demanda laboral

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SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO………………………………………………………………………… GLORIA ANGELICA CUAT SAL, de treinta y dos años de edad, soltera, guatemalteca, con vecindad en el municipio de San Andrés Itzapa, del departamento de Chimaltenango; actúo baja la dirección del abogado PERCIVAL GIOVANNI SALAZAR VILLASEÑOR y la pasante del Bufete Popular del Centro Universitario de Chimaltenango ANYA IVETTE ECHEVERRÍA SANTACRUZ, señalo como lugar para recibir citaciones y notificaciones ….AUN NO SE TIENE?? En nombre propio y forma atenta comparezco ante usted señor juez a promover demanda en JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO INDIRECTO E INJUSTIFICADO Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES IRRENUNCIABLES, en contra de la Municipalidad del municipio de San Andrés Itzapa, del departamento de Chimaltenango, a través de su Representante Legal: O JUDICIAL (MANDATARIO JUDICIAL) ARTO. 54 INCISO e) DEL CÓDIGO MUNICIPAL el SINDICO PRIMERO, LANDULFO ARENALES MARTINEZ, quien puede ser notificado en el Palacio Municipal del Municipio de San Andrés Itzapa del departamento de Chimaltenango, de conformidad con los siguientes: ORDINARIO LABORAL NUEVO

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Ejemplo de Demanda Laboral

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SEOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO

SEOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGOGLORIA ANGELICA CUAT SAL, de treinta y dos aos de edad, soltera, guatemalteca, con vecindad en el municipio de San Andrs Itzapa, del departamento de Chimaltenango; acto baja la direccin del abogado PERCIVAL GIOVANNI SALAZAR VILLASEOR y la pasante del Bufete Popular del Centro Universitario de Chimaltenango ANYA IVETTE ECHEVERRA SANTACRUZ, sealo como lugar para recibir citaciones y notificaciones .AUN NO SE TIENE?? En nombre propio y forma atenta comparezco ante usted seor juez a promover demanda en JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO INDIRECTO E INJUSTIFICADO Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES IRRENUNCIABLES, en contra de la Municipalidad del municipio de San Andrs Itzapa, del departamento de Chimaltenango, a travs de su Representante Legal: O JUDICIAL (MANDATARIO JUDICIAL) ARTO. 54 INCISO e) DEL CDIGO MUNICIPAL el SINDICO PRIMERO, LANDULFO ARENALES MARTINEZ, quien puede ser notificado en el Palacio Municipal del Municipio de San Andrs Itzapa del departamento de Chimaltenango, de conformidad con los siguientes:H E C H O S:

A) DE LA RELACIN DE TRABAJO Y SU VIGENCIA: Inici mi relacin laboral con la Municipalidad del Municipio de San Andrs Itzapa el da Treinta y uno de enero del ao dos mil doce (31/01/2012), suscribiendo contrato, sin embargo con fecha veintiocho de febrero del ao dos mil catorce (28/02/2014) fui despedida de forma indirecta e injustificada, a travs del Alcalde Municipal el seor WILFIDO TAGUAL (nico apellido). En consecuencia, mi relacin laboral con el patrono demandado fue por el lapso de AOS, MESES, DIAS, haciendo un total de setecientos veintisis (726) das en forma continua e ininterrumpida.B) DEL TRABAJO REALIZADO, SALARIO DEVENGADO Y FORMA DE PAGO: Labor para la Municipalidad del Municipio de San Andrs Itzapa, desempeando el puesto de Maestra de Grado teniendo a mi cargo ..tantos alumnos del grado. El cargo descrito lo desempe en ..LUGAR DEL TRABAJOEl salario devengado fue de UN MIL SEISCIENTOS QUETZALES (Q. 1,600.00) MENSUALES. El salario devengado me era cancelado mediante.C) DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO: Al inicio de la relacin laboral, con el patrono demandado, se convino que laborara en una jornada ordinaria, matutina comprendida en el horario de Siete horas con treinta minutos para las Doce horas con treinta minutos, con un intervalo de treinta minutos para refaccionar, de lunes a viernes.D) DE LA FINALIZACIN DE LA RELACIN LABORAL: La relacin laboral finaliz el veintiocho de febrero del ao dos mil catorce (28/02/14), cuando la entidad ahora demandada a travs de su Representante Legal, el seor quien funge actualmente Alcalde Municipal, me comunic de manera verbal que ya no sera contratada (ESTO ES DESPIDO DIRECTO), por lo consiguiente se me despidi de manera indirecta e injustificada?? habiendo de esa manera puesto fin a la relacin de trabajo con mi persona.E) DE LAS CAUSALES INVOCADAS POR MI EMPLEADORA PARA JUSTIFICAR LA TERMINACIN ILEGAL DE MI RELACIN LABORAL: En el momento de ser despedida por la Municipalidad del Municipio de San Andrs Itzapa, indic una serie de argumentos con los que intent justificar su actuacin ilegal. CUALES SON ESTOS??F) DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS: Como consecuencia de la terminacin ilegal de la relacin laboral, reclamo el pago de las siguientes prestaciones, que a la fecha mi empleadora me mantiene retenidas:1. VACACIONES: proporcionales correspondientes al perodo comprendido del Treinta y uno de enero del ao dos mil doce (31/01/2012), al Veintiocho de febrero del ao dos mil catorce (28/02/2014). Lo que asciende a la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE QUETZALES CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS.2. AGUINALDO: proporcional correspondiente al perodo comprendido de los Setecientos veintisis (726) das laborados IDEM. Lo que asciende a la cantidad de CUATRO MIL TRECIENTOS DIECINUEVE QUETZALES CON SETENTA CENTAVOS.3. RECLAMO EL PAGO DE LA BONIFICACIN ANUAL PARA LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PBLICO Y PRIVADO CONTENIDO EN EL DECRETO 42-91 DEL CONGRESO DE LA REPBLICA DE GUATEMALA: correspondiente al periodo comprendido de los Setecientos veintisis (726) das laborados IDEM. Lo que asciende a la cantidad de CUATRO MIL TRECIENTOS DIECINUEVE QUETZALES CON SETENTA CENTAVOS.4. RECLAMO EL PAGO DE LA BONIFICACIN INCENTIVO PENDIENTE SEGN DECRETO 37-01: En forma proporcional correspondiente al periodo comprendido de los Setecientos veintisis (726) das laborados IDEM lo que asciende a la cantidad de SEIS MIL QUETZALES EXACTOS.5. AJUSTE DE SALARIO: En forma proporcional correspondiente a los setecientos veintisis das (726) laborados IDEM, lo que asciende a la cantidad de TRECE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS QUETZALES CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS.6. DAOS Y PERJUICIOS? ARTO 68 CT

El gran Total de las prestaciones que reclamo en la presente demanda asciende a: TREINTA Y SIETE MIL CIENTO QUINCE QUETZALES CON TRECE CENTAVOS (Q. 37,115.13).

MEDIOS DE PRUEBA:

1. DOCUMENTOS:

1.1 DOCUMENTOS APORTADOS POR EL ACTOR: a. Fotocopia simple de la adjudicacin nmero C guin cero ochenta y siete guin dos mil catorce (C-087-2014) suscrito en la Inspeccin General de Trabajo seccin de Conciliaciones del Ministerio de Trabajo, ante la Inspectora General de Trabajo MARIA ALBERTINA PATAL LPEZ, con lo que demuestro que comparec a la Junta Conciliatoria, al NO HABERSE CONCILIADO se dio por Agotada la Va Conciliatoria Administrativa.

1.2 LA EXHIBICIN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS QUE DEBER PRESENTAR LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRS ITZAPA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO, EN LA AUDIENCIA QUE PARA EL EFECTO SEALE ESTE TRIBUNAL:a. Copia del contrato de trabajo que debi haberse suscrito entre el patrono denominado NO SERA DEMANDADO?? con mi persona, lo que permitir corroborar, el tiempo de servicio, el salario pactado inicialmente y las dems condiciones y atribuciones del puesto que desempee durante la relacin laboral.b. Los libros de salarios del patrono demandado, con el objeto de establecer mis salarios devengados durante todo el tiempo de mi relacin laboral comprendido del Treinta y uno de enero del ao dos mil doce (31/01/2012), al veintiocho de febrero del ao dos mil catorce (28/02/2014), as como tambin establecer si me fueron canceladas o no las prestaciones que reclamo.c. Copia de los informes enviados al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), por la parte demandada que cubran mi tiempo de servicio y que servirn, para demostrar los descuentos que se efectuaron y consecuentemente m salario.

d. El reglamento interior de trabajo, que debe tener mi empleador, en vigencia, con el fin de establecer las atribuciones propias de mi puesto (nicamente si el patrono tiene ms de diez trabajadores a su cargo)??NO PUEDE ESTABLECERSE?.e. Los libros de contabilidad donde consten los egresos que tiene mi ex patrono en concepto de salarios y pago de las dems prestaciones a sus trabajadores.2. CONFESIN JUDICIAL: Que deber prestar la parte demandada a travs de su Representante Judicial, mediante Informe que ste deber rendir dentro del tiempo que establezca este honorable tribunal, el cual no podr ser menor de ocho ni mayor de quince das; de conformidad con el interrogatorio siguiente: PREGUNTA UNO: PREGUNTA DOS: PREGUNTA TRES: PREGUNTA CUATRO: PREGUNTA CINCO: PREGUNTA SEIS: PREGUNTA SIETE: PREGUNTA OCHO: PREGUNTA NUEVE: PREGUNTA DIEZ: bajo su responsabilidad personal.3. PRESUNCIONES LEGALES y HUMANAS: que de lo actuado dentro del presente proceso se deriven. En base a lo anteriormente expuesto al Seor Juez me permito formular las siguientes:PETICIONES:

DE TRMITE:

1. Que con el presente memorial y los documentos adjuntos, se forme el expediente respectivo.2. Que se tome nota del lugar que sealo para recibir notificaciones y/o citaciones, el cual se indica en la parte introductoria del presente memorial.

3. Que se tome nota de que acto bajo la asesora del Abogado PERCIVAL GIOVANNI SALAZAR VILLASEOR y la procuracin de la bachiller ANYA IVETTE ECHEVERRA SANTACRUZ pasante del Bufete Popular de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Centro Universitario de Chimaltenango.

4. Que se admita para su trmite la presente demanda ordinaria laboral por DESPIDO INDIRECTO E INJUSTIFICADO y PAGO DE PRESTACIONES LABORALES promovido por GLORIA ANGELICA CUAT SAL en contra de LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRS ITZAPA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO, a travs de su representante legal O JUDICIAL el seor SINDICO PRIMERO, LANDULFO ARENALES MARTINEZ.5. Que se seale audiencia para la primera comparecencia de las partes a juicio oral, apercibindolas de que deben comparecer con todos sus respectivos medios de prueba.6. Que se tenga por ofrecidos y acompaados los medios de prueba propuestos en el apartado correspondiente, y por acompaado el documento adjunto.7. Que se prevenga a la parte demandada para que en la primera audiencia de las partes a juicio oral, exhiba los documentos individualizados en el apartado de pruebas de la presente demanda, bajo el apercibimiento de imponerle la multa mxima en el caso de desobediencia, sin perjuicio de presumirse ciertos los datos aducidos por mi persona.

8. Que se prevenga a la parte demandada que deber prestar CONFESIN JUDICIAL a travs de su Representante Judicial, en la audiencia que para el efecto seale este honorable tribunal; mediante Informe escrito que deber rendir el Sndico Primero, dentro del tiempo que establezca el tribunal, el cual no podr ser menor de ocho ni mayor de quince das; de conformidad con el interrogatorio inserto en este memorial, bajo su responsabilidad personal; para lo cual deber oficiarse como corresponda.9. Que se tome nota del lugar que sealo para notificar al patrono demandado, para lo que deber librase el despacho correspondiente al Juez de Paz del Municipio de San Andrs Itzapa, del departamento de Chimaltenango.10. Que se prevenga al demandado que deber sealar direccin para recibir notificaciones dentro del permetro del tribunal y de no hacerlo se le seguir notificando por los estrados del tribunal.DE FONDO:

Agotados los trmites del presente proceso se dicte la Sentencia que en derecho corresponda declarando:1. Con lugar la presente DEMANDA EN JUICIO ORDINARIO LABORAL POR DESPIDO INDIRECTO E INJUSTIFICADO y PAGO DE LAS PRESTACIONES LABORALES, PROMOVIDA POR GLORIA ANGELICA CUAT SAL, en contra de la MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE SAN ANDRS ITZAPA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO, a travs de su representante legal O JUDICIAL? el seor sindico primero LANDULFO ARENALES MARTINEZ.2. En consecuencia de lo anterior se condene al patrono demandado a pagarme dentro del tercer da de estar firme el fallo, las prestaciones laborales que reclamo y que he individualizado en el apartado correspondiente de la presente demanda.3. Que se condene al demandado al pago de los daos y perjuicios individualizados en el apartado correspondiente.

CITA DE LEYES: Los Artculos citados y 28, 29, 44, 102, 106, 111 de La constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala; 4, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 61, 76, 77, 82, 84, 88, 91, 116, 126, 264, 321, 326, 327, 330, 332, 335, 336, 337, 344, 345, 346, 353, 354, 358 del Cdigo de Trabajo; Artculo 1 del Decreto Ley nmero 70-84 del Jefe de Estado; Del Organismo Judicial.Acompao cuatro copias del presente memorial y documentos relacionados.

Chimaltenango Treinta de Septiembre de dos mil catorce.

EN SU AUXILIO

ORDINARIO LABORAL NUEVO