derechos arancelarios final

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  • 7/25/2019 Derechos Arancelarios Final

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    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA

    RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO2014 - I

    Ctedra: ADMINISTRACIN TRIBUTARIA

    Catedrtico: Dr. Sal Astuaupa Flores

    Ite!rates: ALFONZO AMBROSIO, Roel

    CHAVEZ CHIPANA, Marco

    PREZ PAREDES, Jorge Ernesto

    ROMERO !ISPE, Isa"as

    VIII

    Se"estre: #III

    DERECHOS

    ARANCELARIOS

    UNIVERSIDADNACIONAL DEL

    FACULTAD DE

    CIENCIAS DE LAADMINISTRACIN

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    DEDICATORIA:

    Queremos dedicarle este trabajo

    A Dios que nos dio la vida y fortaleza para

    terminar este presente trabajo.

    A nuestros Padres por estar ah cuando ms

    los necesitbamos; y

    A nuestro ic. Quien con sus sabios

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA 1

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    consejos y ense!anzas pudimos concretar el

    presente.

    "#$%&D'((")#

    *l Arancel de Aduanas es uno de los instrumentos bsicos en la re+ulaci,n del

    comercio internacional- no solo por su carcter recaudatorio que lo tiene/- sino-

    como herramienta de aplicaci,n de la poltica comercial de una zona econ,mica

    como el Per0.(uando a una nomenclatura que describe un producto- le a!adimos los derechos de

    importaci,n que pa+aran esas mercancas cuando ven+an de un pas no

    comunitario- se dice que tenemos un A%A#(* D* AD'A#A1.

    *n este bloque se parte de una mercanca a la cual ya le hemos asi+nado un c,di+o

    arancelario clasificaci,n arancelaria/ y ahora necesitamos conocer cunto pa+ara

    en la Aduana por los diferentes impuestos.

    *l elemento objetivo en el comercio e2terior son los productos- la importaci,n oe2portaci,n determina el deven+o y el correspondiente pa+o o cobro.

    os productos objetos de comercio e2terior pueden estar sujetos al pa+o de

    determinados tributos. $anto a la importaci,n como a la e2portaci,n.

    *n esta 3'4A D* A%A#(* hemos tratado de e2plicar los diferentes tipos de

    derechos que se aplican en el comercio e2terior ad 5 valorem- especficos-

    m2imos- mnimos- a+rcolas- etc./- las reducciones de derechos que podemos

    obtener aco+i6ndonos a al+0n medida e2istente que nos permita reducir o suprimir

    el arancel que tenemos que pa+ar contin+entes- suspensiones- franquicias- etc./-

    los posibles recar+os que pueden recaer sobre las mercancas que queremos

    importar o e2portar y que en al+unos casos puede suponer el 62ito o el fracaso de

    nuestra operaci,n de comercio e2terior derechos antidumpin+- derechos

    adicionales- etc./.

    7 para completar esta 3'4A hemos desarrollado un tema con ejemplos prcticos.

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA 2

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    NDICED:\mono s.i fnal.do! " #To$%2&2$'(&

    1. ADUANAS.......................................................................................................................4

    2. SUNAD (Superintendencia nacional adunta de aduana!...........................................4

    ". #OS ARANCE#ES..........................................................................................................4

    ".1. #A $O#ITICA ARANCE#ARIA $ERUANA..............................................................%

    ".2. #OS ARANCE#ES & E# CO'ERCIO ETERIOR..................................................%

    ".". TI$OS DE ARANCE#ES & )A#ORI*ACION...........................................................%

    ".".1. ARANCE# AD)A#ORE'..................................................................................%

    ".".2. ARANCE# ES$ECI+ICO...................................................................................%

    ".".". ARANCE# 'ITO.............................................................................................,

    ".".4. ARANCE# ANTI- DU'$IN.............................................................................,

    ".4. E+ECTOS ECON/'ICOS DE #A A$#ICACI/N DE #OS ARANCE#ES................,".%. TASAS NO'INA#ES & E+ECTI)AS........................................................................0

    ".,. ARANCE# DE ADUANAS EN E# $ERU.................................................................0

    ".0. NO'ENC#ATURA DE# ARANCE#.........................................................................

    ".0.1. Caracter3tica3 de la noenclatura aduanera:..............................................

    ".0.2. Iportancia de la Noenclatura Aduanera...................................................5

    ".. ESTRUCTURA DE# ARANCE# DE ADUANAS EN E# $ER6................................5

    ".5. RE#AS $ARA #A A$#ICACI/N DE# ARANCE# DE ADUANAS.......................17

    ".17. RE#AS ENERA#ES $ARA #A INTER$RETACI/N DE #A

    NO'ENC#ATURA............................................................................................................ 12

    ".11. ASINACI/N DE# CANA#8 RECE$CI/N & REISTRO DOCU'ENTARIO....14

    ".11.1. A3i9nacin del canal..................................................................................14

    ".11.2. Recepcin ; re9i3tro docuentario.........................................................1%

    CONC#USIONES ................................................................................................................10

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA $

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    ".1. #A $O#ITICA ARANCE#ARIA $ERUANA

    *2isten = mbitos bsicos de la poltica arancelaria8

    'nilateral- por el cual un pas soberanamente decide modificar su

    estructura arancelaria sin ne+ociarla con nin+0n otro pas- y

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    *l arancel mixto es una combinaci,n de los dos anteriores; por ejemplo8

    1e aplica el B> ad5 valorem a te2tiles para confecci,n de prendas de

    vestir/ ms '1? @. d,lares por metro de tela.

    ".".4. ARANCE# ANTI- DU'$IN

    *s un arancel que se aplica a la importaci,n de productos que se sabe

    que reciben subvenciones de los pases donde se producen.

    ".4. E+ECTOS ECON/'ICOS DE #A A$#ICACI/N DE #OS ARANCE#ES El efecto fiscal supone un incremento de la recaudacin del

    Estado y en los productos con demandas inelsticas demanda de

    productos indispensables/- mayor ser la recaudaci,n fiscal- ejemplo

    de ello son los aranceles a la importaci,n de la +asolina. os recursos

    que se +eneran por esta va cada vez tienen una menor importancia

    relativa- dentro de los in+resos del *stado de los pases

    industrializados- mientras que tienen una mayor importancia

    cuantitativa en los in+resos de los pases en va de desarrollo.

    Disminucin de las importaciones, del consumo de los productossometidos al arancely mejora de la posici,n de la balanza comercial

    de los pases. Aumento del precio de los productos objeto de arancel en el

    mercado nacional, es por tanto negativo para el consumidor.

    Adems de impulsar al pas utilizar recursos ineficientemente

    sacrificando la producci,n y especializaci,n en los bienes donde

    e2isten ventajas comparativas. Aumento de la produccin nacional de bienes con arancel- a

    imposici,n de un arancel tiene dos caras- por un lado- sirve de

    protecci,n al permitirle a las empresas instaladas crecer e2entas de la

    competencia del mercado internacional- y por otro lado- un e2ceso de

    protecci,n puede producir que el prote+ido elabore un producto en

    condiciones de ineficiencia por cuanto- esta producci,n se obtiene al

    amparo del arancel y a costes por encima de los internacionales-

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    desviando recursos que se utilizaran para producir otros bienes con

    mayores ventajas competitivas.

    ".%. TASAS NO'INA#ES & E+ECTI)ASA. Ta3a Noinal:

    *s el porcentaje de impuesto que soporta cada unidad del producto

    importado al pasar por la aduana- con relaci,n a su valor en aduana.

    1e trata de un impuesto con fines de protecci,n a la producci,n

    nacional- y son las que aparecen publicadas en la lista arancelaria

    oficial del pas.

    a:

    *s el porcentaje de impuesto que soporta cada unidad en aduana- conrelaci,n al

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    #omenclatura (om0n de los Pases 9iembros de la (omunidad Andina

    #A#D"#A/- de conformidad con el Artculo C de la Decisi,n =CB de la

    (omisi,n de la (omunidad Andina .

    a #A#D"#A est basada en la #omenclatura del 1istema Armonizado deDesi+naci,n y (odificaci,n de 9ercancas- os desdoblamientos se

    realizaron a+re+ando dos cifras al (,di+o num6rico de la #A#D"#A 5

    1'PA%$"DA #A("A. E d+itos/

    ".0.1. Caracter3tica3 de la noenclatura aduanera:

    A+rupan mercancas 5aunque no en forma e2clusiva5 se+0n el ori+en. A+rupan las mercancas se+0n la naturaleza de la materia prima (lasifican las mercancas- en forma conjunta- a los productos de una

    misma industria- aunque siempre las posiciones referentes a productos

    manufacturados se presentan mucho ms detallados que los de

    materias primas.

    ".0.2. Iportancia de la Noenclatura Aduanera

    Permite la utilizaci,n de un solo len+uaje en el comercio internacional-por lo tanto sirve de base a los aranceles de aduana de todos los

    pases. %e+ula el intercambio comercial de un pas con otros pases- mediante

    el arancel de aduanas. $iene como funci,n la aplicaci,n de +ravmenes y con otros fines

    bsicamente de orden fiscal. *stablece ms rpida la relaci,n entre +ravmenes y productos objetos

    del (.".

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA &

    T+,-lo:

    Tala n/1

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    (lasifica las mercancas- en forma conjunta- a los productos de una

    misma industria.

    ".. ESTRUCTURA DE# ARANCE# DE ADUANAS EN E# $ER6*l Arancel de Aduanas del Per0 ha sido elaborado en base a la

    #omenclatura (om0n de los Pases 9iembros de la (omunidad Andina

    #A#D"#A/- con la inclusi,n de subpartidas adicionales.

    a #A#D"#A est basada en la #omenclatura del 1istema Armonizado de

    Desi+naci,n y (odificaci,n de 9ercancas en su

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    *n cuanto a la aplicaci,n de los derechos correspondientes a compromisos

    internacionales suscritos por el Per0- deber consultarse las disposiciones

    le+ales y administrativas dictadas para cada una de ellos.

    as #otas *2plicativas y el 4ndice de (riterios de (lasificaci,n aprobados porla &r+anizaci,n 9undial de Aduanas &9A/ se utilizarn como elementos

    au2iliares relativos a la interpretaci,n y aplicaci,n uniforme de los te2tos de

    partida y subpartida- #otas de 1ecci,n- (aptulos y subpartidas del 1istema

    Armonizado.

    ".5. RE#AS $ARA #A A$#ICACI/N DE# ARANCE# DE ADUANASA. $RI'ERA.5 $odas las mercancas que sean importadas al Per0 estarn

    sujetas al pa+o de los derechos se!alados en la correspondiente

    subpartida nacional del Arancel de Aduanas; salvo aquellas

    comprendidas en re+menes especiales de importaci,n establecidos

    por ley o en virtud de $ratados- (onvenios o Acuerdos "nternacionales;

    debi6ndose en tal caso cumplir las prescripciones le+ales y

    administrativas aplicables al r6+imen de importaci,n.

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    demostrar las caractersticas de las respectivas mercancas y que

    carezcan de valor comercial por s mismos.

    $ratndose de mercancas que normalmente se comercian en medidas

    de lon+itud- las muestras no deben tener un tama!o mayor de I

    centmetros.

    #o se consideran como muestras sin valor- los productos qumicos

    puros- las dro+as- los artculos de tocador- los licores aunque ven+an

    en envases en miniatura/- las manufacturas y objetos- aunque ten+an

    inscripciones de propa+anda; que se+uirn el r6+imen arancelario que

    les corresponda.

    as muestras sin valor comercial- se+0n la definici,n de la presente

    %e+la salvo las e2cepciones y limitaciones se!aladas/- estarn libres

    de derechos de aduanas.

    +. SETA.5 $ratndose de medicamentos empleados en medicina o

    veterinaria- previa autorizaci,n del 1ector 1alud- que ven+an en

    envases destinados a la distribuci,n +ratuita como H9uestras

    96dicasH- siempre que se acredite tal condici,n mediante inscripci,n

    indeleble en los envases- se les aplicar los derechos de aduanas

    correspondientes sobre el @> del

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    ".17. RE#AS ENERA#ES $ARA #A INTER$RETACI/N DE #A

    NO'ENC#ATURA

    a clasificaci,n de mercancas en la #omenclatura se re+ir por los

    principios si+uientes8

    os ttulos de las 1ecciones- de los (aptulos o de los 1ubcaptulos solo

    tienen un valor indicativo- ya que la clasificaci,n est determinada

    le+almente por los te2tos de las partidas y de las #otas de 1ecci,n o de

    (aptulo y- si no son contrarias a los te2tos de dichas partidas y #otas- de

    acuerdo con las %e+las si+uientes8

    (ualquier referencia a un artculo en una partida determinada alcanza

    al artculo incluso incompleto o sin terminar- siempre que 6ste presente

    las caractersticas esenciales del artculo completo o terminado.

    Alcanza tambi6n al artculo completo o terminado- o considerado como

    tal en virtud de las disposiciones precedentes- cuando se presente

    desmontado o sin montar todava.

    (ualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanzaa dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias.

    Asimismo- cualquier referencia a las manufacturas de una materia

    determinada alcanza tambi6n a las constituidas total o parcialmente por

    dicha materia. a clasificaci,n de estos productos mezclados o de

    estos artculos compuestos se efectuar de acuerdo con los principios

    enunciados en la %e+la I.

    (uando una mercanca pudiera clasificarse- en principio- en dos o ms

    partidas por aplicaci,n de la %e+la = o en cualquier otro caso- la

    clasificaci,n se efectuar como si+ue8

    a partida con descripci,n ms especfica tendr prioridad sobre las

    partidas de alcance ms +en6rico. 1in embar+o- cuando dos o ms

    partidas se refieran- cada una- solamente a una parte de las materias

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA12

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    que constituyen un producto mezclado o un artculo compuesto o

    solamente a una parte de los artculos en el caso de mercancas

    presentadas en jue+os o surtidos acondicionados para la venta al por

    menor- tales partidas deben considerarse i+ualmente especficas para

    dicho producto o artculo- incluso si una de ellas lo describe de manera

    ms precisa o completa;

    os productos mezclados- las manufacturas compuestas de materias

    diferentes o constituidas por la uni,n de artculos diferentes y las

    mercancas presentadas en jue+os o surtidos acondicionados para la

    venta al por menor- cuya clasificaci,n no pueda efectuarse aplicando la

    %e+la I a/- se clasifican se+0n la materia o con el artculo que les

    confiera su carcter esencial- si fuera posible determinarlo;

    (uando las %e+las I a/ y I b/ no permitan efectuar la clasificaci,n- la

    mercanca se clasificar en la 0ltima partida por orden de numeraci,n

    entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.

    as mercancas que no puedan clasificarse aplicando las %e+las anteriores se

    clasifican en la partida que comprenda aquellas con las que ten+an mayor

    analo+a.

    Adems de las disposiciones precedentes- a las mercancas consideradas a

    continuaci,n se les aplicarn las %e+las si+uientes8

    a/ os estuches para cmaras foto+rficas- instrumentos musicales- armas-

    instrumentos de dibujo- collares y continentes similares- especialmente

    apropiados para contener un artculo determinado o un jue+o o surtido-

    susceptibles de uso prolon+ado y presentados con los artculos a los que

    estn destinados- se clasifican con dichos artculos cuando sean de los tipos

    normalmente vendidos con ellos. 1in embar+o- esta %e+la no se aplica en la

    clasificaci,n de los continentes que confieran al conjunto su carcter esencial;

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA1$

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    b/ 1alvo lo dispuesto en la %e+la @ a/ anterior- los envases que conten+an

    mercancas se clasifican con ellas cuando sean de los tipos normalmente

    utilizados para esa clase de mercancas. 1in embar+o- esta disposici,n no es

    obli+atoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados

    razonablemente de manera repetida.

    a clasificaci,n de mercancas en las subpartidas de una misma partida est

    determinada le+almente por los te2tos de estas subpartidas y de las #otas de

    subpartida as como- mutatis mutandis- por las %e+las anteriores- bien entendido

    que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta %e+la-

    tambi6n se aplican las #otas de 1ecci,n y de (aptulo- salvo disposici,n en

    contrario.

    ".11. ASINACI/N DE# CANA#8 RECE$CI/N & REISTRO

    DOCU'ENTARIO".11.1. A3i9nacin del canal

    ue+o de la cancelaci,n yGo +aranta de ser el caso- de la deuda

    tributaria aduanera y de los derechos antidumpin+ o compensatorios

    provisionales de corresponder- se podr visualizar en el portal de la

    1'#A$ en "nternet o mediante aviso electr,nico la asi+naci,n del canal

    que determina el tipo de control para la Declaraci,n Fnica de Aduanas-

    pudiendo ser8

    Canal >erde

    as mercancas no requerirn de revisi,n documentaria ni

    reconocimiento fsico y sern de libre disponibilidad.

    Canal narana

    as mercancas sern sometidas 0nicamente a revisi,n documentaria.

    Canal roo

    as mercancas estarn sujetas a revisi,n documentaria y

    reconocimiento fsico.

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA1)

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    ".11.2. Recepcin ; re9i3tro docuentario

    *l despachador de aduana presentar la D'A seleccionada a los

    canales naranja y rojo- adjuntando los documentos se!alados en el

    rubro %*Q'"1"$&1- los mismos que debern ser le+ibles- sin

    enmiendas y estar debidamente foliados y numerados mediante

    refrendadora.

    Artculo 14%B.- 'ercanca declarada ; encontrada (#A!

    os derechos arancelarios y dems impuestos se aplican respecto de

    la mercanca consi+nada en la declaraci,n aduanera y- en caso de

    reconocimiento fsico- sobre la mercanca encontrada- siempre que

    6sta sea menor a la declarada.

    *n caso que la mercanca encontrada por el due!o o consi+natario

    con posterioridad al levante fuese mayor o distinta a la consi+nada en

    la declaraci,n aduanera- a opci,n del importador- 6sta podr ser

    declarada sin ser sujeta a sanci,n y con el solo pa+o de la deuda

    tributaria aduanera y los recar+os que correspondan- o podr ser

    reembarcada. a destinaci,n al r6+imen de reembarque s,lo

    proceder dentro del plazo de treinta I/ das computados a partir de

    la fecha del retiro de la mercanca.

    1i la Autoridad Aduanera durante el reconocimiento fsico encontrara

    mercanca no declarada- 6sta caer en comiso o a opci,n del

    importador- podr ser reembarcada previo pa+o de una multa y

    siempre que el reembarque se realice dentro del plazo de treinta I/

    das computados a partir de la fecha del reconocimiento fsico de la

    mercanca. De no culminarse el reembarque- la mercanca caer en

    comiso.

    Artculo 7B.- De3truccin de ercanca a 3olicitud de parte

    (R#A!

    *n casos debidamente justificados- el beneficiario podr solicitar la

    destrucci,n de las mercancas ante la aduana que autoriz, el r6+imen-

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA1*

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    el cual concluye en la forma prevista en el 0ltimo prrafo del artculo

    anterior.

    a destrucci,n de envases admitidos temporalmente para su

    ree2portaci,n en el mismo estado y su utilizaci,n en la e2portaci,n de

    mercanca a +ranel- bajo el sistema de corte y vaciado- se realizar

    se+0n lo establecido por la Administraci,n Aduanera.

    a aduana podr disponer la presencia de un funcionario durante la

    ejecuci,n del acto de destrucci,n- el cual deber efectuarse a costo del

    beneficiario- y en presencia de #otario P0blico- cumpliendo las normas

    de cuidado del medio ambiente y la salud p0blica. *n los casos que la

    naturaleza de las mercancas lo requiera la autoridad aduanera

    solicitar la opini,n del sector competente.

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA1(

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    DERECHOS ARANCELARIOS

    CONC#USIONES

    7a se ha se!alado a lo lar+o de este trabajo- que el Arancel de Aduanas es un

    instrumento de polticacomercial por e2celencia- con diversas funcionesy efectos en

    cuanto al intercambio comercial y a la economade un pas. Al estar fundamentado

    el Arancel de Aduanas en la nomenclatura arancelaria- es indispensable que la

    clasificaci,n de las mercancas se efectu6 con ape+o a la t6cnica que se haestablecido para ese fin- ya que de lo contrario puede acarrear consecuencias

    ne+ativas sobre el comercio- la producci,n- el transporte- las estadsticas- el in+reso

    fiscal- los costos y los consumidores- as como sobre el cumplimiento de los

    $ratados- (onvenios o Acuerdos de "nte+raci,ny (omercio suscritos por el pas.

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA1'

    http://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/noqui/noqui.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/noqui/noqui.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/estrategia-produccion/estrategia-produccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/estadistica/estadistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costos/costos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/dertrat/dertrat.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/funpro/funpro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-trabajo/el-trabajo.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/noqui/noqui.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/acto-de-comercio/acto-de-comercio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/estrategia-produccion/estrategia-produccion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/estadistica/estadistica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control-fiscal/control-fiscal.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/costos/costos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/dertrat/dertrat.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/funpro/funpro.shtml
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