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FOLIO: 107S1300103 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARiA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, REPRESENTADA POR LA C. LIC. NOREYA PORTILLA GUMECINDO, JEFA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA, A QUIEN EN, LO SUCESIVO SE LE DENOIVIINARA "LA ARRENDATARIA" Y POR OTRA PARTE EL C. MATiAS IVIENDOZA ABREGO REPRESENTADO POR EL C. SALVADOR MENDOZA ABREGO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ARRENDADOR", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: DECLARACIONES I.- De "LA ARRENDATARIA" a) Que es una dependencia de la administracion publica estatal, de conformidad con los arliculos 1, 2, 9 fraccion I, 10, 11 y 17 de la Ley Organica del P Dder Ejecutivo del Estado de Veracruz, y el articulo 1 del Reglamento interior de la Secretaria de Gobierno. b) Que la C. Lic. Noreya PotIla Gumecindo, acredita su personalidad ci nombramiento que le fue expedido por el C. Lic. Rogelio Franco Ca Secretario de Gobierno, mismo quo no le ha sido revocado, indicando qt encuentra facultado para la celebracion del presente contrato con fundan en el articulo 186, fraccion XL del Codigo Financier° para el Estad Veracruz. c) Que senala como domicilio para los efectos legales de este contrat ubicado en la calle Enriquez, sin nOmero, en el Palacio de Gobierno pl baja, zona centro de la Ciudad de Xalapa Enriquez, Veracruz de lgnaci la Llave. d) Quo esta Dependencia de la Administracion P(iblica Estatal, en >u calida Ente Pitlico se compromete a promover, respetar, proteger y garantiz, seguridad de los datos personales derivados de la suscripcion del pres instrumento legal; lo anterior de acuerdo a lo establecido por los articulos y 7 fraccion I, de la Ley para la Tutela de Datos Personales en el Estad Veracruz de Ignacio de la Llave, asi como el arabigo 10, 11 y 18 d( Lineamientos para la Tutela de Datos Personales en el Estado de VeracrL Ignacio de la Llave. el an, se nto de el nta de la nte I , 2 3 (de de II.- De "EL ARRENDADOR" a) Que son propietarios del inmueble objeto de este contrato, ubicado en la calle Gonzalez Ortega numero 39 Altos, Goiania Centro de Tuxpan, Ver., segun lo acreditan con escritura publica nCirnero 15011 de fecha 23 de junio de 1992, 1 de 4

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FOLIO: 107S1300103

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARiA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, REPRESENTADA POR LA C. LIC. NOREYA PORTILLA GUMECINDO, JEFA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA, A QUIEN EN, LO SUCESIVO SE LE DENOIVIINARA "LA ARRENDATARIA" Y POR OTRA PARTE EL C. MATiAS IVIENDOZA ABREGO REPRESENTADO POR EL C. SALVADOR MENDOZA ABREGO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ARRENDADOR", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I.- De "LA ARRENDATARIA"

a) Que es una dependencia de la administracion publica estatal, de conformidad con los arliculos 1, 2, 9 fraccion I, 10, 11 y 17 de la Ley Organica del P Dder Ejecutivo del Estado de Veracruz, y el articulo 1 del Reglamento interior de la Secretaria de Gobierno.

b) Que la C. Lic. Noreya PotIla Gumecindo, acredita su personalidad ci nombramiento que le fue expedido por el C. Lic. Rogelio Franco Ca Secretario de Gobierno, mismo quo no le ha sido revocado, indicando qt encuentra facultado para la celebracion del presente contrato con fundan en el articulo 186, fraccion XL del Codigo Financier° para el Estad Veracruz.

c) Que senala como domicilio para los efectos legales de este contrat ubicado en la calle Enriquez, sin nOmero, en el Palacio de Gobierno pl baja, zona centro de la Ciudad de Xalapa Enriquez, Veracruz de lgnaci la Llave.

d) Quo esta Dependencia de la Administracion P(iblica Estatal, en >u calida Ente Pitlico se compromete a promover, respetar, proteger y garantiz, seguridad de los datos personales derivados de la suscripcion del pres instrumento legal; lo anterior de acuerdo a lo establecido por los articulos y 7 fraccion I, de la Ley para la Tutela de Datos Personales en el Estad Veracruz de Ignacio de la Llave, asi como el arabigo 10, 11 y 18 d( Lineamientos para la Tutela de Datos Personales en el Estado de VeracrL Ignacio de la Llave.

el an, se

nto de

el nta de

la nte I ,23 (de

de

II.- De "EL ARRENDADOR"

a) Que son propietarios del inmueble objeto de este contrato, ubicado en la calle Gonzalez Ortega numero 39 Altos, Goiania Centro de Tuxpan, Ver., segun lo acreditan con escritura publica nCirnero 15011 de fecha 23 de junio de 1992,

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pasada ante la fe del Lic. Luis Lopez Casanova, Notario Publico numer0 1 de Tuxpan, Ver., con el numero 778, de la seccian primera de fecha 15 de diciembre de 1992.

Quo el C. Salvador Mendoza Abrego acredita SU personalidad mecHante instrumento notarial riCimero 35,743, de fecha 11 de marzo del alio 2014 pasado ante la fe del notario piblico Lic. Luis Lopez Constantino, N, tario Public° numero 1 de Tuxpan, Ver., esa Demarcacion Judicial, mediante l cual el C. Matias Mendoza Abrego le otorga Poder General para pleitos y cobranzas y para actos de administracion con tordas las facultades generales y especiales.

Que la apoderada legal es una persona fisica con la capacidad de contratar, misma que se identifica con credencial de elector con nCimero de folio 412814931749.

e) Que sefiala como su domicilio para los efectos de este contrato, el ubicado en la calle Gonzalez Ortega nOmero 38, de la Colonia Centro C.P. 92800 de la ciudad de Tuxpan, Ver., y manifiesta quo se encuentra inscrita en el ReOistro Federal de Contribuyentes con la Clave R.F.C. MEAX-740402-K33.

Las partes se reconocen mutua y reciprocamente la personalidad con qie se ostentan en este acto juridico y exteriorizan libremente su voluntad para obli arse en los terminos y condiciones siguientes:

CLAUSULAS:

PRIMERA.- "EL ARRENDADOR" da en arrendamiento a "LA ARRENDAT IA" el inmueble indicado en el inciso a) de la declaraciOn II, el cual consta d una superficie de 228.00 metros cuadrados, segCm Dictamen de Justipreci cith emitido por la Direccion General de Catastro, que como anexo se agre a al presente contrato.

b)

c)

SEGUNDA.- "LA ARRENDATARIA" se obliga a pagar el dia 15 de cada m( la caja de la Unidad Administrativa de la Secretarfa de Gobierno ubicada edificio que ocupa Palacio de Gobierno sito en la calle de Enriquez sin nurne la zona centro, Xalapa, Ver; por concepto de renta mensual la cantida $9,379.92 (NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 9: M.N), mas el impuesto al Valor Agregado, debiendo entregar a la arrendata factura correspondiente, misma quo debera de contener los siguientes datos:

Nombre: Secretaria de Gobierno. R.F.C. SGQ-010520-KP4 Direccion: Calle Enriquez Sin numero, zona centro Xalapa, ver

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Admin
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Admin
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Se eliminaron 36 palabras por contener datos patrimoniales de conformidad con el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el 72 de La Ley 875 de Transparencia y Acceso a la Informción Publica del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el lineamiento cuadragésimo fracción I de los Lineamientos generales en materia de Clasificación y Desclasificación de la Información.
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C.P. 91000.

Al pago de la renta se le aplicaran las retenciones por concept° de Impuesto robre la Renta y anualmente "LA ARRENDATARIA" hara entrega de la constanaia de retenciones que por este concept° realice.

TERCERA. - La duracion de este contrato sera por el termini doce meseS, que empezara a contar a partir del 01 de enero de 2017 y concluira el 31 de diciembre de 2017.

CUARTA. - "LA ARRENDATARIA" manifiesta quo el inmueble sera utilizado para el funcionamiento del de las Oficinas del Registro Nblico de la Propie* en Tuxpan, Ver., depend iente de la Secretaria de Gobierno.

QUINTA. - "LA ARRENDATARIA" se obliga a pagar los servicios basicos ue a continuacion se indican:

a) Energia Electrica. b) Agua Potable. C) Telefono.

SEXTA. - "EL ARRENDADOR" hare las reparaciones necesarias para con ervar el inmueble para el uso estipulado, cuando se trate de reparaciones urgentes e indispensables quo no se Ileven a cabo en un plazo de ocho dias despues de recibido el aviso por el escrito de "LA ARRENDATARIA", esta quedara autorizada para hacerlas y deducir su costo del importe de las rentas posteriores, pudiendo retirarlas al desocupar y hacer entrega del mismo.

De igual forma, "EL ARRENDADOR" se oblige a responder de los darios y perjuicios que sufra "LA ARRENDATARIA" por los defectos 0 vicios ocultos del inmueble.

SEPTIMA. - "EL ARRENDADOR" expresa su autorizaciOn para que "LA ARRENDATARIA" Ileve a cabo las mejoras, adaptaciones e instalaciones para equipos en el inmueble arrendado, y para el caso debera elaborar una relaciOn debidamente firmada por las partes quo se agregara al presente contrato par! que forme parte integrante del mismo.

Para la realizaciOn de cualquier obra, "LA ARRENDATARIA" se comproare a solicitar por escrito la aprobacion de "EL ARRENDADOR".

OCTAVA. - "LA ARRENDATARIA" no sera responsable de los danos y per uicio causados al inmueble arrendado por sismos, incendios, inundaciones y d mas accidentes que provengan de caso fortuito o de fuerza mayor, apoyandose n lo dispuesto por los articulos 2364, 2365, 2368, 2369 y demas relativos del C digo Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

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"LA ARRENDATARIA" se obliga a devolver el inmueble, a "EL ARRENDADOR" con el deterioro natural causado por el uso normal del mismo.

NOVENA.- Si "LA ARRENDATARIA" decide desocupar el inmueble antes del vencimiento del contrato, dara aviso a "EL ARRENDADOR" con 30 dias de anticipacion ante la presencia de dos testigos.

DECIIVIA.- Las partes acuerdan que todo lo no previsto en el presente contrato se regira por las disposiciones legales del Codigo Civil y de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

, , Para la interpretacion y cumplimiento del presente contrato, las partes convi lpnen

1., en someterse expresamente a la jurisdiccion y competencia de los Tribunal s del Fuero Comun de la Ciudad de Xalapa — Enriquez, Veracruz de Ignacio de la lave y renuncian al fuero que les corresponda en atencion a la ubicaciOn del inmu ble o de sus domicilios presentes o futuros.

Asimismo las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo, mala fe, ni lesiOn alguna que pudiera invalidarlo por lo que se compromelen a cumplirlo cabalmente en las condiciones especificadas.

Leido que fue y enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal del presente instrumento, lo firman en la ciudad de Xalapa — Enriquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, siendo el dia 02 de Enero de 2017.

"LA ARRENDATARIA"

"EL ARR

LIC. NOREYA PORTILkA GILMECINDO. SALVADO,RIMENDOZA ABREGO. JEFA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA.

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