decreto comite cultura arte transmilenio

4
DECRETO LOCAL____ DE 2013 (fecha_____________) "Por medio del cual se crea el Comité Cultura y arte Transmilenio en el Distrito Capital". EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto Distrital 909 de 2001, el Decreto 1137 de 1999 y la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el artículo 2 de la Constitución Política estableció que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y de los particulares. Que el artículo 11 de la Constitución Política establece que el Derecho a la vida es inviolable. Que la Ley 62 de 1993 – Artículo 12 establece: DE LAS AUTORIDADES POLÍTICAS. El Gobernador y el Alcalde son las primeras autoridades de Policía en el Departamento y el Municipio, respectivamente. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que éstas le impartan por conducto del respectivo comandante o quien haga sus veces. Que el Decreto 1421 DE 1993, en su numeral 5, del artículo 86 establece que la Alcaldesa Local debe Velar por la tranquilidad y seguridad ciudadana. Conforme a las disposiciones vigentes, contribuir a la conservación del orden público en su localidad y con la ayuda de las autoridades nacionales y distritales, restablecerlo cuando fuere turbado. Que es política de la Administración Local propiciar la prevención y el control de la violencia y la delincuencia en la localidad, así como la conservación del orden público, en el marco del respeto a los derechos fundamentales. Que para dar cumplimiento a lo enunciado, se hace necesario adoptar medidas y estrategias para contrarrestar los niveles de homicidios en la localidad. Que en mérito de lo expuesto, Página 1 de 4

Upload: andres-borges

Post on 29-Jul-2015

36.141 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Decreto comite cultura arte transmilenio

 

DECRETO LOCAL____ DE 2013

(fecha_____________)

"Por medio del cual se crea el Comité Cultura y arte Transmilenio en el Distrito Capital".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto Distrital 909 de 2001, el Decreto 1137 de 1999 y la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2 de la Constitución Política estableció que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y de los particulares.

Que el artículo 11 de la Constitución Política establece que el Derecho a la vida es inviolable.

Que la Ley 62 de 1993 – Artículo 12 establece: DE LAS AUTORIDADES POLÍTICAS. El Gobernador y el Alcalde son las primeras autoridades de Policía en el Departamento y el Municipio, respectivamente. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que éstas le impartan por conducto del respectivo comandante o quien haga sus veces.

Que el Decreto 1421 DE 1993, en su numeral 5, del artículo 86 establece que la Alcaldesa Local debe Velar por la tranquilidad y seguridad ciudadana. Conforme a las disposiciones vigentes, contribuir a la conservación del orden público en su localidad y con la ayuda de las autoridades nacionales y distritales, restablecerlo cuando fuere turbado.

Que es política de la Administración Local propiciar la prevención y el control de la violencia y la delincuencia en la localidad, así como la conservación del orden público, en el marco del respeto a los derechos fundamentales.

Que para dar cumplimiento a lo enunciado, se hace necesario adoptar medidas y estrategias para contrarrestar los niveles de homicidios en la localidad.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Crear el Comité Cultura y arte Transmilenio en el Distrito Capital, con el fin de mejorar la cultura Transmilenio, el civismo y el sentido de pertenencia por nuestro sistema Transmilenio.

CAPÍTULO I

De la Naturaleza, objetivo, valores y principios rectores

Página 1 de 3

Page 2: Decreto comite cultura arte transmilenio

Artículo 1º. De la Naturaleza. El Comité Cultura arte Transmilenio, es una instancia mixta, participativa de caracterización y georeferenciación del comportamiento social en el desarrollo de la Política Pública Distrital de Convivencia y Seguridad.

Artículo 2º. Del Objetivo. El Comité cultura y arte Transmilenio tendrá como objetivo.

Servir de instancia local de análisis, evaluación y seguimiento del comportamiento social a fin de estudiar y plantear estrategias exitosas para mejorar la cultura ciudadana.

Artículo 3°. De los Valores y Principios. Guiarán el trabajo del Comité cultura y arte transmilenio, en el marco de la política pública Distrital de Convivencia y Seguridad Ciudadana los siguientes valores y principios:

VALORES• Respeto por la vida • La Justicia• Eficacia • La Solidaridad• La corresponsabilidad

PRINCIPIOS• La Supremacía formal y material de la Constitución Política Colombiana. • La protección de la vida. • La primacía de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y el amparo a la familia como institución básica de la sociedad. • Primacía de los derechos inalienables y el respeto a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. • Autorregulación, solidaridad social y corresponsabilidad.• Prevalencia del uso del dialogo, la concertación y la negociación como mecanismos diferentes al empleo de la fuerza para restablecer la convivencia y el orden público. • La confianza en la Justicia Social como fundamento de la seguridad ciudadana.CAPÍTULO II

De la composición

Artículo 4º. Integran el Comité cultura y arte Transmilenio

• el – la alcaldía mayor de Bogotá. El – la Coordinadora o Coordinador de las URIs de Bogota.

• El – la delegado/a del CTI.• El – los alcaldes Locales.. . • El – la Comandante, Subcomandante de la Decima Estación de Policía o su delegado.• El – la delegado/a de la Policía de Infancia y Adolescencia • El Coordinador de Seguridad y Convivencia para la localidad de Engativá o quien haga sus veces; quien será el Secretario Técnico del Comité.• El Director Local de Educación o su delegado (DILE)• Director de Integración Social para la localidad o su delegado• El delegado del Instituto Distrital Para la Protección de la Niñez (IDIPRON ).PARÁGRAFO: Participarán adicionalmente, los(as) invitados(as) que a juicio del Comité sean pertinentes según los temas definidos en las agendas estratégicas.Invitados permanentes:• El Personero Local • El Secretario General de Inspecciones • El delegado de Medicina LegalCAPÍTULO III

De las Funciones

Página 2 de 3

Page 3: Decreto comite cultura arte transmilenio

Artículo 5º. Con sujeción a los principios y criterios rectores señalados en el capítulo primero del presente Decreto, serán funciones del Comité cultura y arte transmilenio las siguientes:1. Establecer la georeferenciación de la diversidad cultural con el fin de tomar acciones para mejorar nuestra cultura.. 2. Evaluación y seguimiento mensual del comportamiento social. 4. (Sic) Establecer criterios para la aplicación de la cultura arte Transmilenio.5. Establecer estrategias de comunicación con el Comité de vigilancia y/u otras instancias que provean información para el cumplimiento del objetivo del Comité cultura arte Transmilenio.7. Presentar informe cualitativo y cuantitativo mensual al Consejo Local de Seguridad. 8. Construir un plan de acción Anual.

CAPÍTULO IV

De las sesiones

ArtÍculo 6º. El Comité cultura arte transmilenio se reunirá mensualmente y será convocado a sesiones a través de la Secretaría Técnica, en coordinación con el Alcalde.

El Alcalde Local o Alcaldesa Local y/o Secretaria Técnica, podrán citar a reuniones extraordinarias del Comité, cuando lo consideren necesario.

CAPÍTULO V

De la Vigencia

Artículo 7º. El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE:

Dado en Bogotá DC., a los _________________días del mes de ___________ del año (2012).

GUSTAVO PETRO URRGEO

Alcalde Mayor de Bogotá

NOTA: Publicado en el Registro Distrital__________de ______de 2013

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47221

Página 3 de 3