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La asamblea de la Sociedad AnnimaLa Asambleaes el rgano de la sociedad que decide cuales acuerdos deben ser cumplidos y ejecutados por la administracin. Mediante el voto la asamblea dirige ala sociedad, debiendo enmarcar su actividad en lo establecido en los estatutos y en la ley.Clasificacin:Asamblea constitutiva.Se celebra una sola vez en la vida de la sociedad.

Asamblea ordinaria.Son aquellas que se renen cuando menos una vez al ao para deliberar y en su caso aprobar el informe financiero que se someta a su consideracin por la administracin; adems de la designacin y la remuneracin de los rganos de la administracin y la vigilancia, de las que tambin se debe ocupar.

Asamblea extraordinaria.Se lleva a cabo cuando, previa convocatoria, se deba tratar en ella cualquier otro aspecto relacionado con la marcha del ente social y que la justifique, pero en especial lo relativo a la modificacin de los estatutos sociales, o bien realizar deliberaciones en relacin con asuntos diversos de la sociedad, que no se encuentren reservados a la asamblea ordinaria.

Asamblea especial:Son aquellas en las que participan determinados grupos de accionistas de carcter minoritario. Est prevista para los casos en donde se requiere contar con el consentimiento de los titulares de una participacin accionara diferente a la comn, como en el caso de las acciones de voto limitado o las de trabajo.

Asamblea mixta.Son aquellas en donde se deliberan asuntos que normalmente tienen que ver con los aspectos reservados para las asambleas tanto ordinarias como extraordinarias, segn el caso.

Asamblea totalitaria: Es aquella que puede reunirse sin previa convocatoria, siendo las decisiones que se adoptan vlidas, siempre que se encuentre representada la totalidad del capital social.Procedimiento para la celebracin de la asamblea.Convocatoria:Se realiza por el administrador nico o bien por el consejo de administracin o bien por los comisarios, y en defecto de unos y otros, por el juez a solicitud de los socios que representen el 33% del capital social.

Publicacin:Debe realizarse en el peridico oficial de la entidad o en uno de circulacin segn lo fijen los estatutosOrden del Da: debe estar contenida en la publicacin referida en el inciso anterior, y se refiere a los asuntos que sern materia de deliberacin por parte de la asamblea.

Celebracin de la Asamblea.Iniciar con la designacin de la persona que la presidir, y comprender la composicin del qurum o mayora, se elaborar la lista de asistencia y emitirn el correspondiente dictamen al presidente de la asamblea, quien de ser as procedente declarar legalmente constituida la misma.