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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial Correo: [email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 358 SAN SALVADOR, JUEVES 16 DE ENERO DE 2003 NUMERO 9 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. Cartel No. 77.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. MARIA ESTEBANA ALVARENGA. (3V. Alt.). DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos. 62 y 63.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. MARGARITA DAVID MARQUEZ CHIGUILA, MARIA TEODORA REYES. (3V. Alt.) ............. Carteles Nos. 64, 65 y 66.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE LOS SRES. JUAN BAUTISTA DIAZ, AMADEO ROBLES, ISRAEL MAXIMILIANO VILLACORTA . (3V. Alt.) .......................................................................................... Cartel No. 67.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEL ESTADO DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE OBRAS PUBLICAS CTON. PALACIOS J/SAN RAFAEL CEDROS. (3V. Alt.) ................................................................................... DE TERCERA PUBLICACION Carteles Nos. 51, 52 y 53.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. FRANCISCO ANTONIO AMAYA OLMEDO; ZOILA HERNANDEZ Y MENORES; EMELINA GUZMAN JORGE Vda. DE ORTIZ Y OTROS.. (3V. Alt.) .... SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos.- 1918-1v, 1781-1v, 1865-1v, 1867-1v, 1868-1v- Bis, 1869-1v, 1871-1v, 1875-1v, 1880-1v, 1882-1v, 1883-1v, 1884-1v, 1885-1v, 1893-1v, 1900-1v, 1901-1v, 1902-1v, 1907-1v, 1912-1v, 1913-1v, 1916-1v, 1917-1v, 1919-1v, 1923-1v, 1941-1v, 1887-1v, 1899-1v, 1903-1v, 1904-1v, 1914-1v, 1848-1v, 1879-1v, 1889-1v, 1905-1v, 1935-1v, 1870-1v, 1847, 1872, 1888, 1908, 1910, 1924, 1925, 1927, 1928, 1939 -Bis, 1940, 1943, 1855, 1856, 1911, 1926, 1936, 1938, 1891, 1878, 1929, 1866, 1869-Bis, 1934-Bis, 2002, 2004, 1890, 1898, 1934, 1939, 1944, 1945, 1998, 1807, 1808, 1809, 1810, 1811, 1812, 1813, 1814, 1815, 1816, 1817, 1818, 1819, 1820, 1821, 1822, 1823, 1824, 1825, 1826, 1827, 1828, 1829, 1830, 1831, 1832, 1833, 1834, 1835, 1836, 1837, 1838, 1839, 1840, 1841, 1842, 1843, 1844, 1845, 1846, 1862, 1863, 1864, 1922, 1850, 1861, 1877, 1896, 1909, 1694, 1777, 1778, 1779, 1780, 1782, 1783, 1784, 1785, 1786, 1787, 1788, 1789, 1790, 1791, 1792, 1793, 1794, 1795, 1796, 1797, 1798, 1799, 1800, 1801, 1802, 1803, 1804, 1805, 1806, 1852, 1853, 1854, 1858, 1859, 1860, 1873, 1874, 1876, 1894, 1895, 1849, 1851, 1932, 1933, 1931, 2198, 1906-C. ............................................................................. DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos.- 1524, 1528, 1576, 1586, 1594, 1542, 1543, 1544, 1545, 1546, 1564, 1573, 1590, 1521, 1522, 1519, 1654, 1534, 1536, 1566, 1567, 1596, 1537, 1541, 1578, 1585, 1587, 1588, 1547, 1548, 1583, 1560, 1574, 1592, 1595-Bis, 1540, 1642-C. .............................. DE TERCERA PUBLICACION Carteles Nos.-1114, 1239, 1023, 1145, 1149, 1154, 1153, 1138, 1137, 1132, 1131, 1130, 1089, 1090, 1104, 1065, 1051, 1050, 1044, 1043, 1042, 1296, 1277, 1276, 1275, 1227, 1261, 1257, 1258, 1258-Bis, 1225, 1246, 1248, 1236, 1205, 1169, 1194, 1136, 1022, 1064, 1235, 1233, 1146, 1115, 1048, 1294, 1293, 1230, 1093, 1066, 1238, 1213, 1212, 1211, 1049, 1047, 1046, 1045, 1067, 1228, 1229, 1157, 1134, 1108, 1107, 1106, 1105, 1150, 1074, 1072, 1094, 1158, 1279, 1280, 1281, 1282, 1283, 1284, 1285, 1254, 1055, 1056, 1057, 1058, 1059, 1060, 1061, 1062, 1063, 1262, 1263, 1264, 1265, 1266, 1267, 1268, 1226, 1073, 1092, 1242, 1240, 1210, 1208, 1143, 1101, 1091, 1287, 1286, 1255, 1250, 1219, 1220, 1221, 1222, 1223, 1218, 1197, 1198, 1199, 1217, 1190, 1189, 1188, 1187, 1186, 1185, 1184, 1183, 1182, 1181, 1180, 1179, 1178, 1177, 1176, 1175, 1174, 1173, 1172, 1171, 1170, 1167, 1166, 1165, 1164, 1163, 1162, 1161, 1160, 1159, 1140, 1141, 1142, 1295, 1937. ....................................................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de las Iglesias “Sobre la Roca de Salvación”, y “Misión Profética Camino Angosto”, Acuerdos Ejecutivos Nos. 79 y 1, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. .................................................................................... Nuevos Estatutos del “Club de Radio Aficionados de El Salvador” y Acuerdo Ejecutivo No. 221, aprobándolos. .......... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 1157.- Se conceden beneficios a favor de la Asociación Cooperativa de Consumo, Ahorro y Crédito del Hospital Francisco Menéndez de Ahuachapán de Responsabilidad Limitada. .................................................................................... Acuerdo No. 53.- Modificaciones al Reglamento Interno del Ministerio de Economía ...................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1362.- Se cancela la autorización para continuar impartiendo la carrera de Ingeniería Agronómica, a la Universidad de Sonsonate. ........................................................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdo No. 521-D.- Se autoriza a la Licenciada Java de Krisna Denisse Garzaro Arévalo, para que ejerza la profesión de abogado en todas sus ramas. ...................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Decreto No. 7.- Ordenanza del Catastro Tributario Municipal de Oratorio de Concepción, departamento de Cuscatlán. ......... Decreto No. 8.- Reformas al Presupuesto Municipal de Ahuachapán. .............................................................................. Decreto No. 8.- Reformas a la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales de Oratorio de Concepción. .................. Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Centro de Monteca”; “Caseríos El Guineo y Palo Seco”, Cantón Estancia; “Caserío Ojo de Agua” y “Comité de Desarrollo Local del Municipio de Conchagua”, Acuerdos Nos. 1, 4, 75 y 24, emitidos por las Alcaldías Municipales de Nueva Esparta, Cacaopera, El Rosario y Conchagua, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. ....................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos. 74, 75 y 76.- DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE LOS SRES. JOSE ARMANDO APARICIO GAMEZ; ALICIA MARGARITA BARAHONA ALVARENGA; ERMINIA SIBRIAN DE ESCOBAR Y OTROS. (1V.) .......................................................................................... Pág. 2-7 8-18 19 20-22 22 22 23-24 25-26 27 28-44 45 Pág. 45 46 46-47 47 48 49-88 89-100 101-148 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

DIARIO OFICIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 358 SAN SALVADOR, JUEVES 16 DE ENERO DE 2003 NUMERO 9

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

Cartel No. 77.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DELOS SRES. MARIA ESTEBANA ALVARENGA. (3V. Alt.).

DE SEGUNDA PUBLICACIONCarteles Nos. 62 y 63.- ACEPTACION INTERINA A

FAVOR DE LOS SRES. MARGARITA DAVID MARQUEZCHIGUILA, MARIA TEODORA REYES. (3V. Alt.) .............

Carteles Nos. 64, 65 y 66.- TITULO SUPLETORIO AFAVOR DE LOS SRES. JUAN BAUTISTA DIAZ, AMADEOROBLES, ISRAEL MAXIMILIANO VILLACORTA . (3V.Alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 67.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DELESTADO DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE OBRASPUBLICAS CTON. PALACIOS J/SAN RAFAEL CEDROS.(3V. Alt.) ...................................................................................

DE TERCERA PUBLICACIONCarteles Nos. 51, 52 y 53.- ACEPTACION INTERINA A

FAVOR DE LOS SRES. FRANCISCO ANTONIO AMAYAOLMEDO; ZOILA HERNANDEZ Y MENORES; EMELINAGUZMAN JORGE Vda. DE ORTIZ Y OTROS.. (3V. Alt.) ....

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 1918-1v, 1781-1v, 1865-1v, 1867-1v, 1868-1v-Bis, 1869-1v, 1871-1v, 1875-1v, 1880-1v, 1882-1v, 1883-1v, 1884-1v,1885-1v, 1893-1v, 1900-1v, 1901-1v, 1902-1v, 1907-1v, 1912-1v,1913-1v, 1916-1v, 1917-1v, 1919-1v, 1923-1v, 1941-1v, 1887-1v,1899-1v, 1903-1v, 1904-1v, 1914-1v, 1848-1v, 1879-1v, 1889-1v,1905-1v, 1935-1v, 1870-1v, 1847, 1872, 1888, 1908, 1910, 1924, 1925,1927, 1928, 1939 -Bis, 1940, 1943, 1855, 1856, 1911, 1926, 1936, 1938,1891, 1878, 1929, 1866, 1869-Bis, 1934-Bis, 2002, 2004, 1890, 1898,1934, 1939, 1944, 1945, 1998, 1807, 1808, 1809, 1810, 1811, 1812,1813, 1814, 1815, 1816, 1817, 1818, 1819, 1820, 1821, 1822, 1823,1824, 1825, 1826, 1827, 1828, 1829, 1830, 1831, 1832, 1833, 1834,1835, 1836, 1837, 1838, 1839, 1840, 1841, 1842, 1843, 1844, 1845,1846, 1862, 1863, 1864, 1922, 1850, 1861, 1877, 1896, 1909, 1694,1777, 1778, 1779, 1780, 1782, 1783, 1784, 1785, 1786, 1787, 1788,1789, 1790, 1791, 1792, 1793, 1794, 1795, 1796, 1797, 1798, 1799,1800, 1801, 1802, 1803, 1804, 1805, 1806, 1852, 1853, 1854, 1858,1859, 1860, 1873, 1874, 1876, 1894, 1895, 1849, 1851, 1932, 1933,1931, 2198, 1906-C. .............................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIONCarteles Nos.- 1524, 1528, 1576, 1586, 1594, 1542, 1543, 1544,

1545, 1546, 1564, 1573, 1590, 1521, 1522, 1519, 1654, 1534, 1536,1566, 1567, 1596, 1537, 1541, 1578, 1585, 1587, 1588, 1547, 1548,1583, 1560, 1574, 1592, 1595-Bis, 1540, 1642-C. ..............................

DE TERCERA PUBLICACIONCarteles Nos.-1114, 1239, 1023, 1145, 1149, 1154, 1153, 1138,

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ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACION

RAMO DE GOBERNACIÓNEstatutos de las Iglesias “Sobre la Roca de Salvación”, y

“Misión Profética Camino Angosto”, Acuerdos Ejecutivos Nos.79 y 1, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personasjurídicas. ....................................................................................

Nuevos Estatutos del “Club de Radio Aficionados de ElSalvador” y Acuerdo Ejecutivo No. 221, aprobándolos. ..........

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 1157.- Se conceden beneficios a favor de laAsociación Cooperativa de Consumo, Ahorro y Crédito delHospital Francisco Menéndez de Ahuachapán de ResponsabilidadLimitada. ....................................................................................

Acuerdo No. 53.- Modificaciones al Reglamento Internodel Ministerio de Economía ......................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1362.- Se cancela la autorización paracontinuar impartiendo la carrera de Ingeniería Agronómica, a laUniversidad de Sonsonate. ........................................................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdo No. 521-D.- Se autoriza a la Licenciada Java deKrisna Denisse Garzaro Arévalo, para que ejerza la profesión deabogado en todas sus ramas. ......................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDIAS MUNICIPALES

Decreto No. 7.- Ordenanza del Catastro Tributario Municipalde Oratorio de Concepción, departamento de Cuscatlán. .........

Decreto No. 8.- Reformas al Presupuesto Municipal deAhuachapán. ..............................................................................

Decreto No. 8.- Reformas a la Ordenanza de Tasas porServicios Municipales de Oratorio de Concepción. ..................

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal“Centro de Monteca”; “Caseríos El Guineo y Palo Seco”, CantónEstancia; “Caserío Ojo de Agua” y “Comité de Desarrollo Localdel Municipio de Conchagua”, Acuerdos Nos. 1, 4, 75 y 24,emitidos por las Alcaldías Municipales de Nueva Esparta,Cacaopera, El Rosario y Conchagua, aprobándolos yconfiriéndoles el carácter de personas jurídicas. .......................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos. 74, 75 y 76.- DECLARATORIADEFINITIVA A FAVOR DE LOS SRES. JOSE ARMANDOAPARICIO GAMEZ; ALICIA MARGARITA BARAHONAALVARENGA; ERMINIA SIBRIAN DE ESCOBAR Y OTROS.(1V.) ..........................................................................................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

ESTATUTOS DE LA IGLESIA

“SOBRE LA ROCA DE SALVACION”

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Art. 1o.- Créase en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamentode La Libertad, una Iglesia de Nacionalidad Salvadoreña, que se deno-minará IGLESIA “SOBRE LA ROCA DE SALVACION” como unaEntidad Apolítica, no Lucrativa, la que en los presentes Estatutos sedenominará “LA IGLESIA”.

Art. 2o.- El domicilio de LA IGLESIA, será la ciudad de AntiguoCuscatlán, Departamento de La Libertad, pudiendo establecer Filiales entodo el territorio de la República y fuera de él.

Art. 3o.- LA IGLESIA, se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4o.- Los fines de LA IGLESIA serán:

a) Difundir que la Biblia es única y que es la Palabra de Dios.

b) Predicar que el Señor Jesucristo es la Cabeza de LA IGLESIAy esta su Cuerpo.

c) Predicar el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo en toda suplenitud, Sinceridad y Verdad.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5o.- La Membresía estará integrada por hombres y mujerescreyendo en el Señor Jesucristo, que tengan un buen Testimonio Cristia-no y Fe en el Señor Jesucristo, reconociéndolo como su único SalvadorPersonal.

La Membresía se obtendrá por el Bautizo en Aguas.

Art. 6o.- LA IGLESIA tendrá las siguientes clases de Miembros;

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas quesuscriban Acta de Constitución de LA IGLESIA.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la JuntaDirectiva acepte como tales en LA IGLESIA.

Art. 7o.- La Calidad de Miembro se perderá:

a) Por Muerte

b) Por Renuncia Voluntaria

c) Por acuerdo unánime de la Asamblea General en caso de tenerun mal testimonio.

Art. 8o.- Son Deberes y Derechos de los Miembros Fundadores yActivos:

A- Son Deberes:

1) Esforzarse por llevar una buena conducta dentro o fuera deLA IGLESIA, conforme a lo preceptuado por las SagradasEscrituras.

2) Asistir a las Sesiones de la Asamblea General y otras reunio-nes a las que se les convoque.

3) Colaborar con los Programas o proyectos de LA IGLESIA.

4) Cumplir con los Estatutos y el Reglamento Interno de LAIGLESIA.

B- Son Derechos:

1) Elegir y ser electos en los diferentes cargos de el Gobierno deLA IGLESIA.

2) Participar con Voz y Voto en las Sesiones Ordinarias yExtraordinarias de la Asamblea General.

3) Participar en las Actividades de LA IGLESIA.

4) Desempeñar fielmente el cargo para el cual sea electo.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 9o.- El Gobierno de LA IGLESIA será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 10o.- La Asamblea General es la Autoridad Máxima de LAIGLESIA, y estará integrada por la totalidad de sus Miembros Activos.

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Art. 11o.- La Asamblea General Sesionará Ordinariamente cuatroveces al año en el primer Sábado de los meses de Enero, Abril, Agostoy Diciembre, y Extraordinariamente, en cualquier fecha por convocato-ria del Presidente o cuando lo solicitaren cinco Miembros de la Asambleaprevia convocatoria y señalamiento de los puntos específicos a tratar, porlo menos con ocho días de anticipación. La Asamblea General sesionaráválidamente con la Asistencia de las dos terceras partes de los Miembrosen primera convocatoria, y en segunda convocatoria una hora después,con los Miembros que asistan. Las Resoluciones las tomará la AsambleaGeneral con el voto favorable de la mitad más uno de los Miembrosasistentes a la sesión; excepto en los casos especiales en que se requieraun mayor número de votos.

Art. 12o.- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar, Reformar y Derogar los Estatutos y del ReglamentoInterno de LA IGLESIA.

b) Elegir a los Miembros de la Junta Directiva, aceptar susrenuncias y destituirlos por causas justificadas.

c) Aprobar la Memoria Anual de Labores, lo mismo que elPresupuesto Anual de LA IGLESIA, y los demás que fuerennecesarios.

d) Decidir todos aquellos asuntos de interés para LA IGLESIAy que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 13o.- La Junta Directiva estará formada por siete Miembros,quienes internamente elegirán de su seno Un Presidente, Un VicePresidente, Un Secretario, Un Tesorero, y Tres Vocales, por un períodode UN AÑO, pudiendo ser reelectos por un período igual.

Art. 14o.- La Junta Directiva sesionará en forma Ordinaria elprimer Sábado de cada mes y Extraordinariamente en cualquier fecha porconvocatoria del Presidente. Para realizar sesión, será necesaria laasistencia de cuatro de sus Miembros y para tomar resoluciones seránecesario el voto de cuatro de sus Miembros.

Art. 15o.- Son Atribuciones de la Junta Directiva:

a) Administrar el Patrimonio de LA IGLESIA.

b) Convocar a sesiones de la Asamblea General Ordinaria.

c) Velar por el cumplimiento de las Resoluciones de la Asam-blea General, los Estatutos y el Reglamento Interno de LAIGLESIA.

d) Presentar el Presupuesto y la Memoria Anual de Labores a laconsideración de la Asamblea General.

e) Velar por que se cumplan y se realicen los principios y finescontenidos en el Capítulo I de los presentes Estatutos.

f) Autorizar el Ingreso de Nuevos Miembros y aceptar lasrenuncias que se presentaren.

g) Acordar la celebración de cualquier contrato, para cuyoefecto se autorizará al Presidente, todo de acuerdo a la Ley.

h) Elegir de su seno a las personas que ocuparán los cargos a quese refiere el artículo Doce de los presentes Estatutos.

i) Resolver todos los asuntos que no sean de la competencia dela Asamblea General.

Art. 16o.- Son Atribuciones del Presidente:

a) Convocar y presidir las sesiones de la Junta Directiva yAsamblea General.

b) Promover y Supervisar la ejecución de los programas y eldesarrollo de la obra de LA IGLESIA. Para los asuntosmeramente administrativos y operativos podrá firmar lacorrespondencia y otros documentos como Director Ejecuti-vo.

c) Representar Judicial y Extrajudicialmente a LA IGLESIA.

d) Firmar junto con el Tesorero los Cheques, autorizando losEgresos de fondos de LA IGLESIA.

e) Tener Voto de calidad en caso de empate.

f) Firmar junto con el Secretario las Actas de las Sesiones de laAsamblea General y de la Junta Directiva.

g) Velar por el cumplimiento de los Estatutos y el ReglamentoInterno de LA IGLESIA, y demás acuerdos de la JuntaDirectiva y de la Asamblea General.

Art. 17o.- Son Atribuciones del Vice Presidente:

a) Sustituir al Presidente en caso de renuncia, impedimento omuerte de éste.

b) Colaborar con el Presidente y demás Directivos.

Art. 18o.- Son Atribuciones del Secretario:

a) Llevar y firmar los Libros de Actas de las Sesiones de laAsamblea General y Junta Directiva.

b) Llevar y supervisar que se mantengan al día los Archivos deLA IGLESIA.

c) Extender las Certificaciones y Credenciales que sean necesa-rias.

d) Llevar o supervisar que se lleven al día el Libro de Membresíade LA IGLESIA.

e) Comunicar junto con el Presidente los Acuerdos de la Asam-blea General y de la Junta Directiva.

Art. 19o.- Son Atribuciones del Tesorero:

a) Recaudar y Custodiar los Fondos que sean necesarios para elsostenimiento y Programas de LA IGLESIA, así como velarpor la correcta administración de dichos fondos.

b) Firmar los Cheques de pago de LA IGLESIA en formaconjunta y mancomunada con el Presidente, la Junta Directi-va deberá autorizar la firma de una tercera persona para elcaso de Ausencia o impedimento de uno de los firmantesautorizados por éstos Estatutos.

c) Colaborar con el Presidente en la Supervisión de la Adminis-tración de LA IGLESIA, velando porque se lleven los Librosde Contabilidad y demás controles que sean necesarios.

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Art. 20o.- Los Miembros que actúan como Vocales tendrán comoAtribuciones:

a) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva porrenuncia, incapacidad, ausencia o muerte. Estas sustitucioneslas acordará la misma Junta Directiva cuando se presente elcaso.

b) Asistir con Voz y Voto a las sesiones de la Junta Directiva yaceptar cualquier comisión o trabajo especial que ésta lesencomiende.

c) Asesorar y aconsejar a los demás Miembros de la JuntaDirectiva en todo lo que sea posible para el buen funciona-miento de LA IGLESIA.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 21o.- El Patrimonio de LA IGLESIA estará formado:

a) Por las Contribuciones, Ofrendas, Diezmos y otros Donati-vos de sus Miembros, Colaboradores y Simpatizantes.

b) Por los Bienes Muebles o Inmuebles que adquiera por Com-pra Donación, Herencia o Legado que aceptare, todo deconformidad a la Ley.

c) Por los demás Ingresos que obtuviere por actividades lícitas.

Art. 22o.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directivaconforme a las Directrices que le manifieste la Asamblea General.

Art. 23o.- Para poder cumplir con sus fines LA IGLESIA podráadquirir y poseer Bienes Muebles e Inmuebles, sin embargo paraenajenarlos o venderlos será necesaria la autorización de la AsambleaGeneral.

Art. 24o.- El Presupuesto Anual de LA IGLESIA deberá seraprobado a más tardar en Asamblea General Ordinaria, pero podrá serconocido y aprobado antes en sesión.

Art. 25o.- La Asamblea General podrá aprobar Presupuestos ex-traordinarios de acuerdo con las necesidades que se presentaren y losrecursos que existan en la Tesorería de LA IGLESIA.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 26o.- LA IGLESIA podrá ser disuelta por disposición de la Leyó en forma voluntaria. Será Voluntaria cuando así lo decidan con votoafirmativo las tres cuartas partes de los Miembros en sesión de laAsamblea General extraordinaria convocada especialmente para talefecto.

Art. 27o.- En caso de acordarse la Disolución de LA IGLESIA, senombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electaspor la Asamblea General Extraordinaria que acordó la Disolución. LosBienes que sobraren después de cancelar sus compromisos se donarán acualquier Entidad Benéfica, Cultural, o a una Iglesia de la misma Fe oDoctrina que la Asamblea General señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 28o.- Para poder Reformar o Derogar los presentes Estatutosserá necesario el voto favorable de no menos de las tres cuartas partes delos Miembros en Sesión Extraordinaria de Asamblea General convocadaespecialmente para tal efecto.

Art. 29o.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar en losprimeros días del mes de Enero de cada año al Ministerio del Interior laNómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de Electa laNueva Junta Directiva, una Certificación en el papel correspondiente delActa de Elección de la misma y en todo caso proporcionar al expresadoMinisterio cualquier dato que se le pidiere relativo a LA IGLESIA.

Art. 30o.- Todo lo relativo al orden interno de LA IGLESIA nocomprendido en éstos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Internode la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva yaprobado por la Asamblea General.

Art. 31o.- LA IGLESIA “SOBRE LA ROCA DE SALVACION”se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legalesaplicables.

Art. 32o.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 79.-

San Salvador, 15 de abril del 2002

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA “SOBRE LAROCA DE SALVACION”, compuestos de TREINTA Y DOS Artícu-los, fundada en la Ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de LaLibertad, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a lasleyes del país, al orden público ni a las buenas costumbres, de conformi-dad con el art. 543 del Código Civil, el Organo Ejecutivo en el Ramo deGobernación, ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes confiriendoa dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. COMUNIQUE-SE. (Rubricado por el señor Presidente de la República), EL VICEMI-NISTRO DE GOBERNACION, CARRANZA ALVAREZ.

(Mandamiento de Ingreso No. 2514)

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

ESTATUTOS DE LA IGLESIA MISION

PROFETICA CAMINO ANGOSTO

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, laIglesia de nacionalidad Salvadoreña, que se denominará IGLESIAMISION PROFETICA CAMINO ANGOSTO y que podrá abreviarseMPCA, como una Entidad de interés particular y religiosa, apolítica nolucrativa la que en los presentes Estatutos se denominará “La Iglesia”.

Art. 2.- El domicilio de la Iglesia será Ciudad Arce, Departamentode La Libertad, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de laRepública y fuera de él.

Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES

Art. 4.- Los fines de la Iglesia serán:

a) Propagar y difundir la palabra del Santo Evangelio en toda suverdad y plenitud.

b) Predicar el Evangelio a toda criatura bautizándolos en elnombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo y

c) Ministrar los dones del Espíritu Santo.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 5.- Podrán ser Miembros todas las personas mayores de 18años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que losoliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de Miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas las personas quesuscriban el Acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la JuntaDirectiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: todas las personas que porsu labor y méritos en favor de la Iglesia sean así nombrados por laAsamblea General.

Art. 7.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Iglesia.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la AsambleaGeneral.

c) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalenlos Estatutos de la Iglesia.

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Iglesia.

Art. 8.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Iglesia.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Iglesia.

Art. 9.- La calidad de Miembro se perderá por la causas siguientes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la AsambleaGeneral merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Art. 10.- El Gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 11.- La Asamblea General, debidamente convocada, es laautoridad máxima de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de losMiembros Activos y Fundadores.

Art. 12.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vezal año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la JuntaDirectiva.

Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoríaabsoluta de votos, excepto en los casos especiales en que requiera unamayoría diferente.

Art. 13.- Todo Miembro que no pudiera asistir a cualquiera de lassesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerserepresentar por escrito por otro Miembro. El límite de representacioneses de un Miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los Miem-bros de la Junta Directiva.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Iglesia.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestoanual de la Iglesia.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de laIglesia, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de losMiembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienesinmuebles pertenecientes a la Iglesia.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Iglesia y queno estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 15.- La dirección y administración de la Iglesia estará confiadaa la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: unPresidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Teso-rero, un Síndico y dos Vocales.

Art. 16.- Los Miembros de la Junta Directiva serán electos para unperíodo de un año en sesión de Asamblea General ordinaria en el mes denoviembre y tomarán posesión de sus cargos en el mes de diciembrepudiendo ser reelectos.

Art. 17.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez almes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 18.- El Quórum necesario para que la Junta Directiva puedasesionar será la mitad más uno de sus Miembros y sus acuerdos deberánser tomados por la mayoría de los asistentes, en caso de empate elPresidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Art. 19.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la Iglesia.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimoniode la Iglesia.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de Iglesia.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos de la Iglesia e informar a la Asamblea General.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y dela misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Iglesia los Comités oComisiones que consideren necesarios para el cumplimientode los fines de la Iglesia.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevosMiembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General.

Art. 20.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General.

b) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de laAsamblea General y de la Junta Directiva.

c) Autorizar juntamente con el Síndico las erogaciones quetenga que hacer la Iglesia.

d) Presentar la Memoria de Labores de la Iglesia y cualquierinforme que le sea solicitado por la misma.

Art. 21.- Son atribucines del Vicepresidente:

a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimentotemporal o definitiva y tendrá las mismas responsabilidadescuando lo sustituya.

Art. 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Convocar con instrucciones del Presidente o de la mayoría delos Miembros de la Junta Directiva a sesiones de AsambleaGeneral y de la misma Junta Directiva.

b) Llevar lo libros de actas de las sesiones de Asamblea Generaly de Junta Directiva.

c) Llevar el archivo de documentos y registros de los Miembrosde la Iglesia.

d) Extender todas las certificaciones que fueren solicitadas a laIglesia.

e) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para lassesiones.

f) Ser el órgano de comunicación de la Iglesia.

Art. 23.- Son atribuciones del Prosecretario:

Tendrá las mismas atribuciones del Secretario cuando lo sustituyaen caso de ausencia o impedimento, ya sea está temporal o definitiva ycolaborará con el mismo.

Art. 24.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Manejar juntamente con el Presidente los fondos de la Iglesiade acuerdo con las instrucciones de la Asamblea General y dela misma Junta Directiva.

b) Recibir y depositar lo fondos que la Iglesia obtenga, en elBanco que la Junta Directiva seleccione.

c) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad dela Iglesia.

d) Rendir informes financieros en forma anual a la AsambleaGeneral y mensual a la Junta Directiva. y

e) Los demás que por razón de su cargo le correspondan.

Art. 25.- Son atribucines del Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia, pudien-do otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de laJunta Directiva y de la Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamento Interno de la Iglesia.

c) Colaborar con los demás Miembros de la Junta Directiva, y

d) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que laIglesia tenga que realizar.

Art. 26.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los Miembros de la JuntaDirectiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso deausencia o impedimento, de conformidad al Artículo catorceliteral a) de estos Estatutos.

Art. 27.- Para ser Miembro de la Junta Directiva se requiere:

a) Ser Miembro de la Iglesia y de buen testimonio.

b) Ser mayor de edad y tener capacidad para el cargo, y

c) Estar interesado en los fines de la Iglesia.

Art. 28.- La Iglesia se reserva el derecho de destituir de sus cargosa los Miembros Directivos por las causas siguientes:

a) Por inmoralidad comprobada.

b) Por no cumplir con sus deberes.

c) Por cambio de creencias religiosas.

Art. 29.- La Iglesia tendrá dos clases de reuniones:

a) Para tributar culto a Dios, y

b) Deliberativas.

Las reuniones para tributar cultos a Dios, se celebrarán en el lugar,día y hora que la Iglesia señale.

Las reuniones deliberativas serán sesiones de la Asamblea Gene-ral, en los cuales se discutirán las misiones que sean presentadas por losMiembros y se tomarán los acuerdos que se crean conveniente y seránordinarias y extraordinarias.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Art. 30.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personasnaturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y lasrentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art. 31.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directivaconforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Art. 32.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de laley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lomenos tres cuartas partes de sus Miembros.

Art. 33.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia senombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electaspor la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Losbienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos sedonarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la AsambleaGeneral señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 34.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos seránecesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de losMiembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

Art. 35. La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Minis-terio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año,la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de electala nueva Junta Directiva, una Certificación del Acta de Elección de lamisma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquierdato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 36.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no compren-dido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de lamisma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobradopor la Asamblea General.

Art. 37.- La Iglesia “MISION PROFETICA CAMINO AN-GOSTO” se regirá por los presentes Estatutos y demás disposicioneslegales aplicables.

Art. 38.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO No. 001

San Salvador, 08 de enero de 2003

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA MISIONPROFETICA CANIMO ANGOSTO, compuestos de TREINTA YOCHO Artículos, fundada en Ciudad Arce, Departamento de La Liber-tad, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyesdel país, de conformidad con el Art. 543 del Código Civil, el OrganoEjecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: aprobar en todas suspartes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDI-CA, COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la Repú-blica) EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA FI-GUEROA.

(Mandamiento de Ingreso No. 2487).

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

NUMERO DOS. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día

nueve de enero de dos mil dos. ANTE MI, LUIS FERNANDO AVELAR

BERMUDEZ, Notario de este domicilio, comparece el señor FABIAN

ZARRABE ITURRARAN, de setenta y tres años, electricista, del

domicilio de San Salvador, a quien conozco y es portador de la Cédula

de Identidad Personal Número uno-uno-trescientos quince mil ochocien-

tos cuarenta y nueve actuando en calidad de Delegado de la Asamblea

General Extraordinaria del CLUB DE RADIO AFICIONADOS DE

EL SALVADOR, calidad que consta en la certificación, de fecha

veintiséis de octubre del año dos mil uno, extendida en esta ciudad, por

el Secretario de la Junta Directiva del referido Club, Ingeniero José

Arturo Molina, del punto número siete del acta número cinco de la sesión

de la Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día trece de octubre

del año dos mil uno, de la cual consta que el compareciente está

Facultado para comparecer ante Notario para otorgar el presente instru-

mento, en dicho carácter me DICE: I) Que por medio de acuerdo

ejecutivo número mil novecientos ocho, de fecha veintinueve de agosto

de mil novecientos cincuenta y nueve, en el Ramo del Interior se

aprobaron los Estatutos y se le otorgó personería jurídica al Club de

Radio Aficionados de El Salvador; II) Que la Asamblea General Extraor-

dinaria, tal como consta en la certificación del punto número cinco, del

acta número cinco de fecha trece de octubre del año dos mil uno,

extendida en esta ciudad por el Secretario de la Junta Directiva Ingeniero

José Arturo Molina, se acordó reformar los Estatutos del Club de Radio

Aficionados de El Salvador; III) Que en cumplimiento de lo acordado por

la Asamblea General Extraordinaria del Club de Radio Aficionados de

El Salvador, comparece ante mis oficios para otorgar las reformas de los

estatutos del Club de Radio Aficionados de El Salvador de la siguiente

forma: "ESTATUTOS DEL CLUB DE RADIO AFICIONADOS DE

EL SALVADOR.- CAPITULO I.- DE LA DENOMINACION, DO-

MICILIO, PLAZO Y NATURALEZA. FUNDAMENTO.- Artículo

Uno.-De conformidad al Acuerdo Ejecutivo emitido por el Ministerio del

Interior en el Ramo de Gobernación, número un mil novecientos ocho,

de fecha veinticinco de agosto del año un mil novecientos cincuenta y

nueve, publicado en el Diario Oficial número ciento ochenta y cinco,

Tomo ciento ochenta y cinco, de fecha nueve de octubre del año un mil

novecientos cincuenta y nueve, se concedió personalidad jurídica al

Club de Radio Aficionados de El Salvador, que se puede abreviar CRAS,

que en lo sucesivo en los presentes Estatutos se denominará CRAS.-

Domicilio.- Artículo Dos.-El domicilio de Club de Radio Aficionados de

El Salvador, será la ciudad de San Salvador, pudiendo establecer seccio-

nales en cualquier parte del territorio de la República y fuera de él. Plazo.-

Artículo Tres.-El CRAS se constituye por un plazo indefinido, desde la

aprobación de los presentes Estatutos por parte de la autoridad corres-

pondiente.- Naturaleza Jurídica.- Artículo cuatro.-El CRAS es una

Asociación de servicio, sin fines de lucro, apolítica, laica y técnica -

científica.- CAPITULO II DE LA FINALIDAD Y LOS OBJETIVOS.-

Fines u Objetivos.- Artículo cinco.- Los fines u objetivos del CRAS son

los siguientes: a) Proteger la nacionalidad salvadoreña, cultura, costum-

bres, idioma e instituciones a través del ejercicio de la radioafición; b)

Fomentar entre los asociados y no asociados la radioafición; c) Coordinar

las actividades de sus asociados en beneficio de la radioafición en el país;

d) Favorecer la ayuda mutua entre sus asociados, en la solución de

problemas técnicos; e) Fomentar las relaciones con entidades similares

en el país y fuera de él, y con asociaciones similares de carácter

internacional; f) Cooperar con las autoridades respectivas, en el cumpli-

miento de las normas nacionales e internacionales, relativas a la

radioafición; g) Realizar estudios técnico científicos sobre radioafición;

h) Cooperar, en casos de desastre o calamidad pública, con las autorida-

des, asociaciones o instituciones de servicio y a particulares, en el apoyo

de comunicaciones expeditas dentro del país o fuera de él, en el marco de

las normas nacionales e internacionales de comunicaciones vigentes.-

CAPITULO III. DEL PATRIMONIO.- Patrimonio.- Artículo Seis.-El

patrimonio del CRAS está constituido por: a) Los bienes adquiridos por

el CRAS desde su fundación en virtud de la personalidad jurídica

otorgada por la autoridad competente citada en el Artículo1 de los

presentes Estatutos, los que forman una masa patrimonial. b) Donacio-

nes, herencias, legados de personas naturales y jurídicas, nacionales o

extranjeras, respectivamente; c) Todos los bienes muebles e inmuebles

que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con

la ley.- Contribuciones.- Artículo Siete.- Las contribuciones de los

asociados del CRAS, serán parte del patrimonio del mismo, las que serán

canceladas dentro del ejercicio fiscal del año calendario.- Administra-

ción del Patrimonio.- Artículo 8 .-El patrimonio será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que sean señaladas por la

Asamblea General.- CAPITULO IV. ORGANISMOS DEL CRAS.-

Gobierno.- Artículo Nueve.- El Gobierno del CRAS, será ejercido por:

a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva.- SECCION PRIME-

RA. ASAMBLEA GENERAL.- Asamblea General.- Artículo Diez.- La

Asamblea General, formada por todos los asociados en el ejercicio de sus

derechos, es el órgano supremo del CRAS y su máxima autoridad.-

Reuniones.- Artículo Once.- La Asamblea General Ordinaria se realizará

al menos una vez al año, la que se convocará en el mes de enero. Las

Asambleas Generales Extraordinarias, se realizarán en cualquier fecha,

convocadas por la Junta Directiva quienes en su caso señalará los puntos

a tratar por iniciativa propia o a solicitud de: a) Cinco o más asociados,

en el ejercicio de sus derechos, b) Auditor Externo, siempre y cuando no

haya sido convocada por la Junta Directiva.- Atribuciones de la Asam-

blea General Ordinaria.- Artículo 12.- Las Atribuciones de la Asamblea

General ordinaria son: a) Aprobación de las actas de la Asamblea

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anterior; b) Conocer y aprobar la Memoria de labores de la Junta

Directiva, durante el ejercicio anual; c) Conocer, aprobar o desaprobar

los estados financieros al treinta y uno de diciembre, rendido por el

Tesorero del CRAS y debidamente auditado; d) Nombrar una comisión

revisora de los estados financieros, si éstos no fueren aprobados, para que

rinda informe para su aprobación o señalando las deficiencias encontra-

das, en un período no mayor de treinta días; e) Elegir a los asociados de

la Junta Directiva y al Auditor Externo quienes fungirán por el período

de dos años; f) Resolver lo conveniente sobre las quejas de los asociados

del ejercicio de la Junta Directiva; g) Dictar las disposiciones o mandatos

a la Junta Directiva sobre la dirección del CRAS; i) Otorgar indultos

generales al pago de aportaciones por parte de los asociados suspendidos,

con la finalidad del mantenimiento del patrimonio del CRAS.- Atribu-

ciones de la Asamblea General Extraordinaria.- Artículo Trece.- Las

atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria son: a) Conocer,

aprobar o desaprobar las modificaciones a los Estatutos; b) Conocer,

aprobar o desaprobar los empréstitos que se proyecten realizar para el

cumplimiento de los objetivos del CRAS; c) Conocer, aprobar o desapro-

bar los asuntos presentados por un grupo no menor de cinco asociados en

el ejercicio de sus derechos, sobre el gobierno de la Asociación; d)

Conocer y tomar las acciones oportunas sobre los expedientes de

expulsión de algún asociado, de acuerdo al Reglamento Interno; e) Fijar

las cuotas ordinarias y extraordinarias; f) Conocer, aprobar o desaprobar

el Reglamento Interno del CRAS; g) Conocer, aprobar o desaprobar las

propuestas sobre designación de asociados Honorarios; h) Elegir a los

asociados de la Junta Directiva cuando hubieren fallecido o renunciado.-

Convocatoria.- Artículo Catorce.- Las convocatorias para las Asambleas

Generales Ordinarias o Extraordinarias las realizará la Junta Directiva a

través del Secretario, por escrito con no menos de quince días de

anticipación, señalando el tipo de Asamblea General, lugar, hora y fecha

de la convocatoria, y agenda a tratar.- Quórum.- Artículo Quince.- Para

que las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias se consideren legalmen-

te reunidas en primera convocatoria, deberán estar presentes o represen-

tados, por lo menos, la mitad más uno de los asociados con derecho a

voto. Si la reunión se diere en segunda convocatoria, la cual deberá ser

al menos una hora después de la primera convocatoria, por falta del

quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamente

constituida con el número de asociados con derecho a voto presentes y

representados y sus resoluciones se tomarán por mayoría simple.-

SECCION SEGUNDA. JUNTA DIRECTIVA.- Junta Directiva.- Artí-

culo Dieciséis .- La dirección y administración del CRAS estará a cargo

de una Junta Directiva, que será electa en Asamblea General Ordinaria.

Sus asociados serán electos por el período de dos años y podrán ser

reelectos. Cada año se elegirá el cincuenta por ciento de la Junta

Directiva. La Junta Directiva estará compuesta por: a) Un Presidente; b)

Un Vicepresidente; c) Un Secretario; d) Un Prosecretario; e) Un Teso-

rero; f) Un Protesorero; g) Un Primer Vocal; h) Un Segundo Vocal.-

Elegibilidad.- Artículo Dieciséis.- Para poder optar a un cargo en la Junta

Directiva, el asociado debe ser mayor de edad, estar en el ejercicio de los

derechos como asociado, haberlo estado en el año anterior a su elección

y haber permanecido como asociado al menos dos años.- Reuniones de

Junta Directiva.- Artículo Dieciocho.- La Junta Directiva sesionará

ordinariamente como mínimo una vez al mes y extraordinariamente

cuantas veces fuere necesario. Las sesiones serán públicas para los

asociados en el ejercicio de sus derechos, los que podrán participar con

voz pero no con voto.- Quórum.- Artículo Diecinueve.- El quórum

necesario para que la Junta Directiva sesione será la mitad más uno de sus

miembros y los acuerdos deberán tomarse por la mayoría de los asisten-

tes. Las votaciones serán nominales y públicas y en caso de empate en la

votación el Presidente de la Junta Directiva tendrá voto de calidad.-

Atribuciones de la Junta Directiva.- Artículo Veinte.- Son obligaciones

y atribuciones de la Junta Directiva: a) Administrar y disponer, en una

manera eficiente y eficaz, del patrimonio del CRAS, en los términos que

establecen las leyes y siempre guardando los fines y objetivos contem-

plados en el Artículo 5 de los presentes Estatutos; b) Desarrollar las

actividades necesarias para el logro de los fines del CRAS; c) Elaborar

el proyecto de Reglamento Interno del CRAS y sus correspondientes

reformas; d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y

presupuestos anuales del CRAS e informar a la Asamblea General; e)

Nombrar, remover, conceder licencias y aceptar renuncias del personal

que labore para el CRAS; f) Conocer de la solicitud de nuevos asociados,

aceptándolas o rechazándolas; g) Aplicar sanciones a los asociados de

acuerdo al Reglamento Interno; h) Elaborar la Memoria Anual de

Labores del CRAS; i) Presentar los informes respectivos a las Autorida-

des competentes; j) Abrir expediente sumario, guardando las garantías

respectivas, en los casos de amonestación o suspensión de asociados,

resolver al respecto y llevarlo al conocimiento de la Asamblea General;

k) Proponer a la Asamblea General reformas a los Estatutos; 1) Autorizar

al Presidente a celebrar toda clase de contratos a nombre del CRAS, sin

perjuicio de lo contemplado en el Artículo 13, lit. b); m) Nombrar

comisiones especiales que estime conveniente; n) Convocar a las Asam-

bleas Generales, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias; o) Resolver

todos los asuntos que no sean de competencia de la Asamblea General.

p) Autorizar las erogaciones extraordinarias que tenga que realizar el

CRAS. Representación Legal.- Artículo Veintiuno.-El Presidente de la

Junta Directiva, tendrá la representación judicial y extrajudicial del

CRAS, y en el orden interno todas las atribuciones y obligaciones

inherentes a su cargo y las contempladas en los presentes Estatutos y

podrá otorgar poderes. El Presidente podrá delegar la representación

legal en cualquiera de los asociados de la Junta Directiva, previa

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aprobación de ésta. En caso de ausencia temporal, fallecimiento o

renuncia, será sustituido en sus funciones por el Vicepresidente, previo

acuerdo tomado por la Junta Directiva.- Atribuciones y obligaciones del

Presidente.- Artículo Veintidós.-Son atribuciones y obligaciones del

Presidente: a) Velar por el cumplimiento de la Constitución de la

República, los Tratados ratificados por el Estado, las Leyes y los

Reglamentos emitidos por autoridad competente, con especial interés a

los relacionados a la radioafición; b) Velar por el cumplimiento de los

presentes Estatutos y el Reglamento Interno; c) Presidir las Asambleas

Generales y de Junta Directiva; d) Velar por el cumplimiento de los

acuerdos o resoluciones de la Asamblea General y de Junta Directiva; e)

Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que

realizar el CRAS; f) Presentar la Memoria de labores del CRAS y

cualquier informe que sea solicitado por la Asamblea General o la Junta

Directiva; g) Convocar por medio del Secretario a las sesiones de Junta

Directiva.- Atribuciones y obligaciones del Vicepresidente.- Artículo

Veintitrés.- Son atribuciones y obligaciones del Vicepresidente: a)

Participar en las reuniones de la Junta Directiva; b) Sustituir al Presidente

durante las ausencias de éste, asumiendo las responsabilidades del

mismo.- Atribuciones y obligaciones del Secretario.- Artículo Veinti-

cuatro.- Son Atribuciones y obligaciones del Secretario: a) Llevar el libro

de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, b)

Llevar el Libro de Registro de asociados del CRAS; c) Llevar el archivo

de la documentación y correspondencia de CRAS; d) Extender todas las

certificaciones que fueren solicitadas al CRAS; e) Hacer las convocato-

rias para Asamblea General y Junta Directiva; f) Llevar conjuntamente

con el Tesorero el inventario de los haberes del CRAS; g) Ser el órgano

de comunicación del CRAS.- Atribuciones y obligaciones del Tesorero.-

Artículo Veinticinco.- Son Atribuciones y Obligaciones del Tesorero: a)

Recibir y depositar los fondos que el CRAS obtenga, en el banco que la

Junta Directiva seleccione; b) Llevar o tener control directo de los libros

de contabilidad formal del CRAS; c) Autorizar juntamente con el

Presidente las erogaciones que el CRAS tenga que realizar; d) Preparar

los estados financieros del CRAS a ser presentado a la Asamblea

General; e) Llevar conjuntamente con el Secretario el inventario de los

haberes del CRAS.- Atribuciones y obligaciones del Prosecretario.-

Artículo Veintiséis.- Son atribuciones y obligaciones del Prosecretario:

a) Participar en las reuniones de la Junta Directiva; b) Sustituir al

Secretario durante las ausencias de éste, asumiendo las responsabilida-

des del mismo.- Atribuciones y obligaciones del Protesorero.- Artículo

Veintisiete .- Son atribuciones y obligaciones del Protesorero: a)

Participar en las reuniones de la Junta Directiva; b) Sustituir al Tesorero

durante las ausencias de éste, asumiendo las responsabilidades del

mismo.- Atribuciones y obligaciones de los vocales.- Artículo Veintio-

cho.- Son Atribuciones de los vocales: a) Colaborar con todos los

asociados de la Junta Directiva; b) Sustituir, en su orden a cualquier

asociado de la Junta Directiva en casos de ausencia o impedimento.-

SECCION TERCERA. DE LA VIGILANCIA.- Atribuciones de Audi-

tor.- Artículo Veintinueve.- Son atribuciones del Auditor: a) Cerciorarse

de la constitución y vigencia del CRAS; b) Exigir a la Junta Directiva un

balance mensual de comprobación; c) Revisar los Estados Financieros,

rendir el informe correspondiente en los términos que establece la Ley y

autorizarlo al darle su aprobación; d) Convocar en caso de omisión de la

Junta Directiva a las Asambleas Generales ordinarias o extraordinarias,

y en cualquier otro que juzgue pertinente; e) Comprobar en cualquier

tiempo las operaciones del CRAS.- SECCION CUARTA. DE LAS

COMISIONES.- Comisiones.- Artículo Treinta.- El CRAS contará con

Comisiones de apoyo que sean creadas por la Junta Directiva, con la

finalidad de la realización de estudios y trabajos específicos, los que

servirán para la toma de acuerdos por la Asamblea General y Junta

Directiva. Las comisiones serán: a) Comisión de Estatutos y Reglamen-

tos; b) Comisión técnica; c) Comisión de experimentación; d) Comisión

de mantenimiento; e) Comisión de recreación; f) Comisión de ética; g)

Comisión de vigilancia de las bandas de radio aficionados; h) Comisión

de relaciones internacionales; i) Otras que a criterio de la Junta Directiva

sean necesarias. Los asociados de las comisiones serán asociados del

CRAS, en el ejercicio de sus derechos y que voluntariamente acepten

pertenecer a las mismas. Las funciones y atribuciones de las Comisiones

serán normadas en el Reglamento Interno.- CAPITULO V. DE LOS

ASOCIADOS.- Asociados.- Artículo Treinta y Uno.- Las personas que

conforman el Club de Radio Aficionados de El Salvador se denominan

asociados, sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo o ideas

políticas y cualquiera que sea su actividad o la naturaleza del trabajo que

desarrolle. El número de asociados será ilimitado, los que podrán ser

radio aficionados acreditados en el país o en el extranjero o personas que

compartan los objetivos del CRAS.- Categoría de asociados.- Artículo

Treinta y Dos.- El CRAS tendrá las siguientes categorías de asociados:

a) Asociado Honorario, serán aquellas personas que por sus valiosos

servicios en pro del engrandecimiento o mejoramiento de la radioafición,

por sus méritos excepcionales a favor del CRAS o por el espíritu de

servicio y entrega a la nación o la comunidad por medio de la radioafición,

les sea conferida tal distinción por la Asamblea General extraordinaria

para ese fin. Esta es la máxima distinción otorgada por el CRAS. La

propuesta de estas personas la podrá realizar la Junta Directiva o un grupo

no menor de cinco asociados en el ejercicio de sus derechos, a la

Asamblea General. Los Asociados Honorarios estarán exentos del pago

de aportaciones ordinarias y las extraordinarias, y tendrán derecho a voz

y voto; b) Asociado Fundador, serán aquellas personas que después de

permanecer en el ejercicio de sus derechos como asociado por un período

no menor a diez años y que a juicio de la Junta Directiva por sus méritos

excepcionales a favor del CRAS o por el espíritu de servicio y entrega

a la nación o la comunidad por medio de la radioafición; Asociados

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Contribuyentes, serán aquellas personas que sean admitidas de acuerdo

a estos Estatutos y al Reglamento Interno y que se mantengan en el uso

de sus derechos como asociados activos.- Ingreso.- Artículo Treinta y

Tres.- La calidad de asociado contribuyente se adquiere con la aproba-

ción de la solicitud por parte de la Junta Directiva, votada en mayoría

simple. Esta calidad se mantendrá por el cumplimiento de las obligacio-

nes. La solicitud deberá ser avalada por al menos dos asociados en el

ejercicio de sus derechos y en el caso de menores de edad deberá ser

avalada por sus padres. Si la solicitud de ingreso fuere rechazada, el

solicitante podrá realizar una nueva solicitud en un plazo no menor de

seis meses.- Derechos de los asociados.- Artículo Treinta y Cuatro.- Son

derechos de los asociados: a) Participar en la Asambleas Generales, ya

sean éstas Ordinarias o Extraordinarias; b) Elegir a los asociados de la

Junta Directiva; c) Optar a un cargo dentro de la Junta Directiva, siempre

que hayan permanecido más de dos años como asociados y estar en el uso

de sus derechos; d) Utilizar el local, equipo y facilidades del CRAS, de

acuerdo al Reglamento interno. e) Solicitar, en un grupo no menor de

cinco, a Asamblea General Extraordinaria, especificando los puntos a

tratar; f) Presentar ante la Asamblea General o la Junta Directiva puntos

a tratar en sus reuniones, que considere pertinentes u oportunos; g)

Representar en Asambleas Generales a coasociados y ser representados;

h) Avalar las solicitudes de aquellas personas que pretendan asociarse al

CRAS; i) Participar de las actividades técnicas, científicas o recreativas

organizadas por el CRAS; j) Representar al CRAS en cualquier actividad

nacional o internacional, cuando así fuere designado; k) Disfrutar de

todos los privilegios concedidos para el CRAS y sus asociados, tales

como franquicias, rebajas, descuentos y otros, otorgados por la autoridad

competente. Los asociados podrán ejercer estos derechos cuando estu-

vieren solventes de sus aportaciones al CRAS, al menos en el ejercicio

fiscal anterior.- Obligaciones de los asociados.- Artículo Treinta y

Cinco.- Son obligaciones de los asociados: a) Cumplir y hacer cumplir

la Constitución de la República, los Tratados ratificados por el Estado,

las Leyes y Reglamentos emitidos por autoridad competente, con espe-

cial interés a los relacionados a la radioafición; b) Brindar la cooperación

en los casos de desastre o calamidad pública, por medio de sus equipos

de comunicación en la conformación de redes, tanto nacionales como

internacionales; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el

Reglamento Interno; d) Cumplir y hacer cumplir los mandatos y dispo-

siciones emanadas por la Asamblea General y la Junta Directiva; e)

Mantener el prestigio y buen nombre del CRAS por medio de sus

actuaciones; f) Cancelar las aportaciones ordinarias y las extraordinarias

que fije la Asamblea General, en el ejercicio fiscal.- Artículo Treinta y

Seis.- Son causales para la pérdida de la calidad de asociado: a) Falleci-

miento; b) Renuncia voluntaria; c) Expulsión. En los casos de renuncia

voluntaria y expulsión el Asociado tiene la obligación de devolver al

CRAS cualquier credencial que lo acredite como asociado. En todos los

casos se marginará en el Libro de Registro de asociados tales circunstan-

cias.- Reingreso.- Artículo Treinta y Siete.- La persona que haya renun-

ciado voluntariamente podrá reingresar, siguiendo el mismo proceso

establecido en el Art. 33 inc. Segundo de los presentes Estatutos, y el

Reglamento Interno. Todo asociado por reingreso, tendrá la categoría de

Asociado Contribuyente.- Libro de Registro de asociados.- Artículo

Treinta y Ocho.- El Secretario de la Junta Directiva será el responsable

de llevar un Libro de Registro de Asociados del CRAS, en éste se

consignará: a) Categoría de asociado; b) Nombre; c) Distintivo de

llamado, número y clase de licencia, si fuere radioaficionado; d) Número

de documento de identidad personal; e) Profesión u oficio; f) Domicilio;

g) Nacionalidad; h) Fecha de ingreso; i) Fecha de retiro; j) Fecha de

suspensión; k) Fecha de reingreso. El libro de registro podrá ser consul-

tado por cualquiera de los asociados del CRAS, en cualquier momento,

fuera de este caso, sólo estarán sujetos a las practicas de diligencias

ordenadas por la autoridad competente, de acuerdo al Art. 15 de la Ley

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Todas las personas,

que cumpliendo los requisitos de los presentes Estatutos y el Reglamento

Interno, sean aceptados como asociados serán inscritos en el Libro de

Registro de asociados.- CAPITULO VI. DE LAS SECCIONALES.-

Seccionales.- Artículo Treinta y Nueve.- La Junta Directiva podrá

formar seccionales para el mejor cumplimiento de los objetivos del

CRAS, conformadas por departamentos o zonas de transmisión, las que

siempre serán partes integrantes del CRAS. Para la formación de una

seccional deberá existir un número no menor de diez asociados, en el

ejercicio de sus derechos, en la comprensión departamental o de zona de

transmisión, quienes deberán solicitarla. La formación de las seccionales

deberá ser informada a la Asamblea General.- Administración de las

seccionales.- Artículo Cuarenta.- Las Seccionales serán administradas

por una Comisión, no menor de cinco asociados ni mayor de siete, electa

entre los asociados registrados en el CRAS de la compresión departa-

mental o de zona de transmisión.- Funcionamiento.- Artículo Cuarenta

y Uno.- El funcionamiento de las seccionales estará regulado en el

Reglamento Interno del CRAS.- CAPITULO VII. DE LAS FALTAS Y

SANCIONES. Faltas. Artículo Cuarenta y Dos.- Las faltas serán califi-

cadas por la Junta Directiva del CRAS y se clasifican así: a) Graves: el

incumplimiento de las obligaciones contenidas en los literales a), b), c)

y d) del Art. 35 de los presentes Estatutos; b) Leves: el incumplimiento

de las obligaciones contenidas en los literales e) y f) del Art. 35 de los

presentes Estatutos.- Sanciones.- Artículo Cuarenta y Tres.- Las sancio-

nes serán: a) Amonestación, que consiste en la notificación por escrito,

por parte de la Junta Directiva, que se ha violado un objetivo del CRAS

o de las obligaciones de los asociados; b) Suspensión, que consiste en la

interrupción del ejercicio de los de los derechos de los asociados. Esta

podrá cancelarse al cumplimiento de la obligación; y c)Exclusión, que

consiste en el retiro como asociado del CRAS al asociado que haya

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

incurrido en una o varias faltas graves o la reiterada comisión de falta

leve. Las sanciones serán impuestas previo otorgamiento del derecho de

audiencia y defensa. Tales sanciones deberán ser consignadas en el Libro

de Registro de Asociados. La exclusión deberá ser decretada por un

tiempo determinado. Pero por la exclusión por segunda vez se conside-

rará definitiva.- Suspensión de Asociados.- Artículo Cuarenta y Cuatro.-

El asociado suspendido no podrá hacer uso de los derechos consignados

en los presentes Estatutos. Los Asociados suspendidos podrán hacer uso

de sus derechos al haber liquidado sus aportaciones, pendientes o al

apegarse a un indulto otorgado por la Asamblea General. Será conside-

rada como renuncia al CRAS la acción de los asociados suspendidos y

que no hayan cumplido con la obligación contenida en el literal f) del Art.

35 de los presentes Estatutos al término de dos años.- Indultos.- Artículo

Cuarenta y Cinco.- Conforme a lo dispuesto en el Art. 12 lit. h), la

Asamblea General podrá decretar indultos a las sanciones impuestas,

debiendo detallar el alcance de las mismas, lo que deberá ser congruente

con los objetivos del CRAS.- CAPITULO VIII. DE LA DISOLUCION.-

Disolución.- Artículo Cuarenta y Seis.- No podrá disolverse el CRAS,

sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea

General extraordinaria, convocada para tal fin y con un número de votos

que represente por lo menos tres cuartas partes de sus asociados.- Junta

de Liquidación.- Artículo Cuarenta y Siete. En caso de acordarse la

disolución del CRAS, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta

por cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que

acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos

los compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que

la Asamblea señale.- CAPITULO IX. DISPOSICIONES GENERA-

LES.- Reforma o derogación.- Artículo Cuareta y Ocho.- Para reformar

o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no

menos del sesenta por ciento de los asociados en Asamblea General

convocada para tal efecto. Inscripción. Artículo Cuarenta y Nueve.- La

Junta Directiva tiene la Obligación de inscribir en el Registro de

Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio del

Interior, la Junta Directiva dentro de los cinco días después de electa, y

en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquier información

que se le solicitare, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro.- Norma supletoria.- Artículo Cincuenta.- En

lo no contemplado es estos Estatutos se sujetará a lo aplicable a la

legislación común y a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de

Lucro.- Reglamento Interno.- Artículo Cincuenta y Uno.- Estos Estatu-

tos serán desarrollados por el Reglamento Interno del CRAS, el cual

deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General.- CAPITULO X. DISPOSICIONES TRANSITORIAS.- Aso-

ciados Fundadores.- Artículo Cincuenta y Dos.- Los Asociados Funda-

dores y Honorarios, con base a los Estatutos señalados en el Art. 1 de los

presentes Estatutos, mantendrán su calidad.- Junta Directiva Transito-

ria.- Artículo Cincuenta y Tres.- El ejercicio de la Junta Directiva que sea

electa al aprobar los presentes Estatutos, finalizará en enero del año dos

mil dos. Con el objeto de cumplir que la elección de los miembros de la

Junta Directiva sea el cincuenta por ciento cada año, en enero del año dos

mil dos, se elegirá por dos años al Presidente, Secretario, Tesorero y

Primer Vocal y por un año al Vicepresidente, Prosecretario, Protesorero

y al segundo Vocal.- Actualización de Registros.- Artículo Cincuenta y

Cuatro.- Los asociados que estén en pleno uso de sus derechos serán

registrados en el Libro de Registros de Asociados, una vez esté autoriza-

do por la autoridad competente.- CAPITULO XI. DISPOSICIONES

FINALES.- Aplicación.- Artículo Cincuenta y Cinco.-El Club de Radio

Aficionados de El Salvador, con sus siglas CRAS, se regirá por los

presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.- Deroga-

toria.- Artículo Cincuenta y Seis.- Derógase los Estatutos aprobados por

Acuerdo Ejecutivo, emitido por el Ministerio del Interior en el Ramo de

Gobernación, número un mil novecientos ocho, de fecha veinticinco de

agosto del año un mil novecientos cincuenta y nueve, publicado en el

Diario Oficial número ciento ochenta y cinco, Tomo ciento ochenta y

cinco, de fecha nueve de octubre del año un mil novecientos cincuenta

y nueve, así como el Reglamento Interno.- Vigencia.- Artículo Cincuenta

y Siete.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su

publicación en el Diario Oficial." IV) Hago constar que advertí al

otorgante de la obligación de inscribir esta escritura en el Registro de

Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio del

Interior, ahora Ministerio de Gobernación; de la obligación contenida en

el Artículo treinta y nueve de la ley del Notariado; y que agregaré al legajo

de anexos de mi protocolo las certificaciones relacionadas en este

instrumento. Así se expresó el compareciente a quien conozco y expliqué

los efectos legales de esta escritura, leída que le fue por mí íntegramente

y en solo acto ininterrumpido manifiesta su conformidad, la ratifica y

firmamos. Doy fe.-

LUIS FERNANDO AVELAR BERMUDEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio tres frente al folio once vuelto del libro

diecinueve de mi protocolo que llevo y vence el once de diciembre de dos

mil dos, para entregar al CLUB DE RADIO AFICIONADOS DE EL

SALVADOR, extiendo, sello y firmo el presente testimonio, en la

ciudad de San Salvador, nueve de enero de dos mil dos.

LUIS FERNANDO AVELAR BERMUDEZ,NOTARIO.

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

ESTATUTOS DEL CLUB DE RADIO AFICIONADOS

DE EL SALVADOR

CAPITULO I

DE LA DENOMINACION, DOMICILIO,

PLAZO Y NATURALEZA.

FUNDAMENTO

Art. 1.-De conformidad al Acuerdo Ejecutivo emitido por elMinisterio del Interior en el Ramo de Gobernación, número un milnovecientos ocho, de fecha veinticinco de agosto del año un mil nove-cientos cincuenta y nueve, publicado en el Diario Oficial número cientoochenta y cinco, Tomo ciento ochenta y cinco, de fecha nueve de octubredel año un mil novecientos cincuenta y nueve, se concedió personalidadjurídica al Club de Radio Aficionados de El Salvador, que se puedeabreviar CRAS, que en lo sucesivo en los presentes Estatutos se denomi-nará CRAS.

DOMICILIO

Art. 2.-El domicilio de Club de Radio Aficionados de El Salvador,será la ciudad de San Salvador, pudiendo establecer seccionales encualquier parte del territorio de la República y fuera de él.

PLAZO

Art. 3.-El CRAS se constituye por un plazo indefinido, desde laaprobación de los presentes Estatutos por parte de la autoridad corres-pondiente.

NATURALEZA JURIDICA

Art. 4.-El CRAS es una asociación de servicio, sin fines de lucro,apolítica, laica y técnica - científica.

CAPITULO II

DE LA FINALIDAD Y LOS OBJETIVOS

FINES U OBJETIVOS

Art. 5.-Los fines u objetivos del CRAS son los siguientes:

a) Proteger la nacionalidad salvadoreña, cultura, costumbres,idioma e instituciones a través del ejercicio de la radioafición;

b) Fomentar entre los asociados y no asociados la radioafición;

c) Coordinar las actividades de sus asociados en beneficio de laradioafición en el país;

d) Favorecer la ayuda mutua entre sus asociados, en la soluciónde problemas técnicos;

e) Fomentar las relaciones con entidades similares en el país yfuera de él, y con asociaciones similares de carácter interna-cional;

f) Cooperar con las autoridades respectivas, en el cumplimientode las normas nacionales e internacionales, relativas a laradioafición;

g) Realizar estudios técnico científicos sobre radioafición;

h) Cooperar, en casos de desastre o calamidad pública, con lasautoridades, asociaciones o instituciones de servicio y aparticulares, en el apoyo de comunicaciones expeditas dentrodel país o fuera de él, en el marco de las normas nacionales einternacionales de comunicaciones vigentes.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

PATRIMONIO

Art. 6.-El patrimonio del CRAS está constituido por:

a) Los bienes adquiridos por el CRAS desde su fundaciónjurídica otorgada por la autoridad competente citada en elArt.1 de los presentes Estatutos, los que forman una masapatrimonial.

b) Donaciones, herencias, legados de personas naturales y jurí-dicas, nacionales o extranjeras, respectivamente;

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y lasrentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

CONTRIBUCIONES

Art. 7 .-Las contribuciones de los asociados del CRAS, serán partedel patrimonio del mismo, las que serán canceladas dentro del ejerciciofiscal del año calendario.

ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO

Art. 8 .-El patrimonio será administrado por la Junta Directivaconforme a las directrices que sean señaladas por la Asamblea General.

CAPITULO IV

ORGANISMOS DEL CRAS

GOBIERNO

Art. 9 .-El Gobierno del CRAS, será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva

SECCION PRIMERA

ASAMBLEA GENERAL

ASAMBLEA GENERAL

Art. 10.- La Asamblea General, formada por todos los asociados enel ejercicio de sus derechos, es el órgano supremo del CRAS y su máximaautoridad.

REUNIONES

Art. 11.- La Asamblea General Ordinaria se realizará al menos unavez al año, la que se convocará en el mes de enero.

Las Asambleas Generales Extraordinarias, se realizarán en cual-quier fecha, convocadas por la Junta Directiva quienes en su casoseñalará los puntos a tratar por iniciativa propia o a solicitud de:

a) Cinco o más asociados, en el ejercicio de sus derechos,

b) Auditor Externo, siempre y cuando no haya sido convocadapor la Junta Directiva.

ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

Art. 12.- Las Atribuciones de la Asamblea General ordinaria son:

a) Aprobación de las actas de la Asamblea anterior;

b) Conocer y aprobar la Memoria de labores de la Junta Direc-tiva, durante el ejercicio anual;

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c) Conocer, aprobar o desaprobar los estados financieros altreinta y uno de diciembre, rendido por el Tesorero del CRASy debidamente auditado;

d) Nombrar una comisión revisora de los estados financieros, siéstos no fueren aprobados, para que rinda informe para suaprobación o señalando las deficiencias, encontradas, en unperíodo no mayor de treinta días;

e) Elegir a los asociados de la Junta Directiva y al AuditorExterno quienes fungirán por el período de dos años;

f) Resolver lo conveniente sobre las quejas de los asociados delejercicio de la Junta Directiva;

g) Dictar las disposiciones o mandatos a la Junta Directiva sobrela dirección del CRAS;

h) Otorgar indultos generales al pago de aportaciones por partede los asociados suspendidos, con la finalidad del manteni-miento del patrimonio del CRAS.

ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDI-NARIA

Art. 13.-Las atribuciones de la Asamblea General Extraordinariason:

a) Conocer, aprobar o desaprobar las modificaciones a losEstatutos;

b) Conocer, aprobar o desaprobar los empréstitos que se proyec-ten realizar para el cumplimiento de los objetivos del CRAS;

c) Conocer, aprobar o desaprobar los asuntos presentados porun grupo no menor de cinco asociados en el ejercicio de susderechos, sobre el gobierno de la Asociación;

d) Conocer y tomar las acciones oportunas sobre los expedien-tes de expulsión de algún asociado, de acuerdo al ReglamentoInterno;

e) Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias;

f) Conocer, aprobar o desaprobar el Reglamento Interno delCRAS;

g) Conocer, aprobar o desaprobar las propuestas sobre designa-ción de asociados Honorarios;

h) Elegir a los asociados de la Junta Directiva cuando hubierenfallecido o renunciado.

Convocatoria

Art. 14.- Las convocatorias para las Asambleas Generales Ordina-rias o Extraordinarias las realizará la Junta Directiva a través delSecretario, por escrito con no menos de quince días de anticipación,señalando el tipo de Asamblea General, lugar, hora y fecha de laconvocatoria, y agenda a tratar.

Quórum

Art. 15.- Para que las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias seconsideren legalmente reunidas en primera convocatoria, deberán estarpresentes o representados, por lo menos, la mitad más uno de losasociados con derecho a voto.

Si la reunión se diere en segunda convocatoria, la cual deberá seral menos una hora después de la primera convocatoria, por falta delquórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamenteconstituida con el número de asociados con derecho a voto presentes yrepresentados y sus resoluciones se tomarán por mayoría simple.

SECCION SEGUNDA

JUNTA DIRECTIVA

Junta Directiva

Art. 16 .- La dirección y administración del CRAS estará a cargode una Junta Directiva, que será electa en Asamblea General Ordinaria.

Sus asociados serán electos por el período de dos años y podrán serreelectos. Cada año se elegirá el cincuenta por ciento de la JuntaDirectiva. La Junta Directiva estará compuesta por:

a) Un Presidente

b) Un Vicepresidente

c) Un Secretario

d) Un Pro Secretario

e) Un Tesorero

f) Un Pro Tesorero

g) Un Primer Vocal

h) Un Segundo Vocal

Elegibilidad

Art. 17.- Para poder optar a un cargo en la Junta Directiva, elasociado debe ser mayor de edad, estar en el ejercicio de los derechoscomo asociado, haberlo estado en el año anterior a su elección y haberpermanecido como asociado al menos dos años.

Reuniones de Junta Directiva

Art. 18.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente como míni-mo una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces fuere necesario.

Las sesiones serán públicas para los asociados en el ejercicio de susderechos, los que podrán participar con voz pero no con voto.

Quórum

Art. 19.- El quórum necesario para que la Junta Directiva sesioneserá la mitad más uno de sus miembros y los acuerdos deberán tomarsepor la mayoría de los asistentes.

Las votaciones serán nominales y públicas y en caso de empate enla votación el Presidente de la Junta Directiva tendrá voto de calidad.

Atribuciones de la Junta Directiva

Art. 20.- Son obligaciones y atribuciones de la Junta Directiva:

a) Administrar y disponer, en una manera eficiente y eficaz, delpatrimonio del CRAS, en los términos que establecen lasleyes y siempre guardando los fines y objetivos contempla-dos en el Art. 5 de los presentes Estatutos;

b) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines del CRAS;

c) Elaborar el proyecto de Reglamento Interno del CRAS y suscorrespondientes reformas;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos anuales del CRAS e informar a la AsambleaGeneral;

e) Nombrar, remover, conceder licencias y aceptar renunciasdel personal que labore para el CRAS;

f) Conocer de la solicitud de nuevos asociados, aceptándolas orechazándolas;

g) Aplicar sanciones a los asociados de acuerdo al ReglamentoInterno;

h) Elaborar la Memoria Anual de Labores del CRAS;

i) Presentar los informes respectivos a las Autoridades compe-tentes

j) Abrir expediente sumario, guardando las garantías respecti-vas, en los casos de amonestación o suspensión de asociados,resolver al respecto y llevarlo al conocimiento de la Asam-blea General;

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

k) Proponer a la Asamblea General reformas a los Estatutos

1) Autorizar al Presidente a celebrar toda clase de contratos anombre del CRAS, sin perjuicio de lo contemplado en el Art.13, lit. b);

m) Nombrar comisiones especiales que estime conveniente;

n) Convocar a las Asambleas Generales, sean éstas Ordinariaso Extraordinarias;

o) Resolver todos los asuntos que no sean de competencia de laAsamblea General.

p) Autorizar las erogaciones extraordinarias que tenga querealizar el CRAS;

Representación Legal

Art. 21.-El Presidente de la Junta Directiva, tendrá la representa-ción judicial y extrajudicial del CRAS, y en el orden interno todas lasatribuciones y obligaciones inherentes a su cargo y las contempladas enlos presentes Estatutos y podrá otorgar poderes.

El Presidente podrá delegar la representación legal en cualquiera delos asociados de la Junta Directiva, previa aprobación de ésta.

En caso de ausencia temporal, fallecimiento o renuncia, serásustituido en sus funciones por el Vicepresidente, previo acuerdotomado por la Junta Directiva.

Atribuciones y obligaciones del Presidente

Art. 22.-Son atribuciones y obligaciones del Presidente:

a) Velar por el cumplimiento de la Constitución de la República,los Tratados ratificados por el Estado, las Leyes y losReglamentos emitidos por autoridad competente, con espe-cial interés a los relacionados a la radioafición;

b) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos y elReglamento Interno;

c) Presidir las Asambleas Generales y de Junta Directiva;

d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos o resoluciones dela Asamblea General y de Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones quetenga que realizar el CRAS;

f) Presentar la Memoria de labores del CRAS y cualquierinforme que sea solicitado por la Asamblea General o la JuntaDirectiva;

g) Convocar por medio del Secretario a las sesiones de JuntaDirectiva.

Atribuciones y obligaciones del Vicepresidente

Art. 23.-Son atribuciones y obligaciones del Vicepresidente:

a) Participar en las reuniones de la Junta Directiva

b) Sustituir al Presidente durante las ausencias de éste, asumien-do las responsabilidades del mismo.

Atribuciones y obligaciones del Secretario

Art. 24.- Son Atribuciones y obligaciones del Secretario:

a) Llevar el libro de actas de las sesiones de Asamblea Generaly de Junta Directiva,

b) Llevar el Libro de Registro de asociados del CRAS;

c) Llevar el archivo de la documentación y correspondencia deCRAS;

d) Extender todas las certificaciones que fueren solicitadas alCRAS;

e) Hacer las convocatorias para Asamblea General y JuntaDirectiva;

f) Llevar conjuntamente con el Tesorero el inventario de loshaberes del CRAS;

g) Ser el órgano de comunicación del CRAS.

Atribuciones y obligaciones del Tesorero

Art. 25.-Son Atribuciones y Obligaciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que el CRAS obtenga, en elbanco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidadformal del CRAS;

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones queel CRAS tenga que realizar;

d) Preparar los estados financieros del CRAS a ser presentado ala Asamblea General;

e) Llevar conjuntamente con el Secretario el inventario de loshaberes del CRAS;

Atribuciones y obligaciones del Pro Secretario

Art. 26.- Son atribuciones y obligaciones del Pro Secretario:

a) Participar en las reuniones de la Junta Directiva

b) Sustituir al Secretario durante las ausencias de éste, asumien-do las responsabilidades del mismo:

Atribuciones y obligaciones del Pro Tesorero

Art. 27.- Son atribuciones y obligaciones del Pro Tesorero:

a) Participar en las reuniones de la Junta Directiva

b) Sustituir al Tesorero durante las ausencias de éste, asumiendolas responsabilidades del mismo:

Atribuciones y obligaciones de los vocales

Art. 28.- Son Atribuciones de los vocales:

a) Colaborar con todos los asociados de la Junta Directiva;

b) Sustituir, en su orden a cualquier asociado de la Junta Direc-tiva en casos de ausencia o impedimento.

SECCION TERCERA

DE LA VIGILANCIA

Atribuciones de Auditor

Art. 29.-Son atribuciones del Auditor:

a) Cerciorarse de la constitución y vigencia del CRAS;

b) Exigir a la Junta Directiva un balance mensual de comproba-ción;

c) Revisar los Estados Financieros, rendir el informe corres-pondiente en los términos que establece la Ley y autorizarloal darle su aprobación;

d) Convocar en caso de omisión de la Junta Directiva a lasAsambleas Generales ordinarias o extraordinarias, y en cual-quier otro que juzgue pertinente;

e) Comprobar en cualquier tiempo las operaciones del CRAS.

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SECCION CUARTA

DE LAS COMISIONES

Comisiones

Art. 30.- El CRAS contará con Comisiones de apoyo que seancreadas por la Junta Directiva, con la finalidad de la realización deestudios y trabajos específicos, los que servirán para la toma de acuerdospor la Asamblea General y Junta Directiva.

Las comisiones serán:

a) Comisión de Estatutos y Reglamentos;

b) Comisión técnica;

c) Comisión de experimentación;

d) Comisión de mantenimiento;

e) Comisión de recreación;

f) Comisión de ética;

g) Comisión de vigilancia de las bandas de radio aficionados;

h) Comisión de relaciones internacionales;

i) Otras que a criterio de la Junta Directiva sean necesarias.

Los asociados de las comisiones serán asociados del CRAS, en elejercicio de sus derechos y que voluntariamente acepten pertenecer a lasmismas.

Las funciones y atribuciones de las Comisiones serán normadas en elReglamento Interno.

CAPITULO V

DE LOS ASOCIADOS

Asociados

Art. 31.- Las personas que conforman el Club de Radio Aficiona-dos de El Salvador se denominan asociados, sin distinción de nacionali-dad, sexo, raza, credo o ideas políticas y cualquiera que sea su actividado la naturaleza del trabajo que desarrolle.

El número de asociados será ilimitado, los que podrán ser radio aficio-nados acreditados en el país o en el extranjero o personas que compartanlos objetivos del CRAS.

Categoría de asociados

Art. 32.- El CRAS tendrá las siguientes categoría de asociados:

a) Asociado Honorario, serán aquellas personas que por susvaliosos servicios en pro del engrandecimiento o mejora-miento de la radioafición, por sus méritos excepcionales afavor del CRAS o por el espíritu de servicio y entrega a lanación o la comunidad por medio de la radioafición, les seaconferida tal distinción por la Asamblea General extraordina-ria para ese fin. Esta es la máxima distinción otorgada por elCRAS.

La propuesta de estas personas la podrá realizar la JuntaDirectiva o un grupo no menor de cinco asociados en elejercicio de sus derechos, a la Asamblea General. Los Aso-ciados Honorarios estarán exentos del pago de aportacionesordinarias y las extraordinarias, y tendrán derecho a voz yvoto.

b) Asociado Fundador, serán aquellas personas que después depermanecer en el ejercicio de sus derechos como asociado porun período no menor a diez años y que a juicio de la JuntaDirectiva por sus méritos excepcionales a favor del CRAS opor el espíritu de servicio y entrega a la nación o la comunidadpor medio de la radioafición.

c) Asociados Contribuyentes, serán aquellas personas que seanadmitidas de acuerdo a estos Estatutos y al ReglamentoInterno y que se mantengan en el uso de sus derechos comoasociados activos.

Ingreso

Art. 33.- La calidad de asociado contribuyente se adquiere con laaprobación de la solicitud por parte de la Junta Directiva, votada enmayoría simple. Esta calidad se mantendrá por el cumplimiento de lasobligaciones.

La solicitud deberá ser avalada por al menos dos asociados en el ejerciciode sus derechos y en el caso de menores de edad deberá ser avalada porsus padres.

Si la solicitud de ingreso fuere rechazada, el solicitante podrá realizar unanueva solicitud en un plazo no menor de seis meses.

Derechos de los asociados

Art. 34.-Son derechos de los asociados:

a) Participar en la Asambleas Generales, ya sean estas Ordina-rias o Extraordinarias;

b) Elegir a los asociados de la Junta Directiva;

c) Optar a un cargo dentro de la Junta Directiva, siempre quehayan permanecido mas de dos años como asociados y estaren el uso de sus derechos;

d) Utilizar el local, equipo y facilidades del CRAS, de acuerdoal Reglamento interno.

e) Solicitar, en un grupo no menor de cinco, a Asamblea GeneralExtraordinaria, especificando los puntos a tratar;

f) Presentar ante la Asamblea General o la Junta Directivapuntos a tratar en sus reuniones, que considere pertinentes uoportunos;

g) Representar en Asambleas Generales a coasociados y serrepresentados;

h) Avalar las solicitudes de aquellas personas que pretendanasociarse al CRAS;

i) Participar de las actividades técnicas, científicas o recreativasorganizadas por el CRAS;

j) Representar al CRAS en cualquier actividad nacional ointernacional, cuando así fuere designado;

k) Disfrutar de todos los privilegios concedidos para el CRAS ysus asociados, tales como franquicias, rebajas, descuentos y otros,otorgados por la autoridad competente.

Los asociados podrán ejercer estos derechos cuando estuvierensolventes de sus aportaciones al CRAS, al menos en el ejercicio fiscalanterior.

Obligaciones de los asociados

Art. 35.- Son obligaciones de los asociados:

a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, losTratados ratificados por el Estado, las Leyes y Reglamentosemitidos por autoridad competente, con especial interés a losrelacionados a la radioafición;

b) Brindar la cooperación en los casos de desastre o calamidadpública, por medio de sus equipos de comunicación en laconformación de redes, tanto nacionales como internaciona-les;

c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y el Regla-mento Interno;

d) Cumplir y hacer cumplir los mandatos y disposiciones ema-nadas por la Asamblea General y la Junta Directiva;

e) Mantener el prestigio y buen nombre del CRAS por medio desus actuaciones;

f) Cancelar las aportaciones ordinarias y las extraordinariasque fije la Asamblea General, en el ejercicio fiscal;

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Pérdida de la calidad de asociado

Art. 36.- Son causales para la pérdida de la calidad de asociado:

a) Fallecimiento;

b) Renuncia voluntaria;

c) Expulsión.

En los casos de renuncia voluntaria y expulsión el Asociado tiene laobligación de devolver al CRAS cualquier credencial que lo acreditecomo asociado. En todos los casos se marginará en el Libro de Registrode asociados tales circunstancias.

Reingreso

Art. 37.- La persona que haya renunciado voluntariamente podráreingresar, siguiendo el mismo proceso establecido en el Art. 33 inc.Segundo de los presentes Estatutos, y el Reglamento Interno. Todoasociado por reingreso, tendrá la categoría de Asociado Contribuyente.

Libro de Registro de asociados.

Art. 38.- El Secretario de la Junta Directiva será el responsable dellevar un Libro de Registro de Asociados del CRAS, en éste se consig-nará:

a) Categoría de asociado;

b) Nombre;

c) Distintivo de llamado, número y clase de licencia, si fuereradioaficionado;

d) Número de documento de identidad personal;

e) Profesión u oficio;

f) Domicilio;

g) Nacionalidad;

h) Fecha de ingreso;

i) Fecha de retiro;

j) Fecha de suspensión;

k) Fecha de reingreso.

El libro de registro podrá ser consultado por cualquiera de los asociadosdel CRAS, en cualquier momento, fuera de este caso, solo estarán sujetosa las practicas de diligencias ordenadas por la autoridad competente, deacuerdo al Art. 15 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro.

Todas las personas, que cumpliendo los requisitos de los presentesEstatutos y el Reglamento Interno, sean aceptados como asociados seráninscritos en el Libro de Registro de asociados.

CAPITULO VI

DE LAS SECCIONALES .

Seccionales

Art. 39.- La Junta Directiva podrá formar seccionales para el mejorcumplimiento de los objetivos del CRAS, conformadas por departamen-tos o zonas de transmisión, las que siempre serán partes integrantes delCRAS.

Para la formación de una seccional deberá existir un número nomenor de diez asociados, en el ejercicio de sus derechos, en la compren-sión departamental o de zona de transmisión, quienes deberán solicitarla.

La formación de las seccionales deberá ser informada a la Asam-blea General. Administración de las secciónales.

Art. 40.- Las Seccionales serán administradas por una Comisión,no menor de cinco asociados ni mayor de siete, electa entre los asociados

registrados en el CRAS de la compresión departamental o de zona detransmisión.

Funcionamiento

Art. 41.- El funcionamiento de las seccionales estará regulado en elReglamento Interno del CRAS.

CAPITULO VII

DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Faltas

Art. 42.- Las faltas serán calificadas por la Junta Directiva delCRAS y se clasifican así:

a) Graves: el incumplimiento de las obligaciones contenidas enlos literales a), b), c) y d) del Art. 35 de los presentesEstatutos;

b) Leves: el incumplimiento de las obligaciones contenidas enlos literales e) y f) del Art. 35 de los presentes Estatutos.

Sanciones

Art. 43.-Las sanciones serán:

a) Amonestación, que consiste en la notificación por escrito, porparte de la Junta Directiva, que se ha violado un objetivo delCRAS o de las obligaciones de los asociados;

b) Suspensión, que consiste en la interrupción del ejercicio delos de los derechos de los asociados. Esta podrá cancelarse alcumplimiento de la obligación; y

c) Exclusión, que consiste en el retiro como asociado del CRASal asociado que haya incurrido en una o varias faltas graveso la reiterada comisión de falta leve.

Las sanciones serán impuestas previo otorgamiento del derecho deaudiencia y defensa. Tales sanciones deberán ser consignadas en el Librode Registro de Asociados.

La exclusión deberá ser decretada por un tiempo determinado. Peropor la exclusión por segunda vez se considerará definitiva.

Suspensión de Asociados

Art. 44.-El asociado suspendido no podrá hacer uso de los derechosconsignados en los presentes Estatutos.

Los Asociados suspendidos podrán hacer uso de sus derechos al haberliquidado sus aportaciones, pendientes o al apegarse a un indulto otorga-do por la Asamblea General.

Será considerada como renuncia al CRAS la acción de los asociadossuspendidos y que no hayan cumplido con la obligación contenida en elliteral f) del Art. 35 de los presentes Estatutos al término de dos años.

Indultos

Art. 45.- Conforme a lo dispuesto en el Art. 12 lit. h), la AsambleaGeneral podrá decretar indultos a las sanciones impuestas, debiendodetallar el alcance de las mismas, lo que deberá ser congruente con losobjetivos del CRAS.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION

Disolución

Art. 46.-No podrá disolverse el CRAS, sino por disposición de laLey o por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria,

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convocada para tal fin y con un número de votos que represente por lomenos tres cuartas partes de sus asociados.

Junta de Liquidación

Art. 47.- En caso de acordarse la disolución del CRAS, se nombraráuna Junta de Liquidación compuesta por cinco personas, electas por laAsamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.

Los bienes que sobraren después de cancelar todos los compromisos sedonarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea señale.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Reforma o derogación

Art. 48.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos seránecesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de losasociados en Asamblea General convocada para tal efecto.

Inscripción

Art. 49.-La Junta Directiva tiene la Obligación de inscribir en elRegistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-terio del Interior, la Junta Directiva dentro de los cinco días después deelecta, y en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquierinformación que se le solicitare, de conformidad a la Ley de Asociacio-nes y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Norma supletoria

Art. 50.-En lo no contemplado es estos Estatutos se sujetará a loaplicable a la legislación común y a la Ley de Asociaciones y Fundacio-nes sin Fines de Lucro.

Reglamento Interno

Art. 51.- Estos Estatutos serán desarrollados por el ReglamentoInterno del CRAS, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva yaprobado por la Asamblea General.

CAPITULO X .

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Asociados fundadores

Art. 52.- Los Asociados Fundadores y Honorarios, con base a losEstatutos señalados en el Art. 1 de los presentes Estatutos, mantendránsu calidad.

Junta Directiva Transitoria

Art. 53.- El ejercicio de la Junta Directiva que sea electa al aprobarlos presentes Estatutos, finalizará en enero del año dos mil dos.

Con el objeto de cumplir que la elección de los miembros de la JuntaDirectiva sea el cincuenta por ciento cada año, en enero del año dos mildos, se elegirá por dos años al Presidente, Secretario, Tesorero y PrimerVocal y por un año al Vicepresidente, Prosecretario, Protesorero y alsegundo Vocal.

Actualización de Registros

Art. 54.- Los asociados que estén en pleno uso de sus derechosserán registrados en el Libro de Registros de Asociados, una vez estéautorizado por la autoridad competente.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES FINALES

Aplicación

Art. 55.-El Club de Radio Aficionados de El Salvador, con sussiglas CRAS, se regirá por los presentes Estatutos y demás disposicioneslegales aplicables.

Derogatoria

Art. 56.-Derógase los Estatutos aprobados por Acuerdo Ejecutivo,emitido por el Ministerio del Interior en el Ramo de Gobernación,número un mil novecientos ocho, de fecha veinticinco de agosto del añoun mil novecientos cincuenta y nueve, publicado en el Diario Oficialnúmero ciento ochenta y cinco, Tomo ciento ochenta y cinco, de fechanueve de octubre del año un mil novecientos cincuenta y nueve, así comoel Reglamento Interno.

Vigencia

Art. 57.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

CENTRO DE GOBIERNO

ACUERDO No. 221

San Salvador, 18 de diciembre del 2002

Vista la Solicitud del Presidente del. CLUB DE RADIO AFICIO-NADOS DE EL SALVADOR, fundada en la ciudad de San Salvador,Departamento de San Salvador, relativa a la aprobación de nuevosEstatutos, compuestos de CINCUENTA Y SIETE Artículos, los cualessustituyen los que fueron aprobados por Acuerdo Ejecutivo número 1908emitido en este Ramo con fecha 25 de agosto de 1959, publicados en elDiario Oficial número 185, Tomo 185 de fecha 9 de octubre de 1959,acordada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador,el día 13 de octubre del 2001 y formalizada por Escritura Públicacelebrada en esta ciudad a las diez horas del día 9 de enero del 2002, antelos oficios del Notario LUIS FERNANDO AVELAR BERMUDEZ; yno encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes delpaís, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones yFundaciones sin Fines de Lucro, el Organo Ejecutivo en el Ramo delInterior, ACUERDA: a) Aprobar en todas sus partes los nuevos Estatutosde la citada entidad; b) Derogar los Estatutos del CLUB DE RADIOAFICIONADOS DE EL SALVADOR, aprobados por Acuerdo Ejecu-tivo número 1908 emitido en este Ramo con fecha 25 de agosto de 1959,publicados en el Diario Oficial número 185, Tomo 185 de fecha 9 deoctubre de 1959; c) Publíquense en el Diario Oficial; y d) Inscríbase losreferidos Estatutos en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sinFines de Lucro.

La mencionada Entidad conserva la calidad de Persona Jurídicaque le fue conferida. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presi-dente de la República).

EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION,

FIGUEROA FIGUEROA.

(Mandamiento de Ingreso No. 2481).

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

ACUERDO No. 1157.

San Salvador, 16 de diciembre del 2002

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA,

Vista la solicitud presentada el día 3 de septiembre del presente año, por el señor MARCOS OVIDIO MENDEZ CAISHPAL, mayor de edad, IngenieroElectricista, del domicilio de Ahuachapán, actuando en su calidad de Representante Legal de la ASOCIACION COOPERATIVA DE CONSUMO, AHORRO YCREDITO DEL HOSPITAL FRANCISCO MENENDEZ DE AHUACHAPAN, DE RESPONSABILILIDAD LIMITADA que se abrevia ACCHOFRAM DER. L., del domicilio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, referidas a que se le concedan a su representada por un nuevo período de CINCO AÑOS, losbeneficios establecidos en los Literales a) y c) del Art. 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas; y,

CONSIDERANDO:

I - Que por medio de Acuerdo No. 589 de fecha 8 de septiembre de 1997, publicado en el Diario Oficial No. 136, Tomo 356 del 23 de julio de2002, a la ASOCIACION COOPERATIVA DE CONSUMO, AHORRO Y CREDITO DEL HOSPITAL FRANCISCO MENENDEZ DEAHUACHAPAN, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACCHOFRAM DE R. L., se le concedieron por un plazo deCINCO AÑOS, los beneficios antes citados, los que le vencieron el 24 de enero del presente año.

II- Que por medio de la Resolución Número 449 de fecha cuatro de noviembre del corriente año, se consideró procedente concederle a laASOCIACION COOPERATIVA DE CONSUMO, AHORRO Y CREDITO DEL HOSPITAL FRANCISCO MENENDEZ DE AHUA-CHAPAN, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACCHOFRAM, DE R. L. por un nuevo período de CINCO AÑOS, losbeneficios solicitados.

III- Que el Representante Legal de la referida Asociación Cooperativa, señor MARCOS OVIDIO MENDEZ CAISHPAL, por medio de escritopresentado el 29 de noviembre de este mismo año, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha Resolución.

POR TANTO:

basándose en lo expuesto y al Artículo 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Reglamento, este Ministerio,

ACUERDA:

1°) OTORGAR a la ASOCIACION COOPERATIVA DE CONSUMO, AHORRO Y CREDITO DEL HOSPITAL FRANCISCO MENENDEZDE AHUACHAPAN, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, del domicilio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, prórroga porun nuevo período de CINCO AÑOS, contados a partir del 3 de septiembre del presente año, los beneficios establecidos en el Artículo 72, dela Ley General de Asociaciones Cooperativas, siguientes:

a) Exención del pago del Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, intereses que se generen, a partirdel ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud.

c) Exención de Impuestos Municipales.

2°) Las exenciones que se otorgan por medio del presente Acuerdo, no comprenden los Impuestos a que se refieren la Ley de Impuesto SobreTransferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y la Ley de Impuesto sobre Transferencias de Bienes Raíces.

3°) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegiosotorgados.

4°) Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- (Rubricado por el señor Presidente de la República).- MIGUEL E.LACAYO, MINISTRO.

(Mandamiento de Ingreso No. 2537)

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

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ACUERDO No. 53.

14 de enero de 2003

El Organo Ejecutivo en el Ramo de Economía

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 66 del 4 de marzo de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 57, Tomo No. 330, de fecha 21 de marzode 1996, se emitió el Reglamento Interno del Ministerio de Economía; reformado por medio de los Acuerdos Ejecutivos Nos. 206, de fecha7 de abril de 1997,338 de fecha 20 de julio de 1999, 925-Bis del 1 de noviembre de 2000 y No. 27 de fecha 11 de enero de 2001; publicadosen los Diarios Oficiales No. 93, Tomo No. 335, del 24 de abril de 1997, No. 146, Tomo 344, del 11 de agosto de 1999, No. 239 Tomo No.349 del 20 de diciembre de 2000 y No. 14 Tomo 350 del 18 de enero de 2001, respectivamente.

II.- Que el citado Reglamento, establece en su artículo 1 que para cumplir con los objetivos y atribuciones que señalan las leyes de la República,el Ministerio de Economía contará con dos Viceministros, uno de Economía y otro de Comercio e Industria; una Gerencia General, las oficinasde Asesoría General, Asesoría Jurídica, y Comunicaciones y Relaciones Públicas; las Unidades de Auditoría Interna, de Adquisiciones yContrataciones Institucional y Financiera Institucional; las Direcciones de: Planeamiento y Desarrollo Institucional, Administración,Comercio e Inversión, Política Comercial, Administración de Tratados Comerciales, Hidrocarburos y Minas, Energía Eléctrica, eInformática; y las Direcciones Generales de: Protección al Consumidor, de Estadísticas y Censos y la Superintendencia de ObligacionesMercantiles.

En el inciso segundo del mismo artículo, establece que contará también con dos Gerencias: una en la Región Occidental y otra en la RegiónOriental del país; con sedes en la ciudad de Santa Ana y San Miguel, respectivamente; y que ambas dependerán de la Dirección General deProtección al Consumidor.

III. Que en el artículo 11 del mismo Reglamento se establecen las funciones que le corresponden a la Dirección de Política Comercial, entre lasque se encuentra el desarrollo de las negociaciones comerciales con organismos multilaterales, así como coordinar las negociacionescomerciales de carácter multilateral, destinadas al establecimiento de los instrumentos legales que mejoren las condiciones de acceso de lasexportaciones salvadoreñas, así como atraer al país flujos crecientes de inversión y tecnología.

IV. Que en vista de la necesidad de que El Salvador tenga una mayor participación y le dé el seguimiento correspondiente en la nueva Ronda deNegociaciones Comerciales, que se llevan a cabo en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundialde la Propiedad Intelectual (OMPI), el día diecinueve de diciembre de 2002 se suscribió el Convenio de Coordinación entre el Ministerio deEconomía y el Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo referente al refuerzo de la gestión de la República de El Salvador ante la OrganizaciónMundial del Comercio y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual en Ginebra, Suiza.

V. Que en el numeral 1 del referido Convenio se establece que el Ministerio de Economía destacará funcionarios en la Misión Permanente deEl Salvador en Ginebra, Suiza, quienes continuarán siendo funcionarios de esta Cartera de Estado adscritos a dicha Misión Permanente.Asimismo el Convenio en referencia señala cuales serán las atribuciones y obligaciones de la Representación del Ministerio de Economíaante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en Ginebra, Suiza.

VI. Que como consecuencia de la suscripción de dicho Convenio se hace necesario modificar el Reglamento Interno del Ministerio de Economía,para crear e introducir, como parte de la estructura organizativa de esta Cartera de Estado, asimismo las atribuciones y obligaciones de laRepresentación del Ministerio de Economía ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la PropiedadIntelectual (OMPI) dentro de la Misión Permanente de El Salvador en Ginebra, Suiza, en adelante la Representación, así como de modificarlas atribuciones de la Dirección de Política Comercial y la Dirección de Administración de Tratados Comerciales.

POR TANTO:

de conformidad a los artículos 37 y 67 del Reglamento Interno del Organo Ejecutivo:

ACUERDA:

introducir las siguientes modificaciones al Reglamento Interno del Ministerio de Economía:

1 °. Incorpórase un inciso tercero al artículo 1; así:

Asimismo contará con una Representación de esta Cartera de Estado ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundialde la Propiedad Intelectual (OMPI) la cual se denominará: Representación del Ministerio de Economía ante la Organización Mundial del Comercio(OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en adelante la Representación, la cual estará compuesta de funcionarios de estaCartera de Estado adscritos a la Misión Permanente de El Salvador en Ginebra, Suiza.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

2°. Sustitúyese íntegramente el contenido del artículo 11 por el siguiente:

"Art. 11. La Dirección de Política Comercial, tendrá como objetivo: definir la Política Comercial del país, el seguimiento e impulso a la integracióneconómica centroamericana, fortalecer los flujos de comercio e inversión y el desarrollo de las negociaciones comerciales con terceros países y aquellosorganismos multilaterales.

La Dirección de Política Comercial estará integrada por un Director, las Subdirecciones que se estimen necesarias, así como el personal técnicoy administrativo necesario.

Son atribuciones de esta Dirección:

a. Proporcionar al despacho los fundamentos técnicos necesarios para definir y ejecutar la política comercial nacional;

b. Compatibilizar la política comercial con el resto de las políticas contenidas en los programas económicos y planes de desarrollo impulsadospor el país;

c. Coordinar y mantener constante comunicación con las instituciones públicas y privadas relacionadas con la política comercial del país, conel fin de informar y conocer sus observaciones;

d. Definir, diseñar e impulsar estrategias para la participación de El Salvador en las negociaciones comerciales internacionales;

e. Coordinar y dar seguimiento a las negociaciones comerciales de carácter regional, bilateral y multilateral, destinadas al establecimiento deAcuerdos, Convenios, Tratados y otros instrumentos legales que mejoren las condiciones de acceso de las exportaciones salvadoreñas, asícomo atraer al país flujos crecientes de inversión y tecnología;

f. Coordinar, conducir y dar seguimiento a las negociaciones comerciales de carácter regional en el marco de la integración económicacentroamericana;

g. Proporcionar asesoría técnica y jurídica en materia de negociaciones y asuntos comerciales internacionales;

h. Coordinar las consultas con otras dependencias, entidades y con los sectores involucrados en el proceso de negociación comercial;

i. Ejercer la debida coordinación con la Dirección de Administración de Tratados Comerciales;

j. Representar por delegación a los Titulares del Ministerio en comisiones y eventos que sean de interés para los mismos; y

k. Asesorar al Despacho Ministerial en las áreas de su competencia.

3°. Sustitúyese los literales a), b) y d) del Artículo 11-A. de la siguiente manera:

a) Dirigir y supervisar la administración de los acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos en materia de comercio en vigor; lo anterior encoordinación con la Representación del Ministerio de Economía ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de laPropiedad Intelectual (OMPI), conforme a lo establecido en el numeral 4° del presente Reglamento.

b) Dar seguimiento a los compromisos adquiridos por El Salvador en los acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos en materia de comercioen vigor. En lo que se refiere al seguimiento de las negociaciones comerciales de carácter multilateral en el marco de la Organización Mundial delComercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), éste deberá hacerse en estricta coordinación con la Representacióndel Ministerio de Economía ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)relacionada en el numeral 1 inciso tercero del presente Reglamento.

d) Dar seguimiento a los acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos comerciales en materia de concesiones arancelarias, acceso al mercado,aplicación de preferencias, contingentes agropecuarios, cupos, medidas de salvaguardia y compras del sector público. Lo anterior, y en lo que se refierea los instrumentos comerciales en el marco de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC), éste deberá hacerse en estrictacoordinación con la Representación del Ministerio de Economía ante la Organización Mundial de Comercio (OMC) y la Organización Mundial de laPropiedad Intelectual (OMPI), relacionada en el numeral 1 inciso tercero del presente Reglamento.

4º Intercálase un artículo 11- B entre los artículos 11-A y 12 que cita así:

La Representación del Ministerio de Economía ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la PropiedadIntelectual (OMPI), tendrá como objetivo, asegurar la efectiva participación de El Salvador en las negociaciones comerciales que se llevan a cabo enel marco la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), así como promover la adecuadaaplicación y seguimiento con los entes nacionales correspondientes de los resultados derivados de los Acuerdos que surjan de las mencionadasOrganizaciones. Estará integrada por un Jefe Encargado de las Negociaciones Comerciales, y el personal técnico y administrativo necesario.

Son atribuciones de esta Representación:

a) El impulso de estrategias para la participación de El Salvador en la negociaciones comerciales en el marco de la Organización Mundial delComercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), emanadas de la Dirección de Política Comercial;

b) La ejecución de las Políticas Comerciales del país en las materias abarcadas por la Organización Mundial del Comercio y la OrganizaciónMundial de la Propiedad Intelectual, bajo los lineamientos establecidos por la Dirección de Política Comercial.

c) Promover la adecuada aplicación y dar seguimiento a los acuerdos derivados de las negociaciones comerciales de carácter multilateral en elmarco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), las que se haránen coordinación con la Dirección de Administración de Tratados Comerciales y el Centro Nacional de Registros (CNR);

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d) El seguimiento a los compromisos entre los cuales destacan temas en materia de concesiones arancelarias, acceso al mercado, aplicación depreferencias, contingentes agropecuarios, cupos, medidas de salvaguardia y compras al sector público, así como cualquier otro compromisoderivado de los acuerdos comerciales de carácter multilateral en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC); lo anterior deberáhacerse en coordinación con la Dirección de Administración de Tratados Comerciales;

e) Suministrar a la Dirección de Política Comercial, toda la información necesaria a fin que ésta pueda coordinar y mantener constantecomunicación con las instituciones públicas y privadas relacionadas con la política comercial, en todos aquellos temas relacionados con losacuerdos comerciales de carácter multilateral administrados por la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundialde la Propiedad Intelectual (OMPI);

f) Representar por delegación, a los Titulares del Ministerio en comisiones y eventos que sean de interés para los mismos;

g) Asesorar al Despacho Ministerial en las áreas de su competencia; y

h) Realizar cualquier otra función, relacionada con su misión principal, que sea encomendada por el Despacho Ministerial.

5° El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día de su fecha de emisión.

Publíquese el presente Acuerdo en El Diario Oficial.

COMUNIQUESE

MIGUEL E. LACAYO,

Ministro de Economía

ACUERDO No. 15-1362.

San Salvador, 26 de septiembre de 2002

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo N° 15-1581de fecha 4 de noviembre de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD DE SONSONATE,y reconoció su personalidad jurídica; II) Que por Acuerdo N° 547 de fecha 29 de febrero de 1984, con efectos a partir del 7 de marzo de 1982, el OrganoEjecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la referida Universidad y le aprobó el Plan de Estudio de la carrera de INGENIERIAAGRONOMICA; III) Que la UNIVERSIDAD DE SONSONATE, a solicitud del Licenciado FERNANDO RODRIGUEZ VILLALOBOS, en su calidadde Rector de la Institución y por resolución del Consejo de Directores de la referida Universidad, ha decidido cerrar la carrera de INGENIERIAAGRONOMICA en vista de la poca afluencia de estudiantes, POR TANTO, con base en las consideraciones antes expresadas y las facultades que laley le confiere, ACUERDA: 1°) Cancelar la autorización para continuar impartiendo la carrera de INGENIERIA AGRONOMICA, a la UNIVERSIDADDE SONSONATE; 2°) Prevenir a la UNIVERSIDAD DE SONSONATE acerca de la obligación de terminar la formación de los estudiantes activosen la referida carrera, dentro los parámetros legales y en aplicación del último Plan de Estudio vigente; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará envigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- (Rubricado por el señor Presidente de la República).- El Ministrode Educación, R MARIN.

(Mandamiento de Ingreso No. 2461)

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 521-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de octubre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA: autorizara la Licenciada JAVA DE KRISNA DENISSE GARZARO AREVALO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista dehaber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G.CALDERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- VELASCO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- DE BUITRAGO.- E. CIERRA.- M.CLARA.- GUSTAVE T.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Mandamiento de Ingreso No. 2439)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

DECRETO NUMERO 7.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ORATORIO DE CONCEPCION, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN

CONSIDERANDO:

I. Que los Ingresos Tributarios no se recaudan eficientemente

II. Que la Municipalidad no cuenta con la información completa y actualizada de propietarios, inmuebles y Empresas del municipio para finesTributarios.

III. Que se hace necesario crear una Unidad Administrativa que se dedique exclusivamente a elaborar y mantener el Catastro Municipal.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Código Municipal en el Art. 3 Número 5 y el 30 Número 4:

DECRETA lo siguiente:

ORDENANZA DEL CATASTRO TRIBUTARIO MUNICIPAL

TITULO I

CREACION

Art. 1.- Créase el Sistema de Catastro Tributario Municipal como parte integrante de la Administración Municipal de Oratorio de Concepción.-

Art. 2.- El Catastro Tributario incluirá:

1- El Catastro de Inmuebles, y

2- El Catastro de Empresas del Municipio

Estos serán obligatorios para el área urbana; el Concejo Municipal determinará el área rural a incorporar en el Catastro.

Art. 3.- Por Empresa se entenderá todo tipo de establecimiento y actividad económica realizados en el Municipio independientemente de su tamaño.-

Art. 4.- La Municipalidad proveerá lo necesario en términos de lugar de trabajo, personal, equipo y materiales para el funcionamiento eficientedel Departamento de Catastro.

TITULO 2

FUNCIONES

Art. 5.- Las funciones del Catastro Tributario Municipal son:

1- Recolectar, registrar y actualizar la información necesaria de los propietarios, inmuebles y empresas para la determinación de los tributosmunicipales establecidos en la legislación correspondiente.

2- Fiscalizar e inspeccionar inmuebles y empresas.

3- Notificar a contribuyentes y usuarios de información catastral.

4- Preparar, procesar y transferir informaciones oportunas y exactas a las demás dependencias municipales en lo relativo al Catastro.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358TITULO 3

ELABORACION Y ACTUALIZACION

Art. 6.- El Alcalde o Jefe Administrativo delegado, revisará y aprobará los programas de trabajo del Departamento de Catastro.

Art. 7.- La Municipalidad coordinará con el Instituto Geográfico Nacional, el Registro de la Propiedad Raíz, el Registro de Comercio, otrasdependencias de la Administración Pública y terceros para la creación y actualización del Catastro Municipal.

Art. 8.- El Departamento de Catastro, ubicará personal en la oficina y el campo para ejecutar su trabajo.

Art .9.- El personal del campo portará visiblemente la Credencial expedida por la municipalidad para identificarse ante los propietarios u otrosinformantes.-

Art. 10.- Los propietarios y arrendatarios de inmuebles y propietarios y administradores de empresas, están obligados a facilitar las informacionesrequeridas, dar acceso a terrenos y establecimiento, presentar documentos y remitir por escrito los cambios habidos en los objetos y sujetos tributarios.

Art. 11.- Los Abogados que realicen inscripciones, modificaciones y transacciones de inmuebles o empresas del Municipio, están obligados anotificar correcta y oportunamente de las mismas a la municipalidad.

Art. 12.- Las personas naturales o jurídicas propietarios de parcelas que legalicen notificaciones, están obligados a notificar correctamente ymensualmente de las transacciones o modificaciones del inmueble a la municipalidad.

TITULO 4

INFRACCIONES, SANCIONES Y RECURSOS

Art. 13.- Si una persona natural o jurídica se negare a proporcionar información catastral, estando obligada a ello, se le impondrá una multa de¢100.00 a ¢1,000.00 por primera vez; por segunda vez o más veces, la multa será de ¢1,001.00 a ¢5,000.00

En tal situación el Departamento de Catastro podrá realizar la calificación o recalificación de oficio.

Art. 14.- La incorporación y pago de una multa no exime de las demás responsabilidades en cuanto a la presentación de información y el pago detributos.

Art. 15.- De las resoluciones del Alcalde o del Jefe de Catastro se admitirá recursos de apelación ante el Concejo; de acuerdo al procedimientoestablecido en el Art. 137 del Código Municipal y de las resoluciones del Concejo podrá hacerse uso de los recursos establecidos en los artículos 135y 136 del mismo Código.

Art. 16.- Toda Empresa que no presente sus Balances de su situación financiera del año anterior, los primeros 3 meses del año corriente alDepartamento de Catastro de la Municipalidad, se le impondrá una multa de ¢500.00.-

TITULO 5

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 17. - La Municipalidad promoverá y divulgará los objetivos del catastro y las obligaciones de la ciudadanía y terceros.-

Art. 18.- El acceso por terceros a los archivos catastrales es restringido y sujeto a permiso del Alcalde.-

Art. 19.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.-

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Oratorio de Concepción a dieciséis de diciembre del dos mil dos.

Br. ANA CONCEPCION ROQUE CANTON,ALCALDESA MUNICIPAL.

PEDRO DIAZ ARGUETA, JOSE CRISTO NIETO LANDAVERDE,SINDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR.

JOSE MISAEL SANCHEZ, Tec. ANA GLORIA MELGAR DE HERNANDEZ,SEGUNDO REGIDOR. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso No. 2447)

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

DECRETO No. 8.

LA MUNICIPALIDAD DE AHUACHAPAN, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPAN, considerando sumamente necesario hacer ciertastransferencias de fondos para el funcionamiento de la misma Entidad, por lo tanto, en uso de las facultades que le confiere el No. 7, Art. 30 del códigoMunicipal en relación con el Art. 3,73 y 77 del mismo Código Decreta:

La siguiente modificación al Presupuesto Municipal así:

Art. 1 FONDOS PROPIOS

Rubro de Egresos que se refuerzan

54110 Combustible y Lubricantes $ 108.00

55799 Gastos Diversos 1,488.00

61102 Maquinaria y Equipo 842.86

Rubro de Egresos que se afectan

51202 Salarios por jornal $ 1,488.00

51301 Horas Extraordinarias 842.86

51999 Remuneraciones Diversas 108.00

SUMA $ 2,438.86 $ 2,438.86

Art. 2 Fondo General 20%

Egresos que se refuerzan

54104 Productos Textiles y Vestuarios $ 1,398.74

Egresos que se afectan

56201 Transferencias Corrient. del sector público $ 1,398.74

SUMA $ 1,398.74 $ 1,398.74

Art. 3 FONDO GENERAL FISDL

Rubro de Ingreso que se Refuerza

22202 Transf. de Capital del Sector P. FISDL $ 38,391.18

Egresos que se refuerzan

61503 Programas de inversión social $ 4,011.50

61599 Proyectos y Programas de Inversión Diversos $ 999.09

61606 Eléctricas y de Comunicaciones 19,514.57

61699 Obras de Infraestructura Diversas 15,282.09

Egresos que se afectan

61601 Viales 1,416.07

SUMA $ 39,807.25 $ 39,807.25

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Art. 3 FONDO GENERAL ISDEM

Rubro de Ingreso que se Refuerza

31304 De Empresas Públicas Financieras 685,714.29

Rubro de Egresos que se refuerzan

55304 De Empresas Públicas Financiera 16,005.07

55799 Gastos Diversos 342.84

71304 De Empresas Públicas Financiera 28,134.93

61699 Obras de Infraestructura Diversas 685,714.29

Rubro de Egresos que se afectan

61601 Viales 44,482.84

SUMA $ 730,197.13 $ 730,197.13

Art. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON DE SESIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL, Ahuachapán, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos

mil dos.

LUIS ANTONIO CORTEZ AREVALO, JORGE ALBERTO AVILA OSORIO,

ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

MARTA GLADIS MIRON LOPEZ, CESAR ADONAY PEREZ GONZALEZ,

PRIMERA REGIDORA. SEGUNDO REGIDOR.

NORMA GUILLEN DE MAGAÑA, JOSE ISAIAS VALDEZ RODRIGUEZ,

TERCERA REGIDORA. CUARTO REGIDOR.

ALEX ARTURO HERNANDEZ, LUIS ADALBERTO TREJO ISAGRA,

QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.

JOSE RODOLFO AGREDA VILLACORTA, MAURICIO EDGARDO BARRIENTOS,

SEPTIMO REGIDOR. OCTAVO REGIDOR.

BLANCA GLADIS SALAZAR ZALDAÑA, JUAN ANTONIO SALAZAR,

NOVENA REGIDORA. DECIMO REGIDOR.

DAVID INMER GARCIA CASTANEDA,

SECRETARIO DEL CONCEJO.

(Mandamiento de Ingreso No. 2517)

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

DECRETO NUMERO 8.-

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ORATORIO DE CONCEPCION, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.-

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con los Arts. 13 y 30 numeral 4 del Código Municipal; es facultad de este Concejo, emitir Ordenanza para regular lasmaterias de su competencia y prestación de servicios.

II. Que es facultad de este mismo Concejo modificar tasa mediante la emisión de la correspondiente Ordenanza en cumplimiento a los conceptosestipulados en el inciso segundo del artículo 7 y el art. 158 de la Ley General Tributaria Municipal, en relación con los art. 204, ordinal 1y 262 de la Constitución de la República y el numeral 21 del Art. 30 del Código Municipal.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le Confiere el Código Municipal y Ley General Tributaria Municipal,

DECRETA:

La Siguiente Reforma a la Ordenanza de Tasa por Servicios Municipales, en su art. 7.

CAPITULO SEGUNDO DE LAS TASAS, No. 4 Literal c) Derechos por usos del suelo y Sub Suelo. Asi también a los art. 12 y 47 de la Ley GeneralTributaria.-

1135.- OTROS SERVICIOS NO CLASIFICADOS.

No. 4.- DERECHOS POR USOS DEL SUELO Y SUBSUELO:

01- Por Instalación de postes de tendido eléctrico en la jurisdicción del municipio, por cada uno al mes .............................. ¢ 7.00

02- Por instalación de postes telefónicos y cajas distribuidoras en líneas telefónicas, del municipio cada una al mes .......... ¢ 7.00

03- Por Instalación de medidores de agua potable, en la jurisdicción del municipio cada uno al mes ................................... ¢ 7.00

04- Postes de cualquier otro servicio con fines comerciales. ................................................................................................... ¢ 7.00

05- Torres Metálicas o similares .............................................................................................................................................. ¢ 7.00

Art. 2.- Sobre todo ingreso que entere al contribuyente o responsable con destino al Fondo municipal provenientes de tasas o derechos por serviciosde oficina pagarán el gravamen adicional del 5% para la celebración de Fiestas Patronales, Cívicas y Nacionales.

Art. 3. Se entenderá que el sujeto pasivo está en Mora en el pago de Tasas cuando no realizare el mismo y dejare transcurrir un plazo más de sesentadías sin verificar dicho pago, estos tributos no pagados en las condiciones que se señalen en esta disposición causarán un interés moratorio hasta la fechade su cancelación equivalente al interés de mercado.

MULTAS:

La contravención o infracción señalada, será sancionada con una multa del cinco por ciento del tributo si se pagare en los tres primeros meses de Mora,si se pagaren en los meses posteriores la multa será del diez por ciento.

Art. 4.- La presente Reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, quedando derogado el literal c) del Nº.4 Torres, Postes de Concreto, de Madera o similares, en la Jurisdicción, cada una al mes del Decreto No. 2 de fecha 25 de abril del 2000.-

DADO en la Alcaldía Municipal de Oratorio de Concepción, a dieciséis de diciembre del dos mil dos.-

Br. ANA CONCEPCION ROQUE CANTOR,

ALCALDESA MUNICIPAL.

PEDRO DIAZ ARGUETA, JOSE CRISTO NIETO LANDAVERDE,SINDICO MUNICIPAL. PRIMER REGIDOR.

JOSE MISAEL SANCHEZ, Tec. ANA GLORIA MELGAR DE HERNANDEZ,SEGUNDO REGIDOR. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso No. 2446)

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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL DEL CENTRO DE MONTECA, JURISDICCION

DE NUEVA ESPARTA, DEPARTAMENTO DE LA UNION

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION Y DOMICILIO

ART. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal y la Ordenanza respectiva, estos Estatutos y demásdisposiciones legales aplicables. Estará al servicio de la comunidad de sudomicilio, para el desarrollo de los planes programas y proyectos deinterés social, cultural y económico y será una entidad apolítica, nolucrativa, ni religiosa pero con carácter democrático. La Asociación sedenominará: Asociación de Desarrollo Comunal del Centro de Monteca,Jurisdicción de Nueva Esparta, Departamento de La Unión.

La que podrá abreviarse ADESCOMC, y que en estos Estatutos sedenominará LA ASOCIACION, y que adoptará el símbolo un árbol depino.

ART. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido,sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por lasleyes de la materia.

ART. 3.- El domicilio de la Asociación será en Cantón Monteca,Jurisdicción de Nueva Esparta, Departamento de La Unión.

FINES

ART. 4.- La Asociación tendrá como fines: el desarrollo humanoy la obra productiva y física que proyecte. Para ello deberá:

a) Promover el progreso de la comunidad del Cantón de Monteca,conjuntamente con los organismos públicos y privados queparticipen en los correspondientes programas de desarrollo.

b) Fomentar el espíritu de servicio en los Asociados, los veci-nos, sus grupos y comunidades circunvecinas.

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas enla mayor integración de sus miembros y la mejor organiza-ción de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación ypromoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de laorganización de la comunidad, la administración de proyec-tos sociales y económicos y la elevación de niveles educati-vos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la comuni-dad, con el equipamiento y medios indispensables para solu-cionar los distintos problemas que existen en la comunidad.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de lacomunidad para el desarrollo a través de la ayuda mutua y elesfuerzo propio, a fin de complementar las obras que seconsideren en el respectivo Plan de Trabajo y otras que deemergencia surjan.

g) Incrementar actividades de nivel comunal, a fin de obtenerrecursos propios que sirvan para impulsar el mejoramientode la comunidad.

h) Promover las organizaciones Juveniles de ambos sexos,haciéndoles participar responsablemente en el desarrollolocal.

i) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral dela comunidad.

j) Realizar diversos proyectos y actividades, que genereningresos económicos y servicios sociales a la comunidad.

k) Participar en los planes de desarrollo local, regional y nacio-nal en cuanto a la determinación de proyectos, y la obtenciónde recursos comunales, gubernamentales, de las ONG´s yOrganismos Internacionales.

l) Lograr la participación en el desarrollo sostenible de lacomunidad.

m) Promover la reforestación en las Cuencas Hidrográficas.

METAS

ART. 5.- La Asociación tendrá como metas, las especificadas enel Plan Local de Desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de NuevaEsparta, de acuerdo a las siguientes áreas: Organización y CapacitaciónComunal, salud, mejoramiento de la infraestructura básica, agropecuario,vivienda, industria, trabajo, recreación y educación y serán desarrolladospor medio de la ejecución de proyectos y actividades de interés de losAsociados y la comunidad.

SOCIOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES

ART. 6.- Los Socios podrán ser:

a) Activos,

b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo,cuando provengan de Asociaciones Juveniles, el requisito de edad antesmencionado será de 18 años.

Son Socios Activos, todas las personas que reúnan los requisitosseñalados en el inciso anterior, residente dentro de los límites de la unidadvecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes inmediatas,y afiliarse mediante procedimientos determinados por la Asamblea engeneral.

Son Socios Honorarios, aquellas personas a quienes la AsambleaGeneral, por su iniciativa o por propuesta de la Junta Directiva, lesconceda tal calidad en atención a sus méritos personales y relevantesservicios prestados a la Asociación.

ART. 7.- Son derechos y deberes de los Socios Activos:

DERECHOS:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-les.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación.

ch) Elegir y ser electo para cargos de Junta Directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles alincremento del número de miembros de la Asociación.

e) La participación en la administración y fiscalización de laAsociación.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

DEBERES:

a) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,previa convocatoria en legal forma.

b) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que sele encomienden.

c) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones deJunta General y Junta Directiva, siempre que estén relaciona-das con los fines de la Asociación.

ch) Cumplir los acuerdos de la Asociación siempre que se tomende acuerdo a las leyes, reglamentos y estatutos.

d) Mencionar que sólo corresponde un solo voto a cada asociadosin que pudiera haber representación de un asociado por otro,salvo con la autorización de la Junta Directiva.

ART. 8.- Los Socios Honorarios gozarán de los derechos que laAsamblea General les otorgue.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ART. 9.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por laAsamblea General y la Junta Directiva.

A) LA ASAMBLEA GENERAL

ART. 10.- La Asamblea General la componen los Socios y seinstalará por mayoría de los Socios Activos, haber representación de losSocios; pero cada Socio no podrá llevar más de una representación. Lasresoluciones se acordarán por mayoría de votos, salvo en lo referente ala disolución de la Asociación.

ART. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente cuatroveces al año, con intervalos de tres meses y Extraordinariamente cuandosea convocada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitudde 17 Socios.

ART. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán losasuntos comprendidos en la Agenda y los que propongan los Socios. Enlas Asambleas Generales Extraordinarias, sólo se tratarán los asuntoscomprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otrosaspectos no comprendidos en la agenda será nula.

ART. 13.- La Convocatoria a Asamblea General Ordinaria oExtraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con tres días deanticipación para las primeras y con cuatro horas de anticiapación paralas segundas indicándose en las mismas, el lugar, día y hora en que hande celebrarse. Si a la hora señalada no pudiera celebrarse la sesión porfalta de quórum, ésta se llevará a cabo una hora para las primeras y unahora para aquellas que legalmente convocados no asistieron.

ART. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o desaprobar elestado financiero de la Asociación.

c) Destituir por causa justificada a los miembros de la JuntaDirectiva y elegir a sus sustitutos, así mismo, retirarán lacalidad de miembros de la misma a los que hubieran renun-ciado, fallecido o perdido su calidad de Socio.

ch) Pedir a la Junta Directiva, los informes que crean convenien-tes.

d) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación.

e) Acordar la petición de la Personalidad Jurídica y aprobaciónde Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio deRepresentante Legal de la Asociación.

f) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

g) Aprobar la suspensión definitiva de los Socios.

h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y su respectivo presupues-to.

i) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-tos que se dicten.

B) PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS

ART. 15.- Los Miembros de la Asociación podrán ser retirados deella por la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previaaudiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal, Orde-nanza Municipal, y estos Estatutos.

Se consideran además como causales de retiro o expulsión a lassiguientes:

a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio gravepara la Asociación.

b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos deelección o comisiones que le encomiende la Asamblea Gene-ral o la Junta Directiva.

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturale-za que vayan en perjuicio de la Asociación.

ch) Obtener por medio fraudulento, beneficio de la Asociaciónpara sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

ART. 16.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Direc-tiva, nombrará una comisión de siete de sus miembros, para que inves-tigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que elsupuesto infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá elproceso a que se refiere el inciso anterior; pero en este caso, la AsambleaGeneral resolverá por tal suspensión acordada, que se nombrará a lossustitutos.

ART. 17.- Sobre el retiro de Asociados y sobre la suspensióntemporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamen-te el retiro de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de lanotificación.

De las Resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningúnrecurso, y sólo resolverá sin mayor trámite dentro del tercer día posteriora la admisión del recurso de revisión.

ART. 18.- Los miembros de la Junta Directiva electos por laAsamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defini-tiva, según la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por laAsamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ART. 19.- En caso de que la Junta Directiva dentro del plazo de diezdías de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a losartículos anteriores, un número de veinte asociados, por lo menos podrápedir al Concejo Municipal correspondiente que se les autorice:

a) Para nombrar de entre los mismos investigadores, y

b) Para que ésta convoque a la Asamblea General, que conside-rará la suspensión en base a los informes de la ComisiónInvestigadora. El mismo procedimiento anterior se seguirácuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre lasuspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva ocuando por tratarse de un número considerable de miembros,los que queden no puedan o no inicien el procedimientodentro del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este artículo será la Asamblea General, la queresolverá sobre la suspensión temporal o definitiva de los miembros y enla misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo desuspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos.

C) JUNTA DIRECTIVA

ART. 20.- La Junta Directiva estará integrada por 17 miembroselectos en Asamblea General, por votación por cargos, ya sea por cargosseparados o en planilla. En todo caso la nominación de los cargos será lasiguiente: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Secretario de Actas,Tesorero, Síndico y Vocales. Los cargos de la Junta serán adhonorem;sin embargo, cuando el Socio o directivo trabaje en actividades oficialespara la Asociación; podrá otorgársele una retribución convencional ocuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten.

ART. 21.- La Junta Directiva, se reunirá ordinariamente, cuantasveces sea necesario, y por lo menos una vez por mes y extraordinariamen-te cuando sea convocada por el Presidente. Para que la sesión sea válida,deberá concurrir por lo menos quince de sus miembros y las resolucionesse tomarán por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente o elque haga sus veces tendrá voto de calidad.

ART. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar el proyecto de Estatutos de la Asociación y propo-nerlos a la Asamblea General.

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conformea la ley.

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaborancon el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuestocorrespondiente.

ch) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación, encausarsu mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias oextraordinarias.

e) Vincularse con las Organizaciones del Estado, las Municipa-lidades y con las entidades privadas que tengan que trabajaren la región el proyecto de desarrollo comunal.

f) Participar en su caso, en las investigaciones, planeamiento,ejecución y evaluación de los programas y proyectos demejoramiento de la comunidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General de las acti-vidades que desarrolla y presentarle el plan anual de trabajoy el presupuesto respectivo e informar igualmente a losorganismos que cooperaron en el desarrollo de sus programasde trabajo.

h) Velar que el patrimonio de la Asociación, sea aplicado a laconsecución de sus fines.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicosde la Asociación.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losafiliados.

k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposicionesemanadas de la Asamblea General y las que crea convenientedictar.

l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionalesno previstas en los Estatutos.

m) Presentar a la consideración y aprobación de la AsambleaGeneral en la sesión anual, sus actividades de trabajo.

n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las Leyescorrespondientes y estos Estatutos.

ñ) Elaborar el reglamento interno de la Asociación y presentarloa la Asamblea General para que lo apruebe.

ART. 23.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirálas sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, autorizando consu firma los acuerdos que emanen de las mismas y coordinará lasactividades de la Asociación.

ART. 24.- El Vicepresidente colaborará con el Presidente, losustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demásque fuese concerniente a actividades comunales.

ART. 25.- El Secretario, será el órgano de comunicación de laAsociación y llevará el inventario de los bienes de la misma.

ART. 26.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros deActas de Sesiones que celebran la Asamblea General y la Junta Directivay todo lo demás que fuere pertinente.

ART. 27.- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes dela Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de lamisma.

Se encargará así mismo, que se hagan efectivos los créditos a favorde la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión delestado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asociacióny de los emolumentos si los hubieran.

Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria oCrediticia, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociacióndebiendo registrar sus firmas con la del Presidente y Síndico comorefrendarios.

ART. 28.- El Síndico, tendrá la representación judicial y extrajudi-cial de la Asociación y el uso de la personalidad jurídica, quien paracomparecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros,deberán ser autorizados por la Junta Directiva, quien lo legitimarámediante la certificación del punto de acta que lo autoriza.

A falta del Síndico, fungirán los Vocales en su orden, autorizadosen sesión de Junta Directiva, además, velará por el estricto cumplimientodel Código Municipal, la Ordenanza respectiva, así como los presentesEstatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por laAsamblea General y la Junta Directiva.

ART. 29.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en lamedida que ésta lo considere necesario; en todo caso, sustituirán a losmiembros de la Junta Directiva que renuncien o faltaren.

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

ART. 30.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directivallamará y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure lasuspensión.

ART. 31.- Los Miembros de la Junta Directiva serán electos paraun período de dos años y sólo podrán ser reelectos en forma consecutivapara un período más, dos de sus miembros que podrán ser cualesquierade ellos.

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ART. 32.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aportenlos Socios Activos y será de 8.75 colones mensuales.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, dona-tivos, legados, etc. que provengan de diversas fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizadapara recaudar fondos a la Asociación.

d) El valor de los intereses que devengan los créditos otorgadosa los Asociados. El valor de estos intereses serán fijados porla Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, peroen todo caso, este interés deberá ser menor que el estipuladopor el Sistema Bancario Nacional.

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienesmuebles e inmuebles de propiedad de la Asociación; el valorde estos alquileres están aprobados por la Asamblea General,a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún casoexonerará de estos pagos el hecho de ser asociado.

f) Sus bienes muebles e inmuebles adquiridos a cualquier título.

g) Los bienes muebles e inmuebles que forman el patrimonio nopodrán ser enajenados en garantía, vendidos, alquilados oprestados sin la autorización previa de la Asamblea General.

ART. 33.- La Asociación cuenta hoy con un capital cero enefectivo, provenientes de diversas actividades realizadas por la comuni-dad.

ART. 34.- De las utilidades netas obtenidas al final del ejercicioadministrativo, por la Asociación se aportará el cinco por ciento por lomenos para formar un Fondo de Reserva para incrementar el capitalbancario a nombre de la misma.

La Asociación llevará un libro especial de registro de capital, en elque deberá expresarse todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fines sociales y de obrasfísicas, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través derecursos económicos deberá ser conocido y aprobado por la AsambleaGeneral y autorizada por la Junta Directiva, específicamente para el actoen que comparezca el representante de la Asociación.

En todo caso, se establecerán los controles necesarios para elefectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes externas enlos distintos programas y proyectos que se desarrollan.

ART. 35.- Si al final de cada ejercicio administrativo anual (eneroa diciembre) se obtuvieren ganancias, la Junta Directiva propondrá a laAsamblea General los proyectos en los que pueden ser aplicadas dichasganancias, como también el tiempo y forma de invertir el Fondo deReserva.

ART. 36.- En caso de disolución de la Asociación si después depagadas las obligaciones hubiere un remanente, el Concejo Municipal,lo destinará a programas de desarrollo comunal a realizarse en el Centrode Cantón Monteca, del domicilio de la Asociación y mientras no serealiza su inversión el remanente estará bajo el control del ConcejoMunicipal.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

ART. 37.- La disolución de la Asociación será acordada en sesiónextraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceraspartes de los Socios de la misma, por motivos que el Código y OrdenanzaMunicipal, estos Estatutos y las demás Leyes de la materia establecen.

DISPOSICIONES GENERALES

ART. 38.- La Asociación llevará sus libros de registro de afiliados,actas de Asambleas Generales, actas de Junta Directiva, registro finan-ciero y registro de inventario, todos foliados y sellados con una razón deapertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego alterminarse el libro se pondrá su razón la cual deberá estar firmada ysellada por el Secretario de la Junta Directiva.

ART. 39.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar alConcejo Municipal durante los primeros quince días posteriores a laelección, la nómina de la nueva Junta Directiva, durante los primerosquince días del año, la nómina de los asociados, informe de las sustitu-ciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sean en formadefinitiva y cualquier otro dato relativo a la Asociación.

ART. 40.- Para la modificación del acta de constitución y lospresentes Estatutos se seguirán los mismos procedimientos que para laconstitución e inscripción de la Asociación.

ART. 41.- Los casos no contemplados en estos Estatutos, seránresueltos en Asamblea General de socios.

ART. 42.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia, ocho díasdespués de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº UNO.-

Este Concejo Municipal en uso de sus facultades que le confiere elartículo 19 del Código Municipal; vistos los Estatutos de la AsociaciónComunal del Centro de Monteca, ADESCOMC, jurisdicción de NuevaEsparta, Departamento de La Unión, compuesto de cuarenta y dosartículos y no encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a lasleyes de la República, al orden público, ni a las buenas costumbres;ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes y concederles el carácter depersona jurídica. Publíquese.

Alcaldía Municipal de Nueva Esparta, a los veintiséis días del mesde julio del dos mil dos.

JOSE MANRIQUE VILLATORO,ALCALDE MUNICIPAL.

MARIA ANA GIL GOMEZ,SECRETARIA MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso Nº 2524)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL, CASERIOS EL GUINEO Y PALO SECO,

CANTON ESTANCIA, CACAOPERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZAN

CAPITULO I

DE LA CONSTITUCION Y DEL DOMICILIO

Art. 1.- Constitúyese la Asociación Comunal ADESCOPALGUI.El domicilio de la Asociación será en los Caseríos EL GUINEO Y PALOSECO, Cantón ESTANCIA, Municipio de Cacaopera, Morazán.

Art. 2.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal, la Ordenanza Municipal respectiva, el ReglamentoInterno, estos Estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA Y EL OBJETO

Art. 3.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa, nireligiosa, de carácter democrático.

Art. 4.- El emblema de ADESCOPALGUI será un Trébol deCuatro Hojas y en cada hoja una letra "D". El trébol nos significará a lacomunidad nuestro respeto al Medio Ambiente y las letras DesarrolloDemocracia, Derechos y Deberes.

Art. 5.- Los objetivos de la Asociación son:

a) Motivar y participar en el estudio y análisis de los problemasy necesidades de la comunidad.

b) Fomentar el espíritu de colaboración principalmente de losmiembros de la Asociación en el desarrollo de los planes yproyectos de la misma.

c) Trabajar en forma armónica con los planes de desarrollo localy regional; así como colaborar con la ejecución de los mismosespecialmente cuando se trate de proyectos que conlleven albeneficio directo de los habitantes de la comunidad.

d) Promover el progreso de las comunidad de La Guara junta-mente con los organismos públicos y privados que participenen los correspondientes programas.

e) Impulsar y participar en los programas de capacitación ypromoción social, a fin de contribuir al mejoramiento de laorganización de la comunidad. La administración de proyec-tos sociales y económicos y la elevación de los niveleseducativos.

f) Utilizar al máximo los recursos humanos y materiales de lacomunidad para el desarrollo a través de la ayuda mutua y elesfuerzo propio a fin de complementar obras que se conside-ran en el respectivo plan de trabajo y otros que de emergenciasurjan.

g) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral dela comunidad.

h) Fomentar la recreación por medio del deporte y las artes

i) Velar por la seguridad de los habitantes coordinando segúnlas circunstancias de las autoridades correspondientes.

Art. 6.- La duración de la Asociación será por tiempo indefinido yse podrá disolver o liquidarse por cualquiera de las causas previstas en elCódigo Municipal y éstos Estatutos.

CAPITULO III

DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO

Art. 7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.- Es decir que a éstos les corresponde ladirección y administración de la Asociación

CAPITULO IV

DE LOS ASOCIADOS

Art. 8.- Para ser admitido como miembro de la Asociación senecesita:

a) Ser persona natural

b) Ser mayor de 18 años, presentar por escrito la solicitud deingreso, ser aceptado por la Junta Directiva y llenar la fichade afiliación.

c) También pueden ser socios personas de 16 a 18 años quedemuestren responsabilidad y tengan vocación de serviciohacia la comunidad.

Pueden pertenecer a alguna directiva interna por ejemplo: comitésde conservación de medio ambiente, comités de salud, comités dedeportes, comités de iglesias, comités de artesanos, etc.

Art. 9.- Habrán dos clases de asociados:

a) Asociados activos: son los Asociados Fundadores, es decirque firman el acta de constitución y los que obtienen suingreso a la Asociación en la forma que establezcan losEstatutos.

b) Asociados Honorarios: son aquellas personas naturales querealizan una destacada labor en la comunidad o dan ayudasignificativa a las Asociaciones. Esta calidad de asociados laotorgará la Junta Directiva como representante de la Asocia-ción.

Art. 10.- Son derechos de los miembros de la Asociación:

a) Participar con voz y voto en los debates de la AsambleaGeneral y presentar proposiciones e iniciativas.

b) A elegir y ser electo para los cargos de la Directiva de laAsociación así como velar por el buen destino de la Asocia-ción y los comités que hayan sido elegidos en la Asamblea yque cumplan con su cometido

c) Solicitar y obtener la protección en los casos cuando susintereses o derechos sean afectados.

Art. 11.- Son obligaciones de los miembros de la Asociación:

a) Pagar en forma puntual la cuota ordinaria y extraordinaria

b) Asistir a todas las reuniones o Asambleas para los que hayansido convocados por los señores de la Junta Directiva.

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

c) Acatar y cumplir fielmente las resoluciones tomadas enAsamblea General como los organismos de dirección cadavez que ésto no nos lleve en contra de los Estatutos.

d) Cumplir con las demás obligaciones que determinen losEstatutos y también otras disposiciones legales.

Art.12.- Todos los miembros de la Asociación gozarán y ejerceránsus derechos y cumplirán sus obligaciones de igual manera sin recono-cerse privilegios de ninguna clase.

Art.13.- La Asamblea General podrá amonestar o expulsar a algúnmiembro, previo acuerdo tomado por la mitad más uno de los votos delos miembros que asistan a la Asamblea General que conozcan el caso;la expulsión podrá únicamente acordarse por motivos graves de malaconducta pública o privada, siempre que esta lesione los intereses,prestigio o finalidad de la Asociación.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 14.- La Asamblea General será la máxima autoridad de laAsociación y estará formada por todos los Socios Activos y Honorarios.Solamente los Socios Activos tendrán voz y voto.

La Asamblea General deberá reunirse por lo menos dos veces alaño.

La Junta Directiva de la Asociación podrá convocar a AsambleaGeneral extraordinaria cuando haya asuntos urgentes que tratar.

Art. 15.- Para poder celebrar sesión de Asamblea General seránecesaria la asistencia de la mayoría de los socios y las resoluciones setomarán con la mitad más uno de los votos de los socios asistentes y todaresolución será obligatoria; a todos, aún para los inasistentes en caso deempate, el Presidente tendrá voto calificado, es decir doble voto.

Art.16.- Para cada sesión convocará la Junta Directiva con 8 díasde anticipación, en forma escrita y firmada por el Presidente y elSecretario.

CAPITULO VI

ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 17.- Las atribuciones de la Asamblea General son:

a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva cada dos años enAsamblea General.

b) Aprobar y rechazar lo presentado por la Junta Directiva.

c) Aprobar el Reglamento Interno y lo demás que fuere necesa-rio para el buen funcionamiento de la Asociación.

d) Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias que deben pagarlos socios.

e) Discutir y aprobar reformas a estos Estatutos.

f) Acordar la expulsión de los socios después de conocer losmotivos y pruebas presentadas por la Junta Directiva.

g) Aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos de laAsociación así como conocer el estado financiero.

h) Todas las demás que señalen estos Estatutos.

Art. 18.- La Junta Directiva se elegirá cada dos años y estaráintegrada por: Presidente, Secretario, Tesorero, Síndico y Vocales.

Art.19.- La toma de posesión de la Junta Directiva se hará en lafecha que se acuerde en la Asamblea General.

Art. 20.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez almes y en forma extraordinaria cuando las necesidades de la Asociaciónasí lo demanden las sesiones extraordinarias se convocarán con dos díasde anticipación.

El quórum para poder celebrar las sesiones de Junta Directiva serála asistencia de la mitad más uno de los Directivos; de igual forma setomarán las resoluciones,

Art. 21.- Para poder ser miembro de la Junta Directiva se requiere:a) Ser Socio Fundador o Socio contribuyente de la Asociación.

b) Ser mayor de edad

c) Ser honrado y tener capacidad para el cargo.

d) Estar solvente económicamente con la Asociación.

Art. 22.- Serán atribuciones de la Junta Directiva:

a) Dirigir y administrar la Asociación.

b) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamentos Inter-nos de la Asociación acuerdos y demás disposiciones emana-das de la Asamblea General.

c) Llevar el inventario de las pertenencias de la Asociación encaso que tuviesen.

d) Disponer todo lo necesario para la buena marcha de laAsociación.

e) Autorizar la celebración de toda clase de actos, contratos ycompromisos que celebren o adquiera la Asociación, de loscuales dará cuenta en Asamblea General.

f) Nombrar comités o comisiones para que colaboren al buenfuncionamiento de la Asociación.

g) Presentar al final de cada año una memoria escrita de susactividades y someterlas a la aprobación de la AsambleaGeneral para su aprobación o rechazo.

h) Todas las demás que le impongan estos Estatutos, Reglamen-tos y acuerdos que emanen de la Asamblea General.

Art. 23.- Son atribuciones del Presidente:

a) Representar a la Asociación judicial y extrajudicialmente,celebrar y otorgar toda clase de actos y contratos, otorgarpoderes a nombre de la Asociación, previa autorización de laJunta Directiva.

b) Presidir sesiones de la Asamblea General y Junta Directiva.

c) Autorizar juntamente con el Tesorero o quien haga sus veces,los egresos de la Asociación

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Art. 24.- Las atribuciones del Secretario:

a) Llevar el libro de actas.

b) Anotar los acuerdos que se dan en la Directiva.

c) Leer en Asambleas o en reunión general, los acuerdos que setomaron en la última sesión de la Junta Directiva.

Art. 25.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir toda clase de ingresos tales como donaciones, cuotasde los socios y toda clase de contribuciones.

b) Llevar las cuotas de la Asociación en debida y legal formadebiendo informar en todas las sesiones de la Junta Directivael movimiento de los fondos.

c) Manejar los fondos de la Asociación

d) Mantener en la caja chica una cantidad acordada por la JuntaDirectiva pudiendo hacer pagos de este fondo sin la autoriza-ción del Presidente y presentar en cada sesión de JuntaDirectiva una relación de egresos para su aprobación yreintegro de la caja chica.

Art. 26.- El Síndico deberá velar por el fiel cumplimiento de estosEstatutos, los Reglamentos que se dicten para la buena marcha de laAsociación. Cualquier violación que notare o que le denunciare respectoa las disposiciones que legalmente rigen a la Asociación deberá ponerlasen conocimiento de la Junta Directiva o de la Asamblea General segúnel caso.

Art. 27.- Los Vocales por su orden sustituirán a los demás miem-bros de la Junta Directiva en caso de ausencia o renuncia; así comosustitución de otro miembro de la Junta Directiva.

Sus funciones serán las mismas que las del directivo que sustituya.

Art. 28.- Formación de Comités.

Se organizan algunos comités de manera que todos los socios seinvolucren en todo lo referente al buen funcionamiento de la Asociación.

Estas comisiones de personas son elegidas en Asambleas y quenegocian determinados asuntos en nombre de la Asociación.

Los comités más importantes son:

a) Comité de Gestión Este se encarga de gestionar proyectosrelacionados con la comunidad.

b) Comité de Agua cuando en las comunidades cuentan con elservicio de agua potable, éstos se encargan del mantenimien-to de las instalaciones, los recibos de cobros y todo lorelacionado a esta actividad.

c) Comité Organizativo o social, éste se encarga de coordinaractividades para recaudar fondos para la comunidad (rifas,excursiones fiestas etc.)

d) Comité Administrativo, éste se encarga de llevar registros delos ingresos y egresos económicos.

e) Comité de vigilancia

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO

Art.29.- El patrimonio de la Asociación estará formado por lasdonaciones recibidas, por las cuotas de los socios y el producto de todaslas actividades de la Asociación, también serán incorporados los legadosque se reciban.

Art. 30.- Todo socio aportará una cuota ordinaria mensual de UNCOLON y una extraordinaria, cuya cantidad será acorde para cubrir losgastos de imprevistos que se presenten

Art. 31.- Los ingresos de la Asociación se distribuirán de lasiguiente manera.

a) % para el presupuesto anual

b) % para proyectos sociales y culturales

c) % para fondos de reserva

Art.32.- Los bienes muebles e inmuebles que adquiera la Asocia-ción deberá hacerlo con autorización de la Asamblea General.

Art.33.- Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimoniono podrán ser enajenados en garantía, ni vendidos o donados, ni prestadossin autorización de la Asamblea General.

CAPITULO VIII

DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA

Art. 34.- Los miembros de la Junta Directiva tendrán la obligaciónde rendir informes de sus actuaciones cada tres meses a la AsambleaGeneral.

Art. 35.- La Alcaldía Municipal de Cacaopera, puede auditar lasoperaciones de esta Asociación para ejercer control por el uso Indebidode cualesquiera de los privilegios y exenciones de que goce, tomando lasmedidas correctivas que sean necesarias.

CAPITULO IX

DE LA MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS

Art. 36.- La modificación de los Estatutos deberá acordarse enAsamblea General extraordinaria, con el voto de la mitad más uno de lossocios asistentes,

Art. 37.- Tendrán iniciativa para solicitar modificación de losEstatutos de la Asamblea General y la Junta Directiva.- En el primer caso,corresponderá a la mitad más uno de los afiliados activos presentar supetición por escrito a la Junta Directiva; y en el segundo caso la JuntaDirectiva hará la solicitud de la Asamblea General.

CAPITULO X

DE LA LIQUIDACION Y DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 38.- Esta Asociación podrá disolverse mediante acuerdotomado en Asamblea General Extraordinaria con la decisión de la mitadmás uno de los socios.

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Art. 39.- Serán causales para disolver esta Asociación las siguien-tes:

a) Por la disminución del número mínimo de asociados estable-cidos por el Código Municipal.

b) Por la imposibilidad de realizar los fines para los cuales fueconstituida.

c) Cuando su funcionamiento no se ajusta a los procesos legales.

d) Cuando desarrolle actividades contrarias a la democracia, alorden público, a la moral o a las buenas costumbres.

Art. 40.- El acuerdo de disolución debe ser comunicado al Regis-trador de Asociaciones Comunales por la Junta Directiva, dentro de losdiez días siguientes a la fecha en que fue tomado, remitiéndose ademásuna certificación del acta respectiva.

Art.41.- Al Disolverse la Asociación, deberá integrarse una comi-sión liquidadora que estará integrada por dos Delegados Municipales ypor dos representantes de la Asociación, quienes quedarán electos en laAsamblea General extraordinaria convocada a efecto de disolución; sinofueren electos se procederá a la liquidación de los dos DelegadosMunicipales, disponiendo dicha comisión de noventa días para liquidar-la.

Art.42.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liquida-ción está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora todoslos libros y documentos, y rendir los informes y explicaciones que lesoliciten.-

Art.43.- La comisión liquidadora una vez concluido su trabajoremitirá al Concejo Municipal para su aprobación, los documentospertinentes y un informe detallado de su gestión.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 44.- Toda renuncia de miembros deberá ser presentada porescrito a la Junta Directiva.

Art.45.- La Asamblea General podrá amonestar o expulsar a algúnmiembro previo acuerdo tomado por la mitad más uno de los asociadosque asistan a la Asamblea General que conozca el caso.

La expulsión podrá acordarse únicamente por motivos graves omala conducta pública o privada, siempre que éstos lesionen los interesesprestigios o finalidad de la Asociación.

Art.46.- La Asociación llevará sus libros de registros de afiliados,de actas generales, de Junta Directiva y de Asamblea General y losregistros financieros, todos sellados y foliados con una razón de aperturaque contenga el objeto del libro, su número de hojas y luego al terminarseel libro se pondrá la razón de cierre, la cual deberá estar firmada y selladapor el Secretario de la Junta Directiva.

Art. 47.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al ConcejoMunicipal en los primeros quince días posteriores a la elección la nóminade la nueva Junta Directiva, también deberá pasar al Concejo Municipaldurante los primeros quince días del año la nómina de los asociados asícomo también deberá proporcionar cualquier dato que se le pidiererelativo a la Asociación.

También informará en la forma expresada en el inciso anterior lasinstituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en formadefinitiva.

Art.48.- Los cargos de la Junta Directiva son ad-honoren, sinembargo cuando un miembro de la Junta Directiva o asociado dedique undía completo a cualquier actividad de la Asociación, podrá ser retribui-dos sus gastos siempre que las circunstancias lo ameriten.

Art. 49.- Toda la Junta Directiva saliente podrá formar parte de uncomité asesor de la nueva Junta Directiva que se elija conforme a losEstatutos no pudiendo integrar el mismo los miembros a quienes les hayacomprobado una conducta viciada o por haber administradoinadecuadamente los fondos de la Asociación

Art. 50.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuenta circuns-tanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre sus activida-des realizadas y pendientes durante su gestión administrativa.

El informe a que se refiere el inciso anterior debe ser por escrito,sellado y firmado por todos los miembros de la Junta Directiva saliente,a más tardar en el primer mes de funciones de la nueva Junta Directiva.

Art.51.- Los casos que estén contemplados en estos Estatutos seránresueltos en Asamblea General de socios.

Art. 52.- Estos Estatutos entrarán en vigencia ocho días después desu publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO CUATRO.

El Concejo Municipal, en vista de los Estatutos de la Asociación deDesarrollo Comunal, Caserío El Guineo y Palo Seco, Cantón Estancia deesta Jurisdicción, compuesta de cincuenta y dos artículos y no encontran-do en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, al ordenpúblico ni a las buenas costumbres, de conformidad a los artículos 30numeral 23 y 119 del Código Municipal, ACUERDA: Aprobarlos entodas sus partes y conferirles la PERSONALIDAD JURIDICA.- Comu-níquese.-

Alcaldía Municipal, Cacaopera, dos de diciembre del dos mil dos.

JOSE GELVI ARGUETA CANALES,ALCALDE MUNICIPAL.

DAYSI PATRICIA CHAVEZ PEREZ,SECRETARIA MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso No. 2521)

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL, CASERIO OJO DE AGUA,

CANTON EL PEDREGAL, JURISDICCION

DE EL ROSARIO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

CAPITULO UNO

DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO, FINES Y METAS.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elordenamiento legal, municipal y todas las demás disposiciones legalesaplicables, estará al servicio de la comunidad de su domicilio para eldesarrollo de los planes, programas y proyectos de interés social, culturaly económicos y se denominará Asociación de Desarrollo Comunal:Caserío Ojo de Agua, Cantón El Pedregal, jurisdicción de El Rosario,departamento de La Paz.

La cual podrá abreviarse: ADESCOC OJO DE AGUA, que en lospresentes Estatutos se llamará la Asociación.

Art. 2.- La Duración de la Asociación será por tiempo indefinido sinembargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previs-tos en ordenanzas y reglamentos municipales, Ley del Desarrollo Comu-nal y estos Estatutos.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será: Caserío Ojo de Agua,Cantón El Pedregal, J/ El Rosario, departamento de La Paz.

Art. 4.- Los fines de la Asociación son de carácter General:

Son Fines Generales:

a) La formación del hombre en lo que respecta a educación,salud y economía, la obra física será considerada como unmedio y proyección que la Asociación aprovechará para ellogro de lo primero en este literal.

b) Fomentar la solidaridad, cooperación y democracia de susmiembros y todos los habitantes de la comunidad.

c) Impulsar y participar en programas de capacitación promo-cional de los dirigentes y de los grupos comunales, con el finde contribuir al mejoramiento de la Asociación Comunal.

d) Promover el desarrollo de la respectiva localidad, conjunta-mente con el concejo municipal, otros organismos guberna-mentales e instituciones autónomas, privadas y/o personasjurídicas que participan en programas y proyectos de benefi-cio comunal.

Art. 5.- La Asociación se propone cubrir sus metas de acuerdo alPlan de Trabajo aprobado por la Alcaldía Municipal de El Rosario, eldesarrollo del hombre es el primero, procurando su formación integralespontánea, por medio de la educación, la cultura, la economía, la saludy el deporte; incentivando la democratización factor indispensable parala buena armonía de la ciudadanía, la obra física será producto delesfuerzo propio, la ayuda del Concejo Municipal y de la institucionesestatales, empresa privada e instituciones internacionales, la Asociaciónse propone desarrollar en distintas etapas, es decir a corto, mediano ylargo plazo lo siguiente:

1. Capacitación sobre desarrollo comunal.

2. Construcción de muro perimetral del centro escolar cs/Ojo deAgua.

3. Compra de terreno para casa comunal.

4. Construcción de dos pasarelas.

5. Gestionar talleres vocacionales (Corte y confección, Carpin-tería, Panadería, etc.).

6. Compra de terreno para cancha de fútbol.

7. Compra de terreno para dispensario médico.

8. Mejoramiento de camino vecinal.

9. Compra de terreno para ampliar centro escolar.

10. Gestionar Introducción de teléfono residencial.

CAPITULO DOS

DE LOS SOCIOS.

Art. 6.- La calidad de los socios será: ACTIVOS y HONORA-RIOS.

Todos deben ser mayores de dieciocho años.

a) Son socios activos: todas la personas que reúnen los requisi-tos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de loslímites de la unidad vecinal correspondiente o en vecindadescolindantes inmediatas, que haya residido en este lugar por unperíodo no menor de un año.

b) Son socios honorarios: aquellas personas a quienes la Asam-blea General, por su iniciativa o/a propuesta de la JuntaDirectiva, les conceda tal calidad, en atención a sus méritospersonales y relevantes servicios prestados a la Asociación oComunidad.

Art. 7.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que laAsamblea General les otorgue.

CAPITULO TRES

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.

Art. 9.- La Asamblea General será el máximo Organismo de laAsociación y se integrará con todos o con la mayoría de socios activos,pudiendo haber representación, de socios; pero cada socio no podrállevar más de una representación, las resoluciones se tomarán pormayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente cuatroveces al año con intervalos de tres meses, y extraordinariamente cuandosea convocada por la Junta Directiva, a iniciativa propia de diez miem-bros afiliados a la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales Ordinarias, se tratarán losasuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en lasAsambleas Extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos enla convocatoria; y cualquier decisión sobre otros aspectos no compren-didos en la agenda será nulo.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General Ordinaria oExtraordinaria, se hará por medio de circular dirigida a los socios conocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas deanticipación para la segunda, indicando lugar, día y hora en que secelebrará la Asamblea General; si a la hora señalada no pudiere celebrar-se la sesión por falta de quórum, ésta se llevará cabo el día siguiente conlos socios que concurran.

En este último caso las resoluciones que se tomen serán obligato-rias aún para aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 13.- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Destituir por causas justificadas a los miembros de la JuntaDirectiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la calidadde miembros a los que hubieren renunciado, fallecido opierdan su calidad de socio.

c) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea conveniente.

d) Otorgar la calidad de socio honorario

e) Acordar la destitución total o parcial de los miembros de laJunta Directiva.

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que seannecesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamen-to que se dictaren.

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

CAPITULO CUATRO

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 14.- La Junta Directiva será integrada por once miembroselectos en la Asamblea General por votación nominal y pública.

En todo caso la nominación de los cargos será la siguiente: unPresidente, un Vicepresidente, un Secretario General, un Secretario deActas, un Tesorero, un Síndico y cinco Vocales.

Art. 15.- La Junta Directiva fungirá por un período de dos años.

Art. 16.- La Junta Directiva se reunirá Ordinariamente cada vein-tidós días y extraordinariamente cuantas veces sea convocadas por elPresidente, para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menosseis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos.En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces tendrá voto decalidad.

SON ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 17.- Funciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la AsambleaGeneral.

b) Representar legalmente, a la Asociación previa autorizaciónde la Junta Directiva.

c) Firmar los documentos de pago de la Tesorería y autorizar losgastos administrativos no previstos en el presupuesto anual.

d) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones de JuntaDirectiva y de Asamblea General, y presentar los informescorrespondientes.

Art. 18.- Funciones del Vicepresidente:

a) Colaborar en todas las funciones del Presidente.

b) Sustituir en caso de ausencia al Presidente, ya sea temporal odefinitivamente.

c) Ejecutar las funciones que el Presidente le delegue.

d) Asesorar las diferentes comisiones que se formen.

e) Colaborar en la elaboración de la Memoria Anual de Labores.

f) Resolver los problemas de carácter urgente que se presenten.

Art. 19.- Funciones del Secretario General:

a) Llevar el registro de inventario general de bienes muebles einmuebles.

b) Mantener una campaña permanente de afiliación y presentarinformes a la Junta Directiva.

c) Recibir la solicitud de ingreso de nuevos asociados y darlosa conocer a la Junta Directiva y Asamblea General.

d) Firmar los documentos relacionados con su cargo y a los queseñale el reglamento interno.

e) Llevar un registro actualizado de los socios.

Art. 20.- Funciones del Secretario de Actas:

a) Llevar los libros de actas y acuerdos de las sesiones de la JuntaDirectiva y de Asamblea General, en las cuales haga constarlas actuaciones de la Asociación.

b) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

c) Convocar a sesiones de la Junta Directiva y girar las convo-catorias para Asamblea General.

Art. 21.- Funciones del Tesorero:

a) El Tesorero será el depositario y custodio de los fondos ybienes de la Asociación.

b) Llevar los libros de contabilidad o cuentas de las mismas y seencargará de que se haga efectivo los créditos a favor de laAsociación;

c) Dará cuenta a la Junta Directiva y Asamblea General en cadasesión del estado económico de la misma;

d) Hará los pagos de las obligaciones y de los emolumentos, silos hubiera;

e) Recolectar la cuota de los asociados;

f) Elaborará el anteproyecto del presupuesto anual de ingresosy egresos de la Asociación y ponerlos en consideración de laJunta Directiva y Asamblea General;

g) En todo caso los gastos serán autorizados con su firma;

h) Los fondos serán depositados en una institución bancaria ocrediticia;

i) Responder solidariamente con el Presidente por el patrimo-nio y los fondos de la Asociación;

ii) Las firmas del Presidente y del Tesorero de la Asociaciónserán requeridas para todo retiro de fondos.

Art. 22.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar legalmente a la Asociación conjuntamente oseparadamente con el Presidente, previa autorización de laJunta Directiva;

b) Atender los problemas que se le presenten a los asociados enel desempeño se sus labores;

c) Asesorar a los asociados conforme a lo establecido en lasleyes vigentes y darles asistencia legal.

d) Responder judicial y extrajudicialmente.

Art. 23.- Funciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en casode ausencia o impedimento;

b) Desempeñar las comisiones que les designe la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.

c) Investigar los casos que afecten la disciplina y la armonía dela entidad en caso de suspensión temporal de algún miembrodirectivo la Junta Directiva designará de entre los vocales,quien debe desempeñar las funciones del suspendido por eltiempo que dure la suspensión.

Del comité de vigilancia.

Art. 24.- EI comité de vigilancia será electo en la Asamblea GeneralExtraordinaria donde se haya elegido la Junta Directiva, y se constituirácon tres miembros; el período de funciones del comité iniciará yconcluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva.

Art. 25.- Las funciones del comité de vigilancia serán de controlar;Tendrán acceso a todos los libros, facturas u otros documentos pararealizar su función. Recibirá denuncias de los Asociados en contra de laJunta Directiva.

Una vez recibida una denuncia el comité iniciará una investigaciónel resultado éste será dado a conocer a la Asamblea General para que seaesta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Art. 26.- EI comité de vigilancia tendrá la facultad de convocar areunión extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la JuntaDirectiva en pleno o individualmente.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CAPITULO CINCO

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.

Art. 27.- EI patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los socios.

b) Las herencias, las donaciones, y legados que reciba la Asocia-ción.

c) Los fondos recaudados en las actividades programadas yrealizadas.

d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquiertítulo y las rentas que se obtengan por el alquiler de losmismos.

Art. 28.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación, éstaaportará el cinco por ciento para formar el fondo de reserva a fin deincrementar el capital bancario a nombre de la Asociación.

La que llevará un libro especial de registro de capital en el quedeberá expresarse todo incremento o disminución del mismo.

CAPlTULO SEIS

DISOLUCION DE LA ASOCIACION.

Art. 29.- La Asociación podrá disolverse, cuando las tres cuartaspartes de los socios así lo dispongan en Asamblea General y en tal casolos fondos y bienes que existan a la fecha de su disolución, el ConcejoMunicipal lo destinará a programas de desarrollo comunal, preferente-mente en la localidad del domicilio de la Asociación, mientras no serealice su investigación, el remanente estará bajo el control del ConcejoMunicipal Jurisdiccional.

CAPlTULO SIETE

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION DEASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 30.- Los miembros de la Asociación, podrán ser retirados deella por acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos yprevia audiencia del interesado, por infracciones a las ordenanzas,reglamentos municipales y estos Estatutos.

Se consideran como causales de retiro o expulsión las siguientesanomalías:

a) Por mala conducta del Socio que se traduzca en perjuiciograve para la Asociación.

b) Por negarse sin motivo justificado a cumplir los cargos deelección o comisiones que le sean delegados por la AsambleaGeneral o Junta Directiva.

c) Por promover actividades políticas, religiosas o antidemocráticasy de otra naturaleza que perjudiquen a la Asociación.

d) Por obtener beneficios por medio del fraude, para sí o paraterceros que afecten a la Asociación.

e) Por cometer algún delito o falta grave en perjuicio de lamisma.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por laAsamblea General podrán ser suspendidos temporal o definitivamentesegún la gravedad del caso.

La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por laAsamblea General y la suspensión temporal por la Junta Directiva y porla Asamblea General.

Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directivanombrará una comisión de dos de sus miembros, ellos investigarán loshechos y al oír el informe de éstos y las razones que el supuesto infractorexponga en su defensa resolverá.

En caso de la suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá elprocedimiento a que se refiere el inciso anterior acordada que fuere éstase nombrará a los sustitutos.

Art. 33.- En caso de que la Junta Directiva no proceda de confor-midad a los artículos anteriores dentro del plazo de los diez días deconocida la infracción, por lo menos un número de cinco asociadospodrán pedir al Concejo Municipal, para que éste resuelva lo siguiente:

a) El nombramiento dentro de los mismos, la comisión investi-gadora.

b) Convocar a la Asamblea General que conocerá sobre lasuspensión, en base a los informes de la comisión investiga-dora, el procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdoa las infracciones deba conocerse sobre la suspensión tempo-ral o definitiva de toda la Junta Directiva, o cuando losrestantes no inicien el procedimiento dentro del plazo esta-blecido en el inciso anterior, en todos los casos de esteartículo, será la Asamblea General la que resolverá sobre lasuspensión temporal o definitiva de los miembros.

Y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutospor el tiempo de la suspensión o por el resto del período de losdirectivos suspendidos.

Art. 34.- De las resoluciones establecidas por la suspensión tempo-ral decretada por la Junta Directiva, únicamente podrá interponerse elrecurso de revisión para la misma, dentro del tercer día de la notificación,de las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningúnrecurso.

CAPITULO OCHO.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al ConcejoMunicipal de su domicilio en los primeros quince días posteriores a laelección, la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcio-nará al Concejo Municipal de su domicilio cualquier dato que se lepidiere relativo a la Asociación.

Art. 36.- Comunicará en la forma expresada en el inciso anterior,las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea enforma definitiva.

Art. 37.- Dentro de treinta días posteriores a la elección de la nuevaJunta Directiva, deberá enviar al Concejo Municipal de su domicilio, elplan de trabajo correspondiente y la nómina de nueva Junta Directiva.

Art. 38.- La Junta Directiva con el apoyo del pleno y en AsambleaGeneral, podrá acordar la entrega de certificados, diplomas o medallas almérito a personas, autoridades o instituciones que demuestren espíritu deservicio en favor de la Asociación y de la comunidad.

Art. 39.- Un reglamento interno determinará la forma de darcumplimiento a las disposiciones de los presentes estatutos, el cual serásometido por la Junta Directiva a la Asamblea General para su aproba-ción.

Art. 40.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho díasdespués de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO NUMERO SETENTA Y CINCO.

La Municipalidad. En uso de sus facultades que le confiere el CódigoMunicipal en sus Artos. 118 y 119, Acuerda Aprobar LA ASOCIACIONDE DESARROLLO COMUNAL ADESCOC OJO DE AGUA, paraotorgarle Personería Jurídica, al Caserío Ojo de Agua del Cantón ElPedregal de esta Jurisdicción. Y no habiendo más que hacer constar setermina la presente que firmamos. J.D.Arévalo B/J.A.M.S./E.G.M.deM/ F.de J.S.A//J.J.S.R/ F.de J.S.A/A. A.P.L/ Síndico Municipal/ AlmaSomoza, Srio. RUBRICADAS.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SECONFRONTO.

Y PARA EFECTOS DE LEY CONSIGUIENTES SE EXTIENDEEN LA ALCALDIA MUNICIPAL: EL ROSARIO, DEPTO. LA PAZ,A DIECISEIS DE ENERO DE DOS MIL TRES. JULIO DIEGOAREVALO BONILLA, ALCALDE MUNICIPAL. ALMA SOMOZA,SECRETARIO.

(Mandamiento de Ingreso No. 2627)

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

ESTATUTOS DEL COMITE DE DESARROLLO LOCAL DELMUNICIPIO DE CONCHAGUA.

CAPITULO I

DE LA CONSTITUCION, DENOMINACION Y DOMICILIO.

Art. 1. Constitúyese el Comité de Desarrollo Local del Municipiode Conchagua del departamento de La Unión, que se abrevia C. D. L. C.,la asociación que se constituye, estará regulada por el Código Municipal,de la Ordenanza Reguladora de las asociaciones en el Municipio deConchagua, por estos Estatutos, el reglamento interno y demás disposi-ciones y se denominará Comité de Desarrollo Local del Municipio deConchagua y se abreviará el C. D. L. C.. Tendrá su domicilio legal en estaCiudad y desarrollará sus actividades en dicha localidad.

Art. 2. Siendo el domicilio del C. D. L. C., la ciudad de Conchagua,del Departamento de La Unión, podrá establecer oficinas en cualquierlugar del municipio, según sus necesidades.

CAPITULO II

DE LA NATURALEZA, OBJETO Y FINES.

Art. 3. Su naturaleza es de concertación con todos los sectoressociales a través de la creación de mecanismos de participación ciuda-dana que permitan elaborar y negociar propuestas, con el objeto deidentificar los distintos problemas y soluciones que puedan darse en elmunicipio de Conchagua.

Art. 4. El CDLC, es de naturaleza apolítica no partidarista, sin finesde lucro, de carácter permanente, democrático y no religioso y tendrá porobjetivo fundamental contribuir a establecer las bases para un DesarrolloHumano sostenible del municipio de Conchagua. Los fines específicosdel CDLC, son:

a) Participar organizadamente en el estudio de políticas dedesarrollo y análisis de la realidad social de los diferentessectores, gremios, comunidades, barrios, colonias, cantonesy caseríos del municipio, sus problemas y necesidades.

b) Promover el desarrollo de la respectiva municipalidad, con-juntamente con los diversos sectores del municipio, queparticipen en los correspondientes programas de desarrollocomunal.

c) Trabajar coordinadamente con la municipalidad y organis-mos afines en la protección del medio ambiente principal-mente en lo relacionado a desechos sólidos, saneamientoambiental, contaminación y deforestación.

d) Facilitar las condiciones necesarias para impulsar accionesconjuntas de, educación comunitaria y formación profesio-nal, para asegurar una mayor participación ciudadana.

e) Apoyar y fortalecer el plan de desarrollo municipal a travésde la unificación de esfuerzos y recursos que posibiliten unmejor desarrollo de la población, aprovechando al máximolos recursos locales.

f) Establecer relaciones con otras instituciones, Sectores yAsociaciones similares, que permitan el intercambio de expe-riencias, la participación, el fortalecimiento y el desarrollo dela Asociación en el Municipio.

g) Diseño e implementación de un sistema de información queidentifique las potencialidades y oportunidades del área. Lasfuentes de financiamiento, las consultorías técnicas disponi-bles, la oferta y demanda de servicios a la producción,industria y comercio.

CAPITULO III.

DE LOS MIEMBROS DEL COMITE.

Art.5. Podrán pertenecer al Comité de Desarrollo Local Conchagua,toda persona natural o Jurídica; miembros de directivas de comunidades,intercomunales, Instituciones no Gubernamentales y Gubernamentales,Alcaldía Municipal, Empresa Privada, grande, mediana pequeña y microempresas, Iglesias, fundaciones, colegios, escuelas y todas aquellas otrasagrupaciones, asociaciones de individuos y sectores directamente vincu-lados con el quehacer del municipio de Conchagua.

La calidad de miembro del Comité no podrá enajenarse, transferirse,heredarse, ni podrá cederse a otros el ejercicio de los derechos respecti-vos.

Art. 6. Para ser miembro del Comité es necesario:

a) Solicitarlo por escrito a la Junta Directiva de la comunidadrespectiva y ser aceptado por la misma.

b) Ser recomendados por dos miembros activos del Comité.

c) Observar buena conducta.

d) Solicitarlo por escrito a la Junta Directiva del Comité con elaval de su comunidad y ser aceptado por el Comité.

Art. 7. El Comité tendrá tres clases de asociados los cuales podránser:

1) Fundadores: obtendrán la calidad de socios fundadores: todasaquellas personas naturales o jurídicas que firmaron el acta deconstitución de la Asociación.

2) Activos. Serán socios activos: todas aquellas personas queobtengan su ingreso al Comité posteriormente a su constitu-ción, conforme lo establecen estos Estatutos y asistirán perió-dicamente a las asambleas. Para ser socio activo, seránrequisitos indispensables:

a) Mayor de 18 años o poseer personalidad jurídica aprobada.

b) Que resida en el Municipio de Conchagua.

c) Permanecer en un sector, Gremio o Asociación comunal delmunicipio.

d) Tener buena conducta pública o privada.

e) Ser admitido por acuerdo de Junta Directiva, previa solicitud.

3) Honorarios. Serán socios honorarios aquellas personas natu-rales o jurídicas que por sus méritos personales o relevantesservicios prestados al Comité, sean nombrados como tales yque la Asamblea General les concede tal calidad a propuestade la Junta Directiva.

Art. 8. El Comité llevará un libro de registro de sus miembrosdebidamente autorizados y estarán regulados por el código municipal, dela ordenanza reguladora de las Asociaciones en la Ciudad de Conchagua,por estos Estatutos, el reglamento interno y demás disposiciones en elque se consignará nombre, profesión u oficio, domicilio, nacionalidad yfecha de ingreso o retiro de los mismos. Este libro podrá ser consultadopor cualquiera de los miembros del Comité. Los miembros deberán serincluidos en el libro de registro desde el momento de su ingreso alComité.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CAPITULO IV

DE LA ESTRUCTURA DEL COMITE.

Art. 9. Será una entidad con amplia concertación y participación,que se encargará de promover la integración de todos los sectores paraalcanzar una sociedad unida, organizada, próspera y democrática. Suestructura será: a) Asamblea General. b) Junta Directiva. D) Comité deVigilancia.

Art. 10. La Asamblea General estará conformada por ciento cua-renta y seis miembros distribuidos así:

78 Sector comunal.

4 Sector de micro y pequeña empresa (mercados, empresas deservicios y comerciantes).

4 Sector empresarial (transporte, industria y financiero)

3 Representantes de la Alcaldía Municipal.

2 Sector iglesia.

20 Sector juventud (10 hombres y 10 mujeres).

10 Sector mujeres.

10 Sector cooperativa.

10 Sector OGS (PNC, salud, y educación).

5 Sector ONGs.

Art. 11. Asimismo por vía reglamentaria podrán establecerse loscomités de apoyo y comisiones de trabajo que fueren necesarios enbeneficio de un mejor trabajo del CDL, en cualquiera de sus nivelesestructurales.

CAPITULO V

DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS.

Art. 12. Son Derechos y Facultades de los Miembros:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales ordina-ria y extraordinarias del C. D. L. G.

b) Elegir y ser electo en la Junta Directiva y comisiones detrabajo.

c) Recibir capacitación y asesoría, para fortalecer su trabajo enlas comunidades y gremios.

d) Ser informados de las actividades del C. D. L. C.

e) Apelar ante la Asamblea General las resoluciones y acuerdosde la Junta Directiva cuando vayan en perjuicio de susderechos o en perjuicio de los intereses del C. D. L. C.

f) Participar en actividades promovidas por el C. D. L. C. en lasque fuere invitado.

g) Presentar sugerencias a la Asamblea General encaminadas aalcanzar el buen funcionamiento y desarrollo del C. D. L. C.

h) Retirarse voluntariamente del C. D. L. C., presentando sujustificación ante la Junta Directiva y Comité de Vigilancia.

i) Recibir los servicios que el comité proporciona de acuerdo asus fines y políticas.

j) Defenderse y apelar ante la Asamblea General, del acuerdo deexclusión..

k) Recibir información periódicamente de las actividades másimportantes del Comité.

Art. 13. Son Deberes y Obligaciones de los miembros fundadoresy activos:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, el reglamen-to interno y demás disposiciones que se dicten.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones que fuesen convocadaspor la Junta Directiva y los organismos de trabajo.

c) Desempeñar con responsabilidad y seriedad los cargos deelección y de nombramiento, excepto por causa justificada.

d) Fomentar el espíritu de servicio y cooperación entre losmiembros del Comité para el Desarrollo del Municipio deConchagua.

e) Abstenerse de realizar acciones que puedan perjudicar laarmonía, el trabajo y las actividades; Como también elcumplimiento de los objetivos de la Asociación.

f) Aceptar y cumplir las resoluciones y acuerdos de los proce-dimientos establecidos en Asamblea General y estos Estatu-tos.

g) Estar solvente con la cuota de miembro, aprobada en laAsamblea General la cual se aportará mensualmente.

h) Participar en la planificación, gestión, elaboración y ejecu-ción de las diferentes tareas, programas y proyectos delComité.

i) Los demás deberes que señalen los Estatutos y el reglamentointerno.

Art. 14. Los miembros estarán sujetos a las siguientes sanciones.

a) amonestación verbal o escrita.

b) Suspensión por más de dos meses.

c) Exclusión o pérdida de la calidad de miembro.

Art. 15. Son causales de suspensión de los derechos de los miem-bros.

a) Estar en mora más de 3 meses en el pago de sus aporteseconómicos y otras obligaciones contraídas con el Comité.

b) Negarse sin causa justificada a asumir un cargo de elección ode nombramiento.

Art. 16. Son causales de exclusión o pérdida de la calidad demiembro:

a) Incurrir en hechos o acciones graves comprobadas que afec-ten o pueden afectar la estabilidad financiera y/o prestigio delComité.

b) La inasistencia sin causa justificada a dos sesiones consecu-tivas de Asamblea General.

c) Obtener por medios fraudulentos, beneficios del comité parasí o para terceros, previa comprobación.

d) La reincidencia en las causales de suspensión de los derechosde los miembros.

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

e) Incumplir en forma grave y reiterada los estatutos, él regla-mento interno, las resoluciones de Asamblea General y de laJunta Directiva del Comité.

Art.17. La calidad de miembros del Comité se pierde por:

a) Renuncia voluntaria presentada por escrito a la Junta Direc-tiva.

b) Exclusión.

c) Fallecimiento.

d) Perdida de la capacidad legal debidamente comprobada.

e) En el reglamento interno se desarrollarán los conceptoscausales, y procedimientos no contemplados en estos estatu-tos. En todo caso, el Reglamento Interno deberá garantizar elderecho de audiencia del miembro que se haga merecedor auna medida disciplinaria debidamente comprobada.

CAPITULO VI

DE LOS ORGANISMOS DE DIRECCION

Art. 18. El gobierno del Comité de Desarrollo Local del Municipiode Conchagua, será ejercido por una Asamblea General, una JuntaDirectiva y El Comité de Vigilancia.

a) La administración económica del CDLC, estará a cargo delTesorero y un protesorero(a) que sea asignado en la JuntaDirectiva.

b) La fiscalización interna corresponderá al Comité de Vigilan-cia.

Art. 19. La Asamblea General estará constituida por todos lossectores y miembros inscritos en el registro del CDLC., constituyéndoseéste en el organismo máximo de dirección, por disposición expresa de laJunta Directiva, podrá realizarse por medio de delegados comunales,salvo cuando se trata de elegir la Junta Directiva general o la disolucióndel Comité.

Art. 20. La Asamblea General tendrá las siguientes atribuciones:

a) Aprobar y derogar estos Estatutos.

b) Elegir o remover a los miembros de la Junta Directiva yComité de Vigilancia, de acuerdo a lo estipulado en losestatutos y el Reglamento Interno del Comité.

c) Establecer las políticas, estrategias, prioridades y mecanis-mos operativos del CDLC.

d) Ratificar los planes operativos e informes de resultadospresentados por la Junta Directiva.

e) Elegir a los Miembros de la Junta Directiva por mayoríasimple de votos.

f) Establecer Criterios para el ingreso de nuevos miembros yratificación de los mismos.

g) Conocer en apelación, de las sanciones no previstas impues-tas a los miembros.

h) Aprobar o no los estados financieros de la CDLC.

i) Acordar la disolución y liquidación del Comité.

j) Autorizar la enajenación de bienes inmuebles y muebles.

Art.21.La Asamblea General tendrá dos clases de reuniones: ordi-naria y extraordinaria. Ordinariamente se reunirá 2 veces al año en el

lugar, día y hora, que lo señale la Junta Directiva, por telegrama o cartacertificada. Extraordinariamente sesionará en cualquier fecha, a inicia-tiva de la Junta Directiva o del Comité de Vigilancia. En caso de negativa,de la Junta Directiva o a solicitud de un número no menor del 15% de susmiembros se reunirá en cualquier tiempo y lugar siempre que así loacuerde la Junta Directiva.

Art. 22. El quórum de la Asamblea General se integrará con lamayoría simple de los miembros del CDLC, en caso de que no hallequórum en la fecha y hora señalada por la Asamblea General, se realizarála misma una hora después con los miembros presentes siempre y cuandola asistencia de las intercomunales sea representativa del 40% de lospresentes.

Art. 23. Cuando por causa justificada no se celebrare la AsambleaGeneral Ordinaria en el período señalado, la Junta Directiva podráconvocar para realizarla en otra fecha, manteniendo el carácter ordinario,debiendo el Comité de Vigilancia autorizarla por escrito.

Art. 24. La convocatoria a Asamblea General, se hará con 10 díasde anticipación, por lo menos deberá hacerse en forma escrita, dejandoconstancia que la misma fue resibida.

Art. 25. En Asamblea Genera ordinaria, solamente se tratarán losasuntos comprendido en la agenda, después de que ésta sea aprobada. Yen Asamblea General Extraordinaria, solamente se tratarán los asuntospara los cuales fue convocada.

Art. 26. En las Asambleas cada miembro tendrá derecho a un solovoto por cada resolución. Las votaciones podrán ser públicas o secretas,según lo determine previamente la Asamblea.

Art. 27. Las actas de Asamblea General, serán numeradas en ordencorrelativo y se asentarán en un libro destinado para el efecto. Debida-mente autorizada y estarán regulados por el Código Municipal, de laordenanza reguladora de las Asociaciones en la ciudad de Conchagua,por estos Estatutos, el reglamento interno y demás disposiciones seránfirmadas por Presidente y Secretario de la Junta Directiva del Comité.Excepto las actas que tenga acuerdos sobre reforma de Estatutos oliquidación del Comité en cuyo caso serán firmadas por todos losmiembros presentes. En ella se consignará la agenda, lugar, fecha, hora.El quórum y dejando constancia de los miembros presentes y acuerdostomados. En todo caso todos los asistentes firmarán un libro de asisten-cia.

Art. 28. Validez de acuerdo: los acuerdos de la Asamblea Generalse tomarán en primera convocatoria con mayoría simple de conformidadcon el Artículo 22, en segunda convocatoria con los dos tercios de lospresentes.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 29. La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de los acuerdosemanados de la Asamblea, y estará constituida por;

a) Un Presidente (a)

b) Un Vicepresidente (a)

c) Un Secretario (a)

d) Un Tesorero (a)

e) Un Síndico (a)

f) Tres Vocales

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

g) Nueve Suplentes. Que representarán a los sectores deConchagua: organismos comunales, la empresa privada, losorganismos no gubernamentales, municipalidad, Institucio-nes Gubernamentales, culturales, sociales que participen enel esfuerzo del Desarrollo Económico y Social de Conchaguaguardando el equilibrio de representatividad.

Art. 30. Los miembros de la Junta Directiva serán electos enAsamblea General para un período de tres años; y podrán ser electos pordos períodos consecutivos en el mismo cargo. No obstante al interior, laAsamblea General podrá remover de sus cargos a cualquiera de susmiembros, antes del vencimiento de su período, de conformidad alrégimen disciplinario previstos en los presentes Estatutos.

Los miembros de la Junta Directiva continuarán desempeñando susfunciones, hasta que los nuevos miembro tomen posesión, aunquehubiere concluido el período para el cual fueron electos. Ningún miem-bro de Junta Directiva podrá tener parentesco con cualquiera de losdemás miembros de la misma y del Comité de Vigilancia, dentro delprimer y segundo grado de consanguinidad o de afinidad.

Art. 31. Los Miembros de la Junta Directiva son solidariamenteresponsables por las decisiones que tomen actuando en nombre delComité, en contravención a las normas legales que rigen al Comité:excepto aquellos miembros que hagan constar su inconformidad en elacta respectiva, al momento de tomar la decisión o los ausentes de lo quecomuniquen dentro de las 24 horas después de conocido el acuerdo. Laresponsabilidad solidaria alcanza al Comité de Vigilancia por los actosque éste no hubiere objetado dentro de las 72 horas después de conocidoel acuerdo;

Art. 32. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mesy extraordinariamente cuando lo considere necesario, a solicitud delPresidente o iniciativa de la mitad más uno de sus miembros.

Art. 33. Cualquier miembro de la Junta Directiva que sea convoca-do a sesión de la misma y falte sin causa justificada a tres sesionesconsecutivas, se considerará remitente.

Art. 34. Al surgir una vacante al interior de la Junta Directiva senombrará en su orden al suplente correspondiente para cubrir dichavacante. El cual deberá ser ratificado por la próxima Asamblea General.-

Art.35. El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva requerirála asistencia del 50% más uno de los miembros propietarios y para tomarresoluciones será necesario el voto favorable de la mayoría de losdirectivos presentes.

Art. 36. La Junta Directiva será responsable de aplicar el régimendisciplinario del Comité.

Art. 37. La Junta Directiva Tomará el acuerdo respectivo paraaplicar la sanción de exclusión, previa comprobación de los hechos paralo cual abrirá un expediente en el que se recabarán las pruebas conaudiencia del infractor quien si no comparece por sí o por representadopor otro miembro del Comité, se le declarará rebelde y se decidirá el casocon base a prueba documental o testimonial.

Art. 38. La resolución de la Junta Directiva, admitirá apelación antela Asamblea General quien deberá resolver sobre este recurso, si no sehace uso del recurso en termino de 3 días después de notificada laresolución, el proceso queda concluido.

Art. 39. La elección de los nuevos miembros de la Junta Directivadeberá realizarse como mínimos quince días antes de que concluya elperíodo para el que fue electa la Junta Directiva saliente.

Art. 40. Serán atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los Estatutos y su reglamento interno.

b) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, el reglamento inter-no y el plan de trabajo.

c) Cumplir y velar porque se respeten los acuerdos y disposicio-nes de la Asamblea General.

d) Hacer la calificación previa de los casos de retiro voluntario,muerte y expulsión temporal de los asociados, así como loscasos de destitución individual de los miembros de JuntaDirectiva.

e) Garantizar y administrar con honestidad el patrimonio delComité.

f) Proteger y velar porque se conserven en buen estado losbienes, así como también porque se empleen en forma óptimay procurar el inventario de los activos de la misma.

g) Presentar la memoria de labores anualmente, el informe de laejecución presupuestaria, el plan de trabajo y el presupuestoanual respectivo.

h) Velar porque se distribuya correctamente el presupuestoaprobado por la Asamblea General.

i) Coordinar e impulsar las actividades y proyectos en beneficiode la comunidad.

j) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General de acuerdo a lo establecido en los presentesEstatutos.

k) Formar mesas o comisiones de trabajo para impulsar eldesarrollo comunal, agilizar y optimizar el funcionamientode la misma.

l) Mantener relaciones con organismos gubernamentales, mu-nicipales e instituciones de financiamiento y de serviciosnacionales e internacionales con el objeto de buscar apoyo delas mismas, para el desarrollo de los proyectos.

m) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de losasociados.

n) Promover las relaciones internas y externas del Comité.

ñ) Todas las demás atribuciones que le señalan estos Estatutosy las leyes de la República.

Art.41. Los requisitos para ser miembros de la Junta Directiva son:

a) Tener 18 años, excepto el Presidente y el Síndico que debenser mayores de 21 años, ser socio activo y cumplir losrequisitos establecidos en estos Estatutos.

b) Los Miembros de la Junta Directiva deberán ser electos enAsamblea General por mayoría simple mediante elecciónpública y con presencia de Delegado Municipal.

Art. 42. La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno o indivi-dualmente por faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La destitu-ción individual procederá después de tres amonestaciones oreconvenciones por faltas leves, y en la primer, cuando se trata de faltasgraves.

Art. 43. Las faltas serán leves y graves.

a) Son faltas leves las siguientes:

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

1) Falta de Espíritu de servicio.

2) Irrespeto comprobado a miembros del Comité.

3) Inasistencia continua e injustificada a las sesiones de JuntaDirectiva o Asamblea General.

4) No informar debidamente a las comunidades sobre el trabajoque realiza el Comité.

5) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisionesdesignadas, así como durante el desarrollo de las sesiones dela Junta Directiva o Asamblea General.

b) Son faltas graves las siguientes:

1) Presentarse en estado de ebriedad.

2) Difamar a los nuevos miembros de CDLC.

3) Utilizar indebidamente el Patrimonio del Comité.

5) Desinformar y manipular.

6) Provocar desorden en reuniones de Junta Directiva del Comi-té o en Asamblea General.

7) Contravención de estos Estatutos.

Art. 44. Son atribuciones del Presidente:

a) Representar Legalmente al CDLC.

b) Presidir las sesiones de las Juntas Directivas y de la AsambleaGeneral orientando las deliberaciones.

c) Coordinar las actividades que realizan las demás directivas,las comisiones y sus respectivos comités de apoyo.

d) Autorizar los gastos del CDLC y firmar los gastos.

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones ypresentar los informes correspondientes.

f) Velar para que se mantenga el orden y la disciplina de losmiembros en las asambleas y demás actividades que serealicen.

g) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados enasamblea general o Junta Directiva.

h) Gozar del voto de calidad en las diferentes asambleas que serealicen al existir empate al momento de tomar decisiones.

i) Todas las demás atribuciones que le señalen estos Estatutos,la Ordenanza Reguladoras de las Asociaciones Comunalesdel Municipio de Conchagua y demás leyes de la Repúblicaen virtud de su cargo.

Art. 45. Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o Impedimento.

c) Desempeñar las comisiones que el Presidente le asigne.

d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposicio-nes que emita la Asamblea General o la Junta Directiva.

Art. 46. Son atribuciones del Secretario (a):

a) Llevar el libro de actas de las sesiones de Asamblea Generaly de la Junta Directiva.

b) Llevar el libro de registro de socios.

c) Llevar los archivos del Comité.

d) Recibir y despachar la correspondencia del Comité.

e) Enviar las convocatorias a sesiones de Asamblea general oJunta Directiva.

f) Las demás que por razón a su cargo le competen.

Art. 47. Son atribuciones del Tesorero:

a) Asamblea General y la Junta Directiva Designen, lo que sehará del conocimiento de los miembros del Comité en lapróxima Asamblea General ordinaria o mediante comunica-ción escrita directa a cada asociado.

b) Firmar con el Presidente los cheques y documentos de gastosde la asociación debidamente aprobados.

c) Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual de la Asocia-ción y presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de registros de control de ingresos y egresosque fueren necesarios.

e) Autorizar con su firma junto al Presidente la apertura ymantenimiento de cuentas bancarias.

f) Elaborar y presentar a la Asamblea General y la JuntaDirectiva el informe financiero anual, o cuando éste losolicite.

g) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por laAsociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces queésta lo requiera.

h) Todas las demás atribuciones que le señalen estos estatutos,el reglamento interno y que sean compatibles a su cargo.

Art.48. Son atribuciones del Síndico:

a) Representar Judicialmente y extrajudicialmente a la Asocia-ción en forma conjunta con el Presidente o separadamenteprevio acuerdo de Junta Directiva.

b) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucionesde la Junta Directiva, Asamblea General, Estatutos y regla-mento interno de la Asociación.

c) Colaborar en la elaboración de reforma a los estatutos yreglamento de la Asociación.

d) Las demás que le señale la Asamblea General y la JuntaDirectiva.

Art. 49. Deberá constituirse un Consejo de Vigilancia del Comité,el cual estará integrado por tres miembros propietarios y sus respectivossuplentes, quienes tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones,libros y documentos; Pudiendo inquirir en el trabajo que realizan lascomisiones, mesas de trabajo y comités de apoyo. Los integrantes de esteconsejo, serán de entre los miembros suplentes. Que sean electos enAsamblea General, y deberán ser mayores de veintiún años y cumplir losdemás requisitos establecidos en estos Estatutos.

Art. 50. La duración del CDLC, será por tiempo indefinido, sinembargo, podrá disolverse y liquidarse por cualquiera de las causalesprevistas en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunalesdel Municipio, este reglamento y sus Estatutos.

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 51. El Patrimonio del CDLC, estará constituido por:

a) Las cuotas de sus afiliados de cualquier clase que seanaprobados en Asamblea General y el Reglamento Interno.

b) Los ingresos provenientes de actividades realizadas pararecaudar fondos para el CDLC.

c) Los demás ingresos que lícitamente obtuviere.

El patrimonio del CDLC, estará destinado única y exclusivamentepara el logro de sus fines y no podrá repartirse ninguna clase de utilidadentre sus miembros.

CAPITULO IX

DISOLUCION Y LIQUIDACION DEL COMITE

Art. 52. La Asociación para el Desarrollo Local de Conchaguapodrá disolverse mediante acuerdo tomando en la Asamblea Generalextraordinaria por mayoría absoluta de los miembros presentes.

Art. 53. Serán causales para disolver la Asociación del CDLC, lassiguientes:

a) Disminución del número de los miembros afiliados en uncincuenta por ciento del número mínimo establecido por laOrdenanza Reguladora.

b) En el código municipal y por las demás causales que lasmencionadas leyes establecen.

c) Por imposibilidad de realizar los fines para los que fueconstituido.

d) Cuando sus funciones no se ajusten a los preceptos legales.

e) Cuando desarrolle actividades contrarias a la democraciaorden público, a la moral o a las buenas costumbres.

Art.54. El acuerdo de disolución tomado en Asamblea Generaldeberá ser comunicado al registrador de las asociaciones comunales porla Junta Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fuetomado el acuerdo, remitiéndose además una certificación del actarespectiva.

Art.55. Al disolverse la Asociación del CDLC, deberá integrarseuna comisión liquidadora que estará integrada por dos delegados muni-cipales y por dos representantes de este organismo quienes deberán serelectos en asamblea general extraordinaria para efectos de liquidación,si no fueran electos se procederá a la liquidación con los dos delegadosmunicipales disponiendo dicha comisión de noventa día para la liquida-ción.

Art.56. La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liquida-ción está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora todoslos libros y documentos y rendir los informes y explicaciones que lesoliciten.

Art. 57. La comisión liquidadora una vez concluida la liquidaciónremitirá al Comité para su aprobación los documentos pertinentes y uninforme detallado de su gestión.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 58. El Comité podrá utilizar sus propios recursos u obtenerlosde otra fuente como: aportes, donaciones, préstamos, etc., para llevar acabo sus proyectos, estando obligados a informar a la Asamblea Generaly la municipalidad el origen de dichos recursos.

Art.59. Los cargos de Junta Directiva serán ad honoren, sin embar-go cuando un miembro de ésta trabaje en actividades a tiempo completo,o eventuales para la asociación, podrá cobrar una retribución convencio-nal cuando el volumen del trabajo o las circunstancia lo ameriten.

Art.60. El Comité llevará los libros necesarios para hacer constarsus actuaciones enumeradas y sellados con una razón de apertura quecontendrá el objeto del libro, número de folios firmados y sellados por elSecretario de Actas de la Junta Directiva. Terminado el libro se pondráuna razón de cierre que firmará y sellará el mismo Secretario.

Art.61. Todo miembro de la Junta Directiva saliente podrá formarparte de un grupo de apoyo que se elija conforme a estos Estatutos, nopudiendo integrar al mismo, aquellos miembros a quienes se les hayacomprobado una conducta viciada o por haber administradoinadecuadamente los fondos y donaciones hechas a la Asociación.

Art. 62. Simbología del sello del Comité. El Comité tendrá comodistintivo un sello de forma circular que a su alrededor se lee COMITEDE DESARROLLO LOCAL DE CONCHAGUA, LA UNION y en elcentro se encuentra un triángulo equilátero y una rama de cafeto y que asu alrededor se lee: lado izquierdo, unidad; en el Centro, Desarrollo ylado derecho, trabajo, con dibujo en su interior que representan: tresvolcanes, una mata de maíz, el mar y un barco que simbolizan eldesarrollo.

El triángulo simboliza la igualdad, la unidad en trabajo y eldesarrollo. Los volcanes simbolizan todo el esfuerzo que la Asociaciónhará por mantener y cuidar el ecosistema del municipio sin entorpecer elprogreso y desarrollo. El mar área de supervivencia y que baña a nuestromunicipio. El Maíz patrimonio de los agricultores, El Barco representala pesca y el Café, zona cafetalera que genera ingresos a los habitantes delMunicipio de Conchagua.

Art. 63. Estos Estatutos estarán en vigencia a los ocho días despuésde su publicación en la Ordenanza Municipal que para tal fin promulgaráel Concejo Municipal de Conchagua.

ACUERDO Nº VEINTICUATRO.

Vistos los anteriores Estatutos del Comité de Desarrollo Local, (C.D. L. C.) del Municipio de Conchagua, compuesto de sesenta y tres,Artículos; y no encontrando en éstos ninguna disposición contraria a lasLeyes del País, al orden público, ni a las buenas costumbres, de confor-midad a lo establecido en el Artículo 30 numeral 23 y artículo 119 delCódigo Municipal, este Concejo ACUERDA: aprobarlos en todas suspartes, confiriéndole a dicha Asociación el carácter de persona jurídica.

Alcaldía Municipal Conchagua, noviembre veintidós del año dosmil dos. Ing. EFRAIN PONCE ZELAYANDIA, ALCALDE MUNICI-PAL.- LIDIA BERTA QUINTANILLA DE SOTO, SECRETARIAMUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso Nº. 2498)

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución pronunciada en este Tribunal a las docehoras quince minutos del día dieciséis de septiembre de dos mil dos, sehan declarado herederos definitivos abintestato con beneficio de inven-tario a los señores JOSE ARMANDO APARICIO GAMEZ, conocidopor JOSE ARMANDO RODRIGUEZ GAMEZ, JOSE ARMANDORODRIGUEZ y por JOSE ARMANDO APARICIO, OSCAR AR-MANDO CASTRO, MARTA ELIZABETH RODRIGUEZ CASTRO oMARTHA ELIZABETH RODRIGUEZ, ANA VICTORIA CASTRO ySARA ESTHER RODRIGUEZ, conocida por SARA ESTHER RODRI-GUEZ DE CRUZ, de la herencia intestada que dejó la causante señoraJESUS CASTRO, conocida por JESUS CASTRO GARCIA y porJESUS CASTRO DE RODRIGUEZ, quien falleció el día trece de juniode dos mil, en esta ciudad, su último domicilio, en concepto de hijos dela referida causante. Confiérese a los herederos declarados, la adminis-tración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nuevehoras treinta minutos del día diecisiete de diciembre de dos mil dos.- Dr.DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 74

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución de las doce horas del día once dediciembre de dos mil dos, se han declarado herederos ab-intestato y conbeneficio de inventario de la herencia que a su defunción ocurrida el díasiete de febrero de mil novecientos noventa y nueve, en esta ciudad, dejóel causante JOSE EUSEBIO MEJIA ROSALES; a los señores ALICIAMARGARITA BARAHONA ALVARENGA, MARIA TERESA RO-SALES DE HERNANDEZ y SEBASTIAN MEJIA HERNANDEZ, asícomo la menor YASMIN SUGEY MEJIA BARAHONA, la primera encalidad de conviviente sobreviviente, la segunda y tercero en conceptode padres del de cujus, y la menor en calidad de hija del expresadocausante, quien deberá ejercerla por medio de su representante legalseñora BARAHONA ALVARENGA, habiéndoseles conferido a losherederos declarados la administración y representación definitiva de lasucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nuevehoras del día dieciséis de diciembre de dos mil dos.- Dr. DARIOVILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic.VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 75

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO.

AVISA: que por resolución de las catorce horas y treinta y cincominutos del día catorce de diciembre del presente año, se ha declaradoherederos definitivos con beneficio de inventario de la herencia intestadaque a su defunción dejó el causante señor MARLON GEOVANNIARDON SIBRIAN, quien fue de veinte años de edad, estudiante, soltero,fallecido el día veintiuno de enero de este año, siendo esta ciudad el lugarde su último domicilio, de parte de los señores ERMINIA SIBRIAN DEESCOBAR y MIGUEL ARDON GOMEZ, en calidad de padres delcausante, el segundo representado por el curador nombrado EDUARDOMIGUEL ARDON SIBRIAN, representados en estas diligencias por elAbogado MAURICIO ALBERTO MELENDEZ DE LEON, en calidadde Agente Auxiliar de la Procuraduría de la República. Confiriéndoselesa los aceptantes la administración y representación definitiva de lasucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, a las catorcehoras y cincuenta y cinco minutos del día catorce de diciembre del añodos mil dos.- Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DELO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETHQUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 76

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día dos dediciembre del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario de la herencia INTESTADA de los bienes que asu defunción dejó la causante MARIA JUANA ALVARENGA, quienfalleció en el Parqueo de Emergencia del Hospital Nacional Zacamil, deesta ciudad, a las siete horas y treinta minutos del día veinticinco de Mayodel presente año, de parte de la señora MARIA ESTEBANA ALVA-RENGA, conocida por MARIA ESTEBANA ALVARENGA TOBIAS,ESTEBANA ALVARENGA y por MARIA ESTEBANA ALVAREN-GA DE RAMOS, en su concepto de madre de la causante.

Habiéndose conferido a la aceptante en el carácter antes indicadola administración y representación INTERINA de la sucesión con lasfacultades restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a todos los que se crean con derecho a la referida herenciaa deducirla dentro del término de quince días a partir de la últimapublicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas ytreinta minutos del día dos de diciembre de dos mil dos.- Lic. JOSEHUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. YANIRAMAGDALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 77-1

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas del díadieciséis de diciembre del corriente año; se ha tenido por aceptada conbeneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejóel señor CARLOS MARTIR MARQUEZ, quien falleció a las cincohoras y treinta minutos del día tres de marzo del año de mil novecientosnoventa y seis, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad,siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio; de parte de los señoresMARGARITA DE LOS ANGELES MARQUEZ DE MORENO, CAR-LOS ENRIQUE MARQUEZ CHIGUILA y JOSE DAVID MARQUEZCHIGUILA, todos en calidad de hijos del causante y se les ha conferidoa los aceptantes declarados en el carácter indicado la administración yrepresentación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SanMiguel, a las quince horas y cinco minutos del día dieciséis de diciembredel año dos mil dos.- Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZPRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN,SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 62-2

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día sietede enero del corriente año; se ha tenido por aceptada con beneficio deinventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSEDOMINGO AVALOS, quien falleció a las trece horas con veinteminutos del día veintiuno de febrero del año dos mil dos, en el InstitutoSalvadoreño del Seguro Social de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugarde su último domicilio; de parte de la señora MARIA TEODORAREYES, conocida por DORA REYES GONZALEZ, por sí y comorepresentante del menor OMAR JOSUE AVALOS REYES, comoesposa e hijo del causante. Y se le confiere a la aceptante declarada en elcarácter indicado la administración y representación interina de lasucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: SanMiguel, a las diez horas y cinco minutos del día siete de enero del año dosmil tres.- Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIME-RO DE LO CIVIL.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETA-RIO.

Of. 3 v. alt. No. 63-2

LA SUSCRITA JUEZ,

HACE SABER: que con fecha uno de noviembre del corriente año,se presentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTEDE ZAPATA, Abogado y Notario, del domicilio de San Miguel y de estaciudad, de cincuenta y dos años de edad, con Documento Unico de

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Identidad Personal Número cero cero cuatrocientos noventa y siete mildoscientos dieciséis-cero, en su carácter de Agente Auxiliar del señorProcurador General de la República y en Representación del señor JUANBAUTISTA DIAZ, de sesenta y tres años de edad, jornalero, deldomicilio de San Rafael Oriente, de este Departamento, con DocumentoUnico de Identidad Número cero once setenta y ocho setenta y cincocuatro-dos y Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil doscien-tos dieciocho-veinticuatro seis treinta y nueve cinco, solicitando a sufavor Título Supletorio de un solar de naturaleza rústica, situado en elCantón Santa Clara, Jurisdicción de San Rafael Oriente, de este Depar-tamento, de una capacidad superficial de OCHO MIL TRESCIENTOSSETENTA Y OCHO METROS TREINTA Y CINCO CENTIMETROSCUADRADOS de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,ochenta y tres metros, cuarenta y un centímetros, en tres tramos, elprimero de treinta y ocho metros cincuenta centímetros, el segundo dedoce metros veintisiete centímetros y el tercero de treinta y dos metrossesenta y cuatro centímetros, lindando con los señores MARIA MERCE-DES AVALOS, cerca de alambre de púas del titulante, AL NORTE,ciento cuarenta y cinco metros, linda con OSMIN DIAZ CLAROS, cercade alambre de púas de la colindante, AL PONIENTE, treinta y ochometros sesenta centímetros, con MANUEL DE JESUS SOTO, cerca dealambre de púas del titulante y AL SUR ciento veintinueve metrossetenta centímetros, lindando por este rumbo con los señores CARMENSANTOS ORDOÑEZ y LORENZO RAMIRO GOMEZ, cerca de alam-bre de púas del titulante, en el inmueble anteriormente descrito no existeconstrucción alguna. Que el inmueble antes descrito lo hubo mi clientepor compra que hizo al señor ATANACIO DIAZ, el dieciséis de mayodel año de mil novecientos setenta y ocho, en la Villa de El Tránsito hoyciudad de El Tránsito, por lo que la posesión data de más de treinta ycuatro años continuos e ininterrumpidos, posesión que ejerce y haejercido en forma quieta, pacífica y no interrumpida, y estima el terrenoen mención en la suma de VEINTE MIL COLONES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a lasquince horas del día cinco de noviembre de dos mil dos.- Lic. DINORADEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 64-2

LA SUSCRITA JUEZ,

HACE SABER: que con fecha ocho de noviembre del dos mil dos,se presentó la Licenciada TEODORA CANALES CANALES, de treintay siete años de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel, portadorade la Tarjeta de Identificación Número ocho mil doscientos setenta y dos,en su concepto de Procurador Auxiliar del señor Procurador General dela República y en representación del señor AMADEO ROBLES, desesenta y cinco años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón PlanesPrimeros de esta jurisdicción, departamento de San Miguel, con Docu-mento Unico de Identidad Número cero cero ocho dos cinco uno sietedos- ocho y Tarjeta de Identificación Tributaria Número un mil doscien-tos cinco- cero ochenta mil ciento treinta y siete- cero cero dos cero;solicitando a su favor título supletorio de un inmueble de naturalezarústica, ubicado en el Cantón Los Planes Terceros de esta Jurisdicción,Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de DOS MILCUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS VEINTICIN-CO DECIMETROS CUADRADOS, siendo sus medidas y colindanciassiguientes: AL ORIENTE, cuarenta y nueve metros linda con JOSEANTONIO PORTILLO, cerco de alambre de púas propios, AL NORTE,treinta y ocho metros con FACUNDO COLATO, cerco de alambre depúas del colindante. AL PONIENTE: cuarenta y ocho metros, linda conRAYMUNDA GOMEZ, callejón de por medio y AL SUR: sesenta y tresmetros linda con MIGUEL ANGEL CHAVEZ, cerco de alambre de púaspropio, en esta porción de terreno existen construidas dos casas, la

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

primera es de sistema mixto, techo de tejas, piso de tierra, que mide nuevemetros cincuenta centímetros de largo por ocho metros con cincuentacentímetros de ancho y la segunda de adobe de seis metros con setentacentímetros de largo por ocho metros con cincuenta centímetros deancho; la posesión que ha ejercido mi representado y ejerce en dichoinmueble durante el tiempo que tiene de poseerlo, ha consistido encultivarlo, ha recogido sus cosechas, mejorarlo, habitarlo, todo ésto, sinpedirle consentimiento a nadie o sea que durante todo este tiempo haejercido actos de verdadero dueño y actual poseedor por compraventa deposesión material otorgada por la señora AGUSTINA ROBLES, a lasnueve horas del día treinta y uno de octubre del corriente año, fecha quese perfeccionó la venta de la posesión, que mi representada tiene y hatenido la posesión material desde hace más de diez años continuos. Yestima que el terreno en mención lo valúa en la suma de DIEZ MILCOLONES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a lascatorce horas del día catorce de noviembre de dos mil dos.- Lic.DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETA-RIO.

Of. 3 v. alt. No. 65-2

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Lic.TEODORA CANALES CANALES, mayor de edad, Abogado, deldomicilio de San Miguel, Comisionada por el Procurador General de laRepública en representación del titulante señor ISRAEL MAXIMILIANOVILLACORTA, solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueblede naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Guanaste, Colonia VistaHermosa esquina opuesta al Centro Penal de Ciudad Barrios, Departa-mento de San Miguel, de la capacidad superficial de TRES MIL CIEN-TO SETENTA Y UN METROS VEINTICINCO CENTIMETROSCUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:ciento veinte metros, linda con ANTONIO CABRERA, río seco de pormedio; AL NORTE: veintisiete metros, antes con PETRONILA GAR-CIA JURADO, hoy con MATILDE ORTIZ, cerco de alambre de púasdel colindante; AL PONIENTE: ciento setenta y cinco metros, linda conel muro del Centro Penal de Ciudad Barrios y AL SUR: dieciséis metroslinda con ANTONIO CABRERA MACHUCA, cerco de alambre depúas del colindante. Dicho inmueble fue adquirido por medio de Escri-tura Pública de Compraventa de Posesión Material, el día uno de abril demil novecientos noventa y dos, ante los oficios notariales de la Lic.MARINA DE JESUS MARENCO RAMIREZ, por el señor SANTOSESTEBAN RIVAS y lo valúa en la cantidad de DIEZ MIL COLONESEXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, a lasonce horas con treinta minutos del día diecinueve de diciembre del añodos mil dos.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA.- Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZDIAZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 66-2

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el LicenciadoBENJAMIN ERNESTO RIVAS SERMEÑO, en el carácter de Agente

Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en representación deel Estado en el Ramo de Obras Pública, solicitando se le extienda TítuloSupletorio de dos fajas de terreno de naturaleza rústica, sin cultivosinnominados, situados en el Cantón Palacios, jurisdicción de San RafaelCedros, Departamento de Cuscatlán, cuyas descripciones son las si-guientes: LOTES "A" y "B" y que por su orden se describen así: LOTE"A" que se desmembra de la primera porción: partiendo de la EstaciónKilómetro treinta y cinco más doscientos cinco metros, con una distanciade diez metros y rumbo Norte sesenta y un grados treinta y tres puntocuarenta y un minutos Este se llega al punto marcado en el plano con laletra b, que es donde comienza la descripción de este lote así: ESTE,Línea B-C, recta de treinta y un metros de longitud y rumbo Sur cuarentagrados cero punto veintinueve minutos Este, línea C-D, recta de quincemetros cincuenta centímetros de longitud y rumbo Sur treinta y dosgrados cuarenta y seis punto cincuenta y siete minutos Este, colindandocon terreno que fueron de NICOLAS MARTINEZ, hoy de ORLANDOMARTINEZ y ERLINDA RAMIREZ, camino de por medio hoy ocupa-do en parte por el derecho de vía; SUR, Línea D-E, curva de veintitrésmetros de longitud y radio de trescientos cincuenta y seis punto noventay siete metros, colindando con resto del terreno propiedad del vendedorseñor CRUZ, lado derecho del proyecto; OESTE, línea E-A, recta detreinta y un metros cincuenta centímetros de longitud y rumbo Norteveintisiete grados treinta punto quince minutos Oeste, colindando con ellote "B", propiedad del vendedor señor CRUZ, que fue de ISOLINADEL CARMEN CASTILLO DE HERNANDEZ, hoy ocupado por elderecho de vía; NORTE, línea A-B, recta de diez metros de longitud yrumbo Norte sesenta y un grados treinta y tres punto cuarenta y unminutos Este, colindando con terreno de SALVADOR ORELLANA,carretera internacional de por medio, hoy ocupado en parte por el derechode vía. Siendo B el punto donde finalizó la descripción de este lote. Tienequinientos treinta metros cuadrados de extensión superficial equivalen-tes a SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO VARAS CUADRADASTREINTA Y DOS CENTESIMOS DE VARA CUADRADA. Y ELLOTE B, que se desmembra de la segunda porción: partiendo de laEstación Kilómetro treinta y cinco, más doscientos cinco metros, con unadistancia de veintiséis metros y rumbo Sur dieciséis grados treinta ycinco punto cincuenta y tres minutos Oeste, se llega al punto marcado enel plano con la letra "C", que es donde comienza la descripción de estelote, así OESTE, línea C-A, recta de veintiséis metros de longitud yrumbo Norte dieciséis grados treinta y cinco punto cincuenta y tresminutos Este, colindando con terreno que fue de MERCEDES HER-NANDEZ, hoy de JOSE MARIA PEREZ, ocupado en parte por elderecho de vía; ESTE, línea A-B, recta de treinta y un metros cincuentacentímetros de longitud y rumbo Sur veintisiete grados treinta puntoquince minutos Este, colindando con lote "A" propiedad del vendedorseñor EMILIANO CRUZ, que fue de ISOLINA DEL CARMEN CAS-TILLO DE HERNANDEZ, hoy ocupado por el derecho de vía; SUR,línea B-C curva de veintidós metros tres centímetros de longitud y radiode trescientos cincuenta y seis punto noventa y siete metros, colindandocon resto de terreno propiedad del vendedor señor CRUZ, lado derechodel proyecto. Siendo C, el punto donde finaliza la descripción de este lote,que se describe sólo en tres rumbos por ser de forma triangular.

Dichos inmuebles los adquirió por compraventa que de ellos hizoel señor EMILIO CRUZ, el día veintidós de diciembre de mil novecien-tos ochenta y uno, por lo que datan de más de diez años de poseerlo deforma quieta, pacífica e ininterrumpida, no está en proindivisión y lovalúa por la cantidad de SEISCIENTOS DIECISEIS COLONES CONSESENTA Y SEIS CENTAVOS.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horasdel día veinte de junio del año dos mil dos.- Licda. ILMA CONSUELOGIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLAN-DO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 67-2

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado a

las doce horas con trece minutos del día catorce de noviembre del

corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante

FRANCISCO AMAYA PONCE, quien falleció el tres de enero del

corriente año, a la edad de veinticuatro años, soltero, siendo la ciudad de

Zaragoza su último domicilio; de parte del menor FRANCISCO ANTO-

NIO AMAYA OLMEDO en su calidad de hijo del causante, el cual

mientras no cumpla su mayoría de edad será representado legalmente por

su madre SULMA BEATRIZ OLMEDO ABREGO. Confiriéndose al

heredero mencionado, la administración y representación interina de la

sucesión referida con las facultades y restricciones de los Curadores de

la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163 inc.

1º C.C. Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores

a la publicación del edicto en el Diario expresado.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-

cial, a las catorce horas del día catorce de Noviembre de dos mil dos.

Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDUARDO ALFONSO GALDA-

MEZ MEBIUS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 51-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado a las

ocho horas y quince minutos del día veinte de Diciembre del corriente

año, se tuvo por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario,

la herencia Intestada que a su defunción dejó el Causante Raymundo

Reina Leonor conocido por Raymundo Leonor, Raimundo Reina y por

Raimundo Reyna, quien falleció el dieciséis de Febrero de dos mil uno,

a la edad de cuarenta y siete años, Motorista, Casado, siendo la ciudad de

Zaragoza su último domicilio; de parte de la señora Zoila Hernández o

Zoila Hernández García o Zoila Hernández Viuda de Reina, quien a su

vez representa legalmente a los menores María Magdalena y Raymundo

Alexander ambos de apellidos Reina Hernández, y los señores Claudia

Aracely Reina Hernández y Héctor Javier Reina Hernández; la primera

en su calidad de cónyuge sobreviviente y los segundos y los terceros en

su calidad de hijos del Causante. Los menores anteriormente menciona-

dos serán representados legalmente por su madre Zoila Hernández o

Zoila Hernández García o Zoila Hernández Viuda de Reina. Confirién-

dose a los herederos mencionados la administración y representación

interina de la sucesión referida, con las facultades y restricciones del

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Curador de la herencia yacente, de conformidad a lo establecido en el Art.

1163 Inc. 1º C.C; citándose a las personas que se crean con derecho a la

herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días

posteriores a la publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-

cial, a las nueve horas del día veinte de Diciembre de dos mil dos. Licda.

DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA. Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ

MEBIUS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 52-3

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por resolución proveída en este tribunal a las

quince horas del día siete de octubre del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-

tada que a su defunción dejó el señor JUAN FRANCISCO ORTIZ

VASQUEZ, quien fue de treinta y dos años de edad, Jornalero, casado,

hijo de ANDRES ABELINO VASQUEZ y TOMASA ORTIZ, siendo

su último domicilio la ciudad de Panchimalco, lugar donde falleció el día

veinte de febrero de mil novecientos noventa y tres, de parte de la señora

EMELINA GUZMAN JORGE VIUDA DE ORTIZ conocida por

EMELINA GUZMAN JORGE y por EMELINA GUZMAN JORGE DE

ORTIZ, como cónyuge sobreviviente y los menores MARIO ANTO-

NIO, OSCAR ORLANDO y SONIA ELIZABETH todos de apellidos

ORTIZ GUZMAN, como hijos del causante, representados legalmente

por su madre anteriormente mencionada. Confiérese a los aceptantes la

administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a este Tribunal a deducir sus derechos dentro de los quince días

siguientes al de la última publicación del edicto correspondiente.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas y treinta minutos del día veintiuno de noviembre del año dos mil

dos. Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE

LO CIVIL. Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SE-

CRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 53-3

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

LA INFRASCRITA JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIALDE SOYAPANGO,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el AbogadoFEDERICO ALBERTO ALFARO OVIEDO, en calidad de ApoderadoGeneral Judicial con Cláusula Especial de la señora SANTOS DELTRANSITO RUIZ DE MARTINEZ, solicitando de conformidad al art.23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural, se cambie el nombre dela señora SANTOS DEL TRANSITO RUIZ DE MARTINEZ, quien esde veintiséis años de edad, de Oficios del Hogar, de los domicilios deCiudad Chelsea, Estado de Massachussets, Estados Unidos de Nortea-mérica y de Ilopango, San Salvador, República de El Salvador, originariade Cantón Cotumayo, jurisdicción de Apastepeque, hija de BARTOLOMERUIZ y TERESA DE JESUS ALFARO; razón por la cual se previeneque si a alguna persona le afectare el cambio o modificación del nombrede la expresada señora, se presente a este Tribunal a oponerse, dentro delos diez días siguientes a la última publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horasdel día diecisiete de diciembre de dos mil dos. Lic. ELSA IRMAGONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIAESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. 1918

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por Resolución de las nueve horas del día oncede Diciembre del corriente año, se ha declarado heredera abintestato delos bienes que a su defunción dejó el señor JOSE EDUVIGES RIVASLOZANO, quien fue de ochenta y cuatro años de edad, jornalero, casado,fallecido el día treinta y uno de Marzo de mil novecientos ochenta y seis,en Verapaz, de este Departamento, lugar de su último domicilio, a laseñora FRANCISCA LIEVANO VIUDA DE RIVAS, en concepto decónyuge sobreviviente del causante y se ha conferido a la herederadeclarada la administración y representación definitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días delmes de Diciembre del año dos mil dos. Dra. ANA FELICITA ESTRA-DA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,SECRETARIA.

1 v. No. 1781

ROBERTO ROMERO PINEDA, Notario, de este domicilio, con despa-cho notarial ubicado en Final Sesenta y Siete Avenida Sur, pasaje “A”,número once-C, Colonia Roma, de esta ciudad,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas del día tres de enero de dos mil tres, se ha declarado ala señora CECIL YOLANDA CROMEYER DE SESSA, conocida porCECIL DE SESSA, heredera definitiva con beneficio de inventario delos bienes que a su defunción, en esta ciudad, su último domicilio, el díacuatro de octubre de mil novecientos noventa y ocho, dejara el señor

FEDERICO GRANADOS SOLITO, conocido por FEDERICO GRA-NADOS, en su concepto de cesionaria de los derechos hereditarios queen la sucesión aludida le correspondían al señor FRANCISCO SALVA-DOR GRANADOS LOPEZ, conocido por FRANCISCO GRANADOS,

hijo legítimo del causante; habiéndole concedido la representación yadministración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día tres de enero de dos mil tres.

ROBERTO ROMERO PINEDA,

NOTARIO.

1 v. No. 1865

CATALINO CLAROS SANDOVAL, Notario, de este domicilio, condespacho notarial ubicado en la Quinta Avenida Norte y Octava CallePoniente número trescientos nueve de esta ciudad;

AL PUBLICO HACE SABER: que por resolución del suscritoNotario, proveída a las ocho horas del día quince de mayo del corrienteaño, se han declarado a los señores JOSE ISRAEL BELTRAN LOVO YGLORIA DEL CARMEN GONZALEZ DIAZ, herederos definitivos,

con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en la ciudadde Zacatecoluca, departamento de la Paz, su último domicilio, el díaveintiuno de julio del dos mil uno, dejara la señora MARIAALTAGRACIA FLORES MARQUEZ VIUDA DE CARRANZA, enconcepto de cesionarios de los cedentess JULIO AMILCAR HERNAN-DEZ MARQUEZ, DAGOBERTO NEFTALI HERNANDEZ MAR-

QUEZ, EDMUNDO DANILO HERNANDEZ MARQUEZ, RUTHNOHEMY HERNANDEZ MARQUEZ, ODIR DASNEBER CARRAN-ZA FLORES, REYNALDO FRANCISCO CARRANZA FLORES, dela causante, habiéndose conferido la administración y RepresentaciónDefinitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Miguel, a los veintiocho días del mes de mayo dedos mil dos.

Dr. CATALINO CLAROS SANDOVAL,

ABOGADO.

1 v. No. 1867

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ, NOTARIA,de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en: Calle Arce y onceAvenida Sur, Edificio Rivas Cierra número SETECIENTOS SIETE,Segunda Planta, Local número DOSCIENTOS TRES, de esta Ciudad,

HACE SABER: que por Resolución de la suscrita Notaria, proveí-da a las diez horas del día trece de Diciembre del presente año, se hadeclarado a la señora: MIRIAN EUNICE IRIS LILLY-ANNAALBIÑANA DE SOLIS, quien está siendo representada por la Licencia-da OLINDA OFELIA MONTOYA MEJIA, Heredera Definitiva Ab-Intestato con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción enla Ciudad de Sacramento California, de los Estados Unidos de América,siendo éste su último domicilio, el día catorce de Julio del presente año,dejará el señor: ALFREDO SOLIS OLIVA conocido por ALFREDOSOLIS, en su concepto de esposa sobreviviente del de Cujus, habiéndo-sele concedido la Administración y Representación Definitiva de lareferida Sucesión. Por lo que se le avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día diecisiete de Diciembre de dos mildos.

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ,

NOTARIA.

1 v. No. 1868-bis

JAIME ANTONIO CHICAS SANCHEZ, Notario, de este domicilio,con despacho notarial ubicado en Quinta Calle Poniente Número Seis-cientos Uno, Barrio La Merced, de esta ciudad,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día dieciocho de Noviembre del presente año, se hadeclarado a la señora RINA LIZZETTE AQUINO DE FLORES, here-dera definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a sudefunción el día cinco de Septiembre del año dos mil dos, dejó la señoraARELY ESPERANZA AQUINO ARIAS, en concepto de cesionaria delos bienes que en la defunción de la señora RINA LIZZETTE AQUINODE FLORES, le corresponde a los señores JOSE ROMAN AQUINOMELENDEZ, y ANA GUADALUPE ARIAS DE AQUINO, en concep-to de Padres de la causante; habiéndole concedido la representación yadministración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa alpúblico para los efectos de ley.

Librado en San Miguel, el día tres de Enero del año dos mil tres.

JAIME ANTONIO CHICAS SANCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 1869

JAIME ANTONIO CHICAS SANCHEZ, Notario, de este domicilio,con despacho notarial ubicado en Quinta Calle Poniente Número Seis-cientos Uno, Barrio La Merced, de esta ciudad,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día tres de enero del dos mil tres, se ha declarado a laseñora MARTINA ARIAS DE RIVAS, heredera definitiva con benefi-cio de inventario de los bienes que a su defunción en el Barrio El Calvariode la ciudad de Intipucá, el día dieciséis de enero del dos mil dos, dejó elseñor DANIEL RIVAS MANZANO, en concepto de cesionario de losbienes que en la defunción del señor DANIEL RIVAS MANZANO, lecorresponde a los señores EDGAR NICOLAS RIVAS ARIAS y SANDYYASAIRA RIVAS ARIAS, en concepto de hijos del causante; habién-dole concedido la representación y administración definitiva de lareferida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Miguel, el día tres de enero del dos mil tres.

JAIME ANTONIO CHICAS SANCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 1871

RENE BALMORE MADRID, Notario, de este domicilio, con despachoNotarial en Local Número DOSCIENTOS UNO, Edificio Niza, yPrimera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, de esta ciudad, alpúblico,

HACE SABER: que en las diligencias Sucesorales promovidasante mis Oficios Notariales, como consecuencia del fallecimiento delseñor RAFAEL ANTONIO PEREZ MAGAÑA, conocido por RAFAELPEREZ MAGAÑA y por RAFAEL MAGAÑA, se ha emitido la resolu-ción de las nueve horas del día cuatro de enero de dos mil tres, que en suparte pertinente, textualmente DICE ASI:

Habiendo transcurrido más de quince días después de la tercerapublicación de los edictos en los periódicos antes mencionados, sin queninguna persona se haya presentado a este despacho notarial, alegandoigual o mejor derecho en la sucesión, con base a la prueba instrumentalpresentada y de conformidad a los artículos un mil ciento sesenta y dosy siguientes del Código Civil; y dos, cuatro, cinco, diecinueve y treintay cinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria yde Otras Diligencias, DECLARENSELES HEREDEROS DEFINITI-VOS, con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a sudefunción dejó el señor RAFAEL ANTONIO PEREZ MAGAÑA,conocido por RAFAEL PEREZ MAGAÑA y por RAFAEL MAGAÑA,quien falleció en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos deAmérica, su último domicilio, el día veintitrés de octubre de milnovecientos ochenta y siete, a los señores RICARDO ANTONIO MA-GAÑA, conocido por RICARDO ANTONIO MAGAÑA VISCARRA,RAFAEL ANTONIO MAGAÑA, ANA MIRIAN MAGAÑAVISCARRA DE BUENDIA, conocida por ANA MIRIAM MAGAÑAy EDUARDO EDMUNDO MAGAÑA VISCARRA, como hijos delcausante y MARIA VICTORIA VISCARRA AHORA VIUDA DEMAGAÑA en su concepto de cónyugue sobreviviente del causante.Confiéreseles a los herederos declarados, la administración y represen-tación definitiva de la sucesión. Dése aviso de Ley en el Diario Oficialy en uno de los Periódicos de mayor circulación nacional.

San Salvador, cuatro de enero de dos mil tres.

Dr. RENE BALMORE MADRID,

NOTARIO.

1 v. No. 1875

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

VICTOR MANUEL GUEVARA JIMENEZ, NOTARIO, de este domi-cilio, con despacho notarial en Reparto Santa Clara, pasaje Las Daliasnúmero siete, de esta ciudad,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día treinta y uno de Diciembre de dos mil dos, se hadeclarado a la señora MARIA TERESA LOAIS DE MONTERROSA,HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, dela herencia intestada y bienes que a su defunción, en esta ciudad, suúltimo domicilio, el día tres de marzo de mil novecientos noventa y ocho,a la Primera hora, dejara el señor EUSEBIO WANERGE MONTERRO-SA conocido por EUSEBIO BOANERGES MONTERROSA, EUSE-BIO BOANERGES MONTERROZA y POR EUSEBIO BONANELGESMONTERROZA, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causan-te; habiéndole concedido la representación y administración definitivade la referida Sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día dos de Enero de dos mil tres.

VICTOR MANUEL GUEVARA JIMENEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 1880

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio deAguilares y de San Salvador, con oficina profesional ubicada en CuartaCalle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares, AL PUBLI-CO,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las once horas del día veinte de Diciembre de dos mil dos, se hadeclarado a los señores INGLE DEL CARMEN FIGUEROA ESCO-BAR, y DOUGLAS ANTONIO FIGUEROA ESCOBAR, HerederosDefinitivos Intestados con Beneficio de Inventario de los bienes que a sudefunción ocurrida en Cantón Roble, Jurisdicción de Suchitoto, Depar-tamento de Cuscatlán, el día veintiuno de Octubre de dos mil dos, siendola ciudad de Aguilares, Departamento de San Salvador, su últimodomicilio, dejara el señor HERNAN ANTONIO FIGUEROA, en suconcepto de hijos sobrevivientes del DE CUJUS, habiéndoseles conce-dido la Representación y Administración Definitiva Intestada de lareferida sucesión.

Librado en la ciudad de Aguilares, a los veinticuatro días del mesde Diciembre de dos mil dos.

Lic. JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 1882

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio deAguilares y de San Salvador, con oficina profesional ubicada en CuartaCalle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares, AL PUBLI-CO,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas y treinta minutos del día veinticuatro de Diciembre de dosmil dos, se ha declarado al señor JOSE LEONIDAS QUINTANILLA,Heredero Definitivo Intestado con Beneficio de Inventario de los bienesque a su defunción ocurrida en Nuevo Cuscatlán, Departamento de LaLibertad, el día once de Octubre de dos mil dos, siendo San Rafael,

Departamento de Chalatenango, su último domicilio, dejara la señoraADELA QUINTANILLA AGUILAR, conocida por ADELA QUIN-TANILLA, en su concepto de hermano sobreviviente del DE CUJUS,habiéndosele concedido la representación y administración definitivaintestada de la referida sucesión.

Librado en la ciudad de Aguilares, a los veinticuatro días del mesde Diciembre de dos mil dos.

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 1883

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio deAguilares y de San Salvador, con oficina profesional ubicada en CuartaCalle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares, AL PUBLI-CO,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas y treinta minutos del día veinticuatro de Diciembre dedos mil dos, se ha declarado la señora DOMINGA FLORES DEROMERO, Heredera Definitiva Intestada con Beneficio de Inventario delos bienes que a su defunción ocurrida en Kilómetro treinta y cuatro,Carretera Troncal del Norte, Jurisdicción de Aguilares, Departamento deSan Salvador, el día veintiuno de Febrero de dos mil dos, siendo la ciudadde Aguilares, Departamento de San Salvador su último domicilio, dejarael señor JUAN JOSE ROMERO, conocido por JUAN JOSE ROMEROFLORES, en su concepto de madre sobreviviente del DE CUJUS,habiéndosele concedido la representación y administración definitivaintestada de la referida sucesión.

Librado en la ciudad de Aguilares, a los veinticuatro días del mesde Diciembre de dos mil dos.

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 1884

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio deAguilares y de San Salvador, con oficina profesional ubicada en CuartaCalle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares, AL PUBLI-CO,

HACE SABER: que por Resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día veintitrés de Diciembre, de dos mil dos, se hadeclarado a MARIA GUADALUPE GALVEZ DE VASQUEZ, yJACQUELINE ELIZABETH VASQUEZ GALVEZ, Herederas Defini-tivas Intestadas con Beneficio de Inventario de los bienes que a sudefunción ocurrida en el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador,el día catorce de Agosto de dos mil dos, siendo la ciudad de Guazapa,Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejara el señorJAIME ANTONIO VASQUEZ, en sus conceptos la primera de cónyugey la segunda de hija sobreviviente del DE CUJUS, habiéndoselesconcedido la representación y administración Definitiva Intestada de lareferida sucesión.

Librado en la ciudad de Aguilares, a los veintitrés días del mes deDiciembre de dos mil dos.

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 1885

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

NELSON ARMANDO RODRIGUEZ RAMIREZ, Notario, de estedomicilio, con despacho notarial ubicado en Residencial Santa Elena II,Avenida C, Polígono "D", Casa Número nueve, Antiguo Cuscatlán, LaLibertad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las dieciséis horas del día diez de septiembre de dos mil dos, en lasdiligencias sucesorales intestadas del señor JOSE MARIO HON HIM, seha declarado a la señora GLORIA NATALIA CARCAMO DE CHONHIM, de cuarenta y nueve años de edad, Secretaria Comercial, deldomicilio de esta ciudad, a quien no conozco pero identifico por mediode su Cédula de Identidad Personal número uno-uno- ciento sesenta y tresmil novecientos seis, con número de Identificación Tributaria ceroseiscientos diecinueve-cero treinta y un mil doscientos cincuenta y dos-cero cero uno-cinco, heredera definitiva con beneficio de inventario delos bienes que a su defunción en el Hospital Médico Quirúrgico delSeguro Social de San Salvador, Departamento de San Salvador, el díaocho de mayo del corriente año dejó en forma testada el señor JOSEMARIO CHON HIM, en su concepto de heredera universal de losderechos hereditarios y esposa sobreviviente del de cujus; en consecuen-cia se le confiere la administración y representación definitiva de lasucesión citada.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día doce de septiembre de dos mil dos.

Lic. NELSON ARMANDO RODRIGUEZ RAMIREZ,NOTARIO.

1 v. No. 1893

VICTOR MANUEL GUEVARA JIMENEZ, Notario, del domicilio dela ciudad y Departamento de San Salvador, y eventualmente del de estaciudad, con despacho notarial en Reparto Santa Clara, Pasaje Las Daliasnúmero siete, de la ciudad de San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las once horas del día veintinueve de diciembre de dos mil dos, se hadeclarado a la señora MARIA AVINDA DOMINGUEZ VIUDA DEGUEVARA, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE IN-VENTARIO, de la herencia intestada y bienes que a su defunción, en estaciudad, su ultimo domicilio, el día veinticinco de marzo de dos mil, a lasveinte horas, con veinticinco minutos, DEJARA EL SEÑOR MOISESWILFREDO GUEVARA, en su concepto de cónyuge sobreviviente delcausante; habiéndole concedido la representación y administración,definitiva de la referida sucesión.

Por lo que avisa al publico para los efectos de ley.

Librado en Bolívar, Departamento de La Unión, el día veintinuevede diciembre de dos mil dos.

VICTOR MANUEL GUEVARA JIMENEZ,NOTARIO.

1 v. No. 1900

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

AVISA: que por resolución de las nueve horas del día tres deoctubre del año dos mil dos, ha sido declarado heredero abintestato conbeneficio de inventario de la herencia testamentaria dejada por la señoraORBELINA DEL CARMEN CUELLAR MORALES, fallecida el díaveintiuno de octubre del año dos mil uno, en esta ciudad su últimodomicilio, al señor RICARDO MORALES CUELLAR, en concepto deheredero testamentario de la causante .-

Se ha conferido al heredero declarado la administración y represen-tación definitiva de la sucesión .-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del díacatorce de octubre del año dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA MARTI-NEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. 1901

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

AVISA: que por resolución de las nueve horas diez minutos del díaveintiocho de octubre del año dos mil dos. Han sido declaradas herederasabintestato con beneficio de inventario de la herencia intestada dejadapor el señor RICARDO FRANCISCO CALDERON, fallecido el díaquince de diciembre del año dos mil uno, en la población de Sonzacate,su último domicilio, a la señora ENA ELISA MORALES MONGE, hoyDE CALDERON, señorita REBECA ELISA CALDERON MORALESy menor RAQUEL ESTHER CALDERON MORALES, a la primeracomo cónyuge sobreviviente y como representante legal de dicha menor,además como cesionaria de los derechos hereditarios que en la referidaherencia le correspondía al señor ALEJANDRO CALDERON VELAS-QUEZ, conocido por ALEJANDRO CALDERON, como padre y las dosúltimas como hijas, todas del causante.

Se ha conferido a las herederas declaradas la administración yrepresentación definitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas del día catorce denoviembre del año dos mil dos.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ,JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DEESCOBAR, SECRETARIA.

1 v. No. 1902

MARIO AGUILAR MOLINA JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: que en vista de haber transcurrido más de quincedías a partir de la tercera publicación del edicto respectivo, sin quepersona alguna se haya presentado haciendo oposición o alegando mejorderecho, por medio de resolución pronunciada en este Tribunal a las doce

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

horas y diez minutos del día dieciocho de diciembre del presente año, sehan declarado herederos definitivos con beneficio de inventario en laherencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su últimodomicilio, el día veintinueve de abril del año dos mil dos, dejó el señorSALVADOR MIXCO PINTO, conocido por CARLOS SALVADORMIXCO PINTO y por CARLOS AUGUSTO SALVADOR MIXCO, departe de los señores JOSE SALVADOR MIXCO PINTO DUKE, MAR-CO AURELIO MIXCO DUKE, ROBERTO GUILLERMO MIXCODUKE y ALEJANDRO MIXCO PINTO, conocido por ALEJANDROCORTEZ MIXCO y por ALEX MIXCO PINTO, en su calidad de hijosdel causante.- Confiérase a los herederos declarados la administración yrepresentación definitiva de la sucesión

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL; San Salvador, a las docehoras con quince minutos del día veinte de diciembre del año dos mildos.- Lic. DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZA INTA.JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JOSE DANILO ESCO-BAR MIRANDA, SECRETARIO INTO.

1 v. No. 1907

ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS, Notario, de este domicilio, condespacho notarial ubicado en Calle Arce y Diecinueve Avenida Sur,Local A- Diecinueve, Condominio Plaza Orleans, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario proveídaa las ocho horas del día cuatro de enero de dos mil tres, se ha declaradoa la señora MARIA JULIA ESCOBAR PREZA , heredera definitiva conbeneficio de inventario, de los bienes que a su defunción dejara la señoraANA ARELYS GUERRA ESCOBAR DE SOUZA, fallecida a lascatorce horas y cuarenta y cinco minutos del día treinta de noviembre deldos mil uno, en el Hospital Kaiser, Condado de Marín, ciudad San Rafael,California, siendo el condado de Marín Ciudad San Rafael, California,Estados Unidos de América, su último domicilio; en su concepto demadre sobreviviente de la causante; habiéndole concedido la represen-tación y administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, el día ocho de enero de dosmil tres.

ANY CRISTY ARGUMEDO CAMPOS,ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. 1912

ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ, Notario, de este domicilio,con oficina jurídica ubicada en Colonia Médica, Diagonal Doctor ArturoRomero y Pasaje Doctor Roberto Orellana Valdez, Edificio Clínica deEspecialidades, Local Doscientos siete, Segunda Planta, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día seis deenero de dos mil tres, han sido declarados herederos definitivos a losseñores JUAN CRUZ URQUILLA, conocido por JUAN CRUZ UR-QUILLA MALDONADO, de cincuenta y ocho años de edad, Empleado;y ROBERTO CARLOS URQUILLA ALVARENGA, de dieciochoaños de edad, Estudiante; ambos del domicilio de Nueva San Salvador,

departamento de La Libertad, la Herencia Intestada de la señora BLAN-CA ROSA ALVARENGA GUARDADO, conocida por BLANCAROSA AlVARENGA, BLANCA ROSA ALVARENGA DE URQUI-LLA y por BLANCA ROSA ALVARENGA GUARDADO DE UR-QUILLA, fallecida el día treinta y uno de marzo del dos mil dos, y delúltimo domicilio de Nueva San Salvador, departamento de La Libertad,en sus calidades de cónyuge el primero, y de hijo y como cesionario delderecho hereditario que le correspondía a la señora MARIA ANGELGUARDADO GUARDADO, conocida por ANGELA GUARDADO, elsegundo, por lo que se ha conferido a dichos aceptantes la administracióny representación definitiva de la sucesión. Para los efectos de ley sepública lo anterior.

Librado en esta oficina, San Salvador, siete de enero de dos miltres.-

Lic. ISAAC ERNESTO SAYES GONZALEZ,NOTARIO.

1 v. No. 1913

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución dictada a las ocho horas de este día, sehan declarado herederos abintestatos y con beneficio de inventario de laherencia Intestada que a su defunción ocurrida el día veintitrés de agostodel dos mil uno, en el Hospital del Instituto Salvadoreño del SeguroSocial de la ciudad de San Salvador, siendo Coatepeque de esta jurisdic-ción, el lugar de su último domicilio, dejó FEDERICO DEMECIOFLORES HERNANDEZ, de parte de los menores HENRY MISAEL yKEVIN DANILO, ambos de apellidos FLORES ARRIZA, en su concep-to de hijos del referido causante y como cesionarios de los derechoshereditarios que como padres del causante les correspondían a ARCA-DIO FLORES RAYMUNDO o ARCADIO FLORES e ISABEL HER-NANDEZ DE FLORES o ISABEL HERNANDEZ; confiriéndoselesdefinitivamente la administración y representación de la sucesión expre-sada; a través de su madre y representante legal, señora NELY DELCARMEN ARRIAZA.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las nueve horas del día veintitrés de diciembre del dos mil dos.-Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DELO CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRE-TARIA.

1 v. No. 1916

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARALOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de este Juzgado de las doce horas sieteminutos de este día, se ha declarado heredero definitivo con beneficio deinventario al señor JOSE LEONEL FIGUEROA RAMOS, de la herencia

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

intestada que a su defunción dejó el causante señora FERNANDO

FIGUEROA GONZALEZ, quien fue de treinta y nueve años de edad,

Enfermero, fallecido a las dieciséis horas quince minutos del día veinti-

cuatro de septiembre de mil novecientos sesenta y uno, en el Barrio Santa

Lucía de esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domicilio. El señor

JOSE LEONEL FIGUEROA RAMOS, es hijo legítimo del causante y

además cesionario del derecho que le correspondería en la presente

sucesión, a la señora SARA RAMOS VIUDA DE FIGUEROA, conoci-

da por SARA DE JESUS RAMOS VIUDA DE FIGUEROA, como

cónyuge del de cujus; y en ese carácter se le confiere la administración

y representación definitiva de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las doce horas quince minutos del día doce de diciembre de dos

mil dos.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. 1917

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de este Tribunal de las diez horas

treinta minutos de este día, se han declarado a los señores DOUGLAS

MILTON GUDIEL CASTRO, junto con las señoras ELGICA PEREZ

DE CASTRO, conocida por ELGICA GUDIEL, ELGICA GUDIEL DE

CASTRO, ELGICA GUDIEL PEREZ, ELGICA PEREZ GUDIEL,

ELGICA GUDIEL PEREZ DE CASTRO y ERGICA GUDIEL PEREZ

y ALMA RUTH CASTRO GUDIEL, conocida por ALMA RUTH

GUDIEL, herederos definitivos con beneficio de inventario de la suce-

sión intestada que a su defunción dejó el causante JUAN RAMON

CASTRO CASTRO o JUAN RAMON CASTRO, fallecido a las doce

horas y quince minutos del día diecinueve de septiembre de mil nove-

cientos noventa y ocho, en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad,

el lugar de su último domicilio. Los señores ELGICA PEREZ DE

CASTRO, conocida por ELGICA GUDIEL, ELGICA GUDIEL DE

CASTRO, ELGICA GUDIEL PEREZ, ELGICA PEREZ GUDIEL,

ELGICA GUDIEL PEREZ DE CASTRO y ERGICA GUDIEL PEREZ,

es cónyuge sobreviviente del causante y ALMA RUTH CASTRO

GUDIEL, conocida por ALMA RUTH GUDIEL y DOUGLAS MILTON

GUDIEL CASTRO, son hijos del de cujus; y en ese carácter se les

confiere la administración y representación definitiva de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las once horas del día dieciséis de octubre de dos mil dos.- Dr.

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-

Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. 1919

GLORIA ANA AVALOS ARTIGA, Jueza de Primera Instancia de este

Distrito Judicial.

AVISA: que por resolución de las ocho horas, treinta minutos del

día seis de diciembre de dos mil dos se ha declarado heredera definitiva

con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción

dejó JOSE JESUS MENJIVAR PEÑA, quien falleció el día veinte de

febrero de dos mil, tuvo su último domicilio en el Cantón Llano Largo,

jurisdicción de Jutiapa, Departamento de Cabañas, a la señora MARIA

ADELFA RODRIGUEZ DE MENJIVAR o MARIA ADELFA RO-

DRIGUEZ VIUDA DE MENJIVAR, en calidad de cónyuge sobrevi-

viente y cesionaria de los derechos hereditarios de CATARINO ERNES-

TO MENJIVAR, MARIA ELVA MENJIVAR DE LOPEZ, JOSE

AVELARDO, MENJIVAR RODRIGUEZ, ROSA AMELIA MENJI-

VAR RODRIGUEZ y ANA MABEL MENJIVAR PEÑA, se le ha

conferido a la aceptante la administración y representación definitiva de

la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-

mento de Cabañas, a las diez horas trece minutos del día seis de diciembre

de dos mil dos.- Licda. GLORIA ANA AVALOS ARTIGA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA.- Br. CELIO GERMAN MENJIVAR ROME-

RO, SECRETARIO.

1 v. No. 1923

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado a las

ocho horas y cuarenta minutos del día siete de enero del corriente año, fue

DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, el señor SANTIAGO AGUILERA ESCOBAR, en su

calidad de Cesionario de los Derechos hereditarios que le correspondían

al heredero CARLOS FRANCISCO BELTRAN, en su carácter de hijo

del causante JOSE DAMASO CISNEROS BELLOSO; de la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante supramencionado, el cual

falleció el veintiséis de mayo de dos mil, a la edad de setenta años, siendo

esta ciudad su último domicilio; lo anterior de conformidad al Testimo-

nio de Escritura Pública de Cesión de Derechos Hereditarios, otorgada

por el heredero CARLOS FRANCISCO BELTRAN, a favor del señor

SANTIAGO AGUILERA ESCOBAR, ante los oficios notariales de la

Licda. LUCIA ANGELICA CRUZ GUARDADO. Confiriéndose al

heredero mencionado la administración y representación definitiva de la

sucesión referida.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-

cial, a las diez horas del día siete de enero de dos mil tres.- Licda. DIGNA

GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS,

SECRETARIO.

1 v. No. 1941

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

JOSE REINERIO CARRANZA, Notario, con oficina particular ubicadaen Tercera Avenida Norte número mil ciento dieciséis, Centro deGobierno, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución proveída a las dieciséis horasy veinte minutos del día veintiuno de diciembre de dos mil dos, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor GUSTAVOADOLFO AGUILAR, quien fue de setenta y siete años de edad,Contador, originario de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña,siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores CARLOSALBERTO GALDAMEZ, KAREN MARISOL GALDAMEZ CAS-TANEDA, quien actúa mediante la representación legal de su padreseñor CARLOS ALBERTO GALDAMEZ y KARLA MARIA GAL-DAMEZ CASTANEDA, confiriéndosele a los expresados aceptantes laADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA DE LASUCESION con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos deley.-

Librado en la ciudad de San Salvador, a los seis días del mes deenero del año dos mil tres.

JOSE REINERIO CARRANZA,

NOTARIO.

1 v. Nº 1887

CARLOS REYES TORRES, Notario, de este domicilio, con oficina enTercera Avenida Norte número trescientos veinte, Edificio Jeréz, Local5 B, de esta ciudad, al público para efectos de ley,

HACE SABER: que en las Diligencias de Aceptación de Herenciapromovidas ante sus oficios notariales, se ha tenido expresamente poraceptada la herencia intestada que a su defunción ocurrida en CiudadArce, Departamento de La Libertad, su último domicilio, el día trece dejulio del presente año, dejó el señor MANUEL DE JESUS GALVEZ,conocido por MANUEL DE JESUS GALVEZ FLORES, de parte delseñor MANUEL ALEXANDER GALVEZ HERNANDEZ, en su cali-dad de hijo del de cujus, habiéndosele conferido la administración yrepresentación interinas de la sucesión, con las facultades y restriccionesde ley.-

Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del díaveintiuno de diciembre de dos mil dos.

CARLOS REYES TORRES,

NOTARIO.

1 v. Nº 1899

RUTH SONALY CARRANZA RODRIGUEZ, Notario de este domici-lio, con oficinas establecidas en Condominio Metro Dos Mil Edificio “E”Número once, sobre Cuarenta y Siete Avenida Norte, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del díaveinticuatro de diciembre de dos mil dos, se ha tenido por aceptada conbeneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA que a su defunción

ocurrida en Ciudad Delgado de esta ciudad el siete de diciembre de dosmil uno, dejó la señora Rosenda Antonio, de parte de la señora: RosaAdilia Antonio en su calidad de hija de la causante, habiéndoseleconferido la administración y Representación Interina de la Sucesión,con las facultades y restricciones de los curadores de la HerenciaYacente.

Lo que AVISA al publico para los efectos de ley.

Librado en la oficina de la Notaria RUTH SONALY CARRANZARODRIGUEZ, a veinticuatro días del mes de diciembre de dos mil dos.

RUTH SONALY CARRANZA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 1903

RUTH SONALY CARRANZA RODRIGUEZ, Notario de este domici-lio, con oficinas establecidas en Condominio Metro Dos Mil Edificio “E”Número once, sobre Cuarenta y Siete Avenida Norte, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del díaveinticuatro de diciembre de dos mil dos, se ha tenido por aceptada conbeneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA que a su defunciónocurrida en esta ciudad el veinticinco de mayo del dos mil, dejó la señoraElsa Antonia Morales de Contreras, conocida por María Antonia Mora-les, Elza Antonia Morales y Elsa Antonia Morales de Contreras, de partede los señores: Gregrorio de Jesús Contreras Morales, Ana MaríaContreras Morales en su carácter personal y como Apoderada de losseñores Jorge Alberto, y María del Socorro ambos de apellidos ContrerasMorales y como cesionario de los derechos que le corresponden al señorJesús Contreras, este último en su calidad de Cónyuge sobreviviente y losanteriormente mencionados en su calidad de hijos de la causante,habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina dela Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laHerencia Yacente.

Lo que AVISA al publico para los efectos de ley.

Librado en la oficina de la Notaria RUTH SONALY CARRANZARODRIGUEZ, a veinticuatro días del mes de diciembre de dos mil dos.

RUTH SONALY CARRANZA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 1904

FIDIAS ISMAEL ELIAS MARTINEZ, Notario, del domicilio de NuevaSan Salvador, con oficina situada en Colonia Santa Teresa, block “A”Numero seis, Santa Tecla,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día catorce de octubre del dos mil dos, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herenciaintestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día ONCE dejunio de mil novecientos noventa y cuatro, dejó la señora MERCEDESIVONE QUINTEROS, de parte de su hija LILIANA VANESAQUINTEROS ALVARADO, en su concepto de hija sobreviviente de la

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

causante, habiéndose conferido la administración y representación de lasucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean conderecho a la referida herencia, para que se presenten en a la referidaoficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a laúltima publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario FIDIAS ISMAEL ELIAS MAR-TINEZ. En la ciudad de Nueva San Salvador, a las ocho horas del díaveintisiete de diciembre del dos mil dos.

FIDIAS ISMAEL ELIAS MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 1914

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PU-BLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que a este Tribunal, se ha presentado la LicenciadaROSALIA VICTORIA MOLINA PAREDES, como Apoderada delBANCO DE CONSTRUCCION Y AHORRO, SOCIEDAD ANONI-MA, hoy BANCO SALVADOREÑO S.A, y continuado por la Licencia-da DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, MANIFESTANDO:que se ha iniciado JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, contra el señorJOSE ANGEL RIVERA MUÑOZ y otra, quien es mayor de edad,Estudiante del domicilio de Delgado; pero es el caso, que al expresadoseñor arriba mencionado, se le ignora su paradero, así como si ha dejadoProcurador, o tiene Representante Legal en el País, por lo que pide, quede acuerdo al Art. 141 Pr. C., se le nombre Curador Especial, que lorepresente en el aludido juicio.

En consecuencia, se previene que si el referido señor JOSE AN-GEL RIVERA MUÑOZ, tuviere Procurador u otro Representante Legalen el País, se presente a este Tribunal, a comprobar dichas circunstancias,dentro del término de quince días siguientes a la última publicación deeste aviso.-

Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil. Salvador, a las oncehoras del día treinta y uno de octubre del dos mil dos.- Lic. JOSEGUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO MER-CANTIL SUPLENTE.- Lic. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLA-NA, SECRETARIA.

1 v. Nº 1848

TITO SANCHEZ VALENCIA, Notario, de este domicilio, al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en FinalSéptima Avenida Norte, Pasaje Uno, Edificio Dos-C, Segunda Planta,Local siete, Centro de Gobierno, de esta Ciudad, se ha presentado el díaveintiséis de diciembre de dos mil dos, el Doctor CARLOS ALBERTOTOBAR CUELLAR, de cincuenta y seis años de edad, Abogado yNotario, de este domicilio, quien firma “CAR TOBAR”, quien actúa ensu calidad de Apoderado General Judicial del BANCO DE CREDITOINMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION, y deeste domicilio, manifestando: que el día cuatro de julio de mil novecien-tos noventa y siete, la Sociedad que representa entregó en calidad de

Mutuo, al señor RONALD ALBERTO ROSALES ALFARO, quien enese entonces era de veintisiete años de edad, Estudiante, del domicilio deSoyapango, la cantidad de TREINTA MIL QUINIENTOS DOCE DO-LARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR DELOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, al interés del DIECIOCHOPOR CIENTO anual sobre saldos, para el plazo de VEINTE AÑOS,pagaderos por medio de cuotas mensuales; que dicho señor se encuentraen mora por no haber cumplido con la obligación de pago, por lo quenecesita entablar juicio ejecutivo en su contra, para recuperar el capital,los intereses y demás accesorios adeudados; que el referido señor seausentó del país desde hace aproximadamente tres años ignorándose suparadero y su domicilio actual, así como también si ha dejado procuradoro representante legal, que lo represente en el Juicio Ejecutivo Mercantilque le promoverá; por lo que ha iniciado ante mis oficios notariales,DILIGENCIAS DE AUSENCIA, en base al artículo veinticinco de laLey del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligen-cias, a efecto de que se declare Ausente al señor RONALD ALBERTOROSALES ALFARO y que se le nombre un Curador Especial, para quelo represente en el Juicio Ejecutivo Mercantil, mencionado.

En consecuencia, PREVENGO: que si el referido ausente RO-NALD ALBERTO ROSALES ALFARO, tuviere procurador o repre-sentante legal en la República, se presente a mi oficina de Notario, alegitimar su personería, dentro de quince días subsiguientes a la últimapublicación de este aviso que se hace del conocimiento del público paralos efectos de ley.

San Salvador, a los seis días del mes de enero de dos mil tres.

Dr. TITO SANCHEZ VALENCIA,

NOTARIO.

1 v. Nº 1879

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el AbogadoROBERTO LOPEZ, en calidad de Apoderado de la señora LUDIVINACONCEPCION SERPAS AYALA, manifestando que desea continuarel Juicio Ejecutivo Mercantil registrado al número 110-EM-2001, encontra de la señora EDITH GUADALUPE ABARCA, conocida porEDITH GUADALUPE ABARCA MEJIA y por EDITH GUADALUPEMEJIA ABARCA, quien es de treinta y dos años de edad, Empleada, conCédula de Identidad Personal Número: 1-4-0 65533 siendo Soyapangosu último domicilio conocido y actualmente de domicilio ignorado y porno saber si ha dejado Procurador o Representante Legal en el país pideque se le nombre un Curador Especial que la represente en el Procesoaludido.

Previénese como acto previo y de acuerdo con el Art. 141 Pr.C. quesi la señora EDITH GUADALUPE ABARCA, conocida por EDITHGUADALUPE ABARCA MEJIA y por EDITH GUADALUPE MEJIAABARCA, tiene Procurador o Representante Legal en el país, se presentea este Juzgado y dentro de los quince días subsiguientes a la últimapublicación de este aviso, pruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas deldía veintisiete de septiembre de dos mil dos.- Lic. ELSA IRMA GON-ZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTE-LA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. Nº 1889

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que a este Juzgado ha comparecido la Licenciada MIRIAMDEL CARMEN ARTEAGA ALVAREZ, en su carácter de Apoderadadel señor MONICO FLORENTIN PARADA, conocido por MONICOFLORENTIN PARADA ROBLES, manifestando que en el conceptoantes mencionado promueve en este Tribunal Juicio Civil Ejecutivocontra la señora MARIA MERCEDES PERLA, mayor de edad, Comer-ciante, de este domicilio, que como dicha señora ha desaparecido dellugar de su domicilio e ignorándose su paradero y sin saberse si ha dejadoProcurador u otro Representante Legal en el País, pide se le nombre unCurador Especial para que la represente en el Juicio aludido.

PREVIENESE como acto previo y de acuerdo con el Art. 141 Pr.C. que si la mencionada señora MARIA MERCEDES PERLA, tieneProcurador o Representante Legal en el país, se presente dentro de losquince días subsiguientes a la última publicación de este aviso y com-pruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las oncehoras del día nueve de diciembre de dos mil dos.- Dr. DARIO VILLAL-TA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORI-NO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. Nº 1905

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el AbogadoDAVID AQUINO ROQUE, en su carácter de endosatario al cobro delseñor LUIS ERNESTO RIVERA, manifestando que al señor YSRAELZARACAY o IZABEL ZARACAI CHACON, conocido por ISABELSARACAY CHACON, quien es mayor de edad, Comerciante, conúltimo domicilio en Montes de San Bartolo Tercera Etapa, polígonodiecinueve, pasaje diecinueve, casa número treinta y cuatro, Soyapangoy actualmente de domicilio ignorado, no se le puede notificar el decretode embargo y demanda que lo motiva, ya que no reside en el lugar antesmencionado, tal como se ordenó en el Juicio Ejecutivo Mercantil,promovido por el Abogado DAVID AQUINO ROQUE, en su calidad deendosatario al cobro del señor LUIS ERNESTO RIVERA, contra elseñor ZARACAY o ZARACAI CHACON conocido por SARACAYCHACON, registrado al número 171-EM-2001; y desconociendo si elseñor YSRAEL ZARACAY o IZABEL ZARACAI CHACON, conoci-do por ISABEL SARACAY CHACON ha dejado Procurador o Repre-sentante Legal que lo represente en el país, por lo que pide se le nombreun Curador Especial para que lo represente en el Juicio aludido.

Previénese como acto previo y de acuerdo con el Art. 141 Pr. C. quesi el señor YSRAEL ZARACAY o IZABEL ZARACAI CHACON,conocido por ISABEL SARACAY CHACON, tiene Procurador o Re-presentante Legal se presente a este Tribunal dentro de los quince díassubsiguientes a la publicación de este aviso, y pruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horasdel día veintiséis de noviembre de dos mil dos.- Lic. ELSA IRMAGONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIAESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. Nº 1935

Clase: 11. Expediente: 1997002933.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que HOLOPHANE CORPORATION, del domi-cilio de 214 OAKWOOD AVENUE, NEWARK, OHIO 43058, ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA, propietaria(o) de la MARCA DE FA-BRICA Y DE COMERCIO, consistente en: LA PALABRA EN LE-TRAS MAYUSCULAS “HOLOPHANE”, cuyo País de Origen esESTADOS UNIDOS DE AMERICA, inscrita al número 00235 delLibro 00121 de INSCRIPCION DE MARCAS, traspasó por venta lamarca antes descrita a NSI ENTERPRISES, INC., del domicilio deCIUDAD DE ATLANTA, ESTADO DE GEORGIA, ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00158 del Libro00057 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del año dos mildos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

1 v. Nº 1870

La Infrascrita Notario Licenciada CARMEN ELlSA SOSA DE CALLE-JAS, con Bufete en Kilómetro Ocho y medio, Carretera Planes deRenderos Quinta “Montefresco”, de esta ciudad;

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del díacatorce de enero de dos mi tres, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario de parte de los señores MAINA RAMIREZDE MANCIA conocida por MARINA RAMIREZ DE MANCIA o porMARCIA RAMIREZ y de ADONAI MANCIA, la herencia intestadaque a su defunción, ocurrida en esta ciudad, lugar de su último domicilio,el día nueve de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, dejó elseñor RUFINO MANCIA CRUZ, conocido por RUFINO MANCIA,quien fue de cincuenta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, deldomicilio de Panchimalco de este departamento; confiriéndose a losaceptantes la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo cual se avisa al público para los efectos de Ley.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderechos a la referida herencia, para que se presenten a esta oficina, ahacerlos valer en el término de quince días, contados desde el siguientea la última publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina Notarial, de la suscrita Notario. En la ciudadde San Salvador, a los catorce días del mes de enero de dos mil tres.

Lic. CARMEN ELISA SOSA DE CALLEJAS,

NOTARIO.

1 v. No. 2760

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarenta ycinco minutos del día dieciocho de noviembre del corriente año, ha sidodeclarada yacente la herencia dejada por la señora ENGRACIA ESTRA-DA DE GUILLEN, fallecida el día siete de agosto del corriente año, enel Cantón Loma del Muerto de esta Jurisdicción, siendo ése el lugar desu último domicilio y se nombró curador para que la represente al DoctorHECTOR EDMUNDO CASTRO PINEDA, a quien se le hizo saber parasu aceptación y demás efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas cuarenta ycinco minutos del día once de diciembre del dos mil dos. Dr. MARIOMOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DELCARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1847-1

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ochohoras veintidós minutos de este día, se ha tenido por aceptada, conbeneficio de inventario, de parte de la señora MARIA LUISA PEREZVASQUEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el causanteseñor SANTOS DE JESUS PEREZ MARTINEZ, quien fue de veinti-cuatro años de edad, estudiante, y falleció en el Barrio El Calvario de laCiudad de Texistepeque , siendo dicho lugar su último domicilio.Falleció a la una hora veintiocho minutos del veintiocho de mayo de milnovecientos noventa y nueve. La señora MARIA LUISA PEREZ VAS-QUEZ, es madre sobreviviente del referido causante; y en ese carácter sele confiere la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para que todo aquelque se crea con derecho a la sucesión, se presente a deducirlo dentro delos quince días subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SantaAna, a las nueve horas del día seis de diciembre de dos mil dos. Dr.RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1872-1

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DELA CIUDAD DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del díaveintiuno de octubre de dos mil dos, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario de la sucesión intestada que a sudefunción dejó el causante ANTONIO GOMEZ conocido por ANTO-NIO HERNANDEZ GOMEZ, quien fue de setenta años de edad, soltero,carpintero, originario de San Pedro Perulapán, salvadoreño, falleció eltrece de junio de mil novecientos noventa y seis, hijo de ANTONIOHERNANDEZ y ELENA GOMEZ, siendo su último domicilio SanMartín, de parte de la señora VITALINA VIDES, conocida porVITALINA VIDES DELGADO, en calidad de cesionaria de los dere-chos hereditarios que le correspondían al señor JOSE ALFREDO VI-DES GOMEZ, en calidad de hijo del causante. Confiérese a la aceptantela administración y representación INTIRINA de la sucesión intestada,con las facultades y restriciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Tribunal, dentro del término de ley a hacer uso de susderechos.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horasdel día veinticuatro de octubre de dos mil dos. Licda. ELSA IRMAGONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIAESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1888-1

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, CA-BAÑAS, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída en este tribunal estemismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunciónacaecida el día catorce de noviembre de mil novecientos ochenta, y el díaveintiséis de septiembre de dos mil uno, siendo sus últimos domicilios elCantón El Aguacate de esta Jurisdicción; dejaron los señores JUANJOSE CRUZ y MARIA DEL PILAR GUEVARA, conocida por MARIAPILAR GUEVARA, quienes fueron de setenta años y ochenta y seis añosde edad, el primero jornalero, y la segunda de oficios domésticos, hijo deJUAN CRUZ y de ANA RAMOS, FRANCISCO GUEVARA y deMARI A DEL PILAR CASTRO respectivamente, estado civil casadosentre sí, originarios del Cantón El Aguacate de esta jurisdicción, de partede los señores MARIA DEL PILAR CRUZ GUEVARA, EVANGELINACRUZ GUEVARA y PEDRO CRUZ GUEVARA, todos en calidad dehijos de los causantes. Habiéndoles conferido la administración y repre-sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se crean con derecho en la referida sucesión,para que se presenten a deducir tal circunstancia, en el término de quincedías contados, a partir del siguiente al de la última publicación delpresente edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a losonce días del mes de diciembre de dos mil dos. Lic. CARLOS WILFRE-DO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic.JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1908-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las nuevehoras y treinta minutos del día dos de diciembre del año dos mil dos; seha tenido por aceptada con beneficio de inventario la herencia INTES-TADA que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio,el día SIETE de ENERO del AÑO DOS MIL, dejó la señora ZOILALILIAN HERNANDEZ DE GONZALEZ conocida por SOILA LI-LIAN HERNANDEZ, de parte de JUAN ASCENCIO conocido porJUAN GONZALEZ ASCENCIO, JUAN ANTONIO GONZALEZ ypor JUAN GONZALEZ; CLAUDIA MERCEDES GONZALEZ DEFLAMENCO; RAUL ANTONIO GONZALEZ HERNANDEZ y JUANCARLOS GONZALEZ HERNANDEZ, en concepto de cónyuge sobre-viviente el primero y los demás como hijos del causante, respectivamen-te.- Se ha conferido a los aceptante la administración y representaciónINTERINAS de la sucesión.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras con diez minutos del día catorce de diciembre del dos mil dos. Dr.JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.-Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1910-1

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas del díadieciocho de noviembre del año dos mil dos. Se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejadapor la señora MODESTA MARQUEZ, quien fue conocida por MARIAANGELICA MARQUEZ y MARTA MARQUEZ, fallecida el díaveintitrés de octubre de mil novecientos noventa y nueve en la ciudad deSan Salvador, siendo la Población de Nahuizalco su último domicilio, departe de la señora MARTHA JULIA MARQUEZ DE CALDERON oMARTHA JULIA MARQUEZ DE CALDERON, en concepto de hijade la causante. Confiérese a la aceptante la administración y representa-ción interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día dos dediciembre del año dos mil dos. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZDE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1924-1

OTTO SALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, Juez de lo Laboral deeste Departamento con Jurisdicción en Materia Civil.

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las quincehoras y veinte minutos del día quince de noviembre del corriente año. seha tenido por aceptada expresamente de parte de la señora SONIAMARINA HERNANDEZ ARTIAGA, con beneficio de inventario, laherencia intestada que a su defunción dejó la señora JUANA SOLOR-ZANO, quien falleció el día veintitrés de enero de mil novecientosnoventa y siete, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, en suconcepto de cesionaria de los derechos hereditarios que en dicha suce-sión correspondían al señor ELEUTERIO SOLORZANO RAMOS, estehijo de la citada causante. Confiriéndosele a la aceptante la administra-ción y representación interinas de la indicada sucesión con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al Público para los efectos de ley.

JUZGADO DE LO LABORAL:Sonsonate, a las quince horas ycuarenta y cinco minutos del día veintinueve de noviembre del año dosmil dos. Dr. OTTO SALVADOR CARCAMO RODRIGUEZ, JUEZ DELO LABORAL.- Lic. JOSE RENE GUZMAN ROCHAC, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 1925-1

JOSE ARTURO VILLEDA POSADA, Notario, del domicilio de SanSalvador; al público,

HACE SABER: que por resolución proveída en mi oficina Nota-rial, a las diez horas del día veinte de noviembre del presente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de partede los señores DAVID DUBON RUIZ, CARMEN PRICILA DUBONRUIZ, y MARIA ABIGAIL DUBON RUIZ, conocida por ABIGAILDUBON, la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señorHERMINIO DUBON, quien fue de setenta y siete años de edad, PastorEvangélico, del domicilio de San Salvador y de Los Angeles California,Estados Unidos de Norteamérica, de Nacionalidad Salvadoreña, siendosus últimos domicilios los antes mencionados. Aceptación que se da encalidad de Herederos Abintestato, a quienes se les ha conferido laadministración y representación interina de la Sucesión testamentaria,con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita con quince días de plazo a partir de la tercera publicación atodas aquellas personas que se crean con derecho a la sucesión, a mioficina de Notario, ubicada en Autopista Norte Número Mil Cuarenta yCinco, frente a Café Don Pedro, de esta ciudad.

Librado en la Oficina del Notario JOSE ARTURO VILLEDAPOSADA, en San Salvador, las nueve horas del día veintiuno denoviembre del año dos mil dos.

JOSE ARTURO VILLEDA POSADA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 1927-1

JOSE ARTURO VILLEDA POSADA, Notario, del domicilio de SanSalvador; al público,

HACE SABER: que por resolución proveída en mi oficina Notariala las diez horas del día dos de enero del año dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte del señorJORGE ALBERTO SOLORZANO PEÑA, la herencia Intestada que asu defunción dejó la causante señora MARIA CRISTINA PEÑA CAS-TILLO, quien fue de setenta y siete años de edad, Jubilada, del domiciliode San Salvador, de Nacionalidad Salvadoreña, siendo su último domi-cilio, el de la ciudad antes referida, Aceptación que se da en calidad deHeredero Abintestato, a quien se le ha conferido la administración yrepresentación interina de la Sucesión testamentaria, con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita con quince días de plazo a partir de la tercera publicación atodas aquellas personas que se crean con derecho a la sucesión, a mioficina de Notario, ubicada en Autopista Norte Número Mil Cuarenta yCinco, frente a Café Don Pedro, de esta ciudad.

Librado en la Oficina del Notario JOSE ARTURO VILLEDAPOSADA, en San Salvador, a las ocho horas del día siete de enero del añodos mil tres.

JOSE ARTURO VILLEDA POSADA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 1928-1

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, '

HACE SABER: que por resolución de las quince horas del díadieciséis de diciembre del corriente año, se ha tenido por aceptada conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elseñor VICTORIANO RUIZ conocido por VICTORIANO RUIZ SARA-VIA. quien falleció a las cuatro horas del día dieciséis de enero delcorriente año; en el Cantón Las Delicias de esta Jurisdicción siendo estaciudad el lugar de su último domicilio; de parte de la señora LORENARUIZ SARAVIA, en su calidad de hija del causante y como cesionariadel derecho hereditario que en la sucesión le correspondía a la señoraMARIA TRANSITO SARAVIA DE RUIZ, en su calidad de cónyugesobreviviente del de cujus y se le ha conferido a la aceptante declaradaen el caráter indicado la administración y representación interina de lasucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,a las nueve horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil dos. Dr.JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1939-Bis-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas del día

dieciséis de agosto de dos mil uno. Se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su

defunción dejó la señora WENCESLAO CABRERA RAMOS, quien

falleció a las seis horas con treinta minutos del día dieciséis de junio de

dos mil uno, en el Barrio el Calvario de la Villa de Chilanga, Departamen-

to de Morazán, siendo Ciudad Barrios su último domicilio; de parte de

los señores MAXIMINO GUEVARA CABRERA, FLORENTIN GUE-

VARA, en calidad de hijos de la causante. Confiérese a los aceptantes en

el carácter indicado la administración y representación INTERINA de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Ciudad Barrios, a las

once horas del día siete de enero del año dos mil tres. Lic. JORGE

ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1940-1

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas y diezminutos del día diecisiete de diciembre de dos mil dos, se ha tenido por

aceptada con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción dejó la señora DOMITILA ZELAYA DE BONILLA, falleci-

da a las dieciocho horas del día diecinueve de septiembre de dos mil dos,

en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de La Paz de esta ciudad,

siendo el lugar de su último domicilio la ciudad de Chirilagua, de este

departamento, de parte del señor ELIDIO MARTINEZ BONILLA,

conocido por ELIDIO BONILLA, como cónyuge sobreviviente de la

causante; y se concede al aceptante en el carácter expresado, la adminis-

tración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las quince

horas y treinta minutos del día diecisiete de diciembre de dos mil dos. Dr.

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Lic. RODOLFO ANTONIO MORENO PERLA, SECRETA-

RIO INTO.

3 v. alt. No. 1943-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Abogado NELLY MARLENE MORENO

REYES, como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, Institución Autónoma de Crédito, de este domicilio, contra el señor

MARMIN ALBERTO MORENO ALVARADO, conocido por

MARMIN ALBERTO ALVARADO MORENO, reclamándole canti-

dad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el

inmueble siguiente: “““Un lote urbano y construcciones que contiene

marcado en el plano de notificación respectivo con el número VEINTI-

NUEVE del Polígono N, de una extensión superficial de CUARENTA

Y CINCO METROS CUADRADOS, con un área construida de VEIN-

TISIETE METROS CUADRADOS valorada en VEINTISIETE MIL

SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE COLONES SETENTA Y UN

CENTAVOS, situado en jurisdicción de Soyapango, de este departa-

mento, el cual forma parte de la Urbanización denominada “LAS

MARGARITAS”, y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco

metros, AL ORIENTE: nueve metros, AL SUR: cinco metros, y al

PONIENTE: nueve metros””” Inscrito dicho inmueble a favor del señor

MARMIN ALBERTO MORENO ALVARADO, conocido por

MARMIN ALBERTO ALVARADO MORENO, bajo la Matrícula

Número CERO UNO CERO TRES DOS CERO SIETE DOS del

Registro Social de Inmuebles de este departamento.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL: San Salvador,

a las nueve horas del día once de diciembre de dos mil dos. Dr. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1855-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovido

por la Abogada NELLY MARLENE MORENO REYES como Apode-

rada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA en contra del señor

JULIO CESAR AGUILLON ROSALES, reclamándole cumplimiento

de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este

Tribunal el Inmueble siguiente:“““Un Lote de terreno urbano y construc-

ciones que contiene marcado en el plano de lotificación respectivo con

el NUMERO DOSCIENTOS SESENTA Y TRES, del polígono N de la

Urbanización LAS MARGARITAS, situada en jurisdicción de Soya-

pango, de este departamento, de una extensión superficial de CUAREN-

TA Y CINCO METROS CUADRADOS, y cuyas medidas perimetrales

son: AL NORTE: cinco metros; AL ORIENTE: nueve metros; AL SUR:

cinco metros y AL PONIENTE: nueve metros. El lote así descrito tiene

construida un casa de sistema mixto nueva con todos sus servicios con un

área de construcción de VEINTISIETE METROS CUADRADOS””” El

Inmueble antes descrito se encuentra Inscrito a favor del demandado bajo

la Matrícula número M CERO UNO CERO TREINTA Y DOS MIL

TRESCIENTOS SEIS, Asiento número CERO CERO CUATRO

Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas y veinte minutos del día diecinueve de noviembre del año dos mil

dos. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1856-1

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución,

promovida en este Juzgado por la LICENCIADA NELLY MARLENE

MORENO REYES, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VI-

VIENDA, contra TOMAS ALBERTO LANDAVERDE ARAGON

conocido por TOMAS ALBERTO ARAGON LANDAVERDE, se

venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el

precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado

siguiente: ““““Un lote de terreno actualmente urbano, marcado con el

Número CINCO, Avenida Central, Block “C”, de la Colonia San

Antonio, en Jurisdicción de Guazapa de este Departamento, de un área

de CIENTO TREINTA Y TRES PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes, AL NORTE : siete

metros linda con lote número cuatro, del Block “A”, estando de por

medio la Avenida Central de catorce metros de ancho de por medio. AL

ORIENTE: diecinueve metros, linda con lote número siete del mismo

Block “C”, AL SUR: siete metros, linda con lotes números ocho y lote

número diez del Block “C”, y AL PONIENTE: diecinueve metros, linda

con lote número tres del mismo block “C”, todos los colindantes, lotes y

calles mencionados, forman parte de la mencionada lotificación, que

formaron parte del inmueble general del cual se desmembra el lote que

se describe y son o han sido propiedad del vendedor MARCELO

ANTONIO CANTON, sobre el lote de terreno antes descrito existe una

construcción de sistema mixto en un área de cincuenta y dos punto

diecinueve metros cuadrados, que después de la anterior desmembración

el inmueble general queda reducido a veintitrés mil setecientos veinti-

cuatro punto veinte metros cuadrados, siento ésta la nueva cabida del

inmueble general, inmueble inscrito a favor del demandado bajo el

Sistema de Folio Real Matrícula Número CERO UNO- CERO VEINTI-

DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO- CERO CERO CERO,

Inscripción UNO, propiedad del Registro de la Propiedad Raíz e Hipo-

tecas de este Departamento.”””

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las once horas del día catorce de diciembre del dos mil

dos. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE

ALAS, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. 1911-1

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-

do por el Abogado JUAN ESTEBAN BELTRAN LOPEZ, como Apo-

derado de los señores NELSON GARCIA y ELIZABETH GARCIA, en

contra del señor SALVADOR MARTINEZ HERNANDEZ, por medio

de su Curador Especial Licenciada MARIBEL DEL ROSARIO MORA-

LES FLORES, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás

accesorios, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble

siguiente: “““Un inmueble urbano, ubicado en reparto Morazán número

uno, jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, LOTE

NUMERO CIEN de un área de ciento veinte metros cuadrados, equiva-

lentes a ciento setenta y una punto sesenta y nueve varas cuadradas:

Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Centro América y

Calle Nicaragua, abiertas en terrenos del inmueble general de donde se

segregó el que se describe, se mide sobre esta última con rumbo Norte

setenta y dos grados treinta y cuatro minutos Oeste una distancia de

noventa y cinco punto cincuenta metros, de este punto haciendo una

deflexión positiva de noventa grados y a una distancia de cinco punto

cincuenta metros se localiza el esquinero Sureste del lote que se describe:

PONIENTE, línea resta de quince metros, rumbo Norte diecisiete grados

veintiséis minutos Este, linda con el lote ciento uno de la misma

Urbanización; NORTE, línea recta de ocho metros, rumbo Sur setenta y

dos grados treinta y cuatro minutos Este, linda con el lote ciento tres de

la misma Urbanización; ORIENTE, línea recta de quince metros rumbo

Sur diecisiete grados veintiséis minutos Oeste, linda con el lote noventa

y nueve de la misma urbanización; SUR, línea recta de ocho metros

rumbo Norte setenta y dos grados treinta y cuatro minutos Oeste, linda

con el lote cincuenta y cinco de la misma urbanización, calle Nicaragua

de Once metros de ancho de por medio. Todos lo lotes colindantes son

o han sido propiedad de ALONSO GARCIA RIVERA, en el inmueble

descrito hay construida una casa de sistema mixto, inscrito a favor del

Deudor en el Sistema de Folio Real con la Matrícula Número CERO

UNO-CERO SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y

TRES-CERO CERO inscripción UNO, de propiedad de este Departa-

mento”””

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

catorce horas y veinte minutos del día veintinueve de noviembre del año

dos mil dos. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1926-1

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILIA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo, promovido por el señor

JUVENCIO BOLAÑOS, seguido por la Licda. ZOILA INES GUATE-

MALA ROSA, y continuado por el Dr. JOSE GUILLERMO ARAUJO

ARAUJO; el primero en carácter de Representante Legal Judicial, la

segunda como Apoderada Especial Judicial de la Caja de Crédito de

Ciudad Barrios, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de

Capital Variable de esta Ciudad; y el tercero, actuando como Apoderado

General Judicial de los señores ADRIAN VENTURA y JOSE CRISTO-

BAL CHICAS ALVARADO, contra el señor GILBERTO ANTONIO

GONZALEZ SORTO, se venderá en Pública Subasta en fecha que

posteriormente se comunicará, un inmueble de naturaleza urbana situado

en el Barrio Roma de Ciudad Barrios, Distrito y Departamento de San

Miguel, de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE, veintiséis

metros cincuenta centímetros, predio de JESUS MEMBREÑO, cerca de

alambre propia; NORTE, cuarenta metros cincuenta centímetros, terreno

de REYNALDO GUERRERO, calle carretera nacional y río de por

medio; PONIENTE, treinta metros, campo de fútbol de propiedad

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Municipal y calle de por medio; y SUR, treinta y dos metros cincuenta

centímetros, terreno de la sucesión de ROSENDO MARTINEZ, repre-

sentada por ISRAEL MARTINEZ.- Contiene dos casas, la primera es

techo de teja, paredes de adobe, mide siete metros de largo por seis metros

de ancho, con un corredor; la segunda, es de sistema mixto, techo de

hierro y duralita, piso de ladrillo de cemento, con un corredor, al rumbo

Oriente, mide diez metros de largo por cinco metros de ancho. Inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Oriente, bajo el número VEINTIOCHO del Libro SEISCIENTOS SE-

TENTA Y UNO, propiedad del Departamento de San Miguel.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, a las

ocho horas y diez minutos del día seis de diciembre del año dos mil dos.

Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. 1936-1

EL INFASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO JUDICIAL,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovido

por el Abogado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ como

Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA en contra delos señores OSCAR ERNESTO DELGADO VALLADARES y MA-

RIA YESI BENAVIDES DE DELGADO conocida por MARIA YESI

BENAVIDES ROMERO y por MARIA YESI BENAVIDES ROMERO

DE DELGADO, reclamándole cumplimiento de obligacines y demás

accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el

inmueble que se describe a continuación:““““ Un lote de terreno urbano

y construcciónes que contiene, identificado como LOTE NUMERO

TREINTA Y CINCO, Block “C”, el cual forma parte del proyecto

denominado RESIDENCIAL EL CARMEN, situado en la Calle El

Carmen, jurisdicción de Ayutuxtepeque, de este departamento, de una

extensión superficial de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y SIETE

PUNTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS, con un área construi-

da de CUARENTA PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRA-

DOS y un valor de construcción de CUARENTA Y SEIS MIL OCHO-

CIENTOS TREINTA COLONES VEINTE CENTAVOS, el cual se

describe así: Partiendo del punto de intersección formado por los ejes del

pasaje número dos y el pasaje número uno, punto de intersección igual

cero más cero cero cero , se miden sobre el eje de este último con rumbo

Sur sesenta y cuatro grados trece punto seis minutos Este una distancia

de sesenta y cinco punto treinta y nueve metros y llegamos a un punto en

donde hacemos una deflexión negativa de noventa grados y medimos con

rumbo Norte veinticinco grados cuarenta y seis punto cuatro minutos

Este una distancia de dos punto cero cero metros, llegando así al mojón

esquinero Sur Oeste del lote que se describe, cuyos rumbos y distancia

a partir de este punto son: AL PONIENTE. Tramo recto con rumbo Norte

veinticinco grados cuarenta y seis punto cuatro minutos Este y una

distancia de diez punto ochenta metros, linda con lote número treinta y

cuatro del mismo block y misma urbanización; AL NORTE: tramo recto

con rumbo Sur sesenta y cuatro grados trece punto seis minutos Este y

una distancia de cinco punto cero cero metros, linda con lote número

cincuenta y uno del mismo block y misma urbanización; AL ORIENTE:

tramo recto con rumbo Sur veinticinco grados cuarenta y seis punto

cuatro minutos Oeste y una distancia de diez punto ochenta metros, linda

con lote número treinta y seis del mismo block y misma urbanización; AL

SUR: tramo recto con rumbo Norte sesenta y cuatro grados trece punto

seis minutos Oeste y una distancia de cinco punto cero cero metros, linda

con lote número veinte y diecinueve del block “b”, pasaje número uno de

cuatro punto cero cero metros de ancho de por medio y de la misma

urbanización””. El inmueble antes descrito está inscrito a favor de los

demandados señores OSCAR ERNESTO DELGADO VALLADARES

y MARIA YESI BENAVIDES DE DELGADO, conocida por MARIA

YESI BENAVIDES ROMERO y por MARIA YESI BENAVIDES

ROMERO DE DELGADO, inscrito bajo el Sistema de Folio Real con

Matrícula número CERO UNO-CERO OCHENTA Y SEIS MIL SEIS-

CIENTOS CUARENTA Y UNO-CERO CERO CERO inscripción

DOS del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección

del Centro de este Departamento.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado primero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas con cinco minutos del día trece de diciembre del año dos mil dos.

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic.

JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. 1938-1

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ, NOTARIA,

de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en: Calle Arce y once

Avenida Sur, Edificio Rivas Cierra número SETECIENTOS SIETE,

Segunda Planta, Local número DOSCIENTOS TRES, de esta ciudad,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señor: JOSE

LUIS MATOZO SALAZAR, de treinta y un años de edad, Jornalero, del

domicilio de Apaneca, departamento de Ahuachapán, solicitando Título

Supletorio de un terreno rústico, situado en los suburbios del Barrio

Santiago, Jurisdicción de Apaneca, departamento de Ahuachapán, de

una extensión superficial de CUATROCIENTOS METROS CUADRA-

DOS EQUIVALENTES A CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO

PUNTO CUARENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS, dicho inmue-

ble se describe así: AL NORTE, lindan con playa de la Laguna de

Apaneca, camino vecinal de por medio, AL ORIENTE, lindando con el

señor MATEO MATOZO AQUINO, callejón de por medio, AL SUR,

lindando con la señora ANA MARIA ORELLANA VIUDA DE

MELGAR, camino vecinal de por medio; y AL PONIENTE, Lindando

con ATILIO MAGAÑA. Todos los colindantes viven en el mismo lugar.

No es dominante ni sirviente ni esta en proindivisión con nadie y lo hubo

por compra que hizo a la Alcaldía Municipal de Apaneca, departamento

de Ahuachapán, y está valorado en VEINTE MIL COLONES.

Librado en San Salvador, el día trece de diciembre del dos mil dos.

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 1891-1

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: que se ha presentado el señor OSCAR MAURI-CIO GARCIA ZOMETA, Licenciado en Ciencias Jurídicas, del domi-cilio de la ciudad de Usulután, con Cédula de Identidad Personal Númerocero cinco - cero uno - cero treinta y nueve mil setecientos noventa,actuando en calidad de Apoderado General Judicial de la señora DELFINAGARAY DE HERNANDEZ, de treinta y ocho años de edad, de oficiosdomésticos y del domicilio de Santa Elena, con Documento Unico deIdentidad número cero cero cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatro-cientos tres - uno; solicitando Título de Propiedad de una porción deterreno de naturaleza urbana, situada en el municipio de Santa Elena,exactamente en los suburbios del Barrio Analco, de las medidas ycolindancias siguientes: AL ORIENTE: mide cuatro metros, linda conterreno de JUAN LARIN, calle de por medio; AL NORTE: midecincuenta y siete metros, diez centímetros, en tres quiebres; así: Primerquiebre Poniente a Oriente, mide treinta y tres metros; Segundo quiebrede Norte a Sur, mide cuatro metros, sesenta centímetros, y tercer quiebrede Poniente a Oriente mide diecinueve metros. En los tres quiebres lindacon terreno de AGUSTIN SEGOVIA; AL PONIENTE: mide treintametros, linda con terreno de FIDELINA OSORIO, quebrada de pormedio, tiene varios árboles frutales; y AL SUR: mide cincuenta y tresmetros, colinda con terreno de MARIA DE LOS SANTOS ROMERO.El predio descrito no es dominante ni sirviente, no tiene ninguna cargani derecho real que pertenezca a otra persona o que deba respetarse,asimismo no se encuentra en proindivisión con ninguna otra persona. Loestima en la cantidad de DIEZ MIL 00/100 COLONES o sea UN MILCUARENTA Y DOS DOLARES AMERICANOS CON OCHENTA yCINCO CENTAVOS. Este inmueble lo adquirió mi mandante porcompraventa que le hizo a la señora BLANCA LIDA SANTOS AGUI-LAR, quien es de sesenta años de edad, de oficios domésticos, dedomicilio de San Jorge, con Cédula de Identidad Personal Numero: cerotres - diez cero cero cero cuatrocientos ochenta y seis, y tarjeta deidentificación tributaria: mil doscientos quince - ciento sesenta milnovecientos cuarenta y uno - ciento uno - nueve. Quien lo poseía desdehace más de quince años.

Lo que se avisa al público, para los efectos legales consiguientes.

Alcaldía Municipal de Santa Elena, veintiséis de noviembre del dosmil dos. Prof. NICOLAS ALFREDO BARRERA, ALCALDE MUNI-CIPAL. Prof. MERLYN YESENIA GUERRERO DE GAITAN, SE-CRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº 1878-1

EL INFRASCRlTO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la señoraMARIA TERESA DE JESUS ARGUETA RIVAS, mayor de edad, Amade Casa, de este domicilio y de nacionalidad Salvadoreña, portadora desu Documento Unico de Identidad número cero uno tres seis seis cincosiete-cuatro, solicitando a su favor Título de Propiedad, del inmuebleurbano, de una extensión superficial de DOSCIENTOS DIECINUEVEPUNTO DIEZ METROS CUADRADOS, situados en el Barrio ElCalvario, de la ciudad de Santo Domingo, departamento de San Vicente,de las medidas y linderos siguientes. AL ORIENTE: trece punto ochentay cinco metros lindando con EDIT GUADALUPE MEJIA, por esterumbo existe una servidumbre de catorce punto setenta metros de largopor uno punto treinta metros de ancho, dicha servidumbre se dirige a callepública que va a San Sebastián, departamento de San Vicente. AL SUR:dieciocho metros linda con terreno de GLORIA MARIA RODRIGUEZMOLINA. AL PONIENTE: trece punto setenta y cinco metros linda conMACLOVIA DE JESUS AGUILAR HENRIQUEZ, y MARIA ZOILAHENRIQUEZ, línea férrea de promedio. AL NORTE: trece punto

ochenta y cinco metros linda con MARTA ELISA MEJIA CORVERA,el inmueble así descrito no es sirviente ni dominante, no tiene cargas niderechos reales que pertenezcan a otras personas y no está en proindivi-sión con nadie, lo adquirió por compra que hizo a la señora MARIA DELOS ANGELES MEJIA, conocida por MARIA DE LOS ANGELESMEJIA DE LOPEZ, y lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininte-rrumpida por más de diez años, lo estima en DIEZ MIL COLONES, ytodos los colindantes son de este domicilio.

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Santo Domingo, departamento de SanVicente, a los veinte días del mes diciembre del año dos mil dos. JORGEALBERTO ARGUETA MALDONADO, ALCALDE MUNICIPAL.FLOR DE MARIA DE RODRIGUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº 1929-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito Rural de Chalatenango,Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,en cumplimiento a los Artículos 223, 228, 229 y 230 del Código deComercio vigente y de acuerdo con los Artículos 14, 15 y 16 de laEscritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones ydemás socios de la misma, para celebrar Junta General Ordinaria deAccionistas que se celebrará a partir de las quince horas del día 8 defebrero del año dos mil tres, en el local del auditorium de la Caja, enprimera convocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal corres-pondiente, se hace segunda convocatoria para el día 15 de febrero delmismo año, a la hora y local antes señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que establece elPacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer y resolverlos puntos que contiene la agenda siguiente.

AGENDA

1. Elección de los Representantes de Acciones que hubierenconcluido su período conforme al Artículo 20 de la Escriturade Constitución de la Caja, y los que faltaren por las causasque expresa el Artículo 22 de la misma Escritura de Consti-tución.

2. Integración del quórum.

3. Presentación y discusión de la memoria anual de labores dela Caja, del Balance General al 31 de diciembre de 2002, delEstado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al 31 dediciembre de 2002, los Informes del Auditor Externo a fin deaprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas quejuzguen oportunas.

4. Aplicación de los Resultados del ejercicio.

5. Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales.

6. Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para elaño 2003.

7. Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-tivos suplentes y fijación de sus honorarios.

8. Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.

9. Elección miembros de la Junta Directiva.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los Artículos 240 y 241 del Código de Comercio vigente.

Chalatenango, ocho de enero del año dos mil tres.

PEDRO SALES LANDAVERDE,

DIRECTOR PRESIDENTE.

JOSE FRANCISCO LOPEZ Z.,

DIRECTOR TESORERO.

JOSE FAUSTINO MENJIVAR,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1866-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad ADMINISTRADORA DE FONDOSDE PENSIONES, CONFIA, SOCIEDAD ANONIMA que puede abre-viarse AFP CONFIA, S.A., de este domicilio, convoca a los señoresaccionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse a partirde las once horas del día dieciocho de febrero del año dos mil tres, en elSalón de la Junta Directiva de AFP CONFIA, S.A., ubicado en la terceraplanta del Edificio en el que se encuentran las oficinas principales de estaSociedad, en la Alameda "Dr. Manuel Enrique Araujo" número 3530,Colonia Escalón de la Ciudad de San Salvador, República de El Salva-dor, para conocer los asuntos incluidos en la siguiente agenda:

I.- Lectura del Acta JGOA 02/2002;

II.- Conocimiento de la memoria de labores de la Junta Directi-va;

III.- Conocimiento de los Estados Financieros del Ejercicio 2002,correspondientes a AFP CONFIA, S.A. y al Fondo de Pensio-nes AFP CONFIA;

IV .- Conocimiento de los Informes del Auditor Externo y delAuditor Fiscal;

V.- Aplicación de los resultados del ejercicio 2002;

VI.- Elección Junta Directiva y Fijación de Emolumentos;

VII.- Nombramiento de Auditor Externo y de Auditor Fiscal;

VIII.- Varios.

Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmentereunida en la primera fecha de la convocatoria, deberán estar represen-tadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que conforman elCapital Social, y para adoptar resoluciones se necesitará acuerdo de lamayoría de las acciones presentes.

Si no hubiere quórum en la fecha y hora expresada, se convoca porsegunda vez, a las doce horas del día veinte de febrero del año dos mil tres,en el mismo lugar destinado para la primera convocatoria.

Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de laconvocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera,se considerará válidamente constituida con las acciones que se encuen-tren representadas, sin importar el número de las mismas, y para laadopción de resoluciones se necesitará acuerdo de la mayoría de lasacciones presentes.

San Salvador, siete de enero del año dos mil tres.

EDWIN HENRY SAGRERA BOGLE,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 1869-Bis-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Afianzadora Salvadoreña, Sociedad Cooperativade Responsabilidad Limitada, que se abrevia Afianza de RL., transfor-mada a sociedad de Capital Fijo denominada ésta Salvadoreña, S.A.,Afianzadora, mediante escritura pública de fecha veintinueve de no-viembre del dos mil dos, celebrada ante los oficios del Notario SETHMAURICIO ESTRADA PARADA; por medio del suscrito Secretarioconvoca a los accionistas a fin de celebrar JUNTA GENERAL ORDI-NARIA DE ACCIONISTAS, para el día miércoles diecinueve de febrerodel año dos mil tres, en Primera Convocatoria de las diez horas enadelante, sesión que se realizará en sus oficinas, ubicadas en CalleGabriela Mistral N° 604, Colonia Centroamérica de esta ciudad, y seconocerá la siguiente agenda:

1° Verificación del Quórum;

2° Lectura y aprobación de Actas de Juntas Generales Anterio-res;

3° Conocer la Memoria Anual de Junta Directiva del Ejercicio2002, el Balance General al 31 de diciembre del 2002, elEstado de Resultados del Ejercicio Económico del 1° deenero al 31 de diciembre del 2002, y el Informe del AuditorExterno, a fin de aprobar los tres primeros y tomar lasmedidas que se juzguen oportunas;

4° Fijación de emolumentos a directores;

5° Nombramiento del Auditor Externo, Propietario, Suplente yAuditor Fiscal y fijación de sus honorarios.

6° Aplicación de Resultados;

Para instalar la Junta General Ordinaria, se necesita que esténpresentes o representados por lo menos la mitad más uno de los accionis-tas que integran dicha Sociedad, y para adoptar resoluciones válidas, serequiere la mayoría de acciones presentes o representadas. Si no hubierequórum en la fecha antes mencionada se convoca para el día Juevesveinte de febrero del año dos mil tres, en Segunda Convocatoria, de lasdiez horas en adelante en el mismo lugar, instalándose la Junta concualquier número de Accionistas presentes o representados y los acuer-dos se tomarán con mayoría de votos de éstos.

San Salvador, ocho de enero del año dos mil tres.

Ing. ENRIQUE CUELLAR GONZALEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1934-Bis-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del BANCO IZALQUEÑO DE LOS TRABAJADO-RES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMI-TADA DE CAPITAL VARIABLE, en cumplimiento a lo dispuesto en

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

los artículos doscientos veintitrés, doscientos cuarenta y doscientoscuarenta y uno del Código de Comercio, CONVOCA a sus socios enPRIMERA CONVOCATORIA a JUNTA GENERAL ORDINARIA, acelebrarse a partir de las dieciséis horas del día catorce de febrero del añodos mil tres, en el nuevo edificio de la Agencia del Banco Izalqueño delos Trabajadores, ubicado en la 3a. Av. Norte. y 1a. Calle Oriente, SantaTecla, Departamento de La Libertad, en la que se conocerán y resolveránlos temas contenidos en la siguiente Agenda:

AGENDA

1- Integración del quórum;

2- Presentación y discusión de la Memoria Anual de Laboresdel Banco, Balance General al 31 de diciembre de 2002, delEstado de Pérdidas y Ganancias del 01 de enero al 31 dediciembre de 2002 y el Informe del Auditor Externo; a fin deaprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas quese juzguen oportunas;

3- Aplicación de los Resultados del Ejercicio;

4- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el2003;

5- Renuncias de Socios;

6- Nombramiento del Auditor Externo y del Auditor Fiscal y susrespectivos suplentes y fijación de sus emolumentos;

7- Fijación de dietas de los miembros de la Junta Directiva;

8- Elección de miembros de la Junta Directiva.

Esta Junta se considerará legalmente constituida al encontrarsepresentes y representadas la mitad más una de las acciones del Banco, osea 624,321 acciones; y sus resoluciones serán válidas con la mayoría delos votos conformes de los socios presentes y representados.

En caso de que a la hora señalada no hubiese quórum para realizarla sesión en primera convocatoria, por esta misma se CONVOCA a lossocios para celebrar la Junta General Ordinaria en SEGUNDA CONVO-CATORIA, a partir de las dieciocho horas del día catorce de Febrero delaño dos mil tres. Esta Junta se considerará legalmente instalada concualquiera que sea el número de acciones representadas; y sus resolucio-nes se tomarán por mayoría de los votos presentes.

Izalco, a los siete días del mes de enero del año dos mil tres.

FRANCISCO D. GONZALEZ R.,PRESIDENTE.

ANA ISABEL NUÑEZ DE S.,SECRETARIA.

JESUS ALFONSO BARRIENTOS,TESORERO.

3 v. alt. No. 2002-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA

La Junta Directiva de la Cooperativa de Empleados del Banco Cuscatlán,de R.L., convoca a los señores Accionistas para celebrar Junta GeneralOrdinaria, a las diecisiete horas del día siete de febrero de dos mil tres,en las instalaciones del Edificio Pirámide del Banco Cuscatlán, situadasen el Kilómetro 10 Carretera a Santa Tecla, Nueva San Salvador; paratratar los puntos siguientes:

AGENDA

I. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva yPresentación de Estados Financieros del Ejercicio económi-co del año 2002.

II. Dictamen e Informe del Auditor Externo.

III. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directivay de Estados Financieros del Ejercicio económico del año2002.

IV. Aplicación y Distribución de Utilidades.

V. Nombramiento del Auditor Externo con su respectivo su-plente y fijación de sus emolumentos.

VI. Nombramiento del Auditor Fiscal con su respectivo suplentey fijación de sus emolumentos.

VII. Varios.

El quórum necesario para la Junta General Ordinaria, se conside-rará legalmente reunido con la presentación de por lo menos la mitad másuno de los Accionistas que poseen el Capital Social; en caso de noreunirse quórum para el día, hora y fecha señalada, se convoca por estemedio para celebrar la Junta General el día ocho de febrero del mismo añoa las diecisiete horas en el mismo lugar, debiendo celebrarse la sesión conel número de Accionistas presentes o representados.

San Salvador, seis de enero de 2003.-

Lic. GLADIS MARINA DE RIVAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 2004-1

AVISO

El Infrascrito Presidente de la Junta General Ordinaria y Extraordinariade Accionistas de la Sociedad QUICK PHOTO DE EL SALVADOR,S.A. DE C.V., CERTIFICA: que en el acta numero SIETE, correspon-diente a la Junta General de Accionistas, celebrada el día treinta de mayode dos mil dos, se encuentran los puntos extraordinarios, que literalmenteDICEN:

PUNTOS EXTRA ORDINARIOS

PRIMERO: Aumento de capital, social fijo.

Con el fin de cumplir con las disposiciones mercantiles los accionistashan acordado por unanimidad modificar la CLAUSULA QUINTA DELPACTO SOCIAL: EN RELACION AL CAPITAL SOCIAL: en aumen-tar el capital social fijo a la cantidad de OCHENTA MIL COLONES.Actualmente el capital social es de veinte mil colones, El nuevo capitalmínimo será de CIEN MIL COLONES, totalmente suscrito y pagado.Este aumento se tomará del capital social en la parte variable paraaumentar el capital social fijo a la cantidad antes mencionada.

Esta Junta tiene a bien nombrar al Licenciado Julio César MolinaCharnaud para que en calidad de Ejecutor Especial comparezca anteNotario a otorgar la respectiva escritura de acuerdo a los puntos aquíaprobados; además lo autorizan para que reúna el pacto social de laSociedad en un solo instrumento.

Y para los usos que el interesado estime convenientes, se extiendela presente certificación. En la Ciudad de San Salvador, a los dieciochodías de diciembre de dos mil dos.

JULIO CESAR MOLINA CHARNAUD,

Presidente de la Junta General de Accionistas.

3 v. alt. No. 1890-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO

EL INFRASCRITO PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD "SERVI-CIOS DE DOCUMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE", que puede abreviarse SERVICIOS DE DOCUMENTOS,S.A. de C.V., del domicilio de esta ciudad, inscrita en el Registro deComercio al Número SIETE del Libro MIL CIENTO NOVENTA delRegistro de Sociedades, AL PUBLICO,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad, celebrada en Antiguo Cuscatlán, departamento de LaLibertad, a las diez horas del día trece de agosto del dos mil dos, se acordóaumentar el capital MÍnimo de la Sociedad a CIEN MIL COLONES.

San Salvador, catorce de noviembre del dos mil dos.

CARLOS ERNESTO ZACHRISSON PASARELLI,

PRESIDENTE .

3 v. alt. No. 1898-1

AVISO

LA SUSCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LASOCIEDAD "PROYECTO AUTOMOTRIZ, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE".

HACE SABER: que, en sesión de Asamblea General Ordinaria yExtraordinaria de Accionistas celebrada en esta ciudad a las nueve horasdel día siete de Marzo del dos mil dos, estando reunidos el cien por cientode los accionistas de la misma, en la que por unanimidad se acordó losiguiente: Acta número Siete. Punto único de carácter extraordinario: 1)Modificación de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad,referente a INCREMENTAR el capital mínimo fundacional de la Socie-dad en la suma de CINCUENTA MIL COLONES (¢ 50,000.00),cantidad que sumada a la original de CINCUENTA MIL COLONES(¢ 50,000.00), el nuevo Capital Mínimo giraría con CIEN MIL COLO-NES (¢ 100,000.00), equivalente a ONCE MIL CUATROCIENTOSVEINTIOCHO dólares CINCUENTA y SIETE centavos de dólar de losEstados Unidos de América, totalmente suscrito y pagado a partir de lafecha de la Junta General relacionada; las acciones correspondientessiempre serán de un valor nominal de CIEN COLONES cada una, porlo tanto la nueva emisión de acciones será de QUINIENTAS (500)acciones, lo que hace un valor de CINCUENTA MIL COLONES. LaJunta Directiva queda autorizada a tomar la cantidad de CINCUENTAMIL COLONES de las utilidades correspondientes al ejercicio de milnovecientos noventa y siete y mil novecientos noventa y ocho. Seautoriza al Presidente de la Junta Directiva, señor Rubén EduardoPineda, como ejecutor especial, para que concurra ante Notario a hacerla escritura pública del aumento de CAPITAL MINIMO, así como aefectuar todas las diligencias concernientes al mismo; y hacer laspublicaciones que dicte la Ley.

No habiendo más que hacer constar, se extiende la presente en SanSalvador, el día trece de agosto del dos mil dos.

ANA MARIA ALVARADO DE PINEDA,

PROYECTO AUTOMOTRIZ S.A. DE C. V.

3 v. alt. No. 1934-1

AVISO

La infrascrita Ejecutora Especial del acuerdo de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas de la Sociedad H.G. IMPRESORES, S.A. DEC.V., Sociedad Anónima, del domicilio de San Salvador, de conformi-dad a lo ordenado en los Artículos 177 y 486 del Código de Comercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de la Sociedad, celebrada en Nueva San Salvador, a las08:57 horas del día 26 de diciembre de 2002, contenido en escriturapública de esa misma hora y fecha, suscrita ante los oficios del NotarioJOSE MAURICIO CORTEZ AVELAR, se tomó el ACUERDO queliteralmente DICE: """""PUNTO UNICO: Modificación del Pacto So-cial en lo relativo al CAPITAL DE LA SOCIEDAD en su CláusulaQUINTA, el cual requiere ser AUMENTADO del monto actual deVEINTE MIL COLONES a la suma de CIEN MIL COLONES, encumplimiento a lo establecido en los Artículos Ciento Noventa y DosNumeral Primero, y Un mil quinientos sesenta y seis inciso primero delCódigo de Comercio. Sometida que fue la agenda a discusión y aproba-ción se resolvió la misma de la siguiente manera: Se acuerda porunanimidad aumentar el capital social en la suma de OCHENTA MILCOLONES, para alcanzar un monto total de CIEN MIL COLONES,mediante la emisión de OCHOCIENTAS nuevas acciones de CIENCOLONES cada una, las cuales los accionistas presentes, haciendo usode su derecho preferente a suscribirlas, las suscriben y pagan en efectivo:

Nueva San Salvador, veintiséis de Diciembre de dos mil dos.

MARTA LIDIA HENRIQUEZ DE GRANADOS

Ejecutara Especial.

3 v. alt. No. 1939-1

AVISO

MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL DE LA SOCIEDAD PIPIL,S.A. DE C.V.,

En cumplimiento a lo establecido por los artículos ciento setenta y seisy siguientes y cuatrocientos ochenta y seis del Código de Comercio, secomunica que en Junta General Extraordinaria de Accionistas de laSociedad PIPIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,que se abrevia PIPIL, S.A. de C.V. Sociedad salvadoreña, del domiciliode San Juan Opico, Departamento de La Libertad, celebrada el día nuevede enero de dos mil tres, en sus oficinas administrativas, encontrándosereunidos la totalidad de los accionistas que conforman el capital social,sin convocatoria previa, se acordó en forma unánime, incrementar elcapital mínimo de la Sociedad que actualmente es de CIENTO DOCEMIL QUINIENTOS COLONES, en TREINTA Y SIETE MIL QUI-NIENTOS COLONES más, mediante la emisión de nuevas acciones, enla forma de pago y proporción acordada en dicha Junta, con lo cual elcapital social con que girará en adelante la Sociedad será de CIENTOCINCUENTA MIL COLONES. Consecuentemente se acordó modifi-car el Pacto Social designándose para tales efectos como EjecutorEspecial de dichos acuerdos al señor José Tomás Regalado Papini,debiendo seguirse para ello, el trámite legal correspondiente.

San Salvador, nueve de enero del año dos mil tres.

JOSE TOMAS REGALADO PAPINI,

EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. No. 2850-1

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

AVISO

LA SOCIEDAD POLLO CAMPESTRE, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, que se abrevia POLLO CAMPESTRE, S.A,DE C.V.,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del día catorce dediciembre de dos mil dos, se acordó unánimemente AUMENTAR ELCAPITAL SOCIAL MINIMO, en la suma de CIENTO NOVENTA YSIETE MIL SETECIENTOS CATORCE DOLARES CON VEINTI-NUEVE CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMERICA, equivalentes a UN MILLON SETECIENTOS TREINTAMIL COLONES; en consecuencia, la Sociedad girará con el capitalmínimo de UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA MIL COLO-NES, equivalentes a DOSCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE AMERICA

Lo que se hace saber para los efectos legales correspondientes.

San Miguel, 06 de enero de dos mil tres.

GLORIA SANTOS GUZMAN DE ROMERO,

ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE.

3 v. alt. Nº 1944-1

AVISO

LA SOCIEDAD AVICOLA CAMPESTRE, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia AVICOLA CAMPESTRE,S.A DE C.V.,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas, celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del día once de diciembrede dos mil dos, se acordó unánimemente AUMENTAR EL CAPITALSOCIAL MINIMO, en la suma de NOVECIENTOS SESENTA MILDOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalentesa OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL COLONES; en conse-cuencia, la Sociedad girará con el capital mínimo de NUEVE MILLO-NES DE COLONES, equivalentes a UN MILLON VEINTIOCHO MILQUINIENTOS SESENTA Y UN DOLARES CON SETENTA Y UNCENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-CA.

Lo que se hace saber para los efectos legales correspondientes.

San Miguel, 06 de enero de dos mil tres.

GLORIA SANTOS GUZMAN DE ROMERO,

DIRECTOR-VICEPRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 1945-1

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos del día19 de diciembre del año dos mil dos, reunidos los accionistas de laSociedad Tecnología del Ambiente, S.A. de C.V., de este domicilio, ensu local situado 3a., Calle Pte. Casa Nº 3676 Col. Escalón, acuerdanaumentar el Capital Social de dicha empresa de veinte mil colones adoscientos mil colones, mediante la emisión de nuevas acciones, dichocapital queda suscrito e íntegramente pagado. El cual queda dividido dela siguiente manera: La Ing. Paola Ballerino suscribe en esta oportunidadla cantidad de 475 acciones de un valor nominal de cien colones cada una,por otra parte el Ing. Guillermo Alfredo Montúfar Guardado, suscribe la

cantidad de mil trescientas veinticinco acciones de un valor nominal decien colones cada una. Capital Social suscrito: doscientos mil colonesCapital Social suscrito pagado: doscientos mil colones.

Ing. GUILLERMO ALFREDO MONTÚFAR G.,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. Nº 1998-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Central de esta ciudad, se ha presentadoparte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado Nº 700-038237-85, amparado con el registro Nº 0653301 del Depósito a plazofijo, constituido el 02-07-2001 a 90 días prorrogables, lo que hace delconocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacio-nado conforme a los Artículos Nº 486 y 932 del Código de ComercioVigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1807-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Central de esta ciudad, se ha presentadoparte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado Nº 704-019224-3, amparado con el registro Nº 0709454 del Depósito a plazofijo, constituido el 16-05-2002 a 90 días prorrogables, lo que hace delconocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacio-nado conforme a los Artículos Nº 486 y 932 del Código de ComercioVigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1808-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su Agencia La Unión de la ciudad de La Unión, seha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certi-ficado Nº 11280114385, amparado con el registro Nº 56262 del Depósitoa plazo fijo, constituido el 06-06-1995 a 180 días prorrogables, lo quehace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificadorelacionado conforme a los Artículos Nº 486 y 932 del Código deComercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1809-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia La Unión de la ciudad de La Unión, seha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certi-ficado Nº 11282001737, amparado con el registro Nº 13014-4 delDepósito a plazo fijo, constituido el 20-11-1978 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nº 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1810-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su Agencia La Unión de la ciudad de La Unión, seha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certi-ficado Nº 705-003450-0, amparado con el registro Nº 0100545 delDepósito a plazo fijo, constituido el 04-11-1993 a 180 días prorrogables,

lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nº 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1811-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su Agencia San Francisco Gotera, del Departamen-to de Morazán, se ha presentado parte interesada manifestando que haextraviado el Certificado Nº 758-003811-0, amparado con el registro Nº725397 del Depósito a plazo fijo, constituido el 14-08-2002 a 90 díasprorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos dereposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nº 486y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1812-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

A VISA: que en su Agencia Santa Rosa de Lima del Departamentode La Unión, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifes-tando que ha extraviado el Certificado Nº 783- 013729-1; amparado conel registro Nº 724051 del Depósito a plazo fijo, constituido el 07-08-2002a 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectosde reposición del Certificado relacionado conforme a los ArtículosNº 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1813-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su Agencia Santa Rosa de Lima del Departamentode La Unión, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifes-tando que ha extraviado el Certificado Nº 783- 012795-7, amparado conel registro Nº 0695928 del Depósito a plazo fijo, constituido el 22-02-2002 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público paraefectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artícu-los Nº 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1814-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su Agencia Puerto de La Libertad del Departamen-to de La Libertad, se ha presentado parte interesada manifestando que haextraviado el Certificado Nº 700-042971-1, amparado con el registro Nº0687780 del Depósito a plazo fijo, constituido el 18-02-2002 a 180 díasprorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos dereposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1815-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su Agencia Puerto de La Libertad del Departamen-to de La Libertad, se ha presentado parte interesada manifestando que haextraviado el Certificado Nº 700-045817-4, amparado con el registro Nº0713028 del Depósito a plazo fijo, constituido el 12-06-2002 a 180 díasprorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos dereposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nº 486y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1816-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.,

AVISA: que en su Agencia Ilobasco de la ciudad de IlobascoDepartamento de Cabañas, se ha presentado parte interesada manifestan-do que ha extraviado el Certificado Nº 756-009342-2, amparado con elregistro Nº 0494598 del Depósito a plazo fijo, constituido el 07-02- 2000a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público paraefectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artícu-los Nº 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.,

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE.

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1817-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Ilobasco de la ciudad de IlobascoDepartamento de Cabañas, se ha presentado parte interesada manifestan-do que ha extraviado el Certificado No. 756-007441- 7, amparado con elregistro No.0456697 del Depósito a plazo fijo, constituido el 20-04- 1999a 60 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectosde reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No.486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 27 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1818-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Soyapango de la ciudad de Soyapango,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 708-027410-6, amparado con el registro No.0708467del Depósito a plazo fijo, constituido el 20-09-2002 a 90 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1819-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.,

AVISA: que en su Agencia Delgado de esta ciudad, se ha presen-tado parte interesada manifestando que ha extraviado el CertificadoNo.710-011892-3 amparado con el registro 637217, del Depósito a plazofijo, constituido el 04-06-2001 a 90 días prorrogables, lo que hace delconocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacio-nado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de ComercioVigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1820-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Masferrer de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No.700-030846-6, amparado con el registro No.0580898 del Depó-sito a plazo fijo, constituido el 18-12-2000 a 90 días prorrogables, lo quehace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificadorelacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código deComercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1821-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Los Próceres de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 780-029526-0, amparado con el registro No.0644617 del Depó-sito a plazo fijo, constituido el 09-08-2001 a 120 días prorrogables, lo quehace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificadorelacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código deComercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1822-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Unicentro de la ciudad de Soyapango,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 707-013107-7 amparado con el registro No.0602752 delDepósito a plazo fijo, constituido el 05-01-2001 a 360 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1823-1

DIARIO

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.AVISO

EL BANCO AGRlCOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San Martín de la ciudad de San Martín,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No.700-048134-7, amparado con el registro No.733010 delDepósito a plazo fijo, constituido el 06-09-2002 a 90 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1824-1

AVISO

EL BANCO AGRlCOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Centro Financiero de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No.742-016383-1, amparado con el registro No.0526509 del Depó-sito a plazo fijo, constituido el 07-08-2000 a 180 días prorrogables, lo quehace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificadorelacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código deComercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1825-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Centro Financiero de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 1469-000159-3, amparado con el registro No.0442618 delDepósito a plazo fijo, constituido el 25-03-1999 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1826-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San José de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi-cado No.707-008333-8, amparado con el registro No.0283392 del Depó-sito a plazo fijo, constituido el 17-10-1996 a 180 días prorrogables, lo quehace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificadorelacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código deComercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1827-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 791-015816-1, amparado con el registro No. 0674613 delDepósito a plazo fijo, constituido el 13-09-2001 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1828-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 793-002602-8, amparado con el registro No. 0510142 delDepósito a plazo fijo, constituido el 04-05-2000 a 360 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

DIARIO

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1829-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 793-001542-9, amparado con el registro No. 0335072 delDepósito a plazo fijo, constituido el 23-05-1997 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1830-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 791-013931-6, amparado con el registro No. 0469585 delDepósito a plazo fijo, constituido el 13-08-1999 a 90 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1831-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 792-006260-4, amparado con el Registro No. 0099229 delDepósito a plazo fijo, constituido el 28-10-1993 a 360 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1832-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Merliot de Ciudad Merliot, Jurisdic-ción de Antiguo Cuscatlán, se ha presentado parte interesada manifestan-do que ha extraviado el Certificado No. 757-000258-0, amparado con elRegistro No. 0499542 del Depósito a plazo fijo, constituido el 21-09-2000 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público paraefectos de Reposición del Certificado relacionado conforme a los Artí-culos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 26 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1833-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia La Merced de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 700-031747-8, amparado con el Registro No. 0603752del Depósito a plazo fijo, constituido el 19-02-2001 a 180 días prorroga-bles lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1834-1

DIARIO

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Usulután de la ciudad de Usulután, seha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certi-ficado No. 1129-008613-8, amparado con el Registro No. 93834 delDepósito a plazo fijo, constituido el 24-07-1997 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1835-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Chalatenango de la ciudad de Chalate-nango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviadoel Certificado No. 759-005681-1, amparado con el Registro No. 0713945del Depósito a plazo fijo, constituido el 10-06-2002 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1836-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Anamorós de la ciudad de La Unión, seha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certi-ficado No. 777-002909-3, amparado con el Registro No. 0699023 delDepósito a plazo fijo, constituido el 20-02-2002 a 90 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1837-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Ahuachapán de la ciudad de Ahuacha-pán, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 791-006830-9, amparado con el Registro 0315357, delDepósito a plazo fijo, constituido el 21-07-1992 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1838-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Santa Ana de la ciudad de Santa Ana,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 700-036345-3, amparado con el Registro No. 0589758del Depósito a plazo fijo, constituido el 18-05-2001 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1839-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Cojutepeque de la ciudad de Cojutepe-que del Departamento de Cabañas, se ha presentado parte interesadamanifestando que ha extraviado el Certificado No. 740-001695-8, ampa-rado con el Registro No. 0038902 del Depósito a plazo fijo, constituidoel 09-01-1992 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimientopúblico para efectos de Reposición del Certificado relacionado confor-me a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1840-1

DIARIO

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Aguilares de la ciudad de Aguilares, seha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certi-ficado No. 701-105509-0; amparado con el Registro No. 0011221 delDepósito a plazo fijo, constituido el 04-01-1998 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1841-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San Miguel de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 782-007102-9; amparado con el Registro No. 0058551del Depósito a plazo fijo, constituido el 30-09-1992 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1842-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia La Merced de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 780-0021 O 1-7, amparado con el Registro No. 0142269del Depósito a plazo fijo, constituido el 23-06-1994 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1843-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia La Merced de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 782-009162-7, amparado con el Registro No. 0142269del Depósito a plazo fijo, constituido el 23-06-1994 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1844-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia La Merced de la ciudad de San Miguel,de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que haextraviado el Certificado No. 780-031933- 6, amparado con el RegistroNo. 0603752 del Depósito a plazo fijo, constituido el 19-02- 2001 a 180días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos deReposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos.486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la Reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1845-1

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S.A.

AVISA: que en su Agencia Ilobasco de la ciudad de Ilobasco, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 756-005463-5, amparado con el Registro Nos. 041 1571 delDepósito a plazo fijo, constituido el 23-06-1998 a 60 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de Reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1846-1

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.A V I S O

La Sociedad "LIBROS Y TEXTOS DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE" que se abrevia"LITEXSA, S. A. DE C. V."

COMUNICA: que a su oficina ubicada en Colonia La Floresta,Calle Los Bambúes número ochenta y nueve, San Salvador, se hapresentado el señor ADAN ELIAS ORELLANA, propietario del CER-TIFICADO DE ACCIONES, bajo el número CERO DIECISIETE defecha treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y seis porCINCUENTA ACCIONES, solicitando la reposición de dicho CERTI-FICADO por CINCO MIL COLONES, equivalente a QUINIENTOSSETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTA-VOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERI-CA.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al públicoen general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición se procederá a reponer el Certificado en referencia.

San Salvador, trece de agosto de dos mil dos.

NORMA EVELYN OCHOA VALLE,SECRETARIA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 1862-1

AVISO

La Sociedad "LIBROS Y TEXTOS DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE" que se abrevia"LITEXSA, S. A. DE C V."

COMUNICA: que a su oficina ubicada en Colonia La Floresta,Calle Los Bambúes número ochenta y nueve, San Salvador, se hapresentado el señor MARIO FLORES RODRIGUEZ, propietario delCERTIFICADO DE ACCIONES bajo el NUMERO CERO DIECIO-CHO de fecha treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y seispor CINCUENTA ACCIONE, solicitando la reposición de dicho CER-TIFICADO por CINCO MIL COLONES, equivalente a QUINIENTOSSETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTA-VOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERI-CA.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al públicoen general, para los efectos legales del caso que transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición se procederá a reponer el Certificado en referencia.

San Salvador, trece de agosto de dos mil dos.

NORMA EVELYN OCHOA VALLE,SECRETARIA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 1863-1

A V I S O

La Sociedad "LIBROS Y TEXTOS DE EL SALVADOR, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE" que se abrevia"LITEXSA, S. A. DE C. V."

COMUNICA: que a su oficina ubicada en Colonia La FlorestaCalle Los Bambúes número ochenta y nueve, San Salvador, se hapresentado el señor ORLANDO FLORES MENENDEZ, propietario delCERTIFICADO DE ACCIONES, bajo el número CERO CERO OCHOde fecha treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y seis porCIENTO TREINTA Y CINCO ACCIONES, solicitando la reposición

de dicho CERTIFICADO por TRECE MIL QUINIENTOS COLONES,equivalente a UN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARESCON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTA-DOS UNIDOS DE NORTE AMERICA

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al públicoen general para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición se procederá a reponer el Certificado en referencia.

San Salvador, catorce de agosto de dos mil dos.

NORMA EVELYN OCHOA VALLE,SECRETARIA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 1864-1

Yo, JOSE RENE AYALA APARICIO, Médico de este domicilio,con Documento Unico de Identidad # 01961747-4, actuando en calidadde Representante Legal de la Sociedad CENTRO OTORRINOOFTALMOLOGICO, S. A. DE C. V., solicito sea publicado un anuncio,ya que se ha presentado a nuestras oficinas ubicadas en Hospital de Ojosy Otorrino, en Colonia Médica entre Avenida Dr. MAX BLOCH YAVENIDA Dr. EMILIO ALVAREZ, San Salvador, el Dr. MARTINSTANLEY CANDRAY MIRA, quien me manifiesta que se le hanextraviado dos Certificados de Acciones SERIE "A".

Los cuales detallo a continuación:

Certificado No. 71 que va de las acciones 15,271 a la 15,285 y

Certificado No. 72 que va de las acciones 15,286 a la 15,320

Dichos Certificados hacen un total de 50 acciones.

Y de conformidad a los artículos 932 y 933 del Código de Comercioy si no hubiere quien reclame dichos Certificados, procederé a emitir losnuevos Certificados a nombre del interesado en reposición de losextraviados.

San Salvador, 08 de enero de 2003.

Dr. JOSE RENE AYALA APARICIO,REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 1922-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001018632

ESTABLECIMIENTO 2001018632- 1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ANA DAFNEVILLATORO DE CASTANEDA, en su calidad de Representante Legalde la Sociedad MUEBLES Y DECORACIONES, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse MUEBLES YDECORACIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DELA LIBERTAD, cuya Escritura Social está inscrita bajo el Número00035 del Libro 0883 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-070992-103-5, ha presentado solicitud a las nueve horas y veinte minutos del díacatorce de septiembre del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron losasientos de matrícula de Empresa No. 2001018632 y EstablecimientoNo. 2001018632-1; a favor de la Empresa denominada MUEBLES YDECORACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, la cual se dedica a ELABORACION Y COMERCIALIZACIONDE MUEBLES Y DECORACIONES DE TODO TIPO, con direcciónen COLONIA LOMAS DE ALTAMIRA, CALZADA

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358GUARDABARRANCO #15-A, SAN SALVADOR cuyo activo es deTRES MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUI-NIENTOS SEIS 02/100 COLONES (¢3,942,506.02); y que tiene unEstablecimiento Comercial denominado 1-) MUEBLES Y DECORA-CIONES, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA LOMAS DEALTAMIRA, CALZADA GUARDABARRANCO #15-A, SAN SAL-VADOR.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, cuatro de enero del año dos mil dos.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1850-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001019709

ESTABLECIMIENTO 2001019709- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DOMINGOLUZ ESCOBAR MENJIVAR en su calidad de Representante Legal dela Sociedad CAJA DE CREDITO DE ILOBASCO, SOCIEDAD COO-PERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITALVARIABLE que puede abreviarse CAJA DE CREDITO RURAL DEILOBASCO, SOC. COOP. RESP. LIMITADA, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya EscrituraSocial está inscrita bajo el número 17 del libro 39 del Registro deSociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria: 0903-160144-001-3, ha presentado solicitud a las diez horasy treinta minutos del día veintiocho de febrero del año dos mil uno. Conla cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2001019709 y Estable-cimiento No. 2001019709- 001; a favor de la Empresa denominadaCAJA DE CREDITO DE ILOBASCO, SOCIEDAD COOPERATIVADE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, lacual se dedica a SERVICIOS CREDITICIOS Y DE AHORRO, condirección en 4a. AVENIDA NORTE, BARRIO EL CENTRO, deldomicilio de ILOBASCO, CABAÑAS, cuyo activo asciende a TRESMILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS CIN-CUENTA Y SEIS 26/100 DOLARES ($3,390,956.26); y QUE TIENEUN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DENOMINADO 1-) CAJADE CREDITO DE ILOBASCO, SOCIEDAD COOPERATIVA DERESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, ubica-do en 4a. AVENIDA NORTE, BARRIO EL CENTRO, ILOBASCO,CABAÑAS.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecinueve de marzo del año 2001.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1861-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001023917

ESTABLECIMIENTO 2001023917- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado BORJAHERNANDEZ, EDGAR ORLANDO, en su calidad de RepresentanteLegal de la Sociedad COMPUCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COMPUCENTRO, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANSALVADOR, cuya Escritura Social está inscrita bajo el número 36 delLibro 1101 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0511-220395-101-0, ha presenta-do solicitud a las once horas y trece minutos del día diecinueve de marzode dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No.2002023917 y Establecimiento No. 2002023917- 001; a favor de laEmpresa denominada COMPUCENTRO, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE MAQUINA-RIA Y EQUIPO DE OFICINA, COMPUTADORES Y SUS COMPO-NENTES; INCLUYE SOFTWARES, con dirección en 7a. AVENIDANORTE PASAJE LAYCO #1629, COLONIA LAYCO del domicilio deSAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CINCUENTA Y SEIS MILSETECIENTOS CINCUENTA Y DOS DOLARES CON 21/100$56,752.21 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-)COMPUCENTRO, S.A. DE C.V. ubicado en 7a. Av. NORTE PASAJELAYCO #1629, COLONIA LAYCO, del domicilio de SAN SALVA-DOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecisiete de septiembre de dos mil dos.

Lic. ANA GLORIA ALVARADO DE GOMEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1877-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002026822

ESTABLECIMIENTO 2002026822- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICTORMANUEL IRAHETA FONSECA, en su calidad de Representante Legalde la Sociedad BIO- CIENTIFICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que puede abreviarse BIO-CISA, S. A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,cuya Escritura Social está inscrita bajo el número 27 del libro 902 delRegistro de Sociedades del Registro de Comercio con Número deIdentificación Tributaria: 0614-260992-102-2, ha presentado solicitud alas once horas y cuarenta y cuatro minutos del día seis de mayo de dosmil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002026822y Establecimiento No. 2002026822- 001; a favor de la Empresa denomi-nada BIO-CIENTIFICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, la cual se dedica a FABRICACION, DISTRIBUCION YCOMERCIALIZACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, DELABORATORIO CLINICO Y COSMETICOS , con dirección en 93°AVENIDA NORTE, PASAJE 1, ENTRE 3° Y 7° CALLE PONIENTE,# 116, COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyoactivo asciende a OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA YUN DOLARES CON 84/100 $87,151.84 y que tiene el (los) estableci-miento(s) siguiente(s): 001-) BIO-CIENTIFICA, S. A. DE C.V., ubica-do en 93° AVENIDA NORTE, PASAJE 1, ENTRE 3° Y 7° CALLEPONIENTE, # 116, COLONIA ESCALON, del domicilio de SANSALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, dieciséis de mayo de dos mil dos.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1896-1

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.ASIENTO DE EMPRESA 2002041832

ESTABLECIMIENTO 2002041832- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SANTAMARIAMOYA, FLAVIO MAURICIO, en su calidad de Representante Legal dela Sociedad TRANSPORTES TRANSAMERICA EL SALVADOR,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abre-viarse TRANSAMERICA EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacio-nalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyaEscritura Social está inscrita bajo el Número 35 del Libro 1700 delRegistro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número deIdentificación Tributaria: 0614-180302-104-4, ha presentado solicitud alas ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día primero de noviembrede dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No.2002041832 y Establecimiento No. 2002041832- 001; a favor de laEmpresa denominada TRANSPORTES TRANSAMERICA EL SAL-VADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cualse dedica a TRANSPORTE DE CARGA, con dirección en KM. 27CARRETERA A SONSONATE, del domicilio de LOURDES, CO-LON, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $11,428.57 y quetiene el(los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-) TRANSPORTESTRANSAMERICA EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ubicado en KM. 27CARRETERA A SONSONATE, del domicilio de LOURDES, CO-LON, LA LIBERTAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, seis de noviembre de dos mil dos.

LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1909-1

Clase: 28. Exp.: 2002028298

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deMars Incorporated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: el diseño de m&m 'S.

La solicitud fue presentada el día quince de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1694-1

Clase: 41. Exp.: 2002027431

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MICKEY MOUSE

Consistente en: las palabras MICKEY MOUSE.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1777-1

Clase: 09. Exp.: 2002027430

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

MICKEY MOUSE

Consistente en: las palabras MICKEY MOUSE.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1778-1

Clase: 09. Exp.: 2002027320

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

EEYORE

Consistente en: las palabras "EEYORE".

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos

mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1779-1

Clase: 39. Exp.: 2002027466

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deUNITED STATES POSTAL SERVICE, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA DE SERVICIOS,

EXPRESS MAIL

Consistente en: las palabras EXPRESS MAIL.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1780-1

Clase: 25. Exp.: 2002027321

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

EEYORE

Consistente en: la palabra "EEYORE".

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1782-1

Clase: 41. Exp.: 2002027322

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

EEYORE

Consistente en: la expresión "EEYORE".

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1783-1

Clase: 16. Exp.: 2002027319

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

EEYORE

Consistente en: la palabra "EEYORE".

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dosmil dos.

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1784-1

Clase: 09. Exp.: 2002027429

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DONALD DUCK

Consistente en: las palabras "DONALD DUCK".

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1785-1

Clase: 41. Exp.: 2002027428

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA DE SERVICIOS,

DONALD DUCK

Consistente en: las palabras "DONALD DUCK".

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de septiembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1786-1

Clase: 29. Exp.: 1993002004

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deWENDY´S INTERNATIONAL INC., de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DEFABRICA,

FROSTY

Consistente en: la palabra "FROSTY" escrita en letras de moldemayúsculas.

La solicitud fue presentada el día once de junio del año milnovecientos noventa y tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil dos.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1787-1

Clase: 25. Exp.: 2002027880

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deLevi Strauss & Co., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

569Consistente en: los números 569.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1788-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 35. Exp: 2002027881

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deLevi Strauss & Co., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel Registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra Levi's.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1789-1

Clase: 25. Exp: 2002027945

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL dePlayeras Trueno, S.A de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitan-do el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra TRUENO y Diseño:

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1790-1

Clase: 42. Exp: 2002026206

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deOPERADORA COFFEE STATION, SOCIEDAD ANONIMA, DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando elRegistro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la figura de un círculo de color rojo delineado decolor negro, en cuyo centro se encuentra un segundo círculo de colorblanco delineado de color negro. En la parte superior de dicho círculo seencuentra la palabra “COFFEE” escrita en letras de molde mayúsculasde color blanco. En la parte inferior de dicho círculo se muestra la palabra“STATION” escrita en letras de molde mayúsculas de color blanco Alcentro de ambos círculos se encuentra sobrepuesto un rectángulo enposición horizontal, de color rojo, cuyos extremos redondeados estándelineados de color negro y sobresalen del primer círculo. Dentro dedicho rectángulo se encuentra un rectángulo en posición horizontal, decolor negro dentro del cual se encuentran las palabras “Café Gourmet”escritas en letras de carta estilizadas de color blanco, de las cualesúnicamente las letras iniciales de cada palabra son mayúsculas. La letra“e” de la palabra “Café” se encuentra tildada Dicha figura muestra trazosen sus contornos que semejan ser sombra. Todo lo anterior se encuentrasobrepuesto a un fondo de color blanco.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de junio del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1791-1

Clase: 16. Exp: 2002028003

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBERTOROMERO MENA en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DONALD DUCKConsistente en: la palabra DONALD DUCK, que se traduce Pato

Donald,

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dosmil dos,

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil dos,

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1792-1

DIARIO

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Exp: 2002027891

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deMELHER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que seabrevia: MELHER S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el Registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICI-DAD COMERCIAL,

¡SABROSO, NUTRITIVO y ABUNDA MAS!

Consistente en: la frase ¡SABROSO, NUTRITIVO y ABUNDAMAS!, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSU-MIDORES HACIA LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS DE MELHER,S.A. DE C.V.,

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1793-1

Clase: 25. Exp: 2002028006

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DONALD DUCKConsistente en: la palabra DONALD DUCK, que se traduce Pato

Donald.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1794-1

Clase: 16. Exp: 2002028005

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

MICKEY MOUSE

Consistente en: la palabra MICKEY MOUSE, que se traduceRatón Mickey.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1795-1

Clase: 28. Exp: 2002028008

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDisney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

MICKEY MOUSE

Consistente en: la palabra MICKEY MOUSE, que se traduceRatón Mickey.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1796-1

DIARIO

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 25. Exp: 2002028007

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de DisneyEnterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

MICKEY MOUSE

Consistente en: la palabra MICKEY MOUSE, que se traduceRatón Mickey.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1797-1

Clase: 09. Exp: 2002027946

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDell Computer Corporation de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

POWERCONNECTConsistente en: la palabra POWERCONNECT

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1798-1

Clase: 02. Exp: 2002027950

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDell Computer Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DELLConsistente en: la palabra “DELL”, que traducido al castellano

significa. “Valle”.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, quince de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1799-1

Clase: 09. Exp: 2002027947

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDell Computer Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DELL

Consistente en: la palabra DELL, que se traduce Valle.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1800-1

DIARIO

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Clase: 33 Exp.: 2002027944

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ]OSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deE. & .J-, Gallo Winery, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SIERRA VALLEY

Consistente en: la palabra SIERRA VALLEY.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del añodos mil dos,

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1801-1

Clase: 14 Exp.: 2002028002

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deWalton International Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitan-do el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: la palabra GIORDANO.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1802-1

Clase: 42 Exp.: 2002027949

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDell Computer Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE SERVICIOS,

DELL

Consistente en: la palabra. DELL, que se traduce Valle.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1803-1

Clase: 37 Exp.: 2002027948

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDell Computer Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE SERVICIOS,

DELL

Consistente en: la palabra DELL, que se traduce Valle.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de lapropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1804-1

DIARIO

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 32 Exp.: 2002028215

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROBERTOROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deBon Appeti, Sociedad Anónima de Capital Variable que se abrevia: BonAppetit, S.A. de C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando elRegistro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FUN FLAVOR

Consistente en: Las palabras FUN FLAVOR.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de octubre, del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1805-1

Clase: 11 Exp.: 2002028219

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deASESORIA Y DESARROLLOS URREA, S.A. DE C.V., de naciona-lidad MEXICANA, solicitando el Registro de la MARCA INDUS-TRIAL O DE FABRICA,

STANZA

Consistente en: la palabra STANZA, traducida al castellanoEstancia.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1806-1

Clase: 03 Exp.: 2002026078

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSEDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO deOLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V., que se abrevia:OLEPSA, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el Registro de laMARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

MAXPODER MULTIACCION EXTRA

Consistente en: las palabras “MAXPODER MULTIACCIONEXTRA” en letras mayúsculas de molde.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de junio del año dosmil dos. REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, nuevede julio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1852-1

Clase: 40 Exp.: 012002023702

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSEDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de SEIKOEPSON KABUSHIKI KAISHA (negociando como SEIKO EPSONCORPORATION) , de nacionalidad JAPONESA, solicitando el Regis-tro de la MARCA DE SERVICIOS,

EPSON

Consistente en: la palabra EPSON.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveinticinco días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1853-1

DIARIO

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Clases: 05, 10 Exp.: 1980001103

LA INFRASCRITA REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSEDMUNDO NOVOA, mayor de edad. ABOGADO Y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de BECTON DICKINSON AND COM-PANY, del domicilio de 1 BECTON DRIVE, FRANKLIN LAKES,NEW JERSEY, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidadESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la InscripciónNúmero 00096 del Libro 00093 de REGISTRO DE MARCAS, relativaa la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en LAEXPRESION “B-D”; que ampara productos comprendidos en la Clase05,10 del Convenio Centroamericano Para la Protección de la PropiedadIndustrial.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deLey.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintisiete días del mes de agosto del año dos mil.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1854-1

Clase: 05 Exp.: 012000008182

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoFRANCISCO JOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO deGENFAR DIVISION VETERINARIA S.A., que se abreviaGENFARVET, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando elRegistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra FLORIFEN y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiséis días del mes de febrero del dos mil uno.

Dr. ALFREDO GONZALEZ ELIZONDO,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1858-1

Clase 03 Exp.: 2002025401

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FRANCISCOJOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBELINTERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitandoel Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

LIASSON

Consistente en: la palabra LIASSON escritas en letras mayúsculasy de molde.

La solicitud fue presentada el día treinta de mayo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de septiembre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1859-1

Clase: 03 Exp: 2002026715

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FRANCISCOJOSE BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de EBELINTERNATIONAL LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solici-tando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BELIEVE

Consistente en: la palabra BELIEVE.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de julio del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1860-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358Clase: 30. Exp: 2002028458

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GILBERTOLEONEL CASTILLO, en su calidad de APODERADO de BENEFI-CIADORES Y EXPORTADORES DE CAFE, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BEXCAFE, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE COMERCIO,

GRANADA

Consistente en: la palabra GRANADA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintinueve de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1873-1

Clase: 30. Exp: 2002028457

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GILBERTOLEONEL CASTILLO, en su calidad de APODERADO de BEXCOMER,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:BEXCOMER, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,

BEX

Consistente en: la palabra BEX.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO

3 v. alt. Nº. 1874-1

Exp: 2002028556

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOJAVIER OYARBIDE VILLEDA, de nacionalidad SALVADOREÑA,en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRECOMERCIAL,

SERVIMOTORES

Consistente en: la palabra SERVIMOTORES el cual consiste enuna palabra con letras de molde en mayúsculas, que servirá para:DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, UBICADOEN CALLE CONCEPCION NUMERO NOVENTA Y CINCO, SANSALVADOR; DEDICADO A LA REPARACION Y LIMPIEZA DEVEHICULOS AUTOMOTORES.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1876-1

Clase: 35. Exp: 012001020425

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMasterCard Internacional Incorporated, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIO,

MASTERCARD ADVISORS

Consistente en las palabras MASTERCARD ADVISORS.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdieciocho días del mes de diciembre de dos mil uno.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1894-1

Clase: 01. Exp: 2001011120

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICTORMANUEL IRAHETA FONSECA, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de BIO-CIENTIFICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

CAYAHUANCAConsistente en: EL NOMBRE "CAYAHUANCA", EN LETRAS

MAYUSCULAS COLOR NEGRO.

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos miluno.

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Page 87: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003 ... · Nuevos Estatutos del “Club de Radio Aficionados de El ... No. 521-D.- Se autoriza a la Licenciada Java de ... y Supervisar

87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1895-1

Clase: 03. Exp: 2002025305

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSEDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de PARFUMSNINA RICCI, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro dela MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: las palabras "MEMOIRE D´ HOMME" en letrasmayúsculas de molde color plateado con un acento sobre la primera letra"E" y un apóstrofe separando la letra "D" de la palabra "HOMME". laspalabras se encuentran colocadas sobre un fondo café bronce encontrán-dose la palabra "MEMOIRE" arriba de la palabra "D´HOME" ambasdentro de un corchete del mismo color de las letras.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinte dejunio del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1849-1

Clase: 42. Exp: 20020023699

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSEDMUNDO NOVOA, en su calidad de APODERADO de SEIKOEPSON KABUSHIKI KAISHA (SEIKO EPSON CORPORATION),de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DESERVICIOS,

EPSON

Consistente en: la palabra " EPSON" en letras mayúsculas demolde, que servirá para: SERVICIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGI-COS E INVESTIGACION Y DISEÑO RELACIONADO A ESTOSSERVICIOS; SERVICIOS DE ANALISIS INDUSTRIAL Y DE IN-VESTIGACION; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPO Y PRO-

GRAMAS DE COMPUTACION; SERVICIOS LEGALES; SITIOSANFITRIONES DE COMPUTACION (SITIOS WEB); CREACIONY MANTENIMIENTO DE SITIOS WEB PARA OTROS; PROVI-SION DE PROGRAMAS DE COMPUTACION PARA PROCESARDATOS DE IMAGENES FOTOGRAFICAS VIA INTERNET; PRO-VISION O RENTA DE UNA AREA DE ALMACENAMIENTO DESERVIDOR DE COMPUTADORA DE INTERNET; PROGRAMA-CION DE COMPUTADORAS; INSTALACION, MANTENIMIEN-TO, ACTUALIZACION Y RENOVACION DE PROGRAMAS DECOMPUTACION; DISEÑO INGENIERIA, ESTUDIOS DE PRO-YECTOS TECNICOS, INVESTIGACION Y DESARROLLO PARAOTROS; LICENCIAS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, diez dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 1851-1

Clase: 31. Exp:2002023128

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado KATIAYANIRA ALAS DE SANTOS, en su calidad de REPRESENTANTELEGAL de NUTRICION PLANIFICADA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: NUPLAN, S.A. DE C.V.,NUTRICION PLANIFICADA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

NUTRIMIX

Consistente en: la palabra "NUTRIMIX".

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1932-1

Clase: 32 Exp: 2002023546

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FRANCISCOMARTIN SANTOS CASTANEDA, en su calidad de APODERADO dePEDRO GARCIA CUADRA, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

AGUA PIEDRA AZUL

Consistente en: la expresión "AGUA PIEDRA AZUL"

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358La solicitud fue presentada el día quince de marzo del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1933-1

Exp: 2002023130'

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado KATIAYANIRA ALAS DE SANTOS, en su calidad de REPRESENTANTELEGAL de NUTRICION PLANIFICADA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: NUPLAN, S.A. DE C.V.,NUTRICION PLANIFICADA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

NUPLANConsistente en: la palabra NUPLAN, que servirá para: DISTIN-

GUIR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A PRES-TAR TODA CLASE DE SERVICIOS PROFESIONALES COMOPRODUCTORES, VENDEDORES, ASESORES Y CONSULTORES,EN EL AREA RELACIONADA CON LA FORMULACION, FABRI-CACION Y VENTA DE PRODUCTOS Y EQUIPOS AGROPECUA-RIOS, BIOLOGICOS Y VETERINARIOS, PARA TODO ESPECIEANIMAL O VEGETAL, ASI COMO LA EXPORTACION E IMPOR-TACION DE DICHOS PRODUCTOS Y MATERIAS PRIMAS ; UBI-CADO EN KILOMETRO TREINTA Y UNO, CARRETERA ASONSONATE, CANTON ATEOS, JURISDICCION DE SACACOYO,DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de octubre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 1931-1

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y

EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

El infrascrito Presidente de la Junta Directiva de AERODESPACHOSDE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.,

HACE SABER: que por resolución unánime de la Junta Directivatomada en sesión No. 530 de fecha 9 de Enero de 2003, se acordóconvocar a los señores accionistas para celebrar Junta General quetratará asuntos de carácter ordinario y extraordinario, a celebrarse en lasoficinas de la sociedad, ubicadas en Centro Comercial Feria Rosa, LocalNo. 202-C, de esta ciudad. El día viernes siete de febrero del año dos miltres, a las dieciséis horas, De no haber quórum en la fecha señalada, seconvoca para el día diez de febrero del mismo año, en el mismo lugar yhora indicada. La Agenda para tal sesión será la siguiente:

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1. Comprobación Del Quórum.

2. Lectura del Acta anterior.

3. Memoria de Labores de la Junta Directiva.

4. Balance General y Estado de Resultados al 31 de Diciembrede 2002 e informe del Auditor Externo.

5. Elección del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos.

6. Elección del Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos.

7. Elección y nombramiento de Junta Directiva.

8. Aplicación de utilidades.

9. Varios.

PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

PUNTO UNICO: Aumento de Capital Social por capitalización deutilidades.

Para instalar legalmente la Junta Ordinaria, el quórum necesario paracelebrar sesión en la primera fecha de la convocatoria será por lo menosde la mitad más uno de todas las acciones y para adoptar resolucionesválidas se requiere la mayoría de votos presentes o representados. Elquórum necesario para celebrar sesión en la segunda fecha de la convo-catoria, será con cualquier número de las acciones que se componen elcapital social y los acuerdos se tomarán con la mayoría de votospresentes.

Para instalar Junta General Extraordinaria, será necesario en primeraconvocatoria quórum de las tres cuarta parte de todas acciones de lasociedad con derecho a voto y se tomará acuerdo en igual proporción. Ensegunda convocatoria será válidamente instalada la Junta GeneralExtraordinaria, cualquiera sea el número de acciones presentes conderecho a voto y sus resoluciones se tomaran con la mayoría de los votospresentes.

El quórum necesario para instalar Junta General Extraordinariaserá la mitad más una de las acciones que componen el capital social ysus resoluciones se tomaran por las tres cuartas partes de las accionespresentes con derecho a voto.

Si en ambas oportunidades no se lograré el quórum, deberá convo-carse en tercera ocasión y en forma separada, instalándose con lapresencia de cualquier número de acciones, tomándose resolución con lamayoría de las acciones presentes.

San Salvador, a los diez días del mes de enero del año dos mil tres.

CARLOS JACINTO BONDANZA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 2198-1

ALFREDO RIGOBERTO MENENDEZ PERALTA, Notario, de estedomicilio, con oficina ubicada en Décima Quinta Avenida Norte, núme-ro trescientos veinticuatro,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveídaa las diez horas del diecisiete de marzo del año dos mil, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario interinamente, laherencia intestada que a su defunción, ocurrida en Ciudad Delgado, elveintidós de octubre del año de mil novecientos noventa, dejó la señoraJULIANA ELIAS VASQUEZ VIUDA DE MEDRANO, de parte de laseñora LEONOR MEDRANO VASQUEZ en su concepto de hija de lacausante, habiéndose conferido la administración y representación dela sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los quese crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a lareferida oficina en el término de quince días, contados desde el siguientedía de la última publicación del presente edicto. En la ciudad de SanSalvador, a las nueve horas del día dieciocho de marzo del año dos mil.

ALFREDO RIGOBERTO MENENDEZ PERALTA,

NOTARIO.

3 v. c. Nº. 1906-1

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Ana Felícita Estrada, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al Público

para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas veinte

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor Salvador Tobías Saso, conocido por Salvador Tobías Sasso, de

sesenta y siete años de edad, Jornalero e hijo de los señores Jesús Marín

y Juana Saso, fallecido a las diez horas cuarenta minutos del día uno de

mayo del año dos mil uno, accidentalmente en el Hospital Nacional

Zacamil de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el de

San Ildefonso en el Departamento de San Vicente, de parte de la señora

Ada Luz Sasso conocida por Adaluz Saso, de cuarenta y uno años de

edad, oficios del hogar, por sí como sobrina del causante y como

cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión le correspon-

derían a la señora Josefa del Carmen Parras, conocida por Josefa Sasso,

ésta en su calidad de hermana del referido causante; y se ha nombrado a

la aceptante administradora y representante interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas del día veinte de

junio del año dos mil dos.- Doctora ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ

DE LO CIVIL.- LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETA-

RIO.-

3 v. alt. Nº. 1524-2

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al público para los efectos de

ley,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas cuarenta

minutos del día trece de los corrientes, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que

a su fallecimiento dejó el señor MISAEL GALDAMEZ GUEVARA,

conocido por MISAEL GALDAMEZ, ocurrida a las diez de la mañana

del día veintinueve de Septiembre del corriente año, en el Cantón La

Cuchilla jurisdicción del Municipio de La Laguna Departamento de

Chalatenango, siendo su último domicilio la población de La Laguna del

Departamento antes citado, a los señores VICENTA GUEVARA DE

GALDAMEZ, DOMINGA CONSUELO GALDAMEZ GUEVARA,

hoy DOMINGA CONSUELO GALDAMEZ DE TOBAR, MAURICIO

GALDAMEZ GUEVARA, NORA NOEMI GALDAMEZ GUEVA-

RA, hoy NORA NOEMI GALDAMEZ de GUANDIQUE, WALTER

GALDAMEZ GUEVARA, LORENZA DEL TRANSITO GALDA-

MEZ GUEVARA hoy de CALLES, MISAEL GALDAMEZ GUEVA-

RA, JOSE LUIS GALDAMEZ GUEVARA, JUAN DIEGO GALDA-

MEZ GUEVARA y ALBA LUISA GALDAMEZ GUEVARA; la pri-

mera como cónyuge sobreviviente del causante en mención y los

restantes como hijos del de cujus también se les confirió a los herederos

declarados y en el concepto antes dicho la administración y representa-

ción interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente día a la tercera publicación del edicto en el expresado periódico

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Dulce Nombre

de María, a los trece días del mes de Diciembre del año dos mil dos .- Lic.

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 1528-2

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Tribunal, a las

nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario de parte del señor RODOLFO PLEITEZ, la

herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ANGEL

ENRIQUE PLEITEZ conocido por ENRIQUE PLEITEZ quien fue de

sesenta y siete años de edad, casado, Albañil, fallecido a las veintidós

horas del día veintinueve de octubre de mil novecientos noventa y ocho,

en el Hospital San Juan de Dios de esta Ciudad lugar de su último

domicilio. El aceptante señor RODOLFO PLEITEZ, es cesionario de los

derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARINA EVE-

LIN PLEITEZ FUENTES, como hija sobreviviente del referido

causante y en ese carácter se le confiere al señor RODOLFO PLEITEZ,

la administración y representación interina de esta sucesión, con las

facultades y restricciones de ley.-

Lo que se pone en conocimiento, del público para que todo aquel

que se crea con derecho a esta sucesión, se apersone a deducirlo a este

Tribunal, dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación

de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO, DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas cinco minutos del día veintiocho de noviembre de

dos mil dos.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETA-

RIA.-

3 v. alt. Nº. 1576-2

LA INFRASCRITA NOTARIO: ANA GLADYS CHAVEZ DE ME-

LENDEZ del domicilio de San Salvador, con Oficina situada en Colonia

y Calle Toluca, Pasaje "A", Número ciento diez de esta ciudad, al

público, para los efectos de Ley,

HACE SABER: que por Acta Notarial otorgada ante sus Oficios en

esta ciudad a las nueve horas del día nueve del presente mes y año, se ha

tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Herencia Intestada, que a su Defunción dejó el Señor RAMIRO DEL

CARMEN SIGUENZA HIDALGO, quien falleció en la ciudad de

Suchitoto, Departamento de Cuscatlán lugar de su último domicilio, el

día seis de noviembre del año dos mil dos de parte de la Señora

SALVADORA ESPERANZA DOMINGA HIDALGO DE SIGUENZA,

conocida por SALVADORA ESPERANZA DOMINGA HIDALGO

HERRERA, ESPERANZA HIDALGO DE SIGUENZA y por ESPE-

RANZA HIDALGO, en su calidad de MADRE LEGITIMA del

Causante, confiriéndosele a la Aceptanten la ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION, con las faculta-

des y restricciones de los curadores de la Herencia yacente, citando a los

que crean tener derecho a la misma, se presenten dentro del término de

quince días después de la última Publicación de este Edicto, en la Oficina

de la Notario Autorizante.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de

diciembre del año dos mil dos.

Dra. ANA GLADYS CHAVEZ DE MELENDEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 1586-2

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DEL DISTRITO Judicial de San Sebastián, AL PUBLICO,

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las once

horas del día dos de diciembre del corriente año se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor SANTOS HERNANDEZ RAMOS conocido

por SANTOS HERNANDEZ fallecido el día doce de julio del dos mil

uno, en Santo Domingo, su último domicilio de parte de la señora

SEBASTIANA ENTIMA FUENTES hoy VIUDA DE HERNANDEZ

en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confiriéndosele

a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,

a las catorce horas del día tres de diciembre del dos mil dos.- Lic.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA.- Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. Nº. 1594-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO , promo-

vido por la Abogada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE,

como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en

contra de la señora YANIRA MARGARITA MEJIA PEREZ conocida

por YANIRA MARGARITA PEREZ MEJIA, reclamándole cumpli-

miento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública

subasta en este Tribunal el inmueble siguiente: "Un lote de terreno

urbano construido por la Sociedad CUELLAR BATISTA, S.A. DE C.V.

identificado en el plano respectivo con número SEIS, SECTOR CIN-

CUENTA Y UNO, de una extensión superficial de CINCUENTA Y

DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS. Dicho lote

forma parte de la Urbanización denominada " URBANIZACION RESI-

DENCIAL VILLA HERMOSA", situado en jurisdicción de Cuscatan-

cingo, en los Cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel,

porción segregada únicamente en el Municipio de Cuscatancinco, De-

partamento de San Salvador, cuyas medidas perimetrales, son: AL

NORTE: cinco metros; AL ORIENTE: diez punto cincuenta metros; AL

SUR: cinco metros; y AL PONIENTE: diez punto cincuenta metros.

Dicho inmueble tiene una extensión superficial de Cincuenta y dos punto

cincuenta metros cuadrados, equivalentes a Setenta y cinco punto cero

siete varas cuadradas. Contiene una construcción de sistema mixto de un

área de veinticinco metros cuadrados.” El inmueble antes descrito se

encuentra inscrito a favor de la señora YANIRA MARGARITA MEJIA

PEREZ conocida por YANIRA MARGARITA PEREZ MEJIA, bajo

el Asiento número CERO CERO TRES de la Matrícula número M

CERO UN MILLON TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREIN-

TA Y OCHO del Registro Social de Inmuebles.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

nueve horas con treinta minutos del día veintiséis de agosto del año dos

mil dos.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 1542-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovi-

do por la Abogada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE, como

Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA en contra de

la señora MIRNA EMPERATRIZ CAMPOS GUEVARA, reclamándo-

le cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en

pública subasta en este Tribunal el inmueble siguiente: "Un terreno

urbano y construcciones que contiene marcado con el número SEIS-

CIENTOS CINCUENTA Y OCHO, Tipo "A", del Block "B", Calle

Arturo Ambrogi, de la Urbanización VALLE DEL SOL Segunda etapa,

situado en jurisdicción de Apopa, de este Departamento, cuya cabida es

de CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a

setenta y ocho punto sesenta y nueve varas cuadradas, y su descripción

se inicia: partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida El

Tarrascón y la Calle Arturo Ambrogi de la Urbanización Valle del Sol

y midiendo una distancia de treinta y nueve punto veintiún metros, sobre

el eje del Pasaje con rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y nueve

minutos cinco segundos Oeste, se llega a un punto en el cual se hace una

deflexión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de seis

punto cincuenta metros, se llega al esquinero Noreste del lote que se

describe, el cual mide y linda: AL NORTE, recta de cinco metros, rumbo

Sur setenta y seis grados cuarenta y nueve minutos cinco segundos este,

linda con el lote número cuatro del Block "C", Calle Arturo Ambrogi de

trece metros de ancho de por medio; ORIENTE, recta de once metros

rumbo Sur trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos Oeste,

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

linda con el lote número seiscientos cincuenta y nueve de este mismo

block. SUR: recta de cinco metros, rumbo Norte setenta y seis grados

cuarenta y nueve minutos cinco segundos Oeste, linda con lote número

seiscientos dos de este mismo block. PONIENTE, recta de once metros

rumbo Norte trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos este,

linda con el lote número seiscientos cincuenta y siete de este mismo

block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido

propiedad de CERAMICA INDUSTRIAL CENTROAMERICANA,

S.A. DE C.V.” El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor

de la demandada bajo el Asiento Número CERO CERO CERO UNO de

la Matrícula M CERO CINCO UNO SIETE TRES CINCO CINCO

TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, de este Departamento.

Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas y diez minutos del día treinta de octubre del año dos mil dos.

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 1543-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por la Licenciada NIDIA IRENE DURAN

ERAZO, y continuada por la Licenciada CECILIA GUADALUPE

FLORES GEORGE, ambas como apoderadas del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, que se abrevia "EL FONDO", Institución de

Crédito, Autónoma, de Derecho Público, contra el señor LUIS

ALONSO GUTIERREZ, conocido por LUIS ALONSO RAMOS

GUTIERREZ, de cincuenta y tres años de edad, Empleado, del domicilio

de San Salvador, y del de Soyapango, reclamándole cantidad de colones

y demás accesorios legales, se venderá en este Juzgado en pública

subasta, el bien inmueble embargado siguiente: "Un lote Urbano y

construcciones que contiene, marcados con el número SETENTA Y

OCHO, Polígono "E", de la Urbanización SAN JOSE, situada en

Jurisdicción de Soyapango, en este Departamento. En el hay construida

una casa de sistema mixto con todos sus servicios y tiene la localización,

medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO SETENTA Y OCHO

DEL POLIGONO "E".- Partiendo de la intersección de los ejes, de

Avenida Principal y Pasaje número diecisiete, abiertos en la Urbaniza-

ción, con rumbo Norte ochenta y siete grados diez punto cuatro minutos

Oeste se miden sobre este último treinta y nueve metros en este punto

haciendo una deflexión izquierda con rumbo Sur cero dos grados

cuarenta y nueve punto seis minutos Oeste y distancia de tres metros se

llega al mojón número uno, esquina Nor-Este del lote que se describe así:

AL ORIENTE: Partiendo del mojón número uno con rumbo Sur cero dos

grados cuarenta y nueve punto seis minutos Oeste y distancia de quince

metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote

número setenta y siete del Polígono "E", de la misma Urbanización.- AL

SUR: del mojón número dos, con rumbo Norte ochenta y siete grados

diez punto cuatro minutos Oeste y distancia de siete metros se llega al

mojón número tres, lindando por este lado con lote número sesenta y

nueve del Polígono "E", de la misma Urbanización.- AL PONIENTE: del

mojón número tres con rumbo Norte cero dos grados cuarenta y nueve

punto seis minutos Este y : distancia de quince metros se llega al mojón

número cuatro, lindando por este lado con lote número setenta y nueve

del Polígono "E", de la misma Urbanización.- AL NORTE: del mojón

número cuatro con rumbo Sur ochenta y siete grados diez punto cuatro

minutos Este y distancia de siete metros se llega al mojón número uno,

donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con lote

número noventa y uno del Polígono "E", de la misma Urbanización,

Pasaje número diecisiete de seis metros de ancho de por medio".- El lote

así descrito tiene un área de ciento cinco metros cuadrados equivalentes

a ciento cincuenta punto veintitrés varas cuadradas. Y se encuentra

inscrito a favor del señor LUIS ALONSO GUTIERREZ, conocido por

LUIS ALONSO RAMOS GUTIERREZ, bajo el número DIECINUEVE

del Libro TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES, de la

Propiedad de San Salvador, actualmente según Matrícula Número M-

CERO CINCO UNO OCHO CERO SEIS UNO UNO.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas y treinta minutos del día veintisiete de Agosto del año dos mil dos.

Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 1544-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada CECILIA GUADALUPE FLO-

RES GEORGE, como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, contra el señor JORGE ANTONIO CARCAMO

SANTANA, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública

subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: “Un lote de naturaleza

urbana, construido por la Sociedad VIAGUR S. A. DE C.V., marcado

con el número SETENTA y CINCO PASAJE CINCUENTA Y SIETE

DEL POLIGONO CINCUENTA y CUATRO, de la URBANIZACION

CIUDAD FUTURA situada en los Cantones San Luis Mariona y

Barranca Honda, jurisdicción de Cuscatancingo, departamento de San

Salvador. De una extensión superficial de SESENTA METROS CUA-

DRADOS, con área construida de TREINTA Y UNO PUNTO CIN-

CUENTA METROS CUADRADOS valorados en CUARENTA y OCHO

MIL OCHO COLONES CINCUENTA CENTAVOS . DESCRIPCION

TECNICA DEL LOTE NUMERO SETENTA Y CINCO, POLIGONO

CINCUENTA Y CUATRO, de la URBANIZACION CIUDAD FUTU-

RA. Partiendo del punto de intersección formado por los ejes de la

Avenida Princesa Chasca Norte y Pasaje número cincuenta y siete,

ambos ejes abiertos en la urbanización, se mide sobre el segundo eje con

rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho

segundos Oeste una distancia de quince punto veinticinco metros en

donde con una deflexión derecha de noventa grados y una distancia de

dos punto cincuenta metros se llega al esquinero Nor-Este o mojón

número uno del lote que se describe, mide y linda así: AL ORIENTE:

partiendo del mojón número uno, con rumbo Sur cero grados treinta y un

minutos treinta y dos segundos Oeste y distancia de doce punto cero

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

metros se llega al mojón número dos lindando por este tramo con lote

número setenta y tres del mismo polígono y Urbanización. AL SUR:

partiendo del mojón número dos, con rumbo Norte ochenta y ocho grados

veintiocho minutos veintiocho segundos Oeste y distancia de cinco

punto cero metros se llega al mojón número tres lindando por este tramo

con lote número cinco del mismo polígono y Urbanización. AL PO-

NIENTE: partiendo del mojón número tres, con rumbo Norte cero grados

treinta y uno minutos treinta y dos segundos este y distancia de doce

punto cero metros se llega al mojón número cuatro lindando por este

tramo con lote número setenta y uno del mismo polígono y Urbanización.

AL NORTE: partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Sur ochenta

y ocho grados veintiocho minutos veintiocho segundos este y distancia

de cinco punto cero metros se llega al mojón número uno donde inicio la

presente descripción, lindando por este tramo con lote número cinco

polígono número cincuenta y cinco de la misma Urbanización, pasaje

número cincuenta y siete de cinco punto cero metros de ancho de por

medio. El lote así descrito tiene una extensión superficial de sesenta

punto cero metros cuadrados equivalentes a ochenta y cinco punto

ochenta y cinco varas cuadradas”. Inscrito dicho inmueble a favor del

demandado señor JORGE ANTONIO CARCAMO SANTANA, con

Matrícula número M CERO CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA

Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO del Registro de

la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas del día cinco de septiembre de dos mil dos. - Dr. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. - Lic.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1545-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución,

promovida en este Juzgado por la LICENCIADA CECILIA GUADA-

LUPE FLORES GEORGE, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, contra el señor TOMAS ANTONIO RECINOS conocido

por TOMAS ANTONIO RECINOS RECINOS, se venderá en pública

subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamen-

te se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote urbano

identificado como lote número DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO

del Polígono “F”, que forma parte de la Urbanización “LAS MARGA-

RITAS”, situado en Jurisdicción de Soyapango, de este Departamento,

con área de construcción de CUARENTA Y TRES METROS CUA-

DRADOS, que se localiza así: partiendo de la intersección de los ejes de

pasaje “A”, Norte y pasaje DOCE ORIENTE, abiertos en la Urbaniza-

ción con rumbo Sur, ochenta y cuatro grados veinticinco punto tres

minutos Este, se mide sobre este último una distancia de dos punto

cincuenta metros, en este punto haciendo una deflexión derecha con

rumbo Sur, cero cinco grados treinta y cuatro punto siete minutos Oeste

y distancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno,

esquinero Noroeste del lote que se describe así: “NORTE: partiendo del

mojón número uno con rumbo Sur ochenta y cuatro grados veinticinco

punto tres minutos Este y distancia de cinco metros se llega al mojón

número dos, lindando por este lado con lote número doscientos ochenta

y cuatro del polígono “F”, de la misma Urbanización pasaje doce oriente

de cinco metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: del mojón

número dos con rumbo Sur cero cinco grados treinta y cuatro punto siete

minutos Oeste y distancia de doce metros se llega al mojón número tres,

lindando por este lado con lote número doscientos setenta y cinco del

polígono “F”; AL SUR: del mojón número tres con rumbo Norte ochenta

y cuatro grados veinticinco punto tres minutos Oeste y distancia de cinco

metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con lote

número doscientos setenta y tres del polígono “F”; AL PONIENTE: del

mojón número cuatro con rumbo Norte, cero cinco grados treinta y cuatro

punto siete minutos Este, distancia de doce punto cero metros se llega al

mojón número uno donde se inicio la presente descripción, lindando por

este lado con lote número cuatrocientos setenta del polígono “G”, pasaje

Norte de cinco metros de ancho de por medio. Todos los lotes colindantes

pertenecen a la misma Urbanización y son o han sido propiedad de

“Constructora OMEGA S.A. DE C.V. ”, el lote así descrito tiene un área

de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y

CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. El

inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del señor

TOMAS ANTONIO RECINOS conocido por TOMAS ANTONIO

RECINOS RECINOS, según Matrícula M CERO UN MILLON SE-

SENTA y OCHO MIL CUARENTA. Asiento CERO CERO DOS, del

Registro Social de Inmuebles.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LlBRADO ES EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVAOOR, a las doce horas del día doce de Septiembre del dos mil

dos. - Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE

ALAS, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. 1546-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL promovido

por el Abogado DONALDO SOSA PREZA como Apoderado del

FONDO SOCIAL ARA LA VIVIENDA, en contra de la señora IRMA

NOEMI MONTANO DE LOPEZ conocida por IRMA NOEMI

MONTANO ROSALES, reclamándole cumplimiento de obligaciones y

demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal

el inmueble siguiente: “Un lote urbano construido por la sociedad EL

ROSAL, S.A., DE C, V”; marcado en el plano de lotificación respectivo

con el Número CUATROCIENTOS UNO del Polígono “G” de una

extensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS, situado

en jurisdicción de Soyapango de este departamento, El cual forma parte

de la urbanización denominada “LAS MARGARITAS”, Tiene un área

construida de CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS. Te-

niendo las medidas y linderos siguientes: Partiendo de la intersección de

los ejes de pasaje A Norte y pasaje once Oriente, abiertos en la urbani-

zación; se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte ochenta y

cuatro grados veinticinco minutos tres segundos Oeste una distancia de

sesenta y dos punto cincuenta metros. De este punto haciendo una

deflexión derecha con rumbo Norte cero cinco grados treinta y cuatro

minutos siete segundos Este y distancia de dos punto cincuenta metros,

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

se llega al mojón número UNO, esquina Sur-Oriente del lote que se

describe: AL SUR: Partiendo del mojón número uno con rumbo Norte

ochenta y cuatro grados veinticinco minutos tres segundos Oeste y

distancia de cinco metros, se llega al mojón número dos, lindando por

este lado con lote número trescientos setenta y seis, polígono "G" de la

misma urbanización pasaje once Oriente de cinco metros de ancho de por

medio. AL PONIENTE: Del mojón número dos con rumbo Norte cero

cinco grados treinta y cuatro minutos siete segundos Este y distancia de

doce metros, se llega al mojón número tres, lindando por este lado con

lote número cuatrocientos dos, polígono G de la misma urbanización. AL

NORTE: Del mojón número tres con rumbo Sur ochenta y cuatro grados

veinticinco minutos tres segundos Este y distancia de cinco metros, se

llega al mojón número cuatro. Lindando por este lado con lote número

cuatrocientos cuarenta y ocho, polígono G de la misma urbanización. AL

ORIENTE: Del mojón número cuatro con rumbo Sur cero cinco grados

treinta y cuatro minutos siete segundos Oeste y distancia de doce metros,

se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción,

lindando por este lado con lote número cuatrocientos, polígono G de la

misma urbanización. El lote así descrito tiene un área de SESENTA

METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA y CINCO PUN-

TO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS”. El inmueble antes

descrito se encuentra inscrito a favor de la señora IRMA NOEMI

MONTANO DE LOPEZ conocida por IRMA NOEMI MONTANO

ROSALES, bajo el Asiento Número CERO CERO CERO DOS, de la

Matrícula M CERO UNO CERO SIETE NUEVE DOS CINCO SIETE

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Registro Social de

Inmuebles.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

nueve horas con treinta minutos del día trece de diciembre del año dos mil

dos. - MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1564-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRIO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovi-

do por el Abogado MANUEL CORDOVA CASTELLANOS como

Apoderado de los señores GREGORIO BELTRAN PEREZ y ROLDAN

ANTONIO CASTILLO CAMPOS, en contra de los señores JUDITH

YOLANDA GUZMAN DE QUINTANILLA y EDGAR ULISES QUIN-

TANILLA, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás acce-

sorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble

siguiente: “Un inmueble de naturaleza rústica, hoy en Urbanización,

inculto, situado en el punto llamado Barranca Honda antes, hoy San Luis

Mariona, Jurisdicción de Cuscatancingo, identificado con el número

SIETE del Plano de Lotificación, denominada “MARIANA”, situada en

Jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departamento, de una extensión

superficial de CIENTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS

TREINTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a

DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS VEIN-

TISEIS CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, de las medidas y

linderos siguientes: AL NORTE, partiendo del esquinero entre lote

número siete y número ocho, con rumbo Norte, ochenta y cinco grados

cuarenta minutos ocho décimos de minuto Este y distancia de diez

metros, se llega al esquinero, este tramo colinda con terrenos de Antonio

Ramírez, antes, hoy Mercedes Ramírez, mojones cerca de piña y pitos,

con alambrado de este predio; AL ORIENTE, partiendo del esquinero

anterior, con rumbo Sur, cero grados dieciocho minutos dos décimos de

minuto Este y distancia de diecinueve metros cincuenta centímetros, se

llega al esquinero, este tramo colinda con lote número seis; AL SUR, del

esquinero anterior, con rumbo Sur, ochenta y nueve grados cuarenta y un

minutos ocho décimos de minuto Oeste y distancia de diez metros, se

llega al esquinero, colinda este tramo con lote número veintiuno, calle

interna de cinco metros de ancho, abierta en la Lotificación de por medio;

y AL PONIENTE, del esquinero anterior, con rumbo Norte cero grados

dieciocho minutos dos décimos de minutos Oeste, y distancia de diecio-

cho metros noventa y siete centímetros, se llega al esquinero entre lote

número siete y número ocho descrito inicialmente, este tramo colinda

con lote número ocho. Todos los lotes colindantes que se han menciona-

do, son o han sido propiedad del señor Juan Llort Escalante”, El inmueble

antes descrito se encuentra inscrito a favor de la señora JUDITH

YOLANDA GUZMAN DE QUINTANILLA, bajo el Asiento Número

CERO CERO CERO UNO de la Matrícula Número M CERO CINCO

CERO SEIS SIETE UNO CERO CUATRO, del Registro de la Propie-

dad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

quince horas con veinte minutos del día diez de diciembre del año dos mil

dos. -MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1573-2

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, Juez de Primera Instancia

del Distrito Judicial de Sensuntepeque, Cabañas, al Público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: que se ha presentado a este tribunal, el señor JOSE

ADRIAN CASTRO CRUZ, quien es de cuarenta y cuatro años de edad,

agricultor en pequeño, de este domicilio, solicitando se le extienda

TITULO SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústico, inculto,

ubicado en el Cantón San Gregorio de esta jurisdicción, de una extensión

superficial de VEINTIUN MIL METROS CUADRADOS, de las colin-

dancias siguientes: al NORTE: con ROSA ELVIRA CRUZ; al PONIEN-

TE: con AGUSTIN CRUZ, VENANCIO RUIZ Y EULOGIO MARTI-

NEZ; al SUR: con ADES, CARLOS CRUZ MARTINEZ Y MARTIN

GOMEZ; y al ORIENTE: con JOSE ANGEL GOMEZ. Lo hubo por

compra que le hiciera al señor VENANCIO RUIZ MELENDEZ en el año

de mil novecientos noventa, tiempo desde el cual lo ha poseído en forma

quieta pacifica e ininterrumpida y lo valora en la cantidad de CINCUEN-

TA MIL COLONES.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los

veintinueve días del mes de noviembre de dos mil dos. - Lic. CARLOS

WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1590-2

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que el señor JAIME ALBERTO ARDO N FRAN-

CO, mayor de edad, Empleado, de este domicilio, con Documento Unico

de Identidad Número cero cero cuatro ocho cero cinco nueve-uno se ha

presentado a esta Alcaldía, solicitando a su favor Título de Propiedad de

un terreno de naturaleza rústica, de origen ejidal, situado en el Cantón

Minas de Plomo jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La

Libertad, el cual posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, por

más de diez años consecutivos, de una extensión superficial de: CATOR-

CE MIL NOVECIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS, de

los linderos especiales siguientes: AL NORTE, linda con propiedad del

señor René Salvador Molina Pineda; AL ORIENTE, linda con propiedad

de René Salvador Molina Pineda; AL SUR, linda con propiedad de María

Teresa Parada de Elías y Jaime Alberto Ardón Franco y AL PONIENTE,

linda con propiedad de Ascención Valdizón viuda de Gámez y otros y

Río Palio de por medio. Dicho terreno lo hubo por compraventa a través

de Escritura Pública en el año de 1982, por la señora BERTA JULIA DEL

PILAR AVILA, lo valora en la cantidad de CINCUENTA MIL COLO-

NES, los colindantes son todos de este domicilio.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, a treinta y uno de octubre de

dos mil dos. - Ing. ROMEO JOSE BARILLAS, ALCALDE MUNICI-

PAL. - SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA MUNI-

CIPAL. -

3 v. alt. No. 1521-2

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENE-

RAL PARA LOS EFECTOS LEGALES,

HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado la señora

MARIA ROSA CANDIDA HENRIQUEZ DE RODRIGUEZ, mayor de

edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Chirilagua, solicitando

Título sobre “un lote de terreno de naturaleza rústica, comprendido en

la Hacienda El Cuco o Cancho, en la Costa del Pacífico, jurisdicción de

Chirilagua, Distrito de San Miguel, el cual se identifica como lote

número TRES del Block "C", de la Capacidad Superficial de QUINIEN-

TOS TREINTA METROS SEISCIENTOS VEINTICINCO CENTI-

METROS CUADRADOS, teniendo los linderos especiales siguientes:

al ORIENTE, quince metros con terreno de la señora ELENA DE CRUZ,

calle de por medio; al NORTE; treinta y cinco metros cuarenta centíme-

tros con la sucesión del señor Pedro Mazariego; al PONIENTE; quince

metros, calle de por medio con la sucesión de CARLOS ERNESTO

SUAREZ; y al SUR: Treinta y cinco metros treinta y cinco centímetros,

con terreno del señor JOSE ANTONIO FUENTES.- Dicho Inmueble se

valora en la suma de CINCUENTA MIL COLONES.- El Inmueble

descrito lo adquirió la solicitante mediante Escritura Pública que hizo la

señora JUANA EDITH SILVA DE RIVERA.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve

horas y cuarenta minutos del día tres de diciembre de dos mil dos. - Dr.

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. - Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1522-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “LA CENTRO AMERICANA, S.A.”, Compañía

Salvadoreña de Seguros, de este domicilio, por este medio convoca a los

accionistas de dicha . Sociedad, a celebrar sesión de JUNTA GENERAL

ORDINARIA DE ACCIONISTAS, para tratar asuntos de carácter

Ordinario, el día SEIS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRES, a las

NUEVE HORAS, en las instalaciones de la Compañía, situadas en

Alameda Roosevelt, número tres mil ciento siete, de esta ciudad. Para

celebrar sesión y tratar asuntos de carácter Ordinario, es necesario que

comparezcan o estén presentes o representadas, por lo menos la mitad

más una de las acciones que componen el capital social, es decir,

cuatrocientas dieciséis mil seiscientas sesenta y ocho acciones.

La Agenda a tratar es la siguiente:

1. Establecimiento del quórum y firma de la lista de asistencia.

2. Lectura y aprobación de la Memoria de Junta Directiva; y

aprobación del Balance General al treinta y uno de diciembre

del año dos mil dos y del Estado de Pérdidas y Ganancias por

el período comprendido entre el uno de enero del año dos mil

dos al treinta y uno de diciembre del año dos mil dos.

3. Informe del Auditor.

4. Aplicación de Utilidades.

5. Elección de Junta Directiva y fijación de sus emolumentos.

6. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fijación de sus

emolumentos.

En caso de no haber quórum en la Primera Convocatoria, se

convoca por este mismo aviso, para celebrar la Junta General Ordinaria

de Accionistas, en SEGUNDA CONVOCATORIA, el día SIETE DE

FEBRERO del mismo año, a las nueve horas, en el mismo lugar,

considerándose debidamente reunida la Junta General Ordinaria, cual-

quiera que sea el número de acciones presentes o representadas.-

San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos

mil dos.

Lic. RUFINO GARAY AYALA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 1519-2

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

La Junta Directiva de la Sociedad Metales Troquelados Sociedad Anó-

nima de Capital Variable, convoca a los Accionistas a Junta General

Extraordinaria, que se celebrará al día 06 de febrero de 2003 de las

diecisiete horas en adelante en las oficinas de la Sociedad, situadas en

Calle a Cantón El Matazano, Jurisdicción de Soyapango.

Agenda:

I. Modificación del Pacto Social, en las siguientes partes:

i) Cláusula Cuarta. Incremento del Capital Social Mínimo por

medio de traslado del Capital Variable al Capital Mínimo y

llamamiento de Capital.

ii) Cláusula Décima Quinta. Ampliación al período de funcio-

nes de la Junta Directiva de 3 años a 5 años.

iii) Cláusula Vigésima Quinta. Modificación del periodo del

ejercicio economico para adaptarlo a la legislación actual.

Para instalar legalmente dicha Junta General Extraordinaria, se

necesita que estén presentes o representadas por lo menos las tres cuartas

partes de las acciones que integran el Capital Social o sea 65,625

Acciones y para tomar resoluciones válidas se requiere de igual propor-

ción.

Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se

convoca para el día 07 de febrero de 2003, a las dieciocho horas en el

mismo lugar, estableciéndose la Junta de carácter Extraordinaria con la

presencia o representación de la mitad más uno de las acciones y se

tomará resolución con el voto favorable de las tres cuartas partes de las

acciones presentes.

Soyapango, 06 de enero de 2003

METALES TROQUELADOS, S.A. DE C.V.

Ing. EDUARDO FUNES GALLO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1654-2

AVISO

Para los efectos de ley se hace del conocimiento público: Que en junta

General Extraordinaria, celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del

día once del mes de noviembre del año en curso, los accionistas de la

Sociedad VAIRO BIZZARRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, de este domicilio, cuya denominación se abrevia

VAIBI,S.A.DE C.V., por unanimidad ACORDO: Aumentar el Capital

Mínimo de la Sociedad de NOVENTA MIL COLONES a la suma de

NOVECIENTOS MIL COLONES, equivalentes a CIENTO DOS MIL

OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DOLARES CATORCE

CENTAVOS DE DOLAR, de los Estados Unidos de América.

Lo que se hace saber al público para los efectos correspondiente.

San Salvador, doce de noviembre del año dos mil dos.

JULIA BIZZARRO DE VAIRO,

EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. No. 1534-2

AVISO

LA SUSCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAOR-

DINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD “LUCENA ASO-

CIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”

HACE SABER: que en sesión de Asamblea General Extraordina-

ria de Accionistas, celebrada en esta Ciudad a las 11.50 P.M. del día

veinte de diciembre del dos mil dos, estando reunidos el cien por ciento

de los Accionistas de la misma, en la que por unanimidad se acordó lo

siguiente:

ACTA NUMERO DOCE. PUNTO UNICO DE CARACTER EX-

TRAORDINARIO:

1) Modificación de la CLAUSULA CUARTA del Pacto Social,

referente a INCREMENTAR EL Capital Mínimo Fundacional de la

Sociedad, en la Cantidad de ¢ 80,000.00, cantidad que sumada a la

Original de ¢ 20,000.00, el NUEVO CAPITAL MINIMO giraría con

¢100,000.00, equivalentes a ONCE MIL, CUATROCIENTOS VEIN-

TIOCHO DOLARES, CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DO-

LAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; totalmente Suscri-

to y Pagado a partir de la Junta General relacionada; Las Acciones

correspondientes siempre serán de un valor nominal de CIEN COLO-

NES cada una, por lo tanto la nueva emisión de Acciones será de 800

Acciones, lo que hace un Valor de OCHENTA MIL COLONES.

La Junta Directiva queda Autorizada a disminuir el Capital Varia-

ble en la Cantidad de ¢ 40,000.00 que será Incrementada al Capital

Mínimo de la Sociedad.

En este mismo Acto SE AUTORIZA AL DOCTOR MIGUEL

ANGEL MURGA ZAVALA, como EJECUTOR ESPECIAL, para que

concurra ante Notario a otorgar la Escritura Pública del AUMENTO

DEL CAPITAL MINIMO, así como a efectuar todas las diligencias

concernientes al mismo; y hacer las publicaciones que dicta la ley.

No habiendo nada más que hacer constar, se extiende la presente en

San Salvador, a los veintiún días del mes de diciembre del dos mil dos.

Dra. MARIA ORBELINDA DIAZ HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1536-2

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CERTIFICACION DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

El Suscrito Representante Legal de la Sociedad FERCA, S.A. DE C.V.,

por este medio,

CERTIFICA: que en el libro de Actas que esta sociedad lleva se

encuentra Asentada el Acta que literalmente DICE: ACTA NUMERO

SIETE. A las ocho horas del día nueve de diciembre del dos mil dos, en

las Oficinas de la Sociedad ubicada en Avenida Roosevelt y 43 Avenida

Sur, Local B-6 del Condominio Flor Blanca, San Salvador; Reunidos los

Accionistas que conforman el cien por ciento del Capital Social de la

Empresa FERCA, S.A. DE C.V., Acuerdan por Unanimidad Celebrar

Junta General Extraordinaria y se nombra para actuar como Director

Secretario al señor CARLOS MANUEL FALLA GONZALEZ, para

tratar lo siguiente:

1. Se comprobó la presencia y Representación del 100% de los Accionis-

tas, según lo disponen los Artículos No. 224 y No. 233 del Código de

Comercio.

2. Se acordó y aprobó por Unanimidad, y conforme a los dispuesto en la

Cláusula SEXTA, literal A), de la respectiva Escritura Pública de

Constitución, DECRETAR un AUMENTO del Capital Social MINIMO

FIJO en la suma de CIEN MIL 00/100 COLONES (¢100,000.00) que

comprenden VEINTE MIL 00/100 colones de Capital mínimo de Fun-

dación más un INCREMENTO de OCHENTA MIL 00/100 Colones que

serán tomados del Capital Social VARIABLE Suscrito y Pagado previa-

mente en un 100%. Por lo tanto el CAPITAL SOCIAL MINIMO

PAGADO de CIEN MIL 00/100 COLONES y divididos en 1,000

Acciones comunes y nominativos de un valor de cien Colones cada una

queda suscrito y PAGADO en su totalidad.

3. Se acuerda y aprueba por unanimidad designar al señor CARLOS

MANUEL FALLA GONZALEZ como Ejecutor especial para que

comparezca ante Notario a otorgar la correspondiente Escritura pública

de Aumento de Capital Social.

Y no habiendo mas que hacer Constar, se dio por finalizada la Junta

General, firmando de conformidad todos los presentes; Y para ser

publicada en el Diario Oficial, se extiende la presente certificación, en

San Salvador, nueve de diciembre del dos mil dos.

CARLOS MANUEL FALLA GONZALEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 1566-2

CERTIFICACION DE AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

El Suscrito Representante Legal de la Sociedad VEGA ASOCIADOS,

S.A. DE C. V., por este medio,

CERTIFICA: que en el Libro de Acta que esta sociedad lleva se

encuentra Asentada el Acta que literalmente DICE: ACTA NUMERO

QUINCE. A las Nueve horas del día veinte de noviembre del dos mil dos,

en las Oficinas de la Sociedad, ubicada en Avenida Manuel Gallardo, No.

3-5, Nueva San Salvador, La Libertad; Reunidos los Accionistas que

conforman el Cien por Ciento del capital Social de la Empresa VEGA

ASOCIADOS, S.A. DE C.V., Acuerdan por Unanimidad Celebrar Junta

General Extraordinaria y se nombra para actuar como Director Secreta-

rio de la misma al señor Daniel Francisco Vega Medina, para tratar lo

siguiente:

1. Se comprobó la presencia y Representación del 100% de los Accionis-

tas, según lo disponen los Artículos No. 224 y No. 233 del Código de

Comercio.

2. Se acordó y aprobó por Unanimidad, y conforme a los dispuesto en la

Cláusula SEXTA de la respectiva Escritura Pública de Constitución,

DECRETAR un AUMENTO del Capital Social MINIMO FIJO en la

suma de CIEN MIL 00/100 COLONES (¢100,000.00 que comprenden

VEINTE MIL 00/100 colones de Capital Mínimo de Fundación más un

INCREMENTO de OCHENTA MIL 00/100 Colones que serán tomados

del Capital Social VARIABLE Suscrito y Pagado previamente en un

100%. Por lo tanto el CAPITAL SOCIAL MINIMO PAGADO de CIEN

MIL 00/100 COLONES y dividido en 1,000 Acciones comunes y

nominativos de un valor de Cien Colones cada una queda Suscrito y

PAGADO en su totalidad.

3. Se acuerda y aprueba por unanimidad designar al señor DANIEL

FRANCISCO VEGA MEDINA como Ejecutor especial para que com-

parezca ante Notario a otorgar la Correspondiente Escritura Pública de

Aumento de Capital Social.

Y no habiendo mas que hacer Constar, se dio por finalizada la Junta

General, firmando de conformidad todos los presentes; Y para ser

publicada en el Diario Oficial se extiende la presente certificación, en

Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a la once horas del

día veinte de noviembre del dos mil dos.

DANIEL FRANCISCO VEGA MEDINA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. 1567-2

El Infrascrito Administrador Unico Propietario, actuando como EJECU-

TOR ESPECIAL de los Acuerdos de la SOCIEDAD “CONSTRUCTO-

RA NOLASCO ORDOÑEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE”,

CERTIFICA: que en Sesión de Junta General Extraordinaria de

Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del

día treinta de octubre del año dos mil dos, de conformidad a la convoca-

toria respectiva y estando presente el cien por ciento de las acciones, se

ha consignado en el ACTA NUMERO UNO, como Punto Unico, se tomó

el acuerdo que literalmente dice: Adecuar el Capital Social Mínimo a las

nuevas disposiciones del Código de Comercio y nombrar al Ejecutor

Especial de dicho acuerdo, para darle cumplimiento a las reformas del

Código de Comercio, según Decreto Legislativo Número Ochocientos

veintiséis de fecha veintiséis de enero del año dos mil, el cual entró en

vigencia el uno de abril del mismo año, por unanimidad se aprobó como

punto único el Aumento de Capital incrementándolo en SESENTA MIL

COLONES o su equivalente en SEIS MIL OCHOCIENTOS CIN-

CUENTA Y SIETE DOLARES con CATORCE CENTAVOS DE

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por aporte

efectuado en forma directa por los Socios, Representados y divididos en

SEISCIENTAS ACCIONES con un valor nominal de CIEN COLONES

cada una.

Con el aumento acordado el nuevo Capital Mínimo de la SOCIEDAD

“CONSTRUCTORA NOLASCO ORDOÑEZ, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE”, es de CIEN MIL COLONES, repre-

sentado y dividido en MIL ACCIONES con un valor nominal de CIEN

COLONES cada una.

SAN SALVADOR; a los treinta días del mes de diciembre del año

dos mil dos.

ISMAEL ATILIO NOLASCO BENAVIDES,

EJECUTOR ESPECIAL.

3 v. alt. No. 1596-2

AVISO

El Banco de Comercio de El Salvador, S.A. , Comunica que a nuestras

oficinas se ha presentado el (los) propietario(s) del certificado No.

0351935 Cta. No 16-19-536599 A/N HILARIO ROSALES. Emitido en

Santa Rosa de Lima, el día 01 de DICIEMBRE del año 2001 a un plazo

de 360 días solicitando la reposición de dicho certificado, por habersele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del publico en

general para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la (tercera o sexta, dependiendo de

la clase de título) publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna

oposición, se procedera a reponer el certificado en referencia.

Santa Rosa de Lima, a los 23 días del mes de diciembre del 2002

RAFAEL ALVARENGA RUIZ,

GERENTE

AGENCIA STA, ROSA DE LIMA.

3 v. alt. No. 1537-2

AVISO

El BanCo de Comercio de El Salvador, S. A., comunica que a nuestras

oficinas se ha presentado el propietario del certificado No. 187646 Cta.

No. 16-06-483968 a/n de Julian Fuentes Robles. Emitido en Santa Rosa

de Lima, el día 17 de enero del año 1997 a un plazo de 180 días solicitando

la reposición de dicho certificado, por habersele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en

general para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la (tercera o sexta, dependiendo de

la clase de título) publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna

oposición, se procedera a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, 06 de enero de 2003

SILVIA DE MORALES,

GERENTE AG. RUBEN DARIO.

3 v. alt. No. 1541-2

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en

CALLE ARCE Y AVENIDA MORAZAN, SAN SALVADOR, se ha

presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO

FIJO COLONES Número 02-1-13391-4 solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por DOS MIL 00/100 COLONES (¢2,000.00) .

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en

general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, 19 de diciembre de 2002

MILTON MENDEZ,

BANCO CUSCATLAN S.A.

AGENCIA CENTRO.

3 v. alt. No. 1578-2

AVISO

ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA, S.A., hace del conoci-

miento del público en general, que a esta Compañía se ha presentado el

señor ALEJANDRO BELLEGARRIGUE SUAREZ de sesenta años de

edad, de profesión Ingeniero Industrial del domicilio de San salvador,

expresando que ha extraviado la Póliza de Seguro de Vida Individual No.

1075/D-65, emitida a su favor el día 06 de mayo de 1975 por la suma de

$2,858.00 y solicita su reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado y a su

reposición, si dentro del plazo de 30 días, a partir de la última publicación

de este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mil

dos.

JOSE ROBERTO VASQUEZ C.

JEFE DE UNIDAD DE VIDA INDIVIDUAL.

3 v. alt. No. 1585-2

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A., comunica quea sus oficinas se ha presentado el propietario del Certificado de Depósitosa Plazo Fijo Nº 29-0153194, emitido en Centro el día 11/01/1996, por unvalor original de $ 2,285.71 a un plazo de 180 el cual devenga el 2.50%de interés anual, solicitando la reposición de dicho certificado, porhabérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de esteAVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elCertificado en referencia.

San Salvador, a los 06 días del mes de enero del año dos mil tres.

NELSON HERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1587-2

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S. A., comunica quea sus oficinas se ha presentado el propietario del Certificado de Depósitosa Plazo Fijo Nº 15-002 4105, emitido en Zacatecoluca el día 14/02/2002,por un valor original de $ 571.43 a un plazo de 180 el cual devenga el2.50% de interés anual, solicitando la reposición de dicho certificado, porhabérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de esteAVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer elCertificado en referencia.

San Salvador, a los 06 días del mes de enero del año dos mil tres.

NELSON HERNANDEZ,

JEFE DEPTO. DEPOSITOS.

3 v. alt. Nº 1588-2

AVISO

El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad MANUFACTURASCAVALIER SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, quepuede abreviarse “CAVALIER, S.A. DE C.V.”, del domicilio de SanSalvador, Departamento de San Salvador,

CERTIFICA del libro respectivo, el punto Número TRES del ActaNumero QUINCE correspondiente a la Sesión de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas, celebrada por la expresada Sociedad, a las nuevehoras con diez minutos del día nueve de octubre del dos mil dos, queliteralmente DICE:

se acuerda Fusionar las sociedades MANUFACTURASCAVALIER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE YPROMOTIONAL HOME SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, acordando que la sociedad que absorberá será Manufactu-ras Cavalier Sociedad Anónima de Capital Variable y la absorbida seráPromotional Home Sociedad Anónima de Capital Variable; delegando alAdministrador Unico Propietario para realizar los tramites necesariospara ejecutar este acuerdo y para suscribir la documentación correspon-diente.

Y para los efectos de legitimar, extiendo la presente certificaciónen la ciudad de San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre deldos mil dos.

JAVIER AYLAGAS,

ADMINISTRADOS UNICO.

3 v. alt. Nº 1547-2

AVISO

El Infrascrito Administrador Unico de la Sociedad PROMOTIONALHOME SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que pue-de abreviarse “PROMOTIONAL HOME, S.A. DE C.V.”, del domiciliode Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad,

CERTIFICA del libro respectivo, el punto Numero TRES del ActaNumero NUEVE correspondiente a la Sesión de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas, celebrada por la expresada Sociedad, a las catorcehoras con dos minutos del día veintitrés de octubre del dos mil dos, queliteralmente DICE:

Se acuerda Fusionar las sociedades y PROMOTIONAL HOMESOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y MANUFAC-TURAS CAVALIER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, acordando que la sociedad absorbida será Promotional HomeSociedad Anónima de Capital Variable y la sociedad que absorberá seráManufacturas Cavalier, Sociedad Anónima de Capital Variable; dele-gando al Administrador Unico Propietario para realizar los tramitesnecesarios para ejecutar este acuerdo y para suscribir la documentacióncorrespondiente.

Y para los efectos de legitimar, extiendo la presente certificaciónen la ciudad de San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre deldos mil dos.

FRANCISCO JAVIER AYLAGAS,

ADMINISTRADOS UNICO.

3 v. alt. Nº 1548-2

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

AVISO

EL SUSCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDAD“J.L.C., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en Junta General de Socios Protocolizada antelos oficios de la Notario SANDRA ODETH LOPEZ, a las once horas deldía dieciocho de diciembre del año dos mil dos, por unanimidad seACORDO: a) Proceder a la disolución y liquidación de la Sociedad“J.L.C., SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, quepodrá abreviarse “J.L.C., S.A. DE C.V.”, por considerar no convenientea los intereses de los socios su funcionamiento; b) Nombrar comoEjecutor Especial al Doctor CARLOS ALFREDO GUILLERMO SU-VILLAGA PARRAGA, para que comparezca ante Notario en nombre yrepresentación de todos los Accionistas, a otorgar las correspondientesescrituras de disolución y liquidación de la mencionada Sociedad; y c)Asimismo nombrar al Doctor CARLOS ALFREDO GUILLERMOSUVILLAGA PARRAGA, como Liquidador.

San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

CARLOS ALFREDO GUILLERMO SUVILLAGA PARRAGA,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. Nº 1583-2

Clase: 05. Expediente: 2002028446.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

RALOX GalConsistente en: las palabras RALOX Gal.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1560-2

Clase: 42. Expediente: 2002028842.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SIGFREDOEDGARDO FIGUEROA NAVARRETE, en su calidad de APODERA-

DO GENERAL JUDICIAL de SERVICIOS EXPRESS, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SERVICIOSEXPRESS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-do el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras ENVIOS URGENTES COURIERSERVICE.

La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1574-2

Clase: 32. Expediente: 2001018395.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ANABELLADELGADO ALVAREZ DE CORLETO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INDUSTRIAS RACOR, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RACOR, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCADE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra RACOR escrita con letras de moldemayúsculas de color negro dentro de un óvalo de trazo grueso de colornegro, acompañada en la parte derecha del óvalo por la palabra HOR-CHATA, escrita con letras mayúsculas de molde, de trazo grueso decolor negro.

La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de diciembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1592-2

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

TALLER MORA CARS, S.A. DE C.V., EN LIQUIDACION

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE NOVIEMBRE DEL 2002

ACTIVO US$ 11,428.57 PATRIMONIO

Capital Social Mínimo US$ 11,428.57

Cuentas por Cobrar José Mora Aguilera US$ 6,857.14

Accionistas Amilcar Canales Reyes 4,571.43

José Mora Aguilera US$ 6,857.14

Amilcar Canales Reyes 4,571.43 Valor Contable por acción US$ 11.43

TOTAL DE ACTIVO US$ 11,428.57 TOTAL DE PATRIMONIO US$ 11,428.57

JOSE AGUILERA, AMILCAR CANALES, Lic. JUAN MIGUEL SIU LEON, CARLOS ERNESTO QUINTANILLA,

Liquidador. Liquidador. Auditor Externo. Contador General.

3 v. alt. Nº 1540-2

Clase: 99. Expediente: 2001018411.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado IRENEMARGARITA BUSTAMANTE LOPEZ, en su calidad de DIRECTORPRESIDENTE Y REPRESENTANTE de TECOLOCO.COM, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:TECOLOCO.COM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el Registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGAN-DA,

Consistente en: la frase BIEN CONECTADO BIEN COLOCA-DO, la cual se encuentra escrita con letras corrientes; a dicha frase leacompañan siete figuras elaboradas en forma caricaturescas correspon-dientes en el orden presentado a un rinoceronte que se encuentra de pie,un lagarto verde, un mosquito verde, un tecolote verde, una jirafaamarilla, un ratón rojo y un caimán morado. Cualquiera de estas figuraspodrá acompañar a la SEÑAL DE PROPAGANDA antes descrita, paradar un realce a la frase que se pretende registrar, obteniendo de estamanera la atención de los clientes y del público consumidor.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1595-Bis-2

MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO, Notario, de estedomicilio, con oficina en Reparto Los Héroes, Calle Gabriel Rosalesnúmero ciento cincuenta uno, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita proveída a lasocho horas del día seis de enero del año en curso, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herenciaintestada, del señor JOSUE ISRAEL GUEVARA GUZMAN , que a sudefunción ocurrida en la ciudad de mejicanos, de este departamento,lugar de su último domicilio, el día once de diciembre del año dos mil,de parte de la señora FIDELINA GUZMAN, en su calidad de herederaintestada como madre del causante, habiéndosele conferido la Adminis-tración y Representación Interinas de la Sucesión, con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para efectos de ley.

Y dado en la oficina de la Notario Licenciada MARIA MARTAMARTINEZ DE ARGUMEDO, San Salvador, a siete de enero de dosmil tres.

MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO,

NOTARIO.

3 v. c. No. 1642-2

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

ROBERTO ESCOBAR GARCIA, Notario, de este domicilio, con des-pacho notarial ubicado en Calle Nueva Número Dos y Pasaje Uno, CasaCuatro B, Colonia Escalón, de esta ciudad,

HACE SABER: que habiéndose omitido formalidades legalesnotariales en la resolución y protocolización de Diligencias de Acepta-ción de Herencia, seguidas por el señor JULIO SALVADOR CACERESRIVERA, ante mis oficios notariales, procedo por este medio a rectifi-carla en el sentido de que el señor JULIO SALVADOR CACERESRIVERA, ha sido declarado heredero definitivo con beneficio de inven-tario por derecho propio como hijo de la causante MARIA REFUGIORIVERA V. DE CACERES y como cesionario de los derechos que lecorrespondían a los demás hermanos señores BLANCA AIDA CACE-RES DE FLORES conocida por BLANCA AIDA CACERES RIVERAy ALCIDES ALFREDO CACERES RIVERA, de los bienes que a sudefunción acaecida el día veintitrés de febrero de mil novecientosochenta y cinco, en la Ciudad de Jiquilisco, su último domicilio, dejó laseñora MARIA REFUGIO V. DE CACERES, en su concepto deheredero universal, en vista de que los otros herederos con derecho,señores BLANCA AIDA CACERES DE FLORES conocida por BLAN-CA AIDA CACERES RIVERA y ALCIDES ALFREDO CACERESRIVERA, cedieron al señor JULIO SALVADOR CACERES RIVERAsus derechos hereditarios según consta en el testimonio de la escriturapública de cesión de derechos hereditarios otorgada ante los oficiosnotariales del Doctor OSCAR GARCIA, asentada al Número NOVEN-TA, Folios CIENTO VEINTISIETE FRENTE Y VUELTO, a las trecehoras del día veinticinco de agosto de mil novecientos noventa y ocho.

Por lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los diecisiete días del mes de diciembredel año dos mil dos.

Dr. ROBERTO ESCOBAR GARCIA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 1114-3

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU-DAD DELGADO. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y cuarentaminutos del día ocho de octubre del presente año, proveída en lasDiligencias de Declaratoria de Herencia Yacente promovidas por elAbogado CARLOS DE JESUS SANCHEZ AVELAR, Apoderado Ge-neral Judicial de la señora ZOILA ALICIA DE CRUZ PALACIOS, seha declarado yacente la herencia intestada que a su defunción dejó elseñor JOSE ADALBERTO BURGOS CUELLAR, quien fue de sesentay cuatro años de edad, Empleado, casado, siendo esta ciudad el lugar desu último domicilio, quien falleció el día catorce de mayo del dos mil. Senombró Curador de la Herencia antes mencionada al Licenciado JORGEALBERTO MORAN FUNES.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ciudad Delgado, a las once horas deldía doce de noviembre del dos mil dos. Licda. CONCEPCION ALVA-REZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. SANTOS ELIZABETHQUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1239-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ABDUL MOLINA MEJIA, Notario, de este domicilio, con oficinaUbicada en la Novena Calle Poniente, número ciento treinta y seis de estaciudad,

HACE SABER, que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil dos, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada que a su defunción ocurrida en San Juan Opico,departamento de La Libertad, el día diecisiete de Septiembre de milnovecientos noventa y cuatro, dejó el señor FRANCISCO GONZALEZ,conocido por FRANCISCO GONZALEZ ESCOBAR, de parte de laseñora PATROCINIA DEL CARMEN ESCOBAR VIUDA DE GON-ZALEZ en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habién-dose conferido la administración y representación interina de la sucesión,con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderechos a la referida herencia, para que se presenten a la oficina en eltermino de quince días, contados desde el siguiente a la ultima publica-ción del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario ABDUL MOLINA MEJIA.

En la ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes dediciembre del año dos mil dos.-

ABDUL MOLINA MEJIA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 1023-3

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-TANCIA, de este distrito Judicial.

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, en las diligen-cias de Aceptación de Herencia, promovidas por el Licenciado JoséCristobal Choto, como Apoderado General Judicial de la señora ARGE-LIA BONILLA VIUDA DE PINEDA, en bienes de DIMAS BONILLASe ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laHerencia Intestada que a su defunción dejó el señor DIMAS BONILLA,quien fue de ochenta y cinco años de edad soltero, agricultor en pequeño,originario de Sensembra, hijo de LEOCADIA BONILLA, falleció el díacinco de junio de mil novecientos noventa y dos, en el Cantón El Triunfode esta Ciudad de San Francisco Gotera, siendo este lugar su últimodomicilio, de parte de la señora ARGELIA BONILLA VIUDA DEPINEDA, como heredera cesionaria del derecho que le correspondía a laseñora ADILIA BONILLA FLORES, ésta como hija del causante.

Se le confirió a la aceptante mencionada, y en la forma establecida,la Administración y Representación Interinas de la sucesión, con lasfacultades y restricciones para los curadores de la Herencia Yacente.

A publicarse en el Diario Oficial los edictos respectivos, y se citana los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten adeducirlo en el término de quince días contados desde el día siguiente ala última publicación del edicto en el expresado periódico.

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Lo que hace del conocimiento al público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las ocho horas y quince minutos del día dieciocho denoviembre del dos mil dos. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o.DE 1a. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SAN-CHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1145-3

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUE-ZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLI-CO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día oncede los corrientes, se ha tenido por aceptada y con beneficio de inventariola herencia intestada que a su defunción dejó el señor SILVESTREHERCULES PEREZ conocido por SILVESTRE PEREZ, quien fallecióel día dieciséis de junio de mil novecientos noventa y ocho, en el CantónSan Jerónimo de Guazapa, siendo esa ciudad su último domicilio, departe de la señora REYNA GUADALUPE HERCULES DE PONCE,como hija del causante; habiéndosele conferido la administración yrepresentación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edictoen el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a losdiecisiete días del mes de octubre del año dos mil dos. Lic. MARGARI-TA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DEPRIMERA INSTANCIA. Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. 1149-3

ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción proveída por este Tribunal, a las catorce horas treinta minutos del díaveintidós de octubre del corriente año; se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que asu defunción ocurrida a las diez horas treinta minutos del día nueve dejulio del presente año, en el Cantón San Julián, Hacienda El Zope de estajurisdicción, siendo esta ciudad su último domicilio, dejó el señorELIGIO PEÑA GOMEZ o SANTOS ELIGIO GOMEZ, de parte de lamenor VANESSA ELIZABETH PEÑA ARIAS, en su calidad de hija delexpresado causante; por lo que se ha conferido a dicha aceptante, laadministración y representación interina de la sucesión, con las faculta-des y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerála referida menor, por medio de su representante legal, señora CONSUE-LO ARIAS LOPEZ DE MENJIVAR.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las ochohoras cincuenta minutos del día veintidós de octubre del año dos mil dos.Licda. ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA SUPLENTE. Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEI-VA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1154-3

ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-ción proveída por este tribunal, a las once horas del día dos de diciembredel presente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficiode inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a lasdiecinueve horas cinco minutos del día seis de febrero del año dos mildos, en Sonsonate, frente al Instituto Salvadoreño del Seguro Social,siendo su último domicilio, la ciudad de Acajutla, dejó el señor ANDRESHERNANDEZ, de parte de la señora MARIA ANGEL FLAMENCOROMERO o MARIA ANGEL FLAMENCO VIUDA DE HERNAN-DEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente y además como cesionariadel derecho hereditario que les correspondía a los señores LUCIOANDRES ORTIZ y MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DE RI-VAS, en el concepto de padres del expresado causante; se ha conferidoa la aceptante, la administración y representación interina de la sucesióncon las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las docehoras treinta minutos del día once de diciembre del año dos mil dos.-Licda. ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA SUPLENTE. Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEI-VA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1153-3

VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO, Notaria del domiciliode San Salvador, con OFICINA JURIDICA ubicada en Nueva Concep-ción, Departamento de Chalatenango, Primera Avenida Sur, numerodoscientos uno, Barrio El Centro,

HACE SABER: al público para efectos de Ley, que por resoluciónproveída por la suscrita Notaria, en su oficina profesional a las catorcehoras del día diecinueve de diciembre del año dos mil dos, se ha tenidopor aceptada expresamente, con beneficio de inventario la herenciaabintestato que a su defunción dejó el causante señor NARCISORONQUILLO, quien falleció en la ciudad de Nueva Concepción,departamento de Chalatenango, el día catorce de noviembre del año dosmil dos, siendo su ultimo domicilio el de esta ciudad, a la señora MARIAFIDELINA RECINOS DE RONQUILLO, aceptación que hace en sucalidad de cónyuge sobreviviente del referido causante. Se ha conferidoa la aceptante la Administración y Representación interina de la Sucesióncon las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina,en el termino de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del presente edicto. Librado en la oficina de la NotariaVENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO en el Municipio deNueva Concepción, Departamento de Chalatenango a los diecinuevedías del mes de diciembre del dos mil dos.

Licda. VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO,

NOTARIA.

3 v. alt. No. 1138-3

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasdiez horas del día cuatro de diciembre del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de losseñores JOSE DAMIAN RAMIREZ, de sesenta y cuatro años de edad,jubilado, del domicilio de Soyapango y MARIA MARTINA CAMPOSVASQUEZ, de cincuenta y ocho años de edad, de oficios domésticos, ydel domicilio de Soyapango, en su calidad de padres del causante; laherencia intestada que a su defunción dejó el señor WILFREDO RAMI-REZ CAMPOS, quien fue de veintitrés años de edad, estudiante, soltero,siendo su último domicilio Soyapango, habiendo fallecido el día treintay uno de agosto del presente año.

Confiriéndose a los aceptantes la administración y representaciónINTERINA de la sucesión intestada con las facultades y restricciones delos Curadores de la Herencia Yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión intestada paraque dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a deducir susderechos.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas deldía diez de diciembre de dos mil dos. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DEHENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANONAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1137-3

RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, alas doce horas con quince minutos del día veinticuatro de septiembre delpresente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio deinventario la herencia intestada que a su defunción dejara la causanteLORENZA ORTIZ VIUDA DE MOLINA conocida por LORENZA

ORTIZ, LORENZA FRANCISCA ORTIZ y por FRANCISCA ORTIZ,quien falleció el día tres de enero de mil novecientos noventa y dos, enel Caserío Las Cañas, jurisdicción de Apopa, Departamento de SanSalvador, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio, de parte delos señores JOSE EUFEMIO ORTIZ MOLINA, MIGUEL ANGELMOLINA ORTIZ, JUAN JOSE MOLINA ORTIZ y ADAN MOLINAORTIZ en el concepto de Hijos de la referida causante, se les ha conferidoa los aceptantes antes indicados en el concepto antes expresado, laAdministración y Representación interina de la sucesión, con las facul-tades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las docehoras con treinta minutos del día veinticuatro de septiembre del dos mildos. Lic. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR AN-GEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1132-3

CARLOS GILBERTO PORTILLO, Notario, de este domicilio, conoficina situada en el edificio del Banco Salvadoreño, Avenida MonseñorOscar Arnulfo Romero, Número Ciento Veintinueve, Segunda Planta,Local Doscientos Ocho, de San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas del día dieciocho de diciembre del corriente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada, que a su defunción ocurrida en la ciudad de SanSalvador, siendo San Salvador su último domicilio el día veintinueve deabril del año dos mil dos dejó el señor JULIO CESAR GUZMAN RUIZde parte de la señora ALICIA YOLANDA HERNANDEZ ARDON enconcepto de cónyuge sobreviviente del expresado causante, habiéndose-le conferido la administración y representación interina de la sucesión,con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente.-

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en las oficinas del Notario CARLOS GILBERTO PORTI-LLO, en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día dieciochode diciembre del año dos mil dos.-

CARLOS GILBERTO PORTILLO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 1131-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO.

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las docehoras de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficiode inventario de parte de los señores JOSE LUIS GONZALEZ, MARIA

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

OFELIA GONZALEZ, RIGOBERTO GONZALEZ MENDOZA, CE-CILIA DEL CARMEN GONZALEZ MENDOZA, JAIME MAURI-CIO GONZALEZ MENDOZA y BENJAMIN GONZALEZ MENDO-ZA, de la herencia intestada dejada a su defunción por el señorRIGOBERTO MENDOZA AMAYA, fallecido el día treinta y uno demarzo de mil novecientos noventa y uno, en el Barrio San José de CiudadArce de este Distrito, su último domicilio en concepto de hijos delcausante; confiérese a los aceptantes expresados en el concepto indicadola administración y representación interinas de la indicada sucesión conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión para quese presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince díassubsiguientes a la publicación del edicto respectivo.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a lasdoce horas treinta minutos del día veintinueve de noviembre del año dosmil dos.- Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. CARLOS ARNULFO SOSAFLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1130-3

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución dictada a las diez horas concuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a sudefunción ocurrida el día tres de julio del dos mil dos, en el CantónZacatal, jurisdicción de Coatepeque, lugar de su último domicilio, dejóel señor JAIME ALEXIS BARTON de parte de JUANA PASTORABARTON SERRANO, en calidad de madre del causante, confiriéndose-le INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesiónexpresada, con las facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las once horas del día veintiocho de octubre del dos mil dos.- Lic.SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETA-RIO.

3 v. alt. Nº 1089-3

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos deley,

HACE SABER: que por resolución dictada por este Tribunal a lascatorce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que

a su defunción ocurrida el día diecinueve de febrero del presente año, enCiudad Merliot, Santa Tecla, siendo esta ciudad el lugar de su últimodomicilio, dejó SIMONA DEL CARMEN QUINTANA UMAÑA, aMARINA STELLA AHORA DE LOPEZ y CECILIA DEL CARMENQUINTANA; ambas en su concepto de hijas de la causante antesreferida; confiriéndoseles INTERINAMENTE la administración y re-presentación de la sucesión expresada, con las facultades y restriccionesde ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que sepresente en el término de ley a este Juzgado a manifestar su derecho.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: SantaAna, a las quince horas del día veintidós de octubre del dos mil dos.- Lic.SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETA-RIO.

3 v. alt. Nº 1090-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída a las ocho horas concuarenta minutos del día veintisiete de noviembre del corriente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada, dejada por la señora ANGELA ROJAS, quien fue deochenta y ocho años de edad, soltera, de oficios domésticos, fallecida eldía doce de mayo de mil novecientos setenta y dos, en el Barrio Las Floresde esta ciudad, siendo Metapán su último domicilio; por parte de laseñora MARIA JOSEFINA DEL CARMEN NUÑEZ DE ZELAYAconocida por MARIA JOSEFINA DEL CARMEN NUÑES DE ZELA-YA, por derecho de transmisión, en su calidad de nieta de la referidacausante. En consecuencia se ha nombrado INTERINAMENTE admi-nistradora y representante de la sucesión con las facultades y restriccio-nes de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas contreinta y cinco minutos del día dos de diciembre del año dos mil dos.- Lic.JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1104-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las diez horasdel día quince de noviembre de dos mil dos, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día uno deenero del dos mil dos, dejó MOISES EDELBERTO MARTINEZ ABAR-CA, de parte de MARIA DEL CARMEN FUENTES, conocida porCARMEN FUENTES, MARIA DEL CARMEN FUENTES DE MAR-TINEZ y por CARMEN FUENTES DE MARTINEZ, en su concepto decónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de los derechoshereditarios que le corresponden a los señores MARVIN ENRIQUEMARTINEZ FUENTES y ROSEMBERG GERSON MARTINEZFUENTES, en su calidad de hijos del causante. Se ha conferido a laaceptante la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras y veinte minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil dos.-Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1065-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las ochohoras y diez minutos del día quince de noviembre del corriente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada del señor MIGUEL ANGEL RAMIREZ HERNAN-DEZ, conocido por MIGUEL ANGEL HERNANDEZ, quien fue decuarenta y seis años de edad, Jornalero, soltero, y falleció el día siete deagosto de dos mil uno en el Hospital Nacional San Juan de Dios de estaciudad, siendo la misma el lugar de su último domicilio; de parte de suhermano señor MARIO ALFREDO RAMIREZ HERNANDEZ, a quiense ha nombrado interinamente administrador y representante de lasucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de laherencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas y veinteminutos del día quince de noviembre de dos mil dos.- Lic. FRANCISCOALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. Nº 1051-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las catorcehoras quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario de parte de la señora FELIPA DELCARMEN GENOVEZ, de la herencia intestada dejada a su defunciónpor la señora ARCADIA DEL ROSARIO GENOVEZ, fallecida el díaveintiuno de marzo del presente año en el Hospital Nacional San Rafael

de Nueva San Salvador, siendo Ciudad Arce su último domicilio, en suconcepto de hija de la causante; confiérese a la aceptante en el conceptoindicado la administración y representación interinas de la indicadasucesión. Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesiónpara que se presenten a deducirla a este Juzgado dentro de los quince díassubsiguientes a la publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a lascatorce horas cuarenta minutos del día veintiséis de noviembre del añodos mil dos.- Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSAFLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1050-3

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las oncehoras del día nueve de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que asu defunción dejó el señor EUGENIO VELASQUEZ ORDOÑEZ,conocido por EUGENIO VELASQUEZ, quien a la fecha de su falleci-miento fue de ochenta años de edad, Jornalero, salvadoreño, hijo deDELFINA VELASQUEZ, originario y del domicilio de Delicias deConcepción, quien falleció intestado a las nueve horas del día doce defebrero de mil novecientos ochenta y ocho, en el Barrio El Calvario dela jurisdicción de Delicias de Concepción, siendo la población deDelicias de Concepción lugar de su último domicilio, de parte de losseñores JOSE SANTOS HERNANDEZ VELASQUEZ, conocido porJOSE SANTOS HERNANDEZ, PAULA HERNANDEZ VELASQUEZ,conocida por PAULA HERNANDEZ y JULIO CESAR HERNANDEZ,éstos por derecho propio que les corresponde en los bienes del mencio-nado causante, en concepto de hijos. Confiérese a los aceptantes mencio-nado y en la forma establecida la administración y representaciónINTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las quince horas del día diecisiete de octubre del dos mil dos.-Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERAINSTANCIA.- Br. MARIA ELBA ARGUETA HERNANDEZ, SE-CRETARIA INTERINA.

3 v. alt. Nº 1044-3

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado alas nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario de parte del señor CARLOS FERNANDEZ, La

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

herencia que en forma intestada dejó el señor VICENTE FERNANDEZ,quien fue de cincuenta y tres años de edad, casado, Agricultor enpequeño, hijo de NICOLAS FERNANDEZ y de MAXIMA ARRIAZA,originario de Chilanga, fallecido a las trece horas con treinta minutos deldía quince de mayo de dos mil, en el Cantón Chaparral de la jurisdicciónde Chilanga, siendo éste el lugar de su último domicilio, en concepto dehijo del referido causante y como cesionario de los derechos hereditariosque le correspondían a la señora MARIA LEONOR FERNANDEZ DEFERNANDEZ, conocida por MARIA LEONOR FERNANDEZ y porLEONOR FERNANDEZ, en concepto de esposa del referido causante,a quien se le ha conferido la administración y representación INTERINAde dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores dela herencia yacente, y cita a las personas que se crean con derecho a laherencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro deltérmino de quince días contados desde el siguiente a la tercera publica-ción de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasnueve horas y treinta minutos del día veintiuno de agosto de dos mil dos.-Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DEZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1043-3

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución dictada por este Tribunal de lasonce horas y veinticinco minutos del día dos de diciembre del corrienteaño, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CONBENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA, que asu defunción dejó el causante señor EDIL HERMIDIO HERNANDEZMENDEZ, quien a la fecha de su fallecimiento fue de treinta años deedad, Mecánico, salvadoreño, originario y del domicilio de Delicias deConcepción, casado, siendo hijo de los señores BENJAMIN HERNAN-DEZ HERRERA y TERESA DEL CARMEN MENDEZ, y falleció a lasveinte horas del día dieciséis de septiembre del presente año en el CantónLa Presa de la jurisdicción de San Carlos, Departamento de Morazán,siendo la población de Delicias de Concepción lugar de su últimodomicilio; de parte de los señores BENJAMIN HERNANDEZ HERRE-RA, conocido por BENJAMIN HERRERA y RUTH NOHEMY ROME-RO ESPINAL, ambos por derecho propio en los bienes que les corres-ponden, el primero en calidad de padre y la segunda en calidad decónyuge sobreviviente del mencionado causante. Confiérese a los acep-tantes antes mencionados y en la forma establecida la administración yrepresentación interina de la sucesión con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-co Gotera, a las quince horas del día seis de diciembre del dos mil dos.-Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERAINSTANCIA.- Licda. ROSA HERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1042-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resoluciónde este Juzgado de las once horas del día veintinueve de noviembre delpresente año, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario departe de la señora MARIA ROSENDA CHICAS VIUDA DE MAZA-RIEGO, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señorRAFAEL DAVID MAZARIEGO CHICAS, quien falleció en la ciudadde Chinandega, de la República de Nicaragua, el día veinticuatro deagosto de mil novecientos noventa y nueve, siendo esta ciudad lugar desu último domicilio, aceptación que hace en su calidad de madre delreferido causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que lecorrespondían a la señora ESTHER MARIA RODRIGUEZ PEREZ,conocida por ESTHER MARIA DEL SOCORRO RODRIGUEZ PE-REZ, como cónyuge del referido causante; y se ha conferido a laaceptante la administración y representación interina de la sucesión conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia,para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quincedías contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación delpresente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las once horas del día cinco de diciembre del dos mil dos.-Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. Nº 1296-3

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU-DAD DELGADO, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las catorce horas del díaveintisiete de noviembre del presente año, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que asu defunción dejó la causante CECILIA GONZALEZ DE CAMPOS,quien fue de ochenta y un años de edad, casada, de oficios del hogar,fallecida el día diecinueve de mayo de mil novecientos ochenta y siete,siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señoraMARIA ANGELINA MIRANDA RIVAS, como cesionaria de losderechos que le correspondían a la señora MARIA LUZ CAMPOSGONZALEZ, en calidad de hija de la causante, siendo representada laseñora MARIA ANGELINA MIRANDA RIVAS, por el LicenciadoFRANCISCO EVELIO ALVARENGA GOMEZ. Confiriéndosele a laaceptante la administración y representación interina de la sucesión conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ciudad Delgado, a las quince horas yquince minutos del día veintisiete de noviembre del dos mil dos.- Licda.CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1277-3

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente conbeneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora CAR-MEN MUNDO VIUDA TENORIO, que falleció el día veintisiete demarzo de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón Espino, ABAJOde esta jurisdicción, su último domicilio, por parte de su hija señoraESTER LEONOR TENORIO CAMINOS, conocida por ESTER LEO-NOR TENORIO VIUDA DE BARAHONA, confiriéndole la adminis-tración y representación interinas de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la referida herencia,para que dentro del plazo de quince días contados a partir del siguientede la última publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los veintiséis días delmes de noviembre de dos mil dos.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZDE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1276-3

MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO.-

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las ochohoras diez minutos del día dieciocho de Noviembre del corriente año, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada dejada por el señor VALENTIN PATRIZ SHULconocido por VALENTIN PATRIZ, fallecido el día cuatro de mayo demil novecientos setenta y siete, en esta ciudad su último domicilio, departe de la señora PORFIRIA CRUZ CORTEZ CLEMENTE, conocidapor PORFIRIA CRUZ CORTEZ DE PATRIZ y por PORFIRIA CRUZCORTEZ Vda. DE PATRIZ en concepto de cónyuge sobreviviente delcausante.-

Se ha conferido a la aceptante la administración y representacióninterinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas treintaminutos del día seis de Diciembre del dos mil dos.- Dr. MARIO MOISAMARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMENCEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1275 -3

JORGE ALBERTO MORAN FUNES, Notario, de este domicilio y delde Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, con oficinaubicada en Diecinueve Calle Poniente y Tercera Avenida Norte, casanúmero doscientos treinta y ocho, Segunda Planta, Centro de Gobierno,San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las trece horas con cuarenta minutos del día trece de diciembre de dosmil dos, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la herencia intestada que dejara a su defunción, ocurrida enesta ciudad, el día veintiuno de junio de mil novecientos noventa y tres,el señor GUILLERMO LOPEZ FORNOS conocido por GUILLERMOLOPEZ, de parte del señor MARIO ANDRES LOPEZ MERINO quienactúa en su concepto de hijo sobreviviente del causante, habiéndoseleconferido la administración y representación de la sucesión interina, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Enconsecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechosa la referida herencia, para que se presenten a esta oficina en el términode quince días, contados desde el siguiente a la última publicación delpresente edicto.

Librado en la oficina del Notario JORGE ALBERTO MORANFUNES. En la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del díadiecinueve de diciembre de dos mil dos.

LIC. JORGE ALBERTO MORAN FUNES,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 1227 -3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado pronunciada alas catorce horas del día once de julio del presente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada que a su defunción dejara el señor ALEJANDRO RIVERA conoci-do por ALEJANDRO RIVERA HERNANDEZ, quien falleció el díadieciséis de octubre de dos mil uno, en el Cantón Bermuda de estajurisdicción, siendo éste su último domicilio; de parte de la señoraPAULINA BAIRES VIUDA DE MARTINEZ y ésta como cesionaria delos derechos hereditarios que en dicha sucesión les correspondía a losseñores DIMAS ALEJANDRO y WILLIAM ERNESTO ambos deapellido RIVERA RECINOS en concepto de hijos de dicho causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representacióninterina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que secrean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presentena este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partirdesde el siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo en elDiario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorcehoras y treinta minutos del día once de julio de dos mil dos. Lic.OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1261 -3

RAFAEL JOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: que según resolución de esta fecha, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte delseñor JOSE ANTONIO PANAMEÑO, la herencia intestada que a su

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

defunción dejó el señor RUBEN ANTONIO MONTERROZA conocidopor RUBEN ANTONIO MONTERROSA, quien fue de sesenta y cincoaños de edad, Agricultor, fallecido el día veintidós de Marzo de milnovecientos noventa y dos, en el Cantón San Juan Buenavista de SanLorenzo, su último domicilio, en concepto de Cesionario de los derechoshereditarios que correspondían a los señores JOSE LUIS BELLOSOMONTERROZA, ZOILA ESPERANZA BELLOSO MONTERROZA,DELFIA DEL CARMEN BELLOSO MONTERROZA, ROSA NOELIABELLOSO MONTERROSA, ELSY MELANI BELLOSO MONTE-RROSA, PEDRO ANGEL BELLOSO MONTERROSA y MARIACONCEPCION BELLOSO MONTERROSA, éstos en concepto dehijos el causante.- Se le ha conferido a la aceptante en el carácter dichola administración y representación interinas de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diezhoras del día once de Noviembre del año dos mil dos.- Lic. RAFAELJOSE ANTONIO VELASQUEZ MEJIA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA SUPLENTE. MANUEL IGNACIO CARCAMO R., SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. 1257 -3

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las quincehoras de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario de parte de la señora JUANA MARIA MARTI-NEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIADEL CARMEN MARTINEZ, conocida por CARMEN MARIA MAR-TINEZ y CARMEN MARTINEZ, quien fue de sesenta y cinco años deedad, oficios domésticos, fallecida a las cinco horas y cuarenta minutosdel día veinticuatro de enero de mil novecientos noventa y ocho, en elHospital San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo esta ciudadde Atiquizaya, su último domicilio, en concepto de hija de la causante.-Se le ha conferido a la aceptante en el carácter dicho la administración yrepresentación interinas de la sucesión con las facultades y restriccionesde los Curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a lasquince horas y veinte minutos del día diecinueve de octubre del año dosmil uno.- Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA. MANUEL IGNACIO CARCAMO R.,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1258-Bis-3

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día trecede Noviembre del dos mil dos, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defuncióndejó el señor JOSE DOLORES TORRES, quien falleció a las cinco horas

cuarenta y cinco minutos del día nueve de Febrero del dos mil uno, enCondado de Harris, Houston, Texas, Estados Unidos, teniendo como suúltimo domicilio esta ciudad; de parte de los señores ISABEL CRISTI-NA ARGUETA TORRES y NUMAN POMPILIO ARGUETA TO-RRES, en calidad de hijos del causante.

Y se les ha conferido a los aceptantes en el carácter antes indicado,la administración y representación interina de la sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nuevehoras y diez minutos del día trece de Noviembre del dos mil dos.- Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1258 -3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resoluciónde este Juzgado de las once horas del día doce de Diciembre de dos mildos. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario de parte de la señora ANA IRMA AIDA GARCIA conocida porANA IRMA AIDA GARCIA SERMEÑO, ANA IRMA AIDA GAR-CIA, ANA IRMA AIDA GARCIA DE CARIAS ahora VIUDA DECARIAS, IRMA GARCIA DE CARIAS y por IRMA GARCIA, laherencia intestada que a su defunción dejó el causante señor CARLOSROBERTO CARIAS, quien falleció en esta ciudad, el día veinticuatro deOctubre de dos mil, siendo esta ciudad lugar de su ultimo domicilio,aceptación que hace en su calidad de cónyuge sobreviviente del referidocausante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le corres-pondían a los señores ANA MARGARITA CARIAS, JOSE ROBERTOCARIAS GARCIA o JOSE ROBERTO CARIAS, IRMA PATRICIACARIAS GARCIA DE GOMEZ o IRMA PATRICIA CARIAS yMARIA ANTONIETA CARIAS DE ARCE, como hijos del referidocausante. Y se le ha conferido a la Aceptante la administración yrepresentación interinas de la sucesión con las facultades y restriccionesde los Curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la Herencia,para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación del presenteedicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las diez horas del día dieciséis de Diciembre del dos mildos. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DELO CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DEALAS, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. 1225 -3

TERESA ELIZABETH MENDIZABAL OSORIO, Notario, de estedomicilio, con Oficina situada en 17 Avenida Norte #340, San Salvador,AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario contenidaen Acta Notarial de las diez horas del día veintinueve de octubre del

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con Beneficio deInventario, la Herencia Intestada dejada por la señora SANTOS ARRIOLAMELGAR VIUDA DE CASTILLO, quien era de noventa años de edad,de oficios domésticos, de este domicilio, de nacionalidad Salvadoreña,fallecida en esta ciudad, su último domicilio, el día trece de febrero de milnovecientos noventa y cuatro, de parte de los señores ESPERANZAANTONIA CASTILLO ARRIOLA DE CERNA conocida por ESPE-RANZA CASTILLO DE CERNA; EDUARDO ANTONIO CASTI-LLO ARRIOLA; BLANCA OBDULIA CASTILLO DE MOLINA;CONCEPCION MARINA CASTILLO DE PALACIOS; RAFAELCASTILLO ARRIOLA conocido por RAFAEL CASTILLO HIJO;MARIA LIDIA CASTILLO, en calidad de hijos legítimos, y se lesconfiere a los aceptantes la Administración y Representación Interinasde la Sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-

Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas del díadieciocho de diciembre del año dos mil dos.-

Licda. TERESA ELIZABETH MENDIZABAL OSORIO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 1246 -3

BALTAZAR ANTONIO RODRIGUEZ ZEPEDA, Notario, de estedomicilio, con despacho Jurídico en Sexta Avenida Sur, Residencial ElCordobez, local cuatro, segunda planta, Barrio El Angel, de esta ciudad,al público en general,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas del díaveintiocho de Agosto del presente año, se tuvo por aceptada expresamen-te y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defuncióndejó el causante señor JUAN ANTONIO ROSA REYES, de parte de lasseñoras ELBA ELEDUVINA MONTERROSA DE ROSA, ANA EVE-LIN ROSA MONTERROSA Y DAYSI ELIZABETH ROSAMONTERROZA, la primera en calidad de esposa del causante; y lasegunda y tercera en calidad de hijas del causante; confiriéndosele a lasaceptantes la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Sonsonate, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mildos.

Lic. BALTAZAR ANTONIO RODRIGUEZ ZEPEDA,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 1248 -3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: que por resolución pronunciada en este Tribunal a las oncehoras y cuarenta minutos del día veintidós de agosto de dos mil dos, sehan declarado herederas con beneficio de inventario a la señora DELMYGUTIERREZ ARCHILA y la menor CARMEN ELIZABETH BRI-

ZUELA GUTIERREZ, de la herencia Intestada que dejó el causanteseñor ARTURO GUTIERREZ, quien falleció el día veintiocho de mayode mil novecientos noventa y uno, en esta ciudad, su último domicilio,la primera en calidad de hija del de cujus y la segunda como Cesionariade los Derechos Hereditarios que corresponden al señor JOSE ARTUROGUTIERREZ ARCHILA, en concepto de hijo del causante. Confiéresea las aceptantes la administración y representación interina de los bienesde la sucesión con las facultades y restricciones de ley; administración yrepresentación en cuanto a la expresada menor que será ejercida por laseñora DELMY GUTIERREZ ARCHILA.

CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para quese presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados desdeel siguiente al de la tercera publicación del presente edicto Art. 1163 C.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras del día doce de septiembre de dos mil dos. -Dr. DARIO VILLATABALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. - Lic. VICTORINOALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1236-3

EL INFRASCRITO JUEZ. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado pronunciada alas diez horas de este mismo día y del corriente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-tada que a su defunción dejó la señora MARIA ELVA ESCOBAR DEHERNANDEZ, quien falleció en esta ciudad el día diecisiete de enero demil novecientos noventa y seis, siendo dicha ciudad su último domicilio;de parte del señor JOSE REYES HERNANDEZ HERNANDEZ, éste ensu calidad de cónyuge sobreviviente de dicha causante.

Se le ha conferido al aceptante la administración y representacióninterina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que secrean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presentena este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desdeel siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo en el DiarioOficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diezhoras y quince minutos del día veintinueve de octubre de dos mil dos.Lic. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1205 -3

EL INFRASCRITO JUEZ: Al público para efectos de Ley,

AVISA: que por resolución de las once horas y dieciséis minutosde este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario en la herencia intestada que dejó al fallecer la señora ELVIRADE JESUS CRUZ, conocida por ELVIRA DE JESUS CRUZ DEORELLANA y por ELVIRA CRUZ, el día veintiséis de Marzo de milnovecientos noventa y nueve, en el Cantón Sisiguayo de la Jurisdicciónde Jiquilisco, siendo su último domicilio esta Jurisdicción de parte de la

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

señora ROSA EDIS ORELLANA, en su calidad de hija sobreviviente ycomo Cesionaria del Derecho que le corresponde a la señora ANAMARGOTH ORELLANA, conocida por ANA MARGOTH ORELLA-NA CRUZ, siendo ambas hijas de la causante señora ELVIRA DEJESUS CRUZ, conocida por ELVIRA DE JESUS CRUZ DE ORELLA-NA y por ELVIRA CRUZ.

Confiéresele a la aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los quese crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo enel término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los nuevedías del mes de Diciembre del año dos mil dos. Lic. LUIS ALBERTOPONCE HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda.SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1169 -3

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasquince horas del día veintiuno de noviembre de dos mil dos, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de lasseñoras SOFIA ANDREA ALFARO FIGUEROA, de veintitrés años deedad, estudiante y de este domicilio y SILVANA ARELY ALFAROFIGUEROA, de dieciocho años de edad, estudiante y de este domicilio,ambas en su calidad de cesionarias del derecho hereditario que como hijode la causante le correspondía al señor EDGARDO MANUEL ALFA-RO; la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ROSAALICIA ALFARO PARRAS, quien fue de sesenta y nueve años de edad,de oficios domésticos, soltera, siendo su último domicilio Soyapango,habiendo fallecido el día trece de abril de dos mil uno. Confiriéndose alos aceptantes la administración y representación INTERINA de lasucesión intestada con las facultades y restricciones de los Curadores dela Herencia Yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la sucesión intestada paraque dentro del término de Ley se presenten a este Tribunal a deducir susderechos.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horasdel día cinco de diciembre de dos mil dos. Lic. ELSA IRMA GONZA-LEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELASORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3. v. alt. No. 1194-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal por el Licenciado MIGUEL ANGEL IRAHETA,Apoderado de la Sociedad DUWEST EL SALVADOR, SOCIEDADANONIMA, que se abrevia DUWEST EL SALVADOR, S.A., de estedomicilio, contra el señor MANUEL GUZMAN URIAS, mayor de edad,

Empleado Agrícola, del domicilio de Zacatecoluca, reclamándole canti-dad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subastaen este Juzgado, los inmuebles embargados siguientes:““““a) Una por-ción de terreno rústico, antes, ahora urbano conteniendo dos casas detejas, sobre paredes de bahareque, una a la orilla de la calle y la otrainterior, situada en los suburbios y en jurisdicción de la ciudad deZacatecoluca, en forma de escuadra, fértil, inculta, de nueve áreassesenta metros cuadrados de superficie, que tiene por linderos y medidaslineales y especiales los siguientes: AL NORTE: calle pública o real depor medio, con el Cementerio de los Barrios de San Sebastián y ElCarmen de la ciudad de Zacatecoluca, midiendo trece metros; ALORIENTE, con terreno de JORGE AYALA RODRIGUEZ, predio quefue de Pedro Romero, después de ANTONIA ROMERO, hoy del mismoJORGE AYALA RODRIGUEZ, midiendo en línea quebrada de Norte aSur, empezando de la orilla de la Calle Real antes referida, cuarentametros, quebrando al Oriente, en línea recta, siete metros y volviendo alSur, en línea recta, veintidós metros; AL SUR, con terreno que fue deSALVADOR ORTIZ, después de MIGUEL MURGA y MANUELIRAHETA, hoy de FRANCISCO GUZMAN URIAS, cerca de alambrey piña de por medio, perteneciendo el alambre y la piña a los señoresCONCEPCION ESCOBAR y LEONOR AYALA DE ESCOBAR mideveinte metros; y AL PONIENTE, con terreno que fue de ANASTACIOGUEVARA GUZMAN, después de MARIA MARTINEZ, hoy deCONCEPCION ESCOBAR, cerca de piña del terreno colindante de pormedio, midiendo sesenta y dos metros, que es la misma medida delterreno general de que se desmembró la porción que se describe por estemismo rumbo; y, b) Un inmueble situado contiguo y al Poniente delanteriormente descrito y en los suburbios de la ciudad de Zacatecoluca,de tres áreas setenta y dos metros cuadrados de superficie, de naturalezarústica, inculto, sin edificaciones ni obra muerta de ninguna clase, quetiene por linderos y medidas especiales: AL NORTE, calle de por medio,con el Cementerio de los Barrios de San Sebastián y El Carmen de laciudad de Zacatecoluca; AL ORIENTE, con terreno que fue de donDAVID RODRIGUEZ, después de CATARINO AYALA y DELFINAVIUDA DE AYALA, después de CONCEPCION ESCOBAR y LEO-NOR AYALA DE ESCOBAR, hoy del compareciente, que es la porciónanteriormente descrita, cerco de alambre propio de división; AL SUR,con terreno que fue de SANTOS ROMERO, hoy de MERCEDESROMERO, alambrado propio de división; y AL PONIENTE, con el restodel terreno de MARIA GIL, del cual se separó la porción que se describe,la cual mide por el Norte y Sur seis metros y al Oriente y Poniente, sesentay dos metros. Continúa manifestando el compareciente que por habervendido una porción del inmueble descrito en la letra “a” de esteinstrumento, de doscientos veintidós metros sesenta decímetros todoscuadrados, éste ha quedado reducido a una superficie de SIETE AREASTREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, CUARENTA DECI-METROS CUADRADOS, y con las colindancias y medidas especialessiguientes: NORTE, mide tres metros y linda calle pública o real de pormedio con el Cementerio de los Barrios de San Sebastián y El Carmen;ORIENTE, con terreno de JORGE AYALA RODRIGUEZ, predio quefue de PEDRO ROMERO, después de ANTONIA ROMERO, hoy delmismo JORGE AYALA RODRIGUEZ, midiendo en línea quebrada deNorte a Sur, empezando de la orilla de la calle real antes referida en elinmueble general cuarenta metros, quebrando al Oriente, en línea recta,siete metros y volviendo al Sur, en línea recta, veintidós metros; PO-NIENTE, mide treinta y ocho metros cuarenta y nueve centímetros, lindaen parte con porción de JOSE NICOLAS AGUIRRE, que antes fue delseñor FRANCISCO GUZMAN URIAS y en parte con resto de otroinmueble de propiedad del mismo señor FRANCISCO GUZMANURIAS que es el descrito en segundo lugar en el antecedente; y SUR, conterreno de FRANCISCO GUZMAN URIAS; asimismo por haber ven-dido el otorgante una porción del inmueble descrito en la letra “b” de esteinstrumento, de la capacidad superficial de ciento cincuenta y un metroscuadrados seis decímetros cuadrados éste ha quedado reducido a una

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

superficie de DOS AREAS VEINTE METROS CUADRADOS NO-VENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS y con las medi-das y colindancias especiales siguientes: NORTE: con porción de terrenoque formó parte del que se describe y que el compareciente vendió aJOSE NICOLAS AGUIRRE, mide seis metros; PONIENTE: midetreinta y ocho metros cuarenta y nueve centímetros y linda con terreno deMaría Gil; ORIENTE: mide treinta y ocho metros cuarenta y nuevecentímetros y linda con terreno que fue de don DAVID RODRIGUEZdespués de CATARINO AYALA y DELFINA VIUDA DE AYALA,después de CONCEPCION ESCOBAR y LEONOR AYALA DE ES-COBAR, hoy de propiedad del otorgante y que es la porción descrita enla letra “a” de este instrumento, cerco de alambre de división; y SUR: conterreno que fue de SANTOS ROMERO hoy de MERCEDES ROMEROmide seis metros, alambrado propio de división. Los inmuebles anterior-mente descritos se encuentran inscritos a favor del señor MANUELGUZMAN URIAS, bajo el Número TREINTA Y OCHO, del LibroDOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO, del Registro de la Propiedad delDepartamento de La Paz””””.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a lasquince horas, del día veintinueve de noviembre de dos mil dos. Dr. JOSEMANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br.ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1136-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Doctor CARLOS GUILLERMO MULLER DELGADO, Apode-rado General Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO,contra EDWIN WILLIAMS GALO conocido por EDWIN WILLIAMSGALO ESPINAL y MARLENY ELIZABETH LAZO, se venderá enpública Subasta en este Tribunal, un inmueble antes rústico hoy urbano,situado en el Cantón El Jute, jurisdicción, Distrito y Departamento deSan Miguel, que se describe en el plano respectivo, como LOTENUMERO CUARENTA Y NUEVE DEL POLIGONO “A”, de laUrbanización que particularmente se denomina RESIDENCIAL PALOBLANCO SEGUNDA ETAPA, cuya descripción técnica y linderos sonlos siguientes: Partiendo de la intersección de los ejes de la calle antiguaa la Unión, con rumbo Sur, cuarenta y nueve grados treinta punto nueveminutos Ese, y calle los Bambúes, con rumbo Norte, sesenta y ochogrados cincuenta y nueve punto un minuto Este, esta última abierta en laUrbanización Palo Blanco, y midiendo sobre este último eje una distan-cia de ciento doce metros, se llega a un punto en el cual se hace unadeflexión izquierda de ochenta y dos grados y midiendo sobre el eje dela Avenida Los Laureles con rumbo Norte trece grados cero punto nueveminutos Oeste y con una distancia de ciento cuarenta y tres punto cincometros se llega a un punto en el cual se hace una deflexión izquierda denoventa grados y con una distancia de cinco punto cinco metros, selocaliza el vértice Nor-Este, del lote el cual mide y linda: AL NORTE,quince punto cero metros, rumbo Sur setenta y seis grados cincuenta ynueve punto un minuto Oeste, linda con lote número cincuenta del Block“A”; AL PONIENTE, seis punto cero metros rumbo Sur trece gradoscero punto nueve minutos Este, linda con terreno propiedad de AFIFESALEH DE PEREZ; AL SUR, quince punto cero metros, rumbo Nortesetenta y seis grados cincuenta y nueve punto un minuto Este, linda conlote número cuarenta y ocho del Block “A”; AL ORIENTE, seis punto

cero metros, rumbo Norte trece grados cero punto nueve minutos Oeste,linda con lotes números veinticinco y veintisiete del Block “B”; AvenidaLos Laureles de por medio de once metros de ancho, el lote así descritotiene un área de NOVENTA METROS CUADRADOS equivalentes aCIENTO VEINTIOCHO PUNTO SETENTA Y SIETE VARAS CUA-DRADAS y en él se encuentra construida una vivienda de sistema mixto,con un área de construcción de cuarenta y ocho punto setenta y cincometros cuadrados.- El inmueble urbano descrito anteriormente perteneceal señor EDWIN WILLIAMS GALO, conocido por EDWIN WILLIAMSGALO ESPINAL, según inscripción número UNO del Libro UN MILQUINIENTOS OCHENTA Y TRES del Registro de la Propiedad delDepartamento de San Miguel.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a lasdiez horas del día nueve de septiembre de dos mil dos. Lic. JOSEGUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO MER-CANTIL SUPLENTE.- Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORE-LLANA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1022-3

MARIA LUZ REGALADO ORELLANA, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO ENGENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTE, ApoderadoGeneral Judicial de la Sociedad AVAL CARD, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor MARIO REINALDOLANDAVERDE ROSALES, se venderá en Pública Subasta en esteTribunal, la siguiente mercadería que se encuentra en la casa de habita-ción número Trece de la Colonia “El Sol”, pasaje “H”, situada en elKilómetro sesenta y siete y medio sobre la carretera que conduce aChalatenango, jurisdicción de Santa Rita, Departamento de Chalatenan-go, que se detalla así: doscientos veintidós anteojos oscuros casuales deformas y estilos variados sin marcas y de varias tonalidades de color,ciento setenta gorras (cien de lona y setenta de tela) sin marca, de varioscolores con variados símbolos o marcas al frente, ciento cincuenta y uncuadros decorativos de pared, todos de madera de las medidas siguientes:sesenta y ocho de cinco centímetros de ancho por siete de largo; cuarentay siete de ocho centímetros de largo por diez de ancho y treinta y seis dediez centímetros de ancho por diez de largo todos con diferentes motivosartísticos simples, noventa y ocho anillos metálicos sin marca “Prendasde adorno para los dedos” de diferentes tamaños con diferentes motivosy estilos; ochenta y nueve billeteras masculina de lona sin marca condiferentes motivos impresos; ciento sesenta y siete collares “Prendas deadorno para el cuello” de diferentes motivos y estilos de los materialessiguientes: sesenta metálicos y ciento siete de madera, cincuenta y dosbarras pequeñas de cilicona para borrar, dos cintas de belcro de colornegro, doscientos setenta y tres pulseras de los materiales siguientes:doscientos trece de metal y sesenta de cuero, trescientos veinticuatrocinchos de cuero de variado estilo y tamaño, doscientos un llaverospequeños con diferentes nombres o marcas impresas, un minicomponentemarca sony de tamaño pequeño color negro de dos caseteras, cincoestuches para lentes marca Ray-Ban, cuatro calculadoras corrientespequeñas y sin marcas, diecinueve portarretratos de madera cuadrados devarios estilos y colores, veinte botes de lociones de marcas variadas sinpoder establecer su originalidad siendo trece para hombres y siete paramujer, ciento veinticuatro pantalones tipo “Jeans” de los colores siguien-tes: treinta y cuatro color azul, veintiocho color negro y veintiséis de

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varios colores. Todos de varios estilos y tamaños, trece pares de calcetasde mujer de varios colores y de diferentes marcas y tamaños, veintidóscajas de calsoncillos de algodón de diferentes color, tamaño y marca máscuatro unidades sueltas, veintisiete pantalones “casuales” de hombre sinmarca color talla variados, ciento veintisiete camisas de vestir de tela ensus respectivas bolsas cada una, de diferentes estilos colores talla, cincocamisas tipo “Sport” para hombre de diferentes colores tamaños, ochocamisas para hombre, de vestir manga corta de botones, dos relojes debatería estilo péndulo, de forma redondeada de cerámica, reloj de mesade cerámica, setenta y ocho relojes de pulsera de diferentes marcas yestilos siendo dieciocho de cuero y sesenta de plástico, un adorno paramesa de calavera, una plancha marca “Black and Decker” ciento ochentay un pares de aretes metálicos sin marcas de varios colores y estilos, unmil ciento veintiséis tarjetas de papel cartón con diseños para diferentesocasiones, setenta y dos calcomanías de papel de varios estilos ytamaños, ciento diecisiete tarjetas plásticas con diferentes pensamientosimpresos, veinticinco encendedores plásticos para cigarrillos, dieciochoganchos femeninos para el cabello de diferentes estilos, cincuenta y doscadenas “Adorno para el cuello” de diferentes material corriente ytambién de diferentes estilos, cuarenta y nueve dijes “Prendedores” dediferentes estilos y de material corriente, seis prendas interiores mascu-linas “Boxers” de diferentes estilos, once crucifijos metálicos paracadena de material corriente y de varios estilos, seis adornos pecesmetálicos para vehículo, ochenta y siete parches de tela para gorra dediferentes estilos, cuarenta y seis tarjetas postales de diferentes motivos,cuatro juegos de rompecabezas de diferentes motivos, nueve paquetes debaterías “chinas” tipo “A” de cuatro unidades cada paquete, catorceagujas metálicas para inflar pelotas, ocho lápices marca facela demadera, veintitrés lapiceros marca Bick color azul, seis cajas de colaspara pelo sin marca y material tela elástico, veintitrés pines de metal dediferentes motivos, cuatro barbies plásticas, dos carros de juguete decaucho, dos aviones de juguete de caucho, una mariconera pequeña decuero, doce pañuelos de tela sin marca, cuatro lámparas de mesa de yesosin marca, cuatro lámparas típicas de madera, veintiún peluches peque-ños de color blanco, cuatro candelas de esterlina, dos repisas metálicaspara gorras, dos peinetas plásticas, seis pisapapeles sin marca, oncepisapapeles de Twety color amarillo, cuatro agendas telefónicas sinmarca, cuatro libros para pintar, siete carteras para mujer cinco de cueroy dos de vinil, veinticinco adornos para interior de vehículo siendodieciocho de cuero y siete plásticos, dos portapapeles, once sombreros detela, pequeños para hombre, cinco boinas de lona, dos cascos verdes debéisbol, dos cajas de pañuelo de dacrón color blanco, seis macetasplásticas con adornos florales, cuatro porta cleenex plásticos, diezjoyeros de formas varias de caucho, doce globos de colores, siete pulserasde plata, tres juegos para aros de suerte plásticos, cuatro libritos pequeñosde papel, siete vitrinas de vidrio del tamaño siguiente: tres de un metrocon cincuenta centímetros de largo por uno aproximadamente de anchoy cuatro vitrinas de dos metros de largo y un metro de ancho aproximado,cuatro modulos de madera color negro, un mueble de madera en formade “L” sin marca, color amarillo; setenta y cinco collares sin marcasiendo del material siguiente: seis de madera y quince metálicos, dos-cientos veintinueve pulseras sin marca siendo del siguiente material:ciento cincuenta de madera y setenta y nueve de tela; doscientos ochentay seis llaveros de varios estilos de material plástico y sin marca, sietelámparas de mesa de material cartón papel de varios colores; trescientastreinta y cuatro tarjetas de papel de colores y motivos varios; doscientosveinticuatro cuadros siendo de las medidas siguientes ciento diecisiete decinco por ocho centímetros; ochenta y ocho de ocho por diez centímetrosy veinte de diez por doce centímetros, todos de madera; dos relojes depared de caucho; cuatro portarretratos Looney Toon sin marca demadera; un par de pantunflas de peluche sin marca; diez carteras siendoéstas del material siguiente: ocho de vinil y dos de cuero color negro; trescofres típicos de “La Palma” de madera; un portaservilletas sin marca deplástico, dos relojes de mesa de cerámica color blanco; ocho adornos para

mesa de formas varias; dos casitas artesanales de cuero sin marca;cuarenta y cuatro peluches pequeños sin marca de varios estilos trescadenas metálicas con cruz sin marca, de fantasía; trece set de uñaspostizas de todo tamaño sin marca; quince pares de aretes metálicos sinmarca; cuatro juegos de anillos de fantasía; tres pulseras metálicas parareloj; cuatro pisapapeles de Twennty; ciento cuarenta y cuatro tarjetascon pensamiento de papel; siete monederos de varias formas de cuero;dos imágenes de virgen de papel madre; un rosario; tres carro de policíade juguete de caucho; dos rompecabezas de papel; una pelota de basketBol de hule; diez mochilas de caricaturas plásticas; tres Barbies plásticas;una cartera Mini Mouse de lona color azul; dos bolsitas de Walt Disneyde tela color verde; una lonchera plástica color amarilla; dos monederosplásticos sin marca; dieciséis carteritas plásticas; un portarretratos paravarias fotografías de madera; dieciséis cortaúñas de metal; cuatro pañue-los de dacrón color blanco; diez juegos de cola para el cabello de tela-hule; veintiséis juegos de gancho para el pelo plástico; dos juegos decandelas para cumpleaños de esterina; dos agendas sin marcas de papel;seis cassette de música, plásticos; treinta y siete anteojos oscuros plásti-cos; veintiséis relojes de muñeca, plásticos; cuatro desodorantes ambien-tales; seis desodorantes en espray; cuatro botellas de gas zippo, peque-ñas; noventa y un billeteras de lona de varios motivos y colores, dos cajasde pañuelos blancos de dacrón; un llavero de pared de madera sin marca;siete caseteras tipo walkman; veintiocho camisetas de algodón blancassin marca; tres estuches para lentes Ray Ban de cuero; dos portapuros demetal sin marca; veintitrés lociones siendo éstas las siguientes: trece demujer y diez para hombres, cuatro mostradores metálicos armables demetal sin marca; dieciséis pañuelos con diadema de tela sin marca;cincuenta y dos ganchos dentados para caballero plásticos de coloresvariados; dos adornos artesanales con figuras de tucán hechos de madera;nueve cajitas de cartón para regalos sin marca; ocho cajitas de cartón paradepositar anillos; once paquetes de gancho para el cabello plásticos sinmarca; una calculadora marca “Por Pro” modelo YH ocho seis uno, deocho dígitos; una cola para cabello plástica sin marca; cuarenta y tressobres de papel Manila; cuarenta y tres folder de papel; un bebe dejuguete plástico sin marca; tres portarretratos individuales de cerámicasin marca; ocho arreglos florales de rosa estuche plásticos; ocho cristalesdecorativos pequeños sin marca; treinta y dos globos de Tweti en estucheplásticos; tres relojes sencillos para hombre; veintisiete joyeros decaucho sin marca; dos portarretratos pequeños de caucho sin marca;cinco toallas de Wine Pooh de algodón pequeñas; un portalápicestransparente plástico; ciento tres lapiceros Bick plásticos corrientes;sesenta y tres lápices de madera marca Facela color amarillos; seis purosde Tabaco sin marca; once bolsas plásticas sin marca; siete bolsas típicasplásticas, sesenta y nueve gorras siendo del siguiente material: diecinue-ve de lona y cincuenta de tela; cinco pañoletas de tela sin marca; catorceboinas de tela; un par de sandalias de cuero sin marca; un espejo pequeñodecorativo sin marca; un casco de béisbol de plástico; veinte camisetasde algodón con motivos típicos impresos; un gorro «Boss» de tela sinmarca; tres camisetas de tela para niño; veintisiete cinchos de cuero sinmarca de varios colores; cuatro bolsones plásticos sin marca; ochenta ysiete separadores de papel; veintinueve juguetes pequeños plásticos enestuche; un camioncito plástico de juguete; cinco sobremesas de plásti-co; doce estuches plásticos para poner cajas de chicles: dos carteritasplásticas transparentes; un estuche plástico de juguete de “sala debelleza”; seis porta lápices de madera sin marca; un teléfono relojpanasonic de caucho; seis pulseras de “Caña”; un anillo plástico sinmarca; un teléfono de juguete plástico; dos alcancías de barro; un juegode tres pulseras de pie de fantasía; tres portaservilletas de caucho; tresportapapeles de plástico sin marca; un pisapapel de plástico sin marca;dos vitrinas de vidrio con marco de aluminio de aproximadamente unmetro de ancho por dos de largo cada una; un rótulo de plástico deaproximadamente ochenta centímetros de ancho por un metro cincuentacentímetros de largo con marco de metal.

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a lasnueve horas y treinta minutos del día cinco de junio de dos mil dos. Licda.MARIA LUZ REGALADO ORELLANA, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL.- Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLANA,SECRETARIA.

3. v. alt. No. 1064-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada ELSY ELIZABETH GALVEZ SANCHEZ, Apodera-da del BANCO AMERICANO, SOCIEDAD ANONIMA, antesUNIBANCO S.A., contra las Sociedades INVERSION Y DESARRO-LLO DE PROYECTOS, S.A. DE C.V., AQUA SYSTEMS, S.A. DE C.V., y el señor JULIO ERNESTO MOISA PARADA, se venderá enPública Subasta en este Tribunal, una porción de terreno rústico queforma parte del inmueble general, el cual se encuentra ubicado en elPueblo de Santa María, Distrito y Departamento de Usulután, de unaextensión superficial de VEINTE MIL NOVECIENTOS SESENTA YSIETE PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS equivalen-tes a TREINTA MIL VARAS CUADRADAS, y es de las medidas ycolindancias siguientes: partiendo del punto de intersección de los ejesde la carretera de El Litoral, que de la ciudad de Usulután conduce a laciudad de San Miguel, y de la calle al Cantón La Laguna Palo Galán, semide sobre el eje de la segunda con rumbo Sur un grado veintiochominutos nueve segundos Oeste y distancia de quince metros veintitréscentímetros para llegar a un punto a partir del cual con una deflexiónizquierda de noventa grados y distancia de seis metros ochenta y ochocentímetros, se llega al esquinero Nor-oeste del inmueble general; luegouna línea recta dividida en dos tramos: el primero, con rumbo Norteochenta y ocho grados trece minutos cuarenta y un segundos Este, ydistancia de ciento cincuenta y siete punto cuarenta y seis metros y elsegundo, con rumbo Norte ochenta y un grados cincuenta minutosveinticinco segundos Este y distancia de veintiséis punto ochenta y unmetros se llega al esquinero Nor-Oeste del terreno que a continuación sedescribe: AL NORTE: consta de un tramo de ciento veintiséis puntocinco metros, con rumbo Norte ochenta y un grados cincuenta minutosveinticinco segundos Este, lindando con terrenos propiedad de Inversióny Desarrollo de Proyectos, Sociedad Anónima de Capital Variable,carretera de El Litoral de por medio de veintiocho metros de ancho dederecho de vía; AL ORIENTE: consta de un tramo recto de distancia deciento cuarenta y uno punto cinco metros; con rumbo Sur seis gradostreinta y cinco metros veintiséis segundos Este, lindando con el resto delinmueble general; AL SUR: consta de cuatro tramos rectos: El primero,con distancia de treinta y seis punto once metros con rumbo Sur setentay ocho grados cincuenta y tres minutos cuarenta y un segundos Oeste; elsegundo, con distancia de tres punto setenta y un metros, con rumbo Surdiecisiete grados cincuenta y cinco minutos diez segundos Oeste; eltercero con distancia de diecisiete punto veintiocho metros, con rumboSur ocho grados cero minutos cincuenta y seis segundos Este, los trestramos anteriores, lindan con terreno propiedad del señor LORENZOALCANTARA. El cuarto con distancia de ochenta y seis punto ochometros, con rumbo Sur ochenta grados cincuenta y un minutos veintisietesegundos Oeste, lindando con terreno propiedad del señor GREGORIOZELAYA; AL PONIENTE: consta de un tramo recto con distancia de

ciento setenta y dos punto cinco metros, con rumbo Norte seis gradostreinta y cinco minutos veintiséis segundos Oeste, lindando con el restodel inmueble general, llegando al punto donde se inició la presentedescripción. Dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Socialde Inmuebles del Departamento de San Miguel, a la Matrícula númeroMO CUATRO MILLONES DOCE MIL TRESCIENTOS NUEVE, afavor de la Sociedad INVERSION Y DESARROLLO DE PROYEC-TOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas diez horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil dos. Lic.JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE. Licda. ELENA ELIZABETH AYALAORELLANA, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1235-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio CivilEjecutivo, iniciado por el Licenciado JOSE ROBERTO MERINOGARAY, continuado por el Licenciado JULIO CESAR CAMPOSSEVILLANO, ambos como Apoderados de la Sociedad SOLAIRESOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señorADOLFO RIVERA RIVAS, reclamándole cantidad de colones, sevenderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente:""""""Un inmueble urbano y sus construcciones que contiene, situado enla notificación denominada URBANIZACION DIEZ DE OCTUBRE,ubicada en el Kilómetro siete y medio de la carretera que de San Salvadorconduce a Zacatecoluca, Caserío Jaltepeque, jurisdicción de San Mar-cos, de este Departamento, marcado en el plano de notificación respec-tivo con el número TRES POLIGONO DOS, BLOCK D, SENDATRES, de una extensión superficial de SETENTA Y CINCO METROSCUADRADOS, que se ubica y describe así: a partir del punto deintersección de los ejes de la Avenida Principal y Senda número tres, semide sobre el eje de este último, una distancia de trece punto treinta ycuatro metros, para llegar a un punto desde el cual con una deflexiónpositiva de noventa grados y distancia de dos metros, se localiza elesquinero Nor Oeste del terreno identificado en el plano correspondientecon la letra A, cuyas medidas, rumbos y colindancias son los siguientes:AL NORTE: desde el esquinero A ya descrito, hasta el esquinero B, línearecta AB de cinco metros de longitud y rumbo Sur setenta y nueve gradoscincuenta punto nueve minutos Este, linda por este rumbo con el lotenúmero cincuenta y ocho del Block C, senda número tres de por medio,AL ORIENTE: desde el esquinero B hasta el esquinero C, línea recta BCde quince metros de longitud y rumbo Sur diez grados nueve punto unminuto Oeste, linda por este rumbo con el lote número cuatro, AL SUR:desde el esquinero C, hasta el esquinero D, línea recta CD de cinco metrosde longitud y rumbo Norte setenta y nueve grados cincuenta punto nueveminutos Oeste, linda por este rumbo con el lote número cincuenta ycinco, AL PONIENTE: desde el esquinero D hasta el esquinero A, quees donde se comenzó la descripción, línea recta DA de quince metros delongitud y rumbo Norte diez grados nueve punto un minuto Este, lindapor este rumbo con el lote número dos. El lote antes descrito formó partede un inmueble mayor denominado en el antecedente la porción Primeray le perteneció al Fondo Social para la Vivienda. Inmueble aún noinscrito a favor del deudor pero es inscribible por estarlo su antecedentemás próximo bajo la MATRICULA DEL FOLIO REAL NUMEROCERO UNO-CERO TRES SEIS OCHO CUATRO CINCO-CEROCERO CERO, INSCRIPCION UNO, del Registsæ de la Propiedad deeste Departamento. Inscrito dicho inmueble a favor del demandado señor

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

ADOLFO RIVERA RIVAS, bajo la Matrícula número M CERO CIN-CO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIEN-TOS TREINTA Y TRES, del Registro de la Propiedad de este Departa-mento."""""

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las docehoras del día cinco de diciembre de dos mil dos. Dr. DARIO VILLALTABALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINOALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1233-3

LA SUSCRITA JUEZ,

HACE SABER: que con fecha veintiuno de mayo del corrienteaño, se presentó el Licenciado JOSE CRISTOBAL CHOTO, de cuarentay ocho años de edad, Abogado, del domicilio de la Ciudad de San Miguel,con Cédula de Identidad Personal número tres guión uno guión cero cerocuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta, en concepto de ApoderadoGeneral Judicial de la señora DIGNA PORTILLO, quien es de cincuentay dos años de edad, de oficios domésticos, del domicilio del CantónPlanes Terceros de esta Jurisdicción, portadora de su Cédula de IdentidadPersonal número tres guión dos guión cero diez mil setecientos doce,solicitando a su favor Título Supletorio de dos inmuebles de naturalezarústica, situados en el Cantón Planes Terceros Jurisdicción de Chiname-ca, Departamento de San Miguel, que se describen así: PRIMERINMUEBLE: de una hectárea, sesenta y cinco áreas y sesenta y trescentiáreas o sean dieciséis mil quinientos sesenta y tres metros cuadra-dos, cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL NORTE: cientodiez metros, con propiedades de ELBA LIDIA RODRIGUEZ y DA-NIEL COLATO; AL ORIENTE: en dos tiros; el primero de veintemetros cincuenta centímetros, linda con propiedades de SECUNDINOCOLATO y NAPOLEON COLATO; AL SUR: cincuenta metros concincuenta centímetros, con propiedad de CRISTINO COLATO; y ALPONIENTE: ciento cuarenta metros cincuenta centímetros, con propie-dad de SANTOS COLATO. Que el inmueble lo adquirió en el año demil novecientos setenta en el mes de abril, por compra que entonces lehiciera en forma verbal al señor LISANDRO PORTILLO, no es sirvienteni dominante, ni tiene carga de derecho y reales de ajena pertenencia ylo estima mi mandante en CUARENTA MIL COLONES. Y el segundomide y linda al Norte, en seis tiros; el Primero de veinte metros, condirección de Noreste a Sur este, veinte metros, el segundo con direcciónde Oriente a Poniente, veinte metros, el tercero de Sur a Norte, veintemetros, colindando en estos tres tiros con propiedad del señor JULIOCESAR VILLALTA; el cuarto de cincuenta metros con dirección deOriente a Poniente, Calle Panamericana de por medio con propiedadesde SOLEDAD FUENTES y ROMILIO PORTILLO, el quinto de treintametros con dirección de Norte a Sur, y el sexto de cuarenta metros condirección de Oriente a Poniente, colindando en estos dos tiros conMARTA NOEMY URRUTIA; AL PONIENTE, cincuenta metros conpropiedad de MARTA NOEMY URRUTIA, AL SUR, ciento cincuentametros en línea recta, con propiedad de MANUEL ANTONIO PORTI-LLO; y AL ORIENTE, en dos tiros, el primero de sesenta metros; y elsegundo de veinte metros, colindando camino vecinal de por medio, conpropiedad del señor JOSE EMILIO FUENTES, teniendo una superficiede ocho mil trescientos un metros cuadrados. No es dominante nisirviente, no tiene cargas de derecho reales de ajena pertenencia y loestima mi mandante en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES,habiéndolo adquirido por compra informal que hiciera el señor FRAN-CISCO PORTILLO, mayor de edad, Agricultor en Pequeño, habiendoverificado la compra en el año de mil novecientos setenta, en el mes demayo.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las docehoras del día veinticuatro de mayo de dos mil dos. Lic. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1146-3

WALTER ELIAZAR BARILLAS RODRIGUEZ, Notario de estedomicilio con Bufete Jurídico ubicado en Calle Obispo MarroquínCentro Comercial Las Américas, local dos-tres segunda planta de estaciudad.

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las catorce horas del día veinticinco de julio del año dos mil uno. Se hatenido por aceptada la solicitud de Título Supletorio a favor de la señoraPETRONA ALDANA MERCADO, de setenta y nueve años de edad, deoficios domésticos, del domicilio de Armenia de este departamento,portadora de su Cédula de Identidad Personal número cero seis guióncero cuatro guión cero cero cero tres mil seiscientos ocho, de un inmueblede naturaleza rústica, situado en el Cantón El Guayabo jurisdicción deArmenia de este departamento, de una extensión superficial de CUA-TRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO CERO CIN-CO METROS CUADRADOS, sus medidas y linderos son los siguien-tes: AL NORTE: cien metros seiscientos catorce milímetros, linda conRENE MAURICIO MARIN PORTILLO; AL SUR: ciento diez metrossetenta centímetros, linda con RICARDO SANCHEZ VALENCIA; ALORIENTE: cuarenta metros veinticinco centímetros, linda con ALE-JANDRO MORENO MENENDEZ, calle de por medio; y AL PONIEN-TE: cuarenta metros cero tres centímetros, linda con Asociación Coope-rativa de la Reforma Agraria, ATAISI DE R.L. El inmueble descrito loobtuvo la solicitante por Posesión Material ejercida por más de diez años,la cual ha sido en forma quieta, pacífica y no interrumpida, ejecutandoactos de toda clase que solo dan derecho al dominio, a ciencia y pacienciade vecinos y colindantes, sin ninguna perturbación, los colindantes sondel domicilio de Armenia de este departamento y estima el inmueble enla suma de DIECISEIS MIL COLONES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Sonsonate, cuatro de septiembre del año dos mil dos.

WALTER ELIAZAR BARILLAS RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº 1115-3

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el DoctorANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado GeneralJudicial con cláusula especial de la señora MARINA EVELIA GONZA-LEZ DE SUAZO, solicitando Título Supletorio de un terreno de natura-leza rústica, situado en el Cantón San Pedro, Caserío Río Seco, jurisdic-ción de El Divisadero, Distrito de San Francisco Gotera, Departamentode Morazán, de la capacidad superficial de NOVECIENTOS SETENTA

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Y SIETE METROS, CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, delas medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide cuarenta y dosmetros con terrenos de ALICIA RODRIGUEZ DE SAENZ, cerco dealambre de por medio: AL NORTE, mide cuarenta y tres metros, conterrenos del señor LUIS LAZO GOMEZ, calle de por medio; ALPONIENTE, mide cuatro metros, con la señora MAURA FLORESFERNANDEZ DE MATA, calle de por medio; y AL SUR, midecuarenta y dos metros con terrenos de la señora TERESA DE JESUSFUENTES DE FLORES, cerco de alambre de por medio, hasta llegardonde comenzó. Existe una casa construida, techo de tejas, paredes deadobe, piso natural; dicho inmueble lo adquirió por compraventa que lehizo al señor MIGUEL ANGEL SUAZO; y lo valora en la cantidad deVEINTE MIL COLONES.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasonce horas del día dieciséis de octubre de dos mil dos. Lic. JUANCARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INS-TANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SE-CRETARIA.

3 v. alt. Nº 1048-3

LA SUSCRITA NOTARIO,

HACE SABER: que a esta oficina ha comparecido en su carácterpersonal el señor JOSE ALEJANDRO GAVIDIA, quien es de sesentaaños de edad, Jornalero del domicilio de San Lorenzo Departamento deSan Vicente, a quien conozco e identifico por medio de su DocumentoUnico de Identidad número cero cero doscientos treinta y siete milseiscientos ochenta y nueve-siete, solicitando Título Supletorio de unterreno rústico, situado en el Cantón Santa Lucía, jurisdicción de SanLorenzo, Departamento de San Vicente, de la extensión superficial deTRES MIL CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, con loslinderos especiales siguientes: AL NORTE: con terreno de RAFAELCESAR LEONOR CRUZ; AL ORIENTE: linda con terreno de RA-FAEL CESAR LEONOR CRUZ; AL SUR: con terreno de INESMERCEDES LEONOR, ARTURO LOPEZ, VIDAL LEONOR, cami-no vecinal de por medio; y AL PONIENTE: con terreno de RAFAELCESAR LEONOR CRUZ; El terreno antes descrito no es dominante nisirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargos o derechos quepertenezcan a terceras personas; y que dicho inmueble lo adquirió porcompra que le hizo al señor NATIVIDAD DE JESUS CUBIAS, segúnescritura privada otorgada en esta ciudad, el día diez de marzo de dos miluno, el inmueble relacionado lo valúa en la suma de MIL CIENTOCUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTA-VOS DE DOLAR.

Lo que se le avisa al publico con fines de Ley. Se previene a laspersonas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitan-te, lo hagan dentro del término legal en mi despacho Jurídico situado enQuinta Calle Oriente, Barrio el Santuario, número diecinueve, SanVicente.

Librado en la ciudad de San Vicente, a los diecinueve días del mesde diciembre del año dos mil dos.

Licda. ANA DOLORES MUÑOZ FLORES,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. Nº 1294-3

LA SUSCRITA NOTARIO,

HACE SABER: que a esta oficina ha comparecido en su carácterpersonal la señora VICTORIA HILARIA ALVAREZ ANDRADE,quien es de sesenta y nueves años de edad, de oficios domésticos, deldomicilio de Santo Domingo, Departamento de San Vicente, a quienconozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidadnúmero cero cero cinco uno cero nueve ocho siete-cinco, solicitandoTítulo Supletorio de un terreno rústico, situado en el Cantón Talpetate,jurisdicción de Santo Domingo, Departamento de San Vicente, de laextensión superficial de MIL TRESCIENTOS UNO METROS CUA-DRADOS, con los linderos especiales siguientes: AL NORTE: conterreno de VIRGINIA CRUZ; AL ORIENTE: linda con terreno deVIRGINIA CRUZ, VICTOR MANUEL CANJURA, carretera de pormedio; AL SUR: con terreno de RAMONA BORJAS MONTERROSA;y AL PONIENTE: con terreno de SANTOS IGNACIO MEJIACORVERA; El terreno antes descrito no es dominante ni sirviente, niestá en proindivisión y no tiene cargos o derechos que pertenezcan aterceras personas; y que dicho inmueble lo adquirió por compra que lehizo al señor MIGUEL ANGEL GUATEMALA, según escritura priva-da otorgada en esta ciudad, el día seis de julio de mil novecientos ochentay dos, el inmueble relacionado lo valúa en la suma de MIL CIENTOCUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTA-VOS DE DOLAR.

Lo que se le avisa al público con fines de Ley. Se previene a laspersonas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitan-te, lo hagan dentro del término legal en mi despacho Jurídico situado enQuinta Calle Oriente, Barrio el Santuario, número diecinueve, SanVicente.

Librado en la ciudad de San Vicente, a los trece días del mes dediciembre del año dos mil dos.

Licda. ANA DOLORES MUÑOZ FLORES,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. Nº 1293-3

EL SUSCRITO NOTARIO: DAGOBERTO ARNULIO GUARDADOGONZALEZ, con dirección en Avenida Guandique número dos de laciudad de Usulután. Al público para los efectos de Ley,

AVISA: que ante mis Oficios de Notario, se ha presentado el señorJESUS JOSE GRANADOS, de cuarenta y cinco años de edad, Jornalero,del domicilio de San Rafael Oriente, solicitando TITULO SUPLETO-RIO, sobre un terreno rústico, situado en el Cantón Santa Clara, jurisdic-ción de San Rafael Oriente, Distrito de Chinameca, Departamento de SanMiguel, de la extensión superficial de SEIS MIL CUATROCIENTOSSETENTA Y NUEVE METROS CUARENTA Y UN DECIMETROSCUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIEN-TE, linda con Buenaventura de Jesús Jurado; AL NORTE, linda conMarcelino Santos Chávez; AL PONIENTE, linda con Gonzalo Sorto,quebrada de por medio y Lucía Romero; y AL SUR, con Buenaventurade Jesús Jurado, y María Romero. Que el inmueble descrito no esta enproindivisión con persona alguna, y lo valúa en la suma de UN MILCIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEISCENTAVOS DE DOLAR, de los Estados Unidos de América. - Inmue-ble que lo posee desde hace más de veinte años.-

Usulután, diez de Diciembre del dos mil dos.

Lic. DAGOBERTO ARNULIO GUARDADO GONZALEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 1230-3

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el Licenciado-Jimmy Robert Castillo Campos, de treinta y un años de edad, Abogadoy Notario del domicilio de San Miguel, con Documento Unico deIdentidad número cero un millón cuatrocientos diecinueve mil cuatro-cientos diecinueve mil cuatrocientos setenta y nueve-guión ocho,Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la señora OlgaEsperanza Ramos, de cuarenta y nueve años de edad, soltera, de oficiosdomésticos, Originaria de Chinameca, Departamento de San Miguel ycon domicilio de Long Island Estado de Nueva York Estados Unidos deAmérica, identificada por medio de su pasaporte ordinario Salvadoreñonúmero A setecientos trece mil novecientos noventa y dos, expedido eldía veintiuno de diciembre del año dos mil en el Consulado de Long-Estado de Nueva York, de los Estados Unidos de América, portadora desu tarjeta de Identificación Tributaria del número un mil doscientoscinco-cero diez mil seiscientos cincuenta y tres-ciento uno seis, solicitan-do Título de Propiedad y Dominio a favor de su Poderdante de un solary casa urbano, situado en el Barrio Dolores de la Ciudad de Chinameca,Distrito del mismo nombre, Departamento de San Miguel, de cuatrocien-tos ochenta y cuatro metros cuadrados de capacidad superficial, de loslinderos siguientes: al ORIENTE, con Jesús Perdomo Marín, calle de pormedio; al NORTE, con Eduardo Saravia, muro de ladrillo de por mediodel colindante; al PONIENTE con la Administración del Valle de laEsperanza, ahora con Piedad Hernández, barranca de por medio y al SURcon la Sucesión de Emilia Aguilar, cimiento de adobe de por medio,propio del terreno descrito, tiene construida una casa techo de duralita,pared de sistema mixto, dicho inmueble lo hubo su poderdante porcompra que hizo a la señora Candelaria Ramos que unida la posesión conla de su antecesora pasa de más de diez años, en forma quieta, pacíficay sin interrupción de terceros, lo estima en TREINTA Y CINCO MILCOLONES.- Colindantes de este domicilio,

Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Chinameca, a los diez días del mes de Diciem-bre del año dos mil dos.- Br. JUAN PABLO OSORIO, ALCALDEMUNICIPAL.- Lic. LUIS RAMON MORALES, SECRETARIO MU-NICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 1093 -3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA POBLA-CION,

HACE SABER: que a esta Oficina se presentó VICTOR MA-NUEL MARTINEZ RAMIREZ, de treinta y seis años de edad, Emplea-do, de este domicilio, con residencia en Barrio La Unión de estajurisdicción, Portador de mi Cédula de Identidad Personal número: once-once- cero cero cero dos nueve nueve nueve; solicitando TITULO DEPROPIEDAD a su favor, sobre un inmueble de naturaleza urbana,situado en el Barrio La Unión de ésta ciudad, cuya extensión superficiales de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRA-DOS, VEINTICINCO CENTIMETROS; que linda y mide: AL NORTE:Doce metros, veinte centímetros con inmueble propiedad de FilibertoAlfonso Martínez Vanegas, calle de por medio. AL PONIENTE: Vein-tiún metros con inmueble propiedad de Oscar Ramírez Martínez, enparte; y Dora Alicia Zavaleta, en otra parte; cercos ajenos de por medio.AL SUR: Doce metros, veinte centímetros con inmueble propiedad deBaudilio Valiente, cerco propio de por medio. AL ORIENTE: Veintiúnmetros, cincuenta centímetros con inmueble propiedad de RobertoMartínez Ramírez, cerco propio de por medio. Adquirió el inmueble pormedio de Compra- Venta en Escritura Pública no inscribíble otorgada asu favor por parte de la señora María Eufemia Castaneda, mayor de edad,

de oficios del hogar, de este domicilio. Lo estima en la cantidad deQUINCE MIL COLONES. Data en presesión por más de diez años enforma quieta, pacífica y no interrumpida; no es predio sirviente nidominante, no está en proindivisión, ni pesa sobre él gravamen alguno..Los colindantes son de éste domicilio.

Lo que se hace saber para los efectos de Ley pertinentes.

Alcaldía Municipal de Turín, a los diecisiete días del mes deDiciembre del año dos mil dos .- JOSE ADALBERTO CRISTALESVALIENTE, ALCADE MUNICIPAL. JOSE LUIS AGUILAR CHIN-CHILLA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 1066 -3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado porescrito la señora MARIA ERLINDA MELENDEZ DE MARAVILLA,de setenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos, del domiciliode Santo Domingo, Departamento de San Vicente, con residencia enBarrio San José de esta Jurisdicción, portadora de su Documento Unicode Identidad Número: cero uno cinco dos cuatro cero tres tres-cero, y conNúmero de Identificación Tributaria: mil cinco- doscientos treinta milsetecientos veintiocho-ciento uno-tres, solicitanto título de propiedad deun inmueble de naturaleza urbano, dueña y legítima poseedora de buenafe, el cual esta situado en Barrio San José de esta Jurisdicción, de unaextensión superficial de SEISCIENTOS SIETE PUNTO TREINTA YCINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda; AL ORIENTE:treinta punto veinticinco metros, con terreno antes del señor Luis MónicoMaravilla, a hora con Ministerio de Educación Calle Tres de Mayo de pormedio; AL NORTE: treinta y tres metros, con terreno antes del señorLuis Adan Rivas, ahora con Iglesia Católica Diócesis de San Vicente; ALPONIENTE: veintinueve metros, linda con María Herminia Meléndez,pasaje y carretera antigua de por medio, María Isabel Hernández, InésOrantes Meléndez, Evangelina del Rosario portillo Meléndez, AdaCleotilde Maravilla Argueta, pasaje de por medio; Y AL SUR: ochometros, con terreno de José María Cruz Barahona, carretera antigua depor medio. El inmueble así descrito no es sirviente ni dominante, no tienecarga ni derechos reales de ajena pertenencia, ni esta en proindivisión connadie, dicho inmueble lo estima la solicitante en la cantidad de DIECI-SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PUNTO OCHENTA YSEIS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERI-CA, los colindantes son todos de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL: Santo Domingo, Departamento deSan Vicente, a las once horas del día diecinueve de Diciembre del año dosmil dos.- JORGE ALBERTO ARGUETA MALDONADO, ALCALDEMUNICIPAL.- FLOR DE MARIA RODRIGUEZ, SECRETARIAMUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 1238-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado por sí y porescrito la Señora HILARIA HERRERA DE OCHOA, solicitando a sufavor Título de Propiedad de un terreno rústico situado en el CaseríoBuena Vista del Cantón Laguna Seca de esta jurisdicción compuesto deseiscientos treinta metros cuadrados de superficie, lindante: NORTE conHilaria Herrera de Ochoa; ORIENTE, con Enma Valle; SUR, con

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Trinidad Avelar; Y PONIENTE, con Trinidad Avelar. No es dominanteni sirviente; no tiene carga ni derecho real ajeno; lo hubo por compra; loscolindantes son de este domicilio y lo estima en diez mil colones.-

ALCALDIA MUNICIPAL: Nueva Concepción, Departamento deChalatenango, a los dieciséis días de Diciembre de dos mil dos.-VICENTE VALLE RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- Br.MANUEL DE JESUS LANDAVERDE C., SECRETARIO MUNICI-PAL.-

3 v. alt. Nº. 1213-3

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EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentada por sí y porescrito el Señor SANTOS ASUNCION CHACON QUIJADA, solicitan-do a su favor Título de Propiedad de un terreno rústico situado en laColonia La Fuente del Cantón Sunapa de esta jurisdicción, compuesto deveintidós áreas de superficie, lindante: NORTE, con José María Valle yAngel María Valle; ORIENTE, con José Antonio Valle Tejada; SUR,con José Antonio Valle Tejada, Julio César Valle e Higinio Perlera. YPONIENTE, con Juan Perlera, René Orlando Perlera y Luis VicentePortillo.-No es dominante ni sirviente no tiene carga ni derecha realajena; la hubo por compra los colindantes son de este domicilio y laestima en cuarenta mil colones.-

ALCALDIA MUNICIPAL: Nueva Concepción, Departamento deChalatenango, a los dieciséis días de Diciembre de dos mil dos.-VICENTE VALLE RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- Br.MANUEL DE JESUS LANDAVERDE C., SECRETARIO MUNICI-PAL.-

3 v. alt. Nº. 1212-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado por sí y porescrito el Señor PABLO VILLALTA POLANCO, solicitando a su favorTítulo de Propiedad de dos terrenos rústicos situados en el Caserío Sitiode Las Flores del Cantón Potrero Sula de esta jurisdicción; el primero deciento dos áreas de superficie, lindante: Norte, con Nicomedes Villalta:Oriente, con Joaquín Escobar; Sur, con Adela Villalta; y Poniente, conSamuel Rodríguez. Y el segundo de dieciocho áreas, lindante: Norte, conJesús Aguilar; Oriente, con Fernando Interiano; Sur, con Adela Villalta;y Poniente, con Jorge Morán.- No son dominantes ni sirvientes; no tienencarga ni derecho real ajeno; los hubo por compra; los colindantes son deeste domicilio y los estima en veinte mil colones cada uno.

ALCALDIA MUNICIPAL: Nueva Concepción, Departamento deChalatenango, a los dieciséis días de Diciembre de dos mil dos.-VICENTE VALLE RODRIGUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- Br.MANUEL DE JESUS LANDAVERDE C., SECRETARIO MUNICI-PAL.-

3 v. alt. Nº. 1211-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.-

HACE SABER: que en esta Alcaldía se ha presentado el DoctorANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado GeneralJudicial con Cláusula Especial del señor CRISTOBAL ARGUETACHICAS, de setenta y cuatro años de edad, Agricultor, del domicilio de

esta población, portador de su Cédula de Identidad Personal númerodoce-veinticinco-cero cero cero trescientos setenta a solicitar a favor deéste TITULO DE DOMINIO O MUNICIPAL, de un lote de terreno denaturaleza Urbana, Situado en el Barrio Dolores de esta población,Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la Capacidad deOCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS,de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: treinta y dos metros,calle de por medio con casa y solares de Germán Argueta y MaríaExpectación Portillo; AL NORTE: dieciocho metros calle de por mediocon casa y solar de José Salomón Romero; AL PONIENTE, treinta y dosmetros, con propiedad de la señora Raquel Argueta Viuda de Trejo, cercode alambre de por medio del solar que se describe; y AL SUR, treinta ycinco metros, con María Expectación Portillo, calle de por medio, hastallegar donde se comenzó.- Esta cultivado de árboles frutales, existe unacasa construida, techo de tejas, paredes de adobe, piso de ladrillo, quemide ocho metros de largo por cuatro metros de ancho, con servicio deagua potable y energía eléctrica.- El inmueble antes mencionado loestima en el precio de VEINTE MIL COLONES; y lo adquirió porcompra venta en escritura pública, otorgada en la Ciudad de SanFrancisco Gotera, el día diecinueve de marzo del año dos mil dos, no tienecargas ni derechos reales, ni está en proindivisión.- Los colindantes sonde este domicilio.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Alcaldía, MunicjÊql de San Fernando, a los cuatro días del mes deseptiembre del año dos mil dos.- JOSE TRIJIDIO RAMOS ARGUETA,ALCALDE MUNICIPAL.- CANDIDA ORBELINA IGLESIAS DEMARTINEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 1049-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que en esta Alcaldía se ha presentado el DoctorANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado GeneralJudicial con Cláusula Especial del señor SANTOS BRUNO ARGUE-TA, de cuarenta y un años de edad, Jornalero, antes hoy Comerciante, deldomicilio de esta población, portador de su Cédula de Identidad personalnúmero doce-quince-cero cero cero ciento diez, a solicitar a favor de ésteTITULO DE DOMINIO O MUNICIPAL, de un lote de terreno denaturaleza Urbana, situados en el extremo Poniente del perímetroUrbano del Barrio El Calvario de esta población, Distrito de Jocoaitique,Departamento de Morazán, de la capacidad de DOSCIENTOS CIN-CUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos colin-dancias siguientes: AL ORIENTE, diez metros, con terrenos de HerciliaPortillo, cerco de alambre de por medio; AL NORTE, veinticincometros, con terrenos de Servando Ramos, cerco de alambre de por medio;AL PONIENTE, diez metros, con terreno de la sucesión de Inés Ramos,calle pública de por medio; Y AL SUR, veinticinco metros, con terrenode la señora María Felipa Guevara, cerco de alambre de por medio, endicho solar existe una casa construida paredes de adobe, techo de tejas,de ocho metros de largo por seis metros de ancho, con una superficie decuarenta y dos metros cuadrados.- Dicho inmueble lo valora mi mandanteen el precio de VEINTE MIL COLONES y al estar arrendado produciríade renta anual la suma de MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEISCOLONES CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS y lo adquirió porcompra venta de la posesión material en escritura pública, otorgada en laciudad de San Francisco Gotera, el día cuatro de abril del año dos mil dos,por el señor José Hilario Argueta.- No tiene cargas ni derechos reales, niesta en proindivisión con nadie.- Los colindantes son de este domicilio.-

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal de Joateca, a los dieciséis días del mes deseptiembre del año dos mil dos.- JOSE OSMIN RAMOS, ALCALDEMUNICIPAL.- BLANCA MIRIAN ARGUETA JOYA, SECRETA-RIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 1047-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que en esta Alcaldía se ha presentado el DoctorANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado GeneralJudicial con Cláusula Especial del señor MIGUEL RODRIGUEZ, deveintiocho años de edad, Comerciante; del domicilio de esta población,portador de su Cédula de Identidad personal número doce-quince-cerocero tres mil ochocientos setenta y uno, a solicitar a favor de ésteTITULO DE DOMINIO O MUNICIPAL, de un lote de terreno denaturaleza Urbana, situados en el Barrio El Centro de esta población,Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la capacidad deOCHOCIENTOS TREINTA y DOS METROS SETENTA Y DOSDECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos colindanciassiguientes: AL ORIENTE, mide veintiocho metros veinticinco centíme-tros, colinda con solar de Nieves Portillo González, divididos por cercode alambre de por medio; AL NORTE, mide siete metros veinte centíme-tros, linda con terrenos de la señora María Ester Márquez Viuda de Díaz,mojones esquineros de por medio; AL PONIENTE, mide veintiochometros, con solar de la señora María Ester Márquez Viuda de Diaz,divididos por pared y mojones esquineros; Y AL SUR, mide nuevemetros treinta centímetros, linda con solares de Rufino Arqueta Pereiray Angelina Portillo, calle pública de por medio, hasta llegar donde secomenzó.- Dicho inmueble lo valora el solicitante en SETENTA MILCOLONES y al estar arrendado produciría de renta anual la suma deCINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES COLONES CONTREINTA Y TRES CENTAVOS y lo adquirió por compra venta de laposesión material en escritura pública, otorgada en la ciudad de SanFrancisco Gotera, el día ocho de abril del año dos mil dos, por el señorOctavio Del cid Chicas.-No tiene cargas ni derechos reales, ni esta enproindivisión con nadie.-

Los colindantes son de este domicilio.- Lo que se hace saber alpúblico para los efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal de Joateca, a los dos días del mes de octubre delaño dos mil dos.- JOSE OSMIN RAMOS, ALCALDE MUNICIPAL.-BLANCA MIRIAN ARGUETA JOYA, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 1046-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que en esta Alcaldía se ha presentado el DoctorANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como apoderado GeneralJudicial con Cláusula Especial de la señora RAQUEL ARGUETAVIUDA DE TREJO, de sesenta y nueve años de edad, y de oficiosdomésticos, del domicilio de esta población, portadora de su DocumentoUnico de Identidad Número cero cero uno tres nueve cero seis ocho-seisa solicitar a favor de esta TITULO DE DOMINIO O MUNICIPAL deun lote de terreno de naturaleza Urbana, situado en el Barrio Dolores deesta población, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de laCapacidad de QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:Treinta y dos metros, linda con solar y casa del señor Cristóbal ArguetaChicas, cerco de alambre de por medio; NORTE: diecisiete metros, callede por medio solar y casa de José Salomón Romero; AL PONIENTE,treinta y dos metros, calle de por medio con casa de Arturo Nolasco; y ALSUR, diecisiete metros, colinda con solar de Ovidio Ramos, calle de pormedio, hasta llegar donde se comenzó.- Esta cultivado de café y árbolesfrutales.- El inmueble antes mencionado lo estima en el precio deVEINTE MIL COLONES; y lo adquirió por compra venta en escriturapública, otorgada en la Ciudad de San Francisco gotera, el día ocho deabril del año dos mil dos, no tiene cargas ni derechos reales, ni esta enproindivisión.- Los colindantes son de este domicilio.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Fernando, a los cuatro días del mes deseptiembre del año dos mil dos.- JOSE TRIJIDIO RAMOS ARGUETA,ALCALDE MUNICIPAL.- CANDIDA ORBELINA IGLESIAS DEMARTINEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 1045-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

AVISA: que la Señora JUANA DE DIOS POSADA, solicita títulode un solar Urbano, situado en el Barrio El Calvario de esta Ciudad, de570.18 Metros cuadrados de extensión Superficial que mide y linda:Norte 40.60 LIDIA DEL CARMEN SAMAYOA Y MARIA MAURASALMERON, Oriente, 14.35 MARIA BERTA ALVARADO Y MA-RIA LUCIA PORTILLO, Cuarta Avenida Norte de Pormedio; SUR.41.00 SUSANA POZA Y JOSE INES POSADA; Poniente, 13.60,JOSEFINA POSADA GOMEZ, Valorado en ¢10,000.00, El Terrenodescrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargos ni derechos a favorde persona alguna ni esta en proindivisión con nadie. Los colindantes sonde este domicilio.

Se avisa al Público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Ozatlán, a once de diciembre de dos mil dos.JOSE MANUEL LOZANO, ALCALDE MUNICIPAL.- MORENAGUADALUPE RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº. 1067-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado los señoresNICOLAS MIRANDA CORNEJO y ANABEL ORTIZ DE MIRAN-DA, el primero de cuarenta y un años de edad, empleado, casado, y lasegunda de cuarenta y dos años, Profesora, el primero originario delmunicipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán y la segunda deeste domicilio, solicitando se extienda a su favor TITULO MUNICI-PAL, de un solar y construcciones que contiene, situado en el Barrio laVega de la Villa de San Miguel de Mercedes de este Departamento, deCIENTO OCHO METROS CUADRADOS, pero técnicamente es de unárea de OCHENTA y OCHO METROS CUADRADOS PUNTO CA-TORCE CENTIMETROS CUADRADOS de extensión, Al ORIENTE,mide trece metros y colinda con PEDRO ORTIZ, calle de por medio; ALNORTE, mide ocho metros cuarenta centímetros y colinda con LUCRE-CIA PAYES, dividido por un mojón de piedra; AL PONIENTE, midecuatro metros y colinda con SALVADOR MENJIVAR, dividido pormojones de piedra y AL SUR, mide doce metros treinta y cinco centíme-

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

tros y colinda con resto de inmueble mayor de donde se segrega el quese describe. En el interior de dicho solar se encuentra construida una casade sistema mixto que mide seis metros veinte centímetros de ancho porocho metros cuarenta centímetros de largo, techo de teja, paredes deladrillo. Dicho solar se valúa en CUARENTA MIL COLONES EXAC-TOS, el predio descrito no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas oderechos reales que pertenezcan a otras personas. Lo hubieron porcompra que hicieran al señor ULISES HERNANDEZ PEREZ. El solary casa descrita, desde la fecha que lo poseen que son mas de diez años lohan hecho en una forma quieta, pacifica e ininterrumpida y de buena fesumado sus derechos de posesión a la del señor vendedor, como dueñosy señores; es decir que han sido diez años de posesión en formaconsecutiva y los vecinos y colindantes han reconocido y reconocencomo dueños a sus personas. Los colindantes y vecinos del solar y casaque pretenden titular pueden ser citados en la misma dirección delinmueble.

Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, departamento deChalatenango, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.- JUAN MIGUEL DERAS MURILLO, ALCALDE MUNICIPAL. -MARIA SENOVIA GUEVARA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1228-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta alcaldía se han presentado los señoresNICOLAS MIRANDA CORNEJO Y ANABEL ORTIZ DE MIRAN-DA, el primero de cuarenta y un años de edad, empleado, casado, y lasegunda de cuarenta y dos años, profesora, el primero originario delmunicipio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán y la segunda deeste domicilio, solicitando se extienda a su favor TITULO MUNICI-PAL, de un solar y construcciones que contiene, situado en el Barrio laVega de la Villa de San Miguel de Mercedes de este Departamento, deCIENTO TRES PUNTO TRES METROS CUADRADOS de extensiónsuperficial aproximadamente, el cual se describe así: AL ORIENTE:mide once metros sesenta centímetros y linda con solares de PEDROORTIZ e ISABEL OLIVA, calle de por medio hasta la esquina de uncuarto, ahora gradas de cemento y pared de ladrillo de salte con techo delamina; AL NORTE: mide nueve metros veinte centímetros y linda conSALVADOR MENJIVAR, de la esquina del cuarto en línea recta a laesquina de un tapial; AL PONIENTE: mide catorce metros veintidóscentímetros y linda con SALVADOR MENJIVAR, paredes de adobe delcolindante de por medio; y AL SUR: mide seis metros setenta centíme-tros y linda con SANTOS AL VARADO RAMIREZ y TERESASERRANO Viuda DE ORTIZ, Calle Alberto Masferrer de por medio. Enel interior de dicho solar se encuentra construida una casa que mide sietemetros de ancho por seis metros sesenta centímetros de largo, techo detejas, paredes de adobe. Dicho solar se valúa en TREINTA MIL COLO-NES EXACTOS, el predio descrito no es dominante ni sirviente, ni tienecargas o derechos reales que pertenezcan a otras personas. Lo hubieronpor compra que hicieran a la señora AURELIA HERNANDEZ DEALFARO, El solar y casa descrita, desde la fecha que lo poseen que sonmas de diez años lo han hecho en una forma quieta, pacifica e ininterrum-pida y de buena fe sumado sus derechos de posesión a la de la señoravendedora, como dueños y señores; es decir que han sido diez años deposesión en forma consecutiva y los vecinos y colindantes han recono-cido y reconocen como dueños a sus personas. Los colindantes y vecinosdel solar y casa que pretenden titular pueden ser citados en la mismadirección del inmueble.

Alcaldía Municipal de San Miguel de Mercedes, departamento deChalatenango, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.- JUAN MIGUEL DERAS MURILLO, ALCALDE MUNICIPAL. -MARIA SENOVIA GUEVARA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1229-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ASEGURADORA POPULAR, SOCIEDADANONlMA, por este medio CONVOCA a sus Accionistas, para celebrarJunta General Ordinaria y Extraordinaria, que se llevará a cabo en lasOficinas Principales de la Sociedad, ubicadas en Paseo General Escalónnúmero cinco mil trescientos treinta y ocho de la ciudad de San Salvador,a las dieciséis horas del día viernes veintiuno de febrero de dos mil tres,conforme a la siguiente agenda:

A) PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

1. Verificación del Quórum y elaboración de la lista de accionis-tas;

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente alaño 2002;

3. Balance General al 31 de diciembre de 2002, Estados dePérdidas y Ganancias del 1° de enero al 31 de diciembre de2002;

4. Informe de los Auditores Externos;

5. Aplicación de Utilidades al 31 de diciembre de 2002;

6. Nombramiento de los Auditores Externos y fijación de susemolumentos para el ejercicio del 1° de enero al 31 dediciembre de 2003.

7. Nombramiento del Auditor Fiscal para el ejercicio económi-co del 1º de enero al 31 de diciembre de 2003;

8. Cualquier asunto que pueda ser legalmente tratado.

B) PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

1. Aumento de Capital Social, según bases que establecerá laJunta;

2. Modificación de la Cláusula Quinta de la Escritura de Cons-titución Social de la Sociedad;

3. Designación del Mandatario Especial para la materializacióndel acuerdo de Aumento de Capital y demás gestiones quedeban realizarse.

Para que haya quórum legal en la primera fecha de la Convocatoria,se requerirá que estén presentes o representadas por lo menos las trescuartas partes de las Acciones e igual proporción se requerirá para tomarresolución o sean ciento doce mil quinientas acciones, respecto a lospuntos de carácter extraordinarios.

Para conocer y resolver sobre los puntos de carácter ordinario, serásuficiente la mitad más una de las acciones o sean setenta y cinco mil unaacciones.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Si no hubiere quórum en la primera fecha de convocatoria la Juntase llevará a cabo en segunda fecha en el mismo lugar a la misma hora eldía sábado veintidós de febrero del dos mil tres.

En esta segunda fecha de convocatoria la Junta se consideraráválidamente reunida si están presentes o representadas la mitad más unade las acciones y las resoluciones serán válidas si se toman respecto delos puntos de carácter extraordinario, con las tres cuartas partes de lasacciones presentes y para los puntos de carácter ordinario con la simplemayoría.

San Salvador, cinco de enero de dos mil tres.

CARLOS ARMANDO LAHUD,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 1157-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad “BLOKITUBOS, S.A. DE C.V.”, deacuerdo con las cláusula decimoséptima de la escritura de constitución,por este medio convoca a los señores accionistas para celebrar JuntaGeneral Ordinaria, a llevarse a cabo a las diecisiete horas del díaveintiuno de febrero del año dos mil tres, en las oficinas de la sociedadsituadas en la Veintitrés Av. Sur y Boulevard Venezuela, frente alEdificio Cristo Negro de esta ciudad, para conocer y resolver la siguiente:

AGENDA

1) Establecimiento de quórum, lectura y aprobación del acta dela sesión celebrada el día quince de febrero del año dos mildos.

2) Presentación por Junta Directiva de la Memoria de laboresdel período comprendido del uno de enero al treinta y uno dediciembre del año dos mil dos.

3) Balance General y Estados de Resultados al treinta y uno dediciembre del año dos mil dos e informe del Auditor Externo.

4) Aplicación de Utilidades percibidas durante el período delprimero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mildos.

5) Nombramiento del Auditor Externo, del Auditor Fiscal, delrespectivo suplente y fijación de sus honorarios.

6) Cualquier otro punto que pueda ser tratado legalmente por LaJunta General Ordinaria de Accionistas.

El quórum necesario para la celebración de la Junta, será por lomenos la concurrencia de la mitad más una de las acciones en que estádividido el Capital Social, o sean setenta y cinco mil una accionessuscritas y pagadas. En caso de no haber quórum a la hora y fechaseñalada en esta convocatoria, por este medio se convoca por segundavez para las diecisiete horas del día sábado veintidós de febrero del añodos mil tres, teniendo en cuenta que en esta convocatoria el quórum seformará con cualquier número de acciones presentes o representadas.

San Salvador, 17 de diciembre del 2002.

JAIME J. MIGUEL,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 1134-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “Seguros e Inversiones, Sociedad Anónima”,convoca a los señores accionistas de la Sociedad a Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse en el 5o. nivel desus oficinas ubicadas en el Km. 10 1/2, Carretera Panamericana, NuevaSan Salvador, Depto. de La libertad, a las dieciséis horas del día siete defebrero de dos mil tres, para conocer la siguiente agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

I- Verificación del quórum.

II- Lectura del acta anterior.

III- Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente alEjercicio Económico de 2002.

IV- Balance General al 31 de diciembre de 2002 y Estado dePérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio que fina-lizó el 31 de diciembre de 2002.

V- Informe del Auditor correspondiente al Ejercicio Económicode 2002.

VI- Aplicación de Utilidades.

VII- Nombramiento del Auditor Externo Propietario y del AuditorExterno Suplente y fijación de su remuneración.

VIII- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de su remunera-ción.

IX- Elección de Junta Directiva

X- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

I- Aumento de Capital.

II- Modificación del Pacto Social.

III- Designación de Ejecutores Especiales.

IV- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

Si no hubiere quórum para celebrar junta en la hora y fechaindicadas, se cita en segunda convocatoria, para el mismo fin, a lasdieciséis horas del día diez de febrero de dos mil tres, en el lugar antesmencionado. Para tratar los asuntos ordinarios en primera convocatoriase requiere la asistencia de la mitad más una de las acciones quecomponen el Capital Social; y en segunda convocatoria el quórum seintegrará con cualquier número de acciones. Para tratar y resolver losasuntos extraordinarios en primera convocatoria, se necesitará por lomenos el setenta y cinco por ciento de todas las acciones; y en segundaconvocatoria el quórum y mayoría necesaria para resolver será por lomenos de la mitad más uno de las acciones. En ambos casos lasresoluciones se tomarán por mayoría de votos de las acciones presentesy representadas.

Nueva San Salvador, diciembre dieciocho de dos mil dos.

JOSE ALBERTO SAMAYOA R.,

DIRECTOR PROSECRETARIO.

3 v. alt. No. 1108-3

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “Inversiones Colón, Sociedad Anónima de CapitalVariable”, convoca a los señores accionistas de la Sociedad a JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse en el 5o.Nivel del Edificio SISA ubicado en el Km. 10 1/2, Carretera Panamerica-na, Nueva San Salvador, Depto. de La Libertad, a las diecisiete horas deldía siete de febrero de dos mil tres, para conocer la siguiente agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

I- Verificación del quórum.

II- Lectura del acta anterior.

III- Memoria de labores de La Junta Directiva correspondiente alEjercicio Económico de 2002.

IV- Balance General al 31 de diciembre de 2002 y Estado dePérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio que fina-lizó el 31 de diciembre de 2002.

V- Informe del Auditor correspondiente al Ejercicio Económicode 2002.

VI- Aplicación de Utilidades.

VII- Nombramiento del Auditor Externo Propietario y del AuditorExterno Suplente y fijación de su remuneración.

VIII- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de su remunera-ción.

IX- Elección de Junta Directiva.

X- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

I- Aumento de Capital.

II- Modificación del Pacto Social.

III- Designación de Ejecutores Especiales,

IV- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

Si no hubiere quórum para celebrar junta en la hora y fechaindicadas, se cita en segunda convocatoria, para el mismo fin, a lasdiecisiete horas del día diez de febrero de dos mil tres, en el lugar antesmencionado. Para tratar los asuntos ordinarios en primera convocatoriase requiere la asistencia de la mitad más una de las acciones quecomponen el Capital Social; y en segunda convocatoria el quórum seintegrará con cualquier número de acciones. Para tratar y resolver losasuntos extraordinarios en primera convocatoria, se necesitará por lomenos el setenta y cinco por ciento de todas las acciones; y en segundaconvocatoria el quórum y mayoría necesaria para resolver será por lomenos de la mitad más uno de las acciones. En ambos casos lasresoluciones se tomarán por mayoría de votos de las acciones presentesy representadas.

San Salvador, dieciocho de diciembre de dos mil dos.

SAUL SUSTER RAMIREZ,

DIRECTOR PROSECRETARIO.

3 v. alt. No. 1107-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “SISA VIDA, Sociedad Anónima, Seguros dePersonas”, convoca a los señores accionistas de la Sociedad a JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse en susoficinas ubicadas en el 5o. Nivel del Edificio SISA, ubicado en el Km.10 1/2, Carretera Panamericana, Nueva San Salvador, Depto. de LaLibertad, a las quince horas del día siete de febrero de dos mil tres, paraconocer la siguiente agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

I- Verificación del quórum.

II- Lectura del acta anterior.

III- Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente alEjercicio Económico de 2002.

IV- Balance General al 31 de diciembre de 2002 y Estado dePérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio que fina-lizó el 31 de diciembre de 2002.

V- Informe del Auditor correspondiente al Ejercicio Económicode 2002.

VI- Aplicación de Utilidades.

VII- Nombramiento del Auditor Externo Propietario y del AuditorExterno Suplente y fijación de su remuneración.

VIII- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de su remunera-ción.

IX- Elección de Junta Directiva.

X- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

I- Aumento de Capital.

II- Modificación del Pacto Social.

III- Designación de Ejecutores Especiales.

IV- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

Si no hubiere quórum para celebrar junta en la hora y fechaindicadas, se cita en segunda convocatoria, para el mismo fin, a las quincehoras del día diez de febrero de dos mil tres, en el lugar antes mencionado.Para tratar los asuntos ordinarios en primera convocatoria se requiere laasistencia de la mitad más una de las acciones que componen el CapitalSocial; y en segunda convocatoria el quórum se integrará con cualquiernúmero de acciones. Para tratar y resolver los asuntos extraordinarios enprimera convocatoria, se necesitará por lo menos el setenta y cinco porciento de todas las acciones; y en segunda convocatoria el quórum ymayoría necesaria para resolver será por lo menos de la mitad más unode las acciones. En ambos casos las resoluciones se tomarán por mayoríade votos de las acciones presentes y representadas.

Nueva San Salvador, dieciocho de diciembre de dos mil dos.

JOSE ALBERTO SAMAYOA R.,

DIRECTOR PROSECRETARIO.

3 v. alt. No. 1106-3

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de “Consejo, Sociedad Anónima de Capital Varia-ble”, convoca a los señores accionistas de la Sociedad a Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria de Accionistas, a celebrarse en el 5o. Nivel delEdificio SISA, ubicado en el Km. 10 1/2, Carretera Panamericana, NuevaSan Salvador, Depto. de La Libertad, a las dieciocho horas del día sietede febrero de dos mil tres, para conocer la siguiente agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

I- Verificación del quórum.

II- Lectura del acta anterior.

III- Memoria de labores de La Junta Directiva correspondiente alEjercicio Económico de 2002.

IV- Balance General al 31 de diciembre de 2002 y Estado dePérdidas y Ganancias correspondientes al ejercicio que fina-lizó el 31 de diciembre de 2002.

V- Informe del Auditor correspondiente al Ejercicio Económicode 2002.

VI - Aplicación de Utilidades.

VII- Nombramiento del Auditor Externo Propietario y del AuditorExterno Suplente y fijación de su remuneración.

VIII- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de su remunera-ción.

IX- Elección de Junta Directiva.

X- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

I- Aumento de Capital.

II- Modificación del Pacto Social.

III- Designación de Ejecutores Especiales.

IV- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda ser tratado de conformidad a la ley y al pacto social.

Si no hubiere quórum para celebrar junta en la hora y fechaindicadas, se cita en segunda convocatoria, para el mismo fin, a lasdieciocho horas del día diez de febrero de dos mil tres, en el lugar antesmencionado. Para tratar los asuntos ordinarios en primera convocatoriase requiere la asistencia de la mitad más una de las acciones quecomponen el Capital Social; y en segunda convocatoria el quórum seintegrará con cualquier número de acciones. Para tratar y resolver losasuntos extraordinarios en primera convocatoria, se necesitará por lomenos el setenta y cinco por ciento de todas las acciones; y en segundaconvocatoria el quórum y mayoría necesaria para resolver será por lomenos de la mitad más uno de las acciones. En ambos casos lasresoluciones se tomarán por mayoría de votos de las acciones presentesy representadas.

San Salvador, dieciocho de diciembre de dos mil dos.

SAUL SUSTER RAMIREZ,DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1105-3

AVISO

Para los efectos legales se pone en conocimiento del público, que poracuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas de MARRO-QUIN PEÑA, S.A. de C.V., del domicilio de San Salvador, departamen-to de San Salvador, celebrada a las diez horas del día seis de noviembredel dos mil dos. Se acordó aumentar el Capital Social Mínimo en la sumade ¢80,000.00, representado y dividido en ochenta acciones de un valornominal de ¢1,000.00 cada una.

Con el Aumento acordado el nuevo Capital Social Mínimo deMARROQUIN PEÑA, S.A. de C.V. Es de ¢100,000.00 representado ydividido en cien acciones de un valor nominal de ¢1,000.00 cada una. SanSalvador, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil dos.

FERNANDO MARROQUIN PEÑA.

REPRESENTANTE LEGAL

MARROQUIN PEÑA. S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 1150-3

AVISO

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DELA SOCIEDAD F. J. DATA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que puede abreviarse F. J. DATA, S.A. DE C.V., para losefectos legales consiguientes al público

HACE SABER: Que por resolución tomada en la Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas de la Sociedad F. J. Data, S.A. de C.V.,celebrada a las diez horas del día uno de noviembre de dos mil dos, seACORDO por unanimidad del 100% del capital social, aumentar elcapital mínimo en $9,142.86 por medio de la capitalización de lasutilidades y la emisión de 800 acciones con un valor de once con cuarentatres centavos dólares USA cada una.

Con este aumento de capital la sociedad girará con un capitalmínimo de $11428.57 representado por 1.000 acciones comunes ynominativas de $11.43 cada una, totalmente pagadas.

Lo que se hace del conocimiento público de acuerdo a lo dispuestoen el Art. 179 y 486 del Código de Comercio.

San Salvador, 17 de noviembre de 2002.

MERCEDES DURAN BERMUDEZ,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO Y

REPRESENTANTE LEGAL DE

F. J. DATA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 1074-3

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

AVISO

El INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DELA SOCIEDAD FERRO ELECTRONICA H. T., SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse FERRO ELEC-TRONICA H. T. S.A. DE C.V., para los efectos legales consiguientes alpúblico

HACE SABER: que por resolución tomada en la Junta GeneralExtraordinaria de Accionistas de la Sociedad Ferro Electrónica H. T.S.A. de C.V., celebrada a las nueve horas del día diecinueve de noviem-bre de dos mil dos, se ACORDO por unanimidad del 100% del capitalsocial, aumentar el capital mínimo en $9,142.86 por medio de lacapitalización de las utilidades y la emisión de 800 acciones con un valorde once con cuarenta y tres centavos dólares USA, cada una.

Con este aumento de capital la sociedad girará con un capitalmínimo de $11428.57 representado por 1,000 acciones comunes ynominativas de $11.43 cada una, totalmente pagadas.

Lo que se hace del conocimiento público de acuerdo a lo dispuestoen el Art. 179 y 486 del Código de Comercio.

San Salvador, 17 de noviembre de 2002.

TRANSITO AVALOS AVALOS,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO Y

REPRESENTANTE LEGAL DE

FERRO ELECTRONICA H. T., S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 1072-3

AVISO

La infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la Sociedad VIRDAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que se abrevia VIRDAN, S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas,llevada a cabo en el local de la Sociedad, situado en Autopista Sur, Centrode Oficinas La Sultana, Local doscientos dieciocho, de Antiguo Cusca-tlán, el día dos de diciembre de dos mil dos y de conformidad al Artículodoscientos treinta y tres del Código de Comercio, es decir, que sehallaban reunidos los accionistas que representan la totalidad de lasacciones en que está dividido el capital social; por unanimidad de votosse tomó el siguiente acuerdo:

PUNTO UNICO. A) Aumentar el Capital Social en la partevariable en DOS MILLONES DE COLONES, equivalentes a DOS-CIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DO-LARES CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS DE DOLAR, repre-sentado por VEINTE MIL ACCIONES de CIEN COLONES cada una,equivalentes a ONCE DOLARES CUARENTA Y TRES CENTAVOSDE DOLAR; con el Aumento del Capital aprobado el Capital Socialqueda integrado de la siguiente manera: Capital Social Mínimo CUA-TROCIENTOS MIL COLONES, equivalentes a CUARENTA Y CIN-CO MIL SETECIENTOS CATORCE DOLARES VEINTIOCHO CEN-TAVOS DE DOLAR; Capital Social Variable DOS MILLONES DECOLONES, equivalentes a DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUI-NIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CUARENTA Y DOS CEN-TAVOS DE DOLAR; Total del Capital Social DOS MILLONES CUA-

TROCIENTOS MIL COLONES, equivalentes a DOSCIENTOS SE-TENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCODOLARES SETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR. B) Asimismose nombró como Ejecutor Especial del acuerdo tomado al señor DANIELREYES MARTINEZ, para que legalice lo acordado y emita los respec-tivos Certificados de Acciones.

Antiguo Cuscatlán, a los dos días del mes de diciembre de dos mildos.

VIRGINIA DEL CARMEN PERLA DE REYES,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIADE ACCIONISTAS.

VIRDAN, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 1094-3

ACTA No. 11

Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas, en la ciudad deNueva San Salvador, a las ocho horas del día 30 de noviembre del añodos mil dos, en las oficinas situadas en Residencial Pinares de Suiza,Calle Constanza No. 4, Municipio de Nueva San Salvador, Departamen-to de La Libertad. Reunidos el 100% de las acciones que componen elCapital Social de la Sociedad Topografía y Tecnología Asociadas S.A.de C.V., sin previa convocatoria de acuerdo al artículo doscientos treintay tres (233) del Código de Comercio, y cláusula décima octava de laescritura de constitución de la sociedad y la misma en su modificación;deciden celebrar esta junta general extraordinaria de accionistas, para locual la representación de las acciones se encuentran así:

ACCIONISTAS REPRESENTANTE No. DE ACCIONES

Ing. Luis Alonso Romero Peña Por sí 4.150 acciones

Dra. Luisa María Escobar de Romero Por sí 50 acciones

Total de Acciones 4.200

Así en esta forma, y estando completo el Quórum que corresponde a lasacciones de TOPOTECNIA S.A. DE C.V. y después de deliberar seacuerda nombrar al Ing. Luis Alonso Romero Peña, y a la Dra. LuisaMaría Escobar de Romero, Presidente y Secretaria respectivamente deesta junta, después de la firma del acta de asistencia se instalaron yaprobaron por unanimidad la siguiente agenda:

1. Comprobación del Quórum

2. La Secretaria da lectura al acta anterior

3. Aumento del Capital Social mínimo, y modificación de laescritura de constitución de la sociedad.-

Desarrollo de la Junta.

1- La Secretaria muestra el acta de quórum

2- La Secretaria da lectura al acta anterior.

3- Que debido a reformas que se han dado al Código de Comercio,principalmente a los Artículos 192 y el 1566, donde dichos artículoshacen mención que para todas las sociedades anónimas constituidas y por

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

constuirse en El Salvador, el capital mínimo de fundación no puede sermenor de CIEN MIL COLONES EXACTOS, o su equivalente endólares .-

Debido a los artículos anteriores, Topografía y Tecnología Asocia-das S.A. de C.V. se le hace imperioso elevar su capital mínimo a Cien Micolones exactos, y para lo cual los accionistas aportan el complementopara subir el capital social a CIEN MIL COLONES EXACTOS, o suequivalente en dólares, siendo el complemento en OCHENTA MILCOLONES EXACTOS. ($ 9,142.86). ya que los VEINTE MIL COLO-NES INICIALES DE CONSTITUCION YA FUERON TOTALMEN-TE SUSCRITOS Y PAGADOS.

En este acto suscriben cada uno las siguientes acciones:

El Ing. Luis Alonso Romero Peña, menciona que renuncia al derecho desuscribir acciones, cediéndole su derecho a la Doctora Luisa MaríaEscobar de Romero, por lo anterior suscribe y cancela la Doctora deRomero la Cantidad de ochocientas acciones (800) cancelando en estemomento la cantidad de Ochenta Mil Colones exactos ($9,142.86).-

De aquí en adelante el nuevo capital social de la sociedad será comosigue:

Capital mínimo ¢100,000.00 $11,428.57

Capital Variable 400,000.00 45,714.29

Total del capital social 500,000.00 57,142.86

La sociedad tuvo aumento de capital en la parte variable, en lacantidad de CUATROCIENTOS MIL COLONES EXACTOS, segúnpunto de acta No. 2 de fecha 24 de diciembre del año de 1997, de tal formaque el total de acciones, incluida la parte variable será de Cinco milAcciones, con el valor nominal de ¢100.00 cada acción equivalente a $11.428571.-

Las Acciones suscritas queda de la siguiente forma:

Ing. Luis Alonso Romero Peña con 4.150 acciones suscritas

Doctora Luisa María Escobar de Romero con 850 acciones suscritas

Total de acciones suscrita y pagadas 5,000

Al mismo tiempo, se giran instrucciones para proceder a lamodificación de la escritura de constitución de la sociedad en la CLAU-SULA CUARTA, y a la vez se incorporen el resto de la cláusulas en unsolo documento, también se dan instrucciones al departamento contable,para que proceda a efectuar los asientos correspondientes, tanto a loslibros controles, como a los libros de aumento y disminución de capital,y al libro de accionistas.-

No habiendo más puntos que tratar, se da por finalizada la presentejunta a las diez horas del mismo día, mes y año.

Ing. LUIS ALONSO ROMERO PEÑA,PRESIDENTE.

Doctora. LUISA MARIA ESCOBAR DE ROMERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1158-3

AVISO

LA INFRASCRITA DIRECTORA SECRETARIA DE LA JUNTAGENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE-DAD RIVIANA DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en el libro de Juntas Generales de la sociedad, seencuentra el acta número cuatro correspondiente a la sesión de JuntaGeneral Extraordinaria celebrada en esta ciudad, a las doce horas yquince minutos del día dos de diciembre de dos mil dos, en la que seencuentra el punto único, que literalmente dice:““““ PUNTO UNICO:AUMENTO DE CAPITAL EN LA PARTE MINIMA. El Presidente dela Junta General Extraordinaria de Accionistas, manifiesta que es nece-sario aumentar el capital mínimo de la sociedad en ochenta mil colones,a efecto de que la sociedad se armonice conforme lo establecido con lasreformas al Código de Comercio, para lo cual se propone que se tome delcapital variable dicha cantidad y se traslade al capital fijo. En consecuen-cia, la Junta General acuerda: a) Aumentar el capital mínimo de lasociedad en ochenta mil colones, los cuales serán tomados y trasladadosdel monto de capital variable de la sociedad, con lo cual la sociedad girarácon un capital mínimo de CIEN MIL COLONES, un capital variable deSIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MILCOLONES y un capital social de SIETE MILLONES OCHOCIENTOSCUARENTA Y CINCO MIL COLONES representado y dividido ensetenta y ocho mil cuatrocientas cincuenta acciones nominativas de ciencolones cada una; b) modificar las cláusulas pertinentes del pacto socialreuniendo en un solo instrumento el nuevo pacto social y c) nombrarcomo ejecutor especial de dicho acuerdo al Licenciado Oscar MauricioHurtado Saldaña quien queda facultado para firmar los documentosnecesarios para formalizar el referido acuerdo. No habiendo más quehacer constar se da por terminada la presente la cual firmamos. ”””””

Y para los usos que se estimen convenientes, expido la presente enla ciudad de San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de dos mildos.

Lic. JANNETH CAROLINA BRITO CENTENO,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. No. 1279-3

AVISO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD ADESERV, S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en el libro de Juntas Generales de la sociedad, seencuentra el acta número cinco correspondiente a la sesión de JuntaGeneral Extraordinaria celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las ocho horasy treinta minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil dos, en la quese encuentran los puntos uno, dos y tres, que literalmente dicen:““““ 1.ACUERDO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIE-DAD. Se hace del conocimiento de los accionistas la propuesta dedisolver la sociedad ADESERV, S.A. DE C.V, y eventualmente liqui-darla, con base a la causal establecida en el Artículo 187, Numeral IV delCódigo de Comercio. Después de discutida y analizada la propuestaanterior, y tomando en cuenta la situación administrativa y financiera dela sociedad, la Junta General Extraordinaria de Accionistas por unanimi-dad ACUERDA: DISOLVER la sociedad ADESERV, S.A. DE C.V, yeventualmente LIQUIDARLA, con base a la causal establecida en elArtículo 187, Numeral IV del Código de Comercio. Por unanimidad dela Junta General se nombra como Liquidadores de la sociedad a losLicenciados Edwin David Umaña y Luis Alfredo Cornejo, ambosmayores de edad, Contadores Públicos y del domicilio de Nueva SanSalvador, miembros de la firma KPMG CONSULTORES, S.A. DE

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

C.V., quienes tendrán un plazo de tres años, contados a partir de ladisolución de la sociedad, para finiquitar el proceso de liquidaciónrespectivo. Los liquidadores anteriormente nombrados asumirán la ad-ministración y representación de la sociedad, una vez se haya disuelto lasociedad conforme a la ley.

2. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. Por unanimidadde la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se nombra al Lic.Carlos Mauricio Guzmán Segovia, como ejecutor especial del acuerdoanterior para que siga todos los procedimientos tendientes a la disoluciónde la sociedad, quedando expresamente facultado para suscribir laescritura pública de disolución y cualquier documento a que hubierelugar.

3. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL. Por unanimidad delos accionistas se nombra como auditor fiscal a la firma PRICEWATERHOUSE COOPERS, LOPEZ SALGADO, S.A. DE C.V. para el proce-dimiento de disolución y liquidación de la sociedad y se delega a laadministración superior para fijar sus honorarios por la labor de auditoríaque se le encomienda. ””””

Y para los usos que se estimen convenientes, expido la presente enla ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembrede dos mil dos.

ANA LORENA SACA PINEDA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. 1280-3

AVISO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD DETACOM, S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en el libro de Juntas Generales de la sociedad, seencuentra el acta número seis correspondiente a la sesión de JuntaGeneral Extraordinaria celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las nuevehoras y diez minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil dos, en laque se encuentran los puntos uno, dos y tres que literalmente dicen:““““1. ACUERDO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIE-DAD. Se hace del conocimiento de los accionistas la propuesta dedisolver la sociedad DETACOM, S.A. DE C.V., y eventualmenteliquidarla, con base a la causal establecida en el Artículo 187 Numeral IVdel Código de Comercio. Después de discutida y analizada la propuestaanterior, y tomando en cuenta la situación administrativa y financiera dela sociedad, la Junta General Extraordinaria de Accionistas por unanimi-dad ACUERDA: DISOLVER la sociedad DETACOM, S.A. DE C.V., yeventualmente LIQUIDARLA, con base a la causal establecida en elArtículo 187, Numeral IV del Código de Comercio. Por unanimidad dela Junta General se nombran como Liquidadores de la sociedad a losLicenciados Edwin David Umaña y Luis Alfredo Cornejo, ambosmayores de edad, Contadores Públicos y del domicilio de Nueva SanSalvador, miembros de la firma KPMG CONSULTORES, S.A. DEC.V., quienes tendrán un plazo de tres años, contados a partir de ladisolución de la sociedad, para finiquitar el proceso de liquidaciónrespectivo. Los liquidadores anteriormente nombrados asumirán la ad-ministración y representación de la sociedad, una vez se haya disuelto lasociedad conforme a la ley.

2. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. Por unanimidadde la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se nombra al Lic.Carlos Mauricio Guzmán Segovia, como ejecutor especial del acuerdoanterior para que siga todos los procedimientos tendientes a la disoluciónde la sociedad, quedando expresamente facultado para suscribir laescritura pública de disolución y cualquier documento a que hubierelugar.

3. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL. Por unanimidad delos accionistas se nombra como auditor fiscal a la firma PRICEWATERHOUSE COOPERS, LOPEZ SALGADO, S.A. DE C.V. para el proce-dimiento de disolución y liquidación de la sociedad y se delega a laadministración superior para fijar sus honorarios por la labor de auditoríaque se le encomienda.””””

Y para los usos que se estimen convenientes, expido la presente enla ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembre dedos mil dos.

ANA LORENA SACA PINEDA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. 1281-3

AVISO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD CONVENIENCE STORE,S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en el libro de Juntas Generales de la sociedad, seencuentra el acta número trece correspondiente a la sesión de JuntaGeneral Extraordinaria celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las diez horasy treinta minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil dos, en la quese encuentran los puntos uno, dos y tres que literalmente dicen:““““ 1.ACUERDO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIE-DAD.

Se hace del conocimiento de los accionistas la propuesta de disolver lasociedad CONVENIENCE STORE, S.A. DE C. V., y eventualmenteliquidarla, con base a la causal establecida en el Artículo 187, NumeralIV del Código de Comercio. Después de discutida y analizada lapropuesta anterior, y tomando en cuenta la situación administrativa yfinanciera de la sociedad, la Junta General Extraordinaria de Accionistaspor unanimidad ACUERDA:

DISOLVER la sociedad CONVENIENCE STORE, S.A. DE C. V., yeventualmente LIQUIDARLA, con base a la causal establecida en elArtículo 187, Numeral IV del Código de Comercio. Por unanimidad dela Junta General se nombran como Liquidadores de la sociedad a losLicenciados Edwin David Umaña y Luis Alfredo Cornejo, ambosmayores de edad, Contadores Públicos y del domicilio de Nueva SanSalvador, miembros de la firma KPMG CONSULTORES, S.A. DEC.V., quienes tendrán un plazo de tres años, contados a partir de ladisolución de la sociedad, para finiquitar el proceso de liquidaciónrespectivo. Los liquidadores anteriormente nombrados asumirán la ad-ministración y representación de la sociedad, una vez se haya disuelto lasociedad conforme a la ley.

2. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. Por unanimidadde la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se nombra al Lic.Carlos Mauricio Guzmán Segovia, como ejecutor especial del acuerdo

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

anterior para que siga todos los procedimientos tendientes a la disoluciónde la sociedad, quedando expresamente facultado para suscribir laescritura pública de disolución y cualquier documento a que hubierelugar.

3. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL. Por unanimidad delos accionistas se nombra como auditor fiscal a la firma PRICEWATERHOUSE COOPERS, LOPEZ SALGADO, S.A. DE C.V., para elprocedimiento de disolución y liquidación de la sociedad y se delega a laadministración superior para fijar sus honorarios por la labor de auditoríaque se le encomienda.”””””

Y para los usos que se estimen convenientes, expido la presente enla ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembrede dos mil dos.

ANA LORENA SACA PINEDA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. 1282-3

AVISO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD NEGOCIOS ALIADOS, S.A.DE C.V.

CERTIFICA: que en el libro de Juntas Generales de la sociedad, seencuentra el acta número diez correspondiente a la sesión de JuntaGeneral Extraordinaria celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las once horasy quince minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil dos, en la quese encuentra el punto único, que literalmente dice:““““ 1. ACUERDODE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD.

Se hace del conocimiento de los accionistas la propuesta de disolver lasociedad NEGOCIOS ALIADOS, S.A. DE C. V., y eventualmenteliquidarla, con base a la causal establecida en el Artículo 187, NumeralIV del Código de Comercio. Después de discutida y analizada lapropuesta anterior, y tomando en cuenta la situación administrativa yfinanciera de la sociedad, la Junta General Extraordinaria de Accionistaspor unanimidad ACUERDA:

DISOLVER la sociedad NEGOCIOS ALIADOS, S.A. DE C.V., yeventualmente LIQUIDARLA, con base a la causal establecida en elArtículo 187, Numeral IV del Código de Comercio. Por unanimidad dela Junta General se nombran como Liquidadores de la sociedad a losLicenciados Edwin David Umaña y Luis Alfredo Cornejo, ambosmayores de edad, Contadores Públicos y del domicilio de Nueva SanSalvador, miembros de la firma KPMG CONSULTORES, S.A. DEC.V., quienes tendrán un plazo de tres años, contados a partir de ladisolución de la sociedad, para finiquitar el proceso de liquidaciónrespectivo. Los liquidadores anteriormente nombrados asumirán la ad-ministración y representación de la sociedad, una vez se haya disuelto lasociedad conforme a la ley.

2. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. Por unanimidadde la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se nombra al Lic.Carlos Mauricio Guzmán Segovia, como ejecutor especial del acuerdoanterior para que siga todos los procedimientos tendientes a la disoluciónde la sociedad, quedando expresamente facultado para suscribir laescritura pública de disolución y cualquier documento a que hubierelugar.

3. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL. Por unanimidad delos accionistas se nombra como auditor fiscal a la firma PRICEWATERHOUSE COOPERS, LOPEZ SALGADO, S.A. DE C.V., para el proce-dimiento de disolución y liquidación de la sociedad y se delega a laadministración superior para fijar sus honorarios por la labor de auditoríaque se le encomienda.””””

Y para los usos que se estimen convenientes, expido la presente enla ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembrede dos mil dos.

ANA LORENA SACA PINEDA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. 1283-3

AVISO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD, ATENCION AL CLIENTE,S.A. DE C.V.

CERTIFICA: que en el libro de Juntas Generales de la sociedad, seencuentra el acta número nueve correspondiente a la sesión de JuntaGeneral Extraordinaria celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las catorcehoras y veinte minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil dos, enla que se encuentra el punto único, que literalmente dice:““““ 1. ACUER-DO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD.

Se hace del conocimiento de los accionistas la propuesta de disolver lasociedad ATENCION AL CLIENTE, S.A. DE C. V., y eventualmenteliquidarla, con base a la causal establecida en el Artículo 187, NumeralIV del Código de Comercio. Después de discutida y analizada lapropuesta anterior, y tomando en cuenta la situación administrativa yfinanciera de la sociedad, la Junta General Extraordinaria de Accionistaspor unanimidad ACUERDA:

DISOLVER la sociedad ATENCION AL CLIENTE, S.A. DE C.V., yeventualmente LIQUIDARLA, con base a la causal establecida en elArtículo 187, Numeral IV del Código de Comercio. Por unanimidad dela Junta General se nombran como Liquidadores de la sociedad a losLicenciados Edwin David Umaña y Luis Alfredo Cornejo, ambosmayores de edad, Contadores Públicos y del domicilio de Nueva SanSalvador, miembros de la firma KPMG CONSULTORES, S.A. DEC.V., quienes tendrán un plazo de tres años, contados a partir de ladisolución de la sociedad, para finiquitar el proceso de liquidaciónrespectivo. Los liquidadores anteriormente nombrados asumirán la ad-ministración y representación de la sociedad, una vez se haya disuelto lasociedad conforme a la ley.

2. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. Por unanimidadde la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se nombra al Lic.Carlos Mauricio Guzmán Segovia, como ejecutor especial del acuerdoanterior para que siga todos los procedimientos tendientes a la disoluciónde la sociedad, quedando expresamente facultado para suscribir laescritura pública de disolución y cualquier documento a que hubierelugar.

3. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL. Por unanimidad delos accionistas se nombra como auditor fiscal a la firma PRICEWATERHOUSE COOPERS, LOPEZ SALGADO, S.A. DE C.V., para elprocedimiento de disolución y liquidación de la sociedad y se delega a laadministración superior para fijar sus honorarios por la labor de auditoríaque se le encomienda.”””””

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Y para los usos que se estimen convenientes, expido la presente enla ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembrede dos mil dos.

ANA LORENA SACA PINEDA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. 1284-3

AVISO

LA INFRASCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-TRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD PETROSERVICIOS, S.A. DEC.V.

CERTIFICA: que en el libro de Juntas Generales de la sociedad, seencuentra el acta número cinco correspondiente a la sesión de JuntaGeneral Extraordinaria celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las dieciséishoras y cinco minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil dos, enla que se encuentra el punto único, que literalmente dice:““““1. ACUER-DO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD.

Se hace del conocimiento de los accionistas la propuesta de disolver lasociedad PETROSERVICIOS, S.A. DE C. V., y eventualmente liqui-darla, con base a la causal establecida en el Artículo 187, Numeral IV delCódigo de Comercio. Después de discutida y analizada la propuestaanterior, y tomando en cuenta la situación administrativa y financiera dela sociedad, la Junta General Extraordinaria de Accionistas por unanimi-dad ACUERDA:

DISOLVER la sociedad PETROSERVICIOS, S.A. DE C. V., y even-tualmente LIQUIDARLA, con base a la causal establecida en el Artículo187, Numeral IV del Código de Comercio. Por unanimidad de la JuntaGeneral se nombran como Liquidadores de la sociedad a los LicenciadosEdwin David Umaña y Luis Alfredo Cornejo, ambos mayores de edad,Contadores Públicos y del domicilio de Nueva San Salvador, miembrosde la firma KPMG CONSULTORES, S.A. DE C.V., quienes tendrán unplazo de tres años, contados a partir de la disolución de la sociedad, parafiniquitar el proceso de liquidación respectivo. Los liquidadores ante-riormente nombrados asumirán la administración y representación de lasociedad, una vez se haya disuelto la sociedad conforme a la ley.

2. NOMBRAMIENTO DE EJECUTOR ESPECIAL. Por unanimidadde la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se nombra al Lic.Carlos Mauricio Guzmán Segovia, como ejecutor especial del acuerdoanterior para que siga todos los procedimientos tendientes a la disoluciónde la sociedad, quedando expresamente facultado para suscribir laescritura pública de disolución y cualquier documento a que hubierelugar.

3. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL. Por unanimidad delos accionistas se nombra como auditor fiscal a la firma PRICEWATERHOUSE COOPERS, LOPEZ SALGADO, S.A. DE C.V. para el proce-dimiento de disolución y liquidación de la sociedad y se delega a laadministración superior para fijar sus honorarios por la labor de auditoríaque se le encomienda.””””.

Y para los usos que se estimen convenientes, expido la presente enla ciudad de San Salvador, a los diecinueve días del mes de diciembrede dos mil dos.

ANA LORENA SACA PINEDA,

SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. 1285-3

AVISO

EL BANCO AGRlCOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Sonsonate de la ciudad de Sonsonate,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No.771-007119-3, amparado con el registro No.720258 delDepósito a Plazo Fijo, constituido el 26-06-2002 a 90 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación delpresente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, sehará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1054-3

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Santa Ana de la ciudad de Santa Ana,se ha presentado Parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 761-011256-6, amparado con el registro 011256, delDepósito a Plazo Fijo, constituido el 17-02-1986 a 360 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 delCódigo de Comercio vigente.

En Caso de que 30 días después de la tercera y última publicación delpresente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, sehará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

JEFE DEL DEPTO. DE ATENCION AL CLIENTE,

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. 1055-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito Rural de USULUTAN, SociedadCooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en cum-plimiento a los Artículos 223, 224 y 228 del Código de ComercioVigente y de acuerdo a la Escritura de Constitución, convoca a losRepresentantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrarJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas a partir de las

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

nueve horas del día Uno de Febrero del año dos mil tres, en el local de laCaja de Crédito, en primera convocatoria en caso de no integrarse elquórum legal correspondiente se hace segunda convocatoria para el díaOcho de Febrero a la hora y local antes señalada.

La Junta General se constituirá con las formalidades que estableceel Pacto Social de la Caja y el Código de Comercio, para conocer yresolver los puntos que contiene la agenda siguiente:

AGENDA

1- Elección de los Representantes de Acciones que hubierenconcluido su período y los que faltaren por las causas queexpresa el Artículo 20, 21 y 22 de la Escritura de Constituciónde la Caja de Crédito,

2- Integración del quórum,

3- Presentación y discusión de la memoria anual de labores dela Caja de Crédito, del Balance General al 31 de diciembre2002, del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al31 de diciembre de 2002, el Informe del Auditor Externo a finde aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidasque juzgue oportunas,

4- Aplicación de los resultados del ejercicio,

5- Retiro de socios de acuerdo a disposiciones legales,

6- Prestación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el2003,

7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-tivos suplentes y fijación de sus honorarios,

8- Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva,

9- Elección de Junta Directiva.

PUNTO A TRATAR EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

1- Reclasificación de Saldo en la cuenta Reserva para Educa-ción Cooperativa.

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los Artículos 240, 241, 242 y 243 del Código de Comerciovigente.

Usulután, seis de enero de dos mil tres.

JOSE MARIO LOVO,

PRESIDENTE.

GUSTAVO ADALBERTO GRANADOS,

SECRETARIO.

EVER EDGAR CAMPOS,

TESORERO.

3 v. alt. No. 1937-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Cooperativa de Joyeros y Relojeros de ElSalvador, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capi-tal Variable, en cumplimiento a los artículos 223,224 y 228 del Códigode Comercio vigente y de acuerdo con la Escritura de Constitución,convoca a los representantes de Acciones y demás socios de la misma,para celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistasque se celebrará a partir de las nueve horas del día dieciséis de febrerode dos mil tres, en el local de la Cooperativa de Joyeros, en primeraconvocatoria. En caso de no integrarse el quórum legal correspondiente,se hace segunda convocatoria para el día veintitrés de febrero de dos miltres, a la hora y local antes señalados.

La Junta General se constituirá con las formalidades que estableceel Pacto Social de la Cooperativa y el Código de Comercio vigente, paraconocer y resolver los puntos que contiene la agenda siguiente.

AGENDA

1- Elección de los representantes de acciones que hubierenconcluido su período y los que le faltaren por las causas queexpresa el Art. 20 de la Escritura de Constitución de laCooperativa.

2- Integración del quórum,

3- Presentación y discusión de la memoria anual de labores dela Cooperativa, del Balance general al 31 de diciembre de2002, del Estado de Pérdidas y Ganancias del 1o. de enero al31 de diciembre de 2002, el Informe del Auditor Externo a finde aprobar o improbar los tres primeros, y tomar las medidasque juzgue oportunas,

4- Aplicación de los Resultados del ejercicio,

5- Retiro de Socios de acuerdo a Disposiciones Legales,

6- Presentación del Presupuesto y Plan de Operaciones para el2003.

7- Elección del Auditor Externo y Auditor Fiscal y sus respec-tivos suplentes y fijación de sus honorarios,

8- Fijación de dietas a miembros de la Junta Directiva.

9- Elección de Junta Directiva.

PUNTOS A TRATAR EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

1- Aprobación de Nuevos Estatutos

2- Incremento de Capital Social Mínimo a la Cantidad de¢100.000.00

El quórum para resolver los puntos de la agenda se integrará deconformidad a los artículos 240, 241,242,243 del Código de Comerciovigente.

San Salvador, ocho de enero de dos mil tres.

CARLOS ALIRIO CORTEZ,

DIRECTOR.

RAMON SALGADO ZAVALA,

DIRECTOR TESORERO.

GUILLERMO ERNESTO AYALA,

DIRECTOR SECRETARIO SUPLENTE.

3 v. alt. No. 2091-3

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San Vicente de la ciudad de SanVicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extravia-do el Certificado No. 740-029487-0, amparado con el registro No.0456089 del Depósito a plazo fijo, constituido el 17-09-1999 a 90 díasprorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos dereposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1056-3

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San Miguel de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No. 780-029917-0, amparado con el registro No. 0672482del Depósito a plazo fijo, constituido el 17-09-2001 a 180 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1057-3

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San Miguel de la ciudad de San Miguel,se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado elCertificado No.700-028592-8, amparado con el registro No.0525481 delDepósito a plazo fijo, constituido el 02-10-2000 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1058-3

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San Francisco Gotera de la ciudad deSan Francisco Gotera, se ha presentado parte interesada manifestandoque ha extraviado el Certificado No. 758- 003699-7, amparado con elregistro No.0703679 del Depósito a plazo fijo, constituido el 24-06-2002a 120 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público paraefectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artícu-los No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1059-3

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia Castillo Venturoso de esta ciudad, seha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certi-ficado No. 710-105287-5, amparado con el registro No. 0030255 delDepósito a plazo fijo, constituido el 15-03-1990 a 30 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1060-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia San José de esta ciudad, se ha presen-tado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No.707-011058-7 , amparado con el registro No. 0404338 del Depósito aplazo fijo, constituido el 28-12-1998 a 30 días prorrogables, lo que hacedel conocimiento público para efectos de reposición del Certificadorelacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código deComercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1061-3

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Agencia 14 de Julio, de esta ciudad, se hapresentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifica-do No. 748-032337-9, amparado con el registro No. 0284516 delDepósito a plazo fijo, constituido el 16-08-1996 a 180 días prorrogables,lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1062-3

AVISO

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: que en su Caja Corporativa Ministerio de Hacienda de estaciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviadoel Certificado No. 731-000198-2, amparado con el registro No. 0443378del Depósito a plazo fijo, constituido el 08-12-1999 a 90 días prorroga-bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición delCertificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 delCódigo de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicacióndel presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,se hará la reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 18 de diciembre de 2002.

BANCO AGRICOLA, S. A.

Carmen Fernández,

Jefe del Depto. de Atención al Cliente

Gerencia Depto. de Depósitos.

3 v. alt. No. 1063-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinasse ha presentado el propietario del Certificado de depósitos a plazo No.12601068912(311335) emitido en Suc. Santiago de María el 15 de juliode 2002, por valor original de $ 571.43 a un plazo de 1 mes, el cualdevenga el 2.50% de interés solicitando la reposición de dicho Certifica-do por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el Certificado en referencia.

San Salvador, dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.

Lic. Edwin Oswaldo Escobar Zaldaña,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. 1262-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinasse ha presentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.142029478100(015029) emitido en Suc. Santa Tecla (Exbancasa) el 26de diciembre de 1994, por valor original de ¢ 2,900.00 a un plazo de 30días, el cual devenga el 12% de interés solicitando la reposición de dichocertificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el Certificado en referencia.

San Salvador, dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.

Lic. Edwin Oswaldo Escobar Zaldaña,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. 1263-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del Certificado de Depósitos a Plazo No.

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

161027016(15587) emitido en Suc. Centro de Créditos el 13 de julio de1998, por valor original de ¢ 50,460.03 a un plazo de 180 días, el cualdevenga el 8.50% de interés solicitando la reposición de dicho Certifica-do por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el Certificado en referencia.

San Salvador, dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.

Lic. Edwin Oswaldo Escobar Zaldaña,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. 1264-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del Certificado de Depósitos a Plazo No.142637530500(195523) emitido en Suc. Santa Ana (Exbancasa) el 16de marzo de 1999, por valor original de ¢ 20,000.00 a un plazo de 360días, el cual devenga el 9% de interés solicitando la reposición de dichoCertificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el Certificado en referencia.

San Salvador, dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.

Lic. Edwin Oswaldo Escobar Zaldaña,

Subgerente de Procesos Centralizados.

3 v. alt. No. 1265-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. Comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del Certificado de Depósitos a Plazo No.33601057410(08356) emitido en Suc. Nueva Concepción el 04 de abrilde 2002, por valor original de $ 5,487.00 a un plazo de 2 meses, el cualdevenga el 2.50% de interés solicitando la reposición de dicho Certifi-cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del públicopara los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de latercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer elcertificado en referencia.

San Salvador, dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 1266-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A., comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del Certificado de Depósitos a Plazo No.142231077100(027838) emitido en Suc. Agencia Feria Rosa (Exbancasa)el 5 de junio de 1995, por valor original de ¢27,335.73 a un plazo de 90días, el cual devenga el 13% de interés solicitando la reposición de dichoCertificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público paralos efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de latercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer elcertificado en referencia.

San Salvador, dieciséis días del mes de diciembre de dos mil dos.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 1267-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. Comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del Certificado de Depósitos a Plazo No.11601060422(214800) emitido en Suc. Usulután el 05 de diciembre de2000, por valor original de ¢52,320.00 a un plazo de 6 meses, el cualdevenga el 7.25% de interés solicitando la reposición de dicho Certifica-do por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público paralos efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de latercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer elcertificado en referencia.

San Salvador, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mildos.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 1268-3

AVISO

El Infrascrito Administrador Unico de la Junta General Extraordinaria deAccionistas de la Sociedad denominada “SOCIEDAD HENRIQUEZ YCOMPAÑIA”, y como nombre comercial “TRANSPORTES HENRI-QUEZ Y COMPAÑIA”, del domicilio de San Martín, Departamento deSan Salvador.

CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Juntas Generales de laSociedad, se encuentra asentada el Acta de la Vigésima Primera JuntaGeneral Extraordinaria de Accionistas, celebrada en San Martín, a lasdieciséis horas del día diecinueve de septiembre de dos mil dos, queliteralmente dice: PUNTO UNICO: acordar la Disolución y Liquidaciónde la Sociedad. El Administrador Unico de la Sociedad informa que sehan suspendido las operaciones de la Sociedad “TRANSPORTES HEN-RIQUEZ Y COMPAÑIA”. Discutido ampliamente el punto, la Junta

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

General Extraordinaria de Accionistas acuerda por unanimidad disolvery liquidar la Sociedad, conforme a los procedimientos establecidos porla ley.

Seguidamente y de conformidad a la Cláusula XII del Pacto Social senombra Liquidador al señor GONZALO ALFREDO HENRIQUEZRIVAS, fijándole un plazo de un año para la liquidación, desempeñarásu cargo Ad-honoren y se le autoriza como Ejecutor Especial para quecomparezcan ante Notario a otorgar las respectivas escrituras de disolu-ción y de liquidación e inscribirlas en el Registro de Comercio.

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para los efectoslegales pertinentes extiendo la presente en San Martín, a los dieciséis díasdel mes de diciembre de dos mil dos.

TRANSPORTES HENRIQUEZ Y COMPAÑIA,

GONZALO ALFREDO HENRIQUEZ RIVAS,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 1226-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002041182

ESTABLECIMIENTO 2002041182-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado TEJADAWYLD, CARLOS ENRIQUE en su calidad de Representante Legal dela sociedad CONSTRUCTORA NACIONAL, SOCIEDAD ANONI-MA que puede abreviarse CONASA, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social estáinscrita bajo el número 27 del libro 1688 del Registro de Sociedades delRegistro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 9483-190675-101-9, ha presentado solicitud a las quince horas y treinta y ochominutos del día dieciséis de octubre de dos mil dos. Con la cual seotorgaron los asientos de Empresa No. 2002041182 y EstablecimientoNo. 2002041182- 001; a favor de la Empresa denominada CONSTRUC-TORA NACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA, la cual se dedica aCONSTRUCCION DE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL, con direc-ción en CALLE LA CEIBA, BLOCK 120, CASA # 256, COL. ESCA-LON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende aCINCUENTA MIL DOLARES CON 00/100, $50,000.00 y que tiene elestablecimiento siguiente: 001-) CONSTRUCTORA NACIONAL, S.A.ubicado en CALLE LA CEIBA, BLOCK 120, CASA # 256, COL.ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, dieciocho de octubre de dos mil dos.

LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1073-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002039133

ESTABLECIMIENTO 2002039133-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MONTESFLORES, JACOBO en su calidad de Representante Legal de la sociedadMONTES FLORES INGENIEROS, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que puede abreviarse MONFLO INGENIEROS,S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANSALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 23 dellibro 1702 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 614-080402-103- 3, ha presentadosolicitud a las dieciséis horas y doce minutos del día veintitrés de agostode dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No.2002039133 y Establecimiento No. 2002039133-001; a favor de laEmpresa denominada MONTES FLORES INGENIEROS, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CONS-TRUCCION, con dirección en RESIDENCIAL SAN ANTONIO, PO-LIGONO A, PASAJE 1 SUR, CASA # 18 del domicilio de NUEVASAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 58/100, $ 11,428.58 y quetiene el establecimiento siguiente: 001-) MONTES FLORES INGE-NIEROS, S.A. DE C.V. ubicado en RESIDENCIAL SAN ANTONIO,POLIGONO “A”, PASAJE 1 SUR, CASA #18, del domicilio de SANSALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, doce de diciembre de dos mil dos.

LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1092-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001029429

ESTABLECIMIENTO 2001029429-1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado NELSON ORLAN-DO COTO ESCOBAR en su calidad de Representante Legal de lasociedad COTO ESCOBAR ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COTO ESCOBARASOCIADOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajoel número 00005 del Libro 1307 del Registro de Sociedades del Registrode Comercio, con Número de Identificación Tributaria : 0614-101097-103-3, ha presentado solicitud a las ocho horas y treinta y ocho minutosdel día once de mayo del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron losasientos de matrícula de Empresa No. 2001029429 y EstablecimientoNo. 2001029429-1; a favor de la Empresa denominada, COTO ESCO-BAR ASOCIADOS, S.A. DE C.V., la cual se dedica a DESARROLLODE OBRAS DE INGENIERIA CIVIL., con dirección en BOULE-VARD UNIVERSITARIO y AV. “A”, # 237 ,COL. SAN JOSE, SANSALVADOR cuyo activo es de NOVENTA MIL QUINIENTOS TREIN-

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

TA Y UN 55/100 Dólares (90,531.55); y que tiene un EstablecimientoComercial denominado 1-) COTO ESCOBAR ASOCIADOS, S.A. DEC.V. ubicado en la misma dirección.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil uno.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1242-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002039703

ESTABLECIMIENTO 2002039703-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PINEDAVASQUEZ, CARLOS ALBERTO en su calidad de Representante Legalde la sociedad LA CASA DEL INSTALADOR, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse LA CASA DELINS TALADOR , S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajoel número 21 del libro 1723 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-140602-105-4,ha presentado solicitud a las quince horas y cuatro minutos del día cuatrode septiembre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos deEmpresa No.2002039703 y Establecimiento No.2002039703-001; afavor de la Empresa denominada LA CASA DEL INSTALADOR,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedicaa ACONDICIONAMIENTO Y ACABADO DE EDIFICACIONES,con dirección en CALLE EL PROGRESO N° 3110, COLONIA AVILASAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATRO-CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100, $11,428.57 y quetiene el establecimiento siguiente: 001-) LA CASA DEL INSTALADOR,S.A. DE C.V. ubicado en CALLE EL PROGRESO N° 3110, COLONIAAVILA, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, seis de septiembre de dos mil dos.

Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1240-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002023025

ESTABLECIMIENTO 2002023025-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EGON OTTOEDMUNDO WESTERHAUSEN, en su calidad de Representante Legal

de la sociedad INTERNATIONAL PHOTO-GRAPHICS, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE de nacionalidad SALVADO-REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social estáinscrita bajo el número 21 del libro 1073 del Registro de Sociedades delRegistro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-141294-102-5, ha presentado solicitud a las catorce horas y treintaminutos del día veintidós de agosto de dos mil dos. Con la cual seotorgaron los asientos de Empresa No. 2002023025 y EstablecimientoNo. 2002023025-001; a favor de la Empresa denominadaINTERNATIONAL PHOTO-GRAPHICS, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a DISTRIBUCION YVENTA DE MATERIAL FOTOGRAFICO, con dirección en PASEOGENERAL ESCALON, # 4217, LOCAL # 6, del domicilio de SANSALVADOR, cuyo activo asciende a DOS MILLONES TRESCIEN-TOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE COLO-NES CON OCHENTA Y UN CENTAVOS (¢2,372,819.81), y que tieneel establecimiento siguiente: 001-) INTERNATIONAL PHOTO-GRAPHICS, S.A. DE C.V. ubicado en PASEO GENERAL ESCALON,# 4217, LOCAL # 6, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, diecisiete de septiembre de dos mil dos.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1210-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001025837

ESTABLECIMIENTO 2001025837-1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAEL PAIZGUEVARA de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ME-JICANOS, con Número de Identificación Tributaria: 1208-301050-001-0, ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y tres minutos deldía treinta de marzo del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron losasientos de matrícula de Empresa No. 2001025837 y EstablecimientoNo. 2001025837-1; a favor de la Empresa denominada OPTICA VI-SUAL, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE AROS Y LENTESOFTALMICOS, con dirección en AV. ESPAÑA No.426, SAN SAL-VADOR cuyo activo es de NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIEN-TOS CUARENTA Y OCHO 69/100 COLONES (99,748.69); y quetiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) OPTICA VISUALubicado en AV. ESPAÑA No. 426, SAN SALVADOR.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil uno.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 1208-3

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 40. Exp.: 2002023195

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN FRAN-CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUANFRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA-DO de WESTERHAUSEN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Regis-tro de la MARCA DE SERVICIOS,

DIGILABConsistente en: la palabra. “DIGILAB” escrita en letras de molde

mayúsculas.

La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintidós de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1143-3

Clase: 25. Número 00163 Libro 0083

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSEDMUNDO NOVOA, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio deSAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad deAPODERADO de MCGREGOR CORPORATION de nacionalidadESTADOUNIDENSE, del domicilio de 135 WEST 50TH STREET,NEW YORK, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00163 del Libro 0083 de Registrode Marcas, relativa a la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,consistente en LA PALABRA Y CIFRA “BOTANY 500” que amparaproductos comprendidos en la Clase 25, del Convenio CentroamericanoPara la Protección de la Propiedad Industrial.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de noviembre de dos mil.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1101-3

Expediente: 2002026057.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado REINAMARIBEL PUERTAS CLAROS conocida por REINA MARIBELPUERTAS CLAROS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidadde PROPIETARIO, solicitando el Registro del NOMBRE COMER-CIAL,

Consistente en: la expresión BODY SALON & SPA y diseñoescrito en letras tipo paris, en mayúsculas y en una sola línea horizontal,que servirá para: IDENTIFICAR EL ESTABLECIMIENTO DEL MIS-MO NOMBRE EL CUAL SE DEDICA A LA COMERCIALIZACIONDE SERVICIOS DE BELLEZA PERSONAL EN GENERAL, UBICA-DO EN 3 CALLE PONIENTE CENTRO DESARROLLO PASADENALOCAL 109 SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de junio del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1091-3

CLASE: 30. Expediente: 2002028634.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ANNABELLAMARTHA ESTHER DAGLIO DE AMTHOR, conocida socialmentepor ANABELLA DAGLIO VAN SEVEREN y ANNABELLA DAGLIODE AMTHOR, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CAPI-TALES UNIDOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: UNICAP, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

JUSALCOConsistente en: la palabra JUSALCO.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de octubre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1287-3

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

CLASE: 03. Expediente: 2002028838.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de LOPEZ DAVIDSON, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LOPEZ DAVIDSONS.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Regis-tro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HAIR TEK

Consistente en: la expresión HAIR TEK , escrita en letras de moldemayúsculas.

La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1286-3

Expediente: 2002029021.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTEVEGA NERON, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad dePROPIETARIO, solicitando el Registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Food’s Service “DON VINCENT”traducida al castellano es Servicio de Comidas Don Vincent, que servirápara: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DE-DICADO A LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE, BAR PLATOS ALA CARTA SERVICIOS, PARA LLEVAR Y A DOMICILIO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1255-3

CLASE: 32. Expediente: 2002023343.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCARORLANDO GUILLEN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su cali-dad de PROPIETARIO, solicitando el Registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: un rectángulo doble cuadrado sin esquinas, en elcentro del mismo la palabra “PUNKY” con letras mayúsculas huecas,con una inclinación dirigida del extremo inferior izquierdo al extremosuperior derecho y en la parte superior de la palabra “PUNKY” está lapalabra “REFRESCO” con letras mayúsculas sobre la cual no se concedeexclusividad. En la parte inferior de dicho rectángulo lleva las palabras“si refresca” sin inclinación, es decir, totalmente horizontal, con letra demolde minúscula. A la par se expresan los cuatro sabores siguientes enorden descendente: Fresa, Uva, Naranja y Colachampan, cada uno llevaun cuadro a la par para detallar el sabor. Y en la esquina inferior derechaexpresa el contenido neto.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1250-3

CLASE: 02. Expediente: 2001020574.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de PPG INDUSTRIES OHIO, INC. de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

NEXAConsistente en: la palabra NEXA, escrita en letras de molde,

mayúsculas, corrientes y de color negro.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1219-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

CLASE: 05. Expediente: 2002023809.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LILIAN RUTHZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deGULF PHARMACEUTICAL INDUSTRIES JULPHAR, de nacionali-dad ARABE, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

LANFAST

Consistente en: la palabra “LANFAST”.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1220-3

CLASE: 42. Expediente: 2001018643.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde SCANDINAVIA PHARMA LTDA., de nacionalidad COLOMBIA-NA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

MEDIHEALTH

Consistente en: la palabra “MEDIHEALTH”.

La solicitud fue presentada el día doce de octubre del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1221-3

CLASE: 05. Expediente: 2002023716.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde BAXTER INTERNATIONAL, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

NERIBAX

Consistente en: la palabra “NERIBAX”.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1222-3

CLASE: 10. Expediente: 2002023713.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde BAXIER INTERNATIONAL, INC., de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

TRAVAD

Consistente en: la palabra “TRAVAD”.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1223-3

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

CLASE: 02. Expediente: 2001020573.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA en su calidad de APODERADOESPECIAL de PPG INDUSTRIES OHIO INC., de nacionalidad ESTA-DOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

Consistente en: las palabras NEXA AUTOCOLOR, así: la palabraNEXA, escrita en letras de molde, características, de color negro ymayúsculas, dicha palabra se encuentra dentro de un círculo de colorblanco, el cual a su vez está bordeado por dos medias lunas de colorblanco, siendo la última más gruesa que la primera. Junto a este círculo,está la palabra AUTOCOLOR, escrita en letras de mayor tamaño que lasanteriores, de color blanco, de molde mayúsculas, la cual se encuentrasubrayada por tres líneas blancas, siendo la del medio es de más gruesaque las anteriores. Todo lo anteriormente descrito se encuentra dentro deun rectángulo de color negro.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de diciembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 1218-3

CLASE: 37. Expediente: 2002024303.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde BENQ INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BENQ

Consistente en: la palabra “BENQ”.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 1197-3

Clase: 09 Exp. 2002024301

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde BENQ INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

BENQConsistente en: la palabra BENQ.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1198-3

Clase: 31 Exp. 2002026494

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de APIO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

EAT SMART

Consistente en: la expresión “EAT SMART”.

La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1199-3

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 05 Exp. 2001019813

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde LABORATORIOS BIOVET, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

ALQUERMES

Consistente en: la palabra “ALQUERMES”.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del añodos mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1217-3

Clase: 29 Exp. 2002028247

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVERN.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el Registro de laMARCA DE FABRICA,

SOBRE TODO MIRASOL

Consistente en: las palabras SOBRE TODO MIRASOL.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1190-3

Clase: 05 Exp. 2002026682

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado JERONIMOERNESTO REYES, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de ALPHATHERAPEUTIC CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

PROFILNINE

Consistente en: la palabra “PROFILNINE” en letras mayúsculasde tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de julio del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1189-3

DIARIO

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Clase: 05 Exp. 2002028246

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SyngentaParticipations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

IGRAN

Consistente en: la palabra IGRAN.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1188-3

Clase: 05 Exp. 2002027283

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NovartisAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de la MARCA DECOMERCIO,

GANAPEN

Consistente en: la frase “GANAPEN”.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1187-3

Clase: 05 Exp. 012002023155

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de la MARCA DEFABRICA,

GABOTONConsistente en: la palabra GABOTON.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecinueve días del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1186-3

Clase: 05 Exp. 012000008591

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el AbogadoEDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de laMARCA DE FABRICA,

Consistente en: un escudo con marco gris oscuro de trazo grueso yfondo negro la parte central. Dentro del escudo aparece el dibujo ensilueta de un pie de perfil…

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdieciocho días del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1185-3

Clase: 05 Exp. 012002023675

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de SOLVAYPHARMACEUTICALS B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solici-tando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

FEMOSTON

Consistente en: la palabra FEMOSTON.

La solicitud fue presentada el día veinte de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los ochodías del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1184-3

Clase: 25 Exp. 012001016675

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Footstar Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

E.Z. STRIDERConsistente en: la expresión E.Z. STRIDER.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1183-3

Clase: 25 Exp. 012001016740

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el ABOGADORICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Footstar Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

EXPRESSIONS

Consistente en: la palabra “EXPRESSIONS”.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintiún días del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1182-3

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Clase: 05 Exp. 012002023249

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro de la MARCA DEFABRICA,

EFETRAN

Consistente en: la palabra EFETRAN.

La solicitud fue presentada el día ocho de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a los veintedías del mes de marzo de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1181-3

Clase: 05 Exp. 012002023055

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO deBIOFARMA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el Registro dela MARCA DE FABRICA,

DOMANIRConsistente en: la palabra DOMANIR.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a los quincedías del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1180-3

Clase: 03 Exp. 012001017452

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deNATIONWIDE PRODUCTS, C.A., de nacionalidad VENEZOLANA,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

DIOXOGEN

Consistente en: la palabra DIOXOGEN.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a los veintedías del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1179-3

Clase: 25 Exp. 012001016739

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el ABOGADORICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Footstar Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

COBBIE CUDDLERS

Consistente en: la palabra “COBBIE CUDDLERS”.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a losveintiún días del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1178-3

DIARIO

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 03 Exp. 2002027496

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVERN.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el Registro de laMARCA DE FABRICA,

CLEAREX

Consistente en: la frase “CLEAREX”.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1177-3

Clase: 11 Exp. 012002023776

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de WESTINGHOUSE ELECTRIC CORPORATION, de nacio-nalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCADE FABRICA,

Consistente en: la letra W y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a los quince

días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1176-3

Clase: 03 Exp. 012000005055

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado VICENTE DE

JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de CAROLL

INTERNATIONAL, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el Re-

gistro de la MARCA DE FABRICA,

CAROLL

Consistente en: la palabra CAROLL.

La solicitud fue presentada el día doce de julio de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a los diez

días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1175-3

DIARIO

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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

Clase: 05 Exp. 012002023156

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elRegistro de la MARCA DE COMERCIO,

CAREFREE PANTY TANGA

Consistente en: las palabras CAREFREE PANTY TANGA.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a losdiecinueve días del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1174-3

Clase: 10 Exp. 012002023054

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CORDISCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel Registro de la MARCA DE FABRICA,

BX SONIC

Consistente en: las palabras BX SONIC.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a los quincedías del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1173-3

Clase: 10 Exp. 012002023053

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CORDISCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel Registro de la MARCA DE FABRICA,

BRITEMAX

Consistente en: la palabra BRITEMAX.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a los quincedías del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1172-3

DIARIO

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Page 144: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003 ... · Nuevos Estatutos del “Club de Radio Aficionados de El ... No. 521-D.- Se autoriza a la Licenciada Java de ... y Supervisar

144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

Clase: 25 Exp. 012001016738

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado el ABOGADORICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Footstar Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA,

BODY CO.

Consistente en: las palabras “BODY CO.”.

La solicitud fue presentada el día diez de agosto de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, San Salvador, a losveintiún días del mes de marzo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1171-3

Clase: 33 Exp. 2002026675

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado JOSE DA-NIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de AholdRetail Services AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el Registro dela MARCA DE COMERCIO,

BELL´S

Consistente en: la palabra “BELL´S” en letras mayúsculas de tipocorriente y entre la letra “L” y “S” aparece un apóstrofe.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de julio del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1170-3

Clase: 03. Exp.: 2002026667

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIELVEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Ahold RetailServices AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

BELL'S

Consistente en: la palabra “BELL'S” en letras mayúsculas de tipocorriente, y entre las letras “L” y “S” aparece un apóstrofo.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de julio del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos.

San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1167-3

Clase: 05. Exp.: 012002023551

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIELVEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de LABORATO-

DIARIO

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145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

RIOS BUSSIÉ S. A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

AXO - BUSSIE

Consistente en las palabras AXO-BUSSIE.

La solicitud fue presentada el día quince de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tresdías del mes de abril de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1166-3

Clase: 10. Exp.: 012002021664

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CORDISCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

AVANTI

Cons®„tente en la palabra AVANTI.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdieciocho días del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1165-3

Clase: 42. Exp.: 012002023429

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoEDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO deABB ASEA BROWN BOVERI LTD, de nacionalidad SUIZA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en las letras ABB y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador a los dosdías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1164-3

Clase: 26. Exp.: 012002023446

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoEDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO deABB Asea Brown Boveri Ltd, de nacionalidad SUIZA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en las letras ABB y diseño.

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los dosdías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1163-3

Clase: 21. Expediente: 012002023444

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoEDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADOde ABB Asea Brown Boveri Ltd, de nacionalidad SUIZA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en las letras ABB y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los dosdías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1162-3

Clase: 20. Exp.: 012002023443

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoEDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO deABB Asea Brown Boveri Ltd, de nacionalidad SUIZA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en las letras ABB y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los dosdías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1161-3

Clase: 30. Exp.: 012000009436

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoJOSE ENRIQUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERA-DO de KRAFT FOODS SCHWEIZ HOLDING AG, de nacionalidadSUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en la expresión Cote d’Or Since 1883 y diseño.

La solicitud fue presentada el día cinco de diciembre de dos mil.

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los

catorce días del mes de marzo de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1160-3

Clase: 10. Exp.: 012000003531

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADO

EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de

CORDIS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en las palabras “TRANSRADIAL SYSTEMS CORDIS

y diseño”.

La solicitud fue presentada el día once de mayo de dos mil.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los quince

días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 1159-3

Clase: 03 Exp.: 1973008606

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN FRAN-

CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de E.R. SQUIBB & SONS. L.L.C., del

domicilio de LAWRENCEVILLE-PRINCETON ROAD , PRINCETON

N. J, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

21555 del Libro 00048 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA

PALABRA “SQUIBB”, EN LETRAS DE MOLDE; que ampara pro-

ductos comprendidos en la Clase 03 de la Clasificación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil

dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1140-3

Clase: 05. Exp.: 1972021268

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN FRAN-

CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de SCHERING

AKTIENGESELLSCHAFT, del domicilio de BERLIN (WEST) y

BERGKAMEN, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitan-

do RENOVACION para la inscripción Número 21268 del Libro 00047

DIARIO

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Page 148: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 16 de Enero de 2003 ... · Nuevos Estatutos del “Club de Radio Aficionados de El ... No. 521-D.- Se autoriza a la Licenciada Java de ... y Supervisar

148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 358

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA

“MINIGYNON”; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de

la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUA; Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil

dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1141-3

Clase: 3233 Exp.: 1971020291

LA INFRASCRITA REGISTRADOR:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE GUI-LLERMO COMPTE UNGO, mayor de edad, ABOGADO y NOTARIO,

ECOMODA, S. A. DE C. V. EN LIQUIDACIONBALANCE AL 31 DE OCTUBRE DE 2002

Tipo de Cambio ¢ 8.75 por US $ 1.00

ACTIVO PASIVOCIRCULANTE $ 11,570.12 CAPITAL SOCIAL $ 11,570.12

Efectivo $ 3,570.12 Capital Social Pagado $ 4,000.00Cuentas por Cobrar Accionista $ 8,000.00 Capital Social No Pagado $ 8,000.00

Pérdidas Acumuladas (429.88)

Total Activo $ 11,570.12 Total Pasivo y Capital $ 11,570.12

Liquidadora, Contador General, Auditor ExternoMargarita Luz Piche Martínez. Rodolfo Hernández. Dina Elizabeth Calderón.

3 v. alt. No. 1295-3

Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de LIZA, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LIZA, S.A. DE C.V., deldomicilio de NUEVA SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE LALIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 20291 del Libro 00046 de REGIS-TRO DE MARCAS, consistente en la palabra “SILVER”; que amparaproductos comprendidos en la Clase 3233 de la Clasificación Internacio-nal de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dos días del mes de diciembre del año dos mildos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 1142-3

DIARIO

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