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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
Diario oficial
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: [email protected]
S U M a r i o
1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral
TOMO Nº 384 SAN SALVADOR, VIERNES 3 DE JULIO DE 2009 NUMERO 123
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
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ORGANO LEGISLATIVO
Acuerdos Nos. 76 y 94.- Se llama a Diputados Suplentes, para que concurran a formar asamblea. .....................................
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE ECONOMIA
Ramo de economía
Acuerdos Nos. 543, 546, 547, 548, 550, 551, 552, 553, 555 y 556.- Nombramientos en diferentes cargos en el Ramo de Economía. ..................................................................................
ORGANO JUDICIALCORTE SUpREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 614-D, 639-D, 671-D, 678-D, 680-D, 684-D, 735-D y 741-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .....................................................................
Acuerdo No. 664-D.- Tiénese por concluido término de suspensión en el ejercicio de la función pública del notariado. .
INSTITUCIONES AUTONOMAS
ALCALDíAS MUNICIpALES
Decreto No. 3.- Ordenanza reguladora del pago de las tasas por servicios con exención de intereses moratorios y multas en el municipio de Puerto El Triunfo. ............................................
Decreto No. 6.- Ordenanza especial regulatoria de las tasas aplicables durante la celebración de fiestas patronales y otras festividades de la ciudad de Santa Ana. .....................................
Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal Las Vegas y Acuerdo No. 1, emitido por la Alcaldía Municipal de Jujutla, aprobándolos. ................................................................
SECCION CARTELES OFICIALES
DE pRIMERA pUbLICACION
Declaratoria de Herencia Cartel No. 657.- Jesús González Martínez (1 vez) ...........
Cartel No. 658.- María del Carmen Martínez Valdés (1 vez) ...........................................................................................
aceptación de Herencia Cartel No. 660.- Marta Morales (1 vez) ............................
Cartel No. 659.- María Esperanza Hernández González y otra (3 alt.) ..................................................................................
DE TERCERA pUbLICACION
aceptación de Herencia Cartel No. 649.- José Amílcar Alemán Gómez (3 alt.) .....
SECCION CARTELES pAGADOSDE pRIMERA pUbLICACION
Declaratoria de Herencia Carteles Nos. F013170, F013183, F013193, F013194, F013196, F013201, F013203, F013220, F013236, F013283, F013284, F013286, F013295, F013304, F013323, F013326, F013327, F013349. ....................................................................
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aceptación de Herencia
Carteles Nos. F013213, F013222, F013223, F013226,
F013244, F013267, F013300, F013301, F013343, F013423,
C031633, C031641, C031642, C031643, F013163, F013188,
F013204, F013207, F013240, F013281, F013311, F013313,
F013314, F013322, C031638. ...................................................
Título de Propiedad
Cartel No. F013527. ..........................................................
Título Supletorio
Carteles Nos. F013285, F013186, F013198, F013205,
F013225, F013228. ....................................................................
aviso de inscripción
Cartel No. F013321. ..........................................................
Juicio de ausencia
Carteles Nos. F013189, F013291, F013308. ....................
cancelación de Marca
Cartel No. F013254. ..........................................................
renovación de Marcas
Carteles Nos. F013250, F013251, F013252, F013255,
F013257, F013258, F013353, F013355, F013357, F013358,
F013359, F013373. ....................................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. F013245, F013263, F013268, F013279,
F013280, F013344, F013346, F013347, F013348, F013350,
F013351, F013360, F013361, F013364, F013365, F013366,
F013367, F013368, F013369, F013370, F013372. ...................
Nombre comercial
Cartel No. F013229. ..........................................................
convocatorias
Cartel No. F013175. ..........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. F013176, F013293, F013331, F013334,
F013336. ....................................................................................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. C031637, F013216. ....................................
Marca industrial
Carteles Nos. F013262, F013271, F013272, F013273,
F013274, F013276, F013278. ....................................................
Título Municipal
Carteles Nos. F013282, F013232. .....................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C031640, F013345, F013354, F013362,
F013363, F013371, F013374, F013375, F013376, F013377. ...
DE SEGUNDA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C031592, C031596, F012731, F012747,
F012748, F012760, F012762, F012775, F012784, F012800,
F012809, F012862, F012863, F012892, F013124. ...................
Herencia Yacente
Cartel No. F012824. ..........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. F012728, F012788. .....................................
Título Supletorio
Carteles Nos. F012785, F012839, F012842. ....................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C031599, F009054. ....................................
Señal de Publicidad comercial
Cartel No. C031602. .........................................................
convocatorias
Carteles Nos. C031601, F013095. ....................................
Subasta Pública
Carteles Nos. F012772, F012774, F012780, F012792,
F012793, F012795, F012814. ....................................................
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Reposición de Certificados
Carteles Nos. F012761, F012763, F012764, F012766,
F012767. ....................................................................................
Marca industrial
Cartel No. F012791. ..........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C031603, F012831, F012833, F012836. ....
DE TERCERA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C031523, C031532, C031535, C031536,
F012349, F012364, F012389, F012413, F012417, F012419,
F012450, F012798. ....................................................................
Herencia Yacente
Cartel No. C031534. .........................................................
Título de Propiedad
Cartel No. F012471. ..........................................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C031526, C031527, C031537, F012387,
F012394. ....................................................................................
Título de Dominio
Cartel No. F012439. ..........................................................
renovación de Marcas
Carteles Nos. C031517, C031518. ....................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C031514, F012346, F012347, F012505. ....
Nombre comercial
Cartel No. C031524. .........................................................
Señal de Publicidad comercial
Carteles Nos. C031515, F012509. ....................................
convocatorias
Cartel No. C031533. .........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. C031521, C031540, F012333, F012353,
F012497, F012498, F012499. ....................................................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. F012452, F012454. .....................................
aviso de cobro
Cartel No. F011814. ..........................................................
administrador de condominio
Cartel No. F012501. ..........................................................
Título Municipal
Cartel No. F012341. ..........................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C031507, C031508, C031509, C031510,
C031511, C031512, C031513, C031516, C031525, F012399. .
reposición de Póliza de Seguro
Cartel No. C031539. .........................................................
SECCION DOCUMENTOS OFICIALES
DIRECCIóN GENERAL DE ADUANAS
Resolución DJCATLFDA-056.- Se concede prórroga para
continuar operando bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres,
a favor de la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad
Anónima de Capital Variable. ....................................................
MINISTERIO DE EDUCACIóN
Resoluciones Nos. 162, 238, 321, 345, 386, 455, 481, 544,
545, 554, 547, 576, 580, 587, 598, 602, 604, 605, 607 y 609.-
Reposiciones de títulos. .............................................................
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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384
ORGANO LEGISLATIVO
ACUERDO N° 76.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 5 de esta fecha, así:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario
Julio Milton Parada Domínguez en sustitución de Santos Guevara Ramos
Patricia Elena Valdivieso de Gallardo en sustitución de Manuel Vicente Menjívar Esquivel
Fernando Alberto José Avila en sustitución de Abilio Orestes Rodríguez Menjívar
Javier Ernesto Reyes Palacios en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos Navarrete
Juan Carlos Hernández Portillo en sustitución de Alberto Armando Romero Rodríguez
Rafael Ricardo Morán Tobar en sustitución de Eduardo Antonio Gomar Morán
Ana Vilma Castro de Cabrera en sustitución de Mario Marroquín Mejía
Patricia María Salazar Mejía en sustitución de Mario Eduardo Valiente Ortiz
Rosa Alma Cruz de Henríquez en sustitución de Jorge Schafik Handal Vega Silva
Ciro Alexis Zepeda Menjívar en sustitución de Mario Antonio Ponce López
Santos Eduviges Crespo Chávez en sustitución de Reynaldo Antonio López Cardoza
Alejandro Dagoberto Marroquín en sustitución de Luis Roberto Ángulo Samayoa
Mauricio Ernesto Rodríguez en sustitución de Sandra Marlene Salgado García
En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora
Rafael Antonio Jarquín Larios en sustitución de José Serafín Orantes Rodríguez 17:02
Valentín Aristides Corpeño en sustitución de Miguel Elías Ahues Karra 17:54
Ana Silvia Romero Vargas en sustitución de Guillermo Antonio Olivo Méndez 17:54
José Margarito Nolasco Díaz en sustitución de Ricardo Bladimir González 17:54
José Vidal Carrillo Delgado en sustitución de José Rafael Machuca Zelaya 18:11
Edgar Alfonso Montoya Martínez en sustitución de Sandra Marlene Salgado García 18:22
Quedó registrada la incorporación de los Diputados: José Orlando Arévalo Pineda, Santiago Flores Alfaro, Donato Eugenio Vaquerano Rivas, Federico Guillermo Avila Quehl, Enrique Alberto Luis Valdés Soto, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Carlos Armando Reyes Ramos.
DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diez días del mes de junio del año dos mil nueve.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRESIDENTE
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SECRETARIA SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
SECRETARIO SECRETARIA
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA
SECRETARIO SECRETARIO
ACUERDO N° 94.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 131, Numeral 4° de la
Constitución, ACUERDA: Llamar a conformar Asamblea a Diputados Suplentes, al inicio de la Sesión Plenaria Ordinaria No. 6 de esta fecha, así:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario
Gloria Elizabeth Gómez de Salgado en sustitución de Sandra Marlene Salgado García
Ana Silvia Romero Vargas en sustitución de Jackeline Noemi Rivera Avalos
Karla Gicela Abrego Cáceres en sustitución de Antonio Echeverría Veliz
José Mauricio Rivera en sustitución de Norma Fidelia Guevara de Ramirios
Karina Ivette Sosa de Lara en sustitución de Hugo Roger Martínez Bonilla
Inmar Rolando Reyes en sustitución de Manuel Orlando Quinteros Aguilar
Hortensia Margarita López Quintana en sustitución de Nelson Napoleón García Rodríguez
Boris Geovanni Torres Hernández en sustitución de Rodrigo Samayoa Rivas
José Armando Grande Peña en sustitución de Mariela Peña Pinto
Fernando José Avila Quetglas en sustitución de Carmen Elena Figueroa Rodríguez
Patricia Elena Valdivieso de Gallardo en sustitución de Guillermo Antonio Gallegos Navarrete
Ana Lucía Baires de Martínez en sustitución de Francisco Roberto Lorenzana Durán
Misael Mejía Mejía en sustitución de Ricardo Bladimir González
Alejandro Dagoberto Marroquín en sustitución de Luis Roberto Angulo Samayoa
En el transcurso de la Sesión Plenaria, en diferente hora, se realizaron los llamamientos y sustituciones siguientes:
DiPUTaDo SUPlENTE DiPUTaDo ProPiETario Hora
Jaime Ricardo Hándal Samayoa en sustitución de Carlos Walter Guzmán Coto 11:51
Esdras Samuel Vargas Pérez en sustitución de José Serafín Orantes Rodríguez 12:12
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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384César Humberto Solorzano en sustitución de Reynaldo Antonio López 12:12
Rafael Antonio Jarquín Larios en sustitución de José Antonio Almendáriz Rivas 12:12
Juan Sifrido Torres Polanco en sustitución de Mario Antonio Ponce López 12:12
José Armando Grande Peña en sustitución de Erik Mira Bonilla 12:12
Santos Eduviges Crespo Chávez en sustitución de José Rafael Machuca Zelaya 12:29
Alexander Higinio Melchor López en sustitución de Rubén Orellana 13:05
Ana Virginia Morataya Gómez en sustitución de Jaime Gilberto Valdez 13:05
Norma Cristina Cornejo Amaya en sustitución de Medardo González Trejo 16:37
Rolando Mata Fuentes en sustitución de Irma Lourdes Palacios Vásquez 16:37
Patricia Elena Valdivieso en sustitución de Alberto Armando Romero 16:37
José Vidal Carrillo Delgado en sustitución de Luis Roberto Ángulo Samayoa 16:37
Julio Milton Parada Domínguez en sustitución de Rodolfo Antonio Parker Soto 17:05
Valentín Arístides Corpeño en sustitución de José Rinaldo Garzona Villeda 17:05
Santos Adelmo Rivas Rivas en sustitución de Carmen Elena Figueroa 17:05
Edgar Alfonso Montoya Martínez en sustitución de Juan Carlos Mendoza Portillo 17:29
Raúl Omar Cuéllar en sustitución de Santiago Flores Alfaro 17:55
José Vidal Carrillo Delgado en sustitución de Elizardo González Lovo 19:15
Quedó registrada la incorporación de los Diputados: Luis Roberto Ángulo Samayoa, Mario Antonio Ponce López, Guillermo Antonio Gallegos
Navarrete.
DADO EN EL SALÓN AZUL, PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil nueve.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA
PRESIDENTE
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO
VICEPRESIDENTE VICEPRESIDENTE
LORENA GUADALUPE PEÑA MENDOZA GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE
SECRETARIA SECRETARIO
ELIZARDO GONZÁLEZ LOVO SANDRA MARLENE SALGADO GARCÍA
SECRETARIO SECRETARIA
FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURÁN ROBERTO JOSÉ d´AUBUISSON MUNGUÍA
SECRETARIO SECRETARIO
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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
ORGANO EJECUTIVOMinisterio de econoMía
RAMO DE ECONOMIA
ACUERDO No. 543
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7 literal b), y 8 de la Ley Orgánica de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).
ACUERDA:
1) Nombrar a los Licenciados Carlo Giovanni Berti Lungo y Carlos Alfonso Arévalo Cisneros, como Directores Propietario y Suplente,
respectivamente, por parte de esta Secretaría de Estado, ante la Junta Directiva de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA), en
sustitución de los Licenciados Ricardo Montenegro y Berta Esperanza Figueroa de Castillo, para concluir período de cuatro años, a partir
de esta fecha, y que finalizará el día veinte de enero del año dos mil doce.
2) Las personas antes nombradas deberán rendir la correspondiente Protesta de Ley antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente
Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
ACUERDO No. 546
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3 literal b), de la Ley de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL).
ACUERDA:
Nombrar a los Licenciados Oscar Armando Samayoa Huezo y Raúl Ernesto Reyes Cruz, en los cargos de Director Propietario y Suplente res-
pectivamente, por parte del Ramo de Economía, ante la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), a partir de esta fecha, para finalizar
período de cuatro años que termina el día doce de octubre del año dos mil doce. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.
Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384ACUERDO No. 547
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
Con base a lo dispuesto en el Artículo 6 literal d), de la Ley de Creación del Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CEN-TA).
ACUERDA:
1) Nombrar al Ingeniero Vicente Paúl García Fuentes, como representante del señor Ministro de Economía y Presidente de la Junta Directiva del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), ante la Junta Directiva del Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (CENTA), a partir de esta fecha, para un período de cinco años que finalizará el día veintiuno de junio del año dos mil catorce.
2) El Ingeniero García Fuentes, deberá rendir la correspondiente Protesta de Ley, antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
ACUERDO No. 548
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
De conformidad a lo dispuesto en los Artículos 13 y 14 de la Ley del Banco de Fomento Agropecuario (BFA).
ACUERDA:
1) Nombrar a los Licenciados René Edgardo Huezo Melara y René Edgardo Vargas Valdéz, como Directores Propietario y Suplente respec-tivamente, por parte del Ramo de Economía, ante la Junta Directiva del Banco de Fomento Agropecuario, a partir de esta fecha, para un período de tres años, que finalizará el día veintiuno de junio del año dos mil doce.
2) Las personas antes nombradas, deberán rendir la correspondiente Protesta de Ley, antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
ACUERDO No. 550
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
De acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 8 y 9 de la Ley del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
ACUERDA:
I) Proponer al señor Presidente de la República, el nombramiento del Ingeniero Rafael Ruiz Suárez, como representante del señor Ministro de Economía, ante la Junta Directiva del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, (CONACYT).
II) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. Comuníquese.- Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. ACUERDO No. 551
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
POR TANTO:
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 8 Numeral 2), 11 inciso primero y 12 de la Ley del Fondo de Conservación Vial.
ACUERDA:
I) Nombrar al Licenciado René Edgardo Vargas Valdéz y al Ingeniero Vicente Paúl García Fuentes, como Directores Propietario y Suplente respectivamente, por parte del Ramo de Economía, ante el Consejo Directivo del Fondo de Conservación Vial (FOVIAL), en sustitución de los Licenciados Eli Sigfredo Valle Flores y Oscar Orlando Hernández Peña, para concluir período de tres años, que finalizará el día treinta de enero del año dos mil once.
II) Las personas antes nombradas deberán rendir la correspondiente Protesta de Ley, antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
ACUERDO No. 552
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
De acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 7 literal d) y 9 de la Ley de Creación del Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFO-COOP).
ACUERDA:
1) Nombrar a los Licenciados César Antonio Najarro Sánchez y Juan Carlos Villalta Cabrera, como Directores Propietario y Suplente res-pectivamente, por parte del Ramo de Economía, ante el Consejo de Administración del Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP), a partir de esta fecha, por un período de tres años, que finalizará el día veintiuno de junio del año dos mil doce.
2) Los funcionarios antes nombrados deberán rendir la correspondiente Protesta de Ley, antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
ACUERDO No. 553
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,
De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 7 de las Normas Operativas del Programa de Garantía Agropecuaria (PROGARA).
ACUERDA:
Reelegir a la Licenciada Ligia María Araúz, a partir de esta fecha, por un período de tres años, que finaliza el día veintiuno de junio de dos mil
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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384doce, como Directora Propietaria, en representación de esta Secretaría de Estado ante el Consejo Ejecutivo de PROGARA. Publíquese el presente
Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
ACUERDO No. 555
San Salvador, 22 de junio del 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5 de las Normas Operativas del Programa Especial de Garantía para la Agricultura Intensiva y
su Agroindustria (PROGAIN).
ACUERDA:
1) Nombrar a la Licenciada Gladys Jeannette Melara de Jovel, como Directora Propietaria en representación del Ministerio de Economía
ante el Consejo Ejecutivo PROGAIN, en sustitución de la Licenciada Mirna Girón de Halimbourg, para concluir período de dos años, que
finalizará el día catorce de junio de dos mil diez.
2) La persona antes nombrada deberá rendir la correspondiente Protesta de Ley, antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente Acuerdo
en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
ACUERDO No. 556
San Salvador, 22 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 149 y 151 del Código de Trabajo.
ACUERDA:
I) Nombrar, a partir de esta fecha, a los Licenciados Juan Carlos Villalta Cabrera y Antonio César Najarro Sánchez, como Representante
Propietario y Suplente, respectivamente, por parte de esta Secretaría de Estado, ante el Consejo Nacional del Salario Mínimo, para un
período de dos años, que finalizará el día veintiuno de junio del año dos mil once.
II) Las personas antes nombradas deberán rendir la correspondiente Protesta de Ley antes de asumir sus funciones. Publíquese el presente
Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE.- Héctor Miguel Antonio Dada Hirezi, Ministro.
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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia
ACUERDO No. 614-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
dieciséis de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JUANA YANIRA GUTIERREZ VELASQUEZ, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M.
POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013246)
ACUERDO No. 639-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
diez de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ELSA TOBAR CORTEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA
A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013320)
ACUERDO No. 671-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha dieci-
nueve de mayo del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RENE MAURICIO ARANA GUILLEN, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- E. R.
NUÑEZ.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013195)
ACUERDO No. 678-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha vein-
titrés de abril del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JESSICA LIZETH RECINOS FUENTES, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- E.
R. NUÑEZ.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013289)
ACUERDO No. 680-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha once de
mayo del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada CLAUDIA VANESSA MARTINEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. N. CASTANEDA S.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P.
J.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013184)
ACUERDO No. 684-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha vein-
titrés de abril del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada PATRICIA CAROLINA CERON LEMUS, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-
tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.-
VELASCO.- M. F. VALDIV.- PERLA J.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013319)
ACUERDO No. 735-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha seis de
marzo del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS ALFREDO CERON CORTEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU-
NIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A.
CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013219)
ACUERDO No. 741-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha quince
de abril del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MIRNA ELIZABETH ZARATE CRESPIN, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M.
A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013248)
ACUERDO No. 664-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de mayo de dos mil nueve.- El Tribunal, en cumplimiento de la
resolución pronunciada a las ocho horas y veinte minutos del veintisiete de marzo de dos mil nueve y con fundamento en lo dispuesto en los artículos
182 atribución 12a. de la Constitución de la República y 13 de la Ley de Notariado, ACUERDA: Tiénese por concluido el término de suspensión
impuesta al Licenciado REGINO ANTONIO AGUILAR LEMUS en el ejercicio de la función pública del notariado, suspensión que comenzó el día
nueve de octubre de dos mil siete y que fue aplicada mediante acuerdo 2009-D. Consecuentemente, inclúyase en la nómina de notarios correspondiente.
Dicha resolución surtirá efecto a partir del día cuatro de mayo de dos mil nueve, fecha en la cual se le notificó de la misma. Líbrese oficio informando
a todos los tribunales y registros del país.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. E. VELASCO.- M. F. VALDIV.- PERLA
J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S.
RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F013217)
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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
INSTITUCIONES AUTONOMASalcaldías Municipales
DEcrETo NÚMEro TrES.-
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PUERTO EL TRIUNFO, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN.
CONSIDERANDO:
I).- Que el Art.47 de la Ley General Tributaria y Art.l0 de la Ordenanza de tasas por servicios Municipales de la Ciudad de Puerto El Triunfo, Departamento de Usulután, establecen los intereses y multas por la morosidad del contribuyente, en el pago de los Tributos Municipales.-
II).- Que no obstante las facilidades prestadas a los contribuyentes, contenida en la Ley General Tributaria y la Ordenanza Reguladora de tasas por servicios Municipales de la Ciudad de Puerto El Triunfo, para el pago de los tributos municipales, es necesario brindarles más ayuda para que cumplan con el pago de sus obligaciones, dada la situación económica imperante en el país.-
III).- Que es impostergable la necesidad de incrementar las arcas municipales a fin de poder proporcionar los servicios que demanda la pobla-ción, por lo que es conveniente eximir el pago de intereses moratorios y multas a los contribuyentes que cancelen sus tasas en un periodo determinado.-
POR TANTO:
El Concejo Municipal de la Ciudad de Puerto El Triunfo, Departamento de Usulután, en uso de las facultades que el numeral 5 del Art.204 de la Constitución de la República. El numeral 4 del Art.30 del Código Municipal, y reconociendo el alto costo de la vida, así como la falta de empleo en el Municipio, lo que ha obligado a muchos contribuyentes a incumplir el pago de sus tasas Municipales, con la finalidad de establecer incentivos que conlleven a facilitar el pago de sus obligaciones tributarias y permitan reducir la mora tributaria.-
DECRETA, La siguiente:
orDENaNZa rEGUlaDora DEl PaGo DE laS TaSaS Por SErVicioS coN EXENciÓN DE iNTErESES MoraTorioS
Y MUlTaS EN El MUNiciPio DE PUErTo El TriUNfo.-
A partir del uno de julio del presente año, todo contribuyente que encontrándose en mora, pagare total o parcialmente su deuda, dentro de los meses de julio a septiembre de dos mil nueve, serán dispensados del pago de los respectivos intereses moratorios y multas.-
Art.2.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día uno de julio del presente año, previa publicación en el Diario Oficial, y caducará el día 30 de septiembre de dos mil nueve.-
Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de la Ciudad de Puerto El Triunfo, Departamento de Usulután, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil nueve.-
JOSÉ RODRIGO TENORIO, EUGENIO ANTONIO QUINTEROS, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.
JOSÉ MAURICIO HERNÁNDEZ, ANA ESMERALDA SERPAS, PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
MARIO CRISTIAN RODRÍGUEZ, CLAUDIA MERCEDES GARCÍA, TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
SERGIO ANTONIO MÉNDEZ, JUAN ARÍSTIDES SEGOVIA, QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
KAREN YAMILETH HENRÍQUEZ,SECRETARIA MUNICIPAL.
(Registro No. F013298)
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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384
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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384
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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
(Registro No. F013340)
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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384ESTaTUToS DE la aSociaciÓN coMUNal laS VEGaS.
caPÍTUlo UNo.
NaTUralEZa, DENoMiNaciÓN, DirEcciÓN Y DoMicilio.
Art. 1.- La Asociación que se constituye, estará regulada por el
Código Municipal, La Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de
Desarrollo Comunal de Villa de Jujutla, Departamento de Ahuachapán,
por estos Estatutos, Reglamentos internos y demás disposiciones aplica-
bles. La Asociación será una entidad Apolítica y no lucrativa que podrá
participar en el campo Social, Económico, Cultural, Religioso, Cívico,
Educativo y en cualquier otro que fuere provechoso a la comunidad;
La Asociación se denominará ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
COMUNAL “LAS VEGAS”, que se abreviará ADESCO LV que en
los presentes estatuto se denominará LA ASOCIACIÓN.
Art. 2.- La duración de la asociación será por tiempo indefinido,
sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos
previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo
Comunal de la Municipalidad de Villa Jujutla, estos estatutos y demás
disposiciones legales aplicables.
Art. 3.- El Domicilio de la Asociación será en Cantón San José El
Naranjo, Caserío El Hendió, Jurisdicción de Villa Jujutla, Departamento
de Ahuachapán.
caPÍTUlo DoS.
fiNES DE la aSociaciÓN.
Art. 4.- La Asociación tendrá como fines primordiales: El desa-
rrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación, para lo cual
deberá:
a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente
con instituciones públicas y organismos privados nacionales e
internacionales que participen en programas de interés social
o comunal.
b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre
vecinos, sus grupos familiares y entidades representativas.
c) Cooperar y coordinar actividades con otros grupos comunales
organizados en la localidad.
d) Impulsar programas de capacitación promocional de los
dirigentes de grupos comunales afines, con el propósito del
mejoramiento de la organización de la comunidad y de la ad-
ministración de los proyectos de interés social y comunal.
e) Trabajar en la promoción y mantenimiento de los servicios de
la comunidad, con el equipamiento y los medios indispensables
para solucionar las necesidades de la comunidad.
f) Promover la organización juvenil, haciéndolos partícipes de
la responsabilidad de programas de desarrollo local.
g) Implementar actividades comunales, a fin de obtener recur-
sos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la
comunidad.
h) Participar el los planes de desarrollo local, regionales y na-
cionales; especialmente en la determinación de los proyectos
de interés social local.
caPÍTUlo TrES.
caliDaD, DErEcHoS Y DEBErES DE la aSociaciÓN.
Art. 5.- Los asociados podrán ser:
a) Activos.
b) Honorarios.
Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo
cuando las personas provengan de comités juveniles, el requisito de edad
antes mencionado será de quince años.
Son asociados todas las personas que cumplen con los requisitos
señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la
unidad vecinal y residentes inmediatos.
Son Asociados honorarios, todas aquellas personas a quienes la
asamblea general, concede tal calidad, en atención a sus méritos perso-
nales y relevantes servicios prestados a la asociación.
Art. 6.- Son deberes y derechos de los asociados activos.
a) Participar con voz y voto en la asamblea general.
b) Retirarse voluntariamente de la asociación cuando así lo
solicitare por escrito.
c) Elegir y ser electo para el cargo de la Junta Directiva.
d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al
incremento del número de miembros de la asociación.
e) Asistir con puntualidad a las reuniones de Asambleas Gene-
rales previa convocatoria escrita.
f) Cumplir estos estatutos y disposiciones de la Asamblea
General y junta Directiva, siempre que estén relacionados
con los fines de la asociación.
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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. Art. 7.- Los asociados honorarios gozarán de los derechos que la
asamblea General les otorgue.
caPÍTUlo cUaTro.
DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN.
Art. 8.- El Gobierno de la Asociación estará constituido por:
a) La Asamblea General: Será la máxima autoridad de la aso-
ciación.
b) La Junta Directiva: Será el órgano ejecutivo y estará integrado
por el número de miembros que determinen los estatutos.
caPÍTUlo ciNco.
DE la aSaMBlEa GENEral.
Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados y
se instalará con la mayoría simple de los asociados activos, pudiendo
haber representación de los asociados: pero cada asociado no podrá estar
representado por más de una persona. Las resoluciones se aprobarán por
mayoría de votos de los presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente cuatro
veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera
de éstas en el mes de agosto y extraordinariamente cuando sea convocada
por la junta directiva, por iniciativa propia, por la solicitud de quince
miembros afiliados a la asociación.
Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados;
en la Asamblea General Extraordinaria, en la que solo se tratarán los
asuntos comprendidos en convocatorias y cualquier otra decisión sobre
otros aspectos serán nula.
Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o
Extraordinaria se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de
anticipación para la primera y cuarenta y ocho horas de anticipación para
la segunda, indicando en los mismos, el lugar y el día a celebrarse.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Juntan Directiva.
b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado
financiero de la Asociación.
c) Destituir total o parcialmente por causas justificadas a los
miembros de la junta directiva y elegir a sus sustitutos.
d) Retirar la calidad de los miembros de la misma, a los que
hubieran renunciado, fallecido o perdido su calidad de aso-
ciado.
e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crean convenientes.
f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que
sean necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y los reglamentos que
se dicten.
h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupuesto.
i) Otorgar la calidad de asociado honorario.
j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales
no previstas en estos estatutos y que demanden inmediata
solución.
caPÍTUlo SEiS.
ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMociÓN
DE aSociaDoS Y DirEcTiVoS.
Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados
de ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de
votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza,
reglamentos y estatutos; se consideran además causales como retiro o
expulsión: se considera expulsión las siguientes:
a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio
grave para la asociación.
b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan
en perjuicio de la asociación.
c) Obtener por medios fraudulentos beneficios de la asociación
para sí o para terceros.
Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva,
electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente
si no amerita su destitución, según la gravedad del caso.
Para poder proceder a la sustitución temporal, la Junta Directiva
nombrará una comisión o más de sus miembros para que investiguen
los hechos, oyendo el informe de éstos y las razones que el supuesto
infractor exponga en su defensa y se resolverá tal destitución nombrando
a continuación los sustitutos.
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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384 En el caso de destitución que habla el literal c) del Artículo trece
la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso
sería la Asamblea General, quien resolverá tal destitución nombrando
a continuación los sustitutos.
Art. 16.- En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez
días de conocida la infracción no procede de conformidad al Artículo
anterior, un número de diez asociados, por lo menos, podrá convocar a
Asamblea General para que éste nombre la comisión investigadora para
que en base a su informe proceda a la suspensión o destitución.
El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las in-
fracciones debe conocerse sobre la suspensión temporal o sustituciones
de toda la junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los
miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento
dentro del plazo que establece el inciso anterior.
En todos los casos de este artículo será la Asamblea General la que
resolverá sobre la suspensión temporal o destitución de los miembros y en
la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo
de suspensión o por el resto del periodo de los directivos sustituidos.
La Asamblea General o junta directiva notificará al interesado la
suspensión temporal o definitiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho
horas después de haber sido acordada.
Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal
decretada por la junta directiva podrá interponerse únicamente el recurso
de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación.
De la resolución de la Asamblea General no se admitirá ningún
recurso.
caPÍTUlo SiETE.
DE la JUNTa DirEcTiVa.
Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por ONCE MIEM-
BROS propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación
nominal y pública, ya sea por cargos separados o por planillas.
En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente:
Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas, Tesorero,
Pro-Tesorero, Síndico y cuatro Vocales.
Los cargos de la Junta Directiva, serán adhonores; y eventuales
para la Asociación, podrá cobrar una retribución o cuando el volumen de
trabajo y las circunstancias lo amerite, previo Acuerdo de la Asamblea
General.
Art. 19.- La junta directiva se reunirá ordinariamente por lo menos
una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario previa
convocatoria que haga el presidente.
Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis
de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría
de votos.
En caso de empate el presidente o quien haga sus veces, tendrá
voto de calidad.
Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva.
a) Elaborar los proyectos de estatutos de la Asociación y pro-
ponerlos a la Asamblea General.
b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran
con el desarrollo comunal, el plan anual de trabajo y el pre-
supuesto correspondiente.
c) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar
su mejor organización y desenvolvimiento.
d) Convocar a la asamblea General a Reuniones Ordinarias y
Extraordinarias.
e) Coordinarse con los del Estado, Las Municipalidades, y con
Las Entidades privadas que tengan que trabajar en la región,
en proyectos de desarrollo de la comunidad.
f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamiento,
ejecución y evaluación de los programas y proyectos de
mejoramiento de la localidad.
g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los orga-
nismos que Cooperan con sus programas de las actividades
de desarrollo.
h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las
disposiciones emanadas de la Asamblea General.
i) Autorizar y controlar los gastos y recursos económicos de
la asociación, hasta un máximo de quinientos dólares de los
Estados Unidos de América.
j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los
miembros de la asociación.
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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea
General, en la sesión ordinaria del mes de diciembre, la
memoria anual de las actividades.
l) Llamar al miembro correspondiente de la junta directiva,
cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones
consecutivas por lo menos, sin causa justificada.
ll) Presentar a la consideración de la Asamblea General con
quince días de Anticipación de cada ejercicio administrativo
el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.
Art. 21.- El presidente de la junta directiva, presidirá las sesiones
de Asamblea General y de Junta Directiva y todo lo demás que le fuere
encomendado por la Asociación.
Art. 22.- El Vicepresidente colaborará con el presidente y lo sustituirá
en los casos de ausencia o impedimento de éste y de todas las obligaciones
y deberes que le fueren encomendados por la Asociación.
Art. 23.- El secretario será el órgano de comunicación de la Aso-
ciación y llevará el inventario de todos los bienes de la misma y todo lo
demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 24.- El Secretario de Actas tendrá a su cargo los libros de
Actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva,
extenderá certificaciones que se soliciten a la Asociación y todo lo
demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 25.- El tesorero será el depositario de los fondos y bienes de
la asociación y llevará los libros de contabilidad de la asociación y todas
la cuentas de la misma; se encargará además de que se hagan efectivos
los créditos a favor de la asociación y dará cuenta a la Junta Directiva
en cada sesión, del estado económico, ingresos y gastos; así mismo hará
los pagos de las obligaciones de la Asociación.
En todo caso, los pagos serán autorizados por el secretario y con
el VISTO BUENO del presidente de la Asociación.
Todos los fondos serán depositados en una institución bancaria o
crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación
y se registrarán las firmas del tesorero, presidente y el síndico de la
Asociación; y se requerirán de la firma y la concurrencia de éstos para
todo retiro de fondos, una vez sea aprobado por la Junta Directiva. Y
todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 26.- El Pro Tesorero, tendrá las mismas funciones del tesorero,
colaborará y lo sustituirá en casos de ausencia o impedimento de éste y
todo lo que le fuere encomendado por la Asociación.
Art. 27.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudicial
de la Asociación, quien podrá otorgar y revocar poderes judiciales o
administrativos y necesitará la autorización previa de la Junta Directiva
para Ejercer esta facultad.
A falta del síndico fungirán los vocales por su orden respectiva-
mente, autorizados en sesión de Junta Directiva.
De entre los Vocales de la Asociación, el síndico elegirá un comité
de vigilancia formado por tres miembros, que tendrán acceso a todas
las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la
Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación
sea aplicado en la consecución de sus fines.
Art. 28.- El Síndico velará por el estricto cumplimento de los
presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General
y por la Junta Directiva, así como todos los demás que le fueren enco-
mendados por la Asociación.
Art. 29.- Los vocales colaborarán con la junta directiva en la medida
que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirá a los miembros de
la Junta Directiva que faltaren, y todo lo demás que le fuere encomendado
por la Asociación.
Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un
periodo de DOS AÑOS, pudiendo ser electos para otro período, si la
Asamblea General así lo decidiere.
caPÍTUlo ocHo.
DEl PaTriMoNio DE la aSociaciÓN.
Art. 31.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) Por las contribuciones que aporten los asociados activos que
será de cincuenta centavos de dólar mensuales.
b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes
fuentes.
c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada
para allegar fondos a la Asociación.
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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384 d) Los Bienes muebles e Inmuebles que adquiera a cualquier
título y las rentas que se obtengan de la administración de
los mismos. Los bienes de la asociación son inalienables
e imprescriptibles, salvo que la Asociación acuerde con el
voto de las tres cuartas partes de sus miembros afectarlos.
Art. 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación, se aportará
el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el
capital bancario a nombre de la misma.
La Asociación llevará un libro especial de registro de capital en el
que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo.
La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obra
física, siempre que produzca operaciones canalizadas a través de recursos
económicos, deberá ser conocido y aprobado por la directiva siempre y
cuando no exceda de quinientos dólares, caso contrario lo aprobará la
Asamblea General, específicamente para el acto en que comparezca el
representante de la Asociación.
Art. 33.- Si al final de cada ejercicio administrativo, se obtuvieren
ganancias, la junta directiva propondrá a la Asamblea General los
proyectos a que puedan ser aplicados tales ganancias, como también el
tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.
caPÍTUlo NUEVE.
DiSolUciÓN DE la aSociaciÓN.
Art. 34.- En caso de disolución de la Asociación, si después de
pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente,
la Junta Directiva deberá de poner a disposición del Concejo Municipal
el remanente que hubiere quedado después de treinta días de pagadas las
obligaciones, con la condición de ser destinados los fondos a Programas
de Desarrollo Comunal, que deberán realizarse preferentemente en la
localidad del domicilio de la asociación.
Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión
extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras
partes de los asociados, por los motivos que la Ordenanza Reguladora
de las Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-
blezcan.
caPÍTUlo DiEZ.
DiSPoSicioNES GENEralES.
Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Consejo
Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina
de la nueva junta directiva; en todos los casos, proporcionar al expresado
Concejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación.
También informará en la forma expresada en el inciso anterior,
las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en
forma definitiva.
Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta
Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades.
Art. 37.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO NÚMERO UNO
Vistos El Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha tres
de febrero de dos mil nueve en la que se procedió a la Aprobación de los
Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal “Las Vegas” la que
puede abreviarse “ADESCOLV” con domicilio en Caserío “El Indio”,
Cantón San José El Naranjo, del Municipio de Jujutla, en el Departa-
mento de Ahuachapán, que constan de 37 artículos y no encontrando
en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al
Orden Público, ni a las buenas costumbres de conformidad a los artículos
119 y 30 y numeral 23 del Código Municipal, este Concejo Acuerda:
Aprobarlos en todas sus partes, Publíquese.
Dado en la Alcaldía Municipal de Jujutla, a los veintinueve días
del mes de junio de dos mil nueve. Con lo cual se da por terminado este
acto y acta que firmamos.
VÍCTOR MANUEL MARTÍNEZ JIMÉNEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
JUAN ANTONIO SERRANO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F013241)
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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación
DEclaraToria DE HErENcia
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial.
AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las once
horas con cinco minutos del día doce de mayo de dos mil nueve.- Se ha
declarado heredero definitivo con beneficio de inventario en la herencia
intestada que a su defunción ocurrida el día siete de enero de dos mil dos;
en la Ciudad de San Salvador; siendo la Villa de San Francisco Chinameca,
Departamento de La Paz, su último domicilio, dejó la causante MARIA
ANITA CABALLERO, conocida por ANITA CABALLERO, al señor
JESUS GONZALEZ MARTINEZ, conocido por JESUS GONZALEZ, en
su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que en abstracto le
correspondían a los señores WALTER ANTONIO, SANDRA, GERBER
ISMAO, EFRAIN OMAR; EMPERATRIZ, YONIS CRISTY, todos
de apellidos GONZALEZ CABALLERO, en su calidad de hijos de la
referida causante.-
Se ha conferido al heredero declarado la administración y repre-
sentación definitiva de la sucesión.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos
del día veintiocho de Mayo del año dos mil nueve.- DR. GUILLERMO
ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ
GOMEZ, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 657
RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las doce horas veintiséis minutos
de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inven-
tario, a la señora MARIA DEL CARMEN MARTINEZ VALDES, de la
sucesión intestada que a su defunción dejó el causante señor ANDRES
MARTINEZ HERNANDEZ, quien al momento de su fallecimiento
era de sesenta y ocho años de edad, soltero, jornalero, quien falleció
en el Barrio San Antonio de esta ciudad, a las seis horas del día seis
de diciembre de mil novecientos noventa y uno, siendo el Barrio antes
mencionado el lugar de su último domicilio.-
La heredera declarada es hija del de cujus; y en ese carácter se le
confiere la administración y representación definitiva de la sucesión.-
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las doce horas treinta y dos minutos del día veinte de abril del
dos mil nueve. Entre líneas- de- Vale.- DR. RODOLFO ERNESTO
CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. BR. ELBA LUZ LEMUS
DE CHAVEZ, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 658
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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384acEPTacioN DE HErENcia
JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA
LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que
a su defunción acaecida, el día treinta de diciembre de dos mil siete,
en Cantón Río Grande jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento
de Cabañas, siendo el mismo lugar su último domicilio; dejó el señor
SANTOS AMILCAR VELASCO PALACIOS, quien fue de treinta y
seis años de edad, casado, albañil, hijo de José Sebastián Velasco Chacón
y María Luisa Palacios Viuda de Velasco, originario de Sensuntepeque,
Departamento de Cabañas; de parte de la señora MARIA ESPERANZA
HERNANDEZ GONZALEZ, en calidad de cónyuge del causante y
como representante legal de su menor hija ROSMERY GUADALUPE
VELASCO HERNANDEZ, ésta en calidad de hija del causante, represen-
tada por la Licenciada MARTA DELMY QUINTEROS HERNANDEZ,
en calidad de Defensora Pública de Derechos Reales y Personales del
señor Procurador General de la República. Habiéndosele conferido a los
aceptantes la administración y representación INTERINA de la suce-
sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los
veintinueve días del mes de mayo de dos mil nueve. Entre líneas-Grande-
Vale. LIC JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA. BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRE-
TARIO.
Of. 3 v. alt. No. 659-1
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince
horas del día dieciocho de mayo de dos mil nueve, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la
señora MARTA MORALES, la Herencia Intestada que a su defunción
defirió el causante señor JOSE SIMON MORALES, quien falleció en
la Ciudad de Soyapango, siendo esta ciudad, su último domicilio, el día
veintidós de julio de dos mil siete, en calidad de hermana sobreviviente
del causante.
Confiérase a la aceptante la administración y representación interina
de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones legales.
Y CITA: A los que se crean con mejor derecho a la herencia referida
para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos
en la sucesión.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las catorce
horas treinta y seis minutos del día veintiocho de mayo de dos mil nueve.
DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO
CIVIL. LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 660-1
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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
acEPTaciÓN DE HErENcia
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE
LO CIVIL DE APOPA.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las ocho horas diecinueve minutos del día quince de mayo del corriente
año, se tuvo de parte del señor JOSÉ AMILCAR ALEMÁN GÓMEZ,
de sesenta y uno años de edad, Motorista, del domicilio de Santa María,
Usulután, en calidad de hijo de la Causante; por aceptada expresamente,
con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó
la señora ANDREA GÓMEZ DE RIVAS, quien fue de sesenta y dos de
edad, de oficios domésticos, Casada, fallecida el día uno de diciembre de
mil novecientos ochenta y siete, siendo la Ciudad de Apopa, su último
domicilio.-
Y se le confirió al aceptante en el carácter indicado, la administración
y representación interina de los bienes de la Sucesión; con las facultades
y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.-
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas treinta
y dos minutos del día quince de mayo de dos mil nueve.- Dra. VIOLETA
DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL.
Lic. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 649-2
de tercera publicación
SECCION CARTELES pAGADOSde priMera publicación
DEclaraToria DE HErENcia
LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas del día doce de junio del presente año, fueron DECLARADOS HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO los señores JUAN FRANCISCO GARCÍA PAYES, NELSON ALIRIO MOZ GARCÍA; en sus calidades de hijos del causante, el primero repre-sentado legalmente por su madre señora ANA PATRICIA PAYES; y a la señora MARÍA ANGELA MIRANDA DE GARCÍA, en su calidad de cónyuge sobreviviente; en la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor FRANCISCO GARCÍA ARDÓN, quien falleció el día treinta de agosto de dos mil ocho, a los cincuenta y nueve años de edad, filarmónico, casado, originario de San Bartolomé Perulapán, Departamento de Cuscatlán, siendo esta ciudad de este Departamento su último domicilio.
Confiriéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los doce días del mes de junio de dos mil nueve.- LICDA. DIGNA GLADIS MEDRANO DE GÓMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO INTERINO.
1 v. No. F013170
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.
AVISA: Que por resolución proveída a las doce horas y tres mi-
nutos del día quince de junio del presente año; se declaró HEREDERA
DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO,
a la señora MARTA ANTONIA CALLES DE ALVAREZ, de cincuenta
y ocho años de edad, Secretaria, del domicilio de Apopa, en calidad de
hermana del causante; en la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor RIGOBERTO CALLES MARTINEZ, quien fue de treinta y un
años de edad, Bachiller, soltero, fallecido el día dieciséis de diciembre
de mil novecientos ochenta y ocho, siendo la ciudad de Apopa, su último
domicilio.
Y se le confirió a la heredera declarada en el carácter indicado, la
Administración y Representación Definitiva de los bienes de la suce-
sión.
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas y vein-
tidós minutos del día quince de junio del año dos mil nueve.- VIOLETA
DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.-
LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
1 v. No. F013183
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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas treinta minutos del día dos de junio del presente año, se ha declarado heredera definitiva Ab-Intestato con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE SAMUEL ESCOBAR, fallecido a las dos horas treinta minutos del día treinta y uno de marzo de mil novecientos ochenta y siete, en el interior de la Cuarta Brigada de Infantería, ubicada en Cantón Santa Bárbara del Municipio de El Paraíso, Departamento de Chalatenango, siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio; a la señora GENOVEVA ESCOBAR conocida por GENOVEVA ESCOBAR viuda DE ESCOBAR, GENOVEVA ESCOBAR ESCOBAR y EVA ESCOBAR, en su calidad de madre del expresado causante.
Por lo que se le ha conferido a dicha aceptante la Administración y Representación Definitiva de la indicada sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve horas diez minutos del día dos de junio del dos mil nueve.- LIC. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRE-TARIO.
1 v. No. F013193
MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas veinte minutos del día dos de junio del año en curso, se han declarado herederas definitivas Ab-Intestato con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL ESCOBAR, fallecido a las nueve horas del día treinta de octubre del dos mil siete, en el Cantón Barra de Santiago, Jujutla, Departamento de Ahuachapán, siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio, a las señoras GENOVEVA ESCOBAR conocida por GENOVEVA ESCOBAR viuda DE ESCOBAR, GENOVEVA ESCOBAR ESCOBAR y por EVA ESCOBAR, ROSA ANGELICA GOMEZ DE ESCOBAR y a las menores JESSICA GUADALUPE ESCOBAR GOMEZ, MONICA ANGELICA ESCOBAR GOMEZ y MELISSA ALEJANDRA ESCOBAR GOMEZ, la primera en su calidad de madre, la segunda de cónyuge y las menores en su carácter de hijas del expresado causante.
Por lo que se les ha conferido a dichas aceptantes la Administración y Representación Definitiva de la indicada sucesión, la que ejercerán las menores JESSICA GUADALUPE ESCOBAR GOMEZ, MONICA ANGELICA ESCOBAR GOMEZ y MELISSA ALEJANDRA ESCO-BAR GOMEZ, por medio de su Representante Legal, señora ROSA ANGELICA GOMEZ DE ESCOBAR.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve horas cuarenta minutos del día dos de junio del dos mil nueve.- LIC. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRETARIO.
1 v. No. F013194
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las
catorce horas y treinta y cinco minutos de este día, se han DECLA-
RADO HEREDEROS DEFINITIVOS y con beneficio de inventario
a los señores RENE BERNARDO RODRIGUEZ, de cuarenta años de
edad, empleado, con residencia en la ciudad de Los Ángeles Estado de
California, Estados Unidos de América, con pasaporte número C cero dos
dos dos dos ocho tres uno y Tarjeta de Identificación Tributaria número
un mil trescientos diecisiete guión cero cincuenta mil doscientos sesenta
y ocho guión ciento uno guión uno; EDGAR ERNESTO RODRIGUEZ
ROMERO, de cuarenta y cuatro años de edad, Agricultor, del domicilio
de El Divisadero, de este Departamento, portador de su Documento
Único de Identidad número cero dos tres tres uno uno cero tres guión
cero; y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil trescientos
diecisiete guión doscientos noventa y un mil setenta y tres guión ciento
uno guión uno; y OSCAR ANIBAL RODRIGUEZ ROMERO, de treinta
y cinco años de edad, empleado, y del domicilio de Bay shore, Estado
de Nueva York, Estados Unidos de América, con Documento Único de
Identidad número cero cuatro cero ocho dos nueve ocho cuatro guión
dos, y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil trescientos
veinte guión cero setenta mil ciento setenta y cinco guión ciento uno
guión siete; de la herencia que en forma intestada dejó la señora NELLY
DEL CARMEN RODRIGUEZ viuda DE RODRIGUEZ, conocida por
NELLY DEL CARMEN RODRIGUEZ y por NELLY DEL CARMEN
RODRIGUEZ DE ROMERO, quien fue de sesenta y cinco años de
edad, viuda, de oficios domésticos, originaria y del domicilio de San
Carlos, Departamento de Morazán, de nacionalidad salvadoreña, hija de
Bernardo Martínez y Teresa Rodríguez, quien falleció a las dieciocho
horas del día trece de julio de mil novecientos noventa y nueve; siendo
su último domicilio el Cantón San Marcos, de la Jurisdicción de San
Carlos, Departamento de Morazán; en concepto de hijos de la referida
causante.
Se les ha conferido a los referidos aceptantes en la calidad expresada
la Administración y Representación Definitiva de dicha sucesión con
las facultades y restricciones de Ley.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las quince horas del día diecinueve de junio de dos mil nueve.- LIC.
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE
ZUNIGA, SECRETARIA.
1 v. No. F013196
EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS
DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las doce horas de este día, se ha
DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE
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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, dejada al fallecer
por la señora MARIA DE LOS ANGELES REYES CASTELLON
conocida por MARIA DE LOS ANGELES REYES, el día veinte de
mayo de dos mil cuatro, en el Cantón Cruzadilla de San Juan, siendo
la ciudad de Jiquilisco, el lugar de su último domicilio, al señor JOSE
ROBERTO REYES, en su calidad de hijo de la causante.
Confiéresele al heredero declarado la Administración y Representa-
ción Definitiva de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones
de Ley.
Publíquese los edictos correspondientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los siete
días del mes de mayo de dos mil nueve.- LIC. MANUEL DE JESUS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. SILVIA YANET
MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F013201
EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos de
este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario
a la señora ANA GRACIELA MACHADO MUÑOZ, en calidad de
cesionaria del derecho hereditario que le correspondía al señor PABLO
MACHADO, conocido por JUAN PABLO MACHADO, en calidad de
padre del causante, señor JOSE ISABEL MUÑOZ MACHADO, en la
sucesión intestada que éste dejó al fallecer el día dos de julio del año
dos mil cuatro, en el Cantón El Cerrito, de esta Jurisdicción, lugar que
tuvo como último domicilio.
Confiriéndole a la heredera declarada la Administración y Repre-
sentación Definitivas de dicha sucesión, con las facultades de Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diecisiete
días del mes de diciembre del dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
1 v. No. F013203
HUGO ERNESTO MAYORGA BENITEZ, Notario, de este domicilio,
con oficina profesional en Despacho Profesional de Servicios Integrales,
ubicado en Boulevard Tutunichapa, Pasaje Liévano, número cinco, San
Salvador, AL PÚBLICO para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída, a las doce horas del
día veintitrés de junio del año dos mil nueve y habiendo transcurrido más
de quince días de las publicaciones de los edictos correspondientes sin
que persona alguna se opusiera o alegara mejor derecho, se ha declarado
HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE
INVENTARIO, de la Herencia intestada que a su defunción dejó el
causante señor ELADIO ALBERTO BRITO conocido por ELADIO
ALBERTO BRITO CIENFUEGOS, quien falleció a los sesenta y tres
años de edad, a las catorce horas treinta minutos del día veintinueve
de noviembre del año dos mil ocho, en el Hospital Regional ISSS, de
la ciudad de Sonsonate, a consecuencia de arritmia cardíaca, siendo su
último domicilio en Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, a la señora
ANA JULIA SUADI DE BRITO conocida por ANA JULIA SUADI,
por ANA JULIA SUADY, por ANA JULIA SUADI DE BRITO, por
ANA JULIA SUADY DE BRITO, por ANA JULIA SUADI viuda de
BRITO y por ANA JULIA SUADY viuda de BRITO, en su calidad de
cónyuge del causante señor ELADIO ALBERTO BRITO conocido por
ELADIO ALBERTO BRITO CIENFUEGOS, como CESIONARIA de
los derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían
a los hijos del causante, señores Gerardo Alberto Brito Suady, Susana
Concepción Brito Suady y Karim Patricia Brito Suady conocida por
Karim Patricia Brito de Beltrán. Confiriéndosele la Administración y
Representación Definitivas de la sucesión.
Lo que aviso al público para los efectos de Ley.
Librado en mi oficina Notarial, a las trece horas del día veintitrés
de junio de dos mil nueve.
LIC. HUGO ERNESTO MAYORGA BENITEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F013220
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada a las catorce horas con
veinte minutos del día doce de junio de dos mil nueve, se ha declarado
HEREDERO DEFINITIVO con beneficio de inventario en la Herencia
Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domi-
cilio, el día veintisiete de julio de mil novecientos noventa y siete, dejó
el señor FLORENTINO HERNANDEZ MARTINEZ; a los señores
MARIA ANA PAULA BELTRAN DE HERNANDEZ, EVANGELINA
HERNANDEZ DE SORIANO y JOSE ANTONIO HERNANDEZ
BELTRAN, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente y los
restantes en su calidad de hijos del causante.
Se ha conferido a los herederos declarados la Administración y
Representación Definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
catorce horas y diez minutos del día dieciocho de junio de dos mil nue-
ve.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
1 v. No. F013236
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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384FRANCISCO ELISEO MORAN ORELLANA, Notario, de este do-
micilio, con oficina situada en la Primera Avenida Sur y Primera Calle
Oriente, Edificio V-G, segunda planta, local número dos, de la ciudad
de Santa Ana, al público para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario
en la ciudad de Santa Ana, a las once horas del día veintitrés de junio de
dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario de parte del señor MAURICIO ANTONIO MONTERROZA
AMAYA, conocido por MAURICIO ANTONIO MONTERROSA, la
herencia testamentaria que a su defunción dejara el causante MIGUEL
ANGEL MONTERROSA conocido por CARLOS MONTERROZA
PORTILLO y por MIGUEL ANGEL MONTERROSA PORTILLO,
quien fuera de sesenta y nueve años de edad, Comerciante en Pequeño,
su último domicilio la ciudad de Santa Ana, en su calidad de hijo del
causante referido.
Por lo que se le ha conferido definitivamente la Administración
y Representación de la sucesión. Lo que se avisa al público para los
efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veintitrés de junio de
dos mil siete.
LICDO. FRANCISCO ELISEO MORAN ORELLANA,
NOTARIO.
1 v. No. F013283
ALMA LORENA CORTEZ DE ARRIAZA, Notario, de este domicilio,
con oficina situada en Primera Avenida Sur y Primera Calle Oriente
Edificio V-G, segunda planta, local número dos, de la ciudad de Santa
Ana, al público para los efectos de Ley.
AVISA: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, en la
ciudad de Santa Ana, a las quince horas del día veintidós de agosto de
dos mil siete, se han declarado herederos definitivos a los señores ANA
IRMA RIVAS DE MOJICA, en su derecho propio, y además en su calidad
de heredera cesionaria de los derechos hereditarios que les cedieron sus
hermanos MARIA DELMY RIVAS HENRIQUEZ, MARTA LILIAN
RIVAS DE MORALES, CARLOS ASTUL RIVAS CIENFUEGOS,
MARITZA VICTORIA RIVAS DE OSORIO, y ROSA DELIA RIVAS
HENRIQUEZ, y al heredero señor JOSE EFRAIN RIVAS HENRIQUEZ,
en su derecho propio, o en su carácter personal y además en su calidad de
heredero cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían
a las señoras IRIS ARMIDA RIVAS HENRIQUEZ, SONIA MAGDA-
LENA RIVAS DE RODRIGUEZ y MARIA DEL CARMEN RIVAS
DE VINUEZA, de la herencia Intestada que a su defunción dejara el
causante CAMILO CATARINO RIVAS CIENFUEGOS, conocido por
CAMILO RIVAS, CATARINO RIVAS, CAMILO CATARINO RIVAS,
quien fuera mayor de edad, comerciante en pequeño, su último domicilio
el Cantón Natividad, Jurisdicción de Santa Ana.
Por lo que se le ha conferido Definitivamente la Administración y
Representación de la sucesión.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Santa Ana, el día veintidós de agosto de
dos mil siete.
LIC. ALMA LORENA CORTEZ DE ARRIAZA,
NOTARIO.
1 v. No. F013284
EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYAPANGO.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once
horas cinco minutos del día siete de mayo del presente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión testamen-
taria que a su defunción dejó el causante DAGOBERTO HENRIQUEZ
ARANZAMENDI conocido por DAGOBERTO HENRIQUEZ, quien
fue de sesenta años de edad, motorista, divorciado, siendo su último
domicilio Soyapango, originario de Tonacatepeque, Departamento
de San Salvador, salvadoreño, hijo de Carmen Aranzamendi y Daniel
Henríquez, quien falleció el veintinueve de marzo de dos mil ocho; a
MARIA SOSA HERRERA, NUBIA KARINA HENRIQUEZ SOSA
y los menores HECTOR RODOLFO, ANGEL ANTONIO y EDGAR
ENRIQUE todos de apellidos HENRIQUEZ SOSA, quienes ejercerán su
derecho a través de su Representante Legal señora María Sosa Herrera,
todos en su calidad de herederos testamentarios, quienes son represen-
tados por la Abogada Ana Marlene Rodríguez del Cid, en su calidad de
Apoderada General Judicial.
Confiérese a los herederos declarados la Administración y Repre-
sentación Definitiva de la sucesión testamentaria.
Dése aviso al público de esta resolución por medio de edicto que
se publicará por una vez en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los siete días del
mes de mayo de dos mil nueve.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA
RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO
NAVARRETE, SECRETARIA.
1 v. No. F013286
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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. CARLOS DE JESUS CHAVARRIA PALOMO, Notario, del domicilio de Cuscatancingo, con Oficina en Colonia Villa Mariona Dos, Villa Nueve, Senda Doce, Casa número mil doscientos uno, Cuscatancingo, del departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día veinte de junio de dos mil nueve, se ha declarado a la señora MARIA SANTOS MELARA DE ARAGON hoy VIUDA DE ARAGON, Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción en la ciudad de Olocuilta, su último domicilio, el día seis de mayo de dos mil seis dejara el señor RAFAEL CRESENCIO ARAGON RIVAS conocido por RAFAEL CRESCENCIO ARAGON, en su concepto de Cónyuge sobreviviente del causante; habiéndole concedido la Administración y Representación definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.
Librado en San Salvador, el día veinte de junio de dos mi nueve.
CARLOS DE JESUS CHAVARRIA PALOMO,
NOTARIO.
1 v. No. F013295
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas con treinta minutos del día diez de junio de dos mil nue-ve, SE DECLARO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante MOISES SOTO MARTINEZ, fallecido a las diecinueve horas del día siete de agosto del año dos mil tres, en el Hospital Nacional San Pedro de la Ciudad de Usulután, siendo su último domicilio la Ciudad de El Tránsito, de este Distrito, Departamento de San Miguel; al señor Francisco Antonio Soto en su concepto de Cesionario de los derechos hereditarios que correspondían a Herbert Arnulfo Soto Torres, María Elisa Soto Torres y Moisés Soto Martínez, hijos del causante. Confiérese al heredero declarado en el concepto dicho administrador y representante definitivo de la sucesión de que se trata.
Publíquese el edicto de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las doce horas del día diez de junio de dos mil nueve.- LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
1 v. No. F013304
RAYMUNDO ANTONIO RODRIGUEZ BARRERA, Notario, del domicilio de San Salvador, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día veintiséis de junio del año en curso, en las diligencias de aceptación
de herencia de la causante señora JESUS JACINTO, conocida por JESUS MAZARIEGO y por JESUS MAZARIEGO DE LINARES, fallecida en la ciudad de Quezaltepeque, su último domicilio, el día dieciocho de septiembre del año dos mil ocho, seguidas ante el suscrito Notario, han sido declarados herederos definitivos abintestato, con beneficio de inventario, los señores RAFAEL MAZARIEGO, VIDAL MAZARIEGO, ROSA VILMA MAZARIEGO, ANA GLORIA MAZARIEGO, conocida por ANA GLORIA MAZARIEGO CEA y JULIO ALBERTO LINARES, en su calidad de hijos de la aludida causante, a quienes se les ha conferido la administración y la representación definitivas de la Sucesión.
Librado en su oficina Notarial, situada en Condominio Arcadas Arce, Local B-26, Calle Arce No. 1038, San Salvador.
San Salvador, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil nueve.
DR. RAYMUNDO ANTONIO RODRIGUEZ BARRERA,
NOTARIO.
1 v. No. F013323
CARLOS GARCÍA HERNÁNDEZ, Notario, de este domicilio, con oficina en Boulevard Los Héroes, Condominio Los Héroes, Nivel 11, Local C, de esta ciudad, al público y para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día veintinueve de junio de dos mil nueve, se ha de-clarado al señor GUILLERMO ALBERTO RUGAMAS ESTUPINIAN, Heredero Definitivo con Beneficio de Inventario, de los bienes que a su defunción dejó la señora OLIVIA ANTONIA ESTUPINIAN VIUDA DE RUGAMAS, ocurrida el veintiuno de junio de mil novecientos noventa y nueve, en El Porvenir, Departamento de Santa Ana; habiéndosele conferido la representación y administración definitiva de la sucesión.
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintinueve días de junio de dos mil nueve.
CARLOS GARCIA HERNANDEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F013326
SONIA EVELYN MURILLO AUDON, Notaria, de este domicilio, con oficina ubicada en CINCUENTA Y TRES Avenida Sur, Edificio OCASA, Apartamento TRESCIENTOS DOCE, Tercera Planta de esta Ciudad,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída a las nueve horas del día quince de junio de dos mil nueve, en las Di-ligencias de Aceptación de Herencia Intestada de los bienes que a su defunción ocurrida el día veintisiete de mayo del dos mil seis, dejó la señora MARIA ELENA PADILLA DE MENA, quien fue de cuarenta y dos años de edad, Costurera, originaria de San Agustín, Departamento de Usulután, siendo su último domicilio el de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario en la sucesión de la mencionada causante, al señor JORGE GERMAN ANDRES MENA, en su concepto de Cónyuge sobreviviente
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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384de la causante representada por el Licenciado Immar Orlando Chávez Piche; y se le confiere al heredero declarado, la administración y repre-sentación definitiva de la sucesión.
Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial y en un diario de Circulación Nacional.
Librado en la Ciudad de San Salvador, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil nueve.
LIC. SONIA EVELYN MURILLO AUDON,
NOTARIO.
1 v. No. F013327
JOSE JAVIER LOPEZ PEREZ, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica situada en Veintisiete Calle Poniente número trescientos dieci-siete, Barrio San Miguelito, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintinueve de Junio de dos mil nueve, se ha de-clarado a la señora VALENTINA BERNAL DE TEJADA, HEREDERA DEFINITIVA, con beneficio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor RAFAEL TEJADA GRANADOS, ocurrida en San José Villanueva, Departamento de La Libertad, su último domicilio el día dieciséis de Julio del año dos mil ocho, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y cesionaria de los derechos Hereditarios que corresponden a sus hijos FRANCISCA TEJADA DE MEJIA, MARIA INES, MARIA JULIA, ROSA ELIA, MIGUEL ANGEL, MARIA DOLORES, y MARIA MAGDALENA, todos TEJADA BERNAL, habiéndosele conferido la REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVA de la referida Sucesión.
Por lo que se AVISA al público, para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de San Salvador, el día veintinueve de Junio de dos mil nueve.
JOSE JAVIER LOPEZ PEREZ,
NOTARIO.
1 v. No. F013349
acEPTacioN DE HErENcia
CARLOS RICARDO MONROY ORELLANA, Notario, de este domi-cilio, con oficina ubicada en Cuarta Calle Poniente, Centro Comercial Tecleño, número cuatro - cinco, Local dos - siete, Santa Tecla, Depar-tamento de La Libertad,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las quince horas del día veintiséis de Junio del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor SALOMON ORLANDO SEGOVIA, ocurrida en el interior de la Morgue del Hos-pital Nacional Jorge Mazzini Villacorta, Sonsonate, Departamento de
Sonsonate, el día primero de enero del año dos mil nueve, de parte de la señora MATILDE SEGOVIA, en concepto de madre sobreviviente del referido causante; y se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Suscrito Notario. En la ciudad de Santa Tecla, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil nueve.
LIC. CARLOS RICARDO MONROY ORELLANA,
NOTARIO.
1 v. No. F013213
VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO, Notaria, de este domicilio, con oficina ubicada en Avenida España y Treinta y Una Calle Poniente, Número mil setecientos nueve, Barrio San Miguelito, San Salvador,
HACE SABER: Que de conformidad con la Ley del Ejercicio No-tarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución proveída por la suscrita Notaria a las dieciséis horas el día veinticinco de Junio del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Segunda Avenida Sur y Sexta Calle Oriente de San Martín, de este departamento, el día dieciséis de Febrero del año dos mil nueve, dejó el señor MANUEL DE JESUS ELIAS SANDOVAL conocido como MANUEL DE JESUS ELIAS, de parte de la señora MARIA AMPARO ELIAS VIUDA DE ELIAS conocida Tributariamente por MARIA AMPARO ELIAS DE ELIAS, en concepto de Cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el despacho profesional de la suscrita notaria, San Salvador, a los veintiséis días del mes de Junio del año dos mil nueve.
VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO,
NOTARIA.
1 v. No. F013222
PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO, Notario, con oficina situada en Colonia Jardines de Merliot, Calle Ishuatán, Polígono “J”, número cuarenta y nueve, Ciudad Merliot, Santa Tecla, Departamento de La Libertad,
AVISA AL PUBLICO: Que el día veintitrés de junio del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, de parte de la señora ELENA MARITZA DIAZ DE BOLAÑOS en nombre y representación de la señora MARIA TERESA AYALA, en su calidad
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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. de hija de crianza y cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores José Roberto Bonilla Tévez, Ana del Carmen Bonilla de Díaz, y María Catalina Bonilla viuda de Guardado la herencia Intestada que a su defunción dejó la señora ANDREA ABELINA TEVES, quien falleció el día veintitrés de junio del año dos mil cuatro, en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador; se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho en la herencia, para que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la tercera publicación de este edicto.
Santa Tecla, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil nueve.
PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO,
NOTARIO.
1 v. No. F013223
ANA LIGIA PANIAGUA MONTOYA DE RODRIGUEZ, notaria, de este domicilio, con oficina ubicada en Paseo Miralvalle y Pasaje Mónaco número treinta y siete-D, Reparto Santa Leonor, Final Colonia Miralvalle, de esta ciudad y departamento de San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída a las siete horas del día veintiséis de junio de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor NAPOLEÓN ROMERO JIMÉNEZ, ocurrida en San Salvador, a las cero horas diez minutos del día veintinueve de octubre de dos mil ocho, de parte del señor WILBER-TO ROMERO MARTÍNEZ, en concepto de hijo único sobreviviente del causante; habiéndose conferido al aceptante la administración y representación de la sucesión intestada interina, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la aludida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la notaria ANA LIGIA PANIAGUA MONTOYA DE RODRÍGUEZ. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día veintiséis del mes de junio del año dos mil nueve.
ANA LIGIA PANIAGUA MONTOYA DE RODRIGUEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F013226
MARIA ELIZABETH ORELLANA MEJIA, Notaria, del domicilio de San Salvador y de Zaragoza, departamento de La Libertad, con Oficina Notarial ubicada en Avenida España Sur, número Doce, Zaragoza, departamento de La Libertad,
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída en la ciudad de Zaragoza, departamento de La Libertad, a las ocho horas del día veintinueve de junio del año dos mil nueve; se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia
Intestada que a su defunción dejara el señor RICARDO ADALBERTO RAMOS RIVERA, ocurrida en el Municipio de Armenia, departamen-to de Sonsonate, a las diecinueve horas con quince minutos del día diecisiete de marzo del año dos mil nueve, siendo dicho Municipio su último domicilio, de parte del señor JULIO ADALBERTO RAMOS ACOSTA, en su concepto de padre y como cesionario de los derechos hereditarios transferidos a su favor por parte de la señora ROSA ELBA RIVERA DE RAMOS, en su carácter de madre del de cujus; habiéndose conferido al aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la mencionada oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la ciudad de Zaragoza, departamento de La Libertad, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil nueve.
MARIA ELIZABETH ORELLANA MEJIA,
NOTARIA.
1 v. No. F013244
OSCAR ERNESTO ARGUETA ALVARENGA, Notario, de este domi-cilio, con oficinas situadas en Pasaje Italia, número quince, sobre Calle a San Antonio Abad, de esta ciudad; al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas del día veinte de junio del presente año, el suscrito Notario declaré Heredero Interino con Beneficio de Inventario a los señores EDWIN ALFREDO MONTOYA MOLINA, MARVIN ERNESTO MONTOYA MOLINA, JUAN CARLOS MONTOYA RIVAS, JOSUE EMANUEL MONTOYA RIVAS y ALFREDO ALEJANDRO MONTOYA RA-MOS, en concepto de hijos sobrevivientes del causante; en la Sucesión Intestada del causante señor ALFREDO ANSELMO MONTOYA, quien también fue conocido por ALFREDO ANCELMO MONTOYA y por ALFREDO MONTOYA SANTOS y que a la fecha de su fallecimiento ocurrida en la ciudad de Santa Ana, departamento del mismo nombre, el día diez de julio del dos mil ocho, era de sesenta y dos años de edad, contador, divorciado, originario de la ciudad de Coatepeque, su último domicilio, hijo de Teresa de Jesús Montoya, conocida únicamente por Teresa Montoya; confiriéndole a los aceptantes la Representación y Administración Interina de la Sucesión, con las restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
San Salvador, veintinueve de junio de dos mil nueve.
LIC. OSCAR ERNESTO ARGUETA ALVARENGA,
NOTARIO.
1 v. No. F013267
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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384WERNER BLADIMAR MARTINEZ QUINTANILLA, Notario, de este
domicilio, con Oficina Ubicada en Cuarenta y Tres Avenida Sur, Número
118 - B, Condominio Residencial Flor Blanca, San Salvador,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día veintidós de Junio del año dos mil nueve, se ha
tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la
Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en San Miguel, depar-
tamento de San Miguel, a las diez horas del día dos de Junio del año
dos mil cinco; dejó el señor JOSÉ EDUARDO SARAVIA de parte del
señor RAMÓN PERLA ALBERTO conocido por RAMÓN PERLA, en
concepto de cesionario de los derechos intestados de los herederos del
causante señoras: Blanca Lidia Gutiérrez y Nelis del Carmen Gutiérrez.
Habiéndosele conferido la Administración y Representación INTERINA
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho a la referida herencia, para que se presenten a la dirección de la
oficina antes mencionada, en el término de QUINCE DÍAS, contados
desde el día siguiente de la última publicación del presente Edicto.
En la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de Junio
del año dos mil nueve.-
WERNER BLADIMAR MARTINEZ QUINTANILLA,
NOTARIO.
1 v. No. F013300
WERNER BLADIMAR MARTINEZ QUINTANILLA, Notario, de este
domicilio, con oficina ubicada en Cuarenta y Tres Avenida Sur, Número
118 - B, Condominio Residencial Flor Blanca, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las once horas del día veintidós de Junio del año dos mil nueve, se
ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario,
la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en Cantón Animas,
Jurisdicción de Sociedad, departamento de Morazán, el día uno de Agosto
del año dos mil; dejó el señor BENEDICTO VENTURA, de parte del
señor RAMÓN PERLA ALBERTO conocido por RAMÓN PERLA,
en concepto de cesionario de los derechos intestados de la heredera del
causante, señora: Verónica Marilú Ventura Hernández. Habiéndosele
conferido la Administración y Representación INTERINA de la Suce-
sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia
Yacente.
En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con
derecho a la referida herencia, para que se presenten a la dirección de la
oficina antes mencionada, en el término de QUINCE DÍAS, contados
desde el día siguiente de la última publicación del presente Edicto.
En la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de Junio
del año dos mil nueve.-
WERNER BLADIMAR MARTINEZ QUINTANILLA,
NOTARIO.
1 v. No. F013301
ELVIRA ROXANA REINOSA MENDOZA, notario, del domicilio de
Soyapango, con Despacho Jurídico situado en Reparto Valle Nuevo,
Pasaje Seis, Block “U", Casa Siete, Soyapango al público.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario proveída
a las once horas del día veintidós de junio del dos mil nueve, se ha
TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO
DE INVENTARIO, la herencia intestada que dejó el señor DAMACIO
ANTONIO VILLEDA PEÑA, conocido por DAMACIO ANTONIO
VILLEDAS, DAMACIO ANTONIO VILLEDA PEÑA, DAMASIO
ANTONIO VILLEDA y ANTONIO VILLEDA PEÑA, quien falleció
el día once de mayo del año dos mil ocho en la ciudad de Santa Ana
siendo su último domicilio la ciudad de Acajutla, departamento de
Sonsonate, de parte del señor RENE EDGARDO VILLEDA REYES,
en concepto de hijo sobreviviente del causante, habiéndose concedido
la representación y administración de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la Notario ELVIRA ROXANA REINOSA
MENDOZA. En la ciudad de Soyapango, a las diez horas del día vein-
ticuatro de junio del dos mil nueve.-
ELVIRA ROXANA REINOSA MENDOZA,
NOTARIO.
1 v. No. F013343
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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. MIGUEL ANGEL CERNA CARRANZA, Notario, con oficina situada
en Colonia Jardines de Merliot, Calle Ishuatán, Polígono "J", Número
Cuarenta y Nueve, Ciudad Merliot, Santa Tecla, Departamento de La
Libertad.
AVISA AL PUBLICO: Que el día veintitrés de junio del año dos
mil nueve, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, de
parte de la señora ANA MIRIAM MEDRANO DE GARCIA en nombre
y representación de la señora ELSA DILMA MEDRANO ARANO,
conocida por ELSA DILMA MEDRANO, ELSA DILMA MEDRANO
ARANA, ELSA MEDRANO y por ELSA D. MEDRANO en su calidad
de cónyuge sobreviviente del causante; la herencia Intestada que a su
defunción dejó el señor JOSE NEFTALI MEDRANO NAVARRETE,
quien falleció el día uno de enero del año dos mil nueve, en el condado
de Fresno, Estado de California, de los Estados Unidos de América; se
ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de
la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia yacente.
Se cita a los que se crean con derecho en la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.
Santa Tecla, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil
nueve.
MIGUEL ANGEL CERNA CARRANZA,
NOTARIO.
1 v. No. F013423
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley.
HACE SABER: que por resolución dictada a las diez horas con
treinta y tres minutos del día veinte de Mayo de dos mil nueve.- Se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la he-
rencia INTESTADA, que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San
Salvador, siendo esta Ciudad su último domicilio, el día veinticuatro
de octubre de dos mil seis, dejó MANUEL DE JESUS VALENCIA
RENDEROS, conocido por MANUEL DE JESUS VALENCIA Hijo
y por MANUEL DE JESUS VALENCIA, de parte del Licenciado
JOSE MANUEL VALENCIA FUNES, conocido por JOSÉ MANUEL
FUNES VALENCIA; Doctor CARLOS ROBERTO VALENCIA
FUNES, conocido por CARLOS ROBERTO FUNES VALENCIA y
Licenciado MAURICIO EDGARDO VALENCIA FUNES, conocido
por MAURICIO EDGARDO VALENCIA, Todos en su concepto de
hijos sobrevivientes.- Se ha conferido a los aceptantes la administra-
ción y representación INTERINA, de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil. San Salvador: a las
quince horas del día dos de Junio de dos mil nueve.- DR. JOSE MA-
NUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. BR. ALEX
ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031633-1
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente
y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejó la señora
ANA GRACIELA ANTONIO, al fallecer el día diecisiete de marzo del
año dos mil ocho, en el Cantón El Paraisal, jurisdicción de Concepción
Batres, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de las señoras,
ANA ALICIA ANTONIO y MERCEDES ELIZABETH ANTONIO
COREAS, en calidad de hijas de la causante, y como Cesionarias del
derecho hereditario que le correspondía a los señores, MILAGRO
DEL CARMEN ANTONIO DE MARTINEZ, antes MILAGRO DEL
CARMEN ANTONIO, conocida por MILAGRO DEL CARMEN AN-
TONIO COREAS, JOSE LUIS ANTONIO, conocido por JOSE LUIS
ANTONIO COREAS, JORGE ALBERTO ANTONIO, conocido por
JORGE ALBERTO ANTONIO COREAS, en calidad de hijos de la misma
causante; confiriéndoseles la administración y representación interina
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera
publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintinueve
días del mes de mayo del dos mil nueve.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031641-1
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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE
MUNICIPIO.
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución
de este Juzgado de las catorce horas del día veinticinco de febrero de
dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario de parte de los menores KEVIN ALEXANDER e IRIS
AMANDA ambos de apellidos BELTRÁN PÉREZ, la herencia intestada
que a su defunción dejó la causante Señora PAULINA BELTRAN co-
nocida por MARIA PAULINA BELTRÁN y por MARIA PAULINA
BELTRÁN HERRERA, quien fue de cincuenta y cinco años de edad,
oficios domésticos, falleció en esta ciudad, lugar de su último domicilio,
el día doce de enero de mil novecientos noventa y cinco, aceptación que
hacen los menores arriba mencionados en sus calidades de cesionarios de
los derechos hereditarios que en su calidad de hijas de la referida causante
les corresponderían a las señoras CARMEN DE JESUS SÁNCHEZ BEL-
TRÁN, SONIA MARGARITA SÁNCHEZ BELTRÁN, ANA RUTH
SÁNCHEZ BELTRÁN y MARÍA LILIAN BELTRÁN SÁNCHEZ. Y
SE LES HA CONFERIDO a las menores aceptantes la administración y
representación interina de la sucesión, debiendo ejercerlas por medio de
su Representante legal señora ANA LETICIA PÉREZ, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia,
para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San
Salvador, a las once horas y treinta minutos del día veintisiete de febrero
de dos mil ocho. LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES DE ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031642-1
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte del
día diecisiete de junio de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada con
beneficio de inventario la Herencia testamentaria que a su defunción
dejó el señor JOSE ROBERTO FLORES CHICAS, quien falleció a las
tres horas quince minutos del día trece de octubre de dos mil ocho, en el
Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad, siendo esta ciudad de
San Miguel, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora ROSA
INES ANDRADE DE FLORES conocida por ROSA INES ANDRADE
CASTELLON como heredera testamentaria del causante; y se ha confe-
rido a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,
a las nueve horas y diez minutos del día diecisiete de junio de dos mil
nueve. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-
VIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031643-1
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas cinco minutos
del día cinco de enero de dos mil nueve modificada a las doce horas del
día seis del mismo mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario de parte de la señora Jesús Martínez Granillo
conocida por Jesús Martínez, en calidad de hermana de la causante, y
por derecho de trasmisión del derecho hereditario derivado de la señora
María Emma Martínez Granillo, también hermana de la causante; de la
herencia intestada que a su defunción dejó María Albertina Martínez
Granillo conocida por María Albertina Martínez, quien fue de cincuenta
y seis años de edad, soltera, originaria de Ilopango, con último domicilio
en Ilopango, hija de Antonio Martínez y Concepción Granillo, de na-
cionalidad salvadoreña, falleció el día trece de enero de mil novecientos
noventa y tres.
Confiérese a la aceptante la representación y administración INTE-
RINA de la herencia con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas
cuarenta minutos del día seis de enero de dos mil nueve. LIC. EDGAR
ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARIA
ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013163-1
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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las
ocho horas y treinta minutos del día doce de junio del año dos mil nueve;
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada dejada por los causantes, HUMBERTO MARTINEZ,
quien fue de sesenta y dos años de edad, casado, labrador, fallecido el
día veintitrés de junio del año dos mil ocho, siendo Metapán su último
domicilio; y TEODOSA PEREZ DE MARTINEZ, quien fue de cincuenta
y cinco años de edad, casada, de oficios domésticos, fallecida el día vein-
tidós de abril del año dos mil uno, siendo Metapán su último domicilio,
por parte de los señores ANA GLORIA MARTINEZ DE BUSTAMANTE
o ANA GLORIA MARTINEZ, ROSA MELIDA MARTINEZ PEREZ
o ROSA MELIDA MARTINEZ, ROSABEL MARTINEZ PEREZ
o ROSABEL MARTINEZ, ARNOLDO MARTINEZ PEREZ o
ARNOLDO MARTINEZ, DELMY ESPERANZA MARTINEZ PEREZ
o DELMI ESPERANZA MARTINEZ y DAVID MARTINEZ PEREZ
o DAVID MARTINEZ, en concepto de hijos de los referidos causantes.
En consecuencia, se les confiere a dichos aceptantes la administración
y representación INTERINA de la sucesión, dejada por los referidos
causantes, con las facultades y restricciones que la ley confiere a los
curadores de la herencia yacente.-
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas y
veinte minutos del día veintidós de junio del dos mil nueve.- LIC. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013188-1
JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día se ha
tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE
INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó
el causante señor JOSE FRANCISCO GOMEZ POSADA, al fallecer
el día veintidós de enero de mil novecientos ochenta y cinco, en el
Cantón El Nisperal de la jurisdicción de Santa Elena, Departamento de
Usulután, lugar que tuvo como último domicilio, de parte de la señora
ANA RUBENIA GOMEZ, en calidad de hermana del causante.
Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-
sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este Edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los doce días del
mes de Noviembre del año dos mil ocho. LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013204-1
JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL
PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución de las nueve horas y quince minutos
de este día se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA, que a
su defunción dejó el señor: ROGELIO ANTONIO AVILES, al fallecer
el día tres de julio del año dos mil seis, en el Hospital Nacional San
Pedro de esta ciudad de Usulután, siendo la ciudad de Santa Elena,
lugar que tuvo como su último domicilio, de parte de la señora ALBA
CARIDAD AVILES DE CARDONA conocida por ALBA CARIDAD
CRUZ y por ALBA CARIDAD AVILES CRUZ, en calidad de hija del
causante.- Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades
de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután , veintisiete
de octubre del dos mil siete. LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE
LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013207-1
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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, Jueza de Primera Instancia
Suplente del Distrito Judicial de San Sebastián: AL PÚBLICO: para los
efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las once
horas del día veintidós de junio del corriente año, SE HA TENIDO POR
ACEPTADA, expresamente y con beneficio de inventario la herencia
intestada que a su defunción ocurrida el día VEINTE DE DICIEMBRE
DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, en San Sebastián, San
Vicente, dejó el señor LUIS ALONSO LÓPEZ OLIVAR, conocido por
LUIS ALONSO LÓPEZ, LUIS ALONZO LÓPEZ y ALONSO LÓPEZ,
siendo su último domicilio la referida ciudad de San Sebastián, Depar-
tamento de San Vicente; de parte de la señora MARÍA ELENA LÓPEZ
DE RODRÍGUEZ, en concepto de hija del causante, por medio de su
Apoderado General Judicial, Doctor MARIO ERNESTO MEZQUITA
quien promueve las presentes Diligencias, confiriéndosele a la aceptante
la administración y representación INTERINA de la sucesión, de confor-
midad al Art. 1163 inciso primero del Código Civil, con las facultades
y restricciones de Ley.
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,
Departamento de San Vicente, a las once horas y cuarenta minutos del
día veintidós de junio de dos mil nueve. LICDA. GILMA DARLENE
ARÉVALO SORIANO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLEN-
TE. BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013240-1
AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL,
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a
las nueve horas treinta y cinco minutos del día veintitrés de junio de
dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el señor
MANUEL DE JESUS FLORES LOPEZ conocido por MANUEL DE
JESUS LOPEZ FLORES y por MANUEL DE JESUS LOPEZ, quien
fue de treinta años de edad, de profesión u oficio ignorado, falleció el día
uno de septiembre de mil novecientos noventa, en hospital del Seguro
Social de San Salvador, siendo Quezaltepeque, su último domicilio, de
parte de la señora MARGARITA DAYSI RIVERA en el concepto de
Cónyuge sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido la admi-
nistración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se hace saber al público en general para los efectos de
Ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del día veintitrés de junio de dos mil
nueve.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA
DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SE-
CRETARIO.
3 v. alt. No. F013281-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las nueve horas del día cuatro de junio del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
Intestada que a su defunción dejó el causante señor NICOLAS MAR-
TÍNEZ, ocurrida el día quince de noviembre del año dos mil dos, en el
Barrio Concepción, jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento de
Cuscatlán, siendo éste su último domicilio; a la señora NELY ANTONIA
RIVAS, ésta en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios
que le correspondían al señor AMPARO MARTINEZ MEJIA, éste
en su calidad de hijo del referido causante; habiéndosele conferido al
aceptante la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el
término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.
Librado en el juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas y
veinte minutos del día cuatro de junio del año dos mil nueve.- LIC. MA-
NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE ORLANDO
BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013311-1
SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de ley que por resolución
de este Juzgado de las catorce horas con cinco minutos del día quince
de mayo de dos mil nueve, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expre-
samente y con beneficio de inventario de parte de los señores MELVIN
JAIME RAMÍREZ ALVARADO, DANILO ALBERTO RAMÍREZ
ALVARADO, JORGE HUMBERTO RAMÍREZ ALVARADO Y ED-
GARD ANTONIO RAMÍREZ AGUIRRE y GEORGINA LISSETTE
RAMÍREZ AMAYA, la herencia intestada que a su defunción dejó el
causante señor JORGE ALBERTO RAMÍREZ BURGOS conocido por
JORGE RAMÍREZ y por JORGE ALBERTO RAMÍREZ, quien fue
originario de esta ciudad de San Salvador, soltero, de setenta y cuatro
años de edad, Comerciante, falleció en esta ciudad, lugar de su último
domicilio, el día dos de diciembre de dos mil ocho, aceptación que ha-
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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. cen los señores arriba mencionados en su calidad de hijos del referido
causante. Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia
para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince
días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del
presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las diez horas del día ocho de junio de dos mil nueve.
DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013313-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a
las once horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a
su defunción dejó el causante señor JOSE ENECON ROSALES o ENE-
CON ROSALES, fallecido el día tres de diciembre de mil novecientos
cincuenta en el Barrio San José de la Ciudad de Cojutepeque; siendo
su último domicilio el de esta ciudad y Departamento; de parte de las
señoras MARIA CONCEPCIÓN ROSALES FLORES Y MARIA MA-
RINA ROSALES FLORES; ambas en su calidad de nietas del referido
causante, y por derecho de representación en calidad de hijas del señor
JESUS ROSALES o ENECON ROSALES, este último en calidad de
hijo fallecido del causante en mención.-
Habiéndose conferido a las aceptantes la administración y repre-
sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de
los curadores de la herencia yacente.-
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el
término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas
y treinta y cinco minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil
nueve.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.
JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013314-1
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-
PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez
minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor RAUL ARMANDO GALDAMEZ
AGUILUZ, habiendo fallecido el día treinta de noviembre de dos mil
tres, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora SARA
DE JESUS RAMOS DE GALDAMEZ, y de los menores KATHERINE
JOHANNA, FREDY ADILSON y GABRIELA ALEJANDRA, todos
de apellidos GALDAMEZ RAMOS; la primera cónyuge sobreviviente y
los demás como hijos del causante, y se ha conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia Yacente, los menores deberán ejercerla
por medio de su representante legal señora SARA DE JESUS RAMOS
DE GALDAMEZ.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario
Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,
a los ocho días del mes de mayo del año dos mil nueve. LIC. MAR-
GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013322-1
JUAN PABLO CARLOS CASHPAL, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en Boulevard Santa Elena, Condominio Atrium Plaza,
local siete, Primera Planta, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad:
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las diez horas del día veinticinco de junio de dos mil nueve, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción en la ciudad de El Tránsito, Departamento
de San Miguel, el día tres de enero del año dos mil nueve, dejó el señor
JOSÉ ANGEL MARTÍNEZ, de parte de la señora ANGELA CONCEP-
CIÓN MARTÍNEZ CLAROS, en su concepto de hija sobreviviente y
cesionaria de los derechos de JOSÉ ANGEL MARTINEZ SURA, MA-
RÍA GREGORIA MARTÍNEZ SURA DE DÍAZ, ANA MAGDALENA
SURA DE CLAROS y RAMÓN FRANCISCO MARTÍNEZ CLAROS,
HIJOS SOBREVIVIENTES RESPECTIVAMENTE, del causante,
habiéndole conferido la administración y la representación interina de
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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente; habiendo sido su último domicilio el de El Tránsito,
Departamento de San Miguel.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la oficina en
la dirección antes mencionada, en el término de quince días, contados
desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario JUAN PABLO CARLOS CASHPAL,
en la ciudad de antiguo Cuscatlán, a los veintiséis días del mes de junio
del año dos mil nueve.-
JUAN PABLO CARLOS CASHPAL,
NOTARIO.
3 v. c. No. C031638-1
TÍTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE TECOLUCA, DEP-
TO. SAN VICENTE.
HACE SABER: Que el señor CRUZ MARTINEZ, de sesenta y
ocho años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Tecoluca,
departamento San Vicente, con residencia en Barrio Las Flores de esta
Ciudad, portador de su Documento Único de Identidad Número cero un
millón trescientos setenta y nueve mil sesenta y cinco guión seis, solicita
TITULO DE PROPIEDAD de un solar urbano, situado en el Barrio Las
Flores de esta Ciudad, según Certificación de la Denominación Catastral,
un área de MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUA-
DRADOS PUNTO CERO OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS
de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, mide cuarenta y uno
metros y colinda con propiedad de la señora Onofre del Carmen Alférez
de Quevedo y Ángela Arcadia Quevedo; AL ORIENTE, mide cuarenta
y un metros y colinda con propiedad de los señores Lidia Esperanza
Henríquez de EIías, Fernando de Jesús Gavidia Asencio y con calle de
por medio; AL SUR, mide cuarenta y uno metros, colinda con propiedad
de la señora Anselma Gloria Portillo; y AL PONIENTE, mide cuarenta
y uno metros y colinda con propiedad del señor Margarito de Jesús
Reyes Gálvez. El terreno descrito no tiene cargos ni derechos de ajena
procedencia que deban respetarse a excepción de las servidumbres ya
descritas, ni está en proindivisión con ninguna otra persona y se valúa
en UN MIL DÓLARES ($1,000.00). Se avisa al público para los efectos
de ley.-
Alcaldía Municipal de Tecoluca, a los diez días del mes de Junio
de dos mil nueve. SR. SIMON ANTONIO AMAYA, ALCALDE
MUNICIPAL. SRITA ANA MERCEDES BELLOSO RAMIREZ,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013527-1
TÍTUlo SUPlETorio
EL INFRASCRITO NOTARIO,
HACE SABER: que a esta oficina ha comparecido el señor MI-
GUEL ANGEL ZAMORA LARA, de cuarenta y ocho años de edad,
Agricultor, del domicilio de Aguilares, Departamento de San Salvador,
a quien conozco con Documento Único de Identidad número cero dos
millones setecientos sesenta y cinco mil ochocientos ochenta y dos-
cuatro. SOLICITANDO: le Extienda Título Supletorio de un inmueble
de naturaleza Rústico, situado en Cantón Los Mangos, Jurisdicción de
Aguilares, Departamento de San Salvador, de una extensión Superficial
de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS,
cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: colindando con Jesús
Roberto Flores Lemus, Diana Yaneth Aguilar de Landaverde, Franklin
Yomay Landaverde Pérez y Douglas Federico Landaverde Pérez; AL
ORIENTE: Linda con Franklin Yomay Landaverde Pérez, Douglas Fe-
derico Landaverde Pérez; AL SUR: Linda con Emilio Portillo, Pedro de
Jesús Alas Alas y Perfecto Alas; Y AL PONIENTE: Linda con Miguel
Angel Zamora Lara. Los colindantes son de este domicilio. El terreno
descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene
cargas o derechos que pertenezca a terceras personas, el inmueble lo valúa
en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA.
Lo que se avisa al público para los fines de ley.
Se previene a las personas que desean presentar oposición de las
pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi
Despacho Notarial situado en segunda Calle Poniente, Edifico Marroquí,
segunda planta, Aguilares, San Salvador.
Librado en Aguilares, a los veintiocho días del mes de junio de
dos mil nueve.-
LIC. JULIO AMILCAR PALACIOS GRANDE,
NOTARIO.
1 v. No. F013285
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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la señora
MARCOS MARTÍNEZ VIUDA DE ALVARADO, quien es de cua-
renta y nueve años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio,
solicitando TITULO SUPLETORIO a su favor sobre un inmueble de
naturaleza rústica, inculto situado en el Cantón La Ceibita, de esta com-
prensión, de una extensión superficial de TRECE MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CERO CERO CINCUENTA Y UN
METROS CUADRADOS y que linda: al NORTE, con María Albertina
Sanabria Aguilar; al ORIENTE: con Antonio Ferracuti; al SUR: con
Jaime Bernardo Palma Sanabria; y al PONIENTE: con Alonzo Sanabria
Figueroa, calle de por medio. El mencionado inmueble no es predio
dominante ni es sirviente, ni existen cargas reales que respetar, ni se
encuentra en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en CUATRO
MIL DOLARES.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.-
Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas del día dieciocho de
junio del dos mil nueve.- LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ
DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013186-1
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-
do ISMAEL ARMIDIO SALMERON TORRES, Apoderado General
Judicial de las señoras VICTORINA LAZO DE HERNANDEZ, de
sesenta y seis años de edad, doméstica, CANDIDA LAZO de sesenta y
cuatro años de edad, doméstica, ambas del domicilio de Cantón Gavilán,
Jurisdicción de El Carmen y ESTHER LAZO DE SANDOVAL, de
sesenta y un años de edad, doméstica y de este domicilio, solicitando se
les extienda a sus representadas TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno
de naturaleza rústica situado en el Caserío El Gavilán, Jurisdicción de
El Carmen, de este distrito y departamento, de la capacidad superficial
de CUATRO MIL CUATROCIENTOS ONCE PUNTO CINCUENTA
METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos, AL NORTE:
noventa y tres metros, con propiedad del señor Emilio Blanco Reyes;
AL SUR: ochenta metros con propiedad del señor Juan Adán Umanzor
Velásquez; al ORIENTE: cincuenta y siete metros, linda con propiedad
de David Blanco Reyes; y AL PONIENTE: cuarenta y cinco metros,
con propiedad de la señora Ofelia Reyes de Reyes. Dicho terreno lo
valúa en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, lo adquirió por compra informal que le hicieron al señor
JOSE ANGEL REYES BLANCO, de este domicilio, el día diez de junio
de mil novecientos noventa.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintitrés días
del mes de octubre de dos mil ocho. LIC. ROGELIO HUMBERTO
ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013198-1
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el Licen-
ciado PEDRO ANTONIO QUINTANILLA ARGUETA, de cuarenta
y dos años de edad, Abogado de este domicilio, Apoderado General
Judicial del señor PEDRO RAMIREZ, de sesenta y un años de edad,
Agricultor en Pequeño, del domicilio de Santa Elena, promoviendo
Diligencias Sumarias de Título Supletorio, de un terreno de naturaleza
rústica, sin nombre de una extensión superficial de Un mil cuatrocientos
uno punto quince metros cuadrados el cual está ubicado en Cantón El
Nisperal, Municipio de Santa Elena y departamento de Usulután, y
tiene las colindancias siguientes: AL NORTE: treinta y cuatro metros
diez centímetros, linda con Víctor Manuel Cortez, AL ORIENTE: cua-
renta y dos metros setenta centímetros, linda con SANTOS ANTONIO
SIGARAN, AL SUR: treinta y siete metros diez centímetros, linda con
terreno de PEDRO RAMIREZ, calle de por medio, y PONIENTE:
treinta y nueve metros cincuenta centímetros, linda con María Engrasia
Ramírez.- El terreno antes descrito no es dominante ni sirviente y no está
en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas, desde su adquisición,- Dicho inmueble el señor RAMIREZ
lo adquirió por herencia que dejó su padre INES RAMIREZ, quien era
mayor de edad, Jornalero del domicilio de Santa Elena y lo estima en
la suma de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA y desde hace treinta años que el señor RAMIREZ, tiene la
posesión del inmueble antes mencionado, y hasta la fecha ha venido
poseyendo de manera quieta, pacífica e ininterrumpida, ejerciendo
actos de verdadero dueño sin que persona alguna haya disputado desde
entonces la posesión, reconociéndola en tal concepto todos sus vecinos
y amigos en general; y careciendo de Título inscrito sobre el inmueble
ya mencionado, por no haberse encontrado documento alguno inscrito en
el Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Oriente sobre
dicho inmueble, debido a que su anterior poseedor, nunca se interesó
por seguir los trámites sobre el mismo.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los un
días del mes de abril del año dos mil nueve.- LIC. JOSÉ ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN
HERNÁNDEZ, SECRETARIA.
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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora Delmy
Umanzor, mayor de edad, ama de casa, del domicilio de Santa Rosa de
Lima, solicitando título supletorio sobre un terreno de naturaleza rústica,
situado en el Caserío Los Ranchos, Cantón El Algodón, de este Distrito y
Jurisdicción, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de
quinientos treinta y ocho metros, cincuenta y un decímetros cuadrados,
de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: treinta metros cin-
cuenta centímetros, linda con René Umanzor, cerco de alambre propio
de por medio; AL ORIENTE: diecinueve metros sesenta centímetros,
linda con Pedro Umanzor, cerco de alambre propio de por medio; AL
PONIENTE: diecinueve metros sesenta centímetros, linda con Antonia
Guzmán, calle de por medio, y AL SUR: veinticuatro metros cuarenta y
cinco centímetros, linda con Arcadia Romero, cerco de piña y alambre
propio de por medio. Inmueble que contiene construida una casa techo
de tejas, paredes de bahareque de seis por siete, son dos corredores y un
pozo broquel. Valúa dicho terreno en la cantidad de diez mil colones; y
lo adquirió por compra hecha a la señora Florida Umanzor, el día diez
de julio de dos mil tres.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil
nueve. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013225-1
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-
ciado YOHALMO ALBERTO SEGOVIA GOMEZ, como Apoderado
General Judicial de la señora MARTA LILIAN ROMERO AMAYA,
tributariamente como MARTA LILIAN ROMERO DE AREVALO, a
solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: Una porción de
terreno de naturaleza rústica, ubicado en el Caserío Babilonia, Cantón
Corralito, jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán, siendo
de la Capacidad Superficial de TREINTA Y TRES MIL OCHENTA Y
NUEVE PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,
de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE: ciento trece punto
ochenta metros colinda con terreno de la municipalidad de Corinto,
Departamento de Morazán, con cerco de alambre de púas de por medio;
al SUR: doscientos catorce punto treinta y nueve metros, colinda con
terreno propiedad del señor César Claros con quebrada de por medio,
además con cerco de alambre de por medio, en otro tramo; y con terreno
de propiedad del señor Elías Escobar con cerco de alambre de púas de
por medio; al PONIENTE: doscientos diecinueve punto treinta y nueve
metros, colinda con terreno propiedad del señor Manuel Fuentes, con
cerco de alambre de púas de por medio; al NORTE: ciento ochenta y
dos punto ochenta y seis metros, colinda con terreno propiedad del
señor Reymundo Fuentes con cerco de alambre de púas de por medio
y con terreno propiedad del señor Candelario Hernández, con cerco
de piedra de por medio. Se estima el inmueble descrito en la suma de
CINCO MIL DOLARES; y adquirió dicho inmueble por compraventa
de la Posesión Material por medio de Escritura Pública que le efectuó
el señor NATIVIDAD VILLATORO HERNANDEZ.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las once horas y treinta y cinco minutos del día dieciocho de mayo
de dos mil nueve. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2°. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ
SANCHEZ, SRIA.
3 v. alt. No. F013228-1
aViSo DE iNScriPcioN
AVISO DE INSCRIPCIÓN
EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-
CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO
DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos
16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero
de su Reglamento,
HACE SABER: Que la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE
TRANSPORTE EN MICROBUSES EL POLIEDRO-ARMENIA, DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACOEMTPA, de
R.L.”, con domicilio legal en Colón, Departamento de La Libertad y que
goza de personalidad jurídica desde el trece de diciembre de dos mil uno,
se encuentra INSCRITA bajo el número DIECISIETE, folios doscientos
setenta y tres frente a folios doscientos noventa y uno vuelto, del Libro
PRIMERO del Registro e Inscripción de Asociaciones Cooperativas de
TRANSPORTE; asimismo REFORMÓ PARCIALMENTE sus Estatutos
en su Artículo 82; tal reforma ha sido INSCRITA bajo el número TRES
folios siete frente a folios ocho frente del libro SEXTO del Registro e
Inscripción de Asociaciones Cooperativas de TRANSPORTE que lleva
el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO
SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO.
San Salvador, treinta de marzo del año dos mil nueve.
MISAEL EDGARDO DIAZ,
JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES
COOPERATIVAS.
1 v. No. F013321
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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. JUicio DE aUSENcia
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
CARLOS RAÚL HERRERA GALDAMEZ como apoderado del señor
MARCEL ALEXANDER RUIZ MARTINEZ, demandando en Juicio Ci-
vil Ejecutivo, a la señora YESENIA ESMERALDA VASQUEZ LOPEZ,
de treinta y dos años de edad, empleada, del domicilio de Hempstead,
Condado de Nassau, Estados Unidos de América y del de esta ciudad;
y siendo que a dicha demandada se le desconoce su actual domicilio o
cuál sea su paradero, y si ha dejado Procurador o Representante Legal
para que la represente, es que viene a iniciar Diligencias de Ausencia,
a efecto de que se declare ausente a la demandada YESENIA ESME-
RALDA VASQUEZ LOPEZ, y se le nombre un Curador Especial en el
Juicio Civil Ejecutivo clasificado al número DOSCIENTOS SEIS DEL
AÑO DOS MIL OCHO, (206/2008), el cual se promueve en su contra
en este juzgado.
En consecuencia se previene a la referida demandada, en caso
tenga conocimiento de este aviso, comparezca al proceso iniciado en su
contra; y en caso de que si tuviese Procurador o Representante Legal,
éste se presente dentro del término de quince días después de la última
publicación de este aviso a fin de comprobar dicha calidad.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas con
quince minutos del día dieciocho de junio de dos mil nueve. Lic. JOSE
HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA
LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
1 v. No. F013189
ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en las Diligencias Civiles de Ausencias
promovidas por el Licenciado José René Prudencio Flores, en su cali-
dad de Apoderado General Judicial del señor Efraín Romero Pacheco,
de conformidad con lo dispuesto en el Inc., 3° con relación al Inc. 7°.
ambos del Art. 141, Pr. C., para que se le nombre Curador Especial al
Edward León Machulak, a efectos que lo represente en el Juicio Civil
Ordinario de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio, que
promueve en este Tribunal, en virtud de que éste se encuentra ausente, en
consecuencia se previene que si el señor Edward León Machulak, tiene
representante legal alguno o Procurador, que se presente a este Juzgado
por lo menor quince días después de la publicación del presente edicto,
en caso contrario se le nombrará el Curador Especial solicitado.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-
tamento de La Unión, a los veintidós días del mes de junio de dos mil
nueve. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-
CRETARIO.
1 v. No. F013291
CARLOS HUMBERTO POSADA BELLOSO, Notario, de este domi-
cilio, al público,
AVISA: Que a la oficina del suscrito Notario, situada en Primera
Avenida Sur, entre Primera y Tercera Calle Oriente, de esta ciudad, se
ha presentado la Licenciada MARTA JACQUELINNE MARROQUIN
MENENDEZ, mayor de edad, Abogado, de este domicilio; actuando en
su calidad de Apoderada General Judicial de la CAJA DE CREDITO DE
CANDELARIA DE LA FRONTERA, SOCIEDAD COOPERATIVA
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,
Institución de Crédito, del domicilio de Candelaria de la Frontera;
MANIFESTANDO: que su Representada con fecha treinta y uno de
marzo del presente año, otorgó un crédito Hipotecario a favor del señor
VICTOR HUGO PINEDA CARDONA de cuarenta y cinco años de edad,
Locutor, del domicilio de San Marcos, Departamento de San Salvador,
habiendo sido ése su último domicilio; que el referido señor se encuentra
ausente desde casi dos meses, ignorándose su paradero o domicilio actual,
asimismo se ignora si ha dejado procurador o representante legal que
lo represente en el Juicio Ejecutivo Mercantil que su Representada le
promoverá; por lo que ha iniciado ante mis oficios notariales, en base al
artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción
Voluntaria y de Otras Diligencias a efecto de que se declare ausente al
señor VICTOR HUGO PINEDA CARDONA y que se le nombre un
curador especial, para que lo represente en el Juicio Ejecutivo Mercantil
mencionado.
En consecuencia, Prevengo: Que si el referido ausente no declarado,
señor VICTOR HUGO PINEDA CARDONA, tuviere procurador u otro
representante legal en la República, se presente a mi oficina de Notario,
a legitimar su personería, dentro de los quince días subsiguientes a la
última publicación de este aviso que se hace del conocimiento del público
para los efectos de Ley.
Librado en la oficina del Notario CARLOS HUMBERTO POSADA
BELLOSO: Santa Ana, a las diez horas del día cinco del mes de junio
del dos mil nueve.
CARLOS HUMBERTO POSADA BELLOSO,
NOTARIO.
1 v. No. F013308
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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384caNcElacioN DE Marca
No. de Expediente: 2007069928
No. de Presentación: 20090120729
CLASE: 31
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
AVISA: Que TROUW INTERNATIONAL B.V., del domicilio de Veerstraat 38, 5831 JN Boxmeer, Holanda, de nacionalidad HOLANDE-SA, propietaria(o) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en la palabra MIXTOVIT, de nacionalidad, inscrita al número 00029 del Libro 00120 de MARCAS; que dicha Titular solicitó por medio de la abogado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO la CANCELACION en forma voluntaria del distintivo antes descrito, habiéndose cancelado por resolución de fecha dieciocho de marzo del año dos mil nueve. CANCELACION que se encuentra inscrita al número 00170 del Libro 00079 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS (NUEVA LEY).
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
1 v. No. F013254
rENoVacioN DE MarcaS
No. de Expediente: 1995002576
No. de Presentación: 20090121894
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PREMARK RWP HOLDINGS, INC., del domicilio de 300 DELAWARE AVENUE, WILMINGTON, DELAWARE 19801, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00038 del Libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra WILSONART escrita en letras tipo corriente; que ampara productos/servicios compren-didos en la(s) Clase 19 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de junio del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013250-1
No. de Expediente: 1997007511
No. de Presentación: 20090122507
CLASE: 30.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WELLS' DAIRY, INC., del domicilio de UNO BLUE BUNNY DRIVE, P.O. BOX 1310, LEMARS, IOWA 51031 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00183 del Libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la figura de un rectángulo cuyo contorno es de esquinas redondeadas y fondo claro en el cual se encuentran las palabras “blue bunny” y en la esquina superior izquierda del rectángulo está el dibujo de la cara y orejas de un conejo cuyo contorno es oscuro sobre fondo claro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los nueve días del mes de junio del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013251-1
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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. No. de Expediente: 1995002577
No. de Presentación: 20090121895
CLASE: 20.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PREMARK RWP HOLDINGS, INC., del domicilio de 300 DELAWARE AVENUE, WILMINGTON, DELAWARE 19801, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00039 del libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “WILSONART”, en letras tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 20 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013252-1
No. de Expediente: 1997006729
No. de Presentación: 20090121783
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MARISABE-LLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GENERAL BISCUITS BELGIE N.V., del domicilio de DE BEUKELAER-PAREINLAAN 1, B-2200 HERENTALS, BELGICA, de nacionalidad BELGA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00181 del libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “TUC” en letras mayúsculas de molde de color blanco, la palabra está inclinada a la derecha sobre un fondo azul similar a una boina vasca también incli-nada a la derecha, bordeada por una orilla roja, parte de dicha figura está sobrepuesta a un trazo grueso semejante a un listón de color amarillo también con orilla roja siendo el color azul de la derecha de cada una de las letras en la boina, más oscura. Se reinvindican los colores pantone amarillo 109, rojo 485c, blanco, fondo azul reflejo, sombra azul oscuro 2758 a la derecha de cada una de las letras; que ampara productos/ser-vicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los quince días del mes de mayo del año dos mil
nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013255-1
No. de Expediente: 1987001692
No. de Presentación: 20090120415
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-
RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CAROLINA
HERRERA Ltd, del domicilio de 501 SEVENTH AVE. 17th FLOOR
10018 NEW YORK, N.Y., ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de
nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para
la inscripción Número 00161 del Libro 00092 de INSCRIPCION DE
MARCAS, consistente en las palabras CAROLINA HERRERA; que
ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Cla-
sificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los catorce días del mes de abril del año dos mil
nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013257-1
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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384No. de Expediente: 1967015268
No. de Presentación: 20070097835
CLASE: 21.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MA-RISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA: actuando como APODERADO de AMERICAN STANDARD INC., del domicilio de One Centennial Avenue , P.O. Box 6820, Piscataway, New Jersey, 08855-6820, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 15268 del libro 00038 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “AMERICAN STANDARD”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 21 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil nueve.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013258-1
No. de Expediente: 1994001016
No. de Presentación: 20090120979
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JU-DICIAL de EXPORTADORA MERCANTIL AGRO-INDUSTRIAL, S. A., del domicilio de CIUDAD DE GUATEMALA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00121 del libro 00090 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “GAMA”, ESCRITA EN LETRAS MAYÚSCULAS DE MOLDE, EN COLOR BLANCO Y SIN DISEÑO ESPECIAL, SIN EMBARGO, EL LADO IZQUIERDO DE LA PRIMERA LETRA “A”, DE LA PALABRA RECIÉN DESCRITA, ES MÁS PRONUNCIADO QUE SU LADO DERECHO. ADEMAS SOBRE LA ULTIMA LETRA “A” DE LA MENCIONADA PALABRA, SE VE UN GORRO DE COCINERO EN COLOR BLANCO Y A LA PAR DE DICHO GORRO SE PUEDE VER UNA PEQUEÑA LETRA “R”, ESCRITA EN LETRA DE MOLDE, MAYÚSCULA, EN COLOR BLANCO, SIN DISEÑO ESPECIAL Y ENCERRADA DENTRO DE UN CIRCULO DE COLOR BLANCO. LA PALABRA “GAMA” Y SUS ELEMENTOS ANTES DESCRITOS, SE ENCUENTRAN SOBRE UN FONDO DE COLOR ROJO. BAJO LA PALABRA “GAMA” SE ENCUENTRA LA FIGURA DE UN OSITO RISUEÑO CON UN GORRO DE COCINERO SOBRE LA CABEZA. DICHO OSO SOSTIENE UNA MANZANA EN SU MANO DERECHA
Y EN SU MANO IZQUIERDA LLEVA UN BOLSÓN; VISTE UN SACO CON UN SOLO BOTÓN Y CALZA ZAPATOS. TODA LA FIGURA DEL OSITO ANTES DESCRITA, ES EN COLOR BLANCO Y SUBRAYADA CON LÍNEAS DE COLOR NEGRO; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013353-1
No. de Expediente: 1995003828
No. de Presentación: 20060074781
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROTHMANS LIMITED, del domicilio de Zählerweg 4, 6300 Zug, Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00159 del Libro 00039 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras “ROTHMANS LIGHTS”, consiste en una etiqueta rectangular vertical y que lleva enmedio una faja negra enmarcada en forma de rec-tángulo horizontal que en la parte media de sus lados superior e inferior van curveados hacia afuera, y en la parte central superior aparecen dos figuritas como de león heráldicos y que sostienen un escudo con corona y en la parte de enmedio de la faja se lee la palabra “ROTHMANS” en letras tipo manuscrita; y abajo de la mencionada palabra “LIGHTS” en letras tipo carta; y más abajo un rectángulo curveados en ambos lados; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil nueve.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013355-1
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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. No. de Expediente: 1968016561
No. de Presentación: 20090118578
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC., del domicilio de 2711 Centerville Road, Suite 300, Wilmington, Delaware 19808, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 16561 del Libro 00040 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en UNA ETIQUETA CONTENIENDO DOS REPRESENTACIONES DE UN DIBUJO QUE COMPREN-DE CIRCULO CONCENTRICOS LOS CUALES LLEVAN EN SU INTERIOR LAS PALABRAS DISTINTIVAS “LUCKY STRIKE” Y DEBAJO DE ELLAS LA FRASE “IT'S TOASTED”. ENTRE ESTOS DOS DIBUJOS VA EL NOMBRE DE LOS PROPIETARIOS DE LA MARCA Y EN SU CIRCULO PEQUEÑO LA REPRESENTACIÓN DE UNA CABEZA DE INDIO TOCADO DE PLUMAS; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil nueve.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013357-1
No. de Expediente: 1998000402
No. de Presentación: 20090122187
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS FARMACÉUTICOS Y COSMÉTICOS, S.A., que se abrevia: LAFCO, del domicilio de 11 CALLE 6-23, ZONA 4, MIXCO, CIUDAD DE GUATEMALA, REPÚBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00047 del Libro 00091 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra de fantasía “BETRIPLE”, escrita en letras de molde, mayúsculas, en color negro y sin diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCÍA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013358-1
No. de Expediente: 1998000403
No. de Presentación: 20090122186
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL de LABORATORIOS FARMACÉUTICOS Y COSMÉTICOS, S.A., del domicilio de 11 CALLE 6-23, ZONA 4, MIXCO, CIUDAD DE GUATEMALA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00018 del Libro 00098 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la expresión de fantasía “ADIOGRIP”, escrita en letras de molde, mayúsculas, en color negro y sin diseño especial; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MARÍA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013359-1
No. de Expediente: 1997006825
No. de Presentación: 20090122789
CLASE: 24.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDI-CIAL de FACALCA HILTEX, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: FACALCA HILTEX, S.A. DE C.V., del domicilio de AHUACHAPÁN, DEPARTAMENTO DE AHUACHA-
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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384PÁN, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00244 del libro 00091 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las expresiones de fantasía “FACALCA HILTEX” acompañadas de un logo pudiendo describirse más detalla-damente de la siguiente manera: la expresión FACALCA se encuentra escrita en letras de molde mayúsculas en color negro sin diseño especial. A su lado derecho se puede ver la expresión HILTEX la cual está escrita en letra de molde, mayúsculas en color negro y con diseño especial. Al lado izquierdo de la expresión FACALCA se puede ver una figura cuadrada con fondo de color negro y en su centro se pueden ver líneas blancas horizontales y paralelas que se encuentran entrelazadas formando una figura irregular. Todo esto se encuentra subrayado por una delgada línea de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 24 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los dos días del mes de junio del año dos mil nueve.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013373-1
Marca DE fÁBrica
No. de Expediente: 2008080424
No. de Presentación: 20080115871
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE HERNÁNDEZ VALENCIA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de TIENDAS CARRION, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: TIENDAS CARRION, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras GRAN PASSO y diseño, que ser-virá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR PARA MUJERES, CABALLEROS, NIÑAS Y NIÑOS, EN DIFERENTES ESTILOS, COLORES, TALLAS, PARA TODAS LAS EDADES; INCLUYENDO, VESTIDOS, BLUSAS, PANTALONES, SHORTS, FALDAS, CAMI-SAS, CAMISETAS, ROPA INTERIOR, ZAPATOS, CALZADO DE MUJERES, CABALLEROS, NIÑOS Y NIÑAS, DE VESTIR, CASUAL O DEPORTIVO, EN DIFERENTES COLORES, TALLAS Y ESTILOS, SOMBRERERÍA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de enero del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013245-1
No. de Expediente: 2009092881
No. de Presentación: 20090122204
CLASE: 33.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de DOUBLE EAGLE BRANDS 2 N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
HarlEM
Consistente en: la palabra HARLEM, que servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS (EXCEPTO CERVEZAS). Clase: 33.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013263-1
No. de Expediente: 2009091253
No. de Presentación: 20090119222
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de
DIARIO
OFI
CIAL S
OLO P
ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. F. HOFFMANN-LA ROCHE AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
iKGDar
Consistente en: la palabra IKGDAR, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de mayo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013268-1
No. de Expediente: 2009092551
No. de Presentación: 20090121699
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISABE-LLA NOVOA HENRÍQUEZ conocida por MARISABELLA NOVOA H., en su calidad de APODERADO de COSTCO WHOLESALE CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras KIRKLAND Signature y diseño, donde la palabra Signature se traduce al castellano como firma, que servirá para: AMPARAR: PAPÉL, CARTÓN Y PRODUCTOS HECHOS DE ESTOS MATERIALES, NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES; PAPEL DE BAÑO, PAÑUELOS FACIALES; SERVILLETAS DE PAPEL; TOALLAS DE PAPEL; PAÑALES DESECHABLES PARA BEBÉS; PAÑALES DE PANTALONCITO DESECHABLES; TOALLITAS DESECHABLES PARA BEBÉS; TOALLITAS LIMPIADORAS DESECHABLES CON PROPIEDADES DESINFECTANTES; PA-PEL DE ENVOLTURA PARA REGALO; CALENDARIOS; PAPEL PARA COPIAS; PAPEL PARA IMPRESORAS; PAPEL PARA FO-TOS DIGITALES; PAPELERÍA; TARJETAS DE FELICITACIÓN; TARJETAS FESTIVAS; TARJETAS DE REGALO; ADHESIVOS PARA PAPELERÍA O USO CASERO; CINTA ADHESIVA PARA EMPAQUE PARA PAPELERÍA O USO CASERO; MATERIALES PARA ARTISTAS; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y REQUISITOS
DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIALES PLÁSTICOS PARA EMPAQUE (NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASES); BOLSAS PLÁSTICAS PARA BASURA; BOLSAS PLÁSTICAS PARA JARDÍN; BOLSAS PLÁSTICAS PARA COMPACTADORES DE BASURA; ENVOLTURA PLÁSTICA PARA LA COMIDA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de abril del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013279-1
No. de Expediente: 2009092441
No. de Presentación: 20090121460
CLASE: 11.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de PARKER INTANGIBLES LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,
Consistente en: la palabra: Parker y diseño, que servirá para: AM-PARAR: APARATOS DE ALUMBRADO, DE CALEFACCIÓN, DE PRODUCCIÓN DE VAPOR, DE COCCIÓN, DE REFRIGERACIÓN, DE SECADO, DE VENTILACIÓN, DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA E INSTALACIONES SANITARIAS, ESPECIALMENTE VÁLVULAS DE REFRIGERACIÓN Y DE AIRE ACONDICIONADO, RECEPTO-RES, SECADORES ACUMULADORES, SENSORES, CONTROLES, FILTROS Y PROGRAMAS PARA PROGRAMAR Y CONTROLAR TODOS LOS ANTERIORES PRODUCTOS. Clase: 11.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de abril del año dos mil nueve.
LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013280-1
DIARIO
OFI
CIAL S
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NO TIE
NE VALI
DEZ LE
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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384No. de Expediente: 2008077426
No. de Presentación: 20080110919
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de
General Cable Technologies Corporation, de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: las palabras phelps dodge International Corp, las
palabras international Corp se traducen al castellano como corporación
internacional, que servirá para: AMPARAR: ALAMBRES Y CABLES
PARA LAS COMUNICACIONES, ENERGÍA, CONSTRUCCIÓN,
CONSUMO Y APLICACIONES ELÉCTRICAS, ALAMBRE Y
CABLE ELÉCTRICO CON AISLANTE O SIN ESTE, CUERDAS Y
CABLES FLEXIBLES, CUERDAS DE EXTENSIÓN ELÉCTRICAS
Y ACCESORIOS, CABLE Y ALAMBRE DE FIBRA ÓPTICA, CA-
BLES DE COMUNICACIÓN, CABLE ENTRELAZADO ARMADO,
CABLES DE TRONCO ENTERRADO Y AÉREO, CABLE DE LA
DISTRIBUCIÓN Y DE GOTA, CABLES AFLUENTES, CUERDAS
PORTATILES, INSTRUMENTOS DE ENERGIA ELÉCTRICA Y
CABLE DE CONTROL, ALAMBRE A PRUEBA DE MAL TIEMPO,
CABLE DE BANDEJA, CABLE ELECTRÓNICOS Y DE LAS TELE-
COMUNICACIONES, CABLE DE ALUMINIO ELÉCTRICO, CABLE
DE ARRANQUE DE LA BATERÍA, CUERDAS DE AMPLIACIÓN,
ALAMBRE DE TRANSMISIÓN EN CIRCUITO, CABLE COAXIAL,
CABLE DEL MICRÓFONO, CABLE DE LA ALARMA DE INCEN-
DIO, ALAMBRE DEL TELÉFONO Y DE PREMISA, ALAMBRE DEL
ALTAVOZ, SONIDO Y SEGURIDAD CABLEGRAFÍA, CABLE DE
LA TELEVISIÓN, CABLE DEL SONIDO Y DEL VÍDEO, CABLE
TERMOPAR, CABLE DE TRANSMISÍÓN ELÉCTRICA DE BAJO,
MEDIO Y DE ALTO VOLTAJE, ALAMBRE DE CENTRAL TELEFO-
NICA, CABLES DE TRANSMISION DE COBRE Y DE ALUMINIO,
CABLE DE ENERGIA Y DE CONTROL, LOS CABLE TRIAXIALES,
CABLES PARA AUTOMOTORES Y LOCOMOTORES, CABLES DEL
ACOPLADOR, CABLES DE ENCENDIDO, LOS MONTAJES DEL
ARNESES; CABLE NUCLEAR, CABLES MARINOS, CABLE DE
ABORDAJE, ALAMBRE PRIMARIO; CABLES INDUSTRIALES Y
DE MINERIA; AISLADORES DE ENCHUFE, CUERDA DE GOMA,
CUERDA PLASTICA, CUERDA DE ESPECIALIDAD, CUERDA
DEL CALENTADOR, CUERDA Y ALAMBRE DE ADORNO, CABLE
DE LA LAMPARA DE ALIMENTACION; BARRA DE COBRE Y
DE ALUMINIO; CONDUCTORES DE COBRE Y DE ALUMINIO
SIN AISLANTE; ALAMBRE DE COBRE Y DE ALUMINIO PARA
EDIFICIOS; CABLES SECUNDARIOS DE UD; CABLE DE LINEA
CUBIERTA; CABLES DE ENTRADA DE SERVICIOS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de Junio del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013344-1
No. de Expediente: 2008080507
No. de Presentación: 20080115984
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de RECKITT BENCKISER INC., de naciona-
lidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
lYSol
Consistente en: la palabra LYSOL, que servirá para: AMPARAR:
LIMPIADORES TODO PROPOSITO CON PROPIEDADES DESIN-
FECTANTES; PREPARACIONES GERMICIDAS LIMPIADORAS
PARA EL INODORO Y EL BAÑO; PREPARACIONES SANITA-
RIAS PARA USAR EN EL HOGAR, COMERCIO, INDUSTRIA
E INSTITUCIONES; DESINFECTANTES PARA LAS MANOS Y
LAS SUPERFICIES; PREPARACIONES ANTIBACTERIANAS A
SABER: TOALLITAS ANTIBACTERIANAS DE USO PERSONAL;
COMPUESTOS PARA DESINFECTAR LAS MANOS; PREPARA-
CIONES PARA LA LIMPIEZA INCORPORANDO SUSTANCIAS
QUE NEUTRALICEN, CONTROLEN O REDUZCAN ALERGÉ-
NICOS; MITICIDAS DE USO DOMÉSTICO; ANTIPARASITÓS
DE USO DOMÉSTICO; DESODORANTES DE AMBIENTES; RE-
FRESCADORES DE AMBIENTES; REFRESCADORES DE AIRE;
DESODORIZADORES PARA ALFOMBRAS, PREPARACIONES
PARA NEUTRALIZAR LOS OLORES DE LAS ALFOMBRAS,
MUEBLES, SUPERFICIES DOMÉSTICAS Y EL AIRE. Clase: 05.
DIARIO
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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013346-1
No. de Expediente: 2007066797
No. de Presentación: 20070093168
CLASE: 05.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de RECKITT & COLMAN (OVERSEAS)
LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra Dettol y diseño, que servirá para: AMPA-
RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS, VETERINARIAS Y
SANITARIAS; PREPARACIONES ANTISEPTICAS, PREPARACIO-
NES ANTIBACTERIALES, PREPARACIONES DESINFECTANTES,
GERMICIDAS; ARTICULOS IMPREGNADOS CON PRODUCTOS
DESINFECTANTES O ANTIBACTERIALES; ARTICULOS IM-
PREGNADOS CON PRODUCTOS ANTISEPTICOS; INSECTICIDAS
Y MITICIDAS; REPELENTES PARA INSECTOS; PREPARACIO-
NES PARA DESTRUIR Y REPELER LOS BICHOS O ALIMAÑAS;
FUNGICIDAS, PREPARACIONES PARA REFRESCAR EL AIRE;
PREPARACIONES PARA PURIFICAR EL AIRE; DESODORANTES
Y DESODORIZADORES (EXCLUYENDO LOS DE USO PERSO-
NAL); NEUTRALIZADORES DE OLORES; PREPARACIONES Y
SUSTANCIAS PARA NEUTRALIZAR, CONTROLAR O REDUCIR
LAS ALERGIAS; TOALLITAS MEDICADAS, POLVOS MEDICA-
DOS, YESOS, MATERIALES PARA VENDAJES; BOTIQUINES
CON PRODUCTOS PARA PRIMEROS AUXILIOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil
siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013347-1
No. de Expediente: 2008078812
No. de Presentación: 20080113127
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de
BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC., de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FA-
BRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras PALL MALL y diseño, la palabra
PALL se traduce al castellano como paño o nube de humo y la palabra
MALL se traduce al castellano como centro comercial, que servirá para:
AMPARAR: CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO EN BRUTO
O MANUFACTURADO, PRODUCTOS DE TABACO Y DERIVA-
DOS DEL TABACO EN GENERAL (QUE NO SEAN PARA USO
MEDICO), PIPAS, ENCENDEDORES, CERILLOS Y ARTICULOS
PARA FUMADORES EN GENERAL (QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS). Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013348-1
DIARIO
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NO TIE
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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384No. de Expediente: 2008078811
No. de Presentación: 20080113126
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de
BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC., de nacionalidad·
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FA-
BRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras PALL MALL y diseño, la palabra
PALL se traduce al castellano como paño o nube de humo y la palabra
MALL se traduce al castellano como centro comercial, que servirá para:
AMPARAR: CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO EN BRUTO
O MANUFACTURADO, PRODUCTOS DE TABACO Y DERIVA-
DOS DEL TABACO EN GENERAL (QUE NO SEAN PARA USO
MÉDICO), PIPAS, ENCENDEDORES, CERILLOS Y ARTICULOS
PARA FUMADORES EN GENERAL (QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS). Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013350-1
No. de Expediente: 2008078813
No. de Presentación: 20080113128
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de
BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC., de nacionalidad
ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FA-
BRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras PALL MALL y diseño, la palabra
pall se traduce al castellano como paño o nube de humo y la palabra
mall se traduce como centro comercial, que servirá para: AMPARAR:
CIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO EN BRUTO O MANUFAC-
TURADO, PRODUCTOS DE TABACO Y DERIVADOS DEL TABA-
CO EN GENERAL (QUE NO SEAN PARA USO MEDICO), PIPAS,
ENCENDEDORES, CERILLOS Y ARTICULOS PARA FUMADORES
EN GENERAL (QUE NO SEAN DE METALES PRECIOSOS). Clase:
34.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de mayo del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013351-1
No. de Expediente: 2000006359
No. de Presentación: 20000006359
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de
COMPAÑIA DE GALLETAS POZUELO DCR, SOCIEDAD ANO-
NIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
rEcrEo
Consistente en: la palabra RECREO.
La solicitud fue presentada el dia veinticinco de agosto del año
dos mil.
DIARIO
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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013360-1
No. de Expediente: 2009091084
No. de Presentación: 20090118819
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GE-
NERAL JUDICIAL de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS)
INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión PALL MALL y diseño, la palabra
MALL puede traducirse al castellano como centro comercial, que
servirá para: AMPARAR: CIGARROS; CIGARRILLOS, TABACO
EN BRUTO O MANUFACTURADO, PRODUCTOS DE TABACO
Y DERIVADOS DEL TABACO EN GENERAL (QUE NO SEAN
PARA USO MÉDICO), PIPAS, ENCENDEDORES, CERILLOS Y
ARTÍCULOS PARA FUMADORES EN GENERAL (QUE NO SEAN
DE METALES PRECIOSOS). Clase: 34 .
La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013361-1
No. de Expediente: 2008076147
No. de Presentación: 20080108919
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
de ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
alicErDo aliaNSa
Consistente en: las palabras ALICERDO ALIANSA, que servirá
para: AMPARAR: ALIMENTO CONCENTRADO PARA ANIMALES.
Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de mayo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013364-1
No. de Expediente: 2008076149
No. de Presentación: 20080108921
CLASE: 31.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
DIARIO
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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384GENERAL JUDICIAL de ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIE-
DAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
EcoNocErDo aliaNSa
Consistente en: la expresión: ECONOCERDO ALIANSA, que
servirá para: AMPARAR: ALIMENTO CONCENTRADO PARA
ANIMALES. Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013365-1
No. de Expediente: 2008076150
No. de Presentación: 20080108922
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
de ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
crEcElac aliaNSa
Consistente en: las palabras CRECELAC ALIANSA, que servirá
para: AMPARAR: ALIMENTO CONCENTRADO PARA ANIMALES.
Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013366-1
No. de Expediente: 2008076156
No. de Presentación: 20080108928
CLASE: 31.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
de ALIMENTOS PARA ANIMALES, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
alilEcHEro aliaNSa
Consistente en: las palabras ALILECHERO ALIANSA, que servirá
para: AMPARAR: ALIMENTO CONCENTRADO PARA ANIMALES.
Clase: 31.
La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, siete de mayo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013367-1
DIARIO
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NO TIE
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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. No. de Expediente: 2008079877
No. de Presentación: 20080115010
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
de RECKITT & COLMAN (OVERSEAS) LIMITED, de nacionalidad
INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
aQUa ESSENcES
Consistente en: las palabras AQUA ESSENCES, traducidas al
castellano como ESENCIAS DE AGUA, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES PARA PERFUMAR LA ATMOSFERA; PO-
TPOURRI, PREPARACIONES PARA PERFUMAR O AROMATIZAR
EL AIRE. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013368-1
No. de Expediente: 2008078384
No. de Presentación: 20080112471
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO
GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de FARLEY'S & SATHERS CANDY COMPANY, INC.,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BoBS
Consistente en: la palabra BOBS que se traduce al castellano como
Reverencias o Inclinación de cabeza, que servirá para: AMPARAR:
DULCES Y CONFITERIA EN GENERAL. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013369-1
No. de Expediente: 2009093302
No. de Presentación: 20090122949
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO
GUANDIQUE MEJIA, en su calidad de APODERADO de BRITISH
AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED, de nacionalidad
INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: las palabras CONVIVENCIA EN ARMONIA
y diseño, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO O
MANUFACTURADO, CIGARROS, CIGARRILLOS, CERILLOS,
SUCEDÁNEOS DEL TABACO QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO
Y ARTÍCULOS PARA FUMADOR QUE NO SEAN DE METALES
PRECIOSOS. Clase: 34.
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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384 La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013370-1
No. de Expediente: 2008076769
No. de Presentación: 20080109872
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO
GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de COMPA-
ÑIA DE GALLETAS POZUELO DCR, SOCIEDAD ANONIMA, de
nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA
DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PoZUElo clUB EXTra
Consistente en: las palabras POZUELO CLUB EXTRA, que servirá
para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA,
SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-
DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de junio del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013372-1
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2009093774
No. de Presentación: 20090123669
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HILDA LILIAN
VIVAS APARICIO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de
FOTO IMPRESIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: FOTO IMPRESIONES, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: la expresión: Foto Impresiones y diseño, que servirá
para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DE-
DICADO A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE FOTOGRAFÍA
IMPRESIONES DIGITALES, POSTERS DE ANCHO FORMATO,
TRABAJOS DE IMPRENTA, ELABORACIÓN DE ARTÍCULOS-
PROMOCIONALES Y OTROS.
La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de junio del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013229-1
coNVocaToriaS
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.
Según los Estatutos que rigen la Asociación de Ganaderos de El
Salvador. La Junta Directiva Central convoca a Asamblea General Or-
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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. dinaria el día 25 de julio de 2009 a las 08:00 a.m. Primera convocatoria
y de no haber quórum, a las 09:05 a.m. Segunda convocatoria. Con los
2 delegados asignados de cada Directiva Departamental aprobados por
la Junta Directiva nacional y que se llevará a cabo en las instalaciones
de la sede de nuestra Asociación 19 Av. Norte # 1332, Colonia Layco,
San Salvador.
Agenda:
1- Comprobación de quórum.
2- Lectura del acta anterior.
3- Elección de Junta Directiva
4- Otros.
San Salvador, 29 de junio de 2009.
DR. EDUARDO ALFREDO CASTELLANOS ABERLE,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F013175-1
SUBaSTa PÚBlica
MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo Promovido por
el señor RICARDO ANTONIO ROSA CASTILLO, en su carácter per-
sonal, contra la señora ANA DEISY MARQUEZ DE SAGASTIZADO
conocida por ANA DEYSI MARQUEZ LOZANO antes DE REYES y
ANA DEISY MARQUEZ, reclamándole cantidad de dólares, intereses
y costas procesales se venderá en pública subasta en este Juzgado el
siguiente inmueble: "Un inmueble de naturaleza rústica, hoy urbano
situado en los suburbios del Cantón Las Lomitas, hoy según nueva
nomenclatura en Veintinueve Calle Poniente y Pasaje número tres,
Colonia Santa Julia, Jurisdicción de San Miguel, con una superficie de
DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PUNTO CERO CERO DIECISIETE
METROS CUADRADOS, que mide y linda; AL PONIENTE, doce
metros cincuenta centímetros con terreno de Juan Quintanilla, antes
de Gordiano Lizama; AL NORTE, con terreno de Luis Lazo, antes de
Julia Barrera, callejón de por medio en diecinueve metros cincuenta
centímetros; AL ORIENTE, con terreno que fue general hoy de José
Rodríguez, calle particular de por medio en catorce metros ochenta
centímetros; AL SUR, diecinueve metros cincuenta centímetros con
solar de Marcelina Contreras, antes general pared de por medio, este
inmueble contiene como accesorio una casa de sistema mixto.-Inscrito
en el Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número
OCHO CERO CERO OCHO CUATRO NUEVE CINCO TRES.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho
horas cincuenta y dos minutos del día diecinueve de junio del año dos
mil nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013176-1
EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUAN-
TIA, LICENCIADO CARLOS ALBERTO GALAN, de este Distrito
Judicial, al público en general.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por
el Doctor MANUEL CORDOVA CASTELLANOS, de sesenta años de
edad, Abogado y Notario, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de
La Libertad, en su carácter de Apoderado General Judicial de la Sociedad
CUMULOS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-
PITAL VARIABLE, sustituido por los Licenciados RENE MAURICIO
CHIQUILLO CUELLAR, y SILVIA YESENIA CANDRAY ZELAYA,
de cuarenta y ocho y veintiocho años de edad, Abogados, de este domicilio
y del domicilio de Soyapango, respectivamente en su orden; contra la de-
mandada señora ANDREA HAYDEE IGLESIAS MELGAR, de cuarenta
y cinco años de edad, Comerciante, del domicilio de Tonacatepeque, de
este Departamento, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, y en
fecha que será señalada posteriormente, el inmueble de naturaleza urbana
y construcciones de sistema mixto que contiene, identificado como lote
número SETENTA, del Polígono CUARENTA Y SEIS, DISTRITO
ITALIA, situado en CANTON SAN NICOLAS, MUNICIPIO DE APO-
PA, de este Departamento, de una extensión superficial de NOVENTA
Y TRES PUNTO SESENTA METROS CUADRADOS, el cual mide y
linda: AL NORTE, de una distancia de siete punto ochenta metros; AL
ORIENTE, una distancia de doce punto cero cero metros; AL SUR, una
distancia de siete punto ochenta metros; y AL PONIENTE, una distancia
de doce punto cero cero metros. El inmueble anteriormente descrito así
como sus mejoras presentes y futuras pertenecen a la demandada señora
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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384ANDREA HAYDEE IGLESIAS MELGAR, inscrito a su favor en el
Sistema de Folio Real Automatizado bajo la Matrícula número M SEIS
CERO DOS UNO SEIS CUATRO UNO CINCO- CERO CERO CERO
CERO CERO (M 60216415-00000), Asiento UNO(1), del Registro de
La Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este
Departamento.
Se Admitirán posturas legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTÍA:
San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día veinticinco de
mayo del dos mil nueve.- LIC. CARLOS ALBERTO GALAN, JUEZ
SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- LIC. JULIO AL-
BERTO CALDERON ALFARO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013293-1
LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO, LICEN-
CIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, al público
en general.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil N° 520-EM-
08-3 promovido en este Tribunal por el Licenciado IMMAR ORLANDO
CHAVEZ PICHE, quien actúa en su carácter de Apoderado General
Judicial del BANCO SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANONIMA contra los demandados señores JOSE RAUL LOPEZ cono-
cido por JOSE RAUL LOPEZ RUIZ y MARINA YOLANDA VELIS, se
venderá en Pública Subasta en este Tribunal, con fecha que más adelante
se señalará, el inmueble que a continuación se describe: “Inmueble de
naturaleza urbano, situado en los suburbios del Barrio San José, de esta
ciudad, del Complejo Habitacional CONDOMINIO CONDADO DE
SAAVEDRA, marcado con el número UNO - SEIS, EDIFICIO "C". Está
ubicado a cuarenta y dos metros seiscientos treinta y cinco milímetros
al Sur de la Intersección de la Veintiuna Calle Poniente y eje central
de la zona verde ZV-Dos de este Condominio y en la primera planta
del edificio "C". Tiene un área construida de VEINTITRES METROS
CUADRADOS SEIS CENTIMETROS CUADRADOS y un volumen
de cincuenta y ocho metros cúbicos ochenta y un centímetros cúbicos.
Su nivel de piso tiene una elevación promedio de seiscientos setenta y
tres metros cincuenta y cinco centímetros sobre el nivel medio del mar
y su descripción técnica es: Partiendo de la intersección de la Diagonal
Universitaria y Veintiuna Calle Poniente, se mide sobre el eje de la
última con rumbo Sur, ochenta y seis grados cincuenta y siete punto
siente minutos Oeste, una distancia de setenta y un metros ochenta y seis
centímetros, en esta estación cero más cero setenta y un metros ochenta
y seis centímetros y con deflexión izquierda de ochenta y siete grados
cincuenta punto nueve minutos, se mide con rumbo Sur, cero cinco
grados once punto cuatro minutos Oeste, una distancia de cuarenta y
dos metros seiscientos treinta y cinco milímetros. De esta estación cero
más cero cuarenta y dos metros seiscientos treinta y cinco milímetros
y con deflexión derecha de noventa grados, se mide una distancia de
veintitrés metros cuatrocientos veinticinco milímetros localizando el
esquinero Sur Oriente del bien que se describe y desde el cual se inicia
la presente descripción: AL SUR: línea recta de tres metros setenta y
cinco centímetros y rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cuarenta y
ocho punto seis minutos Oeste, lindando con Apartamento uno- seis del
edificio "D" y pasaje peatonal número dos de cuatro metros de ancho de
por medio; AL PONIENTE: línea recta de seis metros quince centíme-
tros y rumbo Norte, cero cinco grados once punto cuatro minutos Este,
lindando con apartamento uno- siete de edificio "C"; AL NORTE, línea
recta de tres metros setenta y cinco centímetros y rumbo Sur, ochenta
y cuatro grados cuarenta y ocho punto seis metros Este, lindando con
pasillo de primera planta de un metro de ancho del edificio "C"; AL
ORIENTE: línea recta de seis metros quince centímetros y rumbo
Sur, cero cinco grados once punto cuatro minutos Oeste, lindando con
Apartamento uno- cinco del edificio "C". Este inmueble linda por el lado
inferior con el bien raíz del mismo edificio y por el lado superior con el
apartamento dos-seis del edificio "C" de la segunda planta y obra gruesa
de por medio. El inmueble relacionado se encuentra inscrito a favor del
Hipotecante al número CERO UNO - CERO SESENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO - CERO CERO CERO,
INSCRIPCION CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de este Departamento.
Se admitirán posturas legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las
nueve horas y cuarenta y un minutos del día uno de abril de dos mil
nueve.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,
JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH
QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013331-1
LICENCIADA ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO, INTERINA.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE en la cali-
dad de Apoderado de SCOTIABANK EL SALVADOR SOCIEDAD
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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. ANONIMA, en contra de las demandadas SILVIA EVELYN URRUTIA
IRAHETA y GLORIA ROSIBEL URRUTIA IRAHETA se venderá en
Pública Subasta en este Tribunal los bienes embargados a las deman-
dadas señoras SILVIA EVELYN URRUTIA IRAHETA y GLORIA
ROSIBEL URRUTIA IRAHETA, sobre el inmueble siguiente: Solar
Urbano situado en el Barrio Mercedes de la ciudad de Tonacatepeque,
de este Departamento, de una extensión superficial de QUINIENTOS
TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS
DECIMETROS CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguien-
tes: AL ORIENTE: trece metros setenta centímetros, casas de Salvador
Navas y sucesión de Jesús Rodríguez, calle pública de por medo; AL
NORTE: línea quebrada de cinco tramos, el primero recto de Oriente a
Poniente de nueve metros setenta centímetros, el segundo inclinado al
Sureste, de tres metros veinte centímetros, el tercero recto de Oriente a
Poniente, de diecisiete metros diez centímetros, el cuarto de seis metros
diez centímetros inclinado al Noroeste y el quinto de Oriente a Poniente,
de cuatro metros, lindando con solares de Marta Cecilia Montiel, Matilde
Fuentes de Ponce y Daniel Urrutia Elías, cerco de palo pique y crotos
de por medo; AL PONIENTE: trece metros sesenta centímetros, con
solar de Sebastián Morán, cerco de crotos y malla metálica del solar
que se describe; AL SUR: línea quebrada entres tramos, el primero de
Poniente a Oriente, de veintisiete metros ochenta y cinco centímetros,
el segundo, quiebra al Sur en dos metros veintisiete centímetros y el
tercero de Poniente a Oriente de diez metros ochenta centímetros, linda
con Sebastián Morán, cerco de brotones con tela metálica y pared de
casa del predio que se describe y con Rigoberto Sebastián Escalante
Guerra, pared de casa del predio descrito, hay en su interior una galera
techo, de tejas sobre horcones de diez metros ochenta centímetros de
largo por cinco metros de ancho, es decir, de cincuenta y cuatro metros
de extensión superficial; el inmueble anteriormente descrito se encuentra
inscrito a favor de las señoras SILVIA EVELYN URRUTIA IRAHETA
y GLORIA ROSIBEL URRUTIA IRAHETA, quienes son demandadas
en la presente diligencia, inscrito bajo la Matrícula número SEIS CERO
CERO SEIS CINCO CINCO DOS DOS- CERO CERO CERO CERO
CERO en el Asiento UNO Y DOS del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San
Salvador.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las once horas y cincuenta
y cinco minutos del día catorce de enero del año dos mil nueve.- LIC-
DA. ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL DE
DELGADO. INTERINA.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO
ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013334-1
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por
el Licenciado IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE, en su calidad de
Apoderado General Judicial del Banco SCOTIABANK EL SALVA-
DOR, SOCIEDAD ANONIMA en contra de los demandados señores
SARA ALICIA PEREZ DE ANGEL y JOSE MAURICIO ANGEL, se
venderá en Pública Subasta en este Tribunal el inmueble embargado a la
señora SARA ALICIA PEREZ DE ANGEL, consistente en el inmueble
siguiente: de naturaleza rústica, hoy urbanizado, ubicado en el Cantón
San Bartolo, lote marcado con el número sesenta block-A cuatro, del
Reparto Las Cañas, Jurisdicción de Ilopango, de este Departamento,
el cual se localiza y se describe así: Partiendo de la intersección de
la calle secundaria y el pasaje C, del Reparto Las Cañas, sobre el eje
del pasaje "C", con rumbo Norte, treinta y nueve grados siete punto
cuatro minutos Este con una distancia de cincuenta y cinco punto cinco
metros, de aquí con una deflexión izquierda de noventa grados con una
distancia de dos punto cinco metros, llegando al vértice Sur- Este del
lote que se describe así; AL SUR: Línea recta de diez metros con rumbo
Norte, cincuenta grados cincuenta y dos punto seis minutos Oeste linda
con el lote número cincuenta y nueve del Block-A cuatro del mismo
reparto; AL OESTE: Línea recta de cuatro metros con rumbo Norte,
treinta y nueve grados siete punto cuatro minutos Este, linda con el
lote número treinta y seis del block-A cuatro del mismo reparto; AL
NORTE: Línea recta de diez metros con rumbo Sur, cincuenta grados
cincuenta y dos punto seis minutos Este, linda con lote número sesenta
y uno del block- A, cuatro del mismo reparto, AL ESTE: Línea recta de
cuatro metros con rumbo Sur, treinta y nueve grados siete punto cuatro
minutos Oeste linda con el pasaje "C", de por medio con un derecho de
vía de cinco metros, con el lote número ochenta y cuatro del block- A,
cinco del mismo reparto, llegando así al punto de partida. El inmueble
así descrito tiene una extensión superficial de CUARENTA METROS
CUADRADOS equivalente a CINCUENTA Y SIETE PUNTO VEIN-
TITRES VARAS CUADRADAS. Dicho inmueble antes relacionado
se encuentra inscrito a favor de la señora SARA ALICIA PEREZ DE
ANGEL, bajo la Matrícula número CERO CINCO UNO CINCO DOS
CINCO TRES NUEVE, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Primera Sección del Centro del Departamento de San Salvador.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las once horas y treinta
y nueve minutos del día treinta de enero del año dos mil nueve.- LICDA.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL
DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013336-1
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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384rEPoSicioN DE cErTificaDoS
LA CENTRAL DE SEGUROS Y FIANZAS, S.A.,
Comunica que a sus oficinas ubicadas en Avenida Olímpica N° 3333, se ha presentado el Ingeniero Héctor Enrique Campos Cedillos en calidad de propietario del certificado de acciones N°. 688 que ampara 123 Acciones del 200838 al 200960 y del certificado de acciones N°. 786 que ampara 173 Acciones del 220939 al 221111 solicitando la reposición de dichos certificados por haber sido extraviados.
También se hizo presente el Ingeniero Jorge Alberto Campos Henríquez en calidad de propietario del certificado de acciones N°. 513 que ampara 57 Acciones del 181641 al 181697 y del certificado de acciones N°. 1166 que ampara 238 Acciones del 443374 al 443611, solicitando la reposición de dichos certificados por haber sido extraviados.
Y así mismo el Ingeniero Jorge Alberto Campos Henríquez en calidad de Representante Legal de la Compañía Campos Roca, S.A. de C.V., propietaria del certificado de acciones N° 1173 que ampara 260 Acciones del 511241 al 511500 solicitando la reposición de dicho certificado por haber sido extraviado.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer los certificados antes mencionados.
San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil nueve.
EDUARDO ENRIQUE CHACON BORJA,
PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL.
3 v. alt. No. C031637-1
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima,
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 599308, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por TRES MIL DOLARES (US$ 3,000.00) TRES MIL DOLARES.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.
SAN SALVADOR, viernes, 24 de Abril de 2009.
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.
AGENCIA METROCENTRO 11ª ETAPA.
3 v. alt. No. F013216-1
Marca iNDUSTrial
No. de Expediente: 2008080886
No. de Presentación: 20080116588
CLASE: 26.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
ZANOTTI S/A, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro
de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ZaNoTTi
Consistente en: la palabra ZANOTTI, que servirá para: AMPARAR:
CINTAS ELÁSTICAS. Clase: 26.
La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de mayo del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013262-1
No. de Expediente: 2009092611
No. de Presentación: 20090121781
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
F. HOFFMANN-LA ROCHE AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando
el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
TaSPiaNcE
Consistente en: la palabra TASPIANCE, que servirá para: AM-
PARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.
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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013271-1
No. de Expediente: 2009092880
No. de Presentación: 20090122203
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de F. HOFFMANN-LA ROCHE AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
iVETio
Consistente en: la palabra IVETIO, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013272-1
No. de Expediente: 2008080895
No. de Presentación: 20080116597
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO
de POSCO, de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: un diseño que se identifica como JP y círculo, que
servirá para: AMPARAR: METALES COMUNES, NO FORJADOS O
PARCIALMENTE FORJADOS Y SUS ALEACIONES. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013273-1
No. de Expediente: 2008080788
No. de Presentación: 20080116412
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISABE-
LLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de DAI
NIPPON INSATSU KABUSHIKI KAISHA (también comerciando como
DAI NIPPON PRINTING CO., LTD.), de nacionalidad JAPONESA, so-
licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
DNP
Consistente en: las letras DNP, que servirá para: AMPARAR:
CINTAS DE TINTA Y CASETES DE CINTAS DE TINTA, TODOS
PARA IMPRESORES DE FOTOS DIGITALES, PARA IMPRESORES
DE SUBLIMACION, PARA IMPRESORES DE TARJETAS PLAS-
TICAS, PARA IMPRESORES DE CODIGOS DE BARRA, PARA
IMPRESORES DE COMPUTACION Y PARA IMPRESORAS DE
TRANSFERENCIA DE CALOR; PAPEL, CARTON, TARJETAS,
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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384CINTAS DE PAPEL, PAPEL PARA IMPRESION A CHORRO DE
TINTA (INK JET), PAPEL PARA IMPRESION DE SUBLIMACION,
PAPEL DE IMPRESION, PAPEL DE TRANSFERENCIA, PAPEL
CUBIERTO DE HACES DE ELECTRONES, PAPEL RECUBIERTO
DE URETANO, PAPEL DECORATIVO, PAPEL LAMINADO, PAPEL
SINTÉTICO, PAPELES ABSORBENTES, ABSORBENTE DE LIQUI-
DO DE PAPEL PARA COMIDA, PAPELES DE EMPAQUE, PAPEL
METALIZADO; IMPRESOS, TALES COMO LIBROS, PERIODICOS,
REVISTAS, PANFLETOS, CATALOGOS, MAPAS, CALENDARIOS,
FOTOGRAFIAS, DIARIOS, PINTURAS, POSTALES, LIBRETAS
DE APUNTES; BOLSAS DE PAPEL, CAJAS DE PAPEL, CONTE-
NEDORES DE PAPEL O CARTON; BOLSAS PARA COCINAR
EN MICROONDAS, ENVOLTURA DE PELICULA PLASTICA
PARA ENVOLTURA; SELLOS DE PAPEL ANTI-IMITACIONES;
CORTADORES DE PAPEL, MATERIALES DE ESCRITURA, INS-
TRUMENTOS DE ESCRITURA (PAPELERIA), ADHESIVOS PARA
PAPELERIA, LAMINADORES PARA TARJETAS PLÁSTICAS,
MÁQUINAS DE ESCRIBIR (EQUIPO DE OFICINA), TIPOS DE IM-
PRENTA, MATERIALES PARA EMPASTAR LIBROS, CARTELES
DE PAPEL O CARTON. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013274-1
No. de Expediente: 2008080786
No. de Presentación: 20080116410
CLASE: 17.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISABE-
LLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de DAI
NIPPON INSATSU KABUSHIKI KAISHA (también comerciando como
DAI NIPPON PRINTING CO., LTD.), de nacionalidad JAPONESA, so-
licitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
DNP
Consistente en: las letras DNP, que servirá para: AMPARAR:
SUSTANCIAS PLÁSTICAS SEMI-ELABORADAS; RESINAS
ACRILICAS SEMI-TERMINADAS; PELICULAS DECORATIVAS
DE PLÁSTICOS, LÁMINAS U HOJAS DECORATIVAS DE PLÁS-
TICOS, PELICULAS PLÁSTICAS PARA LAMINAR, PELICULAS
DE TRANSFERENCIA DE PLÁSTICOS, HOJAS DE PLÁSTICO,
PELICULAS PLÁSTICAS, TABLEROS PLÁSTICOS, TABLEROS
LAMINADOS DE PLÁSTICO, TUBOS LAMINADOS DE PLÁSTICO,
HOJAS METALIZADAS PLÁSTICAS; TABLEROS DE PANTALLA
DE CONTRASTE DE PLÁSTICOS PARA LCD (PANTALLAS DE
CRISTAL LIQUIDO), PELICULAS PLÁSTICAS ANTI-REFLEJO
PARA POLARIZADO PARA LCD, PELICULAS ANTI REFLECTI-
VAS PLÁSTICAS PARA LCD, PELICULAS DIFUSORAS DE LUZ
PLÁSTICAS PARA LCD, PELICULAS PLÁSTICAS DE CUBIERTA
DURA ANTI-ESTÁTlCA PARA LCD, HOJAS DE PRISMA PLÁS-
TICAS PARA LCD, PELICULAS PLÁSTICAS PROTECTORAS
EMI (INFERENCIA ELECTROMAGNÉTICA) PARA MONITORES
PLASMA, PELICULAS LAMINADAS DE PLÁSTICOS PARA
CABLES PLANOS, PELICULAS DE CUBIERTA DE PLÁSTICOS
PARA CINTAS TRANSPORTADORAS' PARA APARATOS SEMI-
CONDUCTORES, PELICULAS PULIDORAS DE PLÁSTICO PARA
FIBRA OPTICA; PELICULAS PLÁSTICAS PARA ENVOLTURA
DE AUTOMOVILES PARA PUBLICIDAD; HOJAS PLÁSTICAS
Y TABLEROS PLÁSTICOS PARA FABRICAR PELICULAS DE
LENTES, LENTES FRESNEL O LENTES LENTICULARES; HOJAS
PLÁSTICAS PARA FABRICAR PANTALLAS DE PROYECCION,
CAUCHO SEMI-ELABORADO, MATERIALES PARA AISLAR
SONIDOS, SELLOS DE PLÁSTICO O CAUCHO, MATERIALES
DE CALAFATERIA DE PLÁSTICO O CAUCHO, MATERIALES
DE EMPAQUE DE PLÁSTICOS O CAUCHO, MATERIALES DE
AISLAMIENTO ELÉCTRICO. Clase: 17.
La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de abril del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F013276-1
No. de Expediente: 2009092440
No. de Presentación: 20090121459
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARISA-
BELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de
DIARIO
OFI
CIAL S
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ARA CONSULT
A
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. PARFUMS NINA RICCI, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el
registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
ricci ricci
Consistente en: las palabras RICCI RICCI, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS
SUSTANCIAS PARA LAVANDERIA; PREPARACIONES DE
LIMPIEZA, PULIDO, RESTREGADO Y ABRASIVAS; JABONES;
PRODUCTOS DE PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COS-
METICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS. Clase:
03.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013278-1
TiTUlo MUNiciPal
LICENCIADO JUAN MANUEL CHAVEZ, NOTARIO, DEL DO-
MICILIO DE AHUACHAPAN, CON OFICINA ESTABLECIDA EN
PRIMERA CALLE ORIENTE, UNO-CINCO, AHUACHAPAN,
HACE SABER: Que en esta Oficina Jurídica, se ha presentado la
señora JOSEFA SALAZAR, solicitando obtener TITULO MUNICIPAL,
de un inmueble de naturaleza urbano de su propiedad, y está situado en el
Cantón Los Magueyes, Calle a la Planta Geotérmica, en esta jurisdicción
y departamento, siendo de una extensión de SETECIENTOS VEINTI-
NUEVE PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, el
cual especialmente linda: AL NORTE: con terreno propiedad del señor
Alberto Durán Salazar; AL ORIENTE: con inmueble propiedad de los
señores Margarita Aldemira Papini Ruiz de Borja, Juan José Borja Pa-
pini, Julia Margarita Borja Papini y José Ernesto Romeo Borja Papini;
AL SUR: con inmuebles propiedad de las señoras Regina Melany Pinel
Gallegos de Boreman y Cecilia María Pinel Gallegos, calle que de la
ciudad de Ahuachapán conduce a la Planta Geotérmica de por medio; y
AL PONIENTE: con el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo
de Educación, servidumbre de Tránsito por todo el rumbo poniente a
favor de los inmuebles de los señores Ana Reina Salazar y Alberto Durán
Salazar de por medio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en las Oficinas del suscrito Notario, Licenciado Juan
Manuel Chávez, a las nueve horas del día veinticuatro de junio de dos
mil nueve.
LIC. JUAN MANUEL CHAVEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F013282
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el Licenciado
WALTER OMAR FLORES MARTINEZ, mayor de edad, Notario, del
domicilio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, actuando como
Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor CESAR
AUGUSTO ZEPEDA PICHE, de treinta y nueve años de edad, Jornalero,
del domicilio de la Ciudad de Winchester, del citado Estado de Virginia,
por medio de escrito solicitando Título de terreno Urbano, situado en
el Cantón Los Zacatillos, jurisdicción de San Juan Nonualco, Departa-
mento de La Paz, compuesto de UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
DOS METROS CUADRADOS TREINTA Y NUEVE DECIMETROS
TODOS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: mide ochenta
y cinco metros, linda con terreno de Romeo Clará; AL ORIENTE: mide
dieciséis metros cincuenta centímetros, linda con terrenos de Juan Rivas;
AL SUR: mide ochenta y siete metros, linda con terrenos de Luz Adela
Cuchilla Vásquez, Carmen Cuchilla Cortez, José María Campos y Luz
Adela Cuchilla Vásquez, Carmen Cuchilla Cortez, José María Campos
y Luz Adela Cuchilla; y AL PONIENTE: mide veintidós metros ochenta
centímetros, linda con Camino Vecinal de por medio, terrenos de María
Concepción Cortez, lo hubo por Donación que le hizo su madre señora
Virginia Zepeda, de sesenta y nueve años de edad, de Oficios Domés-
ticos, del domicilio de San Juan Nonualco, Departamento de La Paz,
sobreviviente, el día once de Abril del año dos mil seis, dicha señora
tenía la posesión del inmueble que se pretende titular desde el año de mil
novecientos ochenta y siete. Lo valora en la cantidad de MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Se hace saber al público para efectos de la Ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Juan Nonualco, cuatro de Junio
de dos mil nueve.- JOSE GUILLERMO RODAS RAMOS, ALCALDE
MUNICIPAL.- DAVID SALVADOR MANCIA ORREGO, SECRE-
TARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F013232-1
DIARIO
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ARA CONSULT
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NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2009093972
No. de Presentación: 20090123956
CLASE: 45.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MAYELLA
LOURDES MENA CARRANZA, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de SÁENZ & ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SÁENZ & ASOCIADOS, S.A.
DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de
la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: la expresión SÁENZ&ASOCIADOS GRUPO
JURÍDICO CENTROAMERICANO y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS JURÍDICOS; SERVICIOS DE SEGURIDAD
PARA LA PROTECCIÓN DE BIENES Y DE PERSONAS; SERVICIOS
PERSONALES Y SOCIALES PRESENTADOS POR TERCEROS
DESTINADOS A SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES.
Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de junio del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de junio del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031640-1
No. de Expediente: 2008080828
No. de Presentación: 20080116512
CLASE: 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de IGUAMA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE SER-
VICIOS.
Consistente en: las palabras: iguama.com y diseño, que servirá
para: AMPARAR: TRANSMISIÓN, ENTREGA DE CONTENIDO
DE AUDIO, VIDEO Y MULTIMEDIA POR MEDIO DE EL INTER-
NET, REDES DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICA Y REDES
DE COMPUTACIÓN; PROVISIÓN DE ACCESO A MÚLTIPLES
USUARIOS A REDES DE COMUNICACIÓN, TRANSMISIÓN
ELECTRÓNICA DE DATOS, PROVISIÓN DE SERVICIOS DE CO-
MUNICACIÓN VÍA TERMINALES Y REDES DE COMUNICACIÓN,
PROVISIÓN DE ENLACES DE COMUNICACIÓN EN LÍNEA, EL
CUAL TRANSFIERE AL USUARIO DEL SITIO WEB A OTRAS
PAGINAS WEB LOCALES Y GLOBALES, SERVICIOS PRESTADOS
A TRAVÉS DEL INTERNET; TELECOMUNICACIONES. Clase:
38.
La solicitud fue presentada el día doce de noviembre del año dos
mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013345-1
No. de Expediente: 2008077427
No. de Presentación: 20080110920
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO
GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de General
Cable Technologies Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
DIARIO
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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras phelps dodge International Corp, las palabras international Corp se traducen al castellano como corporación internacional, que servirá para: AMPARAR: PEDIDOS POR CORREO Y SERVICIOS DE CATALOGO POR INTERNET QUE OFRECEN COBRE, ALUMINIO, ALAMBRES Y CABLES DE FIBRA OPTICA; PRODUCTOS Y COMPONENTES PARA ALAMBRES Y CABLES DE FIBRA OPTICA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013354-1
No. de Expediente: 2008077429
No. de Presentación: 20080110922
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO
GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de General
Cable Technologies Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras phelps dodge International Corp, las
palabras international Corp se traducen al castellano como corporación
internacional, que servirá para: AMPARAR: DESARROLLO DE DISE-
ÑOS, A FAVOR DE TERCEROS, DE PRODUCTOS DE ALUMINIO,
CABLES Y ALAMBRES DE FIBRA OPTICA. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013362-1
No. de Expediente: 2008077434
No. de Presentación: 20080110927
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de General Cable Technologies Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras phelps dodge Internacional Corp. One
Company y diseño, que se traducen al castellano como esquivar o eludir
Corporación Internacional una compañía, que servirá para: AMPARAR:
DESARROLLO DE DISEÑOS, A FAVOR DE TERCEROS, DE
PRODUCTOS DE ALUMINIO, CABLES Y ALAMBRES DE FIBRA
OPTICA. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos
mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013363-1
DIARIO
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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384No. de Expediente: 2009093303
No. de Presentación: 20090122950
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE MEJIA, en su calidad de APODERADO de BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED, de nacionalidad
INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras CONVIVENCIA EN ARMONÍA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN, INCENTIVO A LA FORMACIÓN, EL ENTRETENIMIENTO, ACTI-VIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013371-1
No. de Expediente: 2009092539
No. de Presentación: 20090121671
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de THE BANK OF NOVA SCOTIA, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras Scotia Nómina y diseño, que servirá
para: AMPARAR: OPERACIONES FINANCIERAS ACTIVAS, PA-
SIVAS O NEUTRAS; OPERACIONES BURSÁTILES; EMISIÓN Y
ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DE DÉBITO;
SERVICIOS MONETARIOS; SERVICIOS DE ADMINISTRADORES
DE INMUEBLES Y DE ALQUILER, DE VALORACIÓN DE BIENES
INMUEBLES Y LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON SEGUROS.
Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013374-1
No. de Expediente: 2009093004
No. de Presentación: 20090122443
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ERNESTO
GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de THE BANK OF NOVA SCOTIA. de nacionalidad CA-
NADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: gente Scotia & diseño, que servirá para: AMPARAR
LOS SIGUIENTES SERVICIOS: OPERACIONES FINANCIERAS
ACTIVAS, PASIVAS O NEUTRAS; OPERACIONES BURSATILES;
EMISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DE
DÉBITO; SERVICIOS MONETARIOS; SERVICIOS DE ADMINIS-
TRADORES DE INMUEBLES Y DE ARRENDAMIENTO FINAN-
CIERO, OPERACIONES DE DESCUENTO DE TÍTULOS VALORES,
OTORGAMIENTO DE SEGUROS Y FIANZAS. Clase: 36.
DIARIO
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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de mayo del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013375-1
No. de Expediente: 2009093003
No. de Presentación: 20090122442
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de
THE BANK OF NOVA SCOTIA, de nacionalidad CANADIENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
Consistente en: las palabras Sólo para gente Scotia y diseño, que
servirá para: AMPARAR: OPERACIONES FINANCIERAS ACTIVAS,
PASIVAS Y NEUTRAS; OPERACIONES BURSÁTILES; EMISIÓN
Y ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DE DÉBITO;
SERVICIOS MONETARIOS; SERVICIOS DE ADMINISTRADO-
RES DE INMUEBLES Y DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO;
OPERACIONES DE DESCUENTOS DE TÍTULOS VALORES,
OTORGAMIENTOS DE SEGUROS Y FIANZAS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil
nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, seis de mayo del año dos mil nueve.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013376-1
No. de Expediente: 2008080061
No. de Presentación: 20080115301
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ER-
NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de
THE BANK OF NOVA SCOTIA, de nacionalidad CANADIENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.
ScoTia PYME
Consistente en: la frase SCOTIA PYME sobre la palabra PYME
no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: TODO
TIPO DE OPERACIONES FINANCIERAS ACTIVAS, PASIVAS Y
NEUTRAS, TALES COMO: CAPACITACIÓN DE AHORROS Y
OTORGAMIENTOS DE PRESTAMOS; OPERACIÓN DE TARJE-
TAS DE CREDITO Y DE DEBITO; NEGOCIOS MONETARIOS Y
BURSÁTILES; OTORGAMIENTOS DE SEGUROS Y FIANZAS;
CUSTODIA DE VALORES; ASÍ COMO NEGOCIOS DE ADMINIS-
TRACIÓN INMOBILIARIA. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día catorce de octubre del año dos
mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013377-1
DIARIO
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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384
acEPTacioN DE HErENcia
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las nueve
horas del día diecinueve de mayo del año dos mil nueve, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día
cinco de julio del año mil novecientos ochenta y cinco, dejó la señora
ROSA GLORIA PARRAS, de parte del señor PAULINO ALCIDES
PARRAS, en calidad de hermano sobreviviente de la causante.- Se ha
conferido al aceptante la administración y representación INTERINA
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia Yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
ocho horas con veinticinco minutos del día diecisiete de Junio de dos mil
nueve.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE
LO CIVIL.- ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031592-2
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
departamento de La Unión, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce
horas y treinta y dos minutos del día ocho de junio del corriente año; se
tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que al fallecer a las diez horas del día dieciocho de diciembre
del año dos mil dos, en el Barrio El Calvario de la Villa de Concepción
de Oriente, departamento de La Unión, siendo su último domicilio la
Villa de Concepción de Oriente, dejara el causante Francisco Serrano
Turcios, a la heredera señora María Florinda Bonilla de Serrano, en
concepto de cónyuge sobreviviente del causante, y el señor Francisco
Ismael Serrano Bonilla conocido por Francisco Israel Serrano Bonilla,
como hijo del referido causante, representado éste por el Curador Especial
Licenciado Simeón Humberto Velásquez Reyes, de conformidad con lo
establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho,
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-
mento de La Unión, a los diez días de junio del año dos mil nueve.- LIC.
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. C031596-2
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-
TRITO JUDICIAL DE METAPAN.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las
nueve horas con diez minutos del día cuatro de junio de dos mil nueve;
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia testamentaria dejada por el causante JOSÉ ALBERTO PER-
LERA, quien fue de sesenta y seis años de edad, agricultor, fallecido el
día treinta y uno de diciembre de dos mil ocho, siendo esta ciudad su
último domicilio, de parte de la señora MERCEDES SALAZAR DE
PERLERA.- La expresada aceptante lo hace, en calidad de HEREDERA
TESTAMENTARIA del referido causante; habiéndosele conferido a
dicha aceptante la administración y representación INTERINA de la
sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia
yacente.-
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con
veinticinco minutos del día veintidós de junio de dos mil nueve.- LIC.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012731-2
de segunda publicación
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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las
nueve horas y siete minutos del día trece de noviembre del presente año,
se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la
herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor MARCO
TULIO FUNES MORATAYA, ocurrida el día veintitrés de julio del
año en curso, siendo Antiguo Cuscatlán el lugar de su último domicilio,
de parte del señor RAUL OMAR FUNES MELGAR, en su calidad de
hijo del causante; y se ha conferido al aceptante, la administración y la
representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas
con ocho minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil ocho.- LIC.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012747-2
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y veinte
minutos del día diecisiete de junio del presente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia INTESTADA
de los bienes que a su defunción dejó la causante señora ADELA ES-
COBAR DE CERON conocida por ADELA ESCOBAR DOMINGUEZ
DE CERON y por ADELA ESCOBAR, quien falleció en el Hospital
Militar de San Salvador, a las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos,
del día dieciséis de abril de dos mil ocho, siendo su último domicilio el
de esta ciudad; al señor RENE ANTONIO CERON ESCOBAR en su
concepto de hijo de la causante.
Confiérese al aceptante en el carácter antes indicado la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y
restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la referida herencia a
deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-
cación del presente edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas y
cuarenta minutos del día diecisiete de junio de dos mil nueve. LIC. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012748-2
MARIA ELENA ORELLANA PANIAGUA, Notario, de este domicilio,
con oficina ubicada en Condominio Medicentro La Esperanza, Módulo
"L", número Doscientos Once, situado entre la Veinticinco Avenida
Norte y Veinticinco Calle Poniente, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las doce horas del día veintitrés de junio del año dos mil nueve, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario la
herencia testada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, a las cinco
horas y cuarenta minutos del día tres de mayo del año dos mil nueve,
dejó la señora ROSA DE LA PAZ HERRERA DE ALBERTO, de parte
de la señora MARINA DE LA PAZ ALBERTO DE MARTINEZ, en
concepto de hija sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la
última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la Notario MARIA ELENA ORELLANA
PANIAGUA. En la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del
mes de junio del año dos mil nueve.
MARIA ELENA ORELLANA PANIAGUA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F012760-2
MARIA ELENA ORELLANA PANIAGUA, Notario, de este domicilio,
con oficina ubicada en Condominio Medicentro La Esperanza, Módulo
"L", Número Doscientos Once, situado entre la Veinticinco Avenida
Norte y Veinticinco calle Poniente, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída
a las diez horas del día veintitrés de junio del año dos mil nueve, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, a las doce
horas y veinte minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve,
dejó el señor RAFAEL ANTONIO RIVERA AYALA, de parte de los
señores JOSE RAFAEL RIVERA VELASQUEZ, ROBERTO ANTO-
NIO RIVERA VELASQUEZ, DIEGO JAVIER RIVERA BUITRAGO,
Y ALDO RODRIGO RIVERA BUITRAGO, en concepto de hijos
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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384sobrevivientes del causante, y en calidad de herederos intestados y de
cesionarios de los derechos que les correspondían a los señores JOSE
ANTONIO RIVERA, de noventa y dos años de edad, pensionado, y
GRACIELA DE LOS ANGELES AQUINO DE RIVERA, de ochenta
y cuatro años de edad, Ama de casa, ambos de este domicilio, quienes
otorgaron escritura pública de cesión de derechos a favor de los seño-
res JOSE RAFAEL RIVERA VELASQUEZ, ROBERTO ANTONIO
RIVERA VELASQUEZ, DIEGO JAVIER RIVERA BUITRAGO, Y
ALDO RODRIGO RIVERA BUITRAGO, en esta ciudad, a las once
horas del día catorce de mayo del año dos mil nueve, ante mis oficios
notariales, habiéndoseles conferido la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a
la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina de la Notario MARIA ELENA ORELLANA
PANIAGUA, en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días del
mes de junio del año dos mil nueve.
MARIA ELENA ORELLANA PANIAGUA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F012762-2
MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE
USULUTAN, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta
minutos del día dieciséis de Junio del corriente año, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
Intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSE ADAN
HERNANDEZ quien falleció a las dieciséis horas del día veintiuno de
Octubre del año dos mil uno, en el Cantón Santa Anita de la Jurisdicción
de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, su último domicilio, de
parte de MARIA ANTONIA HERNANDEZ DE RODRIGUEZ, conocida
por MARIA ANTONIA HERNANDEZ, como hija sobreviviente del
causante, confiriéndole a la aceptante antes mencionada la administración
y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que
dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus
derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos
legales consiguientes.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las quince
horas y cincuenta minutos del día dieciséis de Junio del año dos mil nueve.
LIC. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. BR. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE
HENRIQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012775-2
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y seis
minutos del día quince de abril del presente año, se tuvo por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA,
de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSE MARTINEZ
conocido por JOSE MARTINEZ VILANOVA, quien falleció en calle
a Mariona colonia Gloria 509-B Mejicanos, a las doce horas y cuarenta
y cinco minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil ocho, siendo su
último domicilio esta Ciudad; de parte de la señora SILVIA YANIRA
MARTINEZ conocida por SILVIA YANIRA CRUZ en su concepto de
hija del causante y como cesionaria de los derechos que le correspondían
en la referida sucesión al señor JOSE ROBERTO MARTINEZ CORTEZ
como hijo del Causante.
Habiéndose conferido además a la aceptante en el carácter antes
indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA
de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida
herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del
término de quince días contados a partir de la última publicación del
presente Edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas
y treinta minutos del día quince de abril de dos mil nueve. LIC. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012784-2
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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. -
HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por reso-
lución proveída por este Tribunal, a las nueve horas cincuenta minutos
del día cinco de mayo de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente, con beneficio de inventario, la herencia intestada, que a
su defunción ocurrida a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día
nueve de febrero de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón El Coco
de esta jurisdicción, siendo su último domicilio, la ciudad de Chalchuapa,
dejó el señor EDUARDO ZEPEDA, quien fue de cuarenta y nueve
años de edad, viudo, agricultor; de parte del señor OSMIN ANTONIO
ZEPEDA ARANA, en su concepto de hijo del causante EDUARDO
ZEPEDA y además como cesionario de los derechos hereditarios, que
le correspondían a las señoras ALBA CARLOTA ZEPEDA DE CHIN-
CHILLA, NOLVIA DE JESUS ZEPEDA DE SALAZAR y GLENDA
LIZETH ZEPEDA ARANA, las tres en su calidad de hijas del expresado
causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE administrador y
representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.-
Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-
cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de
quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.-
Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas cuarenta y
cinco minutos del día seis de mayo de dos mil nueve.- LIC. HENRY
EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. HENRY
OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012800-2
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE
LO CIVIL DE APOPA.-
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a
las once horas y trece minutos del día veintiuno de mayo del presente
año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario,
la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JUAN CARLOS
PEREZ GARCIA, de veintidós años de edad, soltero, estudiante, falle-
cido el día veinticuatro de agosto del año dos mil uno, siendo la ciudad
de Apopa su último domicilio; de parte del señor JOSE LUIS PEREZ
GARCIA, de treinta y un años de edad, empleado, soltero, del domi-
cilio de Apopa, en calidad de Cesionario de los Derechos Hereditarios
que le correspondían a la señora MARIA LUISA GARCIA CRESPIN
conocida por MARIA LUISA GARCIA DE MENDEZ, como madre
del causante.-
Y se le confirió al aceptante en el carácter indicado, la administración
y representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas y
diez minutos del día veintiuno de mayo del año dos mil nueve.- DRA.
VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO
CIVIL. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012809-2
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día
veintiséis de febrero del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores
ADELINA DEL PILAR LEIVA HERNANDEZ, BRUNO LEIVA
HERNANDEZ, PEDRO ANTONIO LEIVA HERNANDEZ y por
MARIA LEIVA HERNANDEZ, la herencia intestada que a su defunción
dejó el causante señor JUAN ANTONIO LEIVA PONCE conocido por
JUAN LEIVA PONCE, JUAN ANTONIO LEIVA, ANTONIO LEIVA
y por JUAN LEIVA, quien fue de setenta y un años de edad, jornalero,
fallecido a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos
ochenta y uno, en el Cantón San Francisco, jurisdicción de Tecoluca,
departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto
de hijos del causante. Nómbrense a los aceptantes administradores y
representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas
diez minutos del día veintiséis de febrero del año dos mil nueve. DRA.
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público
para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída, por este Juzgado este
mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de in-
ventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día diecinueve
de abril del año mil novecientos noventa y seis, en el Cantón Conacaste,
Jurisdicción de esta ciudad de Santa Ana, el lugar de su último domicilio,
dejó el causante MANUEL RIVERA AMAYA conocido por MANUEL
RIVERA a: MARIA MAGDALENA RAYMUNDO HENRIQUEZ,
como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la
señora PAULINA SALAZAR VIUDA DE RIVERA en su concepto de
CONYUGE del causante, confiriéndosele INTERINAMENTE la admi-
nistración y representación de la mortual expresada con las facultades y
restricciones de ley.
LIBRADA EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa
Ana, a las doce horas con treinta minutos del día once de junio del año
dos mil nueve. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ
TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS
DE GARCIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012863-2
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del día siete del corriente mes y año, se
ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de
la herencia intestada dejada por el señor VICTOR ANTONIO JACO
GOMEZ, fallecido el día ocho de Julio del dos mil ocho, en el Cantón
El Cerrito, Jurisdicción de Nahuizalco, habiendo sido Sonsonate, el
lugar de su último domicilio, a la señora ANA MARGARITA JACO,
en concepto de madre del expresado causante.
Y se ha conferido al aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión.
JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas veinte
minutos del día veintidós de mayo del dos mil nueve. Dr. MARIO MOISA
MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN
CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. c. No. F012892-2
LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal
a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario de parte del señor ALONSO MARTÍNEZ
GARCÍA, en su calidad de hijo de la causante, y como cesionario de
los derechos hereditarios que en calidad de hijos les correspondían a los
señores SABINA GARCÍA, ROBERTO GARCÍA y MARÍA TEÓFILA
GARCÍA MARTÍNEZ, conocida por, MARÍA CECILIA GARCÍA
MARTÍNEZ, la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora
JULIA GARCÍA HERNÁNDEZ, conocida por, JULIA GARCÍA, quien
fue de setenta y siete años de edad, de Oficios Domésticos, Soltera, hija
de los señores MACEDONIO GARCÍA y JESÚS HERNÁNDEZ, de
nacionalidad salvadoreña, originario de San Miguel Tepezontes, La
Paz, quien falleció el día siete de octubre de dos mil dos, y cuyo último
domicilio fue Soyapango.
Confiérese al aceptante declarado la administración y representa-
ción INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas
del día once de mayo de dos mil nueve. Lic. EDGAR ORLANDO ZÚ-
NIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO
NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. c. No. F013124-2
HErENcia YacENTE
SALVADOR CANO GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por resolución
de este Juzgado de las nueve horas y veinte minutos del día quince de
mayo de dos mil nueve. Se ha declarado Yacente la Herencia dejada
por la causante señora JUANA DÍAZ, quien fue de cuarenta y tres años
de edad, oficios domésticos, falleció en la ciudad de San Salvador,
siendo éste el lugar de su último domicilio el día diez de octubre de mil
novecientos ochenta y seis, sin que persona alguna se haya presentado
alegando algún derecho; y se ha nombrado curador especial de la misma
para que la representen a la LICENCIADA ANA LUISA GARAY DE
SÁNCHEZ.
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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. Por lo anterior se cita a los que se crean con mejor derecho a la
herencia para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término
de quince días contados desde el día siguiente a la tercera publicación
del presente edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las diez horas del día nueve de junio de dos mil nueve.
Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012824-2
TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta oficina se han presentado por sí y por
escrito los señores MARIO ESCOBAR HENRIQUEZ y ANGELICA
DOMINGUEZ DE ESCOBAR, ambos mayores de edad, y de este do-
micilio, solicitando se les extienda a su favor TITULO DE PROPIEDAD
de un solar Urbano que está situado en el Barrio La Cruz de San Antonio
Masahuat, Departamento de La Paz, de DOSCIENTOS NOVENTA Y
NUEVE METROS CUADRADOS, de Extensión Superficial y se describe
así: AL NORTE: linda con terreno de Jaime de Jesús Meza Estrada; AL
PONIENTE: linda con terreno de Israel Sánchez, calle pública de por
medio; AL SUR: linda con solar de Santiago Escobar. El solar descrito
no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas o derechos reales, ni está
en proindivisión con nadie. Lo estiman en la cantidad de SEIS MIL
DOLARES. Lo obtuvieron por compra que le hicieron al señor Miguel
Ángel Escobar Henríquez, quien es mayor de edad, sobreviviente y del
domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad. Los colindantes
son todos de este domicilio.
Se avisa al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: San Antonio Masahuat, veintitrés de junio del
dos mil nueve. ARMANDO VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.
EDGAR NAPOLEON MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F012728-2
La Suscrita Alcaldesa Municipal de la ciudad de Atiquizaya, Departa-
mento de Ahuachapán.
HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se ha presentado el
Sr. CARLOS LEMUS VASQUEZ, de ochenta y tres años de edad,
Jardinero, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria
CERO CERO TRES- CERO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
VEINTICINCO - CERO CERO DOS- CINCO y con Documento Unico
de Identidad Número: cero dos dos dos uno cinco cuatro seis- nueve,
expedido en la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, por
el Registro Nacional de Personas Naturales. Quien manifiesta que está
en quieta, pacífica e ininterrumpida posesión y por consiguiente de buena
fe, de un predio antes rústico, hoy urbano, situado en el Cantón Zunca
de la Jurisdicción de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán, según
antecedente pero su ubicación exacta es en el Barrio Tancuchín Final
Avenida, Parque Cinco de Noviembre, Calle al Corozo, Caserío Brisas
del Río, de este Municipio de Atiquizaya, que está controlada catastral-
mente, como PARCELA NUMERO QUINIENTOS CINCUENTA Y
SEIS, del Mapa CERO UNO CERO TRES U CERO UNO, compuesto
de CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CUARENTA
Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS, de extensión superficial,
según Denominación Catastral y es de las medidas y linderos especiales
siguientes: AL NORTE: en dos tramos, el primero mide nueve metros
cero dos centímetros y el segundo mide cinco metros treinta y nueve
centímetros, linda en ambos tramos con el señor Julio Artero, calle de
por medio; AL ORIENTE: en dos tramos, el primero mide dos metros
ochenta y tres centímetros y el segundo mide tres metros cuarenta y
siete centímetros, linda en el primer tramo con el señor Julio Artero y
en el segundo con la señora Rina Ernestina Villalta de Fuentes, calle
de por medio; AL SUR: en tres tramos que miden el primero quince
metros cero cuatro centímetros, el segundo mide dos metros veintisiete
centímetros y el tercero mide cuatro metros setenta y ocho centímetros,
linda el primero y segundo tramo con la señora Rina Ernestina Villalta de
Fuentes; y en el tercero con el señor Moris Antonio Mira Lemus; y AL
PONIENTE: un solo tramo que mide veinte metros catorce centímetros,
linda en este tramo con la señora Tomasa Turcios de Lemus. Contiene
construcciones. Que dicho inmueble lo obtuvo por compra que hizo a la
señora Elba Magdalena Rodríguez de Rodríguez, hace más de cuarenta
años, actualmente como de ochenta y siete años de edad, de oficios
domésticos, de este domicilio, con residencia en Avenida Central, casa
número dos- cincuenta y uno; por medio de un Documento Privado el
cual no se presentó por haberse extraviado. Sobre el inmueble relacionado
no pesa ninguna carga, derecho real o proindivisión a favor de terceros
que deba respetarse. El predio a que se refiere lo estima en al suma de
DOS MIL DOLARES de los Estados Unidos de Norte América.
Que carece de Título de Propiedad o dominio inscrito lo que se
hace saber al público para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Atiquizaya, a los once días del mes de
junio del año dos mil nueve. Licda. ANA LUISA RODRIGUEZ DE
GONZALEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. Licda. VANESA BEATRIZ
MOLINA DE MARTINEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F012788-2
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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384TiTUlo SUPlETorio
LICENCIADO ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público, para los efectos de ley.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor Neris Antonio Alfaro Yanes, de treinta y dos años de edad, Carpintero, del domicilio Polorós, por medio de su Apoderado General Judicial Licen-ciado Jaime Uberto Alfaro Hernández, solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Boquín, jurisdicción de Polorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, que mide y linda: al Poniente, cincuenta metros, con terreno de Marta Canales, cerco de púas de por medio propio, al Norte, treinta y nueve metros, con terreno de Agustín Bonilla, cerco de por medio de alambre y piña del colindante, al Oriente, ochenta y un metros, con propiedad de Cristino, Misael y Rogelio todos de apellido Alfaro Blanco, cerco de alambre de púas y piña de por medio y cerco de tela ciclón respectivamente propiedad de los colindantes, y al Sur, treinta y siete metros, con Justina Alfaro, con cerco de tela ciclón de por medio propiedad de la colindante, dicho terreno cuenta con una calle propia que conecta del inmueble a la carretera que conduce de Santa Rosa de Lima, a Concepción de Oriente, con una distancia de cincuenta metros de largo por tres metros diez centímetros de ancho, contiene construida una casa techo de hierro y tejas, paredes de ladrillo repellada, piso de cerámica, con una sala, una cocina, una sala de comedor, tres cuartos, con dos corredores uno interior y el otro exterior y un baño interior. El terreno descrito lo valora en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES.
Y lo adquirió por compraventa hecha al señor Francisco Alfaro Blanco, según Escritura Pública de Posesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil, Santa Rosa de Lima, a los once días del mes de mayo de dos mil nueve. LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012785-2
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSÉ ANTONIO MONTERROSA CASTILLO, de cuarenta y cinco años de edad, motorista, de este domicilio, por medio de su Apoderada General Judicial Licenciada AMPARO AYALA GARCÍA, solicitando TÍTULO SUPLETORIO a su favor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San José, de esta jurisdicción, de la extensión superficial de TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS, de los linderos siguientes: AL ORIENTE, en dos tramos: El primero, partiendo de un palo de lau-rel en línea recta hasta llegar a un palo de mulato, cerco de piña de por medio; el segundo tramo, del palo de mulato, línea recta hasta llegar a un palo de jiote, cerco de piña de por medio, colinda en ambos tramos con propiedad del señor Vidal Rodas Peña; AL NORTE, del palo de jiote antes mencionado, en línea medio curva hasta llegar a un palo de izote, divide en parte parras de bambú y cerco de piña, colinda con propiedad
de los señores Petrona Antonia Barrera Castillo y Pascual Adrián Castillo Barrera; AL PONIENTE, del palo de izote antes mencionado sigue en línea recta hasta llegar a un palo de tempate cerco de piña de por medio, colinda con propiedad del señor Lucio Rodas Alvarenga; y AL SUR, del palo de tempate en línea recta hasta llegar a un palo de pito y del palo de pito hasta llegar al palo de laurel, punto de donde se comenzó la presente descripción, calle pública de por medio, colinda con Diócesis de San Vicente.
Lo hubo por compra a las señoras Eulalia del Carmen Castillo Escobar y Luciana Evangelina Castillo; y lo valúa el titulante en CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día quince de mayo de dos mil nueve. LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. LIC. OSCAR ARMANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F012839-2
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada AMPARO AYALA GARCÍA, de treinta y siete años de edad, Abogada, de este domicilio, con tarjeta de Abogado número nueve mil cuatrocien-tos noventa y ocho; solicitando TÍTULO SUPLETORIO a favor de la señora FLOR BEATRIZ ABREGO RIVAS, de un inmueble de natura-leza rústica, situado en cantón Azacualpa, caserío Centro, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas, de la extensión superficial de QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: partiendo de un mojón de izote, línea recta, cerco de piña de por medio, colinda con propiedad del señor José Virgilio Ábrego Rivera; AL ORIENTE: del mojón de izote en línea recta, hasta llegar a otro mojón de izote colinda con propiedad del señor Virgilio Ábrego Rivera; AL SUR del mojón de izote a otro mojón de izote línea recta, calle de por medio colinda con propiedad del señor José Margarito Ábrego Valladares; y AL PONIENTE: del mojón de izote hasta llegar al mojón de izote donde se comenzó la descripción línea recta, colinda con propiedad del señor José Virgilio Ábrego Rivera; El inmueble citado no es terreno sirviente ni dominante, y no está en proindivisión alguna, tiene como accesorios construida una casa paredes de adobe y techo de teja, no posee cultivos permanentes, y lo valúa la titulante en la cantidad de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Lo hubo por compra hecha a la señora PETRONILA ÁNGELA ÁBREGO.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las quince días treinta minutos del día once de junio de dos mil nueve. LICDO. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO. LICDO. OSCAR ARMANDO LÓPEZ SÁNCHEZ, SECRETARIO INTERINO.
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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. Marca DE faBrica
No. de Expediente: 2009092804
No. de Presentación: 20090122093
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de
APODERADO GENERAL JUDICIAL Y ESPECIAL de UNIPHARM,
SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solici-
tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
PiGrEX UNiPHarM
Consistente en: las palabras PIGREX UNIPHARM, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS E
HIGIÉNICOS; PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NIÑOS Y ENFER-
MOS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA VENDAJES; MATERIALES
PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES;
DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR MALAS
HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de junio del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031599-2
No. de Expediente: 2009091397
No. de Presentación: 20090119435
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de OURO FINO SAÚDE ANIMAL LTDA., de nacionalidad BRA-
SILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
Consistente en: las palabras ourofino agronegócio y diseño, que servirá para: AMPARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VE-TERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA MOL-DES DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HER-BICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de abril del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSÉ VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F009054-2
SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial
No. de Expediente: 2009093696
No. de Presentación: 20090123542
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ENRIQUE RODOLFO ESCOBAR LOPEZ, en su calidad de APODERADO de BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la frase Credintegral TU CREDITO CON GA-RANTIA HIPOTECARIA y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DEL USUARIO O CONSUMIDOR SOBRE SERVICIOS DE SEGUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETA-RIOS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS.
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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384 La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de junio del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031602-2
coNVocaToriaS
La infrascrita Directora Secretaria de la Junta Directiva de MAGNUM SECURITY AND RESEARCH, S.A. DE C.V., para efectos de ley hace saber: Que en sesión de Junta Directiva de la Sociedad celebrada en esta ciudad, el día 24 de junio de 2009, se acordó unánimemente convocar a los señores accionistas a celebrar sesión de JUNTA GENE-RAL ORDINARIA, la cual se llevará a cabo en primera convocatoria a las diez horas del 23 de julio de 2009, en el salón de sesiones de sus instalaciones situadas en Calle Arturo Ambrogi No. 124, Block No. 136, Col. Escalón, San Salvador.
La agenda de la Sesión será la siguiente:
1. Establecimiento del Quórum.
2. Lectura y aprobación de la Agenda.
3. Lectura y aprobación del acta anterior.
4. Reestructuración de Junta Directiva.
5. Otros
6. Cierre
El Quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que integran el capital social de la sociedad y que tienen derecho a voto, y sólo serán válidas las resoluciones cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes.
San Salvador, 25 de junio de 2009.
MAGNUM SECURITY AND RESEARCH, S. A. DE C. V.
TRINIDAD RODRIGUEZ DIAZ DE DIAZ,
DIRECTORA SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031601-2
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de “EMPRESAS LÁCTEAS FOREMOST, S.A. DE C. V.,” de este domicilio, convoca a los Accionistas de la sociedad, para que concurran a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día veinticuatro de Julio próximo entrante, de las dieciséis horas con treinta minutos en adelante, en las oficinas principales de la Sociedad, situadas en Boulevard Venezuela número dos mil setecientos cincuenta y cuatro, de esta ciudad.
El quórum necesario para celebrar la Junta General Extraordinaria de Accionistas es las ¾ partes de todas las acciones de la sociedad.
En segunda convocatoria el quórum necesario para celebrar la Junta General Extraordinaria de Accionistas es la mitad más una de las acciones en que está dividido el capital social.
En caso de no haber quórum en la primera convocatoria, se con-voca para celebrar la Junta General Extraordinaria de Accionistas el día veintisiete de Julio próximo entrante, a la misma hora y en el mismo lugar señalado en la primera convocatoria.
AGENDA
1. MODIFICACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL
2. CAPITALIZACIÓN DE RESERVAS
San Salvador, veinticuatro de junio de dos mil nueve.
DR. ALBERTO ULLOA CASTRO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F013095-2
SUBaSTa PUBlica
MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PEREZ como Apo-derado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra VICTOR ARMANDO GARCIA, reclamándole cantidad de dólares, intereses y costas procesales se venderá en pública subasta en este juzgado el siguiente inmueble: “Un lote de terreno de naturaleza urbana situado en la Urbanización CIUDAD PACIFICA II ETAPA, final de la Octava Calle Poniente, Cantón Jalacatal, jurisdicción de San Miguel, departamento de San Miguel, marcado como LOTE NUMERO TREINTA Y NUEVE, DEL POLIGONO ONCE-A, SENDA SIETE DE DICHA URBANIZACION DE UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE SETENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE, cinco metros; AL ORIENTE, catorce metros; AL SUR, cinco metros; y AL PONIENTE, catorce metros, con un área de construcción de TREINTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS”.- Inscrito a favor del deudor señor VICTOR ARMANDO GARCIA, en el Centro Nacional de Registro de la Primera Sección de Oriente, bajo la Matrícula número OCHO CERO UNO CERO SIETE OCHO CINCO CUATRO de propiedad de este departamento.-
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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las quince horas veintidós minutos del día dieciséis de junio del año dos mil nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012772-2
MARIA ESTHER FERRUFINO v. de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PEREZ como Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor NELSON ISIDORO CAMPOS ROMERO, reclamándole cantidad de dólares, intereses y costas procesales, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el número TREINTA, del polígono TRECE, PASAJE CINCO, DE LA URBANIZACION ES-PAÑA, de una extensión superficial de TREINTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, situado en los arrabales del Barrio Concepción, antigua Calle a La Unión, costado norte, Colonia Buenos Aires y Colonia La Presita de la ciudad, distrito y Departamento de San Miguel, cuyas medidas y linderos son las siguientes; AL NOR-TE, quince punto cero metros, colinda con lote número veintinueve, del mismo polígono; AL ORIENTE mide cinco punto cero metros colinda con lote número dieciséis y diecisiete del mismo polígono; AL SUR: mide quince punto cero metros colinda con lote número treinta y uno, del mismo polígono y al PONIENTE: cinco punto cero metros, colinda con número setenta y dos del polígono doce, pasaje cinco de por medio, contiene un área construida de VEINTISEIS PUNTO SESENTA ME-TROS CUADRADOS, inscritos a favor del deudor señor NELSON ISIDRO CAMPOS ROMERO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la Matrícula OCHO CERO UNO DOS CINCO TRES OCHO UNO – CERO CERO CERO CERO CERO, del departamento de San Miguel”.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de junio del año dos mil nueve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012774-2
PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido por BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, actualmente
BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su Apoderada General Judicial Licenciada GLORIA DE LOS AN-GELES GERMAN ARGUETA, contra los señores ALBA DINORA CUELLAR DE LUNA y CARLOS ERNESTO LUNA SANCHEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de na-turaleza urbana, situado en la Cuarta Avenida norte de esta ciudad, departamento identificado como APARTAMENTO NUMERO CINCO del CONDOMINIO “EDIFICIO MELARA”, que se describe así: este local tiene una extensión superficial que coincide con el área construi-da de CUARENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS equivalentes a SESENTA PUNTO CINCUENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS y su medida cúbica es de cien punto treinta y dos metros cúbicos. La elevación del piso es de seiscientos cincuenta y dos punto noventa y siete metros sobre el nivel del mar, el cual partiendo del vértice nor-oeste cuyas coordenadas geodésicas son: latitud doscientos ochenta y seis mil setecientos veinte punto sesenta y siete metros, longitud cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos veintiséis punto diecisiete metros se describe así: AL NORTE, línea recta con rumbo sur ochenta y un grados diecinueve minutos diecisiete segundos este y una distancia de siete punto cuarenta y nueve metros, lindando con inmueble propiedad del Ministerio de Obras Públicas. AL ORIENTE, línea recta con rumbo sur cinco grados cero cuatro minutos treinta y cuatro segundos oeste y una distancia de seis punto diecisiete metros, linda con inmueble propiedad de Marta Silvia Orellana Guzmán. AL SUR, línea irregular compuesta por tres tramos: primer tramo, con rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta y cuatro minutos cero siete segundos oeste y una distancia de uno punto noventa y ocho metros, segundo tramo, con rumbo norte cinco grados cero cuatro minutos treinta y cuatro segundos este y una distancia de uno punto veintidós metros, tercer tramo, con rumbo norte ochenta y ocho grados treinta y cuatro minutos cero siete segundos oeste y una distancia de cinco punto treinta y cinco metros, linda con local número seis del mismo edificio, pared medianera en el primer tramo de por medio y escaleras de acceso en el segundo y tercer tramo de por medio. AL PONIENTE, línea recta con rumbo norte cuatro grados doce minutos cero seis segundos este y una distancia de cinco punto sesenta y ocho metros linda con inmueble propiedad de Luis Andrés Ramírez Brizuela, Cuarta Avenida norte de por medio, por la parte de abajo o piso linda con local número tres del mismo edificio, obra gruesa de por medio y por la parte alta o cielo con un espacio aéreo, techo de por medio. El apartamento así descrito tiene un área construida de CUARENTA Y DOS PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS inscrito a favor de los señores ALBA DINORA CUELLAR DE LUNA y CARLOS ERNESTO LUNA SANCHEZ, en el sistema de folio real al número CERO UNO-CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES-CERO CERO CINCO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.
Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.
LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las catorce horas del día cuatro de noviembre de dos mil ocho.- LICDA. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURÁN, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012780-2
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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384DOCTOR MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO
LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por
resolución proveída por este Tribunal a las quince horas del día catorce
de abril del corriente año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, actuan-
do en su carácter de Apoderada General Judicial del BANCO CITIBANK
DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse
BANCO CITI DE EL SALVADOR. S. A., o simplemente BANCO
CITI, S. A., contra el deudor JOSE JUSTINIANO VARAONA REN-
GIFO, en su carácter personal, y la sociedad JVR INTERNACIONAL,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que podrá
abreviarse JVR INTERNACIONAL, S. A. DE C. V., reclamando ca-
pital adeudado e intereses, se ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBAS-
TA del inmueble embargado en fecha que oportunamente se señalará
siendo el inmueble a subastarse el que se describe a continuación: in-
mueble de naturaleza rústica, situado en el lugar y Cantón "El Cuervo”,
jurisdicción de Chiltiupán, del Departamento de La Libertad, el que se
describe: Partiendo de su esquinero Noroeste, ubicado en el trifinio
formado por el mismo inmueble que se describirá y los inmuebles co-
lindantes, el primero de Jesús Alfaro, al rumbo Poniente y el segundo
que es la segunda porción antes descrita que como la presente forman
parte del inmueble general. Y esta tercera porción tiene las colindancias
y distancias siguientes: AL NORTE. Colinda con la segunda porción
que como se ha dicho forma parte del inmueble general, en un solo
tramo de rumbo Sur sesenta y cuatro grados cincuenta y cuatro minutos
seis décimos de minuto Este, de setecientos cincuenta y cinco metros
veintiséis centímetros; luego colinda con finca "El Zonte", de doña
Antonia Lima de Muller y de la Sociedad "Dalton, Lima y Compañía,"
que en su antecedente se menciona como formando parte de la colin-
dancia del rumbo Oriente del inmueble general, en los siguientes tramos:
Sur veintiséis grados cincuenta y un minutos Oeste, doce metros veinte
centímetros, Sur nueve grados treinta y nueve minutos Oeste, veintidós
metros noventa y siete centímetros, Sur trece grados tres minutos Oeste,
treinta y seis metros; y Sur sesenta y nueve grados treinta minutos Este,
noventa y seis metros dieciséis centímetros, mediando en este último
tramo con un zanjón que sirve de lindero; AL ORIENTE. Linda siempre
con la Finca "El Zonte" de doña Antonia Lima de Muller y de la Socie-
dad "Dalton, Lima y Compañía", con calle a Jayaque de por medio, en
los tramos siguientes: Sur en trece grados treinta y cuatro minutos
Oeste, sesenta metros; Sur veintiún grados cero nueve minutos Este,
cuarenta ocho metros ochenta y siete centímetros; Sur once grados
cincuenta y nueve minutos Este, cuarenta y ocho metros ochenta y
siete centímetros; Sur once grados cincuenta y nueve minutos Este,
cuarenta y ocho metros ochenta y siete centímetros; Sur once grados
cincuenta y nueve minutos Este, doce metros cincuenta centímetros; Sur
treinta y ocho grados cero cuatro minutos Este, treinta y tres metros
noventa y nueve centímetros; Sur cero tres grados cuarenta y cuatro
minutos Oeste, sesenta seis metros cincuenta y ocho centímetros; Sur
treinta y un grados treinta y un minuto Este, sesenta y cuatro metros
cuarenta y siete centímetros; Sur cero dos grados catorce minutos Este,
cuarenta y dos metros sesenta y dos centímetros, Sur cero dos grados
catorce minutos Este, cuarenta y dos metros sesenta y dos centímetros;
Sur dieciocho grados dieciocho minutos Este, sesenta y cuatro metros
diez centímetros; Sur diez grados cero dos minutos Este, cincuenta y
tres metros treinta y tres centímetros, Sur cero un grado veintisiete
minutos Este, veintinueve metros veinticuatro centímetros; Sur veintiún
grados cincuenta y un minutos Este, cuarenta y siete metros setenta y
cuatro centímetros; Sur veintiséis grados quince minutos Oeste, ciento
treinta metros veintidós centímetros; Sur cincuenta grados doce minu-
tos Oeste, setenta y nueve metros diez centímetros, Sur treinta y seis
grados cero cuatro minutos Oeste, sesenta y siete metros trece centíme-
tros, Sur cero nueve grados treinta y cinco minutos Oeste, veintidós
metros trece centímetros, Sur cero nueve grados treinta y cinco minutos
Oeste, sesenta y siete metros trece centímetros, Sur cero nueve grados
treinta y cinco minutos Oeste, Veintidós metros; del último punto en
adelante linda con resto de la Finca "El Zonte" por medio de la siguien-
te línea: Sur cuarenta y ocho grados cero nueve minutos Oeste, ciento
ochenta y tres Metros cuarenta y dos centímetros. AL SUR, Tiene como
colindante la misma Finca "El Zonte" de doña Antonia Lima de Muller
y de la sociedad "Dalton, Lima y Compañía", y linda con calle de por
medio en un tramo con rumbo Norte setenta y un grados treinta y tres
minutos Oeste y distancia de veintiún metros veintisiete centímetros,
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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. continúa el lindero Sur teniendo el mismo colindante mencionado y
como lindero una línea rumbo Norte setenta y un grados treinta y tres
minutos Oeste y doscientos quince metros treinta centímetros la cual
prolongándola diez metros cincuenta centímetros llega al Río El Zonte
que forma parte del lindero Poniente. AL PONIENTE, Tiene como
colindante la Hacienda "Miramar" de doña Victoria Velado de Estupinián,
mediando el Río El Zonte, en los tramos siguientes: Con rumbo Norte
treinta y cuatro grados cuarenta minutos Este, ochenta y cinco metros
cuarenta centímetros a la izquierda; Norte diecinueve grados dieciséis
minutos Este, doce metros treinta centímetros, Norte diez grados trein-
ta minutos Este, quinientos noventa y cuatro metros cuarenta y tres
centímetros, ciento cincuenta metros izquierda, Norte treinta y un grados
treinta y un minutos Oeste, trece metros treinta centímetros, Norte
treinta y cinco grados treinta y un minutos Oeste doscientos cuarenta y
nueve metros veintiocho centímetros encontrándose este último punto
sobre el Río El Zonte, continúa norte treinta y nueve grados catorce
minutos Este, cuarenta y seis metros treinta y seis centímetros; Norte
cuarenta y dos cero minutos Este nueve metros cincuenta centímetros
Veinticuatro metros; treinta centímetros a la izquierda; Norte Cuarenta
y ocho grados treinta minutos Oeste treinta y cuatro metros ochenta y
cinco centímetros; en este último punto se deja el Río El Zonte que sale
de la propiedad que se describe; y continúa la colindancia con terreno
propiedad de don Santiago Rodríguez y tiene como linderos los siguien-
tes tramos: Norte ochenta y seis grados cuarenta y un minutos Oeste
cuarenta metros treinta y nueve centímetros; Norte diecisiete grados
treinta y tres minutos Este, cuarenta y tres metros sesenta y cuatro
centímetros; Norte cuarenta y tres grados dieciséis minutos Oeste vein-
tiún metros setenta y ocho centímetros de aquí en adelante existe como
lindero una quebrada que se localiza con los tramos siguientes; Norte
setenta y cuatro grados treinta y ocho minutos Oeste setenta y tres
metros veintiocho centímetros; Norte cuarenta y cinco grados veinticua-
tro minutos Oeste setenta y un metros treinta y siete centímetros Sur
setenta grados veintisiete minutos Oeste treinta y ocho metros dieciocho
centímetros; Norte sesenta grados, cincuenta y cinco minutos Oeste,
noventa y seis metros ochenta y cuatro centímetros; Norte setenta grados
cincuenta y dos minutos Oeste cincuenta y tres metros treinta y dos
centímetros, de este último en adelante el lindero forma un cerco loca-
lizado con los tramos siguientes: Norte cero seis grados cincuenta y
cinco minutos Oeste, dieciocho metros cincuenta y ocho centímetros en
los siguientes tramos, siempre con cerco de por medio la propiedad
colinda con terreno de Jesús Alfaro, Norte veinte grados veintiocho
minutos Este cuarenta y ocho metros Norte veintisiete grados diecinue-
ve minutos Oeste diecisiete metros treinta y un centímetros Norte cero
seis grados cero dos minutos Oeste seis metros; el inmueble así descri-
to tiene una extensión superficial de CUARENTA Y CINCO HECTA-
REAS CUARENTA Y CINCO ÁREAS SETENTA Y TRES CENTIA-
REAS CINCUENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS EQUIVA-
LENTES A CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y UN
METROS CUADRADOS. Inscrito bajo la matrícula número TRES
CERO CERO NUEVE NUEVE NUEVE CUATRO TRES OCHO-
CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento TRES y a nombre de
la sociedad JVR INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse JVR INTERNACIONAL
S. A. DE C. V.
LIBRADO: En el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las quince
horas con quince minutos del día catorce de abril del dos mil nueve. DR.
MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO LABORAL,
LIC. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F012792-2
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial, al público en general.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
en este Tribunal por el Licenciado MIGUEL TOMAS CONTRERAS
VÁSQUEZ, continuado por la Licenciada EDNA MERCEDES
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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384VILLATORO BARRIERE, últimamente por la Licenciada DINORA
ALICIA LARIOS LANDAVERDE, todos mayores de edad, Abogados
y de este domicilio, como apoderados Generales Judiciales del BANCO
CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, Absor-
bente del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD
ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla, contra la señora LUCIA
HERNÁNDEZ conocida por LUCIA HERNÁNDEZ MORENO, mayor
de edad, Costurera, del domicilio de Soyapango, Departamento de San
Salvador, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que
más adelante se especificará, DOS INMUEBLES; PRIMER INMUE-
BLE, un lote de terreno rústico y construcciones que contiene, situado
en la Jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad,
que forma parte del LOTE NÚMERO CIENTO CUARENTA Y DOS
DEL POLÍGONO UNO DE LA HACIENDA CUYAGUALO, de la
extensión superficial de SIETE MIL CIENTO VEINTE METROS
CUADRADOS CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS cuya
descripción a partir de su vértice noroeste y siguiente la dirección de las
agujas del reloj es como sigue: AL NORTE, línea quebrada de dos tiros,
el primero de quince metros ochenta y ocho centímetros y el segundo de
seis metros cincuenta centímetros, linda calle de diez metros de ancho de
por medio, con lote número ciento cincuenta y siete del polígono uno de
la Hacienda Cuyagualo, propiedad del Instituto de Colonización Rural:
AL ORIENTE, trescientos veinticinco metros, con la porción número
tres, propiedad de Pedro Claver Quintanilla: AL SUR, Veintiún metros
setenta centímetros con terreno de la sucesión Castro: y AL PONIENTE,
Trescientos veintisiete metros, sesenta y ocho centímetros con la porción
número uno, propiedad de Guillermo Quintanilla. SEGUNDO INMUE-
BLE: un inmueble de naturaleza rústica ahora urbano y construcciones
que contiene situado en la Hacienda Cuyagualo, Jurisdicción de Colón,
Departamento de La Libertad, identificado con el NUMERO SEIS, de
Propiedad de la Lotificación Cuyagualo, Sociedad Anónima y se deno-
mina en el antecedente respectivo como PARCELA NÚMERO SEIS
-VEINTIUNO de la localización siguiente: partiendo del poste número
diez a lo largo del lindero oriente de la Hacienda Cuyagualo en dirección
Suroeste veintidós grados y cuarenta y nueve minutos en línea recta de
doscientos setenta y siete metros con setenta y un centímetros de longitud,
se llega a la esquina noreste de la parcela número seis - veintiuno, cuyas
medidas y linderos especiales son los siguientes: AL ORIENTE, treinta
y dos metros en línea recta perpendicular al eje de la carretera asfaltada
que de San Salvador conduce a Sonsonate, con dirección Suroeste vein-
ticinco grados cuarenta y nueve minutos lindando por este lado cerco
de alambre de por medio con lote número dos de la Junta Nacional de
Defensa Social, después mejoramiento Social, después Instituto de Co-
lonización Rural, hoy Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria
y que antes fue parte de la Hacienda Cuyagualo: AL SUR, veinticuatro
metros noventa y siete centímetros en línea recta paralela al eje de la
carretera asfaltada que de San Salvador conduce a Sonsonate, con direc-
ción noroeste sesenta y siete grados y veintisiete minutos lindando por
este lado con lote número seis - catorce: AL PONIENTE, treinta y dos
metros en línea recta perpendicular al eje de la carretera asfaltada que
de San Salvador conduce a Sonsonate con dirección noreste veintidós
grados y veintiún minutos lindando con lote número seis- veinte: y AL
NORTE, veinticuatro metros noventa y tres centímetros en línea recta
paralela al eje de la carretera asfaltada que de San Salvador conduce a
Sonsonate, con dirección sureste sesenta y siete grados y once minutos
lindando por este lado calle diez metros de anchura de por medio con
lote número seis - veintiocho. Esta parcela así descrita tiene un área
de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS
CON CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS y los lotes de los
rumbos sur, poniente y norte son propiedad de la Sociedad Lotificaciones
Cuyagualo, Sociedad Anónima, inscritos a favor de la señora LUCIA
HERNANDEZ conocida por LUCIA HERNÁNDEZ MORENO, bajo
los números OCHENTA Y OCHO Y CUARENTA Y NUEVE del Libro
Número TRES MIL SESENTA Y DOS, respectivamente, del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, De-
partamento de La Libertad.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a
las diez horas del día dieciocho de mayo de dos mil nueve. LIC. JOSE
GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ QUINTO DE LO MER-
CANTIL INTERINO. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012793-2
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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial, al público en general.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-
vido en este Tribunal por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS
LANDAVERDE, mayor de edad, Abogada y de este domicilio, actuando
como Apoderada General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL
SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, antes BANCO CUSCATLAN
DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa
Tecla, contra los señores JOSÉ ÁNGEL VANEGAS DELEON conocido
por JOSÉ ÁNGEL VANEGAS, Técnico de Ingeniería Agronómica, y
CECILIA DEL CARMEN ZETINO ESCOBAR DE VANEGAS, Secre-
taria, ambos mayores de edad, y del domicilio de Izalco, Departamento
de Sonsonate, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha
que más adelante se especificará, CUATRO INMUEBLES: PRIMER
INMUEBLE, un inmueble de naturaleza urbana SITUADO EN EL BA-
RRIO DOLORES DE LA CIUDAD DE IZALCO, DEPARTAMENTO
DE SONSONATE de una extensión superficial de CIENTO SESENTA
Y TRES METROS SIETE DECIMETROS SETENTA Y CINCO
CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda especialmente:
AL NORTE, treinta y cinco metros cincuenta y siete centímetros, con
resto del inmueble que le quedó a María Ana Trejo de Pacheco: AL
ORIENTE, cinco metros treinta y siete centímetros, con lo que antes fue
de Alejandro Corea, hoy de la sucesión del mismo, mediando antes la
Novena Avenida Norte hoy Segunda Avenida Norte: AL SUR, treinta y
cuatro metros noventa y cinco centímetros con Heriberto Quezada Díaz:
y AL PONIENTE, tres metros ochenta y ocho centímetros con propiedad
de Alejandro Vega, pared de adobe del colindante. El inmueble antes
descrito se encuentra gravado con servidumbre de aguas lluvia construida
a favor del resto del Inmueble del cual se desmembró éste y que le quedó
a la señora María Ana Trejo de Palma. Inscrito a favor del señor JOSÉ
ANGEL VANEGAS DE LEON conocido por JOSÉ ANGEL VANEGAS,
en el Asiento UNO, de la matrícula UNO CERO CERO UNO SIETE
TRES OCHO DOS -CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente,
Departamento de Sonsonate. SEGUNDO INMUEBLE, un inmueble de
naturaleza urbana situado en el BARRIO DOLORES DE LA CIUDAD
DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de una extensión
superficial de SESENTA METROS CUADRADOS CINCO DECIME-
TROS CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS, que
mide y linda especialmente: AL NORTE, ocho metros treinta y cinco
centímetros, linda con Ángela Salazar viuda de Herrera y Emma Victoria
Meléndez Salazar, hoy de José Ángel Vanegas: AL SUR, seis metros
lindando con casas y solares de Arturo Landaverde, Marta García y
Salvador Campos Méndez, paredes de adobe las dos primeras y cerco de
alambre de por medio con el último: AL ORIENTE, ocho metros treinta
y ocho centímetros lindando con resto de donde se desmembró el que se
describe y que le queda a Heriberto González conocido por Heriberto
Quezada Díaz y Heriberto Quezada; y AL PONIENTE, ocho metros
treinta y seis centímetros linda con propiedad del señor Alejandro Vega
hoy de los señores Ester Barrientos y Eduardo Antonio Vega, paredes
de adobe de los colindantes. El inmueble antes descrito se encuentra
inscrito a favor del señor JOSÉ ÁNGEL VANEGAS DELEON conocido
por JOSÉ ÁNGEL VANEGAS, en el Asiento UNO, bajo la Matrícula
UNO CERO CERO NUEVE DOS SIETE UNO SEIS - CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Tercera Sección de Occidente, Departamento de Sonsonate. TERCER
INMUEBLE, un inmueble de naturaleza urbana, segregado de otro
de mayor extensión situado en el BARRIO DOLORES, LOTE SIN
NÚMERO, JURISDICCIÓN DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE
SONSONATE, con una extensión superficial de VEINTITRES PUNTO
DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; que
mide y linda: AL NORTE, cuatro metros treinta y un centímetros linda
con porción vendida a José Ángel Vanegas Deleón: AL SUR, cinco
metros, lindando con resto de donde se desmembra el que se describe y
que le queda a Heriberto González conocido por Heriberto Quezada Díaz
y Heriberto Quezada: AL ORIENTE, cinco metros lindando con resto
de donde se desmembró el que se describe y que le queda a Heriberto
González, conocido por Heriberto Quezada Díaz y Heriberto Quezada:
AL PONIENTE, cinco metros lindando con porción vendida a José Ángel
Vanegas Deleón. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor
del señor JOSÉ ÁNGEL VANEGAS DELEON conocido por JOSÉ
ÁNGEL VANEGAS, bajo la Matrícula Número UNO CERO CERO
TRES CERO OCHO SEIS CUATRO - CERO CERO CERO CERO
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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384CERO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de
la Tercera Sección de Occidente, Departamento de Sonsonate. CUAR-
TO INMUEBLE, un inmueble de naturaleza urbana segregado de otro
de mayor extensión SITUADO EN EL BARRIO DOLORES, LOTE
SIN NÚMERO, JURISDICCIÓN DE IZALCO, DEPARTAMENTO
DE SONSONATE, con una extensión superficial de DIECISIETE
METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, dos metros
sesenta centímetros, linda con Ángela Salazar viuda de Herrera y Emma
Victoria Menéndez Salazar, hoy de José Ángel Vanegas: AL SUR, un
metro cuarenta centímetros lindando con casas y solares de Arturo
Landaverde, Marta García y Salvador Campos Méndez, paredes de
adobe las dos primeras y cerco de alambre de por medio con el último:
AL ORIENTE, ocho metros sesenta y dos centímetros, linda con resto
de donde se desmembra el que se describe y que le queda a Heriberto
González, conocido por Heriberto Quezada Díaz y Heriberto Quezada:
y AL PONIENTE, ocho metros treinta y ocho centímetros linda con
propiedad del señor José Ángel Vanegas. El inmueble antes descrito
se encuentra inscrito a favor del señor JOSÉ ÁNGEL VANEGAS
DELEON conocido por JOSÉ ÁNGEL VANEGAS, bajo la Matrícula
Número UNO CERO CERO CERO OCHO SIETE DOS SEIS - CERO
CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente, Departamento de
Sonsonate.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a
las once horas del día dieciocho de mayo de dos mil nueve. LIC. JOSE
GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ QUINTO DE LO MER-
CANTIL INTERINO. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012795-2
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.
HACE SABER: Que por sentencia pronunciada por este Juzgado,
a las quince horas del día treinta de julio de dos mil ocho, y ejecutoriada
a las catorce horas con treinta minutos del día catorce de abril de dos mil
nueve, en el Juicio Ejecutivo Mercantil. Promovido por el Licenciado
Fernando Aristides Garay Andrade en su concepto de Apoderado General
Judicial de la Caja de Crédito de La Unión, Sociedad Cooperativa de
Responsabilidad Limitada de Capital Variable Representada Legalmente
por el señor Oscar René Martínez Díaz contra los señores: María Olivia
Campos Quintanilla y José Luciano Campos, se venderá en este Juzgado
en pública subasta y al mejor postor una porción de terreno de naturaleza
rústica, situado en el Punto Llamado "La Morita” Valle del Guanacastal
de esta Jurisdicción, según Ficha Catastral se encuentra en Jurisdicción de
San Jorge, Departamento de San Miguel, denominado como número ocho,
de la extensión superficial de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA
Y OCHO METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS,
con las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: cincuenta y
ocho metros, cincuenta centímetros, con Eva Lacayo hor FINATA, AL
NORTE: ciento dos metros, con terreno de Marcelino Moreiro y Juana
Bautista Portillo, AL PONIENTE: cincuenta y siete metros cincuenta
centímetros, camino de por medio resto del terreno mayor, Y AL SUR:
noventa y cuatro metros, cincuenta centímetros, con Víctor Manuel
Campos, camino de por medio inscrita Bajo el número CUARENTA Y
TRES del libro UN MIL CIENTO VEINTIDOS, en el Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departa-
mento de San Miguel. Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las trece
horas del día catorce de abril del dos mil nueve. LIC. DINORA DEL
CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012814-2
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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. rEPoSicioN DE cErTificaDoS
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,
AVISA: Que en su agencia COJUTEPEQUE se ha presentado el
propietario del certificado No. 7895472004 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 26 de Marzo de 2004, a 90 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certificado, lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 23 de junio de 2009.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F012761-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,
AVISA: Que en su agencia METAPAN se ha presentado el
propietario del certificado No. 1201523245 del Depósito a Plazo Fijo
aperturado el 31 de marzo de 2009, a 90 días prorrogables, solicitando la
reposición de dicho certificado, lo que se hace del conocimiento público
para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los
artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 22 de junio de 2009.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F012763-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,
AVISA: Que en su agencia SANTA ANA se ha presentado el pro-
pietario del certificado No. 370942 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 23 de agosto de 2009, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certificado, lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 23 de junio de 2009.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F012764-2
AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,
AVISA: Que en su agencia SALVADOR DEL MUNDO se ha
presentado el propietario del certificado No. 41-19-470183 del Depósito
a Plazo Fijo aperturado el 06 de febrero de 2004, a 90 días prorrogables,
solicitando la reposición de dicho certificado, lo que se hace del cono-
cimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado
conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 23 de junio de 2009.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F012766-2
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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384 AVISO
SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.,
AVISA: Que en su agencia MEJICANOS se ha presentado el pro-
pietario del certificado No. 517761 del Depósito a Plazo Fijo aperturado
el 13 de enero de 2009, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición
de dicho certificado, lo que se hace del conocimiento público para efectos
de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y
932 del Código de Comercio.
Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,
se procederá a la reposición del certificado antes mencionado.
San Salvador, 23 de junio de 2009.
Licda. NORA AVILA,
SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.
3 v. alt. No. F012767-2
Marca iNDUSTrial
No. de Expediente: 2009093061
No. de Presentación: 20090122559
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GERMAN
ISMAEL BENITEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad
de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL
O DE FABRICA,
Consistente en: la palabra nory's y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: VESTIDOS, ROPA INTIMA PARA EL SEXO FEMENINO.
Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día cinco de mayo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012791-2
Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2009093695
No. de Presentación: 20090123541
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ENRIQUE
RODOLFO ESCOBAR LOPEZ, en su calidad de APODERADO de
BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase Credintegral TU CREDITO CON GA-
RANTIA HIPOTECARIA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SE-
GUROS; NEGOCIOS FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS;
NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de junio del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031603-2
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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. No. de Expediente: 2009092863
No. de Presentación: 20090122169
CLASE: 40.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO de PUBLIMAGEN CAPITAL GROUP CORP, de nacionalidad PANA-MEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase PUBLIMAGEN ROTULACION DIGITAL y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE IMPRENTA; IMPRESION DIGITAL. Clase: 40.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de junio del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012831-2
No. de Expediente: 2009092861
No. de Presentación: 20090122167
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PUBLIHOLDING GROUP CORPORATION, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras BOLD Bellow The Line Plan y di-seño, el cual se traducen al castellano como “intrépido bajo el plan de línea”, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de junio del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012833-2
No. de Expediente: 2009092858
No. de Presentación: 20090122164
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PUBLIHOLDING GROUP CORPORATION, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras PUBLI BUSES y diseño, sobre las palabras aisladamente consideradas no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012836-2
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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384
acEPTaciÓN DE HErENcia
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN:
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Be-neficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora JULIA ELENA CHAVEZ DE APARICIO, conocida por JULIA ELENA CHAVEZ, JULIA ELENA TORRES CHAVEZ y POR JULIA ELENA APARICIO CHAVEZ, el día tres de febrero del año en curso, en el Cantón Piedra de Agua, Jurisdicción de Santa Elena, habiendo sido su último domicilio Santa Elena, de parte del señor JOSE SAN-TOS APARICIO MEJIA, conocido por JOSE SANTOS APARICIO, en calidad de Cónyuge sobreviviente de la causante y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que les correspondían a los señores JOSE ANGEL CHAVEZ, o JOSE ANGEL CHAVEZ MARTINEZ, JOSE JOAQUIN APARICIO CHAVEZ o JOSE JOAQUIN APARICIO, ISABEL DEL CARMEN APARICIO CHAVEZ, MARIA CIRILA APARICIO CHAVEZ, AHORA MARIA CIRILA APARICIO DE BONILLA, JULIA ELENA APARICIO o JULIA ELENA APARICIO CHAVEZ y ROGELIO DE JESUS APARICIO CHAVEZ, EL PRIMERO EN CALIDAD DE PADRE Y LOS DEMÁS COMO HIJOS DE LA MISMA CAUSANTE.-
Confiérasele al aceptante dicho, la Administración y Representa-ción Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.- LIC. JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031523-3
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las catorce horas y veinte minutos del día doce de Junio del corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante señora MARIA DALILA MILLA ROME-RO, de parte de la señora MARITZA YANETH MILLA DE ROQUE, como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora GLADIS AMPARO MILLA, ésta en calidad de hermana de la
mencionada causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y un años de edad, Comerciante, originaria y del domicilio de Osicala, Departamento de Morazán, hija de la señora Jesús Milla; falleció a las once horas del día once de Agosto de dos mil ocho, en el Hospital Nacional San Francisco Gotera; siendo la ciudad de Osicala, lugar de su último domicilio.- Se le confirió a la aceptante antes mencionada en la forma establecida, la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las catorce horas y veinticinco minutos del día dieciséis de Junio de dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031532-3
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día vein-titrés de marzo de dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN PABLO RIVERA SALINAS o JUAN PABLO RIVERA, quien falleció el día treinta de septiembre de mil novecientos noventa y tres, siendo Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de MARIA VICTORIA MONTOYA MEJIA, en calidad de Cesionaria del Derecho Hereditario que les correspondía a cada una de las señoras MARIA MAGDALENA MONTOYA RIVERA, ELIDA ESTELA MONTOYA RIVERA, ALBA OLIVIA MONTOYA RIVERA hoy DE FLORES, DINORA DEL CARMEN MONTOYA RIVERA, y ANA IRMA MONTOYA RIVERA, en calidad de hijas del causante; y se le ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-mento de Cabañas, a las once horas treinta minutos del día veintitrés de marzo de dos mil nueve.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO. LICDA. ANGELA VERONICA GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA DE PRIMERA INSTANCIA.
3 v. alt. No. C031535-3
de tercera publicación
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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-
TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA
LOS DEMÁS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que
a su defunción acaecida, el día veinticuatro de marzo de dos mil seis,
en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar
su último domicilio; dejó el señor SEBASTIAN MONTES, quien fue
de sesenta y un años de edad, casado, jornalero, hijo de Diega Montes,
originaria de Cantón Rojas, jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento
de Cabañas; de parte del señor SANTIAGO RODRÍGUEZ, éste como
cesionario de los derechos hereditarios que en calidad de cónyuge e hijos
del causante respectivamente les correspondían a los señores MARÍA
VICENTA RIVAS DE MONTES, BLANCA LIDIA MONTES RIVAS,
ANA MELIDA MONTES RIVAS hoy ANA MELIDA MONTES DE
RODRÍGUEZ, MARLENE DEL ROSARIO MONTES RIVAS, MI-
GUEL ÁNGEL MONTES RIVAS, JOSÉ ALEXANDER MONTES
RIVAS y SEBASTIAN BALMORE MONTES RIVAS; representado
por la Licenciada LESVIA MARISELA RAMÍREZ RIVERA, como
Apoderada General Judicial. Habiéndosele conferido al aceptante la
administración y representación INTERINA de la sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-
sión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia
dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la
última publicación de este edicto.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque: a los
nueve días del mes de junio de dos mil nueve. LIC. JOSÉ ÁNGEL PO-
SADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.
BR. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031536-3
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las diez horas treinta minutos del día dieciséis de febrero del corriente
año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario
de parte de la señora MIRNA ARACELY GUTIÉRREZ MIRANDA,
la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor SAÚL
EDGARDO RIVERA GUTIÉRREZ, quien falleció en esta Ciudad, su
último domicilio, el día ocho de julio de dos mil cuatro, en concepto
de madre del de cujus. Confiérase a la aceptante la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A los que se crean con derecho a la expresada herencia,
especialmente al señor Martín Rivera Vásquez, padre del causante, para
que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a
partir del siguiente al de la tercera publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador; a las ocho
horas treinta minutos del día veintitrés de febrero de dos mil nueve. DR.
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.
LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012349-3
FRANCISCO ALBERTO ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE
LO CIVIL DE ESTE DISTRITO. Al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las nueve
horas cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente
y con beneficio de inventario la herencia testamentaria de la causante
señorita RITA GRACIELA MUÑOZ RIVAS, fallecida en el Hospital
de la Mujer, en la ciudad de San Salvador, el día siete de agosto del año
dos mil ocho, siendo el Barrio San Miguelito, de esta ciudad, el lugar de
su último domicilio, de parte de los señores JOSE ADOLFO RAMÍREZ
MUÑOZ, RAÚL MAURICIO RAMÍREZ LIMA, y MARÍA TERESA
RAMÍREZ LIMA, en su calidad de herederos testamentarios instituidos
por la referida causante, a quienes se les confiere interinamente la adminis-
tración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones
que la ley confiere a los curadores de la Herencia Yacente.
Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana, a las diez horas del día
diecisiete de marzo del año dos mil nueve. LIC. FRANCISCO ALBERTO
ALEGRÍA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. CAR-
MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012364-3
DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE
DISTRITO.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cincuenta
minutos del día nueve de mayo de dos mil ocho, se ha tenido por aceptada
expresamente, con beneficio de inventario la herencia intestada que a su
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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384defunción ocurrida a las trece horas del día uno de julio del año dos mil,
en el Cantón Las Mesas, jurisdicción de la Villa de Jujutla, su último
domicilio, dejó la señora Martina Escobar; de parte de los señores ELI-
GIA RIVAS viuda DE ABELINO, ROSA IRMA RIVAS ESCOBAR,
TERESA DE JESÚS RIVAS ESCOBAR y CARLOS ANTONIO RIVAS
ESCOBAR, todos en su calidad de hijos de la causante, a quienes se ha
nombrado interinamente representantes y administradores de la suce-
sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las catorce horas
nueve minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil ocho. DR.
JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO
CASTELLON, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012389-3
EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-
VADOR. AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE
LEY.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal
a las quince horas con tres minutos del día once de junio del año dos
mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de
inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta
ciudad su último domicilio, a las veinte horas con cincuenta minutos
del día cuatro de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro, dejó
el causante señor RAFAEL MARROQUÍN AGUIRRE, conocido por
RAFAEL MARROQUÍN, de parte de los señores OSCAR LEOPOLDO
ESCALANTE MARTÍNEZ, conocido por OSCAR MARROQUÍN y
GUILLERMO ANTONIO MÉNDEZ MARROQUÍN, en su concepto
de herederos testamentarios.
Se les confiere a los aceptantes la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las
once horas con cuarenta minutos del día diecisiete de junio del año dos
mil nueve. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL. LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012413-3
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,
a las catorce horas y cuarenta minutos del día diecisiete de junio del
corriente año, se han declarado Herederos Ab-intestato, con beneficio
de inventario de la señora BERTA ADOLFINA JIMÉNEZ, conocida
por BERTA JIMÉNEZ, y por BERTHA JIMÉNEZ, quien falleció a las
dieciséis horas del día cinco de enero del año dos mil nueve, en el Barrio El
Calvario, de la Villa de Tecapán, siendo éste su último domicilio, de parte
de los señores JOSÉ MARIO ÁVILA JIMÉNEZ, y JORGE ERNESTO
JIMÉNEZ ÁVILA, en calidad de hijos de la causante. Confiriéndosele a
los aceptantes dichos la Administración y Representación Legal Interina
de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los dieciocho días del mes de junio del año dos
mil nueve. LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELIA DE LA PAZ BONILLA,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F012417-3
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de
las once horas y veinte minutos del día diecisiete de abril del corriente
año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que
a su defunción dejó la causante señora ANGELINA DIAZ CHEVEZ,
o ANGELINA DIAZ, de parte del señor EUSEBIO DIAZ CHEVES o
EUSEBIO DIAZ, como Cesionario de los derechos que le correspondían
a la señora LUCIA DIAZ CHEVEZ o LUCIA DIAZ, ésta en calidad
de hermana de la mencionada causante, quien a la fecha de su falleci-
miento fue de noventa y un años de edad, originaria y del domicilio de
Osicala, Departamento de Morazán, hija de los señores Marcelino Díaz
y GREGORIA CHAVEZ; falleció el día veintiuno de septiembre de dos
mil siete, en el Barrio El Centro de la ciudad de Osicala, siendo esta
misma ciudad lugar de su último domicilio. Se le confirió al aceptante
antes mencionado y en la forma establecida, la ADMINISTRACIÓN
Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la Sucesión, con las facultades
y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las diez horas y veinticinco minutos del día veintitrés de abril de
dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ
2º. DE 1ª. INSTANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ
SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012419-3
GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las
once horas del día dieciocho de junio del corriente año, se ha declarado
Heredero Ab-intestato, con Beneficio de Inventario de la señora ADELA
RIVAS AYALA, quien falleció a las trece horas y treinta minutos del
día diecisiete de enero del año dos mil seis, en el Barrio La Parroquia,
Santiago de María, siendo éste su último domicilio, de parte del señor
ROBERTO CARLOS GUILLEN RIVAS, en calidad de hijo de la causan-
te. Confiriéndosele al aceptante dicho la Administración, Representación
Legal Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los
Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados
a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
Santiago de María, a los diecinueve días del mes de junio del año dos
mil nueve. LICDA. GLADIS NOEMÍ ALONZO GONZÁLEZ, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELIA DE LA PAZ BONILLA,
SECRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F012450-3
PABLO ERNESTO REYES DIAZ, Notario, de este domicilio, con
oficina en Condominio Tequendama, Edificio Uno, Apartamento Tres,
Final Veintiuna Avenida Norte y Autopista Norte, Colonia Layco, de
esta ciudad,
HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario de las diez
horas del día veintiocho de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la Herencia intestada que a
su defunción acaecida en la ciudad de Santiago de María, departamento
de Usulután, a las veintiún horas del día nueve de diciembre del año
dos mil seis, dejó la señora PATRICIA MARGARITA HERNANDEZ
GALAN; de parte de la señora ARACELY DE JESUS HERNANDEZ DE
CAMPOS, en su calidad de Cesionaria de los Derechos Hereditarios que
en abstracto le correspondían a los señores MARIA TERESA GALAN
DE HERNANDEZ y JOSE ANDRES HERNANDEZ conocido por
JOSE ANDRES HERNANDEZ MARQUEZ, en su concepto de padres
sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido a la aceptante la
administración y representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones inherentes a los curadores de la Herencia Yacente.
En consecuencia, por este medio, se cita a todos los que se crean
con derechos en la referida sucesión para que en el término de quince
días, contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto,
se presenten a manifestarlo en la oficina del suscrito Notario.
En la ciudad de San Salvador, a los tres días del mes de junio del
año dos mil nueve.
PABLO ERNESTO REYES DIAZ,
NOTARIO.
3 v. c. No. F012798-3
HErENcia YacENTE
El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cincuenta
minutos del día ocho de este mes, se ha declarado yacente la herencia
del causante VICENTE MEJÍA VALENCIA, conocido por VICENTE
MEJÍA, quien falleció el día dos de diciembre del año dos mil siete, en
el Cantón San Juan Nahuistepeque, jurisdicción de San Pedro Nonualco,
su último domicilio, sin que hasta la fecha se haya presentado persona
alguna aceptando su herencia o una cuota de ella; y se ha nombrado
curador para que lo represente al Licenciado MAURICIO ULISES
CAMPOS HERNÁNDEZ, en consecuencia, se citan a todas las personas
que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que dentro
del término de quince días contados a partir de la última publicación de
este aviso, se presenten a deducirlo a este Juzgado.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, ocho de diciembre del
año dos mil ocho. DR. LUIS SALVADOR, PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.
JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031534-3
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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384TiTUlo DE ProPiEDaD
El Infrascrito Alcalde Municipal,
HACE SABER: Que MIGUEL ANGEL VILLALOBOS, solicita
Título de Propiedad de un terreno rústico, ejidal, situado en el Cantón
San Pedro La Palma, de esta jurisdicción de 3611.43 metros cuadrados,
que linda: NORTE: David Hernández Sorto, Miguel Angel Villalobos y
Flor de María Villalobos Ventura; ORIENTE: Inocente Cortez viuda de
Hernández, Inocente Cortez viuda de Hernández, Marcelino Hernández
Cortez y José Eliseo Hernández Cortez; AL SUR: Angela Hernández
Martínez, Rosa Cortez, camino vecinal de por medio, y María Ester Pérez;
y PONIENTE: con Porfidio Hernández Urbina. Lo adquirió compra que
le hizo Felipe Gallegos, Comerciante en Pequeño, del domicilio de San
Pedro Masahuat, sobreviviente. Lo estima en diez mil colones, y los
colindantes son de este domicilio.
Alcaldía Municipal: Tapalhuaca, diecisiete de junio del año dos
mil nueve. JOSE NELSON QUEZADA, ALCALDE MUNICIPAL.
VICTOR MANUEL APARICIO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F012471-3
TiTUlo SUPlETorio
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,
del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, al público para
efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial de la señora ESTER SAENZ DE PEREIRA, a solicitar a su
favor TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica
situado en el Cantón Soledad, Jurisdicción de Jocoaitique, Morazán; de
la capacidad superficial de SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y CUA-
TRO METROS CUADRADOS: de las medidas y linderos siguientes:
AL NORTE: ciento veintiocho metros, con terreno del señor Israel
Díaz, cerco de piedra del colindante y alambre propio de por medio;
AL ORIENTE: cuarenta y ocho metros con terreno del señor Fabián
Mimbreño, cerco de piedra y alambre de por medio del colindante; AL
PONIENTE: cuarenta y ocho metros con terreno de la señora Blas Díaz,
quebrada invernal y paredes naturales de por medio: y AL SUR, ciento
veintiocho metros, con terreno del señor Anselmo Caballero, cerco de
piedra del colindante y alambre propio de por medio.- El inmueble antes
descrito lo adquirió por Compraventa de Posesión Material que le hizo al
señor ANDRES DIAZ DIAZ; se estima en el precio de QUINIENTOS
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, Morazán, a las quince horas del día cinco de Junio del dos mil
nueve. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE
1ª. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031526-3
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licen-
ciado RICARDO ANTONIO VILLALTA BENITEZ, como Apoderado
General Judicial de la ALCALDIA MUNICIPAL DE JOATECA, a
solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble
de naturaleza rústica, ubicado en el Caserío El Tizate, Cantón Paturla,
de la jurisdicción de Joateca, Distrito de Jocoaitique, Departamento de
Morazán, de la capacidad superficial de TRESCIENTOS OCHENTA Y
TRES PUNTO CERO SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a
QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO PUNTO CERO OCHO VARAS
CUADRADAS, que tiene la descripción siguiente: COSTADO NORTE,
consta de un tramo recto descrito de la siguiente manera: Tramo uno,
comprende del mojón uno al mojón dos, con una distancia de veinte punto
ochenta metros, con rumbo Norte cuarenta y cinco grados cincuenta y
seis minutos seis segundos Este, linda con terreno del señor Jorginio
Argueta; COSTADO ORIENTE: consta de un tramo recto descrito de la
siguiente manera: Tramo uno, comprende del mojón dos al mojón tres,
con una distancia de veintitrés punto setenta y un metros, con rumbo sur
treinta y cinco grados veintidós minutos cuarenta y seis segundos Este,
linda con resto de terreno de la vendedora señora Fredesvinda Argueta;
COSTADO SUR: consta de un tramo recto descrito de la siguiente manera,
Tramo uno, comprende del mojón tres al mojón cuatro, con una distancia
de veinticuatro punto setenta y un metros, con rumbo sur setenta y seis
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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. grados cuarenta y ocho minutos veintinueve segundos Oeste, linda con
resto de terreno de la vendedora señora Fredesvinda Argueta; y COS-
TADO PONIENTE: Consta de un tramo recto, descrito de la siguiente
manera: Tramo uno, comprende del mojón cuatro al mojón uno, con
una distancia de once punto cuarenta y siete metros, con rumbo Norte
veintitrés grados cuarenta y tres minutos veintiún segundos Oeste, linda
con resto de terreno de la vendedora señora Fredesvinda Argueta.- La
Alcaldía Municipal adquirió dicho inmueble por venta de la Posesión
Material por Escritura Pública que le efectuó la señora FREDESVINDA
ARGUETA, y lo valora en la cantidad de SEIS MIL DOLARES.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las catorce horas del día cuatro de mayo de dos mil nueve.
Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª.
INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031527-3
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este
Distrito Judicial,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-
ciado RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, de treinta y
seis años de edad, Abogado, de este domicilio, con carné de Abogado
número cuatro mil ochocientos treinta y siete ; solicitando TÍTULO
SUPLETORIO a favor del señor JOSE DIEGO MOZO MERINO, de
un inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón Cerro Colorado,
caserío Las Flores, jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas,
de la extensión superficial de SESENTA AREAS, de las medidas y lin-
deros siguientes: AL ORIENTE: Con terreno que antes fue de Francisco
Delgado y Onecifera Delgado antes hoy de José Isidro Rivas Flores y
María Julia Delgado, respectivamente, desde un árbol de jiote cerco de
alambre zanjo de por medio con el primer colindante y con la segunda
desde el árbol de jiote antes mencionado hasta otro de jiote, divide cerco
de alambre y piña propios del terreno en descripción; AL NORTE: Con
terreno que antes fue de Roque Delgado, hoy de María Julia Delgado,
desde el jiote últimamente descrito hasta un árbol de tempate, dividen
brotones de jiote; AL PONIENTE: Con terreno que antes fue de Juan
Delgado hoy de Tomás Argueta, cerco de piña de por medio propio del
terreno que se está describiendo; y AL SUR: Con terreno de Silvestre
Flores, divididos por quebrada de invierno, hasta llegar a donde se
comenzó la descripción. El inmueble citado no es terreno sirviente ni
dominante, y no está en proindivisión alguna, y tiene como accesorios
construida una casa de sistema mixto con servicio de agua potable, sin
cultivos permanentes; y lo valúa el titulante en la cantidad de TRES MIL
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo hubo por
posesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las quince horas treinta minutos del día doce de junio de dos mil nue-
ve. Licdo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA PROPIETARIO. Licda. ANGELA VERONICA GUERRA
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031537-3
A mí despacho Jurídico: ubicado en la Calle Aurora, Número doscientos
tres, Urbanización Buenos Aires número cuatro, frente a entrada de las
tres Torres, Ministerio de Hacienda, de la Ciudad y Departamento de
San Salvador, se ha presentado el señor GODOLFREDO AMILCAR
AGUILLON REYES, quien es de treinta y siete años de edad, emplea-
do, del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán,
persona a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento
Único de Identidad número cero dos millones doscientos sesenta y cuatro
mil novecientos veinticuatro - cuatro; y con Número de Identificación
Tributaria cero setecientos once - cero noventa y un mil ciento setenta
y uno - ciento uno - cinco; quien comparece en su calidad de Síndico
Municipal de la Alcaldía Municipal de San Rafael Cedros, Departamento
de Cuscatlán, con tarjeta de identificación Tributaria número cero sete-
cientos once-cero setenta y un mil setenta y nueve-cero cero uno-cero;
personería que doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a
la vista la Credencial de Síndico Municipal extendida por el Tribunal
Supremo Electoral el día tres del mes de marzo del año dos mil nueve;
firmada y sellada por el Presidente del Tribunal Supremo Electoral y el
secretario del referido Tribunal señores Walter René Araujo Morales,
José Heriberto Alvayero, y magistrados propietarios Eugenio Chicas
Martínez, Julio Eduardo Moreno Niños, Mario Adalberto Salamanca
Burgos, Eduardo Antonio Urquilla Bermúdez, en la que consta que el
compareciente fue elegido Síndico Municipal de la Ciudad de San Rafael
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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384Cedros, Departamento de Cuscatlán, para un período de tres años, que
comienza el día primero de mayo del año dos mil nueve y finaliza el día
treinta de abril del año dos mil doce; a quien en el transcurso de estas
Diligencias se denominará “LA MUNICIPALIDAD” MANIFESTAN-
DO: I) Que la Municipalidad de San Rafael Cedros, es dueño y actual
poseedor de forma quieta, pacífica, continua, e ininterrumpida, de una
PORCION DE TERRENO RUSTICO, ubicado en el Cantón Palacios,
jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán; la cual
tiene una Extensión Superficial de CATORCE MIL CUATROCIEN-
TOS OCHENTA Y SEIS PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS
CUADRADOS; y sus medidas y colindancias son las siguientes: AL
NORTE: compuesto por dos tramos el primero de poniente a oriente mide
ciento veintiséis punto sesenta y siete, el segundo tramo mide doce punto
veinticinco metros lineales, colinda con propiedad de los señores Felícita
Mercedes Navarrete, Sofía Guadalupe Torres, Milagro Mercedes Torres
Navarrete, Sergio Samuel Torres, Abilio Torres, Edgar Iván Torres, con
calle pública de por medio que conduce al Cantón Palacios, AL ORIENTE:
compuesto por tres tramos el primero de norte a sur mide treinta y seis
punto cincuenta metros lineales, el segundo tramo de veinticuatro punto
treinta y seis metros lineales, el tercer tramo de treinta y cuatro punto
cuarenta y cinco metros lineales, colinda con propiedad del señor Jaime
Antonio Rodríguez Hernández, divididos por cerco de alambre de por
medio; AL SUR: ciento setenta metros lineales, carretera antigua que
conduce hacia San Vicente de por medio, colinda con propiedad de los
señores Elías Mendoza, José Osmín Argueta Rivas; AL PONIENTE:
compuesto por cuatro tramos el primero de norte a sur mide dos punto
cincuenta y nueve metros lineales, el segundo mide cinco punto ochenta
y cuatro metros lineales, el tercero mide setenta y uno punto treinta y
ocho metros lineales, y el cuarto mide treinta y cuatro punto diecinueve
metros lineales, colinda con propiedad del Estado de El Salvador en el
Ramo de Educación.- Que en base al Artículo DIECISÉIS de la Ley del
Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,
vino ante mis oficios notariales a solicitarme la Titulación Supletoria
del inmueble antes relacionado por carecer de antecedente inscrito;
presentando la Denominación Catastral respectiva.- Todas las medidas y
colindantes son del Cantón Palacios, jurisdicción de San Rafael Cedros,
Departamento de Cuscatlán.- El predio descrito no es dominante ni sir-
viente, no tiene cargas ni derechos reales ajenos, ni está en proindivisión
con nadie, y la Municipalidad lo adquirió por posesión por más de diez
años consecutivos de forma quieta, pacífica e ininterrumpida, y que el
inmueble lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES EXACTOS
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.
Por lo que avisa al público en general para los efectos de ley.
San Salvador, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil
nueve.-
Licenciado JOSE GUILLERMO ACOSTA PORTILLO,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F012387-3
JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este
Distrito Judicial,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora
MORENA HELEN ABARCA, de cincuenta años de edad, ama de casa,
del domicilio de Jutiapa, con Documento Único de Identidad número
cero cero cinco cuatro cinco uno cero cinco - dos; solicitando TÍTULO
SUPLETORIO a su favor, de un inmueble de naturaleza rústica, situado
en el Cantón Llano Largo, jurisdicción de Jutiapa, departamento de
Cabañas, de la extensión superficial de CIENTO CUARENTA AREAS,
de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: con terreno del
señor José Antonio Menjívar, comenzando desde un mojón de piedras
en línea recta divididos por cerco de piña del colindante hasta llegar a
una tapada de piedra y de ésta a otra tapada; AL NORTE: con terreno
de José Antonio Menjívar, de la tapada se sigue línea medio curva di-
vididos por cerco de piña del colindante hasta llegar a la esquina de un
cerco; AL PONIENTE: Con terreno de José Antonio Menjívar, camino
real que conduce al barcaje de Los Amates hasta llegar a la esquina de
un piñal, hoy hay un cerco de piña; y AL SUR: con porción vendida
a José Jesús Peña, que antes formó parte del inmueble general, divide
cerco de piña propio del terreno que se describe hasta llegar al mojón
de piedras, donde se comenzó la descripción. El inmueble citado no es
terreno sirviente ni dominante, y no está en proindivisión alguna, carece
de construcciones y cultivos permanentes; lo valúa en la cantidad de
VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo hubo por compra al señor FELICIANO PEÑA PEÑA.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,
a las quince horas treinta minutos del día veintinueve de mayo de dos
mil nueve. Licdo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRI-
MERA INSTANCIA PROPIETARIO. Licda. ANGELA VERONICA
GUERRA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012394-3
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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. TÍTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES DE
CANDELARIA DE LA FRONTERA, AL PÚBLICO,
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Señor
GUILLERMO GONZALO SANCHEZ TEJADA, quien es poseedor
de buena fe, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el Cantón
Tierra Blanca de esta jurisdicción, teniendo dicha posesión desde hace
más de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífica, e ininterrum-
pida; para el cual solicita se le extienda título de dominio, por no estar
inscrito a su favor en el Centro Nacional de Registro “CNR”, siendo
de una extensión superficial de CUATROCIENTOS TRECE PUNTO
OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; de las colindancias
especiales siguientes: AL NOR-ORIENTE, linda con propiedad de la
señora María Antonia Soto Orellana; AL NOR-PONIENTE, linda con
propiedad de los señores Eduardo Roca Lima y Roberto Fernández,
Carretera Internacional de por medio; AL SUR, linda con propiedad
de la señora Concepción Mendoza Monrroy de Moscoso. El predio en
mención no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie,
ni tiene cargas, ni de derechos reales que pertenezcan a otras personas.
Y para ser publicado en el Diario Oficial y colocado en lugares públicos
visibles.
Se extiende el presente edicto en la Alcaldía Municipal de Cande-
laria de la Frontera, a los nueve días del mes de junio del año dos mil
nueve. SR. EMETERIO MARINO GONZÁLEZ CARÍAS, ALCALDE
MUNICIPAL INTERINO. JUDITH ROXANA URBINA MACALL,
SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F012439-3
rENoVaciÓN DE MarcaS
No. de Expediente: 1998006851
No. de Presentación: 20090121543
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE
ROBERTO MERINO GARAY, mayor de edad, ABOGADO Y NO-
TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL
de DISTRIBUIDORA DE AUTOMOVILES, SOCIEDAD ANÓNIMA
DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00022 del Libro 00094 de INSCRIPCIÓN DE
MARCAS, consistente en la palabra “Automax”, escrita en letras de
molde corriente, en donde la vocal “A” está escrita en mayúscula y en
color gris, y las demás letras en minúsculas, también en color gris, la
característica principal de la palabra “Automax”, es que la vocal “o” es
de un tamaño más grande que las demás letras y está dibujada por un
círculo de color rojo cuyos extremos no llegan a juntarse, sino que ter-
minan uno sobre el otro; que ampara productos/servicios comprendidos
en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil
nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031517-3
No. de Expediente: 1998005792
No. de Presentación: 20090122368
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RO-
BERTO MERINO GARAY, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de POMA
HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: POMA HERMANOS S.A. DE C.V., del domicilio de
SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
RENOVACION, para la inscripción Número 00149 del Libro 00092
de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “AU-
TOCENTRO” ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE MAYÚSCULAS
ESTILIZADAS CON INCLINACIÓN HACIA LA DERECHA, LAS
CUALES SE ENCUENTRAN ESCRITAS EN COLOR GRIS CON
UN SOMBREADO BLANCO EN EL LADO DERECHO DE CADA
LETRA, CON LA CARACTERÍSTICA PRINCIPAL QUE LA CUARTA
LETRA DE LA PALABRA AUTOCENTRO, LA VOCAL “O” ES DE
UN TAMAÑO MAS GRANDE QUE LAS DEMÁS LETRAS Y PRE-
SENTA UN FONDO DE COLOR AZUL DENTRO DEL CUAL ESTA
DIBUJADA UNA CARRETERA DE COLOR VERDE AQUA CON
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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384LINEAS BLANCAS DIBUJADAS EN SU CENTRO Y DE FORMA
DISCONTINUA COMENZANDO CON LINEAS GRUESAS HASTA
TERMINAR EN LINEAS MAS DELGADAS. LA CARRETERA
SE ENCUENTRA DIBUJADA EN FORMA DE CURVA, INICIA
UN EXTREMO EN FORMA ANCHA DESDE LA PARTE SUR DE
LA VOCAL “O” Y TERMINA EL OTRO EXTREMO EN FORMA
DELGADA CON DIRECCIÓN HACIA EL NORESTE; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los cinco días del mes de junio del año dos mil nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031518-3
Marca DE faBrica
No. de Expediente: 2009093384
No. de Presentación: 20090123106
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL QUEZADA, en su calidad de APODERADO de BANCO
DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras EL AHORROTON y diseño, que ser-
virá para: AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTÍCULOS DE ESTAS
MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRO-
DUCTOS DE IMPRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN;
FOTOGRAFÍAS; PAPELERÍA; Y ADHESIVOS (PEGAMENTOS)
PARA LA PAPELERÍA O LA CASA. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil nueve.
MARÍA DAFNE RUIZ,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031514-3
No. de Expediente: 2008090484
No. de Presentación: 20080117550
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA
JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de C.A.
BECO Sucesora de BLOHM & CO, de nacionalidad VENEZOLANA,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-
CIO.
EPa
Consistente en: la palabra EPA, que servirá para: AMPARAR:
APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, NÁUTICOS,
GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAR Y DE ME-
DIR; APARATOS E INSTRUMENTOS PARA LA CONDUCCIÓN,
DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN, REGU-
LACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD, SOLDADORES
ELÉCTRICOS Y PLANCHAS ELÉCTRICAS, DISTRIBUIDORES
AUTOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO
PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS,
EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y
ORDENADORES; EXTINTORES. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos
mil ocho.
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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012346-3
No. de Expediente: 2008075342
No. de Presentación: 20080107542
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CLAUDIA
JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL
de MUNDO SOCIAL, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: las palabras MUNDO SOCIAL, que servirá para:
AMPARAR: PAPEL, CARTON Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATE-
RIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS
DE IMPRENTA; ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN; FOTO-
GRAFÍAS; PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA
LA PAPELERÍA O LA CASA; MATERIAL PARA ARTISTAS;
PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFI-
CINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O
ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS
PARA EMBALAJE (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);
CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil
ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012347-3
No. de Expediente: 2009092324
No. de Presentación: 20090121255
CLASE: 16.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALEYDA
ANTONIETA ARIAS LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en
su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO.
Consistente en: la palabra Garabatos y diseño, que servirá para:
AMPARAR: MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA
DE TODO TIPO (EXCEPTO APARATOS) TALES COMO: LÁPICES
DE COLOR, LAPICEROS, LÁPICES DE GRAFITO, PEGAMENTOS,
SACAPUNTAS, ESPUMA (FOAMY), BORRADORES, PLASTILINA,
TIJERAS, PINCELES, PAPEL ESTAÑADO, PAPEL CRESPÓN, PA-
PEL DE CHINA Y OTROS TIPOS DE PAPEL DE USO ESCOLAR,
ESTUCHES DE GEOMETRÍA, REGLAS, TRANSPORTADORES,
LÍQUIDO CORRECTOR, PALETAS DE MADERA PARA ELA-
BORACIÓN DE MANUALIDADES, PINCELES, TEMPERAS,
CRAYONES DE CERA, MARCADORES DE PUNTA DE FIELTRO
(PLUMONES), ARTICULOS DE ENCUADERNACIÓN, MATERIAL
PARA ARTISTAS. Clase: 16.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de junio del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012505-3
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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2009092503
No. de Presentación: 20090121602
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FERNANDO BENIGNO REYES CANALES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de FERNANDO Y MARTA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la palabra MultiVariedades y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EMPRESA DEDICADA A COMPRA-VENTA DE TELAS, CD Y DVD, ARTICULOS PARA EL HOGAR.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de abril del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031524-3
SEÑal DE PUBliciDaD coMErcial
No. de Expediente: 2006056407
No. de Presentación: 20060075553
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAUL ERNESTO MIGUEL CARDENAL DEBAYLE, en su calidad de RE-PRESENTANTE LEGAL de BAC LEASING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BAC LEASING, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
“Super leasing de Bac-lEaSiNG”
Consistente en: la expresión Super Leasing de BAC - LEASING traducida al castellano como Super Arrendamiento Financiero del Arren-
damiento Financiero del BAC, que servirá para: ATRAER LA ATEN-CION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE LOS SERVICIOS DE UN ESTABLECIMIENTO QUE SE DEDICA AL ARRENDAMIENTO FINANCIERO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031515-3
No. de Expediente: 2009092323
No. de Presentación: 20090121254
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALEYDA ANTONIETA ARIAS LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,
Consistente en: la palabra GarabatOs y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCION A LOS CONSUMIDORES DE PRODUC-TOS DE MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA DE TODO TIPO TALES COMO: LÁPICES DE COLOR, LAPICEROS, LÁPICES DE GRAFITO, PEGAMENTOS, SACAPUNTAS, FOAMY, BORRADORES, PLASTILINA, TIJERAS, PINCELES, PAPEL ESTA-ÑADO, PAPEL CRESPON, PAPEL DE CHINA Y OTROS TIPOS DE PAPEL DE USO ESCOLAR, ESTUCHES DE GEOMETRIA, REGLAS, TRANSPORTADORES, LIQUIDO CORRECTOR, PALETAS DE MA-DERA PARA ELABORACION DE MANUALIDADES, PINCELES, TÉMPERAS, CRAYONES DE CERA, MARCADORES DE PUNTA DE FIELTRO (PLUMONES), ARTÍCULOS DE ENCUADERNACION, MATERIAL PARA ARTISTAS.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos mil nueve.
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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de junio del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012509-3
coNVocaToriaS
CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de la Cooperativa Ganadera de Sonsonate de R.L., CONVOCA a sus socios para que asistan a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria que se efectuará a las nueve horas del día 30 de julio de 2009, en primera convocatoria, y para el 31 de julio de 2009 a las nueve horas en segunda convocatoria, en el local de la Cooperati-va situado en la ciudad de Sonsonate, kilómetro 66 de la carretera que conduce hacia Acajutla. La agenda a desarrollar es la siguiente:
PUNTOS ORDINARIOS
1. Designación de dos asambleístas para que juntamente con el Presidente y Secretario del Consejo de Administración, firmen el Acta de la Asamblea General.
2. Nómina de socios a quienes el Consejo de Administración ha concedido permiso para no asistir a esta Asamblea General por motivos justificados.
3. Lectura del Acta de la Asamblea General celebrada el 17 de abril de 2009 para su aprobación, si el pleno así lo estima conveniente.
4. Informe de labores desarrolladas en el primer semestre del año.
5. Rectificar el Acuerdo No. 4 de la Asamblea General Ordinaria del17 de abril del 2009 sobre las utilidades obtenidas del 1 de enero al 31 de diciembre del 2008.
6. Someter a consideración de la Asamblea los emolumentos que percibirá en el transcurso del año el Presidente de la Cooperativa, Lic. Guillermo Antonio Varela.
7. Cualquier otro punto informativo que pueda tratarse de con-formidad con la Ley, Escritura Social y los Estatutos, que no requiera de resolución por parte de la Asamblea General.
PUNTOS EXTRAORDINARIOS
1. Dejar sin efecto el Acuerdo No.3 de la Asamblea General Extraordinaria, efectuada el 17 de abril del 2009.
2. Aumento de Capital Social por capitalización de utilidades de 2008 y de Reservas si así lo estimaré conveniente la Asamblea.
3. Reforma del Pacto Social y de los Estatutos para adecuarlos al Código de Comercio vigente.
4. Designar al Representante Legal para firmar la nueva Escritura.
QUORUMS
a) Para que la Asamblea General Ordinaria se considere legal-mente constituida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representados treinta y un socios, que significa la mitad más uno de los socios con derecho a votar y las resoluciones serán tomadas por la mayoría de los socios presentes.
b) Cuando por falta de quórum necesario, haya necesidad de que la Asamblea General Ordinaria se efectúe en segunda convocatoria, se considerará constituida con cualquier número de socios presentes o representados con derecho a votar y su resolución se tomará por mayoría de los votos presentes.
c) La Asamblea General Extraordinaria se considerará legalmente constituida en primera convocatoria, cuando estén presentes o representados cuarenta y seis socios con derecho a votar que significa las ¾ partes de los socios y las resoluciones serán tomadas en la misma proporción.
d) El quórum necesario para celebrar sesión Extraordinaria en segunda convocatoria será de treinta y un socios con dere-cho a votar, que significa la mitad más uno de los socios en pleno goce de sus derechos. El número de votos necesarios que formarán resolución serán las ¾ partes de los socios presentes.
Sonsonate, 23 de junio de 2009.
LIC. GUILLERMO ANTONIO VARELA,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. C031533-3
SUBaSTa PUBlica
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el abogado Mario Adalberto Rivera, en calidad de apoderado de la Caja de Crédito de Soyapango, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable; contra los señores José Roberto Murillo Leal y María Antonieta Contreras de Murillo, se autorizará vender en pública subasta en este Tribunal lo siguiente: A) un bien inmueble consistente en: un lote de terreno urbano, ubicado en los suburbios del Barrio El Calvario de la Ciudad de San Salvador, en el lugar llamado los Amates y se identifica con el número seis, el cual se describe así: A partir de la intersección de la Avenida El Progreso y pasaje Gedance y
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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384sobre el eje del pasaje Gedance con rumbo Norte trece grados veinti-nueve minutos ocho décimos de minuto Oeste y se miden setenta y ocho metros a continuación se hace una deflexión izquierda de noventa grados y con distancia de cinco metros quince centímetros se llega al esquinero Sur-este, del lote que se describe el cual tiene las siguiente medidas y linderos: AL SUR, con línea recta de catorce metros cuarenta y cuatro centímetros y rumbo Sur setenta y seis grados treinta minutos dos décimos de minutos Oeste, linda con lote cinco, propiedad de don Salvador Jenkis García, antes de Daniel Israel Gedance, AL PONIENTE, con línea recta de catorce metros ochenta y seis centímetros y rumbo Norte cero tres grados cero dos minutos siete décimos de minuto Este, linda con terreno de la sucesión de don Carlos Avila, AL NORTE, con línea recta de diez metros setenta y tres centímetros y rumbo norte sesenta y dos grados cero cinco minutos dos décimos de minuto Este, linda con terreno de doña Virginia Haro de Martínez, que antes fue de don Israel Gedance, AL ORIENTE, con línea recta de dieciséis metros cuarenta centímetros y rumbo sur trece grados veintinueve minutos ocho décimos de minuto Este, linda pasaje Gedance de diez metros treinta centímetros de ancho de por medio, con terreno de don Pedro Jiménez. El lote así descrito tiene una superficie de CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUA-DRADOS TREINTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS, propiedad de los ejecutados señores José Roberto Murillo Leal y María Antonieta Contreras de Murillo, según inscripción número cincuenta del Libro dos mil trescientos setenta y seis del Registro de la Propiedad del Departamento de San Salvador. B) un bien mueble consistente en un VEHÍCULO PLACAS PARTICULARES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DIECISÉIS, año mil novecientos noventa y cuatro (P-334- 016/ 94) , clase pick- up, tipo cuatro por dos; marca Dodge, Número de motor: G seis tres BDV cuatro uno dos siete: número de chasis: GDD LO dos seis PGPO dos siete dos tres nueve, color azul, año mil novecientos ochenta y seis, capacidad cero punto cinco toneladas, número de puertas dos, asientos dos, el cual es propiedad del ejecutado señor JOSÉ ROBERTO MURILLO LEAL, según Tarjeta de Circulación del mismo.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas del día veinte de abril de dos mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SO-RIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031521-3
LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que por ejecución promovida por el señor DAVID ARDON, contra el señor CRUZ JULIO ALFARO HERNANDEZ; reclamándole el pago de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CON DIECISEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, se venderá por este Juzgado en PUBLICA SUBASTA, a las diez horas con treinta minutos del día quince de Julio del presente año, un inmueble de naturaleza rústica ahora urbanizado, situado en el lugar llamado La Sierpe o Tejera de
esta jurisdicción, parcela de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS de extensión superficial, que mide y linda así: AL ORIENTE, en veintiséis metros y medio linda con Guillermo Antonio Alfaro y Pedro Leones, mojones de piedra esquineros de por medio; AL NORTE, en diez metros y medio linda con Marcelino Guardado, mojones de piedra esquineros; AL PONIENTE, en veintidós metros linda con María Dolores Hernández, mojones de piedra esquineros; y AL SUR, en siete metros y medio, linda con Juan Peña, mojones de piedra esquineros de por medio hasta llegar a donde se comenzó. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor CRUZ JULIO ALFARO HERNANDEZ, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro de esta ciudad, al número SETENTA Y CINCO, del Libro DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO de Propiedad.
Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que tuviere interés en la VENTA EN PUBLICA SUBASTA del inmueble descrito, comparezca a este Juzgado, a hacer posturas en la fecha y hora mencionada.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las nueve horas con cincuenta minutos del día veinticinco de mayo del dos mil nueve. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031540-3
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas de esta fecha, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la señora ZOILA ESPERANZA BLANCO, en contra de la ejecutada DINA CONCEPCION RAMIREZ DE JUAREZ, se ha ordenado vender en pública subasta en el mejor postor, un inmueble de naturaleza Urbana, situado en el Barrio Las Salinas de la jurisdicción de Atiquizaya, de una extensión superficial de CIENTO SETENTA Y CINCO PUNTO CERO TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, cuya descripción es la siguiente: AL ORIENTE: treinta metros cuarenta y cuatro centímetros con predios de Francisco Cortez, antes, cerco propio en medio hoy pared propia; AL PONIENTE: treinta metros cuarenta y cuatro centímetros, con el de Felícita Guzmán antes, hoy de Rafael Cáceres; AL NORTE: seis metros cincuenta centímetros, con el de Julián Cortez, hoy pared propia en medio; y AL SUR: cinco metros, calle en medio con los de Alfredo, Leonor y José Toledo antes, hoy de Esaú Rivas y Consuelo Asencio respectivamente. Inscrito a favor de la ejecutada DINA CON-CEPCION RAMIREZ DE JUAREZ, bajo la Matrícula Número UNO CINCO CERO TRES OCHO DOS SEIS NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, en el Asiento SEIS, de propiedad, del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Occidente, Ahuachapán.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez horas treinta minutos del día doce de marzo del año dos mil nueve. LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012333-3
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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por la Licenciada MILAGRO ELVECIA ARGUETA DE RAMOS,
como Apoderada del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECI-
MIENTO FINANCIERO; contra el señor OSCAR ARMANDO RUBIO
HERNANDEZ; se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha
y hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a continua-
ción se describe: Un Apartamento Número VEINTITRÉS, nivel dos,
ala Poniente, lote Número OCHO, Polígono “K", del Condominio El
Carmen, en la Urbanización Guadalupe, en esta ciudad y de este Depar-
tamento, cuya descripción técnica es la siguiente: Apartamento Número
VEINTITRÉS: Partiendo de la intersección de los ejes de la pasarela
B y pasarela A, ambos abiertos en Urbanización Guadalupe, se mide
sobre el eje de esta última una distancia de trece punto noventa metros,
rumbo Sur, ochenta y seis grados veinticuatro punto siete minutos Oeste,
luego con una deflexión derecha de noventa grados, se mide veintitrés
punto trece metros, llegando al vértice Sur Este del Apartamento TRES
del Condominio, luego se mide sobre este punto vertical hacia arriba
dos punto setenta y cinco metros, llegando al vértice Sur Este, de este
apartamento cuya elevación sobre el nivel del mar es de setecientos
tres punto setenta y ocho metros, y mide y linda: AL SUR: Seis punto
cuarenta metros rumbo Sur, ochenta y seis grados veinticuatro punto
siete minutos Oeste, con apartamento veintidós del mismo Condominio;
AL PONIENTE: Cinco punto trescientos setenta y cinco metros rumbo
Norte, cero tres grados treinta y cinco punto tres minutos Oeste, con
espacio aéreo de zona verde de dicho Condominio; AL NORTE: Seis
punto cuarenta metros rumbo Norte, ochenta y seis grados veinticuatro
punto siete minutos Este, con espacio aéreo del lote SIETE, Polígono “K",
de la Urbanización Guadalupe; AL ORIENTE: Cinco punto trescientos
setenta y cinco metros rumbo Sur, cero tres grados treinta y cinco punto
tres minutos Este, con apartamento veinticuatro del mismo Condominio,
pasillo interior de tres metros de ancho de por medio, por la parte superior,
linda con apartamento TREINTA Y TRES, losa nervada de veinticinco
centímetros de por medio; y por la parte inferior con apartamento tres
losa nervada de veinticinco centímetros de por medio. Tiene altura de
dos punto cuarenta metros, su área es de TREINTA Y CINCO PUNTO
CUARENTA METROS CUADRADOS, y su volumen de ochenta y
dos punto cincuenta y siete metros cúbicos. Dicho Apartamento es de
naturaleza urbana de sistema mixto, totalmente construido. El inmueble
anteriormente descrito así como en las mejoras actuales y futuras, por
pertenecer al demandado señor OSCAR ARMANDO RUBIO HER-
NÁNDEZ, a la matrícula Número SEIS CERO CERO CUATRO SEIS
OCHO SIETE CERO-A CERO CERO CERO SEIS.
Se admitirán posturas siendo legales.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-
TIL: San Salvador, a las quince horas treinta y cinco minutos del día
veintitrés de marzo del año dos mil nueve.- LIC. ERNESTO CEA,
JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL.- LIC. TERESA DE JESUS
VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012353-3
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido ini-cialmente por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ y continuado por el Licenciado EDUARDO GARCÍA GUTIERREZ, como Apoderado General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, en contra del señor RAUL MAURICIO BELLOSO conocido por RAUL VINICIO BELLOSO MIRANDA, representado Legalmente por el Licenciado IMMAR ORLANDO CHAVEZ PICHE como Curador Ad-Litem nombrado del demandado, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el inmueble embargado al señor RAUL MAURICIO BELLOSO conocido por RAUL VINICIO BELLOSO MIRANDA, consistente en el inmueble siguiente ubicado en: La Urbanización LOS ALMENDROS D, ubicado sobre el Kilómetro Once y Medio de la Carretera Troncal del Norte, Cantón La Cabaña, en la Ribera Oriental del Río Acelhuate, Jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San Salvador, y que anteriormente se llamó Urbanización RIBA, que se describe así: LOTE CATORCE POLÍGONO B-TRES, partiendo del punto de intersección de los ejes de la Avenida Apopa Norte y del Pasaje Los Guayabos, se mide sobre el eje de esta última una distancia de sesenta y ocho punto cincuenta metros, rumbo Sur, ochenta y nueve grados veintidós punto cero minu-tos Oeste, llegando así a un punto en donde con deflexión derecha de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros se localiza el esquinero Sur-Este del lote, que mide y linda, SUR: línea recta de rumbo Sur, ochenta y nueve grados veintidós punto cero minutos Oeste, distancia de cinco metros, lindando con lote diecinueve del Polígono B-Dos, Pasaje Los Guayabos, de cinco metros de ancho de por medio, de la misma Urbanización. OESTE: línea recta de rumbo Norte, cero grados treinta y ocho punto cero minutos Oeste, distancia de once metros, lindando con lote quince del Polígono B-tres, de la misma Urbanización. NORTE: línea recta de rumbo Norte, ochenta y nueve grados veintidós punto cero minutos Este, distancia de cinco metros, lindando con lote diecinueve del Polígono B-tres, de la misma Urbanización. ESTE: línea recta de rumbo Sur, cero grados treinta y ocho punto cero minutos Este, distancia de once metros, lindando con lote trece del Polígono B-tres, de la misma Urbanización. Llegando así al esquinero Sur-Este del inmue-ble que fue donde dio inicio esta descripción. El inmueble así descrito mide CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE VARAS CUA-DRADAS. En dicho inmueble, según antecedente hay construida una casa del sistema mixto, de un aérea de VEINTISIETE PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente descrito es pro-piedad del señor RAUL MAURICIO BELLOSO conocido por RAUL VINICIO BELLOSO MIRANDA, según Inscripción número CUATRO de la Matrícula de folio real número CERO UNO- CERO CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE - CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las doce horas y treinta y dos minutos del día once de febrero del año dos mil nueve.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012497-3
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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN
GENERAL.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
por el Licenciado RICARDO ALFREDO MARTINEZ RIVAS; actuando
como Apoderado del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, S.A.,
y continuado por el Licenciado ROBERTO EFRAIN PORTILLO
MEZA, actuando como Apoderado del FONDO DE SANEAMIEN-
TO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO; contra el señor JOSE
DAGOBERTO CALLEJAS ROMERO, se venderá en Pública Subasta
en este Tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente, el
inmueble que a continuación se describe: UN LOTE de terreno urbano
marcado con el número TRECE Polígono A-DOS, de la Urbanización
LOS ALMENDROS, ubicado en el Cantón La Cabaña, ribera Oriente
del Río Acelhuate, Jurisdicción de Ciudad Delgado, de este Departa-
mento y que anteriormente se llamó Urbanización RIBA, el cual se
describe así: LOTE TRECE, Polígono A-DOS: Partiendo del punto de
intersección de los ejes de la Avenida Apopa Norte y del Pasaje Los
Amates, se mide sobre el eje de este último una distancia de setenta y
cuatro punto cincuenta metros rumbo Norte, ochenta y nueve grados
veintidós punto cero minutos Este, llegando así a un punto donde con
deflexión derecha de noventa grados y distancia de uno punto veinti-
cinco metros se localiza el esquinero Nor-Oeste del Lote que mide y
linda: NORTE: Línea recta de rumbo Norte, ochenta y nueve grados
veintidós punto cero minutos Este y distancia de cinco metros lindando
con Lote de Futuro Desarrollo propiedad de G más H Consultores, S.A.
de C.V., Pasaje Los Amates, de dos punto cincuenta metros de ancho
de por medio, de la misma Urbanización, ESTE: Línea recta de rumbo
Sur, cero grados treinta y ocho punto cero minutos Este, distancia de
once metros lindando con lote Futuro Desarrollo propiedad de G más
H, Consultores, S.A. de C.V.; SUR: Línea recta de rumbo Sur, ochenta
y nueve grados veintidós punto cero minutos Oeste y distancia de cinco
metros lindando con lote catorce del Polígono A-DOS, de la misma
Urbanización; OESTE: Línea recta de rumbo Norte, cero grados treinta
y ocho punto cero minutos Oeste y distancia de once metros lindando
con lote doce del Polígono A-DOS de la misma Urbanización, llegan-
do así al esquinero Nor-Oeste, del inmueble que fue donde dio inicio
esta descripción. El inmueble descrito mide CINCUENTA Y CINCO
METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y OCHO PUNTO
SESENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS, y tiene construida
una casa de sistema mixto, con equipamiento mínimo de un área de
VEINTISIETE PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS. Inscrito
a favor del señor JOSE DAGOBERTO CALLEJAS ROMERO, bajo el
Sistema de Folio Real Número CERO UNO-CERO CINCUENTA Y
OCHO MIL SEISCIENTOS SIETE-CERO CERO CERO Inscripción
CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera
Sección del Centro.
Se admitirán posturas, siendo legales.
Lo que se avisa al publico para los efectos de Ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:
San Salvador, a las doce horas cinco minutos del día veintidós de mayo
del dos mil nueve.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO
MERCANTIL.- LIC. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA, SE-
CRETARIA INTERINA.
3 v. alt. No. F012498-3
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN
GENERAL.
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido
por el BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANO-
NIMA EN LIQUIDACION, a través de su Apoderado General Judicial
Licenciado MAURICIO FRANCISCO VIANA DURAN, ahora FONDO
DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, a través
de su Apoderado General Judicial JESUS OSWALDO CORDOVA
RIVERA, contra el señor GUSTAVO ENRIQUE GALDAMEZ GUE-
RRERO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble
urbano, el cual en su respectivo antecedente se describe como VIVIENDA
SEIS DEL BLOCK "B" de la RESIDENCIAS DE LA CAMPIÑA, de la
Jurisdicción de Cuscatancingo, en este Departamento, el cual se localiza
así: Partiendo del esquinero Nor-Oriente del Lote número Cinco Block
"B" que se identifica como esquinero Sur-Oriente, del lote que se describe
así: AL SUR, quince punto sesenta y cuatro metros; AL PONIENTE,
dos tramos, el primero de cuatro punto treinta y cinco metros y el se-
gundo de cero punto sesenta y cinco metros; AL NORTE, quince punto
sesenta y ocho metros; y AL ORIENTE, cinco punto cero cero metros
llegando así al esquinero donde se inició la presente descripción. El lote
así descrito tiene un área de SETENTA Y OCHO PUNTO TREINTA
METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO DOCE PUNTO CERO
TRES VARAS CUADRADAS. Dicho inmueble se encuentra inscrito
a favor del señor GUSTAVO ENRIQUE GALDAMEZ GUERRERO,
según Matrícula número M CERO UN MILLON CIENTO TREINTA
Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO del Registro
Social de Inmuebles de este Departamento.
Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las
ocho horas y diez minutos del día seis de abril de dos mil seis.- LIC.
EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F012499-3
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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS
AVISO
BANCO PROCREDIT. S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia San Luis, parte
interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a
Plazo Fijo No. 33101 de la cuenta No. 3902-01-000122-3 extendido por
nuestra institución, el 13 de mayo de 2009, a nombre de Jorge Alberto
Romero Ramírez por un monto de Un Mil Dólares, (US $1,000.00) a
30 días plazo, a una tasa de interés del 2.50%.
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposi-
ción del Certificado relacionado conforme a los Artículos 486 y 932 del
Código de Comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto
a éste, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 22 de junio de dos mil nueve.
LIC. CARLOS ERNESTO CUCHILLA,
GERENTE FINANCIERO.
3 v. alt. No. F012452-3
AVISO
BANCO PROCREDIT. S.A.
AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Chalchuapa parte
interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito
a Plazo Fijo No. 06339 de la cuenta No. 2402-01-000076-8 extendido
por nuestra institución, el 18 de julio de 2006 a nombre de Julio César
Zepeda o Lilian Arely Ruiz Pacheco por un monto de Dos Mil Quinien-
tos Dólares, (US$2,500.00) a 180 días plazo, a una tasa de interés del
3.00%.
Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del código
de comercio vigente.
En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-
cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto
a éste, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 22 de junio de dos mil nueve.
LIC. CARLOS ERNESTO CUCHILLA,
GERENTE FINANCIERO.
3 v. alt. No. F012454-3
aViSo DE coBro
AVISO DE COBRO
EL INFRASCRITO JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA DE-
PARTAMENTAL DE EDUCACION DE LA LIBERTAD.
De conformidad con el Artículo 142 de las Disposiciones Generales del
Presupuesto vigente.
SE HACE SABER: Que a la Unidad de Recursos Humanos de
esta Departamental se ha presentado la señora MARIA PATROCINIA
GOMEZ MARTINEZ, mayor de edad, con DUI N° 02630220-0 del
Domicilio de El Rosario, Municipio de Comasagua, Departamento de La
Libertad; SOLICITANDO se le permita firmar los documentos respectivos
y cobrar la cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS 40/100
DOLARES ($846.40), que al fallecimiento de su HIJO: JULIO CESAR
GOMEZ AGUIRRE, ocurrido el día 12 de Junio 2009, dejó pendiente
de cobro el salario del mes de JUNIO/2009; quien desempeñaba el cargo
de DOCENTE NIVEL II, Código de escalafón docente 0804402, en
la DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE LA LIBERTAD, con
cargo a las Cifras Presupuestarias 2009-3100-3-03-01-21-1-51101, de
Sueldo Base con partida 23 subnúmero 5684 ($606.40) y sobresueldos
con Cifras presupuestarias 2009-3100-3-03-01-21-1-51104 de Doble
Sección con Partida 40 subnúmero 3107 ($200.00) y Ruralidad con
partida 61 subnúmero 3006 ($40.00)
Lo anterior se hace del conocimiento del público, a fin de que toda
persona que se crea con mayor o igual derecho, se presente a hacer uso
de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última
publicación del presente aviso.
Ministerio de Educación, Santa Tecla, a los dieciséis días del mes
de junio de dos mil nueve.
INGENIERO SALVADOR IVAN TESORERO VALENCIA,
JEFE DE RECURSOS HUMANOS,
DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE LA LIBERTAD.
3 v/1v/c/3d. No. F011814-3
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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio
El Infrascrito Administrador del “CONDOMINIO QUINTAS RE-
CREATIVAS LA HACIENDA”, Sociedad Inversiones Roble, Sociedad
Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Inversiones Roble,
S.A. de C.V.,
CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Asamblea de Propietarios
del “Condominio Quintas Recreativas La Hacienda”, se encuentra asentada
el Acta NUMERO TRES, correspondiente a la Asamblea Extraordinaria
de Propietarios, celebrada en segunda convocatoria, en esta ciudad, a las
dieciocho horas del día veintiocho de Abril del año dos mil nueve; en
cuyo literal “G)”, en lo atinente DICE: “G) ELECCIÓN ADMINISTRA-
DOR DEL CONDOMINIO. Se consultó a los Asambleístas si existían
propuestas o postulaciones por parte de algún propietario para ejercer
el cargo de Administrador del Condominio. Se sometió a votación la
única propuesta que se formuló, consistente en que Inversiones Roble,
Sociedad Anónima de Capital Variable continúe como Administrador
del Condominio, lo cual fue aprobado con doscientos treinta y cuatro
Votos.”
Y para los efectos legales correspondientes, se extiende la presente
certificación, en la ciudad de San José Villanueva, departamento de La
Libertad, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil nueve.
Lic. CARLOS PATRICIO ESCOBAR,
Representante Legal de “INVERSIONES ROBLE, S.A. DE C.V.”,
Administradora “CONDOMINIO QUINTAS RECREATIVAS
LA HACIENDA”.
3 v. alt. No. F012501-3
TiTUlo MUNiciPal
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE TONACATEPE-
QUE.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina municipal se ha presentado
el señor LEONEL DE JESUS MARTINEZ CORNEJO, de treinta y
nueve años de edad, empleado, de este Domicilio, portador de mi Do-
cumento Único de Identidad número cero un millón trescientos ochenta
y seis mil cuatrocientos veintinueve-tres, además con portador de mi
Tarjeta de Identificación Tributaria número cero seiscientos dieciocho-
ciento cincuenta mil setecientos sesenta y ocho-cero cero uno-ocho;
solicitando en su carácter personal se le extienda TITULO MUNICIPAL
de propiedad de un inmueble de naturaleza rústica de origen ejidal,
ubicado en Calle a la Loma Alta, del Cantón La Fuente, de esta juris-
dicción, de una extensión superficial de: SIETE MIL CIENTO DOS
PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual manifiesta
en poseerlo desde hace más de veinte años y que tiene las colindancias
siguientes: AL ORIENTE: Del mojón uno al dos hay una distancia de
veintiuno punto ochenta y seis metros, trece grados, catorce minutos,
cero cero segundos, treinta y cuatro pulgadas oeste; del mojón dos al
tres hay una distancia de siete punto sesenta y ocho metros, cuatro
grados, dieciséis minutos, cero cero segundos, cincuenta y ocho pulga-
das oeste; del mojón tres al mojón cuatro hay una distancia de seis
punto veintidós metros, cinco grados, diez minutos, cero cero segundos,
veintiséis pulgadas este; del mojón cuatro al mojón cinco hay una dis-
tancia de once punto cincuenta y cuatro metros, ocho grados, trece
minutos, cero cero segundos, cincuenta y siete pulgadas oeste; del
mojón cinco al mojón seis hay una distancia de seis punto sesenta y un
metros, seis grados, dieciocho minutos, cero cero segundos, veinticuatro
pulgadas oeste; del mojón seis al mojón siete hay una distancia de
nueve punto sesenta y dos metros, cincuenta y seis grados, cuarenta y
ocho minutos, cero cero segundos, cuarenta pulgadas oeste; del mojón
siete al mojón ocho hay una distancia de seis punto treinta y un metros,
sesenta grados, cuarenta y cuatro minutos, cero cero segundos, cuaren-
ta y tres pulgadas oeste; del mojón ocho al mojón nueve hay una distan-
cia de siete punto cincuenta y tres metros, sesenta y nueve grados,
treinta y un minutos, cero cero segundos, diecinueve pulgadas oeste; del
mojón nueve al mojón diez hay una distancia de tres punto treinta y un
metros, ochenta y ocho grados, cuarenta y seis minutos, cero cero se-
gundos, veinticinco pulgadas oeste; del mojón diez al mojón once hay
una distancia de cinco punto cincuenta y cinco metros, veinticinco
pulgadas, cuarenta y un minutos, cero cero segundos, treinta y nueve
pulgadas oeste; del mojón once al mojón doce hay una distancia de
quince punto setenta metros, diecisiete grados, doce minutos, cero cero
segundos, veintidós pulgadas oeste; del mojón doce al mojón trece hay
una distancia de siete punto cincuenta y dos metros, un grado, siete
minutos, cero cero segundos, dos pulgadas este; del mojón trece al
mojón catorce hay una distancia de nueve punto cincuenta y un metros,
cero grados, cuarenta y cuatro minutos, cero cero segundos, treinta y
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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. dos pulgadas este; de mojón catorce al mojón quince hay una distancia
de diez punto treinta y ocho metros, tres grados, treinta y ocho minutos,
cero cero segundos, veintitrés pulgadas este; del mojón quince al mojón
dieciséis hay una distancia de cinco punto cero cuatro metros, ochenta
y seis grados, cincuenta y siete minutos, cero cero segundos, treinta y
un pulgadas oeste; del mojón dieciséis al mojón diecisiete hay una
distancia de once punto cero dos metros, setenta y ocho grados, cincuen-
ta y cuatro minutos, cero cero segundos, cuatro pulgadas oeste; del
mojón diecisiete al mojón dieciocho hay una distancia de doce metros,
ochenta y dos grados, veintitrés minutos cero cero segundos, cuarenta
y cinco pulgadas oeste; del mojón dieciocho al mojón diecinueve hay
una distancia de ocho punto setenta y nueve metros, dieciséis grados,
once minutos, cero cero segundos, catorce pulgadas oeste; del mojón
diecinueve al mojón veinte hay una distancia de ocho punto sesenta y
cinco metros, catorce grados, cincuenta y nueve minutos, cero cero
segundos, cincuenta y cuatro pulgadas oeste; del mojón veinte al mojón
veintiuno hay una distancia de ocho punto cero nueve metros, trece
grados, veinticuatro minutos, cero cero segundos, treinta y siete pulga-
das oeste; del mojón veintiuno al mojón veintidós hay una distancia de
ocho punto cero ocho metros, doce grados, seis minutos, cero cero se-
gundos, cincuenta y un pulgadas oeste; del mojón veintidós al mojón
veintitrés hay una distancia de doce punto cero dos metros, trece grados,
treinta y nueve minutos, cero cero segundos, cincuenta y nueve pulgadas
oeste; del mojón veintitrés al mojón veinticuatro hay una distancia de
cuatro punto setenta y un metros, catorce grados, siete minutos, cero
cero segundos, cuarenta y tres pulgadas oeste; del mojón veinticuatro
al mojón veinticinco hay una distancia de cinco punto cero dos metros,
ocho grados, cero minutos, cero cero segundos, cuatro pulgadas oeste.
Colinda con las parcelas de los señores Saúl Martínez Cornejo, Ana Luz
Martínez Erroa, y Ana Hilda Mazariego; AL SUR: Del mojón veinti-
cinco al mojón veintiséis hay una distancia de siete punto veintiocho
metros, ochenta y tres grados, nueve minutos, cero cero segundos,
treinta y ocho pulgadas oeste; del mojón veintiséis al mojón veintisiete
hay una distancia de seis punto cincuenta y ocho metros, sesenta y seis
grados, cuarenta y cuatro minutos, cero cero segundos, cuarenta y dos
pulgadas oeste; del mojón veintisiete al mojón veintiocho hay una dis-
tancia de cinco punto cero nueve metros, setenta y ocho grados, cuatro
minutos, cero cero segundos, cincuenta y nueve pulgadas oeste; del
mojón veintiocho al mojón veintinueve hay una distancia de ocho pun-
to treinta y seis metros, ochenta y ocho grados, cero minutos, cero cero
segundos, cincuenta y dos pulgadas oeste; del mojón veintinueve al
mojón treinta hay una distancia de siete punto cuarenta y cinco metros,
sesenta y cinco grados, cuarenta y tres minutos, cero cero segundos,
cuatro pulgadas oeste. Colinda con los señores Belinda Sandoval y Juan
Sandoval; AL PONIENTE: del mojón treinta al mojón treinta y uno
siete punto cero cuatro metros, doce grados, diecisiete minutos, cero
cero segundos, veinte pulgadas este; del mojón treinta y uno al mojón
treinta y dos hay una distancia de cuatro punto noventa metros, trece
grados, veintiún minutos, cero cero segundos, cuarenta y siete pulgadas
este; del mojón treinta y dos al mojón treinta y tres hay una distancia de
doce punto noventa metros, veintiún grados, siete minutos, cero cero
segundos, ocho pulgadas este; del mojón treinta y tres al mojón treinta
y cuatro hay una distancia de trece punto treinta y dos metros, veintiún
grados, veintiún minutos, cero cero segundos, quince pulgadas este; del
mojón treinta y cuatro al mojón treinta y cinco hay una distancia de
catorce punto veintiocho metros, veinte grados, cuarenta y siete minutos,
cero cero segundos, cuatro pulgadas este; del mojón treinta y cinco al
mojón treinta y seis hay una distancia de diecisiete punto sesenta y
nueve metros, veintiún grados, cuatro minutos, cero cero segundos,
cincuenta pulgadas este; del mojón treinta y seis al mojón treinta y
siete hay una distancia de veinticuatro punto noventa y ocho metros,
veintiún grados, veintisiete minutos, cero cero segundos, seis pulgadas
este; del mojón treinta y siete al mojón treinta y ocho hay una distancia
de seis punto quince metros, veintiún grados, treinta y seis minutos, cero
cero segundos, cinco pulgadas este; del mojón treinta y ocho al mojón
treinta y nueve hay una distancia de cuatro punto cincuenta y ocho
metros, dieciocho grados, cincuenta y siete minutos, cero cero segundos,
treinta y seis pulgadas este; del mojón treinta y nueve al mojón cuaren-
ta hay una distancia de catorce punto veintiséis metros, veintidós grados,
quince minutos, cero cero segundos, treinta y ocho pulgadas este; del
mojón cuarenta al mojón cuarenta y uno hay una distancia de dieciséis
punto veintitrés metros, veintiún grados, treinta y siete minutos, cero
cero segundos, diecisiete pulgadas este; del mojón cuarenta y uno al
mojan cuarenta y dos hay una distancia de once punto cincuenta y dos
metros, veintidós grados, treinta y cuatro minutos, cero cero segundos,
cincuenta y una pulgadas este; del mojón cuarenta y dos al mojón cua-
renta y tres hay una distancia de ocho punto cuarenta y tres metros,
cuarenta y ocho grados, un minuto, cero cero segundos, cuarenta y
cuatro pulgadas este; del mojón cuarenta y tres al mojón cuarenta y
cuatro hay una distancia de doce punto noventa y cinco metros, cincuen-
ta grados, dieciséis minutos, cero cero segundos, cero pulgadas este; del
mojón cuarenta y cuatro al mojón cuarenta y cinco hay una distancia de
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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384siete punto noventa y nueve metros, setenta y tres grados, treinta minu-
tos, cero cero segundos, quince pulgadas este; del mojón cuarenta y
cinco al mojón cuarenta y seis hay una distancia de tres punto sesenta
y dos metros, ochenta y siete grados, siete minutos, cero cero segundos,
veinte pulgadas este; del mojón cuarenta seis al mojón cuarenta y siete
hay una distancia de ocho punto cuarenta y dos metros, un grado, cin-
cuenta y cinco minutos, cero cero segundos, cuarenta y dos pulgadas
oeste; del mojón cuarenta siete al mojón cuarenta y ocho hay una dis-
tancia de siete punto setenta y cinco metros, dos grados, treinta y dos
minutos, cero cero segundos, veinte pulgadas este; del mojón cuarenta
y ocho al mojón cuarenta y nueve hay una distancia de seis punto die-
cisiete metros, diez grados treinta minutos, cero cero segundos, quince
pulgadas este; del mojón cuarenta y nueve al mojón cincuenta hay una
distancia de dieciocho punto veinticuatro metros, quince grados, cin-
cuenta y cuatro minutos, cero cero segundos, cuarenta y cuatro pulgadas
este. Colinda con los señores Antonio Vásquez y José Vicente Marroquín;
AL NORTE: del mojón cincuenta al mojón cincuenta y uno hay una
distancia de veintidós punto cincuenta y cinco metros, sesenta y siete
grados, cincuenta y ocho minutos, cero cero segundos, treinta y una
pulgada este; del mojón cincuenta y uno al mojón uno hay una distancia
de tres punto cincuenta y tres metros, sesenta y tres grados, cincuenta
minutos, cero cero segundos, colindando con el señor Mauricio Rodríguez.
Dicho terreno manifiesta estar libre de gravamen, no tenerlo en
proindivisión con nadie y que lo adquirió por compra venta que le hizo
a la señora: Altagracia Cornejo de Martínez, valorado en: TREINTA
MIL COLONES equivalentes a: TRES MIL CUATROCIENTOS
VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Todo lo anterior se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en la Alcaldía Municipal de Tonacatepeque, a los vein-
tiún días del mes de mayo del año dos mil nueve. Dr. JOSE CAMILO
RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. MARLON ALBERTO
ASCENCIO TOMASINO, SECRETARIO MUNICIPAL INTERI-
NO.
3 v. alt. No. F012341-3
Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2009093467
No. de Presentación: 20090123220
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra *horóscopo & Diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase:
38.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, tres de junio del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031507-3
No. de Expediente: 2009093470
No. de Presentación: 20090123225
CLASE: 38.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL
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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra: *promo y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase:
38.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, treinta de mayo del año dos mil nueve.
Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031508-3
No. de Expediente: 2009093465
No. de Presentación: 20090123216
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra *Gol y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031509-3
No. de Expediente: 2009093466
No. de Presentación: 20090123219
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra *saldo y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031510-3
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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384No. de Expediente: 2009093471
No. de Presentación: 20090123227
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la frase Asterisco Gol y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase:
38.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031511-3
No. de Expediente: 2009093469
No. de Presentación: 20090123224
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL
EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión *DAR y diseño, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase:
38.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031512-3
No. de Expediente: 2009093792
No. de Presentación: 20090123690
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRIQUE
MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de TELEMOVIL
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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras Voice SMS y diseño, traducida al
castellano como VOZ SMS, sobre la palabra Voice y las siglas SMS
individualmente consideradas no se le concede exclusividad. que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. Clase:
38.
La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, once de junio del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031513-3
No. de Expediente: 2006056405
No. de Presentación: 20060075551
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAUL ER-
NESTO MIGUEL CARDENAL DEBAYLE, en su calidad de REPRE-
SENTANTE LEGAL de BAC LEASING, SOCIEDAD ANONIMA
DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BAC LEASING, S. A. DE
C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la
MARCA DE SERVICIOS,
Bac lEaSiNG
Consistente en: las palabras BAC LEASING traducida al castellano
como ARRENDAMIENTO FINANCIERO DEL BAC, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO DE
BIENES MUEBLES E INMUEBLES.
La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos
mil seis.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.
LIC. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031516-3
No. de Expediente: 2008080388
No. de Presentación: 20080115821
CLASE: 45.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SIGFREDO
EDGARDO FIGUEROA NAVARRETE, en su calidad de APODE-
RADO ESPECIAL de JORGE FERNANDO BARDALES DUARTE, de
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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA
DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra: TAS y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: SERVICIOS JURIDICOS; SERVICIOS PERSONALES
Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS DESTINADOS A
SATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES; SERVICIOS DE
SEGURIDAD PARA LA PROTECCION DE BIENES Y DE PERSO-
NAS. Clase: 45.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año
dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de mayo del año dos mil nueve.
LIC. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031525-3
No. de Expediente: 2009091749
No. de Presentación: 20090120176
CLASE: 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WALTER
ARNOLDO MENA BERNABE, en su calidad de APODERADO de
ANA VERONICA ALVARADO FLORES, de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: las palabras ESPACIOS VIVOS y diseño, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS DE PLANIFICACION, DISEÑO DE
ESPACIOS DE INTERIORES Y EXTERIORES CON LA TÉCNICA
CHINA "FENG - SHUI" Y PSICOLOGÍA DEL COLOR. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil nueve.
LIC. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F012399-3
rEPoSicioN DE PoliZa DE SEGUro
AVISO
La Centro Americana, S. A. hace del conocimiento del público en
general, que se ha presentado ELENA AURORA OLIVA DE FUNES
del domicilio de USULUTAN, solicitando reposición de su póliza de
seguro de vida 7333 emitida el 23/06/2004. Si dentro de 30 días contados
a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición
se procederá a reponer la mencionada póliza.
San Salvador, 19 de junio de 2009.
ANA ELIZABETH DE DOMINGUEZ,
RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL.
3 v. alt. No. C031539-3
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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009.
SECCION DOCUMENTOS OFICIALESdirección general de aduanas
resol. DJcaTlfDa-056.
DirEcciÓN GENEral DE aDUaNaS. Ilopango, a las ocho horas del día cinco de mayo de dos mil nueve.
Vistos los escritos presentados a esta Dirección General, el 31 de octubre de 2008 y 30 de enero de 2009, con números de entrada en correspon-
dencia 1820 y 8803, por el señor Francisco Javier Paredes Meléndez, apoderado general administrativo de la sociedad Perú El Dorado Representacio-
nes, Sociedad Anónima de Capital Variable, en el primero solicitando se otorgue la autorización de prórroga para operar bajo el régimen aduanero de
tienda libres y segundo presentando justificación de las razones por las cuales no presentó la petición de prórroga dentro de los tres meses a que hace
referencia el artículo 9 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, agregando además documentación requerida mediante Auto de Prevención
número DJCATLFDA-l07 de fecha 14 de noviembre de 2008; folios 187 al 188, 226 y 228 del expediente administrativo.
Habiendo acreditado suficientemente la personería con que actúa el señor Francisco Javier Paredes Meléndez, tiénese por parte en el carácter en
que comparece, por lo que se procede a dictar la resolución respectiva; folios 229 al 233.
lEÍDoS loS aUToS Y coNSiDEraNDo:
i. EXiSTENcia lEGal DE la SociEDaD.
Se ha comprobado la existencia legal de la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de la
fotocopia certificada del testimonio de la Escritura Pública de Constitución número 7, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas del
día siete de junio de mil novecientos noventa y nueve, ante los oficios notariales de Roberto Romero Pineda, inscrita en el Registro de Comercio al
número 00019, del Libro 1450 del Registro de Sociedades, del folio 94 al 104 de fecha 30 de junio de 1999; la cual fue modificada mediante Testimonio
de Escritura Pública de Modificación número 44, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día diecisiete de abril de dos mil ocho,
ante los oficios notariales de José Rodolfo Aguilar Bolívar, en el sentido que el Administrador Único Propietario y Suplente durarán en sus funciones
por un período de tres años; folios 280 al 290.
ii. aUToriZaciÓN DE PrÓrroGa Para oPErar coMo TiENDa liBrE.
Esta Dirección General con fecha 28 de septiembre de 2005, emitió la resolución número DREG-813, mediante la cual autorizó prórroga a la
sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, para operar bajo el Régimen Aduanero de Tiendas Libres, por el
período de tres años, contados a partir del 24 de octubre de 2005 al 23 de octubre de 2008, un establecimiento comercial que funciona en el local 2-38A
el cual consta de una extensión superficial de 3.45 metros cuadrados, ubicado en la terminal de pasajeros del Aeropuerto Internacional El Salvador;
folios 206 y 207.
iii. aUToriZaciÓN DE fiaNZa.
Mediante resolución número DREG-877, emitida por esta Dirección General el 25 de octubre de 2005, se aprobó el documento original de fianza
número 700027440, otorgada por el Banco de América Central, Sociedad Anónima, a favor del Fisco y Gobierno de la República de El Salvador, por
la cantidad de cuatro mil trescientos doce 80/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 4,312.80), por cuenta de la sociedad peticionaria,
vigente por el plazo de tres años, contados a partir del 24 de octubre de 2005 al 24 de octubre de 2008; folios 208 y 209.
iV. aUTo DE PrEVENciÓN.
Esta Dirección General mediante Auto de Prevención número DJCATLFDA- 107 de fecha 14 de noviembre de 2008, notificado el 21 de no-
viembre de 2008, previno a la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que presentara la siguiente
documentación: 1. Fotocopia Certificada de la Matrícula de Comercio. 2. Fotocopia certificada del documento que acredita la Personería Jurídica
de quien suscribe la solicitud. 3. Plano o croquis de ubicación del establecimiento y bodega, especificando la capacidad de las mismas. 4. Fotocopia
certificada del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la solicitante y la Cepa, ya que la fotocopia que presenta no está certificada. 5. Fotocopia
certificada de Balance del último ejercicio fiscal de la Tienda Libre debidamente certificado por un Auditor externo e inscrito en el Registro de Comercio.
6. Presentar fotocopia certificada de las últimas 12 Declaraciones de Impuestos a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios,
correspondientes al último ejercicio fiscal. 7. Presentar fotocopia de 15 Facturas o tiquetes de caja en forma correlativa del último ejercicio fiscal. 8.
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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384Manifestar si posee mercaderías dentro de la Tienda Libre en consignación y detallar nombres de los proveedores. 9. Detalle de bienes pormenorizado
a importar con su respectiva clasificación arancelaria y estimación del monto de mercancías que ingresarán anualmente. 10. Presentar fotocopias
certificadas de las Declaraciones de pago de Impuestos sobre la Renta de los últimos 3 ejercicios fiscales. 11. Fotocopia certificada de la Escritura de
Constitución de la sociedad y Modificaciones de la misma si las hubiere. 12. Presentar justificación por escrito de las razones por las cuales no pre-
sentó la petición de prórroga dentro de los tres meses a que hace referencia el artículo 9 Inciso Primero de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas
Libres, ya que de conformidad al artículo 10 de la misma Ley, se le estaría acumulando su primer incumplimiento a la ley; concediéndosele un plazo
perentorio de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del presente auto, para dar cumplimiento a lo establecido en
el mismo; habiendo subsanado la Prevención hasta el 30 de enero de 2009, fecha en la que habían trascurrido 43 días hábiles, concluyendo que fue
evacuada extemporáneamente sin ninguna justificación; folio 224 y 225.
V. coNSTESTaciÓN al aUTo DE PrEVENciÓN.
Mediante escrito presentado a esta Dirección General, de fecha 30 de enero de 2009, con número de entrada en correspondencia 8803, el señor
Francisco Javier Paredes Meléndez, apoderado general administrativo de la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital
Variable, presentó a esta Oficina: 1. Fotocopia certificada de la matrícula de Comercio. 2. Fotocopia certificada de Poder General Administrativo
Número 23, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil ocho, otorgada ante los
oficios notariales de José Rolando Aguilar Bolívar, por la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable a fa-
vor del señor Francisco Javier Paredes Meléndez, inscrita en el Registro de Comercio al número 34 del Libro 1261 del Registro de Otros Contratos
Mercantiles, del folio 241 al 245 de fecha 10 de abril de 2008; folios 229 al 232. 3. Croquis de ubicación de las instalaciones, folio 271. 4. Fotocopia
certificada del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la solicitante y la Cepa el 14 de febrero de 2008; folios 234 al 244. 5. Fotocopia certificada
del Balance General al 31 de diciembre de 2007, inscrito en el Registro de Comercio en Asiento Número 296 Página 298 del Libro 535 del Registro
de Balances, de fecha 20 de abril de 2009; folios 301 y 302. 6. Fotocopias certificadas de 12 Declaraciones del IVA del año 2008: folios 246 al 268.
7. Fotocopias de 15 facturas de ventas correspondientes al mes de diciembre año 2007. 8. Escrito de fecha 19 de enero de 2009, en la cual el señor
Francisco Javier Paredes Meléndez, manifiesta que la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, no posee
mercaderías en consignación, folio 227. 9. Detalle de bienes pormenorizado a importar consistente en artesanías de cerámica, de vidrio, de metal y
de madera y estimación del monto de mercancías que asciende a doce mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD $12,000.00), folio
298. 10. Fotocopias certificadas de las Declaraciones de Renta de los períodos 2005, 2006 y 2007; folios 266 al 270 y del 296 al 297. 11. Fotocopia
certificada de la Escritura Pública de Constitución número 7, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas del día siete de junio de mil
novecientos noventa y nueve, ante los oficios notariales de Roberto Romero Pineda, inscrita en el Registro de Comercio al número 00019, del Libro
1450 del Registro de Sociedades, del folio 94 al 104 de fecha 30 de junio de 1999, la cual fue modificada mediante Testimonio de Escritura Pública de
Modificación número 44, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día diecisiete de abril de dos mil ocho, ante los oficios notariales
de José Rodolfo Aguilar Bolívar, en el sentido que el Administrador Único Propietario y Suplente durarán en sus funciones por un período de tres años,
folios 280 al 290. 12. Justificación de las razones por las cuales no presentó la petición de prórroga dentro de los tres meses a que hace referencia el
artículo 9 Inciso Primero de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, manifestando que la continuidad de operaciones no estaba garantizada,
en vista que la empresa Taca había solicitado y negociado el espacio físico para acomodar el Salón VIP de dicha empresa de lo cual anexa copia de los
correos electrónicos intercambiados entre la Cepa y Taca que comprueban tal situación, folios 226 al 228 y del 304 al 314. Considerando que existe
congruencia en los datos reflejados del último ejercicio fiscal, en atención a lo que el régimen de tiendas libres supone, por lo que se dio por evacuado
el Auto de Prevención antes relacionado.
Vi. coNTraTo DE arrENDaMiENTo.
La sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, ha presentado el Contrato de Arrendamiento celebrado
con la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma el 14 de febrero de 2008, en el que consta el arrendamiento del local identificado como 2-38A de una
extensión superficial de 4.36 metros cuadrados, utilizado para venta de arte y joyas peruanas, ubicado al costado poniente de la segunda planta del
edificio de la terminal de pasajeros del Aeropuerto Internacional El Salvador, el cual fue modificado mediante Acta Notarial que contiene la Modifi-
cación Número Uno al referido Contrato de Arrendamiento, acordando lo siguiente: Incrementar a partir del primero de mayo de dos mil ocho, el área
del local 2-38A a 7.15 metros cuadrados, folios del 234 al 244.
Vii. ProYEcciÓN aNUal DE iMPorTacioNES Y MoNTo DE la fiaNZa.
El señor Francisco Javier Paredes Meléndez, apoderado general administrativo de la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anó-
nima de Capital Variable, manifiesta en su petición que la proyección anual de importaciones es de cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de
América (USD $ 5,000.00) y compras locales por veinte mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 20,000.00); dichas mercancías
serán exclusivamente para la venta a viajeros que salgan y entren al país por vía aérea conforme a los requisitos que al efecto establece la Ley de
Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior, folio 227.
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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. En consecuencia, la garantía global queda establecida de conformidad al artículo 8 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, por la
cantidad de cuatro mil novecientos diecisiete 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 4,917.00).
Viii. DiSPoSicioNES lEGalES.
El artículo 8 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, determina que la Potestad Aduanera es el conjunto de derechos, facultades y
competencias que este Código, su Reglamento conceden en forma privativa al Servicio Aduanero y que se ejercitan a través de sus autoridades.
El artículo 21 literal g) del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, establece que los auxiliares de la función pública aduanera tendrán la
obligación de rendir y mantener vigente la garantía de operación, cuando esté obligado a rendirla.
El artículo 118 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, establece que conforme el literal d) del artículo 19 del Código
Aduanero Uniforme Centroamericano, se considerarán como auxiliares, entre otros, los operadores de tiendas libres.
El artículo 122 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, determina que los operadores de tiendas libres son entidades
que, como consecuencia de leyes especiales, se les da la categoría de tiendas libres, en cuyo recinto las mercancías pueden ingresar con suspensión
de tributos y demás cargos eventualmente aplicables.
El artículo 134 del Reglamento de Código Aduanero Uniforme Centroamericano, determina que son responsables de las tiendas libres las per-
sonas naturales o jurídicas autorizadas a operarlas, las que responderán de la recepción, permanencia y conservación de las mercancías, así como de
los tributos correspondientes dejados de percibir, en caso de pérdida o salida de la mercancía sin la documentación de sustento.
Que el artículo 3 inciso primero de la Ley Orgánica de la Dirección General de Aduanas, determina que la Dirección General de Aduanas, es
el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, facultada por la legislación nacional para aplicar la normativa sobre la materia; y en su
inciso tercero establece que tiene como función privativa el ejercicio de la potestad aduanera.
El artículo 3 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, determina que el Ministerio de Hacienda por medio de la Dirección General de
Aduanas, autorizará a personas naturales o jurídicas para que operen en el Aeropuerto Internacional El Salvador, establecimientos comerciales bajo
el Régimen Aduanero de Tiendas Libres.
El artículo 5 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, establece que la solicitud de autorización de tienda libre se presentará en la
Dirección General de Aduanas, y la información que deberá contener y documentos que acompañarán a la solicitud, los cuales han sido presentados
en su totalidad.
El artículo 7 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, en su literal b) determina que no se podrá introducir al amparo del Régimen
Aduanero de Tiendas Libres, mercancías declaradas como de importación prohibida por leyes especiales o convenios internacionales, por lo que la
sociedad deberá darle estricto cumplimiento.
Que de conformidad con el artículo 8 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad
Anónima de Capital Variable, está obligada a rendir una Garantía Global a favor del Fisco y Gobierno de la República de El Salvador, por el período
de la autorización, la cual será fijada por esta Dirección General, con base a una cobertura del cien por ciento de los derechos e impuestos aplicables
por las mercancías que se estima se introducirán al amparo del Régimen objeto de la Ley de la materia, más un veinte por ciento adicional a dicho
porcentaje, para responder por los accesorios legales correspondientes.
El artículo 9 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, determina que el plazo de autorización para establecer y operar una tienda libre
será de tres años, prorrogables por períodos iguales y sucesivos, previa solicitud del beneficiario, la que deberá presentarse por lo menos tres meses
antes del vencimiento del plazo de autorización original o de la última de sus prórrogas. Previo a conferir la prórroga antes señalada, la Dirección
General deberá verificar el grado de cumplimiento de las obligaciones y deberes establecidos en esta Ley, y demás requisitos por parte del beneficiario
durante el período que esté por agotarse; y que tengan contrato de arrendamiento vigente con la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, Cepa, según
el artículo 14 de la misma ley.
Que el artículo 10 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, menciona que la Dirección General podrá denegar la prórroga del plazo
de autorización para operar una tienda libre, o revocar dicha autorización cuando el beneficiario hubiere incurrido en por lo menos dos ocasiones en
violaciones e incumplimientos a las disposiciones contenidas en la presente Ley y demás normativa aduanera aplicable.
El artículo 11 Inciso Segundo de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, establece que las mercancías podrán permanecer en las bode-
gas o almacenes de la tienda libre mientras se encuentren amparadas al régimen aduanero objeto de la Ley, por lo que queda estrictamente prohibido
realizar traslados de mercancías importadas al amparo del Régimen Aduanero de Tiendas Libres al Territorio Aduanero Nacional, sin antes haber
cancelado los derechos e impuestos correspondientes.
El artículo 13 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, establece que todas las ventas que se realicen deberán entregar al comprador
contra la factura correspondiente, debiendo cumplir dicho documento con los requisitos establecidos en el mismo.
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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384 iX. oBliGacioNES DE la SociEDaD PETicioNaria.
La sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, deberá registrar en medios magnéticos la información
de todas las operaciones que realice, referido al movimiento de inventarios y cualquier otra información que considere necesaria para el control fiscal,
los cuales serán remitidos trimestralmente a esta Dirección General o cuando ésta lo solicite, y estarán sujetos a fiscalización o inspección, a fin de
constatar el cumplimiento de las obligaciones legales, conforme a lo previsto en el artículo 20 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres,
además de las señaladas en el artículo 131 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano.
La sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, para gozar de los beneficios concedidos estará obligada
a cumplir con todas las medidas específicas de seguridad y control aduanero que esta Dirección General determine por medio de disposiciones admi-
nistrativas que sean necesarias, a efecto de garantizar el ingreso, permanencia y salida de mercancías sujetas a las disposiciones legales del presente
Régimen.
X. caMBio EN la TiTUlariDaD DE laS accioNES DE la SociEDaD PETicioNaria.
La sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, queda obligada a informar a esta Dirección General,
cualquier cambio que realice en la titularidad de las acciones, conforme a lo previsto en el artículo 7 literal c) de la Ley del Régimen Aduanero de
Tienda Libres.
Xi. MÉToDo DE EValUaciÓN DE iNVENTarioS.
El señor Francisco Javier Paredes Meléndez, apoderado general administrativo de la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad
Anónima de Capital Variable, agrega a su petición Nota de fecha 27 de octubre de 2008, emitida por el contador Daniel Antonio Peraza Lara, en la
que manifiesta que el método valuación de los inventarios es el Costo Promedio, folio 188.
Xii. MoNTo DE la fiaNZa.
De conformidad con la proyección de importaciones anuales presentada por a sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima
de Capital Variable, ésta deberá rendir una garantía global por un monto de cuatro mil novecientos diecisiete 00/100 dólares de los Estados Unidos
de América (USD $ 4,917.00), equivalentes al cien por ciento de los impuestos más un veinte por ciento adicional del impuesto determinado.
Xiii. ProcEDENcia DE la SoliciTUD.
Del análisis y revisión de los documentos presentados por la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable,
se ha determinado que presentó la solicitud de prórroga extemporánea, cuando el plazo de autorización otorgado en la Resolución Número DREG-813
de fecha 28 de septiembre de 2005 había vencido, por lo que se le previno mediante Auto DJCATLFDA-107 de fecha 14 de noviembre de 2008, para
que justificara por escrito las razones por las cuales no presentó la petición de prórroga dentro de los tres meses a que hace referencia el artículo 9
inciso primero de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, ya que de conformidad al artículo 10 de la misma ley, se le estaría acumulando su
primer incumplimiento a la ley. Mediante escrito presentado a esta Dirección General el 30 de enero de 2009, con número de entrada en correspon-
dencia 8803, el Licenciado Francisco Javier Paredes Meléndez, en su calidad de Apoderado de la referida sociedad manifiesta que están consientes y
reconocen que la solicitud de prórroga para seguir operando bajo el régimen aduanero de tiendas libres, ha sido presentada en forma extemporánea,
como consecuencia de la inseguridad en que se encontraban en ese momento ya que la continuidad no estaba garantizada, en vista de que la empresa
Taca había solicitado a Cepa el espacio físico para acomodar el Salón VIP, razón por la cual expresa que el año pasado se vieron inmersos en un
proceso de reubicación de sus instalaciones físicas, ya que según el contrato de arrendamiento celebrado con la Cepa y la sociedad que representa,
tenía asignado un espacio de 4.36 metros cuadrados, posteriormente con fecha 5 de marzo de 2008, la Cepa les comunicó la modificación del contrato,
solicitándoles croquis de ubicación de la tienda, pidiéndoles que le hicieron llegar el diseño arquitectónico de la tienda para su posterior aprobación,
surgiendo algunas observaciones de parte de Cepa, las cuales fueron subsanadas por la empresa constructora con la presentación del segundo diseño,
manifestando ellos a Cepa que era injusto que teniendo sus instalaciones en buen estado las demolieran sin ningún reconocimiento ya sea de parte de
Cepa o Taca, manifestándole Cepa que ellos no podían reconocer cantidad alguna recomendándole que iniciara plática con Taca para lo cual dicha
empresa nombró al señor Jorge Santibáñez, para iniciar las negociaciones; de los planteamientos realizados por la sociedad peticionaria para probar
dicha situación anexa la documentación respectiva; sin embargo, dicha sociedad nunca informó a esta Dirección General sobre lo sucedido. Por lo que
de conformidad con el artículo 10 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, ha incurrido en una falta a las que se refiere dicho artículo al
no haber solicitado la prórroga en el tiempo que estipula la Ley, por lo que acumula la primera violación e incumplimiento. Con relación a los demás
requisitos se ha determinado que la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, ha dado cumplimiento a lo
establecido en el artículo 5 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres y demás obligaciones y deberes establecidos en la legislación aduanera,
por lo que esta Dirección General autoriza la prórroga solicitada.
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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. Por TaNTo: Con fundamento en lo antes expuesto, disposiciones legales citadas y facultades que la Ley le confiere, esta Dirección General.
rESUElVE:
a) Autorizar a la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, prórroga para continuar operando bajo
el Régimen Aduanero de Tiendas Libres, por el plazo de tres años, contados a partir del 23 de octubre de 2008 al 23 de octubre de 2011,
siempre que el contrato de arrendamiento celebrado con la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, esté vigente en un establecimiento
comercial que funciona en el local identificado como 2-38A de una extensión superficial de 7.15 metros cuadrados, que será utilizado para
venta de arte y joyas peruanas, ubicado al costado poniente de la segunda planta del edificio de la terminal de pasajeros del Aeropuerto
Internacional El Salvador.
b) La sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, queda obligada a dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 20 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, para lo cual deberá registrar en medios magnéticos la información
de todas las operaciones que realice, referido al movimiento de inventarios y cualquier otra información que considere necesaria para el
control fiscal, los cuales serán remitidos trimestralmente a esta Dirección General o cuando ésta lo solicite y estarán sujetos a fiscalización
o inspección, a fin de constatar el cumplimiento de las obligaciones legales.
c) La sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, tendrá derecho a introducir con exención total
de los impuestos a que se refiere el Inciso Segundo del artículo 3 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, un monto anual de
mercancías por cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 5,000.00) y compras locales por veinte mil 00/100
dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 20,000.00); dichas mercancías serán exclusivamente para la venta a viajeros que salgan
y entren al país por vía aérea conforme a los requisitos que al efecto establece la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior.
d) El monto de la garantía global que deberá rendir la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, es
por cuatro mil novecientos diecisiete 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 4,917.00), equivalentes al cien por ciento
de los impuestos más un veinte por ciento adicional del impuesto determinado, la cual servirá para responder por el pago de los impuestos,
derechos y demás cargas fiscales que se adeuden o se originen por las operaciones que realice en el ejercicio de la autorización concedida;
dicha garantía deberá ser presentada a esta Dirección General para su aprobación, dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir
del día siguiente de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con el artículo 62 del Recauca y deberá cubrir desde el 24
de octubre de 2008.
e) Esta Dirección General da por aceptado el Método de Costo Promedio, que la sociedad peticionaria manifiesta utilizará para valuar sus
inventarios.
f) Adviértase a la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, la obligación de dar estricto cumplimiento
a las disposiciones legales contenidas en la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres y en el artículo 131 del Reglamento del Código
Aduanero Uniforme Centroamericano, caso contrario esta Dirección General se reserva el derecho de revocar los beneficios concedidos
mediante la presente resolución, por incumplimientos reiterados a lo dispuesto en la Ley antes mencionada y demás legislación aduanera
aplicable o por la finalización del Contrato de Arrendamiento del local celebrado con la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma, en el
cual opera la sociedad peticionaria.
g) Adviértase a la sociedad Perú El Dorado Representaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, que en lo sucesivo deberá solicitar la
prórroga para continuar operando en calidad de tienda libre con tres meses antes del vencimiento de la prórroga que aquí se autoriza, esto
de conformidad a lo que establece el artículo 9 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, de no presentar la solicitud en dicho
plazo, esta Dirección General se reserva el derecho de declarar inadmisible la solicitud. Por lo tanto, al haber solicitado extemporáneamente
la prórroga de autorización y haber evacuado extemporáneamente la Prevención sin ninguna justificación, ha acumulado su primer in-
cumplimiento o violación a las obligaciones legales, en consecuencia, si incurre en otra violación esta Dirección General procederá de
conformidad a lo estipulado el artículo 10 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres.
h) De conformidad con el artículo 10 de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres, la Dirección General podrá denegar la prórroga del
plazo de autorización para operar una tienda libre, o revocar dicha autorización cuando el beneficiario hubiera incurrido por lo menos en
dos ocasiones en violaciones e incumplimientos de las disposiciones contenidas en la presente Ley y demás normativa aduanera aplicable;
o por la finalización de los contratos de arrendamiento de los locales celebrados con la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma.
i) Para la aplicación y demás efectos de ley correspondientes, la presente resolución será publicada en el Diario Oficial por cuenta de la
sociedad beneficiaria. NOTIFÍQUESE. Licda. ALBIGUEUR, Legible, Directora General de Aduanas. Rubricada y Sellada.
(Registro No. F013328)
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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384
Ministerio de educación
RESOLUCION No. 162/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes de
junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachiller
General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR CANTON SANTA MARTA, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 30 de
noviembre de 2006, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido
dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido
por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR CANTON SANTA MARTA, Departamento de
Cabañas a RAUL ERNESTO GARAY RODRIGUEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009742)
RESOLUCION No. 238/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de
junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachiller
General, obtenido en el Centro Educativo ESCUELA TECNICA DE MECANICA DE AVIACION, Departamento de San Salvador, extendido con
fecha 26 de noviembre de 2007, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se
ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-
0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección
RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo ESCUELA TECNICA DE MECANICA DE AVIACION,
Departamento de San Salvador a MAURICIO JOSE HERNANDEZ ASCENCIO. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en
el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F011861)
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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. RESOLUCION No. 321/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los dieciocho días del mes de
junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachiller
Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LA ESPERANZA, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 22 de enero de 1997,
y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico
favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano
Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el
Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LA ESPERANZA, Departamento de Santa Ana a
CRISTHIAM ALEXANDER PORTILLO GUZMAN. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F000228)
RESOLUCION No. 345/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachiller
Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DEL PUERTO DE LA LIBERTAD, Departamento de
La Libertad, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas
mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de
dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro
Educativo INSTITUTO NACIONAL DEL PUERTO DE LA LIBERTAD, Departamento de La Libertad a LUIS MIGUEL PALACIOS DIMAS. Para
los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F007748)
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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384RESOLUCION No. 386/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintidós días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Ba-
chiller Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EL ESPÍRITU SANTO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de
noviembre de 1996, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido
dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido
por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EL ESPÍRITU SANTO, Departa-
mento de San Salvador a YANETH XIOMARA SANCHEZ RAMÍREZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario
Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F011584)
RESOLUCION No. 455/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diez días del mes de junio de
dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Ba-
chiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 30 de noviembre de 1982, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante
Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil
ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el Centro Edu-
cativo ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO, Departamento de San Salvador a MARIA INES MARROQUÍN CAMPOS. Para los efectos de Ley
PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009919)
RESOLUCION No. 481/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los cinco días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachi-
ller Académico, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LICEO SALVADOREÑO, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de
noviembre de 1996, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido
dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido
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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática - Física obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LICEO SALVADOREÑO,
Departamento de San Salvador a NORMÁN AMILCAR GUZMÁN HERNÁNDEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución
en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008367)
RESOLUCION No. 544/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Ba-chiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EXTERNADO SAN JOSE, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO EXTERNADO SAN JOSE, Departamento de San Salvador a XENIA LISBETH ARGUETA RAMÍREZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F007445)
RESOLUCION No. 545/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de mayo de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Exten-sión de Tenedor de Libros a Contador, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TECNOLOGICO DE COMERCIO, Departamento de Usulután, extendido con fecha 10 de Marzo de 1978, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Extensión de Tenedor de Libros a Contador, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TECNO-LOGICO DE COMERCIO, Departamento de Usulután a ANTONIO DE JESUS RODRIGUEZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.
(Registro No. F007410)
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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384RESOLUCION No. 554/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los quince días del mes de
junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachi-
ller en Hostelería y Turismo, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de
San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de 1979, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas
mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de
dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Hostelería y Turismo, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO
NACIONAL GENERAL FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de San Salvador a MIRNA ESPERANZA PALENCIA. Para los efectos de Ley
PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F011298)
RESOLUCION No. 547/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachi-
ller Académico, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 20 de noviembre de 1984, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante
Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho,
esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Ciencias Naturales obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO
NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Departamento de San Salvador a JUAN CARLOS SERRANO GONZALEZ. Para los efectos
de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F008649)
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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. RESOLUCION No. 576/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los cuatro días del mes de
junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de
Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO SUPERIOR DE COMERCIO, Departamento de San Miguel,
extendido con fecha 20 de diciembre de 1978, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del
citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante
Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho,
esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría obtenido en el Centro Educativo
COLEGIO SUPERIOR DE COMERCIO, Departamento de San Miguel a GLADYS AZUCENA SALMERON GRANADOS. Para los efectos de Ley
PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009409)
RESOLUCION No. 580/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachi-
ller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el Centro Educativo COMPLEJO EDUCATIVO REPUBLICA DE GUATEMALA, Departamento
de Santa Ana, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas
mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de
dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría obtenido en el Centro
Educativo COMPLEJO EDUCATIVO REPUBLICA DE GUATEMALA, Departamento de Santa Ana a CRISTIAN EDGARDO GÓMEZ TERÁN.
Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009915)
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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384RESOLUCION No. 587/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachi-
ller Académico, obtenido en el Centro Educativo LICEO CRISTIANO REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Departamento de San Salvador,
extendido con fecha 15 de enero de 1991, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado
título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo
No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta
Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Matemática -Física obtenido en el Centro Educativo LICEO CRISTIANO
REVERENDO JUAN BUENO CENTRAL, Departamento de San Salvador a CLAUDIA IVONNE FLORES HERNANDEZ. Para los efectos de Ley
PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
( Registro No. F008907)
RESOLUCION No. 598/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecisiete días del mes
de junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Ba-
chiller en Comercio y Administración, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO CULTURAL MIGUEL DE CERVANTES, Departamento de
San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 1978, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la
legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas
mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos
mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administraci6n, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO
CULTURAL MIGUEL DE CERVANTES, Departamento de San Salvador a DEYSI SANCHEZ ESPINAL. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE
la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F011007)
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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 3 de Julio de 2009. RESOLUCION No. 602/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Ba-
chiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Departamento de Usulután, extendido con fecha 18 de
diciembre de 1998, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido
dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido
por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Departamento de Usulután a
ISMAEL ANTONIO AMAYA CISNEROS. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009304)
RESOLUCION No. 604/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio del Educación: San Salvador, a los dos días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de
Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO DIEGO DE HOLGUIN, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 28 de
noviembre de 2003, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido
dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido
por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE:
Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo COLEGIO DIEGO DE HOLGUIN, Departamento de San Salvador a
MOISES MUSTAFA ALENS TARIO. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009460)
RESOLUCION No. 605/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de junio
de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachi-
ller General, obtenido en el Centro Educativo ESCUELA AMERICANA, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 27 de junio de 2002,
y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico
favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano
Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el
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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 384Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo ESCUELA AMERICANA, Departamento de San Salvador a LUCIA IVETTE BOR-GONOVO SALINAS. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009342)
RESOLUCION No. 607/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Bachiller Técnico Comercial, obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE APOPA, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial, Opción Asistencia Contable obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE APOPA, Departamento de San Salvador a FREDY HERIBERTO GUARDADO DIAZ. Para los efectos de Ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009450)
RESOLUCION No. 609/2009
Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de junio de dos mil nueve.
Vista la solicitud presentada a esta Dirección, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la Reposición del Título de Ba-chiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LA FLORESTA, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de noviembre de 1999, y considerando que después de verificar la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: con base a las facultades otorgadas mediante Acuerdo No. 15-0090, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintidós de enero de dos mil ocho, esta Dirección RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el Centro Educativo CENTRO ESCOLAR LA FLORESTA, Departamento de La Libertad a FATIMA NATALIA GUEVARA CASTILLO. Para los efectos de Ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Oficial.
ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,
DIRECCION NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y
ACREDITACION INSTITUCIONAL.
(Registro No. F009569)
Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.
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