derecho en la edad media

26
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES HISTORIA DEL DERECHO EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA HEIDY BENALCAZAR

Upload: cristian-yuky

Post on 30-Jun-2015

533 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Derecho en la Edad Media

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES

HISTORIA DEL DERECHO

EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA

HEIDY BENALCAZAR

Page 2: Derecho en la Edad Media

HISTORIA DEL DERECHO EN LA EDAD MEDIA

Las civilizaciones de Grecia y Roma y la civilización de la Europa Moderna.; por lo que podemos definir que la Edad Media abarcó un lapso desde el siglo V hasta el siglo XV de la era cristiana, aproximadamente. De ahí viene su nombre “Media”, ya que estaba en el medio de esas dos civilizaciones, y se le conoce también como Época Medieval o Medioevo. Aún así se encuentran ciertas ideas y directrices que van uniendo un período con otro que marcan las características de esta gran época.

Page 3: Derecho en la Edad Media

El desarrollo de la edad media se debe a tres elementos importantes:

La herencia de la antigüedad greco-latina El aporte de los pueblos germanos recién llegados y quienes

invadieron todas las tierras La religión cristiana

Los germanos invasores se instalaron dentro de las antiguas fronteras del imperio romano y en zonas que nunca habían sido ocupadas por Roma como Alemania. Estos fueron evolucionando y dieron origen a las monarquías medievales europeas.

Page 4: Derecho en la Edad Media

ESTADO DE DERECHO

Estos germanos nómadas y conquistadores llegaron con su propio Derecho aun cuando los romanos tenían el suyo propio de una civilización establecida. Ante este conflicto, la solución fue crear un sistema personal de Derecho el cual consistía en que cada pueblo se rigiera por la ley a la que pertenecía.

Como consecuencia los reyes bárbaros se dedicaron a redactar las leyes germanas por primera vez las cuales fueron llamadas:

Lex Barbarorum Lex Visigotorum (Código de Eurico) Ley Lombarda Lex Alamanorum (Ley de los Alamanes)

Page 5: Derecho en la Edad Media

Código de Alaraico

Rigió en muchas partes de Europa.ste sistema de convivencia paralela obligo a los juristas a establecer la Professio Juris, mediante la cual se obligaba a cada persona a declarar explícitamente así como probar con toda claridad cual era la ley suya por la cual debía regirse,. Este sistema subsistió hasta el establecimiento del régimen feudal en Europa. Por lo tanto a la hora de dictar justicia el Juez debía consultar los textos Romanos si el individuo era ciudadano de Roma; por el contrario cuáles eran las costumbres de los pueblos Germánicos. Por último debía de consultar las disposiciones o mandatos de los reyes bárbaros; si aparecía alguna norma expresa esta se aplicaba.

Page 6: Derecho en la Edad Media

IMPORTANCIA DE LA IGLESIA

• Los Obispos se convertían en grandes señores feudales.• Por medio de sus tribunales asumieron grandes asuntos que no

tenían nada que ver con la religión como eran cuestiones de familia, estado, civil, delitos de perjurio, robo y todo asunto penal.

• Crearon movimientos para devolver al estado el dominio y la administración.

• Como consecuencia se dio el gran conflicto llamado LA LUCHA DE LAS INVESTIDURAS ( el estado y el papado)

Page 7: Derecho en la Edad Media

Para someter a los reyes el Papado tenia dos poderosas armas espirituales en sus manos como era:

Excomunión: Consistía en negar el sacramento de la comunión al gobernante rebelde.

Entredicho O Huelga : Un movimiento mediante el cual los sacerdotes se declaraban en huelga en todo un territorio.

Page 8: Derecho en la Edad Media

SISTEMA FEUDAL

Reconoce al rey como señor y autoridad superior con poderes realmente limitados.

El rey era jefe del ejercito con sus lugartenientes. Era el único propietario porque era el único que tenia armas y

era el único que se podía defender por tener ese derecho. A los señores se les llamo defensores y a los protegidos se les

llamo Vasallos.

Page 9: Derecho en la Edad Media

SURGIMIENTO DEL ESTADO – NACIÓN

El rey no tiene freno para sus poderes y nacen las monarquías absolutas en siglo XV.

Diversas instituciones medievales entran a la quiebra. La iglesia pierde poder temporal El feudalismo se convierte en una carga insoportable para los

habitantes. El municipio se degenera y el parlamento al debitarse la

nobleza estos dos pierden importancia. Nacen los grandes estados de Francia, España, Inglaterra. Hasta aquí llega la edad media feudalista dando pie a que se

convierta los países y naciones con diferentes pensamientos

Page 10: Derecho en la Edad Media

SISTEMA FEUDAL

La aparición de las Cruzadas se difunde por toda Europa. El Código Justiniano con superioridad jurídica. Término la Anarquía legal que reinaba todo Europa. Aparece un interés por el derecho. Aparecen las primeras escuelas de jurisprudencia. Bolaña aparece la escuela de glosadores llamados así porque

eran juristas. Se dedicaron a glosar y comentar el Código Justiniano. Ampliaron almacenes de códigos. Provoca el estudio de derecho Renace el Derecho Romano. Varios países admiten la ley positiva. Ponen una idea nueva llamada Derecho Natural.

Page 11: Derecho en la Edad Media

FRANCIA

Declaración de los Derechos Humanos . Inglaterra incorpora en 1967 a su constitución la Habeas

Corpus. Bill of Rights ( Declaración de los Derechos Humanos 1689). Francia como consecuencia de la Revolución Francesa se hace

publica en 1989 la Declaración del Hombre y del Ciudadano

Page 12: Derecho en la Edad Media

DERECHO FRANCES

Se divide en tres secciones que son:

Derecho Antiguo: Desde el antiguo régimen hasta los movimientos revolucionarios; los cuales culminaron el 17 de junio de1789 con la institución de la Asamblea Nacional.

Derecho Intermedio: La época de la Revolución Francesa; que finaliza con el Código Civil el 21 de marzo de 1804.

Derecho Moderno: Época pos napoleónica, iniciada

con la redacción de Códigos Napoleónicos; que subsiste hasta nuestros días.

Page 13: Derecho en la Edad Media

DERECHO ANTIGUO

Francia se divide antes del siglo XIII en dos zonas jurídicas:

Derecho escrito influenciado por el Derecho Romano (droit ecrit). Influencia del código Justiniano, Teodosio y Alarico.

Derecho consuetudinario influenciado por la costumbre de los pueblos (droit coutumier).

Escasamente el Derecho Romano, cuando la costumbre no daba la solución aun conflicto determinado.

Un grupo alegaba que el Derecho debía acudir a la ley Romana.

Otros defendían el uso de la costumbre.

Page 14: Derecho en la Edad Media

ORDENANZAS REALES

La monarquía triunfante. Por el fracaso de un ensayo de la Carta Magna en 1357 Se da la Guerra de los Cien años al mando de Luis XVI. Finalmente la caída del feudalismo

Page 15: Derecho en la Edad Media

Maneras de crear el Derecho:

Edicto: Donde se manejaba un punto concreto.

Ordenanzas: Donde se manejaba una vasta envergadura.

Ejemplos:

Villiers- Cotterest en 1539. Moulis en 1566. Blois en 1579.

Los dos primeros son referidos a administración judicial; el tercero referido a la Policía General del Estado.

Page 16: Derecho en la Edad Media

PROCESOS JUDICIALES Derecho Civil:

Lento, costoso, enredado y basado en sistema inquisitorial canónico.

Con propiedad limitada por cargas feudales y gremiales, inclusive en contratos.

Derecho de familia sujeto al padre y a regulaciones canónicas absolutamente.

Derecho Penal: Cruel y anticientífico. elementales garantías del individuo. Al acusado se le prohíbe el derecho a defensa, podía hacer

su declaración jurada, Los testigos eran llamados en secreto, se le hace muy

complicado conseguir prueba.

Page 17: Derecho en la Edad Media

CAUSAS DE LA REVOLUCION FRANCESA

Burguesía odiaba trabas feudales y gremiales en la sociedad.

Pensadores y filósofos del siglo XVIII proponen mediante la razón el Derecho Natural para una sociedad ideal.

La principal fue el desastre fiscal, sin ninguna regulación.

Page 18: Derecho en la Edad Media

DERECHO CANONICO

Creado y aplicado por la iglesia católica. Aplicación de la edad contemporánea con el derecho civil. Complicaban el mosaico jurídico de Francia. Los tribunales eclesiásticos aplicaban el derecho canónico. El derecho civil francés y el canónico coexistieron y

antagonizaron la aplicación procesal. Ofrecieron como carrera independientes y amabas recibían el

titulo de Doctos un utroque iuris. La realeza Francesa se aplico a hacer el derecho civil. La materia jurídica cayo en manos de una sola autoridad la

Monarquía.

Page 19: Derecho en la Edad Media

FUENTES DEL DERECHO FRANCES

Sufría de extrema dispersión que lindaba en el caos.

Una norma jurídica podía provenir de muchas fuentes incluso antagónicas.

Se dio la necesidad de producir codificaciones que llevaron orden al este caos.

Page 20: Derecho en la Edad Media

ENSAYOS DE CODIFICACION

Todas las costumbres francesas fueron reducidas a escritura.

Declara a las mismas reglas jurídicas.

Mejor intento de codificación en el año 1969.

Pero no fue aceptado por el parlamento

Page 21: Derecho en la Edad Media

DERECHO INTERMEDIO

Se dio la revolución abolió.

Proclaman la igualdad para todos ante la ley.

Integración del derecho francés bajo la premisa de una sola nación indivisible.

Regla social obligatoria

Asambleas revolucionarias no realizaron este ideal.

Page 22: Derecho en la Edad Media

NUEVAS TENTATIVAS DE CODIFICACION

La asamblea constituyente de 1790 – 1791 consagro en la constitución del 14 de septiembre de 1791 la orden de efectuar una codificación para el país.

La asamblea legislativa no cumplió el orden. Se ordena la creación del código civil. Ordenan la redacción a filósofos. Aparición de las leyes de la republica Aparición de una nueva constitución para Francia. Directorio como órgano gubernativo. Cambaceres presenta al consejo su tercer proyecto

pero tampoco tuvo éxito

Page 23: Derecho en la Edad Media

TRABAJO PREPARATORIO Interviene NAPOLEON lo mas conocidos eran dos:

El Fenet en 15 volúmenes y el de LACRE en 31 volúmenes.

Los cuales solo 16 dedicaban únicamente al código civil.

El código por el tribunal de Casación y los tribunales de Apelación Franceses no fueron recopilados por LACRE.

Discusiones promovidas por el consejo del estado como tributando y por el cuerpo legislativo.

Pensamiento del legislado de 1804 aclara el sentido del código civil.

Page 24: Derecho en la Edad Media

DERECHO MODERNO

Aparecen las codificaciones.

Código civiles, códigos de comercio, código de instrucción criminal y código penal.

Ampliación y perfección de la codificación Napoleónica.

Page 25: Derecho en la Edad Media

MATERIALES USADOS EN LA CREACION DEL CODIGO

Fueron eclecticismo y equitativo.

Comisión redactora del código civil.

La comisión que defendió del derecho romano era Portalis.

Máximo defensor del consuetudinario Tronchet.

La jurisprudencia que había asentado los parlamentos los decretos

Page 26: Derecho en la Edad Media

PLAN Y METODO

El código consta de dos mil ochenta y un articulo los cuales están con un titulo preliminar y tres grandes libros.

El primero constaba con treinta y nueve artículos. El articulo primero del código dispone la promulgación de las leyes en general.

El Segundo habla sobre el principio de la retroactividad de las leyes.

El tercer libro del articulo setecientos once al dos mil ochenta y uno mal llamado de diferentes maneras establece no solo adquisición de la propiedad si no de todos los derechos ocupando los tercios del código.