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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 1 Dr. Eduardo Alejandro Terreros Martínez, Presidente Municipal del Municipio de Tijuana, Baja California, con fundamento en los artículos 115, fracción V, incisos a, d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 76, 82, Apartado A, fracciones VIII, IX y XI, 83, fracciones I y VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, artículos 3 y 7 fracción I, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, somete a consideración del Cabildo, Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California, en consideración a los siguientes: A N T E C E D E N T E S I.- El origen de la colonia Reforma, al igual que las colonias Sánchez Taboada (Produtsa), Sánchez Taboada II (División del Norte), la Esperanza, Ampliación Sánchez Taboada, entre otras más ubicadas en la delegación Sánchez Taboada, se remonta a una serie de acontecimientos ocurridos durante la década de los 1960’s y 1970’s relacionados con eventos de inundación y crecidas en el Río Tijuana que afectaron los asentamientos humanos que se encontraban en los márgenes y el cauce del río, y que como resultado de las intensas precipitaciones en 1978 y 1980, motivaron que gran número de familias fueran reubicadas a zonas más altas y seguras. II.- De acuerdo con el análisis de fotografías aéreas 1 de 1974, los primeros asentamientos humanos localizados en la Colonia Reforma, comenzaron en la periferia a lo largo de la actual Av. Reforma, como producto de las reubicaciones del Cañón Zapata localizado en la colonia Libertad entre 1972 y 1974, 2 ubicándose a lo largo de vialidades principales de la colonia, como la calle Acueducto que conecta con la Av. Reforma, la calle Bolívar, y la calle José Vasconcelos que conectan con las calle Prolongación Literatos y 5 de febrero. De acuerdo con las imágenes aéreas 3 de 1974 y 1989, la zona ya había registrado deslizamientos de tierras, en lo que actualmente corresponde con la calle Prolongación Literatos. III.- En 1981 se autoriza la regularización de la colonia “Reforma” por Inmobiliaria del Estado de Baja California, 4 el cual consistía de un polígono de forma irregular que se encontraba ubicado aproximadamente a 4.36 kilómetros al noroeste de la Presa Abelardo L. Rodríguez, con una superficie de 96.91 ha (969,194.95 m²), sobre una topografía formada por laderas y cañones con pendientes que van del 15% al 35% y en algunos casos rebasan el 35%. 5 El proceso de densificación de los asentamientos humanos y la construcción de viviendas dentro de la colonia se desarrolló de forma gradual y en dirección al sureste de la av. Reforma entre los años de 1972 a la década de los 1980’s. 1 IMPLAN, 1974, Archivo Fotográfico Aéreo de la ciudad de Tijuana 2 Delegación Sánchez Taboada, XXII Ayuntamiento de Tijuana, 2018, entrevista de historia real de Guadalupe Rivera, habitante fundador de la colonia Reforma. 3 IMPLAN, 1989, Archivo Fotográfico Aéreo de la ciudad de Tijuana 4 XXII Ayuntamiento de Tijuana, Desarrollo Urbano, Antonio Padilla Corona. 5 IMPLAN, PDUCPT 2010-2030.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 1

Dr. Eduardo Alejandro Terreros Martínez, Presidente Municipal del Municipio de Tijuana, Baja California, con fundamento en los artículos 115, fracción V, incisos a, d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 76, 82, Apartado A, fracciones VIII, IX y XI, 83, fracciones I y VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, artículos 3 y 7 fracción I, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, somete a consideración del Cabildo, Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California, en consideración a los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

I.- El origen de la colonia Reforma, al igual que las colonias Sánchez Taboada (Produtsa),

Sánchez Taboada II (División del Norte), la Esperanza, Ampliación Sánchez Taboada, entre otras más ubicadas en la delegación Sánchez Taboada, se remonta a una serie de acontecimientos ocurridos durante la década de los 1960’s y 1970’s relacionados con eventos de inundación y crecidas en el Río Tijuana que afectaron los asentamientos humanos que se encontraban en los márgenes y el cauce del río, y que como resultado de las intensas precipitaciones en 1978 y 1980, motivaron que gran número de familias fueran reubicadas a zonas más altas y seguras.

II.- De acuerdo con el análisis de fotografías aéreas1 de 1974, los primeros asentamientos

humanos localizados en la Colonia Reforma, comenzaron en la periferia a lo largo de la actual Av. Reforma, como producto de las reubicaciones del Cañón Zapata localizado en la colonia Libertad entre 1972 y 1974,2 ubicándose a lo largo de vialidades principales de la colonia, como la calle Acueducto que conecta con la Av. Reforma, la calle Bolívar, y la calle José Vasconcelos que conectan con las calle Prolongación Literatos y 5 de febrero. De acuerdo con las imágenes aéreas3 de 1974 y 1989, la zona ya había registrado deslizamientos de tierras, en lo que actualmente corresponde con la calle Prolongación Literatos.

III.- En 1981 se autoriza la regularización de la colonia “Reforma” por Inmobiliaria del Estado

de Baja California,4 el cual consistía de un polígono de forma irregular que se encontraba ubicado aproximadamente a 4.36 kilómetros al noroeste de la Presa Abelardo L. Rodríguez, con una superficie de 96.91 ha (969,194.95 m²), sobre una topografía formada por laderas y cañones con pendientes que van del 15% al 35% y en algunos casos rebasan el 35%.5 El proceso de densificación de los asentamientos humanos y la construcción de viviendas dentro de la colonia se desarrolló de forma gradual y en dirección al sureste de la av. Reforma entre los años de 1972 a la década de los 1980’s.

1 IMPLAN, 1974, Archivo Fotográfico Aéreo de la ciudad de Tijuana 2 Delegación Sánchez Taboada, XXII Ayuntamiento de Tijuana, 2018, entrevista de historia real de Guadalupe Rivera, habitante fundador de la colonia Reforma. 3 IMPLAN, 1989, Archivo Fotográfico Aéreo de la ciudad de Tijuana 4 XXII Ayuntamiento de Tijuana, Desarrollo Urbano, Antonio Padilla Corona. 5 IMPLAN, PDUCPT 2010-2030.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 2

IV.- En el año de 19856 se emiten títulos de propiedad por parte de Inmobiliaria del Estado de Baja California para la regularización de la tenencia de predios.

V.- Durante el periodo de lluvias octubre-diciembre de 1998, se registra un nuevo deslizamiento de tierra que afecta las calles Pablo Martínez, Jorge Issac y 5 de febrero; se realiza un recorrido por la zona afectada por parte de la Dirección Municipal de Protección Civil el día 22 de octubre del mismo año7 para verificar el estado en el que se encontraba el sitio y se determinó un área de influencia correspondiente a una superficie afectada de 15,301.41 m² aproximadamente8.

VI.- En 1999 el análisis realizado por Centro Nacional de Prevención de Desastres

(CENAPRED) a partir de los tres eventos ocurridos en la ciudad (1993, 1995 y 1998) que registra una serie de colonias afectadas en la ciudad, entre las cuales se encuentran las colonias; 3 de Octubre, Reforma, Sánchez Taboada II, Amparo Sánchez, La Esperanza, Sánchez Taboada, Anexa Sánchez Taboada, todas perteneciente a la Delegación Sánchez Taboada, se identificaron problemas de inundación y grandes volúmenes de sedimentos provenientes de laderas y escurrimientos de arroyos que cruzaban las colonias, mismas que se identificaron como vulnerables, reconociéndolas como áreas con potencial de riesgo de deslizamiento de laderas, con necesidad de realizar un estudio técnico geológico detallado para cada una de estas colonias.9

VII.- En 2003 se registró nuevamente un movimiento en masa que genero fracturamiento

intenso del suelo, ocasionando la perdida de infraestructura urbana de servicios, pavimentos y calles.

VIII.- El 23 de enero del 2018 se realizó inspección a cargo de la Dirección de Agua y Saneamiento de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT) para revisión de la infraestructura sanitaria en la calle Literatos (Pablo L. Martínez), entre calle Fray Teresa de Mier y Salvador Díaz Mirón de la colonia Reforma, debido a las filtraciones que afectaron las viviendas y el talud, encontrándose que varios tramos de tubería de concreto se encontraban dañados o desintegradas por el desgaste.10

IX.- El día 13 de julio del 2018 la Dirección Municipal de Protección Civil atendió reporte de

emergencia debido a la aparición de grietas en viviendas en calles de la colonia Reforma, Delegación Sánchez Taboada, y realiza el primer censo de población afectada, registrándose un total de 79 personas afectadas, de las cuales 23 viviendas fueron directamente afectadas y etiquetadas con engomado rojo11.

X.- Los días 13, 14, 15, 16 y 19 de julio del 2018, personal del Área Técnica de Daños, de la

Dirección de Administración Urbana lleva a cabo inspecciones en el lugar, en respuesta a la solicitud de apoyo por parte de la Dirección Municipal de Protección Civil, debido a reportes de los habitantes de la zona sobre la aparición de grietas en viviendas y patios de la zona.12

6 DAU, 2018, Evaluación del Área Técnica de Daños y Casos Especiales, Inestabilidad de ladera, Prol. Literato, Colonia Reforma. 7 IMPLAN, 1998, Antecedentes históricos 8 Dirección de comunicación social, 1998, Reporte de la inspección al terreno fallado en la colonia Reforma, Oc. Ramón Moldrano. 9 CENAPRED, 1999, Informe Interno, Análisis semicualitativo del comportamiento de laderas en la ciudad de Tijuana durante la temporada de lluvias, p 23 10 CESPT, 2018, Oficio No. A201802208 11 Dirección Municipal de Protección Civil, 2018, Reporte de Inspección ocular de riesgo, Inestabilidad de ladera en colonia Reforma 12 DAU, 2018, Evaluación del Área Técnica de Daños y Casos Especiales, Et. Al.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 3

XI.- El día 16 de julio del 2018 se realiza reconocimiento físico de la zona de afectación por

personal del Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana (IMPLAN), donde se identificaron múltiples manifestaciones de agrietamientos en suelo, vialidades y muros de edificaciones; así como desprendimientos del talud adyacente a la calle Prol. Literatos; la condición prevaleciente, da lugar a la instrucción para que el IMPLAN realice el estudio y expedición de la Declaratoria de Usos y Destinos para la Zona de Alto Riesgo en la Colonia Reforma, Tijuana, B. C.

XII.- El día 2 de agosto de 2018 se gira instrucción a IMPLAN por parte del alcalde de Tijuana de llevar a cabo todas las acciones técnicas y de gestión que permitan elaborar la Declaratoria de Usos y Destino para la zona de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, B. C.13

J U S T I F I C A C I Ó N

La “Declaratoria de Usos y Destino para el Área de Alto Riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, B. C.” tiene como objetivo principal identificar las áreas que se encuentran afectadas por procesos de inestabilidad del suelo y deslizamiento de masas de terreno que derivaron en la pérdida de viviendas en julio del 2018, así como determinar las causas, áreas afectadas y potencialmente afectables que se ubican en esta zona, así como determinar las medidas recomendadas para mitigar el daño actual y futuro de las áreas que se encuentran habitadas, esta medida tiene su fundamento legal en los artículos 27 y 115 fracción V, incisos a, d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 4 fracción VIII, 5 y 6 fracción X, 7 y 11 fracción III, XVIII y XXIV; de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; artículos 79, 82 Apartado A, fracciones VIII, IX y XI, 83, fracciones I y VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California; artículos 1, 4 y 11 fracción II, III, 40 fracción V; 102 y 103 fracción V, y 117 fracción III, artículos 118, 119, 121, 122, 161 fracción II de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California; artículos 98 y 99 de la Ley del Protección al Ambiente para el Estado de Baja California, artículos 3 y 7, fracción I de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California. El deslizamiento de tierra ocurrido entre los días 13 a 16 de julio del 2018 en la colonia Reforma, afectó un conjunto de 23 viviendas,14 de las cuales 15 colapsaron por completo y 8 presentaron daños parciales, poniendo en riesgo potencial a la población que aún permanece viviendo en el área, debido a que los movimientos de tierra siguen activos en la zona, y se incrementan durante las temporadas de lluvias. La información técnica generada en base a los recorridos de campo, los análisis de interpretación de fotografía aérea, el dictamen técnico generado por SoilMex y la evaluación del área de afectación realizada por la Dirección de Administración Urbana en julio del 2018, junto a la revisión de los mapas del Atlas de Riesgos Naturales para el municipio de Tijuana 2014; identifican condiciones en el área que a continuación se describen:

a) La colonia Reforma se encuentra ubicada dentro de la zona geomorfológica denominada las “Sierras Alargadas”15 que ocupan mayormente el suroeste del área metropolitana

13 Presidencia Municipal, 2018, oficio PM-XXII-256-2018 14 Dirección Municipal de Dirección Civil, 2018, Reporte de Inspección ocular de Riesgo, Inestabilidad de ladera en colonia Reforma 15 Dirección Municipal de Protección Civil, Mendoza, Vásquez y Rosquillas, 2004, Movimientos de ladera o masas de terreno en Tijuana, B. C.

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de Tijuana y se extienden hacia el este de la ciudad, cuyos principales rasgos geomorfológicos consisten de colinas y lomeríos cortados, efecto de la abundante presencia de canales de erosión, algunos de los cuales alcanzan a ser denominados como cañones y son evidencia de la poca resistencia que el terreno ha ofrecido a la transformación física y morfológica. Su topografía irregular, que incluye laderas con fuertes pendientes constituidas por materiales sedimentarios de escasa consolidación fuertemente fracturados.

b) El polígono de riesgo se aloja en una zona compuesta por cañones y laderas que fueron modificadas para ganar terreno edificable, la parte más elevada se ubica al este del polígono de riesgo sobre la calle José Vasconcelos, mientras que la parte de menor elevación se ubica sobre la calle Cañón Pablo Neruda, generando una diferencia de niveles del orden de 67.00 metros aproximadamente, con pendientes que oscilan en los siguientes rangos: el 7.15% de la superficie de riesgo cuenta con pendientes del 0-2% de inclinación, un 1.28% presenta pendientes del 2-5%, un 26.59% registra que sus pendientes oscilan entre el 5-15%, el 35.90% de la superficie de riesgo presenta pendientes que van del 15-35% y un 29.07% de la superficie presenta pendientes mayores al 35%; resultando en un poco más del 90% con una topografía bastante accidentada, relieve que propicia un fuerte flujo de escorrentía superficial, cuyo flujo sigue reconociendo patrones originales hasta la actualidad.16

c) Entre los factores de origen natural involucrados en el fenómeno se encuentran los siguientes: la geología está compuesta de materiales estratificados porosos y permeables, débilmente compactados, con presencia y tendencia de fracturas y fallas locales, producto de la escorrentía de aguas o inestabilidad en los bloques de tierra.

d) Por la alta similitud de los suelos con relación a la colonia Sánchez Taboada (Produtsa), la cual está catalogada como zona de alto riesgo, la zona está constituida por materiales sedimentarias de la fase inferior de la formación San Diego, caracterizada por arenas finas medianamente compactas, intercaladas en ocasiones con capas areno arcillosas, o francamente arcillosas.

e) De acuerdo con el Atlas Municipal de Riesgos 2014 (Mapa Geológico de Tijuana), se identifica cercanía con falla geológica a 915.00 metros aproximadamente, al noroeste de la zona de afectación, lo cual aunque no pasa directamente por el polígono de afectación, representa un elemento importante en el comportamiento estructural de la zona y en la aparición de fracturas asociadas, las cuales se manifiestan de distintas maneras dentro de la zona de influencia, identificándose 6 micro fallas17 que atraviesan el polígono de la Declaratoria, dos localizadas al norte del polígono de amortiguamiento, una al oeste del mismo polígono, dos al suroeste y sureste respectivamente y una más al este del polígono de amortiguamiento.

f) El análisis efectuado en el polígono de afectación y en la colonia Reforma sobre topografía natural, identifica la existencia de más de un deslizamiento en la zona, los cuales se ubican en tramos de las calles 5 de febrero, Mar Caspio, Jorge Issac, Pablo Martínez, identificándose una fractura al final de la calle Pablo Martínez de 103.00 metros de longitud con dirección noreste hasta conectar con la calle Cañón Rubio y otra al final

16 IMPLAN, PDUCPT 2010-2030, Mapa DN-4 Pendientes. 17 Manuel Aragón Arreola. 1994. Evaluación de Riesgo Geológico debido a Movimiento de Laderas en Tijuana.

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de la calle Jorge Issac de 70.00 metros aproximadamente con dirección este hasta llegar a la calle Pablo Neruda, sitio de deslizamiento activado en 1995. Actualmente la presencia de fracturas se extiende a lo largo del talud ubicado entre la calle Prolongación Literatos y la calle Cañón Rubio, sitio donde ocurrió el último deslizamiento en julio del 2018. Por otra parte, el análisis de fotointerpretación de imágenes aéreas antiguas y satelitales permitieron detectar deslizamientos antiguos en la zona, los cuales datan del año 1995.

g) A partir de estudios de fotointerpretación de la zona con fotografías aéreas que datan de 1974 realizados por el Instituto Metropolitano de Planeación (IMPLAN), se identificó que tanto en la colonia Reforma como en las colonias aledañas, los deslizamientos y la inestabilidad de las laderas es un suceso antiguo y que a la fecha se encuentra activo; esto debido a fallas y fracturas, suelos inestables y topografía altamente accidentada, lo cual genera a su vez altos grados de escorrentía pluvial y por ende erosión en los taludes; y por factores antropogénicos como los cortes irregulares de los taludes, escurrimientos de agua mal encausados y la erosión de taludes.

h) La afectación de la vialidad Prolongación Literatos de 192.00 metros debido al deslizamiento de julio del 2018, en donde colapsó un tramo de aprox. 50.00 metros, dejándolo en un estado intransitable e inestabilidad. Además de las vialidades que se han visto afectadas por deslizamientos de tierra, entre las cuales se encuentran la calle Pablo Martínez, en donde se vieron afectados y destruidos 32.00 metros aproximadamente de vialidad a base de concreto hidráulico y se reportaron fugas de agua y tubería de concreto desintegradas correspondientes a la instalación sanitaria, la pérdida total de la pavimentación y del trazo de la vialidad de la calle 5 de febrero, 47.00 metros aproximadamente de vialidad afectada perteneciente a la calle Jorge Issac y 30.00 metros aproximadamente de la vialidad Mar Caspio que han sufrido afectaciones en menor grado, en donde se puede observar un alto grado de erosión del suelo debido a los flujos de agua pluvial.

i) Por otra parte, la calle Francisco Zarco, que tiene una longitud de 144.00 metros aproximadamente, de terracería, se encuentra localizada a poco menos de 40.00 metros al noreste de la zona del deslizamiento, y actualmente se encuentra aún en movimiento que ocasionan múltiples deslizamientos originados en la cima de la calle Prolongación Literatos.

j) El suministro de los servicios de electricidad y telefonía a cielo abierto, se vio afectado por el colapso de un tramo de aprox. 60.00 metros de longitud la calle Prolongación Literatos, entre las calles Vasconcelos y Fray Servando Teresa de Mier, poniendo en alto riesgo a los habitantes de la zona por el peligro de incendio.

k) En enero del 2018, se realiza una inspección en las instalaciones sanitarias del tramo de la calle Pablo L. Martínez, entre la calle Fray Teresa de Mier y la calle Salvador Díaz Mirón de la colonia Reforma, debido a filtraciones que se encontraban afectando a viviendas cercanas al talud, se llevó a cabo una inspección con el equipo de Inspección de Circuito Cerrado de Televisión (SICCTV), encontrando que la instalación de drenaje ubicada sobre la calle Pablo Martínez, de 76.56 metros de tubería de concreto, se encuentra en un estado de desgaste severo y en otros tramos la tubería se encuentra completamente desintegrada. Por lo que se recomendó reponer en total 197.88 metros

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de tubería de concreto (76.56 metros de tubería de la calle Pablo Martínez, 52.11 metros de la calle Prolongación Literatos y 69.21 metros de la calle Fray Servando Teresa de Mier) por tubería de PVC de 8” de Ø o por tubería de Polietileno de Alta Densidad de 8”de Ø.18

l) Como parte de los trabajos de reparación de las instalaciones dañadas, que la CESPT

llevó a cabo, se realizaron tres seccionamientos sobre un tramo dañado de 153.50 metros aproximadamente de tubería de asbesto localizada sobre la calle Literatos. El suministro del servicio de agua potable se mantiene mediante una toma superficial de 2”de Ø.19

m) En otro punto, a lo largo del cuadrante noroeste y noreste del polígono de la Declaratoria, adyacente a tres vialidades; la calle Pablo Neruda, Cañón Rubio y Francisco Zarco, se presentan zonas con alto potencial de deslizamiento y otras con un constante movimiento de masas de suelo que suelen bloquear, además del tránsito vehicular, el escurrimiento de las aguas pluviales provenientes de la calle Cañón Rubio y calle Guadalajara; generando una especie de represo en la calle Cañón Rubio y por ende el reblandecimiento de los suelos y daños a la infraestructura vial, así como a las viviendas aledañas localizadas a lo largo de la vialidad. Por tal motivo se hace indispensable considerar medidas de control y protección que salvaguarden dicha zona de los riesgos de inestabilidad de masas del terreno.

n) De acuerdo al Atlas de Riesgos Naturales del Municipio de Tijuana 2014, el polígono de la Declaratoria se encuentra en una zona propensa a afectaciones por escurrimientos pluviales en un 26.31% (46,726.00 m²) de su superficie total, debido a que se ubica contenido dentro de un cañón, dejando margen a posibles zonas de inundación en la parte baja de la zona de riesgo.

o) La afectación de infraestructura de servicios básicos de agua potable y drenaje sanitario obligo al control de los servicios dentro del área del desplazamiento, en tanto que la provisión de dichos servicios al resto de las viviendas, debió hacerse mediante instalaciones especiales. Mientras que la instalación de electricidad sigue funcionando, con el fin de seguir ofreciendo el servicio a la comunidad afectada, la infraestructura (postes de luz) se encuentra en un estado de latente riesgo a afectación por los movimientos de tierra y la inestabilidad de la zona, lo que pone en alto riesgo la integridad de las personas.

p) Caso semejante sucedió con el pavimento de la calle Prolongación Literatos, el cual tenía recubrimiento de concreto, luego del deslizamiento de julio del 2018 en la sección oeste del polígono del área más afectada y la destrucción por asentamientos de una gran sección de la calle Pablo Martínez, que data de 1995, el estado de las calles se ha deteriorado, presentando innumerables grietas y fracturas, como consecuencia de la continuidad de los movimientos a través de los últimos años. Actualmente se registran hundimientos en algunos tramos de las vialidades internas, localizadas sobre el cuadrante sureste.

q) En términos de población y vivienda afectada, la aplicación del censo Socioeconómico y Estructural en la colonia, realizado en los meses de septiembre y octubre de 2018 para

18 CESPT, enero 2018, oficio A201802208, Plano “Reponer atarjea de concreto de 20 cm. de diámetro en calle Pablo L. Martínez. (Literatos) 19 CESPT, julio 2018, oficio A201802208, Plano “Propuesta de Agua Potable Polígono de Afectación calle Literatos Col Reforma”

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el área afectada en la colonia Reforma, registra una población afectada en el área de análisis de 2 344 habitantes. De los cuales el 229 personas (9.78%) se encuentran en el área de mayor riesgo, otras 777 personas (33.14%) se ubican en el área de riesgo y 1,338 personas (53.1%) quedan contenidas en el perímetro de las áreas de riesgo.20

Otro aspecto que deriva de los acontecimientos ocurridos en las áreas afectadas de la colonia Reforma, es la inseguridad ante las condiciones de riesgo generadas por el deslizamiento de tierra, que se presentan en varios puntos de la zona, principalmente en la calle Prolongación Literatos, en donde un tramo de la vialidad quedó intransitable y se vio afectada la iluminación, generando a su vez un problema de inseguridad por falta de iluminación; segundo, de igual forma la falta de iluminación y vialidades en el cuadrante sureste sobre la calle Pablo Martínez y calles aledañas, en donde se tiene registro de asentamientos de suelos que datan de hace dos décadas. Un tercer aspecto se refiere a la inseguridad en la zona de alto riesgo, motivo por el cual las viviendas fueron desalojadas de la zona inestable; el estado irregular de varios asentamientos tiende a generar problemas de vandalismo e inseguridad para la población afectada. De acuerdo con los resultados del Reporte de Resultados del Censo Socioeconómico y de Vivienda de la colonia Reforma, elaborado para esta Declaratoria por el Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana, se registró un total de 681 viviendas, con un promedio de 3.26 habitantes por vivienda dentro del área de estudio y una densidad bruta promedio de 123.66 habitantes por hectárea. De los cuales el 62.84% de los habitantes censados oscila en una edad de 18 a 59 años de edad, un 33.28% registra ser menor de edad y un 3.88% de la población concentrada son adultos de la tercera edad. Del total de la población censada dentro del polígono de la Declaratoria en la colonia Reforma, de las 2,344 personas censadas, se registró que se presenta un déficit de servicios médicos a un total de 736 personas, lo cual corresponde al 31.40% de la población censada; se registró de las 1,540 personas censadas de 15 años y mayores, el 97.60% presentan o se encuentran cursando la educación básica, mientras que el 2.40% son analfabetas. Y con respecto a la cobertura de derechohabiente a servicios de salud dentro de la zona el 68.60% cuentan con servicios de salud, mientras que el 31.40% carecen de acceso a servicios médicos. Del total de la población, se registraron 85 personas con algún tipo de discapacidad, el cual corresponde al 3.63% de la población dentro del polígono de la Declaratoria.21 En lo que corresponde a las expectativas señaladas por parte de los residentes respecto de lo que esperan que ocurra en torno al problema de la colonia, se señala a la reubicación y asignación de predios en donde se cuente con los servicios básicos de agua, drenaje, electricidad y accesibilidad, como la acción más esperada. Un aspecto adicional que se presenta, se refiere al estado de las condiciones ambientales dentro de los polígonos de las colonias, que en general presentan deterioro pues se encuentran gran cantidad de escombro y basura, destrucción de banquetas, e infraestructuras de drenaje que provocan malos olores que deterioran las condiciones ambientales y de habitabilidad de la zona. A partir de las condiciones prevalecientes en la zona y los resultados de los estudios realizados, se hace necesario establecer una zonificación para identificar el nivel de riesgo al que está expuesta la población residente dentro del polígono de la Declaratoria y áreas colindantes,

20 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 2010, Censo de Población y Vivienda 21 Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 2010, Censo de Población y Vivienda.

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ubicado dentro de la colonia Reforma; y en su caso determinar las condicionantes que aplicarán a dicha zonificación, con el fin de evitar que el potencial de riesgo de desplazamientos, deslizamientos y asentamientos de masas de terreno se vena incrementados, tal y como se propone en los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S:

I. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en su artículo 115 fracción V, incisos a, d, f y g que los Ayuntamientos están facultados en los términos de la Ley Federales y Estatales, para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales, otorgar permisos y licencias de construcción, participar en la creación y administración de zonas de reserva ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento de la materia; en tanto que el artículo 27 párrafo tercero se establece que “(…) se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población (…) y para evitar la destrucción de los elementos naturales y evitar los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad.”

II. Que la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo

Urbano, señala en su artículo 6 que en los términos de lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se considera de interés público y de beneficio social los actos públicos tendentes a establecer Provisiones, Reservas, Usos y Destinos de áreas y predios de los Centros de Población contenida en los planes y programas de Desarrollo Urbano. Que en la fracción X del artículo 6 de la Ley en cita señala que son de utilidad pública, la delimitación de zonas de riesgo y el establecimiento de polígonos de salvaguarda, protección y amortiguamiento para garantizar la seguridad de las personas y de las instalaciones estratégicas de seguridad nacional.

III. Que la Constitución Política del Estado de Baja California en sus artículos 82, apartado

A, fracciones VIII, IX y XI, 83, fracciones I, VI y VIII dispone que para el mejor desempeño de las facultades que le son propias, los ayuntamientos tendrán a su cargo regular, autorizar, controlar y vigilar el uso del suelo en sus competencias territoriales; regular, autorizar y vigilar las construcciones, instalaciones y acciones de urbanización que se realicen dentro de sus competencias territoriales; formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano; y garantizar la sustentabilidad del desarrollo de su territorio, creando las condiciones para la adecuada prestación de los servicios sociales a su cargo y alentando la coordinación y concertación de acciones con el gobierno federal y estatal, así como la participación social, a fin de elevar la calidad de vida de las personas.

IV. Que la Ley General de Protección Civil, en el artículo 75 establece: “Las Unidades

Estatales, Municipales y Delegacionales de Protección Civil, así como la del Distrito Federal, tendrán la facultad de aplicar las siguientes medidas de seguridad: I. Identificación y delimitación de lugares o zonas de riesgo; ( )”. El artículo 84 por su

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parte señala: “Se consideran como delito grave la construcción, edificación, realización de obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una zona determinada sin considerar el análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en consideración la normatividad aplicable y los Atlas de Riesgos Municipales, Estatales y de nivel Nacional, y no cuenten con la autorización de la autoridad correspondiente”. El artículo 85 señala que son autoridades competentes para aplicar lo dispuesto por la ley, dentro del ámbito de sus respectivas atribuciones: (…) V. Los Municipios y Órganos Político Administrativos. El artículo 87 establece en el caso de asentamientos humanos ya establecidos en Zonas de Alto Riesgo, las autoridades competentes con base en estudios de riesgos específicos, determinará la realización de las obras de infraestructura que sean necesarias para mitigar el riesgo a que están expuestas o, de ser el caso, deberán formular un plan a fin de determinar cuáles de ellos deben ser reubicados, proponiendo mecanismos financieros que permitan esta acción.

V. El Programa Nacional de Desarrollo Urbano 2014-2018, señala en su Estrategia 5.3 Disminuir la vulnerabilidad de los asentamientos urbanos para minimizar la ocurrencia de desastres; y dentro de sus líneas de acción, cita el promover y apoyar la adquisición de vivienda intraurbana digna, establecida en zonas de baja vulnerabilidad, condicionar el desarrollo de proyectos inmobiliarios a la construcción de las obras de mitigación requeridas, establecer estándares de construcción acordes con los riesgos señalados en los atlas de riesgo.

VI. Que la Ley de Prevención, Mitigación y Adaptación del Cambio Climático para el Estado

de Baja California, artículo 12, establece que: “En la definición de objetivos y metas de adaptación, las autoridades estatales y municipales deberán tomar en cuenta las evaluaciones de impacto económico, los mapas de riesgo, desarrollo de capacidades de adaptación y demás estudios para hacer frente al cambio climático”. Por su parte el Articulo 18, Fracción II, establece como facultades de los municipios “Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, atendiendo a los mapas de riesgo y a las directrices en materia de prevención, adaptación y mitigación del cambio climático”.

VII. Que la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, en los artículos 1, 11,

51, 117, 118, 119, 121 y 122, establece el procedimiento para emitir Declaratorias para la conservación y destino de predios en zonas urbanas que lo ameriten por su ubicación, extensión, calidad o por la influencia que en el desarrollo urbano y económico de una región ejerzan, propiciando el mejoramiento de los centros de población y el beneficio colectivo, mediante las obras de infraestructura y equipamiento necesarios para coadyuvar en el desarrollo sostenido. Restringiendo la urbanización en estos espacios, autorizando solo aquellas edificaciones y obras que aseguren los servicios de beneficio social de carácter colectivo y de uso común.

VIII. Que este mismo instrumento, establece en su artículo 3 que: “La ordenación y

regulación de los asentamientos humanos en el Estado tenderá a mejorar las condiciones de vida de la población urbana y rural mediante (…) XIII. La prevención, control y atención de riesgos y contingencias ambientales y urbanas en los centros de población. El artículo 148, señala: “Toda acción de urbanización se sujetará a las disposiciones de esta Ley y sus Reglamentos, a los Planes y Programas de Desarrollo

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Urbano y a las declaratorias de usos, destinos y reservas correspondientes, para garantizar su adecuada integración al contexto urbano donde se realice”.

IX. Que de acuerdo a los Criterios de Regulación Ecológica Generales establecidos en el

Programa de Ordenamiento Ecológico de Baja California (POEBC)22 señala que para el desarrollo de obras y actividades: “No se permiten los asentamientos humanos y edificaciones en zonas de riesgo como lechos y cauces de arroyos, zonas de alta pendiente, con fallas geológicas y susceptibles a deslizamientos, en zonas litorales expuestas a oleajes de tormenta y procesos de erosión”. Por otra parte, la colonia Reforma que se ubica en la UGA 2.a del POEBC, reconoce una serie de medidas y criterios de regulación ecológica, entre ellos el Criterio AH 03 sobre asentamientos humanos, que señala: “Para minimizar los daños y pérdida de viviendas e infraestructura debido a fenómenos meteorológicos intensos, inundaciones, deslaves, tsunamis y terremotos se evitará la construcción en zonas de riesgo tales como: cauces (zona federal) y márgenes de ríos, arroyos, lagos, humedales y barrancas, sitios con pendientes mayores a 30%, fallas geológicas activas, formaciones geológicas fracturadas y/o inestables y en la colindancia con la zona federal marítimo terrestre”, el Criterio HE 02 sobre disminución de huella ecológica, que señala: “ Las edificaciones no deben estar ubicadas en zonas de riesgo, tales como fallas geológicas, suelos inestables, ni cualquier otro riesgo natural o antropogénico identificado (en los atlas de riesgo o estudios de protección civil de la localidad o municipio). Del mismo modo, no deben ubicarse en aquellas zonas identificadas como zonas intermedias de salvaguarda por instrumentos normativos” y el Criterio HIDRO 01 sobre manejo de agua, señala que: “debe evitarse la modificación y ocupación de los cauces de arroyos que implique el deterioro de sus condiciones naturales”.

X. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2014-2019, en su Eje 6, Seguridad integral y estado

de derecho, relaciona el tema de protección civil en el apartado 6.12.1 señala: “ el contar con infraestructura adecuada, identificando y analizando los posibles riesgos para establecer medidas de prevención, aplicando los avances tecnológicos para la identificación y monitoreo de riesgos, mediante el fortalecimiento de sistemas de medición y procesamiento de datos, que permita establecer medidas preventivas y de mitigación”.

XI. Que el Plan Municipal de Desarrollo 2017-2019, en el eje de Ciudad Segura, objetivo

3.5 Alcanzar la seguridad ciudadana, gestión del riesgo y resiliencia ante las amenazas naturales, señala en su estrategia 3.5.1, implementar acciones para la mitigación derivadas de los Atlas de Riesgos y los programas de prevención de riesgos. A su vez, en la Línea de Acción 3.5.1.2. señala el promover estudios y acciones en materia de riesgos y resiliencia.

XII. Que el Programa de Desarrollo Urbano de Centro de Población Tijuana B.C. (PDUCPT

2010-2030) señala dentro de los objetivos específicos de riesgos y vulnerabilidad, el prohibir el crecimiento urbano sobre las zonas de riesgo por inundación; cauces de ríos, arroyos y evitar el crecimiento urbano en pendientes pronunciadas y zonas reconocidas con geología inestable.

22 POEBC, Periódico Oficial del Estado, 2013

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XIII. Que el mismo instrumento, establece estrategias de prevención de riesgos y vulnerabilidad en términos del impacto negativo que se tiene sobre la economía y las vidas humanas, y se orienta a señalar sectores y subsectores urbanos de la ciudad que presentan condiciones de mayor vulnerabilidad y considerando el mapa de micro zonificación sísmica de la ciudad,23 y otras variables urbanas y de población, con lo cual se definen condicionantes y acciones dirigidas de regulación los sectores urbanos a través de la aplicación de distintos reglamentos, normas de construcción antisísmicas, para el mediano y largo plazo, y atendiendo principalmente al Principio precautorio que busca anticiparse al daño y así proteger la salud humana y el medio ambiente.

XIV. Que el señalado programa PDUCPT 2010-2030 identifica la zona afectada en el Sector

11 y 13, subsectores 11.3, 13.1 y 13.2, unidad territorial Los Pinos para el subsector 11.3 y unidad territorial San Luis para los subsectores 13.1 y 13.2, con un uso de suelo habitacional (Ver anexo Técnico), presenta una política urbana de mejoramiento en el subsector 11.3 y 13.1 y una política de consolidación en el subsector 13.2,24 la cual se aplica a zonas en donde se declaran como espacios dedicados al mejoramiento, con el fin de reordenarlos, renovarlos, regenerarlos, restaurarlos o protegerlos y lograr el mejor aprovechamiento de su ubicación, infraestructura, equipamiento, suelo y elementos de acondicionamiento del espacio, integrándolas al desarrollo urbano, en beneficio de los habitantes de la zona, y en donde la política de consolidación es la tendencia a impulsar y robustecer el desarrollo urbano en las zonas que delimitan el área urbana en su interior debiendo establecer un principio de orden para el exterior de la misma, y las acciones se llevarán a cabo a través del Programa, estableciendo las normas para el ordenamiento ecológico; el reordenamiento, la renovación, regeneración, restauración o la densificación de áreas urbanas deterioradas, aprovechando adecuadamente sus componentes sociales y materiales; la dotación de servicios, equipamiento o infraestructura urbana en áreas carentes de ellos; y la acción integrada de Estado que articule la regularización de la tenencia del suelo urbano con la dotación de servicios y satisfactorios básicos, que tiendan a integrar a la comunidad urbana (Ver Plano E29, Área con Potencial de Mejoramiento).

XV. Que el señalado programa PDUCPT 2010-2030 en su estrategia normativa establece

disposiciones administrativas y de regulación para áreas de riesgo y vulnerabilidad, donde establece necesario incorporar medidas de reducción de los riesgos en la Planificación del Desarrollo Urbano Municipal; dicha integración debe aplicar a todos los sectores, por lo que es primordial que exista una relación de coordinación interinstitucional e intersectorial entre los componentes e integrantes del Sistema Municipal de Protección Civil (DMPC).

XVI. Que el Atlas de Riesgos Naturales del Municipio de Tijuana 2014, señala en la figura

No.57 las zonas susceptibles a deslizamiento, estableciendo para la zona de estudio el rango alto de deslizamiento con un 3.77% (6696.91 m²) de superficie susceptible a deslizarse y un 34.70% (6.16 ha) en nivel bajo susceptible a deslizamiento, en una zona donde se presentan antecedentes de casos de deslizamientos de tierra ya ocurridos25; así mismo, en la figura No.59 se muestra que el 100% de la zona de estudio presenta suelos de tipo vertisol, susceptibles a agrietamiento, donde para la zona de estudio

23 CICESE, 2014, Atlas de Riesgos Naturales del Municipio de Tijuana. 24 IMPLAN, 2010-2030, PDUCPT, Apartado 4.2.3. 25 CICESE, 2014, Atlas de Riesgos Naturales del Municipio de Tijuana. Et al.

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establece el rango medio. XVII. De acuerdo con el estudio realizado para la dirección de Administración Urbana por

cuenta de un consultor en Ingeniería, la zona en cuestión presenta múltiples fracturas Con base en lo anteriormente expuesto y fundado, con los antecedentes, justificación y considerandos que se citan, se presenta el “Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para las áreas de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California”, conforme a las coordenadas de referencia y al plano certificado por la Dirección de Catastro Municipal que como anexos (anexo técnico y plano certificado) se agregan al presente documento, de conformidad con el siguiente:

“Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para las áreas de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California”

Delimitación del área de estudio.- El área de estudio se encuentra localizada en la zona sur de la ciudad, dentro de la zona geomorfológica denominada “Sierras Alargadas”,26 y se encuentra contenida dentro de dos delegaciones, principalmente la delegación Sánchez Taboada. Afectando un 4.03% (13.95 ha) de la delegación Sánchez Taboada la cual corresponde al sector 13, unidad territorial San Luis, y un 1.19% (3.81 ha) de la delegación La Mesa, la cual corresponde al sector 11, unidad territorial Los Pinos. Entre las colonias contenidas dentro del área de estudio en orden de mayor a menor superficie de afectación, se encuentran las siguientes: la colonia Reforma, siendo la más afectada, cuenta con una superficie total de 96.92 ha (969,200.00 m²), con un 14.34% (13.90 ha) que se encuentra contenida dentro del área de estudio de la Declaratoria; la colonia Loma Dorada Campos, con una superficie total de 12.4 ha (124,000.00 m²) y un 4.28% (0.53 ha) de superficie contenida dentro de la Declaratoria; colonia Anexa Loma Dorada, con una superficie total de 8.72 ha (87,200.00 m²) y una superficie del 27.03 % (2.36 ha) contenida dentro de la Declaratoria; colonia Colinas de la Mesa, con una superficie total de 34.06 ha (340,600.00 m²) y una superficie del 2.73% (0.93 ha) contenida dentro de la Declaratoria; y por último la colonia 3 de Octubre, la cual tiene una superficie de 34.06 ha (340,600.00 m²), de la cual solo un 0.03% (400.00 m²) de la colonia se encuentra afectada. Dado que el área de estudio se encuentra contenida principalmente dentro de la colonia Reforma, la colonia colindante al norte corresponde a Lomas de la Amistad y colonia Urías, al sur con la 3 de Octubre, al este con la colonia Residencial Los Pinos, al oeste con la Sánchez Taboada (Produtsa), al noreste con Loma de la Cruz y colonia Campos, al noroeste con Lomas de la Amistad, Infonavit Latinos y la Esperanza, al sureste con Colinas de la Mesa y Jardines de la Mesa y suroeste con la colonia Sánchez Taboada II (División del Norte). El área de estudio se ubica en términos hidrológicos, dentro de la subcuenca México Lindo (441.1635 ha), y abarca un 4.02% (17.76 ha) del total de la subcuenca.

26 Dirección Municipal de Protección Civil, 2005, Movimientos de Ladera, Mapa Principales zonas geomorfológicas de Tijuana

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Como resultado de los análisis realizados y referidos en los precedentes de esta Declaratoria, se establece la siguiente zonificación interna del polígono de la Declaratoria: (a) Polígono de Salvaguarda o de Alto Riesgo

El “Polígono de Salvaguarda o Alto Riesgo” se establece a partir de la demarcación que se hace de la zona activa del deslizamiento, y corresponde con la zona directamente afectada por el deslizamiento y asentamientos del terreno, colapso y daños severos a edificaciones, resultando en un polígono de forma irregular, cuyas coordenadas y vértices forman la poligonal en el sistema de coordenadas WGS_1984_UTM_Zone_11N que comprende una superficie de 4.81 ha (48,115.49 m²), con un perímetro de 1,329.13 metros lineales (Tabla 4), la cual queda determinada como zona no apta para vivienda y desarrollo urbano, y sujetándose a las condicionantes que se presentan. (Tabla 7) Dentro del polígono de salvaguarda, se identifican 58 terrenos (ver tabla 1) registrados entre lotes baldíos y viviendas,27 los cuales presentan daños a diferente escala, desde viviendas colapsadas hasta viviendas que no han sido afectadas (que sin embargo se encuentran en zona de alto riesgo), de los cuales de acuerdo a datos proporcionados por la Dirección Municipal de Protección Civil, se registraron 23 viviendas28 colapsadas y con daños severo en la edificación, 12 viviendas con clave catastral y 11 viviendas irregulares.

Tabla 1. Tabla de lotes afectados con Clave Catastral dentro del Polígono de Salvaguarda.

Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Salvaguarda.

# Polígono de Afectación

Manzana. Colonia o

Fraccionamiento Clave

Catastral Superficie m²

1 Salvaguarda 049 Reforma RF049168 300.14

2 Salvaguarda 049 Reforma RF049107 204.14

3 Salvaguarda 049 Reforma RF049114 124.67

4 Salvaguarda 049 Reforma RF049017 204.46

5 Salvaguarda 049 Reforma RF049016 190.56

6 Salvaguarda 049 Reforma RF049015 206.33

7 Salvaguarda 049 Reforma RF049109 188.78

8 Salvaguarda 049 Reforma RF049162 337.65

9 Salvaguarda 049 Reforma RF049161 164.76

10 Salvaguarda 049 Reforma RF049160 157.29

11 Salvaguarda 049 Reforma RF049159 210.32

12 Salvaguarda 049 Reforma RF049165 524.20

13 Salvaguarda 049 Reforma RF049164 222.88

14 Salvaguarda 049 Reforma RF049163 96.03

15 Salvaguarda 049 Reforma RF049110 194.37

16 Salvaguarda 049 Reforma RF049108 197.34

17 Salvaguarda 049 Reforma RF049158 202.10

18 Salvaguarda 049 Reforma RF049157 252.76

19 Salvaguarda 049 Reforma RF049156 198.74

20 Salvaguarda 049 Reforma RF049167 219.92

27 Dirección Municipal de Catastro, 2017, Mapa de Lotificación de la ciudad. 28 Dirección Municipal de Protección Civil, 2018, Reporte de inspección ocular de riesgo, Inestabilidad de ladera en colonia Reforma.

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Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Salvaguarda.

# Polígono de Afectación

Manzana. Colonia o

Fraccionamiento Clave

Catastral Superficie m²

21 Salvaguarda 049 Reforma RF049166 314.12

22 Salvaguarda 049 Reforma RF049155 176.04

23 Salvaguarda 049 Reforma RF049154 167.11

24 Salvaguarda 049 Reforma RF049003 198.05

25 Salvaguarda 049 Reforma RF049112 139.34

26 Salvaguarda 049 Reforma RF049111 99.21

27 Salvaguarda 053 Reforma RF053112 86.99

28 Salvaguarda 053 Reforma RF053111 343.80

29 Salvaguarda 049 Reforma RF049002 218.69

30 Salvaguarda 053 Reforma RF053104 166.55

31 Salvaguarda 053 Reforma RF053103 100.30

32 Salvaguarda 053 Reforma RF053102 125.46

33 Salvaguarda 053 Reforma RF053101 133.16

34 Salvaguarda 050 Reforma RF050020 111.69

35 Salvaguarda 050 Reforma RF050019 197.79

36 Salvaguarda 050 Reforma RF050018 196.06

37 Salvaguarda 049 Reforma RF049001 328.35

38 Salvaguarda 050 Reforma RF050001 270.85

39 Salvaguarda 049 Reforma RF049179 737.18

40 Salvaguarda 049 Reforma RF049178 373.07

41 Salvaguarda 049 Reforma RF049169 197.03

42 Salvaguarda 049 Reforma RF049153 336.23

43 Salvaguarda 049 Reforma RF049152 296.19

44 Salvaguarda 049 Reforma RF049151 251.02

45 Salvaguarda 049 Reforma RF049117 211.84

46 Salvaguarda 049 Reforma RF049116 236.60

47 Salvaguarda 049 Reforma RF049115 225.21

48 Salvaguarda 049 Reforma RF049113 183.09

49 Salvaguarda 049 Reforma RF049018 174.65

50 Salvaguarda 049 Reforma RF049004 202.30

51 Salvaguarda 042 Reforma RF042117 213.52

52 Salvaguarda 042 Reforma RF042115 218.17

53 Salvaguarda 042 Reforma RF042114 308.06

54 Salvaguarda 035 Reforma RF035053 311.18

55 Salvaguarda 035 Reforma RF035052 264.84

56 Salvaguarda 035 Reforma RF035051 224.21

57 Salvaguarda 035 Reforma RF035050 277.67

58 Salvaguarda 035 Reforma RF035049 301.12 Nota: Claves catastrales en negritas con colapso o daño severo.

(b) Polígono de Protección o Riesgo Potencial. El “Polígono de Protección o Riesgo Potencial” se establece, tomando como base los

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resultados de los estudios realizados, donde se identifica la presencia de anomalías geofísicas importantes, agrietamientos, flujos de agua superficiales y alta vulnerabilidad de elementos expuestos; que definen un polígono con forma irregular, cuyas coordenadas y vértices forman la poligonal en el sistema de coordenadas WGS_1984_UTM_Zone_11N que comprende una superficie total de 5.03 ha (50,279.79 m²),29 con un perímetro de 1,678.40 metros lineales (Tabla 5). Dentro del polígono de protección, se identifican 112 terrenos (ver tabla 2) registrados entre lotes baldíos y viviendas30 que cuentan con clave catastral (ver tabla 2) y no fueron dañadas de forma directa por el deslizamiento, pero se encuentran en estado de amenaza y alta vulnerabilidad ante condiciones de deterioro progresivo, y están en riesgo de verse afectadas en etapas subsecuentes, por lo que se establece como zona Condicionada para el Desarrollo Urbano, sujetándose a las condicionantes que se definen (Tabla 8) dentro del polígono de protección.

Tabla 2. Tabla de lotes afectados con Clave Catastral dentro del Polígono de Protección.

Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Protección.

# Polígono de Afectación

Manzana Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

1 Protección 49 Reforma RF049175 268.29

2 Protección 49 Reforma RF049014 230.84

3 Protección 49 Reforma RF049013 182.77

4 Protección 152 Colinas de la Mesa RF152011 278.57

5 Protección 152 Colinas de la Mesa RF152010 303.36

6 Protección 152 Colinas de la Mesa RF152009 394.26

7 Protección 152 Colinas de la Mesa RF152008 486.81

8 Protección 53 Reforma RF053106 136.32

9 Protección 53 Reforma RF053107 228.05

10 Protección 51 Reforma RF051019 213.22

11 Protección 53 Reforma RF053111 343.80

12 Protección 53 Reforma RF053110 234.61

13 Protección 53 Reforma RF053109 162.07

14 Protección 50 Reforma RF050006 194.86

15 Protección 53 Reforma RF053108 175.50

16 Protección 53 Reforma RF053105 160.25

17 Protección 50 Reforma RF050005 157.13

18 Protección 51 Reforma RF051020 498.03

19 Protección 50 Reforma RF050018 196.06

20 Protección 50 Reforma RF050017 239.57

21 Protección 50 Reforma RF050016 163.78

22 Protección 50 Reforma RF050015 168.37

23 Protección 50 Reforma RF050014 223.17

24 Protección 50 Reforma RF050003 442.47

25 Protección 50 Reforma RF050002 194.39

26 Protección 49 Reforma RF049177 300.53

29 Dirección Municipal de Catastro, 2018. 30 Dirección Municipal de Catastro, 2017, Mapa de Lotificación de la ciudad.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 16

Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Protección.

# Polígono de Afectación

Manzana Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

27 Protección 49 Reforma RF049176 250.30

28 Protección 49 Reforma RF049174 188.82

29 Protección 49 Reforma RF049173 157.18

30 Protección 49 Reforma RF049172 173.16

31 Protección 49 Reforma RF049171 155.48

32 Protección 49 Reforma RF049170 116.57

33 Protección 49 Reforma RF049150 252.63

34 Protección 49 Reforma RF049149 476.79

35 Protección 49 Reforma RF049148 184.58

36 Protección 49 Reforma RF049147 210.97

37 Protección 49 Reforma RF049146 232.04

38 Protección 49 Reforma RF049145 351.14

39 Protección 49 Reforma RF049144 329.09

40 Protección 49 Colinas de la Mesa RF049143 360.57

41 Protección 49 Colinas de la Mesa RF049142 116.17

42 Protección 49 Colinas de la Mesa RF049141 170.84

43 Protección 49 Colinas de la Mesa RF049140 208.92

44 Protección 49 Colinas de la Mesa RF049139 318.19

45 Protección 49 Reforma RF049138 267.56

46 Protección 49 Reforma RF049123 226.16

47 Protección 49 Reforma RF049122 268.76

48 Protección 49 Reforma RF049121 246.29

49 Protección 49 Reforma RF049120 200.33

50 Protección 49 Reforma RF049119 215.51

51 Protección 49 Reforma RF049118 145.40

52 Protección 49 Reforma RF049106 200.00

53 Protección 49 Reforma RF049105 212.69

54 Protección 49 Reforma RF049104 145.00

55 Protección 49 Reforma RF049103 157.01

56 Protección 49 Reforma RF049102 163.86

57 Protección 49 Reforma RF049101 243.88

58 Protección 49 Reforma RF049006 189.89

59 Protección 49 Reforma RF049005 204.68

60 Protección 45 Reforma RF045018 249.95

61 Protección 45 Reforma RF045017 204.50

62 Protección 45 Reforma RF045001 303.40

63 Protección 44 Reforma RF044018 210.69

64 Protección 44 Reforma RF044017 200.28

65 Protección 42 Reforma RF042133 103.08

66 Protección 44 Reforma RF044002 209.33

67 Protección 44 Reforma RF044001 233.54

68 Protección 42 Reforma RF042117 213.52

69 Protección 43 Reforma RF043007 206.56

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Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Protección.

# Polígono de Afectación

Manzana Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

70 Protección 43 Reforma RF043006 211.83

71 Protección 43 Reforma RF043005 190.71

72 Protección 43 Reforma RF043004 208.92

73 Protección 43 Reforma RF043003 194.97

74 Protección 43 Reforma RF043002 202.65

75 Protección 43 Reforma RF043001 344.27

76 Protección 42 Reforma RF042116 130.49

77 Protección 42 Reforma RF042115 218.17

78 Protección 42 Reforma RF042113 154.58

79 Protección 42 Reforma RF042112 368.95

80 Protección 42 Reforma RF042110 363.84

81 Protección 42 Reforma RF042109 192.03

82 Protección 42 Reforma RF042108 499.01

83 Protección 42 Reforma RF042107 647.39

84 Protección 42 Reforma RF042106 292.45

85 Protección 42 Reforma RF042105 332.33

86 Protección 42 Reforma RF042104 199.45

87 Protección 42 Reforma RF042103 131.13

88 Protección 42 Reforma RF042102 353.79

89 Protección 42 Reforma RF042101 208.06

90 Protección 35 Reforma RF035048 263.90

91 Protección 35 Reforma RF035047 343.47

92 Protección 35 Reforma RF035046 355.04

93 Protección 35 Reforma RF035045 292.11

94 Protección 35 Reforma RF035044 305.26

95 Protección 35 Reforma RF035043 323.80

96 Protección 35 Reforma RF035042 326.71

97 Protección 35 Reforma RF035041 465.96

98 Protección 35 Reforma RF035040 207.37

99 Protección 35 Reforma RF035039 336.20

100 Protección 30 Anexa Loma Dorada BS030030 287.16

101 Protección 30 Anexa Loma Dorada BS030029 323.22

102 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150088 396.88

103 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150089 495.32

104 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150047 496.11

105 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150011 235.02

106 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150010 477.43

107 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150009 163.08

108 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150008 344.86

109 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150007 269.43

110 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150046 272.85

111 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150045 524.67

112 Protección 150 Anexa Loma Dorada CM150042 599.46

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(c) Polígono de Amortiguamiento. El polígono de amortiguamiento comprende superficies donde la presencia de factores de riesgo de inestabilidad del terreno, dada la interrelación entre probabilidad de ocurrencia y susceptibilidad de los elementos expuestos, se reduce. En este polígono se localizan las viviendas que colindan con la zona de protección que no fueron afectadas por el deslizamiento, no obstante, se encuentran en situación de amenaza, en el supuesto caso de que el polígono de riesgo creciera. Se define como un polígono de forma irregular y sus vértices forman la poligonal en el sistema de coordenadas WGS_1984_UTM_Zone_11N con una superficie de 7.92 ha (79,183.82 m²), con un perímetro de 1,678.40 metros lineales (tabla 6). Dentro de este polígono se localizan terrenos que colindan con la zona de protección que no han sido afectados en forma directa por el deslizamiento, los cuales suman un total de 184 terrenos; entre lotes y viviendas identificados con clave catastral y que aún no presentan daños de ningún tipo (tabla 3).

Tabla 3. Tabla de lotes afectados con Clave Catastral dentro del Polígono de Amortiguamiento.

Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Amortiguamiento.

# Polígono de Afectación

Manzana. Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

1 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030033 263.86

2 Amortiguamiento 150 Loma Dorada Campos CM150005 465.98

3 Amortiguamiento 51 Reforma RF051001 141.98

4 Amortiguamiento 49 Reforma RF049013 182.77

5 Amortiguamiento 49 Reforma RF049127 266.43

6 Amortiguamiento 49 Reforma RF049012 208.89

7 Amortiguamiento 51 Reforma RF051018 209.86

8 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152109 721.68

9 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152006 292.59

10 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152015 288.47

11 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152019 284.28

12 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152028 312.51

13 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152020 269.32

14 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152018 240.12

15 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152017 244.61

16 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152016 169.67

17 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152014 229.64

18 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152013 211.48

19 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152012 252.32

20 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152008 486.81

21 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152007 398.60

22 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152005 321.50

23 Amortiguamiento 152 Colinas de la Mesa RF152004 329.17

24 Amortiguamiento 50 Reforma RF050007 197.91

25 Amortiguamiento 65 Reforma RF065015 314.14

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Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Amortiguamiento.

# Polígono de Afectación

Manzana. Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

26 Amortiguamiento 65 Reforma RF065014 324.46

27 Amortiguamiento 65 Reforma RF065013 454.39

28 Amortiguamiento 65 Reforma RF065011 249.97

29 Amortiguamiento 65 Reforma RF065007 419.97

30 Amortiguamiento 51 Reforma RF051005 204.85

31 Amortiguamiento 51 Reforma RF051007 195.93

32 Amortiguamiento 51 Reforma RF051009 196.21

33 Amortiguamiento 60 Reforma RF060033 209.55

34 Amortiguamiento 51 Reforma RF051002 392.57

35 Amortiguamiento 60 Reforma RF060032 322.46

36 Amortiguamiento 60 Reforma RF060002 379.61

37 Amortiguamiento 60 Reforma RF060001 281.09

38 Amortiguamiento 59 Reforma RF059002 239.11

39 Amortiguamiento 59 Reforma RF059001 258.54

40 Amortiguamiento 51 Reforma RF051006 200.83

41 Amortiguamiento 50 Reforma RF050010 276.03

42 Amortiguamiento 50 Reforma RF050006 194.86

43 Amortiguamiento 51 Reforma RF051017 214.42

44 Amortiguamiento 51 Reforma RF051016 217.14

45 Amortiguamiento 51 Reforma RF051014 193.76

46 Amortiguamiento 51 Reforma RF051013 193.38

47 Amortiguamiento 51 Reforma RF051012 343.19

48 Amortiguamiento 51 Reforma RF051010 472.48

49 Amortiguamiento 51 Reforma RF051004 198.32

50 Amortiguamiento 50 Reforma RF050013 204.93

51 Amortiguamiento 50 Reforma RF050012 187.06

52 Amortiguamiento 50 Reforma RF050011 320.97

53 Amortiguamiento 50 Reforma RF050009 193.13

54 Amortiguamiento 50 Reforma RF050008 195.37

55 Amortiguamiento 49 Reforma RF049126 216.36

56 Amortiguamiento 49 Reforma RF049137 256.88

57 Amortiguamiento 49 Reforma RF049136 184.51

58 Amortiguamiento 49 Reforma RF049135 232.98

59 Amortiguamiento 49 Reforma RF049134 407.09

60 Amortiguamiento 49 Reforma RF049133 214.04

61 Amortiguamiento 49 Reforma RF049128 274.82

62 Amortiguamiento 49 Reforma RF049125 227.37

63 Amortiguamiento 49 Reforma RF049124 329.37

64 Amortiguamiento 44 Reforma RF044003 188.71

65 Amortiguamiento 49 Reforma RF049011 217.68

66 Amortiguamiento 49 Reforma RF049009 280.08

67 Amortiguamiento 49 Reforma RF049008 241.67

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Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Amortiguamiento.

# Polígono de Afectación

Manzana. Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

68 Amortiguamiento 49 Reforma RF049007 192.36

69 Amortiguamiento 48 Reforma RF048025 256.89

70 Amortiguamiento 48 Reforma RF048024 209.60

71 Amortiguamiento 48 Reforma RF048001 320.48

72 Amortiguamiento 47 Reforma RF047029 285.77

73 Amortiguamiento 47 Reforma RF047028 179.68

74 Amortiguamiento 47 Reforma RF047027 207.44

75 Amortiguamiento 47 Reforma RF047026 198.84

76 Amortiguamiento 47 Reforma RF047025 207.95

77 Amortiguamiento 47 Reforma RF047024 195.20

78 Amortiguamiento 47 Reforma RF047005 188.13

79 Amortiguamiento 47 Reforma RF047004 205.27

80 Amortiguamiento 47 Reforma RF047003 195.97

81 Amortiguamiento 47 Reforma RF047002 207.72

82 Amortiguamiento 47 Reforma RF047001 325.83

83 Amortiguamiento 46 Reforma RF046023 198.52

84 Amortiguamiento 46 Reforma RF046022 202.72

85 Amortiguamiento 46 Reforma RF046021 199.56

86 Amortiguamiento 46 Reforma RF046008 197.83

87 Amortiguamiento 46 Reforma RF046007 191.34

88 Amortiguamiento 46 Reforma RF046006 205.21

89 Amortiguamiento 46 Reforma RF046005 331.48

90 Amortiguamiento 46 Reforma RF046004 416.00

91 Amortiguamiento 46 Reforma RF046003 266.10

92 Amortiguamiento 46 Reforma RF046002 188.38

93 Amortiguamiento 46 Reforma RF046001 233.58

94 Amortiguamiento 45 Reforma RF045016 208.66

95 Amortiguamiento 45 Reforma RF045015 197.48

96 Amortiguamiento 45 Reforma RF045004 195.56

97 Amortiguamiento 45 Reforma RF045003 191.44

98 Amortiguamiento 45 Reforma RF045002 202.38

99 Amortiguamiento 44 Reforma RF044016 200.10

100 Amortiguamiento 44 Reforma RF044015 197.47

101 Amortiguamiento 44 Reforma RF044014 201.91

102 Amortiguamiento 44 Reforma RF044005 155.10

103 Amortiguamiento 44 Reforma RF044004 200.86

104 Amortiguamiento 43 Reforma RF043017 245.22

105 Amortiguamiento 43 Reforma RF043016 300.33

106 Amortiguamiento 43 Reforma RF043015 321.71

107 Amortiguamiento 43 Reforma RF043014 247.37

108 Amortiguamiento 43 Reforma RF043010 215.40

109 Amortiguamiento 43 Reforma RF043009 176.78

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Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Amortiguamiento.

# Polígono de Afectación

Manzana. Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

110 Amortiguamiento 43 Reforma RF043008 198.14

111 Amortiguamiento 42 Reforma RF042154 295.82

112 Amortiguamiento 42 Reforma RF042094 224.79

113 Amortiguamiento 40 Reforma RF040009 203.79

114 Amortiguamiento 40 Reforma RF040027 199.34

115 Amortiguamiento 40 Reforma RF040021 220.24

116 Amortiguamiento 40 Reforma RF040013 195.46

117 Amortiguamiento 40 Reforma RF040012 197.01

118 Amortiguamiento 40 Reforma RF040011 189.95

119 Amortiguamiento 40 Reforma RF040010 197.74

120 Amortiguamiento 40 Reforma RF040008 196.38

121 Amortiguamiento 40 Reforma RF040007 199.43

122 Amortiguamiento 40 Reforma RF040006 190.83

123 Amortiguamiento 40 Reforma RF040005 201.00

124 Amortiguamiento 40 Reforma RF040004 204.53

125 Amortiguamiento 40 Reforma RF040003 185.01

126 Amortiguamiento 40 Reforma RF040002 203.39

127 Amortiguamiento 40 Reforma RF040001 440.08

128 Amortiguamiento 35 Reforma RF035039 336.20

129 Amortiguamiento 35 Reforma RF035038 412.97

130 Amortiguamiento 35 Reforma RF035037 405.49

131 Amortiguamiento 35 Reforma RF035036 478.30

132 Amortiguamiento 35 Reforma RF035035 309.89

133 Amortiguamiento 35 Reforma RF035034 334.50

134 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030025 228.66

135 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030024 216.75

136 Amortiguamiento 30 Colinas de la Mesa BS030035 258.04

137 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030034 238.21

138 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030032 244.30

139 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030031 238.48

140 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030028 252.21

141 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030027 254.19

142 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030026 216.34

143 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150065 308.00

144 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150055 223.42

145 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150037 174.33

146 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150053 196.26

147 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150039 189.43

148 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150038 109.05

149 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150121 381.78

150 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150120 437.40

151 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150119 408.05

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Tabla de Claves Catastrales dentro del Polígono de Amortiguamiento.

# Polígono de Afectación

Manzana. Colonia o

Fraccionamiento Clave Catastral Superficie m²

152 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150098 363.35

153 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150090 582.45

154 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150089 495.32

155 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150051 752.93

156 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150050 168.15

157 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150049 159.09

158 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150035 214.67

159 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150033 347.50

160 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150032 407.37

161 Amortiguamiento 150 Loma Dorada Campos CM150004 195.16

162 Amortiguamiento 150 Loma Dorada Campos CM150001 599.77

163 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150016 294.26

164 Amortiguamiento 150 Loma Dorada Campos CM150015 173.45

165 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150014 326.74

166 Amortiguamiento 42 Loma Dorada Campos CM042243 123.50

167 Amortiguamiento 42 Loma Dorada Campos CM042244 261.07

168 Amortiguamiento 42 Loma Dorada Campos CM042247 334.23

169 Amortiguamiento 42 Loma Dorada Campos CM042246 271.53

170 Amortiguamiento 42 Loma Dorada Campos CM042245 390.70

171 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150087 2248.56

172 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150086 272.95

173 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150080 266.04

174 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030016 167.86

175 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030015 295.78

176 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030014 259.25

177 Amortiguamiento 30 Anexa Loma Dorada BS030013 257.41

178 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150034 225.40

179 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150042 599.46

180 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150041 302.48

181 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150040 626.17

182 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150036 264.97

183 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150018 271.70

184 Amortiguamiento 150 Anexa Loma Dorada CM150017 219.58

Atentos a lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115, fracción V, inciso a, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 82, Apartado A, Atribuciones, fracciones VIII, IX y XI, de la Constitución Política del Estado de Baja California; los artículos 1 y 6 fracción I; 11 fracción II y IV; 47, 51 y 59 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; artículos 1, 4 y 11 fracción II y III; 40, fracción V; 102 y 103 fracción V; 117 fracción III; 118, 119, 121, 122 y 161, fracción II de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California; de conformidad el

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 23

artículo 9, fracciones I y IV de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California,31 tomando en cuenta que las consideraciones anteriores son de orden público e interés social, se hace necesario emitir la presente:

“Declaratoria de Usos y Destino para las áreas de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California”

PRIMERO. - Se declara de utilidad pública e interés social el destino del Polígono de Salvaguarda denominado de Alto Riesgo, descrito en el inciso (a) con una superficie de 4.81 ha (48,115.49 m²), con las coordenadas de construcción que se especifican en la Tabla 4; que se destina para parque de uso público.

Tabla 4. Cuadro de Construcción del Polígono de Salvaguarda.

Polígono de Salvaguarda. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

1 504650.1591 3592027.790

2 504659.4012 3592029.689

3 504665.9203 3592030.778

4 504671.4991 3592032.699

5 504679.2721 3592036.560

6 504682.3572 3592033.826

7 504685.5661 3592030.981

8 504677.1922 3592020.092

9 504676.5071 3592019.201

10 504672.9605 3592014.677

11 504672.9005 3591997.837

12 504699.0413 3591974.025

13 504709.3072 3591968.098

14 504720.9489 3591932.750

15 504732.9081 3591924.177

16 504749.2064 3591924.601

17 504763.9174 3591927.564

18 504769.2897 3591915.299

19 504785.6973 3591894.983

20 504809.7121 3591877.296

21 504836.9899 3591866.993

22 504838.3719 3591870.893

23 504866.0930 3591862.509

24 504885.2330 3591846.616

25 504914.3196 3591818.423

26 504922.0327 3591801.516

27 504927.4301 3591745.848

28 504921.1023 3591745.520

29 504896.7091 3591742.361

31 Periódico Oficial No. 44, Sección II, 15 de octubre de 2001, Tomo CVIII

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 24

Polígono de Salvaguarda. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

30 504882.6478 3591722.180

31 504863.6182 3591715.349

32 504831.7123 3591711.910

33 504830.6581 3591717.477

34 504829.2371 3591737.143

35 504821.9751 3591736.499

36 504819.4462 3591736.274

37 504818.9092 3591741.456

38 504817.3850 3591756.014

39 504816.8678 3591760.743

40 504782.8952 3591758.520

41 504781.6808 3591764.546

42 504779.9188 3591784.434

43 504778.0845 3591805.137

44 504777.7459 3591815.300

45 504774.7744 3591834.769

46 504774.5913 3591835.699

47 504771.6373 3591835.503

48 504770.7393 3591851.614

49 504756.9083 3591873.141

50 504745.8580 3591866.105

51 504730.4818 3591859.090

52 504717.5009 3591863.881

53 504704.1202 3591875.091

54 504680.2018 3591859.586

55 504675.9340 3591849.973

56 504671.4711 3591845.994

57 504671.2368 3591845.785

58 504670.8272 3591845.420

59 504670.6982 3591845.305

60 504666.7521 3591840.528

61 504665.5232 3591839.041

62 504664.7600 3591838.117

63 504662.8491 3591835.803

64 504658.5422 3591831.636

65 504654.8818 3591828.057

66 504646.7742 3591830.173

67 504632.4995 3591810.578

68 504628.4752 3591812.811

69 504613.8875 3591828.250

70 504608.3461 3591825.079

71 504593.9706 3591842.395

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 25

Polígono de Salvaguarda. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

72 504575.9102 3591864.704

73 504569.9094 3591873.896

74 504573.8536 3591879.674

75 504535.7135 3591939.311

76 504542.2047 3591942.857

77 504558.1091 3591953.101

78 504558.9161 3591954.280

79 504567.4111 3591959.207

80 504567.6105 3591960.055

81 504558.2178 3591965.413

82 504556.0020 3591969.183

83 504559.5076 3591977.561

84 504569.0328 3591996.148

85 504575.4489 3592003.821

86 504578.9545 3592011.362

87 504589.0087 3592007.658

88 504599.1952 3592014.669

89 504603.3448 3592029.985

90 504620.0908 3592030.046

91 504629.7903 3592031.545

92 504637.6968 3592035.621

93 504650.1591 3592027.790

SUPERFICIE= 4.81 ha (48 115.49 m²)

Fuente: Dirección de Catastro Municipal, Depto. de Cartografía, 2019. SEGUNDO. - Se declara de interés social, el Polígono de Protección denominado de Riesgo Potencial, con uso condicionado para el desarrollo urbano, descrito en el inciso (b), con una superficie de 5.03 ha (50,279.79 m²), con las coordenadas que se describen en la Tabla 5, sujetándose a las disposiciones normativas determinadas en la Tabla 8.

Tabla 5. Cuadro de Construcción del Polígono de Protección

Polígono de Protección. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

1 504583.0771 3592032.563

2 504594.5015 3592069.049

3 504602.4022 3592064.447

4 504613.6099 3592083.246

5 504632.0809 3592079.011

6 504660.4889 3592094.477

7 504695.3883 3592062.415

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 26

Polígono de Protección. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

8 504749.9299 3592020.493

9 504752.0994 3591990.078

10 504758.3373 3591962.332

11 504766.4336 3591942.594

12 504776.2519 3591940.729

13 504783.7470 3591946.245

14 504786.1831 3591944.130

15 504794.6421 3591937.695

16 504791.0941 3591933.079

17 504790.3851 3591932.156

18 504791.9191 3591930.550

19 504795.6881 3591926.551

20 504796.1591 3591926.051

21 504797.7221 3591924.690

22 504804.6901 3591918.624

23 504805.4941 3591917.925

24 504805.7611 3591917.692

25 504809.2961 3591914.222

26 504812.1111 3591911.459

27 504813.4901 3591910.105

28 504814.9871 3591908.930

29 504819.0941 3591905.705

30 504819.6701 3591905.253

31 504820.3351 3591904.731

32 504824.2021 3591902.545

33 504828.2671 3591900.419

34 504828.5811 3591900.255

35 504831.1431 3591898.875

36 504836.2601 3591894.823

37 504836.4131 3591894.601

38 504840.9801 3591896.551

39 504853.5669 3591888.968

40 504856.7761 3591887.688

41 504858.2301 3591887.108

42 504860.3351 3591886.268

43 504866.0001 3591884.009

44 504882.1771 3591875.539

45 504890.8201 3591869.766

46 504899.1831 3591863.116

47 504900.2851 3591861.919

48 504903.6287 3591858.289

49 504910.9471 3591849.591

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 27

Polígono de Protección. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

50 504911.3161 3591849.079

51 504914.9821 3591843.993

52 504923.3341 3591838.766

53 504929.7801 3591834.732

54 504935.2421 3591831.291

55 504941.9471 3591827.068

56 504944.6370 3591825.668

57 504946.2621 3591811.703

58 504948.0531 3591798.652

59 504948.9201 3591792.335

60 504949.5611 3591787.083

61 504949.8781 3591787.149

62 504950.6493 3591781.784

63 504950.8451 3591780.422

64 504951.1839 3591778.067

65 504951.6519 3591774.813

66 504951.9281 3591772.894

67 504953.2981 3591760.728

68 504953.3523 3591759.934

69 504953.7107 3591754.684

70 504954.1671 3591748.002

71 504953.8621 3591747.936

72 504953.9891 3591745.215

73 504954.7031 3591742.484

74 504956.5461 3591736.007

75 504957.4079 3591734.379

76 504959.7311 3591729.991

77 504959.8901 3591721.268

78 504957.3741 3591715.229

79 504950.2061 3591718.116

80 504935.8345 3591713.238

81 504930.9889 3591711.005

82 504933.7342 3591695.468

83 504979.5574 3591650.956

84 504922.7128 3591599.837

85 504917.5081 3591605.577

86 504913.6031 3591608.987

87 504908.6281 3591613.333

88 504900.2571 3591620.643

89 504896.6411 3591623.801

90 504881.9820 3591643.632

91 504870.2392 3591665.505

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 28

Polígono de Protección. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

92 504865.3752 3591687.665

93 504858.9733 3591687.109

94 504852.8417 3591686.556

95 504833.0251 3591684.768

96 504826.6341 3591684.157

97 504823.1501 3591683.824

98 504821.2421 3591705.181

99 504820.6008 3591710.874

100 504793.2779 3591707.807

101 504791.9131 3591713.303

102 504789.1265 3591732.937

103 504786.0931 3591732.771

104 504781.5291 3591732.440

105 504780.3433 3591732.354

106 504779.2721 3591732.276

107 504775.2405 3591731.984

108 504769.2661 3591731.551

109 504769.0583 3591733.796

110 504768.9151 3591735.343

111 504767.4371 3591751.321

112 504761.8251 3591762.907

113 504760.1461 3591782.388

114 504758.3719 3591802.972

115 504758.1260 3591807.148

116 504687.3234 3591799.739

117 504647.2125 3591801.221

118 504635.5239 3591799.207

119 504616.7695 3591787.712

120 504613.5401 3591792.172

121 504611.0921 3591796.088

122 504605.3621 3591805.253

123 504602.7431 3591809.443

124 504601.3301 3591808.465

125 504597.6921 3591806.063

126 504594.7381 3591804.113

127 504592.4841 3591807.526

128 504591.9101 3591808.395

129 504590.2751 3591810.872

130 504586.5551 3591816.505

131 504583.5651 3591821.034

132 504573.6251 3591828.977

133 504568.8007 3591836.675

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 29

Polígono de Protección. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

134 504565.9145 3591841.280

135 504564.1961 3591844.022

136 504563.1481 3591845.693

137 504562.0041 3591847.518

138 504558.1041 3591853.742

139 504554.3861 3591859.674

140 504553.7555 3591860.680

141 504552.5651 3591862.579

142 504544.4871 3591871.517

143 504543.4941 3591873.054

144 504539.7731 3591878.817

145 504539.5415 3591879.176

146 504538.9955 3591880.021

147 504538.6977 3591880.482

148 504536.9915 3591883.125

149 504535.5681 3591885.329

150 504533.4311 3591888.638

151 504533.6721 3591888.789

152 504532.2631 3591891.166

153 504528.6791 3591897.212

154 504525.3271 3591902.867

155 504520.7801 3591904.479

156 504523.3201 3591905.953

157 504519.6367 3591912.177

158 504518.2831 3591914.464

159 504517.4851 3591913.962

160 504512.3991 3591922.620

161 504512.7821 3591922.859

162 504507.6397 3591930.354

163 504504.9655 3591934.649

164 504544.0533 3592045.697

165 504552.2261 3592043.037

166 504553.8373 3592042.488

167 504564.6731 3592038.796

168 504568.1351 3592037.616

169 504570.6941 3592036.766

170 504572.1751 3592036.290

171 504577.3931 3592034.617

172 504579.3321 3592033.995

173 504583.0771 3592032.563

SUPERFICIE = 5.03 ha (50 279.78 m²)

Fuente: Dirección de Catastro Municipal, Depto. de Cartografía, 2019.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 30

TERCERO.- Se declara de interés social el Polígono de Amortiguamiento, con uso condicionado para el desarrollo urbano, descrito en el inciso (c), con una superficie de 7.92 ha (79,183.82 m²), con las coordenadas de construcción que se especifican en la Tabla 6, sujetándose a las disposiciones normativas de la Tabla 9; a efecto de garantizar la mayor seguridad a los habitantes residentes del predio y sus comunidades vecinas, tomando en cuenta las características y condiciones de alto riesgo que se presentan en la zona y que se describen en el cuerpo de la presente Declaratoria y en los anexos técnicos de la misma.

Tabla 6. Cuadro de Construcción del Polígono Amortiguamiento.

Polígono de Amortiguamiento. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

1 504471.9281 3591921.695

2 504472.1907 3591922.409

3 504475.1281 3591930.738

4 504475.1761 3591930.873

5 504476.1348 3591933.608

6 504476.3769 3591934.299

7 504476.4141 3591934.405

8 504477.1251 3591936.434

9 504478.3841 3591940.024

10 504478.4341 3591940.167

11 504481.7091 3591949.509

12 504482.8511 3591952.767

13 504484.9881 3591958.863

14 504483.9169 3591959.252

15 504484.1709 3591959.945

16 504487.2751 3591968.415

17 504487.3861 3591968.373

18 504489.3381 3591973.230

19 504490.9941 3591977.351

20 504491.2761 3591978.054

21 504491.7891 3591979.673

22 504491.9679 3591980.256

23 504493.5771 3591985.503

24 504493.9681 3591986.778

25 504494.2311 3591987.546

26 504497.4801 3591997.047

27 504497.8351 3591998.086

28 504498.9265 3592001.218

29 504499.3391 3592002.402

30 504500.6761 3592006.236

31 504501.1239 3592007.521

32 504501.9831 3592009.986

33 504502.8981 3592012.611

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 31

Polígono de Amortiguamiento. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

34 504504.0031 3592015.780

35 504505.6291 3592020.447

36 504506.0091 3592021.536

37 504507.2721 3592025.445

38 504510.2721 3592034.729

39 504511.8031 3592039.466

40 504512.1699 3592040.601

41 504513.4901 3592044.687

42 504514.1187 3592046.633

43 504519.7321 3592064.005

44 504520.7316 3592067.321

45 504543.1779 3592072.630

46 504614.8407 3592171.246

47 504636.6926 3592192.720

48 504644.1625 3592189.755

49 504646.9661 3592185.833

50 504647.5577 3592185.005

51 504648.1421 3592184.188

52 504651.8061 3592179.063

53 504652.5441 3592178.030

54 504652.1741 3592177.784

55 504655.6121 3592173.311

56 504658.6531 3592169.355

57 504660.0601 3592155.767

58 504661.4461 3592153.870

59 504662.6411 3592152.234

60 504664.1013 3592150.236

61 504666.9123 3592146.426

62 504669.0351 3592143.484

63 504670.8077 3592140.670

64 504672.8075 3592137.496

65 504673.3141 3592136.692

66 504675.7113 3592132.887

67 504676.6061 3592131.467

68 504677.0841 3592130.201

69 504678.4847 3592126.493

70 504680.3761 3592128.253

71 504683.3001 3592119.037

72 504683.9521 3592116.982

73 504681.9849 3592113.805

74 504681.9171 3592113.204

75 504682.7667 3592112.016

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 32

Polígono de Amortiguamiento. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

76 504685.3691 3592108.375

77 504687.6561 3592104.493

78 504687.7281 3592104.370

79 504690.8841 3592101.397

80 504696.3431 3592096.576

81 504698.7117 3592093.621

82 504700.8411 3592090.964

83 504703.1531 3592087.687

84 504704.1921 3592088.152

85 504706.8271 3592089.331

86 504708.9011 3592090.258

87 504709.2401 3592089.443

88 504723.4891 3592085.802

89 504725.3711 3592082.735

90 504731.3841 3592072.937

91 504732.9571 3592069.758

92 504737.0491 3592061.489

93 504733.9131 3592059.869

94 504760.5458 3592050.307

95 504759.4697 3592037.582

96 504786.9117 3592019.332

97 504800.1409 3591996.155

98 504817.4976 3591975.517

99 504844.7426 3591986.667

100 504866.2681 3591975.277

101 504886.7127 3591975.835

102 504890.8402 3591948.953

103 504896.0843 3591923.849

104 504900.8468 3591918.769

105 504922.6485 3591940.942

106 504944.4502 3591921.997

107 504962.9865 3591903.111

108 504961.7661 3591901.788

109 504956.3631 3591895.931

110 504961.2527 3591889.901

111 504964.4257 3591886.031

112 504971.0461 3591880.431

113 504974.6165 3591877.829

114 504968.7501 3591863.222

115 504980.5301 3591858.911

116 504980.3841 3591858.291

117 504983.3321 3591857.969

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 33

Polígono de Amortiguamiento. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

118 504982.8891 3591855.827

119 504983.0551 3591851.144

120 504983.3365 3591846.259

121 504983.4161 3591844.880

122 504983.4671 3591843.994

123 504986.4641 3591827.233

124 504987.3759 3591824.233

125 505009.2366 3591826.489

126 505012.3790 3591792.483

127 505011.6907 3591774.717

128 505008.6615 3591721.310

129 505002.8311 3591702.702

130 505004.5851 3591699.271

131 505003.4361 3591697.794

132 505002.6471 3591696.401

133 505000.9371 3591691.915

134 505000.8551 3591691.599

135 504999.5471 3591686.524

136 504998.9121 3591680.633

137 504998.8061 3591679.649

138 504998.8991 3591679.465

139 504987.2781 3591664.440

140 504984.7041 3591661.112

141 504981.9401 3591657.480

142 504987.1060 3591653.419

143 504982.2244 3591648.014

144 504951.1093 3591614.359

145 504942.3364 3591597.394

146 504932.7781 3591593.307

147 504926.5773 3591588.518

148 504921.1087 3591583.847

149 504908.8370 3591573.364

150 504884.8559 3591552.877

151 504875.2245 3591561.860

152 504869.8181 3591567.581

153 504869.1483 3591568.290

154 504866.5781 3591571.010

155 504864.8775 3591572.810

156 504860.5599 3591573.477

157 504817.6393 3591612.873

158 504776.8191 3591632.876

159 504773.3168 3591651.136

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 34

Polígono de Amortiguamiento. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

160 504744.1157 3591661.149

161 504741.6340 3591670.231

162 504734.3534 3591677.524

163 504722.3810 3591670.976

164 504719.3831 3591675.715

165 504714.8221 3591682.988

166 504710.5581 3591689.787

167 504708.7861 3591692.613

168 504705.9721 3591697.100

169 504704.6371 3591699.229

170 504698.3511 3591709.252

171 504695.8565 3591713.508

172 504678.4970 3591706.348

173 504676.0551 3591709.693

174 504673.2451 3591713.888

175 504666.3991 3591724.112

176 504665.0531 3591726.122

177 504664.6111 3591726.782

178 504663.5631 3591728.347

179 504660.0961 3591733.524

180 504655.8971 3591739.795

181 504654.3375 3591742.124

182 504653.9091 3591742.764

183 504651.8345 3591745.756

184 504629.5044 3591735.853

185 504626.7951 3591739.784

186 504624.4721 3591743.397

187 504624.0351 3591744.076

188 504621.7501 3591747.629

189 504621.0451 3591748.725

190 504619.3861 3591751.306

191 504619.0831 3591751.777

192 504616.1431 3591756.348

193 504615.1881 3591757.834

194 504609.6937 3591766.378

195 504608.2511 3591768.620

196 504606.2231 3591771.774

197 504605.2501 3591773.287

198 504603.5751 3591775.382

199 504590.7967 3591774.607

200 504588.1101 3591776.840

201 504584.4831 3591782.454

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 35

Polígono de Amortiguamiento. Colonia Reforma

Vértices UTM WGS 84

X Y

202 504582.5901 3591785.384

203 504577.6499 3591793.447

204 504572.9561 3591800.602

205 504570.4891 3591804.362

206 504569.4017 3591806.022

207 504566.5791 3591810.323

208 504549.7915 3591814.241

209 504548.4861 3591816.167

210 504546.2461 3591819.472

211 504542.9935 3591824.272

212 504539.0233 3591830.130

213 504537.9261 3591829.413

214 504536.8911 3591831.038

215 504530.6771 3591840.800

216 504527.1931 3591846.273

217 504519.6021 3591855.772

218 504519.4389 3591856.028

219 504510.8151 3591869.557

220 504508.9191 3591872.531

221 504511.0371 3591873.898

222 504512.1241 3591874.636

223 504514.6191 3591876.330

224 504493.2781 3591883.187

225 504489.3851 3591884.646

226 504495.5396 3591912.951

227 504490.7941 3591915.199

228 504487.9914 3591915.876

229 504486.1801 3591916.313

230 504480.0691 3591918.784

231 504475.8451 3591920.294

232 504473.1731 3591921.250

233 504471.9281 3591921.695

SUPERFICIE= 7.92 ha (79 183.81 m²)

Fuente: Dirección de Catastro Municipal, Depto. de Cartografía, 2019.

CUARTO. - Los propietarios o poseedores de inmuebles que queden comprendidos dentro del área de la presente Declaratoria solo podrán utilizar sus predios de manera que no se generen afectaciones mayores a la zona y sus habitantes, apegándose a las consideraciones y disposiciones normativas de la Declaratoria en términos de la seguridad y la utilidad pública. QUINTO. - Para cumplir con los fines de la Declaratoria, se establecen las siguientes disposiciones y acciones aplicables para cada uno de los polígonos definidos en la Declaratoria,

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 36

atendiendo a las características de estabilidad -seguridad de los polígonos y compatibilidad de usos de suelo, conforme se especifica en las Tablas 7, 8 y 9 de la presente declaratoria.

Tabla 7. Tabla de Disposiciones para el Polígono de Salvaguarda.

POLÍGONO A. DE SALVAGUARDA (ÁREA DE ALTO RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

Parque público, área

verde o restauración

ecológica.

1. Se otorga el destino de parque público y área de conservación a los terrenos localizados dentro del polígono de Salvaguarda.

Dicho polígono queda limitado en uso, quedando como zona no

apta para edificación. Las actividades permitidas serán

exclusivamente de tipo pasivas, se prohíben asentamientos e infraestructuras, permitiendo

solo la requerida para el acondicionamiento de los parques de uso público,

actividades de apoyo y obras de mitigación de riesgo.

1. Publicitar la Declaratoria de Usos y Destinos y su zonificación. E informar a los residentes de las

colonias y áreas colindantes del polígono de Salvaguarda.

SDUE, DAU, IMPLAN, DESOM y asesoría técnica de ingenieros.

2. Integrar y difundir el resultado de los análisis de peligro, de vulnerabilidad y riesgo, facilitando a los residentes de áreas afectadas, mapas con la

ubicación de sitios sujetos a derrumbes y/o deslizamientos e inundación; que sirvan y apoyen los procesos de desalojo de viviendas y medidas

de prevención.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil,

IMPLAN, DOUIM, DSPM, Delegación Sánchez Taboada, comité local de residentes y

propietarios de terrenos.

2. Las áreas con riesgo geológico, con deslizamientos de tierra o

derrumbes, las de concentración de aguas provenientes de

precipitaciones y las afectadas por inestabilidad de suelo o de inadecuada constitución para la

construcción, no podrán desarrollarse y deberán evitar

nuevas ocupaciones.

1. Controlar la infiltración de agua en suelos, la erosión y el deterioro de laderas o taludes

expuestos, mediante aplicación de controles ingenieriles. Implementando sistemas de control

de agua potable y de drenaje para evitar infiltraciones en el subsuelo por motivo de

instalaciones dañadas debido a los asentamientos que presenta el talud y laderas, lo cual exige una

intervención inmediata.

SDUE, CESPT, DOUIM, Delegación Centro y asesoría

técnica de ingenieros.

2. Desarrollar en el polígono de la Declaratoria, una propuesta de solución pluvial integral para el manejo de las aguas pluviales, considerando las

condiciones de riesgo y vulnerabilidad de la zona.

3. Queda prohibido dentro del polígono de salvaguarda, el emplazamiento de nuevos

asentamientos humanos y la construcción de cualquier tipo de

edificación.

1. Delimitar físicamente y colocar señalamientos visuales que permitan a la población residente, identificar el polígono de salvaguarda (zona de

alto riesgo).

SDUE, Delegación Sánchez Taboada, Dirección Municipal de

Protección Civil e IMPLAN

2. Utilizar donde sea necesario el uso de barreras físicas ligeras u otros elemento arquitectónico

para control de acceso, particularmente hacia las zonas afectadas actualmente por deslizamiento,

así como proteger elementos que así lo necesiten y se encuentren localizados dentro de la zona de

alto riesgo.

DAU, Dirección Municipal de Protección Civil, Delegación

Sánchez Taboada.

4. Se prohíbe la renta, préstamo, traspaso de viviendas,

departamentos o predios ubicados dentro de la zona de

salvaguarda.

1. Desarrollar un manual de procedimientos para los residentes de la zona , como apoyo para el

control de actividades. Delegación Sánchez Taboada

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 37

POLÍGONO A. DE SALVAGUARDA (ÁREA DE ALTO RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

5. Se destina a uso público de parque y restauración ecológica,

la zona afectada por el deslizamiento.

1. Elaborar un proyecto de diseño de paisaje y su respectivo proyecto ejecutivo para el área

afectada, atendiendo a las condiciones físicas y sociales del sitio y su posibilidad de

acondicionamiento para usos públicos o reforestación.

Ayuntamiento de Tijuana, Delegación Sánchez Taboada,

IMPLAN y DSPM.

2. Orientar y apoyar técnicamente la gestión del espacio de restauración ambiental y del parque público cuya administración estará a cargo del Ayuntamiento Municipal, residentes locales y

propietarios de predios reconocidos como elementos de la protección del área.

3. Acondicionamiento de áreas verdes, parque público, servicios públicos e infraestructura de

protección, que no involucren grandes movimientos de terreno, atendiendo las

condiciones de riego en el área.

4. Realizar el registro de predios y claves catastrales de las áreas destinadas a parques y áreas de conservación en el Catastro Oficial del

Ayuntamiento

5. Otorgar derechos de uso y aprovechamiento del parque público a través de autorizaciones y

permisos u otros mecanismos para realizar actividades inherentes a los objetivos y funciones

de los parques públicos.

6. Gestionar la aplicación de Transferencia de Derechos de Desarrollo para el apoyo de

acciones de protección y acondicionamiento del parque.

7. Promover acciones de compostaje en sitio, para uso en el mantenimiento de áreas verdes.

8. Se permite la ubicación de viveros provisionales para realizar la función de

repoblación forestal de áreas destinadas a parques, a fin de lograr el mejoramiento de las

áreas verdes.

IMPLAN, DOIUM, DSPM, DPA, Delegación Sánchez Taboada y

Comité de Vecinos.

6. Queda prohibido utilizar el polígono de salvaguarda como

tiradero de basura y escombro, o para usos distintos a los que se establecen en la Declaratoria.

1. Diseñar un plan de manejo municipal para residuos especiales de la construcción (pétreos,

maderas, plásticos, metales), producto de la demolición de viviendas afectadas.

SIDUE, SDUE, DAU, IMPLAN, DOIUM, DSPM, Delegación

Sánchez Taboada, Comité Local de Residentes y Propietarios de

Predios. 2. Saneamiento físico de zonas afectadas.

Uso Habitacional

(Condicionado)

7. Se prohíben los usos de suelo distintos al uso público en áreas clasificadas como de alto riesgo.

1. Emitir lineamientos y recomendaciones de seguridad y control de los taludes dentro del

polígono de salvaguarda que presentan riesgo de deslizamiento.

SDUE, DAU, IMPLAN, Dirección de Protección Civil Municipal y

una asesoría técnica de ingenieros.

2. Demoler viviendas que presentan daños estructurales, localizadas en la zona de

salvaguarda, conforme a la normatividad aplicable, que permitan conducir las labores de

protección en la zona.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 38

POLÍGONO A. DE SALVAGUARDA (ÁREA DE ALTO RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

3. Aplicar programa para la separación y manejo de residuos sólidos, que incluya ubicación de un área de acopio que evite el tránsito de camiones de carga pesada. Este material puede ser reusado

en sitio.

4. Fortalecer la capacidad de organización, actuación y comunicación del Comité vecinal y

articular un equipo de trabajo que incluya uno o varios cuerpos colegiados.

8. Se prohíbe la construcción de nuevas viviendas bajo cualquier

modalidad en la totalidad del polígono de salvaguarda y de

protección.

1. La expedición de licencias de construcción queda limitada en la totalidad del polígono de

salvaguarda y se considerarán solo aquellas que apliquen para proyectos y obras de protección

bajo la supervisión y evaluación por parte de las autoridades.

DAU y comité de vecinos (comunidades religiosas,

escuelas públicas y privadas, grupos AA y NA, comercios

individuales y vecinos)

9. Habilitar procesos de organización y participación de

los residentes del área.

1. Consolidar la organización de los habitantes (órgano administrador o comité local) de la

colonia para mayor conocimiento y control de su entorno.

Secretaría de Desarrollo Social Municipal y Delegación Sánchez

Taboada

2. Organizar grupos y campañas de limpieza de los taludes y laderas con miembros de la

comunidad. Aportando personal para equipos de limpieza, conocimientos específicos sobre la zona,

ampliar el llamado a la participación entre la comunidad.

Comunidades religiosas, escuelas (públicas y privadas), grupos de AA-NA, comercios

individuales y vecinos.

3. Identificar un área de recolección de basura para restringir el tránsito de un camión recolector

de basura. Definir el proceso interno de recolección y separación de basura para su

reciclaje.

SDUE

4. Diseñar e implementar un programa de separación y recolección de materia orgánica y biodegradable para el uso en el mantenimiento

de las áreas verdes del mismo parque. Ayudar con información, cursos, talleres y en general con

motivar a los habitantes a participar.

SIMPATT. Con el apoyo de organizaciones civiles o

académicas.

5.Proporcionar información ya sea en pláticas, cursos, talleres o por medios impresos para

motivar a los habitantes de la colonia Reforma a hacer un uso correcto de su entorno, de los

espacios públicos, de proteger las áreas verdes y de involucrarse en las actividades de monitoreo

de las condiciones físicas del terreno y los riesgos perceptibles, para comunicarlo a la comunidad y

a las autoridades competentes.

6. Organizar a los habitantes para que como comunidad se apoyen en las tareas de seguridad y

vigilancia de su entorno.

Secretaría de Seguridad Pública en coordinación con la

Secretaría de Desarrollo Social.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 39

POLÍGONO A. DE SALVAGUARDA (ÁREA DE ALTO RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

10. Mejorar la percepción de riesgo de la población residente.

1. Diseño e implementación de un programa de instrumentación y monitoreo en particular, dentro del polígono de salvaguarda. Dicho

programa deberá medir y controlar la evolución de los movimientos del terreno, así como

patologías en estructuras, humedades que ingresan en el terreno y/o presencia de agua

subterránea.

Dirección Municipal de Protección Civil, SDUE, Comité

de Vecinos de la colonia Reforma.

2. Diseñar un mecanismo de captación y organización de datos, así como de hacer

accesible la información a la comunidad y a la autoridad mediante aplicaciones (apps) o

internet.

Dirección Municipal de Protección Civil apoyado con la empresa de monitoreo y una

institución académica.

3. Realizar estudios locales de estabilidad del terreno para las viviendas que presenten daños

estructurales , con el objetivo de diseñar un sistema de estabilización que permita proteger los elementos expuestos que se encuentran en

riesgo.

Ayuntamiento de Tijuana y comité de vecinos.

4. Apoyarse en el programa de instrumentación y monitoreo anteriormente mencionado para

vigilar el comportamiento de la red de drenaje sanitario y de los aportes de agua a la zona de

alto riesgo.

5. Elaborar informes periódicos de evaluación y monitoreo.

Vía Pública

11. Se restringe la circulación de vehículos en la totalidad del

polígono.

1. Establecer mediante señalamientos las áreas restringidas para el tránsito vehicular.

Delegación Sánchez Taboada, IMPLAN, DOSPM.

12. Se prohíbe la circulación de vehículos de carga pesada,

transporte de material, autobuses, camión recolector de

basura, dentro del área de Salvaguarda.

1. Se ofrecerá mayor vigilancia de la zona y se reorganizarán los sistemas de servicios.

DAU y comité de vecinos.

13. Supervisión y atención a las instalaciones dañadas de agua

potable y drenaje sanitario afectados o deteriorados.

1. Propuesta y ejecución de proyecto para acondicionamiento de la red de agua potable.

CESPT.

2. Propuesta y ejecución de proyecto de acondicionamiento de la red sanitaria en el

polígono de la declaratoria CESPT.

14. Eliminar o mitigar la presencia de áreas húmedas en

el subsuelo.

1. Implementar sistema de drenaje que sea capaz de captar los flujos de agua y conducirlos

adecuadamente fuera del área de riesgo ( drenes horizontales, pozos drenantes, galerías drenantes

o la combinación de varios de ellos).

SDUE, Delegación Sánchez Taboada y comité de vecinos.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 40

POLÍGONO A. DE SALVAGUARDA (ÁREA DE ALTO RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

15. Control de condiciones de deterioro en la zona afectada

que eviten el avance de las afectaciones.

1.Propuesta (integrada a un proyecto de paisajismo) de estabilización de talud ubicado en el cuadrante noroeste para mitigar el avance de derrumbes en esa zona, proteger la sección de la vialidad Prol. Literatos que se encuentra en ese punto y disminuir el riesgo de afectación a las

viviendas

Despacho de Diseño de Paisaje, DAU, Dirección de Protección

Civil Municipal.

2. Propuesta de estabilización de la ladera (integrada a un proyecto de diseño de paisaje)

ubicada en el cuadrante sureste, buscando mitigar el continuo movimiento que ha

presentado la ladera en las últimas tres décadas, con tendencia a afectar la vialidad Cañón Rubio.

3. Implementar una propuesta de estabilización (integrada a una propuesta de diseño paisajista)

de la ladera localizada al oeste de la calle Francisco Zarco y los habitantes que se

encuentran contiguos a la vialidad.

Tabla 8. Tabla de Disposiciones para el Polígono de Protección.

POLÍGONO B. DE PROTECCIÓN (ÁREA DE RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

Uso Habitacional

(Condicionado)

1. Queda prohibido la autorización de permisos y

licencias de construcción para incremento de densidades en el

polígono de protección. Se restringe el emplazamiento de nuevos usos habitacionales en

áreas o zonas donde no se cuente con evaluación y

opiniones de riesgo y especificaciones técnicas de estabilidad estructural de los

terrenos, limitándose en crecimiento y densidad.

1. Determinar los umbrales de riesgo admisible para el polígono de protección y establecer

condicionantes a los usos permitidos.

SDUE, DAU, DOUIM, Dirección Municipal de Protección Civil, Delegación Sánchez Taboada,

IMPLAN, Colegio de Ingenieros e Instituciones educativas de la

ingeniería civil.

2. Realizar estudios de ingeniería, a fin de reforzar la estabilidad en la que se encuentran las

viviendas construidas sin supervisión profesional autoconstrucción), y disminuir la vulnerabilidad

física natural.

3. Elaborar una zonificación detallada de las áreas de riesgo, para actualización de planos de Atlas

de Riesgo y PDUCPT, a fin de determinar acciones de reforzamiento en edificaciones y

cimentaciones, así como taludes o laderas.

2. La permanencia de usos habitacionales existentes se

condiciona a los lineamientos normativos y recomendaciones

específicas de protección y estabilización de terrenos en

taludes; y se prohíbe el incremento de densidad

edificativa en la zona.

1. Apoyar la preparación de un plan de contingencias de respuesta a emergencias, que

incluya la ubicación de las salidas de emergencia, puntos de reunión, sistemas de alarma y sistemas

de extinción de incendios, servicios de emergencia más cercana, entre otros.

SDUE, DAU, DOUIM, Dirección Municipal de Protección Civil, Delegación Sánchez Taboada,

IMPLAN, Colegio de Ingenieros y la Dirección de Bomberos

Tijuana. 2. Evaluar las zonas de uso habitacional, para el

reforzamiento de cimientos y estructuras de construcción, que permitan avalar proyectos de

ampliación de viviendas y obras requeridas.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 41

POLÍGONO B. DE PROTECCIÓN (ÁREA DE RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

3. Se permite la construcción para desarrollo de servicios de

apoyo y protección, únicamente para aquellas áreas donde la

viabilidad de las viviendas quede soportada con estudios y

proyectos de soporte.

1. Elaborar un listado de intervenciones puntuales que atiendan la necesidad específica de control

en los polígonos de protección y amortiguamiento.

SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil, Delegación

Sánchez Taboada, IMPLAN y Colegio de Ingenieros Civiles.

2. Elaborar un programa de evaluación y reforzamiento de cimientos y estructuras para

aquellas zonas con viviendas consolidadas, cuyo material requiera de mejoramiento.

3. Reacondicionamiento de sistemas domiciliarios de agua y desagüe en sectores con permanencia

habitacional autorizada.

4. El uso mixto en el polígono de protección quedará sujeto a la

revisión de factores de estabilidad de la zona y la

viabilidad de servicios.

1. Realizar las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano.

SDUE, IMPLAN, DAU, DOUIM, Dirección Municipal de

Protección Civil, Delegación Sánchez Taboada y Colegio de

Ingenieros. 2. Aplicación de procesos de revisión y evaluación

de la condición en que actualmente se encuentran.

Predios baldíos

5. Los predios baldíos quedan condicionados a la elaboración de los estudios geotécnicos en

sitio que determinen la factibilidad de uso, los sistemas de protección y edificación más

pertinentes, se sujetan al cumplimiento de las demás

condiciones fijadas en la Declaratoria, y quedan limitados

a densidad baja unifamiliar.

1. Realizar inventario de lotes baldíos y condiciones de riesgo e inestabilidad que les

aplican. SDUE, DAU, DOUIM, Dirección

Municipal de Catastro, Dirección Municipal de Protección Civil, Delegación Sánchez Taboada,

IMPLAN, Colegio de Ingenieros Civiles y Colegio de

Constructores de postgrado.

2. Capacitación técnica para el mejoramiento constructivo y sistemas de albañilería que realizan

los residentes de esta zona en la autoconstrucción de viviendas.

3. Aplicar medidas preventivas con apoyo de residentes para el control de cortes, movimiento

de tierras e infiltraciones de agua y humedad.

6. Queda prohibida la ocupación ilegal o informal de predios baldíos y espacios urbanos dentro de los polígonos de salvaguarda, protección y

amortiguamiento. Cualquier intento de facto deberá

desalentarse.

1. Aplicar medidas tendientes a su control y vigilancia, aplicación de programas de

regularización y ordenamiento de procesos informales.

SDUE, DAU, DOUIM, Dirección Municipal de Protección Civil, Delegación Sánchez Taboada,

IMPLAN y Colegio de Ingenieros.

7. Se hace imprescindible en lotes baldíos el control de las

infiltraciones de agua y humedad recurrentes, el control de afectaciones antropogénicas

y la restauración de instalaciones de servicios de

agua y drenaje.

1. Calendarización de mantenimiento en instalaciones hidrosanitarias, para detectar y reparar fugas de agua antes de que generen

problemas en el sitio.

SDUE, CESPT, DOUIM y Comité Vecinal.

Áreas de Protección

8. Queda restringida toda alteración, modificación,

obstrucción o relleno de áreas que correspondan con cauces de arroyos y zonas de drenaje

1. Generación de mapas, información y monitoreo de condiciones actuales, así como

identificación de medidas de protección y mejoramiento que resulten aplicables para

minimizar impactos negativos en zonas vulnerables.

SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil, Delegación

Sánchez Taboada, IMPLAN y OCS's.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 42

POLÍGONO B. DE PROTECCIÓN (ÁREA DE RIESGO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE pluvial que se ubiquen dentro

del polígono de la Declaratoria. 2. Realizar acciones de saneamiento y limpieza en áreas afectadas que colinden con áreas habitadas,

particularmente en zonas frágiles.

SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil Municipal,

IMPLAN, DOUIM, DSPM y Delegación Sánchez Taboada.

9. Queda restringida toda autorización de usos

comerciales o aquellos que impliquen alta concentración de personas o actividades en áreas de acceso principal al polígono

de protección o de salvaguarda.

1. Definición de lineamientos específicos y colocación de señalamientos preventivos.

SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil, IMPLAN, DOUIM, DSPM y Delegación

Sánchez Taboada.

10. Se prohíbe la colocación de anuncios espectaculares,

letreros publicitarios, etc., salvo anuncios y señalamientos que

sirvan de difusión de información respecto a la

problemática del área.

1. Realizar las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano vigente.

SDUE, DAU, Delegación Sánchez Taboada e IMPLAN.

11. Para la gestión de riesgos en áreas de escurrimiento o

drenaje pluvial, se identificarán las medidas de protección que

resulten aplicables para minimizar efectos en zonas

vulnerables.

1. Generar información estadística sobre acciones de mantenimiento realizadas y funcionamiento

de instalaciones, mediante equipos de monitoreo de instalaciones.

SDUE, Dirección Municipal de Protección Civil, IMPLAN y

Comité Vecinal.

Tabla 9. Tabla de Disposiciones para el Polígono de Amortiguamiento.

POLÍGONO C. DE AMORTIGUAMIENTO (ÁREA DE AMORTIGUAMIENTO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

La autorización para nuevas edificaciones en el área de amortiguamiento, quedará sujeta a lo siguiente:

Área de conservación

en zonas inundables,

con riesgo por escurrimientos pluviales y con pendientes no

aptas.

1. Se prohíben los asentamientos humanos y la

instalación de infraestructuras de servicios en zonas con riesgo de inundación, excepto aquellas

requeridas para el acondicionamiento del parque y

actividades de apoyo que coadyuven en la mitigación de

los riesgos:

1. Relocalizar población y actividades asentadas en zonas de alto riesgo a inundación, con

particular énfasis en las localizadas en los cursos del agua.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil,

IMPLAN, DOUIM, DSPM, Delegación Sánchez Taboada,

Comité Local de Vecinos y Propietarios de predios.

2. Demarcar visualmente los límites de las zonas y predios para evitar invasiones futuras.

2. Mantener los cursos de agua como áreas naturales; limpiar y revegetar las riberas mediante vegetación que pueda mitigar

las afluencias de agua e introducir infraestructura verde

en las obras de control de los escurrimientos pluviales. (los

cursos de agua en el polígono de

1. Monitorear y gestionar la protección de márgenes de los arroyos, drenajes y políticas de

arborización. SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil,

IMPLAN, DOUIM, DSPM, Delegación Sánchez Taboada,

Comité Local de Vecinos y Propietarios de predios.

2. Incorporar proyectos para espacios verdes e infiltración (obras de infraestructura verde), que

integran el funcionamiento del escurrimiento pluvial y contexto urbano (particularmente en

épocas de lluvia).

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 43

POLÍGONO C. DE AMORTIGUAMIENTO (ÁREA DE AMORTIGUAMIENTO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE amortiguamiento pueden

conformar espacios e instalaciones recreativas que no

se pierdan en caso de inundación )

3. Proyectar áreas de uso público (parques, terrazas, senderos, circulaciones) e integrar

infraestructura verde que fortalezca el paisaje, capte y aproveche las aguas pluviales y de lluvia, y al mismo tiempo que contribuyan a mantener la

identidad barrial.

4. Erradicar las áreas de basureros a cielo abierto, priorizando aquellos que ocupan las áreas con

alto riesgo de inundación u obstrucción de flujos de agua.

Uso habitacional

condicionado

3. Análisis y selección de materiales y métodos

constructivos que resulten más pertinentes a la zona.

1. Establecer los métodos constructivos y materiales de construcción más apropiados a la

topografía y las características del sitio.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil.

IMPLAN, DOUIM, DSPM, Delegación Sánchez Taboada,

Colegio de Ingenieros Civiles de Tijuana, Comité de vecinos y

propietarios de predios. 2. Definir un modelo de construcción de acuerdo

a la resistencia real del suelo.

4. La compatibilidad entre usos colindantes y restricciones que

apliquen al área y al polígono de actuación.

1. Realizar una inspección general de las viviendas que se ubican en el polígono de amortiguamiento para obtener datos sobre la cantidad de viviendas y los defectos de construcción o el estado de los

sistemas estructurales que presenten actualmente.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil,

IMPLAN, DOUIM, DSPM, Delegación Sánchez Taboada,

Colegio de Ingenieros Civiles de Tijuana, Comité de vecinos y

propietarios de predios.

5. Realizar con antelación los estudios de impacto urbano,

orientado a evaluar la capacidad de los servicios de agua, drenaje

y energía; determinando los requerimientos adicionales de

nuevas infraestructuras.

2. Fundamentar con estudios técnicos específicos la caracterización del nivel de riesgo, mismos que

deberán elaborarse por peritos en riesgo o especialistas en la materia, contemplando las

condiciones y obras específicas para asegurar la seguridad de las edificaciones y residentes en

colindancia.

3. Aplicar un programa de gestión de riesgos y aprovisionamiento de obras de infraestructuras

de protección.

6. Contar con los accesos y salidas necesarias para la población residente que

ofrezcan seguridad ante la ocurrencia de posibles

eventualidades.

1. Implementar sistemas que ayuden a registrar y medir impactos a distintas escalas de manera

permanente.

SDUE, Bienes Inmuebles del Ayuntamiento y Cabildo.

7. Queda prohibida la autorización de proyectos de

nueva edificación que no atiendan de manera integral y en forma prioritaria el tema de

la infraestructura pluvial, atendiendo a las limitaciones y

condicionantes que se establecen en la presente

Declaratoria, respecto de las áreas de riesgo.

1. Profundizar en el diagnóstico de condiciones de los materiales y presencia de elementos que

afecten su estabilidad, que sirva de apoyo a la actualización del Atlas de Riesgos de Tijuana y el

PDUCPT.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección de Protección Civil Municipal. IMPLAN, DOUIM, DSPM,

Delegación Sánchez Taboada, Colegio de Ingenieros Civiles de

Tijuana, Comité de vecinos y propietarios de predios.

2. Contemplar en el presupuesto de egresos del Estado y Municipio de cada ejercicio fiscal los recursos destinados a promover y apoyar la

realización de acciones de orden preventivo.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 44

POLÍGONO C. DE AMORTIGUAMIENTO (ÁREA DE AMORTIGUAMIENTO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

8. La autorización de usos y actividades en la zona, se

sujetarán a la elaboración de un plan regulador de usos de suelo

que atienda a las necesidades de control en el área.

1. En cuanto a la construcción de edificaciones, se deberá elaborar una guía de recomendaciones

constructivas y cimentaciones para construcciones sismo resistente, apoyada en la

norma de edificación sustentable, criterios y requerimientos ambientales mínimos.

9. Toda autorización para el desarrollo de nueva edificación queda sujeto al cumplimiento

de condiciones fijadas en la Declaratoria; y quedan sujetos a

las densidades bajas multifamiliares, así como a la

adquisición de seguros o pólizas de seguridad que ofrezcan protección financiera a la

edificación y contra daños a terceros.

1. Promover su consideración dentro de los procesos de autorización de obras y proyectos,

particularmente para desarrollos de gran impacto.

SIDUE, SDUE, DAU, Delegación Sánchez Taboada y Colegio de

Ingenieros Civiles. 2. Determinar áreas que como resultado de los estudios específicos a detalle; y el tipo de

medidas de protección aplicadas puedan justificar cambios en las condiciones fijadas; y sean

validadas por especialistas.

Uso Mixto

10. El uso mixto en el polígono de amortiguamiento queda

limitado estrictamente a aquellas áreas que hubieran

sido previamente autorizadas o se identifiquen en el PDUCPT

con dicho uso, siempre y cuando no contradigan.

1. Orientar cambios en su definición a partir de las revisiones y problemáticas observadas en el

polígono de la Declaratoria.

SIDUE, SDUE, DAU, Delegación Sánchez Taboada y Colegio de

Ingenieros Civiles.

Anuncios y publicidad

11. Se prohíbe la colocación de nuevos anuncios espectaculares,

letreros publicitarios, entre otros; en áreas donde se

identifiquen condiciones de riesgo potencial tanto por la

Declaratoria como por el Atlas de Riesgos de Tijuana; salvo

aquellos anuncios o señalamientos que sirvan de

difusión de información respecto a la problemática del

área.

1. Revisar la condición que presentan los anuncios espectaculares que se ubican en el polígono de

amortiguamiento y descartar riesgos potenciales.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil, CFE, Telnor, IMPLAN, DOIUM,

DSPM, Delegación Sánchez Taboada y Colegio de Ingenieros

Civiles.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 45

POLÍGONO C. DE AMORTIGUAMIENTO (ÁREA DE AMORTIGUAMIENTO). COLONIA REFORMA

USO/DESTINO CONDICIONANTES ACCIONES RESPONSABLE

Usos Especiales

12. Se prohíbe el establecimiento de las

instalaciones especiales que conlleven el uso o manejo de

sustancias de alto riesgo, tales como estaciones de servicio,

industria de riesgo o alto riesgo, conforme a la clasificación que se establece en el reglamento

de zonificación de usos de suelo de Tijuana. La localización de

bancos de tiro de residuos especiales, deberá sujetarse a

las regulaciones que se establezcan para el caso,

conforme a un proyecto que se haga de por medio.

1. Establecer disposiciones específicas o derivadas de los reglamentos y programas que apliquen a la zona, que hagan más eficiente la ordenación de

las actividades necesarias en la zona.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil,

IMPLAN, DOUIM, DSPM, Delegación Sánchez Taboada, Colegio de Ingenieros Civiles,

Comité de Vecinos y Propietarios de Predios.

13. El establecimiento de torres y antenas de telecomunicación

dentro del polígono de la Declaratoria, requerirá la

consideración de las disposiciones fijadas en esta

Declaratoria y realizar los estudios de detalle que se

juzguen convenientes conforme a la naturaleza de la zona.

1. Revisar la condición que presentan las instalaciones existentes ubicadas dentro del polígono de amortiguamiento para descartar

riesgos potenciales.

SIDUE, SDUE, DAU, Dirección Municipal de Protección Civil, CFE, Telnor, IMPLAN, DOIUM,

DSPM, Delegación Sánchez Taboada y Colegio de Ingenieros

Civiles.

14. Se prohíbe el establecimiento de estaciones

de servicio de combustible.

1. Realizar las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano vigente.

* Vulnerabilidad Funcional: dependencia o influencia de un elemento o sistema respecto de otros

SEXTO. - Se prohíbe la autorización de permisos y licencias de construcción que incremente la densidad en el polígono de salvaguarda y protección. SÉPTIMO. - Se prohíbe utilizar el polígono de salvaguarda para disposición de basura y residuos de cualquier índole, los residuos especiales derivados de la afectación y demolición de los edificios, deberá manejarse y disponerse adecuadamente mediante la definición de un plan de manejo, tal y como lo establece la Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos para el Estado de Baja California. OCTAVO. - Se prohíbe la descarga de aguas negras o de cualquier tipo, dentro del polígono de salvaguarda, las tomas domiciliarias, tanto de drenaje como de agua potable deberán ser clausuradas o reubicadas por el organismo operador del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario, para evitar que representen elementos que contribuyan a la inestabilidad del suelo. NOVENO. - Se prohíbe la remoción o movimiento de tierras, cualquier actividad relacionada con el acondicionamiento futuro de terrenos y mejoramiento del área en general, deberá ir acompañada de un permiso validado por la Dirección Municipal de Protección Civil y una opinión técnica de IMPLAN, apoyado con estudios técnicos que avalen su procedencia dentro del área

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 46

de la Declaratoria, así como de un proyecto pormenorizado de manejo de cortes y materiales que de ello resulten. DÉCIMO. - Para la conservación del polígono de salvaguarda y protección, es obligatorio contar con programas de monitoreo y vigilancia elaborados por técnicos en geotecnia, que registren la evolución de la zona, así como para las áreas aledañas o inmediatas a los mismos, debiéndose realizar como mínimo, un análisis por año. DÉCIMO PRIMERO.- Para la construcción del parque comunitario de uso público, en el diseño del proyecto de paisaje se considerarán las disposiciones establecidas en esta Declaratoria y las que deriven del análisis especifico de dicha área, así como la utilización de vegetación nativa (preferentemente) e inducida, adaptadas a las condiciones climáticas locales que reduzcan el uso de agua y mantenimiento, todo ello apoyado en un plan de diseño y estabilización para dicha área, considerando siempre la vinculación del área del parque con las necesidades específicas del usuario en el área; para ello se solicitará apoyo técnico del IMPLAN y demás autoridades competentes. DÉCIMO SEGUNDO. - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75 y 87 de la Ley General de Protección Civil, se promoverá por conducto de las autoridades Federales, Estatales y Municipales (ver Tabla 7. Apartado Responsables), y con base en los estudios de riesgos específicos, un programa para de obras de infraestructura que sean necesarias para mitigar el riesgo a que están expuestas las viviendas asentadas en el polígono de Protección y Amortiguamiento. En el caso de los asentamientos humanos establecidos en el Polígono de Salvaguarda (Alto Riesgo); las autoridades competentes, determinarán, en su caso, un plan de apoyo para la reubicación de dichos asentamientos, proponiendo mecanismos financieros que permitan esta acción. Dicho plan deberá establecer recursos y acciones que aplicarán a la limpieza de la zona y demolición de las viviendas que sean sujetas a reubicación. DÉCIMO TERCERO.- La autorización de permisos de edificación y densificación que apliquen en el Polígono de Amortiguamiento (tabla 9), deberán contar con el soporte técnico suficiente que avale la solicitud de edificación-densificación conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, debiendo en todo momento señalar el polígono de la Declaratoria en la que aplicarán dichas obras, las restricciones que aplican al caso y las soluciones que se ofrecerán por parte de los especialistas con apoyo de los estudios en sitio que se realicen. Para esto último, se deberá tener cuidado de no generar propuestas que involucren alteraciones innecesarias a la topografía, a las cañadas y los drenajes superficiales. La planificación del proyecto y obras de solución deberán presentarse avaladas con firma de peritos responsables. DÉCIMO CUARTO. - Todos los actos, convenios o contratos relativos a la propiedad, concesión o cualquier otro derecho que contravengan las disposiciones de la presente Declaratoria, serán nulos de pleno derecho, y serán sujetos a las disposiciones que se establecen en las leyes que regulan la materia y el Código Civil del Estado de Baja California. DÉCIMO QUINTO. - La Declaratoria de usos y destinos se notificará personalmente y por escrito a los propietarios, poseedores, sucesores o causahabientes afectados, cuando se conozca su domicilio conforme los registros catastrales de la propiedad inmobiliaria. En caso contrario, se les notificará por edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, y en los mismos términos en un periódico de circulación local. La notificación así hecha surtirá efecto quince días hábiles después de su última publicación.

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Proyecto de Declaratoria de Usos y Destino para el área de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California. 47

DÉCIMO SEXTO.- Posterior a la publicación de la Declaratoria se definirá un órgano administrador en un periodo de 30 días a partir de dicha publicación, encargado de coordinar y operar los mecanismos e instituciones señalados en la Declaratoria, el cual se recomienda esté conformado por el Comité de Vecinos de la colonia, un órgano Colegiado de profesionistas en el tema, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE), la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Estado (SIDUE), Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana (IMPLAN), Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT), Delegación Sánchez Taboada, Sistema Municipal de Parques Temáticos de Tijuana (SIMPATT), Dirección de Protección al Medio Ambiente (DPA). El órgano administrador será el encargado de dar seguimiento a las disposiciones de la Declaratoria, mismo que con base a sus atribuciones podrá efectuar acciones de coordinación con las partes involucradas.

T R A N S I T O R I O S PRIMERO. - La presente Declaratoria de Usos y Destino para las áreas de alto riesgo en la colonia Reforma, Tijuana, Baja California, entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California. SEGUNDO. - Remítase al Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Tijuana, Baja California, para su inscripción. TERCERO. - Los bienes inmuebles que resulten afectados por la presente Declaratoria de Usos y Destinos por localizarse dentro del Polígono de Salvaguarda y Protección quedarán restringidos en su uso, por lo que el Ayuntamiento por conducto de la Dirección de Administración Urbana, IMPLAN y Protección Civil, llevará a cabo las acciones de inspección y vigilancia que aseguren su cumplimiento. CUARTO. - El órgano administrador se instalará dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la Declaratoria, la definición de proyectos de la zona estará a cargo de IMPLAN y la ejecución y seguimiento deberá ser a cargo de la Dirección de Obras Públicas Municipales (SDUE) mediante sus respectivas direcciones operativas. QUINTO. - Notifíquese personalmente y por escrito a afectados, propietarios, poseedores, sucesores o causahabientes. SEXTO. - Así mismo, publíquese en dos periódicos de circulación local. SÉPTIMO. - Cúmplase Dado en la Ciudad de Tijuana Baja California, mes de febrero de 2019.

DR. EDUARDO ALEJANDRO TERREROS MARTÍNEZ PRESIDENTE MUNICIPAL DE TIJUAN