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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 379 SAN SALVADOR, JUEVES 12 DE JUNIO DE 2008 NUMERO 109 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4 5-7 8 9 9-10 11-12 12 12-13 Pág. 14 14-15 16-35 36-38 39 39 39 39 40 40 ORGANO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdos Nos. 206 y 244.- Se encargan Despachos Ministeriales a funcionarios públicos. ....................................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos. 471, 505 y 518.- Autorizaciones para la construcción de tanques para el almacenamiento de combustible. ............................................................................... Acuerdo No. 503.- Se autoriza al señor José Manuel Romero Sorto, para que construya una estación de servicio que se denominará “Joya de Cerén”. ................................................ MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1581.- Ampliación de servicios educativos en el Colegio Esparza, ubicado en el municipio de Antiguo Cuscatlán.................................................................................... Acuerdos Nos. 15-1816, 15-0742 y 15-0743.- Reconocimiento de estudios académicos................................... Acuerdos Nos. 15-0367, 15-0528 y 15-0580.- Reconocimiento de Director y cambio de domicilio en tres centros educativos. ..................................................................... Acuerdo No. 15-0734.- Se registra plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Administración de Agronegocios, a la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas”. ........... MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdos Nos. 69 y 70.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca ante notario a promover diligencias de remedición de inmuebles. ................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 495-D y 516-D.- Autorizaciones para el ejercicio de las funciones de notario y aumentos en la nómina respectiva. .................................................................................. Acuerdos Nos. 833-D, 856-D, 935-D, 954-D, 1057-D, 1071-D y 1098-D.- Autorizaciones para el ejercicio de abogacía en todas sus ramas. ..................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL Decreto No. 1.- Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental. .......................................................................... ALCALDÍAS MUNICIPALES Reformas a los estatutos de la Asociación Comunal El Progreso No. 3, Acuerdo No. 15.7, emitido por la Alcaldía Municipal de San Salvador, aprobándolas. ................................ SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratorias de Herencias Cartel No. 572.- Norma Yaneth Carbajal (1 vez) .............. Cartel No. 573.- Silvano Rivera Guevara (1 vez) ............. Cartel No. 574.- María Segunda Vigil Claros (1 vez) ....... Cartel No. 575.- Armando Perla (1 vez) ........................... Cartel No. 576.- María Elvia Munguía de García (1 vez). Cartel No. 577.- Miguel Orlando Guandique (1 vez) ....... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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Page 1: Diario 12 de Junio- 2008 · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008. 5 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 471.- San Salvador, 22 de mayo del 2008. EL

1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 379 SAN SALVADOR, JUEVES 12 DE JUNIO DE 2008 NUMERO 109

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Acuerdos Nos. 206 y 244.- Se encargan Despachos Ministeriales a funcionarios públicos. .......................................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdos Nos. 471, 505 y 518.- Autorizaciones para la construcción de tanques para el almacenamiento de combustible. ...............................................................................

Acuerdo No. 503.- Se autoriza al señor José Manuel Romero Sorto, para que construya una estación de servicio que se denominará “Joya de Cerén”. ................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1581.- Ampliación de servicios educativos en el Colegio Esparza, ubicado en el municipio de Antiguo Cuscatlán....................................................................................

Acuerdos Nos. 15-1816, 15-0742 y 15-0743.- Reconocimiento de estudios académicos...................................

Acuerdos Nos. 15-0367, 15-0528 y 15-0580.- Reconocimiento de Director y cambio de domicilio en tres centros educativos. .....................................................................

Acuerdo No. 15-0734.- Se registra plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Administración de Agronegocios, a la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas”. ...........

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdos Nos. 69 y 70.- Se solicita la intervención del Fiscal General de la República, para que comparezca ante notario a promover diligencias de remedición de inmuebles. ................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 495-D y 516-D.- Autorizaciones para el ejercicio de las funciones de notario y aumentos en la nómina respectiva. ..................................................................................

Acuerdos Nos. 833-D, 856-D, 935-D, 954-D, 1057-D, 1071-D y 1098-D.- Autorizaciones para el ejercicio de abogacía en todas sus ramas. .....................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASTRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL

Decreto No. 1.- Reglamento de la Ley de Ética Gubernamental. ..........................................................................

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Reformas a los estatutos de la Asociación Comunal El Progreso No. 3, Acuerdo No. 15.7, emitido por la Alcaldía Municipal de San Salvador, aprobándolas. ................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratorias de Herencias

Cartel No. 572.- Norma Yaneth Carbajal (1 vez) ..............

Cartel No. 573.- Silvano Rivera Guevara (1 vez) .............

Cartel No. 574.- María Segunda Vigil Claros (1 vez) .......

Cartel No. 575.- Armando Perla (1 vez) ...........................

Cartel No. 576.- María Elvia Munguía de García (1 vez).

Cartel No. 577.- Miguel Orlando Guandique (1 vez) .......

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Aceptación de Herencias

Cartel No. 578.- José Pilar del Cid Chicas (3 alt.) ............

Cartel No. 579.- Gloria Guadalupe Ramos Escobar y otros (3 alt.) .........................................................................................

Cartel No. 580.- Andrea del Carmen Aguilar y otros (3 alt.) ...........................................................................................

Títulos de Propiedad

Cartel No. 581.- José Esperanza Portillo (3 alt.)...............

Títulos Supletorios

Cartel No. 582.- Lorenza Guzmán Rivas (3 alt.) ..............

Títulos de Dominio

Cartel No. 583.- Hilda García Chávez (3 alt.) ..................

Herencia Yacente

Cartel No. 584.- Benjamín Ernesto Cornejo Alfaro, se nombra curador a la Licda. Morena Cecibel Aguila Lizama (3 alt.) ...........................................................................................

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 585.- Teresa de Jesús Barrera Saravia y otros (1 vez) ...........................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencias

Cartel No. 563.- Gloria del Carmen Villacorta viuda de Coca (3 alt.)................................................................................

Cartel No. 564.- María Bartola Torres viuda de Menjívar y otro (3 alt.) ..............................................................................

Cartel No. 565.- Joaquín Perla Guevara (3 alt.) ................

Cartel No. 566.- Rosa Pérez (3 alt.) ..................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 555.- María Bernarda Rivas (3 alt.).................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratorias de Herencias

Carteles Nos. C020942, F012586, F012603, F012608, F012621, F012643, F012668, F012677, F012679, F012688, F012718, F012729, F012736, F012771, F012777. ...................

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. C020951, C020955, C020956, F012588, F012673, F012705, F012707, F012720, F012731, F012766, C020949, F012577, F012587, F012624, F012699, F012706, F012744, F012775, F012782.....................................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F012726, F012778, F012779. ....................

Título Supletorio

Carteles Nos. F012578, F012721......................................

Aviso de Inscripción

Cartel No. F012653...........................................................

Juicios de Ausencia

Carteles Nos. C020943, C020967, F012746, F012748. ...

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C020952, C020953, C020954, C021069, F012543, F012544, F012545, F012547, F012548, F012549, F012551, F012553, F012554, F012555, F012556, F012557, F012558, F012561, F012562, F012564, F012566, F012568, F012569, F012571, F012575, F012580, F012584, F012681, F012682, F012683, F012684, F012759.....................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. C020944, C020945/50, C020946, C020947, C020959, C020960, C020963, F012591, F012595, F012596, F012606, F012607, F012610, F012612, F012617, F012622, F012623, F012630, F012631, F012635, F012638, F012641, F012645, F012658, F012660, F012665, F012666, F012667. ...

Nombre Comercial

Cartel No. F012788...........................................................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. F012598, F012627, F012662, F012663, F012696. ....................................................................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C020939, C020966, F012642, F012644. ...

Convocatorias

Carteles Nos. C021055, F012618, F012722. ....................

Subastas Públicas

Carteles Nos. C020941, C020957, C020958, C020964, F012639. ....................................................................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. F012671, F012789......................................

Aviso de Cobro

Cartel No. F012741...........................................................

Permiso de Operación de Ruta Aérea

Cartel No. F012567...........................................................

Marca Industrial

Carteles Nos. F012664, F012685, F012686, F012687, F012689, F012690, F012691, F012692, F012693, F012694, F012695, F012697. ....................................................................

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Título de Predio Urbano Cartel No. F012609...........................................................

Marcas de Servicios Carteles Nos. C020961, F012589, F012590, F012597, F012602, F012615, F012619, F012724, F012783, F012784, F012785, F012786, F012787.....................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencias Carteles Nos. C020876, C020886, C020895, C020896, F012062, F012076, F012089, F012123, F012126, F012133, F012136, F012145, F012187, F012188, F012195, F012214, F012232, F012233, F012236, F012265.....................................

Títulos de Propiedad Carteles Nos. C020893, F012078, F012097, F012186, F012268. ....................................................................................

Títulos Supletorios Carteles Nos. C020892, F012074, F012098, F012102, F012138, F012307. ....................................................................

Título de Dominio Cartel No. C020885. .........................................................

Renovación de Marcas Cartel No. C020889. .........................................................

Marca de Fábrica Cartel No. C020888. .........................................................

Nombre Comercial Cartel No. F012056...........................................................

Matrículas de Comercio Carteles Nos. C020871, C020875, C020877, C020878, C020881, C020899, C020900, F012130, F012131, F012132, F012155. ....................................................................................

Subastas Públicas Carteles Nos. C020901, F012094, F012202, F012245, F012246 F012248, F012249, F012250, F012252, F012254, F012256, F012257, F012259, F012270.....................................

Reposición de Certifi cados Carteles Nos. F012184, F012185, F012216. ....................

Aumento de Capital Cartel No. F012160...........................................................

Título Municipal Cartel No. C020884. .........................................................

Otros Cartel No. F012139...........................................................

Marcas de Servicios Carteles Nos. C018078, C020890, C020891. ...................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. F011666, F011684, F011718, F011751, F011758, F011776, F011781, F011782, F011803, F011821, F011830. ....................................................................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F011732, F011829......................................

Título Supletorio

Cartel No. C020812/13 ......................................................

Renovación de Marcas

Cartel No. F011727...........................................................

Nombre Comercial

Cartel No. F011748...........................................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C020818, C020819, C020824, F011787....

Subastas Públicas

Carteles Nos. C020821, C020825, F011719, F011720, F011726, F011737, F011738, F011749.....................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. C020826, F011669, F011706, F011807, F011809, F011810, F011812.....................................................

Aumento de Capital

Cartel No. F011794...........................................................

Disolución de Sociedades

Cartel No. F011798...........................................................

Marca Industrial

Cartel No. C020815. .........................................................

Balance de Liquidación

Cartel No. F011716...........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 332, 333, 334, 339, 340, 341, 342, 344, 345 y 347.- Reposiciones de títulos. ..........................................

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Estatutos del Sindicato de Trabajadores Independientes Mercado Central San Salvador y Resolución No. 16/2008, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica ..

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

ACUERDO No. 206.-

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Economía, con carácter ad-honorem, el 7 de mayo del presente año, a

la señora Viceministra de Comercio e Industria, Licenciada Blanca Imelda Jaco de Magaña, en ausencia de la Titular, Licenciada Yolanda Eugenia

Mayora de Gavidia, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce

de sueldo durante el día antes mencionado.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año dos mil ocho.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República.

JUAN MIGUEL BOLAÑOS TORRES,

Ministro de Gobernación.

ACUERDO No. 244.-

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República,

en uso de sus facultades legales, ACUERDA: encargar el Despacho de Gobernación, con carácter ad-honorem, del 2 al 13 de agosto del presente

año, al señor Viceministro del Ramo, Licenciado Mario Alberto Tenorio Guerrero, en ausencia del Titular, Doctor Juan Miguel Bolaños Torres, a

quien se le ha encomendado el desempeño de una misión ofi cial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el

período antes indicado.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil ocho.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

Presidente de la República.

MARISOL ARGUETA DE BARILLAS,

Ministra de Relaciones Exteriores.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO No. 471.-

San Salvador, 22 de mayo del 2008.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vistas las diligencias iniciadas el día veintisiete de julio del dos mil, ante la Sub

Dirección General de Protección al Consumidor, por el señor César Ismael Gómez Mira, mayor de edad, Licenciado en administración de empresas,

del domicilio de esta Ciudad, y continuadas por el señor Carlos Fabricio Aguilar Miranda, mayor de edad, abogado y notario, del domicilio de esta

Ciudad, el primero actuando en su calidad de Representante Legal y el segundo como Apoderado General Judicial, ambos de la Sociedad “Kimberly-

Clark de Centroamérica, S.A.”, relativas a obtener autorización para su representada de construir nueve Tanques para Consumo Privado, que se detallan

así: un tanque de treinta mil galones de capacidad para GLP, dos tanques de quinientos galones cada uno para GLP, dos tanques de veinte mil galones

cada uno, para Fuel Oil, un tanque de veinte mil galones de capacidad para Kerosen, un tanque de mil galones de capacidad para Fuel Oil, un tanque

de tres mil galones de capacidad para Aceite Diesel y un tanque de mil galones de capacidad para Aceite Diesel, ubicados en kilómetro treinta y dos

y medio de la Carretera que de San Juan Opico conduce a Sitio El Niño, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la citada Sociedad, la personería con que actúan los peticionarios y la disponibilidad

del inmueble en que se construirán los tanques.

II. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte, y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente acceder a lo soli-

citado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento,

ACUERDA:

1º) AUTORIZASE a la Sociedad “Kimberly-Clark de Centroamérica S.A.”, para que construya nueve Tanques para Consumo Privado, que se detallan

así: un tanque de treinta mil galones de capacidad para GLP, dos tanques de quinientos galones cada uno para GLP, dos tanques de veinte mil galones

cada uno, para Fuel Oil, un tanque de veinte mil galones de capacidad para Kerosen, un tanque de mil galones de capacidad para Fuel Oil, un tanque

de tres mil galones de capacidad para Aceite Diesel y un tanque de mil galones de capacidad para Aceite Diesel, ubicados en kilómetro treinta y dos y

medio de la Carretera que de San Juan Opico conduce a Sitio El Niño, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad.

2°) La Titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean

aplicables.

3°) La titular de la autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario

Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notifi cación.

4°) Una vez construidos los tanques, la Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

5°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.- YOLANDA MAYORA DE

GAVIDIA, MINISTRA.

(Registro No. F012765)

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

ACUERDO No.505.-

San Salvador, 30 de mayo del 2008.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vistas las diligencias iniciadas el día dieciocho de diciembre del dos mil siete, por

el señor José Indalecio Ponce López, mayor de edad, estudiante, del domicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, actuando en su calidad de

Representante Legal de la Sociedad “Tecno Corporación de Desarrollo, Sociedad Anónima de Capital Variable” que puede abreviarse “TCD, S.A. de

C.V.”, relativas a obtener autorización para construir un Tanque para Consumo Privado con una capacidad de tres mil galones para el almacenamiento

de Aceite Diesel, en un inmueble ubicado en Lote diecinueve y veinte del Polígono “A”, Calle Circunvalación, Urbanización Industrial Plan de La

Laguna, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la citada Sociedad, la personería con que actúa el peticionario y la disponibilidad del

inmueble en que se construirá el Tanque para Consumo Privado.

II. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte, y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente acceder a lo soli-

citado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento,

ACUERDA:

1º) AUTORIZASE a la Sociedad “Tecno Corporación de Desarrollo, Sociedad Anónima de Capital Variable”, para que construya un Tanque para Con-

sumo Privado con una capacidad de tres mil galones para el almacenamiento de Aceite Diesel, en un inmueble ubicado en Lote diecinueve y veinte del

Polígono “A”, Calle Circunvalación, Urbanización Industrial Plan de La Laguna, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad.

2°) La Titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean

aplicables.

3°) La titular de la autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario

Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS HABILES siguientes al de su notifi cación.

4°) La Titular de la autorización, deberá comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas con cinco días hábiles de anticipación, la fecha

en que se realizarán las pruebas de hermeticidad al tanque y sus tuberías a efecto que Delegados de la misma, testifi quen la calidad de los mismos y

presenciar las pruebas antes y después de ser cubiertos, de conformidad al art. 10 literal “d)” del Reglamento para la Aplicación de la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.

5°) Una vez construido el tanque, la Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

6°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.- YOLANDA MAYORA DE

GAVIDIA, MINISTRA.

(Registro No. F012537)

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

ACUERDO No.518.-

San Salvador, 04 de junio del 2008.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vistas las diligencias iniciadas el día veintiocho de marzo del dos mil ocho, por

el señor José Manuel Sigüenza Morales, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Santa Cruz Michapa, Departamento de Cuscatlán, actuando

en su calidad de Representante Legal de la Sociedad “Cuscatlán Logistics, Sociedad Anónima de Capital Variable” que puede abreviarse “Cuscatlán

Logistics, S.A. de C.V.” , relativas a obtener autorización para construir un Tanque para Consumo Privado de Aceite Diesel, con una capacidad de

seis mil galones en un inmueble ubicado en Calle Circunvalación Número diez, Zona Industrial Plan de La Laguna, Municipio de Antiguo Cuscatlán,

Departamento de La Libertad; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la citada Sociedad, la personería con que actúa el peticionario y la disponibilidad del

inmueble en que se construirá el Tanque para Consumo Privado.

II. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte, y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente acceder a lo soli-

citado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento,

ACUERDA:

1º) AUTORIZASE a la Sociedad “Cuscatlán Logistics, S.A. de C.V.”, para que construya un Tanque para Consumo Privado de Aceite Diesel, con

una capacidad de seis mil galones en un inmueble ubicado en Calle Circunvalación Número diez, Zona Industrial Plan de La Laguna, Municipio de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad.

2º) La Titular de la presente autorización queda obligada a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean

aplicables.

3º) La titular de la autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario

Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS HABILES siguientes al de su notifi cación.

4°) Una vez construido el tanque, la Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

5º) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.- YOLANDA MAYORA DE

GAVIDIA, MINISTRA.

(Registro No. C020940)

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

ACUERDO No.503.-

San Salvador, 30 de mayo del 2008.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vistas las diligencias iniciadas el día veintiséis de febrero del dos mil ocho, por

el señor José Manuel Romero Sorto, mayor de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de Santa Tecla, relativas a obtener autorización para cons-

truir una Estación de Servicio que se denominará: “Joya de Cerén” en un inmueble ubicado en el kilómetro veintinueve punto cinco, carretera de San

Salvador a San Juan Opico, Colonia Santa Marta, Lotes seis, siete y ocho del Polígono “A” y lote número treinta del Polígono “Dos” de la Hacienda

Sitio del Niño, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, la cual constará de dos tanques que se describen así: el primero de veinte

mil galones para el almacenamiento de Aceite Diesel y el segundo de doce mil galones de capacidad, divididos en nueve mil galones para Gasolina

Regular y tres mil galones para Gasolina Especial; y,

CONSIDERANDO:

I. Que está comprobada en autos la disponibilidad del inmueble en que se construirá la Estación de Servicio.

II. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora

del Depósito, Transporte, y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente acceder a lo solicitado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento,

ACUERDA:

1º) AUTORIZASE al señor José Manuel Romero Sorto, de las generales expresadas, para que construya una Estación de Servicio que se denominará:

“Joya de Cerén” en un inmueble de naturaleza Urbana, ubicado en kilómetro veintinueve punto cinco, carretera de San Salvador a San Juan Opico,

Colonia Santa Marta, Lotes seis, siete y ocho del Polígono “A” y lote número treinta del Polígono “Dos” de la Hacienda Sitio del Niño, Municipio de

San Juan Opico, Departamento de La Libertad, la cual constará de dos tanques que se describen así: el primero de veinte mil galones para el almace-

namiento de Aceite Diesel y el segundo de doce mil galones de capacidad, divididos en nueve mil galones para Gasolina Regular y tres mil galones

para Gasolina Especial.

2º) El Titular de la presente autorización queda obligado a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su

Reglamento.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes que le sean

aplicables.

3º) El titular de la autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario

Ofi cial, dentro de los OCHO DÍAS HABILES siguientes al de su notifi cación.

4º) El titular de la presente autorización deberá iniciar la construcción de la Estación de Servicio doscientos cincuenta días después de publicado el

presente Acuerdo en el Diario Ofi cial, y fi nalizar en los doscientos días subsiguientes.

5º) El Titular de la autorización, deberá comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas con cinco días hábiles de anticipación, la

fecha en que se realizarán las pruebas de hermeticidad a los tanques y sus tuberías a efecto que Delegados de la misma, testifi quen la calidad de los

mismos y presenciar las pruebas antes y después de ser cubiertos, de conformidad al art. 10 literal “d)” del Reglamento para la Aplicación de la Ley

Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo.

6º) Una vez construida la Estación de Servicio, el Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

7º) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.- YOLANDA MAYORA DE

GAVIDIA, MINISTRA.

(Registro No. F012534)

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO Nº 15-1581

San Salvador, 8 de noviembre de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de

los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna, del Centro Educativo Privado COLEGIO

“ESPARZA”, ubicado en 3ª Avenida Norte, Nº 4, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; II) Que la Dirección Departamental

de La Libertad realizó inspección en las instalaciones del citado Centro Educativo y determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados.

Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le

concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2007, la Ampliación en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna, en

el Centro Educativo Privado COLEGIO “ESPARZA”; 2) Ratifi car como Directora a la Profesora Dilma Noemí Argueta Claros. COMUNIQUESE.-

DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F012633)

ACUERDO No. 15-1816

San Salvador, 18 de diciembre de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Gerencia de Centros Privados

y Acreditación Institucional se ha presentado KENIA KAROLINA SÁNCHEZ solicitando de conformidad a lo establecido en el Art. 60 de la Ley

General de Educación, INCORPORACION de su Título de Bachiller en Administración de Empresas, extendido por la Secretaría de Educación de

la República de Honduras en el año 2000. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De

conformidad a lo establecido por el Art. 78º del Convenio Centroamericano sobre Unifi cación Básica de la Educación, publicado en el D. O. Nº 184,

Tomo Nº 201, de fecha 2 de octubre de 1963. Reconocer los estudios de Bachiller en Administración de Empresas realizados por KENIA KAROLINA

SÁNCHEZ en la República de Honduras, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato Técnico Vocacional Comercial,

Opción Contaduría. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F012655)

ACUERDO Nº 15-0742

San Salvador, 19 de mayo de 2008.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación

Superior, se ha presentado VICTOR SALVADOR HERNÁNDEZ SERMEÑO, solicitando que se le reconozca el grado académico de INGENIERO

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AGRONOMO, obtenido en LA ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA-ZAMORANO, EN LA REPUBLICA DE HONDURAS, en el año 2005;

lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II)

Que habiéndose examinado la documentación presentada, la Gerencia de Registro e Incorporaciones de la Dirección Nacional de Educación Superior,

ha emitido el dictamen favorable para el Reconocimiento del grado académico mencionado en el numeral anterior; III) Que de conformidad al Convenio

sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país, ratifi cado y vigente, procede

dicho Reconocimiento. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida

Ley y Convención, ACUERDA: 1º) Reconócese la validez académica de los estudios de INGENIERO AGRONOMO, realizados por VICTOR SAL-

VADOR HERNÁNDEZ SERMEÑO, en la República de Honduras; 2º) Tiénese por incorporado a VICTOR SALVADOR HERNÁNDEZ SERMEÑO,

como INGENIERO AGRONOMO, en nuestro país; 3º) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional,

la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de

su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F012727)

ACUERDO Nº 15-0743

San Salvador, 19 de mayo de 2008.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación

Superior, se ha presentado JULIO ERNESTO BRAN RODAS, solicitando que se le reconozca el grado académico de INGENIERO EN DESARRO-

LLO SOCIOECONÓMICO Y AMBIENTE, obtenido en LA ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA-ZAMORANO, EN LA REPUBLICA DE

HONDURAS, en el año 2005; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas

en la misma a este Ministerio; II) Que habiéndose examinado la documentación presentada, la Gerencia de Registro e Incorporaciones de la Dirección

Nacional de Educación Superior, ha emitido el dictamen favorable para el Reconocimiento del grado académico mencionado en el numeral anterior;

III) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por

nuestro país, ratifi cado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los

requisitos legales establecidos en la referida Ley y Convención, ACUERDA: 1º) Reconócese la validez académica de los estudios de INGENIERO EN

DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y AMBIENTE, realizados por JULIO ERNESTO BRAN RODAS, en la República de Honduras; 2°) Tiénese

por incorporado a JULIO ERNESTO BRAN RODAS, como INGENIERO EN DESARROLLO SOCIOECONÓMICO Y AMBIENTE, en nuestro

país; 3º) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante

la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNI-

QUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F012725)

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

ACUERDO Nº 15-0367

San Salvador, 05 de marzo de 2008.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que se aprobó al Profesor RAFAEL ANTO-

NIO GIL MANCÍA, NIP Nº 0801985, PDN2, como Director del Centro Educativo Privado COLEGIO “DANTE GABRIEL ROSSETTI”, ubicado

en Colonia Las Margaritas, Pasaje 2 Oriente, Nº 154, Calle a Tonacatepeque, Municipio de Soyapango, Departamento de San Salvador, en sustitución

de la Profesora Peggy Patricia Torres Cubías. Todo de conformidad al Artículo 82 de la Ley General de Educación. POR TANTO ACUERDA: 1)

Reconocer como Director al Profesor RAFAEL ANTONIO GIL MANCÍA, NIP Nº 0801985, PDN2, a partir del 3 de febrero de 2008, en el Centro

Educativo Privado COLEGIO “DANTE GABRIEL ROSSETTI”; 2) Ratifi car su Código Nº 21386. COMUNÍQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA,

MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F012637)

ACUERDO Nº 15-0528

San Salvador, 03 de abril de 2008.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado el cambio de domi-

cilio del Centro Educativo Privado JARDÍN INFANTIL “CARMEN LYRA”, que funcionaba en Villa Oímpica II, Senda 4, Nº 28-F, Municipio de

Mejicanos, se trasladó a la siguiente dirección: 29 Avenida Norte, Nº 1, Colonia San Antonio, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador;

II) Que en inspección realizada el 19 de febrero de 2008, en las instalaciones del citado Centro Educativo, se determinó que es procedente aprobar

los servicios solicitados. POR TANTO ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2008, el cambio de domicilio de: Villa Oímpica II, Senda

4, Nº 28-F, Municipio de Mejicanos a la dirección siguiente: 29 Avenida Norte, Nº 1, Colonia San Antonio, Municipio de Mejicanos, Departamento

de San Salvador, del Centro Educativo Privado JARDÍN INFANTIL “CARMEN LYRA”; 2) Reconocer como Directora a la Profesora María Marta

Guadalupe Amaya Hernández de Carvajal, NIP Nº 0100658, PDN2, en sustitución de la Profesora Lorena del Carmen Sáenz Rojas; 3) Ratifi car su

Código Nº 21432. COMUNIQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F012532)

ACUERDO Nº 15-0580

San Salvador, 08 de abril de 2008.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado el cambio de domi-

cilio del Centro Educativo Privado COLEGIO “LICENCIADA ANTONIA PORTILLO DE GALINDO”, que funcionaba en 4a. Avenida Norte y 5a.

Calle Poniente, Barrio Dolores, Municipio de Izalco y se trasladó a la siguiente dirección: 1a. Calle Oriente y 4a. Avenida Norte, Nº 17, Barrio San

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MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Sebastián, Municipio de Izalco, Departamento de Sonsonate; II) Que en inspección realizada el 28 de marzo de 2008, en las instalaciones del citado

Centro Educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. POR TANTO ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero

de 2008, el cambio de domicilio de 4a. Avenida Norte y 5a. Calle Poniente, Barrio Dolores, Municipio de Izalco, a la dirección siguiente: 1ª Calle

Oriente y 4a. Avenida Norte, Nº 17, Barrio San Sebastián, Municipio de Izalco, Departamento de Sonsonate, del Centro Educativo Privado COLEGIO

“LICENCIADA ANTONIA PORTILLO DE GALINDO”; 2) Ratifi car como Directora a la Profesora Dina Morena Arucha Domínguez; 3) Ratifi car

su Código Nº 20116. COMUNIQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F012604)

ACUERDO Nº 15-0734

San Salvador, 14 de mayo de 2008.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo Nº 2201 de

fecha 19 de abril de 1966, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA

“JOSE SIMEON CAÑAS”; II) Que por Acuerdo Ejecutivo Nº 15-1180 de fecha 29 de julio de 2005, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación

aprobó los nuevos Estatutos a la referida Universidad; III) Que por Acuerdo Ejecutivo Nº 15-1390 de fecha 12 de octubre de 2007, el Órgano Ejecutivo

en el Ramo de Educación Reacreditó a la referida Institución; IV) Que la UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA “JOSE SIMEON CAÑAS”, ha

presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior, el Plan de Estudios de la carrera nueva de LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE

AGRONEGOCIOS, para su respectivo Registro, de conformidad al Art. 48, lit. a) de la Ley de Educación Superior; V) Que habiéndose examinado

la documentación presentada y habiendo incorporado las observaciones realizadas por el Departamento de Estudio, de la Gerencia de Supervisión

Académica, de esta Dirección Nacional; POR TANTO, este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley

confi ere, ACUERDA; 1º) Registrar el Plan de Estudio de la carrera nueva de LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE AGRONEGOCIOS,

presentado por la UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA “JOSE SIMEON CAÑAS”, a ser impartido en la modalidad Semipresencial, a través de

la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, a partir del Ciclo 0I-2008; 2º) El referido Plan de Estudios deberá encontrarse a disposición de

los estudiantes en biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 3º) Dicho plan deberá ser revisado durante el plazo de duración de la

carrera. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE.- DARLYN

XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. C020962)

ACUERDO No. 069

San Salvador, 06 de junio de 2008

EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL. CONSIDERANDO: a)

Que el inmueble propiedad del Estado y Gobierno de El Salvador asignado al Ramo de la Defensa Nacional, ubicado en Barrio La Sierpe, de la Ciudad

y Departamento de Chalatenango, utilizado por el Destacamento Militar Número Uno, inscrito al Número veintiuno del Libro doscientos ochenta y

uno, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Quinta Sección del Centro, Departamento de Chalatenango, b) Que de conformidad a Escritura

registra un área de CUATRO HECTAREAS NOVENTA Y DOS AREAS OCHENTA CENTIAREAS o sea CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIEN-

TOS OCHENTA METROS CUADRADOS, y físicamente tiene una extensión superfi cial de NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y TRES

PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, existiendo una diferencia de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y

TRES PUNTO NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS; y c) Que por sanidad Jurídica es necesario armonizar el área legal con la física. En

ese sentido, EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL: ACUERDA:

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

I) De conformidad al Art. 193 ord. 5º de la Constitución de la República, solicitar la intervención del señor Fiscal General de la República, para que

en representación del Estado y Gobierno de El Salvador, comparezca ante Notario a promover las Diligencias de REMEDICION del inmueble antes

relacionado, el cual de conformidad a su antecedente se describe: AL ORIENTE, mide ciento cincuenta y cuatro metros y linda con inmuebles de

José Pineda, Adán Hernández, Benito Calderón, Antonio Guardado y Dagoberto Miranda, divididos por un cerco de alambres y piña propiedad de

los colindantes; AL NORTE, mide trescientos ocho metros y linda con terrenos de Narciso Fuentes, Sebastián Quintanilla, Pedrina Menjívar y Juana

Recinos línea dividida por cerco de piedra propio del terreno que se describe; AL PONIENTE, mide ciento cincuenta y cuatro metros, y linda con

terreno de Carlos Araujo Alemán, Lisandro Ortega y paredes de ladrillo del Centro Penal; y AL SUR, mide trescientos treinta y dos metros y linda

con terreno de José Recinos y Alberto Córdova, dividido por cerco de piedra en parte, propio del terreno que se describe. II) Desígnase al Licenciado

JOAQUIN ELIBERTO GARCÍA CUBÍAS, ante cuyos ofi cios Notariales se otorgará las Diligencias respectivas.- COMUNÍQUESE.

JORGE ALBERTO MOLINA CONTRERAS,

GENERAL DE DIVISION,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO Nº 070

San Salvador, 06 de junio de 2008.

EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL.- CONSIDERANDO: a)

Que según Escritura Pública de Donación, otorgada ante los ofi cios del Notario JOSÉ GUILLERMO DOMINGUEZ, en la Ciudad de San Salvador, a

las once horas y cinco minutos del día veintiuno de abril de mil novecientos sesenta y seis, por la Municipalidad de Tonacatepeque, a favor del Estado

y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Defensa Nacional, es dueño y actual poseedor de un inmueble, de naturaleza urbana, ubicado en Primera

Calle Poniente y Sexta Avenida Sur, Barrio San Nicolás, Tonacatepeque, Departamento de San Salvador; inscrito a favor del Estado en este Ramo,

al NÚMERO CINCUENTA Y OCHO del LIBRO NOVECIENTOS SESENTA Y TRES, del Registro de la Propiedad de este Departamento; cuya

descripción es la siguiente: AL NORTE, once metros quince centímetros con solar de RITA ERROA viuda DE TOMASINO, con cerco de alambre y

brotones de varias clases; AL SUR, diez metros setenta centímetros, con casas y solares de TOMÁS MIRANDA, MARÍA VICTORIA RAMÍREZ y

MANUEL MAZARIEGO, calle pública de por medio, con cerco de alambre y brotones de varias clases; AL ORIENTE, dieciséis metros, con solar

de MANUEL MAZARIEGO, con cerco de alambre y brotones de varias clases, con mojones esquineros consistentes en una piedra y brotón de pito;

y AL PONIENTE, dieciséis metros cuarenta centímetros, con terreno de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, y que antes formó parte

del terreno general que se describió anteriormente. Todas sus líneas son rectas y los mojones y cercos que lo limitan por los rumbos Norte y Oriente,

pertenecen a los colindantes y los de los otros rumbos son propios del terreno que se describe. b) Que en el instrumento antes relacionado no fue con-

signado la extensión superfi cial de la porción Donada, pero de conformidad a Levantamiento Topográfi co practicado por Técnicos de esta Secretaría

de Estado, el inmueble es de una extensión superfi cial de CIENTO CINCUENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS;

Y c) Que es necesario armonizar el área legal con la física. En tal sentido, EL ÓRGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR

EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL: ACUERDA: I) De conformidad al Art. 193 ord. 5º de la Constitución de la República, solicitar la

intervención del señor Fiscal General de la República para que en representación del Estado y Gobierno de El Salvador, comparezca ante Notario a

promover las Diligencias de REMEDICION; del inmueble anteriormente descrito. II) Desígnase al Licenciado Joaquín Eliberto García Cubías, ante

cuyos ofi cios Notariales se otorgará las Diligencias respectivas.- COMUNÍQUESE.

JORGE ALBERTO MOLINA CONTRERAS,

GENERAL DE DIVISION,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 495-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, uno de febrero del año dos mil ocho.- De conformidad a lo resuelto

por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada FIDELINA DEL ROSARIO ANAYA DE BARILLAS, ha llenado todos los

requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y

aumentar con su nombre la nómina permanente de Notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUE-

SE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- M. F. VALDIV.- PERLA J.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M.

TREJO.- M. POSADA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F012711)

ACUERDO No. 516-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cuatro de febrero del año dos mil ocho.- De conformidad a lo resuelto

por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que la Licenciada GLENDA VERONICA FIGUEROA ALAS, ha llenado todos los requisitos

establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarla para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar

con su nombre la nómina permanente de Notarios publicada en el Diario Ofi cial número 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- V. DE AVILÉS.- M. F. VALDIV.- PERLA J.- VELASCO.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- GUZMÁN U. D.

C.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F012583)

ACUERDO No. 833-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de marzo de dos mil ocho.- El Tribunal con fecha

cuatro de enero de dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado WILMAN ALEXANDER CARRANZA MIGUEL, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VALDIV.- P. J.- VELASCO.- M. TREJO.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- M.

A. CARDOZA A.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F012702)

ACUERDO No. 856-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha

cuatro de enero del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MARIO ERNESTO ESCOBAR AGUILA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M.

POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F012701)

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

ACUERDO No. 935-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.- El Tribunal con

fecha catorce de diciembre del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada XIOMARA ELIZABETH LARA UMAÑA, para que ejerza

la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expe-

diente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A.

CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F012581)

ACUERDO No. 954-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha

veintiocho de enero del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARIANA EMELY RIVERA APARICIO, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.-COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C. - M. TREJO.- M.

POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F012592)

ACUERDO No. 1057-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha

veintiocho de febrero del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JUAN FRANCISCO GARCIA ASCENCIO, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA

A.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F012540)

ACUERDO No. 1071-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha

quince de febrero del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado DOUGLAS ERNESTO CLEMENTE ZEPEDA, para que ejerza la pro-

fesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente

respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA

A.- M. POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F012613)

ACUERDO No. 1098-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil ocho.- El Tribunal con fecha

quince de enero del año dos mil ocho, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CESAR OMAR GARCIA TREJO, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M.

POSADA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F012599)

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

INSTITUCIONES AUTONOMASTRIBUNAL DE ETICA GUBERNAMENTAL

DECRETO No. 1.

EL TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Decreto Legislativo Nº 1038, de fecha 27 de abril de 2006, publicado en el Diario Ofi cial Nº 90, Tomo 371, correspondiente

al 18 de mayo del mismo año, se emitió la Ley de Ética Gubernamental.

II. Que la Ley de Ética Gubernamental ha sido dictada para dar cumplimiento, entre otras, a la Convención Interamericana contra la Corrupción

-CICC- ratifi cada en El Salvador por Decreto Legislativo N° 351, de fecha 9 de julio de 1998, publicada en el Diario Ofi cial N° 150, Tomo

340, correspondiente al 17 de agosto de 1998; Convención que entró en vigencia desde el día de su publicación y fue depositada por el

Órgano Ejecutivo en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos -OEA-, el 18 de marzo de 1999; así como para

desarrollar el Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centro América, ratifi cado por el Decreto Legislativo de fecha 22 de enero de

1997, publicado en el Diario Ofi cial N° 31, Tomo 334, correspondiente al 17 de febrero de 1997.

III. Que mediante Decreto Legislativo Nº 427, de fecha 4 de octubre de 2007, publicado en el Diario Ofi cial Nº 188, Tomo 377, correspon-

diente al 10 de octubre del mismo año, se modifi có la mencionada Ley de Ética Gubernamental, reforma mediante la cual se le confi rió

personalidad jurídica al Tribunal de Ética Gubernamental, con autonomía en lo técnico, económico y administrativo, siendo la autoridad

de mayor jerarquía en la materia.

IV. Que en cumplimiento de la letra i) del art. 12 de la Ley de Ética Gubernamental, debe dictarse el Reglamento de ejecución de dicha nor-

mativa.

V. Que para asegurar el adecuado y oportuno cumplimiento de la Ley de Ética Gubernamental, de conformidad con el art. 9, además del

Tribunal de Ética Gubernamental, habrá una Comisión de Ética Gubernamental en cada una de las dependencias de la Administración

pública que se mencionan en el Art. 14 de la Ley.

VI. Que el art. 12 letra h) de la mencionada Ley establece, como una de las funciones y atribuciones del Tribunal de Ética Gubernamental,

nombrar a los miembros de las Comisiones de Ética Gubernamental, en las dependencias de la Administración pública indicadas en el art.

14 de la citada Ley.

VII. Que de conformidad con el art. 15 de la Ley, un Reglamento determinará la forma de hacer el nombramiento de los miembros propietarios

y suplentes de las Comisiones de Ética Gubernamental en las dependencias de la Administración pública, conforme con el objeto de Ley.

POR TANTO: De conformidad con la normativa relacionada y en ejercicio de su potestad reglamentaria este Tribunal, DECRETA el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo Único

Finalidad, Ámbito de Aplicación y Denominaciones

Finalidad del Reglamento

Art. 1. El presente Reglamento tiene por fi nalidad desarrollar la Ley de Ética Gubernamental.

También regulará los aspectos de organización y funcionamiento del Tribunal de Ética Gubernamental, Comisiones de Ética Gubernamental y

Agentes de Enlace.

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Ámbito de aplicación

Art. 2. El presente Reglamento se aplicará a todos los servidores públicos a los que se refi ere el art. 2 de la Ley de Ética Gubernamental, en lo

relativo a sus prohibiciones y/o deberes éticos y al procedimiento administrativo sancionador.

Denominaciones

Art. 3. Para los efectos de este Reglamento se entiende por:

a) Ley: Ley de Ética Gubernamental;

b) Tribunal: Tribunal de Ética Gubernamental;

c) Pleno del Tribunal o Pleno: miembros del Tribunal constituidos como órgano deliberante y decisorio;

d) Comisión: Comisión de Ética Gubernamental;

e) Institución: cualquiera de las instituciones a las que se refi ere el art. 14 de la Ley;

f) Autoridad: titular de cualquiera de las instituciones mencionadas en el art. 14 de la Ley;

g) Servidor público: persona natural que presta ocasional o permanentemente servicios dentro de la Administración del Estado, de los Mu-

nicipios y de las entidades ofi ciales autónomas sin excepción. Además, comprende a los funcionarios y empleados públicos y agentes de

Autoridad en todos sus niveles jerárquicos; y,

h) COMURES: Corporación de Municipalidades de El Salvador.

TITULO II

ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL TRIBUNAL, COMISIONES DE ÉTICA GUBERNAMENTAL

Y AGENTES DE ENLACE

Capítulo I

Actores

Aplicación de la Ley de Ética Gubernamental

Art. 4. Corresponderá la aplicación de la Ley y este Reglamento conforme las atribuciones y funciones respectivas a los siguientes actores:

a) El Tribunal de Ética Gubernamental;

b) Las Comisiones de Ética Gubernamental; y,

c) Los Agentes de Enlace.

Capítulo II

Tribunal de Ética Gubernamental

Integración

Art. 5.- El Pleno del Tribunal, como organismo colegiado, está conformado por todos los miembros propietarios o sus respectivos suplentes, a

que se refi ere el art. 10 de la Ley.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Funciones y atribuciones

Art. 6.- Además de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley y en el presente Reglamento, al Pleno del Tribunal le corresponderá:

a) Establecer las políticas y criterios de actuación del Tribunal y sus dependencias;

b) Crear en atención a las necesidades del Tribunal y conforme las previsiones presupuestarias, unidades organizativas y comités para su

funcionamiento;

c) Aprobar planes, programas y proyectos referentes a la aplicación de la ética en la función pública, la Ley de Ética Gubernamental y demás

normativa institucional;

d) Aprobar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos, y la memoria anual de labores;

e) Aprobar la normativa que sea de su competencia;

f) Aprobar la suscripción de alianzas y convenios para el cumplimiento de los objetivos de la Ley;

g) Nombrar, contratar, remover, conceder licencias y aceptar la renuncia a los servidores públicos del Tribunal; procurar potenciar su calidad

y desarrollo, así como proveer prestaciones y remuneraciones a los mismos;

h) Adquirir o aceptar bienes que provengan de ventas, donaciones, fi deicomisos, herencias, legados u otras fuentes; así como autorizar la venta

o donación de bienes, que formen parte del patrimonio del Tribunal;

i) Asignar funciones específi cas a los miembros del Tribunal, si se estimare conveniente; y,

j) Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de las fi nalidades, objetivos, funciones y atribuciones del Tribunal.

Organización y funcionamiento

Art. 7. El Pleno del Tribunal se reunirá para deliberar y tomar acuerdos al menos cada quince días con la asistencia del Secretario General.

Como órgano colegiado tomará sus decisiones por mayoría de los miembros que lo conforman y el miembro que no concurra con su voto podrá

razonar el motivo de su desacuerdo o abstención según el caso.

El Tribunal se conformará con los miembros propietarios. En caso de muerte, renuncia, ausencia temporal, excusa o recusación de alguno de los

miembros, se llamará al respectivo suplente para que integre el Tribunal.

En caso de ausencia temporal del propietario, el miembro suplente devengará el salario proporcional que le corresponda a aquél por el número

de días que integre el Tribunal.

En caso de excusa o recusación, el suplente devengará una dieta por cada asistencia a la convocatoria que le haga el Tribunal, no pudiendo exceder

el pago de cuatro dietas en el mes. Las dietas forman parte de los gastos administrativos del Tribunal.

Agenda

Art. 8.- La agenda de las sesiones será elaborada por el Secretario General tomando en cuenta los puntos que se deban conocer en la misma, la

que deberá ser sometida previamente a los miembros del Pleno para su consideración, a fi n de que puedan incluir otros puntos que indiquen.

La agenda deberá ser presentada a los miembros del Pleno, por lo menos con veinticuatro horas de anticipación a la hora y día señalados para la

sesión.

Los asuntos que se sometan a la consideración del Pleno serán debidamente documentados, excepto aquéllos que por urgencia u otro motivo que

lo justifi que no sea posible.

De las sesiones

Art. 9.- La dirección de las sesiones corresponderá al Presidente.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Establecido el quórum para sesionar se iniciará con la lectura de la agenda, la que se someterá a aprobación del Pleno; una vez aprobada, con

modifi caciones o sin ellas, se pasará a su desarrollo.

Cada miembro tendrá derecho a intervenir sobre cada punto de la agenda.

Deliberado cada punto de la agenda, se pasará a su respectiva votación, la cual será nominal.

Si se considera que un asunto está sufi cientemente discutido, cualquiera de los miembros propondrá el cierre del debate, y si así lo acuerda la

mayoría, se pasará a votación.

Secretaría General

Art. 10.- El Secretario General actuará como secretario de las sesiones del Pleno y en su ausencia temporal o impedimento, desempeñará esta

función el Secretario General suplente; o en su defecto la persona que el Pleno designe.

Actas de las sesiones

Art. 11.- Se levantará acta de todas las sesiones que celebre el Pleno en la que se consignará el lugar, hora y día de la reunión; la asistencia y

agenda desarrollada; con una relación sucinta de las intervenciones sobre cada punto y los acuerdos adoptados. Las actas deberán someterse a consi-

deración del Pleno al fi nalizar la sesión o en la inmediata siguiente y serán fi rmadas por todos los miembros asistentes y el Secretario General, las que

serán compiladas en el libro respectivo.

Cualquier incidente que altere o interrumpa la celebración de las sesiones se hará constar en el acta respectiva.

En caso de imposibilidad de desarrollar la agenda en una sola sesión, el Pleno podrá declarar la sesión en receso y acordar su continuación.

Atribuciones del Presidente

Art. 12.- El Presidente del Tribunal tendrá como atribuciones las siguientes:

a) Dirigir el desarrollo de las sesiones del Pleno;

b) Autorizar juntamente con el Secretario General los libros que se estimen necesarios para el funcionamiento del Tribunal; y,

c) Las demás que le encomiende la Ley, este Reglamento y el Pleno.

Atribuciones del Secretario General

Art. 13.- Corresponde al Secretario General:

a) Elaborar la agenda de las sesiones del Pleno y las convocatorias;

b) Documentar los asuntos que sean sometidos al Pleno;

c) Llevar y custodiar el Libro de Actas y de Acuerdos de las sesiones del Pleno;

d) Llevar la correspondencia del Pleno;

e) Comunicar los acuerdos adoptados, darle seguimiento e informar mensualmente al Pleno sobre su cumplimiento;

f) Certifi car las actuaciones del Pleno;

g) Autorizar con su fi rma las resoluciones del Pleno; y,

h) Las demás que le encomienden la Ley, este Reglamento y el Pleno.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Promoción, difusión y capacitación

Art. 14.- Corresponde al Tribunal promover y difundir entre los servidores públicos y la ciudadanía en general las normas éticas contenidas en la

Ley; para tal efecto, dispondrá de los medios que estime procedentes para la comunicación, organización y realización de actividades divulgativas.

Asimismo, a través de la Unidad de Divulgación y Capacitación, el Tribunal capacitará a los miembros de las Comisiones y a los Agentes de

Enlace respecto a la ética en la función pública y a la Ley de Ética Gubernamental. Los miembros de las Comisiones deberán a su vez capacitar a los

servidores públicos de las instituciones en las que laboran.

Transparencia en la administración pública

Art. 15.- Corresponde al Tribunal dictar lineamientos generales tendentes a garantizar la transparencia en la gestión de la Administración pública,

que permitan el acceso a la información a cualquier persona interesada, siempre y cuando aquélla sea de carácter público.

Publicidad de actos administrativos

Art. 16.- El Tribunal elaborará las directrices necesarias que permitan a las dependencias públicas identifi car, además de los establecidos por ley,

los actos administrativos que deberán gozar de publicidad por los medios de información posible.

Formulación de políticas

Art. 17.- El Tribunal formulará, modifi cará y actualizará las políticas tendentes a que los servidores públicos optimicen el uso de los recursos del

Estado.

Capítulo III

Comisiones de Ética Gubernamental

Sección Primera

Nombramiento y Elección de los Miembros de las Comisiones de Ética Gubernamental

Comisiones de Ética

Art. 18.- De conformidad con lo establecido en el art. 14 de la Ley, habrá una Comisión en cada una de las dependencias que en esa disposición

se señalan.

Para el caso de la letra g) de ese mismo artículo, cada una de las instituciones que conforman el Ministerio Público, deberá contar con su propia

Comisión.

Designación

Art. 19.- Tanto los miembros propietarios como los suplentes de las Comisiones que se constituyan en las dependencias de la Administración

pública serán nombrados de la siguiente manera: uno, por la Autoridad responsable de la entidad de la que se trate; otro, por el Tribunal; y el tercero,

electo por los servidores públicos que trabajen en la institución respectiva.

Una sola Comisión atenderá a todas las municipalidades del país, y en este caso sus miembros serán nombrados de la siguiente manera: uno, por

la Corporación de Municipalidades de El Salvador; otro, por el Tribunal; y el tercero, por el Presidente de la Corte de Cuentas de la República.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Cuando por la naturaleza y composición de una de las instituciones no sea viable constituir una Comisión acorde con lo dispuesto en la Ley y

este Reglamento, el Tribunal podrá autorizar una forma distinta de proceder pero en armonía con los objetivos y propósitos de la Ley de Ética Guber-

namental. En todo caso, deberán respetarse las reglas de composición previstas en el art. 15 de la Ley.

Naturaleza del servicio prestado por los miembros de la Comisión

Art. 20.- Los miembros de las Comisiones no devengarán ninguna remuneración especial y su servicio en ella se considerará inherente al cargo

que desempeñen. No obstante, cuando para el cumplimiento de estas funciones debieren trabajar en horas extraordinarias, tendrán derecho al pago de

la remuneración respectiva de acuerdo al régimen presupuestario de cada institución.

La Autoridad deberá conceder a los miembros de la Comisión de su institución el tiempo sufi ciente y los recursos necesarios para llevar a cabo

las funciones encomendadas por la Ley.

Requisitos de los miembros de las Comisiones

Art. 21.- Los miembros de las Comisiones deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser servidor público de la institución;

b) Ser salvadoreño;

c) Ser mayor de 25 años;

d) Tener moralidad, instrucción y competencia notoria;

e) No estar en mora con la Hacienda Pública;

f) No haber sido objeto de sanciones disciplinarias en los últimos cinco años;

g) No haber sido sancionado por actos de corrupción o por infracciones a normas éticas;

h) No tener vínculo de parentesco con la Autoridad de la institución dentro del cuarto grado de consanguinidad ni segundo de afi nidad;

i) Estar en posesión de sus derechos de ciudadano y no haberlos perdido durante los últimos cinco años; y,

j) Declarar bajo juramento ante la Autoridad de la institución en la que labora, no tener ninguno de los impedimentos previstos en este Re-

glamento.

La Autoridad tendrá la obligación de verifi car e informar al Tribunal, dentro del plazo correspondiente, que los servidores públicos nombrados

cumplen los requisitos antes señalados.

Procedimiento para el nombramiento por el Tribunal

Art. 22.- El Tribunal nombrará como miembro propietario al servidor público que en cada una de las instituciones ocupe el cargo de Jefe del Área

de Recursos Humanos y como suplente al Jefe de la Unidad Jurídica. En ambos casos, si no existiesen dichos cargos se nombrará respectivamente al

servidor público que, aunque con otra denominación, ejerza funciones similares.

Si el servidor público no reúne los requisitos que establece el art. 21 de este Reglamento o no existe persona que ejerza dichas funciones o que

éstas sean realizadas por personas ajenas a la institución, la Autoridad deberá remitir al Tribunal las hojas de vida del Auditor Interno, Jefe de Plani-

fi cación y Jefe de Administración, o de quienes con denominaciones distintas ejerzan funciones similares, para que el Tribunal proceda a nombrar al

miembro propietario y/o suplente, según sea el caso.

La Autoridad que a la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento no hubiere remitido la información mencionada en los incisos precedentes,

deberá cumplir este requerimiento dentro de los cinco días posteriores a la vigencia del mismo.

Respecto a las municipalidades, el cargo de propietario y suplente lo ocuparán en su respectivo orden, los servidores públicos que se desempeñen

como Primer y Segundo Secretario de la Junta Directiva de COMURES; y en su defecto los Directores de Finanzas y de Asuntos Gremiales. El Director

Ejecutivo deberá remitir al Tribunal dentro de los cinco días posteriores a la vigencia de este Reglamento, los nombres y generales de quienes ocupan

dichos cargos, debiendo además expresar si cumplen con los requisitos establecidos en el art. 21 de este Reglamento.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Una vez fi nalizado el período para el cual fueron nombrados, terminen en sus funciones o fueren trasladados a un cargo distinto, la Autoridad

o el Director Ejecutivo, en su caso, deberán remitir, dentro del plazo de cinco días posteriores, los nombres y generales de quienes ocupan los cargos

mencionados en los incisos precedentes.

El Tribunal procederá al nombramiento y juramentación de los miembros dentro de los tres días siguientes a la recepción de la información,

debiendo proceder a su acreditación. También deberá comunicar su decisión a las Autoridades respectivas para los efectos consiguientes.

Procedimiento para el nombramiento por la Autoridad

Art. 23.- La Autoridad que aún no ha nombrado y juramentado a su miembro propietario y/o suplente entre el personal de la institución, deberá

hacerlo en el plazo de ocho días, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento.

Una vez fi nalizado el período para el cual fueron designados los miembros que se encuentran en funciones o a la terminación de las mismas,

deberá la Autoridad hacer el nombramiento y juramentación de los nuevos miembros propietario y suplente dentro de los ocho días posteriores a la

ocurrencia de los eventos mencionados.

En todo caso, la Autoridad deberá comunicar al Tribunal el nombramiento y juramentación de sus miembros propietario y suplente, para su

acreditación en el plazo estipulado.

Procedimiento para la elección por los servidores públicos

Art. 24.- El miembro de la Comisión cuya elección corresponde a los servidores públicos, lo mismo que su suplente, serán elegidos mediante

votación igualitaria y secreta.

A la Autoridad le corresponde vigilar que el proceso de elección se realice de acuerdo con lo establecido en la Ley y este Reglamento.

El procedimiento para la elección será el siguiente:

1. La Autoridad que aún no ha realizado el procedimiento de elección de los miembros que corresponde a los servidores públicos de su ins-

titución, deberá efectuar la convocatoria dentro de los cinco días siguientes a la entrada en vigencia de este Reglamento.

2. La Autoridad deberá iniciar el procedimiento de elección del miembro propietario o suplente, dentro de los ochos días siguientes de fi na-

lizado el plazo de sus nombramientos, para lo cual deberá convocar a los servidores públicos de su institución, por escrito o por cualquier

otro medio, para la inscripción de los candidatos. En la convocatoria se indicarán los requisitos, el plazo, el lugar y la persona encargada

de recibir las inscripciones, las que deberán realizarse dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha en que se efectúe el llamado

a la inscripción.

3. Los candidatos deberán inscribirse en la forma que se indique en la convocatoria respectiva y presentar a la Autoridad la documentación

pertinente para acreditar que cumplen los requisitos establecidos en el art. 21 de este Reglamento.

4. Dentro de los tres días siguientes a la fecha en que venza el plazo para la inscripción de candidatos, la Autoridad realizará una segunda

convocatoria para que todos los servidores públicos participen en la elección de los miembros propietario y suplente. La Autoridad corres-

pondiente deberá adoptar las medidas necesarias y usar los mecanismos que considere pertinentes para garantizar la publicidad y la partici-

pación en la elección. En todo caso, esta convocatoria deberá contener la indicación de los candidatos inscritos, el lugar o el mecanismo de

votación, el día y la hora en que se realizará la elección, y será notifi cada al Tribunal, quien podrá nombrar a un delegado para que observe

el proceso de votación. La elección deberá realizarse dentro del plazo de cinco días que se contará desde la fecha de la convocatoria, y la

juramentación se efectuará el día de la elección.

5. El cargo de miembro propietario corresponderá a quien hubiere obtenido el mayor número de votos, y el de miembro suplente, al que haya

obtenido el segundo lugar en la votación. En caso de empate se realizará un nuevo procedimiento de elección en el que únicamente parti-

ciparán los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con el fi n de defi nir el propietario y el suplente. Si existiere empate

en el segundo número mayor de votos, se defi nirá el tercer y cuarto lugar; de lo acaecido se dejará constancia en el acta que para tal efecto

se levante.

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

6. En caso de cesación defi nitiva del propietario electo, su lugar lo ocupará el segundo en votación y el suplente será quien le siga en número

de votos, si lo hubiese; y así sucesivamente. Si no hubiere otro candidato que pudiera suplir, se deberá realizar un nuevo procedimiento de

elección.

Cuando se tratare de instituciones públicas que tengan unidades o dependencias departamentales, la Autoridad organizará el proceso de elección

en la forma más conveniente a los intereses institucionales, pero deberá cumplir lo dispuesto en este artículo.

Documentación del procedimiento eleccionario

Art. 25.- Tanto lo ocurrido durante el procedimiento de elección como el resultado que arroje el escrutinio se hará constar en acta que fi rmarán

la Autoridad y el delegado del Tribunal en su caso, y en ésta deberá relacionarse, por lo menos, la siguiente información: el número de servidores

públicos que participaron en la votación, nombre y generales de los candidatos, el resultado y el acto de juramentación por parte de la Autoridad. De

esta acta deberá remitirse una certifi cación al Tribunal al día siguiente de su emisión, para su acreditación.

De todo procedimiento de elección, la Autoridad elaborará un expediente que comprenderá todas las fases, incidentes y documentos relativos al

mismo.

Nombramiento por el Presidente de la Corte de Cuentas de la República

Art. 26.- Los miembros de la Comisión, cuyo nombramiento corresponde al Presidente de la Corte de Cuentas de la República de conformidad

con el art. 15 inciso 3ro.de la Ley, deberán pertenecer a las municipalidades, y ser nombrados y juramentados en el plazo de ocho días contados a partir

de la vigencia de este Reglamento, si dicho nombramiento no se hubiere realizado. El mismo plazo deberá observarse cuando el miembro propietario

y/o suplente fi nalice el período para el cual fue nombrado o cesado en sus funciones.

En todo caso, el nombramiento y juramentación deberán comunicarse al Tribunal al día siguiente en que hayan tenido lugar para su acredita-

ción.

Deber de Informar

Art. 27.- La Autoridad o, en su caso, el Presidente de la Corte de Cuentas de la República, están obligados a informar al Tribunal de cualquier

circunstancia que pudiera alterar la composición de las Comisiones, tales como licencia, cese de funciones, renuncia, o traslado de alguno de los

miembros. Esta comunicación deberá realizarse dentro del plazo máximo de cinco días contados a partir de que el hecho ocurra. El miembro propietario

será sustituido por su suplente.

Si la ausencia del propietario fuere defi nitiva, el suplente respectivo asumirá en propiedad el cargo hasta que fi nalice el período para el cual aquél

había sido nombrado, y se procederá al nombramiento del suplente dentro de los cinco días siguientes a la promoción del primero.

La regla establecida en el inciso anterior no será aplicable si se tratase de la ausencia defi nitiva del miembro propietario nombrado por el Tribunal,

debiendo el suplente asumir las funciones del propietario mientras se nombre al nuevo titular.

Sección Segunda

Impedimentos y forma de resolverlos. Separación del cargo.

Obligación de aceptar y desempeñar el cargo

Art. 28.- Ningún servidor público podrá negarse a aceptar el nombramiento ni a desempeñar el cargo de miembro de la Comisión, salvo que

exista un impedimento debidamente justifi cado, el cual será resuelto en la forma establecida en esta sección.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Impedimentos

Art. 29.- Son impedimentos para ser miembro de una Comisión:

a) No cumplir alguno de los requisitos previstos en el art. 21 de este Reglamento.

b) Tener incapacidad física o mental que imposibilite el ejercicio del cargo.

c) Cualquier otra circunstancia que a juicio del Tribunal pudiera ser contraria a los objetivos y principios de la Ley.

Modo de resolver los impedimentos

Art. 30.- El servidor público que considere que se encuentra impedido para formar parte de una Comisión, o siendo miembro de la misma le

sobrevenga uno de los impedimentos descritos en el artículo anterior, deberá alegarlo por escrito y presentar las pruebas que considere pertinentes ante

la autoridad que tenga a su cargo el nombramiento o juramentación, quien lo resolverá dentro de los tres días siguientes a la fecha en que fue alegado,

respetando las garantías del debido proceso.

Cuando el impedimento fuere alegado por cualquier persona mediante escrito, éste deberá presentarse ante la autoridad respectiva, quien mandará

al miembro de la Comisión, para que en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente de la notifi cación correspondiente se pronuncie sobre el

hecho que se le atribuye.

Contestada la audiencia o concluido el plazo relacionado, se emitirá resolución sobre la permanencia o separación del cargo del miembro de la

Comisión.

En el caso de los servidores públicos que ocupen alguno de los cargos señalados en el inciso primero y tercero del art. 22 de este Reglamento, el

impedimento preexistente deberá alegarse ante la Autoridad de la institución respectiva, dentro de los tres días siguientes a la notifi cación correspon-

diente, y cuando sobrevenga puede ser alegado en cualquier momento. Dicha Autoridad deberá remitir al Tribunal, dentro de los tres días siguientes,

el escrito de alegación del impedimento y las pruebas correspondientes para su resolución, así como los nombres y generales de quienes ocupen los

cargos mencionados en el inciso segundo y tercero del art. 22 de este Reglamento. El Tribunal deberá resolver el impedimento respetando las garantías

del debido proceso y nombrar al miembro propietario y/o suplente cuando proceda.

Modo de proceder si se declara la existencia de un impedimento

Art. 31.- Si la autoridad respectiva o el Tribunal resuelven declarar la existencia del impedimento, se procederá al nombramiento correspon-

diente. Si se tratare del miembro elegido por los servidores públicos se hará conforme a lo dispuesto en el art. 24 de este Reglamento, en lo que fuere

aplicable.

Separación del cargo

Art. 32.- Si se comprueba que algún miembro de la Comisión incurre en alguno de los impedimentos contenidos en el art. 29 de este Reglamento

se dejará sin efecto su nombramiento y se separará inmediatamente de su cargo.

Como medida precautoria, mientras se tramita el impedimento o el procedimiento sancionador, el servidor público señalado no podrá asistir a

las reuniones de la Comisión y en su lugar lo hará el respectivo suplente, si fuere el caso.

Sección Tercera

Organización y funcionamiento

Organización y funcionamiento

Art. 33. Después de conformarse la Comisión, ésta deberá sesionar dentro de los quince días hábiles posteriores a efecto de designar quiénes de

los miembros propietarios actuarán como Presidente, Secretario y Vocal; establecerán el lugar y la periodicidad de sus reuniones, la que será al menos

una vez por mes.

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

En cuanto a la forma de votación, atribuciones del Presidente y del Secretario y desarrollo de las sesiones, se estará a lo dispuesto en la parte

relativa al Tribunal, en lo que le fuere aplicable.

La facultad de convocatoria la ejercerá el Presidente de la Comisión y a falta de éste el Secretario.

De toda reunión se levantará acta, debiendo ser fi rmada por los miembros asistentes.

Cualquier miembro de la Comisión podrá recibir consultas y denuncias, debiendo informar a los demás de la recepción de las mismas, dentro

de las veinticuatro horas siguientes.

Las Comisiones brindarán al Tribunal el apoyo que les sea solicitado en la aplicación de la Ley y este Reglamento y actuarán a través de sus

miembros propietarios, y a falta de éstos por medio de sus respectivos suplentes.

Cumplimiento de indicaciones del Tribunal

Art. 34. A requerimiento del Tribunal, las Comisiones de Ética estarán habilitadas para realizar actos de comunicación a los servidores públicos

denunciados de su dependencia en el plazo máximo de cinco días hábiles, debiendo dejar constancia de ello e informar al Tribunal dentro de los dos

días hábiles siguientes de realizadas tales actuaciones.

Capacitaciones

Art. 35. Los miembros de las Comisiones, antes o inmediatamente después de tomar posesión de sus cargos, deberán recibir las capacitaciones

a que la Ley y este Reglamento hacen referencia; además, cumplirán con los lineamientos que conforme dichas normativas les dicte el Tribunal.

En atención a lo establecido en los arts. 38 y 39 de la Ley, las Comisiones llevarán un control y actualización de las capacitaciones que se realicen

en su dependencia, información que deberá ser proporcionada a la Unidad de Divulgación y Capacitación del Tribunal, de acuerdo con el mecanismo

y requerimientos establecidos por el mismo, a efecto de su registro.

Los municipios y las instituciones con dependencias en diversas partes del territorio de la República, podrán realizar la actividad prescrita en el

inciso precedente por medio de los Agentes de Enlace, quienes deberán remitirla a la Comisión de Ética respectiva.

Las Comisiones enviarán al Tribunal el listado que contenga el nombre y generales de los Agentes de Enlace adscritos a su dependencia, su lugar

de trabajo y dirección o medio para ser contactados, los que al ser modifi cados se deberán actualizar. La remisión de dicha información se efectuará

en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha del nombramiento por parte de la Autoridad.

Intervención supletoria

Art. 36. El Tribunal decidirá lo pertinente en todo lo no previsto en el presente Capítulo.

Capítulo IV

Agentes de Enlace

Nombramiento de Agentes de Enlace

Art. 37. Sin perjuicio de la existencia de la Comisión de Ética en una dependencia, cuando ésta lo estime conveniente podrá proponer a la Au-

toridad el nombramiento de funcionarios o empleados de la institución como Agentes de Enlace propietarios y suplentes, quienes estarán sujetos a lo

dispuesto en el art. 15 de la Ley en lo que les fuere aplicable. A tal efecto, deberá presentar ternas para propietarios y para suplentes, a fi n de que la

Autoridad seleccione a los mismos.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Cada uno de los municipios deberá contar con un Agente de Enlace nombrado por el respectivo Concejo Municipal; sin embargo, dependiendo

de la estructura organizativa y el número de servidores públicos u otras características propias de los gobiernos locales, éstos podrán asociarse y nom-

brar a un solo Agente. En todo caso, los Concejos deberán informar al Tribunal dentro de los cinco días hábiles siguientes a la designación, la misma

información requerida en el inciso fi nal del art. 35 de este Reglamento, a las personas que fungirán como Agentes de Enlace.

Requisitos e impedimentos

Art. 38. Los Agentes de Enlace estarán sujetos a los mismos requisitos e impedimentos aplicables a los miembros de las Comisiones.

Funciones

Art. 39. Los Agentes de Enlace tendrán como funciones la de facilitar a la Comisión la promoción, difusión y capacitación sobre la ética en la

función pública y la normativa aplicable, realizar los actos de comunicación y cumplir con las demás instrucciones que dicte el Tribunal o la Comisión

respectiva.

Los Agentes de Enlace, antes o inmediatamente después de haber sido nombrados, deberán recibir las capacitaciones a que la Ley y este Regla-

mento hacen referencia.

TÍTULO III

PROCEDIMIENTOS

CAPÍTULO I

Régimen de dádivas y consulta

Solicitud o aceptación de dádivas, regalos, pagos, honorarios o cualquier otro tipo de regalías

Art. 40. El servidor público tiene prohibido recibir benefi cios al margen de los que por ley le correspondan, y debe adoptar las medidas necesarias

para evitar que pueda surgir cualquier duda razonable sobre la legitimidad de sus ingresos y de su situación patrimonial.

Para los efectos del art. 6 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental, la solicitud o aceptación directa o a través de persona distinta del servidor

público, a cambio de acciones u omisiones relacionadas con el cargo que ocupa, comprenderá todo tipo de benefi cio o provecho de cualquier naturaleza

que tenga como destinatario éste último, sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afi nidad, que excedan a aquellos que

por ley les corresponde.

Facultad consultiva

Art. 41. Dentro de su facultad orientadora, el Tribunal será el único competente para fi jar los criterios relativos a las consultas respecto del ámbito

de aplicación de la Ley de Ética Gubernamental y su Reglamento.

Materia de consulta

Art. 42. Las respuestas a consultas, únicamente podrán versar sobre la aplicación de la Ley y el Reglamento en forma abstracta, y por ningún

motivo deberá contener pronunciamientos sobre casos en particular.

La aclaración a que hace referencia el art. 20 de la Ley, se circunscribirá a los hechos que se le atribuyen al denunciado, por lo tanto no estará

sujeta al trámite previsto en este Capítulo.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Forma de presentación

Art. 43. La consulta podrá hacerse tanto en forma verbal como escrita, y en este segundo caso se podrá utilizar medios técnicos o electrónicos,

siempre que permitan dejar constancia por escrito.

Si la consulta fuere verbal, únicamente será recibida en el Tribunal por persona designada para tal efecto.

Cuando la consulta sea presentada ante una Comisión de Ética, ésta verifi cará si existe criterio aplicable dictado por el Tribunal; en caso afi rma-

tivo, deberá dar respuesta acorde al mismo. Si el Tribunal no hubiere emitido criterio, la Comisión deberá remitir la consulta a aquél dentro del plazo

de tres días hábiles contados a partir de su recepción, para su respuesta.

Respuesta

Art. 44. El Tribunal y las Comisiones responderán siempre por escrito dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de su recepción, a excepción

de la consulta recibida verbalmente.

Trámite

Art. 45. El trámite y elaboración de proyectos de respuesta efectuados en el Tribunal, estarán a cargo de la Unidad de Asesoría Legal, la que

deberá basar los mismos en los criterios previamente fi jados. Los proyectos serán sometidos a consideración del Pleno para su aprobación, rechazo

o modifi cación. Una vez acordada la respuesta será comunicada por dicha Unidad a la persona que formuló la consulta o a la Comisión que la trasla-

dó.

Registro de consultas y respuestas

Art. 46. El Tribunal por medio de la Unidad de Asesoría Legal llevará un registro de las consultas escritas, así como de las respectivas respuestas

que haya brindado, el cual contendrá como mínimo:

a) Fecha de la consulta;

b) Nombre del consultante;

c) Objeto de la consulta; y,

d) Respuesta.

Publicación de criterios

Art. 47. El Tribunal publicará periódicamente los criterios adoptados respecto a la aplicación de la Ley de Ética Gubernamental y este Reglamento

por los medios que estime conveniente.

CAPÍTULO II

Procedimiento administrativo sancionador

Legitimación

Art. 48. Cualquier persona puede presentar denuncia por escrito, por sí o por medio de representante, sobre hechos que constituyan infracciones

a las prohibiciones y/o deberes éticos.

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Forma de la denuncia

Art. 49. La denuncia contendrá:

a) Identifi cación del denunciante, la cual podrá acreditarse por medio del Documento Único de Identidad, licencia de conducir, carné de

abogado, carné de residente o pasaporte y, en defecto de los anteriores, a través de dos testigos acreditados, debidamente identifi cados

mediante cualquiera de los documentos citados.

b) Identifi cación del servidor público denunciado. Si el denunciante no conoce el nombre y las generales del denunciado, podrá aportar datos

como cargo, función que desempeña, institución u otros que a juicio del Tribunal permitan su individualización.

c) Descripción del hecho denunciado, lugar, fecha o época de su comisión u otra circunstancia que aporte claridad a la denuncia, así como las

razones por las que considera que la actuación del servidor público constituye una infracción a las prohibiciones y/o deberes éticos;

d) Lugar o medio técnico para recibir notifi caciones dentro del territorio de la República;

e) Lugar, fecha de la denuncia y fi rma. Si el denunciante no sabe fi rmar, se hará constar dicha circunstancia y deberá estampar su huella digital,

y en caso de imposibilidad física otra persona fi rmará a su ruego; y,

f) Juramento de que lo dicho es la verdad.

La denuncia podrá presentarse personalmente o por otro medio con fi rma legalizada.

Denuncia ante las Comisiones

Art. 50. De conformidad con lo establecido en los arts. 12 letra d) y 16 letra a) de la Ley, las Comisiones de Ética serán competentes para recibir

las denuncias que conforme la Ley y este Reglamento se presenten contra servidores públicos de la dependencia a la que pertenecen.

Para efecto de recepción de la denuncia bastará la fi rma de uno de los miembros de la Comisión, quien estará obligado a enterar a los demás en

el plazo establecido en el art. 33 de este Reglamento y remitirla al Tribunal en un plazo máximo de ocho días hábiles.

La Comisión únicamente será competente para declarar la improcedencia de la denuncia, cuando concurra alguno de los supuestos contenidos

en las letras a), d) y/o e) del art. 55 de este Reglamento, la que deberá en todo caso trasladar al Tribunal, el que confi rmará o revocará dicho pronun-

ciamiento.

Reserva de la identidad del denunciante

Art. 51. Cuando los hechos denunciados constituyan actos de corrupción, el Tribunal, la Comisión y los Agentes de Enlace deberán resguardar

la identidad del denunciante a fi n que dicha información no sea revelada a personas ajenas al procedimiento.

El incumplimiento de esta obligación por cualquier empleado o funcionario del Tribunal dará lugar al inicio del procedimiento disciplinario

correspondiente; si el incumplimiento fuere por parte de un miembro de la Comisión o un Agente de Enlace, el agraviado o la Autoridad deberán in-

terponer la denuncia respectiva. Como medida precautoria, mientras se tramita el procedimiento sancionador, el presunto responsable no podrá asistir

a las reuniones de la Comisión, si fuere miembro de la misma; y si fuere un Agente de Enlace, no podrá realizar ningún acto de comunicación.

Aviso

Art. 52. Si el denunciante no proporciona su identidad, se le instará a que lo haga. En caso de persistir su negativa, la información brindada se

considerará como aviso.

El mismo tratamiento se dará a la información proporcionada por persona cuya identidad no sea posible constatar.

Si el Tribunal puede determinar, del contenido del aviso, el lugar de trabajo del servidor público señalado y que los hechos relatados pueden ser

contrarios a la Ley de Ética Gubernamental, informará al titular de la institución, a fi n de que éste realice las investigaciones pertinentes. Si como resul-

tado de éstas se considerare que los hechos fueren violatorios de la Ley de Ética Gubernamental, deberá denunciarlo ante el Tribunal de conformidad

a la letra h) del art. 5 de la Ley; sin perjuicio de que instruya el procedimiento disciplinario correspondiente conforme a la normativa aplicable.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Si el titular de la institución fuere el supuesto infractor, lo dispuesto en el inciso anterior se le hará del conocimiento al funcionario que lo nombró

o eligió, o al cuerpo colegiado al que perteneciere, si fuere el caso.

Abstención de conocer

Art. 53. Cuando algún miembro del Tribunal o de la Comisión tenga que conocer una denuncia en la que él o sus parientes dentro del cuarto

grado de consanguinidad o segundo de afi nidad, socios, cónyuge o conviviente tengan interés o concurra otra circunstancia que pueda incidir en su

imparcialidad, deberá presentar al Tribunal su excusa, exponiendo las razones en que se basa la misma. El Tribunal, a excepción del miembro que

ha planteado la excusa, según proceda, podrá aceptarla o rechazarla, dentro del plazo de ocho días hábiles después de su presentación; si la aceptare,

deberá llamar al suplente respectivo.

Si se presentare recusación, ésta deberá contener la identidad del miembro del Tribunal o de la Comisión cuya imparcialidad se cuestione, así

como los motivos en que se fundamenta el señalamiento. El Tribunal integrado con exclusión del miembro recusado, en su caso, valorará la veracidad

de los motivos y si éstos son capaces de incidir en menoscabo de su imparcialidad, se le separará del conocimiento del procedimiento, y se llamará al

suplente respectivo.

Examen inicial

Art. 54. Presentada la denuncia, el Tribunal verifi cará si se cumplen los requisitos establecidos en el art. 19 de la Ley de Ética Gubernamental y

en este Reglamento, a efecto de pronunciarse sobre su admisibilidad.

En caso de no cumplir a cabalidad con dichos requisitos se prevendrá al denunciante para que amplíe, corrija o aclare la denuncia, dentro del

plazo de cinco días hábiles contados después de la notifi cación de la resolución.

Si el denunciante no cumple en tiempo y forma con la prevención que se le hiciera, el Tribunal declarará inadmisible la denuncia.

Transcurrido el plazo para recurrir de la resolución que declara la inadmisibilidad, se archivará el expediente, lo cual no será obstáculo para la

presentación de una nueva denuncia.

Improcedencia

Art. 55. La denuncia se declarará improcedente cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

a) El denunciado no sea servidor público;

b) Los hechos denunciados no constituyan transgresiones a las prohibiciones y/o deberes éticos;

c) Los hechos no hayan sido realizados por el denunciado o no los hubiere efectuado en el ejercicio de sus funciones como servidor públi-

co;

d) Los hechos denunciados sean anteriores a la vigencia de la Ley de Ética Gubernamental;

e) El hecho denunciado haya sido conocido y resuelto en forma defi nitiva o declarado improcedente por el Tribunal.

La improcedencia se puede declarar en cualquier estado del procedimiento.

Contestación de la denuncia

Art. 56. Admitida la denuncia, el Tribunal informará al denunciado sobre los hechos que se le atribuyen, quien contará con un plazo máximo de

cinco días hábiles para que la conteste por sí o por medio de apoderado debidamente acreditado.

Al practicar este acto procesal, el Tribunal adoptará todas las medidas que sean necesarias para asegurarse que el presunto infractor tenga real

conocimiento de los hechos que se le atribuyen y posibilidad de concurrir a defenderse, por lo que se le entregará copia de la denuncia, documentos

que se presenten y de toda actuación que se realice.

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Para tal fi n, buscará que la comunicación se efectúe en su lugar de trabajo o en su casa de habitación y si se encuentra desempeñando sus funciones

en el extranjero, se hará por medio de correo certifi cado debiendo cumplir con todas las formalidades que garanticen su recepción personal.

El denunciado podrá concurrir personalmente o nombrar apoderado para que lo represente, y en caso de encontrarse en el extranjero, el Tribunal

le fi jará un plazo prudencial para que nombre apoderado, si fuere necesario.

Elusión a la contestación de la denuncia y otras comunicaciones procesales

Art. 57. Si se estableciere que el denunciado realiza cualquier actividad tendente a obstaculizar la notifi cación de la admisión de la denuncia

o cualquier otro acto de comunicación procesal, se dejará constancia de tal situación y dichos actos se efectuarán a través de la Comisión de Ética

respectiva o el Agente de Enlace a quien se le encomiende tal actividad, los que deberán informar por escrito al Tribunal dentro de los dos días hábiles

siguientes a la fecha en que se realizó la comunicación al denunciado.

Rebeldía

Art. 58. Si el denunciado no se apersonare por sí o por apoderado dentro del plazo concedido en la resolución de admisión de la denuncia, se le

declarará rebelde.

Al declarado rebelde solo se le notifi cará la declaratoria de rebeldía y el acto que ponga fi n al procedimiento.

El servidor público podrá interrumpir la rebeldía en cualquier momento antes de la resolución fi nal, o bien pedir que tal declaratoria se deje sin

efecto, siempre y cuando justifi que su incomparecencia en el plazo establecido.

Actividad probatoria

Art. 59. Contestada la denuncia o declarado rebelde el denunciado, el Tribunal abrirá a prueba el procedimiento por un plazo de ocho días hábiles

común para las partes intervinientes, contados a partir del día siguiente de la última notifi cación.

En el procedimiento regirá el principio de libertad probatoria, y en consecuencia serán admisibles todos los medios de prueba pertinentes y

conducentes, con la única exigencia de cumplimiento de las formalidades mínimas para garantizar seguridad jurídica.

La prueba vertida se valorará según el sistema de la sana crítica.

En ningún caso procederá la absolución de posiciones.

Resolución de continuación

Art. 60. Concluido el plazo relacionado o practicada la prueba solicitada, el Tribunal emitirá dentro de los ocho días hábiles siguientes una

resolución valorando la existencia de motivos para la continuación o la terminación anticipada del procedimiento. En el primer caso podrá ordenar la

prueba complementaria que considere necesaria. Practicada la prueba complementaria o no habiéndose ordenado esta última, el Tribunal dictará la

resolución fi nal.

Sobreseimiento

Art. 61. En cualquier estado del procedimiento, el Tribunal decretará sobreseimiento si concurriere cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) Por desistimiento del denunciante;

b) Por no rendirse prueba sobre la existencia de los hechos denunciados, cuando aquélla fuere necesaria; y,

c) Por fallecimiento del denunciado, que se probará con la respectiva certifi cación de la partida de defunción.

El sobreseimiento, al igual que la improcedencia regulada en el art. 55 de este Reglamento, provocará la terminación anticipada del procedimien-

to.

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En caso que se trate de varios denunciados, la improcedencia o el sobreseimiento respecto de uno o algunos de ellos, no impedirá que se continúe

el procedimiento contra los demás.

Suspensión de procedimiento

Art. 62. En caso de renuncia o separación del cargo del servidor público denunciado antes de la resolución fi nal, se suspenderá el procedimiento

instruido en su contra. Dicha interrupción se mantendrá mientras subsistan las causas que la generaron y el procedimiento se reactivará si dentro de

los siguientes cinco años el denunciado adquiere nuevamente la calidad de servidor público; de lo contrario se archivará el expediente.

Si se trata de varios denunciados, la suspensión únicamente surtirá efectos respecto del servidor público que se encuentre en la situación prevista

en el inciso precedente.

Cuando verifi cado lo dispuesto en el art. 57 de este Reglamento no sea posible notifi car al servidor público de la denuncia en su contra en el

lapso de treinta días hábiles, el procedimiento quedará en suspenso, hasta que se realice tal acto de comunicación, por un lapso máximo de cinco años

contados a partir del siguiente a la presentación de la denuncia.

Sanciones

Art. 63. Serán sancionables las conductas contrarias a las prohibiciones y/o deberes éticos, descritos en los arts. 5 y 6 de la Ley de Ética Guber-

namental.

Las sanciones que podrá imponer el Tribunal de Ética Gubernamental serán:

a) Amonestación escrita, cuando sea la primera vez, la que contendrá una censura a su conducta, asimismo se le hará del conocimiento las

consecuencias que tendría en caso de transgredir la Ley por segunda o tercera vez;

b) Multa, en caso de reincidencia por segunda vez, de conformidad con el art. 26 de la Ley de Ética Gubernamental, se cuantifi cará teniendo

en cuenta los parámetros establecidos en este Reglamento, y se le hará saber las consecuencias en caso que infrinja por tercera vez la Ley;

y,

c) Despido sin responsabilidad, que implicará la separación del cargo.

Resolución fi nal

Art. 64. Comprobadas las infracciones éticas denunciadas, el Tribunal dictará la sanción correspondiente, caso contrario absolverá al denuncia-

do.

El Tribunal resolverá motivadamente, haciendo una valoración de la prueba vertida en el procedimiento, de los argumentos en contra y a favor

que aportaron las partes y la fundamentación jurídica del fallo que pronuncie; asimismo comunicará la resolución al denunciado y a la institución a la

cual pertenece por medio de la Comisión de Ética respectiva.

En la misma decisión fi nal se le hará saber a las partes intervinientes el recurso del que pueden hacer uso, plazo y funcionario ante quien inter-

ponerlo.

Cuando se trate de funcionarios que sean sancionados por actos de corrupción, el Tribunal certifi cará y remitirá las diligencias a la Fiscalía General

de la República, a fi n que ejerza la acción penal o promueva el antejuicio respectivo, según el caso.

Proporcionalidad y cuantifi cación de la multa

Art. 65. La multa, para efectos de cuantifi cación, será proporcional a la gravedad del hecho denunciado, sus consecuencias, las remuneraciones

percibidas por el servidor público de conformidad con lo establecido en la Ley, y otros aspectos que estime convenientes valorar el Tribunal como

atenuantes o agravantes.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Certifi cación de la resolución fi nal

Art. 66. La resolución fi nal se certifi cará a ambas partes y a la Comisión de Ética Gubernamental respectiva.

Para los efectos del art. 16 letra b) de la Ley de Ética Gubernamental, las Comisiones darán seguimiento a la resolución fi nal únicamente si se

hubiere sancionado al denunciado.

Certifi cación de actuaciones del Tribunal

Art. 67. El Tribunal únicamente podrá certifi car sus propias resoluciones o actuaciones que consten en el expediente.

Tales certifi caciones se extenderán a solicitud del interesado u otras dependencias públicas que justifi quen su petición y destino de las mismas.

El Tribunal mantendrá en reserva la identidad del denunciante al extender certifi caciones, a menos que sea requerido el expediente íntegramente

por autoridad judicial, el Ministerio Público o por la Corte de Cuentas de la República.

Obligación de cumplir derechos y garantías constitucionales

Art. 68. En el procedimiento administrativo sancionador se deberá respetar la dignidad, los derechos y garantías fundamentales de las partes, así

como la presunción de inocencia del denunciado. Por la inobservancia de esta obligación, el Tribunal declarará la nulidad de las actuaciones y ordenará

la reposición de las mismas.

Suspensión en el cargo

Art. 69. Los servidores públicos que no gocen de fuero constitucional y resulten responsables por actos de corrupción que puedan originar acción

penal, independientemente que sean sancionados con amonestación escrita o multa, quedarán en suspenso en sus funciones a partir del día siguiente

de vencido el plazo para la interposición del recurso previsto en la Ley o de haberse confi rmado la resolución.

El Tribunal remitirá certifi cación de dicha resolución, al titular de la institución a la que pertenezca el servidor público sancionado para que tome

las providencias necesarias respecto a la medida adoptada; además, enviará certifi cación del expediente tramitado a la Fiscalía General de la República.

Si el sancionado fuere el titular, se le enviará la certifi cación al funcionario que lo nombró o eligió, o al cuerpo colegiado al que perteneciere.

Resultado del proceso penal

Art. 70. Si del proceso penal se obtuviera sentencia condenatoria contra el servidor público, éste quedará depuesto del cargo defi nitivamente.

Denuncia maliciosa o temeraria

Art. 71. Para los efectos de estimar si la denuncia ha sido maliciosa o temeraria, se tendrá en cuenta, entre otros aspectos, la imputación de

conductas contrarias a la Ley, sin fundamento, razón o motivo legal.

Recurso de revisión

Art. 72. Cualquiera de las partes intervinientes podrán interponer recurso de revisión ante el Tribunal contra la resolución que ponga fi n al pro-

cedimiento, dentro de los tres días hábiles siguientes a la notifi cación, el que deberá resolverse en un plazo máximo de cinco días hábiles.

En dicha resolución se podrá revocar, reformar o confi rmar la recurrida, en la que se consignará que no admite recurso alguno, pudiendo discutirse

únicamente en sede judicial.

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Aplicación de sanciones

Art. 73. Las sanciones éticas que determine el Tribunal de Ética Gubernamental serán ejecutadas sin dilación alguna por el titular de la institución

a la que pertenezca el servidor público sancionado, quien deberá informar y comprobar su cumplimiento al Tribunal en un plazo no mayor de treinta

días hábiles.

La recaudación de multas impuestas se hará efectiva de acuerdo con la ley, deduciéndola del sueldo del servidor público o de cualquier otra cantidad

que le adeude el Fisco o la entidad pública de que se trate, o por medio del procedimiento legal para quienes ya no tengan relación de dependencia.

Estas multas ingresarán al Fondo General de la Nación.

Traslado de funcionario

Art. 74. Si durante la tramitación del procedimiento sancionador, el servidor público denunciado es trasladado a otro cargo público, éste deberá

hacerlo saber inmediatamente al Tribunal de Ética Gubernamental.

Relación con otros procedimientos

Art. 75. La tramitación del procedimiento sancionador ante el Tribunal de Ética Gubernamental no impedirá la de otros procedimientos en los

que se deduzca responsabilidad disciplinaria, civil o penal del servidor público denunciado.

Responsabilidad penal

Art. 76. Si como consecuencia del procedimiento tramitado ante el Tribunal aparecieren indicios de posible responsabilidad penal, se certifi cará

lo conducente a la Fiscalía General de la República para que ejerza, si es pertinente, la acción penal correspondiente.

De la misma forma se procederá cuando de las investigaciones realizadas se desprenda la colaboración de personas particulares con el infractor,

según el art. 28 de la Ley.

Registro de servidores públicos sancionados

Art. 77. El Tribunal llevará un Registro de todos los servidores públicos sancionados conforme a la Ley de Ética Gubernamental.

Ese registro será remitido debidamente certifi cado a la Fiscalía General de la República, Procuraduría General de la República, Procuraduría

para la Defensa de los Derechos Humanos, Tribunal del Servicio Civil y Corte de Cuentas de la República.

En el expediente del servidor público, únicamente se incorporará la parte del registro que contenga la resolución mediante la cual se le sancionó,

omitiendo la identidad del denunciante.

Contenido del Registro de servidores públicos sancionados

Art. 78. El registro deberá contener como mínimo:

a) Nombre del infractor;

b) Certifi cación de la resolución sancionadora;

c) Dependencia pública en la que labora el servidor público sancionado;

d) Las prohibiciones y/o deberes éticos infringidos;

e) Si es la primera, segunda o tercera vez que se le sanciona;

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f) Fecha de comisión del hecho;

g) Tipo de sanción; y,

h) Fecha de la sanción y la de su cumplimiento.

Registro de resoluciones fi nales

Art. 79. Para efecto de consulta, en adición a lo dispuesto en el artículo anterior, el Tribunal llevará un Registro de resoluciones fi nales ordenadas

cronológicamente.

Publicación de criterios en las resoluciones fi nales

Art. 80. El Tribunal, mediante acuerdo, determinará la manera en que serán publicados los criterios aplicados en la resolución de casos ya tra-

mitados.

Alcance de los pronunciamientos del Tribunal

Art. 81. Las resoluciones fi nales emitidas por el Tribunal de Ética Gubernamental, por las cuales decida procesos administrativos sancionadores,

no tendrán la naturaleza de pronunciamientos generales, sino, serán únicamente vinculantes para el caso concreto.

TÍTULO IV

DISPOSICIONES FINALES

Capítulo Único

Actos de comunicación

Art. 82. Los actos de comunicación, que en virtud de este Reglamento deban practicarse, podrán hacerse en el lugar designado para oír notifi ca-

ciones a la persona señalada para recibirlas, y por medios como la correspondencia o electrónicos, tales como internet, fax o cualquier otro que permita

tener certeza de lo fi dedigno de la información, fecha de su remisión y recepción.

A falta de las designaciones a que se hace referencia en el inciso que antecede, las notifi caciones se harán en el lugar de trabajo o de residencia

del interesado; de no encontrarse al momento de dicha práctica. En el primer caso, la notifi cación se hará a través de su jefe inmediato o secretaria; en

el segundo caso, por medio de su cónyuge, progenitores o hijos mayores de edad, dejando siempre constancia del nombre y documento de identidad

de la persona que la recibe.

Contenido de las notifi caciones

Art. 83. Cuando las comunicaciones se hagan por notifi cación procesal, se consignará en acta el nombre de la persona a quien se dirige y quien

la recibe, si fuera el caso; así como también el lugar, hora, fecha de su recepción y cualquier otra circunstancia.

Además, se anexará copia íntegra de la resolución del Tribunal o de la Comisión que por ese acto se le comunica, y el detalle de documentos

relacionados con la resolución agregados al expediente.

Colaboración y auxilio de otras Autoridades

Art. 84. El Tribunal podrá requerir a cualquier autoridad pública la colaboración o auxilio para el cumplimiento de los fi nes que la Ley y este

Reglamento disponen, conforme la parte fi nal del inciso primero del art. 86 de la Constitución de la República.

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Forma de computar los plazos

Art. 85. Los plazos a los que se refi ere el presente Reglamento serán perentorios y comprenderán solamente los días hábiles.

Interpretación del Reglamento

Art. 86. Las disposiciones de este Reglamento serán interpretadas en armonía con la Ley de Ética Gubernamental.

Derogatoria

Art. 87. Derógase el Acuerdo 27 del Tribunal de Ética Gubernamental del 8 de febrero de 2007, publicado en el Diario Ofi cial Nº 28 Tomo No.

374 del 12 de febrero de 2007, por medio del cual se aprobó el Reglamento para el Nombramiento de los Miembros Propietarios y Suplentes de las

Comisiones de Ética Gubernamental.

Publicación y vigencia

Art. 88. El presente Reglamento entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

TRIBUNAL DE ÉTICA GUBERNAMENTAL. San Salvador, veintiocho de mayo de dos mil ocho.

Silvia Lizette Kuri de Mendoza,

Presidenta del Tribunal de Ética Gubernamental.

Patricia del Rosario Díaz Márquez de Morales,

Miembro Propietario del Tribunal de Ética Gubernamental.

Auristela De Paz de Callejas,

Miembro Propietario del Tribunal de Ética Gubernamental.

José Mario Costa Calderón,

Miembro Propietario del Tribunal de Ética Gubernamental.

Jorge Ernesto Viale Cruz,

Miembro Propietario del Tribunal de Ética Gubernamental.

Carmen Elena Pineda Colorado,

Secretaria General.

(Registro No. F012585)

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ALCALDÍAS MUNICIPALES

REFORMA Y DEROGACIÓN DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL

“EL PROGRESO No. 3”, DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR.

La Asamblea General de la Asociación Comunal “EL PROGRESO No. 3”, del Municipio de San Salvador,

CONSIDERANDO:

I) Que esta Asociación Comunal fue legalmente constituida el día veintitrés de Octubre de mil novecientos noventa y dos, aprobados sus Estatutos en todas sus partes confi riéndole el carácter de Persona Jurídica mediante Acuerdo Municipal número cuarenta y uno de fecha cuatro de Noviembre de mil novecientos noventa y tres, con número de inscripción ciento uno de fecha veintidós de Noviembre de mil novecientos noventa y tres;

II) Que ciertas disposiciones conferidas en los Estatutos de la Asociación no responden a la realidad que en su funcionar enfrenta, lo cual obstaculiza el buen funcionamiento de la misma;

POR TANTO:

La Asamblea General de la Asociación Comunal “EL PROGRESO No. 3”, reunida en Sesión Extraordinaria celebrada el día cinco de abril de dos mil ocho, en cumplimiento a lo establecido en los artículos cuarenta y ocho y cuarenta y nueve de sus Estatutos y en presencia de la Delegada Municipal Licenciada Roxana Martí de Galo acordamos reforma de Estatutos de la Asociación Comunal “EL PROGRESO No 3”; siendo éstas las siguientes:

Art. 1.- Refórmase el artículo 7 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 7.- Para ser Asociado activo, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Ser persona natural;

b) Mayor de dieciocho años;

c) Ser residente en la Comunidad El Progreso No. 3.

Art. 2.- Refórmase el artículo 14 de los Estatutos adicionándole un literal:

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser expulsados de la misma por las causas siguientes:

d) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

Art. 3.- Refórmase el artículo 18 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 18.- Las reuniones de Asamblea General Ordinaria deberán celebrarse cada tres meses y extraordinariamente cuando sean convocadas por la Junta Directiva a iniciativa propia o a petición de por lo menos la mitad de los Asociados.

Art. 4.- Refórmase el artículo 19 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 19.- Las convocatorias para reuniones Ordinarias o Extraordinarias de la Asamblea General las hará la(el) Secretaria(o) de Comunicaciones de la Junta Directiva, por medio de un aviso con cinco días de anticipación a la fecha indicada.

Si la sesión no se celebra el día y la hora señalados en la convocatoria por falta de quórum, fuerza mayor o caso fortuito, se hará segunda con-vocatoria una hora después de la hora indicada para la primera convocatoria y las resoluciones se tomarán con los miembros que asistan, excepto en los casos que se requiera mayoría califi cada.

Art. 5.- Refórmase el artículo 21 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 21.- Cuando un Asociado no pueda asistir a una reunión Ordinaria o Extraordinaria de la Asamblea General; podrá delegar su voto a un hijo mayor de edad o a su cónyuge, siempre que residan en la misma unidad habitacional, para que lo represente, debiendo hacer constar por escrito a la

Junta Directiva la representación otorgada. Solamente se podrá aceptar una representación por persona.

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Art. 6.- Refórmase el artículo 24 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 24.- La Junta Directiva estará integrada con los siguientes cargos:

a) Presidente;

b) Secretario(a) de Actas

c) Secretario(a) de Finanzas

d) Secretario(a) de Comunicaciones

e) Secretario(a) de Asuntos Legales

f) Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deportes

g) Secretario(a) de Proyectos

h) Secretario(a) de Bienestar Social

Debiéndose además elegirse dos suplentes, que tendrán las atribuciones que establecen los presentes Estatutos.

Art. 7.- Refórmase el artículo 26 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 26.- La Junta Directiva celebrará Sesión Ordinaria semanalmente y Sesión Extraordinaria cuando sea necesario, a solicitud del Presidente

o de tres o más miembros de la misma.

Art. 8.- Modifícase el artículo 27 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 27.- La Junta Directiva sesionará válidamente con la presencia de la mitad más uno de los directivos electos y las resoluciones que tome

serán válidas con el voto favorable de la mitad más uno de los Directivos asistentes; en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 9.- Modifícase el artículo 29 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 29.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para períodos de dos años, contados a partir de la fecha en que fueron electos, pudiendo

ser reelectos de manera consecutiva, solo por una vez, en un cargo diferente al ejercido en el período anterior.

Art. 10.- Refórmase el artículo 46 de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 46.- La Junta Directiva tendrá la obligación de rendir informes de sus actuaciones cada seis meses a la Asamblea General.

Art. 11.- Adiciónase el artículo 39 B de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 39 B.- Los suplentes tendrán como función sustituir a cualquiera de los directivos en caso de ausencia temporal, por enfermedad u otra causa

y el orden de sustitución será de la siguiente manera: el primer suplente tendrá la facultad de ocupar la primer vacante que surja y el segundo suplente

sustituirá la segunda vacante que surja.

Art. 12.- Refórmase el artículo 43 en su primer inciso de los Estatutos con la siguiente redacción:

Art. 43.- Deberá constituirse un Comité de Vigilancia en la Asociación, el cual estará integrado por tres miembros propietarios y un suplente,

quienes tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, libros y documentos de la Asociación y también podrán inquirir sobre el trabajo que realicen

los Comités de Apoyo.

Art. 13.- Cuando en la redacción de los Estatutos de la Asociación Comunal “EL PROGRESO No. 3”, en los artículos 1, 4, 23 literal C, 34 literal

i, 36 literal h, 39 y 51 literal a, se encuentre redactado: “Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales de la Ciudad de San Salvador” deberá

entenderse “Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador”.

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Cuando en la redacción de los Artículos 24, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42, se encuentre el término “Secretaría” deberá entenderse como “Secretario

o Secretaria”.

Art. 14.- Cuando en la redacción de los Estatutos de la Asociación Comunal “EL PROGRESO No. 3”, en los artículos 6, 7, 10, 11, 16, 18, 21,

23, 29 y 48, se encuentre la expresión “socio” deberá entenderse como “asociado”.

Art. 15.- Las presentes reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dados en la Casa Comunal de la Asociación Comunal “EL PROGRESO No. 3”, a los cinco días del mes de abril de dos mil ocho.

FECHA: Mayo 23, 2008.

Con instrucciones de la Señora Alcaldesa atentamente transcribo el acuerdo tomado en la sesión ordinaria celebrada el día veinte de mayo del

presente año, que dice:

"15.7) El Concejo Municipal, CONSIDERANDO:

I- Que en fecha 28 de octubre de 1994, fueron publicados en el Diario Ofi cial No. 200, Tomo 325, los Estatutos de la Asociación Comunal

“El Progreso No. 3”.

II- Que con el propósito de adecuar los Estatutos a la nueva Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San

Salvador, la Asociación Comunal “El Progreso No. 3”, en fecha 5 de abril del presente año, celebró Asamblea General Extraordinaria, en

la que se tomó el acuerdo de reformar 15 artículos de los Estatutos de la mencionada Asociación.

Por lo tanto, ACUERDA:

l. Aprobar las reformas de los Estatutos de la Asociación Comunal “El Progreso No. 3”, publicados en el Diario Ofi cial No. 200 Tomo 325

de fecha 28 de octubre de 1994, acordadas por dicha Asociación en Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 5 de abril de 2008; las cuales

constan de 15 artículos.

2. Ordenar la publicación de las mismas en el Diario Ofi cial.

“Comuníquese.

Lo que hago del conocimiento de la Asociación Comunal “El Progreso No. 3”, para los efectos legales consiguientes.

LIC. JAVIER TRÁNSITO BERNAL GRANADOS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F012652)

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SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las quince horas y cinco minutos del día quince de mayo del año dos mil ocho, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE MARIA MAYORGA QUINTANILLA conocido por JOSE MARIA MAYORGA, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, soltero, Agricultor en pequeño, originario de Guazapa, San Salvador, quien falleció el día doce de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, en Carretera Troncal del Norte, Kilómetro diez y medio; y siendo éste el último domicilio del causante, de parte de la señora NORMA YANETH CARBAJAL o NORMA YANETH MAYORGA CARBAJAL, en su calidad de hija del causante. Confi riéndosele la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Juzgado de lo Civil, Delgado, a las quince horas y veinte minutos del día quince de mayo del año dos mil ocho. Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SE-CRETARIA.

Of. 1 v. No. 572

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO JU-DICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a las once horas del día veintiséis de Mayo del dos mil ocho, SE HA DECLA-RADO HEREDERO EN FORMA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó el causante señor JUAN BAUTISTA RIVERA FUENTES, conocido por JUAN RIVERA, JUAN BAUTISTA RIVERA, al señor SILVANO RIVERA GUEVARA, de cincuenta y dos años de edad, agricultor, del domicilio de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número cero cero tres nueve ocho seis uno dos guión cuatro; por derecho propio que le corresponde en calidad de hijo del causante; quien a la fecha de su Fallecimiento fue de setenta y ocho años de edad, acompañado, Agricultor en pequeño, originario de Cacaopera, Departamento de Morazán, hijo de TELESFORO RIVERA y ANGELA FUENTES; falleció el día once de Enero del dos mil siete, en el Hospital Nacional de San Miguel, siendo su último domicilio en el Barrio San José de Cacaopera. Se le confi rió al heredero declarado antes mencionado y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Fran-cisco Gotera, Morazán los treinta días del mes de Mayo del dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 573

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta minu-tos del día treinta y uno de Enero del corriente año, SE HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la señora VIRGINIA CLAROS, a la señora MARIA SEGUNDA VIGIL CLAROS, de treinta y seis años de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de esta ciudad, Portadora de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones ochocientos diecisiete mil ochocientos dieciséis guión uno; por derecho propio, como hija de la mencionada causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, originaria de Jocoaitique y del domicilio de esta ciudad, hija de los señores Juan de los Ángeles Claros y Gabriela Díaz; falleció el día veintisiete de Abril de dos mil, en la Colonia Las Flores de esta ciudad de San Francisco Gotera; siendo esta misma ciudad de San Francisco Gotera, lugar de su último domicilio. Se le confi rió a la heredera declarada y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas del día cuatro de Febrero de dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 574

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las catorce horas y treinta minutos del día veintiséis de Mayo del corriente año SE HA DECLARADO HEREDERO EN FORMA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la señora FELICITA PERLA, al señor ARMANDO PERLA, de cuarenta y siete años de edad, Agricultor, del domicilio de Yoloaiquín, con Documento Único de Identidad Número; cero cero uno seis cero cuatro tres dos guión ocho; por derecho propio en calidad de hijo de la mencionada causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cincuenta y seis años de edad, de Ofi cios Domésticos, originaria y del domicitio de Yoloaiquín, hija de Juan Perla y Remigia Guevara; falleció a las doce horas y diez minutos del día uno de Abril de mil no-vecientos noventa y uno, en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de San Miguel; siendo la población de Yoloaiquín, lugar de su último domicilio. Se le confi rió al heredero declarado y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las catorce horas del día veintinueve de Mayo de dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 575

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO JU-DICIAL, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, a las catorce horas y quince minutos del día veintiuno de Mayo del dos mil ocho, SE HA DECLARADO HEREDERA EN FORMA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó el señor JOSE PEDRO GARCIA, a la señora MARIA ELVIA MUNGUIA DE GARCIA, de cincuenta y cuatro años de edad, viuda, comerciante, del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, con Documento Único Número cero cero seis nueve uno cinco cuatro cinco guion cinco; por derecho propio que le corresponde en calidad de esposa del causante, quien a la fecha de su Fallecimiento fue de setenta y seis años de edad, comerciante, casado, originario y del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán; hijo de Ester García e Irene Sorto; falleció a las veinte horas y veinte minutos del día tres de Septiembre del año dos mil siete, en el Hospital San Juan de Dios de San Miguel, siendo su último domicilio, la ciudad de Delicias de Concepción.- Se le confi rió a la heredera declarada antes mencionada, y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION,

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las doce horas y veinte minutos del día treinta de Mayo del dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 576

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas del día diecinueve de mayo del corriente año, se declaró heredera defi nitiva y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora EVELIN KELIMAN GUANDIQUE ARIAS, fallecidas a las veinte horas treinta minutos del día veintidós de febrero de dos mil seis, en el Barrio San Juan de esta ciudad, departamento de San Miguel, siendo éste su último domicilio; al menor MIGUEL ORLANDO GUANDIQUE, éste representado por su tutora Legítima señora Piedad Noemi Guandique Ulloa, éste en concepto de hijo de la causante.- Publíquese el edicto de ley.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancias; Chinameca, a las nueve horas del día veinte de mayo de dos mil ocho. Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 577

ACEPTACION DE HERENCIA

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las doce horas y veinte minutos del día veintiuno de Mayo del dos mil ocho, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante MERCEDES DEL CID DIAZ, de parte del señor JOSE PILAR DEL CID CHICAS, de sesenta y cinco años de edad, casado, agricultor, del domicilio de Delicias de Concepción, departamento de Morazán, en calidad de hijo del causante, quien a la fecha de su fallecimiento era de sesenta y siete años de edad, soltero, agricultor, del domicilio de Delicias de Concepción, departamento de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Leonardo del Cid y Adela Díaz; FALLECIO el día veintiocho de Marzo de mil novecientos ochenta y seis, en el Cantón La Cuchilla de Delicias de Concepción, departamento de Morazán, siendo éste el lugar de su último domicilio. Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, Morazán, a las nueve horas del día veintiséis de Mayo del dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 578-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta minutos del día veintinueve de mayo del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herer-cia Intestada que a su defunción dejó el señor MOISES EDGARDO MARTINEZ, quien fue de treinta y tres años de edad, soltero, originaio de San Salvador, Fallecido el día seis de enero de dos mil siete, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores GLORIA GUADALUPE RAMOS ESCOBAR como Conviviente sobreviviente del causante y los menores NOLBIA GUADALUPE, DAYSI BEATRIZ y OSCAR EDGARDO todos de apellidos MARTINEZ RAMOS como hijos del causante y Cesionario de los derechos que les correspondían a la señora ROSA LIDIA MARTlNEZ como Madre del causante, quienes son representados a través de la señora RAMOS ESCOBAR. Confi érasele a los aceptantes la admiristración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la he-rencia yacente, la que ejercerán los menores NOLBIA GUADALUPE, DAYSI BEATRIZ y OSCAR EDGARDO de apellidos MARTINEZ RAMOS, a través de su madre como representante legal señora GLORIA GUADALUPE RAMOS ESCOBAR.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las doce horas y treinta y siete minutos del día veintinueve de mayo de Enero del año dos mil ocho. Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 579-1

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las ocho horas treinta minutos del día veintinueve de abril del corriente año, se tuvo de parte de las señoras: ANDREA DEL CARMEN AGUILAR de sesenta y un años de edad, y SANDRA YANETH MARTINEZ DE AGUILAR, de treinta y un años de edad, ambas, de ofi cios del hogar; y de los menores: SANDRA MAGALY y FRANKLIN ALBERTO, ambos, de apellidos AGUILAR MARTINEZ, de once y nueve años de edad, Estudiantes, respectivamente, todos del domicilio de Apopa, en calidad de madre, Cónyuge sobreviviente, e hijos del Causante; por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FRANCISCO ALBERTO AGUILAR, quien fue de treinta y nueve años de edad, Casado, Mecánico, fallecido en la Ciudad de Apopa, el día catorce de noviembre de dos mil siete, lugar de su último domicilio.

Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la admi-nistración y representación interina de los bienes de la Sucesión; con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia Yacente; debien-do ejercer sus derechos los menores: SANDRA MAGALY y FRANKLIN ALBERTO, ambos, de apellidos AGUILAR MARTINEZ, por medio de su Representante Legal, señora SANDRA YANETH MARTINEZ DE AGUILAR.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas cuarenta minutos del día veintinueve de abril del año dos mil ocho. DRA. VIO-LETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 580-1

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE CIUDAD BA-RRIOS.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE ESPERANZA PORTILLO, de cincuenta y ocho años de edad, jornalero, de este domicilio, salvadoreño por nacimiento, portador de su Documento Único de Identidad Número: Cero cuatro millones cero ochenta y cinco mil novecientos ochenta y uno guión tres y Número de Identifi cación Tributaria: Mil trescientos quince guión cero cincuenta mil doscientos cincuenta guión ciento uno guión dos, solicitando se le extienda título de propiedad y dominio a su favor de un terreno de natura-leza urbana, ubicado en el Barrio Roma, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Distrito y Departamento de San Miguel, de una capacidad superfi cial de: OCHOCIENTOS VEINTICINCO METROS OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE: Mide veintiún metros dieciséis centímetros, colinda con terreno de Raymundo López; AL NORTE: catorce metros, colinda con NARCISO GUEVARA, cercos de alambre y brotones de izote del colin-dante y calle de por medio. AL ORIENTE: sesenta y seis metros sesenta y cinco decímetros cuadrados, colinda con Carmen Portillo, cerco de brotones de fl or de izote propio de solicitante. PONIENTE: sesenta y seis metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados, colinda con María Alicia Portillo, cerco de brotones de fl or de izote del solicitante; AL SUR:

diez metros ochenta decímetros cuadrados, colinda con el señor Carlos Alfredo Chicas, cerco de fl ores de izote del colindante. Lo valora por la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA ($1,371.43); en el inmueble antes descrito exis-ten dos casas construidas, la primera es de paredes de abobe, techo de tejas, piso de tierra, que mide cinco metros de frente por ocho metros de fondo y la segunda casa es de paredes de adobe, techo de tejas, piso de tierra, que mide cuatro metros de frente por ocho metros de fondo, no es dominante, ni sirviente, no posee cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia y no tiene proindivisión con ninguna otra persona, carece de documentos inscritos en el Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas, y lo posee por compraventa verbal que le hizo la señora Ana de Jesús Portillo Amaya, quien tenía de poseer el Inmueble desde el año de mil novecientos sesenta y cinco, uniendo las dos posesiones se hacen más de cuarenta y tres años consecutivos.

Librado en la Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, a los tres días del mes de Junio de dos mil ocho. DR. MIGUEL ANGEL RIVERA MARQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL. JUAN CARLOS IGLESIAS DIAZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 581-1

TITULO SUPLETORIO

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: Que con fecha veintiséis de mayo del corriente año, se presentó a este Juzgado la Licenciada Frida Marleni González Campos, mayor de edad, abogado, del Domicilio de San Miguel, portadora de su Tarjeta de Identifi cación Personal número once mil novecientos diecisiete, solicitando se le extienda título Supletorio a favor de la señora Lorenza Guzmán Rivas c/p Lorenza Guzmán de Torres, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Joya de Ventura, Municipio de San Jorge, departamento de San Miguel, teniendo una capacidad superfi cial de DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE METROS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Ochenta y un metros con cincuenta centímetros cuadrados, colinda con los señores: Rosa Argelia Lemus de Ticas y Ramón Jaime Saravia hoy con Ramón Guzmán, cerco de alambre de la solicitante, AL ORIENTE: Treinta metros con veinte centímetros cuadrados, antes colindaba con los señores Héctor Eliaquin Jaime Saravia hoy con Fidelina Galindo, cerco de alambre del solicitante, AL SUR: Setenta y dos metros con setenta centímetros cuadrados, colin-daba antes con el señor Amado Ticas Guzmán hoy Alexander Alean Torres y Mario Guzmán cerco de por medio propiedad de los colindantes, AL PONIENTE: Cuarenta y tres metros con veinte centímetros cuadrados, antes con los señores Luis Alonso Saravia Bermúdez, María Eva Saravia Quintanilla y Jeremías Saravia Quintanilla hoy con Olivia Saravia, Calle de por medio y cerco de alambre del solicitante. En el inmueble existe una casita construida de cuatro por ocho, paredes de adobe, techo de lámina, piso de tierra, no es ejidal, baldío ni comunal, no existen sobre el inmueble cargas ni derechos reales es decir que no es dominante ni sirviente, la posesión la ha ejercido su representada en dicho inmueble desde el año de mil novecientos ochenta y seis, lo ha tenido sin pedirle consentimiento a nadie es decir que durante todo este tiempo ha ejercido

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

actos de verdadera dueña existiendo palos frutales y estima el terreno en mención en la suma de MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($1,142.86). Adquirió el terreno por compra verbal que le hiciere al señor Mario de Jesús Guzmán, desde el año de mil novecientos ochenta y seis.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las once horas del día veintisiete de mayo de dos mil ocho. Enmendados-HACE-Metros con-Valen. LIC. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 582-1

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la Licenciada GILMA YOLANDA VASQUEZ SANCHEZ, en su calidad de Procuradora Auxi-liar del Procurador General de la República, y en representación de la señora HILDA GARCIA CHAVEZ, de sesenta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero dos millones seiscientos trece mil cuatrocientos noventa y siete guión cuatro, solicitando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de la Paz, Calle Avalos, Pasaje Cuscatlán, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de: CIENTO CUARENTA PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: diecinueve metros setenta centímetros, colinda con propiedad de la señora María Gloria Reina Rivera Salvador, pared de ladrillo propiedad de la colindante; AL ORIENTE: once metros diez centímetros, colinda con propiedad de la señora Milagro de Jesús Rivera Morales, pared de ladrillo propiedad de la colindante; AL SUR: diecinueve metros setenta centímetros, colinda con propiedad del señor Amalio Martínez Argueta, pared de ladrillo propiedad del colindante; y AL PONIENTE: ocho metros veintisiete centímetros, colinda con propiedad de los señores Edwin Prudencio y Rosalía Andrade de Valladares, pared de ladrillo propiedad de los colindantes. En el inmueble antes descrito existe construida una casa de sistema mixto y demás servicios necesarios. Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió mediante compra venta verbal en el año de mil novecientos ochenta y cuatro, que le hizo al señor Henán Meléndez, quien es mayor de edad, Empleado, de este domicilio. Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesor data más de cuarenta años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil ocho. SR. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 583-1

HERENCIA YACENTE

INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTE-RINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída en este Juzgado a las once horas y cincuenta minutos del día veintiocho de abril de dos mil ocho, se declaró yacente la herencia del causante BENJAMIN ERNESTO COR-NEJO ALFARO, quien falleció el día diez de enero de dos mil ocho, en esta ciudad, su último domicilio, y se nombró CURADOR ESPECIAL para que represente a la sucesión a la Licenciada MORENA CECIBEL AGUILA LIZAMA.

CITA: A los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las doce horas del día dos de junio de dos mil ocho. DRA. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTA. LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 584-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: a los señores: TERESA DE JESUS BARRERA SARAVIA, HERBERT HENRI GONZALEZ LIZAMA, y JULIO CESAR MARTINEZ RIVERA, o a sus represen-tantes, para que dentro de los cinco días siguientes a la publicación de este Edicto comparezcan a manifestar su defensa en el presente Juicio de Cuentas que se sigue en su contra por sus actuaciones, la primera como Octava Regidora, el segundo como Cuarto Regidor Suplente, y el tercero como Segundo Regidor Suplente, en la Municipalidad de San Salvador, departamento de San Salvador, durante el período del uno de mayo de dos mil tres al treinta de abril de dos mil seis. Dicho Juicio tiene por base legal el Pliego de Reparos No. II-JC-14-2008, con Responsabilidad Administrativa.

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República: San Salvador, a las once horas del día cuatro de junio de dos mil ocho.

LIC. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,

JUEZ.

LICDA. BIRMANESA NELSY MANCIA,

JUEZ.

LICDA. ALBA YASENI MEJIA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 585

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

ACEPTACIONES DE HERENCIAS

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,

a las catorce horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario de parte de la

señora GLORIA DEL CARMEN VILLACORTA viuda DE COCA, de

sesenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, viuda, del domicilio

de San Francisco Gotera, con residencia en Colonia Centenario, Pasaje

número uno, casa número cuatro, de San Francisco Gotera, Departamen-

to de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero dos

millones sesenta y ocho mil quinientos veinticinco guión dos y Tarjeta

de Identifi cación Tributaria número uno dos cero dos guión dos uno

uno uno cuatro uno guión uno cero uno guión siete; la herencia que en

forma intestada dejó el señor SALOMON AQUILINO COCA ROMERO,

quien fue de cuarenta y siete años de edad, empleado, casado, originario

de San Isidro y del domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán; de nacionalidad salvadoreña; hijo de Aniceto

Coca y Erminia Romero; y quien falleció a las dieciséis horas y cuarenta

y cinco minutos, del día diez de agosto de mil novecientos ochenta y

siete; en la Colonia Centenario, de esta ciudad de San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, siendo éste su último domicilio; en concepto

de cónyuge sobreviviente del referido causante.

Se le ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada

la Administración y Representación Interina de dicha Sucesión con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince

días contados desde el siguiente día de la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

quince horas del día cinco de mayo de dos mil ocho.- LIC. BACILIA

DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.- LIC.

YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 563-2

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SA-

NABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE,

AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día

veinticinco de abril del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada

expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que

a su defunción dejó el señor WILFREDO ANTONIO MENJIVAR TO-

RRES, fallecido el día diecisiete de mayo del año dos mil siete, siendo la

ciudad de Guazapa, su último domicilio, de parte de los señores MARIA

BARTOLA TORRES viuda DE MENJIVAR y WILFREDO ENRIQUE

MENJIVAR ORTIZ, la primera como madre y el segundo como hijo

del causante y se les ha conferido a los aceptantes la Administración y

Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en

el correspondiente Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a

los veinticinco días del mes de abril del año dos mil ocho.- LIC. MAR-

GARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 564-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juz-

gado, a las quince horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario de parte del

señor JOAQUIN PERLA GUEVARA, de sesenta y cuatro años de edad,

Agricultor, casado, del domicilio Chilanga, Departamento de Morazán,

con Documento Único de Identidad número cero un millón seiscientos

once mil setenta y cuatro guión cero; la herencia que en forma intestada

dejó el señor JUAN FRANCISCO PERLA ECHEVERRIA, quien fue de

setenta años de edad, casado, agricultor en pequeño, originario de Jocoro

y del domicilio de Chilanga, Departamento de Morazán; de nacionali-

dad salvadoreña, hijo de los señores HILARIO PERLA y TRANSITO

ECHEVERRIA; quien falleció a las veintiuna horas del día veintiuno de

marzo de mil novecientos setenta y cuatro, siendo su último domicilio el

Barrio La Cruz, de esta ciudad, de San Francisco Gotera, Departamento

de Morazán; en concepto de hijo del referido causante.

Confi érese al referido aceptante en la calidad expresada la Admi-

nistración y Representación Interina de dicha Sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado, a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

quince horas y cincuenta minutos del día diecisiete de septiembre de dos

mil siete.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1º DE 1ª

INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 565-2

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado,

a las quince horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con Benefi cio de Inventario de parte de la señora

ROSA PEREZ, de cincuenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésti-

cos, soltera, del domicilio de Guatajiagua, con residencia en Cantón El

Volcán, de la Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán;

con Documento Único de Identidad número cero tres cero tres dos siete

tres tres guión cinco; de los menores REINA ISABEL, SEBASTIAN y

MARIA DE LOS ANGELES; todos de apellidos ORELLANA PEREZ;

y de las señoritas ROSA LILIAN PEREZ ORELLANA, de diecinueve

años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, originaria de Guatajiagua,

y residente en el Cantón El Volcán, de la Jurisdicción de Guatajiagua,

Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad número

cero tres millones ochocientos seis mil noventa y siete guión nueve; y

DILMA HAYDEE PEREZ ORELLANA, de dieciocho años de edad,

soltera, de ofi cios domésticos, originaria de Guatajiagua y con residencia

en el Cantón El Volcán, de la Jurisdicción de Guatajiagua, Departa-

mento de Morazán; con Documento Único de Identidad número cero

cuatro millones ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete guión

cuatro; la herencia que en forma intestada dejó el señor SEBASTIAN

ORELLANA, quien fue de cincuenta y siete años de edad, jornalero,

soltero, originario de Guatajiagua, de nacionalidad salvadoreña, hijo de la

señora RAFAELA ORELLANA, quien falleció a las nueve horas del día

veintisiete de octubre de dos mil cinco; siendo la ciudad de Guatajiagua,

su último domicilio; la primera como conviviente del causante, y el resto

como hijos del mismo.

Se ha conferido a las referidas aceptantes en la calidad expresada

la Administración y Representación Interina de dicha Sucesión con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; facul-

tades éstas que ejercerán los menores REINA ISABEL, SEBASTIAN y

MARIA DE LOS ANGELES; todos de apellidos ORELLANA PEREZ;

por medio de su señora madre ROSA PEREZ.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

quince horas del día cinco de noviembre de dos mil siete.- LIC. BACILIA

DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1º DE 1ª INSTANCIA.- LIC.

YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 566-2

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las doce horas con veinte minutos del día veinte de Mayo del año dos mil ocho.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día catorce de junio de dos mil siete, dejó el causante FRANCISCO DE JESÚS conocido por FRAN-CISCO DE JESÚS CRUZ, de parte de la señora MARÍA BERNARDA RIVAS conocida por MARÍA BERNARDA RIVAS HERNÁNDEZ y por MARÍA BERNARDA RIVAS DE DE JESÚS, en su calidad de cónyuge sobreviviente del referido causante y como cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que en la presente sucesión les correspondían, a las señoras CLAUDIA IVANIA DE JESÚS RIVAS, MARLENE BEA-

TRIZ DE JESÚS RIVAS y JOAQUINA DE JESÚS DE MARTÍNEZ, en su calidad de hijas del causante, las dos primeras y como madre del mismo la última de las mencionadas.- Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-guiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del día veintiocho de mayo del año dos mil ocho.- Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. ANTONIO CORTEZ GÓMEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 555-3

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diez minutos de este día, se ha declarado a la señora PAULA ANTONIA UMAÑA VIUDA DE MELENDEZ, de setenta y tres años de edad, ofi cios do-mésticos, del domicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, heredera abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor FERNANDO MELENDEZ, quien fue de treinta y cinco años de edad, jornalero, casado, salvadoreño, originario y del domicilio de Apastepeque de este Departamento, habiendo fallecido a las once horas del día tres de mayo de mil novecientos sesenta y seis, en el Cantón Las Minas, jurisdicción de Apastepeque de este Departamento, lugar de su último domicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil ocho. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. C020942

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha declarado a XIOMARA YACKELINE MEJIA FERRUFINO, heredera intestada con benefi cio de inventario de los bienes dejados por el señor OSCAR OVIDIO FERRUFINO MARQUEZ

u OSCAR OVIDIO FERRUFINO, que falleció el día once de agosto de dos mil siete, en el cantón Las Guarumas, jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, en concepto de hija del causante; y se ha conferido a la heredera que se declara la administración y representación defi nitivas de la sucesión.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los cuatro días del mes de junio de dos mil ocho.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F012586

JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA, Notario, con ofi cina en la Primera Avenida Norte, Número Cuatrocientos Seis, de San Miguel;

HACE SABER: Que en Diligencias de aceptación de herencia de los bienes que dejó BLANCA LASTENIA BENITEZ CAÑAS cono-cida por BLANCA LASTENIA BENITEZ por BLANCA LASTENIA BENITEZ DE BONILLA y por BLANCA LASTENIA BENITEZ viuda DE BONILLA, promovidas ante mis ofi cios de Notario, mediante la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución a las catorce horas y cincuenta minutos del veintitrés de los corrientes, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que al morir dejó dicha causante, quien falleció el uno de febrero de dos mil ocho, en la ciudad de Annapolis, Estado de Maryland, Estados Unidos de Norte América, lugar de su último domicilio y originaria de Chapeltique, departamento de San Miguel, de Naciona-lidad Salvadoreña; de parte de MARLENY BONILLA BENITEZ, en

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

calidad de hija y como cesionaria de los derechos que le correspondían a RONNIE BONILLA; y a BLANCA CELIA BONILLA BENITEZ conocida por BLANCA CELIA BONILLA, en concepto de hijos de la causante. Habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil ocho.

LIC. JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. F012603

JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA, Notario, con ofi cina en la Primera Avenida Norte, Número Cuatrocientos Seis, de San Miguel;

HACE SABER: Que en Diligencias de aceptación de herencia de los bienes que dejó ROSA MARIA RIVAS RIVERA conocida por MARIA RIVAS y por ROSA MARIA RIVAS, promovidas ante mis ofi cios de Notario, mediante la Ley del Ejercicio Notarial de la Juris-dicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución a las catorce horas y cinco minutos del veintitrés de los corrientes, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que al morir dejó dicha causante, quien falleció el veintiséis de mayo de dos mil cinco, en el Hospital Clínica San Francisco, de esta ciudad de San Miguel, lugar de su último domicilio y originaria de Santiago de María, departa-mento de Usulután, de Nacionalidad Salvadoreña; de parte de OSCAR ORLANDO VENTURA RIVAS, en calidad de hijo y como cesionaria de los derechos que le correspondían a GLADYS SUYAPA RIVAS DE FRANCO; a MARIA ROSARIO RIVAS VENTURA; a JOSE ANTO-NIO RIVAS VENTURA; a VILMA CORDELIA RIVAS VENTURA; y a CARLOS EFRAIN RIVAS VETURA, en concepto de hijos de la Causante. Habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Miguel, veintiséis de mayo de dos mil ocho.

LIC. JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. F012608

OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, Cinco-Uno, en esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas treinta minutos de esta fecha, se ha declarado heredera defi nitiva con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó AMADO DE JESÚS RAMOS, quien falleció el día tres de noviembre del año dos mil siete, en la ciudad de Santa Ana, siendo el Cantón Santa Rosa, jurisdicción de Ciudad Arce, el lugar de su último domicilio, a OLGA CRISTINA PORTILLO FUENTES, cesionaria de los derechos heredi-

tarios que en abstracto le correspondían a Francisco Espinoza Ramos, hermano del causante citado; y se le ha conferido a la heredera declarada la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en Santa Tecla, a seis de junio del año dos mil ocho.

OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F012621

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado de las nueve horas veinticinco minutos de este día, se ha declarado heredera defi nitiva y con benefi cio de inventario a la señora MARIA ANTONIA ALVARADO FUNES o MARIA ANTONIA ALVARADO, de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSE VICTOR ALVARADO RODAS, fallecido a las diez horas del día veinticuatro de Marzo de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón San Pedro Oriente de esta Jurisdicción, su último domicilio, en calidad de madre del causante, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado MANUEL HERIBERTO PEÑATE RIVERA; confi riéndosele a la declarada heredera en el concepto indicado la administración y representación defi nitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las nueve horas treinta minutos del día trece de Mayo del año dos mil ocho. LICDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

1 v. No. F012643

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a las quince horas del día veintisiete del presente mes y año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor ISIDRO HUMBERTO CRUZ, quien fue de setenta y ocho años de edad, casado, Jornalero, originario y del domicilio de Estanzuelas, Departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Jesús Cruz y Josefa Norberta Ayala, ambos ya fallecidos; quien falleció a las catorce horas del día seis de Enero de mil novecientos noventa y tres, en el Barrio El Calvario de Estanzuelas, Departamento de Usulután, siendo éste su último domici-lio, de parte de los señores JOSE OSMIN CRUZ AYALA, NECTOR LEONEL CRUZ AYALA, JOSEFA DEL CARMEN CRUZ AYALA y SALVADOR ELEAZAR CRUZ AYALA, en concepto de hijos del causante. Confi érasele a los aceptantes declarados en el carácter aludido, la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la Certifi -cación solicitada.

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIA VEINTISIETE DE MAYO DE DOS MIL OCHO. LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. F012668

CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

AVISA: Que por resolución de las quince horas del día cinco de mayo de dos mil ocho, se ha declarado HEREDEROS ABINTESTATO con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción acaecida el día diecisiete de junio de dos mil siete, siendo Ilopango su último domicilio, dejó HERIBERTO RIVAS JIMÉNEZ, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, casado, empleado, originario de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, de nacionalidad salva-doreña, hijo de Dolores Rivas y Juana Jiménez; a los señores Rina Estela Rivas de Canizales, de treinta y dos años de edad, empleada, del domicilio de Ilopango, portadora de su Documento Único de Identidad número 02864291-5; Blanca Estela Rivas de Pérez, de veinticinco años de edad, empleada, del domicilio de Ilopango, portadora de su Documento Único de Identidad número 02718597- 8, en calidad de hijas del causante a través de su apoderado Abogado Merlyn Walter Najarro; Dolores Rivas (hombre) y Juana Jiménez, ambos en calidad de padres del causante, representados por su CURADOR ESPECIAL señor Marco Antonio Quintanilla Jiménez.

Confi érese a los herederos la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince horas cincuenta minutos del día cinco de mayo de dos mil ocho. LIC. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F012677

LA INFRASCRITA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Tribunal a las catorce horas y cinco minutos del día veintitrés de abril del año dos mil ocho, ha sido DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó la señora ALICIA PINEDA RAMOS o ALICIA PINEDA, quien falleció el día nueve de septiembre del año dos mil siete, en la Clínica San Francisco, San Miguel, siendo su último domicilio el Municipio de Carolina, departamento de San Miguel; el señor JOSE MATILDE GUZMAN PORTILLO, en calidad de cesionario en abs-tracto de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores JOSE AMBROSIO PINEDA, LUIS KENNEDY GUZMAN PINEDA, JOSE DONILIO PINEDA GUZMAN, JOSE GIL PINEDA GUZMAN, NELSON BLADIMIR GUZMAN PINEDA y REINA MARITZA PI-NEDA DE CARRANZA, conocida por REINA MARITZA PINEDA GUZMAN, en su calidad de hijos de la causante. Habiéndole conferido al heredero declarado en el carácter indicado, la Administración y Re-presentación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las quince horas y veinte minutos del día veintiséis de abril del año dos mil ocho. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. BR. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

1 v. No. F012679

MIREILLE ESCALANTE DIMAS, Notario del domicilio de la ciudad de Santa Tecla y San Salvador, con ofi cina establecida en la Octava Avenida Sur, Número Dos-Dos Bis, de la ciudad de Santa Tecla;

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveídas a las catorce horas del día quince de mayo del corriente año, se ha de-clarado HEREDERAS DEFINITIVAS Ab-intestato, con benefi cio de inventario, del señor PEDRO PEREZ HERNANDEZ, quien falleció el día doce de septiembre del año dos mil cuatro, en Cantón Hacienda Vieja, Jurisdicción de San Pedro Nonualco, Departamento de La Paz, siendo éste el lugar de su último domicilio, a las señoras MARIA ERLINDA UMAÑA DE PEREZ conocida por MARIA HERLINDA UMAÑA y LILIAN YESENIA PEREZ UMAÑA, en su calidad de cónyuge sobre-viviente e hija del causante; y se les confi rió a las herederas declaradas, la Administración y Representación Defi nitivas de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de la Notario MIREILLE ESCALANTE DIMAS, a las diez horas del día dieciséis de mayo del año dos mil ocho.

DRA. MIREILLE ESCALANTE DIMAS,

NOTARIO.

1 v. No. F012688

CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Segunda Avenida Sur, Número Seiscientos Seis, de San Miguel,

HACE SABER: Que por resolución, proveída a las diez horas y treinta minutos del día treinta de abril del año dos mil ocho, se ha declarado a JUAN ANTONIO MONTES HERRERA, de cincuenta y cuatro años de edad, Ganadero, del domicilio de El Carmen, departamento de La Unión heredero defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en el Cantón Olomega, jurisdicción de El Carmen, departamento de La Unión, el día veintiuno de abril de mil novecientos noventa y siete, dejó la señora RHINA MARLENY VANEGAS, en su concepto de ESPOSO de la causante; habiéndole concedido la repre-sentación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil ocho.

CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS,

NOTARIO.

1 v. No. F012718

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE JIQUILISCO,

al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución dictada a las nueve horas de este día,

se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO

DE INVENTARIO EN LA HERENCIA INTESTADA, dejada al fallecer

por el señor SILVIO ANTONIO MEJIA RIVERA, el día trece de sep-

tiembre de dos mil cinco, en la ciudad de Puerto El Triunfo, lugar de su

último domicilio, a la señora ELCI ARGENTINA CRUZ DE MEJIA,

en su calidad de esposa del causante.

Confi éresele a la aceptante, la Administración y Representación

Defi nitiva de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Publíquese el edicto correspondiente. Y oportunamente extiéndase

la certifi cación respectiva.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los

veintinueve días del mes de mayo de dos mil ocho.- LIC. MANUEL

DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

SILVIA YANET MEJÍA HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F012729

JOSÉ FELICIANO HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ, Notario del domicilio

de San Salvador, con ofi cina profesional ubicada en Kilómetro once

y medio, Carretera Panamericana, frente a sala de ventas IUSA, San

Bartolo, Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador, al

Público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día seis de junio del corriente año, se ha declarado

a la señora: YNELDA ERMELINDA AMAYA DE CHICAS conocida

por INELDA ERMELINDA AMAYA DE CHICAS, Heredera Defi nitiva

con Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción

ocurrida en el Cantón La Joya, Municipio de Gualococti, Departamento

de Morazán, a las dieciocho horas veinte minutos del día dieciséis de

junio del año dos mil seis, dejó el señor LAZARO AMAYA CLAROS

o LAZARO AMAYA, quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta

y nueve años de edad, Agricultor, originario de Vía El Rosario, Muni-

cipio de Gualococti, Departamento de Morazán, siendo el Cantón La

Joya, Municipio de Gualococti, Departamento de Morazán, su último

domicilio, de parte de la señora: YNELDA ERMELINDA AMAYA DE

CHICAS conocida por INELDA ERMELINDA AMAYA DE CHICAS,

en concepto de hija legítima, del referido causante; habiéndole concedido

la Representación y Administración Defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Ilopango, el día nueve de junio del año

dos mil ocho.

LIC. JOSÉ FELICIANO HERNÁNDEZ GUTIÉRREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F012736

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las quince horas del día cinco

de mayo de dos mil ocho, se ha declarado Heredera con Benefi cio de

Inventario de la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día

veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, siendo esta

ciudad su último domicilio, dejó el causante señor EFRAIN SORTO; a

la señora ANA MARGARITA SORTO HERNANDEZ, en calidad de

hija del causante; habiéndosele conferido a la heredera declarada la Ad-

ministración y Representación Defi nitiva de los bienes de la Sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas diecisiete minutos del día trece de mayo de dos mil ocho.- DR.

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. F012771

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

JUAN SERAROLS hijo, Notario de este domicilio con ofi cina No. 216

en Condominio Cuscatlán, situado en 4a. Calle Poniente y 25 Av. Sur,

de esta ciudad.

AVISA: Al público que por resolución que pronunció en Villa El

Congo, Departamento de Santa Ana, a las diecisiete horas del día dos del

presente mes, fue declarada Heredera Universal Defi nitiva con Benefi cio

de Inventario, la señora Marta Lucía Flores Mejía, de la Sucesión Intestada

de los bienes que dejó la madre de ella Marta Flores conocida por Marta

Flores Carballo, por Marta Flores Carballo de Mejía y por Marta Flores

de Mejía; fallecida el doce de noviembre de mil novecientos noventa.

Se confi rió a la heredera la Administración y Representación

Defi nitivas de esa Sucesión.

San Salvador, cinco de junio de dos mil ocho.

JUAN SERAROLS hijo.

NOTARIO.

1 v. No. F012777

ACEPTACION DE HERENCIAS

EDMUNDO ALFREDO CASTILLO, Notario, de este domicilio, con

Despacho Profesional ubicado en Calle Loma Linda, Centro Comercial

Loma Linda, Local Uno-C, Colonia San Benito, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito

Notario, en su Despacho Profesional, a las nueve horas y treinta mi-

nutos del día veintiocho de mayo del año dos mil ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia

Intestada que a su defunción dejara la señora MARIA FLORIDA ES-

COBAR CABRERA DE HERNANDEZ, conocida por MARIA FLO-

RIA ESCOBAR DE HERNANDEZ, MARIA FLORIDA ESCOBAR

DE HERNANDEZ, FLORINDA ESCOBAR DE HERNANDEZ y

FLORIDA DE HERNANDEZ, quien falleció en esta ciudad, su último

domicilio, el día cinco de agosto de dos mil cuatro, de parte de los se-

ñores JUAN RAMON HERNANDEZ ESCOBAR, DOLORES ESTER

DEL CARMEN HERNANDEZ ESCOBAR, y MELIDA HERNANDEZ

ESCOBAR, ahora DE BARRERA, en concepto de hijos de la causante,

y se ha conferido a los aceptantes la Administración y Representación

Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones que da la Ley

a los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Despacho Profesional del suscrito Notario. San

Salvador, a los dos días del mes de junio del año dos mil ocho.

DR. EDMUNDO ALFREDO CASTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. C020951

EDMUNDO ALFREDO CASTILLO, Notario, de este domicilio, con

Despacho Profesional ubicado en Calle Loma Linda, Centro Comercial

Loma Linda, Local Uno-C, Colonia San Benito, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-

tario, en su Despacho Profesional, a las diez horas del día veintiocho de

mayo del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y

con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción

dejara el señor FRANCISCO GEOVANI HERNANDEZ ESCOBAR,

conocido por FRANCISCO GEOVANI HERNANDEZ, quien falleció

en esta ciudad, su último domicilio, el día veintinueve de marzo de mil

novecientos ochenta y cinco, de parte del señor FRANCISCO GIOVANNI

HERNANDEZ ESCOBAR, en concepto de hijo del causante, y se ha

conferido al aceptante la Administración y Representación Interina de la

Sucesión, con las facultades y restricciones que da la Ley a los Curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Librado en el Despacho Profesional del suscrito Notario. San

Salvador, a los dos días del mes de junio del año dos mil ocho.

DR. EDMUNDO ALFREDO CASTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. C020955

EDMUNDO ALFREDO CASTILLO, Notario, de este domicilio, con

Despacho Profesional, ubicado en Calle Loma Linda, Centro Comercial

Loma Linda, Local Uno-C, Colonia San Benito, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-

tario, en su Despacho Profesional, a las nueve horas del día veintiocho

de mayo del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente

y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción

dejara el señor RAMON HERNANDEZ, conocido por JUAN RAMON

HERNANDEZ, y por RAMON HERNANDEZ RAMIREZ, quien fa-

lleció en esta ciudad, su último domicilio, el día doce de septiembre de

mil novecientos noventa y dos, de parte de los señores JUAN RAMON

HERNANDEZ ESCOBAR, DOLORES ESTER DEL CARMEN

HERNANDEZ ESCOBAR, y MELIDA HERNANDEZ ESCOBAR,

ahora DE BARRERA, en concepto de hijos del causante, y se ha con-

ferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la

Sucesión, con las facultades y restricciones que da la Ley a los Curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Despacho Profesional del suscrito Notario. San

Salvador, a los dos días del mes de junio del año dos mil ocho.

DR. EDMUNDO ALFREDO CASTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. C020956

EVELYN DEL CARMEN GOMEZ DE MELÉNDEZ, Notario, del

domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con ofi cina

ubicada en la Calle Walter A. Soundy Número Tres-Seis A, de la ciudad

de Santa Tecla, Departamento de La Libertad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las quince horas del día cinco de junio de dos mil ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente con Benefi cio de Inventario, la Herencia

Testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de Santa Tecla,

Departamento de La Libertad, el día diecisiete de marzo de dos mil ocho,

dejó el señor JOSE ARMANDO DIMAS conocido por JOSE ARMAN-

DO GARAY, de parte de las señoras: MARIA AMALIA FUENTES DE

GONZALEZ y ROSA ELVIRA FUENTES, en su concepto de hijas

sobrevivientes del causante, habiéndose conferido la Administración y

Representación de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina de la Notario, situada en la Calle Walter A.

Soundy, Número Tres-Seis A, de la ciudad de Santa Tecla, Departamento

de La Libertad.

En la ciudad de Santa Tecla, a las ocho horas del día seis de junio

de dos mil ocho.

EVELYN DEL CARMEN GOMEZ DE MELÉNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F012588

En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día tres de junio del

año dos mil ocho. Ante mí y por mí, HECTOR ROMILIO GUEVARA

GUEVARA, Notario de este domicilio, procedo a dictar la siguiente

resolución: A sus antecedentes el informe recibido de la Honorable Corte

Suprema de Justicia, sobre las presentes Diligencias de Aceptación de

Herencia Intestada y con Benefi cio de Inventario, de la defunción que

dejó el señor HUMBERTO ROSALES CHACÓN, a favor de la señora

DOLORES RENDEROS PINEDA, en su calidad de cesionaria de los

derechos del señor HUMBERTO MERCEDES GARCIA ROSALES,

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

siendo hijo del causante, quien falleció en el Barrio San Pablo, Municipio

de Estanzuelas, Departamento de Usulután, el día seis de febrero de mil

novecientos noventa y nueve, a consecuencia de Infarto Cardíaco, a la edad

de setenta y ocho años de edad, siendo su origen y su último domicilio

Estanzuelas, Departamento de Usulután; hijo de Emilia Rosales, y de

Miguel Chacón, ya fallecidos; y no habiéndose iniciado ningún trámite

de aceptación de Herencia: Téngase por Aceptada Expresamente y con

Benefi cio de Inventario la referida Sucesión, de parte de la señora DO-

LORES RENDEROS PINEDA, heredera en su calidad de cesionario de

los derechos del señor HUMBERTO MERCEDES GARCÍA ROSALES,

hijo del causante.

Confi éresele la Administración y Representación Interina de la

Sucesión en el concepto antes expresado, con las facultades de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Publíquese los edictos de Ley, y transcurridos los términos emítase

la resolución fi nal. Así me expreso, leo lo escrito en un solo acto, ratifi co

su contenido y para constancia fi rmo. DOY FE.

HECTOR ROMILIO GUEVARA GUEVARA,

NOTARIO.

1 v. No. F012673

LICENCIADO EFRAIN OLANO RUIZ, Notario, con ofi cina situada en

Sexta Avenida Sur, Residencial El Cordobés, local once, Sonsonate.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día seis

de mayo del año dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente

y con Benefi cio de Inventario de parte de los señores TESLA GRICEL-

DA GARCIA LOPEZ y WILFREDO EFREN GARCIA LOPEZ, en

su concepto de hijos sobrevivientes de la causante MARGOT IRENE

LOPEZ viuda DE GARCIA, fallecida el día treinta de abril del año dos

mil ocho, en Sonsonate, su último domicilio.

Confi érasele a los aceptantes la Administración y Representación

Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en la ofi cina del Notario, EFRAIN OLANO RUIZ,

Sonsonate, cuatro de junio del año dos mil ocho.

LIC. EFRAIN OLANO RUIZ,

NOTARIO.

1 v. No. F012705

JOSE ARMANDO ORELLANA CAMPOS, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en la Primera Calle Poniente, número cuatro mil

seiscientos cuarenta y cinco, entre la Ochenta y Nueve y Noventa y Una

Avenida Norte, Colonia Escalón en esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día veinticuatro de enero de dos mil ocho, se

ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la

Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de

San Salvador, el día dos de diciembre de dos mil siete, dejó la señora

MARIA TERESA GAVIDIA DE RIVERA, de parte de la señora MAR-

TA ALICIA RIVERA GAVIDIA hoy MARTA ALICIA RIVERA DE

GRANADOS, en su concepto de Heredera Testamentaria, habiéndose

conferido la Administración y Representación Interinas de la Sucesión,

con las facultades y restricciones del Curador de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a quien se crea con derecho a

la referida herencia para que se presente a la referida ofi cina en el término

de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del

presente edicto.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día seis

de junio de dos mil ocho.

JOSE ARMANDO ORELLANA CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F012707

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, Notario, del domicilio de San

Miguel, con ofi cina en Segunda Avenida Sur número seiscientos seis,

de San Miguel, al público.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las doce horas del

día cinco de mayo, ha tenido por aceptada expresamente y con benefi -

cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en

Cantón Loma Tendida, jurisdicción de El Divisadero, departamento de

Morazán, dejó el señor JOSE SANTOS CABRERA, de noventa años de

edad, Agricultor, del domicilio de Cantón Loma Tendida, jurisdicción

de El Divisadero, departamento de Morazán, de parte de los señores

JOSÉ SANTOS TURCIOS CABRERA, EVANGELINA TURCIOS

DE BONILLA, y REINA MARIBEL TURCIOS CABRERA; en sus

calidades de HIJOS del causante; habiéndose conferido la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con

derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

ofi cina, en el término de quince días, contados desde el día siguiente a

la última publicación del presente edicto.

Librado en San Miguel, a ocho de mayo del año dos mil ocho.

LIC. CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS,

NOTARIO.

1 v. No. F012720

ROMEO GARAY MOISA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada

en Condominio Central “E”, Local Número uno, situado en Diecisiete

Calle Poniente y Avenida España, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las once horas del día seis de junio de dos mil ocho, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Nuevo Cuscatlán, departa-

mento de San Salvador, a las dieciséis horas del día veinticinco de enero

del año dos mil ocho, dejó el señor JOSE MARIO CASTRO conocido

por MARIO LÓPEZ CASTRO. De parte de las señoras Mayra Celina

Castro de Córdova o Mayra Celina Castro Artiga, Verónica Yanira Castro

de Cisneros y Ana Lorena Castro de Hernández, en su concepto de hijas

sobrevivientes del causante, habiéndose conferido la administración y

representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ROMEO GARAY MOISA. En

la ciudad de San Salvador, a las trece horas del día nueve de junio del

dos mil ocho.

ROMEO GARAY MOISA,

NOTARIO.

1 v. No. F012731

FIDEL MARINERO RAMÍREZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina

ubicada en Colonia El Roble, Calle dos, Casa 114, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las ocho horas del día veintidós de abril de dos mil ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada, que a su defunción ocurrida en Mejicanos, departamento de

San Salvador, el día doce de Julio de dos mil siete, dejara la señora

MARIA ARACELY MELÉNDEZ PACAS, de parte del señor MARIO

ALFREDO MAGAÑA MELÉNDEZ, en calidad de hijo sobreviviente

de la causante. Habiéndose conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario FIDEL MARINERO RAMÍREZ.

En la ciudad de San Salvador, a los veintidós días del mes de abril del

año dos mil ocho.

LIC. FIDEL MARINERO RAMÍREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F012766

JOSE HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día tres

de marzo del año en curso, se tuvo por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

causante SALVADOR PREZA CHÁVEZ, quien falleció a las trece horas

veinticinco minutos del día veinte de julio de mil novecientos noventa

y seis, en el Hospital Rosales, de la ciudad de San Salvador, siendo su

último domicilio Mejicanos, de parte de la señora MARIA TERESA

PREZA DE SAÑEZ, en su concepto de hija del Causante.

Confi érese a la aceptante en el carácter antes indicado, la admi-

nistración y representación interinas de la sucesión con las facultades y

restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Y CITA A: Los que se crean con derecho a la referida herencia a

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados

a partir de la publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas

y cuarenta minutos del día tres de marzo de dos mil ocho. LIC. JOSE

HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN

ESTELA HERNÁNDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020949-1

LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas con cincuenta

minutos del día de hoy, dictada por este Juzgado se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor VICENTE ERAZO, quien falleció el

día treinta y uno de diciembre de mil novecientos ochenta, en el Cantón

Monte Redondo del Municipio de Concepción Quezaltepeque, siendo

ese Municipio su último domicilio, de parte del señor JOEL SÁNCHEZ

ERAZO, en su calidad de hijo sobreviviente del causante.

Se confi ere al heredero declarado la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a

las doce horas con veinticinco minutos del día veintitrés de mayo del

dos mil ocho. LIC. MORENA CONCEPCIÓN LAÍNEZ RAMÍREZ,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA EDITH PERAZA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F012577-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con bene-

fi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor RODOLFO

VÁSQUEZ, quien falleció el día diez de junio de dos mil cinco, en el

Cantón Agua Fría, jurisdicción de San Alejo de este Departamento, siendo

ese lugar su último domicilio de parte de la señora MARÍA EDELMIRA

CÁLIX VIUDA DE VÁSQUEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente

del causante. Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indi-

cado la administración y representación interinas de la sucesión con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiocho días

del mes de febrero de dos mil ocho. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PÉREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012587-1

JOSE HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE MEJICANOS.

CERTIFICA: Que en las diligencias de aceptación de herencia

intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante MARTA

OLIVIA PINEDA DE OVIEDO conocida por MARTA TERESA

PINEDA DE OVIEDO, promovidas por el señor MIGUEL OVIEDO

RODRÍGUEZ en su carácter personal, como representante legal del

menor DAVID ALBERTO OVIEDO PINEDA y en procuración del señor

MIGUEL OVIEDO PINEDA, y por los señores REINA DEL ROSARIO,

FRANCISCO ALBERTO y CARLOS ENRIQUE, los tres de apellidos

OVIEDO PINEDA, se encuentra el edicto que literalmente DICE: “JOSE

HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL: Al público para los efectos de ley; HACE

SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta minutos del

día quince de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes

que a su defunción dejó la causante MARTA OLIVIA PINEDA DE

OVIEÑDO conocida por MARTA TERESA PINEDA DE OVIEDO,

quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de

la ciudad de San Salvador, a la primera hora y treinta minutos del día

dieciocho de noviembre de mil novecientos noventa y tres, teniendo como

lugar de su último domicilio esta Ciudad, al señor MIGUEL OVIEDO

RODRÍGUEZ, en su concepto de Cónyuge sobreviviente de la Causante

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

y como representante legal del menor DAVID ALBERTO OVIEDO

PINEDA, hijo de la de Cujus; y de los señores MIGUEL, REINA DEL

ROSARIO, FRANCISCO ALBERTO y CARLOS ENRIQUE, todos de

apellidos OVIEDO PINEDA y en sus conceptos de hijos de la causante.

Confi érese a los aceptantes en el carácter antes indicado la administración

y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla dicho menor

a través de su representante legal ya mencionado.

Y CITA a los que se crean con derecho a la referida herencia a que

se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados a

partir de la última publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas

y cinco minutos del día veinte de mayo de mil novecientos noventa y

ocho. “RUBRICADAS” “J. H. Esc.” “Gavidia.” y para efectos de realizar

las respectivas publicaciones de ley, se extiende la presente certifi cación,

en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las quince horas y cuarenta

minutos del día treinta de mayo de dos mil ocho. LIC. JOSÉ HUGO

ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN ESTELA

AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012624-1

GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, Juez de Primera Instancia

de este Distrito Judicial. AL PÚBLICO: Para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal

de las quince horas del día veintiséis de febrero del dos mil ocho; se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción ocurrida el día catorce de mayo

de mil novecientos ochenta, en San Sebastián del Departamento de San

Vicente, siendo éste su último domicilio, dejó el señor MÁXIMO PI-

NEDA, de parte del señor DOMINGO GERMAN PINEDA BONILLA,

como hijo del causante.

Confi érase al aceptante la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

a las quince horas y cuarenta minutos del día veintiséis de febrero del año

dos mil ocho. GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA FABIÁN

FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012699-1

LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas treinta minutos del día cinco de los corrientes, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada

dejada por la señora MARIA LAURA ZALDAÑA, quien fue conocida

por María Laura Zaldaña Martínez, fallecida el día veintinueve de marzo

de mil novecientos noventa y tres, en esta ciudad su último domicilio,

de parte del señor JAIRO WILBER ALAS ZALDAÑA, en concepto de

hijo y además como cesionario de los derechos hereditarios que en la

referida herencia les correspondían a los señores David Armando Alas

Zaldaña, Guadalupe Antonia Alas Zaldaña y Laura Margarita Zaldaña

o Alas Zaldaña, en concepto de hijos todos del causante.

Y se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cuarenta

minutos del día diecisiete de Septiembre del dos mil siete. LIC. LUIS

ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.

LICDA. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F012706-1

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y quince

minutos del día diez de febrero de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

dejó SERAPIO ASCENCIO, SERAPIO FABIÁN ASCENCIO o SERA-

PIOFABIÁN, fallecido el veintiocho de septiembre de dos mil siete, en la

Comunidad La Florida, Cantón San Ramón de Tecoluca, habiendo tenido

su último domicilio Zacatecoluca, por parte de VERÓNICA MARILYN

FABIÁN PEÑA y DELMY EDILIA ALFARO FABIÁN, en concepto de

hijas del causante. Nómbrase a las aceptantes, interinamente, administra-

doras y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de abril de dos

mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012744-1

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

ARACELY ELIZABETH FUENTES, Notario, de este domicilio, con

ofi cina profesional situada en Pasaje San Juan número diecinueve, Colonia

La Rábida de esta ciudad, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita Nota-

rio en esta ciudad, a las diez horas del día once del presente mes y año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, a las

dos horas y treinta y siete minutos del día diecinueve de junio de mil

novecientos noventa y cuatro, siendo la ciudad de Mejicanos su último

domicilio, dejó el causante JOSE MAURICIO VELASQUEZ, de parte

de los señores: JOSE MAURICIO, CESAR AUGUSTO y MELISSA

CAROLINA, todos de apellido VELASQUEZ ARTIAGA, en su calidad

de hijos legítimos del causante y como cesionarios del derecho heredi-

tario que en la presente sucesión le correspondía a la señora BLANCA

ARACELY ARTIAGA VIUDA DE VELASQUEZ, en su calidad de

cónyuge sobreviviente del causante. Confi érese a los herederos decla-

rados la administración y representación interina de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

LIBRADO en mi ofi cina profesional: San Salvador, a los doce días

del mes de abril del dos mil ocho.

LIC. ARACELY ELIZABETH FUENTES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F012775-1

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución

proveída por este Tribunal a las catorce horas cuarenta minutos del día

treinta de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

ocurrida a la una hora treinta minutos del día veinticinco de septiembre

del dos mil seis, en el Cantón San Julián, Kilómetro ochenta y medio

de esta jurisdicción, siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio,

dejó el señor ROBERTO ABEL HERNANDEZ VELASCO, de parte

de la señora MARIA IRENE VELASCO DE HERNANDEZ conocida

por MARIA IRENE VELASCO, en su carácter de madre del expresado

causante; por lo que se le ha conferido a dicha aceptante, la administración

y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia a

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las quince

horas veinte minutos del día treinta de abril del dos mil ocho. LIC.

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. LIC. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012782-1

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado el Lic.

Miguel Ángel Fernández Granillo, Apoderado General Judicial del señor

José Abel Rivas Campos, mayor de edad, Motorista, de este domicilio,

solicitando título de propiedad de un solar urbano, ubicado en el Barrio

El Niño, Cuarta Avenida Sur, Calle al Rastro de esta Ciudad, de una ex-

tensión superfi cial de CIENTO SESENTA Y CINCO PUNTO TREINTA

Y OCHO METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL

NORTE: mide once punto veinte metros, colinda con inmueble de Juan

Elías Quijano Aguirre; AL ORIENTE: mide diecisiete metros, colinda

con inmueble de Antonio Efraín Lemus, antes de María Agustina Zepeda;

AL SUR: mide quince metros, colindando con inmueble de Luis Alfredo

Marroquín y Predio Municipal, calle de por medio; y AL PONIENTE:

mide catorce metros, colindando con inmueble del señor Juan Elías

Quijano Aguirre. El inmueble descrito tiene como construcciones una

casa de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas

o derechos reales que pertenezcan a otra persona con quien hubiere

proindivisión, todos sus colindantes son de este domicilio, lo hubo por

compra que le hiciera a la señora Elena Quijano Viuda de Lemus, ya

fallecida y de este domicilio, y lo estima en CUATRO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Alcaldía Municipal de San José Guayabal, a los diecinueve días del

mes de mayo del dos mil ocho. ING. MAURICIO ARTURO VILANOVA

VAQUERO, ALCALDE MUNICIPAL. MIRIAN ESTELA MELARA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012726-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN MARCOS, AL

PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARITZA IRENE HERNANDEZ, treinta y tres años de edad, soltera,

de ofi cios domésticos, del domicilio de San Marcos, portadora del Docu-

mento Único de Identidad número cero tres millones doscientos noventa

y tres mil trescientos veintitrés - nueve y con Número de Identifi cación

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Tributaria cero ochocientos diecinueve - ciento cuarenta mil cuatrocientos

setenta y cinco - ciento dos - cinco, solicitando TITULO DE PROPIEDAD

Y DOMINIO DE UN INMUEBLE DE NATURALEZA URBANA,

situado en Colonia Santa Leonor, Calle Principal y Pasaje Benito Juárez,

Número cuatro, San Marcos, departamento de San Salvador, de una

extensión superfi cial de CIENTO DIECISEIS PUNTO VEINTINUEVE

METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, línea recta de

TRECE METROS CON VEINTE CENTIMETROS con Teodocio Estrada

Escobar con pasaje de por medio, de este vecindario; AL ORIENTE,

línea recta de OCHO METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROS

con Santiago Zelaya, de este vecindario; AL PONIENTE, línea recta

de OCHO METROS CON VEINTITRES CENTIMETROS con Celso

Martínez Rivas y con Emérita Maribel Reyes Menjívar, con callejón

de por medio, de este vecindario, y AL SUR, línea recta de QUINCE

METROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS con Sebastián

de León Fuentes y Josefi na Estela de León Juárez, de este vecindario,

el terreno así descrito no se encuentra en estado de proindivisión y sus

mojones o cercas que marcan su límite están compuestos por paredes

de ladrillo a lo largo y ancho del mismo, no es sirviente ni dominante,

no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, siendo

que todos los colindantes son de este domicilio, El inmueble así descrito

lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTE AMERICA, no presenta documento por no poseer

ya que al momento de adquirirlo era un predio baldío, desde el año de mil

novecientos noventa y cinco, fecha desde la cual posee dicho terreno de

forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida; que el terreno en el cual habita

no está inscrito a favor de nadie y que ninguna persona lo ha poseído,

a parte de ella, ejerciendo actos de legítima dueña sobre el mismo. SE

COMUNICA AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS LEGALES CO-

RRESPONDIENTES.

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN MARCOS, a los veintiséis

días del mes de mayo del año dos mil ocho. DR. FIDEL ERNESTO

FUENTES CALDERON, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. MIGUEL

ANGEL MEZA QUEZADA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012778-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN MARCOS, AL

PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA IGNACIA OSORIO DE MELENDEZ, es mayor de edad, casada,

ama de casa, de este domicilio, portadora del Documento Único de Iden-

tidad número cero un millón trescientos noventa y siete mil ochocientos

cuatro - dos, solicitando TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO DE UN

INMUEBLE DE NATURALEZA URBANA, situado en la Colonia El

Carmen, fi nal Calle B, Número treinta y seis, San Marcos, departamento

de San Salvador, el cual tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS

SETENTA Y SEIS PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS, que

mide y linda: de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:

línea recta de NUEVE METROS CON TREINTA CENTIMETROS,

con Gertrudis Martínez con calle de por medio; AL ORIENTE, línea

recta VEINTINUEVE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS,

con Mauricio Meléndez, hoy Guillerma Moreno viuda de Meléndez; AL

PONIENTE, línea recta de VEINTIOCHO METROS CON CINCUENTA

CENTIMETROS con María Sara García, hoy Eva Osorio de Meléndez;

y AL SUR, línea recta de NUEVE METROS CON OCHENTA CENTI-

METROS, con Marcos Julio Santos, siendo todos los colindantes de éste

domicilio y vecindario. El predio descrito no es dominante ni sirviente,

no tiene ninguna carga ni derechos reales que le pertenezcan a terceras

personas o que deba respetarse y no se encuentra en proindivisión con

nadie. El inmueble así descrito lo valora en la cantidad de CINCO MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y adquirió

la posesión del mismo de parte de la señora Sara Martínez quien ya es

fallecida y no le entregó ningún documento por carecer del mismo, por

lo que está en posesión de dicho inmueble, ejerciendo actos de legítima

dueña sobre el mismo. SE COMUNICA AL PUBLICO, PARA LOS

EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN MARCOS, a los seis días

del mes de noviembre del año dos mil siete. DR. FIDEL ERNESTO

FUENTES CALDERON, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. MIGUEL

ANGEL MEZA QUEZADA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012779-1

TITULOS SUPLETORIOS

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor

AMILCAR ORELLANA HERNANDEZ, Apoderado General Judicial

del señor JUAN DE JESUS CASTRO LEMUS, de treinta y un años de

edad, comerciante, del domicilio de San Miguel, con Documento Único

de Identidad número, cero uno trece cuarenta y un veintiocho-uno y nú-

mero de Identifi cación tributaria once dieciséis-diez cero cinco setenta y

seis-ciento uno-tres; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO,

de un terreno de naturaleza rústica situado, en el Cantón Las Charcas,

jurisdicción de San Buenaventura, Distrito de Jucuapa, Departamento

de Usulután, de la capacidad superfi cial de UN MIL OCHOCIENTOS

CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias si-

guientes: AL ORIENTE: cuarenta y un metros, calle de por medio, con

terreno de Sebastián Caballero Flores; AL NORTE: cincuenta metros,

con terreno, que fue desmembrado con anterioridad del terreno que se

pretende titular y que fue de Marcela Leticia Vigil de Benavides antes,

hoy de Rafael Rodríguez Machuca, cerco de alambre de por medio; AL

PONIENTE: cuarenta y un metros, con terreno de la señora Jesús Castro

de Hernández, cerco de alambre de por medio y AL SUR: treinta y ocho

metros, también con terreno de la señora Jesús Castro de Hernández,

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

cerco de alambre de por medio. El inmueble antes referido lo adquirió

por compra que le hizo al señor, Juan Agustín Castillo por la cantidad que

valúo en el precio DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMERICA.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las quince

horas y cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de mayo de dos mil

ocho. LIC. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA. LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012578-1

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

CARMEN ELIZABETH GALDAMEZ DE BARRIENTOS, conocida por

CARMEN ELIZABETH GALDAMEZ CHACON, en el carácter de Apo-

derada General Judicial de la señora ROSA AMERICA HERNANDEZ,

promoviendo diligencias de título supletorio de un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Pacayas, Jurisdicción de la población de

La Laguna, de una extensión superfi cial de CUATROCIENTOS CIN-

CUENTA Y DOS PUNTO SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS,

equivalente a SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE PUNTO SESENTA

Y SIETE VARAS CUADRADAS, divididos en veintinueve tramos, de las

medidas y colindancias siguientes: AL SUR: colinda con Jesús escobar;

AL NORTE: colinda con Lorenzo Hernández y calle de por medio; AL

ESTE: colinda con Rosa Sánchez; y AL OESTE: colinda con Prudencio

Hernández, iniciando la descripción de los veintinueve tramos de la forma

siguiente: Partiendo del Tramo uno: mide dieciocho grados cero un mi-

nuto cincuenta y ocho segundos Oeste, de una distancia de nueve punto

cero un metros; Tramo dos: mide cincuenta y nueve grados cincuenta y

seis minutos diecinueve segundos Este, con una distancia de tres punto

cincuenta y nueve metros; Tramo Tres: mide cero tres grados cuarenta

y ocho minutos treinta y cinco segundos Este, con una distancia de ocho

punto cincuenta y ocho metros; Tramo Cuatro: diecisiete grados cincuenta

y seis minutos cuarenta y tres segundos Este, con una distancia de uno

punto ochenta y cinco metros; Tramo Cinco: treinta y dos grados catorce

minutos doce segundos Este, con una distancia de uno punto treinta y

un metros; Tramo Seis: cuarenta y tres grados cincuenta y ocho minutos

quince segundos Este, con una distancia de uno punto dieciocho metros;

Tramo Siete: sesenta grados cincuenta minutos treinta y cinco segundos

Este, con una distancia de uno punto cero nueve metros; Tramo Ocho:

ochenta y uno grados cero seis minutos veintisiete segundos Este, con

una distancia de uno punto cuarenta y nueve metros; Tramo Nueve:

setenta y siete grados cincuenta y cuatro minutos diecinueve segundos

Este, con una distancia de uno punto quince metros; Tramo Diez: se-

tenta y cinco grados quince minutos veintitrés segundos Este, con una

distancia de uno punto cincuenta y siete metros; Tramo Once: cuarenta

y cinco grados cero minutos cero segundos Este, con una distancia de

cero punto setenta y ocho metros; Tramo Doce: treinta grados cincuenta

y dos minutos veinte segundos Este, con una distancia de uno punto cero

y siete metros; Tramo Trece: cuarenta y uno grados dieciocho minutos

treinta y un segundo Este, con una distancia de cero punto ochenta

y ocho metros; Tramo Catorce: cuarenta y cuatro grados cuarenta y

cinco minutos treinta segundos Este, con una distancia de uno punto

sesenta y ocho metros; Tramo Quince: treinta y nueve grados treinta y

cinco minutos treinta y cinco segundos Oeste, con una distancia de uno

punto setenta y tres metros; Tramo Dieciséis: treinta y cuatro grados

treinta y ocho minutos cero ocho segundos Oeste, con una distancia de

siete punto noventa metros; Tramo Diecisiete: cuarenta y ocho grados

veintinueve minutos veintidós segundos Oeste, con una distancia de uno

punto dieciséis metros: Tramo Dieciocho: sesenta grados treinta y siete

minutos treinta y tres segundos Oeste, con una distancia de uno punto

noventa y dos metros; Tramo Diecinueve: ochenta y dos grados cuarenta

y nueve minutos cincuenta segundos Oeste, con una distancia de uno

punto sesenta metros; Tramo Veinte: sesenta y siete grados treinta y siete

minutos doce segundos Oeste, con una distancia de tres punto treinta

y un metros; Tramo Veintiuno: cincuenta y seis grados cincuenta y dos

minutos treinta y ocho segundos Oeste, con una distancia de tres punto

sesenta y cuatro metros; Tramo veintidós: cuarenta y seis grados treinta

y dos minutos dieciséis segundos Oeste, con una distancia de dos punto

once metros; Tramo Veintitrés: catorce grados cuarenta y ocho minu-

tos cuarenta y ocho segundos Oeste, con una distancia de cinco punto

cero y un metros; Tramo Veinticuatro: diecisiete grados once minutos

cero cuatro segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto sesenta

y cuatro metros; Tramo Veinticinco: cuarenta y un grados cuarenta y

nueve minutos trece segundos Oeste, con una distancia de tres punto

cero seis metros; Tramo Veintiséis: cuarenta y ocho grados treinta y

cinco minutos cincuenta y ocho segundos Oeste, con una distancia de

seis punto cincuenta y tres metros; Tramo veintisiete: cuarenta grados

cincuenta y nueve minutos cincuenta y un segundos Oeste, con una

distancia de tres punto veintitrés metros; Tramo Veintiocho: cuarenta y

cinco grados veinte minutos cincuenta y siete segundos Este, con una

distancia de once punto cuarenta y ocho metros; y Tramo Veintinueve:

sesenta y dos grados cuarenta y cinco minutos cero seis segundos Este,

con una distancia de once punto veinticinco metros, llegando al tramo

uno donde se inició la presenta descripción. El inmueble antes descrito

lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, no se encuentra en proindivisión con otra

persona, no es dominante, ni sirviente y no tiene cargas reales que deban

respetarse.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María,

departamento de Chalatenango, a los veintiocho días del mes de mayo

del año dos mil ocho. LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. JOSE NOE ZUNIGA FUENTES,

SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F012721-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

AVISO DE INSCRIPCION

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos

16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero

de su Reglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto

Salvadoreño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: Que la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE APRO-

VISIONAMIENTO, AHORRO, CRÉDITO Y COMERCIALIZACIÓN

DE PRODUCTORES Y PROVEEDORES DE LECHE DE LACTOSA

DE C.V., DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia “ACO-

PROLAC, de R.L.”, con domicilio legal en Antiguo Cuscatlán, Depar-

tamento de La Libertad, ha sido INSCRITA en el Registro Nacional de

Asociaciones Cooperativas bajo el número QUINCE, folios doscientos

dieciocho frente a folios doscientos treinta frente del Libro DÉCIMO

CUARTO de Registro e Inscripción de Asociaciones Cooperativas de

APROVISIONAMIENTO, que lleva el Registro Nacional de Asociacio-

nes Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO

COOPERATIVO, el nueve de enero de dos mil ocho.

San Salvador, 09 de enero de 2008.

MISAEL EDGARDO DIAZ,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

COOPERATIVAS.

1 v. No. F012653

JUICIOS DE AUSENCIA

JULIO EDUARDO SÁNCHEZ LARREYNAGA, Notario del domi-

cilio de San Miguel, Departamento de San Miguel, AL PUBLICO EN

GENERAL:

HACE SABER: Que a su ofi cina de Notario, situada en la Décima

Calle Oriente, Número treinta y tres guión A, Colonia Río Grande, de la

Ciudad y Departamento de San Miguel, se ha presentado el día veinti-

cuatro de Marzo del corriente año, la Licenciada HALDYS CRISTINA

ASUNCIÓN GODINEZ VIDES, como Apoderada General Judicial de

Banco Procredit, Sociedad Anónima; Institución Bancaria, del domici-

lio de San Salvador, MANIFESTANDO que la señora SANTOS DEL

CARMEN ORTIZ RAMÍREZ, quien es mayor de edad, Comerciante,

antes del domicilio de Izalco, Departamento de Sonsonate, habiendo sido

éste su último domicilio, hoy de paradero ignorado, se ha AUSENTADO

de su domicilio, sin que se sepa de su paradero actual, ignorándose

además si ha dejado Procurador o Representante Legal en el País, para

que intervenga en el Juicio Ejecutivo Mercantil que se promoverá en

su contra. En consecuencia, prevengo que si la referida ausente, señora

Santos del Carmen Ortiz Ramírez, de generales antes expresadas, tuviere

Procurador, Apoderado o Representante Legal en el país, se presente a

mi ofi cina de notario, a legitimar su personería, dentro de los QUINCE

DIAS SIGUIENTES a la tercera publicación de este AVISO que se hace

del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina del notario situada en la Décima Calle Orien-

te, Número treinta y tres guión A, Colonia Río Grande, de la Ciudad y

Departamento de San Miguel, a los veintiocho días del mes de Marzo

de dos mil ocho.

Lic. JULIO EDUARDO SANCHEZ LARREYNAGA,

NOTARIO.

1 v. No. C020943

CARMEN SUZANA GRANADA DURAN, Notario, de este domicilio,

con ofi cina situada en Avenida España y Trece Calle Oriente, Condominio

Metro España, Edifi cio G, local TRES-B, de esta ciudad, al público

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado

OSCAR JAVIER PORTILLO, de cincuenta y dos años de edad, abogado

y notario, de este domicilio, actuando en su calidad de Apoderado Ge-

neral Judicial del Fondo Social para la Vivienda, institución de crédito,

autónoma, de este domicilio, solicitando que en cumplimiento a los

artículos ciento cuarenta y uno del Código de Procedimientos Civiles,

y once y veinticinco de la Ley del Ejericio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria y de Otras Diligencias, se DECLARE AUSENTE a la señora

LUCIDIA DE LA PAZ VILLATORO, conocida por LUCIDIA DE LA

PAZ VILLATORO GUTIERREZ, a fi n de que se le nombre Curador Es-

pecial para que la represente en la continuación del Juicio Civil Ejecutivo

que como apoderado del Fondo Social para la Vivienda promueve en su

contra en el Juzgado Segundo de lo Civil de San Salvador, referencia

CIENTO SETENTA Y SEIS-EC-DOS MIL SEIS.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veinticuatro días de

septiembre del dos mil siete.

Lic. CARMEN SUZANA GRANADA DURAN,

NOTARIO.

1 v. No. C020967

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que en este Juzgado se ha presentado la Licenciada

DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, en su calidad de Apode-

rado General Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALE-

CIMIENTO FINANCIERO, MANIFESTANDO: Que se ha entablado

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Juicio Ejecutivo Mercantil contra el señor JAIME JESUS FERNANDEZ

COLINDRES, mayor de edad, Carpintero, actualmente de domicilio

ignorado, pero se ignora si dicho señor ha dejado Procurador o Repre-

sentante Legal. Se previene que si dicho señor ha dejado representante

legal o procurador, se presente a este Tribunal dentro del término de Ley

a comprobar dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a las doce horas

y treinta y cinco minutos del día siete de mayo del año dos mil ocho.

Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE

LO CIVIL DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F012746

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada DINORA

ALICIA LARIOS LANDAVERDE, como Apoderada General Judicial de

BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

QUE SE ABREVIA BANCO CUSCATLAN S.A., promoviendo DILI-

GENCIAS DE AUSENCIA en contra de la señora FLOR DE MARIA

RAMIREZ, mayor de edad, de ofi cios domésticos, siendo su último

domicilio esta ciudad y actualmente de domicilio ignorado, se ignora si

dicha señora ha dejado representante legal o Procurador en la República,

y si se encuentra residiendo fuera del País. Se previene que si dicha señora

ha dejado Representante legal o Procurador, se presente a este Tribunal

dentro del término de Ley a comprobar dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a las catorce horas

y diez minutos del día veinticinco de Abril del año dos mil ocho. Licda.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO

CIVIL DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

1 v. No. F012748

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1994003163

No. de Presentación: 20080105227

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ROMEO AGUILAR CUESTAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MAIZ

INDUSTRIALIZADO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONI-

MA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00119 del Libro 00069 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra MINSA; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los tres días del mes de junio del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020952-1

No. de Expediente: 1994003162

No. de Presentación: 20080110100

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ROMEO AGUILAR CUESTAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MAIZ

INDUSTRIALIZADO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONI-

MA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00072 del Libro 00078 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra minsa escrita en letras de molde

minúsculas, arriba de la cual se encuentran dos líneas horizontales que

sirven de base al diseño de una mazorca de maíz estilizada, con hojas

en los costados; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los seis días del mes de junio del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020953-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 1994003165

No. de Presentación: 20080105228

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

ROMEO AGUILAR CUESTAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de MAIZ

INDUSTRIALIZADO DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONI-

MA, del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00031 del Libro 00069 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra MINSA; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los tres días del mes de junio del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020954-1

No. de Expediente: 1994000337

No. de Presentación: 20070099752

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SONIA

CASTANEDA DE SALAVERRIA, mayor de edad, OFICIOS DEL HO-

GAR, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, actuando como REPRESENTANTE LEGAL de HIMALAYA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

HIMALAYA, S.A. DE C.V., del domicilio de Ciudad de Ahuachapán,

Departamento de Ahuachapán, de nacionalidad SALVADOREÑA, so-

licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00111 del Libro

00060 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en una fi gura que

simula un triángulo y en su interior la expresión Himalaya, escrita en

letras corrientes; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s)

Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C021069-1

No. de Expediente: 1967015526

No. de Presentación: 20070101070

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de BURNS PHILP FOOD INC., del domicilio de 222

Sutter Street, San Francisco California 94108, Estados Unidos de Amé-

rica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 15526 del Libro 00038 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en el dibujo de una botella alargada cuyo asiento

es ligeramente redondeado, más ancha en su parte inferior, terminando

en su parte superior con un aditamento angosto que permite una salida

paulatina del contenido de la botella; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los seis días del mes de febrero del año dos mil ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012543-1

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 1996003354

No. de Presentación: 20070100503

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de THE WEATHER CHANNEL LATIN AMERICA,

LLC, del domicilio de 2600 Cumberland Parkway, Atlanta, Georgia

30339, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-

SE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00496 del

Libro 00058 de ASIENTOS DE PRESENTACION, consistente en LA

ETIQUETA A DOBLE LINEA QUE CONTIENE LAS PALABRAS THE

WEATHER CHANNEL EN LETRAS DE BLOQUE, UNA ARRIBA DE

LA OTRA EN ORDEN RESPECTIVO; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los treinta y uno días del mes de enero del año dos mil

ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012544-1

No. de Expediente: 1996003351

No. de Presentación: 20070100493

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de THE WEATHER CHANNEL LATIN AMERICA,

LLC, del domicilio de 2600 Cumberland Parkway, Atlanta, Georgia 30339,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-

licitando RENOVACION, para la inscripción Número 00103 del Libro

00063 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la etiqueta a

doble línea que contiene las palabras THE WEATHER CHANNEL en

letras de bloque, una arriba de la otra en orden respectivo; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 38 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos

mil ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012545-1

No. de Expediente: 1996003352

No. de Presentación: 20080106780

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de THE WEATHER CHANNEL LATIN AMERICA,

LLC, del domicilio de 2600 CUMBERLAND PARKWAY, ATLANTA,

GEORGIA 30339, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00172 del Libro 00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en LA ETIQUETA A DOBLE LINEA QUE CONTIENE LAS

PALABRAS THE WEATHER CHANNEL EN LETRAS DE BLOQUE,

UNA ARRIBA DE LA OTRA EN ORDEN RESPECTIVO; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los once días del mes de abril del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012547-1

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Page 62: Diario 12 de Junio- 2008 · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008. 5 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 471.- San Salvador, 22 de mayo del 2008. EL

62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 1986000905

No. de Presentación: 20080108283

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domici-

lio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION,

del domicilio de ONE FRANKLIN PLAZA, PHILADELPHIA, PEN-

NSYLVANIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00053 del Libro 00117 de REGISTRO DE MARCAS, con-

sistente en la expresión “BECE”, escrita en letra corriente; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los seis días del mes de mayo del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012548-1

No. de Expediente: 1986000903

No. de Presentación: 20080108282

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domici-

lio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de SMITHKLINE BEECHAM CORPORATION,

del domicilio de ONE FRANKLIN PLAZA, PHILADELPHIA, PEN-

NSYLVANIA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00042 del Libro 00117 de REGISTRO DE MARCAS, con-

sistente en la palabra “ILFEN”, escrita en letra corriente; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los seis días del mes de mayo del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012549-1

No. de Expediente: 1997006177

No. de Presentación: 20080108281

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Kimberly-Clark Worldwide, Inc., del domicilio de

Neenah, Wisconsin, 54956, Estados Unidos de América, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00022 del Libro 00078 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en la palabra “AMIGA”, escrita en letras mayúsculas de molde;

sin diseño especial alguno; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012551-1

DIARIO

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 1968016128

No. de Presentación: 20080108280

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de PARKE, DAVIS & COMPANY LLC., del domicilio

de 201 Tabor Road, Morris Plains, New Jersey, Estados Unidos de Amé-

rica, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 16128 del Libro 00039 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra “CHLOROMYCETIN”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de abril del año dos

mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012553-1

No. de Expediente: 1977001160

No. de Presentación: 20080108273

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de THE GOODYEAR TIRE & RUBBER COMPANY,

del domicilio de 1144 EAST MARKET STREET, CONDADO, DE

SUMMIT, ESTADO DE OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la

inscripción Número 00233 del Libro 00071 de REGISTRO DE MARCAS,

consistente en la palabra “ARRIVA”; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintiocho días del mes de abril del año dos

mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012554-1

No. de Expediente: 1997002893

No. de Presentación: 20080108278

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de JANEL, S.A. DE C.V., del domicilio de Ca-

lle Soja # 85, Colonia Esmeralda, Delegación Iztapalapa, Ciudad de

México, Distrito Federal Estados Unidos Mexicanos, de nacionalidad

MEXICANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00091 del Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

la palabra “CELOSA”; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012555-1

DIARIO

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 1997002892

No. de Presentación: 20080108279

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de JANEL, S.A. DE C.V., del domicilio de Calle Soja

# 85, Colonia Esmeralda, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México,

Distrito Federal, Estados Unidos Mexicanos, de nacionalidad MEXICA-

NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00090 del

Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

“CELOMAGICO”; que ampara productos/servicios comprendidos en

la(s) Clase 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012556-1

No. de Expediente: 1994004083

No. de Presentación: 20080108271

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de JOSE CUERVO, S.A. DE C.V., del domicilio

de GUILLERMO GONZALEZ GAMARENA No. 800, ZEDEC SANTA

FE, DELEGACION A. OBREGON, MEXICO, D.F., MEXICO, C.P.

01230, de nacionalidad MEXICANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00206 del Libro 00076 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra OSO NEGRO; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 33 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los siete días del mes de mayo del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012557-1

No. de Expediente: 1996006064

No. de Presentación: 20070097421

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de HOECHST AKTIENGESELLSCHAFT, del

domicilio de 6230 Frankfurt Am Main, 80 Alemania, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00076 del Libro 00062 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra GINO-LOPROX, formando el guión parte de la marca;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de abril del año dos

mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012558-1

DIARIO

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 1981000315

No. de Presentación: 20030034866

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de SANOFI-SYNTHELABO, del domicilio de

174, AVENUE DE FRANCE, 75013, PARIS, FRANCIA, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00216 del Libro 00098 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra “NAUTAMINE”; que ampara productos comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los nueve días del mes de enero del año dos mil siete.

LIC. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012561-1

No. de Expediente: 1977001112

No. de Presentación: 20080108272

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de THE GOODYEAR TIRE & RUBBER COMPANY,

del domicilio de 1144 EAST MARKET STREET, CONDADO, DE

SUMMIT, ESTADO DE OHIO, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00056 del Libro 00072 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra TIEMPO; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil

ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012562-1

No. de Expediente: 1997000533

No. de Presentación: 20080106799

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de Colgate-Palmolive Company, del domicilio

de NEW YORK, NEW YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de

nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00059 del Libro 00071 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la expresión “COLGATE TOTAL”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los diez días del mes de abril del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012564-1

DIARIO

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 1997005076

No. de Presentación: 20080106795

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domici-

lio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de COMPTOIR NOUVEAU DE LA PARFUME-

RIE, del domicilio de 23, RUE BOISSY D’ANGLAS 75008 PARIS,

FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00147 del Libro 00071 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra “CALECHE”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil

ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012566-1

No. de Expediente: 1982000314

No. de Presentación: 20050070523

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de Geoffrey Beene, Inc., del domicilio de New York, New

York, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-SE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00142 del Libro 00110 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las palabras “GEOFFREY BEENE”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012568-1

No. de Expediente: 1967016167

No. de Presentación: 20080105336

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Hoechst GmbH, del domicilio de 6230 Frankfurt/Main 80, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 16167 del Libro 00039 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra HOSTAPERM; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 02 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil ocho.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012569-1

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 1977000621

No. de Presentación: 20080108277

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de KAO KABUSHIKI KAISHA, del domicilio de 14-10, Nihonbashi, Kayabacho 1-chome, Chuo-ku, Tokio 103, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la ins-cripción Número 00037 del Libro 00072 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en un envase de color verde claro, con tapadera en otro tono de verde, también claro, estando sobre aquel la palabra “DRYAD”, en letras blancas, y abajo el dibujo de unas fl ores en blanco y amarillo. El envase se amplía en la parte inferior, estrechándose nuevamente en su base circular. La tapadera es cilíndrica y con estrías; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012571-1

No. de Expediente: 1985000435

No. de Presentación: 20080108274

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de KAO KABUSHIKI KAISHA también comercian-do como KAO CORPORATION, del domicilio de 14-10 Nihonbashi Kayabacho, 1-Chome, Chuo-Ku, Tokio 103, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00101 del Libro 00115 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra CUREL; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012575-1

No. de Expediente: 1997001909

No. de Presentación: 20080106797

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GENERAL MOTORS CORPORATION, del domicilio de West Grand Boulevard and Cass Avenue, Detroit, Estado de Michigan 48202, Estados Unidos de América, de nacionalidad ES-TADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00227 del Libro 00072 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión ACDelco, con la particularidad de que la letra A y D presentan, en su parte izquierda un leve corte triangular, además de que las primeras 3 letras de la expresión son mayúsculas y el resto de las letras son minúsculas. Subraya la expresión una línea que de derecha a izquierda se vuelve ligeramente más ancha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los quince días del mes de abril del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012580-1

DIARIO

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 1997001915

No. de Presentación: 20080108270

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de GENERAL MOTORS CORPORATION, del domici-lio de WEST GRAND BOULEVARD AND CASS AVENUE, DETROIT, ESTADO DE MICHIGAN 48202, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00134 del Libro 00076 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión “ACDelco”, con la particularidad de que la letra “A” y “D” presentan, en su parte superior izquierda un leve corte triangular, además de que las primeras 3 letras de la expresión son mayúsculas y el resto de las letras son minúsculas. Subraya la expresión una línea que de derecha a izquierda se vuelve ligeramente más ancha; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Pro-piedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los seis días del mes de mayo del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012584-1

No. de Expediente: 1997003925

No. de Presentación: 20080104429

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZAN-NE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTA-MENTO DE LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionali-dad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00093 del Li-bro 00078 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra AQUAMAR, escrita en letras de molde mayúsculas y negras; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) clase 05 de la clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los primeros días del mes de febrero del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012681-1

No. de Expediente: 1993001375

No. de Presentación: 20080104427

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00244 del Li-bro 00081 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “CAPOTRYL”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los primero días del mes de febrero del año dos mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012682-1

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 1977000688

No. de Presentación: 20080104428

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL, S. A. DE C. V., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00132 del Libro 00075 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DOPARSAL”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil ocho.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012683-1

No. de Expediente: 1967015921

No. de Presentación: 20080104420

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, mayor de edad, ABOGADO Y NO-TARIO, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD Y DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADO-REÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS ARSAL, S. A. DE C. V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Núme-ro 15921 del Libro 00039 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “VAGINEX”; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los trece días del mes de febrero del año dos mil ocho.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012684-1

No. de Expediente: 1997005667

No. de Presentación: 20080106670

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de FUJI JUKOGYO KABUSHIKI KAISHA, del domicilio de 7-2, NISHISHINJUKU, 1-CHOME, SHIN-JUKU-KU, TOKIO JAPON, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00231 del Libro 00077 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en un óvalo de doble líneas paralelas, dentro del óvalo se encuentra la palabra distintiva ROBIN en letras de molde de color negro, en donde la letra R se encuentra escrita en letra mayúscula y se prolonga en una raya horizontal debajo de las demás letras, las cuales están escritas en minúsculas. Encima de dicha palabra ROBIN y cortando la parte superior del óvalo se encuentra la fi gura de un pájaro negro en vuelo dirigiéndose hacia la izquierda; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la Cla-sifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012759-1

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

MARCAS DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2005053929

No. de Presentación: 20050071609

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS GUTIS, SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia: PRO-DUCTOS GUTIS, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

MELOXIFEN

Consistente en: la palabra MELOXIFEN.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil cinco.

JOSÉ ÁNGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JULIO FRANCISCO MORENO MIRANDA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020944-1

No. de Expediente: 2007069614

No. de Presentación: 20070097957

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS GUTIS, SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia: PRO-DUCTOS GUTIS, S.A., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra FEMGYL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIAL-MENTE PRODUCTOS PARA TRASTORNOS ASOCIADOS A LA MENOPAUSIA.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020945/C020950-1

No. de Expediente: 2007064181

No. de Presentación: 20070088548

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA LAS PEÑAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: la palabra MARELLA, que servirá para: AMPA-RAR: VESTIDOS, CALZADOS, SOMBRERERIA.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020946-1

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 2008073842

No. de presentación: 20080104909

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MERCEDES

DEL ROSARIO MOLINA ELÍAS DE HERNÁNDEZ, de nacionalidad

SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en la palabra BORBÓNCITOS, y diseño, que servirá

para AMPARAR: CONFITES.

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020947-1

No. de Expediente: 2005049687

No. de Presentación: 20050065407

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VANESSA

BEATRIZ GRANADOS CONTRERAS, en su calidad de APODERADO

de RESTAURANTES SARITA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de naciona-

lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO.

SARITA

Consistente en: la palabra SARITA.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil

cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, once de abril del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020959-1

No. de Expediente: 2007067374

No. de Presentación: 20070094139

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VANESSA

BEATRIZ GRANADOS CONTRERAS, en su calidad de APODERADO

de ENEL S.A.P., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: las palabras Enel LA ENERGÍA QUE TE

ESCUCHA y diseño, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E

INSTRUMENTO CIENTÍFICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FO-

TOGRÁFICOS, CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAR, DE

MEDIDA, DE SEÑALIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS PARA

LA CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACU-

MULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD;

APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISIÓN, REPRODUC-

CIÓN DEL SONIDO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO

MAGNÉTICOS, DISCOS ACÚSTICOS; DISTRIBUIDORES AU-

TOMÁTICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO

PAGO, CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS,

EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Y OR-

DENADORES; EXTINTORES.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año

dos mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020960-1

No. de Expediente: 2007067372

No. de Presentación: 20070094137

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VANESSA

BEATRIZ GRANADOS CONTRERAS, en su calidad de APODERADO

de ENEL S.A.P., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: las palabras Enel LA ENERGÍA QUE TE

ESCUCHA y diseño, que servirá para: AMPARAR: APARATOS

DE ALUMBRADO, DE CALEFACCIÓN, DE PRODUCCIÓN DE

VAPOR, DE COCCIÓN, DE REFRIGERACIÓN, DE SECADO, DE

VENTILACIÓN, DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA E INSTALACIONES

SANITARIAS.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año

dos mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020963-1

No. de Expediente: 2008075640

No. de Presentación: 20080107979

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-

TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

Consistente en: las palabras “Palmolive Optims 2 en 1 Hydra Zinc” y

diseño, la palabra “optims” se traduce al idioma castellano como “óptimo”,

que servirá para: AMPARAR PREPARACIONES PARA BLANQUEAR

Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR (PREPA-

RACIONES ABRASIVAS); JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES

ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO;

DENTÍFRICOS.

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSÉ VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012591-1

No. de Expediente: 2008075941

No. de Presentación: 20080108559

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-

TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO.

Consistente en: la expresión: Fab Naturals Manzanilla y diseño,

la palabra Naturals se traduce al castellano como: “natural”, que ser-

virá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y

OTRAS SUSTANCIAS PARA USO DE LAVANDERÍA; PREPARA-

CIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y ABRASIVAS;

DETERGENTES.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de abril del año dos mil ocho.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

JOSÉ FIDEL MELARA MORÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012595-1

No. de Expediente: 2006062047

No. de Presentación: 20060084364

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GUILLERMO

ANTONIO SCHLESINGER, en su calidad de APODERADO de INDUS-

TRIA PROCESADORA DE LÁCTEOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA.

ZUMO MAX

Consistente en: las palabras ZUMO MAX, sobre dichas palabras

individualmente no se le concede exclusividad, que servirá para: AM-

PARAR: JUGO DE NARANJA CON BASE NATURAL.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos

mil seis.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de enero del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012596-1

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 2008074614

No. de Presentación: 20080106353

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERADO

de PIZZA HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO.

Consistente en: las palabras DIP ‘N’ Wings y diseño, donde la

palabra DiP se traduce al castellano como “inmersión” y la palabra

Wings se traduce como “alas”, que servirá para: AMPARAR: CARNE,

PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y

LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI-

DAS; JALEAS, MERMELADAS, COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y

PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de mayo del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012606-1

No. de Expediente: 2008074945

No. de Presentación: 20080106880

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERÓN, en su calidad de APODERADO

de PIZZA HUT INTERNATIONAL, LLC, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO.

Consistente en: un diseño que se identifi ca como RED ROOF 2008

traducido como techo rojo, que servirá para: AMPARAR: CARNE,

PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y

LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI-

DAS; QUESOS; ENSALADAS, ACEITES COMESTIBLES; HUEVOS,

LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; INGREDIENTES DE CARNE,

INGREDIENTES DE POLLO, INGREDIENTES DE QUESO, INGRE-

DIENTES DE FRUTAS E INGREDIENTES DE VEGETALES PARA

PIZZA.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012607-1

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 2008075939

No. de Presentación: 20080108555

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SMITHKLINE

BEECHAM p.l.c., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Un diseño que se identifi cará como Diseño de trián-

gulo (blanco y negro), que servirá para: AMPARAR: ANALGESICOS,

ANTIPIRETICO Y ANTIINFLAMATORIO.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012610-1

No. de Expediente: 2008074132

No. de Presentación: 20080105521

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de NIPPON SODA

CO., LTD, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

RESCATE

Consistente en: La palabra RESCATE, que servirá para: AMPA-

RAR: FUNGICIDAS PARA USO AGRICOLA Y HORTICOLA; IN-

SECTICIDAS PARA USO AGRICOLA Y HORTICOLA; ACARICIDE

(QUIMICO PARA MATAR ACAROS) PARA USO AGRICOLA Y

HORTICOLA; HERBICIDAS PARA USO AGRICOLA Y HORTICOLA;

INSECTICIDAS PARA EL CONTROL DE TERMITAS; PREPARA-

CIONES PARA DESTRUIR BICHOS.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012612-1

No. de Expediente: 2008076173

No. de Presentación: 20080108945

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GE-

NERAL MOTORS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

CRUZE

Consistente en: La palabra CRUZE, que servirá para: AMPARAR:

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

VEHICULOS TERRESTRES DE MOTOR, TALES COMO AUTOMO-

VILES, VEHICULOS PARA UTILERIA DEPORTIVA, CAMIONES

Y CAMIONETAS, MOTORES PARA ESTOS Y PARTES ESTRUC-

TURALES DE ESTOS.

La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA.

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012617-1

No. de Expediente: 2008074951

No. de Presentación: 20080106886

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SER-

VICIOS DE ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: SERVICIOS DE ALIMENTOS, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BIG WRAPS

Consistente en: La expresión BIG WRAPS que se traduce al cas-

tellano como GRANDE ENVOLTURA, que servirá para: AMPARAR:

CAFÉ, TE, CACAO, AZÚCAR; ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCE-

DÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS

DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS

COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA,

POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS

(CONDIMENTOS); ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012622-1

No. de Expediente: 2008075835

No. de Presentación: 20080108323

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-

TE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

DR. MUELITAS

Consistente en: Las palabras DR. MUELITAS, que servirá para:

DIARIO

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

AMPARAR PASTA DE DIENTES, GEL DENTAL, RINSE DENTAL,

ESPUMA DENTAL, GEL PARA BLANQUEAR LOS DIENTES, PAS-

TA PARA BLANQUEAR LOS DIENTES, REFRESCADORES DEL

ALIENTO Y ENJUAGUES BUCALES.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSÉ VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012623-1

No. de Expediente: 2008075940

No. de Presentación: 20080108558

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

STING

Consistente en: La expresión: STING, la cual se traduce al castellano

como: “picar”, que servirá para: AMPARAR: AGUAS MINERALES Y

AGUAS GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS SIN ALCOHOL; BEBIDAS

DE FRUTAS Y JUGOS DE FRUTAS; JARABES, CONCENTRADOS

Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS; BEBIDAS

ENERGETICAS; BEBIDAS PARA DEPORTE Y BEBIDAS ISOTO-

NICAS.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de abril del año dos mil ocho.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

JOSÉ FIDEL MELARA MORÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012630-1

No. de Expediente: 2008075643

No. de Presentación: 20080107982

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Colgate-

Palmolive Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La frase PALMOLIVE OPTIMS OXIGEN

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

COMFORT O2-OXY-ZINC (DISEÑO COLOR), que se traduce al

castellano como OPTIMO OXIGENO COMODIDAD O2 OXI ZINC,

que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR

Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR (PREPA-

RACIONES ABRASIVAS); JABONES; PERFUMERIA, ACEITES

ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO;

DENTIFRICOS.

La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de abril del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012631-1

No. de Expediente: 2008075834

No. de Presentación: 20080108322

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La expresión OM y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS

NO ALCOHÓLICAS, BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS, SIROPES

Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012635-1

No. de Expediente: 2008075674

No. de Presentación: 20080108033

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Kimberly-Clark

Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Un diseño de fl or, que servirá para: AMPARAR

ALMOHADILLAS Y PROTECTORES PARA LA INCONTINENCIA

FEMENINA; PAÑOS MEDICADOS; CREMAS, LOCIONES Y GELS

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

MEDICADOS; LAVADOS FEMENINOS USADOS PARA EL BALAN-

CE DEL NIVEL DE PH DE LA VAGINA, PARA MUJERES EN LA

MENOPAUSIA, PARA AMINORAR EL OLOR, LA RESEQUEDAD

Y EL ESCOZOR.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSÉ VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012638-1

No. de Expediente: 2008075787

No. de Presentación: 20080108225

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Kimberly-Clark

Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Un diseño identifi cado como Diseño de cuadro con

fi guras de remolino (color), que servirá para: AMPARAR: ALMOHADI-

LLAS ABSORBENTES, PROTECTORES ABSORBENTES Y ROPA

INTERIOR ABSORBENTE, TODOS PARA PROPOSITOS PARA LA

INCONTINENCIA.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012641-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 2003036091

No. de Presentación: 20030043755

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIÉTÉ DES

PRODUITS NESTLÉ S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PASSATEMPO

Consistente en: La palabra PASSATEMPO.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012645-1

No. de Expediente: 2008075670

No. de Presentación: 20080108029

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de THE

GOODYEAR TIRE & RUBBER COMPANY, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

AMERICAN EAGLE 2

Consistente en: La expresión AMERICAN EAGLE 2, traducido al

castellano como AGUILA AMERICANA 2, que servirá para: AMPARAR:

LLANTAS.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012658-1

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 2008073790

No. de Presentación: 20080104839

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Sava

Tires d.o.o., de nacionalidad ESLOVENIA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ESPRIT

Consistente en: la palabra ESPRIT, traducida al castellano como

espíritu, que servirá para: AMPARAR: LLANTAS.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de abril del año dos mil ocho.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012660-1

No. de Expediente: 2008075788

No. de Presentación: 20080108226

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIÉTÉ DES

PRODUITS NESTLÉ S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CROISSANT POCKETS

Consistente en: las palabras CROISSANT POCKETS, que se

traducen al castellano como “creciente bolsillos”, que servirá para:

AMPARAR: PLATILLOS LISTOS PARA PREPARAR Y ALIMEN-

TOS PRECOCIDOS Y LISTOS PARA COMER CON RELLENO DE

FRUTA, CARNE Y/O VEGETALES; VEGETALES, PAPAS, HONGOS

Y FRUTAS EN CONSERVA, SECOS Y/O COCIDOS; CARNE, AVES,

CAZA, PESCADO Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS PROVENIEN-

TES DEL MAR, T TODOS ESTOS PRODUCTOS TAMBIÉN EN

FORMA DE EXTRACTOS, DE SOPAS, DE PASTA PARA UNTAR

Y/O CONSERVAS; MERMELADAS, HUEVOS; PREPARACIONES

HECHAS A PARTIR DE LECHE, SUBSTITUTOS DE LECHE, SAL-

CHICHAS; EMBUTIDOS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil ocho.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012665-1

No. de Expediente: 2008075676

No. de Presentación: 20080108035

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIETE DES

PRODUITS NESTLE S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SAZÓN Y AMOR

Consistente en: las palabras SAZÓN Y AMOR, que servirá para:

AMPARAR LEGUMBRES Y PATATAS, FRUTAS Y SETAS EN CON-

SERVA, CONGELADAS, SECAS O COCIDAS, CARNE, AVES DE

CORRAL, CAZA, PESCADO Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS PRO-

VENIENTES DEL MAR, TODOS ESTOS PRODUCTOS TAMBIÉN

BAJO LA FORMA DE EXTRACTOS, DE SOPAS, DE GELATINAS, DE

PASTAS PARA UNTAR, DE CONSERVAS, DE PLATOS COCINADOS,

CONGELADOS O DESHIDRATADOS; CONFITURAS; HUEVOS,

LECHE, CREMA DE LECHE, MANTEQUILLA, QUESO, Y OTRAS

PREPARACIONES HECHAS A PARTIR DE LECHE, SUBSTITUTOS

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

DE LECHE; BEBIDAS A BASE DE LECHE; SUCEDANEOS DE ALI-

MENTOS LÁCTEOS; POSTRES HECHOS A PARTIR DE LECHE O DE

CREMA DE LECHE; YOGHURTS, LECHE DE SOYA (SUCEDÁNEOS

DE LA LECHE), OTRAS PREPARACIONES A PARTIR DE SOYA;

ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; PREPARACIONES PROTEÍ-

NICAS PARA LA ALIMENTACIÓN; SUBSTITUTOS DE CREMA

PARA EL CAFÉ Y/O EL TÉ; PRODUCTOS DE SALCHICHONERÍA,

MANTEQUILLA DE MANÍ, SOPAS, CONCENTRADOS DE SOPAS,

CALDOS, CUBITOS PARA HACER CALDOS, CONSOMÉS.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSE VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012666-1

No. de Expediente: 2008075937

No. de Presentacion: 20080108552

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIÉTÉ DES

PRODUITS NESTLÉ S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PON TU CORAZÓN EN LA MESA

Consistente en: las palabras PON TU CORAZÓN EN LA MESA,

que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, EXTRACTOS DE CAFÉ, PRE-

PARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFÉ; CAFÉ

HELADO; SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, EXTRACTOS DE SUBS-

TITUTOS DEL CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A

BASE DE SUBSTITUTOS DEL CAFÉ; CHICORIA; TÉ, EXTRACTOS

DE TÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE TÉ;

TÉ HELADO; PREPARACIONES HECHAS A BASE DÉ MALTA;

CACAO Y PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE

CACAO; CHOCOLATE, PRODUCTOS DE CHOCOLATERÍA, PRE-

PARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCOLATE;

CONFÍTERÍA, GOLOSINAS, CARAMELOS; AZÚCAR; GOMA

DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES; PRODUCTOS DE PANADERÍA, PAN, LEVADURA, ARTÍCULOS DE PASTELERÍA; BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS, BARQUILLOS, POSTRES, BUDINES; HELADOS COMESTIBLES, HELADOS COMESTI-BLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFÍTERÍA HELADA, TARTAS HELADAS, CREMAS HELADAS, POSTRES HELADOS, YOGHURTS HELADOS; PRODUCTOS PARA LA PREPARACIÓN DE HELADOS COMESTIBLES Y/O HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE AGUA Y/O SORBETES Y/O CONFÍTERÍA HELADA Y/O TARTAS HELADAS Y/O CREMAS HELADAS Y/O POSTRES HELADOS Y/O YOGHURTS HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS DE LA MIEL; CEREALES PARA EL DESAYUNO, HOJUELAS DE MAÍZ, BARRAS DE CEREAL, CEREALES LISTOS PARA COMER; PREPARACIONES DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTI-CIAS, TALLARINES; PRODUCTOS ALIMENTICIOS HECHOS A PARTIR DE ARROZ DE HARINA O DE CEREALES; TAMBIÉN BAJO LA FORMA DE PLATOS COCINADOS; PIZZAS; SAND-WICH; MEZCLAS DE PASTAS ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA PASTELES; SALSAS; SALSA DE SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS PARA AROMATIZAR, O SAZONAR LOS ALIMENTOS, ESPECIAS COMESTIBLES, CONDIMENTOS, SALSA PARA ENSALADA, MA-YONESA; MOSTAZA, VINAGRE.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012667-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2008076222

No. de Presentación: 20080109031

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA MARIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES ROBLE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES ROBLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Costa Real Marina

Consistente en: las palabras Costa Real Marina, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA AL DESARROLLO,

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

CONSTRUCCIÓN, VENTA Y ADMINISTRACIÓN DE COMPLEJOS

HABITACIONALES, COMERCIALES, DE OFICINA, RECREACIÓN,

ALOJAMIENTO TEMPORAL, ASÍ COMO SERVICIOS DE FUNCIO-

NAMIENTO DE PUERTOS Y MUELLES, REMOLQUE MARÍTIMO,

ALQUILER DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE, SERVICIOS DE

ESPARCIMIENTO, ENTRETENIMIENTO, DIVERSIÓN, RECREO,

ALIMENTACIÓN Y DE RESTAURANTES, SERVICIOS DE GESTIÓN

DE NEGOCIOS COMERCIALES Y ADMINISTRACIÓN COMER-

CIAL.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de mayo del año dos mil ocho.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012788-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2008073030

No. de Presentacion: 20080103021

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Kimberly-

Clark Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,

Consistente en: la expresión la salud está en tus manos Kimberly

Clark Professional en donde la palabra professional se traduce como

profesional, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS

CONSUMIDORES SOBRE SERVICIOS DE PUBLICIDAD.

La solicitud fue presentada el día tres de enero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012598-1

No. de Expediente: 2008075936

No. de Presentación: 20080108550

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MI-

GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de THE

QUAKER OATS COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

TU TAMBIEN PUEDES AYUDAR A SALVAR EL PLANETA

Consistente en: la expresión TU TAMBIEN PUEDES AYUDAR

A SALVAR EL PLANETA, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN

DEL PUBLICO CONSUMIDOR A LOS PRODUCTOS TALES COMO:

CEREALES LISTOS PARA COMER.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012627-1

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 2008075792

No. de Presentación: 20080108230

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COR-PORATIVO INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

COMPARTE TU ROLLO

Consistente en: la expresión: COMPARTE TU ROLLO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR A LOS PRODUCTOS QUE SU MANDANTE OFRECE TALES COMO: GALLETAS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil ocho.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012662-1

No. de Expediente: 2008075791

No. de Presentacion: 20080108229

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COR-PORATIVO INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

LAS GALLETAS CON MAS CHISPAS

Consistente en: la expresión: LAS GALLETAS CON MAS CHISPAS, que servirá para: ATRAER LA A TENCION DEL PUBLI-CO CONSUMIDOR A LOS PRODUCTOS QUE SU MANDANTE OFRECE TALES COMO: GALLETAS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de abril del año dos mil ocho.

Licda. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012663-1

No. de Expediente: 2008074808

No. de Presentación: 20080106672

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de ARABELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,

"ARABELA SOMOS TU Y YO"

Consistente en: la expresión ARABELA SOMOS TU Y YO, que servirá para: ATRAER, LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LOS PRODUCTOS QUE SON COMERCIALIZADOS, ELABORADOS, DISTRIBUIDOS Y/O FABRICADOS POR MI RE-PRESENTADA TALES COMO PRODUCTOS PARA EL CABELLO, MAQUILLAJE, COSMÉTICOS, COMPLEMENTOS Y SUPLEMEN-TOS ALIMENTICIOS, FRAGANCIAS.

La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012696-1

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002017007

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002017007- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROGELIO ESQUIVEL en su calidad de Representante legal de la sociedad COLE-GIOS TECLEÑOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD cuya escritura social está inscrita bajo el número 26 del libro 496 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-190286-001-0; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y once minutos del día veintisiete de febrero de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002017007 inscripción 204 y el asiento de Establecimiento No. 2002017007- 001 inscripción, ambos del libro 144 de Asientos de Matrí-cula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada COLEGIOS TECLEÑOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a EXPLOTACION DE CENTRO EDUCATIVO, con dirección en 8ª AVENIDA NORTE, N° 1-6 del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD cuyo activo asciende a CIENTO DIECISIE-TE MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO 93/100 DOLARES ($ 117,768.93) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado COLEGIO INMACULADA CONCEPCION ubicado en 8ª. AVENIDA NORTE, N° 1- 6 del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que se dedica a EXPLOTACION DE CENTRO EDUCATIVO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de mayo de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020939-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007058412

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058412- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO MAURICIO BLANDON CHACON, en su calidad de Representante legal de la sociedad ROBLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ROBLAN, S.A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 14 del libro 2206 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 0614-080207-103-3; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y cincuenta y seis minutos del día dieciséis de marzo de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058412 inscripción 134 y el asiento de Establecimiento No. 2007058412- 001, inscripción 135, ambos del Libro 141 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina ROBLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en BOULEVARD VENEZUELA N° 2034 del domicilio y departamento de SAN SALVA-DOR, cuyo activo asciende a CINCUENTA MIL 00/100 DOLARES ($ 50,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ROBLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en BOULEVARD VENEZUELA N° 2034 del domicilio y departamento de SAN SALVADOR y que se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIA-RIAS REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de marzo de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020966-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001035277

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035277- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS ARTURO ARAGON LAINEZ en su calidad de Representante legal de la Sociedad SALVAGRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SALVAGRO, S. A. DE C. V.; de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SOYAPANGO, SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 49 del libro 1537 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0617-300300-101-0; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y treinta y nueve minutos del día cuatro de abril de dos mil ocho., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001035277 inscripción 234 y el asiento de Establecimiento No. 2001035277- 001 inscripción 233, ambos del libro 180 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada SALVAGRO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE PRODUCTOS PARA USO AGROPECUARIO, con dirección en COLONIA GUADALUPE, PASAJE N°. 5, N°. 14, SOYAPANGO, SAN SALVADOR del domicilio de SOYAPANGO, cuyo activo asciende a

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUATRO 24/100 DOLARES

($31,404.24) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

SALVAGRO, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA GUADALUPE,

PASAJE N° 5, N° 14, SOYAPANGO, SAN SALVADOR y que se dedica

a VENTA DE PRODUCTOS PARA USO AGROPECUARIO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta de mayo de dos mil ocho.

LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F012642-1

ASIENTO DE EMPRESA 2005053809

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005053809- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO COTO

CALDERON en su calidad de Representante legal de la sociedad RE-

SER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede

abreviarse RESER, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social

está inscrita bajo el número 56 del libro 1993 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-150105-101-7; el cual ha presentado solicitud con la cual se otorgó

el asiento de Empresa No. 2005053809 inscripción 83 y el asiento de

Establecimiento No. 2005053809- 001, inscripción 84, ambos del Libro

110 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

se denomina RESER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, la cual se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO

CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en BOULEVARD

VENEZUELA, N° 411, COLONIA FERROCARRIL, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a $ 38,110.20 y que tiene el

establecimiento siguiente: 001-) denominado RESER, S. A. DE C. V.

ubicado en BOULEVARD VENEZUELA, N° 411, COLONIA FERRO-

CARRIL, y que se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS

NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de marzo de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F012644-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la CAJA DE CREDITO DE CANDELARIA DE LA FRONTERA Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, constituida conforme lo establecen los estatutos, en cumplimiento a la atribución que le confi ere el artículo quince de la Escritura de Constitución, convoca a los Representantes de Acciones y demás socios de la misma, para celebrar Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, a partir de las diez horas del día Cinco de Julio de dos mil ocho, en el local de la Caja de Crédito de Candelaria de la Frontera, siendo PRIMERA CONVOCATORIA, en caso de no integrarse el quórum legal correspondiente se establece SEGUNDA CONVOCATORIA para el día Doce de Julio de dos mil ocho a la misma hora y local señalado.

Dicha Junta se constituirá con las formalidades que establecen los Capítulos VI y VII, que contienen los artículos del 13 al 23 de la Escritura de Constitución y los artículos 224, 228, 229 y 243 de la sección “C” Capítulo VII, Título II del Libro Primero del Código de Comercio vigente para conocer y resolver sobre los puntos que contiene la agenda.

AGENDA:

1- Establecimiento del quórum de presencia.

2- Establecimiento del quórum Legal.

3- Distribución de Reservas Voluntarias en Acciones.

El quórum legal necesario para resolver los puntos de la agenda a tratar en la Junta General Extraordinaria de Accionistas, se integrará de conformidad al artículo doscientos cuarenta y dos y doscientos cuarenta y tres del Código de Comercio vigente.

Candelaria de la Frontera, a los Diez días del mes de Junio de dos mil ocho.

FRANCISCO SALVADOR AGUIRRE LINARES,

PRESIDENTE.

LORENA BEATRIZ DE LEON DE DELGADO,

DIRECTORA SECRETARIA.

CLARA LUZ BARRIENTOS DE RODRIGUEZ,

PRIMER DIRECTOR PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C021055-1

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

PARQUE RESIDENCIAL ALTAMIRA

El Infrascrito Administrador Único del Parque Residencial Altamira,

convoca a Junta General Ordinaria de Condóminos, para el día jueves,

10 de julio de 2008 a las Veinte horas, en la Casa Club, del Parque

Residencial Altamira, en primera convocatoria, y de no haber Quórum

sufi ciente, se realizará al día siguiente, siendo a la misma hora y en el

mismo lugar. El Quórum necesario para verifi car la sesión será de cuarenta

y tres Condóminos presentes o representados, verifi cado el Quórum, la

Agenda a tratar será la siguiente:

1) Informe fi nanciero del primero de enero al treinta y uno de

diciembre de dos mil siete.

2) Informe de fl ujos de efectivo del primero de enero al treinta

y uno de mayo de dos mil ocho.

3) Informe sobre el nuevo sistema de cobro de agua.

4) Informe de áreas de deterioro y establecimiento de cuota

extraordinaria para su reparación.

5) Elección de Administrador Único.

6) Varios.

A los condóminos que aún no se hayan registrado ante la admi-

nistración, favor hacerlo, pues de su registro depende su participación

y voto en la Asamblea General de Condóminos.

Se informa que a partir del diecinueve de junio estará abierta la

contabilidad a los condóminos que deseen revisarla.

San Salvador, nueve de junio de dos mil ocho.

Atentamente

Lic. FERNÁN CAMILO ALVAREZ CONSUEGRA,

ADMINISTRADOR UNICO,

PARQUE RESIDENCIAL ALTAMIRA.

3 v. alt. No. F012618-1

DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL SUR, S.A. DE C. V.

La Junta Directiva de la Sociedad DISTRIBUIDORA DE ELECTRICI-

DAD DEL SUR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

que se puede abreviar DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL

SUR, S.A. DE C. V., o, DEL SUR, S.A. DE C. V., del domicilio de la

ciudad de Nueva San Salvador, ahora denominada Santa Tecla, Departa-

mento de La Libertad, por medio del infrascrito Director Vicepresidente

de dicha Junta Directiva, en primera convocatoria, CONVOCA A TODOS

SUS ACCIONISTAS, para que concurran a la celebración de la Junta

General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, la cual se llevará a

cabo a las diecisiete horas del día nueve de julio de dos mil ocho, en el

Salón Ballroom del HOTEL HOLIDAY INN, situado en Urbanización

y Boulevard Santa Elena, Antiguo Cuscatlán.

La Agenda que se conocerá en dicha Junta General Ordinaria y

Extraordinaria de Accionistas, será la siguiente:

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO:

a. Establecimiento del quórum.

b. Transformación de acciones al régimen de anotaciones en

cuenta.

c. Financiamiento y garantías.

d. Nombramiento de Directores.

PUNTOS EXTRAORDINARIOS:

a. Modifi cación del Pacto Social con el objeto de incorporar el

régimen de anotaciones en cuenta.

b. Nombramiento de Ejecutor Especial.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten puntos

de carácter ordinario en primera convocatoria, será de la mitad más

una de todas las acciones que conforman el capital social, y para tomar

acuerdos válidamente se necesitará la mayoría de las acciones presentes

o representadas.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten pun-

tos de carácter extraordinario en primera convocatoria, será de las tres

cuartas partes de todas las acciones que conforman el capital social, y

para tomar acuerdos válidamente se necesitará igual proporción.

En caso de no haber quórum en la hora y fecha señaladas, se le

convoca por segunda vez para las diecisiete horas y treinta minutos del

día diez de julio del corriente año, en el lugar antes indicado.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten puntos

de carácter ordinario en segunda convocatoria, será de cualquiera que sea

el número de todas las acciones presentes o representadas, y para tomar

acuerdos válidamente se necesitará la mayoría de los votos presentes o

representados.

El quórum necesario para celebrar sesión en la que se traten puntos

de carácter extraordinario en la segunda fecha de la convocatoria, será

de la mitad más una de las acciones que componen el capital social. El

número de votos necesario para formar resolución en este caso, serán las

tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas.

Santa Tecla, seis de junio de dos mil ocho.

ROBERTO FIGUEROA LARRAONDO,

DIRECTOR VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F012722-1

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

SUBASTA PÚBLICA

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito, Judicial

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en virtud del Juicio Civil Ejecutivo, promo-

vido por el Licenciado José Rolando González Álvarez, en su calidad

de Apoderado General Judicial de la señora María Reyna Domínguez

Torres de Rodas, contra la señora Gloria Martha Pacas, mayor de edad,

Dependiente de Farmacia, de este domicilio, reclamándole el pago de

cantidad adeudada, intereses convencionales e intereses moratorios,

se venderá en pública subasta por la cantidad y en fecha a señalarse

oportunamente, el siguiente inmueble: un solar urbano situado en el

Barrio San Francisco, de esta ciudad, de la extensión superfi cial de

CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO

DECIMETROS CUADRADOS, según su antecedente, de las medidas

y linderos especiales siguientes: AL NORTE, mide cinco metros ochenta

milímetros, sexta calle poniente, de por medio y linda con solar que fue

de Amelia Mejía y Juana Montes, hoy de Víctor Erazo; AL ORIENTE,

mide veintitrés metros setenta milímetros, linda con solar de Genoveva

Quintanilla y solar de la Sucesión de Fermín Guevara, antes, hoy res-

pectivamente linda con los señores Mauricio Aguilar, pared de sistema

mixto propia de este inmueble de por medio y con Alfonso Mejía pared

de adobe propia de este inmueble de por medio; AL SUR, mide cinco

metros treinta milímetros y linda con solar de Ramón Ponce, hoy de

Heriberto Aguilar, trascorral de adobe del colindante de por medio; y

AL PONIENTE, mide veintitrés metros setenta milímetros y linda con

el inmueble adjudicado mediante este instrumento a la señora Apolinaria

de Mercedes Pacas, en línea recta. Esta porción de solar por los rumbos

Oriente y Poniente, realmente mide veinticuatro metros treinta y siete

centímetros, aclaración que se hace para que surtan efectos únicamente

entre las partes y no para efectos registrales. En esta porción de solar hay

construida actualmente a expensas de la señora Gloria Martha Pacas, una

mediagua, techo de tejas, paredes de sistema mixto con dos corredores y

queda incluido el servicio de agua potable y el servicio de energía eléctrica.

Asimismo, dicha porción de solar está inscrita a favor de la demandada

señora GLORIA MARTHA PACAS, en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro con sede en esta ciudad,

bajo el número OCHO del Tomo QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS

de Propiedad de este Departamento, y trasladada al sistema de Folio

Real Automatizado bajo el Asiento UNO de la matrícula SIETE CERO

CERO CUATRO CERO UNO UNO CUATRO-CERO CERO CERO

CERO CERO, del Registro antes mencionado, e hipotecado a favor de

la señora MARIA REYNA DOMINGUEZ TORRES DE RODAS, en

el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la segunda Sección del

Centro de esta ciudad, bajo el Asiento número CUATRO de la matrícula

SIETE CERO CERO CUATRO CERO UNO UNO CUATRO- CERO

CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinte días del

mes de mayo del año dos mil ocho. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020941-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de mayo del corriente

año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado

Rosalío Tóchez Zavaleta, en calidad de apoderado de la Sociedad

KENNKELL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

contra el señor JOSE MARIA CORTEZ SANCHEZ, SE VENDERA

EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO Y EN FECHA QUE

OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE:

“Un solar urbano con construcciones, situado en el Barrio Santa Lucía,

de la ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, compuesto de

UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUA-

DRADOS SESENTA DECIMETROS CUADRADOS NOVENTA

Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS de superfi cie y linda: AL

NORTE: con solares de Apolonio Abarca y de la sucesión de Carlos

Díaz, representada por su esposa Sebastiana Guadrón de Díaz; luego el

primero de Eloisa Quintanilla de Aparicio y el segundo de María Rosa

Bonilla de Joma; después el primero del Doctor Salvador Aparicio hoy

sucesión, cerca de piedras de por medio, en cuarenta y cinco, metros

noventa y cuatro centímetros; AL ORIENTE: pared del edifi cio en una

parte con casa y solar de Ramona y Luz Coto y con solar y trascorral del

edifi cio de doña Carmen Berríos, luego el primero de Alberto Martínez

y el segundo de Juan Carlos Salegio; el primero hoy de María Luisa

Tenorio y el segundo de Ricardo Guardado López, midiendo en cinco

tiros cuarenta y cuatro metros setenta y cuatro centímetros; AL SUR:

calle de por medio; que actualmente es la Octava Calle Oriente, con

casa de Magdalena Aparicio, luego de Amparo Bonilla de Morataya,

hoy de Mario Tenorio; en veintidós metros veintinueve centímetros; y

AL PONIENTE: con solares de Luz Martínez, y Bernardino Chacón,

luego este último de Juana Elías, cerco de piedra y pared de por medio,

en veintiséis metros setenta y un centímetros, cambia al oriente con dos

metros cuarenta centímetros, cambia al sur, en línea curva, con tres metros,

vuelve hacia el oriente con veinte metros cuarenta y nueve centímetros

y varía al sur, con veinticinco metros, lindando también por este rumbo,

con solares de Francisca Carballo y de la sucesión de Santos Navas y

con casa y solar de Hortensia Revelo; hoy el primero de Mercedes viuda

de Rivera; el de Hortencia Revelo, de Marta Consuelo Jovel y el que

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

era de la sucesión de Santos Navas, hoy de Antonio Calderón Villacorta,

pared del edifi cio de por medio. Actualmente tiene una casa paredes de

madera recubiertas de lámina, y techo de tejas, y una parte de paredes

de adobes, techo de tejas, de veintidós metros de largo por diez metros

de fondo, una mediaguas de bahareque, techo de tejas de ocho metros

de largo por cuatro metros de ancho, inscrito a favor del señor JOSE

MARIA CORTEZ SANCHEZ, a la matrícula Número 55053404-00000

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del

Centro, con sede en Zacatecoluca, Departamento de La Paz.”

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce

horas trece minutos del día treinta de mayo de dos mil ocho.- Enmen-

dados-Morataya-Elías-al-Valen. Testados-Ramos-de-NO VALEN. LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020957-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado JORGE ANTONIO VALLADARES CASTILLO, y

continuado por el Licenciado CARLOS ARTURO LEON GARCIA

RIVERA, ambos actuando como Apoderados Generales Judiciales de

la Sociedad UNION DE EXPORTADORES, S.A. DE C.V., contra la

señora MARIA MERCEDES ROMERO DE POCASANGRE, se ven-

derá en Pública Subasta en este Tribunal, en fecha que será señalada

posteriormente los inmuebles que a continuación se describen: “1) UN

SOLAR y casa de naturaleza urbana, situados en el Barrio Roma, Ciu-

dad Barrios, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad

superfi cial de DOSCIENTOS SESENTA Y UN METROS CUADRADOS

OCHENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS de las medidas y

linderos siguientes: AL NORTE: diez metros con HELEN XIOMARA

ROMERO POCASANGRE, actualmente pared de bloque propio de por

medio; AL PONIENTE: veintiocho metros con porción que fue vendida

a SANDRA LORENA ROMERO POCASANGRE, actualmente pared

propia de por medio de la colindante; AL SUR: diez metros calle de

por medio, con REYNALDO DE JESÚS SORTO antes de ANGELINA

PORTILLO, JOSE ANGEL SORTO y Plazuela del Barrio Roma, y AL

ORIENTE: veinticuatro metros treinta y siete centímetros con NOEMI

DOGRINA ROMERO POCASANGRE y HERBERTH MANUEL

ROMERO POCASANGRE, pared de ladrillo de los colindantes de por

medio actualmente hasta llegar a donde se comenzó. El inmueble descrito

tiene un área construida de OCHENTA Y SEIS METROS OCHENTA Y

OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS, paredes de ladrillo techo de

tejas y lámina de zinc. El inmueble anteriormente descrito se encuentra

inscrito a favor de la señora MARIA MERCEDES ROMERO DIAZ DE

POCASANGRE al Número QUINCE del Libro UN MIL SEISCIENTOS

VEINTIOCHO propiedad de San Miguel.- 2) UN INMUEBLE de natu-

raleza rústica denominado “EL NARANJO”, situado en el Cantón Llano

El Ángel, de la jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la

capacidad de SETENTA Y UN AREAS SETENTA Y CINCO CENTIA-

REAS de los linderos siguientes: AL ORIENTE: veintiséis metros con

LEON FRANCO antes, hoy de DIMAS HUMBERTO POCASANGRE,

callejón de por medio; AL NORTE: ciento setenta metros, con CASIMIRA

HENRIQUEZ, después de la compareciente hoy de MARIA MERCE-

DES ROMERO DE POCASANGRE, brotones y callejón de por medio;

AL PONIENTE: cincuenta y seis metros con MERCEDES ROMERO

antes, hoy DE MARIA MERCEDES ROMERO DE POCASANGRE,

cerco de piedra de por medio; y AL SUR; ciento ochenta metros con

ANTONIA CASTILLO y RAMON GUEVARA lo de este último hoy de

MARIA MERCEDES ROMERO DE POCASANGRE, cerco de piedra

y callejón de por medio, a llegar a donde se comenzó. El terreno descrito

está cultivado de café y construcción no existe ninguna. El inmueble

así descrito es propiedad de la señora MARIA MERCEDES ROMERO

DE POCASANGRE por estar inscrito a su favor en el Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de San Miguel, al número CINCUENTA

Y OCHO del Libro UN MIL QUINIENTOS SETENTA propiedad de

San Miguel.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para

los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las doce horas treinta minutos del día siete de enero

del año dos mil ocho.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE

LO MERCANTIL. LICDA. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. C020958-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado FREDY CRUZ, Apoderado

del INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS

PUBLICOS, que se abrevia “EL INSTITUTO o INPEP” Institución Ofi cial

Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, contra la señora ROSA

MARIA RODRIGUEZ hoy DE OLIVARES, mayor de edad, Estudiante,

de los domicilios de Zacatecoluca y del de Soyapango, reclamándole

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública

subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: “Lote

Número DOCE DEL GRUPO VEINTE DE LA URBANIZACION

PRADOS DE VENECIA IV ETAPA, Jurisdicción de Soyapango, de

este Departamento, que mide y linda; Partiendo de la intersección de

los ejes de la Avenida Gran Canal y el Pasaje número dieciocho, ambos

abiertos en la urbanización y sobre el eje de este último con rumbo Sur

ochenta y seis grados cincuenta y cuatro punto ocho minutos Este y

una distancia de cuarenta punto cincuenta metros, y se llega a un punto

en el cual se hace una defl exión izquierda de noventa grados y con una

distancia de dos punto cincuenta metros se localiza el vértice Sur Oeste

del lote que se describe que mide y linda: AL PONIENTE: Línea recta

de doce punto cincuenta metros con rumbo Norte cero tres grados cero

cinco punto dos minutos Este lindando con lote Número diez del mismo

grupo Número veinte; AL NORTE, Línea recta de cinco punto cero cero

metros con rumbo Sur ochenta y seis grados cincuenta y cuatro punto

ocho minutos Este lindando con lote número trece del mismo grupo

número veinte; AL ORIENTE: Línea recta de doce punto cincuenta

metros con rumbo Sur cero tres grados cero cinco punto dos minutos

Oeste lindando con lote número catorce del mismo grupo número veinte;

AL SUR: Línea recta de cinco punto cero cero metros con rumbo Norte

ochenta y seis grados cincuenta y cuatro punto ocho minutos Oeste lin-

dando con lote número once del grupo Número dieciocho Pasaje Número

dieciocho de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio.- Los

lotes colindantes pertenecen a la misma Urbanización y son o han sido

propiedad de T.P., S.A. DE C.V., El lote así descrito tiene un área de

SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS,

equivalentes a OCHENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y TRES

VARAS CUADRADAS, en dicho lote se encuentra construida una casa

de sistema mixto, completamente nueva, con todos sus servicios, con un

área de CUARENTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS

CUADRADOS.

Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de la señora ROSA MARIA

RODRIGUEZ hoy DE OLIVARES, bajo la Matrícula número SEIS CERO

UNO SIETE SIETE OCHO TRES DOS - CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas con veinte minutos del día ocho de Mayo de dos mil ocho. DR.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.

BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020964-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SE-

VILLANOS, Apoderado de la Sociedad AUTOFACIL S.A. DE C.V., en

contra de los señores FELIX BENJAMIN ALFARO LARA y CARLOS

ENRIQUE ALFARO LARA, se venderá en pública subasta el VEHICULO

de las características siguientes: “PLACA: PARTICULAR CINCO CERO

NUEVE SEIS NUEVE CERO; MARCA: CHEVROLET; MODELO:

ASTRA; AÑO: DOS MIL DOS; CLASE: AUTOMOVIL; COLOR:

ROJO; MOTOR: SIN NÚMERO; CHASIS: SIN NÚMERO; CHASIS

VIN: WOLTG CINCO TRES TRES X DOS CINCO UNO DOS DOS

UNO OCHO CINCO; CAPACIDAD: CINCO ASIENTOS.” Inscrito a

favor del demandado señor FELIX BENJAMIN ALFARO LARA, en

el Registro Público de Vehículos Automotores de la Dirección General

de Tránsito, Viceministerio de Transporte.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas del día cuatro de junio de dos mil ocho. DR. DARIO VILLALTA

BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. LIC. VICTORINO

ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012639-1

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. Comunica que a

sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a

Plazo Fijo # 04170206272 en Suc. Chalchuapa emitido el día 25/08/1998

aun plazo de 180 días el cual devenga el 2.50% de interés anual, solicitando

la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público

para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este

AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el

Certifi cado en referencia.

San Salvador, 04 de junio del dos mil ocho.

JULIO A. GARCIA INGLES,

JEFE DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F012671-1

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

AVISO

El Primer Banco de los Trabajadores Sociedad Cooperativa de R.L.

de C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Boulevard de los

Héroes y Calle Berlín Urbanización Buenos Aires #2, se ha presentado

el Propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO Nú-

mero 7557 por un valor de $34,285.71 solicitando reposición de dicho

CERTIFICADO.

Con base a lo anterior, se comunica al público en general para los efec-

tos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera

publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá

a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, 07 de junio del 2008.

JULIO ERNESTO BRAN DIMAS,

GERENTE GENERAL.

3 v. alt. No. F012789-1

AVISO DE COBRO

AVISO

De conformidad con el artículo 142 de las Disposiciones Generales de

Presupuesto vigente se.

HACE SABER: Que a esta unidad de Recursos Humanos Departa-

mental, se ha presentado el señor Edwar Ulises Escalante Aguilar, mayor de

edad con Documento Único de Identidad número 00934949-3, extendido

en Santa Ana, el día diez de mayo del año dos mil dos, con domicilio en

Colonia Montreal, Calle Las Palmeras No. 5 Cantón Cantarrana, Santa

Ana, solicitando se le permita fi rmar los documentos respectivos y cobrar

la cantidad de NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO 61/100 DÓ-

LARES ($994.61), en concepto de subsidio correspondiente al 75% del

salario base de $472.57, del período 19/07/2007 al 12/10/2007 amparado

al Acuerdo Ejecutivo No. 15-1795, que a su fallecimiento ocurrido el día

veintitrés de marzo de dos mil ocho, dejó pendiente de cobro su esposa,

señora Juana del Carmen Ramos Dimas, cuando se desempeñaba en

el cargo de Docente Nivel Dos 5a. Categoría, del Complejo Educativo

“Caserío San Luis La Planta, Cantón Nancintepeque” (10217), según los

siguientes datos: Partida 23, Subnúmero 2277, del Acuerdo de Refrenda

y Reorganización de Personal Docente No. 02-0001 de fecha 03 de enero

de 2008, Cifras Presupuestarias: 2008-3100-3-03-01-21-1-51101.

Lo anterior se pone en conocimiento del público, para que toda persona

que se crea con igual o mejor derecho, se presente a hacer uso de éste, a

más tardar dentro de los tres días subsiguientes a la última publicación

de este aviso.

Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio de Educa-

ción, en el Departamento de Santa Ana, a los veintiocho días del mes

de mayo de dos mil ocho.

ING. TANYA RAQUEL PIMENTEL DE MELENDEZ,

JEFE DE LA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS,

DEPARTAMENTAL DE EDUCACION SANTA ANA.

3 v. 1 v. c/3 d No. F012741-1

PERMISO DE OPERACIÓN DE RUTA AEREA

EL SUSCRITO SUBDIRECTOR DE NAVEGACIÓN AÉREA DE LA

AUTORIDAD DE AVIACIÓN CIVIL,

HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO: Que la Licenciada

Gloria Fidelina Zaldaña Reyes, en su calidad de Apoderada Legal de

la aerolínea TRANSPORTES AÉREOS GUATEMALTECOS S.A.,

SUCURSAL EL SALVADOR, a presentado escrito a la Autoridad de

Aviación Civil mediante el cual solicita la renovación del Permiso de

Operación de su representada, a fi n de que dicha aerolínea pueda conti-

nuar prestando el servicio aéreo de transporte público internacional no

regular de pasajeros, carga y correo en la República de El Salvador, en

la ruta: Guatemala-Aeropuerto Internacional de El Salvador- Guatemala,

con derechos de tráfi co de Tercera y Cuarta Libertades del Aire.

Que con fundamento en el artículo setenta, incisos segundo y tercero de

la Ley Orgánica de Aviación Civil, señálense las ofi cinas de la Autoridad

de Aviación Civil, para que el día miércoles 11 del mes de junio del

año dos mil ocho, a las 10:30 horas, se lleve a cabo la celebración de

la audiencia pública de Ley, a fi n de que las partes interesadas puedan

apoyar u oponerse a lo solicitado.

Autoridad de Aviación Civil, a los seis días del mes de junio del

año dos mil ocho.

P.A. MAURICIO EDUARDO RIVAS RODAS,

SUBDIRECTOR DE NAVEGACION AEREA.

1 v. No. F012567

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2008075938

No. de Presentación: 20080108553

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIÉTÉ DES PRODUITS NESTLÉ S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

PON TU CORAZÓN EN LA MESA

Consistente en: las palabras PON TU CORAZÓN EN LA MESA, que servirá para: AMPARAR: LEGUMBRES Y PATATAS, FRUTAS Y SETAS EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS O COCIDAS, CARNE, AVES DE CORRAL, CAZA, PESCADO Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS PROVENIENTES DEL MAR, TODOS ESTOS PRODUCTOS TAMBIÉN BAJO LA FORMA DE EXTRACTOS, DE SOPAS, DE GELATINAS, DE PASTAS PARA UNTAR, DE CONSER-VAS, DE PLATOS COCINADOS, CONGELADOS O DESHIDRA-TADOS; CONFITURAS; HUEVOS, LECHE, CREMA DE LECHE, MANTEQUILLA, QUESO, Y OTRAS PREPARACIONES HECHAS A PARTIR DE LECHE, SUBSTITUTOS DE LECHE; BEBIDAS A BASE DE LECHE; SUCEDÁNEOS DE ALIMENTOS LÁCTEOS; POSTRES HECHOS A PARTIR DE LECHE O CREMA DE LECHE; YOGHURTS, LECHE DE SOYA (SUCEDÁNEOS DE LA LECHE), OTRAS PREPARACIONES A PARTIR DE SOYA; ACEITES Y GRA-SAS COMESTIBLES; PREPARACIONES PROTEÍNICAS PARA LA ALIMENTACIÓN; SUBSTITUTOS DE CREMA PARA EL CAFÉ Y/O EL TÉ; PRODUCTOS DE SALCHICHONERÍA, MANTEQUILLA DE MANÍ, SOPAS, CONCENTRADOS DE SOPAS, CALDOS, CUBITOS PARA HACER CALDOS, CONSOMÉS.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012664-1

No. de Expediente: 2008074083

No. de Presentación: 20080105426

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

KALMAN M

Consistente en: la expresión KALMAN M, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS ESPECIALMENTE SUPLEMENTOS MINERALES Y VITAMINICOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012685-1

No. de Expediente: 2005052536

No. de Presentación: 20050069590

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de BELMAY INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

BELMAY

Consistente en: la palabra BELMAY.

La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012686-1

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 2007071741

No. de Presentación: 20070101120

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS HUMBERTO OVIEDO HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TAMAGAS.

Consistente en: la palabra TAMAGAS, que servirá para: AMPARA: PRODUCTOS QUÍMICOS DEDICADOS A LA INDUSTRIA; CIEN-CIA, FOTOGRAFÍA, ASÍ COMO LA AGRICULTURA, HORTICUL-TURA Y SELVICULTURA. ABONOS PARA TIERRAS, PRODUCTOS QUÍMICOS DESTINADOS A CONSERVAR LOS ALIMENTOS; MATERIALES CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DEDICADOS A LA INDUSTRIA. RESINAS ARTIFÍCIALES EN ESTADO BRUTO, MATERIAS PLÁSTICAS EN ESTADO BRUTO.

La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012687-1

No. de Expediente: 2007071743

No. de Presentación: 20070101122

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS HUMBERTO OVIEDO HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TAMAGAS

Consistente en: la palabra TAMAGAS, que servirá para: AM-PARA: FUNGICIDAS Y HERBECIDAS; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; PRODUCTOS FARMA-CÉUTICOS Y VETERINARIOS, PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA, SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MEDICO,

DESINFECTANTES; EMPLASTOS MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA MOLDES DENTALES.

La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012689-1

No. de Expediente: 2007071822

No. de Presentación: 20070101244

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS HUMBERTO OVIEDO HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

RUDO ULTRA

Consistente en: la frase RUDO ULTRA, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS QUIMICOS DEDICADOS A LA INDUSTRIA, CIENCIA, FOTOGRAFIA, ASI COMO LA AGRICULTURA, HORTI-CULTURA Y SILVICULTURA ABONOS PARA TIERRAS, PRODUC-TOS QUIMICOS DESTINADOS A CONSERVAR LOS ALIMENTOS; MATERIALES CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DEDI-CADOS A LA INDUSTRIA RESINAS ARTIFICIALES EN ESTADO BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN ESTADO BRUTO.

La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012690-1

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 2007071825

No. de Presentación: 20070101247

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS HUMBERTO OVIEDO HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de DUWEST GUATEMALA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

RUDO ULTRA

Consistente en: la expresión RUDO ULTRA, que servirá para: AMPARAR: FUNGICIDAS Y HERBICIDAS; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y VETERINARIOS, PRODUCTOS HIGIENI-COS PARA LA MEDICINA, SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO, DESINFECTANTES; EMPLASTOS MATERIAL PARA DIETETICAS PARA USO HUMANO, DESINFECTANTES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APOSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA MOLDES DENTALES.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de febrero del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012691-1

No. de Expediente: 2008074449

No. de Presentación: 20080106077

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

OTOCLINOL

Consistente en: la palabra OTOCLINOL, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS ESPECIALMENTE MEDICAMENTOS DE USO OTOLÓGICO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de marzo del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012692-1

No. de Expediente: 2008074444

No. de Presentación: 20080106072

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

NOXADINE

Consistente en: la palabra NOXADINE, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS ESPECIALMENTE

MEDICAMENTOS DE USO ANTIHISTAMINICOS Y CORTICOS-

TERORIDES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de marzo del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012693-1

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 2008074445

No. de Presentación: 20080106073

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

GIBIPLEX

Consistente en: la palabra GIBIPLEX, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS ESPECIALMENTE

MEDICAMENTOS DE USO ODONTOLÓGICO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de marzo del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012694-1

No. de Expediente: 2008074447

No. de Presentación: 20080106075

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

FENACOX

Consistente en: la palabra FENACOX, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS ESPECIALMENTE

MEDICAMENTOS ANALGESICOS.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de febrero del año

dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de marzo del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012695-1

No. de Expediente: 2008075166

No. de Presentación: 20080107228

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SUZANNE

JULIETA BERRIOS DE TABLAS, en su calidad de APODERADO de

LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS ARSAL, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TANERZOL

Consistente en: la palabra TANERZOL, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS ESPECIALMENTE DE

USO DERMATOLOGICO.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos

mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012697-1

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

TITULO DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que el Licenciado JOSE VIRGILIO JOYA MOLINA, mayor de edad, Abogado del domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad Número: cero un millón novecientos cuarenta y siete mil noventa y cinco guión tres; se ha presentado a esta Alcaldía solicitando título de un predio de naturaleza urbana ubicado en el Barrio de Arriba, de esta ciudad, a favor del señor LUIS ALBERTO MARTINEZ, actuando en carácter de Apoderado General Judicial, el inmueble tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: Catorce metros veinte centímetros, linda con propiedad del señor Marcos Gómez, AL ORIENTE: Diez metros diez centímetros linda con propiedad de Santos Rodríguez, AL PONIENTE: Siete metros diez centímetros linda con propiedad de Marcos Gómez, AL SUR: Veintidós metros linda con propiedad de Isidra Campos de Pérez; con una capacidad superfi cial aproximada de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS NUEVE DECIMETROS TREINTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS, dicho inmueble lo obtuvo por compra venta y valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Alcaldía Municipal de Guatajiagua, veintiuno de mayo de dos mil ocho.- ESAU HERNÁNDEZ CANALES, ALCALDE MUNICIPAL.- JUAN DE LA CRUZ VENTURA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012609-1

MARCAS DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2007067370

No. de Presentación: 20070094135

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VANESSA BEATRIZ GRANADOS CONTRERAS, en su calidad de APODERADO de ENEL S.A.P., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Enel LA ENERGÍA QUE TE

ESCUCHA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE

TRANSPORTE, EMBALAJE Y ALMACENAJE DE MERCANCIAS;

ORGANIZACION DE VIAJES.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de mayo del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020961-1

No. de Expediente: 2008075987

No. de Presentación: 20080108660

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de BCP S/A,

de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Claro Remesas y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos

mil ocho.

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012589-1

No. de Expediente: 2008075988

No. de Presentación: 20080108661

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de BCP S/A, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras CLARO REMESAS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGURO; ASUNTOS FI-NANCIEROS; ASUNTOS MONETARIOS; ASUNTOS DE BIENES RAICES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012590-1

No. de Expediente: 2008073273

No. de Presentación: 20080103710

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO de

RESEARCH IN MOTION LIMITED, de nacionalidad CANADIENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BLACKBERRY UNITE!

Consistente en: Las palabras BLACKBERRY UNITE!, que se tradu-

ce al castellano como ZARZAMORA UNE, que servirá para: AMPARAR:

TELECOMUNICACIONES; PROVISIÓN DE ACCESO A INTERNET;

PROVISIÓN DE ACCESO A BASES DE DATO ELECTRÓNICAS,

PROVISIÓN DE ACCESO A SERVICIOS DE NAVEGACIÓN GPS;

SERVICIOS DE CORREO ELECTRÓNICO; SERVICIOS DE MEN-

SAJERÍA INALÁMBRICA, PARTICULARMENTE SERVICIOS QUE

HABILITAN AL USUARIO A ENVIAR Y/O RECIBIR MENSAJES

A TRAVÉS DE UNA RED DE INFORMÁTICA INALÁMBRICA;

SERVICIOS DE PAGINACIÓN DE UNA O DOS VÍAS; SERVICIOS

DE TRANSMISIÓN Y RECEPCIÓN DE COMUNICACIONES DE

VOZ; CONSULTAS DE LAS TELECOMUNICACIONES, ES DE-

CIR, PROVEER INFORMACIÓN A TERCERAS PERSONAS CON

EL FIN DE ASISTIRLOS EN EL DESARROLLO E INTEGRACIÓN

DE CONEXIONES INALÁMBRICAS DE INFORMACIÓN YA SEA

DE UNA O DOS VÍAS, INCLUYENDO INFORMACIÓN PERSONAL

O CORPORATIVA, Y/O COMUNICACIONES VERBALES.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticinco de abril del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012597-1

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 2007069159

No. de Presentación: 20070097133

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Sanofi -Aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Impact epilepsy y diseño, IMPACT se traduce al castellano como IMPACTO y EPILEPSY como EPILEP-CIA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ASISTENCIA A INVESTIGADORES EN EL CAMPO MÉDICO, INCLUYENDO SERVICIOS DE RENTA DE EQUIPO DE LABORATORIO PARA DICHOS FINES. INVESTIGACIÓN EN EL CAMPO MÉDICO.

La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de abril del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012602-1

No. de Expediente: 2008073971

No. de Presentación: 20080105160

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de The Xer-cize Studio, LLC dba IM=X Pilates Studios, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

IM=X PILATES

Consistente en: La expresión IM=X PILATES, sobre la palabra

pilates no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN. FORMACIÓN. ENTRETENIMIENTO. ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012615-1

No. de Expediente: 2007069007

No. de Presentación: 20070096859

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Linda F. Powers, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

HEALTHBANK

Consistente en: La palabra: HEALTHBANK separándola se traduce al castellano HEALTH como SALUD y BANK como BANCO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALMACENAJE DE CÉ-LULAS BIOLÓGICAS, TEJIDOS Y DERIVADOS DE ESTOS PARA OTROS, PARA USO VETERINARIO, MÉDICO, CIENTÍFICO, Y USO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil ocho.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012619-1

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

No. de Expediente: 2008075142

No. de Presentación: 20080107168

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado WILLIAM JACOBO HANDAL HANDAL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MINISTERIO DE HACIENDA DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Chamba Cabal y su Familia y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS FISCALES O FINANCIE-ROS.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de marzo del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,REGISTRADORA.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012724-1

No. de Expediente: 2008076217

No. de Presentación: 20080109026

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA MARIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES ROBLE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES ROBLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Costa Real Marina

Consistente en: La expresión Costa Real Marina, que servirá para:

DISTINGUIR: TODA CLASE DE NEGOCIOS INMOBILIARIOS,

ESPECIALMENTE LA ADMINISTRACIÓN, ARRENDAMIENTO

Y VENTA DE INMUEBLES, LOCALES COMERCIALES Y DE

OFICINA.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de mayo del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012783-1

No. de Expediente: 2008076218

No. de Presentación: 20080109027

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA

MARIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO de

INVERSIONES ROBLE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES ROBLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Costa Real Marina

Consistente en: Las palabras Costa Real Marina, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN, RESTAURANTES Y HOSPEDAJE TEMPORAL.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012784-1

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

No. de Expediente: 2008076221

No. de Presentación: 20080109030

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA MARIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES ROBLE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES ROBLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Costa Real Marina

Consistente en: La expresión Costa Real Marina, que servirá para: DISTINGUIR: SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO, ENTRE-TENIMIENTO, DIVERSION Y RECREO.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012785-1

No. de Expediente: 2008076220

No. de Presentación: 20080109029

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA MARIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES ROBLE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES ROBLE S.A DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Costa Real Marina

Consistente en: las palabras Costa Real Marina, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE FUNCIONAMIENTO DE PUERTOS Y MUELLES, REMOLQUE MARITIMO, ALQUILER DE VEHICULOS DE TRANSPORTE.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012786-1

No. de Expediente: 2008076219

No. de Presentación: 20080109028

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUCILA MARIA ARGUETA ALFARO, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES ROBLE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES ROBLE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Costa Real Marina

Consistente en: Las palabras Costa Real Marina, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE GESTION DE NEGOCIOS COMER-CIALES Y ADMINISTRACION COMERCIAL.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012787-1

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

ACEPTACION DE HERENCIA

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL

PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las diez horas y quince minutos

de este día se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de

Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante

señor JOSÉ NARCISO CRUZ, al fallecer el día veintidós de Febrero

del año dos mil seis, en el Cantón Puerto Parada de Usulután, el lugar

que tuvo como último domicilio de parte de NANCY CAROLINA

GARCIA PERAZA, en calidad de Cesionaria del derecho hereditario

que le correspondía al señor JOSÉ SANTANA GARCIA CRUZ, como

hijo del causante.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días a partir

de la última publicación de este Edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

trece días del mes de Mayo del año dos mil ocho. LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020876-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta y

cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor FRAN-

CISCO MENDOZA PINEDA, conocido por FRANCISCO MENDOZA,

quien falleció el día quince de septiembre de dos mil siete, en el Cantón

La Cañada, de la jurisdicción de Yucuaiquín de este Departamento, siendo

ese lugar su último domicilio, de parte de la señora MARIA MERCEDES

PEREZ YANES DE MENDOZA, conocida por MARIA MERCEDES

PEREZ, en calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los de-

rechos hereditarios que correspondían a los señores CARLOS ALFREDO

MENDOZA PEREZ y DORA DEL CARMEN MENDOZA VIUDA DE

ANDRADE, conocida por DORA DEL CARMEN MENDOZA PEREZ,

como hijos del causante. Confi riéndole a dicha aceptante en el carácter

indicado la administración y representación interinas de la sucesión con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del

mes de abril de dos mil ocho. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020886-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las doce

horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte del señor CARLOS MANUEL

ASCENCIO, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

APOLONIO ASENCIO, quien falleció a las siete horas y cuarenta

minutos del día diecisiete de marzo de dos mil cinco, en el Hospital

Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo San Pablo Tacachico su

último domicilio, en concepto de cesionario del derecho hereditario que

le correspondía a la señora GLORIA MARILÚ ALFARO DE PINEDA,

en calidad de hija del causante. Confi érese a la aceptante en el concepto

indicado, la administración y representación interinas de la referida su-

cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión

para que se presenten a deducirla a este Juzgado dentro de los quince

días subsiguientes a la última publicación del edicto respectivo.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las doce horas y quince minutos del día siete de mayo dos mil ocho.

LICDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. C020895-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las quince horas y quince minutos del día diecinueve de mayo del

corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante

señor JOSE LEON SALINAS, ocurrida el día tres de marzo de mil

novecientos sesenta, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio,

de parte de la señora CRISTINA SALINAS DE BROSSA, conocida por

CRISTINA GUZMAN SALINAS, y por CRISTINA SALINAS, como

hija del causante; y se ha conferido a la aceptante, la administración y la

representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

veinticinco minutos del día dos de junio de dos mil ocho. LIC. YOALMO

ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. KARINA VANESSA

SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020896-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción la causante señora PILAR DE LOS ANGE-

LES VILLALTA o PILAR DE LOS ANGELES VILLALTA RIVAS o

PILAR VILLALTA, quien falleció el día dos de enero de dos mil uno, en

el Barrio El Carmen de esta ciudad de Zacatecoluca, su último domicilio;

por parte de la señora MARIA CONSUELO VILLALTA DE ORELLANA

o MARIA CONSUELO VILLALTA ALEMÁN, en su carácter de hija de

dicha causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora

y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, quince de mayo de dos

mil ocho. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012062-2

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las catorce horas y treinta y cinco minutos de este día; se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los

señores FREDIS ATILIO JOYA ALVAREZ, de cincuenta y tres años de

edad, albañil, del domicilio de Jocoro, residente en Cantón Las Marías

de la jurisdicción de Jocoro, departamento de Morazán, con Documento

Unico de Identidad Número cero un millón trescientos trece mil nove-

cientos sesenta y cuatro - ocho, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número Un mil trescientos dos - doscientos cincuenta mil seiscientos

cincuenta y cuatro-ciento uno- cinco; ELSY NUBIA JOYA ALVAREZ,

de cuarenta y nueve años de edad, comerciante, del domicilio de San

Miguel, residente en Colonia Jardines del Río, Calle Amapolas número

uno - cero ocho, de la ciudad de San Miguel, con Documento Único

de Identidad Número cero un millón cuatrocientos once mil trescientos

noventa y uno - dos y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número un

mil trescientos doce - ciento ochenta mil setecientos cincuenta y ocho

- ciento tres - dos; CARLOS MOISES JOYA ALVAREZ, de cuarenta y

seis años de edad, carpintero, del domicilio de San Miguel, residiendo

en Colonia Monserrat, Calle San Pedro, Polígono F Número nueve; con

Documento Único de Identidad Número cero tres millones setecientos

cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y dos-cero y Tarjeta de Identi-

fi cación Tributaria Número Un mil trescientos doce - ciento cincuenta

mil ochocientos sesenta y uno - ciento uno - cuatro y ALBA EMEDINA

JOYA ALVAREZ, de treinta y ocho años de edad, de ofi cios Domésticos,

del domicilio de Jocoro, residente en el Cantón Las Marías de la juris-

dicción de Jocoro, departamento de Morazán, con Documento Único de

Identidad Número cero un millón ochocientos dieciocho mil doscientos

once - siete y Tarjeta de Identifi cación Número un mil trescientos doce

- ciento veinte mil novecientos sesenta y nueve - ciento uno - cero; de la

herencia que en forma intestada dejó el causante CARLOS ALFONSO

ALVAREZ FUENTES, conocido por CARLOS ALFONSO ALVAREZ,

de setenta y siete años de edad, soltero, agricultor, originario de Jocoro,

departamento de Morazán, hijo de GUILLERMO ALVAREZ y CIL-

VERIA FUENTES LAZO; quien falleció a las dieciséis horas y quince

minutos del día seis de junio del año dos mil cinco, en el Cantón Las

Marías de la jurisdicción de Jocoro, departamento de Morazán, siendo

ese lugar su último domicilio, en concepto de hijos del referido causante

y la última además como cesionaria de los derechos hereditarios que le

correspondía al señor ALEJANDRO EDILBERTO JOYA ALVAREZ,

hijo del causante.- A quien se les ha conferido en la calidad expresada,

la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.-

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las

catorce horas y cincuenta minutos del día veintinueve de abril de dos

mil ocho.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZ 1º DE 1ª

INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012076-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas con

veinte minutos del día cinco de Mayo de dos mil ocho, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

TESTAMENTARIA, que a su defunción ocurrida en esta Ciudad, mis-

ma que fue su último domicilio, el día siete de Noviembre de dos mil

dos, dejó la señora GUADALUPE CLARA LEZAMA conocida por

GUADALUPE LIZAMA CLARA y por GUADALUPE CLARA DE

MARQUEZ, de parte del menor LUIS ALBERTO NIETO CLARA,

quien es representado por su tutora señora LIGIA EVELYN LOPEZ

CLARA conocida por LIGIA EVELYN LIZAMA CLARA, LI EVELYN

LOPEZ LIZAMA, LIGIA EVELYN LOPEZ, LIGIA EVELYN LIZAMA

y LIGIA EVELYN CLARA, en su calidad de hijo de la causante.- Se

ha conferido al aceptante la administración y representación INTERI-

NA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente, debiendo el menor antes mencionado ejercer

su derecho a través de su representante legal señora LIGIA EVELYN

LOPEZ CLARA conocida por LIGIA EVELYN LIZAMA CLARA, LI

EVELYN LOPEZ LIZAMA, LIGIA EVELYN LOPEZ, LIGIA EVELYN

LIZAMA y LIGIA EVELYN CLARA.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

nueve horas del día veintiséis de Mayo de dos mil ocho.- DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012089-2

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día se ha tenido

por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia

Intestada, que a su defunción dejó la señora VILMA ALICIA SORTO,

al fallecer el día diecisiete de junio de mil novecientos noventa y dos,

en la Colonia Villa Chentía de esta ciudad de Usulután, siendo la ciudad

de Concepción Batres, su último domicilio, de parte de la señora: LUZ

MARIA MACHADO SORTO, en calidad de hija de la causante.-

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

trece días del mes de mayo del año dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012123-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME-RA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARIA ELENA AMAYA MARTINEZ, de cincuenta y seis años de edad, doméstica, del domicilio de San Salvador, con Documento Unico de Identidad número cero tres millones cuatrocientos diecinueve mil novecientos sesenta y uno-uno; la herencia que en forma intestada dejó el señor ESTEBAN MARTINEZ; quien fue de setenta y cuatro años de edad, Jornalero, Estado Familiar ignorado, originario de Anamorós, Departamento de La Unión; y del domicilio de San Carlos, Departamento de Morazán, de nacionalidad salvadoreña, de Padres Ignorados, quien falleció a las veinte horas del día trece de enero de mil novecientos setenta y siete, en el Cantón San Marcos, de la Jurisdicción de San Carlos, Departamento de Morazán, y siendo éste su último domicilio; en concepto de hija del causante.- Se ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y quince minutos del día veintidós de mayo de dos mil ocho.- LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012126-2

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas y cinco minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria, de los bienes que a su defunción dejó el causante señor TEODORO FAFAEL NAVARRO; quien falleció a las tres horas treinta minutos del día veintiuno de febrero del año dos mil siete; en esta Ciu-dad; siendo esta Ciudad su último domicilio; de parte de los señores RAFAEL ANTONIO; WALTER EDUARDO y OSCAR WILBERTO, todos de apellidos NAVARRO CRUZ, éstos en su calidad de hijos del causante antes relacionado.- Habiéndoseles conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas y quince minutos del día cuatro de junio del año dos mil ocho.- LIC. MA-NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012133-2

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.-

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las diez horas cincuenta minutos del día diecinueve de Mayo del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

MIGUEL ANTONIO GUERRERO PORTILLO conocido por MIGUEL

ANTONIO GUERRERO y por MIGUEL GUERRERO, quien fue de

setenta y siete años de edad, casado, agricultor, originario de San Gerardo,

y del domicilio de San Buenaventura, Departamento de Usulután, de

nacionalidad salvadoreña, hijo de Antonio Guerrero y Rafaela Castillo;

quien falleció a las nueve horas del día veintisiete de Marzo del año mil

novecientos noventa y dos, siendo San Buenaventura, Departamento de

Usulután, su último domicilio; de parte del señor MIGUEL GUERRERO

CONTRERAS, en su concepto de hijo del causante.-

Confi érese al heredero declarado en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días, a partir

del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las once horas

del día diecinueve de mayo del dos mil ocho.- LIC. OSCAR NEFTALI

ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO

ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012136-2

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con veinticinco

minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario de parte de los señores JOSE DANIEL MARTINEZ

VILLEGAS y SATURNINO ESAI MARTINEZ VILLEGAS, la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor JOSE MARIA MARTINEZ

SANCHEZ CONOCIDO POR JOSE MARIA MARTINEZ, quien fue

de ochenta y ocho años de edad, viudo, salvadoreño, originario de Santa

Clara, departamento de San Vicente, falleció el día quince de Agosto

del dos mil cuatro en San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su

último domicilio, en concepto de hijos del causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes

interinos de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el juzgado de lo Civil: San Vicente, a los quince días

del mes de Abril del dos mil ocho.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012145-2

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las catorce horas treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor HUGO OSWALDO PI-NEDA GARZONA, de la herencia intestada dejada a su defunción por el señor ALFREDO GARZONA ALARCON o ALFREDO GARZONA o AFREDO GARSONA, quien falleció a las quince horas treinta minutos del día veinticuatro de diciembre del año dos mil siete, en Residencial Quinta Las Mercedes, Cantón Las Delicias, de esta jurisdicción, siendo esta Ciudad su último domicilio, en concepto de hijo del referido cau-sante.

Confi éresele al aceptante expresado en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día veintidós de mayo del año dos mil ocho.- LICDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012187-2

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las ocho horas cuarenta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora SOFIA DOLORES DERAS DE GRANADOS, de la herencia intestada dejada a su defunción por la señora JESUS RIVAS o ANASTASIA DE JESUS RIVAS DE MONGE o ANASTACIA DE JESUS RIVAS, quien falleció a las ocho horas cinco minutos del día veintidós de enero del año mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón La Joyita, Primera Zona, jurisdicción de Ciudad Arce, departamento de La Libertad, siendo dicha Ciudad su último domicilio, en concepto de Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora María Julia Monge de Méndez.

Confi éresele a la aceptante expresada en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las nueve horas del día veintitrés de mayo del año dos mil ocho.- LI-CDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SE-CRETARIO.

3 v. alt. No. F012188-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL-

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de las nueve horas cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario de parte de la señora MARÍA DOLORES SALGUERO HERNANDEZ, de la Herencia Intestada dejada a su de-función por el señor MOISES CARTAGENA, conocido por MOISES CARTAGENA NAJARRO y por MOISES NAJARRO CARTAGENA, fallecido a las trece horas y treinta minutos del día trece de Abril del año dos mil seis, en el Cantón El Castillo, de esta Jurisdicción, siendo éste su último domicilio, como cesionaria del derecho hereditario que le co-rrespondía al señor ALFREDO ANTONIO SALGUERO CARTAGENA, en calidad de hijo del causante; confi riéndosele a la aceptante en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente, ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día siete de abril del año dos mil ocho.- LICDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012195-2

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las ocho horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó DOLORES SOLIS PEÑATE conocido por JOSE DOLO-RES SOLIS y por DOLORES SOLIS, quien fue de ochenta años de edad, ganadero, casado, originario de San Antonio Los Ranchos, Departamento de Chalatenango, hijo de Domingo Solís e Ignacia Peñate, falleció el día dos de diciembre del dos mil seis, teniendo como último domicilio el municipio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, de parte de MARIA LUISA GOMEZ DE SOLIS, en calidad de esposa del causante y como cesionaria del derecho hereditario que le corresponde a María Morena Solís Gómez o María Morena Zamora, Javier Vladimir, Nelson, Francisco y María Socorro, todos de apellidos Solís Gómez, todos hijos del causante. Confi érese a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los veintiséis días de marzo del dos mil ocho.- DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. F012214-2

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, este

mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida el día

siete de Diciembre de dos mil siete, en el Hospital San Juan de Dios de

esta ciudad, siendo Coatepeque, el lugar de su último domicilio, dejó

la señora VICTORIA ISAURA MORAN CONTRERAS conocida por

VICTORIA ISAURA MORAN, de parte de YANDY LYSSET PERAZA

DE BOLAÑOS como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le Co-

rrespondían a la señora MARIA OTILIA MORAN VIUDA DE PERAZA

como hermana de la causante; confi riéndosele INTERINAMENTE la

administración y representación de la sucesión expresada, con las fa-

cultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas con cincuenta minutos del día vientiocho de mayo

del año dos mil ocho. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012232-2

Licenciado SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Tercero de

lo Civil de este Distrito Judicial,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

este mismo día, ha sido declarado heredero abintestato y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el

día veintidós de julio de dos mil siete, en el Cantón Tinteral de esta

jurisdicción, siendo el Cantón Tinteral, el lugar de su último domicilio,

dejó DANIEL MENDEZ AGUIRRE, de parte de MARIANA HILDA

OSORIO DE MENDEZ, como esposa del causante, confi riéndosele

INTERINAMENTE la administración y representación de la mortual

expresada con las facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho

de mayo del año dos mil ocho. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY

LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL

CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012233-2

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cuarenta y

cinco minutos del día nueve de mayo de dos mil ocho, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las nueve horas del día trece de septiembre del

año dos mil, en el Cantón El Diamante, jurisdicción de la Villa de Jujutla,

su último domicilio dejó el señor CESAR ANTONIO ESCALANTE

GIRON; de parte de los señores JOSE LUIS ESCALANTE JIMENEZ,

conocido por JOSE LUIS ESCALANTE y MARIA AMPARO GIRON DE

ESCALANTE conocida por MARIA AMPARO GIRON y por MARIA

GIRON, en su calidad de padres del causante, a quienes se ha nombrado

interinamente representantes y administradores de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las quince horas treinta

y seis minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil ocho. Dr. JU-

LIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO

CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012236-2

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas

y diez minutos del día veintitrés de abril del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante señor AVELARDO ENRI-

QUE BELLOSO ZEPEDA, quien falleció el día veintiséis de febrero del

año dos mil ocho, a la edad de treinta y ocho años, siendo en esta ciudad

su último domicilio, de parte de la señora ROSA MARIA PANIAGUA

DE BELLOSO y los menores ABELARDO ENRIQUE BELLOSO

PANIAGUA, JENNIFER ELIZABETH, NATHALY MARGARITA y

STEPHANIE MICHELLE todas de apellido BELLOSO GONZALEZ

en concepto de cónyuge la primera y de hijos del causante y a su vez

representante legal del segundo la primera y de las restantes la señora

SONIA ELIZABETH GONZALEZ PERDOMO. Confi éresele a los

aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, a los veintinueve días del mes de mayo del año

dos mil ocho. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F012265-2

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado

LUIS SIGIFREDO NATIVI FUENTES, mayor de edad, Abogado, del

domicilio de Santa Rosa, actuando en concepto de Apoderado General

Judicial con Cláusula Especial de las señoras MARIA DINA GUAR-

DADO DE ORELLANA, de cincuenta y siete años de edad, de ofi cios

domésticos, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con

Documento Unico de Identidad número cero tres millones cuatrocientos

sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y nueve guión cinco, con Número

de Identifi cación Tributaria mil cuatrocientos catorce - cero cincuenta mil

setecientos cuarenta y nueve - ciento uno - tres. Viene a solicitar TITULO

DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de un solar de Naturaleza Urbana, situado

en el Barrio La Cruz, de la Ciudad de San Alejo, distrito y departamento

de La Unión, de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA

Y TRES METROS TREINTA Y OCHO DECIMETROS, CINCUENTA

Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL NORTE: once metros con treinta centímetros, colinda

con terreno de Manuel Torres, muro de concreto de por medio propio;

AL SUR: diez metros, linda con terreno de Salvadora Viera, calle de por

medio; AL ORIENTE: mide veinticinco metros con cuarenta y cuatro

centímetros, colinda con terreno de Mercedes Ochoa Romero, cerco de

piedras de por medio; AL PONIENTE: mide veinticinco metros, noventa

centímetros, calle de por medio, con terreno de Teresa Reyes de Godoy.

El inmueble antes descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas,

ni derechos reales, ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por

Compra que le hizo a la señora María Olimpia Guardado Pacheco, en

el veintinueve de enero de dos mil cuatro; conforme Documento de

Compra-Venta, habiéndolo poseído su antecesora desde hace treinta y

un años. Y uniendo las dos posesiones que ha ejercido desde la fecha

relacionada anteriormente, suman más de veinte años de posesión, la

cual ha sido de manera quieta, pacífi ca, pública y sin interrupción. Lo

evalúa en la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Los colindantes son de

este domicilio.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley correspon-

diente.

Alcaldía Municipal de San Alejo, a los veintinueve días del mes

de mayo del año dos mil ocho. ANDRES ALONSO GOMEZ VIGIL,

ALCALDE MUNICIPAL. WILLIAM ERNESTO MURILLO MAJANO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C020893-2

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: Al público

HACE SABER: Que en esta Ofi cina, se ha presentado el señor

GABRIEL ERIBERTO MARTINEZ RIVERA, de cuarenta y cinco

años de edad, Sacerdote, de este domicilio, Con Documento Único de

Identidad Número cero cero cuatrocientos treinta y cinco mil ciento

noventa y siete guión cuatro, y Número de Identifi cación Tributaria

cero seiscientos diez guión doscientos noventa mil ciento sesenta y

dos guión cero cero uno-cuatro. Solicitando se le extienda TITULO

DE PROPIEDAD de un Inmueble de Naturaleza Urbana, situado en

el Barrio El Centro de esta ciudad, dicho inmueble tiene la medidas y

linderos siguientes: AL NORTE: compuesto de tres tramos el cual for-

man una distancia de dieciocho punto noventa y dos metros, linda con

propiedad de Juan Elías Ortiz Campos; AL ORIENTE: compuesto por

tres tramos los cuales forman una distancia de diecinueve punto setenta

y nueve metros, linda con propiedad de Mario Abdel Ortiz Campos,

Avenida Morazán de por medio; AL SUR: compuesto por cuatro tramos

el cual forma una distancia de treinta punto cincuenta y ocho metros,

linda con propiedad de Gonzalo Rivera Guzmán y José Ángel Ramos

Rivera y AL PONIENTE: compuesto por un tramo en línea recta de

trece punto treinta y ocho metros linda con propiedad de Carmen Alicia

Vidaurre. Tiene una Capacidad Superfi cial de CIENTO OCHENTA Y

OCHO PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, dicho

inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene carga, ni derechos reales,

no está en proindivisión con ninguna persona, el inmueble lo adquirió

por compra venta que le hizo su padre señor Gabriel Martínez Jorge c/p

Gabriel Martínez. Teniéndolo en posesión en forma quieta, pacífi ca y no

interrumpida por más de veinte años unidos a los de su antecesor; y lo

valúa en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS. Todos

los colindantes de este domicilio.

Se le avisan al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la ciudad de Panchimalco, a los dos días del

mes de abril de dos mil ocho. ISABEL VEGA VASQUEZ, ALCALDE

MUNICIPAL. Lic. FRANCISCO JAVIER BERNABE, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012078-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que se han presentado a esta Alcaldía, los señores:

RAÚL, ROGELIO, RENÉ y ROBERTO, todos de apellido AMAYA

GARCÍA; solicitando se les extienda TITULO DE PROPIEDAD; de un

terreno de naturaleza URBANA, situado en el Barrio El Portillo Blan-

co, de esta Villa, de la capacidad superfi cial de QUINIENTOS ONCE

METROS TREINTA Y NUEVE DECÍMETROS SETENTA Y SEIS

CENTÍMETROS CUADRADOS de las medidas y linderos siguientes:

AL NORTE: diecinueve metros veinte centímetros, con terreno de la

señora Marta Lilian Villalta de Flores; cerco de muro de ladrillo en

parte de la colindante seguido de barranca natural de por medio; AL

ORIENTE: veinticuatro metros diez centímetros, linda con terreno de

la señora María Rosa Argueta de Amaya, cerco de alambre propio de

por medio; AL SUR: diecinueve metros sesenta y cinco centímetros,

con terreno de Florentino Sánchez Amaya y Telma Mendoza, cerco de

alambre propio, barranca natural y calle de por medio; y AL PONIENTE:

veintiocho metros cincuenta y tres centímetros, linda con Julio Prudencio

y Mercedes Amaya, cerco de alambre propio, barranca natural y calle de

por medio. Existe en el inmueble descrito una casa mediana; techo de

madera y teja, paredes de tierra, piso natural, inmueble que cuenta con

los servicios básicos. Todos los colindantes son de este domicilio, y lo

estiman en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA; lo adquirieron por compraventa de posesión

material; que le hicieran a la señora: Pastora García Vda. de Amaya;

unida la posesión de ambos hace más de treinta años. Dicho terreno no

es sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia.

Alcaldía Municipal: Delicias de Concepción dos de Abril de dos

mil ocho. ROGELIO ARTURO ARGUETA, ALCALDE MUNICIPAL.

SERGIO ARMIDO PADILLA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012097-2

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACER SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Lic. Cristian

Armando Alfaro Moreno, mayor de edad, Abogado, de este domicilio,

con DUI número cero cero ciento cuarenta y seis mil setecientos ochenta

y siete guión tres, en su carácter de Apoderado General Administrativo,

de la señora ELBA LUZ RIVERA DE VELASQUEZ, mayor de edad,

comerciante, del domicilio de Ciudad Arce y del de Los Ángeles California,

Estados Unidos de Norte América, solicita a favor de su mandante se

le extienda Título de Propiedad Municipal de un terreno de naturaleza

rústica, que en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida posee por más

de diez años consecutivos, situado en cantón Barranca Honda de esta

jurisdicción, de una extensión superfi cial de: TRES MIL SEISCIENTOS

SESENTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS;

siendo las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: en cuatro

tramos así: primero dieciséis punto noventa y cinco metros, segundo

de nueve punto noventa metros, tercero de trece punto treinta metros

y cuarto de veinte punto cincuenta metros, con Zoila Gladis Zumeta

de Serrano, Gervacio Guardado y Julio Hernán Ávila Rivera, calle de

por medio; AL ORIENTE: en cuatro tramos así; primero de diecisiete

punto treinta metros, segundo de veinte metros, tercero de siete punto

cincuenta metros y cuarto de cuarenta y tres punto cuarenta metros, con

Isidro Serrano Dubón; AL SUR: en tres tramos así: primero de vein-

tisiete punto cuarenta y cinco metros, segundo quince punto cuarenta

metros y tercero de cuatro punto cincuenta y cinco metros, con María

Magdalena Arias, calle de por medio y AL PONIENTE: en tres tramos

así: el primero de siete punto veinte metros, segundo dieciocho metros

y tercero de quince punto cincuenta metros, con María Refugio Ávila

de Aguirre e Inocente Ambrosio Aguirre Ávila, calle de por medio. El

terreno descrito no es dominante ni sirviente, no tiene carga ni derecho

real que pertenezca a otra persona o que deba respetarse y no se encuentra

en proindivisión con nadie, contiene dos casa de sistema mixto y techo

de tejas, lo hubo a través de Escritura de compraventa a los señores:

BUENAVENTURA PINEDA RIVERA y JOSE RAFAEL PERDOMO

ALVARENGA, lo valora en DOS MIL DOLARES, todos lo colindantes

son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, catorce de abril de dos mil ocho.

Ing. ROMEO JOSE BARILLAS PANILLA, ALCALDE MUNICIPAL.

SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012186-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

AVISA: Que la señora ANA MARIA LOPEZ DE ARGUETA,

solicita el título de propiedad de un terreno rustico situado en el Cantón

Hacienda Vieja de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de

DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN METROS SESENTA

Y OCHO CENTÍMETROS CUADRADOS, de los linderos siguientes:

AL NORTE: Con terreno de Juana Rodríguez viuda de Bayona y María

Rubidia Bayona Rodríguez ; AL ORIENTE: Colinda con el señor Julio

Alfredo Bayona Funes; AL SUR: con terreno de Valentín Teodoro Pérez,

camino vecinal de por medio y Secundino Hernández Fernández, camino

vecinal de por medio; AL PONIENTE: con terreno de Juana Escobar

de Méndez y José Ángel Bayona; no tiene cargas reales; lo valúa en mil

dólares, los colindantes son de este domidlio; y le hubo por compra a

María Consuelo Valle de Méndez.

ALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO:

San Pedro Nonualco, veintinueve de mayo de dos mil ocho. Prof.

LUIS GUILLERMO GARCIA CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL.

GUILLERMO PEREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012268-2

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

TITULOS SUPLETORIOS

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO

DE LA UNION, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

LUDIS MAREL MANZANARES VILORIO o LUDIS MAREL MAN-

ZANAREZ VILORIO, de cuarenta y siete años de edad, Comerciante,

del domicilio de El Sauce, con residencia en el Barrio El Centro, con

Documento Unico de Identidad número: cero cero doscientos sesenta y

siete mil cuatrocientos cuarenta y ocho-uno, representado por su Apode-

rado General Judicial Doctor Luis Sigifredo Nativí Fuentes, solicitando

Título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío

La Meza, del Cantón Santa Rosita, de la Jurisdicción de El Sauce, de

este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de

TREINTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS METROS VEINTE

CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: de

ciento treinta y cinco metros, con Asunción García Reyes, antes ahora

con Vitelia Manzanares, cerco de alambre del comprador; AL NORTE:

trescientos noventa metros, con Pablo Antara Espinal, antes ahora con

Albertano Arias Sorto, cero de piedra del colindante; AL PONIENTE:

cincuenta y tres metros, calle principal de por medio, con José Octaviano

Escobar Martínez, antes ahora con Pablo Alcántara; y AL SUR: doscientos

setenta y dos metros, sesenta centímetros, con José Octaviano Escobar

Martínez, antes ahora con Vitelia Manzanares, cerco de alambre del

comprador. No contiene construcciones ni cultivos permanentes. Valúa el

referido terreno en la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió

por compra que le hizo a la señora Auxilia Escobar Martínez, quien es

mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Soyapango, a

las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día quince de febrero de

dos mil ocho.

Ante los Ofi cios Notariales del Doctor Luis Sigifredo Nativí

Fuentes.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los vein-

titrés días del mes de mayo de dos mil ocho.- Lic. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020892-2

EL INFRANSCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,

del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, al público para los efectos

de ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE, como Apoderada General

Judicial de la señora VICENTA GONZALEZ GONZALEZ, solicitando a

favor de ésta, TITULO SUPLETORIO, Sobre: Un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Caserío La Crucita, del Cantón Estancia, Jurisdic-

ción de Cacaopera, Distrito de Osicala, departamento de Morazán, de la

capacidad superfi cial de CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y

TRES METROS NOVENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos siguientes: al NORTE: cuarenta y cinco metros

ochenta y ocho centímetros, con terreno de José Membreño, calle pública

de por medio; al PONIENTE: sesenta metros, con terreno de Jesús Amaya,

calle pública de por medio; AL ORIENTE: noventa y ocho metros, con

terreno de las señoras Andrea Canales y Jacinta Martínez, calle pública

de por medio; y al SUR: sesenta y cuatro metros sesenta centímetros,

con terreno del señor José de Jesús Amaya Contreras, cerco de alambre

del colindante. En el inmueble antes descrito existe construida una casa

de sistema mixto de ocho metros de largo por nueve metros de ancho.

Dicho inmueble lo adquirió por medio de compraventa verbal, que le

hiciera el señor DOMINGO CHICAS. Lo valúa en la cantidad de TRES

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán, a las quince horas del día tres de abril del dos mil

ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE

1ª. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012074-2

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial de los señores MARIA BERTILA PEREZ VASQUEZ y CAR-

LOS ANTONIO GONZALEZ SORTO, solicitando DILIGENCIAS DE

TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado

en Cantón Chaparral, de la jurisdicción de Chilanga, departamento de

Morazán, de la capacidad superfi cial de SIETE MIL DOSCIENTOS

VEINTIUN METROS TREINTA Y SIETE DECIMETROS CINCUEN-

TA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes, AL ORIENTE: Ciento nueve metros, colinda con VICENTE

FERNANDEZ y SANTOS PEREZ LOPEZ, calle de por medio; AL

NORTE: Cincuenta y dos metros, con MARIA VASQUEZ, cerco de

piedra propio y Río Quebrada Honda de por medio; AL PONIENTE:

Ochenta y siete metros cincuenta centímetros con el señor SANTOS

PEREZ LOPEZ, cerco de alambre y piña propio de por medio; y AL

SUR: Noventa y cinco metros, con TIBURCIO VASQUEZ y LEONILO

PEREZ, cerco de piedra propio de por medio.- En el inmueble antes

descrito está construida una casa, techo de tejas, paredes de adobe de

ocho metros de largo por siete metros de ancho, con una superfi cie de

cincuenta y seis metros cuadrados.- Valuando dicho inmueble en la

cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.- Y lo adquirió por conlpraventa de la posesión material que

le hizo el señor SANTOS PEREZ LOPEZ.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a

las once horas y veinte minutos del día veintitres de abril de dos mil

ocho. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012098-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA:

del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, al público para

efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Licenciado

LEONEL ENRIQUE MARTINEZ MEJIA, como Apoderado General

Judicial del señor HECTOR NOLASCO CRUZ, a solicitar a su favor

TITULO SUPLETORIO, sobre tres inmuebles de naturaleza rústica,

situados el Cantón El Volcán, Jurisdicción de Delicias de Concepción,

el PRIMERO, de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS VEINTI-

SIETE METROS OCHENTA Y UN DECIMETROS SETENTA Y TRES

CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:

AL NORTE; diecisiete metros, con terreno propiedad del señor Luciano

Pérez, cerco de alambre propio de por medio; AL SUR, treinta y tres metros

sesenta centímetros, con la señora MARIA PRISILA CRUZ ANDRADE,

conocida por MARIA PRISCILA CRUZ ANDRADE, cerco de alambre

propio de por medio; y AL PONIENTE: mide veintisiete metros linda

con el señor JOSE ADRIAN HERNANDEZ, cerco de alambre propio

de por medio, este inmueble es de forma triangular.- EL SEGUNDO:

De la capacidad superfi cial de CINCO MIL CUATROCIENTOS

OCHO METROS DIEZ DECIMETROS TREINTA CENTIMETROS

CUADRADOS; que linda y mide AL NORTE: compuesto de dos tra-

mos, el primero mide setenta y nueve metros setenta y seis centímetros,

y el segundo de cuarenta y siete metros sesenta y cinco centímetros,

en conjunto miden CIENTO VEINTISIETE METROS, TREINTA Y

CINCO CENTIMETROS, linda con propiedad del señor LUCIANO

PEREZ y de la señora MARIA PRISILA CRUZ ANDRADE, conocida

por MARIA PRISCILA CRUZ ANDRADE, cerco de alambre propio

y quebrada de por medio; Al ORIENTE: mide cincuenta y dos metros

veinte centímetros, con el señor Gioberto Gutiérrez Cruz, cerco de

alambre propio de por medio; Al SUR, compuesto de tres tramos, el

primero mide siete metros treinta centímetros, el segundo catorce metros,

cincuenta centímetros, y el tercero mide setenta y nueve metros cero

cuatro centímetros, en su conjunto miden cien metros ochenta y cuatro

centímetros, linda con terreno propiedad del señor Gioberto Gutiérrez

Cruz, Iglesia Príncipe de Paz, y Catalina Arriaza Cruz, cerco de alambre

propio de por medio; y Al PONIENTE, cuarenta y dos metros sesenta

centímetros, con terreno propiedad de la señora DONATILA ROMERO,

cerco de postes de cemento y malla ciclón propio y calle de por medio;

en dicho inmueble existen dos casas construidas.- Y EL TERCERO: De

la capacidad superfi cial de CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS

CINCUENTA Y NUEVE METROS CINCUENTA Y TRES DECIME-

TROS NOVENTA CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda:

AL NORTE: compuesto de tres tramos: el primero mide cinco metros

treinta y siete centímetros; el Segundo de seis metros treinta y cuatro

centímetros, y el tercero mide doscientos treinta y dos metros veinticin-

co centímetros, en su conjunto miden DOSCIENTOS CUARENTA Y

DOS METROS CERO NUEVE CENTIMETROS, con propiedad de la

sucesión del señor MARIANO CRUZ ANDRADE, cerco de alambre

propio por medio, hasta un árbol de alcanforillo; AL PONIENTE: ciento

cincuenta y nueve metros, setenta y tres centímetros, con la sucesión del

señor CESAR JERONIMO NOLASCO y ROMULO RIVERA, cerco de

alambre propio de por medio; AL SUR; compuesto de tres tramos: EL

PRIMERO: de noventa y dos metros, setenta centímetros; el segundo

de cuarenta y un metros cincuenta centímetros, y el tercero de noventa

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

y siete metros, en su conjunto miden DOSCIENTOS TREINTA Y UN

METROS, VEINTE CENTIMETROS, con terreno propiedad del señor

JUAN RIVERA y CATALINA ARRIAZA CRUZ, cerco de alambre

propio de por medio; y AL ORIENTE, compuesto de cuatro tramos,

EL PRIMERO: mide nueve metros veinte centímetros; EL SEGUNDO,

de seis metros diez centímetros, EL TERCERO de ciento cuarenta y

cinco metros, y EL CUARTO de ciento tres metros, en su conjunto,

miden doscientos sesenta y tres metros treinta centímetros, linda con

la sucesión del señor GERMAN ANDRADE y CATALINA ARRIAZA

CRUZ, cerco de alambre propio y calle antigua de por medio. Dichos

inmuebles los adquirió por medio de compraventa de Posesión Material

que le hizo a la señora MARIA PRISILA CRUZ conocida por MARIA

PRISCILA CRUZ ANDRADE.- El primero lo valora en el precio de UN

MIL DOLARES; el segundo en SEIS MIL DOLARES, y el tercero en el

precio de CINCO MIL DOLARES, de los Estados Unidos de América,

y que en su conjunto los valora en el precio de DOCE MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán, a las catorce horas y treinta minutos del día veinti-

cinco de marzo del dos mil ocho. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN

URQUILLA, JUEZ 2 DE 1ª. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA

GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012102-2

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

ANA JULIA CACERES VEGA, como Apoderada General Judicial del

señor JOSE PASCUAL CAÑAS PARADA, solicitando DILIGENCIAS

DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado

en Cantón El Sirigual de la jurisdicción de Guatajiagua, departamento

de Morazán, de la extensión superfi cial de CUARENTA Y OCHO MIL

OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las

medidas y colindancias siguientes, AL ORIENTE: Ciento sesenta y ocho

metros, con JOSE MARIA VIGIL PARADA y MODESTO GUEVARA,

camino de por medio; AL NORTE: Cuatrocientos cuarenta y dos me-

tros, con BENITO VIGIL PARADA y GREGORIO PAZ SOLIS; AL

PONIENTE: Ciento treinta y dos metros, con MANUEL ELISEO

CENTENO y EFRAIN ALVAREZ, río de por medio; y AL SUR: Cua-

trocientos cincuenta metros, con JOSE ANTONIO SALVADOR PARADA

ANDRADE y FRANCISCO RODIBUNDO PARADA ANDRADE,

cerco de alambre del terreno que se describe y quebrada seca.- Valuando

dicho inmueble en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES, DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa

verbal que le hizo la señora JUANA PARADA.-

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

a las doce horas y veinte minutos del día ocho de abril de dos mil

ocho. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA, 1º. DE 1ª.

INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012138-2

CRUZ FRANCO GALDÁMEZ, Notario de este domicilio, con ofi cina en

Sexta Calle Poniente, Barrio el Chile de la ciudad de Chalatenango.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario se ha presentado

la señora MARTA OTILIA LÓPEZ GÓMEZ, de cincuenta y dos años

de edad, del domicilio de Concepción Quezaltepeque, Chalatenango, a

través de su apoderada legal señora ROSA DEL CARMEN ALVARADO

DE RIVAS, solicitando TITULO SUPLETORIO, de un terreno de natu-

raleza rústica, ubicado en Cantón Conacaste, jurisdicción de Concepción

Quezaltepeque, Municipio del Departamento de Chalatenango, de la ca-

pacidad superfi cial de SEISCIENTOS CATORCE PUNTO VEINTITRÉS

METROS CUADRADOS, el cual se desmembra de la propiedad del señor

Manuel Vicente Ramos, que mide y linda AL ORIENTE, veinte metros

noventa centímetros, con resto del terreno del cual se desmembra; AL

SUR, veintiséis metros setenta y dos centímetros, con el mismo inmueble;

AL PONIENTE, veinticuatro metros, calle pública de por medio con

Concepción Jule Viuda de López; y AL NORTE, veintiocho metros con

el terreno donde se desmenbra, hay construida una casa de paredes de

adobe, techo de teja; lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA; lo adquirió por

compra hecha al señor Manuel Vicente Ramos, mayor de edad, empleado

del domicilio de Concepción Quezaltepeque, Chalatenango.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

En la ciudad de Chalatenango a los dos días del mes de junio de

dos mil ocho.

LIC. CRUZ FRANCO GALDÁMEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. F012307-2

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la Licenciada JUANA

LORENA ROSALES FUENTES, en su calidad de Apoderada de la señora

JUANA FRANCISCA CAZARES, de cuarenta y cinco años de edad, de

ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número: cero un millón novecientos sesenta mil quinientos cuarenta y

dos guión siete, solicitando a favor de su representada Título de Dominio

de un inmueble de naturaleza urbana, situado en la Colonia Milagro de

La Paz, Avenida Cinco de Enero, número treinta y tres, Jurisdicción,

Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superfi cial de:

DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y OCHO ME-

TROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE:

Veintisiete metros, colinda con propiedad del señor Celedonio Centeno,

cerco propiedad de la solicitante; AL ORIENTE: Nueve metros sesenta

centímetros, colinda con propiedad de la señora Doris Sandoval de Flores,

cerco propiedad de la solicitante; AL SUR: Veintinueve metros, colinda

con propiedad del señor Ovidio Coreas, cerco propiedad de la solicitante;

y AL PONIENTE: Siete metros cuarenta y siete centímetros, colinda

con propiedad de la señora María Elena Hernández de Contreras, cerco

propiedad de la solicitante. En dicho inmueble existen construcciones

de sistema mixto y demás servicios necesarios. Dicho inmueble no es

ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga o

derecho real que pertenezca a persona distinta a la poseedora ni está en

proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirió mediante

compra venta verbal en el año de mil novecientos setenta y ocho, que

le hizo al señor José René Coreas González, quien es mayor de edad,

Jornalero, de este domicilio. Que la posesión material que ha ejercido

y ejerce actualmente la poseedora sumada a la de su antecesor data más

de treinta años y sigue siendo en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida

y sin clandestinidad alguna.

Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los diecinueve días del

mes de mayo del año dos mil ocho. JOSE WILFREDO SALGADO

GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSÉ ANGEL FERMAN

ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C020885-2

RENOVACION DE MARCA

No. de Expediente: 1958005650

No. de Presentación: 19970007614

CLASE: 02,03,04, 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de WD-40 COMPANY, del domicilio

de 1061 Cudahy Pl., San Diego, California 92110, Estados Unidos de

América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVA-

CION, para la inscripción Número 03418 del Libro 00009 de REGISTRO

DE MARCAS, consistente en la denominación 3-EN-UNO y un dibujo

numérico que representa un número 1 vaciado y dentro de él el número

3 y abajo de este número la sílaba EN; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clases 02, 03, 04, 16 de la Clasifi cación Interna-

cional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de abril del año dos

mil ocho.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020889-2

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

MARCA DE FABRICA

No. de Expediente: 2008076533

No. de Presentación: 20080109478

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ISABEL

TOMAS AGUIRRE PAREDES, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de DRUM LABORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DRUM LAB., S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra PETROLUBE, que servirá para:

AMPARAR: ACEITE LUBRICANTE, ACEITE PENETRANTE Y

GRASAS.

La solicitud fue presentada el día veinte de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. AMANDA CELINA MUÑOZ HERRERA DE RUBIO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020888-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2008076109

No. de Presentación: 20080108854

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSIE

ELIZABETH PERLA SOSA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: La frase HACIENDA TABLAS PRODUCTOS

LACTEOS y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA

DEDICADA A LA ELABORACION, PREPARACION Y COMERCIA-

LIZACION DE PRODUCTOS LACTEOS, UBICADO EN 7 CALLE

OTE., Y 10 AV. SUR #6, VILLAS DE BELEN, SAN MIGUEL.

La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de mayo del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012056-2

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2008060945

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060945- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TEOFILO JOSE SIMAN DADA en su calidad de Representante legal de la sociedad INTRALOGIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INTRALOGIX, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de OLOCUILTA, LA PAZ, cuya escritura social está inscrita bajo el número 7 del libro 2301 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y veinte minutos del día catorce de marzo de dos mil ocho, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2008060945 inscripción 135 y el Asiento de Establecimiento No. 2008060945-001, inscripción 136, ambos del Libro 175 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina INTRALOGIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE CARGA Y DESCARGA, con dirección en ZONA FRANCA MIRAMAR, NAVE 5, CARRETERA AEROPUERTO COMALAPA, OLOCUILTA, LA PAZ, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INTRALOGIX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en ZONA FRANCA MIRAMAR, NAVE 5, CA-RRETERA AEROPUERTO COMALAPA, OLOCUILTA, LA PAZ y que se dedica a SERVICIOS DE CARGA Y DESCARGA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, catorce de marzo de dos mil ocho.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020871-2

ASIENTO DE EMPRESA 2000034146

ESTABLECIMIENTO 2000034146 - 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO ESCALANTE CACEROS en su calidad de Representante legal de la sociedad URBANIZACIONES HECTOR ESCALANTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 56 del libro 1514 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-220300-108-9, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION

DE LA EMPRESA, a las nueve horas y treinta y ocho minutos del día treinta de mayo de dos mil ocho. Con la cual se le otorga el Asiento de modifi cación No. 212 del libro 180 del folio 425 al 426; a favor de la Empresa denominada URBANIZACIONES HECTOR ESCALANTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA Y AC-TIVIDADES CONEXAS DE ASESORAMIENTO TECNICO, con dirección en KM. 10 CARRETERA A COMALAPA, CONTIGUO A ARROCERA SAN FRANCISCO, FINAL POLIGONO “D”, COLO-NIA SAN ANTONIO #1, SAN MARCOS, SAN SALVADOR y que tiene el establecimiento denominado URBANIZACIONES HECTOR ESCALANTE, S.A. DE C.V., el cual se dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA Y ACTIVIDADES CONEXAS DE ASESORAMIENTO TECNICO, con dirección en KM. 10 CARRETERA A COMALAPA, CONTIGUO A ARROCERA SAN FRANCISCO, FINAL POLIGONO “D”, COLONIA SAN ANTONIO #1, SAN MAR-COS, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta de mayo de dos mil ocho.

Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C020875-2

ASIENTO DE EMPRESA 2008060500

ESTABLECIMIENTO 2008060500 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ABEL CIUDAD REAL ESCALANTE en su calidad de Representante legal de la sociedad LUIS ABEL CIUDAD REAL Y ASOCIADOS, de na-cionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 43 del libro 1238 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-181196-104-8, ha presentado solicitud de CAMBIO DE RAZON SOCIAL, a las once horas y veinticinco minutos del día quince de mayo de dos mil ocho. Con la cual se le otorga la inscripción No. 121 del libro 179 del folio 243 al 244; a favor de la Empresa ahora denominada CIUDAD REAL Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIO DE AUDITO-RIA, con dirección en COLONIA LAYCO, 27a. CALLE PONIENTE, No. 441, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de mayo de dos mil ocho.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020877-2

DIARIO

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

ASIENTO DE EMPRESA 2002027628

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002027628- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE LUIS ALVARADO GUEVARA en su calidad de Representante legal de la so-ciedad CORPORACION DE OFICIALES DE LA FUERZA ARMADA, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse COOPEFA, R.L. DE C.V.; de nacionalidad SAL-VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 6 del libro 7 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-120374-002-7; el cual ha presentado solicitud a las dieciséis horas y nueve minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil tres, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2002027628 inscripción 234 y el Asiento de Establecimiento No. 2002027628- 001 inscripción, ambos del libro 178 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada CORPORACION DE OFICIALES DE LA FUERZA ARMADA DE REPONSABILIDAD LIMITADA Y DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ALMACENES AL DETA-LLE, con dirección en COLONIA MANUEL JOSE ARCE, CALLE DOUGLAS VLADIMIR VARELA Y AVENIDA CABALLERIA, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CATORCE MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DOCE 68/100 DOLARES ($ 14,134,812.68) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) deno-minado COOPEFA, R.L. DE C.V., ubicado en COLONIA MANUEL JOSE ARCE, CALLE DOUGLAS VLADIMIR VARELA Y AVENIDA CABALLERIA, SAN SALVADOR y que se dedica a ALMACENES AL DETALLE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de mayo de dos mil ocho.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020878-2

ASIENTO DE EMPRESA 2005055072

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005055072- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS AR-MANDO LOPEZ MELENDEZ en su calidad de Representante legal de la sociedad FRUTAS Y VERDURAS SALVADOREÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse, FRU-TAS Y VERDURAS SALVADOREÑAS, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, de domicilio de CARA SUCIA SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 43 del libro 1935 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-260504-107-9; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y veintiún minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2005055072 inscripción 60 y el Asiento de Establecimiento No. 2005055072- 001, inscripción 61, ambos del Libro 176 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina FRUTAS Y VERDURAS SALVADOREÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS, con dirección en CALLE JOSE LUIS CARRANZA PONIENTE, No. 9, BARRIO EL PROGRESO, CARA SUCIA, SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado FRUTAS Y VERDURAS SALVADOREÑAS, S.A. DE C.V., ubicado en CALLE JOSE LUIS CARRANZA PONIENTE, No. 9, BARRIO EL PROGRESO, CARA SUCIA, SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN y que se dedica a VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dos de abril de dos mil ocho.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020881-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002016514

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002016514- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA MARIA DIMAS DE RIVAS CIERRA, en su calidad de Representante legal de la sociedad INVERSIONES TOSCANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIONES TOSCANA, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 10 del libro 752 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-071290-102-9; quien ha presentado solicitud a las diez horas y treinta y nueve minutos del día dieciocho de diciembre de dos mil uno, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2002016514 inscripción 154 y el Asiento de Establecimiento No. 2002016514- 001 inscripción 155, ambos del libro 138 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada INVERSIONES TOSCANA, S.A. DE C.V., la cual se dedica a EXPLOTACION DE BIENES INMUEBLES RUSTICOS O URBANOS, con dirección en 6a. CALLE PONIENTE, No. 1316 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CINCO MILLONES SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO 74/100 COLONES (¢5,007,878.74) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado INVERSIONES TOSCANA, S.A. DE C.V., ubica-do en 6a. CALLE PONIENTE, No. 1316, SAN SALVADOR y que se dedica a EXPLOTACION DE BIENES INMUEBLES RUSTICOS O URBANOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de febrero de dos mil siete.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C020899-2

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

ASIENTO DE EMPRESA 2002016477

ESTABLECIMIENTO 2002016477-

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUBEN

ALFONSO RIVAS DIMAS en su calidad de Representante legal de la

sociedad VOLGA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 11 del libro 752 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-061290-103-0, ha presentado solicitud

a las catorce horas y cuatro minutos del día veintidós de diciembre de

dos mil seis. Con la cual se otorgaron los asientos de RECTIFICACION

DE MATRICULA DE EMPRESA, inscrito al Número 117 DEL LIBRO

135 DE ASIENTOS DE MATRICULA DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTO; a favor de la Empresa denominada VOLGA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a PRESTACION

DE SERVICIOS DE ASESORIA TECNICA Y PROFESIONAL, con

dirección en 6ª CALLE PONIENTE, No. 1316 del domicilio de SAN

SALVADOR, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintidós de diciembre de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020900-2

ASIENTO DE EMPRESA 2008061133

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008061133- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

ORLANDO GARCIA AYALA, en su calidad de Representante legal de la

sociedad INVERSIONES FOGA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA del domicilio y

departamento de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 26 del libro 2299 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-040108-101-0;

el cual ha presentado solicitud a las diez horas y veintisiete minutos del

día quince de abril de dos mil ocho, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2008061133 inscripción 82 y el asiento de Establecimiento

No. 2008061133- 001, inscripción 83, ambos del Libro 177 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

INVERSIONES FOGA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, la cual se dedica a INMOBILIARIAS REALIZADAS CON

BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en COLONIA

BUENOS AIRES, DIAGONAL CENTRO AMERICA Y BOULEVARD

DE LOS HEROES, CONDOMINIO DOS MIL C, LOCAL TRECE, del

domicilio y departamento de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a

ONCE MIL QUINIENTOS 00/100 DOLARES ($11,500.00) y que tiene

el establecimiento siguiente: 001-) denominado INVERSIONES FOGA,

S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA BUENOS AIRES, DIAGONAL

CENTRO AMERICA Y BOULEVARD DE LOS HEROES, CONDO-

MINIO DOS MIL C, LOCAL TRECE, del domicilio y departamento de

SAN SALVADOR y que se dedica a INMOBILIARIAS REALIZADAS

CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciséis de abril de dos mil ocho.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F012130-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002013115

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002013115- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALONSO

GARCIA RIVERA en su calidad de Representante legal de la sociedad

EDIFICACIONES DEL FUTURO, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

de AYUTUXTEPEQUE, SAN SALVADOR, cuya escritura social está

inscrita bajo el número 26 del libro 579 del Registro de Sociedades del

Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-

081287-003-9; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta

minutos del día siete de diciembre de dos mil siete, con la cual se otorgó

el asiento de Empresa No. 2002013115 inscripción 27 y el asiento de

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Page 118: Diario 12 de Junio- 2008 · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008. 5 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 471.- San Salvador, 22 de mayo del 2008. EL

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Establecimiento No. 2002013115- 001 inscripción 28, ambos del libro

171 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada EDIFICACIONES DEL FUTURO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a URBANIZACION Y

CONSTRUCCION, con dirección en COLONIA LA ERMITA, BLOCK

“M” No. 1-B, APOPA, SAN SALVADOR cuyo activo asciende a TREIN-

TA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL

DOSCIENTOS VEINTISEIS 01/100 COLONES (¢35,639,226.01) y que

tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado EDIFICACIONES

DEL FUTURO, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA LA ERMITA,

BLOCK “M” No. 1-B, APOPA, SAN SALVADOR y que se dedica a

URBANIZACION Y CONSTRUCCION.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de enero de dos mil ocho.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F012131-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002005170

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002005170- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALONSO

GARCIA RIVERA en su calidad de Representante legal de la socie-

dad EDIFICACIONES CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse EDIC, S.A. DE C.V.; de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 6 del libro 48 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-120175-001-5; el cual ha presentado solicitud a las once

horas y quince minutos del día quince de febrero de dos mil ocho con la

cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002005170 inscripción 17 y el

asiento de Establecimiento No. 2002005170- 001 inscripción 18, ambos

del libro 178 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la

Empresa denominada EDIFICACIONES CUSCATLAN, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a URBANI-

ZACION Y CONSTRUCCION, con dirección en BOULEVARD LOS

HEROES, CONDOMINIO 2000, LOCAL No. 11 Y 12, SAN SALVADOR

del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a UN MILLON

NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS 25/100

COLONES (¢1,097,682.25) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado EDIFICACIONES CUSCATLAN, S.A. DE C.V., ubicado

en BOULEVARD LOS HEROES, CONDOMINIO 2000, LOCAL No.

11 Y 12, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintitrés de abril de dos mil ocho.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F012132-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002019896

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002019896- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL

ERNESTO LACAYO en su calidad de Representante legal de la socie-

dad KONFFETTY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse KONFFETTY, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 14 del libro 516 del Registro de

Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-030786-003-8, ha presentado solicitud de CAMBIO

DE DIRECCION DE LA EMPRESA, con la cual se le otorga la inscrip-

ción No. 207 del libro 180 del folio 415 al 416; a favor de la Empresa

denominada KONFFETTY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a FABRICACION DE PRENDAS DE

VESTIR, con dirección en KM. 17½, CARRETERA CA-1, PARCELA

2 Y 3, FINCA APACHULCO, APOPA, SAN SALVADOR y que tiene

el establecimiento denominado KONFFETTY, S. A. DE C. V., la cual se

dedica a FABRICACION DE PRENDAS DE VESTIR con dirección en KM.

17½, CARRETERA CA-1, PARCELA 2 Y 3, FINCA APACHULCO,

APOPA, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta de mayo de dos mil ocho.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F012155-2

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Page 119: Diario 12 de Junio- 2008 · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008. 5 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 471.- San Salvador, 22 de mayo del 2008. EL

119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

SUBASTA PÚBLICA

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por

el Licenciado Ernesto Vinicio Belloso Escoto como Apoderado General

Judicial del señor Nelson Fredy Gómez García contra los señores José

Arnulfo Monge Torres y Sandra Elizabeth Monge conocida tributaria-

mente por Sandra Elizabeth Campos de Thompson, se venderá en este

Juzgado en pública subasta y en fecha oportuna el siguiente inmueble:

“De naturaleza urbana, situado en el centro de la ciudad de Nahuizalco,

de este departamento identifi cado en su antecedente como número dos

y que queda hacia el rumbo poniente del todo, de una extensión su-

perfi cial de CIENTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS

SETECIENTOS SETENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS

CUATROCIENTOS VEINTE MILIMETROS CUADRADOS, el cual

mide y linda: AL NORTE, seis metros doscientos cuarenta y un milíme-

tros con sucesión de Martín López; AL SUR, seis metros trescientos un

milímetros con José Shul, calle de por medio; AL ORIENTE, veintitrés

metros cuatrocientos ocho milímetros, con lote de Luis Castro Gutiérrez;

AL PONIENTE, veintitrés metros cuatrocientos ocho milímetros. In-

mueble inscrito en la matrícula UNO CERO CERO OCHO CERO DOS

CUATRO NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO a favor de los

demandados.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del día

veinticuatro de Abril del dos mil ocho. LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020901-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA, actuando como

Apoderado del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA; contra la

señora ROSARIO CALDERON MEJIA, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal, en fecha y hora que será señalada posteriormente,

los inmuebles que a continuación se describen: “UN INMUEBLE de

naturaleza urbana, situado en el Centro Urbano José Simeón Cañas en

la jurisdicción de Mejicanos, de este Departamento, identifi cado como

APARTAMENTO NUMERO VEINTIDÓS, EDIFICIO NUMERO CIN-

CUENTA, CONDOMINIO “H”, que se describe así: Dicho apartamento

es del sistema mixto, tiene un volumen de ciento veintisiete punto noventa

y tres metros cúbicos y un área superfi cial de cuarenta y nueve punto

veintiún metros cuadrados, el que mide: AL NORTE: siete punto setenta

y cinco metros; AL PONIENTE: seis punto treinta y cinco metros; AL

SUR: siete punto setenta y cinco metros, AL ORIENTE: seis punto

treinta y cinco metros. Todos los apartamentos colindantes, al igual que

el inmueble objeto de este embargo pertenecen al mismo Centro Urbano,

los cuales son o han sido propiedad del Fondo Social Para la Vivienda.

El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor de la ejecutada

señora ROSARIO CALDERON MEJIA bajo la matrícula SEIS CERO

CERO DOS CUATRO CINCO CERO SIETE-A CERO UNO CINCO

CUATRO del Registro de la Propiedad de San Salvador.-

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al Público

para los efectos de Ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las nueve horas veinte minutos del día tres de marzo

del dos mil ocho.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO

MERCANTIL. LIC. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012094-2

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal por

el Licenciado Maximiliano Gómez Moreno como Apoderado General

Judicial del señor Carlos Merino contra el señor Jorge Alberto Herrera,

se venderá en este Juzgado en pública subasta y en fecha oportuna el

siguiente: “Un inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón El

Castaño jurisdicción de San Antonio del Monte, de este departamento, de

una extensión superfi cial de Doscientos Noventa y dos metros cuadrados,

cuarenta y siete decímetros cuadrados cincuenta centímetros cuadrados,

pero según medidas lineales del mismo, de Doscientos Noventa metros

cuadrados cincuenta decímetros cuadrados y según medidas lineales

de catastro de doscientos cuarenta y tres metros cuadrados sesenta y

nueve decímetros cuadrados, noventa y tres decímetros cuadrados,

cuya descripción es la siguiente: AL NORTE, según antecedente once

metros cincuenta y tres centímetros, según catastro diez metros sesenta

y dos centímetros, linda con Cándida Susana Contreras; AL ORIEN-

TE, según antecedente veintitrés metros cincuenta centímetros, según

catastro, veintidós metros sesenta centímetros, linda con Elena Mancía

de Cassio, pasaje de por medio; AL SUR, según antecedente doce me-

tros, según catastro diez metros cuarenta y un centímetros, calle pública

de por medio que conduce al Cementerio General de dicha población,

linda con Andrés Rivera Varela, pasaje denominado Monte Carmelo y

con sucesión de Enrique Rivera, representada por German Rivera y AL

PONIENTE, según antecedente, veinticinco metros ochenta y cuatro

centímetros según catastro veintitrés metros noventa y ocho centímetros,

linda con propiedad de Julio Alberto Gudiel.- Los callejones y pasajes

mencionados anteriormente son propiedad de la comunidad.- Inscrito al

sistema de folio real computarizado con matrícula número UNO CERO

CERO CERO TRES TRES CERO SEIS-CERO CERO CERO CERO

CERO Asiento QUINCE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de este Departamento.-

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día veintidós

de Mayo del dos mil ocho. LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDAL-

GO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE. LIC. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012202-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que en el Juicio

Civil Ejecutivo seguido en este Tribunal por el Licenciado ROGELIO

EDGARDO IRAHETA MORENO, como apoderado del FONDO SO-

CIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma de este

domicilio, que se abrevia “EL FONDO”, contra la señora ALMA MARI-

NA GARCIA conocida por ALMA MARINA HERNANDEZ GARCIA,

mayor de edad, Empleada, del domicilio de Soyapango, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en este Juzgado

en Pública Subasta, el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote

urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con

el número VEINTIOCHO, DEL BLOCK TREINTA Y CINCO; Pasaje

“R” del Reparto LA CAMPANERA TERCERA ETAPA, identifi cado

como lote o porción B, llamado Cruz de Piedra o El Limón, Cantón El

Limón, jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador, cuyas

medidas perimetrales son: AL NORTE nueve punto cero cero metros;

AL ORIENTE: Cinco punto cero cero metros; AL SUR: nueve punto

cero cero metros; AL PONIENTE: cinco punto cero cero metros; de una

extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS. En el cual hay construida una casa de sistema

mixto con todos servicios.”

El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor de la señora ALMA

MARINA GARCIA conocida por ALMA MARINA HERNANDEZ

GARCIA bajo la Matrícula M CERO UNO UNO TRES UNO SEIS SIETE

SIETE del Registro Social de Inmuebles de este Departamento.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas con veintitrés minutos del día dieciséis de mayo de dos mil ocho.-

DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012245-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado RAMON JOSE ANDRES

MENDEZ QUINTEROS, como Apoderado del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, que se abrevia “EL FONDO”, Institución de

Crédito Autónoma, de este domicilio, contra el señor JOSE ANTONIO

PONCE PORTILLO, conocido por JOSE ANTONIO PORTILLO

PONCE, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Ciudad Delgado,

actualmente de domicilio ignorado, representado por su Curador Ad

Litem Doctor CARLOS CABALLERO BERMUDEZ, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública

subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: “ Un

lote Urbano y construcciones que contiene marcado en el plano res-

pectivo con el Número VEINTINUEVE del Block TREINTA Y SEIS,

Pasaje “R”, del Reparto LA CAMPANERA II ETAPA, situado en el

lugar conocido con el nombre de La Campanera a la Vera del camino

vecinal que de Soyapango, conduce a Tonacatepeque, en el Cantón El

Limón, jurisdicción de Soyapango, Departamento de San Salvador;

cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, nueve punto cero cero

metros; AL ORIENTE; cinco punto cero cero metros; AL SUR, nueve

punto cero cero metros; AL PONIENTE, cinco punto cero cero metros;

de una extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS. En el cual hay construida una casa de

sistema mixto con todos sus servicios.”

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor

JOSE ANTONIO PONCE PORTILLO, conocido por JOSE ANTONIO

PORTILLO PONCE, bajo la Matrícula Número SEIS CERO UNO SIETE

SIETE SIETE CINCO UNO-CERO CERO CERO CERO CERO, bajo

el Asiento de Inscripción Número UNO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas y treinta minutos del día ocho de Mayo del dos mil ocho. DR.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.

BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012246-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Al Público para efectos de ley; que por ejecu-

ción seguida en este Tribunal por el abogado ROGELIO EDGARDO

IRAHETA MORENO, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución Ofi cial de Crédito; de este Domicilio; que se

abrevia “EL FONDO”, contra el señor ALFREDO ANTONIO HURTADO

NUÑEZ mayor de edad, Estudiante, del domicilio Ilopango, reclamándole

cantidad de colones y demás accesorios legales se venderá en Pública

Subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado siguiente: “Un

Apartamento Urbano, marcado con el NUMERO NOVENTA Y OCHO,

Edifi cio nueve, del Condominio “Jardines de San Bartolo”, jurisdicción

de Ilopango, en este Departamento. Dicho inmueble se describe así:

APARTAMENTO NUMERO NOVENTA Y OCHO, EDIFICIO NUEVE.

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle de acceso al Reparto

Jardines de San Bartolo y Calle Las Flores, ambas abiertas en dicho

Reparto, se mide sobre el eje de esta última dieciséis metros, con rumbo

norte ochenta grados cero punto cero minutos Este; luego con defl exión

derecha de noventa grados se miden treinta y tres metros, localizándose

allí el esquinero Nor-Oeste del Apartamento número noventa y siete,

cuya elevación sobre el nivel del mar es de seiscientos quince punto

cincuenta metros, partiendo del esquinero Nor-Oeste del apartamento

número noventa y siete, se miden verticalmente hacia arriba dos punto

cincuenta metros, llegando así al esquinero Nor-Oeste del Apartamento

mide y linda: PONIENTE, línea recta de siete punto setenta metros,

con rumbo sur diez grados cero punto cero minutos Este, que linda con

espacio aéreo sobre zona verde propiedad del Condominio. SUR; Línea

recta de cinco metros con rumbo norte ochenta grados cero punto cero

minutos Este, que linda con espacio aéreo sobre patio del Apartamento

número noventa y siete. ORIENTE: línea recta de siete punto setenta

metros, con rumbo norte diez grados cero punto cero minutos oeste,

que linda con apartamento número cien, pared común propiedad del

Condominio de por medio. NORTE, línea recta de cinco metros, con

rumbo Sur diez grados cero punto cero minutos Oeste, que linda con

espacio aéreo sobre zona verde propiedad del Condominio. Por la parte

baja o piso, linda con apartamento número noventa y siete, obra gruesa

o losa de por medio, por la parte superior con espacio aéreo del Condo-

minio, techo de lámina de asbesto de por medio tiene una altura de dos

punto cincuenta metros. El área total del apartamento es de TREINTA

Y NUEVE PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, equi-

valentes a cincuenta y seis punto dieciséis varas cuadradas. Siendo el

área de construcción de treinta y ocho punto noventa metros cuadrados.

El inmueble antes descrito está inscrito a nombre del señor ALFREDO

ANTONIO HURTADO NUÑEZ, bajo el número VEINTIOCHO, del

Libro CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA del Registro de la

Propiedad de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas con diecinueve minutos del día trece de mayo del año dos mil ocho.

DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL. BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012248-2

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo que en este

Tribunal promueve la Licenciada Deborah Jeannet Chávez Crespín, en

calidad de Apoderada del Fondo Social para la Vivienda, contra el señor

Julio César González Martínez, se venderá en Pública Subasta en este

Tribunal, en fecha que más adelante se señalará, el bien inmueble que

a continuación se localiza y describe, ASI: “Inmueble de naturaleza

urbana y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo

con el número SIETE, del polígono Tres, pasaje Tres Poniente, Block

“E” Poniente, de una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS. Dicho lote forma parte de la

Residencial denominada Santísima Trinidad, situada en la Jurisdicción

de Ayutuxtepeque, al fi nal de la colonia Escandia, Departamento de San

Salvador, cuya descripción es la siguiente: AL NORTE: cinco punto cero

cero metros; AL ORIENTE: Diez punto cero cero metros; AL SUR: cinco

punto cero cero metros; y AL PONIENTE: Diez punto cero cero metros.

Inscrito a la Matrícula número M CERO UNO DOS CUATRO CINCO

UNO OCHO CINCO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.”

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,

San Salvador, a las doce horas y cuarenta y nueve minutos del día seis

de Mayo del año dos mil ocho.- LIC. ANA MARIA CORDON ESCO-

BAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. LIC. ANA CECILIA

FIGUEROA ALMENDARES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012249-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

por la Abogada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ ESCAMILLA, como

Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el

señor JOSÉ SALVADOR AYALA PEÑA, reclamándole cumplimiento

de obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública su-

basta en este Tribunal, el inmueble que se describe a continuación: “Un

lote urbano, y construcciones que contiene, marcado con el NÚMERO

CATORCE, DEL POLÍGONO NÚMERO CINCO, DEL BLOCK “E”

PONIENTE, PASAJE NÚMERO CUATRO PONIENTE, del Proyecto

de vivienda denominado RESIDENCIAL SANTÍSIMA TRINIDAD,

situado en jurisdicción de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salva-

dor; cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, cinco punto cero cero

metros. AL ORIENTE, diez punto cero cero metros. AL SUR, Cinco

punto cero cero metros. AL PONIENTE, Diez punto cero cero metros,

de una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS.” El inmueble antes descrito se encuentra

inscrito a favor del demandado señor JOSÉ SALVADOR AYALA PEÑA,

bajo la Matrícula Número 60236117-00000, Asiento de inscripción 1,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

catorce horas y veinte minutos del día quince de mayo del año dos mil

ocho. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.

por: LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012250-2

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecu-

ción seguida en este Tribunal por el Licenciado MANUEL ENRIQUE

UCEDA NERIO, como apoderado del “FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA”, que se abrevia “EL FONDO”, Institución Autónoma, de

Derecho Público, de este domicilio, contra la señora MARIA TERESA

RIVERA CASTRO, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos, del Domicilio

de San Julián, Departamento de Sonsonate, actualmente de domicilio

ignorado, representada por su Curador Ad Litem Licenciado CESAR

ARMANDO REYES RODRIGUEZ, reclamándole cantidad de colones

y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzga-

do, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de terreno Urbano,

y construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo con el

número QUINCE, del Block O, de la Urbanización “REPARTO SAN

RAMON”, ubicado en el Cantón El Limón, Jurisdicción de Soyapango,

en este Departamento; de una extensión superfi cial de CUARENTA Y

OCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a SESENTA Y OCHO

PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, contiene un

área construida de TREINTA PUNTO SETENTA Y TRES METROS

CUADRADOS, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la

Intersección de los ejes de la Calle Tonacatepeque y la Calle El Limón del

Reparto San Ramón, hacia el oriente y sobre el eje de la Calle El Limón

con rumbo Sur ochenta y siete grados doce punto cero minutos Este se

mide una distancia de doscientos setenta y uno punto cincuenta metros,

de aquí con una defl exión izquierda de noventa grados partimos sobre

el eje del pasaje número veintidós con un rumbo Norte de dos grados

cuarenta y ocho punto cero minutos Este y medimos una distancia de

ochenta y nueve metros de aquí con una defl exión izquierda de nueve

grados se mide una distancia de dos punto cincuenta metros, llegando

al esquinero Sur este del lote número quince del Block “O” a describir

así AL SUR: Línea recta con rumbo Norte ochenta y siete grados doce

punto cero minutos Oeste se mide una distancia de ocho metros lindando

con el lote catorce del Block “O” del mismo reparto; AL OESTE: Línea

recta con rumbo Norte dos grados cuarenta y ocho punto cero minutos

Este se mide una distancia de seis metros lindando con el lote número

treinta y uno del Block “O” del mismo reparto; AL NORTE: Línea recta

con rumbo Sur ochenta y siete grados doce punto cero minutos Este se

mide una distancia de ocho metros lindando con lote número dieciséis

del Block “O” del mismo reparto; AL ESTE: Línea recta con rumbo

Sur dos grados cuarenta y ocho punto cero minutos Oeste se mide una

distancia de seis metros, lindando con el pasaje número veintidós de por

medio con un derecho de vía de tres metros con zona verde del mismo

reparto, llegando así al punto de partida.

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la se-

ñora MARIA TERESA RIVERA CASTRO, bajo la Matrícula número

SEIS CERO UNO SIETE TRES CINCO NUEVE TRES - CERO CERO

CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro de este Departamento.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

once horas del día diecinueve de Febrero de dos mil ocho.- DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012252-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada DEBORAH JEANNET CHAVEZ

CRESPIN en su calidad de Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, contra la señora REINA DEL ROSARIO LOPEZ conocida

por REINA DEL ROSARIO REYES LOPEZ, se venderá en pública su-

basta el inmueble siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones

que contiene marcado en el plano respectivo con el número SETENTA

Y UNO pasaje DOS NORTE POLIGONO D, de la Urbanización “RE-

SIDENCIAL ALTA VISTA”, situado en la jurisdicción de Ilopango,

de este Departamento, de una extensión superfi cial de CINCUENTA

METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son las siguientes:

AL NORTE: diez metros, AL ORIENTE; Cinco metros; AL SUR: diez

metros; AL PONIENTE: cinco metros, y en él hay construida una casa

de sistema mixto en un área de veintisiete metros cuadrados. Inscrito

bajo la Matrícula número SEIS CERO DOS CUATRO NUEVE CINCO

OCHO OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO, a favor de la de-

mandada señora REINA DEL ROSARIO LOPEZ conocida por REINA

DEL ROSARIO REYES LOPEZ, en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas quince minutos del día trece de mayo de dos mil ocho.- DR. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012254-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado NATIVIDAD DE LEON

BENITEZ, conocido por LEON BENITEZ, como Apoderado del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se abrevia “EL FONDO”. Insti-

tución de Crédito Autónoma, de este domicilio, contra el señor JOSE

MAURICIO TOBAR GOMEZ, mayor de edad, Estudiante, del domicilio

de Soyapango, actualmente de domicilio ignorado, representado por su

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Page 123: Diario 12 de Junio- 2008 · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008. 5 MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA ACUERDO No. 471.- San Salvador, 22 de mayo del 2008. EL

123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Curadora Ad Litem Licenciada SANDRA ELIZABETH SANCHEZ

DIAZ, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se

venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado

siguiente: “Un lote de terreno urbano, marcado con el Número VEINTE

del Sector CUARENTA Y OCHO, el cual forma parte de la URBANI-

ZACIÓN RESIDENCIAL VILLA HERMOSA, situada en jurisdicción

de Cuscatancingo, en los Cantones San Luis Mariona, Barranca Honda

y El Angel, porción segregada situada únicamente en el Municipio de

Cuscatancingo, de este Departamento, cuya descripción es la siguiente:

Lote Número VEINTE, Pasaje Número VEINTISIETE, Sector CUA-

RENTA Y OCHO. Tiene un área de CINCUENTA Y SIETE PUNTO

CINCUENTA METROS CUADRADOS y sus medidas son: AL NORTE:

Cinco punto diez metros; AL ORIENTE: Doce punto cero metros; AL

SUR: Cinco punto cero metros; AL PONIENTE: Diez punto cincuenta

metros.”

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor

JOSE MAURICIO TOBAR GOMEZ, bajo la Matrícula Número SEIS

CERO UNO DOS DOS SIETE UNO DOS - CERO CERO CERO CERO

CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departa-

mento.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Jugado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas y treinta minutos del día trece de mayo de dos mil ocho.- DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012256-2

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por

el Licenciado OSCAR JAVIER PORTILLO, como Apoderado Especial

Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra el señor

FRANCISCO ARDON BARRERA, se venderá en pública subasta, en este

Tribunal, fecha que oportunamente se señalará del inmueble embargado

que a continuación se describe: situado en el Complejo Habitacional

San José, el lote marcado con el número cuatro, polígono “D”, Cantón

Las Dispensas, jurisdicción de San José Villanueva, Departamento de

La Libertad, con una extensión superfi cial de doscientos once punto

cincuenta metros cuadrados, cuyos tramos miden: AL NORTE, veintiuno

punto treinta y seis metros; AL ORIENTE: diecisiete metros; AL SUR:

dieciocho metros; y AL PONIENTE: seis metros, quedando reducido a

cincuenta mil ciento setenta y siete punto cincuenta y seis metros cua-

drados. el lote una área construida de veinticuatro metros cuadrados. El

inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor FRAN-

CISCO ARDON BARRERA, bajo la matrícula número M CERO UN

MILLON DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, ASIENTO

NUMERO CERO CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES SEIS

MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO, e hipotecado a favor de la

Institución Ejecutante bajo el asiento CERO CERO DOS, del Registro

Social de Inmuebles de este departamento.

Se admitirán posturas las que se hagan siendo legales.

Librado en el JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San

Salvador, a las once horas y treinta minutos del día catorce de abril del

año dos mil ocho.- LIC. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ

QUINTO DE LO LABORAL.- LIC. ANGEL ANTONIO CORNEJO

CAÑENGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F012257-2

INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL

INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecu-

ción promovida en este juzgado por la Licenciada BLANCA SILVIA

VILLEGAS LINARES, en su calidad de Apoderada del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA contra MAGDA MELIDA LÓPEZ, se venderá

en pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por el precio que

oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: “Un

lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el

Número QUINIENTOS CINCUENTA, Block “E”, “Urbanización

denominada VALLE DEL SOL, que ha construido la SOCIEDAD que

representa VI ETAPA; situada en Cantones San Nicolás y Las Tres

Ceibas, Jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión

superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, con un área de

construcción de VEINTISÉIS METROS CUADRADOS, que se describe

así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Santa Catarina,

y el Pasaje Número dieciocho, de la Urbanización VALLE DEL SOL, y

midiendo una distancia de treinta y uno punto cincuenta metros; sobre el

eje de Pasaje; con rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos

cincuenta y cinco segundos Oeste se llega a un punto en el cual se hace

una defl exión positiva de noventa grados y midiendo una distancia de dos

punto cincuenta metros, se llega al esquinero Sur-Este, del lote que se

describe, el cual mide y linda; AL SUR: Recta de cinco punto cero cero

metros, rumbo Sur ochenta grados, cincuenta y siete minutos cincuenta

y cinco segundo Oeste, linda con el lote número cuatrocientos noventa

y nueve de este mismo block; pasaje número dieciocho de cinco punto

cero metros de ancho de por medio; AL PONIENTE: Recta de diez

punto cero cero metros, rumbo Norte nueve grados cero dos minutos

cero cinco segundos Oeste linda con el lote número quinientos cincuenta

y uno de este mismo block; AL NORTE: Recta de cinco punto cero

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

cero metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos

cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número quinientos

setenta y tres de este mismo block, AL ORIENTE: Recta de diez punto

cero cero metros, rumbo SUR: nueve grados cero dos minutos cero cinco

segundos Este, linda con el lote número quinientos cuarenta y nueve, de

este mismo block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son

o han sido propiedad de CONSTRUCTORA TENZE S.A. DE C.V.”.

Inmueble inscrito a favor de la demandada bajo la matrícula NUMERO

60202803-00000 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las diez horas del día dieciséis de Mayo de dos mil ocho.-

DRA. INES TAURA DE CUCHILLA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

INTA.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F012259-2

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO

MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, como

Apoderado General Judicial del BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVA-

DOR, SOCIEDAD ANÓNIMA; contra los señores CARLOS ALFREDO

RODRIGUEZ, ANA TERESA RIVAS HIDALGO DE LEIVA conocida

por ANA TERESA RIVAS DE LEIVA, MARTA YANIRA HIDALGO

HOY DE RODRIGUEZ conocida por MARTA YANIRA HIDALGO

REYES, KARLA MIRELLA y SILVIA MARIA, ambas de apellidos

RIVERA RIVAS, estas últimas en calidad de herederas con benefi cio

de inventario de la Sucesión SILVIA MIRELLA RIVAS DE RIVERA

conocida por SILVIA MIRELLA RIVAS HIDALGO y contra la Sucesión

de ANA ROSA HIDALGO DE REYES representada por el Curador

de la Herencia Yacente Licenciado EDUARDO ANTONIO RAMOS;

se venderá en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será

señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe:

“SOLAR URBANO y construcciones que contiene marcado con el

número dos, tipo obrero, sección uno, de la Colonia Diez de Septiem-

bre, jurisdicción de la ciudad y departamento de San Salvador, de una

extensión superfi cial de CIENTO SESENTA PUNTO CINCUENTA Y

OCHO METROS CUADRADOS, en el cual hay construida una casa tipo

obrero, solar que a partir de su vértice Noroeste mide y linda: AL NORTE,

nueve metros quince centímetros, con terreno del señor Jorge Harrisón,

antigua Calle a Santa Tecla; AL ORIENTE, dieciocho metros con casa

uno, tipo obrero de la sección número uno; AL SUR. Igual medida que

al Norte, con casa número seis tipo Empleado de la sección número uno;

y AL PONIENTE, diecisiete metros diez centímetros con casa número

tres, tipo obrero, de la misma sección uno. El inmueble anteriormente

descrito según antecedentes es de propiedad, en proindivisión, de las

señoras ANA ROSA REYES HIDALGO conocida por ANA ROSA

HIDALGO, ANA TERESA RIVAS HIDALGO y SILVIA MIRELLA

RIVAS HIDALGO, correspondiéndole a cada una de las propietarias un

derecho proindiviso, tal como a continuación se detalla: a la primera y a

la segunda, un derecho proindiviso equivalente a un treinta y tres punto

treinta y tres por ciento; y a la tercera, un derecho proindiviso equivalente

a treinta y tres punto treinta y cuatro por ciento, según Matrícula número

SEIS CERO DOS DOS CERO CINCO CUATRO SIETE - CERO CERO

CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro del Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público

para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las diez horas y cuarenta y un minutos del día siete de

marzo de dos mil ocho.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE

LO MERCANTIL.- LICDA. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F012270-2

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas

se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No.

45601082076 (04073) emitido en Suc. Merliot el 23 de octubre de 2007,

por valor original de $32,000.00 a un plazo de 1 mes, el cual devenga

el 4.850% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por

habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil

ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F012184-2

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

AVISO

EL BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas

se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No.

10945144 (104156) emitido en Suc. Centro (Banco Hipotecario) el 01

de marzo de 1993, por valor original de ¢2,000.00 a un plazo de 2 años,

el cual devenga el 15% de interés solicitando la reposición de dicho

certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los treinta días del mes de mayo de dos mil

ocho.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F012185-2

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas

en Km. 10 Carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de

CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número

015PLA000168099, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO

por QUINIENTOS DOLARES 00/100 (US$500.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SOYAPANGO, 4 de junio de 2008.

CELINA DE RODAS,

BANCO CUSCATLÁN S.A.

AGENCIA UNICENTRO.

3 v. alt. No. F012216-2

AUMENTO DE CAPITAL

JOSE ROBERTO SAFIE YUJA, Administrador Único Propietario de

la Sociedad INVERSIONES J. R., S.A. DE C.V.

CERTIFICA: Que según escritura pública otorgada en esta ciudad, a

las diez horas del día nueve de mayo de dos mil ocho, ante los ofi cios del

notario Samuel Alcides Barahona Umaña, por los señores JOSE ROBER-

TO SAFIE YUJA y GLADIS MITRI ZARZAR DE SAFIE, se encuentra

asentado el acuerdo que literalmente dice: “I) Aumento de Capital Social.

La Junta General de Accionistas acuerda, por unanimidad, incrementar

el capital social de SETECIENTOS CINCUENTA MIL COLONES, a

CINCO MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL COLONES; el cual

estaría integrado así: CIEN MIL COLONES de Capital Social Mínimo; y

CINCO MILLONES VEINTICINCO MIL COLONES, la parte Variable;

utilizando como recursos el APORTE DE CAPITAL EFECTIVO, de

CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CO-

LONES; según cheques emitidos a favor de la sociedad INVERSIONES

J.R. S.A. DE C.V.; el primero, emitido con fecha doce de marzo del año

en curso, por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL DÓLARES, de la

Cuenta Corriente número CINCO UNO CERO CERO CERO CUATRO

SIETE OCHO NUEVE CINCO; y cheque Serie “PRO” número treinta y

un mil doscientos veinticuatro-cinco, en contra del Banco Agrícola, S.A.;

y el segundo, emitido con fecha diecisiete de marzo del año en curso, por

la cantidad de CIEN MIL DÓLARES, Cheque de Caja contra el Banco

HSBC, Serie “A” número cincuenta y seis mil doscientos veinticinco

de la cuenta número dos uno tres cero cero uno cero uno cero uno cero

uno cero cero cero seis; y mediante la elevación del valor de las SIETE

MIL QUINIENTAS ACCIONES ya emitidas; de acuerdo al informe

del auditor externo de la sociedad. En consecuencia dicho aumento de

Capital Social ha sido suscrito mediante APORTE DE CAPITAL EN

EFECTIVO de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y

CINCO MIL COLONES. II) Se acuerda, asimismo, por unanimidad de

votos, nombrar ejecutor del acuerdo de aumento del capital al licenciado

DOUGLAS RADAMEZ BARAHONA UMAÑA".

Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los

usos legales y administrativos correspondientes, se extiende la presente

en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de mayo de dos

mil ocho.

LIC. JOSÉ ROBERTO SAFIE YUJA,

ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. F012160-2

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

TITULO MUNICIPAL

FRANCISCO ANDRÉS ADONAY GÓMEZ: Alcalde Municipal de

Yamabal, Departamento de Morazán, al Público en General para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licenciada

JUANA LORENA ROSALES FUENTES, abogada, del domicilio de San

Miguel, como Apoderada General Judicial de la señora SARA NELLY

AMAYA, de cincuenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, del

domicilio de Yamabal, Departamento de Morazán, con Documento Único

de Identidad: cero tres millones trescientos tres mil setecientos-dos y con

Número de Identifi cación Tributaria: un mil trescientos veinticinco-cero

noventa mil doscientos cincuenta y uno-ciento uno-uno, solicitando a su

favor TITULO MUNICIPAL sobre el siguiente inmueble: Un terreno de

naturaleza urbana, situado en el centro de la población de Yamabal, Distrito

de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, de la capacidad

superfi cial de SEISCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS, siendo

los linderos y dimensiones siguientes: AL ORIENTE: mide veinte metros

en línea recta, cerco de madera muerta, linda con Reineria García, calle en

medio. AL NORTE: Mide treinta y tres metros en línea recta, dividido por

cerco de madera muerta linda con Angélica Sánchez y Mercedes Amaya

calle de por medio, AL PONIENTE: Linda con Hermelinda Carranza,

divididos por cerco de madera muerta de propiedad del inmueble, mide

dieciocho metros. AL SUR: Mide treinta y un metros divididos por cerco

de madera muerta de propiedad del inmueble lindando con Trinidad

Amaya, línea recta a llegar a donde comenzó esta descripción, en este

solar se encuentra ubicada una casa, paredes de bahareque sobre horcones

techo de tejas de once varas de largo, por ocho varas de ancho, inclusive

el corredor y un corredor rumbo al oriente. Dicho terreno lo valúa en la

suma de SIETE MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA, y adquirió dicho inmueble por compraventa en escritura

pública de parte de la señora: RUBENIA FRANCO HERNÁNDEZ,

conocida por RUBENIA PASTORA FRANCO, por medio de su Apo-

derado Especial Señor: SERGIO LAZO, venta privada, realizada en la

ciudad de San Miguel, a las diez horas del día veintitrés de mayo del

año dos mil siete.

Por lo que se cita a todo aquél que se crea con derecho en dicho

inmueble a oponerse en autos en el término legal a hacer uso de sus

derechos.

Librado en la Alcaldía Municipal de Yamabal, a uno de noviembre

de dos mil siete. FRANCISCO ANDRÉS ADONAY GÓMEZ, ALCAL-

DE MUNICIPAL. ELIZABETH DEL CARMEN BRAN SÁNCHEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C020884-2

OTROS

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que JOSE MARCIANO ORELLANA, de treinta

y ocho años de edad, Agricultor, de este domicilio, portador de su Docu-

mento Único de Identidad número cero tres millones quinientos treinta

y seis mil cuarenta y cinco-uno, Número de identifi cación Tributaria

cero nueve cero seis-veintitrés cero dos setenta-ciento tres-cero; solicita

título de un inmueble urbano situado en fi nal Calle Doroteo Vasconce-

los, Barrio Santa Bárbara de esta ciudad, de una extensión superfi cial

de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y

linderos siguientes: AL PONIENTE: veinte metros, linda con terreno

de Evelio Echeverría; AL SUR: nueve metros, linda con terreno de la

señora María Ramona Orellana; AL ORIENTE: veinte metros linda

con terreno de Mercedes Alfaro, con derecho a calle de un metro de

ancho y veintitrés punto noventa metros de largo; y AL NORTE: nueve

metros linda con terreno de María Fuentes. En el terreno descrito no se

encuentran construcciones de ninguna naturaleza, no es dominante ni

sirviente, ni tiene carga ni gravámenes de ninguna naturaleza, lo adquirió

por compra que hizo a los señores José Santos Reyes Mendoza y Rafael

Antonio Callejas y lo estima en veinte mil dólares de los Estados Unidos

de América, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

a catorce de abril de dos mil ocho. ING. JESÚS EDGAR BONILLA

NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR

ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F012139-2

MARCAS DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2006062738

No. de Presentación: 20060085430

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN RAMON

SERRANO, en su calidad de APODERADO de PARRILLADAS, SO-

CIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras La Estancia y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES EN TODAS

SUS RAMAS.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos

mil seis.

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil ocho.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C018078-2

No. de Expediente: 2008076464

No. de Presentación: 20080109381

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAISY

YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de Co-

mercio Mas, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

ESMASTV

Consistente en: la expresión ESMASTV, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE COMUNICACIÓN QUE PERMITAN

LA CONVERSACIÓN ENTRE PERSONAS, LA REMISIÓN Y

RECEPCIÓN DE MENSAJES DE TEXTO, ALFANUMÉRICOS Y

SONOROS, ASI COMO FOTOS Y VIDEOS ENTRE PERSONAS,

Y LA COMUNICACIÓN ORAL Y/O VISUAL ENTRE PERSONAS;

SERVICIOS DE DIFUSIÓN DE PROGRAMAS, VIDEOS Y NOTICIAS

DE TODO GÉNERO, INCLUYENDO PROGRAMAS QUE PUEDEN

SER TRANSMITIDOS EN RED, EN LÍNEA Y CABLE PARA SER

VISTOS Y ESCUCHADOS A TRAVÉS DE UN COMPUTADOR, A

TRAVÉS DE UNA PÁGINA DE INTERNET O EN OTROS APARATOS

RECEPTORES Y QUE PUEDAN SER DESCARGABLES (“BAJA-

DOS”) Y RETROALIMENTADOS POR LOS EMISORES Y/O LOS

USUARIOS EN TIEMPO REAL O A POSTERIORI.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de mayo del año dos mil ocho.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020890-2

No. de Expediente: 2008076461

No. de Presentación: 20080109372

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAISY

YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de Co-

mercio Mas, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la palabra esmas tv y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN QUE PERMI-

TAN LA CONVERSACIÓN ENTRE PERSONAS, LA REMISIÓN

Y RECEPCIÓN DE MENSAJES DE TEXTO, ALFANUMÉRICOS

Y SONOROS, ASI COMO FOTOS Y VIDEOS ENTRE PERSONAS,

Y LA COMUNICACIÓN ORAL Y/O VISUAL ENTRE PERSONAS;

SERVICIOS DE DIFUSIÓN DE PROGRAMAS, VIDEOS Y NOTICIAS

DE TODO GENERO, INCLUYENDO PROGRAMAS QUE PUEDEN

SER TRANSMITIDOS EN RED, EN LÍNEA Y CABLE PARA SER

VISTOS Y ESCUCHADOS A TRAVÉS DE UN COMPUTADOR, A

TRAVÉS DE UNA PAGINA DE INTERNET O EN OTROS APARATOS

RECEPTORES QUE PUEDAN SER DESCARGABLES (“BAJADOS”)

Y RETROALIMENTADOS POR LOS EMISORES Y/O LOS USUA-

RIOS EN TIEMPO REAL O A POSTERIORI.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil

ocho.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de mayo del año dos mil ocho.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020891-2

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

ACEPTACION DE HERENCIA

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia del causante señor JOSE VIDAL MARTINEZ MEJIA, conocido por JOSE VIDAL MARTINEZ, que por resolución dictada por este Juzgado, a las once horas quince minutos del día nueve de mayo del dos mil ocho, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día veinte de abril de mil novencientos noventa y cinco, dejó JOSE VIDAL MARTINEZ MEJIA, conocido por JOSE VIDAL MARTINEZ, de parte de MAURA LOPEZ DE MARTINEZ, conocida por MAURA LOPEZ VIUDA DE MARTINEZ y por MAURA LOPEZ, JOEL VIDAL, DELMY ELIZABETH y ROXANA IVETTE, los tres últimos de apellidos MARTINEZ LOPEZ, la primera en su concepto de cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del causante y como cesionarios del derecho que le correspondía a la señora MARIA CANDI-DA MEJIA VIUDA DE MARTINEZ, conocida por MARIA CANDIDA MEJIA, madre del causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y el menor JOEL VIDAL MARTINEZ LOPEZ, por medio de su Representante Legal o sea representado por su madre MAURA LOPEZ DE MARTINEZ, conocida por MAURA LOPEZ VIUDA DE MARTINEZ y por MAURA LOPEZ.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las quince horas del día veintiséis de mayo de dos mil ocho. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011666-3

MAYRA DINORA REYES QUIROZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Jurídico ubicado en Trece Calle Oriente, Pasaje Sagrera, Centro Comercial Metro España, Local Número Doscientos cinco, Segundo Nivel entre Avenida España y Segunda Avenida Norte, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída en esta Ciudad, a las nueve horas del día treinta de mayo del año dos mil ocho, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA INTESTADA dejada a su defunción por la causante señora MARIA FIDELINA GUZMAN, conocida registralmente por MARIA FIDELINA GUZMAN DIAZ VIUDA DE CASTRO y por MARIA FIDELINA GUZMAN VIUDA DE CASTRO; ocurrida el día veinticuatro de Diciembre de mil novecientos noventa y siete, en Del-gado, Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, de parte del señor PRUDENCIO DE JESUS GUZMAN conocido por PRUDENCIO DE JESUS GUZMAN REINOSA, en calidad de hijo de la referida causante; habiéndosele conferido la administración y repre-sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos que sean quince días contados a partir del siguiente

de la tercera publicación de este edicto, comparezcan a esta Ofi cina a

hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los tres días del mes de

Junio del año dos mil ocho.

Licda. MAYRA DINORA REYES QUIROZ,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F011684-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

once horas del día diecinueve de mayo del corriente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada,

dejada a su defunción, por la causante FRANCISCA CONTRERAS, ocu-

rrida el día doce de junio de mil novecientos sesenta y seis, en el Cantón

Alvarez, de esta jurisdicción, siendo esta ciudad, el lugar de su último do-

micilio, de parte de los señores ARCADIO HENRIQUEZ CONTRERAS,

conocido por ARCADIO HENRIQUEZ, FRANCISCA CONTRERAS

conocida por MARTA CONTRERAS, SEBASTIAN HENRIQUEZ

CONTRERAS c.p. SEBASTIAN HENRIQUEZ y ADELINA PEREZ

DE HENRIQUEZ conocida por ADELINA PEREZ, en calidad de hijos

del causante, los tres primeros, y la última por derecho de transmisión que

correspondía al señor ADRIAN HENRIQUEZ CONTRERAS conocido

por ADRIAN CONTRERAS, hijo de la causante; y se ha conferido a

los aceptantes, la administracion y la representación interinas de la su-

cesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

veintiocho minutos del día veintiocho de mayo de dos mil ocho.- Lic.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011718-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cincuenta

minutos de este día, pronunciada por este Tribunal, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

dejó al fallecer el señor JUAN MÁRQUEZ ORELLANA, el día veinte

de marzo de mil novecientos ochenta y dos, en la Colonia Saravia de

esta ciudad de Usulután, siendo este lugar su último domicilio, de parte

de la señora SINIA IBETH MÁRQUEZ DE RAMÍREZ, en calidad de

hija del causante, confi riéndosele a la aceptante dicha, la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a un día del mes de

octubre del año dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011751-3

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por re-

solución proveída por este Tribunal, a las nueve horas cuarenta y cinco

minutos del día catorce de mayo de dos mil ocho, se ha tenido por acep-

tada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada,

que a su defunción ocurrida a las catorce horas del día veinticuatro de

diciembre del año dos mil, en el Hospital Nacional de esta ciudad, siendo

su último domicilio la ciudad de Chalchuapa, dejó el señor SALVADOR

GARCIA conocido por SALVADOR GARCIA PEREZ, quien fue de

sesenta y un años de edad, jornalero, conviviente, de parte del señor

JUAN FRANCISCO AGUIRRE, por derecho de transmisión de su ma-

dre, señora MARIA SANTOS AGUIRRE, quien posmurió al causante

SALVADOR GARCIA conocido por SALVADOR GARCIA PEREZ,

quien era conviviente de la causante MARIA SANTOS AGUIRRE,

fallecida a las veinte horas treinta minutos del día veintidós de julio del

año dos mil seis, en la Colonia Tazumal, Número uno de esta ciudad,

siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa, tal como consta en

la certifi cación de declaratoria de heredero, de fs. 9, en donde consta que

el señor JUAN FRANCISCO AGUIRRE, es el heredero declarado de la

sucesión de la causante MARIA SANTOS AGUIRRE, en su calidad de

hijo de la expresada causante, a quien se le nombra INTERINAMENTE

administrador y representante de la sucesión, con las facultades y res-

tricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas cincuenta

minutos del día veintiuno de mayo de dos mil ocho.-Enmendado:vein-

tiuno-Vale.- Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE

LO CIVIL. Lic. WILBER FRANCISCO ROBERTO GROSS MENDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011758-3

DOCTOR JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de nueve horas cincuenta minu-

tos del día de hoy; se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario

la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor LEONARDO

QUINTEROS MORENO conocido por LEONARDO QUINTEROS,

quien falleció a las cuatro horas cuarenta minutos del día quince de abril

de año dos mil uno, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de esta

ciudad de San Miguel, siendo la ciudad de Chirilagua, el lugar de su

último domicilio; de parte de la señora JESUS QUINTEROS VIUDA

DE HERNANDEZ, conocida por JESUS QUINTEROS ZAMBRANO,

de sesenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio,

con Documento Unico de Identidad número: Cero cero ciento veintinueve

mil cuatrocientos cuarenta y seis guión seis; y Número de Identifi cación

Tributaria: Un mil doscientos seis - cero ochenta mil ciento cuarenta y

seis - ciento uno - seis; en concepto de hija del causante.

Confi érese a la aceptante en el carácter indicado la Administra-

ción y Representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a los

veinte días del mes de mayo de dos mil ocho. Dr. JUAN RAMON

MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE ERNESTO

ROMERO FUENTES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011776-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta

y ocho minutos del día dieciocho de abril del presente año, se tuvo por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la HERENCIA

INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante OSCAR

PEÑA conocido por OSCAR PEÑA VASQUEZ, quien falleció en el

Hospital Nacional Rosales, a las diecisiete horas y veinte minutos del día

once de octubre de dos mil seis, siendo su último domicilio esta Ciudad;

por parte de las señoras EVELYN ELIZABETH PEÑA DE ESCOBAR

y ESMERALDA ANTONIA PEÑA ORDOÑEZ ambas en su concepto

de hijas del Causante.

Habiéndose conferido además a las aceptantes en el carácter antes

indicado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS

de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto.

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas

y cinco minutos del día dieciocho de abril de dos mil ocho. Lic. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011781-3

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las once horas cinco minutos del día uno de abril del presente año, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

sucesión intestada que a su defunción dejó el causante señor MARIO

ATILIO ALFARO conocido por MARIO ATILIO ALFARO FLORES,

quien fue de sesenta y cinco años de edad, casado, siendo su último

domicilio Ilopango, originario de San Salvador, salvadoreño, hijo de

Natalia Alfaro conocida por Natalia Alfaro de Sánchez, quien falleció el

veintiuno de mayo de dos mil siete; de parte SONIA EDITH ALFARO

DE ORELLANA, en su calidad de hija del causante y cesionaria de los

derechos hereditarios que les correspondían a los señores María Antonia

Sigüenza Monterroza conocida por María Sigüenza, María Antonia

Sigüenza Monterrosa de Alfaro, María Alfaro y por María Antonia

Sigüenza Vda. De Alfaro y Carlos Ernesto Alfaro Sigüenza, los últimos

mencionados en su calidad de hijo del causante respectivamente, quien

es representada por la abogada Verónica Steffany Castro Pineda, en su

calidad de Apoderada General Judicial.

Confi érese a la aceptante declarada la administración y represen-

tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este tribunal dentro del término de ley después de la publi-

cación del edicto respectivo.

Líbrese el edicto de ley.

Librado en Juzgado de lo Civil de Soyapango, el día uno de abril

de dos mil ocho. Lic. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ

DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F011782-3

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público

HACE SABER: Que mediante resolución proveída en este Tribunal, a

las nueve horas del día uno de febrero del año dos mil ocho, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante ENRIQUE FUENTES GUEVARA,

quien falleció a la una hora y cincuenta minutos del día uno de octubre

del año dos mil siete, en el Hospital Nacional de Nueva Concepción de

este departamento, siendo su último domicilio la población de Santa

Rita, de parte de la señora ROSARIO FUENTES DE FUENTES, en

su calidad de esposa sobreviviente del causante ENRIQUE FUENTES

GUEVARA, como cesionaria de los derechos hereditarios de los señores

MARIA FATIMA, CONCEPCION ESPERANZA, ANA GUADALUPE,

ISABEL, SAMUEL ENRIQUE y MARIA LUZ, en su calidad de hijos

sobrevivientes del causante en mención; y como representante legal de los

menores DIANA MARISELA, LAURA ESTELA, ALEX CRISTOBAL

y FRANCISCO JAVIER, todos de apellidos FUENTES FUENTES.

Se citan a los que se crean con derecho para que en el término de

quince días se presenten a este Tribunal a manifestarlo.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de

María, Departamento de Chalatenango, a los siete días del mes de febrero

del año dos mil ocho. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. Br. OSCAR IMERY HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011803-3

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día, se

ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la he-

rencia intestada que dejó el señor EUGENIO ANTONIO HERNANDEZ

MELENDEZ, conocido por EUGENIO ANTONIO HERNANDEZ, al

fallecer el día doce de Octubre del año mil novecientos noventa, en Co-

lonia Deusem, de esta ciudad de Usulután, lugar que tuvo como último

domicilio, de parte del señor CRISTINO DEL CID, en concepto de

Cesionario del derecho hereditario que le correspondía a los señores:

OLIMPIA DEL TRANSITO NIETO VIUDA DE HERNANDEZ, an-

tes OLIMPIA DEL TRANSITO NIETO FLORES, y OLIMPIA DEL

TRANSITO NIETO, ALFREDO DE JESUS HERNANDEZ NIETO,

ANA GLADIS HERNANDEZ NIETO, conocida por ANA GLADIS

HERNANDEZ, REINA ISABEL HERNANDEZ NIETO, MARIA ISA-

BEL HERNANDEZ NIETO y MABEL DEL ROSARIO HERNANDEZ

NIETO, la primera cónyuge sobreviviente del causante, y los restantes en

calidad de hijos del mismo causante; confi riéndosele la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días despúes de la tercera

publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintiuno días del

mes de mayo del dos mil ocho. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL. Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011821-3

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de

las nueve horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con

benefi cio de inventario de parte del señor JOSE MAURICIO CASTILLO

MEDINA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor

LADISLAO CASTILLO, fallecido en el Cantón Masajapa, Jurisdicción

de San Matías, Departamento de La Libertad, el día ocho de Julio de mil

novecientos cuarenta y cinco, siendo San Matías su último domicilio, en

concepto de nieto por derecho de representación del derecho hereditario

que le correspondía al señor CARLOS CASTILLO, en calidad de hijo

del causante, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado

MANUEL HERIBERTO PEÑATE RIVERA; confi riéndosele al aceptante

en el concepto indicado la administración y representación interinas de

la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente, ordenándose a la vez se citen a las personas que

se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla

dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las

nueve horas diez minutos del día veinte de Mayo del año dos mil ocho.

LICDO. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F011830-3

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

LOLOTIQUE,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora, ANA

ORFILIA HERNÁNDEZ GUEVARA, de sesenta y dos años de edad, de

ofi cios domésticos, solicitando se le extienda Título de Propiedad, de un

inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Antonio de esta

ciudad, de una capacidad superfi cial de cuatrocientos veintidós metros

cuadrados, sesenta y cinco decímetros cuadrados cincuenta centímetros

cuadrados, de las medidas y linderos siguientes: ORIENTE; veinte metros,

linda con Santos de Jesús Hernández Coreas. NORTE; veintidós metros

con cuarenta y nueve centímetros, linda con Rosa Angélica Castro de

Ramírez. PONIENTE; dieciocho metros, con José Mariano Sorto Cruz,

y al SUR; veintidós metros, linda con José Humberto Díaz Ramos. En

el inmueble existe una casa tipo mixta con todos los servicios básicos y

no es predio dominante ni sirviente ni está en proindivisión con nadie,

no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a otras personas,

el cual adquirió por compra verbal que le hiciera al señor Manuel de

Jesús Hernández, poseyendo dicho inmueble de manera quieta, pacífi ca

e ininterrumpida y lo valora en diez mil dólares.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Lolotique, a los seis días del mes de marzo de

dos mil ocho. COLOMBO CARBALLO VARGAS, ALCALDE MUNI-

CIPAL.- FLOR ESTELA RIVAS DE QUINTANILLA, SECRETARIO

MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F011732-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por medio de

escrito el Señor HECTOR EDMUNDO CASTRO PINEDA, de sesenta y

dos años de edad, Abogado, del domicilio de Sonsonate, con Documento

Único de Identidad Número cero un millón ciento ochenta y cinco mil

seiscientos sesenta y uno guión ocho; actuando en nombre y represen-

tación, en calidad de Apoderado General Judicial de la Señora MARIA

GLORIA RAMIREZ DE ZACAPA, de cuarenta y cuatro años de edad,

Modista, del domicilio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, con

Documento Único de Identidad Número cero dos millones doscientos

treinta y cinco mil quinientos veintiocho guión cinco; solicitando se le

extienda TITULO DE PROPIEDAD MUNICIPAL de un inmueble de na-

turaleza rústica, situado en Cantón El Carrizal, de esta Jurisdicción, de una

extensión superfi cial de SETECIENTOS CUARENTA Y UN METROS

CUADRADOS TREINTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS;

de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: Cuarenta metros

cincuenta centímetros, linda con Bernardino Paredes, cerco ajeno de por

medio; AL SUR: Cuarenta metros cincuenta centímetros, con Salvador

Zacapa antes, ahora de María Margarita Rafael, cerco propio de por

medio; AL ORIENTE: Dieciocho metros veinte centímetros, con Cata-

lina Paredes, cerco ajeno de por medio; y AL PONIENTE: Dieciocho

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

metros veinte centímetros, con Salvador Morales, cerco propio de por

medio. El inmueble en referencia no es predio dominante, ni sirviente,

no tiene cargas ni derechos reales que respetar, no está en proindivisión

con nadie, y lo obtuvo por posesión material, la cual ha ejercido por

más de diez años, en forma quieta, pacífi ca e interrumpida, ejecutando

actos de toda clase que sólo da el derecho de dominio, todo a ciencia y

paciencia de vecinos y colindancias, sin clandestinidad y sin haber sido

perturbado por nadie. Dicho inmueble lo valúa en la suma de TRES

MIL COLONES equivalentes a TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS

DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a los nueve días del mes de

Abril del año dos mil ocho. ROBERTO ESTANLEY GRIJALVA H.,

ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ANTONIO CASTILLO, SECRETA-

RIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011829-3

TITULO SUPLETORIO

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que el Licenciado José Evenor Romero Mira en su

calidad de Apoderado General Judicial del señor Cosme Damián Cárcamo

Hernández, quien es de sesenta y cinco años de edad, agricultor en pe-

queño, del domicilio de Tepetitán, departamento de San Vicente, solicita

título supletorio de un inmueble, situado en el Caserío Los Martínez,

Cantón La Virgen, de la jurisdicción de Tepetitán, departamento de San

Vicente, de la extensión superfi cial de MIL CIENTO CUARENTA Y

SEIS PUNTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, el cual se

describe así: LINDERO NORTE, está formado por dos tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón uno al dos con

rumbo sur, cuarenta y un grados veinticuatro minutos siete segundos este,

con una distancia de trece punto cuarenta y tres metros; y Tramo dos,

del mojón dos al tres con rumbo sur, treinta y siete grados veinticinco

minutos cuarenta y ocho segundos este, con una distancia de seis punto

veintinueve metros, linda por este rumbo con terreno propiedad de don

Amado Olivar Lozano; LINDERO ORIENTE, está formado por cuatro

tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón

tres al cuatro con rumbo sur, veintisiete grados un minuto veintinueve

segundos oeste, con una distancia de diecisiete punto diecisiete metros,

Tramo dos, del mojón cuatro al cinco con rumbo sur, veintisiete grados

cero minutos cuarenta y cuatro segundos oeste, con una distancia de

diez punto setenta y nueve metros; Tramo tres, del mojón cinco al seis

con rumbo sur, veintiocho grados ocho minutos treinta y tres segundos

oeste, con una distancia de catorce punto noventa y seis metros; Tramo

cuatro, del mojón seis al siete con rumbo sur, veintinueve grados treinta

y cinco minutos trece segundos oeste, con una distancia de nueve punto

cero nueve metros, linda por este rumbo con terreno propiedad del señor

Eugenio Castillo; LINDERO SUR, está formado por tres tramos con

los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón siete al ocho

con rumbo norte, cincuenta y un grados ocho minutos cincuenta y dos

segundos oeste, con una distancia de seis punto setenta y un metros;

Tramo dos, del mojón ocho al nueve con rumbo norte, cincuenta y nueve

grados treinta y tres minutos treinta y cuatro segundos oeste, con una

distancia de seis punto doce metros; y Tramo tres, del mojón nueve al diez

ron rumbo norte, sesenta y nueve grados treinta y ocho minutos treinta

y tres segundos oeste, con una distancia de nueve punto doce metros,

linda por este rumbo con terreno propiedad del señor Francisco Martínez,

habiendo calle de por medio; y LINDERO PONIENTE, está formado

por cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del

mojón diez al once con rumbo norte, cuarenta grados veintidós minutos

cincuenta y nueve segundos este, con una distancia de veintidós punto

ochenta y ocho metros; Tramo dos, del mojón once al doce con rumbo

norte, cuarenta y nueve grados catorce minutos treinta segundos oeste,

con una distancia de ocho punto cero tres metros; Tramo tres del mojón

doce al trece con rumbo norte, treinta y ocho grados treinta y cuatro

minutos tres segundos este, con una distancia de diecisiete punto cero un

metros; Tramo cuatro, del mojón trece al catorce con rumbo norte, treinta

y seis grados cincuenta y cinco minutos treinta y dos segundos este, con

una distancia de nueve punto setenta y seis metros; y Tramo cinco, del

mojón catorce al uno donde se inició la presente descripción, con rumbo

norte, treinta y ocho grados diecinueve minutos veinte segundos este,

con una distancia de ocho punto sesenta y nueve metros, linda por este

rumbo con terreno propiedad de los señores Eugenio Guillermo Padías

y Manrique Guatemala Romero. Dicho inmueble el titulante lo valúa

en UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA; y asegura poseerlo por compra que de él hizo al señor

ADOLFO OLIVAR, en el mes de diciembre del año de mil novecientos

ochenta y ocho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas diez

minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil ocho. DRA. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020812/13-3

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

RENOVACION DE MARCA

No. de Expediente: 1995000367

No. de Presentación: 20070087498

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de COMPAÑIA NACIONAL DE

CHOCOLATES S.A. (FUNDADA EN EL AÑO 2002), del domicilio

de Carrera 43A. N° 1A Sur-143, Medellín, Colombia, de nacionalidad

COLOMBIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00137 del Libro 00044 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra “CHOCO LISTO”, escrita en letras mayúsculas dobles de

molde, la palabra “CHOCO”, está escrita en color amarillo; y la pala-

bra “LISTO” está escrita en color rojo, abajo de la palabra “CHOCO”.

Dichas palabras están sobre un fondo café claro con puntos café oscuro

de diferente tamaño; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase

30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los doce días del mes de febrero del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011727-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2008074153

No. de Presentación: 20080105545

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado TANIA

MARGARITA VARGAS LEONOR, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de FERTILIZANTES DE CENTRO AMERICA,

SOCIEDAD ANONIMA (EL SALVADOR) que se abrevia: FERTILI-

ZANTES DE CENTROAMERICA, S.A., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL:

FERTILIZANTES DEL CONTINENTE AMERICANO

Consistente en: las palabras FERTILIZANTES DEL CONTINEN-TE AMERICANO, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLE-CIMIENTO CUYO GIRO COMERCIAL ES EL DE PRODUCCIÓN DE FERTILIZANTES.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de abril del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

FERNANDO JOSE VELASCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011748-3

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2007059701

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059701- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SANTIAGO GASCA GUERRERO, en su calidad de Representante legal de la sociedad MANAGEMENT OF COMMUNICATION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MCOMM, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 49 del libro 2251 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-050707-106-4; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y un minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil siete con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007059701 inscripción 119 y el Asiento de Establecimiento No. 2007059701- 001, inscripción 120, ambos del libro 158 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina MANAGEMENT OF COMMUNICATION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, con dirección en 91 AVENIDA NORTE Y CALLE EL MIRADOR No. 1-A, COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DOLARES ($ 12,000.00) y que tiene el Establecimiento siguiente : 001) denominado MANAGEMENT OF COMMUNICATION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 91 AVENIDA NORTE Y CALLE EL MIRADOR No. 1-A, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR, y que

se dedica a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de septiembre de dos mil siete.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020818-3

ASIENTO DE EMPRESA 2007059700

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059700- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO CARREÑO OROZCO en su calidad de Representante legal de la socie-dad I AND C EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse I AND C EL SALVADOR, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 33 del libro 2220 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-270307-106-7; el cual ha presentado solicitud a las doce horas y cincuenta y seis minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil siete con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007059700 inscripción 117 y el Asiento de Establecimiento No. 2007059700 - 001, inscripción 1l8, ambos del Libro 158 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina I AND C EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, con dirección en 91 AVENIDA NOR-TE Y CALLE EL MIRADOR No. 1-A, COLONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado I AND C EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 91 AVENIDA NORTE Y CALLE EL MIRADOR No. 1-A, COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR, y que se dedica a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de septiembre de dos mil siete.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020819-3

ASIENTO DE EMPRESA 2004052187

ESTABLECIMIENTO 2004052187- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERT HENDERSON MURRAY MEZA, en su calidad de Representante legal

de la sociedad INVERSIONES MUNDO NOVO, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MUNDO NOVO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 23 del libro 1857 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-031003-106-0, ha presentado solicitud a las diez horas y cincuenta y siete minutos del día veintisiete de febrero de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2004052187 y Establecimiento No. 2004052187-001; a favor de la Empresa denominada INVERSIONES MUNDO NOVO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a BIENES RAICES, con dirección en BOULEVARD LOS PROCERES #1888, EDIFICIO GOLDTREE, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL DOLARES CON 00/100 $ 12,000.00 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) INVERSIO-NES MUNDO NOVO, S.A. DE C.V., ubicado en BOULEVARD LOS PROCERES # 1888, EDIFICIO GOLDTREE, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, primero de marzo de dos mil cuatro.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C020824-3

ASIENTO DE EMPRESA 2008060743

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2008060743- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA VICTO-RIA GARCIA DE PORTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA, con número de Documento Unico de Identidad 00479889-1 del domicilio y departamento de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-210360-007- 0, el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del día veintidós de febrero de dos mil ocho. Con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2008060743 inscripción 137 y el Asiento de Establecimiento No. 2008060743- 001, inscripción 138, ambos del Libro 177 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se denomina TIENDA ANA VICTORIA y se dedica a COMPRA-VENTA DE ARTICULOS DE PRIMERA NE-CESIDAD, con dirección en 12a. AVENIDA NORTE Y 11a. CALLE ORIENTE, No. 606, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE 28/100 DOLARES ($ 2,820.28) y que tiene el Establecimiento siguiente: 001-) denominado TIENDA ANA VICTORIA ubicado en 12a. AVENIDA NORTE y 11a. CALLE ORIENTE, No. 606, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a COMPRA-VENTA DE ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecisiete de abril de dos mil ocho.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F011787-3

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

SUBASTAS PUBLICAS

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo iniciado por el Licenciado JOSE ROBERTO MERINO GARAY,

continuado por el Licenciado OSCAR ALFONSO TEJADA IBÁÑEZ y

continuado por el Licenciado JOSE ÁNGEL GOMEZ LARIOS, como

Apoderados de DISTRIBUIDORA DE AUTOMOVILES SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra la señora YOLANDA

FABIAN Y OTROS, reclamándole cantidad de colones, se venderá en

pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: "Un inmueble

de naturaleza rústica, situado en Cantón Las Delicias del Norte, Juris-

dicción de Mejicanos y Paleca de este Departamento, marcado como

lote número dos, un área de extensión superfi cial de CIENTO CINCO

METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO CINCUENTA

PUNTO VEINTITRES VARAS CUADRADAS, que mide y linda: AL

NORTE: Siete metros con lote número quince A, calle de por medio.

AL PONIENTE: Quince metros con lote número tres. AL SUR: Siete

metros con terreno de Soledad Paz, calle vecinal de por medio; y AL

ORIENTE: quince metros con lote número uno, los lotes colindantes

son o han sido de la Sociedad López López y Compañía, Urbanismo y

Construcción”. Inscrito dicho inmueble a favor del señor JUAN SANTOS

ZELAYA QUINTANILLA bajo el número SEIS CERO UNO SIETE

TRES TRES CERO SIETE-CERO CERO CERO CERO CERO del

Registro de la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las

once horas del día veintiocho de abril de dos mil ocho.- DR. DARÍO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020821-3

Lic. Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de

Santa Rosa de Lima, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el Juicio Mercantil Ejecutivo promovido

por la Caja de Crédito de Santa Rosa de Lima, Sociedad Cooperativa

de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, Representada por su

Apoderado General Judicial Doctor Luis Reyes Santos, CONTRA la

demandada SABINA RUBIO, conocida por SABINA RUBIO GUZMAN,

en esa época de cincuenta y tres años de edad, empleada, del domicilio de

Dallas Texas, Estados Unidos de América, Representada por su Curador

Especial Licenciado Rubén Darío Velásquez Arias, para darle cumpli-

miento al Artículo 606 Pr. C., en relación al bien a Subastarse propiedad

de la demandada antes mencionada, el cual consiste en: Un terreno de

naturaleza rústica, situado en el lugar llamado “El Habillal”, Cantón El

Algodón, de esta Jurisdicción y Distrito, Departamento de La Unión,

de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS CUATRO METROS

OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS, que tiene las medidas y

linderos siguientes: AL ORIENTE, veintidós metros colinda con Hirzan

Omar Lazo; AL NORTE, veinticuatro metros, calle de seis metros de

ancho de por medio, con Fausto Hernán Benítez; AL SUR, doce metros

ochenta centímetros, con terreno de Manuel de Jesús Guzmán Ortez;

y AL PONIENTE, veintidós metros con Arnulfo Ortez, hay construida

a expensas de la compradora una casa galera, una mediagua de doce

por cuatro metros, siendo el área construida de cuarenta y ocho metros

cuadrados. Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Tercera Sección de Oriente de la ciudad de La Unión, bajo el número

NOVENTA Y OCHO, del Libro SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE,

trasladado a la Matrícula Número: NUEVE CINCO CERO CERO DOS

TRES CINCO SIETE en el Asiento UNO, Propiedad del Departamento

de La Unión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los vein-

tinueve días del mes de abril de dos mil ocho.- LIC. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION

MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020825-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA, LICEN-

CIADO ALEJANDRO GARCIA GARAY, de este Distrito Judicial, al

público en general.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido en

este Tribunal, por la Licenciada MARIA ELENA MARROQUIN, de

cuarenta y nueve años de edad, Abogada, de este domicilio, en su ca-

rácter de Apoderada General Judicial del señor RICARDO NOLASCO

MARTINEZ, conocido por RICARDO NOLASCO, de cincuenta y cuatro

años de edad, comerciante, del domicilio de Ilopango, de este Departa-

mento, sustituida por el Licenciado JORGE ALBERTO ORELLANA

VILLALTA, de cincuenta y siete años de edad, Abogado, de este domicilio;

contra el demandado ausente señor ORLANDO NEFTALY GONZALEZ,

de cincuenta y nueve años de edad, motorista, del domicilio de Santa

Ana, de ese Departamento, quien es representado en este proceso por

la Curadora Especial Licenciada NADY PATRICIA MARROQUIN

REYES, de veintiocho años de edad, Abogada, de este domicilio, se

venderá en Pública Subasta en este Tribunal, y en fecha que será señalada

posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: Un lote de

naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Primavera, Jurisdicción de Santa

Ana, el cual contiene un rancho, de una extensión superfi cial de CIENTO

NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CUARENTA Y OCHO

DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS SETEN-

TA Y CINCO VARAS CUADRADAS CUARENTA CENTÉSIMAS

DE VARA CUADRADA, de las medidas y colindancias siguientes: AL

NORTE, veinticuatro metros ochenta centímetros; AL SUR, veintitrés

metros cincuenta y cinco centímetros; AL PONIENTE, ocho metros

cinco centímetros; y AL ORIENTE, ocho metros y linda al Norte, Sur

y Oriente, con resto del inmueble general de donde se desmembró el

presente inmueble y el cual es propiedad de Graciela Villeda de Arévalo,

teniendo al rumbo Oriente, calle de por medio, y al Poniente, linda con

propiedad de Venancio Molina. El inmueble anteriormente descrito así

como sus mejoras presentes y futuras pertenecen al demandado ausente

señor ORLANDO NEFTALY GONZALEZ, inscrito a su favor bajo el

número QUINCE del Libro DOS MIL DOSCIENTOS QUINCE, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de

Occidente, Departamento de Santa Ana.

Se admitirán posturas legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE MENOR CUANTÍA:

San Salvador, a las nueve horas del día dieciséis de mayo del dos mil

ocho.- LIC. ALEJANDRO GARCIA GARAY, JUEZ PRIMERO DE

MENOR CUANTÍA.- LIC. JULIO ALBERTO CALDERON ALFARO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011719-3

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promo-

vido por BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, ahora

BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANÓNIMA, a través

de su Apoderado General Judicial Licenciado IMMAR ORLANDO

CHAVEZ PICHE, contra CASA SAMAYOA, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE, MEDIWALSH, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE, y los señores JULIO ADALBERTO SAMAYOA

ROMERO y GLADIS REGINA WALSH DE SAMAYOA, se venderá en

Pública Subasta en este Tribunal, una porción de terreno de naturaleza

urbana, situado en el Cantón San Antonio Abad, de esta Jurisdicción,

Urbanización denominada REPARTO MONTE FRESCO, marcado con

el NÚMERO CIENTO CUARENTA Y OCHO DEL POLÍGONO “G”,

de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA METROS

CUADRADOS SESENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS

equivalentes a TRESCIENTAS OCHENTA Y SIETE VARAS CUA-

DRADAS VEINTE CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, que

se localiza así: A partir de la intersección de la Avenida Andalucía y

Pasaje Palma de Mayorga, ambas abiertas en la Urbanización Reparto

Monte Fresco y midiendo sobre el eje del Pasaje Palma de Mayorga,

con rumbo Norte, cuarenta y cinco grados cincuenta y nueve minutos

ocho décimos de minuto Este una distancia de ciento veintiocho metros

setenta y cuatro centímetros, se llega a un punto en el cual se hace una

defl exión izquierda de catorce grados diez minutos cuatro décimos de

minuto y con una distancia de ocho metros veinticinco centímetros se

localiza el vértice Sur-Este del lote que mide y linda: AL PONIENTE,

veintitrés metros noventa y ocho centímetros, rumbo Norte cuarenta y

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

cuatro grados cero minutos dos décimos de minuto Oeste, lindando con

retorno del Pasaje Palma de Mayorga y lote número ciento cuarenta y

siete; AL NORTE, veintitrés grados setenta centímetros rumbo Norte,

cuarenta y cinco grados cincuenta y nueve minutos ocho décimos de

minuto Este, lindando con los lotes números ciento treinta y uno, ciento

treinta y dos y ciento treinta y tres; AL ORIENTE, línea quebrada de

dos tramos, el primero de dieciocho metros veinte centímetros rumbo

Sur, cero grados treinta y cinco minutos cero décimos de minuto Este y

el segundo de quince metros treinta centímetros rumbo Sur, tres grados

dos minutos cero décimos de minuto Oeste, lindando con terreno de

Pedro Valdivieso y de la Sucesión Méndez. Los lotes colindantes por los

rumbos Norte y Poniente, son o han sido propiedad del Ingeniero Nuila

Fuentes y pertenece al Reparto Monte Fresco, sobre el lote descrito pesa

una servidumbre de paso a tuberías de aguas lluvias y aguas negras y

está localizado al costado Oriente del lote número ciento cuarenta y ocho

y se describe así: A partir del esquinero Sur-Este del lote, se localiza

la franja de servidumbre del terreno que se describe así: AL SUR, dos

metros treinta centímetros rumbo Norte cuarenta y cuatro grados cero

minutos dos décimos de minuto Oeste; AL PONIENTE, veintinueve

metros setenta y nueve centímetros, rumbo Norte, un grados treinta

y un minutos seis décimos de minuto Oeste; AL NORTE, dos metros

sesenta centímetros rumbo Norte, cuarenta y cinco grados cincuenta y

nueve minutos ocho décimos de minuto Este; y AL ORIENTE, línea

quebrada de dos tiros, el primero de dieciocho metros veinte centímetros

rumbo Sur, cero grados treinta y cinco minutos cero décimos de minuto

Este y el segundo de quince metros treinta centímetros rumbo Sur, tres

grados dos minutos cero décimos de minuto Oeste. El lote descrito es

de forma triangular, por lo que carece de rumbo Sur. El inmueble antes

descrito tiene un área construida de ciento veinticinco metros cuadrados,

cuyo tipo de construcción es de sistema mixto. El inmueble descrito es

propiedad de CASA SAMAYOA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, por estar inscrito a su favor a la Matrícula número

M CERO CINCO UNO SIETE OCHO OCHO DOS CINCO Asiento

CERO CERO TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del

Departamento de San Salvador.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las

nueve horas del día ocho de mayo de dos mil ocho.- LICDA. PATRICIA

IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL

SUPLENTE.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTÍZ DURÁN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011720-3

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial

al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en virtud de Juicio Ejecutivo Civil promo-

vido por el Licenciado Federico Aberto Alfaro Oviedo, en su calidad

de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la Caja de

Crédito de San Vicente, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad

Limitada de Capital Variable, contra el señor JOSÉ RICARDO CÁ-

CERES ÁBREGO, mayor de edad, Radiotécnico, del domicilio de esta

ciudad, reclamándoles el pago de cantidad adeudada, intereses y costas

procesales, se venderá en Pública Subasta por la cantidad y en fecha a

señalarse oportunamente, el siguiente inmueble: Un terreno rústico, que

se segregó de otro de mayor extensión, situado en el Kilómetro sesenta y

siete, Cantón San Antonio, Jurisdicción de San Vicente, Departamento de

San Vicente, el cual se Identifi ca como El Jiboa, identifi cado como lote

número DIECISÉIS, del Polígono “A”, de la Lotifi cación El Jiboa, con

un área de DOSCIENTOS PUNTO CERO METROS CUADRADOS, el

cual tiene las medidas siguientes: AL NORTE: Diez punto cero metros;

AL ORIENTE: De veinte punto cero metros; AL SUR: Diez punto cero

metros; y AL PONIENTE: De veinte punto cero metros. Se advierte que

de acuerdo a la hoja de razón y constancia de inscripción de constitución

de hipoteca, se encuentra la siguiente resolución: Se hace constar que

según base de datos el inmueble se encuentra ubicado en Tecoluca,

San Vicente. Inscrito a favor del señor JOSÉ RICARDO CÁCERES

ÁBREGO, bajo el Número SIETE CERO CERO DOS SEIS OCHO

CUATRO NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección del Centro, con

sede en esta ciudad.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintisiete

días del mes de mayo del año dos mil ocho.- DRA. ANA FELICITA

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011726-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado TOM ALBERTO HERNANDEZ

CHAVEZ, en su calidad de Apoderado de la sociedad “AGROCON-

TINENTAL S.A. DE C.V.”, contra los señores EDWIN ARNOLDO

RIVERA MEMBREÑO, BETINA MEMBREÑO conocida por BETINA

MEMEBREÑO y JULIO RIVERA conocido por JULIO GARCIA RI-

VERA, se venderá en Pública Subasta el veinte por ciento del derecho de

propiedad que corresponde a la demandada señora BETINA MEMBREÑO

conocida por BETINA MEMEBREÑO, sobre el inmueble siguiente:

“Un inmueble solar urbano, situado en la Colonia Belén de la ciudad de

San Miguel de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS

SESENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, en el que sobre

un área construida, una casa de tipo mínimo, la que está marcada con

lote número UNO, Pasaje número UNO, solar que a partir de su vértice

Noroeste mide y linda: AL NORTE: Nueve metros con casa número

seis tipo mínimo de la séptima calle Oriente; AL ORIENTE: Trece me-

tros ochenta y cinco centímetros con casa número tres de tipo mínimo

del Pasaje número uno; AL SUR: Nueve metros con línea Calle de la

Diagonal Norte, Pasaje número uno, de diecisiete metros de ancho de

por medio; AL PONIENTE: Trece metros ochenta y cinco centímetros

cuadrados, con casa número tres tipo mínimo de la Diagonal Norte. El

solar descrito es parte de un terreno rústico hoy urbanizado situado en

el Barrio de Concepción de la Ciudad de San Miguel.’’ Inscrito bajo la

Matrícula número SESENTA DEL LIBRO DOSCIENTOS OCHENTA

Y DOS, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección de Oriente.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas quince minutos del día dieciséis de mayo de dos mil ocho.- DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011737-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado TOM ALBERTO HERNANDEZ

CHAVEZ, en su calidad de Apoderado de la sociedad “AGROCON-

TINENTAL S.A. DE C.V.”, contra los señores EDWIN ARNOLDO

RIVERA MEMBREÑO, BETINA MEMBREÑO conocida por BETI-

NA MEMEBREÑO y JULIO RIVERA conocido por JULIO GARCIA

RIVERA, se venderán en Pública Subasta los vehículos siguientes: “1)

PLACAS PARTICULARES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN

MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS; CLASE: PICK UP,

MARCA: DAEWOO, MODELO: LABO STD, COLOR: BLANCO,

AÑO: DOS MIL UNO, NUMERO DE MOTOR: F OCHO CB-SEIS-

CIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE;

NUMERO DE CHASIS: K L A SIETE T CINCO UNO B B UNO C

CIENTO DIECINUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUA-

TRO; NUMERO DE CHASIS VIN: K L A SIETE T CINCO UNO B

B UNO C CIENTO DIECINUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA

Y CUATRO; CAPACIDAD: SESENTA TONELADAS; 2) PLACAS

PARTICULARES: CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NO-

VENTA Y DOS; CLASE: AUTOMIVIL; MARCA: HONDA; MODELO:

S DOS MIL; COLOR: GRIS; AÑO: DOS MIL UNO; NUMERO DE

MOTOR: F VEINTE C ONCE MILLONES DIECISIETE MIL QUI-

NIENTOS TREINTA Y SEIS; NUMERO DE CHASIS: JHMAP ONCE

MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO T CERO CERO SIETE MIL

QUINIENTOS CUARENTA; NUMERO DE CHASIS VIN: JHMAP

ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO T CERO CERO SIETE

MIL QUINIENTOS CUARENTA; CAPACIDAD: DOS ASIENTOS;

3) PLACAS PARTICULARES: TRESCIENTOS VEINTINUEVE

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES; CLASE: PANEL; MAR-

CA: FORD; MODELO: ECONOLINE; COLOR NEGRO; AÑO: MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS; NUMERO DE MOTOR: N/D,

NUMERO DE CHASIS: N/D; NUMERO DE CHASIS VIN: UNO F T J

S TREINTA Y CUATRO H SIETE T H B CINCUENTA Y OCHO MIL

SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO; CAPACIDAD: UNO PUNTO CERO

CERO TONELADAS; 4) PLACAS PARTICULARES: CUATROCIEN-

TOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA; CLASE: RUSTICO;

MARCA: TOYOTA; MODELO: LANDCRUISER; COLOR: VERDE;

AÑO: MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO; NUMERO DE

MOTOR: UNO FZ CERO CIENTO VEINTICUATRO MIL CUATRO-

CIENTOS UNO; NUMERO DE CHASIS: FZJ OCHOCIENTOS MI-

LLONES SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO;

NUMERO DECHASIS VIN: JT TRES DJ OCHENTA Y UNO W SIETE

R CERO CERO SETENTA Y MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO:

CAPACIDAD: CINCO ASIENTOS: 5) PLACAS PARTICULARES:

CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO;

CLASE: AUTOMOVIL; MARCA: CHEVROLET; MODELO: CHEVY

NOVA; COLOR: AZUL; AÑO: MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIE-

TE; NUMERO DE MOTOR: T CERO NUEVE MIL DIEZ K; NUMERO

DE CHASIS: CIENTO QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y

SIETE W CIENTO TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS DOCE;

CAPACIDAD: CINCO ASIENTOS”. Inscritos a favor del demandado

señor JULIO RIVERA conocido por JULIO GARCIA RIVERA. En el

Registro Público de Vehículos Automotores.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once

horas quince minutos del día dieciséis de mayo de dos mil ocho.- DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011738-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas de este día,

se ha ordenado la venta en Pública Subasta en el Juicio Civil Ejecutivo,

promovido por la Licenciada Cecilia del Carmen Portillo Luna, de

treinta y nueve años de edad, Abogado, del domicilio de esta ciudad, en

calidad de Apoderada General Judicial del señor LUCAS BENJASMIN

QUINTANILLA LOZA, de treinta años de edad, empleado del domicilio

de esta ciudad, contra la señora MARTA DE JESÚS ROQUE, conocida

por MARTA BESICA ROQUE, de cuarenta y cinco años de edad, de

ofi cios domésticos, del domicilio de Ozatlán, representada legalmente por

su Curador Especial nombrado Licenciado DAVID ERNESTO LEIVA

VAQUERANO, reclamándole la cantidad de CUATROCIENTOS

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de capital

líquido, más intereses y costas procesales de esta instancia, sobre el

siguiente inmueble: “Un terreno rústico situado en el Cantón La Poza,

Jurisdicción de Ozatlán, Distrito y Departamento de Usulután, de la

capacidad superfi cial de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO

CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual tendrá las medidas y

colindancias especiales siguientes: ORIENTE: Veintidós metros cincuenta

centímetros callejón de por medio de tres metros del rumbo Sur a Norte

y linda con terreno del señor Mateo Ortega; NORTE: Quince metros

callejón de por medio de tres metros con terreno de Atilio Quinteros,

hoy de José Nicolás Avilés; PONIENTE: Veintidós metros cincuenta

centímetros con resto de terreno que le queda al compareciente, señor

Adán de Jesús González; y SUR: quince metros con terreno del señor

Adolfo Flores. Esta porción goza de una servidumbre de tránsito de

tres metros de ancho para darle salida a la calle que corre paralela del

rumbo Norte, hacia el Oriente y sale a la calle Litoral de Ozatlán. Este

inmueble contiene como mejoras una casa de sistema mixto”. Inscrito en

el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de

Oriente, bajo el número NOVENTA Y SEIS del Libro MIL CINCUENTA

Y TRES de propiedad.

Quien quiera hacer posturas que ocurra al Tribunal que se le ad-

mitirán siendo legal.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diecisiete días del

mes de abril del año dos mil ocho.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011749-3

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

El CLUB CAMPESTRE CUSCATLAN comunica: Que se ha

presentado Solicitud de Reposición del Certifi cado de Participación

No. 384 a nombre de BORIS ESERSKI, por haberse extraviado. En

consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en

general, para los efectos legales del caso que, transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiera ninguna

oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 23 de mayo de 2008.

VÍCTOR LÓPEZ CRAIK,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C020826-3

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas

en CALLE EL PITAL, BOULEVARD SANTA ELENA, No. 23, ANTI-

GUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, se ha presentado el propietario de

CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO DÓLARES Número

030PLA000049095, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO

por (US $ 40,000.00) CUARENTA MIL DÓLARES.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN SALVADOR, 29 de mayo de 2008.

NORMA DE HANDAL,

BANCO CUSCATLÁN S.A.

AGENCIA SANTA ELENA.

3 v. alt. No. F011669-3

AVISO

EL HOSPITAL DE EMERGENCIAS Y DIAGNOSTICO, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.

HACE SABER: Que los Certifi cados que a continuación se detallan,

han sido extraviados.

Por lo que de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código

de Comercio será repuesto a su Titular DR. VICTOR ARMANDO

MACHUCA HERNÁNDEZ.

No. de Fecha Cantidad

Certifi cado de emisión de Acciones

395 31-10-1990 30

758 15-08-1991 20

1261 15-07-1992 20

1636 16-08-1994 30

1979 30-11-1996 40

2324 13-08-1997 8

2690 15-07-1998 17

3069 28-06-1999 17

3449 03-07-2000 16

4062 01-08-2001 6

Si transcurridos treinta días después de la tercera y última publi-

cación de este aviso, no se recibiere reclamo alguno, consecuentemente

se procederá a la reposición del certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 30 de Enero de 2008.

DR. RODRIGO ALFONSO ANTONIO BRITO LARA,

PRESIDENTE DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F011706-3

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 6201 del Depósito a Plazo Fijo emi-

tido el 18 de septiembre de 2000, a 60 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 2 de junio de 2008.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011807-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 450432 del Depósito a Plazo Fijo emitido

el 4 de febrero de 2006, a 60 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 2 de junio de 2008.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011809-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia PLAZA MUNDO se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 485456 del Depósito a Plazo Fijo emi-

tido el 18 de septiembre de 2007, a 30 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 2 de junio de 2008.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011810-3

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 190620 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 15 de octubre de 1997, a 90 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 02 de junio de 2008.

IRMA DE REYES,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F011812-3

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

AUMENTO DE CAPITAL

AVISO

El Suscrito Administrador Único de la Sociedad “CYBERSYSTEMS,

S.A. DE C.V.”, del domicilio de San Salvador, para los efectos de Ley.

HACE CONSTAR: Que en sesión de Junta General Extraordinaria

de Accionistas de la Sociedad, celebrada en la ciudad de San Salvador, el

día catorce de mayo de dos mil ocho, por unanimidad se acordó Aumentar

el Capital Mínimo Fundacional de la Sociedad, en la suma de OCHENTA

MIL COLONES, mediante la emisión de Nuevas Acciones denominada

Serie “B”, por lo que en consecuencia el nuevo Capital mínimo de la

Sociedad será de CIEN MIL COLONES, totalmente suscrito a partir de

la fecha de la Junta General relacionada.-

San Salvador, veintitrés de mayo del dos mil ocho.-

JOSE ROBERTO MENDOZA CASTRO,

ADMINISTRADOR UNICO, CYBERSYSTEMS, S.A. DE C.V.-

3 v. alt. No. F011794-3

DISOLUCION DE SOCIEDADES

La Infrascrita Representante Legal de LÁZARO ESCOBAR Y COM-

PAÑÍA, del domicilio de esta ciudad,

CERTIFICA: Que en sesión de Junta General Extraordinaria de

Socios Número Dos, celebrada en esta ciudad a la diez horas del día

Cinco de Mayo de Dos Mil Ocho, se encuentran los acuerdos números

2,3,4 y 5 que literalmente dicen:

2) LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD,

“Lázaro Escobar y Compañía”, por acuerdo unánime de los

socios, quienes reconocen la causal I del Artículo Cincuenta

y Nueve del Código de Comercio y de conformidad con el

artículo 326 del Código de Comercio, el plazo para llevar a

cabo la liquidación será de tres años.

3) NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES: De conformidad

a lo establecido en la cláusula Décima Novena de la Escritura

Pública de Constitución de la Sociedad, por voluntad unánime

de los socios, acuerdan nombrar como liquidadores a doña

Zoila Esperanza Escobar, quien es de sesenta años de edad,

comerciante del domicilio de San Salvador, con documento

único de identidad número Cero, Cero, Cuatrocientos Ochenta,

Ciento Cincuenta y Tres - Nueve, de nacionalidad Salvadoreña

y Jorge Alberto Velasco Amaya, quien es de setenta y seis

años de edad, Licenciado en Contaduría Pública, del domicilio

de San Salvador, con documento único de identidad número,

Doscientos Ochenta y Uno, Cuarenta - Seis, de nacionalidad

Salvadoreña.

4) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL: Nombran

Auditor Fiscal de la liquidación al Licenciado Raúl Alfonso

Jiménez, inscrito en el Consejo de Vigilancia de la Profesión

de Contaduría Pública y Auditoría al número Mil Setecientos

Cincuenta y ocho (1758).

5) Designan como Ejecutor Especial de los anteriores acuerdos

al Lic. Jorge Alberto Velasco Amaya, para que comparezca

ante notario a otorgar la Escritura Pública de Disolución y

hacer los trámites que sean necesarios.

Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para ser

presentado al Registro de Comercio, se extiende la presente en la ciudad

de San Salvador, a los siete días del mes de Mayo de dos mil ocho.

ZOILA ESPERANZA ESCOBAR,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. F011798-3

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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2008075625

No. de Presentación: 20080107964

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PABLO NOE

RECINOS VALLE, en su calidad de APODERADO de GAMMA LA-

BORATORIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

INDUSTRIAL O DE FABRICA,

TEST-a-LAC

Consistente en: la frase TEST-a-LAC, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS QUIMICOS-FARMACEUTICOS PARA USO

HUMANO O VETERINARIO.

La solicitud fue presentada el día quince de abril del año dos mil

ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de abril del año dos mil ocho.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C020815-3

BALANCE DE LIQUIDACION

LACTEOS SAN MIGUEL, S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE MAYO DE 2008

(EXPRESADO EN DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA)

ACTIVO PASIVO

CORRIENTE $ 2,925.13

Efectivo y Equivalente $ 2,925.13

Banco Agrícola $ 2,653.75

Banco America Central 73.64 PATRIMONIO $ 2,925.13

Banco Cuscatlán 197.74 Capital Social $ 2,925.13 (Remanente Patrimonial)

TOTAL ACTIVO $ 2,925.13 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ 2,925.13

MILAGRO DEL CARMEN CHICAS RIVERA RECINOS RECINOS & CIA. SANDRA YANIRA CASTRO DE ORTIZ

LIQUIDADORA AUDITORES EXTERNOS CONTADOR

No. 0113-2366-02-00063

3 v. alt. No. F011716-3

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN No. 332/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo COLEGIO TÉCNICO DE COMPUTACIÓN, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 15 de enero de 1990. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emi-tido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Computación a JAMES ANTONIO MENJIVAR URBINA. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F008629)

RESOLUCIÓN No. 333/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo CENTRO ACADÉMICO ALFRED NOBEL, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 29 de noviembre de 1997. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emi-tido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría a ULISES HUMBERTO OCHOA PEÑA. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F008711)

RESOLUCIÓN No. 334/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO RAÚL VILLALTA, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 20 de noviembre de 2000. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por

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145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller General, a MARÍA TERESA CARRILLO ESCOBAR. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F008773)

RESOLUCIÓN No. 339/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL ACCIÓN CÍVICA MILITAR, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Secretariado a NURIA ILEANA PALACIOS. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009117)

RESOLUCIÓN No. 340/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller en Comercio y Administración obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL DE ARMENIA, Departamento de Sonsonate, extendido con fecha 24 de enero de 1996. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Contaduría a DANIEL BASILIO CORPEÑO SORTO. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009151)

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

RESOLUCIÓN No. 341/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de

mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de

emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO NACIONAL

DE CHINAMECA, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 24 de noviembre de 205. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación

por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de

la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller

General, a DELMY MARGARITA CANALES. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009158)

RESOLUCIÓN No. 342/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de

mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de

emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo

COMPLEJO EDUCATIVO CATÓLICO FRAY MARTÍN DE PORRES, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 30 de noviembre de

2001. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base

al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos

mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Contaduría a DALILA MARISOL PLATERO

GONZÁLEZ. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009193)

RESOLUCIÓN No. 344/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de

mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de

emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial obtenido en el Centro Educativo

INSTITUTO NACIONAL DE JUCUAPA, Departamento de Usulután, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999. Habiendo sido revisada y veri-

fi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase

el título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, Opción Secretariado a MAYBELL MARLIS ZELAYA DOMÍNGUEZ. PUBLÍQUESE la presente

Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009458)

RESOLUCIÓN No. 345/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial obtenido en el Centro Educativo INSTITUTO TÉCNICO RICALDONE, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 26 de noviembre de 1999. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Re-póngase el título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Electrónica a LUIS MARIO MERCADO CORTEZ. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009334)

RESOLUCIÓN No. 347/2008

Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, del Ministerio de Educación: San Salvador, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho.

Vista la documentación recibida en la Dirección Nacional de Centros Privados y Acreditación Institucional, de este Ministerio, para efecto de emitir la resolución correspondiente en cuanto a la reposición del título de Bachiller General obtenido en el Centro Educativo COLEGIO LA FLORESTA, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 27 de junio de 2003. Habiendo sido revisada y verifi cada la documentación por esta Dirección, es procedente emitir la presente resolución, POR TANTO: con base al Acuerdo No. 15-0879, emitido por el Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación el veintiséis de julio del año dos mil cuatro, SE RESUELVE: Repóngase el título de Bachiller General, a ANA MARCELA BARILLAS PACAS. PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial. NOTIFÍQUESE.

ROLANDO BALMORE PACHECO CARDOZA,

DIRECCIÓN NACIONAL DE CENTROS PRIVADOS Y

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL.

(Registro No. F009357)

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

ESTATUTOS DE SINDICATO DE TRABAJADORES

INDEPENDIENTES MERCADO CENTRAL SAN SALVADOR.

“S I N T I E S”

CAPITULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, CLASE, DOMICILIO,

LEMA Y EMBLEMA.

Art. 1.- Queda constituido el SINDICATO DE TRABAJADORES

INDEPENDIENTES MERCADO CENTRAL SAN SALVADOR, como

Sindicato de Trabajadores Independientes, cuyas siglas serán: “S I N

T I E S”, de conformidad con el Acto de Constitución del día Sábado

veintinueve de Marzo del año dos mil ocho; y en adelante en los presentes

Estatutos se denominará sólo como el Sindicato.

Art. 2.- El Sindicato tendrá como domicilio, la Ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, de la República de El Salvador,

Centro América, pero por circunstancias especiales la sede podrá pasar

a cualquier Departamento de la República.

Art. 3.- El emblema del sindicato, una Bandera Azul y Blanco y al

centro la fi gura de un triángulo y luego en la parte frontal del triángulo

se leerán las siglas “S I N T I E S”. El lema del Sindicato será: “POR

LA SUPERACION DE SUS MIEMBROS”.

CAPITULO II

OBJETO Y FINES DEL SINDICATO

Art. 4.- El Sindicato tiene por objeto lo siguiente:

a) Defender los intereses económicos, sociales y profesionales

de los trabajadores por cuenta propia;

b) Incorporar al Sindicato a todos los trabajadores independientes

del Mercado Central San Salvador;

c) Fomentar los sentimientos de solidaridad Sindical y ayuda

entre sus miembros;

d) Fomentar la cultura técnica y moral de sus miembros, esta-

bleciendo o subvencionando escuelas y bibliotecas; auspi-

ciando ciclos de conferencias, publicaciones y un órgano de

divulgación social, científi ca y artística;

e) Procurar la recreación de sus miembros, fomentando la

práctica de los deportes y las artes;

f) Estrechar los vínculos de amistad con las demás Organiza-

ciones afi nes, nacionales e internacionales;

g) Procurar por todos los medios posibles elevar el nivel cultural,

moral, social y económico de todos sus afi liados;

h) Contribuir con la unidad de los trabajadores a nivel Centroame-

ricano colaborando con los organismos creados al efecto;

i) Representar a todos sus miembros que lo han solicitado por

medio de requerimiento escrito para ejercer sus derechos

establecidos en las leyes laborales;

j) Velar por el estricto cumplimiento del Reglamento Interno

de Trabajo;

k) Adquirir bienes que se requieran para el desarrollo de las

actividades del Sindicato; y

l) Fomentar el acercamiento de los trabajadores sobre bases de

justicia, respeto mutuo y subordinación a las leyes del país.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO

Art. 5.- Todos los miembros del Sindicato son iguales en el goce

y ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones;

en consecuencia, a nadie podrá reconocérsele y atribuírsele por ningún

concepto privilegios en el Gobierno, Administración y Funcionamiento

del Sindicato.

Art. 6.- Para ser miembro del Sindicato se requiere:

a) Realizar actividades comerciales por cuenta propia;

b) Pagar el valor de la cuota de admisión;

c) Presentar por escrito su solicitud a la Junta Directiva corres-

pondiente.

d) No pertenecer a otro Sindicato;

e) Ser mayor de catorce años.

Art. 7.- Son derechos de los miembros del Sindicato:

a) Poseer un Carnet Sindical que los identifi que como miembros

del Sindicato;

b) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales y

presentar proposiciones e iniciativas;

c) Elegir y ser electo para los cargos de Gobierno y Dirección

del Sindicato, así como formar parte de las Comisiones de-

signadas por elección;

d) Reclamar en los casos de cuantía y especie que el Reglamento

Interno determine, las prestaciones a que tengan derecho los

miembros afi liados al Sindicato; y

e) Solicitar y obtener la protección del Sindicato en todos aquellos

confl ictos, ya sea individuales o colectivos, así como también

cuando ocurran violaciones a las Leyes Laborales que afecten

sus derechos e intereses.

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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Junio de 2008.

Art. 8.- Son obligaciones de los miembros del sindicato:

a) Pagar sus cuotas ordinarias y extraordinarias con puntualidad

según lo establecido en los presentes Estatutos;

b) Observar buena conducta pública y privada;

c) Asistir a las sesiones de Asamblea General convocadas por

la Junta Directiva General;

e) Excusarse y hacerse representar por escrito cuando estén

impedidos para asistir a las sesiones de Asamblea General;

y

f) Las demás obligaciones que determinen los presentes

Estatutos.

CAPITULO IV

DE LA ESTRUCTURA Y GOBIERNO DEL SINDICATO

Art. 9.- El Gobierno del Sindicato estará a cargo de los Órganos

siguientes:

a) Asamblea General; y

b) Junta Directiva General;

Art. 10.- La Asamblea General estará integrada por la totalidad

de los miembros del Sindicato, y es la máxima autoridad de la Organi-

zación.

Art. 11.- Para que pueda celebrarse válidamente una sesión de

Asamblea General es necesario que concurran a ésta la mitad más uno

del total de los miembros afi liados.

Si no hubiere quórum se podrá convocar en el acto para otra Asam-

blea, celebrándose ésta inmediatamente después de aquella para la cual

no hubo quórum, esta segunda Asamblea se celebrará con el número de

afi liados presentes, y sus resoluciones serán de acatamiento forzoso.

Tanto las Asambleas Ordinarias como las Extraordinarias de segunda

convocatoria, se celebrarán inmediatamente después de aquellas para la

cual no hubo quórum.

Estas circunstancias deberán hacerse constar en el acta; si la Junta

Directiva General se negare a convocar para Asamblea General ya sea

ordinaria o extraordinaria, no obstante que esta última la haya solicitado

el porcentaje de miembros señalados en el Art. 12 de estos Estatutos, la

convocatoria podrán hacerla el veinticinco por ciento de los miembros

del Sindicato que la fi rmarán, explicando en la misma los acuerdos per-

tinentes, eligiendo una Junta Directiva Provisional para que la presida y

los acuerdos que se tomen en ella serán válidos y de acatamiento forzoso;

las funciones de la Junta Directiva provisional terminarán al fi nalizar la

sesión.

Art. 12.- La Asamblea General deberá reunirse ordinariamente cada

doce meses y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta

Directiva General; y en caso de negativa por parte de los miembros de la

Junta Directiva General, la convocatoria deberá ser girada por lo menos

por el veinticinco por ciento de los miembros activos y solventes del

Sindicato. Las convocatorias a Asambleas Generales Ordinarias se harán

con quince días de anticipación por lo menos, por medio de cualquier

forma de comunicación impresa. En el caso de una Asamblea General

Extraordinaria, la convocatoria se realizará por lo menos con dos días

de anticipación.

Art. 13.- En caso que el Sindicato quedare en acefalia podrán

convocar a Asamblea General diez miembros activos y solventes del

Sindicato, quienes fi rmarán la convocatoria y haciendo constar en ella,

que en dicha sesión se tratará únicamente lo relativo a la acefalia, se

nombrará una comisión integrada por tres miembros, quienes presidirán

la sesión y los acuerdos tomados en ella serán válidos para todos los

miembros del Sindicato y cesarán en sus funciones al elegir la nueva

Junta Directiva General.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir dentro de los quince días anteriores al veintinueve de

Marzo de cada año por mayoría de votos, a los miembros de

la Junta Directiva General, los cuales podrán ser reelectos

parcial o totalmente si así lo decidiere la Asamblea General,

quienes tomarán posesión de sus cargos el mismo día del

aniversario del Sindicato;

b) Aprobar las reformas a los Estatutos del Sindicato;

c) Aprobar el presupuesto anual del Sindicato;

d) Acordar la expulsión de uno o más miembros del Sindicato

de acuerdo con los Estatutos;

e) Aprobar la memoria anual de labores de la Junta Directiva

General, la cual deberá elaborarse con base en todos los actos

que ésta haya ejecutado en benefi cio del Sindicato y de sus

afi liados;

f) Acordar con los dos tercios de votos de los afi liados por lo

menos, la disolución voluntaria del Sindicato, de acuerdo a

las Leyes y los presentes Estatutos;

g) Remover a los miembros de la Junta Directiva General cuando

estatutariamente o legalmente haya motivo para ello;

h) Aprobar el estado de cuentas semestral que presenta la Junta

Directiva General, por medio del voto secreto;

i) Fijar el monto de las cuotas extraordinarias;

j) Decidir sobre todos aquellos asuntos que no estén expresa-

mente encomendados a otro órgano del Sindicato, y;

k) Elegir anualmente a tres representantes y tres suplentes ante

la Federación Sindical a la cual esté afi liado el Sindicato;

Art. 15.- En la celebración de las Asambleas Generales Ordinarias

y Extraordinarias deberá aplicarse el procedimiento siguiente:

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 379

1. El Secretario General una vez comprobado el quórum declarará

abierta la sesión;

2. El Secretario General dará lectura a la agenda la cual contendrá

los siguientes puntos:

a) Comprobación del quórum;

b) Lectura y aprobación del acta anterior;

c) Lectura de correspondencia;

d) Informes generales y;

e) Asuntos generales y acuerdos, dando preferencia a los

más importantes.

3. Puesto a discusión un asunto, la persona que presida la

Asamblea General concederá el uso de la palabra tomando

en cuenta el orden de las solicitudes hasta tres oradores en

pro y tres en contra; agotada la lista de oradores consultará

si el asunto se considera sufi cientemente discutido y en caso

negativo se procederá en la misma forma hasta agotar el

debate.

4. Solamente se concederá el uso de la palabra, interrumpiendo

la lista de oradores, para verdaderas mociones de orden.

5. La persona que presida la sesión suspenderá el uso de la

palabra en los casos siguientes:

a) Cuando el orador se exprese en forma insolente, en

contra de alguno de los miembros de la organización,

y

b) Cuando el orador se encuentre en estado inconvenien-

te.

CAPITULO V

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 16.- La Junta Directiva General tendrá a su cargo la dirección

y administración del Sindicato y se compondrá de once miembros, los

cuales serán electos para los cargos siguientes:

a) Secretario General;

b) Secretario de Organización;

c) Secretario Primero de Confl ictos;

d) Secretario Segundo de Confl ictos;

e) Secretario de Educación Sindical;

f) Secretario de Prensa y Propaganda;

g) Secretario de Asuntos Femeninos y Juveniles;

h) Secretario de Finanzas;

i) Secretario de Actas y Acuerdos;

j) Secretario de Seguridad y Previsión Social;

k) Secretario de Relaciones Nacionales e Internacionales.

El Secretario General, conjunta o separadamente con el Secretario

de Organización y con el Secretario Primero de Confl ictos, tendrán la

representación judicial y extrajudicial del Sindicato.

Art. 17.- En caso de ausencia o impedimento de cualquiera de los

miembros de la Junta Directiva General por más de quince días, asumirá

el cargo respectivo el Secretario General, o en su defecto el Secretario

que sigue en el orden ascendente en que aparecen nominados en el

artículo anterior, teniendo el sustituto derecho a un voto por Secretaría;

para que operen dichas sustituciones, será necesario un acta de sesión

de Junta Directiva General que haga constar el hecho de la ausencia o

impedimento.

Si falleciera cualquier directivo, o la ausencia o impedimento

durará más de sesenta días, la Junta Directiva General deberá poner en

conocimiento de la Asamblea General tal circunstancia, a fi n de que ésta

elija a nueva persona para ocupar la vacante.

Art. 18.- La Junta Directiva General tomará posesión en el ejercicio

de sus funciones el día veintinueve de Marzo de cada año. La Junta Di-

rectiva General saliente, estará en la obligación de entregar a la entrante

por inventario todos los haberes y asuntos que hayan estado a su cargo,

en un plazo de diez días contados a partir de la toma de posesión.

De esta entrega se levantará acta detallada, la que será fi rmada por

los miembros de dichas Juntas Directivas Generales.

Art. 19.- Para ser miembro de la Junta Directiva General se requiere

lo siguiente:

a) Ser salvadoreño por nacimiento;

b) Ser mayor de dieciocho años de edad;

c) Ser miembro activo del Sindicato;

d) Ser de honradez notoria;

e) No formar parte de otro Órgano de Gobierno o Dirección del

Sindicato.

Art. 20.- La Junta Directiva General se reunirá ordinariamente cada

mes, y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, por convocatoria

del Secretario General o de tres de sus miembros.

Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva General:

a) Resolver todos aquellos asuntos relacionados con el Sindicato

que sean de su competencia;

b) Nombrar las comisiones necesarias para el mejor desempeño

de sus funciones;

c) Revisar las operaciones contables de la Secretaría de Finan-

zas;

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d) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos;

e) Elaborar la Memoria Anual de Labores del Sindicato y pre-

sentarla a la Asamblea General para su aprobación;

f) Convocar a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria en

las formas y casos establecidos por los presentes Estatutos;

g) Presentar el balance anualmente a la Asamblea General por

medio de la Secretaría de Finanzas para su aprobación, o

cuando la Comisión de Hacienda se lo solicite;

h) Presentar el presupuesto anual al iniciarse su gestión ante la

Asamblea General para su aprobación o modifi cación;

i) Atender y resolver las inquietudes y los problemas presentados

a solicitud de sus miembros y velar porque los derechos de

los trabajadores, individuales o colectivos sean respetados;

j) Autorizar por mayoría de votos de los miembros de la Junta

Directiva General los gastos hasta por cincuenta y ocho

dólares, no contemplados dentro del presupuesto anual.

k) Depositar los fondos y valores del Sindicato en una o más

instituciones bancarias de la República, sin perjuicio del

mantenimiento de un fondo circulante de cien dólares en la

Secretaría de Finanzas, para atender los gastos administrativos

urgentes;

l) Llevar un libro para el registro de los miembros del Sindi-

cato, los libros de actas y contabilidad que sean necesarios,

tales libros serán autorizados y sellados por el Departamento

respectivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social;

m) Informar al Departamento respectivo del Ministerio de Trabajo

y Previsión Social, los nombres de los miembros de la Junta

Directiva General y sus modifi caciones, dentro de los diez

días siguientes a aquél en que hayan tomado posesión de sus

cargos;

n) Comunicar una vez por año la nómina actualizada de los

miembros del Sindicato al Departamento respectivo del

Ministerio de Trabajo y Previsión Social;

o) Colectar las cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias de

los afi liados, debiendo extender recibos en todo caso;

p) Vigilar las votaciones en las Asambleas, especialmente en lo

relativo a la singularidad y secreto del voto;

q) Poner a disposición de las autoridades públicas, si éstas lo

solicitan, las mismas informaciones y documentaciones que

según los presentes Estatutos deban suministrar a sus miembros

en oportunidad de las asambleas ordinarias;

r) Resolver todos aquellos asuntos administrativos relacionados

con el Sindicato, que no estuvieran especialmente encomen-

dados a otros órganos del mismo.

CAPITULO VI

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA GENERAL

Art. 22.- Son atribuciones del Secretario General:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva General y de la

Asamblea General;

b) Convocar a Asamblea General para celebrar las sesiones

Ordinarias y Extraordinarias.

c) Firmar todos los documentos importantes, tales como: Re-

cibos, bonos, carnet, etc., asimismo deberá autorizar con su

fi rma la documentación expedida por el resto de Secretarios

y revisar documentos de pago de la Secretaría de Finanzas;

d) Elaborar la agenda a tratar para las sesiones de Junta Directiva

General y Asamblea General;

e) Rendir informe mensual de sus actividades a la Junta Directiva

General, en relación con ese informe que deberá ser por escrito,

para las explicaciones pertinentes a quienes lo soliciten;

f) Juramentar a los miembros de nuevo ingreso al Sindicato;

g) Vigilar el cumplimiento de los presentes Estatutos, de las

resoluciones y acuerdos de la Junta Directiva General;

h) Autorizar las erogaciones hasta por cincuenta dólares que se

refi eren a los gastos generales del Sindicato no contemplados

en el presupuesto anual;

i) Resolver los problemas de carácter inmediato y urgente que

se presenten en el aspecto administrativo;

j) Organizar la ofi cina, el personal y el archivo del Sindicato y

velar porque los libros se lleven en forma debida;

k) Vigilar la disciplina de empleados del Sindicato sin que esto

implique la facultad de nombrar o despedir a los mismos; lo

cual sólo corresponderá a la Junta Directiva General;

l) Asesorar a las comisiones que nombre la Junta Directiva

General y extender los carnet a sus miembros;

m) Preparar un informe sobre su actuación que servirá de base

para elaborar la Memoria Anual de Labores del Sindicato;

n) Representar conjunta o separadamente con el Secretario de

Organización y con el Secretario Primero de Confl ictos, a

los miembros afi liados al Sindicato en los confl ictos que se

presenten;

o) En defecto del Secretario de Actas y Acuerdos, debe certifi car

las actas y sesiones de Asamblea General y de Junta Direc-

tiva General, así como también los acuerdos tomados en las

mismas; colaborar con la Secretaría General de la Federación

a la que estuviese afi liado el Sindicato.

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Art. 23.- Son atribuciones del Secretario de Organización:

a) Colaborar con el Secretario de Organización y Estadística de

la Federación a la que estuviere afi liado el Sindicato;

b) Recoger toda la información sobre las actividades del Sindicato

y dar cuenta de ello a la Junta Directiva General;

c) Llevar un libro de inscripciones de miembros, debidamente

autorizado por el Departamento Nacional de Organizaciones

Sociales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; en el

que se anotarán los nombres de los afi liados y las generales

completas de los mismos;

d) Llevar en el archivo del Sindicato un controlo record de cada

uno de los miembros, a fi n de que éste sirva a la Asamblea

General para los nombramientos y elecciones que efectúe;

e) Mantener activa la labor de organización, con el objeto de que

pertenezcan al Sindicato todos los trabajadores Independien-

tes, y llevar las Estadísticas de la totalidad de los trabajadores

afi liados al Sindicato;

f) Sustituir al Secretario General durante su ausencia temporal o

defi nitiva por cualquier causa, hasta que éste regrese a tomar

posesión de su cargo o sea sustituido;

g) Representar conjunta o separadamente con el Secretario

General y Primero de Confl ictos, a los miembros afi liados

al Sindicato, en los confl ictos que se presenten ya sean co-

lectivos o individuales.

Art.24.- Son atribuciones de los Secretarios Primero y Segundo de

Confl ictos:

a) Estudiar los confl ictos de trabajo ocurridos a los miembros del

Sindicato, asesorándose para tal caso, cuando sea necesario

y conveniente, el asesor jurídico del Sindicato;

b) Estudiar cuidadosamente la legislación laboral, y presentar

proyectos de reformas de la Junta Directiva General para su

consideración para que ésta la pueda presentar a la instancia

correspondiente;

c) Velar porque se respeten los derechos a los trabajadores e

informar debidamente a la Junta Directiva General y Asam-

blea General sobre los incidentes que a éstos ocurriesen en

el desempeño de su trabajo;

d) Luchar para que se establezcan mejores condiciones de vida

y de trabajo para los afi liados;

e) Colaborar con la Secretaría de Confl ictos de la Federación a

la que estuviere afi liado el Sindicato.

f) Para el caso del Secretario Primero de Confl ictos representar

conjunta o separadamente con el Secretario General y con

el Secretario de Organización, a los miembros afi liados al

Sindicato en los confl ictos que se presenten ya sean colectivos

o individuales.

Art. 25.- Son atribuciones del Secretario de Educación Sindical:

a) Organizar la biblioteca del Sindicato;

b) Velar porque la cultura general de la organización alcance

un nivel adecuado y procurar que los afi liados tengan un

comportamiento decoroso;

c) Organizar cursos de capacitación sindical, para los miembros

del Sindicato;

d) Preparar ciclos de conferencias y actos culturales de tipo

sindical y general, para superar la educación y la cultura de

los afi liados;

e) Colaborar con la Secretaría de Educación Sindical de la

Federación a la que estuviere afi liado el Sindicato.

Art. 26.- Son atribuciones del Secretario de Prensa y Propagan-

da:

a) Redactar el órgano publicitario del Sindicato;

b) Difundir por todos los medios posibles las ventajas que logra

el trabajador que se afi lie al Sindicato;

c) Mantener activa la propaganda del Sindicato en general y en

los sectores que tengan que organizar actividades;

d) Dar publicidad a los acontecimientos trascendentales del

Sindicato, formular réplicas sobre las noticias que lastimen

sus intereses y los agradecimientos por las noticias benefi -

ciosas;

e) Elaborar boletines mensuales en los cuales se denuncian las

anomalías que suceden dentro y fuera de la organización;

f) Elaborar boletines brindando solidaridad a las organizaciones

que lo soliciten;

g) Difundir por todos los medios posibles, las ventajas que logra

el trabajador que se afi lie al Sindicato; y

h) Colaborar con la Secretaría de Cultura y Propaganda de la

Federación a la que estuviere afi liado el Sindicato.

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario de Asuntos Femeninos y

Juveniles:

a) Contribuir a la sana formación y esparcimiento de los hijos

de trabajadores afi liados al Sindicato;

b) Involucrar la creación de Comités Juveniles, y de Mujeres en

los barrios y colonias, donde viven los trabajadores afi liados

al Sindicato;

c) Desarrollar campañas publicitarias contra las drogas y otros

vicios que alienan a la Juventud;

d) Las demás atribuciones que señalan los presentes

Estatutos.

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Art. 28.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:

a) Elaborar al iniciar su gestión, el Presupuesto Anual del

Sindicato y someterlo a consideración de la Junta Directiva

General;

b) Custodiar los bienes del Sindicato;

c) Responder del estado de caja de la Secretaría de Finanzas y

llevar la Contabilidad de la organización;

d) Firmar todos los documentos que tengan relación con su

secretaría y rendir un informe mensual a la Junta Directiva

General sobre el estado económico del Sindicato;

e) Depositar los fondos sindicales en una o más instituciones

bancarias de la localidad, para este efecto abrirá una cuenta

bancaria en carácter de fondo circulante, con la cantidad se-

ñalada en el literal k) del artículo veintiuno de los presentes

Estatutos;

f) Presentar cuentas a la Asamblea General, siempre que la

Comisión de Hacienda o el auditor nombrado por ésta lo

solicitasen;

g) Colectar las cuotas de admisión, las ordinarias y extraordinarias

para las que deberá extender un recibo;

h) Hacer corte de caja cada cuatro meses y dar conocimiento

del mismo a la Junta Directiva General y a la Asamblea

General;

i) Velar por la debida aplicación del presupuesto general siendo

a la vez responsable con los demás Secretarios de la Junta Di-

rectiva General, respecto al correcto manejo de los fondos;

j) Presentar al fi nalizar el período de sus funciones, un estado

de cuentas a la Junta Directiva General y al nuevo Secretario

de Finanzas, acompañando los documentos y comprobantes

de caja correspondiente;

k) Entregar por inventario a quien lo sustituya temporal o defi -

nitivamente en presencia de los demás miembros de la Junta

Directiva General de todos los bienes, fondos y demás efectos

a su cargo, pertenecientes al Sindicato, de esta entrega deberá

levantarse acta correspondiente; y

l) Colaborar con la Secretaría de Finanzas de la Federación a

la que estuviere afi liado el Sindicato.

Art. 29.- Son atribuciones del Secretario de Actas y Acuerdos:

a) Llevar los libros de actas, uno de ellos se destinará para las

sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva

General y el otro servirá para las sesiones de Asamblea

General;

b) Asistir en sus funciones al Secretario General de la Junta

Directiva General y autorizar los acuerdos y disposiciones

del mismo, siempre que actúe en uso de sus facultades;

c) Certifi car las actas de sesiones de Asamblea General y de Junta

Directiva General, así como también los acuerdos tomados

por la misma;

d) Informar a quienes soliciten sobre las Actas o puntos de la

misma, previa autorización de la Junta Directiva General;

e) Tomar nota y redactar los acuerdos de la Junta Directiva

General y Asamblea General, los cuales deberán asentarse

en el libro correspondiente;

f) Dar lectura a los acuerdos que sean solicitados por la Junta

Directiva General o por el miembro del Sindicato en Asamblea

General;

g) Colaborar con la Secretaría de Actas y Acuerdos de la Fede-

ración a la que estuviere afi liado el Sindicato.

Art. 30.- Son atribuciones del Secretario de Seguridad y Previsión

Social:

a) Llevar un registro estadístico de los miembros del Sindicato

enfermos, en el que aparezca los datos que se estimen nece-

sarios para fi nes de información;

b) Estar pendiente del estado de salud de los miembros del

Sindicato y proporcionarles la ayuda que necesiten;

c) Visitar las dependencias asistenciales, ya sean de particu-

lares o de benefi cencia pública o del Instituto Salvadoreño

del Seguro Social (ISSS), con el objetivo de enterarse de la

atención a que son acreedores los trabajadores enfermos que

estén afi liados al Sindicato;

d) Presentarse lo más rápido posible, juntamente con el Secretario

General a los lugares donde ocurran accidentes de trabajo a

los afi liados;

e) Investigar las causas de muerte, incapacidad y cesantía

involuntaria de alguno de los miembros, con el objetivo de

informar a la Junta Directiva General;

f) Recabar los datos necesarios en casos de enfermedades, pro-

fesionales y comunes, accidentes de trabajo ocurridos a los

trabajadores con el objetivo de facilitar la labor respectiva a la

Secretaría de Organización y a los directivos que representan

judicial y extrajudicialmente al Sindicato;

g) Estudiar las leyes y reglamentos sobre riesgos profesionales

de seguridad e higiene de trabajo y cualquier cuerpo jurídico

en esta materia, así como velar por su cumplimiento;

h) Informar de sus actividades a la Junta Directiva General y a

la Asamblea General del Sindicato;

i) Colaborar con la Secretaría de Seguridad y Previsión Social

de la Federaciór a la que estuviere afi liado el Sindicato;

Art. 31.- Son atribuciones del Secretario de Relaciones Nacionales

e Internacionales:

a) Mantener comunicación con el movimiento Sindical Inter-

nacional;

b) Firmar la correspondencia enviada al exterior junto con el

Secretario General;

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c) Hacer todo lo posible por asistir a eventos a los que sea

invitada la organización;

d) Invitar delegados del movimiento Sindical Internacional a

eventos que organice el Sindicato.

Art. 32.- Los miembros de la Junta Directiva General responderán

solidariamente de la custodia, manejo e inversión de los fondos propiedad

del Sindicato.

CAPITULO VII

DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y DE LA DE HONOR Y

JUSTICIA

Art. 33.- Créase la Comisión de Hacienda la cual está formada por

tres miembros de honorabilidad y competencia reconocida quienes serán

electos por la Asamblea General en la sesión en la que se elige la Junta

Directiva General, de esta Comisión no podrán formar parle quienes

desempeñen otros cargos de gobierno o dirección del Sindicato.

Art. 34.- En el desarrollo de sus funciones, la Comisión de Hacienda

se sujetará a las reglas siguientes:

a) Podrán inspeccionar, siempre que lo crea conveniente al

movimiento económico y fi nanciero del Sindicato, ya sea

directamente o por medio de su auditor el cual será nombrado

por la Asamblea General;

b) Deberá permitir y solicitar la presencia en el acto de inspección

de la persona que tenga a cargo las cuentas respectivas, los

cuales estarán obligados a suministrar los datos que fueren

necesarios;

c) Cuando comprobasen hechos que constituyen malversación de

fondos sindicales lo pondrán en conocimiento de la Comisión

de Honor y Justicia, acompañando un informe circunstanciado

para los efectos correspondientes;

d) En todo caso podrá asesorarse permanentemente de una per-

sona versada en materia contable, para el mejor desempeño

de sus funciones;

e) Podrá actuar además a petición de la Junta Directiva General

o cuando la solicitud correspondiere a cinco afi liados.

Art. 35.- Créase la Comisión de Honor y Justicia, la cual estará

integrada por tres miembros, Un Presidente, un Secretario y un Vocal

electos por la Asamblea General en la Sesión en la que se elige la Junta

Directiva General y no podrán formar parte quienes desempeñen otro

cargo de gobierno del Sindicato.

Art. 36.- Para la aplicación de las sanciones de suspensión, des-

titución y expulsión a que se refi ere el Capítulo IX de estos Estatutos

conocerá de la falta la Comisión de Honor y Justicia, ya sea de ofi cio

o por denuncia hecha por alguno de los miembros del Sindicato, esta

Comisión recogerá toda la información al efecto utilizando los medios

probatorios posibles;

La Comisión hará saber la denuncia al acusado quien tendrá derecho

a defenderse personalmente o por medio de defensores, transcurridos

tres días sin que el acusado haya hecho uso de este derecho, la Comisión

de Honor y Justicia le nombrará un defensor de ofi cio, en todo caso, los

defensores deberán ser miembros del Sindicato.

Art. 37.- Concluida la investigación a que se refi ere el artículo

anterior, la Comisión de Honor y Justicia fallará defi nitivamente cuando

se trate de imponer la pena de suspensión, admitiéndose en este caso la

apelación ante la Asamblea General.

Art. 38.- La Organización y el funcionamiento de esta Comisión

estarán reguladas por los presentes Estatutos y se establece la obligación

de reunirse cada treinta días ordinariamente, contados a partir de la

fecha de su elección y extraordinariamente en cualquier fecha, previa

convocatoria de uno de sus miembros.

CAPITULO VIII

DE LA VOTACIÓN Y ELECCIÓN

Art. 39.- En las elecciones para integrar la Junta Directiva General

y comisiones del Sindicato, el voto será individual y secreto, y en los

demás casos será público o secreto, según lo establecido por la Ley y los

presentes Estatutos, en todo caso las proposiciones para la elección de

los miembros a que se refi ere este artículo serán hechas por la Asamblea

General respectiva, en la forma y número que ella misma le acuerde.

Art. 40.- Cuando el voto sea público, se emitirá en la forma que la

Asamblea General determine y su recuento será hecho por los miembros

de la Junta Directiva General.

Si se tratase de una votación secreta se procederá en la forma

siguiente:

a) El voto será emitido por escrito, en papeletas que a cada uno

de los votantes proporcionará la Junta Directiva General;

b) Después de hechas las proposiciones pertinentes, los votantes

llenarán las papeletas, y verifi cado lo anterior, serán recogidas

por la Junta Directiva General;

c) El escrutinio se verifi cará inmediatamente por aquéllas,

dándose a conocer a la Asamblea General el resultado de la

votación.

En caso de que no se pudiera verifi car el escrutinio inmediatamente,

se depositarán los votos en una urna sellada y el número de ellos que

contenga, se hará constar en el acta respectiva.

El escrutinio deberá verifi carse en el mismo acto por la Junta Di-

rectiva General o por la Comisión que para tal efecto elija la Asamblea

General y el resultado se hará saber por cualquier medio publicitario que

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garantice su conocimiento a los afi liados, de todo esto se levantará acta

fi rmada por la Junta Directiva General y la Comisión, estando obligada

a poner en conocimiento de la próxima Asamblea General dicho docu-

mento, el cual se transcribirá íntegro en el acta que de esta Asamblea

General se levante.

Art. 41.- La Asamblea General al tener conocimiento de ofi cio

o por denuncia de sus miembros de las anomalías que hayan ocurrido

en el proceso electoral previa comprobación de las mismas, declarará

nulas las elecciones total o parcialmente, e impondrá a los infractores

las sanciones correspondientes, ordenando nuevas elecciones.

CAPITULO IX

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Art. 43.- En este Capítulo se establecen para efectos de disciplina

sindical, las sanciones a que serán acreedores los miembros que cometan

las faltas descritas en el mismo, tales sanciones son las siguientes:

a) Amonestación y multas;

b) Suspensión de los derechos sindicales;

c) Destitución de los cargos de los órganos de gobierno o di-

rección del Sindicato;

d) Expulsión del Sindicato.

Art. 43.- Los miembros serán amonestados:

a) Por inasistencia a las Asambleas Generales, Ordinarias y

Extraordinarias sin causa justifi cada, les será impuesta una

multa de tres dólares por cada falta;

b) Por desempeñar negligentemente las comisiones que se les

hubiese encomendado;

c) Por llegar a las sesiones en estado inconveniente o alterar el

orden de ellas;

d) Por todas aquellas faltas de igual o semejante índole de las

anteriores.

Art. 44.- Los afi liados serán suspendidos en sus derechos sindi-

cales hasta por noventa días, según la gravedad de la falta en los casos

siguientes:

a) Mora de las cuotas sindicales, sin causa justifi cada;

b) Actos difamatorios en contra del Sindicato;

c) Negarse sin causa justa a desempeñar las comisiones enco-

mendadas;

d) Por abstenerse de votar en asuntos de importancia sindical.

Art. 45.- Son causales de destitución a quienes desempeñen cargos

en la Junta Directiva General y en las Comisiones, las siguientes:

a) Falta de efi ciencia o dedicación en la gestión administrati-

va;

b) Usurpación de fondos;

c) Cometer o propiciar fraude electoral;

d) Aprovechamiento de la posesión directriz, para conseguir

ventajas personales; y

e) Manejo fraudulento de los fondos o propiedades del Sindi-

cato.

Art. 46.- Son causales de expulsión las siguientes:

a) Labor disociadora sindical;

b) Falta de probidad;

c) Negativa a cumplir las disposiciones y acuerdos importantes,

tomados por los órganos del Sindicato; y

d) Traición sindical mediante maniobras que pongan en peligro

la seguridad y buena marcha de la organización.

CAPITULO X

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO DEL SINDICATO

Art. 47.- Los fondos del Sindicato estarán formados por las cuotas

de admisión, cuotas ordinarias y extraordinarias, por las donaciones,

subvenciones y multas.

Art. 48.- La cuota de admisión será de un dólar, la cuota ordinaria

será de veinticinco centavos de dólar diarios y las extraordinarias no

podrán exceder del doble de la ordinaria, asimismo no podrán cobrarse

más de cuatro cuotas en un año, debiendo éstas ser determinadas por

la Asamblea General solamente en ciertos casos o en acontecimientos

extraordinarios.

Art. 49.- La cuotas estipuladas son obligatorias para todos los

miembros del Sindicato.

Art. 50.- Los fondos se aplicarán a los gastos del Sindicato, en la

forma siguiente: Un veinte por ciento (20%) para administración, un

diez por ciento (10%) se designará al Fondo de Reserva y el Setenta por

ciento (70%) restante a los gastos de las Secretarías.

Los fondos del Sindicato deberán permanecer depositados en

una institución bancaria de la República, y a la disposición del mismo.

Dejando en poder del Secretario de Finanzas la cantidad de cincuenta

dólares para gastos imprevistos y urgentes.

Art. 51.- Sólo la Junta Directiva General estará facultada para hacer

efectivas las contribuciones de los miembros por medio del Secretario

de Finanzas o a quien la misma autorice.

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Art. 52.- Para el retiro parcial o total de los fondos, se requerirá

en el respectivo cheque la fi rma del Secretario General, del Secretario

de Finanzas y del Secretario de Actas quienes para tal efecto las harán

conocer en la institución correspondiente.

Se establecen como suplentes de los Directivos anteriores a los

Secretarios de Organización, el de Seguridad y Previsión Social y

los Secretarios Primero y Segundo de Confl ictos, quienes estarán en

la obligación de registrar su fi rma, debiendo únicamente enviar a la

entidad bancaria un informe de la ausencia del titular para lo efectos

consiguientes.

Art. 53.-Los gastos presupuestados serán autorizados así: Gastos

hasta por veinticino dólares, serán autorizados por el Secretario General;

de veinticinco hasta cien dólares, serán autorizados por la Junta Directiva

General y más de cien dólares por la Asamblea General.

Art. 54.- Los miembros de la Junta Directiva General responderán

solidariamente de la custodia, manejo e inversión de los fondos perte-

necientes al Sindicato.

CAPITULO XI

DE LA DISOLUCIÓN DEL SINDICATO

Art. 55.- La disolución voluntaria del Sindicato solamente podrá

acordarse por el voto de las dos terceras partes de los afi liados de la

Asamblea General, convocada al efecto, también podrá darse la disolución

por disposición de la ley en los casos expresamente señalados.

Art. 56.- Decretada la disolución conforme el Artículo anterior, la

Asamblea General nombrará un delegado para que conjuntamente con

los delegados gubernamentales procedan a liquidar los fondos y valores

del Sindicato.

Art. 57.- Practicada la liquidación, los fondos del Sindicato pasarán

a formar parte del Patrimonio de la Federación a que estuviese afi liado

al momento de la disolución.

Art. 58.- Las obligaciones contraídas por los miembros de la Junta

Directiva General obligan al sindicato, siempre que ellos actúen dentro

de sus facultades legales.

CAPITULO XII

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 59.- El Sindicato respaldará con apoyo moral y económico

según la gravedad del caso y de acuerdo a su capacidad económica a

todo trabajador afi liado.

Art. 60.- El Sindicato no persigue más fi nes que aquéllos dirigidos

exclusivamente a la defensa de los intereses económicos y sociales de

los trabajadores por cuenta propia; por lo tanto queda absolutamente

prohibido intervenir en luchas religiosas, repartir dividendos o hacer

distribuciones del patrimonio sindical. El Sindicato deberá mantener

su independencia con respecto a los partidos políticos.

Lo anterior no implica menoscabo de los derechos que corresponden

a cada miembro del Sindicato como ciudadano.

Art. 61.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia el día de su

publicación en el Diario Ofi cial y podrán ser reformados cuando así lo

acuerde la Asamblea General y a falta de ésta, la mitad más uno de sus

afi liados.

Res. 16/2008.

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: San Salvador,

a las ocho horas del día dos de junio del año dos mil ocho.

Vista la solicitud presentada a las quince horas con veintisiete

minutos del día ocho de mayo del año dos mil ocho, por el señor José

Israel Huiza Cisneros, en su calidad de Delegado por la Asamblea

Constituyente del Sindicato en Formación denominado SINDICATO

DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES MERCADO CENTRAL

SAN SALVADOR, cuyas siglas son SINTIES, relativa a que se apruebe

el texto de sus Estatutos y se le conceda personalidad jurídica al mismo,

este Ministerio CONSIDERANDO: I) Que de conformidad al acta no-

tarial de constitución otorgada a las dieciséis horas del día veintinueve

de marzo del año dos mil ocho por el notario Rubén Antonio Cañas,

se CONSTITUYÓ el Sindicato antes mencionado con la presencia de

CUARENTA miembros fundadores; II) Que en el acta notarial relacionada

en el numeral anterior, consta que en esa reunión fue aprobado el texto

de los Estatutos, los cuales no adolecen de errores de fondo y forma,

ni contravenciones a las leyes de la República, al orden público o a las

buenas costumbres del país. Por tanto, en vista de lo antes expuesto

y de conformidad al Art. 219 inciso 5° del Código de Trabajo, este

Despacho RESUELVE: A) APROBAR el texto de los SESENTA Y UN

ARTÍCULOS que conforman los Estatutos del Sindicato en Formación

denominado SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES

MERCADO CENTRAL SAN SALVADOR, cuyas siglas son SINTIES,

concediéndole al mismo tiempo la PERSONALIDAD JURÍDICA so-

licitada; B) PUBLÍQUENSE en el Diario Ofi cial dichos Estatutos, así

como la presente resolución; y C) INSCRÍBASE dicho Sindicato en

el registro correspondiente. COMUNÍQUESE. “Carmen Elisa Sosa de

Callejas” RUBRICADA.

Lic. CARMEN ELISA SOSA DE CALLEJAS,

VICEMINISTRA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL,

ENCARGADA DEL DESPACHO MINISTERIAL.

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.

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