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  • Derecho Internacional del TrabajoMagister en Derecho LLM UCIgnacio Garcia P.

  • DERECHO INTERNACIONAL DEL TRABAJOLa Organizacin Internacional del Trabajo (OIT)La actividad normativa de la OIT: convenios, recomendaciones, aplicacin y control.La asistencia tcnica y los programas de actuacin especfica de la OIT.La declaracin de la OIT relativa a principios y derechos fundamentales en el trabajoEl "trabajo decente"

  • Historia de la OIT

    Parte XIII del Tratado de Versalles 1919Organizacin autnoma de la Sociedad de Naciones, asociada a ONU en 1946 pero con jurisdiccin especialSe define como un Organismo especializado asociado a ONU, que elabora normas internacionales para los problemas del trabajo y de la mano de obraConcepto de Trabajo DecenteDeclaracin de Filadelfia de 1944

  • Declaracin de Filadelfia 19441. Que el trabajo no debe ser considerado una mercanca. 2. Reconocimiento del derecho de asociacin.3. La paz universal y permanente slo puede basarse en la justicia social.4. El pago del salario debe ser en dinero y en cantidad suficiente.5. La jornada de trabajo no debe exceder de 48 horas semanales.6. Reconocimiento del derecho al descanso semanal, en lo posible los das domingos.7. Supresin del trabajo infantil.8. Igual salario para el hombre y para la mujer.9. Tratamiento econmico equitativo para los trabajadores migrantes.10. Necesidad de establecer servicios pblicos de inspeccin del trabajo.

  • Estructura de la OIT: La actividad normativa de la OIT: convenios, recomendaciones, aplicacin y control1. CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO3 clases de acuerdos:a) Convenios: mayora de 2/3 de los miembros de la conferencia y quedan sujetos a la ratificacin de cada pas miembro, los que deben pronunciarse en un plazo de entre 12 y 18 meses.b) Recomendaciones: no necesitan ratificacin, ya que tienen por objeto orientar, proponer, aconsejar, dar una opinin tcnica.c) Resoluciones: es la forma que tiene la conferencia de expresar su opinin sobre temas de su competencia.

  • Estructura de la OIT2. EL CONSEJO DE ADMINISTRACINrgano ejecutivo de la OITEl Consejo est compuesto por 56 miembros titulares (28 Gobiernos, 14 Empleadores y 14 Trabajadores) y por 66 miembros adjuntos (28 Gobiernos, 19 Empleadores y 19 Trabajadores)

  • Estructura de la OIT3. LA OFICINASecretara de la OITEs responsable por el conjunto de actividades de la OIT, que lleva a cabo bajo la supervisin del Consejo de Administracin y la direccin del Director General2.700 funcionarios de ms de 150 nacionalidadesCentro de documentacin

  • La asistencia tcnica y los programas de actuacin especfica de la OIT

    Misiones consultivas y misiones de contactos directos con GobiernosActividades de promocin (seminarios, cursos)Asistencia en procesos legislativos

  • La declaracin de la OIT relativa a principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998).Abarca 4 reas:

    La libertad de asociacin y la libertad sindical y el derecho de negociacin colectiva (Convenios 87 y 98);La eliminacin del trabajo forzoso u obligatorio (Convenios 29 y 105);La abolicin del trabajo infantil (Convenios 138 y 182), y;La eliminacin de la discriminacin en materia de empleo y ocupacin (Convenios 100 y 111)

  • El "trabajo decente: El Programa de Trabajo Decente1.Crear Trabajo una economa que genere oportunidades de inversin, iniciativa empresarial, desarrollo de calificaciones, puestos de trabajo y modos de vida sostenibles.2.Garantizar los derechos de los trabajadores para lograr el reconocimiento y el respeto de los derechos de los trabajadores. 3.Extender la proteccin social para promover tanto la inclusin social como la productividad.4.Promover el dilogo social Participacin de organizaciones de trabajadores y de empleadores, slidas e independientes.

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