciones;

Por TaNTo: En uso de sus facultades constitucionales y legales,

DEcrETa la siguiente:

orDENaNZa TraNSiToria DE EXENciÓN DE iNTErESES Y MUlTaS GENEraDaS Por DEUDaS DE iMPUESToS

Y TaSaS a faVor DEl MUNiciPio DE MEJicaNoS.

Art. 1.- Podrán ampararse a la presente Ordenanza las personas naturales o jurídicas de Derecho Privado que adeuden Tasas e Impuestos al

Municipio de Mejicanos.

Art. 2.- Podrán acogerse al beneficio establecido en el artículo anterior, las personas naturales y jurídicas de Derecho Privado que se encuentren

en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Los que están inscritos en el registro de contribuyentes del Municipio y se encuentren en mora en el pago de los Impuestos y Tasas Muni-

cipales.

INSTITuCIONES AuTONOMASalcaldías Municipales

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 b) Los que estando obligados a inscribirse no lo hubieren hecho y se inscribieren dentro del período de vigencia de la presente Ordenanza.

c) Los contribuyentes que antes de la entregada en vigencia de la presente Ordenanza, hubieren suscrito convenio de pago por los tributos y

accesorios, siempre que el contribuyente esté al día con dicho convenio y requiera ampararse a la presente Ordenanza.

Art. 3.- Los contribuyentes que opten por acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, deberán presentar solicitud a la Jefatura del

Departamento de Cuentas Corrientes situado en la Oficina Central de esta Municipalidad o a la Jefatura del Distrito Municipal, situado en el Centro

Comercial Unicentro Metrópolis, a efecto de pagar la deuda principal de sus tributos.

Art. 4.- La Administración Tributaria Municipal podrá conceder planes de pago que no excedan de seis meses, plazo que se contará a partir de

la firma del documento respectivo por parte del contribuyente.

Si el contribuyente no cumpliere con las condiciones establecidas en el plan de pago, perderá los beneficios otorgados en esta Ordenanza.

Art. 5.- Los beneficios de esta Ordenanza no se aplicarán cuando se trate de:

a) Multas impuestas por la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Municipalidad;

b) Multas impuestas por el Cuerpo de Agentes Metropolitanos o la Delegación Contravencional que se encuentren pendientes de pago.

Art. 6.- No podrán acogerse a esta Ordenanza, quienes al momento de entrar en vigencia la presente, aún estuvieren pagando por haber recibido

el beneficiado de planes de pago.

Art. 7.- Dentro de los sesenta días de presentada la solicitud, la Jefatura de Cuentas Corrientes o la Jefatura del Distrito Municipal, deberán

analizar, aprobar y firmar los planes de pago dentro del marco de esta Ordenanza.

Art. 8.- Cualquier disposición legal contraria a la presente Ordenanza o situación no prevista en la misma, debe someterse a conocimiento del

Concejo Municipal para su respectiva resolución.

Art. 9.- A efecto de darle cumplimiento a la garantía de petición y respuesta, los contribuyentes que soliciten acogerse a la presente Ordenanza

y no recibieren respuesta dentro del plazo de sesenta días después de presentada la solicitud, se entenderá favorable y no perderán el beneficio si la

solicitud hubiere sido presentada durante la vigencia de esta Ordenanza.

Art. 10.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial y sus efectos jurídicos durarán seis

meses contados a partir de su entrada en vigencia.

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE MEJICANOS, a los treinta y un días del mes de mayo del dos mil

doce.

Lic. Juana Lemus Flores viuda de Pacas, William Alonso Ramírez Galeas,

Alcaldesa Municipal. Síndico Municipal.

Doris Elizabeth Castro García,

Secretaria Municipal y del Concejo.

(Registro No. F040641)

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. ESTaTUToS DE la aSociaciÓN DE DESarrollo

coMUNal El GUaYaBo, DEl caSErÍo El GUaYaBo, caNTÓN la HacHaDUra, MUNiciPio DE

SaN fraNciSco MENÉNDEZ, aHUacHaPÁN

caPÍTUlo i

NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN, DUraciÓN Y DoMicilio

Art. 1.- La Asociación que se constituye, estará regulada por el

Código Municipal, la ordenanza reguladora de las Asociaciones de

Desarrollo Comunal del Municipio de San Francisco Menéndez, estos

Estatutos y demás leyes aplicables.

Es una entidad apolítica, no lucrativa, de carácter democrático.

Dentro de este contexto la Asociación actuará en las siguientes áreas:

Social, Económico, Cultural, Educación, Gestión y Manejo del Riesgo

Local, así como en las áreas Deportiva, Religiosa, Cívica y en cualquier

otra que le fuere legal y provechoso a la Comunidad.

Art. 2.- La Asociación se denominará: ASOCIACIÓN DE

DESARROLLO COMUNAL “EL GUAYABO”, que podrá abreviarse

ADESCOEG y en los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.

La duración de la Asociación será por tiempo indefinido; sin embargo,

podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causas, contenidas

en el Artículo 33 de estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en: el caserío El Guaya-

bo, del Cantón La Hachadura, Municipio de San Francisco Menéndez,

Departamento de Ahuachapán.

caPÍTUlo ii

fiNES Y accioNES DE la aSociaciÓN

Art. 4.- La Asociación tendrá como fin: El Desarrollo Comunitario

Sostenible y Sustentable. Se propone construir una Comunidad próspera,

educada, saludable, segura y responsable. También realizará las obras

físicas que proyecte la Asociación.

Art. 5.- Para cumplir con sus fines la Asociación deberá:

a) Promover y contribuir al desarrollo socioeconómico de

la respectiva comunidad, coordinando con Instituciones

públicas, privadas, organizaciones no gubernamentales y

otras existentes y funcionales dentro del Municipio;

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua

entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas;

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados

en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y

la mejor realización de sus actividades;

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fin

de contribuir al mejoramiento de la organización de la Comu-

nidad, la administración de proyectos sociales y económicos,

y de la evaluación de los niveles educativos;

e) Promover e impulsar proyectos que conlleven acciones a

favor del deporte para la juventud;

f) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la

Comunidad con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar los distintos problemas que existieren en la

comunidad;

g) Participar en el Comité de Emergencia Comunal y contribuir

a la planificación, capacitación y gestión del riesgo a nivel

local;

h) Promover las organizaciones juveniles haciéndoles

partícipes de la responsabilidad de los programas de

Desarrollo Local;

i) Desarrollar Programas de Formación Familiar y divulgación de

los valores morales que promuevan la integración familiar;

j) Participar en los planes de Desarrollo Locales, regionales y

nacionales, especialmente en la determinación de los proyectos

en el plan de actividades y establecer los recursos locales que

deben utilizarse;

k) Promover la participación activa de la mujer, en los procesos

de desarrollo comunal, impulsando su protagonismo y

competitividad en la dirección y ejecución de programas y

proyectos de desarrollo;

l) Incrementar la realización de actividades sociales y culturales

tales como: Ferias patronales, ganaderas, actividades recreativas,

deportivas y turísticas, con el objetivo de generar recursos

económicos que sirvan para financiar pequeños proyectos,

actividades o gastos administrativos de la Asociación;

m) Aplicar y divulgar las ordenanzas municipales ambientales,

coordinando con la municipalidad e instituciones guberna-

mentales o no gubernamentales, nacionales e internacionales

que tienen por finalidad la protección del medio ambiente y

la conservación de los recursos naturales;

n) Promover actividades que conlleven al desarrollo Cultural

tanto para la Comunidad como para el Municipio;

o) Proteger y conservar las cuencas, subcuencas y microcuen-

cas, por iniciativa propia o asociada a otras organizaciones

comunales, al Ministerio de Medio Ambiente, a la Munici-

palidad y organizaciones no gubernamentales, nacionales e

internacionales;

p) Impulsar proyectos turísticos mediante iniciativas propias o en

asocio con otras organizaciones comunales, con el propósito

de favorecer a éstas, en forma económica, social y cultural.

Las utilidades obtenidas en la administración de dichos

proyectos, deberán ser distribuidas en forma equitativa entre

las comunidades participantes y serán objeto de convenios o

cartas de entendimiento entre las partes;

q) Fomentar la organización empresarial, con énfasis en la micro

y mediana empresa, procurando su integración y producti-

vidad. En las áreas rurales con vocación agrícola, apoyar la

organización de grupos solidarios o unidades productivas, con

el objetivo de gestionar asistencia técnica y financiamiento,

como una forma de impulsar el agro y mejorar la calidad de

vida de las comunidades rurales;

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 r) Institucionalizar y consolidar la organización comunal y

aplicar el método de mejora continua en la administración y

dirección de la misma.

caPÍTUlo iii

caliDaD, DErEcHoS Y DEBErES DE loS aSociaDoS

Art. 6.- Las personas asociadas podrán ser:

a) Fundadoras

b) Activas

c) Honorarias

Todas deben ser personas mayores de dieciocho años; sin embargo,

cuando las personas provengan de Comités Juveniles, el requisito de

edad antes mencionado será de quince años

Son Asociados/as Fundadores/as: Las personas que conforman la

Asociación por primera vez y firmaron el Acta de Constitución.

Son Asociados/as Activos/as: Todas las personas que conforman

la Asociación en forma posterior a los fundadores, y residen dentro de

los límites del área de actuación de la Asociación y que además cumplan

con sus deberes, derechos y obligaciones que como asociados/as les

corresponden.

Son Asociados/as Honorarios: aquellas personas a quienes la

Asamblea General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva

les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes

servicios prestados a la Asociación.

Los socios honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea

General les otorgue.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo

cuando las personas provengan de Comités Juveniles el requisito de edad

antes mencionado será de quince años.-

Art. 7.- Son derechos de las personas Asociadas Activas:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales

Ordinarias y Extraordinarias;

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicitare por escrito;

c) Elegir y ser electo para cargos en la Junta Directiva;

d) Gozar de los beneficios a que conlleven los planes, programas

y proyectos que por iniciativa de la Asociación se realicen;

e) Solicitar información de los organismos de la Asociación,

sobre la administración financiera, y sobre la ejecución de

programas y proyectos que se desarrollen en la comunidad;

f) Retirarse voluntariamente de la Asociación, sin perder el

derecho de Asociado/a y Beneficiario/a de los programas y

proyectos que se desarrollen en su comunidad.

Art. 8.- Son deberes de las personas asociadas Activas.

a) Asistir con puntualidad a las Sesiones de Asambleas Generales,

Ordinarias o Extraordinarias.

b) Participar en todas las actividades de la Asociación;

c) Cumplir con honradez los cargos y funciones que se le

encomienden;

d) Abstenerse de ejecutar por acción u omisión actos que puedan

afectar la estabilidad económica financiera y el prestigio de

la organización;

e) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos tomados por

la Junta Directiva y la Asamblea General, procedan éstos de

las asambleas ordinarias o extraordinarias;

f) Contribuir con su esfuerzo personal para la sostenibilidad de

la Asociación;

g) Cooperar con los medios promocionales posibles, al incremento

del número de personas miembros de la Asociación;

h) Cumplir con estos Estatutos y reglamento interno, obedecer

las disposiciones de la Asamblea General y de la Junta

Directiva, siempre que estén relacionados con los fines de

la Asociación.

caPÍTUlo iV

DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN

Art. 9.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: que será la máxima autoridad de la

Asociación.

b) La Junta Directiva: que será el órgano ejecutivo y estará

integrado por el número de miembros/as que determinen

estos Estatutos.

caPÍTUlo V

DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 10.- La Asamblea General es la máxima autoridad y estará

conformada por todas las personas miembros asociados/as. Si un socio/a

no puede asistir por caso fortuito, a la Asamblea General, puede estar

representado por una persona miembro de su grupo familiar la cual

deberá ser mayor de edad y solo tendrá derecho a voz, no a voto.

Las resoluciones se acordarán por mayoría simple es decir la mitad

más uno de los votos, salvo en casos especiales que requiera el voto

calificado de los Asociados/as, es decir los votos de las dos terceras

partes de sus miembros/as.

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Art. 11.- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año debiendo celebrar la primera de éstas entre los meses de

enero y marzo, y extraordinariamente cuando sea convocada por la

Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud de quince miembros

afiliados a la Asociación.

Art. 12.- En las Asambleas Generales ordinarias se tratarán los

puntos de Agenda y los que propongan las personas asociadas en la

misma. En las Asambleas Extraordinarias, solo se tratarán los asuntos

comprendidos y detallados en la Convocatoria; por lo tanto, cualquier

otra decisión sobre otros aspectos, será nula.

Art. 13.- La Convocatoria para la Asamblea General ordinaria o

extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con cuatro días de

anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación

para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en

que se ha de celebrar.

Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión por falta de

quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día, una hora después de la

señalada, con las personas asociadas que concurran. En este último

caso, las decisiones que adopten serán obligatorias, aun para aquellas

personas que convocadas en la forma prescrita en estos Estatutos, no

concurrieren.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión de sus cargos, a las personas miembros/as

de la Junta Directiva;

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

financiero de la Asociación;

c) Destituir total o parcialmente por causa justificada a las

personas miembros de la Junta Directiva y elegir a sus

sustitutos, en base a estos Estatutos;

d) Se retirará la calidad de Miembro/as de la Asociación, a

aquellas que hubieren renunciado, fallecido o perdido su

calidad de Asociado/a;

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que considere

convenientes;

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que

sean necesarios para su buen funcionamiento;

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos

que se dicten;

h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupuesto;

i) Otorgar la calidad de Asociado/a Honorario/a;

j) Resolver a su propio criterio las situaciones excepcionales

que no están previstas en estos Estatutos y que demanden

inmediata solución.

caPÍTUlo Vi

ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMociÓN DE

aSociaDoS Y DirEcTiVoS.

Art. 15.- Las personas miembros de la Asociación podrán ser

retirados de ella, por acuerdo de la Asamblea General, tomado por

mayoría de votos previa audiencia del interesado, por infracciones a

la Ordenanza, Reglamento y Estatutos. Se consideran además como

causales de suspensión, retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del Asociado/a en perjuicio grave de la

Asociación;

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la Asociación;

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación

para sí o para terceros;

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la

Asociación.

Art. 16.- Todos/as o parte de los miembros de la Junta Directiva,

electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente,

si no ameritare su destitución según la gravedad del caso.

Para proceder a la suspensión temporal o destitución, la Junta

Directiva nombrará una Comisión de tres de sus miembros, para que

investiguen los hechos y oyendo el informe de éstos, y las razones que

el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá tal destitución

llevando posteriormente ante la Asamblea General la elección de los

sustitutos (interinos o definitivos).

Art. 17.- En caso que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez

días conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículos

anteriores; un número de por lo menos diez asociados podrá convocar

a Asamblea General extraordinaria, para que ésta nombre la Comisión

Investigadora, la cual no podrá ser integrada por miembros de la Junta

Directiva; para que en base a su informe, la Asamblea General proceda

a la suspensión o destitución.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las infrac-

ciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda

la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los Miembros/

as de la Junta Directiva, los restantes no inician el procedimiento dentro

del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que

elegirá y dará posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión

o por el resto del período de los directivos sustituidos.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La Asamblea General o Junta Directiva notificará al miembro/a la

suspensión y elegirán y darán posesión al sustituto, por el tiempo de la

suspensión o por el resto del periodo de los directivos sustituidos.

La Asamblea General o Junta Directiva le notificará al miembro/a,

la suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de 48 horas

después de haber sido acordada.

Art. 18.- De la resolución que establezca la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión, ante la misma, dentro del tercer día de la notificación.

Transcurrido el tercer día de las resoluciones de la Asamblea

General, no se admitirá ningún recurso.

caPÍTUlo Vii

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 19.- La Junta Directiva estará integrada por Once Miembros

Propietarios electos en la Asamblea General por votación nominal y

pública, ya sea para cargos separados o en planilla.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente:

Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero,

Pro- Tesorero, Síndico, y Cuatro Vocales Propietarios.

Los cargos en la Junta Directiva serán asumidos sin ningún beneficio

económico; sin embargo, cuando los miembros/as directivos trabajen en

actividades particulares o eventuales y el volumen del trabajo lo amerite,

podrá cobrar una retribución convencional o dieta, si las circunstancias

económicas de la Asociación lo permiten. De lo anterior, deberá existir

acuerdo de Junta Directiva y además deberá informarse a la Asamblea

General.

Art. 20.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa

convocatoria que haga el Presidente o a falta de éste, el Secretario de

la Asociación.

En caso de comprobarse la existencia de negligencia, inoperancia

o inhabilidad de uno de los miembros descritos anteriormente, seis

miembros de la Junta Directiva en forma unánime, podrán convocar a

reunión y posterior a ésta, si se considera necesario, en base a acuerdo

de los miembros directivos reunidos convocar a Asamblea General

Extraordinaria para tratar los puntos de urgencia o bien para sugerir re-

estructurar la Junta Directiva, en coordinación con la instancia normativa

de las Asociaciones Comunales del Municipio.

Las decisiones o resoluciones, serán tomadas por la Junta Directiva,

por mayoría de votos y para que la sesión sea válida deberán concurrir,

seis de sus miembros/as propietarios. En caso de empate, el Presidente

o quien haga sus veces tendrá voto de calidad (es decir doble voto),

exclusivamente cuando exista empate en la votación.

Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el Proyecto de Estatutos de la Asociación y proponerlos

a la Asamblea General, para su estudio y aprobación;

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con la Asociación de Desarrollo Comunal, el Plan de Trabajo

y el Presupuesto para el año correspondiente;

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento;

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias;

e) Coordinarse con los organismos del Estado, la Municipalidad,

con las entidades privadas que trabajen en la región, y Orga-

nizaciones No Gubernamentales que apoyen los procesos de

desarrollo y que se encuentren identificadas y reconocidas por

la Municipalidad de San Francisco Menéndez, con el objeto

de que brinden apoyo técnico, financiero y en otros aspectos

importantes para el desarrollo de la Comunidad;

f) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los

organismos que cooperan con su Plan de Trabajo, las

actividades que se desarrollen;

g) Tomar las medidas necesarias, para cumplir y aplicar las

disposiciones emanadas de la Asamblea General;

h) Actualizar y controlar los gastos y recursos económicos de

la Asociación;

i) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la Asociación;

j) Presentar a consideración de la Asamblea General, la

Memoria Anual de sus actividades (Memoria de Labores) para

su aprobación, en la sesión ordinaria del mes de diciembre

del año correspondiente;

k) Llamar al Miembro/a Suplente cuando el titular se encuentre

ausente o no concurriere a tres sesiones consecutivas por lo

menos, sin causas justificadas;

l) Presentar a consideración de la Asamblea General, quince

días antes del inicio de cada ejercicio administrativo, el

Plan Anual y el Presupuesto de la Asociación para el año

correspondiente.

Art. 22.- El Presidente o Presidenta de la Junta Directiva presidirá

las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva y todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El Vicepresidente colaborará con el Presidente y lo sus-

tituirá en caso de ausencia o impedimento de éste, y todo lo demás que

le fuere encomendado por la Asociación.

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Art. 24.- El Secretario o Secretaria será la persona encargada de la

información de la Asociación y deberá preparar y rendir informes, para

las Asambleas Generales, Ordinarias o Extraordinarias. Deberá elaborar

también con la Junta Directiva, el informe anual de labores de la misma,

y el informe de las actividades de la Asociación. De igual forma rendirá

informes sobre otros aspectos que le sean solicitados, por la Asociación

o por la oficina del Registro de Asociaciones Comunales de la Alcaldía

Municipal de San Francisco Menéndez.

El Secretario/a será el encargado de elaborar las Agendas junta-

mente con el Presidente de la Asociación, ya sea para reuniones de Junta

Directivas, Asambleas Ordinarias o Extraordinarias. Podrá convocar a

reunión de Junta Directiva, en la ausencia o inhabilidad del presidente de

la Asociación, en coordinación con el Vice-Presidente si éste estuviere

en funciones.

Art. 25.- El Secretario/a de actas, tendrá a su cargo los Libros de

Actas de Sesiones que celebre la Asamblea General, y la Junta Directiva;

ya sean éstas, Ordinarias o Extraordinarias. Extender las certificaciones,

puntos de actas que le sean solicitados por la Junta Directiva, por la Aso-

ciación, u otras Instituciones y todo lo demás que le fuere encomendado

por la Asociación.

Art. 26.- El Tesorero o Tesorera será la persona depositaria de los

fondos y bienes de la Asociación y demás recursos de la misma, llevará

los Libros de Contabilidad y de Registro de Movimientos Financieros,

el Control de las Cuentas Bancarias si las hubiere y el Estado Financiero

en General de la Asociación de las cuales tendrá que rendir informe a

la Junta Directiva y/o a la Asamblea General cada vez que le fuere

solicitado.

Se encargará además que se hagan efectivos los créditos a favor

de la Asociación y efectuará los pagos y otras obligaciones financieras

de la misma. De todo lo anterior deberá tener previa autorización de la

Junta Directiva.

Todos los fondos serán depositados en una institución Bancaria o

Crediticia, para lo cual, se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación

y se registrarán las firmas del Tesorero/a, Presidente/a, y Síndico de la

Junta Directiva. Para todo retiro de fondos, se requerirán, las firmas del

Tesorero y la del Presidente/a o en su defecto la firma del Síndico. En

todo caso, la firma del Tesorero es indispensable para cualquier retiro o

trámite financiero de la Asociación.

Art. 27.- El Pro-Tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero,

colaborará y lo /a sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste

y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 28.- El Síndico(a), será el representante legal de la Asociación,

tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial, además, podrá otorgar

y revocar poderes judiciales y administrativos con la autorización previa

de la Junta Directiva, para ejercerla en cada caso y todo lo demás que le

fuere encomendado por la Asociación.

Art. 29.- Los Vocales deberán colaborar con la Junta Directiva

sustituyendo a cualquiera de sus miembros que faltaren por causas

accidentales que lo inhabilitaren para desempeñar su función o desti-

tución del mismo y además todas las actividades o tareas que les fuere

encomendado por la Asociación.

Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para

un período de dos (2) años pudiendo ser reelectos únicamente para un

periodo más, si la Asamblea General así lo decidiere.

caPÍTUlo Viii

DEl PaTriMoNio DE la aSociaciÓN

Art. 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido:

a) Por la contribución monetaria de las Personas Asociadas

Activas, el monto del aporte queda a decisión de la Asamblea

General;

b) Por los aportes extraordinarios que provengan de diferentes

fuentes;

c) Por los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

con el fin de recaudar fondos para la Asociación;

d) Por sus Bienes Muebles o Inmuebles adquiridos a cualquier

título y las rentas que se obtengan, de la administración de

los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables,

es decir, nadie puede ejercer derecho sobre ellos, salvo, que

la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus

miembros/as, acordare venderlos o darlos en arrendamiento.

Art. 32.- Si al final de cada ejercicio Administrativo, se obtuvieren

ganancias, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General, los pro-

yectos a que puedan ser aplicados dichos fondos. En todo caso, deberán

remitirse a su plan anual de actividades y proyectos, contemplados en

su presupuesto.

caPÍTUlo iX

DiSolUciÓN DE la aSociaciÓN

Art. 33.- La Asociación podrá, disolverse por cualquiera de las

siguientes causas:

a) Por la disminución en el número de personas Asociadas, de

tal forma que se reduzca a un número menor de 25 personas

asociadas;

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 b) Por la imposibilidad de cumplir con los fines, propuestos en

sus Estatutos y que dieron origen a su fundación;

c) Por malos manejos que hayan y/o alteren sus funciones o

propósitos y que éstos afecten a la población.

Art. 34.- En caso de disolución de la Asociación por Ley o decisión de

sí misma, los miembros de ésta tienen la obligación de informar al Concejo

Municipal dicha decisión, y deberá formar una comisión liquidadora que

estará compuesta por cinco personas electas por la Asamblea General,

en Sesión Extraordinaria la cual será convocada específicamente para

tal efecto, y en la misma sesión solicitar que le designe un delegado de

la Municipalidad y el Auditor Interno de la Alcaldía Municipal para que

se integren a la comisión liquidadora. Esta Comisión deberá garantizar

que la Asociación, cancele todas sus deudas y demás compromisos

adquiridos. El acuerdo de la disolución, deberá contar por lo menos,

con las tres cuartas partes de las personas asociadas activas.

Art. 35.- Después de pagadas las deudas, compromisos y otras

obligaciones que tuviere la Asociación, si hubiera un remanente en

fondos económicos y otros bienes de la misma, éstos serán donados al

Concejo Municipal de San Francisco Menéndez. La donación de dicho

remanente deberá efectuarse, treinta días después de pagadas todas sus

obligaciones y éstos ingresarán al fondo común de la Alcaldía Muni-

cipal de San Francisco Menéndez, con la condición de ser destinados

a proyectos de desarrollo de la comunidad, preferiblemente dentro del

área de la Asociación en proceso de disolverse.

caPÍTUlo X

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal, en los primeros quince días posteriormente a la elección, la

nómina de la primera Junta Directiva. Deberá proporcionar al Concejo

Municipal, o a la oficina correspondiente, cualquier informe o dato que

se le solicite relacionados con la Asociación.

Informará en la forma expresada, los cambios y otras modificaciones

ocurridas en la Junta Directiva o en la Asamblea General. Además debe

informar dentro de los treinta días posteriores a la elección de una Nueva

Junta Directiva, su Plan Anual de Trabajo y su respectivo Presupuesto.

Art. 37.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación, no

comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno, y

en su Manual de Organización y Funciones. Ambos documentos, deberán

ser elaborados por la Junta Directiva, y aprobados por la Asociación en

Asamblea General Ordinaria.

Art. 38.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

El iNfraScriTo alcalDE MUNiciPal DE ESTa Villa.

cErTifica: Que a folio noventa del Libro de Actas y Acuerdos

Municipales que esta Oficina lleva durante el corriente año, se encuentra

la que literalmente dice:

“acTa NÚMEro TrEcE, séptima Sesión Extraordinaria,

celebrada por la Municipalidad de La Villa de San Francisco Menéndez,

Departamento de Ahuachapán, en el Salón de Sesiones en la Alcaldía

Municipal a las trece horas del día VEINTITRÉS DE MARZO DEL

AÑO DOS MIL ONCE.- Convocó y presidió el señor Alcalde Municipal

don José Narciso Ramírez Ventura, con la asistencia del señor Síndico

Municipal don Germán Francisco Alférez Rodríguez, de los señores

Regidores Propietarios en su orden: Abelardo López López, Trinidad

Buruca Hernández, Carlos Hugo Ruano, Ciro Manasees Morán

Guardado, Julio Prieto Valladares, Héctor Ovidio Zometa, Vilma Carolina

Rodríguez Dávila, Antonio Sánchez, y los señores Regidores Suplentes

en su orden: Pedro Pablo Romero Villatoro, Otilio García Landaverde,

José Umercindo Meléndez Figueroa, y Alba Icela Aguilar de Chávez, y

Licenciado Nelson Benjamín Menéndez Villalta, Secretario Municipal

de Actuaciones.-"

ACUERDO NÚMERO DIEZ. Vistos y leídos los Estatutos de la

Asociación de Desarrollo Comunal “EL GUAYABO”. Fundada en el

caserío El Guayabo, del cantón La Hachadura, de esta Jurisdicción con sus

abreviaturas "ADESCOEG" que consta de 38 artículos y no encontrando

en ella ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden

público ni a las buenas costumbres de conformidad a los artículos 119 y

30 numeral 23 del Código Municipal. Este Concejo Municipal Acuerda:

Aprobarlos, conferirles a dicha Asociación el carácter de personalidad

Jurídica. Certifíquese este Acuerdo y remítase a donde corresponde.

Y no habiendo más que hacer constar se da por terminada la

presente que firmamos: J. N. R.-// G. F. ALFÉREZ R.-// A. LÓPEZ.-//

T. B. H.-// C. H. RUANO.-// C. M. M. G.-// J. P. VALLADARES.-//

OVIDIO Z.-// V. C. R.-// A. S.-// N. B. MENÉNDEZ.-// Scrio. de

Actuaciones." RUBRICADAS.-

Alcaldía Municipal: Villa de San Francisco Menéndez, a los

veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil once.-

JOSÉ NARCISO RAMÍREZ VENTURA,

ALCALDE MUNICIPAL.

Lic. NELSON BENJAMÍN MENÉNDEZ VILLALTA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F040644)

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012.

ESTaTUToS DE la aSociacioN DE DESarrollo

coMUNal, "caNToN falla", JUriSDiccioN DE

JUJUTla, DEParTaMENTo DE aHUacHaPaN.

caPiTUlo UNo

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DirEccioN

Y DoMicilio.

Art. 1.- La Asociación que se constituye, estará regulada por el

Código Municipal, La Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de

Desarrollo Comunal de Villa de Jujutla, Departamento de Ahuachapán,

por estos Estatutos, Reglamentos internos y demás disposiciones aplica-

bles.- La Asociación será una entidad Apolítica y no lucrativa que podrá

participar en el campo Social, Económico, Cultural, Religioso, Cívico,

Educativo y en cualquier otro que fuere provechoso a la comunidad;

La Asociación se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO CO-

MUNAL "Falla", que se abreviará ADESCO Falla, que en los presentes

estatutos se denominará LA ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefinido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo

Comunal de la Municipalidad de Villa Jujutla, estos estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Art. 3.- El Domicilio de la Asociación será en CANTON FALLA,

JURISDICCIÓN DE VILLA JUJUTLA, DEPARTAMENTO DE

AHUACHAPAN.

caPiTUlo DoS

fiNES DE la aSociacioN.

Art. 4.- La Asociación tendrá como fines primordiales: El desa-

rrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para lo cual

deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjun-

tamente con instituciones públicas y organismos privados

nacionales e internacionales que participen en programas

de interés social o comunal.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre

vecinos, sus grupos familiares y entidades representativas.

c) Cooperar y coordinar actividades con otros grupos comunales

organizados en la localidad.

d) Impulsar programas de capacitación promocional de los

dirigentes de grupos comunales afines, con el propósito del

mejoramiento de la organización de la comunidad y de la ad-

ministración de los proyectos de interés social y comunal.

e) Trabajar en la promoción y mantenimiento de los servicios de

la comunidad, con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar las necesidades de la comunidad.

f) Promover la organización juvenil, haciéndolos partícipes de

responsabilidad de programas de desarrollo local.

g) Implementar actividades comunales, a fin de obtener recur-

sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la

comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo local, regionales y na-

cionales; especialmente en la determinación de los proyectos

de interés social local.

caPiTUlo TrES

caliDaD, DErEcHoS Y DEBErES DE la aSociacioN.

Art. 5.- Los asociados podrán ser:

a) activos,

b) honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo

cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad

antes mencionado será de quince años.

Son asociados todas las personas que cumplen con los requisitos

señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la

unidad vecinal y residentes inmediatos.

Son Asociados honorarios, todas aquellas personas a quienes en

asamblea general, concede tal calidad, en atención a sus méritos perso-

nales y relevantes al servicio prestado a la asociación.

Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos.

a) Participar con voz y voto en la asamblea general.

b) Retirarse voluntariamente de La asociación cuando así lo

solicitare por escrito.

c) Elegir y ser electo para el cargo de la junta directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la asociación.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

e) Asistir con puntualidad a las reuniones de Asambleas Ge-

nerales previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos estatutos y disposiciones de la Asamblea

General y junta Directiva, siempre que estén relacionados

con los fines de la asociación.

Art. 7.- Los asociados honorarios gozarán de los derechos que la

asamblea General les otorgue.

caPiTUlo cUaTro

DEl GoBiErNo DE la aSociacioN.

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: Será la máxima autoridad de la aso-

ciación.

b) La Junta Directiva: Será el órgano ejecutivo y estará integrado

por el número de miembros que determinen los estatutos.

caPiTUlo ciNco

DE la aSaMBlEa GENEral.

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados y

se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo

haber representación de los asociados; pero cada asociado no podrá estar

representado por más de una persona.- Las resoluciones se aprobarán

por mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera

de éstas en el mes de agosto y extraordinariamente cuando sea convocada

por la junta directiva, por iniciativa propia, o por la solicitud de quince

miembros afiliados a la asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados

y en la Asamblea General Extraordinaria, en la que sólo se tratarán los

asuntos comprendidos en convocatorias y cualquier otra decisión sobre

otros aspectos serán nulas.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de

anticipación para la primera y cuarenta y ocho horas de anticipación para

la segunda, indicando en la misma, el lugar y el día en celebrarse.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directi-

va.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

financiero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justificada a los

miembros de la junta directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de los miembros de la misma a los que

hubieran renunciado, fallecido o perdido su calidad de aso-

ciados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-

tes.

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y los reglamentos que

se dicten.

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-

to.

i) Otorgar la calidad de asociado honorario.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en estos estatutos y demanden inmediata solu-

ción.

caPiTUlo SEiS

ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN DE aSociaDoS Y DirEcTiVoS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados

de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de

votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza,

reglamentos y estatutos, se consideran además causales como retiro o

expulsión, se considera expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado quese traduzca en perjuicio

grave para la asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios a la asociación

para así operar o para terceros.

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos

por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente si no

amerita su destitución, según la gravedad del caso. Para poder proceder

a la sustitución temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión o

mas de sus miembros para que investiguen los hechos, oyendo el informe

de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa

se resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

En el caso de discusión que habla el literal c) del Artículo trece

la junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso

será la Asamblea General, quien resolverá tal destitución nombrando a

continuación los sustitutos.

Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días

conocida la infracción no procede de conformidad al Artículo anterior,

un número de diez asociados, por lo menos, podrá convocar Asamblea

General para que ésta nombre la comisión investigadora para que en

base a su informe proceda a la suspensión o destitución.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las in-

fracciones debe conocerse sobre la suspensión temporal o sustituciones

de toda la junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los

miembros de la junta Directiva los restantes no inician el procedimiento

dentro del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que

resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en

la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo

de suspensión o por el resto del periodo de los directivos sustituidos.

La Asamblea General o junta directiva notificará al interesado la

suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho

horas después de haber sido acordada.

Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal

decretada por la junta directiva podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión para la ante la misma, dentro del tercer DIA de la notifica-

ción.

De la resolución de la Asamblea General no se admitirá ningún

recurso.

caPiTUlo SiETE

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por ONCE MIEM-

BROS propietarios y suplentes, electos en Asamblea General por vo-

tación nominal y pública, ya sea por cargos separados o por planillas.

En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente,

Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Pro-Tesorero,

Síndico y cuatro vocales.

Los cargos de la Junta Directiva, serán ad - honores; y eventuales

para la Asociación, podrá cobrar una retribución o cuando el volumen

de trabajo y la circunstancia lo amerite, previo Acuerdo de la Asamblea

General.

Art. 19.- La junta directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa

convocatoria que haga el presidente.

Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis

de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría

de votos.

En caso de empate el presidente o quien haga sus veces, tendrá

voto de calidad.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de estatutos de la Asociación y de

proponerlos a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan anual de trabajo y del

presupuesto correspondiente.

c) Constituir comisiones de trabajo de la asociación y encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la asamblea General a Reuniones Ordinaria y

Extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del Estado, Las Municipali-

dades, y con Las Entidades privadas que tengan que trabajar

en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento,

ejecución y evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la asamblea General y a los orga-

nismos que cooperan con sus programas de las actividades

de desarrollo.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las

disposiciones emanadas de la asamblea general.

i) Autorizar y controlar los gastos y recursos económicos de

la asociación, hasta un máximo de quinientos dólares de los

Estados Unidos de América.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General, en la sesión ordinaria del mes de diciembre, la

memoria actual de las actividades.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 l) Llamar al miembro correspondiente de la junta directiva,

cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones

consecutivas por lo menos, sin causa justificada.

ll) Presentar a la consideración de la asamblea General con

quince días de Anticipación de cada ejercicio administrativo

el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Art. 21.- El presidente de la junta directiva, presidirá las sesiones

de Asamblea General y de Junta Directiva y todo lo demás que le fuere

encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Vicepresidente colaborará con el presidente y lo sustituirá

en los casos de ausencia o impedimentos de éste y de todas las obliga-

ciones y deberes que le fueren encomendados por la Asociación.

Art. 23.- El secretario será el órgano de comunicación de la Aso-

ciación y llevará el inventario de todos los bienes de la misma y todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Secretario de Actas Tendrá a su cargo los libros de

Actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva,

extender Certificaciones que se soliciten a la Asociación y a todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- El tesorero será el depositario de los fondos y bienes de

la asociación y llevará los libros de contabilidad de la asociación y todas

la cuentas de la misma; se encargará además, de que se hagan efectivos

los créditos a favor de la asociación y dará cuenta a la junta directiva en

cada sesión, del estado económico, ingresos y gastos; así mismo hará

los pagos de las obligaciones de la Asociación.

En todo caso los pagos serán autorizados por el secretario y con

el VISTO BUENO del presidente de la Asociación.

Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o

crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación

y se registrarán las firmas del Tesorero, presidente y el síndico de la

Asociación; y se requerirán de la firma y la concurrencia de éstos para

todo retiro de fondos, una vez sea aprobado por la Junta Directiva y todo

lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26.- El Pro Tesorero, tendrá las mismas funciones del tesorero,

colaborará y lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste y

todo lo que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 27.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial

de la Asociación, quien podrá otorgar y revocar poderes judiciales o

administrativos y necesitará la autorización previa de la Junta Directiva

para ejercer esta facultad.

A falta del síndico fungirán los vocales por su orden respectiva-

mente, autorizados en sesión de junta directiva.

De entre los Vocales de la Asociación, el síndico elegirá un comité

de vigilancia formado por tres miembros, que tendrán acceso a todas

las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la

Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación

sea aplicado en la consecución de sus fines.

Art. 28.- El Síndico velará por el estricto cumplimento de los

presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General

y por la Junta Directiva, así como todos los demás que le fueren enco-

mendados por la Asociación.

Art. 29.- Los vocales colaborarán con la junta directiva en la medida

que está lo considere necesario, en todo caso sustituirá a los miembros de

la Junta Directiva que faltaren, y todo lo demás que le fuere encomendado

por la Asociación.

Art. 30.- Los miembros de Junta Directiva serán Electos por un

periodo de DOS AÑOS, pudiendo ser Electos para otro periodo, si la

Asamblea General Así lo decidiere.

caPiTUlo ocHo.

DEl PaTriMoNio DE la aSociacioN.

Art. 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Por las contribuciones que aporten los Asociados activos que

será de cincuenta centavos de dólar mensuales.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes

fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la Asociación.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012.

d) Los Bienes muebles e Inmuebles que adquiera a cualquier

título y las rentas que se obtengan de la administración de

los mismos.- Los bienes de la asociación son inalienables e

imprescriptibles, salvo que la Asociación con el voto de las

tres cuartas partes de sus miembros acordare afectarlos.

Art. 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará

el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el

capital bancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital en el

que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obra

física, siempre que traduzca a operaciones canalizadas a través de recursos

económicos, deberá ser conocido y aprobado por la directiva siempre y

cuando no exceda de quinientos dólares, caso contrario lo aprobará la

Asamblea General, específicamente para el acto en que comparezca el

representante de la Asociación.

Art. 33.- Si al final de cada ejercicio administrativo, se obtuviere

ganancias, la junta directiva propondrá a la Asamblea General los

proyectos a que puedan ser aplicados tales ganancias, como también el

tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

caPiTUlo NUEVE

DiSolUcioN DE la aSociaciÓN.

Art. 34.- En caso de disolución de la Asociación, si después de

pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente,

la Junta Directiva deberá de poner a disposición del Concejo Municipal

el remanente que hubiere quedado después de treinta días de pagadas las

obligaciones con la condición de ser destinados los fondos a Programas

de Desarrollo Comunal, que deberán realizarse preferentemente en la

localidad del domicilio de la asociación.

Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras

partes de los asociados, por los motivos que la Ordenanza Reguladora

de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-

blezcan.

caPiTUlo DiEZ

DiSPoSicioNES GENEralES.

Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Con-

cejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la

nómina de la nueva junta directiva; en todos los casos proporcionados

al expresado Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Aso-

ciación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior,

las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en

forma definitiva.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta

Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades.

Art. 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

acUErDo NÚMEro UNo

Visto El Acta número dos de Asamblea General de fecha seis de

marzo de dos mil doce, en la que se procedió a la aprobación de los

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal "Fallas" la que puede

abreviarse "ADESCOFALLA" con domicilio en Cantón Falla, del Muni-

cipio de Jujutla en el Departamento de Ahuachapán, que constan de 37

artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las

leyes de la República, al Orden Público, ni a las buenas costumbres de

conformidad a los artículos 119 y 30 y numeral 23 del Código Municipal,

este Concejo Acuerda: Aprobarlos en todas sus partes. Publíquese.

Dado en la Alcaldía Municipal de Jujutla, a veinticuatro de abril

de dos mil doce.- Con lo cual se da por terminado este acto y acta que

firmamos.–

VICTOR MANUEL MARTINEZ JIMENEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

JUAN ANTONIO SERRANO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F040657)

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESTaTUToS DE la aSociacioN coMUNal

“coloNia laS BriSaS” caNToN GUaYaPa aBaJo,

JUriSDiccioN DE JUJUTla, DEParTaMENTo DE

aHaUcHaPaN.

caPiTUlo UNo

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DirEccioN Y

DoMicilio.

Art. 1.- La Asociación constituida, está regulada por la Constitución de la República, el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de la Asociación de Desarrollo Comunal de Villa de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, por estos Estatutos, Reglamentos Internos y demás disposiciones aplicables.- La Asociación seguirá siendo una entidad Apolítica y no lucrativa, que podrá participar en el campo de desarrollo Comunitario, Social, Económico, Cultural, Religioso, Cívico, Educativo y en cualquier otro que fuere provechoso a la comunidad; la Asociación se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL “LAS BRISAS CATARINA” que se abreviará “ADESCOLAB”, que en los presentes Estatutos se denominará LA ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de la Municipalidad de Villa Jujutla, estos Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Art. 3.- El Domicilio de la Asociación seguirá siendo en Cantón Barra de Santiago, Jurisdicción de Villa Jujutla, Departamento de Ahuachapán.

caPiTUlo DoS

fiNES DE la aSociacioN

Art. 4.- La Asociación tendrá como fines primordiales: El desa-rrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para lo cual deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjun-tamente con instituciones públicas y organismos privados nacionales e internacionales que participen en programas de interés social o comunal.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre vecinos, sus grupos familiares y entidades representativas.

c) Cooperar y coordinar actividades con otros grupos comunales organizados en la localidad.

d) Impulsar programas de capacitación promocional de los dirigentes de grupos comunales a fines, con el propósito del mejoramiento de la organización de la comunidad y de la ad-ministración de los proyectos de interés social y comunal.

e) Trabajar en la promoción y mantenimiento de los servicios de la comunidad, con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar las necesidades de la comunidad.

f) Promover la organización juvenil, haciéndolos partícipes de responsabilidad de programas de desarrollo local.

g) Implementar actividades comunales, a fin de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo local, regionales y na-cionales; especialmente en la determinación de los proyectos de interés social local.

caPiTUlo TrES

caliDaD, DErEcHoS Y DEBErES DE la aSociacioN

Art. 5.- Los asociados podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad antes mencionado será de quince años.

Son Asociados: Todas las personas que cumplen con los requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal y residentes inmediatos.

Son Asociados Honorarios: Todas aquellas personas a quienes la Asamblea General concede tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes al servicio prestado a la Asociación.

Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos:

a) Participar con voz y voto en la Asamblea General.

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitare por escrito.

c) Elegir y ser electo para el cargo de la Junta Directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.

e) Asistir con puntualidad a las reuniones de Asambleas Gene-rales previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos Estatutos y Disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fines de la Asociación.

Art. 7.- Los Asociados Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

caPiTUlo cUaTro

DEl GoBiErNo DE la aSociacioN

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: Será la máxima autoridad de la Aso-ciación.

b) La Junta Directiva: Será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen los Estatutos.

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. caPiTUlo ciNco

DE la aSaMBlEa GENEral

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados y

se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo

haber representación de los asociados, pero cada asociado no podrá estar

representado por más de una persona.- Las resoluciones se aprobarán

por mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera

de éstas en el mes de agosto y extraordinariamente cuando sea convocada

por la Junta Directiva, por iniciativa propia, por la solicitud de quince

miembros afiliados a la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados,

en la Asamblea General Extraordinaria, en la que solo se tratarán los

asuntos comprendidos en convocatorias y cualquier otra decisión sobre

otros aspectos serán nulas.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de

anticipación para la primera y cuarenta y ocho horas de anticipación

para la segunda, indicando en lo mismo, el lugar y el día a celebrarse.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Juntan Directi-

va.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

financiero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causas justificadas a los

miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de los miembros de la misma a los que

hubieran renunciado, fallecido o perdido su calidad de aso-

ciados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenien-

tes.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y los Reglamentos que

se dicten.

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-

to.

i) Otorgar la calidad de asociado honorario.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstos en estos Estatutos y demanden inmediata solu-

ción.

caPiTUlo SEiS

ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN

DE aSociaDoS Y DirEcTiVoS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza, Reglamentos y Estatutos, se consideran además causales como retiro o expulsión: se considera expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la Asociación para así o para terceros.

Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente si no amerita su destitución, según la gravedad del caso. Para poder proceder a la sustitución temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión o más de sus miembros para que investiguen los hechos, oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto infractos exponga en sus defensa y se resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

En el caso de destitución que habla el literal c) del Artículo trece la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso sería la Asamblea General, quien resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días de conocida la infracción no procede de conformidad al Artículo anterior, un número de diez asociados, por lo menos, podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la Comisión Investigadora para que en base a su informe proceda a la suspensión o destitución.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las in-fracciones debe conocerse sobre la suspensión temporal o sustitución de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de suspensión o por el resto del periodo de los directivos sustituidos.

La Asamblea General o Junta Directiva notificará al interesado la suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido acordada.

Art. 17.- De la resolución que establezcan la suspensión tempo-ral decretada por la Junta Directiva podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para la ante la misma, dentro del tercer día de la notificación.

De la Resolución de la Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395caPiTUlo SiETE

DE la JUNTa DirEcTiVa

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por ONCE MIEM-BROS propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación nominal y pública, ya sea por cargos separados o por planillas.

En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Pro-Tesorero, Síndico y cuatro Vocales.

Los cargos de la Junta Directiva, serán: Adhonores y eventuales para la Asociación, podrá asignarse o cobrar una retribución cuando el volumen de trabajo y la circunstancia lo amerite, previo Acuerdo de la Asamblea General.

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-ponerlos a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan anual de trabajo y el pre-supuesto correspondiente.

c) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a Reuniones Ordinarias y Extraordinarias.

e) Coordinarse con los del Estado, las Municipalidades, y con las Entidades Privadas que tengan que trabajar en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y los orga-nismos que cooperan con sus programas de las actividades de desarrollo.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos y recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de quinientos dólares de los Estados Unidos de América.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General, en la sesión ordinaria del mes de diciembre, la memoria actual de las actividades.

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones consecutivas por lo menos sin causa justificada.

ll) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Art. 21.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva y todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Vicepresidente, colaborará con el Presidente y lo sus-tituirá en los casos de ausencia o impedimentos de éste y de todas las obligaciones y deberes que le fueren encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El Secretario, será el Órgano de Comunicación de la Asociación y llevará el inventario de todos los bienes de la misma y todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de Actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva, extender Certificaciones que se soliciten a la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- El Tesorero, será el depositario de los fondo y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad de la Asociación y todas la cuentas de la misma; se encargará además de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión el estado económico, ingresos y gastos; así mismo hará los pagos de las obligaciones de la Asociación.

En todo caso los pagos serán autorizados por el Secretario y con el VISTO BUENO del Presidente de la Asociación.

Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o Crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las firmas del Tesorero, Presidente y el Síndico de la Asociación; y se requerirán de la firma y la concurrencia de éstos para todo retiro de fondos, una vez sea aprobado por la Junta Directiva. Y todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26.- El Pro Tesorero, tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 27.- El Síndico, tendrá la Representación Judicial y Extrajudicial de la Asociación, quien podrá otorgar y revocar poderes judiciales o administrativos y necesitará la autorización previa de la Junta Directiva para ejercer esta facultad.

A falta del Síndico fungirán los Vocales por su orden respectiva-mente, autorizados en sesión de Junta Directiva.

De entre los Vocales de la Asociación, el Síndico elegirá un Comité de Vigilancia formado por tres miembros, que tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y de más documentos de la Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicado en la consecución de sus fines.

Art. 28.- El Síndico, velará por el estricto cumplimento de los presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General y por la Junta Directiva, así como todos los demás que le fueren enco-mendados por la Asociación.

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Art. 29.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario en todo caso sustituirá a los miembros de la Junta Directiva que faltaren, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 30.- Los miembros de Junta Directiva serán electos por un periodo de DOS AÑOS, pudiendo ser electos para otro periodo, si la Asamblea General así lo decidiere.

caPiTUlo ocHo

DEl PaTriMoNio DE la aSociacioN

Art. 31.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Por las contribuciones que aporten los asociados activos que será de cincuenta centavos de dólar mensuales.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la Asociación.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos.- Los bienes de la Asociación son inalienables e imprescriptibles, salvo que la Asociación acuerde con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros afectarlos.

Art. 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el Capital Bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obra física, siempre que produzca operaciones canalizadas a través de recursos económico, deberá ser conocido y aprobado por la directiva siempre y cuando no exceda de quinientos dólares, caso contrario lo aprobará la Asamblea General, específicamente para el acto en que comparezca el representante de la Asociación.

Art. 33.- Si al final de cada ejercicio administrativo, se obtuviere ganancia, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los proyectos a que puedan ser aplicados tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

caPiTUlo NUEVE

DiSolUcioN DE la aSociacioN

Art. 34.- En caso de Disolución de la Asociación, después de pagadas las obligaciones financieras pendientes y hubiere un remanente de BIENES MUEBLES, la Junta Directiva o Comisión Liquidadora los entregará a la ALCALDIA MUNICIPAL DE JUJUTLA, después de treinta días de la disolución de la Asociación, con la condición de que los fondos en moneda de curso legal sean destinados a Programas de Desarrollo Comunal, en el domicilio de la Asociación. Asimismo se entregarán de forma íntegra los BIENES INMUEBLES, para que la Alcaldía Municipal se encargue de mantener y conservar las obras construidas en ellos.

Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras partes de los asociados, por los motivos que la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-blezcan.

caPiTUlo DiEZ

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 36.- El Representante Legal de la Asociación tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la reestructuración, la nómina de la nueva Junta Directiva, detallando todos los datos que sean necesarios para identificar los nombres y cargos, establecer cualquier dato relativo a la Asociación.

También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma definitiva.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades.

Art. 37.- Derógase los Estatutos publicados en el Diario Oficial 142, Tomo 324, publicados el día viernes 29 de julio de 1994, páginas 38, 39, 40, 41, 42 y 43, quedando en vigencia los presentes Estatutos, compuestos de treinta y siete artículos.

ACUERDO NUMERO UNO

Vistos el Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha tres de marzo de dos mil doce, en la que se procedió a la aprobación de los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal “Las Brisas” la que puede abreviarse “ADESCOLAB” con domicilio en Caserío Catarina, Cantón Guayapa Abajo del Municipio de Jujutla en el Departamento de Ahuachapán, que constan de 37 artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al Orden Público, ni a las buenas costumbres de conformidad a los artículos 119 y 30 y numeral 23 del Código Municipal, este Concejo Acuerda: Aprobarlos en todas sus partes, Publíquese.

Dado en la Alcaldía Municipal de Jujutla, a los once de abril de dos mil doce.- Con lo cual se dá por terminado este acto y acta que firmamos.

VICTOR MANUEL MARTINEZ JIMENEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

JUAN ANTONIO SERRANO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F040660)

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESTaTUToS DE la aSociacioN coMUNal

"El oBraJE" caNToN El DiaMaNTE,

JUriSDiccioN DE Villa JUJUTla

DEParTaMENTo DE aHUacHaPaN

caPiTUlo UNo

NaTUralEZa, DENoMiNacioN, DirEccioN Y

DoMicilio.

Art. 1.- La Asociación constituida, está regulada por la Constitución

de la República, el Código Municipal, La Ordenanza Reguladora de la

Asociación de desarrollo Comunal de Villa de Jujutla, Departamento

de Ahuachapán, por estos Estatutos, Reglamentos Internos y demás

disposiciones aplicables.- La Asociación seguirá siendo una entidad

Apolítica y no lucrativa que podrá participar en el campo de desarrollo

Comunitario, Social, económico, Cultural, Religioso, Cívico, Educativo

y en cualquier otro que fuere provechoso a la comunidad; la Asociación

se denominará ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL "EL

OBRAJE" que se abreviará "ADESCOELO", que en los presentes

estatutos se denominará LA ASOCIACION.

Art. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefinido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo

Comunal de la Municipalidad de Villa Jujutla, estos estatutos y demás

disposiciones legales aplicables.

Art. 3.- El Domicilio de la Asociación seguirá siendo en Can-

tón El Diamante, Jurisdicción de Villa Jujutla, Departamento de

Ahuachapán.

caPiTUlo DoS

fiNES DE la aSociacioN.

Art. 4.- La Asociación tendrá como fines primordiales: El desa-

rrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para lo cual

deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjun-

tamente con instituciones públicas y organismos privados

nacionales e internacionales que participen en programas de

interés social o comunal.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre

vecinos, sus grupos familiares y entidades representativas.

c) Cooperar y coordinar actividades con otros grupos comunales

organizados en la localidad.

d) Impulsar programas de capacitación promocional de los

dirigentes, de grupos comunales afines, con el propósito del

mejoramiento de la organización de la comunidad y de la ad-

ministración de los proyectos de interés social y comunal.

e) Trabajar en la promoción y mantenimiento de los servicios de

la comunidad, con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar las necesidades de la comunidad.

f) Promover la organización juvenil, haciéndolos partícipes de

responsabilidad de programas de desarrollo local.

g) Implementar actividades comunales, a fin de obtener recur-

sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la

comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo local, regionales y na-

cionales; especialmente en la determinación de los proyectos

de interés social local.

caPiTUlo TrES

caliDaD, DErEcHoS Y DEBErES DE la aSociacioN.

Art. 5 Los asociados podrán ser:

a) activos,

b) honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo

cuando las personas provengan de comités juveniles, el requisito de edad

antes mencionado será de quince años.

Son Asociados activos: Todas las personas que cumplen con los

requisitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites

de la unidad vecinal y residentes inmediatos.

Son Asociados honorarios: todas aquellas personas a quienes en

asamblea general, concede tal calidad, en atención a sus meritos perso-

nales y relevantes al servicio prestado a la asociación.

Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos.

a) Participar con voz y voto en la asamblea general.

b) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así lo

solicitare por escrito.

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. c) Elegir y ser electo para el cargo de la junta directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la asociación.

e) Asistir con puntualidad a las reuniones de Asambleas Gene-

rales previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos estatutos y disposiciones de la Asamblea

General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados

con los fines de la asociación.

Art. 7.- Los asociados honorarios gozarán de los derechos que la

asamblea General les otorgue.

caPiTUlo cUaTro

DEl GoBiErNo DE la aSociacioN.

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: Será la máxima autoridad de la aso-

ciación.

b) La Junta Directiva: Será el órgano ejecutivo y estará integrado

por el número de miembros que determinen los Estatutos.

caPiTUlo ciNco

DE la aSaMBlEa GENEral.

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados y

se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo

haber representación de los asociados; pero cada asociado no podrá estar

representado por más de una persona. Las resoluciones se aprobarán por

mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera

de éstas en el mes de agosto y extraordinariamente cuando sea convocada

por la junta directiva, por iniciativa propia, por la solicitud de quince

miembros afiliados a la asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados;

en la Asamblea General Extraordinaria, en la que sólo se tratarán los

asuntos comprendidos en convocatorias y cualquier otra decisión sobre

otros aspectos será nula.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de

anticipación para la primera y cuarenta y ocho horas de anticipación para

la segunda, indicando en la misma, el lugar y el día en celebrarse.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Juntan Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

financiero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justificadas a los

miembros de la junta directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de los miembros de la misma a los que

hubieran renunciado, fallecido o perdido su calidad de aso-

ciados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenientes.

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y los reglamentos que

se dicten.

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto.

i) Otorgar la calidad de asociado honorario.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en estos estatutos y que demanden inmediata

solución.

caPiTUlo SEiS.

ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN DE

aSociaDoS Y DirEcTiVoS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados

de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de

votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza,

reglamentos y estatutos se consideran además como causales de retiro

o expulsión: se considera expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio

grave para la asociación.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos beneficios a la asociación

para sí o para terceros.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, electos

por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente si no

amerita su destitución, según la gravedad del caso. Para poder proceder

a la sustitución temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión o

más de sus miembros para que investiguen los hechos, oyendo el informe

de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa

y se resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

En el caso de discusión que habla el literal c) del Artículo trece

la junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso

sería la Asamblea General, quien resolverá tal destitución nombrando

a continuación los sustitutos.

Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez

días de conocida la infracción, no procede de conformidad al Artículo

anterior, un número de diez asociados, por lo menos, podrá convocar a

Asamblea General para que ésta nombre la comisión investigadora para

que en base a su informe proceda a la suspensión o destitución.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las in-

fracciones debe conocerse sobre la suspensión temporal o sustituciones

de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los

miembros de la Junta Directiva, los restantes no inician el procedimiento

dentro del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo, será la Asamblea General la que

resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en

la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo

de suspensión o por el resto del periodo de los directivos sustituidos.

La Asamblea General o junta directiva notificará al interesado la

suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho

horas después de haber sido acordada.

Art. 17.- De la resolución que establezcan la suspensión temporal

decretada por la junta directiva, podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación.

De la resolución de la Asamblea General no se admitirá ningún

recurso.

caPiTUlo SiETE

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por ONCE MIEM-

BROS propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación

nominal y publica, ya sea por cargos separados o por planillas.

En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente:

Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero,

Pro-Tesorero, Síndico y cuatro vocales.

Los cargos de la Junta Directiva, serán. A honores y eventuales

para la Asociación, podrá asignarse o cobrar una retribución cuando el

volumen de trabajo y la circunstancia lo amerite, previo Acuerdo de la

Asamblea General.

Art. 19. La junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario pre-

via convocatoria que haga el presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las

resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

En caso de empate, el presidente o quien haga sus veces, tendrá

voto de calidad.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva.

a) Elaborar los proyectos de estatutos de la Asociación y pro-

ponerlos a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan anual de trabajo y de

presupuesto correspondiente.

c) Constituir comisiones de trabajo de la asociación y encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la asamblea General a Reuniones Ordinarias y

Extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del Estado, las Municipali-

dades, y con las entidades privadas que tengan que trabajar

en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento,

ejecución y evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y los orga-

nismos que Cooperan con sus programas de las actividades

de desarrollo.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las

disposiciones emanadas de la asamblea general.

i) Autorizar y controlar los gastos y recursos económicos de

la asociación, hasta un máximo de quinientos dólares de los

Estados Unidos de América.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la asociación.

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General, en la sesión ordinaria del mes de diciembre, la

memoria anual de las actividades.

l) Llamar al miembro correspondiente de la junta directiva,

cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones

consecutivas por lo menos, sin causa justificada.

ll) Presentar a la consideración de la Asamblea General con

quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo

el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Art. 21.- El presidente de la junta directiva, presidirá las sesiones

de Asamblea General y de Junta Directiva y todo lo demás que fuere

encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Vicepresidente, colaborará con el presidente y lo

sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y de todas las

obligaciones y deberes que le fueren encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El secretario, será el órgano de comunicación de la Aso-

ciación y llevará el inventario de todos los bienes de la misma y todo lo

demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de

actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva,

extender certificaciones que se soliciten a la Asociación y a todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- El tesorero, será el depositario de los fondos y bienes de

la asociación y llevará los libros de contabilidad de la asociación y todas

las cuentas de la misma; se encargará además, de que se hagan efectivos

los créditos a favor de la asociación y dará cuenta a la junta directiva en

cada sesión, estado económico, ingresos y gastos; así mismo hará los

pagos de las obligaciones de la Asociación.

En todo caso los pagos serán autorizados por el secretario y con

el VISTO BUENO del presidente de la Asociación.

Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o

crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación

y se registrarán las firmas del Tesorero, Presidente y el Síndico de la

Asociación; y se requerirán de la firma y la concurrencia de éstos para

todo retiro de fondos, una vez sea aprobado por la Junta Directiva. Y

todo lo demás que fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26.- El Pro Tesorero, tendrá las mismas funciones del tesorero,

colaborará y lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste y

todo lo que fuere encomendado por La Asociación.

Art. 27.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial

de la Asociación, quien podrá otorgar y revocar poderes judiciales o

administrativos y necesitará la autorización previa de la Junta Directiva

para ejercer esta facultad.

A falta del síndico fungirán los vocales por su orden respectiva-

mente, autorizados en sesión de junta directiva.

De entre los Vocales de la Asociación, el síndico elegirá un comité

de vigilancia formado por tres miembros, que tendrán acceso a todas

las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la

Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación

sea aplicado en la consecución de sus fines.

Art. 28.- El Síndico, velará por el estricto cumplimento de los

presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General

y por la Junta Directiva, así como todos los demás que le fueren enco-

mendados por la Asociación.

Art. 29.- Los vocales colaborarán con la junta directiva en la medida

que ésta le considere necesario; en todo caso sustituirá a los miembros de

la Juta Directiva que faltaren, y todo lo demás que le fuere encomendado

por la Asociación.

Art. 30.- Los miembros de Junta Directiva serán electos por un

periodo de DOS AÑOS, pudiendo ser electos para otro periodo, si la

Asamblea General así lo decidiere.

caPiTUlo ocHo.

DEl PaTriMoNio DE la aSociacioN.

Art. 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Por las contribuciones que aporten los Asociados activos que

será de cincuenta centavos de dólar mensuales.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes

fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la Asociación.

d) Los Bienes muebles e inmuebles que adquiera o adquiera

a cualquier título y las rentas que se obtengan de la admi-

nistración de los mismos. Los bienes de la asociación son

inalienables e imprescriptibles, salvo que la Asociación

acuerde con el voto de las tres cuartas partes de sus miembros

acordare afectarlos.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Art. 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará

el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el

capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro

especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento

o disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obra

física, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos

económicos, deberá ser conocido y aprobado por la directiva siempre y

cuando no exceda de quinientos dólares, caso contrario lo aprobará la

Asamblea General, específicamente para el acto en que comparezca el

representante de la Asociación.

Art. 33.- Si al final de cada ejercicio administrativo, se obtuviere

ganancias, la junta directiva propondrá a la Asamblea General los

proyectos a que puedan ser aplicados tales ganancias, como también el

tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

caPiTUlo NUEVE

DiSolUcioN DE la aSociaciÓN.

Art. 34.- En casos de disolución de la Asociación, después de

pagadas las obligaciones financieras pendientes y hubiere un remanente

de BIENES MUEBLES, la Junta Directiva o comisión liquidadora los

entregará a la ALCALDIA MUNICIPAL DE JUJUTLA, después de

treinta días después de la disolución de la Asociación, con la condición

de que los fondos en moneda de curso legal sean destinados a Programas

de Desarrollo Comunal, en el domicilio de la Asociación. Asimismo se

entregarán de forma íntegra de los BIENES INMUEBLES, para que

la Alcaldía Municipal se encargue de mantener y conservar las obras

construidas en ellos.

Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras

partes de los asociados, por los motivos que la Ordenanza Reguladora

de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-

blezcan.

caPiTUlo DiEZ.

DiSPoSicioNES GENEralES.

Art. 36.- El representante legal de la Asociación tiene la obligación

de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores

a la reestructuración, la nómina de la nueva junta directiva, detallando

todos los datos que sean necesarios para identificar los nombres y cargos,

establecer cualquier dato relativo a la Asociación.

También informará en la forma expresada en el inciso anterior,

las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en

forma definitiva.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta

Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades.

Art. 37.- Derógase los Estatutos publicados en el Diario Oficial

142, Tomo 324, publicados el día viernes 29 de julio de 1994, páginas

38, 39, 40, 41, 42 y 43, quedando en vigencia los presentes estatutos,

compuestos de treinta y siete Artículos.

acUErDo NÚMEro UNo

Vistos El Acta número dos de Asamblea General de fecha ocho

de enero de dos mil doce, en la que se procedió a la aprobación de los

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal "El Obraje, cantón

El Diamante" la que puede abreviarse "ADESCOELO" con domicilio

en Cantón El Diamante, caserío El Obraje, del Municipio de Jujutla,

en el Departamento de Ahuachapán, que constan de 37 artículos y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la Re-

pública, al Orden Público, ni a las buenas costumbres de conformidad a

los artículos 119 y 30 y numeral 23 del Código Municipal, este Concejo

Acuerda: Aprobarlos en todas sus partes, Publíquese.

Dado en la Alcaldía Municipal de Jujutla, a veinticuatro de abril

de dos mil doce.- Con lo cual se da por terminado este acto y acta que

firmamos.-

VICTOR MANUEL MARTINEZ JIMENEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

JUAN ANTONIO SERRANO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F040659)

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Page 39: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012.

DEclaraToria DE HErENcia

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas de esta fecha, se ha declarado a la señora MARIA SALOME GARCIA BENITEZ, de cuarenta y cinco años de edad, oficios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos treinta y tres guión uno y con número de Identificación Tributaria un mil doscientos dos guión doscientos cincuenta mil trescientos sesenta y seis guión ciento uno guión uno, HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO con beneficio de inventario del señor RAFAEL ANTONIO FIGUEROA SANCHEZ, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, Motorista, fallecido a las seis horas y cincuenta y cinco minutos del día uno de noviembre del año dos mil once, siendo la ciudad de Atiquizaya, su último domicilio; como cesionaria de los Derechos que les correspondía a los señores Claudia Lizeth Figueroa Rodríguez, Deysi Beatriz Figueroa García y Héctor Edgardo Figueroa García, como hijos del causante; se le ha conferido a la heredera declarada en el carácter dicho la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS de la sucesión con las facultades de ley.

Lo que se avisa al público para los efectos consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las nueve horas y quince minutos del día cuatro de mayo del año dos mil doce.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.

Of. 1v. No. 576

aViSo DE iNScriPciÓN

LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE-PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial Número ochenta y seis, tomo Número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y PESQUERA “TEOPAN LAGO DE COATEPE-QUE” DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. QUE SE ABREVIA “ACOPAPETELCO” DE R.L., con domicilio en el municipio de El

Congo, departamento de Santa Ana, obtuvo su Personalidad Jurídica, el

día dieciséis de marzo de dos mil doce, y fue inscrita en el libro Ciento

cinco de Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación:

Dos mil quinientos noventa y ocho del Sector No Reformado. Por lo que

CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial por una sola vez el asiento

de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil

doce.

NOTIFIQUESE.

LIC. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,

JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA.

Of. 1v. No. 577

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERÍA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento estable-

cido en el Decreto Número sesenta y tres, publicado en el Diario Oficial

Número ciento treinta y tres, tomo trescientos treinta y seis, el dieciocho

de julio de mil novecientos noventa y siete, donde se emite el Reglamento

de Funcionamiento y Vigilancia de las Asociaciones Agropecuarias.

CERTIFICA QUE: LA ASOCIACIÓN AGROPECUARIA “DE

AGRICULTORES Y AGRICULTORAS DE SAN CRISTÓBAL” DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE SE ABREVIA “ASADES

DE R.L.”, con domicilio en el municipio de San Cristóbal, departa-

mento de Cuscatlán; obtuvo su Personalidad Jurídica el día veintisiete

de abril del año dos mil doce; y fue inscrita en el libro ciento cinco de

Registro que esta Oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil

seiscientos quince del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA

Publicar en el Diario Oficial por una sola vez el asiento de inscripción

correspondiente.

Santa Tecla, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil

doce.

NOTIFIQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR APARICIO,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1v. No. 578

SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

de seGunda publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-

TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tri-

bunal, a las diez y treinta minutos horas de este mismo día, del presente

mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara

el causante señor PEDRO SALVADOR MELGAR SERRANO o SAL-

VADOR MELGAR; quien falleció a las diecisiete horas, del día seis de

noviembre de dos mil dos, en el Cantón El Zapote, de la Jurisdicción

de Suchitoto; siendo éste su último domicilio; de parte de las señoras

MARIA JUANA MELGAR CHAVEZ y MARIA JOSEFINA MELGAR

DE VENTURA; actuando éstas en su calidad de hijas sobrevivientes de

dicho causante.

Se les ha conferido a las aceptantes la Administración y Represen-

tación Interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente, se citan a todas las personas

que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se

presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados

desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez

horas y treinta y cinco minutos del día once de mayo del dos mil doce.-

LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA

COCA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 562-2

LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPE-

QUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a

las quince horas del día siete de mayo de dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora MERCEDES DEL CARMEN ACOSTA

DE SALINAS, conocida por MERCEDES DEL CARMEN ACOSTA y

por MERCEDES ACOSTA, habiendo fallecido el día veinte de febrero

de dos mil once, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte del

señor JUAN SALINAS FLORES, conocido por JUAN SALINAS, en

su calidad de cónyuge sobreviviente de la causante.

Y se le ha conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días,

contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario

Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los catorce días del mes de mayo del año de dos mil doce.- LICDA.

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA LETICIA ARIAS

ZETINO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 563-2

de tercera publicación

acEPTacioN DE HErENcia

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las once horas del día catorce de febrero del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor MEDARDO RO-MERO CORNEJO, ocurrida el día once de agosto de dos mil once, en esta ciudad, siendo la ciudad de Colón, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIA ESTELA RAMOS RAMOS conocida por MARIA ESTELA RAMOS DE ROMERO y de la menor CECILIA IVETH ROMERO RAMOS, en calidad de cónyuge e hija del causante, respectivamente; y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince horas y veintisiete minutos del día dieciséis de marzo de dos mil doce.-LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 552-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con be-neficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor MIGUEL EDILBERTO FLORES NUÑEZ, quien falleció el día trece de septiembre de dos mil once, en el Barrio El Centro, Calle Circunvalación, sobre

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Cuarta Avenida Sur, La Unión, siendo el Barrio San Antonio, Calle San Luis, Número trece de esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores FIDEL ANTONIO FLORES GRANADOS, conocido por FIDEL ANTONIO FLORES y ERNESTINA NUÑEZ DE FLORES, conocida por ERNESTINA NUÑEZ SANCHEZ, en calidad de padres del causante.

Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 553-3

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas y quince minutos del día diecinueve de septiembre del corriente año. Se declaró herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las veinte horas del día cinco de agosto de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón El Tablón, de la jurisdicción de la ciudad de Pasaquina, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante JOSE ANTONIO FLORES, de parte de los señores Estela Santos Flores Torres e Hipó-lito Flores Escobar, en concepto de hijos sobrevivientes del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° C.c. Se les confiere a los herederos declarados en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil once. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 554-3

TiTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada ANA YANCY DIAZ PINEDA, en su calidad de Procuradora Auxiliar de la Procuradora General de la República, y en representación del señor ELIZARDO ANTONIO REYES LOZANO, de cincuenta años de edad, Empleado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero dos millones trescientos noventa mil seiscientos cuatro guión siete, solicitando a favor de su representada Título de Dominio

de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle El Progreso, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superficial de: OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y lin-deros siguientes: AL NORTE: mide diez metros, colinda con inmueble propiedad del solicitante señor Elizardo Antonio Reyes Lozano, muro de bloque propiedad del solicitante: AL ORIENTE: mide nueve metros cuatro centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Griselda Margarita Reyes, muro de bloque propiedad del solicitante; AL SUR: mide nueve metros un centímetros, colinda con inmueble propiedad del señor Sergio Adgusto Reyes Lozano; y AL PONIENTE: mide nueve metros tres centímetros, colinda con inmueble propiedad del señor Efraín de Jesús Vásquez, tapial de bloque propiedad del solicitante.- En el inmueble descrito existen construcciones de sistema mixto, no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año dos mil, que le hizo al señor SAUL ANTONIO REYES, (ya fallecido) quien fue mayor de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesor data más de cuarenta y dos años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil doce. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 555-3

HErENcia YacENTE

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cinco minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce, se ha declarado YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ELMER GEREMIAS MEDRANO MARTINEZ, quien fue de treinta y seis años de edad, estado civil acompañado, mecánico, originario del Carmen, departamento de La Unión, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio. Y se nombró Curador Especial para que represente la sucesión del señor ELMER GEREMIAS MEDRANO MARTINEZ, a la Licenciada HILDA MARGARITA GUZMAN GOMEZ, a quien se le hizo saber este nombramiento para su aceptación, protesta y demás efecto de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL SAN MIGUEL: a las ocho horas diez minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce. LICDA. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 556-3

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

DEclaraToria DE HErENcia

EDNA ARMIDA MELENDEZ APARICIO, Notario, del domicilio

de Usulután, con Oficina en Segunda Avenida Norte, Edificio Rocío,

Segundo Nivel, local cuatro, contiguo a Banco Hipotecario de dicha

ciudad al público en general.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, emitida

a las nueve horas del día veintiocho de abril del año dos mil doce, se ha

DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario,

al señor CARLOS JAIME QUINTANILLA CRUZ, en calidad de hijo

de la causante señora ANDREA CRUZ, en la sucesión intestada que ésta

dejó al fallecer a consecuencia de Infarto Agudo, sin asistencia médica,

a las diecisiete horas con treinta minutos del día seis de julio del año

dos mil once, en el Barrio San Carlos de El Tránsito, Departamento de

San Miguel, lugar que tuvo como último domicilio.

Habiéndose concedido al heredero declarado la Administración y

Representación Definitiva de la referida sucesión sin restricciones.

Librado en la ciudad de Usulután, a los veintiocho días del mes de

abril del año dos mil doce.

LICDA. EDNA ARMIDA MELENDEZ APARICIO,

NOTARIO.

1 v. No. C001876

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y

Mercantil de la Ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

neficio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor

JOSE ISRAEL GOMEZ PALOMO, quien fue de cuarenta y tres años

de edad, Comerciante, divorciado, salvadoreño, originario del domici-

lio de Chirilagua, departamento de San Miguel, hijo de CAYETANO

GOMEZ y FILOMENA PALOMO; fallecido a las diez horas del día

dos de septiembre del dos mil once, siendo su último domicilio en Co-

lonia Quezada, Avenida B, número 9, de la ciudad de San Miguel; de

parte de la señora FILOMENA PALOMO, mayor de edad, de oficios

domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad cero

tres seis cinco dos cuatro nueve cinco-uno, en calidad de madre del

causante; la adolescente ASTRID CAROLINA, y a la niña MILENA

GISELLE, ambas de apellidos GOMEZ VALENCIA, en calidad de hijas

del causante; por medio de su representante legal, la señora MARIA

CONCEPCION VALENCIA DE CAMPOS, quien es mayor de edad,

Empresaria, de este domicilio, con Documento Único de Identidad cero

un millón trescientos sesenta y seis mil ochocientos quince-cero; y Tarjeta

de Identificación Tributaria un mil doscientos nueve-ciento cuarenta mil

quinientos setenta y cinco-ciento tres-nueve.

Confiéreseles a las herederas declaradas, la señora FILOMENA

PALOMO, en calidad de madre del causante; la adolescente ASTRID

CAROLINA, y la niña MILENA GISELLE, ambas de apellidos GOMEZ

VALENCIA, en calidad de hijas del causante; la Administración y

Representación Definitiva de la sucesión intestada.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, de la ciudad

de San Miguel, a las quince horas y cuarenta minutos del día diecisiete de

mayo del dos mil doce. LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. CLELIS

DINORA LAZO ANDRADE, SECRETARIA.

1 v. No. C001884

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

diez horas y veinte minutos del día veintitrés de febrero de dos mil doce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada, dejada a su defunción por el señor SANTIAGO

RONQUILLO URBINA o SANTIAGO RONQUILLO, quien fue de

setenta y siete años de edad, Ganadero, fallecido el día veintiocho de

febrero de dos mil cinco, en Colonia Tres Campanas, Jurisdicción de

Aguilares, siendo ese su último domicilio, con N.I.T. ignorado, de parte

de la señora DINA EMERITA SANCHEZ DE DELGADO, con N.I.T.

0515-260965-102-7, en el concepto de cesionaria del derecho heredita-

rio, que en la referida sucesión le correspondía a los señores LEONEL

RODRIGUEZ RONQUILLO, ADELINA RONQUILLO RODRIGUEZ

y MARCOS AURELIO RONQUILLO RODRIGUEZ, los tres en el

concepto de hijos del causante.

A quien se le ha conferido la Administración y Representación

DEFINITIVA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

SECCION CARTELES pAGADOSde priMera publicación

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Lo que se hace saber al público para los demás efectos de Ley

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las quince

horas y veinticinco minutos del día nueve de mayo de dos mil doce.-

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE

LO CIVIL- LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRE-

TARIO.

1 v. No. C001904

EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, Notario, de este do-

micilio y del de San Salvador, con Oficina situada en Local Dos, entre

Avenida Paredes y Primera Calle Oriente, Barrio El Centro, San Juan

Opico, Departamento de La Libertad, al público.

HACE SABER: Que por Acta Notarial, de las diez horas del presente

día, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO

DE INVENTARIO a la señora PAULA ROSA VIDES, conocida por

PAULA ROSA VIDES AVENDAÑO y por ROSA MERINO, en su

calidad de madre sobreviviente del causante; de la Herencia Intestada

que a su defunción ocurrida el día siete de julio de dos mil diez, en el

Condado de Contra Costa, Estado de California, Estados Unidos de

América, que dejó el señor JOSE SALVADOR MERINO CRUZ, quien

fue de cuarenta y cinco años de edad, soltero, originario de esta ciudad,

y del domicilio del Condado de Contra Costa, Estado de California,

Estados Unidos de América.

Habiéndosele conferido a dicha heredera la Administración y

Representación Definitiva de la citada sucesión.

San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a los cuatro días

de junio de dos mil doce.

EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS,

NOTARIO.

1 v. No. C001905

CLAUDIA LORENA CHAVEZ MOLINA, Notario, del domicilio de

San Salvador, con Oficina ubicada en Novena Calle Poniente Bis Número

Cuatro Mil Novecientos Cincuenta, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las doce horas quince minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil

doce, se ha declarado herederos definitivos, proindivisos y por partes

iguales, con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su

defunción dejara el señor CARLOS CAMPOS, conocido por CARLOS

CASTRO MARTINEZ, quien falleció en Santa Tecla, el día siete de

abril de mil novecientos noventa y cinco, siendo su último domicilio

el de esa ciudad, a los señores MARGARITA EMILIA CAMPOS DE

CASTRO, esposa; BLANCA LUZ CASTRO DE QUINTANILLA,

hija; CARLOS HECTOR CASTRO CAMPOS, hijo, en su calidad de

Herederos Universales del causante.

Habiéndoseles conferido la Administración y Representación

Definitiva de la sucesión.

Librado en la Oficina de la Notario CLAUDIA LORENA CHAVEZ

MOLINA, San Salvador, veinticuatro de mayo de dos mil doce.

LICDA. CLAUDIA LORENA CHAVEZ MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. C001906

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída a las diez horas veinticinco

minutos de este día, se ha declarado Heredero Abintestato y con bene-

ficio de inventario de la causante señora ROSARIO DEL CARMEN

QUEZADA, conocida por ROSARIO QUEZADA y por ROSARIO

DEL CARMEN QUEZADA DE PINEDA, quien falleció el día nueve

de agosto del año dos mil ocho, a la edad de sesenta y cuatro años, siendo

su último domicilio el de Ciudad de Caluco; por parte del señor SALVA-

DOR VELASQUEZ GONZALEZ, en su calidad de Cesionario de los

derechos hereditarios que en la sucesión les correspondían a los señores

MARIANO DE JESUS PINEDA, SOFIA DEL CARMEN QUEZADA,

MIGUEL ANGEL PINEDA QUEZADA, ERNESTO DE JESUS

PINEDA QUEZADA, DELMI ELIZABETH PINEDA QUEZADA,

ROSA MELIDA PINEDA QUEZADA, JUAN ANTONIO PINEDA

QUEZADA y JOSE ANGEL PINEDA QUEZADA; el primero en su

calidad de cónyuge, la segunda en su concepto de madre y los restantes

como hijos sobrevivientes de la indicada causante.

Confiriéndosele al aceptante en el concepto antes expresado, la

Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de

Sonsonate, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil doce.

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F040573

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395MIRNA ELENA CANO CRUZ, Notario, de. este domicilio, con Des-

pacho Notarial ubicado en Avenida España, Número Seiscientos Diez,

Local número Cinco de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diecisiete horas del día veinte de mayo del año dos mil doce, se ha

Declarado a los señores KAREN GERALDINA CONTRERAS o KAREN

GERALDINA CONTRERAS DE ROSALES, quien a su vez compareció

en nombre y representación del señor JOSE LEONEL CONTRERAS,

HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inventario, de los bienes

que a su defunción, ocurrida en la Ciudad de Nuevo Laredo, Estado de

Tamaulipas, República de los Estados Unidos Mexicanos, quien falleciera

en la ciudad antes mencionada siendo su último domicilio, a las nueve

horas del día siete de septiembre del año de mil novecientos ochenta y

nueve, dejó la señora BLANCA CELIA CONTRERAS, en su concepto

de hijos sobrevivientes de la causante.

Habiéndose concedido la Representación y Administración Defi-

nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a los veintiún días del mes de mayo del

año dos mil doce.

MIRNA ELENA CANO CRUZ,

NOTARIO.

1 v. No. F040581

CARLOS RIGOBERTO TEJADA ESCAMILLA, Notario, con Oficina

en Local 10, Edificio Bonilla No. 419, 17 Calle Poniente, Centro de

Gobierno, de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito en

esta fecha, ha DECLARADO HEREDERA CON BENEFICIO DE

INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que dejó la causante

señora NELY RODRIGUEZ, NELY SANDOVAL, NELIS SANDOVAL

o NELY RODRIGUEZ SANDOVAL, fallecida el día catorce de julio

de dos mil nueve, en el Hospital Nacional de esta ciudad, su último

domicilio, de parte de la señora NELY PATRICIA RODRIGUEZ DE

RECINOS, en su calidad de hija de la causante y como Cesionaria de los

Derechos Hereditarios en Abstracto que corresponden a los señores JO-

SEFINA SANDOVAL DE MENJIVAR, JESUS EVELIO SANDOVAL

y GERMAN ALEXANDER RODRIGUEZ SANDOVAL, hijos del de

cujus.

Confiriéndole la Administración y Representación Definitiva de

la sucesión.

Nueva Concepción, treinta y uno de mayo de dos mil doce.

CARLOS RIGOBERTO TEJADA ESCAMILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F040653

NORA ELIZABETH CENTENO REYES, Notaria, de este domicilio,

con Oficina Notarial ubicada en Diagonal Dr. Arturo Romero, número

ciento treinta, Edificio Oquelí, Primera Planta, Local número tres, Colonia

Médica, San Salvador, al público en general.

HAGO SABER: Que por haber transcurrido el término de ley sin

que ninguna persona se haya presentado alegando oposición y a solicitud

de la interesada, la suscrita Notaria, a las nueve horas del día veintidós de

mayo de dos mil doce, ha proveído resolución declarando HEREDERA

DEFINITIVA con beneficio de inventario a la señora VIVIANA ELISA

HERNÁNDEZ, en calidad de hija sobreviviente, de los bienes que a su

defunción dejara la señora MARÍA JACINTA HERNÁNDEZ, conocida

por MARÍA HERNÁNDEZ; quien falleció a la edad de cien años, a causa

de fiebre, a las diecisiete horas con treinta minutos del día quince de

diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, en el Barrio Guadalupe

de Comasagua, sin formular testamento alguno, siendo Comasagua,

Municipio del Departamento de La Libertad, su último domicilio.

Habiéndole conferido la Administración y Representación Definitiva

de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes de

junio de dos mil doce.

LICDA. NORA ELIZABETH CENTENO REYES,

NOTARIO.

1 v. No. F040665

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por sentencia pronunciada en el Juicio Sumario de

Aceptación de Herencia Ref. No. 195-AH-09, a las catorce horas treinta

minutos del día catorce de mayo del corriente año, se puso término a la

yacencia en que se encuentra la sucesión intestada de la causante, señora

ZOILA ARACELI MOLINA BARRIENTOS, conocida por ZOILA

ARACELY MOLINA BARRIENTOS, ZOILA ARACELY MOLINA,

ZOILA ARACELY MOLINA DE BENITEZ y por ZOILA ARACELY

BARRIENTOS; cesó en sus funciones el Licenciado BENJAMIN ARCE

GUEVARA, como curador nombrado de la herencia yacente dicha; y se

ha declarado heredera definitiva, con beneficio de inventario, a la señora

ANA EDITH ALFARO DE ACEVEDO, ahora ANA EDITH ALFARO

MOLINA, de la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante,

señora ZOILA ARACELY MOLINA BARRIENTOS, conocida por

ZOILA ARACELY MOLINA DE BENITEZ y por ZOILA ARACELY

BARRIENTOS, quien fue de cincuenta y ocho años de edad, Secretaria

Comercial y falleció a las diecinueve horas del día catorce de junio

de dos mil, en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad; siendo el

Cantón Primavera, de esta Jurisdicción, el lugar de su último domicilio.

La heredera declarada es hija de la susodicha causante.

Y en ese carácter se le confiere la Administración y Representación

Definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las quince

horas treinta minutos del día veintitrés de mayo de dos mil doce. DR.

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-

BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F040666

SAUL FLORES AGUIRRE, Notario, de este domicilio, con Oficina

ubicada en Once Avenida Norte y Primera Calle Poniente, Edificio

seiscientos veintiséis, Primera Planta, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las siete horas del día veintinueve de mayo del presente año, se ha de-

clarado a la señora IRIS IDAYDA PINEDA DE VILLEGAS, heredera

definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en

la ciudad de San Salvador, como su último domicilio, el día veinticuatro

de mayo de mil novecientos noventa y seis, dejara la señora BLANCA

CELIA MARROQUIN DE PINEDA, en su concepto de hija, cesionaria

de los derechos hereditarios testamentarios que le correspondían a la

señora OLINDA CELIA PINEDA DE VELA ASCENCIO, conocida por

OLINDA CELIA PINEDA DE VELA; y testamentaria de la causante.

Habiéndole concedido la Representación y Administración Defi-

nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil

doce.

SAUL FLORES AGUIRRE,

NOTARIO.

1 v. No. F040674

RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA de la ciudad de Armenia; departamento de

Sonsonate.

HACE SABER: Que a las doce horas con veinte minutos de este

día, se emitió resolución en la cual se tuvo por declarados herederos

definitivos abintestato y con beneficio de inventario, a los señores MA-

RÍA ESVILDA LÓPEZ DE CARRANZA o MARÍA ESVILDA LÓPEZ

Y LÓPEZ, esposa del causante; y LUIS ARÍSTIDES CARRANZA

LÓPEZ, PILAR ALBERTO CARRANZA LÓPEZ, JOSÉ ISRAEL

CARRANZA LÓPEZ conocido por JOSÉ IRRAEL CARRANZA LÓ-

PEZ y JOSÉ IRRAEL CARRANZA, LUCIA ESTELA CARRANZA

LÓPEZ, URSULA EMILIA CARRANZA DE RIVAS, ANA SILVIA

CARRANZA DE VELÁSQUEZ, CARLOS LARRYSMIR CARRANZA

LÓPEZ y GUILLERMO ARTURO CARRANZA LÓPEZ, conocido por

GUILLERMO ARTURO ESCOBAR LÓPEZ, en su calidad de hijos

sobrevivientes del expresado causante GUILLERMO CARRANZA,

conocido por GUILLERMO CARRANZA ESCOBAR, GUILLERMO

ESCOBAR CARRANZA y por GUILLERMO ESCOBAR, quien era de

ochenta y cuatro años de edad, Agricultor, casado, originario de Santa

Isabel Ishuatán, del domicilio del Cantón "Atiluya" de esa ciudad, falle-

cido a las veintidós horas con cuarenta y cinco minutos del día veinte de

febrero del año dos mil diez, en el Hospital "San Juan de Dios", Santa

Ana.

Y se tuvo por conferido a dichos aceptantes en las calidades referidas

la Administración y Representación Definitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,

departamento de Sonsonate, veinticuatro de mayo del año dos mil

doce.- LIC. RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUÉLLAR

ÁNGEL, SECRETARIO.

1 v. No. F040688

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las ocho horas

quince minutos de este día, se ha declarado heredero definitivo y con

Beneficio de Inventario al señor ANTONIO LOPEZ GUEVARA, de la

herencia intestada dejada a su defunción por el señor ANTONIO LOPEZ,

conocido por ANTONIO LOPEZ CRISTALES, quien falleció a las

diecinueve horas del día veinticinco de enero del año mil novecientos

setenta y nueve, en el Barrio El Rosario, de Ciudad Arce, Departamento

de La Libertad, y fue de setenta y seis años de edad, Agricultor, casa-

do con María Felipa Guevara, originario de la Ciudad de Santa Ana;

Departamento de Santa Ana, siendo su último domicilio Ciudad Arce,

Departamento de La Libertad, en concepto de hijo y como cesionario del

Derecho Hereditario que les correspondía a los señores CONCEPCION

DE MARIA LOPEZ GUEVARA, ROSA ELENA LOPEZ GUEVARA,

MARGARITA DEL ROSARIO LOPEZ GUEVARA, y MANUEL

ELIAS LOPEZ GUEVARA, todos hijos del causante. Confiérese al

declarado heredero en el concepto indicado la administración y repre-

sentación definitivas de la indicada sucesión.

Publíquese y fíjese el aviso ordenado por la ley.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,

Departamento de La Libertad, a las ocho horas treinta minutos del día

quince de febrero de dos mil doce.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN

ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS

ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

1 v. No. F040707

acEPTacioN DE HErENcia

JOSE RIGOBERTO JUAREZ MONTERROSA, Notario, del domicilio

de la Ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, con oficina

jurídica ubicada en: Séptima Calle Poniente y Octava Avenida Sur, Casa

Número Dieciocho, Barrio San Sebastián de la ciudad Chalchuapa, al

Público.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada, promovidas ante mis oficios Notariales por la Licenciada

PATRICIA MERCEDES ALFARO ACEVEDO, ahora PATRICIA

MERCEDES ALFARO DE MENDOZA, actuando en su calidad de

Apoderada General Judicial con Cláusula Especial, del señor JUAN

CARLOS RODRIGUEZ ARRIAGA, el suscrito Notario por resolución

proveída a las nueve horas del día cuatro de junio del presente año, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN DE DIOS

RODRIGUEZ BARRERA, quien falleció en el Hospital Cader de la

Ciudad de Santa Ana, el día nueve de abril del año dos mil doce, habiendo

sido originario del Barrio El Centro, de la Villa de El Refugio, Departa-

mento de Ahuachapán, siente éste su último domicilio, de parte del señor

JUAN CARLOS RODRIGUEZ ARRIAGA, en su concepto de hijo y en

su calidad de cesionario del derecho hereditario del causante, nombrán-

dosele al mismo, Heredero Universal e Interinamente Administrador y

Representante Legal de la Sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente; por medio de su Apoderada

Licenciada PATRICIA MERCEDES ALFARO ACEVEDO, ahora

PATRICIA MERCEDES ALFARO DE MENDOZA.- En consecuencia,

por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida

Herencia para que se presenten a la mencionada oficina en el término

de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del

presente edicto.

Librado en la oficina del Notario JOSE RIGOBERTO JUAREZ

MONTERROSA, en la Ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa

Ana, a las diez horas del día cuatro de junio del año dos mil doce.

JOSE RIGOBERTO JUAREZ MONTERROSA,

NOTARIO.

1 v. No. F040580

MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN, Notario, de este domicilio,

con oficina ubicada en Colonia Avila, Pasaje Dos, Casa Número Ciento

Once-A, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las siete horas del día diez de abril de dos mil doce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción ocurrida en San Salvador, el día doce de noviembre

del año dos mil, siendo su ultimo domicilio la Ciudad de San Salvador,

dejó la señora MARGARITA VILMA RAMOS CARDOZA, quien

era al momento de su defunción de sesenta años de edad, de oficios

domésticos, con Número de Identificación Tributaria: cero seiscientos

catorce-doscientos ochenta y un mil ciento treinta y ocho-cero cero seis-

tres, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora ZULEIMA

GUADALUPE BENAVIDES DE GONZALEZ, en su concepto de hija

sobreviviente de la causante. Habiéndose conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la suscrita en la Ciudad de San Salvador,

a los diez días del mes de abril de dos mil doce.

MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN,

NOTARIO.

1 v. No. F040610

WALTER ARMANDO CALDERON MARTINEZ, Notario, del domici-

lio de San Salvador, con oficina ubicada en Octava Avenida Sur, Pasaje

La Favorita, número dieciocho de la Ciudad de Santa Tecla.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día treinta de mayo del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor PABLO DE PAZ, conocido

por JUAN PABLO DURAN PAZ, JUAN PABLO DURAN, JUAN

PABLO DURAN DE PAZ, PABLO DURAN DE PAZ y por PABLO

PAZ, quien fue de sesenta y dos años de edad, originario de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, Mecánico, casado, quien

falleció en el Centro Médico Quirúrgico “Climosal”, de la Ciudad de

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, el día dieciséis de febrero

del año mil novecientos noventa y nueve, a consecuencia de edema

agudo de pulmón, paro cardio-respiratorio, siendo su último domicilio la

Ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, a favor del señor JOSE

ARISTIDES DURAN CHAVEZ, en su calidad de hijo del causante

antes mencionado y como cesionario de los derechos hereditarios que le

transfirieron los señores Anita Chávez viuda De De Paz, Dinora Gladis

De Paz De Osorio y Daniel De Paz Chávez, la primera en su calidad de

cónyuge y los siguientes en su calidad de hijos del causante; habiéndosele

conferido la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Ciudad de Santa Tecla, a treinta y un días del mes

de mayo de dos mil doce.

WALTER ARMANDO CALDERON MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F040611

MAURICIO ANTONIO VALLE LOPEZ, Notario, de este domicilio,

con Oficina Jurídica situada en Quinta Calle Oriente, Número Quince,

San Vicente, al público en general.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las diez horas del día veinticinco de mayo del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la

señora VITALINA DIAZ, por medio de su Apoderado General Judicial

Licenciado WILMER IVAN CORNEJO MEJIA, la Herencia Intestada

que a su defunción dejó la señora CRUZ DIAZ MOLINA, conocida

por CRUZ DIAZ, en su concepto de Hija de la Causante, fallecimiento

ocurrido el día dieciséis de marzo del año dos mil doce, en Barrio Con-

cepción de la Ciudad de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán,

habiéndole conferido la Administración y Representación Interina de

la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación de este edicto.

Librado en la Ciudad de San Vicente, a los un días del mes de junio

del año dos mil doce.

LIC. MAURICIO ANTONIO VALLE LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F040614

JULIO ANTONIO MARTINEZ, Notario, del domicilio de San Sal-

vador, con oficina en Condominio Héroes Norte, Boulevard de Los

Héroes y Veinticinco Calle Poniente, edificio “A”, local 2-03, para los

efectos legales.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las diez horas

del día primero de junio del presente año, se ha tenido por aceptada con

beneficio de inventario de parte de los señores GUILLERMO ALFREDO

SANCHEZ SALGUERO y ROSA MAGDALENA AGUILAR DE

SANCHEZ, la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora

MARTA LIDIA SANCHEZ, quien fue de ochenta y tres años de edad, del

domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, y falleció en la

ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, el día diez de enero

del año dos mil doce. A los aceptantes se les confiere la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de ley. Cítese a los que se crean con derecho a dicha herencia para que

se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la última

publicación de este Edicto, en el despacho del suscrito Notario.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Librado en San Salvador, al primer día del mes de junio del año

dos mil doce.

JULIO ANTONIO MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F040616

LICENCIADO ERNESTINO ANTONIO DELEON ABREGO, Notario,

del domicilio de San Salvador, con oficina ubicada en Avenida Doctor

Ireneo Chacón, Casa Número Veinticuatro, Barrio El Centro, Tejutepeque,

Departamento de Cabañas, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta oficina a

las nueve horas del da veinticinco de mayo del año dos mil doce, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia

Testamentaria del señor BALTAZAR ANTONIO ESPINOZA VALLE

conocido por BALTAZAR ESPINOZA VALLE y por BALTAZAR

ANTONIO ESPINOZA, fallecido a las veinte horas y treinta y cinco

minutos del día catorce de enero del año dos mil doce, en la Ciudad

de FOX CLIFF LN, HUMBLE, TEXAS, ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, su último domicilio; de parte de los señores ANGELICA

MARTEL MENDEZ, en calidad de esposa o cónyuge BALTAZAR

ANTONIO ESPINOZA JR, STEVE ESPINOZA y JOSE ANGEL

ESPINOZA en calidad de hijos del referido causante, se le ha conferido

a dichos aceptantes la administración y representación interina de la

sucesión que ejercen con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todos los que se creen con derecho

a la referida herencia para que se presenten a la referida oficina en el

término de quince días siguientes al de la última publicación del presente

edicto.

Librado en la Ciudad de Tejutepeque, a los veintinueve días del

mes de mayo del año dos mil doce.

ERNESTINO ANTONIO DELEON ABREGO,

NOTARIO.

1 v. No. F040650

CESAR ARMIDES SILVA ALAS, Notario, de este domicilio, con oficina

ubicada en Sexta Calle Oriente, Segunda Planta, frente a la plaza del

Mercado Municipal de la Ciudad de Águilares, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día diecinueve de marzo de dos mil doce, se ha

tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario de

parte de la señora MARIA DOLORES MADRID LEIVA, la Herencia

Intestada que a su defunción, ocurrida el seis de enero de dos mil doce,

dejara el señor AMBROSIO MADRID, en el Municipio de Mejicanos,

Departamento de San Salvador, en su concepto de madre sobreviviente

del causante, habiéndose conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y las restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se citan a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presente a esta oficina

en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en las oficinas del Notario CESAR ARMIDES SILVA

ALAS. En la Ciudad de Aguilares, a las nueve horas del día veinte de

marzo de dos mil doce.

CESAR ARMIDES SILVA ALAS,

NOTARIO.

1 v. No. F040695

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día nueve

de marzo del corriente año, se ha tenido por aceptada con beneficio

de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora

BLANCA ANDINO, quien falleció a las once horas con treinta minutos,

del día dieciséis de julio del año dos mil diez, en el Hospital Nacional

San Juan de Dios de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su úl-

timo domicilio, de parte del señor FRANCISCO OVIDIO ANDINO

FLORES, en concepto de hermano de la causante; y se ha conferido al

aceptante declarado en el carácter indicado la Administración y Repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las ocho horas y treinta minutos del día nueve de Marzo del año dos

mil doce.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. C001885-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las once horas y quince minutos de este mismo día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada,

de los bienes que a su defunción dejó el causante señor JOSE MANUEL

VASQUEZ HERNANDEZ, ocurrida el día once de octubre del año dos

mi diez; en el Cantón Tecoluco, del Municipio de San Pedro Perulapán,

Departamento de Cuscatlán, siendo ese lugar su último domicilio, de

parte de la señora: DELFINA MARTINEZ DE VASQUEZ, ésta en

calidad de cónyuge sobreviviente del causante antes referido.

Confiérase a la aceptante la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las catorce

horas y cinco minutos del día veintidós de marzo del año dos mil doce.-

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040570-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día

dieciocho de mayo de dos mil doce, se ha tenido de parte de los señores

LUIS ALBERTO CASTRO IRAHETA y JUAN ANTONIO IRAHETA,

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante señora FRANCISCA DE

LOS ANGELES IRAHETA, conocida por ANA DOLORES IRAHETA

y por DOLORES IRAHETA, quien fue de sesenta y seis años de edad,

comerciante, con Documento Único de Identidad Número cero dos

millones quinientos veintiséis mil ciento uno - uno, fallecida a las

ocho horas treinta minutos del día treinta de marzo de dos mil once,

en el Hospital Nacional Rosales, de la Ciudad de San Salvador, siendo

su último domicilio la Ciudad de San Vicente, Departamento de San

Vicente, en concepto de hijos de la causante. Y se ha nombrado a los

aceptantes administradores y representantes interinos de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas

diez minutos del día dieciocho de mayo de dos mil doce.- DRA. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040596-1

ANA FELICITA ESTRADA, Jueza de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta

minutos del día dieciséis de enero de dos mil nueve, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los

señores FIDELINA RIVAS DE LOVATO conocida por FIDELINA

RIVAS y JUAN CARLOS LOVATO ORTIZ, la herencia testamentaria

que a su defunción dejó el señor JUAN LOVATO ORTIZ, conocido

por JUAN EXPECTACION LOVATO ORTIZ y por JUAN EXPEC-

TACION LOVATO, quien fue de setenta y tres años de edad, agricultor

en pequeño, casado, salvadoreño, fallecido el día ocho de abril de dos

mil cinco, en el Barrio San Francisco de esta ciudad, lugar de su último

domicilio, en concepto de herederos testamentarios del causante y se han

nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los quince días

del mes de mayo de dos mil doce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040597-1

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ALFA KARINA VALLE ARRUE, NOTARIO DE ESTE DOMICILIO,

CON OFICINA SITUADA EN AVENIDA ESCARCHA NÚMERO

OCHENTA Y CUATRO REPARTO TOLUCA SUR PONIENTE,

SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las trece horas con quince minutos del día dieciséis de mayo de dos

mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor

QUENTIN HAMILTON FARRAND, ocurrida en esta ciudad, el día

cinco de febrero de dos mil doce, por parte de la señora JEANNE

LORRAINE FARRAND, en concepto de heredera testamentaria del

causante y en consecuencia, confiérase a la aceptante la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente. Por lo que por este medio se

solicita a todos los que se crean con derechos a la referida Herencia

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados

desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en esta oficina, a las ocho horas del día diecisiete de mayo

de dos mil doce.-

ALFA KARINA VALLE ARRUE,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F040606-1

FÉLIX ALONSO MARTÍNEZ, NOTARIO, DE ESTE DOMICILIO,

CON OFICINA UBICADA EN AVENIDA COPENHAGUE, NÚMERO

DIEZ, COLONIA SCANDIA, JURISDICCIÓN DE AYUTUXTEPE-

QUE, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día treinta de mayo de

dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en

la ciudad de San Salvador, en el Hospital General del Instituto Salva-

doreño del Seguro Social, a las cinco horas y treinta minutos del día

veintidós de octubre de dos mil diez, dejó la señora ILVEA ROMERO

DE CALVO, conocida por ILVEA ROMERO y por ILBEA ROMERO

DE CALVO, de parte de los señores ELISA JEANNETTE CALVO

DE AVILES, conocida socialmente por ELISA JEANNET CALVO

ROMERO, en concepto de hija legítima sobreviviente y ROBERTO

ALFREDO CALVO ROMERO, en concepto de nieto sobreviviente, de

la causante, habiéndoseles conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto,

Librado en la oficina del Notario FÉLIX ALONSO MARTÍNEZ.

En la ciudad de San Salvador, a los cuatro días del mes de junio de dos

mil doce.-

Lic. FÉLIX ALONSO MARTÍNEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F040633-1

MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público en general y para los efectos legales

consiguientes, que por resolución pronunciada por este juzgado, a las

nueve horas del día veintiuno de mayo del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor JOSÉ FLORES, la cual ocurrió a las

dieciocho horas del día diecisiete de febrero de mil novecientos noventa

y ocho en el Hospital de Especialidades del Seguro Social, siendo su

último domicilio la ciudad de Acajutla, de parte de la señora CARMEN

PÉREZ FLORES, y del señor HUGO ALFREDO FLORES PÉREZ, en

su calidad de hijos del causante, por lo que se les nombra interinamente

administradores y representantes de la indicada sucesión, con las facul-

tades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas aquellas personas que crean tener derecho a la

herencia en referencia, para que se presenten a este tribunal a deducirlo

en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera

publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas veinte minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce.- Licda.

MÉLIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA. Licda. VERÓNICA SANTILLANA GARCÍA,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F040640-1

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario en

la herencia intestada dejada al fallecer por el señor JOSÉ DE LA CRUZ

FUNES, el día cuatro de mayo de dos mil ocho, en la ciudad de Jiquilisco,

siendo éste su último domicilio, de parte de los menores DOUGLAS

DE JESÚS FUNES DIAZ, CARMEN YANEET DIAZ FUNES y

ENMMANUEL DE LA CRUZ FUNES DIAZ, representados legalmente

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. por su madre señora CARMEN YANEET DIAZ MARROQUÍN y el

joven JOSÉ INES DIAZ FUNES, en su calidad de hijos del causante.

Confiéraseles a los aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los

veinticinco días del mes de mayo de dos mil doce.- Lic. MANUEL DE

JESÚS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA

YANET MEJÍA HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040651-1

HErENcia YacENTE

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta

y cinco minutos del día catorce de mayo del corriente año, ha

sido declarada yacente la herencia dejada por el señor OBDULIO

FIGUEROA MARTÍNEZ, fallecido el día dieciocho de abril del dos

mil tres, en San Antonio del Monte, siendo ese el lugar de su último

domicilio, y se ha nombrado curador para que la represente al Lic.

JUAN ANTONIO OCHOA VARGAS, a quien se le hizo saber para

su aceptación y demás efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta

minutos del día veintiocho de mayo del dos mil doce.- Dr. MARIO

MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL

CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040582-1

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,

DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas quince

minutos de este mismo día, se ha declarado YACENTE, la herencia

que a su defunción dejó la señora BENIGNA LUZ DIAZ, quien fue

de cincuenta y seis años de edad, soltera, Licenciada en Ciencias de la

Educación, del domicilio Barrio San Lorenzo, Avenida Independencia

Norte, número veinticinco, de esta ciudad; lugar de su último domicilio;

fallecida en Hospital Nacional Rosales de San Salvador, el día cinco de

noviembre del año dos mil nueve; habiéndose nombrado como curadora

de la expresada herencia a la señora MARTA ELIZABETH LÓPEZ

DIAZ.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley

comparezcan a este Juzgado a deducirlo.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

veinticuatro de mayo del año dos mil doce.- Licda. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL. Lic. JUAN CARLOS ORTEZ PÉREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040661-1

TÍTUlo DE ProPiEDaD

JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ, Notario, de este domicilio,

con oficina en sexta calle Oriente número dieciocho Barrio San Carlos

de El Tránsito, San Miguel, al público.

HACE SABER: Que a mi oficina de Notario se ha presentado la

señora ANA EVA HERNÁNDEZ DE ROMERO, de treinta y dos años

de edad, de oficios domésticos, del domicilio de San Rafael Oriente, San

Miguel, con Documento Único de Identidad número cero uno seis tres

siete tres siete siete- cero, solicitando se realice el trámite correspon-

diente a efecto de obtener a su favor Título de Propiedad y Dominio de

un inmueble de naturaleza rústico situado en el Cantón Piedra Azul, San

Rafael Oriente, San Miguel, de la capacidad superficial de DOS MIL

DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de

las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, cuarenta y siete metros

treinta centímetros con Justiniano Germán Penado Larín; AL NORTE,

treinta y dos metros treinta centímetros con Zoila Granados de Flores:

AL PONIENTE, sesenta y cuatro metros con Zoila Granados de Flores:

AL SUR, cuarenta y ocho metros ochenta y cinco centímetros con Zoila

Granados de Flores.- El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni

está en proindivisión con nadie, no tiene cargas o derechos que pertenezcan

a terceras personas, que su posesión más la de su anterior dueño ha sido

por más de treinta años en forma quieta, pacífica y no interrumpida.- La

solicitante, estima dicho inmueble en la suma de MIL DÓLARES de

los Estados Unidos de América; lo adquirió por compra privada que

hiciera a don FRANCISCO HERNÁNDEZ, mediante documento de

compraventa privada que se le extravió, lo que hago del conocimiento

público para los efectos de Ley.-

El Tránsito, a los dos días del mes de junio de dos mil doce.

Lic. JOSÉ GREGORIO PARADA HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C001877

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

SAN PEDRO PERULAPÁN;

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado el

señor GONZALO SANDOVAL VIDES, de sesenta y dos años de edad,

Agricultor en Pequeño, de este domicilio, portador de su Documento

Único de Identidad Personal Número Cero Dos millones novecientos

cuarenta y ocho mil quinientos seis guión cinco; solicitando Título de

Propiedad de un terreno Rústico, situado en el Cantón El Limón, de esta

Jurisdicción, de la capacidad superficial de CINCUENTA Y OCHO

MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO PUNTO SETENTA

Y UN METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL

ORIENTE, con Elba Beatriz Mejía de Henríquez; AL NORTE, con

Isaías Hernández Sánchez; Ermelina Morales Viuda de Hernández y

María Ángela Hernández de Delgado; AL PONIENTE, Con Enrique

Delgado Gómez, Samuel Antonio Morales Callejas, Ernesto Morales

Flores, Gabriela Eunice Morales Callejas, Daysi Beatriz Morales Calle-

jas y Timoteo Morales Morales; y AL SUR, linda con terreno de José

Ignacio Vásquez Ramírez. El inmueble así descrito no es dominante, ni

sirviente; no es predio pro-indiviso, no tiene cargas ni derechos reales

de ajena pertenencia, estimándole en la suma de DIEZ MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.-

Lo que se hace saber al público para efectos de ley.

Dado en la Alcaldía Municipal; San Pedro Perulapán, Departamento

de Cuscatlán, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil doce.

LÁZARO ANTONIO FLORES, ALCALDE MUNICIPAL. WILLIAN

ALEXANDER RAMÍREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F040676-1

TÍTUlo SUPlETorio

JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ MONTANO, Notario, del domicilio de San

Salvador, y con Oficina Jurídica, ubicada Avenida Las Amapolas,

Residencial Villas de San Francisco Uno, Apartamento número Cincuenta

y seis, San Salvador; al público en general.

HACE SABER: Que ante mis oficios notariales se han presentado

los señores JUANA AURORA MENDOZA, de cuarenta y siete años

de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Delicias de Concep-

ción, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad

número cero dos cuatro uno cuatro nueve dos seis- seis, y con Tarjeta de

Identificación Tributaria número uno tres cero cinco- cero uno cero tres

seis cinco- uno cero uno- cuatro; y FREDY MENDOZA, de cuarenta y

nueve años de edad, Jornalero, del domicilio de Delicias de Concepción,

Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad nú-

mero cero dos siete tres ocho cuatro cinco tres- cero, y con Tarjeta de

Identificación Tributaria número uno tres cero cinco- uno siete uno dos

seis dos- uno cero uno- dos; solicitando TÍTULO SUPLETORIO de un

terreno de naturaleza rústica, situado en Cantón Cerro Coyol, Jurisdicción

de Osicala, Distrito del mismo nombre, departamento de Morazán, de

la capacidad superficial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS. En dicho terreno existe construida una casa,

techo de tejas, piso de cerámica, de nueve metros de ancho, por ocho

metros de largo, con una superficie de setenta y dos metros cuadrados.

El inmueble en mención no es dominante, ni sirviente, y lo valúan en

VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS DE

AMÉRICA. Lo adquirieron por compra hecha al señor José Domingo

Pereira Pereira.

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

San Francisco Gotera, departamento de Morazán, treinta y uno de

mayo de dos mil doce.-

Lic. JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ MONTANO,NOTARIO.

1 v No. C001891

ANA MILAGRO ESCOBAR, Notario, del domicilio de esta ciudad,

con oficina situada en Colonia Diez de Septiembre, veintidós calle

poniente número dos mil trescientos treinta, de esta ciudad, para los

efectos de ley,

HACER SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora

MARÍA FRANCISCA DEL CARMEN MENJÍVAR viuda DE

SIBRIAN, solicitando se le extienda Título Supletorio, de un terrero

rústico situado en el Cantón San Nicolás Encarnación, Jurisdicción de

San Juan Opico, departamento de La Libertad, de una Extensión Super-

ficial de cinco mil setecientos noventa y ocho punto quinientos sesenta

y dos metros cuadrados y de las medidas y colindancias siguientes: Se

inicia la descripción en el vértice Sur Poniente: Lindero Poniente, en

diez tramos rectos nombrados del primero al último así; en doce punto

cincuenta y cinco metros; en cuatro punto treinta y siete metros; en siete

punto noventa metros; en siete punto cincuenta y ocho metros; en uno

punto once metros; en seis punto sesenta y tres metros; en ocho punto

cincuenta y ocho metros; en dos punto setenta metros; en ocho punto

quince metros; en dos punto noventa y cinco metros, linda con terreno

de JOSÉ INES TRUJILLO SIBRIAN y de MARÍA AMALIA MEL-

GAR DE GONZÁLEZ, ambos camino vecinal de por medio; Lindero

Norte en seis tramos rectos nombrados del primero al último así; en

cinco punto cincuenta y cinco metros; en uno punto noventa metros; en

veinte punto cero nueve metros; en uno punto ochenta y cinco metros;

en treinta y tres punto cincuenta y cinco metros; en tres punto sesenta

y tres metros, linda con terreno de JULIO MENJÍVAR CHACÓN y de

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. JOSÉ LINO MEJÍVAR CHACÓN Lindero Oriente en siete tramos rectos

nombrados del primero al último así; en ocho punto cincuenta y cinco

metros; en once punto veinticuatro metros; en cinco punto veinticinco

metros; en cuatro punto setenta y siete metros; en dos punto setenta y

cinco metros; en cinco punto ochenta y un metros; en veinticinco punto

veintiséis metros, linda con terreno de JULIO MENJÍVAR CHACÓN

y de JOSÉ LINO MENJÍVAR CHACÓN. Lindero Sur en nueve tramos

rectos nombrados del primero al último así; en diecinueve punto treinta

y cinco metros; en ocho punto veinte metros; en dos punto veintinueve

metros; en cuatro punto noventa y nueve metros; en diez punto ochenta

y siete metros; en doce punto noventa y tres metros; en uno punto treinta

y nueve metros; en diecinueve punto noventa y tres metros; en cuarenta

punto veinticinco metros, linda con terreno de VILMA AYALA y de

GUADALUPE PORTILLO viuda DE MENJÍVAR, camino vecinal

de por medio. En el terreno descrito se encuentra construida una casa

techada de teja y paredes de adobe, no es dominante, ni sirviente ni

está en proindivisión y no tiene cargos o derechos que pertenezcan a

terceras personas. Que el inmueble relacionado carece de antecedente

inscrito y lo adquirió por venta privada que le hizo doña GUADALUPE

PORTILLO viuda DE MENJÍVAR, en el mes de mayo del año dos mil

seis, ésta hoy ya fallecida en el año mil novecientos Ochenta, por lo que

sumando su posesión a la ejercida por sus antecesores tiene más de diez

años de estar en quieta, pacífica y no interrumpida posesión del mismo

viene ante mí para que de conformidad con lo establecido en el artículo

dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y de Otras Diligencias, segundas que sean los tramiten que la misma

señala se le extienda a la comparecientes señora MARÍA FRANCISCA

DEL CARMEN MENJÍVAR viuda DE SIBRIAN el título que solicita.

Valúa el terreno y construcción en diez mil dólares,

Librado en la ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de

febrero del dos mil doce.-

ANA MILAGRO ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. C001901

MIGUEL ÁNGEL COREAS BENAVIDES, Notario, con Oficina Jurí-

dica, situada en Primera Calle Oriente, y Cuarta Avenida Norte, número

dos, Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán,

HACE SABER: Que ante mis oficios de Notario, se ha presen-

tado la señora MARTA LILIAN GARCÍA DE LÓPEZ, solicitando

TÍTULO SUPLETORIO, previo los trámites de ley, de un terreno

rústico, situado en el Cantón San Antonio, Jurisdicción de El Carmen,

Departamento de Cuscatlán, de la extensión superficial de SEIS MIL

CUATROCIENTOS TREINTA PUNTO VEINTISÉIS METROS

CUADRADOS, EQUIVALENTES A NUEVE MIL DOSCIENTOS

PUNTO CUARENTA Y DOS VARAS CUADRADAS.- De las

medidas y linderos especiales siguientes: Al NORTE, de punto uno

a punto dos, rumbo Sur setenta y siete grados once minutos cuarenta

y cinco segundos Este, distancia cuarenta y siete punto cero cinco

metros. Lindero definido por un cerco construido con alambre de púas.

Limita con Propiedad del señor Douglas Antonio González Bautista;

AL ORIENTE, formado por dos tramos; el primero de punto dos a

punto tres, rumbo Sur diecisiete grados, quince minutos cuarenta y

cuatro segundos Oeste, distancia treinta y nueve punto sesenta y ocho

metros. El segundo de punto tres a punto cuatro, rumbo Sur veintitrés

grados cincuenta y nueve minutos cincuenta y seis segundos Oeste

distancia ciento dos punto ochenta y seis metros. Lindero definido

por un cerco construido con alambre de púas. Limita con Propiedad

de la señora María Dolores Castro, AL SUR, de punto cuatro a punto

cinco, rumbo norte cincuenta y seis grados cero un minuto treinta

y dos segundos Oeste, distancia cuarenta y nueve punto noventa y

cuatro metros cuadrados, lindero definido por un cerco construido

con alambre de púas. Limita con Sucesión de Lucila Reyes; y AL

PONIENTE, formado por tres tramos, el primero de punto cinco a

punto seis, rumbo Norte veinticuatro grados, treinta minutos, treinta

y seis segundos Este, distancia setenta y siete punto sesenta metros, El

segundo de punto seis a punto siete, rumbo Norte veinticinco grados

cincuenta y tres minutos, veinte segundos Este, distancia treinta y dos

punto veintitrés metros, El tercero de punto siete a punto uno, rumbo

Norte once grados cero dos minutos veintiún segundos Este, distancia

quince punto cero cinco metros. Lindero definido por un cerco construido

con alambre de púas. Limita con Propiedad del señor Modesto Pérez

Ortiz.- Que el inmueble anteriormente descrito lo hubo por compra

que le hizo al señor Modesto Pérez Ortiz, pero no tiene documento

alguno. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente y lo estima en

la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA. Todos los colindantes son del domicilio de El Carmen,

Departamento de Cuscatlán.

Lo que se hace del conocimiento del Público, para los efectos

de ley.

Librado en la Ciudad de Cojutepeque, a los un día del mes de

junio de dos mil doce.

Lic. MIGUEL ÁNGEL COREAS BENAVIDES,

NOTARIO.

1 v. No. F040637

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395JOSÉ ROLANDO AQUINO VALLADARES, Notario, de este domicilio,

con oficina en Residencial Altoverde II, senda Los Laureles, polígono

siete, número cincuenta y cuatro, de esta ciudad,

HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el Licenciado

MANUEL DE JESUS IZAGUIRRE CHAVEZ, en su calidad de Apo-

derado General Judicial con Clausula Especial de la señora SANTOS

ISABEL FLORES DE MANCIA, de treinta y nueve años de edad,

de oficios domésticos, del domicilio de Acajutla, Departamento de

Sonsonate, con Documento Único de Identidad número cero cero seis-

cientos ochenta y nueve mil ciento noventa y uno - dos, con Número de

Identificación Tributaria cero trescientos quince - cero seis cero cuatro

setenta y dos - ciento tres - cinco, promoviendo DILIGENCIAS DE

TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado

en Cantón Punta Remedios, jurisdicción de Acajutla, del Departamento

de Sonsonate, de una extensión superficial de CIENTO TREINTA Y

CUATRO PUNTO VEINTICINCO OCHENTA Y CUATRO METROS

CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:

nueve punto cero un metros, colindando con calle de por medio con

propiedad de Providencia Compañía de Urbanización y Edificación, So-

ciedad Anónima; AL ORIENTE: doce punto noventa metros, colindando

con los señores Juana de Jesús Rodríguez de Chavarría, Raúl Antonio

Chavarría Rodríguez y Xiomara Estela Chavarría Rodríguez; AL SUR:

nueve punto doscientos ochenta y cinco metros, colindando con las

señoras Ana Liliam Flores de Flores, Santos Isabel Flores de Mancía y

Mirna Esperanza Bonilla Flores, servidumbre de tránsito de un metro

de ancho por todo lo largo del inmueble; Y AL PONIENTE: catorce

punto veintitrés metros, colindando con el señor German de Jesús Flores

Rodríguez. Que presenta anticipadamente la Ficha Catastral del inmueble

descrito el cual no es sirviente ni dominante, no está en proindivisión y

no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia; que su mandante

lo comenzó a poseer en forma quieta, pacífica e ininterrumpida desde el

mes de enero del año dos mil, por venta privada que le hiciera la señora

VICENTA RODRIGUEZ, la cual solo fue de palabra sin haber hecho

ningún documento escrito, por lo que ha poseído el inmueble desde hace

más de diez años consecutivos.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de

Ley.

Librado en la oficina del Notario José Rolando Aquino Valladares,

Santa Ana, veintiséis de marzo de dos mil doce.

JOSE ROLANDO AQUINO VALLADARES,

NOTARIO.

1 v. No. F040643

JOSE SAUL CARRANZA POSADA, Notario, del domicilio de la

ciudad de San Miguel y de San Salvador, con Oficina Jurídica situada

en Avenida Roosevelt Sur número Setecientos Uno Bis, de la ciudad de

San Miguel, Telefax 2660-7457.

HACE SABER: Que a mi Oficina se ha presentado la señora

LOURDES MARIA PORTILLO DE GUTIERREZ, de sesenta y cinco

años de edad, Secretaria Comercial, de este domicilio, de nacionalidad

Hondureña, con Carnet de Identificación de Residente Extranjero

Definitivo número Seis ocho ocho siete, expedido por el Ministerio de

Gobernación, el día trece de abril de dos mil once, vigente hasta el día

veintiocho de marzo del año dos mil trece, y con número de Identifica-

ción Tributaria: Nueve mil quinientos uno- ciento diez mil quinientos

cuarenta y siete- cero cero uno- nueve; a promover Diligencias de Título

Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón La

Trinidad, de esta jurisdicción, distrito y Departamento de San Miguel,

con una Extensión Superficial de SETECIENTOS CINCUENTA PUN-

TO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a MIL SETENTA

Y TRES PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS, de los linderos y

colindancias siguientes: LINDERO NORTE: Treinta metros, colin-

dando con terrenos de Arnoldo Escobar Rosa, con calle de por medio;

LINDERO ORIENTE: Veinticinco metros, colindando con terrenos de

Arnoldo Escobar Rosa; LINDERO SUR: Treinta metros, colindando con

terrenos de Arnoldo Escobar Rosa; LINDERO PONIENTE: Veinticinco

metros, colindando con zona verde; el colindante es del domicilio de esta

ciudad, en dicho inmueble no existen construcciones, no es dominante ni

sirviente y lo obtuvo por compraventa de Posesión Material que le hizo

el señor CRISTOBAL GUTIERREZ HERNANDEZ, mayor de edad,

Agricultor, de este domicilio, según testimonio de Escritura Pública

otorgado a las catorce horas y cuarenta minutos del día veintisiete de

junio de dos mil tres, ante mis Oficios Notariales; el referido señor venía

ejerciendo la posesión de dicho inmueble desde el mes de mayo de mil

novecientos ochenta y cuatro; por lo que su posesión sumada a la del

anterior poseedor hacen más de veintisiete años consecutivos; sin que

hasta la fecha persona alguna le haya disputado la posesión del referido

inmueble el cual valúa junto con las mejoras introducidas al mismo en

la suma de UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que hace del conocimiento público para los efectos de la Ley.

Librado en San Miguel, a los cuatro días del mes de junio de dos

mil doce.

LIC. JOSE SAUL CARRANZA POSADA,

NOTARIO.

1 v. No. F040667

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que el señor GUADALUPE RIVERA GONZÁ-

LEZ, quien es de treinta y siete años de edad, empleado, del domicilio

de Soyapango, departamento de San Salvador, solicita Título Supletorio

de un inmueble rústico, situado en el Cantón La Virgen, Jurisdicción de

Tepetitán, de este Departamento, de la extensión superficial de CIENTO

OCHENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE: mide doce metros, linda con resto del te-

rreno que le queda al señor José Rolando Hernández Chávez conocido

por José Rolando Hernández; AL NORTE: mide quince metros, calle

internacional como límite y con resto del terreno del inmueble general;

AL PONIENTE: mide doce metros, linda con terreno de Juan Alcides

Hernández antes hoy propiedad de Santos Ángel Corvera, que fue parte

del Inmueble general; y AL SUR: mide quince metros, linda con resto del

terreno que le quedó al señor José Rolando Hernández Chávez conocido

por José Rolando Hernández; manifiesta que lo posee por compra que

él hizo al señor José Rolando Hernández Chávez conocido por José

Rolando Hernández y lo valúa en la suma de siete mil dólares de los

Estados Unidos de América.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiocho

días del mes de Julio del año dos mil once. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040600-1

SENTENcia DE NacioNaliDaD

EL INFRASCRITO MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

PÚBLICA,

CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por NA-

TURALIZACIÓN, auto que la declara ejecutoriada y acta de renuncia de

la Nacionalidad de origen, Juramentación y Protesta de Ley que literal-

mente dice: MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

San Salvador, a las nueve horas con cinco minutos del día cinco de

octubre de dos mil once. Las presentes diligencias han sido promovidas

por la señora MARÍA DE LOS ÁNGELES REYES HERNÁNDEZ, de

cincuenta y siete años de edad, de sexo femenino, casada, Bibliotecaria,

del domicilio de Soyapango, originaria del Municipio de Cacocum,

Provincia de Holguín, República de Cuba, lugar donde nació el día dos

de agosto de mil novecientos cincuenta y cuatro, con nacionalidad actual

cubana, portadora del Carné de Identificación de Extranjera Residente

número tres cero cinco uno dos, inscrito en el Registro de Extranjeros

Residentes que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería,

siendo su cónyuge el señor Cresencio Antonio Amaya Constanza, de

cincuenta y un años de edad, empleado, de nacionalidad salvadoreña.

Sus padres responden a los nombres de: Isaías Reyes Rodríguez y Dalia

Hernández Vuelta, el primero de nacionalidad cubana, fallecido; y la

segunda originaria de Cuba y de nacionalidad española, sobreviviente.

LEÍDOS LOS AUTOS Y CONSIDERANDO: I.- Que la peticionaria en

la solicitud de folio siete, en lo pertinente manifiesta que por ser de origen

y nacionalidad cubana, estar casada con salvadoreño y tener domicilio

fijo en El Salvador, desde el día veintiuno de enero de mil novecientos

noventa y cinco, fecha en la cual ingresó al país por el Aeropuerto Inter-

nacional de El Salvador, es su deseo y voluntad optar a la nacionalidad

salvadoreña por NATURALIZACIÓN haciendo constar que en su

país de origen y en El Salvador no ha pertenecido a ninguna Sociedad

u Organización. Manifestando su voluntad de adhesión, obediencia y

sumisión a las Leyes y Autoridades de la República de El Salvador, por

lo que de conformidad con el artículo noventa y dos ordinales primero

y cuarto de la Constitución de la República y artículo treinta y ocho de

la Ley de Extranjería y siguientes, pide se le reconozca dicha calidad

para lo cual presenta para que se agregue la documentación siguiente:

a) Fotocopia de Carné de Identificación de Extranjera Residente, a

folio quince, b) Constancia de Buena Conducta expedida por la Jefa de

la Unidad de Registro y Antecedentes Policiales, Sucursal Escalón, de

la Policía Nacional Civil a folio dieciséis, c) Certificación de no tener

Antecedentes Penales, expedida por la Unidad de Registro y Control Pe-

nitenciario de la Dirección General de Centros Penales, a folio diecisiete,

d) Constancia médica expedida por la Doctora Claudia Carolina Mejía

Bonilla, en la que consta que la peticionaria no padece de enfermedades

infectocontagiosas a folio dieciocho, e) Fotocopia de pasaporte vigente,

a folios diecinueve al veintiuno, f) Fotocopia Documento Único de

Identidad de su cónyuge, señor Cresencio Antonio Amaya Constanza,

a folio veintidós, g) Certificación partida de nacimiento de su cónyuge,

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395a folio cien, h) Certificación Partida de Matrimonio, a folio ciento uno,

i) Certificación partida de nacimiento, debidamente autenticada, a folios

ciento ocho al ciento once. II Que recibida la solicitud por auto de folio

ciento dos, se dio por admitida, se tuvo por parte a la peticionaria se

mandó a oír a la Fiscalía General de la República y a publicar los edictos

de conformidad con la Ley. III.- Que en Oficio de fecha veintinueve de

agosto del dos mil once, a folio ciento doce, el señor Fiscal General de

la República informa que no se opone a que se acceda a la petición de la

señora MARÍA DE LOS ÁNGELES REYES HERNÁNDEZ, siempre

que se cumplan todos los trámites legales necesarios y asimismo informa

que no reporta expediente iniciado o fenecido en su contra. IV.- Que con

escrito de folio ciento trece la solicitante presentó para que se agreguen

las páginas noventa y siete, cien y ciento cinco, del Diario Oficial número

ciento cincuenta y nueve, ciento sesenta y ciento sesenta y uno, de fechas

veintinueve, treinta y treinta y uno de agosto del dos mil once, todos

del Tomo trescientos noventa y dos, agregadas a folios ciento catorce al

ciento veintidós; y páginas números diecisiete, veintidós y veinticuatro,

del Diario Co Latino, de fechas veintinueve, treinta y treinta y uno de

agosto del dos mil once, agregadas a folios ciento veintitrés al ciento

veinticinco; en las cuales aparecen publicados los edictos a que se refiere

el auto de folio ciento dos, habiendo transcurrido el término de Ley sin

que persona alguna se haya presentado denunciando impedimentos

legales que pudieran invalidar el otorgamiento de la nacionalidad sal-

vadoreña por NATURALIZACIÓN, que se ha solicitado. V.- Que por

auto de folio ciento veintisiete se mandó agregar los documentos antes

relacionados y estimándose que procede acceder a lo solicitado por ha-

berse cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de la materia,

se mandó a pronunciar la sentencia correspondiente. POR TANTO: En

base a los considerandos anteriores y de conformidad con el artículo

noventa y dos ordinales primero y cuarto de la Constitución de la Re-

pública, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho

y doscientos veintinueve del Código Procesal Civil y Mercantil, treinta

y ocho, treinta y nueve, cuarenta y uno y cuarenta y seis de la Ley de

Extranjería, a nombre de la República de El Salvador, este Ministerio

FALLA: Concédesele a la señora, MARÍA DE LOS ÁNGELES REYES

HERNÁNDEZ de las generales expresadas la calidad de salvadoreña

por NATURALIZACIÓN, por ser de origen y nacionalidad cubana,

tener domicilio fijo en El Salvador y estar casada con salvadoreño.

Dese cumplimiento al artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería,

y expídase las certificaciones de conformidad con lo que establece el

artículo cincuenta y uno de la referida Ley.- NOTIFIQUESE. JOSÉ

MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ. MINISTRO DE JUSTICIA Y

SEGURIDAD PUBLICA.

RUBRICADA

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Sal-

vador, a las trece horas con veinte minutos del día nueve de enero del

dos mil doce. A sus antecedentes agréguese el escrito de folio ciento

treinta, presentado por la señora MARÍA DE LOS ÁNGELES REYES

HERNÁNDEZ, habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona

alguna se haya presentado impugnando la sentencia que le reconoce

la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN. DECLARASE

EJECUTORIADA. Señálase las diez horas del día dieciséis de marzo de

dos mil doce, para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad

con el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería.- MUNGUÍA

PAYÉS.

RUBRICADA

NÚMERO CUARENTA Y SIETE.- En el Ministerio de Justicia y

Seguridad Pública, San Salvador, a las diez horas del día dieciséis de

marzo de dos mil doce.- Siendo éstos el lugar, día y hora señalados en

el auto de folio ciento treinta y uno, de las diligencias de Nacionalidad

Salvadoreña por Naturalización promovidas por la señora MARÍA DE

LOS ÁNGELES REYES HERNÁNDEZ, de origen y nacionalidad

cubana, para la renuncia de su nacionalidad de origen, Juramentación

y Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho

de la Ley de Extranjería vigente. Estando presente la aceptante, el

suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA la

interrogó conforme lo indica el artículo cincuenta de la misma Ley, en

los siguientes términos: Señora MARIA DE LOS ANGELES REYES

HERNÁNDEZ ¿RENUNCIÁIS A TODA OTRA NACIONALIDAD

QUE OS VINCULA CON CUALQUIER ESTADO EXTRANJERO Y

A LA OBEDIENCIA Y FIDELIDAD, QUE EN RAZÓN DE ELLA,

HUBIESEIS PROFESADO? y contestó "SI RENUNCIO". Asimismo

¿PROTESTÁIS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR

Y SER FIEL A LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, RESPETAR

Y OBEDECER SUS LEYES, A SUS AUTORIDADES Y DEFENDER

LA NACIONALIDAD SALVADOREÑA AÚN A COSTA DE TODO

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. SACRIFICIO? y la interrogada contestó: "SI PROTESTO". Incontinenti

el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA pro-

nunció la siguiente expresión "SI ASI LO HICIEREIS LA PATRIA OS

PREMIE, SI NO, ELLA OS DEMANDE". Con lo cual concluyó el acto y

en fe de lo antes escrito firmamos la presente acta. DAVID VICTORIANO

MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO. MARÍA

DE LOS ÁNGELES REYES HERNÁNDEZ.

RUBRICADAS

ES CONFORME CON SUS ORIGINALES CON LOS CUALES

SE CONFRONTO; y para que sea agregado al expediente para ARCHI-

VO, se extiende, firma y sella la presente, en el Ministerio de Justicia y

Seguridad Pública. San Salvador, a las ocho horas con diez minutos del

día diecinueve de marzo de dos mil doce.

DAVID VICTORIANO MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA.

1 v. No. F040671

JUicio DE aUSENcia

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en este

Juzgado se han presentado las Licenciadas LORENA ELIZABETH

COSTTE GRANADOS, DELMY YANIRA TEJADA MIRANDA y

ANA ELENA GONZALEZ DE ALVARADO, esta última mayor de

edad, Abogada, de este domicilio, como Apoderadas Generales Judi-

ciales del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA

ARMADA, solicitando el nombramiento de un Curador Especial del

señor MAURICIO MARTIN GUZMAN MENDOZA, MAURICIO

MARTIN GUZMAN MENDOZA, de cuarenta y cuatro años de edad,

Piloto Comercial, del domicilio y departamento de San Salvador, con

Documento Único de Identidad, cero dos siete tres nueve seis cuatro

tres cero- cero y Numero de Identificación Tributaria cero seiscientos

ocho- ciento ochenta y un mil ciento sesenta y siete- cero cero uno- seis,

actualmente de domicilio ignorado, y para efectos de continuar con el

Juicio Civil Ejecutivo promovido en contra del mismo y por desconocer

si éste ha dejado Apoderado o Representante alguno, promueve como

incidente el nombramiento de un Curador Especial para poder así re-

presentar al señor MAURICIO MARTIN GUZMAN MENDOZA, ello

según el Art. 141 Pr.C.

EN CONSECUENCIA: Se previene que si el referido señor tiene

Apoderado o Representante alguno, se presente a este Juzgado a com-

probar dicha circunstancia dentro del término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas con cuarenta minutos del día doce de abril

del año dos mil doce. DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES RUBIO, SECRETARIA.

1 v. No. C001909

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE MENOR CUANTIA DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en este Tribunal el Licenciado ROBERTO

ANTONIO RIVAS ANDRADE, y últimamente por la LICENCIADA

CLAUDIA YADIRA MAJANO SANDOVAL, en sus calidades de

Apoderados Generales Judiciales del FONDO DE SANEAMIENTO

Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, sigue proceso Ejecutivo

Mercantil, contra el señor LORENZO ARTURO DEL CID SORTO,

quien en la actualidad es de domicilio ignorado, sin saberse si ha dejado

Apoderado, Procurador o Representante Legal para que lo represente,

por lo que de conformidad al Art. 141 Pr. C., dentro del mismo proceso,

la LICENCIADA MAJANO SANDOVAL, ha promovido las Diligen-

cias de Ausencia a fín de que se provea de un Curador Especial que lo

represente exclusivamente en el proceso relacionado al señor LORENZO

ARTURO DEL CID SORTO, mayor de edad, empleado, antes de este

domicilio hoy ignorado, portador de la Cédula de Identidad Personal N°

1-4-040516.

En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderada,

Procurador o Representante Legal del señor LORENZO ARTURO DEL

CID SORTO, caso que lo tuviere, se presente a este Juzgado a comprobar

tal circunstancia dentro de los quince días subsiguientes a la publicación

del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN-

TIA: SAN SALVADOR, a las diez horas con catorce minutos del día

nueve de mayo de dos mil doce. LIC. SAUL CAÑENGUEZ MONTANO,

JUEZ SEGUNDO DE MENOR CUANTIA.- LIC. FRANCISCO RENE

AREVALO PUJOL, SECRETARIO.

1 v. No. F040607

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395rENoVacioN DE Marca

No. de Expediente: 2001019699

No. de Presentación: 20120166469

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado PABLO

NOE RECINOS VALLE, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO de GAMMA LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GAMMA-LAB, S.A. DE

C.V., del domicilio de Ciudad Merliot, Jurisdicción do Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, so-

licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00179 del Libro

00156 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en: La palabra

GABROX escrito en letras de color negro, toda la palabra escrita en letras

mayúsculas de molde; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001889-1

Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2012117123

No. de Presentación: 20120166212

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Vida y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULÓS DE

ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;

PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNA-

CION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; AHESIVOS (PEGAMENTOS)

PARA LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS;

PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICI-

NA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION O DE

ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS

PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);

CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040684-1

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2012117114

No. de Presentación: 20120166203

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Inversiones Finan-

cieras y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTON Y

ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN

OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE

ENCUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ADHESIVOS

(PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIAL

PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y

ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL

DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS)

MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS

EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040685-1

No. de Expediente: 2012117126

No. de Presentación: 20120166215

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Valores y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICULOS DE ES-

TAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO-

DUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE ENCUADERNACION;

FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS)

PARA LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS;

PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTICULOS DE OFICI-

NA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCION O DE

ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLASTICAS

PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);

CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040686-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012117120

No. de Presentación: 20120166209

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Almacenadora y

diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTICU-

LOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS

CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; ARTICULOS DE EN-

CUADERNACION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA; ADHESIVOS

(PEGAMENTOS) PARA LA PAPELERIA O LA CASA; MATERIAL

PARA ARTISTAS; PINCELES; MAQUINAS DE ESCRIBIR Y

ARTICULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL

DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS);

MATERIAS PLASTICAS PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS

EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHES.

Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040687-1

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012118487

No. de Presentación: 20120168511

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

ANTONIO MENDEZ MOLINA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de INVERSIONES TURISTICAS CONSOLIDADAS, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: las palabras Cadisi Tours y diseño. Se traduce al

castellano la palabra tours como: Viaje, que servirá para: IDENTIFICAR

UNA EMPRESA DEDICADA ACTIVIDADES DE AGENCIA DE

VIAJES, TOUR OPERADORA DE PAQUETES TURISTICOS POR

EL SALVADOR Y CENTROAMERICA.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001903-1

coNVocaToriaS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Tipografía Comercial S.A. de C.V. Convoca a

sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria en las oficinas de

la sociedad, situadas en 7ª Av. Sur y 1ª Calle Oriente, de la Ciudad de

Santa Ana; de las once horas en adelante, el día veintiocho de junio del

año dos mil doce, para tratar la siguiente agenda:

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. AGENDA:

I- Verificación del Quórum y firma del Acta de Asistencia.

II- Lectura y discusión del Acta anterior.

III- Lectura y discusión de la Memoria del año 2011.

IV- Presentación y discusión de los Estados Financieros al 31 de

Diciembre del 2011 y toma de decisión de los resultados.

V- Informe del Auditor.

VI- Nombramiento del Auditor y Fijación de sus Honorarios.

VII- Varios.

Para celebrar esta Junta deberá estar presente por lo menos la mitad

más una de las acciones o sea 3,430 acciones. Ninguna persona podrá

representar más del 25% del total de las acciones. Caso no hubiere quórum

se convoca por este mismo medio para el día Veintinueve de junio del año

dos mil doce, en la dirección y hora indicada; y se celebrará la Junta con

cualquiere que sea el número de acciones presentes y representadas.

Santa Ana, 4 de Junio de 2012.

Lic. Sandra Eugenia Noyola de Alfaro,

Director - Secretario.

3 v. alt. No. C001880-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Cabezas S.A. de C.V. Convoca a sus accionistas

para celebrar Junta General Ordinaria en las oficinas de TIP COM,

situadas en 7ª Av. Sur y 1ª Calle Oriente, de la Ciudad de Santa Ana;

de las catorce horas en adelante, el día Veintiocho de junio del año dos

mil doce, para tratar la siguiente:

AGENDA.

I- Verificación del Quórum y firma del Acta de asistencia.

II- Lectura y discusión del Acta anterior.

III- Lectura y discusión de la Memoria del año 2011.

IV- Presentación y discusión de los Estados Financieros al 31 de

Diciembre del 2011 y toma de decisión de los resultados.

V- Informe del Auditor.

VI- Nombramiento del Auditor y Fijación de sus Honorarios.

VII- Varios.

Para celebrar esta Junta deberá estar presente por lo menos la mitad

más una de las acciones o sea 1,371 acciones. Ninguna persona podrá

representar más del 25% del total de las acciones. Caso no hubiere quórum

se convoca por este mismo medio para el día Veintinueve de junio del año

dos mil doce, en la dirección y hora indicada; y se celebrará la Junta con

cualquiere que sea el número de acciones presentes y representadas.

Santa Ana, 4 de Junio de 2012.

Lic. Sandra Eugenia Noyola de Alfaro,

Director - Secretario.

3 v. alt. No. C001882-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Tipcom Center, S.A. de C.V. Convoca a sus ac-

cionistas para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria en las

oficinas de la sociedad, situadas en 7ª Av. Sur y 1ª Calle Oriente de la

Ciudad de Santa Ana; de las nueve horas en adelante, el día Veintiocho

de junio del año dos mil doce, para tratar la siguiente:

AGENDA JUNTA GENERAL ORDINARIA

I- Verificación del Quórum y firma del Acta de asistencia.

II- Lectura y discusión del Acta anterior.

III- Lectura y discusión de la Memoria del año 2011.

IV- Presentación y discusión de los Estados Financieros al 31 de

Diciembre del 2011 y toma de decisión de los resultados.

V- Informe del Auditor.

VI- Nombramiento del Auditor y fijación de sus Honorarios.

VII- Elección de nueva Junta Directiva para un período de 2

años.

VIII- Varios.

AGENDA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

I- Revisión del Capital Social Mínimo.

Para Celebrar la Junta Ordinaria deberá estar presente por lo menos

la mitad más una de las acciones o sea 11,044 acciones. Caso no hubiere

quórum se convoca por este mismo medio para el día veintinueve de

junio del año dos mil doce, en la dirección y hora indicada; y se cele-

brará la Junta con cualquiere que sea el número de acciones presentes y

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395representadas. Para celebrar Junta Extraordinaria el quórum necesario

será de las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad. Caso

no hubiere quórum se convoca por este mismo medio para celebrar en

segunda convocatoria el día Veintinueve de junio del año dos mil doce,

en la misma dirección y hora; tendrán que estar presentes la mitad más

una de las acciones que componen el Capital Social.

Ninguna persona podrá representar más del 25% del total de las

acciones.

Santa Ana, 4 de Junio de 2012.

Lic. Sandra Eugenia Noyola de Alfaro,

Director - Secretario.

3 v. alt. No. C001883-1

CONVOCATORIA

ARTURO FRANCISCO GUZMAN TRIGUEROS, Presidente de la

Junta Directiva de la sociedad “BIENES Y RAICES VIROLEÑAS,

S.A. DE C.V.”, del domicilio de Zacatecoluca, Departamento de La

Paz, por este medio CONVOCA a todos los accionistas de la sociedad,

para que asistan a la celebración de JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS, la cual se realizará el VEINTIOCHO de JUNIO

del corriente año, a las DIEZ HORAS, en la siguiente dirección: Final

Avenida Sur, Barrio El Carmen, Zacatecoluca, Departamento de La Paz,

contiguo a Gasolina Poma. La agenda que se conocerá es la siguiente:

1. VERIFICACION DEL QUORUM.

2. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR.

3. CONOCER LA MEMORIA DE LABORES DE LA JUN-

TA DIRECTIVA, BALANCE GENERAL, ESTADO DE

RESULTADOS, ESTADO DE CAMBIO EN EL PATRI-

MONIO, INFORME DEL AUDITOR EXTERNO DEL

EJERCICIO DE DOS MIL ONCE.

4. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y DEL

AUDITOR FISCAL, PERIODO DE FUNCIONES Y EMO-

LUMENTOS.

5. ELECCION DE LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA DE LA

SOCIEDAD, PERIODO DE FUNCIONES Y EMOLU-

MENTOS.

6. APLICACION DE RESULTADOS.

7. CUALQUIER OTRO PUNTO QUE PROPONGAN LOS

ACCIONISTAS Y QUE SEA COMPETENCIA DE LA

JUNTA GENERAL ORDINARIA.

El quórum necesario para conocer en este tipo de Juntas en primera

convocatoria será la mitad más uno de las acciones que constituyen el

capital social, es decir, DIECISIETE MIL QUINIENTOS UNA ACCION

(17,501 acciones) y sus decisiones se tomarán por mayoría de votos

presentes.

Si por falta de quórum la Junta no pudiere celebrarse en la fecha

y hora indicadas, se convoca por segunda vez, a la misma hora, en el

mismo lugar, el VEINTINUEVE de JUNIO del corriente año; y en este

caso, la Junta General Ordinaria se considerará válidamente constituida,

cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones

se tomarán por mayoría de los votos presentes.

San Salvador, uno de junio de dos mil doce.- Enmendados:

VEINTIOCHO-VEINTINUEVE-Valen.

LIC. ARTURO FRANCISCO GUZMAN,

PRESIDENTE

BIENES Y RAICES VIROLEÑAS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F040712-1

SUBaSTa PUBlica

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promo-

vido por el Abogado JORGE ADALBERTO SALAZAR GRANDE, y

continuado por la Abogada MIRNA ELENA ALFARO RODRIGUEZ

como Apoderados del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA

FUERZA ARMADA, contra el señor ARMANDO DE JESUS ALFARO,

reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se

venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que se describe

a continuación: “un inmueble de naturaleza urbana, que según inscrip-

ción bajo el sistema de Folio Real Computarizado Matrícula Número M

CERO UNO MILLON TRESCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS

NOVENTA Y DOS Asiento CERO CERO CERO UNO del Registro

Social de Inmuebles del Departamento de San Salvador, ubicado en el

Proyecto URBANIZACION LIRIOS DEL NORTE IV ETAPA, PA-

SAJE TRECE; BLOCK TRECE, LOTE NUMERO VEINTINUEVE

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. del municipio de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, de

una superficie de SESENTA METROS CUADRADOS, y sus medidas

son: AL NORTE, cinco metros; AL ORIENTE doce metros; AL SUR,

cinco metros; y AL PONIENTE, doce metros”. El inmueble antes des-

crito se encuentra inscrito a nombre del demandado señor ARMANDO

DE JESUS ALFARO, a la Matrícula número SEIS CERO CERO SEIS

CERO CERO OCHO CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro.

Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las quince

horas con treinta minutos del día once de abril del año dos mil doce.-

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001907-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-

VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

por la Abogada ROCIO MARGARITA MARTINEZ DE CHACON,

de treinta y tres años de edad, de este domicilio, como Apoderada del

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA,

contra el señor JOSE EDUARDO PEREZ, reclamándole cumplimiento

de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderán en pública subasta

los inmuebles que se describen a continuación: “ambos de naturaleza

rústica, situados en CANTON ISCAQUILLO, jurisdicción de Atiquizaya,

Departamento de Ahuachapán que se describe así: PORCION NUMERO

UNO, inscrito bajo el Sistema de Folio Real Automatizado matrícula

número UNO CINCO CERO SIETE DOS NUEVE UNO SEIS-CERO

CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hi-

potecas del Departamento de Ahuachapán, de una extensión superficial

de CIENTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS, y se ubica casi al

centro del inmueble general y especialmente mide y linda: AL ORIEN-

TE: siete metros, lindando con resto del inmueble que se reserva para

sí el señor Alvaro Peñate conocido por Albaro Peñate cerco ajeno de

por medio. AL NORTE: dieciocho metros, con resto del inmueble de la

señora Carmen Arana de Peñate antes hoy de Hortensia Arana Peñate

y servidumbre de tránsito de por medio que más adelante se describe.

AL PONIENTE: siete metros lindando con resto que se reserva al señor

Alvaro Peñate, conocido por Albaro Peñate cerco nuevo propio que

levantara la señora Rosa Mirta Morena Pérez de Solís de por medio.

Y AL SUR: dieciocho metros con terreno de Andrea Solís Figueroa

antes hoy de Rafael Solís de donde se desmembró el que se describe

posteado propio en medio. PORCION NUMERO DOS. Inscrito bajo el

Sistema de Folio Real Automatizado matrícula número UNO CINCO

CERO SIETE SIETE DOS CINCO TRES-CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento

de Ahuachapán, de una extensión superficial de CIENTO VEINTISEIS

METROS CUADRADOS, la cual se describe así: localizada al centro

del inmueble general con las medidas y linderos especiales siguientes:

AL ORIENTE: siete metros cerco ajeno en línea recta con resto que se

reserva el señor Alvaro Peñate conocido por Albaro Peñate. AL NOR-

TE: dieciocho metros cerco propio en línea recta con resto que reserva

el señor Alvaro Peñate conocido por Albaro Peñate. AL PONIENTE:

siete metros cerco propio en línea recta con lo desmembrado y vendido

a Rosa Mirta Morena Pérez. Y AL SUR: dieciocho metros con terreno

de Andrés Solís Figueroa, posteado propio en medio. La porción antes

descrita goza de servidumbre de tránsito ya constituida y la cual consiste

en un callejón de un metro cincuenta centímetros de ancho que se inicia

al centro del inmueble general y se dirige por todo el rumbo Norte del

mismo hasta unirse a la calle de servidumbre que se menciona al rumbo

poniente del inmueble general. El gravamen que se constituye comprende

las mejoras presentes y futuras así como las construcciones, servicios

y demás anexos de los inmuebles gravados”. Los inmuebles antes

descritos se encuentran inscritos a nombre del demandado señor JOSE

EDUARDO PEREZ, a las Matrículas Números UNO CINCO CERO

SIETE DOS NUEVE UNO SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO y

UNO CINCO CERO SIETE SIETE DOS CINCO TRES - CERO CERO

CERO CERO CERO las dos del asiento número TRECE del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de Occidente,

Departamento de Ahuachapán.

Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas quince minutos del día treinta de marzo del año dos mil doce.-

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.

IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001908-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395LA INFRASCRITA JUEZA 1 PRIMERO DE MENOR CUANTIA,

LICENCIADA MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN,

de este Distrito judicial, al público en general.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido en

este Tribunal por el Doctor MANUEL CORDOVA CASTELLANOS, en

aquel entonces de cincuenta y ocho años de edad, Abogado y Notario, del

domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Documento

Único de Identidad número cero dos cero seis uno seis seis uno-nueve, en

su carácter de Apoderado General Judicial del señor ROLDAN ANTO-

NIO CASTILLO CAMPOS, en aquel entonces de cuarenta y dos años

de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, con Documento Único

de Identidad cero dos dos cinco cuatro ocho ocho seis-dos y con Número

de Identificación Tributaria cero seiscientos cuatro-trescientos mil tres-

cientos sesenta y cuatro-cero cero uno-cero; seguido por la Licenciada

MARTA MILEYDI CAMPOS, en aquel entonces de cuarenta y ocho

años de edad, Abogada, de este domicilio con Documento de Identidad

número cero uno siete nueve uno cero tres cuatro-siete y con Número

de Identificación Tributaria cero seiscientos cuatro-ciento cincuenta

mil ochocientos cincuenta y ocho-cero cero uno-ocho, en su carácter

de Heredera Testamentaria del causante señor ROLDAN ANTONIO

CASTILLO CAMPOS, continuado por la Licenciada ALMA YANIRA

MEZA OLIVARES, en aquel entonces de cuarenta y cuatro años de

edad, Abogada, del domicilio de Ilopango, de este Departamento, con

documento de Identidad número cero uno cuatro nueve siete tres uno

seis-ocho, en su carácter de Apoderada General Judicial de la Heredera

Testamentaria Licenciada MARTA MILEYDI CAMPOS; quien fue sus-

tituida por el Licenciado RENE MAURICIO CHIQUILLO CUELLAR,

en aquel entonces de cuarenta y ocho años de edad, Abogado, de este

domicilio con Documento Único de Identidad número cero dos ocho

seis tres dos nueve seis-cero, y con número de Identificación Tributaria

cero seiscientos catorce-cincuenta y un mil doscientos cincuenta y

ocho-cero cero cuatro-cuatro, en su carácter de Apoderado General

Judicial de la Heredera Testamentaria Licenciada MARTA MILEYDI

CAMPOS, contra el demandado ausente señor NELSON DURAN

PEREZ, en ese entonces de treinta y seis años de edad, Bachiller Co-

mercial, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero

seiscientos catorce-ciento sesenta y un mil ciento sesenta y nueve-ciento

dieciséis-cero, representado por su Curador Especial Licenciado RENE

ALBERTO MEDRANO, mayor de edad, Abogado, de este domicilio,

con Documento Único de Identidad número cero dos ocho cero cinco

seis seis nueve-tres y con número de Identificación Tributaria un mil

ciento cuatro-sesenta y un mil doscientos setenta-ciento uno-cero, SE

VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA EN ESTE TRIBUNAL, Y EN

FECHA QUE SERÁ SEÑALADA POSTERIORMENTE, el inmueble

que a continuación se describe: APARTAMENTO NUMERO VEINTI-

DOS DEL EDIFICIO E-TRES DEL CONDOMINIO HABITACIONAL

ALTOS DE AMERICA SUR-ORIENTE, ubicado dicho condominio en

la Colonia América de esta ciudad y Departamento y que se localiza así:

Partiendo de la Intersección de la Calle Doce de Octubre y la Carretera

a San Marcos, se mide sobre el eje de la segunda hacia el Sur, una dis-

tancia de ciento cuarenta y un metros setenta centímetros, en este punto

se hace una deflexión derecha de noventa grados y con una distancia de

diez metros se localiza el esquinero Sur-Este de dicho condominio. Este

Apartamento está ubicado en la segunda planta o piso del edificio, consta

de una superficie totalmente construida de treinta y dos punto cero cero

metros cuadrados, equivalentes a cuarenta y cinco punto setenta y ocho

varas cuadradas y una medida cúbica de setenta y seis punto ochenta

metros cúbicos. Su nivel de piso está ubicado en la elevación seiscientos

ochenta y nueve punto setenta metros, sobre el nivel medio del mar y

la descripción técnica de su perímetro se inicia de la siguiente manera:

Partiendo de la Intersección de los ejes de la Calle Doce de Octubre y

Calle a San Marcos de la Colonia América, se mide sobre el eje de la

última una distancia de ochenta y seis punto cero cero metros. En este

punto se encuentra la Intersección del eje de la Calle a San Marcos con

el eje de la Calle Arbizú abierta en el proyecto y midiendo sobre el eje

de esta última con rumbo Sur sesenta y tres grados cuarenta y uno punto

nueve minutos Oeste y una distancia de diecinueve punto setenta y siete

metros, en este punto se hace una deflexión izquierda de noventa grados

y una distancia de cinco punto diez metros, localizando así el nivel del

piso de la primera planta del edificio. A continuación se mide vertical-

mente hacia arriba una altura de dos punto sesenta metros, localizando

el nivel del piso y esquinero Nor-Oriente del inmueble que se describe

y cuyas medidas y linderos son los siguientes: LADO ORIENTE, tramo

recto de rumbo Sur veintiséis grados dieciocho punto un minuto Este y

una distancia de seis punto cuarenta metros, lindando con apartamento

número veintiuno del mismo edificio E-tres, pared medianera entre ambos;

LADO SUR, tramo recto de rumbo Sur sesenta y tres grados cuarenta y

uno punto nueve minutos Oeste y una distancia de cinco punto cero cero

metros, lindando con apartamento número doce del Edificio E-cinco,

espacio aéreo de franja de jardín de culata de tres punto cero cero metros

de ancho de por medio; LADO PONIENTE, tramo recto de rumbo Norte

veintiséis punto dieciocho punto un minutos Oeste y una distancia de seis

punto cuarenta metros lindando con apartamento número veintitrés del

edificio E-tres, pared medianera de por medio; y LADO NORTE, tramo

recto de rumbo Norte, sesenta y tres grados cuarenta y uno punto nueve

minutos Este y una distancia de cinco punto cero cero metros, lindando

con espacio aéreo de juegos Infantiles, espacio aéreo de la calle Arbizú

de por medio. Este inmueble también linda por el lado Inferior o piso con

apartamento número doce del mismo edificio E-tres, losa de concreto de

por medio y por el lado superior o cielo a dos punto cuarenta metros de

altura linda con el apartamento número treinta y dos del mismo edificio

E-tres, losa de concreto reforzada de por medio. Apartamento, pasajes,

zonas verdes, zona de retiro, colindantes mencionados, forman parte del

Condominio Altos de América Sur- Oriente y son propiedad de "López

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Guadrón Constructores, S.A. de C.V." y de "Constructora del Bosque,

S.A. de C.V. " El inmueble anteriormente descrito así como sus mejoras

presentes y futuras pertenecen al demandado ausente señor NELSON

DURAN PEREZ, según matrícula número M 01247374, Registro Social

de Inmuebles, trasladada al Sistema de Folio Real Automatizado Matrícula

M60024184-A0005 bajo el Asiento 1, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.

Se Admitirán posturas legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUAN-

TÍA: San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día veinticinco

de Abril de dos mil doce.- LICDA. MARIA MARGARITA REYES DE

MARROQUIN, JUEZA 1 PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- LIC.

JULIO ALBERTO CALDERON ALFARO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001910-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este tribunal

por la Licenciada THELMA ELIZABETH CASTELLON ORTEGA,

continuado por la Licenciada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ,

como Apoderada del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA,

Institución Bancaria del domicilio de San Salvador, con número de Iden-

tificación Tributaria cero seiscientos catorce - trescientos diez mil ciento

cincuenta y cinco - cero cero uno - seis, contra el señor SALVADOR

GEOVANNI MARTINEZ CASTRO, mayor de edad, Comerciante y de

este domicilio, con número de Identificación Tributaria cero doscientos

diez - ciento once mil doscientos setenta y dos - ciento dos - siete; re-

clamándole cantidad de dinero, se venderá en este Tribunal en pública

subasta Un lote de naturaleza Urbana, situado en el Kilómetro Setenta

y uno, carretera a Candelaria de la Frontera, Cantón Comecayo, de esta

jurisdicción, de la Urbanización “CIUDAD PARAISO”, marcado como

Lote Número TREINTA-A, Polígono DOS, inscrito bajo el número

de Matrícula VEINTE MILLONES NUEVE MIL NOVECIENTOS

SETENTA Y CUATRO - CERO CERO CERO CERO CERO; con una

extensión superficial de OCHENTA Y SEIS PUNTO VEINTISIETE

METROS CUADRADOS, con las medidas lineales siguientes: AL

NORTE: Dos tramos así: El primero de uno punto treinta y tres metros,

y el Segundo de siete punto noventa y cuatro metros; AL SUR: Nueve

punto ochenta y tres metros; AL ORIENTE: Cinco tramos así: El primero

de dos punto treinta y un metros, el segundo de cero punto setenta y

cinco metros, el tercero de siete punto veintiséis metros, el cuarto de uno

punto cero dos metros, y el quinto de tres punto noventa y siete metros;

y al PONIENTE, Dieciocho punto setenta y un metros; Inscrito a favor

del señor SALVADOR GEOVANNI MARTINEZ CASTRO; lo que se

pone del conocimiento del público para los efectos de ley.

Juzgado Primero de lo Civil, Santa Ana, a las catorce horas cuarenta

minutos del día nueve de Marzo del año dos mil doce. LIC. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040618-1

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado

con el número 91-EM-08, promovido por la Licenciada CECIBEL DEL

CARMEN MEJIA MUÑOZ, y actualmente continuado por el Licenciado

BENJAMIN BALTAZAR BLANCO HERNANDEZ, ambos actuando

en su calidad de Apoderados Generales Judiciales de SCOTIABANK

EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor MARVIN

EDGARDO CHOTO MARTINEZ; se venderá en Pública subasta, en

este Tribunal en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble

que a continuación se localiza y describe así: El complejo Villamariona,

Jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador. Un lote

de terreno urbano y construcciones de mixto que contiene, marcado con

el número DOSCIENTOS SEIS, CONDOMINIO "F", complejo VILLA-

MARIONA, en jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departamento.

El apartamiento está sujeto a la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos

y Apartamientos y se localiza, mide y linda: APARTAMIENTO o lote

número DOSCIENTOS SEIS, tiene un área de CINCUENTA METROS

CUADRADOS CUARENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRA-

DOS equivalentes a SETENTA Y DOS VARAS CUADRADAS VEIN-

TICUATRO CENTESIMAS DE VARA CAUDRADA y se describe así:

Partiendo de la intersección del eje de la entrada principal al Condominio

"F" y el eje de la senda número dos del mismo Condominio, se mide este

último eje, con rumbo Sur cincuenta y cuatro grados cuarenta minutos

Este una distancia de veintiún metros sesenta y cuatro centímetros, de

este punto con deflexión derecha de noventa grados, se mide una distancia

de un metro y se llega al vértice Nor-Este, del lote que se describe así:

AL ESTE: Línea recta con rumbo Sur ocho grados cincuenta minutos

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Oeste y una distancia de seis metros cincuenta centímetros, lindando con

la parcela número doscientos ocho del mismo condominio; AL SUR:

compuesto de tres tramos así: el primero, línea recta con rumbo Norte

ochenta y un grados diez minutos Oeste y una distancia de dos metros

setenta centímetros; el segundo, línea recta con rumbo Sur ocho grados

cincuenta minutos Oeste y una distancia de tres metros, y el tercero línea

recta con rumbo Norte ochenta y un grados diez minutos Oeste y una

distancia de dos metros setenta centímetros, lindando con parcela número

cuatrocientos cinco del mismo condominio; AL ESTE: línea recta con

rumbo Norte ocho grados cincuenta minutos Este y una distancia de doce

metros veinte centímetros, lindando con parcelas números: doscientos

cuatro y doscientos tres del mismo condominio; y, AL NORTE: línea

recta con rumbo Sur cincuenta y cuatro grados cuarenta minutos Este

y distancia de seis metros cuatro centímetros, lindando con la parcela

número doscientos cinco del mismo condominio, con senda número dos

de por medio, de dos metros de ancho. Todas las parcelas mencionadas

son parte del inmueble general de propiedad de Co-Urban, S.A. DE

C.V. Este lote contiene una vivienda construida que se localiza así: del

esquinero Nor Este del lote, parte una construcción cuya descripción es

la siguiente: AL ESTE: con rumbo Sur ocho grados cincuenta minutos

Oeste se mide una distancia de seis metros cincuenta centímetros sobre

el eje de una pared que es comunera con la vivienda número doscientos

ocho; AL SUR: Con rumbo Norte ochenta y un grados diez minutos Oeste

se mide una distancia de cinco metros cuarenta centímetros sobre el eje de

una pared que es comunera con la vivienda número cuatrocientos cinco,

AL OESTE: con rumbo Norte ocho grados cincuenta minutos Este, se

mide una distancia de seis metros cincuenta centímetros sobre el eje de

una pared que es comunera con las viviendas números cuatrocientos tres

y doscientos cuatro; AL NORTE: con rumbo sur ochenta y un grados

diez minutos este, se mide una distancia de cinco metros cuarenta cen-

tímetros sobre el eje de una pared que es de su propiedad, a excepción

de las paredes comuneras, toda la construcción y lote mencionados, son

propiedad privativa, la construcción así descrita tiene una altura de dos

metros cuarenta centímetros en la parte posterior y dos metros sesenta

centímetros en la parte frontal o sea el costado Norte, por lo que su área de

construcción es de TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS DIEZ

DECIMETROS CUADRADOS y su medida cúbica es de OCHENTA

Y SIETE METROS CUBICOS SETENTA Y CINCO DECIMETROS

CUBICOS, así mismo en su parte posterior o sea al costado Sur, existe un

patio tendedero dividido del patio tendedero de la vivienda cuatrocientos

cinco, por medio de un cerco de malla ciclone y tubos de hierro, el cual

es comunero para ambas viviendas. Inscrito a favor del señor MARVIN

EDGARDO CHOTO MARTINEZ, a la matrícula número SEIS CERO

CERO UNO CINCO SIETE CINCO DOS-A CERO CERO TRES SEIS,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día veintitrés de

abril de dos mil doce.- LIC. ANA MARÍA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL.- LIC. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040673-1

rEPoSicioN DE cErificaDoS

AVISO

BIENES Y SERVICIOS, S.A. EN LIQUIDACIÓN.

AVISA: Que en las oficinas de la sociedad se ha presentado parte

interesada manifestando que ha extraviado el certificado de acciones No.

4648 que ampara 500 acciones de la misma sociedad, de plazo inde-

terminado, lo que se hace del conocimiento del público para efectos de

reposición del certificado relacionado, de conformidad con los artículos

486 y 932 del Código de Comercio.

En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación

del presente aviso, a sociedad Bienes y Servicios, S.A., en liquidación

no reciba oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del

Certificado arriba mencionado.

San Salvador 1 de junio de 2012.

MORALES Y MORALES ASOCIADOS

LIQUIDADORES

RICARDO A. MORALES CARDOZA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. C001886-1

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. PaTENTE DE iNVENcioN

No. de Expediente 2011004058

No. de Presentación: 20110012122

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de SANOFI, del domicilio de 174 AVE-

NUE DE FRANCE FR - 75013, PARIS, FRANCIA, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE

INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT No.

PCT/FR2010/050915 denominada ANTICUERPOS HUMANIZADOS

ESPECIFICOS DE LA FORMA PROTOFIBRILAR DEL PEPTIDO

BETA-AMILOIDE, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación

Internacional A61K 39/395, A61P 25/28, C07K 16/18, G01N 33/68, y

con prioridad de la solicitud FRANCESA No. 0953133, de fecha doce

de mayo del año dos mil nueve.

Se refiere a: LA PRESENTE INVENCIÓN SE REFIERE A

ANTICUERPOS HUMANIZADOS ESPECÍFICOS DE LA FORMA

PROTOFIBRILAR DEL PÉPTIDO BETA-AMILOIDE. ASÍ COMO

LA UTILIZACIÓN DE ESTOS ANTICUERPOS EN EL ÁMBITO DE

LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER. La solicitud fue presentada

internacionalmente el día once de mayo del año dos mil diez.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los doce días del mes de

marzo del año dos mil doce.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

1 v. No. C001894

EDicTo DE EMPlaZaMiENTo

LA INFRASCRITA JUEZ DE FAMILIA SUPLENTE DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, LICENCIADA MAURA YANETT MORAN

CASTANEDA.

HACE SABER: Que el Licenciado MANUEL DE JESUS RIVAS

CARDOZA, ha presentado a este Tribunal la demanda de DIVOR-

CIO como apoderado especial de la señora MARIA CONCEPCION

LANDAVERDE DE BARDALES conocida por MARIA CONCEP-

CION LANDAVERDE QUEZADA, de treinta y nueve años de edad,

empleada, del domicilio de Columbia, Estado de Maryland, Estados Uni-

dos de América, en contra del señor JOSE ARMANDO BARDALES, de

cuarenta y seis años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de San

Francisco Menéndez, y siendo su última residencia en Cantón El Corozo,

frente a la Iglesia El Jordán, San Francisco Menéndez de Ahuachapán,

y actualmente de paradero ignorado, invocando el motivo segundo del

artículo 106 del Código de Familia, es decir por la separación de los

cónyuges durante uno o más años consecutivos, habiéndose admitido

dicha demanda a las diez horas del día veintinueve de mayo del presente

año, por lo que SE EMPLAZA POR MEDIO DE ESTE EDICTO AL

SEÑOR JOSE ARMANDO BARDALES, para que dentro del plazo

de QUINCE DIAS después de la última publicación de este edicto, se

presente a este Tribunal a ejercer sus derechos como tal, bajo prevención

de asignarle a la Procuradora de Familia adscrita a este Tribunal para que

la represente, si no lo hiciere como antes se establece, de conformidad

al artículo 34 incisos 4o. y 5o. de la Ley Procesal de Familia. Lo que se

hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Familia, Ahuachapán, a las doce horas

del día veintinueve de mayo de dos mil doce.- LIC. MAURA YANETT

MORAN CASTANEDA, JUEZ DE FAMILIA SUPLENTE.- LIC.

CARLOS OVIDIO LUNA MARTINEZ, SECRETARIO.

1 v. No. C001902

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil, marcado con el No. de Referencia 391-PEM-2011, promovido en este tribunal por la Licenciada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, quien es mayor de edad, Abogada y Notaria, del domicilio de la ciudad de San Salvador, con Carné de Abogada Número cinco mil seiscientos setenta y cinco; y Número de Identificación Tributaria cero ciento once-veinticinco cero seis sesenta y seis-ciento uno-cero, actuando como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, Institución Bancaria, del domicilio de la Ciudad de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-trescientos diez mil ciento cincuenta y cinco-cero cero uno-seis, en contra de la señora JUDITH CLAUDINA HENRIQUEZ LOPEZ, aproximadamente de veinticinco años de edad, panificadora, del domicilio de la ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones quinientos cuarenta y dos mil ochocientos noventa y tres-cero; y Número de Identificación Tributaria cero ochocientos dieciséis-doscientos once mil ciento setenta y siete-ciento uno-tres, por este medio se NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA, a la demandada señora JUDITH CLAUDINA HENRIQUEZ LOPEZ, en virtud de no haber sido encontrada en el lugar señalado por la parte actora para su realización, no obstante haberse realizado las diligencias pertinentes para dar con su paradero, por ignorarlo la parte actora, se procede a darle cumplimiento a lo que ordena el Art. 186 CPCM, en el presente proceso que se le reclama una obligación de pago por la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS NUEVE DOLARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, en base a un Préstamo Mercantil, suscrito por la referida señora HENRIQUEZ LOPEZ, a favor del referido BANCO AGRICOLA, S. A., en la ciudad de San Salvador, de este Departamento, a las diez horas con cuarenta minutos del día catorce de julio del año dos mil tres. Así mismo, conforme lo establece el Art. 182 No. 4, del CPCM, SE LE HACE SABER QUE: 1) Art. 462 CPCM. "La notificación del decreto de embargo equivale al emplazamiento para que el deudor comparezca a estar a derecho y pueda contestar la demanda en el plazo de diez días. Al hacerlo, podrá formular su oposición por los motivos señalados en el título primero del libro Tercero de dicho Código." Por lo que tiene DIEZ DIAS HABILES, contados a partir del siguiente del presente acto de comunicación procesal para contestar. 2) Que deberá comparecer con Apoderado General Judicial o Procurador de la República, conforme al Art. 68 CPCM. 3) Que en caso de no comparecer el plazo y formas previstas por la ley, el proceso incoado continuará sin su presencia; y se dictará sentencia sin más trámite, de conformidad a lo previsto en el Art. 465 Código Procesal Civil y Mercantil. 4) Se previene a la parte demandada que dentro del mismo plazo de DIEZ DIAS, proporcione dirección para oír notificaciones dentro de la circunscripción territorial de esta sede judicial, por lo que se le advierte que en caso de no evacuarla, se le notificará de conformidad al Art. 171 CPCM.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las nueve horas y diez minutos del día diecisiete de abril del año dos mil doce.- LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F040619

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: A los señores RAUL ERNESTO MARTINEZ y NORMA IDALIA MARTINEZ, de generales y documentación desconocida, con último domicilio en esta ciudad, ahora de domicilio ignorado, se les hace saber que en este Tribunal se ha iniciado Proceso Ejecutivo, promovido por el Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima, marcado con el # 146/proceso ejecutivo/12(1), por medio de su apoderado Licenciado José Mario Valdivieso Berdugo, con telefax # 2275-9607 y 2257-2758.

Indicándole a los señores RAUL ERNESTO MARTINEZ y NORMA IDALIA MARTINEZ, que tienen el plazo de DIEZ DIAS, para contestar la demanda, apercibiéndoles que de no presentarse a este Tribunal, se continuará el proceso sin su presencia. La parte demandante ha presentado poder con que acredita su personería expedida ante los oficios notariales de la Licenciada Any Cristy Argumedo Campos, el día catorce de diciembre del dos mil once, documento privado autenticado de mutuo, y Primera Hipoteca Abierta. El presente emplazamiento se ordena por edicto de conformidad al Art. 186 relacionado con el Art. 182 establecido en el CPCM y deberá publicarse en el Tablero de este Tribunal, por una sola vez en el Diario Oficial y por tres veces en un periódico de circulación diaria y nacional.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas treinta minutos del día nueve de mayo del dos mil doce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F040696

MarcaS DE SErVicio

No. de Expediente: 2011113925

No. de Presentación: 20110159534

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERADO

de FERTILIZANTES DEL PACIFICO, SOCIEDAD ANONIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

fErTi-caÑa

Consistente en: las palabras FERTI-CAÑA, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE AGRICULTURA; HORTICULTURA

Y SILVICULTURA. Clase: 44.

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. La solicitud fue presentada el día diez de noviembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de noviembre del año dos mil once.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001887-1

No. de Expediente: 2012115384

No. de Presentación: 20120162642

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HUMBERTO

GERARDO LARA ALAS, en su calidad de APODERADO de PIMI,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras PIMI CHEF y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS PUBLICITARIOS A ESTUDIANTES

DE ARTES CULINARIAS, OFERTAS PARA ESTUDIANTES DE

PASTELERIA Y PUBLICITAR UNA TARJETA DE BENEFICIOS

PARA ESTUDIANTES DE GASTRONOMIA DE LAS DISTINTAS

ESCUELAS DEL PAIS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001896-1

No. de Expediente: 2012117122

No. de Presentación: 20120166211

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Almacenadora y dise-

ño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIE-

ROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS.

Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040679-1

DIARIO

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012117125

No. de Presentación: 20120166214

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Vida y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040680-1

No. de Expediente: 2012117128

No. de Presentación: 20120166217

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Valores y diseño, que servirá para: AMPARAR: SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS, NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040681-1

No. de Expediente: 2012117121

No. de Presentación: 20120166210

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras DAVIVIENDA ALMACENADORA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040682-1

DIARIO

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2012117121

No. de Presentación: 20120166216

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la expresión DAVIVIENDA Valores y diseño, que

servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS

COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS

DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040683-1

No. de Expediente: 2012117124

No de Presentación: 20120166213

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ILEANA

LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de Banco Davivienda S.A., de nacionalidad COLOMBIANA solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras DAVIVIENDA VIDA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040694-1

Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012118521

No. de Presentación: 20120168600

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE AR-MANDO SALAZAR MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra Marle, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCE-DANEOS DEL CAFE, HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y DE CONFI-TERIA, HELADOS, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIES, HIELO. Clase: 30.

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001881-1

No. de Expediente: 2012115382

No. de Presentación 20120162640

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HUMBERTO GERARDO LARA ALAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PIMI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras PIMI CHEF y diseño, que servirá para: AMPARAR: FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS Y COMPOTAS; LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de enero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001897-1

No. de Expediente: 2012118501

No. de Presentación: 20120168543

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SANDRA MABEL ACOSTA MONRROY, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras Patatas Belgas y diseño, que servirá para: AMPARAR PAPAS FRITAS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040689-1

No. de Expediente: 2012117380

No. de Presentación: 20120166644

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de PUMA ENERGY INTERNATIONAL S.A., de nacionalidad BAHAMENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

DirSol

Consistente en: la palabra DIRSOL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA CIENCIA Y

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. LA FOTOGRAFIA, ASI COMO PARA LA AGRICULTURA, LA HOR-

TICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS ARTIFICIALES

EN BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN BRUTO; ABONOS PARA

EL SUELO; COMPOSICIONES EXTINTORAS; PREPARACIONES

PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES; PRODUCTOS QUIMICOS

PARA CONSERVAR ALIMENTOS; MATERIAS CURTIENTES;

ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA INDUSTRIA, EXANO,

COMPOSICIONES PARA REPARAR NEUMATICOS Y SOLVEN-

TES. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040698-1

No. de Expediente: 2012117777

No. de Presentación: 20120167311

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de

GLOBAL FARMA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO.

loDal

Consistente en: la palabra LODAL, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTO FARMACEUTICOS CONSISTENTE EN: UN MEDI-

CAMENTO A BASE DE ROSUVASTATINA, PARA REDUCIR EL

COLESTEROL. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040699-1

No. de Expediente: 2011114037

No. de Presentación: 20110159708

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad do APODERADO de FE-LIPE GOMEZ FAJARDO, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

GraNViTa

PUffY'S

Consistente en: las palabras GRANVITA PUFFY'S, que servirá para: AMPARAR: CEREAL DE TRIGO INFLADO SABOR A VAI-NILLA, CEREAL DE TRIGO INFLADO SABOR A CHOCOLATE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040700-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

de seGunda publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

MAURA CONCEPCION DIAZ PORTILLO DE VALENZUELA, Nota-

rio, de este domicilio, con oficina en Colonia Yumuri, Calle Guantánamo,

Número 27- "L", Ciudad, Al público para efectos legales,

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrito Notaria, pronun-

ciada a la nueve horas del día Dos de mayo de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de las

señoras IVANIA MARGARITA GUERRA DE MORENO, Conocida

por IVANIA MARGARITA GUERRA Y GUERRA, antes DE MURGA

y LILY WEIDLICH quien también se identifica como LILIA ALICIA

EUGENIA GUERRA GUERRA antes DE BROSSA, representada en

este acto por el Doctor MIGUEL ALFREDO MARTINEZ MORENO,

conocido por ALFREDO MARTINEZ MORENO, de generales conocidas

en las presentes Diligencias, LA HERENCIA TESTAMENTARIA, dejada

a su Defunción por la señora JUANA ANTONIA GUERRA VIUDA DE

GUERRA, Conocida por JUANA GUERRA VIUDA DE GUERRA y

por JUANA GUERRA DE GUERRA, quien falleció en la ciudad de San

Salvador, a las cinco horas con veinte minutos del día dieciséis de marzo

de mil novecientos ochenta y cuatro, su último domicilio, en concepto

de herederas testamentarias de la causante; habiéndose conferido a las

aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión

con las facultades y restricciones de ley.

Lo que avisa al público en general, para los efectos de hacer valer

sus derechos, si los hubiere.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los Catorce días del mes

de Mayo de dos mil doce.

DOCTORA MAURA CONCEPCION DIAZ PORTILLO DE

VALENZUELA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C001806-2

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con quince

minutos del día veintidós de febrero del dos mil doce, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

quien falleció a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día tres

de mayo del dos mil once, en el Hospital Médico Quirúrgico del Instituto

Salvadoreño del Seguro Social, siendo su último domicilio Mejicanos,

de parte de la señora ROSAURA ELIZABETH SANTOS VIUDA DE

ARRIAZA, y a los menores ANGEL EDUARDO y DIEGO ALBERTO

ambos de apellidos ARRIAZA SANTOS, en sus conceptos de cónyuge

sobreviviente e hijos del causante.

Confiéresele a los aceptantes en el carácter antes indicado, la ad-

ministración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA A: Los que se crean con derecho a la referida herencia a

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados

a partir de la publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas

con quince minutos del día veintidós de febrero del dos mil doce. LIC.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SERETARIA.

3 v. alt. No. C001812-2

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

a las nueve horas treinta y cuatro minutos del día dieciséis de abril de

dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día

tres de Julio de dos mil seis en la ciudad de Soyapango, departamento de

San Salvador, la causante señora FULGENCIA BONILLA GONZÁLEZ

conocida por FULGENCIA BONILLA y FULGENCIA BONILLA DE

HERNÁNDEZ, siendo su último domicilio esa misma ciudad, de parte

de la señora JOSEFA HERNÁNDEZ BONILLA o JOSEFA HERNÁN-

DEZ, en su calidad de hija sobreviviente de la de cujus y cesionaria de

los derechos hereditarios que le correspondían como hijas de la de cujus

a las señoras Veda del Carmen Hernández Bonilla o Veda del Carmen

Hernández, Donata Hernández Bonilla o Donata Hernández.

Y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las ocho horas

cuarenta y dos minutos del día dieciocho de mayo de dos mil doce.- LIC.

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL.

Por: LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. C001824-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cinco

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi-

cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JOSE ISRAEL

BENAVIDES, conocido por JOSE ISRAEL BENAVIDEZ, quien falleció

el día quince de Mayo de dos mil uno, en el Hospital Zacamil, de la

ciudad de San Salvador, siendo el Cantón Agua Fría, Jurisdicción de

San Alejo, Distrito y Departamento de La Unión su último domicilio, de

parte de la señora MAXIMA FUENTES DE BENAVIDES, conocida por

MAXIMA FUENTES o MAXIMA FUENTEZ, en calidad de cónyuge

del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del mes

de marzo de dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001828-2

ARTURO DERMIDIO GUZMAN MATA, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con bene-

ficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor, CRISTINO

CRUZ, conocido por CRISTINO CRUZ VENTURA, quien falleció

el día veintiocho de Febrero de mil novecientos noventa y tres, en el

Cantón El Pilón, Jurisdicción de Conchagua, Distrito y Departamento

de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora

MARIA VETTY VENTURA CRUZ, en calidad de hija del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del

mes de mayo de dos mil doce. LIC. ARTURO DERMIDIO GUZMAN

MATA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001829-2

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las

diez horas y cuarenta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil doce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada dejada a su defunción por el señor FRANCISCO

ALAS, quien fue de ochenta y dos años de edad, de este domicilio,

Viudo, Jornalero, fallecido el día cinco de octubre de mil novecientos

setenta y ocho, en el Cantón Tacachico de esta Jurisdicción, siendo

Quezaltepeque su último domicilio, de parte del señor JOSE ENRIQUE

ALAS MIRANDA, NIT cero seis cero uno-dos cuatro cero siete cuatro

cinco-cero cero uno-tres, en la calidad de hijo sobreviviente del causante,

a quien se le ha conferido la administración y representación INTERINA,

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez

horas y cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo de dos mil

doce. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL. LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F040237-2

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a

las ocho horas treinta minutos del día uno de febrero del año dos mil doce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día veinticuatro de

mayo del año dos mil once en la Ciudad de Soyapango dejó el causante

ALEX BALMORE MAJANO CLAROS siendo su último domicilio el de

esta misma ciudad, de parte de la señora ALICIA ELIZABETH CLAROS

VASQUEZ en su calidad de cesionaria de Derechos Hereditarios que

le correspondían al señor ALEX VALMORE MAJANO ORELLANA

conocido por ALEX BALMORE MAJANO ORELLANA en su calidad

de padre del causante.

Y se le ha Conferido a la aceptante la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango: San Salvador, a

las ocho horas treinta y tres minutos del día uno de febrero del año dos

mil doce. LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ

DE LO CIVIL. LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040238-2

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta y nueve

minutos del día veintiocho de septiembre del año dos mil nueve, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia

Intestada que a su defunción dejara la señora DELIA RUIZ DE FUNEZ

conocida por TRANCITO DELIA RUIZ, TRANCITO DELIA RUIZ

DE FUNES y por DELIA RUIZ; quien fue de cincuenta años de edad,

casada, quien falleció el día cinco de mayo de mil novecientos ochenta

y uno, de nacionalidad salvadoreña, siendo Cuscatancingo, el lugar de

su último domicilio, de parte del señor, JESUS RIGOBERTO FUNES,

a quien se le tiene por parte en su calidad de cónyuge de la causante

y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a

los señores GUILLERMO ELEAZAR FUNES RUIZ, ALBA DELIA

FUNEZ RUIZ DE CORDOVA y RIGOBERTO AMERICO FUNES

RUIZ, en su calidad de hijos de la causante quien es representado por

la Licenciada ROSARIO DEL CARMEN HERRERA BAIRES en

su calidad de apoderada general judicial confiriéndole al aceptante la

administración y representación INTERINA DE LA SUCESION, con

las facultades y restricciones de la Herencia Yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las nueve horas

y quince minutos del día veinticuatro de Abril del año dos mil doce.

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA

DE LO CIVIL DE DELGADO. LICDO. JORGE ROBERTO BURGOS

GONZALES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040261-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta y cinco

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio

de inventario la herencia intestada que dejó la señora TIMOTEA REYES

GOMEZ VIUDA DE VIERA conocida por MARIA TIMOTEA REYES

GOMEZ VIUDA DE VIERA o TIMOTEA REYES,quien falleció el día

veintinueve de agosto de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón

Ojustillo, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, siendo

ese lugar su último domicilio, de parte de los señores LUIS ALBERTO

VIERA REYES, ISABEL VIERA REYES y FREDIS VIERA REYES,

en calidad de hijos de la causante. Confiriéndoles a dichos aceptantes,

en el carácter indicado, la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta días del

mes de abril del dos mil doce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040265-2

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este

día, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inven-

tario, en la herencia intestada que dejó la señora, FELICITAS ELISA

AYALA, conocida por FELICITA ELISA AYALA, al fallecer el día

seis de septiembre del año mil novecientos setenta y seis, en el Barrio

La Parroquia de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de

parte del señor CARLOS FERMIN AYALA, en calidad de hijo de la

causante; confiriendosele la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera

publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, los die-

ciocho días del mes de mayo del dos mil doce. LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040329-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las ocho

horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario de parte de la señora ROSA DEL

CARMEN PINEDA o ROSA DEL CARMEN PINEDA DE SANCHEZ

o ROSA DEL CARMEN PINEDA VIUDA DE SANCHEZ, en calidad

de madre del causante, de la herencia intestada dejada a su defunción por

el señor BALTAZAR ANTONIO SANCHEZ PINEDA, quien falleció a

las cinco horas y quince minutos del día trece de diciembre del año dos

mil ocho, en el Cantón Agua Escondida, de esta jurisdicción, siendo la

ciudad de San Juan Opico su último domicilio. Confiérese a la aceptante

en el concepto indicado la administración y representación interina de

la referida sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión para

que se presenten a deducirla a este Juzgado dentro de los quince días

subsiguientes a la última publicación del edicto respectivo. Publíquense

y fíjense los edictos ordenados por la ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

ocho horas y cuarenta minutos del día once de mayo de dos mil doce.

LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F040334-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

nueve horas del día doce de abril del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia TESTAMEN-

TARIA dejada por el causante ANTONIO ZEPEDA LANDAVERDE

quien fue de setenta y nueve años de edad, agricultor, fallecido el día

seis de noviembre de dos mil uno, siendo Metapán su último domicilio;

de parte de los señores MAURICIO ZEPEDA MARTINEZ, GRA-

CIELA ZEPEDA DE PEREZ conocida por GRACIELA ZEPEDA

MARTINEZ, LIDIA ZEPEDA DE MEZQUITA conocida por LIDIA

ZEPEDA MARTINEZ, y LUZ ZEPEDA DE MEJIA conocida por LUZ

ZEPEDA MARTINEZ en concepto de herederos testamentarios del

referido causante. En consecuencia, se les confiere a dichos aceptantes

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a las personas que crean tener derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas y

veinte minutos del día veintiuno de mayo del año dos mil doce. LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE

CARLOS HERNANDEZ MADRID, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040367-2

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince

horas del día once de mayo del corriente año; se tuvo por aceptada

expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

al fallecer a las diecisiete horas del día veinticuatro de junio del año dos

mil diez, siendo su último domicilio la Villa de Lislique, departamento

de La Unión, dejara la causante Fermina Matamoros de Ruiz conocida

por Fermina Matamoros Blanco y por Fermina Matamoros, a favor del

señor Juan Pablo Ruiz, en concepto cónyuge sobreviviente y además

como Cesionario del derecho hereditario que en la referida sucesión

le correspondía al señor Miguel Ángel Ruiz Matamoros, como hijo

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con lo

establecido en los Arts. 988 N° 1° y el 1699 del Código Civil. En conse-

cuencia, se le confirió al aceptante, en el carácter dicho, la administración

y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil

doce. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040376-2

HErENcia YacENTE

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

once horas del día quince de marzo del corriente año; se declaró yacente

la herencia del causante señor GERARDO GRANADOS Y GRANADOS,

fallecido a la una hora del día veintiuno de diciembre de dos mil once,

en el Centro Médico Usuluteco, siendo la ciudad de El Tránsito, de

este Distrito, Departamento de San Miguel su último domicilio; y en

vista de haber transcurrido más de quince días de abierta la sucesión

del causante antes expresado, nómbrase curador de la herencia yacente

a la Licenciada Ruth Elizabeth Medrano de Cisneros, a quien se le hará

saber este nombramiento para su aceptación, juramentación, protesta y

demás efectos de ley.- Publíquense los edictos correspondientes.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, Chinameca, a las

once horas con quince minutos del día quince de marzo de dos mil

doce. LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040297-2

ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las quince horas y veintiséis minutos del día doce de abril del presente año, se ha declarado la YACENCIA DE LA HERENCIA intestada, dejada por la causante señora SEBASTIANA REYES DE MONTIEL, a su defunción ocurrida el día veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y siete, en el Hospital Nacional de Maternidad; siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio; en las diligencias iniciadas por el Licenciado EFRAÍN RIVAS PALACIOS, en su carácter de Apode-

rado General Judicial del señor ARMANDO ROMERO conocido por ARMANDO ROMERO CASTAÑO y se ha nombrado a la Licenciada ROSARIO DEL CARMEN HERRERA BAIRES como CURADORA QUE REPRESENTE LA SUCESIÓN. Se advierte que si algún interesado se presenta aceptando la herencia en el término de quince días después de publicado en días hábiles el presente edicto, tanto la Yacencia de la herencia como el nombramiento de curador quedarán sin efecto, todo de conformidad a lo establecido en los Arts. 481, 482, 486, 1162 y 1163, 1164; todos del Código Civil.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las quince horas y cuarenta minutos del día doce de abril de dos mil doce. LICDA. ANA CECILIA SURIA DELGADO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. EDA LISSETH MEJIA MONTERROSA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F040381-2

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE POLOROS.- Al público,

HACE SABER: Que a esta oficina se presentó por sí y por escrito el Licenciado JOSE ANIBAL SANCHEZ RAMIREZ, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, quien se Identifica con su Documento Único de Identidad Número cero cero cero cincuenta y un mil setecientos cuarenta y cinco guión cinco, como apoderado General Judicial del señor JUAN DE DIOS FUENTES GARCIA, de cuarenta y cuatro años de edad, Agri-cultor, del domicilio de Polorós, con residencia en Barrio El Calvario, Polorós, con Documento Único de Identidad Número cero tres millones quinientos catorce mil ciento uno guión nueve. Solicitando se le extienda Título de Propiedad y Dominio a favor de este último de un solar de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Calvario de esta Villa, Distrito y Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de dos mil quinientos cincuenta y tres metros cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, cuarenta y tres metros colinda con propiedad del solicitante o sea, Juan de Dios Fuentes García, cerco de alambre propio de por medio; AL NORTE, treinta y tres metros, colinda con la señora Santana Oliva, cerco de alambre propio de la colindante de por medio. AL PONIENTE, sesenta y ocho metros, colinda con propiedad de Leoncio Romero, y AL SUR, Cincuenta y nueve metros, colinda con propiedad de don Federico García, calle pública de por medio. En este inmueble existe construida una casa de sistema mixto con su respectivo servicio y accesorios, no tiene cultivos permanentes. Dicho inmueble no es dominante ni recae sobre él derecho o carga real, ni existe persona alguna y fue adquirido por compra informal hecha a la señora Ascensión García viuda de Fuentes, ya fallecida, y está valorado en veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de Norte América, y para los efectos de Ley consiguientes al público SE AVISA.-

Alcaldía Municipal de Polorós, a los catorce días del mes de mayo de dos mil doce. AMERTO ROMERO RIOS, ALCALDE MUNICIPAL. NANCY JEANNETTE GUEVARA LEMUS, SECRETARIA MUNI-CIPAL.

3 v. alt. No. F040371-2

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. rENoVacioN DE MarcaS

No. de Expediente: 2001018037

No. de Presentación: 20120165807

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MAR-

CELA EUGENIA MANCIA DADA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Carvajal S.A., del domicilio de Calle

29 Norte No. 6A-40, Cali, Colombia, de nacionalidad COLOMBIANA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00116 del Libro

00161 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en el diseño de

una letra C, la cual está formada por tres bordes curvos de color negro,

en el centro se encuentra un cuadrado inclinado de color blanco, en el

extremo derecho hay un espacio diminuto que impide la unión de los

puntos. En esa posición se forma un pequeño triángulo de color blanco

imaginario; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

09 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001788-2

No. de Expediente: 2001018036

No. de Presentación: 20120165899

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

Carvajal S.A., del domicilio de Calle 29 Norte No. 6a-40, Cali, Colom-

bia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00020 del Libro 00162 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en el diseño de una letra "C", la cual está

formada por tres bordes curvos de color negro, en el centro se encuentran

un cuadrado inclinado de color blanco, en el extremo derecho hay un

espacio diminuto que impide la unión de los puntos. En esa posición se

forma un pequeño triángulo de color blanco imaginario.; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de abril del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001790-2

No. de Expediente: 2001017441

No. de Presentación: 20120165805

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MAR-

CELA EUGENIA MANCIA DADA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Carvajal S.A., del domicilio de Cali,

República de Colombia, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00025 del Libro 00153

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DIGILA-

SER escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 16 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los doce días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001791-2

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001020572

No. de Presentación: 20120166072

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MARKATRA-DE INC., del domicilio de Citco Building, Wickhams Cay, P.O. Box Número Seiscientos Sesenta y Dos, Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes Británicas, de nacionalidad BRITANICA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00131 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra FENOBEL escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los trece días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001792-2

No. de Expediente 2002024369

No. de Presentación: 20120166073

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MARKATRA-DE INC., del domicilio de Citco Building, Wickhams Cay, P.O. Box 662, Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes Británicas, de nacionalidad BRITANICA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00184 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PENTRICALOX escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza,

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001793-2

No. de Expediente: 2002023387

No. de Presentación: 20120166074

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA

DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MARKATRA-

DE INC., del domicilio de Citco Building, Wickhams Cay, P.O. Box

662, Road Town, Tórtola, Islas Vírgenes Británicas, de nacionalidad

BRITANICA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00151 del Libro 00169 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra FRUTACID escrita en letras de molde mayúsculas de color

negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los trece días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001794-2

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2000009048

No. de Presentación: 20120166420

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROBER-

TO ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de MONSANTO TECHNOLOGY LLC, del domicilio

de 800 NORTH LINDBERGH BOULEVARD, ST LOUIS, MISSOURI,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00032

del Libro 00154 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

palabra "MAIZGARD" escrita en letras de molde mayúsculas de color

negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 31

de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001795-2

No. de Expediente: 2001010491

No. de Presentación: 20120166417

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO

ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Cooperativa de Productores de

Leche Dos Pinos, R.L., del domicilio de BARRIO LUJAN, CUATRO-

CIENTOS METROS AL SUR DE LA ESQUINA SURESTE DE LA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SAN JOSE, COSTA RICA, de

nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00025 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA PALABRA LACTOCREMA EN LETRAS

MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001796-2

No. de Expediente: 2001010523

No. de Presentación: 20120166419

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO

ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Cooperativa de Productores de

Leche Dos Pinos, R.L., del domicilio de BARRIO LUJAN, CUATRO-

CIENTOS METROS AL SUR DE LA ESQUINA SURESTE DE LA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SAN JOSE, COSTA RICA, de

nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00024 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA PALABRA CHOCOBIGGER EN LE-

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395TRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001797-2

No. de Expediente 2001010524

No. de Presentación: 20120166418

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO

ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Cooperativa de Productores de

Leche Dos Pinos, R.L., del domicilio de BARRIO LUJAN, CUATRO-

CIENTOS METROS AL SUR DE LA ESQUINA SURESTE DE LA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SAN JOSE, COSTA RICA, de

nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00184 del Libro 00154 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA PALABRA CIRCOLETA EN LETRAS

MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001798-2

No. de Expediente: 1999008621

No. de Presentación: 20110155629

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO

ALFONSO FAJARDO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NALSANI, S.A.,

del domicilio de CALLE 21 No.43 A-23 SANTA FE DE BOGOTA,

D.C., COLOMBIA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00074 del Libro 00140

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EL DISEÑO DE

UN RECTANGULO COLOR NEGRO, EL CUAL SE ENCUENTRA

DELINEADO EN SU INTERIOR POR UNA LINEA COLOR BLAN-

CO, QUE CONTIENE LA PALABRA "TOTTO", EN DONDE LAS

LETRAS 'T' SON ESTILIZADAS, MAYUSCULAS, DE COLOR

BLANCO; LA PRIMERA "O" ESCRITA EN MAYUSCULA, CON

LETRA CORRIENTE Y DE COLOR ANARANJADO Y LA ULTIMA

"O" ESCRITA EN MAYUSCULA, CON LETRA CORRIENTE Y

COLOR AMARILLO; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 18 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIARIO

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001800-2

No. de Expediente: 1999005684

No. de Presentación: 20120164811

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARIA

DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de JONES IN-

VESTMENT CO. INC., del domicilio de 1007 Orange Street, Ste.

225, Wilmington, Delaware, 19801, Estados Unidos de América, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00139 del Libro 00150 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LAS LETRAS “L”, “E” e "I" DE MOLDE

MAYUSCULAS DE COLOR NEGRO. DESPUES DE CADA LETRA

SE ENCUENTRA UN PUNTO DEL MISMO COLOR; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los nueve días del mes de marzo del año dos mil doce.-

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001802-2

No. de Expediente: 2001011679

No. de Presentación: 20120163368

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGI5TRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA

LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO ESPECIAL de Laboratorios Silesia S.A., del domicilio de

Avenida Chile España Número Trescientos Veinticinco, Nuñoa - Santiago,

Chile, de nacionalidad CHILENA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00010 del Libro 00151 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra "ESTRANOVA" escrita en letras

de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dos días del mes de marzo del año dos mil doce.-

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001819-2

MarcaS DE fÁBrica

No. de Expediente: 2012117875

No. de Presentación: 20120167546

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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Page 84: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395ESPECIAL de LABORATORIOS ANDROMACO S.A., de nacionalidad

CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

aBlalDiTri

Consistente en: la palabra ABLALDITRI, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil doce.-

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001807-2

No. de Expediente: 2012117876

No. de Presentación: 20120167547

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS ANDROMACO S.A., de nacionalidad

CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

aBlofloDEX Consistente en: la palabra ABLOFLODEX, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil doce.-

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001808-2

No. de Expediente: 2012117877

No. de Presentación: 20120167548

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS ANDROMACO S.A., de nacionalidad

CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

aBllUMirol

Consistente en: la palabra ABLLUMIROL, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos

mil doce.

DIARIO

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de mayo del año dos mil doce.-

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001809-2

No. de Expediente: 2012118037

No. de Presentación: 20120167740

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHI-

LENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

aBlMoVaTor

Consistente en la palabra ABLMOVATOR, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de mayo del año dos mil doce.-

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001810-2

No. de Expediente: 2012118035

No. de Presentación: 20120167738

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHI-

LENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

MaSTElcal Consistente en: la palabra MASTELCAL, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIENICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de mayo del año dos mil doce.-

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001811-2

DIARIO

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012117147

No. de Presentación: 20120166245

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Rotam Agrochem International Company Limited, de

nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

ICASSO Consistente en: la palabra ICASSO, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS. HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v alt. No. C001813-2

No. de Expediente: 2012118039

No. de Presentación: 20120167742

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de

Laboratorios Andrómaco S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GLIFORTEX Consistente en: la palabra GLIFORTEX, que servir para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS

DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBES;

EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA

EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN

DEANIMALES DAÑINOS FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de mayo del año dos mil doce.-

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v alt. No. C001815-2

No. de Expediente: 2009093719

No. de Presentación: 20090123573

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina e ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Philip Morris Brands Sárl, de nacionalidad SUIZA soli-

citando el registro, de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras MARLBORO GOLD ADVANCE y

diseño, traducidas al castellano como MARLBORO ORO AVANZADO,

que servirá para: AMPARAR: TABACO, PROCESADO O SIN PRO-

CESAR; PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO LOS PUROS,

CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO PARA CONFECCIONAR

SUS PROPIOS CIGARRILLOS, TABACO PARA PIPA, TABACO

PARA MASTICAR, TABACO EN POLVO Y CIGARROS HECHOS

DE UNA MEZCLA DE TABACO Y CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS

DEL TABACO (NO PARA USO MEDICO); ARTICULOS PARA FU-

MADORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS

DIARIO

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Page 87: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA CIGARRILLO, ESTUCHES

PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRILLO Y CENICEROS, PIPAS,

APARATOS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS,

ENCENDEDORES, FOSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil

nueve.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v alt. No. C001817-2

No. de Expediente: 2012117479

No. de Presentación: 20120166830

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

de PHILIP MORRIS PRODUCTS S.A., de nacionalidad SUIZA, soli-

citando el registro, de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra MURATTI y diseño, que servirá para:

AMPARAR: TABACO, PROCESADO O SIN PROCESAR; PRO-

DUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO LOS PUROS, CIGARROS,

CIGARRILLOS, TABACO PARA CONFECCIONAR SUS PROPIOS

CIGARRILLOS, TABACO PARA PIPA, TABACO PARA MAS-

TICAR, TABACO EN POLVO Y CIGARROS HECHOS DE UNA

MEZCLA DE TABACO, Y CLAVO DE OLOR; SUSTITUTOS DEL

TABACO (NO PARA USO MÉDICO); ARTICULOS PARA FUMA-

DORES, INCLUYENDO EL PAPEL DE CIGARRILLOS Y TUBOS

PARA CIGARRILLOS, FILTROS PARA CIGARRILLOS, ESTUCHES

PARA TABACO, CAJAS DE CIGARRILLO Y CENICEROS, PIPAS,

APARATOS DE BOLSILLO PARA ENROLLAR CIGARRILLOS

ENCENDEDORES, FÓSFOROS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v alt. No. C001818-2

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012118147

No. de Presentación: 20120167881

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LADISLAO

ERNESTO MENDOZA LAZO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de SOLUCIONES FINANCIERAS SALVADOREÑAS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

SOLUCIONES FINANCIERAS SALVADOREÑAS, S.A. DE C.V.,

SOFINSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro del NOMBRE COMERCIAL,

SofiNSa

Consistente en: la palabra SOFINSA, que servirá para: DISTIN-

GUIR UNA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA

COMPRA VENTA Y ALQUILER DE PROPIEDADES; SERVICIOS

FINANCIEROS, UBICADO EN PRIMERA CALLE PONIENTE Y

CUARENTA Y SIETE AVENIDA NORTE, CONDOMINIO VILLAS

DE NORMANDIA NUMERO CUATRO-A, SAN SALVADOR, DE-

PARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de mayo del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v alt. No. C001804-2

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116847

No. de Presentación 20120165803

EL INFRASCRITO REGITRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

de KING OCEAN EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE que se abrevia: KING OCEAN EL SALVADOR,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras KING OCEAN SERVICES y diseño,

que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMER-

CIAL DEDICADO A LA REPRESENTACIÓN DE AGENCIAS NA-

VIERAS Y MARITIMAS NACIONALES E INTERNACIONALES,

REPRESENTACIÓN DE CASAS COMERCIALES, TRANSPORTE

NACIONAL E INTERNACIONAL, OPERACIÓN DE BODEGAS DE

ALMACENAMIENTO DE TODO TIPO Y AGENCIAS ADUANE-

RAS, ASÍ COMO EL EJERCICIO DEL COMERCIO, LA INDUSTRIA,

SERVICIOS EN GENERAL Y AL MANTENIMIENTO DE INVER-

SIONES EN EL PAIS O EN EL EXTERIOR.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de marzo del año dos mil doce.-

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v alt. No. C001816-2

coNVocaToriaS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

El infrascrito Presidente de la Junta Directiva de la sociedad

KPMG, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse KPMG, S.A.,

de conformidad con lo dispuesto por la Cláusula DÉCIMA CUARTA

de los estatutos de la Sociedad, y por el Artículo doscientos veintiocho

del Código de Comercio, convoca a los señores accionistas a sesión

de JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, a

celebrarse a partir de las diez horas del día veinticinco de junio de dos

mil doce, en las oficinas del Bufete Arias & Muñoz situadas en Colonia

San Benito, Calle La Mascota, Número 533, San Salvador, El Salvador,

para conocer la siguiente agenda:

1. Verificación del quórum y nombramiento de Presidente y

Secretario de la sesión.

2. Disminución del capital social y modificación del pacto

social en sus Cláusulas "QUINTA. CAPITAL SOCIAL Y

SU REGIMEN" y "SEXTA. SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE

LAS ACCIONES".

3. Modificación del pacto social en sus Cláusulas "VIGÉSIMA

PRIMERA. ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD"

y "VIGÉSIMA QUINTA. REPRESENTACIÓN DE LA

SOCIEDAD Y USO DE LA FIRMA SOCIAL".

4. Autorización al Presidente de la Junta Directiva para contratar

financiamiento.

5. Nombramiento de Ejecutor Especial de los acuerdos adoptados

en la sesión de junta general extraordinaria de accionistas,

autorización para comparecer ante Notario a otorgar la escri-

tura de modificación al pacto social, integrando en un único

documento todas las cláusulas por las que habrá de regirse

en lo sucesivo la sociedad.

Para que la Junta General se considere legalmente reunida para

conocer asuntos de carácter extraordinario en la primera fecha de la

convocatoria, deberán estar representadas, por lo menos, las tres cuartas

partes de todas las acciones de la sociedad, y para formar resolución de

los asuntos a conocer se necesitará el voto de las tres cuartas partes de

las acciones de la sociedad.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora expresada, se convoca

por segunda vez, a las diez horas y treinta minutos del día veintiséis

de junio de dos mil doce, en el mismo lugar señalado para la primera

convocatoria.

Si la Junta General se reuniere en la segunda fecha de la convocatoria,

por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará

válidamente constituida para conocer asuntos de carácter extraordinario

con la representación de la mitad más una de las acciones que componen

el capital social. El número de votos necesario para formar resolución,

serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil doce.-

JOSE ALFREDO AGUIRRE,

PRESIDENTE.

3 v alt. No. F040293-2

CONVOCATORIA

EL ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DE UNIVERSAL

CABLE, S.A. DE C.V.

CONVOCA: A sus acciones a celebrar Junta General Ordinaria

de accionistas que tendrá efecto a las nueve horas del día veinticinco de

DIARIO

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. junio de dos mil doce, en las instalaciones del Hotel Courtyard Marriott S.S., situadas en calle 2 y calle 3 Centro de Estilo de Vida La Gran Vía, de la ciudad de San Salvador, El Salvador. Estableciendo el Quórum Legal necesario para efectuar la Junta General Ordinaria, se resolverá sobre la siguiente agenda:

1. Establecimiento del Quórum

2. Lectura y aprobación del Acta anterior

3. Nombramiento del Gerente General

4. Sustitución del Administrador Único Suplente

5. El llamamiento a los accionistas a pago los aporte de las acciones suscritas que no han sido pagadas en su totalidad.

6. Cualquier otro asunto que de conformidad a la legislación vigente y a la Escritura social pueda ser tratado por la Junta General Ordinaria, y ésa así lo recuerde.

El Quórum es necesario para celebrar sesión en PRIMERA fecha de la convocatoria será la MITAD MAS UNA DE LAS ACCIONES DE LA SOCIEDAD. Y las resoluciones serán válidas con igual proporción de votos. En caso que a la fecha y hora mencionada no se pudiere ce-lebrar la junta por falta de Quórum, se convocará por SEGUNDA vez a celebrar Junta General Extraordinaria a las nueve y treinta minutos del día veinte de junio de dos mil doce, en el mismo lugar. El Quórum necesario para celebrar la sesión en la segunda fecha será cualquiera que sea el número de acciones representadas y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos de las acciones presentes.

San Salvador, 30 de Mayo de 2012.-

LICDO. JUAN CARLOS ESPINOZA,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. F040400-2

SUBaSTa PÚBlica

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado Juan Rafael Andrade Ruiz, en concepto de Apoderado General Judicial del Banco de América Central S.A., contra el señor José David Portillo Carballo, se venderá en pública subasta y en fecha oportuna el siguiente vehículo: PLACAS: P-SESENTA Y NUEVE MIL DIECINUEVE, CLASE; Pick Up; MARCA: Ssanyong; MODELO: Musso doscientos noventa S; COLOR: Gris Metálico; AÑO. 2005; con las características siguientes: contiene una mica, con la llave de tuercas, llanta de repuesto y varilla para desmontarla, llantas en regular estado, rines especiales, sin alfombras, ni equipo de sonido, tapicería en buen estado, pintura general en regular estado, un golpe en la esquina posterior derecha y no en la esquina delantera izquierda que abarca del capó, así como abolladuras y raspones pequeños en varias partes de la carrocería y bompers, derramo de aceite y motor y ruido en la caja de transmisión en una de las velocidades.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas del día veintinueve de Marzo del año dos mil once. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001789-2

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada EMERITA PACHECO ESTRADA como Apoderada de la señora ANA SILVIA FUENTES DE LOPEZ conocida por ANA SILVIA FUENTES GALDAMEZ y por ANA SILVIA FUENTES GALDAMEZ hoy de LOPEZ, CONTRA la señora SIMONA BLANCA CORNEJO conocida por SIMONA BLANCA CORNEJO DURAN, BLANCA CORNEJO y por SIMONA BLANCO CORNEJO, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un inmueble de su propiedad, de naturaleza antes rústica, hoy urbana, identificado como Lote número CUARENTA Y SIETE, de la Finca o Parcelación Las Neblinas, situado en Los Planes de Renderos, jurisdicción de la Villa de Panchimalco, en este departamento, de una superficie de QUI-NIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHOCIENTOS VEINTISIETE PUNTO TREINTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, que se describe así: Partiendo del punto nueve-A de la Poligonal general de la propiedad denominada "Finca Las Neblinas", con una distancia de sesenta y seis metros treinta centímetros rumbo Sur sesenta y siete grados cero cero punto cero minutos Este, se llega a la esquina suroeste del lote número cuarenta y siete, que se describe así: AL PONIENTE, en línea recta de treinta y un metros ochenta y cinco centímetros rumbo Norte cero cero grados treinta punto cero minutos Oeste, lindante con el resto del terreno del vendedor señor Harrison Herbert Estep González; AL NORTE, en línea recta de dieciocho metros cuarenta centímetros rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y uno punto cero minutos Este, lindante con terreno del doctor Eduardo Barrientos; AL ORIENTE, en línea recta de treinta y dos metros treinta centímetros rumbo Sur cero cero grados treinta punto cero minutos Este, lindante con el resto del terreno del señor Harrison Herbert Estep González, en parte calle de seis metros de ancho abierta en el mismo terreno de por medio; y AL SUR, en línea recta de dieciocho metros rumbo Sur ochenta y nueve grados treinta punto cero minutos Oeste lindante con el resto del terreno del señor Harrison Herbert Estep González, calle particular de seis metros de ancho abierta en el mismo terreno de por medio, El inmueble está inscrito a favor de la ejecutada con la matrícula número M SEIS CERO CUATRO UNO TRES CERO SIETE DOS, del Registro de la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, A LAS ONCE HORAS DEL DIA OCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE.- DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. C001825-2

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por ejecución promovida por la CAJA

DE CREDITO DE SAN ALEJO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, que

puede abreviarse CAJA DE CREDITO DE SAN ALEJO S. C. DE R.

L. DE C. V. o CAJA DE CREDITO DE SAN ALEJO DE C. V.; Re-

presentada legalmente por el señor JOSE DEL ROSARIO BAUTISTA

HERNANDEZ, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado

FERNANDO ARISTIDES GARAY ANDRADE, mayor de edad, Abo-

gado, de este domicilio; en contra de la señora CARMEN ETELVINA

RUBIO SORTO DE PEÑA, se venderá en pública subasta en este

Juzgado, en día y hora que oportunamente se indicará el bien inmueble

siguiente: “Una porción de terreno de naturaleza rústica, inculto situado

en el Cantón Monte Grande, jurisdicción, distrito y departamento de

San Miguel, ahora en proceso de urbanización identificado como lotes

números NUEVE, DIEZ, ONCE y DOCE del Polígono "F", que forma

un solo cuerpo, de la capacidad superficial de OCHOCIENTOS VEINTI-

CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes;

AL NORTE: treinta y seis metros, linda con lotes seis, siete y ocho del

mismo polígono "F"; AL ORIENTE: veinte metros, prolongación calle

al Lago de por medio, linda con lote número uno del polígono II; AL

SUR: treinta y ocho metros, pasaje Los Almendros, de por medio, linda

con lotes número seis, siete y ocho del polígono "G"; y AL PONIENTE:

veinticinco metros, linda con lote número trece del mismo polígono "F",

sin construcciones ni cultivos permanentes. Inscrito a favor de la señora

CARMEN ETELVINA RUBIO SORTO DE PEÑA, en el Registro de

la propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la

Matrícula Número OCHO CERO UNO UNO OCHO CINCO SIETE

SIETE GUION CERO CERO CERO CERO CERO, de propiedad de

San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las nueve horas y diez minutos del día veintisiete de marzo de dos mil

doce. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-

VIL.- LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040321-2

LICENCIADO JOSE SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE

LO LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por

resolución proveída por este Tribunal a las once horas del día veintitrés

de mayo del corriente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el LICENCIADO RAUL ALBERTO GARCIA MIRON, actuando

en su carácter de Apoderado General Judicial de BANCO PROMERICA

SOCIEDAD ANONIMA, contra el Señor HENRI ALBERTO PORTI-

LLO GUEVARA, reclamando capital adeudado e intereses; se ordenó

la VENTA EN PUBLICA SUBASTA del bien embargado, en fecha

que oportunamente se señalará, siendo el inmueble a subastarse el que

se describe a continuación: Casa y solar urbanos, situados en Barrio El

Ángel, de la Ciudad de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, cuyo solar

mide por los rumbos Norte y Sur, diez metros treinta y dos milímetros;

y por el Oriente y Poniente, veinticuatro metros doscientos cuarenta y

cuatro milímetros, con un área total de DOSCIENTOS CINCUENTA

PUNTO DOS METROS CUADRADOS, inscrito a favor de RAMON

ANTONIO PORTILLO y ANA FRANCISCA GUEVARA ARIAS DE

PORTILLO, conocida por ANA FRANCISCA GUEVARA DE POR-

TILLO, bajo la matrícula número UNO CERO CERO DOS NUEVE

OCHO TRES CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la tercera sección de occidente,

Sonsonate.

LIBRADO: En el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las once

horas y quince minutos del día veintitrés de mayo del dos mil doce. LIC.

JOSE SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE LO LABORAL

SUPLENTE.- LIC. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F040330-2

rEPoSicioN DE cErTificaDo

AVISO

La Caja de Crédito de San Alejo, Sociedad Cooperativa de Responsa-

bilidad Limitada de Capital Variable,

COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en 2ª. Av. Norte y 3 ª.

Calle Pte., Barrio El Calvario, San Alejo, La Unión, se ha presentado el

propietario del CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO No.

0719, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por ONCE MIL

DOLARES EXACTOS ($11,000.00). En consecuencia de lo anterior,

se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales

del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación

de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer

el certificado en referencia.

San Alejo, jueves 30 de mayo 2012.

Caja de Crédito de San Alejo, Sociedad Cooperativa de Respon-

sabilidad Limitada de Capital Variable. Tel. Oficina: 2683-8400

NORIS ELIZABETH CUEVA GONZALEZ,

GERENTE GENERAL.

3 v. alt. No. F040322-2

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. BalaNcE DE liQUiDacioN

CYGNUS, S. A. DE C.V.

BALANCE DE LIQUIDACION AL 2 DE MAYO DEL 2012

ACTIVO

Activo circulante:

Caja y bancos $ 16,733.82

PASIVO Y CAPITAL

Capital y utilidades retenidas:

Capital social $ 11,428.57

Reserva legal 457.15

Utilidades retenidas 4,848.10

$ 16,733.82

DISTRIBUCION DEL HABER SOCIAL:

Ema Graciela Avila de Guirola $ 16,717.08

Jorge Enrique Guirola Meardi 16.74

$ 16,733.82

MARIO I. HENRIQUEZ, ROBERTO A. ESCOBAR, LIQUIDADOR. LIQUIDADOR.

DOUGLAS GIL REYES, WALTER WILLIAM NAVES VALLE, LIQUIDADOR. AUDITOR EXTERNO.

3 v. alt. No. F040373-2

Marca iNDUSTrial

No. de Expediente: 2012117622

No. de Presentación: 20120167084

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

oZ THE GrEaT aND PoWErfUl

Consistente en: las palabras OZ THE GREAT AND POWERFUL, que se traducen al castellano como OZ El Gran y Poderoso, que servirá para: AMPARAR: BOLSAS; MOCHILAS; TARJETEROS; MONEDE-ROS; ESTUCHES PARA LLAVES; VALIJAS; ETIQUETAS PARA EQUIPAJE; CARTERAS; BILLETERAS. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001783-2

No. de Expediente: 2012117623

No. de Presentación: 20120167085

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

oZ THE GrEaT aND PoWErfUl

Consistente en: las palabras OZ THE GREAT AND POWERFUL, que se traducen al castellano como OZ El Gran y Poderoso, que servirá para: AMPARAR: PAPEL Y ARTÍCULOS DE PAPEL; CARTÓN Y ARTÍCULOS DE CARTÓN; PRODUCTOS DE IMPRENTA; PUBLI-CACIONES; LIBROS; FOTOGRAFÍAS; RETRATOS; PINTURAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ARTÍCULOS DE OFICINA Y ES-COLAR. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001784-2

No. de Expediente: 2012117627

No. de Presentación: 20120167089

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

oZ THE GrEaT aND PoWErfUl

Consistente en: las palabras OZ THE GREAT AND POWERFUL, que se traducen al castellano como OZ El Gran y Poderoso, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001785-2

No. de Expediente: 2012117628

No. de Presentación: 20120167090

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Disney

Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA.

oZ THE GrEaT aND PoWErfUl

Consistente en: las palabras OZ THE GREAT AND POWER-

FUL, que se traducen al castellano como OZ El Gran y Poderoso, que

servirá para: AMPARAR: JUGUETES, JUEGOS Y ARTICULOS DE

JUGUETE; ARTICULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE (EXCEP-

TO ROPA); ADORNOS EN FORMA DE MEDIAS O CALCETAS

DECORATIVAS CON MOTIVOS NAVIDEÑOS (DE JUGUETE);

ADORNOS Y DECORACIONES PARA ARBOLES DE NAVIDAD;

BOLSAS O GLOBOS DE NIEVE. Clase: 28.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de abril del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001786-2

TiTUlo MUNiciPal

FIDEL ALCIDES ARRIAZA, Alcalde Municipal de Yoloaiquín,

Morazán, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado

HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, Apoderado de las señoras

ORBELINA ESMERALDA RAMOS, de treinta y cuatro años de edad,

ama de casa, del domicilio de Lynbrook, Estado de New York, Estados

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Unidos de América, y SULEYMA VERANICE RAMOS LOPEZ,

de veintiocho años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio,

solicitándome TITULO MUNICIPAL, de una porción de terreno de

naturaleza urbana, situada en el Barrio El Centro de esta población,

de la extensión superficial de TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO

PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda:

AL ORIENTE, once punto veinticuatro metros, con Fidel Rivera, pared

de ladrillo de barro de por medio del colindante; AL PONIENTE, once

punto veinticuatro metros, con Paulina Martínez; AL NORTE, treinta y

uno punto veinticinco metros, muro de piedra y concreto del inmueble

que se describe, con calle de por medio, colinda con Josefa Martínez;

y AL SUR, treinta y uno punto veinticinco metros, con Fidel Rivera,

tapial de por medio del terreno que se describe. En dicho inmueble existe

construida una casa paredes de adobe, techo de zincalum, con cielo falso,

piso de ladrillo de cemento, con servicios de agua potable y energía

eléctrica. Las titulantes ejercen posesión de dicho inmueble por más de

VEINTICINCO AÑOS, sumado al tiempo de sus antecesores. El referido

inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales

que pertenezcan a otras personas con quien hubiere proindivisión; dicha

porción de terreno está formada por otras tres porciones que forman

un solo cuerpo, y las adquirieron las titulantes una de ellas a través de

escritura matriz de Compraventa de Posesión Material, otorgada a su

favor, por la señora Teófila Ramos, en San Francisco Gotera, Morazán,

a las once horas del día doce de agosto del año dos mil once, ante los

oficios del Notario Juan Bautista Díaz Amaya, y las otras dos porciones,

las adquirieron por compraventa de posesión material, que de forma

verbal les otorgara a su favor la señora Edith Ramos Argueta Ramírez,

en este Municipio, en el mes de abril del año dos mil once. Inmueble

que valoran en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.

Lo que aviso al público para los efectos legales.

Librado en la Alcaldía Municipal de Yoloaiquín, Departamento de

Morazán, a los tres días del mes de mayo del año dos mil doce.- FIDEL

ALCIDES ARRIAZA, ALCALDE MUNICIPAL. YANCI IVETH

MUNGUIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F040331-2

Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012117488

No. de Presentación: 20120166844

CLASE: 35

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha(n) presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de AVON

PRODUCTS, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Por aMor a la MUJEr

Consistente en: las palabras POR AMOR A LA MUJER, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE MERCADEO Y VENTA

DE PUERTA EN PUERTA DE ARTÍCULOS, SERVICIOS DE VEN-

TA AL POR MAYOR DE MERCANCIAS (DISTRIBUIDORES DE

MERCANCIAS), SERVICIOS DE VENTA DE ALMACENES MINO-

RISTAS, SERVICIOS DE VENTA DE ARTICULOS A TRAVES DE

SOLICITACION DIRECTA DE VENDEDORES INDEPENDIENTES,

SERVICIOS DE COMPRAS POR TELEFONO, SERVICIOS DE PE-

DIDOS POR CATALOGO A TRAVES DE CORREO, SERVICIOS

DE VENTA DE ALMACEN A TRAVES DE INTERNET EN FOR-

MA INTERACTIVA POR MEDIO DE UNA RED INFORMATICA

GLOBAL DE INFORMACION CONECTADO CON LA VENTA

DE SERVICIOS DE CUIDADOS DE BELLEZA Y SALONES DE

BELLEZA, ROPA, PRODUCTOS DE TOCADOR, COSMETICOS,

JOYERIA, PRODUCTOS PARA EL CUIDADO E HIGIENE PERSO-

NAL, SUPLEMENTOS NUTRITIVOS, EQUIPO DE EJERCICIO Y

APARATOS DE CULTURA FISICA, ARTICULOS DEPORTIVOS,

LIBROS, VIDEOS Y CINTAS DE AUDIO, DISCOS COMPACTOS

Y ARTÍCULOS DE REGALO; SERVICIOS DE PUBLICIDAD;

SERVICIOS DE DISTRIBUCION DE MATERIAL PUBLICITARIO

[FOLLETOS, PROSPECTOS, IMPRESOS, MUESTRAS]; PREPA-

RACION, PRODUCCION Y COLOCACION DE ANUNCIOS Y

PUBLICIDAD TELEVISADA; SERVICIOS DE INFORMACIONES

DE NEGOCIOS, PUBLICIDAD, SERVICIOS PROMOCIONALES

Y SERVICIOS DE MERCADEO; INVESTIGACIONES [BUSQUE-

DAS] PARA NEGOCIOS; SERVICIOS DE ASESORES PARA LA

DIRECCION DE EMPRESAS EN RELACION A MERCADEO; SER-

VICIOS DE AGENCIAS DE INFORMACIONES COMERCIALES;

SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN EL CAMPO DE COSMETICOS,

PERFUMERIA, PRODUCTOS DE TOCADOR, TODO TIPO DE

ROPA, JOYERIA, ARTICULOS DE REGALO, JUGUETES, VIDEOS,

CINTAS, DISCOS COMPACTOS Y SIMILARES; INFORMACION,

SERVICIOS DE ASESORIA Y CONSULTORIA RELACIONADOS

A LOS SERVICIOS ANTEDICHOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001801-2

No. de Expediente: 2012118034

No. de Presentación: 20120167737

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha(n) presentado KELLY

BEATRIZ ROMERO RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO

de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS.

lUVici

Consistente en: la palabra LUVICI, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE EDUCACION Y ENTRENAMIENTO EN

EL SECTOR DE SALUD, INCLUYENDO LO RELATIVO A LA

OFTALMOLOGIA Y CUIDADO DEL OJO; LA REALIZACION DE

PROGRAMAS DE APOYO PARA PACIENTES Y PROFESIONALES

DE LA SALUD; ORGANIZACION Y DIRECCION DE CLASES, SE-

MINARIOS, TALLERES EN EL SECTOR DE LA SALUD INCLUIDO

LO RELATIVO A LA OFTALMOLOGIA Y CUIDADO DEL OJO.

Clase:41.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de mayo del año dos mil doce.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001814-2

No. de Expediente: 2011113790

No. de Presentación: 20110159227

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado RODRIGO JOSE VILLEDA MONTENEGRO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

renderMaxx

Consistente en: las palabras RenderMaxx, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD PARA ARQUITECTURA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de diciembre del año dos mil once.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001820-2

No. de Expediente: 2012118296

No. de Presentación: 20120168159

CLASE:43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado JOSE ISA-BEL JOVEL MIRANDA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras Los 3 Cerditos, y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES, COMIDAS

VARIAS. Clase: 43.

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040375-2

Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012118032

No. de Presentación: 20120167735

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado RAMON

KURY GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad

de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: la palabra ultralam y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS DE LAMINAS DE PVC PARA TECHOS

EN GENERAL. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040383-2

No. de Expediente: 2012118031

No. de Presentación: 20120167734

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado RAMON

KURY GONZALEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad

de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO.

Consistente en: la palabra ultrateja y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS DE LAMINAS DE PVC EN FORMA DE

TEJA PARA TECHOS. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040386-2

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395

de tercera publicación

acEPTaciÓN DE HErENcia

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, departamento de La Unión; al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las trece

horas y cincuenta minutos del día veinte de abril del corriente año, se tuvo

por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia

intestada, que al fallecer a las tres horas del día veinte de noviembre del

año dos mil once, en Cantón Gueripe, Jurisdicción de Concepción de

Oriente, departamento de La Unión, siento dicho lugar su último domi-

cilio, dejara la causante JUSTA BONILLA DE SANTOS, conocida por

JUSTA BONILLA y por JUSTA BONILLA BONILLA, a favor del señor

JOSE RUBEN SANTOS BONILLA, en concepto de hijo sobreviviente

de la causante antes mencionada, de conformidad con lo establecido en

el Art. 988 N° 1° del Código Civil.

En consecuencia, se le confirió al aceptante, en el carácter dicho,

la Administración y Representación Interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil

doce. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3v. alt. No. C001717-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este, día a las diez

horas y veinticinco minutos se ha tenido por aceptada expresamente,

con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora

EULALIA FUENTES MEDRANO, conocida por EULALIA FUENTES,

quien falleció el día ocho de agosto del dos mil once, en el Cantón Santa

Lucía, Jurisdicción de Bolívar, Departamento de La Unión, siendo ese

lugar su último domicilio; de parte del señor FRANCISCO JAVIER

HERNANDEZ VELASQUEZ, en calidad de cesionario de los derechos

hereditarios que le correspondían al señor LAZARO FUENTES RIOS,

conocido por LAZARO FUENTES, éste en calidad de hijo de la cau-

sante.

Confiérese a dicho aceptante, en el carácter indicado, la Adminis-

tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que

en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel, lo

demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los treinta días del

mes de abril del dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001720-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, departamento de La Unión; al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce

horas y cincuenta minutos del día trece de abril del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia

Testamentaria que al fallecer a las nueve horas y cuarenta minutos del día

diez de diciembre del año dos mil once, en la Policlínica Limeña de Santa

Rosa de Lima, departamento de La Unión, siendo su último domicilio

Caserío Santa Clarita, Cantón Santa Clara, Jurisdicción de Pasaquina,

dejara el causante JOSE DE LA CRUZ MORENO CARCAMO, a favor

de la señora CECILIA SOLEDAD ALVAREZ MORENO, en concepto

de heredera testamentaria.

En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho,

la Administración y Representación Interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los diecinueve días del mes de abril del año dos

mil doce. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001721-3

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada este mismo día, se

ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día veinticuatro de

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. enero del año dos mil siete, en el Cantón Cutumay Camones, de esta

Jurisdicción, siendo éste el lugar de su último domicilio, dejó la señora

GRACIELA TRINIDAD DE MATUTE, conocida por GRACIELA

TRINIDAD LINARES, y por GRACIELA TINIDAD, de parte de

ROSA ADILIA, DORA ALICIA, TERESA DEL CARMEN, MARIA

INES, ANA ELIA, CONSUELO HERMINIA, YOLANDA GLADIS,

MELITON, MIGUEL ANGEL, todos de apellido MATUTE TRINIDAD,

y LEONIDAS MATUTE MARTINEZ, los primeros en su calidad de

hijos y el último como cónyuge de la referida causante.

Confiriéndoseles INTERINAMENTE, la Administración y Repre-

sentación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de

Ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas diez minutos del día ocho de febrero del año dos

mil doce. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL.- LICDA, MARISOL DEL CARMEN LEMUS

POLANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001727-3

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

tres de agosto del año de mil novecientos noventa y ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la heren-

cia Ab-Intestato de los bienes que a su defunción dejó el causante

DEOCLECIANO EVANGELISTA REYES, quien falleció a las dieciséis

horas del día catorce de julio de mil novecientos setenta y nueve, en el

Cantón San José, de esta Jurisdicción, siendo éste su último domicilio,

de parte de ANA MARIA LUISA REYES AMAYA, conocida por ANA

MARIA LUISA REYES, en calidad de hija legítima del causante, y no

así los señores DEOGLESIANO ANTONIO REYES, conocido por

DEOCLECIANO ANTONIO REYES y JUAN JOSE REYES, por haber

repudiado la herencia que les correspondía como hijos del causante.

Confiriéndole a la aceptante ANA MARIA LUISA REYES AMA-

YA, conocida por ANA MARIA LUISA REYES, la Administración y

Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de

sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las diez

horas y veinte minutos del día veintidós de mayo del año dos mil doce.-

LIC. AMERICO GIOVANNI MEJIA GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA, SUPLENTE.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ

DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039870-3

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado a

las doce horas y cuatro minutos del día dieciséis de abril de dos mil doce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el día once de marzo de

dos mil diez en la ciudad de San Salvador, el causante señor JOSE GIL

CASTILLO, conocido por JOSE GIL CASTILLO ROMERO, siendo

su último domicilio la ciudad de San Martín, de parte de los señores

HUGO GEREMIAS CASTILLO GONZALEZ y JOSUE ALEJANDRO

CASTILLO GONZALEZ en sus calidades de hijos sobrevivientes del

de cujus; MERY ESCALATICA GONZALEZ SIGÜENZA., conocida

por MERY ESCALATICA GONZALEZ, MERY ESCALATICA

GONZALEZ DE CASTILLO y por MERY ESCOLASTICA GON-

ZÁLEZ SIGÜENZA, en su calidad de cónyuge sobreviviente del de

cujus y esta ultima actuando también en representación de sus menores

hijos. JOSE MOISES CASTILLO GONZÁLEZ, GILBERTO SAMUEL

CASTILLO GONZÁLEZ y RUTH NOEMI CASTILLO GONZÁLEZ

en su calidad de hijos del de cujus.

Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y re-

presentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Debiendo

ejercerla los niños JOSE MOISES, GILBERTO SAMUEL Y RUT

NOEMI, todos de apellidos CASTILLO GONZALEZ, por medio de

su representante legal señora MERY ESCALATICA GONZALEZ

SIGÜENZA, conocida por MERY ESCALATICA GONZALEZ,

MERY ESCALATICA GONZALEZ DE CASTILLO y por MERY

ESCOLASTICA GONZALEZ SIGÜENZA.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas

y dos minutos del día dieciocho de mayo de dos mil doce. LIC. GENNY

SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL. Por LICDA.

EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F039897-3

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD

DE TONACATEPEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado a

las quince horas del día veintitrés de mayo de dos mil doce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor JOSE LUIS EVEDARDO

CALDERON CONOCIDO POR JOSE LUIS E. CALDERON, POR

JOSE LUIS EVELARDO CALDERON Y POR JOSE LUIS CAL-

DERON, fallecido el día veinticuatro de julio de dos mil once, siendo

esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores JOSE MARIA

CALDERON LEMUS CONOCIDO POR JOSE MARIA LEMUS Y

POR JOSE MARIA CALDERON, DINA ANGELICA CALDERON

DE LANDOS CONOCIDA POR DINA ANGELICA LEMUS, POR

DINA ANGELICA CALDERON Y POR DINA ANGELICA CAL-

DERON LEMUS, RODOLFO CALDERON LEMUS CONOCIDO

POR RODOLFO LEMUS Y POR RODOLFO CALDERON, RUTH

ETELIA CALDERON DE CAMPOS CONOCIDA POR RUTH ETE-

LIA LEMUS, Y POR RUTH ETELIA CALDERON LEMUS, JOSE

CARLOS CALDERON LEMUS CONOCIDO POR JOSE CARLOS

LEMUS Y POR JOSE CARLOS CALDERON, MARTHA AIDA

CALDERON LEMUS CONOCIDA POR MARTHA AIDA LEMUS

Y POR MARTHA AIDA CALDERON, EVEDARDO CALDERON

LEMUS CONOCIDO POR EVEDARDO LEMUS Y POR EVEDARDO

CALDERON, Y JOSE ANTONIO CALDERON LEMUS CONOCIDO

POR JOSE ANTONIO LEMUS, POR JOSE ANTONIO CALDERON

Y POR JOSE ANTONIO LEMUS CALDERON, en su calidad de hijos

del causante ;y se les ha conferido a los aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario

Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los veintiocho días del mes de mayo del año de dos mil doce. LIC.

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F039901-3

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal a las doce horas

del día diez de Noviembre del dos mil once. Se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia Testamentaria

el señor LEOPOLDO PERLA LAZO, fallecido el día once de febrero

del dos mil once, en la población de Sonzacate, siendo ese su último

domicilio, de parte de los señores NELSON LEOPOLDO PERLA

AMAYA y ROSA MARIA PERLA ALVARENGA, en concepto de

herederos Testamentarios y como hijos del causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas del día

veintidós de febrero del dos mil doce. LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039925-3

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO:

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas cuarenta

minutos del presente día, mes y año, se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por

la señora Dolores María Amaya quien fue conocida por Dolores María

Alvarenga Amaya, María Dolores Amaya, María Dolores Alvarenga y

por Dolores Alvarenga , fallecida el día tres de Mayo de mil novecientos

noventa y cinco, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el -

lugar de su último domicilio, de parte de los señores Nelsón Leopoldo

Perla Amaya y Rosa María Perla Alvarenga, en su concepto de hijos de

la referida Causante. -

Y se ha conferido a los aceptantes declarados la administración y

representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones

de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas del día siete de

Febrero del año dos mil doce.- Enmendado-se-Vale. LIC. LUIS AN-

TONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039926-3

Rafael Eduardo Menéndez Contreras, Juez de Primera Instancia de

Armenia; Sonsonate.

HACE SABER: Que a las l5:00 horas de este día se emitió resolución

en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

la herencia intestada dejada por el causante Nicolás Hernández, de sesenta

y nueve años de edad, soltero, jornalero, originario de Chalatenango,

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. hijo de María Hernández, falleció a las tres horas del día veinticuatro de

julio de mil novecientos ochenta, en el Barrio "El Carmen" de la ciudad

de Jayaque, departamento de La Libertad, lugar de su último domicilio;

de parte de los señores Mercedes Ramírez y José Miguel Ángel Ramírez

Hernández en su calidad de hijos sobrevivientes del causante Nicolás

Hernández.

Se nombró interinamente a los señores antes referidos administra-

dores y representantes de la sucesión del causante Nicolás Hernández

con las facultades y restricciones de Los curadores de la Herencia

Yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia se presente a deducirlo en el término

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Armenia, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil doce.

LIC. RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR

ANGEL , SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039930-3

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

departamento de La Unión; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las cator-

ce horas del día dos de mayo del corriente año; se tuvo por aceptada

expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

al fallecer a las veintidós horas del día dieciséis de mayo del año dos

mil tres, en la Colonia Tres de Mayo del Municipio de Nueva Esparta,

departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio,

dejara el causante Félix Cruz Alfaro conocido por Félix Cruz, a favor

del señor José Álvaro Cruz Rubio en concepto de hijo sobreviviente del

causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el Art.

988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia, se le confirió al aceptante,

en el carácter dicho, la administración y representación interina de los

bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil

once.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039949-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y treinta

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con bene-

ficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor DOMINGO

RAMIREZ NATIVI, quien falleció el día quince de marzo de dos mil

seis, en el Cantón El Tamarindo, Jurisdicción de Conchagua, Distrito

y Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de

parte de la señora GRISELDA YANIRA RAMIREZ DE GARCIA,

conocida por GRISELDA YANIRA RAMIREZ PACAS, en calidad

de hija del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de Lo Civil: La Unión, a los diecinueve

días del mes de marzo de dos mil doce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039953-3

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA:

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución

proveída por este Tribunal a las quince horas cuarenta y dos minutos

del día diecinueve de abril de dos mil doce, se ha tenido por aceptada

expresamente, con beneficio de inventario, la herencia Intestada que a

su defunción ocurrida a las dos horas cinco minutos, del día veintiséis

de junio de dos mil nueve, en el Hospital Nacional de Chalchuapa,

siendo éste su último domicilio; dejó el señor CARLOS ANTONIO

PERAZA, quien fue de sesenta y seis años de edad, comerciante, soltero;

de parte del señor ADAN PERAZA, en su concepto de hermano del

causante señor CARLOS ANTONIO PERAZA; a quien se le nombra

INTERINAMENTE administrador y representante de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 Juzgado de lo Civil, Chalchuapa, a las quince horas y quince mi-

nutos del día veintitrés de abril de dos mil doce.- LIC. CARLOS JOSE

MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL, CHALCHUAPA. LIC.

HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039983-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, LICENCIA-

DO JOSÉ ANTONIO GÁMEZ. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con cuarenta

y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por

la causante señora MARÍA LUISA ROMERO DURÁN, conocida por

MARÍA LUISA ROMERO y por LUISA ROMERO, al fallecer el día

seis de junio del año dos mil siete, en Cantón Montefresco, jurisdicción

de Concepción Batres, siendo esa ciudad su último domicilio; de parte

de la señora TERESA PORTILLO conocida por TERESA PORTILLO

ROMERO, en calidad de hija de la causante, y como Cesionaria del

Derecho Hereditario que le correspondía al señor Fidel de Jesús Portillo

Romero conocido por Fidel de Jesús Portillo, éste en calidad de hijo de la

misma causante. Confiérasele a la aceptante antes dicha la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restriccio-

nes de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los

edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo

en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los quince días del

mes de mayo del año dos mil doce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ,

JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN H.,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039998-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DEL-

GADO. Al publico:

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y veinte

minutos del día siete de abril del año dos mil diez; Téngase por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor OMAR ROSEMBERG ESCOBAR MONTANO,

quien fue de treinta y ocho años de edad, empleado, casado, originario

de Mejicanos, fallecido el día trece de abril de dos mil nueve, siendo

Cuscatancingo el lugar de su último domicilio; de parte de la señora

JULIA LONGINA PALACIOS DE ESCOBAR conocida por JULIA

LONGINA PALACIOS INGLES, como Cónyuge sobreviviente del

causante y como Cesionaria de los Derechos que les correspondían

a los señores ERNESTO ROSEMBERG MONTANO conocido por

ERNESTO ROSEMBERG MONTANO BONILLA y MIRIAN MAR-

TÍNEZ ESCOBAR conocida por MIRIAM ESCOBAR MARTÍNEZ y

por MIRIAN ESCOBAR MARTÍNEZ, representada por el Licenciado

ALEJANDRO JOSE NOUBLEAU ESTUPINIAN. Confiriéndosele a la

aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y

treinta minutos del día siete de abril del año dos mil diez.- LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039999-3

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL. Al

público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cuarenta

minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce, se ha tenido por

aceptada con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su

defunción dejó la señora VICTORINA ESCOBAR DE PLEITEZ, quien

fue de noventa y un años de edad, de oficios domésticos, quien falleció

el día treinta de julio del dos mil ocho, siendo la ciudad de San Miguel

el lugar de su último domicilio; de parte del señor JOSE ANTONIO

GONZALEZ conocido por JOSE ANTONIO ESCOBAR GONZALEZ,

en calidad de heredero testamentario de la causante, confiriéndose en

el carácter indicado la administración y representación INTERINA de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los

efectos de ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, San Miguel, a las doce horas cuarenta y cinco minutos, del día

veintiuno de mayo de dos mil doce. LICDA. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040028-3

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. HErENcia YacENTE

MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil

y Mercantil de Santa Ana: AL PÚBLICO EN GENERAL

HACE SABER: Que se han promovido por el Licenciado MARCO

ANTONIO HERBERT CARRANZA, conocido por MARCO ANTONIO

HERNÁNDEZ CARRANZA, diligencias de Declaración de Herencia

Yacente sobre los bienes que a su defunción dejara el señor RENÉ

EDUARDO GONZÁLEZ, quien falleció a las cero horas con cuarenta

minutos, del día cuatro de septiembre del año dos mil once, en el Hos-

pital Nacional Rosales, de San Salvador, siendo su último domicilio la

ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, por lo que en auto de

las catorce horas con dos minutos del día catorce de mayo de dos mil

doce se declaró yacente la referida herencia y se nombró como Curador

para que represente dicha sucesión al Licenciado CARLOS ALBERTO

PEÑATE MARTÍNEZ.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa

Ana, a los catorce días del mes de mayo de dos mil doce.

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ELIDA

ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F039874-3

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL:

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cuarenta

minutos del día veintiuno de mayo de dos mil doce, se ha declarado

YACENTE la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE

ANTONIO VELIZ, conocido por JOSE ANTONIO VELEZ, y por JOSE

ANTONIO VELIS, quien fue de setenta años de edad, agricultor, soltero,

hijo de Félix Fuentes y de Petrona Véliz; y falleció el día veintisiete de

mayo de 1984, siendo esta ciudad de San Miguel, el lugar de su último

domicilio; y se nombró curador especial para que represente la sucesión

del señor JOSE ANTONIO VELIZ, conocido por JOSE ANTONIO VE-

LEZ, y por JOSE ANTONIO VELIS, al Licenciado CARLOS ARTURO

ESPINOZA VILLALTA, a quien se le hizo saber este nombramiento

para su aceptación, protesta y demás efecto de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL SAN MIGUEL: a las doce horas con un minuto del día veintiuno de

mayo de dos mil doce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN MIGUEL.-

LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040027-3

TiTUlo SUPlETorio

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS,

AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

MARIA SANDRA ARACELY RUIZ, como Apoderada General Judicial

con Cláusula Especial del señor JOSE MÁRTIR RIVAS LEMUS, de

cincuenta y ocho años de edad, jornalero, del domicilio de Victoria,

Cabañas, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO a favor

del referido señor, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el

Cantón San Pedro, Caserío El Guachipilín, Victoria Cabañas, de una

Extensión Superficial de OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS

DOCE METROS CUADRADOS, que mide y linda AL NORTE: en

cuatrocientos metros, colinda con Enrique Alvarenga, cerco de alambre

de púas y calle de por medio; AL PONIENTE: En cuatrocientos treinta

y nueve metros, colindado con María Ignacia Coreas, cerco de alambre

y de piedra; AL SUR: En ciento ocho metros, colinda con el inmueble

del señor Virgilio Barrera, cerco de piña y alambre; y AL ORIENTE: En

doscientos diecisiete punto cincuenta metros cerco de piña del compare-

ciente y colinda con los inmuebles de los señores Genoveba Escalante y

José Ovidio Ayala. Lo adquirió por Posesión quieta e ininterrumpida por

más de cuarenta años. Y lo valora en UN MIL QUINIENTOS DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, a los veintiséis

días del mes de marzo de dos mil doce. LIC. JOSE ANGEL POSADA

CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ER-

NESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001701-3

LICENCIADA MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE BERLIN, DE-

PARTAMENTO DE USULUTAN, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

NELSON BOANERGES AMAYA BELTRAN, quien es de cuarenta

y ocho años de edad, abogado, del domicilio de San Salvador, porta-

dor de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones

seiscientos cincuenta y ocho mil ciento treinta y dos guión cinco, y

con número de identificación Tributaria un mil ciento dos guión ciento

sesenta mil ochocientos sesenta y tres guión cero cero uno guión dos,

en su calidad de Apoderado General Judicial del señor JOSE VICTOR

VENTURA HERNANDEZ, de sesenta y tres años de edad, jornalero,

de este domicilio con Documento Único de Identidad Número cero dos

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil setenta y siete guión tres, y

Número de Identidad Tributaria un mil ciento dos doscientos sesenta mil

ochocientos cuarenta y ocho guión ciento uno guión cinco, solicitando

Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, inculto situado

en el Caserío El Tablón de esta Jurisdicción, de una capacidad superficial

de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL

NORTE: Colinda con los señores María Estebana Mejía de Muñoz,

Mateo Evangelio Solano, Pablo Mejía y Arturo Mejía, calle de por

medio; AL ORIENTE: Colinda con los señores Deysi Hernández Rivas,

José David Hernández Rivas y Sonia Hernández Rivas. AL SUR: Juan

Antonio Flores, Francisco Flores, José Gregorio Flores Fuentes, Manuel

de Jesús Flores Fuentes, Santos Arcadia Flores Fuentes, Juana Fuentes

Viuda de Flores, y Fernando Adán Turcios; y AL PONIENTE: María

Angela Mejía de Hernández.- Que la posesión que ejerce sobre dicha

propiedad mi mandante es de forma material, quieta, pacífica, pública

y no interrumpida ya que dicho terreno no tiene ningún otro dueño que

tenga derecho real que respetarle o que se haya presentado a oponerse

a la posesión aludida demostrando mejor derecho sobre el inmueble,

consistiendo la posesión en efectuar actos de verdadero dueño tales como

cuidarlo, cercarlo, reparar sus cercas, cultivos, siendo éste reconocido por

todos sus vecinos, amigos y colindantes en general como único dueño

de dicho terreno y no hay otros poseedores en pro indivisos. -

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de Berlín,

a las catorce horas y treinta minutos del día seis de febrero del año dos

mil doce.- Entre Líneas-en su calidad de Apoderado General Judicial

del señor-vale.- LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE

GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA MAR-

GARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SRIO.

3 v. alt. No. F039868-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. GUILLERMO

ATILIO GRANADOS CAMPOS, como apoderado de OSCAR ER-

NESTO NAVIDAD JUAREZ, del domicilio de San Pedro Nonualco,

solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el cantón Comunidad, jurisdicción de San Pedro Nonualco,

Departamento de La Paz, de la capacidad superficial de CUATRO MIL

CIENTO OCHENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS

CUADRADOS CON VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS,

lindante: AL NORTE, con Evelia Huezo Alfaro, quebrada de por medio;

AL ORIENTE, con Evelio Huezo Alfaro; AL SUR, con María Guadalupe

Lara, camino vecinal de por medio; y AL PONIENTE, con Pablo Mario

Ventura. Dice el solicitante que su mandante adquirió el inmueble por

compra que hizo a Cresencio Navidad, ya fallecido, por documento sin

antecedente inscrito.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintisiete días del

mes de abril de dos mil doce. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ

DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040012-3

rENoVacioN DE MarcaS

No. de Expediente: 2001017140

No. de Presentación: 20120162231

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL

SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL del

domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-

TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS

GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador, hoy

Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00145 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra Secnigen, escrita en letras minúsculas de carácteres espe-

ciales, y la letra S que se encuentra al principio, en letras mayúsculas;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001732-3

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2001018026

No. de Presentación: 20120162228

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-NUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00030 del Li-bro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CHUQUITIN, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001733-3

No. de Expediente: 2001018030

No. de Presentación: 20120162226

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00029 del Libro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PROTACID, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Cla-sificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001734-3

No. de Expediente: 2001018024

No. de Presentación: 20120162224

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00016 del Libro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra BELESTAR, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Cla-sificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001735-3

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 1998005337

No. de Presentación: 20120162227

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-NUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00108 del Libro 00162 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-sistente en la palabra IBUKID, escrita en letras corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001736-3

No. de Expediente: 2001017141

No. de Presentación: 20120162225

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador hoy Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00146 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras Moisty finger, escritas en letras minúsculas de carácteres especiales, y la letra M que se encuentra al principio, en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001737-3

No. de Expediente: 2001017137

No. de Presentación: 20120162232

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de na-cionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador hoy Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00170 del Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ZITROGEN, escrita en letras minúsculas de carácteres especiales, y la letra Z que se encuentra al principio, en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001738-3

DIARIO

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Page 105: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2001018027

No. de Presentación: 20120162229

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 00018 del Libro 00158 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CAVA, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001739-3

No. de Expediente: 2001018021

No. de Presentación: 20120162230

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00034 del Libro 00158 de INS-CRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra RAPACE, escrita en letras de molde, mayúsculas y de caracteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001740-3

No. de Expediente: 2001018023

No. de Presentación: 20120162217

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESEN-TANTE LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX, S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00024 del Libro 00158 de INS-CRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra RACKET, escrita en letras de molde, mayúsculas y de carácteres corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001741-3

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Page 106: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2001018018

No. de Presentación: 20120162221

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL

SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO NAVAL, del do-

micilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE

LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX,

S.A. DE C.V., del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Liber-

tad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00028 del Libro 00158 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra CONGA, escrita en letras de

molde, mayúsculas y de características corrientes; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasificación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001742-3

No. de Expediente: 2001017139

No. de Presentación: 20120162223

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MANUEL

SANCHEZ DE CASTRO, mayor de edad, INGENIERO, del domicilio

de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de na-

cionalidad ESTADOUNIDENSE, actuando como REPRESENTANTE

LEGAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX,

S.A. DE C.V., del domicilio de Nueva San Salvador hoy Santa Tecla:

Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00144 del

Libro 00155 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la pala-

bra Nimogen, escrita en letras minúsculas de caracteres especiales, y la

letra N que se encuentra al principio, en letras mayúsculas; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil doce.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001743-3

No. de Expediente: 2000007085

No. de Presentación: 20110151456

CLASE: 23.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de Ilopango, Departa-

mento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00149 del Libro 00137 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VENUS, EN

LETRAS MAYUSCULAS; que ampara productos/servicios compren-

didos en la(s) Clase 23 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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Page 107: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039964-3

No. de Expediente: 2001012538

No. de Presentación: 20110152297

CLASE: 23.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de Ilopango, Departa-

mento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00018 del Libro 00143 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra SANSON, escrita

en letras mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 23 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039965-3

No. de Expediente: 1997006141

No. de Presentación: 20110151450

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de ILOPANGO,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00047 del Libro 00131 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra BELL-TEX la cual está escrita en letras mayúsculas ubicada

de izquierda a derecha; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 24 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039966-3

No. de Expediente: 1999000923

No. de Presentación: 20110151447

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE

FRANCISCO GUERRERO CHACON, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de INDUSTRIA

DE HILOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: HILO, S.A. DE C.V., del domicilio de ILOPANGO,

DIARIO

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00238 del Libro 00142 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en LAS PALABRAS BULL DOG QUE SE DESCRIBEN ASI: LAS

PALABRAS "BULL DOG", ESTAN ESCRITAS EN LETRAS DE

MOLDE, MAYUSCULAS Y DE COLOR NEGRO, EN UNA FORMA

HORIZONTAL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 24 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039968-3

Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2012116646

No. de Presentación: 20120165386

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de PE-

TRONAS LUBRICANTS ITALY S.p.A., de nacionalidad ITALIANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Profar

Consistente en: la palabra PROFAR, que servirá para: AMPARAR:

QUÍMICOS PARA SER USADOS EN LA INDUSTRIA; ANTI-

CONGELANTE Y LÍQUIDOS ANTICONGELANTES; QUÍMICOS

EN FORMA LÍQUIDA USADOS PARA INHIBIR Y REMOVER

DEPÓSITOS DE CAL; PREPARACIONES QUÍMICAS LIQUI-

DAS ESTABILIZADORAS PARA ENFRIAR CIRCUITOS PARA

MOTORES DE COMBUSTIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR,

TRACTORES, MAQUINAS PARA MOVER TIERRA, VEHÍCULOS

COMERCIALES E INDUSTRIALES, MOTORES DE 2/4 TIEMPOS

PARA VEHÍCULOS DE MOTOR, Y MOTORES ARREGLADOS Y

NAVALES; ADHESIVOS ANAERÓBICOS PARA PROPÓSITOS

INDUSTRIALES; PREPARACIONES PARA LA DESCALCIFICA-

CIÓN PARA PROPÓSITOS INDUSTRIALES PARA SU USO EN

CONEXIÓN CON RADIADORES, MOTORES DE COMBUSTIÓN

INTERNA Y ENFRIADO DE CIRCUITOS RELACIONADO A

LOS EQUIPOS MENCIONADOS; PREPARACIONES QUÍMICAS,

ESPECÍFICAMENTE, SOLVENTES DESENGRASANTES Y LIM-

PIADORES PARA USO EN CONEXIÓN CON RADIADORES, MO-

TORES DE COMBUSTIÓN INTERNA Y ENFRIADO DE CIRCUITOS

RELACIONADOS A LOS EQUIPOS MENCIONADOS ADITIVOS

QUÍMICOS PARA COMBUSTIBLES DE MOTORES; LÍQUIDOS

DE FRENOS; SELLADORES PARA FUGAS DE SISTEMAS DE

FRENOS DE AUTOMÓVILES; LÍQUIDOS ANTICONGELANTES

PROTECTIVOS PARA SISTEMAS DE FRENADO POR AIRE

COMPRIMIDO DE VEHÍCULOS INDUSTRIALES; LIQUIDO DE

DIRECCIÓN HIDRAULICA. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001674-3

No. de Expediente: 2012115555

No. de Presentación: 20120162939

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR

DIARIO

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. OFICIOSO de BOSE CORPORATION, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

BoSE

Consistente en: la palabra BOSE, que servirá para: AMPARAR:

APARATOS PARA GRABAR, TRANSMITIR Y REPRODUCIR

SONIDO O IMÁGENES; ALTOPARLANTES, SISTEMAS DE AL-

TOPLARLANTES, RADIOS, REPRODUCTORES DE DVD. REPRO-

DUCTORES DE CD, REPRODUCTORES DE MUSICA DIGITAL,

TELEVISIONES, AUDIFONOS, AURICULARES, MICROFONOS,

DISPOSITIVOS DE CONTROL REMOTO; SOFTWARE DE APLI-

CACIONES DE COMPUTADORA PARA TELEFONOS MOVILES

Y REPRODUCTORES DE MUSICA DIGITALES; SOFTWARE Y

HARDWARE DE COMPUTADORA USADO PARA CONFIGU-

RAR SISTEMAS DE SONIDO; SOFTWARE DE COMPUTADORA,

ESPECIFICAMENTE PARA CONTROLAR EQUIPO DE PRUEBA

DE MATERIALES PARA SER USADOS EN EL CAMPO DEL

DESARROLLO DE DISPOSITIVOS MEDICOS Y PRUEBAS DE

MATERIALES BIOMEDICOS O CON ALGÚN TIPO DE INGENIE-

RIA, INSTRUMENTOS DE PRUEBA DE ESPECIMENES USADOS

PARA LA APLICACIÓN DE CARGAS CICLICAS Y ESTATICAS A

ESPECIMENES INTEGRADOS JUNTO CON UN CONTROLADOR

USADO PARA PRUEBAS DE FATIGA Y PRUEBAS DE MATE-

RIALES DE LOS ESPECÍMENES SUJETOS A CARGAS PARA SU

USO EN LOS CAMPOS DEL DESARROLLO DE DISPOSITIVOS

MEDICOS Y PRUEBAS DE MATERIALES BIOMEDICOS O CON

ALGÚN TIPO DE INGENIERIA. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001675-3

No. de Expediente: 2011114946

No. de Presentación: 20110161733

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICAR-

DO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO

de CORPORACION HABANOS, S.A., de nacionalidad CUBANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las letras BHK y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: TABACOS, CIGARROS, CIGARRILLOS, CIGARITOS,

PICADURA PARA PIPAS; ARTICULOS DE FUMADOR; CENI-

CEROS, CORTAPUROS, FOSFORERAS, PURERAS; CERILLAS.

Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001677-3

No. de Expediente: 2012116628

No. de Presentación: 20120165353

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Clorotac y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001678-3

No. de Expediente: 2012116629

No. de Presentación: 20120165354

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Eskobiyol y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001679-3

No. de Expediente: 2010105949

No. de Presentación 20100145088

CLASE: 24.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Daimler

AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: un diseño identificado como Diseño de estrella dentro

de círculo, que servirá para: AMPARAR: TEJIDOS Y PRODUCTOS

TEXTILES; ROPA DE CAMA Y DE MESA; MANTAS DE VIAJE,

TEXTILES PARA LA FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR;

EDREDONES; FUNDAS PARA ALMOHADAS, PARA COJINES O

PARA EDREDONES. Clase: 24.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001682-3

DIARIO

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2012116315

No. de Presentación: 20120164725

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: identificado como:. FOTON LOGO, que servirá

para: AMPARAR: AUTOMOVILES; CAMIONES; TRACTORES;

MOTOCICLETAS; CARROS; COCHES; MONTACARGAS; VEHI-

CULOS PARA ELEVAR; TRAILERES (VEHICULOS); CARRITOS

PORTA MANGUERAS; CARRUAJES DE FUNDICION; MOTORES

PARA VEHICULOS TERRESTRES; VEHICULOS MEZCLADORES

DE CEMENTO; AMBULANCIAS; CAMIONES DE LIMPIEZA; CA-

MIONES ROCIADORES; OMNI BUSES; CARROS DEPORTIVOS;

CAMIONES DE VUELCO; VEHICULOS PARA TRANSPORTE

MILITAR; AUTOMOVILES PARA INGENIERIA; CHASIS DE

AUTOMOVILES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de febrero del año dos mil doce.-

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001684-3

No. de Expediente: 2012116462

No. de Presentación: 20120165014

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

JOHNSON'S BABY ACTIVE FRESH

Consistente en: las palabras JOHNSON'S BABY ACTIVE FRESH,

que se traducen al castellano como Johnson's Bebé Frescura Activa,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO

Y LIMPIEZA DE LA PIEL Y EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos. Distintivos. San Salvador,

dos de marzo del año dos mil doce.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001685-3

No, de Expediente: 2012116461

No. de Presentación: 20120165013

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

DIARIO

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Page 112: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

JOHNSON'S BABY LASTING CARE

Consistente en: las palabras JOHNSON'S BABY LASTING CARE,

que se traduce al castellano como Johnson's Cuidado Duradero de Bebés,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS PARA EL CUIDADO Y

LIMPIEZA DE LA PIEL Y EL CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de marzo del año dos mil doce.

LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001686-3

No. de Expediente: 2012116631

No. de Presentación: 20120165356

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Konflikt y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001687-3

No. de Expediente: 2012116632

No. de Presentación: 20120165357

CLASE; 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER; Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

Consistente en: la palabra Kungfidol y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001688-3

No. de Expediente: 2011110986

No. de Presentación: 20110154080

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO

de Industrias H-24 de Guatemala, Sociedad Anónima, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-

CA,

MATS

Consistente en: la palabra MATS, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS VETERINARIOS E HIGIENICOS, DESINFECTAN-

TES PARA USO HIGIENICO, PRODUCTOS PARA LA DESTRUC-

CION DE ANIMALES DAÑINOS, HERBICIDAS, ACARICIDAS,

DESINFECTANTE PARA INODOROS, GERMICIDAS. INSECTI-

CIDAS, PESTICIDAS, VENENOS BACTERIANOS, PASTILLAS

FUMIGANTES, INCIENSO REPELENTE PARA INSECTOS, PRE-

PARACIONES MATAMOSCAS, PAPEL ANTIPOLILLAS, PARASI-

TICIDAS, PEGAMENTO ATRAPAMOSCAS, PRODUCTOS PARA

ELIMINAR RATONES, REPELENTES DE INSECTOS, VARILLAS

FUMIGANTES, FUNGICIDAS, ALACRANICIDAS, RATICIDAS V

VENENOS, VENENOS PARA MATAR CUCARACHAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cinco de julio del año dos mil

once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001689-3

No. de Expediente: 2001018371

No. de Presentación: 20010018371

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Merck

KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: "MERCK" en letras mayúsculas, de las cuales la

letra "M" presenta su trazo izquierdo cortado por la mitad, desligándose el

extremo inferior del mismo, pero a la vez formando parte de la letra.

La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil

uno.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001690-3

DIARIO

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012116325

No. de Presentación: 20120164735

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SARA

ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de Cricket Music Operations, LLC, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MUVE

Consistente en: la palabra MUVE, que servirá para: AMPARAR:

SOFTWARE DE COMPUTACIÓN QUE PERMITE BAJAR Y EMITIR

MÚSICA Y ARCHIVOS HACIA DISPOSITIVOS INALAMBRICOS

QUE PUEDEN BAJARSE DESDE LA COMPUTADORA GLOBAL

O UNA RED INALAMBRICA. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001691-3

No. de Expediente: 2005048606

No. de Presentación: 20050063838

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de UNIVERSAL

TRADEMARKS, CORP., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Navy y diseño, que se traduce al castellano

como Marina.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

cinco.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de Febrero del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001692-3

No. de Expediente: 2012116634

No. de Presentación: 20120165359

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SHELL

BRANDS INTERNATIONAL AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra NITRO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: COMBUSTIBLES. Clase: 04.

DIARIO

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Page 115: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001693-3

No. de Expediente: 2012116749

No. de Presentación: 20120165649

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

PUrNEXa

Consistente en: la palabra PURNEXA, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS DE USO HUMANO.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos. Distintivos. San Salvador,

trece de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001694-3

No. de Expediente: 2012116626

No. de Presentación: 20120165351

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado INES TAU-

RA DE CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

PUROFEX

Consistente en: la palabra PUROFEX, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA HUMANOS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001695-3

DIARIO

OFI

CIAL S

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ARA CONSULT

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NO TIE

NE VALI

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2011112390

No. de Presentación: 20110156661

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Tod's S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño identificado como T LOGO Y CA-

BEZA DE LEON, que servirá para: AMPARAR: ABRIGOS DE

CUERO,CHAQUETAS DE CUERO, PANTALONES DE CUERO,

FALDAS DE CUERO, TOPS DE CUERO, GABARDINAS DE CUE-

RO, ABRIGOS LARGOS DE CUERO, SOBRETODOS DE CUERO,

CINTURONES DE CUERO, TIRANTES DE CUERO PARA LA

ROPA, CINTURONES, TRAJES, CHAQUETAS ACOLCHADAS,

CHAQUETAS, CHAQUETAS FORRADAS, JUMPERS, PANTA-

LONES, JEANS, FALDAS, VESTIDOS, ABRIGOS, SOBRETODOS

O GABANES, CAPAS, IMPERMEABLES, PARKAS, JERSEYS,

CAMISAS, CAMISETAS, BLUSAS, SUETERES, ROPA INTERIOR,

BABY DOLLS, SIENDO ROPA DE DORMIR, BATAS DE BAÑO,

ROPA PARA BAÑO (PRENDAS DE VESTIR), NEGLIGES, TRAJES

DE BAÑO, BATAS DE CASA, CAMISONES, VESTIDOS DE UNA

SOLA PIEZA, VESTIDOS DE DOS PIEZAS, VESTIDOS DE NOCHE,

CHALES, BUFANDAS, CORBATAS, CORBATAS AL CUELLO,

TRAJES DE CABALLEROS, ROPA DE MUJER, CAMISAS DE

VESTIR, CAMISAS HAWAIANAS, SUDADERAS, CAMISETAS

INTERIORES, CAMISAS TIPO POLO, TRAJES DE CUERPO, BLA-

ZERS, SHORTS, CAMISAS DEPORTIVAS, ZAPATOS, ZAPATOS

DEPORTIVOS, PANTUFLAS, CHANCLOS, ZAPATOS DE TACON

BAJO, ZAPATOS DE CUERO, ZAPATOS DE GOMA, BOTAS DE

GOMA, ZAPATOS DE GOLF, ZUECO DE MADERA, ZAPATOS DE

PESCADOR, ZAPATOS DE BALONCESTO, ZAPATOS DE VESTIR,

ZAPATOS DE TACON, ZAPATOS PARA CAMINAR, ZAPATOS

DE RUGBY, ZAPATILLAS DE BOXEO, ZAPATOS DE BEISBOL,

ZAPATOS DE VINILO, ZAPATOS DE PLAYA, SUELAS, SUELAS

PARA CALZADO, EMPEINES DE CALZADO, TALONERAS PARA

ZAPATOS Y BOTAS, ANTIDESLIZANTES PARA ZAPATOS Y

BOTAS, PUNTERAS PARA EL CALZADO, ZAPATOS DE LLUVIA,

ZAPATOS PARA PISTA, ZAPATOS DE TRABAJO, ZAPATOS DE

PAJA, ZAPATOS DE GIMNASIA, BOTAS, BOTAS DE ESQUI, BO-

TAS MEDIANAS, BOTAS ARTICAS, BOTAS DE FUTBOL, BOTAS

CON CORDONES, ZAPATOS DE HOCKEYS DE CAMPO, ZAPATOS

DE BALONMANO, ALPARGATAS, SANDALIAS, SANDALIAS

DE BAÑO, GUANTES, GUANTES DE PROTECCION CONTRA EL

FRIO, GUANTES DE CUERO, MITONES, SOMBREROS Y GORRAS,

VICERAS (ARTICULOS DE SOMBRERERIA), SOMBREROS Y

GORRAS DE CUERO. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001696-3

No. de Expediente: 2011115031

No. de Presentación: 20110161855

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Continental Automotive GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

VDr-WEB

Consistente en: la expresión VDR-WEB, la palabra Web se traduce

al castellano como: red, que servirá para: AMPARAR: APARATOS

DE REGISTRO DE TIEMPOS; DISPOSITIVOS REGISTRADORES

ELECTRONICOS DE A BORDO PARA REGISTRAR HORAS DE

SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIA-

LES Y OTROS DATOS PARA FINES DE ADMINISTRACION DE

FLOTAS; DISPOSITIVOS REGISTRADORES ELECTRONICOS DE A BORDO PARA PROTOCOLIZAR HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIALES, LOS CUALES CONSISTEN DE UNA UNIDAD CENTRAL DE PROCESAMIENTO,

DIARIO

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Page 117: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. UN DISPOSITIVO DE COMUNICACION INALAMBRICA PARA TRANSMITIR DATOS, UNA UNIDAD DE ALMACENAMIENTO DE MEMORIA FLASH DE CONDUCTOR, UNA MEMORIA DE ALMACENAMIENTO DE MEMORIA FLASH DE COMPAÑIA, Y SOFTWARE PARA REGISTRAR, ALMACENAR, Y TRANSMITIR DATOS RELACIONADOS CON EL VEHICULO Y EL CONDUCTOR, UNIDADES DE MEMORIA FLASH PARA USAR CON REGISTRA-DORES ELECTRONICOS DE A BORDO DE HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIALES; SOFT-WARE PARA USAR CON REGISTRADORES ELECTRONICOS DE A BORDO DE HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICULOS COMERCIALES; APARATOS TELEMATICOS, EN CONCRETO DISPOSITIVOS INALAMBRICOS DE INTERNET QUE PROVEEN SERVICIOS TELEMATICOS Y TIENEN UNA FUNCION DE TELEFONO CELULAR PARA TRANSMITIR INFORMACIONES SOBRE HORAS DE SERVICIO DE CONDUCTORES DE VEHICU-LOS COMERCIALES Y OTROS DATOS DE ADMINISTRACION DE FLOTAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día veintidós de diciembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No.C001697-3

No. de Expediente: 2011112389

No. de Presentación: 20110156660

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Tod's S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño identificado como T LOGO Y CABEZA DE LEON, que servirá para: AMPARAR: BOLSOS, CARTERAS, MALETAS DE VIAJE, PORTAFOLIOS, PORTAFOLIOS DE CUE-RO, PORTA TARJETAS DE CREDITO DE CUERO, BILLETERAS, MALETINES DE CUERO PARA DOCUMENTOS, LLAVEROS DE

CUERO, MONEDEROS, BAULES, MALETAS, BOLSAS DE COS-METICOS, BOLSAS DEPORTIVAS INCLUIDAS EN ESTA CLASE, BOLSAS PARA EQUIPOS DEPORTIVOS, BOLSOS Y BOLSAS COLGANTES DE HOMBROS PARA DAMAS, BOLSOS DE CUE-RO PARA COMPRAS, MOCHILAS, BOLSAS DE ROPA PARA EL VIAJE, PORTA TRAJES DE VIAJE, BOLSAS DE ZAPATOS PARA VIAJES, BOLSAS DE PLAYA, MOCHILAS (RUCKSACKS), BOLSAS PARA PAÑALES, MOCHILAS (BACKPACKS), MALETINES TIPO BOSTON, BAULES DE VIAJE, MALETINES (DUFFEL BAGS), MALETINES, BOLSOS PARA EQUIPAJE DE MANO, BOLSAS PARA ALPINISMO, MORRALES, BOLSAS PARA LA OPERA, NECESERES (VACIOS), CUEROS, ESTUCHES Y CAJAS HECHOS DE CUERO, BOLSOS DE CUERO PARA EMBALAJE, CORREAS DE CUERO, SOMBRILLAS, CINCHAS DE CUERO. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001698-3

No. de Expediente: 2011113668

No. de Presentación: 20110159024

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Motorola

Trademark Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MoTocaST

Consistente en: la palabra MOTOCAST, que servirá para: AM-

PARAR: SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA SU USO EN

DESCARGAR, EXTRAER, CODIFICAR, DECODIFICAR, JUGAR,

ALMACENAR, ORGANIZAR, TRANSMITIR, Y REVISAR TEXTO,

INFORMACION, IMAGENES, ARCHIVOS DE AUDIO, ARCHI-

VOS DE VIDEO Y JUEGOS ELETRONICOS EN CONEXION CON

COMPUTADORAS, CAJAS DECODIFICADORAS DE TELEVISION,

REPRODUCTORES DE MUSICA, REPRODUCTORES DE VIDEO,

REPRODUCTORES MULTIMEDIA, TELEFONOS CELULARES,

TABLETS Y DISPOSITIVOS ELECTRONICOS DIGITALES POR-

TATILES Y DE MANO; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA

INGRESAR, NAVEGAR Y BUSCAR BASES DE DATOS EN LINEA.

Clase: 09.

DIARIO

OFI

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A

NO TIE

NE VALI

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Page 118: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001704-3

No. de Expediente: 2012116177

No. de Presentación: 20120164516

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Alimentos, Sociedad Anónima, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SoTTilE

Consistente en: la palabra SOTTILE, que servirá para: AMPA-

RAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ,

SUCEDÁNEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES A

BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y

DE CONFITERÍA, HELADOS; MIEL, JARABE DE MELAZA; LE-

VADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001706-3

No. de Expediente: 2012117487

No. de Presentación: 20120166843

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO

de PREMIUM FOODS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: PREMIUM FOODS, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra COCOLOTE y diseño, que servirá para:

AMPARAR: GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHOLICAS;

BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARA-

CIONES PARA HACER BEBIDA. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de abril del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001707-3

No. de Expediente: 2012116485

No. de Presentación: 20120165054

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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Page 119: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SWiTcH

Consistente en: la palabra SWITCH, que se traduce como INTE-RRUPTOR, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001708-3

No. de Expediente: 2012116486

No. de Presentación: 20120165055

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

TiBUroN

Consistente en: la palabra TIBURON, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES. FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NA-TURALES, Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001709-3

No. de Expediente: 2012116465

No. de Presentación: 20120165017

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Eli Lilly

and Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

VaYaPliN

Consistente en: la palabra VAYAPLIN, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001710-3

No. de Expediente: 2012116487

No. de Presentación: 20120165056

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

VEcTra

Consistente en: la palabra VECTRA, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS Y GRANOS AGRÍCOLAS, HORTÍCOLAS Y SILVÍCOLAS NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES. FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS, SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES NA-TURALES. Clase: 31.

DIARIO

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Page 120: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001711-3

No. de Expediente: 2012116466

No. de Presentación: 20120165018

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Grupo

Empresarial de Producciones Biofarmacéuticas y Químicas, LABIO-

FARM., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

Consistente en: la palabra VIDATOX y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO:

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO Y ALIMENTOS

PARA BEBÉS. PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE ORIGEN NA-

TURAL, LIOFILIZADOS, SOLUCIONES, TABLETAS, CREMAS Y

UNGÜENTOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001712-3

No. de Expediente: 2011112391

No. de Presentación: 20110156662

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Global Brand Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de Ja MARCA DE FABRICA,

XoXo

Consistente en: la palabra XOXO, que servirá para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN, PRODUCTOS DE ESTAS MA-TERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, primero de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001713-3

DIARIO

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Page 121: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente 2011112392

No. de Presentación: 20110156663

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado VICENTE

DE JESÚS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de Global Brand

Holdings, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FÁBRICA,

XoXo Consistente en: La palabra XOXO, que servirá para: AMPARAR:

PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE SOMBRERE-

RÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001715-3

No. de Expediente: 2012116464

No. de Presentación: 20120165016

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de SANOFI,

de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

FÁBRICA,

ZEQUiVEc Consistente en: La palabra ZEQUIVEC, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de marzo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001716-3

No. de Expediente: 2012116463

No. de Presentación: 20120165015

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA

CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Eli Lilly

and Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FÁBRICA,

arMaMENT Consistente en: La palabra ARMAMENT que se traduce al castellano

como ARMAMENTO, que servirá para: AMPARAR: BACTERICIDAS,

ESPECÍFICAMENTE, BACTERIÓFAGO UTILIZADO COMO UN

AGENTE DE SEGURIDAD DE LOS ALIMENTOS HUMANOS PARA

REDUCIR LOS NIVELES DE PATÓGENOS TRANSMITIDOS POR

LOS ALIMENTOS PORTADOS POR EL GANADO, LAS AVES

DE CORRAL O CARNE ANTES DE SER PROCESADA PARA EL

CONSUMO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001718-3

DIARIO

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Page 122: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No, de Expediente: 2012116627

No. de Presentación: 20120165352

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO

de AGROCENTRO, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRI-

CA,

Consistente en: La palabra Arrastre y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil doce.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001722-3

No. de Expediente: 2010105954

No. de Presentación: 20100145093

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Daimler AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: Un diseño de estrella dentro de círculo, que servirá

para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE

DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS,

HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS,

SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUE-

VOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES; COMIDAS PREPARADAS A BASE DE CARNE

Y/O PESCADO Y/O CARNE DE AVE Y/O CARNE DE CAZA Y/O

FRUTAS, VERDURAS, HORTALIZAS O LEGUMBRES EN CON-

SERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS Y/O JALEAS Y/O

CONFITURAS Y/O COMPOTAS Y/O HUEVOS Y/O LECHE Y/O

PRODUCTOS LÁCTEOS; SOPAS Y PAPAS FRITAS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil

diez.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001723-3

No. de Expediente: 2012116320

No. de Presentación: 20120164730

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMÉRICO PÉREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

DIARIO

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

Consistente en: Un diseño identificado como LOGO FORLAND,

que servirá para: AMPARAR: AUTOMÓVILES; CAMIONES; TRAC-

TORES; MOTOCICLETAS; CARROS; COCHES; MONTACARGAS;

VEHÍCULOS PARA ELEVAR; TRÁILERES (VEHÍCULOS); CA-

RRITOS PORTA MANGUERAS; CARRUAJES DE FUNDICIÓN;

MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES; VEHÍCULOS

MEZCLADORES DE CEMENTO; AMBULANCIAS; CAMIONES DE

LIMPIEZA; CAMIONES ROCIADORES; OMNI BUSES; CARROS

DEPORTIVOS; CAMIONES DE VUELCO; VEHÍCULOS PARA

TRANSPORTE MILITAR; AUTOMÓVILES PARA INGENIERÍA;

CHASIS DE AUTOMÓVILES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001726-3

No. de Expediente: 2012117667

No. de Presentación: 20120167148

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SAMUEL

WILLIAM ORTIZ DAUBER, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de INTEGRATED LENS

TECHNOLOGY PTE LTDA, de nacionalidad SINGAPURENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La expresión ILT y diseño, que servirá para:

AMPARAR: LENTES OFTÁLMICAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de mayo del año dos mil doce.-

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001746-3

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2012116857

No. de Presentación: 20120165841

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EDUARDO

ANTONIO NOLASCO HERRERA, en su calidad de APODERADO

de CARLOS HERNÁNDEZ MEDRANO, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: La expresión BARBA ROJA y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE BRINDA SERVICIOS DE

RESTAURANTE.

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de marzo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039855-3

No. de Expediente: 2011112850

No, de Presentación: 20110157417

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FERNANDO

KRIETE SOL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ISTMO

MUSIC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ISTMO MUSIC, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras Sistemas Visuales y diseño, que

servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA, DEDICADA A LA

COMERCIALIZACIÓN DE MÚSICA POR MEDIO DE DISCOS

COMPACTOS Y/O ARCHIVOS DESCARGABLES, A TRAVÉS DE

TODO EL MUNDO; ASIMISMO, LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN

DE EVENTOS MUSICALES A NIVEL NACIONAL Y EXTRANJERO;

LICENCIAR DERECHOS MUSICALES A TERCEROS; LA VENTA

DE ESPACIO PARA ANUNCIARSE EN INTERNET.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de febrero del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040005-3

No. de Expediente: 2012116509

No, de Presentación: 20120165097

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

ALEXANDER AGUILAR HASBUN, en su calidad de APODERADO

de LOGIS CONSULTORES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras LOGIS XPRESS y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA

PRESTACIÓN DE SERVICIO DE LOGÍSTICOS INTEGRALES DE

PLANEACIÓN, ALMACENAJE, DEPÓSITO, CONSOLIDACIÓN

Y DESCONSOLIDACIÓN DE CARGA Y RESGUARDO, CUSTO-

DIA, DISTRIBUCIÓN FÍSICA, MANEJO Y RECOLECCIÓN DE

TODA CLASE DE MERCANCÍAS, SERVICIO DE TRANSPORTE

DE CARGA, ASESORÍA Y CONSULTORÍA TÉCNICA EN LAS

RAMAS DEL COMERCIO EXTERIOR, DESADUANAMIENTO

EN CUMPLIMIENTO DE LAS REGULACIONES DE COMERCIO

INTERNACIONAL, TRANSPORTE, TIPOS DE EMPAQUES, AL-

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Page 125: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. MACENAJE, LOGÍSTICAS, DISTRIBUCIÓN DE MERCANCÍAS,

INDUSTRIAL ADMINISTRATIVO, CONTABLE, MERCANTIL,

FINANCIERO ASÍ COMO LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE

AGENCIA ADUANAL.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de mayo del año dos mil doce.-

MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040009-3

SUBaSTa PÚBlica

VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDO DE

MENOR CUANTÍA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, marcado en este

Juzgado bajo la Referencia 546-EC-01, promovido por el Lic. OSCAR

ARMANDO CRUZ JUÁREZ, en su calidad de Apoderado Especial

Judicial del Señor JUAN ANTONIO DURÁN, contra la sucesión que

a su defunción dejó la causante señora MARÍA MARGARITA LÓPEZ

MARROQUÍN, conocida por MARGOTH LÓPEZ, representada por el

Curador Doctor ERNESTO RIVERA GUZMÁN, reclamándole cantidad

de Colones o su equivalente en Dólares y accesorios legales. Se venderá

en Pública Subasta en este Juzgado, la cual se llevará a cabo a LAS

ONCE HORAS del día TREINTA Y UNO DE MAYO, del corriente

año, el derecho proindiviso del cincuenta por ciento que correspondía

a la demandada Sra. MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN,

conocida por MARGOTH LÓPEZ, el inmueble embargado siguiente:

“Un terreno, antes RÚSTICO, ahora URBANO, situado en Colonia San

Antonio Abad, Jurisdicción de esta Ciudad, de la extensión superficial

de DOSCIENTOS SIETE METROS CUADRADOS, cuya descripción

particular es la siguiente; AL NORTE, ocho metros doscientos ochenta

milímetros, con inmueble que fue de Evarista Barrera y hoy de Patrocinio

Campos; AL ORIENTE, veinticinco metros, con resto del inmueble

general de la propiedad del Señor Santos Primo Méndez Melara, de

donde se desmembró la porción que se describe, que en el parte media

de tal resto es actualmente de Rodrigo Antonio Díaz Ruíz, AL SUR,

ocho metros doscientos ochenta milímetros con el Inmueble de Antonio

Nerio, según antecedente, pero en la actualidad Calle de por medio,

con el mismo Inmueble que fue de Antonio Nerio y hoy de Raymunda

Cañenguez; AL PONIENTE, con propiedad que fue de Evarista Barrera,

hoy de Miguel Ángel Luna. El terreno así descrito se encuentra Inscrito

en proindivisión y por iguales partes equivalente al cincuenta por ciento

a cada uno, correspondiendo el embargo del cincuenta por ciento acre-

ditado que correspondía a favor de los señores Juan Antonio Durán y la

deudora MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN, conocida por

MARGOTH LÓPEZ, bajo el número TREINTA Y NUEVE, del libro

DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE, ahora con Matrícula Número

M CERO CINCO UNO UNO TRES OCHO SEIS DOS, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del centro, del

Departamento de San Salvador y embargado el cincuenta por ciento del

derecho proindiviso que corresponde a la sucesión que a su defunción

dejó la causante Sra. MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN,

conocida por MARGOTH LÓPEZ Inscrito bajo el Asiento DOS del

inmueble con Matrícula No. 60130234-00000 Folio Activo.

La base del remate será la cantidad de SIETE MIL CIENTO

SETENTA Y OCHO DÓLARES CON TREINTA Y CUATRO

CENTAVOS DE DÓLAR ($7,178.34); es decir, las dos terceras partes del

valúo asignado por los peritos valuadores nombrados, correspondiente al

50% del derecho de propiedad del Inmueble a subastarse, que le pertenece

a la demandada Sra. MARÍA MARGARITA LÓPEZ MARROQUÍN,

conocida por MARGOTH LÓPEZ”.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR

CUANTÍA: San Salvador, a los veintitrés días del mes de mayo del

dos mil once.- Licda. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA

2 SEGUNDO DE MENOR CUANTÍA. Licda. LOURDES MARÍA

ARAUJO DE AMAYA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039922-3

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el Abogado José Edgardo Morales Portillo, en su calidad de Apode-

rado General Judicial del Banco Agrícola, Sociedad Anónima; contra los

señores Benjamín Encarnación Hernández y Sandra Elizabeth García

de Hernández, se autoriza vender en pública subasta el bien inmueble

embargado en el presente Juicio, en este Tribunal y es el siguiente:

Lote Urbano y construcciones que contiene, marcado con el número

DOS DEL BLOCK “k”, DE LA URBANIZACION REPARTO LOS

SANTOS, JURISDICCION DE SOYAPANGO, de este Departamen-

to, el cual tiene la descripción particular siguiente: De la intersección

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395de los ejes del PASAJE Número cuatro y Calle Brisas de Cuscatlán

abiertos en esta urbanización, con rumbo Norte sesenta y ocho grados

cero nueve punto nueve minutos Este se miden sobre este último once

punto diez metros en este punto haciendo una deflexión derecha con

rumbo Sur veintiún grados cincuenta punto un minuto Este y distancia

de siete punto cincuenta metros se llega al mojón número uno, esquina

Nor-este del lote que se describe así: AL ORIENTE: Partiendo del

mojón número uno con rumbo Sur veintiún grados cincuenta punto un

minuto Este y distancia de diecisiete punto veinticinco metros se llega

al mojón número dos, lindando por este lado con el lote número tres

del block “K” de la misma urbanización. AL SUR: Del mojón número

dos con rumbo Sur setenta grados trece punto cinco minutos Oeste y

distancia de siete punto cincuenta metros se llega al mojón número tres,

lindando por este lado con terreno de Balmore González hoy Colonia

Los Laureles. AL PONIENTE: Del mojón número tres con rumbo

Norte veintiún grados cincuenta punto un minutos Oeste y distancia de

quince metros se llega al mojón número cuatro lindando por este lado

con el lote número uno del block “K” de la misma Urbanización. AL

NORTE: Del mojón número cuatro con rumbo Norte sesenta y ocho

grados cero nueve punto nueve minutos Este y distancia de siete metros

se llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción

lindando por este lado con el Lote número uno en la realidad aunque en

su antecedente no lo dice del Block “E” de la misma Urbanización, Calle

Brisas de Cuscatlán de quince metros de ancho de por medio. El lote

así descrito tiene un área de CIENTO DIECISEIS PUNTO OCHENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a ciento sesenta y siete punto

doce varas cuadradas según antecedente pero en realidad tiene un área

de ciento doce punto ochenta y siete metros cuadrados equivalentes a

ciento sesenta y uno punto cuarenta y nueve varas cuadradas, esto para

que surta efecto entre las partes y no para fines registrales. El inmueble

anteriormente descrito es Propiedad de los señores Benjamín Encarnación

Hernández y Sandra Elizabeth García de Hernández, en proindivisión

y por partes iguales equivalentes al cincuenta por ciento a cada uno de

ellos, inscrito a su favor en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo

la matrícula número SESENTA MILLONES SETENTA Y SEIS MIL

TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO- CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, encontrándose a su margen el siguiente gravamen

1) Primera Hipoteca Abierta, bajo el asiento número nueve a favor del

“Banco Agrícola, Sociedad Anónima”.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas

quince minutos del día cinco de enero de dos mil doce.- LIC. EDGAR

ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F039944-3

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL DEL CEN-

TRO JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por el Licenciado JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, mayor de

edad, Abogado, de este domicilio, actuando como Apoderado General

Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, que se

abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., Institución Bancaria, de este do-

micilio, contra la señora GLORIA EDITH MONJARAS RENDEROS,

conocida por GLORIA EDITH MONJARAS DE ZEPEDA, mayor de

edad, Empleada, del domicilio de Santa Ana, Departamento de Santa

Ana, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más

adelante se especificará: Un inmueble urbano, situado en el Cantón

Cutumay Camones de la Jurisdicción de Santa Ana, Departamento del

mismo nombre, marcado como LOTE VEINTIUNO DEL POLIGONO

“A”, DE LA URBANIZACION SANTA ANA NORTE, SEPTIMA

ETAPA, de un área de SESENTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a NOVENTA Y SEIS PUNTO

CINCUENTA Y OCHO UNA VARAS CUADRADAS, con un área

construida de treinta punto cincuenta metros cuadrados, que mide: AL

NORTE, cinco metros: AL SUR, cinco metros: AL ORIENTE, trece

punto cincuenta metros: y AL PONIENTE, trece punto cincuenta me-

tros, el inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de

la señora GLORIA EDITH MONJARAS RENDEROS, conocida por

GLORIA EDITH MONJARAS DE ZEPEDA bajo la Matrícula Número

DOS CERO CERO OCHO UNO DOS NUEVE CERO - CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección de Occidente, Departamento de Santa Ana.

Se admitirán posturas siendo éstas legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador, a las

nueve horas del día veintiuno de febrero de dos mil doce.- LIC. JOSE

MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO

JUDICIAL.

3 v. alt. No. F039945-3

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER Que por Ejecución promovida primeramente por

la Licenciada ALMA JEANNET SORTO MARTINEZ y continuado

por la Licenciada LUZ MAGDALENA GOMEZ DE CHICAS, en

contra de los señores FREDESVINDA ARGUETA HERNANDEZ y

SANTOS ANTONIO MEMBREÑO; se venderá en Pública Subasta en

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. este Juzgado, el siguiente inmueble: “Un inmueble de naturaleza urbana

situado en Colonia Milagro de La Paz, Calle Palestina, de esta ciudad,

Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de

QUINIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON

SETENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas

y colindancias siguientes: AL NORTE: en dos tramos, el primero de

oriente a poniente de seis metros noventa centímetros, el segundo tramo

de oriente a poniente de veintiún metros quince centímetros, colinda

con la señora Ofelia Chávez, pared de bloque de por medio, propiedad

de los solicitantes, AL SUR: veinticuatro metros, colinda con el señor

Manuel de Jesús Rodríguez, pared de bloque de por medio, propiedad

de los solicitantes, AL ORIENTE: en tres tramos, el, primero de Norte

a Sur, cuatro metros noventa y tres centímetros, el segundo de norte

a sur, mide tres metros ochenta y un centímetros, el tercero de norte

a sur, dieciséis metros cincuenta y nueve centímetros, colinda con la

señora María Esperanza Chávez, Calle Palestina de por medio, y al

PONIENTE: diecisiete metros, colinda con la señora María Florencia

Hernández, pared de bloque de por medio, propiedad de los solicitantes;

en el inmueble antes descrito, existen construcciones de sistema mixto y

demás servicios necesarios, inmueble que se encuentra inscrito bajo la

Matrícula número OCHO CERO CERO NUEVE CINCO TRES CINCO

SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO, asiento CINCO, a favor de

los señores FREDESVINDA ARGUETA HERNANDEZ y SANTOS

ANTONIO MEMBREÑO, propietarios en proindivisión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve

horas y veinte minutos del día diecisiete de abril del año dos mil doce.- DR.

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC.

ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039973-3

ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida por el señor NELSON

YOALMO COTO HERNANDEZ, por medio de su Apoderada General

Judicial Licda. LUZ MAGDALENA GOMEZ DE CHICAS, en contra

de los señores JOSE ALFONSO JURADO y ANA MELBA GUEVARA

DE JURADO, de sesenta y cuatro y cincuenta y un años de edad en el

año dos mil cuatro, respectivamente; el primero Agrónomo, la segunda

Cosmetóloga; ambos de domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de

San Miguel; representados por medio de su Apoderada General Judicial

Licda. IDALIA FLORIBEL SANCHEZ RAJO, se venderá en este Tri-

bunal en Pública Subasta en fecha que posteriormente se comunicará, un

resto registral de CIENTO DIECISIETE MIL METROS CUADRADOS,

libre de gravamen, de una porción de terreno, de naturaleza rústica,

denominado “Guapinolito”, situado en el Cantón Guanaste, jurisdic-

ción de Ciudad Barrios, Distrito y Departamento de San Miguel, de la

capacidad superficial ONCE HECTAREAS SESENTA AREAS, de los

linderos siguientes: AL ORIENTE, río de por medio con terreno que

fue de CRISTINA CONTRERAS, hoy de ANTONIA GALDAMEZ,

ALEJANDRO CASTILLO y SUCESION PAZ; representada por AN-

TONIO PAZ, río de Crigual de por medio, ahora también con porción

de terreno vendido a don SATURNINO ESCOBAR; AL PONIENTE,

con terreno de ANACLETO AGUILAR, cerco de alambre y piña, en

línea quebrada; AL NORTE, con terreno de CECILIO GUEVARA y

MIGUEL CARRANZA, cerco de alambre de por medio, ahora también

con porción vendida al señor SATURNINO ESCOBAR; AL SUR, con

terreno del mismo ANACLETO AGUILAR, cerco de alambre y zanjo

hasta llegar al río, donde se comenzó.- Este terreno, está gravado con

servidumbre de tránsito para vehículos automotores y carretera hasta

llegar a la carretera que de esta Ciudad conduce a San Miguel.- Sobre el

resto de otro terreno de la misma naturaleza, situación y denominación

que el anterior, identificado en el antecedente como SEGUNDO: de

la capacidad original de CATORCE HECTAREAS, y de los linderos

originales siguientes: AL ORIENTE, con terreno de Guatajiagua, río

de por medio; AL NORTE, con terreno de la sucesión de PATRICIO

GUEVARA, y según antecedente dividido con el primero cerco de piña,

con el segundo, diseño de zanjo y mojones de piedras, AL PONIENTE,

con terreno de la sucesión de PABLO ROMERO y ALEJO MEDRANO,

camino vecinal antiguo de por medio; AL SUR, terreno de la sucesión de

ANDRES AGUILAR, dividiéndolos zanjos, mojones en línea quebrada,

cerca de piña, mojones de piedra y zanjo seco hasta llegar al río donde se

comenzó y con porción vendida a la Alcaldía Municipal de esta Ciudad;

propiedad del señor JOSE ALFONSO JURADO GUERRERO, inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Oriente, bajo el Número CINCUENTA Y CINCO, del libro CUATRO-

CIENTOS CUARENTA Y SIETE, propiedad de San Miguel, trasladado

al Sistema de Inscripción de Folio Real Automatizado según Matrícula

OCHO CERO CERO UNO TRES UNO UNO SEIS, propiedad de San

Miguel.- Los inmuebles anteriormente descritos, a la fecha cuentan con

dos presentaciones de segregación.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día diecinueve de

octubre del año dos mil nueve.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA

DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN

BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039976-3

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395rEPoSicioN DE cErTificaDoS

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km 10 Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPOSITO A PLAZO FIJO No. 009PLA000252632 emitido, solicitando

la reposición de dicho CERTIFICADO por SEIS MIL DOLARES (US$

6,000.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

CHALATENANGO, Viernes 25 de mayo de 2012.

LIC. MARTA NELY MENJIVAR,

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima

Agencia CHALATENANGO.

3 v. alt. No. C001705-3

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD COLEGIO GARCIA FLAMENCO, S.A. DE C.V.,

AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a estas oficinas se ha presentado la señora

MARIA EUGENIA MURGA FONTANALS DE MORALES, propie-

taria del certificado de acciones número quinientos tres emitido por esta

Sociedad, el cual ampara una acción, solicitando la reposición de dicho

certificado por manifestar haberlo extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere oposición,

se procederá a reponer el certificado de acciones en referencia.

San Salvador, 25 de Mayo de dos Mil Doce.

ING. ARNOLDO POCASANGRE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039875-3

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD PROMOCIONES URBANAS, S.A. DE C.V., AL

PUBLICO.

HACE SABER: Que a estas oficinas se ha presentado el Licenciado

JOSE ROBERTO ARGUETA MANZANO, propietario del certificado

ciento siete del año dos mil tres, emitido por esta Sociedad, el cual ampara

setenta y dos acciones, solicitando la reposición de dicho certificado por

manifestar haberlo extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere oposición,

se procederá a reponer los certificados de acciones en referencia.

San Salvador, 23 de Mayo de dos Mil Doce.

ING. ARNOLDO POCASANGRE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039876-3

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD COLEGIO GARCIA FLAMENCO, S.A. DE C.V.,

AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a estas oficinas se ha presentado el Licen-

ciado JOSE ROBERTO ARGUETA MANZANO, propietario de los

certificados de acciones números noventa y tres del año dos mil dos,

ciento ochenta del año dos mil tres y trescientos sesenta y seis del año

dos mil cinco, emitidos por esta Sociedad, los cuales amparan en su

totalidad ciento treinta y tres acciones, solicitando la reposición de dichos

certificados por manifestar haberlos extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso, y si no hubiere oposición,

se procederá a reponer los certificados de acciones en referencia.

San Salvador, 25 de Mayo de dos Mil Doce.

ING. ARNOLDO POCASANGRE,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039877-3

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2012116637

No. de Presentación: 20120165362

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de CDM Smith Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

CDM SMITH

Consistente en: la expresión CDM SMITH, que servirá para:

AMPARAR: ADMINISTRACION DE PROGRAMAS, PLANEACION

DE CONSTRUCCIONES, SUPERVISION DE ADMINISTRACION

DE CONSTRUCCIONES, SERVICIOS DE CONSTRUCCION

COMERCIAL Y GUBERNAMENTAL, Y SERVICIOS DE CON-

TRATISTAS EN GENERAL, TODOS EN LOS CAMPOS DE

AVIACION, SERVICIOS E INSTALACIONES DE TRANSITO Y

TRANSPORTE PUBLICO, PREPARACIONES Y RECUPERACION

DE EMERGENCIAS Y DESASTRES, RESTAURACION DE SITIOS,

ELIMINACION DE DESECHOS PELIGROSOS Y SITIOS CON-

TAMINADOS, SISTEMAS DE ADMINISTRACION AMBIENTAL,

TRABAJOS INDUSTRIALES Y PUBLICOS E INSTALACIONES

AMBIENTALES, TRATAMIENTO DE AGUAS Y DESECHOS Y

CONSERVACION DE RECURSOS DE AGUA, SISTEMAS DE RE-

CUPERACION DE LA ENERGIA, PROYECTOS GEOTECNICOS Y

GEO AMBIENTALES, INFRAESTRUCTURA PUBLICA, SISTEMAS

E INFRAESTRUCTURA DE ENERGIA Y TRANSPORTE, ENERGIA

ALTERNATIVA, Y ENERGIA EOLICA; SERVICIOS DE OPERA-

CIÓN, MANTENIMIENTO E INSPECCION EN LOS CAMPOS DE

CAMINO, PUENTES, LINEAS FERREAS, AVIACION, INFRA-

ESTRUCTURA PUBLICA, Y SISTEMAS E INSTALACIONES DE

ENERGIA Y TRANSPORTE; SERVICIOS DE CONSTRUCCION EN

LOS CAMPOS DE EDIFICIO Y ESTRUCTURAS RESIDENCIALES,

COMERCIALES E INSTITUCIONALES. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de marzo del año dos mil doce.-

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001676-3

No. de Expediente: 2012116187

No. de Presentación 20120164526

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefónica, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ESPACIO FUNDACION TELEFÓNICA

y diseño, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACION,

SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTI-

VAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

DIARIO

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001680-3

No. de Expediente: 2012116184

No. de Presentación: 20120164523

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Telefónica, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ESPACIO FUNDACIÓN TELE-

FÓNICA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD;

GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN

COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001681-3

No. de Expediente: 2012116312

No, de Presentación: 20120164722

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra FOTON, que servirá para: AMPARAR:

PRESTAMOS FINANCIEROS: EVALUACIÓN FINANCIERA PARA

SEGUROS, BANCA Y BIENES RAICES; SERVICIOS FINANCIE-

ROS; ADMINISTRACIÓN FINANCIERA; BANCA HIPOTECARIA;

BANCO DE AHORROS; CONSULTORIA FINANCIERA: CORRE-

TAJE DE ACCIONES Y BONOS; COTIZACIÓN EN LA BOLSA DE

VALORES; INFORMACIÓN FINANCIERA. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos San Salvador,

veintiocho de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001683-3

No. de Expediente: 2012116340

No. de Presentación: 20120164750

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra FOTON, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN; INFORMACIÓN SOBRE REPA-

DIARIO

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Page 131: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. RACIONES; RENTA DE EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN; RENTA

DE EXCAVADORAS; RENTA DE BULDÓCERES; RENTA DE

GRÚAS DE CONSTRUCCIÓN; RENTA DE BARREDORAS VIALES;

PAVIMENTACIÓN DE CAMINOS; REPARACIÓN DE TAPICERIA;

INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MA-

QUINARIA; RECONSTRUCCIÓN DE MOTORES QUE HAN SIDO

USADOS O PARCIALMENTE DESTRUIDOS; RECONSTRUCCIÓN

DE MAQUINAS QUE HAN SIDO USADOS O PARCIALMENTE

DESTRUIDOS; INSTALACIÓN Y REPARACIÓN DE APARATOS

ELÉCTRICOS; INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE APA-

RATOS DE ILUMINACIÓN; MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN

DE VEHÍCULOS DE MOTOR: SERVICIOS DE LAVADO DE

VEHÍCULOS; SERVICIOS DE LUBRICACIÓN DE VEHÍCULOS;

ESTACIÓN DE SERVICIOS PARA VEHICULOS PARA REABAS-

TECIMIENTO DE COMBUSTIBLE Y MANTENIMIENTO; PULIDO

DE VEHÍCULOS; TRATAMIENTO ANTI OXIDACIÓN PARA VE-

HICULOS; SERVICIOS DE PINTURA POR ATOMIZADOR PARA

VEHÍCULOS; REENCAUCHADO DE LLANTAS; REPARACIÓN

DE RUEDAS DE GOMA; INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

DE ALARMAS ANTIRROBO. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001702-3

No. de Expediente: 2012116343

No. de Presentación: 20120164753

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra FOTON, que. servirá para: AMPARAR:

PUBLICIDAD; AGENCIAS DE IMPORTACIÓN- EXPORTACIÓN;

PROMOCIÓN DE VENTAS PARA OTROS; ORGANIZACIÓN DE

EXHIBICIONES TÉCNICAS O COMERCIALES; DEMOSTRA-

CIÓN DE ARTICULOS; SISTEMATIZACIÓN DE INFORMACIÓN

DENTRO DE BASES DE DATOS DE COMPUTADORAS; SER-

VICIOS DE LICITACIÓN; CONSULTORIA SOBRE NEGOCIOS

PROFESIONALES; ESTUDIOS DE MERCADEO; INFORMACIÓN

DE NEGOCIOS; CONSULTORIA SOBRE ADMINISTRACIÓN DE

PERSONAL; CONTADURIA; ASISTENCIA DE ADMINISTRACIÓN

COMERCIAL E INDUSTRIAL. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001703-3

No. de Expediente: 2011114702

No. de Presentación: 20110161174

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de SANOFI,

de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras TRIVANCE NUTRICIÓN AVAN-

ZADA, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN, FORMACIÓN

E INFORMACIÓN EN LOS CAMPOS DE LA SALUD, BIENESTAR,

NUTRICIÓN ASI COMO EN EL CAMPO MEDICO; ORGANIZA-

CIÓN DE TALLERES DE TRABAJO, ENTRENAMIENTOS, SEMI-

NARIOS Y CONFERENCIAS EN LOS CAMPOS DE LA SALUD,

BIENESTAR, NUTRICIÓN ASI COMO EN EL CAMPO MÉDICO,

PUBLICACIÓN DE TEXTOS, LIBROS, VOLANTES, BROCHURES,

BLOGS, INCLUIDOS LOS DE FORMA ELECTRÓNICA O NUMÉ-

RICA EN LOS CAMPOS DE LA SALUD, BIENESTAR, NUTRICIÓN

ASI COMO EL CAMPO MÉDICO, Clase: 41.

DIARIO

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Page 132: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395 La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de marzo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001714-3

No. de Expediente: 2012116314

No. de Presentación: 20120164724

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identificado. como: FOTON LOGO, que

servirá para: AMPARAR: PRESTAMOS FINANCIEROS; EVALUA-

CION FINANCIERA PARA SEGUROS, BANCA Y BIENES RAICES;

SERVICIOS FINANCIEROS; ADMINISTRACION FINANCIERA;

BANCA HIPOTECARIA; BANCO DE AHORROS; CONSULTORIA

FINANCIERA; CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS; COTIZA-

CION EN LA BOLSA DE VALORES, INFORMACION FINANCIERA.

Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001724-3

No. de Expediente: 2012116313

No. de Presentación: 20120164723

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de BEIQI FOTON MOTOR CO., LTD., de nacionalidad CHINA, soli-

citando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identificado como FOTON LOGO, que

servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; AGENCIAS DE IMPOR-

TACION -EXPORTACION; PROMOCION DE VENTAS PARA

OTROS; ORGANIZACION DE EXHIBICIONES TECNICAS O

COMERCIALES; DEMOSTRACION DE ARTICULOS; SISTEMATI-

ZACION DE INFORMACION DENTRO DE BASES DE DATOS DE

COMPUTADORAS; SERVICIOS DE LICITACION; CONSULTORIA

SOBRE NEGOCIOS PROFESIONALES; ESTUDIOS DE MERCA-

DEO; INFORMACION DE NEGOCIOS; CONSULTORIA SOBRE

ADMINISTRACION DE PERSONAL; CONTADURIA; ASISTENCIA

DE ADMINISTRACION COMERCIAL E INDUSTRIAL. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001725-3

DIARIO

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Page 133: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. No. de Expediente: 2012116170

No. de Presentación: 20120164495

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR

PAUL VILLEDA ZIMMER, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras CARRERA ECOLÓGICA y diseño,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; ORGANIZACIÓN

DE EVENTOS DEPORTIVOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039951-3

No. de Expediente: 2012116169

No. de Presentación: 20120164493

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR

PAUL VILLEDA ZIMMER, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras BEACH RUN y diseño, que se tra-

ducen al castellano como Carretera en la Playa o Corrida Playera, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES; ORGANIZACIÓN

DE EVENTOS DEPORTIVOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F039954-3

No. de Expediente: 2011112816

No. de Presentación: 20110157377

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado FERNAN-

DO KRIETE SOL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

ISTMO MUSIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: ISTMO MUSIC, S. A. DE C. V., ITM, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Sistemas Visuales y diseño, que

servirá para: AMPARAR: ALQUILER DE APARATOS DE RADIO

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395Y DE TELEVISIÓN; DE APARATOS Y ACCESORIOS CINEMA-

TOGRÁFICOS; DE DECORADOS DE ESPECTÁCULOS; Y DE

GRABACIONES SONORAS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año

dos mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

primero de febrero del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F040006-3

rEPoSicioN DE cHEQUE

AVISO DE EXTRAVIO

BANCO PROMERICA, S.A. comunica que en su agencia ubicada en

el centro comercial Metrocentro 8ª etapa tercer nivel local 301, se ha

presentado el propietario del cheque de gerencia número 199310 por

US$500.00 a nombre de Florentina Díaz Membreño, solicitando la

reposición de éste por haber sido extraviado.

Se hace del conocimiento público en general para los efectos del

caso.

Transcurrido treinta días después de la tercera publicación de este

aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá reponer el cheque

en referencia

San Salvador, a los 23 días del mes de septiembre de 2011.

CECILIA DE MENDEZ,

GERENTE DE AGENCIA.

3 v. alt. No. F039892-3

Marca DE ProDUcTo

No. de Expediente: 2012116494

No. de Presentación: 20120165064

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAMIL

ALEJANDRO BUKELE PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Café Sasso y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CAFE Y SUCEDANEOS DEL CAFÉ. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001699-3

No. de Expediente:2012116493

No. de Presentación: 20120165063

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado YAMIL

ALEJANDRO BUKELE PEREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

DIARIO

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Page 135: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras SONOMA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: JABONES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de marzo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C001700-3

No. de Expediente: 2012118324

No. de Presentación: 20120168190

CLASE: 01, 03, 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA FAMILIAR, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IDIFA, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra AUTOrevolution y diseño, que se traduce

al castellano como AUTOREVOLUCION, que servirá para: DISTIN-

GUIR AGUA REFRIGERANTE PARA VEHICULOS, SOLUCIÓN

DE FRENOS, AGUA DESTILADA PARA BATERIAS, ACTIVADOR ELECTROLITICO PARA BATERIA. Clase: 01. Para: DISTINGUIR SILICON PARA INTERIOR DE VEHICULOS, SILICON PARA LLANTAS, CERA PARA CARRO, SHAMPÚ CON CERA PARA VEHÍCULOS, SHAMPÚ PARA VEHÍCULOS, DESENGRASANTE PARA MANOS. Clase: 03. Para: DISTINGUIR ACEITE PARA POWER STEERING, ACEITE PARA MOTOR. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil doce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001729-3

No. de Expediente: 2012118095

No. de Presentación: 20120167813

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO EDUARDO GUTIERREZ MONICO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de VOLCAN IRAZU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: VIRAZU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

D' alEGria cafE

Consistente en: las palabras D' ALEGRIA CAFE, que servirá para:

AMPARAR: CAFE DE TODA CLASE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001745-3

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Page 136: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012 ... · DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Junio de 2012. 1 DIRECTOR: Edgar Antonio Mendoza Castro Diario oficial S U M a r i o rEPUBlica

136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 395No. de Expediente: 2012118194

No. de Presentación: 20120167960

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JOSE

ANTONIO ESCOBAR GUILLEN, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de REPRESENTACIONES DIVERSAS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: REDI, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

MaxWeld

Consistente en: la palabra MaxWeld. Se traduce al castellano la

palabra Weld como: soldar, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS

PARA SOLDAR Y CORTAR. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de mayo del año dos mil doce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001747-3

No. de Expediente: 2012118415

No. de Presentación: 20120168318

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS

RAMIREZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de NEGO-

CIOS Y MULTISERVICIOS DE LA ZONA NORTE: SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras EL SALVADOR PRODUCE y

diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS AGRICOLAS,

HORTICOLAS, FORESTALES Y GRANOS, NO COMPRENDIDOS

EN OTRAS CLASES: FRUTAS FRESCAS, SEMILLAS, PLANTAS

Y FLORES NATURALES. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de mayo del año dos mil doce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C001748-3

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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