diario oficial. - san salvador, 24 de junio de 2009 ... · 10-11 12-15 16-17 18-19 pág. 20 21-35...
TRANSCRIPT
1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.
Diario oficial
Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: [email protected]
S U M a r i o
1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral
TOMO Nº 383 SAN SALVADOR, MIERCOLES 24 DE JUNIO DE 2009 NUMERO 116
DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López
-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).
Pág.
4-10
10-11
12-15
16-17
18-19
Pág.
20
21-35
36
36
36
36
37
37
37-38
38
39
39
ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE EDUCACION
Ramo de educación
Acuerdos Nos. 15-1791, 15-1792, 15-1793, 15-1794 y 15-1795.- Se autoriza la implementación de carreras técnicas, articuladas con bachilleratos técnicos vocacionales. .................
Acuerdos Nos. 15-0023, 15-0686, 15-0689, 15-0690 y 15-0632.- Equivalencias y reconocimiento de estudios académicos. ................................................................................
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRamo de la defensa nacional
Acuerdo No. 64.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca ante notario a otorgar las diligencias de remedición de inmueble. ..................
ORGANO JUDICIALCORTE SUpREMA DE JUSTICIA
Acuerdos Nos. 306-D, 460-D, 461-D, 525-D, 556-D, 584-D, 613-D y 647-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .....................................................................
INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDíAS MUNICIpALES
Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria de amnistía tributaria para la exoneración de los intereses y multas producto de las tasas e impuestos municipales de Ciudad Delgado. ...........................
Decreto No. 23.- Reclasifícase el presupuesto municipal de
la ciudad de San Salvador. .........................................................
Estatutos de las Asociaciones de “Desarrollo Comunal
Cantón San José La Instancia”, “Desarrollo Comunal Cantón
San José Los Solares” y “Comunal Administradora del Sistema
de Agua Potable del Cantón El Jocote”, Acuerdos Nos. 2, 3 y 14,
emitidos por las Alcaldías Municipales de San Antonio Masahuat
y San Matías, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona
jurídica. ......................................................................................
SECCION CARTELES OFICIALESDE pRIMERA pUbLICACION
Declaratoria de Herencia
Cartel No. 617.- Santos Gutiérrez Cabrera y otros (1 vez)
Cartel No. 618.- Dolores Aparicio (1 vez) ........................
Cartel No. 619.- María Cruz Hernández viuda de Torres y
otros (1 vez) ...............................................................................
Cartel No. 620.- Concepción Rubio Pineda (1 vez) ..........
aceptación de Herencia
Cartel No. 621.- Genaro Sánchez Díaz (3 alt.) .................
Cartel No. 622.- Teodora Sorto de De la O (3 alt.) ...........
Cartel No. 623.- Enemecia Martínez Portillo (3 alt.) ........
Cartel No. 624.- Digna Dinora Martínez de Segovia y otros
(3 alt.) .........................................................................................
Cartel No. 625.- Luis Roberto Rosales Clímaco y otros (3
alt.) ...........................................................................................
Cartel No. 626.- Sonia Esperanza Contreras de Hernández
y otros (3 alt.) .............................................................................
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
Pág.
39
39
40
40
40-41
41
41
42
42
42
43
43
43-48
48-52
53-54
Pág.
54-55
55-56
56
56
57-59
59-73
73
74-75
76-78
79
79
79
80-83
Cartel No. 627.- Antonia Maravilla (3 alt.) .......................
Cartel No. 628.- Jesús Granados Cerón y otros (3 alt.) ....
Títulos de Propiedad
Cartel No. 629.- José Tobías Meza González (3 alt.) .......
Títulos Supletorios
Cartel No. 630.- Dominga Alvarenga de Sigüenza (3 alt.)
Cartel No. 631.- José Obdulio López (3 alt.) ....................
Títulos de Dominio
Cartel No. 632.- Francisco Quintanilla (3 alt.) .................
Herencia Yacente
Cartel No. 633.- José Ebulo Monteagudo, se nombra curador a la Licda. Karen Elizabeth Romero Gómez (3 alt.) ..................
DE SEGUNDA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Cartel No. 586.- Blanca Lidia Rodríguez (3 alt.) ..............
Cartel No. 587.- Santos Novoa Quezada y otra (3 alt.) ....
Cartel No. 588.- Miguel Angel Landaverde y otra (3 alt.)
DE TERCERA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Cartel No. 578.- Carlota Rico Gutiérrez (3 alt.) ................
Cartel No. 579.- María Emilia Escobar y otros (3 alt.) .....
SECCION CARTELES pAGADOS
DE pRIMERA pUbLICACION
Declaratoria de Herencia
Carteles Nos. C031401, C031402, C031403, C031407, F011698, F011704, F011720, F011744, F011754, F011758, F011780, F011819, F011847, F011850, F011851. ...................
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C031359, F011702, F011750, F011785, C031399, F011699, F011706, F011707, F011731, F011734, F011737, F011748, F011772, F011791, F011796, F011809. ...
Título de Propiedad
Carteles Nos. C031409, F011700. ....................................
Título Supletorio
Carteles Nos. F011714, F011716, F011794. ....................
Título de Dominio
Carteles Nos. F011783, F011784. .....................................
aviso de inscripción
Cartel No. F011786. ..........................................................
Juicio de ausencia
Cartel No. F011792. ..........................................................
renovación de Marcas
Carteles Nos. C031400, F011745, F011751, F011752, F011755, F011757, F011760, F011763, F011773, F011774. ...
Marca de fábrica
Carteles Nos. C031360, C031361, C031362, C031363, C031364, C031365, C031367, C031368, C031369, C031370, C031372, C031373, C031374, C031375, C031376, C031377, C031378, C031379, C031380, C031382, C031383, C031384, C031385, C031386, C031388, C031389, C031390, C031392, C031394, C031396, C031397, C031398, C031410, F011765, F011767, F011768, F011769, F011771, F011804, F011805. ...
convocatorias
Cartel No. C031405. .........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. F011708, F011753, F011787, F011822, F011824, F011827. ....................................................................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. C031404, F011810, F011816, F011817, F011818, F011821, F011823, F011826, F011832, F011833, F011836. ....................................................................................
aumento de capital
Cartel No. C031408. .........................................................
aviso de cobro
Cartel No. F011814. ..........................................................
administrador de condominio
Cartel No. F011746. ..........................................................
Patente de invención
Carteles Nos. F011726, F011728, F011729, F011730, F011732, F011733, F011735, F011736, F011738, F011739. ...
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Pág.
84
84
84-86
86-89
90-92
93-98
98-99
99-102
102
103-105
105-106
106
107-113
Pág.
114-115
115
115
116-120
120
120-121
121-122
123-124
125-127
127-128
129
129-132
132
132
frecuencias de Uso regulado
Cartel No. F011723. ..........................................................
Marca industrial
Cartel No. C031406. .........................................................
Título Municipal
Carteles Nos. F011841, F011842, F011843, F011844, F011845, F011846, F011778. ....................................................
Marca de Servicios
Carteles Nos. C031366, C031371, C031381, C031387, C031391, C031393, C031395, F011764. ..................................
concesión de frecuencias
Cartel No. F011724. ..........................................................
DE SEGUNDA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C031311, C031314, C031317, C031318, C031319, F011440, F011447, F011454, F011466, F011487, F011491, F011500, F011504, F011510, F011511, F011512, F011686. ....................................................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. F011492, F011498, F011499. ....................
Título Supletorio
Carteles Nos. C031315, C031316, C031320, C031321, C031322, C031323, F011479, F011490. ...................................
Título de Dominio
Cartel No. F011470. ..........................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C031304, C031305, C031306, C031307, C031308, C031309, F011476. ...................................................
Nombre comercial
Carteles Nos. F011449, F011532. .....................................
convocatorias
Cartel No. F011558. ..........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. F011461, F011462, F011529, F011546, F011547, F011551, F011553, F011554, F011555, F011556, F011557. ....................................................................................
Reposición de Certificados
Carteles Nos. F011464, F011465, F011542. ....................
Emblemas
Cartel No. F011450. ..........................................................
Marca de Servicios
Cartel No. C031312. .........................................................
DE TERCERA pUbLICACION
aceptación de Herencia
Carteles Nos. C031277, C031278, C031279, F011176, F011196, F011198, F011200, F011213, F011270, F011278, F011315, F011318, F011322 .....................................................
Herencia Yacente
Cartel No. F011309. ..........................................................
Título de Propiedad
Carteles Nos. F011211, F011227. .....................................
Título Supletorio
Carteles Nos. C031262, C031267, C031275, F011189. ...
renovación de Marcas
Carteles Nos. C031271, F011237, F011239, F011241, F011242, F011303. ....................................................................
Marca de fábrica
Carteles Nos. C031269, C031270, C031272, F011243, F011245, F011263, F011328. ....................................................
Nombre comercial
Carteles Nos. F011288, F011290, F011300. ....................
convocatorias
Cartel No. C031273. .........................................................
Subasta Pública
Carteles Nos. F011199, F011272, F011311, F011312, F011324. ....................................................................................
administrador de condominio
Cartel No. F011471. ..........................................................
otros
Cartel No. F011180. ..........................................................
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
ORGANO EJECUTIVOMinisterio de educación
RAMO DE EDUCACION
ACUERDO No. 15-1791.-
San Salvador, 23 de diciembre de 2008
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL ÓR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3,4,5,6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, ejecu-tar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coordinán-dose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y ser-vicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultura-les y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, sien-do fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual constituye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos eco-nómicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias gene-rales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que mediante Acuerdo Número 15-0137 de fecha 25 de enero de 2006, publicado en el Diario Oficial Número 22 Tomo 370 del uno de febrero del año 2006, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó la Creación del Centro Regional de La Unión del INSTITUTO TECNOLÓGICO CENTROAMERICANO, el cual está ubicado en el Municipio de Conchagua, Departamento de La Unión, República de El Salvador, Centro América, y funciona como la primera sede autorizada por el Ministerio de Educación adscrita a la RED NACIONAL MEGATEC; programa estratégico del PLAN NACIONAL DE EDUCACION 2021; VII) Que en virtud del Decreto Ejecutivo N° 88 de fecha 29 de julio de 2008, publicado en el Diario Oficial N° 143, Tomo N° 380 el día 30 del mismo mes y año, se autorizó la transformación del Instituto Tecnológico Centroamericano, ITCA-FEPADE, en INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA como una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio el cual se regirá bajo la denominación “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE”; y que, de conformidad a su naturaleza ju-rídica y a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 27 de la Ley de Educación Superior, estará sujeto a la dependencia del Ministerio de Educación; VIII) Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 15- 1170 de fecha 20 de agosto de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó en todas y cada una de sus partes los nuevos estatutos del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA el cual se regirá bajo la denominación de “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE” y que anteriormente funcionaba como Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA-FEPADE), otorgándole todos los derechos y obligaciones que le correspondían al Instituto Tecnológico Cen-troamericano, ITCA-FEPADE; IX) Que mediante Acuerdo Número 15-1395 de fecha tres de octubre del año dos mil ocho, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó por un plazo de Veinticinco (25) años al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE”, para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su Sede Central y Centros Regionales, siendo éstos designados como SEDES ADSCRITAS A LA RED NACIONAL MEGATEC; X) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede del Programa MEGATEC LA UNIÓN y el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN del Departamento de Usulután, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gra-dual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre ambas instituciones; XI) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIE-RÍA ITCA-FEPADE y el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la “Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vo-cacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada mediante Acuerdo N° 15- 1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acredi-tada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial N° 184, Tomo N° 381, del 02 de octubre de 2008; XII) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión y el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la carrera articulada de TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ACUICULTURA a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la Repú-blica, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la ESCUELA ESPECIA-LIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ACUICULTURA a impartirse en el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN a partir del año 2009, en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCA-CIONAL EN ACUICULTURA en el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN; 3) Autorizar, a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIE-RIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ACUICULTURA de los estudiantes del INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1° de este Acuer-do. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA que se implementará en la sede MEGATEC La Unión; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión al INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
ACUERDO No. 15-1792.-
San Salvador, 23 de diciembre de 2008.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL OR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3,4,5,6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, eje-cutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coordi-nándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultu-rales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual consti-tuye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que mediante Acuerdo No. 15-2836 de fecha 12 de diciembre de 1998, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación constituyó a partir de enero del año 1999 a los Institu-tos Tecnológicos de San Miguel, Santa Ana y Zacatecoluca, como Centros Regionales del Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA); VII) Que en virtud del Decreto Ejecutivo No. 88 de fecha 29 de julio de 2008, publicado en el Diario Oficial No. 143, Tomo No. 380 el día 30 del mismo mes y año, se autorizó la transformación del Instituto Tecnológico Centroamericano, ITCA-FEPADE, en INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA como una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio el cual se regirá bajo la denominación “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”; y que, de conformidad a su naturaleza jurídica y a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 27 de la Ley de Educación Superior, estará sujeto a la dependencia del Ministerio de Educación; VIII) Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 15-1170 de fecha 20 de agosto de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó en todas y cada una de sus partes los nuevos estatutos del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA el cual se regi-rá bajo la denominación de “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE” y que anteriormente funcionaba como Instituto
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383Tecnológico Centroamericano (ITCA-FEPADE), otorgándole todos los derechos y obligaciones que le correspondían al Instituto Tecnológico Cen-troamericano, ITCA-FEPADE; IX) Que mediante Acuerdo Número 15-1395 de fecha tres de octubre del año dos mil ocho, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó por un plazo de Veinticinco (25) años al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”, para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su Sede Central y Centros Regionales, siendo éstos designados como SEDES ADSCRITAS A LA RED NACIONAL MEGATEC; X) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede del Programa MEGATEC ZACATECOLUCA y el Instituto de Educación Media COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA del Municipio de San Juan Talpa, Departamento de La Paz, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre ambas instituciones; XI) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE y el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA cumplen con todos los requerimientos establecidos en "Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Su-perior Tecnológica" y la "Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos", aprobada mediante Acuerdo No. 15-1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo N° 381, del 02 de octubre de 2008; XII) Que tanto la ES-CUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca y el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR AL-BERTO VARELA han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la carrera TÉCNICO SUPERIOR EN LOGÍSTICA GLOBAL articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGÍSTICA GLOBAL a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la Repú-blica, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la ESCUELA ESPECIA-LIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede MEGATEC Zacatecoluca para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN LOGÍSTICA GLOBAL articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGISTICA GLOBAL a impartirse en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA a partir del año 2009, en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico ME-GATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGÍSTICA GLOBAL en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA; 3) Autorizar, a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGÍSTICA GLOBAL de los estudiantes del COMPLEJO EDUCATIVO PROFE-SOR ALBERTO VARELA, en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1° de este Acuerdo. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN LOGÍSTICA GLOBAL que se implementará en la sede MEGATEC Zacatecoluca; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca al COMPLEJO EDUCATI-VO PROFESOR ALBERTO VARELA, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.-
ACUERDO No. 15-1793.-
San Salvador, 23 de diciembre de 2008.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL ÓR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3,4,5,6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, eje-cutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coordi-nándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultu-rales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual consti-tuye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que mediante Acuerdo No. 15-2836 de fecha 12 de Diciembre 1998, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación constituyó a partir de enero del año 1999 a los Institutos Tecnológicos de San Miguel, Santa Ana y Zacatecoluca, como Centros Regionales del Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA); VII) Que en virtud del Decreto Ejecutivo No. 88 de fecha 29 de julio de 2008, publicado en el Diario Oficial No. 143, Tomo No. 380 el día 30 del mismo mes y año, se autorizó la transformación del Instituto Tecnológico Centroamericano, ITCA-FEPADE, en INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA como una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio el cual se regirá bajo la denominación “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”; y que, de conformidad a su naturaleza jurídica y a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 27 de la Ley de Educación Superior, estará sujeto a la dependencia del Ministerio de Educación; VIII) Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 15-1170 de fecha 20 de agosto de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó en todas y cada una de sus partes los nuevos estatutos del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA el cual se regi-rá bajo la denominación de “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE” y que anteriormente funcionaba como Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA-FEPADE), otorgándole todos los derechos y obligaciones que le correspondían al Instituto Tecnológico Cen-troamericano, ITCA-FEPADE; IX) Que mediante Acuerdo Número 15-1395 de fecha tres de octubre del año dos mil ocho, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó por un plazo de Veinticinco (25) años al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”, para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su Sede Central y Centros Regionales, siendo éstos designados como SEDES ADSCRITAS A LA RED NACIONAL MEGATEC; X) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede del Programa MEGATEC ZACATECOLUCA y el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO del Departamento de Usulután y entre el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA del Departamento de San Salvador, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC); XI) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA y, cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la “Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachille-rato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada mediante Acuerdo No. 15- 1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo No. 381, del 02 de octubre de 2008; XII) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca y los INSTITUTOS NACIONALES DE JIQUILISCO y DE LA COLONIA SANTA LUCÍA han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la ca-rrera de TÉCNICO SUPERIOR EN ELECTRÓNICA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ELECTRÓNICA a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la República, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca, para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN ELECTRÓNICA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ELEC-TRÓNICA a impartirse en el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y en el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA a partir del año 2009 en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCA-CIONAL EN ELECTRÓNICA en el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y en el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA; 3) Autorizar, a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca, a reconocer las asig-naturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ELECTRÓNICA de los estudiantes del INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y del INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1° de este Acuerdo. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN ELECTRÓNICA que se implementará en la sede MEGATEC Zacatecoluca; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca al INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y al INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA durante la imple-mentación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍ-QUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
ACUERDO No. 15-1794.-
San Salvador, 23 de diciembre de 2008.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL ÓR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3, 4, 5, 6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coor-dinándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técni-ca y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultu-rales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual consti-tuye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación por medio de Acuerdo N° 15-1627, de fecha 12 de noviembre de 2007, Autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE OCCIDENTE el funcionamiento del Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; dicho acuerdo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 52, Tomo No. 378, de fecha 14 de marzo de 2008; VII) Que por medio del Acuerdo No. 15- 1182, de fecha 25 de agosto de 2008, publicado en el Diario Oficial N° 167, Tomo No. 380, del 08 de septiembre de 2008 el Ramo de Educación, se autorizó a la “UNIVERSIDAD CA-TÓLICA DE EL SALVADOR” (La Católica), para impartir y administrar el Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico de-nominado MEGATEC en el Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, funcionando como SEDE ADSCRITA A LA RED NACIONAL MEGATEC; VIII) El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, por medio de Acuerdo Número 15-1396, de fecha tres de octu-bre de dos mil ocho, autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR, por un plazo de veinticinco (25) años para impartir y adminis-trar el Modelo MEGATEC en su sede central, así como en el Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; IX) Que me-diante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES) sede MEGATEC CABAÑAS y el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, y el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE del Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre las tres instituciones; X) Que tanto la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE, cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la “Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada mediante Acuerdo No. 15- 1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la au-torización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo No. 381, del 02 de octubre de 2008; XI) Que tanto la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco, el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y el INSTITUTO NACIONAL DR. SAL-BELIO NAVARRETE han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURISTICO a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la República, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUER-DA: 1) Autorizar a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO a impartirse con el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA, el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE a partir del año 2009 en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉC-NICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO en el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y en el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE; 3) Autorizar, a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO de los estudiantes del INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE, en la carrera Técnica autorizada en el numeral l° de este Acuerdo. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO que se implementará en la sede MEGATEC Ilobasco; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la Uni-versidad Católica de El Salvador al Instituto Católico Karol Wojtyla y el Instituto Nacional Dr. Salbelio Navarrete, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. acUErDo No. 15-1795.-
San Salvador, 23 de diciembre de 2008
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL
ÓRGANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, El Estado organi-
zará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del
Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3, 4, 5, 6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33, y 34, compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar,
dirigir, ejecutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar,
coordinándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar
técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las institu-
ciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con
la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la
coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro
de la planificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal. Especialmente en los temas relacionados a la tecnología
educativa; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones
culturales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los pro-
blemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto
nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual
constituye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos
recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de compe-
tencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de
El Salvador: V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de
Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país: VI) Que el Órgano Ejecutivo
en el Ramo de Educación por medio de Acuerdo No. 15-1627, de fecha 12 de noviembre de 2007, Autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE
OCCIDENTE, el funcionamiento del Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; dicho acuerdo se encuentra publicado
en el Diario Oficial No.52, Tomo No. 378, de fecha 14 de marzo de 2008: VII) Que por medio del Acuerdo No. 15- 1182, de fecha 25 de agosto de
2008, publicado en el Diario Oficial No. 167, Tomo No. 380, del 08 de septiembre de 2008 el Ramo de Educación, se autorizó a la “UNIVERSIDAD
CATÓLICA DE EL SALVADOR” (La Católica), para impartir y administrar el Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico
denominado MEGATEC en el Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, funcionando como SEDE ADSCRITA A LA
RED NACIONAL MEGATEC; VIII) El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, por medio de Acuerdo Número quince guión mil trescientos
noventa y seis, de fecha tres de octubre de dos mil ocho, autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), por un plazo
de veinticinco (25) años para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su sede central, así como en el Centro Regional del Municipio de
Ilobasco, Departamento de Cabañas: IX) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA
DE EL SALVADOR (UNICAES) sede MEGATEC CABAÑAS y el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER de Cojutepeque, del
Departamento de Cuscatlán, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre ambas
instituciones: X) Que tanto el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER y la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR
(UNICAES), cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la
“Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada
mediante Acuerdo No. 15-1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de
nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para
la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes
sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el
acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo No. 381, del 02 de octubre de 2008; XI) Que tanto la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL
SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco y el INSTITUTO WALTER THILO DEININGER han solicitado al MINED la autorización
para ofrecer la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS articulado con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL
EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con
base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la República, 38 del Reglamento Interno del Órgano
Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES) para
implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN
LÁCTEOS Y CÁRNICOS a impartirse en el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER a partir del año 2009 en el marco del Modelo
Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula
y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS en
el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER; 3) Autorizar, a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES),
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383sede MEGATEC Ilobasco, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS
de los estudiantes del INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER, en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1º de este Acuerdo.
Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO
SUPERIOR EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS que se implementará en la sede MEGATEC Ilobasco; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad,
en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la Universidad Católica de El Salvador (UNICAES) al Instituto Nacional Walter Thilo
Deininger, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica
y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.
acUErDo No. 15-0023.
San Salvador, 8 de enero de 2009
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado CRISÁLIDA TINEO RIVAS, solicitando INCORPORACIÓN de su certificado de Conclusión del Nivel de Educación Secundaria de Menores, extendido por el Ministerio de Educación de República del Perú en el año 2001. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Edu-cación Media. Reconocer los estudios de Conclusión del Nivel de Educación Secundaria de Menores realizados por CRISÁLIDA TINEO RIVAS en la República del Perú, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato General. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F011776)
acUErDo No. 15-0686.
San Salvador, 21 de mayo de 2009
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado, JAVIER ERNESTO CORTÉZ UMAÑA solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de Educación EQUIVALENCIA de sus estudios de Primer Curso Educación Secundaria, realizados en el Instituto Experimental La Salle de República de Honduras en el año 2008, con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 76° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, publicado en el D. O. N° 184, Tomo N° 201 de fecha 2 de octubre de 1963. Dar como Equivalente los Estudios de Primer Curso Educación Secundaria, realizados por JAVIER ERNESTO CORTÉZ UMAÑA en República de Honduras con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Segundo Año de Bachillerato General. COMUNÍQUE-SE". DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F011715)
acUErDo No. 15-0689.-
San Salvador, 21 de mayo de 2009
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado, LOURDES ARACELY CORTÉZ UMAÑA solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de Educación EQUIVALENCIA de sus estudios de Primer Grado, realizados en la Escuela Experimental La Salle de República de Honduras en el año 2008, con los de Primer Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 77° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Educación, publicado en el D. O. No. 184, Tomo No. 201 de fecha 2 de octubre de 1963. Dar como Equivalente los Estudios de Primer Grado, reali-zados por LOURDES ARACELY CORTÉZ UMAÑA en República de Honduras con los de Primer Grado de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Segundo Grado. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F011830)
acUErDo No. 15-0690.
San Salvador, 21 de mayo de 2009
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado, RODRIGO JOSÉ CORTÉZ UMAÑA, solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de Educación, EQUIVALENCIA de sus estudios de Sexto Grado, realizados en la Escuela Experimental La Salle de República de Honduras en el año 2008, con los de Sexto Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 77° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, publicado en el D. O. No. 184, Tomo No. 201 de fecha 2 de octubre de 1963. Dar como Equivalente los Estudios de Sexto Grado, realizados por RODRIGO JOSÉ CORTÉZ UMAÑA, en República de Honduras con los de Sexto Grado de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Séptimo Grado. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F011713)
acUErDo No. 15-0632.
San Salvador, 04 de mayo de 2009
El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Edu-
cación Superior, se ha presentado ANA MARÍA HUEZO MARTÍNEZ, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADA EN
TRABAJADORA SOCIAL CON ÉNFASIS EN GERENCIA DEL DESARROLLO, obtenido en LA UNIVERSIDAD RAFAEL LANDIVAR, EN
LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, en el año 2004; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art 20 de la Ley de Educación Superior, y a las
facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Recono-
cimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país el día veintidós de junio de mil novecientos sesenta y dos, ratificado el día veinticinco
de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, publicado en el Diario Oficial No. 96, Tomo No. 203, de fecha 28 de mayo de 1964 y vigente a la fecha,
procede dicho Reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada, la Gerencia de Registro e Incorporaciones
de la Dirección Nacional de Educación Superior, ha emitido el dictamen favorable para el Reconocimiento del grado académico mencionado en el
numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley y
Convención, ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de LICENCIADA EN TRABAJADORA SOCIAL CON ÉNFASIS
EN GERENCIA DEL DESARROLLO, realizados por ANA MARÍA HUEZO MARTÍNEZ, en la República de Guatemala; 2º) Tener por incorpo-
rada a ANA MARÍA HUEZO MARTÍNEZ, como LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no
constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá, ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente
Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA
LARA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.
(Registro No. F011759)
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
Ministerio de la defensa nacionalRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL
ACUERDO No. 064
San Salvador, 17 de junio de 2009.
EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL. I.- CONSIDERAN-
DO, a) Que el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, es dueño de un bien inmueble de naturaleza urbana situado en
Cantón Loma del Muerto, suburbios del Barrio Mejicanos, Lote sin número, de la Ciudad y Departamento de Sonsonate, donde funciona el Destaca-
mento Militar Número Seis. b) Que dicho inmueble, está compuesto de dos porciones, que en su totalidad suman un área de CIENTO OCHENTA Y
DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS. c) Que el uno de agosto del año dos mil siete, se inscribió a la MA-
TRICULA NUMERO UNO CERO UNO SEIS CUATRO CINCO TRES SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad
Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Occidente del Departamento de Sonsonate, la Escritura Pública de Reunión de Inmuebles de dicho bien
raíz; el cual por sanidad jurídica es necesario efectuar Diligencias de Remedición, a fin de armonizar el área legal con la física. d) Que es procedente
solicitar la intervención del señor Fiscal General de la República, para que en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Salvador, com-
parezca ante Notario a otorgar las Diligencias de Remedición del inmueble. II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA SEGÚN ESCRITURA PUBLICA DE
REUNIÓN DE INMUEBLES: El bien raíz antes detallado, técnicamente se describe así: AL NORTE, partiendo del Esquinero Nor-Poniente, se miden
cuatro tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, hacia el Norte se mide una distancia de Setenta y Seis Punto Ochenta metros; Tramo Dos,
hacia el ORIENTE: se mide una distancia de Ciento Veintitrés Punto Cincuenta y Ocho metros; Tramo Tres, hacia el Norte se mide una distancia de
Doscientos Treinta y Seis Punto Sesenta y Nueve metros, lindando los tres tramos anteriores con inmueble propiedad de Genaro Rauda, y Tramo
Cuatro, hacia el Oriente se mide una distancia de Ciento Veintiuno Punto Cero Tres metros, lindando con inmueble propiedad de Buenaventura Erazo.
Al ORIENTE: partiendo del esquinero Nor-Oriente se miden Once tramos rectos en línea quebrada, con rumbo hacia el Sur sumando una distancia de
Quinientos Punto Ochenta y Cinco Metros; Tramo Doce, hacia el Oriente se mide una distancia de Ciento Cinco Punto Cincuenta y Dos metros y
Tramo Trece, hacia el Sur se mide una distancia de Setenta y Nueve Punto Treinta metros, lindando todos los tramos anteriores con inmueble propie-
dad de Herman Mendoza y José Antonio Aguilera, carretera que conduce a Nahuizalco de por medio y con inmueble propiedad de María Del Rosario
Alfaro hoy De Díaz. Al SUR: partiendo del esquinero Sur Oriente se miden tres tramos rectos en línea quebrada así: Tramo Uno, hacia el Poniente se
mide una distancia de Noventa y Nueve Punto Veinticuatro Metros; Tramo Dos, hacia el Sur se mide una distancia de Cuarenta y Siete Punto Cua-
renta y Siete metros, y Tramo Tres, hacia el Poniente se mide una distancia de Doscientos setenta Punto sesenta metros, lindando los tres tramos an-
teriores con inmueble propiedad de María Del Rosario Alfaro hoy De Díaz. Al PONIENTE: partiendo del esquinero Sur-Poniente se miden siete
tramos rectos en línea quebrada con rumbo hacia el Norte sumando una distancia de Trescientos Ochenta y Seis Punto Cero Cinco metros para llegar
al esquinero Nor-Poniente donde dio inicio a esta descripción técnica, lindando con inmuebles propiedad de Genaro Rauda, Río Julupe de por medio.
III.- DESCRIPCIÓN TÉCNICA SEGÚN LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO: el inmueble antes descrito de conformidad a la Reunión de Inmuebles
forma un solo cuerpo pero físicamente se ha dividido en dos porciones las cuales se describen así: PORCIÓN “A”, Inmueble de naturaleza urbana,
ubicado sobre calle a Nahuizalco, Cantón La Loma del Muerto, Departamento de Sonsonate; propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el
Ramo de la Defensa Nacional y ocupado por el Destacamento Militar número seis (DM-6), con una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y
UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO VEINTISÉIS metros cuadrados equivalentes a DOSCIENTOS SESENTA MIL TRESCIEN-
TOS NOVENTA Y TRES PUNTO CERO NUEVE varas cuadradas. Que partiendo del mojón Uno con coordenadas geodésicas Longitud (X): cua-
trocientos veintiún mil seiscientos cuarenta y nueve punto noventa, Latitud (Y): doscientos ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y uno punto
setenta y nueve, se le da inicio a la presente descripción técnica: LINDERO SUR: Partiendo del mojón Uno, se miden treinta tramos rectos en línea
quebrada así: Tramo uno, con rumbo Norte ochenta y seis grados treinta y cinco punto uno minutos Oeste, y distancia de dos punto catorce metros;
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Tramo dos, con rumbo Sur ochenta y nueve grados cero dos punto nueve minutos Oeste, y distancia de treinta y uno punto ochenta y uno metros,
lindando con viviendas particulares de la Colonia Atonal; Tramo tres, con rumbo Sur ochenta y seis grados cincuenta y ocho punto dos minutos Oes-
te, y distancia de setenta y cinco punto trece metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur once grados diez punto cuatro minutos Este, y distancia de ocho
punto treinta y uno metros; Tramo cinco, con rumbo Sur cero siete grados cuarenta y siete punto siete minutos Este, y distancia de ocho punto cero
cuatro metros; Tramo seis, con rumbo Sur cincuenta y tres grados cuarenta y nueve punto siete minutos Oeste, y distancia de dos punto cincuenta y
siete metros; Tramo siete, con rumbo Sur sesenta y tres grados cuarenta y cuatro punto cuatro minutos Oeste, y distancia de seis punto cero cinco
metros; Tramo ocho, con rumbo Sur setenta y uno grados veintidós punto seis minutos Oeste, y distancia de tres punto veintiuno metros; Tramo
nueve, con rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta y seis punto nueve minutos Oeste, y distancia de dos punto ochenta y seis metros; Tramo diez,
con rumbo Sur sesenta y dos grados cuarenta y dos punto uno minutos Oeste, y distancia de tres punto veinticinco metros; Tramo once, con rumbo
Sur setenta y dos grados cuarenta y ocho punto nueve minutos Oeste, y distancia de tres punto dieciséis metros; Tramo doce, con rumbo Sur ochenta
y dos grados cincuenta y ocho punto nueve minutos Oeste, y distancia de tres punto diez metros; Tramo trece, con rumbo Norte ochenta y seis grados
diecinueve punto siete minutos Oeste, y distancia de seis punto doce metros; Tramo catorce, con rumbo Sur ochenta y dos grados cincuenta y siete
punto tres minutos Oeste, y distancia de dos punto noventa y siete metros; Tramo quince, con rumbo Norte ochenta y nueve grados cincuenta y ocho
punto cinco minutos Oeste, y distancia de dos punto ochenta y tres metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y cinco
punto cero minutos Oeste, y distancia de cuatro punto setenta y seis metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte setenta y nueve grados cincuenta y
cuatro punto nueve minutos Oeste, y distancia de treinta y ocho punto treinta y tres metros; Tramo dieciocho, con rumbo Norte ochenta y cuatro
grados cuarenta y uno punto uno minutos Oeste, y distancia de cinco punto setenta y siete metros; Tramo diecinueve, con rumbo Norte setenta y
nueve grados cincuenta y cuatro punto tres minutos Oeste, y distancia de dos punto noventa y tres metros; Tramo veinte, con rumbo Norte sesenta y
nueve grados veinticinco punto cuatro minutos Oeste, y distancia de tres punto trece metros; Tramo veintiuno, con rumbo Norte setenta y cuatro
grados veintitrés punto ocho minutos Oeste, y distancia de veinticuatro punto cero tres metros; Tramo veintidós, con rumbo Norte ochenta y siete
grados veintiuno punto cuatro minutos Oeste, y distancia de nueve punto treinta y tres metros; Tramo veintitrés, con rumbo Norte cincuenta y dos
grados cuarenta y seis punto ocho minutos Oeste, y distancia de cinco punto noventa y seis metros, lindando los tramos anteriores con inmueble
propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador asignado al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO); Tramo veinticuatro, con rumbo Sur
ochenta y siete grados veintidós punto cero minutos Oeste, y distancia de ocho punto noventa y tres metros; Tramo veinticinco, con rumbo Sur ochen-
ta y ocho grados diecisiete punto nueve minutos Oeste, y distancia de treinta punto cincuenta y siete metros; Tramo veintiséis, con rumbo Sur setenta
y ocho grados cuarenta y siete punto cero minutos Oeste, y distancia de tres punto ochenta y ocho metros; Tramo veintisiete, con rumbo Norte ochen-
ta y nueve grados catorce punto nueve minutos Oeste, y distancia de once punto ochenta y tres metros; Tramo veintiocho, con rumbo Sur ochenta y
cuatro grados treinta y tres punto dos minutos Oeste, y distancia de diecisiete punto cero cinco metros; Tramo veintinueve, con rumbo Sur ochenta y
siete grados veintiuno punto ocho minutos Oeste, y distancia de treinta y cinco punto quince metros; y Tramo treinta, con rumbo Sur ochenta y ocho
grados cuarenta punto cero minutos Oeste, y distancia de cuarenta y nueve punto treinta y dos metros, y se llega al mojón treinta y uno. Lindando
estos últimos tramos con terreno propiedad de Víctor Manuel Trigueros. LINDERO PONIENTE: Partiendo del mojón treinta y uno, se miden treinta
y uno tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con rumbo Norte veinte grados cincuenta y siete punto nueve minutos Este, y distancia de
siete punto ochenta y seis metros; Tramo dos, con rumbo Norte dieciocho grados cincuenta y uno punto seis minutos Este, y distancia de nueve pun-
to treinta y uno metros; Tramo tres, con rumbo Norte cero seis grados treinta y uno punto cuatro minutos Oeste, y distancia de treinta y ocho punto
sesenta y ocho metros; Tramo cuatro, con rumbo Norte cuarenta y cuatro grados cuarenta y dos punto dos minutos Oeste, y distancia de treinta y
siete punto cuarenta y ocho metros; Tramo cinco, con rumbo Norte cincuenta y dos grados cuarenta y nueve punto seis minutos Oeste, y distancia de
setenta y cinco punto cuarenta y seis metros; Tramo seis, con rumbo Norte cuarenta y cinco grados cero uno punto siete minutos Oeste, y distancia de
catorce punto veintidós metros; Tramo siete, con rumbo Norte trece grados cuarenta y cuatro punto cero minutos Oeste, y distancia de siete punto once
metros; Tramo ocho, con rumbo Norte cero tres grados veintiuno punto dos minutos Oeste, y distancia de treinta y siete punto cincuenta y dos metros;
Tramo nueve, con rumbo Norte dieciocho grados cuarenta y cinco punto uno minutos Este, y distancia de veinticuatro punto ochenta y tres metros;
Tramo diez, con rumbo Norte trece grados veintitrés punto seis minutos Este, y distancia de trece punto cincuenta y ocho metros; Tramo once, con
rumbo Norte dieciséis grados cincuenta y uno punto cero minutos Oeste, y distancia de once punto veintisiete metros; Tramo doce, con rumbo Norte
veinte grados treinta y dos punto dos minutos Oeste, y distancia de sesenta y siete punto cero dos metros; Tramo trece, con rumbo Norte veintidós
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383grados cuarenta y tres punto ocho minutos Oeste, y distancia de trece punto veintisiete metros; Tramo catorce, con rumbo Norte cero cero grados cero
ocho punto tres minutos Este, y distancia de diez punto sesenta y nueve metros; Tramo quince, con rumbo Norte treinta y cinco grados veintidós
punto dos minutos Este, y distancia de nueve punto veintiuno metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte treinta y cinco grados treinta y cuatro punto
cuatro minutos Este, y distancia de doce punto cero tres metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte quince grados veintisiete punto cuatro minutos
Oeste, y distancia de nueve punto treinta y dos metros; Tramo dieciocho, con rumbo Norte treinta y siete grados veintidós punto uno minutos Oeste,
y distancia de dieciséis punto cincuenta y dos metros, lindando todos los tramos anteriores con inmuebles propiedad de: Dora Silvia Canales Vda. de
Umaña, Raúl Ayala, Fabricio Ismael Hernández Jerónimo, Delmy Isabel Lemus Pineda, Ana Ruth Villalta Aquino, Jorge Humberto Falla Puente,
Manuel Salvador Trujillo, Leónidas Arévalo Navarro, Ricardo Antonio Melara Hernández, Sonia Elizabeth Melara de Laínez, René Humberto
Hernández Melara, Berta Idalia Flores Pineda, María Ofelia Aguilar, Ana Ruth García de Zamora, Juan Antonio Sandoval Carías, Juan Alberto San-
doval Barahona, todos teniendo el río Julupe de por medio. Tramo diecinueve, con rumbo Norte sesenta y ocho grados veinte punto ocho minutos
Este, y distancia de veinticuatro punto noventa y tres metros; Tramo veinte, con rumbo Norte sesenta y nueve grados treinta y ocho punto cero minu-
tos Este, y distancia de siete punto ochenta metros; Tramo veintiuno, con rumbo Norte setenta y uno grados cincuenta y uno punto cero minutos Este,
y distancia de treinta y ocho punto doce metros; Tramo veintidós, con rumbo Sur ochenta y seis grados cincuenta y siete punto uno minutos Este, y
distancia de veintiuno punto cuarenta y uno metros; Tramo veintitrés, con rumbo Sur ochenta grados veintidós punto cuatro minutos Este, y distancia
de doce punto cincuenta y nueve metros; Tramo veinticuatro, con rumbo Sur ochenta y seis grados veintidós punto siete minutos Este, y distancia de
cuarenta y seis punto cero nueve metros; Tramo veinticinco, con rumbo Sur ochenta y seis grados treinta punto cero minutos Este, y distancia de
cuarenta y nueve punto cincuenta y uno metros; Tramo veintiséis, con rumbo Norte cero cero grados diez punto cero minutos Oeste, y distancia de
veintiocho punto noventa y ocho metros; Tramo veintisiete, con rumbo Norte trece grados cero seis punto tres minutos Este, y distancia de cuatro
punto setenta y tres metros; Tramo veintiocho, con rumbo Norte cero dos grados treinta y ocho punto cuatro minutos Este, y distancia de cincuenta
punto cuarenta y tres metros; Tramo veintinueve, con rumbo Norte cero cinco grados cincuenta y nueve punto tres minutos Oeste, y distancia de
veintitrés punto cincuenta y ocho metros; Tramo treinta, con rumbo Norte cero uno grados veintidós punto cinco minutos Oeste, y distancia de ochen-
ta y cuatro punto sesenta y siete metros; Tramo treinta y uno, con rumbo Norte cero dos grados cuarenta y cuatro punto cuatro minutos Este, y distan-
cia de cuarenta y cuatro punto diecisiete metros, y se llega al mojón sesenta y dos. Lindando estos últimos tramos con inmueble propiedad del Banco
Cuscatlán S.A. de C.V. LINDERO NORTE: Partiendo del mojón sesenta y dos, se miden dos tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con
rumbo Sur ochenta y ocho grados cero seis punto seis minutos Este, y distancia de noventa y uno punto treinta metros; Tramo dos, con rumbo Sur
ochenta y siete grados cero nueve punto tres minutos Este, y distancia de veintinueve punto noventa y seis metros, y se llega al mojón sesenta y cua-
tro. Lindando los dos tramos anteriores con terreno propiedad de Eulalia Sánchez Erazo. LINDERO ORIENTE: Partiendo del mojón Sesenta y cuatro
se miden veinticinco tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno: con rumbo Sur cero dos grados treinta y cinco punto cinco minutos Este, y
distancia de trece punto sesenta metros; Tramo dos, con rumbo Sur cero dos grados veintitrés punto ocho minutos Este, y distancia de ochenta y dos
punto noventa y cinco metros, lindando los dos tramos anteriores con terreno propiedad de Rodolfo Antonio Delgado, calle a Nahuizalco de por
medio; Tramo tres, con rumbo Sur once grados doce punto uno minutos Este, y distancia de quince punto cero seis metros; Tramo cuatro, con rumbo
Sur quince grados cero siete punto ocho minutos Este, y distancia de treinta y dos punto cuarenta y ocho metros; Tramo cinco, con rumbo Sur diecio-
cho grados veinte punto cero minutos Este, y distancia de cincuenta y dos punto cuarenta y cuatro metros; Tramo seis, con rumbo Sur veintiséis
grados cincuenta y seis punto uno minutos Este, y distancia de sesenta y siete punto treinta y siete metros; Tramo siete, con rumbo Sur veintisiete
grados cero nueve punto tres minutos Este, y distancia de sesenta y cinco punto setenta y cinco metros, lindando los cinco tramos anteriores con te-
rrenos propiedad de: Banco Cuscatlán S.A. de C.V., Carlos Eduardo Mendoza Canales. Tramo ocho, con rumbo Sur veinticuatro grados cuarenta y
siete punto dos minutos Este, y distancia de trece punto veintitrés metros; Tramo nueve, con rumbo Sur treinta y uno grados cero ocho punto tres
minutos Este y distancia de treinta y cinco punto setenta y ocho metros; Tramo diez, con rumbo Sur veintisiete grados cincuenta y ocho punto uno
minutos Este, y distancia de veintiocho punto cero tres metros; Tramo once, con rumbo Sur veinte grados cuarenta y cuatro punto cero minutos Este,
y distancia de veinticuatro punto ochenta y seis metros; Tramo doce, con rumbo Sur catorce grados veintiuno punto nueve minutos Oeste, y distancia
de cincuenta y nueve punto noventa metros; Tramo trece, con rumbo Sur treinta y dos grados cuarenta y nueve punto nueve minutos Este, y distancia
de dieciséis punto cero dos metros; Tramo catorce, con rumbo Sur sesenta y siete grados veintiocho punto cero minutos Este, y distancia de treinta y
dos punto cero dos metros; Tramo quince, con rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta y uno punto cero minutos Este, y distancia de ocho punto
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. treinta y ocho metros; Tramo dieciséis, con rumbo Sur setenta y cuatro grados dieciséis punto cero minutos Este, y distancia de diecinueve punto
noventa y nueve metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte setenta y cinco grados veintinueve punto cinco minutos Este, y distancia de dos punto
cero nueve metros; Tramo dieciocho, con rumbo Sur setenta y ocho grados veintinueve punto seis minutos Este, y distancia de uno punto ochenta y
cinco metros; Tramo diecinueve, con rumbo Sur treinta y cinco grados treinta y dos punto cinco minutos Este, y distancia de trece punto veintinueve
metros; Tramo veinte, con rumbo Sur setenta y seis grados cero cinco punto uno minutos Este, y distancia de seis punto cincuenta y nueve metros,
lindando todos los tramos anteriores con terreno de Carlos Eduardo Mendoza Canales, calle a Nahuizalco de por medio. Tramo veintiuno, con rumbo
Sur cero tres grados treinta y uno punto cero minutos Este, y distancia de cuatro punto sesenta y nueve metros; Tramo veintidós, con rumbo Sur ca-
torce grados cero dos punto cero minutos Oeste, y distancia de cuarenta y cuatro punto veintiséis metros; Tramo veintitrés, con rumbo Sur quince
grados dieciocho punto tres minutos Oeste, y distancia de quince punto veintiséis metros; Tramo veinticuatro, con rumbo Sur cero nueve grados doce
punto cinco minutos Oeste, y distancia de once punto catorce metros; Tramo veinticinco, con rumbo Sur cero siete grados cero cero punto siete mi-
nutos Oeste, y distancia de nueve punto cuarenta metros, y se llega al mojón uno donde dio inicio la presente descripción técnica. Lindando los últimos
tramos con la porción “B”, propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, prolongación de la avenida Atonal
de por medio. PORCIÓN “B” Inmueble de naturaleza rústico, ubicado sobre calle a Nahuizalco, Cantón La Loma del Muerto, Departamento de
Sonsonate; propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, con una extensión superficial de SEISCIENTOS
SETENTA Y DOS PUNTO OCHENTA metros cuadrados equivalentes a NOVECIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y CUATRO
varas cuadradas. Que partiendo del mojón Uno con coordenadas geodésicas Longitud (X): Cuatrocientos veintiún mil seiscientos ochenta y ocho
punto treinta y uno, Latitud (Y): Doscientos ochenta y nueve mil novecientos veintinueve punto veinticinco, se le da inicio a la presente descripción
técnica: LINDERO ORIENTE: Partiendo del mojón uno, se miden cinco tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con rumbo Sur veintiséis
grados cero tres punto dos minutos Oeste, y distancia de quince punto noventa y cinco metros; Tramo dos, con rumbo Sur veintiuno grados cero uno
punto cinco minutos Oeste, y distancia de veintidós punto dieciocho metros; Tramo tres, con rumbo Sur diecisiete grados diez punto cinco minutos
Oeste, y distancia de trece punto sesenta y cuatro metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur doce grados treinta y tres punto dos minutos Oeste, y distan-
cia de diecinueve punto noventa y dos metros; Tramo cinco, con rumbo Sur doce grados cero siete punto seis minutos Oeste, y distancia de diez
punto noventa y seis metros, y se llega al mojón seis. Lindando todos los tramos anteriores con terreno propiedad del señor Hernán Mendoza. LIN-
DERO SUR: Partiendo del mojón seis, se mide un tramo en línea recta con rumbo Norte ochenta y seis grados treinta y cinco punto uno minutos
Oeste, y distancia de seis punto cero cuatro metros, y se llega al mojón siete. Lindando con vivienda particular de la Colonia Atonal, avenida Atonal
de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del mojón siete se miden tres tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con rumbo Norte cero
ocho grados cero seis punto nueve minutos Este, y distancia de diecinueve punto veintitrés metros; Tramo dos, con rumbo Norte catorce grados cin-
cuenta y cuatro punto tres minutos Este, y distancia de cincuenta y seis punto sesenta y uno metros; Tramo tres, con rumbo Norte veintidós grados
veintisiete punto nueve minutos Este, y distancia de siete punto cincuenta y cuatro metros, y se llega al mojón diez. Lindando todos los tramos ante-
riores con la porción “A”, propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, y ocupado por el Destacamento Mi-
litar número seis, prolongación de la avenida Atonal de por medio. LINDERO NORTE: Partiendo del mojón diez, se mide un tramo en línea recta con
rumbo Sur setenta y seis grados cero cinco punto uno minutos Este, y distancia de once punto ochenta y cuatro metros, y se llega al mojón uno donde
dio inicio la presente descripción técnica. Lindando con terreno propiedad del señor Carlos Eduardo Mendoza Canales, calle a Nahuizalco de por
medio. IV. ACUERDO EJECUTIVO: De conformidad al Art. 193 Ord. 5° de la Constitución de la República, se solicita la intervención del señor
Fiscal General de la República, para que en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, com-
parezca ante Notario a otorgar las Diligencias de Remedición del inmueble ubicado en Cantón Loma del Muerto, suburbios del Barrio Mejicanos, Lote
sin número, de la Ciudad y Departamento de Sonsonate. V.- FACULTADES. Desígnase al Licenciado Joaquín Eliberto García Cubías, Notario, de
este domicilio, para que ante sus oficios notariales se otorguen las correspondientes Diligencias de Remedición. COMUNIQUESE.
DAVID VICTORIANO MUNGUIA PAYES,
CNEL. ART. DEM.,
MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia
ACUERDO No. 306-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil nueve. El Tribunal con fecha
veinte de enero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ERIKA GUADALUPE CALLEJAS ALAS, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- M. TREJO.- R. M. FORTIN H.- GUZMAN U. D. C.- M.
POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011703)
ACUERDO No. 460-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
dos de abril del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EDUARDO MIGUEL VILLACORTA LAZO, para que ejerza la profesión de
ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- L.
C. DE AYALA G.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011766)
ACUERDO No. 461-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
treinta de enero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ROBERTO ALFREDO BONILLA VELADO, para que ejerza la profesión
de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-
vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M.
A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011727)
ACUERDO No. 525-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha diez
de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado OSCAR IVAN GIRON MENDOZA, para que ejerza la profesión de ABOGADO
en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VALDIV.- P.
J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011854)
ACUERDO No. 556-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
diecisiete de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIA SANTOS LIZAMA DE PANIAGUA, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M.
POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011803)
ACUERDO No. 584-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
diecinueve de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BETTY DEL CARMEN MURCIA PORTILLO, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P.
J.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011812)
ACUERDO No. 613-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
veintisiete de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA GRACIELA DIAZ QUEVEDO, para que ejerza la profe-
sión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- M. CLARA.- VELASCO.- M. F.
VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo
suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011718)
ACUERDO No. 647-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha
doce de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada FRANCISCA ANTONIA CACERES AGUILAR, para que ejerza la
profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente
respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M.
POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.
(Registro No. F011742)
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
INSTITUCIONES AUTONOMASalcaldías Municipales
DECRETO No. 01.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIUDAD DELGADO,
CONSIDERANDO:
I) Que el Art. 213 de la Constitución de la República, otorga autonomía al Municipio en lo económico, técnico y en lo administrativo, en asuntos de su competencia; correspondiéndole al Concejo Municipal, la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, conforme lo establece el Art. 204 de dicha Constitución;
II) Que es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por lo que, es necesario, otorgar beneficios a los contribuyentes que se sinceren con su deuda, para la regulación de las obligaciones tributarias a favor de los ciudadanos del Municipio de Delgado, debiendo en esta oportunidad atender a aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en una situación económica difícil que les ha impedido acogerse bajo diferentes modalidades a beneficios anteriores;
III) Que resulta conveniente aprobar una Amnistía en el sentido de poder exonerar a los contribuyentes del interés y multas producto de los tributos municipales que adeudan, siempre y cuando dichos contribuyentes puedan honrar sus respectivas deudas con la Municipalidad, lo cual se va traduciendo en obras de beneficio para los habitantes del Municipio;
IV) Con la autonomía de la que gozan los Municipios, deberá interpretarse el Art. 232 Cn., en el sentido de que la prohibición de dispensar el pago de las deudas a favor de los Municipios va dirigida a los Órganos Legislativo y Ejecutivo, debido a que estos órganos no pueden disponer o decidir un asunto que le concierne en exclusividad a los gobiernos locales, es procedente crear un marco de Amnistía, mediante la aprobación de la presente Ordenanza que exime del pago de interés y multa producto de los tributos municipales, dado que no hay pro-hibición expresa Constitucional para no condonar los intereses y multas producto de los tributos municipales; y,
V) Que la exoneración de los intereses moratorios constituye una política fiscal para que los contribuyentes o responsables, de forma espontánea solucionen su situación de moroso en el pago de los respectivos tributos, así mismo, el actual Concejo Municipal está consciente del alto costo de la vida, como consecuencia de la crisis financiera que ha ocasionado el sistema globalizado que ha empobrecido más a nuestros ciudadanos, por lo que se estima que es de beneficio para las familias y contribuyentes del Municipio de Ciudad Delgado, establecer una medida de exoneración de los intereses y multas que contribuya a disminuir dicho costo.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA la siguiente:
orDENaNZa TraNSiToria DE aMNiSTÍa TriBUTaria Para la EXoNEracioN DE loS iNTErESES
Y MUlTaS ProDUcTo DE laS TaSaS E iMPUESToS MUNiciPalES DEl MUNiciPio DE ciUDaD DElGaDo.
finalidad de la ordenanza.
Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por finalidad reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias en general y brindar beneficios a los contribuyentes en general.
Vigencia del Beneficio.
Art. 2.- Concédase un plazo contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, y hasta el TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL DIEZ, para que las personas naturales o jurídicas que se encuentren en el caso de los dos artículos siguientes, puedan acogerse al presente beneficio, así como cancelar la deuda correspondiente, dentro del plazo de la vigencia del presente Decreto; salvo aquellos contribuyentes que por razones debidamente justificadas no puedan hacerlo en el plazo señalado, para lo cual podrán solicitar por escrito un plazo mayor, y hasta un máximo
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. de DIECIOCHO MESES, solicitud que deberá ser hecha al Concejo Municipal, para su conocimiento y decisión.
Sujetos de aplicación.
Art. 3.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:
a) Aquellos contribuyentes que estando registrados en el Municipio, se encuentren en situación de mora en el pago de las tasas e impuestos municipales.
b) Los contribuyentes que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, y hayan suscrito el correspondiente plan de pago, deberán solicitar la anulación de dicho plan de pago, para gozar de este beneficio, pudiendo pagar la totalidad de la deuda o realizar pagos parciales durante el plazo concedido en la presente Ordenanza.
c) Aquellos contribuyentes que hayan incumplido el plan de pago suscrito con la Municipalidad y se favorezcan con el beneficio otorgado en la presente Ordenanza;
d) Los usuarios del Mercado Municipal "La Placita", que se encuentren en mora por el pago de sus tributos, en el arrendamiento de los dife-rentes puestos que ocupan, a excepción de aquellos a quienes se refiere el Art. 45 de la Ordenanza de Organización y Funcionamiento del Sistema de Mercados del Municipio de Delgado;
e) Aquellos contribuyentes que hayan interpuesto recurso de revisión, apelación y/o hayan iniciado Juicio Contencioso-Administrativo, previo desistimiento de dichos recursos y juicio; y
f) Sujetos de aplicación o de la multa por inscripción extemporánea en el Catastro Municipal.
Procedimiento para la exoneración del pago.
Art. 4.- Las personas naturales o jurídicas que estén interesadas en solicitar el descuento de recargos de intereses por tasas e impuestos munici-pales, antes señalados, deberán solicitar la exoneración en el Departamento de Cuentas Corrientes.
Vencimiento de Plazo.
Art. 5.- Vencido el plazo que establece esta Ordenanza transitoria, cesará de inmediato y sin previo aviso el beneficio otorgado en la misma.
Vigencia.
Art. 6.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Ciudad Delgado, a tres de junio de dos mil nueve.
LIC. JOSE TOMAS MINERO DOMINGUEZ, LICDA. DELMY CAROLINA VASQUEZ ALAS, ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.
LICDA. ALMA CLARIBEL BONILLA DE GONZALEZ, LETICIA GUADALUPE OVIEDO, PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA. SEGUNDA REGIDORA PROPIETARIA.
MIGUEL ARMANDO RAMOS, JOSE EMILIO MONICO JUAREZ, TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.
MARIA ERNESTINA MENDOZA AGUILAR, WILFREDO BARRERA ARRIAZA, QUINTA REGIDORA PROPIETARIA SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.
ALFREDO MARTINEZ MURGA, MANUEL DE JESUS MONTANO FERNANDEZ, SEPTIMO REGIDOR PROPIETARIO OCTAVO REGIDOR PROPIETARIO.
CARLOS HUMBERTO RIVAS PEREZ, GREGORIA DEL CARMEN TEREZON DE LAINEZ, NOVENO REGIDOR PROPIETARIO. DECIMA REGIDORA PROPIETARIA.
JOSE CARMEN TICAS CAMPOS, JOSE FROILAN RICO RIVERA, DECIMO PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. DECIMO SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
LIC. JOSE ARTURO HERRERA ALVARADO,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F011710)
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
(Registro No. F011838)
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. aSociacioN DE DESarrollo coMUNal caNToN SaN
JoSE la iNSTaNcia JUriSDiccioN DE SaN aNToNio MaSaHUaT, DEParTaMENTo DE la PaZ.
caPiTUlo UNo.
DENoMiNacioN, DUracioN, DoMicilio, fiNES Y METaS.-
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el
ordenamiento legal, Municipal y todas las demás disposiciones legales
aplicables; estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el
desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y
económicos y en la cual será de carácter apolítico, ni religioso, ni lucrativo
y se denominará Asociación de Desarrollo comunal cantón San José La
Instancia de la jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de
La Paz. La cual podrá abreviarse "ADESCOCSJINSTANCIA” Que en
los presentes estatutos se llamará la Asociación.
Art. 2.- La Duración de la Asociación será por tiempo indefinido
sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos
previstos en ordenanzas y reglamentos Municipales, ley del Desarrollo
comunal y estos estatutos.
Art. 3.- El Domicilio de la Asociación será: Cantón San José La
Instancia Jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de La
Paz.
Art. 4.- Los fines de la Asociación son de carácter General:
Son fines Generales:
a) La formación del hombre en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.
b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.
c) Impulsar y participar en programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fin de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.
d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, con-juntamente con el Concejo Municipal, otros organismos gubernamentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas Jurídicas que participan en programas y proyectos de beneficio.
Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al
Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de San Antonio
Masahuat, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su for-
mación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la
economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización factor
indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será
producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las instituciones estatales, empresas privadas e instituciones internacionales, la Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:
1- Mejoramiento de calle empedrado y fraguado.
2- Ampliación de la Energía Eléctrica.
3- Remodelación de la casa comunal.
4- Construcción de casas en la comunidad.
5- Mejoramiento de alumbrado público.
6- Introducción de Agua Potable.
7 - Mejoramiento de calle al río.
8- Concretado de calle céntrica.
9- Construcción de cancha de fútbol
CaPiTUlo DoS
DE loS SocioS.-
Art. 6.- La Calidad de los socios será:
Activos y honorarios.
Todos deben ser mayores de dieciocho años.
a) Son Socios Activos: todas la personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas que hayan residido en este lugar por un período no menor de un año.
b) Son socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.
Art. 7.- Los socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les Otorgue.
caPiTUlo TrES
DEl GoBiErNo DE la aSociacioN.-
Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será Ejercido por la Asamblea General y la junta Directiva.
Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de socios Activos, pudiendo haber representación, de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos
veces al año con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando
sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de
diez miembros afiliados a la Asociación.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los
asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en
las Asambleas Extraordinarias solo se tratarán los asuntos comprendidos
en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-
prendidos en la agenda serán tratados.
Art. 12.- La Convocatoria para Asamblea General Ordinaria o
Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con
quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas
de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se
celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiera celebrarse
la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con
los socios que concurran.
En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aun
para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Destituir por causas justificadas a los miembros de la Junta
Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-
dad de miembros a los que hubieren renunciado, fallecido o
pierdan su calidad de socio.
c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-
te.
d) Otorgar la calidad de socio Honorario.
e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la
Junta Directiva.
f) Aprobar el reglamento Interno de la Asociación y los que
son necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos
que se dictaren.
caPiTUlo cUaTro
DE la JUNTa DirEcTiVa.
Art. 14.- La Junta directiva será integrada por once miembros
electos en la Asamblea por votación nominal y pública.
En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un
Presidente, Un Vicepresidente. Un Secretario General, Un Secretario
de Actas, Un Tesorero, Un Síndico y Cinco Vocales.
Art.15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.
Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince
días y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente,
para que la sesión sea válida deberán de concurrir por lo menos seis
de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.
En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de
calidad.
SoN aTriBUcioNES DE loS MiEMBroS DE la JUNTa DirEcTiVa.
Art. 17.- fUNcioNES DEl PrESiDENTE:
a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
b) Representar legalmente, a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.
c) Firmar los documentos de pago de la tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el presupuesto Anual.
d) Elaborará la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, presentará los informes correspondientes.
Art. 18.- fUNcioNES DEl VicEPrESiDENTE:
a) Colaborar en todas las funciones del presidente.
b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente ya sea temporal o definitivamente.
c) Ejecutar las funciones que el presidente le delegue.
d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.
e) Colaborar en la elaboración de la memoria Anual de Labo-res.
f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-ten.
Art.19.- fUNcioNES DEl SEcrETario GENEral:
a) Llevar el registro del inventario General de bienes Muebles e inmuebles.
b) Mantener una campaña de afiliación y presentar informes a la junta Directiva.
c) Recibir las solicitudes de ingresos de nuevos asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.
d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el Reglamento Interno.
e) Llevar un registro actualizado de los socios.
Art. 20.- fUNcioNES DEl SEcrETario DE acTaS:
a) Llevar los libros de actas y acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.
b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.
c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para asamblea General.
Art. 21.- fUNcioNES DEl TESorEro:
a) El tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.
b) Llevará los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en
cada sesión, del estado económico de la misma.
d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si los hubiere.
e) Recolectar la cuota de los Asociados.
f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de egresos e ingresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.
g) En todo caso los gastos serán autorizados con su firma.
h) Los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia.
i) Las firmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos.
j) Responder solidariamente con el presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación.
Art. 22.- Funciones del Síndico:
a) Representar legalmente a la Asociación Conjuntamente o separadamente con el presidente previa autorización de la Junta Directiva.
b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.
Art. 23.- Funciones de los vocales:
a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.
b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva.
c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los vocales quien deba desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.
DEl coMiTÉ DE ViGilaNcia
Art. 24.- El comité de vigilancia será electo en asamblea general
extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva y se constituirá
con tres miembros; el período de funciones del comité iniciará y concluirá
al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.
Art. 25.- Las Funciones del comité de vigilancia serán de contro-
lar; tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para
realizar su función. Recibirá denuncias de los asociados contra la Junta
Directiva.
Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigación,
el resultado será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta
quien tome la decisión sobre lo investigado.
Art. 26.- El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a
reunión extraordinaria y hacer propuestas de la Junta Directiva en pleno
o individualmente.
caPiTUlo ciNco
PaTriMoNio DE la aSociacioN.
Art. 27.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.
b) Las herencias y legados que reciba la Asociación.
c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y
realizadas.
d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título
y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.
Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta
aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fin de
incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.
La que llevará un libro especial de registro de capital en el que
deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.
caPiTUlo SEiS.
DiSolUcioN DE la aSociacioN.
Art. 29.- La asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas
partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso
los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo
Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferente-
mente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no realice
su inversión, el remanente estará bajo el control del concejo municipal
Jurisdiccional.
caPiTUlo SiETE.
ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN DE aSociaDoS Y DirEcTiVoS.
Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados
de ella por acuerdo de la junta directiva, tomado por mayoría de votos
y previa audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas,
reglamento Municipal y estos estatutos. Se consideran como causales
de retiro o expulsión las siguientes anomalías:
a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio
grave para la Asociación.
b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos de
elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea
general o Junta Directiva.
c) Por promover actividades políticas, religiosas y lucrativas y
de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.
d) Por obtener beneficios por medio del fraude, para sí o para
terceros que afecten a la Asociación.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la
misma.
Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-
blea General podrán ser suspendidos temporal o definitivamente según
la gravedad del caso.
La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea
General y la suspensión temporal por la Junta directiva y por Asamblea
General.
Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva
nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los
hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor
exponga en su defensa resolverá.
En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el proce-
dimiento a que se refiere el inciso anterior acordado que fuere ésta se
nombrará a los sustitutos.
Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-
midad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida
la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir
al concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:
a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.
b) Convocar a la Asamblea General que concederá sobre la sus-pensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo será la Asamblea general, que resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros.
Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por
el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los Directivos
suspendidos.
Art. 34.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-
poral decretada por la junta Directiva, únicamente podrá interponerse
el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la
notificación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá
ningún recurso.
caPiTUlo ocHo
DiSPoSicioNES GENEralES
Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo
Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la
elección, la nómina de la nueva junta Directiva, en todo caso propor-
cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le
pidiere relativo a la Asociación
Art. 36.- Comunicará en forma expresada en el inciso anterior, las
sustituciones de los miembros de la junta directiva, cuando sea en forma
definitiva.
Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nueva
junta directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el Plan
de trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva junta Directiva.
Art. 38.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea
General, podrá acordar la entrega de certificados, diplomas o medallas al
mérito a personas, autoridades o Instituciones que demuestren espíritu
de servicio en favor de la Asociación y de la Comunidad.
Art. 39.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar
cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será
sometido por la junta directiva a la Asamblea General para su aproba-
ción.
Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO NÚMERO DOS.-
Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal
Cantón San José La Instancia jurisdicción de San Antonio Masahuat,
departamento de La Paz, que se abrevia ADESCOCSJINSTANCIA,
que consta de cuarenta artículos, y no encontrando en ellos ninguna
disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a
las buenas costumbres, de conformidad con el Art. 119 y 30 numeral
23 del Código Municipal, este Concejo, ACUERDA:
Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el carácter de PERSONA
JURIDICA. COMUNIQUESE.
Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, Departamento de
La Paz, a quince de junio del año dos mil nueve.
ARMANDO VASQUEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
EDGAR NAPOLEON MARTINEZ,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F011761)
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. aSociacioN DE DESarrollo coMUNal
caNToN SaN JoSE loS SolarES,
JUriSDiccioN DE SaN aNToNio MaSaHUaT,
DEParTaMENTo DE la PaZ.
caPiTUlo UNo.
DENoMiNacioN, DUracioN, DoMicilio,
fiNES Y METaS.
Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económicos y en la cual será de carácter apolítico, ni religioso, ni lu-crativo y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Cantón San José Los Solares, Jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de La Paz, la cual podrá abreviarse: "ADESCOCJLOSSOLARES" que en los presentes estatutos se llamará la Asociación.
Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en ordenanzas y reglamentos Municipales, Ley del Desarrollo Comunal y estos estatutos.
Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: Cantón San José Los Solares, Jurisdicción de San Antonio Masahuat, del Departamento La Paz.
Art. 4.- Los fines de la Asociación son de carácter General:
Son fines generales:
a) La formación del hombre en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.
b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.
c) Impulsar y participar en programa de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fin de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.
d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, con-juntamente con el Concejo Municipal otros organismos gubernamentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas Jurídicas que participan en programas y proyectos de beneficio.
Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su for-mación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización factor indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será
producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las instituciones estatales, empresas privadas e instituciones internacionales, la Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:
1- Construcción de viviendas.
2- Mejoramiento de calles empedradas y fraguadas.
3- La construcción de cocinas.
4- Ampliación de la Energía Eléctrica.
5- Construcción de un muro seria del tanque.
6- Construcción de cerca perimetral al vertiente de agua.
7- Construcción de puente en el río.
8- Construcción de dispensario médico.
9- Construcción de un parque.
caPiTUlo DoS
DE loS SocioS.
Art. 6.- La calidad de los socios será:
Activos y honorarios.
Todos deben ser mayores de dieciocho años.
a) Son Socios Activos: todas la personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas que hayan residido en este lugar por un periodo no menor de un año.
b) Son Socios Honorarios: aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.
Art. 7.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.
caPiTUlo TrES
DEl GoBiErNo DE la aSociacioN.
Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.
Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de Socios Activos, pudiendo haber representación de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.
Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afiliados a la Asociación.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las Asambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-prendidos en la agenda serán tratados.
Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sección por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los socios que concurran.
En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.
Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:
a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.
b) Destituir por causas justificadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-dad de miembros a los que hubieren renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socio.
c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-te.
d) Otorgar la calidad de Socio Honorario.
e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.
f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que son necesarios.
g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamento que se dictaren.
caPiTUlo cUaTro
DE la JUNTa DirEcTiVa.
Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea por votación nominal y pública.
En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario de Actas, un Tesorero, un Síndico y cinco Vocales.
Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un periodo de dos años.
Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince días y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida deberán de concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.
SoN aTriBUcioNES DE loS MiEMBroS
DE la JUNTa DirEcTiVa.
Art. 17.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE:
a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.
b) Representar legalmente a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.
c) Firmar los documentos de pago de la tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el presupuesto anual.
d) Elaborará la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, presentar los informes correspondientes.
Art. 18.- FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE:
a) Colaborar en todas las funciones del presidente.
b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente ya sea temporal o definitivamente.
c) Ejecutar las funciones que el presidente le delegue.
d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.
e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labo-res.
f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-ten.
Art. 19.- FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL:
a) Llevar el registro de inventario general de bienes muebles e inmuebles.
b) Mantener una campaña de afiliación y presentar informes a la Junta Directiva.
c) Recibir las solicitudes de ingresos de nuevos asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.
d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el Reglamento Interno.
e) Llevar un registro actualizado de los socios.
Art. 20.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ACTAS:
a) Llevar los libros de actas y acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.
b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.
c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.
Art. 21.- FUNCIONES DEL TESORERO:
a) El tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. b) Llevar los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y
se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.
c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión del estado económico de la misma.
d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si lo hubiere.
e) Recolectar la cuota de los Asociados.
f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.
g) En todo caso los gastos serán autorizados con su firma.
h) Los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia.
i) Las firmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos.
j) Responder solidariamente con el presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación.
Art. 22.- Funciones del Síndico:
a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el presidente previa autorización de la Junta Directiva.
b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.
Art. 23.- Funciones de los Vocales:
a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.
b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva.
c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los vocales quien deba desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.
DEl coMiTÉ DE ViGilaNcia
Art. 24.- El comité de vigilancia será electo en asamblea general extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva y se constituirá con tres miembros; el periodo de funciones del comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.
Art. 25.- Las funciones del comité de vigilancia serán de contro-lar; tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para realizar su función. Recibirá denuncias de los asociados contra la Junta Directiva.
Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigación, el resultado será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.
Art. 26.- El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión extraordinaria y hacer propuestas de la Junta Directiva en pleno o individualmente.
caPiTUlo ciNco
PaTriMoNio DE la aSociacioN.
Art. 27.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:
a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.
b) Las herencias y legados que reciba la Asociación.
c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas.
d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.
Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fin de incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.
La que llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.
caPiTUlo SEiS
DiSolUcioN DE la aSociacioN.
Art. 29.- La asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferente-mente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal jurisdiccional.
caPiTUlo SiETE
ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN DE
aSociaDoS Y DirEcTiVoS.
Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por acuerdo de la junta directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas, reglamentos municipales y estos estatutos. Se consideran con causales de retiros o expulsión las siguientes anomalías:
a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.
b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.
c) Por promover actividades políticas, religiosas y lucrativas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 d) Por obtener beneficios por medio del fraude, para sí o para
terceros que afecten a la Asociación.
e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma.
Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General podrán ser suspendidos temporal o definitivamente según la gravedad del caso.
La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por Asamblea General.
Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá.
En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior acordado que fuere ésta se nombrará a los sustitutos.
Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de conformi-dad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de concedida la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:
a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.
b) Convocar a la Asamblea General que concederá sobre la sus-pensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo será la Asamblea General, que resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros.
Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.
Art. 34.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.
caPiTUlo ocHo
DiSPoSicioNES GENEralES.
Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionará
al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere
relativo a la Asociación.
Art. 36.- Comunicará en forma expresada en el inciso anterior, las
sustituciones de los miembros de la junta directiva, cuando sea en forma
definitiva.
Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de nueva
junta directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el plan
de trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva Junta Directiva.
Art. 38.- La junta directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea
General, podrá acordar la entrega de certificados, diplomas o medallas
al mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu
de servicio en favor de la Asociación y de la Comunidad.
Art. 39.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar
cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será
sometido por la junta directiva a la Asamblea General para su aproba-
ción.
Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días
después de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO NÚMERO TRES.
Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal
Cantón San José Los Solares, jurisdicción de San Antonio Masahuat,
departamento de La Paz, que se abrevia ADESCOCJLOS SOLARES,
que consta de cuarenta artículos, y no encontrando en ellos ninguna
disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a
las buenas costumbres, de conformidad con el Art. 119 y 30 numeral
23 del Código Municipal, este Concejo, ACUERDA: Aprobarlos y
conferirle a dicha Asociación el carácter de PERSONA JURIDICA.
COMUNIQUESE.
Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, Departamento de
La Paz, a quince de junio del año dos mil nueve.
ARMANDO VASQUEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.
EDGAR NAPOLEON MARTINEZ,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F011762)
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. ESTaTUToS DE coNSTiTUciÓN DE la “aSociaciÓN
coMUNal aDMiNiSTraDora DEl SiSTEMa DE aGUa
caNTÓN El JocoTE.
caPiTUlo PriMEro.DEl NoMBrE, NaTUralEZa, DUraciÓN Y DoMicilio.
Art. 1.- Constitúyese en la Comunidad El Jocote, Municipio de
San Matías la “ASOCIACIÓN COMUNAL ADMINISTRADORA
DEL SISTEMA DE AGUA”. Como entidad de naturaleza privada, no
lucrativa sin fines políticos ni religiosos, la que en los presentes Estatutos
se denominará El Jocote o la Asociación la que estará integrada por sus
asociados y beneficiados del servicio de agua potable, sometiéndose a
la legislación municipal. Los Estatutos de Creación, Reglamento interno
y demás disposiciones legales que fueren aplicables.
Art. 2.- La Asociación se constituye por tiempo indetermina-
do pudiendo disolverse por los motivos que se establecen en estos
Estatutos.
Art. 3.- La Asociación Comunal Administrativa del Sistema de
Agua; obtendrá su Personería Jurídica por medio de la Municipalidad de
San Matías, y tendrá Su domicilio en El Cantón El Jocote, desarrollará
sus actividades en la Comunidad El Jocote conforme lo establece el
Reglamento Interno de la Junta Directiva.
caPiTUlo SEGUNDo.
oBJETiVoS.
Art. 4.- El objetivo fundamental de la Asociación es la de otorgar
el servicio de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas
a sus asociados, mediante la administración, operación y mantenimiento
de las instalaciones que componen el Sistema Rural de Aguas, que en
estos Estatutos, podrá también denominarse “El Sistema”.
Art. 5.- Para la consecución de sus fines, la Asociación podrá
realizar las siguientes actividades
a) Distribuir agua potable a los asociados y beneficiados, de
acuerdo a la capacidad del Sistema así como recolectar y
tratar las aguas servidas antes de vertirlas a cuerpos de aguas
o infiltrarlas al subsuelo, cuando esto sea recomendable.
b) Procurará la participación efectiva de la Comunidad en la
gestión, planificación, diseño, construcción operación, man-
tenimiento y la administración del sistema de Acueducto y/o
saneamiento procurando la capacitación y educación sanitaria
que se requiera.
c) Proveer a la comunidad la información necesaria sobre sus
derechos y obligaciones respecto al buen funcionamiento del
Sistema y de la misma Asociación.
d) Vigilar y proteger el recurso hídrico de conformidad a las leyes
de la materia que estén vigentes o se dicten en lo relacionado
con la protección y conservación del medio ambiente.
e) Adquirir materiales y financiamiento para la reparación, me-
joramiento o ampliación de las instalaciones del sistema.
f) Manejar bajo su responsabilidad única, los fondos obtenidos
en concepto de tarifas por consumo de agua o uso del sistema
de recolección y tratamiento de aguas servidas, por pago de
concepto de mora u otra actividad realizada a dichos fines,
los cuales deberán ser depositados en un Banco legalmente
constituido debiendo usarse únicamente para gastos de fun-
cionamiento del Sistema.
g) Establecer y aplicar las sanciones y multas a los asociados y
beneficiados del Sistema que no cumplan con sus obligaciones,
normas y procedimientos establecidos para la administración
general de la Asociación, tanto en el Reglamento especial de
la Administración como en el Convenio suscrito con ésta y
estos Estatutos.
h) Asegurar el cumplimiento de las normas y procedimientos
de salud a nivel nacional, dictadas para el abastecimiento,
saneamiento y prevención a la contaminación del agua po-
table.
i) Informar al Jocote la Comunidad en forma periódica sobre las
labores que realizan y los proyectos que se llevan a cabo.
j) Promover y apoyar programas de higiene Básica Sanitaria y
educación ambiental entre sus asociados y beneficiados.
k) Gestionar financiamiento ante otros Organismos Guberna-
mentales y no Gubernamentales para el mejoramiento del
sistema.
l) Las demás actividades que fueren necesarias realizar acordadas
en Asamblea General o con la Junta Directiva en beneficios
de la Asociación y/o el Sistema.
caPiTUlo TErcEro.
DE loS aSociaDoS, caliDaD, DErEcHoS Y oBliGa-
cioNES.
Art. 6. La Asociación se constituye con socios fundadores en número
de 150, pudiendo ingresar posteriormente mayor número de miembros
beneficiados que se integren al Sistema, quienes deberán ser mayores
de 18 años no importando su sexo, religión o ideas políticas.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 7. Son derechos de los Asociados.
a) Asistir con voz y voto a las Asambleas Generales Ordinarias
y Extraordinarias.
b) Elegir y ser electos para cargos de Dirección, Administración
o Vigilancia de la Organización.
c) Gozar de los beneficios del servicio de agua potable, recolec-
ción y tratamiento de aguas servidas siempre que se encuentren
solventes en el pago de sus tarifas y en el cumplimiento de
sus demás obligaciones.
d) Solicitar y obtener información que solicite a la Junta Directiva,
sobre el funcionamiento del Sistema.
e) Solicitar a través de un directivo, más una tercera parte de sus
asociados como mínimo para que se convoque a Asambleas
Generales.
f) Apelar entre la Asamblea General por decisiones de suspensión
o exclusión.
g) Gozar de igualdad de condiciones de los derechos que su ca-
lidad de socio le confieren, sin ningún tipo de discriminación,
así como también podrá tener acceso a los libros de Actas.
h) Los demás derechos que le confieren estos Estatutos.
Art. 8.- Son obligaciones de los asociados:
a) Conocer, acatar, y cumplir las disposiciones generales, para
la Administración y funcionamiento de los Sistemas de Agua
en el Área Rural, los términos contractuales del Convenio
suscrito entre su reglamento y estos estatutos.
b) Servir en los cargos para los cuales resultare elegido, y
desempeñarse con responsabilidad y diligencia debida.
c) Participar en todas las actividades que se realicen en beneficio
de la Asociación y del Sistema de Aguas.
d) Contribuir con una cuota inicial de incorporación como socio,
la cual será fijada por la Asamblea General.
e) Asistir puntualmente a todo acto o reunión convocada por la
Junta Directiva, incluyendo aquellas actividades educativas,
participando en la toma de decisiones.
f) Pagar oportunamente las cuotas por el servicio recibido, en
las fechas estipuladas en el reglamento interno, en base a los
valores fijados al efecto.
g) Comportarse siempre con espíritu cooperativo en las acti-
vidades que realice la Junta Directiva o cualquiera de los
miembros de la Asociación.
h) Abstenerse de actos que por acción u omisión puedan afectar
la estabilidad económica, financiera y prestigio social de la
Asociación.
i) Acatar los preceptos de estos Estatutos y el Reglamento Interno
de la Asociación y contribuir a la protección del sistema.
j) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos de la Junta
Directiva y Asambleas Generales, Ordinarias o Extraordi-
narias.
k) Abstenerse de promover o propagar asuntos políticos, reli-
giosos, o raciales dentro del seno de la Asociación.
l) Los demás que establezcan en el reglamento Interno y los
Estatutos de la Asociación.
m) Comportarse con educación en las Asambleas Generales, sin
faltar el respeto a los directivos y demás asociados.
Art. 9. La Calidad de miembro de la Asociación, pero no al sistema
de agua.
a) Por renuncia voluntaria, a la Asociación, pero no al sistema
de agua.
b) Por causa de suspensión o expulsión de la Asociación tomada
en acuerdo por la Junta Directiva aprobado en Asamblea
General por incumplimiento de obligaciones, pero no podrá
suspender servicio de agua sin causa justificada.
c) Por causa de muerte del socio, esta calidad pasará al esposo
o esposa o si no a un hijo.
d) Por mala educación o mal vocabulario e irrespeto en acti-
vidades relacionadas con el sistema, previa evaluación del
caso por El Jocote.
caPiTUlo cUarTo.
DEl PaTriMoNio.
Art. 10. Constituyen el Patrimonio de la Asociación, todos los
bienes muebles e inmuebles que adquieran o hayan adquirido con fondos
propios, o por donaciones de personas naturales y/o jurídicas dentro del
proceso de Administración del Sistema de Agua Potable, éstos constituyen
bienes indispensables para el mantenimiento y operación del Sistema.
caPiTUlo QUiNTo.
DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN.
Art. 11.- La Asamblea General en pleno es la autoridad máxima de la
Asociación; sin importar su calidad de socio fundador o beneficiado.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Art. 12.- Los acuerdos de Asamblea General, se aprobarán con el
voto de la mitad más uno de los asociados, salvo en caso de disolución
de la Asociación, que deberá realizarse con la votación de las tres cuartas
partes del total de sus asociados.
Art. 13.- Si en plenaria de Asamblea General no pudiere llevarse
a cabo el día y hora señalados por falta de quórum, fuerza mayor o caso
fortuito, se hará una segunda convocatoria la misma fecha con una hora
de diferencia (de la primera convocatoria) y se tomarán acuerdos con
los presentes.
Art. 14.- Las Asambleas Ordinarias se celebrarán semestralmente,
por convocatoria del Presidente de la Junta Directiva. Ningún miembro
podrá representar a otro, para efectos de ejercer el voto, el cual es de
carácter personal e intransmisible. Dicha votación puede emitirse en
forma secreta o por votación pública a mano alzada, según lo decida
la Asamblea General, en cuya agenda deberán tratarse los asuntos de
interés para la Asociación y en especial, los siguientes:
a) El Estado de Cuenta y balance general, memoria anual o
semestral de las labores, actividades y avances obtenidos
durante el periodo anterior.
b) Para la elección de nuevos miembros de la Junta Directiva,
cuyo nombramiento será por períodos de dos años, pudiendo
reelegirse si la Asamblea General en pleno así lo decidiere.
c) Para la presentación del Proyecto del Plan Anual de activi-
dades, en Asamblea General para la aprobación del pleno.
d) Los casos de ampliación o mejoramiento del Sistema, técni-
camente avalados por beneficio de la asociación.
e) Los casos de admisión de nuevos miembros beneficiados del
Sistema.
f) Para la fijación de cuotas o tarifas por el uso del Sistema, en
coordinación con la comunidad acuerdo con las disposiciones
legales vigentes.
Art. 15. Podrá convocarse a Asamblea General Extraordinaria
a iniciativa del Presidente de la Junta Directiva. A iniciativa de la
mayoría de los miembros de la Junta Directiva o por requerimiento de
por lo menos una tercera parte de los asociados, debiendo señalarse en
la convocatoria el objeto de la Asamblea, fecha, hora y lugar, para la
cual se convocará a un representante de El Jocote cuando se tratare de
modificación o ampliación del Sistema, además para conocer sobre:
a) La reforma a estos Estatutos.
b) La adquisición de nuevos bienes muebles e inmuebles en
beneficio de los fines de las Asociación.
c) La aprobación de aportes de cuotas extraordinarias para fi-
nanciar nuevos proyectos que beneficien el Sistema, debiendo
aprobarse con la votación de por lo menos las tres cuartas
partes de sus miembros.
d) La exclusión de uno o más asociados, lo cual deberá dedicarse
en votación secreta, lo mismo que para la cesación del cargo
de algún miembro de la Junta Directiva.
e) La disolución de la Asociación.
Art. 16.- Las asambleas Generales Ordinarias quedarán legalmente,
constituidas, con la presencia en la primera citación, de por lo menos
la mitad más uno de los asociados activos; y las extraordinarias, por lo
menos las tres cuartas partes de ellos.
Art. 17.- Las deliberaciones y acuerdos que se produzcan en las
Asambleas Generales quedarán registrados en el Libro de Actas, el que
deberá contener al menos.
a) El día, hora y lugar de reunión.
b) Nombre del dirigente que presidió la reunión.
c) Miembros de la Junta Directiva presentes.
d) Número de miembros presentes que hubieran sido convocados
según los puntos a tratar; así como los representantes de otras
Instituciones involucradas según el caso.
e) Agenda, puntos tratados y acuerdos anteriores.
f) Tipo de reunión de que se trate.
g) Registro del tipo de votación que se realice.
El acta será firmada dentro de los cinco días hábiles siguientes a
la fecha de celebrada, por el Presidente(a), por el Secretario(a), por tres
miembros designados para tal efecto en la misma Asamblea General.
Art. 18.- La Asamblea General tomará sus decisiones por mayoría
de votos de los presentes y en caso de empate, el Presidente tendrá doble
voto.
caPiTUlo SEXTo.
DE la JUNTa DirEcTiVa.
Art. 19.- La primera Junta Directiva del Jocote será electa por
mayoría de votos en la Asamblea General de constitución las demás
Juntas Directivas o miembros de éstas que sustituyan a los que terminan
su período, será convocada por la misma Junta Directiva o a petición de
por lo menos la tercera parte de los miembros.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 20.- La Asamblea General de Asociaciones en pleno elegirá,
dentro de los socios las personas idóneas para formar parte de la Junta
Directiva de El Jocote, pudiendo optar a los cargos de:
a) Presidente(a).
b) Vicepresidente(a).
c) Secretario(a).
d) Tesorero(a).
e) Vocales.
f) Síndico.
Al momento de hacer las propuestas para optar a cualquier cargo de
la Junta Directiva, deberá postularse el cincuenta por ciento del género
femenino. En todo caso la suma total de los miembros electos de la Junta
Directiva deberá ser un número impar.
Art. 21.- Para ser miembro directivo deberá:
a) Ser socio de la comunidad, estar solvente con las obligaciones
económicas de la asociación.
b) Ser mayor de 18 años.
c) No tener parentesco de consanguinidad ni segundo grado
de afinidad entre los miembros de la Junta Directiva; sin
embargo, en casos excepcionales y a criterio razonado de la
Asamblea, se podrá omitir este requerimiento.
d) Ser salvadoreño por nacimiento o naturalización.
e) No estar procesado ni cumpliendo condena por delito contra
las leyes de El Salvador.
l) Ser de reconocida solvencia moral.
Art. 22.- Los miembros de la Junta Directiva permanecerán en sus
cargos de dos años y podrá ser reelecto en el período siguiente, pudiendo
ejercer hasta un máximo de dos períodos consecutivos en un mismo
cargo, sin embargo, continuarán en sus cargos mientras no se realice
una nueva elección.
Art. 23.- Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán sus
cargos adhonorem, sin embargo, cuando deba realizar gestiones o formar
comisiones, se les reconocerá los gastos de transporte y sus viáticos, lo
cual deberá ser contemplado en el Reglamento Interno.
Art. 24.- Para que pueda sesionar la Junta Directiva el quórum deberá
ser de mayoría simple, o sea, la mitad y más uno de sus miembros. Las
resoluciones se tomarán con la misma proporción, o sea, la mitad más
uno de los miembros presentes.
Art. 25.- La Junta Directiva podrá destituir de sus cargos, a cual-
quiera de sus miembros que faltare a tres reuniones consecutivas o a
cinco alternas sin causa justificada o cuando se comprobare faltas o
hechos no compatibles con sus funciones, deberes y responsabilidades.
El reemplazo de estos miembros se realizará de conformidad al artículo
24 de estos Estatutos.
Art. 26.- La Junta Directiva celebrará sesión Ordinaria una vez
al mes y sesión extraordinaria cuando sea necesario y/o a solicitud del
Presidente o de tres o más miembros de la misma.
Art. 27.- Son funciones de la Junta Directiva las siguientes.
a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el Reglamen-
to, Administración y Operación, los acuerdos adoptados en
Asambleas, así como las disposiciones legales, administrativas
y técnicas que sean aplicables para el buen funcionamiento
de la comunidad El Jocote y sus servicios.
b) Velar por el buen funcionamiento del Sistema, ejecutando las
obras necesarias para su conservación y mantenimiento.
c) Vigilar y proteger las micro cuencas de las fuentes de
abastecimiento del acueducto y de los cuerpos receptores;
para evitar su contaminación y ayudar a la protección de las
cuencas hidrográficas de la región.
d) Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio
prestado; incluido los logrados por concepto de mora u otras
actividades que se realicen para aumentar los fondos de la
Comunidad los cuales serán destinados exclusivamente a
gastos de administración, operación, mantenimiento y mejo-
ramiento del sistema, así como también para la capacitación
de los miembros de la junta.
e) Adquirir bienes muebles para la consecución de todos sus
fines por los medios legales.
f) Administrar los bienes de El Jocote abrir y cerrar cuentas de
ahorro, corriente de depósito o de Crédito en Instituciones
Bancarias o Financieras legales reconocidas para tal efecto
se faculta expresamente al Presidente, Tesorero y Síndico de
la Junta Directiva de la Comunidad cumplir con lo dispuesto
en este inciso.
g) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean
indispensables para la realización de sus fines de creación de
El Jocote siempre que éstos no contravengan las disposiciones
legales; técnicas y administrativas.
h) Convocar a reuniones a los miembros para tratar los asuntos
que se requieren en la administración del sistema, cuando así
la Junta Directiva lo determine.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. i) Elaborar el Plan Anual de Trabajo y someterlo a aprobación
en plenaria de Asamblea general;
j) Analizar las solicitudes de los abonados o de nuevos servi-
cios.
k) Llevar un registro de las órdenes de trabajo necesarias para el
buen funcionamiento del Sistema, o la ejecución de acciones
necesarias para la aplicación de sanciones.
l) Informar por escrito y en forma oportuna a los usuarios,
sobre las sanciones impuestas por incumplimiento de sus
obligaciones.
m) Revisar periódicamente las tarifas por consumo, cargos por
nuevos servicios, sanciones y demás actividades administra-
tivas; cuando sea necesario modificarlas, deberán someterlas
a la aprobación de la Asamblea General, siempre que su fin
sea para que los ingresos sean suficientes para la gestión del
sistema.
Art. 28.- Para llevar a cabo la administración financiera del sistema
de agua potable, la JUNTA DIRECTIVA deberá:
a) Elaborar un Plan de trabajo para la operación del sistema,
mantenimiento preventivo educación sanitaria y otros.
b) Elaborar un presupuesto anual para la administración de los
sistemas y para la educación sanitaria.
c) Señalar el lugar de recaudación para el cobro de las tarifas
por consumo de agua.
caPiTUlo SÉPTiMo.
fUNcioNES DE loS MiEMBroS DE la JUNTa DirEcTiVa.
Art. 29.- Son funciones del Presidente(a) las siguientes:
a) Representar legalmente a la Asociación en forma conjunta
o separada con el Síndico, en todas aquellas circunstancias
en que tal representación sea necesaria.
b) Convocar a reuniones de El Jocote y de la Junta Directiva.
c) Presidir las reuniones de Junta Directiva y las Asambleas
Generales.
d) Firmar, en representación de El Jocote a el convenio para la
administración, operación y mantenimiento del servicio.
e) Firmar la correspondencia de la Junta Directiva.
f) Girar cheques conjuntamente con el(a) tesorero(a) con cargo
a los fondos de El Jocote.
g) Velar por el debido cumplimiento de los planes y programas
de El Jocote.
h) Suscribir los contactos para la compra de bienes y materiales y
para la contratación del personal se requiere para la explotación
de los servicios previa aprobación de la Junta Directiva.
i) Desempeñar todos los demás deberes correspondientes a su
cargo y los que por acuerdos le asigne la Asamblea Gene-
ral.
j) Responder solidariamente con el Síndico, de los actos de
mala administración y con el tesorero en lo relacionado
con la recaudación y erogación de fondos, administración
fraudulenta y/o malversación de fondos.
Art. 30.- Son funciones del Vicepresidente(a), las siguientes:
Apoyar al presidente(a) en el desarrollo de sus funciones y
substituirlo(a) en caso de excusa o inasistencia justificada, incapacidad
o retiro de su cargo.
Art. 31.- Son funciones del Secretario(a), las siguientes:
a) Convocar a Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias,
reuniones de trabajo la junta Directiva conforme a instruc-
ciones del Presidente.
b) Levantar las actas de las sesiones de la Junta Directiva y
Asambleas Generales, firmarlas una vez aprobadas, conjun-
tamente con el presidente(a) registrándolas en un libro de
Actas, autorizado al efecto por la junta Directiva.
c) Tener a su cargo y bajo su custodia los documentos y archivos
de la Asociación.
d) Llevar en orden y actualizado el Libro de Registro de Aso-
ciados.
e) Emitir constancia de acreditación a los miembros de la Junta
Directiva cuando sus miembros lo soliciten.
f) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo
y los que por acuerdo se le asigne.
Art. 32.- Son funciones del Tesorero(a):
a) Controlar y custodiar los bienes recaudados en concepto
de cobro o por cualquier otra actividad desarrollada por El
Jocote con la finalidad de obtener fondos para las obras de
mantenimiento, administración y operación del Sistema de
agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 b) Depositar mensualmente en el Banco o en alguna institución
financiera legalmente reconocida, los saldos que resulten
después de que se hayan financiado los gastos de operación,
administración mantenimiento del sistema.
c) Autorizar retiros de cuentas bancarias, conjuntamente con
el(la) presidente(a) y Síndico, contra los fondos de la Aso-
ciación.
d) Custodiar los libros de contabilidad sobre la administración
y operación del Sistema.
e) Mantener al día la documentación de la Asociación, espe-
cialmente el archivo de facturas y demás comprobantes de
ingresos y egresos, el control de morosidad permanentemente
actualizada y elaborar los informes de Estados Financieros,
para ser informado ante el pleno en Asambleas Generales,
en las fichas fijadas para tal fin.
f) Preparar anualmente el Balance General y Estado financiero,
para ser informado ante el pleno en Asamblea General.
g) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo
y lo que por acuerdos aprobados se le asigne.
h) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes,
muebles e inmuebles propiedad de la Asociación.
i) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-
ción adecuada de los recursos económicos así como efectuar
los pagos de las obligaciones de éstas.
j) Organizar el sistema de recaudación y efectuar los cobros
por consumo, conexiones, reconexiones, multas y otros
cargos, en coordinación con los demás miembros de la Junta
Directiva.
Art. 33.- Son funciones de los Vocales:
a) Asistir a todas las reuniones de la Junta Directiva, con derecho
a voz y voto.
b) Colaborar con las actividades que sean solicitadas por presi-
dentes, vicepresidentes, el secretario y/o el Síndico, siempre
y cuando dichas actividades estén dentro de su capacidad y
alcance la realización de las mismas.
c) Desempeñar todas las demás actividades y deberes inherentes
a su cargo y los que por acuerdo de la asamblea general se le
han asignado.
Art. 34.- Son funciones del Síndico:
a) El Jocote función que ejecutará en forma conjunta o separa-
damente con el presidente de la Junta Directiva; debiendo;
para ello, rendir fianza bancada que será expuesta en asamblea
general.
caPiTUlo ocTaVo.
SaNcioNES, MEDiDaS DiSciPliNariaS.
Art. 35.- Todos los miembros fundadores, directivos y benefi-
ciarios del Jocote deben ejercer sus derechos y funciones. En caso de
incumplimiento comprobado, serán sujeto de sancionar y medidas que se
establecen en los presentes estatutos, reglamento interno o en su defecto,
las que determine la Asamblea General, pudiendo consistir en multas,
suspensión o expulsión de la asociación, según la gravedad del hecho.
caPiTUlo NoVENo.
DE SU DiSolUciÓN.
Art. 36.- La Asociación podrá disolverse por acuerdo de asambleas
generales, con la votación de las dos terceras partes de sus asociados,
por las causales siguientes:
a) Por realizar actos arbitrarios que estén en contra del conve-
nio o el reglamento de administración y funcionamiento del
Jocote o por cualquier acto que violente los intereses de la
comunidad y la calidad de los servicios de agua potable y
saneamiento que se les brinde.
b) Por resolución judicial, cuando se comprueben las realiza-
ciones de actividades ilícitas del lucro directo, o contrarias
a la moral, la seguridad y el orden público, o mal manejo
de los fondos y bienes de la entidad, con perjuicio grave e
irreparables a terceros o al estado.
caPiTUlo DÉciMo.
DE la MoDificaciÓN EN ESTaTUToS.
Art. 37.- Los presentes estatutos sólo podrán modificarse por el
Jocote siempre que no se contravengan a las disposiciones legales técnicas
y administrativas vigentes.
Art. 38.- En el caso del capítulo anterior, tendrá la iniciativa para
solicitar la modificación de los estatutos, la asamblea general y la Junta
Directiva, en el primer caso, corresponderá a la mitad más uno de los
afiliados activos presentar su petición por escrito a la junta directiva,
y en el segundo caso la Junta Directiva hará la solicitud al pleno de la
Asamblea General, quien lo decidirá por la votación de las tres cuartas
partes de sus miembros.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. caPiTUlo DÉciMo PriMEro.
DiSPoSicioNES GENEralES.
Art. 39.- Durante las reuniones de la Asociación, estará estrictamente
prohibido generar discusiones de tipo político, religioso o de cualquier
otra índole que sea ajena a sus intereses y finalidad.
Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir la nómina
de los miembros en el registro que llevará la Alcaldía Municipal, y en
todo caso, proporcionar cualquier dato que se le pidiere, entidad.
Art. 41.- La Asociación podrá limitar temporalmente el ingreso
de nuevos socios, previo análisis técnico El Jocote sobre la capacidad
del sistema lo permite o no, para abastecer de agua potable a un mayor
número de personas; o si éstas, requieren de mayor volúmenes de agua
que la capacidad de proporción del sistema o a la propia capacidad de
la fuente de abastecimiento; mientras éste no sea ampliado o mejorado.
Siempre que las mejoras sea para beneficio de la comunidad El Jocote
permitiendo que el sistema de agua potable sea proporcionado a otra
comunidad.
Art. 42.- Todo miembro exclusivo de la Asociación por las causales
establecidas en estos Estatutos, sólo podrá ser readmitido después del
pago de todos los compromisos económicos pendientes, pero no podrá
aspirar a ningún cargo de Junta Directiva en un plazo no menor de dos
años.
Art 43.- La Asociación deberá tener un Libro de Registro de sus
miembros, indicando su nombre y demás generales; residencia, número
de Documento Único de Identidad (DUI) u otro documento de identifica-
ción; fecha de ingreso, número de miembros que componen a su grupo
familiar.
Art. 44.- La Junta Directiva emitirá un Reglamento interno que
establezca las normas de carácter administrativo y demás obligaciones
propias de la Asociación y deberá ser sometido a Aprobación de la
Asamblea General inmediatamente después de la autorización de su
Personalidad Jurídica.
Art. 45.- Para efecto de dar cumplimiento a las disposiciones de
estos Estatutos y del Reglamento interno de la Asociación por violación
de los mismos, la junta directiva podrá solicitar la colaboración de las
autoridades Administrativas o Judiciales de conformidad a la legislación
vigente.
Art. 46.- A los donantes de terrenos donde está ubicado la fuente o
terreno para perforar pozos, que abastecen a la comunidad y los terrenos
donde construyan los tanques de almacenamiento y distribución se le
dará una paja de agua gratis para su vivienda, siempre que técnicamente
sea posible y a solicitud del donante. Los donantes no están excepto del
pago del servicio de agua.
Art. 47.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días,
después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
ACUERDO NUMERO CATORCE.
Vistos los Estatutos de Constitución de la “Asociación Comunal
Administradora del Sistema de Agua Potable del Cantón “El Jocote”
fundada en el Cantón El Jocote, jurisdicción de San Matías, departamento
de La Libertad, los cuales constan de 47 Artículos y no encontrando
en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al
orden público ni a las Buenas Costumbres, de conformidad a los Artí-
culos 30 Numeral 23, 119 y 121 del Código Municipal, este Concejo
Municipal, ACUERDA: 1°) Otorgar Personería Jurídica que solicita a
la Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua potable
del Cantón “El Jocote” fundada en el Cantón El Jocote del Municipio
de San Matías, departamento de La Libertad; 2°) Aprobar en todas sus
Partes sus Estatutos que constan de 47 Artículos; y 3°) publíquese en el
Diario Oficial los Estatutos que hoy se aprueban. CERTIFÍQUESE Y
COMUNÍQUESE.
Dado en la Alcaldía Municipal: San Matías, departamento de La
Libertad, a dieciocho de Junio del año Dos Mil Nueve.
VIRGILIO MARTÍNEZ BARILLAS,
ALCALDE MUNICIPAL.
JOSÉ DEL CARMEN LEÓN,
SECRETARIO MUNICIPAL.
(Registro No. F011837)
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
DEclaraToria DE HErENcia
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-
AVISA: Que por resolución de las diez horas y quince minutos del día cuatro de Junio del dos mil nueve, se han declarado herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RAIMUNDO GUTIERREZ ARGUETA conocido por REIMUNDO GUTIERREZ ARGUETA, quien falleció a las quince horas del día veintiséis de marzo del dos mil ocho, en el Caserío Chispas, Cantón El Zamorán, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a los señores SANTOS GUTIERREZ CABRERA, PEDRO ERNESTO GUTIERREZ CABRERA, y la señora FLOR MAGDALENA CABRERA DE MON-TEAGUDO conocida por FLOR MAGDALENA GUTIERREZ DE MONTEAGUDO, todos en calidad de hijos del causante, y se les han conferido a los herederos declarados, en el carácter antes indicado, la administración y representación definitivas de la sucesión.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas y diecisiete minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 617
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-
AVISA: Que por resolución de las once horas y quince minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, se ha declarado heredera expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA GENOVEVA APARICIO viuda de VARGAS, quien falleció a las catorce horas del día diecisiete de Junio de mil novecientos setenta y ocho, en el Cantón El Papalón, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a la señora DOLORES APARICIO, conocida por DOLORES VARGAS APARICIO, en calidad de hija del causante, y se le ha conferido a la heredera declarada, en el carácter antes indicado, la administración y representación definitivas de la sucesión.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once horas y diecisiete minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 618
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de las doce horas del día veintidós de mayo del año dos mil nueve, se han declarado herederos definitivos y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL DE JESUS GUZMAN CONOCIDO POR MANUEL DE JESUS TORRES GUZMAN y POR MANUEL TORRES, fallecido el día siete de marzo del año de dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio, a los señores MARIA CRUZ HERNANDEZ VIUDA DE TORRES CONOCIDA POR MARIA CRUZ HERNANDEZ y POR MARIA CRUZ HERNANDEZ HENRIQUEZ, JOSE MARIA TORRES HERNANDEZ y ROSA IRMA TORRES DE RUANO, la primera en el carácter de cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del causante y se ha conferido la administración y representación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a las ocho horas y treinta minutos del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve. LIC. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
Of. 1 v. No. 619
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las quince horas y veinte minutos del día veintiséis de Febrero de dos mil nueve, SE HA DECLARADO HEREDERA EN FORMA DEFINI-TIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor LEON RUBIO, a la señora CONCEPCION RUBIO PINEDA, quien es mayor de edad, Soltera, del domicilio de Conchagua, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad Número cero tres seis uno siete ocho cinco dos guión dos, en calidad de hija del causante; conjuntamente con el señor JUAN RUBIO PINEDA, como hijo del causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de de treinta y cuatro años de edad, soltero, jornalero, de nacionalidad salvadoreña, originario y del domicilio de Corinto, hijo de Clemente Rubio y María Isabel Sibirían; FALLECIO el día veinticuatro de Octubre de mil novecientos cincuenta y cuatro, en el Cantón San Felipe de la Jurisdicción de Corinto, departamento de Morazán, siendo éste el lugar de su último domicilio. Se le confirió a la heredera declarada antes mencionada y en la forma establecida, la administración y la representación definitiva de la Sucesión.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, Morazán, a las nueve horas del día doce de marzo del dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
Of. 1 v. No. 620
SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. acEPTacioN DE HErENcia
LICENCADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez
Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para
efectos de Ley.
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las
diez horas y veinticinco minutos del día veintisiete de abril del corriente
año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON
BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a
su defunción dejó el causante señor FRANCISCO SANCHEZ, de parte
del señor GENARO SANCHEZ DIAZ, por derecho propio en calidad de
hijo del mencionado causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue
de sesenta y nueve años de edad, Jornalero, originario y del domicilio
de Jocoaitique, hijo de José León Sánchez y Evarista Chavarría, falleció
el día once de junio de mil novecientos sesenta y ocho, en el Cantón El
Rodeo, Caserío La Joya de la jurisdicción de Jocoaitique; siendo esta
misma población lugar de su último domicilio. Se le confirió al aceptante
antes mencionado y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y
REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se
presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el
siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-
dico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San
Francisco Gotera, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del
día veintinueve de abril de dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO
GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. LICDA. ROSA
ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 621-1
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,
a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario de parte de la señora TEODORA SORTO
DE DE LA O; de cincuenta y un años de edad, doméstica, del domicilio
de Guatajiagua, Departamento de Morazán, con Documento Único de
Identidad personal número cero dos tres siete cinco ocho cinco ocho guión
tres; la herencia que en forma intestada dejó la señorita ANA DORIS
DE LA O SORTO, quien fue de treinta y un años de edad, profesora,
soltera, originaria y del domicilio de Guatajiagua, del Departamento de
Morazán, hija de Teodora Sorto de De la O y de Juan Esteban de la O
Guzmán conocido también como Juan Esteban de la O y Esteban de la
O; quien falleció a las trece horas del día treinta de octubre de dos mil
ocho, en el Caserío La Torera Cantón Pajigua Arriba, de la Jurisdicción
de Guatajiagua del Departamento de Morazán; en concepto de madre
de la causante; a quien se le ha conferido en la calidad expresada, la
administración y representación INTERINA, de dicha sucesión, con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; y cita
a las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que
se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,
a las quince horas y diez minutos del día cuatro de mayo de dos mil
nueve. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.
INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 622-1
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado
a las ocho horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora ENE-
MECIA MARTINEZ PORTILLO: de cincuenta y ocho años de edad,
doméstica, del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán;
con Documento Único de Identidad número cero dos siete cero ocho
dos ocho cuatro guión cinco; de la herencia que en forma intestada dejó
el señor AGUSTIN MARTINEZ; quien fue de sesenta años de edad,
casado, Agricultor en Pequeño, originario de Guatajiagua, Departamento
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de Morazán, de nacionalidad salvadoreña, hijo de los señores NICO-
MEDES ORELLANA y TEODORO MARTINEZ; quien falleció a las
catorce horas del día veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta
y cuatro; siendo la ciudad de Guatajiagua, Departamento de Morazán,
su último domicilio; en concepto de HIJA del referido causante. Se le ha
conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la administra-
ción y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días
contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a
las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de marzo de dos mil
nueve. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.
INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 623-1
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,
a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario de parte de los señores DIGNA DINORA
MARTINEZ DE SEGOVIA, de cuarenta y tres años de edad, casada de
oficios domésticos, originaria de Jocoro, y residente en Cantón Lagune-
tas, Jurisdicción de Jocoro, departamento de Morazán, con Documento
Único de Identidad número cero dos cero dos dos siete ocho uno-ocho;
ROXANA ABIGAIL SEGOVIA MARTINEZ, de veinticinco años de
edad, soltera, de oficios domésticos, del domicilio de Jocoro, Departa-
mento de Morazán, con Documento Único de Identidad personal número
cero tres millones doscientos ochenta y siete mil doscientos setenta y
cinco-cero; MARTA LIDIA SEGOVIA MARTINEZ, de veinte años de
edad, soltera, de oficios domésticos, originaria de Jocoro, y residente en
Cantón Lagunetas, Jocoro, departamento de Morazán, con Documento
Único de Identidad número cero cuatro dos cuatro dos nueve tres nueve-
siete; FIDEL ANTONIO SEGOVIA MARTINEZ, de veintitrés años
de edad, jornalero, soltero, originario de Jocoro, y residente en Cantón
Lagunetas, Jocoro, departamento de Morazán; con Documento Único
de Identidad número cero tres cuatro ocho siete cuatro uno cinco-seis,
éste representado por su CURADORA ESPECIAL, Licenciada ENMA
LETICIA AMAYA GOMEZ, mayor de edad, soltera, abogada, origi-
naria de El Divisadero, y residente en Ciudad Toledo, Polígono número
32, casa número 22, San Miguel, con Documento Único de Identidad
número cero uno ocho ocho uno cinco nueve cero-seis; los menores
JOSELYN; SONIA MARIBEL y BACILIA YAMILET, todos de ape-
llidos SEGOVIA MARTINEZ; éstos representados por su madre señora
DIGNA DINORA MARTINEZ DE SEGOVIA; y a la señora BACILIA
SEGOVIA, de ochenta y ocho años de edad, de oficios domésticos,
originaria de Jocoro, con residencia en el Cantón Lagunetas, de Jocoro,
departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número
cero tres millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta
y siete-siete; la herencia que en forma intestada dejó el señor MERCE-
DES SEGOVIA TOBAR, quien fue de cincuenta y tres años de edad,
casado, agricultor en pequeño, originario de Jocoro, Departamento de
Morazán, hijo de Basilia Segovia, y de Rosendo Tobar, quien falleció a
las dieciocho horas y treinta minutos del día veintiuno de febrero del año
dos mil siete; en el Cantón Lagunetas, de la Jurisdicción de Jocoro, del
Departamento de Morazán, siendo éste su último domicilio; la primera
en concepto de cónyuge; y todos los demás en concepto de hijos, del
referido causante, a excepción de la última, ésta en concepto de madre
del causante, a quien se les ha conferido en la calidad expresada, la
administración y representación INTERINA, de dicha sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente,
y cita a las personas que se crean con derecho a la referida herencia,
para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo dentro del término de
quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este
edicto.
Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a
las nueve horas y diez minutos del día veintiocho de mayo de dos mil
nueve. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.
INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 624-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Centro Judicial Integrado de Soyapango,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal a las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de febrero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante OTTO HUGO ROSALES conocido por OTO HUGO ROSALES ESCOBAR.
Tiénese por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la sucesión Intestada que a su defunción dejó el causante OTTO HUGO ROSALES conocido por OTO HUGO ROSALES ESCOBAR, quien fue de sesenta y un años de edad, mecánico, soltero, siendo su último domicilio Soyapango, originario de San Salvador, Salvadoreño, hijo de Ana Matilde Rosales, quien falleció el veinte de marzo de dos mil ocho; de parte de LUIS ROBERTO ROSALES CLIMACO, CARMEN ELIZABETH ROSALES CLIMACO conocida por CAR-MEN ELIZABETH ROSALES DE BARILLAS y ANA MERCEDES ROSALES CLIMACO conocida por ANA MERCEDES ROSALES DE CORTEZ, en su calidad de hijos del causante, representados por la abogada Gloria Margarita Ruíz López conocida por Gloria Margarita Ruíz de Canjura, en su calidad de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República.
Confiérese a los aceptantes declarados la administración y represen-tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este tribunal dentro del término de ley después de la publi-cación del edicto respectivo.
Librado en Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil nueve.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SO-RIANO NAVARRETE, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 625-1
MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE-GUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,
HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y diez minutos del día cuatro de Junio del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor NELSON MAURICIO HERNANDEZ RAMOS, quien falleció a las diecisiete horas del día nueve de diciembre del dos mil ocho, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio el Barrio La Merced de esta ciudad, de parte de la señora SONIA ESPERANZA CONTRERAS DE HERNANDEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y los señores HERBERTH MAURICIO CONTRERAS HERNANDEZ, KAREN LISSETHE CONTRERAS HERNANDEZ y NELSON ORLANDO CONTRERAS HERNANDEZ, en calidad de hijos del causante, y se les han conferido a los aceptantes en el carácter antes indicado, la admi-nistración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas y quince minutos del día cuatro de Junio del dos mil nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 626-1
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas con quince minutos del día cuatro de junio del corriente año; se tuyo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor FERNANDO GOMEZ, conocido por FERNANDO GOMEZ MARTINEZ, fallecido a las cinco horas del día veintiocho de marzo de dos mil siete, en el Cantón Planes Primero de esta jurisdicción y distrito, departamento de San Miguel, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora Antonia Maravilla, ésta Cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les corresponde a los señores Ana Josefa, Carlos Ernesto, Margarita, Francisco todos de apellidos Maravilla Gómez y Guillermo Gómez Maravilla, todos en su concepto de hijos del causante. Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.
Publíquense los edictos de ley.
Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once horas con treinta minutos del día cuatro de junio de dos mil nue-ve. Enmendado-beneficio-siete-derechos-minutos-mil-Vale.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETA-RIA.
Of. 3 v. alt. No. 627-1
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día veintidós de mayo del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE GRANADOS GUZMAN, habiendo fallecido el día catorce de noviembre del año dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores JESUS GRANADOS CERON, VALERIANA GRANADOS CERON, SALVADOR GRANADOS CERON, RENE GRANADOS CERON, JOSE MARIO GRANADOS CERON, MARIA MAURICIA SERON conocida por MARIA MAURICIA SERON HERNANDEZ DE GRANADOS, MARIA MAURICIA SERON, MARIA MAURA CERON, MARIA MAURA CERON HERNANDEZ y por MARIA MAURA SERON HERNANDEZ, hijos y cónyuge sobreviviente del causante respectivamente, y se ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, menores deberán ejercerla por medio de su representante legal.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil nueve.- LIC. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 628-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada
Gilma Yolanda Vásquez Sánchez, mayor de edad, del domicilio de San
Miguel, con Tarjeta de Identificación número cinco mil seiscientos se-
tenta y nueve, en calidad de Apoderada General Judicial del señor JOSE
TOBIAS MEZA GONZALEZ, de setenta y tres de edad, empleado, de
este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero
cuatrocientos setenta y siete mil setecientos cincuenta y nueve guión
cuatro; solicitando se le extienda Título de Propiedad, a favor de su
Apoderado, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en Barrio
San Antonio, de esta ciudad, distrito de Chinameca, San Miguel, de la
extensión superficial de SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS
CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y
linderos siguientes: AL ORIENTE; veinticuatro metros, con Luis Meza
González, no hay cerco y es paso libre, AL NORTE; dieciocho metros,
con la señora Mercedes Jurado, cerco de alambre de la colindante de
por medio, AL PONIENTE; cuarenta metros, con la señora Gregoria
Cortéz, cerco de alambre de la colindante de por medio; y AL SUR;
veintiocho metros, con Deoclesiano Herrera Paiz, cerco de alambre del
colindante de por medio; inmueble que adquirió por compra que hiciera
en forma verbal a la señora Ana Luisa Meza, en el año de mil novecientos
ochenta y nueve, y que unidas ambas posesiones, éstas datan por más
de cuarenta años consecutivos. No tiene carga, ni derechos reales que
pertenezcan a otra persona, no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra
en proindivisión con nadie. Todos los colindantes son de este domicilio.
El inmueble lo Valora en UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Y para ser publicado en el Diario Oficial, se extiende el presente
edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Lolotique, a los veintisiete
días del mes de mayo de dos mil nueve. JUAN ANGEL HERNANDEZ,
ALCALDE MUNICIPAL. BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLE-
SIAS, SECRETARIA MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 629-1
TiTUlo SUPlETorio
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
JOSÉ ALIRIO BELTRÁN GARCIA, en su carácter de Agente Auxiliar
del señor Procurador General de la República en nombre y representación
de la señora DOMINGA ALVARENGA DE SIGÜENZA conocida por
ANA DOMINGA ALVARENGA. - Solicitando se le extienda Título
Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón
Michapa del Municipio de Santa Cruz Michapa, de esta Jurisdicción; de
la extensión superficial de QUINIENTOS TRECE PUNTO SETENTA
Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias
siguientes: AL ORIENTE: mide veinticuatro metros setenta y dos cen-
tímetros, colindando con terrenos de Roberto Gómez Martínez y con
terreno de la misma señora Ana Dominga Alvarenga, AL SUR: veinte
metros treinta y tres centímetros colinda con terreno propiedad de la
señora Ana Dominga Alvarenga, AL PONIENTE: veintiséis metros
cuarenta y cuatro centímetros colinda con la señora Delia Margarita
Pichinte, y AL NORTE: veinte metros cero cinco centímetros y colinda
con terreno que antes fue de Cruz Rivas viuda de Vides, hoy de Antonio
vides Rivas.- Dicho inmueble lo adquirió por venta que le hizo la señora
CRUZ RIVAS VIUDA DE VIDES, el día diez de mayo de mil nove-
cientos noventa y cuatro; por lo que la posesión data, más de diez años;
en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, no está en proindivisión, no
tiene nombre especial alguno, no es dominante, ni sirviente y lo valúa
por la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE NORTE AMERICA.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas
y quince minutos del día veinticinco de marzo del año dos mil nueve.
LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE
ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 630-1
MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la Licen-
ciada ANA YANCY DIAZ PINEDA como Agente Auxiliar del señor
Procurador General de la República y en representación del señor JOSE
OBDULIO LOPEZ, mayor de edad, Jornalero, de este domicilio, pro-
moviendo Diligencias de TITULO SUPLETORIO y dice: Que el señor
JOSE OBDULIO LOPEZ es dueño y actual poseedor desde hace más
diez años, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida de un terreno de
naturaleza rústica, situado en el cantón Cerro Bonito, jurisdicción de
San Miguel, de la capacidad de MIL CIENTO DIECIOCHO METROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE,
mide cincuenta y seis metros, colinda antes con los señores Candelaria
Molina y Elmer Molina hoy con la Alcaldía Municipal de esta ciudad,
cerco de alambre y piña de la colindante; AL ORIENTE, mide treinta
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. y dos metros, colinda antes con la señora Ana Cecilia Salgado hoy con
Tomás Rovira Alvarenga cerco de alambre de puá del colindante; AL
PONIENTE, mide veintidós metros, colinda con la señora Ana Cecilia
Salgado hoy con Tomás Rovira Alvarenga cerco de alambre de puás del
colindante antes con el señor Ángel Moreno Hoy Eugenio Molina Lazo
cerco de alambre de puá y piña del solicitante; y AL SUR, mide treinta
y dos metros, colinda antes con la señora Cristina Díaz Quintanilla Hoy
con Julio Alberto González Alvarez, calle de por medio cerco de alambre
de puá y piña del solicitante, calle de por medio.- Lo obtuvo por compra
verbal que le hizo a la señora ERCILIA ALVARENGA QUINTANILLA
y que lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES.- Que por carecer
de documento inscrito en el Registro respectivo pide se le extienda a su
favor TITULO SUPLETORIO del inmueble antes descrito.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las
catorce horas veintitrés minutos del día tres de Junio del año dos mil
nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA,
JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.-
Of. 3 v. alt. No. 631-1
TiTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada GILMA
YOLANDA VASQUEZ SANCHEZ, en su calidad de Procuradora
Auxiliar del Procurador General de la República, y en representación
del señor FRANCISCO QUINTANILLA, de ochenta y cinco años de
edad, Jornalero, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: Cero tres millones quinientos seis mil once guión seis, solici-
tando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de
naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle Los
Laredos, Avenida Las Torres, jurisdicción, Distrito y Departamento
de San Miguel, de la extensión superficial de: QUINIENTOS ONCE
PUNTO SETENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos
siguientes: AL NORTE: treinta y cuatro metros, colinda con el señor
Jorge Adalberto Rodríguez Quintanilla, cerco de alambre propiedad
del solicitante; AL ORIENTE: dieciséis metros setenta centímetros,
colinda con el señor Rafael Chicas, cerco de alambre propiedad del
solicitante; AL SUR: treinta y cuatro metros, colinda con el señor Carlos
Revelo, cerco de alambre propiedad del colindante; y AL PONIENTE:
trece metros cuarenta centímetros, colinda con la señora Rosa Maribel
Rodríguez Quintanilla, cerco de piedra propiedad de la colindante. Dicho
inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente,
no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la
poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad
de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año
de mil novecientos sesenta y nueve, que le hizo a la señora MARTHA
ANGELICA RODRIGUEZ, (ya fallecida) quien fue mayor de edad, de
oficios domésticos, de este domicilio.- Que la posesión material que ha
ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesora
data más de cincuenta años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e
ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este
domicilio.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los cinco días del
mes de junio del año dos mil nueve.- JOSE WILFREDO SALGADO
GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. JOSE ANGEL FERMAN
ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.
Of. 3 v. alt. No. 632-1
HErENcia YacENTE
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA. JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece minutos
del día cinco de Junio del dos mil nueve, declárase yacente la herencia
que a su defunción dejó el señor JOSE EBULO MONTEAGUDO,
quien falleció a las tres horas cuarenta y tres minutos del día catorce
de noviembre del dos mil ocho, en el Hospital Militar Regional de la
Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, Nómbrase
Curador de la misma a la Licenciada KAREN ELIZABETH ROMERO
GOMEZ.-
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las
ocho horas y quince minutos del día cinco de Junio del dos mil nueve.-
DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 633-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
ACEPTACIÓN DE HERENCIA
Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público
para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se a tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción dejó el causante WILLIAM ENRIQUE
RODRÍGUEZ o WILIAM ENRIQUE RODRÍGUEZ FLORES o WI-
LIAM ENRIQUE RODRÍGUEZ, quien falleció el día veintidós de mayo
de dos mil ocho, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San
Salvador, habiendo tenido como su último domicilio la ciudad de San
Luis Talpa; por parte de la señora BLANCA LIDIA RODRÍGUEZ o
BLANCA ADILIA RODRÍGUEZ, en concepto de madre del causante.
Nómbrase a la aceptante, interinamente administradora y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.-
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticinco de mayo de dos
mil nueve.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 586-2
Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público
para los efectos de ley;
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su defunción dejó el causante JOSÉ RENE NOVOA CAÑAS, quien
falleció el día veintidós de diciembre de dos mil ocho, en el Hospital
General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, siendo San Juan
Nonualco, su último domicilio; por parte de los señores SANTOS NOVOA
QUEZADA, y LINA CAÑAS DOMINGUEZ, en concepto de padres
del causante. Nómbrase a los aceptantes, interinamente administradores
y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente
En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con
derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,
comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.-
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, quince de mayo de dos
mil nueve.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 587-2
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a
las quince horas del día quince de mayo del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada dejada a su defunción por el causante señor ROGER NELSON
LANDAVERDE, conocido por ROGER NELSON LANDAVERDE
MARTÍNEZ, ocurrida en San Salvador, el día dieciocho de enero del
año en curso, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte
de los señores MIGUEL ÁNGEL LANDAVERDE, y MARÍA MARTA
MARTÍNEZ, conocida por MARÍA MARTA MARTÍNEZ RECINOS,
como padres del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la admi-
nistración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho horas
nueve minutos del día veinticinco de mayo de dos mil nueve.- Lic.
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA
VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 588-2
de segunda publicación
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.
acEPTacioN DE HErENcia
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-
CANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte
minutos del día seis de mayo del presente año, se tuvo por aceptada
expresamente la herencia Intestada y con beneficio de inventario de
los bienes que a su defunción dejó el causante DAVID ALEJANDRO
GUTIERREZ, quien falleció a las doce horas y cincuenta y siete mi-
nutos del día siete de agosto de dos mil seis, en la Morgue del Hospital
Nacional de San Rafael de Santa Tecla, siendo Mejicanos, su último
domicilio, de parte de la señora CARLOTA conocida por CARLOTA
RICO GUTIERREZ y por CARLOTA GUTIERREZ, en su calidad de
madre del de cujus.
Se confirió además al aceptante en el carácter antes indicado la
Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida
herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del
término de quince días contados a partir de la última publicación del
presente Edicto
Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas y
diez minutos del día seis de mayo de dos mil nueve.LIC. JOSE HUGO
ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA
AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
Of. 3 v. alt. No. 578-3
YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA
TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a
las catorce horas del día dieciocho de mayo del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada, dejada a su defunción por el causante JORGE ADALBERTO
MELENDEZ RENDEROS, conocido por JORGE ADALBERTO
MELENDEZ, ocurrida el día veintiuno de julio de dos mil ocho, en San
Salvador, siendo la ciudad de Colón, el lugar de su último domicilio, de
parte de las señoras MARIA EMILIA ESCOBAR o MARIA EMILIA
ESCOBAR DE MELENDEZ o MARIA EMILIA ESCOBAR DURAN,
BLANCA CAROLINA MELENDEZ ESCOBAR, SULMA BEATRIZ
MELENDEZ ESCOBAR, ANA CRISTINA MELENDEZ ESCOBAR y
de la menor ERIKA MARCELA MELENDEZ ESCOBAR, en calidad de
cónyuge sobreviviente la primera, y de hijas del causante las restantes;
y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la representación
interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas
cuarenta y siete minutos del día veintidós de mayo de dos mil nueve.
LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.
KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.
Of. 3 v. alt. No. 579-3
de tercera publicación
SECCION CARTELES pAGADOSde priMera publicación
DEclaraToria DE HErENcia
ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domicilio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente, Nú-mero Catorce, Barrio Los Desamparados, de la Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída a las nueve horas y diez minutos del día quince de junio del año dos mil nueve, se ha declarado a los señores JUAN FRANCISCO VELASQUEZ ESCOBAR, ISRRAEL VELASQUEZ ESCOBAR y PEDRINA MILA-GRO VELASQUEZ DE BELLOSO, herederos definitivos con beneficio de inventario de la Herencia intestada que a su defunción en el Barrio San Miguel de esta Ciudad, el día cuatro de marzo del año dos mil siete,
dejara el señor JOSE CARMEN VELASQUEZ PEÑA o JOSE CARMEN VELASQUEZ y JOSE DEL CARMEN VELASQUEZ, en sus concep-tos de hijos del causante; habiéndoseles concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Ilobasco, el día dieciséis de junio del año dos mil nueve.
ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,
NOTARIO.
1 v. No. C031401
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domici-
lio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente,
Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la ciudad de Ilobasco,
Departamento de Cabañas,
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída
a las ocho horas y diez minutos del día dieciséis de junio del año dos
mil nueve, se ha declarado al señor FRANCISCO MADRID RECINOS,
heredero definitivo con beneficio de inventario de la Herencia Intestada
que a su defunción en el Cantón San Nicolás, de la Jurisdicción de
Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el día veintidós de julio de
mil novecientos ochenta y dos, dejara el señor BENEDICTO MADRID
CASTILLO o BENEDICTO MADRID, en su concepto de hijo del
causante; habiéndosele concedido la representación y administración
definitiva de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Ilobasco, el día diecisiete de junio del año
dos mil nueve.
ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,
NOTARIO.
1 . v. No. C031402
ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domici-
lio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente,
Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la ciudad de Ilobasco.
Departamento de Cabañas.
HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída
a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día quince de junio del
año dos mil nueve, se ha declarado a los señores JUAN FRANCISCO
VELASQUEZ ESCOBAR, ISRRAEL VELASQUEZ ESCOBAR y
PEDRINA MILAGRO VELASQUEZ DE BELLOSO, herederos de-
finitivos con beneficio de inventario de la Herencia Intestada que a su
defunción en el Barrio San Miguel de esta Ciudad el día diez de junio
del año dos mil seis, dejara la señora ANGELA ESCOBAR o ANGE-
LA ESCOBAR ESCOBAR, en sus conceptos de hijos de la causante;
habiéndoseles concedido la representación y administración definitiva
de la referida sucesión.
Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado en la ciudad de Ilobasco, el día dieciséis de junio del año
dos mil nueve.
ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,
NOTARIA.
1 v. No. C031403
DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA DE TEJUTLA.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a
las ocho horas con treinta minutos de este día, se ha DECLARADO
HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO
en la SUCESIÓN TESTAMENTARIA de los bienes que a su defunción
dejó AGUSTIN HERNANDEZ RODRIGUEZ, quien fue de cincuenta
y seis años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario de Nueva
Granada, Departamento de Usulután, hijo de Agustín Hernández y María
Elena Rodríguez, falleció el día ocho de Septiembre del dos mil ocho,
siendo su último domicilio el Municipio de Nueva Concepción, Depar-
tamento de Chalatenango, a BLANCA LIDIA ACEVEDO SERRANO o
BLANCA LIDIA ACEVEDO DE HERNANDEZ, en calidad de esposa
y en representación de la menor SUSANA HERNANDEZ ACEVEDO
o SUSANA RODRIGUEZ ACEVEDO, y el señor CARLOS CESAR
ACEVEDO HERNANDEZ o CARLOS CESAR HERNANDEZ ACE-
VEDO, ambos en calidad de hijos del causante.
Confiérese a los aceptantes la administración y representación
definitiva de la sucesión.
Fíjense y publíquense los edictos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,
Departamento de Chalatenango, a los cuatro días de junio del dos mil
nueve. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,
SECRETARIA.
1 v. No. C031407
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las doce
horas con treinta minutos del día veintinueve de mayo del dos mil nue-
ve.- Se han declarado herederas definitivas con beneficio de inventario
en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. de San Marcos, siendo también su último domicilio, el día veintitrés
de septiembre de mil novecientos sesenta y cuatro, dejó el causante
AQUILINO PALACIOS GARCIA conocido por AQUILINO PALA-
CIOS, a las señoras EVA PALACIOS DE BATRES y MARIA ESTER
PALACIOS DE URRUTIA, ambas en calidad de hijas del de cujus en
mención.- Se ha conferido a las herederas declaradas unicamente la
representación definitiva de la sucesión, no así la administración de los
bienes del causante, por constar en documentos que corren agregados
a los autos, que el señor JACOB ISRAEL PALACIOS BRUNO tiene
derecho en la presente sucesión, como hijo del de cujus.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-
mento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del
día once de Junio del año dos mil nueve.- DR. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F011698
MARIO ERNESTO RUBIO SÁNCHEZ, Notario, de este domicilio, con
oficina establecida en Pasaje Francisco Campos, Número Ciento Setenta
y Nueve, Colonia Escalón, ciudad y Departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que en resolución del suscrito Notario proveída a
las once horas del día diecisiete de junio del año en curso, se ha declara-
do herederos definitivos con beneficio de inventario de la HERENCIA
TESTAMENTARIA que a su defunción dejó la señora SILVIA MARTA
MAGAÑA DE POSADA, conocida por SILVIA MARTA MAGAÑA
CORNEJO, por SILVIA MARTA MAGAÑA CORNEJO DE POSADA
MELHADO, y por SILVIA MAGAÑA DE POSADA, quien falleció el
día veinticuatro de diciembre de dos mil cinco, en Antiguo Cuscatlán,
Departamento de La Libertad, siendo éste su último domicilio, a los
señores Ricardo Enrique Posada Magaña, Santos Leonardo Santiago
Francisco Posada Magaña, y Silvia Tamara Graciela Magdalena Posada
de Franco, antes Posada Magaña, en calidad de herederos testamenta-
rios de la causante, confiriéndoles la Administración y Representación
definitivas de la sucesión, lo que se hace del conocimiento público para
los efectos de ley.
Librado en mi despacho Notarial, a los diecisiete días del mes de
junio de dos mil nueve.
LIC. MARIO ERNESTO RUBIO SANCHEZ,
NOTARIO.
1 v. No. F011704
RENE PADILLA Y VELASCO hijo, Notario de este domicilio, con
Oficina en Boulevard Los Héroes y Pasaje Palmeras, Edificio Demsa,
local treinta y dos, en esta ciudad, al público para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución proveída en esta ciudad, a
las nueve horas del diez del presente mes se han declarado Herederos
Definitivos con Beneficio de Inventario de la HERENCIA TESTAMEN-
TARIA que a su defunción ocurrida el veintidós de enero del presente
año, dejara el señor MAURICIO LORENZO CASTRO ARAGON
conocido sólo por MAURICIO CASTRO ARAGON, quien fue mayor
de edad, Comerciante y Diplomático, siendo su último domicilio For-
taleza, Capital del Estado de Ceara, República de Brasil, a los señores
MAURICIO BENJAMIN CASTRO RUBBO y FIORELLA IOLANDA
CASTRO RUBBO, en calidad de hijos sobrevivientes del causante y
herederos testamentarios del causante, habiéndoseles conferido a los
Herederos Declarados la Administración y Representación Definitivas
de la Sucesión.-
San Salvador, once de junio de dos mil nueve.-
DR. RENE PADILLA Y VELASCO hijo,
NOTARIO.
1 v. No. F011720
LICENCIADO ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
AVISA: Que por resolución de este Juzgado de quince horas del
día once de junio del corriente año, se declaró heredero expresamente,
y con beneficio de inventario, la herencia intestada, que al fallecer a las
dos horas y diez minutos del día veinticinco de agosto del año dos mil
ocho, en el Barrio Las Delicias, de la ciudad de Santa Rosa de Lima,
Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio
dejara el causante Lorenzo Enrrique Rosales, al heredero Salvador
Antonio Rosales Ríos, en concepto de hijo y además como Cesionario
de los derechos hereditarios que en la referida sucesión le correspondían
a los Señores Jorge Luis, Dinora Claribel, y Reina de la Paz, todos de
apellidos Rosales Ríos, en calidad de hijos del causante antes mencionado,
de conformidad con los Arts. 988, No. 1°. y 1699 del Código Civil en
consecuencia se le confirió al heredero declarado, en el carácter dicho,
la administración y representación definitiva de los bienes de la indicada
sucesión.-
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-
mento de La Unión, a los quince días del mes de junio del año dos mil
nueve.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIO.
1 v. No. F011744
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-
MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-
MENTO DE MORAZAN.-
AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince
horas de este día, se han DECLARADO HEREDERAS DEFINITIVAS
y con beneficio de inventario a las señoras: MARINA ESTELA FLORES
DE LAZO, de treinta y cuatro años de edad, oficios domésticos, del domi-
cilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, con Documento Único
de Identidad número cero cero seiscientos setenta y un mil doscientos
cincuenta y tres-dos, y ALICIA ANGELICA GARCIA DE FLORES, de
sesenta y ocho años de edad, ama de casa, del domicilio de Guatajiagua,
departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número
cero dos millones cuatrocientos noventa mil seiscientos ochenta y nueve-
seis; de la herencia que en forma intestada dejó el señor FRANCISCO
FLORES o FRANCISCO FLORES SALMERON, quien fue de setenta
y cuatro años de edad, casado, jornalero, Salvadoreño, originario de San
Miguel y del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán; hijo
de DIONICIO FLORES y AMPARO SALMERON; quien falleció a las
tres horas, del día veintinueve de junio de dos mil ocho, en el Cantón
San Bartolo, jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán;
a consecuencia de Insuficiencia Renal Crónica, siendo la ciudad de
Guatajiagua, el lugar de su último domicilio; en concepto de HIJA y
CONYUGE respectivamente del referido causante.-
Se ha conferido a las referidas aceptantes en la calidad expresada
la administración y representación DEFINITIVA, de dicha sucesión con
las facultades y restricciones de ley.-
Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las
quince horas y diez minutos del día nueve de junio de dos mil nueve.
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1°. DE 1a. INS-
TANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,
SECRETARIA.
1 v. No. F011754
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las doce horas y treinta y tres
minutos del día tres de diciembre del año dos mil ocho; se ha declarado
HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inventario de la heren-
cia intestada que a su defunción dejó la causante MARIA DOLORES
MARTINEZ RECINOS, quien fue de sesenta y seis años de edad,
Soltera, Ama de casa, fallecida el día veintiuno de septiembre del año
dos mil siete, siendo la ciudad de Cuscatancingo su último domicilio,
de parte de los señores JOSE ROSA MARTINEZ y de SALVADOR
ANTONIO MARTINEZ MARROQUIN; como hijos sobrevivientes de
la causante.
Confiriéndoseles la administración y representación definitiva de
la sucesión.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las doce horas y
treinta y ocho minutos del día tres de diciembre del año dos mil ocho.
LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH
QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.
1 v. No. F011758
ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario, del do-
micilio de la ciudad de Sonsonate, con oficina ubicada en: Calle Alberto
Masferrer Oriente, casa número cuatro -Uno “A”, contiguo a Funeraria
La Auxiliadora, de la ciudad de Sonsonate.
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída
a las diez horas del día diez de junio del año dos mil nueve, se ha decla-
rado a señora SARVIA PRICILA RODAS ORELLANA, HEREDERA
DEFINITIVA con beneficio de inventario en su calidad de Hija y como
Cesionaria de los Derechos que les correspondían a los señores Ofelia
Rodas Orellana, María Zoila Rodas Orellana, Elmer Bladimir Rodas
Orellana, Eliseo Rodas Orellana, Norma Celina Rodas Orellana como
hijos de la causante, y el señor José Rogelio Rodas Salazar como cónyuge
sobreviviente de la causante señora MARIA DOMITILA ORELLANA
SALAZAR o MARIA DOMITILA ORELLANA DE RODAS, fallecida
en el Cantón Paso de Canoas, jurisdicción de Santa Isabel Ishuatán, de
este Departamento, a las veinte horas del día doce de Diciembre del
año dos mil seis, siendo su último domicilio, habiéndosele concedido
la administración y representación definitivas de la sucesión Intestada.
Librado en la oficina de Notario Alfredo Antonio Escalante Cal-
derón.- En la ciudad de Sonsonate, a las once horas del día diez de junio
del año dos mil nueve.-
LIC. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON,
NOTARIO.
1 v. No. F011780
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
AVISA: Al Público para efectos de ley, que por resolución dictada
a las catorce horas con quince minutos del día cinco de junio de dos mil
nueve, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de
inventario en la herencia Testamentaria, que a su defunción ocurrida en
esta Ciudad, su último domicilio, el dieciocho de noviembre de dos mil
ocho, dejó ELISEO GOMEZ AGUIRRE, conocido por ELISEO GOMEZ,
a VICTORIA GOMEZ DE GOMEZ hoy viuda DE GOMEZ, MARTA
GOMEZ AGUIRRE, el menor JULIO ARMANDO GOMEZ ZAVALA
o JULIO ARMANDO ZAVALA, la menor BLANCA DEYSI GOMEZ
SANCHEZ o BLANCA DAYSI GOMEZ SANCHEZ, LAURA ISABEL
GOMEZ ZAVALA, MERCEDES HERNANDEZ DE PEREZ, ERNES-
TO GOMEZ GOMEZ, PAULA GOMEZ DE POLANCO, ALFREDO
GOMEZ GOMEZ, LAZARO ATILIO GOMEZ ORELLANA, MARINA
DEL CARMEN GOMEZ ORELLANA, todos como Herederos Testa-
mentarios del de Cujus. Se ha conferido a los herederos declarados la
administración y representación DEFINITIVA de la sucesión, debiendo
el menor JULIO ARMANDO GOMEZ ZAVALA o JULIO ARMAN-
DO ZAVALA, ejercer sus derechos a través de su Representante legal
señora MARIA MARGARITA ZAVALA ALFARO; debiendo la menor
BLANCA DEYSI GOMEZ SANCHEZ o BLANCA DAYSI GOMEZ
SANCHEZ, ejercer sus derechos a través de su representante legal señora
BLANCA JOSEFINA SANCHEZ RUBIO.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve
horas del día quince de junio de dos mil nueve. DR. JOSE MANUEL
MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. ALEX ALBERTO
SORTO MELARA, SECRETARIO.
1 v. No. F011819-1
LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las
catorce horas y cuarenta minutos de este día, se ha declarado heredera
definitiva con beneficio de inventario en la herencia intestada que a su
defunción dejó el causante señor FRANCISCO RAFAEL conocido por
FRANCISCO RAFAEL MARTINEZ; ocurrida el día nueve de mayo
de mil novecientos ochenta y nueve, siendo su último domicilio el de
Santa Cruz Michapa, jurisdicción de este Departamento; de parte de la
señora TERESA TURCIOS DE VASQUEZ, en su calidad de cónyuge
sobreviviente del causante en mención.
Habiéndose conferido a la aceptante la administración y represen-
tación definitiva de la sucesión.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas
del día veintiséis de mayo del año dos mil nueve. LIC. MANUEL PAZ
CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN
MEJIA, SECRETARIO.
1 v. No. F011847
LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.
AVISA: Que por resolución de las diez horas y cinco minutos de
este día, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO, con beneficio
de inventario de la herencia INTESTADA, que a su defunción dejó la
causante señora MARIA EMILIA RUANO DE GIRON, conocida por
MARIA EMILIA RUANO y por EMILIA RUANO, quien fue de ochenta
años de edad, pensionada, casada, fallecida el día veintiséis de enero del
dos mil siete, siendo Delgado el lugar de su último domicilio. Al señor
JOSE SALVADOR GIRON RUANO, en calidad de hijo de la causante.
Herencia que ha sido repudiada por la señora LILIAM ELIZABETH
GIRON RUANO, conocida por LILIAN ELIZABETH GIRON RUA-
NO, en calidad de hija de la causante. Confiriéndole al aceptante la
administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.
Publíquese el aviso de ley.
Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de
ley.
JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las diez horas y
veinte minutos del día diecisiete de abril del año dos mil nueve. LICDA.
MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL
DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,
SECRETARIA.
1 v. No. F011850
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las doce horas del día veinte de mayo de dos mil nueve, se ha decla-
rado heredero abintestato con beneficio de inventario al señor ISAÍAS
GALDAMEZ, quien lo hace en calidad de HIJO sobreviviente de la
causante EVANGELINA GALDAMEZ LANDAVERDE conocida
por EVANGELINA GALDAMEZ, quien fue cincuenta y cinco años
de edad, de oficios domésticos, fallecida el día cuatro de septiembre de
mil novecientos noventa y nueve, siendo la ciudad de Metapán su último
domicilio; habiéndose conferido al referido heredero la administración
y representación DEFINITIVA de la sucesión.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas
con treinta minutos del día veintiocho de mayo del dos mil nueve. LIC.
JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.
MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.
1 v. No. F011851
acEPTacioN DE HErENcia
HORACIO AMILCAR LARIOS RAMIREZ, Notario, del domicilio
de Antiguo Cuscatlán, con oficina en Condominio Plaza Santa Elena,
Local 207, al público.
HACE SABER: Que por resolución que emití a las ocho horas
del día dieciséis de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a
su defunción ocurrida el veintiocho de septiembre de dos mil ocho, en
San Salvador, lugar de su último domicilio, dejó la causante SUSANA
BEATRIZ SILVA LOPEZ, de parte de Martín Orlando Silva Romero y
Cecilia Dinorah López Maldonado, en su calidad de padres sobrevivientes
de la causante; confiriéndoseles la Administración y Representación
INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
Líbrense y publíquense los edictos de ley.
Librado en la oficina del Notario, Antiguo Cuscatlán, a dieciséis
días de junio de dos mil nueve.
HORACIO AMILCAR LARIOS RAMIREZ,
NOTARIO.
1 v. No. C031359
ROGELIO MOISES ABREGO ARDON, Notario, de este domicilio, con
oficina ubicada en La Novena Calle Poniente, Número Ciento Treinta
y Seis, de esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a
las ocho horas y quince minutos de este mismo día, se ha tenido aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria
que a su defunción ocurrida en la ciudad de Ilopango, de este Depar-
tamento, el día doce de abril del presente año, dejó la señora MARIA
RUBIA MURCIA viuda DE CARDOZA, de parte del señor ABELINO
CARDOZA MURCIA, en su concepto de Heredero Testamentario e hijo
de la causante, habiéndosele conferido la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean
con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida
oficina en el Término de quince días contados desde el siguiente día
hasta la última publicación del presente edicto, para hacer efectivos los
derechos que tuvieren lugar.
Librado en la Oficina del Notario ROGELIO MOISES ABREGO
ARDON, en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día diecisiete
de junio de dos mil nueve.
LIC. ROGELIO MOISES ABREGO ARDON,
NOTARIO.
1 v. No. F011702
DIANA SOFIA ARGUETA RODRIGUEZ, NOTARIO, DEL DOMI-
CILIO DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR.
HAGO SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas
con treinta minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve, ante
mis Oficios Notariales los señores, YAJAIRA NOEMY HENRIQUEZ
ALVARENGA y ABRAHAM HUMBERTO HENRIQUEZ
ALVARENGA, tuvieron por aceptada expresamente y con beneficio
de Inventario, la Herencia Abintestato que dejó el causante MARIO
HUMBERTO HENRIQUEZ conocido por MARIO HUMBERTO
HENRIQUEZ SALES, quien falleció en Carretera Panamericana ki-
lómetro ocho, comunidad Meléndez Mazzini, lote Nueve casa Trece,
Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, sin asistencia;
a las nueve horas y treinta minutos del día treinta de octubre de dos
mil siete, los herederos aceptantes en calidad de hijos y Cesionarios de
Derechos del señor MIGUEL ANGEL HENRIQUEZ MORALES, padre
del causante, se nombran interinamente administradores y representantes
de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
CÍTANSE a los que se crean con derecho a la herencia para que
se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir
del día siguiente a la tercera publicación de este edicto.
Librado en la Oficina de la Suscrita Notario, situada en Colonia
Insinca, Block B, Pasaje Dos, número Seis, Ciudad de Apopa, Depar-
tamento de San Salvador.
LIC. DIANA SOFIA ARGUETA RODRIGUEZ,
ABOGADO Y NOTARIO.
1 v. No. F011750
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. JOSE RUTILIO LÓPEZ CUÉLLAR, Notario, de este domicilio, con
Oficina situada en Primera Calle Poniente, número Trescientos Veinte,
Segunda Planta, local número Veintisiete, en esta ciudad.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad,
a las catorce horas del día dieciocho de mayo del corriente año, se ha
tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la he-
rencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSÉ LORENZO
LOZANO, quien fue conocido por LORENZO CORTEZ LOZANO,
que falleció a la edad de ochenta y un años, Comerciante en Pequeño,
casado, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de
nacionalidad salvadoreña, siendo su último domicilio Cuscatancingo,
Departamento de San Salvador, habiendo fallecido en el Hospital General
del Seguro Social, en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas y
veinte minutos del día veinte de septiembre del año dos mil ocho, por
parte de la señora ISABEL DEL CARMEN PORTILLO DE MENA, en
concepto de CESIONARIA de los Derechos Hereditarios que en abstracto
le correspondían a la señora FELIPA DEL CARMEN ACEVEDO viuda
DE LOZANO, cónyuge sobreviviente del causante, siendo representada
la aceptante por la Abogada MIRNA LORENA GÁMEZ PAREDES.
Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación interina
de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la
herencia yacente. En consecuencia, por este edicto se cita a todas las
personas que se crean con derecho en la referida herencia para que se
presenten a esta oficina en el término de quince días contados a partir
del día siguiente a la última publicación de este edicto.
Librado en la Oficina del suscrito Notario, en la ciudad de San
Salvador, a las nueve horas del día diecinueve de mayo del año dos mil
nueve.
DR. JOSE RUTILIO LÓPEZ CUÉLLAR,
NOTARIO.
1 v. No. F011785
SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, Notario, del domicilio
de San Salvador, con oficina en Avenida Melvin Jones, Uno guión Uno,
Santa Tecla Departamento de La Libertad; al público para los efectos
de Ley.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, a las
catorce horas del día once de mayo de dos mil nueve, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia
Testamentaria que a su defunción dejó la señora MARIA ANGELA
HERNANDEZ DE ESTRADA, conocida por MARIA ANGELA
HERNANDEZ MARTINEZ y por ANGELA MARTINEZ, quien fue
de setenta y ocho años de edad, Comerciante, siendo su último domicilio
el de la ciudad de San Salvador, de parte de los señores ANGELA MA-
RIA MARROQUIN DE LA CRUZ, ARBELICA LUZ HERNANDEZ,
FREDESVINDA MARROQUIN HERNANDEZ, ANA PATRICIA
MARROQUIN HERNANDEZ, MANUEL ANTONIO HERNANDEZ,
NOE ALBERTO MARROQUIN HERNANDEZ, PEDRO ANTONIO
MARROQUIN y NELSON GENCIANO MARROQUIN HERNANDEZ,
en concepto de herederos Testamentarios; habiéndoseles conferido la
administración y representación interina de la sucesión antes relacio-
nada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente; en consecuencia, se citan a los que se crean con derecho a la
herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro de los quince
días siguientes a la tercera publicación de este edicto.
Santa Tecla, departamento de La Libertad, a los doce días del mes
de mayo del año dos mil nueve.
SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ,
NOTARIO.
3 v. alt. No. C031399-1
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el
señor Antonio López Molina; quien falleció el día veinte de junio de mil
novecientos ochenta y siete, en el Caserío Trincheras, de esta Jurisdicción
Distrito y Departamento de La Unión, siendo ese su último domicilio,
de parte de la señora Santos Ríos Viuda de López, conocida por María
Santos Ríos, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.
Confiriéndole a la aceptante antes mencionada en el carácter indi-
cado la administración y representación interina de la sucesión con las
facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para
que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel
lo demuestren en este Juzgado.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días
del mes de abril de dos mil nueve. LIC. ROGELIO HUMBERTO RO-
SALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO
PEREZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011699-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383LUIS SALVADOR PEÑA , Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos
del día nueve de junio del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria
que a su defunción dejó la causante LIDIA DEL CARMEN GAMEZ
DE ROMERO VALENCIA, quien falleció el día siete de enero del dos
mil ocho, en el Hospital general del Instituto Salvadoreño del Seguro
Social en San Salvador, habiendo tenido como su último domicilio la
ciudad de Zacatecoluca, por parte de MILTON AMERICO MARTÍNEZ
PEÑA, YANCI SAYONARY ESCOBAR DE MOTALVO o YANCY
SAYONARI ESCOBAR DE MOTALVO o YANCY SAYONARY
ESCOBAR DE MOTALVO, MIRIAM CONCEPCION GAMEZ DE
ALFARO o MIRIAN ALFARO, MARTA DINORA MARTÍNEZ DE
RAMIREZ y MILAGRO DEL CARMEN AVALOS DE ROMERO en
concepto de herederos testamentarios de la causante.
Nómbrese a los aceptantes interinamente, administradores y
representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.-
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia , para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, nueve de junio de dos mil
nueve. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011706-1
LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE
SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-
PEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez
minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada
que a su defunción dejó el señor EMILIO TORRES, habiendo fallecido
el día dieciséis de enero de mil novecientos noventa y cinco, siendo esta
ciudad su último domicilio, de parte del señor JOSE ANTONIO TORRES
TORRES, como hijo del causante, y se ha conferido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia Yacente.
Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días
contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario
Oficial.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,
a los ocho días del mes de mayo del año dos mil nueve. LIC. MAR-
GARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA
DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011707-1
Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público
para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
testamentaria que a su defunción dejó el causante JOSE AGUILAR
MONTERROSA, quien falleció el día treinta de junio de dos mil seis,
en Soyapango, siendo El Rosario, La Paz su último domicilio; por parte
de JOSE CRISTOBAL AGUILAR RIVERA, en concepto de hijo del
referido causante.
Nómbrase al aceptante interinamente administrador y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de mayo de
dos mil nueve. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.
JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011731-1
LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS, Notaria, del domicilio de
San Salvador, con oficina Profesional situada sobre la veinticinco Avenida
Norte y Veintitrés Calle Poniente, Condominio Medicentro La Esperanza,
Edificio H, Local Ciento diecisiete, San Salvador, al público.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída
a las nueve horas del día dos de Junio del presente año, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia
intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador,
Departamento del mismo nombre, a las dos horas del día treinta y uno de
Junio del año dos mil tres dejó la señora MARTA MARIA GUTIERREZ
FERNANDEZ conocida por MARTA MARIA GUTIERREZ de parte
de la señora ROSA ELVIRA HERNANDEZ GUTIERREZ en concep-
to de hija de la causante, habiéndosele conferido la Administración y
representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.
Librado a las quince horas del día dos de Junio del año dos mil
nueve.
LIC. LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011734-1
FLOR ELIZABETH CERRITOS CHEVEZ, JUEZA DE PRIMERA
INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce
horas con treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con beneficio de inventario de parte de las señoras BONIFA-
CIA VICTORIANA CASTRO DE MEJIA conocida por BONIFACIA
VICTORIA CASTRO y por BONIFACIA VICTORIA CASTRO DE
MEJIA y CAREN GEORGINA ALVARENGA DE MEJIA, por medio
de su Apoderada General Judicial Licenciada DORA DEL CARMEN
HERNANDEZ DE MIRANDA de la herencia intestada dejada a su
defunción por el causante señor CESAR ISMAEL MEJIA CASTRO,
quien falleció a las dieciséis horas y cinco minutos del día quince de
enero del año dos mil cinco, en la entrada de la Hacienda Lombardía,
Zacatecoluca, La Paz, siendo la Ciudad de San Pablo Tacachico, su último
domicilio, en su carácter personal y en Representación de su menor hijo
CESAR EDUARDO MEJIA ALVARENGA, en calidad de madre del
causante, cónyuge sobreviviente e hijo del referido causante.
Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para
que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días
subsiguientes a la publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de San Juan
Opico del Departamento de La Libertad, a las catorce horas con treinta y
cinco minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve.- LIC. DAVID
AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011737-1
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a
las doce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a
su defunción dejó la señora. DOMITILA SERPAS CRUZ o DOMITILA
SERPAS, quien fue de ochenta años de edad, de oficios domésticos,
soltera, de nacionalidad salvadoreña, originaria de San Buenaventura y
del domicilio de El Triunfo, hija de Leocadia Cruz y de Pablo Serpas,
falleció el día dos de abril de dos mil nueve, siendo su último domicilio
la ciudad de El Triunfo, de parte del señor MARCO ANTONIO SERPAS
GRANADOS o MARCO ANTONIO SERPAS, en su calidad de hijo de
la causante.-
Confiéresele al aceptante en el carácter aludido la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Y CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para
que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir
del siguiente al de la publicación del presente edicto.-
Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de ley.
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:
JUCUAPA, A LAS DOCE HORAS CON TREINTA Y SIETE MI-
NUTOS DEL DIA DOS DE JUNIO DEL DOS MIL NUEVE. LIC.
OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011748-1
DOCTOR RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO
CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO
PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha catorce
horas treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con
beneficio de inventario, de parte de la señora SARAI ELIZABETH RE-
YES ARCE, conocida por SARAI ELIZABETH REYES DE ACOSTA,
la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante, señora MARIA
FRANCISCA PERAZA MARTINEZ, quien fue de ochenta y tres años
de edad, de Oficios Domésticos y falleció el día diecinueve de septiembre
de dos mil dos, en el Cantón Cutumay Camones, de esta jurisdicción,
siendo éste el lugar de su último domici1io.-
La señora SARAI ELIZABETH REYES ARCE, conocida por
SARAI ELIZABETH REYES DE ACOSTA es cónyuge sobreviviente
del señor JOSE FERNANDO ACOSTA quien a su vez era cesionario
de los derechos hereditarios que en esta sucesión les corresponderían
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383a los señores JUANA SERAPIA PERAZA MARTINEZ y FRANCIS-
CO ANTONIO PERAZA MARTINEZ, en su calidad de hermanos de
la causante, acepta la presente sucesión, por derecho de transmisión;
siendo a su vez cesionaria del derecho hereditario que en esta sucesión
le correspondería al señor JOSE DAVID PERAZA MARTINEZ en su
calidad de hermano de la de cujus; y en ese carácter se le confiere la
administración y representación interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las
catorce horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de marzo de dos
mil nueve.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL. BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. F011772-1
DONALDO SOSA PREZA, Notario, de este domici1io, con oficina
situada en Avenida España, número mil once, condominios Centrales,
primera planta, local B de esta ciudad, al público.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a las
dieciséis horas con treinta minutos del día dieciséis del corriente mes
y año, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con Beneficio
de Inventario, de parte de la señora DINA TELMA SANCHEZ DE
SERRANO, de cincuenta y nueve años de edad, secretaria comercial,
del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad; la
HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejara la señora MARIA
LUISA SALINAS VIUDA DE SANCHEZ o MARIA LUISA SALINAS
DE SANCHEZ, ocurrida el día veintiséis de marzo del año en curso, en
Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, su último domicilio, y
quien fue de ochenta y un años de edad, oficios del hogar, de nacionalidad
salvadoreña, originaria de San Juan Opico, departamento de La Libertad,
hija de Juana Salinas, en concepto de hija de la causante; habiéndosele
conferido la administración y representación interina de la sucesión con
las facultades y restricciones de ley.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
San Salvador, diecisiete de junio de dos mil nueve.
LIC. DONALDO SOSA PREZA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011791-1
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN:
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta
minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con
Beneficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó
la señora ANA VICTORINA DE LA O, conocida por VICTORINA
DE LA O y ANA VICTORINA DE LA O VIUDA DE BENAVIDES,
al fallecer el día dos de agosto del año dos mil ocho, en El Cantón La
Ceiba, Jurisdicción de Ereguayquín, lugar que tuvo como último domi-
cilio, de parte del señor JOSE DANIEL DE LA O, en calidad de hijo
de la causante.- Confiriéndosele al aceptante dicho, la Administración y
Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades
de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se
presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después
de la tercera publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los
diecinueve de mayo del año dos mil nueve.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011796-1
LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, a1
público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince
minutos del día catorce de agosto de este año, se ha tenido por acep-
tada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada
que a su de función dejó la causante REINA MARTINEZ o REYNA
MARTINEZ, fallecida el uno de julio de dos mil uno, en el Cantón El
Callejón de la jurisdicción de Zacatecoluca, su último domicilio; por parte
de AUDELIA MARTINEZ, en concepto de hija de la causante; y se ha
nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante
de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la
herencia yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para
que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de
la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de octubre de dos
mil seis.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011809-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. TÍTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado Luis Fernando Monge Menjívar, actuando en nombre y representación del señor JOSE BLAS PEREZ RIVERA, quien es de cuarenta y siete años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Apopa, con Docu-mento Único de Identidad Número cero cero ciento nueve mil setecientos setenta y ocho guión tres y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos dos guión ciento setenta y un mil doscientos sesenta y uno guión cero cero dos guión nueve; solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Carretera Troncal del Norte Kilómetro diez y medio S/N de esta Jurisdicción, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de DIEZ MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que mide y linda; AL NORTE: Rumbo Norte, sesenta y tres grados cinco minutos cuarenta y ocho segundos Este y distancia de cincuenta y seis minutos treinta y cuatro segundos Este y distancia de diecinueve punto cincuenta y siete metros, linda con terreno de José Enrique Hernández Pérez y Juan Mauricio Franco Rosales, Río Acelhuate de por medio; AL ORIENTE: Rumbo Sur, cincuenta y seis grados treinta y cuatro minutos cuarenta y cinco segundos Este y distancia de catorce punto trece metros, linda con propiedad de Anabel Jiménez Meléndez y otros continúa con rumbo Sur, cincuenta y dos grados vein-ticuatro minutos ocho segundos Este y distancia de seis punto ochenta y cuatro metros, linda con propiedad de Domingo Jiménez Rivera y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados, treinta y tres minutos veintiocho segundos Este y distancia de once punto treinta y seis metros, linda con propiedad de Ana Gloria García Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y nueve grados, cincuenta y tres minutos nueve segundos Este y distancia de cuatro punto cero nueve metros, linda con propiedad de Clara Jiménez de Elías y otros, continúa con rumbo Sur, treinta y seis grados, dieciséis minutos veinticinco segundos Este y distancia de ocho punto cuarenta y dos metros, linda con propiedad de Jesús Jiménez de Martínez y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y un grados, treinta y siete minutos cuarenta segundos Este y distancia de cuatro punto cuarenta metros, linda con propiedad de Serafina Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, sesenta y cinco grados, diez minutos trece segundos Este y distancia de once punto treinta y tres metros, linda con Edwin Morales Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, sesenta y tres grados diecisiete minutos veintiocho segundos Este y distancia de cinco punto cuarenta y siete metros, linda con Sergio Morales Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados, treinta y tres minutos siete segundos Este y distancia de nueve punto setenta y siete metros, linda con terrenos de Wilfredo Morales Jiménez y otros, Río El Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, cuarenta y ocho grados, tres minutos cero segundos oeste y distancia de trece punto ochenta y un metros, linda con terrenos de Walter Omar Morales Jiménez y otros, Río El Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados, cincuenta y nueve minutos veintiocho segundos Oeste y distancia de treinta punto treinta y ocho metros, linda con terrenos de John Marvin Morales Jiménez y otros, Río El Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, treinta y ocho grados, treinta y un minutos cincuenta segundos Oeste y distancia de diez punto noventa y ocho metros, linda con terrenos de Felipe Sergio Morales Chacón y otros, Río Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, diez grados cuarenta y seis minutos cinco segundos Oeste y distancia de diecinueve punto treinta y siete metros, linda con terrenos de Lucio Jiménez y otros, Río
Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, treinta y dos grados cuarenta y siete minutos veinticuatro segundos Este y distancia de dieci-nueve punto ochenta y un metros, linda con terrenos de Anabel Jiménez Meléndez y otros, Río Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, sesenta y tres grados dieciséis minutos cuarenta y uno segundos Este y distancia de once punto dieciséis metros, linda con terrenos de Domingo Jiménez Rivera y otros, Río Acelhuate de por medio; AL SUR: Rumbo Sur, veinticuatro grados cuarenta y dos minutos cincuenta y tres segundos Este y distancia de nueve punto noventa y un metros, linda con María Tomasa Rodríguez de Martínez, continúa con rumbo Sur, cuarenta y dos grados, cinco minutos cuarenta y nueve segundos Oeste y distancia de cuarenta y ocho punto cincuenta y ocho metros, continúa con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados, veinticinco minutos dieciocho segundos Oeste y distancia de trece punto ochenta y cinco metros, linda con terreno de Sandra Beatriz Vásquez; AL PONIENTE: Rumbo Norte, veintitrés grados cuarenta y dos minutos veintidós segundos Oeste y distancia de ciento cuarenta punto treinta y tres metros, linda con terrenos de Agustín Adalberto García Gómez y Juan Antonio Bendek S.A. de C.V., y Salvador Emilio Bendek Samur, María Antonia Ponce de Gracia, calle de acceso con Juan José Alvarado Chávez, Mario Monge y terreno de María Esperanza Hernández Alas de Castellón, Carretera Troncal del Norte de por medio, llegando de esta forma al esquinero donde se comenzó la presente descripción. El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna persona. Lo adquirió de buena fe, poseyéndolo en forma quieta, pacífica e ininterrumpida por treinta años consecutivos, por donación que le hiciera su padre Sr. José Blas Pérez Marroquín, ya fallecido, careciendo de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad, el inmueble lo valora en VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Por tanto solicita se le extienda título municipal de conformidad a la Ley.
Lo que se hace saber al público para todos los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal: Delgado, Departamento de San Salvador, quince de junio de dos mil nueve.- LIC. JOSÉ TOMÁS MINERO DOMINGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSÉ ARTURO HERRERA ALVARADO, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. C031409-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licencia-do MAURICIO ERNESTO FIGUEROA PAZ, actuando en nombre y representación, en su calidad de Apoderado General Administrativo con Cláusula Especial de la señora ESTEBANA MORENO DE DERAS, solicitando sea extendido Título de Propiedad a favor de su mandante, de este domicilio y del de Hempstead, Condado de Nassau, Estado de New York, Estados Unidos de América, sobre dos inmuebles, situados en el Barrio Las Flores, de esta población, EL PRIMERO: De una extensión superficial de OCHENTA Y SIETE METROS PUNTO CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: con Tercera Avenida Sur de por medio; AL ORIENTE: con casa de
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383Luis Alberto Marroquín Deras; AL SUR: con Elena Patricia López de Melgar; y AL PONIENTE: con Ana María Olmedo de Gómez, y lo valora en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL SEGUNDO, de una extensión superficial de CIEN METROS DIECIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: con Rigoberto Alvarado Monge y Edita Marleny Quintanilla de Villalta; AL ORIENTE: con Flor Adelfa Deras Quintanilla; AL SUR: con Ana María Olmedo de Gómez y Estebana Moreno de Deras; AL PONIENTE: con Ana María Olmedo de Gómez, y que lo valora en UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que hace saber al público para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de San Luis del Carmen, Chalatenango, vein-tidós de mayo de dos mil nueve.- WILLIAN SIGFREDO GUERRA MORENO, ALCALDE MUNICIPAL. MARIA LAURA HERNANDEZ DE LOPEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011700-1
TÍTUlo SUPlETorio
LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda. MAR-LENY LISSETH MÁRQUEZ MARQUINA, en carácter de Apoderada General Judicial del señor SILVIO PEREZ RIVERA, de cincuenta y dos años de edad, jornalero, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica; situado en el Cantón Cerro de Arena, Hacienda San Juan, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de UN MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: Mide cuarenta y seis metros, calle de por medio para el Cantón San Juan, con Nohemí Ayala; AL PONIENTE: Mide treinta y ocho metros, linda con resto del terreno de Francisca Rivera de Medra-no; AL SUR: Mide cincuenta metros linda con Samuel Chavarría, calle vecinal de por medio. Lo adquirió por compra verbal que hizo a la señora FRANCISCA RIVERA DE MEDRANO; y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-CRETARIO.
3 v. alt. No. F011714-1
LA INFRASCRITA JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda. MARLENY LISSETH MÁRQUEZ MARQUINA, en carácter de Apo-derada General Judicial de la señora VILMA SANTANA CASTILLO VIGIL, de treinta y dos años de edad, ama de casa, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Luisito, de esta Jurisdicción, de la capacidad superficial de VEINTE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: Sesenta y tres metros, linda con Isabel Solís, cerco de alambre brotones de izote, tempate de por medio propio de la colindante: AL PONIENTE: Ciento cincuenta y ocho metros, la cual incluye un zanjo de por medio, entrada y salida libre de la propiedad de la que es colindante Anacleta Andrade, de tres metros de ancho; AL SUR: Doscientos veinte metros, linda con María Márquez e Ismael Portillo, río de por medio, entrada y salida libre de la propiedad de Ismael Portillo, de tres metros de ancho y cerco de alambre de por medio, propio de la compradora calle que conduce del guanacaste al caulote llamado Río Los Cangrejos; AL ORIENTE: Ciento treinta y tres metros, linda con Isabel Solís, cerco de alambre, brotones de izote, tempate, jiote de por medio propio de la colindante. Lo adquirió por compra que hizo al señor BENJAMIN OCHOA CHICAS; y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.
Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas del día veinticinco de mayo del año dos mil nueve.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-CRETARIO.
3 v. alt. No. F011716-1
MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ROSA EVELIN VALENCIA GUILLEN, en su carácter de Apoderado General Judicial de la señora JUANA ANTONIA CASTELLANOS SANCHEZ, solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmue-ble de naturaleza rústica, situado en Cantón El Espinal, Jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superficial de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO NUEVE METROS CUADRADOS, de los linderos actuales siguientes: AL NORTE: partiendo del vértice Nor Poniente, está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno, Norte ochenta y dos grados veinticuatro minutos cincuenta y cinco segundos Este, con una distancia de cien punto noventa y cuatro metros colindando en este tramo con terreno propiedad de la señora Ana Gloria Castellanos Sánchez; AL ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente, está formado por un tramo, con el siguiente rumbo y distancia Tramo uno Sur, cinco
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. grados diecinueve minutos veintitrés segundos Este, con una distancia de cinco punto treinta y siete metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de la señora Zoila Marina Abarca y José Ángel Castellanos Vásquez, Calle Antigua a San Sebastián de por medio, de cuatro punto cincuenta y cinco metros de ancho: AL SUR: partiendo del vértice Sur Oriente, está formado por tres tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, ochenta grados veintiséis minutos treinta y nueve segundos Oeste, con una distancia de ochenta punto cuarenta y un metros; Tramo dos Sur, ochenta y un grados veintitrés minutos veintisiete segundos Oeste, con una distancia de treinta y uno punto noventa y cuatro metros; Tramo tres Sur, veintisiete grados cuarenta y seis minutos cincuenta segundos Oeste, con una distancia de veintitrés punto veinticuatro metros colindando en estos tramos con terreno propiedad del señor Camilo Abarca Henríquez; AL PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente, está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia, Tramo uno Norte, cero grados cincuenta y ocho minutos dos segundos Oeste, con una distancia de treinta punto setenta y un metros, colindando en este tramo con terreno propiedad del señor Camilo Abarca Henríquez, así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. El inmueble lo adquirió por venta que le hizo al señor JUAN JOSE CASTELLANOS, el día veintidós de mayo del año dos mil cinco y éste lo obtuvo por venta que le hizo la señora HILARIA CASTELLANOS DE DIAZ, conocida por HILARIA CASTELLANOS, el día catorce de septiembre de mil novecientos setenta y nueve, por lo que sumada las posesiones datan más de diez años de poseerla, en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, no está en proindivisión, no es dominante, ni sirviente, y lo valúa por la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas y treinta minutos del día once de junio del año dos mil nueve.- LIC. MA-NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011794-1
TÍTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor FRANCISCO RAYMUNDO REYES, de ochenta y dos años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de El Paisnal, Departamento de San Salvador, portador de su Documento Único de Identidad Número cero dos dos cuatro ocho dos uno dos- uno, y con Número de Identifi-cación Tributaria cero siete uno cero- cero seis uno cero dos seis- uno cero uno- nueve; solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Las Ventanas, Jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salvador, de una ex-tensión superficial de: TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: Partiendo del punto de intersección de la Calle de acceso al Cantón Las Ventanas y la Calle al Tule del Cantón Las Ventanas, Jurisdicción de El Paisnal, se mide sobre el eje actual de la Calle a las Ventanas, una distancia de tres punto
cincuenta y cinco metros con rumbo Oriente y en este punto haciendo una deflexión derecha de noventa grados, con una distancia de dos punto cincuenta metros llegamos así al Esquinero Nor-Poniente, de donde da inicio la presente descripción. AL NORTE: Compuesto por dos tramos rectos el Primer Tramo, de veintiocho punto diecinueve metros de lon-gitud con rumbo Sur, ochenta y siete grados cincuenta y ocho minutos treinta segundos Este y el segundo tramo, de cincuenta y tres punto veintidós metros de longitud con rumbo Sur, ochenta y cinco grados cincuenta y cuatro minutos quince segundos Este, lindando con terreno del Ministerio de Educación y de Inocencio Figueroa, calle de acceso de siete punto cero cero metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Compuesto por seis tramos rectos, el Primer Tramo, de dieciocho punto noventa y ocho metros de longitud con rumbo Sur, cero ocho grados once minutos treinta y dos segundos Oeste, el Segundo Tramo, de noventa y seis punto cero cero metros de longitud con rumbo Sur, cero siete grados treinta y un minutos catorce segundos Oeste, el Tercer Tramo, de diez punto diecisiete metros de longitud con rumbo Sur, setenta y cinco grados cincuenta minutos veinticinco segundos Este, el Cuarto Tramo, de veinticuatro punto veinticinco metros de longitud con rumbo Sur, catorce grados cuarenta y seis minutos cero nueve segundos Este, el Quinto Tramo, de veinte punto cero dos metros de longitud con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados veintisiete minutos treinta y seis segundos Oeste y el Sexto Tramo, de catorce punto veinticinco metros de longitud con rumbo Sur, dieciséis grados catorce minutos treinta y dos segundos Oeste, lindando con terreno de Francisca Polanco viuda de Durán, Leonardo Polanco Sánchez, Venancio Grande Palacios, Jesús Rauda Figueroa y Pedro Flamenco Rodríguez: AL SUR: Compuesto por un tramo recto de noventa y seis punto veinticinco metros de longitud con rumbo Norte, ochenta y ocho grados cero nueve minutos cincuenta y siete segundos Oeste, linda con propiedad de Juan Somoza Moz; AL PONIENTE: Compuesto por tres tramos rectos, el Primer Tramo, de treinta y cinco punto cincuenta y uno metros de longitud con rumbo Norte veintidós grados veinticuatro minutos dieciocho segundos Este, el Segundo Tramo, de veintinueve punto veintiocho metros de longitud con rumbo Norte, diecinueve grados cero nueve minutos veintiséis segundos Este y el Tercer Tramo, de noventa y siete punto ochenta y nueve metros de longitud con rumbo Norte, cero ocho grados cuarenta y siete minutos once segundos Este, lindando con propiedad de Mariana Meléndez de Reina, Antonio Reina Calle, Mariana Meléndez de Reina, José María Reina Morales, Leonel Reina, Fermania Reina de Alas, María Marcia Reina de Orellana, Virgilio Reina Guardado, Teresa de Jesús García Grande y Martina Reina, al río de seis punto cero cero metros de ancho de por medio, llegando al punto donde se inició la presente descripción. Todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, desde su adquisición. Habiendo poseído el referido terreno en forma quieta, pacífica, y no interrumpida, de forma material por más de treinta años y lo valora en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los doce días del mes de junio de dos mil nueve.- JOSÉ HÉCTOR LARA ZAMORA, ALCALDE MUNICIPAL.- VÍCTOR MANUEL NIETO DUGÓN, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011783-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora
ANGELA DURAN DE RAYMUNDO, quien es de setenta y un años
de edad, doméstica, del domicilio de El PaisnaI, Departamento de San
Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad número
cero cero nueve seis ocho cuatro nueve dos-cuatro, y con Número de
Identificación Tributaria cero seis cero cinco-cero cinco cero cinco
tres ocho-uno cero uno-seis; solicitando se le extienda TITULO DE
DOMINIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón El
Tule, Jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salvador, de una
extensión superficial de: CINCO MIL SEISCIENTOS SIETE PUNTO
CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas
y colindancias siguientes: AL NORTE: Mide ciento dos punto setenta
y ocho metros, linda con Juan Somoza Moz, cerco de alambre propio y
piedra del colindante de por medio; AL ORIENTE: Mide sesenta y cuatro
punto treinta metros, linda con Guadalupe Raymundo Reyes, cerco de
alambre del colindante; AL SUR: Mide ochenta y siete punto setenta y
cinco metros, linda con Angela Durán de Raymundo cerco de alambre
de la colindante; AL PONIENTE: Mide sesenta y uno punto cuarenta
y ocho metros, linda con Dorotea Calderón viuda de Rauda, Guillerma
Durán Polanco, María Lea Calderón Carrero, Saúl Carrero y Juan Somoza
Moz, callejón de dos metros de ancho de por medio, hasta llegar al punto
donde se inició la presente descripción. Todos los colindantes son de este
domicilio. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas desde su adquisición. Habiendo poseído el referido terreno en
forma quieta, pacífica, y no interrumpida, de forma material por más de
treinta años y lo valora en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS
DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los doce días del mes de
junio de dos mil nueve.- JOSÉ HÉCTOR LARA ZAMORA, ALCALDE
MUNICIPAL. VÍCTOR MANUEL NIETO DUGÓN, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011784-1
aViSo DE iNScriPciÓN
LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-
NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA.
CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-
blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA
Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo
número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-
cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones
Cooperativas, LA “ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUC-
CION AGROPECUARIA MASAHUAT DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA”, que se abrevia ACOMASAHUAT DE R.L., ubicada
en Santa Catarina Masahuat, Departamento de Sonsonate, obtuvo su
Personería Jurídica el día veintinueve de mayo del año dos mil nueve,
e inscrita en el libro ochenta y seis de registro que esta oficina lleva
bajo la siguiente codificación: Dos mil ciento cincuenta del Sector No
Reformado, por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el
extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.
Santa Tecla, a los dieciocho días del mes junio de dos mil nueve.
NOTIFIQUESE.
LIC. GLADYS MARINA DE HERNANDEZ,
JEFE DEL DEPARTAMENTO.
1 v. No. F011786
JUicio DE aUSENcia
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
AVISA: Que en las Diligencias Sumarias de Partición Judicial,
promovidas por el Licenciado Octavio Adalberto García Campos, en su
calidad de Apoderado del señor Ángel Danilo Gómez Rendón, contra
María Ángela Gómez Villacorta, se ha presentado el mencionado pro-
fesional manifestando que la señora María Ángela Gómez Villacorta,
mayor de edad, de este domicilio, se ha ausentado de su domicilio,
solicitando asimismo que se le nombre un Curador Especial para que
la represente, por ignorarse su paradero actual así como si ha dejado en
el país Procurador o Abogado que la represente, por lo que se previene
a este último si lo tuviere que se presente a este Juzgado a hacer uso
de su derecho dentro del término de quince días después de la última
publicación de este aviso.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales
consiguientes.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once
horas treinta y nueve minutos del día diez de octubre de dos mil ocho.-
DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,
SECRETARIA.
1 v. No. F011792
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. rENoVaciÓN DE MarcaS
No. de Expediente: 1998001732
No. de Presentación: 20080114576
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SARA
DEL CARMEN GUARDADO GÓMEZ, mayor de edad, ABOGADO Y
NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-
VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL
de JOSÉ BUENAVENTURA GUARDADO ORELLANA, del domicilio
de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,
de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para
la inscripción Número 00138 del Libro 00100 de INSCRIPCIÓN DE
MARCAS, consistente en la expresión GARYDOL, está escrita en letras
mayúsculas de color negro, sin ningún diseño especial; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, a los veinte días del mes de abril del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031400-1
No. de Expediente: 1986000751
No. de Presentación: 20090122249
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-
ÑA, actuando como APODERADO de ANSELL HEALTHCARE
PRODUCTS INC., del domicilio de 200 SCHULZ DRIVE, RED
BANK, NEW JERSEY 07701, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN,
para la inscripción Número 00052 del libro 00123 de REGISTRO DE
MARCAS, consistente en la palabra “ROUGH RIDER”; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-
vos. San Salvador, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil
nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011745-1
No. de Expediente: 1977001945
No. de Presentación: 20090122244
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del
domicilio de Glaxo Wellcome House, Berkeley Avenue, Greenford,
Middlesex UB6 ONN, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando
RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00218 del Libro 00079
de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra ZINACEF;
que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la
Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de mayo del año dos
mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011751-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 1995000020
No. de Presentación: 20080113142
CLASE: 28.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARTSANA S. P. A., del domicilio de Vía Saldarini Catelli 1, 22070 GRANDATE, Como, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00080 del libro 00082 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra chicco, en letras minúsculas, dispuestas cada una de las letras que la componen en planos diferentes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los trece días del mes de mayo del año dos mil nueve.-
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011752-1
No. de Expediente: 1997002738
No. de Presentación: 20080109978
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CREDO TECHNOLOGY CORPO-RATION, del domicilio de 2800 South 25th Avenue, Broadview, Illinois, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00113 del Libro 00077 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras MULTIPRO, en letras mayúsculas de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011755-1
No. de Expediente: 1997002739
No. de Presentación: 20080109977
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CREDO TECHNOLOGY CORPO-RATION, del domicilio de 2800 South 25th Avenue, Broadview, Illinois, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00114 del Libro 00077 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras DREMEL, en letras mayúsculas de molde; que ampara productos/ser-vicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011757-1
No. de Expediente: 1975003345
No. de Presentación: 20090122248
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Eli Lilly and Company, del domicilio de INDIANAPOLIS, INDIANA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00209 del Libro 00078 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "MONTEBAN"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011760-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 1978001625
No. de Presentación: 20090122256
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de Five Gi-ralda Farms, Madison, New Jersey 07940, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00090 del Libro 00079 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "OXICUR"; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011763-1
No. de Expediente: 1997005803
No. de Presentación: 20080105345
CLASE: 19.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EUREKA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Boulevard Manuel Avila Camacho Número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Código Postal 11510, Delegación Miguel Hidalgo, México Distrito Federal, México, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00167 del Libro 00073 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra CEMPLANK; que ampara pro-ductos/servicios comprendidos en la (s) Clase 19 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.
RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011773-1
No. de Expediente: 1987000099
No. de Presentación: 20090122261
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HANNA-BARBERA PRODUC-TIONS, INC., del domicilio de 15301 VENTURA BOULEVARD, CIUDAD DE SHERMAN OAKS, ESTADO DE CALIFORNIA 91403, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00178 del Libro 00119 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "SCOOBY - DOO"; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos, San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil nueve.
Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.
LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011774-1
MarcaS DE fÁBrica
No. de Expediente: 2008080255
No. de Presentación: 20080115627
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: La palabra LEXUS y diseño, que servirá para: AMPARAR: RELOJES DE MESA, RELOJES, MANCUERNAS, PLACAS, PINES. Clase: 14.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de marzo del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031360-1
No. de Expediente: 2009090951
No. de Presentación: 20090118521
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERA-DO de LABORATORIOS LIOMONT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
loDESTar
Consistente en: La palabra LODESTAR que se traduce al castellano como Estrella Polar, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS EN PARTICULAR ANTIHIPERTENSIVOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de marzo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031361-1
No. de Expediente: 2008080046
No. de Presentación: 20080115270
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Mead
Johnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: Un diseño que se identifica como DISEÑO DE BUHO CON PIZARRÓN, que servirá para: AMPARAR: LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; LECHE EN POLVO; PREPARACIONES EN POLVO PARA HACER BEBIDAS CON LECHE: BEBIDAS BASADAS EN LA LECHE; SUSTITUTOS DE LA LECHE. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031362-1
No. de Expediente: 2008079852
No. de Presentación: 20080114972
CLASE: 34.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de COR-PORACIÓN HABANOS, S. A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,
VEGa 1860
Consistente en: La palabra VEGA 1860, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO, TABACO ELABORADO PARA FUMAR, MASCAR O ESTORNUDAR, CIGARROS, CIGARRILLOS, CIGARRITOS, PICADURA, ARTÍCULOS PARA FUMADORES, ENTRE OTROS: CENICEROS, CORTAPUROS, FOSFORERAS, PURERAS; CERILLAS. Clase: 34.
La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031363-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092791
No. de Presentación: 20090122080
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-
TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
aEriE
Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR:
BOLSOS, BOLSONES, SOMBRILLAS, BILLETERAS, CARTERAS.
Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031364-1
No. de Expediente: 2009092793
No. de Presentación: 20090122082
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-
TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
aEriE
Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR:
VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERÍA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031365-1
No. de Expediente: 2009092788
No. de Presentación: 20090122077
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: un diseño que será identificado como DISEÑO DE AVE, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE TOCADOR. PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031367-1
No. de Expediente: 2009092547
No. de Presentación: 20090121682
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc.,
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
coVErNoX
Consistente en: la palabra COVERNOX, que servirá para: AM-PARAR: IMPLANTES ORTOPÉDICOS DE ARTICULACIONES Y PARTES COMPONENTES DE TALES IMPLANTES; INSERCIONES DE POLIETILENO PARA IMPLANTES ORTOPÉDICOS DE ARTI-CULACIONES. Clase: 10.
La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031368-1
No. de Expediente: 2009092529
No. de Presentación: 20090121636
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Biomarin Pharmaceutical Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: la palabra KUVAN y diseño, que servirá para: AMPARAR PREPARACIONES FARMACÉUTICAS, PRINCIPAL-MENTE, FÁRMACOS COMPUESTOS DE TETRAHIDROBIOP-TERINA (BH4) Y COMPUESTOS RELACIONADOS PARA EL TRATAMIENTO DE FENILCETONURIA. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
FERNANDO JOSÉ VELASCO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031369-1
No. de Expediente: 2008080253
No. de Presentación: 20080115625
CLASE: 06.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: la palabra LEXUS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SOSTENEDORES DE METAL PARA LLAVEROS, ANILLAS METALICAS PARA LLAVES, ESTAÑO, LATAS. Clase: 06.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil ocho.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031370-1
No. de Expediente: 2009092606
No. de Presentación: 20090121776
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de FISONS LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
rYNacroM
Consistente en: la palabra RYNACROM, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS Y FARMACÉUTICOS, ESPE-CIALES O NO, FÁRMACOS, DESINFECTANTES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil nueve.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031372-1
No. de Expediente: 2009092506
No. de Presentación: 20090121605
CLASE: 04.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SUNOCO OVERSEAS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: la palabra SUNOCO y diseño, que servirá para: AM-PARAR: ACEITES Y GRASAS INDUSTRIALES; LUBRICANTES; COMBUSTIBLES, PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO. Clase: 04.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031373-1
No. de Expediente: 2009092742
No. de Presentación: 20090122002
CLASE: 10.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc.,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
TrUMaTcH
Consistente en: la palabra TRUMATCH en donde la palabra Match por separado se traduce al castellano como Pareja, que servirá para: AMPARAR: INSTRUMENTOS Y APARATOS MÉDICOS PARA USO EN CIRUGÍA ORTOPÉDICA; IMPLANTES MÉDICOS, QUIRÚRGICOS Y ORTOPÉDICOS HECHOS DE MATERIALES ARTIFICIALES. Clase: 10.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031374-1
No. de Expediente: 2009092787
No. de Presentación: 20090122076
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
aEriE
Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE TOCADOR, PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031375-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2009092789
No. de Presentación: 20090122078
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
aEriE
Consistente en: la expresión AERIE, que servirá para: AMPARAR: JOYERÍA Y RELOJES. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031376-1
No. de Expediente: 2009092792
No. de Presentación: 20090122081
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-
TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE AVE,
que servirá para: AMPARAR: BOLSOS, BOLSONES, SOMBRILLAS,
BILLETERAS, CARTERAS. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031377-1
No. de Expediente: 2009092790
No. de Presentación: 20090122079
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-
TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.
Consistente en: un diseño identificado como diseño de ave, que
servirá para: AMPARAR: JOYERÍA Y RELOJES. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031378-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092795
No. de Presentación: 20090122084
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE AVE, que servirá para: AMPARAR: VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA. Clase: 25.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031379-1
No. de Expediente: 2009092829
No. de Presentación: 20090122118
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de BASF Agro B.V., Arnhem (NL), Zweigniederlassung Wädenswil, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FA-BRICA,
caScaDE
Consistente en: la palabra CASCADE, que se traduce al castellano como CASCADA, que servirá para: AMPARAR: INSECTICIDAS, LARVICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y PESTICIDAS,
MOLUSCICIDAS Y NEMATICIDAS; PREPARACIONES PARA
MATAR GUSANOS Y DESTRUIR GERMENES O BICHOS. Clase:
05.
La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031380-1
No. de Expediente: 2009092783
No. de Presentación: 20090122072
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de
Nycomed Danmark ApS, de nacionalidad DANESA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA,
iNSTaNYl
Consistente en: la expresión INSTANYL, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031382-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2009092701
No. de Presentación: 20090121916
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de
KENNETH COLE PRODUCTIONS, INC., de nacionalidad ESTADO-
UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
KENNETH colE
Consistente en: las palabras KENNETH COLE, que servirá para:
AMPARAR: ANTEOJOS, LENTES DE SOL, LUPAS, MARCOS,
LENTES; ACCESORIOS PARA LA VISTA; ESTUCHES Y CADE-
NAS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.
LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031383-1
No. de Expediente: 2009092938
No. de Presentación: 20090122314
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de Astellas Pharma Inc., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA,
ocaS
Consistente en: la palabra OCAS, que servirá para: AMPARAR:
SUSTANCIAS Y PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase:
05.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cuatro de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031384-1
No. de Expediente: 2009092830
No. de Presentación: 20090122119
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO
de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA,
orVEGo
Consistente en: la palabra ORVEGO, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION Y COMBATE DE
ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031385-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2008077617
No. de Presentación: 20080111206
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de KONICA
MINOLTA HOLDINGS, INC., de nacionalidad JAPONESA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA,
KoNica MiNolTa
Consistente en: las palabras KONICA MINOLTA, que servirá
para: AMPARAR REACTIVOS QUÍMICOS (QUE NO SEAN PARA
USO MEDICO O VETERINARIO); SUSTANCIAS QUÍMICAS PARA
REVELAR PELÍCULAS, PAPEL Y PLACAS IMPRESIONADAS;
SUSTANCIAS QUÍMICAS PARA REVELAR PELÍCULAS DE ARTES
GRÁFICAS, PAPEL Y PLACAS IMPRESIONADAS; SUSTANCIAS
QUÍMICAS PARA REVELAR PELÍCULAS DE RADIOGRAFÍAS
MEDICAS IMPRESIONADAS; PRODUCTOS QUÍMICOS DESTI-
NADOS A LA INDUSTRIA, CIENCIA, FOTOGRAFÍA, ASÍ COMO
A LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA;
APARATOS FOTOGRÁFICOS DE USAR Y TIRAR; PLACAS SECAS
PARA ARTES GRÁFICAS (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS
DE ARTES GRÁFICAS (NO IMPRESIONADAS); PAPEL DE
ARTES GRÁFICAS (NO IMPRESIONADO); PELÍCULAS DE RA-
DIOGRAFÍAS MÉDICAS (NO IMPRESIONADAS); EMULSIONES
FOTOGRÁFICAS; PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS PARA EFEC-
TUAR COPIAS Y MICRO-PELÍCULAS (NO IMPRESIONADAS);
PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS PARA EFECTUAR FOTOGRAFÍAS
DE IDENTIFICACIÓN (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS FOTO-
GRÁFICAS PARA EFECTUAR MEDICIONES CIENTÍFICAS (NO
IMPRESIONADAS); PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS PARA SU USO
EN LA INDUSTRIA (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS FOTO-
GRÁFICAS PARA USO EN APARATOS FOTOGRÁFICOS PARA
GRABAR IMÁGENES VISTAS EN REPRESENTACIONES CRT
EN DIAGNOSIS MÉDICA (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS
FOTOGRÁFICAS (NO IMPRESIONADAS); PAPEL FOTOGRÁFICO
(NO IMPRESIONADO); PLANCHAS FOTOGRÁFICAS (IMPRESIO-
NADAS); SENSIBILIZADORES FOTOGRÁFICOS; PRODUCTOS
QUÍMICOS FOTOSENSIBLES; PELÍCULAS DE FOTOCOMPOSI-
CIÓN (NO IMPRESIONADAS); PAPEL DE FOTOCOMPOSICIÓN
(NO IMPRESIONADO); PLACAS PRE-SENSIBILIZADAS PARA
IMPRESIÓN EN "OFFSET"; PARTES Y COMPONENTES DE TODOS
LOS PRODUCTOS CITADOS, INCLUIDOS EN ESTA CLASE. Clase:
01.
La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031386-1
No. de Expediente: 2009092740
No. de Presentación: 20090121999
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de La-boratorio Chile S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
SiNcriS
Consistente en: la palabra SINCRIS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PRE-PARACIONES SANITARIAS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTO PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA CURACIONES (APÓSITOS Y VENDAS); YESO PARA USO MÉDICO, MATERIAL PARA TAPAR DIENTES; CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031388-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2009092704
No. de Presentación: 20090121919
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de KENNETH COLE PRODUCTIONS, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
rEacTioN
Consistente en: la palabra REACTION que se traduce al castella-no como reacción, que servirá para: AMPARAR: PERFUME, AGUA DE COLONIA, AGUA DE TOCADOR; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL Y EL CUERPO, PRINCIPALMENTE, LOCIONES, LECHES, CREMAS, ACEITES, Y GELS PARA LA CARA Y CUERPO; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSO-NAL, PRINCIPALMENTE, POLVOS PARA EL CUERPO, JABONES PARA EL CUERPO HUMANO, GEL PARA LA DUCHA, BAÑO DE BURBUJAS, SHAMPOO PARA EL CABELLO, ACONDICIONADOR PARA EL CABELLO, DESODORANTES; CREMAS PARA AFEITAR, JABONES PARA AFEITAR, BARRAS PARA AFEITAR, LOCIONES PARA ANTES Y DESPUES DE AFEITARSE. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031389-1
No. de Expediente: 2009092735
No. de Presentación: 20090121991
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,
Consistente en: la expresión M blur y diseño, el cual la palabra blur se traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE PARA APLICACIONES DE COMPUTADORAS PARA
TELÉFONOS MOVILES O CELULARES; UNA FACILIDAD INCOR-
PORADA EN UN TELÉFONO MOVIL O CELULAR PARA BUSCAR
Y ACCEDER A APLICACIONES UTILIZADAS COMÚNMENTE
EN EL TELÉFONO; SOFTWARE DE COMUNICACIONES PARA
CONECTAR A USUARIOS DE TELÉFONOS MOVILES; SOFTWARE
DE TELEFONIA POR COMPUTADORA QUE PERMITE REALIZAR
ACTIVIDADES DE TELÉFONO Y COMUNICACIONES A TRAVÉS
DE UNA RED; SOFTWARE DE TELEFONIA POR COMPUTADO-
RA PARA PROYECTAR Y ACTUALIZAR DATOS RECIBIDOS
DE LA RED; APARATOS PARA GRABACION, TRANSMISION·
O REPRODUCCION DE SONIDO O IMÁGENES EN TELÉFONOS
MOVILES O CELULARES. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031390-1
No. de Expediente: 2009092737
No. de Presentación: 20090121994
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA,
INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
MoToBlUr
Consistente en: la palabra MOTOBLUR donde la palabra BLUR se
traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPARAR:
SOFTWARE PARA APLICACIONES DE COMPUTADORAS PARA
TELEFONOS MOVILES O CELULARES; UNA FACILIDAD INCOR-
PORADA EN UN TELEFONO MOVIL O CELULAR PARA BUSCAR
Y ACCEDER A APLICACIONES UTILIZADAS COMUNMENTE
EN EL TELEFONO; SOFTWARE DE COMUNICACIONES PARA
CONECTAR A USUARIOS DE TELEFONOS MOVILES; SOFTWARE
DE TELEFONIA POR COMPUTADORA QUE PERMITE REALIZAR
ACTIVIDADES DE TELEFONO Y COMUNICACIONES A TRAVES
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DE UNA RED; SOFTWARE DE TELEFONIA POR COMPUTADO-
RA PARA PROYECTAR Y ACTUALIZAR DATOS RECIBIDOS
DE LA RED; APARATOS PARA GRABACION, TRANSMISION
O REPRODUCCION DE SONIDO O IMAGENES EN TELEFONOS
MOVILES O CELULARES. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031392-1
No. de Expediente: 2009092733
No. de Presentación: 20090121987
CLASE: 09.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO
DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA,
INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA,
BlUr
Consistente en: la palabra BLUR traducida al castellano como
BORROSO, que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE PARA
APLICACIONES DE COMPUTADORAS PARA TELEFONOS MO-
VILES O CELULARES; UNA FACILIDAD INCORPORADA EN UN
TELEFONO MOVIL O CELULAR PARA BUSCAR Y ACCEDER A
APLICACIONES UTILIZADAS COMUNMENTE EN EL TELEFONO;
SOFTWARE DE COMUNICACIONES PARA CONECTAR A USUA-
RIOS DE TELEFONOS MOVILES; SOFTWARE DE TELEFONIA
POR COMPUTADORA QUE PERMITE REALIZAR ACTIVIDA-
DES DE TELEFONO Y COMUNICACIONES A TRAVES DE UNA
RED; SOFTWARE DE TELEFONIA POR COMPUTADORA PARA
PROYECTAR Y ACTUALIZAR DATOS RECIBIDOS DE LA RED;
APARATOS PARA GRABACION, TRANSMISION O REPRODUC-
CION DE SONIDO O IMAGENES EN TELEFONOS MOVILES O
CELULARES. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031394-1
No. de Expediente: 2009091179
No. de Presentación: 20090118950
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SEGUNDO
ORTIZ DEODANES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
PRODUCTOS EMBUTIDOS EL CHORY, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras: Chory Brand y diseño, en donde traducidas al castellano significa: Chory Calidad, sobre las palabras aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS EMBUTIDOS. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil nueve.
LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031396-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2008073368
No. de Presentación: 20080103956
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA ELOISA
DEL CARMEN ALFARO DE MARON, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la
MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
aNarEXol
Consistente en: la palabra ANAREXOL, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS QUIMICOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial. Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031397-1
No. de Expediente: 2009091448
No. de Presentación: 20090119521
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL
CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de
GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-
DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE
COMERCIO,
orToDEl PlUS
Consisitente en: la expresión ORTODEL PLUS, la palabra PLUS
se traduce al castellano como suplementario u ocasional, que servirá
para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día nueve de febrero del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, primero de abril del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031398-1
No. de Expediente: 2009092707
No. de Presentación: 20090121939
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL
ANTONIO GIACOMAN BUKELE, en su calidad de REPRESENTAN-
TE LEGAL de IMPRESSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro
de la MARCA DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión IMPRESSA SUPERBELT, la palabra
IMPRESSA no tiene traducción y la palabra SUPERBELT se traduce
como cinturón fenomenal, que servirá para: DISTINGUIR MECANIS-
MOS DE TRANSMISION PARA VEHICULOS TERRESTRES TALES
COMO FAJAS Y CORREAS DE TRANSMISION. Clase: 07.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de abril del año dos mil nueve.
GEORGINA VIANA CANIZALEZ,
REGISTRADOR.
RAFAEL ANTONIO CASTILLO MEDINA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031410-1
No. de Expediente: 2008079832
No. de Presentación: 20080114937
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GLAXO
GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
TaraZ
Consistente en: la palabra TARAZ, que servirá para: AMPARAR:
PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS Y ME-
DICINALES. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil
ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011765-1
No. de Expediente: 2009093113
No. de Presentación: 20090122655
CLASE: 09.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CAL-
DARELLI GIOVANNI, de nacionalidad ITALIANA, solicitando el
registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las letras AM y diseño, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS ÓPTICOS, TALES COMO LENTES Y LENTES
DE SOL, MARCOS DE ANTEOJOS, LENTES, Y ESTUCHES PARA
LENTES Y LENTES DE SOL; VISORES DE DEPORTE PARA SU
USO EN ESQUÍ, NATACIÓN, MOTOCICLISMO; CADENAS DE
ANTEOJOS. Clase: 09.
La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011767-1
No. de Expediente: 2005053589
No. de Presentación: 20050071123
CLASE: 09.
LA INFRASCRITA REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de EVEREADY BATTERY COMPANY, INC., de nacionalidad ESTA-
DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
KEEP GoiNG
Consistente en: las palabras KEEP GOING traducidas como SI-
GUE O CONTINUA; que servirá para AMPARAR: TODO TIPO DE
BATERIAS Y CARGADORES DE BATERIA.
CLASE: 09.
La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año
dos mil cinco.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011768-1
No. de Expediente: 2008079760
No. de Presentación: 20080114797
CLASE: 07.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL
ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO
de Merchant Media, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-
citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
ScooP N GriND
Consistente en: las palabras SCOOP N GRIND que se traducen al
castellano como pala moler, que servirá para: AMPARAR: MOLINOS DE
MANO ACCIONADOS CON BATERIA PARA USO DOMÉSTICO
CON COMIDA, PIMIENTA, CAFÉ Y ESPECIES. Clase: 07.
La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos
mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veinte de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011769-1
No. de Expediente: 2008079740
No. de Presentación: 20080114757
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Farmacéutica
Med-Cell Ltda., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de
la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión Vitaminlife y diseño, la palabra Vitamin
se traduce al castellano como Vitamina y life como Vida, que servirá
para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,
SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES
HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,
HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-
DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,
SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del
año dos mil ocho.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011771-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092331
No. de Presentación: 20090121264
CLASE: 01.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CORINA
FRANCIS ESCOBAR RAUDA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE COMERCIO,
JUaMa
Consistente en: la palabra JUAMA, que servirá para: AMPARAR:
PELICULAS PARA IMPRESION DIGITAL SENSIBLE AL CALOR,
LAS CUALES SON SENSIBILIZADAS PERO NO EXPUESTAS,
ACLARANDO QUE NO SON PELICULAS FOTOGRAFICAS, SINO
PELICULAS PARA USO MEDICO. Clase: 01.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011804-1
No. de Expediente: 2009092334
No. de Presentación: 20090121267
CLASE: 1.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CORINA
FRANCIS ESCOBAR RAUDA, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA
DE COMERCIO,
aGfa Consistente en: la palabra: AGFA, que servirá para: AMPARAR:
PELICULAS DE RAVOS “X”, LAS CUALES SON SENSIBILIZADAS
PERO NO EXPUESTAS. Clase: 1.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,
REGISTRADORA.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011805-1
coNVocaToria
CONVOCATORIA
La Sociedad Cooperativa de Cafetaleros Los Ausoles de R. L. convoca
a sus socios a JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA. Que deberá
celebrarse en el Área Social de la Cooperativa, situada en el Km. 101
1/2 Carretera a las Chinamas, Ahuachapán, a las ocho horas del día
27 de julio del corriente año, en la que se tratará exclusivamente la
siguiente agenda:
1- VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.
2- LECTURA DEL ACTA ANTERIOR Y RATIFICACION DE
ACUERDOS
3- AUTORIZACION DE ASAMBLEA GENERAL PARA REALIZAR
CONTRATO DE MAQUILA Y BODEGAJE.
Para celebrar esta Junta deberán estar presentes personalmente por
lo menos la mitad más uno de los socios de la Cooperativa.
De no haber Quórum en la primera convocatoria por este mismo
medio se convoca para celebrar esta JUNTA GENERAL EXTRAOR-
DINARIA para el día 28 de julio a las diez horas en el mismo local, con
el número de Socios presentes, siempre que no sea inferior a diez socios
de acuerdo al Pacto Social.
AHUACHAPAN, 18 de JUNIO DE 2009.
FERNANDO JOSE MENDOZA LINARES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031405-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383SUBaSTa PUBlica
LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Al Público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., cuyos nombres comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVA-DOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL, BANCO AGRICOLA o solamente EL AGRICOLA y sus siglas BAC, contra la señora CECILIA CAROLINA CONTRERAS DE BOLAÑOS, reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: UN inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón Ba-rra de Santiago, jurisdicción de Jujutla, departamento de Ahuachapán, desmembrado hacia el rumbo Sur de otro de mayor extensión de donde formo parte compuesta de DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, y especialmente mide y linda: AL NORTE, cincuenta y tres metros. AL PONIENTE, cincuenta y seis metros en estos dos rumbos linda con el resto del inmueble general de donde se desmembró el que se describe, propiedad del señor Salomón Contreras. AL ORIENTE: cincuenta y seis metros, linda con porción vendida al señor CARLOS DE JESUS MARQUELLI que formó parte del inmueble general antes mencionado, propiedad del señor SALOMON CONTRERAS. Y AL SUR cincuenta y tres metros, calle Nacional de por medio cerco propio con predios del señor EMILIO ZEDAN y de la Sociedad Pro- Mejoramiento de la Barra de Santiago, representada por la señora CATALINA GOMEZ en este último predio es donde se encuentra el cementerio. Inscrito a favor de la demandada CECILIA CAROLINA CONTRERAS DE BOLAÑOS, bajo matrícula número UNO CINCO CERO TRES CERO SIETE CINCO NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, asiento DIEZ, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda sección de Occidente del Departamento de Ahuachapán.
Se hace saber a la personas que se presenten a participar a la su-basta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad Personal y el NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar.
Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas del día diez de marzo de dos mil ocho. LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCAN-TIL. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011708-1
GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Jueza de Primera Instancia Suplente del Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente. AL PÚBLICO, para los efectos de Ley.
HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado JOSUE RAFAEL REYES CAMPOS, y continuado por el Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS, ambos en calidad de Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S.A., o simplemente BANCO CITI, S.A., en contra del señor CARLOS BORROMEO FLORES, de treinta y seis años de edad al momento de contraer la obligación, Sastre, del domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, SE HA OR-DENADO LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE UN INMUEBLE EMBARGADO, propiedad del citado señor Borromeo Flores, situado en la jurisdicción de Tonacatepeque, de las características siguientes: EL
PRIMERO, identificado como lote número siete, Polígono treinta y seis de urbanización Cimas de San Bartolo II, Quinta Etapa, Tonacatepeque, de extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUEN-TA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS. El relacionado inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de San Salvador, bajo la Matrícula seis cero cero cuatro dos ocho uno ocho - cero cero cero cero cero (60042818-00000).
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, a las catorce horas y cuarenta minutos del día trece de mayo de dos mil nueve. LICDA. GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011753-1
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por la Licenciada Zarina Ayala Herrera, como Apoderada General Judicial del Banco Agrícola S.A., contra la señora Jesús Anabel Romero de Morales conocida por Jesús Anabel Romero, se Venderán en este Juz-gado en pública subasta y en fecha oportuna los siguientes inmuebles: “PRIMERO. Un inmueble, de naturaleza antes rústica, hoy urbano, ubicado sobre la Sexta Avenida Sur, en el lugar llamado La Monja, entre los pasajes número Tres y Cuatro de la Lotificación Asturias de Sonsonate, en la denominada Residencial ASTURIAS, específicamente en una casa de habitación marcada como lote número TRECE con una capacidad superficial de CIENTO TRES PUNTO CINCUENTA ME-TROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CUARENTA Y OCHO PUNTO CERO NUEVE VARAS CUADRADAS que consta de una casa de sistema mixto con un área construida de CINCUENTA Y TRES PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y TRES PUNTO TREINTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, partiendo de la Intersección de los ejes del pasaje tres de la Lotificación Asturias, propiedad de la señora Gloria Alicia Reina Vásquez de Sa-linas, y la Sexta Avenida Sur, midiendo hacia el sur sobre el eje de la avenida mencionada una distancia de veintidós metros setenta y cinco centímetros, se hace una deflexión izquierda de noventa grados con una distancia de cincuenta y uno punto Cincuenta metros, se llega al vértice nor oriente del terreno que mide y linda como sigue: al ORIENTE, un tramo recto con rumbo sur treinta grados cero punto cero minutos oeste con una longitud de diecisiete punto veinticinco metros, lindando con lote tres polígono dos, Lotificación Asturias, propiedad de la señora Gloria Alicia Reina Vásquez de Salinas, al SUR, un tramo recto con rumbo norte sesenta grados, cero punto cero minutos oeste, con una longitud de seis punto cero metros, lindando con lote número siete polígono cuatro de la lotificación Asturias, propiedad de la señora Gloria Alicia Reina Vásquez de Salinas, pasaje número cuatro de la mencionada lotificación Asturias de por medio cuyo ancho es de siete metros; al PONIENTE, un tramo recto con rumbo norte treinta grados cero punto cero minutos este, con una longitud de diecisiete punto veinticinco metros lindando con lote número doce de la misma Residencial propiedad del señor José Roberto Aquino conocido por José Roberto Aquino Ruiz; al NORTE, un tramo recto con rumbo sur sesenta grados cero punto cero minutos este, con una longitud de seis punto cero metros, lindando con lote número nueve de la misma residencia propiedad del señor José Roberto Aquino conocido por José Roberto Aquino Ruiz. Inscrito a favor de la señora Jesús Anabel Romero de Morales conocida por Jesús Anabel Romero, bajo la matrícula número UNO CERO UNO CERO OCHO DOS OCHO CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento. SEGUNDO. Un lote de terreno de naturaleza urbana situado en las orillas del pueblo de San Antonio del Monte, de este departamento, marcado como lote número Dos, el cual se
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. describe así: a partir de la intersección formada por los ejes de la diagonal “A” y Avenida número Uno, ambas abiertas en terrenos de la misma lotificación se mide sobre el eje de esta última una distancia de ciento veinticuatro metros veintiséis centímetros con rumbo sur trece grados cincuenta y siete minutos cero centésimos de minutos oeste, en el punto se hace una deflexión izquierda de noventa grados con una distancia de cinco metros para llegar a la esquina sur oeste del lote cuyas medidas y linderos son los siguientes: al PONIENTE, nueve metros en línea recta paralela al eje de la avenida número uno, linda con lote número veintitrés de la misma lotificación, avenida uno de diez metros de ancho de por medio; al NORTE, veinte metros setenta y nueve centímetros, en línea recta perpendicular al eje de la avenida número uno, linda con lote número tres de la misma lotificación; al ORIENTE, nueve metros con rumbo sur trece grados veintidós minutos seis centésimos de minutos oeste linda con terreno de Enrique Alfaro y al SUR, veinte metros ochenta y dos centímetros en línea recta perpendicular al eje de la avenida número uno, linda con lote número uno de la misma lotificación. El lote así descrito tiene una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y SIETE ME-TROS CINCUENTA Y DECIMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO VARAS TREINTA CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, los lotes colindantes del lote descrito son propiedad de la señora María Luisa Ortiz de Zedán, contiene como construcción una casa de sistema mixto que mide ocho metros noventa centímetros de frente por veinte metros de fondo o sea de una capacidad de ciento setenta y ocho metros cuadrados, goza de sus correspondientes servicios de agua potable, luz eléctrica y teléfono. Inscrito a favor de la ejecutada bajo la matrícula número UNO CERO CERO TRES TRES TRES UNO CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas veinte minutos del día quince de abril del dos mil nueve. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011787-1
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado Jorge Alberto Escalante Pérez, en su calidad de apoderado del Fondo Social para la Vivienda, contra Victoriano Antonio Rodríguez Méndez, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plazo respectivo con el número cuarenta y nueve del Polígono Once C, Senda Diez de una extensión superficial de Sesenta punto cero cero metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la Urbanización Ciudad Pacífica III Etapa, situada en Jurisdicción de San Miguel, Departamento de San Miguel, cuya descripción es la siguiente: Al Norte, cinco punto cero cero metros, Al Sur, cinco punto cero cero metros, Al Oriente, doce punto cero cero metros, Al Poniente, doce punto cero cero metros, contiene un área construida de Veintiocho punto sesenta y cinco metros”.
Inscrito a favor del deudor Victoriano Antonio Rodríguez Méndez, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente al número ocho cero uno dos dos ocho cero seis.
Lo que se pone en conocimiento del público.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Miguel, a las once horas treinta y cinco minutos del día diez de junio de dos mil nue-ve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011822-1
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado Jorge Alberto Escalante Pérez, en su calidad de apoderado del Fondo Social para la Vivienda, contra José Fredys González Martínez, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contienen, marcado en el plano respectivo, con el número Nueve, del Polígono B Dos Avenida Licenciado Alfre-do Cristiani, de una extensión superficial de Ochenta y cinco metros cuadrados, dicho lote forma parte de la urbanización Ciudad Pacífica, situada final de la octava calle poniente Cantón Jalacatal, Jurisdicción de San Miguel, cuyas medidas y linderos son los siguientes. Al Norte cinco punto cero cero metros, al Oriente diecisiete punto cero siete metros, Al Sur cinco punto cero cero metros, y Al Poniente diecisiete punto cero siete metros, en dicho inmueble se encuentra construida una casa de sistema mixto, con un área de treinta y seis punto Veinticinco metros cuadrados”.
Inscrito a favor del deudor José Fredys González Martínez, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente al número ocho cero cero cuatro siete cuatro siete tres.
Lo que se pone en conocimiento del público.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Miguel, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día diez de junio de dos mil nueve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011824-1
MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado Jorge Alberto Escalante Pérez, en su calidad de apode-rado del Fondo Social para la Vivienda, contra María Elena Alvarenga Mejía, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un lote de construcciones de naturaleza urbana, situado en esta Ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, identificado como lote número Cuarenta y Dos del Polígono Ocho C, Senda Ocho, de la Urbanización Ciudad Pacífica III Etapa, de la extensión Superficial de Setenta punto cero cero metros cuadrados, que mide Al Norte, cinco metros, Al Oriente catorce metros, Al Sur cinco metros, y Al Poniente Catorce metros, con un área de construcción de cuarenta y dos punto ochenta y siete metros cuadrados”.
Inscrito a favor de la deudora María Elena Alvarenga Mejía, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, al número Ocho cero cero uno tres dos ocho uno.
Lo que se pone en conocimiento del público.
Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Miguel, a las doce horas treinta y cinco minutos del día diez de junio de dos mil nue-ve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011827-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS
AVISO
PROCESOS DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE que usa el nombre de “PRODISA”.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en: Calle San Martín
No.518 del Barrio La Vega, ciudad de San Salvador, Departamento de
San Salvador, se ha presentado el propietario señor JOSE SALVADOR
JAUREGUI BRIZUELA de UN CERTIFICADO DE ACCIONES de la
sociedad PROCESOS DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPI-
TAL VARIABLE, solicitando REPOSICIÓN por EXTRAVÍO de dicho
CERTIFICADO número QUINCE que ampara CIENTO NOVENTA
Y NUEVE ACCIONES, del valor nominal de CIEN COLONES por
cada acción o su equivalente a ONCE DÓLARES CON CUARENTA
Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público
en general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición se procederá a reponer el certificado de acciones en referen-
cia.
San Salvador, quince de junio de dos mil nueve.
MAURICIO ANTONIO LIMA RUIZ,
DIRECTOR PRESIDENTE SUPLENTE DE PROCESOS DIVER-
SOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
3 v. alt. No. C031404-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia Central, de esta ciudad, se ha presen-
tado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.
0700-039503-0, amparado con el registro No. 0653462 del Depósito a
Plazo Fijo, constituido el 10-08-2001 a 360 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011810-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia San José, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
No. 0707-017588-8, amparado con el registro No. 961724 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 20-06-2007 a 360 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011816-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha pre-
sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado
No. 0748-041934-3, amparado con el registro No. 1072783 del Depósito
a Plazo Fijo, constituido el 01-06-2009 a 90 días prorrogables, lo que
hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-
do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de
Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011817-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia Aguilares, de la ciudad de Aguilares,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 0759-006915-4, amparado con el registro No. 795543
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-02-2004 a 30 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011818-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia San Martín, de la ciudad de San Martín,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 0774-040368-9, amparado con el registro No. 960244
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 17-04-2007 a 360 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011821-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando
que ha extraviado el Certificado No. 0783-014737-5, amparado con el
registro No. 757677 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 09-04-2003
a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos
de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No.
486 y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011823-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de
Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que
ha extraviado el Certificado No. 0783-023575-6, amparado con el registro
No. 1012288 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 30-06-2008 a 90
días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de
reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486
y 932 del Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011826-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia San José de la Montaña, de esta ciudad,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 0753-001521-5, amparado con el registro No. 818088
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 12-07-2005 a 360 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011832-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Usulután,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 0700-082002-3, amparado con el registro No. 1030692
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-12-2008 a 180 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011833-1
El BaNco aGrÍcola, S. a.
AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Usulután,
se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el
Certificado No. 0783-017199-2, amparado con el registro No. 848689
del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 28-03-2005 a 180 días prorro-
gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición
del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del
Código de Comercio Vigente.
En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación
del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,
se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.
San Salvador, 15 de Junio de 2009.
BaNco aGrÍcola, S.a.
CARMEN FERNANDEZ,
GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.
3 v. alt. No. F011836-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. aUMENTo DE caPiTal
La Sociedad Centro de Imágenes Radiológicas de Occidente, S. A., de
C. V., que puede abreviarse CIMRO, S. A. de C. V.
HACE SABER: Que en folios veinticuatro, veinticinco y veintiséis
del libro de actas, se encuentra asentada el Acta de Asamblea General
Extraordinaria celebrada en segunda convocatoria, con el sesenta y
nueve punto cuarenta y tres por ciento de las acciones del capital de la
sociedad, el día cinco de junio, del corriente año, en el local de la empresa
ubicado en quinta Avenida Sur, Polígono "D" número veintidós, entre
veinticinco y veintisiete calle Oriente, Urbanización San Miguelito en
la ciudad de Santa Ana.
En dicha Junta General Extraordinaria se acuerda aumentar en
efectivo el capital social de la Sociedad en CIEN MIL DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$100,000.00). Dicho
aumento se realizará en la parte variable, por medio de la emisión y
suscripción de 875 nuevas acciones comunes, del valor nominal de
114.28571 dólares de los Estados Unidos de América.
Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-
dientes.
Santa Ana, quince de junio de dos mil nueve.
SALVADOR ERNESTO RODRIGUEZ BARRERA,
ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.
1 v. No. C031408
aViSo DE coBro
AVISO DE COBRO
EL INFRASCRITO JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA DE-
PARTAMENTAL DE EDUCACION DE LA LIBERTAD.
De conformidad con el Artículo 142 de las Disposiciones Generales del
Presupuesto vigente.
SE HACE SABER: Que a la Unidad de Recursos Humanos de
esta Departamental se ha presentado la señora MARIA PATROCINIA
GOMEZ MARTINEZ, mayor de edad, con DUI N° 02630220-0 del
Domicilio de El Rosario, Municipio de Comasagua, Departamento de La
Libertad; SOLICITANDO se le permita firmar los documentos respectivos
y cobrar la cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS 40/100
DOLARES ($846.40), que al fallecimiento de su HIJO: JULIO CESAR
GOMEZ AGUIRRE, ocurrido el día 12 de Junio 2009, dejó pendiente
de cobro el salario del mes de JUNIO/2009; quien desempeñaba el cargo
de DOCENTE NIVEL II, Código de escalafón docente 0804402, en
la DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE LA LIBERTAD, con
cargo a las Cifras Presupuestarias 2009-3100-3-03-01-21-1-51101, de
Sueldo Base con partida 23 subnúmero 5684 ($606.40) y sobresueldos
con Cifras presupuestarias 2009-3100-3-03-01-21-1-51104 de Doble
Sección con Partida 40 subnúmero 3107 ($200.00) y Ruralidad con
partida 61 subnúmero 3006 ($40.00)
Lo anterior se hace del conocimiento del público, a fin de que toda
persona que se crea con mayor o igual derecho, se presente a hacer uso
de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última
publicación del presente aviso.
Ministerio de Educación, Santa Tecla, a los dieciséis días del mes
de junio de dos mil nueve.
INGENIERO SALVADOR IVAN TESORERO VALENCIA,
JEFE DE RECURSOS HUMANOS,
DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE LA LIBERTAD.
3 v/1v/c/3d. No. F011814-1
aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio
AVISO DE NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR
EL CONDOMINIO TORRE DEL PASEO 1, situado en la Colonia
Escalón, Pasaje Subtiava No. 151, en esta ciudad, en cumplimiento de
lo establecido por la Ley de Propiedad Horizontal por Pisos y Aparta-
mentos y por el Reglamento del Condominio, por este medio hace del
conocimiento del público en general:
Que en Asamblea de Propietarios celebrada el 28 de marzo 2009,
a las 11:00 horas, en el área social del Condominio, se eligió como
ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO para el plazo de un año
contado a partir del 1º de Marzo 2009, a la empresa MULTISERVICIOS
DE SEGURIDAD, S. A. DE C. V., cuyas oficinas están situadas en la
Colonia Flor Blanca, 12 Calle Poniente # 1220, entre 27 y 29 Avenida
Sur San Salvador y que está legalmente representada por los señores
Itshak Ben Haim y Shmuel Vugman,
San Salvador, diecisiete de abril dos mil nueve.
GUILLERMO JOSE FRANCO,
SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA.
3 v. c. No. F011746-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383PaTENTE DE iNVENcioN
No. de Expediente : 2008003119
No. de Presentación: 20080007332
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174
AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de naciona-
lidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT
denominada DERIVADOS DE LEPTOMICINA, por el término de
VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 47/48, A61P
35/00.
Se refiere a: DERIVADOS DE LEPTOMICINA. La solicitud fue
presentada internacionalmente a las cero horas del día veintitrés de mayo
del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciséis días del mes
de marzo del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011726
No. de Expediente: 2008003021
No. de Presentación: 20080006956
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de LES LABORATOIRES SERVIER, del
domicilio de 12, PLACE DE LA DEFENSE, F-92415, COURBEVOIE
CEDEX FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando se conceda
Registro de la PATENTE DE INVENCION denominada ASOCIACION
ENTRE UN ANTIATEROTROMBOTICO Y UN INHIBIDOR DE LA
ENZIMA DE CONVERSION DE LA ANGIOTENSINA, por el término
de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/00, y con
prioridad de la solicitud FRANCESA No. 20070706345, de fecha once
de septiembre del año dos mil siete.
Se refiere a: ASOCIACIÓN DE UN ANTIATEROTROMBÓTI-
CO Y DE UN INHIBIDOR DE LA ENZIMA DE CONVERSIÓN DE
LA ANGIOTENSINA (IECA), ASÍ COMO LAS COMPOSICIONES
FARMACÉUTICAS QUE LA CONTIENEN. MEDICAMENTOS.
La solicitud fue presentada a las diez horas y cincuenta minutos
del día diez de septiembre del año dos mil ocho.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los tres días del mes de
febrero del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011728
No. de Expediente: 2008002995
No. de Presentación: 20080006867
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174
AVENUE DE FRANCE PARIS 75013 FRANCIA, de nacionalidad
FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE
INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT deno-
minada ARILDIHIDROISOQUINOLINONAS SUSTITUIDAS CON
AZACICLILO PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACION Y SU
USO COMO MEDICAMENTOS, por el término de VEINTE AÑOS,
con Clasificación Internacional A61K 31/4355, A61K 31/4365, A61K
31/4725, A61P 3/10, C07D 401/10, C07D 401/14, C07D 405/04, C07D
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. 413/14, C07D 417/14, C07D 471/04, C07D 487/04, C07D 487/10, C07D
491/04, C07D 495/04, C07D 498/10, y con prioridad de la solicitud
ALEMANA No. 2006102006070453, de fecha quince de febrero del
año dos mil seis.
Se refiere a: ARIDIHIDROISOQUINOLINONAS AZACICLIL-
SUSTITUIDAS Y A SUS DERIVADOS, Y A SUS SALES FISIOLO-
GICAMENTE TOLERADAS Y DERIVADOS FISIOLOGICAMENTE
FUNCIONALES, A SU PREPARACION, A MEDICAMENTOS QUE
COMPRENDEN AL MENOS UNA ARILDIDROISOQUINOLINONA
AZACICLIL-SUSTITUIDA DE LA INVENCION Y SUS DERIVADOS
COMO ANTAGONISTAS DE MCH.
La solicitud fue presentada internacionalmente a las ocho horas y
veinticinco minutos del día trece de febrero del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los cuatro días del mes de
mayo del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011729
No. de Expediente: 2008002834
No. de Presentación: 20080006197
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado LUIS MIGUEL
ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del
domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-
tuando como APODERADO de AMGEN FREMONT INC., del domicilio
de 6701 KAISER DRIVE FREMONT CALIFORNIA 94555 ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-
citando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase
nacional de una solicitud internacional PCT denominada ANTICUER-
POS MONOCLONALES HUMANOS PARA LA QUINASA-1 TIPO
RECEPTOR DE ACTIVINA, por el término de VEINTE AÑOS, con
Clasificación Internacional C12N 5/06, C07K 16/00, y con prioridad de
la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200560715292, de fecha siete de
septiembre del año dos mil cinco.
Se refiere a: ANTICUERPOS MONOCLONALES HUMANOS PARA
LA QUINASA-1 TIPO RECEPTOR DE ACTIVINA Y INMUNOGLOBULINAS
DE CADENAS PESADA Y LIVIANA PROCEDENTES DE LOS
ANTICUERPOS ANTI-ALK-1 HUMANOS Y A LAS MOLECULAS
DE ACIDO NUCLEICO QUE CODIFICAN TALES INMUNOGLO-
BULINAS, Y LOS METODOS PARA HACER LOS ANTICUERPOS
ANTI-ALK-1 HUMANOS, COMPOSICIONES QUE CONSISTEN DE
ESTOS ANTICUERPOS, LOS METODOS PARA EL USO DE LOS
ANTICUERPOS, LAS COMPOSICIONES.
La solicitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del
día seis de septiembre del año dos mil seis.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los treinta días del mes de
abril del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011730
No. de Expediente: 2008003077
No. de Presentación: 20080007176
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis Deutschland GmbH,
del domicilio de D-65929 FRANKFURT AM MAIN GERMANY
ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda
Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una
solicitud internacional PCT denominada INHIBITORES DE LOS CA-
NALES DE IONES TASK - 1 Y TASK-3, por el término de VEINTE
AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/00, A61K 35/00,
A61P 11/00, A61P 25/28, y con prioridad de la solicitud ALEMANA
No. 20061020060195892, de fecha veintisiete de abril del año dos mil
seis, solicitud ALEMANA No. 20061020060495276, de fecha veinte
de octubre del año dos mil seis.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383Se refiere a: USO DE INHIBIDORES DE KV1.5 PARA PRODUCIR
UN MEDICAMENTO PARA LA TERAPIA DE TRASTORNOS
RESPIRATORIOS,. La solicitud fue presentada internacionalmente a
las cero horas del día trece de abril del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diecisiete días del mes
de marzo del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011732
No. de Expediente: 2008003063
No. de Presentación: 20080007100
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174
AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de nacionalidad
FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE IN-
VENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT denomi-
nada COMPUESTOS DE AMINO-PIRIMIDINA 2,6 -SUSTITUIDOS-
4-MONOSUSTITUIDOS COMO ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR
DE PROSTAGLANDINA D2, por el término de VEINTE AÑOS, con
Clasificación Internacional A61K 31/505, A61P 11/00, C07D 403/04,
C07D 409/04, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No.
200660744676, de fecha doce de abril del año dos mil seis.
Se refiere a: COMPUESTOS DE AMINO-PIRIMIDINA 2,6-SUSTI-
TUIDOS-4- MONOSUSTITUIDOS COMO ANTAGONISTAS DEL
RECEPTOR DE PROSTAGLANDINA D2 PARA TRATAR. La so-
licitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del día doce
de abril del año dos mil seis.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintitrés días del mes
de marzo del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADOR.
1 v. No. F011733
No. de Expediente: 2008003112
No. de Presentación: 20080007301
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174
AVENUE DE FRANCE FR75013 PARIS FRANCIA, de nacionalidad
FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE
INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT
denominada NITRILOS ESPIROCICLICOS COMO INHIBIDORES
DE PROTEASA, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación
Internacional C07D 471/10, C07D 221/20, A61 K 31/357, y con prioridad
de la solicitud ALEMANA No. 20061020060256311, de fecha primero
de junio del año dos mil seis.
Se refiere a: COMPUESTOS ESPIRANICOS HETEROCICLICOS SUS-
TITUIDOS DE LA FORMULA I: (VER FORMULA); QUE INHIBEN
CATEPSINAS, A PROCEDIMIENTOS PARA SU PREPARACION
Y A SU USO COMO MEDICAMENTOS. La solicitud fue presentada
internacionalmente a las cero horas del día veintitrés de mayo del año
dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los ocho días del mes de
mayo del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011735
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009003159
No. de Presentación: 20090007524
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174
AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de naciona-
lidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT
denominada COMPOSICION FARMACEUTICA QUE CONTIENE
EN ASOCIACION SAREDUTANT Y UN INHIBIDOR SELECTIVO
DE LA RECAPTACION DE SEROTONINA O UN INHIBIDOR DE
LA RECAPTACION DE SEROTONINA/NOREPINEFRINA, por el
término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K
31/451.
Se refiere a: COMPOSICION FARMACEUTICA QUE CONTIE-
NE EN ASOCIACION SAREDUTANT Y UN INHIBIDOR SELECTI-
VO DE LA RECAPTACION DE SEROTONINA O UN INHIBIDOR
DE LA RECAPTACION DE SEROTONINA/NOREPINEFRINA. La
solicitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del día
treinta de julio del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diecinueve días del mes
de marzo del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011736
No. de Expediente: 2009003164
No. de Presentación: 20090007563
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174
AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de nacionalidad
FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE
INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT deno-
minada DERIVADOS DE 5,6-BISARIL-2-PIRIDIN-CARBOXAMIDA,
SU PREPARACION Y SU APLICACION EN TERAPEUTICA COMO
ANTAGONISTAS DE LOS RECEPTORES DE UROTENSINA II, por
el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional C07D
213/60, C07D 241/10, C07D 401/04, A61K 31/435, A61P 9/00.
Se refiere a: DERIVADOS DE 5,6-BISARIL-2-PIRIDIN-
CARBOXAMIDA, SU PREPARACION Y SU APLICACION EN
TERAPEUTICA COMO ANTAGONISTAS DE LOS RECEPTORES
DE UROTENSINA II. La solicitud fue presentada internacionalmente
a las cero horas del día nueve de agosto del año dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiséis días del mes
de marzo del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011738
No. de Expediente: 2008003103
No. de Presentación: 20080007287
EL INFRASCRITO REGISTRADOR,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,
del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,
actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de
174 AVENUE DE FRANCE FR-75013 PARIS FRANCIA, de nacio-
nalidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE
DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT
denominada DERIVADOS DE 2-ALCOXI-3,4,5- TRIHIDROXI-
ALQUILAMIDA, SU PREPARACION COMPOSICIONES QUE LAS
CONTIENEN Y UTILIZACION, por el término de VEINTE AÑOS, con
Clasificación Internacional A61K 31/423, A61 P 35/00, C07D 493/04,
C07D 307/32.
Se refiere a: 2-ALCOXI-3,4,5- TRIHIDROXI-ALQUILAMIDAS,
SU PREPARACIÓN, COMPOSICIONES QUE LAS CONTIENEN Y
SU UTILIZACIÓN COMO MEDICAMENTO, EN PARTICULAR
COMO AGENTES ANTICANCEROSOS. La solicitud fue presentada
internacionalmente a las diez horas del día veintitrés de mayo del año
dos mil siete.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
Ley.
REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-
MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintisiete días del mes
de abril del año dos mil nueve.
LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,
REGISTRADORA.
1 v. No. F011739
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383frEcUENcia DE USo rEGUlaDo
LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES,
HACE SABER: Que de conformidad con los Artículos 76 y 78 de la Ley de Telecomunicaciones, se han emitido resoluciones el día cuatro de junio del año dos mil nueve, por medio de las cuales fueron admitidas solicitudes de concesión de frecuencias, las que se detallan a continuación:
FRECUENCIAS DE USO REGULADO PARA OPOSICIÓN O INTERÉS
frEcUENciaS Para SErVicioS fiJoS-MoVil
Donde: MHz = Mega Hertz
De acuerdo al Artículo 79 de la Ley en mención, se solicitó al Gerente de Telecomunicaciones el informe técnico correspondiente, señalando para tal efecto un plazo de veinte días; asimismo, se ordenó esta publicación, a fin de que cualquier interesado, dentro del plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente de la segunda publicación, manifieste su oposición o interés a las frecuencias que forman parte de la concesión solicitada, las cuales deberán ser presentadas en original en las oficinas administrativas de la Superintendencia, ubicadas en Sexta Décima Calle Poniente y 37 Avenida Sur No. 2001, Colonia Flor Blanca, San Salvador, en el período comprendido entre el quince de junio al diez de junio del 2009, ambas fechas inclusive.
Librada en la Superintendencia General de Electricidad y Teleco-municaciones, San Salvador, a las diez horas del día ocho de junio del año dos mil nueve.
ING. TOMAS CAMPOS VILLAFUERTE,
SUPERINTENDENTE.
2 v. alt. No. F011723-1
Marca iNDUSTrial
No. de Expediente: 2009092064
No. de Presentación: 20090120789
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V., o DIANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,
Consistente en: la expresión CHIRAJITOS y diseño, que servirá
para: AMPARAR: CEREAL DE MAIZ INFLADO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, once de junio del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031406-1
TiTUlo MUNiciPal
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE SAN SEBAS-
TIAN,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora
MARIA RITA ALVARADO DE ALFARO, de veintiséis años de edad,
ama de casa, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad
número: cero uno cuatro siete cinco cero cuatro seis-tres, solicitando
TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal,
situado en los suburbios del Barrio Guadalupe de esta ciudad, de un área
de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO METROS CUA-
DRADOS, y tiene los linderos siguientes: AL NORTE: Con terreno de
Luz Alfaro; AL ORIENTE: linda con terreno Eliseo Ramos; AL SUR,
con el Cementerio Municipal, camino vecinal de por medio; y AL PO-
NIENTE: linda con terreno de Rita de Jesús Jovel de Arévalo y Santiago
Arévalo, Fidel Gracia, Henry Baldemar Gracia y Rosa Haydee Jovel. El
terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y
lo valora en MIL DOLARES.
Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, veintiuno de mayo de dos mil nueve.- ING. ENY LORENA AGUIRRE ROQUE, ALCALDESA MUNICIPAL.- MARIA CONCEPCION LOVOS, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011841-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor JUVER ALEXANDER MEJIA AREVALO, de veinticuatro años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número: Cero dos cinco nueve dos ocho cero uno - uno, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal de mi propiedad, el cual está situado en los suburbios del Barrio San Antonio, de esta ciudad, de una extensión superficial de DIEZ MIL CUATROCIENTOS CATORCE PUNTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda así: AL NORTE, linda con terreno de JUANA FRANCISCA MOLINA RIVAS, camino de por medio; AL ORIENTE: linda con MIRNA ESTELA RODRIGUEZ DE ALFARO; AL SUR, con LEONCIO PALACIOS REALEGEÑO, y AL PONIEN-TE: con ROSENDA MOLINA AREVALO. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DIEZ MIL COLONES.
Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.
Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, quince de febrero de dos mil nueve.- ROQUE CORDOVA GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- ING. MEDARDO ALFONSO MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011842-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSE LUIS ESCOBAR ALAS, de cuarenta y nueve años de edad, sacerdote, del domicilio de San Vicente, con Documento Unico de Identidad número: Cero cero cinco cero nueve dos ocho ocho - dos, y con Número de Identificación Tributaria: Cero seis cero uno - uno cero cero tres cinco nueve - cero cero uno - cero; en representación de la CURIA DIOCESANA DE SAN VICENTE, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal, situado en el caserío Los Castillos, del Barrio San Antonio, de esta ciudad, de una extensión superficial de DOS MIL VEINTICUATRO METROS CUA-DRADOS SESENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, y tiene los linderos siguientes: AL NORTE: linda con Finata; AL ORIENTE: linda con Finata; AL SUR, linda con el Ministerio de Educación, y AL PONIENTE: con Isabel Guzmán, camino vecinal de por medio. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS.
Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.
Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, diecisiete de diciembre de dos mil ocho.- ROQUE CORDOVA GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- ING. MEDARDO ALFONSO MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011843-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora CECILIA MAJANO VIUDA DE ARIAS, de cincuenta y seis años de edad, doméstica, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número: Cero dos cinco cero cinco siete ocho siete - ocho, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, eji-dal, situado en el Cantón Las Rosas, de esta ciudad, de una extensión superficial de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda así: AL NORTE: linda con terreno de CECILIA MAJANO VIUDA DE ARIAS; AL ORIENTE: linda con terreno CECILIA MAJANO VIUDA DE ARIAS; AL SUR, con JOSE ADRIAN JOVEL, y MARIA MAG-DALENA RAMIREZ VIUDA DE ARIAS, camino de por medio; y AL PONIENTE: con JUAN FRANCISCO ARIAS RIVAS. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DIEZ MIL COLONES.
Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.
Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, quince de febrero de dos mil nueve.- ROQUE CORDOVA GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- ING. MEDARDO ALFONSO MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011844-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTO DOMIN-GO,
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor OSCAR VICENTE MARTINEZ PORTILLO, de sesenta y dos años de edad, contador, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número: Cero cero dos cero cinco cinco uno cuatro - cero, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal, situado en el CANTON EL REFUGIO de esta ciudad, de una extensión superficial de ONCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, y tiene los linderos siguientes: AL NORTE: linda con terreno de CAYAPO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; AL ORIENTE: linda con terreno de JOSE OSMIN MARAVILLA LOVATO, actualmente linda con MANUEL MELENDEZ; AL SUR, con OBDULIO MELENDEZ y también linda actualmente con DIOCESIS DE SAN VICENTE, y AL PONIENTE: con OSCAR VICENTE MARTINEZ PORTILLO. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DIEZ MIL DOLARES.
Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.
Alcaldía Municipal; Santo Domingo, departamento de San Vicente, veintidós de febrero de dos mil nueve.- ALCALDE MUNICIPAL.- SE-CRETARIO MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011845-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTO DOMIN-
GO.
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor
OSCAR VICENTE MARTINEZ PORTILLO, de sesenta y dos años de
edad, Contador, de este domicilio, con Documento Único de Identidad
número: Cero cero dos cero cinco cinco uno cuatro -cero, solicitando
TITULACION Municipal, de un terreno de naturaleza rústico ejidal,
situado en EL CANTON EL REFUGIO, de esta ciudad, de una exten-
sión superficial de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS
PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, y tiene
los linderos siguientes: AL NORTE: linda con terreno de SANTOS
CRISTINA BONILLA viuda DE PORTILLO, actualmente linda con
LUCIO ADALBERTO PORTILLO, AL ORIENTE: linda con terreno
de DIOCESIS DE SAN VICENTE, camino vecinal de por medio,
AL SUR, con FRANCISCA MELENDEZ viuda DE CUBIAS, y AL
PONIENTE: con MARCOS CUBIAS CRUZ, el terreno descrito no es
dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DOS
MIL DOLARES.
Lo que hace saber al público en general para efectos de Ley.
Alcaldía Municipal; Santo Domingo, Departamento de San Vicente,
veintidós de febrero de dos mil nueve. Alcalde Municipal.- Secretario
Municipal.
3 v. alt. No. F011846-1
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
SANTA RITA, CHALATENANGO, AL PUBLICO.
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada
YENY ESMERALDA CALDERON GUTIERREZ, manifestando que
viene a tramitar diligencias de Titulación a favor de la señora LUZ GIRON
DE MELENDEZ, como Representante de la referida señora, en la que
solicita TITULO MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza urbana,
inculto, situado en Barrio El Calvario, Número S/N, suburbios, Santa Rita,
Chalatenango, de una extensión superficial de NOVECIENTOS SIETE
METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL
ORIENTE: mide treinta y tres metros, calle que conduce a Santa Rita de
por medio y colinda con propiedad de José Argelio Mena Cardoza; AL
SUR: mide treinta metros, parcela generada y colinda con propiedad de
Ernesto Meléndez; AL PONIENTE: mide diecinueve metros cincuenta
centímetros, parcela generada y colinda con María Antonia Marín de
Meléndez, y AL NORTE: mide cuarenta y dos metros, parcela generada
y colinda con Felipa Meléndez y Luis Alonso Escobar. Este inmueble no
tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, no es dominante,
ni sirviente, y no está en proindivisión con persona alguna, y lo valora
en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, y lo adquirió por POSESION MATERIAL de más de
QUINCE AÑOS, los colindantes son de este domicilio.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales
correspondientes.
Alcaldía Municipal: Santa Rita, a los veintinueve días del mes de
mayo del año dos mil nueve.- ISMAEL ROMERO, ALCALDE MU-
NICIPAL.- GUADALUPE IBARRA, SECRETARIO MUNICIPAL.
3 v. c. No. F011778-1
Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2009092794
No. de Presentación: 20090122083
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-
TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
aEriE
Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR:
SERVICIOS DE VENTA AL DETALLE Y VENTA AL DETALLE
EN LINEA PRESENTANDO UNA AMPLIA VARIEDAD DE PRO-
DUCTOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031366-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092505
No. de Presentación: 20090121604
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Sanofi Pasteur, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión PR1MERO la salud y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION E INFORMACION SOBRE LA SALUD. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031371-1
No. de Expediente: 2007071592
No. de Presentación: 20070100881
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Daimler AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
DaiMlEr
Consistente en: la palabra DAIMLER, que servirá para: AMPARAR: ASEGURANZA; ASUNTOS FINANCIEROS. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos mil siete.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,
REGISTRADORA.
NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031381-1
No. de Expediente: 2009092734
No. de Presentación: 20090121989
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
BlUr
Consistente en: la palabra BLUR, traducido al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECO-MUNICACIÓN INALÁMBRICA, PRINCIPALMENTE, SERVICIOS DE MENSAJERÍA DE DATOS INALÁMBRICA QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR Y RECIBIR MENSAJES INSTANTÁNEOS, CORREO ELECTRÓNICO Y DATOS; PROVEER ACCESO A BA-SES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS, PERMITIENDO AL USUARIO ENVIAR, RECIBIR E INTERACTUAR CON AUDIO, TEXTO, IMÁGENES DIGITALES, VIDEOS, APLICACIONES DE JUEGOS ELECTRÓNICOS, Y MEDIOS SOCIALES EN UNA RED; PROVEER ACCESO A INFRAESTRUCTURA DE REDES DE COMUNICACIONES PARA PERMITIR AL USUARIO RECIBIR COORDENADAS BASADAS EN LOCACIÓN; SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE PODER, PRINCIPALMENTE PROVEER ACCESO A, O NEGAR ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS PARA AFECTAR LOS NIVELES DE PODER EN DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIÓN INALÁMBRICA; SERVICIOS DE RESPALDO Y RESTAURACIÓN DE DATOS. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031387-1
No. de Expediente: 2009092736
No. de Presentación: 20090121992
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la expresión M blur y diseño, en donde la palabra blur se traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN INALÁMBRICA, PRINCIPALMENTE, SERVICIOS DE MENSAJERÍA DE DATOS INALÁMBRICA QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR Y RE-CIBIR MENSAJES INSTANTÁNEOS, CORREO ELECTRÓNICO Y DATOS; PROVEER ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS, PERMITIENDO AL USUARIO ENVIAR, RECIBIR E INTERACTUAR CON AUDIO, TEXTO, IMÁGENES DIGITA-LES, VIDEOS, APLICACIONES DE JUEGOS ELECTRÓNICOS, Y MEDIOS SOCIALES EN UNA RED; PROVEER ACCESO A INFRAESTRUCTURA DE REDES DE COMUNICACIONES PARA PERMITIR AL USUARIO RECIBIR COORDENADAS BASADAS EN LOCACION; SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE PODER, PRINCIPALMENTE PROVEER ACCESO A, O NEGAR ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS PARA AFECTAR LOS NIVELES DE PODER EN DISPOSITIVOS DE TELECOMU-NICACIÓN INALÁMBRICA; SERVICIOS DE RESPALDO Y RES-TAURACIÓN DE DATOS. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031391-1
No. de Expediente: 2009092738
No. de Presentación: 20090121996
CLASE: 38.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
MoToBlUr
Consistente en: la palabra MOTOBLUR donde la palabra BLUR se traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPA-RAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACION INALAMBRICA, PRINCIPALMENTE, SERVICIOS DE MENSAJERIA DE DATOS INALAMBRICA QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR Y RE-CIBIR MENSAJES INSTANTANEOS, CORREO ELECTRONICO Y DATOS; PROVEER ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRONICAS, PERMITIENDO AL USUARIO ENVIAR, RECIBIR E INTERACTUAR CON AUDIO, TEXTO, IMAGENES DIGITA-LES, VIDEOS, APLICACIONES DE JUEGOS ELECTRONICOS, Y MEDIOS SOCIALES EN UNA RED; PROVEER ACCESO A INFRAESTRUCTURA DE REDES DE COMUNICACIONES PARA PERMITIR AL USUARIO RECIBIR COORDENADAS BASADAS EN LOCACION; SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE PODER, PRINCIPALMENTE PROVEER ACCESO A, O NEGAR ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRONICAS PARA AFECTAR LOS NIVELES DE PODER EN DISPOSITIVOS DE TELECOMU-NICACION INALAMBRICA; SERVICIOS DE RESPALDO Y RES-TAURACION DE DATOS. Clase: 38.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031393-1
No. de Expediente: 2009092080
No. de Presentación: 20090120823
CLASE: 39.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO
ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de
Joint Stock Company <<Russian Railways >>, de nacionalidad RUSA,
solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
Consistente en: la palabra PID y diseño, que servirá para: AM-
PARAR: ALQUILER DE PLAZAS DE ESTACIONAMIENTO;
RESERVAS DE PLAZAS PARA LOS VIAJES; RESERVA PARA
LOS VIAJES; RESERVA PARA EL TRANSPORTE; REPARTO DE
PAQUETES; DISTRIBUCION DE MERCANCIAS; REPARTO DE
MERCANCIA SOLICITADA POR CORRESPONDENCIA; INFOR-
MACION DE CIRCULACION; INFORMACION EN MATERIA DE
TRANSPORTE; INFORMACION SOBRE ALMACENAJE; ORGANI-
ZACION DE CRUCEROS; ORGANIZACION DE VIAJES; REMOL-
QUE; TRANSPORTE DE VIAJEROS; TRANSPORTE BLINDADO;
TRANSPORTE DE VALORES; TRANSPORTE POR FERROCARRIL;
TRANSPORTE DE PASAJEROS; CORRETAJE DE TRANSPORTE;
ALQUILER DE CAMIONES; ALQUILER DE CONTENEDORES
DE ALMACENAJE; ALQUILER DE FRIGORIFICOS; ALQUILER
DE REFRIGERADORES; ALQUILER DE VEHICULOS; ESTIBA;
DESCARGA; ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS; TRANSPORTE;
SERVICIO DE NAVEGACION; DEPOSITO DE MERCANCIAS;
ALMACENAJE; DEPOSITO; VISITAS TURISTICAS; SERVICIOS
DE TRANSITO. Clase: 39.
La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, doce de marzo del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031395-1
No. de Expediente: 2009093210
No. de Presentación: 20090122797
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO
RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-
MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-
tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,
aHorra DiNEro.ViVE MEJor
Consistente en: la expresión AHORRA DINERO. VIVE ME-
JOR, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD. GESTION DE
NEGOCIOS COMERCIALES. ADMINISTRACION COMERCIAL.
TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, quince de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011764-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
coNcESioN DE frEcUENciaS
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
2 v. alt. No. F011724-1
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.
acEPTacioN DE HErENcia
MANUEL PAZ CANALEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas y cuarenta minutos del día diez de junio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora REYES GRACIELA MEJÍA o REYES MEJIA o REYES MEJIA ARIAS, ocurrida el día veintisiete de marzo del año dos mil seis, en San Ramón, Departamento de Cuscatlán, siendo ese su último domicilio; a la señora PAULA MEJIA ARIAS, ésta en su calidad de hermana de la referida causante, habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas del día diez de junio del año dos mil nueve.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031311-2
EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y diez minutos del día catorce de Abril de dos mil nueve, se ha tenido por aceptadas expresamente y con beneficio de inventario las sucesiones intestadas que a su defunción dejaron los causantes señores MARÍA MAGDALENA LÓPEZ DE ROMERO conocida por MARÍA MAGDALENA LÓPEZ y por MARÍA ELENA LÓPEZ MOLINA, quien fue de sesenta y cinco años de edad, Ama de Casa, casada, originaria de San Rafael Cedros, Cuscatlán y de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hija de Isabel López, quien falleció el día veintiséis de Julio de dos mil siete; y GUlLLERMO ROMERO conocido por GUILLERMO GRANADINO ROMERO, quien fue de sesenta y nueve años de edad, Comerciante en Pequeño, Viudo, originario de San Salvador y de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Romero, quien falleció el día veintiséis de Diciembre de dos mil siete; de parte de los señores ALVARO ENRIQUE, JOSÉ GUILLERMO y NELSON RA-FAEL, todos de apellidos GRANADINO LÓPEZ; en calidad de hijos de los causantes.
Se ha conferido al aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de éste Edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas y cuarenta y siete minutos del día catorce de abril de dos mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031314-2
BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-MENTO DE MORAZÁN.
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las quince horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor JOSE LINO ALBERTO PEREZ VASQUEZ, de cuarenta y nueve años de edad, jornalero, del domicilio de Chilanga, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad personal número cero tres millones cuatrocientos cinco mil setecientos cuatro-siete; la herencia que en forma intestada dejó el señor TRANSITO PEREZ, quien fue de sesenta y siete años de edad, jornalero, soltero, originario de Chilanga, Departamento de Morazán hijo de Sinforosa Martínez y Venancio Pérez, quien falleció a las once horas y treinta minutos del día diez de febrero de mil nove-cientos noventa y dos; en el Cantón El Pedernal, de la Jurisdicción de Chilanga, del Departamento de Morazán, siendo éste su último domicilio, en concepto de hijo del referido causante, a quien se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA, de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, y cita a las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las dieciséis horas del día veintisiete de mayo de dos mil nueve.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1° DE 1ª INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETA-RIA.
3 v. alt. No. C031317-2
LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,
HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las once horas y veinticinco minutos del día veintiséis de Mayo del corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor CIRO FERRUFINO ECHEVERRIA,
de segunda publicación
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de parte de la señora ABELINA HERNANDEZ DE FERRUFINO, por derecho propio en calidad de cónyuge sobreviviente del mencionado causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y tres años de edad, Profesor, Originario de Sensembra y del domicilio de esta ciudad, hijo de los señores Benito Ferrufino y Juana Echeverría; falleció a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día uno de Octubre de dos mil ocho, en el Barrio La Cruz de esta ciudad; siendo esta mis-ma ciudad lugar de su último domicilio.- Se le confirió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las doce horas y veinticinco minutos del día dos de Junio de dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031318-2
LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-TAMENTO DE MORAZAN.-
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince horas y cuarenta minutos de este día; se ha tenido por acep-tada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora JENNY SULEYMA AGUIRRE DE MIRANDA, de treinta y ocho años de edad, profesora, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero veintinueve mil doscientos veintinueve - uno; de la herencia que en forma intestada dejó el causante MANUEL ELIGIO LOZA, quien fue de setenta y dos años de edad, jornalero, soltero, originario de esta ciudad, hijo de ROSA LAZO, y padre ignorado; quien falleció a las dieciocho horas y quince minutos del día trece de enero de mil novecientos noventa y seis, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo su último lugar el Barrio El Calvario de esta ciudad; en concepto de hija del referido causante.- A quien se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-
Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-
Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las quince horas y cincuenta minutos del día veintinueve de mayo de dos mil nueve.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1° DE 1ª INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031319-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN:
HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor GERMAN ANTONIO CRUZ CRUZ, conocido por GERMAN ANTONIO CRUZ, al fallecer el día siete de enero del año en curso, en el Hospital Nacional San Juan de Dios del Departamento de San Miguel, habiendo sido su último domicilio Jucuarán de parte de la señora MARIA ISABEL LEMUS DE CRUZ, conocida por MARIA ISABEL LEMUS. En calidad de cónyuge sobreviviente del causante.-
Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil nueve.- LIC. JOSÉ AN-TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011440-2
DEMAR EDUARDO SANCHEZ ABREGO, Notario, de este domicilio y del domicilio de la ciudad de Santa Ana, con oficina profesional en Barrio Santa Cruz, Avenida Ignacio Gómez y Calle Las Parejas de la ciudad de Metapán, Departamento de Santa Ana,
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario. proveída a las once horas con cinco minutos del día treinta de Mayo del año dos mil nueve, se ha tenido expresamente por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor IG-NACIO DE JESUS GUZMAN VASQUEZ, conocido por YGNACIO DE JESUS GUZMAN VASQUEZ, IGNACIO DE JESUS GUZMAN o YGNACIO DE JESUS GUZMAN, ocurrida en la ciudad de Columbus, condado de Franklin, Estado de Ohio, de los Estados Unidos de América el día tres de Enero del año dos mil siete, de parte de la señora GLORIA ELIZABETH MENDEZ DE GUZMAN, ahora GLORIA ELIZABETH MENDEZ VIUDA DE GUZMAN, representada por la señora DELMY YANIRA MENDEZ DE MANCIA, en su concepto de Esposa sobre-viviente del causante y en consecuencia confiéresele interinamente a la aceptante la administración y representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a esta oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente al de la última publicación del presente edicto.-
Librado en la oficina del Licenciado Demar Eduardo Sánchez Abrego, Metapán, a las dieciséis horas con quince minutos del día dos de junio del año dos mil nueve.-
LIC. DEMAR EDUARDO SANCHEZ ABREGO,
ABOGADO Y NOTARIO.
3 v. alt. No. F011447-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo
Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce
horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMEN-
TE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada del
causante, señor JORGE ALBERTO BAÑOS HERNANDEZ, quien
falleció el treinta de diciembre de dos mil dos, en el Cantón Nancinte-
peque, de esta Jurisdicción, lugar de su último domicilio, de parte del
señor DAVID ANTONIO BAÑOS HERNANDEZ, como hermano del
de cujus, en dicho carácter se le confiere la administración y represen-
tación interina de la sucesión y la representación de la sucesión con las
formalidades y restricciones que la ley confiere a los Curadores de la
Herencia Yacente.-
LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las
doce horas doce minutos del día quince de mayo de dos mil nueve.-
LIC. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRI-
MERO DE LO CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ
MONTERROSA, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011454-2
VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA, Notario, con direc-
ción en Doce Calle Poniente número veinticinco diecisiete, Colonia Flor
Blanca, de esta ciudad, al público para los efectos de ley,
AVISA: Que por resolución, proveída en esta ciudad, a las diez horas
del día nueve de marzo del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, que
dejó al morir la señora IRMA NOEMI CHAVEZ DE CASTANEDA,
quien falleció en el Hospital de Oncología, del Instituto Salvadoreño del
Seguro Social, de esta ciudad, a las veintiún horas cuarenta minutos del
día veintiséis de mayo del año dos mil seis, quien a la fecha de su muerte
era de cincuenta y nueve años de edad, Licenciada en Ciencias de la
Educación, de este domicilio, su último domicilio; al señor RICARDO
CASTANEDA MOLINA, en su concepto de cónyuge de la causante.- Y
se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina
de la sucesión.-
LIBRADO en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día
doce de marzo del año dos mil nueve.-
LIC. VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011466-2
DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,
AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES.
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos
del día quince de febrero de mil novecientos noventa y uno, se ha tenido
por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de
los menores Yasmín Beatríz, César Adgusato, Julio Giovanni, Darwin
Ismael, Marvin Humberto y Xiomara Griselda, todos de apellido Flores
o Flores Ramírez, o Ramírez Flores, éstos representados legalmente
por su madre María Consuelo Ramírez, la herencia intestada que a su
defunción dejó el señor Julio César Flores Domínguez, fallecido a las
trece horas y cincuenta minutos del seis de septiembre de mil novecientos
noventa, en el Cantón Calderas de la jurisdicción de Apastepeque, lugar
de su último domicilio, en este distrito judicial, en el concepto de hijos
naturales del causante; y se ha nombrado a los aceptantes, éstos repre-
sentados por su madre señora María Consuelo Ramírez, en el carácter
y forma expresados, administradores y representantes interinos de los
bienes de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas cincuenta y cinco
minutos del día dieciséis de mayo del año dos mil ocho. DOCTORA
ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011487-2
EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO
JUDICIAL,
HACE SABER: Que por providencia dictada a las diez horas y veinte
minutos de este día, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor
LUIS VELASQUEZ, quien falleció el día trece de octubre del dos mil
cinco, en la La Libertad, siendo éste su último domicilio, de parte de los
señores SILVIA VERONICA HERNANDEZ VELASQUEZ o SILVIA
VERONICA HERNANDEZ DE CUELLAR, SUSANA MARGARI-
TA VELASQUEZ HERNANDEZ, LAURA NOEMI VELASQUEZ
HERNANDEZ, PEDRO ERNESTO VELASQUEZ HERNANDEZ,
LUIS ANTONIO, CLAUDIA GUADALUPE , DAVID ALBERTO
y BLANCA SARAI TODOS DE APELLIDOS VELASQUEZ
HERNANDEZ, en su calidad de hijos sobreviviente del causante, ade-
más se le ha conferido la Administración y Representación Interina de
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la
Herencia Yacente.-
Por lo que por este medio se cita a los que se crean con derecho a la
Herencia Intestada antes relacionada, para que se presenten a deducirlo
en el término de Quince días contados desde el siguiente a la tercera
publicación de este edicto.
Librado en Santa Tecla, a los veintisiete días del mes de mayo del
año dos mil nueve. DR. MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ,
JUEZ DE LO LABORAL.LICDA. MIRNA MARGARITA DIAZ DE
DOMINGUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011491-2
JUAN HECTOR LARIOS LARIOS, Notario, de este domicilio, con
Oficina en Condominio Héroes Norte, Edificio “D”, Segunda Planta,
local dos- diecinueve, Boulevard Los Héroes y veinticinco calle poniente,
en esta ciudad, al público, para los efectos de ley,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta oficina
de Notariado, a las catorce horas del día veintinueve del corriente mes
y año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de in-
ventario de parte de la señora MARINA ROMERO DIAZ conocida por
MARINA DIAZ ROMERO, la herencia intestada que a su defunción
dejó el señor ELMER DONALDO OSORIO DIAZ, quien fue de treinta
y siete años de edad, empleado, quien falleció en Puerto de La Libertad,
Departamento de La Libertad, el día veinticuatro de febrero del año dos
mil ocho; siendo su último domicilio la ciudad de Santa Tecla, Depar-
tamento de La Libertad, en su calidad de madre del causante y además
como cesionaria de los derechos que en dicha mortual correspondían al
señor Luis German Osorio Avila, en su calidad de padre del causante.
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítase a los que se crean con derecho a la referida sucesión, para
que dentro del término de quince días contados desde el siguiente al de
la tercera y última publicación del edicto respectivo, comparezcan ante el
Suscrito Notario a manifestar si aceptan o repudian la herencia intestada
dejada por el referido causante a alegar igual o mejor derecho.
Librado en esta oficina de Notario, a las ocho horas del día treinta
de mayo de dos mil nueve.
LIC. JUAN HECTOR LARIOS LARIOS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011500-2
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y veinte
minutos del día veintisiete de febrero del presente año, se tuvo por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia
INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora
MARIA SANTOS JIMENEZ DE HERNANDEZ, quien falleció en el
Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, a las veintitrés horas,
del día ocho de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, siendo
su último domicilio el de esta ciudad, al señor MERCEDES REYES
HERNANDEZ JIMENEZ conocido por CRISTIAN FERNANDO
HERNANDEZ JIMENEZ en su concepto de hijo de la causante y
como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a
los señores NOE AGUSTIN JIMENEZ HERNANDEZ, ROSA EVA
HERNANDEZ JIMENEZ, BLANCA ALICIA HERNANDEZ DE
GONZALEZ, JOSE ISMAEL HERNANDEZ JIMENEZ, MARINA
DEL ROSARIO HERNANDEZ DE GONZALEZ e ISIDRO RAFAEL
HERNANDEZ JIMENEZ, en dicha sucesión en su concepto de hijos
de la de cujus.
Confiérese al aceptante en el carácter antes indicado la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herencia a
deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-
cación del presente edicto.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas y
cuarenta minutos del día veintisiete de febrero de dos mil nueve. LIC.
JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.
LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011504-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
de la causante señora ENA VIOLETA PEÑA DE LEMUS, que por
resolución dictada por este Juzgado a las diez horas veinticinco minutos
del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria,
que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día
nueve de Febrero de dos mil nueve, dejó ENA VIOLETA PEÑA DE
LEMUS, de parte de ULISES SALVADOR PEÑA TOBAR, en concepto
de Heredero Testamentario.-
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
doce horas del día diez de Junio de dos mil nueve DR. JOSE MANUEL
MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX AL-
BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011510-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia
de la causante señora ENA VIOLETA PEÑA DE LEMUS, que por
resolución dictada por este Juzgado a las diez horas veinticinco minutos
del día veintinueve de Mayo del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria,
que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día
nueve de Febrero de dos mil nueve, dejó ENA VIOLETA PEÑA DE
LEMUS, de parte de ULISES SALVADOR PEÑA TOBAR, en concepto
de Heredero Testamentario.-
Se ha conferido a la aceptante la administración y representación
INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
doce horas del día diez de Junio de dos mil nueve. DR. JOSE MANUEL
MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX AL-
BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011511-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
CERTIFICA: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Tes-
tamentaria de la causante señora ENA VIOLETA PEÑA DE LEMUS, se
encuentran la resolución que literalmente DICE: “JUZGADO TERCERO
DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas veinticinco minutos del día
veintinueve de Mayo del dos mil nueve.- Agréguese el informe proce-
dente de la Honorable Corte Suprema de Justicia.- Tiénese por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria,
que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día
nueve de Febrero de dos mil nueve, dejó ENA VIOLETA PEÑA DE
LEMUS, de parte de ULISES SALVADOR PEÑA TOBAR, en concepto
de Heredero Testamentario.- Confiérase al aceptante la administración
y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-
tricciones de los curadores de la herencia yacente.- Fíjese y publíquese
los edictos de ley y extiéndase la certificación correspondiente.- Molina.
Ante mí; A.A.S.M. Srio. RUBRICADAS.
ES CONFORME con su original con el cual se confrontó y para
los efectos de ley, se extiende la presente Certificación en el Juzgado
Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y veinte minutos del
día diez de junio de dos mil nueve.- DR. JOSE MANUEL MOLINA
LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO
SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011512-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383GUILLERMO CORDON CEA hijo, Notario del domicilio de San
Salvador, con oficina situada en doce Calle Poniente número dos mil
quinientos diecisiete, Colonia Flor Blanca, San Salvador, El Salvador.
AL PÚBLICO: Para los efectos de Ley,
HACE SABER: Que en los Procedimientos de Jurisdicción Vo-
luntaria y Otras Diligencias, seguidas ante mis oficios Notariales, por la
señora EVELYN DEL CARMEN PARADA DE DELGADO, ACEP-
TANDO LA HERENCIA TESTAMENTARIA dejada a su defunción
por la señora CARMEN ALICIA ESCOTO ALVAREZ, conocida por
CARMEN ALICIA CHACON DE PARADA, por CARMEN ALICIA
CHACON VIUDA DE PARADA, por CARMELA DE PARADA, por
CARMEN DE PARADA S. y por CARMELA DE PARADA SALGADO,
quien falleció en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La
Libertad a las veintiuna horas y cuarenta y cinco minutos del día trece
de mayo de dos mil nueve, se proveyó resolución a las diez horas del
día diecisiete de junio de dos mil nueve teniéndose por aceptada expre-
samente y con beneficio de inventario la herencia referida de parte de
la señora EVELYN DEL CARMEN PARADA DE DELGADO.
Nombrándosele Administrador y Representante interino de la su-
cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente y citándose a los que se crean con derecho a la misma, la presenten
dentro del término de quince días después de la última publicación de
este edicto; librado en el bufete del suscrito Notario.
San Salvador, dieciocho de junio de dos mil nueve.
GUILLERMO CORDON CEA hijo,
NOTARIO.
3 v. c. No. F011686-2
TiTUlo DE ProPiEDaD
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado FRANCIA
BETSABE CALLEJAS, mayor de edad, hoy Abogada, de este domicilio
portadora de su Documento Único de Identidad número cero uno cero uno
ocho cuatro dos nueve-seis, solicitando TITULO DE PROPIEDAD de un
terreno Rústico situado en Cantón La Paz, de el Municipio de El Carmen
Cuscatlán, de la extensión superficial de CIENTO TREINTA Y CINCO
METROS SESENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS, que
linda AL NORTE Milagro Pérez, AL ORIENTE, Milagro Pérez AL SUR
Salvador Antonio Pérez; AL PONIENTE con Berta Alexandrina Pérez.
Lo valora en QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES, CUARENTA
Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de El Carmen, a los cuatro días del mes de
junio del año dos mil nueve. LICDA. LETICIA DE J. HERNANDEZ
SANCHEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. ANA JOAQUINA DE
GONZALEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011492-2
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor
JOSE ALFREDO TENORIO SANCHEZ, de sesenta años de edad,
Albañil, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Personal
número: cero cero ciento diecinueve mil cincuenta y siete, con número
de Identificación Tributaria: Cero seiscientos catorce-doscientos sesenta
mil ciento cuarenta y seis- cero cero once- cero, solicitando se sigan
Diligencias de TITULO DE PROPIEDAD de un terreno Urbano situado
en los suburbios del Barrio El Calvario, hoy Colonia El Rosario, Calle
a la Estación número cuarenta y cuatro, de este municipio, de CIENTO
NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, CINCUENTA Y NUEVE
CENTESIMOS DE METRO CUADRADOS, equivalentes a DOSCIEN-
TAS OCHENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, y según Certificación
de la Denominación Catastral de DOSCIENTOS VEINTITRES PUNTO
CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, extensión superficial
que mide y linda AL ORIENTE: siete metros cincuenta y dos centíme-
tros, o sea nueve varas, con terreno de Aminta López, ahora Eduardo
Rivas Monge, Haydee Sarco de Luna, Antonio Alvarado Barrera, José
Mardonio Masferrer Morales, Irma Yolanda Sarco Jiménez, línea férrea
de por medio; AL NORTE: veinte metros o sea veinticuatro varas, con
línea del ferrocarril IRCA, ahora con José Roberto Acebedo, Enemesia
Umanzor; AL PONIENTE: doce metros cincuenta y tres centímetros,
o sea quince varas, con Victoriano Ordóñez ahora con Lucio Cubías
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Cruz; y AL SUR: veintitrés varas, o sea diecinueve metros veintidós
centímetros calle de por medio y río Tomayate, ahora María Aminta
Escamilla Portillo, lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, lo adquirió por
compra que le hizo al señor AMADEO GOMEZ SORIANO, mediante
Escritura Pública que otorgó en documento no inscrito en el Registro
de la Propiedad Raíz e Hipotecas.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de Apopa, Departamento de San Salvador, a
los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil siete. DRA. LUZ
ESTRELLA RODRIGUEZ DE ZUNIGA, ALCALDESA MUNICIPAL.
JUAN RICARDO VASQUEZ GUZMAN, SECRETARIO MUNICI-
PAL.
3 v. alt. No. F011498-2
LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.
HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Señor
EDGARDO ARNULFO HERNANDEZ NUILA, mayor de edad, de
este domicilio portador de su Documento Único de Identidad número
cero dos cero siete ocho ocho cinco seis-tres, solicitando TITULO DE
PROPIEDAD de un terreno Rústico situado en Cantón Santa Lucía, de
el Municipio de El Carmen Cuscatlán, de la extensión superficial de
SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO CERO TRES ME-
TROS CUADRADOS, que linda AL NORTE con Isabel Palacios AL
ORIENTE, con Juan Rufino Hernández AL SUR con María Esperanza de
Hernández; AL PONIENTE con Antonio Hernández. Lo valora en TRES
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.
Alcaldía Municipal de El Carmen, a los cuatro días del mes de
junio del año dos mil nueve. LICDA. LETICIA DE J. HERNANDEZ
SANCHEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. ANA JOAQUINA DE
GONZALEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011499-2
TiTUlo SUPlETorio
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley.
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial de la señora DORIS ESPERANZA REYES DE SAENZ, a
solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble
de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Bajillo, Cantón Soledad,
jurisdicción de Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad
superficial de UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE,
treinta y cinco metros, con Templo Evangélico Apóstoles y Profetas,
calle de por medio; al NORTE, cuarenta y cuatro metros, con terreno del
señor Teodoro Sáenz, cerco de alambre de por medio; al PONIENTE,
veinticinco metros, con terreno del vendedor señor Tránsito Pereira
Ponce; y al SUR, treinta y nueve metros, con terreno del señor Tránsito
Pereira Ponce; dentro del inmueble descrito existe construida una casa
de sistema mixto, techo de tejas y piso de ladrillo.
El inmueble descrito lo valora en la cantidad de UN MIL DOLARES;
y lo adquirió por venta de la Posesión Material por Escritura Pública que
le efectuó el señor TRANSITO PEREIRA PONCE.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las catorce horas del día junio de dos mil nueve. LIC. JORGE
ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA.
LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETA-
RIA.
3 v. alt. No. C031315-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,
del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, Al Público
para efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial del señor JORGE GARCIA SANCHEZ a solicitar a su favor
TITULO SUPLETORIO, sobre dos inmuebles de naturaleza rústica
ambos situados en el Caserío La Joya, Cantón Casa Blanca, Jurisdicción
de Perquín, Morazán; el primero de la capacidad superficial de VEIN-
TISÉIS MIL SESENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CUATRO
METROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes: AL
NORTE, ciento sesenta y dos metros sesenta y tres centímetros, con la
señora ISABEL SANCHEZ, cerco de alambre de púas de por medio; AL
ORIENTE, trescientos treinta y cuatro metros setenta y dos centímetros,
linda en parte con Cándido Sánchez, cerco de piedra de por medio; AL
SUR, treinta y ocho metros ochenta y dos centímetros, con Domingo
Sánchez, y Jorge García Sánchez, calle que conduce a Joateca de por
medio; AL PONIENTE, trescientos cincuenta y seis metros setenta y dos
centímetros, linda en parte con Iglesia de las Asambleas de Dios, cerco
de alambre de púas de por medio, y en otra parte con Isabel Sánchez,
zanja natural y cerco de alambre de púas de por medio.- El segundo de
la capacidad superficial de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
CINCO PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; de
las medidas y linderos siguientes, AL NORTE, veinticinco metros, con
Iglesia de las Asambleas de Dios y terreno de Isabel Sánchez, calle que
conduce a Joateca de por medio; AL ORIENTE, sesenta metros treinta
y tres centímetros, con Domingo Sánchez, mojones de por medio; AL
SUR, cincuenta y cuatro metros ochenta y seis centímetros con terreno
de Domingo Sánchez; y AL PONIENTE, setenta y cinco metros cero
centímetros, con Domingo Sánchez, mojones de por medio.- El primero
lo adquirió por Compraventa de Posesión Material que le hizo al señor
ISABEL SANCHEZ; se estima en el precio de DIEZ MIL DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y el segundo lo adquirió
por compraventa de posesión Material que le hizo al señor DOMINGO
SANCHEZ; se estima en el precio de OCHO MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, Morazán, a las doce horas del día doce de Mayo del dos mil
nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE
1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031316-2
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial del señor SANTOS SEBASTIAN LUNA MARTINEZ, a solicitar
a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza
rústica situado en el Caserío Macuilis, Cantón Estancia, jurisdicción de
Cacaopera, Departamento de Morazán; siendo de la capacidad superficial
de NOVECIENTOS CUARENTA METROS SETENTA Y CINCO
DECÍMETROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes;
al ORIENTE, mide veinte metros, linda con terrenos del vendedor, cerco
de alambre de por medio; al NORTE, mide treinta y cuatro metros, linda
con Virgilio Pérez Ortiz, cerco de alambre de por medio; al PONIENTE,
treinta metros, linda con Mario Molina, cerco de piña y alambre de por
medio; y al SUR, treinta y siete metros, linda con Mario Molina, cerco
de piña y alambre de por medio, hasta llegar donde se comenzó; en dicho
inmueble existe una casa construida, techo de tejas, paredes de tazacual,
piso natural y lo estima el inmueble descrito en la suma de UN MIL
DOSCIENTOS DOLARES.- El señor LUNA MARTÍNEZ, adquirió
dicho inmueble por venta de la Posesión Material por Escritura Pública
que le efectuó el señor LUIS PEREZ ORTIZ.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francis-
co Gotera, a las quince horas del día diez de Octubre de dos mil ocho.
LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª
INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031320-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA:
Del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, Al Público
para efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado de la señora
GLORIA LUZ RAMOS ARGUETA, a solicitar a su favor TITULO
SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica situado en el
lugar conocido como LOS MANGOS, Cantón Paturla, Jurisdicción
de Joateca, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán; de la
Capacidad Superficial de UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA
METROS OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CINCUENTA Y UN
CENTÍMETROS SETENTA Y CINCO MILÍMETROS CUADRADOS;
de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE, sesenta metros,
linda con terreno del señor LEONIDAS PEREIRA, cerco de alambre
propio de por medio; AL ORIENTE, treinta metros, treinta y dos centí-
metros, linda con terreno del señor RUFINO SORTO CHICAS, zanjo
de agua, y cerco de alambre del colindante de por medio; AL SUR,
cincuenta y cinco metros, sesenta y siete centímetros, linda con terreno
del señor PASTOR PEREIRA, cerco de alambre propio; y PONIENTE;
veinte metros ochenta y nueve centímetros, linda con terreno de ISABEL
RAMOS VILLATORO, calle de por medio que conduce a Joateca.- Dicho
inmueble lo adquirió por compraventa de Posesión Material que le hizo
a la señora MARIA ANGELINA RAMOS DE ARGUETA.-
Se estima el inmueble descrito en el precio de UN MIL DOSCIEN-
TOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-
cisco Gotera, Morazán, a las catorce horas y treinta minutos del día
diez de Junio del dos mil nueve.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN
URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA
GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031321-2
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA:
Del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, Al Público
para efectos de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial del señor JOSE ALCIDES PORTILLO GUEVARA, a solicitar
a su favor TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza
rústica situado en el Caserío Las Mesas, Cantón Cerro Pando, Jurisdicción
de Meanguera, Morazán; de la capacidad superficial de TREINTA Y
CINCO MIL METROS CUADRADOS; de los linderos y colindancias
siguientes: AL ORIENTE, con terreno del señor JOSE SANTOS REYES,
divide cerco de alambre del colindante de por medio; AL NORTE, con
terreno de la señora MEDARDA REYES, cerco de alambre de la colin-
dante de por medio; AL PONIENTE, con terreno de los señores JOSE
SANTOS ARGUETA y SEBASTIAN REYES, divide cerco de alambre
y piedra propio de por medio y quebrada de por medio; y al SUR, con
terreno de la señora Arcadia Argueta y Santos Argueta, divide calle de
por medio.- Dicho inmueble lo adquirió por Compraventa de Posesión
Material, que le hizo al señor ESTERMINIO REYES ARGUETA; Se
estima el inmueble descrito en el precio de DOS MIL DOSCIENTOS
OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS
DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, Morazán, a las quince horas del día treinta de Abril del dos mil
nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE
1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031322-2
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General
Judicial del señor JOSE JUAN MEJIA MEJIA, a solicitar a favor de
éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica,
situado en el Caserío Poza Honda, Cantón Cerro Pando, jurisdicción
de Meanguera, Distrito de Jocoitique, Departamento de Morazán, de la
extensión superficial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,
de las medidas y colindancias siguientes: al ORIENTE, veinte metros,
con terreno de la señora Rosa Lidia Mejía, calle de por medio; al NOR-
TE, veinte metros con terreno de Francisca Argueta, cerco de alambre y
piña de por medio; al PONIENTE, veinte metros con terreno de María
Apolonia Mejía, cerco de alambre y piña de por medio; y al SUR, veinte
metros con terreno de María Apolonia Mejía, cerco de alambre propio
de por medio.- El inmueble descrito lo valora en el precio de NOVE-
CIENTOS CATORCE DOLARES CON VEINTISEIS CENTAVOS DE
DOLAR. El señor MEJIA MEJIA adquirió dicho inmueble por venta
de la Posesión Material por Escritura Pública, que le efectuó la señora
MARIA APOLONIA MEJIA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-
cisco Gotera, a las catorce horas del día veintiocho de Abril de dos mil
nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE
1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031323-2
El SUSCRITO NOTARIO:
HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido en su carácter
personal la señora MARIA CANDELARIA VELÁSQUEZ VIUDA DE
JIMÉNEZ, de este domicilio, de cuarenta y nueve años de edad, Ama
de Casa, del domicilio de Usulután, Departamento de Usulután, con
Documento Unico de Identidad número; dos nueve cuatro cero cuatro
ocho nueve-nueve. MANIFESTANDO: I) Ser dueña y actual poseedora
de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida de un
terreno de naturaleza rústica, el cual está situado en Cantón La Presa,
Jurisdicción de Usulután, Distrito y Departamento de Usulután, de la
extensión Superficial de NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES PUN-
TO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y
colindancias siguientes: NORTE: Cuarenta y uno punto diez metros, linda
con terreno de la señora Isabel Martínez, hoy Haydee Castillo, calle de
por medio; Al ORIENTE: Veinticuatro punto cincuenta metros, linda
con terreno de la señora ISABEL MARTINEZ, hoy con Nicolás Pineda;
Al SUR: Cuarenta y uno punto trescientos sesenta y seis metros, linda
con terreno de la señora Isabel Martínez; Y AL PONIENTE: Veintitrés
punto veinte metros, linda con terreno de la señora Isabel Martínez. Del
cual solicita TITULO SUPLETORIO; presentando la ficha catastral
respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Usulután, del
Departamento de Usulután, el predio descrito no es dominante ni sir-
viente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está
en proindivisión con ninguna otra persona y lo adquirió por compra al
Señor JUAN BAUTISTA MARTINEZ, en escritura pública en el año
dos mil tres, siendo dicha posesión unida a la de la solicitante por más
de diez años consecutivos. El inmueble lo valúa en la cantidad de TRES
MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Lo que avisa al público para los fines de ley.
Se previene a las personas que desean presentar oposición a las
pretensiones de la solicitante, lo haga dentro del término legal en mi
despacho notarial situado en Calle Grimaldi, Centro Comercial Araucaria,
Local A-tres, Planta Baja, Usulután.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Librado en la ciudad de Usulután, a los doce días del mes de Junio
del año dos mil nueve.
JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011479-2
EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el licenciado
JOSE YADER ANTONIO QUINTANILLA BENITEZ, de cuarenta años
de edad, Abogado de este domicilio, Apoderado General Judicial de la
señora MARIA LIDIA LOPEZ DE ALFARO, de setenta y cuatro años
de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Jucuarán, promoviendo
Diligencias Sumarias de Título Supletorio, de un terreno de naturaleza
rústica, situado en el Cantón El Progreso, Municipio de Jucuarán, Depar-
tamento de Usulután, extensión superficial de mil doscientos veintinueve
punto sesenta y ocho metros cuadrados de los linderos siguientes: AL
NORTE: GREGORIO MELENDEZ QUINTANILLA, calle de por
medio; AL ORIENTE; con ADRIAN ANTONIO ASCENCIO, calle
de por medio; AL SUR: con NELLY DE LA PAZ SOTO AREVALO
y PONIENTE: con RAMON ROMERO.-
Lo adquirió por más de veinte años o sea desde el veinte de no-
viembre de mil novecientos sesenta, quien ha ejercido todos los derechos
de dueña, tales como cercarlo, cultivarlo.-
El Terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en
proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras
personas; que desde su posesión y el de sus antecesores, ha poseído
el referido terreno en forma quieta, pacífica y no ininterrumpida, pero
carece de título de dominio inscrito; y lo valúa en la cantidad de MIL
DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME-
RICA.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los ocho
días del mes de junio del año dos mil nueve.- LIC. JOSE ANTONIO
GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN
HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011490-2
TÍTUlo DE DoMiNio
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:
HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada KA-
ROL MIREVIS IGLESIAS ORELLANA, en su calidad de Apoderada
del señor EMILIO IGLESIAS, de sesenta y dos años de edad, Comer-
ciante, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad
número Cero un millón cuatrocientos ochenta y un mil setecientos doce
guión seis, solicitando a favor de su representado Título de Dominio de
un inmueble de naturaleza urbana situado en el Proyecto Habitacional
denominado Ciudad Satélite de Oriente, Etapa uno, marcado como LOTE
NÚMERO CATORCE DEL POLÍGONO G-TRES, del cual se localiza
y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la calle Júpiter
y la treinta Avenida Norte, sobre el eje de esta última medimos una dis-
tancia de dieciséis punto sesenta y un metros con rumbo sur cero nueve
grados, veintiuno punto seis minutos oeste, luego con una deflexión de
setenta grados treinta y ocho minutos veintiocho segundos a la derecha,
medimos una distancia de quince metros, llegando al mojón número uno
del lote a describir, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL
NORTE: línea recta compuesta por un solo tramo que mide dieciséis
metros con rumbo sur ochenta grados cero cero minutos cero segundos
oeste, lindando con lote número trece del polígono G-tres, de la misma
urbanización; AL PONIENTE: línea compuesta por un solo tramo que
mide seis metros con rumbo sur diez grados cero cero minutos cero
segundos este lindando con lotes números once y dieciséis del polígono
G-tres de la misma urbanización; AL SUR: línea recta compuesta por
un solo tramo que mide trece punto setenta y cinco metros con rumbo
norte ochenta grados cero cero minutos cero segundos este lindando con
lote número quince del polígono G-tres, de la misma urbanización; y
AL ORIENTE: línea recta compuesta por un solo tramo que mide seis
punto cincuenta metros con rumbo norte cero nueve grados veintiuno
punto seis minutos este, lindando con zona verde de BROXILA, S.A. DE
C.V., con treinta avenida norte de por medio. El lote así descrito tiene
un área de OCHENTA Y NUEVE PUNTO VEINTICINCO METROS
CUADRADOS.- Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es
dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca
a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie,
y lo valúa en la cantidad de DIECISIETE MIL DOLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-
Y lo adquirió mediante Escritura Pública de Compraventa otorgada
en esta ciudad, a las catorce horas del día diecisiete de octubre de mil
novecientos noventa y cuatro, ante los oficios del notario Carlos Antonio
Elías Berríos, por la Sociedad CONSTRUCTORA URBANIZADORA
A NIVEL NACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-
RIABLE, del domicilio de San Salvador. Inmueble que registralmente
se agotó y dicha porción no fue incluida dentro de la urbanización, por
lo que carece de antecedente inscrito.-
Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el
poseedor sumada a la de su antecesora data más de quince años y sigue
siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad
alguna.
Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público
para los efectos de ley.
ALCALDÍA MUNICIPAL: San Miguel, trece de mayo del año
dos mil nueve.- JOSÉ WILFREDO SALGADO GARCÍA, ALCALDE
MUNICIPAL. LIC. JOSÉ ÁNGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO
MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011470-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Marca DE faBrica
No. de Expediente: 2009093507
No. de Presentación: 20090123318
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA
GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-
SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
XYliSol
Consistente en: la palabra XYLISOL, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031304-2
No. de Expediente: 2009093504
No. de Presentación: 20090123315
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA
GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-
SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
SalBUTral
Consistente en: la palabra SALBUTRAL, que servirá para: AM-
PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031305-2
No. de Expediente: 2009093503
No. de Presentación: 20090123314
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA
GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-
SABILIDAD LIMITADA que se abrevia: LABORATORIO PABLO
CASSARA, S.R.L., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro
de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NEUMocorT
Consistente en: La palabra NEUMOCORT, que servirá para:
AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil nueve.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.
JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,
REGISTRADOR.
CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031306-2
No. de Expediente: 2009093502
No. de Presentación: 20090123313
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA
GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-
SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
BUTocorT
Consistente en: la palabra BUTOCORT, que servirá para: AMPA-
RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031307-2
No. de Expediente: 2009093510
No. de Presentación: 20090123321
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA
GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO
de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-
SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando
el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,
NiUX
Consistente en: la palabra NIUX, que servirá para: AMPARAR:
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031308-2
No. de Expediente: 2009093679
No. de Presentación: 20090123513
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO
ERNESTO FRANCISCO TORRES ROMERO, en su calidad de
APODERADO de RAUN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: RAUN, S.A. DE C.V., de nacionalidad
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
laKToS
Consistente en: la palabra LAKTOS, que servirá para: AMPARAR:
CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE;
FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS
Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS,
LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMES-
TIBLES. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de junio del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031309-2
No. de Expediente: 2008080780
No. de Presentación: 20080116394
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE INDA-
LECIO PADILLA RAMOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras MIEL DE CARAO “Don Pepe” y
diseño, no se le concede exclusividad de las palabras de uso común
aisladamente consideradas, que servirá para: AMPARAR: MIEL DE
CARAO PARA EL CONSUMO HUMANO. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día treinta y uno de del año.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, cinco de enero del año dos mil nueve.
JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA,
REGISTRADOR.
ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011476-2
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2009091441
No. de Presentación: 20090119511
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIA
AMADA SARAVIA VELA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de PANDA EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE que se abrevia: PANDA EXPRESS, S.A. DE C.V., de
nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
Consistente en: las palabras PANDEX COMIDA CHINA y di-
seño, sobre las palabras comida china no se le concede exclusividad,
que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA
ELABORACION, COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE
COMIDA CHINA.
La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil
nueve.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de junio del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011449-2
No. de Expediente: 2009092878
No. de Presentación: 20090122200
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO
ENRIQUE CASANOVA GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA,
en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE
COMERCIAL,
ENErNoVa
Consistente en: la palabra ENERNOVA, que servirá para: IDEN-
TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y DE SERVICIOS
DESTINADOS A LA CONSULTORIA, CONSTRUCCION Y VEN-
TAS DE SISTEMAS Y PARTES PARA PLANTAS DE ENERGIA,
TRATAMIENTOS DE AGUA Y DESECHOS SOLIDOS.
La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de junio del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011532-2
coNVocaToriaS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de “TRANSPORTES Y ARRENDAMIENTOS, SO-
CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” convoca a los señores
Accionistas a Junta General, para conocer asuntos Ordinarios, a celebrarse
en las oficinas de la firma “GUANDIQUE SEGOVIA QUINTANILLA”
situadas en Pasaje Senda Florida No. 124, Colonia Escalón, en la ciudad
de San Salvador; a las once horas del día 30 de julio de dos mil nueve;
Junta General conocerá los puntos de agenda siguientes:
I. LECTURA DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
II. REORGANIZACION DE JUNTA DIRECTIVA Y FIJA-
CION DE SUS EMOLUMENTOS.
III. CUALQUIER PUNTO QUE DE CONFORMIDAD A LOS
ESTATUTOS Y A LA LEY PUEDA CONOCERSE EN
DICHA JUNTA.
Previamente a la instalación de la Junta General deberá verificarse
el quórum, el cual será, en la primera fecha de la convocatoria de la mitad
más una de las Acciones que forman el Capital. Si no hubiere quórum
a la fecha y hora indicada, se les convoca por segunda vez para realizar
la referida Junta, con la misma agenda, en el mismo lugar, a las once
horas del 31 de julio del presente año.
En este caso, la Junta se considerará válidamente constituida, con
el número de Acciones presentes o representadas y las resoluciones se
tomarán con la mitad más una, como mínimo, de las Acciones presentes
o representadas, tanto en primera como en segunda convocatoria. Si no
existiere quórum en las dos fechas señaladas, se convocará en forma
separada para celebrar la Junta en tercera convocatoria, de conformidad
a lo establecido en el Código de Comercio.
Antiguo Cuscatlán, a los doce días del mes de junio de dos mil
nueve.
Ing. EDUARDO ANTONIO VALIENTE PERDOMO,
PRESIDENTE.
3 v. alt. No. F011558-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SUBaSTa PUBlica
PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO
MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL
PUBLICO EN GENERAL.
HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-
vido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, a través de
su Apoderado General Judicial Licenciado VLADIMIR REYNALDO
AGUILAR MIRANDA, contra las señoras MARIA DE LOS ANGELES
VARELA VAQUERANO y MARIA LUISA VARELA CASTILLO,
se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un terreno rústico
desmembrado por el rumbo Sur de otro de mayor extensión situado
en el lugar denominado "Sitio Viejo", identificado como PRIMERA
PORCIÓN, jurisdicción, de Guazapa, Departamento de San Salvador,
de la superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, que
mide y linda: AL ORIENTE, veinte metros, con resto del inmueble
general o sea la segunda porción que se vendió a Antonia Varela; AL
NORTE, quince metros, con resto del inmueble general hoy de María
Cruz de Ortiz; AL PONIENTE, veinte metros, con resto del inmueble
general del señor Napoleón Moreno Vargas; y AL SUR, quince metros,
con resto del inmueble general del señor Napoleón Moreno Vargas. El
inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a la matrícula
SEIS CERO CERO CUATRO SEIS DOS TRES NUEVE-CERO CERO
CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas
de la Primera Sección del Centro, a favor de la señora MARIA LUISA
VARELA CASTILLO.
Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.
LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a
las nueve horas treinta minutos del día trece de mayo de dos mil nueve.-
LICDA. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE
LO MERCANTIL SUPLENTE. LICDA. JACQUELINE JOHANNA
ORTIZ DURAN, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011461-2
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial, al público en general.
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
en este Tribunal por el Licenciado JOSÉ EDGARDO MORALES POR-
TILLO, mayor de edad, Abogado y de este domicilio, actuando como
Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD
ANÓNIMA, de este domicilio, contra el señor SAULO BENJAMIN
VELASQUEZ LARA, mayor de edad, Contador, del domicilio de San
Marcos, Departamento de San Salvador, se venderá en este Tribunal
en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará, un
inmueble de naturaleza urbana identificado como LOTE NUMERO
CIENTO TREINTA Y OCHO DEL BLOCK "H", URBANIZACIÓN
RESIDENCIAL JARDINES, BARRIO SAN JACINTO, Departamento
de San Salvador, el cual se describe así: esta descripción comienza en
el punto de intersección de las líneas centrales o ejes del pasaje número
ocho y el pasaje número nueve de la urbanización, de este punto se miden
veinticuatro punto diez metros con rumbo sur cuarenta y cuatro grados
cincuenta y nueve punto seis minutos este, y se llega a un punto en el
cual se hace una deflexión izquierda de noventa grados y se miden dos
punto cincuenta metros llegándose así al esquinero sur-oeste, del lote
cuyos linderos se describen en la forma siguiente: AL PONIENTE, línea
recta que mide quince punto cincuenta metros con rumbo norte cuarenta
y cinco grados cero cero punto cuatro minutos este, linda por este rumbo
con lote número ciento treinta y siete del block "H" de la urbanización;
AL NORTE, línea recta que mide cinco punto cuarenta y dos metros
con rumbo sur treinta y nueve grados cuarenta y dos punto dos minutos
este, linda por este rumbo con terrenos del Centro de Observación de
Menores: AL ORIENTE, línea recta que mide quince metros con rumbo
sur cuarenta y cinco grado cero cero punto cuatro minutos oeste, linda
por este rumbo con lote numero ciento treinta y nueve del block "H"
de la urbanización; AL SUR, línea recta que mide cinco punto cuarenta
metros con rumbo norte cuarenta y cuatro grados cincuenta y nueve
puntos seis minutos oeste, linda por este rumbo con lote número ciento
veintinueve del block "I" de la urbanización, pasaje número nueve de
cinco metros de ancho de por medio. El lote tiene una superficie de
OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO
DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO DIECISIETE
VARAS CUADRADAS OCHENTA Y TRES CENTESIMOS DE
VARA CUADRADA. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito
a favor del señor SAULO BENJAMIN VELAZQUEZ LARA, bajo
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383la Matrícula de Folio Real Número CERO UNO - CIENTO DOCE
MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES - CERO CERO CERO,
Inscripción UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la
Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,
a las once horas del día siete de mayo de dos mil nueve. LIC. JOSE
GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ QUINTO DE LO MER-
CANTIL INTERINO. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011462-2
JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE
ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA
LOS EFECTOS DE LEY.
HACE SABER: Que por ejecución promovida por el licenciado
JUAN RAMON FLORES BENITEZ, en su calidad de apoderado ge-
neral judicial de la señora BLANCA LYDIA CASTILLO, en contra de
los señores SUSANA BUSTAMANTE LAGOS y JOSE ANTONIO
ALVARENGA VASQUEZ ZAPATA conocido por JOSE ANTONIO
VASQUEZ, a efecto de que le cancele cantidad de dólares, intereses
convencionales y moratorios y costas procesales, se venderá en pública
subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente se indicará el
inmueble siguiente: '' Un lote de terreno de naturaleza urbana situado en
los suburbios del Barrio San Francisco de esta ciudad, distrito y departa-
mento de San Miguel, cuya extensión superficial es de DOSCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS SESENTA Y
TRES DECIMETROS equivalentes a TRESCIENTAS SESENTA Y
CUATRO PUNTO TREINTA Y DOS VARAS CUADRADAS cuyas
medidas y linderos son las siguientes: al ORIENTE, catorce metros
cinco centímetros con resto del inmueble general del vendedor señor
MIGUEL ANGEL LOBOS CLAROS, al NORTE, línea compuesta de
dos tiros así: el PRIMERO: de nor-este a sur- este, con una distancia
de seis metros setenta y cinco centímetros; EL SEGUNDO, de trece
metros cincuenta centímetros, linda en ambos tramos con terrenos que
fueron de don LEONARDO BUSTILLO y del general LISANDRO
LETONA, en fecha próxima se construirá en este lugar el edificio de
cuerpo de bomberos hoy ya construido, al PONIENTE, doce metros,
treinta y cinco centímetros con resto de inmueble general del vendedor,
pared de ladrillo de por medio propiedad del colindante; al SUR, línea
compuesta de tres tiros así: el primero de poniente a oriente con una
distancia de diez metros, el segundo de norte a sur con una distancia de
cincuenta metros y el TERCERO, de poniente a oriente a poniente con
una distancia de diez metros, lindan estos tres tramos con el reloj de
flores y terreno de la ESSO ESTANDAR OIL COMPANY divididos por
carretera pavimentada, denominada ruta militar; la porción de terreno
antes descrito contiene como accesorio una casa de sistema mixto con
todos sus servicios lo cual entra en la hipoteca, la cual no se encuentra
inscrita aún a su favor pero que es inscribible por estarlos su antecedente
más inmediato en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipótecas de la
primera sección de Oriente bajo número CUARENTA Y UNO del libro
MIL SEISCIENTOS TREINTA de propiedad del departamento de San
Miguel, ahora trasladado a favor de SUSANA BUSTAMANTE LAGOS,
bajo el libro MIL NOVECIENTOS TRECE y número CUARENTA
Y SEIS, de propiedad y actualmente hipotecado e inscrita a favor de
la señora BLANCA LYDIA CASTILLO, bajo el tomo MIL CIENTO
SESENTA Y CINCO, número OCHENTA Y UNO de hipotecas del
departamento de San Miguel.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,
a las nueve horas y diez minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil
nueve. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-
VIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011529-2
EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUAN-
TIA, de este Distrito Judicial, al público en general.
HACE CONSTAR: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil Referen-
cia 75-EM7-02 promovido en este Tribunal inicialmente por la Licen-
ciada NELLY MARLENE MORENO REYES y actualmente prosegui-
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. do por la Licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, como de
Apoderada General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL SALVA-
DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA que puede abreviarse BANCO CITI-
BANK DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL SALVADOR,
S. A. o simplemente BANCO CITI, S. A., antes BANCO CUSCATLAN
DE EL SALVADOR, S. A., en contra del señor FREDY OBDULIO
MORALES, quien es mayor de edad, comerciante, con domicilio espe-
cial el de esta ciudad; SE VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA EN
ESTE TRIBUNAL, los bienes muebles que a continuación se describen:
"l equipo de sonido marca Sony, modelo HCD-N255, serie No.4035267
con dos perillas flojas, con sus respectivos parlantes marca Sony, mo-
delos 4131953 y 4131954; 2 Parlantes marca Sharp, modelo CP-BA
150; 1 Discman marca Sony, modelo D-142-CK, serie 5249441 con sus
respectivos audífonos; 1 batería de cocina marca Tramontina Solar,
modelo 65500/000; 1 televisor a color de 24 pulgadas sin antena marca
Goldstar, sin número de modelo, serie XC-41007310 con su respectivo
control remoto; 1 mini gimnasio marca Body Builder con dos discos de
metal de 10 kilogramos, dos de 2.5 kilogramos y dos de 5 kilogramos
y una barra para levantar pesas, dos tuiter marca Hurricane de 150 watts;
6 Alógenos serie ASD 13R de 60 watts; 7 Alógenos serie AS 16R de
55 watts; 8 Alógenos serie ASD 13H de 40 watts todos marca Stanley;
1 Alógeno código 6014; 9 Alógenos con códigos 5001 y 3 Alógenos
con código 4000 todos marca Wagner; 1 Marcador de Combustible; 1
Amperímetro; 2 marcadores de aceite; 6 juegos de platinos marca Wells
números DR-794; 2 juegos de condensadores Marca Wells número
RB-506; 2 cajas de parches Marca Tip-Top número TT01; 1 caja de
parches 03 y una caja de parches 04 todos marca Tip-Top; 2 cajas de
parches 30/3; 20 filtros marca Terminator, código L-985; 16 filtros
marca Florenz, código LL-24; 1 filtro marca Filca, código NE-0133FI;
1 Filtro marca Filca código 022-NFI; 10 filtros marca Kralinator códigos
F44R; 3 Filtros marca Kralinator, códigos F150; 1 Filtro marca Krali-
nator, código L251; 3 Filtros marca Topco, códigos NE-0146; 2 Filtros
marca Filca, códigos FF-17-US; 1 Filtro marca Filca, código FF-L-5; 1
Filtro marca Filca, código FF-C-41-US; 1 Filtro marca Luberfiner, có-
digo LFP-5570; 1 Filtro marca Luberfiner, código PH-29; 1 Filtro
marca Hino, código NE-191; 3 cajas de filtros marcas Luberfiner, códi-
go LFP-218F; 1 Filtro marca Isuzu, código NE-188; 4 Filtros marca
Luberfiner, código SD-3; 6 Filtros marca Filca, códigos FFL-75-US; 4
Filtros marca Filca, códigos FL-101-US; 1 Filtro marca Filca, código
Cl-8; 2 Filtros marca Filca códigos Cl-3; 3 Filtros marca Filca código
NE-0923-FI; 4 Filtros marca Filca, código NE-0939-FI; 1 Filtro marca
Filca, código NO-894FI; 5 Filtros marca Filca, código PH-2849; 1
Filtro marca Filca código S1099PS; 1 Filtro marca Filca código FC-23-
1-US; 1 Filtro marca Filca código FL-204-US; 1 Filtro marca Filca
código FC-834-US; 1 Filtro marca Filca código FC-149-US; 1 Filtro
marca Carossi código P21155; 3 Filtro marca Filca código FL-54-US;
1 Filtro marca Filca código FL-824; 2 Filtros marca Filca código NE-
0199 FI; 15 Filtros marca Filca código FL-836; 2 Filtros marca Filca
códigos FL-221 M; 2 Filtros marca Filca código PL832; 5 Filtros mar-
ca Filca código FL-12-US; 3 Filtros marca Filca código FL-86-US; 1
Filtros marca Filca código FF-829; 1 Filtros marca Filca código FL-204-
US; 1 Filtros marca Filca código FF-3-US; 3 Filtros marca Filca código
809; 4 Filtros marca Filca código 810; 3 Filtros marca Fram código
C-3PL; 4 Filtros marca Fram código PH43A; 3 Filtros marca Oil Element
código 158; 3 Filtros marca Fram código CH2927; 2 Filtros sin marca
códigos EI-11; 2 Filtros marca Lorenz código LL-28; 1 Filtro marca
Lorenz código LL-915; 4 cajas de focos un contacto; 1 bomba de gaso-
lina marca Lazorlite; 1 Filtro marca Kralinator código KK-55A; 6 Filtro
marcas Yako código 277; 3 Filtros marca Yako código NE-218; 2 Filtros
marca Yako código NE-183; 4 Filtros marca Yako código NE-164; 1
Filtro marca Wix código 33196; 4 pastillas de freno marca Toyota có-
digo 044035030; 5 bandas marca Optibelt código A-27; 13 bandas
marca Optibelt código A-52; 6 bandas marca Optibelt código A-68; 12
bandas marca Optibelt código A-69; 12 bandas marca Optibelt código
A-29; 2 bandas marca Optibelt código A-33; 10 bandas marca Optibelt
código 9.5 por 925; 3 bandas marca Optibelt código 9.5 por 935; 8
bandas marca Optibelt código 9.5 por 1425; 6 bandas marca Optibelt
código 9.5 por 600; 3 bandas marca Optibelt código A-23; 13 bandas
marca Optibelt código A-57; 4 bandas marca Optibelt código 9.5 por
643; 7 bandas marca Optibelt código 9.5 por 800; 1 banda marca Opti-
belt código 13 por 389; 10 bandas marca Optibelt código A-47; 7 bandas
marca Optibelt código 13 por 1225; 5 bandas marca Optibelt código 13
por 1050; 3 bandas marca Optibelt código 13 por 1200; 5 bandas marca
Optibelt código 9.5 por 1225; 2 bandas marca Optibelt código 9.5 por
1275; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1325; 5 bandas marca
Optibelt código 9.5 por 1350; 2 bandas marca Optibelt código A-64; 13
bandas marca Optibelt código 9.5 por 1125; 6 bandas marca Optibelt
código A-30; 8 bandas marca Optibelt código A-53; 4 bandas marca
Optibelt código 9.5 por 1375; 7 bandas marca Optibelt código A-50; 13
bandas marca Optibelt código A-51; 5 bandas marca Optibelt código
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 38312.5 por 1375; 7 bandas marca Optibelt código A-56; 4 bandas marca
Optibelt código 9.5 por 1150; 3 bandas marca Optibelt código A-55; 1
banda marca Optibelt código 13 por 1675; 7 bandas marca Optibelt
código A-54; 3 bandas marca Optibelt código 9.5 por 785; 4 bandas
marca Optibelt código 9.5 por 750; 4 bandas marca Optibelt código
A-49; 8 bandas marca Optibelt código 9.5 por 825; 4 bandas marca
Optibelt código A-66; 3 bandas marca Optibelt código A-63; 1 banda
marca Optibelt código 13 A por 1145; 11 bandas marca Optibelt código
A-60; 5 bandas marca Optibelt código 12.5 por 1275; 1 banda marca
Optibelt código 13 por 1150; 6 bandas marca Optibelt código 12.5 por
1500; 9 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1500; 2 bandas marca
Optibelt código A-59; 3 bandas marca Optibelt código A-58; 3 bandas
marca Optibelt código A-62; 4 bandas marca Optibelt código 13 por
889; 3 bandas marca Optibelt código 9.5 por 864; 2 bandas marca Op-
tibelt código 9.5 por 913; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 950;
1 banda marca Optibelt código 9.5 por 888; 5 bandas marca Optibelt
código B-55; 4 bandas marca Optibelt código A-65; 6 bandas marca
Optibelt código 12.5 por 825; 3 bandas marca Optibelt código 13 por
1400; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1400; 1 banda marca
Optibelt código 12 por 1500; 1 bandas marca Optibelt código B-50; 1
banda marca Optibelt código B47; 1 banda marca Optibelt código B-60;
2 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1175; 4 bandas marca Optibelt
código A-25; 9 bandas marca Optibelt código A-32; 6 bandas marca
Optibelt código A-70; 3 bandas marca Optibelt código A-24; 5 bandas
marca Optibelt código A-18; 2 bandas marca Optibelt código A-45; 9
bandas marca Optibelt código 12.5 por 1450; 6 bandas marca Optibelt
código A-19; 6 bandas marca Optibelt código A-20; 5 bandas marca
Optibelt código A-67; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 813; 5
bandas marca Optibelt código 9.5 por 775; 3 bandas marca Optibelt
código 9.5 por 1200; 4 bandas marca Optibelt código 9.5 por 740; 2
bandas marca Optibelt código A-46; 6 bandas marca Optibelt código
9.5 por 625; 4 bandas marca Optibelt código 12 por 1525; 5 bandas
marca Optibelt código 12.5 por 975; 3 bandas marca Optibelt código
9.5 por 1060; 1 bandas marca Optibelt código 536; 3 bandas marca
Gates código 9700; 2 bandas marca Optibelt código A-37; 2 bandas
marca Optibelt código $-780; 1 bandas marca Optibelt código 13 por
1650; 3 bandas marca Optibelt código 13 por 1600; 9 bandas marca
Optibelt código 9.5 por 1075; 2 bandas marca Optibelt código A-61; 2
bandas marca Optibelt código 8372; 3 bandas marca Optibelt código
9.5 por 1100; 2 bandas marca Optibelt código 13 por 975; 4 bandas
marca Optibelt código 9.5 por 725; 6 bandas marca Optibelt código
A-31; 4 bandas marca Optibelt código 9.50 por 650; 4 bandas marca
Optibelt código A-21; 1 banda marca Optibelt código 9.5 por 970; 6
bandas marca Optibelt código 9.5 por 1300; 6 bandas marca Optibelt
código 9.5 por 1000; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 675; 2
bandas marca Optibelt código 12.5 por 950; 6 bandas marca Optibelt
código 9.5 por 838; 6 bandas marca Optibelt código 12.5 por 800; 9
bandas marca Optibelt código B-46; 1 banda marca Optibelt código 9.5
por 1450; 1 banda marca Optibelt código A-36; 4 switch sin marca; 3
foquitos; 3 relay; 1 banda marca Optibelt código A-44; 2 bandas marca
Optibelt código 12.5 por 1550; 1 banda marca Optibelt código 17 por
1275; 1 banda marca Optibelt código A-41; 1 banda marca Optibelt
código A-42; 2 bandas marca Optibelt código 9.5 por 905; 3 bandas
marca Optibelt código 9.5 por 900; 1 banda marca Optibelt código 9.5
por 1050; 1 banda marca Optibelt código 13 por 850; 1 banda marca
Optibelt código 9.5 por 850; 1 banda marca Optibelt código 9.5 por 864;
1 banda marca Optibelt código 13 por 925; 1 banda marca Optibelt
código 215-88; 1 banda marca Optibelt código 13 por 1060; 1 banda
marca Optibelt código $-9412; 1 banda marca Superbelt código 9.5 por
950; 2 bandas marca Optibelt código S569X; 1 banda marca Elephant
código 9.5 por 1075; 1 banda marca Gates código 12.5/13 por 1155; 2
bandas marca Gates código 12.5/13 por 1485; 2 bandas marca Roulonds
código 9.5 por 1050; 3 bandas marca Roulonds código 9.5 por 625; 3
banda marca Roulonds código 9.5 por 725; 1 banda marca Roulonds
código 9.5 por 1225; 1 banda marca Roulonds código 9.5 por 1500."
Dichos bienes son propiedad del señor FREDY OBDULIO MORALES,
y se encuentran resguardados en BODEGAS DEL BANCO CUSCAT-
LÁN, BOULEVARD VENEZUELA, #2950, COSTADO ORIENTE
DE LA TERMINAL DE BUSES DE OCCIDENTE SAN SALVA-
DOR.-
SE ADMITIRÁN POSTURAS LEGALES.-
LIBRADO: en el Juzgado Primero de Menor Cuantía: San Salvador,
a las doce horas y diez minutos del día veintisiete de Mayo de dos mil
nueve.- LIC. CARLOS ALBERTO GALAN, JUEZ SUPLENTE PRI-
MERO DE MENOR CUANTIA. LIC. JULIO ALBERTO CALDERON
ALFARO, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011546-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
en este Tribunal por la Licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA,
mayor de edad, Abogada, de este domicilio, actuando como Apoderada
General Judicial del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SO-
CIEDAD ANÓNIMA, hoy BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR,
SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla, contra la señora
ROSA ESTELA GALEAS, conocida por ROSA ESTELA GALEAS
MELGAR, mayor de edad, Comerciante en Pequeño y del domicilio
de San Miguel, Departamento de San Miguel, se venderá en este Tri-
bunal en Pública Subasta en fecha que más adelante se especificará, un
terreno urbano, situado en los arrabales del BARRIO LA CRUZ DE
LA CIUDAD, DISTRITO Y DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,
y que forma parte del PROYECTO URBANIZACIÓN PRADOS DE
SAN MIGUEL, de la cual forma parte el lote de la misma naturaleza y
situación que en los planos de dicha Urbanización identificado con el
NUMERO VEINTIDOS DEL POLIGONO "B", Calle Río Grande de
la Urbanización Prados de San Miguel, de una extensión superficial de
OCHENTA METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,
cinco punto cero cero metros: AL SUR, cinco punto cero cero metros; AL
ORIENTE, dieciséis punto cero cero metros; AL PONIENTE, dieciséis
punto cero cero metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito
a favor de la señora ROSA ESTELA GALEAS conocida por ROSA ES-
TELA GALEAS MELGAR, originalmente bajo la Matrícula M cero un
millón noventa y ocho mil seiscientos treinta y ocho del Registro Social
de Inmuebles, hoy trasladado a la Matrícula M OCHO CERO CERO
UNO DOS SIETE SEIS SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de
Oriente, Departamento de San Miguel.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador,
a las once horas del día tres de junio de dos mil nueve.- LIC. JOSE
GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ QUINTO DE LO MER-
CANTIL INTERINO.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011547-2
LA INFRASCRITA JUEZ QUINTO DE PAZ INTERINA de este
Distrito Judicial Licenciada INES MARIA CUCHILLA TAURA, al
público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil 17-EC-78 promovi-
do por el Licenciado MAURICIO ROMERO HERNANDEZ en su calidad
de Apoderado General Judicial del señor JOSE REYNALDO SOSA y
continuado por la señora MARTA NELLY SOSA DE FLORES quien
actúa en su calidad de Heredera Definitiva del señor JOSE REYNALDO
SOSA, contra los señores JOAQUIN ESCALANTE y MARIA ALICIA
JIMENEZ HERNANDEZ conocida por MARIA ALICIA JIMENEZ
HERNANDEZ DE AGUILAR, se venderá en Pública Subasta el inmueble
siendo éste un lote de terreno rústico que formó parte de otro de mayor
extensión, situados ambos al poniente de los Planes de La Ceiba de la
jurisdicción de esta ciudad, que mide y linda: AL ORIENTE, veinte
metros cuarenta centímetros; AL PONIENTE, veinte metros cuarenta
centímetros; AL NORTE, siete metros treinta centímetros; AL SUR,
siete metros treinta centímetros; y LINDA por los rumbos ORIENTE Y
NORTE, con el resto del terreno del que se desmembró que es propiedad
de PEDRO SALAZAR CAMPOS; AL PONIENTE, con terreno que
antes fue del mismo PEDRO SALAZAR CAMPOS y en la actualidad
ha sido vendido a la señora CRUZ ULLOA; AL SUR, con faja de
terreno que sirve de salida al inmueble mayor del que se desmembró,
el que se está describiendo, faja de terreno que es propiedad del señor
PEDRO SALAZAR CAMPOS, el inmueble descrito tiene una extensión
superficial de ciento cuarenta y ocho metros cuadrados, noventa y dos
centímetros cuadrados. Estando obligada la señora CURUZ ULLOA
con otros propietarios colindantes del camino que actualmente existe
y que tiene tres varas de ancho pero que no le afecta al lote descrito,
aunque su anterior propietario PEDRO SALAZAR CAMPOS estableció
servidumbre de tránsito a favor de este mismo lote que se relaciona y
de otros terrenos que posee, pasando dicha servidumbre sobre una faja
de terreno vecina propiedad del mismo PEDRO SALAZAR CAMPOS,
la cual da salida al inmueble general del que se desmembró el lote así
descrito.
Librado en el Juzgado Quinto de Paz: San Salvador, a nueve
horas con treinta minutos del día veinticuatro de noviembre del dos mil
ocho.- LIC. INES MARIA CUCHILLA TAURA, JUEZ QUINTO DE
PAZ INTO.- BR. SALVADOR ALBERTO URRUTIA SARAVIA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011551-2
DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,
HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil
Ejecutivo promovido por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR
MARTINEZ como apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SO-
CIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el señor LUIS ALONSO
DIAZ reclamándole cantidad de dólares, se venderá en pública subasta
el inmueble siguiente: "un inmueble de naturaleza urbano, identificado
como lote número CINCUENTA Y SIETE del polígono VEINTI-
DOS, de la Urbanización "ALTAVISTA", situado en la jurisdicción
de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador de una extensión
superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, que se localiza
y describe así: Partiendo de la intersección del pasaje treinta y tres y
Estacionamiento veintiuno, se parte con una línea recta con rumbo
norte treinta y ocho grados, cincuenta y nueve minutos, cincuenta y tres
segundos este y una distancia de cuarenta y siete punto noventa y un
metros, llegando al esquinero Sur-Este de donde comienza la presente
descripción que mide y linda así: AL SUR, compuesto por un tramo recto
con rumbo sur cincuenta y cuatro grados, cero siete minutos, diecinueve
segundos Oeste y una distancia de cinco punto cero metros, lindando
por este lado con lote cuarenta y nueve del polígono veintidós propiedad
de Inversiones Roble, S.A. de C.V.; AL PONIENTE, compuesto por
un tramo recto con rumbo norte treinta y cinco grados, cincuenta y dos
minutos, cuarenta y uno segundos Oeste y una distancia de diez punto
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383cero metros, lindando por este lado con lote de cincuenta y ocho del
polígono veintidós propiedad de Inversiones Roble, S.A. de C.V.; AL
NORTE, compuesto por un tramo recto con rumbo norte cincuenta y
cuatro grados, cero siete minutos, diecinueve segundos Este y una distancia
de cinco punto cero metros, lindando por este lado con servidumbre de
CEL, pasaje treinta y dos de por medio; AL ORIENTE, compuesto por
un tramo recto con rumbo Sur treinta y cinco grados, cincuenta y dos
minutos, cuarenta y uno segundos Este y una distancia de diez punto
cero metros, lindando por este lado con zona de protección propiedad
de Inversiones Roble, S.A. de C.V., llegando así al esquinero Sur-Este
en donde comenzó la presente descripción. El lote antes descrito tiene
una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS.”
Inscrito dicho inmueble a favor del señor LUIS ALONSO DIAZ con
matrícula número SEIS CERO CERO SEIS CINCO NUEVE CINCO
TRES - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad
de este Departamento.
Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce
horas del día primero de abril de dos mil nueve.- DR. DARIO VILLALTA
BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO
ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011553-2
MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL
DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido
inicialmente por el Abogado JOSÉ RODRIGO AGUILAR GONZÁLEZ,
continuado por la Abogada ANA SILVIA MENJÍVAR MARTÍNEZ,
como Apoderados del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
FUERZA ARMADA, contra la demandada señora SANDRA YANIRA
UMAÑA RIVERA ahora DE NAVIDAD, reclamándole cumplimiento de
obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en
este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un Inmueble
de naturaleza urbana, ubicado en el proyecto URBANIZACIÓN BOS-
QUES DE LA PAZ III ETAPA, LOTE NÚMERO SIETE, POLÍGONO
CUARENTA Y UNO, del Municipio de Ilopango, Departamento de San
Salvador, de un área de NOVENTA METROS CUADRADOS, el cual
mide así: AL NORTE Y AL SUR, distancia de seis punto cero cero metros;
AL ORIENTE Y AL PONIENTE, distancia de quince punto cero cero
metros.” El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre de
la demandada señora SANDRA YANIRA UMAÑA RIVERA ahora DE
NAVIDAD, inscrito a la Matrícula Número 60007296-00000, Asiento
5, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección
del Centro, de este Departamento.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once
horas con treinta y cinco minutos del día diecisiete de abril del año dos
mil nueve.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL.- LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011554-2
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE RODRIGO AGUILAR
GONZALEZ y continuado por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR
MARTINEZ, ambos como Apoderados del INSTITUTO DE PREVI-
SIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia “IPSFA”,
Institución Autónoma de Derecho Público, de Crédito, de este domicilio
y del de Santa Tecla, contra el señor OSCAR DAGOBERTO RAMIREZ
AVILES, quien es mayor de edad, Empleado, del domicilio de Santa
Ana, actualmente de domicilio ignorado, representado por su Curador
Ad Litem Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, reclamándole
cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública
Subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: “Cua-
renta y una Poniente, Barrio San Antonio, Santa Ana, inmueble que se
denominará LOTE DOS, partiendo del punto de intersección de los ejes
de la carretera que de Santa Ana conduce a Sonsonate y la Cuarenta y
Una Calle Poniente, se mide una distancia de sesenta y cuatro punto
cincuenta metros, sobre el eje de este último, luego se gira una deflexión
izquierda de noventa grados cero cero minutos cero cero segundos y con
distancia de ocho metros, se localiza el esquinero marcado como mojón
número uno que es donde inicia la presente descripción técnica. LIN-
DERO SUR: A partir del mojón número uno, con rumbo Norte ochenta
grados cero cero minutos cero cero segundos Oeste con distancia de cinco
punto cincuenta metros, se localiza el mojón número dos, colindando
con inmueble propiedad del Bachiller Juan Chacón Navas, Cuarenta y
Una Calle Poniente de por medio. LINDERO PONIENTE: A partir del
mojón número dos, con rumbo Norte diez grados cero cero minutos cero
cero segundos Este, con distancia de quince metros, se localiza el mojón
número tres, colindando con terreno general de donde se desmembra
esta porción. LINDERO NORTE: A partir del mojón número tres, con
rumbo Sur ochenta grados cero cero minutos cero cero segundos Este, con
distancia de cinco punto cincuenta metros se localiza el mojón número
cuatro, colindando con terreno general de donde se desmembra esta
porción. LINDERO ORIENTE: A partir del mojón número cuatro con
rumbo Sur diez grados cero cero minutos cero cero segundos Oeste, con
distancia de quince metros se localiza el mojón número uno colindando
con el denominado lote número uno también desmembrado de terreno
general. Teniendo el terreno antes descrito un área de OCHENTA Y
DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes
a CIENTO DIECIOCHO PUNTO CERO CUATRO VARAS CUA-
DRADAS, conteniendo construcción de TREINTA Y SEIS PUNTO
OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de sistema mixto.”
El inmueble antes descrito está inscrito a favor del señor OSCAR
DAGOBERTO RAMIREZ AVILES, bajo la Matrícula Número DOS
CERO CERO TRES CERO SIETE DOS SEIS – CERO CERO CERO
CERO CERO, bajo el Asiento de Inscripción UNO, del Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Santa Ana.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once
horas del día trece de mayo de dos mil ocho.- DR. JOSE MANUEL
MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX
ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011555-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
promovida en este Juzgado, por el LICENCIADO OSCAR ALBERTO
PACHECO CORDERO y continuado por el LICENCIADO JOSE
RODRIGO AGUILAR GONZALEZ, y luego por la LICENCIADA
ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, todos como Apoderados del
INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA,
abreviadamente IPSFA, contra el señor JUAN ANTONIO REYES PAZ,
se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado, en fecha y por
el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado
siguiente: “Un lote de terreno hoy urbano, situado en FINCA VENECIA,
propiamente dicha, del Tablón llamado EL COCAL, JURISDICCIÓN
DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, que
forma parte de la Urbanización Las Margaritas, de su propiedad, lote
marcado con el NUMERO TRESCIENTOS DIECISEIS DEL POLIGO-
NO "G" de la referida urbanización que tiene la descripción particular
siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de Pasaje A Norte y
Pasaje Diez Oriente abiertos en la urbanización; se mide sobre el eje de
este último con rumbo norte ochenta y cuatro grados veinticinco punto
tres minutos oeste una distancia de cuarenta y dos punto cincuenta
metros. De este punto haciendo una deflexión izquierda con rumbo sur
cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos oeste y distancia
de dos punto cincuenta metros, se llega al mojón número uno, esquina
nor-oriente del lote que se describe así: AL ORIENTE, partiendo del
mojón número uno con rumbo sur cero cinco grados treinta y cuatro
punto siete minutos oeste y distancia de doce punto cero cero metros
se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote número
trescientos diecisiete, polígono G de la misma urbanización; AL SUR, del
mojón número dos con rumbo norte ochenta y cuatro grados veinticinco
punto tres minutos oeste y distancia de cinco punto cero cero metros
se llega al mojón número tres, lindando por este lado con lote número
doscientos sesenta y nueve, polígono G de la misma urbanización; AL
PONIENTE, del mojón número tres con rumbo norte cero cinco grados
treinta y cuatro punto siete minutos este y distancia de doce punto cero
cero metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con
lote número trescientos quince, polígono G de la misma Urbanización;
AL NORTE, del mojón número cuatro con rumbo sur ochenta y cuatro
grados veinticinco punto tres minutos oeste y distancia de cinco punto
cero cero metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente
descripción, lindando por este lado con lote número trescientos treinta y
tres, polígono G de la misma urbanización, pasaje diez oriente de cinco
punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote descrito tiene un
área de sesenta punto cero cero metros cuadrados equivalentes a ochenta
y cinco punto noventa y cinco varas cuadradas. En él se encuentra cons-
truida una casa de sistema mixto de un área de CUARENTA Y TRES
PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. El inmueble antes
descrito está inscrito a favor del demandado señor Juan Antonio Reyes
Paz, bajo la Matrícula Número 60125586-00000, DEL REGISTRO DE
LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION
DEL CENTRO, DE ESTE DEPARTAMENTO.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las nueve horas del día doce de noviembre del dos mil
ocho.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE
LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE
ALAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011556-2
SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
DE ESTE MUNICIPIO,
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-
ción promovida en este Juzgado, inicialmente por el Licenciado JOSE
RODRIGO AGUILAR GONZALEZ y continuado por la Licenciada ANA
SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, ambos Apoderados del INSTITUTO
DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia
"IPSFA", contra la señora EVELYN ELIZABETH BENÍTEZ TURCIOS,
se venderá en pública subasta, en este mismo Juzgado, en fecha y por
el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado
siguiente: “UN INMUEBLE DE NATURALEZA RUSTICO, situado
en el lugar denominado "LOS POTREROS", jurisdicción de Mejicanos,
en el cual se ha construido la "Lotificación Mireya Segunda", lote de una
extensión superficial de DOSCIENTOS ONCE METROS CUADRA-
DOS DOCE DECIMETROS CUADRADOS, marcado en el plano de
lotificación respectivo con el número SEIS del Block “G”, que mide y
linda: AL NORTE, diez metros diez centímetros, con lote número cuatro
del block "G"; AL ORIENTE, veinte metros ochenta centímetros, con
lote número siete del mismo Block; AL SUR, diez metros veinticinco
centímetros, con lotes números quince y dieciséis del block "D", calle
y terreno para aceras a cada lado de ésta, respectivamente de siete me-
tros y dos metros cincuenta centímetros de ancho de por medio; y AL
PONIENTE, veinte metros setenta centímetros, con lote número cinco
del referido Block "G". Todos los lotes colindantes son o han sido de
propiedad del señor Juan Ramón Padilla y han formado parte de la misma
lotificación." Inmueble inscrito a favor de la demandada señora Evelyn
Elizabeth Benítez Turcios, bajo la Matrícula Número 60158947-00000
DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA
PRIMERA SECCION DEL CENTRO, DE ESTE DEPARTAMEN-
TO.
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.
LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN
SALVADOR, a las nueve horas y treinta minutos del día veinticuatro de
abril del dos mil nueve.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES
CACERES DE ALAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011557-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS
AVISO
El Infrascrito Director Presidente de la Sociedad CEDESALVA, S.A. DE C.V., con domicilio en esta ciudad con dirección en Calle Huizúcar, número quince, San Salvador, inscrita al número VEINTITRES del Libro OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE de Sociedades del Registro de Comercio, al público para los efectos de Ley.
AVISA: Que a solicitud de la Doctora FLORITCHICA AI LIU VALLADARES, actuando en representación de los señores TRANSITO ELFIDIO HERNÁNDEZ y MONICA CAROLINA HERNANDEZ, ha solicitado a esta Sociedad se le repongan los Certificados de las siguientes acciones propiedad de sus representados así:
Certificados Números
17 5 ACCIONES DE 81 AL 85
18 5 " " 86 AL 90
19 5 " " 91 AL 95
20 5 " " 96 AL 100
67 133 " " 1016 AL 1148
Las cuales son propiedad del señor TRANSITO ELFIDIO HER-NÁNDEZ.
Y los certificados Números
29 5 ACCIONES DE 141 AL 145
30 5 " " 146 AL 150
31 5 " " 151 AL 155
32 5 " " 156 AL 160
44 7 " " 788 AL 794
56 6 " " 795 AL 800
Las cuales son propiedad de MONICA CAROLINA HERNANDEZ, y de conformidad a lo establecido en la escritura pública de constitución de dicha sociedad en la Cláusula Décima Sexta y al Art. 486 del Código de Comercio.
Se hace del conocimiento del público para los efectos legales correspondientes.
LIBRADO en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día once de junio del año dos mil nueve.
MARIO ANTONIO AGUILAR,
DIRECTOR PRESIDENTE.
CEDESALVA, S.A. DE C.V.
3 v. alt. No. F011464-2
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 Carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 004PLA000003040, solicitando la re-
posición de dicho CERTIFICADO por MIL TRESCIENTOS SETENTA
Y UNO 43/100 (US$1,371.43).
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efecto legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el Certificado en referencia.
Santa Ana, viernes 29 de mayo de 2009.
LORENA ELIZABETH DE ARGUETA,
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA
AGENCIA SANTA ANA
CENTRO.
3 v. alt. No. F011465-2
AVISO
Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.
COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 Carretera
a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 113244, solicitando la reposición de
dicho CERTIFICADO por MIL TRESCIENTOS TRECE 21/100
(US$ 1,313.21) DEPOSITO A PLAZO No. 012PLA000002949.
En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público
en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días
después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna
oposición, se procederá a reponer el Certificado en referencia.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SAN SALVADOR, jueves 11 de junio de 2009.
BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,
AGENCIA ESCALON.
3 v. alt. No. F011542-2
EMBlEMaS
No. de Expediente: 2009091510
No. de Presentación: 20090119639
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIA AMADA
SARAVIA VELA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de
PANDA EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-
BLE que se abrevia: PANDA EXPRESS, S.A. DE C.V., de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,
Consistente en: una figura que se identifica como la cara y manos
de un oso panda caricaturizado, que servirá para: IDENTIFICAR UNA
EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A LA ELABORACION,
COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE COMIDA CHINA.
La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de junio del año dos mil nueve.
LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011450-2
Marca DE SErVicioS
No. de Expediente: 2009093191
No. de Presentación: 20090122771
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO
ANTONIO LARA SOSA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su
calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE
SERVICIOS,
Consistente en: la palabra CONEXIÓN y diseño, que servirá para:
AMPARAR: CAPACITACIONES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, catorce de mayo del año dos mil nueve.
GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,
REGISTRADOR.
SAYONARA AYALA DE GUERRERO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031312-2
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383
acEPTacioN DE HErENcia
LICENCIADO ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ
MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE
ARMENIA.-
HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado a las
catorce horas con cuarenta minutos de este día, se emitió resolución en la
cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la
herencia intestada dejada por el causante FERMIN DE JESUS CARIAS
RIVAS, quien falleció en el Hospital Nacional Jorge Mazzini de la Ciudad
de Sonsonate, a las dieciocho horas del día diecisiete de marzo del año
dos mil seis, siendo esta Ciudad su último lugar de domicilio, de parte del
señor Fermín de Jesús Carías Flores, en su calidad de Padre y Cesionario
de los Derechos Hereditarios que le correspondían a las señoras NORA
ELSY MUNDO DE CARIAS y VICTORIA RIVAS, la primera en el
concepto de cónyuge y la segunda como madre sobreviviente del expresado
Causante. SE LE HA CONFERIDO AL HEREDERO DECLARADO
EN LOS CONCEPTOS ANTES INDICADOS LA ADMINISTRACION
Y REPRESENTACIÓN INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS
FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA
HERENCIA YACENTE.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a los vein-
ticuatro días del mes de septiembre del año dos mil ocho.- Enmenda-
do- la-Vale.- LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ
MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RAFAEL ANTO-
NIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031277-3
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.
HACE SABER: Que a las diez horas con treinta minutos de este
día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y
con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó
el señor GUSTAVO ADOLFO ÁNGEL GIRON, quien falleció el día
dieciséis de junio del año mil novecientos noventa y tres, en el Barrio
"El Calvario" de la ciudad de Tepecoyo, Departamento de La Libertad,
siendo la ciudad de Tepecoyo, el lugar de su último domicilio; de parte
de las señoras ARACELY CRISTINA ÁNGEL GUZMAN, REYNA
GUADALUPE ÁNGEL DE MERCADO y CELINA LIZETH ÁNGEL
GUZMAN en sus conceptos de hijas sobrevivientes del causante.
SE LES HA CONFERIDO A LAS HEREDERAS DECLARADAS
EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINSTRACION
Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS
FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA
HERENCIA YACENTE.
Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de
Armenia, a los once días del mesde junio del año dos mil nueve. LIC.
ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE
PRIMERA INSTANCIA. LIC. JULIO CESAR SANCHEZ ESPAÑA,
SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. C031278-3
DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-
TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las diez
horas treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresa-
mente y con beneficio de inventario de parte del señor REMBERTO
REINALDO AGUILAR RODRIGUEZ, en calidad de cesionario de
los derechos hereditarios que les correspondían a la señora MARIA
MARGARITA MURCIA DE HENRIQUEZ, en concepto de sobrina
del causante señor PERFECTO DE DOLORES MORAN, por medio de
su Apoderada General Judicial Licenciada MARIA ELENA NOEMY
RAMIREZ AYALA, de la herencia intestada, dejada a su defunción
por el referido causante, quien falleció a la edad de sesenta y tres años
de edad, a las once horas cuarenta minutos del día veinticinco de no-
viembre de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón San Antonio,
de esta Jurisdicción, a causa de ulcera, sin asistencia médica, hijo de
Carmen Morán y Serapia Cartagena, del domicilio de San Juan Opico,
de Nacionalidad Salvadoreña, siendo esta Ciudad su último domicilio,
en concepto relacionado. Confiriéndosele al aceptante expresado en el
concepto indicado la administración y representación INTERINAS de
la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para
que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días
subsiguientes a la publicación de este edicto.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
Ley.
de tercera publicación
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las
diez horas treinta y cinco minutos del día veintiocho de mayo del año
dos mil nueve. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA
FLORES, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031279-3
LUIS SALVADOR PEÑA , Juez de lo Civil de este distrito judicial, al
público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución del presente mes, de las diez
horas y treinta minutos del día nueve se ha tenido por aceptada expre-
samente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su
defunción dejó la causante FELIPA AZUCENA, o FELIPA AZUCENA
DE AZUCAR, FELIPA RUIZ y FELIPA AZUCENA VIUDA DE AZU-
CAR, quien falleció el día veintiocho de diciembre de mil novecientos
noventa y seis, en el Barrio El Centro de San Luis La Herradura, su
último domicilio, por parte de CARLOS ALBERTO AZUCENA, JORGE
ALBERTO RUIZ, ROSARIO DEL CARMEN AZUCAR AZUCENA
o ROSARIO DEL CARMEN AZUCENA en concepto de hijos de la
causante; se ha nombrado a los aceptantes interinamente, administradores
y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los
curadores de la Herencia Yacente.
Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia para que
dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la
tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.
JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, nueve de junio de dos mil
nueve. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE
ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011176-3
DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince
minutos del día dos de junio del año dos mil nueve, se ha tenido por
aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de NORA
ELIZABETH ROMERO DE RODRIGUEZ, la herencia intestada que
a su defunción dejó el causante señor JUAN RAMON RODRIGUEZ
GARCIA, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, mecánico, fallecido
a las veintitrés horas doce minutos del día veintiséis de febrero del año
dos mil nueve, en el Hospital Santa Gertrudis, de esta ciudad, lugar de
su último domicilio, por sí en concepto de cónyuge sobreviviente del
causante, además, como cesionaria de los derechos hereditarios que en
la sucesión del causante, les correspondía a los jóvenes JUAN CARLOS
y LUIS ENRIQUE, ambos de apellido RODRIGUEZ ROMERO, y al
señor LUIS ALONZO RODRIGUEZ o LUIS ALONSO RODRIGUEZ,
los dos primeros en calidad de hijos del causante, y el tercero en calidad
de padre el referido causante.
Y se ha nombrado a la aceptante en las calidades antes expresadas,
administradora y representante interina de la sucesión, con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas
veinte minutos del día dos de junio del año dos mil nueve. DRA. ANA
FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL
RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011196-3
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial.
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a
las nueve horas con dieciséis minutos del día doce de Octubre del año
dos mil siete.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la
Ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la Ciudad de Santo
Tomás, Departamento de San Salvador, el día cinco de junio del año
dos mil uno, dejó el causante JOSE CESAR MARENCO FLORES,
conocido por JOSE CESAR NICOLAS MARENCO SEZZGO, JOSE
CESAR MARENCO, JOSE CESAR NICOLAS MARENCO FLORES
y por JOSE CESAR NICOLAS MARENCO, de parte de la señora
AMALIA CONCEPCION AVALOS DE MARENCO, conocida por
AMALIA CONCEPCION AVALOS SALVADOR, en su calidad de
cónyuge sobreviviente del causante en mención.- Se ha conferido a la
aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con
las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días contados a partir del
siguiente al de la tercera publicación de este edicto, concurran a este
tribunal a hacer uso de su derecho.-
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.-
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las catorce horas y cincuenta minutos del
día tres de Junio del año dos mil nueve. DR. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011198-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO JUEZ. AL PUBLICO: para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta
minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-
ficio de inventario en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor
CONCEPCION MEJIA BADO, conocido por CONCEPCION MEJIA,
el día cuatro de Octubre de mil novecientos ochenta, en el Cantón San
Marcos Lempa de esta Jurisdicción, siendo éste su último domicilio, de
parte de la señora ADELINA CASTRO MEJIA, en su calidad de hija
del causante.-
Confiérasele a la aceptante la Administración y Representación
Interina de la sucesión testada con las facultades y restricciones de
Ley.-
Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que
se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en
el término de Ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los ocho
días del mes de Junio de dos mil nueve.- LIC. MANUEL DE JESUS
SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. SILVIA YANETH
MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011200-3
Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,
departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.
HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince
horas y treinta minutos del día cinco de mayo del corriente año; se tuvo
por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia
que al fallecer el día uno de julio de mil novecientos setenta y cinco,
en el Cantón Pueblo de la Jurisdicción de Polorós, departamento de La
Unión, siendo su último domicilio la Villa de Polorós, dejara el causante
Eleuterio Alvarado conocido por Eleterio Alvarado y por Eleuterio Al-
varado Méndez, a la heredera María Reyes conocida por María Eduviges
Reyes, en concepto de hija del causante y además como Cesionaria de
los derechos hereditarios que en la referida sucesión le correspondían
a los señores María Rosaura Reyes de Acosta, Jesús Reyes Alvarado,
María Lucinda Alvarado de Hurtado y María Candelaria Alvarado Reyes,
como hijos del referido causante, de conformidad con lo establecido en
los Arts. 988 No 1° y el 1699 del Código Civil.
En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho,
la administración y representación interina de los bienes de la indicada
sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia
yacente.
Librado en el Juzgado de Lo Civil de Santa Rosa de Lima,
departamento de La Unión, a los ocho días de mayo del año dos mil
nueve.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.
LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011213-3
DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO
CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta
minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de Inven-
tario la Herencia INTESTADA, que a su defunción dejó el señor JULIO
ENRIQUE AVILA, conocido por JULIO ENRIQUE AVILA SARAVIA
quien falleció a las diecinueve horas del día ocho de septiembre del año
dos mil seis, en Cantón El Amate, Jurisdicción de San Miguel siendo
ese el lugar de su último domicilio; de parte de la Señora: NORBERTA
EUSEDA DE AVILA conocida por NORBERTA EUCEDA DE AVILA
y por NORBERTA EUSEDA, de cincuenta y siete años de edad, de
oficios domésticos, de este domicilio; portadora de su Documento Único
de Identidad Número cero uno cero cero uno uno seis ocho-nueve; y
con Número de Identificación Tributaria un mil doscientos diecisiete-
dos siete cero cuatro cuatro nueve-cero cero seis-dos; en concepto de
Esposa del causante y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios
que en la sucesión le correspondían a los señores: JULIO ENRIQUE
AVILA EUCEDA, KAREN MARISOL AVILA EUCEDA, BRENDA
DEL TRASITO AVILA EUCEDA, en concepto de hijos del causante; y
la señora MARIA DE LA CRUZ AVILA, conocida por CRUZ AVILA
y por MARIA DE LA CRUZ AVILA GAMEZ, ésta en concepto de
madre del causante.-
Confiérese a la aceptante en el carácter indicado la administra-
ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.
Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las once
horas del día doce de marzo de dos mil nueve.- DR. JUAN RAMON
MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ERNESTO
ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011270-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO,
HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos
del día veinte de junio del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada
expresamente y con beneficio de inventario de la herencia dejada por el
señor EMILIO ORDOÑEZ, quien fue conocido por EMILIO ORDOÑEZ
LEIVA, fallecido el día dieciocho de diciembre del año dos mil seis,
en la ciudad de Santa Ana, siendo la población de Santo Domingo de
Guzmán su último domicilio de parte del señor JUAN SALOMON
MIGUEL AREVALO ORDOÑEZ, en concepto de hijo del causante.
Se ha conferido al aceptante la administración y representación
interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día cuatro
de julio del año dos mil siete.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,
JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE
ESCOBAR, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011278-3
LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL
DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS
EFECTOS DE LEY,
HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día vein-
tiocho de julio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con
beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que
a su defunción dejó la causante señora VIRGINIA LAZO FUENTES,
quien falleció en la Colonia España, a las cinco horas del día trece de
mayo de mil novecientos ochenta y nueve siendo esta ciudad su último
domicilio, de parte de la señora VIRGINIA ELIZABETH ALVAREZ
LAZO, en su carácter de sobrina de la causante.
Confiérase a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-
tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades
y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Y CITA: A todos los que se crean con derecho en la referida he-
rencia a que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días
contados a partir de la última publicación de este edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y
treinta minutos del día veintiocho de julio de dos mil ocho.- LIC. JOSE
HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN
ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011315-3
CARLOS GEOVANY MARTINEZ RAMOS, con oficina Jurídica
situada en Colonia Nueva Acajutla, casa número treinta y ocho, Block
"C", Jurisdicción de Acajutla, Departamento de Sonsonate,
HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída
en la ciudad de Acajutla, Departamento de Sonsonate, a las nueve horas
del día treinta de Julio del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada ex-
presamente y con beneficio de inventario la herencia intestada ocurrida
a las ocho horas treinta minutos en el Hospital Nacional Jorge Manzini
Villacorta, Departamento de Sonsonate, el día veintiséis de Noviembre
del año dos mil siete, dejó el señor JOSE MARIA GOMEZ DIAZ, a la
edad de ochenta y un años de edad, originario de Jucuarán, Departamento
de Usulután y del domicilio de Acajutla, Departamento de Sonsonate,
salvadoreño, casado, hijo de Mónico Gómez y Juana Antonia Díaz, con
asistencia Médica, a consecuencia de Shock Hipovolemico, Sangramiento
tubo Digestivo Superior, de parte de la señora LUCIA MELENDEZ DE
GOMEZ, en su concepto de esposa del causante, habiéndose conferido a
la aceptante la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA
DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores
de la herencia yacente.
Lo que avisa al público para efectos de Ley.
Librado en las oficinas del Notario CARLOS GEOVANY
MARTINEZ RAMOS, en la ciudad de Acajutla, Departamento de
Sonsonate, cuatro de Agosto del año dos mil ocho.
CARLOS GEOVANY MARTINEZ RAMOS,
NOTARIO.
3 v. alt. No. F011318-3
GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio
Judicial,
HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a
las nueve horas y treinta minutos del día veintiocho de Abril del año
dos mil nueve; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio
de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la
Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de San Marcos, su último
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383domicilio, el día seis de septiembre del año dos mil ocho, dejó el causante
HUMBERTO ANTONIO VIGIL SALAS conocido por HUMBERTO
ANTONIO VIGIL, de parte de la señora NATIVIDAD CRUZ VIUDA
DE VIGIL, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante.- Se
ha tenido por repudiado de parte de los señores GLENDA KARINA
VIGIL CRUZ y STANLEY HUMBERTO VIGIL CRUZ, el derecho
que les correspondía en la presente sucesión, en su calidad de hijos del
causante en comento.- Se ha conferido a la aceptante la administración y
representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones
de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,
para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-
guiente, a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal
a hacer usos de sus derechos.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de
ley.
Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-
tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día
trece de Mayo del año dos mil nueve.- DR. GUILLERMO ALFARO
SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011322-3
HErENcia YacENTE
JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA
INSTANCIA,
HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las nueve
horas y treinta minutos de esta fecha, se ha declarado YACENTE LA
HERENCIA de GONZALO FLORES RIVERA, quien fue de ochenta
años de edad, Empleado, fallecido a las once horas del día veintiuno de
septiembre del año mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Joya El
Platanar de esta Población de Atiquizaya, siendo éste su último domicilio,
nombrándose curador para que la represente al Licenciado CHRISTIAN
FRANCISCO MURCIA VALENCIA.
Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.
Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez
horas y cincuenta minutos del día veinticinco de mayo del año dos mil
nueve.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ
SANTILLANA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011309-3
TiTUlo DE ProPiEDaD
EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CINQUERA,
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor Edwin
Alexander Miranda Torres, de veintiocho años de edad, Albañil, de
este domicilio con su Documento Único de Identidad número cero dos
millones ochenta y seis mil doscientos treinta y siete - cuatro, solicitando
Título de Propiedad, de un inmueble de naturaleza urbano situado en
calle principal que conduce de Cinquera a Tejutepeque, de la extensión
superficial de setecientos uno punto ochenta metros cuadrados, de las
medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide veintidós metros,
linda con Inmueble de Anita Fuentes, calle pública de por medio, aunque
erróneamente, en la ficha catastral se relaciona que colinda con el resto
del inmueble del cual se desmembró; AL NORTE: mide veintinueve
punto setenta metros y colinda del resto del Inmueble general del cual se
desmembró, el cual pertenece a José María López López; AL PONIENTE:
mide veintidós metros, linda con la Propiedad de Pedro López Beltrán,
aunque erróneamente, en la Ficha Catastral se relaciona que linda con el
resto del inmueble general del cual se desmembró, el cual pertenece al
señor José María López López, Pared de ladrillo de linderos; y AL SUR:
Treinta y cuatro punto veinte metros linda con propiedad de Miriam de
Peña, aunque erróneamente, en la Ficha Catastral se relaciona que linda
con el resto del inmueble general del cual se desmembró, el cual perte-
nece al señor José María López López, quebrada de por medio. Dicho
Inmueble lo adquirió por compra que le hizo al señor José María López,
por valor de un mil dolares, el inmueble no es dominante, ni sirviente,
no tiene cargas, ni derechos reales que pertenezcan a otra persona con
quien hubiere proindivisión alguna.
Lo que se hace saber al público para efectos de ley.- LIC.
GUILLERMO RIVERA CONTRERAS, ALCALDE MUNICIPAL.-
AURA ISBELIA CUBIAS MEJIA, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011211-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,
HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor: NIXON
ERIS PARADA GUTIERREZ, de cincuenta años de edad, Abogado y
Notario, del domicilio de San Miguel, en su calidad de Apoderado Ge-
neral Judicial con Cláusula Especial del señor NARCISO MEDRANO
REYES, de cuarenta y seis años de edad, Agricultor, de este domicilio,
solicitando Título de Propiedad y Dominio de un solar de Naturaleza
Urbana, situado en Quinta Calle Poniente, en el Barrio El Calvario de
esta Ciudad, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide
treinta y siete metros, noventa centímetros en línea curva colinda con
propiedad de la señora: Rosa Concepción Cruz de Ventura y propiedad
del Titulante, pared de ladrillo de por medio propio del Titulante; AL
NORTE: mide trece metros, treinta centímetros, linda con propiedad
del señor Matías Reyes Benítez, pared de ladrillo de por medio propia
del titulante; AL PONIENTE: mide treinta metros, linda con Propiedad
del señor Carlos Orlando Medrano Paredes, pared de ladrillo de por
medio propia del titulante; y AL SUR: mide trece metros, linda con
propiedad de los señores José Luis Bonilla y Salvador Peña Hernández,
calle pública de por medio.- Lo valora dicho inmueble por la cantidad
de VEINTICINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, dicho inmueble lo adquirió por compra verbal que le hizo
a la señora Petrona Reyes Viuda de Medrano, ya fallecida, en el año de
mil novecientos noventa.
En consecuencia se hace saber para los efectos de Ley.
Alcaldía Municipal de la Ciudad de Anamorós, a los nueve días
del mes de Junio del dos mil nueve.- ISABEL VILLATORO BENITEZ,
ALCALDE MUNICIPAL.- MARIA ELIZABETH ALBERTO DE
FUENTES, SECRETARIA MUNICIPAL.
3 v. alt. No. F011227-3
TiTUlo SUPlETorio
ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado
JOSE RAUL VASQUEZ ARGUETA, actuando en calidad de Apoderado
General Judicial de la señora MARIA ELENA LEIVA, de treinta y seis
años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de San José de la
Fuente, de este Distrito y Departamento, solicitando se le extienda, a
su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza
rústica, situado en el Cantón Chaguitillo, Caserío Los Carbajales, Ju-
risdicción de San José de la Fuente, de este Distrito y Departamento, de
una extensión superficial de SETECIENTOS VEINTINUEVE METROS
CUADRADOS OCHENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS
DIECISIETE DECIMETROS CUADRADOS SETENTA Y CINCO
MILIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: mide
treinta y ocho metros cincuenta y siete centímetros, con propiedad del
señor Oscar Anival Zúniga; AL SUR: mide treinta y siete metros cuarenta
centímetros, colindando con propiedad del señor Antonio Leiva; AL
PONIENTE: mide trece metros sesenta y tres centímetros, colindando
con calle de por medio con propiedad del señor Adán Zúniga; y AL
ORIENTE: mide veinticuatro metros ochenta centímetros, colindando
con propiedad de la señora Fidelia Romano. Dicho terreno lo valúa en
la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTE AMERICA, y lo adquirió por compra, en documento privado
que le hizo a la señora LEONOR LEIVA, el día treinta de enero de dos
mil seis.
Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del
mes de abril de dos mil ocho.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES
BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031262-3
Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo
de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos
de Ley,
HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado
JOSE WILFREDO GARCIA GUEVARA, como Apoderado General
Judicial del señor SANTOS ORLANDO CLAROS VILLATORO,
a solicitar a favor de éste, TITULO SUPLETORIO sobre un terreno
de naturaleza rústica situado en el Cantón Sunsulaca, jurisdicción de
Cacaopera, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán de la capaci-
dad superficial de CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS
TREINTA Y UN DECIMETROS VEINTICINCO CENTIMETROS
CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIEN-
TE, treinta y cuatro metros, colinda con terreno de Juan Luna, ahora
de Santos Márquez, calle vecinal de por medio; AL NORTE, veintiún
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383metros cincuenta centímetros, colinda con terreno de Petronila Claros,
calle vecina de por medio; AL PONIENTE, treinta y seis metros treinta
centímetros, colinda con cancha de fútbol, muro de bloque del colindante
de por medio; y AL SUR, seis metros colinda con terreno de la sucesión
de Leonicia Márquez, cerco de piedra de por medio.- Dicho terreno es
inculto, sin contracciones.- El señor CLAROS VILLATORO, adquirió
dicho inmueble por venta de la Posesión Material por Escritura Pública
que le efectuó el señor SANTOS ARCENIO CLAROS MARQUEZ, y
lo valora en la cantidad de SEIS MIL DOLARES.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco
Gotera, a las quince horas y diez minutos del día veinticuatro de Abril de
dos mil nueve.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ
2° DE 1ª INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ
SANCHEZ, SRIA.
3 v. alt. No. C031267-3
Licenciado Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito
Judicial, al público para los efectos de ley,
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor
Santos Lidio Guzmán Velásquez, mayor de edad, Agricultor en pequeño,
del domicilio de Nueva Esparta, por medio del Licenciado Edwin Perla
Prudencio, como Apoderado General Judicial, solicitando título supletorio
de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Talpetate,
jurisdicción de Nueva Esparta, de este Distrito, Departamento de La
Unión, de la capacidad superficial de UN CUARTO DE MANZANA
O SEAN DIECISIETE AREAS CINCUENTA CENTIAREAS, que
linda: al Oriente, treinta y tres punto cincuenta metros, con terreno de
Ignacio Guzmán, cerco de piedra del colindante de por medio; al Norte,
sesenta metros con terreno de Maclovia Guzmán, cerco de piedra de por
medio del colindante; al Poniente, cuarenta y un metros con María Adela
Velásquez, cerco de alambre de por medio propio; y al Sur, cincuenta
y un metros con resto del terreno que le queda al vendedor, cerco de
alambre propio de por medio, en dicho inmueble existe construida una
casa, techo de tejas, paredes de adobe, de diez por seis varas con cocina
de cinco por cinco varas. El inmueble descrito se valora en la cantidad
de diez mil dólares de los Estados Unidos de América, y el terreno lo
adquirió por compraventa hecha al señor David Guzmán, según Escritura
Pública de Posesión Material.
Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento
de La Unión, a los once días del mes de mayo de dos mil nueve.- LIC.
ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.
MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031275-3
EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,
del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos
de ley,
HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licen-
ciada TOMASA OSORIO GONZALES, como Apoderada Judicial
del señor JUAN CRISOSTOMO MENDEZ, a solicitar a su favor TI-
TULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado
en el Caserío Los Méndez, Cantón Varilla Negra, de la Jurisdicción
de Corinto, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de
NUEVE MIL METROS CUADRADOS CON SEISCIENTOS CUATRO
CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:
AL NORTE: ciento veintinueve metros, colinda con Esteban Amaya;
AL ORIENTE: dos tramos, el primero con una distancia de cuarenta
y cinco metros cuadrados y el segundo con cincuenta y cuatro metros
cuadrados y cincuenta y cuatro centímetros, colinda con Enemecia
Amaya; AL SUR: noventa metros cuadrados con ochenta y tres centí-
metros, colinda con Enemecia Amaya; AL PONIENTE: setenta y cinco
metros cuadrados, colinda con Enemecia Amaya.- El inmueble descrito
lo adquirió por compraventa verbal que hizo al señor WENCESLAO
AMAYA; y lo valora en la cantidad de OCHOCIENTOS DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco
Gotera, a las catorce horas del día trece de Mayo del dos mil nueve.-
LICDO. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª
INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011189-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. rENoVaciÓN DE MarcaS
No. de Expediente: 1993002780
No. de Presentación: 20090122028
CLASE: 29.
LA INFRASCRITA REGISTRADORA
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RAMIRO PARADA DIAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de EMPRESAS LACTEAS FOREMOST, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que se abrevia: EMPRESAS LACTEAS FOREMOST, S.A. de C.V., FOREMOST, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00001 del Libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "RICOTA" acompañada de las palabras "QUESO TIPO" de lo cual no se pretende exclusividad, dentro de una figura rectangular en forma circular, de fondo negro y en la parte inferior aparece una franja también de fondo negro, acompañada de una serie de puntos blancos; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.
LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,
REGISTRADORA.
MARIA ISABEL JACO LINARES,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. C031271-3
No. de Expediente: 1998001685
No. de Presentación: 20090121610
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de Grünenthal GmbH, del domicilio de Zieglerstrasse 6, 52078 Aachen, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00210 del Libro 00096 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente
en la palabra "Liberen" en letras minúsculas excepto la letra "L" que es mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HERÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011237-3
No. de Expediente: 1958005936
No. de Presentación: 20080113346
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como NISSAN MOTOR CO., LTD.), del domicilio de 2 Takaracho, kanagawa-ku, Yokohama-shi, kanagawa-ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 05936 del Libro 00024 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra NISSAN; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011239-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 1997002840
No. de Presentación: 20090121533
CLASE: 17.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de VEKA AG, del domicilio de DIESELSTRASSE 8 D-48324 SENDENHORST, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00139 del libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VEKA; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 17 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011241-3
No. de Expediente: 1984001218
No. de Presentación: 20090121674
CLASE: 12.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SEAT, S.A., del domicilio de Autovía A-2, Km. 585,08760-Martorell, Barcelona, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la ins-cripción Número 00006 del Libro 00121 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en una figura rectangular conteniendo la expresión SEAT en que la S tiene 5 rayas diagonales; las letras EA aparecen unidas en su extremo inferior y éstas y la T tienen un corte horizontal en su parte superior; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil
nueve.
LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011242-3
No. de Expediente:1998005893
No. de Presentación: 20090121640
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN
FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN
FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO
Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad
SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de The Procter &
Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE
PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,
de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,
para la inscripción Número 00125 del libro 00091 de INSCRIPCION
DE MARCAS, consistente en la palabra "PRINGLES"; que ampara
productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación
Internacional de Niza.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de
Ley.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-
tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos
mil nueve.
LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,
REGISTRADOR.
LUCIA MARGARITA GALAN,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011303-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Marca DE faBrica
No. de Expediente: 2009092049
No. de Presentación: 20090120774
CLASE: 14.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de JOSE DAMIAN OCAMPO SALAZAR, de nacionalidad
COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
SUN clUB
Consistente en: las palabras SUN CLUB, traducido al castellano
como CLUB DEL SOL, que servirá para: AMPARAR: METALES
PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES Y ARTICULOS DE ESTAS
MATERIAS O DE CHAPADO NO COMPRENDIDAS EN OTRAS
CLASES; JOYERIA, BISUTERIA, PIEDRAS PRECIOSAS; RELO-
JERIA E INSTRUMENTOS CRONOMETRICOS. Clase: 14.
La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031269-3
No. de Expediente: 2009092050
No. de Presentación: 20090120775
CLASE: 18.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO
JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL
JUDICIAL de JOSE DAMIAN OCAMPO SALAZAR, de nacionalidad
COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
SUN clUB
Consistente en: las palabras SUN CLUB, traducido al castellano
como CLUB DEL SOL, que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMI-
TACIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO
COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES;
BAULES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES;
FUSTAS Y GUARNICIONERIA. Clase: 18.
La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031270-3
No. de Expediente: 2009093135
No. de Presentación: 20090122695
CLASE: 25.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSA MARIA
URBINA DE LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad
de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión Jancy Damaris y diseño, que servirá
para: AMPARAR: ROPA INTERIOR Y VESTUARIO. Clase: 25.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, trece de mayo del año dos mil nueve.
Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,
REGISTRADORA.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. C031272-3
No. de Expediente: 2009091761
No. de Presentación: 20090120211
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
de Mantecorp Indústria Química e Farmacéutica Ltda., de nacionalidad
BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y
DE COMERCIO,
Consistente en: la expresión MANTECORP y diseño, que ser-
virá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y
VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICAS PARA USO
MEDICO; SUBSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO
MÉDICO, COMIDA PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL
PARA APOSITOS; MATERIAL PARA IMPRONTAS DENTALES,
CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA
DESTRUIR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.
Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011243-3
No. de Expediente: 2009091760
No. de Presentación: 20090120209
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE
MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO
ESPECIAL de Mantecorp Indústria Química e Farmacéutica Ltda., de
nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE
FABRICA Y DE COMERCIO,
EPiDraT
Consistente en: la palabra EPIDRAT, que servirá para: AMPARAR:
COSMETICOS. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011245-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009091997
No. de Presentación: 20090120674
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR
JOHEL GRIJALVA CERNA, en su calidad de REPRESENTANTE
LEGAL de COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DE BELLEZA,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: las palabras Women's LINE y diseño, que se tra-
ducen al castellano como línea de mujer, que servirá para: AMPARAR:
COSMETICOS, PERFUMERIA, JABON DE TOCADOR Y CREMA
CORPORAL. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, diez de marzo del año dos mil nueve.
Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,
REGISTRADORA.
GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011263-3
No. de Expediente: 2009092764
No. de Presentación: 20090122042
CLASE: 03.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELENA CAM-
POS DE HINDS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de
PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA
Y DE COMERCIO,
Consistente en: la palabra KLINDEQ y diseño, que servirá para:
AMPARAR: PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESEN-
GRASAR. Clase: 03.
La solicitud fue presentada el día veinte de abril del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.
LUIS ALONSO CACERES AMAYA,
REGISTRADOR.
GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011328-3
NoMBrE coMErcial
No. de Expediente: 2009093519
No. de Presentación: 20090123334
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
JOSE CORDOVA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de
CORPORACION DE INVERSIONES TURISTICAS, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION
I.T., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el
registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Hotel Villa San Miguel y diseño,
sobre las palabras San Miguel no se le concede exclusividad, que ser-
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A
SERVICIO DE HOSPEDAJE, VENTA DE ALIMENTOS, BEBIDAS
Y DESARROLLO DE EVENTOS DE TODA CLASE, UBICADO EN
AVENIDA ROOSEVELT NORTE, NUMERO CUATROCIENTOS
SIETE, CIUDAD DE SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL.
La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos
mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la
Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.
San Salvador, ocho de junio del año dos mil nueve.
DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,
REGISTRADOR.
MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,
SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011288-3
No. de Expediente: 2009092464
No. de Presentación: 20090121521
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO
JOSE CORDOVA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO
GENERAL JUDICIAL de INVERSIONES CARDUMEN, SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-
REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: las palabras Puerta del Sol BAR- RESTAURANTE
y diseño, sobre las palabras BAR - RESTAURANTE no se le concede
exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIEN-
TO DEDICADO A LA VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN
TODAS SUS VARIEDADES, UBICADO EN LA CUARTA CALLE
ORIENTE Y TERCERA AVENIDA NORTE, BARRIO EL CENTRO
DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE SAN
MIGUEL.
La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil
nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil nueve.
MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,
REGISTRADOR.
JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011290-3
No. de Expediente: 2009091964
No. de Presentación: 20090120542
EL INFRASCRITO REGISTRADOR
HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NATALIA LISSETTE RODRIGUEZ CHINCHILLA, en su calidad de APODERA-DO ESPECIAL de DIHARE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,
Consistente en: la expresión SUPER TIENDA El Baratillo San Antonio y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA INDUSTRIAL O DE SERVICIOS DEDICADA A LA COMERCIA-LIZACION DE PRODUCTOS DE LA CANASTA BASICA, DE LIM-PIEZA, DE HIGIENE PERSONAL, Y PRODUCTOS MISCELANEOS, UBICADO EN CALLE MORAZAN NUMERO 36 BARRIO EL CAL-VARIO, JURISDICCION DE CHALATENANGO, DEPARTAMENTO CHALATENANGO.
La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil nueve.
DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil nueve.
MARIA DAFNE RUIZ,
REGISTRADOR.
MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011300-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. coNVocaToriaS
CONVOCATORIA
La Junta Directiva de la SOCIEDAD DE AUTOBUSES DE ILO-
PANGO, S.A. DE C.V., Convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL
para tratar asuntos de carácter Ordinario a celebrarse en las oficinas
de la sociedad situadas en el kilómetro 15 carretera a Apulo, Caserío
Amatitán, del municipio de Ilopango, del departamento de San Salvador
el día miércoles 15 de julio de dos mil nueve, a las nueve horas.
El quórum legal para celebrar sesión que tratará asuntos de carácter
ordinario, será de la mitad más uno de las acciones de la sociedad y
las resoluciones serán válidas por la mayoría de los votos presentes en
primera convocatoria.
De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día
jueves 16 del mismo mes y año, a la misma hora y el mismo lugar, en
este caso la sesión se llevará a cabo para junta general que resolverá
asuntos ordinarios con cualquiera que sea el número de acciones presentes
o representadas y las resoluciones serán válidas por mayoría de votos
presentes.
La agenda a realizar es la siguiente:
ASUNTOS ORDINARIOS
1- Lectura de acta anterior.
2- Nombramiento de directores propietarios y suplentes por
vencimiento del plazo de la junta directiva.
3- Presentación y aprobación de Estados Financieros del 01 de
enero al de diciembre de 2008.
4- Informe del auditor externo correspondiente al ejercicio
económico, comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre
de 2008.
5- Nombramiento del auditor externo para el 2009.
6- Varios.
Ilopango, 10 de junio de 2009.
PATRICIA LILIANA RODRÍGUEZ RIVERA,
SECRETARIA DEL CONSEJO ADMINISTRACIÓN.
3 v. alt. No. C031273-3
SUBaSTa PÚBlica
JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL
DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-
HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución
seguida en este Tribunal por la señora MARTA ALICIA ESCALANTE
GUZMAN conocida por MARTA ALICIA ESCALANTE GUZMAN
DE MENENDEZ, en su carácter personal, contra el señor CARLOS
ROBERTO MENENDEZ PIMENTEL, mayor de edad, de domici-
lio desconocido, representado por su Curador Ad litem Licenciado
EDUARDO ANTONIO RAMOS ROSALES, reclamándole cantidad
de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en
este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: un Apartamento
identificado con el Número OCHO - A del Edificio D – DOS, del con-
dominio RESIDENCIAL SAN LUIS, localizado en la intersección de
la Avenida Número UNO y Boulevard Universitario de la Urbanización
Residencial San Luis, el área que le corresponde a dicho apartamento es
de una extensión superficial de cincuenta y seis punto treinta metros cua-
drados, equivalentes a ochenta punto cincuenta y cinco varas cuadradas,
la medida cúbica en la construcción del apartamento es de ciento siete
punto cincuenta y seis metros cúbicos, entre el nivel de piso terminado
de la losa y el cielo falso, para la descripción no apoyaremos en el vértice
Nor - Este, ya conocido en la descripción del edificio D - DOS desde el
cual se mide una distancia de veinticuatro metros con rumbo Sur treinta
grados quince punto tres décimas de minutos Oeste, para localizar el
propio vértice Sur Este, del apartamento que a continuación se describe:
AL SUR: línea de dos tramos en diferentes niveles, el primero en cero
más cero cero cero, con una distancia de uno punto noventa y ocho metros
con rumbo Norte cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete
décimas de minutos Oeste, lindando con terreno propiedad de ULTRA,
S.A. DE C.V., al final de esta línea subimos perpendicularmente con
una distancia de dos punto setenta metros y se llega al segundo nivel
cero más dos punto setenta, teniendo este tramo una distancia de seis
punto noventa y dos metros con rumbo Norte cincuenta y nueve grados
cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Oeste, lindando con
espacio aéreo en terreno de ULTRA, S.A. DE C.V. AL PONIENTE:
línea quebrada compuesta por tres tramos, el primero de dos punto
cuarenta y cinco metros con rumbo Norte treinta grados quince punto
tres décimas de minutos Este, el segundo de uno punto diez metros con
rumbo Norte cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete
décimas de minutos Oeste, el tercero de tres punto cero cinco metros con
rumbo Norte treinta grados quince punto tres décimas de minutos Este
lindando con espacio aéreo en terreno de ULTRA, S.A. DE C.V.; AL
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383NORTE: línea quebrada compuesta por cuatro tramos, estando los tres
primeros en el nivel cero más dos punto setenta y miden el primero dos
punto cincuenta y dos metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados
cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, el segundo de
cero punto cuarenta y cinco metros con rumbo Norte treinta grados
quince punto tres décimas de minutos Oeste, el tercero de cinco punto
cincuenta metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados cuarenta y
cuatro punto siete décimas de minutos Este, lindando en estos tres tramos
con el apartamento número SIETE - A del mismo Edificio D – DOS,
pared medianera de por medio, al final del tercer tramo descrito bajamos
perpendicularmente con una distancia de dos punto setenta metros y se
llega al nivel cero más cero cero cero, donde se continúa con una distancia
de uno punto noventa y ocho metros con rumbo Sur cincuenta y nueve
grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, lindando
con el jardín del apartamento número siete- A, del mismo edificio D - dos,
tapial medianero de por medio; AL ORIENTE: distancia de seis metros
con rumbo Sur treinta grados quince punto tres décimas de minutos
Oeste, lindando con jardín del apartamento número DIECISÉIS - A del
Edificio D - CUATRO tapial medianero de por medio. Por la parte baja
o piso linda con el apartamento número ocho, del mismo Edificio, obra
gruesa de por medio y por la parte alta o cielo falso, con espacio aéreo
techo de por medio.-
El inmueble anteriormente descrito está inscrito en un cincuenta por
ciento a favor del señor CARLOS ROBERTO MENENDEZ PIMENTEL
bajo la Matrícula Número SEIS CERO CERO UNO CINCO SIETE DOS
UNO-A CERO UNO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz
e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento.-
Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-
Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las
catorce y quince minutos del día dos de Junio de dos mil nueve.- DR.
JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.
BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011199-3
MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-
TRITO.-
HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por
el Licenciado Federico Guillermo Jiménez Rodríguez como Apoderado
General Judicial del Banco Agrícola, Sociedad Anónima contra la señora
Rosali Hortensia Contreras de Arias conocida por Rosali Hortensia
Contreras Huto, se venderá en este Juzgado en pública subasta y en
fecha oportuna el siguiente inmueble: Un lote de terreno desmembrado
de una finca rústica llamada El Carmen, situada en jurisdicción de esta
ciudad y a inmediaciones Nahulingo, de este departamento, denomina-
do como LOTE NUMERO DOS DEL BLOCK “H” de la Lotificación
El Carmen, de una superficie de Doscientos cincuenta y Cuatro punto
treinta y seis metros cuadrados, equivalentes a trescientos sesenta y tres
punto noventa y cinco varas cuadradas, el cual mide y linda: al NORTE,
veinticuatro punto treinta y siete metros, linda con lote uno del block H;
al ORIENTE, diez punto diez metros linda con resto de la Lotificación;
al SUR, veintiséis punto veinticinco metros linda con lote tres del Block
H y al PONIENTE, diez metros, linda con lote dieciséis del polígono H,
pasaje tres de por medio.- Todos los lotes colindantes forman parte del
inmueble de donde se desmembró el que se describe propiedad del señor
Mario Enrique Rodríguez Inclan conocido por Mario Enrique Inclan y
por Mario Inclan.- Inscrito a favor de la ejecutada bajo el número UNO
CERO CERO CERO DOS UNO OCHO CERO-CERO CERO CERO
CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este
Departamento.-
Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-
Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día veintiséis
de marzo del dos mil nueve.- DR. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ
DE LO CIVIL. LIC. ELSA DEL MILAGRO PILIA DE CASTILLO,
SECRETARIO INTERINO.
3 v. alt. No. F011272-3
EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este
Distrito Judicial, al público en general,
HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido
en este Tribunal por el Licenciado JOSÉ LUIS ARIAS LÓPEZ, mayor
de edad, Abogado y de este domicilio, actuando como Apoderado Ge-
neral Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de
este domicilio, contra el señor OSCAR ARMANDO ROJAS, mayor de
edad, Topógrafo, del domicilio de San Miguel, Departamento de San
Miguel, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta en fecha que
más adelante se especificará, un inmueble urbano situado al final de la
Octava Calle Poniente, Cantón Jalacatal, Jurisdicción de San Miguel,
marcado como LOTE SEIS DEL POLÍGONO VEINTE-C, SENDA
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DIECIOCHO, DE LA URBANIZACIÓN CIUDAD PACIFICA, ETAPA
TRES, de la extensión superficial de SETENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE, cinco metros: AL
SUR, cinco metros: AL ORIENTE, quince metros: AL PONIENTE,
quince metros, con un área de construcción de CUARENTA Y CINCO
PUNTO OCHO METROS CUADRADOS. Inmueble inscrito a favor
del señor OSCAR ARMANDO ROJAS, en el Sistema de Información
de Registro y Catastro, bajo la Matrícula Número OCHO CERO CERO
CERO OCHO SEIS CERO TRES - CERO CERO CERO CERO CERO,
del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de
Oriente, Departamento de San Miguel.
Se admitirán posturas siendo legales.
Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las
nueve horas del día cinco de junio de dos mil nueve. LIC. JOSÉ MARÍA
ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. LIC.
DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011311-3
LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ
PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
HACE SABER; Al público para los efectos de ley; que en el
Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRÍCOLA, SO-
CIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia BANCO AGRÍCOLA, S.A., y
cuyos nombres comerciales son: BANCO AGRICOLA COMERCIAL
DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL; BANCO
AGRÍCOLA o solamente EL AGRÍCOLA y con sus siglas BAC, contra
los señores JOAQUIN BURUCA FLORES conocido por JOAQUIN
BURUCA, por JOAQUIN FLORES BURUCA y por JOAQUIN FLO-
RES e IVAN ALEXANDER FLORES CONTRERAS, reclamándole
cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta
en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien
inmueble embargado siguiente: Un inmueble de naturaleza rústico, hoy
en urbanización situado en el Cantón El Jute; de la Jurisdicción, Distrito
y Departamento de San Miguel, cuya, descripción Técnica es la siguiente:
partiendo de la intersección de los ejes de calle que conduce a Hacienda
Los Torres, y carretera que conduce a Usulután y que con una distancia
de ochenta y ocho punto setenta metros y rumbo Norte catorce grados
treinta y dos minutos treinta y ocho segundos Oeste, se llega a un punto
con deflexión derecha a noventa grados y una distancia de once punto
cero cero metros, se llega al vértice Nor- poniente que mide y linda:
AL COSTADO NORTE, consta de un solo tramo que mide noventa
y cinco punto cuarenta y cuatro metros y rumbo Sur ochenta y ocho
grados, veinte minutos cero dos segundos Este y colinda con la señora
Nely Concepción Guevara y cerco con postes de concreto y alambre de
púa de por medio, AL COSTADO ORIENTE: consta de dos tramos; el
primer tramo mide veintinueve punto once metros y rumbo Sur cero dos
grados cincuenta minutos cero siete segundos Este, el segundo tramo
mide quince punto cero dos metros y rumbo Sur: cero cinco grados
cero nueve minutos trece segundos Este, y colinda con el señor Andres
Navarro y cerco con poste de concreto y alambre de púa de por medio,
AL COSTADO SUR: consta de tres tramos, el primer tramo mide
veintiocho metros punto setenta metros y rumbo Norte sesenta y ocho
grados cuarenta y seis minutos veintiséis segundos Oeste; el segundo
tramo mide: veintisiete punto ochenta y tres metros y rumbo setenta y
cuatro grados cincuenta y tres minutos veinte segundos Oeste: el tercer
tramo mide: treinta y cuatro punto veinte metros y rumbo Norte ochenta
y cuatro grados cero seis minutos veintiséis segundos Oeste, y colindan
con resto de la Propiedad del Señor ROBERTO GUARDADO y NORA
MABEL MARTÍNEZ, AL COSTADO PONIENTE, consta de un solo
tramo, que mide treinta y ocho punto noventa y seis metros y rumbo Norte
quince grados cero un minutos cero cinco segundos Oeste y colinda con
la señora JULIA DEL CID y carretera que conduce a Usulután de por
medio. Dicha propiedad tiene una capacidad superficial de TRES MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y
CINCO METROS CUADRADOS, inscrito a favor del señor JOAQUIN
FLORES BURUCA conocido por JOAQUÍN FLORES, bajo la matrícula
número OCHO CERO CERO DOS TRES TRES NUEVE SEIS GUIÓN
CERO CERO CERO CERO CERO.
Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la
subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad
Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de
libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u
otro documento similar.
Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San
Salvador, a las nueve horas del día ocho de enero de dos mil nueve. LIC.
MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO
DE LO MERCANTIL. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,
SECRETARIO.
3 v. alt. No. F011312-3
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL
132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-
DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-
HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el
Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PÉREZ como Apoderado
General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra
del señor JOSE WILFREDO BONILLA NAVARRO, se venderá en
pública subasta el inmueble que se describe: “Un lote de terreno urbano
y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el
número TREINTA DEL POLÍGONO CINCO GUION A, SENDA
TRES, de una extensión superficial de SETENTA PUNTO CERO CERO
METROS CUADRADOS. - Dicho lote forma parte de la Urbanización
denominada CIUDAD PACIFICA, situada en final de la Octava Calle
Poniente, Cantón Jalacatal, Jurisdicción de San Miguel, Departamento de
San Miguel, cuyas medidas son las siguientes: AL NORTE, cinco metros;
AL SUR, cinco metros; AL ORIENTE, catorce metros; AL PONIENTE,
catorce metros, contiene un área construida de VEINTINUEVE PUNTO
CINCUENTA METROS CUADRADOS.- Inscrito a favor del deudor
señor JOSE WILFREDO BONILLA NAVARRO en el Registro de la
Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la
matrícula OCHO CERO UNO DOS CINCO DOS UNO CUATRO del
Sistema de Folio Real Automatizado”.
Lo que se hace de conocimiento del público para los efectos de
ley.
Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas cinco
minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil nueve.- DRA. MARÍA
ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ DSEGUNDO DE
LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011324-3
aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio
En Asamblea General de Propietarios del Condominio Parque Residen-
cial "RIVERSIDE NORTH", celebrada en la ciudad de San Miguel, a
las quince horas con treinta minutos del día dieciséis de mayo del año
dos mil nueve, en cumplimiento a las formalidades de ley fue electo el
nuevo Administrador del CONDOMINIO, recayendo dicho cargo sobre
el Licenciado SANDRO ALEXANDER REYES JIMENEZ, quien estará
en funciones por un año, contando a partir de su nombramiento y para
efectos de darle cumplimiento a lo establecido en el Art. 31 de la Ley
de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos, publíquese tal
designación por tres veces en el Diario Oficial.
San Miguel, a dieciséis días del mes de mayo del año dos mil
nueve.
LIC. SANDRO ALEXANDER REYES JIMENEZ,
ADMINISTRADOR ENTRANTE.
ING. JULIO CESAR COELLO AYALA,
ADMINISTRADOR SALIENTE.
3 v. c. No. F011471-3
oTroS
LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE
CHINAMECA.-
HACE SABER: Que con fecha cinco de julio del dos mil uno,
se presentó a este Tribunal la señora María Isabel Flores de Paredes,
de sesenta y nueve años de edad, Profesora de Educación Básica, del
domicilio de San Rafael Oriente, portadora de su Cédula de Identidad
Personal número tres-siete-cero cero tres mil quinientos cinco, a solicitar
la Reposición de las Diligencias de Aceptación de Herencia de los bienes
que a su defunción dejó la señora María Fidelia Sagastizado Quintani-
lla, conocida por Fidelina Sagastizado viuda de Flores, por medio del
Doctor José Ángel Infantozzi, como Apoderado General Judicial de
los señores Francisco Victorino Flores, Santana del Carmen Flores,
conocida por Carmen Flores, Heriberto de Jesús Flores, María Cande-
laria Flores, conocida por Candelaria Flores de Orellana, José Inocente
Flores, Samuel Isidro Flores, María de la Paz Flores de Arévalo, María
Isabel Flores de Paredes, José Santos Flores, conocido por José Santos
Flores Sagastizado, Noé Flores, conocido por Noé Flores Sagastizado,
y David Moisés Flores; por haberse quemado en el incendio ocurrido
el día veintitrés de septiembre de mil novecientos ochenta y tres, por lo
que se le hace del conocimiento del público para que dentro del término
de ley se presenten a deducir sus derechos.
LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las
trece horas del día ocho de junio de dos mil nueve. Licda. DINORA DEL
CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.
Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.
3 v. alt. No. F011180-3
Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.
DIAIR
IO O
FICIA
L SOLO
PARA C
ONSULTA
NO TIE
NE VALI
DEZ LE
GAL