decanato de ciencias economicas y empresariales …
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DECANATO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES
ESCUELA DE CONTABILIDAD
Trabajo de Grado para Optar por el Título de:
“Licenciatura en Contabilidad”
“Elaboración de un Manual de control de riesgo para prevenir casos de
Lavado de Activos. Caso: Empresa de Corretaje de Seguros, año 2017”
Sustentantes:
Elaine Josefina Rossis Pichardo 2012-2506
Leidy Bueno Marizan 2013-1977
Asesor:
Juan Bautista Abreu Valerio
Santo Domingo, República Dominicana
Abril, 2018
Los conceptos emitidos en el presente trabajo de grado son de la exclusiva responsabilidad de las sustentantes.
i
Quiero dedicar este gran logro a las personas más bellas y amorosas del mundo,
mis padres, Ysidro Antonio Bueno y Leidy María Marizan. Quienes me dieron la
oportunidad de iniciar mi carrera. Si no hubiese sido por su apoyo incondicional y
el de mi familia no hubiera llegado a cumplir una de mis metas en la vida.
Leidy Bueno
ii
A Dios, por haberme permitido llegar hasta este punto, el lograr mis objetivos, y por
haber puesto en mi camino a aquellas personas que han sido mi soporte y
compañía durante todo este tiempo.
A mi madre, gracias por todo el sacrificio que siempre has hecho por nosotros. Aquí
te entrego mi esfuerzo, tarde pero seguro. Este triunfo es de las dos, gracias por
siempre apoyarme mami.
A mi Padre, este es un logro que hoy comparto contigo, gracias por creer en mí.
Quiero que sepas que siempre ocuparas un lugar especial. Mis abuelos por
quererme y apoyarme siempre en cada paso que doy, esto también se lo debo a
ustedes. Mis hermanos, José (QEPD), Alexander y Laura, por estar conmigo y
apoyarme siempre, los quiero mucho.
A mi novio Yamil McKenzie, gracias por estar conmigo en este tiempo que ha sido
tan importante para mí. Gracias por estar incluso en los momentos más turbulentos.
Este proyecto no fue fácil, pero siempre te mantuviste motivándome para salir
adelante.
A mis mejores amigos, Ángela Pérez, Ángel Sánchez y Eduardo Suncar, por
compartir los buenos y malos momentos. A ustedes les debo mucho, los quiero
mucho.
iii
A todas las personas que saben que son importantes para mí, pero tal vez olvide
mencionar, gracias por las aportaciones que han tenido en mi vida.
Elaine Josefina Rossis Pichardo
iv
A Dios por siempre protegerme y estar a mi lado en cada una de las metas que me
propongo, gracias a él puedo decir que he realizado una meta más en mi vida.
A mis padres Ysidro Antonio Bueno y Leidy Marizan por todo el apoyo brindado
en el transcurso de mi carrera, por siempre estar de mi lado en todo este transcurso,
son parte importante de mi vida. Mi hermano Tony Bueno quien me ayudo durante
mi carrera.
A mi novio Miguel Martin Polanco por ser mi soporte en cada momento, por creer
y apostar a mí, gracias por siempre estar disponible las 24 horas del día.
A mi familia en especial a mis abuelas Elsa Sosa y Elena Marizan y mi tía Arelys
Sosa porque son parte fundamental de este camino.
A mis amigos, Daty Monegro, Jazmín Javier, Birna Sánchez, Wagner Familia y
Jean Carlos Ramírez quienes sin pensarlo se convirtieron en un apoyo e
imprescindibles en mi vida.
A mi asesor de Tesis Juan Bautista Abreu por su apoyo y dedicación para que
juntos pudiéramos llegar a la orilla de esta etapa que finaliza, gracias porque sin
usted nada de esto sería posible.
A mi Compañera Elaine Rossis, por acompañarme a superar este reto, y ser parte
de esta maravillosa etapa. Gracias por tus consejos y dedicación.
Leidy Bueno Marizan
v
Nuestros agradecimientos van dirigidos a la empresa McKenzie, Asesores y
Corredores De Seguros, así como a su Presidente el señor Eduardo McKenzie por
haber aceptado que se realicemos nuestra tesis en su prestigiosa empresa. Gracias
por la ayuda y la confianza que fue depositada en nosotras.
A la señora Tomasina Tolentino quien nos acompañó en cada paso del camino,
siempre brindándonos su apoyo y colaboración, sus aportaciones siempre fueron
de gran importancia para esta investigación. A usted le debemos esta tesis.
A mi compañera Leidy Bueno, por haber sido una excelente compañera, por su
perseverancia y dedicación durante este proceso. Hoy estamos viendo los frutos de
esas largas noche.
A nuestro asesor, el Profesor Juan Bautista Abreu Valerio, por su asesoría, quien
siempre se mostró dispuesto a brindarnos su ayuda para llevar a cabo nuestro tema
de investigación. Gracias por su paciencia y apoyo durante este proceso.
Elaine Rossis
vi
INDICE
Introducción ............................................................................................................ 1
Diseño Metodológico ............................................................................................ 4
Capitulo I. Generalidades de la Ley 155-7 Contra el Lavado de Activos y el
Financiamiento del Terrorismo.
1.1 Aspectos Generales de la Ley 155-7 ............................................................. 6
1.1.1 Antecedentes Históricos de la Ley ...................................................... 6
1.1.2 Inicio de la Ley 155-7 Contra el Lavado de Activo y Financiamiento
del Terrorismo ...................................................................................... 7
1.1.3 Objetivo de la Ley 155-17 ..................................................................... 7
1.2 Definiciones .................................................................................................... 8
1.3 Infracciones Propias de la Ley 155-7 ........................................................... 13
1.4 Infracciones Penales Asociadas Al Lavado de Activo ................................ 16
1.5 Circunstancias Agravantes en Caso de Lavado de Activo .......................... 20
1.6 Tipicidad Subjetiva ........................................................................................ 21
1.7 Responsabilidad de las Personas Jurídicas ................................................. 21
1.8 Tentativa de la Ley 155-7 ............................................................................. 22
1.9 Reporte de Obligaciones Sospechosas ....................................................... 23
1.10 Transacciones Múltiple en efectivo ........................................................... 23
Capitulo II. Aspectos Generales de la Empresa
2.1 Antecedentes .............................................................................................. 24
2.2 Filosofía de la empresa ................................................................................ 24
2.2.1 Misión ................................................................................................ 24
2.2.2 Visión ................................................................................................ 25
2.2.3 Valores ............................................................................................... 25
2.3 Estructura Organizacional ........................................................................... 25
2.3.1 Organigrama ...................................................................................... 26
2.3.2 Descripción de Puesto ...................................................................... 26
2.4 Servicios que Ofrece .................................................................................... 30
vii
2.5 Riesgos asociados con la actividad comercial ............................................ 31
2.6 Análisis F.O.D.A ........................................................................................... 33
Capitulo III. Resultados de la Investigación
3.1 Método de Investigación .............................................................................. 34
3.2 Técnicas e Instrumentos ............................................................................. 34
3.3 Fuentes para Recolección de la Información ............................................. 35
3.4 Población y Muestras ................................................................................... 36
3.5 Recopilación y Análisis de datos ................................................................ 36
Capitulo IV. Diseño Programa de Cumplimiento Basado en Riesgo para la
Prevención y Control de Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento
del Terrorismo.
Desarrollo del Programa de Cumplimiento para la Prevención de Lavado de
Activo y Financiamiento de Terrorismo (LA/FT) ................................................ 56
Conclusión ........................................................................................................ 91
Recomendaciones ........................................................................................... 93
Bibliografía ....................................................................................................... 96
Anexos:
Anexos I
Formularios Conoce a tu Cliente
Cronograma de Capacitaciones
Documento de Aprobación del Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención del Terrorismo
Carta de designación del Oficial de Cumplimiento
Manual de Conducta
Anexos II
Documento de Aprobación del tema
Anteproyecto de Trabajo de Grado
Encuesta
Antiplagio
1
Introducción
El lavado de activos y el financiamiento de terrorismo representan una gran
amenaza para la estabilidad del sistema financiero de un país por su carácter global
y por las diferentes modalidades y redes utilizadas para el manejo de tales recursos.
Tal circunstancia destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando
esencial el papel que para tal propósito deben desempeñar las compañías de
seguros y empresas relacionadas al sector asegurador, como son las empresas de
corretaje y asesorías, las cuales deben asumir el compromiso de cumplir
adecuadamente las directivas y normas relacionadas con la prevención del lavado
de activos y del financiamiento del terrorismo.
Según la ley de 155-17, el Lavado de activo es el proceso mediante el cual personas
física o jurídica y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a
bienes o activos ilícitos provenientes de delitos.
En la actualidad una de las tareas más desafiantes para los empresarios es la de
hacer negocios con responsabilidad, con seguridad y ajustados a las normas
legales. Dada esta necesidad, esta investigación se basa en la elaboración de un
Manual o Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención y
Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo para la
empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros, en cumplimiento a
lo establecido en dicha ley y sus normas complementarias.
2
En esta investigación abordaremos algunos capítulos generales sobre el lavado de
activos, así como también la situación actual de la empresa sujeta a esta
investigación, culminando con la propuesta de implementación del Manual o
Programa de Cumplimiento.
En ese sentido, nuestro primer capítulo abordaremos algunas generalidades sobre
la Ley no. 155-17 de Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. En el
mismo abundaremos el objetivo que persigue la ley, conceptos de Activos y Lavado
de Activos, así como las operaciones consideradas como sospechosas, las
infracciones precedentes o determinantes, infracciones graves y propias de la ley,
los sujetos obligados financieros, así como también la prevención y detección del
Lavado de Activos.
En el segundo capítulo se presentará la situación actual de la empresa Mckenzie,
S.R.L, la cual hemos seleccionado para esta investigación. En el mismo se
conocerán sus Antecedentes, estructura organizativa, filosofía institucional, su
manual de funciones, riesgos asociados a su actividad comercial, manual de
cumplimiento existente, análisis FODA entre otras informaciones.
El tercer capítulo estará dirigido a la metodología de investigación que utilizaremos.
Para ello identificaremos el tipo de investigación que llevamos a cabo, los métodos
y técnicas de investigación. Se realizará una encuesta tomando como referencia
3
una muestra de la población o empleados directos de la empresa. Una vez
obtenidos los resultados tanto cualitativos como cuantitativos, procederemos al
análisis de los mismos.
Con las informaciones arrojadas por los resultados obtenidos en la investigación
realizada en el tercer capítulo, propondremos un diseño de un Manual o Programa
de Cumplimiento basado en riesgo, para la Prevención y Control de Lavado de
Activos para la empresa McKenzie SRL, Asesores y Corredores de Seguros,
esperando que el mismo satisfaga la necesidad de dicha empresa.
4
Diseño Metodológico
Tipo de Investigación
En el presente estudio se pretende utilizar los tipos de investigación de campo y
descriptiva.
Para desarrollar el tema el objeto de esta investigación se utilizará el tipo de
investigación de campo, puesto que tendremos que asistir a la empresa para
recolectar información de los procesos que ejecutan, para así informar y realizar las
observaciones de lugar conjuntamente con los resultados obtenidos.
Será descriptiva, porque s0065 pretende describir los tratamientos de control de las
operaciones utilizados por la institución.
Metodología de Investigación
Los métodos que se estarán utilizando en esta investigación serán:
Método analítico, ya que se estará descomponiendo el modelo actual de
los controles que posee la empresa, para poder observar cada una de las
partes o elementos de forma lógica.
Método Descriptivo que nos ayudara a identificar las características
fundamentales, utilizando criterios que pongan de manifiesto el
comportamiento de las informaciones obtenidas.
método de la observación que nos permitirá ver mediante la percepción
directa de la empresa estudiada.
5
Técnicas de Investigación
Las Técnicas de recolección de información a utilizar para esta investigación
serán las siguientes:
Entrevista: que nos permitirá interactuar con el personal de la empresa.
Encuesta: para recolectar datos y visualizar la opinión de los empleados
acerca del objeto de estudio.
Observación: de la ejecución de las operaciones de la empresa por parte
del empleado.
Revisión de documentos: para verificar los registros hechos por la
empresa.
Objetivo específicos
1. Analizar los procesos administrativos y contables de la empresa, para
determinar los riesgos implicados en dichos procesos.
2. Diseñar procedimientos y actividades de control para mitigar los riesgos que
pueda enfrentar la empresa.
3. Analizar los Riesgos asociados a las actividades de Asesoría e intermediación
de Seguros.
4. Identificar políticas, procedimientos y controles internos que impulsen el
cumplimiento de los requerimientos legales establecidos en la legislación
vigente, en cuanto a identificación y conocimiento del cliente, reporte de
operaciones sospechosas y mantenimiento de registros, etc.
CAPITULO I
GENERALIDADES DE LA LEY 155-7 CONTRA LAVADO
DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
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1.1 Aspectos Generales de la Ley 155-17
1.1.1 Antecedentes Históricos de la ley
El 26 de abril del año 2002 fue promulgada la ley 72-02 sobre Lavado de Activos,
proveniente del tráfico ilícito de drogas, que hasta el momento de la
promulgación de la nueva ley que la sustituye, ha tenido un tiempo de vigencia
de aproximadamente 15 años y un mes, ley con la cual se combatió durante
todo ese periodo las actividades ilícitas de lavados de activos, que tenían como
ilícito principal las transacciones de drogas.
A partir de la entrada en vigencia de la nueva ley 155-17 que sustituye la 72-02,
solo quedarán vigentes de la misma los artículos 14, 15, 16, 17 y 33, modificado
por la ley 196-11 del 3 de agosto del 2011, es decir, estos artículos de la vieja
ley 72-02 solo estarán en vigencia hasta tanto se dicte la ley sobre
administración y disposiciones de bienes incautados, decomisados y
abandonados, previstos por el articulo 51 numeral 6 de la Constitución de la
República.
También fue derogada de manera total la ley 480-08, del 12 de diciembre del
2008, de zonas financieras internacionales en la República Dominicana,
conforme a lo previsto en el capítulo XI en la Primera de las disposiciones finales
de la ley 155-17.
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1.1.2 Inicio de la ley 155-17 Contra Lavado de Activo y el
Financiamiento del Terrorismo
La ley 155-17 fue promulgada el 31 de mayo del 2017, con el título “Lavado de
Activos y el Financiamiento del Terrorismo”, por el Poder Ejecutivo de la República
Dominicana, entrando en vigencia de manera inmediata.
Aunque quedaron en vigencia de manera temporal algunas excepciones de la ley
71-02, la ley inicio su aplicación por todo el territorio Nacional, por esto es algo
imprescindible el análisis de la misma.
1.1.3 Objetivo de la Ley 155-17
El objeto es establecer los actos que tipifican el lavado de activos, las infracciones
precedentes o determinantes, así como sus sanciones penables que le resultan
aplicables. Las técnicas y mecanismos de investigación y medidas cautelares
aplicables. De este modo busca proteger las instituciones y la economía mediante
el establecimiento de una organización institucional la cual estará orientada a evitar
que el sistema económico nacional sea utilizado como LA/FT y el financiamiento de
la proliferación de armas de destrucción masiva.1
1 Ley 155. (2017). Ley contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
8
1.2 Definiciones
Se refiere a un conjunto de conceptos establecidos en el capítulo I, donde se
definen aproximadamente 26 términos imprescindibles para la aplicación de la ley,
siendo los más importantes para este trabajo de investigación los siguientes:
Activos:
La ley reconoce los activos como títulos, billetes o bienes de todo tipo, tales como,
pero sin limitarse a, bienes muebles e inmuebles, tangibles o intangibles, recursos
naturales, como quiera que hayan sido adquiridos, los documentos legales o
instrumentos en cualquier forma, incluyendo electrónica o digital, que evidencien la
titularidad de, o la participación en tales fondos u otros bienes.
“El activo está constituida por los recursos con que cuenta: dinero en bancos, en
caja, títulos y valores, mercaderías, muebles y equipos, inmuebles , créditos a favor,
facturas por cobrar, e intangibles como patentes ,marcas ,regalías, etc. (Rojas)2”
“Se resume todos los bienes derechos y valores adquiridos por la empresa, así
como los desembolsos relacionados con la investigación, exploración, desarrollo,
etc. que deberán ser absorbidos como gasto en ejercicio posteriores. (Zeballos)3”
En ese sentido entendemos que los activos son todos aquellos bienes tangibles o
intangibles que posee una empresa con intención de generar ingresos.
2 http://www.monografias.com/trabajos70/contabilidad-general/contabilidad-general2.shtml 3 http://www.monografias.com/trabajos70/contabilidad-general/contabilidad-general2.shtml
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Lavados de Activos:
Según la ley es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y
organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a los bienes o activo
ilícito provenientes de los delitos señalados contemplados en la referida ley, con la
intención de ser introducidos en la economía como activos provenientes de
actividades licitas para así darle una apariencia de legalidad.
“Proceso dinámico en tres fases que requiere: en primer lugar, alejar los fondos de
toda asociación directa con el delito; en segundo lugar, disfrazar o eliminar todo
rastro; y, en tercer lugar, devolver el dinero al delincuente una vez ocultados su
origen geográfico y ocupacional. (Blum, Levi, Naylor, & Williams, 1998)4”
Sujetos Obligados:
Se refiere a las personas físicas o jurídicas que, en virtud de la ley, están obligadas
al cumplimiento de obligaciones destinadas a prevenir, detectar, evaluar, y mitigar
el riesgo de lavado de activos y la financiación del terrorismo y otras medidas para
la prevención de la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Se dividen en dos grupos, los sujetos obligados financieros y sujetos obligados no
financieros, entre ellos están:
4 Código Penal, Pag.1160
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Sujetos Obligados Financieros:
o Las entidades de intermediación financiera.
o Los intermediarios de valores, es decir, las personas que realicen
operaciones de corretaje o intermediación de títulos o valores, de
inversiones y de ventas a futuro.
o Las personas que intermedien en el canje, cambio de divisas y la remesa
de divisas.
o Banco Central de la República Dominicana.
o Personas jurídicas que se encuentren facultadas o licenciadas para fungir
como fiduciarias.
o Asociaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito.
o Compañías de Seguros, de Reaseguro y corredores de seguro.
o Sociedades Administradoras de Fondos de inversión.
o Sociedades titularizadoras.
o Puestos de bolsa e intermediarios de valores.
o Depósito centralizado de valores.
o Emisores de valores de oferta pública que se reserven la colocación
primaria.
Sujetos Obligados No Financieros:
o Los casinos de juego, juego de azar, bancas de lotería o apuestas y
concesionarios de lotería y juego de azar.
o Empresas de factoraje.
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o Agentes inmobiliarios cuando estos se involucran en transacciones para
sus clientes concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios.
o Comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas.
o Los abogados, notarios, contadores, y otros profesionales jurídicos,
cuando se disponen a realizar transacciones o realizan transacciones
para sus clientes, sobre las siguientes actividades:
a) Compra, venta o remodelación de inmuebles, Administración del
dinero, valores u otros bienes del cliente.
b) Administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores.
c) Organización de contribuciones para la creación, operación o
administración de empresas.
d) Creación, operación o administración de personas jurídicas u otras
estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.
e) La constitución de personas jurídicas, su modificación patrimonial, por
motivo de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión,
así como la compra venta de acciones y partes sociales.
f) Actuación como agente de creación de personas jurídicas.
g) Actuación (o arreglo para que otra persona actúe) como director o
apoderado de una sociedad mercantil, un socio de una sociedad o
una posición similar con relación a otras personas jurídicas.
h) Provisión de un domicilio registrado, domicilio comercial o espacio
físico, domicilio postal o administrativo para una sociedad mercantil,
sociedad o cualquier otra persona jurídica o estructura jurídica.
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i) Actuación o arreglo para que una persona actúe como un accionista
nominal para otra persona.
o Las empresas o personas físicas que de forma habitual se dediquen a la
compra y venta de vehículos, de armas de fuego, barcos y aviones,
vehículos de motor.
o Casas de empeños.
o Empresas constructoras.
Operación Sospechosa
Según lo establecido en la ley 155-17, son aquellas transacciones efectuadas o no,
complejas, insólitas y significativas, así como todos los patrones de transacciones
no habituales o transacciones no significativas pero periódicas, que no tengan un
fundamento económico legal o evidente o que generen una sospecha de estar
involucrados en el lavado de activos, algún ilícito precedente o en el financiamiento
del terrorismo.
Infracciones Precedentes o Determinantes:
Son aquellas infracciones que generan los bienes o activos susceptibles de lavado,
y que por demás se consideran como delitos precedentes o determinantes, es decir,
esas infracciones contempladas en el literal 11, siempre deberán ser consideradas
como el punto de partida para que pueda configurarse la infracción de lavado de
activos, por esa razón se consideran precedentes o determinantes. Entre estas
están: el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas, falsificación de moneda,
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valores o títulos, estafa al Estado, delito tributario, piratería de productos,
enriquecimiento no injustificado, falsificación de documentos públicos, entre otros.
De esta forma se consideran infracciones precedentes o determinantes a todas
infracciones graves, sancionadas con una pena punible no menor de tres (3) años.
Infracciones Graves
Son aquellas infracciones que, por su acentuado grado de daño personal o social,
conlleva una pena imponible no menor de tres años de prisión y que además genera
recursos ilícitos susceptibles de lavado de activos
1.3 Infracciones propias de la Ley 155-17
Las infracciones penales son aquellas violaciones a la ley 155-17 y abarcan una
serie de hechos y personas que deben evitar ser sancionados, entre esos hechos
y conductas sancionadas por la ley están:
Lavado de Activo:
1. Las personas que conviertan, transfiera o transporte bienes, a sabiendas de que
son el producto de cualquiera de los delitos precedentes, con el propósito de
ocultar, disimular o encubrir la naturaleza, el origen, la localización, la
disposición, el movimiento o la propiedad real de los bienes o derechos sobre
los bienes, será sancionada con una pena de 10 a 20 años de prisión mayor, y
multas de 200 a 400 salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos,
14
valores, instrumentos y derechos sobre ellos, así como la inhabilitación
permanente para desempeñar funciones, prestar servicios, o ser contratados
por entidades financieras, participante del mercado de valores y entidades
públicas.
2. La persona que oculte, disimule, o encubra la naturaleza, el origen, la
localización, la disposición, el movimiento o la propiedad real de bienes o
derechos sobre bienes, a sabiendas de que dichos bienes provienen de
cualquiera de los delitos precedentes, será sancionada con una pena de diez a
veinte años de prisión mayor, multa de doscientos a cuatrocientos salarios
mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores, instrumentos y
derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un período de diez
años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser contratado por
entidades de intermediación financiera, participantes del mercado de valores, y
entidades públicas.
3. La persona que adquiera, posea, administre o utilice bienes, a sabiendas de que
proceden de cualquiera de los delitos precedentes, será sancionado con una
pena de diez a veinte años de prisión mayor, multa de doscientos a
cuatrocientos salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores,
instrumentos y derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un
período de diez años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser
15
contratados por entidades de intermediación financieras, participantes del
mercado de valores, y entidades públicas.
4. La persona que asista, asesore, ayude, facilite, incite o colabore con personas
que estén implicadas en lavado de activos para eludir la persecución,
sometimiento o condenaciones penales, será sancionada con una pena de
cuatro a diez años de prisión mayor, multa de doscientos a cuatrocientos
salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores, instrumentos
y derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un período de
diez años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser contratados por
entidades de intermediación financieras, participantes del mercado de valores,
y entidades públicas.
5. La participación, en calidad de cómplice, en alguna de las actividades
mencionadas en los numerales anteriores, la asociación para cometer este tipo
de actos, las tentativas de perpetrarlas y el hecho de ayudar a su comisión con
una prestación esencial para realizarlas o facilitar su ejecución, será sancionado
con una pena de cuatro a diez años de prisión mayor, multa de cien a doscientos
salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes, valores, instrumentos y
derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un período de diez
años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser contratados por
entidades de intermediación financieras, participantes del mercado de valores,
y entidades públicas.
16
1.4 Infracciones Penales Asociadas al Lavado de Activos.
Están previstas y contempladas en la ley, y son las siguientes:
1. El empleado, ejecutivo, funcionario, director u otro representante autorizado de
los sujetos obligados que, actuando como tales, no cumplan de manera
intencional con las obligaciones de información o reporte establecidas en esta
ley, será sancionado con una pena de tres a cinco años de prisión mayor, multa
de cien a doscientos salarios mínimos e inhabilitación permanente para
desempeñar funciones, prestar asesoría o ser contratado por entidades públicas
o entidades de intermediación financieras, y participantes del mercado de
valores.
2. El empleado, ejecutivo, funcionario, director u otro representante autorizado de
los sujetos obligados que falsee, adultere, destruya u oculte los documentos,
registros o informes establecidos en esta ley, será sancionado con una pena de
dos a cinco años de prisión mayor, multa de doscientos a cuatrocientos salarios
mínimos e inhabilitación permanente para desempeñar funciones, prestar
asesoría o ser contratados por entidades públicas o entidades de intermediación
financiera, y participantes del mercado de valores.
3. El empleado, ejecutivo, funcionario, director u otro representante autorizado de
los sujetos obligados que revele a sus clientes, proveedores, usuarios o terceros
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no autorizados por la ley, los reportes de operaciones sospechosas u otra
información relacionada entregada a la Unidad de Análisis Financiero, será
sancionado con una pena de dos a cinco años de prisión mayor, multa de
doscientos a cuatrocientos salarios mínimos e inhabilitación permanente para
desempeñar funciones, prestar asesoría o ser contratado por entidades públicas
o entidades de intermediación financiera, y participantes del mercado de valores.
4. El servidor público que, en razón de su función, reciba información de los sujetos
obligados o de la Unidad de Análisis Financiero, y lo divulgue públicamente o a
terceros no autorizados por la ley, será sancionado con una pena de prisión de
dos a tres años de prisión mayor, multa de veinte a cuarenta salarios mínimo e
inhabilitación temporal de cinco años para desempeñar funciones, prestar
asesoría o ser contratado por entidades públicas o entidades de intermediación
financiera, y participantes del mercado de valores.
5. El funcionario público titular de una autoridad competente para la supervisión y
fiscalización del cumplimiento por los sujetos obligados de las obligaciones
puestas a su cargo en esta ley que, por omisión o a sabiendas de la falta grave
incurrida por un sujeto obligado, no inicie o impida que se inicie el procedimiento
administrativo sancionador en el plazo establecido en el reglamento de esta ley,
será sancionado con una pena de dos a tres años de prisión, multa de cuarenta
a sesenta salarios mínimos e inhabilitación permanente para desempeñar
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funciones, prestar asesoría o ser contratado por entidades públicas o entidades
de intermediación financiera, y participantes del mercado de valores.
6. Cárcel Para Fiscales y Policías: El miembro del Ministerio Público, así como el
personal de los organismos investigativos, que al margen de la ley disponga de
bienes o fondos incautados o lo retengan para su uso personal o de terceros,
sin que estos bienes le hayan sido temporalmente asignados por escrito por el
Ministerio Público para su conservación, serán sancionados con prisión mayor
de 2 a 5 años y una multa de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos. Con
iguales penas serán sancionados los encargados de custodiar y administrar los
bienes incautados que hagan un uso personal o en beneficios de terceros, o que
los destinen a una finalidad distinta a la establecida en esta ley.
7. La persona que falsamente alegue tener derecho, a título personal, en
representación o por cuenta de un tercero, de un bien derivado del lavado de
activos con el objeto de impedir su incautación o decomiso, será sancionada con
una pena de prisión de tres a cinco años, multa de cien a doscientos salarios
mínimos, y el decomiso de los bienes reclamados como propios.
8. El que simule la identidad de otra persona o quien utilice la identidad de otra
persona para lograr cualquier transacción con activos, bienes, o instrumentos,
sean éstos productos de una infracción grave será sancionada con una pena de
tres a seis años de prisión, y con una multa de doscientos a cuatrocientos
salarios mínimos, y con el decomiso de todos los activos o bienes involucrados,
19
instrumentos y derechos sobre ellos. Cuando la simulación o uso indebido de la
identidad de otro se acompañe de alguna manipulación a través de documentos
públicos o privados, medios electrónicos o artificio semejante, o se consiga la
transferencia de cualquier activo o bien, se castigará con una pena de cinco a
diez años de prisión, multa de cien a doscientos salarios mínimos y el decomiso
de todos los bienes involucrados en las operaciones de simulación.
9. La persona física que preste su nombre para adquirir activos o bienes producto
de una infracción grave, así como de las infracciones tipificadas en esta Ley,
será sancionada con una pena de tres a seis años de prisión, y con una multa
de cien a doscientos salarios mínimos, y con el decomiso de todos los activos o
bienes ilícitos, instrumentos y derechos sobre ellos.
10. La persona jurídica que preste su nombre para adquirir activos o bienes producto
de una infracción grave y de aquellas infracciones tipificadas en esta Ley será
sancionada con la disolución, y con una multa de cuatrocientos a seiscientos
salarios mínimos, y con el decomiso de todos los activos o bienes ilícitos,
instrumentos y derechos sobre ellos.
11. Cárcel Para Notarios: Los notarios públicos, registradores públicos, incluyendo
los registradores mercantiles, que sin constancia fehaciente del medio de pago
participe, instrumente o registre cualquiera de las operaciones en efectivo
prohibidas en esta ley, serán sancionados con una pena de seis meses a un año
20
de prisión menor. En el caso de los notarios públicos se le revocará su
investidura como oficial público.
12. La persona, nacional o extranjera, que al ingresar o salir del territorio nacional,
por vía aérea, marítima o terrestre, portando dinero o títulos valores al portador
o que envíe los mismos por correo público o privado, cuyo monto exceda la
cantidad de diez mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América
(US$10,000.00), o su equivalente en moneda nacional u otra moneda extranjera,
y no lo declare o declare falsamente su cantidad, será sancionada con una pena
de seis meses a un año de prisión menor, el decomiso del dinero o los títulos
valores no declarados o falsamente declarados, así como multa de cuarenta a
sesenta salarios mínimos.
1.5 Circunstancias Agravantes en Caso de Lavado de Activos
Están previstas y contempladas en el capítulo III, articulo 9 de la ley, y consisten
en aquellas circunstancias que agravan las infracciones de lavado de activos y
que provocan que le sea aplicada el máximo de la pena, estas circunstancias
son:
1. La participación de grupos criminales organizados.
2. El hecho de haber cometido el delito en asociación de dos o más personas.
21
3. Cuando el agente autor del delito hubiese ingresado al territorio nacional con
artificios o engaños o sin autorización legal, sin perjuicio del conjunto de
delitos que puedan presentarse.
4. Cuando el que comete el delito ostenta un cargo público o fuese funcionario
o servidor público.
5. Cuando el que comete el delito es director, funcionario o empleado de un
Sujeto Obligado.
1.6 Tipicidad Subjetiva
Está prevista y contemplada en el capítulo III, articulo 7 de la ley 155-17 y
consiste en el conocimiento, dolo, intención o la finalidad requerida como
elemento subjetivo de cualquieras de las infracciones de lavado de activo y de
financiamiento de terrorismo, prevista en esta ley, que podrán inferirse de las
circunstancias objetivas de caso. En la determinación de este tipo penal
subjetivo, resultarán equivalentes el conocimiento, el dolo, la obligación de
conocer y la ignorancia deliberada
1.7 Responsabilidad de las Personas Jurídicas
Está contemplada en el capítulo III, articulo 8 de la ley 155-17, que establece
que cuando una infracción penal de la prevista en esta ley, resulta imputable a
una persona jurídica con independencia de la responsabilidad penal de los
propietarios, directores, gerentes, administradores o empleados, la sociedad
22
comercial o empresa individual, será sancionada con cualquiera o todas las
siguientes penas:
1. Multa con un valor no menor de dos mil salarios mínimos o hasta el valor de
los bienes lavados por dicha persona jurídica.
2. Clausura definitiva de locales o establecimientos.
3. Prohibición de realizar en el futuro actividades de la clase de aquellas en
cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito.
4. Cancelación de licencias, derechos y otras autorizaciones administrativas;
5. Disolución de la persona jurídica.
6. Las reincidencias.
7. El empleo de menores para facilitar la ejecución del delito y el uso de
instituciones educativas a los mismos fines.
1.8 Tentativa en la ley 155-17
El capítulo III, artículo 11, establece que en todos los casos de infracciones
previstas en la Ley 155-17, la tentativa será castigada como la infracción misma.
En caso de que como consecuencia de la tentativa de la comisión de unas de
las infracciones prevista en la ley o en una de las leyes especiales, los autores
o cómplices generaran algún bien o derecho, son susceptibles a ser
perseguidos por lavado de activos.
23
1.9 Reporte de Obligaciones Sospechosas
Está contemplado en el artículo 55 de la ley 155-17, consisten en comunicar por
parte de los sujetos obligados a la Unidad de Análisis Financieros (UAF) dentro
de los 5 días hábiles de la operación considerada sospechosa.
1.10 Transacciones Múltiples en Efectivo
Está contemplada en el artículo 54 de la ley 155-17, y consisten en aquellas
operaciones realizadas en efectivo en una misma entidad que en su conjunto
sea igual o superior a QUINCE MIL DOLARES (US$15,000.00), aun cuando se
realicen en diferentes depósitos que deben ser consideradas como una sola
transacción si son realizadas en beneficios de la misma persona física, y dentro
del periodo de 24 horas, debiendo ser reportada a la UAF.
24
2.1. Antecedentes
La empresa Mckenzie & Asociados fue fundada el 6 de octubre de 2006, como
sociedad anónima conforme a las leyes en ese periodo con una participación de 7
accionistas. Se inicia basada en la experiencia en el marcado asegurador del Sr.
Eduardo Mckenzie, quien fue ejecutivo de 2 de las aseguradoras más importante
del mercado y decidió emprender este proyecto.
En el año 2008 con la ley de Organización de compañía la empresa se transformó
en empresa de Responsabilidad Limitada (SRL) siendo, con 2 socios, siendo el
principal Eduardo Mckenzie5.
2.2 Filosofía de la empresa
Mckenzie & Asociados, provee al mercado asegurador dominicano soluciones
integrales, competitivas y específicas para cada una de las necesidades de sus
clientes, sus propiedades y su patrimonio, bajo los más altos estándares de calidad
y servicio.
2.1.1 Misión
Ofrecer a nuestros clientes y relacionados productos y servicios con soluciones
integrales en seguros personales y empresariales.
5 Manual de la Empresa
25
2.2.2. Visión
Ser la oficina de corretaje de referencia del mercado asegurador dominicano.
2.2.3. Valores
Los siguientes principios guían su actividad diaria para beneficio de los clientes,
relacionados, y para la sociedad dominicana en general.
Independencia
Responsabilidad Social
Actuamos apegados a la ética
Alta calidad en el servicio a los clientes
Vocación de liderazgo
2.3. Estructura Organizacional
A continuación, se presenta la estructura organizacional acorde con la situación
Actual de la empresa, así como la descripción de sus puestos.
26
2.3.1. Organigrama
2.3.2. Descripción de Puesto
Presidencia
Es la encargada de trazar, conjuntamente las normas y políticas que rigen el
funcionamiento de la organización, velando permanentemente por el cumplimiento
de la visión y misión establecidas por la empresa. También gestiona mejores
condiciones en el mercado para los clientes, procurando siempre la óptima relación
de costo –cobertura.
Presidencia
Gerente Administrativo
y Financiero
Departamento de Seguros
empresariales
Departamento de Seguros de
Personas
Departamentode Cobros
Area Tecnica
Gerente General
27
Gerente General
Se encarga del diseño de los programas de seguros, establecimiento de las
políticas de suscripción y seguimiento y control de dichas políticas. Es el encargado
de brindar apoyo a la gestión comercial y técnica de la empresa.
Gerente Administrativo y Financiero
El Gerente Administrativo y Financiero es el que se encarga de asistir al presidente
en las funciones administrativas y de recursos humanos. También Maneja el
sistema contable y de control interno que permita preparar, presentar y evaluar la
situación financiera, sus resultados operativos y nivel de liquidez y a su vez es el
responsable de todas las transferencias electrónicas, con entidades reguladas o
clientes.
Departamento de Seguros Empresariales:
Esta área se encarga del diseño de los programas de seguros empresariales,
establecimiento de las políticas de suscripción y seguimiento y control de dichas
políticas. Brinda apoyo a la gestión comercial y técnica de la compañía,
maximizando la calidad y el nivel de servicios a los clientes con el fin de logar el
correcto desempeño de sus funciones. También gestiona mejores condiciones en
el mercado para los clientes, procurando siempre la óptima relación costo-
Cobertura.
28
Departamento de Seguro de Personas.
Este departamento tiene como principal función segura la atención de todo cliente
que visite o contacte la empresa para solicitar información de los seguros de
personas, cotizaciones, renovaciones, emisiones o modificaciones de pólizas. Así
como el procesamiento de las transacciones relativas a las pólizas.
Además, se encarga de preparar y asistir a los clientes con las solicitudes de pólizas
de acuerdo a los lineamientos establecidos por ramo y remitirlos a las aseguradoras
y/o ARS, también Coordinar con las aseguradoras y/o ARS las evaluaciones
médicas de los clientes que así lo requieran según sus procedimientos.
Funciones en coordinación directa con la Administración
Tanto el departamento de seguros de personas como el departamento seguro
empresariales, tienen funciones en coordinación directa con administración, que
son las siguientes:
o Atención de clientes con casos relativos a reclamaciones nuevas o
existentes.
o Dar seguimiento a mantener comunicación directa con los clientes hasta el
cierre de sus reclamaciones.
o Mantener comunicación directa con los Prestadores de Servicio cuando el
caso así lo requiera.
o Dar seguimiento y mantener comunicación directa con las aseguradoras y/o
ARS hasta el pago de los reembolsos a clientes.
29
o Cualquier otra función que le sea asignada por su superior inmediato en el
ámbito de sus funciones.
o Otras tareas no especificadas.
Área Técnica
Se encarga de asegurar y asistir de todo cliente que visite o contacte la empresa
para solicitar información de los seguros generales, cotizaciones, renovaciones,
emisiones o modificaciones de pólizas. Así como el procesamiento de las
transacciones relativas a las pólizas.
Además, debe cumplir con las siguientes Funciones:
o Atención de clientes con casos relativos a reclamaciones nuevas o
existentes.
o Dar seguimiento a mantener comunicación directa con los clientes hasta el
cierre de sus reclamaciones.
o Mantener comunicación directa con los Prestadores de Servicio cuando el
caso así lo requiera.
o Dar seguimiento y mantener comunicación directa con las aseguradoras y/o
ARS hasta el pago de los reembolsos a clientes.
o Cualquier otra función que le sea asignada por su superior inmediato en el
ámbito de sus funciones.
o Otras tareas no especificadas.
30
Departamento de Cobros
Realizar el cobro de prima oportuno de todos los clientes en el tiempo establecido
por ley y/o los acuerdos de pagos entre las aseguradoras y los clientes.
2.4. Servicios que Ofrece
La empresa cuenta con una amplia gama de productos y servicios para la cobertura
de sus riesgos, adaptados a cada necesidad y actividad de sus clientes.
Seguros Personales
a. Automóvil
b. Hogar
c. Vida Individual y Familiar
d. Accidentes Personales
e. Viajes
f. Enfermedades Graves
Seguros Empresariales
a. Automóvil Flotilla
b. Incendio y Líneas Aliadas
c. Eventos de la Naturaleza (Huracán, Terremoto, Etc.)
d. Responsabilidad Civil General
e. Transporte Mercancías Aéreo y Marítimo
f. Casco Marítimo y Aéreo
31
g. Transporte Mercancías Terrestre
h. Fianzas
i. Maquinarias y Equipos Electrónicos
j. Todo Riesgo Construcción
k. Vida Colectiva
l. Todo Riesgo Propiedades
m. Todo Riesgo Montaje
n. Resp. Civil Medica
2.5 Riesgos asociados a la actividad comercial
El riesgo empresarial se puede definir como un evento o circunstancia el cual puede
tener un impacto negativo en la empresa este a su vez se divide en dos. Riesgos
externos es todo aquello proveniente del entorno y que influye directa o
indirectamente en la marcha de la empresa, lo que puede convertirse en amenazas
reales para la misma.
Mientras que los riesgos internos dependen de la gestión que se realiza dentro de
la propia empresa a nivel general, como de cada uno de sus departamentos.
Entre los riesgos cabe destacar:
Clientes que realizan constante operaciones en efectivo.
Intención de vinculación de varios asegurados con el mismo bien asegurado.
Solicitante de seguros que se encuentren en las listas restrictivas.
32
Empresas constituidas con bajos capitales, luego reciben grandes sumas de
inversión extranjera.
Clientes con actividades catalogadas Independiente y que manejan grandes
sumas de dinero.
Expedientes de Clientes
Solicitudes de pólizas diligenciadas indebidamente.
Firmas irregulares de clientes.
Falta de recaudos.
Existe constancia de comunicación enviada a los intermediarios para
subsanar debilidades, sin respuesta.
Copias de las cédulas de identidad ilegibles.
Números de teléfonos para ubicar a clientes, corresponden al intermediario.
Expedientes de Intermediarios
Formularios con poca información.
Credenciales desactualizadas.
Cedulas de identidad vencida.
No existen constancia de capacitación en materia de Prevención de Lavado
de activos y FT.
33
2.6. Análisis F.O.D.A.
Trayectoria en el Mercado
Asegurador
Atención al cliente.
Experiencia empresarial y
gerencial.
Planes de Inversión a futuro.
Solidez financiera
Fortalezas
Acceso a la información
virtual
Calidad en el Servicio
Mayor número de productos
para invertir.
Oportunidades
Limitado manejo de las
herramientas web en cuanto
a la actualización y
diversificación de
información de los mismos.
Falta de imagen a nivel
nacional
Debilidades
Medios de Seguridad poco
confiables
Nuevas leyes y normas
Credibilidad de los Clientes
Aumento de la
Competencia
Amenazas
Figura 1: FODA
Fuente:
https://www.youtube.com/watch?v=UaulMgpZx0k&ab_channel=E
lT%C3%ADoTech
34
3.1. Métodos de investigación
En el desarrollo de todo este trabajo se utilizaron los métodos de la investigación
descriptiva y la investigación de campo:
a) Método descriptivo: fue utilizado para el desarrollo, recopilación y la
presentación de los datos necesarios al proceso de selección del
personal que participo en la encuesta.
b) Método Analítico: se aplicó para descomponer el modelo actual en la que
se maneja la empresa para le prevención de lavado de activo y para
poder observar cada una de sus partes o elementos de forma lógica.
c) Método de observación: se utilizó para determinar la situación actual de
la empresa estudiada.
d) Método comparativo: aplicado para establecer las diferencias que existen
entre los procesos de aplicación tradicional y el que se quiere establecer.
3.2 Técnicas e Instrumentos
1. Antevista: fueron dirigidas al personal administrativo (supervisor, gerentes,
técnicos, etc..) con los datos recopilados se obtuvo información de primer
orden y una visión clara de la situación actual en que se encuentra la
empresa respecto al tema de estudio.
2. Encuesta: se utilizaron para conocer y recoger información sobre las
actividades, motivaciones y opiniones de los empleados operativos tienen
con relación al tema de la investigación.
35
3.3 Fuentes para la recolección de la información
Para el desarrollo de la investigación se utilizaron fuentes primarias y secundarias:
Primarias:
Fueron aquellas que proveyeron un testimonio o evidencia directa sobre el tema
directo de investigación. Las fuentes primarias fueron escritas durante el tiempo
que se estuvo estudiando o por la persona directamente envuelta en el evento.
Se utilizaron las fuentes primarias los siguientes medios:
Apuntes de investigaciones suministradas por la misma empresa, como lo
son las páginas web y brochures.
Documentos originales, como lo son: Historia de la empresa y cantidad de
capacitaciones ofrecidas en años anteriores.
Entrevistas a los supervisores, directores y empleados.
Secundarias:
Las fuentes secundarias fueron textos basados en fuentes primarias, que implican
generalización, análisis, síntesis, interpretación o evaluación.
En este trabajo de investigación se utilizaron como fuentes secundarias revistas,
libros y páginas web.
36
3.4. Población y Muestra
La población objeto de estudio para esta investigación estará constituida por los
empleados de la empresa McKenzie SRL.
Esta investigación se llevó a cabo a partir de una encuesta, la cual consta de
preguntas cerradas, estudiadas y seleccionadas previamente, donde el encuestado
proporciona una respuesta afirmativa o negativa.
3.5 Recopilación y análisis de datos
Para obtener los resultados y poder brindarle a la empresa las mejores
recomendaciones, se realizó una encuesta a diecinueve (19) preguntas a una
muestra de 10 empleados de los distintos departamentos de seguro de persona y
seguro empresariales, el resultado de cada una es el siguiente:
37
Pregunta No.1
¿La empresa cuenta con un programa de Prevención y control de Lavado de
Activos?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
Como resultado se manifiesta que el 50% de los empleados de la empresa
McKenzie SRL, conocen la existencia de un programa de Prevención y control de
Lavado de Activos mientras que la otra mitad lo desconoce. Esta falta de
conocimiento requiere una capacitación y aplicación del mismo en las operaciones.
50%50%
RESULTADO
SI NO
38
Pregunta No.2
¿El Programa de Prevención y Lavado de activo está aprobado por la alta
dirección de la empresa?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
En la Tabla no. 2 demuestra el 50% de los empleados están de acuerdo que El
Programa de Prevención y Lavado de activo está aprobado por la alta dirección de
la empresa, mientras que la otra parte desconoce esta información.
50%50%
RESULTADO
SI NO
39
Pregunta No.3
¿El programa de prevención y control de lavado de activo está diseñado
atendiendo a la nueva Ley de Lavado de Activo?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
Se observa que el 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL afirma que
el programa de prevención y control de lavado de activo está diseñado atendiendo
a la nueva Ley de Lavado de Activo.
50%50%
RESULTADO
SI NO
40
Pregunta No.4
¿Cuenta la empresa con políticas y procedimientos para prevenir, detectar y
reputar transacciones sospechosas?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
El 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL conoce las políticas y
procedimientos para prevenir, detectar y reputar transacciones sospechosas.
50%50%
RESULTADO
NO SI
41
Pregunta No.5
¿Cuenta la institución con un departamento de auditoria interna o de
revisión externa que evalúe regularmente las prácticas y políticas de
prevención y detención de lavado de activos?
Variable Frecuencia %
Si 2 20%
No 8 80%
Total 10 100%
La Tabla no. 5 muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie SRL,
concuerda en que la empresa no cuenta con un departamento de auditoria o de
revisión externa que evalúe regularmente las prácticas y políticas de prevención y
detención de lavado de activos, lo que establece la necesidad de establecer un
departamento para asegurar el buen funcionamiento de las operaciones y control
interno.
80%20%
RESULTADO
NO SI
42
Pregunta no. 6
¿La empresa realiza investigaciones para detectar la verdadera identidad del
cliente y los beneficios?
Variable Frecuencia %
Si 6 60%
No 4 40%
Total 10 100%
Podemos observar que el 60% de los empleados de la empresa McKenzie SRL
afirma que realizan investigaciones para detectar la verdadera identidad del cliente
y los beneficios.
60%
40%
RESULTADO
SI NO
43
Pregunta No.7
¿Aplica procedimientos adecuados para determinar el origen de los fondos
de los clientes?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
La Tabla no. 7 muestra que el 50% de los empleados de la empresa McKenzie
aplican procedimientos adecuados para determinar el origen de los fondos de los
clientes
50%50%
RESULTADO
SI NO
44
Pregunta No.8
¿Existe requisitos preestablecidos para contratar personas y/o compañías
que prestan servicios independientes?
Variable Frecuencia %
Si 8 80%
No 2 20%
Total 10 100%
En la Tabla no. 8 se muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie
SRL confirma la existencia de requisitos preestablecidos para contratar personas
y/o compañías que prestan servicios independientes.
72%
28%
RESULTADO
SI NO
45
Pregunta No.9
¿Mantiene un registro de las transacciones es en efectivo superiores a los
US$15,000 o su equivalente a monda nacional o cualquier otro tipo de
moneda?
Variable Frecuencia %
Si 4 40%
No 6 60%
Total 10 100%
Podemos observar que el 40% de los empleados de la empresa McKenzie SRL
confirma la existencia de un registro de las transacciones es en efectivo superiores
a los US$15,000 o su equivalente a monda nacional o cualquier otro tipo de
moneda, mientras que el 60% restante difiere.
40%
60%
RESULTADO
SI NO
46
Pregunta No.10
¿Remiten el reporte de los Formularios UAF-SEG-001 completados en el
mes, vía la Superintendencia de Seguros, en los primeros quince (15) días
del mes posterior a la UAF?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
En la Tabla no. 10 el 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL afirmo
remitir el reporte de los Formularios UAF-SEG-001 completados en el mes, vía la
Superintendencia de Seguros, en los primeros quince (15) días del mes posterior a
la UAF. El restante desconoce la acción.
50%50%
RESULTADO
SI NO
47
Pregunta No.11
¿Controlan que los formularios estén debidamente llenados y preparan el
envío al organismo oficial de control?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
.
En la Tabla no. 11 el 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL controlan
que los formularios estén debidamente llenados y preparan el envío al organismo
oficial de control.
50%50%
RESULTADO
SI NO
48
Pregunta No. 12
¿Revisan los volúmenes de depósitos y retiros en efectivo por día a los
clientes?
Variable Frecuencia %
Si 6 60%
No 4 40%
Total 10 100%
En la Tabla no. 12 muestra que el 60% de los empleados de la empresa McKenzie
SRL revisan los volúmenes de depósitos y retiros en efectivo por día a los clientes.
60%
40%
RESULTADO
SI NO
49
Pregunta No. 13
¿Cuenta la Entidad con un Sistema Tecnológico Preventivo al LA/FT que
facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por
negocios, servicios y productos?
Variable Frecuencia %
Si 1 10%
No 9 90%
Total 10 100%
En la Tabla no. 13 muestra como el 90% de los empleados de la empresa McKenzie
SRL concuerda en que la misma no cuenta con un Sistema Tecnológico Preventivo
al LA/FT que facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por
negocios, servicios y productos.
10%
90%
RESULTADO
SI NO
50
Pregunta no. 14
¿Conservan registros y archivos por clientes y la identificación de los
mismos por un período de diez (10) años?
Variable Frecuencia %
Si 8 80%
No 2 20%
Total 10 100%
La Tabla no. 14 muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie
SRL está de acuerdo en que se conservan registros y archivos por clientes y la
identificación de los mismos por un período de diez (10) años.
80%
20%
RESULTADO
SI NO
51
Pregunta No. 15
¿Mantiene estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en
razón de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas,
como forma de colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el
Financiamientos del Terrorismo?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
En la Tabla no. 15 muestra que el 50% de los empleados de la empresa McKenize
SRL mantiene estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en razón
de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas, como forma de
colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamientos del
Terrorismo.
50%50%
RESULTADO
SI NO
52
Pregunta No. 16
¿Mantiene un nivel de confidencialidad ante sus clientes por operaciones o
hechos realizados, que den al traste a investigaciones sobre posible
vinculación al Lavado de Activo?
Variable Frecuencia %
Si 8 80%
No 2 20%
Total 10 100%
En la Tabla no. 16 muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie
SRL mantiene un nivel de confidencialidad ante sus clientes por operaciones o
hechos realizados, que den al traste a investigaciones sobre posible vinculación al
Lavado de Activo.
80%
20%
RESULTADO
SI NO
53
Pregunta No. 17
¿Conocen los empleados las obligaciones y sanciones que impone la Ley, en
cuanto a la lucha contra el Lavado de Activos y Financiamientos del
Terrorismo?
Variable Frecuencia %
Si 6 60%
No 4 40%
Total 10 100%
En la Tabla no. 17 el 60% de los empleados de la empresa McKenzie SRL conocen
las obligaciones y sanciones que impone la Ley, en cuanto a la lucha contra el
Lavado de Activos y Financiamientos del Terrorismo.
60%
40%
RESULTADO
SI NO
54
Pregunta No. 18
¿La empresa capacita a su personal de manera regular la materia de Lavado
de Activos?
Variable Frecuencia %
Si 5 50%
No 5 50%
Total 10 100%
La Tabla no. 18 muestra que el 50% de los empleados de la empresa McKenzie
SRL están de acuerdo en que se les capacita de manera regular en materia de
Lavado de Activos.
72%
28%
RESULTADO
SI NO
55
Pregunta No. 19
¿Aplica la institución en esquema de evaluación de riesgos a los clientes y
sus transacciones?
Variable Frecuencia %
Si 6 60%
No 4 40%
Total 10 100%
En la Tabla no. 19 el 60% de los empleados de la empresa McKenzie SRL están
de acuerdo en que la institución aplica en esquema de evaluación de riesgos a los
clientes y sus transacciones.
60%
40%
RESULTADO
SI NO
CAPITULO IV
DISEÑO PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO BASADO EN
RIESGO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL
RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO
DEL TERRORISMO
56
MCKENZIE, ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS
Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención y Control del
Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
57
Resumen
El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza
para la estabilidad del sistema financiero de un país por su carácter global y por las
diferentes modalidades y redes utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal
circunstancia destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando esencial
el papel que para tal propósito deben desempeñar las compañías de seguros, las
cuales deben asumir el compromiso de cumplir adecuadamente las directivas y
normas relacionadas con la prevención del lavado de activos y del financiamiento
del terrorismo.
Hoy, una de las tareas más desafiantes para los empresarios es la de hacer
negocios con responsabilidad, con seguridad y ajustados a las normas legales. Por
esto, existe una clara necesidad de orientar o fortalecer su gestión empresarial con
herramientas que los ayude a combatir el LA/FT, y así evitar ser instrumento para
el ocultamiento, manejo, inversión y aprovechamiento, en cualquier forma, de
dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas, o para dar apariencia
de legalidad a las mismas o a las transacciones y fondos vinculados con tales
actividades; en este proceso se deben identificar los riesgos relevantes que
enfrentan sus empresas en la persecución del objetivo de no ser utilizadas
directamente o a través de sus operaciones como instrumentos de LA/FT y/o
canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.
58
En Mckenzie, Asesores y Corredores de Seguros hemos asumido enfrentar los
riesgos a los cuales estamos expuestos, y, por consiguiente, tomaremos todas las
medidas preventivas necesarias para protegerse de los mismos.
Objetivo
El presente documento tiene como objetivo principal establecer las políticas,
procedimientos e instancias de control para una adecuada administración de los
riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, que nos permita
prevenir, detectar y reportar a las autoridades competentes las transacciones que
puedan estar relacionadas con actividades de LA/FT.
En éste se establecen los lineamientos establecidos por Mckenzie, Asesores y
Corredores de Seguros para la prevención y control del LA/FT, con la finalidad de
evitar que la compañía sea utilizada en actividades tendientes a la legitimación de
activos provenientes de actividades delictivas, de lavado de dinero y el
financiamiento del terrorismo.
Objetivos Específicos
Desarrollar e implementar políticas, procedimientos y controles internos que
garanticen el cumplimiento de los requerimientos legales establecidos en la
legislación vigente, en cuanto a identificación y conocimiento del cliente,
reporte de operaciones sospechosas y mantenimiento de registros, etc.
59
Definir e implementar las políticas y los lineamientos que se deben seguir los
empleados para la prevención, detención y control de los riesgos
identificados, de con el fin de minimizar la posibilidad de que la compañía en
el desarrollo de sus operaciones, sea utilizada directa o indirectamente como
instrumento para llevar a cabo actividades ilícitas.
Garantizar y asegurar a nuestros clientes y relacionados nuestra decisión de
aplicar las mejores prácticas de prevención, en concordancia con las normas
establecidas.
Implementar políticas y procedimientos respecto del personal que aseguren
un alto grado de integridad y responsabilidad, así como su continua
capacitación y entrenamiento en prevención y detección de LA/FT.
Aplicar las políticas de debida diligencia del cliente necesarias que nos
permita conocer el beneficiario final de las transacciones y el origen de los
fondos.
Reportar oportunamente ante las autoridades competentes las
transacciones inusuales o sospechosas.
Ámbito de Aplicación
Las disposiciones contenidas en este manual son aplicables y de estricto
complimiento para todos los ejecutivos y empleados de la compañía.
60
I. Desarrollo del Programa de Cumplimiento para la
Prevención de Lavado de Activo y Financiamiento de
Terrorismo (LA/FT)
Órganos y responsabilidades de cumplimiento
La alta gerencia y los principales ejecutivos de la compañía son los responsables
de aplicar y monitorear el programa de cumplimiento y prevención del riesgo de
lavado de activos y financiación del terrorismo y efectuar su evaluación para
determinar fallas o debilidades de sus políticas y procedimientos y adoptar las
medidas adecuadas con el fin de corregir y mejorar oportunamente el proceso.
La alta gerencia será responsable de:
Aprobar el Programa de Cumplimiento
Aprobar las políticas, procedimientos, normas y controles establecidos en
el presente programa;
Aprobar el Código de Conducta y el Programa de Capacitación;
Supervisar las funciones del Oficial de Cumplimiento;
Conocer y aprobar los informes de auditorías;
Autorizar la remisión de los Reportes de Operaciones Sospechosas a la
UAF.
61
Los Empleados de la compañía son responsables de cumplir con las políticas
establecidas en el presente documento, así como de la correcta ejecución de los
procedimientos sobre prevención y detección de LA/FT establecidos, así mismo
estar alerta y reportar a su superior de manera interna y al Oficial de
Cumplimiento los reportes de actividades inusuales o sospechosas que detenten.
Todos y cada uno de los empleados de la compañía son responsables de evitar
que ésta sea utilizada para la LA/FT y demás situación proveniente de actividades
ilícitas y están obligados a reportar las situaciones sospechosas cuando tengan
conocimiento.
Oficial de Cumplimiento (Principios, Criterios de Selección, Funciones,
Composición, Reuniones de seguimiento, Actas de reuniones de cumplimientos).
El Oficial de Cumplimiento ocupará un nivel jerárquico superior a los del resto de
los empleados y tendrá capacidad decisoria, tendrá la responsabilidad de
administrar y supervisar todo lo relacionado con la prevención y el control de LA/FT.
El Oficial de Cumplimiento no podrá pertenecer a ninguna instancia de control
establecida en la compañía (comité de auditoría, etc.) ni a las áreas directamente
relacionadas con las actividades previstas en el objeto social principal.
62
Las funciones principales a ser desempeñadas por el Oficial de Cumplimiento
son:
● Vigilar el cumplimiento del programa, incluyendo los procedimientos de
detección oportuna y reporte de operaciones sospechosas.
● Identificar los factores de riesgo de LA/FT a que está expuesta la compañía
de acuerdo a lo establecido en el Programa de Cumplimiento e implementar
medidas de control adecuadas para mitigar los diferentes tipos y niveles de
riesgo identificados.
● Verificar el desarrollo e implementación de la metodología de identificación
y evaluación de riesgos.
● Servir de enlace con la Unidad Análisis Financiero (UAF) y el ente supervisor.
● Informar a la alta gerencia sobre los avances en la implementación y
desarrollo del programa.
● Analizar las operaciones inusuales detectadas reportadas, con la finalidad
de determinar las operaciones que podrían ser calificadas como
sospechosas.
● Elaborar y remitir a la Unidad Análisis Financiero, durante el periodo
establecido, los repostes de operaciones inusuales y sospechosas, previo
análisis de las mismas.
● Desarrollar y ejecutar el proceso de capacitación de los empleados en
relación a LA/FT.
● Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos generados
y suminístralos a la autoridad competente cuando sean requeridos.
63
● Establecer las acciones necesarias, para asegurar que el personal,
considerando las funciones específicas de cada uno de ellos, cuente con el
nivel de capacitación apropiado que le permita detectar operaciones
inusuales y sospechosas, así como para la adecuada difusión del Código de
Conducta y del presente Manual.
● Asegurar el correcto mantenimiento de los registros, reportes, así como de
los
● expedientes de los empleados y clientes.
Los criterios de selección del Oficial de Cumplimiento serán los siguientes:
Acreditación de conocimientos en materia de administración de riesgos y del
sector seguros.
Experiencia mínima de cinco (05) años en labores de seguimiento y control
de operaciones o cumplimiento normativo.
La designación del Oficial de Cumplimiento no dispensa a los empleados y
ejecutivos de la compañía de la obligación de asumir responsabilidades
sobre la prevención y detección del LA/FT.
Debida Diligencia.
Debida Diligencia de Clientes
Las políticas y procedimientos de debida diligencia para los clientes han sido
definidas procurando la identificación y monitoreo continuo, en especial los
que presentan un perfil alto de riesgo. Estas medidas tienen por objetivo
64
predecir con relativa seguridad los tipos de actividades que realizan nuestros
clientes, las cuales pueden ser potencialmente sospechosas.
Las medidas de debida diligencia respecto del cliente se adoptarán cuando:
Se inicien relaciones comerciales con la compañía.
Se realicen operaciones ocasionales por encima del umbral establecido.
Se tenga dudas sobre la autenticidad de la información proporcionada o se
descubran incongruencias en la información contenida en los documentos
de identificación obtenida.
Definición y Tipo de Clientes y/o Beneficiario Final
Para la ejecución del proceso de definición del tipo de cliente y/o beneficiario final
se deberá tener en consideración, entre otros, las siguientes variables:
Tipo de cliente (persona natural/ persona jurídica)
Nacionalidad, lugar de residencia, etc.;
Actividad económica y ocupación del cliente;
Procedencia de sus ingresos;
Actividad económica u ocupación del cliente a manera de tener una forma
de identificar las transacciones que se salen del patrón regular.
65
Requerimientos de vinculación de clientes y/o Beneficiario Final:
Información, Documentación y Verificación
Las políticas de debida diligencia establecidas para nuestros actuales y potenciales
clientes, establecen el requerimiento de las completar el formulario correspondiente
y de suministrar los siguientes documentos:
Para personas físicas nacionales, información mínima a requerir:
● Nombre (s) y apellido (s) tal y como aparece en la Cédula de Identidad y
Electoral.
● Lugar de nacimiento (País, Provincia/ municipio).
● Fecha de nacimiento.
● Sexo, estado civil, domicilio y ocupación.
● Nombre y dirección de la empresa donde trabaja (si aplica).
● Dirección residencial o domicilio social.
● Números telefónicos del domicilio y trabajo (si no tiene requerirle un
número alterno., fax, celulares, otros).
● Correo electrónico. (si posee)
Para personas físicas extranjeras, información mínima a requerir:
● Nombre completo, tal como aparece en su documento de identificación.
● Cédula de Identidad de residente permanente o residente temporal que
provee la Junta Central Electoral Dominicana y el pasaporte vigente.
● Nacionalidad, fecha y lugar de Nacimiento.
● País de Residencia.
66
● Número de Pasaporte vigente y Código del país emisor.
● Estado civil, sexo, ocupación y domicilio.
● Dirección y nombre de la empresa donde trabaja (si aplica)
● Números telefónicos del domicilio y trabajo (si no tiene requerirle un número
alterno., fax, celulares, otros).
● Correo electrónico (si posee)
Ésta información deberá estar debidamente documentada y formará parte del
expediente individual de cada cliente.
Actualización de Información
En todos los casos se deberá asegurar que los documentos, datos o informaciones
recopiladas se mantengan actualizados, mediante la realización de revisiones
periódicas de los registros existentes, priorizando los clientes de mayor riesgo.
Clientes no Aptos
Política Interna
La empresa McKenzie SRL considera como CLIENTES NO APTOS aquellas
personas físicas o morales que presentan las siguientes características:
Clientes que no cumplen con los requisitos establecidos de acuerdo al
producto que están solicitando.
Clientes con antecedentes delictivos o penales.
Clientes que no aparecen registrados en el Buró de Crédito.
67
Clientes que no presenten su documento de identidad original.
Clientes que estén registrados en la lista Negra de la entidad.
Debida Diligencia Clientes No Aptos
Cuando se hayan identificado altos niveles riesgos de LA/FT, se deberá realizar
una debida diligencia ampliada a esos clientes, lo que implicará un monitoreo
continuo y permanente de sus operaciones y de sus generalidades. Este proceso
se llevará a cabo en un periodo de tiempo según el perfil establecido, el cual no
puede ser menor de seis (6) meses.
Sin ser restrictivos se deberá:
1. Comprobar la reputación del cliente en fuentes públicas;
2. Indagar la fuente de sus fondos;
3. Instituir un seguimiento reforzado sobre el origen de los pagos en efectivo
que reciban,
4. Procurar especial cuidado a los clientes PEP’s nacionales o extranjeros.
5. Prestar especial atención al origen del cliente.
Debida diligencia simplificada
Esta se realizará anualmente mediante la verificación o rectificación de las
informaciones suministradas al inicio de la relación comercial.
68
Personas Expuestas Políticamente Nacionales (PEPs)
● Personas que hayan desempeñado o que se desempeñen como
funcionarios públicos por elección o nombramiento ejecutivo.
● Personas que deben presentar declaración jurada de bienes;
● Miembros de partidos políticos;
● Delegados y oficiales de instituciones no gubernamentales, incluidas las
religiosas.
Para estos casos se deberán establecer instrumentos para determinar si el cliente
es una persona expuesta políticamente.
La autorización para la vinculación con estos clientes con la compañía, debe ser
dictada por la alta gerencia a solicitud del Oficial de Complimiento.
Personas Expuestas Políticamente Extranjeras (PEPs)
● Representantes de Gobiernos Extranjeros
Visitas a clientes
Durante el proceso de revisión de la identificación inicial de nuestros clientes, se
realizarán visitas a sus residencias u oficinas, así como entrevistas personales que
nos permitan obtener información verídica de que los clientes han sido debidamente
identificados, debiendo dejar constancia documental de ello en el expediente
individual de cada cliente, y en la cual se indique el lugar, fecha y hora de los
mismos, así como sus resultados.
69
La información suministrada por los clientes y que no nos sea posible verificar,
constituirá una señal de alerta para la detección de operaciones sospechosas.
Factores de Riesgos
Tomando en cuenta la naturaleza especial de nuestro negocio, las regulaciones
existentes y las recomendaciones estatales sobre prevención y detención del
LA/FT, los factores de riesgo a ser tomados en cuenta serán los siguientes:
Factores el Riesgo Segmento Por Variables
Cliente
Tomador
Asegurado
Contratante
Beneficiario
Productos y
Servicios
Automóvil
Personas
Patrimoniales
Fianzas
Otros
Canal de
Distribución
Agentes de Seguros
Corredores de Seguros
Sociedades de
Corretaje de Seguros
Venta Directa
Zona Geográfica
Región
Provincias
Municipios
70
Ubicaciones Geográficas
Como política de prevención se tomarán como casos de cuidado los clientes con
conexiones importantes en zonas geográficas de alto riesgo.
Esto incluye:
Aquellas empresas/clientes que poseen residencia, domicilio, oficinas o su
Casa Central/Matriz en zonas de riesgo.
Aquellas empresas/clientes cuyos accionistas mayoritarios o cuyo
beneficiario final se encuentren en zonas de riesgo.
Debida Diligencia con los ejecutivos y empleados de la compañía
Se ha establecido como política de debida diligencia hacia nuestros ejecutivos y
empleados la obtención y verificación de las siguientes informaciones:
● Datos filiatorios (nombres completos, documentos de identidad, domicilio,
etc.)
● Datos relativos a las circunstancias sociales: Características de alojamiento,
vivienda, situación familiar, propiedades, posesiones, aficiones y estilos de
vida, pertenencia a clubes y asociaciones.
● Composición del núcleo familiar y sus vinculaciones profesionales y/o
comerciales.
● Datos económicos, financieros y de seguros: Ingresos, rentas, inversiones,
bienes patrimoniales, créditos, préstamos, avales, datos bancarios, planes
de pensiones, jubilación, datos deducciones impositivas/impuestos, seguros,
hipotecas, subsidios, beneficios, historial de créditos, tarjetas de crédito.
71
● Datos relativos a transacciones de bienes y servicios: Bienes y servicios,
transacciones financieras, compensaciones e indemnizaciones.
Código de Conducta
Con el objetivo de establecer las normas básicas de conductas que rijan el
quehacer de nuestro personal, de promover y fomentar la importancia de la ética y
la integridad en el desarrollo de sus funciones, y de procurar el máximo grado de
cooperación en lo relativo a la prevención y detección del LA/FT, se ha desarrollado
un Código de Conducta de la compañía.
Este documento debe ser de conocimiento de todos los empleados que integren
nuestra compañía, a través de un proceso de difusión interna, que asegure el
adecuado conocimiento del mismo, así como de su observancia obligatoria,
dejándose constancia de ello en sus expedientes del empleado. Asimismo, se ha
establecido el requerimiento de la firma o suscripción de un documento mediante
el cual el personal asuma el compromiso de cumplir con lo establecido en el Código
de Conducta, en el ejercicio de sus funciones. Dicho documento deberá reposar en
el expediente del empleado.
Reclutamiento y Selección
El proceso de reclutamiento y selección se ha desarrollado tomando como base
principal la aplicación de normas y políticas que garanticen la captación de un
72
personal con un alto nivel de honestidad, capacidad y preparación académica,
según la posición a ser desempeñada.
Para el logro de este objetivo se deberán tener en cuenta en los casos de selección
del personal, la verificación de los antecedentes personales, laborales y
patrimoniales de los postulantes a pertenecer a la compañía.
La información básica inicial que se obtiene del solicitante deberá ser verificada,
antes de proceder a la contratación de dicho personal.
Reglas sobre el Mantenimiento de Documentos.
Expediente de Clientes
El expediente del cliente deberá abarcar las constancias de cumplimiento de los
requisitos indicados en el presente manual.
Estos se conservarán y custodiarán por un periodo de 10 años a partir de la
finalización de la relación con el cliente y a disposición de las autoridades
competentes.
Expediente de Empleados y funcionarios
A los fines de garantizar una adecuada administración de nuestros recursos
humanos hemos establecido como norma interna, entre otras cosas, el
mantenimiento de registros actualizados con la información generada por el
73
personal, la cual queda conformada bajo la forma de Expediente del Empleado, el
cual deberá contener, como mínimo los siguientes informaciones y documentos
anexos:
● Currículum Vitae
● Datos del empleado (nombre completo, cedula de identidad o pasaporte,
dirección exacta, números de teléfonos residenciales y móviles, correo
electrónico, etc.)
● Datos relativos a las características personales: estado civil, fecha de
nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad)
● Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones, experiencia
profesional, pertenencia a colegios o asociaciones culturales y
profesionales.
● Vinculaciones comerciales y/o profesionales
Historia Laboral:
● Cargos ocupados
● Remuneraciones
● Licencias, permisos y ausencias
● Situación patrimonial y su evolución (a los fines de debida diligencia
a ejecutivos y empleados)
74
Monitoreo de las Operaciones
A los fines de asegurar una continua vigilancia de nuestros clientes durante la
relación comercial establecida con esta compañía y de asegurar que las
operaciones y actividades realizadas sean consistentes con el conocimiento que se
tiene sobre el mismo, se realizará un monitoreo periódico de dichas operaciones a
con el objetivo de detectar algún cambio en el perfil establecido.
El Oficial de cumplimiento será el responsable de establecer los procedimientos y
mecanismos para monitorear y revisar las operaciones, a los fines de identificar
aquellas que puedan ser sospechosas, de alto riesgo o fuera de lo común y que
puedan llegar a requerir un cambio en el perfil de riesgo establecido.
Países de Alto Riesgo
Se tomarán en cuenta los clientes procedentes de los países categorizados como
de alto riesgo por el GAFI, el nivel de corrupción, los altos índices delictivos, la
producción o tráfico de drogas, las actividades terroristas y su financiación, las
flexibilidades legislativas y los bajos niveles de cumplimiento.
También los listados de países definidos como no cooperantes en materia de
prevención de lavado de activos por el GAFI por no haber adoptado las “40
Recomendaciones”.
75
Programa de Capacitación y Actualización
Los programas de capacitación relacionados con la prevención y detención del
LA/FT, se han desarrollado para todo el personal sin excepciones, y tienen la
finalidad de instruir a nuestros empleados sobre las normas vigentes en materia de
prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, así como de las
políticas y procedimientos establecidos para el cumplimiento de sus funciones, y
demás aspectos vinculados a la administración de la gestión de riesgos de LA/FT,
considerando la actividad a la cual estamos vinculados.
El Oficial de Cumplimiento será el responsable del desarrollo y ejecución del
Programa de Capacitación, así como de las evaluaciones correspondientes.
Los procesos de aprendizaje deben contemplar el análisis e interpretación de las
normas legales y reglamentarias existentes en relación con el lavado de dinero, y
fundamentalmente deben apegarse a lograr un adecuado conocimiento de las
normas de procedimiento internas que contribuyan a asegurar el estricto
cumplimiento de las mismas.
Los empleados de nuevo ingreso deberán recibir una inducción y capacitación y a
más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de ingreso.
Se deberá mantener una constancia de las capacitaciones recibidas y de las
evaluaciones del impacto de la capacitación.
76
El programa de capacitación se ha desarrollado para realizar dos (2) capacitaciones
al año, mediante siguientes modalidades de cursos: presenciales, online,
entrenamiento en el lugar de trabajo, modalidades mixtas.
Dentro de los temas a ser impartidos se encuentran:
Conocimiento de la Ley No. 155-17 de fecha 1ro. de junio de 2017, contra el
lavado de activos y el financiamiento del terrorismo y demás regulaciones
sobre el tema.
Programa de Cumplimiento para la Prevención y Control del Riesgo de
Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Mckenzie, Asesores Y
Corredores de Seguros).
Definición de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo
Principales Señales de alertas para detectar operaciones inusuales y
sospechosas y las técnicas para reconocer estas actividades.
Procedimiento interno establecido para el reporte de operaciones inusuales.
Las sanciones penales y administrativas, sus aspectos conceptuales y
regulatorios y las sanciones internas establecidas).
Código de Conducta de la Compañía.
Evaluación Independiente
Auditoría Interna y Auditoría Externa
El diseño y aplicación del Sistema de PLA&FT forma parte de la responsabilidad de
la empresa y el mismo deberá ser evaluado por Auditoría Interna basándose en los
77
procedimientos de auditoría generalmente aceptados. La unidad de Auditoría
Interna considerará en su plan de trabajo anual, los exámenes dirigidos a evaluar y
dar recomendaciones orientadas al mejoramiento del sistema de control interno
para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
De acuerdo a la normatividad vigente, McKenzie SRL requerirá a los auditores
externos la elaboración de un informe independiente de cumplimiento, de
periodicidad anual, sobre la evaluación del Sistema de PLA&FT implementado en
la Empresa, de acuerdo a los dispositivos legales y conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Auditoría Externa.
Aspectos Relativos a la Confidencialidad y la Revelación de
Información
● Todos los empleados deberán guardar confidencialidad respecto a cualquier
tipo de información o actividad catalogada como sospechosa.
● Ningún empleado de la compañía deberá informar a los clientes o
relacionados, que ha sido o están siendo reportados por efectuar alguna
operación sospechosa.
Política de comunicación con las Autoridades Competentes
La compañía tiene como una de sus políticas principales la colaboración con las
autoridades competentes, ya sea mediante requerimiento expreso o mediante el
reporte de cualquier información relevante sobre operaciones que, por su suma o
78
características, demuestren incompatibilidad y contradicciones con la actividad
económica del cliente, según el conocimiento previo y teniendo en cuenta la
aplicación de los criterios establecidos.
El oficial de complimiento es el responsable de remitir y poner a disposición de la
Unidad de Análisis Financiero, en los plazos y formas dispuestas, los informes,
reportes de operaciones sospechosas y en efectivo, mediante medio electrónico u
otro que se establezca, así como toda información que permita certificar el
cumplimiento de las disipaciones establecidas.
Los reportes de operaciones sospechosas se remitirán a la UAF y a la autoridad
competente en los modelos y formatos establecidos por estos, en los diferentes
documentos regulatorios.
Política de Comunicación Interna
Como política de comunicación interna se ha establecido el carácter de
confidencialidad de las informaciones contenidas en las comunicaciones, informes,
registros y reportes que, de acuerdo a la Ley, se deben remitir a la autoridad
competente, también el impedimento de suministrar o poner en conocimiento de
alguna persona particular, el contenido de dicha información, así como que la
misma ha sido solicitada, puesta a disposición o proporcionada a la autoridad
competente.
79
Plataforma Tecnológica
Con la finalidad de facilitar la captura y procesamiento de las informaciones sobre
nuestros clientes y sus operaciones, así como también para una adecuada gestión
de la información y la generación de los reportes correspondientes, hemos
incorporado en nuestra compañía de una infraestructura tecnológica que nos
permita:
Capturar los datos que componen los expedientes de los clientes.
Clasificar a los clientes y las operaciones que realizan.
Monitorear operaciones y emitir alertas.
Detectar y reportar operaciones relevantes, inusuales y sospechosas.
Permitir el envío de reportes internos al Oficial de Cumplimiento.
Conozca su Cliente
En Mckenzie, Asesores y Corredores de Seguros somos conscientes que el
establecimiento de una estricta política de conocimiento de nuestros clientes
constituye s una herramienta importante y efectiva para prevenir, impedir y detectar
los métodos utilizados para el lavado de activos, así como también para cumplir con
las normas legales y promover correctas prácticas comerciales, protegiendo la
reputación y credibilidad de nuestra compañía.
Como forma de evitar que nuestra compañía se convierta en víctima de delitos de
LA/FT se han establecidos las siguientes políticas de Conozca su Cliente:
80
● La entrega de un documento de identificación con foto el cual debe ser
emitido por la junta Central Electoral.
● Comprobación de que el nombre y la apariencia del cliente coincidan con la
información y con la fotografía en el documento de identificación.
● Si el cliente no es residente en el país, deberá presentar un pasaporte, tarjeta
de identificación de extranjero u otro documento oficial que refleje la
nacionalidad o la residencia.
● No se aceptará ninguna forma de identificación que haya vencido, que
parezca alterada o falsificada.
● Monitoreo continuo de las actividades y transacción del cliente.
● Los datos del cliente se deberán actualizar por lo menos anualmente.
La información de los clientes que no sea actualizada o una vez actualizada no
pueda confirmarse, constituye una señal de riesgos para nosotros.
Monitoreo
La empresa McKenzie SRL establece procedimiento para el monitoreo de
operaciones para los clientes que por su perfil operacional y de comportamiento,
por las funciones que desempeñan y origen de los recursos financieros que
administran, puedan exponer en un mayor grado a la empresa al riesgo de lavado
de activos y financiamiento de delitos.
81
Reportes internos
Mensualmente se genera un reporte de transacciones que superan el umbral
establecido, acumulando todas las transacciones realizadas por cliente y por tipo
en un periodo de tiempo de 30 días y se determinan operaciones usuales e
inusuales.
Reportes a las autoridades
El Departamento de Cumplimiento se encargará mensualmente de emitir los
reportes con las transacciones que superan el umbral y transacciones inusuales e
injustificadas.
● Reportes de Operaciones en Efectivo que excedan los US$15,000.00
y Reportes de Operaciones Sospechosas.
● Transacciones múltiples en efectivo. Las transacciones múltiples en
efectivo realizadas en una misma entidad, que en su conjunto sea
igual o superior a quince mil dólares (US$15.000), serán agrupadas y
consideradas como una transacción única si son realizadas en
beneficio de una misma persona física o jurídica, y si son realizadas
dentro de un período de veinticuatro (24) horas.
● Reporte de operación sospechosa, las cuales deberán ser reportadas
dentro de los cinco (5) días hábiles después de realizada o intentada
la operación.
82
Definición de Señales de alerta
Las señales de alerta son hechos, situaciones, eventos, cuantías o indicadores
financieros que la experiencia nacional e internacional ha identificado como
elemento de juicio y a partir de los cuales se pueda concluir, la posible existencia
de un hecho o situación anormal de acuerdo con la naturaleza de sus operaciones.
Las siguientes conductas, entre otras, han sido definidas como señales de alerta
sobre transacciones u operaciones realizadas con nuestra compañía y las cuales
requieren una suficiente y adecuada supervisión:
Información insuficiente o falsa referente al conocimiento del cliente.
Inconsistencias de la información suministrada.
Solicitud de servicios o productos con identidades ficticias.
El cliente se niega a suministrar determinada información.
El cliente suministra información o documentos falsos.
Clientes sin historial bancario.
Pagos en efectivo de manera sucesiva (más de cinco eventos en un mismo
mes) el monto tope diario de RD$1, 000,000.00 de pesos.
Mecanismo de respuesta a información requerida
Para la ejecución del proceso de reportes o informaciones a la UAF se ha
establecido el siguiente procedimiento:
83
El Oficial de Cumplimiento recibirá todos los reportes individuales que todos
y cada uno de los empleados de la compañía, que, sin excepción alguna, le
hayan sido remitido.
Posteriormente, procede a su análisis y remisión a la alta gerencia a los fines
de conocimiento y aprobación de su envío a la UAF o a la autoridad
competente según el caso.
NOTA: Para los casos del Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), no se
requiere que haya certeza de que se trata de una actividad delictiva, así como
tampoco debe identificar el tipo de delito o que los recursos que maneja
provienen de esas actividades. Sólo se requiere que se considere que la
operación como sospechosa.
Sanciones Penales y Administrativas
Sanciones Penales
Los profesionales jurídicos imputados de lavado de activos pueden incurrir en
sanciones en calidad de autores o como cómplices. Como autores, las sanciones
principales consisten en una pena de diez a veinte años de prisión mayor (artículos
3.1, 3.2 y 3.3 de la Ley), mientras que como cómplice la pena principal es de cuatro
a diez años de prisión mayor (artículo 3.5).
Sanciones Administrativas
El artículo 75 de la Ley 155-17 establece las siguientes multas aplicables:
84
● Sanción a las infracciones administrativas leves una multa de
RD$300,000 a RD$1, 000,000.
● Sanción a las infracciones administrativas graves una multa de RD$1,
000,001 a RD$2, 000,000.
● Sanción a las infracciones administrativas muy graves una multa de
RD$2, 000,001 a RD$4, 000,000.
Mientras que el artículo 78 impone multas de RD$ 500,000 a RD$3, 000,000, así
como separación del cargo e inhabilitación, a los directivos que sean responsables
de la comisión de la infracción muy grave.
Sanciones Internas
El incumplimiento de alguna de las obligaciones o la violación de alguna de las
prohibiciones señaladas en el presente manual, a juicio de la compañía, dará lugar
a la aplicación de una o algunas de las siguientes medidas:
Amonestación (verbal o escrita)
Suspensión disciplinaria
Terminación del contrato de trabajo con justa causa
Cuando algún empleado incurra en el incumplimiento o la violación de alguna de
las prohibiciones establecidas en este documento y en el código de conducta, se
procederá a la imposición de las sanciones a que haya lugar o para dar por
terminado el contrato de trabajo, si es el caso.
85
Aspectos Conceptuales y Regulatorios
Glosario de Términos
Actividades Ilícitas: son aquellas conductas o actividades que de conformidad
con una norma vigente ostentan el carácter de ilícitas, esto es, contra derecho.
En relación con el lavado de activos, es evidente que el desarrollo de esta
conducta constituye la realización de una actividad ilícita, máxime cuando la
legislación penal la tipifica como delito.
Autoridad Competente: Para los fines del presente manual, la Unidad de
Análisis Financiero, que se encarga de los análisis financieros relativos a
posibles infracciones de lavado de activos, infracciones precedentes y el
financiamiento del terrorismo; y la Superentendía de Seguros, la cual está
investida con facultades de regulación, supervisión, vigilancia, fiscalización,
requerimiento de información, inspección extra situ e in situ, y de aplicación de
sanciones sobre los sujetos obligados y su personal, de conformidad con lo
establecido en el artículo 98 de la Ley.
Beneficiario Final: Se refiere a la persona física que ejerce el control efectivo
final sobre una persona jurídica o tenga como mínimo el 20% del capital de la
persona jurídica, incluyendo a la persona física en beneficio de quien o quienes
se lleva a cabo una transacción.
86
Cliente: Persona física o jurídica con la cual se establece y mantiene, de forma
habitual u ocasional, una relación contractual, profesional o comercial para el
suministro de cualquier producto o servicio. Puede ser ocasional o permanente.
Clientes de Alto Riesgo: Son aquellos clientes que pueden estar relacionados
en actividades o están conectados con jurisdicciones, que están identificadas
por fuentes fiables definidas por las autoridades competentes, como
susceptibles de lavado de activos o financiamiento de actividades terroristas.
Debida Diligencia: Conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante
los cuales los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre
sus clientes y relacionados, actuales y potenciales, beneficiarios finales y de las
actividades que realizan.
Debida Diligencia Ampliada: Conjunto de políticas y procedimientos más
exigentes, diseñados para que el conocimiento de un cliente o beneficiario final
se profundice, en virtud de los resultados arrojados por los procedimientos de
evaluación, diagnóstico y mitigación de los riesgos identificados.
Debida Diligencia Simplificada: Conjunto de políticas y procedimientos
menores, diseñados para que los elementos utilizados para el conocimiento de
un cliente o beneficiario final se simplifiquen, en virtud de los resultados
arrojados por los procedimientos de evaluación, diagnóstico y mitigación de los
riesgos identificados.
87
Financiamiento del Terrorismo: Es cualquier forma de acción económica,
ayuda o mediación que proporcione apoyo a las actividades de elementos o
grupos terroristas.
Lavado de Activos: Es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas
y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o
activos ilícitos provenientes de los delitos precedentes señalados en la Ley.
Matriz de Riesgo: Es una herramienta analítica que cada sujeto obligado debe
elaborar y actualizar para determinar su grado de exposición al riesgo y poder
establecer conforme su propio perfil los controles mitigantes para la prevención
de LA/FT.
Oficial de Cumplimiento: Es la persona designada para encargarse de vigilar
el estricto cumplimiento del programa de cumplimiento y prevención de LA/FT,
el cual deberá estar dotado de capacidad técnica y autonomía en sus funciones.
Operaciones Inusuales: Son aquellas operaciones intentadas o realizadas en
forma aislada o reiterada, sin justificación económica y/o jurídica, ya sea porque
no guardan relación con el perfil económico, financiero, patrimonial del cliente,
o porque se desvían de los usos y costumbres en las prácticas de mercado, por
su frecuencia, habitualidad, monto, complejidad, naturaleza y/o características
particulares.
88
Operaciones Sospechosas: Es o son aquellas transacciones, efectuadas o no,
complejas, insólitas, significativas, así como todos los patrones de
transacciones no habituales o transacciones no significativas pero periódicas,
que no tengan un fundamento económico o legal evidente, o que generen una
sospecha de estar involucradas en el lavado de activo, algún delito precedente
o en la financiación del terrorismo.
Países, Jurisdicciones y Áreas Geográficas de Alto Riesgo: Se consideran
como tales, aquellos países, jurisdicciones y áreas geográficas nacionales o
internacionales, que ameriten tener una especial atención y debida diligencia
ampliada, para la prevención de lavado de activos y financiamiento al terrorismo.
Persona Expuesta Políticamente (PEP’s): Cualquier individuo que
desempeña o ha desempeñado, durante los últimos tres (3) años, altas
funciones públicas, por elección o nombramientos ejecutivos, en un país
extranjero o en territorio nacional, incluyendo altos funcionarios de
organizaciones internacionales. Incluye, pero no se limita a: jefes de estado o
de gobierno, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta
jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios, así como
aquellos que determine el Comité Nacional de Lavado de Activos y
Financiamiento del Terrorismo previa consulta con el Ministerio de
Administración Pública. Los cargos considerados PEP’s, serán todos aquellos
funcionarios obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes. Se asimilan
89
todas aquellas personas que hayan desempeñado o desempeñen estas
funciones o su equivalente para gobiernos extranjeros.
Reportes Regulatorios: Son aquellas informaciones que obligatoriamente
deberán remitir a la Unidad de Análisis Financiero, en los plazos y formas
establecidos en la regulación vigente.
Revelación o “Tipping off”: Se refiere a que el Sujeto Obligado o sus
empleados no podrán revelar a terceros el hecho de que se está realizando un
reporte de operación sospechosa o información relacionada a las autoridades
competentes.
Riesgo de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento al Terrorismo (FT): Es
el riesgo inherente que tienen y afrontan permanentemente las entidades
supervisadas por su misma naturaleza de negocios, de ser utilizadas consciente
o inconscientemente, para el lavado de A\activos, y para el financiamiento del
terrorismo.
Productos y Servicios: Se entiende como aquellos ofertados por el sujeto
obligado para la generación de sus ingresos, y que están establecidos como su
objeto social licito de acuerdo a los documentos legales de la empresa.
90
Terrorismo: Se denomina terrorismo aquellos actos que se ejecuten
empleando medios susceptibles de provocar en forma indiscriminada o atroz,
muertes, heridas, lesiones físicas o psicológicas, de un número indeterminado
de personas, o graves estragos materiales a infraestructuras estratégicas de la
nación o propiedad de particulares, con la finalidad de atemorizar a la población
en general o determinados sectores de ésta; ejercer retaliaciones fundadas por
motivos políticos, étnicos, religiosos, o de cualquier otra índole y afectar las
relaciones del Estado Dominicano con otros Estados o su imagen exterior, de
conformidad con lo prescrito en el artículo 5 de la Ley No. 267-08.
91
Conclusión
Durante el desarrollo de este trabajo de investigación y mediante los resultados
obtenidos a través de las técnicas e instrumentos de investigación utilizados para
la empresa McKenzie SRL, arrojaron las principales conclusiones:
Se pudo evidenciar que el 50% de los empleados desconocen la existencia
de un programa de Prevención y Control de Lavado de Activos. En ese
sentido, tampoco tienen conocimiento de su aprobación por la alta dirección,
y si está diseñado cumpliendo los requerimientos de la nueva Ley de Lavado
de Activos.
Por otra parte, el 50% de los encuestados afirman que no cuentan con un
manual de políticas o procedimientos para prevenir, detectar y reportar
transacciones sospechosas.
El 80% del personal de la empresa McKenzie SRL confirmaron que la
empresa no cuenta con un departamento de Auditoria Interna que vele por
el cumplimiento de los procedimientos exigidos por la nueva ley de Lavado
de Activos.
Un 40% de los encuestados no tienen conocimientos de si se realiza
investigaciones para detectar la verdadera identidad del cliente y los
beneficios.
Durante el proceso de investigación pudimos determinar que la empresa
cumple con los requisitos establecidos para contratar personas y/o
compañías que prestan servicios independientes.
92
El 60% de los encuestados establecen que la empresa no mantiene un
registro de las transacciones en efectivo superiores a los US$15,000 o su
equivalente en moneda nacional o cualquier otro tipo de moneda.
El 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL aseguran que no se
mantiene una estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en
razón de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas, como
forma de colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el
Financiamientos del Terrorismo.
La empresa no cuenta con un Sistema Tecnológico Preventivo al LA/FT que
facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por
negocios, servicios y productos, según establecieron el 90% de los
encuestados.
La empresa no cuenta con un programa de capacitación continua para sus
empleados en materia de lavado de activos.
93
Recomendaciones
De acuerdo a las conclusiones que presentamos sobre los resultados arrojados en
la investigación realizada en la empresa McKenzie, SRL, presentamos las
siguientes recomendaciones:
Con la finalidad de que la empresa McKenzie SRL, pueda proteger sus
activos, verificar la exactitud y confiabilidad de sus datos contables, para
promover la eficiencia operativa se recomienda la implementación del
programa de Prevención y Control de Lavado de Activos, de tal forma que
se pueda garantizar la realización de los procesos y los controles tal y como
se describen en el manual de procedimientos el cual deberá ser dado a
conocer entre todos los empleados.
Se recomienda la creación de un Departamento de Auditoria Interna con el
objetivo de velar por el cumplimiento de la ley y la norma relativa al lavado
de activos.
Sugerimos la continuidad del análisis de identidad de cada titular de póliza a
través del formulario “Conozca a su Cliente” con el fin de prevenir, impedir y
detectar los métodos utilizados para el lavado de activos, así como también
para cumplir con las normas legales y promover correctas prácticas
comerciales, protegiendo la reputación y credibilidad de nuestra compañía.
94
Se recomienda a la empresa mantener un registro de las transacciones
ocurridas, así como las medidas de debida diligencia tomadas durante el
proceso, durante al menos 10 años aun después de que haya finalizado la
relación comercial o después de la fecha de la transacción.
Estos documentos deberán ser reportados a la Unidad de Análisis Financiero
(UAF) dentro de los primeros 10 días calendarios.
Todas transacciones múltiples realizadas en efectivo por un mismo cliente,
que en su conjunto sea igual o supere los quince mil dólares (US$15,000.00),
deberán ser agrupadas y consideradas como una transacción única si son
realizadas en beneficio de una misma persona física o jurídica, y si son
realizadas dentro de un período de veinticuatro (24) horas, según lo estipula
la Ley sobre Lavado de Activos.
Se sugiere designar a un Oficial de Cumplimiento para estar en constante
comunicación con las autoridades con los fines de proporcionar
informaciones cuando sean requieras.
Para un correcto funcionamiento del Programa de Prevención y control de
Lavado de Activos la empresa necesitara un Sistema Tecnológico Preventivo
al LA/FT que facilite la detección de transacciones sospechosas y
estructuradas por negocios, servicios y productos.
95
Se recomienda que se implementen un programa de capacitación continuo
a los empleados de la empresa con el fin de que sean instruidos en el
cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y control del
riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, el contenido del
programa actual, el código de conducta su aplicación y cumplimiento.
96
Bibliografía
146-02Ley. (2002). Ley General de Seguros. Santo Domingo.
267-08Ley. (2008). Sobre Prevención del Terrorismo. Santo Domingo.
Activos, 7.-0. S. (2002). Sobre Prevención de Lavado de Activos. Santo Domingo.
Ley155. (2017). Ley sobre el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de
Drogas y Sustancias Controladas. Santo Domingo.
Seguros, A. (2017). Rol de los Intermediarios de Seguros ante la ley 155-17.
Santo Domingo: Atrio Seguros.
Seguros, S. d. (2002). Normas para la Prevención y Lavado de Activos. Santo
Domingo.
Metodología para Elaborar Manual de Procedimiento:
https://www.csv.go.cr/documents/10179/10843/Metodologia+para+elaborar
+un+Manual+de+Procedimiento.pdf/4a19ea22-4f8d-467c-856d-
c6b0a449fa24
http://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere2/Tesis14.pdf
Dirección General de Impuestos Internos: Lavado de activos
http://www.dgii.gov.do/legislacion/prevencionDeLavado/informacionEspecial
izada/Documents/BrochureLavadoDeActivos.pdf
101
INDICE
I. TITULO DEL TEMA ........................................................................................................... 101
II. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................... 8
III. JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................. 103
V. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS .................................................................... 104
Objetivo general ................................................................................................................... 104
Objetivos específicos ............................................................................................................ 105
VI. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL .............................................................................. 105
VII. MARCO CONCEPTUAL ................................................................................................ 113
VIII. DISEÑO DE INVESTIGACION ...................................................................................... 116
Diseño: .................................................................................................................................. 116
Enfoque: ............................................................................................................................... 116
Orientación ........................................................................................................................... 117
IX. METODOLOGÍA ............................................................................................................. 117
Tipo de investigación ............................................................................................................ 117
Métodos a utilizar ................................................................................................................. 118
Técnicas de recopilación de información .............................................................................. 118
X. FUENTES BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................................... 119
XI. ESQUEMA PRELIMINAR D CONTENIDO DEL TRABAJO DE GRADO .................. 156
I. TITULO DEL TEMA
102
“Elaboración de un Manual de control de riesgo para prevenir casos
de Lavado de Activos. Caso: Empresa de Corretaje de Seguros, año
2017”
II. INTRODUCCIÓN
El Lavado de activo, es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y
organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos
provenientes de delitos (Ley155, 2017)
El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza para la
estabilidad del sistema financiero de un país por su carácter global y por las diferentes
103
modalidades y redes utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal circunstancia destaca
la importancia y urgencia de combatirlos, resultando esencial el papel que para tal
propósito deben desempeñar las compañías de seguros y empresas relacionadas al sector
asegurador, como son las empresas de corretaje y asesorías, las cuales deben asumir el
compromiso de cumplir adecuadamente las directivas y normas relacionadas con la
prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
Hoy, una de las tareas más desafiantes para los empresarios es la de hacer negocios con
responsabilidad, con seguridad y ajustados a las normas legales. Dada esta necesidad, esta
investigación se basa en la elaboración de un Manual o Programa de Cumplimiento basado
en Riesgo para la Prevención y Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento
del Terrorismo para la empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros, en
cumplimiento a lo establecido en la ley 155-17 y las normas complementarias.
Nuestra investigación pretende mostrar las responsabilidades del sujeto Obligado (SO) en
el área aseguradora, y elaborar un manual de cumplimiento que ayude a prevenir o mitigar
los riesgos identificados; a tales fines, la misma contará con tres capítulos, el primer
capítulo está dedicado al Diseño de la Investigación, el segundo a las Generalidades de
Ley 155-17 y sus normas complementarias, inherentes al sector seguros y el tercero a la
presentación de Manual o Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención
y Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo para la
empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros.
III. JUSTIFICACIÓN
El Sujeto Obligado (SO), es toda persona física o moral (jurídica) que en virtud de la ley
155-17, o su reglamento está obligada al cumplimiento de obligaciones destinadas a
prevenir, impedir y detectar el lavado de activos.
La empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros, como empresa dedicada al
ofrecimiento de servicios de Asesoría, corretaje e intermediación de todo tipo de seguros a
nivel nacional e internaciones, es uno de los SO citados en la ley. En la actualidad la
104
empresa no cuenta con una matriz que le permita identificar los riesgos asociados a la
actividad comercial que realiza, valorar los mismos, así como establecer las políticas y
realizar las debidas diligencias para prevenir el lavado de activos.
El disponer de este manual, constituye una violación de la ley y sus normas complementarias,
por los que sus altos ejecutivos están expuestos a las sanciones previstas en la ley.
IV. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La Empresa Mckenzie, S.R.L. es una empresa de corredores de seguros, en el mercado
dominicano, que provee servicios y soluciones innovadoras en todo lo que concierne a
seguros. La empresa ha conseguido un crecimiento en el mercado aprovechando las
oportunidades que se han presentado a través de los años, sin embargo, la empresa no ha
desarrollado y ni formalizado de manera suficiente las medidas que le permitan evitar
Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo según lo establece la ley 155-17.
V. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS
Objetivo general
Identificar los riesgos inherentes a las actividades de asesoría e intermediación de seguros,
que permitan identificar acciones y establecer las políticas, procedimientos e instancias de
control para una adecuada administración de los riesgos de lavado de activos y
financiamiento del terrorismo.
105
Objetivos específicos
Describir las Generalidades del Mercado Asegurador Dominicano.
Analizar los Riesgos asociados a las actividades de Asesoría e intermediación de
Seguros.
Identificar políticas, procedimientos y controles internos que impulsen el
cumplimiento de los requerimientos legales establecidos en la legislación vigente, en
cuanto a identificación y conocimiento del cliente, reporte de operaciones
sospechosas y mantenimiento de registros, etc.
Describir las Obligaciones de los sujetos obligados del sector.
Proponer un Manual o Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la
Prevención y Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del
Terrorismo en la empresa McKenzie, S.R.L
VI. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL
Las siguientes afirmaciones sobre el manual le servirán como soporte al lector para orientarlo
sobre el tema a investigar y el porqué de la importancia de este.
Manual
De acuerdo a (Alvarez, 1996), ´´ Los manuales son una de las mejores herramientas
administrativas, pues le permiten a cualquier entidad encauzar sus operaciones. La
normalización es la plataforma sobre la que se sustenta el crecimiento y el desarrollo de una
organización, dándole estabilidad y solidez. Los manuales son a la organización lo que los
106
cimientos son a un edificio, pues el tenerlos, facilitan y sirven de base para el crecimiento;
no tenerlos, limitaría la carga y el número de pisos que esta pueda soportar.
En ese sentido, (Joaquín, 2004), nos dice que para facilitar el cumplimientos de las
responsabilidades de los distintos elementos que participan en el desarrollo de los
procedimientos es necesario determinar en forma explícita las políticas, criterios, o
lineamientos generales que le permitan realizar sus actividades sin tener que consultar a los
niveles jerárquicos superiores.
Un manual es el documento que contiene la descripción de políticas o actividades que deben
seguirse en la realización de las funciones de una unidad administrativa, o de dos o más de
ellas. El manual incluye además los puesto o unidades administrativas que intervienen
precisando su responsabilidad y participación.(Franklin F. E., 2014).
Objetivos
De acuerdo a (Pelaez, 2008), los manuales tienen como objetivo principal:
Determinar las actividades que se deben realizar dentro de la Empresa para la
consecución de los Objetivos para los cuales fue creada y a su vez detectar cuales se
requieren implementar, modificar o desechar tomando como base de análisis las
actividades de los puestos creados para la consecución de dicho objetivo
Definir si es que no existe la estructura organizacional de la empresa de acuerdo a
los puestos existentes y/o en su caso validar la importancia estructural del puesto para
definir de manera eficiente la reestructura organizacional pertinente a fin de mejorar
la productividad y reducir cargas financieras para la Empresa.
Validar de acuerdo a las actividades realizadas por el personal si el puesto justifica
su existencia dentro de la estructura organizacional, si esta correctamente definido
en cuanto a cargas de trabajo (número de plazas), especialización y responsabilidad.
107
Mejorar la productividad de la Empresa mediante el análisis de la forma en que se
realizan las operaciones (tareas o autorizaciones), tiempos y movimientos,
necesidades de capacitación o desarrollo de habilidades, buscando en todo momento
hacer eficiente o modificar las actividades del puesto para la consecución de mejorar
la productividad.
Tener una guía para la inducción de nuevo personal al puesto en cuanto a las
obligaciones y actividades a realizar. Así como permitir que se pueda evaluar la
productividad y efectividad del empleado en el puesto (Valuación de Desempeño
(Presupuesto de Sueldos) y facilitar las Auditorías Operativas para detectar
desviaciones en cuanto al desarrollo de las actividades de manera fácil y expedita.
Poder definir el perfil de personal (descripción de puesto y necesidades de
capacitación o desarrollo de habilidades) que se requiere para el desarrollo de las
actividades del puesto y facilitar la búsqueda de candidatos internos y/o externos para
ocupar el puesto (reclutamiento y selección de personal).
Poder evaluar el valor (salario) de las actividades realizadas (no por nombre del
puesto) en el mercado abierto y mantener dentro de parámetros competitivos a la
Empresa (estabilidad laboral del personal y posicionamiento laboral de la Empresa).
En ese sentido, pero desde un punto de vista general, Díaz (2005), afirma que el objetivo de
un manual es servir de guía o como fuente ordenada de actos de administrativos esenciales
para la mejor realización de las tareas relativas a una o varias funciones. Asimismo, el mismo
autor nos dice que los manuales sirven para la liberar a los miembros de la administración
de tener que rehacer el marco de referencia para la toma de decisiones cada vez que se
encuentran frente a la misma situación.
Ventajas y desventajas sobre la implementación de manuales en empresas.
Ventajas
108
Entre las ventajas más importantes según (CEJA, 2012), se encuentran las siguientes:
Logra y mantiene un sólido plan de organización.
Asegura que todos los interesados tengan una adecuada comprensión del plan general
y de sus propios papeles y relaciones pertinentes.
Facilita el estudio de los problemas de organización.
Sistematiza la iniciación, aprobación y publicación de las modificaciones necesarias
en la organización.
Sirve como una guía eficaz para la preparación, clasificación y compensación del
personal clave.
Determina la responsabilidad de cada puesto y su relación con los demás de la
organización.
Evita conflictos jurisdiccionales y la yuxtaposición de funciones.
Pone en claro las fuentes de aprobación y el grado de autoridad de los diversos
niveles.
La información sobre funciones y puestos suele servir como base para la evaluación
de puestos y como medio de comprobación del progreso de cada quien.
Conserva un rico fondo de experiencia administrativa de los funcionarios más
antiguos.
Mientras que como desventajas, (CEJA, 2012), nos plantea las siguientes:
Muchas compañías consideran que son demasiado pequeñas para necesitar Un
manual que describa asuntos que son conocidos por todos sus integrantes.
Algunas consideran que es demasiado caro, limitativo y laborioso preparar un manual
y conservarlo al día.
Existe el temor de que pueda conducir a una estricta reglamentación y rigidez.
Su deficiente elaboración provoca serios inconvenientes en el desarrollo de las
operaciones.
El costo de producción y actualización puede ser alto.
Si no se actualiza periódicamente, pierde efectividad.
109
Incluye solo aspectos formales de la organización, dejando de lado los informales,
cuya vigencia e importancia es notorio para la misma.
Muy sintética carece de utilidad: muy detallada los convierte en complicados
Tipos de manuales
El tipo de manual que elabora una organización depende de la naturaleza del negocio
y el uso que se quiera dar, de acuerdo a (Eduardo, 2007), se agrupan de la siguiente
manera:
Manuales de Organización: Describe la estructura de la organización a
través del detalle de los objetivos, organigrama funcional por área y general,
perfiles de puesto, descripción de funciones, responsables de cada área. Es
necesario que cada área o departamento tenga su manual de organización y
se utiliza con mucha frecuencia como herramienta de inducción para el
personal nuevo.
Manuales de Políticas: Describe los lineamientos que el personal debe seguir
para el cumplimiento de las responsabilidades de las distintas áreas
funcionales que participan en el desarrollo de la organización. Sirven como
guía en el transcurso de las tareas asignadas para evitar consultando
constantemente a los niveles jerárquicos superiores sobre la forma de
proceder ante determinada situación.
Procedimientos: Describe los procedimientos que debe hacer el personal
para determinada actividad, considerado como una guía de gran ayuda para
el personal nuevo porque les da la pauta de cómo proceder en la ejecución de
sus funciones. El objetivo de un manual de procedimientos es evitar el
desperdicio de tiempo señalando quién, cómo, cuándo y dónde es responsable
de ciertas tareas.
110
Manuales para Especialistas: Describe cómo realizar las actividades
operacionales de un área funcional. Los manuales técnicos se crean con la
finalidad de ser la fuente de conocimiento para el personal de esa área y de
información general para el personal que está relacionado con dicha área.
Sirve como base para futuras modificaciones.
Manual de procedimientos
Definición
El manual de procedimientos es un medio escrito que sirve para registrar y
Dar información clara respecto a una actividad específica en una organización;
coordina de forma ordenada las actividades a seguir para lograr los objetivos
específicos, mostrando claramente los lineamientos e instrucciones necesarios para
la mejora del desempeño; lo anterior significa que este documento contiene los pasos
a seguir para realizar una o más funciones, basándonos en la explicación que da
(DIAMOND, 1983) en su libro ´´Cómo preparar manuales administrativos´´.
La definición de (DIAMOND, 1983) es la siguiente: el manual de procedimientos es
el libro de los Cómo”. Es la pregunta común de cómo hacerlas cosas. A estos
manuales también se les conocen como manuales de operaciones.
Mientras que para (Franklin, 2009) los manuales de procedimientos “Constituyen un
documento técnico que incluye información sobre la sucesión cronológica y
secuencial de operaciones concatenadas entre sí, que se constituye en una unidad
para la realización de una función, actividad o tarea específica en una organización”.
Importancia
La importancia de un manual de procedimientos es proporcional a los beneficios que
este proporciona a la empresa, por lo tanto, podemos decir que dentro de los
beneficios que estos manuales brindan, podemos hacer mención de los siguientes:
111
Proporcionan al usuario un sistema de referencia común y estandarizada.
Proporcionan documentación; donde la información queda registrada para
compartir el conocimiento.
Sirven como sistema de archivo de información, fácil uso y al alcance.
Los usuarios realizan las actividades en base a la especificación
establecida por la organización.
Se ahorra tiempo y aseguran respuesta exacta. En vez de preguntar a un
subalterno, se puede optar por consultar el manual y no se corre el riesgo
de que la información sea errónea.
Sirven como instrumento de adiestramiento para los nuevos empleados.
Son utilizados como herramientas auxiliares de entrenamiento.
Diagramas de flujo
Un diagrama de flujo es una representación gráfica que desglosa un proceso en
cualquier tipo de actividad a desarrollarse tanto en empresas industriales o de
servicios y en sus departamentos, secciones u áreas de su estructura
organizativa.(Pleguezuelos, 1999)
Un diagrama de flujo presenta generalmente un único punto de inicio y un único
punto de cierre, aunque puede tener más, siempre que cumpla con la lógica requerida.
Tipos de diagramas
Generalmente la intención es poder demostrar ciertos grados de jerarquía por lo que
la mayoría de las empresas suelen utilizar diagramas verticales, pero gracias a la
interpretación que recibe cada una de sus formas el diseño realmente no afecta su
comprensión.(Polo, 2017)
112
Diagrama de flujo vertical: la secuencia de operaciones se realiza de arriba hacia
abajo, poniendo en la cima aquellos ítems de mayor valor o importancia.
Diagrama de flujo horizontal: a diferencia del diagrama de flujo vertical la
información se jerarquiza de izquierda a derecha.
Diagrama de flujo panorámico: quizá la representación más completa de cualquier
diagrama de flujo ya que con un corto vistazo podemos detallar de forma sencilla
cada recuadro o figura. Sus dimensiones se expanden tanto vertical como
horizontalmente de acuerdo a la necesidad de la información y puede registrar
acciones de forma simultánea. Las siguientes son acciones previas a la realización
del diagrama de flujo:
Identificar las ideas principales al ser incluidas en el diagrama de flujo. Deben
estar presentes el autor o responsable del proceso, los autores o responsables
del proceso anterior y posterior y de otros procesos interrelacionados, así
como las terceras partes interesadas.
Definir qué se espera obtener del diagrama de flujo.
Identificar quién lo empleará y cómo.
Establecer el nivel de detalle requerido.
Símbolos utilizados en los diagramas de flujo.
Normalmente solo se utilizan los recuadros para los diagramas de flujo sencillos que buscan
expresar etapas o procesos para conseguir un fin específico, mayormente utilizado para
diagrama de ventas o ejemplificación del proceso de atención al cliente.
Por otra parte, los diagramas de empresas en cuanto a procesos de producción o distribución
suelen ser un poco más complicados, añadiendo una mayor cantidad de símbolos al diagrama
de flujo.(Polo, 2017)
Algunos de los símbolos básicos son los siguientes:
113
Óvalos: para iniciar o finalizar el diagrama de flujo.
Rectángulo: utilizado como cuadro de texto.
Flechas: para representar la continuidad del diagrama, funciona como conector entre
símbolos y de acuerdo a dónde apunte indicará la secuencia del proceso.
Rombos: sirven para identificar las preguntas o cuestionamientos dentro del proceso.
Por otro lado, Torres (1996), destaca que los símbolos básicos para elaborar un diagrama de
flujo son:
•Símbolo actividad: es un rectángulo que designa una actividad. Dentro de cada rectángulo
se incluye una breve descripción de cada actividad.
•Símbolo decisión: es un rombo que señala un punto en el proceso en el que hay que tomar
una decisión, a partir de él, se ramifica en dos o más vías el camino que se puede seguir.
•Símbolo terminal: Es un óvalo que identifica sin ninguna ambigüedad, el principio y el
final de un proceso, según la palabra dentro del símbolo terminal.
VII. MARCO CONCEPTUAL
Actividades Ilícitas: son aquellas conductas o actividades que de conformidad con una
norma vigente ostentan el carácter de ilícitas, esto es, contra derecho. En relación con el
lavado de activos, es evidente que el desarrollo de esta conducta constituye la realización
de una actividad ilícita, máxime cuando la legislación penal la tipifica como delito.
Autoridad Competente: Para los fines del presente manual, la Unidad de Análisis
Financiero, que se encarga de los análisis financieros relativos a posibles infracciones de
lavado de activos, infracciones precedentes y el financiamiento del terrorismo; y la
Superentendía de Seguros, la cual está investida con facultades de regulación,
supervisión, vigilancia, fiscalización, requerimiento de información, inspección extra
situ e in situ, y de aplicación de sanciones sobre los sujetos obligados y su personal, de
conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley.
114
Beneficiario Final: Se refiere a la persona física que ejerce el control efectivo final sobre
una persona jurídica o tenga como mínimo el 20% del capital de la persona jurídica,
incluyendo a la persona física en beneficio de quien o quienes se lleva a cabo una
transacción.
Cliente: Persona física o jurídica con la cual se establece y mantiene, de forma habitual
u ocasional, una relación contractual, profesional o comercial para el suministro de
cualquier producto o servicio. Puede ser ocasional o permanente.
Clientes de Alto Riesgo: Son aquellos clientes que pueden estar relacionados en
actividades o están conectados con jurisdicciones, que están identificadas por fuentes
fiables definidas por las autoridades competentes, como susceptibles de lavado de activos
o financiamiento de actividades terroristas.
Debida Diligencia: Conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante los
cuales los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre sus clientes y
relacionados, actuales y potenciales, beneficiarios finales y de las actividades que
realizan.
Debida Diligencia Ampliada: Conjunto de políticas y procedimientos más exigentes,
diseñados para que el conocimiento de un cliente o beneficiario final se profundice, en
virtud de los resultados arrojados por los procedimientos de evaluación, diagnóstico y
mitigación de los riesgos identificados.
Debida Diligencia Simplificada: Conjunto de políticas y procedimientos menores,
diseñados para que los elementos utilizados para el conocimiento de un cliente o
beneficiario final se simplifiquen, en virtud de los resultados arrojados por los
procedimientos de evaluación, diagnóstico y mitigación de los riesgos identificados.
Financiamiento del Terrorismo: Es cualquier forma de acción económica, ayuda o
mediación que proporcione apoyo a las actividades de elementos o grupos terroristas.
Lavado de Activos: Es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y
organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos
provenientes de los delitos precedentes señalados en la Ley.
Matriz de Riesgo: Es una herramienta analítica que cada sujeto obligado debe elaborar
y actualizar para determinar su grado de exposición al riesgo y poder establecer conforme
su propio perfil los controles mitigantes para la prevención de LA/FT.
115
Oficial de Cumplimiento: Es la persona designada para encargarse de vigilar el estricto
cumplimiento del programa de cumplimiento y prevención de LA/FT, el cual deberá
estar dotado de capacidad técnica y autonomía en sus funciones.
Operaciones Inusuales: Son aquellas operaciones intentadas o realizadas en forma
aislada o reiterada, sin justificación económica y/o jurídica, ya sea porque no guardan
relación con el perfil económico, financiero, patrimonial del cliente, o porque se desvían
de los usos y costumbres en las prácticas de mercado, por su frecuencia, habitualidad,
monto, complejidad, naturaleza y/o características particulares.
Operaciones Sospechosas: Es o son aquellas transacciones, efectuadas o no, complejas,
insólitas, significativas, así como todos los patrones de transacciones no habituales o
transacciones no significativas pero periódicas, que no tengan un fundamento económico
o legal evidente, o que generen una sospecha de estar involucradas en el lavado de activo,
algún delito precedente o en la financiación del terrorismo.
Países, Jurisdicciones y Áreas Geográficas de Alto Riesgo: Se consideran como tales,
aquellos países, jurisdicciones y áreas geográficas nacionales o internacionales, que
ameriten tener una especial atención y debida diligencia ampliada, para la prevención de
lavado de activos y financiamiento al terrorismo.
Persona Expuesta Políticamente (PEP’s): Cualquier individuo que desempeña o ha
desempeñado, durante los últimos tres (3) años, altas funciones públicas, por elección o
nombramientos ejecutivos, en un país extranjero o en territorio nacional, incluyendo
altos funcionarios de organizaciones internacionales. Incluye, pero no se limita a: jefes
de estado o de gobierno, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta
jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios, así como aquellos que
determine el Comité Nacional de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
previa consulta con el Ministerio de Administración Pública. Los cargos considerados
PEP’s, serán todos aquellos funcionarios obligados a presentar Declaración Jurada de
Bienes. Se asimilan todas aquellas personas que hayan desempeñado o desempeñen estas
funciones o su equivalente para gobiernos extranjeros.
Reportes Regulatorios: Son aquellas informaciones que obligatoriamente deberán
remitir a la Unidad de Análisis Financiero, en los plazos y formas establecidos en la
regulación vigente.
Revelación o “Tipping off”: Se refiere a que el Sujeto Obligado o sus empleados no
podrán revelar a terceros el hecho de que se está realizando un reporte de operación
sospechosa o información relacionada a las autoridades competentes.
116
Riesgo de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento al Terrorismo (FT): Es el riesgo
inherente que tienen y afrontan permanentemente las entidades supervisadas por su
misma naturaleza de negocios, de ser utilizadas consciente o inconscientemente, para el
lavado de A\activos, y para el financiamiento del terrorismo.
Productos y Servicios: Se entiende como aquellos ofertados por el sujeto obligado para
la generación de sus ingresos, y que están establecidos como su objeto social licito de
acuerdo a los documentos legales de la empresa.
Terrorismo: Se denomina terrorismo aquellos actos que se ejecuten empleando medios
susceptibles de provocar en forma indiscriminada o atroz, muertes, heridas, lesiones
físicas o psicológicas, de un número indeterminado de personas, o graves estragos
materiales a infraestructuras estratégicas de la nación o propiedad de particulares, con la
finalidad de atemorizar a la población en general o determinados sectores de ésta; ejercer
retaliaciones fundadas por motivos políticos, étnicos, religiosos, o de cualquier otra
índole y afectar las relaciones del Estado Dominicano con otros Estados o su imagen
exterior, de conformidad con lo prescrito en el artículo 5 de la Ley No. 267-08.
VIII. DISEÑO DE INVESTIGACION
Diseño:
Se utilizará un diseño no experimental para el desarrollo de esta investigación. Ya que solo
observaremos los fenómenos tal y como ocurren naturalmente, sin intervenir en su
desarrollo, para luego poder determinar cuáles son las normas y procedimientos
convenientes a proponer para un adecuado manual de políticas y procedimientos.
Enfoque:
Considerando las características de los diferentes enfoques, por una parte el enfoque
cuantitativo al utilizar la recolección y el análisis de datos para contestar preguntas de
investigación y probar hipótesis establecidas previamente y al confiar en la medición
numérica, el conteo y la estadística para establecer con exactitud patrones de
comportamiento en una población, y por otra parte, el enfoque cualitativo, al utilizarse
117
primero en descubrir y refinar preguntas de investigación y al basarse en métodos de
recolección de datos sin medición numérica, como las descripciones y las observaciones
y por su flexibilidad se mueve entre los eventos y su interpretación, entre las respuestas
y el desarrollo de la teoría.
Por lo anteriormente mencionado, para desarrollar esta investigación se utilizará el enfoque
mixto, en virtud de que ambos se entremezclan en la mayoría de sus etapas, por lo que será
conveniente combinarlos para obtener información que permita triangularla. Esta
triangulación aparecerá como alternativa en esta investigación a fin de tener la posibilidad
de encontrar diferentes caminos para conducirlo a una comprensión e interpretación lo más
amplia del fenómeno en estudio.
Orientación
Por último, debido al tema que se tiene como objeto de estudio, la investigación reflejará
una orientación transversal, lo que implica la recolección de datos en un solo periodo de
tiempo sin interrupciones.
IX. METODOLOGÍA
Tipo de investigación
La presente investigación está sustentada en el tipo de investigación descriptiva para la
obtención y análisis de la información oportuna para el desarrollo del tema seleccionado.
La investigación es descriptiva debido a que se busca describir las condiciones actuales en
las que la empresa maneja sus operaciones, así como especificar las características que
predominan en el control de sus operaciones, para de ese modo determinar las posibles
medidas a tomar en torno a la mejora del control de existencias de la institución.
De esta forma mediante este método se podrá recopilar información relevante a cerca del
control interno y el manejo de los sistemas de información utilizados y de este modo
determinar el impacto que tiene esta situación, para esto se consideraron, tanto aportes
118
documentales como los obtenidos de la aplicación de los instrumentos de recolección de
datos.
Métodos a utilizar
Método deductivo: ya que se necesita partir de lo general a lo particular, este método
permitirá que se relaciones las situaciones generales para llegar a explicaciones
particulares las cuales se encuentran contenidas en una situación que afecta a la
población en general.
Método de análisis: Después de identificar las partes de la realidad estudiada, se
buscará relación causa-efecto entre estas.
Método síntesis: Ya que es un proceso que va de los simple a lo complejo, de la
causa al efecto y de los principios a las consecuencias, es decir, busca explicaciones
a partir del estudio.
Técnicas de recopilación de información
Entrevistas cerradas: que permite interactuar con las personas involucradas en los
diferentes procesos operacionales que lleva a cabo la empresa, para evaluar desde su
perspectiva cuales son los puntos débiles en este proceso
Observación: del manejo de las operaciones de los diferentes departamentos, por
parte de los empleados.
Encuestas: para recolectar datos de relevancia y visualizar la opinión de los
empleados involucrados en esta área.
119
X. FUENTES BIBLIOGRÁFICAS
146-02Ley. (2002). Ley General de Seguros. Santo Domingo.
267-08Ley. (2008). Sobre Prevención del Terrorismo. Santo Domingo.
Activos, 7.-0. S. (2002). Sobre Prevencion de Lavado de Activos. Santo Domingo.
Ley155. (2017). Ley sobre el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas
y Sustancias Controladas. Santo Domingo.
Seguros, A. (2017). Rol de los Intermediarios de Segurosante la ley 155-17. Santo
Domingo: Atrio Seguros.
Seguros, S. d. (2002). Normas para la Preventacón y Lavado de Activos. Santo Domingo.
120
XI. ESQUEMA PRELIMINAR D CONTENIDO DEL TRABAJO DE
GRADO
INDICE DE CONTENIDO
(PRELIMINAR)
CAPÍTULO 1. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
1.1 Antecedentes
1.2 Planteamiento del Problema
1.3 Formulación del problema
1.4 Objetivos
1.4.1 Objetivo General
1.4.2 Objetivos Específicos
1.4.3 Preguntas de Investigación
1.4.4 Justificación
1.5 Hipótesis
CAPITULO 2. GENERALIDADES DEL MERCADO ASEGURADOR
DOMIMINICANO
2.1 Generalidades del Mercado Asegurador
2.2 Superintendencia de Seguros
2.3 El Riesgo de Lavado de Activos
2.3.1. Características
2.3.2. Riesgos Asociados a la Actividad comercial
2.4 Debida Diligencia para Prevención
2.5 Manual de Cumplimiento
CAPITULO 3. MANUAL O PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO BASADO
EN RIESGO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL RIESGO DE LAVADO
DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
3.1 Objetivo del Manual
3.2 Ámbito de Aplicación
3.3 Descripción general de la Empresa
3.4 Órganos y responsabilidades de cumplimiento
3.5 Oficial de Cumplimiento
3.5.1 Funciones
3.5.2 Los criterios de selección del Oficial
3.6 Debida Diligencia
3.6.1 Clientes
3.6.2 Empleados
3.6.2.1 Reclutamiento y Selección
3.6.2.2 Código de Conducta
121
3.7 Personas Políticamente Expuestas
3.8 Documentación y Verificación
3.9 Factores de Riesgos
3.10 Programa de Capacitación y Actualización
3.11 Evaluación Independiente
3.12 Políticas de Comunicación
3.13 Plataforma Tecnológica
3.14 Glosario de Términos
4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
126
CRONOGRAMA DE CAPACITACIONES
NOMBRES CAPACITACIONES ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
Mckenzie Rivera, Eduardo SantiagoMarco Legal Y Regulatorio en la Prevención Lavado de Activos
Tolentino Peralta, Tomasina Desarrollo de la Marca Personal
Fermín Almonte, Ana Josefa LicelotDiplomado en Seguros
González Camilo, Mariela Desarrollando el Líder que hay en ti
Portes Lantigua, Karla Marie Prevención Lavado de Activos
Sensibilización Prevención Lavado de Activos
Excel Avanzado
Redacción de Informe Técnicos
CRONOGRAMA DE CAPACITACION 2018
127
MANUAL DE CONDUCTA
INTRODUCCIÓN
Mckenzie, S.R.L, es una empresa que basa los servicios que ofrece en valores
éticos y morales. Para fomentarlo pone a disposición de miembros del equipo el
Código de Conducta, de forma que cada uno pueda asumirlo como parte de nuestra
cultura organizacional y de nuestro accionar.
Los lineamientos del Código se aplican a todo el personal de Mckenzie, S.R.L.,
proveedores, Clientes y a todo aquel que preste servicios para o en representación
de Mckenzie, S.R.L, y que sea capaz de incurrir en prácticas contrarias a la ética
en representación de Mckenzie, S.R.L.
Este Código de Conducta define los lineamientos y estándares de integridad y
transparencia a los que deberán ajustarse todos los empleados de Mckenzie, S.R.L,
cualquiera sea su nivel jerárquico o especialidad. Sin perjuicio de lo anterior, ni este
ni ningún otro código puede prever todas las situaciones que debamos enfrentar y
de ningún modo sustituye la aplicación del sentido común y el buen criterio.
En la medida en que la naturaleza de cada vinculación lo permitiera, todos los
principios establecidos en el presente código deberán aplicarse también en la
relación de Mckenzie, S.R.L con proveedores, personas asociadas, tales como
128
intermediarios comerciales, representantes no comerciales, consultores, socios de
negocios, o cualquiera que preste servicios para o en representación de Mckenzie,
S.R.L, ya sea que recibieran o no una retribución, todos quienes sean capaces de
incurrir en prácticas contrarias a la ética en representación de Mckenzie, S.R.L.
En el marco de la vinculación laboral, todo el personal debe desempeñar sus
funciones de acuerdo con las leyes aplicables, las normas externas e internas, las
pautas de este Código y con todas las políticas y procedimientos internos
aplicables, sobre una base de compromiso personal con la honestidad, la lealtad y
la transparencia en todas las acciones relacionadas con esa vinculación laboral.
Se espera de los empleados de Mckenzie, S.R.L que:
1. Aprendan y cumplan con las leyes, las normas, políticas y procedimientos de
Mckenzie, S.R.L que se aplican a su trabajo;
2. Procuren rápidamente asesoramiento y orientación si no están seguros
acerca del rumbo a tomar y alienten a otros a que hagan lo mismo;
3. Estén alertas e informen toda cuestión o potenciales violaciones a su
supervisor directo, y a los Servicios Legales de Mckenzie, S.R.L, o a los
asesores en materia de Dirección de Auditoría, respecto de todas las
cuestiones que se encuentren cubiertas por la Política de Conducta
Empresarial.
4. Nunca juzguen, ni tomen ningún tipo de represalias contra una persona que
plantee una cuestión, informe una violación o participe en una investigación.
129
Las siguientes preguntas deberán ser consideradas antes de tomar cualquier
decisión en el ámbito laboral:
a. ¿La acción propuesta cumple con la legislación aplicable y las políticas y
procedimientos internos de Mckenzie, S? R.L?
b. ¿La acción propuesta se ajusta a la letra y al espíritu del Código de
Conducta?
c. ¿Esta decisión puede justificarse como el curso de acción más apropiado?
d. Si la acción propuesta tuviese difusión pública, ¿podría comprometer a
Mckenzie, S.R.L o resultar perjudicial para su reputación o su posición en la
comunidad?
IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
Es responsabilidad de la Gerencia Administrativa y Financiera la difusión e
implementación del Presente Código.
El Consejo de Administración resolverá cualquier cuestión de implementación o
interpretación del Código que no pudieran ser resueltas satisfactoriamente por los
niveles de supervisión jerárquica.
130
Cada vez que fuera apropiado o necesario, la Gerencia Administrativa y Financiera,
realizara la actualización, definición e implementación de normas y procedimientos
para asegurar el total cumplimiento del Código.
La gerencia de Mckenzie, S.R.L tomará las medidas necesarias para asegurar que
todo su personal, todos los proveedores, agentes, representantes, clientes y
cualquiera que preste servicios para o en representación de Mckenzie, S.R.L
conozcan y comprendan las disposiciones de este Código de Conducta y
comprendan cómo se aplicará en su ambiente de trabajo.
La gerencia de Mckenzie, S.R.L, asegurará que se provea una capacitación sobre
este Código y sobre las políticas y procedimientos de Mckenzie, S.R.L a todos los
empleados.
Los empleados de Mckenzie, S.R.L que requirieran mayor información que la
ofrecida por sus supervisores podrán contactar a la Gerencia Administrativa y
Financiera, mediante correo electrónico a [email protected]
CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
Las pautas del Código prevalecen sobre la obediencia a instrucciones de
funcionarios jerárquicamente superiores.
131
Aceptar cumplir con las disposiciones de este Código es condición de empleo en
Mckenzie, S.R.L.
El cumplimiento de este Código será una responsabilidad personal y exclusiva de
cada empleado. En el caso de cualquier transgresión, los empleados, una vez
informados sobre su implementación, no podrán invocar su desconocimiento o el
hecho de haber obedecido instrucciones de funcionarios de un nivel jerárquico
superior.
Se espera que el personal adopte una actitud proactiva, evitando una actitud de no
intervención frente a posibles violaciones, y actuando por iniciativa propia en caso
de que detectare hechos de incumplimiento de este Código en cualquier tipo de
proceso.
Se espera que cada empleado cumpla las pautas del Código de Conducta y
colabore con investigaciones internas cuando le fuera requerido.
Los supervisores no deberán aprobar ni tolerar violaciones a este Código y, en caso
de tener conocimiento de hechos de ese tipo, deberán denunciarlos
inmediatamente.
132
Dependiendo de la gravedad del incumplimiento y el régimen legal aplicable, las
sanciones disciplinarias pueden conducir al despido y a acciones legales iniciadas
aun después del despido.
DENUNCIA DE VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA
El Código regula el funcionamiento de una Línea Transparente, con la opción de
mantener confidencial la identidad de los denunciantes, y respeta el derecho de
defensa del personal involucrado.
Mckenzie, S.R.L ha implementado y fomenta el uso de una Línea Transparente
para recibir consultas, pedidos de orientación y reportes de situaciones o denuncias
de comportamientos que sean contrarios a este Código.
Este canal de comunicación deberá asegurar mecanismos necesarios para evitar
cualquier medida de represalia o sanción contra los empleados que contactaren la
Línea Transparente.
La Línea Transparente será operada de acuerdo a los procedimientos diseñados
por la Gerencia Administrativa y financiera, en lo referido a asuntos financieros o a
los sistemas de control interno sobre reporte financiero.
133
Quienes se comunicarán con la Línea Transparente podrán solicitar que en todos
los registros relacionados con sus denuncias se los referenciara utilizando un
nombre de fantasía a fin de salvaguardar la confidencialidad de su identidad.
La gerencia de Mckenzie, S.R.L adoptará las medidas necesarias para asegurar la
más absoluta confidencialidad de la información recibida, el trato justo del personal
involucrado en violaciones al Código y el derecho de defensa de dicho personal.
PAUTAS DE CONDUCTA
CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES
Los empleados deben cumplir con la legislación aplicable.
El personal deberá respetar en todos los casos el cumplimiento de las leyes a las
que se encuentra sujeta Mckenzie, S.R.L, incluyendo las leyes vigentes en los
distintos países en los cuales Mckenzie, S.R.L opera o desarrolla negocios. Los
empleados deben ser conscientes de que, debido al carácter global de las
operaciones de Mckenzie, S.R.L, una conducta inapropiada en un determinado país
podría generar responsabilidad legal para Mckenzie, S.R.L o sus empleados no
sólo en el país donde tuviera lugar esa conducta impropia sino también,
potencialmente, en otros países. Si existiera alguna duda respecto de si una acción
u otro acontecimiento podría originar responsabilidad para Mckenzie, S.R.L en
cualquier país, los empleados deberán plantear inmediatamente la cuestión a su
134
supervisor directo, a los Servicios Legales de Mckenzie, S.R.L. en relación con los
temas alcanzados por la Política de Conducta Empresarial.
Periódicamente, Mckenzie, S.R.L emite políticas, regulaciones y guías para
alcanzar sus objetivos de negocio, aplicar las mejores prácticas y cumplir con las
regulaciones impuestas por varias jurisdicciones en las cuales desarrolla sus
negocios. Aunque Mckenzie, S.R.L siempre se esfuerza por comunicar dichas
políticas, regulaciones y pautas, se espera que los empleados también determinen
cuáles son aplicables a ellos. Los empleados pueden consultar en la Intranet de
Mckenzie, S.R.L o en los Servicios Legales de Mckenzie, S.R.L para obtener
asistencia al respecto.
GESTIÓN TRANSPARENTE
La información suministrada debe ser precisa y las decisiones deben ser
transparentes.
El personal debe tomar los recaudos necesarios para asegurar un manejo
transparente de la información y de la toma de decisiones.
A los efectos del presente, la información es transparente cuando refleja con
precisión la realidad.
Se considera que una decisión es transparente cuando cumple con todas y cada
una de las siguientes condiciones:
135
1. Cuenta con una aprobación en el nivel adecuado según lo establecido
en la política o procedimiento aplicable.
2. Se basa en un análisis razonable de los riesgos involucrados.
3. Deja registros de sus fundamentos.
4. Privilegia los mejores intereses de Mckenzie, S.R.L por sobre
cualquier interés personal.
CONFLICTO DE INTERESES Y DEBER DE LEALTAD
Los conflictos de intereses deben ser divulgados.
Existe un conflicto de intereses, real o potencial, cuando la relación de un empleado
con un tercero pudiera afectar los intereses de Mckenzie, S.R.L.
En sus relaciones con clientes, proveedores, intermediarios comerciales,
contratistas y competidores, los empleados deben privilegiar los intereses de
Mckenzie, S.R.L por sobre cualquier situación que pudiera conducir a un beneficio
personal real o potencial para sí mismos o para cualquier familiar o personas
allegadas.
Los conflictos de intereses que involucraran a personal de Mckenzie, S.R.L deben
ser revelados por escrito en su totalidad según lo requirieran las normas ad hoc de
Mckenzie, S.R.L. Esta divulgación deberá ser realizada de acuerdo con las políticas
y procedimientos internos o cuando Mckenzie, S.R.L lo considere apropiado.
136
Toda conducta relacionada con el ámbito laboral que generará un beneficio
personal no autorizado a favor de empleados, sus familiares o sus allegados y que
pudiera ocasionar un daño a Mckenzie, S.R.L o a terceros con un interés en ella
(accionistas, clientes, proveedores, otros empleados o a la comunidad), será
considerada como contraria a los principios de este Código.
Se espera de los empleados que actúen de manera justa y honesta, siempre de
acuerdo con los objetivos comerciales de Mckenzie, S.R.L y sus valores
fundamentales.
OBSEQUIOS Y ATENCIONES
La promesa, entrega y aceptación de obsequios está restringida.
La promesa, entrega y aceptación de obsequios, comidas y entretenimiento puede
formar parte de la construcción de una relación comercial. Sin embargo, ningún
empleado de Mckenzie, S.R.L, ni tampoco ninguna persona que preste servicios
para o en representación de Mckenzie, S.R.L, debe ofrecer, prometer, dar, solicitar,
acordar recibir o aceptar invitaciones, obsequios, comidas o entretenimientos
excesivos o inapropiados que pudieran crear o implicar una influencia inapropiada
o generar una obligación a cualquier destinatario de los mismos.
137
Los empleados podrán dar y aceptar obsequios de cortesía, comidas o
entretenimiento que sean de poco valor, tales como pequeños presentes u
obsequios entregados como muestra de hospitalidad, sólo cuando los mismos no
fuesen dirigidos a obtener comportamientos impropios que pudieran ser
interpretados por parte de un observador imparcial como destinados a proveer u
obtener alguna ventaja indebida.
Los empleados de Mckenzie, S.R.L deberán tener especial cuidado en las
relaciones con empleados o funcionarios de agencias gubernamentales y de
entidades vinculadas con los gobiernos, incluyendo entidades comerciales
vinculadas con los gobiernos, con el fin de no dar lugar a ningún indicio de una
conducta deshonesta.
Los empleados de Mckenzie, S.R.L deberán informar a su supervisor directo si, se
les ofrece o esperan recibir de una entidad o una persona invitaciones, obsequios,
comidas o entretenimiento que excedan el monto de US$100 (cien dólares) debe
informarlo a la gerencia de la empresa.
Bajo ninguna circunstancia se podrá dar o aceptar dinero en efectivo o bienes
fácilmente convertibles en dinero.
138
Las invitaciones recibidas para participar en acontecimientos de negocios,
conferencias, convenciones, presentaciones comerciales o cursos técnicos deben
ser autorizadas por los niveles de supervisión adecuados.
Estas restricciones para la recepción o entrega de invitaciones, obsequios, comidas
o entretenimiento son igualmente aplicables a los familiares o asociados de
cualquier persona con quien un empleado de Mckenzie, S.R.L pueda estar
relacionándose o interactuando en cualquier asunto relacionado con Mckenzie,
S.R.L.
USO DE ACTIVOS
Los activos de Mckenzie, S.R.L deben ser utilizados con prudencia y
responsabilidad.
Los empleados deben asegurar que los activos de Mckenzie, S.R.L sean
exclusivamente utilizados para el beneficio de la Empresa, según los fines previstos
y por las personas debidamente autorizadas.
De acuerdo con la legislación nacional vigente, cada empleado es responsable de
proteger la propiedad y otros activos tangibles e intangibles de Mckenzie, S.R.L
contra cualquier uso no autorizado, el abuso de confianza y su daño o pérdida por
negligencia o por utilización con intención delictiva.
139
SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN DE MCKENZIE, S.R.L
El acceso a la información debe estar limitado al personal autorizado y debe estar
protegida su divulgación indebida. La información cuya divulgación no sea
legalmente exigida debe preservarse como confidencial.
Sólo las personas expresamente autorizadas y sujetas a toda restricción impuesta
por la legislación aplicable y las regulaciones de Mckenzie, S.R.L, pueden acceder
a la información relativa a operaciones (sea que ésta se encuentre en medios
físicos, magnéticos, electrónicos u ópticos), y solamente podrá ser utilizada para
cumplir las responsabilidades y tareas de esas personas y durante los períodos
especificados en la respectiva autorización.
La clave de acceso equivale a la firma de un empleado. Sólo podrá ser conocida
por su dueño y no se permite su divulgación a terceros.
Los empleados son responsables directos de adoptar los recaudos necesarios para
preservar la información de la Empresa de daños o pérdidas y de asegurar su
custodia segura de acuerdo con las regulaciones y las normas internas.
Los empleados de Mckenzie, S.R.L deben mantener la confidencialidad de toda
información a la que tuvieran acceso en el desempeño de su trabajo en Mckenzie,
S.R.L, aun cuando ésta no hubiera sido clasificada como reservada o no se refiriera
140
específicamente a Mckenzie, S.R.L (por ejemplo, información sobre accionistas,
clientes, proveedores, sistemas, carteras, ente otros) y sin importar el modo en que
dicha información se hubiere obtenido o hubiere sido comunicada. Esta obligación
incluye, sin limitación alguna, la información obtenida o comunicada en forma oral,
escrita, electrónica, a través de inspecciones de libros y registros, a través de
grabaciones de sonido o imágenes o en cualquier otra forma, como también la
información mantenida en documentos físicos o digitales, archivos, imágenes,
sonidos, grabaciones de video y de voz o en cualquier otro formato.
Algunos de los empleados tienen acceso, ya sea en forma habitual u ocasional, a
información confidencial debido al tipo de trabajo que realizan. Esto puede incluir,
por ejemplo, información relacionada a ventas, actividades de promoción y planes
comerciales, datos financieros, información técnica de productos, actividades de
fusión o adquisición, secretos comerciales, productos o servicios actuales o futuros,
actividades de investigación y desarrollo, invenciones, contratos potenciales,
información o resultados financieros que todavía no fueron publicados,
proyecciones financieras, información almacenada en sistemas de almacenamiento
de información de Mckenzie, S.R.L, o cualquier otro tipo de información.
La información confidencial de Mckenzie, S.R.L nunca debe ser compartida con
ninguna persona que no necesite la misma para realizar un trabajo o prestar un
servicio para Mckenzie, S.R.L. Como regla general, la información confidencial sólo
puede ser intercambiada con personas autorizadas. Aún dentro de Mckenzie,
141
S.R.L, la información confidencial sólo debe ser intercambiada cuando ello sea
necesario en función de la actividad de quienes participan del intercambio. El
personal debe seguir todos los procedimientos de seguridad y mantenerse alerta
respecto de cualquier situación que pueda causar la pérdida, el uso incorrecto o el
hurto de la información o la propiedad de Mckenzie, S.R.L. La información
confidencial de otras personas con quienes Mckenzie, S.R.L hace negocios o
interactúa también debe ser respetada.
En caso de duda, toda información debe presumirse confidencial y debe ser tratada
con cuidado. La información confidencial de Mckenzie, S.R.L siempre debe ser
protegida para evitar la divulgación impropia o involuntaria. La información
confidencial no debe ser usada para beneficiar a otro empleador o negocios
externos o invenciones no patrocinadas por Mckenzie, S.R.L.
La política de no divulgación debe ser mantenida hasta que dicha información sea
revelada públicamente. La obligación de proteger la información confidencial
continuará en cabeza del empleado aún después de que el vínculo laboral haya
finalizado.
El incumplimiento o falta con la obligación de confidencialidad será calificada como
un incumplimiento grave si involucrara la divulgación de, o facilitará la oportunidad
de divulgar, información no pública relativa a emprendimientos y actividades de
Mckenzie, S.R.L.
142
USO DE LOS RECURSOS TECNOLÓGICOS
El hardware y software sólo pueden utilizarse para fines corporativos o para
aquellos otros expresamente autorizados. La utilización de software sin licencia
está terminantemente prohibida.
El personal no puede utilizar los equipos, sistemas y dispositivos tecnológicos de
propiedad de Mckenzie, S.R.L para fines distintos a los autorizados por Mckenzie,
S.R.L.
El uso de software que no cumpla con los estándares oficiales de Mckenzie, S.R.L
no está permitido, salvo con autorización escrita de las respectivas áreas técnicas.
El personal debe abstenerse de introducir en los ambientes tecnológicos de
Mckenzie, S.R.L copias ilegales de software.
Los empleados que operasen recursos tecnológicos deberán ser informados sobre
las restricciones de uso y deberán abstenerse de violar acuerdos de licencia y de
ejecutar cualquier acto que comprometiera la responsabilidad de Mckenzie, S.R.L
frente a terceros o frente a autoridades gubernamentales.
Los recursos tecnológicos deben manejarse de acuerdo con las políticas y los
procedimientos definidos por las áreas correspondientes.
143
Mckenzie, S.R.L tiene el derecho a monitorear, en cualquier momento y sin aviso,
el uso de sus recursos de información tecnológica, y, por ende, a acceder, revisar,
copiar o capturar archivos, documentos, registros, bases de datos, mensajes
electrónicos (incluyendo tanto mensajes laborales como personales), actividad en
internet y cualquier otra información generada a través del uso de los recursos de
información tecnológica de Mckenzie, S.R.L.
En igual sentido, los usuarios de los recursos de información tecnológica de
Mckenzie, S.R.L deben tener expectativas de privacidad en relación a la
información o comunicaciones que sean generadas o transmitidas a través de, o
almacenadas en los recursos de información tecnológica de Mckenzie, S.R.L.
Por el contrario, Mckenzie, S.R.L no accederá ni monitoreará las comunicaciones
de los empleados que se realicen a través de sistemas de mensajería web provistos
por terceros (tales como Hotmail, Gmail, Yahoo, etc.), a los que se accedan a través
de computadoras de Mckenzie, S.R.L.
La información y datos almacenados dentro de las instalaciones de Mckenzie, S.R.L
y los recursos de información tecnológica (incluyendo las computadoras de
Mckenzie, S.R.L) son propiedad de Mckenzie, S.R.L y, en consecuencia, Mckenzie,
S.R.L puede decidir sobre la provisión de esta información a autoridades u otros
terceros si lo considera apropiado o necesario.
144
USO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
SE PROHÍBE TERMINANTEMENTE EL USO INDEBIDO Y LA DIVULGACIÓN
DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA.
Ningún empleado podrá adquirir, vender o negociar de cualquier otra manera títulos
valores de Mckenzie, S.R.L, ni de cualquier otra empresa que tuviera relaciones
comerciales con Mckenzie, S.R.L, mientras dispusiera de información relevante no
pública.
Asimismo, los empleados no podrán divulgar a persona alguna, en forma directa o
indirecta, cualquier información relevante no pública a la que hubieran accedido
durante el cumplimiento de sus funciones en Mckenzie, S.R.L y que estuviera
relacionada con Mckenzie, S.R.L o con cualquier otra empresa que cotizara
públicamente en mercados de valores.
Además de la acción disciplinaria que pudiera corresponder de acuerdo con el
marco legal aplicable, la violación de esta política podrá derivar en ulteriores
acciones legales contra el empleado involucrado.
145
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
El derecho de propiedad intelectual sobre cualquier know how desarrollado en el
ámbito laboral queda reservado a Mckenzie, S.R.L.
Los derechos de propiedad sobre todos los conocimientos desarrollados en el
ámbito laboral pertenecen a Mckenzie, S.R.L, quien conserva su derecho a
explotarlos del modo y en el momento que considere más oportunos, de acuerdo
con la legislación aplicable.
La titularidad de la propiedad intelectual incluye planos, sistemas, procedimientos,
metodologías, cursos, informes, proyecciones, diseños y cualquier otra actividad
desarrollada en Mckenzie, S.R.L o mediante contratación de ésta.
AMBIENTE DE CONTROL INTERNO
Todos los empleados, en sus respectivas funciones, son responsables de cumplir
con los controles internos y de cooperar con el aseguramiento del adecuado
funcionamiento de dichos controles.
Es política de Mckenzie, S.R.L difundir, la organización, una cultura caracterizada
por la conciencia sobre la existencia de controles, así como una mentalidad
orientada a los controles. Deberá lograrse una actitud positiva hacia los controles a
fin de incrementar la eficiencia en las actividades de Mckenzie, S.R.L y asegurar
que los negocios de Mckenzie, S.R.L son conducidos de un modo consistente con
146
las mejores prácticas reconocidas, las políticas y procedimientos de Mckenzie,
S.R.L y toda la legislación aplicable.
Los controles internos son todas aquellas herramientas necesarias o útiles para
encarar, administrar y chequear las actividades dentro de Mckenzie, S.R.L; su
objetivo consiste en asegurar el respeto a este Código y a las políticas y
procedimientos que han sido o serán establecidos en Mckenzie, S.R.L. Asimismo,
estos controles tienen por objetivo proteger los activos de Mckenzie, S.R.L,
administrar las operaciones eficientemente, suministrar información contable
precisa y completa e impedir toda conducta ilícita.
La gerencia de Mckenzie, S.R.L es la principal responsable de la implementación
de un sistema de control interno eficiente pero los empleados de todos los niveles
de la organización son responsables de adherir a los controles establecidos y de
identificar y plantear cualquier debilidad o falla percibida en el funcionamiento
adecuado de los controles internos.
REGISTROS E INFORMES PRECISOS
Todos los empleados, en sus respectivas funciones, son responsables de la
creación y mantenimiento de registros precisos.
Es política de Mckenzie, S.R.L que:
147
1. Los libros y registros de Mckenzie, S.R.L deban reflejar las transacciones de
acuerdo con los métodos aceptados para informar eventos económicos,
2. La declaración falsa, el ocultamiento, la falsificación, el engaño y todo otro
acto deliberado que resultara en la inexactitud de los libros y registros
financieros son actos ilícitos y no serán tolerados y
3. Las transacciones se deberán reflejar apropiadamente en los libros y
registros de Mckenzie, S.R.L de modo de permitir la preparación de estados
financieros de conformidad con los principios contables aplicables.
Asimismo, el término “registros” es amplio, incluyendo virtualmente todo tipo
de información generada o guardada por Mckenzie, S.R.L.
INCENTIVOS COMERCIALES. PROHIBICIÓN DE SOBORNOS
Los incentivos comerciales deben ser consistentes con la legislación aplicable y las
prácticas de mercado y deben ser aprobados de acuerdo con los procedimientos
de Mckenzie, S.R.L.
El otorgamiento de comisiones, descuentos, créditos y bonificaciones debe ser
implementado de acuerdo con la legislación vigente y debe efectuarse de manera
autorizada a organizaciones legalmente reconocidas y con la correspondiente
documentación de soporte.
148
Aun cuando cumpliera con los requisitos más arriba mencionados, cualquier
incentivo comercial debe estar alineado con las prácticas de mercado, a valores
autorizados y siguiendo las políticas y procedimientos aplicables.
Los empleados no deben entregar absolutamente nada como ser, por ejemplo,
dinero, obsequios, gastos de viajes, atenciones excesivas o cualquier otra ventaja
a nadie, que fuera o pudiera ser interpretado como:
a. Un intento para influir en la decisión de funcionarios gubernamentales o de
representantes políticos o en su desempeño de una función o actividad
relevante o
b. Una violación a cualquier ley o regulación aplicable. Mckenzie, S.R.L no
permitirá la utilización de representantes, intermediarios, agentes, para dar,
o prometer dar algo a nadie en nombre de Mckenzie, S.R.L con el fin de
evitar esta prohibición.
Los empleados deberán tener especial cuidado en las relaciones con funcionarios
públicos, lo cual debe ser interpretado ampliamente, de manera de incluir
empleados o funcionarios de organismos gubernamentales y de entidades
vinculadas con gobiernos, o entidades controladas por el gobierno, incluyendo
entidades comerciales relacionadas con gobiernos (como, por ejemplo, empresas
estatales), con el fin de no dar lugar a ningún indicio de conducta indecorosa.
Ninguna comida, regalo, viaje o atención podrá ser dado o pagado a, o en nombre
de, un empleado o funcionario gubernamental, directa o indirectamente, sin cumplir
149
con las reglas expresadas en la Política de Conducta Empresarial y procedimientos
vinculados los cuales describen los procedimientos que Mckenzie, S.R.L ha
implementado para asegurar la adhesión a estos principios del Código.
EL SOBORNO ESTÁ TOTALMENTE PROHIBIDO.
Según lo establecido en la Política de Conducta Empresarial de Mckenzie, S.R.L
S.A., no se consentirá, bajo ninguna circunstancia, el ofrecimiento o la recepción de
sobornos o de cualquier otro pago indebido.
La mayoría de los países tienen leyes que establecen la ilegalidad de incurrir en
soborno, incluyendo la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados
Unidos de Norteamérica (U.S. Foreign Corrupt Practices Act). Asimismo, la
Convención para Combatir el Soborno de la OCDE establece principios legalmente
vinculantes que criminalizan el soborno de funcionarios públicos extranjeros en
transacciones comerciales internacionales.
AMBIENTE DE TRABAJO
Se prohíbe la discriminación ilegal en las relaciones de empleo.
Todas las personas cuentan con la oportunidad de incorporarse a Mckenzie, S.R.L
o de aspirar a una nueva posición de acuerdo a los requerimientos de los puestos
vacantes y de criterios de mérito, sin discriminación arbitraria alguna.
150
Todos los empleados, en todos los niveles, deberán colaborar para mantener un
clima de respeto recíproco frente a diferencias personales.
Mckenzie, S.R.L implementará políticas de observancia obligatoria alineadas a la
legislación nacional aplicable con el propósito de promover un ambiente de trabajo
sano y seguro.
RELACIONES CON LA COMUNIDAD
Los empleados no están autorizados a apoyar públicamente en nombre de
Mckenzie, S.R.L a partidos políticos, ni a participar en campañas electorales, ni a
tomar parte en conflictos religiosos, étnicos, políticos o interestatales.
Todo aporte político realizado en cualquier país deberá cumplir con las políticas y
procedimientos establecidos en la Política de Conducta Empresarial de Mckenzie,
S.R.L.
Todos los empleados de Mckenzie, S.R.L deben respetar la legislación y las normas
que regulan las relaciones con funcionarios gubernamentales locales.
PROMOCIÓN DEL RESPETO POR LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL
Mckenzie, S.R.L aspira a lograr una mejora continua en la relación con el medio
ambiente, pretendemos cumplir y espera que todos los empleados cumplan con el
151
espíritu como también con la letra de las leyes ambientales aplicables. Donde existe
un vacío legal, los empleados deben imponerse estándares altos y apropiados.
VIGENCIA
Este código entra en vigencia a partir del 01 de febrero del año 2018.
153
ENCUESTA
“Elaboración de un Manual de control de riesgo para prevenir casos de Lavado de
Activos. Caso: Empresa de Corretaje de Seguros, año 2017¨
ENCUESTA A LA EMPRESA MCKENZIE, SRL
*Obligatorio
1- ¿La empresa cuenta con un programa de Prevención y control de Lavado
de Activos? *
o Sí
o No
2- ¿El Programa de Prevención y Lavado de activo está aprobado por la alta
dirección de la empresa? *
o Sí
o No
3- ¿El programa de prevención y control de lavado de activo está diseñado
atendiendo a la nueva Ley de Lavado de Activo? *
o Sí
o No
4- ¿Cuenta la empresa con políticas y procedimientos para prevenir, detectar
y reputar transacciones sospechosas? *
o Sí
o No
154
5- ¿Cuenta la institución con un departamento de auditoria interna o de
revisión externas que evalué regularmente las prácticas y políticas de
prevención y detención de lavado de activos? *
o Sí
o No
6- ¿La empresa realiza investigaciones para detectar la verdadera identidad
del cliente y los beneficios? *
o Sí
o No
7- ¿Aplica procedimientos adecuados para determinar el origen de los fondos
de los clientes? *
o Sí
o No
8- ¿Existe requisitos preestablecidos para contratar personas y/o compañías
que prestan servicios independientes? *
o Sí
o No
9- ¿Mantiene un registro de las transacciones es en efectivo superiores a los
US$10,000 o su equivalente a monda nacional o cualquier otro tipo de
moneda? *
o Sí
o No
155
10- ¿Remiten el reporte de los Formularios UAF-SEG-001 completados en el
mes, vía la Superintendencia de Seguros, en los primeros quince (15) días del
mes posterior a la UAF? *
o Sí
o No
11- ¿Controlan que los formularios estén debidamente llenados y preparan el
envío al organismo oficial de control? *
o Sí
o No
12- ¿Revisan los volúmenes de depósitos y retiros en efectivo por día a los
clientes? *
o Sí
o No
13- ¿Cuenta la Entidad con un Sistema Tecnológico Preventivo al LA/FT que
facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por
negocios, servicios y productos? *
o Sí
o No
14- ¿Conservan registros y archivos por clientes y la identificación de los
mismos por un período de diez (10) años? *
o Sí
o No
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15- ¿Mantiene estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en
razón de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas, como
forma de colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el
Financiamientos del Terrorismo? *
o Sí
o No
16- ¿Mantiene un nivel de confidencialidad ante sus clientes por operaciones
o hechos realizados, que den al traste a investigaciones sobre posible
vinculación al Lavado de Activo? *
o Sí
o No
17- ¿Conocen los empleados las obligaciones y sanciones que impone la Ley,
en cuanto a la lucha contra el Lavado de Activos y Financiamientos del
Terrorismo? *
o Sí
o No
18- ¿La empresa capacita a su personal de manera regular la metería de
Lavado de Activos? *
o Sí
o No
19- ¿Aplica la institución en esquema de evaluación de riesgos a los clientes
y sus transacciones? *
o Sí
o No