derecho fiscal i u2 las contribuciones y sus principios parte2
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Unidad 2. Las contribuciones y sus principios
Derecho fiscal I
Las contribuciones y sus principios
Parte 2
Por Miriam Ceballos Albarrán
Para poder analizar y agrupar los diversos ingresos que percibe el Estado mexicano, se debe considerar la Ley
de Ingresos de la Federación, porque es el cuerpo legal que previene y autoriza los diversos tipos existentes.
Esta ley es emitida por el Poder Legislativo, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 74 fracción IV de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cual está de acuerdo con las facultades del Congreso
establecidas en el artículo 73 fracción VII Constitucional. Se expide la Ley de Ingresos respectiva a cada nivel
de gobierno (Federación, Estado, Distrito Federal y Municipio). La Ley de Ingresos es un acto legislativo de las
Entidades Federativas expedida por sus propios Poderes Legislativos, el cual determina los ingresos que
deben percibir en un ejercicio fiscal, mismo que comienza con el año del calendario. Por lo general se trata de
un catálogo de los diversos conceptos de las entradas que van a estar destinadas a cubrir el gasto público en
sus respectivas esferas de gobierno.
Este instrumento jurídico se elabora de forma anual, por lo que no tiene una estructura fija, pero en cada
emisión su artículo 1° nos brinda una estimación de las percepciones que el Estado obtendrá en el ejercicio
fiscal que regula dividido en tres grandes grupos de ingresos:
a) Del gobierno federal.
b) De organismos y empresas.
c) Derivados de financiamientos.
Ahora bien, dentro de las funciones financieras del Estado, el gobierno federal tiene que planear y distribuir
los ingresos que percibe, para lo cual el instrumento legal aplicable es el Presupuesto de Egresos de la
Federación (PEF) que es presentado por el Poder Legislativo de forma anual, ya que también es el límite
temporal de la ley impositiva. El PEF contempla los gastos que realizarán cada una de las Secretarías de Estado
y departamentos administrativos, para la consecución de sus programas y planes de trabajo, mismos que
tienen una íntima relación con el Plan Sexenal de Desarrollo y con la Ley de Coordinación Fiscal.
Por lo que el gasto público ha cambiado en cada una de las administraciones y su planeación también, además
existen diversas clasificaciones de los gastos públicos y dependiendo de la clasificación adoptada será la
información obtenida, las principales clasificaciones son: A. Por su objeto: Identifica las cosas que el gobierno
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Unidad 2. Las contribuciones y sus principios
Derecho fiscal I
compra; B. Clasificación administrativa por ramo o institución: lo que cada órgano, institución, dependencia o
ramo del gobierno gasta; C. Clasificación económica: se identifica el gasto según su naturaleza económica; D.
Clasificación por funciones: esta clasificación agrupa los gastos por función y subfunción de acuerdo con
aquello para lo cual serán destinados.
El proceso presupuestario en México ha cambiado a través de los años, la actual estructura programática es
un conjunto de categorías y elementos programáticos que sirven para dar orden y dirección al gasto público
en su clasificación funcional y definir el ámbito de la aplicación del gasto público dentro de la economía
nacional. La planeación, como marco de las acciones gubernamentales, está fundamentada legalmente en la
Constitución y la Ley de Planeación. De ahí deriva el Plan Nacional de Desarrollo, documento sexenal
preparado por el ejecutivo para normar obligatoriamente sus programas institucionales, sectoriales y
especiales, y para orientar la coordinación de sus tareas con los otros poderes y los órdenes estatales y
municipales.
Los programas que se derivan del Plan Nacional de Desarrollo tienen una vigencia que no excede la del propio
Plan, en ellos se especifican los objetivos, prioridades y políticas de cada sector administrativo. Contienen
estimaciones de recursos y determinan responsables de su ejecución. Estos programas dan lugar a otros en
los que se definen las acciones a realizar en el corto plazo, y que son la base para integrar los anteproyectos
de presupuesto anual de las dependencias y entidades.
La programación del gasto público federal se concreta en el anteproyecto de presupuesto elaborado de
acuerdo con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, con el reglamento de dicha ley y con
los lineamientos específicos que emite la Secretaría de Hacienda, como el manual para el Ejercicio del Gasto
del Gobierno Federal. La Secretaría de Hacienda se encarga, además, de sancionar los anteproyectos
individuales de presupuesto operativo anual de las dependencias y las erogaciones globales previstas por los
poderes Legislativo y Judicial, en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Las dependencias y
entidades deben contar con órganos encargados de planear, programar, presupuestar, controlar y evaluar sus
propias actividades.
El proceso presupuestario tiene dos etapas principales: la formulación del presupuesto y la revisión, análisis y
aprobación del presupuesto.