diario oficial. - san salvador, 24 de junio de 2009 ... · 10-11 12-15 16-17 18-19 pág. 20 21-35...

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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 383 SAN SALVADOR, MIERCOLES 24 DE JUNIO DE 2009 NUMERO 116 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4-10 10-11 12-15 16-17 18-19 Pág. 20 21-35 36 36 36 36 37 37 37-38 38 39 39 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-1791, 15-1792, 15-1793, 15-1794 y 15-1795.- Se autoriza la implementación de carreras técnicas, articuladas con bachilleratos técnicos vocacionales. ................. Acuerdos Nos. 15-0023, 15-0686, 15-0689, 15-0690 y 15-0632.- Equivalencias y reconocimiento de estudios académicos. ................................................................................ MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 64.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca ante notario a otorgar las diligencias de remedición de inmueble. .................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 306-D, 460-D, 461-D, 525-D, 556-D, 584-D, 613-D y 647-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas...................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria de amnistía tributaria para la exoneración de los intereses y multas producto de las tasas e impuestos municipales de Ciudad Delgado. ........................... Decreto No. 23.- Reclasifícase el presupuesto municipal de la ciudad de San Salvador. ......................................................... Estatutos de las Asociaciones de “Desarrollo Comunal Cantón San José La Instancia”, “Desarrollo Comunal Cantón San José Los Solares” y “Comunal Administradora del Sistema de Agua Potable del Cantón El Jocote”, Acuerdos Nos. 2, 3 y 14, emitidos por las Alcaldías Municipales de San Antonio Masahuat y San Matías, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ...................................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Cartel No. 617.- Santos Gutiérrez Cabrera y otros (1 vez) Cartel No. 618.- Dolores Aparicio (1 vez) ........................ Cartel No. 619.- María Cruz Hernández viuda de Torres y otros (1 vez) ............................................................................... Cartel No. 620.- Concepción Rubio Pineda (1 vez).......... Aceptación de Herencia Cartel No. 621.- Genaro Sánchez Díaz (3 alt.) ................. Cartel No. 622.- Teodora Sorto de De la O (3 alt.) ........... Cartel No. 623.- Enemecia Martínez Portillo (3 alt.) ........ Cartel No. 624.- Digna Dinora Martínez de Segovia y otros (3 alt.) ......................................................................................... Cartel No. 625.- Luis Roberto Rosales Clímaco y otros (3 alt.) ........................................................................................... Cartel No. 626.- Sonia Esperanza Contreras de Hernández y otros (3 alt.) ............................................................................. DIAIRIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.

Diario oficial

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: [email protected]

S U M a r i o

1rEPUBlica DE El SalVaDor EN la aMErica cENTral

TOMO Nº 383 SAN SALVADOR, MIERCOLES 24 DE JUNIO DE 2009 NUMERO 116

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE EDUCACION

Ramo de educación

Acuerdos Nos. 15-1791, 15-1792, 15-1793, 15-1794 y 15-1795.- Se autoriza la implementación de carreras técnicas, articuladas con bachilleratos técnicos vocacionales. .................

Acuerdos Nos. 15-0023, 15-0686, 15-0689, 15-0690 y 15-0632.- Equivalencias y reconocimiento de estudios académicos. ................................................................................

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRamo de la defensa nacional

Acuerdo No. 64.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca ante notario a otorgar las diligencias de remedición de inmueble. ..................

ORGANO JUDICIALCORTE SUpREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 306-D, 460-D, 461-D, 525-D, 556-D, 584-D, 613-D y 647-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .....................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDíAS MUNICIpALES

Decreto No. 1.- Ordenanza transitoria de amnistía tributaria para la exoneración de los intereses y multas producto de las tasas e impuestos municipales de Ciudad Delgado. ...........................

Decreto No. 23.- Reclasifícase el presupuesto municipal de

la ciudad de San Salvador. .........................................................

Estatutos de las Asociaciones de “Desarrollo Comunal

Cantón San José La Instancia”, “Desarrollo Comunal Cantón

San José Los Solares” y “Comunal Administradora del Sistema

de Agua Potable del Cantón El Jocote”, Acuerdos Nos. 2, 3 y 14,

emitidos por las Alcaldías Municipales de San Antonio Masahuat

y San Matías, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona

jurídica. ......................................................................................

SECCION CARTELES OFICIALESDE pRIMERA pUbLICACION

Declaratoria de Herencia

Cartel No. 617.- Santos Gutiérrez Cabrera y otros (1 vez)

Cartel No. 618.- Dolores Aparicio (1 vez) ........................

Cartel No. 619.- María Cruz Hernández viuda de Torres y

otros (1 vez) ...............................................................................

Cartel No. 620.- Concepción Rubio Pineda (1 vez) ..........

aceptación de Herencia

Cartel No. 621.- Genaro Sánchez Díaz (3 alt.) .................

Cartel No. 622.- Teodora Sorto de De la O (3 alt.) ...........

Cartel No. 623.- Enemecia Martínez Portillo (3 alt.) ........

Cartel No. 624.- Digna Dinora Martínez de Segovia y otros

(3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 625.- Luis Roberto Rosales Clímaco y otros (3

alt.) ...........................................................................................

Cartel No. 626.- Sonia Esperanza Contreras de Hernández

y otros (3 alt.) .............................................................................

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Cartel No. 627.- Antonia Maravilla (3 alt.) .......................

Cartel No. 628.- Jesús Granados Cerón y otros (3 alt.) ....

Títulos de Propiedad

Cartel No. 629.- José Tobías Meza González (3 alt.) .......

Títulos Supletorios

Cartel No. 630.- Dominga Alvarenga de Sigüenza (3 alt.)

Cartel No. 631.- José Obdulio López (3 alt.) ....................

Títulos de Dominio

Cartel No. 632.- Francisco Quintanilla (3 alt.) .................

Herencia Yacente

Cartel No. 633.- José Ebulo Monteagudo, se nombra curador a la Licda. Karen Elizabeth Romero Gómez (3 alt.) ..................

DE SEGUNDA pUbLICACION

aceptación de Herencia

Cartel No. 586.- Blanca Lidia Rodríguez (3 alt.) ..............

Cartel No. 587.- Santos Novoa Quezada y otra (3 alt.) ....

Cartel No. 588.- Miguel Angel Landaverde y otra (3 alt.)

DE TERCERA pUbLICACION

aceptación de Herencia

Cartel No. 578.- Carlota Rico Gutiérrez (3 alt.) ................

Cartel No. 579.- María Emilia Escobar y otros (3 alt.) .....

SECCION CARTELES pAGADOS

DE pRIMERA pUbLICACION

Declaratoria de Herencia

Carteles Nos. C031401, C031402, C031403, C031407, F011698, F011704, F011720, F011744, F011754, F011758, F011780, F011819, F011847, F011850, F011851. ...................

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C031359, F011702, F011750, F011785, C031399, F011699, F011706, F011707, F011731, F011734, F011737, F011748, F011772, F011791, F011796, F011809. ...

Título de Propiedad

Carteles Nos. C031409, F011700. ....................................

Título Supletorio

Carteles Nos. F011714, F011716, F011794. ....................

Título de Dominio

Carteles Nos. F011783, F011784. .....................................

aviso de inscripción

Cartel No. F011786. ..........................................................

Juicio de ausencia

Cartel No. F011792. ..........................................................

renovación de Marcas

Carteles Nos. C031400, F011745, F011751, F011752, F011755, F011757, F011760, F011763, F011773, F011774. ...

Marca de fábrica

Carteles Nos. C031360, C031361, C031362, C031363, C031364, C031365, C031367, C031368, C031369, C031370, C031372, C031373, C031374, C031375, C031376, C031377, C031378, C031379, C031380, C031382, C031383, C031384, C031385, C031386, C031388, C031389, C031390, C031392, C031394, C031396, C031397, C031398, C031410, F011765, F011767, F011768, F011769, F011771, F011804, F011805. ...

convocatorias

Cartel No. C031405. .........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F011708, F011753, F011787, F011822, F011824, F011827. ....................................................................

Reposición de Certificados

Carteles Nos. C031404, F011810, F011816, F011817, F011818, F011821, F011823, F011826, F011832, F011833, F011836. ....................................................................................

aumento de capital

Cartel No. C031408. .........................................................

aviso de cobro

Cartel No. F011814. ..........................................................

administrador de condominio

Cartel No. F011746. ..........................................................

Patente de invención

Carteles Nos. F011726, F011728, F011729, F011730, F011732, F011733, F011735, F011736, F011738, F011739. ...

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frecuencias de Uso regulado

Cartel No. F011723. ..........................................................

Marca industrial

Cartel No. C031406. .........................................................

Título Municipal

Carteles Nos. F011841, F011842, F011843, F011844, F011845, F011846, F011778. ....................................................

Marca de Servicios

Carteles Nos. C031366, C031371, C031381, C031387, C031391, C031393, C031395, F011764. ..................................

concesión de frecuencias

Cartel No. F011724. ..........................................................

DE SEGUNDA pUbLICACION

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C031311, C031314, C031317, C031318, C031319, F011440, F011447, F011454, F011466, F011487, F011491, F011500, F011504, F011510, F011511, F011512, F011686. ....................................................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F011492, F011498, F011499. ....................

Título Supletorio

Carteles Nos. C031315, C031316, C031320, C031321, C031322, C031323, F011479, F011490. ...................................

Título de Dominio

Cartel No. F011470. ..........................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. C031304, C031305, C031306, C031307, C031308, C031309, F011476. ...................................................

Nombre comercial

Carteles Nos. F011449, F011532. .....................................

convocatorias

Cartel No. F011558. ..........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F011461, F011462, F011529, F011546, F011547, F011551, F011553, F011554, F011555, F011556, F011557. ....................................................................................

Reposición de Certificados

Carteles Nos. F011464, F011465, F011542. ....................

Emblemas

Cartel No. F011450. ..........................................................

Marca de Servicios

Cartel No. C031312. .........................................................

DE TERCERA pUbLICACION

aceptación de Herencia

Carteles Nos. C031277, C031278, C031279, F011176, F011196, F011198, F011200, F011213, F011270, F011278, F011315, F011318, F011322 .....................................................

Herencia Yacente

Cartel No. F011309. ..........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F011211, F011227. .....................................

Título Supletorio

Carteles Nos. C031262, C031267, C031275, F011189. ...

renovación de Marcas

Carteles Nos. C031271, F011237, F011239, F011241, F011242, F011303. ....................................................................

Marca de fábrica

Carteles Nos. C031269, C031270, C031272, F011243, F011245, F011263, F011328. ....................................................

Nombre comercial

Carteles Nos. F011288, F011290, F011300. ....................

convocatorias

Cartel No. C031273. .........................................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F011199, F011272, F011311, F011312, F011324. ....................................................................................

administrador de condominio

Cartel No. F011471. ..........................................................

otros

Cartel No. F011180. ..........................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

ORGANO EJECUTIVOMinisterio de educación

RAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-1791.-

San Salvador, 23 de diciembre de 2008

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL ÓR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3,4,5,6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, ejecu-tar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coordinán-dose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y ser-vicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultura-les y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, sien-do fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual constituye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos eco-nómicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias gene-rales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que mediante Acuerdo Número 15-0137 de fecha 25 de enero de 2006, publicado en el Diario Oficial Número 22 Tomo 370 del uno de febrero del año 2006, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, autorizó la Creación del Centro Regional de La Unión del INSTITUTO TECNOLÓGICO CENTROAMERICANO, el cual está ubicado en el Municipio de Conchagua, Departamento de La Unión, República de El Salvador, Centro América, y funciona como la primera sede autorizada por el Ministerio de Educación adscrita a la RED NACIONAL MEGATEC; programa estratégico del PLAN NACIONAL DE EDUCACION 2021; VII) Que en virtud del Decreto Ejecutivo N° 88 de fecha 29 de julio de 2008, publicado en el Diario Oficial N° 143, Tomo N° 380 el día 30 del mismo mes y año, se autorizó la transformación del Instituto Tecnológico Centroamericano, ITCA-FEPADE, en INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA como una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio el cual se regirá bajo la denominación “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE”; y que, de conformidad a su naturaleza ju-rídica y a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 27 de la Ley de Educación Superior, estará sujeto a la dependencia del Ministerio de Educación; VIII) Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 15- 1170 de fecha 20 de agosto de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó en todas y cada una de sus partes los nuevos estatutos del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA el cual se regirá bajo la denominación de “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE” y que anteriormente funcionaba como Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA-FEPADE), otorgándole todos los derechos y obligaciones que le correspondían al Instituto Tecnológico Cen-troamericano, ITCA-FEPADE; IX) Que mediante Acuerdo Número 15-1395 de fecha tres de octubre del año dos mil ocho, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó por un plazo de Veinticinco (25) años al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE”, para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su Sede Central y Centros Regionales, siendo éstos designados como SEDES ADSCRITAS A LA RED NACIONAL MEGATEC; X) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede del Programa MEGATEC LA UNIÓN y el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN del Departamento de Usulután, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gra-dual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre ambas instituciones; XI) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIE-RÍA ITCA-FEPADE y el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la “Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vo-cacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada mediante Acuerdo N° 15- 1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acredi-tada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial N° 184, Tomo N° 381, del 02 de octubre de 2008; XII) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión y el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la carrera articulada de TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ACUICULTURA a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la Repú-blica, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la ESCUELA ESPECIA-LIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ACUICULTURA a impartirse en el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN a partir del año 2009, en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCA-CIONAL EN ACUICULTURA en el INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN; 3) Autorizar, a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIE-RIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ACUICULTURA de los estudiantes del INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1° de este Acuer-do. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN ACUICULTURA que se implementará en la sede MEGATEC La Unión; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC La Unión al INSTITUTO NACIONAL DE USULUTÁN, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-1792.-

San Salvador, 23 de diciembre de 2008.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL OR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3,4,5,6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, eje-cutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coordi-nándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultu-rales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual consti-tuye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que mediante Acuerdo No. 15-2836 de fecha 12 de diciembre de 1998, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación constituyó a partir de enero del año 1999 a los Institu-tos Tecnológicos de San Miguel, Santa Ana y Zacatecoluca, como Centros Regionales del Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA); VII) Que en virtud del Decreto Ejecutivo No. 88 de fecha 29 de julio de 2008, publicado en el Diario Oficial No. 143, Tomo No. 380 el día 30 del mismo mes y año, se autorizó la transformación del Instituto Tecnológico Centroamericano, ITCA-FEPADE, en INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA como una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio el cual se regirá bajo la denominación “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”; y que, de conformidad a su naturaleza jurídica y a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 27 de la Ley de Educación Superior, estará sujeto a la dependencia del Ministerio de Educación; VIII) Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 15-1170 de fecha 20 de agosto de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó en todas y cada una de sus partes los nuevos estatutos del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA el cual se regi-rá bajo la denominación de “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE” y que anteriormente funcionaba como Instituto

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383Tecnológico Centroamericano (ITCA-FEPADE), otorgándole todos los derechos y obligaciones que le correspondían al Instituto Tecnológico Cen-troamericano, ITCA-FEPADE; IX) Que mediante Acuerdo Número 15-1395 de fecha tres de octubre del año dos mil ocho, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó por un plazo de Veinticinco (25) años al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGIA “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”, para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su Sede Central y Centros Regionales, siendo éstos designados como SEDES ADSCRITAS A LA RED NACIONAL MEGATEC; X) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede del Programa MEGATEC ZACATECOLUCA y el Instituto de Educación Media COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA del Municipio de San Juan Talpa, Departamento de La Paz, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre ambas instituciones; XI) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE y el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA cumplen con todos los requerimientos establecidos en "Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Su-perior Tecnológica" y la "Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos", aprobada mediante Acuerdo No. 15-1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo N° 381, del 02 de octubre de 2008; XII) Que tanto la ES-CUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERIA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca y el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR AL-BERTO VARELA han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la carrera TÉCNICO SUPERIOR EN LOGÍSTICA GLOBAL articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGÍSTICA GLOBAL a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la Repú-blica, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la ESCUELA ESPECIA-LIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede MEGATEC Zacatecoluca para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN LOGÍSTICA GLOBAL articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGISTICA GLOBAL a impartirse en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA a partir del año 2009, en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico ME-GATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGÍSTICA GLOBAL en el COMPLEJO EDUCATIVO PROFESOR ALBERTO VARELA; 3) Autorizar, a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LOGÍSTICA GLOBAL de los estudiantes del COMPLEJO EDUCATIVO PROFE-SOR ALBERTO VARELA, en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1° de este Acuerdo. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN LOGÍSTICA GLOBAL que se implementará en la sede MEGATEC Zacatecoluca; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca al COMPLEJO EDUCATI-VO PROFESOR ALBERTO VARELA, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.-

ACUERDO No. 15-1793.-

San Salvador, 23 de diciembre de 2008.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL ÓR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3,4,5,6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, eje-cutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coordi-nándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultu-rales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual consti-tuye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que mediante Acuerdo No. 15-2836 de fecha 12 de Diciembre 1998, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación constituyó a partir de enero del año 1999 a los Institutos Tecnológicos de San Miguel, Santa Ana y Zacatecoluca, como Centros Regionales del Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA); VII) Que en virtud del Decreto Ejecutivo No. 88 de fecha 29 de julio de 2008, publicado en el Diario Oficial No. 143, Tomo No. 380 el día 30 del mismo mes y año, se autorizó la transformación del Instituto Tecnológico Centroamericano, ITCA-FEPADE, en INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA como una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio el cual se regirá bajo la denominación “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”; y que, de conformidad a su naturaleza jurídica y a lo dispuesto en los artículos 25, 26 y 27 de la Ley de Educación Superior, estará sujeto a la dependencia del Ministerio de Educación; VIII) Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 15-1170 de fecha 20 de agosto de 2008, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó en todas y cada una de sus partes los nuevos estatutos del INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA el cual se regi-rá bajo la denominación de “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE” y que anteriormente funcionaba como Instituto Tecnológico Centroamericano (ITCA-FEPADE), otorgándole todos los derechos y obligaciones que le correspondían al Instituto Tecnológico Cen-troamericano, ITCA-FEPADE; IX) Que mediante Acuerdo Número 15-1395 de fecha tres de octubre del año dos mil ocho, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó por un plazo de Veinticinco (25) años al INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA “ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE”, para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su Sede Central y Centros Regionales, siendo éstos designados como SEDES ADSCRITAS A LA RED NACIONAL MEGATEC; X) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE sede del Programa MEGATEC ZACATECOLUCA y el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO del Departamento de Usulután y entre el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA del Departamento de San Salvador, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC); XI) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA y, cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la “Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachille-rato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada mediante Acuerdo No. 15- 1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo No. 381, del 02 de octubre de 2008; XII) Que tanto la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca y los INSTITUTOS NACIONALES DE JIQUILISCO y DE LA COLONIA SANTA LUCÍA han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la ca-rrera de TÉCNICO SUPERIOR EN ELECTRÓNICA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ELECTRÓNICA a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la República, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca, para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN ELECTRÓNICA articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ELEC-TRÓNICA a impartirse en el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y en el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA a partir del año 2009 en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCA-CIONAL EN ELECTRÓNICA en el INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y en el INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA; 3) Autorizar, a la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca, a reconocer las asig-naturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN ELECTRÓNICA de los estudiantes del INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y del INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1° de este Acuerdo. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN ELECTRÓNICA que se implementará en la sede MEGATEC Zacatecoluca; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la ESCUELA ESPECIALIZADA EN INGENIERÍA ITCA-FEPADE, sede MEGATEC Zacatecoluca al INSTITUTO NACIONAL DE JIQUILISCO y al INSTITUTO NACIONAL DE LA COLONIA SANTA LUCÍA durante la imple-mentación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍ-QUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-1794.-

San Salvador, 23 de diciembre de 2008.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL ÓR-GANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, el Estado organizará el

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3, 4, 5, 6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar, coor-dinándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar técni-ca y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro de la pla-nificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal, especialmente en los temas relacionados a la tecnología educa-tiva; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones cultu-rales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los problemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual consti-tuye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de competencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de El Salvador; V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país; VI) Que el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación por medio de Acuerdo N° 15-1627, de fecha 12 de noviembre de 2007, Autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE OCCIDENTE el funcionamiento del Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; dicho acuerdo se encuentra publicado en el Diario Oficial No. 52, Tomo No. 378, de fecha 14 de marzo de 2008; VII) Que por medio del Acuerdo No. 15- 1182, de fecha 25 de agosto de 2008, publicado en el Diario Oficial N° 167, Tomo No. 380, del 08 de septiembre de 2008 el Ramo de Educación, se autorizó a la “UNIVERSIDAD CA-TÓLICA DE EL SALVADOR” (La Católica), para impartir y administrar el Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico de-nominado MEGATEC en el Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, funcionando como SEDE ADSCRITA A LA RED NACIONAL MEGATEC; VIII) El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, por medio de Acuerdo Número 15-1396, de fecha tres de octu-bre de dos mil ocho, autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR, por un plazo de veinticinco (25) años para impartir y adminis-trar el Modelo MEGATEC en su sede central, así como en el Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; IX) Que me-diante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES) sede MEGATEC CABAÑAS y el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, y el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE del Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre las tres instituciones; X) Que tanto la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE, cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la “Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada mediante Acuerdo No. 15- 1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para la au-torización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo No. 381, del 02 de octubre de 2008; XI) Que tanto la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco, el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y el INSTITUTO NACIONAL DR. SAL-BELIO NAVARRETE han solicitado al MINED la autorización para ofrecer la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURISTICO a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la República, 38 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUER-DA: 1) Autorizar a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco para implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO a impartirse con el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA, el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE a partir del año 2009 en el marco del Modelo Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉC-NICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO en el INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y en el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE; 3) Autorizar, a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO de los estudiantes del INSTITUTO CATÓLICO KAROL WOJTYLA y el INSTITUTO NACIONAL DR. SALBELIO NAVARRETE, en la carrera Técnica autorizada en el numeral l° de este Acuerdo. Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO SUPERIOR EN GESTIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO que se implementará en la sede MEGATEC Ilobasco; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad, en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la Uni-versidad Católica de El Salvador al Instituto Católico Karol Wojtyla y el Instituto Nacional Dr. Salbelio Navarrete, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. acUErDo No. 15-1795.-

San Salvador, 23 de diciembre de 2008

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO DEL

ÓRGANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que en virtud del artículo 54 de la Constitución de la República de El Salvador, El Estado organi-

zará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que según lo dispuesto en Reglamento Interno del

Órgano Ejecutivo en su Artículo 38, numerales 3, 4, 5, 6, 9, 14, 29, 30, 31, 32, 33, y 34, compete al Ministerio de Educación: Planificar, organizar,

dirigir, ejecutar y evaluar técnicamente las diversas actividades del sistema educativo nacional incluyendo la educación sistemática y la extra escolar,

coordinándose con aquellas instituciones bajo cuya responsabilidad operen otros programas con carácter educativo; Organizar, coordinar y orientar

técnica y administrativamente los servicios de educación en todos los niveles del sistema educativo nacional formal y no formal; Crear las institu-

ciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus finalidades; Conceder subvenciones y becas relativas al Ramo; Coadyuvar con

la dirección y orientación de los programas relacionados con el desarrollo de la capacidad competitiva de la fuerza laboral del país, así como en la

coordinación de los aspectos relacionados con la integración de los niveles técnicos y tecnológicos del Sistema Educativo Nacional; Contribuir al logro

de la planificación integrada, participativa y efectiva del Sistema Educativo Nacional formal. Especialmente en los temas relacionados a la tecnología

educativa; III) Que en virtud del Artículo 49 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación mantendrá un proceso de investigaciones

culturales y educativas tendientes a verificar la consistencia y eficacia de sus programas, así como para encontrar soluciones innovadoras a los pro-

blemas del sistema educativo; IV) Que uno de los objetivos del Plan Nacional de Educación 2021, es la formación técnica y tecnológica del más alto

nivel, siendo fundamental para la consecución de tales fines, impulsar la Educación Media Técnica, Tecnológica y la Formación Profesional la cual

constituye un bien social y en consecuencia es obligación del Estado preservar y garantizar su goce a los salvadoreños, especialmente de escasos

recursos económicos, aumentar las oportunidades a jóvenes y adultos de completar su educación media técnica para generar el desarrollo de compe-

tencias generales y especializadas, relevantes para contribuir al mejoramiento de la productividad, la competitividad nacional y el desarrollo social de

El Salvador: V) Que este objetivo se desarrolla en el programa MEGATEC, a través del cual se articula el nivel de Educación Media con el nivel de

Educación Superior, para formar capital humano requerido en los polos de desarrollo de las diferentes regiones del país: VI) Que el Órgano Ejecutivo

en el Ramo de Educación por medio de Acuerdo No. 15-1627, de fecha 12 de noviembre de 2007, Autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE

OCCIDENTE, el funcionamiento del Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas; dicho acuerdo se encuentra publicado

en el Diario Oficial No.52, Tomo No. 378, de fecha 14 de marzo de 2008: VII) Que por medio del Acuerdo No. 15- 1182, de fecha 25 de agosto de

2008, publicado en el Diario Oficial No. 167, Tomo No. 380, del 08 de septiembre de 2008 el Ramo de Educación, se autorizó a la “UNIVERSIDAD

CATÓLICA DE EL SALVADOR” (La Católica), para impartir y administrar el Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico

denominado MEGATEC en el Centro Regional del Municipio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, funcionando como SEDE ADSCRITA A LA

RED NACIONAL MEGATEC; VIII) El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación, por medio de Acuerdo Número quince guión mil trescientos

noventa y seis, de fecha tres de octubre de dos mil ocho, autorizó a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES), por un plazo

de veinticinco (25) años para impartir y administrar el Modelo MEGATEC en su sede central, así como en el Centro Regional del Municipio de

Ilobasco, Departamento de Cabañas: IX) Que mediante convenio de fecha 16 de diciembre de 2008, suscrito entre la UNIVERSIDAD CATÓLICA

DE EL SALVADOR (UNICAES) sede MEGATEC CABAÑAS y el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER de Cojutepeque, del

Departamento de Cuscatlán, se dio inicio a la ejecución del Modelo Educativo Gradual de Aprendizaje Técnico y Tecnológico (MEGATEC) entre ambas

instituciones: X) Que tanto el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER y la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR

(UNICAES), cumplen con todos los requerimientos establecidos en “Los Fundamentos de la Educación Media Técnica y Superior Tecnológica” y la

“Normativa para la Autorización de Nuevas Especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional y de Centros Educativos a Impartirlos”, aprobada

mediante Acuerdo No. 15-1241 de fecha 05 de septiembre de 2008, la cual regula la creación y oficialización por parte del Ministerio de Educación de

nuevas especialidades del Bachillerato Técnico Vocacional articuladas con carreras del nivel Superior, así como los procedimientos y requisitos para

la autorización de los Centros de Educación Media oficiales y privados para ofertar dichas carreras articuladas, las cuales culminarán en las diferentes

sedes del programa MEGATEC o en una Institución de Educación Superior (IES) acreditada. Dicha Normativa se encuentra publicada junto con el

acuerdo en mención en el Diario Oficial No. 184, Tomo No. 381, del 02 de octubre de 2008; XI) Que tanto la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL

SALVADOR (UNICAES), sede MEGATEC Ilobasco y el INSTITUTO WALTER THILO DEININGER han solicitado al MINED la autorización

para ofrecer la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS articulado con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL

EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS a partir del primer año de Bachillerato hasta el cuarto año de Educación Tecnológica Superior. POR TANTO: Con

base a las consideraciones expuestas y a lo establecido en los Artículos 54 de la Constitución de la República, 38 del Reglamento Interno del Órgano

Ejecutivo, y 49 de la Ley General de Educación, ACUERDA: 1) Autorizar a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES) para

implementar la carrera de TÉCNICO SUPERIOR EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS articulada con el BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN

LÁCTEOS Y CÁRNICOS a impartirse en el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER a partir del año 2009 en el marco del Modelo

Educativo Gradual de Aprendizajes Técnico y Tecnológico MEGATEC; 2) Implementar, el Programa MEGATEC considerando la doble matrícula

y doble titulación de los estudiantes en el Bachillerato General y BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS en

el INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER; 3) Autorizar, a la UNIVERSIDAD CATÓLICA DE EL SALVADOR (UNICAES),

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383sede MEGATEC Ilobasco, a reconocer las asignaturas y módulos del BACHILLERATO TÉCNICO VOCACIONAL EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS

de los estudiantes del INSTITUTO NACIONAL WALTER THILO DEININGER, en la carrera Técnica autorizada en el numeral 1º de este Acuerdo.

Los estudiantes que se gradúen en esta especialidad de bachillerato ingresarán directamente al cuarto año del plan de estudios articulado de TÉCNICO

SUPERIOR EN LÁCTEOS Y CÁRNICOS que se implementará en la sede MEGATEC Ilobasco; 4) Implementar un plan de seguimiento a la Calidad,

en términos de acompañamiento y asistencia técnica de parte de la Universidad Católica de El Salvador (UNICAES) al Instituto Nacional Walter Thilo

Deininger, durante la implementación del plan de estudios articulado. Este proceso será supervisado por la Dirección Nacional de Educación Técnica

y Tecnológica. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.

acUErDo No. 15-0023.

San Salvador, 8 de enero de 2009

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado CRISÁLIDA TINEO RIVAS, solicitando INCORPORACIÓN de su certificado de Conclusión del Nivel de Educación Secundaria de Menores, extendido por el Ministerio de Educación de República del Perú en el año 2001. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Edu-cación Media. Reconocer los estudios de Conclusión del Nivel de Educación Secundaria de Menores realizados por CRISÁLIDA TINEO RIVAS en la República del Perú, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato General. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F011776)

acUErDo No. 15-0686.

San Salvador, 21 de mayo de 2009

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado, JAVIER ERNESTO CORTÉZ UMAÑA solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de Educación EQUIVALENCIA de sus estudios de Primer Curso Educación Secundaria, realizados en el Instituto Experimental La Salle de República de Honduras en el año 2008, con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 76° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, publicado en el D. O. N° 184, Tomo N° 201 de fecha 2 de octubre de 1963. Dar como Equivalente los Estudios de Primer Curso Educación Secundaria, realizados por JAVIER ERNESTO CORTÉZ UMAÑA en República de Honduras con los de Primer Año de Bachillerato General de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Segundo Año de Bachillerato General. COMUNÍQUE-SE". DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F011715)

acUErDo No. 15-0689.-

San Salvador, 21 de mayo de 2009

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado, LOURDES ARACELY CORTÉZ UMAÑA solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de Educación EQUIVALENCIA de sus estudios de Primer Grado, realizados en la Escuela Experimental La Salle de República de Honduras en el año 2008, con los de Primer Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 77° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Educación, publicado en el D. O. No. 184, Tomo No. 201 de fecha 2 de octubre de 1963. Dar como Equivalente los Estudios de Primer Grado, reali-zados por LOURDES ARACELY CORTÉZ UMAÑA en República de Honduras con los de Primer Grado de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Segundo Grado. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F011830)

acUErDo No. 15-0690.

San Salvador, 21 de mayo de 2009

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional se ha presentado, RODRIGO JOSÉ CORTÉZ UMAÑA, solicitando de conformidad a lo establecido por el Artículo 62 de la Ley General de Educación, EQUIVALENCIA de sus estudios de Sexto Grado, realizados en la Escuela Experimental La Salle de República de Honduras en el año 2008, con los de Sexto Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Artículo 77° del Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, publicado en el D. O. No. 184, Tomo No. 201 de fecha 2 de octubre de 1963. Dar como Equivalente los Estudios de Sexto Grado, realizados por RODRIGO JOSÉ CORTÉZ UMAÑA, en República de Honduras con los de Sexto Grado de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Séptimo Grado. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F011713)

acUErDo No. 15-0632.

San Salvador, 04 de mayo de 2009

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Edu-

cación Superior, se ha presentado ANA MARÍA HUEZO MARTÍNEZ, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADA EN

TRABAJADORA SOCIAL CON ÉNFASIS EN GERENCIA DEL DESARROLLO, obtenido en LA UNIVERSIDAD RAFAEL LANDIVAR, EN

LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, en el año 2004; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art 20 de la Ley de Educación Superior, y a las

facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Recono-

cimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país el día veintidós de junio de mil novecientos sesenta y dos, ratificado el día veinticinco

de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, publicado en el Diario Oficial No. 96, Tomo No. 203, de fecha 28 de mayo de 1964 y vigente a la fecha,

procede dicho Reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada, la Gerencia de Registro e Incorporaciones

de la Dirección Nacional de Educación Superior, ha emitido el dictamen favorable para el Reconocimiento del grado académico mencionado en el

numeral uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Ley y

Convención, ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de LICENCIADA EN TRABAJADORA SOCIAL CON ÉNFASIS

EN GERENCIA DEL DESARROLLO, realizados por ANA MARÍA HUEZO MARTÍNEZ, en la República de Guatemala; 2º) Tener por incorpo-

rada a ANA MARÍA HUEZO MARTÍNEZ, como LICENCIADA EN TRABAJO SOCIAL, en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no

constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá, ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente

Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA

LARA, MINISTRA DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F011759)

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

Ministerio de la defensa nacionalRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

ACUERDO No. 064

San Salvador, 17 de junio de 2009.

EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL. I.- CONSIDERAN-

DO, a) Que el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, es dueño de un bien inmueble de naturaleza urbana situado en

Cantón Loma del Muerto, suburbios del Barrio Mejicanos, Lote sin número, de la Ciudad y Departamento de Sonsonate, donde funciona el Destaca-

mento Militar Número Seis. b) Que dicho inmueble, está compuesto de dos porciones, que en su totalidad suman un área de CIENTO OCHENTA Y

DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS. c) Que el uno de agosto del año dos mil siete, se inscribió a la MA-

TRICULA NUMERO UNO CERO UNO SEIS CUATRO CINCO TRES SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Occidente del Departamento de Sonsonate, la Escritura Pública de Reunión de Inmuebles de dicho bien

raíz; el cual por sanidad jurídica es necesario efectuar Diligencias de Remedición, a fin de armonizar el área legal con la física. d) Que es procedente

solicitar la intervención del señor Fiscal General de la República, para que en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Salvador, com-

parezca ante Notario a otorgar las Diligencias de Remedición del inmueble. II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA SEGÚN ESCRITURA PUBLICA DE

REUNIÓN DE INMUEBLES: El bien raíz antes detallado, técnicamente se describe así: AL NORTE, partiendo del Esquinero Nor-Poniente, se miden

cuatro tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, hacia el Norte se mide una distancia de Setenta y Seis Punto Ochenta metros; Tramo Dos,

hacia el ORIENTE: se mide una distancia de Ciento Veintitrés Punto Cincuenta y Ocho metros; Tramo Tres, hacia el Norte se mide una distancia de

Doscientos Treinta y Seis Punto Sesenta y Nueve metros, lindando los tres tramos anteriores con inmueble propiedad de Genaro Rauda, y Tramo

Cuatro, hacia el Oriente se mide una distancia de Ciento Veintiuno Punto Cero Tres metros, lindando con inmueble propiedad de Buenaventura Erazo.

Al ORIENTE: partiendo del esquinero Nor-Oriente se miden Once tramos rectos en línea quebrada, con rumbo hacia el Sur sumando una distancia de

Quinientos Punto Ochenta y Cinco Metros; Tramo Doce, hacia el Oriente se mide una distancia de Ciento Cinco Punto Cincuenta y Dos metros y

Tramo Trece, hacia el Sur se mide una distancia de Setenta y Nueve Punto Treinta metros, lindando todos los tramos anteriores con inmueble propie-

dad de Herman Mendoza y José Antonio Aguilera, carretera que conduce a Nahuizalco de por medio y con inmueble propiedad de María Del Rosario

Alfaro hoy De Díaz. Al SUR: partiendo del esquinero Sur Oriente se miden tres tramos rectos en línea quebrada así: Tramo Uno, hacia el Poniente se

mide una distancia de Noventa y Nueve Punto Veinticuatro Metros; Tramo Dos, hacia el Sur se mide una distancia de Cuarenta y Siete Punto Cua-

renta y Siete metros, y Tramo Tres, hacia el Poniente se mide una distancia de Doscientos setenta Punto sesenta metros, lindando los tres tramos an-

teriores con inmueble propiedad de María Del Rosario Alfaro hoy De Díaz. Al PONIENTE: partiendo del esquinero Sur-Poniente se miden siete

tramos rectos en línea quebrada con rumbo hacia el Norte sumando una distancia de Trescientos Ochenta y Seis Punto Cero Cinco metros para llegar

al esquinero Nor-Poniente donde dio inicio a esta descripción técnica, lindando con inmuebles propiedad de Genaro Rauda, Río Julupe de por medio.

III.- DESCRIPCIÓN TÉCNICA SEGÚN LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO: el inmueble antes descrito de conformidad a la Reunión de Inmuebles

forma un solo cuerpo pero físicamente se ha dividido en dos porciones las cuales se describen así: PORCIÓN “A”, Inmueble de naturaleza urbana,

ubicado sobre calle a Nahuizalco, Cantón La Loma del Muerto, Departamento de Sonsonate; propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el

Ramo de la Defensa Nacional y ocupado por el Destacamento Militar número seis (DM-6), con una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y

UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO VEINTISÉIS metros cuadrados equivalentes a DOSCIENTOS SESENTA MIL TRESCIEN-

TOS NOVENTA Y TRES PUNTO CERO NUEVE varas cuadradas. Que partiendo del mojón Uno con coordenadas geodésicas Longitud (X): cua-

trocientos veintiún mil seiscientos cuarenta y nueve punto noventa, Latitud (Y): doscientos ochenta y nueve mil ochocientos cincuenta y uno punto

setenta y nueve, se le da inicio a la presente descripción técnica: LINDERO SUR: Partiendo del mojón Uno, se miden treinta tramos rectos en línea

quebrada así: Tramo uno, con rumbo Norte ochenta y seis grados treinta y cinco punto uno minutos Oeste, y distancia de dos punto catorce metros;

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Tramo dos, con rumbo Sur ochenta y nueve grados cero dos punto nueve minutos Oeste, y distancia de treinta y uno punto ochenta y uno metros,

lindando con viviendas particulares de la Colonia Atonal; Tramo tres, con rumbo Sur ochenta y seis grados cincuenta y ocho punto dos minutos Oes-

te, y distancia de setenta y cinco punto trece metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur once grados diez punto cuatro minutos Este, y distancia de ocho

punto treinta y uno metros; Tramo cinco, con rumbo Sur cero siete grados cuarenta y siete punto siete minutos Este, y distancia de ocho punto cero

cuatro metros; Tramo seis, con rumbo Sur cincuenta y tres grados cuarenta y nueve punto siete minutos Oeste, y distancia de dos punto cincuenta y

siete metros; Tramo siete, con rumbo Sur sesenta y tres grados cuarenta y cuatro punto cuatro minutos Oeste, y distancia de seis punto cero cinco

metros; Tramo ocho, con rumbo Sur setenta y uno grados veintidós punto seis minutos Oeste, y distancia de tres punto veintiuno metros; Tramo

nueve, con rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta y seis punto nueve minutos Oeste, y distancia de dos punto ochenta y seis metros; Tramo diez,

con rumbo Sur sesenta y dos grados cuarenta y dos punto uno minutos Oeste, y distancia de tres punto veinticinco metros; Tramo once, con rumbo

Sur setenta y dos grados cuarenta y ocho punto nueve minutos Oeste, y distancia de tres punto dieciséis metros; Tramo doce, con rumbo Sur ochenta

y dos grados cincuenta y ocho punto nueve minutos Oeste, y distancia de tres punto diez metros; Tramo trece, con rumbo Norte ochenta y seis grados

diecinueve punto siete minutos Oeste, y distancia de seis punto doce metros; Tramo catorce, con rumbo Sur ochenta y dos grados cincuenta y siete

punto tres minutos Oeste, y distancia de dos punto noventa y siete metros; Tramo quince, con rumbo Norte ochenta y nueve grados cincuenta y ocho

punto cinco minutos Oeste, y distancia de dos punto ochenta y tres metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y cinco

punto cero minutos Oeste, y distancia de cuatro punto setenta y seis metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte setenta y nueve grados cincuenta y

cuatro punto nueve minutos Oeste, y distancia de treinta y ocho punto treinta y tres metros; Tramo dieciocho, con rumbo Norte ochenta y cuatro

grados cuarenta y uno punto uno minutos Oeste, y distancia de cinco punto setenta y siete metros; Tramo diecinueve, con rumbo Norte setenta y

nueve grados cincuenta y cuatro punto tres minutos Oeste, y distancia de dos punto noventa y tres metros; Tramo veinte, con rumbo Norte sesenta y

nueve grados veinticinco punto cuatro minutos Oeste, y distancia de tres punto trece metros; Tramo veintiuno, con rumbo Norte setenta y cuatro

grados veintitrés punto ocho minutos Oeste, y distancia de veinticuatro punto cero tres metros; Tramo veintidós, con rumbo Norte ochenta y siete

grados veintiuno punto cuatro minutos Oeste, y distancia de nueve punto treinta y tres metros; Tramo veintitrés, con rumbo Norte cincuenta y dos

grados cuarenta y seis punto ocho minutos Oeste, y distancia de cinco punto noventa y seis metros, lindando los tramos anteriores con inmueble

propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador asignado al Fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO); Tramo veinticuatro, con rumbo Sur

ochenta y siete grados veintidós punto cero minutos Oeste, y distancia de ocho punto noventa y tres metros; Tramo veinticinco, con rumbo Sur ochen-

ta y ocho grados diecisiete punto nueve minutos Oeste, y distancia de treinta punto cincuenta y siete metros; Tramo veintiséis, con rumbo Sur setenta

y ocho grados cuarenta y siete punto cero minutos Oeste, y distancia de tres punto ochenta y ocho metros; Tramo veintisiete, con rumbo Norte ochen-

ta y nueve grados catorce punto nueve minutos Oeste, y distancia de once punto ochenta y tres metros; Tramo veintiocho, con rumbo Sur ochenta y

cuatro grados treinta y tres punto dos minutos Oeste, y distancia de diecisiete punto cero cinco metros; Tramo veintinueve, con rumbo Sur ochenta y

siete grados veintiuno punto ocho minutos Oeste, y distancia de treinta y cinco punto quince metros; y Tramo treinta, con rumbo Sur ochenta y ocho

grados cuarenta punto cero minutos Oeste, y distancia de cuarenta y nueve punto treinta y dos metros, y se llega al mojón treinta y uno. Lindando

estos últimos tramos con terreno propiedad de Víctor Manuel Trigueros. LINDERO PONIENTE: Partiendo del mojón treinta y uno, se miden treinta

y uno tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con rumbo Norte veinte grados cincuenta y siete punto nueve minutos Este, y distancia de

siete punto ochenta y seis metros; Tramo dos, con rumbo Norte dieciocho grados cincuenta y uno punto seis minutos Este, y distancia de nueve pun-

to treinta y uno metros; Tramo tres, con rumbo Norte cero seis grados treinta y uno punto cuatro minutos Oeste, y distancia de treinta y ocho punto

sesenta y ocho metros; Tramo cuatro, con rumbo Norte cuarenta y cuatro grados cuarenta y dos punto dos minutos Oeste, y distancia de treinta y

siete punto cuarenta y ocho metros; Tramo cinco, con rumbo Norte cincuenta y dos grados cuarenta y nueve punto seis minutos Oeste, y distancia de

setenta y cinco punto cuarenta y seis metros; Tramo seis, con rumbo Norte cuarenta y cinco grados cero uno punto siete minutos Oeste, y distancia de

catorce punto veintidós metros; Tramo siete, con rumbo Norte trece grados cuarenta y cuatro punto cero minutos Oeste, y distancia de siete punto once

metros; Tramo ocho, con rumbo Norte cero tres grados veintiuno punto dos minutos Oeste, y distancia de treinta y siete punto cincuenta y dos metros;

Tramo nueve, con rumbo Norte dieciocho grados cuarenta y cinco punto uno minutos Este, y distancia de veinticuatro punto ochenta y tres metros;

Tramo diez, con rumbo Norte trece grados veintitrés punto seis minutos Este, y distancia de trece punto cincuenta y ocho metros; Tramo once, con

rumbo Norte dieciséis grados cincuenta y uno punto cero minutos Oeste, y distancia de once punto veintisiete metros; Tramo doce, con rumbo Norte

veinte grados treinta y dos punto dos minutos Oeste, y distancia de sesenta y siete punto cero dos metros; Tramo trece, con rumbo Norte veintidós

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383grados cuarenta y tres punto ocho minutos Oeste, y distancia de trece punto veintisiete metros; Tramo catorce, con rumbo Norte cero cero grados cero

ocho punto tres minutos Este, y distancia de diez punto sesenta y nueve metros; Tramo quince, con rumbo Norte treinta y cinco grados veintidós

punto dos minutos Este, y distancia de nueve punto veintiuno metros; Tramo dieciséis, con rumbo Norte treinta y cinco grados treinta y cuatro punto

cuatro minutos Este, y distancia de doce punto cero tres metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte quince grados veintisiete punto cuatro minutos

Oeste, y distancia de nueve punto treinta y dos metros; Tramo dieciocho, con rumbo Norte treinta y siete grados veintidós punto uno minutos Oeste,

y distancia de dieciséis punto cincuenta y dos metros, lindando todos los tramos anteriores con inmuebles propiedad de: Dora Silvia Canales Vda. de

Umaña, Raúl Ayala, Fabricio Ismael Hernández Jerónimo, Delmy Isabel Lemus Pineda, Ana Ruth Villalta Aquino, Jorge Humberto Falla Puente,

Manuel Salvador Trujillo, Leónidas Arévalo Navarro, Ricardo Antonio Melara Hernández, Sonia Elizabeth Melara de Laínez, René Humberto

Hernández Melara, Berta Idalia Flores Pineda, María Ofelia Aguilar, Ana Ruth García de Zamora, Juan Antonio Sandoval Carías, Juan Alberto San-

doval Barahona, todos teniendo el río Julupe de por medio. Tramo diecinueve, con rumbo Norte sesenta y ocho grados veinte punto ocho minutos

Este, y distancia de veinticuatro punto noventa y tres metros; Tramo veinte, con rumbo Norte sesenta y nueve grados treinta y ocho punto cero minu-

tos Este, y distancia de siete punto ochenta metros; Tramo veintiuno, con rumbo Norte setenta y uno grados cincuenta y uno punto cero minutos Este,

y distancia de treinta y ocho punto doce metros; Tramo veintidós, con rumbo Sur ochenta y seis grados cincuenta y siete punto uno minutos Este, y

distancia de veintiuno punto cuarenta y uno metros; Tramo veintitrés, con rumbo Sur ochenta grados veintidós punto cuatro minutos Este, y distancia

de doce punto cincuenta y nueve metros; Tramo veinticuatro, con rumbo Sur ochenta y seis grados veintidós punto siete minutos Este, y distancia de

cuarenta y seis punto cero nueve metros; Tramo veinticinco, con rumbo Sur ochenta y seis grados treinta punto cero minutos Este, y distancia de

cuarenta y nueve punto cincuenta y uno metros; Tramo veintiséis, con rumbo Norte cero cero grados diez punto cero minutos Oeste, y distancia de

veintiocho punto noventa y ocho metros; Tramo veintisiete, con rumbo Norte trece grados cero seis punto tres minutos Este, y distancia de cuatro

punto setenta y tres metros; Tramo veintiocho, con rumbo Norte cero dos grados treinta y ocho punto cuatro minutos Este, y distancia de cincuenta

punto cuarenta y tres metros; Tramo veintinueve, con rumbo Norte cero cinco grados cincuenta y nueve punto tres minutos Oeste, y distancia de

veintitrés punto cincuenta y ocho metros; Tramo treinta, con rumbo Norte cero uno grados veintidós punto cinco minutos Oeste, y distancia de ochen-

ta y cuatro punto sesenta y siete metros; Tramo treinta y uno, con rumbo Norte cero dos grados cuarenta y cuatro punto cuatro minutos Este, y distan-

cia de cuarenta y cuatro punto diecisiete metros, y se llega al mojón sesenta y dos. Lindando estos últimos tramos con inmueble propiedad del Banco

Cuscatlán S.A. de C.V. LINDERO NORTE: Partiendo del mojón sesenta y dos, se miden dos tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con

rumbo Sur ochenta y ocho grados cero seis punto seis minutos Este, y distancia de noventa y uno punto treinta metros; Tramo dos, con rumbo Sur

ochenta y siete grados cero nueve punto tres minutos Este, y distancia de veintinueve punto noventa y seis metros, y se llega al mojón sesenta y cua-

tro. Lindando los dos tramos anteriores con terreno propiedad de Eulalia Sánchez Erazo. LINDERO ORIENTE: Partiendo del mojón Sesenta y cuatro

se miden veinticinco tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno: con rumbo Sur cero dos grados treinta y cinco punto cinco minutos Este, y

distancia de trece punto sesenta metros; Tramo dos, con rumbo Sur cero dos grados veintitrés punto ocho minutos Este, y distancia de ochenta y dos

punto noventa y cinco metros, lindando los dos tramos anteriores con terreno propiedad de Rodolfo Antonio Delgado, calle a Nahuizalco de por

medio; Tramo tres, con rumbo Sur once grados doce punto uno minutos Este, y distancia de quince punto cero seis metros; Tramo cuatro, con rumbo

Sur quince grados cero siete punto ocho minutos Este, y distancia de treinta y dos punto cuarenta y ocho metros; Tramo cinco, con rumbo Sur diecio-

cho grados veinte punto cero minutos Este, y distancia de cincuenta y dos punto cuarenta y cuatro metros; Tramo seis, con rumbo Sur veintiséis

grados cincuenta y seis punto uno minutos Este, y distancia de sesenta y siete punto treinta y siete metros; Tramo siete, con rumbo Sur veintisiete

grados cero nueve punto tres minutos Este, y distancia de sesenta y cinco punto setenta y cinco metros, lindando los cinco tramos anteriores con te-

rrenos propiedad de: Banco Cuscatlán S.A. de C.V., Carlos Eduardo Mendoza Canales. Tramo ocho, con rumbo Sur veinticuatro grados cuarenta y

siete punto dos minutos Este, y distancia de trece punto veintitrés metros; Tramo nueve, con rumbo Sur treinta y uno grados cero ocho punto tres

minutos Este y distancia de treinta y cinco punto setenta y ocho metros; Tramo diez, con rumbo Sur veintisiete grados cincuenta y ocho punto uno

minutos Este, y distancia de veintiocho punto cero tres metros; Tramo once, con rumbo Sur veinte grados cuarenta y cuatro punto cero minutos Este,

y distancia de veinticuatro punto ochenta y seis metros; Tramo doce, con rumbo Sur catorce grados veintiuno punto nueve minutos Oeste, y distancia

de cincuenta y nueve punto noventa metros; Tramo trece, con rumbo Sur treinta y dos grados cuarenta y nueve punto nueve minutos Este, y distancia

de dieciséis punto cero dos metros; Tramo catorce, con rumbo Sur sesenta y siete grados veintiocho punto cero minutos Este, y distancia de treinta y

dos punto cero dos metros; Tramo quince, con rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta y uno punto cero minutos Este, y distancia de ocho punto

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. treinta y ocho metros; Tramo dieciséis, con rumbo Sur setenta y cuatro grados dieciséis punto cero minutos Este, y distancia de diecinueve punto

noventa y nueve metros; Tramo diecisiete, con rumbo Norte setenta y cinco grados veintinueve punto cinco minutos Este, y distancia de dos punto

cero nueve metros; Tramo dieciocho, con rumbo Sur setenta y ocho grados veintinueve punto seis minutos Este, y distancia de uno punto ochenta y

cinco metros; Tramo diecinueve, con rumbo Sur treinta y cinco grados treinta y dos punto cinco minutos Este, y distancia de trece punto veintinueve

metros; Tramo veinte, con rumbo Sur setenta y seis grados cero cinco punto uno minutos Este, y distancia de seis punto cincuenta y nueve metros,

lindando todos los tramos anteriores con terreno de Carlos Eduardo Mendoza Canales, calle a Nahuizalco de por medio. Tramo veintiuno, con rumbo

Sur cero tres grados treinta y uno punto cero minutos Este, y distancia de cuatro punto sesenta y nueve metros; Tramo veintidós, con rumbo Sur ca-

torce grados cero dos punto cero minutos Oeste, y distancia de cuarenta y cuatro punto veintiséis metros; Tramo veintitrés, con rumbo Sur quince

grados dieciocho punto tres minutos Oeste, y distancia de quince punto veintiséis metros; Tramo veinticuatro, con rumbo Sur cero nueve grados doce

punto cinco minutos Oeste, y distancia de once punto catorce metros; Tramo veinticinco, con rumbo Sur cero siete grados cero cero punto siete mi-

nutos Oeste, y distancia de nueve punto cuarenta metros, y se llega al mojón uno donde dio inicio la presente descripción técnica. Lindando los últimos

tramos con la porción “B”, propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, prolongación de la avenida Atonal

de por medio. PORCIÓN “B” Inmueble de naturaleza rústico, ubicado sobre calle a Nahuizalco, Cantón La Loma del Muerto, Departamento de

Sonsonate; propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, con una extensión superficial de SEISCIENTOS

SETENTA Y DOS PUNTO OCHENTA metros cuadrados equivalentes a NOVECIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y CUATRO

varas cuadradas. Que partiendo del mojón Uno con coordenadas geodésicas Longitud (X): Cuatrocientos veintiún mil seiscientos ochenta y ocho

punto treinta y uno, Latitud (Y): Doscientos ochenta y nueve mil novecientos veintinueve punto veinticinco, se le da inicio a la presente descripción

técnica: LINDERO ORIENTE: Partiendo del mojón uno, se miden cinco tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con rumbo Sur veintiséis

grados cero tres punto dos minutos Oeste, y distancia de quince punto noventa y cinco metros; Tramo dos, con rumbo Sur veintiuno grados cero uno

punto cinco minutos Oeste, y distancia de veintidós punto dieciocho metros; Tramo tres, con rumbo Sur diecisiete grados diez punto cinco minutos

Oeste, y distancia de trece punto sesenta y cuatro metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur doce grados treinta y tres punto dos minutos Oeste, y distan-

cia de diecinueve punto noventa y dos metros; Tramo cinco, con rumbo Sur doce grados cero siete punto seis minutos Oeste, y distancia de diez

punto noventa y seis metros, y se llega al mojón seis. Lindando todos los tramos anteriores con terreno propiedad del señor Hernán Mendoza. LIN-

DERO SUR: Partiendo del mojón seis, se mide un tramo en línea recta con rumbo Norte ochenta y seis grados treinta y cinco punto uno minutos

Oeste, y distancia de seis punto cero cuatro metros, y se llega al mojón siete. Lindando con vivienda particular de la Colonia Atonal, avenida Atonal

de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del mojón siete se miden tres tramos rectos en línea quebrada así: Tramo uno, con rumbo Norte cero

ocho grados cero seis punto nueve minutos Este, y distancia de diecinueve punto veintitrés metros; Tramo dos, con rumbo Norte catorce grados cin-

cuenta y cuatro punto tres minutos Este, y distancia de cincuenta y seis punto sesenta y uno metros; Tramo tres, con rumbo Norte veintidós grados

veintisiete punto nueve minutos Este, y distancia de siete punto cincuenta y cuatro metros, y se llega al mojón diez. Lindando todos los tramos ante-

riores con la porción “A”, propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, y ocupado por el Destacamento Mi-

litar número seis, prolongación de la avenida Atonal de por medio. LINDERO NORTE: Partiendo del mojón diez, se mide un tramo en línea recta con

rumbo Sur setenta y seis grados cero cinco punto uno minutos Este, y distancia de once punto ochenta y cuatro metros, y se llega al mojón uno donde

dio inicio la presente descripción técnica. Lindando con terreno propiedad del señor Carlos Eduardo Mendoza Canales, calle a Nahuizalco de por

medio. IV. ACUERDO EJECUTIVO: De conformidad al Art. 193 Ord. 5° de la Constitución de la República, se solicita la intervención del señor

Fiscal General de la República, para que en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, com-

parezca ante Notario a otorgar las Diligencias de Remedición del inmueble ubicado en Cantón Loma del Muerto, suburbios del Barrio Mejicanos, Lote

sin número, de la Ciudad y Departamento de Sonsonate. V.- FACULTADES. Desígnase al Licenciado Joaquín Eliberto García Cubías, Notario, de

este domicilio, para que ante sus oficios notariales se otorguen las correspondientes Diligencias de Remedición. COMUNIQUESE.

DAVID VICTORIANO MUNGUIA PAYES,

CNEL. ART. DEM.,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

ORGANO JUDICIALcorte supreMa de Justicia

ACUERDO No. 306-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil nueve. El Tribunal con fecha

veinte de enero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ERIKA GUADALUPE CALLEJAS ALAS, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- M. TREJO.- R. M. FORTIN H.- GUZMAN U. D. C.- M.

POSADA.- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011703)

ACUERDO No. 460-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha

dos de abril del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado EDUARDO MIGUEL VILLACORTA LAZO, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- L.

C. DE AYALA G.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011766)

ACUERDO No. 461-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha

treinta de enero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ROBERTO ALFREDO BONILLA VELADO, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M.

A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011727)

ACUERDO No. 525-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha diez

de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado OSCAR IVAN GIRON MENDOZA, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VALDIV.- P.

J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011854)

ACUERDO No. 556-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha

diecisiete de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIA SANTOS LIZAMA DE PANIAGUA, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M.

POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011803)

ACUERDO No. 584-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha

diecinueve de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BETTY DEL CARMEN MURCIA PORTILLO, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P.

J.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011812)

ACUERDO No. 613-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha

veintisiete de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA GRACIELA DIAZ QUEVEDO, para que ejerza la profe-

sión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. N. CASTANEDA S.- M. CLARA.- VELASCO.- M. F.

VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo

suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011718)

ACUERDO No. 647-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil nueve.- El Tribunal con fecha

doce de febrero del año dos mil nueve, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada FRANCISCA ANTONIA CACERES AGUILAR, para que ejerza la

profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M.

POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011742)

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

INSTITUCIONES AUTONOMASalcaldías Municipales

DECRETO No. 01.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIUDAD DELGADO,

CONSIDERANDO:

I) Que el Art. 213 de la Constitución de la República, otorga autonomía al Municipio en lo económico, técnico y en lo administrativo, en asuntos de su competencia; correspondiéndole al Concejo Municipal, la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con rango de Ley, conforme lo establece el Art. 204 de dicha Constitución;

II) Que es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por lo que, es necesario, otorgar beneficios a los contribuyentes que se sinceren con su deuda, para la regulación de las obligaciones tributarias a favor de los ciudadanos del Municipio de Delgado, debiendo en esta oportunidad atender a aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en una situación económica difícil que les ha impedido acogerse bajo diferentes modalidades a beneficios anteriores;

III) Que resulta conveniente aprobar una Amnistía en el sentido de poder exonerar a los contribuyentes del interés y multas producto de los tributos municipales que adeudan, siempre y cuando dichos contribuyentes puedan honrar sus respectivas deudas con la Municipalidad, lo cual se va traduciendo en obras de beneficio para los habitantes del Municipio;

IV) Con la autonomía de la que gozan los Municipios, deberá interpretarse el Art. 232 Cn., en el sentido de que la prohibición de dispensar el pago de las deudas a favor de los Municipios va dirigida a los Órganos Legislativo y Ejecutivo, debido a que estos órganos no pueden disponer o decidir un asunto que le concierne en exclusividad a los gobiernos locales, es procedente crear un marco de Amnistía, mediante la aprobación de la presente Ordenanza que exime del pago de interés y multa producto de los tributos municipales, dado que no hay pro-hibición expresa Constitucional para no condonar los intereses y multas producto de los tributos municipales; y,

V) Que la exoneración de los intereses moratorios constituye una política fiscal para que los contribuyentes o responsables, de forma espontánea solucionen su situación de moroso en el pago de los respectivos tributos, así mismo, el actual Concejo Municipal está consciente del alto costo de la vida, como consecuencia de la crisis financiera que ha ocasionado el sistema globalizado que ha empobrecido más a nuestros ciudadanos, por lo que se estima que es de beneficio para las familias y contribuyentes del Municipio de Ciudad Delgado, establecer una medida de exoneración de los intereses y multas que contribuya a disminuir dicho costo.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

orDENaNZa TraNSiToria DE aMNiSTÍa TriBUTaria Para la EXoNEracioN DE loS iNTErESES

Y MUlTaS ProDUcTo DE laS TaSaS E iMPUESToS MUNiciPalES DEl MUNiciPio DE ciUDaD DElGaDo.

finalidad de la ordenanza.

Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por finalidad reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias en general y brindar beneficios a los contribuyentes en general.

Vigencia del Beneficio.

Art. 2.- Concédase un plazo contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, y hasta el TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL DIEZ, para que las personas naturales o jurídicas que se encuentren en el caso de los dos artículos siguientes, puedan acogerse al presente beneficio, así como cancelar la deuda correspondiente, dentro del plazo de la vigencia del presente Decreto; salvo aquellos contribuyentes que por razones debidamente justificadas no puedan hacerlo en el plazo señalado, para lo cual podrán solicitar por escrito un plazo mayor, y hasta un máximo

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. de DIECIOCHO MESES, solicitud que deberá ser hecha al Concejo Municipal, para su conocimiento y decisión.

Sujetos de aplicación.

Art. 3.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en el artículo 2 de la presente Ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Aquellos contribuyentes que estando registrados en el Municipio, se encuentren en situación de mora en el pago de las tasas e impuestos municipales.

b) Los contribuyentes que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, y hayan suscrito el correspondiente plan de pago, deberán solicitar la anulación de dicho plan de pago, para gozar de este beneficio, pudiendo pagar la totalidad de la deuda o realizar pagos parciales durante el plazo concedido en la presente Ordenanza.

c) Aquellos contribuyentes que hayan incumplido el plan de pago suscrito con la Municipalidad y se favorezcan con el beneficio otorgado en la presente Ordenanza;

d) Los usuarios del Mercado Municipal "La Placita", que se encuentren en mora por el pago de sus tributos, en el arrendamiento de los dife-rentes puestos que ocupan, a excepción de aquellos a quienes se refiere el Art. 45 de la Ordenanza de Organización y Funcionamiento del Sistema de Mercados del Municipio de Delgado;

e) Aquellos contribuyentes que hayan interpuesto recurso de revisión, apelación y/o hayan iniciado Juicio Contencioso-Administrativo, previo desistimiento de dichos recursos y juicio; y

f) Sujetos de aplicación o de la multa por inscripción extemporánea en el Catastro Municipal.

Procedimiento para la exoneración del pago.

Art. 4.- Las personas naturales o jurídicas que estén interesadas en solicitar el descuento de recargos de intereses por tasas e impuestos munici-pales, antes señalados, deberán solicitar la exoneración en el Departamento de Cuentas Corrientes.

Vencimiento de Plazo.

Art. 5.- Vencido el plazo que establece esta Ordenanza transitoria, cesará de inmediato y sin previo aviso el beneficio otorgado en la misma.

Vigencia.

Art. 6.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Ciudad Delgado, a tres de junio de dos mil nueve.

LIC. JOSE TOMAS MINERO DOMINGUEZ, LICDA. DELMY CAROLINA VASQUEZ ALAS, ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

LICDA. ALMA CLARIBEL BONILLA DE GONZALEZ, LETICIA GUADALUPE OVIEDO, PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA. SEGUNDA REGIDORA PROPIETARIA.

MIGUEL ARMANDO RAMOS, JOSE EMILIO MONICO JUAREZ, TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

MARIA ERNESTINA MENDOZA AGUILAR, WILFREDO BARRERA ARRIAZA, QUINTA REGIDORA PROPIETARIA SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.

ALFREDO MARTINEZ MURGA, MANUEL DE JESUS MONTANO FERNANDEZ, SEPTIMO REGIDOR PROPIETARIO OCTAVO REGIDOR PROPIETARIO.

CARLOS HUMBERTO RIVAS PEREZ, GREGORIA DEL CARMEN TEREZON DE LAINEZ, NOVENO REGIDOR PROPIETARIO. DECIMA REGIDORA PROPIETARIA.

JOSE CARMEN TICAS CAMPOS, JOSE FROILAN RICO RIVERA, DECIMO PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. DECIMO SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

LIC. JOSE ARTURO HERRERA ALVARADO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F011710)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

(Registro No. F011838)

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. aSociacioN DE DESarrollo coMUNal caNToN SaN

JoSE la iNSTaNcia JUriSDiccioN DE SaN aNToNio MaSaHUaT, DEParTaMENTo DE la PaZ.

caPiTUlo UNo.

DENoMiNacioN, DUracioN, DoMicilio, fiNES Y METaS.-

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

ordenamiento legal, Municipal y todas las demás disposiciones legales

aplicables; estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el

desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y

económicos y en la cual será de carácter apolítico, ni religioso, ni lucrativo

y se denominará Asociación de Desarrollo comunal cantón San José La

Instancia de la jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de

La Paz. La cual podrá abreviarse "ADESCOCSJINSTANCIA” Que en

los presentes estatutos se llamará la Asociación.

Art. 2.- La Duración de la Asociación será por tiempo indefinido

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en ordenanzas y reglamentos Municipales, ley del Desarrollo

comunal y estos estatutos.

Art. 3.- El Domicilio de la Asociación será: Cantón San José La

Instancia Jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de La

Paz.

Art. 4.- Los fines de la Asociación son de carácter General:

Son fines Generales:

a) La formación del hombre en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programas de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fin de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, con-juntamente con el Concejo Municipal, otros organismos gubernamentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas Jurídicas que participan en programas y proyectos de beneficio.

Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al

Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de San Antonio

Masahuat, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su for-

mación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la

economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización factor

indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será

producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las instituciones estatales, empresas privadas e instituciones internacionales, la Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:

1- Mejoramiento de calle empedrado y fraguado.

2- Ampliación de la Energía Eléctrica.

3- Remodelación de la casa comunal.

4- Construcción de casas en la comunidad.

5- Mejoramiento de alumbrado público.

6- Introducción de Agua Potable.

7 - Mejoramiento de calle al río.

8- Concretado de calle céntrica.

9- Construcción de cancha de fútbol

CaPiTUlo DoS

DE loS SocioS.-

Art. 6.- La Calidad de los socios será:

Activos y honorarios.

Todos deben ser mayores de dieciocho años.

a) Son Socios Activos: todas la personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas que hayan residido en este lugar por un período no menor de un año.

b) Son socios Honorarios: Aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.

Art. 7.- Los socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les Otorgue.

caPiTUlo TrES

DEl GoBiErNo DE la aSociacioN.-

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será Ejercido por la Asamblea General y la junta Directiva.

Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de socios Activos, pudiendo haber representación, de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos

veces al año con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando

sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de

diez miembros afiliados a la Asociación.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en

las Asambleas Extraordinarias solo se tratarán los asuntos comprendidos

en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-

prendidos en la agenda serán tratados.

Art. 12.- La Convocatoria para Asamblea General Ordinaria o

Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con

quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas

de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se

celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiera celebrarse

la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con

los socios que concurran.

En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aun

para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Destituir por causas justificadas a los miembros de la Junta

Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-

dad de miembros a los que hubieren renunciado, fallecido o

pierdan su calidad de socio.

c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-

te.

d) Otorgar la calidad de socio Honorario.

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la

Junta Directiva.

f) Aprobar el reglamento Interno de la Asociación y los que

son necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos

que se dictaren.

caPiTUlo cUaTro

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 14.- La Junta directiva será integrada por once miembros

electos en la Asamblea por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un

Presidente, Un Vicepresidente. Un Secretario General, Un Secretario

de Actas, Un Tesorero, Un Síndico y Cinco Vocales.

Art.15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince

días y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente,

para que la sesión sea válida deberán de concurrir por lo menos seis

de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.

En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de

calidad.

SoN aTriBUcioNES DE loS MiEMBroS DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 17.- fUNcioNES DEl PrESiDENTE:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Representar legalmente, a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.

c) Firmar los documentos de pago de la tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el presupuesto Anual.

d) Elaborará la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, presentará los informes correspondientes.

Art. 18.- fUNcioNES DEl VicEPrESiDENTE:

a) Colaborar en todas las funciones del presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente ya sea temporal o definitivamente.

c) Ejecutar las funciones que el presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en la elaboración de la memoria Anual de Labo-res.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-ten.

Art.19.- fUNcioNES DEl SEcrETario GENEral:

a) Llevar el registro del inventario General de bienes Muebles e inmuebles.

b) Mantener una campaña de afiliación y presentar informes a la junta Directiva.

c) Recibir las solicitudes de ingresos de nuevos asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.

d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el Reglamento Interno.

e) Llevar un registro actualizado de los socios.

Art. 20.- fUNcioNES DEl SEcrETario DE acTaS:

a) Llevar los libros de actas y acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.

b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para asamblea General.

Art. 21.- fUNcioNES DEl TESorEro:

a) El tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.

b) Llevará los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en

cada sesión, del estado económico de la misma.

d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si los hubiere.

e) Recolectar la cuota de los Asociados.

f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de egresos e ingresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.

g) En todo caso los gastos serán autorizados con su firma.

h) Los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia.

i) Las firmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos.

j) Responder solidariamente con el presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación.

Art. 22.- Funciones del Síndico:

a) Representar legalmente a la Asociación Conjuntamente o separadamente con el presidente previa autorización de la Junta Directiva.

b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.

Art. 23.- Funciones de los vocales:

a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los vocales quien deba desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.

DEl coMiTÉ DE ViGilaNcia

Art. 24.- El comité de vigilancia será electo en asamblea general

extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva y se constituirá

con tres miembros; el período de funciones del comité iniciará y concluirá

al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 25.- Las Funciones del comité de vigilancia serán de contro-

lar; tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para

realizar su función. Recibirá denuncias de los asociados contra la Junta

Directiva.

Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigación,

el resultado será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta

quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art. 26.- El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a

reunión extraordinaria y hacer propuestas de la Junta Directiva en pleno

o individualmente.

caPiTUlo ciNco

PaTriMoNio DE la aSociacioN.

Art. 27.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.

b) Las herencias y legados que reciba la Asociación.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y

realizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título

y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.

Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta

aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fin de

incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.

La que llevará un libro especial de registro de capital en el que

deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.

caPiTUlo SEiS.

DiSolUcioN DE la aSociacioN.

Art. 29.- La asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas

partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso

los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo

Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferente-

mente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no realice

su inversión, el remanente estará bajo el control del concejo municipal

Jurisdiccional.

caPiTUlo SiETE.

ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN DE aSociaDoS Y DirEcTiVoS.

Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados

de ella por acuerdo de la junta directiva, tomado por mayoría de votos

y previa audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas,

reglamento Municipal y estos estatutos. Se consideran como causales

de retiro o expulsión las siguientes anomalías:

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio

grave para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos de

elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea

general o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas y lucrativas y

de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

d) Por obtener beneficios por medio del fraude, para sí o para

terceros que afecten a la Asociación.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la

misma.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-

blea General podrán ser suspendidos temporal o definitivamente según

la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea

General y la suspensión temporal por la Junta directiva y por Asamblea

General.

Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva

nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los

hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor

exponga en su defensa resolverá.

En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el proce-

dimiento a que se refiere el inciso anterior acordado que fuere ésta se

nombrará a los sustitutos.

Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-

midad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de conocida

la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir

al concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.

b) Convocar a la Asamblea General que concederá sobre la sus-pensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo será la Asamblea general, que resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros.

Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por

el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los Directivos

suspendidos.

Art. 34.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-

poral decretada por la junta Directiva, únicamente podrá interponerse

el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la

notificación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá

ningún recurso.

caPiTUlo ocHo

DiSPoSicioNES GENEralES

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la

elección, la nómina de la nueva junta Directiva, en todo caso propor-

cionará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le

pidiere relativo a la Asociación

Art. 36.- Comunicará en forma expresada en el inciso anterior, las

sustituciones de los miembros de la junta directiva, cuando sea en forma

definitiva.

Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nueva

junta directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el Plan

de trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva junta Directiva.

Art. 38.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea

General, podrá acordar la entrega de certificados, diplomas o medallas al

mérito a personas, autoridades o Instituciones que demuestren espíritu

de servicio en favor de la Asociación y de la Comunidad.

Art. 39.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar

cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será

sometido por la junta directiva a la Asamblea General para su aproba-

ción.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NÚMERO DOS.-

Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal

Cantón San José La Instancia jurisdicción de San Antonio Masahuat,

departamento de La Paz, que se abrevia ADESCOCSJINSTANCIA,

que consta de cuarenta artículos, y no encontrando en ellos ninguna

disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a

las buenas costumbres, de conformidad con el Art. 119 y 30 numeral

23 del Código Municipal, este Concejo, ACUERDA:

Aprobarlos y conferirle a dicha Asociación el carácter de PERSONA

JURIDICA. COMUNIQUESE.

Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, Departamento de

La Paz, a quince de junio del año dos mil nueve.

ARMANDO VASQUEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

EDGAR NAPOLEON MARTINEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F011761)

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. aSociacioN DE DESarrollo coMUNal

caNToN SaN JoSE loS SolarES,

JUriSDiccioN DE SaN aNToNio MaSaHUaT,

DEParTaMENTo DE la PaZ.

caPiTUlo UNo.

DENoMiNacioN, DUracioN, DoMicilio,

fiNES Y METaS.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el ordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legales aplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, cultural y económicos y en la cual será de carácter apolítico, ni religioso, ni lu-crativo y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Cantón San José Los Solares, Jurisdicción de San Antonio Masahuat, Departamento de La Paz, la cual podrá abreviarse: "ADESCOCJLOSSOLARES" que en los presentes estatutos se llamará la Asociación.

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en ordenanzas y reglamentos Municipales, Ley del Desarrollo Comunal y estos estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: Cantón San José Los Solares, Jurisdicción de San Antonio Masahuat, del Departamento La Paz.

Art. 4.- Los fines de la Asociación son de carácter General:

Son fines generales:

a) La formación del hombre en lo que respecta a educación, salud y economía, la obra física será considerada como un medio y proyección que la Asociación aprovechará para el logro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de sus miembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programa de capacitación promocional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el fin de contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, con-juntamente con el Concejo Municipal otros organismos gubernamentales e instituciones autónomas, privadas y/o personas Jurídicas que participan en programas y proyectos de beneficio.

Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, el desarrollo del hombre es el primero, procurando su for-mación integral espontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la salud y el deporte; incentivando la democratización factor indispensable para la buena armonía de la ciudadanía. La obra física será

producto del esfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de las instituciones estatales, empresas privadas e instituciones internacionales, la Asociación se propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano y largo plazo lo siguiente:

1- Construcción de viviendas.

2- Mejoramiento de calles empedradas y fraguadas.

3- La construcción de cocinas.

4- Ampliación de la Energía Eléctrica.

5- Construcción de un muro seria del tanque.

6- Construcción de cerca perimetral al vertiente de agua.

7- Construcción de puente en el río.

8- Construcción de dispensario médico.

9- Construcción de un parque.

caPiTUlo DoS

DE loS SocioS.

Art. 6.- La calidad de los socios será:

Activos y honorarios.

Todos deben ser mayores de dieciocho años.

a) Son Socios Activos: todas la personas que reúnan los requi-sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindades colindantes inmediatas que hayan residido en este lugar por un periodo no menor de un año.

b) Son Socios Honorarios: aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o/a propuesta de la Junta Directiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación o Comunidad.

Art. 7.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

caPiTUlo TrES

DEl GoBiErNo DE la aSociacioN.

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 9.- La Asamblea General será el máximo organismo de la Asociación y se integrará con todos o con la mayoría de Socios Activos, pudiendo haber representación de socios, pero cada socio no podrá llevar más de una representación, las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente dos veces al año con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia o a solicitud de diez miembros afiliados a la Asociación.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en las Asambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no com-prendidos en la agenda serán tratados.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios con quince días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que se celebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sección por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el día siguiente con los socios que concurran.

En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligatorias aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Destituir por causas justificadas a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la cali-dad de miembros a los que hubieren renunciado, fallecido o pierdan su calidad de socio.

c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-te.

d) Otorgar la calidad de Socio Honorario.

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de la Junta Directiva.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que son necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamento que se dictaren.

caPiTUlo cUaTro

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembros electos en la Asamblea por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario de Actas, un Tesorero, un Síndico y cinco Vocales.

Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un periodo de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada quince días y extraordinariamente cuantas veces sea convocada por el Presidente, para que la sesión sea válida deberán de concurrir por lo menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto de calidad.

SoN aTriBUcioNES DE loS MiEMBroS

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 17.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Representar legalmente a la Asociación, previa autorización de la Junta Directiva.

c) Firmar los documentos de pago de la tesorería y autorizar los gastos administrativos no previstos en el presupuesto anual.

d) Elaborará la agenda a tratar en las diferentes sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General, presentar los informes correspondientes.

Art. 18.- FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE:

a) Colaborar en todas las funciones del presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente ya sea temporal o definitivamente.

c) Ejecutar las funciones que el presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labo-res.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presen-ten.

Art. 19.- FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL:

a) Llevar el registro de inventario general de bienes muebles e inmuebles.

b) Mantener una campaña de afiliación y presentar informes a la Junta Directiva.

c) Recibir las solicitudes de ingresos de nuevos asociados y darlas a conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.

d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y los que señale el Reglamento Interno.

e) Llevar un registro actualizado de los socios.

Art. 20.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ACTAS:

a) Llevar los libros de actas y acuerdos de las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General en las cuales se haga constar las actuaciones de la Asociación.

b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.

Art. 21.- FUNCIONES DEL TESORERO:

a) El tesorero será depositario y custodio de los fondos y bienes de la Asociación.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. b) Llevar los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y

se encargará de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación.

c) Dará cuenta a la Junta Directiva y a la Asamblea General en cada sesión del estado económico de la misma.

d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, si lo hubiere.

e) Recolectar la cuota de los Asociados.

f) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la Asociación y ponerlo en consideración de la Junta Directiva y Asamblea General.

g) En todo caso los gastos serán autorizados con su firma.

h) Los fondos serán depositados en una institución Bancaria o Crediticia.

i) Las firmas del Presidente y del Tesorero de la Asociación serán requeridas para todo retiro de fondos.

j) Responder solidariamente con el presidente por el patrimonio y los fondos de la Asociación.

Art. 22.- Funciones del Síndico:

a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente o separadamente con el presidente previa autorización de la Junta Directiva.

b) Atender los problemas que se le presenten a los Asociados en el desempeño de sus labores.

Art. 23.- Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

b) Desempeñar las comisiones que les designen la Asamblea General y la Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía de la entidad en caso de suspensión temporal de algún miembro directivo, la Junta Directiva designará de entre los vocales quien deba desempeñar las funciones del suspendido por el tiempo que dure la suspensión.

DEl coMiTÉ DE ViGilaNcia

Art. 24.- El comité de vigilancia será electo en asamblea general extraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva y se constituirá con tres miembros; el periodo de funciones del comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 25.- Las funciones del comité de vigilancia serán de contro-lar; tendrá acceso a todos los libros, facturas u otros documentos para realizar su función. Recibirá denuncias de los asociados contra la Junta Directiva.

Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigación, el resultado será dado a conocer a la Asamblea General para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art. 26.- El comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar a reunión extraordinaria y hacer propuestas de la Junta Directiva en pleno o individualmente.

caPiTUlo ciNco

PaTriMoNio DE la aSociacioN.

Art. 27.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.

b) Las herencias y legados que reciba la Asociación.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas y realizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas que se obtengan por el alquiler de los mismos.

Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, ésta aportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fin de incrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.

La que llevará un libro especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.

caPiTUlo SEiS

DiSolUcioN DE la aSociacioN.

Art. 29.- La asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartas partes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal caso los fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el Concejo Municipal lo destinará a programas de Desarrollo Comunal, preferente-mente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no realice su inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal jurisdiccional.

caPiTUlo SiETE

ProcEDiMiENTo ESPEcial Para la rEMocioN DE

aSociaDoS Y DirEcTiVoS.

Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados de ella por acuerdo de la junta directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas, reglamentos municipales y estos estatutos. Se consideran con causales de retiros o expulsión las siguientes anomalías:

a) Por mala conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos de elección o comisiones que le sean delegados por la Asamblea General o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas y lucrativas y de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 d) Por obtener beneficios por medio del fraude, para sí o para

terceros que afecten a la Asociación.

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la misma.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asam-blea General podrán ser suspendidos temporal o definitivamente según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y por Asamblea General.

Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán los hechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá.

En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior acordado que fuere ésta se nombrará a los sustitutos.

Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de conformi-dad a los artículos anteriores dentro del plazo de diez días de concedida la infracción, por lo menos un número de cinco asociados podrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión inves-tigadora.

b) Convocar a la Asamblea General que concederá sobre la sus-pensión en base a los informes de la comisión investigadora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones deba conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de un número considerable de miembros cuando los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo establecido en el inciso anterior, en todos los casos de este artículo será la Asamblea General, que resolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros.

Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.

Art. 34.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tem-poral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse el recurso de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notificación, de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso.

caPiTUlo ocHo

DiSPoSicioNES GENEralES.

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina de nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionará

al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se le pidiere

relativo a la Asociación.

Art. 36.- Comunicará en forma expresada en el inciso anterior, las

sustituciones de los miembros de la junta directiva, cuando sea en forma

definitiva.

Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de nueva

junta directiva deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio el plan

de trabajo correspondiente, y la nómina de la nueva Junta Directiva.

Art. 38.- La junta directiva con el apoyo del pleno y en Asamblea

General, podrá acordar la entrega de certificados, diplomas o medallas

al mérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu

de servicio en favor de la Asociación y de la Comunidad.

Art. 39.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar

cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual será

sometido por la junta directiva a la Asamblea General para su aproba-

ción.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NÚMERO TRES.

Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal

Cantón San José Los Solares, jurisdicción de San Antonio Masahuat,

departamento de La Paz, que se abrevia ADESCOCJLOS SOLARES,

que consta de cuarenta artículos, y no encontrando en ellos ninguna

disposición contraria a las leyes de la República, al orden público ni a

las buenas costumbres, de conformidad con el Art. 119 y 30 numeral

23 del Código Municipal, este Concejo, ACUERDA: Aprobarlos y

conferirle a dicha Asociación el carácter de PERSONA JURIDICA.

COMUNIQUESE.

Alcaldía Municipal de San Antonio Masahuat, Departamento de

La Paz, a quince de junio del año dos mil nueve.

ARMANDO VASQUEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

EDGAR NAPOLEON MARTINEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F011762)

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. ESTaTUToS DE coNSTiTUciÓN DE la “aSociaciÓN

coMUNal aDMiNiSTraDora DEl SiSTEMa DE aGUa

caNTÓN El JocoTE.

caPiTUlo PriMEro.DEl NoMBrE, NaTUralEZa, DUraciÓN Y DoMicilio.

Art. 1.- Constitúyese en la Comunidad El Jocote, Municipio de

San Matías la “ASOCIACIÓN COMUNAL ADMINISTRADORA

DEL SISTEMA DE AGUA”. Como entidad de naturaleza privada, no

lucrativa sin fines políticos ni religiosos, la que en los presentes Estatutos

se denominará El Jocote o la Asociación la que estará integrada por sus

asociados y beneficiados del servicio de agua potable, sometiéndose a

la legislación municipal. Los Estatutos de Creación, Reglamento interno

y demás disposiciones legales que fueren aplicables.

Art. 2.- La Asociación se constituye por tiempo indetermina-

do pudiendo disolverse por los motivos que se establecen en estos

Estatutos.

Art. 3.- La Asociación Comunal Administrativa del Sistema de

Agua; obtendrá su Personería Jurídica por medio de la Municipalidad de

San Matías, y tendrá Su domicilio en El Cantón El Jocote, desarrollará

sus actividades en la Comunidad El Jocote conforme lo establece el

Reglamento Interno de la Junta Directiva.

caPiTUlo SEGUNDo.

oBJETiVoS.

Art. 4.- El objetivo fundamental de la Asociación es la de otorgar

el servicio de agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas

a sus asociados, mediante la administración, operación y mantenimiento

de las instalaciones que componen el Sistema Rural de Aguas, que en

estos Estatutos, podrá también denominarse “El Sistema”.

Art. 5.- Para la consecución de sus fines, la Asociación podrá

realizar las siguientes actividades

a) Distribuir agua potable a los asociados y beneficiados, de

acuerdo a la capacidad del Sistema así como recolectar y

tratar las aguas servidas antes de vertirlas a cuerpos de aguas

o infiltrarlas al subsuelo, cuando esto sea recomendable.

b) Procurará la participación efectiva de la Comunidad en la

gestión, planificación, diseño, construcción operación, man-

tenimiento y la administración del sistema de Acueducto y/o

saneamiento procurando la capacitación y educación sanitaria

que se requiera.

c) Proveer a la comunidad la información necesaria sobre sus

derechos y obligaciones respecto al buen funcionamiento del

Sistema y de la misma Asociación.

d) Vigilar y proteger el recurso hídrico de conformidad a las leyes

de la materia que estén vigentes o se dicten en lo relacionado

con la protección y conservación del medio ambiente.

e) Adquirir materiales y financiamiento para la reparación, me-

joramiento o ampliación de las instalaciones del sistema.

f) Manejar bajo su responsabilidad única, los fondos obtenidos

en concepto de tarifas por consumo de agua o uso del sistema

de recolección y tratamiento de aguas servidas, por pago de

concepto de mora u otra actividad realizada a dichos fines,

los cuales deberán ser depositados en un Banco legalmente

constituido debiendo usarse únicamente para gastos de fun-

cionamiento del Sistema.

g) Establecer y aplicar las sanciones y multas a los asociados y

beneficiados del Sistema que no cumplan con sus obligaciones,

normas y procedimientos establecidos para la administración

general de la Asociación, tanto en el Reglamento especial de

la Administración como en el Convenio suscrito con ésta y

estos Estatutos.

h) Asegurar el cumplimiento de las normas y procedimientos

de salud a nivel nacional, dictadas para el abastecimiento,

saneamiento y prevención a la contaminación del agua po-

table.

i) Informar al Jocote la Comunidad en forma periódica sobre las

labores que realizan y los proyectos que se llevan a cabo.

j) Promover y apoyar programas de higiene Básica Sanitaria y

educación ambiental entre sus asociados y beneficiados.

k) Gestionar financiamiento ante otros Organismos Guberna-

mentales y no Gubernamentales para el mejoramiento del

sistema.

l) Las demás actividades que fueren necesarias realizar acordadas

en Asamblea General o con la Junta Directiva en beneficios

de la Asociación y/o el Sistema.

caPiTUlo TErcEro.

DE loS aSociaDoS, caliDaD, DErEcHoS Y oBliGa-

cioNES.

Art. 6. La Asociación se constituye con socios fundadores en número

de 150, pudiendo ingresar posteriormente mayor número de miembros

beneficiados que se integren al Sistema, quienes deberán ser mayores

de 18 años no importando su sexo, religión o ideas políticas.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 7. Son derechos de los Asociados.

a) Asistir con voz y voto a las Asambleas Generales Ordinarias

y Extraordinarias.

b) Elegir y ser electos para cargos de Dirección, Administración

o Vigilancia de la Organización.

c) Gozar de los beneficios del servicio de agua potable, recolec-

ción y tratamiento de aguas servidas siempre que se encuentren

solventes en el pago de sus tarifas y en el cumplimiento de

sus demás obligaciones.

d) Solicitar y obtener información que solicite a la Junta Directiva,

sobre el funcionamiento del Sistema.

e) Solicitar a través de un directivo, más una tercera parte de sus

asociados como mínimo para que se convoque a Asambleas

Generales.

f) Apelar entre la Asamblea General por decisiones de suspensión

o exclusión.

g) Gozar de igualdad de condiciones de los derechos que su ca-

lidad de socio le confieren, sin ningún tipo de discriminación,

así como también podrá tener acceso a los libros de Actas.

h) Los demás derechos que le confieren estos Estatutos.

Art. 8.- Son obligaciones de los asociados:

a) Conocer, acatar, y cumplir las disposiciones generales, para

la Administración y funcionamiento de los Sistemas de Agua

en el Área Rural, los términos contractuales del Convenio

suscrito entre su reglamento y estos estatutos.

b) Servir en los cargos para los cuales resultare elegido, y

desempeñarse con responsabilidad y diligencia debida.

c) Participar en todas las actividades que se realicen en beneficio

de la Asociación y del Sistema de Aguas.

d) Contribuir con una cuota inicial de incorporación como socio,

la cual será fijada por la Asamblea General.

e) Asistir puntualmente a todo acto o reunión convocada por la

Junta Directiva, incluyendo aquellas actividades educativas,

participando en la toma de decisiones.

f) Pagar oportunamente las cuotas por el servicio recibido, en

las fechas estipuladas en el reglamento interno, en base a los

valores fijados al efecto.

g) Comportarse siempre con espíritu cooperativo en las acti-

vidades que realice la Junta Directiva o cualquiera de los

miembros de la Asociación.

h) Abstenerse de actos que por acción u omisión puedan afectar

la estabilidad económica, financiera y prestigio social de la

Asociación.

i) Acatar los preceptos de estos Estatutos y el Reglamento Interno

de la Asociación y contribuir a la protección del sistema.

j) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos de la Junta

Directiva y Asambleas Generales, Ordinarias o Extraordi-

narias.

k) Abstenerse de promover o propagar asuntos políticos, reli-

giosos, o raciales dentro del seno de la Asociación.

l) Los demás que establezcan en el reglamento Interno y los

Estatutos de la Asociación.

m) Comportarse con educación en las Asambleas Generales, sin

faltar el respeto a los directivos y demás asociados.

Art. 9. La Calidad de miembro de la Asociación, pero no al sistema

de agua.

a) Por renuncia voluntaria, a la Asociación, pero no al sistema

de agua.

b) Por causa de suspensión o expulsión de la Asociación tomada

en acuerdo por la Junta Directiva aprobado en Asamblea

General por incumplimiento de obligaciones, pero no podrá

suspender servicio de agua sin causa justificada.

c) Por causa de muerte del socio, esta calidad pasará al esposo

o esposa o si no a un hijo.

d) Por mala educación o mal vocabulario e irrespeto en acti-

vidades relacionadas con el sistema, previa evaluación del

caso por El Jocote.

caPiTUlo cUarTo.

DEl PaTriMoNio.

Art. 10. Constituyen el Patrimonio de la Asociación, todos los

bienes muebles e inmuebles que adquieran o hayan adquirido con fondos

propios, o por donaciones de personas naturales y/o jurídicas dentro del

proceso de Administración del Sistema de Agua Potable, éstos constituyen

bienes indispensables para el mantenimiento y operación del Sistema.

caPiTUlo QUiNTo.

DEl GoBiErNo DE la aSociaciÓN.

Art. 11.- La Asamblea General en pleno es la autoridad máxima de la

Asociación; sin importar su calidad de socio fundador o beneficiado.

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Art. 12.- Los acuerdos de Asamblea General, se aprobarán con el

voto de la mitad más uno de los asociados, salvo en caso de disolución

de la Asociación, que deberá realizarse con la votación de las tres cuartas

partes del total de sus asociados.

Art. 13.- Si en plenaria de Asamblea General no pudiere llevarse

a cabo el día y hora señalados por falta de quórum, fuerza mayor o caso

fortuito, se hará una segunda convocatoria la misma fecha con una hora

de diferencia (de la primera convocatoria) y se tomarán acuerdos con

los presentes.

Art. 14.- Las Asambleas Ordinarias se celebrarán semestralmente,

por convocatoria del Presidente de la Junta Directiva. Ningún miembro

podrá representar a otro, para efectos de ejercer el voto, el cual es de

carácter personal e intransmisible. Dicha votación puede emitirse en

forma secreta o por votación pública a mano alzada, según lo decida

la Asamblea General, en cuya agenda deberán tratarse los asuntos de

interés para la Asociación y en especial, los siguientes:

a) El Estado de Cuenta y balance general, memoria anual o

semestral de las labores, actividades y avances obtenidos

durante el periodo anterior.

b) Para la elección de nuevos miembros de la Junta Directiva,

cuyo nombramiento será por períodos de dos años, pudiendo

reelegirse si la Asamblea General en pleno así lo decidiere.

c) Para la presentación del Proyecto del Plan Anual de activi-

dades, en Asamblea General para la aprobación del pleno.

d) Los casos de ampliación o mejoramiento del Sistema, técni-

camente avalados por beneficio de la asociación.

e) Los casos de admisión de nuevos miembros beneficiados del

Sistema.

f) Para la fijación de cuotas o tarifas por el uso del Sistema, en

coordinación con la comunidad acuerdo con las disposiciones

legales vigentes.

Art. 15. Podrá convocarse a Asamblea General Extraordinaria

a iniciativa del Presidente de la Junta Directiva. A iniciativa de la

mayoría de los miembros de la Junta Directiva o por requerimiento de

por lo menos una tercera parte de los asociados, debiendo señalarse en

la convocatoria el objeto de la Asamblea, fecha, hora y lugar, para la

cual se convocará a un representante de El Jocote cuando se tratare de

modificación o ampliación del Sistema, además para conocer sobre:

a) La reforma a estos Estatutos.

b) La adquisición de nuevos bienes muebles e inmuebles en

beneficio de los fines de las Asociación.

c) La aprobación de aportes de cuotas extraordinarias para fi-

nanciar nuevos proyectos que beneficien el Sistema, debiendo

aprobarse con la votación de por lo menos las tres cuartas

partes de sus miembros.

d) La exclusión de uno o más asociados, lo cual deberá dedicarse

en votación secreta, lo mismo que para la cesación del cargo

de algún miembro de la Junta Directiva.

e) La disolución de la Asociación.

Art. 16.- Las asambleas Generales Ordinarias quedarán legalmente,

constituidas, con la presencia en la primera citación, de por lo menos

la mitad más uno de los asociados activos; y las extraordinarias, por lo

menos las tres cuartas partes de ellos.

Art. 17.- Las deliberaciones y acuerdos que se produzcan en las

Asambleas Generales quedarán registrados en el Libro de Actas, el que

deberá contener al menos.

a) El día, hora y lugar de reunión.

b) Nombre del dirigente que presidió la reunión.

c) Miembros de la Junta Directiva presentes.

d) Número de miembros presentes que hubieran sido convocados

según los puntos a tratar; así como los representantes de otras

Instituciones involucradas según el caso.

e) Agenda, puntos tratados y acuerdos anteriores.

f) Tipo de reunión de que se trate.

g) Registro del tipo de votación que se realice.

El acta será firmada dentro de los cinco días hábiles siguientes a

la fecha de celebrada, por el Presidente(a), por el Secretario(a), por tres

miembros designados para tal efecto en la misma Asamblea General.

Art. 18.- La Asamblea General tomará sus decisiones por mayoría

de votos de los presentes y en caso de empate, el Presidente tendrá doble

voto.

caPiTUlo SEXTo.

DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 19.- La primera Junta Directiva del Jocote será electa por

mayoría de votos en la Asamblea General de constitución las demás

Juntas Directivas o miembros de éstas que sustituyan a los que terminan

su período, será convocada por la misma Junta Directiva o a petición de

por lo menos la tercera parte de los miembros.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Art. 20.- La Asamblea General de Asociaciones en pleno elegirá,

dentro de los socios las personas idóneas para formar parte de la Junta

Directiva de El Jocote, pudiendo optar a los cargos de:

a) Presidente(a).

b) Vicepresidente(a).

c) Secretario(a).

d) Tesorero(a).

e) Vocales.

f) Síndico.

Al momento de hacer las propuestas para optar a cualquier cargo de

la Junta Directiva, deberá postularse el cincuenta por ciento del género

femenino. En todo caso la suma total de los miembros electos de la Junta

Directiva deberá ser un número impar.

Art. 21.- Para ser miembro directivo deberá:

a) Ser socio de la comunidad, estar solvente con las obligaciones

económicas de la asociación.

b) Ser mayor de 18 años.

c) No tener parentesco de consanguinidad ni segundo grado

de afinidad entre los miembros de la Junta Directiva; sin

embargo, en casos excepcionales y a criterio razonado de la

Asamblea, se podrá omitir este requerimiento.

d) Ser salvadoreño por nacimiento o naturalización.

e) No estar procesado ni cumpliendo condena por delito contra

las leyes de El Salvador.

l) Ser de reconocida solvencia moral.

Art. 22.- Los miembros de la Junta Directiva permanecerán en sus

cargos de dos años y podrá ser reelecto en el período siguiente, pudiendo

ejercer hasta un máximo de dos períodos consecutivos en un mismo

cargo, sin embargo, continuarán en sus cargos mientras no se realice

una nueva elección.

Art. 23.- Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán sus

cargos adhonorem, sin embargo, cuando deba realizar gestiones o formar

comisiones, se les reconocerá los gastos de transporte y sus viáticos, lo

cual deberá ser contemplado en el Reglamento Interno.

Art. 24.- Para que pueda sesionar la Junta Directiva el quórum deberá

ser de mayoría simple, o sea, la mitad y más uno de sus miembros. Las

resoluciones se tomarán con la misma proporción, o sea, la mitad más

uno de los miembros presentes.

Art. 25.- La Junta Directiva podrá destituir de sus cargos, a cual-

quiera de sus miembros que faltare a tres reuniones consecutivas o a

cinco alternas sin causa justificada o cuando se comprobare faltas o

hechos no compatibles con sus funciones, deberes y responsabilidades.

El reemplazo de estos miembros se realizará de conformidad al artículo

24 de estos Estatutos.

Art. 26.- La Junta Directiva celebrará sesión Ordinaria una vez

al mes y sesión extraordinaria cuando sea necesario y/o a solicitud del

Presidente o de tres o más miembros de la misma.

Art. 27.- Son funciones de la Junta Directiva las siguientes.

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el Reglamen-

to, Administración y Operación, los acuerdos adoptados en

Asambleas, así como las disposiciones legales, administrativas

y técnicas que sean aplicables para el buen funcionamiento

de la comunidad El Jocote y sus servicios.

b) Velar por el buen funcionamiento del Sistema, ejecutando las

obras necesarias para su conservación y mantenimiento.

c) Vigilar y proteger las micro cuencas de las fuentes de

abastecimiento del acueducto y de los cuerpos receptores;

para evitar su contaminación y ayudar a la protección de las

cuencas hidrográficas de la región.

d) Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio

prestado; incluido los logrados por concepto de mora u otras

actividades que se realicen para aumentar los fondos de la

Comunidad los cuales serán destinados exclusivamente a

gastos de administración, operación, mantenimiento y mejo-

ramiento del sistema, así como también para la capacitación

de los miembros de la junta.

e) Adquirir bienes muebles para la consecución de todos sus

fines por los medios legales.

f) Administrar los bienes de El Jocote abrir y cerrar cuentas de

ahorro, corriente de depósito o de Crédito en Instituciones

Bancarias o Financieras legales reconocidas para tal efecto

se faculta expresamente al Presidente, Tesorero y Síndico de

la Junta Directiva de la Comunidad cumplir con lo dispuesto

en este inciso.

g) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean

indispensables para la realización de sus fines de creación de

El Jocote siempre que éstos no contravengan las disposiciones

legales; técnicas y administrativas.

h) Convocar a reuniones a los miembros para tratar los asuntos

que se requieren en la administración del sistema, cuando así

la Junta Directiva lo determine.

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. i) Elaborar el Plan Anual de Trabajo y someterlo a aprobación

en plenaria de Asamblea general;

j) Analizar las solicitudes de los abonados o de nuevos servi-

cios.

k) Llevar un registro de las órdenes de trabajo necesarias para el

buen funcionamiento del Sistema, o la ejecución de acciones

necesarias para la aplicación de sanciones.

l) Informar por escrito y en forma oportuna a los usuarios,

sobre las sanciones impuestas por incumplimiento de sus

obligaciones.

m) Revisar periódicamente las tarifas por consumo, cargos por

nuevos servicios, sanciones y demás actividades administra-

tivas; cuando sea necesario modificarlas, deberán someterlas

a la aprobación de la Asamblea General, siempre que su fin

sea para que los ingresos sean suficientes para la gestión del

sistema.

Art. 28.- Para llevar a cabo la administración financiera del sistema

de agua potable, la JUNTA DIRECTIVA deberá:

a) Elaborar un Plan de trabajo para la operación del sistema,

mantenimiento preventivo educación sanitaria y otros.

b) Elaborar un presupuesto anual para la administración de los

sistemas y para la educación sanitaria.

c) Señalar el lugar de recaudación para el cobro de las tarifas

por consumo de agua.

caPiTUlo SÉPTiMo.

fUNcioNES DE loS MiEMBroS DE la JUNTa DirEcTiVa.

Art. 29.- Son funciones del Presidente(a) las siguientes:

a) Representar legalmente a la Asociación en forma conjunta

o separada con el Síndico, en todas aquellas circunstancias

en que tal representación sea necesaria.

b) Convocar a reuniones de El Jocote y de la Junta Directiva.

c) Presidir las reuniones de Junta Directiva y las Asambleas

Generales.

d) Firmar, en representación de El Jocote a el convenio para la

administración, operación y mantenimiento del servicio.

e) Firmar la correspondencia de la Junta Directiva.

f) Girar cheques conjuntamente con el(a) tesorero(a) con cargo

a los fondos de El Jocote.

g) Velar por el debido cumplimiento de los planes y programas

de El Jocote.

h) Suscribir los contactos para la compra de bienes y materiales y

para la contratación del personal se requiere para la explotación

de los servicios previa aprobación de la Junta Directiva.

i) Desempeñar todos los demás deberes correspondientes a su

cargo y los que por acuerdos le asigne la Asamblea Gene-

ral.

j) Responder solidariamente con el Síndico, de los actos de

mala administración y con el tesorero en lo relacionado

con la recaudación y erogación de fondos, administración

fraudulenta y/o malversación de fondos.

Art. 30.- Son funciones del Vicepresidente(a), las siguientes:

Apoyar al presidente(a) en el desarrollo de sus funciones y

substituirlo(a) en caso de excusa o inasistencia justificada, incapacidad

o retiro de su cargo.

Art. 31.- Son funciones del Secretario(a), las siguientes:

a) Convocar a Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias,

reuniones de trabajo la junta Directiva conforme a instruc-

ciones del Presidente.

b) Levantar las actas de las sesiones de la Junta Directiva y

Asambleas Generales, firmarlas una vez aprobadas, conjun-

tamente con el presidente(a) registrándolas en un libro de

Actas, autorizado al efecto por la junta Directiva.

c) Tener a su cargo y bajo su custodia los documentos y archivos

de la Asociación.

d) Llevar en orden y actualizado el Libro de Registro de Aso-

ciados.

e) Emitir constancia de acreditación a los miembros de la Junta

Directiva cuando sus miembros lo soliciten.

f) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo

y los que por acuerdo se le asigne.

Art. 32.- Son funciones del Tesorero(a):

a) Controlar y custodiar los bienes recaudados en concepto

de cobro o por cualquier otra actividad desarrollada por El

Jocote con la finalidad de obtener fondos para las obras de

mantenimiento, administración y operación del Sistema de

agua potable, recolección y tratamiento de aguas servidas.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 b) Depositar mensualmente en el Banco o en alguna institución

financiera legalmente reconocida, los saldos que resulten

después de que se hayan financiado los gastos de operación,

administración mantenimiento del sistema.

c) Autorizar retiros de cuentas bancarias, conjuntamente con

el(la) presidente(a) y Síndico, contra los fondos de la Aso-

ciación.

d) Custodiar los libros de contabilidad sobre la administración

y operación del Sistema.

e) Mantener al día la documentación de la Asociación, espe-

cialmente el archivo de facturas y demás comprobantes de

ingresos y egresos, el control de morosidad permanentemente

actualizada y elaborar los informes de Estados Financieros,

para ser informado ante el pleno en Asambleas Generales,

en las fichas fijadas para tal fin.

f) Preparar anualmente el Balance General y Estado financiero,

para ser informado ante el pleno en Asamblea General.

g) Desempeñar todos los demás deberes inherentes a su cargo

y lo que por acuerdos aprobados se le asigne.

h) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes,

muebles e inmuebles propiedad de la Asociación.

i) Custodiar el patrimonio de la Asociación, velar por la utiliza-

ción adecuada de los recursos económicos así como efectuar

los pagos de las obligaciones de éstas.

j) Organizar el sistema de recaudación y efectuar los cobros

por consumo, conexiones, reconexiones, multas y otros

cargos, en coordinación con los demás miembros de la Junta

Directiva.

Art. 33.- Son funciones de los Vocales:

a) Asistir a todas las reuniones de la Junta Directiva, con derecho

a voz y voto.

b) Colaborar con las actividades que sean solicitadas por presi-

dentes, vicepresidentes, el secretario y/o el Síndico, siempre

y cuando dichas actividades estén dentro de su capacidad y

alcance la realización de las mismas.

c) Desempeñar todas las demás actividades y deberes inherentes

a su cargo y los que por acuerdo de la asamblea general se le

han asignado.

Art. 34.- Son funciones del Síndico:

a) El Jocote función que ejecutará en forma conjunta o separa-

damente con el presidente de la Junta Directiva; debiendo;

para ello, rendir fianza bancada que será expuesta en asamblea

general.

caPiTUlo ocTaVo.

SaNcioNES, MEDiDaS DiSciPliNariaS.

Art. 35.- Todos los miembros fundadores, directivos y benefi-

ciarios del Jocote deben ejercer sus derechos y funciones. En caso de

incumplimiento comprobado, serán sujeto de sancionar y medidas que se

establecen en los presentes estatutos, reglamento interno o en su defecto,

las que determine la Asamblea General, pudiendo consistir en multas,

suspensión o expulsión de la asociación, según la gravedad del hecho.

caPiTUlo NoVENo.

DE SU DiSolUciÓN.

Art. 36.- La Asociación podrá disolverse por acuerdo de asambleas

generales, con la votación de las dos terceras partes de sus asociados,

por las causales siguientes:

a) Por realizar actos arbitrarios que estén en contra del conve-

nio o el reglamento de administración y funcionamiento del

Jocote o por cualquier acto que violente los intereses de la

comunidad y la calidad de los servicios de agua potable y

saneamiento que se les brinde.

b) Por resolución judicial, cuando se comprueben las realiza-

ciones de actividades ilícitas del lucro directo, o contrarias

a la moral, la seguridad y el orden público, o mal manejo

de los fondos y bienes de la entidad, con perjuicio grave e

irreparables a terceros o al estado.

caPiTUlo DÉciMo.

DE la MoDificaciÓN EN ESTaTUToS.

Art. 37.- Los presentes estatutos sólo podrán modificarse por el

Jocote siempre que no se contravengan a las disposiciones legales técnicas

y administrativas vigentes.

Art. 38.- En el caso del capítulo anterior, tendrá la iniciativa para

solicitar la modificación de los estatutos, la asamblea general y la Junta

Directiva, en el primer caso, corresponderá a la mitad más uno de los

afiliados activos presentar su petición por escrito a la junta directiva,

y en el segundo caso la Junta Directiva hará la solicitud al pleno de la

Asamblea General, quien lo decidirá por la votación de las tres cuartas

partes de sus miembros.

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. caPiTUlo DÉciMo PriMEro.

DiSPoSicioNES GENEralES.

Art. 39.- Durante las reuniones de la Asociación, estará estrictamente

prohibido generar discusiones de tipo político, religioso o de cualquier

otra índole que sea ajena a sus intereses y finalidad.

Art. 40.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir la nómina

de los miembros en el registro que llevará la Alcaldía Municipal, y en

todo caso, proporcionar cualquier dato que se le pidiere, entidad.

Art. 41.- La Asociación podrá limitar temporalmente el ingreso

de nuevos socios, previo análisis técnico El Jocote sobre la capacidad

del sistema lo permite o no, para abastecer de agua potable a un mayor

número de personas; o si éstas, requieren de mayor volúmenes de agua

que la capacidad de proporción del sistema o a la propia capacidad de

la fuente de abastecimiento; mientras éste no sea ampliado o mejorado.

Siempre que las mejoras sea para beneficio de la comunidad El Jocote

permitiendo que el sistema de agua potable sea proporcionado a otra

comunidad.

Art. 42.- Todo miembro exclusivo de la Asociación por las causales

establecidas en estos Estatutos, sólo podrá ser readmitido después del

pago de todos los compromisos económicos pendientes, pero no podrá

aspirar a ningún cargo de Junta Directiva en un plazo no menor de dos

años.

Art 43.- La Asociación deberá tener un Libro de Registro de sus

miembros, indicando su nombre y demás generales; residencia, número

de Documento Único de Identidad (DUI) u otro documento de identifica-

ción; fecha de ingreso, número de miembros que componen a su grupo

familiar.

Art. 44.- La Junta Directiva emitirá un Reglamento interno que

establezca las normas de carácter administrativo y demás obligaciones

propias de la Asociación y deberá ser sometido a Aprobación de la

Asamblea General inmediatamente después de la autorización de su

Personalidad Jurídica.

Art. 45.- Para efecto de dar cumplimiento a las disposiciones de

estos Estatutos y del Reglamento interno de la Asociación por violación

de los mismos, la junta directiva podrá solicitar la colaboración de las

autoridades Administrativas o Judiciales de conformidad a la legislación

vigente.

Art. 46.- A los donantes de terrenos donde está ubicado la fuente o

terreno para perforar pozos, que abastecen a la comunidad y los terrenos

donde construyan los tanques de almacenamiento y distribución se le

dará una paja de agua gratis para su vivienda, siempre que técnicamente

sea posible y a solicitud del donante. Los donantes no están excepto del

pago del servicio de agua.

Art. 47.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días,

después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO CATORCE.

Vistos los Estatutos de Constitución de la “Asociación Comunal

Administradora del Sistema de Agua Potable del Cantón “El Jocote”

fundada en el Cantón El Jocote, jurisdicción de San Matías, departamento

de La Libertad, los cuales constan de 47 Artículos y no encontrando

en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al

orden público ni a las Buenas Costumbres, de conformidad a los Artí-

culos 30 Numeral 23, 119 y 121 del Código Municipal, este Concejo

Municipal, ACUERDA: 1°) Otorgar Personería Jurídica que solicita a

la Asociación Comunal Administradora del Sistema de Agua potable

del Cantón “El Jocote” fundada en el Cantón El Jocote del Municipio

de San Matías, departamento de La Libertad; 2°) Aprobar en todas sus

Partes sus Estatutos que constan de 47 Artículos; y 3°) publíquese en el

Diario Oficial los Estatutos que hoy se aprueban. CERTIFÍQUESE Y

COMUNÍQUESE.

Dado en la Alcaldía Municipal: San Matías, departamento de La

Libertad, a dieciocho de Junio del año Dos Mil Nueve.

VIRGILIO MARTÍNEZ BARILLAS,

ALCALDE MUNICIPAL.

JOSÉ DEL CARMEN LEÓN,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F011837)

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

DEclaraToria DE HErENcia

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

AVISA: Que por resolución de las diez horas y quince minutos del día cuatro de Junio del dos mil nueve, se han declarado herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RAIMUNDO GUTIERREZ ARGUETA conocido por REIMUNDO GUTIERREZ ARGUETA, quien falleció a las quince horas del día veintiséis de marzo del dos mil ocho, en el Caserío Chispas, Cantón El Zamorán, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a los señores SANTOS GUTIERREZ CABRERA, PEDRO ERNESTO GUTIERREZ CABRERA, y la señora FLOR MAGDALENA CABRERA DE MON-TEAGUDO conocida por FLOR MAGDALENA GUTIERREZ DE MONTEAGUDO, todos en calidad de hijos del causante, y se les han conferido a los herederos declarados, en el carácter antes indicado, la administración y representación definitivas de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas y diecisiete minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 617

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

AVISA: Que por resolución de las once horas y quince minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve, se ha declarado heredera expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA GENOVEVA APARICIO viuda de VARGAS, quien falleció a las catorce horas del día diecisiete de Junio de mil novecientos setenta y ocho, en el Cantón El Papalón, Jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, a la señora DOLORES APARICIO, conocida por DOLORES VARGAS APARICIO, en calidad de hija del causante, y se le ha conferido a la heredera declarada, en el carácter antes indicado, la administración y representación definitivas de la sucesión.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once horas y diecisiete minutos del día cuatro de junio del dos mil nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 618

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las doce horas del día veintidós de mayo del año dos mil nueve, se han declarado herederos definitivos y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MANUEL DE JESUS GUZMAN CONOCIDO POR MANUEL DE JESUS TORRES GUZMAN y POR MANUEL TORRES, fallecido el día siete de marzo del año de dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio, a los señores MARIA CRUZ HERNANDEZ VIUDA DE TORRES CONOCIDA POR MARIA CRUZ HERNANDEZ y POR MARIA CRUZ HERNANDEZ HENRIQUEZ, JOSE MARIA TORRES HERNANDEZ y ROSA IRMA TORRES DE RUANO, la primera en el carácter de cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del causante y se ha conferido la administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a las ocho horas y treinta minutos del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve. LIC. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 619

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las quince horas y veinte minutos del día veintiséis de Febrero de dos mil nueve, SE HA DECLARADO HEREDERA EN FORMA DEFINI-TIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor LEON RUBIO, a la señora CONCEPCION RUBIO PINEDA, quien es mayor de edad, Soltera, del domicilio de Conchagua, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad Número cero tres seis uno siete ocho cinco dos guión dos, en calidad de hija del causante; conjuntamente con el señor JUAN RUBIO PINEDA, como hijo del causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de de treinta y cuatro años de edad, soltero, jornalero, de nacionalidad salvadoreña, originario y del domicilio de Corinto, hijo de Clemente Rubio y María Isabel Sibirían; FALLECIO el día veinticuatro de Octubre de mil novecientos cincuenta y cuatro, en el Cantón San Felipe de la Jurisdicción de Corinto, departamento de Morazán, siendo éste el lugar de su último domicilio. Se le confirió a la heredera declarada antes mencionada y en la forma establecida, la administración y la representación definitiva de la Sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, Morazán, a las nueve horas del día doce de marzo del dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 620

SECCION CARTELES OFICIALESde priMera publicación

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. acEPTacioN DE HErENcia

LICENCADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las

diez horas y veinticinco minutos del día veintisiete de abril del corriente

año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a

su defunción dejó el causante señor FRANCISCO SANCHEZ, de parte

del señor GENARO SANCHEZ DIAZ, por derecho propio en calidad de

hijo del mencionado causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue

de sesenta y nueve años de edad, Jornalero, originario y del domicilio

de Jocoaitique, hijo de José León Sánchez y Evarista Chavarría, falleció

el día once de junio de mil novecientos sesenta y ocho, en el Cantón El

Rodeo, Caserío La Joya de la jurisdicción de Jocoaitique; siendo esta

misma población lugar de su último domicilio. Se le confirió al aceptante

antes mencionado y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San

Francisco Gotera, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del

día veintinueve de abril de dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO

GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. LICDA. ROSA

ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 621-1

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,

a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario de parte de la señora TEODORA SORTO

DE DE LA O; de cincuenta y un años de edad, doméstica, del domicilio

de Guatajiagua, Departamento de Morazán, con Documento Único de

Identidad personal número cero dos tres siete cinco ocho cinco ocho guión

tres; la herencia que en forma intestada dejó la señorita ANA DORIS

DE LA O SORTO, quien fue de treinta y un años de edad, profesora,

soltera, originaria y del domicilio de Guatajiagua, del Departamento de

Morazán, hija de Teodora Sorto de De la O y de Juan Esteban de la O

Guzmán conocido también como Juan Esteban de la O y Esteban de la

O; quien falleció a las trece horas del día treinta de octubre de dos mil

ocho, en el Caserío La Torera Cantón Pajigua Arriba, de la Jurisdicción

de Guatajiagua del Departamento de Morazán; en concepto de madre

de la causante; a quien se le ha conferido en la calidad expresada, la

administración y representación INTERINA, de dicha sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; y cita

a las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,

a las quince horas y diez minutos del día cuatro de mayo de dos mil

nueve. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 622-1

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las ocho horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora ENE-

MECIA MARTINEZ PORTILLO: de cincuenta y ocho años de edad,

doméstica, del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán;

con Documento Único de Identidad número cero dos siete cero ocho

dos ocho cuatro guión cinco; de la herencia que en forma intestada dejó

el señor AGUSTIN MARTINEZ; quien fue de sesenta años de edad,

casado, Agricultor en Pequeño, originario de Guatajiagua, Departamento

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de Morazán, de nacionalidad salvadoreña, hijo de los señores NICO-

MEDES ORELLANA y TEODORO MARTINEZ; quien falleció a las

catorce horas del día veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta

y cuatro; siendo la ciudad de Guatajiagua, Departamento de Morazán,

su último domicilio; en concepto de HIJA del referido causante. Se le ha

conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la administra-

ción y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las ocho horas y treinta minutos del día veintiséis de marzo de dos mil

nueve. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 623-1

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,

a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario de parte de los señores DIGNA DINORA

MARTINEZ DE SEGOVIA, de cuarenta y tres años de edad, casada de

oficios domésticos, originaria de Jocoro, y residente en Cantón Lagune-

tas, Jurisdicción de Jocoro, departamento de Morazán, con Documento

Único de Identidad número cero dos cero dos dos siete ocho uno-ocho;

ROXANA ABIGAIL SEGOVIA MARTINEZ, de veinticinco años de

edad, soltera, de oficios domésticos, del domicilio de Jocoro, Departa-

mento de Morazán, con Documento Único de Identidad personal número

cero tres millones doscientos ochenta y siete mil doscientos setenta y

cinco-cero; MARTA LIDIA SEGOVIA MARTINEZ, de veinte años de

edad, soltera, de oficios domésticos, originaria de Jocoro, y residente en

Cantón Lagunetas, Jocoro, departamento de Morazán, con Documento

Único de Identidad número cero cuatro dos cuatro dos nueve tres nueve-

siete; FIDEL ANTONIO SEGOVIA MARTINEZ, de veintitrés años

de edad, jornalero, soltero, originario de Jocoro, y residente en Cantón

Lagunetas, Jocoro, departamento de Morazán; con Documento Único

de Identidad número cero tres cuatro ocho siete cuatro uno cinco-seis,

éste representado por su CURADORA ESPECIAL, Licenciada ENMA

LETICIA AMAYA GOMEZ, mayor de edad, soltera, abogada, origi-

naria de El Divisadero, y residente en Ciudad Toledo, Polígono número

32, casa número 22, San Miguel, con Documento Único de Identidad

número cero uno ocho ocho uno cinco nueve cero-seis; los menores

JOSELYN; SONIA MARIBEL y BACILIA YAMILET, todos de ape-

llidos SEGOVIA MARTINEZ; éstos representados por su madre señora

DIGNA DINORA MARTINEZ DE SEGOVIA; y a la señora BACILIA

SEGOVIA, de ochenta y ocho años de edad, de oficios domésticos,

originaria de Jocoro, con residencia en el Cantón Lagunetas, de Jocoro,

departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número

cero tres millones cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta

y siete-siete; la herencia que en forma intestada dejó el señor MERCE-

DES SEGOVIA TOBAR, quien fue de cincuenta y tres años de edad,

casado, agricultor en pequeño, originario de Jocoro, Departamento de

Morazán, hijo de Basilia Segovia, y de Rosendo Tobar, quien falleció a

las dieciocho horas y treinta minutos del día veintiuno de febrero del año

dos mil siete; en el Cantón Lagunetas, de la Jurisdicción de Jocoro, del

Departamento de Morazán, siendo éste su último domicilio; la primera

en concepto de cónyuge; y todos los demás en concepto de hijos, del

referido causante, a excepción de la última, ésta en concepto de madre

del causante, a quien se les ha conferido en la calidad expresada, la

administración y representación INTERINA, de dicha sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente,

y cita a las personas que se crean con derecho a la referida herencia,

para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a

las nueve horas y diez minutos del día veintiocho de mayo de dos mil

nueve. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 624-1

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Centro Judicial Integrado de Soyapango,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal a las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de febrero del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante OTTO HUGO ROSALES conocido por OTO HUGO ROSALES ESCOBAR.

Tiénese por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la sucesión Intestada que a su defunción dejó el causante OTTO HUGO ROSALES conocido por OTO HUGO ROSALES ESCOBAR, quien fue de sesenta y un años de edad, mecánico, soltero, siendo su último domicilio Soyapango, originario de San Salvador, Salvadoreño, hijo de Ana Matilde Rosales, quien falleció el veinte de marzo de dos mil ocho; de parte de LUIS ROBERTO ROSALES CLIMACO, CARMEN ELIZABETH ROSALES CLIMACO conocida por CAR-MEN ELIZABETH ROSALES DE BARILLAS y ANA MERCEDES ROSALES CLIMACO conocida por ANA MERCEDES ROSALES DE CORTEZ, en su calidad de hijos del causante, representados por la abogada Gloria Margarita Ruíz López conocida por Gloria Margarita Ruíz de Canjura, en su calidad de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República.

Confiérese a los aceptantes declarados la administración y represen-tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este tribunal dentro del término de ley después de la publi-cación del edicto respectivo.

Librado en Juzgado de lo Civil de Soyapango, a los veintiséis días del mes de febrero de dos mil nueve.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SO-RIANO NAVARRETE, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 625-1

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE-GUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y diez minutos del día cuatro de Junio del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor NELSON MAURICIO HERNANDEZ RAMOS, quien falleció a las diecisiete horas del día nueve de diciembre del dos mil ocho, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio el Barrio La Merced de esta ciudad, de parte de la señora SONIA ESPERANZA CONTRERAS DE HERNANDEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y los señores HERBERTH MAURICIO CONTRERAS HERNANDEZ, KAREN LISSETHE CONTRERAS HERNANDEZ y NELSON ORLANDO CONTRERAS HERNANDEZ, en calidad de hijos del causante, y se les han conferido a los aceptantes en el carácter antes indicado, la admi-nistración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas y quince minutos del día cuatro de Junio del dos mil nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL.- LICENCIADA MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 626-1

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas con quince minutos del día cuatro de junio del corriente año; se tuyo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor FERNANDO GOMEZ, conocido por FERNANDO GOMEZ MARTINEZ, fallecido a las cinco horas del día veintiocho de marzo de dos mil siete, en el Cantón Planes Primero de esta jurisdicción y distrito, departamento de San Miguel, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora Antonia Maravilla, ésta Cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les corresponde a los señores Ana Josefa, Carlos Ernesto, Margarita, Francisco todos de apellidos Maravilla Gómez y Guillermo Gómez Maravilla, todos en su concepto de hijos del causante. Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once horas con treinta minutos del día cuatro de junio de dos mil nue-ve. Enmendado-beneficio-siete-derechos-minutos-mil-Vale.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETA-RIA.

Of. 3 v. alt. No. 627-1

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-PEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día veintidós de mayo del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE GRANADOS GUZMAN, habiendo fallecido el día catorce de noviembre del año dos mil siete, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores JESUS GRANADOS CERON, VALERIANA GRANADOS CERON, SALVADOR GRANADOS CERON, RENE GRANADOS CERON, JOSE MARIO GRANADOS CERON, MARIA MAURICIA SERON conocida por MARIA MAURICIA SERON HERNANDEZ DE GRANADOS, MARIA MAURICIA SERON, MARIA MAURA CERON, MARIA MAURA CERON HERNANDEZ y por MARIA MAURA SERON HERNANDEZ, hijos y cónyuge sobreviviente del causante respectivamente, y se ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, menores deberán ejercerla por medio de su representante legal.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil nueve.- LIC. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 628-1

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada

Gilma Yolanda Vásquez Sánchez, mayor de edad, del domicilio de San

Miguel, con Tarjeta de Identificación número cinco mil seiscientos se-

tenta y nueve, en calidad de Apoderada General Judicial del señor JOSE

TOBIAS MEZA GONZALEZ, de setenta y tres de edad, empleado, de

este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero

cuatrocientos setenta y siete mil setecientos cincuenta y nueve guión

cuatro; solicitando se le extienda Título de Propiedad, a favor de su

Apoderado, de un inmueble de naturaleza urbana ubicado en Barrio

San Antonio, de esta ciudad, distrito de Chinameca, San Miguel, de la

extensión superficial de SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS

CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y

linderos siguientes: AL ORIENTE; veinticuatro metros, con Luis Meza

González, no hay cerco y es paso libre, AL NORTE; dieciocho metros,

con la señora Mercedes Jurado, cerco de alambre de la colindante de

por medio, AL PONIENTE; cuarenta metros, con la señora Gregoria

Cortéz, cerco de alambre de la colindante de por medio; y AL SUR;

veintiocho metros, con Deoclesiano Herrera Paiz, cerco de alambre del

colindante de por medio; inmueble que adquirió por compra que hiciera

en forma verbal a la señora Ana Luisa Meza, en el año de mil novecientos

ochenta y nueve, y que unidas ambas posesiones, éstas datan por más

de cuarenta años consecutivos. No tiene carga, ni derechos reales que

pertenezcan a otra persona, no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra

en proindivisión con nadie. Todos los colindantes son de este domicilio.

El inmueble lo Valora en UN MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Y para ser publicado en el Diario Oficial, se extiende el presente

edicto, en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Lolotique, a los veintisiete

días del mes de mayo de dos mil nueve. JUAN ANGEL HERNANDEZ,

ALCALDE MUNICIPAL. BR. ANA CECILIA ALVARADO IGLE-

SIAS, SECRETARIA MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 629-1

TiTUlo SUPlETorio

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

JOSÉ ALIRIO BELTRÁN GARCIA, en su carácter de Agente Auxiliar

del señor Procurador General de la República en nombre y representación

de la señora DOMINGA ALVARENGA DE SIGÜENZA conocida por

ANA DOMINGA ALVARENGA. - Solicitando se le extienda Título

Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón

Michapa del Municipio de Santa Cruz Michapa, de esta Jurisdicción; de

la extensión superficial de QUINIENTOS TRECE PUNTO SETENTA

Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE: mide veinticuatro metros setenta y dos cen-

tímetros, colindando con terrenos de Roberto Gómez Martínez y con

terreno de la misma señora Ana Dominga Alvarenga, AL SUR: veinte

metros treinta y tres centímetros colinda con terreno propiedad de la

señora Ana Dominga Alvarenga, AL PONIENTE: veintiséis metros

cuarenta y cuatro centímetros colinda con la señora Delia Margarita

Pichinte, y AL NORTE: veinte metros cero cinco centímetros y colinda

con terreno que antes fue de Cruz Rivas viuda de Vides, hoy de Antonio

vides Rivas.- Dicho inmueble lo adquirió por venta que le hizo la señora

CRUZ RIVAS VIUDA DE VIDES, el día diez de mayo de mil nove-

cientos noventa y cuatro; por lo que la posesión data, más de diez años;

en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, no está en proindivisión, no

tiene nombre especial alguno, no es dominante, ni sirviente y lo valúa

por la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMERICA.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas

y quince minutos del día veinticinco de marzo del año dos mil nueve.

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 630-1

MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la Licen-

ciada ANA YANCY DIAZ PINEDA como Agente Auxiliar del señor

Procurador General de la República y en representación del señor JOSE

OBDULIO LOPEZ, mayor de edad, Jornalero, de este domicilio, pro-

moviendo Diligencias de TITULO SUPLETORIO y dice: Que el señor

JOSE OBDULIO LOPEZ es dueño y actual poseedor desde hace más

diez años, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida de un terreno de

naturaleza rústica, situado en el cantón Cerro Bonito, jurisdicción de

San Miguel, de la capacidad de MIL CIENTO DIECIOCHO METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE,

mide cincuenta y seis metros, colinda antes con los señores Candelaria

Molina y Elmer Molina hoy con la Alcaldía Municipal de esta ciudad,

cerco de alambre y piña de la colindante; AL ORIENTE, mide treinta

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. y dos metros, colinda antes con la señora Ana Cecilia Salgado hoy con

Tomás Rovira Alvarenga cerco de alambre de puá del colindante; AL

PONIENTE, mide veintidós metros, colinda con la señora Ana Cecilia

Salgado hoy con Tomás Rovira Alvarenga cerco de alambre de puás del

colindante antes con el señor Ángel Moreno Hoy Eugenio Molina Lazo

cerco de alambre de puá y piña del solicitante; y AL SUR, mide treinta

y dos metros, colinda antes con la señora Cristina Díaz Quintanilla Hoy

con Julio Alberto González Alvarez, calle de por medio cerco de alambre

de puá y piña del solicitante, calle de por medio.- Lo obtuvo por compra

verbal que le hizo a la señora ERCILIA ALVARENGA QUINTANILLA

y que lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES.- Que por carecer

de documento inscrito en el Registro respectivo pide se le extienda a su

favor TITULO SUPLETORIO del inmueble antes descrito.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

catorce horas veintitrés minutos del día tres de Junio del año dos mil

nueve.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LIC. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.-

Of. 3 v. alt. No. 631-1

TiTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada GILMA

YOLANDA VASQUEZ SANCHEZ, en su calidad de Procuradora

Auxiliar del Procurador General de la República, y en representación

del señor FRANCISCO QUINTANILLA, de ochenta y cinco años de

edad, Jornalero, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número: Cero tres millones quinientos seis mil once guión seis, solici-

tando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de

naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle Los

Laredos, Avenida Las Torres, jurisdicción, Distrito y Departamento

de San Miguel, de la extensión superficial de: QUINIENTOS ONCE

PUNTO SETENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL NORTE: treinta y cuatro metros, colinda con el señor

Jorge Adalberto Rodríguez Quintanilla, cerco de alambre propiedad

del solicitante; AL ORIENTE: dieciséis metros setenta centímetros,

colinda con el señor Rafael Chicas, cerco de alambre propiedad del

solicitante; AL SUR: treinta y cuatro metros, colinda con el señor Carlos

Revelo, cerco de alambre propiedad del colindante; y AL PONIENTE:

trece metros cuarenta centímetros, colinda con la señora Rosa Maribel

Rodríguez Quintanilla, cerco de piedra propiedad de la colindante. Dicho

inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente,

no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la

poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad

de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año

de mil novecientos sesenta y nueve, que le hizo a la señora MARTHA

ANGELICA RODRIGUEZ, (ya fallecida) quien fue mayor de edad, de

oficios domésticos, de este domicilio.- Que la posesión material que ha

ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesora

data más de cincuenta años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e

ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este

domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los cinco días del

mes de junio del año dos mil nueve.- JOSE WILFREDO SALGADO

GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. JOSE ANGEL FERMAN

ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 632-1

HErENcia YacENTE

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA. JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución a las ocho horas y trece minutos

del día cinco de Junio del dos mil nueve, declárase yacente la herencia

que a su defunción dejó el señor JOSE EBULO MONTEAGUDO,

quien falleció a las tres horas cuarenta y tres minutos del día catorce

de noviembre del dos mil ocho, en el Hospital Militar Regional de la

Ciudad de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, Nómbrase

Curador de la misma a la Licenciada KAREN ELIZABETH ROMERO

GOMEZ.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

ocho horas y quince minutos del día cinco de Junio del dos mil nueve.-

DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 633-1

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público

para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se a tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante WILLIAM ENRIQUE

RODRÍGUEZ o WILIAM ENRIQUE RODRÍGUEZ FLORES o WI-

LIAM ENRIQUE RODRÍGUEZ, quien falleció el día veintidós de mayo

de dos mil ocho, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San

Salvador, habiendo tenido como su último domicilio la ciudad de San

Luis Talpa; por parte de la señora BLANCA LIDIA RODRÍGUEZ o

BLANCA ADILIA RODRÍGUEZ, en concepto de madre del causante.

Nómbrase a la aceptante, interinamente administradora y representante

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticinco de mayo de dos

mil nueve.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 586-2

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público

para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante JOSÉ RENE NOVOA CAÑAS, quien

falleció el día veintidós de diciembre de dos mil ocho, en el Hospital

General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, siendo San Juan

Nonualco, su último domicilio; por parte de los señores SANTOS NOVOA

QUEZADA, y LINA CAÑAS DOMINGUEZ, en concepto de padres

del causante. Nómbrase a los aceptantes, interinamente administradores

y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justificar dicha circunstancia.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, quince de mayo de dos

mil nueve.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 587-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a

las quince horas del día quince de mayo del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada dejada a su defunción por el causante señor ROGER NELSON

LANDAVERDE, conocido por ROGER NELSON LANDAVERDE

MARTÍNEZ, ocurrida en San Salvador, el día dieciocho de enero del

año en curso, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte

de los señores MIGUEL ÁNGEL LANDAVERDE, y MARÍA MARTA

MARTÍNEZ, conocida por MARÍA MARTA MARTÍNEZ RECINOS,

como padres del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la admi-

nistración y la representación interinas de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho horas

nueve minutos del día veinticinco de mayo de dos mil nueve.- Lic.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 588-2

de segunda publicación

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.

acEPTacioN DE HErENcia

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-

CANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte

minutos del día seis de mayo del presente año, se tuvo por aceptada

expresamente la herencia Intestada y con beneficio de inventario de

los bienes que a su defunción dejó el causante DAVID ALEJANDRO

GUTIERREZ, quien falleció a las doce horas y cincuenta y siete mi-

nutos del día siete de agosto de dos mil seis, en la Morgue del Hospital

Nacional de San Rafael de Santa Tecla, siendo Mejicanos, su último

domicilio, de parte de la señora CARLOTA conocida por CARLOTA

RICO GUTIERREZ y por CARLOTA GUTIERREZ, en su calidad de

madre del de cujus.

Se confirió además al aceptante en el carácter antes indicado la

Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas y

diez minutos del día seis de mayo de dos mil nueve.LIC. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA

AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 578-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las catorce horas del día dieciocho de mayo del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada, dejada a su defunción por el causante JORGE ADALBERTO

MELENDEZ RENDEROS, conocido por JORGE ADALBERTO

MELENDEZ, ocurrida el día veintiuno de julio de dos mil ocho, en San

Salvador, siendo la ciudad de Colón, el lugar de su último domicilio, de

parte de las señoras MARIA EMILIA ESCOBAR o MARIA EMILIA

ESCOBAR DE MELENDEZ o MARIA EMILIA ESCOBAR DURAN,

BLANCA CAROLINA MELENDEZ ESCOBAR, SULMA BEATRIZ

MELENDEZ ESCOBAR, ANA CRISTINA MELENDEZ ESCOBAR y

de la menor ERIKA MARCELA MELENDEZ ESCOBAR, en calidad de

cónyuge sobreviviente la primera, y de hijas del causante las restantes;

y se ha conferido a las aceptantes, la administración y la representación

interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas

cuarenta y siete minutos del día veintidós de mayo de dos mil nueve.

LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR.

KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 579-3

de tercera publicación

SECCION CARTELES pAGADOSde priMera publicación

DEclaraToria DE HErENcia

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domicilio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente, Nú-mero Catorce, Barrio Los Desamparados, de la Ciudad de Ilobasco, Departamento de Cabañas.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída a las nueve horas y diez minutos del día quince de junio del año dos mil nueve, se ha declarado a los señores JUAN FRANCISCO VELASQUEZ ESCOBAR, ISRRAEL VELASQUEZ ESCOBAR y PEDRINA MILA-GRO VELASQUEZ DE BELLOSO, herederos definitivos con beneficio de inventario de la Herencia intestada que a su defunción en el Barrio San Miguel de esta Ciudad, el día cuatro de marzo del año dos mil siete,

dejara el señor JOSE CARMEN VELASQUEZ PEÑA o JOSE CARMEN VELASQUEZ y JOSE DEL CARMEN VELASQUEZ, en sus concep-tos de hijos del causante; habiéndoseles concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Ilobasco, el día dieciséis de junio del año dos mil nueve.

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,

NOTARIO.

1 v. No. C031401

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domici-

lio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente,

Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la ciudad de Ilobasco,

Departamento de Cabañas,

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída

a las ocho horas y diez minutos del día dieciséis de junio del año dos

mil nueve, se ha declarado al señor FRANCISCO MADRID RECINOS,

heredero definitivo con beneficio de inventario de la Herencia Intestada

que a su defunción en el Cantón San Nicolás, de la Jurisdicción de

Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, el día veintidós de julio de

mil novecientos ochenta y dos, dejara el señor BENEDICTO MADRID

CASTILLO o BENEDICTO MADRID, en su concepto de hijo del

causante; habiéndosele concedido la representación y administración

definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Ilobasco, el día diecisiete de junio del año

dos mil nueve.

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,

NOTARIO.

1 . v. No. C031402

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA, Notaria, del domici-

lio de San Salvador, con Oficina Ubicada en Primera Calle Oriente,

Número Catorce, Barrio Los Desamparados, de la ciudad de Ilobasco.

Departamento de Cabañas.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notaria, proveída

a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día quince de junio del

año dos mil nueve, se ha declarado a los señores JUAN FRANCISCO

VELASQUEZ ESCOBAR, ISRRAEL VELASQUEZ ESCOBAR y

PEDRINA MILAGRO VELASQUEZ DE BELLOSO, herederos de-

finitivos con beneficio de inventario de la Herencia Intestada que a su

defunción en el Barrio San Miguel de esta Ciudad el día diez de junio

del año dos mil seis, dejara la señora ANGELA ESCOBAR o ANGE-

LA ESCOBAR ESCOBAR, en sus conceptos de hijos de la causante;

habiéndoseles concedido la representación y administración definitiva

de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Ilobasco, el día dieciséis de junio del año

dos mil nueve.

ANA DEL CARMEN VEGA QUINTANILLA,

NOTARIA.

1 v. No. C031403

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE TEJUTLA.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a

las ocho horas con treinta minutos de este día, se ha DECLARADO

HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO

en la SUCESIÓN TESTAMENTARIA de los bienes que a su defunción

dejó AGUSTIN HERNANDEZ RODRIGUEZ, quien fue de cincuenta

y seis años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario de Nueva

Granada, Departamento de Usulután, hijo de Agustín Hernández y María

Elena Rodríguez, falleció el día ocho de Septiembre del dos mil ocho,

siendo su último domicilio el Municipio de Nueva Concepción, Depar-

tamento de Chalatenango, a BLANCA LIDIA ACEVEDO SERRANO o

BLANCA LIDIA ACEVEDO DE HERNANDEZ, en calidad de esposa

y en representación de la menor SUSANA HERNANDEZ ACEVEDO

o SUSANA RODRIGUEZ ACEVEDO, y el señor CARLOS CESAR

ACEVEDO HERNANDEZ o CARLOS CESAR HERNANDEZ ACE-

VEDO, ambos en calidad de hijos del causante.

Confiérese a los aceptantes la administración y representación

definitiva de la sucesión.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los cuatro días de junio del dos mil

nueve. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO,

SECRETARIA.

1 v. No. C031407

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado a las doce

horas con treinta minutos del día veintinueve de mayo del dos mil nue-

ve.- Se han declarado herederas definitivas con beneficio de inventario

en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta Ciudad

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. de San Marcos, siendo también su último domicilio, el día veintitrés

de septiembre de mil novecientos sesenta y cuatro, dejó el causante

AQUILINO PALACIOS GARCIA conocido por AQUILINO PALA-

CIOS, a las señoras EVA PALACIOS DE BATRES y MARIA ESTER

PALACIOS DE URRUTIA, ambas en calidad de hijas del de cujus en

mención.- Se ha conferido a las herederas declaradas unicamente la

representación definitiva de la sucesión, no así la administración de los

bienes del causante, por constar en documentos que corren agregados

a los autos, que el señor JACOB ISRAEL PALACIOS BRUNO tiene

derecho en la presente sucesión, como hijo del de cujus.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-

mento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del

día once de Junio del año dos mil nueve.- DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F011698

MARIO ERNESTO RUBIO SÁNCHEZ, Notario, de este domicilio, con

oficina establecida en Pasaje Francisco Campos, Número Ciento Setenta

y Nueve, Colonia Escalón, ciudad y Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que en resolución del suscrito Notario proveída a

las once horas del día diecisiete de junio del año en curso, se ha declara-

do herederos definitivos con beneficio de inventario de la HERENCIA

TESTAMENTARIA que a su defunción dejó la señora SILVIA MARTA

MAGAÑA DE POSADA, conocida por SILVIA MARTA MAGAÑA

CORNEJO, por SILVIA MARTA MAGAÑA CORNEJO DE POSADA

MELHADO, y por SILVIA MAGAÑA DE POSADA, quien falleció el

día veinticuatro de diciembre de dos mil cinco, en Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad, siendo éste su último domicilio, a los

señores Ricardo Enrique Posada Magaña, Santos Leonardo Santiago

Francisco Posada Magaña, y Silvia Tamara Graciela Magdalena Posada

de Franco, antes Posada Magaña, en calidad de herederos testamenta-

rios de la causante, confiriéndoles la Administración y Representación

definitivas de la sucesión, lo que se hace del conocimiento público para

los efectos de ley.

Librado en mi despacho Notarial, a los diecisiete días del mes de

junio de dos mil nueve.

LIC. MARIO ERNESTO RUBIO SANCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011704

RENE PADILLA Y VELASCO hijo, Notario de este domicilio, con

Oficina en Boulevard Los Héroes y Pasaje Palmeras, Edificio Demsa,

local treinta y dos, en esta ciudad, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída en esta ciudad, a

las nueve horas del diez del presente mes se han declarado Herederos

Definitivos con Beneficio de Inventario de la HERENCIA TESTAMEN-

TARIA que a su defunción ocurrida el veintidós de enero del presente

año, dejara el señor MAURICIO LORENZO CASTRO ARAGON

conocido sólo por MAURICIO CASTRO ARAGON, quien fue mayor

de edad, Comerciante y Diplomático, siendo su último domicilio For-

taleza, Capital del Estado de Ceara, República de Brasil, a los señores

MAURICIO BENJAMIN CASTRO RUBBO y FIORELLA IOLANDA

CASTRO RUBBO, en calidad de hijos sobrevivientes del causante y

herederos testamentarios del causante, habiéndoseles conferido a los

Herederos Declarados la Administración y Representación Definitivas

de la Sucesión.-

San Salvador, once de junio de dos mil nueve.-

DR. RENE PADILLA Y VELASCO hijo,

NOTARIO.

1 v. No. F011720

LICENCIADO ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de quince horas del

día once de junio del corriente año, se declaró heredero expresamente,

y con beneficio de inventario, la herencia intestada, que al fallecer a las

dos horas y diez minutos del día veinticinco de agosto del año dos mil

ocho, en el Barrio Las Delicias, de la ciudad de Santa Rosa de Lima,

Departamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio

dejara el causante Lorenzo Enrrique Rosales, al heredero Salvador

Antonio Rosales Ríos, en concepto de hijo y además como Cesionario

de los derechos hereditarios que en la referida sucesión le correspondían

a los Señores Jorge Luis, Dinora Claribel, y Reina de la Paz, todos de

apellidos Rosales Ríos, en calidad de hijos del causante antes mencionado,

de conformidad con los Arts. 988, No. 1°. y 1699 del Código Civil en

consecuencia se le confirió al heredero declarado, en el carácter dicho,

la administración y representación definitiva de los bienes de la indicada

sucesión.-

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los quince días del mes de junio del año dos mil

nueve.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F011744

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-

MERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-

MENTO DE MORAZAN.-

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince

horas de este día, se han DECLARADO HEREDERAS DEFINITIVAS

y con beneficio de inventario a las señoras: MARINA ESTELA FLORES

DE LAZO, de treinta y cuatro años de edad, oficios domésticos, del domi-

cilio de Guatajiagua, departamento de Morazán, con Documento Único

de Identidad número cero cero seiscientos setenta y un mil doscientos

cincuenta y tres-dos, y ALICIA ANGELICA GARCIA DE FLORES, de

sesenta y ocho años de edad, ama de casa, del domicilio de Guatajiagua,

departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número

cero dos millones cuatrocientos noventa mil seiscientos ochenta y nueve-

seis; de la herencia que en forma intestada dejó el señor FRANCISCO

FLORES o FRANCISCO FLORES SALMERON, quien fue de setenta

y cuatro años de edad, casado, jornalero, Salvadoreño, originario de San

Miguel y del domicilio de Guatajiagua, departamento de Morazán; hijo

de DIONICIO FLORES y AMPARO SALMERON; quien falleció a las

tres horas, del día veintinueve de junio de dos mil ocho, en el Cantón

San Bartolo, jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán;

a consecuencia de Insuficiencia Renal Crónica, siendo la ciudad de

Guatajiagua, el lugar de su último domicilio; en concepto de HIJA y

CONYUGE respectivamente del referido causante.-

Se ha conferido a las referidas aceptantes en la calidad expresada

la administración y representación DEFINITIVA, de dicha sucesión con

las facultades y restricciones de ley.-

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

quince horas y diez minutos del día nueve de junio de dos mil nueve.

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1°. DE 1a. INS-

TANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

1 v. No. F011754

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las doce horas y treinta y tres

minutos del día tres de diciembre del año dos mil ocho; se ha declarado

HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inventario de la heren-

cia intestada que a su defunción dejó la causante MARIA DOLORES

MARTINEZ RECINOS, quien fue de sesenta y seis años de edad,

Soltera, Ama de casa, fallecida el día veintiuno de septiembre del año

dos mil siete, siendo la ciudad de Cuscatancingo su último domicilio,

de parte de los señores JOSE ROSA MARTINEZ y de SALVADOR

ANTONIO MARTINEZ MARROQUIN; como hijos sobrevivientes de

la causante.

Confiriéndoseles la administración y representación definitiva de

la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las doce horas y

treinta y ocho minutos del día tres de diciembre del año dos mil ocho.

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH

QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F011758

ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario, del do-

micilio de la ciudad de Sonsonate, con oficina ubicada en: Calle Alberto

Masferrer Oriente, casa número cuatro -Uno “A”, contiguo a Funeraria

La Auxiliadora, de la ciudad de Sonsonate.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día diez de junio del año dos mil nueve, se ha decla-

rado a señora SARVIA PRICILA RODAS ORELLANA, HEREDERA

DEFINITIVA con beneficio de inventario en su calidad de Hija y como

Cesionaria de los Derechos que les correspondían a los señores Ofelia

Rodas Orellana, María Zoila Rodas Orellana, Elmer Bladimir Rodas

Orellana, Eliseo Rodas Orellana, Norma Celina Rodas Orellana como

hijos de la causante, y el señor José Rogelio Rodas Salazar como cónyuge

sobreviviente de la causante señora MARIA DOMITILA ORELLANA

SALAZAR o MARIA DOMITILA ORELLANA DE RODAS, fallecida

en el Cantón Paso de Canoas, jurisdicción de Santa Isabel Ishuatán, de

este Departamento, a las veinte horas del día doce de Diciembre del

año dos mil seis, siendo su último domicilio, habiéndosele concedido

la administración y representación definitivas de la sucesión Intestada.

Librado en la oficina de Notario Alfredo Antonio Escalante Cal-

derón.- En la ciudad de Sonsonate, a las once horas del día diez de junio

del año dos mil nueve.-

LIC. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON,

NOTARIO.

1 v. No. F011780

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Al Público para efectos de ley, que por resolución dictada

a las catorce horas con quince minutos del día cinco de junio de dos mil

nueve, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de

inventario en la herencia Testamentaria, que a su defunción ocurrida en

esta Ciudad, su último domicilio, el dieciocho de noviembre de dos mil

ocho, dejó ELISEO GOMEZ AGUIRRE, conocido por ELISEO GOMEZ,

a VICTORIA GOMEZ DE GOMEZ hoy viuda DE GOMEZ, MARTA

GOMEZ AGUIRRE, el menor JULIO ARMANDO GOMEZ ZAVALA

o JULIO ARMANDO ZAVALA, la menor BLANCA DEYSI GOMEZ

SANCHEZ o BLANCA DAYSI GOMEZ SANCHEZ, LAURA ISABEL

GOMEZ ZAVALA, MERCEDES HERNANDEZ DE PEREZ, ERNES-

TO GOMEZ GOMEZ, PAULA GOMEZ DE POLANCO, ALFREDO

GOMEZ GOMEZ, LAZARO ATILIO GOMEZ ORELLANA, MARINA

DEL CARMEN GOMEZ ORELLANA, todos como Herederos Testa-

mentarios del de Cujus. Se ha conferido a los herederos declarados la

administración y representación DEFINITIVA de la sucesión, debiendo

el menor JULIO ARMANDO GOMEZ ZAVALA o JULIO ARMAN-

DO ZAVALA, ejercer sus derechos a través de su Representante legal

señora MARIA MARGARITA ZAVALA ALFARO; debiendo la menor

BLANCA DEYSI GOMEZ SANCHEZ o BLANCA DAYSI GOMEZ

SANCHEZ, ejercer sus derechos a través de su representante legal señora

BLANCA JOSEFINA SANCHEZ RUBIO.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas del día quince de junio de dos mil nueve. DR. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. ALEX ALBERTO

SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F011819-1

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las

catorce horas y cuarenta minutos de este día, se ha declarado heredera

definitiva con beneficio de inventario en la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante señor FRANCISCO RAFAEL conocido por

FRANCISCO RAFAEL MARTINEZ; ocurrida el día nueve de mayo

de mil novecientos ochenta y nueve, siendo su último domicilio el de

Santa Cruz Michapa, jurisdicción de este Departamento; de parte de la

señora TERESA TURCIOS DE VASQUEZ, en su calidad de cónyuge

sobreviviente del causante en mención.

Habiéndose conferido a la aceptante la administración y represen-

tación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas

del día veintiséis de mayo del año dos mil nueve. LIC. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

1 v. No. F011847

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las diez horas y cinco minutos de

este día, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO, con beneficio

de inventario de la herencia INTESTADA, que a su defunción dejó la

causante señora MARIA EMILIA RUANO DE GIRON, conocida por

MARIA EMILIA RUANO y por EMILIA RUANO, quien fue de ochenta

años de edad, pensionada, casada, fallecida el día veintiséis de enero del

dos mil siete, siendo Delgado el lugar de su último domicilio. Al señor

JOSE SALVADOR GIRON RUANO, en calidad de hijo de la causante.

Herencia que ha sido repudiada por la señora LILIAM ELIZABETH

GIRON RUANO, conocida por LILIAN ELIZABETH GIRON RUA-

NO, en calidad de hija de la causante. Confiriéndole al aceptante la

administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Publíquese el aviso de ley.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las diez horas y

veinte minutos del día diecisiete de abril del año dos mil nueve. LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

1 v. No. F011850

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las doce horas del día veinte de mayo de dos mil nueve, se ha decla-

rado heredero abintestato con beneficio de inventario al señor ISAÍAS

GALDAMEZ, quien lo hace en calidad de HIJO sobreviviente de la

causante EVANGELINA GALDAMEZ LANDAVERDE conocida

por EVANGELINA GALDAMEZ, quien fue cincuenta y cinco años

de edad, de oficios domésticos, fallecida el día cuatro de septiembre de

mil novecientos noventa y nueve, siendo la ciudad de Metapán su último

domicilio; habiéndose conferido al referido heredero la administración

y representación DEFINITIVA de la sucesión.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas

con treinta minutos del día veintiocho de mayo del dos mil nueve. LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F011851

acEPTacioN DE HErENcia

HORACIO AMILCAR LARIOS RAMIREZ, Notario, del domicilio

de Antiguo Cuscatlán, con oficina en Condominio Plaza Santa Elena,

Local 207, al público.

HACE SABER: Que por resolución que emití a las ocho horas

del día dieciséis de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida el veintiocho de septiembre de dos mil ocho, en

San Salvador, lugar de su último domicilio, dejó la causante SUSANA

BEATRIZ SILVA LOPEZ, de parte de Martín Orlando Silva Romero y

Cecilia Dinorah López Maldonado, en su calidad de padres sobrevivientes

de la causante; confiriéndoseles la Administración y Representación

INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Líbrense y publíquense los edictos de ley.

Librado en la oficina del Notario, Antiguo Cuscatlán, a dieciséis

días de junio de dos mil nueve.

HORACIO AMILCAR LARIOS RAMIREZ,

NOTARIO.

1 v. No. C031359

ROGELIO MOISES ABREGO ARDON, Notario, de este domicilio, con

oficina ubicada en La Novena Calle Poniente, Número Ciento Treinta

y Seis, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las ocho horas y quince minutos de este mismo día, se ha tenido aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria

que a su defunción ocurrida en la ciudad de Ilopango, de este Depar-

tamento, el día doce de abril del presente año, dejó la señora MARIA

RUBIA MURCIA viuda DE CARDOZA, de parte del señor ABELINO

CARDOZA MURCIA, en su concepto de Heredero Testamentario e hijo

de la causante, habiéndosele conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

oficina en el Término de quince días contados desde el siguiente día

hasta la última publicación del presente edicto, para hacer efectivos los

derechos que tuvieren lugar.

Librado en la Oficina del Notario ROGELIO MOISES ABREGO

ARDON, en la ciudad de San Salvador, a las once horas del día diecisiete

de junio de dos mil nueve.

LIC. ROGELIO MOISES ABREGO ARDON,

NOTARIO.

1 v. No. F011702

DIANA SOFIA ARGUETA RODRIGUEZ, NOTARIO, DEL DOMI-

CILIO DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR.

HAGO SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas

con treinta minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve, ante

mis Oficios Notariales los señores, YAJAIRA NOEMY HENRIQUEZ

ALVARENGA y ABRAHAM HUMBERTO HENRIQUEZ

ALVARENGA, tuvieron por aceptada expresamente y con beneficio

de Inventario, la Herencia Abintestato que dejó el causante MARIO

HUMBERTO HENRIQUEZ conocido por MARIO HUMBERTO

HENRIQUEZ SALES, quien falleció en Carretera Panamericana ki-

lómetro ocho, comunidad Meléndez Mazzini, lote Nueve casa Trece,

Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, sin asistencia;

a las nueve horas y treinta minutos del día treinta de octubre de dos

mil siete, los herederos aceptantes en calidad de hijos y Cesionarios de

Derechos del señor MIGUEL ANGEL HENRIQUEZ MORALES, padre

del causante, se nombran interinamente administradores y representantes

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

CÍTANSE a los que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir

del día siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en la Oficina de la Suscrita Notario, situada en Colonia

Insinca, Block B, Pasaje Dos, número Seis, Ciudad de Apopa, Depar-

tamento de San Salvador.

LIC. DIANA SOFIA ARGUETA RODRIGUEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F011750

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. JOSE RUTILIO LÓPEZ CUÉLLAR, Notario, de este domicilio, con

Oficina situada en Primera Calle Poniente, número Trescientos Veinte,

Segunda Planta, local número Veintisiete, en esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad,

a las catorce horas del día dieciocho de mayo del corriente año, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la he-

rencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSÉ LORENZO

LOZANO, quien fue conocido por LORENZO CORTEZ LOZANO,

que falleció a la edad de ochenta y un años, Comerciante en Pequeño,

casado, originario de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, de

nacionalidad salvadoreña, siendo su último domicilio Cuscatancingo,

Departamento de San Salvador, habiendo fallecido en el Hospital General

del Seguro Social, en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas y

veinte minutos del día veinte de septiembre del año dos mil ocho, por

parte de la señora ISABEL DEL CARMEN PORTILLO DE MENA, en

concepto de CESIONARIA de los Derechos Hereditarios que en abstracto

le correspondían a la señora FELIPA DEL CARMEN ACEVEDO viuda

DE LOZANO, cónyuge sobreviviente del causante, siendo representada

la aceptante por la Abogada MIRNA LORENA GÁMEZ PAREDES.

Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

herencia yacente. En consecuencia, por este edicto se cita a todas las

personas que se crean con derecho en la referida herencia para que se

presenten a esta oficina en el término de quince días contados a partir

del día siguiente a la última publicación de este edicto.

Librado en la Oficina del suscrito Notario, en la ciudad de San

Salvador, a las nueve horas del día diecinueve de mayo del año dos mil

nueve.

DR. JOSE RUTILIO LÓPEZ CUÉLLAR,

NOTARIO.

1 v. No. F011785

SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ, Notario, del domicilio

de San Salvador, con oficina en Avenida Melvin Jones, Uno guión Uno,

Santa Tecla Departamento de La Libertad; al público para los efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, a las

catorce horas del día once de mayo de dos mil nueve, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia

Testamentaria que a su defunción dejó la señora MARIA ANGELA

HERNANDEZ DE ESTRADA, conocida por MARIA ANGELA

HERNANDEZ MARTINEZ y por ANGELA MARTINEZ, quien fue

de setenta y ocho años de edad, Comerciante, siendo su último domicilio

el de la ciudad de San Salvador, de parte de los señores ANGELA MA-

RIA MARROQUIN DE LA CRUZ, ARBELICA LUZ HERNANDEZ,

FREDESVINDA MARROQUIN HERNANDEZ, ANA PATRICIA

MARROQUIN HERNANDEZ, MANUEL ANTONIO HERNANDEZ,

NOE ALBERTO MARROQUIN HERNANDEZ, PEDRO ANTONIO

MARROQUIN y NELSON GENCIANO MARROQUIN HERNANDEZ,

en concepto de herederos Testamentarios; habiéndoseles conferido la

administración y representación interina de la sucesión antes relacio-

nada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente; en consecuencia, se citan a los que se crean con derecho a la

herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro de los quince

días siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Santa Tecla, departamento de La Libertad, a los doce días del mes

de mayo del año dos mil nueve.

SARA DEL CARMEN GUARDADO GOMEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. C031399-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor Antonio López Molina; quien falleció el día veinte de junio de mil

novecientos ochenta y siete, en el Caserío Trincheras, de esta Jurisdicción

Distrito y Departamento de La Unión, siendo ese su último domicilio,

de parte de la señora Santos Ríos Viuda de López, conocida por María

Santos Ríos, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Confiriéndole a la aceptante antes mencionada en el carácter indi-

cado la administración y representación interina de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días

del mes de abril de dos mil nueve. LIC. ROGELIO HUMBERTO RO-

SALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011699-1

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383LUIS SALVADOR PEÑA , Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minutos

del día nueve de junio del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria

que a su defunción dejó la causante LIDIA DEL CARMEN GAMEZ

DE ROMERO VALENCIA, quien falleció el día siete de enero del dos

mil ocho, en el Hospital general del Instituto Salvadoreño del Seguro

Social en San Salvador, habiendo tenido como su último domicilio la

ciudad de Zacatecoluca, por parte de MILTON AMERICO MARTÍNEZ

PEÑA, YANCI SAYONARY ESCOBAR DE MOTALVO o YANCY

SAYONARI ESCOBAR DE MOTALVO o YANCY SAYONARY

ESCOBAR DE MOTALVO, MIRIAM CONCEPCION GAMEZ DE

ALFARO o MIRIAN ALFARO, MARTA DINORA MARTÍNEZ DE

RAMIREZ y MILAGRO DEL CARMEN AVALOS DE ROMERO en

concepto de herederos testamentarios de la causante.

Nómbrese a los aceptantes interinamente, administradores y

representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.-

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia , para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presente a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, nueve de junio de dos mil

nueve. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011706-1

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-

PEQUE, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez

minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor EMILIO TORRES, habiendo fallecido

el día dieciséis de enero de mil novecientos noventa y cinco, siendo esta

ciudad su último domicilio, de parte del señor JOSE ANTONIO TORRES

TORRES, como hijo del causante, y se ha conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario

Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los ocho días del mes de mayo del año dos mil nueve. LIC. MAR-

GARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011707-1

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción dejó el causante JOSE AGUILAR

MONTERROSA, quien falleció el día treinta de junio de dos mil seis,

en Soyapango, siendo El Rosario, La Paz su último domicilio; por parte

de JOSE CRISTOBAL AGUILAR RIVERA, en concepto de hijo del

referido causante.

Nómbrase al aceptante interinamente administrador y representante

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de mayo de

dos mil nueve. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011731-1

LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS, Notaria, del domicilio de

San Salvador, con oficina Profesional situada sobre la veinticinco Avenida

Norte y Veintitrés Calle Poniente, Condominio Medicentro La Esperanza,

Edificio H, Local Ciento diecisiete, San Salvador, al público.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída

a las nueve horas del día dos de Junio del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador,

Departamento del mismo nombre, a las dos horas del día treinta y uno de

Junio del año dos mil tres dejó la señora MARTA MARIA GUTIERREZ

FERNANDEZ conocida por MARTA MARIA GUTIERREZ de parte

de la señora ROSA ELVIRA HERNANDEZ GUTIERREZ en concep-

to de hija de la causante, habiéndosele conferido la Administración y

representación interina de la Sucesión con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado a las quince horas del día dos de Junio del año dos mil

nueve.

LIC. LUDINA ROXANA FLORES DE NAVAS,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011734-1

FLOR ELIZABETH CERRITOS CHEVEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas con treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario de parte de las señoras BONIFA-

CIA VICTORIANA CASTRO DE MEJIA conocida por BONIFACIA

VICTORIA CASTRO y por BONIFACIA VICTORIA CASTRO DE

MEJIA y CAREN GEORGINA ALVARENGA DE MEJIA, por medio

de su Apoderada General Judicial Licenciada DORA DEL CARMEN

HERNANDEZ DE MIRANDA de la herencia intestada dejada a su

defunción por el causante señor CESAR ISMAEL MEJIA CASTRO,

quien falleció a las dieciséis horas y cinco minutos del día quince de

enero del año dos mil cinco, en la entrada de la Hacienda Lombardía,

Zacatecoluca, La Paz, siendo la Ciudad de San Pablo Tacachico, su último

domicilio, en su carácter personal y en Representación de su menor hijo

CESAR EDUARDO MEJIA ALVARENGA, en calidad de madre del

causante, cónyuge sobreviviente e hijo del referido causante.

Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para

que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince días

subsiguientes a la publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de San Juan

Opico del Departamento de La Libertad, a las catorce horas con treinta y

cinco minutos del día cuatro de mayo del año dos mil nueve.- LIC. DAVID

AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011737-1

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las doce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a

su defunción dejó la señora. DOMITILA SERPAS CRUZ o DOMITILA

SERPAS, quien fue de ochenta años de edad, de oficios domésticos,

soltera, de nacionalidad salvadoreña, originaria de San Buenaventura y

del domicilio de El Triunfo, hija de Leocadia Cruz y de Pablo Serpas,

falleció el día dos de abril de dos mil nueve, siendo su último domicilio

la ciudad de El Triunfo, de parte del señor MARCO ANTONIO SERPAS

GRANADOS o MARCO ANTONIO SERPAS, en su calidad de hijo de

la causante.-

Confiéresele al aceptante en el carácter aludido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir

del siguiente al de la publicación del presente edicto.-

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS DOCE HORAS CON TREINTA Y SIETE MI-

NUTOS DEL DIA DOS DE JUNIO DEL DOS MIL NUEVE. LIC.

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011748-1

DOCTOR RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de fecha catorce

horas treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con

beneficio de inventario, de parte de la señora SARAI ELIZABETH RE-

YES ARCE, conocida por SARAI ELIZABETH REYES DE ACOSTA,

la sucesión intestada que a su defunción dejó la causante, señora MARIA

FRANCISCA PERAZA MARTINEZ, quien fue de ochenta y tres años

de edad, de Oficios Domésticos y falleció el día diecinueve de septiembre

de dos mil dos, en el Cantón Cutumay Camones, de esta jurisdicción,

siendo éste el lugar de su último domici1io.-

La señora SARAI ELIZABETH REYES ARCE, conocida por

SARAI ELIZABETH REYES DE ACOSTA es cónyuge sobreviviente

del señor JOSE FERNANDO ACOSTA quien a su vez era cesionario

de los derechos hereditarios que en esta sucesión les corresponderían

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383a los señores JUANA SERAPIA PERAZA MARTINEZ y FRANCIS-

CO ANTONIO PERAZA MARTINEZ, en su calidad de hermanos de

la causante, acepta la presente sucesión, por derecho de transmisión;

siendo a su vez cesionaria del derecho hereditario que en esta sucesión

le correspondería al señor JOSE DAVID PERAZA MARTINEZ en su

calidad de hermano de la de cujus; y en ese carácter se le confiere la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las

catorce horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de marzo de dos

mil nueve.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL. BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F011772-1

DONALDO SOSA PREZA, Notario, de este domici1io, con oficina

situada en Avenida España, número mil once, condominios Centrales,

primera planta, local B de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a las

dieciséis horas con treinta minutos del día dieciséis del corriente mes

y año, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con Beneficio

de Inventario, de parte de la señora DINA TELMA SANCHEZ DE

SERRANO, de cincuenta y nueve años de edad, secretaria comercial,

del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad; la

HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejara la señora MARIA

LUISA SALINAS VIUDA DE SANCHEZ o MARIA LUISA SALINAS

DE SANCHEZ, ocurrida el día veintiséis de marzo del año en curso, en

Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, su último domicilio, y

quien fue de ochenta y un años de edad, oficios del hogar, de nacionalidad

salvadoreña, originaria de San Juan Opico, departamento de La Libertad,

hija de Juana Salinas, en concepto de hija de la causante; habiéndosele

conferido la administración y representación interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de ley.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, diecisiete de junio de dos mil nueve.

LIC. DONALDO SOSA PREZA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011791-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN:

HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta

minutos de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con

Beneficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó

la señora ANA VICTORINA DE LA O, conocida por VICTORINA

DE LA O y ANA VICTORINA DE LA O VIUDA DE BENAVIDES,

al fallecer el día dos de agosto del año dos mil ocho, en El Cantón La

Ceiba, Jurisdicción de Ereguayquín, lugar que tuvo como último domi-

cilio, de parte del señor JOSE DANIEL DE LA O, en calidad de hijo

de la causante.- Confiriéndosele al aceptante dicho, la Administración y

Representación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

diecinueve de mayo del año dos mil nueve.- LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011796-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, a1

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince

minutos del día catorce de agosto de este año, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada

que a su de función dejó la causante REINA MARTINEZ o REYNA

MARTINEZ, fallecida el uno de julio de dos mil uno, en el Cantón El

Callejón de la jurisdicción de Zacatecoluca, su último domicilio; por parte

de AUDELIA MARTINEZ, en concepto de hija de la causante; y se ha

nombrado a la aceptante, interinamente, administradora y representante

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de octubre de dos

mil seis.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011809-1

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. TÍTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado Luis Fernando Monge Menjívar, actuando en nombre y representación del señor JOSE BLAS PEREZ RIVERA, quien es de cuarenta y siete años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Apopa, con Docu-mento Único de Identidad Número cero cero ciento nueve mil setecientos setenta y ocho guión tres y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos dos guión ciento setenta y un mil doscientos sesenta y uno guión cero cero dos guión nueve; solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Carretera Troncal del Norte Kilómetro diez y medio S/N de esta Jurisdicción, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de DIEZ MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, que mide y linda; AL NORTE: Rumbo Norte, sesenta y tres grados cinco minutos cuarenta y ocho segundos Este y distancia de cincuenta y seis minutos treinta y cuatro segundos Este y distancia de diecinueve punto cincuenta y siete metros, linda con terreno de José Enrique Hernández Pérez y Juan Mauricio Franco Rosales, Río Acelhuate de por medio; AL ORIENTE: Rumbo Sur, cincuenta y seis grados treinta y cuatro minutos cuarenta y cinco segundos Este y distancia de catorce punto trece metros, linda con propiedad de Anabel Jiménez Meléndez y otros continúa con rumbo Sur, cincuenta y dos grados vein-ticuatro minutos ocho segundos Este y distancia de seis punto ochenta y cuatro metros, linda con propiedad de Domingo Jiménez Rivera y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados, treinta y tres minutos veintiocho segundos Este y distancia de once punto treinta y seis metros, linda con propiedad de Ana Gloria García Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y nueve grados, cincuenta y tres minutos nueve segundos Este y distancia de cuatro punto cero nueve metros, linda con propiedad de Clara Jiménez de Elías y otros, continúa con rumbo Sur, treinta y seis grados, dieciséis minutos veinticinco segundos Este y distancia de ocho punto cuarenta y dos metros, linda con propiedad de Jesús Jiménez de Martínez y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y un grados, treinta y siete minutos cuarenta segundos Este y distancia de cuatro punto cuarenta metros, linda con propiedad de Serafina Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, sesenta y cinco grados, diez minutos trece segundos Este y distancia de once punto treinta y tres metros, linda con Edwin Morales Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, sesenta y tres grados diecisiete minutos veintiocho segundos Este y distancia de cinco punto cuarenta y siete metros, linda con Sergio Morales Jiménez y otros, continúa con rumbo Sur, cuarenta y cinco grados, treinta y tres minutos siete segundos Este y distancia de nueve punto setenta y siete metros, linda con terrenos de Wilfredo Morales Jiménez y otros, Río El Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, cuarenta y ocho grados, tres minutos cero segundos oeste y distancia de trece punto ochenta y un metros, linda con terrenos de Walter Omar Morales Jiménez y otros, Río El Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados, cincuenta y nueve minutos veintiocho segundos Oeste y distancia de treinta punto treinta y ocho metros, linda con terrenos de John Marvin Morales Jiménez y otros, Río El Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, treinta y ocho grados, treinta y un minutos cincuenta segundos Oeste y distancia de diez punto noventa y ocho metros, linda con terrenos de Felipe Sergio Morales Chacón y otros, Río Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, diez grados cuarenta y seis minutos cinco segundos Oeste y distancia de diecinueve punto treinta y siete metros, linda con terrenos de Lucio Jiménez y otros, Río

Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, treinta y dos grados cuarenta y siete minutos veinticuatro segundos Este y distancia de dieci-nueve punto ochenta y un metros, linda con terrenos de Anabel Jiménez Meléndez y otros, Río Acelhuate de por medio, continúa con rumbo Sur, sesenta y tres grados dieciséis minutos cuarenta y uno segundos Este y distancia de once punto dieciséis metros, linda con terrenos de Domingo Jiménez Rivera y otros, Río Acelhuate de por medio; AL SUR: Rumbo Sur, veinticuatro grados cuarenta y dos minutos cincuenta y tres segundos Este y distancia de nueve punto noventa y un metros, linda con María Tomasa Rodríguez de Martínez, continúa con rumbo Sur, cuarenta y dos grados, cinco minutos cuarenta y nueve segundos Oeste y distancia de cuarenta y ocho punto cincuenta y ocho metros, continúa con rumbo Sur, sesenta y cuatro grados, veinticinco minutos dieciocho segundos Oeste y distancia de trece punto ochenta y cinco metros, linda con terreno de Sandra Beatriz Vásquez; AL PONIENTE: Rumbo Norte, veintitrés grados cuarenta y dos minutos veintidós segundos Oeste y distancia de ciento cuarenta punto treinta y tres metros, linda con terrenos de Agustín Adalberto García Gómez y Juan Antonio Bendek S.A. de C.V., y Salvador Emilio Bendek Samur, María Antonia Ponce de Gracia, calle de acceso con Juan José Alvarado Chávez, Mario Monge y terreno de María Esperanza Hernández Alas de Castellón, Carretera Troncal del Norte de por medio, llegando de esta forma al esquinero donde se comenzó la presente descripción. El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna persona. Lo adquirió de buena fe, poseyéndolo en forma quieta, pacífica e ininterrumpida por treinta años consecutivos, por donación que le hiciera su padre Sr. José Blas Pérez Marroquín, ya fallecido, careciendo de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad, el inmueble lo valora en VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Por tanto solicita se le extienda título municipal de conformidad a la Ley.

Lo que se hace saber al público para todos los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Delgado, Departamento de San Salvador, quince de junio de dos mil nueve.- LIC. JOSÉ TOMÁS MINERO DOMINGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSÉ ARTURO HERRERA ALVARADO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C031409-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licencia-do MAURICIO ERNESTO FIGUEROA PAZ, actuando en nombre y representación, en su calidad de Apoderado General Administrativo con Cláusula Especial de la señora ESTEBANA MORENO DE DERAS, solicitando sea extendido Título de Propiedad a favor de su mandante, de este domicilio y del de Hempstead, Condado de Nassau, Estado de New York, Estados Unidos de América, sobre dos inmuebles, situados en el Barrio Las Flores, de esta población, EL PRIMERO: De una extensión superficial de OCHENTA Y SIETE METROS PUNTO CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: con Tercera Avenida Sur de por medio; AL ORIENTE: con casa de

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383Luis Alberto Marroquín Deras; AL SUR: con Elena Patricia López de Melgar; y AL PONIENTE: con Ana María Olmedo de Gómez, y lo valora en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL SEGUNDO, de una extensión superficial de CIEN METROS DIECIOCHO CENTIMETROS CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: con Rigoberto Alvarado Monge y Edita Marleny Quintanilla de Villalta; AL ORIENTE: con Flor Adelfa Deras Quintanilla; AL SUR: con Ana María Olmedo de Gómez y Estebana Moreno de Deras; AL PONIENTE: con Ana María Olmedo de Gómez, y que lo valora en UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Luis del Carmen, Chalatenango, vein-tidós de mayo de dos mil nueve.- WILLIAN SIGFREDO GUERRA MORENO, ALCALDE MUNICIPAL. MARIA LAURA HERNANDEZ DE LOPEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011700-1

TÍTUlo SUPlETorio

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda. MAR-LENY LISSETH MÁRQUEZ MARQUINA, en carácter de Apoderada General Judicial del señor SILVIO PEREZ RIVERA, de cincuenta y dos años de edad, jornalero, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica; situado en el Cantón Cerro de Arena, Hacienda San Juan, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de UN MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: Mide cuarenta y seis metros, calle de por medio para el Cantón San Juan, con Nohemí Ayala; AL PONIENTE: Mide treinta y ocho metros, linda con resto del terreno de Francisca Rivera de Medra-no; AL SUR: Mide cincuenta metros linda con Samuel Chavarría, calle vecinal de por medio. Lo adquirió por compra verbal que hizo a la señora FRANCISCA RIVERA DE MEDRANO; y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas del día veintiocho de mayo del año dos mil nueve. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. F011714-1

LA INFRASCRITA JUEZA DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda. MARLENY LISSETH MÁRQUEZ MARQUINA, en carácter de Apo-derada General Judicial de la señora VILMA SANTANA CASTILLO VIGIL, de treinta y dos años de edad, ama de casa, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Luisito, de esta Jurisdicción, de la capacidad superficial de VEINTE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: Sesenta y tres metros, linda con Isabel Solís, cerco de alambre brotones de izote, tempate de por medio propio de la colindante: AL PONIENTE: Ciento cincuenta y ocho metros, la cual incluye un zanjo de por medio, entrada y salida libre de la propiedad de la que es colindante Anacleta Andrade, de tres metros de ancho; AL SUR: Doscientos veinte metros, linda con María Márquez e Ismael Portillo, río de por medio, entrada y salida libre de la propiedad de Ismael Portillo, de tres metros de ancho y cerco de alambre de por medio, propio de la compradora calle que conduce del guanacaste al caulote llamado Río Los Cangrejos; AL ORIENTE: Ciento treinta y tres metros, linda con Isabel Solís, cerco de alambre, brotones de izote, tempate, jiote de por medio propio de la colindante. Lo adquirió por compra que hizo al señor BENJAMIN OCHOA CHICAS; y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Librado en EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez horas del día veinticinco de mayo del año dos mil nueve.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. F011716-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ROSA EVELIN VALENCIA GUILLEN, en su carácter de Apoderado General Judicial de la señora JUANA ANTONIA CASTELLANOS SANCHEZ, solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmue-ble de naturaleza rústica, situado en Cantón El Espinal, Jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superficial de DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PUNTO NUEVE METROS CUADRADOS, de los linderos actuales siguientes: AL NORTE: partiendo del vértice Nor Poniente, está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo uno, Norte ochenta y dos grados veinticuatro minutos cincuenta y cinco segundos Este, con una distancia de cien punto noventa y cuatro metros colindando en este tramo con terreno propiedad de la señora Ana Gloria Castellanos Sánchez; AL ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente, está formado por un tramo, con el siguiente rumbo y distancia Tramo uno Sur, cinco

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. grados diecinueve minutos veintitrés segundos Este, con una distancia de cinco punto treinta y siete metros, colindando en este tramo con terreno propiedad de la señora Zoila Marina Abarca y José Ángel Castellanos Vásquez, Calle Antigua a San Sebastián de por medio, de cuatro punto cincuenta y cinco metros de ancho: AL SUR: partiendo del vértice Sur Oriente, está formado por tres tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Sur, ochenta grados veintiséis minutos treinta y nueve segundos Oeste, con una distancia de ochenta punto cuarenta y un metros; Tramo dos Sur, ochenta y un grados veintitrés minutos veintisiete segundos Oeste, con una distancia de treinta y uno punto noventa y cuatro metros; Tramo tres Sur, veintisiete grados cuarenta y seis minutos cincuenta segundos Oeste, con una distancia de veintitrés punto veinticuatro metros colindando en estos tramos con terreno propiedad del señor Camilo Abarca Henríquez; AL PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente, está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia, Tramo uno Norte, cero grados cincuenta y ocho minutos dos segundos Oeste, con una distancia de treinta punto setenta y un metros, colindando en este tramo con terreno propiedad del señor Camilo Abarca Henríquez, así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. El inmueble lo adquirió por venta que le hizo al señor JUAN JOSE CASTELLANOS, el día veintidós de mayo del año dos mil cinco y éste lo obtuvo por venta que le hizo la señora HILARIA CASTELLANOS DE DIAZ, conocida por HILARIA CASTELLANOS, el día catorce de septiembre de mil novecientos setenta y nueve, por lo que sumada las posesiones datan más de diez años de poseerla, en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente, no está en proindivisión, no es dominante, ni sirviente, y lo valúa por la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas y treinta minutos del día once de junio del año dos mil nueve.- LIC. MA-NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011794-1

TÍTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor FRANCISCO RAYMUNDO REYES, de ochenta y dos años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de El Paisnal, Departamento de San Salvador, portador de su Documento Único de Identidad Número cero dos dos cuatro ocho dos uno dos- uno, y con Número de Identifi-cación Tributaria cero siete uno cero- cero seis uno cero dos seis- uno cero uno- nueve; solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Las Ventanas, Jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salvador, de una ex-tensión superficial de: TRECE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: Partiendo del punto de intersección de la Calle de acceso al Cantón Las Ventanas y la Calle al Tule del Cantón Las Ventanas, Jurisdicción de El Paisnal, se mide sobre el eje actual de la Calle a las Ventanas, una distancia de tres punto

cincuenta y cinco metros con rumbo Oriente y en este punto haciendo una deflexión derecha de noventa grados, con una distancia de dos punto cincuenta metros llegamos así al Esquinero Nor-Poniente, de donde da inicio la presente descripción. AL NORTE: Compuesto por dos tramos rectos el Primer Tramo, de veintiocho punto diecinueve metros de lon-gitud con rumbo Sur, ochenta y siete grados cincuenta y ocho minutos treinta segundos Este y el segundo tramo, de cincuenta y tres punto veintidós metros de longitud con rumbo Sur, ochenta y cinco grados cincuenta y cuatro minutos quince segundos Este, lindando con terreno del Ministerio de Educación y de Inocencio Figueroa, calle de acceso de siete punto cero cero metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Compuesto por seis tramos rectos, el Primer Tramo, de dieciocho punto noventa y ocho metros de longitud con rumbo Sur, cero ocho grados once minutos treinta y dos segundos Oeste, el Segundo Tramo, de noventa y seis punto cero cero metros de longitud con rumbo Sur, cero siete grados treinta y un minutos catorce segundos Oeste, el Tercer Tramo, de diez punto diecisiete metros de longitud con rumbo Sur, setenta y cinco grados cincuenta minutos veinticinco segundos Este, el Cuarto Tramo, de veinticuatro punto veinticinco metros de longitud con rumbo Sur, catorce grados cuarenta y seis minutos cero nueve segundos Este, el Quinto Tramo, de veinte punto cero dos metros de longitud con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados veintisiete minutos treinta y seis segundos Oeste y el Sexto Tramo, de catorce punto veinticinco metros de longitud con rumbo Sur, dieciséis grados catorce minutos treinta y dos segundos Oeste, lindando con terreno de Francisca Polanco viuda de Durán, Leonardo Polanco Sánchez, Venancio Grande Palacios, Jesús Rauda Figueroa y Pedro Flamenco Rodríguez: AL SUR: Compuesto por un tramo recto de noventa y seis punto veinticinco metros de longitud con rumbo Norte, ochenta y ocho grados cero nueve minutos cincuenta y siete segundos Oeste, linda con propiedad de Juan Somoza Moz; AL PONIENTE: Compuesto por tres tramos rectos, el Primer Tramo, de treinta y cinco punto cincuenta y uno metros de longitud con rumbo Norte veintidós grados veinticuatro minutos dieciocho segundos Este, el Segundo Tramo, de veintinueve punto veintiocho metros de longitud con rumbo Norte, diecinueve grados cero nueve minutos veintiséis segundos Este y el Tercer Tramo, de noventa y siete punto ochenta y nueve metros de longitud con rumbo Norte, cero ocho grados cuarenta y siete minutos once segundos Este, lindando con propiedad de Mariana Meléndez de Reina, Antonio Reina Calle, Mariana Meléndez de Reina, José María Reina Morales, Leonel Reina, Fermania Reina de Alas, María Marcia Reina de Orellana, Virgilio Reina Guardado, Teresa de Jesús García Grande y Martina Reina, al río de seis punto cero cero metros de ancho de por medio, llegando al punto donde se inició la presente descripción. Todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, desde su adquisición. Habiendo poseído el referido terreno en forma quieta, pacífica, y no interrumpida, de forma material por más de treinta años y lo valora en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los doce días del mes de junio de dos mil nueve.- JOSÉ HÉCTOR LARA ZAMORA, ALCALDE MUNICIPAL.- VÍCTOR MANUEL NIETO DUGÓN, SECRETARIO MUNICIPAL.

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PAISNAL.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora

ANGELA DURAN DE RAYMUNDO, quien es de setenta y un años

de edad, doméstica, del domicilio de El PaisnaI, Departamento de San

Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad número

cero cero nueve seis ocho cuatro nueve dos-cuatro, y con Número de

Identificación Tributaria cero seis cero cinco-cero cinco cero cinco

tres ocho-uno cero uno-seis; solicitando se le extienda TITULO DE

DOMINIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón El

Tule, Jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salvador, de una

extensión superficial de: CINCO MIL SEISCIENTOS SIETE PUNTO

CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas

y colindancias siguientes: AL NORTE: Mide ciento dos punto setenta

y ocho metros, linda con Juan Somoza Moz, cerco de alambre propio y

piedra del colindante de por medio; AL ORIENTE: Mide sesenta y cuatro

punto treinta metros, linda con Guadalupe Raymundo Reyes, cerco de

alambre del colindante; AL SUR: Mide ochenta y siete punto setenta y

cinco metros, linda con Angela Durán de Raymundo cerco de alambre

de la colindante; AL PONIENTE: Mide sesenta y uno punto cuarenta

y ocho metros, linda con Dorotea Calderón viuda de Rauda, Guillerma

Durán Polanco, María Lea Calderón Carrero, Saúl Carrero y Juan Somoza

Moz, callejón de dos metros de ancho de por medio, hasta llegar al punto

donde se inició la presente descripción. Todos los colindantes son de este

domicilio. El inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en

proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras

personas desde su adquisición. Habiendo poseído el referido terreno en

forma quieta, pacífica, y no interrumpida, de forma material por más de

treinta años y lo valora en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

El Paisnal, Departamento de San Salvador, a los doce días del mes de

junio de dos mil nueve.- JOSÉ HÉCTOR LARA ZAMORA, ALCALDE

MUNICIPAL. VÍCTOR MANUEL NIETO DUGÓN, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011784-1

aViSo DE iNScriPciÓN

LA INFRASCRITA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número ochenta y seis, Tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA “ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUC-

CION AGROPECUARIA MASAHUAT DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA”, que se abrevia ACOMASAHUAT DE R.L., ubicada

en Santa Catarina Masahuat, Departamento de Sonsonate, obtuvo su

Personería Jurídica el día veintinueve de mayo del año dos mil nueve,

e inscrita en el libro ochenta y seis de registro que esta oficina lleva

bajo la siguiente codificación: Dos mil ciento cincuenta del Sector No

Reformado, por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial el

extracto y por una sola vez el aviso de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los dieciocho días del mes junio de dos mil nueve.

NOTIFIQUESE.

LIC. GLADYS MARINA DE HERNANDEZ,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

1 v. No. F011786

JUicio DE aUSENcia

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que en las Diligencias Sumarias de Partición Judicial,

promovidas por el Licenciado Octavio Adalberto García Campos, en su

calidad de Apoderado del señor Ángel Danilo Gómez Rendón, contra

María Ángela Gómez Villacorta, se ha presentado el mencionado pro-

fesional manifestando que la señora María Ángela Gómez Villacorta,

mayor de edad, de este domicilio, se ha ausentado de su domicilio,

solicitando asimismo que se le nombre un Curador Especial para que

la represente, por ignorarse su paradero actual así como si ha dejado en

el país Procurador o Abogado que la represente, por lo que se previene

a este último si lo tuviere que se presente a este Juzgado a hacer uso

de su derecho dentro del término de quince días después de la última

publicación de este aviso.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once

horas treinta y nueve minutos del día diez de octubre de dos mil ocho.-

DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

1 v. No. F011792

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. rENoVaciÓN DE MarcaS

No. de Expediente: 1998001732

No. de Presentación: 20080114576

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado SARA

DEL CARMEN GUARDADO GÓMEZ, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL

de JOSÉ BUENAVENTURA GUARDADO ORELLANA, del domicilio

de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 00138 del Libro 00100 de INSCRIPCIÓN DE

MARCAS, consistente en la expresión GARYDOL, está escrita en letras

mayúsculas de color negro, sin ningún diseño especial; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veinte días del mes de abril del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031400-1

No. de Expediente: 1986000751

No. de Presentación: 20090122249

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de ANSELL HEALTHCARE

PRODUCTS INC., del domicilio de 200 SCHULZ DRIVE, RED

BANK, NEW JERSEY 07701, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN,

para la inscripción Número 00052 del libro 00123 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra “ROUGH RIDER”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los catorce días del mes de mayo del año dos mil

nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011745-1

No. de Expediente: 1977001945

No. de Presentación: 20090122244

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de GLAXO GROUP LIMITED, del

domicilio de Glaxo Wellcome House, Berkeley Avenue, Greenford,

Middlesex UB6 ONN, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando

RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00218 del Libro 00079

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra ZINACEF;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de mayo del año dos

mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011751-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 1995000020

No. de Presentación: 20080113142

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ARTSANA S. P. A., del domicilio de Vía Saldarini Catelli 1, 22070 GRANDATE, Como, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00080 del libro 00082 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra chicco, en letras minúsculas, dispuestas cada una de las letras que la componen en planos diferentes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 28 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los trece días del mes de mayo del año dos mil nueve.-

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011752-1

No. de Expediente: 1997002738

No. de Presentación: 20080109978

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CREDO TECHNOLOGY CORPO-RATION, del domicilio de 2800 South 25th Avenue, Broadview, Illinois, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00113 del Libro 00077 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras MULTIPRO, en letras mayúsculas de molde; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011755-1

No. de Expediente: 1997002739

No. de Presentación: 20080109977

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CREDO TECHNOLOGY CORPO-RATION, del domicilio de 2800 South 25th Avenue, Broadview, Illinois, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00114 del Libro 00077 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en las palabras DREMEL, en letras mayúsculas de molde; que ampara productos/ser-vicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011757-1

No. de Expediente: 1975003345

No. de Presentación: 20090122248

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Eli Lilly and Company, del domicilio de INDIANAPOLIS, INDIANA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00209 del Libro 00078 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "MONTEBAN"; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011760-1

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 1978001625

No. de Presentación: 20090122256

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de WYETH, del domicilio de Five Gi-ralda Farms, Madison, New Jersey 07940, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00090 del Libro 00079 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "OXICUR"; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011763-1

No. de Expediente: 1997005803

No. de Presentación: 20080105345

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRÍGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de EUREKA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Boulevard Manuel Avila Camacho Número 191-505, Colonia Los Morales Polanco, Código Postal 11510, Delegación Miguel Hidalgo, México Distrito Federal, México, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00167 del Libro 00073 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente en la palabra CEMPLANK; que ampara pro-ductos/servicios comprendidos en la (s) Clase 19 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de abril del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.

RUTH NOEMI PERAZA GALDÁMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011773-1

No. de Expediente: 1987000099

No. de Presentación: 20090122261

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HANNA-BARBERA PRODUC-TIONS, INC., del domicilio de 15301 VENTURA BOULEVARD, CIUDAD DE SHERMAN OAKS, ESTADO DE CALIFORNIA 91403, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número 00178 del Libro 00119 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra "SCOOBY - DOO"; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos, San Salvador, a los once días del mes de mayo del año dos mil nueve.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011774-1

MarcaS DE fÁBrica

No. de Expediente: 2008080255

No. de Presentación: 20080115627

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: La palabra LEXUS y diseño, que servirá para: AMPARAR: RELOJES DE MESA, RELOJES, MANCUERNAS, PLACAS, PINES. Clase: 14.

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de marzo del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031360-1

No. de Expediente: 2009090951

No. de Presentación: 20090118521

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERA-DO de LABORATORIOS LIOMONT, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

loDESTar

Consistente en: La palabra LODESTAR que se traduce al castellano como Estrella Polar, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS EN PARTICULAR ANTIHIPERTENSIVOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de marzo del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031361-1

No. de Expediente: 2008080046

No. de Presentación: 20080115270

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de Mead

Johnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: Un diseño que se identifica como DISEÑO DE BUHO CON PIZARRÓN, que servirá para: AMPARAR: LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; LECHE EN POLVO; PREPARACIONES EN POLVO PARA HACER BEBIDAS CON LECHE: BEBIDAS BASADAS EN LA LECHE; SUSTITUTOS DE LA LECHE. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031362-1

No. de Expediente: 2008079852

No. de Presentación: 20080114972

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LÓPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de COR-PORACIÓN HABANOS, S. A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA,

VEGa 1860

Consistente en: La palabra VEGA 1860, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO, TABACO ELABORADO PARA FUMAR, MASCAR O ESTORNUDAR, CIGARROS, CIGARRILLOS, CIGARRITOS, PICADURA, ARTÍCULOS PARA FUMADORES, ENTRE OTROS: CENICEROS, CORTAPUROS, FOSFORERAS, PURERAS; CERILLAS. Clase: 34.

La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031363-1

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092791

No. de Presentación: 20090122080

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-

TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

aEriE

Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR:

BOLSOS, BOLSONES, SOMBRILLAS, BILLETERAS, CARTERAS.

Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031364-1

No. de Expediente: 2009092793

No. de Presentación: 20090122082

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-

TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

aEriE

Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR:

VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031365-1

No. de Expediente: 2009092788

No. de Presentación: 20090122077

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: un diseño que será identificado como DISEÑO DE AVE, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE TOCADOR. PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031367-1

No. de Expediente: 2009092547

No. de Presentación: 20090121682

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc.,

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

coVErNoX

Consistente en: la palabra COVERNOX, que servirá para: AM-PARAR: IMPLANTES ORTOPÉDICOS DE ARTICULACIONES Y PARTES COMPONENTES DE TALES IMPLANTES; INSERCIONES DE POLIETILENO PARA IMPLANTES ORTOPÉDICOS DE ARTI-CULACIONES. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031368-1

No. de Expediente: 2009092529

No. de Presentación: 20090121636

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Biomarin Pharmaceutical Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: la palabra KUVAN y diseño, que servirá para: AMPARAR PREPARACIONES FARMACÉUTICAS, PRINCIPAL-MENTE, FÁRMACOS COMPUESTOS DE TETRAHIDROBIOP-TERINA (BH4) Y COMPUESTOS RELACIONADOS PARA EL TRATAMIENTO DE FENILCETONURIA. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSÉ VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031369-1

No. de Expediente: 2008080253

No. de Presentación: 20080115625

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: la palabra LEXUS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SOSTENEDORES DE METAL PARA LLAVEROS, ANILLAS METALICAS PARA LLAVES, ESTAÑO, LATAS. Clase: 06.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de abril del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031370-1

No. de Expediente: 2009092606

No. de Presentación: 20090121776

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de FISONS LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

rYNacroM

Consistente en: la palabra RYNACROM, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS Y FARMACÉUTICOS, ESPE-CIALES O NO, FÁRMACOS, DESINFECTANTES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil nueve.

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031372-1

No. de Expediente: 2009092506

No. de Presentación: 20090121605

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SUNOCO OVERSEAS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: la palabra SUNOCO y diseño, que servirá para: AM-PARAR: ACEITES Y GRASAS INDUSTRIALES; LUBRICANTES; COMBUSTIBLES, PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031373-1

No. de Expediente: 2009092742

No. de Presentación: 20090122002

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc.,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

TrUMaTcH

Consistente en: la palabra TRUMATCH en donde la palabra Match por separado se traduce al castellano como Pareja, que servirá para: AMPARAR: INSTRUMENTOS Y APARATOS MÉDICOS PARA USO EN CIRUGÍA ORTOPÉDICA; IMPLANTES MÉDICOS, QUIRÚRGICOS Y ORTOPÉDICOS HECHOS DE MATERIALES ARTIFICIALES. Clase: 10.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031374-1

No. de Expediente: 2009092787

No. de Presentación: 20090122076

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

aEriE

Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE TOCADOR, PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSONAL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031375-1

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2009092789

No. de Presentación: 20090122078

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

aEriE

Consistente en: la expresión AERIE, que servirá para: AMPARAR: JOYERÍA Y RELOJES. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031376-1

No. de Expediente: 2009092792

No. de Presentación: 20090122081

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-

TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE AVE,

que servirá para: AMPARAR: BOLSOS, BOLSONES, SOMBRILLAS,

BILLETERAS, CARTERAS. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de abril del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031377-1

No. de Expediente: 2009092790

No. de Presentación: 20090122079

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-

TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: un diseño identificado como diseño de ave, que

servirá para: AMPARAR: JOYERÍA Y RELOJES. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031378-1

DIAIR

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092795

No. de Presentación: 20090122084

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifica como DISEÑO DE AVE, que servirá para: AMPARAR: VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031379-1

No. de Expediente: 2009092829

No. de Presentación: 20090122118

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de BASF Agro B.V., Arnhem (NL), Zweigniederlassung Wädenswil, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FA-BRICA,

caScaDE

Consistente en: la palabra CASCADE, que se traduce al castellano como CASCADA, que servirá para: AMPARAR: INSECTICIDAS, LARVICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y PESTICIDAS,

MOLUSCICIDAS Y NEMATICIDAS; PREPARACIONES PARA

MATAR GUSANOS Y DESTRUIR GERMENES O BICHOS. Clase:

05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031380-1

No. de Expediente: 2009092783

No. de Presentación: 20090122072

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

Nycomed Danmark ApS, de nacionalidad DANESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

iNSTaNYl

Consistente en: la expresión INSTANYL, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031382-1

DIAIR

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NO TIE

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2009092701

No. de Presentación: 20090121916

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

KENNETH COLE PRODUCTIONS, INC., de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

KENNETH colE

Consistente en: las palabras KENNETH COLE, que servirá para:

AMPARAR: ANTEOJOS, LENTES DE SOL, LUPAS, MARCOS,

LENTES; ACCESORIOS PARA LA VISTA; ESTUCHES Y CADE-

NAS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031383-1

No. de Expediente: 2009092938

No. de Presentación: 20090122314

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de Astellas Pharma Inc., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

ocaS

Consistente en: la palabra OCAS, que servirá para: AMPARAR:

SUSTANCIAS Y PREPARACIONES FARMACEUTICAS. Clase:

05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de mayo del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031384-1

No. de Expediente: 2009092830

No. de Presentación: 20090122119

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

orVEGo

Consistente en: la palabra ORVEGO, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION Y COMBATE DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031385-1

DIAIR

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FICIA

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NO TIE

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Page 67: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009 ... · 10-11 12-15 16-17 18-19 Pág. 20 21-35 36 36 36 36 37 37 37-38 38 39 39 ... 15-1795.- Se autoriza la implementación de

67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2008077617

No. de Presentación: 20080111206

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de KONICA

MINOLTA HOLDINGS, INC., de nacionalidad JAPONESA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

KoNica MiNolTa

Consistente en: las palabras KONICA MINOLTA, que servirá

para: AMPARAR REACTIVOS QUÍMICOS (QUE NO SEAN PARA

USO MEDICO O VETERINARIO); SUSTANCIAS QUÍMICAS PARA

REVELAR PELÍCULAS, PAPEL Y PLACAS IMPRESIONADAS;

SUSTANCIAS QUÍMICAS PARA REVELAR PELÍCULAS DE ARTES

GRÁFICAS, PAPEL Y PLACAS IMPRESIONADAS; SUSTANCIAS

QUÍMICAS PARA REVELAR PELÍCULAS DE RADIOGRAFÍAS

MEDICAS IMPRESIONADAS; PRODUCTOS QUÍMICOS DESTI-

NADOS A LA INDUSTRIA, CIENCIA, FOTOGRAFÍA, ASÍ COMO

A LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA;

APARATOS FOTOGRÁFICOS DE USAR Y TIRAR; PLACAS SECAS

PARA ARTES GRÁFICAS (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS

DE ARTES GRÁFICAS (NO IMPRESIONADAS); PAPEL DE

ARTES GRÁFICAS (NO IMPRESIONADO); PELÍCULAS DE RA-

DIOGRAFÍAS MÉDICAS (NO IMPRESIONADAS); EMULSIONES

FOTOGRÁFICAS; PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS PARA EFEC-

TUAR COPIAS Y MICRO-PELÍCULAS (NO IMPRESIONADAS);

PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS PARA EFECTUAR FOTOGRAFÍAS

DE IDENTIFICACIÓN (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS FOTO-

GRÁFICAS PARA EFECTUAR MEDICIONES CIENTÍFICAS (NO

IMPRESIONADAS); PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS PARA SU USO

EN LA INDUSTRIA (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS FOTO-

GRÁFICAS PARA USO EN APARATOS FOTOGRÁFICOS PARA

GRABAR IMÁGENES VISTAS EN REPRESENTACIONES CRT

EN DIAGNOSIS MÉDICA (NO IMPRESIONADAS); PELÍCULAS

FOTOGRÁFICAS (NO IMPRESIONADAS); PAPEL FOTOGRÁFICO

(NO IMPRESIONADO); PLANCHAS FOTOGRÁFICAS (IMPRESIO-

NADAS); SENSIBILIZADORES FOTOGRÁFICOS; PRODUCTOS

QUÍMICOS FOTOSENSIBLES; PELÍCULAS DE FOTOCOMPOSI-

CIÓN (NO IMPRESIONADAS); PAPEL DE FOTOCOMPOSICIÓN

(NO IMPRESIONADO); PLACAS PRE-SENSIBILIZADAS PARA

IMPRESIÓN EN "OFFSET"; PARTES Y COMPONENTES DE TODOS

LOS PRODUCTOS CITADOS, INCLUIDOS EN ESTA CLASE. Clase:

01.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031386-1

No. de Expediente: 2009092740

No. de Presentación: 20090121999

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de La-boratorio Chile S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SiNcriS

Consistente en: la palabra SINCRIS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PRE-PARACIONES SANITARIAS PARA USO MÉDICO; SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTO PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA CURACIONES (APÓSITOS Y VENDAS); YESO PARA USO MÉDICO, MATERIAL PARA TAPAR DIENTES; CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031388-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2009092704

No. de Presentación: 20090121919

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de KENNETH COLE PRODUCTIONS, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

rEacTioN

Consistente en: la palabra REACTION que se traduce al castella-no como reacción, que servirá para: AMPARAR: PERFUME, AGUA DE COLONIA, AGUA DE TOCADOR; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL Y EL CUERPO, PRINCIPALMENTE, LOCIONES, LECHES, CREMAS, ACEITES, Y GELS PARA LA CARA Y CUERPO; PRODUCTOS PARA EL CUIDADO PERSO-NAL, PRINCIPALMENTE, POLVOS PARA EL CUERPO, JABONES PARA EL CUERPO HUMANO, GEL PARA LA DUCHA, BAÑO DE BURBUJAS, SHAMPOO PARA EL CABELLO, ACONDICIONADOR PARA EL CABELLO, DESODORANTES; CREMAS PARA AFEITAR, JABONES PARA AFEITAR, BARRAS PARA AFEITAR, LOCIONES PARA ANTES Y DESPUES DE AFEITARSE. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de abril del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031389-1

No. de Expediente: 2009092735

No. de Presentación: 20090121991

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión M blur y diseño, el cual la palabra blur se traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE PARA APLICACIONES DE COMPUTADORAS PARA

TELÉFONOS MOVILES O CELULARES; UNA FACILIDAD INCOR-

PORADA EN UN TELÉFONO MOVIL O CELULAR PARA BUSCAR

Y ACCEDER A APLICACIONES UTILIZADAS COMÚNMENTE

EN EL TELÉFONO; SOFTWARE DE COMUNICACIONES PARA

CONECTAR A USUARIOS DE TELÉFONOS MOVILES; SOFTWARE

DE TELEFONIA POR COMPUTADORA QUE PERMITE REALIZAR

ACTIVIDADES DE TELÉFONO Y COMUNICACIONES A TRAVÉS

DE UNA RED; SOFTWARE DE TELEFONIA POR COMPUTADO-

RA PARA PROYECTAR Y ACTUALIZAR DATOS RECIBIDOS

DE LA RED; APARATOS PARA GRABACION, TRANSMISION·

O REPRODUCCION DE SONIDO O IMÁGENES EN TELÉFONOS

MOVILES O CELULARES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031390-1

No. de Expediente: 2009092737

No. de Presentación: 20090121994

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO

DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

MoToBlUr

Consistente en: la palabra MOTOBLUR donde la palabra BLUR se

traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPARAR:

SOFTWARE PARA APLICACIONES DE COMPUTADORAS PARA

TELEFONOS MOVILES O CELULARES; UNA FACILIDAD INCOR-

PORADA EN UN TELEFONO MOVIL O CELULAR PARA BUSCAR

Y ACCEDER A APLICACIONES UTILIZADAS COMUNMENTE

EN EL TELEFONO; SOFTWARE DE COMUNICACIONES PARA

CONECTAR A USUARIOS DE TELEFONOS MOVILES; SOFTWARE

DE TELEFONIA POR COMPUTADORA QUE PERMITE REALIZAR

ACTIVIDADES DE TELEFONO Y COMUNICACIONES A TRAVES

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DE UNA RED; SOFTWARE DE TELEFONIA POR COMPUTADO-

RA PARA PROYECTAR Y ACTUALIZAR DATOS RECIBIDOS

DE LA RED; APARATOS PARA GRABACION, TRANSMISION

O REPRODUCCION DE SONIDO O IMAGENES EN TELEFONOS

MOVILES O CELULARES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031392-1

No. de Expediente: 2009092733

No. de Presentación: 20090121987

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO

DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

BlUr

Consistente en: la palabra BLUR traducida al castellano como

BORROSO, que servirá para: AMPARAR: SOFTWARE PARA

APLICACIONES DE COMPUTADORAS PARA TELEFONOS MO-

VILES O CELULARES; UNA FACILIDAD INCORPORADA EN UN

TELEFONO MOVIL O CELULAR PARA BUSCAR Y ACCEDER A

APLICACIONES UTILIZADAS COMUNMENTE EN EL TELEFONO;

SOFTWARE DE COMUNICACIONES PARA CONECTAR A USUA-

RIOS DE TELEFONOS MOVILES; SOFTWARE DE TELEFONIA

POR COMPUTADORA QUE PERMITE REALIZAR ACTIVIDA-

DES DE TELEFONO Y COMUNICACIONES A TRAVES DE UNA

RED; SOFTWARE DE TELEFONIA POR COMPUTADORA PARA

PROYECTAR Y ACTUALIZAR DATOS RECIBIDOS DE LA RED;

APARATOS PARA GRABACION, TRANSMISION O REPRODUC-

CION DE SONIDO O IMAGENES EN TELEFONOS MOVILES O

CELULARES. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031394-1

No. de Expediente: 2009091179

No. de Presentación: 20090118950

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SEGUNDO

ORTIZ DEODANES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

PRODUCTOS EMBUTIDOS EL CHORY, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras: Chory Brand y diseño, en donde traducidas al castellano significa: Chory Calidad, sobre las palabras aisladamente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS EMBUTIDOS. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil nueve.

LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031396-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 2008073368

No. de Presentación: 20080103956

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA ELOISA

DEL CARMEN ALFARO DE MARON, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

aNarEXol

Consistente en: la palabra ANAREXOL, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial. Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031397-1

No. de Expediente: 2009091448

No. de Presentación: 20090119521

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SARA DEL

CARMEN GUARDADO GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

GUARDADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: GUARDADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

orToDEl PlUS

Consisitente en: la expresión ORTODEL PLUS, la palabra PLUS

se traduce al castellano como suplementario u ocasional, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día nueve de febrero del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, primero de abril del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031398-1

No. de Expediente: 2009092707

No. de Presentación: 20090121939

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MIGUEL

ANTONIO GIACOMAN BUKELE, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de IMPRESSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión IMPRESSA SUPERBELT, la palabra

IMPRESSA no tiene traducción y la palabra SUPERBELT se traduce

como cinturón fenomenal, que servirá para: DISTINGUIR MECANIS-

MOS DE TRANSMISION PARA VEHICULOS TERRESTRES TALES

COMO FAJAS Y CORREAS DE TRANSMISION. Clase: 07.

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de abril del año dos mil nueve.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

RAFAEL ANTONIO CASTILLO MEDINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031410-1

No. de Expediente: 2008079832

No. de Presentación: 20080114937

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GLAXO

GROUP LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TaraZ

Consistente en: la palabra TARAZ, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS FARMACEUTICAS Y ME-

DICINALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011765-1

No. de Expediente: 2009093113

No. de Presentación: 20090122655

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de CAL-

DARELLI GIOVANNI, de nacionalidad ITALIANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las letras AM y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS ÓPTICOS, TALES COMO LENTES Y LENTES

DE SOL, MARCOS DE ANTEOJOS, LENTES, Y ESTUCHES PARA

LENTES Y LENTES DE SOL; VISORES DE DEPORTE PARA SU

USO EN ESQUÍ, NATACIÓN, MOTOCICLISMO; CADENAS DE

ANTEOJOS. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de mayo del año dos mil nueve.

LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011767-1

No. de Expediente: 2005053589

No. de Presentación: 20050071123

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de EVEREADY BATTERY COMPANY, INC., de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

KEEP GoiNG

Consistente en: las palabras KEEP GOING traducidas como SI-

GUE O CONTINUA; que servirá para AMPARAR: TODO TIPO DE

BATERIAS Y CARGADORES DE BATERIA.

CLASE: 09.

La solicitud fue presentada el día veintidós de noviembre del año

dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011768-1

No. de Expediente: 2008079760

No. de Presentación: 20080114797

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de Merchant Media, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ScooP N GriND

Consistente en: las palabras SCOOP N GRIND que se traducen al

castellano como pala moler, que servirá para: AMPARAR: MOLINOS DE

MANO ACCIONADOS CON BATERIA PARA USO DOMÉSTICO

CON COMIDA, PIMIENTA, CAFÉ Y ESPECIES. Clase: 07.

La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de mayo del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011769-1

No. de Expediente: 2008079740

No. de Presentación: 20080114757

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Farmacéutica

Med-Cell Ltda., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión Vitaminlife y diseño, la palabra Vitamin

se traduce al castellano como Vitamina y life como Vida, que servirá

para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA,

SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES

HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA,

HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVA-

DURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE,

SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del

año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011771-1

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092331

No. de Presentación: 20090121264

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CORINA

FRANCIS ESCOBAR RAUDA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE COMERCIO,

JUaMa

Consistente en: la palabra JUAMA, que servirá para: AMPARAR:

PELICULAS PARA IMPRESION DIGITAL SENSIBLE AL CALOR,

LAS CUALES SON SENSIBILIZADAS PERO NO EXPUESTAS,

ACLARANDO QUE NO SON PELICULAS FOTOGRAFICAS, SINO

PELICULAS PARA USO MEDICO. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011804-1

No. de Expediente: 2009092334

No. de Presentación: 20090121267

CLASE: 1.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CORINA

FRANCIS ESCOBAR RAUDA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE COMERCIO,

aGfa Consistente en: la palabra: AGFA, que servirá para: AMPARAR:

PELICULAS DE RAVOS “X”, LAS CUALES SON SENSIBILIZADAS

PERO NO EXPUESTAS. Clase: 1.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de marzo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de mayo del año dos mil nueve.

LICDA. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011805-1

coNVocaToria

CONVOCATORIA

La Sociedad Cooperativa de Cafetaleros Los Ausoles de R. L. convoca

a sus socios a JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA. Que deberá

celebrarse en el Área Social de la Cooperativa, situada en el Km. 101

1/2 Carretera a las Chinamas, Ahuachapán, a las ocho horas del día

27 de julio del corriente año, en la que se tratará exclusivamente la

siguiente agenda:

1- VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.

2- LECTURA DEL ACTA ANTERIOR Y RATIFICACION DE

ACUERDOS

3- AUTORIZACION DE ASAMBLEA GENERAL PARA REALIZAR

CONTRATO DE MAQUILA Y BODEGAJE.

Para celebrar esta Junta deberán estar presentes personalmente por

lo menos la mitad más uno de los socios de la Cooperativa.

De no haber Quórum en la primera convocatoria por este mismo

medio se convoca para celebrar esta JUNTA GENERAL EXTRAOR-

DINARIA para el día 28 de julio a las diez horas en el mismo local, con

el número de Socios presentes, siempre que no sea inferior a diez socios

de acuerdo al Pacto Social.

AHUACHAPAN, 18 de JUNIO DE 2009.

FERNANDO JOSE MENDOZA LINARES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031405-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383SUBaSTa PUBlica

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al Público para los efectos de ley, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., cuyos nombres comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVA-DOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL, BANCO AGRICOLA o solamente EL AGRICOLA y sus siglas BAC, contra la señora CECILIA CAROLINA CONTRERAS DE BOLAÑOS, reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: UN inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón Ba-rra de Santiago, jurisdicción de Jujutla, departamento de Ahuachapán, desmembrado hacia el rumbo Sur de otro de mayor extensión de donde formo parte compuesta de DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, y especialmente mide y linda: AL NORTE, cincuenta y tres metros. AL PONIENTE, cincuenta y seis metros en estos dos rumbos linda con el resto del inmueble general de donde se desmembró el que se describe, propiedad del señor Salomón Contreras. AL ORIENTE: cincuenta y seis metros, linda con porción vendida al señor CARLOS DE JESUS MARQUELLI que formó parte del inmueble general antes mencionado, propiedad del señor SALOMON CONTRERAS. Y AL SUR cincuenta y tres metros, calle Nacional de por medio cerco propio con predios del señor EMILIO ZEDAN y de la Sociedad Pro- Mejoramiento de la Barra de Santiago, representada por la señora CATALINA GOMEZ en este último predio es donde se encuentra el cementerio. Inscrito a favor de la demandada CECILIA CAROLINA CONTRERAS DE BOLAÑOS, bajo matrícula número UNO CINCO CERO TRES CERO SIETE CINCO NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, asiento DIEZ, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda sección de Occidente del Departamento de Ahuachapán.

Se hace saber a la personas que se presenten a participar a la su-basta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad Personal y el NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas del día diez de marzo de dos mil ocho. LIC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCAN-TIL. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011708-1

GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Jueza de Primera Instancia Suplente del Distrito Judicial de San Sebastián, Departamento de San Vicente. AL PÚBLICO, para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado JOSUE RAFAEL REYES CAMPOS, y continuado por el Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS, ambos en calidad de Apoderados Generales Judiciales de la Sociedad BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CITI DE EL SALVADOR, S.A., o simplemente BANCO CITI, S.A., en contra del señor CARLOS BORROMEO FLORES, de treinta y seis años de edad al momento de contraer la obligación, Sastre, del domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, SE HA OR-DENADO LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE UN INMUEBLE EMBARGADO, propiedad del citado señor Borromeo Flores, situado en la jurisdicción de Tonacatepeque, de las características siguientes: EL

PRIMERO, identificado como lote número siete, Polígono treinta y seis de urbanización Cimas de San Bartolo II, Quinta Etapa, Tonacatepeque, de extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUEN-TA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS. El relacionado inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad de San Salvador, bajo la Matrícula seis cero cero cuatro dos ocho uno ocho - cero cero cero cero cero (60042818-00000).

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, a las catorce horas y cuarenta minutos del día trece de mayo de dos mil nueve. LICDA. GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011753-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por la Licenciada Zarina Ayala Herrera, como Apoderada General Judicial del Banco Agrícola S.A., contra la señora Jesús Anabel Romero de Morales conocida por Jesús Anabel Romero, se Venderán en este Juz-gado en pública subasta y en fecha oportuna los siguientes inmuebles: “PRIMERO. Un inmueble, de naturaleza antes rústica, hoy urbano, ubicado sobre la Sexta Avenida Sur, en el lugar llamado La Monja, entre los pasajes número Tres y Cuatro de la Lotificación Asturias de Sonsonate, en la denominada Residencial ASTURIAS, específicamente en una casa de habitación marcada como lote número TRECE con una capacidad superficial de CIENTO TRES PUNTO CINCUENTA ME-TROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CUARENTA Y OCHO PUNTO CERO NUEVE VARAS CUADRADAS que consta de una casa de sistema mixto con un área construida de CINCUENTA Y TRES PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y TRES PUNTO TREINTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, partiendo de la Intersección de los ejes del pasaje tres de la Lotificación Asturias, propiedad de la señora Gloria Alicia Reina Vásquez de Sa-linas, y la Sexta Avenida Sur, midiendo hacia el sur sobre el eje de la avenida mencionada una distancia de veintidós metros setenta y cinco centímetros, se hace una deflexión izquierda de noventa grados con una distancia de cincuenta y uno punto Cincuenta metros, se llega al vértice nor oriente del terreno que mide y linda como sigue: al ORIENTE, un tramo recto con rumbo sur treinta grados cero punto cero minutos oeste con una longitud de diecisiete punto veinticinco metros, lindando con lote tres polígono dos, Lotificación Asturias, propiedad de la señora Gloria Alicia Reina Vásquez de Salinas, al SUR, un tramo recto con rumbo norte sesenta grados, cero punto cero minutos oeste, con una longitud de seis punto cero metros, lindando con lote número siete polígono cuatro de la lotificación Asturias, propiedad de la señora Gloria Alicia Reina Vásquez de Salinas, pasaje número cuatro de la mencionada lotificación Asturias de por medio cuyo ancho es de siete metros; al PONIENTE, un tramo recto con rumbo norte treinta grados cero punto cero minutos este, con una longitud de diecisiete punto veinticinco metros lindando con lote número doce de la misma Residencial propiedad del señor José Roberto Aquino conocido por José Roberto Aquino Ruiz; al NORTE, un tramo recto con rumbo sur sesenta grados cero punto cero minutos este, con una longitud de seis punto cero metros, lindando con lote número nueve de la misma residencia propiedad del señor José Roberto Aquino conocido por José Roberto Aquino Ruiz. Inscrito a favor de la señora Jesús Anabel Romero de Morales conocida por Jesús Anabel Romero, bajo la matrícula número UNO CERO UNO CERO OCHO DOS OCHO CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento. SEGUNDO. Un lote de terreno de naturaleza urbana situado en las orillas del pueblo de San Antonio del Monte, de este departamento, marcado como lote número Dos, el cual se

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. describe así: a partir de la intersección formada por los ejes de la diagonal “A” y Avenida número Uno, ambas abiertas en terrenos de la misma lotificación se mide sobre el eje de esta última una distancia de ciento veinticuatro metros veintiséis centímetros con rumbo sur trece grados cincuenta y siete minutos cero centésimos de minutos oeste, en el punto se hace una deflexión izquierda de noventa grados con una distancia de cinco metros para llegar a la esquina sur oeste del lote cuyas medidas y linderos son los siguientes: al PONIENTE, nueve metros en línea recta paralela al eje de la avenida número uno, linda con lote número veintitrés de la misma lotificación, avenida uno de diez metros de ancho de por medio; al NORTE, veinte metros setenta y nueve centímetros, en línea recta perpendicular al eje de la avenida número uno, linda con lote número tres de la misma lotificación; al ORIENTE, nueve metros con rumbo sur trece grados veintidós minutos seis centésimos de minutos oeste linda con terreno de Enrique Alfaro y al SUR, veinte metros ochenta y dos centímetros en línea recta perpendicular al eje de la avenida número uno, linda con lote número uno de la misma lotificación. El lote así descrito tiene una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y SIETE ME-TROS CINCUENTA Y DECIMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO VARAS TREINTA CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, los lotes colindantes del lote descrito son propiedad de la señora María Luisa Ortiz de Zedán, contiene como construcción una casa de sistema mixto que mide ocho metros noventa centímetros de frente por veinte metros de fondo o sea de una capacidad de ciento setenta y ocho metros cuadrados, goza de sus correspondientes servicios de agua potable, luz eléctrica y teléfono. Inscrito a favor de la ejecutada bajo la matrícula número UNO CERO CERO TRES TRES TRES UNO CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas veinte minutos del día quince de abril del dos mil nueve. DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011787-1

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado Jorge Alberto Escalante Pérez, en su calidad de apoderado del Fondo Social para la Vivienda, contra Victoriano Antonio Rodríguez Méndez, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plazo respectivo con el número cuarenta y nueve del Polígono Once C, Senda Diez de una extensión superficial de Sesenta punto cero cero metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la Urbanización Ciudad Pacífica III Etapa, situada en Jurisdicción de San Miguel, Departamento de San Miguel, cuya descripción es la siguiente: Al Norte, cinco punto cero cero metros, Al Sur, cinco punto cero cero metros, Al Oriente, doce punto cero cero metros, Al Poniente, doce punto cero cero metros, contiene un área construida de Veintiocho punto sesenta y cinco metros”.

Inscrito a favor del deudor Victoriano Antonio Rodríguez Méndez, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente al número ocho cero uno dos dos ocho cero seis.

Lo que se pone en conocimiento del público.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Miguel, a las once horas treinta y cinco minutos del día diez de junio de dos mil nue-ve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011822-1

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado Jorge Alberto Escalante Pérez, en su calidad de apoderado del Fondo Social para la Vivienda, contra José Fredys González Martínez, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contienen, marcado en el plano respectivo, con el número Nueve, del Polígono B Dos Avenida Licenciado Alfre-do Cristiani, de una extensión superficial de Ochenta y cinco metros cuadrados, dicho lote forma parte de la urbanización Ciudad Pacífica, situada final de la octava calle poniente Cantón Jalacatal, Jurisdicción de San Miguel, cuyas medidas y linderos son los siguientes. Al Norte cinco punto cero cero metros, al Oriente diecisiete punto cero siete metros, Al Sur cinco punto cero cero metros, y Al Poniente diecisiete punto cero siete metros, en dicho inmueble se encuentra construida una casa de sistema mixto, con un área de treinta y seis punto Veinticinco metros cuadrados”.

Inscrito a favor del deudor José Fredys González Martínez, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente al número ocho cero cero cuatro siete cuatro siete tres.

Lo que se pone en conocimiento del público.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Miguel, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día diez de junio de dos mil nueve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011824-1

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado Jorge Alberto Escalante Pérez, en su calidad de apode-rado del Fondo Social para la Vivienda, contra María Elena Alvarenga Mejía, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un lote de construcciones de naturaleza urbana, situado en esta Ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, identificado como lote número Cuarenta y Dos del Polígono Ocho C, Senda Ocho, de la Urbanización Ciudad Pacífica III Etapa, de la extensión Superficial de Setenta punto cero cero metros cuadrados, que mide Al Norte, cinco metros, Al Oriente catorce metros, Al Sur cinco metros, y Al Poniente Catorce metros, con un área de construcción de cuarenta y dos punto ochenta y siete metros cuadrados”.

Inscrito a favor de la deudora María Elena Alvarenga Mejía, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, al número Ocho cero cero uno tres dos ocho uno.

Lo que se pone en conocimiento del público.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Miguel, a las doce horas treinta y cinco minutos del día diez de junio de dos mil nue-ve. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011827-1

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS

AVISO

PROCESOS DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que usa el nombre de “PRODISA”.

COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en: Calle San Martín

No.518 del Barrio La Vega, ciudad de San Salvador, Departamento de

San Salvador, se ha presentado el propietario señor JOSE SALVADOR

JAUREGUI BRIZUELA de UN CERTIFICADO DE ACCIONES de la

sociedad PROCESOS DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, solicitando REPOSICIÓN por EXTRAVÍO de dicho

CERTIFICADO número QUINCE que ampara CIENTO NOVENTA

Y NUEVE ACCIONES, del valor nominal de CIEN COLONES por

cada acción o su equivalente a ONCE DÓLARES CON CUARENTA

Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público

en general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición se procederá a reponer el certificado de acciones en referen-

cia.

San Salvador, quince de junio de dos mil nueve.

MAURICIO ANTONIO LIMA RUIZ,

DIRECTOR PRESIDENTE SUPLENTE DE PROCESOS DIVER-

SOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.

3 v. alt. No. C031404-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia Central, de esta ciudad, se ha presen-

tado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.

0700-039503-0, amparado con el registro No. 0653462 del Depósito a

Plazo Fijo, constituido el 10-08-2001 a 360 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011810-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia San José, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado

No. 0707-017588-8, amparado con el registro No. 961724 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 20-06-2007 a 360 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011816-1

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado

No. 0748-041934-3, amparado con el registro No. 1072783 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 01-06-2009 a 90 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifica-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011817-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia Aguilares, de la ciudad de Aguilares,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 0759-006915-4, amparado con el registro No. 795543

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20-02-2004 a 30 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011818-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia San Martín, de la ciudad de San Martín,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 0774-040368-9, amparado con el registro No. 960244

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 17-04-2007 a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011821-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de

Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando

que ha extraviado el Certificado No. 0783-014737-5, amparado con el

registro No. 757677 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 09-04-2003

a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos

de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No.

486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011823-1

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia Santa Rosa de Lima, de la ciudad de

Santa Rosa de Lima, se ha presentado parte interesada manifestando que

ha extraviado el Certificado No. 0783-023575-6, amparado con el registro

No. 1012288 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 30-06-2008 a 90

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de

reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486

y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011826-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia San José de la Montaña, de esta ciudad,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 0753-001521-5, amparado con el registro No. 818088

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 12-07-2005 a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011832-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Usulután,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 0700-082002-3, amparado con el registro No. 1030692

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-12-2008 a 180 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011833-1

El BaNco aGrÍcola, S. a.

AVISA: Que en su Agencia Jiquilisco, de la ciudad de Usulután,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certificado No. 0783-017199-2, amparado con el registro No. 848689

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 28-03-2005 a 180 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 15 de Junio de 2009.

BaNco aGrÍcola, S.a.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F011836-1

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. aUMENTo DE caPiTal

La Sociedad Centro de Imágenes Radiológicas de Occidente, S. A., de

C. V., que puede abreviarse CIMRO, S. A. de C. V.

HACE SABER: Que en folios veinticuatro, veinticinco y veintiséis

del libro de actas, se encuentra asentada el Acta de Asamblea General

Extraordinaria celebrada en segunda convocatoria, con el sesenta y

nueve punto cuarenta y tres por ciento de las acciones del capital de la

sociedad, el día cinco de junio, del corriente año, en el local de la empresa

ubicado en quinta Avenida Sur, Polígono "D" número veintidós, entre

veinticinco y veintisiete calle Oriente, Urbanización San Miguelito en

la ciudad de Santa Ana.

En dicha Junta General Extraordinaria se acuerda aumentar en

efectivo el capital social de la Sociedad en CIEN MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$100,000.00). Dicho

aumento se realizará en la parte variable, por medio de la emisión y

suscripción de 875 nuevas acciones comunes, del valor nominal de

114.28571 dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-

dientes.

Santa Ana, quince de junio de dos mil nueve.

SALVADOR ERNESTO RODRIGUEZ BARRERA,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

1 v. No. C031408

aViSo DE coBro

AVISO DE COBRO

EL INFRASCRITO JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA DE-

PARTAMENTAL DE EDUCACION DE LA LIBERTAD.

De conformidad con el Artículo 142 de las Disposiciones Generales del

Presupuesto vigente.

SE HACE SABER: Que a la Unidad de Recursos Humanos de

esta Departamental se ha presentado la señora MARIA PATROCINIA

GOMEZ MARTINEZ, mayor de edad, con DUI N° 02630220-0 del

Domicilio de El Rosario, Municipio de Comasagua, Departamento de La

Libertad; SOLICITANDO se le permita firmar los documentos respectivos

y cobrar la cantidad de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS 40/100

DOLARES ($846.40), que al fallecimiento de su HIJO: JULIO CESAR

GOMEZ AGUIRRE, ocurrido el día 12 de Junio 2009, dejó pendiente

de cobro el salario del mes de JUNIO/2009; quien desempeñaba el cargo

de DOCENTE NIVEL II, Código de escalafón docente 0804402, en

la DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE LA LIBERTAD, con

cargo a las Cifras Presupuestarias 2009-3100-3-03-01-21-1-51101, de

Sueldo Base con partida 23 subnúmero 5684 ($606.40) y sobresueldos

con Cifras presupuestarias 2009-3100-3-03-01-21-1-51104 de Doble

Sección con Partida 40 subnúmero 3107 ($200.00) y Ruralidad con

partida 61 subnúmero 3006 ($40.00)

Lo anterior se hace del conocimiento del público, a fin de que toda

persona que se crea con mayor o igual derecho, se presente a hacer uso

de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última

publicación del presente aviso.

Ministerio de Educación, Santa Tecla, a los dieciséis días del mes

de junio de dos mil nueve.

INGENIERO SALVADOR IVAN TESORERO VALENCIA,

JEFE DE RECURSOS HUMANOS,

DEPARTAMENTAL DE EDUCACION DE LA LIBERTAD.

3 v/1v/c/3d. No. F011814-1

aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio

AVISO DE NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR

EL CONDOMINIO TORRE DEL PASEO 1, situado en la Colonia

Escalón, Pasaje Subtiava No. 151, en esta ciudad, en cumplimiento de

lo establecido por la Ley de Propiedad Horizontal por Pisos y Aparta-

mentos y por el Reglamento del Condominio, por este medio hace del

conocimiento del público en general:

Que en Asamblea de Propietarios celebrada el 28 de marzo 2009,

a las 11:00 horas, en el área social del Condominio, se eligió como

ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO para el plazo de un año

contado a partir del 1º de Marzo 2009, a la empresa MULTISERVICIOS

DE SEGURIDAD, S. A. DE C. V., cuyas oficinas están situadas en la

Colonia Flor Blanca, 12 Calle Poniente # 1220, entre 27 y 29 Avenida

Sur San Salvador y que está legalmente representada por los señores

Itshak Ben Haim y Shmuel Vugman,

San Salvador, diecisiete de abril dos mil nueve.

GUILLERMO JOSE FRANCO,

SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. c. No. F011746-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383PaTENTE DE iNVENcioN

No. de Expediente : 2008003119

No. de Presentación: 20080007332

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174

AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de naciona-

lidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE

DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT

denominada DERIVADOS DE LEPTOMICINA, por el término de

VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 47/48, A61P

35/00.

Se refiere a: DERIVADOS DE LEPTOMICINA. La solicitud fue

presentada internacionalmente a las cero horas del día veintitrés de mayo

del año dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los dieciséis días del mes

de marzo del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011726

No. de Expediente: 2008003021

No. de Presentación: 20080006956

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de LES LABORATOIRES SERVIER, del

domicilio de 12, PLACE DE LA DEFENSE, F-92415, COURBEVOIE

CEDEX FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando se conceda

Registro de la PATENTE DE INVENCION denominada ASOCIACION

ENTRE UN ANTIATEROTROMBOTICO Y UN INHIBIDOR DE LA

ENZIMA DE CONVERSION DE LA ANGIOTENSINA, por el término

de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/00, y con

prioridad de la solicitud FRANCESA No. 20070706345, de fecha once

de septiembre del año dos mil siete.

Se refiere a: ASOCIACIÓN DE UN ANTIATEROTROMBÓTI-

CO Y DE UN INHIBIDOR DE LA ENZIMA DE CONVERSIÓN DE

LA ANGIOTENSINA (IECA), ASÍ COMO LAS COMPOSICIONES

FARMACÉUTICAS QUE LA CONTIENEN. MEDICAMENTOS.

La solicitud fue presentada a las diez horas y cincuenta minutos

del día diez de septiembre del año dos mil ocho.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los tres días del mes de

febrero del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011728

No. de Expediente: 2008002995

No. de Presentación: 20080006867

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174

AVENUE DE FRANCE PARIS 75013 FRANCIA, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE

INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT deno-

minada ARILDIHIDROISOQUINOLINONAS SUSTITUIDAS CON

AZACICLILO PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACION Y SU

USO COMO MEDICAMENTOS, por el término de VEINTE AÑOS,

con Clasificación Internacional A61K 31/4355, A61K 31/4365, A61K

31/4725, A61P 3/10, C07D 401/10, C07D 401/14, C07D 405/04, C07D

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Page 81: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009 ... · 10-11 12-15 16-17 18-19 Pág. 20 21-35 36 36 36 36 37 37 37-38 38 39 39 ... 15-1795.- Se autoriza la implementación de

81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. 413/14, C07D 417/14, C07D 471/04, C07D 487/04, C07D 487/10, C07D

491/04, C07D 495/04, C07D 498/10, y con prioridad de la solicitud

ALEMANA No. 2006102006070453, de fecha quince de febrero del

año dos mil seis.

Se refiere a: ARIDIHIDROISOQUINOLINONAS AZACICLIL-

SUSTITUIDAS Y A SUS DERIVADOS, Y A SUS SALES FISIOLO-

GICAMENTE TOLERADAS Y DERIVADOS FISIOLOGICAMENTE

FUNCIONALES, A SU PREPARACION, A MEDICAMENTOS QUE

COMPRENDEN AL MENOS UNA ARILDIDROISOQUINOLINONA

AZACICLIL-SUSTITUIDA DE LA INVENCION Y SUS DERIVADOS

COMO ANTAGONISTAS DE MCH.

La solicitud fue presentada internacionalmente a las ocho horas y

veinticinco minutos del día trece de febrero del año dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los cuatro días del mes de

mayo del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011729

No. de Expediente: 2008002834

No. de Presentación: 20080006197

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-

tuando como APODERADO de AMGEN FREMONT INC., del domicilio

de 6701 KAISER DRIVE FREMONT CALIFORNIA 94555 ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase

nacional de una solicitud internacional PCT denominada ANTICUER-

POS MONOCLONALES HUMANOS PARA LA QUINASA-1 TIPO

RECEPTOR DE ACTIVINA, por el término de VEINTE AÑOS, con

Clasificación Internacional C12N 5/06, C07K 16/00, y con prioridad de

la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200560715292, de fecha siete de

septiembre del año dos mil cinco.

Se refiere a: ANTICUERPOS MONOCLONALES HUMANOS PARA

LA QUINASA-1 TIPO RECEPTOR DE ACTIVINA Y INMUNOGLOBULINAS

DE CADENAS PESADA Y LIVIANA PROCEDENTES DE LOS

ANTICUERPOS ANTI-ALK-1 HUMANOS Y A LAS MOLECULAS

DE ACIDO NUCLEICO QUE CODIFICAN TALES INMUNOGLO-

BULINAS, Y LOS METODOS PARA HACER LOS ANTICUERPOS

ANTI-ALK-1 HUMANOS, COMPOSICIONES QUE CONSISTEN DE

ESTOS ANTICUERPOS, LOS METODOS PARA EL USO DE LOS

ANTICUERPOS, LAS COMPOSICIONES.

La solicitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del

día seis de septiembre del año dos mil seis.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los treinta días del mes de

abril del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011730

No. de Expediente: 2008003077

No. de Presentación: 20080007176

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis Deutschland GmbH,

del domicilio de D-65929 FRANKFURT AM MAIN GERMANY

ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando se conceda

Registro de la PATENTE DE INVENCION en fase nacional de una

solicitud internacional PCT denominada INHIBITORES DE LOS CA-

NALES DE IONES TASK - 1 Y TASK-3, por el término de VEINTE

AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 31/00, A61K 35/00,

A61P 11/00, A61P 25/28, y con prioridad de la solicitud ALEMANA

No. 20061020060195892, de fecha veintisiete de abril del año dos mil

seis, solicitud ALEMANA No. 20061020060495276, de fecha veinte

de octubre del año dos mil seis.

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383Se refiere a: USO DE INHIBIDORES DE KV1.5 PARA PRODUCIR

UN MEDICAMENTO PARA LA TERAPIA DE TRASTORNOS

RESPIRATORIOS,. La solicitud fue presentada internacionalmente a

las cero horas del día trece de abril del año dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diecisiete días del mes

de marzo del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011732

No. de Expediente: 2008003063

No. de Presentación: 20080007100

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174

AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE IN-

VENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT denomi-

nada COMPUESTOS DE AMINO-PIRIMIDINA 2,6 -SUSTITUIDOS-

4-MONOSUSTITUIDOS COMO ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR

DE PROSTAGLANDINA D2, por el término de VEINTE AÑOS, con

Clasificación Internacional A61K 31/505, A61P 11/00, C07D 403/04,

C07D 409/04, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No.

200660744676, de fecha doce de abril del año dos mil seis.

Se refiere a: COMPUESTOS DE AMINO-PIRIMIDINA 2,6-SUSTI-

TUIDOS-4- MONOSUSTITUIDOS COMO ANTAGONISTAS DEL

RECEPTOR DE PROSTAGLANDINA D2 PARA TRATAR. La so-

licitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del día doce

de abril del año dos mil seis.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintitrés días del mes

de marzo del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADOR.

1 v. No. F011733

No. de Expediente: 2008003112

No. de Presentación: 20080007301

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174

AVENUE DE FRANCE FR75013 PARIS FRANCIA, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE

INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT

denominada NITRILOS ESPIROCICLICOS COMO INHIBIDORES

DE PROTEASA, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación

Internacional C07D 471/10, C07D 221/20, A61 K 31/357, y con prioridad

de la solicitud ALEMANA No. 20061020060256311, de fecha primero

de junio del año dos mil seis.

Se refiere a: COMPUESTOS ESPIRANICOS HETEROCICLICOS SUS-

TITUIDOS DE LA FORMULA I: (VER FORMULA); QUE INHIBEN

CATEPSINAS, A PROCEDIMIENTOS PARA SU PREPARACION

Y A SU USO COMO MEDICAMENTOS. La solicitud fue presentada

internacionalmente a las cero horas del día veintitrés de mayo del año

dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los ocho días del mes de

mayo del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011735

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009003159

No. de Presentación: 20090007524

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174

AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de naciona-

lidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE

DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT

denominada COMPOSICION FARMACEUTICA QUE CONTIENE

EN ASOCIACION SAREDUTANT Y UN INHIBIDOR SELECTIVO

DE LA RECAPTACION DE SEROTONINA O UN INHIBIDOR DE

LA RECAPTACION DE SEROTONINA/NOREPINEFRINA, por el

término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K

31/451.

Se refiere a: COMPOSICION FARMACEUTICA QUE CONTIE-

NE EN ASOCIACION SAREDUTANT Y UN INHIBIDOR SELECTI-

VO DE LA RECAPTACION DE SEROTONINA O UN INHIBIDOR

DE LA RECAPTACION DE SEROTONINA/NOREPINEFRINA. La

solicitud fue presentada internacionalmente a las cero horas del día

treinta de julio del año dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los diecinueve días del mes

de marzo del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011736

No. de Expediente: 2009003164

No. de Presentación: 20090007563

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de 174

AVENUE DE FRANCE FR - 75013 PARIS FRANCIA, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE

INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT deno-

minada DERIVADOS DE 5,6-BISARIL-2-PIRIDIN-CARBOXAMIDA,

SU PREPARACION Y SU APLICACION EN TERAPEUTICA COMO

ANTAGONISTAS DE LOS RECEPTORES DE UROTENSINA II, por

el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional C07D

213/60, C07D 241/10, C07D 401/04, A61K 31/435, A61P 9/00.

Se refiere a: DERIVADOS DE 5,6-BISARIL-2-PIRIDIN-

CARBOXAMIDA, SU PREPARACION Y SU APLICACION EN

TERAPEUTICA COMO ANTAGONISTAS DE LOS RECEPTORES

DE UROTENSINA II. La solicitud fue presentada internacionalmente

a las cero horas del día nueve de agosto del año dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintiséis días del mes

de marzo del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011738

No. de Expediente: 2008003103

No. de Presentación: 20080007287

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Sanofi-Aventis, del domicilio de

174 AVENUE DE FRANCE FR-75013 PARIS FRANCIA, de nacio-

nalidad FRANCESA, solicitando se conceda Registro de la PATENTE

DE INVENCION en fase nacional de una solicitud internacional PCT

denominada DERIVADOS DE 2-ALCOXI-3,4,5- TRIHIDROXI-

ALQUILAMIDA, SU PREPARACION COMPOSICIONES QUE LAS

CONTIENEN Y UTILIZACION, por el término de VEINTE AÑOS, con

Clasificación Internacional A61K 31/423, A61 P 35/00, C07D 493/04,

C07D 307/32.

Se refiere a: 2-ALCOXI-3,4,5- TRIHIDROXI-ALQUILAMIDAS,

SU PREPARACIÓN, COMPOSICIONES QUE LAS CONTIENEN Y

SU UTILIZACIÓN COMO MEDICAMENTO, EN PARTICULAR

COMO AGENTES ANTICANCEROSOS. La solicitud fue presentada

internacionalmente a las diez horas del día veintitrés de mayo del año

dos mil siete.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTA-

MENTO DE PATENTES. San Salvador, a los veintisiete días del mes

de abril del año dos mil nueve.

LIC. DELFINA ELIZABETH PINEDA DE MENDEZ,

REGISTRADORA.

1 v. No. F011739

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383frEcUENcia DE USo rEGUlaDo

LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES,

HACE SABER: Que de conformidad con los Artículos 76 y 78 de la Ley de Telecomunicaciones, se han emitido resoluciones el día cuatro de junio del año dos mil nueve, por medio de las cuales fueron admitidas solicitudes de concesión de frecuencias, las que se detallan a continuación:

FRECUENCIAS DE USO REGULADO PARA OPOSICIÓN O INTERÉS

frEcUENciaS Para SErVicioS fiJoS-MoVil

Donde: MHz = Mega Hertz

De acuerdo al Artículo 79 de la Ley en mención, se solicitó al Gerente de Telecomunicaciones el informe técnico correspondiente, señalando para tal efecto un plazo de veinte días; asimismo, se ordenó esta publicación, a fin de que cualquier interesado, dentro del plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente de la segunda publicación, manifieste su oposición o interés a las frecuencias que forman parte de la concesión solicitada, las cuales deberán ser presentadas en original en las oficinas administrativas de la Superintendencia, ubicadas en Sexta Décima Calle Poniente y 37 Avenida Sur No. 2001, Colonia Flor Blanca, San Salvador, en el período comprendido entre el quince de junio al diez de junio del 2009, ambas fechas inclusive.

Librada en la Superintendencia General de Electricidad y Teleco-municaciones, San Salvador, a las diez horas del día ocho de junio del año dos mil nueve.

ING. TOMAS CAMPOS VILLAFUERTE,

SUPERINTENDENTE.

2 v. alt. No. F011723-1

Marca iNDUSTrial

No. de Expediente: 2009092064

No. de Presentación: 20090120789

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V., o DIANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la expresión CHIRAJITOS y diseño, que servirá

para: AMPARAR: CEREAL DE MAIZ INFLADO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de junio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031406-1

TiTUlo MUNiciPal

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE SAN SEBAS-

TIAN,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora

MARIA RITA ALVARADO DE ALFARO, de veintiséis años de edad,

ama de casa, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad

número: cero uno cuatro siete cinco cero cuatro seis-tres, solicitando

TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal,

situado en los suburbios del Barrio Guadalupe de esta ciudad, de un área

de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO METROS CUA-

DRADOS, y tiene los linderos siguientes: AL NORTE: Con terreno de

Luz Alfaro; AL ORIENTE: linda con terreno Eliseo Ramos; AL SUR,

con el Cementerio Municipal, camino vecinal de por medio; y AL PO-

NIENTE: linda con terreno de Rita de Jesús Jovel de Arévalo y Santiago

Arévalo, Fidel Gracia, Henry Baldemar Gracia y Rosa Haydee Jovel. El

terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y

lo valora en MIL DOLARES.

Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, veintiuno de mayo de dos mil nueve.- ING. ENY LORENA AGUIRRE ROQUE, ALCALDESA MUNICIPAL.- MARIA CONCEPCION LOVOS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011841-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor JUVER ALEXANDER MEJIA AREVALO, de veinticuatro años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número: Cero dos cinco nueve dos ocho cero uno - uno, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal de mi propiedad, el cual está situado en los suburbios del Barrio San Antonio, de esta ciudad, de una extensión superficial de DIEZ MIL CUATROCIENTOS CATORCE PUNTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda así: AL NORTE, linda con terreno de JUANA FRANCISCA MOLINA RIVAS, camino de por medio; AL ORIENTE: linda con MIRNA ESTELA RODRIGUEZ DE ALFARO; AL SUR, con LEONCIO PALACIOS REALEGEÑO, y AL PONIEN-TE: con ROSENDA MOLINA AREVALO. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DIEZ MIL COLONES.

Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.

Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, quince de febrero de dos mil nueve.- ROQUE CORDOVA GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- ING. MEDARDO ALFONSO MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011842-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor JOSE LUIS ESCOBAR ALAS, de cuarenta y nueve años de edad, sacerdote, del domicilio de San Vicente, con Documento Unico de Identidad número: Cero cero cinco cero nueve dos ocho ocho - dos, y con Número de Identificación Tributaria: Cero seis cero uno - uno cero cero tres cinco nueve - cero cero uno - cero; en representación de la CURIA DIOCESANA DE SAN VICENTE, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal, situado en el caserío Los Castillos, del Barrio San Antonio, de esta ciudad, de una extensión superficial de DOS MIL VEINTICUATRO METROS CUA-DRADOS SESENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, y tiene los linderos siguientes: AL NORTE: linda con Finata; AL ORIENTE: linda con Finata; AL SUR, linda con el Ministerio de Educación, y AL PONIENTE: con Isabel Guzmán, camino vecinal de por medio. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS.

Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.

Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, diecisiete de diciembre de dos mil ocho.- ROQUE CORDOVA GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- ING. MEDARDO ALFONSO MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011843-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado la señora CECILIA MAJANO VIUDA DE ARIAS, de cincuenta y seis años de edad, doméstica, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número: Cero dos cinco cero cinco siete ocho siete - ocho, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, eji-dal, situado en el Cantón Las Rosas, de esta ciudad, de una extensión superficial de CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que mide y linda así: AL NORTE: linda con terreno de CECILIA MAJANO VIUDA DE ARIAS; AL ORIENTE: linda con terreno CECILIA MAJANO VIUDA DE ARIAS; AL SUR, con JOSE ADRIAN JOVEL, y MARIA MAG-DALENA RAMIREZ VIUDA DE ARIAS, camino de por medio; y AL PONIENTE: con JUAN FRANCISCO ARIAS RIVAS. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DIEZ MIL COLONES.

Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.

Alcaldía Municipal; San Sebastián, departamento de San Vicente, quince de febrero de dos mil nueve.- ROQUE CORDOVA GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- ING. MEDARDO ALFONSO MARTINEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011844-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTO DOMIN-GO,

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor OSCAR VICENTE MARTINEZ PORTILLO, de sesenta y dos años de edad, contador, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número: Cero cero dos cero cinco cinco uno cuatro - cero, solicitando TITULACION MUNICIPAL, de un terreno de naturaleza rústico, ejidal, situado en el CANTON EL REFUGIO de esta ciudad, de una extensión superficial de ONCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, y tiene los linderos siguientes: AL NORTE: linda con terreno de CAYAPO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; AL ORIENTE: linda con terreno de JOSE OSMIN MARAVILLA LOVATO, actualmente linda con MANUEL MELENDEZ; AL SUR, con OBDULIO MELENDEZ y también linda actualmente con DIOCESIS DE SAN VICENTE, y AL PONIENTE: con OSCAR VICENTE MARTINEZ PORTILLO. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DIEZ MIL DOLARES.

Lo que hace saber al público en general para efectos de ley.

Alcaldía Municipal; Santo Domingo, departamento de San Vicente, veintidós de febrero de dos mil nueve.- ALCALDE MUNICIPAL.- SE-CRETARIO MUNICIPAL.

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTO DOMIN-

GO.

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el señor

OSCAR VICENTE MARTINEZ PORTILLO, de sesenta y dos años de

edad, Contador, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número: Cero cero dos cero cinco cinco uno cuatro -cero, solicitando

TITULACION Municipal, de un terreno de naturaleza rústico ejidal,

situado en EL CANTON EL REFUGIO, de esta ciudad, de una exten-

sión superficial de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS

PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, y tiene

los linderos siguientes: AL NORTE: linda con terreno de SANTOS

CRISTINA BONILLA viuda DE PORTILLO, actualmente linda con

LUCIO ADALBERTO PORTILLO, AL ORIENTE: linda con terreno

de DIOCESIS DE SAN VICENTE, camino vecinal de por medio,

AL SUR, con FRANCISCA MELENDEZ viuda DE CUBIAS, y AL

PONIENTE: con MARCOS CUBIAS CRUZ, el terreno descrito no es

dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión, y lo valora en DOS

MIL DOLARES.

Lo que hace saber al público en general para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal; Santo Domingo, Departamento de San Vicente,

veintidós de febrero de dos mil nueve. Alcalde Municipal.- Secretario

Municipal.

3 v. alt. No. F011846-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

SANTA RITA, CHALATENANGO, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la Licenciada

YENY ESMERALDA CALDERON GUTIERREZ, manifestando que

viene a tramitar diligencias de Titulación a favor de la señora LUZ GIRON

DE MELENDEZ, como Representante de la referida señora, en la que

solicita TITULO MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza urbana,

inculto, situado en Barrio El Calvario, Número S/N, suburbios, Santa Rita,

Chalatenango, de una extensión superficial de NOVECIENTOS SIETE

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL

ORIENTE: mide treinta y tres metros, calle que conduce a Santa Rita de

por medio y colinda con propiedad de José Argelio Mena Cardoza; AL

SUR: mide treinta metros, parcela generada y colinda con propiedad de

Ernesto Meléndez; AL PONIENTE: mide diecinueve metros cincuenta

centímetros, parcela generada y colinda con María Antonia Marín de

Meléndez, y AL NORTE: mide cuarenta y dos metros, parcela generada

y colinda con Felipa Meléndez y Luis Alonso Escobar. Este inmueble no

tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, no es dominante,

ni sirviente, y no está en proindivisión con persona alguna, y lo valora

en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, y lo adquirió por POSESION MATERIAL de más de

QUINCE AÑOS, los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales

correspondientes.

Alcaldía Municipal: Santa Rita, a los veintinueve días del mes de

mayo del año dos mil nueve.- ISMAEL ROMERO, ALCALDE MU-

NICIPAL.- GUADALUPE IBARRA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. c. No. F011778-1

Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2009092794

No. de Presentación: 20090122083

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de RE-

TAIL ROYALTY COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

aEriE

Consistente en: la palabra AERIE, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE VENTA AL DETALLE Y VENTA AL DETALLE

EN LINEA PRESENTANDO UNA AMPLIA VARIEDAD DE PRO-

DUCTOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031366-1

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Page 87: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009 ... · 10-11 12-15 16-17 18-19 Pág. 20 21-35 36 36 36 36 37 37 37-38 38 39 39 ... 15-1795.- Se autoriza la implementación de

87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009092505

No. de Presentación: 20090121604

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Sanofi Pasteur, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión PR1MERO la salud y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION E INFORMACION SOBRE LA SALUD. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031371-1

No. de Expediente: 2007071592

No. de Presentación: 20070100881

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Daimler AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

DaiMlEr

Consistente en: la palabra DAIMLER, que servirá para: AMPARAR: ASEGURANZA; ASUNTOS FINANCIEROS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil nueve.

LICDA. MARÍA RAQUEL CLARÁ GUERRERO,

REGISTRADORA.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031381-1

No. de Expediente: 2009092734

No. de Presentación: 20090121989

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BlUr

Consistente en: la palabra BLUR, traducido al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECO-MUNICACIÓN INALÁMBRICA, PRINCIPALMENTE, SERVICIOS DE MENSAJERÍA DE DATOS INALÁMBRICA QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR Y RECIBIR MENSAJES INSTANTÁNEOS, CORREO ELECTRÓNICO Y DATOS; PROVEER ACCESO A BA-SES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS, PERMITIENDO AL USUARIO ENVIAR, RECIBIR E INTERACTUAR CON AUDIO, TEXTO, IMÁGENES DIGITALES, VIDEOS, APLICACIONES DE JUEGOS ELECTRÓNICOS, Y MEDIOS SOCIALES EN UNA RED; PROVEER ACCESO A INFRAESTRUCTURA DE REDES DE COMUNICACIONES PARA PERMITIR AL USUARIO RECIBIR COORDENADAS BASADAS EN LOCACIÓN; SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE PODER, PRINCIPALMENTE PROVEER ACCESO A, O NEGAR ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS PARA AFECTAR LOS NIVELES DE PODER EN DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIÓN INALÁMBRICA; SERVICIOS DE RESPALDO Y RESTAURACIÓN DE DATOS. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031387-1

No. de Expediente: 2009092736

No. de Presentación: 20090121992

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión M blur y diseño, en donde la palabra blur se traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AM-PARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN INALÁMBRICA, PRINCIPALMENTE, SERVICIOS DE MENSAJERÍA DE DATOS INALÁMBRICA QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR Y RE-CIBIR MENSAJES INSTANTÁNEOS, CORREO ELECTRÓNICO Y DATOS; PROVEER ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS, PERMITIENDO AL USUARIO ENVIAR, RECIBIR E INTERACTUAR CON AUDIO, TEXTO, IMÁGENES DIGITA-LES, VIDEOS, APLICACIONES DE JUEGOS ELECTRÓNICOS, Y MEDIOS SOCIALES EN UNA RED; PROVEER ACCESO A INFRAESTRUCTURA DE REDES DE COMUNICACIONES PARA PERMITIR AL USUARIO RECIBIR COORDENADAS BASADAS EN LOCACION; SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE PODER, PRINCIPALMENTE PROVEER ACCESO A, O NEGAR ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRÓNICAS PARA AFECTAR LOS NIVELES DE PODER EN DISPOSITIVOS DE TELECOMU-NICACIÓN INALÁMBRICA; SERVICIOS DE RESPALDO Y RES-TAURACIÓN DE DATOS. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031391-1

No. de Expediente: 2009092738

No. de Presentación: 20090121996

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de MOTOROLA, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MoToBlUr

Consistente en: la palabra MOTOBLUR donde la palabra BLUR se traduce al castellano como BORROSO, que servirá para: AMPA-RAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACION INALAMBRICA, PRINCIPALMENTE, SERVICIOS DE MENSAJERIA DE DATOS INALAMBRICA QUE PERMITE AL USUARIO ENVIAR Y RE-CIBIR MENSAJES INSTANTANEOS, CORREO ELECTRONICO Y DATOS; PROVEER ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRONICAS, PERMITIENDO AL USUARIO ENVIAR, RECIBIR E INTERACTUAR CON AUDIO, TEXTO, IMAGENES DIGITA-LES, VIDEOS, APLICACIONES DE JUEGOS ELECTRONICOS, Y MEDIOS SOCIALES EN UNA RED; PROVEER ACCESO A INFRAESTRUCTURA DE REDES DE COMUNICACIONES PARA PERMITIR AL USUARIO RECIBIR COORDENADAS BASADAS EN LOCACION; SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE PODER, PRINCIPALMENTE PROVEER ACCESO A, O NEGAR ACCESO A BASES DE DATOS Y REDES ELECTRONICAS PARA AFECTAR LOS NIVELES DE PODER EN DISPOSITIVOS DE TELECOMU-NICACION INALAMBRICA; SERVICIOS DE RESPALDO Y RES-TAURACION DE DATOS. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos mil nueve.

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031393-1

No. de Expediente: 2009092080

No. de Presentación: 20090120823

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Joint Stock Company <<Russian Railways >>, de nacionalidad RUSA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra PID y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: ALQUILER DE PLAZAS DE ESTACIONAMIENTO;

RESERVAS DE PLAZAS PARA LOS VIAJES; RESERVA PARA

LOS VIAJES; RESERVA PARA EL TRANSPORTE; REPARTO DE

PAQUETES; DISTRIBUCION DE MERCANCIAS; REPARTO DE

MERCANCIA SOLICITADA POR CORRESPONDENCIA; INFOR-

MACION DE CIRCULACION; INFORMACION EN MATERIA DE

TRANSPORTE; INFORMACION SOBRE ALMACENAJE; ORGANI-

ZACION DE CRUCEROS; ORGANIZACION DE VIAJES; REMOL-

QUE; TRANSPORTE DE VIAJEROS; TRANSPORTE BLINDADO;

TRANSPORTE DE VALORES; TRANSPORTE POR FERROCARRIL;

TRANSPORTE DE PASAJEROS; CORRETAJE DE TRANSPORTE;

ALQUILER DE CAMIONES; ALQUILER DE CONTENEDORES

DE ALMACENAJE; ALQUILER DE FRIGORIFICOS; ALQUILER

DE REFRIGERADORES; ALQUILER DE VEHICULOS; ESTIBA;

DESCARGA; ACOMPAÑAMIENTO DE VIAJEROS; TRANSPORTE;

SERVICIO DE NAVEGACION; DEPOSITO DE MERCANCIAS;

ALMACENAJE; DEPOSITO; VISITAS TURISTICAS; SERVICIOS

DE TRANSITO. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de marzo del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031395-1

No. de Expediente: 2009093210

No. de Presentación: 20090122797

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de WAL-

MART STORES, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-

tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

aHorra DiNEro.ViVE MEJor

Consistente en: la expresión AHORRA DINERO. VIVE ME-

JOR, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD. GESTION DE

NEGOCIOS COMERCIALES. ADMINISTRACION COMERCIAL.

TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de mayo del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011764-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

coNcESioN DE frEcUENciaS

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

2 v. alt. No. F011724-1

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009.

acEPTacioN DE HErENcia

MANUEL PAZ CANALEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas y cuarenta minutos del día diez de junio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora REYES GRACIELA MEJÍA o REYES MEJIA o REYES MEJIA ARIAS, ocurrida el día veintisiete de marzo del año dos mil seis, en San Ramón, Departamento de Cuscatlán, siendo ese su último domicilio; a la señora PAULA MEJIA ARIAS, ésta en su calidad de hermana de la referida causante, habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas del día diez de junio del año dos mil nueve.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031311-2

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y diez minutos del día catorce de Abril de dos mil nueve, se ha tenido por aceptadas expresamente y con beneficio de inventario las sucesiones intestadas que a su defunción dejaron los causantes señores MARÍA MAGDALENA LÓPEZ DE ROMERO conocida por MARÍA MAGDALENA LÓPEZ y por MARÍA ELENA LÓPEZ MOLINA, quien fue de sesenta y cinco años de edad, Ama de Casa, casada, originaria de San Rafael Cedros, Cuscatlán y de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hija de Isabel López, quien falleció el día veintiséis de Julio de dos mil siete; y GUlLLERMO ROMERO conocido por GUILLERMO GRANADINO ROMERO, quien fue de sesenta y nueve años de edad, Comerciante en Pequeño, Viudo, originario de San Salvador y de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo de María Romero, quien falleció el día veintiséis de Diciembre de dos mil siete; de parte de los señores ALVARO ENRIQUE, JOSÉ GUILLERMO y NELSON RA-FAEL, todos de apellidos GRANADINO LÓPEZ; en calidad de hijos de los causantes.

Se ha conferido al aceptante la representación y administración INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de éste Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas y cuarenta y siete minutos del día catorce de abril de dos mil nueve. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031314-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTA-MENTO DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las quince horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor JOSE LINO ALBERTO PEREZ VASQUEZ, de cuarenta y nueve años de edad, jornalero, del domicilio de Chilanga, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad personal número cero tres millones cuatrocientos cinco mil setecientos cuatro-siete; la herencia que en forma intestada dejó el señor TRANSITO PEREZ, quien fue de sesenta y siete años de edad, jornalero, soltero, originario de Chilanga, Departamento de Morazán hijo de Sinforosa Martínez y Venancio Pérez, quien falleció a las once horas y treinta minutos del día diez de febrero de mil nove-cientos noventa y dos; en el Cantón El Pedernal, de la Jurisdicción de Chilanga, del Departamento de Morazán, siendo éste su último domicilio, en concepto de hijo del referido causante, a quien se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA, de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, y cita a las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las dieciséis horas del día veintisiete de mayo de dos mil nueve.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1° DE 1ª INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. C031317-2

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las once horas y veinticinco minutos del día veintiséis de Mayo del corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante señor CIRO FERRUFINO ECHEVERRIA,

de segunda publicación

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383de parte de la señora ABELINA HERNANDEZ DE FERRUFINO, por derecho propio en calidad de cónyuge sobreviviente del mencionado causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y tres años de edad, Profesor, Originario de Sensembra y del domicilio de esta ciudad, hijo de los señores Benito Ferrufino y Juana Echeverría; falleció a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día uno de Octubre de dos mil ocho, en el Barrio La Cruz de esta ciudad; siendo esta mis-ma ciudad lugar de su último domicilio.- Se le confirió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las doce horas y veinticinco minutos del día dos de Junio de dos mil nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031318-2

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-TAMENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince horas y cuarenta minutos de este día; se ha tenido por acep-tada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora JENNY SULEYMA AGUIRRE DE MIRANDA, de treinta y ocho años de edad, profesora, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero veintinueve mil doscientos veintinueve - uno; de la herencia que en forma intestada dejó el causante MANUEL ELIGIO LOZA, quien fue de setenta y dos años de edad, jornalero, soltero, originario de esta ciudad, hijo de ROSA LAZO, y padre ignorado; quien falleció a las dieciocho horas y quince minutos del día trece de enero de mil novecientos noventa y seis, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo su último lugar el Barrio El Calvario de esta ciudad; en concepto de hija del referido causante.- A quien se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las quince horas y cincuenta minutos del día veintinueve de mayo de dos mil nueve.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1° DE 1ª INSTANCIA. LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031319-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN:

HACE SABER: Que por resolución de las once horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor GERMAN ANTONIO CRUZ CRUZ, conocido por GERMAN ANTONIO CRUZ, al fallecer el día siete de enero del año en curso, en el Hospital Nacional San Juan de Dios del Departamento de San Miguel, habiendo sido su último domicilio Jucuarán de parte de la señora MARIA ISABEL LEMUS DE CRUZ, conocida por MARIA ISABEL LEMUS. En calidad de cónyuge sobreviviente del causante.-

Confiriéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil nueve.- LIC. JOSÉ AN-TONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011440-2

DEMAR EDUARDO SANCHEZ ABREGO, Notario, de este domicilio y del domicilio de la ciudad de Santa Ana, con oficina profesional en Barrio Santa Cruz, Avenida Ignacio Gómez y Calle Las Parejas de la ciudad de Metapán, Departamento de Santa Ana,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario. proveída a las once horas con cinco minutos del día treinta de Mayo del año dos mil nueve, se ha tenido expresamente por aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el señor IG-NACIO DE JESUS GUZMAN VASQUEZ, conocido por YGNACIO DE JESUS GUZMAN VASQUEZ, IGNACIO DE JESUS GUZMAN o YGNACIO DE JESUS GUZMAN, ocurrida en la ciudad de Columbus, condado de Franklin, Estado de Ohio, de los Estados Unidos de América el día tres de Enero del año dos mil siete, de parte de la señora GLORIA ELIZABETH MENDEZ DE GUZMAN, ahora GLORIA ELIZABETH MENDEZ VIUDA DE GUZMAN, representada por la señora DELMY YANIRA MENDEZ DE MANCIA, en su concepto de Esposa sobre-viviente del causante y en consecuencia confiéresele interinamente a la aceptante la administración y representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a esta oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente al de la última publicación del presente edicto.-

Librado en la oficina del Licenciado Demar Eduardo Sánchez Abrego, Metapán, a las dieciséis horas con quince minutos del día dos de junio del año dos mil nueve.-

LIC. DEMAR EDUARDO SANCHEZ ABREGO,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. F011447-2

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo

Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, AL PUBLICO, PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce

horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMEN-

TE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada del

causante, señor JORGE ALBERTO BAÑOS HERNANDEZ, quien

falleció el treinta de diciembre de dos mil dos, en el Cantón Nancinte-

peque, de esta Jurisdicción, lugar de su último domicilio, de parte del

señor DAVID ANTONIO BAÑOS HERNANDEZ, como hermano del

de cujus, en dicho carácter se le confiere la administración y represen-

tación interina de la sucesión y la representación de la sucesión con las

formalidades y restricciones que la ley confiere a los Curadores de la

Herencia Yacente.-

LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las

doce horas doce minutos del día quince de mayo de dos mil nueve.-

LIC. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRI-

MERO DE LO CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ

MONTERROSA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011454-2

VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA, Notario, con direc-

ción en Doce Calle Poniente número veinticinco diecisiete, Colonia Flor

Blanca, de esta ciudad, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución, proveída en esta ciudad, a las diez horas

del día nueve de marzo del año dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, que

dejó al morir la señora IRMA NOEMI CHAVEZ DE CASTANEDA,

quien falleció en el Hospital de Oncología, del Instituto Salvadoreño del

Seguro Social, de esta ciudad, a las veintiún horas cuarenta minutos del

día veintiséis de mayo del año dos mil seis, quien a la fecha de su muerte

era de cincuenta y nueve años de edad, Licenciada en Ciencias de la

Educación, de este domicilio, su último domicilio; al señor RICARDO

CASTANEDA MOLINA, en su concepto de cónyuge de la causante.- Y

se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina

de la sucesión.-

LIBRADO en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día

doce de marzo del año dos mil nueve.-

LIC. VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011466-2

DOCTORA ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos

del día quince de febrero de mil novecientos noventa y uno, se ha tenido

por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de

los menores Yasmín Beatríz, César Adgusato, Julio Giovanni, Darwin

Ismael, Marvin Humberto y Xiomara Griselda, todos de apellido Flores

o Flores Ramírez, o Ramírez Flores, éstos representados legalmente

por su madre María Consuelo Ramírez, la herencia intestada que a su

defunción dejó el señor Julio César Flores Domínguez, fallecido a las

trece horas y cincuenta minutos del seis de septiembre de mil novecientos

noventa, en el Cantón Calderas de la jurisdicción de Apastepeque, lugar

de su último domicilio, en este distrito judicial, en el concepto de hijos

naturales del causante; y se ha nombrado a los aceptantes, éstos repre-

sentados por su madre señora María Consuelo Ramírez, en el carácter

y forma expresados, administradores y representantes interinos de los

bienes de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas cincuenta y cinco

minutos del día dieciséis de mayo del año dos mil ocho. DOCTORA

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011487-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL,

HACE SABER: Que por providencia dictada a las diez horas y veinte

minutos de este día, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor

LUIS VELASQUEZ, quien falleció el día trece de octubre del dos mil

cinco, en la La Libertad, siendo éste su último domicilio, de parte de los

señores SILVIA VERONICA HERNANDEZ VELASQUEZ o SILVIA

VERONICA HERNANDEZ DE CUELLAR, SUSANA MARGARI-

TA VELASQUEZ HERNANDEZ, LAURA NOEMI VELASQUEZ

HERNANDEZ, PEDRO ERNESTO VELASQUEZ HERNANDEZ,

LUIS ANTONIO, CLAUDIA GUADALUPE , DAVID ALBERTO

y BLANCA SARAI TODOS DE APELLIDOS VELASQUEZ

HERNANDEZ, en su calidad de hijos sobreviviente del causante, ade-

más se le ha conferido la Administración y Representación Interina de

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.-

Por lo que por este medio se cita a los que se crean con derecho a la

Herencia Intestada antes relacionada, para que se presenten a deducirlo

en el término de Quince días contados desde el siguiente a la tercera

publicación de este edicto.

Librado en Santa Tecla, a los veintisiete días del mes de mayo del

año dos mil nueve. DR. MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ,

JUEZ DE LO LABORAL.LICDA. MIRNA MARGARITA DIAZ DE

DOMINGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011491-2

JUAN HECTOR LARIOS LARIOS, Notario, de este domicilio, con

Oficina en Condominio Héroes Norte, Edificio “D”, Segunda Planta,

local dos- diecinueve, Boulevard Los Héroes y veinticinco calle poniente,

en esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta oficina

de Notariado, a las catorce horas del día veintinueve del corriente mes

y año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de in-

ventario de parte de la señora MARINA ROMERO DIAZ conocida por

MARINA DIAZ ROMERO, la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor ELMER DONALDO OSORIO DIAZ, quien fue de treinta

y siete años de edad, empleado, quien falleció en Puerto de La Libertad,

Departamento de La Libertad, el día veinticuatro de febrero del año dos

mil ocho; siendo su último domicilio la ciudad de Santa Tecla, Depar-

tamento de La Libertad, en su calidad de madre del causante y además

como cesionaria de los derechos que en dicha mortual correspondían al

señor Luis German Osorio Avila, en su calidad de padre del causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítase a los que se crean con derecho a la referida sucesión, para

que dentro del término de quince días contados desde el siguiente al de

la tercera y última publicación del edicto respectivo, comparezcan ante el

Suscrito Notario a manifestar si aceptan o repudian la herencia intestada

dejada por el referido causante a alegar igual o mejor derecho.

Librado en esta oficina de Notario, a las ocho horas del día treinta

de mayo de dos mil nueve.

LIC. JUAN HECTOR LARIOS LARIOS,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011500-2

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y veinte

minutos del día veintisiete de febrero del presente año, se tuvo por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia

INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora

MARIA SANTOS JIMENEZ DE HERNANDEZ, quien falleció en el

Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, a las veintitrés horas,

del día ocho de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, siendo

su último domicilio el de esta ciudad, al señor MERCEDES REYES

HERNANDEZ JIMENEZ conocido por CRISTIAN FERNANDO

HERNANDEZ JIMENEZ en su concepto de hijo de la causante y

como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a

los señores NOE AGUSTIN JIMENEZ HERNANDEZ, ROSA EVA

HERNANDEZ JIMENEZ, BLANCA ALICIA HERNANDEZ DE

GONZALEZ, JOSE ISMAEL HERNANDEZ JIMENEZ, MARINA

DEL ROSARIO HERNANDEZ DE GONZALEZ e ISIDRO RAFAEL

HERNANDEZ JIMENEZ, en dicha sucesión en su concepto de hijos

de la de cujus.

Confiérese al aceptante en el carácter antes indicado la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la referida herencia a

deducirlo dentro del término de quince días a partir de la última publi-

cación del presente edicto.

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas y

cuarenta minutos del día veintisiete de febrero de dos mil nueve. LIC.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011504-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

de la causante señora ENA VIOLETA PEÑA DE LEMUS, que por

resolución dictada por este Juzgado a las diez horas veinticinco minutos

del día veintinueve de mayo del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria,

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día

nueve de Febrero de dos mil nueve, dejó ENA VIOLETA PEÑA DE

LEMUS, de parte de ULISES SALVADOR PEÑA TOBAR, en concepto

de Heredero Testamentario.-

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

doce horas del día diez de Junio de dos mil nueve DR. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX AL-

BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011510-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

de la causante señora ENA VIOLETA PEÑA DE LEMUS, que por

resolución dictada por este Juzgado a las diez horas veinticinco minutos

del día veintinueve de Mayo del dos mil nueve, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria,

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día

nueve de Febrero de dos mil nueve, dejó ENA VIOLETA PEÑA DE

LEMUS, de parte de ULISES SALVADOR PEÑA TOBAR, en concepto

de Heredero Testamentario.-

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

doce horas del día diez de Junio de dos mil nueve. DR. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX AL-

BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011511-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

CERTIFICA: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Tes-

tamentaria de la causante señora ENA VIOLETA PEÑA DE LEMUS, se

encuentran la resolución que literalmente DICE: “JUZGADO TERCERO

DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas veinticinco minutos del día

veintinueve de Mayo del dos mil nueve.- Agréguese el informe proce-

dente de la Honorable Corte Suprema de Justicia.- Tiénese por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria,

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día

nueve de Febrero de dos mil nueve, dejó ENA VIOLETA PEÑA DE

LEMUS, de parte de ULISES SALVADOR PEÑA TOBAR, en concepto

de Heredero Testamentario.- Confiérase al aceptante la administración

y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y res-

tricciones de los curadores de la herencia yacente.- Fíjese y publíquese

los edictos de ley y extiéndase la certificación correspondiente.- Molina.

Ante mí; A.A.S.M. Srio. RUBRICADAS.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó y para

los efectos de ley, se extiende la presente Certificación en el Juzgado

Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y veinte minutos del

día diez de junio de dos mil nueve.- DR. JOSE MANUEL MOLINA

LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO

SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011512-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383GUILLERMO CORDON CEA hijo, Notario del domicilio de San

Salvador, con oficina situada en doce Calle Poniente número dos mil

quinientos diecisiete, Colonia Flor Blanca, San Salvador, El Salvador.

AL PÚBLICO: Para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en los Procedimientos de Jurisdicción Vo-

luntaria y Otras Diligencias, seguidas ante mis oficios Notariales, por la

señora EVELYN DEL CARMEN PARADA DE DELGADO, ACEP-

TANDO LA HERENCIA TESTAMENTARIA dejada a su defunción

por la señora CARMEN ALICIA ESCOTO ALVAREZ, conocida por

CARMEN ALICIA CHACON DE PARADA, por CARMEN ALICIA

CHACON VIUDA DE PARADA, por CARMELA DE PARADA, por

CARMEN DE PARADA S. y por CARMELA DE PARADA SALGADO,

quien falleció en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad a las veintiuna horas y cuarenta y cinco minutos del día trece

de mayo de dos mil nueve, se proveyó resolución a las diez horas del

día diecisiete de junio de dos mil nueve teniéndose por aceptada expre-

samente y con beneficio de inventario la herencia referida de parte de

la señora EVELYN DEL CARMEN PARADA DE DELGADO.

Nombrándosele Administrador y Representante interino de la su-

cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente y citándose a los que se crean con derecho a la misma, la presenten

dentro del término de quince días después de la última publicación de

este edicto; librado en el bufete del suscrito Notario.

San Salvador, dieciocho de junio de dos mil nueve.

GUILLERMO CORDON CEA hijo,

NOTARIO.

3 v. c. No. F011686-2

TiTUlo DE ProPiEDaD

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado FRANCIA

BETSABE CALLEJAS, mayor de edad, hoy Abogada, de este domicilio

portadora de su Documento Único de Identidad número cero uno cero uno

ocho cuatro dos nueve-seis, solicitando TITULO DE PROPIEDAD de un

terreno Rústico situado en Cantón La Paz, de el Municipio de El Carmen

Cuscatlán, de la extensión superficial de CIENTO TREINTA Y CINCO

METROS SESENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS, que

linda AL NORTE Milagro Pérez, AL ORIENTE, Milagro Pérez AL SUR

Salvador Antonio Pérez; AL PONIENTE con Berta Alexandrina Pérez.

Lo valora en QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES, CUARENTA

Y TRES CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de El Carmen, a los cuatro días del mes de

junio del año dos mil nueve. LICDA. LETICIA DE J. HERNANDEZ

SANCHEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. ANA JOAQUINA DE

GONZALEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011492-2

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.

HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

JOSE ALFREDO TENORIO SANCHEZ, de sesenta años de edad,

Albañil, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Personal

número: cero cero ciento diecinueve mil cincuenta y siete, con número

de Identificación Tributaria: Cero seiscientos catorce-doscientos sesenta

mil ciento cuarenta y seis- cero cero once- cero, solicitando se sigan

Diligencias de TITULO DE PROPIEDAD de un terreno Urbano situado

en los suburbios del Barrio El Calvario, hoy Colonia El Rosario, Calle

a la Estación número cuarenta y cuatro, de este municipio, de CIENTO

NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, CINCUENTA Y NUEVE

CENTESIMOS DE METRO CUADRADOS, equivalentes a DOSCIEN-

TAS OCHENTA Y DOS VARAS CUADRADAS, y según Certificación

de la Denominación Catastral de DOSCIENTOS VEINTITRES PUNTO

CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, extensión superficial

que mide y linda AL ORIENTE: siete metros cincuenta y dos centíme-

tros, o sea nueve varas, con terreno de Aminta López, ahora Eduardo

Rivas Monge, Haydee Sarco de Luna, Antonio Alvarado Barrera, José

Mardonio Masferrer Morales, Irma Yolanda Sarco Jiménez, línea férrea

de por medio; AL NORTE: veinte metros o sea veinticuatro varas, con

línea del ferrocarril IRCA, ahora con José Roberto Acebedo, Enemesia

Umanzor; AL PONIENTE: doce metros cincuenta y tres centímetros,

o sea quince varas, con Victoriano Ordóñez ahora con Lucio Cubías

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Cruz; y AL SUR: veintitrés varas, o sea diecinueve metros veintidós

centímetros calle de por medio y río Tomayate, ahora María Aminta

Escamilla Portillo, lo valora en la cantidad de TRES MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, lo adquirió por

compra que le hizo al señor AMADEO GOMEZ SORIANO, mediante

Escritura Pública que otorgó en documento no inscrito en el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Apopa, Departamento de San Salvador, a

los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil siete. DRA. LUZ

ESTRELLA RODRIGUEZ DE ZUNIGA, ALCALDESA MUNICIPAL.

JUAN RICARDO VASQUEZ GUZMAN, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F011498-2

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Señor

EDGARDO ARNULFO HERNANDEZ NUILA, mayor de edad, de

este domicilio portador de su Documento Único de Identidad número

cero dos cero siete ocho ocho cinco seis-tres, solicitando TITULO DE

PROPIEDAD de un terreno Rústico situado en Cantón Santa Lucía, de

el Municipio de El Carmen Cuscatlán, de la extensión superficial de

SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO CERO TRES ME-

TROS CUADRADOS, que linda AL NORTE con Isabel Palacios AL

ORIENTE, con Juan Rufino Hernández AL SUR con María Esperanza de

Hernández; AL PONIENTE con Antonio Hernández. Lo valora en TRES

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de El Carmen, a los cuatro días del mes de

junio del año dos mil nueve. LICDA. LETICIA DE J. HERNANDEZ

SANCHEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. ANA JOAQUINA DE

GONZALEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011499-2

TiTUlo SUPlETorio

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial de la señora DORIS ESPERANZA REYES DE SAENZ, a

solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble

de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Bajillo, Cantón Soledad,

jurisdicción de Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad

superficial de UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE,

treinta y cinco metros, con Templo Evangélico Apóstoles y Profetas,

calle de por medio; al NORTE, cuarenta y cuatro metros, con terreno del

señor Teodoro Sáenz, cerco de alambre de por medio; al PONIENTE,

veinticinco metros, con terreno del vendedor señor Tránsito Pereira

Ponce; y al SUR, treinta y nueve metros, con terreno del señor Tránsito

Pereira Ponce; dentro del inmueble descrito existe construida una casa

de sistema mixto, techo de tejas y piso de ladrillo.

El inmueble descrito lo valora en la cantidad de UN MIL DOLARES;

y lo adquirió por venta de la Posesión Material por Escritura Pública que

le efectuó el señor TRANSITO PEREIRA PONCE.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las catorce horas del día junio de dos mil nueve. LIC. JORGE

ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA.

LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. C031315-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,

del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, Al Público

para efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial del señor JORGE GARCIA SANCHEZ a solicitar a su favor

TITULO SUPLETORIO, sobre dos inmuebles de naturaleza rústica

ambos situados en el Caserío La Joya, Cantón Casa Blanca, Jurisdicción

de Perquín, Morazán; el primero de la capacidad superficial de VEIN-

TISÉIS MIL SESENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CUATRO

METROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE, ciento sesenta y dos metros sesenta y tres centímetros, con la

señora ISABEL SANCHEZ, cerco de alambre de púas de por medio; AL

ORIENTE, trescientos treinta y cuatro metros setenta y dos centímetros,

linda en parte con Cándido Sánchez, cerco de piedra de por medio; AL

SUR, treinta y ocho metros ochenta y dos centímetros, con Domingo

Sánchez, y Jorge García Sánchez, calle que conduce a Joateca de por

medio; AL PONIENTE, trescientos cincuenta y seis metros setenta y dos

centímetros, linda en parte con Iglesia de las Asambleas de Dios, cerco

de alambre de púas de por medio, y en otra parte con Isabel Sánchez,

zanja natural y cerco de alambre de púas de por medio.- El segundo de

la capacidad superficial de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y

CINCO PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; de

las medidas y linderos siguientes, AL NORTE, veinticinco metros, con

Iglesia de las Asambleas de Dios y terreno de Isabel Sánchez, calle que

conduce a Joateca de por medio; AL ORIENTE, sesenta metros treinta

y tres centímetros, con Domingo Sánchez, mojones de por medio; AL

SUR, cincuenta y cuatro metros ochenta y seis centímetros con terreno

de Domingo Sánchez; y AL PONIENTE, setenta y cinco metros cero

centímetros, con Domingo Sánchez, mojones de por medio.- El primero

lo adquirió por Compraventa de Posesión Material que le hizo al señor

ISABEL SANCHEZ; se estima en el precio de DIEZ MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y el segundo lo adquirió

por compraventa de posesión Material que le hizo al señor DOMINGO

SANCHEZ; se estima en el precio de OCHO MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, a las doce horas del día doce de Mayo del dos mil

nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE

1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031316-2

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial del señor SANTOS SEBASTIAN LUNA MARTINEZ, a solicitar

a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza

rústica situado en el Caserío Macuilis, Cantón Estancia, jurisdicción de

Cacaopera, Departamento de Morazán; siendo de la capacidad superficial

de NOVECIENTOS CUARENTA METROS SETENTA Y CINCO

DECÍMETROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes;

al ORIENTE, mide veinte metros, linda con terrenos del vendedor, cerco

de alambre de por medio; al NORTE, mide treinta y cuatro metros, linda

con Virgilio Pérez Ortiz, cerco de alambre de por medio; al PONIENTE,

treinta metros, linda con Mario Molina, cerco de piña y alambre de por

medio; y al SUR, treinta y siete metros, linda con Mario Molina, cerco

de piña y alambre de por medio, hasta llegar donde se comenzó; en dicho

inmueble existe una casa construida, techo de tejas, paredes de tazacual,

piso natural y lo estima el inmueble descrito en la suma de UN MIL

DOSCIENTOS DOLARES.- El señor LUNA MARTÍNEZ, adquirió

dicho inmueble por venta de la Posesión Material por Escritura Pública

que le efectuó el señor LUIS PEREZ ORTIZ.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francis-

co Gotera, a las quince horas del día diez de Octubre de dos mil ocho.

LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª

INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031320-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA:

Del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, Al Público

para efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado de la señora

GLORIA LUZ RAMOS ARGUETA, a solicitar a su favor TITULO

SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica situado en el

lugar conocido como LOS MANGOS, Cantón Paturla, Jurisdicción

de Joateca, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán; de la

Capacidad Superficial de UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA

METROS OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CINCUENTA Y UN

CENTÍMETROS SETENTA Y CINCO MILÍMETROS CUADRADOS;

de los linderos y colindancias siguientes: AL NORTE, sesenta metros,

linda con terreno del señor LEONIDAS PEREIRA, cerco de alambre

propio de por medio; AL ORIENTE, treinta metros, treinta y dos centí-

metros, linda con terreno del señor RUFINO SORTO CHICAS, zanjo

de agua, y cerco de alambre del colindante de por medio; AL SUR,

cincuenta y cinco metros, sesenta y siete centímetros, linda con terreno

del señor PASTOR PEREIRA, cerco de alambre propio; y PONIENTE;

veinte metros ochenta y nueve centímetros, linda con terreno de ISABEL

RAMOS VILLATORO, calle de por medio que conduce a Joateca.- Dicho

inmueble lo adquirió por compraventa de Posesión Material que le hizo

a la señora MARIA ANGELINA RAMOS DE ARGUETA.-

Se estima el inmueble descrito en el precio de UN MIL DOSCIEN-

TOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-

cisco Gotera, Morazán, a las catorce horas y treinta minutos del día

diez de Junio del dos mil nueve.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031321-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA:

Del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, Al Público

para efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial del señor JOSE ALCIDES PORTILLO GUEVARA, a solicitar

a su favor TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza

rústica situado en el Caserío Las Mesas, Cantón Cerro Pando, Jurisdicción

de Meanguera, Morazán; de la capacidad superficial de TREINTA Y

CINCO MIL METROS CUADRADOS; de los linderos y colindancias

siguientes: AL ORIENTE, con terreno del señor JOSE SANTOS REYES,

divide cerco de alambre del colindante de por medio; AL NORTE, con

terreno de la señora MEDARDA REYES, cerco de alambre de la colin-

dante de por medio; AL PONIENTE, con terreno de los señores JOSE

SANTOS ARGUETA y SEBASTIAN REYES, divide cerco de alambre

y piedra propio de por medio y quebrada de por medio; y al SUR, con

terreno de la señora Arcadia Argueta y Santos Argueta, divide calle de

por medio.- Dicho inmueble lo adquirió por Compraventa de Posesión

Material, que le hizo al señor ESTERMINIO REYES ARGUETA; Se

estima el inmueble descrito en el precio de DOS MIL DOSCIENTOS

OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS

DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, a las quince horas del día treinta de Abril del dos mil

nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE

1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031322-2

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial del señor JOSE JUAN MEJIA MEJIA, a solicitar a favor de

éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica,

situado en el Caserío Poza Honda, Cantón Cerro Pando, jurisdicción

de Meanguera, Distrito de Jocoitique, Departamento de Morazán, de la

extensión superficial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: al ORIENTE, veinte metros,

con terreno de la señora Rosa Lidia Mejía, calle de por medio; al NOR-

TE, veinte metros con terreno de Francisca Argueta, cerco de alambre y

piña de por medio; al PONIENTE, veinte metros con terreno de María

Apolonia Mejía, cerco de alambre y piña de por medio; y al SUR, veinte

metros con terreno de María Apolonia Mejía, cerco de alambre propio

de por medio.- El inmueble descrito lo valora en el precio de NOVE-

CIENTOS CATORCE DOLARES CON VEINTISEIS CENTAVOS DE

DOLAR. El señor MEJIA MEJIA adquirió dicho inmueble por venta

de la Posesión Material por Escritura Pública, que le efectuó la señora

MARIA APOLONIA MEJIA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-

cisco Gotera, a las catorce horas del día veintiocho de Abril de dos mil

nueve. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE

1ª INSTANCIA. LIC. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031323-2

El SUSCRITO NOTARIO:

HACE SABER: Que a esta oficina ha comparecido en su carácter

personal la señora MARIA CANDELARIA VELÁSQUEZ VIUDA DE

JIMÉNEZ, de este domicilio, de cuarenta y nueve años de edad, Ama

de Casa, del domicilio de Usulután, Departamento de Usulután, con

Documento Unico de Identidad número; dos nueve cuatro cero cuatro

ocho nueve-nueve. MANIFESTANDO: I) Ser dueña y actual poseedora

de buena fe, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida de un

terreno de naturaleza rústica, el cual está situado en Cantón La Presa,

Jurisdicción de Usulután, Distrito y Departamento de Usulután, de la

extensión Superficial de NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES PUN-

TO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y

colindancias siguientes: NORTE: Cuarenta y uno punto diez metros, linda

con terreno de la señora Isabel Martínez, hoy Haydee Castillo, calle de

por medio; Al ORIENTE: Veinticuatro punto cincuenta metros, linda

con terreno de la señora ISABEL MARTINEZ, hoy con Nicolás Pineda;

Al SUR: Cuarenta y uno punto trescientos sesenta y seis metros, linda

con terreno de la señora Isabel Martínez; Y AL PONIENTE: Veintitrés

punto veinte metros, linda con terreno de la señora Isabel Martínez. Del

cual solicita TITULO SUPLETORIO; presentando la ficha catastral

respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de Usulután, del

Departamento de Usulután, el predio descrito no es dominante ni sir-

viente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está

en proindivisión con ninguna otra persona y lo adquirió por compra al

Señor JUAN BAUTISTA MARTINEZ, en escritura pública en el año

dos mil tres, siendo dicha posesión unida a la de la solicitante por más

de diez años consecutivos. El inmueble lo valúa en la cantidad de TRES

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que avisa al público para los fines de ley.

Se previene a las personas que desean presentar oposición a las

pretensiones de la solicitante, lo haga dentro del término legal en mi

despacho notarial situado en Calle Grimaldi, Centro Comercial Araucaria,

Local A-tres, Planta Baja, Usulután.

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 Librado en la ciudad de Usulután, a los doce días del mes de Junio

del año dos mil nueve.

JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011479-2

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el licenciado

JOSE YADER ANTONIO QUINTANILLA BENITEZ, de cuarenta años

de edad, Abogado de este domicilio, Apoderado General Judicial de la

señora MARIA LIDIA LOPEZ DE ALFARO, de setenta y cuatro años

de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Jucuarán, promoviendo

Diligencias Sumarias de Título Supletorio, de un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Cantón El Progreso, Municipio de Jucuarán, Depar-

tamento de Usulután, extensión superficial de mil doscientos veintinueve

punto sesenta y ocho metros cuadrados de los linderos siguientes: AL

NORTE: GREGORIO MELENDEZ QUINTANILLA, calle de por

medio; AL ORIENTE; con ADRIAN ANTONIO ASCENCIO, calle

de por medio; AL SUR: con NELLY DE LA PAZ SOTO AREVALO

y PONIENTE: con RAMON ROMERO.-

Lo adquirió por más de veinte años o sea desde el veinte de no-

viembre de mil novecientos sesenta, quien ha ejercido todos los derechos

de dueña, tales como cercarlo, cultivarlo.-

El Terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en

proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras

personas; que desde su posesión y el de sus antecesores, ha poseído

el referido terreno en forma quieta, pacífica y no ininterrumpida, pero

carece de título de dominio inscrito; y lo valúa en la cantidad de MIL

DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME-

RICA.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los ocho

días del mes de junio del año dos mil nueve.- LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011490-2

TÍTUlo DE DoMiNio

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada KA-

ROL MIREVIS IGLESIAS ORELLANA, en su calidad de Apoderada

del señor EMILIO IGLESIAS, de sesenta y dos años de edad, Comer-

ciante, del domicilio de esta ciudad, con Documento Único de Identidad

número Cero un millón cuatrocientos ochenta y un mil setecientos doce

guión seis, solicitando a favor de su representado Título de Dominio de

un inmueble de naturaleza urbana situado en el Proyecto Habitacional

denominado Ciudad Satélite de Oriente, Etapa uno, marcado como LOTE

NÚMERO CATORCE DEL POLÍGONO G-TRES, del cual se localiza

y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la calle Júpiter

y la treinta Avenida Norte, sobre el eje de esta última medimos una dis-

tancia de dieciséis punto sesenta y un metros con rumbo sur cero nueve

grados, veintiuno punto seis minutos oeste, luego con una deflexión de

setenta grados treinta y ocho minutos veintiocho segundos a la derecha,

medimos una distancia de quince metros, llegando al mojón número uno

del lote a describir, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL

NORTE: línea recta compuesta por un solo tramo que mide dieciséis

metros con rumbo sur ochenta grados cero cero minutos cero segundos

oeste, lindando con lote número trece del polígono G-tres, de la misma

urbanización; AL PONIENTE: línea compuesta por un solo tramo que

mide seis metros con rumbo sur diez grados cero cero minutos cero

segundos este lindando con lotes números once y dieciséis del polígono

G-tres de la misma urbanización; AL SUR: línea recta compuesta por

un solo tramo que mide trece punto setenta y cinco metros con rumbo

norte ochenta grados cero cero minutos cero segundos este lindando con

lote número quince del polígono G-tres, de la misma urbanización; y

AL ORIENTE: línea recta compuesta por un solo tramo que mide seis

punto cincuenta metros con rumbo norte cero nueve grados veintiuno

punto seis minutos este, lindando con zona verde de BROXILA, S.A. DE

C.V., con treinta avenida norte de por medio. El lote así descrito tiene

un área de OCHENTA Y NUEVE PUNTO VEINTICINCO METROS

CUADRADOS.- Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es

dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca

a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie,

y lo valúa en la cantidad de DIECISIETE MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.-

Y lo adquirió mediante Escritura Pública de Compraventa otorgada

en esta ciudad, a las catorce horas del día diecisiete de octubre de mil

novecientos noventa y cuatro, ante los oficios del notario Carlos Antonio

Elías Berríos, por la Sociedad CONSTRUCTORA URBANIZADORA

A NIVEL NACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, del domicilio de San Salvador. Inmueble que registralmente

se agotó y dicha porción no fue incluida dentro de la urbanización, por

lo que carece de antecedente inscrito.-

Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el

poseedor sumada a la de su antecesora data más de quince años y sigue

siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad

alguna.

Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público

para los efectos de ley.

ALCALDÍA MUNICIPAL: San Miguel, trece de mayo del año

dos mil nueve.- JOSÉ WILFREDO SALGADO GARCÍA, ALCALDE

MUNICIPAL. LIC. JOSÉ ÁNGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011470-2

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2009093507

No. de Presentación: 20090123318

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA

GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

XYliSol

Consistente en: la palabra XYLISOL, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031304-2

No. de Expediente: 2009093504

No. de Presentación: 20090123315

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA

GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SalBUTral

Consistente en: la palabra SALBUTRAL, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031305-2

No. de Expediente: 2009093503

No. de Presentación: 20090123314

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA

GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA que se abrevia: LABORATORIO PABLO

CASSARA, S.R.L., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NEUMocorT

Consistente en: La palabra NEUMOCORT, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos

mil nueve.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031306-2

No. de Expediente: 2009093502

No. de Presentación: 20090123313

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA

GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BUTocorT

Consistente en: la palabra BUTOCORT, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031307-2

No. de Expediente: 2009093510

No. de Presentación: 20090123321

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LAURA

GUADALUPE ARCHILA ABREGO, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

NiUX

Consistente en: la palabra NIUX, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de junio del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031308-2

No. de Expediente: 2009093679

No. de Presentación: 20090123513

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO

ERNESTO FRANCISCO TORRES ROMERO, en su calidad de

APODERADO de RAUN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: RAUN, S.A. DE C.V., de nacionalidad

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

laKToS

Consistente en: la palabra LAKTOS, que servirá para: AMPARAR:

CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE;

FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS

Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS,

LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMES-

TIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día dos de junio del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de junio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031309-2

No. de Expediente: 2008080780

No. de Presentación: 20080116394

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE INDA-

LECIO PADILLA RAMOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras MIEL DE CARAO “Don Pepe” y

diseño, no se le concede exclusividad de las palabras de uso común

aisladamente consideradas, que servirá para: AMPARAR: MIEL DE

CARAO PARA EL CONSUMO HUMANO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de del año.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de enero del año dos mil nueve.

JUAN FRANCISCO MOREIRA MAGAÑA,

REGISTRADOR.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011476-2

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2009091441

No. de Presentación: 20090119511

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIA

AMADA SARAVIA VELA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de PANDA EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: PANDA EXPRESS, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras PANDEX COMIDA CHINA y di-

seño, sobre las palabras comida china no se le concede exclusividad,

que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA

ELABORACION, COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE

COMIDA CHINA.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil

nueve.

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de junio del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011449-2

No. de Expediente: 2009092878

No. de Presentación: 20090122200

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO

ENRIQUE CASANOVA GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

ENErNoVa

Consistente en: la palabra ENERNOVA, que servirá para: IDEN-

TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y DE SERVICIOS

DESTINADOS A LA CONSULTORIA, CONSTRUCCION Y VEN-

TAS DE SISTEMAS Y PARTES PARA PLANTAS DE ENERGIA,

TRATAMIENTOS DE AGUA Y DESECHOS SOLIDOS.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de junio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011532-2

coNVocaToriaS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “TRANSPORTES Y ARRENDAMIENTOS, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” convoca a los señores

Accionistas a Junta General, para conocer asuntos Ordinarios, a celebrarse

en las oficinas de la firma “GUANDIQUE SEGOVIA QUINTANILLA”

situadas en Pasaje Senda Florida No. 124, Colonia Escalón, en la ciudad

de San Salvador; a las once horas del día 30 de julio de dos mil nueve;

Junta General conocerá los puntos de agenda siguientes:

I. LECTURA DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR.

II. REORGANIZACION DE JUNTA DIRECTIVA Y FIJA-

CION DE SUS EMOLUMENTOS.

III. CUALQUIER PUNTO QUE DE CONFORMIDAD A LOS

ESTATUTOS Y A LA LEY PUEDA CONOCERSE EN

DICHA JUNTA.

Previamente a la instalación de la Junta General deberá verificarse

el quórum, el cual será, en la primera fecha de la convocatoria de la mitad

más una de las Acciones que forman el Capital. Si no hubiere quórum

a la fecha y hora indicada, se les convoca por segunda vez para realizar

la referida Junta, con la misma agenda, en el mismo lugar, a las once

horas del 31 de julio del presente año.

En este caso, la Junta se considerará válidamente constituida, con

el número de Acciones presentes o representadas y las resoluciones se

tomarán con la mitad más una, como mínimo, de las Acciones presentes

o representadas, tanto en primera como en segunda convocatoria. Si no

existiere quórum en las dos fechas señaladas, se convocará en forma

separada para celebrar la Junta en tercera convocatoria, de conformidad

a lo establecido en el Código de Comercio.

Antiguo Cuscatlán, a los doce días del mes de junio de dos mil

nueve.

Ing. EDUARDO ANTONIO VALIENTE PERDOMO,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F011558-2

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SUBaSTa PUBlica

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-

vido por BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, a través de

su Apoderado General Judicial Licenciado VLADIMIR REYNALDO

AGUILAR MIRANDA, contra las señoras MARIA DE LOS ANGELES

VARELA VAQUERANO y MARIA LUISA VARELA CASTILLO,

se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un terreno rústico

desmembrado por el rumbo Sur de otro de mayor extensión situado

en el lugar denominado "Sitio Viejo", identificado como PRIMERA

PORCIÓN, jurisdicción, de Guazapa, Departamento de San Salvador,

de la superficie de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, que

mide y linda: AL ORIENTE, veinte metros, con resto del inmueble

general o sea la segunda porción que se vendió a Antonia Varela; AL

NORTE, quince metros, con resto del inmueble general hoy de María

Cruz de Ortiz; AL PONIENTE, veinte metros, con resto del inmueble

general del señor Napoleón Moreno Vargas; y AL SUR, quince metros,

con resto del inmueble general del señor Napoleón Moreno Vargas. El

inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a la matrícula

SEIS CERO CERO CUATRO SEIS DOS TRES NUEVE-CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección del Centro, a favor de la señora MARIA LUISA

VARELA CASTILLO.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a

las nueve horas treinta minutos del día trece de mayo de dos mil nueve.-

LICDA. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ CUARTO DE

LO MERCANTIL SUPLENTE. LICDA. JACQUELINE JOHANNA

ORTIZ DURAN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011461-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

en este Tribunal por el Licenciado JOSÉ EDGARDO MORALES POR-

TILLO, mayor de edad, Abogado y de este domicilio, actuando como

Apoderado General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD

ANÓNIMA, de este domicilio, contra el señor SAULO BENJAMIN

VELASQUEZ LARA, mayor de edad, Contador, del domicilio de San

Marcos, Departamento de San Salvador, se venderá en este Tribunal

en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará, un

inmueble de naturaleza urbana identificado como LOTE NUMERO

CIENTO TREINTA Y OCHO DEL BLOCK "H", URBANIZACIÓN

RESIDENCIAL JARDINES, BARRIO SAN JACINTO, Departamento

de San Salvador, el cual se describe así: esta descripción comienza en

el punto de intersección de las líneas centrales o ejes del pasaje número

ocho y el pasaje número nueve de la urbanización, de este punto se miden

veinticuatro punto diez metros con rumbo sur cuarenta y cuatro grados

cincuenta y nueve punto seis minutos este, y se llega a un punto en el

cual se hace una deflexión izquierda de noventa grados y se miden dos

punto cincuenta metros llegándose así al esquinero sur-oeste, del lote

cuyos linderos se describen en la forma siguiente: AL PONIENTE, línea

recta que mide quince punto cincuenta metros con rumbo norte cuarenta

y cinco grados cero cero punto cuatro minutos este, linda por este rumbo

con lote número ciento treinta y siete del block "H" de la urbanización;

AL NORTE, línea recta que mide cinco punto cuarenta y dos metros

con rumbo sur treinta y nueve grados cuarenta y dos punto dos minutos

este, linda por este rumbo con terrenos del Centro de Observación de

Menores: AL ORIENTE, línea recta que mide quince metros con rumbo

sur cuarenta y cinco grado cero cero punto cuatro minutos oeste, linda

por este rumbo con lote numero ciento treinta y nueve del block "H"

de la urbanización; AL SUR, línea recta que mide cinco punto cuarenta

metros con rumbo norte cuarenta y cuatro grados cincuenta y nueve

puntos seis minutos oeste, linda por este rumbo con lote número ciento

veintinueve del block "I" de la urbanización, pasaje número nueve de

cinco metros de ancho de por medio. El lote tiene una superficie de

OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO

DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO DIECISIETE

VARAS CUADRADAS OCHENTA Y TRES CENTESIMOS DE

VARA CUADRADA. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito

a favor del señor SAULO BENJAMIN VELAZQUEZ LARA, bajo

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383la Matrícula de Folio Real Número CERO UNO - CIENTO DOCE

MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES - CERO CERO CERO,

Inscripción UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,

a las once horas del día siete de mayo de dos mil nueve. LIC. JOSE

GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ QUINTO DE LO MER-

CANTIL INTERINO. LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011462-2

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por ejecución promovida por el licenciado

JUAN RAMON FLORES BENITEZ, en su calidad de apoderado ge-

neral judicial de la señora BLANCA LYDIA CASTILLO, en contra de

los señores SUSANA BUSTAMANTE LAGOS y JOSE ANTONIO

ALVARENGA VASQUEZ ZAPATA conocido por JOSE ANTONIO

VASQUEZ, a efecto de que le cancele cantidad de dólares, intereses

convencionales y moratorios y costas procesales, se venderá en pública

subasta en este Juzgado, en día y hora que oportunamente se indicará el

inmueble siguiente: '' Un lote de terreno de naturaleza urbana situado en

los suburbios del Barrio San Francisco de esta ciudad, distrito y departa-

mento de San Miguel, cuya extensión superficial es de DOSCIENTOS

CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS SESENTA Y

TRES DECIMETROS equivalentes a TRESCIENTAS SESENTA Y

CUATRO PUNTO TREINTA Y DOS VARAS CUADRADAS cuyas

medidas y linderos son las siguientes: al ORIENTE, catorce metros

cinco centímetros con resto del inmueble general del vendedor señor

MIGUEL ANGEL LOBOS CLAROS, al NORTE, línea compuesta de

dos tiros así: el PRIMERO: de nor-este a sur- este, con una distancia

de seis metros setenta y cinco centímetros; EL SEGUNDO, de trece

metros cincuenta centímetros, linda en ambos tramos con terrenos que

fueron de don LEONARDO BUSTILLO y del general LISANDRO

LETONA, en fecha próxima se construirá en este lugar el edificio de

cuerpo de bomberos hoy ya construido, al PONIENTE, doce metros,

treinta y cinco centímetros con resto de inmueble general del vendedor,

pared de ladrillo de por medio propiedad del colindante; al SUR, línea

compuesta de tres tiros así: el primero de poniente a oriente con una

distancia de diez metros, el segundo de norte a sur con una distancia de

cincuenta metros y el TERCERO, de poniente a oriente a poniente con

una distancia de diez metros, lindan estos tres tramos con el reloj de

flores y terreno de la ESSO ESTANDAR OIL COMPANY divididos por

carretera pavimentada, denominada ruta militar; la porción de terreno

antes descrito contiene como accesorio una casa de sistema mixto con

todos sus servicios lo cual entra en la hipoteca, la cual no se encuentra

inscrita aún a su favor pero que es inscribible por estarlos su antecedente

más inmediato en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipótecas de la

primera sección de Oriente bajo número CUARENTA Y UNO del libro

MIL SEISCIENTOS TREINTA de propiedad del departamento de San

Miguel, ahora trasladado a favor de SUSANA BUSTAMANTE LAGOS,

bajo el libro MIL NOVECIENTOS TRECE y número CUARENTA

Y SEIS, de propiedad y actualmente hipotecado e inscrita a favor de

la señora BLANCA LYDIA CASTILLO, bajo el tomo MIL CIENTO

SESENTA Y CINCO, número OCHENTA Y UNO de hipotecas del

departamento de San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las nueve horas y diez minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil

nueve. DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-

VIL. LIC. ERNESTO ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011529-2

EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE MENOR CUAN-

TIA, de este Distrito Judicial, al público en general.

HACE CONSTAR: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil Referen-

cia 75-EM7-02 promovido en este Tribunal inicialmente por la Licen-

ciada NELLY MARLENE MORENO REYES y actualmente prosegui-

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. do por la Licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA, como de

Apoderada General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL SALVA-

DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA que puede abreviarse BANCO CITI-

BANK DE EL SALVADOR, S. A., BANCO CITI DE EL SALVADOR,

S. A. o simplemente BANCO CITI, S. A., antes BANCO CUSCATLAN

DE EL SALVADOR, S. A., en contra del señor FREDY OBDULIO

MORALES, quien es mayor de edad, comerciante, con domicilio espe-

cial el de esta ciudad; SE VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA EN

ESTE TRIBUNAL, los bienes muebles que a continuación se describen:

"l equipo de sonido marca Sony, modelo HCD-N255, serie No.4035267

con dos perillas flojas, con sus respectivos parlantes marca Sony, mo-

delos 4131953 y 4131954; 2 Parlantes marca Sharp, modelo CP-BA

150; 1 Discman marca Sony, modelo D-142-CK, serie 5249441 con sus

respectivos audífonos; 1 batería de cocina marca Tramontina Solar,

modelo 65500/000; 1 televisor a color de 24 pulgadas sin antena marca

Goldstar, sin número de modelo, serie XC-41007310 con su respectivo

control remoto; 1 mini gimnasio marca Body Builder con dos discos de

metal de 10 kilogramos, dos de 2.5 kilogramos y dos de 5 kilogramos

y una barra para levantar pesas, dos tuiter marca Hurricane de 150 watts;

6 Alógenos serie ASD 13R de 60 watts; 7 Alógenos serie AS 16R de

55 watts; 8 Alógenos serie ASD 13H de 40 watts todos marca Stanley;

1 Alógeno código 6014; 9 Alógenos con códigos 5001 y 3 Alógenos

con código 4000 todos marca Wagner; 1 Marcador de Combustible; 1

Amperímetro; 2 marcadores de aceite; 6 juegos de platinos marca Wells

números DR-794; 2 juegos de condensadores Marca Wells número

RB-506; 2 cajas de parches Marca Tip-Top número TT01; 1 caja de

parches 03 y una caja de parches 04 todos marca Tip-Top; 2 cajas de

parches 30/3; 20 filtros marca Terminator, código L-985; 16 filtros

marca Florenz, código LL-24; 1 filtro marca Filca, código NE-0133FI;

1 Filtro marca Filca código 022-NFI; 10 filtros marca Kralinator códigos

F44R; 3 Filtros marca Kralinator, códigos F150; 1 Filtro marca Krali-

nator, código L251; 3 Filtros marca Topco, códigos NE-0146; 2 Filtros

marca Filca, códigos FF-17-US; 1 Filtro marca Filca, código FF-L-5; 1

Filtro marca Filca, código FF-C-41-US; 1 Filtro marca Luberfiner, có-

digo LFP-5570; 1 Filtro marca Luberfiner, código PH-29; 1 Filtro

marca Hino, código NE-191; 3 cajas de filtros marcas Luberfiner, códi-

go LFP-218F; 1 Filtro marca Isuzu, código NE-188; 4 Filtros marca

Luberfiner, código SD-3; 6 Filtros marca Filca, códigos FFL-75-US; 4

Filtros marca Filca, códigos FL-101-US; 1 Filtro marca Filca, código

Cl-8; 2 Filtros marca Filca códigos Cl-3; 3 Filtros marca Filca código

NE-0923-FI; 4 Filtros marca Filca, código NE-0939-FI; 1 Filtro marca

Filca, código NO-894FI; 5 Filtros marca Filca, código PH-2849; 1

Filtro marca Filca código S1099PS; 1 Filtro marca Filca código FC-23-

1-US; 1 Filtro marca Filca código FL-204-US; 1 Filtro marca Filca

código FC-834-US; 1 Filtro marca Filca código FC-149-US; 1 Filtro

marca Carossi código P21155; 3 Filtro marca Filca código FL-54-US;

1 Filtro marca Filca código FL-824; 2 Filtros marca Filca código NE-

0199 FI; 15 Filtros marca Filca código FL-836; 2 Filtros marca Filca

códigos FL-221 M; 2 Filtros marca Filca código PL832; 5 Filtros mar-

ca Filca código FL-12-US; 3 Filtros marca Filca código FL-86-US; 1

Filtros marca Filca código FF-829; 1 Filtros marca Filca código FL-204-

US; 1 Filtros marca Filca código FF-3-US; 3 Filtros marca Filca código

809; 4 Filtros marca Filca código 810; 3 Filtros marca Fram código

C-3PL; 4 Filtros marca Fram código PH43A; 3 Filtros marca Oil Element

código 158; 3 Filtros marca Fram código CH2927; 2 Filtros sin marca

códigos EI-11; 2 Filtros marca Lorenz código LL-28; 1 Filtro marca

Lorenz código LL-915; 4 cajas de focos un contacto; 1 bomba de gaso-

lina marca Lazorlite; 1 Filtro marca Kralinator código KK-55A; 6 Filtro

marcas Yako código 277; 3 Filtros marca Yako código NE-218; 2 Filtros

marca Yako código NE-183; 4 Filtros marca Yako código NE-164; 1

Filtro marca Wix código 33196; 4 pastillas de freno marca Toyota có-

digo 044035030; 5 bandas marca Optibelt código A-27; 13 bandas

marca Optibelt código A-52; 6 bandas marca Optibelt código A-68; 12

bandas marca Optibelt código A-69; 12 bandas marca Optibelt código

A-29; 2 bandas marca Optibelt código A-33; 10 bandas marca Optibelt

código 9.5 por 925; 3 bandas marca Optibelt código 9.5 por 935; 8

bandas marca Optibelt código 9.5 por 1425; 6 bandas marca Optibelt

código 9.5 por 600; 3 bandas marca Optibelt código A-23; 13 bandas

marca Optibelt código A-57; 4 bandas marca Optibelt código 9.5 por

643; 7 bandas marca Optibelt código 9.5 por 800; 1 banda marca Opti-

belt código 13 por 389; 10 bandas marca Optibelt código A-47; 7 bandas

marca Optibelt código 13 por 1225; 5 bandas marca Optibelt código 13

por 1050; 3 bandas marca Optibelt código 13 por 1200; 5 bandas marca

Optibelt código 9.5 por 1225; 2 bandas marca Optibelt código 9.5 por

1275; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1325; 5 bandas marca

Optibelt código 9.5 por 1350; 2 bandas marca Optibelt código A-64; 13

bandas marca Optibelt código 9.5 por 1125; 6 bandas marca Optibelt

código A-30; 8 bandas marca Optibelt código A-53; 4 bandas marca

Optibelt código 9.5 por 1375; 7 bandas marca Optibelt código A-50; 13

bandas marca Optibelt código A-51; 5 bandas marca Optibelt código

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 38312.5 por 1375; 7 bandas marca Optibelt código A-56; 4 bandas marca

Optibelt código 9.5 por 1150; 3 bandas marca Optibelt código A-55; 1

banda marca Optibelt código 13 por 1675; 7 bandas marca Optibelt

código A-54; 3 bandas marca Optibelt código 9.5 por 785; 4 bandas

marca Optibelt código 9.5 por 750; 4 bandas marca Optibelt código

A-49; 8 bandas marca Optibelt código 9.5 por 825; 4 bandas marca

Optibelt código A-66; 3 bandas marca Optibelt código A-63; 1 banda

marca Optibelt código 13 A por 1145; 11 bandas marca Optibelt código

A-60; 5 bandas marca Optibelt código 12.5 por 1275; 1 banda marca

Optibelt código 13 por 1150; 6 bandas marca Optibelt código 12.5 por

1500; 9 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1500; 2 bandas marca

Optibelt código A-59; 3 bandas marca Optibelt código A-58; 3 bandas

marca Optibelt código A-62; 4 bandas marca Optibelt código 13 por

889; 3 bandas marca Optibelt código 9.5 por 864; 2 bandas marca Op-

tibelt código 9.5 por 913; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 950;

1 banda marca Optibelt código 9.5 por 888; 5 bandas marca Optibelt

código B-55; 4 bandas marca Optibelt código A-65; 6 bandas marca

Optibelt código 12.5 por 825; 3 bandas marca Optibelt código 13 por

1400; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1400; 1 banda marca

Optibelt código 12 por 1500; 1 bandas marca Optibelt código B-50; 1

banda marca Optibelt código B47; 1 banda marca Optibelt código B-60;

2 bandas marca Optibelt código 9.5 por 1175; 4 bandas marca Optibelt

código A-25; 9 bandas marca Optibelt código A-32; 6 bandas marca

Optibelt código A-70; 3 bandas marca Optibelt código A-24; 5 bandas

marca Optibelt código A-18; 2 bandas marca Optibelt código A-45; 9

bandas marca Optibelt código 12.5 por 1450; 6 bandas marca Optibelt

código A-19; 6 bandas marca Optibelt código A-20; 5 bandas marca

Optibelt código A-67; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 813; 5

bandas marca Optibelt código 9.5 por 775; 3 bandas marca Optibelt

código 9.5 por 1200; 4 bandas marca Optibelt código 9.5 por 740; 2

bandas marca Optibelt código A-46; 6 bandas marca Optibelt código

9.5 por 625; 4 bandas marca Optibelt código 12 por 1525; 5 bandas

marca Optibelt código 12.5 por 975; 3 bandas marca Optibelt código

9.5 por 1060; 1 bandas marca Optibelt código 536; 3 bandas marca

Gates código 9700; 2 bandas marca Optibelt código A-37; 2 bandas

marca Optibelt código $-780; 1 bandas marca Optibelt código 13 por

1650; 3 bandas marca Optibelt código 13 por 1600; 9 bandas marca

Optibelt código 9.5 por 1075; 2 bandas marca Optibelt código A-61; 2

bandas marca Optibelt código 8372; 3 bandas marca Optibelt código

9.5 por 1100; 2 bandas marca Optibelt código 13 por 975; 4 bandas

marca Optibelt código 9.5 por 725; 6 bandas marca Optibelt código

A-31; 4 bandas marca Optibelt código 9.50 por 650; 4 bandas marca

Optibelt código A-21; 1 banda marca Optibelt código 9.5 por 970; 6

bandas marca Optibelt código 9.5 por 1300; 6 bandas marca Optibelt

código 9.5 por 1000; 6 bandas marca Optibelt código 9.5 por 675; 2

bandas marca Optibelt código 12.5 por 950; 6 bandas marca Optibelt

código 9.5 por 838; 6 bandas marca Optibelt código 12.5 por 800; 9

bandas marca Optibelt código B-46; 1 banda marca Optibelt código 9.5

por 1450; 1 banda marca Optibelt código A-36; 4 switch sin marca; 3

foquitos; 3 relay; 1 banda marca Optibelt código A-44; 2 bandas marca

Optibelt código 12.5 por 1550; 1 banda marca Optibelt código 17 por

1275; 1 banda marca Optibelt código A-41; 1 banda marca Optibelt

código A-42; 2 bandas marca Optibelt código 9.5 por 905; 3 bandas

marca Optibelt código 9.5 por 900; 1 banda marca Optibelt código 9.5

por 1050; 1 banda marca Optibelt código 13 por 850; 1 banda marca

Optibelt código 9.5 por 850; 1 banda marca Optibelt código 9.5 por 864;

1 banda marca Optibelt código 13 por 925; 1 banda marca Optibelt

código 215-88; 1 banda marca Optibelt código 13 por 1060; 1 banda

marca Optibelt código $-9412; 1 banda marca Superbelt código 9.5 por

950; 2 bandas marca Optibelt código S569X; 1 banda marca Elephant

código 9.5 por 1075; 1 banda marca Gates código 12.5/13 por 1155; 2

bandas marca Gates código 12.5/13 por 1485; 2 bandas marca Roulonds

código 9.5 por 1050; 3 bandas marca Roulonds código 9.5 por 625; 3

banda marca Roulonds código 9.5 por 725; 1 banda marca Roulonds

código 9.5 por 1225; 1 banda marca Roulonds código 9.5 por 1500."

Dichos bienes son propiedad del señor FREDY OBDULIO MORALES,

y se encuentran resguardados en BODEGAS DEL BANCO CUSCAT-

LÁN, BOULEVARD VENEZUELA, #2950, COSTADO ORIENTE

DE LA TERMINAL DE BUSES DE OCCIDENTE SAN SALVA-

DOR.-

SE ADMITIRÁN POSTURAS LEGALES.-

LIBRADO: en el Juzgado Primero de Menor Cuantía: San Salvador,

a las doce horas y diez minutos del día veintisiete de Mayo de dos mil

nueve.- LIC. CARLOS ALBERTO GALAN, JUEZ SUPLENTE PRI-

MERO DE MENOR CUANTIA. LIC. JULIO ALBERTO CALDERON

ALFARO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011546-2

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

en este Tribunal por la Licenciada ANA MARIA CORTEZ ARTIGA,

mayor de edad, Abogada, de este domicilio, actuando como Apoderada

General Judicial del BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SO-

CIEDAD ANÓNIMA, hoy BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA, del domicilio de Santa Tecla, contra la señora

ROSA ESTELA GALEAS, conocida por ROSA ESTELA GALEAS

MELGAR, mayor de edad, Comerciante en Pequeño y del domicilio

de San Miguel, Departamento de San Miguel, se venderá en este Tri-

bunal en Pública Subasta en fecha que más adelante se especificará, un

terreno urbano, situado en los arrabales del BARRIO LA CRUZ DE

LA CIUDAD, DISTRITO Y DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,

y que forma parte del PROYECTO URBANIZACIÓN PRADOS DE

SAN MIGUEL, de la cual forma parte el lote de la misma naturaleza y

situación que en los planos de dicha Urbanización identificado con el

NUMERO VEINTIDOS DEL POLIGONO "B", Calle Río Grande de

la Urbanización Prados de San Miguel, de una extensión superficial de

OCHENTA METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,

cinco punto cero cero metros: AL SUR, cinco punto cero cero metros; AL

ORIENTE, dieciséis punto cero cero metros; AL PONIENTE, dieciséis

punto cero cero metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito

a favor de la señora ROSA ESTELA GALEAS conocida por ROSA ES-

TELA GALEAS MELGAR, originalmente bajo la Matrícula M cero un

millón noventa y ocho mil seiscientos treinta y ocho del Registro Social

de Inmuebles, hoy trasladado a la Matrícula M OCHO CERO CERO

UNO DOS SIETE SEIS SEIS - CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Oriente, Departamento de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil: San Salvador,

a las once horas del día tres de junio de dos mil nueve.- LIC. JOSE

GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ QUINTO DE LO MER-

CANTIL INTERINO.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011547-2

LA INFRASCRITA JUEZ QUINTO DE PAZ INTERINA de este

Distrito Judicial Licenciada INES MARIA CUCHILLA TAURA, al

público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil 17-EC-78 promovi-

do por el Licenciado MAURICIO ROMERO HERNANDEZ en su calidad

de Apoderado General Judicial del señor JOSE REYNALDO SOSA y

continuado por la señora MARTA NELLY SOSA DE FLORES quien

actúa en su calidad de Heredera Definitiva del señor JOSE REYNALDO

SOSA, contra los señores JOAQUIN ESCALANTE y MARIA ALICIA

JIMENEZ HERNANDEZ conocida por MARIA ALICIA JIMENEZ

HERNANDEZ DE AGUILAR, se venderá en Pública Subasta el inmueble

siendo éste un lote de terreno rústico que formó parte de otro de mayor

extensión, situados ambos al poniente de los Planes de La Ceiba de la

jurisdicción de esta ciudad, que mide y linda: AL ORIENTE, veinte

metros cuarenta centímetros; AL PONIENTE, veinte metros cuarenta

centímetros; AL NORTE, siete metros treinta centímetros; AL SUR,

siete metros treinta centímetros; y LINDA por los rumbos ORIENTE Y

NORTE, con el resto del terreno del que se desmembró que es propiedad

de PEDRO SALAZAR CAMPOS; AL PONIENTE, con terreno que

antes fue del mismo PEDRO SALAZAR CAMPOS y en la actualidad

ha sido vendido a la señora CRUZ ULLOA; AL SUR, con faja de

terreno que sirve de salida al inmueble mayor del que se desmembró,

el que se está describiendo, faja de terreno que es propiedad del señor

PEDRO SALAZAR CAMPOS, el inmueble descrito tiene una extensión

superficial de ciento cuarenta y ocho metros cuadrados, noventa y dos

centímetros cuadrados. Estando obligada la señora CURUZ ULLOA

con otros propietarios colindantes del camino que actualmente existe

y que tiene tres varas de ancho pero que no le afecta al lote descrito,

aunque su anterior propietario PEDRO SALAZAR CAMPOS estableció

servidumbre de tránsito a favor de este mismo lote que se relaciona y

de otros terrenos que posee, pasando dicha servidumbre sobre una faja

de terreno vecina propiedad del mismo PEDRO SALAZAR CAMPOS,

la cual da salida al inmueble general del que se desmembró el lote así

descrito.

Librado en el Juzgado Quinto de Paz: San Salvador, a nueve

horas con treinta minutos del día veinticuatro de noviembre del dos mil

ocho.- LIC. INES MARIA CUCHILLA TAURA, JUEZ QUINTO DE

PAZ INTO.- BR. SALVADOR ALBERTO URRUTIA SARAVIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011551-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR

MARTINEZ como apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SO-

CIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el señor LUIS ALONSO

DIAZ reclamándole cantidad de dólares, se venderá en pública subasta

el inmueble siguiente: "un inmueble de naturaleza urbano, identificado

como lote número CINCUENTA Y SIETE del polígono VEINTI-

DOS, de la Urbanización "ALTAVISTA", situado en la jurisdicción

de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador de una extensión

superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, que se localiza

y describe así: Partiendo de la intersección del pasaje treinta y tres y

Estacionamiento veintiuno, se parte con una línea recta con rumbo

norte treinta y ocho grados, cincuenta y nueve minutos, cincuenta y tres

segundos este y una distancia de cuarenta y siete punto noventa y un

metros, llegando al esquinero Sur-Este de donde comienza la presente

descripción que mide y linda así: AL SUR, compuesto por un tramo recto

con rumbo sur cincuenta y cuatro grados, cero siete minutos, diecinueve

segundos Oeste y una distancia de cinco punto cero metros, lindando

por este lado con lote cuarenta y nueve del polígono veintidós propiedad

de Inversiones Roble, S.A. de C.V.; AL PONIENTE, compuesto por

un tramo recto con rumbo norte treinta y cinco grados, cincuenta y dos

minutos, cuarenta y uno segundos Oeste y una distancia de diez punto

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383cero metros, lindando por este lado con lote de cincuenta y ocho del

polígono veintidós propiedad de Inversiones Roble, S.A. de C.V.; AL

NORTE, compuesto por un tramo recto con rumbo norte cincuenta y

cuatro grados, cero siete minutos, diecinueve segundos Este y una distancia

de cinco punto cero metros, lindando por este lado con servidumbre de

CEL, pasaje treinta y dos de por medio; AL ORIENTE, compuesto por

un tramo recto con rumbo Sur treinta y cinco grados, cincuenta y dos

minutos, cuarenta y uno segundos Este y una distancia de diez punto

cero metros, lindando por este lado con zona de protección propiedad

de Inversiones Roble, S.A. de C.V., llegando así al esquinero Sur-Este

en donde comenzó la presente descripción. El lote antes descrito tiene

una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS.”

Inscrito dicho inmueble a favor del señor LUIS ALONSO DIAZ con

matrícula número SEIS CERO CERO SEIS CINCO NUEVE CINCO

TRES - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad

de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas del día primero de abril de dos mil nueve.- DR. DARIO VILLALTA

BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO

ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011553-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

inicialmente por el Abogado JOSÉ RODRIGO AGUILAR GONZÁLEZ,

continuado por la Abogada ANA SILVIA MENJÍVAR MARTÍNEZ,

como Apoderados del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA

FUERZA ARMADA, contra la demandada señora SANDRA YANIRA

UMAÑA RIVERA ahora DE NAVIDAD, reclamándole cumplimiento de

obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en

este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un Inmueble

de naturaleza urbana, ubicado en el proyecto URBANIZACIÓN BOS-

QUES DE LA PAZ III ETAPA, LOTE NÚMERO SIETE, POLÍGONO

CUARENTA Y UNO, del Municipio de Ilopango, Departamento de San

Salvador, de un área de NOVENTA METROS CUADRADOS, el cual

mide así: AL NORTE Y AL SUR, distancia de seis punto cero cero metros;

AL ORIENTE Y AL PONIENTE, distancia de quince punto cero cero

metros.” El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre de

la demandada señora SANDRA YANIRA UMAÑA RIVERA ahora DE

NAVIDAD, inscrito a la Matrícula Número 60007296-00000, Asiento

5, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección

del Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas con treinta y cinco minutos del día diecisiete de abril del año dos

mil nueve.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011554-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE RODRIGO AGUILAR

GONZALEZ y continuado por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR

MARTINEZ, ambos como Apoderados del INSTITUTO DE PREVI-

SIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia “IPSFA”,

Institución Autónoma de Derecho Público, de Crédito, de este domicilio

y del de Santa Tecla, contra el señor OSCAR DAGOBERTO RAMIREZ

AVILES, quien es mayor de edad, Empleado, del domicilio de Santa

Ana, actualmente de domicilio ignorado, representado por su Curador

Ad Litem Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: “Cua-

renta y una Poniente, Barrio San Antonio, Santa Ana, inmueble que se

denominará LOTE DOS, partiendo del punto de intersección de los ejes

de la carretera que de Santa Ana conduce a Sonsonate y la Cuarenta y

Una Calle Poniente, se mide una distancia de sesenta y cuatro punto

cincuenta metros, sobre el eje de este último, luego se gira una deflexión

izquierda de noventa grados cero cero minutos cero cero segundos y con

distancia de ocho metros, se localiza el esquinero marcado como mojón

número uno que es donde inicia la presente descripción técnica. LIN-

DERO SUR: A partir del mojón número uno, con rumbo Norte ochenta

grados cero cero minutos cero cero segundos Oeste con distancia de cinco

punto cincuenta metros, se localiza el mojón número dos, colindando

con inmueble propiedad del Bachiller Juan Chacón Navas, Cuarenta y

Una Calle Poniente de por medio. LINDERO PONIENTE: A partir del

mojón número dos, con rumbo Norte diez grados cero cero minutos cero

cero segundos Este, con distancia de quince metros, se localiza el mojón

número tres, colindando con terreno general de donde se desmembra

esta porción. LINDERO NORTE: A partir del mojón número tres, con

rumbo Sur ochenta grados cero cero minutos cero cero segundos Este, con

distancia de cinco punto cincuenta metros se localiza el mojón número

cuatro, colindando con terreno general de donde se desmembra esta

porción. LINDERO ORIENTE: A partir del mojón número cuatro con

rumbo Sur diez grados cero cero minutos cero cero segundos Oeste, con

distancia de quince metros se localiza el mojón número uno colindando

con el denominado lote número uno también desmembrado de terreno

general. Teniendo el terreno antes descrito un área de OCHENTA Y

DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes

a CIENTO DIECIOCHO PUNTO CERO CUATRO VARAS CUA-

DRADAS, conteniendo construcción de TREINTA Y SEIS PUNTO

OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de sistema mixto.”

El inmueble antes descrito está inscrito a favor del señor OSCAR

DAGOBERTO RAMIREZ AVILES, bajo la Matrícula Número DOS

CERO CERO TRES CERO SIETE DOS SEIS – CERO CERO CERO

CERO CERO, bajo el Asiento de Inscripción UNO, del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de Santa Ana.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas del día trece de mayo de dos mil ocho.- DR. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX

ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011555-2

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida en este Juzgado, por el LICENCIADO OSCAR ALBERTO

PACHECO CORDERO y continuado por el LICENCIADO JOSE

RODRIGO AGUILAR GONZALEZ, y luego por la LICENCIADA

ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, todos como Apoderados del

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA,

abreviadamente IPSFA, contra el señor JUAN ANTONIO REYES PAZ,

se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado, en fecha y por

el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado

siguiente: “Un lote de terreno hoy urbano, situado en FINCA VENECIA,

propiamente dicha, del Tablón llamado EL COCAL, JURISDICCIÓN

DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, que

forma parte de la Urbanización Las Margaritas, de su propiedad, lote

marcado con el NUMERO TRESCIENTOS DIECISEIS DEL POLIGO-

NO "G" de la referida urbanización que tiene la descripción particular

siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de Pasaje A Norte y

Pasaje Diez Oriente abiertos en la urbanización; se mide sobre el eje de

este último con rumbo norte ochenta y cuatro grados veinticinco punto

tres minutos oeste una distancia de cuarenta y dos punto cincuenta

metros. De este punto haciendo una deflexión izquierda con rumbo sur

cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos oeste y distancia

de dos punto cincuenta metros, se llega al mojón número uno, esquina

nor-oriente del lote que se describe así: AL ORIENTE, partiendo del

mojón número uno con rumbo sur cero cinco grados treinta y cuatro

punto siete minutos oeste y distancia de doce punto cero cero metros

se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote número

trescientos diecisiete, polígono G de la misma urbanización; AL SUR, del

mojón número dos con rumbo norte ochenta y cuatro grados veinticinco

punto tres minutos oeste y distancia de cinco punto cero cero metros

se llega al mojón número tres, lindando por este lado con lote número

doscientos sesenta y nueve, polígono G de la misma urbanización; AL

PONIENTE, del mojón número tres con rumbo norte cero cinco grados

treinta y cuatro punto siete minutos este y distancia de doce punto cero

cero metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con

lote número trescientos quince, polígono G de la misma Urbanización;

AL NORTE, del mojón número cuatro con rumbo sur ochenta y cuatro

grados veinticinco punto tres minutos oeste y distancia de cinco punto

cero cero metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente

descripción, lindando por este lado con lote número trescientos treinta y

tres, polígono G de la misma urbanización, pasaje diez oriente de cinco

punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote descrito tiene un

área de sesenta punto cero cero metros cuadrados equivalentes a ochenta

y cinco punto noventa y cinco varas cuadradas. En él se encuentra cons-

truida una casa de sistema mixto de un área de CUARENTA Y TRES

PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. El inmueble antes

descrito está inscrito a favor del demandado señor Juan Antonio Reyes

Paz, bajo la Matrícula Número 60125586-00000, DEL REGISTRO DE

LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION

DEL CENTRO, DE ESTE DEPARTAMENTO.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las nueve horas del día doce de noviembre del dos mil

ocho.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE

ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011556-2

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE MUNICIPIO,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-

ción promovida en este Juzgado, inicialmente por el Licenciado JOSE

RODRIGO AGUILAR GONZALEZ y continuado por la Licenciada ANA

SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, ambos Apoderados del INSTITUTO

DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, que se abrevia

"IPSFA", contra la señora EVELYN ELIZABETH BENÍTEZ TURCIOS,

se venderá en pública subasta, en este mismo Juzgado, en fecha y por

el precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado

siguiente: “UN INMUEBLE DE NATURALEZA RUSTICO, situado

en el lugar denominado "LOS POTREROS", jurisdicción de Mejicanos,

en el cual se ha construido la "Lotificación Mireya Segunda", lote de una

extensión superficial de DOSCIENTOS ONCE METROS CUADRA-

DOS DOCE DECIMETROS CUADRADOS, marcado en el plano de

lotificación respectivo con el número SEIS del Block “G”, que mide y

linda: AL NORTE, diez metros diez centímetros, con lote número cuatro

del block "G"; AL ORIENTE, veinte metros ochenta centímetros, con

lote número siete del mismo Block; AL SUR, diez metros veinticinco

centímetros, con lotes números quince y dieciséis del block "D", calle

y terreno para aceras a cada lado de ésta, respectivamente de siete me-

tros y dos metros cincuenta centímetros de ancho de por medio; y AL

PONIENTE, veinte metros setenta centímetros, con lote número cinco

del referido Block "G". Todos los lotes colindantes son o han sido de

propiedad del señor Juan Ramón Padilla y han formado parte de la misma

lotificación." Inmueble inscrito a favor de la demandada señora Evelyn

Elizabeth Benítez Turcios, bajo la Matrícula Número 60158947-00000

DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA

PRIMERA SECCION DEL CENTRO, DE ESTE DEPARTAMEN-

TO.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las nueve horas y treinta minutos del día veinticuatro de

abril del dos mil nueve.- DR. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES DE ALAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011557-2

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383rEPoSiciÓN DE cErTificaDoS

AVISO

El Infrascrito Director Presidente de la Sociedad CEDESALVA, S.A. DE C.V., con domicilio en esta ciudad con dirección en Calle Huizúcar, número quince, San Salvador, inscrita al número VEINTITRES del Libro OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE de Sociedades del Registro de Comercio, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que a solicitud de la Doctora FLORITCHICA AI LIU VALLADARES, actuando en representación de los señores TRANSITO ELFIDIO HERNÁNDEZ y MONICA CAROLINA HERNANDEZ, ha solicitado a esta Sociedad se le repongan los Certificados de las siguientes acciones propiedad de sus representados así:

Certificados Números

17 5 ACCIONES DE 81 AL 85

18 5 " " 86 AL 90

19 5 " " 91 AL 95

20 5 " " 96 AL 100

67 133 " " 1016 AL 1148

Las cuales son propiedad del señor TRANSITO ELFIDIO HER-NÁNDEZ.

Y los certificados Números

29 5 ACCIONES DE 141 AL 145

30 5 " " 146 AL 150

31 5 " " 151 AL 155

32 5 " " 156 AL 160

44 7 " " 788 AL 794

56 6 " " 795 AL 800

Las cuales son propiedad de MONICA CAROLINA HERNANDEZ, y de conformidad a lo establecido en la escritura pública de constitución de dicha sociedad en la Cláusula Décima Sexta y al Art. 486 del Código de Comercio.

Se hace del conocimiento del público para los efectos legales correspondientes.

LIBRADO en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día once de junio del año dos mil nueve.

MARIO ANTONIO AGUILAR,

DIRECTOR PRESIDENTE.

CEDESALVA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F011464-2

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 004PLA000003040, solicitando la re-

posición de dicho CERTIFICADO por MIL TRESCIENTOS SETENTA

Y UNO 43/100 (US$1,371.43).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efecto legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el Certificado en referencia.

Santa Ana, viernes 29 de mayo de 2009.

LORENA ELIZABETH DE ARGUETA,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA

AGENCIA SANTA ANA

CENTRO.

3 v. alt. No. F011465-2

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

COMUNICA: Que a sus oficinas ubicadas en km. 10 Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 113244, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por MIL TRESCIENTOS TRECE 21/100

(US$ 1,313.21) DEPOSITO A PLAZO No. 012PLA000002949.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el Certificado en referencia.

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. SAN SALVADOR, jueves 11 de junio de 2009.

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

AGENCIA ESCALON.

3 v. alt. No. F011542-2

EMBlEMaS

No. de Expediente: 2009091510

No. de Presentación: 20090119639

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JULIA AMADA

SARAVIA VELA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

PANDA EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que se abrevia: PANDA EXPRESS, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del EMBLEMA,

Consistente en: una figura que se identifica como la cara y manos

de un oso panda caricaturizado, que servirá para: IDENTIFICAR UNA

EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A LA ELABORACION,

COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION DE COMIDA CHINA.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de junio del año dos mil nueve.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011450-2

Marca DE SErVicioS

No. de Expediente: 2009093191

No. de Presentación: 20090122771

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado GILBERTO

ANTONIO LARA SOSA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: la palabra CONEXIÓN y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CAPACITACIONES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día doce de mayo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, catorce de mayo del año dos mil nueve.

GEORGINA VIANA CANIZÁLEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031312-2

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383

acEPTacioN DE HErENcia

LICENCIADO ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ

MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE

ARMENIA.-

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado a las

catorce horas con cuarenta minutos de este día, se emitió resolución en la

cual se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada dejada por el causante FERMIN DE JESUS CARIAS

RIVAS, quien falleció en el Hospital Nacional Jorge Mazzini de la Ciudad

de Sonsonate, a las dieciocho horas del día diecisiete de marzo del año

dos mil seis, siendo esta Ciudad su último lugar de domicilio, de parte del

señor Fermín de Jesús Carías Flores, en su calidad de Padre y Cesionario

de los Derechos Hereditarios que le correspondían a las señoras NORA

ELSY MUNDO DE CARIAS y VICTORIA RIVAS, la primera en el

concepto de cónyuge y la segunda como madre sobreviviente del expresado

Causante. SE LE HA CONFERIDO AL HEREDERO DECLARADO

EN LOS CONCEPTOS ANTES INDICADOS LA ADMINISTRACION

Y REPRESENTACIÓN INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS

FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA

HERENCIA YACENTE.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a los vein-

ticuatro días del mes de septiembre del año dos mil ocho.- Enmenda-

do- la-Vale.- LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ

MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RAFAEL ANTO-

NIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031277-3

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE LA CIUDAD DE ARMENIA.

HACE SABER: Que a las diez horas con treinta minutos de este

día se emitió resolución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó

el señor GUSTAVO ADOLFO ÁNGEL GIRON, quien falleció el día

dieciséis de junio del año mil novecientos noventa y tres, en el Barrio

"El Calvario" de la ciudad de Tepecoyo, Departamento de La Libertad,

siendo la ciudad de Tepecoyo, el lugar de su último domicilio; de parte

de las señoras ARACELY CRISTINA ÁNGEL GUZMAN, REYNA

GUADALUPE ÁNGEL DE MERCADO y CELINA LIZETH ÁNGEL

GUZMAN en sus conceptos de hijas sobrevivientes del causante.

SE LES HA CONFERIDO A LAS HEREDERAS DECLARADAS

EN EL CONCEPTO ANTES INDICADO, LA ADMINSTRACION

Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION CON LAS

FACULTADES Y RESTRICCIONES DE LOS CURADORES DE LA

HERENCIA YACENTE.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Armenia, a los once días del mesde junio del año dos mil nueve. LIC.

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. LIC. JULIO CESAR SANCHEZ ESPAÑA,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. C031278-3

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las diez

horas treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario de parte del señor REMBERTO

REINALDO AGUILAR RODRIGUEZ, en calidad de cesionario de

los derechos hereditarios que les correspondían a la señora MARIA

MARGARITA MURCIA DE HENRIQUEZ, en concepto de sobrina

del causante señor PERFECTO DE DOLORES MORAN, por medio de

su Apoderada General Judicial Licenciada MARIA ELENA NOEMY

RAMIREZ AYALA, de la herencia intestada, dejada a su defunción

por el referido causante, quien falleció a la edad de sesenta y tres años

de edad, a las once horas cuarenta minutos del día veinticinco de no-

viembre de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón San Antonio,

de esta Jurisdicción, a causa de ulcera, sin asistencia médica, hijo de

Carmen Morán y Serapia Cartagena, del domicilio de San Juan Opico,

de Nacionalidad Salvadoreña, siendo esta Ciudad su último domicilio,

en concepto relacionado. Confiriéndosele al aceptante expresado en el

concepto indicado la administración y representación INTERINAS de

la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho en la sucesión para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días

subsiguientes a la publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

de tercera publicación

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

diez horas treinta y cinco minutos del día veintiocho de mayo del año

dos mil nueve. LIC. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031279-3

LUIS SALVADOR PEÑA , Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución del presente mes, de las diez

horas y treinta minutos del día nueve se ha tenido por aceptada expre-

samente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción dejó la causante FELIPA AZUCENA, o FELIPA AZUCENA

DE AZUCAR, FELIPA RUIZ y FELIPA AZUCENA VIUDA DE AZU-

CAR, quien falleció el día veintiocho de diciembre de mil novecientos

noventa y seis, en el Barrio El Centro de San Luis La Herradura, su

último domicilio, por parte de CARLOS ALBERTO AZUCENA, JORGE

ALBERTO RUIZ, ROSARIO DEL CARMEN AZUCAR AZUCENA

o ROSARIO DEL CARMEN AZUCENA en concepto de hijos de la

causante; se ha nombrado a los aceptantes interinamente, administradores

y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia para que

dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la

tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, nueve de junio de dos mil

nueve. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011176-3

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince

minutos del día dos de junio del año dos mil nueve, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de NORA

ELIZABETH ROMERO DE RODRIGUEZ, la herencia intestada que

a su defunción dejó el causante señor JUAN RAMON RODRIGUEZ

GARCIA, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, mecánico, fallecido

a las veintitrés horas doce minutos del día veintiséis de febrero del año

dos mil nueve, en el Hospital Santa Gertrudis, de esta ciudad, lugar de

su último domicilio, por sí en concepto de cónyuge sobreviviente del

causante, además, como cesionaria de los derechos hereditarios que en

la sucesión del causante, les correspondía a los jóvenes JUAN CARLOS

y LUIS ENRIQUE, ambos de apellido RODRIGUEZ ROMERO, y al

señor LUIS ALONZO RODRIGUEZ o LUIS ALONSO RODRIGUEZ,

los dos primeros en calidad de hijos del causante, y el tercero en calidad

de padre el referido causante.

Y se ha nombrado a la aceptante en las calidades antes expresadas,

administradora y representante interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las nueve horas

veinte minutos del día dos de junio del año dos mil nueve. DRA. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011196-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a

las nueve horas con dieciséis minutos del día doce de Octubre del año

dos mil siete.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la

Ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la Ciudad de Santo

Tomás, Departamento de San Salvador, el día cinco de junio del año

dos mil uno, dejó el causante JOSE CESAR MARENCO FLORES,

conocido por JOSE CESAR NICOLAS MARENCO SEZZGO, JOSE

CESAR MARENCO, JOSE CESAR NICOLAS MARENCO FLORES

y por JOSE CESAR NICOLAS MARENCO, de parte de la señora

AMALIA CONCEPCION AVALOS DE MARENCO, conocida por

AMALIA CONCEPCION AVALOS SALVADOR, en su calidad de

cónyuge sobreviviente del causante en mención.- Se ha conferido a la

aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados a partir del

siguiente al de la tercera publicación de este edicto, concurran a este

tribunal a hacer uso de su derecho.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las catorce horas y cincuenta minutos del

día tres de Junio del año dos mil nueve. DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011198-3

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383EL INFRASCRITO JUEZ. AL PUBLICO: para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-

ficio de inventario en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor

CONCEPCION MEJIA BADO, conocido por CONCEPCION MEJIA,

el día cuatro de Octubre de mil novecientos ochenta, en el Cantón San

Marcos Lempa de esta Jurisdicción, siendo éste su último domicilio, de

parte de la señora ADELINA CASTRO MEJIA, en su calidad de hija

del causante.-

Confiérasele a la aceptante la Administración y Representación

Interina de la sucesión testada con las facultades y restricciones de

Ley.-

Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los ocho

días del mes de Junio de dos mil nueve.- LIC. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. SILVIA YANETH

MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011200-3

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las quince

horas y treinta minutos del día cinco de mayo del corriente año; se tuvo

por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia

que al fallecer el día uno de julio de mil novecientos setenta y cinco,

en el Cantón Pueblo de la Jurisdicción de Polorós, departamento de La

Unión, siendo su último domicilio la Villa de Polorós, dejara el causante

Eleuterio Alvarado conocido por Eleterio Alvarado y por Eleuterio Al-

varado Méndez, a la heredera María Reyes conocida por María Eduviges

Reyes, en concepto de hija del causante y además como Cesionaria de

los derechos hereditarios que en la referida sucesión le correspondían

a los señores María Rosaura Reyes de Acosta, Jesús Reyes Alvarado,

María Lucinda Alvarado de Hurtado y María Candelaria Alvarado Reyes,

como hijos del referido causante, de conformidad con lo establecido en

los Arts. 988 No 1° y el 1699 del Código Civil.

En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho,

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de Lo Civil de Santa Rosa de Lima,

departamento de La Unión, a los ocho días de mayo del año dos mil

nueve.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011213-3

DOCTOR JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta

minutos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con beneficio de Inven-

tario la Herencia INTESTADA, que a su defunción dejó el señor JULIO

ENRIQUE AVILA, conocido por JULIO ENRIQUE AVILA SARAVIA

quien falleció a las diecinueve horas del día ocho de septiembre del año

dos mil seis, en Cantón El Amate, Jurisdicción de San Miguel siendo

ese el lugar de su último domicilio; de parte de la Señora: NORBERTA

EUSEDA DE AVILA conocida por NORBERTA EUCEDA DE AVILA

y por NORBERTA EUSEDA, de cincuenta y siete años de edad, de

oficios domésticos, de este domicilio; portadora de su Documento Único

de Identidad Número cero uno cero cero uno uno seis ocho-nueve; y

con Número de Identificación Tributaria un mil doscientos diecisiete-

dos siete cero cuatro cuatro nueve-cero cero seis-dos; en concepto de

Esposa del causante y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios

que en la sucesión le correspondían a los señores: JULIO ENRIQUE

AVILA EUCEDA, KAREN MARISOL AVILA EUCEDA, BRENDA

DEL TRASITO AVILA EUCEDA, en concepto de hijos del causante; y

la señora MARIA DE LA CRUZ AVILA, conocida por CRUZ AVILA

y por MARIA DE LA CRUZ AVILA GAMEZ, ésta en concepto de

madre del causante.-

Confiérese a la aceptante en el carácter indicado la administra-

ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las once

horas del día doce de marzo de dos mil nueve.- DR. JUAN RAMON

MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LIC. ERNESTO

ALCIDES FLORES CAÑAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011270-3

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos

del día veinte de junio del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia dejada por el

señor EMILIO ORDOÑEZ, quien fue conocido por EMILIO ORDOÑEZ

LEIVA, fallecido el día dieciocho de diciembre del año dos mil seis,

en la ciudad de Santa Ana, siendo la población de Santo Domingo de

Guzmán su último domicilio de parte del señor JUAN SALOMON

MIGUEL AREVALO ORDOÑEZ, en concepto de hijo del causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día cuatro

de julio del año dos mil siete.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE

ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011278-3

LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día vein-

tiocho de julio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA de los bienes que

a su defunción dejó la causante señora VIRGINIA LAZO FUENTES,

quien falleció en la Colonia España, a las cinco horas del día trece de

mayo de mil novecientos ochenta y nueve siendo esta ciudad su último

domicilio, de parte de la señora VIRGINIA ELIZABETH ALVAREZ

LAZO, en su carácter de sobrina de la causante.

Confiérase a la aceptante en el carácter antes indicado la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A todos los que se crean con derecho en la referida he-

rencia a que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días

contados a partir de la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y

treinta minutos del día veintiocho de julio de dos mil ocho.- LIC. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011315-3

CARLOS GEOVANY MARTINEZ RAMOS, con oficina Jurídica

situada en Colonia Nueva Acajutla, casa número treinta y ocho, Block

"C", Jurisdicción de Acajutla, Departamento de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída

en la ciudad de Acajutla, Departamento de Sonsonate, a las nueve horas

del día treinta de Julio del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con beneficio de inventario la herencia intestada ocurrida

a las ocho horas treinta minutos en el Hospital Nacional Jorge Manzini

Villacorta, Departamento de Sonsonate, el día veintiséis de Noviembre

del año dos mil siete, dejó el señor JOSE MARIA GOMEZ DIAZ, a la

edad de ochenta y un años de edad, originario de Jucuarán, Departamento

de Usulután y del domicilio de Acajutla, Departamento de Sonsonate,

salvadoreño, casado, hijo de Mónico Gómez y Juana Antonia Díaz, con

asistencia Médica, a consecuencia de Shock Hipovolemico, Sangramiento

tubo Digestivo Superior, de parte de la señora LUCIA MELENDEZ DE

GOMEZ, en su concepto de esposa del causante, habiéndose conferido a

la aceptante la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA

DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que avisa al público para efectos de Ley.

Librado en las oficinas del Notario CARLOS GEOVANY

MARTINEZ RAMOS, en la ciudad de Acajutla, Departamento de

Sonsonate, cuatro de Agosto del año dos mil ocho.

CARLOS GEOVANY MARTINEZ RAMOS,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011318-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a

las nueve horas y treinta minutos del día veintiocho de Abril del año

dos mil nueve; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la

Ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de San Marcos, su último

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383domicilio, el día seis de septiembre del año dos mil ocho, dejó el causante

HUMBERTO ANTONIO VIGIL SALAS conocido por HUMBERTO

ANTONIO VIGIL, de parte de la señora NATIVIDAD CRUZ VIUDA

DE VIGIL, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante.- Se

ha tenido por repudiado de parte de los señores GLENDA KARINA

VIGIL CRUZ y STANLEY HUMBERTO VIGIL CRUZ, el derecho

que les correspondía en la presente sucesión, en su calidad de hijos del

causante en comento.- Se ha conferido a la aceptante la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-

guiente, a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal

a hacer usos de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-

tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día

trece de Mayo del año dos mil nueve.- DR. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011322-3

HErENcia YacENTE

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA,

HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las nueve

horas y treinta minutos de esta fecha, se ha declarado YACENTE LA

HERENCIA de GONZALO FLORES RIVERA, quien fue de ochenta

años de edad, Empleado, fallecido a las once horas del día veintiuno de

septiembre del año mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Joya El

Platanar de esta Población de Atiquizaya, siendo éste su último domicilio,

nombrándose curador para que la represente al Licenciado CHRISTIAN

FRANCISCO MURCIA VALENCIA.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez

horas y cincuenta minutos del día veinticinco de mayo del año dos mil

nueve.- LIC. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ALCIDES MARTINEZ

SANTILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011309-3

TiTUlo DE ProPiEDaD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CINQUERA,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado el señor Edwin

Alexander Miranda Torres, de veintiocho años de edad, Albañil, de

este domicilio con su Documento Único de Identidad número cero dos

millones ochenta y seis mil doscientos treinta y siete - cuatro, solicitando

Título de Propiedad, de un inmueble de naturaleza urbano situado en

calle principal que conduce de Cinquera a Tejutepeque, de la extensión

superficial de setecientos uno punto ochenta metros cuadrados, de las

medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide veintidós metros,

linda con Inmueble de Anita Fuentes, calle pública de por medio, aunque

erróneamente, en la ficha catastral se relaciona que colinda con el resto

del inmueble del cual se desmembró; AL NORTE: mide veintinueve

punto setenta metros y colinda del resto del Inmueble general del cual se

desmembró, el cual pertenece a José María López López; AL PONIENTE:

mide veintidós metros, linda con la Propiedad de Pedro López Beltrán,

aunque erróneamente, en la Ficha Catastral se relaciona que linda con el

resto del inmueble general del cual se desmembró, el cual pertenece al

señor José María López López, Pared de ladrillo de linderos; y AL SUR:

Treinta y cuatro punto veinte metros linda con propiedad de Miriam de

Peña, aunque erróneamente, en la Ficha Catastral se relaciona que linda

con el resto del inmueble general del cual se desmembró, el cual perte-

nece al señor José María López López, quebrada de por medio. Dicho

Inmueble lo adquirió por compra que le hizo al señor José María López,

por valor de un mil dolares, el inmueble no es dominante, ni sirviente,

no tiene cargas, ni derechos reales que pertenezcan a otra persona con

quien hubiere proindivisión alguna.

Lo que se hace saber al público para efectos de ley.- LIC.

GUILLERMO RIVERA CONTRERAS, ALCALDE MUNICIPAL.-

AURA ISBELIA CUBIAS MEJIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011211-3

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado el señor: NIXON

ERIS PARADA GUTIERREZ, de cincuenta años de edad, Abogado y

Notario, del domicilio de San Miguel, en su calidad de Apoderado Ge-

neral Judicial con Cláusula Especial del señor NARCISO MEDRANO

REYES, de cuarenta y seis años de edad, Agricultor, de este domicilio,

solicitando Título de Propiedad y Dominio de un solar de Naturaleza

Urbana, situado en Quinta Calle Poniente, en el Barrio El Calvario de

esta Ciudad, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide

treinta y siete metros, noventa centímetros en línea curva colinda con

propiedad de la señora: Rosa Concepción Cruz de Ventura y propiedad

del Titulante, pared de ladrillo de por medio propio del Titulante; AL

NORTE: mide trece metros, treinta centímetros, linda con propiedad

del señor Matías Reyes Benítez, pared de ladrillo de por medio propia

del titulante; AL PONIENTE: mide treinta metros, linda con Propiedad

del señor Carlos Orlando Medrano Paredes, pared de ladrillo de por

medio propia del titulante; y AL SUR: mide trece metros, linda con

propiedad de los señores José Luis Bonilla y Salvador Peña Hernández,

calle pública de por medio.- Lo valora dicho inmueble por la cantidad

de VEINTICINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA, dicho inmueble lo adquirió por compra verbal que le hizo

a la señora Petrona Reyes Viuda de Medrano, ya fallecida, en el año de

mil novecientos noventa.

En consecuencia se hace saber para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la Ciudad de Anamorós, a los nueve días

del mes de Junio del dos mil nueve.- ISABEL VILLATORO BENITEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.- MARIA ELIZABETH ALBERTO DE

FUENTES, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011227-3

TiTUlo SUPlETorio

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

JOSE RAUL VASQUEZ ARGUETA, actuando en calidad de Apoderado

General Judicial de la señora MARIA ELENA LEIVA, de treinta y seis

años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de San José de la

Fuente, de este Distrito y Departamento, solicitando se le extienda, a

su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Chaguitillo, Caserío Los Carbajales, Ju-

risdicción de San José de la Fuente, de este Distrito y Departamento, de

una extensión superficial de SETECIENTOS VEINTINUEVE METROS

CUADRADOS OCHENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS

DIECISIETE DECIMETROS CUADRADOS SETENTA Y CINCO

MILIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE: mide

treinta y ocho metros cincuenta y siete centímetros, con propiedad del

señor Oscar Anival Zúniga; AL SUR: mide treinta y siete metros cuarenta

centímetros, colindando con propiedad del señor Antonio Leiva; AL

PONIENTE: mide trece metros sesenta y tres centímetros, colindando

con calle de por medio con propiedad del señor Adán Zúniga; y AL

ORIENTE: mide veinticuatro metros ochenta centímetros, colindando

con propiedad de la señora Fidelia Romano. Dicho terreno lo valúa en

la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTE AMERICA, y lo adquirió por compra, en documento privado

que le hizo a la señora LEONOR LEIVA, el día treinta de enero de dos

mil seis.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del

mes de abril de dos mil ocho.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031262-3

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

JOSE WILFREDO GARCIA GUEVARA, como Apoderado General

Judicial del señor SANTOS ORLANDO CLAROS VILLATORO,

a solicitar a favor de éste, TITULO SUPLETORIO sobre un terreno

de naturaleza rústica situado en el Cantón Sunsulaca, jurisdicción de

Cacaopera, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán de la capaci-

dad superficial de CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS

TREINTA Y UN DECIMETROS VEINTICINCO CENTIMETROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIEN-

TE, treinta y cuatro metros, colinda con terreno de Juan Luna, ahora

de Santos Márquez, calle vecinal de por medio; AL NORTE, veintiún

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383metros cincuenta centímetros, colinda con terreno de Petronila Claros,

calle vecina de por medio; AL PONIENTE, treinta y seis metros treinta

centímetros, colinda con cancha de fútbol, muro de bloque del colindante

de por medio; y AL SUR, seis metros colinda con terreno de la sucesión

de Leonicia Márquez, cerco de piedra de por medio.- Dicho terreno es

inculto, sin contracciones.- El señor CLAROS VILLATORO, adquirió

dicho inmueble por venta de la Posesión Material por Escritura Pública

que le efectuó el señor SANTOS ARCENIO CLAROS MARQUEZ, y

lo valora en la cantidad de SEIS MIL DOLARES.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las quince horas y diez minutos del día veinticuatro de Abril de

dos mil nueve.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

2° DE 1ª INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SRIA.

3 v. alt. No. C031267-3

Licenciado Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

Santos Lidio Guzmán Velásquez, mayor de edad, Agricultor en pequeño,

del domicilio de Nueva Esparta, por medio del Licenciado Edwin Perla

Prudencio, como Apoderado General Judicial, solicitando título supletorio

de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Talpetate,

jurisdicción de Nueva Esparta, de este Distrito, Departamento de La

Unión, de la capacidad superficial de UN CUARTO DE MANZANA

O SEAN DIECISIETE AREAS CINCUENTA CENTIAREAS, que

linda: al Oriente, treinta y tres punto cincuenta metros, con terreno de

Ignacio Guzmán, cerco de piedra del colindante de por medio; al Norte,

sesenta metros con terreno de Maclovia Guzmán, cerco de piedra de por

medio del colindante; al Poniente, cuarenta y un metros con María Adela

Velásquez, cerco de alambre de por medio propio; y al Sur, cincuenta

y un metros con resto del terreno que le queda al vendedor, cerco de

alambre propio de por medio, en dicho inmueble existe construida una

casa, techo de tejas, paredes de adobe, de diez por seis varas con cocina

de cinco por cinco varas. El inmueble descrito se valora en la cantidad

de diez mil dólares de los Estados Unidos de América, y el terreno lo

adquirió por compraventa hecha al señor David Guzmán, según Escritura

Pública de Posesión Material.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, a los once días del mes de mayo de dos mil nueve.- LIC.

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031275-3

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,

del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos

de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado la Licen-

ciada TOMASA OSORIO GONZALES, como Apoderada Judicial

del señor JUAN CRISOSTOMO MENDEZ, a solicitar a su favor TI-

TULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado

en el Caserío Los Méndez, Cantón Varilla Negra, de la Jurisdicción

de Corinto, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de

NUEVE MIL METROS CUADRADOS CON SEISCIENTOS CUATRO

CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:

AL NORTE: ciento veintinueve metros, colinda con Esteban Amaya;

AL ORIENTE: dos tramos, el primero con una distancia de cuarenta

y cinco metros cuadrados y el segundo con cincuenta y cuatro metros

cuadrados y cincuenta y cuatro centímetros, colinda con Enemecia

Amaya; AL SUR: noventa metros cuadrados con ochenta y tres centí-

metros, colinda con Enemecia Amaya; AL PONIENTE: setenta y cinco

metros cuadrados, colinda con Enemecia Amaya.- El inmueble descrito

lo adquirió por compraventa verbal que hizo al señor WENCESLAO

AMAYA; y lo valora en la cantidad de OCHOCIENTOS DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las catorce horas del día trece de Mayo del dos mil nueve.-

LICDO. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2° DE 1ª

INSTANCIA.- LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. rENoVaciÓN DE MarcaS

No. de Expediente: 1993002780

No. de Presentación: 20090122028

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JOSE RAMIRO PARADA DIAZ, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de EMPRESAS LACTEAS FOREMOST, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE que se abrevia: EMPRESAS LACTEAS FOREMOST, S.A. de C.V., FOREMOST, S.A. DE C.V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00001 del Libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "RICOTA" acompañada de las palabras "QUESO TIPO" de lo cual no se pretende exclusividad, dentro de una figura rectangular en forma circular, de fondo negro y en la parte inferior aparece una franja también de fondo negro, acompañada de una serie de puntos blancos; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C031271-3

No. de Expediente: 1998001685

No. de Presentación: 20090121610

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de Grünenthal GmbH, del domicilio de Zieglerstrasse 6, 52078 Aachen, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00210 del Libro 00096 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra "Liberen" en letras minúsculas excepto la letra "L" que es mayúscula; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HERÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011237-3

No. de Expediente: 1958005936

No. de Presentación: 20080113346

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de NISSAN JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (comerciando también como NISSAN MOTOR CO., LTD.), del domicilio de 2 Takaracho, kanagawa-ku, Yokohama-shi, kanagawa-ken, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 05936 del Libro 00024 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra NISSAN; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de enero del año dos mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383No. de Expediente: 1997002840

No. de Presentación: 20090121533

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de VEKA AG, del domicilio de DIESELSTRASSE 8 D-48324 SENDENHORST, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00139 del libro 00091 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra VEKA; que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 17 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011241-3

No. de Expediente: 1984001218

No. de Presentación: 20090121674

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de SEAT, S.A., del domicilio de Autovía A-2, Km. 585,08760-Martorell, Barcelona, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la ins-cripción Número 00006 del Libro 00121 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en una figura rectangular conteniendo la expresión SEAT en que la S tiene 5 rayas diagonales; las letras EA aparecen unidas en su extremo inferior y éstas y la T tienen un corte horizontal en su parte superior; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil

nueve.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011242-3

No. de Expediente:1998005893

No. de Presentación: 20090121640

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de The Procter &

Gamble Company, del domicilio de ONE PROCTER & GAMBLE

PLAZA, CINCINNATI, OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00125 del libro 00091 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra "PRINGLES"; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasificación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos

mil nueve.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011303-3

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. Marca DE faBrica

No. de Expediente: 2009092049

No. de Presentación: 20090120774

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL de JOSE DAMIAN OCAMPO SALAZAR, de nacionalidad

COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

SUN clUB

Consistente en: las palabras SUN CLUB, traducido al castellano

como CLUB DEL SOL, que servirá para: AMPARAR: METALES

PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES Y ARTICULOS DE ESTAS

MATERIAS O DE CHAPADO NO COMPRENDIDAS EN OTRAS

CLASES; JOYERIA, BISUTERIA, PIEDRAS PRECIOSAS; RELO-

JERIA E INSTRUMENTOS CRONOMETRICOS. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031269-3

No. de Expediente: 2009092050

No. de Presentación: 20090120775

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL de JOSE DAMIAN OCAMPO SALAZAR, de nacionalidad

COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

SUN clUB

Consistente en: las palabras SUN CLUB, traducido al castellano

como CLUB DEL SOL, que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMI-

TACIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO

COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES;

BAULES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES;

FUSTAS Y GUARNICIONERIA. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día nueve de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031270-3

No. de Expediente: 2009093135

No. de Presentación: 20090122695

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ROSA MARIA

URBINA DE LOPEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad

de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión Jancy Damaris y diseño, que servirá

para: AMPARAR: ROPA INTERIOR Y VESTUARIO. Clase: 25.

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383 La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de mayo del año dos mil nueve.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C031272-3

No. de Expediente: 2009091761

No. de Presentación: 20090120211

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de Mantecorp Indústria Química e Farmacéutica Ltda., de nacionalidad

BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión MANTECORP y diseño, que ser-

virá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y

VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICAS PARA USO

MEDICO; SUBSTANCIAS DIETÉTICAS ADAPTADAS PARA USO

MÉDICO, COMIDA PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL

PARA APOSITOS; MATERIAL PARA IMPRONTAS DENTALES,

CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA

DESTRUIR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.

Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011243-3

No. de Expediente: 2009091760

No. de Presentación: 20090120209

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Mantecorp Indústria Química e Farmacéutica Ltda., de

nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

EPiDraT

Consistente en: la palabra EPIDRAT, que servirá para: AMPARAR:

COSMETICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de febrero del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011245-3

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. No. de Expediente: 2009091997

No. de Presentación: 20090120674

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado HECTOR

JOHEL GRIJALVA CERNA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DE BELLEZA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Women's LINE y diseño, que se tra-

ducen al castellano como línea de mujer, que servirá para: AMPARAR:

COSMETICOS, PERFUMERIA, JABON DE TOCADOR Y CREMA

CORPORAL. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de marzo del año dos mil nueve.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011263-3

No. de Expediente: 2009092764

No. de Presentación: 20090122042

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELENA CAM-

POS DE HINDS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra KLINDEQ y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESEN-

GRASAR. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinte de abril del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil nueve.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALBERTO MOLINA MUÑOZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011328-3

NoMBrE coMErcial

No. de Expediente: 2009093519

No. de Presentación: 20090123334

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

JOSE CORDOVA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION DE INVERSIONES TURISTICAS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION

I.T., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Hotel Villa San Miguel y diseño,

sobre las palabras San Miguel no se le concede exclusividad, que ser-

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383virá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A

SERVICIO DE HOSPEDAJE, VENTA DE ALIMENTOS, BEBIDAS

Y DESARROLLO DE EVENTOS DE TODA CLASE, UBICADO EN

AVENIDA ROOSEVELT NORTE, NUMERO CUATROCIENTOS

SIETE, CIUDAD DE SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE SAN

MIGUEL.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos

mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de junio del año dos mil nueve.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011288-3

No. de Expediente: 2009092464

No. de Presentación: 20090121521

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado RICARDO

JOSE CORDOVA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de INVERSIONES CARDUMEN, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Puerta del Sol BAR- RESTAURANTE

y diseño, sobre las palabras BAR - RESTAURANTE no se le concede

exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIEN-

TO DEDICADO A LA VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN

TODAS SUS VARIEDADES, UBICADO EN LA CUARTA CALLE

ORIENTE Y TERCERA AVENIDA NORTE, BARRIO EL CENTRO

DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE SAN

MIGUEL.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil

nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de mayo del año dos mil nueve.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011290-3

No. de Expediente: 2009091964

No. de Presentación: 20090120542

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NATALIA LISSETTE RODRIGUEZ CHINCHILLA, en su calidad de APODERA-DO ESPECIAL de DIHARE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión SUPER TIENDA El Baratillo San Antonio y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA INDUSTRIAL O DE SERVICIOS DEDICADA A LA COMERCIA-LIZACION DE PRODUCTOS DE LA CANASTA BASICA, DE LIM-PIEZA, DE HIGIENE PERSONAL, Y PRODUCTOS MISCELANEOS, UBICADO EN CALLE MORAZAN NUMERO 36 BARRIO EL CAL-VARIO, JURISDICCION DE CHALATENANGO, DEPARTAMENTO CHALATENANGO.

La solicitud fue presentada el día tres de marzo del año dos mil nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil nueve.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011300-3

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. coNVocaToriaS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la SOCIEDAD DE AUTOBUSES DE ILO-

PANGO, S.A. DE C.V., Convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL

para tratar asuntos de carácter Ordinario a celebrarse en las oficinas

de la sociedad situadas en el kilómetro 15 carretera a Apulo, Caserío

Amatitán, del municipio de Ilopango, del departamento de San Salvador

el día miércoles 15 de julio de dos mil nueve, a las nueve horas.

El quórum legal para celebrar sesión que tratará asuntos de carácter

ordinario, será de la mitad más uno de las acciones de la sociedad y

las resoluciones serán válidas por la mayoría de los votos presentes en

primera convocatoria.

De no haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día

jueves 16 del mismo mes y año, a la misma hora y el mismo lugar, en

este caso la sesión se llevará a cabo para junta general que resolverá

asuntos ordinarios con cualquiera que sea el número de acciones presentes

o representadas y las resoluciones serán válidas por mayoría de votos

presentes.

La agenda a realizar es la siguiente:

ASUNTOS ORDINARIOS

1- Lectura de acta anterior.

2- Nombramiento de directores propietarios y suplentes por

vencimiento del plazo de la junta directiva.

3- Presentación y aprobación de Estados Financieros del 01 de

enero al de diciembre de 2008.

4- Informe del auditor externo correspondiente al ejercicio

económico, comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre

de 2008.

5- Nombramiento del auditor externo para el 2009.

6- Varios.

Ilopango, 10 de junio de 2009.

PATRICIA LILIANA RODRÍGUEZ RIVERA,

SECRETARIA DEL CONSEJO ADMINISTRACIÓN.

3 v. alt. No. C031273-3

SUBaSTa PÚBlica

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por la señora MARTA ALICIA ESCALANTE

GUZMAN conocida por MARTA ALICIA ESCALANTE GUZMAN

DE MENENDEZ, en su carácter personal, contra el señor CARLOS

ROBERTO MENENDEZ PIMENTEL, mayor de edad, de domici-

lio desconocido, representado por su Curador Ad litem Licenciado

EDUARDO ANTONIO RAMOS ROSALES, reclamándole cantidad

de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en

este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: un Apartamento

identificado con el Número OCHO - A del Edificio D – DOS, del con-

dominio RESIDENCIAL SAN LUIS, localizado en la intersección de

la Avenida Número UNO y Boulevard Universitario de la Urbanización

Residencial San Luis, el área que le corresponde a dicho apartamento es

de una extensión superficial de cincuenta y seis punto treinta metros cua-

drados, equivalentes a ochenta punto cincuenta y cinco varas cuadradas,

la medida cúbica en la construcción del apartamento es de ciento siete

punto cincuenta y seis metros cúbicos, entre el nivel de piso terminado

de la losa y el cielo falso, para la descripción no apoyaremos en el vértice

Nor - Este, ya conocido en la descripción del edificio D - DOS desde el

cual se mide una distancia de veinticuatro metros con rumbo Sur treinta

grados quince punto tres décimas de minutos Oeste, para localizar el

propio vértice Sur Este, del apartamento que a continuación se describe:

AL SUR: línea de dos tramos en diferentes niveles, el primero en cero

más cero cero cero, con una distancia de uno punto noventa y ocho metros

con rumbo Norte cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete

décimas de minutos Oeste, lindando con terreno propiedad de ULTRA,

S.A. DE C.V., al final de esta línea subimos perpendicularmente con

una distancia de dos punto setenta metros y se llega al segundo nivel

cero más dos punto setenta, teniendo este tramo una distancia de seis

punto noventa y dos metros con rumbo Norte cincuenta y nueve grados

cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Oeste, lindando con

espacio aéreo en terreno de ULTRA, S.A. DE C.V. AL PONIENTE:

línea quebrada compuesta por tres tramos, el primero de dos punto

cuarenta y cinco metros con rumbo Norte treinta grados quince punto

tres décimas de minutos Este, el segundo de uno punto diez metros con

rumbo Norte cincuenta y nueve grados cuarenta y cuatro punto siete

décimas de minutos Oeste, el tercero de tres punto cero cinco metros con

rumbo Norte treinta grados quince punto tres décimas de minutos Este

lindando con espacio aéreo en terreno de ULTRA, S.A. DE C.V.; AL

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383NORTE: línea quebrada compuesta por cuatro tramos, estando los tres

primeros en el nivel cero más dos punto setenta y miden el primero dos

punto cincuenta y dos metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados

cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, el segundo de

cero punto cuarenta y cinco metros con rumbo Norte treinta grados

quince punto tres décimas de minutos Oeste, el tercero de cinco punto

cincuenta metros con rumbo Sur cincuenta y nueve grados cuarenta y

cuatro punto siete décimas de minutos Este, lindando en estos tres tramos

con el apartamento número SIETE - A del mismo Edificio D – DOS,

pared medianera de por medio, al final del tercer tramo descrito bajamos

perpendicularmente con una distancia de dos punto setenta metros y se

llega al nivel cero más cero cero cero, donde se continúa con una distancia

de uno punto noventa y ocho metros con rumbo Sur cincuenta y nueve

grados cuarenta y cuatro punto siete décimas de minutos Este, lindando

con el jardín del apartamento número siete- A, del mismo edificio D - dos,

tapial medianero de por medio; AL ORIENTE: distancia de seis metros

con rumbo Sur treinta grados quince punto tres décimas de minutos

Oeste, lindando con jardín del apartamento número DIECISÉIS - A del

Edificio D - CUATRO tapial medianero de por medio. Por la parte baja

o piso linda con el apartamento número ocho, del mismo Edificio, obra

gruesa de por medio y por la parte alta o cielo falso, con espacio aéreo

techo de por medio.-

El inmueble anteriormente descrito está inscrito en un cincuenta por

ciento a favor del señor CARLOS ROBERTO MENENDEZ PIMENTEL

bajo la Matrícula Número SEIS CERO CERO UNO CINCO SIETE DOS

UNO-A CERO UNO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

catorce y quince minutos del día dos de Junio de dos mil nueve.- DR.

JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.

BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011199-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.-

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por

el Licenciado Federico Guillermo Jiménez Rodríguez como Apoderado

General Judicial del Banco Agrícola, Sociedad Anónima contra la señora

Rosali Hortensia Contreras de Arias conocida por Rosali Hortensia

Contreras Huto, se venderá en este Juzgado en pública subasta y en

fecha oportuna el siguiente inmueble: Un lote de terreno desmembrado

de una finca rústica llamada El Carmen, situada en jurisdicción de esta

ciudad y a inmediaciones Nahulingo, de este departamento, denomina-

do como LOTE NUMERO DOS DEL BLOCK “H” de la Lotificación

El Carmen, de una superficie de Doscientos cincuenta y Cuatro punto

treinta y seis metros cuadrados, equivalentes a trescientos sesenta y tres

punto noventa y cinco varas cuadradas, el cual mide y linda: al NORTE,

veinticuatro punto treinta y siete metros, linda con lote uno del block H;

al ORIENTE, diez punto diez metros linda con resto de la Lotificación;

al SUR, veintiséis punto veinticinco metros linda con lote tres del Block

H y al PONIENTE, diez metros, linda con lote dieciséis del polígono H,

pasaje tres de por medio.- Todos los lotes colindantes forman parte del

inmueble de donde se desmembró el que se describe propiedad del señor

Mario Enrique Rodríguez Inclan conocido por Mario Enrique Inclan y

por Mario Inclan.- Inscrito a favor de la ejecutada bajo el número UNO

CERO CERO CERO DOS UNO OCHO CERO-CERO CERO CERO

CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este

Departamento.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día veintiséis

de marzo del dos mil nueve.- DR. MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. LIC. ELSA DEL MILAGRO PILIA DE CASTILLO,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F011272-3

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

en este Tribunal por el Licenciado JOSÉ LUIS ARIAS LÓPEZ, mayor

de edad, Abogado y de este domicilio, actuando como Apoderado Ge-

neral Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de

este domicilio, contra el señor OSCAR ARMANDO ROJAS, mayor de

edad, Topógrafo, del domicilio de San Miguel, Departamento de San

Miguel, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta en fecha que

más adelante se especificará, un inmueble urbano situado al final de la

Octava Calle Poniente, Cantón Jalacatal, Jurisdicción de San Miguel,

marcado como LOTE SEIS DEL POLÍGONO VEINTE-C, SENDA

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009. DIECIOCHO, DE LA URBANIZACIÓN CIUDAD PACIFICA, ETAPA

TRES, de la extensión superficial de SETENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, el cual se describe así: AL NORTE, cinco metros: AL

SUR, cinco metros: AL ORIENTE, quince metros: AL PONIENTE,

quince metros, con un área de construcción de CUARENTA Y CINCO

PUNTO OCHO METROS CUADRADOS. Inmueble inscrito a favor

del señor OSCAR ARMANDO ROJAS, en el Sistema de Información

de Registro y Catastro, bajo la Matrícula Número OCHO CERO CERO

CERO OCHO SEIS CERO TRES - CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Oriente, Departamento de San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las

nueve horas del día cinco de junio de dos mil nueve. LIC. JOSÉ MARÍA

ESTRADA ALVAREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. LIC.

DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011311-3

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER; Al público para los efectos de ley; que en el

Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO AGRÍCOLA, SO-

CIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia BANCO AGRÍCOLA, S.A., y

cuyos nombres comerciales son: BANCO AGRICOLA COMERCIAL

DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL; BANCO

AGRÍCOLA o solamente EL AGRÍCOLA y con sus siglas BAC, contra

los señores JOAQUIN BURUCA FLORES conocido por JOAQUIN

BURUCA, por JOAQUIN FLORES BURUCA y por JOAQUIN FLO-

RES e IVAN ALEXANDER FLORES CONTRERAS, reclamándole

cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta

en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien

inmueble embargado siguiente: Un inmueble de naturaleza rústico, hoy

en urbanización situado en el Cantón El Jute; de la Jurisdicción, Distrito

y Departamento de San Miguel, cuya, descripción Técnica es la siguiente:

partiendo de la intersección de los ejes de calle que conduce a Hacienda

Los Torres, y carretera que conduce a Usulután y que con una distancia

de ochenta y ocho punto setenta metros y rumbo Norte catorce grados

treinta y dos minutos treinta y ocho segundos Oeste, se llega a un punto

con deflexión derecha a noventa grados y una distancia de once punto

cero cero metros, se llega al vértice Nor- poniente que mide y linda:

AL COSTADO NORTE, consta de un solo tramo que mide noventa

y cinco punto cuarenta y cuatro metros y rumbo Sur ochenta y ocho

grados, veinte minutos cero dos segundos Este y colinda con la señora

Nely Concepción Guevara y cerco con postes de concreto y alambre de

púa de por medio, AL COSTADO ORIENTE: consta de dos tramos; el

primer tramo mide veintinueve punto once metros y rumbo Sur cero dos

grados cincuenta minutos cero siete segundos Este, el segundo tramo

mide quince punto cero dos metros y rumbo Sur: cero cinco grados

cero nueve minutos trece segundos Este, y colinda con el señor Andres

Navarro y cerco con poste de concreto y alambre de púa de por medio,

AL COSTADO SUR: consta de tres tramos, el primer tramo mide

veintiocho metros punto setenta metros y rumbo Norte sesenta y ocho

grados cuarenta y seis minutos veintiséis segundos Oeste; el segundo

tramo mide: veintisiete punto ochenta y tres metros y rumbo setenta y

cuatro grados cincuenta y tres minutos veinte segundos Oeste: el tercer

tramo mide: treinta y cuatro punto veinte metros y rumbo Norte ochenta

y cuatro grados cero seis minutos veintiséis segundos Oeste, y colindan

con resto de la Propiedad del Señor ROBERTO GUARDADO y NORA

MABEL MARTÍNEZ, AL COSTADO PONIENTE, consta de un solo

tramo, que mide treinta y ocho punto noventa y seis metros y rumbo Norte

quince grados cero un minutos cero cinco segundos Oeste y colinda con

la señora JULIA DEL CID y carretera que conduce a Usulután de por

medio. Dicha propiedad tiene una capacidad superficial de TRES MIL

CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y

CINCO METROS CUADRADOS, inscrito a favor del señor JOAQUIN

FLORES BURUCA conocido por JOAQUÍN FLORES, bajo la matrícula

número OCHO CERO CERO DOS TRES TRES NUEVE SEIS GUIÓN

CERO CERO CERO CERO CERO.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la

subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad

Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San

Salvador, a las nueve horas del día ocho de enero de dos mil nueve. LIC.

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO

DE LO MERCANTIL. LIC. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011312-3

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Page 132: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 24 de Junio de 2009 ... · 10-11 12-15 16-17 18-19 Pág. 20 21-35 36 36 36 36 37 37 37-38 38 39 39 ... 15-1795.- Se autoriza la implementación de

132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 383MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el

Licenciado JORGE ALBERTO ESCALANTE PÉREZ como Apoderado

General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra

del señor JOSE WILFREDO BONILLA NAVARRO, se venderá en

pública subasta el inmueble que se describe: “Un lote de terreno urbano

y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el

número TREINTA DEL POLÍGONO CINCO GUION A, SENDA

TRES, de una extensión superficial de SETENTA PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS. - Dicho lote forma parte de la Urbanización

denominada CIUDAD PACIFICA, situada en final de la Octava Calle

Poniente, Cantón Jalacatal, Jurisdicción de San Miguel, Departamento de

San Miguel, cuyas medidas son las siguientes: AL NORTE, cinco metros;

AL SUR, cinco metros; AL ORIENTE, catorce metros; AL PONIENTE,

catorce metros, contiene un área construida de VEINTINUEVE PUNTO

CINCUENTA METROS CUADRADOS.- Inscrito a favor del deudor

señor JOSE WILFREDO BONILLA NAVARRO en el Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo la

matrícula OCHO CERO UNO DOS CINCO DOS UNO CUATRO del

Sistema de Folio Real Automatizado”.

Lo que se hace de conocimiento del público para los efectos de

ley.

Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas cinco

minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil nueve.- DRA. MARÍA

ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ DSEGUNDO DE

LO CIVIL. LICDA. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011324-3

aDMiNiSTraDor DE coNDoMiNio

En Asamblea General de Propietarios del Condominio Parque Residen-

cial "RIVERSIDE NORTH", celebrada en la ciudad de San Miguel, a

las quince horas con treinta minutos del día dieciséis de mayo del año

dos mil nueve, en cumplimiento a las formalidades de ley fue electo el

nuevo Administrador del CONDOMINIO, recayendo dicho cargo sobre

el Licenciado SANDRO ALEXANDER REYES JIMENEZ, quien estará

en funciones por un año, contando a partir de su nombramiento y para

efectos de darle cumplimiento a lo establecido en el Art. 31 de la Ley

de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos, publíquese tal

designación por tres veces en el Diario Oficial.

San Miguel, a dieciséis días del mes de mayo del año dos mil

nueve.

LIC. SANDRO ALEXANDER REYES JIMENEZ,

ADMINISTRADOR ENTRANTE.

ING. JULIO CESAR COELLO AYALA,

ADMINISTRADOR SALIENTE.

3 v. c. No. F011471-3

oTroS

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.-

HACE SABER: Que con fecha cinco de julio del dos mil uno,

se presentó a este Tribunal la señora María Isabel Flores de Paredes,

de sesenta y nueve años de edad, Profesora de Educación Básica, del

domicilio de San Rafael Oriente, portadora de su Cédula de Identidad

Personal número tres-siete-cero cero tres mil quinientos cinco, a solicitar

la Reposición de las Diligencias de Aceptación de Herencia de los bienes

que a su defunción dejó la señora María Fidelia Sagastizado Quintani-

lla, conocida por Fidelina Sagastizado viuda de Flores, por medio del

Doctor José Ángel Infantozzi, como Apoderado General Judicial de

los señores Francisco Victorino Flores, Santana del Carmen Flores,

conocida por Carmen Flores, Heriberto de Jesús Flores, María Cande-

laria Flores, conocida por Candelaria Flores de Orellana, José Inocente

Flores, Samuel Isidro Flores, María de la Paz Flores de Arévalo, María

Isabel Flores de Paredes, José Santos Flores, conocido por José Santos

Flores Sagastizado, Noé Flores, conocido por Noé Flores Sagastizado,

y David Moisés Flores; por haberse quemado en el incendio ocurrido

el día veintitrés de septiembre de mil novecientos ochenta y tres, por lo

que se le hace del conocimiento del público para que dentro del término

de ley se presenten a deducir sus derechos.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

trece horas del día ocho de junio de dos mil nueve. Licda. DINORA DEL

CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

Br. ROSALÍA DE JESÚS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011180-3

Imprenta Nacional - Tiraje 430 Ejemplares.

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