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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Carátula

Carátula

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Defensoría del Pueblo del Municipio de Morón

Bartolomé Mitre 877, Morón

Provincia de Buenos Aires

CPA: B1708EAO

Línea gratuita: 0800-666-0957

Sitio web: www.defensoriamoron.gob.ar

Correo electrónico: [email protected]

Defensor del Pueblo

Abraham Leonardo Gak

Defensor del Pueblo Adjunto

Dr. Enrique Pochat

Equipo de la Defensoría del Pueblo

Secretario General: Lic. Marcelo Do Couto Ribeiro

Valeria Fernández

Diego Culini

Coordinación área Atención y gestión de demandas: Nora Ciapponi

Lic. Valeria Roldán

Lic. Melisa Alonso

Coordinación área Jurídica: Dra. Andrea Barrio

Coordinación área Comunicación: Lic. Marina Daporta

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CARATULA BLANCA

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Indice

I. Presentación Pág. 5

II. Información de casos abordados Pág. 9

III. Intervenciones destacadas Pág. 23

IV. Actividades de comunicación Pág. 46

V. Ejecución Presupuestaria Pág. 54

VI. Anexo período 2009-2013 Pág. 58

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Caratula PRESENTACION

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Presentación

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 36º de la Ordenanza

Municipal Nº 5932/04, elevo al Honorable Concejo Deliberante el informe anual de

la gestión correspondiente al año 2013.

Esta presentación tiene particular relevancia pues se refiere al año en que

culmina el primer período del Defensor del Pueblo del Municipio de Morón. Por

ello es mi intención ofrecer una evaluación del trabajo realizado en este último año

y, en un capítulo anexo, la experiencia recogida en estos cinco años.

La actividad a la que se refiere este informe señala la consolidación del rol

de la institución de la Defensoría del Pueblo. El trabajo realizado ha contribuido a

poner en evidencia su importancia para la comunidad tanto a título individual

como colectivo. Aunque la normativa que crea la institución señala como función

primera la de defender los intereses y derechos individuales y colectivos de los

vecinos de Morón frente a acciones u omisiones del municipio, un nuevo año de

trabajo nos ha dado cuenta de una constante ampliación de este margen de acción,

por las demandas y necesidades planteadas por los denunciantes.

Tal como señala la información contenida en las siguientes páginas, poco

más del setenta por ciento (74,02%) de nuestras acciones estuvieron dirigidas a

corregir cuestiones derivadas de la gestión local. Los restantes casos abordados

están referidos a temas vinculados con salud, prestaciones médicas y atención en

hospitales; falencias en la prestación de servicios públicos y transporte; conflictos

entre particulares, y a mitigar las dificultades tanto legales como administrativas

que deben afrontar los vecinos en los ámbitos públicos y privados, entre otros

temas.

Es justo y resulta grato reconocer que en todo este período las autoridades

y funcionarios del Municipio han respondido en general con regularidad y en los

plazos reglamentarios a los numerosos pedidos de informes y requerimientos que

el Defensor del Pueblo ha elevado a los distintos estamentos de gobierno. Además,

ha sido una constante el trato deferente recibido, tanto de las autoridades como de

todo el personal municipal.

La participación de los vecinos, quienes plantean situaciones que muchas

veces exceden lo individual y se transforman en problemas colectivos ha servido

para colaborar en la mejora de la atención y el abordaje de demandas sociales

insatisfechas.

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Contamos con un espacio permanente de cooperación con el Defensor del

Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, ya que muchas de las demandas de los

vecinos se refieren a cuestiones de competencia de esa administración. En este

contexto, se han derivado temas a la Defensoría del Pueblo de la Provincia, por su

competencia territorial, y hemos asumido casos presentados ante esa Defensoría,

atinentes al Municipio de Morón o que se debían gestionar en este territorio.

De suma utilidad han sido las reuniones con colegas, tanto en el orden

nacional como en el provincial, ya que hemos podido consensuar opiniones sobre

problemas comunes y también acordar objetivos de acción, en la búsqueda de

soluciones que beneficien al conjunto.

En estas páginas se detallan los casos más destacados. En algunos de ellos

nuestro aporte ha sido significativo. Puedo mencionar nuestra intervención para

generar espacios de diálogo entre el Municipio y los vecinos para la búsqueda de

solución al problema de las inundaciones, que afectan a parte de los barrios Seré,

de Castelar, y San José, de Morón Sur. Además, este documento reseña nuestra

intervención en la exigencia de cumplimiento en tiempo y forma de las

obligaciones derivadas del Programa Federal Incluir Salud (ex PROFE). También

queremos destacar la firma del convenio por parte del Municipio y el Ministerio de

Trabajo de la Provincia, para el cumplimiento de la ley provincial que establece un

piso en la incorporación a su planta de trabajadores a personas con discapacidad,

un tema que hemos planteado desde nuestro primer año de gestión.

Un párrafo especial merece nuestro rol en la comisión formada para

elaborar un nuevo proyecto del Código Contravencional de la Provincia de Buenos

Aires, formada luego de la audiencia pública realizada en 2010 en el Senado de la

Provincia de Buenos Aires, que entonces se había convocado para analizar el

Proyecto del Código Contravencional presentado por el Poder Ejecutivo.

Conjuntamente con la Defensoría del Pueblo de la Provincia, el nuevo proyecto fue

presentado a las autoridades del Parlamento provincial. En este contexto, los

defensores del pueblo municipales fueron convocados por el Defensor del Pueblo

de la Provincia de Buenos Aires y el vicegobernador Gabriel Mariotto a colaborar

en la elaboración y discusión de los proyectos de ley, así como en el seguimiento de

leyes ya sancionadas.

Una vez más, solicito el apoyo de los departamentos legislativo y ejecutivo

del Municipio, para lograr que se rectifique la interpretación restrictiva del

Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires sobre la Ley Orgánica de las

Municipalidades, por la que no se reconoce la autarquía financiera de las

Defensorías del Pueblo municipales, como expresión de su independencia de los

poderes políticos. Diferente es lo que dispone la Ley Nº 13.834 al establecer en su

artículo 12: “...el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires desempeñará

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sus funciones con plena autonomía funcional y política y con autarquía financiera.”

Esto último es lo que no tenemos los Defensores del Pueblo municipales y la razón

de nuestro reclamo.

Presentamos aquí una pormenorizada información de lo actuado en este

año, que ratifica así una vez más lo acertado de la decisión de del Municipio de

Morón de haber dispuesto la creación de una Defensoría del Pueblo como

institución que se incorpora al sistema de defensa de derechos humanos

individuales y colectivos vigente en nuestro país.

La tarea desarrollada en este período fue llevada a cabo merced a la

colaboración y el esfuerzo permanente de un equipo de trabajo eficaz, dedicado,

con vocación de servicio y con especial sensibilidad social. Deseo señalar el aporte

del Defensor del Pueblo adjunto, Dr. Enrique Pochat, que con su esfuerzo,

experiencia y calidad profesional nos ha permitido resolver muchas cuestiones

delicadas y sobre todo ganar para nuestra defensoría el particular respeto y

consideración de nuestros colegas.

Cumplo entonces en presentar este informe para el conocimiento del

Honorable Concejo Deliberante y funcionarios del Departamento Ejecutivo, en

particular del Sr. Intendente, Lic. Lucas Ghi al que agradezco especialmente la

comprensión de nuestra función, que por un lado es de control y crítica, y por el

otro, de colaboración en la mejora de la gestión.

Morón, mayo de 2014

Abraham Leonardo Gak

Defensor del Pueblo del Municipio de Morón

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CARATULA

INFORMACION DE CASOS ABORDADOS

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Información de casos abordados

Expedientes 2013

Según tipo de actuación

El total de los casos ingresados en 2013 se encuentra dividido en

actuaciones simples y complejas. Las simples son aquellas que sólo requieren una

intervención orientativa, de apoyo técnico o informativo a la vecina o vecino que

consulta. Las actuaciones complejas, en cambio, son aquellas en las que, por la

naturaleza del tema planteado, requieren procesos de actuación específicos y

prolongados en el tiempo.

Cantidad %

Actuaciones simples 114 47,30

Actuaciones complejas 127 52,70

Total 241 100

47%

53%

Actuaciones simples Actuaciones complejas

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Expedientes 2013

Según actor

Cantidad %

Vecinos/as 229 95,02 Defensor 12 4,98

Total 241 100

95%

5%

Vecinos/as Defensor

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Expedientes 2013

Según tipo de denuncia

Cantidad %

Verbal 204 84,65 Correo electrónico 19 7,88

Oficio 12 4,98

Telefónica 4 1,66

Escrita 2 0,83

Total 241 100

0 50 100 150 200 250

Verbal

Oficio

Correo electrónico

Escrita

Telefónica

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Expedientes 2013

Estado de expedientes (al 2/5/2014)

Cantidad %

Archivados 200 82,99 En curso 41 17,01

Total 241 100

Archivados En curso

200

41

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Expedientes 2013

Estado de expedientes (al 2/5/2014)

Cantidad %

Asesoramiento jurídico 44 38,60

Salud 41 35,96

Otros 13 11,40 Seguridad social 10 8,77

Asuntos municipales 6 5,26

Total 114 100

Asesoramiento jurídico

39%

Otros 11%

Salud 36%

Seguridad social 9%

Asuntos municipales

5%

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Expedientes 2013

Actuaciones complejas según temática

Cantidad %

Municipalidad 94 74,02 Salud 10 7,87

Particulares 4 3,15

Otros asuntos nacionales 4 3,15

Servicios públicos 3 2,36

Transporte 2 1,57 Seguridad 2 1,57

Seguridad social 2 1,57

Impuestos provinciales 2 1,57

Educación 2 1,57

Registro provincial de las personas 1 0,79 Otros asuntos provinciales 1 0,79

Total 127 100

94

10

4

4

3

2

2

2

2

2

1

1

Municipalidad

Salud

Particulares

Otros asuntos nacionales

Servicios públicos

Transporte

Seguridad

Seguridad social

Impuestos provinciales

Educación

Registro provincial de las …

Otros asuntos provinciales

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Expedientes 2013

Actuaciones según domicilio de los demandantes

Cantidad %

Partido de Morón 213 88,38

Otros lugares 28 11,62

Total 241 100

88%

12%

Partido de Morón Otros lugares

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Expedientes 2013

Actuaciones según domicilio de los demandantes (excluido Morón)

Cantidad %

Partido de Merlo 11 39,3

Partido de Ituzaingó 7 25,0

Partido de La Matanza 4 14,3

Partido de Hurlingham 2 7,1 Partido de Moreno 1 3,6

Ciudad Autónoma de Buenos Aires 1 3,6

Partido de Luján 1 3,6

Provincia de Santa Fe 1 3,6

Total 28 100

Partido de Merlo

Partido de Ituzaingó

Partido de La Matanza

Partido de Hurlingham

Partido de Moreno

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Partido de Luján

Provincia de Santa Fe

11

7

4

2

1

1

1

1

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Expedientes 2013

Expedientes originados por vecinos y vecinas del Partido de Morón

Cantidad %

Morón 122 57,28

Castelar 42 19,72

Haedo 23 10,80

El Palomar 17 7,98 Villa Sarmiento 9 4,23

Total 213 100

Morón 57% Castelar

20%

Haedo 11%

El Palomar 8%

Villa Sarmiento 4%

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Expedientes 2013

Ingreso de expedientes por mes

Cantidad %

Enero 22 9,13 Febrero 19 7,88

Marzo 23 9,54

Abril 26 10,79

Mayo 23 9,54

Junio 24 9,96 Julio 18 7,47

Agosto 16 6,64

Septiembre 15 6,22

Octubre 16 6,64

Noviembre 18 7,47 Diciembre 21 8,71

Total 241 100

22

19

23

26

23 24

18

16 15

16

18

21

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Expedientes 2013

Pedidos de informes remitidos por la Defensoría

Cantidad %

Al Municipio 262 88,22 Otros 35 11,78

Total 297 100

88%

12%

Al Municipio

Otros

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Expedientes 2013

Pedidos de informes remitidos al Municipio

Detalle según dependencia

Cantidad %

Dirección de Obras y espacios verdes 50 19,08

Dirección de Inspección general 47 17,94

Dirección de Tránsito y transporte 17 6,49

Dirección de Higiene urbana y descentralización 13 4,96

Dirección de Mantenimiento y mobiliario urbano 12 4,58

Dirección de Saneamiento 12 4,58

Dirección de Alumbrado público 11 4,20

Dirección de Obras particulares 10 3,82

Dirección administrativa de Infracciones 9 3,44

Dirección de Asuntos legales 8 3,05

Subsecretaría de Planificación estratégica y desarrollo local 7 2,67

Dirección de Registración de la actividad económica local 5 1,91

Subsecretaría de Planeamiento urbano 5 1,91

Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 5 1,91

Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4 5 1,91

Dirección de Defensa del usuario y consumidor 4 1,53

Dirección del Centro de resolución alternativa de conflictos 4 1,53

Dirección de Centro municipal de salud animal 3 1,15

Dirección para la Producción social del hábitat 3 1,15

Secretaría de Seguridad ciudadana 3 1,15

Subsecretaría de Abordajes integrales 3 1,15

Dirección de Acción social 2 0,76

Dirección de Políticas ambientales 2 0,76

Dirección de Recursos humanos 2 0,76

Secretaría de Gobierno 2 0,76

Secretaría de Obras y servicios públicos 2 0,76

Dirección de Apremios 1 0,38

Dirección de Atención primaria de la salud 1 0,38

Dirección de Deportes y recreación 1 0,38

Dirección de Educación 1 0,38

Dirección de Gestión de obras por cooperativas 1 0,38

Dirección de Organizaciones y participación comuntaria 1 0,38

Dirección de Transparencia y control de gestión 1 0,38

Dirección de Tributos municipales 1 0,38

Secretaría de Relaciones con la comunidad y abordajes integrales 1 0,38

Secretaría de Salud y acción social 1 0,38

Sr. Intendente Municipal 1 0,38

Subsecretaría de Relaciones con la comunidad y abordajes integrales 1 0,38

Subsecretaría del Sistema único municipal de salud 1 0,38

Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 1 0,38

Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7 1 0,38

Unidad de Gestión Comunitaria Nº2 1 0,38

Total 262 100

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Expedientes 2013

Pedidos de informes remitidos a entidades no municipales

Detalle según organismo

Cantidad %

Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires 11 31,43

PAMI Delegación Morón 3 8,57 EDENOR 3 8,57

Empresa de transporte San Cayetano 2 5,71

Dirección nacional de los Registros nacionales de la propiedad automotor y de créditos prendarios 2 5,71

Compañía de transporte vecinal 2 5,71

AFIP Agencia N° 14 1 2,86

Tribunal Colegiado de Familia Nº 1 de Morón 1 2,86

Estudio jurídico Hordadin y Asociados 1 2,86 Defensoría del Pueblo de la Nación 1 2,86

Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires 1 2,86

Movistar sucursal Morón 1 2,86

Banco de Drogas UGLXXIX PAMI 1 2,86

Dirección Provincial de Consejos Escolares 1 2,86

Dirección Nacional de Migraciones 1 2,86

Obra Social Unión personal 1 2,86

Dirección Provincial de Transporte 1 2,86

Comisaría 1ª de Morón 1 2,86

TOTAL 35 100

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CARATULA

INTERVENCIONES DESTACADAS

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Intervenciones destacadas

1. Inundaciones

Durante el año 2013 se presentaron en la Defensoría del Pueblo vecinos de

distintos barrios afectados por recurrentes inundaciones, provocadas por la

intensidad de las lluvias y diversas causas estructurales. Algunos son:

1.a. Barrio Seré de Castelar

El área afectada está comprendida por las calles Luis Domínguez,

Montevideo, Olegario Andrade, Intendente Revoredo, Teniente Fernández, La

Tribuna, Manuel Prudan y Galicia.

Luego de realizar las primeras gestiones desde la Defensoría, la Dirección

de Saneamiento informó que, en lo que hoy es el Barrio Seré, originalmente existía

una gran laguna, razón por la cual sus terrenos son muy bajos. Sin un proyecto

previo de constituir un barrio en dicho lugar, la conformación del mismo se fue

realizando a partir de la ocupación de los terrenos, hace ya varias décadas, los que

posteriormente fueron adquiridos por sus ocupantes para construir las actuales

viviendas.

Además de las recurrentes inundaciones, otra de las preocupaciones de los

vecinos era que el barrio linda con los extensos terrenos de la Base Aérea de

Morón, donde se proyectan importantes obras, como el Parque Industrial

Tecnológico Aeronáutico de Morón (PITAM), seiscientas viviendas del plan

PRO.CRE.AR. (Programa de Crédito Argentino), junto a un Parque Recreativo

destinado a clubes de la zona. La preocupación estaba dada porque los terrenos del

Barrio Seré son considerablemente más bajos que los de la Base Aérea.

Los vecinos ya habían solicitado al Municipio la planificación de obras

hidráulicas que permitieran redireccionar las aguas que desembocaban en el

barrio, evitando de esa manera las inundaciones, con la consecuente pérdida de

bienes, como también la incertidumbre que sufren cada vez que llueve

copiosamente.

La Dirección de Saneamiento municipal ejecutó obras durante 2013, que

permitieron ir mejorando la situación. Se construyeron numerosos y grandes

sumideros en distintos sectores, se asfaltaron calles en los contornos linderos con

la Base Aérea y se conformaron canales. A la par de ello se fue informando a los

vecinos que el Municipio y el gobierno provincial están realizando estudios previos

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tanto para las obras del PITAM como del plan PRO.CRE.AR, que permitirán tomar

los recaudos necesarios para evitar que el Barrio Seré y otros linderos se vean

afectados. El proyecto contempla además que toda la zona cobre una nueva y

positiva fisonomía, tanto productiva y social como de esparcimiento, al

aprovecharse gran parte de los terrenos de la Base, hoy en desuso.

A partir del reclamo presentado por los vecinos, la gestión de la Defensoría

del Pueblo estuvo impulsada por los pedidos de informes enviados a la Dirección

de Saneamiento y la realización de inspecciones junto a los vecinos y un técnico

idóneo designado por la Dirección de Saneamiento, lo que fue permitiendo un

conocimiento mayor de los proyectos destinados a resolver el problema de las

inundaciones en el barrio. También fue útil para brindar información a los vecinos

de manera directa sobre los proyectos planificados para llevar a cabo tanto en el

barrio como en los terrenos de la Base Aérea. Esta interacción colaboró para que

las opiniones y problemas planteados por los vecinos fueran tomados en cuenta en

la actuación municipal.

Actualmente se está construyendo un reservorio dentro del predio de la

Base Aérea en su límite con el barrio, lo que permitirá redireccionar mejor las

aguas.

El expediente permanece abierto en la Defensoría del Pueblo a efectos de

que se realice una nueva inspección conjunta entre el personal técnico de la

Dirección de Saneamiento, vecinos del barrio y personal de la Defensoría, según

han requerido los vecinos. Dicha inspección deberá servir para corroborar, luego

de intensas lluvias, si los trabajos realizados han logrado resolver el problema de

las inundaciones recurrentes.

1.b. Barrio San José, de Morón Sur

Ubicado a dos cuadras de la Avenida Don Bosco, la parte afectada por las

inundaciones está comprendida por las calles Concejal Ramella, Fusch, Ozanam y

San Francisco, lo que suma un total de siete manzanas.

La Defensoría del Pueblo intervino a partir del reclamo de un grupo de

vecinos. En una inspección realizada en abril de 2013 se pudo constatar el nivel

alcanzado por las aguas en algunas de las viviendas. A ello debe sumarse que es

sumamente dificultoso transitar por estas calles con vehículos luego de las lluvias.

También se pudo observar y documentar fotográficamente que en el

conjunto de las calles que recorren las siete manzanas existen zanjas a cielo

abierto, con aguas servidas que permanecen estancadas, a pesar de que los vecinos

colocaron caños de cemento para que los líquidos fluyan.

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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En dicha zona no hay cloacas ni asfaltos. Los niveles donde se han

construido las viviendas no son parejos y varían de una casa a otra, dado que el

barrio no fue conformado como tal, sino que surgió de una combinación de

terrenos ocupados y comprados, sin un loteo previamente planificado (los planos

datan del año 1898). Las calles, por lo tanto, son bastante angostas, lo que dificulta

el tránsito vehicular y altera la distancia normal que debería existir entre vivienda,

espacio para vereda y calle.

El Defensor del Pueblo convocó a una reunión entre la Dirección de

Saneamiento y el Secretario de la U.G.C. N° 6, Lic. Gonzalo Cancela, la que se realizó

el 17 de mayo. En esa oportunidad se informó que estaban realizando estudios

para proyectar una obra hidráulica en el barrio y que luego estudiarían el

presupuesto para tal fin. Se estableció que se finalizaría este proyecto, para

presentarlo luego en un nuevo encuentro, que se realizó el 31 de ese mes. Allí

asistió un grupo de vecinos, el Secretario de la U.G.C. N° 6, el Subsecretario de

Desarrollo Urbano, arquitecto Daniel Arroyo y Daniel Souk, funcionario del área. El

arquitecto Arroyo informó que su Secretaría se encontraba abocada a un plan de

pavimentación de 66 cuadras, cuyos fondos fueron obtenidos a través de un

préstamo del Banco Provincia, y que esa obra, conjuntamente con obras

hidráulicas que se realizaban en la calle Stevenson, no habían permitido llevar

adelante el proyecto comprometido anteriormente para el barrio San José. La

reunión fue de utilidad para solicitar tareas de limpieza, mejoras en luminarias y

otros temas reclamados por los vecinos.

El día 5 de julio se realizó una nueva reunión, en la que participaron cuatro

vecinos, funcionarios de la Dirección de Saneamiento, y el Secretario de la U.G.C. N°

6. Allí se informó que un estudio realizado en todo el barrio determinó que existían

diferencias de nivel entre una vivienda y otra y que en varios terrenos había dos

viviendas (frente y fondo), con nivelaciones también distintas, lo que dificultaba

aún más la solución. También indicaron que eran más de siete las manzanas

afectadas y que frente a este estudio surgían dudas sobre si la obra hidráulica

permitiría resolver el problema de las inundaciones. Si bien era necesario realizar

una obra hidráulica, esta sería de menor envergadura que la considerada en un

principio. El pavimento de las calles sería una solución más de fondo, pero estas no

estaban incluidas en las sesenta y seis cuadras ya proyectadas. Por lo tanto, las

partes se comprometieron a seguir trabajando en el tema a efectos de presentar un

proyecto definitivo.

En la siguiente reunión, realizada el 23 de agosto, a la que asistieron tres

vecinos, dos integrantes del equipo técnico de la Dirección de saneamiento y el

Secretario de la U.G.C. N° 6, se informó que habían realizado mediciones en el

barrio, y que sería factible realizar un trabajo de reconducción de las aguas. Dieron

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explicaciones técnicas detalladas, pero aclararon que la realización estaba

supeditada a la disponibilidad de recursos.

Por esta razón, el Defensor del Pueblo se reunió con la Secretaria de Obras y

Servicios Públicos, Ana María Domínguez para analizar la factibilidad de recursos

para la realización del trabajo. El 27 de agosto fue concretada esa entrevista, en la

que participó también Daniel Souk. Domínguez planteó que no habría diferencia

económica sustancial entre realizar el trabajo propuesto por Saneamiento y el

asfalto del barrio. Considerando que ya estaban planificados los asfaltos, habría

que definir si ello podía ser modificado en algún tramo y dirigirlo hacia el barrio en

cuestión. Según informó Daniel Souk, igualmente se debería realizar el trabajo de

la reconducción de las aguas por una pendiente existente entre calles que así lo

permitiría.

Finalmente, la decisión municipal fue asfaltar algunas calles del barrio y

realizar fresado en otras, por lo que se modificaron proyectos previos.

El Director de Saneamiento Miguel Angel Menéndez y el arquitecto Daniel

Arroyo informaron en noviembre que se había resuelto pavimentar las calles San

Francisco, entre Don Bosco y Santa Teresa (cinco cuadras); Concejal Ramella, entre

Coronel Arena y sin nombre (cuatro cuadras); Sin nombre, entre Concejal Ramella

y Maltrén (una cuadra); Maltrén, entre sin nombre y Santiago de Chile (una

cuadra), Santiago de Chile entre Maltrén y Santa Teresa (una cuadra). A su vez

informaron que se evaluaba construir desagües pluviales de acotadas dimensiones.

Finalmente se realizó una última reunión con vecinas del barrio, en la que el

Defensor informó de las últimas respuestas municipales. Se acordó en dicha

reunión no dar por finalizadas las gestiones hasta que comenzara la obra de

asfalto. En marzo de 2014 un equipo de la Defensoría realizó una inspección, en la

que confirmó que se estaban realizando las obras.

De esta manera finaliza una nueva actuación conjunta entre la Defensoría

del Pueblo y distintas áreas del Municipio, la que permitió coordinar y potenciar

recursos humanos, profesionales y técnicos, junto a los vecinos, para avanzar en la

resolución de un problema social de primera magnitud.

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2. Actuaciones vinculadas a temas de Salud

Las gestiones realizadas en torno a esta temática son promovidas desde la

Defensoría del Pueblo con el objetivo de remover los obstáculos que dificultan el

pleno acceso de la población a este derecho fundamental.

Es así que durante el año 2013 el 35,96 % de las actuaciones simples y el

7,87 % de las actuaciones complejas abordadas fueron referidas a temas de salud.

Los reclamos más frecuentes consisten en demoras en las entregas de

medicación de alto costo a pacientes oncológicos por parte del Ministerio de Salud

de la Provincia de Buenos Aires, o por incumplimiento del Programa Federal

Incluir Salud (ex PROFE). También, en menor medida, por retrasos en la

autorización de medicación especial, tanto del Instituto de Obra Médico Asistencial

(IOMA) como de PAMI.

En todos los casos se ha dado un tratamiento particular, asesorando a los

denunciantes e intercediendo ante las autoridades de salud para solicitar el

cumplimiento de las prestaciones requeridas.

2.a. Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires

En el mes de marzo de 2013, por reiterados reclamos de pacientes

oncológicos sin obra social, se estableció un contacto con el Ministro de Salud de la

Provincia de Buenos Aires y a la Defensoría del Pueblo provincial a fin de informar

y comprometer a las autoridades competentes para una rápida y efectiva solución

al problema que afectaba a numerosos pacientes.

Se trata de la falta de acceso a medicación de alto costo que debía ser

provisto en tiempo y forma a través del Banco de Drogas que funciona en el

Hospital Interzonal de Agudos Dr. Luis Guemes, de Haedo. Según había informado

el propio personal administrativo del lugar, el sistema informático interno

utilizado para la carga de datos de los pacientes no funcionaba, lo que había

ocasionado el estancamiento de más de 400 solicitudes.

Por lo tanto, la falta de medicamentos implicó la interrupción o

discontinuidad de los tratamientos con consecuencias directas para la salud de los

pacientes.

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A los pocos días de haber realizado los reclamos mencionados, las

autoridades de salud actuaron para resolver los problemas, y se logró así el normal

funcionamiento del circuito.

2.b. Programa Incluir Salud

Durante el transcurso del año 2013 los reclamos de beneficiarios del

Programa Federal Incluir Salud (ex PROFE) han sido recurrentes.

Se presentaron diversas quejas. Algunas de ellas fueron:

Atrasos en la entrega de insulina.

Dificultades para la obtención y autorización de recetas e insumos.

Deficiente atención por parte de empleados administrativos de las

diferentes delegaciones.

Cabe recordar que dicho programa depende del Gobierno Nacional y se

implementa en la órbita de la Dirección Nacional de Prestaciones Médicas del

Ministerio de Salud de la Nación. Su misión es brindar cobertura médica integral a

los beneficiarios de pensiones no contributivas, transfiriéndose los recursos

presupuestarios que corresponden a cada provincia.

Sus destinatarios constituyen una población muy vulnerable, con un ingreso

limitado y sin ningún respaldo patrimonial. Se trata, en su amplia mayoría, de

personas discapacitadas.

En septiembre de 2013, diversos beneficiarios se refirieron a la falta de

recetarios en las delegaciones del Programa Federal, tanto la que funciona en el

Hospital Interzonal de Agudos Dr. Luis Guemes, de Haedo, como en el Hospital Dr.

Ramón Carrillo, de Ciudadela.

Se informaba a los afiliados que por falta de recetarios no podrían dar inicio

a sus respectivos trámites, por lo que se los instaba a regresar en otra oportunidad,

sin que les fuera precisada la fecha en que se regularizaría la situación. Así, los

pacientes quedaban sin poder tramitar su medicación, desprovistos tanto de

información como de asistencia farmacológica. Incluso se llegó a adoptar la

arbitraria medida de cesar la atención al público en algunas delegaciones.

Frente a estas anomalías se estableció un contacto con la Coordinadora de la

Región Sanitaria VII de Merlo, quien confirmó la existencia del problema, sin poder

aportar solución alguna.

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También se notificó a la central provincial del Programa, a quienes se

transmitió la crítica situación de los beneficiarios y la necesidad de una urgente

solución. En este caso, informaron que desconocían el cese de atención al público,

motivo por el cual solicitaron de manera inmediata reabrirla, dando inicio a la

tramitación de las recetas, aunque se careciera de los formularios del Programa.

Por otra parte, durante diciembre de 2013, los reclamos por cese de

atención en farmacias se intensificaron, y hubo situaciones críticas, como casos de

enfermos que necesitaban imperiosamente de la medicación para sobrevivir. Esto

se produjo por el retraso en el pago a las farmacias, lo que llevó a que

prácticamente no hubiera en la zona Oeste farmacias en condiciones de atender las

necesidades de los pacientes.

A fin de revertir dicha situación, la Defensoría del Pueblo contactó al

referente del Colegio de Farmacéuticos de Morón, quien respondió que a pesar del

atraso de pago superior a los ciento cincuenta días, ellos no habían resuelto

ninguna medida. Por el contrario, solicitaban que las farmacias continuaran con la

atención y entrega de la medicación. Aún así, el propio Colegio tenía plena

información de que numerosas farmacias no podrían efectivizar dicho pedido, ya

que acumulaban grandes deudas con las droguerías, que naturalmente exigían los

pagos.

Paralelamente se informó al Secretario de Políticas Sociosanitarias y

Abordajes Integrales del Municipio de Morón, Lic. José Maria Ghi, a fin de planificar

una acción conjunta para los casos más urgentes. Asimismo, se contactó a la

Coordinación del área de Salud de la Defensoría del Pueblo de la Provincia para

informar la situación y solicitar que de manera urgente se agilizara una búsqueda

de solución junto al gobierno provincial.

A los pocos días se destinaron fondos para abonar una parte de las deudas

con las farmacias. De manera paulatina y a lo largo de los días, se fue normalizando

la situación. Según manifestaron los farmacéuticos, los pagos se atrasan cada vez

más, lo que perjudica a las farmacias más pequeñas, que no pueden solventar la

situación, y en consecuencia, a los usuarios.

2.c. Temas vinculados con PAMI

En el mes de diciembre, una vecina solicitó iniciar un recurso de amparo

contra PAMI, dada la negativa a autorizar medicación oncológica para su esposo.

Atento a ello se le informó acerca de las competencias del Defensor del Pueblo, y se

le propuso ingresar el reclamo para realizar las gestiones correspondientes.

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La denunciante manifestó su consentimiento con las gestiones, ya que su

esposo llevaba dos años –desde que le habían realizado el diagnóstico– sin

tratamiento alguno.

Posteriormente se realizó un contacto con la División Atención a

Beneficiarios y Enlace con Unidades de Gestión Local, en el Departamento

Administrativo de la Subgerencia de Medicamentos de PAMI Central, donde

informaron que la medicación requerida debía ser evaluada a nivel central

mediante el envío de un expediente con planillas, recetas y estudios que

fundamentaran la indicación. Luego de haber enviado los estudios realizados, junto

con otros datos, respondieron que no se justificaba dicha droga para el

tratamiento, ya que no se utiliza para la primera etapa del tratamiento oncológico,

como era este caso.

Entonces se le sugirió a la denunciante solicitar una entrevista con el

médico del paciente, o realizar una consulta con un nuevo profesional, a fin de

obtener otra opinión. Ella resolvió tomar contacto con una nueva hematóloga,

quien luego de solicitar los estudios para realizar una evaluación, coincidió y

justificó que la sintomatología del paciente no reunía los criterios para un

diagnóstico de mieloma múltiple. Indicó, por tanto, un tratamiento acorde a su

sintomatología.

En el mismo período otro beneficiario expuso su inconveniente para la

obtención de medicación oncológica. En este caso la prescripción estaba

autorizada. Sin embargo, no lograba conseguirla en ninguna farmacia, ya que le

informaban que no se estaba produciendo ese medicamento.

Luego de averiguar qué laboratorio la producía y de tomar conocimiento de

que sólo se vendía a particulares y en una sola farmacia en Capital Federal, por

fuera de las coberturas médicas, la Defensoría del Pueblo notificó acerca de la

situación a la Subgerencia de Medicamentos de PAMI Central, desde donde

corroboraron la información y el laboratorio fue sancionado.

Más allá de los diversos reclamos y consultas que se abordan diariamente

en materia de salud, es destacable el hecho que la Defensoría del Pueblo de Morón

viene actuando en el tema Salud Pública más allá de la órbita municipal, en temas

vinculados a la jurisdicción de la Provincia. Ello hace imprescindible apelar a la

Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires para coordinar esfuerzos

para el objetivo de lograr un eficiente servicio para la población que no tiene otro

recurso que la Salud Pública. Esto representa un gran desafío, que es el de lograr

avanzar en el ejercicio pleno del derecho a la salud para todos y cada uno de los

habitantes.

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3. Discapacidad

Cumplimiento del cupo laboral del 4% en la planta

municipal

En el año 2009, la Defensoría del Pueblo inició gestiones solicitando

información al Municipio sobre la cantidad de personas con discapacidad que

integraban la planta de trabajadores. Entonces, la Dirección de Recursos Humanos

respondió que no existía un registro específico, por lo que resultaba imposible

brindar dicha información. Y que por tanto, remitirían a cada Dirección un

memorándum recabando dichos datos.

La Ley provincial N° 10.592/87 sobre discapacidad señala en su artículo 8º:

“El Estado provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, las

municipalidades, personas jurídicas de derecho público no estatal creadas por Ley,

las empresas subsidiadas por el Estado y las empresas privadas concesionarias de

servicios públicos, están obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan

condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro (4)

por ciento de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo

a ser ocupados exclusivamente por ellas, de acuerdo con las modalidades que fije la

reglamentación”.

Sobre un total de 4.690 trabajadores (información obtenida a través de la

página web del Municipio de Morón), la cantidad de personas discapacitadas que

deberían estar trabajando son aproximadamente 180. Sin embargo, en 2011 desde

la Dirección de Recursos Humanos enviaron un listado que sumaba apenas 30

personas.

En abril de 2011 se envió una comunicación al Honorable Concejo

Deliberante, en la que se recomendaba que ese cuerpo sancionara una ordenanza

que estableciera la obligación de incluir personas con discapacidad hasta alcanzar

el 4% establecido por la ley provincial (expediente abierto en el Honorable Concejo

Deliberante con Nº 70195/11).

Finalmente, en diciembre de 2013 se formalizó un convenio entre el

Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Oscar Cuartango y el

Intendente Municipal, Lic. Lucas Ghi. Este convenio expresa el acuerdo para

emprender acciones conjuntas con el fin de implementar el Programa de Igualdad

de Oportunidades (Decreto Provincial Nº 3379/08, Anexo XI modificado por el

Decreto Nº 101/12) en el ámbito municipal, destinado a fortalecer los

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procedimientos tendientes a incorporar trabajadores con discapacidad a su planta

de personal permanente, dentro del marco de las leyes Nº 10.592 y Nº 11.757. El

convenio también establece que los trabajadores percibirán el salario

correspondiente a las categorías para las que fueron designados, y que el

Ministerio asignará a cada destinatario una suma mensual fija, conforme la

Resolución M.T. N° 115/13, en concepto de colaboración económica por el plazo de

hasta doce (12) meses.

Luego de establecido el convenio, la Defensoría mantuvo una reunión con la

Dirección de Discapacidad del municipio, el área que tiene a su cargo la

implementación del convenio con el Ministerio de Trabajo de la provincia y la

delegación local. De esta manera, se estableció que las personas con discapacidad

que ya se habían incorporado a las listas del SECLAS (Servicio de Colocación

Laboral Selectiva), en la delegación Morón del Ministerio de Trabajo, serían

entrevistadas y evaluadas a efectos de determinar la compatibilidad de sus

aptitudes individuales con las diversas búsquedas de personal que se fueran

requiriendo. También se entregaron los datos y currículums de otras personas que,

tras haber solicitado empleo en esos organismos, se habían puesto en contacto con

la Defensoría, y que aguardaban los resultados de las gestiones.

Es esperable que en el próximo informe se pueda dar cuenta de un aumento

en la cantidad de personas con discapacidad que se sumen al plantel municipal.

Ello representaría la puesta en práctica de un postergado y esencial derecho

humano, capaz de transformar positivamente la vida de numerosas personas que

luchan diariamente por ser reconocidos y reconocerse como ciudadanos plenos.

4. Política integral y sustentable del arbolado

público

Es fundamental para esta Defensoría del Pueblo del Municipio de Morón

retomar la cuestión del arbolado público, que ya fue abordada en el informe anual

del año 2012, como una deuda de la gestión municipal para concretar un plan

estratégico sobre la temática.

Luego del tornado que, en abril de 2012, dejó un gran saldo de ejemplares

destruidos y otros tantos en situación de riesgo, resulta imprescindible delinear un

proyecto que resuelva en el largo plazo y de manera integral las carencias que aún

se mantienen.

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Es necesario destacar que en aquella ocasión el Municipio de Morón tuvo

una respuesta rápida y eficiente, pero la situación dejó en evidencia que el

problema del arbolado carecía de una política de prevención y proyección.

El Partido de Morón crece año a año y se ha visto incrementada la cantidad

de edificios de manera sostenida, pero no fue contemplada de igual modo la

forestación de especies arbóreas que contribuyan a mejorar la vida de los vecinos y

vecinas en los años venideros.

En el Informe Anual 2012 se había planteado la importancia de que el

Consejo del Arbolado Público cumpliera las funciones para las que fue constituido

mediante el decreto 999/07 y cuyo reglamento, aprobado en marzo del año 2011,

define claramente:

“El objetivo del Consejo es multiplicar la acción municipal en el

tema de su incumbencia, resaltando la participación de la comunidad

a partir de la consideración del árbol como un ser vivo y no una cosa,

asumiendo que ésta es una tarea imprescindible que nos involucra a

todos y que debe formar parte de nuestra cultura; y colaborar en el

diseño, la planificación, ejecución y seguimiento de las políticas

públicas destinadas a lograr el mejoramiento y enriquecimiento del

patrimonio arbóreo del municipio”.

Asimismo, el artículo 2° de la Ordenanza 8087/2005 plantea:

“El Consejo de Arbolado Público estará formado por: Concejales

de los distintos Bloques Políticos; los funcionarios del Departamento

Ejecutivo que éste designe; un representante de cada uno de los

Consejos Vecinales; representantes de universidades, organizaciones e

instituciones relacionadas con el objeto de la Comisión, y en forma

individual personas de reconocida trayectoria ambientalista

convocadas al efecto para integrar el Consejo”

Sin embargo, el Consejo de Arbolado Público estaba sólo integrado por

vecinos preocupados por la temática y tenía un rol relegado dentro de la gestión.

Ellos eran quienes activaban mecanismos constantes al reclamar en diversos

ámbitos el desarrollo de una acción sustentable.

En abril de 2013, los vecinos que integran el Consejo de Arbolado Público

fueron invitados a participar del programa de radio de la Defensoría del Pueblo de

Morón. En esa oportunidad, señalaron la necesidad de que todos los actores que la

ordenanza establecía cumplieran con su participación en el Consejo. En ese

momento, sólo los vecinos participaban activamente. A partir de esta exposición

pública del problema, el Municipio volvió a convocar por distintos medios a

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integrar ese espacio. A partir de entonces, el Consejo llamó a reunirse con

regularidad, y el Municipio cedió para eso la sede de la Reserva Natural Urbana.

Abordar una política integral de arbolado público implica una clara decisión

política de carácter estratégico, tanto por parte de las autoridades municipales

como del Honorable Concejo Deliberante.

Es dicha decisión, sin dudas, la que encontrará los mecanismos, organismos,

personas idóneas y fuerzas vivas que otorguen a la política integral de arbolado

público la jerarquía necesaria para su impulso y concreción.

5. Empresa del Oeste

Se continúa abordando en forma oficiosa el problema respecto de los

establecimientos ubicados en Santamarina Nº 221 (Terminal de microómnibus

propia, Oficina Administrativa, Garage de colectivos, Taller de reparaciones, Taller

mecánico, chapa y pintura) y Urdinarrain Nº 65 (Taller mecánico) de la localidad

de Morón, ambos bajo la titularidad de “Empresa del Oeste S.A.T.”, y que aún no

cuentan con la habilitación definitiva.

Desde el inicio de actividades de esta Defensoría este tema ha sido

relevante, dado que las medidas adoptadas por el municipio no habían dado un

resultado positivo para lograr el correcto funcionamiento de dichos

establecimientos.

Con el fin de sintetizar las gestiones efectuadas en el año 2013, se informa

que se envió una solicitud de informes dirigida a la Subsecretaria de Planificación

Estratégica y Desarrollo Local, a través del Expediente 47-1026/13, con fecha 5 de

agosto de 2013, la que posteriormente señaló los requerimientos pendientes de

solución por parte de la empresa, e informó que se notificaría a la Dirección de

Inspección General.

La Defensoría del Pueblo continuará mancomunando esfuerzos, a fin de

garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.

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6. Participación de las Defensorías del Pueblo en la acción legislativa provincial

La misión encomendada a los defensores del pueblo es la defensa de los

derechos de las personas y de los grupos sociales. La Ordenanza 5932/2004, de

creación de la institución del Defensor del Pueblo de Morón, señala en su artículo

1º que “su objeto es la defensa, protección y promoción de los derechos e intereses

legítimos, individuales y colectivos consagrados por la Constitución Nacional, la

Constitución Provincial y la legislación vigente, de los habitantes del Municipio de

Morón frente a actos, hechos u omisiones de la administración pública municipal,

de sus entes, organismos y dependencias descentralizadas, que comprometan los

referidos derechos e intereses”. De modo que una condición necesaria para la

defensa de los derechos e intereses legítimos de las personas, individuales y

colectivos, es que estos estén afirmados como tales por la Constitución Nacional, la

Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la legislación vigente.

El 30 de julio de 2013, el vicegobernador Gabriel Mariotto –en su carácter

de presidente del Senado provincial– y el Defensor del Pueblo de la Provincia de

Buenos Aires, Carlos Bonicatto, suscribieron un convenio de trabajo en orden a

fortalecer la participación del Defensor del Pueblo provincial en la elaboración y

discusión de los proyectos de ley, a través de informes y recomendaciones, así

como en el seguimiento de las leyes ya sancionadas, a fin de que se tenga un

panorama más cabal de su cumplimiento. En el acto de firma del convenio y en la

reunión posterior mantenida con el presidente del Senado provincial, tanto éste

como el Defensor del Pueblo de la Provincia subrayaron la importancia de la

participación de los defensores del pueblo municipales en la tarea.

La agenda de trabajo que se ha establecido en el convenio incluye tanto

proyectos de legislación como leyes ya sancionadas y de las que interesan aportes

para su plena puesta en ejecución. Entre los proyectos se encuentra el del nuevo

Código Contravencional, en reemplazo del actual Código de Faltas. El mencionado

proyecto fue elaborado en el ámbito de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de

Buenos Aires, con participación de la Defensoría del Pueblo de Morón y de la

Defensoría ante el Tribunal de Casación Penal provincial.

También los defensores del pueblo han interesado a los legisladores en una

normativa que proponga un mecanismo de regularización de deudas por obras de

pavimentación y extensión de redes de servicios públicos, que salvaguarde a los

frentistas contra la amenaza de pérdida de sus viviendas. Desde hace años se

suceden las leyes provinciales, que suspenden las ejecuciones, sin que se haya

concretado una normativa que ponga fin a las situaciones de riesgo.

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En cuanto a proyectos aprobados en el Senado provincial y que están en

consideración en la Cámara de Diputados, el Presidente del Senado solicitó el

aporte de los defensores del pueblo en orden a la aprobación del proyecto de ley

que crea y regula el Mecanismo Provincial de Prevención de la Tortura, el de

reforma del Consejo de la Magistratura y el proyecto de Ley de Ética Pública, que

obliga a los funcionarios de los tres poderes del Estado provincial a rendir cuentas

sobre sus patrimonios e ingresos una vez al año y establece la creación del

Tribunal Social de Responsabilidad Política.

Además, el convenio de la Presidencia del Senado con el Defensor del

Pueblo de la Provincia contempla su participación en el seguimiento de aquellas

disposiciones que el legislador ha considerado conveniente o necesario plasmar en

una norma legal, a fin de que los derechos reconocidos por la respectiva norma

sean exigibles y para que las instituciones gubernamentales adecuen sus recursos

para la mejor promoción y protección de los derechos de las personas que habitan

en el territorio de nuestra provincia. Se contempló específicamente la Ley 14.424,

que creó la Policía Judicial contemplada en el artículo 166 de la Constitución

Provincial, con el nombre de Cuerpo de Investigadores Judiciales; la Ley 14.343,

que establece reglas para la identificación de los pasivos ambientales, y la

obligación de recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de

la población, con el propósito de mitigar los impactos negativos en el ambiente, y la

Ley 14.449, de promoción del derecho a la vivienda y a un hábitat digno y

sustentable. En relación con la mencionada Ley de Hábitat, una preocupación

expresada por los defensores del pueblo que actúan en la Provincia ha sido la

necesidad de su reglamentación, a fin de dotarla de operatividad plena. Por ello se

ha celebrado el dictado, el 17 de diciembre de 2013, del Decreto 1062/13, por el

que se aprueba la reglamentación de la Ley 14.449.

El Defensor del Pueblo de Morón ha recomendado que se incorpore en la

agenda de trabajo el seguimiento de la Ley 13.956, que crea el Programa de

Asistencia Integral para Personas en Situación de Calle, en el ámbito de la

Provincia de Buenos Aires.

El cumplimiento de las leyes que protegen y promueven derechos, en el

ámbito municipal, es una tarea que el Defensor del Pueblo de Morón ha procurado

tener siempre presente. En esa línea, se interesó en 2009, ante el Ministerio de

Salud provincial, por la reglamentación de la Ley 13.894, relativa a la protección

del humo de tabaco ajeno. Y cuando ésta se produjo, recomendó al H. Concejo

Deliberante la pronta sanción de una ordenanza, por la cual se concretara, en el

territorio del Municipio de Morón, la prohibición del consumo de tabaco en todos

los espacios cerrados de acceso público. El H. Concejo Deliberante notificó

formalmente al Defensor del Pueblo la sanción de la Ordenanza Nº 11989/09, de

fecha 12/11/2009, que “tiene por objeto la regulación de los aspectos del consumo

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de tabaco en el ámbito del Partido de Morón, a los fines de prevención y asistencia

de la salud de sus ciudadanos y ciudadanas”.

Igualmente, el Defensor del Pueblo se interesó por la adhesión del

Municipio de Morón a las disposiciones de la Ley provincial 10.592, que establece

un cupo de 4 % como mínimo dentro de los planteles de empleados, a ser cubierto

por personas con discapacidad.

7. El Programa de atención integral a las personas

en situación de calle

Según se ha señalado, en el período de sesiones de 2009, la Legislatura de la

Provincia de Buenos Aires sancionó la Ley 13.956, mediante la cual se creó el

Programa de Asistencia Integral para Personas en Situación de Calle, que debe

desarrollarse en todo el territorio provincial. La mencionada ley establece, en su

artículo 3º, como objetivos esenciales de dicho programa:

“la localización, empadronamiento, asistencia médica y alimentaria, y

habitacional transitoria, para las personas de todas las edades y sexo,

en situación de calle, logrando su reinserción social”.

La ley se ha reglamentado mediante el decreto 341/2011, en el cual se ha

instituido al Ministerio de Desarrollo Social provincial como autoridad de

aplicación; se ha aprobado el proyecto de convenio de colaboración mutua entre el

Ministerio de Desarrollo Social y las Municipalidades; se ha instituido la Unidad

Ejecutora del Programa, dependiente de la Subsecretaría de Políticas Sociales del

MDS, para implementarlo “por sí o a través de convenios a celebrarse con entidades

públicas o privadas”. La población partícipe y beneficiaria del Programa es, según

se define en el artículo 2º de la ley, “la que carece de residencia, pernoctando

diariamente a la intemperie y/o se encuentra en una situación socio-familiar

vulnerable, sin ingresos, ni trabajo y en situación de exclusión social”.

Este sector de la sociedad merece, seguramente, una atención preferente de

los defensores del pueblo, por cuanto su mayor grado de vulnerabilidad implica,

entre otras consecuencias, la dificultad para presentar su problemática de modo

directo a las autoridades y/o a instituciones como las defensorías del pueblo. Por

lo tanto, resulta pertinente que los defensores del pueblo efectúen un seguimiento

sistemático de la situación de estas personas y, en tal sentido, insten el

cumplimiento de las disposiciones del Programa de Asistencia Integral para

Personas en Situación de Calle, creado por la Ley 13.956. Entre los dispositivos del

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Programa se encuentra el grupo interdepartamental e interdisciplinario, bajo la

dirección de la autoridad de aplicación -Ministerio de Desarrollo Social de la

Provincia de Buenos Aires- con la misión de definir políticas de vivienda, de

seguridad social, de salud, de empleo y de educación, que afecten a las personas

que viven en la calle.

Cada defensor del pueblo municipal seguramente debe efectuar el

seguimiento del referido Programa en el respectivo ámbito distrital. En tal sentido,

el Defensor del Pueblo del Municipio de Morón abrió una actuación de oficio, para

efectuar el seguimiento del Programa de Asistencia Integral para Personas en

Situación de Calle en el ámbito territorial de este Municipio, así como de las

acciones que por iniciativa del Gobierno municipal, con su coordinación o apoyo, se

desarrollan para asistir a las personas en situación de calle. En el marco de esta

actuación, solicitó información a la Dirección de Acción Social municipal, a

principios de julio de 2013.

El 16 de agosto, la referida Dirección informó que el Municipio de Morón

lleva adelante, por cuarto año consecutivo, el operativo de asistencia y

acompañamiento a personas en situación de calle durante los meses invernales. En

ese marco, se puso en marcha el parador nocturno para personas en situación de

calle, que comenzó a funcionar el 13 de junio y continuó hasta el 31 de julio,

período en el que asistieron a 108 personas en situación de calle -83 varones y 25

mujeres-, de los cuales trece eran niños y niñas entre 0 y 18 años y siete personas

adultas mayores de 55 años. Alrededor de la mitad de las personas destinatarias

del operativo viven en el Municipio de Morón. El resto de las personas asistidas

pertenece a distintas localidades de la zona oeste como ser Merlo, Moreno,

Ituzaingó, La Matanza y Ciudadela.

Una actividad complementaria es la de las recorridas nocturnas por las

calles del municipio, con el objetivo de asistir y acompañar a las personas que se

encuentran en situación de calle. Durante julio y agosto, con la participación de

jóvenes voluntarios y alumnos de la Escuela de Guardavidas se brindó asistencia a

89 personas en situación de calle -72 varones y 17 mujeres-.

El Defensor del Pueblo de Morón, luego de considerar atentamente la

información recibida de la Dirección de Acción Social y de compartirla con el

Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, solicitó información adicional

a la Secretaria de Salud y Acción Social de la Municipalidad, Delia Zanlungo Ponce.

Una observación se refirió a las fechas de funcionamiento del parador

nocturno. Según la manifestación de la Dirección de Acción Social, este parador

comenzó a funcionar el 13 de junio y continuó hasta el 31 de julio, por ser los

meses de más baja temperatura del año. Pero en 2013 las temperaturas más bajas,

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y por ende las situaciones en que el frío nocturno más ha hecho sufrir sus efectos a

las personas en situación de calle, han ocurrido en agosto. El Defensor del Pueblo

interrogó acerca de las actividades desarrolladas ante esa situación. Por otra parte,

el Defensor del Pueblo reiteró su interés en conocer si las acciones municipales se

relacionaron de algún modo con el Programa de Asistencia Integral para Personas

en Situación de Calle, creado por la Ley 13.956 y de alcance provincial.

La Secretaria de Salud y Acción Social informó que, ante la prolongación de

noches con muy bajas temperaturas, se extendió el funcionamiento hasta el 31 de

agosto. Con respecto a la articulación municipal con el programa provincial de

Asistencia Integral a Personas en Situación de Calle el informe consignó que la

Unidad Ejecutora prevista por la reglamentación de dicho programa comenzó su

funcionamiento a fines de 2012. Los recursos disponibles son subsidios de $1.200,

inicialmente por seis meses, a nombre de la persona en situación de calle, a cobrar

en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Los responsables municipales del

Operativo se entrevistaron el 19 de septiembre con el director del Programa

provincial y gestionaron tres subsidios para personas con las que se tienen

intervenciones sociales y que este año estuvieron en el parador.

La Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, por su parte,

respondió a la inquietud manifestada por el Defensor del Pueblo de Morón sobre

seguimiento del referido Programa de Atención Integral a las personas en

situación de calle. El Defensor del Pueblo provincial dispuso la apertura del

expediente 5193/13, en el cual se ha dispuesto como primera medida solicitar

informe a la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y a la

Unidad Ejecutora del Programa de Asistencia Integral a Personas en Situación de

Calle.

8. Actividades del Area jurídica

En cada informe anual que se realizó en el transcurso de estos años, se ha

intentado dar cuenta del desarrollo de los ejes permanentes que derivan en su

gran mayoría en consultas y orientaciones de índole familiar y de vivienda, y en

menor proporción otros temas.

Asimismo, cabe destacar que desde este Área Jurídica se trabajó en cada una

de las consultas ingresadas, con la mayor profesionalidad y confidencialidad

posible, tendiendo a lograr que la persona que se acercó se retire conforme con los

servicios brindados.

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8.1. Familia y Sucesiones

14 casos

Se han atendido consultas referentes a temas de divorcio y separaciones de

hecho. Asimismo, se solicitó ante esta Defensoría asesoramiento en los derechos y

obligaciones que existen entre los cónyuges y con respecto a los hijos en cuestiones

relacionadas a alimentos, tenencia y régimen de visitas. En estos últimos temas, se

aconsejaba los consultantes que recurrieran al Colegio de Abogados del distrito en

que el viven, o bien a la Asesoría Civil, para solicitar asistencia gratuita, según

correspondiera.

También se asesoró a personas en cuestiones vinculadas con el instituto de

la curatela, es decir, en qué casos se debe tramitar, quiénes pueden solicitarla, y

por último, cuáles son los inconvenientes que se evitan al tenerla otorgada. Se les

explicó que es la representación legal que se da a las personas mayores de 21 años

que tienen incapacidad mental. Excepcionalmente, se la puede solicitar a partir de

los 14 años. Para el caso de las personas inhabilitadas, la curatela tiene una función

de asistencia, cuya finalidad es por una parte la preservación de la salud física y

psíquica del discapacitado, quedando su cuidado a cargo del curador; y por la otra

tiende a evitar que estas personas sean perjudicadas en su patrimonio. Asimismo,

se les explicó que el trámite lo puede iniciar el cónyuge, los hijos, los padres del

discapacitado y a falta de cualquiera de ellos, el ministerio público.

Existen dos vías procesales posibles, que van a depender del grado de

incapacidad que posea la persona en cuestión. En los casos de un proceso de

insanía, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 141 del Código Civil, se

declaran incapaces o insanos a aquellas personas que por causas de enfermedades

mentales no tienen aptitud para dirigir su persona ni administrar sus bienes. La

consecuencia de dicha declaración, es que la persona queda equiparada a un

menor de edad, en cuanto a su persona y a sus bienes, es decir, no puede casarse, ni

votar, ni administrar sus bienes.

En el caso de inhabilitación judicial, de conformidad con el Art. 152 bis del

Código Civil, podrán declararse inhabilitados judicialmente a quienes por

embriaguez habitual o uso de estupefacientes estén expuestos a realizar actos

jurídicos perjudiciales a su persona o patrimonio. La consecuencia de esta

declaración de inhabilitación es que la persona en cuestión no podrá disponer

libremente de sus bienes sin la conformidad previa del curador. Sin embargo aquel

conserva toda su capacidad en lo relativo a su persona.

Hubo asesoramientos referentes a los derechos hereditarios. Se les informó

que la herencia es el conjunto de bienes y deudas que deja una persona al

producirse su deceso. Si las deudas superan el valor de los bienes, los herederos no

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tienen que pagar esa diferencia con su patrimonio. Se les explicó que hay dos tipos

de herederos: los herederos forzosos –que no pueden ser privados de la herencia

mediante un testamento-. Son los hijos, cónyuge y padres de la persona que fallece.

Los herederos no forzosos, que heredan si no hay herederos forzosos ni

testamento, son los demás parientes hasta el cuarto grado, como los hermanos,

sobrinos, tíos y primos.

En este punto, también se les explicó que si la persona fallecida estaba

casada, nuestra ley hace una distinción entre los bienes que entran en la sucesión.

Están aquellos bienes que se compraron después de estar casados, que los

denomina gananciales, y los que denomina bienes propios, que son aquellos otros

que la persona fallecida tenía antes de haberse casado o que heredó o recibió como

regalo luego de haberse casado, informándoles así el modo en que los herederos

participan en el acervo hereditario.

8.2. Vivienda

Problemas vecinales, desalojos, alquileres, usurpación

16 casos

Se han acercado personas con problemas diversos, surgidos contratos de

locación. En todos los casos se les manifestó cuáles son las obligaciones y derechos

que les asisten, en caso de ser propietario o inquilino. Asimismo, se les indicó cual

es la ley vigente en esta materia (Nº 23.091).

Entre los asesoramientos cabe destacar que han llegado a la Defensoría del

Pueblo personas con contratos de locación de viviendas vencidos o simplemente

sin contrato alguno, casos en los que los propietarios del inmueble los intimaban a

dejar la vivienda, bajo apercibimiento de iniciar un desalojo ante la vía judicial. En

tales situaciones se les aconsejó que evitaran este tipo de precariedad contractual

en futuros contratos. También han surgido inconvenientes por establecer plazos

inferiores de locación a los que impone la ley antes citada. En estos casos, se les

señaló que prevalece lo que la ley dispone, y no el acuerdo que hayan hecho en

forma particular.

En los temas de problemas vecinales, se les aconsejó que concurrieran a

mediaciones vecinales en forma gratuita, a través del Programa Municipal de

Resolución Alternativa de Conflictos, para poder dirimir sus controversias, y como

última instancia recurrir a la justicia ordinaria.

En todos los asesoramientos se tiende a evitar que el vecino llegue a la

judicialización del conflicto, con el fin de hacer prevalecer la buena convivencia

entre ambas partes.

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También se acercaron personas que solamente poseían boleto de

compraventa de la propiedad: en tales situaciones se les explicó que podrían:

iniciar juicio de escrituración, o bien, contactar al anterior dueño y ver la

posibilidad de efectuar la escrituración en forma directa ante una Escribanía.

Hubo otros asesoramientos en casos en los que se carecía de título alguno, y

se les aconsejó que regularizaran su situación a través de la llamada “Ley Pierri”

(Nº 24.374), que es el programa de regularización de tierras para quienes la

ocupan con uso de vivienda "única, familiar y permanente", en este caso se les

explicó qué documentación tenían que tener disponible y a qué Escribanía debían

recurrir para iniciar el trámite. Otras consultas estaban vinculadas a usucapión de

viviendas, por la posesión continua y pacífica por más de 20 años.

También se han presentado personas con problemas de vivienda, por

juicios ejecutivos que poseen en su propiedad única. La causa de estos juicios era,

en la mayoría de los casos, por créditos hipotecarios y/o personales que habían

solicitado a alguna entidad bancaria, y no habían abonado en tiempo y forma. En

tales casos, se los asesoró para tratar de llegar a un acuerdo de pago y evitar

perder la vivienda, dado que en los casos llegados a esta Defensoría las deudas

eran aún exigibles.

8.3. Institucional

1 caso

Se recibió un caso vinculado a un problema con la vacante para el próximo

año lectivo en una escuela del Distrito. Luego de hacer una breve intervención por

parte de esta Defensoría ante la Directora del Establecimiento, se logró que el

alumno fuera incorporado sin mayor dificultad.

8.4. Multas de Tránsito en Morón y otras jurisdicciones

3 casos

Se han realizado asesoramientos y asistencia en la redacción del descargo a

presentar ante la autoridad de aplicación pertinente con respecto a multas de

tránsito. Aunque es dable destacar que han disminuido este tipo de consultas en

este último período, con respecto a años anteriores.

Ante la consulta, en cada caso se analiza si es una ruta provincial o nacional,

para ver ante que órgano de aplicación hay que efectuar el descargo de la multa,

verificando si las actas de infracciones labradas y los procedimientos efectuados

cumplen con todos los recaudos necesarios que impone la ley nacional vigente (Nº

24.449) y de las provincias que adhieren a dicha ley.

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Se continúa trabajando desde esta Defensoría del Pueblo asesorando y

asistiendo a los ciudadanos respecto de los órganos jurisdiccionales y/o

administrativos, según corresponda para poder efectuar los descargos por las

multas de tránsito. Dado que aun se continúan observando deficiencias en el

sistema de control vial y en la manera en que los ciudadanos pueden acceder a la

justicia, por falta de información y lugares de atención cercanos.

8.5. Penal

2 casos

Han sido pocas las consultas referentes a delitos penales, más precisamente

referentes a robo. En tales casos se brindó asesoramiento par que efectuaran el

reclamo ante la Policía del lugar del hecho o bien que se acercaran a la Fiscalía de

turno a efectuar la denuncia pertinente.

Otras solicitudes de asesoramiento fueron referentes al lugar donde

conseguir Defensor Oficial, que los asista o represente ante la acusación de un

delito. En esos casos, se brindaron los datos correspondientes de la Defensoría

General del Departamento Judicial de Morón.

8.6. Privado

7 casos

Hubo casos relacionados a la actuación que desarrollan Estudios Jurídicos

para lograr el cobro de créditos. Tales conductas son consideradas por la Ley Nº

24.240 de Defensa del Consumidor como trato indigno. Por lo tanto, se realizaron

acciones coordinadas con la Directora de Defensa del Usuario y del Consumidor del

Municipio para que se tomaran las denuncias desde esa Dirección, a fin de tratar de

lograr audiencias de conciliación entre las partes.

También, existieron consultas sobre inconvenientes referentes a la

administración de consorcios. Se los asesoró para que se acerquen a la

Administración del consorcio para efectuar el reclamo penitente por escrito, y que

consulten la próxima fecha de convocación de asamblea, a fin de poder exponer sus

inquietudes.

Además, hubo consultas por temas referentes a cobro de seguros por

accidentes de tránsito. Se les indicó que debían realizar el trámite ante la compañía

de seguros, allí les darían un numero de siniestro para el seguimiento del trámite

correspondiente. En caso de no llegar a un acuerdo, deberían continuar el trámite

con letrado en forma particular y consultar con la Superintendencia de Seguros de

la Nación para que desde dicho Organismo les brindaran mayor información.

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8.7. Previsional

1 caso

Se acercó una persona que reclamaba por el monto de su haber jubilatorio.

En tal caso, se lo asesoró para que concurra a la Caja previsional donde está

jubilado, para que le informen acerca del monto, y en caso de haber alguna

diferencia que se acerque nuevamente para brindarle mayor información sobre

cómo continuar el reclamo.

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CARATULA

ACTIVIDADES DE COMUNICACION

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Actividades de comunicación

El trabajo de comunicación y difusión es una actividad permanente de la

Defensoría del Pueblo. Coordinado desde el área de Comunicación, involucra a

todo el equipo de trabajo que acompaña al Defensor en su función.

Uno de los objetivos centrales del trabajo es el de lograr un mayor

conocimiento de la institución y los servicios que brinda a los vecinos y vecinas de

Morón, pero también persigue otros objetivos, como el de mejorar la imagen

positiva y posicionar a la institución como una referencia en materia de derechos.

De este modo, en el inicio del año 2013 se planificaron las acciones de

difusión y se buscó generar canales eficientes de comunicación con la comunidad.

Durante el transcurso del período indicado, las acciones que se realizaron tuvieron

como meta presentar a la comunidad información útil sobre la Defensoría y sus

funciones, pero también acercarles herramientas para aumentar su conocimiento

sobre cuáles son sus derechos y la mejor manera de hacerlos valer.

Para llevar a cabo esta tarea, se realizaron acciones y se implementaron

estrategias en distintos soportes y canales de comunicación.

Radio

Programa semanal

El día 28 de diciembre de 2013 se cerró el ciclo radial correspondiente a ese

año, con la emisión del programa número 200. Desde 2009, el ciclo radial “El

Defensor del Pueblo” se emite los días sábados de 11 a 12, por FM En Tránsito, de

Castelar. Este programa tiene como objetivo principal divulgar derechos y

herramientas para defenderlos, abrir una vía más de comunicación entre la

Defensoría del Pueblo y los vecinos y lograr que más ciudadanos conozcan las

funciones de la Defensoría del Pueblo y sepan cómo comunicarse fácilmente con

ella. La producción integral del programa y la conducción están a cargo del propio

personal de la Defensoría.

En el esquema habitual, el programa incluye un editorial a cargo del

Defensor del Pueblo, quien dedica los primeros minutos de cada programa a

analizar algún tema de la realidad local, nacional o internacional, con una mirada

crítica y un análisis profundo de las causas y consecuencias de las noticias y

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sucesos más relevantes de la semana. La grilla de cada semana también incluye el

espacio de carácter histórico-educativo a cargo del Defensor Adjunto, quien

plantea hechos y sucesos históricos vinculados a las fechas cercanas y elabora

diferentes columnas de análisis, en las que establece puentes entre la historia y el

presente de nuestro país y el mundo.

Además, en las distintas emisiones se realizan entrevistas a especialistas en

temas relacionados con los derechos del ciudadano y distintas problemáticas

sociales. Durante 2013 se emitieron 41 programas, en los que se abordaron

distintos temas vinculados con Salud, Educación, Vivienda, Discapacidad, Cultura y

Trabajo, entre otros.

A continuación presentamos el detalle de los programas emitidos:

Marzo Lucas Ghi, intendente Los grandes temas de Morón en 2013

Marina Parra "Tu día verde", recolección diferenciada

El Transformador

Riesgo de cierre de la casa de noche

Gustavo Moreno Apertura del nuevo espacio Mansión Seré

Abril Carlos Bonicatto Las consecuencias de la inundación en La Plata

Juan Manuel Sánchez

Políticas para adultos mayores

ONG Ankoku

Mujeres solas con hijos a cargo

Consejo de arbolado

El cuidado de las especies forestales

Mayo Pablo Aguirre y Diego Bocchio Inclusión en salud

Lorena Colombatti y María José Cosentino

Deporte y discapacidad

Nancy Calvo Historia argentina Junio Marcela Vanderperre Asistencia a personas en situación de

calle

Escuela Técnica de El Palomar Ciencia y tecnología Roxana Domínguez y Mabe

Cristensen Por la Ley de Grooming

Dr. Enrique Pochat Ley de servicio doméstico

Dra. Lucrecia Raffo Ampliación del Hospital Posadas Julio Laura Yanela, Alejandro Regas y

Nahuel Gómez Revistas culturales independientes

Juan Sala Colonia de vacaciones para personas con discapacidad

Payacáncer Grupo solidario y de acompañamiento a pacientes oncológicos

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Médicos del Hospital Güemes, de Haedo

Fertilización asistida

Agosto Colegio de farmacéuticos El acceso a los medicamentos

Daniel Radomski Semana por la lactancia materna Jorge Stewart y Héctor Bavosa Bibliotecas Populares de Morón

Karina Tedeschi Agencia de empleo local

Ana María Rodríguez Asociación de Enfermedades poco Frecuentes

Septiembre María Esther Pellizari Campaña sobre bullying

Dr. Julio Dunogent y Mónica Macha Casa de Convivencia de Morón

Escuela de Guardavidas Formación y servicio a la comunidad

Foros de seguridad La construcción colectiva de la seguridad

Octubre Andrés Harfuch Juicios por Jurados en la Provincia Jimmy Aquino Colectividad boliviana en Morón

Lalcec Morón Campaña de concientización sobre Cáncer de Mama

Ana Dones Derecho al voto de las personas con discapacidad

Noviembre Emilio de los Santos García Colectivo de Varones

Silvia Pereyra Maestra y directora de cine

ONG Techo

Relevamiento sobre vivienda y acceso a los servicios

ONG A todo corazón Acciones solidarias Diciembre Sheila Pérez Cine en Movimiento

Bruno Corbo Defensor del Pueblo de Ituzaingó

Lautaro Roccatagliata y Sonia López

Derechos de los niños y niñas con Discapacidad

Programa especial 200 emisiones de "El Defensor del Pueblo"

Radio: columna especial

La Defensoría del Pueblo realiza, desde hace tres años, una columna

quincenal en el espacio radial “En Otras Palabras”, que se emite de lunes a viernes

de 8 a 12, por FM En Tránsito. Allí participa de la sección “El otro lado de los

organismos”, un segmento dedicado a compartir con la audiencia noticias sobre

gestiones en las que esté trabajando la Defensoría, o bien para divulgar

información importante acerca de un derecho, un cambio en una normativa o un

tema de actualidad vinculado con Derechos Humanos.

Este bloque quincenal tiene la particularidad de que permite llegar a otro

público, diferente del que escucha el programa propio los sábados por la mañana.

Esta periodicidad quincenal permite presentar segmentos de información

enfocada en un tema, que en muchas oportunidades se presentó vinculado con

temas de actualidad, que atravesaban la agenda del día en que se emitía la

participación. Así, además de ser un espacio de difusión, se buscó generar también

un canal de servicio, en el que se brinda a los vecinos datos clave para resolver una

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problemática, comprender los cambios y modificaciones en marcos legales o

procedimientos, y acceder al asesoramiento de la Defensoría en materias

determinadas.

Página web

La página web institucional de la Defensoría del Pueblo contiene

información fija, como la descripción de las competencias, la función del Defensor

del Pueblo y datos acerca de su funcionamiento y método de elección. Pero

también contiene información que se actualiza permanentemente, acerca de las

noticias vinculadas al trabajo cotidiano y las gestiones de la institución, temas de

actualidad, información de servicio para los vecinos y vecinas y novedades de los

otros canales de comunicación institucionales.

Visitas totales

Entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2013 se registró un total de

5.329 visitantes en la web institucional, lo que representa un 47% más que en el

mismo período del año anterior. Estos visitantes han visualizado un total de

10.391 páginas, un 45% más que durante 2012.

El 78% de los visitantes a la página web se conectaron por primera vez

durante el período indicado, mientras que el 12% restante se trata de personas

que ya se habían conectado con nuestra página en alguna oportunidad previa.

Fuentes del tráfico web

Durante este año, la principal fuente de referencia del tráfico ha sido el

buscador Google, a través del cual provinieron 2776 visitas (el 53% del total). En

segundo término, el acceso directo –se refiere a aquellos que ingresan la URL de la

página de la Defensoría en su navegado- incluye a 1.756 visitantes, el 33% del total.

La red social Facebook, y las referencias, banners y vínculos publicados en las

páginas web del Honorable Concejo Deliberante, del Municipio de Morón y otras

entidades o instituciones, contienen el resto de las visitas (14%).

Redes sociales

Facebook:

Perfil: 3.026 amigos.

Página: 538 seguidores.

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Twitter:

350 seguidores.

Parte de la estrategia de comunicación digital es la de mantener activos los

perfiles de la Defensoría del Pueblo en las redes sociales. En nombre de la

Defensoría como institución, se gestionan las cuentas que reflejan las funciones, el

espíritu de trabajo y la imagen de este organismo. Allí se publica información,

imágenes, documentos, pero también se responden consultas y se mantiene un

“diálogo virtual” con los vecinos que dejan sus comentarios, preguntas y opiniones

a través de estos medios.

El monitoreo permanente de los temas que se publican y discuten en las

redes sociales es una estrategia de comunicación proactiva, ya que se busca

detectar problemáticas o preocupaciones, que pueden luego ser abordadas como

actuaciones de oficio. También se contacta a las personas, buscando ampliar la

información en un canal personal, ya sea por teléfono o en una entrevista personal

en la Defensoría. En otras oportunidades, se ha procedido a inspeccionar los temas

denunciados, para verificar su veracidad y conocer mayores detalles antes de

iniciar actuaciones.

A través del trabajo diario en las redes sociales, también se busca hacer

crecer la comunidad de vecinos y vecinas vinculados con la Defensoría del Pueblo,

para generar mejores canales de comunicación y estar presentes en el momento en

que alguno de ellos puede necesitar los servicios o el asesoramiento de esta

institución. Las redes son utilizadas, también, como un canal para distribuir el

contenido generado desde el área de noticias de la página web, en los programas

de radio y las novedades en cuanto a resoluciones, gestión de casos colectivos, etc.

Así, se busca que los distintos canales de comunicación de la Defensoría

interactúen entre sí y se genere un tráfico de público en red.

Durante 2013 se han recibido reclamos y denuncias realizadas a través de

estos medios, que luego se transformaron en actuaciones. Algunas de ellas a

nombre de los titulares de las denuncias, y otras como actuaciones de Oficio del

Defensor. Pero en todos los casos se brindó respuesta a las consultas realizadas

por los vecinos.

Participación en redes con otras defensorías

La Defensoría del Pueblo de Morón participa de la Red de Comunicación,

Prensa y Relaciones Institucionales de la Asociación de Defensores del Pueblo de la

República Argentina. Desde este espacio, se han llevado a cabo acciones conjuntas

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de carácter institucional, campañas y difusión de temas de interés para las

distintas comunidades. En casos críticos, como el temporal que castigó a algunas

localidades de la Provincia en abril de 2013, se activaron desde la red de

comunicadores mecanismos de difusión para envío de donaciones, difusión de

información y generación de canales de trabajo colaborativos. Del mismo modo se

generar comunicaciones en red sobre cuestiones de interés general, como aquellos

vinculados a las interrupciones de servicios públicos, entre otros temas.

Además, como parte de la red ComFIO, la red de Comunicadores de la

Federación Iberoamericana del Ombudsman, se trabajó durante 2013 en un

relevamiento sobre “Buenas prácticas en materia de comunicación”, que será

utilizado para diseñar un módulo de capacitación y un manual para las áreas de

Comunicación de las defensorías de Iberoamérica. Además, se comenzó a diseñar

un módulo de capacitación en materia del abordaje y tratamiento de temas sociales

para periodistas, que durante el año 2014 las Defensorías se encargarán de

publicar y difundir entre los profesionales de la comunicación.

Durante 2013, la Defensoría del Pueblo del Municipio de Morón también

realizó su participación en el programa de televisión por Internet “Iberoamérica

Habla”, un programa realizado de manera colaborativa por las áreas de

comunicación de todas las Defensorías que integran la red ComFIO. En esa

oportunidad, realizó un documental producido y filmado por el propio personal de

la Defensoría sobre un caso emblemático, que esta institución trabaja desde 2009,

y que por sus características ha representado un desafío y un aprendizaje sobre el

rol y el modo de gestionar resoluciones de conflictos de intereses. El programa

completo, junto con las participaciones de otras Defensorías, puede verse en:

www.facebook.com/IberoamericaHablaDHNET y en el canal de YouTube:

Iberoamérica Habla.

Folletería y cartelería

Se han diseñado e impreso nuevos elementos de papelería institucional,

como folletos y volantes. El tríptico institucional, que contiene información sobre

la Defensoría, su modo de gestión y cómo realizar reclamos, se ha rediseñado para

mejorar su comprensión por parte de los vecinos y la presentación de la

información. Se han impreso 2.000 trípticos de 21x 29,7 cm., en papel ilustración.

En esta oportunidad también se diseñaron e imprimieron volantes doble

faz, en un formato más pequeño, con la información breve necesaria para conocer

de qué se trata la función de la Defensoría del Pueblo, y los datos básicos para

contactarse o dirigir un reclamo. En un tamaño de 10 x 15 cm., en papel ilustración,

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se imprimieron 5.000 copias. También se realizaron afiches de cartelería para

distribuir y difundir la convocatoria a la presentación del anterior informe anual,

en el mes de mayo de 2013.

Todos los materiales fueron distribuidos en distintas mesas de entrada de

oficinas y dependencias municipales, así como en centros de salud, entidades

barriales, escuelas y en mano en lugares públicos, como actividades realizadas en

la plaza San Martín de Morón.

Comunicados de prensa y gestión de entrevistas

Desde el área también se emiten y distribuyen periódicamente

Comunicados de prensa con información de interés para medios locales, regionales

y provinciales. En los casos en que se requiere desde los medios, se gestionan

entrevistas, se envían informes detallados sobre el caso citado y hasta imágenes y

audios. Así, el Defensor del Pueblo ha sido entrevistado en programas radiales,

televisivos, medios gráficos y digitales.

Durante el año, estos materiales también son publicados en la propia página

web, en la sección de Noticias, y las publicaciones realizadas se registran en un

archivo que contiene el historial de publicaciones y menciones en medios gráficos

y digitales de la Defensoría, desde sus inicios hasta la fecha.

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Caratula

Ejecución presupuestaria

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Ejecución presupuestaria

Presupuesto 2013

Cantidad %

Presupuestado 1.292.640,97 100

Devengado 1.180.181,33 91,30

Diferencia 112.459,64 9,53

Total presupuestado

Total devengado

1.292.640,97

1.180.181,33

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Gasto total 2013

Cantidad %

Recursos humanos 1.032.297,65 87,47

Bienes y servicios 147.883,68 12,53

Total 1.180.181,33 100

Recursos humanos

87%

Bienes y servicios 13%

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Gasto en bienes y servicios

Cantidad %

Bienes de consumo 27.894,95 18,86

Servicios no personales 119.988,73 81,14

Bienes de uso 0,00 0,00

Total 147.883,68 100

Bienes de consumo

19%

Servicios no personales

81%

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CARATULA

ANEXO

PERIODO 2009 2013

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Defensoría del Pueblo de Morón | Informe anual 2013

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Anexo

Período 2009-2013

En este período de cinco años, además de la atención de los reclamos más

usuales, de carácter individual, la Defensoría del Pueblo ha intervenido en algunas

cuestiones de particular relevancia que considero conveniente remarcar, porque

contribuyen a consolidar una incipiente base de experiencias para el futuro,

además de fortalecer la presencia de Defensorías del Pueblo de carácter municipal.

Se detallan en el anexo adjunto los casos más relevantes, los que hemos

clasificado, según su naturaleza, en los siguientes capítulos:

1. Cuestiones que requieren la decisión legislativa provincial

1.a. Ley contravencional

1.b. Problemas de deudores por obras de infraestructura

2. Cuestiones en que se requirieron decisiones del Poder Ejecutivo

Provincial

2.a. Conservatorio de Música Alberto Ginastera, de Morón

2.b. Escuela Secundaria Básica Nº 40, de El Palomar

2.c. Espirómetro para el Dispensario del Vías Respiratorias de Morón

2.d Deficiencias del Programa Federal Incluir Salud

2.e. Averiguación de Identidad

3. Cuestiones en que se requirieron decisiones del Poder Ejecutivo Nacional

3.a. Servicio de Ferrocarril línea Sarmiento, administrado por TBA

3.b. Préstamos a jubilados

3.c. Inmigrantes senegaleses

4. Cuestiones en que se requirió al Municipio de Morón el cumplimiento de

normas legislativas provinciales de protección y promoción de derechos

4.a. Incumplimiento del cupo laboral para personas con discapacidad

4.b. Planta permanente de empleados municipales

5. Cuestiones en que el Defensor del Pueblo instó a la modificación de

criterios de organismos municipales

5.a. Licencia para conducir vehículos

6. Cuestiones dependientes de decisiones del Poder Ejecutivo Provincial

6.a. Licencia profesional para conducir vehículos

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7. Cuestiones dependientes de decisiones del Departamento Ejecutivo

Municipal

7.a. Inundaciones

7.b. Aguas servidas

7.c. Desalojo de vivienda

7.d. Viviendas sin escritura

7.e. Parador para niños y niñas en situación de calle

7.f. Derecho a la defensa en la Justicia de Faltas

7.g. La eficacia de las sanciones impuestas por la Justicia de Faltas de

Morón

7.h. Corredor Avenida Presidente Perón (ex Gaona)

7.i. Arbolado público

7.j. Antenas

7.k. Cooperativas de trabajo

8. Cuestiones planteadas ante organismos del Poder Judicial

8.a. Denuncia penal

8.b. Intervención de la Justicia de Familia para caso de acumulación

compulsiva

Cumplo entonces en presentar este informe anexo para el conocimiento del

Honorable Concejo Deliberante y funcionarios del Departamento Ejecutivo.

También recuerdo que los informes previos, en los que se puede encontrar mayor

detalle de los casos resumidos en este documento, están disponibles de manera

permanente en nuestra página web institucional.

1. Cuestiones que requieren la decisión legislativa

provincial

1.a. Ley Contravencional

El Defensor del Pueblo asistió a la audiencia pública realizada en 2010 en el

Senado de la Provincia de Buenos Aires, para analizar el Proyecto del Código

Contravencional presentado por el Poder Ejecutivo. El 10 de marzo de ese año

remitió a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires una presentación con el fin

de exponer su opinión respecto del proyecto. El trabajo del Defensor del Pueblo

incluyó consideraciones sobre los aspectos que consideró positivos en la propuesta

y otros cuya incorporación estimó como absolutamente objetables.

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Adicionalmente, incluyó en su presentación un cuadro comparativo entre la

normativa en vigencia y aquella que se propone para suplirla. El aporte se remitió

a las Presidencias de las Cámaras y –por medio de correo electrónico– a cada uno

de los legisladores. También se remitió una copia al Honorable Concejo

Deliberante de Morón, que se había expedido críticamente sobre el proyecto de

legislación contravencional propuesto por el Poder Ejecutivo.

Se constituyó una comisión, en la que esta Defensoría participó, que elaboró

un nuevo proyecto del Código. Este fue presentado en el año 2013, en una reunión

que se hizo con el Presidente provisional del Senado, donde fue incorporado

oficialmente. Hoy cuenta con el apoyo de varios legisladores.

1.b. Problemas de deudores por obras de infraestructura

Existen casos de personas que enfrentan una antigua situación (de más de

treinta años de antigüedad) como deudores, por obras de pavimentación

realizadas en las calles de sus domicilios particulares. El tema ya mereció la

sanción, en 1997, de la Ley Provincial 11.972, que estableció un nuevo cálculo de

las deudas generadas por estas obras, las que habían alcanzado valores

exorbitantes en el transcurso de los años, incluso en algunos casos por encima del

valor de la propiedad.

Lamentablemente, la operatoria reglamentada por la mencionada ley no se

concretó, al menos en un número significativo de casos. El problema persiste y los

propietarios viven con zozobra, ante el riesgo de perder sus casas. En situaciones

análogas a las de estas personas se encuentran deudores por obras de

infraestructura en diversos municipios de la Provincia de Buenos Aires. Ante la

magnitud que ha alcanzado la situación, la Legislatura provincial ha sancionado en

sucesivas oportunidades leyes que suspenden por períodos determinados la

ejecución de las sentencias que ordenen la subasta de las propiedades.

La más reciente es la Ley 14.115, del 20 de enero de 2010, que suspende

“por el término de dos años, el trámite de los juicios a partir de la sentencia de trance

y remate o la ejecución de sentencia, derivados de la realización de obras municipales

de infraestructura urbana...”.

El Defensor del Pueblo de Morón ha estimado que el plazo de suspensión es

propicio para encontrar una solución al problema, mediante una ley que establezca

una nueva fórmula para el cálculo de los valores adeudados, siguiendo el criterio

de la ya citada Ley 11.972.

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Así lo ha expresado ante la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, con

el acompañamiento del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

En su propuesta, los defensores del pueblo provincial y municipal hacen

presente la necesidad de que los montos que se cobren por obras de

infraestructura sean equitativos tanto para los acreedores como para los frentistas.

En tanto no se apruebe una norma con el contenido expuesto, se deberá

prorrogar la vigencia de la legislación que suspende las ejecuciones, a fin de evitar

que las familias enfrenten situaciones muy gravosas, llegando incluso a la pérdida

de su vivienda.

La Cámara de Apelaciones del Departamento Judicial de Mercedes ha

emitido dos fallos en que se hace lugar a la excepción de legitimación presentada

por personas que adquirieron sus viviendas y obtuvieron la correspondiente

escritura de dominio, sin que les notificaran que pesaban deudas sobre la

propiedad por obras de infraestructura. La Cámara ha indicado que, en tales casos,

el nuevo adquirente no es el responsable por la deuda, cuyo pago debería exigirse

al vendedor de la propiedad.

Estos fallos han favorecido a numerosas familias y pueden favorecer a todas

las que se encuentran en una situación similar a la descrita.

Por ello el Defensor del Pueblo de Morón ha difundido el contenido de estas

sentencias entre las personas que están en comunicación con la institución por

este problema, de modo que puedan interponer similar excepción, en el caso de

que se les continúe reclamando judicialmente el pago por la presunta deuda.

2. Cuestiones en que se requirieron decisiones del

Poder Ejecutivo Provincial

2.a. Conservatorio de Música Alberto Ginastera, de

Morón

El Conservatorio de Música Alberto Ginastera es un reconocido ámbito de

formación, que forma parte el sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires y

desarrolla su actividad en la ciudad de Morón. Desde hace tiempo su valiosa tarea

encuentra dificultades por las limitaciones de infraestructura. Su sede es un

antiguo edificio, en la calle San Martín 370, de esta ciudad.

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Este problema fue planteado por la directora de la institución, Mg. Beatriz

Mastrángelo, en una entrevista que le realizara el Defensor del Pueblo, en una de

las emisiones de su programa radial. Enterado de esta situación, el Defensor del

Pueblo procuró colaborar para la superación del problema, con la convicción de

que la actividad desarrollada por el Conservatorio es un aporte muy valioso para la

vida cultural de nuestro Municipio. A tal fin, solicitó una reunión a las autoridades

de la institución, para interiorizarse de la propuesta y de los pasos que se han dado

y del plan existente para las nuevas instalaciones del Conservatorio.

Las autoridades del Conservatorio proponen la construcción de un edificio

en el predio que actualmente ocupa. De aprobarse esta iniciativa, durante el

tiempo que dure la construcción se necesitará contar con un edificio alquilado o

prestado para la continuidad de las actividades. Informan que el intendente de

Morón les ha manifestado la disposición del gobierno municipal de facilitarles un

edificio. También expresan su opinión favorable a la habilitación de un anexo del

conservatorio que funcione en las instalaciones de la Escuela Secundaria Básica

(ESB) N° 40 de El Palomar. Pero estiman que la habilitación del anexo no puede

interferir en el propósito prioritario, que es la construcción del Conservatorio en el

predio que actualmente ocupa.

En orden a avanzar en el conocimiento de los problemas de funcionamiento

del Conservatorio y el modo de superarlos, el Defensor del Pueblo gestionó una

reunión con los directivos de esa institución y con integrantes del Consejo Escolar.

En ella se analizaron algunos problemas que resienten el funcionamiento del

Conservatorio.

En relación con el edificio, las autoridades del Conservatorio señalaron la

importancia de que el proyecto de nuevo edificio del Conservatorio esté

incorporado como prioritario en el plan de obras de la provincia. El consejero

Alejandro Francomano comunicó que el Consejo Escolar ha votado por unanimidad

la disposición por la que se considera que el nuevo edificio del Conservatorio debe

estar entre las obras prioritarias en el distrito. El contenido de esta disposición ha

sido puesto en conocimiento de la Unidad Ejecutiva de Gestión Distrital, que debe

definir el plan de obras. El Defensor del Pueblo expresó su voluntad de colaborar

desde su ámbito para que el Conservatorio de Música de Morón cuente con

instalaciones adecuadas para el desarrollo de sus actividades.

El Defensor del Pueblo analizó las posibilidades de concretar la propuesta

de nuevo edificio del Conservatorio en el lugar que actualmente ocupa, en

sucesivos encuentros de trabajo mantenidos con el Consejo Escolar y con el

Director de Cultura y Educación, conjuntamente con integrantes del referido

Consejo y con la participación del señor Intendente de Morón. Se consideraron los

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obstáculos de factibilidad económica para concretar la obra y las variantes

posibles, como la adecuación de un edificio escolar con posibilidad de ser utilizado

para las actividades del Conservatorio, compartiendo el ámbito con la escuela, que

actuaría también como departamento de aplicación para la práctica docente de los

alumnos del Conservatorio.

2.b. Escuela Secundaria Básica Nº 40, de El Palomar

En el contexto de búsqueda de edificio para el Conservatorio de Música de

Morón, el Defensor del Pueblo visitó la E.S.B. N° 40, en El Palomar. Pudo

comprobar el deterioro que han sufrido las instalaciones de esa institución escolar,

hasta el punto de que la actividad que se desarrolla enfrenta serias limitaciones. El

alumnado de la institución es escaso. Sin embargo, el edificio ha sido construido

con solidez y tiene capacidad para albergar una población escolar numerosa.

El Defensor del Pueblo estima que el arreglo del edificio debe ser parte de

un proyecto educativo integral e innovador. Por el lugar en que se encuentra,

vecino al Hospital Nacional Alejandro Posadas y al barrio Carlos Gardel, la puesta

en valor del edificio escolar debe también insertarse en el proyecto urbanístico de

reconfiguración de esa zona del Municipio. En esa línea, el Defensor del Pueblo

interesó a las autoridades de la Universidad Nacional de General Sarmiento para

que esta institución brinde su aporte al estudio socio ambiental de la zona en que

se encuentra la ESB N° 40. La razón de encargar el estudio a dicha Universidad es

que cuenta con un departamento especializado en cuestiones del Conurbano.

El propósito de ese estudio es evaluar las condiciones para generar un

impulso de desarrollo humano en la zona, incluyendo la puesta en valor del edificio

escolar y la posibilidad de que en él funcione un anexo del Conservatorio de Música

de Morón, que ocupe parcialmente las instalaciones. Se considera que, por su

ubicación, puede concretarse en las actuales instalaciones de la ESB N° 40 un

proyecto educativo de enseñanza media, preuniversitaria, de irradiación regional.

Una alternativa propuesta por el Defensor del Pueblo de Morón es que dicho

proyecto tenga una impronta vinculada con la educación artística. A tal fin, resulta

importante la vinculación con el Conservatorio.

El Intendente municipal de Morón ha manifestado al Defensor del Pueblo la

disposición de trabajar en el mejoramiento de la infraestructura aledaña al predio,

principalmente en las condiciones de acceso.

La propuesta de la creación de un centro educativo de calidad, con

orientación a la formación artística, ha sido compartida por el Defensor del Pueblo

en las sucesivas reuniones mantenidas con las autoridades del Conservatorio de

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Música, con los integrantes del Consejo Escolar de Morón, con el director general

de Cultura y educación de la Provincia de Buenos Aires y sus colaboradores y con

el Intendente Municipal de Morón.

2.c. Espirómetro para el Dispensario de Vías Respiratorias, de Morón

En abril de 2011, el Defensor del Pueblo tomó conocimiento de que el

espirómetro del Dispensario de Vías Respiratorias, ubicado en la calle Cabildo de la

localidad de Morón, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos

Aires, no funcionaba desde el mes de noviembre del año anterior. Dado que se

trata de un centro especializado en vías respiratorias, y que en la zona sólo el

Hospital Posadas y el Instituto Güemes de Haedo contaban con espirómetros, inició

una actuación de Oficio.

Ante la falta de respuestas a las comunicaciones enviadas a la Dirección de

Hospitales del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, se trasladó la

gestión del caso a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, la cual

fue asignada al Área de Derechos y Garantías de dicha Defensoría y caratulada bajo

el expediente 1531/11.

No obstante ello, en el mes de junio el Defensor del Pueblo volvió a dirigirse

a la Dirección de Hospitales del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires

a fin de obtener una respuesta. Finalmente, el 18 de julio el Área de Tecnología

Médica del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires informó que el día

9 de junio se entregó un espirómetro computarizado, marca MIR, modelo

SPIROBANIK G Serie A23- 048.03232 al Dispensario de Vías Respiratorias, así

como una computadora a efectos de poder realizar impresiones y guardar la

información de los pacientes. Resuelto satisfactoriamente el problema, el Defensor

del Pueblo decidió dar por finalizadas y archivadas las actuaciones.

2.d. Deficiencias del Programa Federal Incluir Salud

El Programa Federal Incluir Salud, ex PROFE, es un programa del gobierno

nacional que se implementa en la órbita de la Dirección Nacional de Prestaciones

Médicas del Ministerio de Salud de la Nación. Su misión es brindar cobertura

médica integral a los beneficiarios de pensiones no contributivas, transfiriéndose

el recurso presupuestario que corresponde a cada Provincia. Sus destinatarios

constituyen una población muy vulnerable, con ingresos muy limitados y sin

ningún respaldo patrimonial.

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Desde el año 2009 los reclamos ingresados en esta Defensoría del Pueblo,

referidos a temas de salud, se focalizaron en el incumplimiento y falencias del

Programa Federal. Los reclamos más comunes planteados por los beneficiarios se

concentraron en las demoras en la autorización de recetas e insumos y las

dificultades para su obtención; la escasez de farmacias adheridas, la falta de

asesoramiento y mala atención por parte de los empleados administrativos de las

diferentes delegaciones.

Alertados por esta situación y los inconvenientes en la operatoria, durante

el transcurso de la gestión, la Defensoría del Pueblo de Morón participó

activamente junto con el Sr. Intendente de Morón Lic. Lucas Ghi, el Sr. Ministro de

Salud de la Provincia de Buenos Aires Dr. Alejandro Collia, en reuniones para

interesarlo de las graves dificultades que evidenciaba el programa. De esa

entrevista, quedó confirmado que la administración del programa en la provincia,

hasta entonces a cargo de IOMA, pasaría directamente al ministerio.

Como resultado, durante el transcurso de 2012 se observaron mejoras en el

funcionamiento del Programa; éstas se vieron reflejadas en la disminución de

reclamos y, en los casos abordados se obtuvo una rápida y favorable respuesta.

Aunque durante 2013 se reiteraron los reclamos y fue necesario intervenir

nuevamente, luego las cuestiones planteadas fueron encontrando respuesta y

solución.

No obstante esto, cotidianamente la Defensoría del Pueblo continúa

trabajando para garantizar el acceso a la salud de esta población tan desfavorecida.

2.e. Averiguación de Identidad

La Ley 13.482, que regula la actividad de las policías de la provincia de

Buenos Aires, establece en su artículo 15 las situaciones en que el personal policial

está facultado para limitar la libertad de las personas. El inciso c) confiere esta

posibilidad “cuando sea necesario conocer su identidad, en circunstancias que

razonablemente lo justifiquen, y se niega a identificarse o no tiene la

documentación que la acredita”. Al amparo de esta disposición, la Policía en

numerosas oportunidades ha detenido a personas, incluso por varias horas, y

creando la figura de “averiguación de antecedentes”, no contemplada en la

mencionada ley.

El Defensor del Pueblo, puesto en conocimiento de algunas de estas

situaciones por personas que las han padecido, ha requerido información a la

dependencia policial actuante en el caso para corroborar el hecho, ha interesado a

la Auditoría de Asuntos Internos, dependiente del Ministerio de Justicia y

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Seguridad para que investigue la actuación policial y ha comunicado las denuncias

al Defensor del Pueblo de la Provincia, expresando la necesidad de que se revise

este modo de actuación, en la convicción de que se realiza bajo una interpretación

incorrecta de la ley, aun cuando los funcionarios policiales sostengan que los

jueces de Garantías son informados de estos procedimientos y no expresen

disconformidad al respecto.

En ese contexto, el Defensor del Pueblo de Morón se complace por el

dictado de la Resolución 2279/12 por el Ministro de Justicia y Seguridad

provincial, por la cual se aprobó el “Protocolo de actuación de las Policías de la

Provincia de Buenos Aires para su intervención en los casos de averiguación de

identidad”, con la finalidad expresa de “adecuar el límite de la libertad ambulatoria

de las personas para determinar su identidad a estrictos parámetros de necesidad,

proporcionalidad, mínima intervención, mínima duración, respeto irrestricto a la

ley y los derechos humanos”.

El estricto cumplimiento de este Protocolo de actuación debe significar el

cese de numerosas conductas arbitrarias por la policía, en detrimento de los

derechos de las personas que habitan en nuestra provincia o transitan por ella.

3. Cuestiones en que se requirieron decisiones del

Poder Ejecutivo Nacional

3.a. Servicio de Ferrocarril línea Sarmiento, administrado por TBA

El Defensor del Pueblo del Municipio de Morón, comenzó a actuar de oficio

en 2009, en el tema de la administración de TBA sobre el ex Ferrocarril Sarmiento.

La mala calidad de servicio que han sufrido los vecinos y vecinas de Morón que

utilizan este medio de transporte ha sido un tema de preocupación del Defensor

del Pueblo de Morón.

En marzo de 2010, mantuvo una reunión con el entonces interventor de la

Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) Dr. Sícaro, el Intendente

de Morón Lic. Lucas Ghi, el Secretario de la UGC N°2, y vecinos de Haedo. Dicha

reunión se circunscribió casi exclusivamente a la posible apertura del paso a nivel

de la calle Fresco en la localidad de Haedo, a pesar de los intentos del Defensor del

Pueblo por incorporar los demás temas.

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El día de la reunión el Defensor del Pueblo entregó al interventor de la

CNRT y, por medio de él, al presidente de TBA, una carta que detallaba un listado

de reclamos específicos que deberían resolverse con carácter perentorio. Allí se

detallaban temas vinculados al acceso y estado de las estaciones, sanitarios,

bancos, máquinas expendedoras de boletos, reapertura de pasos a nivel y mejora

de las vías, entre otros temas.

El día 5 de agosto del mismo año el Defensor del Pueblo logró concretar una

reunión con TBA. A la misma asistió el Intendente de Morón Lic. Lucas Ghi y varios

funcionarios de la empresa. En dicha reunión, las autoridades de TBA expresaron

su deseo de mantener un canal de diálogo fluido con esta Defensoría,

comprometiéndose también a responder por escrito los reclamos puntuales

mencionados en aquella carta. La respuesta fue recibida y la mayoría de los puntos

fueron rechazados, y expusieron los argumentos que sostenían dichas negativas.

Luego del accidente de Once, en febrero de 2012, y de la posterior

intervención del servicio por parte del Estado Nacional, la Defensoría del Pueblo

continuó trabajando en torno a este tema. Se realizaron relevamientos fotográficos

y se enviaron pedidos de informes a las autoridades, gestiones que aún continúan

en curso.

3.b. Préstamos a Jubilados

En el año 2011 se realizó una campaña de información relativa a los

préstamos que se otorgan a jubilados y pensionados en mutuales y financieras. Con

afiches informativos, que se enviaron a todos los centros de jubilados del Distrito,

se ofreció información detallada sobre los recaudos que los solicitantes deberían

tener en cuenta antes de solicitar estos préstamos. A raíz de esta difusión, el

presidente de un Centro de Jubilados se acercó planteando varias dudas. Luego se

realizó una serie de entrevistas con el Defensor del Pueblo, el área jurídica de la

Defensoría y los jubilados que planteaban sus situaciones, para estudiar cada caso

en particular.

En tal sentido, se remitió un pedido de informes a la ANSeS y al INAES

(Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social), dependiente del

Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, informándoles la situación de cada

uno de los jubilados.

La ANSeS, respondió que la Resolución D.E. 336/09 quedó suspendida en su

ámbito de aplicación, hasta tanto no se resolvieran los autos caratulados

“Confederación Argentina de Mutuales c/ En-ANSES Resolución 336/09 (905/08)

s/ proceso de conocimiento (Expte. 5495/10)”. Asimismo, indicó que las

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operatorias de las Entidades que efectúan descuentos a favor de terceros, en lo

referente a la Tasa de Interés que aplican a sus afiliados, se rige por el Art. 13 de la

Resolución D.E. 905/08.

El INAES suministró toda la información de los jubilados en las distintas

mutuales implicadas. Se pudo observar que en todos los casos hubo

consentimiento de los jubilados. No obstante, esto sirvió para transmitir a los

jubilados que aún así podían solicitar la baja de afiliación en la Mutual en cuanto

cancelaran sus créditos, dado que en algunos casos había existido publicidad

engañosa o falta de información al momento de afiliarse en lo referente a las tasas

e intereses aplicables, que varían según la cantidad de cuotas requeridas, más la

cuota que deben abonar por estar asociados a la Mutual por la cual se solicitó el

crédito.

Luego de la información suministrada por la ANSeS y el INAES se mantuvo

una nueva reunión en el Centro de Jubilados a fin de despejar dudas en cada caso

en particular.

De la mano de lo anteriormente planteado, a mediados del año 2012, por

reiterados reclamos de jubilados que cobraban sus haberes en el Banco

Supervielle, se acordó actuar de manera conjunta entre la Dirección de Defensa del

Usuario y el Consumidor, ANSes y el Defensor del Pueblo de Morón a fin de lograr

una articulación que permitiera una defensa y asesoramiento a los jubilados

respecto a los créditos y otros servicios que contraían, a la par de cuestionar la

metodología mediante la cual los créditos eran ofrecidos en esa institución.

Luego de haber avanzado en la resolución de algunos de los problemas, la

actuación de la Defensoría del Pueblo de Morón cobró mayor importancia desde la

intervención de la Presidencia de la Nación, en diciembre de 2011, respecto los

límites de la tasa de interés de los préstamos a jubilados. Entonces se estableció

que esa tasa no podía superar al cinco por ciento, que era lo cobrado por el Banco

Nación, y que la cuota de amortización e interés por préstamos no puede superar

el treinta por ciento de los haberes. Además se establecieron medidas de control

sobre mutuales, cooperativas, sindicatos y círculos, los que además de cobrar altas

tasas de interés, perciben una cuota mensual como asociado a la institución.

Las acciones conjuntas entre Defensa del Consumidor, ANSES y la

Defensoría del Pueblo en Morón sentaron las bases para convocar de manera

amplia a trabajadores sociales de PAMI y a la Dirección de Adultos Mayores del

Municipio, buscando así conformar una red de trabajo que permita resolver las

necesidades integrales de los jubilados de esta región.

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3.c. Inmigrantes senegaleses en la Argentina

Muchos migrantes senegaleses enfrentaron dificultades para regularizar su

residencia, como consecuencia del modo irregular de ingreso al país: no habían

registrado su ingreso en una dependencia de Migraciones y para permanecer en la

Argentina, presentaban un pedido de refugio que les era rechazado, por no estar

comprendida su situación entre las que se deben configurar para que se otorgue a

una persona el estatuto de refugiado.

Los migrantes apelaban dicha resolución negativa a su solicitud de refugio,

con lo cual se abría un período de revisión durante el cual obtenían un permiso de

residencia precaria. Pero su situación no se resolvía.

Al tomar conocimiento de esta situación por la consulta de personas de esa

nacionalidad, el Defensor del Pueblo de Morón se dirigió a la Dirección Nacional de

Migraciones recomendando el dictado de una normativa de excepción, que

posibilitara a los residentes senegaleses destrabar la situación irregular en que se

encontraban. Al propio tiempo interesó al Defensor del Pueblo de la Nación para

que acompañara esta gestión.

El citado organismo de Migraciones dictó a principios de 2013 dos

disposiciones –la 001/2013 y la 002/2013– para resolver las situaciones de

irregularidad migratoria de ciudadanos dominicanos y senegaleses.

A partir del 14 de enero de ese año y por un período de 180 días, los

migrantes de Senegal que hubieran ingresado a la Argentina con anterioridad al

dictado de esta disposición pudieron gestionar y obtener un permiso de residencia

temporal por un año, extensible.

La calidad de residente temporaria habilita a la persona para trabajar. Con

la acreditación de que se tiene un ingreso que le permite subsistir con sus propios

medios, el migrante puede, luego, obtener la residencia definitiva. La posibilidad de

regularizar su situación migratoria es de gran importancia para los migrantes

senegaleses dado que podrían trabajar bajo contrato, sacándolos de ese lugar de

vulnerabilidad y pudiendo poner en ejercicio sus derechos.

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4. Cuestiones en que se requirió al Municipio de Morón el cumplimiento de normas legislativas provinciales de protección y promoción de derechos

4.a. Incumplimiento del cupo laboral para personas con discapacidad

En el año 2009, el Defensor del Pueblo se interesó en saber si el Municipio

de Morón cumplía con la Ley 10.592 , que en su artículo 8° menciona que:

“El Estado Provincial, sus organismos descentralizados, las

empresas del Estado, las municipalidades, personas jurídicas de

derecho público no estatal creadas por Ley, las empresas subsidiadas

por el Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios

públicos, están obligados a ocupar personas discapacitadas que

reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no

inferior al cuatro (4) por ciento de la totalidad de su personal y a

establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados

exclusivamente por ellas, de acuerdo con las modalidades que fije la

reglamentación.”

El Defensor de Pueblo remitió notas a la Dirección de Recursos Humanos

desde 2009, consultando sobre la cuestión. En marzo de 2010, se verificaron 28

(veintiocho) personas con discapacidad. A raíz de esto y dado que no se cumplía

con la norma, se continúa con los pedidos de informe. En enero de 2011, la cifra

ascendió a 30 (treinta) aún siendo este número muy inferior a lo exigido por la ley

provincial.

De acuerdo a dicha ley, la cantidad de personas con discapacidad que

debería incluir el Municipio de Morón debería rondar las 180.

Continuando con la preocupación sobre este tema, representantes de la

Defensoría del Pueblo se presentaron en la delegación Morón del Ministerio de

Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, para solicitar información acerca del

Servicio de Colocación Laboral Selectiva (SeCLaS). Los funcionarios consultados

informaron que este organismo es el responsable de la administración del sistema

de empleo para personas con discapacidad en la Provincia de Buenos Aires (Ley

10.592 anteriormente citada). Tiene la misión de planificar, establecer y diseñar

acciones y políticas tendientes a lograr la inserción laboral de las personas con

discapacidad según su capacidad y aptitud laboral, evaluando a las mismas con la

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finalidad de ubicarlas en instituciones públicas (obligatoriedad por porcentaje) o

empresas privadas, respondiendo a las demandas existentes en el mercado laboral.

Es de gran importancia señalar que SeCLaS “vela por el cumplimiento

efectivo del cupo mínimo del 4% establecido para el ingreso a la Administración

Pública Provincial”. Esta competencia no estaba siendo cumplida.

Frente a esta realidad, el Defensor del Pueblo decidió recomendar al

Honorable Concejo Deliberante de Morón (expediente abierto en HCD con No

70195/11) que sancione una ordenanza que establezca la obligación de incluir el 4

% de personas con discapacidad en el plantel municipal (en línea con la Ley

provincial 10.592).

Finalmente, en diciembre de 2013 se formalizó un convenio entre el

Ministro de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Oscar Cuartango y el

Intendente Municipal, Lic. Lucas Ghi. Este convenio expresa el acuerdo para

emprender acciones conjuntas con el fin de implementar el Programa de Igualdad

de Oportunidades en el ámbito municipal, destinado a fortalecer los

procedimientos tendientes a incorporar trabajadores con discapacidad a su planta

de personal permanente.

4.b. Planta permanente de empleados municipales

Desde 2010 se está realizando un seguimiento de oficio respecto del tipo de

contratación de los empleados municipales y el pase a la planta permanente. En el

transcurso de 2011 se solicitaron informes al área de Recursos Humanos del

Municipio, a fin de verificar, entre otros puntos: la cantidad de empleados

designados, el tipo de contratación y la diferencia de sueldo entre conceptos

remunerativos y no remunerativos que existe entre los empleados contratados y

los que pertenecen a la planta permanente del personal. Durante este año, además,

el Municipio realizó –e informó debidamente- el pase a planta de distintos grupos

de empleados, según los criterios establecidos por el propio Municipio.

En octubre de 2013 se informó que el total de empleados era de 4.602. Los

que corresponden a la planta permanente suman 2.866, y 1.556 eran empleados

temporarios. También había 25 médicos interinos, 125 docentes provisionales y

20 pasantes. De los empleados temporarios, 501 tenían una antigüedad mayor a 3

años.

También se informó que no existe un plazo máximo de duración de los

contratos de planta temporaria y que según el criterio para hacer efectivo el Plan

de Incorporación Progresiva a Planta Permanente, se debe cumplir con tres

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requisitos: 1) Contar el empleado con una antigüedad mayor a 3 años; 2)

Aprobación del Director del área en la cual el empleado presta servicios, mediante

informe de desempeño, y 3) Armado de un proceso integral de pase de planta

temporaria a planta permanente, como se realizó en los años 2007 y 2011.

5. Cuestiones en que el Defensor del Pueblo instó a la modificación de criterios de organismos municipales

5.a. Licencia para conducir vehículos

Un vecino del Municipio de Morón solicitó la intervención del Defensor del

Pueblo para obtener la renovación de su licencia de conducir para motocicletas de

más de 150 cc. y automóviles adaptados especialmente para visión monocular con

espejos parabólicos.

Esta persona padece de falta de visión de su ojo izquierdo y cuenta con el

Certificado de discapacidad pertinente. La negativa a la renovación fue emitida por

la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Legales, con fecha 3 de octubre de 2008, a

través de un dictamen en el que plantea: “Por cuanto, por todos los fundamentos de

hecho y de derecho expresados ut supra, esta Asesoría Legal considera que debe de

rechazarse la solicitud realizada (...), dado que se encuentra imposibilitado

legalmente para obtener la categoría correspondiente para poder conducir

motocicletas, conforme la normativa legal vigente”.

El Defensor del Pueblo consideró que la normativa invocada por el

dictamen de la Asesoría Legal, (decreto de necesidad y urgencia N° 40/07) no

menciona a las motocicletas, cuestionando por tanto se interprete que la

prohibición se extiende a las licencias para conducir esta clase de vehículos por

parte de personas que sufran discapacidad, aún cuando el requirente cumplimente

todos los requisitos exigidos. En efecto, argumenta y recomienda: “Que siempre

resulta necesario, para una correcta interpretación de las leyes, decretos y

reglamentos, efectuar su lectura a la luz de la normativa supralegal -es decir la

Constitución Nacional, la Constitución Provincial y los tratados internacionales-; y

que particularmente este principio es indispensable cuando se trata de decidir

respecto de limitación o negativa de ejercicio de determinados derechos”, a lo que

agrega: “Se ha de tener presente que si una normativa estableciera a priori la

prohibición o la limitación del ejercicio de un derecho a todas las personas con

alguna discapacidad, sin considerar cada caso en particular, resultaría irrazonable y

discriminatoria”.

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Entre otros argumentos, el Defensor del Pueblo concluye que la

reglamentación en que se basa el dictamen negativo emitido por la Asesoría legal

de la Subsecretaría de Gobierno y Asuntos Legales de la Municipalidad de Morón

ha perdido vigencia, puesto que reglamenta un decreto de necesidad y urgencia

que ha quedado suprimido al sancionarse la Ley provincial N° 13.297, en vigencia a

partir del 1 de enero de 2009, mediante la cual la Provincia de Buenos Aires

adhiere a la Ley nacional de Seguridad Vial N° 24.449, actualizada por la Ley N°

26.363.

Dado que el requirente cumple con las condiciones que allí se plantean para

obtener la licencia de conducir, y que por su discapacidad cumple con las

adaptaciones pertinentes por visión monocular, le debe ser otorgada dicha licencia

sujeto a la aprobación de una prueba de aptitud.

Finalmente, el 20 de noviembre de 2009, la Dirección de Tránsito y

Transporte otorga la licencia de conducir demandada. Es de señalar que el Sr.

Intendente Lic. Luchas Ghi ha concordado con la opinión vertida por esta

Defensoría.

6. Cuestiones dependientes de decisiones del Poder Ejecutivo Provincial

6.a. Licencia profesional para conducir vehículos

Un vecino del partido de Morón expuso que la Dirección de Tránsito y

Transporte del Municipio le negó la renovación de su licencia de conducir

profesional por haber cumplido los 65 años de edad. Según el denunciante, la

negativa a renovarle la licencia vulnera las expresas disposiciones de la Ley de

Seguridad Vial.

El Defensor del Pueblo remitió una nota a la Dirección provincial de Política

y Seguridad Vial de la provincia de Buenos Aires, recomendándole que ordene

expresamente a la Dirección de Tránsito y Transporte que proceda a habilitar al

denunciante para la obtención de la renovación de su licencia de conducir, siempre

que apruebe los exámenes de aptitud física y de idoneidad.

El Defensor expresó que la ley expresa la prohibición de que personas

mayores de 65 años tramiten por primera vez la licencia profesional, pero en el

caso del denunciante solo necesitaba la renovación porque hacía años que

manejaba en esa categoría.

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7. Cuestiones dependientes de decisiones del

Departamento Ejecutivo Municipal

7.a. Inundaciones

Grupos de vecinos de los barrios Seré, de Castelar, y San José, de Morón Sur,

presentaron reclamos en la Defensoría del Pueblo por los inconvenientes sufridos

a raíz de las recurrentes inundaciones. En ambos casos se iniciaron las gestiones y

se realizaron pedidos de informes a las dependencias municipales para determinar

las causas de estas inundaciones, y la búsqueda de posibles soluciones.

En ambos casos se pusieron en marcha distintas obras y mejoras, que al

momento de la redacción de este informe continuaban en marcha. Pero también se

logró entablar reuniones entre los vecinos y el Municipio, para poder acercar las

inquietudes e inconvenientes que atravesaban los vecinos, y estos pudieron tener

información precisa acerca de las maneras en que se buscaba dar solución al

problema.

Las gestiones vinculadas a estos casos se pueden leer detalladamente en el

capítulo Intervenciones destacadas, apartado 1.a.

7.b. Aguas servidas

Un grupo de vecinos presentó un reclamo en la Defensoría del Pueblo en

mayo de 2010, sobre la presencia de aguas servidas en Castelar. Se trata de la zona

de la calle Arias y su intersección con la Avenida Santa Rosa y otras calles aledañas,

que se encuentran con un importante nivel de agua corriendo al margen del

cordón.

El agua que llegaba desde Arias y Santa Rosa recorría 300 metros hasta una

alcantarilla pequeña, la que se encontraba rota, además de que el nivel de

absorción no era el adecuado, por lo que el agua se acumulaba en el trayecto.

Arias es una calle de doble mano fuertemente transitada tanto de flujo

vehicular como peatonal, por lo que resultaba imposible caminar por la vereda sin

ser mojado con el agua sucia que salpican autos y colectivos. Los olores en la zona

eran fuertes y se agravaban en época de verano.

Los vecinos frentistas construyeron canteros de cemento cercanos al

cordón para paliar de alguna manera el avance del agua, pero en aquellos lugares

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donde no existía esto y las veredas estaban en mal estado, existían depósitos de

agua servida que impedían el tránsito normal por esa calle.

Si bien es cierto que parte del agua provenía del Municipio de Ituzaingó y

que ello se agravaba porque la zona mencionada no contaba con cloacas, urgía la

necesidad de estudiar posibles soluciones con nuevas bocas de tormenta para

aliviar el flujo de agua.

Frente al reclamo del Defensor del Pueblo, la UGC 4 respondió que luego de

un estudio realizado por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, dicha obra

sería ejecutada por la Dirección de Obras dependiente de la Secretaría de Obras y

Servicios Públicos, estimándose que se realizaría en el trascurso del año 2011.

En octubre de 2011 se concluyeron las actuaciones, dado que se realizó

limpieza de las bocas de tormenta y se realizó el arreglo en la placa de hormigón y

se niveló la calle en la esquina de Arias y Merlo. Respecto al tema de fondo, que es

el anegamiento de agua en la zona, la Dirección de Saneamiento, que depende de la

Subsecretaría de Planeamiento Urbano, informó que se evaluaría si la solución "a

la problemática planteada sería factible a partir de la ejecución de la segunda etapa

de la obra Saneamiento de la Cuenca de aporte en el Zanjón Martínez", entonces en

proceso de licitación por parte del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y

Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.

7.c. Desalojo de viviendas

En abril de 2009, una familia trabajadora, constituida por un matrimonio de

origen paraguayo con dos hijos pequeños, accedió al alquiler de una habitación en

Morón Sur, por medio de un aviso puesto en una cartelera. Se trataba de una

vivienda de carácter muy precario y de dimensiones exiguas.

A poco tiempo de vivir en el lugar, se realizó el censo municipal por parte de

la Dirección para la Producción Social del Hábitat. La familia fue informada de que

el inmueble que había alquilado era de dominio público municipal. Aconsejada por

el personal de esa dependencia, la familia dejó de abonar los alquileres.

Inmediatamente comenzaron las amenazas por parte de distintas personas para

exigir el pago, hasta que en septiembre de ese año se presentaron en el lugar seis

personas, quienes tras forzar la entrada y en momentos que el padre de familia

estaba trabajando, golpearon a la locataria e intimidaron a sus hijos y sacaron sus

pertenencias del lugar.

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La familia quedó en la calle y se acercó a la Defensoría del Pueblo para

reclamar ayuda, mientras era albergada y contenida por vecinos solidarios que

también colaboraron para que no perdiera sus pertenencias.

Orientados desde la Defensoría para realizar las respectivas denuncias y

acciones, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 12 de Morón

con fecha 2 de octubre de 2009 libró mandamiento para la restitución del

inmueble. De esta manera la familia recuperó la vivienda y fueron desalojados por

la fuerza pública quienes permanecían en ella.

En abril de 2010 se dictó sentencia definitiva. Si bien se explicita que el

interdicto de recobrar no constituye una acción posesoria propiamente dicha ni

una acción real fundada en una presunción de propiedad, sino una disposición de

orden público tendiente a prevenir la violencia y el atentado de hacerse justicia por

sí mismo, es procedente la demanda al sólo efecto de restituir las cosas al estado

en que se encontraban a la fecha de la desposesión. “... La posición adoptada -señala

la Jueza- tiene su fundamento en que los accionados no debieron acudir a las vías de

hecho, sino que debieron ejercer las acciones que a su juicio podrían asistirles”.

La familia locataria obtuvo así la oportunidad de cumplir con las

reglamentaciones exigidas en el Municipio para adquirir la propiedad. ES necesario

mencionar que la acción de organismos e instituciones, dinamizadas por la

decisión y valentía de la familia vulnerada, fue coronada por una acción y decisión

judicial realizada en tiempo y forma, lo que ha permitido sentar precedente así

como dar clara señal a quienes de lucran con los bienes públicos y las necesidades

de los sectores más humildes de la población.

7.d. Viviendas sin escritura

Gran cantidad de vecinos que no tenían título de propiedad de sus viviendas

consultaron a la Defensoría del Pueblo, y se los asesoró para que regularicen su

situación a través de la llamada “Ley Pierri” (Nro. 24.374). Este es un programa de

regulación de tierras para quienes la ocupan para uso de vivienda "única, familiar y

permanente". En este caso se les brindó un detalle sobre qué documentación

debían presentar y a qué Escribanía debían recurrir para iniciar el trámite.

7.e. Parador para niños y niñas en situación de calle

Es ampliamente conocida la situación de adversidad que atraviesan las

niñas, los niños, las y los jóvenes que no cuentan con una alimentación adecuada,

ni con condiciones mínimas de albergue frente a las serias inclemencias climáticas,

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ni con recurso alguno para su higiene personal. En octubre de 2009 la Defensoría

del Pueblo propuso al Municipio la instalación de un parador para estos chicos en

situación de calle. Se consideró que aún cuando ello implicara esfuerzos

económicos y humanos que habría que solventar y jerarquizar desde el Municipio,

se trata de derechos inalienables para poder crecer, integrarse y desarrollarse en

una sociedad más justa e igualitaria.

Desde la defensoría se considera que no siempre se comprende esta

dimensión única y fundamental de la pobreza, cuando una parte de la sociedad

reclama unilateralmente medidas de seguridad. Es responsabilidad de quienes

ejercemos la función pública, por tanto, avanzar en la resolución de este problema.

Se han llevado a cabo conversaciones con sectores involucrados del Municipio con

el fin de encontrar una salida para la situación.

7.f. El derecho a la defensa en las actuaciones abiertas por infracciones en el orden municipal.

En el municipio de Morón, la actividad jurisdiccional en materia de faltas se

ejerce por los jueces administrativos de Faltas. La competencia, en el grado de

apelación, corresponde a los jueces correccionales.

El Defensor del Pueblo considera que se deben asegurar las garantías

correspondientes –en particular la de estar suficientemente informado sobre la

falta que se le imputa y el derecho de defensa– a la persona acusada por la

comisión de una falta ya que enfrenta un proceso y, en el caso de ser encontrada

responsable, será penalizada con alguna de las sanciones previstas en el Régimen

Municipal de Faltas. Se requiere, en consecuencia, que la persona imputada de la

falta tenga asegurada la asistencia técnica jurídica, particularmente para sustanciar

el eventual recurso en sede judicial. A partir de esta consideración, el Defensor del

Pueblo consultó a la Defensora General del Departamento Judicial de Morón, sobre

la disposición del Ministerio Público de asistir jurídicamente a quienes decidan

apelar las determinaciones de la Justicia de Faltas. El Ministerio Público de la

Defensa ha asegurado que las personas que decidan recurrir las sentencias de la

Justicia de Faltas ante el juez correccional, podrán contar con el servicio de la

Defensa oficial. Ha solicitado, adicionalmente, que se instrumente un mecanismo

para que los expedientes de las causas en que dicho Ministerio Público deba actuar,

lleguen en tiempo y forma a la Defensoría General y desde ésta retornen a la

Justicia de Faltas con la eventual presentación de la apelación debidamente

fundada.

En cuanto a la asistencia letrada de los infractores, en la audiencia ante el

juez de Faltas, el Defensor del Pueblo considera que se debe asegurar una

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asistencia al menos con el carácter de asesoramiento jurídico, que garantice, al

administrado que comparece, el respeto de sus derechos y la exclusión de

arbitrariedad en tal circunstancia.

7.g. La eficacia de las sanciones impuestas por la Justicia de Faltas de Morón

La ley otorga a los gobiernos municipales la potestad de penalizar las

conductas que transgredan las normas originadas en disposiciones municipales, o

bien la normativa de orden nacional o provincial cuyo cumplimiento deben

supervisar las municipalidades. El sentido del poder sancionatorio es la protección

de los derechos de otras personas y, en definitiva, de la comunidad, que son

lesionados por las conductas prohibidas. Se espera, de los integrantes de la

sociedad, que la determinación de las prohibiciones y la consecuente sanción ante

las transgresiones evite que se incurra en conductas que dañen a esos bienes. Para

ello es condición indispensable que las conductas prohibidas sean efectivamente

esclarecidas y sancionadas; y que las sanciones se cumplan efectivamente.

El Defensor del Pueblo ha notado con preocupación que, frente a

determinadas conductas prohibidas, en detrimento de bienes cuya custodia ha sido

encomendada a la autoridad municipal, la sanción del Municipio se establece pero

no se cumple. Particularmente son desobedecidas las determinaciones de la

Justicia de Faltas que implican cese o corrección de las actividades prohibidas por

lesionar los derechos de la comunidad: clausura de comercios, demoliciones de

obras, etc. La autoridad municipal aduce límites en sus prerrogativas legales para

hacer que sus determinaciones se cumplan. Es cierto que la sentencia del tribunal

municipal queda en suspenso, en tanto la persona recurre la medida en sede

judicial. Pero, en otros casos, la persona no articula el recurso de apelación, sino

que directamente ignora, en los hechos, la determinación del órgano municipal.

El Defensor del Pueblo no propugna un ejercicio de la facultad sancionatoria

por mera muestra de autoridad; tampoco pone énfasis en que dicha facultad se

juegue por igual en todos los órdenes. Pero en aquellas esferas en que la infracción

implica el deterioro de la calidad de vida de otros integrantes de la comunidad, y

en definitiva de la comunidad como tal, es necesario que la facultad sancionatoria

se desarrolle plenamente para evitar que las conductas prohibidas continúen o,

aun cuando cesen, no se corrijan sus efectos deletéreos. La ley provincial califica de

“especial gravedad” las faltas “que atentaren contra las condiciones ambientales y de

salubridad pública”; y en especial las infracciones a las ordenanzas que regulan la

protección de estos bienes.

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El Defensor del Pueblo ha recomendado a la autoridad municipal que,

cuando se trata de defender los derechos humanos de los habitantes del Municipio,

se utilicen plenamente las prerrogativas reconocidas. Además, ante casos de clara

desobediencia a las sanciones municipales -como por ejemplo la ruptura de las

fajas de clausura o la continuidad de construcciones antirreglamentarias-, que

configurarían delitos de acción pública, ha recomendado que se inste la

correspondiente acción de investigación y persecución penal.

7.h. Corredor Avenida Presidente Perón (ex Gaona)

En noviembre de 2011 el Defensor del Pueblo de Morón recibió el reclamo

de una persona domiciliada en Ramos Mejía, partido de La Matanza, quien

denunció la instalación de un local bailable en el territorio del municipio de Morón,

que no cumpliría con la disposición que prohíbe instalar este tipo de

emprendimientos a una distancia menor de doscientos metros de un edificio

escolar. Desde la Defensoría del Pueblo se comprobó la existencia, en la zona, de

numerosos locales funcionando y de otros que estaban en preparación para ser

abiertos. Pocos inmuebles mantienen su carácter de residencias familiares, como

en el caso de la denunciante. Se constató suciedad en la zona, como resabio de la

actividad nocturna. Se constató la presencia de un jardín de infantes a unos cien

metros de locales bailables, en la vereda correspondiente al municipio de La

Matanza.

En vista de que se trata de una realidad que involucra a los municipios de

Morón y de La Matanza, los defensores del pueblo de los referidos distritos

decidieron trabajar conjuntamente. Esta decisión fue puesta en conocimiento de la

persona denunciante.

Los defensores del pueblo de Morón y La Matanza acordaron recomendar a

ambos municipios que se coordinen las tareas de limpieza integral luego de la

actividad nocturna en el corredor de la avenida Gaona (partido de La

Matanza)/Presidente Perón (partido de Morón); así como las medidas para

mejorar la iluminación. Igualmente acordaron solicitar a ambos municipios

información referente a todos los locales de la zona, incluyendo el tipo de

habilitación y si poseen autorización del REBA para el expendio de bebidas

alcohólicas. Se decidió consultar sobre medidas especiales de supervisión en la

zona; por ejemplo, inspectores municipales trabajando en las horas de actividad,

para verificar el cumplimiento de los límites a los niveles sonoros; los límites

horarios sobre expendio de bebidas alcohólicas; la ocupación de la vía publica por

parte de los comercios; la seguridad edilicia; el respeto a la capacidad máxima de

personas habilitada para el local; el cumplimiento de los horarios de ingreso y

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egreso. Acordaron igualmente solicitar mayor seguridad policial sobre el corredor

y vigilancia en los ingresos y egresos a la zona.

En una reunión mantenida el 5 de setiembre por el Defensor del Pueblo con

el Secretario de Gobierno y el Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria No 7,

éste manifestó que la situación en el corredor de la calle Presidente Perón ha

mostrado importantes avances. Hay una guardia permanente de inspectores

municipales los días miércoles, jueves, viernes y sábado. Contar con un puesto fijo

de inspectores permitió una mayor fiscalización del Municipio. Sostuvo que

permanece como problema la desconcentración de los jóvenes a la hora del cierre

de los boliches e insistió en la necesidad de incrementar la presencia policial.

En septiembre, con la presencia del Secretario de Seguridad del Municipio,

el Subcomisario de la Comisaría de Villa Sarmiento, el Secretario de la UGC 7 y el

Defensor del Pueblo se concretó una nueva reunión. El Secretario de Seguridad se

comprometió a que se contará con presencia de Gendarmería en la zona, para

reforzar la labor policial, ante la evaluación de que faltan recursos de personal y

móviles policiales para desarrollar su tarea en tiempo y forma. Por su parte, el

Defensor del Pueblo se comprometió a tratar con el Jefe de la Departamental de

Morón, la posibilidad de contar con mayores refuerzos mientras transcurre la

actividad nocturna.

7.i. Arbolado Público

La cuestión del arbolado público es fundamental y de preocupación

permanente para la Defensoría del Pueblo del Municipio.

Luego del tornado que castigó la región en abril del 2012, y que dejó un

saldo enorme de ejemplares destruidos y otros tantos en situación de peligro,

resulta fundamental idear un proyecto integral que resuelva en el largo plazo las

carencias que aún se mantienen.

Nuestra ciudad crece año a año y se ha visto incrementada la cantidad de

edificios y cemento de manera sostenida pero no fue contemplada de igual modo

la forestación de especies arbóreas que contribuyan a mejorar la vida de los

vecinos y vecinas en los años venideros.

Se ha planteado en los informes anteriores la necesidad de que el Consejo

del Arbolado Público cumpliera con sus funciones para lo que fue constituido

mediante el decreto 999/07 y reglamentado en marzo del año 2011.

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En 2013, por la difusión otorgada en el espacio radial del Defensor del

Pueblo, el tema se volvió a situar en la agenda pública. Desde la Dirección de

Políticas Ambientales volvieron a convocar a vecinos, funcionarios y

organizaciones a integrar el Consejo y se reanudaron las reuniones periódicas, esta

vez con sede en la Reserva Natural Urbana del Municipio.

7.j. Antenas

La instalación de antenas, particularmente las de telefonía móvil, ha

movilizado a grupos de población vecinos a los lugares en que están emplazadas o

cuyo emplazamiento se proyecta. La preocupación manifestada ante el hecho de

que se instalen antenas se debe a dos motivos; uno, es la inconveniencia de la

erección de torres metálicas en zonas densamente pobladas, por el eventual riesgo

que implica su construcción y por la agresión al equilibrio estético que puede

suponer tal tipo de construcciones en medio de las poblaciones. La segunda razón,

y de la mayor impacto movilizador, que ha llevado a expresarse colectivamente en

contra de la instalación de antenas de telefonía móvil, es la duda que se plantea

acerca del efecto dañino para la salud que tienen las referidas antenas al funcionar.

Las inquietudes de los vecinos de Morón han llegado, en varios casos, al

Defensor del Pueblo. La intervención de éste se ha guiado por algunos criterios,

que a continuación se exponen.

Ante todo, se ha tomado en cuenta la existencia de la normativa existente

sobre emplazamiento de las torres y las antenas, por una parte para exigir su

estricto cumplimiento; por otra, además, para analizar si la normativa toma en

cuenta el resultado de las investigaciones que se realizan en relación con el

supuesto impacto de las referidas antenas sobre la salud de la población. En este

caso, si existiera una inadecuación de las normas a las conclusiones científicas,

para reclamar su modificación ante los órganos pertinentes.

Además, se ha compartido la problemática con otras defensorías del pueblo

y se ha comprobado que se trata de una preocupación extendida, que ha merecido

respuestas diversas. El colectivo de los defensores del pueblo, en orden a adoptar

una postura en consonancia con su misión de defensa del derecho a la salud y a

vivir en un ambiente sano, ha recabado información de fuentes autorizadas sobre

el riesgo para la salud que puede significar el emplazamiento de las antenas de

telefonía móvil.

La información suministrada por los expertos es útil, en orden a establecer

criterios de actuación en este tema. Han expresado que todos los estados, y entre

ellos la Argentina, han dictado normas que establecen límites a la intensidad de las

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emisiones. La multiplicación del uso de la telefonía celular implica la necesidad de

que existan antenas para transmisión de las comunicaciones. La proliferación de

antenas no comporta por sí un riesgo; ya que, cuantas más antenas haya, menor

será la intensidad de las emisiones de cada una.

Los expertos consultados por los defensores del pueblo han llamado

también la atención acerca de que la preocupación que se manifiesta socialmente

respecto de los riesgos de la instalación de antenas no se tiene, correlativamente,

con los efectos que puedan tener los aparatos particulares que se portan y utilizan,

de forma permanente, junto al cuerpo. En consecuencia, han recomendado que se

inste a realizar una tarea educativa sobre prevención de daños, en relación con el

uso prudente de los teléfonos celulares.

Se debe enseñar sobre la inconveniencia de esperar la conexión de la

comunicación o de mantener largas conversaciones con el aparato junto al oído; así

como la inconveniencia de suministrar este tipo de aparatos a los niños pequeños

(los ocho años de edad se señalan, por algunos, como umbral para su uso). Se ha

sugerido a los defensores del pueblo que recomienden a los gobiernos y al sector

industrial seguir de cerca los avances científicos, así como la necesidad de

promover programas de investigación que faciliten la adopción de decisiones, a

partir de una información cada vez más completa.

Asumiendo que la normativa sobre este tema se basa en el conocimiento

obtenido hasta el presente como resultado de las investigaciones científicas, el

Defensor del Pueblo de Morón se ha propuesto diversas líneas de acción, algunas

de las cuales ya se implementan:

Ante cada denuncia presentada por personas o grupos de personas que

residen o desarrollan su actividad en cercanías de antenas de telefonía móvil, se ha

abierto un expediente de actuación. En todos los casos se ha solicitado información

a los órganos competentes municipales y provinciales, sobre el cumplimiento de

los requisitos para la habilitación de una antena.

La normativa vigente confiere a las municipalidades la facultad para

habilitar el funcionamiento de las antenas. En orden a ello, la administración

municipal debe emitir un certificado previo de factibilidad, que es presentado en el

OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible), encargado de efectuar

las mediciones técnicas y comprobar que las señales emitidas no excedan los

valores permitidos. Con la aprobación del citado organismo provincial, el gobierno

municipal estará en condiciones de habilitar el funcionamiento de la antena, en

tanto la obra de infraestructura cumpla con las normas municipales establecidas

para este tipo de construcciones.

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La información suministrada por la Municipalidad de Morón al Defensor del

Pueblo ha permitido saber que se dan diversas situaciones: en algunos casos, la

antena ha obtenido la habilitación correspondiente; en otros, el proceso de

habilitación está en trámite. En los casos en que se ha ordenado el

desmantelamiento de la torre sobre la que se ha erigido o se proyecta instalar la

antena, hay algunos en que se ha cumplido la orden; en otros, se ha apelado la

medida ante el poder jurisdiccional y el cumplimiento de la orden de

desmantelamiento depende de la respectiva determinación judicial.

7.k. Cooperativas de Trabajo

En 2013, la Defensoría del Pueblo recibió dos consultas respecto de la

administración de las Cooperativas enmarcadas en el Plan Agua más Trabajo y

Cloacas más Trabajo. Ambos reclamantes habían sido trabajadores de dichos

planes y expresaron sus dudas y reclamos sobre la creación y administración de las

mismas.

Uno de ellos expresaba no haber cobrado lo que le correspondía ni haber

estado cubierto con el seguro de riesgos del trabajo, al momento de accidentarse.

Además refirió objeciones, aludiendo que la cooperativa no se manejaba como tal

ya que las decisiones no eran consensuadas por sus integrantes así como tampoco

se les daba el mismo trato a todos por igual.

En el otro caso, expresó los inconvenientes que sufrió luego de una lesión

producida mientras se encontraba trabajando en la Cooperativa y las demoras y

gastos que tuvo que afrontar para poder tramitar su recuperación, ya que no tuvo

respuestas satisfactorias ni de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo ni tampoco en

la situación laboral subsiguiente, que culminó con su despido.

Con el objetivo de resolver estas cuestiones particulares pero por sobre

todo con el fin de transparentar el accionar de las Cooperativas de Trabajo, se

concretaron tanto pedidos de informes a la Dirección de Cooperativas del

Municipio, a la Dirección de Transparencia y Control de Gestión además de

reuniones entre el Defensor del Pueblo y los reclamantes; el presidente, tesorero y

otros integrantes de ambas Cooperativas y con otras áreas del Municipio tienen

relación directa con esta temática.

La Defensoría del Pueblo también convocó al Secretario de Transparencia,

Juan Le Bas, para coordinar acciones que mejoren la administración de fondos

cedidos para la creación y funcionamiento de las Cooperativas.

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Se continúa trabajando en las modificaciones en el procedimiento

administrativo con el fin de transparentar su funcionamiento. Los expedientes

referidos continúan abiertos y con las gestiones pertinentes a lograr arribar a una

solución definitiva.

8. Cuestiones planteadas ante organismos del Poder Judicial

8.a. Denuncia penal

En agosto de 2009, el Defensor del Pueblo presentó una denuncia penal –

acompañada por la correspondiente prueba documental–, ante el Ministerio

Público Fiscal del Departamento Judicial de Morón, a partir de denuncias de

personas perjudicadas cuando tramitaron la compra de sus viviendas. La

presentación penal se efectuó ante el indicio firme de que se habían cometido

delitos de acción pública, lo cual exigía la presentación de la denuncia del

funcionario público –en este caso el Defensor del Pueblo– que tomara

conocimiento de los hechos.

Además, porque como consecuencia de las artimañas operadas por el

demandado, las víctimas enfrentaban, en algunos casos, acciones civiles con riesgo

cierto de desalojo de sus viviendas. Lamentablemente, pese a las manifestaciones

de diversos agentes fiscales (cuatro desde agosto de 2009 hasta fin de 2010) que

estuvieron a cargo de la causa, en el sentido de que se dedicarían a la investigación

del caso, ésta no ha registrado avances en todo ese tiempo. Incluso ha sufrido un

serio retraso la aceptación de las presuntas víctimas como particulares

damnificados, carácter que debieron asumir a fin de impulsar la investigación

fiscal y que alcanzaron en los primeros meses de 2011.

La tardanza en la investigación penal de los delitos denunciados preocupa al

Defensor del Pueblo, en tanto significa un perjuicio para personas burladas en su

buena fe, que sufren la amenaza de la pérdida de sus viviendas, así como un riesgo

para otras personas, en tanto los denunciados por su actuación fraudulenta

continúan actuando impunemente. Esta afirmación se funda en que la causa

transitó de una a otra fiscalía, para que estuviera a cargo de la unidad de

investigación que ya se ocupaba de otras denuncias contra el mismo agente

inmobiliario, por hechos parecidos.

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8.b. Ocupación del espacio público en El Palomar

En el año 2009, y a pocos días de haber sido inaugurada la Defensoría del

Pueblo del Municipio de Morón, un grupo de vecinos presentó un reclamo que

reunía las quejas de muchos otros vecinos afectados. Detallaban que desde el año

2005 venían reclamando al Municipio para que limpiara y despejara la vereda de

una casa, en la que tanto en el exterior como en el interior, se acumulaban objetos

que impedían el libre tránsito por la vereda.

Desde entonces el defensor ha instado a la Municipalidad en reiteradas

oportunidades para que proceda a la desocupación del espacio público. La

situación se origina en la práctica compulsiva de acumulación de objetos por parte

de esta persona, que ocupan la totalidad de su vivienda, impidiéndole

prácticamente residir en ella. Los objetos que recoge llenan también un depósito

ubicado en el fondo de la casa, cubren la terraza, se acumulan en la vereda de la

vivienda e incluso ocupan un terreno frente a la casa. La situación se mantiene

desde hace varios años. Además del perjuicio evidente para la calidad de vida de

quien padece esta patología, el fenómeno también perjudica a los habitantes de las

casas vecinas y altera gravemente la convivencia en ese sector de la comunidad. El

vecino en cuestión tiene varios perros, cuya presencia resulta un peligro para los

vecinos y transeúntes, ya que están permanentemente en el exterior de la vivienda.

La Municipalidad ha realizado tareas de desocupación en la vía pública, por

momentos de modo sistemático, sin que se haya alcanzado el objetivo de limpieza,

por la recurrencia en la acumulación. Por otra parte, la autoridad municipal no se

ha considerado habilitada para ingresar a la vivienda, a fin de extraer los objetos

que hay en el interior. Ello impide que su titular pueda habitarla en condiciones

mínimas de confort y salubridad, y son fuente de presencia de insectos y roedores.

La Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Abordajes Integrales de la

Municipalidad de Morón ha encomendado a un profesional el acompañamiento de

esta persona, planteando como premisa evitar su internación psiquiátrica.

En 2011, y luego de tres años de actuación sobre el caso, el Defensor del

Pueblo dictó una resolución, en la que recomendaba al Departamento Ejecutivo del

Gobierno Municipal de Morón que tomara todas las medidas apropiadas, hasta el

máximo de los recursos de que disponga, con el fin de eliminar de manera

permanente los elementos depositados indebidamente en la vereda y adyacencias

del inmueble. Recomendó, también, que se verificara si la acumulación de objetos

en el interior de la vivienda, cuya existencia se exterioriza porque éstos cubren el

techo hasta una altura significativa, constituía un riesgo. Luego de más de un año

de dicha resolución, se verificó que la situación continuaba en las mismas

condiciones.

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Teniendo en cuenta que el problema se había originado en la actuación de

una persona habitante del lugar, el Defensor del Pueblo inició una actuación en el

Tribunal de Familia N° 1 del Departamento Judicial de Morón, solicitando que se

habilite el procedimiento reglado por la Ley Nacional de Salud Mental 26.657. El

Tribunal acogió la petición del Defensor del Pueblo, para que la persona acceda a la

atención de salud a la que tiene derecho.

El Defensor del Pueblo entiende que la puesta en juego del recurso previsto

por la Ley de Salud Mental contribuye para que el gobierno municipal pueda

desarrollar las acciones destinadas a remover los objetos y desechos que ocupan

indebidamente el espacio público, así como los que se han acumulado en el

inmueble hasta el punto de hacer imposible que este sirva como vivienda.

El Defensor del Pueblo de Morón continúa su actuación, desde su

competencia específica, para que pueda habitar en su vivienda en condiciones

acordes con la dignidad humana. También para que los vecinos vivan con

seguridad y en un ambiente sano. Adicionalmente, se espera que la autoridad

municipal disponga de un espacio físico alternativo para que la persona pueda

acumular los objetos que, además, suele vender y representan su fuente de

subsistencia.

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Expedientes 2009-2013

Según tipo de actuación

Cantidad % Actuaciones simples 980 54,75

Actuaciones complejas 810 45,25

Total 1790 100

55%

45%

Actuaciones simples Actuaciones complejas

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Expedientes 2009-2013

Según actor

Cantidad % Vecinos/as 1727 96,48

Defensor 63 3,52

Total 1790 100

Vecinos/as 96%

Defensor 4%

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Expedientes 2009-2013

Según tipo de denuncia

Cantidad % Verbal 1591 88,88

Oficio 68 3,80

Correo electrónico 64 3,58

Telefónica 41 2,29

Escrita 24 1,34 Fax 2 0,11

Total 1790 100

0 200 400 600 800 1000 1200 1400 1600

Verbal

Oficio

Correo electrónico

Telefónica

Escrita

Fax

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Expedientes 2009-2013

Estado de expedientes (al 31/12/2013)

Cantidad % Archivados 1730 96,65

En curso 60 3,35

Total 1790 100

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

1800

Archivados En curso

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Expedientes 2009-2013

Ingreso de expedientes por mes

Cantidad %

Enero 82 4,58

Febrero 104 5,81 Marzo 145 8,10

Abril 167 9,33

Mayo 205 11,45

Junio 185 10,34

Julio 162 9,05 Agosto 188 10,50

Septiembre 142 7,93

Octubre 145 8,10

Noviembre 160 8,94

Diciembre 105 5,87 Total 1790 100

82

104

145

167

205

185

162

188

142 145 160

105

0

50

100

150

200

250

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Expedientes 2009-2013

Pedidos de informes remitidos por la Defensoría

Cantidad % Al Municipio 1164 79,78

Otros 295 20,22

Total 1459 100

Al Municipio 80%

Otros 20%

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Expedientes 2009-2013

Pedidos de informe remitidos al Municipio

En la siguiente tabla se detallan los pedidos de informe más relevantes

remitidos a las dependencias municipales durante los cinco años del período

señalado. Como en los últimos años se han producido cambios en la estructura

municipal, sólo se detallan aquellos que han recibido mayor cantidad de

comunicaciones.

2009 2010 2011 2012 2013 Total

Dirección de Inspección General 25 41 57 47 47 217

Dirección de Obras 7 11 11 27 50 106

Dirección Administrativa de Infracciones 14 31 37 25 9 116

Dirección de Espacio Público 11 25 20 29 0 85 Dirección de Obras Particulares 12 20 23 19 10 84

Dirección de Tránsito y Transporte 9 6 12 8 17 52

Dirección de Saneamiento 2 9 10 9 12 42

Unidades de Gestión Comunitaria 7 10 4 7 13 41

Otras 61 60 71 125 104 421

Total 148 213 245 296 262 1164