derecho constitucional y organizaciÓn territorial

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DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR FORMAS DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL? Es una definición del Derecho constitucional que hace referencia a las diversas formas de organización o modelos que los Estados pueden adoptar en base a la relación o articulación que pretenden establecer entre sus tres elementos constitutivos: el territorio, la población y el poder. En función de ello se distinguen dos grandes grupos de formas, modelos u organizaciones territoriales del Estado: el Estado unitario, donde pueblo, territorio y poder son homogéneos, uniformes y simples, y la relación entre ellos es unívoca y directa; y el Estado complejo, que expresa mediante la diversificación de su ordenamiento jurídico la heterogeneidad de los mismos tres elementos. Tipos de Estado complejo serían el Estado federal y el confederal. 2. ¿CUÁL ES LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE VENEZUELA, SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE 1999? La República Bolivariana de Venezuela se constituye en un Estado Social y Democrático de Derecho y de Justicia que "propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político". (art 2) En los términos establecidos en la Constitución de la República, Venezuela asume la forma de un Estado federal descentralizado, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. El mismo tiene como fines la protección y fomento de la persona y su humanidad, garantizar el ejercicio democrático de la voluntad popular, y la búsqueda de un estado de bienestar general. Para la consecución de tales metas, se señalan como vías el desarrollo de la educación y el trabajo. (art 3)

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DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

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Page 1: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR FORMAS DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL?

Es una definición del Derecho constitucional que hace referencia a las diversas formas de organización o modelos que

los Estados pueden adoptar en base a la relación o articulación que pretenden establecer entre sus tres elementos

constitutivos: el territorio, la población y el poder.

En función de ello se distinguen dos grandes grupos de formas, modelos u organizaciones territoriales del Estado:

el Estado unitario, donde pueblo, territorio y poder son homogéneos, uniformes y simples, y la relación entre ellos es

unívoca y directa; y el Estado complejo, que expresa mediante la diversificación de su ordenamiento jurídico la

heterogeneidad de los mismos tres elementos. Tipos de Estado complejo serían el Estado federal y el confederal.

2. ¿CUÁL ES LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE VENEZUELA, SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE 1999?

La República Bolivariana de Venezuela se constituye en un Estado Social y Democrático de Derecho y de Justicia que

"propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la

igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos

humanos, la ética y el pluralismo político". (art 2)

En los términos establecidos en la Constitución de la República, Venezuela asume la forma de un Estado

federal descentralizado, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y

corresponsabilidad. El mismo tiene como fines la protección y fomento de la persona y su humanidad, garantizar

el ejercicio democrático de la voluntad popular, y la búsqueda de un estado de bienestar general. Para la consecución de

tales metas, se señalan como vías el desarrollo de la educación y el trabajo. (art 3)

Se establece además que la forma de Gobierno es la de una República presidencialista, encabezada por el Presidente de

la República funciona Jefe del Estado y Jefe del Poder Ejecutivo Nacional a la vez. La soberanía, la cual reside en

el pueblo, se ejerce de dos maneras: directamente a través de la Constitución misma y de la ley, e indirectamente,

mediante el sufragio, por el Poder Público, cuyos componentes están sometidos a dicha soberanía popular y se deben a

ella. Todos los entes públicos están sujetos a lo previsto en esta Constitución. El Presidente tiene la facultad de dirigir las

acciones del Gobierno (arts 5, 7 y 226)

El territorio nacional se divide en Estados, un Distrito Capital, dependencias federales y territorios federales. Los estados

se organizan en Municipios. De la misma forma, el Poder Público se distribuye entre el Poder Nacional, el Poder Estadal y

el Poder Municipal. (arts 6, 16 y 136)

Tanto el Gobierno nacional como el de las subdivisiones territoriales deben ser de

naturaleza democrática, participativa, electiva, descentralizada, alternativa, responsable, pluralista y de mandatos

revocables (art 6)

Page 2: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

3. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR DESCENTRALIZACIÓN POLÍTICA ADMINISTRATIVA?

La descentralización es concebida en la Constitución como una política nacional destinada a a acercar el poder a los

ciudadanos para la profundización de la democracia, es un proceso coordinado y planificado con participación de los

diferentes niveles ejecutivos territoriales del Estado y de la sociedad organizada. Se entiende como la autonomía e

independencia que tienen los estados y municipios del poder central. Se expresa en la posibilidad que tienen estas

entidades políticas de elegir sus gobernantes y autoridades, administrar sus ingresos, legislar en las materias de su

competencia, establecer determinados impuestos y contribuciones para atender el gasto público.

Existen tres niveles de gobierno: Poder Central (Nacional), poder estadal (regional) y poder municipal (municipios) (Arts

4 y 6 de la Constitución).

4 ¿CUÁL ES EL ÓRGANO ENCARGADO DE LA PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN POLÍTICA PARA EL DESARROLLO DEL

PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN DEL PAÍS?

El Consejo Federal de Gobierno es el ente público creado para tales fines. En. (Art. 185 de la Constitución), en el

concurren el poder ejecutivo Nacional, estadal y municipal, para hacer efectivo el ejercicio de las competencias que les

son comunes en la formación de las políticas y acciones que requiere el logro de los fines del Estado.

Para darle direccionalidad a este proceso, el Consejo Federal de Gobierno cuenta con el Fondo de compensación

Interterritorial

5. DIFERENCIE CENTRALIZACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN.

CENTRALIZACIÓN

Los sistemas centralistas se caracterizan por la existencia de una forma unitaria de gobierno que asume la

responsabilidad de la asignación de bienes públicos, para lo cual concentra los recursos financieros. En este sentido, el

gobierno central decide la provisión de los bienes y servicios públicos necesarios a escala regional, la cual debe ser

ejecutada por los gobernadores de estado. Estos últimos no poseen facultad alguna para tomar decisiones con relación a

la asignación; reciben las transferencias y los objetivos de gasto del ejecutivo nacional para cumplir solamente con las

asignaciones establecidas.

DESCENTRALIZACIÓN

Los sistemas descentralizados se caracterizan porque existen varios niveles de gobierno con autonomía decisoria. Se

basa en la transferencia de autoridad en la toma de decisiones sobre la recaudación, administración y asignación de las

finanzas públicas, desde el gobierno central hacia los niveles inferiores de gobierno cuya actividad principal es la

provisión de bienes y servicios públicos con el fin de satisfacer los requerimientos y necesidades de su localidad.

Page 3: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

6. EN BASE A LA INFORMACIÓN DADA CONTENIDA EN LOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN: DEFINA Y DIFERENCIE

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LAS COMPETENCIAS CONCURRENTES DE LOS ESTADOS

Es de la competencia exclusiva de los estados: (Artículo 164 Constitución RBV).

Dictar su Constitución para organizar los poderes públicos, de conformidad con lo dispuesto en esta

Constitución.

La organización de sus Municipios y demás entidades locales y su división político territorial, conforme a esta

Constitución y a la ley.

La administración de sus bienes y la inversión y administración de sus recursos, incluso de los provenientes de

transferencias, subvenciones o asignaciones especiales del Poder Nacional, así como de aquellos que se les

asignen como participación en los tributos nacionales.

La organización, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios, según las disposiciones

de las leyes nacionales y estadales.

El régimen y aprovechamiento de minerales no metálicos, no reservados al Poder Nacional, las salinas y ostrales

y la administración de las tierras baldías en su jurisdicción, de conformidad con la ley.

La organización de la policía y la determinación de las ramas de este servicio atribuidas a la competencia

municipal, conforme a la legislación nacional aplicable.

La creación, organización, recaudación, control y administración de los ramos de papel sellado, timbres y

estampillas.

La creación, régimen y organización de los servicios públicos estadales.

La ejecución, conservación, administración y aprovechamiento de las vías terrestres estadales.

La conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y

aeropuertos de uso comercial, en coordinación con el Ejecutivo Nacional.

Todo lo que no corresponda, de conformidad con esta Constitución, a la competencia nacional o municipal.

COMPETENCIAS CONCURRENTES: Las competencias concurrentes y su ejercicio con sujeción a la ley nacional

Además de las competencias exclusivas de cada nivel territorial, debe señalarse que la gran mayoría de las materias

referidas a las competencias "exclusivas" que en los artículos 156, 164 y 178 se distribuyen entre los tres niveles

territoriales del Poder Público, resultan ser en realidad materias de la competencia concurrente entre la República, los

Estados y los Municipios, o entre la República y los Municipios o entre la República y los Estados.

Entre estas materias que por ser de competencia concurrente corresponden también a los Estados, se pueden

identificar en la Constitución algunas relativas a la protección ciudadana, es decir, policía y administración de riesgos

(Art. 55); al desarrollo económico, como las relativas a la ordenación y promoción del desarrollo económico y social

(Arts. 112, 299, 308, 309 y 310); a la promoción del desarrollo rural y seguridad alimentaria (Art. 305, 306 y 307); y a la

ciencia y tecnología (Art. 110); al desarrollo social, como la asistencia y protección social (Arts. 75 a 81); la salud (Arts.

Page 4: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

83, 84 y 85); la vivienda (Art. 82); la educación (Art. 102 a 109); la cultura y el patrimonio histórico (Art. 98 a 191); el

deporte (Art. 111); la protección y atención a los pueblos; y la protección del trabajo (Arts. 87 y ss.); y a la infraestructura

y desarrollo físico, como la ordenación del territorio (Art. 128); y el ambiente (Arts. 127 a 129).

TEMA 6: DISTRIBUCIÓN DE LAS RAMAS DEL PODER PÚBLICO

1.- ¿QUÉ ES EL PODER PÚBLICO NACIONAL?

Es un término utilizado en ciencias políticas para designar al conjunto de los poderes del Estado, especialmente en su

dimensión coactiva, como aquellos a quienes corresponde el uso legítimo de la violencia (en términos de Max Weber,

el monopolio de la violencia).

Se entiende como la capacidad jurídica que tiene el Estado para mandar y ser obedecido en todo el territorio nacional.

Es la capacidad que tiene el estado para obligar a alguien a realizar un acto determinado. Esto lo hace mediante el

cumplimiento de las directrices establecidas en la Constitución Nacional. Es decir, constituye el ejercicio de ciertas

acciones y actividades que la sociedad deja en manos del estado (delega) por entender que estas serán resueltas mejor

de manera colectiva.

El poder público es necesario para el funcionamiento de grupos sociales que confluyen en un espacio físico cualquiera.

Se requiere de un orden y del establecimiento de reglas que permitan la convivencia humana, la cual se traduce en el

ejercicio del poder.

2. ¿CÓMO ESTÁ DIVIDIDO EL PODER PÚBLICO DE VENEZUELA?

El artículo 136 de nuestra Constitución Nacional establece que el Poder Público se distribuye en el Poder Municipal, el

Poder Estadal y el Poder Nacional. Se distribuye en 5 ramas:

Poder Legislativo Poder Ejecutivo Poder Judicial Poder Ciudadano Poder Electoral

Así, el Estado como organización social, y de acuerdo con las áreas de competencia y facultades que le permitan su

estructura orgánica y funcional, tiende al logro de los fines establecidos por él mismo como meta para dar felicidad al

pueblo y prestación a este ultimo de los servicios públicos, tendientes a una relación armónica y mejor forma de vida

para todos.

¿QUÉ ES EL PODER LEGISLATIVO?

El poder Legislativo es la rama del poder público encargada de la función legislativa, creación y modificación de la

normativa que rige a los ciudadanos de cada nación.

¿CUÁLES SON LOS ÓRGANOS QUE EJERCEN LA FUNCION LEGISLATIVA?

Esta función es ejercida por órganos del poder público denominado Asamblea.

Page 5: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

LA ASAMBLEA NACIONAL: En Venezuela, hasta Diciembre de 1999 existía como vértice el poder legislativo, un órgano

bicameral denominado Congreso Nacional; hoy con la promulgación y publicación de la Constitución de la Republica

Bolivariana de Venezuela se estableció un órgano Monocameral denominado Asamblea Nacional el cual cumple la

función legislativa y todas las de control legal.

El articulo 186 de la referida Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela estable que la Asamblea Nacional se

integra de la siguiente manera:

Por diputados y Diputadas elegidos en cada entidad Federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con

representación proporcional según la base poblacional de cada entidad.

Además cada Entidad Federal elegirá tres diputados o diputadas adicionales.

Los pueblos indígenas elegirán por su parte, tres diputados de acuerdo con la ley electoral y respetando sus tradiciones y

costumbres.

Cada diputado tendrá un suplente, escogido en el mismo proceso.

La directiva de la Asamblea Nacional según el artículo 194 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela

se encuentra integrada por:

Un presidente o presidenta

Dos vicepresidentes o vicepresidentas

Un secretario o Secretaria

Un sub-secretario o sub-secretaria

ELEGIBILIDAD PARLAMENTARIA DE LA ASAMBLEA NACIONAL: EL artículo 188 de la Constitución de la Republica

Bolivariana de Venezuela establece tres condiciones de legibilidad para miembros de la Asamblea Nacional:

Ser Venezolano o Venezolana por nacimiento, o por naturalización con quince años de residencia en el territorio

Venezolano.

Ser mayor de 21 años de edad

Haber residido durante cuatro años consecutivos en la Entidad correspondiente, antes de la fecha de su elección.

Función de control de la Asamblea Nacional: En el artículo 222 de la constitución establece: Esta ejercerá su función de

control mediante los siguientes mecanismos

Las Interpelaciones * Las autorizaciones *Las investigaciones * Las preguntas *Las aprobaciones parlamentarias

Cualquier otro mecanismo que establezcan las leyes y su reglamento.

Page 6: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

¿QUÉ ES EL PODER EJECUTIVO?

Para los clásicos del Derecho Constitucional el Poder Ejecutivo tenía como única función la de ejecutar la ley

dictada por el Poder Legislativo, de allí su nombre Ejecutivo, por tanto era considerado como una función sub-alterna.

Modernamente se acepta que la función del Poder ejecutivo no es exclusivamente ejecutar la Ley, sino que existen otras

actividades atribuidas a este Poder, entre ellas la función gubernativa, consistente en la función del impulso político;

cuando debe hacerse y cuando no una determinada actividad, también se ve incluida la toma de decisiones políticas,

alternativas de tiempo, lugar y conveniencia de la aplicación o ejecución de la ley.

Esta confiado en el artículo 225 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela este ejercicio a los siguientes

funcionarios:

Al presidente o presidenta de la República

Al Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutiva

A los Ministros o Ministras

A los demás funcionarios determinados constitucional o legalmente

Funciones de la Presidencia de la Republica: Tradicionalmente el Derecho Constitucional Venezolano ha confiado al

presidente o presidenta de la Republica en su condición de jefe del Poder Ejecutivo el ejercicio de cinco funciones

principales, las cuales les ha atribuido:

*Jefe del Estado* Jefe del Poder Ejecutivo *Jefe de Gobierno *Jefe de Administración Publica

*Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional

¿QUÉ ES EL PODER JUDICIAL?

El poder judicial es un poder del Estado encargado de administrar la justicia en la sociedad, mediante la aplicación de

las normas jurídicas en la resolución de conflictos. En el vértice de la pirámide del Poder Judicial aparece el Tribunal

Supremo de Justicia, el cual sustituyó a la extinta corte Suprema de Justicia, es decir que este poder se ejerce mediante

el Sistema de Justicia.

¿CÓMO ESTÁ INTEGRADO DEL PODER JUDICIAL?

Este poder se encuentra integrado por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el

Ministerio Público, la Defensoría Pública, Los Órganos de Investigación Penal, los o las auxiliares y funcionarios de

justicia, el Sistema Penitenciario, los medios alternativos de justicia, los jurados o escúpenos, y los abogados en ejercicio,

entre otros.

¿QUÉ ES EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA?

Es un órgano colegiado, formado por jueces denominados magistrados. Los cuales funcionan en siete salas:

Page 7: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Sala Plena* Sala Constitucional *Sala Electoral *Sala de Casación Civil *Sala de Casación Penal

Sala de Casación Social *Sala Politico Administrativa.

La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en su artículo primero establece que es el mas alto tribunal de la

Republica y señala que contra sus decisiones, en cualquiera de sus salas, no se oirá, ni admitirá acción o recurso alguno,

salvo lo previsto en el articulo cinco numerales 4 y 6, el cual establece cual es la competencia del Tribunal Supremo de

Justicia, y se permite revisar las sentencias dictadas por cualquiera de sus salas.

¿QUÉ ES EL PODER CIUDADANO?

Este poder se encarga de prevenir, investigar, y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral

administrativa. Además debe velar por la buena gestión y la legalidad en el uso el patrimonio público. El cumplimiento y

la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del estado e igualmente remover la

educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad

social, y el trabajo.

¿CUÁL ES EL EJERCICIO E INTEGRACION DEL PODER CIUDADANO?

Este poder se ejerce mediante el Consejo Moral Republicano el cual esta integrado por:

La defensoría del Pueblo

La fiscalía General de la Republica

La contraloría General de la Republica

Partiendo de la Integración del Consejo Moral Republicano se determina que los órganos del Poder Ciudadano

son entonces los ya nombrados.

¿CUALES SON LOS PROCEDIMIENTOS PARA ELEGIR AL TITULAR DE LOS ORGANOS DEL PODER CIUDADANO?

Para lograr la designación del defensor del pueblo, el fiscal general de la Republica y el Contralor General de la

Republica, en su condición de titulares de los órganos del poder ciudadano, el poder moral deberá observar el siguiente

procedimiento:

Convocar un comité de evaluación de postulaciones del Poder Ciudadano, que estará integrado por representantes de

diversos sectores de la sociedad

Convocado ya éste adelantara un proceso público de cuyo resultado obtendrá una terna que será sometida a la

consideración de la Asamblea Nacional.

La Asamblea Nacional mediante el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes escogerá en un lapso no

mayor de treinta días continuos al o a la titular del órgano del poder ciudadano que esté en consideración.

Page 8: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Si concluido el lapso establecido de treinta de treinta días continuos no hay acuerdo en la Asamblea Nacional el poder

electoral someterá la terna a consulta popular.

En el caso de que no se hubiere convocado el comité de evaluación de postulaciones del poder ciudadano, la Asamblea

Nacional procederá dentro del plazo que determine la ley a la designación del titular del órgano del Poder Ciudadano

correspondiente.

¿QUÉ ES EL PODER ELECTORAL?

El Poder Electoral dirige, organiza, y vigila todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular,

es otra de las innovaciones contenidas en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este rige todos los

procesos electorales que se producen en el país.

¿CÓMO SE EJERCE EL PODER ELECTORAL?

Este se ejerce mediante el Congreso Nacional Electoral como su ente rector y mediante organismos subordinados a

éste.

El Consejo Nacional Electoral La Comisión de Registro Civil y Electoral

La Junta Nacional Electoral La comisión de Participación Política y Financiamiento.

TEMA7:ELDERECHO CONSTITUCIONAL COMO GARANTÍA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

1)¿QUÉ SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?

Son un conjunto de derechos subjetivos y garantías reconocidas en la Constitución como propios de las personas y que

tienen como finalidad prioritaria garantizar la dignidad de la persona, la libertad, la igualdad, la participación política y

social, el pluralismo o cualquier otro aspecto fundamental que afecte al desarrollo integral de la persona en una

comunidad de hombres libres. Tales derechos no sólo vinculan a los poderes públicos que deben respetarlos y garantizar

su ejercicio estando su quebrantamiento protegido jurisdiccionalmente, sino que también constituyen el fundamento

sustantivo del orden político y jurídico de la comunidad.

2)¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar

de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los

mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son universales, imprescriptibles, inalienables e

irrenunciables.

3)¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS?

Los Derechos Humanos tienen cuatro características muy especiales:

Page 9: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Son universales, porque todos los tenemos por el simple hecho de ser personas, independientemente de nuestras

características personales.

Son imprescriptibles, lo que quiere decir que no pueden quitárnoslos nunca porque jamás dejan de tener

validez.

Son inalienables, lo que significa que no los podemos ceder a nadie.

Son irrenunciables, porque nadie puede renunciar a ellos.

4)¿QUÉ DIFERENCIA EXISTE ENTRE DERECHOS FUNDAMENTALES Y DERECHOS HUMANOS?

Los Derechos Fundamentales están reconocidos en las Constituciones Políticas de los Estados y los Derechos Humanos

se encuentran reconocidos en los Tratados Internacionales, siendo estos su fuente.

5)¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?

La finalidad de estos derechos es impedir los abusos del poder por parte de los titulares de las funciones estatales.

6) Mencione algunos artículos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

* Todos nacemos libres e iguales. * Tus derechos están protegidos por la Ley

* No a la discriminación. * No a la detención ilegal.

* Derecho a la vida. * Derecho a un juicio justo.

* No a la esclavitud. * Derecho a la privacidad.

* No a la tortura. * Derecho a la cultura.

* Tienes derechos en todas partes. * Derecho a una nacionalidad.

* Todos somos iguales ante la Ley. * Derecho a la democracia.

7) EXPLIQUE LA JERARQUÍA CONSTITUCIONAL DE LOS TRATADOS.

Según el artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela los tratados, pactos y convenciones

relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el

orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio mas favorable a las establecidas en esta

Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos

del Poder Público.

Page 10: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

8) EXPLIQUE EL DERECHO DE AMPARO.

Según el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela toda persona tiene derecho a ser

amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aún de aquellos

inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre

derechos humanos.

El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y la

autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la

situación que más se asemeje a ella. Todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará con preferencia a cualquier otro

asunto.

La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá ser interpuesta por cualquier persona, y el detenido será puesto o

puesta bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, si dilación alguna.

El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno, por la declaración del estado de excepción o de la

restricción de garantías constitucionales.

9) EXPLIQUE EL HÁBEAS DATA.

Según el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela toda persona tiene el derecho de

acceder a la información y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados,

con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y de

solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o

afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente , podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que

contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el

secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley.

10)¿QUÉ ES EL HÁBEAS CORPUS?

Es el derecho que posee todo ciudadano que se encuentra detenido y a la espera de comparecer de manera inmediata y

pública ante un tribunal o una autoridad. Los jueces, al oír el testimonio del detenido, determinan si el arresto es legal o

ilegal y, por lo tanto, pueden decretar que finalice.

El Hábeas Corpus, por lo tanto, constituye una institución de orden jurídico que busca evitar los arrestos arbitrarios y

que garantiza la libertad personal del individuo y su seguridad e integridad física. Podemos encontrar referencia del

Hábeas Corpus en el artículo 27 de la Constitución el cual expresa que: “La acción de amparo a la libertad o seguridad

podrá ser interpuesta por cualquier persona, y el detenido será puesto o puesta bajo la custodia del tribunal de manera

inmediata, si dilación alguna”.

Page 11: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno, por la declaración del estado de excepción o de la

restricción de garantías constitucionales

TEMA 8 EL CONSTITUCIONALISMO VENEZOLANO

1¿CÓMO SE DEFINE EL CONSTITUCIONALISMO VENEZOLANO?

R: Se encuentra definido como el proceso jurídico y político, seguido por el estado Venezolano, para dotarse de las leyes

magnas que han configurado históricamente su ordenamiento constitucional.

2¿CUÁL ES LA CARTA MAGNA FUNDAMENTAL EN VENEZUELA? ¿Y POR QUE?

R: Según el artículo 7, la carta magna de Venezuela es la Constitución, ya que es la norma suprema y el fundamento del

ordenamiento jurídico. Porque toda persona y órganos que ejercen el poder publico están sujetos a una Constitución,

ya que el ordenamiento jurídico, esta formado por la Constitución del Estado, que se rige como la norma suprema, por

leyes y poder ejecutivo.

3¿CUÁNTAS CONSTITUCIONES HA TENIDO VENEZUELA? ¿Y CUÁL FUE LA PRIMERA?

R: Venezuela ha tenido 25 constituciones formalmente, desde su independencia en 1811. La primera constitución de

Venezuela, fue la de 1811 “Constitución federal para los Estados de Venezuela” promulgada y redactada por Cristóbal

Mendoza y Juan German Roscio, sancionada por el congreso constituyente, el 21 de diciembre de 1811, en la ciudad de

Caracas.

4¿QUÉ SE ENTIENDE POR ESTADO DEMOCRÁTICO Y SOCIAL DE DERECHO Y JUSTICIA?

R: Según el artículo 2 de la Constitución, se entiende como la necesidad de adaptar las leyes de manera que los Estados

garanticen mejores condiciones de vida a sus ciudadanos y una aplicación legal más justa, manteniendo el principio de

legalidad establecido en el estado de derecho.

5¿CUÁLES SON LOS VALORES SUPERIORES DEL ESTADO?

R: Según el artículo 2, Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de derecho y justicia. Donde propugna

como valores superiores la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social

y en general la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

6¿CUÁL ES EL FIN DEL ESTADO?

R: Según el artículo 3 de la Constitución, tiene como fin la defensa y el desarrollo de la persona, el respeto a su dignidad,

el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, prosperidad y

bienestar del pueblo, el cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución. La

educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

Page 12: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

7¿CUÁLES SON LOS DERECHOS IRRENUNCIABLES DE LA NACIÓN DE VENEZUELA?

R: Según el artículo 1 de la Constitución, los derechos irrenunciables de la Nación son la independencia, la libertad, la

soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

8¿CÓMO ES EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y DE LAS ENTIDADES POLÍTICAS QUE LO

COMPONEN?

R: Según el articulo 6 de la Constitución, es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado,

alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

9¿QUÉ SON LOS ESTADOS DE EXCEPCIÓN, Y QUE DERECHOS NO PUEDEN SER SUSPENDIDOS, DURANTE LA VIGENCIA DEL

MISMO?

R: Según el artículo 337 de la Constitución, son circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico

que afecte gravemente la seguridad de la Nación. Según la ley orgánica artículo 7, no podrán ser restringidas las

garantías a los Derechos a: vida, protección a la familia, la igualdad ante la ley, la nacionalidad, entre otros.

TEMA 9

1¿QUÉ ES EL PODER PÚBLICO?

Se entiende a cada uno de los órganos fundamentales de que se sirve el estado venezolano. Art: 136

2¿CUÁL ES LA DISTRIBUCIÓN VERTICAL DEL PODER PÚBLICO?

Poder Público Nacional. Art156-158

Poder Público Estadal. Art:159-167

Poder Público Municipal. Art:168-184

3¿CUÁL ES LA DISTRIBUCIÓN HORIZONTAL DEL PODER PUBLICO NACIONAL?

Poder Legislativo. Art:168-224

Poder Ejecutivo. Art: 225-252

Poder Judicial. Art: 253-272

Poder Ciudadano. Art:273-291

Poder Electoral. Art: 292-298.

4¿CUALES SON LAS COMPETENCIAS DEL PODER PUBLICO NACIONAL?

La defensa de la Republica.

La política y actuación internacional de la Republica

Los servicios de identificación

Page 13: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

La policía Nacional

La regulación de la banca

La seguridad, la defensa y el desarrollo nacional

La organización y régimen de la Fuerza Armada Nacional

El régimen de comercio exterior y la organización y régimen de las aduanas.

5¿QUIÉN EJERCE EL PODER PUBLICO ESTADAL, FORMA DE ELECCIÓN Y COMPETENCIAS?

Los estados son entidades autónomas que tiene personalidad jurídica propia y plena. Su administración y gobierno esta

a cargo de un funcionario público llamado Gobernador(a). Y es elegido mediante elecciones por una mayoría relativa en

las votaciones.

Para optar por este cargo debe cumplir los siguientes requisitos establecido en la Constitución en el art 160:

Ser venezolano(a)

Mayor de veinticinco años.

De estado seglar

Estar inscrito en el registro electoral permanente.

Competencia: Art 164

Dictar su constitución para organizar los poderes públicos de conformidad con lo dispuesto en la constitución.

La organización de sus municipios.

La organización, recaudación, control y administración de las ramas tributarias propias.

El régimen y aprovechamientos de minerales no metálicos, no reservado al poder nacional.

La organización de la policía y la determinación de las ramas de este servicio

La creación, régimen y organización de los servicios públicos.

6¿CUÁLES SON LAS INSTITUCIONES QUE JUEGAN UN PAPEL IMPORTANTE DENTRO DEL ESTADO?

El Consejo o Asamblea Legislativa Estadal: es el órgano encargado de legislar sobre la materia de competencia estadal,

así como de sancionar la ley del presupuesto del estado entre otras. Este esta compuesto por un mayor de 15 ni menor

de 7 integrantes y las mismas representan a la población del estado y de los municipios que lo integran. Art 162

La Contraloría Estadal: es un órgano que para su funcionamiento requiere de autonomía orgánica (como órgano) y

funcional (con respecto a sus funciones). Tiene por objeto la vigilancia, control y fiscalización de los ingresos, los gastos

y bienes del estado. Es ejercido por un contralor(a). Art 163.

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7¿QUÉ ES EL PODER PUBLICO MUNICIPAL, QUIEN LO EJERCE Y CUÁLES SON SUS COMPETENCIAS?

Los municipios son unidades políticas primarias que tienen personalidad jurídica propia y autónoma. Es ejercido por un

alcalde el cual es elegido por una mayoría relativa de votos en las elecciones. Sus requisitos:

Ser venezolano(a)

Mayor de 25 años

De estado seglar

Con 3 años mínimo de residencia en ese municipio.

Gozar de todos los derechos civiles y políticos y estar inscrito en el registro electoral permanente de la entidad .Art 174

Competencias:

Justicia de paz y prevención vecinal y servicio de policía municipal.

Servicio de agua potable, electricidad y gas domestico, alcantarillado, canalizaciones y disposición de aguas

servidas, cementerios y servicios funerarios.

Vialidad urbana, circulación y ordenación del tránsito de vehículo y personas en las vías municipales, servicios de

transporte público urbano de pasajeros.

Protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental

Ordenación territorial y urbanística, patrimonio histórico, vivienda de interés social, turismo local y jardines,

plazas, balnearios.

7¿CUÁLES SON LAS COMPETENCIAS, QUIEN LO EJERCE, FORMA DE ELECCIÓN DEL PODER LEGISLATIVO?

Es ejercido por la Asamblea Nacional la cual estará integrada por los diputados elegidos en cada entidad federal por

votación universal directa y personalizada. Cada diputada dentra un suplente. Art 186.

Competencia:

Legislar en materias de la competencia nacional sobre el funcionamiento de las distintas ramas del poder

nacional.

Proponer enmiendas y reforma a la constitución en los términos establecidos.

Ejercer funciones de control sobre el gobierno y la administración pública nacional en los términos consagrada

en la constitución.

Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de competencias.

Decretar amnistías

Discutir y aprobar el presupuesto nacional.

Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación.

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Autorizar la salida del presidente(a) de la republica del territorio nacional cuando su ausencia se prolongue por

un lapso superior de 5 días consecutivos. Art 187.

Para ser elegido diputado (a): Art 188

Ser venezolano por nacimiento, o por naturalización con 15 años de residencia en el territorio venezolano

Ser mayor de 21 años de edad

Haber residido 4 años consecutivos en la entidad correspondiente antes de la fecha de elección.

9) ¿CUAL ES LA ORGANIZACIÓN DE LA ASAMBLEA NACIONAL?

La Asamblea Nacional nombrara comisiones permanentes, ordinarias y especiales. Las comisiones permanente un

número no mayor a 15.Art 193

Elegirá en su seno un Presidente(a), dos Vicepresidente(a), un secretario(a),y un subsecretario(a) fuera de su seno por

un periodo de un año: Art 194

10) ¿QUIEN EJERCE EL PODER EJECUTIVO, REQUISITOS PARA SU ELECCIÓN Y ATRIBUCIONES?

Se ejerce por el presidente (a) de la Republica, Vicepresidente(a) Ejecutivo, los Ministros(as) Art 225.

El presidente es el jefe del estado y dirige la acción de gobierno. Art 226.

El Vicepresidente(a) Ejecutivo es órgano directo y colaborador inmediato del presidente de la Republica. Art 238.

Los Ministros(as) son órganos directos del presidente de la Republica y requiere nacionalidad venezolana y ser mayor de

25 años. Art 242

Requisitos: Art 227

Venezolano por nacimiento, no poseer otra nacionalidad.

Mayor de 30 años.

Estado Seglar.

La elección se hará por votación universal, directa y secreta en conformidad con la ley. Art 228.

Atribuciones: Art 236

Cumplir y hacer cumplir eta constitución y la ley

Dirigir las acciones de gobierno

Nombrar y remover al vicepresidente ejecutivo.

Dirigir las relaciones exteriores de la Republica y celebrar y ratificar los tratados.

Dirigir la fuerza Armada Nacional en su carácter de comandante en jefe.

Declarar estado de excepción de decretar restricción de garantía.

Page 16: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Dictar previa autorización por una ley habilitante decreto de fuerza de ley

Convocar a la Asamblea Nacional a sesiones extraordinarias

11) ¿QUIENES EJERCEN EL PODER JUDICIAL, REQUISITOS Y ATRIBUCIONES?

Esta constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, Ministerio Publico y la Defensoría Publica. Art 253

Requisitos para ser magistrada: Art 263

Tener Nacionalidad Venezolana por nacimiento

Ser ciudadana(o) reconocida honorabilidad

Ser jurista reconocida competencia y gozar de buena reptación y haber ejercido la abogacía durante un mínimo

de 15 años y tener titulo universitario de post grado en materia jurídica. Son elegidos por un periodo de doce

años. Art 264.

Atribuciones:

Ejercer la jurisdicción constitucional conforme al título VIII de esta constitución

Declarar si hay o no merito de enjuiciamiento del Presidente de la Republica o quien haga sus veces.

Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individual del

ejecutivo nacional.

12) ¿QUIÉNES EJERCER EL PODER CIUDADANO Y ATRIBUCIONES?

El Poder Ciudadano es independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional financiera y administrativa .Art 273

Los órganos del Poder Ciudadano son:

La Defensoría del Pueblo: el cual lo ejerce el defensor del pueblo y tiene a su cargo la promoción, vigilancia de los

derechos y garantías establecidas en la constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos. Art 280.

El Ministerio Publico: el cual lo ejerce el Fiscal General de la Republica y debe garantizar en los procesos judiciales el

respeto de los derechos y garantías constitucionales de los tratados y convenios. Garantizar la celeridad y buena marcha

de la administración de justicia. Ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles. Art

285.

Contraloría General: lo ejerce el contralor de la Republica ejerce el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos,

gastos y bienes públicos. Art 287.

13) ¿QUÉ ES EL PODER ELECTORAL, QUIENES LO CONFORMAN Y OBJETIVO?

El Poder Electoral dirige, organiza y vigila todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular

de los cargos públicos así como de referendo y plebiscitos. Garantiza la igualdad, confiabilidad, imparcialidad,

transparencia y eficiencia en los procesos.

Page 17: DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Objetivo: Ejercer como órgano rector del Poder Electoral la organización, administración y supervisión de todos los

actos.

Esta integrado por el CNE: es un cuerpo colegiados formado por 5 rectores y 10 suplentes. Los candidatos postulados no

deben tener ninguna vinculación con agrupaciones políticas. Art 296

14) ¿EN QUE SE FUNDAMENTA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?

La Administración Publica esta al servicio de los ciudadanos y se fundamenta en los principios de honestidad,

participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuenta y responsabilidad en el ejercicio de la

función pública. Art 141

Los ciudadanos tienen derechos a ser informados oportuna y verazmente por la administración pública. Art 143.

15) ¿QUÉ ESTABLECE LA LEY SOBRE LA FUNCIÓN PÚBLICA?

La ley establecerá el Estatuto de la Función Publica mediante normas sobre el ingreso, ascensos, traslado, suspensión y

retiro de los funcionarios de la Administración Publica y proveerá su incorporación a la seguridad social. Art 144.

Los Funcionarios Publico están al servicio del estado y no de parcialidad alguna. Art 145

TEMA10 LA NACIONALIDAD

1¿QUÉ ES LA NACIONALIDAD?

Es un vínculo político y jurídico que relaciona a un individuo con un estado determinado.

Según la Constitución Bolivariana de Venezuela en los artículos 32 y 33 la Nacionalidad es adquirida por el solo hecho de

haber nacido en este territorio o por naturalización.

2¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS DETERMINANTES DE LA NACIONALIDAD?

El Jus Sanguinis: Significa Derecho de Sangre. Se reconoce como nacional al recién nacido hijo de padres nacionales, no

importa el lugar de nacimiento.

El Jus Soli: Significa Derecho del Suelo. La nacionalidad se determina por el lugar de nacimiento sin tomar en

consideración alguna la nacionalidad de los padres.

Sistema Mixto: Es la aplicación conjunta del Jus Soli y Jus Sanguini este sistema es amparado por la Constitución

Bolivariana de Venezuela.

3¿SEGÚN LA CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMO SE ESTABLECE LA NACIONALIDAD?

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Como muchos países de la América latina al declarar su independencia Venezuela se vio en la necesidad de decidir

quiénes eran extranjeros y quienes eran nacionales es por ello que después de tantas modificaciones nuestra

Constitución actual acoge un sistema mixto en el que declara en su artículo 32 “Son Venezolanos y venezolanas por

nacimiento toda persona nacida en el territorio de la republica también expone que son venezolanos o venezolanas por

naturalización toda persona nacida en el extranjero hija de padres venezolanos”.

4¿QUÉ ES LA NATURALIZACIÓN Y COMO ESTÁ PLANTEADA EN NUESTRA CONSTITUCIÓN LA NACIONALIDAD POR

BENEFICIO DE LEY?

Es la concesión de la nacionalidad al extranjero que la solicita. El Estado se ve obligado a concederla cuando existan

pruebas legales y además la persona esté interesada y manifieste o reclame su nacionalidad mediantes procesos legales.

Artículo 33. Son venezolanos y venezolanas por naturalización:

Los extranjeros o extranjeras que obtengan carta de naturaleza. Deberán tener su domicilio en Venezuela con

residencia ininterrumpida de al menos 10 años antes de formular la solicitud.

Los extranjeros que contraigan matrimonio con venezolanos desde que declaren su voluntad de serlo.

Los extranjeros menores de edad que para la fecha de la naturalización del padre o madre que ejerzan sobre

ellos la patria potestad.

4¿POR QUÉ SE LE DA MAYOR FACILIDAD A LOS ORIUNDOS DE ESPAÑA, PORTUGAL, ITALIA, PAÍSES LATINOS Y DEL

CARIBE?

El constituyente le da mayor facilidad a los originarios de estos países con razón de afinidad y por un lazo de hermandad

existente por el mismo idioma, tradición y cultura.

5 PERDIDA DE LA NACIONALIDAD:

Según el artículo 34 de nuestra constitución, la nacionalidad no se pierde al optar o adquirir otra.

Art.35 Los venezolanos por nacimiento no podrán ser privados de su nacionalidad, y en caso de nacionalidad por

naturalización solo podrá ser revocada mediante sentencia judicial.

6¿CÓMO SE RECUPERA LA NACIONALIDAD?

Art 36. Quien renuncie a la nacionalidad venezolana por nacimiento puede recuperarla si se domicilia en el territorio de

la república por un lapso no menor de dos (2) años y manifiesta su voluntad de hacerlo.