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DEL

D E P A R T A M E N T O N A C I O N A L

D E L T R A B A J O

N . O 43- DICIEMBRE DE 1919

BUENOS AIRES Ivrnnwra "K<>RMOS" - Snaairmx~o 2101

1919

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E L MUTUAllSMO EN LA EAPITAL FEDERAL INVESTIGACI~N DE 1918

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S U M A R I O

Pag . 1 . Kota del Dr . Unsain con todos los ante-

cedentes del niutualismo en la República Ar- gentina . Gestiones del Departameno Nacional del Trabajo. Congreso de la Mutualidad . Ci-

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . fras del censo, etc 1 a 37 11 - Nota del inspector Juan Oscaris:

Cuestionario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 Beneficios que procuran . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 Fundación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39

. . . . . . . . . . . . . Liniitación de edad de ingreso 40 Cuota de ingreso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cuota mensual 40 Soci'os . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Subsidio 41 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Entradas 42

Salidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Utilidad 43

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Capital social 43 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Enfermos asistidos 45

Personería jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 . . . Pacto de reciprocidad . . . . . . 45 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Consejo de mutualidad 45

Escilielas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 .. Datos comparativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . +6

. . . . . . . . . . . . . . . . . Consideraciones generales 46 Registro de sociedades de socorros n~u tuos . . 49

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E L MUTUALISMO E N LA CAPITAL FEDERAL

Buenos Aires, Agosto 8 de 1919.

Sefior Presidente :

del Departamento Nacional del Trabajo

Docior Julio B. Lezana:

Cumplo en elevar a usted el informe presentado por el Inspector Oscaris, relacionado con el movimiento que en el ejercicio económico del año 1918 han tenido 44 sociedades que en la Capital Federal, reuniendo a 71.744 asociados, practican los principios del mutualis- mo bajo la forma más divulgalda del socorro mutuo. La circunstancia de que hasta el presente este Departa- mento no haya agrupado en una sola información los diversos datos locales relacionados con la mutuali'dad en la Argentina y obtenida por él en sus diversas in- vestigaciones, me niueven a preceder de algunas refe- rencias el informe del Inspector Oscaris. Quedará así. facilitada la tarea de quien necesite antecedentes so- bre tan interesante materia. - 11 - La primera investigación realizada por

este Departamento, se refería a la gestión de las socie- dades de socorros mutuos de la Capital Federal, en el año 1907. La circular de investigacihn fué dirigida a las 117 sociedades que con tal denominación figuraban en el censo municipal. Sólo 30 de esas sociedades su-

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ministraron los datos pedidos, por cuya razón el estu- dio debió circunscribirse a un total de 52.285 socios, de los que 19.747 eran varones, 4.925 mujeres y sólo 613 niños. Con ser tan reducida, acreditó ya esa investiga- cion un capital social de $ 1.024.777 y una existencia anual de 17.525 socios.

La segunda investigación lieclia por este Departa- mento, fué de resultados más provechosos y realizada en un campo más vasto. Fueron examinadas, en efecto, 79 sociedades que reunían I ~ C ) . ~ O I socios. E n realidad, bajo la denominación de sociedades de socorros mu- tuos, fueron involucrados numerosos organismos que, propiamente, no lo son. De ahí que, tanto el número de las sociedades como el de los asociados aparezcan tan crecidos. Sin embargo, en la aplicación que prece- de a los cuadros estadísticos, se dice que "se trata de una serie de organizaciones de mutualidad y previsión constituídas sobre la base 1115s O menos empírica o científica de la distribución de los riesgos repartidos entre un cierto número de personas que;si aisladas no podían soportarlos, logren vencerlos cuando se produ- cen, merced a la unión previsora de pequeños esfuer- zos de ahorro, tan pequeños que sea fácil realizarlos aun contando con un mínimum de recursos. Ya en la fecha, el capital de las sociedades ascendía a $ 4.061.331 y $ 564.772 el valor del sccorro anual repartido. Apa- recían con personería jurídica 43 sociedades y sin ella 36. Ya entonces una sociedad había que contal~a con 40.000 asociados.

-

Estas investigaciones, sin embargo, aun siendo en alto grado informativas, dejaron mucho que desear desde el punto de vista de muchos 'de los asuntos que interesan al mutualismo. Fué para subsanar tales omi- siones que en 1918 (Inspector Oscaris), se levantó una nueva investigación sobre datos correspoildientes al

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año 1917. Comprendió ella a sólo 17 asociacioiles de la Capital Federal. Reunían ellas 51.181 asociados, de 10s que el 66 C/o eran adultos, el 22 % mujeres y el 11 O/o menores. En total, en el ejercicio financiero del año anterior, habían percibido estas asociaciones por con- cepto de cuotas la suma de $ 834.635 y por donaciones y beneficios la de $ 212.754, O lo que es lo mismo, en total, $ 1.097.389. Las mismas asociaciones y en el mis- mo período de tiempo habían tenido una salida total de $ 955.002, de los que $ 647.424 correspondían a gas- tos de asistencia y subsidios, y $ 307.578 a gastos de administración y general. .Para las mismas asociacio- nes fué calculado en $ 4.604.767 el capital social. Lo ex- puesto demostró que las asociaciones mutualistas in- vestigadas obtenían el 80 % de sus recursos por medio de cuotas sociales y sólo el 20 C/o restante de otra fuen- te ajena a tal renglón. E n cuanto a los egresos, el 60 % aparecía como consumido en gastos de asistencia y de subsidio y el 40 % en gastos generales y de adminis- tración. La cuota más generalizada fué la mensual de $ 1.50. - 111 - Además del Departamento Nacional del

Trabajo, otras personas han estudiado el desarrollo funcional y económico de nuestras sociedades de so- corro mutuo. Pasando por alto el estudio del doctor A. Bunge (ver "El seguro nacional", pág. 115 y si- guientes), cabe recordar el del doctor Domingo Borea, que forma parte integrante del último Censo Nacional. Esta última investigación, llevada a cabo en toda la República, consigna la existencia de 1.202 sociedades con 507.637 asociados, de los que eran varones adultos 431.806 (85 %), mujeres 61.126 (12 %) y niños 14.705 (3 %). E n cuanto a la distribución geográfica, resulta- ba la provincia de Buenos Aires (553 sociedades y 170.165 socios), a la cabeza de todas las provincias.

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L a Capital Federal resultaba inferior en el número de las sociedades (214), pero superior en el número de asociados (25 5.534). Las territorios mismos han parti- cipado, y no en grado despreciable, del movimiento mutualista, presentando un núcleo de 36 sociedades con cerca de 4.000 asociados. La Pampa - y el hecho es digalo de ser iiotado, - tenía más sociedades y más socios que varias provincias. ,

No es posible negar la influencia que en nuestro mutualismo ha tenido el elemento extranjero y la in- migración. Contra 172 sociedades argentinas reunien- do 65.188 socios, había 250 españolas con 110.040 y 403 Italianas con 166.086. Necesario es, sin embargo, co- rregir lo absoluto de tales cifras teniendo en cuenta que es más posible considerar que un 22 OJo de los com- ponentes de las sociedades extranjeras son argentinos. Especialmente en las sociedades italianas, ese porcen- taje llega a un 40 O/o.

Siempre bajo la base del interesa,nte recuento cen- sal, es posible llegar a cifras que señalan la verdadera potencialidad de nuestras sociedades de socorros mu- tuos. E s así que el capital social aparece represeutado por la cifra de $ 33.215.035, y por no la menos impor- tante de $ 5.344.151, el monto de las sumas invertidas sólo en un año (1913) en socorro mutuo, socorros y pensiones. Lo vasto del campo materia de la investi- gación censal ha dificultado, sin duda, el estudio deta- llado de los ingresos y egresos de las sociedades, esto es, de su vida económica interna. E n el adjunto infor- me del Inspector Oscaris, ese estudio ha sido prolija- mente efectuado. Según el censo, el máximo de la in- versión de entradas e11 el socorro mutuo (62 %) se opera en la Capital Federal, y el mínimo de esa inver- sión (39 %) en Santa Fe. El informe que sigue a la presente nota, establece, como promedio general de

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inversión en asistencia médica y farmacéutica el 45.8 % y en subsidios el 12.1 P. Siempre dentro de los datos censales resulta constatado que es recién en el período de los últimos años que el inutualismo cobra su desarrollo mayor en la Argentina. E s así que en tan- to en el período comprendido entre los años 1854 a 1900 sólo se fundan 643 sociedades de socorros mutuos, en los 12 años corridos desde I ~ I a 1913, las socieda- des fundadas llegan a 559. Puede cerrarse esta síntesis de los datos del censo, transcribiendo el párrafo que él mismo señala respecto a la profesión de los socios y que dice así: "En las sociedades clasificadas como argentinas y cosmopolitas y cuyo asiento se halla en los grandes centros urbanos, la mayoría de los socios pertenecen a los gremios de obreros y de empleados. En las espaííolas, francesas, italianas, etc., hay ade- más de los obreros y empleados, un notable porcen- taje de socios que son comerciantes. Estos han adhe- rido a las sociedades no tanto por el beneficip del so- corro mutuo, sino por alentar los fines patrióticos que, en cierto modo, se proponen estas mismas sociedades. E n las ubicadas en las ciudades y pueblos pequeños, la mayoría de los socios está constituída por los gre- mios de agricultores y comerciantes, prevaleciendo en general, los primeros sobre los segundos". - 1V - No parece dudoso que uno de los he-

chos más importantes del mutualismo en la Argentina haya estado constituído por el Congreso de la Mutua- lidad, reunido en Buenos Aires el 24 de M,arzo de 1918, por iniciativa del Museo Social Argentino. El Congre- so de referencia tuvo como programa, el que se con- signa en los tres puntos siguientes: 1 - Legislación sobre mutualidades: forma de previsión, el socorro mu- tuo es un seguro, bases de su constitución, subvencio- nes, la mutualidad y los intereses nacionales, obra rea-

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lizada por las matualidades en la :República Argentina. 11 - Federación de mutualidades: objetivos de una federación, bases de organización, federación nacional y federaciones de reaseguros. 111 - El seguro social: concepto del mismo, las mutualidades y el seguro so- cial, objetivo, la oportunidad en la República Argenti- na. Como preparación para las sesiones del Congreso, el Museo Social Argentino distribuyó la siguiente ex- plicación sobre' los temas que anteceden : Legislación sobre mutualidades: E s decir, el estudio de las medi- das tendientes a ofrecer a nuestro movimiento mutua- lista las garantías legales y el estímulo oficial de que hasta ahora se ha visto privado, y de que goza en rna- yor o menor grado en los países más cultos. Para ser conducente, la legislación debe basarse en el estudio de su objeto. De ahí la enumeración. Comienza ella con las formas de previsión, bajo forma de ahorro co- lectivo, para afrontar determinadas situaciones : enfer- medad pasajera o crónica, la vejez, la muerte. Se trata de estudiar cómo practican esa formia de previsión nuestras mutualidades, de investigar si están conve- nientemente orgnaizadas y determinar cuáles son las más necesarias y dignas de estímulo. El socorro mu- tuo es un seguro. Para que la previsión que representa el llamado "socorro mutiiu" sea eficaz, es necesario penetrarse de la noción de que se trata de un seguro contra determinados "riesgos". Si no se lo entiende así, se corre al fracaso. E s necesario valorar exacta- mente las contingencias que se propone proveer una mutualidad para determinar los recursos que se nece- sitan para afrontarlas. E l tema sería tratado con fruto por los entendidos en matemáticas actuariales que quieran adherir al Congreso. Base de constitución de las mutualidades. Es decir, en qué principios debe ins- pirarse su organización; si caben dentro de la mutua-

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lidad genuina, categorías privilegiadas de socios etc., y requisitos que al respecto debe fijar la legislación. Los artículos 7 y S del Reglamento exponen el con- cepto de los organizadores del Congreso. Subvención. 4 E s conveniente la subvención por el Estado? 4 E n qué forma? iBa jo qué condiciones de organización inter- na, mínimo de beneficios y requisitos de admisión de los socios? La mutualidad y los intereses nacionales. , E n qué forma puede estin~ularse la inutualidad en el sentido más concordante con dichos intereses, defi- ciencias, prosperidad, armonía y solidaridad dentro del mutualismo? Obras realizadas por las mutualida- des en la República Argeilti!~a. Los que la hayan es- tudiado seriamente, quedan invitados a darla a cono- cer en conjunto; igualmente los que conozcan y creaii digna de divulgación In obra de determinada inutuali- dad o las de una localidad o especie dada. Federación de mutualidades. Las menciones son tan claras que fuera redundancia explicarlas, excepto, tal vez, la últi- m a : federación nacional y federaciones de reaseguro. 4 Sobre qué bases podría constituirse una lfederación nacional? ¿Qué ventajas reportaría? Estudios con ele- mentos positivos de criterio. E l reaseguro es la aso- ciación de entidades, sea para asegurarse recíproca- mente contra riesgos de cierta importancia - por ejem- plo, las pensiones de crónicos, - constituyendo para afrontarlas una caja común por medio de contribucio- nes proporcionadas, sea para administrar en común un servicio dado, - por ejemplo, médico, farmacéu- tico, de sanatorio, - por medio de una caja común para tal fin. Ida mención se propone estimular el es- tudio de esta cuestión tan interesante. El seguro so- cial. E s la etapa superior de la mutualidad; a grandes rasgos, la organización de todos los trabajadores de la Nación en una gran federac ih mutualista adminis-

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trada por ellos mismos con la cooperación y bajo el contralor del Estaldo. Su fin son los seguros que inteii- tan practicar las mutualidades y no consiguen a menu- do realizar por falta de recursos, el seguro contra acci- dentes del trabajo, las pensiones de ancianidad, de viudas y huérfanos. 1 3 seguro social subsana la insu- ficiencia de recursos de los trabajadores mediante una contribución obligatoria de los patrones y del Estado. Tal como está organizado en los países que lo tienen, 2s en principio una gran caja tiacional de seguro, a la cual quedan incorporaclxs las miitualidades como otros tantos órganos locales, sin l , t riuicio de la autonomía El seguro soclil existe en la actuaiidad más o menos desarrollado scbre esas bases, en todos los países euro- peos, excepto .Portugal, España, Italia, Greci? y Bul- garia; en España e Italia está en estudio desde hace tiempo y sus p-incipales sociólogos lo han reclamado. E n Estados Lnidos, el gran Estado de California lo ha sancionado ya en priiicipio en forma amplia, y un congreso realiiado a fines de 1916 lo ha declarado una necesidad nacional; pudiéndose asegurar que, de no ser la guerra, ya estaría implantado, pues el presiden- te Wilson lo anunció como uno de los puntos princi- pales en su primer meiisaje presidencial. Concepto del seguro social. E s decir, exposición de sus caracterís- ticas fundamentales, que estará a cargo del o de los relatores que designe la Comisión Organizadora. Las mutualidades y el seguro social. Es to se refiere a las funciones que pueden desempeñar las mutualidades como órganos locales de la institución. Tanto en Ale- mania como en Inglaterra, Austria - Hungría, Rusia, Serbia, Xumania, Suiza, Dinamarca, proyecto Belga, etc., las mutualidades son la base de la organización del seguro social. ¿ E n qué forma podrían hacerlo en la Argentina dada la heterogeneidad de sus orígenes,

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si'ri perjuicio, por una parte, de la autonomía que es su alma, y por otra, de la armonía indispensable? 2 Bajo qué condiciones podrían ser incorporadas las existentes en la adininistración del seguro nacional, y a los beneficios 'del subsidio de los patrones y del Es- tado? Objetivos. E n teoría. el seguro social debe cu- brir todas las contingencias a que se ve expuesto el trabajador; debe por lo tanto abarcar los seguros de enfermedad, invali'dez, ancianidad, accidentes del tra- bajo, desocupación y de viudas y huérfanos. g Pero cuá- les de ellos son más practicables y más urgentes? La cuestión debe estudiarse de acuendo con la experien- cia de los países que tienen seguro social y de acuerdo con las mejores o menores dificultailes económicas o administrativas que esos diferentes seguros ofrecen entre nosotros. Los objetivos del seguro social com- prenden su función profiláctica. El tratamiento ade- cuado de todos los enfermos, la construcción de sana- torios de tuberculosos y el empleo de toda.clase de medios de tratamiento preventivo, la colocación en T-i- viendas higiénicas, etc., de las inmensas reservas del seguro; todo ello redunda en mejoramiento general de la salud de la población, sin contar con la vigilan- cia que ejercen las entidades del seguro. La oportuni- dad en la República Argentina. <ES una utopía la im- plantación en la Argentina del seguro social, que abar- caría en principio unos dos millones y medio de per- sonas? Ya hay 350.000 organizados en mutualidades propiamente dichas; unos 50.000 en sociedades gre- miales que practican accesoriamente alguna forma de socorro mutuo; ~oo.ooo en cajas de empresa (es- pecialmente ferroviarias) y más de IOO.OOO en empre- sas de asistencia médica y sociedades de otro género que se proponen también la previ'sión de la enferme- dad. ;Somos capaces de darnos una organización de

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seguro social con esa base, y considerando que han podido dársela países con mayor proporción de anal- fabetos, como Serbia, Rumania y Rusia; y que se pre- paran a adoptarlo pueblos tan coloniales coino el nues- tro, como los Estados Norteanlericanos?" - V - Las sesiones de este primer congreso no

pudieron ser más interesantes. La síntesis de lo trata- do aparece como imecesaria en el presente informe, ya que la discusión entera se encuentra señalada en el :o-

rno de 400 páginas que el Museo Social Argentino 1111- l~l icó en Abril de 1918. E1 anhelo más unánimemente eq re sa< lo por los congresales fui: el de obtener una ley orgánica J e la mutiialidad bajo las siguientes bases :

"Definir las mutualidades que deben ajustarse a los siguientes caracteres :

Tener por exclusivo objeto el seguro mutuo de sus socios; Ser gobernadas por la asamblea de los miem- bros que tengan una cierta edad que exceda de un límite mínimo; Reconocer igualdad de derechos para todos los socios que paguen una misma cuota; Que sus cuerpos d i re~t ivos sean renovados pe- riódicamente y constituyan la representación genuina y expresa de la voluntad de la mayo- ría de los socios; Contar con un núiiieru mínimo de socios coti- zantes que fijará la ley.

"Reconocer que toda sociedad de socorros mutuos, formada conforme a la ley, que goza de personería ju- rídica y sus estatutos deben necesariamente determi- nar :

a) E1 domicilio social que no podrá constituirse fuera del territorio argentino;

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Las condiciones y modo de admisión y exclu- sión de los miembros; Composición del Directorio, modo de elección de las autoridades, duración de los poderes, condiciones del voto de la Asamblea general; Obligaciones y derechos de colocar y de reti- rar los fondos ; Monto y empleo de las cotizaciones y los mo- dos de colocar y de retirar los fondos; Condiciones de la d i so luc ió~~ y bases de la li- quidación de la sociedad; O~ganización de los seguros y de las pensio- nes, fijación de su proporcionalidad y del mo- mento en que se empezará a gozar de ellos.

"Crear la DirecciGn General de la Mutualidad, en la que deben estar representadas las sociedades de SO- corros mutuos, encargada de fomentar su desarrollo, fiscalizar su buen funcionamiento y velar por la fiel aplicación de la ley.

"Establecer que las sociedades de socorros mutuos deben fundarse y ser reconocidas después de un minu- cioso estudio previo. hecho por el órgano competente de la DirecciAn de la Mutualidad, del que resulte com- probado que la asociación cuenta con los medios nece- sarios para cumplir en toda su extensión los servicios que se propone realizar.

"Eximir de todo impuesto a las sociedades de soco- rros mutuos, a sus bienes y a sus actos.

"Declarar que los socorros mutuos, pensiones. se- guros, y en general toda suma o crédito de los miem- bros participantes contra las sociedades de socorros mutuos, son intransferil~les, salvo por sucesión a cau- .;a de muerte, e inemhargables hasta la concurrencia de 600 pesos anuales para las rentas y 3000 pesos pa- ra los capitales asegurados.

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"Reconocer que las sociedades de socorros mutuos podrán, conseriaiido cada una su autonomía, consti- tuir uniones locales o una federación nacional para realizar los siguientes propósitos :

ilontinuación de los beneficios sociales a los miembros particip,antes que cambien de resi- dencia ; Organización de servicios especiales o supe- riores de mutualidad, comunes a varias socie- dades ; Servicios para caso de enfermedad, seguros para largas dolencias. cuidados para la invali- dez, sanatorios y farm8acias; Servicio de pensiones y seguros personales ; Mutualidad maternal, escolar, colonias de va- caciones, agencias gratuitas de colocaciones, cursos, bibliotecas y otros servicios semejantes.

"Estal~lecer que las sociedades de socorros mutuos constituídas conforme a la ley, g;zarán del derecho a las subvenciones enunciadas en la base IX, siempre que satisfagan el siguiente mínimum de servicios y condiciones técnicas :

Asistencia médico - farmacéutica adecuada en caso de cualesq~tier enfermedad, durante uil tiempo no menor de seis meses por cada doce contribuciones consec~ttivas ; Asistencia médico - farmacéutica en caso dc parto ; Subsidio de un peso moneda nacional por día en caso de incapacidad profesional, pagadero semanaln~eiite desde el cuarto día de eiiferme- dad, y hasta durante un tiempo total no menor de seis meses por cada doce de contribución;

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Subsidio de un peso diario a las parturientas. pagadero semanalmente desde cuatro semanas antes del parto y durante un tiempo total no menor de ocho semanas; Subsidio de cien pesos moneda nacional en ca- so de defunción, pagadero a la viuda o hijos menores, o provisión del entierro y subsidio de cincuenta pesos ; Las cuotas ordinarias percibidas se destinarán íntegramente a costear los servicios correspon- dientes salvo un diez por ciento que podrá dc- ducirse para gastos de administración, propa- ganda y local ; Cualesquiera otros seguros o servicios que st. instituyan, deberán serlo en carácter de "servi- cios extraordinarios" de subscripción volunta- ria, y se llevará contabilidad separada para ca- da uno de ellos ; Que el promedio anual de socios activos par- ticipantes sea, a los dos años de percibir la subvención de 3000 en la Capital Federal, 500 en las ciudades de cien mil habitantes y 200

en las ciudades de menor población. Al entrar en vigencia la ley, el promedio anual mínimum podrá ser de la mitad.

"La subvención a las soci'edades reconocidas con derecho a ella será de "cincuenta centavos por cada cuota mensual de socio varón activo o participante", percibida en el año inmediato anterior, y de "setenta centavos" por los socios activos del sexo femenino, sin exceder en total el "treinta por ciento" de los gastos ocasionados en el afío por los servicios extraordinarios.

"Se instituyerán como servicio extraordinario el seguro de pensiones de i n ~ d i d e z o de ancianidad. o

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de viudez y orfandad, en buenas condiciones técnicas y sobre la base de un suficiente número de contribu- yentes, percibirán una subvención anual equivalente al "veinte por ciento de las sumas depositadas anual- mente" para el fondo de reserva.

"Que los recursos destinados a las subvenciones y la mutualidad tengan un carácter estable, para lo cual dehrrán afectarse determinados in~puestos o realizar- se especiales operaciones financieras.

"Establecer penas y sanciones especiales y severas contra las mutualidades y los directores de ellas que desvirtúen el verdadero carácter del socorro mutuo y defrauden o perjudiquen a sus socios.

"Reglamentar las empresas de asistencia médica, de manera que no puedan simular mutualidad.

"1,as cajas de empresa deberán constituirse como mutualidades, y reconocerár, a sus socios el derecho de permanecer en la caja aun cuando dejen de ser em- pleados de la empresa, y el derecho de transferencia de su reserva a la mutualidad en que se inscriban".

-- VI - A pesar del desarrollo adquirido por nuestro mutualismo, demostrado en forma elocuente en las cifras que quedan transcriptas, carece el país de una legislación al respecto. Conviene recordar, sin embargo, que han existidn iniciativas en el sentido de obtener tan necesaria legislación. E n 17 de Septiem- bre de 1913, el Poder Ejecutivo envió a la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de "ley orgánica de las sociedades de socorros mutuos", basado en el prin- cipio de que "las medidas gubernativas en pro de la asistencia y de la previsión social deben ser realizadas con el concurso de los interesados". Este mismo pri'n- cipio aparecía repetido en diversas partes del inensaje, desde que se insistía en que "la colaboración de los trabajadores en las obras iniciadas para mejorar o*.

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situación, presenta una ventaja indiscutible sobre loi sistemas providenciales, inspirados sea en la caridad, sea en doctrinas derivadas de la omnipotencia del E s tado". El proyecto remitido por el Poder Ejecutivo er, 1913, presenta analogías visibles con la ley frailcess. de 1896. En el n~ i smo mensaje se explica la idea gene- ral que lo anima, en los párrafos que a continuación se tranccriben: "La idea fundamental del proyecto es la de establecer una base fija a la institución mutua- lista, estiniularla y definir claramente el socorro mu- tuo, para que no se confunda con empresas de especu- lación disfrazadas so capa de asociaciones. El concel\to fundainental de la mutualidad reposa en la igualdad de las cargas y de las ventajas, aseguradas por el esta- tuto, y excluye el régimen de acciones que crea una situación privilegiada a los poseedores de estos titu- los. Partiendo de este principio, ninguna asociación podrá denominarse de socorro mutuo, sino sobre la base de igualdad de prestaciones y de beneficios. E l proyecto reconoce dos categorías de sociedades: las libres, que a condición de conformarse con las dispo- siciones legales pertinentes gestionarán sus fondos sin participación oficial, y las subvencio~ladas que estarán sometidas a la intervención financiera del gobierno y g o ~ a r á n de una protección que asegurará su deseuvol- vimiento. Las condiciones que el proyecto exige para que un grupo de hombres se acoja al sistema lcgal del mutuo socorro- -sul~vencionado, tal como se lo define, son: recursos correlativos a las obligaciones que la so- ciedad contrae y la colocación controlada de sus fon- dos. No sería eficaz la sancicin de una ley como la que el Poder Ejecutivo propone a V. H., si ella no acorcia- ra a las asociaciones subsidios proporciouales al esfuer- zo individual de los asociados. Tal medio de fomento existe en todas las legislaciones especiales sobre la má-

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teria. Gastos públicos de esta naturaleza no deben reputarse sacrificios del Estado, sino satisfacción iil- dispensable de necesidades sociales. Son justificadzs las erogaciones tendientes a proveer a la masa trabz- jadora del auxilio a que tiene derecho su labor ios~ existencia, para que su acción en la economía geneid se desarrolle segura, digna y libre".

E l proyecto del doctor Angel M. Giménez, preseii- tado el 30 de Septiembre de 1914 a la Cámara de Dipu- tados, se inspira en propósitos definidos sintétican!e~?- te por el autor en la siguiente forma: "Mi propósitc fundamental ha sido no favorccer con subsidios o dá- divas del Estado, para estimular el mutualismo, S ~ O

llevarlas a las sociedades, dada la forma actual de su organización, la palabra de orden, de disciplina y dis- creción, que respetando su libertad de acción, las ~ r i e q - te y regule en su funcionamiei~to y desarrollo, piepa- rando de este modo el terreno a la gran ley nacional de seguros sociales qu tarde o temprano tendrá que convertirse en una hermosa realidad". Este extenso proyecto ( 52 artículos), provee la mayor parte de las condiciones de vida de una sociedad mutual y ensaya por ecuación cuando establece (art. ~ g ) , "que la cuo- ta de los socios deberá ser destinada en un mínimo de un 80 % para llenar los servicios que la sociedad ofrez- ca ; un 5 % al fondo de reserva y un 15 % a gastos de administración". E l informe adjunto demuestra que, en general, y para las sociedades examinadas, esta si- tuación financiera no se realiza en absoluto, aun cuav do quizás, levantando el nivel de las cuotas cuya prc- dominante es de $ 1.50, pudiese llegarse a un resultado aproximado. E n la ac t~~al idad , lo invertido en el soco- rro mutuo no sólo no consume el 80 % de las cuotas. sino que apenas excede del 60 % del total de los ingre- sos, en el que las cuotas sociales no representan sino el 70 % de los ingresos de las sociedades.

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- VI1 - La importancia de los datos de que es- taba en posesión este Departamento en virtud de inb- pecciones e investigaciones sucesivas, Ie movió a ini- ciar una gestión ante el Poder Ejecutivo como medida previsora y de suplencia ante la falta de una ley orgá- nica de las mutualidades argentinas. Fué as!? que en 1918, la presidencia del mismo elevó al ministerio del Interior la nota que se transcribe:

"Según la disposición del artículo S del decreto re- glamentario de la ley orgánica de este Departamento, por la oficina de Estadística del mismo se deben com- pilar, sintetizar y anotar todos los antecedentes rela- tivos a las sociedades mutualistas. Hasta la fecha no ha podido llenarse en debida forma tal exigencia, por- que sin una inspección inmediata y directa de los em- pleados de esta oficina en las distintas sociedades de socorros mutuos es imposible obtener los datos res- pectivos.

"La inspección, con tales fines, no puedeeverificar- se por la oficina que en el Ministerio de Justicia se ocu- pa de las sociedades anónimas y demás asociaciones anónimas con personería jurídica, pues el propósito que ella persigue sólo se relaciona con la responsabilidad comercial que afecta a las primeras y al mantenimien- to, prima facie, dentro de los fines de su creación, en orden a las otras. E l funcionamiento de las sociedades de socorros mutuos, o sea su vida en lo referente a los estatutos, a los derechos de los socios, a la forma en que se invierten las cuotas mensuales, a la eficacia de su acción, queda extraño a la función de la Inspección de Justicia.

"El hecho sólo de estar formadas estas sociedades en su mayoría por elementos de la clase trabajadora, ya indica la necesidad de una inspección especial y has- ta de una dirección que concurran a darles la organi-

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zación adecuada e indicarles la manera de alcanzar me- jor sus fines y de ampliar su acción mediante la fede- ración de las mismas. Así lo comprendió el mismo Mi- nisterio de Justicia en el proyecto de ley orgánica sobre las sociedades de socorros n~u tuos remitido al H. Congreso en año 19x3; proyecto en el que ya se disponía la creación de un consejo superior de socie- dades de socorros mutuos y de una inspección general para las mismas.

"La in~portancia y necesidad de la intervención de este Departamento, a los efectos enunciados, se evi- dencian ante la circuustancia de que en esta capital existen, según los datos del último censo, 214 socieda- eds de socorros mutuos, con 255.534 afiliados, casi to- das con personería jurídica. Respecto de la organiza- ción y funcionaminto de estas sociedades y del irioclz~ comu realizan los propósitos de su institución, no exis- te11 antecedentes completos en niuguua oficiiia iincio- nal, y cabe suponer, por las consultas hechas por este Departamento, que ni los mismos socios están mejor informados en cuanto al manejo e inversión de los fon- dos acun~ulados. Tan dignas iniciativas del elemento obrero deben merecer el más decidido concurso de los poderes públicos para aumentar su eficacia, extender sus resultados e impedir que se defrauden sus sacri- ficios.

"La inspección que este Departamento se propone practicar lo 11ahilitar5 para los fines siguientes:

rO. Para ser órgano asesor del Gobierno en todo lo que se refiera a mutualisnlo;

2O. Para preparar, a la brevedad posible, un pro- yecto de ley orgánica sobre asociaciones ,de so- corros n~u tuos :

3". Para realizar una activa propaganda a objeto

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de alcanzar la formación de sociedades de mu- tualisrno en todo el territorio del país;

Para levantar y llevar una estadística uniforme del movimiento de la mutualidad en la Repú- blica Argentina, a base de un registro de socie- dades de socorros mutuos;

Para formular estatutos modelos de sociedades de socorros mutuos y propender a que sean aceptados, como también a la uniformidad de balances ; Para informar al P. E . en todo pedido de re- conocimiento de personería jurídica. retiro de la misma o subvención, relacionado con socie- dades de socorros mutuos; Para servir de órgano de vinculación e infor- mación a las sociedades n~utualistas, evacuan- do sus consultas, dando bases étnicas a la re- lación entre las cuotas sociales y los objetivos perseguidos ; y estimulando la formación de federaciones o uniones con el propósito de ob- tener la mayor suma de beneficios sociales, con la menor erogación; Para verificar la forma en que las asociaciones de socorros mutuos cumplen las disposiciones de los estatutos. atendiendo las quejas de los asociados y anotando las infracciones corres- pondientes.

"Casi en todos los países de Europa, el mutualismo ha sido objeto de leyes previsoras y liberales, en que se determina su mejor organización, y se le acuerdan ventajas para favorecer su desarrollo y asegurar la con- secución de sus múltiples anhelos. Entre nosotros no puede tampoco quedar extraño a la acción de asisten- cia y previsión social que incumbe al Gobierno res-

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pecto de la clase trabajadora; y mientras venga la ley respectiva, entiendo que este Departamento es el más indicado para ejercitar las atribuciones anteriormente expresadas. Sin esta medida careceremos de los ele- mentos necesarios para sancionar una ley que abarque en todos sus aspectos el problema mutualista.

"En tal virtud, me permito solicitar de V. E. se digne, si encuentra aceptable la idea propuesta, resol- ver lo conducente para que la inspección y vigilancia de las asociaciones de socorros mutuos, con persone- ría jurídica, quede a cargo de este Departamento".

I,a nota fué pasada al Procurador del Tesoro, quien (28 de Octubre), se expidió en lo9 siguientes términos:

"El presente decreto en la forma que se propone, afecta la jurisdicción de los ministerios que ha sido establecido por ley, pues corresponde al Ministerio de Justicia de acuerdo con el art. 1 1 , inc. 8 de la ley 3727 relativo a la personería jurídica.

Ese decreto, pues, no se puede dictar en la forma absoluta que se propone, pero podría conciliarse el in- conveniente señalado, conviniendo el Departameiito con la Inspección General de Sociedades Anónimas, una forma de colaboración que diera idénticos resul- tados.

De todos modos, este asunto debe consultarlo V. E . con el señor Mi'nistro de Justicia e Instrucción Públi- ca, desde que como he dicho, involucra una cuestibii que es de la competencia de ese Ministerio".

La iniciativa del Departamento Nacional del Tra- bajo no prosperó. E n un extenso informe (19 de Di- ciembre de 1918), la Inspección General de Justicia se opuso a ella, entendiendo que la proposición de crear una inspección y registro de sociedades de socorros mutlos, significaba invadir sus propias facultades. - VI11 - El estudio que sigue respecto de la si-

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tuación de hecho de nuestras mutualidades es intere- sante desde varios puntos de vista. Sorprende desde luego, que como consecuencia del alto grado a que en su desarrollo económico han llegado, la unión o fede- ración de sociedades no sea un hecho en la República Argentina. Bajo este aspecto, el mutualismo argentino constituye una excepción; y no sería difícil que la au- sencia de la ley orgánica sobre mutualidades, a la que se ha hecho referencias en párrafos anteriores, consti tuya una de las causas, acaso la principal, para que se mantenga el aislamiento económico de sociedades que tienden a un propósito común y lo realizan en forma más o menos semejante. Para que la federación sea un hecho es menester que cada una de las partes que lia de integrarla sea una persona legal, a objeto de que pueda reclamar eficazmente sus derechos dentro de la unión y a fin de que, llegado el momento. la unión pueda exigirle el cumplimiento de las obligaciones con- traídas. La federación no es sino una unión hecha en base de la más absoluta confianza, y no es difícil com- prender que esa confianza en el derecho falta cuando la ley no existe. Desde ese punto de vista, la ley fran- cesa de 1898 es previsora y constituye un modelo apre- ciable para nuestras mutualidades.

Las sociedades argentinas de socorros mutuos com- prenden perfectamente los beneficios, sobre todo eco- njmicos, que las federaciones de organismso afines habrían de procurarles. Una de nuestras sociedades más serias - la "Asociación Obrera de Socoros Mii- tuos", - ha expuesto en los siguientes términos con- cretns y convicentes sus puntos de mira' sobre la fede- ración :

"La coordinación del seguro cooperativo contra la enfermedad, que es el servicio que prestan las socie- dades de socorros mutuos, creemos que es de urgente

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necesidad resolver en nuestro país, puesto que puede traer muy benéficos resultados para la mutualidad eil

general, constituyendo las federacionse nacionales, re- gionales, y, sobre todo, locales.

Las federaci'ones locales de las sociedades de soco- rros mutuos, tendrán por fin agrupar a todas las socie- dades de una misma población, para coordinar sus esfuerzos con el propósito de que con el menor gasto probable, 10s recursso de las mismas rindan el mayor provecho posible para sus asociados.

Se podrá entonces organizar el servicio médico y farmacéutico en común; en lugar de la actual disper- sión y derroche de energías puede implantarse estos beneficios con más método y aprovechamiento.

Tenemos, por ejemplo, la organización mutualista en Buenos Aires; habrá más o menos IOO sociedades coi? alrededor de rso.ooo asociados, casi todas ellas con personal médico distinto, pero con zonas de servi- cio poco más o menos idénticas, con sus correspondien- tes inconvenientes de tener que.recorrer los socius largas distancias para requerir los servicios, como asi- mismo para efectuar el tratamiento domiciliario de los enfermos y su consiguiente encarecimiento. Si se traslada estos servicios a una sola entidad, que en este caso sería la federación local de sociedades de socorros mutuos, casi todos estos inconvenientes podrían des- aparecer, las zonas de servicio se harían'más chicas, el personal médico podría estar más seleccionado, par- te del mismo suprimido por innecesario, y el restante puesto a pago mensual, en vez del pago por visita, ior- ma de pago esta Ultima poco práctica y que en gran parte efectúan actualmente las sociedades, quedando eliminado por consiguiente para la federación local, el meticuloso control de las visitas médicas, que da lugar a desagradables roces entre médicos y sociedades.

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Lo que decimos del servicio médico, en gran parte lo podemos repetir para el servicio farmacéutico; s i las farmacias deben llevar tantas cuentas como so- ciedades sirven y que podrían llegar a cien en el caso de algunas farmacias que atienden a la mayor parte de las sociedades de Buenos Aires, el importe de cada cuenta debe ser forzosamente pequeña y el gasto de control y cobranza desproporcionado, recae natural- mente sobre el precio de los medicamentos que enton- ces los farmacéuticos encarecen.

Teniendo la federación local en sus manos este ser- vicio, naturalmente podrá abaratar este renglón en cuanto suprime mucho gasto de control y de cobran- za, lo cual producirá forzosamente entre los farmacéu- ticos mayor emulación en ofrecer sus servicios con precios menores en los medicamentos.

Pero lo que tiene mayor importancia inmediadta para la federación local, es el establecimiento de con- sultorios médicos y farmacias propias. Conocidos son los inconvenientes que hay para los socios para obte- ner los servicios médicos y farmacéuticos en la forma que actualmente los a c ~ ~ e r d a n la gran mayoría de las sociedades. Debe el socio primeramente recurrir a la sede social para obtener la cédula de asistencia ante el médico, a cuyo consultorio debe concurrir, y una vez efectuada la consulta por el médico, éste le da una receta que debe presentar a la farmacia, donde le harán volver la mayor parte de las veces par,a recoger la me- dicina, y son por consiguiente, cuatro viajes que tiene que hacer el enfermo, con la consiguiente pérdida de tiempo y retardo en la aplicación del tratamiento.

Teniendo siempre en cuenta como ejemplo para su aplicación a la ciudad de Buenos Aires (en donde exis- te la Asociación Española de S. M., que ya tiene con- sultorio médico y farmacia propia, qu le da, según no- ticias que tenemos, óptimos resultados), si la federa-

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ciÓ:l local agrupase los 150.000 asociados de las mu- tualidades existentes, se podría establecer diez consul- torios con farmacias anexas, con ubicación estratégi- camente cómoda para los socios, calculando que cada 15.ooo socios da una base segura para el estableci- miento de estos servicios con todo éxito. .

El consultorio médico organizado en esta forma. puede estar abierto todo el día con n~édicos turnantes, con distintos especialistas y puede asimismo tener ser- vicio nocturno. Esta okganización del servicio médico, al par que tiene todos los beneficios de la reconcentra- ción y comodidad para los médicos, también represen- ta una gran ventaja para los socios, por cuanto adop- tado para éstos el sistema de la libreta para su recono- cimiento, pueden, con un solo viaje, ponerse en trata- miento médico y obtener en el mismo local las medici- nas necesarias, en lugar de los cuatro viajes que la mayor parte de las veces tienen que afectuar actual- mente.

Aparte de las ventajas para las sociedades de soco- rros mutuos de poder tener, por medio de sus propias farmacias medicamentos en los cuales pueden confiar absolutamente, por tener la seguridad de su buena calidad y la cantidad exacta, están las ventajas de or- den material, y para eso vamos a citar dos ejemplos.

Tenemos en Buenos Aires a la Asociación Obrera de S. M., que en el año 1916 gastó $ 19.304.76 para sus 3947 socios; es decir, dividiendo la primera cantidad por la segunda, resulta un gasto de $ 4.89 por so- cio. La Asociación Española en el mismo año gastó $ 86.994.04 para sus 21.373 socios, o sea, dividiendo la primera cantidad por la segunda, $ 4.06 por socio (se- gún datos que hemos tomado de un cuadro estadístico comparativo, referente a cinco sociedades con 68.448 socios, publicado en la Revista de la Mutualidad, de

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Octubre de 1917). E s decir, la segunda economizó 0.83 centavos por socio, diferencia que proviene de que la Asociación Obrera adquiere todos los medicamentos del comercio minorista farn~acéutico, mientras que la Asociación Española, las tres cuartas partes de los me- dicamentos que necesita, los despacha por su propia farmacia, medicamentos que adquiridos directamente del mayorista, resultan más baratos.

Ahora bien, si multiplicamos esos 0.83 centavos por los 15o.ooo socios mutualistas existentes en Bue-

A . nos ,,I,-.. obtenemos un monto de $ 124.500 anuales que se pagan de I I I ~ S , O sea, en 8 años, $ 996.000, es d i :ir, v4 titi millón de pesos que se podrían ahorrar de inmediato y que seguramente tendrían muy prove- chosa inversión en mejorar los beneficios de los socios.

Y a la anterior economía, que es una posibilidad inmediata, hay que agregar todavía que dado el gran consumo de medicamentos, se puede organizar un ad- quisición bajo la base de licitaciones y también toman- do a su cargo la fabricación misma de los medicamen- tos de mayor salida, eliminando por consiguiente cuan- to intermediario sea posible, pues, en gran parte, son éstos los que encarecen las medicinas.

Para la producción propia de las medicinas necesa- rin- y r d las sociedades mutuales, se podría contar con las sociedades de todo el país, y tomando por base un consumo de $ 4 por socio, base bien baja por cierto. obtenemos que los 150.000 asociados de Buenos Aires necesitan un consumo total de $ 600.000 en medicinas, y tomando a todos los asociados del país entero, que suman 350.000, tendríamos $ 1.400.000, lo cual es una excelente base para tomar en nuestras manos la pro- ducción de las medicinas de nuestro propio consumo.

Otro de los objetivos de la federación local, es tener sanatorio u hospital y colonias de convalecientes

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de su propiedad; mucho de lo que hemos dicho con respecto a consultorios y farmacias propios, puede de- cirse también respecto al sanatorio y colonia de con- valecientes propios.

El tener sanatorio u hospital resolvería las dificul- tades que se le presentan a las sociedades mutuales, cuando tienen qu internar algún socio, internación que actualmente no obtienen sino tratando a buen precio con sanatorios particulares u hospitales extranjeros, puesto que con el absurdo criterio del gobierno nacio- nal y municipal, no se admite en los hospitales nacio- nales y municipales a los socios de las sociedades de socorros mutuos en su calidad de tales.

E n cuanto a las colonias de convalecientes, obvia- rán el inconveniente de que cuando un médico receta al enfermo su salida fuera de la ciudad, no quede libra- da la mayor parte de las veces al poco criterio del en- fermo, que elige para punto de residencia en el campo, donde tiene parientes o conocidos, en vez de elegir los que por sus condiciones de salubridad' puedan serles provechosos para su restablecimiento.

Establecidas las colonias de convalecientes, pue- de tenerse la absoluta seguridad de que cada enfermo estará donde más convenga para su salud, y no se repetirán los casos que con deplorable frecuencia se producen, que el enfermo, después de su estadía en el campo, vuelva peor de lo que fué, por haber dejado librado a su inexperiencia la elección del sitio de resi- dencia.

Otros de los objetivos de la federación local, será la publicación de una revista para la propaganda de la mutualidad y para la enseñanza técnica de su admi- nistración.

Actualmente algunas sociedades de socorros mu- tuos publican mensualmente su revista, con algún ma-

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terial de propaganda e instrucción mutua, pero son publicaciones más bien para sus asuntos internos, re- soluciones, comunicaciones, etc., haciendo falta un ór- gano de publicidad que se dedique a la propaganda de la mutualidad en su faz teórica y práctica, y a dilu- cidar los asuntos de carácter práctico en cuanto se re- fiere a la teoría y técnica administrativa y de la con- tabilidad y estadística del seguro de enfermedad y anexos, pul~licando en la misma la estadística compa- rada de las diversas sociedades de socorros mutuos, rSlr«it, (ic 13. cuota o prima con que debe contribuir el socio, etc.

; 'A: , 1n.i bases de la organización de la federacióil local, una vez hecha la adopción de un estatuto y un reglamento de la misma, y para mayor solidez y se- guridad financiera de la misma, se estal~lecerá r;ue la federación local se encargará de la cobranza de la4 cuotas de los socios de las diversas sociedades de so- corros mutuos adheridas, y que una vez deducido el in1por:e de' lo gastado por el servicio médico, farma- céuticu, hospitalario y colonia de convalecientes, y a niás la comisióii por cobranza, entregará el resto a las respectivas sociedades.

El servicio de la cobranza de las cuotas de los so- :,,, La de los servicios que conviene hacer en común,

pues en la forma actual como se hace, resulta incon- veniente y caro, puesto que todas las sociedades tie- nen que mandar sus distintos recaudadores en un mis- mo radio y forzosamente éstos tienen que recorrer grandes distancias para efectuar la cobranza de un socio a otro, con la consiguiente elevación de la comi- sión de cobranza.

Estando este servicio concentrado, con menos per- sonal y con menos trabajo, la recaudación se hará m6s rápida y menos costosa. lo cual podemos ver ya clr

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nuestra práctica actual y para lo cual citaremos otra vez a la Asociación Obrera de S. M. y a la Asociación Española de S. M., ambas de Buenos Aires y que tie- nen sus socios esparcidos por toda la ciudad, la prime- ra con 3947 socios gasta actualmente $ 1.05 por comi- sión de cobranza, la segunda con 21.373 socios gasta actualmente sólo 91 centavos por socio por el mismo concepto, con una economía de 14 centavos por socio.

Así es que si multiplicamos esa diferencia de 14 centavos por los 15o.ooo asociados que se calculan existentes en Buenos Aires, obtenemos una diferen- cia que se puede economizar, de $ 21.000, economía que puede ser mayor, puesto que la Asociación Frates- nidad de Montevideo, con 30.100 socios, el servicio de recaudación de las cuotas le cuesta sólo 82 centavos papel argentino, por año y por socio, dando una dife- rencia de 23 centavos con la Asociación Obrera de Socorros Mutuos, diferencia que arrojaría una econo- mía de $ 24.500 anuales.

Expuestos así suscintamente los principales moti- vos para la constitución de las federaciones locales, en especial la de Buenos Aires, falta sólo que a la termi- nación de este Congreso, y entre los delegados de las sociedades de la capital federal, se efectúe el nombra- miento de una comisión que realice todos los trabajos pertinentes para dejar constituído el organismo que proponemos.

En conclusión: proponemos la constitución de las federaciones locales de las sociedades de socorros mu- tuos, cuyo objeto serán: I . Organización del servicio médico y farmacéutico en común ; 2. Establecimiento de consultorios médicos y farmacias propias; 3. Esta- blecimiento de sanatorios u hospitales; 4. Colonias de convalecientes de propiedad de las federaciones; 5. Publicación de una revista para la propaganda y difu-

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sión de la técnica del seguro contra la enfermedad; 6. Recaudación de las cuotas de los socios de las so- ciedades, reteniéndose las federaciones el importe de los gastos por servicios que efectúa y entregando el resto a las sociedades". - IX - Está fuera de duda que los principios

de la mutualidad, en la hora presente, tienen una am- plia difusión en el país, y que las mutualidades argenti- nas se hallan preparadas para iniciar una época de vida 1i1is seria. L a publicidad a este respecto es digna de ser menciunada. A1 libro del Dr. C. del Castillo han -!.g«irlr, \-arios otros. E l Museo Social Argentino con- tribuyó a la difusión de ideas de mutualidad por medio de las conferencias del profesor Mabilleau, apellidado "padre del mutualismo francés". L a obra que con el título de "Seguro Nacional" ha editado el Dr. Augusto Bunge, es, como lo dice su autor, "un estudio general y proyecto de código presentado a la H. Cámara de Diputados en Septiembre de 1917". Dos estudios muy interesantes han sido últimamente preparados en el país, de gran utilidad, sin duda, para el desarrollo

-sobre bases técnicas de las sociedades de socorros mu- tuos. E s uno de ellos ( r g ~ g ) , el del Dr. Argentino V. + . r r ! , d . Bajo el título de "Costo de los Seguros So-

ciales", ha presentado una "contribución a la organi- zación de la n~utualidad", ensayando la determinación del costo técnico de los beneficios que constituyen el programa de las sociedades de socorros mutuos. E1 segundo trabajo es del Dr. José González Galé y lle- va por título "El seguro en caso de enfermedad" (1914). E s un estudio que tiende, comio lo expresa su autor, a la divulgación de cálculos conocidos, en aten- ción a que "entre nosotros no hay todavía un núcleo numeroso de especialistas y al proyectarse leyes rela- tivas al seguro social no se han contemplado de un mo-

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do sisten~ático los principios de matemática actuarial y de estadística matemática a que han de responder para no estar fatalmente condenadas al fracaso". Ha- brá que agregar todavía, que se edita en Buenos Aires, entre otras publicaciones preferente o exclusivamente dedicadas al mutualismo, la "Revista de la Mutuali- dad", que ha llegado a su XXI años de existencia. Esta revista es órgano de la Asociación Obrera de So- corros Mutuos y varias son las sociedades de esta í11- dole que editan pul~licaciones parecidas. E n el Semi- nario de la I.'acultad de Ciencias Econón~icas (1917)~ se llevó a cabo una investigación sobre mutualismo. Podría cerrarse esta reseña incompleta del movimien- to de ideas que viene acompañando al desarrollo de l a mutualidad en la Argentina, mencionando el título de los trabajos presentados al Congreso de la Mutua- lidad ( I ~ I S ) , celebrado en esta Capital Federal. Son los que siguen:

Desarrollo del mutualismo en el ,Rosario.

Por Clemente Alvárez. El Congreso de la Mutualidad resuelve manifestar el

profundo agrado con que vería la prácticz del mu- tualismo cri las escuelas y colegios del país (Pro- posición).

Por Rolando Riviere. Obra desarrollada por la "Sociedad Tipográfica Bo-

naerense" desde su fundación. Mutualismo: a) La escuela y el Mutualismo; b) El

hogar y el Mutualismo: c ) Propaganda necesaria para hacer penetrar las ideas sobre mutualismo en la masa popular.

Exensión de impuestos nacbnales y m~micipales a las mutualidades. Derecho de actuar en papel simple ante las autoridades judiciales y administrativas.

Seguridad e higiene en los talleres gráficos. Profilaxis antialcoholista.

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Por Arturo D. Giuffra. Seguro a la vejez.

Por Enrique Alegría. Proyecto de Seguor Nacional. La profilaxis y el Seguro Social. Mutualidades genuinas y falsas.

Por Augusto Bunge. Federación de sociedades de socorros mutuos.

Por Máximo Schulze y Eduardo Porrini. Veresidad de federar las asociaciones mutualistas pa-

ra la lucha contra la tuberculosis.

Por Emilio R. Coni. La mutualidad y la mortlidad i'nfantil.

Por Pedro B. Franco. Exoneración a las sociedades mutualistas de todo im-

puesto, tanto nacional como provincial, y que todo trámite con los poderes públicos se haga en papel simple, sin reposición alguna &e sellado.

Pcr Carlos M. Carrére. IIigiene, trabajo y beneficencia.

Por Antonio Vidal. Mutualidad obligatoria para las personas cuya econo-

mía dependa de un salario, jornal o sueldo.

1 or Juan F . Bonelli. Mutualidad escolar.

Por José Fornés. Caja L2rgentina de Previsión. (Para empleados sul>al-

ternos de la Administración Nacional).

Por Antonio Moris Islas. El ahorro. Legítimo concepto y aplicación d l este

término.

Por Juan B. Giudice. Eliminación de las pretendidas sociedades de socorros

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n~utuos . Federación de las sociedades de socorros mutuos en la Argentina.

Por Constantino Gómez. El Congreso de la Mutualidad recomienda a las socie-

dades adheridas, la adopción de forn~ularios unifor- mes para la estadística de mortalidad y morbilidad.

El Congreso, dentro de las disposiciones de su regla- mento, proveerá lo necesario a fin de que se proyec- ten formularios convenientes para estas estadísticas con un mínimo de requisitos, e instrucciones claras y precisas para su aplicación.

Por José Selva y Argentino Acerboni. Solicitar de las autoridades correspondientes se dic-

ten leyes y se tomen las medidas necesarias, en sen- tido de prohibir el funcionamiento de las tituladas I I empresas para enfermos", que bajo el disfraz de so- ciedades o asociaciones, explotan inicuamente a aque- llos que se dejan sorprender en su buena fe y a costa de la salud pública.

Por Carlos M. Carrére. Seguro escolar. Propagación del mutualismo.

Po r Héctor J. Montegriffo. Régimen de la mutualidad.

Por C. Bastit Saint Martín. Proyecto de ley reglamentando las sociedades de soco-

rros mutous. Las mutualidades en la lucha contra las enfermedades.

venéreas. Por Angel M. Giménez.

Fundación de una mutualidad escolar (Proposició~i) . Por María Jam.

Noviciado. Diferencia de cuotas.

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Una sociedad de socorros mutuos no es una sociedad, es un seguro.

Federación de mutualidades.

Por Héctor de Glymes de Hollebecque. Empresas de socorros para enfermos. Sus fines. Nece-

sidad de una campaña contra las mismas. Honorarios médicos. Necesidad de una reglamentacióti

y sistema de pago. (Sistema Leipzig).

Por Antonio Planas. Cnntralor de las farmacias.

De la Sociedad Argentina de S. M. de Las Flores.

- S - La obra que en el desarrollo de la previ- sión social argentina pueden realizar las sociedades mutualistas es vastísima. Lo que han hecho en el pa- sado y lo que en la actualidad están haciendo, pueden dar una idea aproximada de lo que puede ser la obra del mañana. 'Si en los centros urbanos poblados den- samente desarrollan una acción plausible desde todo punto de vista, en los centros nuevos de los territorios nacionales llevan a cabo una función de suplencia alta- mente educativa. Cuando se tiene en cuenta que sólo un organismo - la Asociación Española de Socorros Mutuos, - reune en su seno a cerca de 15.000 asocia- Al-- ) que otro organismo - la Asociación Obrera de Socorros Mutuos, - tiene entre sus asociados a las mujeres en una proporción del 50 OJo, se conviene sin dificultad en el verdadero interés social que debe exis- tir en porpender al desarrollo de esta clase de insti- tuciones. De la mutualidad a la cooperación, escasa- mente media un paso. Sin embargo, hasta el presente, tales asociaciones no han recibido la legislación a que tan legítimamente tienen derecho. Los proyectos, no han pasado de tales, aun cuando la legislación concu- rrente argentina empieza ya a sentar el principio de

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que, precisamente en el cun1pli11iiento de las leyes de previsión social, es útil y conveniente echar mano de los organismos societarios. Este principio se halla ex- presamente consignado en las recientes leyes de tra- bajo a domicilio (E0. 10.505) y jubilación de ferrovia- rios (N0. 10.650). Escasamente de las sociedades de socorros mutuos se ha ocupado la ordenanza munici- pal de Junio de 1919 sobre enfermedades venéreas, asociándolas a la obra de la profilaxis. Con la legisla- ción provincial, ocurre algo parecido.

Ha olvidado por completo a estas sociedades, con excepción de la Provincia de Entre Ríos que (ley de 1918) las asocia en forma un tanto indirecta a la obra de la enseñanza antialcohólica, Por los vínculos de coesión que representan; por los propósitos que los animan; por las bibliotecas con que generalmente cuentan ; por las publicaciones periódicas que realizan; por el número de asoci'ados que representan y hasta por SU estratégica distribución geográfica, es evidente que las asociaciones de socorros mutuos pueden l l e g ~ r a convertirse en cooperadores de primer orden dentro de las funciones que al Estado toca desarrollar en inri-

teria de previsión social. Pero es evidente también que la disciplina e i'ntensificación de la fuerza que repre- sentan no podrá obtenerse sino a condición de que se sancione la legislación que tan en absoluto les falta. Libradas al azar de sus propias fuerzas corren el gran peligro de no poder en los tiempos malos, llenar debi- damente las funciones que son su objeto. El estado próspero que acusan los capitales de numerosas socie- dades, no debe ser interpretado como una manifesta- ción exclusiva de su financiamiento mutualista. Las donaciones han entrado en ello por mucho, lo mismo que la generosidad de los socios honorarios o protec- tores. Por lo demás, la ley que defina la situación legal

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de esta clase de sociedades es indispensable desde otro punto de vista. Sabido es que al lado de ellas mane- jando cuantiosos intereses, se mueven las llamadas cajas de empresas y las asociaciones de fines puramen- te comercial. Existe un verdadero iiiterés social en evi- tar confusiones entre unos y otros.

H e deseado preceder con las líneas que anteceden al minucioso informe del Inspector Oscaris, con el de- liberado propósito de demostrar que ha llegado el 1110- iiicntcs de que la legislación social argentina sea aumen- tada con una nueva ley: la de sociedades a base de miitiialidad.

Saludo a usted atentametite.

. Buenos Aires, Julio 11 de 1919

Señor Jefe de la División de Inspección Doctor Alejandro M. Unsain.

S/ D. Señor Jefe:

En cun~plimiento a lo ordenado por usted, he pro- cedido 2 efectuar la investigación referente al desarro- llo de las sociedades de socorros mutuos en la Capital Federal, con referencia al año 1918.

A objeto dc poder coordinar los datos con toda precisiLn, he creído conveniente som'eter dicha inves- tigación a un cuestionario del cual doy cuenta niAs adelante; él va precedido de una nota, que dice: "Se- ñor Gerente: Habiéndoseme encomentado efectuar una investigación sobre el desarrollo del mutualismo en la Capital Federal, y de acuerdo a lo dispuesto por la ley Sggg en su artículo 8O., cúmpleme dirigirme a us- ted pidiéndole quiera tener a bien facilitar los datos

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que se solicitan en el formulario adjunto respecto de esa sociedad y con relación al año 1918. Si se le pre- senta alguna dificultad para llenar el formulario ad- junto, ruégole 'quiera así hacérmelo saber, a efecto de concurrir personalmente para suministrarle las expli- caciones pertinentes. Asimismo, le agradeceré el en- vío de un ejemplar de los estatutos en vigencia. Salu- do a usted atte".

H e aquí las preguntas que contiene el cuestionario citado :

... . . . . i : Nombre de la sociedad.. 2 : Ubicación.. 3 : Fecha de su fundación.. . . . . . . Edad de ingreso: varones. . . . . . mujeres. . . . . . niños. .... 5 : Cuota

. . . . . . . . . . . de ingreso: varones $ mujeres $ niños $ . . . . . . . . 6: Cuota mensual : varones $ mujeres $ ni-

. . . ños $ . . . . 7 : Monto del subsidio $ . . . . Duración.. . . . . 8 : Número de socios: varones.. . . . . . mujeres..

niños . . . . . . 9 : Total de entradas : a) Por cuota de ingreso y mensual $ . . . . b) Por donaciones, benefi-

. . . . cios y arriendo del local $ c) Por alquiler de pro- . . . . piedades $ . . . . d) Por otros conceptos $ 10: To-

tal de las salidas: a) Por asistencia médica y farma- céutica $ . . . . b) Por subsidios $ . . . . c) Por gastos de entierro $ . . . . d) Por gastos generales y de admi-

. . . . nistración $ . . . . e) Por otros conceptos $ 11 : Monto del capital social: a) en inmiuebles y muebles $ . . . . b) en dinero efectivo $ . . . . 12: Número de en- fermos asistidos. . . . . . . 13 : Nacionalidad prevalente de los asociados. . . . . . 14: 2Tiene personería jurídica? . . . . . 15: ¿Tiene pacto de reciprocidad con otras aso- ciaciones?. . . . . . 16: ¿Es tá adherida al Consejo de Mu- tualidad ?. . . . . 17 : ¿ Sostiene escuelas. . . . . . 2 Cuántos niños concurren a clase?. . . . . .

La presente información ha sido solicitada a las sociedades de socorros mutuos, vale decir, a las que

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procuran servicios de mutualidad en forma simple. NO se ha tomado, pues, en cuenta a las que son sostenidas por instituciones fabriles o con~erciales, en común con los obreros. No figuran tampoco las cooperativas.

Se dirigieron setenta circulares, de las cuales han contestado cuarenta y cuatro en condiciones de utili- zar sus datos. Otras manifestaron haberse fusionado con sus similares connacionales, como ocurre con al- gunas francesas e italianas.

C.-nsideradas bajo el punto de vista de las que reunen mayor númeróde asociados, se destaca en pri- mt,r lugar, la Asociación de Socorros Mutuos Españo- la de Buenos Ai'res, que tiene 27.024 socios; le sigue luego la Associ'azione Italiana di Mutualitá e Instru- zione, con 7.140, y en tercer término la Asociación Obrera de Socorros Mutuos, con 4.117 asociados.

Beneficios que procuran. - Estas asociaciones pro- curan a sus beneficiados los servicios siguientes:

10. - Asistencia médica y farmacéutica;

2 O . - Internación en hospitales y sanatorios;

3". - Subsidios;

4" - Servicios fúnebres ; panteón ;

j". - Partos ;

6". - Instrucción;

7". - Seguro de vida.

Fundación. - El mutualismo fué iniciado en la Ca- pital Federal en el año 18j6, a estar a los datos sumi- nistrados por estas sociedades. La más moderna, ha sido fundada en el ario 1913. Si se agrupan por dece- nios de su fundación, se obtienen las cifras siguientes:

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De 1856 a 1860 - G " 1861 " 1870 3 " 1871 " 1880 - 8 " 1881 " 1890 - 11

" 1891 " 1900 - 11

" 1901 " 1910 - 3 " 1911 " 1913 - 2

Total . . . . . 34

Limitación de edad de ingreso. - E n dos grupos s e divide la edad de los ingresantes: adultos y niños. Considérase adultos a este efecto, en la mayoría de los casos, a los dc catorce años arriba, tanto para los varo- nes como para las mujeres. I,a edad de los niños es de O a 13 años. Predomirian !as sociedades que exigen como mínimo la de 2 años. La limitación es pues de o a 50 años.

Cuota de ingreso. - E n el 25 % de los casos no se colxa derecho de ingreso. E n los restantes la cuota oscila según la edad del asociado. Así, hay sociedades que la tarifa varía de $ 2.00 a $ 20.00. LOS promedio. para hombres y mujeres son de $ 1.00 a $ 2.00. Los niños pagan de $ 0.50 a 1.25 Esta última cuota es por excepción.

Cuota mensual. - Los hombres pagan una men- sualidad de $ 1.00 a $ 2.00, siendo la más corriente la d e 1.50 Las mujeres ahonan desde 0.50 hasta $ 2.00. El promedio es de $ 1.30. Los niños tienen una cuota igual a las mujeres, es decir, de 0.50 a $ 2.00, pero el promedio es de 0.86 centavos.

Socios. - El número de asociados que reunen las 44 sociedades a que me he referido anteriormente, es de 71.743 De éstos 48.498 son hombres, 15.529 muje- res y 7.716 niños.

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Traducidas estas cifras absolutas en relativas, se obtienen las proporciones siguientes :

67.6 % de hombres 21.5 " " mujeres 10.9 " " niños

Agrupados por la nacionalidad prevalente de sus asociados, la cifra de 71.743, se descompone por sexo y edad, como sigue :

Nacionalidad

Españoles . . . . . . . . . lialiaiius . . . . . . . . . . Plrgentinos . . . . . . . .

. . . . . . Cosmopolitas . . . . . . . . . . Israelitas

Suizos . . . . . . . . . . . . Franceses . . . . . . . . . Austro - Húngaros .

Hombres

17.461 16.121

9.859 3.177

700 679 436

65

Niños

4.553 I .o87

657 S6 j 200

Total

31.454 20.280 11.610

5.577 1 .200

S39 716

67

La relación y el lugar que cada agrupación ocupa con referencia al total, por nacionalidad, se indica así:

43.8 O/o de españoles 28.3 " " italianos 16.2 " " argentinos 7.8 " " cosmopolitas

3 . 9 >, 9 , suizos, israelitas, franceses

y austro - húngaros

Subsidio. - Tres son las formas en que se acuer- dan los subsidios : IO. Cuando el paciente está en cama; 2O. Cuando está en convalecencia, y 3 O . Cuando ha sido declarado crónico. Los subsidios son de $ 1.00 y 0.60 centavos para el primero y segundo caso. Para los cró-

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nicos el subsidio es convencional. La duración es ge- neralmente de un año, seis meses y sin limitacióil, res- pectivamente.

Debo hacer notar que en algunas sociedades se ha suprimido temporariamente el subsidio por razones de economía.

Entradas. - Se obtuvo durante el año 1918 en concepto de entradas, la suma de un millón setecientos treinta y seis mil cuatrocientos doce pesos moneda na- cional, cuya distribución por rubro, se establece en el orden siguiente :

Total de entradas en $ mln. C O N C E P T O

. . . . . . . . . . . . . . . . . . Por cuota mensual $ 1.203.374 Por donaciones. beneficios y arriendo

de local . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ' 241 .693 Por alquiler de propiedades . . . . . . . . . 179.151 Por otras entradas . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 112.194

Total . . . . . . . . . . . $ 1.736.412

A continuacióii se indican los porcentajes que acu- san las cifras prece~dentes. Son estos :

69.3 7; Por cuotas de ingreso y mensual 13.9 " " donaciories, beneficios, etc. 10.3 >, ,, alquileres

6 . 5 " " otros conceptos

v,; lCT, ----..A- +-- x , \ k , u \ ' L L J , y , ~ : i : f i ' i ~ ~ ~ ~ ? , y lL= ~ t ; i f ~ ~ d ? _ ~ ~ l n q i J . -

nes, consideradas tales, cuota mensual y de ingreso, donaciones, beneficios y arriendo de local social, for- man el 83 % del total. El 17 O/c restante, corresponden a alquileres de propiedades, créditos obtenidos, etc., etc.

Salidas. - La inversión de los gastos, en el mismo período, acusa un total de un millón trecientos cin-

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cuenta y cuairo mil novecientos veinticinco pesos mo- neda nacional. Esta cifra se descompone, según concep- to de inversion, así:

Por asistencia médica y farmacéutica . $ 621.324 " s«hsidios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 164.008 " entierros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " 34.821 " administración . . . . . . . . . . . . . . . . . . "

332.449 . . . . . . . . . . . . . . . . . . " otros conceptos " 192.223

Total . . . . . . . . . . . . $ 1.351.925

Los porcentajes para cada uno de estos rubros, son:

45.8 a/o Por asistencia en general 12. I " " subsidios 2.6 " " entierros

25.3 " " administración 14.2 " " otros conceptos

Como se ve, la inversión de los gastos ocasionido~ por el socorro mutuo, representa el 40.5 a/o de los gas- tos en general. Quiere decir, que el excedente de 39.5 Ojo se ha empleado en el pago de gastos de adrniniq- tración y otros, estando con~prendidos en esta úl t in~a designación, lo abonado por amortizaciones hipoteca- &ida, intereses bancarios, etc.

Utilidad. - Comparadas las entradas con las sali- das, se observa un saldo a favor de la entrada de pe- sos 381.487. Vlale decir, que el 21 % 'de las entradas pasaron a engrosar el fondo de reserva de las socieda- des respectivas.

Capital social. - Se calcula el capital social, com- prendiendo edificios, panteones, muebles, útiles y el dinero depositado en las instituciones bancarias o en sus cajas respectivas, en $ 7.201.484 m/n., de los cualcs

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corresponde a inmuehles y muebles $ 6.559.694 mln. y a dinero efectivo $ 341.792.

Debo advertir 'que este capital está afectado por créditos hipotecarios; pues, no obstante no haberse pedido este dato en el cuestionario, varias sociedades han declarado expontáneamente que sus propiedades reconocen gravámenec, indicando algunas de ellas has- ta la cifra de su monto. Pero, como el dato no es gene- ral, no puede co'mputarse. Sin embargo, se puede es- timar en un 30 % el total afectado por hipotecas.

Considerando de interés conocer la proporción de dicho capital con relación a la nacionalidad de sus

asociados, he confeccionac10 el cuadro siguiente:

Nacionalidad Capital Social en da:g: Inmuebles efectivo Total

Italianos . . . . . . . . 16 $ 3.721.770 $ 44.607 $ 3.766.377 Españoles . . . . . . 7 " I . ~ I O . O ~ O " 88.790 " 1.998.880 -Argentinos . . . . . 11 " 936.215 " 83.398 " 1.019.613 Suizos . . . . . . . . . . 2 " IgI .r lo " 49.050 " 240.190 Cosmopolitas . . . 5 " 59.279 " 26.147 " 85.426 Franceses .. . . . . . I " 40.000 " 43.000 " 83.000 Austro Húngaros I " 1.200 " 800 " 2.000 Israelitas . . . . . . . I " - " 6.000 " 6.000

Total . . . . 44 $ 6.859.694 $ 341.792 $ 7.201.486

Ahora bien, la relación en que cada uno de estos grupos se encuentra con el total, es de:

52.3 % para italianos 27.8 " " españoles 14.2 " " argentinos 3.4 " " suizos I .2 " " cosmopolitas 1.1 " " franceses O . I " " israelitas y austro-húngaros

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De lo expuesto se observa que las sociedades ita- lianas y españolas, reunidas, representan el 80 'j% del capital social; ocupando el tercer lugar las argentinas con el 14.2 %. Las demás sólo acusan el 5 O/o en con- junto.

Enfermos asistidos. - Esta pregunta ha sido coa- testada por varias sociedades, en forma deficiente. E n efecto, mientras las menos lo hicieron de acuerdo a lo solicitado, otras anotaron el número de visitas médi- cas efectuadas, así como las cédulas de asistencia ex- pedidas. No siendo, pues, posible efectuar su cómputo y a fin de no incurrir en error, he creído conveniente no tomarla en consideración.

Personería jurídica. - Sobre las 44 sociedades in- vestigadas, 37 funcionan legalmente; es decir, que po- seen personería jurídica.

Pacto de reciprocidad. - E n 21 casos tienen con- traídos entre sus similares connacionales pactos de reciprocidad. 'Consiste este pacto en la admisión de un socio que pasa de una a otra sociedad, por cambio de residencia, para lo cual sólo deben presentar el re- cibo social con la anotación pertinente, y desde ese momento gozan de todos los derechos que le asistían r7: !ú aiiterior.

Consejo de mutualidad. - A esta institución se ha- llan adheridas 18 sociedades de socorros mutuos. Las restantes, no lo están.

Escuelas. - E n 9 sociedades se sostienen escuelss destinadas a los hijos de sus asociados. Siete son de instruccih y dos de míisica. A las primeras concurrie- ron a clase durante el aíío 1918, S66 alumnos, y a las seglindas sólo lo hicieron so. Clasificadas por nlacio- nalidad, son :

Cinco italianas, tres argentinas, y una francesa.

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Datos comparativos. - La investigación realizada en el año 1917, fué limitada. Se obtuvieron datos sólo de 17 sociedades, las que en conjunto reunían 51.181 socios. La actual, comprende a 44 sociedades con 71.743 asociados. La diferencia que acusa la comparación de ambas cifras no puede atribuirse al aumento de socios. Ella responde, a la mayor intensidad dada a esta últi- ma. Igual cosa acontece con los demás renglones. Sin embargo, como dato ilustrativo consignaré los siguien- tes :

Afio 1917 Afío 1918

Sociedades . . . . . . . . . . . . 17 44 Número de socios . . . . . . 51.181 71.143 Entradas (1) . . . . . . . . . . $ I .og7.380 $ I .736.412 Salidas (2) . . . . . . " 958.002 " I .354.925 Capital social ......... " 4.604.767 " 7.201.485

Consideraciones generales. - Hemos visto ya en el párrafo respectivo, que en socorros mutuos se han invertido en el año 1918 el ho % del total de los gas- tos, correspondiendo el 40 % restante a administración y otros. Aquel porcentaje podría ser [aumentado si se obtuviera la federación de todas las sociedades de so- corros mutuos, pues esto traería tomo consecuencia una dismi'nución en el renglón de los demás gastos. Existe un serio inconveniente para la realización de este ideal, y es que la inmensa mayoría de las cocie- dades son extranjeras, y éstas además de las funciones de mutualismo, llenan fines patrióticos; sin embargo, su realización seria de beneficios provechosos, tanto en el orden económico como en cuanto a los socios se refiera.

(1) Ordinaria. Cuotas de ingreso y mensual, beneficios, arriendo de local, etc.

(2) Asistencia, farmacia, servicio fúnebre, subsidios.

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Consecuente con este ideal, la Asociación Obrera de Socorros Mutuos, por intermedio de sus delegados, ha presentado al Congreso de la Mutualidad Argenti- na, una interesantísima nota que se halla publicada en la "Revista de la Mutualidad", cuyo número acom- paño.

Adjunto al presente un registro de sociedades y dos folletos conteniendo los proyectos de ley orgánica de las sociedades de socorros mutuos presentada al Honorable Congreso por el Poder Ejecutivo en 1913 y por el doctor Angel M. Giménez, diputado nacional en esa época.

Antes de terminar, cúmpleme poner en conocimien- to de usted, que la sociedad Centro Gallego, sita en la calle Moreno 1620, no ha suministrado los datos, a pe- sar de haber transcurrido dos meses desde la fecha en que se le solicitaron; esta demora puede traducirse en una negativa, y si así fuera, incurría dicha sociedad en la disposicióii penal prevista en el artículo So. de la ley Sggq. El señor jefe juzgará si corresponde o no su apli- cación.

Saluda al seíí,,r jefe con toda consideración.

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REGISTRO DE LAS SOCIEDADES

D E SOCORROS MUTUOS

(Capital Federal)

Asociación Española de Socorros Mutuos de San José de Flores - Pedernera 145.

La Joven Italiana - Boulogne sur Mer 730. Oliriipo Argentino - Patricios 218. Cosmopolita Filarniónica y de Socorros Mutuos José

Verdi - Almirante Brown 726. Asociación Filantrópica La Argentina - Rodríguez

Peña 361. Asociación Filantrópica Suiza - Rodríguez Peña 254. Cosmopolita de Socorros Mutuos e Instrucción del Ba-

fiado - Avenida Sáenz 956. Cosmopolita de Protección hfutua e Instrucción-Cha-

cabuco 1072. Operai Italiani - Chivilcoy 4508 (Villa Devoto). Nazionale Italiana - Alsina 1456. Israelita Austro - Híingara - Tiictimán 202j.

Nuova XX Settembre 1870 - Bustamante 563. Fraternidad Internacional - California 3160. Unione Italiana del Caballito - Cachimayo 98. Soc. Ital. Maschile e Femenine de S. e di Instr. di Bel-

grano - Moldes 2159. Italia Unita - Cangallo 2335. Asociación Argentina de P. M. Mariano Moreno -

Santiago del Estero 1239. 'I'ipográfica Bonaerense - San Juan 3244. Montepío de Monserrat - Chacabuco 875.

Page 54: DEL - Argentina.gob.ar · DEL TRABAJO N.O 43- DICIEMBRE DE 1919 BUENOS AIRES Ivrnnwra "KRMOS" - Snaairmx~o 2101 ... mo período de tiempo habían tenido una salida total de

Democrática Italiana de S. M. - Cabildo 2356. Asociación Española de Socorros Mutuos de Buenos

Aires - Alsina 1825. Asociación Española de Socorros Mutuos de Belgra-

no - General Paz 1750. Asociación Española de Socorros Mutuos de Barra-

cas - .Río I V I 541. Asociación Española de Socorros Mutuos de la Boca - Almirante Browil 1347.

Asociación Israelita de Beneficencia y Socorros Mu- tuos - Ombú 463.

1,iguri de Mutuo Socorro - Suárez 676. La Universal - Piedras 22.

Humberto 1 - Rondeau 3043. San Crispíii - Paso 44. Colonia Italiana - Paraná 555. Sociedad de Socorros Mutuos - Bartolomé Mitre 1265. Asociación Canarias de S. Mutuos - San Juan 780. Asociación Católica Popular Italiana - Gazcón 1156. Unión de la Boca - Olavarría 636. Cosmopolita de Socorros Mutuos de Liniers - Pie-

res 226. Católica de Socorroi Mutuos de San Juan Evangelis-

t a -- Olavarría 472. 1:ratellanza Artigiana -- Ruiz Díaz 381. Cosmopolita de Socorros Mutuos Buenos Aires - San-

tiago del Estero 124. Minerve - Venezuela 634. Empleados de Correos y Telégrafos - Victoria 296. La Providenza - Yerba1 263.6 Círculo de Obreros Liberales de Maldonado - Nica-

ragua entre Carranza y Bompland. Asociacihn Obrera de Socorros Mutuos - Alberti 241. Associaciones Italiana di Mutualitá - Cangallo 1362.