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DECRETO S-14/2015.- Exp. 3/15.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Y DE LOS PLIEGOS DE CLÁUSULAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015 Vistos los Pliegos de Prescripciones Técnicas elaborados al efecto por el Departamento Técnico de esta Mancomunidad. Visto el informe emitido por la Intervención de esta Mancomunidad, de fiscalización de los pliegos. Visto el informe y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares elaborado al efecto por el Secretario de la Corporación. A la presente contratación se le aplicará el trámite de urgencia en los términos del artículo 112 del TRLCSP debido al interés público consistente en que EL SERVICIO pueda dar comienzo con ocasión del inicio de la temporada de playas de 2015, en defensa del turismo como primer recurso de la Costa del Sol. En virtud de las competencias que me confiere la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, H E R E S U E L T O Aprobar el expediente de contratación de servicios, el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la contratación, por procedimiento abierto, tramitación urgente, con un único criterio de adjudicación cuyo tenor literal es el siguiente: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL. TEMPORADA 2015 INDICE DE LA DOCUMENTACIÓN I.- OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO II.- DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS III.- CLASIFICACIÓN EXIGIDA POR LA ADMINISTRACIÓN IV.- TRABAJOS A REALIZAR V.- DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS VI.- DURACIÓN Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO VII.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y DETERMINACIÓN DEL PRECIO VIII.- ABONO DEL SERVICIO 1

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DECRETO S-14/2015.- Exp. 3/15.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Y DE LOS PLIEGOS DE CLÁUSULAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015

Vistos los Pliegos de Prescripciones Técnicas elaborados al efecto por el Departamento Técnico de esta Mancomunidad.

Visto el informe emitido por la Intervención de esta Mancomunidad, de fiscalización de los pliegos.

Visto el informe y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares elaborado al efecto por el Secretario de la Corporación.

A la presente contratación se le aplicará el trámite de urgencia en los términos del artículo 112 del TRLCSP debido al interés público consistente en que EL SERVICIO pueda dar comienzo con ocasión del inicio de la temporada de playas de 2015, en defensa del turismo como primer recurso de la Costa del Sol.

En virtud de las competencias que me confiere la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público,

H E R E S U E L T O

Aprobar el expediente de contratación de servicios, el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen la contratación, por procedimiento abierto, tramitación urgente, con un único criterio de adjudicación cuyo tenor literal es el siguiente:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL. TEMPORADA 2015

INDICE DE LA DOCUMENTACIÓN

I.- OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATOII.- DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOSIII.- CLASIFICACIÓN EXIGIDA POR LA ADMINISTRACIÓNIV.- TRABAJOS A REALIZARV.- DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOSVI.- DURACIÓN Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATOVII.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y DETERMINACIÓN DEL PRECIOVIII.- ABONO DEL SERVICIO

ANEXO I.- MATERIAL DE BALIZAMIENTO PROPIEDAD DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL

ANEXO II.- LISTADO DE MEDICIÓN Y PRESUPUESTO, CORRESPONDIENTE AL BALIZAMIENTO, TEMPORADA 2015

RESUMEN DE PRESUPUESTO

I.- OBJETO Y NATURALEZA DEL CONTRATO1

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El presente documento tiene por objeto definir las Prescripciones Técnicas Particulares que han de regir la contratación por procedimiento abierto del contrato de servicios para el balizamiento de las playas de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental.

El presente contrato es de naturaleza mixta y tiene por objeto la compra (suministro) e instalación (obras) del material de balizamiento necesario, su reposición (suministro) y mantenimiento durante la temporada estival, la retirada y limpieza de todos los elementos instalados al término de dicha temporada, así como su transporte y almacenamiento (servicios) en los depósitos que a tal efecto se pongan a disposición por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, en las condiciones que más adelante se detallan.

Al contener el presente contrato prestaciones correspondientes a distintos tipos (obras, suministros y servicios), se ha atendido para su calificación al carácter de la prestación que tiene más importancia desde el punto de vista económico, siendo por tanto de aplicación las normas que regulan el contrato de servicios.

II.- DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS

El órgano de contratación dirigirá los trabajos o servicios contratados, y designa a los Técnicos de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, Dª. Eva Mª. Vedia García, Ingeniera de Caminos Canales y Puertos y D. Francisco Molina Herrera, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, como directores de la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el de Prescripciones Técnicas, y cursarán al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.

La empresa contratista pondrá a disposición de la Dirección de los trabajos los medios que consideren necesarios para el correcto seguimiento y comprobación del desarrollo de los mismos.

III.- CLASIFICACION EXIGIDA POR LA ADMINISTRACIÓN

Clasificación en contrato de servicios:

Según artículo 37 RGLCAP y artículo 67 TRLCSPu:

Grupo: U Subgrupo: 7 Categoría: B

Se prevé la posibilidad de modificaciones en el contrato en más menos 30 %. El precio de este contrato a efectos de clasificación se entiende como media anual entre 300.000 y 600.000 €.

IV.- TRABAJOS A REALIZAR

DESCRIPCIÓN DEL BALIZAMIENTO

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El balizamiento de las playas que se enumeran a continuación se instala con la finalidad de ordenar y compatibilizar sus diferentes usos lúdicos con las zonas reservadas a los bañistas.

El balizamiento se acomodará a las instrucciones que ordene la Capitanía Marítima de Málaga y a las órdenes impartidas en nombre del órgano de contratación por el Director de los trabajos, conforme a la normativa vigente en cada momento y, en particular a la Ley 22/1.988, de 28 de julio, de Costas, R.D. 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas; R.D.1835/1983, de 25 de mayo, por el que se adopta para las costas españolas el Sistema de Balizamiento Marítimo de la AISM; Resolución de 2 de septiembre de 1991 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, sobre balizamiento de playas, lagos y superficies de aguas interiores, señales de temporal y tráfico portuario; Reglamento de Puertos del Estado de 22 de abril de 1998 que modifica el punto 1 de la Resolución ministerial anterior; Instrucción de Servicio n. 5/97, de 23 de mayo, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre balizamiento de playas; NTOIAN Normas Técnicas sobre obras e instalaciones de Ayuda a la Navegación. M.O.P.T. (1986); IALA/AISM Recomendaciones de la Asociación Internacional de Señalización Marítima; R.O.M. Recomendaciones para obras marítimas 0.2190. Acciones en el proyecto de obras marítimas y portuarias. M.O.P.T.

El contratista tendrá como base el presente Plan de Balizamiento elaborado por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del sol Occidental (planos adjuntos), en el que se determina la disposición de los tramos de banda litoral y de los canales náuticos.

Así mismo, el contratista deberá instalar atendiendo a las indicaciones de los Técnicos Directores del Servicio, un canal de Kite Surf y un canal adosado de baja, así como un canal de baja (incluidos dentro del evento SOLMARINA 2015, que organiza esta Mancomunidad), ubicados el canal de Kite Surf y el adosado de baja dentro del municipio de Fuengirola, cerca del Castillo de Sohail, de idénticas características a los descritos en el presente documento. El canal de baja se ubicará en el municipio de Marbella, en la playa de Venus, junto al club Náutico Deportivo. Estos canales se instalarán, con material aportado por esta Mancomunidad al contratista, deberán estar totalmente instalados antes del día 1 de Mayo de 2015, debiendo ser mantenida su correcta instalación, así como la reposición del material que sea necesario, hasta la finalización del citado evento, tras el cual deberán ser retirados.

Se comprobarán asimismo por el contratista los posibles servicios afectados que puedan interferir en el transcurso de los trabajos, debiendo tomar las precauciones necesarias, así como contratar con las empresas suministradoras y organismos competentes, para no interferir con ningún servicio, corriendo de su cargo cualquier tipo de afección a los mismos.

Corresponderá a la adjudicataria la obtención de las preceptivas autorizaciones de las Capitanías Marítimas competentes, así como de los permisos y licencias que sean necesarios para la ejecución de los trabajos. Será además responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración o para terceros de

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las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas de la ejecución del contrato.

En el presente contrato de servicios, por exigirlo así la naturaleza de su objeto por requerirá la intervención de trabajadores sujetos a una especial riesgo para la seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico o biológico.

El adjudicatario deberá presentar un Plan Ejecución de los trabajos en el que se recogerán, entre otros, los siguientes aspectos:

Fechas de inicio y finalización de la instalación de la banda litoral, indicando los recursos humanos y materiales asignados, así como el orden de ejecución de los trabajos.

Fechas de inicio y finalización de la instalación de canales, indicando los recursos humanos y materiales asignados, así como el orden de ejecución de los trabajos.

La iniciación del servicio quedará subordinada a la aprobación del Plan de Ejecución de los trabajos por el órgano de contratación, previo informe favorable del mismo emitido por los Técnicos Directores del servicio en cuestión.

BALIZAMIENTO DE LA BANDA LITORAL

La zona reservada a baños se balizará mediante una banda litoral formada por una serie de boyas dispuestas en línea paralela a la costa. La distancia a la costa será de 200 m. desde la línea de bajamar máxima viva equinoccial.

Las boyas previstas para la banda litoral son de tipo esférica, de polietileno, en color amarillo y de 60 cm de diámetro y 110 cm de altura. Estas boyas se colocarán a una distancia máxima de 200 metros entre ellas, salvo que se especifique otra distancia distinta por parte de los Técnicos Directores de los trabajos.

BALIZAMIENTO DE LOS CANALES NÁUTICOS

Los canales se dispondrán en las zonas que se utilicen para lanzamiento o varada de embarcaciones de motor o vela, zona de patines, zonas de actividades náuticas o zonas de uso exclusivo para los servicios de salvamento. Se distinguirán los siguientes tipos de canales:

CANALES DE EMBARCACIONES Y ARTEFACTOS A MOTOR

Tendrán un ancho de 20 metros, su trazado, salvo casos excepcionales será perpendicular a la orilla. Se balizarán mediante una serie de boyas dispuestas perpendicularmente a la costa, extendiéndose desde la orilla de costa hasta la banda litoral.

Los canales se señalizarán mediante dos boyas de entrada, del tipo cilíndrica, de polietileno, en color rojo, de 80 cm en el lado de babor en el sentido de entrada desde

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el mar y del tipo bicónica, de polietileno, en color verde, de 80 cm en el lado de estribor.

Los laterales de los canales, en la zona de playa permanentemente cubierta por el agua, se balizarán con boyas de 40 cm. de diámetro de color amarillo, esféricas a ambos lados, fondeadas cada 10 m en los primeros 50 metros y cada 20 metros en el resto hasta los 200 metros.

CANALES DE EMBARCACIONES Y ARTEFACTOS SIN MOTOR

Tendrán un ancho de 10 metros, su trazado, salvo casos excepcionales será perpendicular a la orilla. Se balizarán mediante una serie de boyas dispuestas perpendicularmente a la costa, extendiéndose como mínimo hasta los 50 metros desde la orilla.Los canales se señalizarán mediante dos boyas de entrada, del tipo cilíndrica, de polietileno, en color rojo, de 80 cm en el lado de babor en el sentido de entrada desde el mar y del tipo bicónica, de polietileno, en color verde, de 80 cm en el lado de estribor, que se colocarán al final de las bandas laterales.

Los laterales de los canales, en la zona de playa permanentemente cubierta por el agua, se balizarán con boyas de 40 cm. de diámetro de color amarillo, esféricas a ambos lados y fondeadas cada 10 m.

CANALES ADOSADOS

Tendrán un ancho de 7 metros, se instalará adosado a un canal destinado a embarcaciones a motor. Se balizarán mediante una serie de boyas dispuestas paralelas a las del canal al que va adosado, extendiéndose hasta los 50 metros desde la orilla.

Estos canales se señalizarán mediante una boya de entrada, del tipo cilíndrica, de polietileno, de 40 cm en color rojo o del tipo bicónica en color verde según se instale a babor o estribor del canal al que vaya adosado.

El resto del canal se balizará con boyas de 40 cm. de diámetro de color amarillo, esféricas a ambos lados y fondeadas cada 10 m.

CANALES EXCLUSIVOS PARA KITESURF

Tendrán un ancho de 200 metros, su trazado, será perpendicular a la orilla. Se balizarán mediante una serie de boyas dispuestas perpendicularmente a la costa, extendiéndose desde la orilla de costa hasta la banda litoral.

Los canales se señalizarán mediante dos boyas de entrada, del tipo cilíndrica, de polietileno, en color rojo, de 80 cm en el lado de babor en el sentido de entrada desde el mar y del tipo bicónica, de polietileno, en color verde, de 80 cm en el lado de estribor.

Los laterales de los canales, en la zona de playa permanentemente cubierta por el agua, se balizarán con boyas de 40 cm. de diámetro de color amarillo, esféricas a

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ambos lados, fondeadas cada 10 m en los primeros 50 metros y cada 20 metros en el resto hasta los 200 metros.

Se colocarán dos carteles, uno en cada extremo, indicativos de zona prohibida al baño.

SISTEMA DE FONDEO

Las boyas de 60 cm para el balizamiento de la banda litoral se fondearán independientemente mediante un tren de fondeo compuesto por 2 lastres de hormigón separados 2’50 m. entre sí.

El lastre principal se dispondrá perpendicularmente a la boya y el secundario se orientará hacia el lado del mar. Estos dos lastres quedarán unidos entre sí por un tramo de cadena.

De esta manera el lastre situado más hacia mar actúa como anclaje del primero que recibe solamente esfuerzos horizontales ante los que tiene mayor resistencia.

Las boyas de 80 cm. de entrada del canal se fondearán con 3 lastres de hormigón, unidos mediante cadena. Los dos lastres secundarios se orientarán hacia el lado del mar y se dispondrán en forma de pata de gallo. Cada uno de estos lastres se colocará a una distancia de 2,50 m. del principal.

Las boyas de 40 cm. se fondearán mediante 1 lastre de hormigón y cadena, o mediante anclaje del tipo JMR.

Los lastres serán de hormigón armado y tendrán un peso de 125 Kg. Serán de forma paralelepipédica, con unas dimensiones de 46 x 46 x 25 cm. En el lastre irá embebida una argolla construida en acero corrugado de 16 mm. de diámetro.El anclaje JMR es una pieza metálica de dimensiones 20 x 25 cm. y 30 cm. de altura, en forma de paraguas invertido, con una argolla en la parte vertical. Esta pieza se hinca en el fondo, quedando totalmente enterrada.

En todos los casos el anclaje de las boyas se efectuará por medio del enganche de cada boya a un muerto de lastre de hormigón armado, con dos grilletes de acero inoxidable forjado con eje imperdible, con doble rosca: una primera para introducir el pasador y una segunda para cerrar el grillete.

La dimensión de los grilletes va en función de las cadenas que unirán las boyas a los muertos de lastre de hormigón armado.

Las cadenas que se utilizarán serán sin calibrar, de alta resistencia galvanizada en caliente, por inmersión y centrifugación.

Las dimensiones de las cadenas varían en función de la boya. Serán de 10 mm. las cadenas de las boyas de 60 cm. que delimitan la zona de baño. Las boyas de 40 cm. y 25 cm. colocadas en los laterales de los canales de paso serán de 8 mm, siendo de 12 mm. las cadenas de las boyas de los extremos de los canales de paso de 80 cm. de

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diámetro, así como las utilizadas para arriostrar los muertos de la zona náutica, mientras que los muertos de la zona de baño quedarán aislados.

Los muertos para lastre se realizarán con hormigón armado de 30 N/mm2 de resistencia característica, de consistencia plástica y de tamaño máximo de árido de 40 mm.

Las dimensiones de los muertos, 0.25 x 0.46 x 0.46 m, se han estandarizado para todas las zonas donde se vaya a realizar un fondeo de una boya, así como para cualquier tipo de boya, de manera que la ejecución del muerto sea más rápida, habiéndose considerado que según la normativa vigente de Hormigón EHE-08, el canto mínimo de una zapata con carga concertada es de 25 cm.

El armado de los muertos se realizará con redondos de 12 mm. en la parte inferior, separados 12.50 cm., en ambas direcciones y con redondos de 10 mm. separados 12.50 cm., colocados en ambas direcciones en la parte superior, con 7 cm. de recubrimiento en la parte inferior y 5 cm. en la superior.

El acero de los redondos que arman los muertos, será del tipo B-400-S, cumpliendo todas las especificaciones relacionadas con su control, recubrimientos, doblado, separación, etc. de las armaduras que se detallan en la normativa vigente de Hormigón EHE-08.

LOCALIZACION DE ZONAS A BALIZAR

BALIZAMIENTO DE LAS ZONAS DE BAÑO EN LAS PLAYAS

La ubicación de las actuaciones a llevar a cabo están localizadas en las zonas de

baño de los municipios costeros que integran la Mancomunidad de Municipios de la

Costa del Sol Occidental, que son: Torremolinos, Benalmádena, Fuengirola, Mijas,

Marbella, Estepona, Casares y Manilva; Habiéndose realizado el estudio del

Balizamiento de aquellos kilómetros de playa que cada municipio ha estimado

necesarios, así como los canales de paso que hayan sido solicitados por los mismos,

teniendo en cuenta las directrices y Normativa en vigor de los organismos

competentes para dichas actividades.

La ubicación del balizamiento para cada uno de los Municipios es la siguiente:

Torremolinos: Se solicita el balizamiento de las playas de Playamar, playa de la

Carihuela, playa de El Bajondillo, y playa de los Álamos, con una longitud total de

5.900 metros con boyas cada 200 metros. En total han solicitado 7 canales para

vehículos a motor, 6 canales para vehículos sin motor y 7 canales adosados para 7

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vehículos sin motor. La instalación de los canales será realizada por los

concesionarios.

Benalmádena: Se solicita el balizamiento de las playas de Carvajal, playa de los

Melilleros, playa de Arroyo de la Miel, playa de Santa Ana, playa Torrebermeja y playa

de Fuente de la salud hasta el límite con Torremolinos. En total con una longitud de

7.960 metros de balizamiento con boyas cada 100 metros, desde Torremolinos a

Casino Torrequebrada, con un total de 3.184 m de longitud, y cada 200 metros para el

resto, con un total de 4.776 metros. Además se solicita la instalación de un canal para

vehículos a motor, cinco canales para vehículos sin motor, un canal adosado para

vehículos sin motor y un parque acuático. La instalación de los canales y del parque

acuático será realizada por los concesionarios.

Fuengirola: Se solicita el balizamiento de las playas de Fuengirola, playa de San

Francisco, playa de Torreblanca, playa del Castillo-Ejido, playa de Carvajal y playa de

Las Gaviotas. En total una longitud de balizamiento de 6.000 metros con boyas cada

200 metros. También se solicita -a ejecutar por la Mancomunidad de Municipios de la

Costa del Sol Occidental- la instalación de dos canales de paso de vehículos con

motor y -a ejecutar por concesionario- 7 canales para vehículos sin motor y 3 parques

acuáticos.

Mijas: Se solicita el balizamiento de las playas de Calahonda, playa de la Cala, playa

del Faro, playa del Bombo y playa de La Butibamba. Siendo el total del balizado

solicitado de 10.700 metros con boyas cada 200 metros; Además de 5 canales para

vehículos con motor, 4 canales adosados para vehículos sin motor, 1 canal para

vehículo sin motor, a ejecutar por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol

Occidental, y 4 parques acuáticos a ejecutar por concesionario.

Marbella: Solicita el balizamiento de la zona de baño de las playas de Guadalmina,

playa de Linda Vista, playa de Cortijo Blanco, playa de Nueva Andalucía, playa de

Puerto Banús, playa del Ancón, playa de Nagüeles, playa de Casablanca, playa de

Venus, playa del Pinillo, playa del Alicate, playa Real de Zaragoza, playa de Las

Chapas, playa de Artola-Cabopino, playa de Casablanca y playa de la Fontanilla; con

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un total de 24.000 metros de balizamiento con boyas cada 200 metros. Además de 15

canales para vehículos con motor, 14 canales adosados para vehículos sin motor, 6

canales para vehículos sin motor y 4 parques acuáticos, todo ello a ejecutar por

concesionario.

Estepona: Se solicita balizar las playas de Punta de la Plata, playa del Padrón, playa

de Villacana, playa de Benamara, playa del Saladillo, playa de La Rada, playa del

Cristo y playa de Guadalmansa, constituyendo un total de 22.188 metros con boyas

cada 200 metros. Además de dos canales para vehículos a motor, siendo uno de ellos

para kite surf –a ejecutar por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol

Occidental- y de 5 canales para vehículos con motor, 4 canales adosados para

vehículos sin motor, 7 canales para vehículos sin motor y 1 parque acuático a ejecutar

por concesionario.

Casares: Solicita el balizamiento de las playas de la Sal, playa Piedra Paloma y playa

Ancha, con un total de 2.600 metros con boyas cada 100 metros; Además se

instalarán tres canales para vehículos de motor, a ejecutar por la Mancomunidad de

Municipios de la Costa del Sol Occidental.

Manilva: Se solicita el Balizamiento de las playas del Castillo y playa de Sabinillas,

sumando un total de 6.500 m de balizamiento de zona de baño con boyas cada 200

metros. Además se solicita la instalación de un canal para vehículos a motor y dos

canales de baja velocidad para vehículos sin motor, a ejecutar por la Mancomunidad

de Municipios de la Costa del Sol Occidental, así como 2 parques acuáticos a ejecutar

por concesionario.

Los Municipios costeros que integran la Mancomunidad de Municipios de la Costa del

Sol Occidental tienen un total de 94,36 Km. de playas, de los cuales se solicita el

balizamiento de la línea de baño de 85,85 Km., así como la instalación de un total de

20 canales de salida de vehículos.

El número total de boyas a instalar es de 1.829 uds. repartidas en 85,85 Kilómetros

totales de playas.

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Las características del balizamiento de las zonas de baño de cada uno de los

municipios se indican en el cuadro adjunto del anexo II.

MANTENIMIENTO DEL BALIZAMIENTO

Desde la instalación del balizamiento hasta su completa retirada de las playas, correrá a cargo del contratista su MANTENIMIENTO PREVENTIVO que consistirá en un reconocimiento periódico de las instalaciones y sus elementos, comprobándose el estado general del balizamiento, número y estado de las boyas, su alineación, pérdidas, cadenas, grilletes, anclajes, fondeos y limpieza de incrustaciones.

Asimismo, se llevará a cabo el MANTENIMIENTO CORRECTIVO URGENTE de las instalaciones que englobará todas aquellas actuaciones motivadas por avisos, por pérdidas de elementos, roturas, revisiones tras temporales y, en general, cualquier actuación necesaria para la reposición o sustitución de los elementos dañados o desgastados, de forma que el balizamiento permanezca en perfecto estado, durante cada temporada estival. Correrá a cargo del contratista la reposición del material que se considere deteriorado o que se haya perdido, realizándose la reposición del mismo en plazo máximo de 24 horas.

Se elaborarán informes semanales que serán remitidos a los directores del servicio de la Mancomunidad de municipios, en los que se recogerán las incidencias ocurridas durante ese plazo de tiempo.

RETIRADA, LIMPIEZA Y ALMACENAMIENTO

Finalizada la temporada estival, se procederá a retirar del mar el balizamiento existente en cada playa, extrayéndose todos los elementos que lo componen: anclajes, lastres, cadenas, grilletes y boyas.

Una vez retirados todos los elementos, se procederá a su comprobación, limpieza y almacenamiento.

La limpieza de las boyas se hará mediante agua dulce a presión, cepillo y espátula. Los elementos metálicos serán endulzados y engrasados.Una vez limpios y debidamente preparados todos los elementos deberán ser transportados para su almacenamiento, en los depósitos que a dichos efectos serán puestos a disposición por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental.

V.- DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

INSPECCION PREVIA Y SUMINISTRO

Tras la elaboración del Estudio Técnico detallado se determinarán las profundidades existentes en las posiciones de las boyas en las distintas playas, especificándose el

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tipo de fondo existente. Estos datos son necesarios para comprobar la longitud correcta de las cadenas de fondeo y para verificar el tipo de anclaje a emplear.

La inspección se realizará con los medios y equipos necesarios según Orden del Ministerio de fomento de 14/10/1997 sobre Normas de Seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas. Una vez determinados en exactitud los elementos a suministrar para el balizamiento a instalar en cada playa (boyas, cadenas, anclajes, grilletes) se realizará la comprobación y preparación de los mismos: medición y corte de cadenas y montaje de los trenes de fondeo.

TRANSPORTE E INSTALACIÓN

En primer lugar se realizará un replanteo previo de la posición de la banda litoral y de los canales. Para ello se situarán en distintos puntos de las playas boyas provisionales a las distancias de la costa determinadas para cada caso, de modo que quede definida la alineación en la que se han de instalar las boyas.El transporte y colocación de las boyas se hará mediante una embarcación o pontona capaz de transportar los elementos ya montados. La separación entre boyas se controlará mediante un cabo medido en superficie.Se balizará en primer lugar la zona reservada a baños, mediante una banda litoral formada por boyas a 200 m. de la costa, tal y como se refleja en el capítulo IV, no pudiéndose proceder a la instalación de los canales de embarcaciones hasta que toda la banda litoral de la zona de baño no haya sido instalada.

Los canales de embarcaciones serán instalados desde tierra o mar, con la ayuda de una pontona propulsada de poco calado.

Una vez depositados los lastres en el fondo serán dispuestos correctamente por el buceador. Todos los lastres situados en fondos de arena a una profundidad inferior a 1.50m. serán enterrados totalmente, para evitar daños a los bañistas.

El contratista estará obligado a poner los medios necesarios que se determinen por parte de los Técnicos que supervisen la instalación para la correcta verificación de la misma.

Los canales situados en los lugares de interés comunitario, LIC ES6170030 de Calahonda (Mijas) y LIC ES6170036 de Saladillo-Matas Verdes (Estepona), con poblaciones de praderas de Cymodocea odosa y/o Posidonia oceánica, se instalarán conforme a lo dispuesto por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Málaga de la Junta de Andalucía.

MANTENIMIENTO DURANTE LA TEMPORADA ESTIVAL

Se realizará en la forma prevista en el anterior apartado IV., desde la instalación del sistema de balizamiento hasta su completa retirada de la playa.

RETIRADA, LIMPIEZA Y ALMACENAMIENTO

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La retirada y limpieza del material de balizamiento se realizará en la forma prevista por el anterior apartado IV.

Su almacenamiento en los depósitos que se facilite por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, deberá producirse en plazo que garantice su integridad frente a las circunstancias meteorológicas adversas.

A la finalización del contrato, el contratista deberá entregar a la Administración la totalidad del suministro instalado, con un inventario detallado y valorado del mismo.

VI.- DURACIÓN Y LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

La duración del contrato será de SEIS MESES, REPARTIDOS EN PLAZOS DE 1 MES de INSTALACION Y RETIRADA, (15 días de instalación y 15 días de retirada), y CINCO MESES DE MANTENIMIENTO de las instalaciones.

Deberá estar completamente instalado el día 1 de Mayo, y quedará totalmente retirado el material el día 15 de Octubre, debiéndose iniciar los trabajos de retirada para el día 1 de Octubre.

VII.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y DETERMINACIÓN DEL PRECIO.

El importe a abonar al contratista vendrá determinado por el número de unidades ejecutadas aplicándose a los precios unitarios (Anexo II).

El PRECIO DEL CONTRATO para el presente año 2015 es de 157.442,24 € + 21 % IVA.

Se advierte la posibilidad de modificaciones en el importe total del contrato, valoradas entorno a un +/- 30% del citado presupuesto, a consecuencia de variaciones en el número de canales a instalar, aportación de medios materiales y técnicos, todo ello debidamente justificados, supervisados y aprobados por la Dirección Técnica.

El precio del contrato será el que resulte de su adjudicación e incluirá cualquier otro gasto contemplado en el presente Pliego y en el de Cláusulas Administrativas Particulares. A ese precio se añadirá solamente el IVA correspondiente.

La participación de cada licitador en el procedimiento de contratación supone la plena aceptación de las cantidades del material de balizamiento de que dispone la Mancomunidad, relacionado en Anexo I al presente Pliego, almacenado en el lugar indicado.

VIII- ABONO DEL SERVICIO

El abono del servicio se realizará mediante dos pagos parciales al año, previo levantamiento de las correspondientes certificaciones parciales, equivalentes aproximadamente al 50% del presupuesto, a la finalización de las siguientes fases de ejecución:

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1) Suministro e instalación inicial de los elementos de balizamiento en todas las playas y la parte proporcional del mantenimiento.2) El resto del mantenimiento y la retirada y limpieza de todos los elementos de balizamiento a la finalización de la temporada estival.

En Marbella a 3 de Marzo de 2015

INGENIERA CAMINOS, CANALES Y PUERTOS ING.TEC. OBRAS PÚBLICAS

Eva Mª. Vedia García Francisco Molina Herrera

ANEXO I

A LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

MATERIAL DE BALIZAMIENTO PROPIEDAD DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL

BOYAS DE 800 MM (verdes, canales de alta velocidad) .................... 35 ud

BOYAS DE 800 MM (rojas, canales de alta velocidad) ....................... 28 ud

BOYAS DE 600 MM (amarillas esféricas-cónicas) ............................. 606 ud

BOYAS DE 400 MM (amarillas esféricas-cónicas) ............................ 876 ud

BOYAS DE 400 MM (rojas, canales de baja velocidad y adosados) .. 20 ud

BOYAS DE 400 MM (verdes, canales de baja velocidad y adosados). 44 ud

BOYAS DE 250 MM (amarillas esféricas) ........................................... 220 ud

BLOQUES DE HORMIGÓN .............................................................. 1587 ud

BIDONES DE 200 LTS CON CADENAS ............................................. 30 ud

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IMÁGENES MATERIAL

ANEXO II

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AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL BALIZAMIENTO DE ZONAS DE BAÑO EN LAS PLAYASDE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL. TEMPORADA 2015

5 MESES DE PERIODO DE MANTENIMIENTO

MUNICIPIOS

LONGITUD BALIZADA

(KM.)CANAL RAPIDO CANAL LENTO CANAL

ADOSADO

CON MATERIAL EXISTENTE

CON MAT. EXISTENTE

CON MAT. EXISTENTE

CON MAT. EXISTENTE

TORREMOLINOS 5,900 0 0 0BENALMADENA ** 7,960 0 0 0FUENGIROLA 6,000 2 0 0MIJAS 10,700 5 1 4MARBELLA 24,000 0 0 0ESTEPONA 22,188 2 0 0CASARES * 2,600 3 0 0MANILVA 6,500 1 2 0MEDICION TOTAL 85,848 13 3 4

PARCIALES 101.315,43 48.151,45 4.755,47 3.219,89

MEDICION TOTAL 85,85 13 3 4PARCIALES (5 MESES MANT.) 101.315,43 56.126,81

SUBTOTAL 157.442,24

IVA 21% 33.062,87

TOTAL CON IVA 190.505,11

NOTA: TODOS LOS PRECIOS UNITARIOS SON SIN IVA.

Los municipios SIN * tienen las Boyas a una equidistancia de 200 m.

Los municipios con * tienen las Boyas equidistantes a 100 m. en su línea de zona de Baño.

Los municipios con ** tienen las Boyas equidistantes a 100 m. en su línea de zona de Baño, no en el total del municipio.

RESUMEN DEL PRESUPUESTO

01 BALIZAMIENTO ZONA DE BAÑO(INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DURANTE 5 MESES YRETIRADA DEL MATERIAL) 101.315,43

02 BALIZAMIENTO CALLES DE VEHÍCULOS(INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DURANTE 5 MESES YRETIRADA DEL MATERIAL) 56.126,81

_________________________________________________________________

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SUBTOTAL 157.442,24IVA 21 % 33.062,87

TOTAL 190.505,11

ASCIENDE EL CITADO PRESUPUESTO A LA EXPRESADA CANTIDAD DE CIENTO NOVENTA MIL QUINIENTOS CINCO EUROS CON ONCE CÉNTIMOS.

En Marbella a 5 de Febrero de 2015

INGENIERA CAMINOS, CANALES Y PUERTOS ING.TEC. OBRAS PÚBLICAS

Eva Mª. Vedia García Francisco Molina Herrera.---------------------------------------------------------------------------------------------

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE VAN A REGIR EL CONTRATO DE SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015

CLÁUSULA PRIMERA.- Objeto del contrato.

Es objeto del contrato la prestación del SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015 conforme a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

En todo caso, serán de cuenta del contratista cuantos materiales sean necesarios para la ejecución del contrato, salvo el material señalado en el pliego de prescripciones técnicas que la Mancomunidad pone a disposición del contratista para la ejecución del servicio.

CLÁUSULA SEGUNDA.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta.

Con el presente contrato se pretende dar cumplimiento a la competencia de la Mancomunidad en materia de playas conforme a sus Estatutos.

CLÁUSULA TERCERA.- Presupuesto base de licitación.

El importe anual del contrato asciende, a 157.442,24 euros, ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y dos mil euros con veinticuatro céntimos, IVA excluido.

En dicho precio están incluidos tanto los medios personales como los productos y utensilios que sean necesarios para la prestación del servicio.

En la oferta de los licitadores se deberá detallar separadamente: el importe neto de ejecución de contrato, el importe del IVA aplicable, y el montante total incluido el IVA a facturar. En caso de que no se especifique nada, la Administración entenderá siempre que el importe ofertado no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido.

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Se entenderán incluidos en el precio los impuestos y tasas que conlleve la puesta en marcha del servicio, los gastos de transportes y demás que se produzcan hasta la prestación del servicio.

El tipo de licitación es la cantidad antes indicada, debiendo las empresas licitar a la baja.

CLÁUSULA CUARTA.- Existencia de crédito.

Existe crédito en la aplicación presupuestaria 1720.22715.

CLÁUSULA QUINTA.- Plazo de duración del contrato.

SEIS MESES, REPARTIDOS EN PLAZOS DE 1 MES de INSTALACION Y RETIRADA (15 días de instalación y 15 días de retirada) y CINCO MESES DE MANTENIMIENTO de las instalaciones.

Deberá estar completamente instalado el día 1 de Mayo, lo que supondrá el inicio de los trabajos de instalación para el 15 de Abril y quedará totalmente retirado el material el día 15 de octubre, debiéndose iniciar los trabajos de retirada para el día 1 de octubre.

No cabe prórroga en el presente contrato.

CLÁUSULA SEXTA.- Procedimiento y forma de adjudicación del contrato.

El contrato se adjudicará en procedimiento abierto, con un único criterio de adjudicación: el precio.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- Importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato.

Será el que requiera el Boletín Oficial de la Provincia para la inserción del correspondiente anuncio de licitación, así como el de adjudicación. Dichos anuncios serán de cuenta del adjudicatario.

CLÁUSULA OCTAVA.- Criterios para la adjudicación del concurso, por orden decreciente de importancia, y su ponderación.

El único criterio objetivo que sirve de base para la adjudicación del contrato es el precio conforme al siguiente detalle:

Baja sobre el Precio de Licitación por Servicio (50 puntos máximos).

La valoración de las bajas de las proposiciones económicas respeto al Presupuesto Base de Licitación del presente Concurso se efectuará hasta un máximo de 50 puntos. Se asignará la máxima puntuación a aquella oferta que ofrezca un mayor porcentaje de baja siempre que no incida en baja temeraria tal y como se determina en el párrafo siguiente, el resto de ofertas se valorarán proporcionalmente aplicando la fórmula que se propone.

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Se entenderá que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o temerarias cuando:

- Se supera la baja media en veinte (20) puntos porcentuales.

Fórmula que se aplicará para puntuar las ofertas económicas

1º.- Se efectúa la baja media de las ofertas presentadas.

2º.- Se puntúan con “0” puntos todas las ofertas que superan la baja media más 20 puntos porcentuales (baja temeraria). En el caso de que alguna oferta se llegara a estimar la justificación de la baja temeraria pasaría a ser puntuable y no se eliminarán de la valoración.

3º.- Al resto de ofertas se le aplicará la siguiente fórmula:

Pi = 50 x (min. / Ofi)

Pi = Puntuación obtenida por cada ofertamin = Oferta más bajaOfi = Oferta correspondiente a cada licitador

II. CLÁUSULAS DE LICITACIÓN.

CLÁUSULA NOVENA: CAPACIDAD PARA SER CONTRATISTA.

Podrán contratar con la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar.

Los Contratistas no podrán encontrarse en ninguno de los casos de prohibición previstos, tanto en el artículo 60 del TRLCSP, como en la legislación correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, constituida en esta materia por la Ley 5/1984, de 23 de abril, de incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración Andaluza, modificada por la Ley 4/1990, de 23 de abril.

En los contratos objeto de este Pliego no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado, en su caso, en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato.

También podrán concurrir las Uniones de Empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, estándose en este caso a lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP.

La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en las prohibiciones para contratar con la Administración, reseñadas en los epígrafes anteriores podrá realizarse mediante Testimonio Judicial o Certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la Autoridad competente podrá ser sustituido por una Declaración Responsable, en los términos previstos en el Anexo III del presente Pliego.

Cuando se trate de Empresas de Estados miembros de la Unión Europea, o de las Empresas extranjeras no comunitarias, se estará a lo dispuesto respectivamente en los arts. 58 y 59 del TRLCSP.

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CLÁUSULA DÉCIMA: PERSONALIDAD DE LOS LICITADORES.

Los licitadores podrán concurrir por sí o representados por persona autorizada, con poder bastante.

Cuando en representación de una empresa concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: GARANTÍA PROVISIONAL.

Para concurrir a la licitación que se convoca para adjudicar el contrato que regula el presente pliego no se exige a los concursantes la constitución de garantía provisional alguna, al ser potestativa conforme a lo previsto en el artículo 103 del TRLCSP.

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.

El contrato objeto de este pliego se adjudicará mediante procedimiento abierto con un único criterio de adjudicación y tramitación urgente, previsto y regulado por los artículos 157 al 161 del TRLCSP, y con sujeción a los trámites y condiciones fijados en el presente pliego, haciendo constar que los días se entienden naturales.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.

10.1.- Publicidad.

El anuncio de convocatoria del concurso se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con una antelación de OCHO días naturales al señalado en dicho anuncio, como el último para la recepción de proposiciones. (Si el último día de plazo fuera sábado o inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente)

Los interesados podrán examinar el Pliego de Cláusulas Administrativas en la Secretaría General de la Mancomunidad, en horas de oficina al público, durante el plazo de presentación de proposiciones.

10.2. Proposiciones de los interesados.

Las proposiciones podrán presentarse en el Registro General de Entrada de la Mancomunidad.

Se presentarán tres sobres, firmados y cerrados, de forma que se garantice el secreto de su contenido, señalados con los números 1, 2 y 3. En cada uno se incluirá la documentación que a continuación se indica:

Documentación económica. Sobre Nº. 1

En el sobre figurará la inscripción “Proposición económica para tomar parte en el procedimiento abierto y tramitación urgente con un único criterio de adjudicación, para la prestación del SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA

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MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015 con expresión del nombre del proponente y domicilio social, debiendo ser firmado el sobre por el licitador o persona que lo represente.

Se sujetará al modelo establecido en este Pliego y que figura como Anexo II, y su presentación presume la aceptación por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas del mismo.

Documentación administrativa. Sobre Nº. 2

En el sobre figurará la inscripción “Documentación administrativa para tomar parte en el procedimiento abierto y tramitación urgente con un único criterio de adjudicación, para la prestación del SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015, y en el mismo se insertarán los documentos que se determinan a continuación:

a).- Declaración responsable del licitador, conforme al modelo del Anexo III.

b) Dirección de correo electrónico, a efectos de notificaciones. Se hace constar que las notificaciones del procedimiento de contratación se realizarán a la dirección de correo electrónica señalada por el licitador.

SE ADVIERTE PREVIAMENTE PARA GENERAL CONOCIMIENTO QUE EN TODO CASO EL OBJETO SOCIAL DE LAS EMPRESAS LICITADORAS DEBERÁ SER ADECUADO PARA LA CONTRATACIÓN DE QUE SE TRATE. En caso contrario será causa de exclusión conforme a los criterios señalados por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.

Documentación técnica. Sobre Nº. 3.

En el sobre figurará la inscripción “Documentación técnica para tomar parte en el procedimiento abierto y tramitación urgente con un único criterio de adjudicación, para la prestación del SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015, con expresión del nombre del proponente y domicilio social, debiendo ser firmado el sobre por el licitador o persona que lo represente.

En todo caso, incluirá:

- Memoria explicativa de las condiciones de prestación del servicio.- Relación de los medios humanos y materiales a poner a disposición

de la realización de este contrato indicando si son medios propios y el porcentaje máximo de subcontratación.

SE HACE CONSTAR QUE CUALQUIER DATO REFERIDO AL PRECIO OFERTADO (INCLUYENDO REFERENCIAS A PORCENTAJES DE REBAJA) QUE APAREZCA EN CUALQUIER SOBRE QUE NO SEA EL DE LA OFERTA ECONÓMICA, SERÁ CAUSA DE EXCLUSIÓN EN LA LICITACIÓN.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.

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La Mesa de contratación estará compuesta por:

Un presidente, que será el de la Corporación o vocal o funcionario de carrera en quien delegue.Cuatro vocales que serán los siguientes:El Secretario General o persona que legalmente lo sustituya.El Interventor de Fondos o persona que legalmente lo sustituya.La Ingeniero de Caminos o persona que legalmente lo sustituya.El Ingeniero Técnico de Obras Públicas o persona que legalmente lo sustituya.Un Secretario de la Mesa que será funcionario de la Corporación.

Esta Mesa se constituirá al día siguiente hábil a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones. En caso de coincidir este día con sábado se trasladará al siguiente día hábil.

En el supuesto de la existencia de proposiciones realizadas por correo, este hecho habrá de ponerse de manifiesto en el mismo día, mediante Fax dirigido a la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, a la atención de la Secretaría General (número de fax 952 83 93 20), o mediante télex o telegrama, debiendo justificar el empresario la fecha de imposición del envío en la oficia de correos. La Mesa se constituirá al día siguiente hábil al de la recepción de la última de las proposiciones, sin que se pueda rebasar el plazo de 10 días. Igualmente, si dicho día coincidiera con sábado se trasladaría al siguiente día hábil.

Una vez constituida, la Mesa calificará previamente en un PRIMER ACTO, los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, el Presidente ordenará la apertura de los sobres nº 2 y 3, y el Secretario de la Mesa certificará la relación de documentos que figuran en cada uno de ellos.

Analizados dichos documentos, los defectos de que pudieran adolecer podrán ser subsanados, si la Mesa lo estima oportuno, en el plazo máximo que considere, y sin que en ningún caso exceda de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha del anuncio que a estos efectos se publique en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Seguidamente, los Técnicos de la Mesa de Contratación realizarán un estudio pormenorizado de las distintas ofertas, en el cual se contendrá la valoración de proposiciones presentadas por los licitadores. A tal efecto, elaborarán un informe sobre si se admite técnicamente la proposición por ser apta para la prestación del servicio.

El SEGUNDO ACTO, de carácter público, se celebrará a las 12 horas del QUINTO día hábil siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de ofertas, en el Salón de Plenos de la Corporación (según se hará constar en el correspondiente anuncio de licitación). Si este plazo finalizase en sábado o festivo la apertura se efectuará al día siguiente hábil. Se procederá a la lectura de las 2 actas, en las que constan la calificación de documentos, expresando las proposiciones rechazadas y su causa, y las admitidas, así como la valoración del concurso.

Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse

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cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones, a que se refiere el artículo 81.2 del R.D. 1098/2001.

A continuación, se procederá a la apertura de las proposiciones económicas. Posteriormente, se procederá al desalojo de la Sala, para deliberación, estudio y realización de las operaciones matemáticas necesarias por la Mesa de Contratación, que finalmente en acto público formulará propuesta de resolución.

El contrato se adjudicará a la oferta más ventajosa que será la que haya ofertado el precio más bajo conforme a las reglas de valoración de dicho único criterio.

Realizada la propuesta de adjudicación, se invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de 2 días hábiles siguientes al de aquel acto. Si el último día hábil de este plazo de 2 días fuera sábado, se pasará al siguiente día hábil. Las observaciones, reservas y reclamaciones se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la Mesa de Contratación resolverá el procedimiento con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas en la adjudicación del contrato.

La Propuesta de adjudicación, junto con el Acta correspondiente, en la que se recogerán todas las incidencias del acto, se elevarán al órgano competente, a fin de que realice la clasificación por orden decreciente de las proposiciones presentadas atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el pliego y requiera al de mayor puntuación para que deposite la garantía definitiva y en su caso aporte la documentación acreditativa de inexistencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social.

En caso de que se presente un único licitador, se procederá por razones de celeridad a la apertura de la proposición económica en el mismo acto de apertura de la documentación administrativa y técnica.

La propuesta de adjudicación incluirá la propuesta de requerimiento al licitador con mayor puntuación para que remita la siguiente documentación a la Secretaría de la Mancomunidad:

A).- Los documentos relativos a la persona que acrediten la capacidad de obrar del empresario, y en su caso, su representación, todos ellos en fotocopias debidamente autentificadas por funcionario fedatario público o notario, distinguiéndose:

- Si se trata de persona física:

DNI del licitador.Si está representado por otro, éste lo acreditará mediante poder al efecto, bastanteado de conformidad con las normas previstas para estos supuestos respecto a las personas jurídicas, así como su DNI.

- Si se trata de persona jurídica:

Escritura de Constitución o Modificación, en su caso.Escritura de Poder (salvo que éste conste en la anterior).

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DNI del representante.

Las escrituras deberán estar debidamente inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible, conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. En todo caso deberá aportarse también poder bastanteado de la persona acreditada para representar a la empresa licitadora.

Se admitirá el bastanteo de cualquier administración pública.

Los empresarios extranjeros acreditarán su personalidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 55 del TRLCAP, para las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea y restantes empresas extranjeras, respectivamente.

B).- Copia compulsada que acredite el alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E., bien mediante el alta referida al ejercicio corriente, o bien mediante el último recibo del citado impuesto. Además, habrá de acompañarse declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula de dicho impuesto.

C).- Informe de la Tesorería que acredite la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria con la Mancomunidad. (En caso de no aportarse se comprobará de oficio por la Mancomunidad.)

D).- Para los empresarios extranjeros, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

E) Documentación acreditativa de la solvencia económica y técnica: CLASIFICACION EXIGIDA POR LA ADMINISTRACIÓN:

Clasificación en contrato de servicios:

Según artículo 37 RGLCAP:

Grupo: U Subgrupo: 7 Categoría: B

El Pliego prevé la posibilidad de modificaciones en el contrato en más menos 30 %. El precio de este contrato a efectos de clasificación se entiende como media anual entre 150.000 y 300.000 euros, puesto que el contrato al no ser superior a un año, a efectos de clasificación y contando la posible modificación anual del 30%, tendría un precio máximo de 204.674,92 euros anuales.

Tal y como determina el artículo 67.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la expresión de la cuantía del contrato se efectúa por referencia al valor íntegro del contrato por ser de duración inferior a un año.

SE HACE CONSTAR QUE EN CASO DE QUE NO SE APORTE LA CLASIFICACIÓN, SE PROCEDERÁ A LA EXCLUSIÓN DEL LICITADOR Y SE

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PROPONDRÁ LA ADJUDICACIÓN AL SIGUIENTE POR ORDEN DE PUNTUACIÓN.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS ADJUDICACIONES.

Una vez clasificadas las proposiciones por el órgano de contratación, será notificada por correo electrónico a los licitadores. En todo caso se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que en el plazo de CINCO días hábiles contados a partir del siguiente al de la recepción del requerimiento:

1.- Presente el documento acreditativo de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.

2.- Presente los restantes documentos exigidos en la cláusula décima.

3.- Depositar la garantía definitiva a la que se hace referencia en la siguiente cláusula.

En el caso de que no se cumplimente el citado requerimiento en plazo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

Cuando el importe de la adjudicación sea igual o superior a 18.000 euros se publicará en el perfil del contratante de la Mancomunidad un anuncio en el que se dé cuenta de dicha adjudicación.

Cuando el importe de la adjudicación sea igual o superior a 100.000 euros se publicará en el B.O.P. de Málaga, en plazo no superior a 48 días, a contar desde la fecha de adjudicación del contrato, un anuncio en el que se dé cuenta de dicha adjudicación.

En el supuesto de que se trate de licitaciones que en su día se anunciaron en el D.O.C.E. se deberá enviar el anuncio antes referenciado a este Diario, así como al B.O.E., en el plazo anteriormente referenciado.

CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: GARANTÍA DEFINITIVA.

A).- El adjudicatario estará obligado a constituir una garantía definitiva por el importe del 5% del precio de adjudicación del contrato, excluido el IVA. Dicha garantía podrá presentarse por cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 96 del TRLCSP, o por contrato de seguro de caución, según lo establecido y con los requisitos previstos en el Real Decreto 1098/2001.

B).- Esta garantía se mantendrá durante todo el plazo de ejecución del contrato y se devolverá en el plazo de 1 año contado a partir de la finalización del servicio.

Las garantías a constituir por las Sociedades Cooperativas Andaluzas, serán de un 25% de su importe, conforme a lo dispuesto en la Ley Andaluza 2/1999, de 31 de marzo.

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CLÁUSULA DÉCIMO SÉPTIMA: PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva realizada por el órgano de contratación competente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental y se formalizará en Documento Administrativo, en el plazo máximo de OCHO días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, tal y como determina el artículo 156.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

No obstante, si el adjudicatario solicita elevarlo a Escritura Pública, serán a su costa los gastos que se deriven de ese otorgamiento.

Para su formalización será requisito necesario la presentación por parte del Empresario de las garantías previstas en el TRLCSP, en cada uno de los casos.

Cuando, por causas imputables al contratista, no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se resolverá el mismo, con pérdida de la fianza e indemnizaciones de los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.

III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: MEDIDAS DE SEGURIDAD.

Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros o a la Administración, como consecuencia de las operaciones que requiere la ejecución del contrato, conforme al artículo 305 del TRLCSP.

CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: RIESGO Y VENTURA.

El contrato que se establezca entre la Mancomunidad y el Adjudicatario se realizará a riesgo y ventura del contratista, y éste no tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes, antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que éste hubiere incurrido en mora al recibirlos.

Se hace constar que el contratista no podrá reclamar beneficios dejados de percibir en caso de minoración en el importe de la subvención a conceder por la Junta de Andalucía o por minoración en el importe de las unidades de proyecto. En tales casos, se procederá a la tramitación de la correspondiente modificación del contrato sin indemnización alguna.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL SERVICIO.

Se estará a lo expresamente previsto en el TRLCSP en su artículo 227. En caso de que se pretenda subcontratar parte del servicio los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.

En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la

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prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia eximirá al contratista de la necesidad de justificar la aptitud de aquél.

En todo caso se aplicará por la MMCSO todo lo previsto en el citado artículo.

IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES.

CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA: GASTOS Y TRIBUTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA.

El contratista está obligado al pago de los anuncios de licitación, los gastos de formalización del contrato, los de ejecución del servicio y de todos otros que se deriven del contrato y de su formalización.

El importe de los gastos derivados del contrato se descontará en la factura.

CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES, LABORALES Y FISCALES.

El contratista está obligado a cumplir las normas vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, quedando la Mancomunidad exonerada de cualquier responsabilidad por este incumplimiento.

CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: PAGO DEL SERVICIO.

El precio del contrato será satisfecho al contratista mediante factura expedida a nombre de Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental con CIF P2900001E y domicilio en C/ Bonanza s/n. Urbanización Playa el Arenal. Marbella. CP 29604, en la que se especifiquen los precios unitarios del servicio, y previa fiscalización por la Intervención, y el reconocimiento y liquidación de la obligación por el órgano de contratación.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), en relación con el artículo 4 de la Ley 3/2004, (en su redacción dada por las Leyes 15/2010 y 11/2013) por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el iter procedimental para el pago de la factura por la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de este contrato es la siguiente:

Primero: Entrega de los bienes o prestación del servicio por el contratista y acta de recepción.

Segundo: presentación de la Factura electrónica en formato facturae 3.2 a través de http://face.gob.es (adheridos al Punto General de Entradas de facturas electrónicas del Estado FACE). Así mismo se recomienda que la primera vez que utilicen este sistema, remitan además un correo electrónico dando comunicación de este envío a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]

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De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP los departamentos responsables de la tramitación de la factura son

Destinatario de la factura:

Facturas / Registro de facturas [email protected]

Responsable de contabilidad:

Interventor [email protected]

Órgano de contratación:

Presidencia [email protected]

Tercero: Desde la entrega efectiva de los bienes o servicios prestados (acta de recepción) se establece un máximo de 30 días naturales para su comprobación y aceptación técnica por parte de esta Mancomunidad de Municipios.

Cuarto: Una vez firmado el conforme técnico se aprobará la factura mediante documento contable ADO.

Quinto: Pago del precio en el plazo máximo de 30 días desde aprobación de la factura.

V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.

CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: PLAZO DE GARANTÍA.

A).- Mediará un plazo de garantía mínimo de un año, a contar desde el día siguiente al de la firma del acta de recepción del Servicio.

B).- Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en el servicio prestado, tendrá derecho la Administración a reclamar al contratista la reposición de los que resultasen inadecuados o la reparación de los mismos, si fuese suficiente.

C).- Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y a ser oído.

CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.

Las causas de resolución del contrato serán las previstas en los arts. 224 Y 308 del TRLCSP.

ANEXO I

PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: ABIERTO, único criterio de ADJUDICACIÓN.

A SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015FINANCIACIÓN: aplicación presupuestaria1720.22715

B TIPO DE LICITACIÓN: 157.442,24 €.- Ciento cincuenta y siete mil cuarenta y dos mil euros con veinticuatro céntimos, IVA excluido, y cuantos otros impuestos se deriven incluidos.

C SECCIÓN ADMINISTRACIÓN: Secretaría General.

D GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige.

E PLAZO DE EJECUCIÓN: 6 meses conforme a lo señalado en cláusula 28

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quinta del pliego de cláusulas administrativas. F PLAZO DE GARANTÍA: 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.

G FÓRMULA O SISTEMA DE REVISIÓN DE PRECIOS: no hay.

H CALIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE: URGENTE

ANEXO IIMODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

D./Dª. _________________________________________________, vecino de ______________________, con domicilio en __________________________________________________, Nº. ________, con NIF/CIF nº __________________ y Nº. de Patronal de la Seguridad Social ___________________, en su propio nombre, o en representación de _________________________________________________, enterado del contrato de SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015, y declarando conocer el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que ha de regir en dicho servicio, que acepta, se compromete a prestarlo por la cantidad que luego se indica; acompañando la documentación exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y entre ella, en su caso, poder debidamente bastanteado, que declaro se encuentra vigente por no haber sido revocado ni haberse expedido otro con posterioridad.

El importe de la presente oferta SIN IVA asciende a la cantidad de (en letra) ________________________________________________________________ euros (en número) ______________ €;

El importe DEL IVA APLICABLE asciende a la cantidad de (en letra) ________________________________________________________________ euros (en número) ______________ €;

Marbella, a _____ de ____________ de 2015. Firma

ANEXO IIIMODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dª. _____________________________________________________, con DNI Nº. __________________, en nombre propio/en representación de la empresa ____________________________________________, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015, al objeto de licitar al mismo, declara ante la autoridad administrativa competente y bajo su personal responsabilidad:

Que reúne los requisitos y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.Que posee plena capacidad de obrar.Que no está comprendido en ninguno de los casos de prohibición de contratar del artículo 49 de la LCSP.Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con las diferentes Haciendas Públicas.Que está al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

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Que autoriza expresamente a la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental para la comprobación ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Autonómica y ante la Tesorería General de la S.S., de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las diferentes Haciendas Públicas y Seguridad Social.Que está en posesión de certificados vigentes, al día de la finalización del plazo de presentación de proposiciones económicas .Que en caso de ser adjudicatario, una vez se resuelva la adjudicación provisional del contrato, aportará el correspondiente certificado expedido por la Seguridad Social acreditativo de estar corriente en todos los pagos con dicha entidad.

Marbella, a _____ de ____________ de 2015. Firma

ANEXO IVMODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE SUBSISTENCIA DE CIRCUNSTANCIAS ADMINISTRATIVAS PARA LICITADORES DURANTE ÚLTIMOS DOS AÑOSD./Dª. _____________________________________________________, con DNI Nº. __________________, en nombre propio/en representación de la empresa ____________________________________________, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del SERVICIO DE BALIZAMIENTO DE LAS PLAYAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA DEL SOL OCCIDENTAL TEMPORADA 2015, al objeto de licitar al mismo, declara ante la autoridad administrativa competente y bajo su personal responsabilidad:

Que la firma a la que represento ya participó en el expediente de contratación instruido por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental consistente en __________________________________________________________________, manteniéndose igual todas las circunstancias sociales y de representación de la empresa, por lo que se declara responsablemente que la documentación administrativa presentada entonces sirve para el presente contrato y que no se han producido cambios ni en los estatutos sociales, ni en cuanto a la representación que se ostenta.

Marbella, a _____ de ____________ de 2015. Firma

ANEXO VMODELO DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y DOCUMENTOSD./Dª. _____________________________________________________, con DNI Nº. __________________, en nombre propio/en representación de la empresa ____________________________________________, DECLARA a los efectos de lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

Que la información facilitada en los documentos y datos presentados en el sobre ____ (que corresponda) que considera de carácter confidencial son los que a continuación se relacionan:________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Marbella, a _____ de ____________ de 2015. Firma

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ANEXO VICRITERIOS OBJETIVOS PARA LA ADJUDICACIÓN

El único criterio objetivo que sirve de base para la adjudicación será el siguiente: Baja sobre el Precio de Licitación por Servicio (50 puntos máximos).

La valoración de las bajas de las proposiciones económicas respeto al Presupuesto Base de Licitación del presente Concurso se efectuará hasta un máximo de 50 puntos. Se asignará la máxima puntuación a aquella oferta que ofrezca un mayor porcentaje de baja siempre que no incida en baja temeraria tal y como se determina en el párrafo siguiente, el resto de ofertas se valorarán proporcionalmente aplicando la fórmula que se propone.

Se entenderá que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o temerarias cuando:

- Se supera la baja media en veinte (20) puntos porcentuales.

Fórmula que se aplicará para puntuar las ofertas económicas

1º.- Se efectúa la baja media de las ofertas presentadas.

2º.- Se puntúan con “0” puntos todas las ofertas que superan la baja media más 20 puntos porcentuales (baja temeraria). En el caso de que alguna oferta se llegara a estimar la justificación de la baja temeraria pasaría a ser puntuable y no se eliminarán de la valoración.

3º.- Al resto de ofertas se le aplicará la siguiente fórmula:

Pi = 50 x (min. / Ofi)

Pi = Puntuación obtenida por cada ofertamin = Oferta más bajaOfi = Oferta correspondiente a cada licitador

Marbella, 3 de marzo de 2015.La Presidenta,

Fdo.: Margarita del Cid Muñoz.

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