decanato de ciencias economicas y empresariales …

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DECANATO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES ESCUELA DE CONTABILIDAD Trabajo de Grado para Optar por el Título de: Licenciatura en Contabilidad” Elaboración de un Manual de control de riesgo para prevenir casos de Lavado de Activos. Caso: Empresa de Corretaje de Seguros, año 2017” Sustentantes: Elaine Josefina Rossis Pichardo 2012-2506 Leidy Bueno Marizan 2013-1977 Asesor: Juan Bautista Abreu Valerio Santo Domingo, República Dominicana Abril, 2018 Los conceptos emitidos en el presente trabajo de grado son de la exclusiva responsabilidad de las sustentantes.

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DECANATO DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES

ESCUELA DE CONTABILIDAD

Trabajo de Grado para Optar por el Título de:

“Licenciatura en Contabilidad”

“Elaboración de un Manual de control de riesgo para prevenir casos de

Lavado de Activos. Caso: Empresa de Corretaje de Seguros, año 2017”

Sustentantes:

Elaine Josefina Rossis Pichardo 2012-2506

Leidy Bueno Marizan 2013-1977

Asesor:

Juan Bautista Abreu Valerio

Santo Domingo, República Dominicana

Abril, 2018

Los conceptos emitidos en el presente trabajo de grado son de la exclusiva responsabilidad de las sustentantes.

DEDICATORIA

i

Quiero dedicar este gran logro a las personas más bellas y amorosas del mundo,

mis padres, Ysidro Antonio Bueno y Leidy María Marizan. Quienes me dieron la

oportunidad de iniciar mi carrera. Si no hubiese sido por su apoyo incondicional y

el de mi familia no hubiera llegado a cumplir una de mis metas en la vida.

Leidy Bueno

ii

A Dios, por haberme permitido llegar hasta este punto, el lograr mis objetivos, y por

haber puesto en mi camino a aquellas personas que han sido mi soporte y

compañía durante todo este tiempo.

A mi madre, gracias por todo el sacrificio que siempre has hecho por nosotros. Aquí

te entrego mi esfuerzo, tarde pero seguro. Este triunfo es de las dos, gracias por

siempre apoyarme mami.

A mi Padre, este es un logro que hoy comparto contigo, gracias por creer en mí.

Quiero que sepas que siempre ocuparas un lugar especial. Mis abuelos por

quererme y apoyarme siempre en cada paso que doy, esto también se lo debo a

ustedes. Mis hermanos, José (QEPD), Alexander y Laura, por estar conmigo y

apoyarme siempre, los quiero mucho.

A mi novio Yamil McKenzie, gracias por estar conmigo en este tiempo que ha sido

tan importante para mí. Gracias por estar incluso en los momentos más turbulentos.

Este proyecto no fue fácil, pero siempre te mantuviste motivándome para salir

adelante.

A mis mejores amigos, Ángela Pérez, Ángel Sánchez y Eduardo Suncar, por

compartir los buenos y malos momentos. A ustedes les debo mucho, los quiero

mucho.

iii

A todas las personas que saben que son importantes para mí, pero tal vez olvide

mencionar, gracias por las aportaciones que han tenido en mi vida.

Elaine Josefina Rossis Pichardo

AGRADECIMIENTO

iv

A Dios por siempre protegerme y estar a mi lado en cada una de las metas que me

propongo, gracias a él puedo decir que he realizado una meta más en mi vida.

A mis padres Ysidro Antonio Bueno y Leidy Marizan por todo el apoyo brindado

en el transcurso de mi carrera, por siempre estar de mi lado en todo este transcurso,

son parte importante de mi vida. Mi hermano Tony Bueno quien me ayudo durante

mi carrera.

A mi novio Miguel Martin Polanco por ser mi soporte en cada momento, por creer

y apostar a mí, gracias por siempre estar disponible las 24 horas del día.

A mi familia en especial a mis abuelas Elsa Sosa y Elena Marizan y mi tía Arelys

Sosa porque son parte fundamental de este camino.

A mis amigos, Daty Monegro, Jazmín Javier, Birna Sánchez, Wagner Familia y

Jean Carlos Ramírez quienes sin pensarlo se convirtieron en un apoyo e

imprescindibles en mi vida.

A mi asesor de Tesis Juan Bautista Abreu por su apoyo y dedicación para que

juntos pudiéramos llegar a la orilla de esta etapa que finaliza, gracias porque sin

usted nada de esto sería posible.

A mi Compañera Elaine Rossis, por acompañarme a superar este reto, y ser parte

de esta maravillosa etapa. Gracias por tus consejos y dedicación.

Leidy Bueno Marizan

v

Nuestros agradecimientos van dirigidos a la empresa McKenzie, Asesores y

Corredores De Seguros, así como a su Presidente el señor Eduardo McKenzie por

haber aceptado que se realicemos nuestra tesis en su prestigiosa empresa. Gracias

por la ayuda y la confianza que fue depositada en nosotras.

A la señora Tomasina Tolentino quien nos acompañó en cada paso del camino,

siempre brindándonos su apoyo y colaboración, sus aportaciones siempre fueron

de gran importancia para esta investigación. A usted le debemos esta tesis.

A mi compañera Leidy Bueno, por haber sido una excelente compañera, por su

perseverancia y dedicación durante este proceso. Hoy estamos viendo los frutos de

esas largas noche.

A nuestro asesor, el Profesor Juan Bautista Abreu Valerio, por su asesoría, quien

siempre se mostró dispuesto a brindarnos su ayuda para llevar a cabo nuestro tema

de investigación. Gracias por su paciencia y apoyo durante este proceso.

Elaine Rossis

vi

INDICE

Introducción ............................................................................................................ 1

Diseño Metodológico ............................................................................................ 4

Capitulo I. Generalidades de la Ley 155-7 Contra el Lavado de Activos y el

Financiamiento del Terrorismo.

1.1 Aspectos Generales de la Ley 155-7 ............................................................. 6

1.1.1 Antecedentes Históricos de la Ley ...................................................... 6

1.1.2 Inicio de la Ley 155-7 Contra el Lavado de Activo y Financiamiento

del Terrorismo ...................................................................................... 7

1.1.3 Objetivo de la Ley 155-17 ..................................................................... 7

1.2 Definiciones .................................................................................................... 8

1.3 Infracciones Propias de la Ley 155-7 ........................................................... 13

1.4 Infracciones Penales Asociadas Al Lavado de Activo ................................ 16

1.5 Circunstancias Agravantes en Caso de Lavado de Activo .......................... 20

1.6 Tipicidad Subjetiva ........................................................................................ 21

1.7 Responsabilidad de las Personas Jurídicas ................................................. 21

1.8 Tentativa de la Ley 155-7 ............................................................................. 22

1.9 Reporte de Obligaciones Sospechosas ....................................................... 23

1.10 Transacciones Múltiple en efectivo ........................................................... 23

Capitulo II. Aspectos Generales de la Empresa

2.1 Antecedentes .............................................................................................. 24

2.2 Filosofía de la empresa ................................................................................ 24

2.2.1 Misión ................................................................................................ 24

2.2.2 Visión ................................................................................................ 25

2.2.3 Valores ............................................................................................... 25

2.3 Estructura Organizacional ........................................................................... 25

2.3.1 Organigrama ...................................................................................... 26

2.3.2 Descripción de Puesto ...................................................................... 26

2.4 Servicios que Ofrece .................................................................................... 30

vii

2.5 Riesgos asociados con la actividad comercial ............................................ 31

2.6 Análisis F.O.D.A ........................................................................................... 33

Capitulo III. Resultados de la Investigación

3.1 Método de Investigación .............................................................................. 34

3.2 Técnicas e Instrumentos ............................................................................. 34

3.3 Fuentes para Recolección de la Información ............................................. 35

3.4 Población y Muestras ................................................................................... 36

3.5 Recopilación y Análisis de datos ................................................................ 36

Capitulo IV. Diseño Programa de Cumplimiento Basado en Riesgo para la

Prevención y Control de Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento

del Terrorismo.

Desarrollo del Programa de Cumplimiento para la Prevención de Lavado de

Activo y Financiamiento de Terrorismo (LA/FT) ................................................ 56

Conclusión ........................................................................................................ 91

Recomendaciones ........................................................................................... 93

Bibliografía ....................................................................................................... 96

Anexos:

Anexos I

Formularios Conoce a tu Cliente

Cronograma de Capacitaciones

Documento de Aprobación del Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención del Terrorismo

Carta de designación del Oficial de Cumplimiento

Manual de Conducta

Anexos II

Documento de Aprobación del tema

Anteproyecto de Trabajo de Grado

Encuesta

Antiplagio

1

Introducción

El lavado de activos y el financiamiento de terrorismo representan una gran

amenaza para la estabilidad del sistema financiero de un país por su carácter global

y por las diferentes modalidades y redes utilizadas para el manejo de tales recursos.

Tal circunstancia destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando

esencial el papel que para tal propósito deben desempeñar las compañías de

seguros y empresas relacionadas al sector asegurador, como son las empresas de

corretaje y asesorías, las cuales deben asumir el compromiso de cumplir

adecuadamente las directivas y normas relacionadas con la prevención del lavado

de activos y del financiamiento del terrorismo.

Según la ley de 155-17, el Lavado de activo es el proceso mediante el cual personas

física o jurídica y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a

bienes o activos ilícitos provenientes de delitos.

En la actualidad una de las tareas más desafiantes para los empresarios es la de

hacer negocios con responsabilidad, con seguridad y ajustados a las normas

legales. Dada esta necesidad, esta investigación se basa en la elaboración de un

Manual o Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención y

Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo para la

empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros, en cumplimiento a

lo establecido en dicha ley y sus normas complementarias.

2

En esta investigación abordaremos algunos capítulos generales sobre el lavado de

activos, así como también la situación actual de la empresa sujeta a esta

investigación, culminando con la propuesta de implementación del Manual o

Programa de Cumplimiento.

En ese sentido, nuestro primer capítulo abordaremos algunas generalidades sobre

la Ley no. 155-17 de Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. En el

mismo abundaremos el objetivo que persigue la ley, conceptos de Activos y Lavado

de Activos, así como las operaciones consideradas como sospechosas, las

infracciones precedentes o determinantes, infracciones graves y propias de la ley,

los sujetos obligados financieros, así como también la prevención y detección del

Lavado de Activos.

En el segundo capítulo se presentará la situación actual de la empresa Mckenzie,

S.R.L, la cual hemos seleccionado para esta investigación. En el mismo se

conocerán sus Antecedentes, estructura organizativa, filosofía institucional, su

manual de funciones, riesgos asociados a su actividad comercial, manual de

cumplimiento existente, análisis FODA entre otras informaciones.

El tercer capítulo estará dirigido a la metodología de investigación que utilizaremos.

Para ello identificaremos el tipo de investigación que llevamos a cabo, los métodos

y técnicas de investigación. Se realizará una encuesta tomando como referencia

3

una muestra de la población o empleados directos de la empresa. Una vez

obtenidos los resultados tanto cualitativos como cuantitativos, procederemos al

análisis de los mismos.

Con las informaciones arrojadas por los resultados obtenidos en la investigación

realizada en el tercer capítulo, propondremos un diseño de un Manual o Programa

de Cumplimiento basado en riesgo, para la Prevención y Control de Lavado de

Activos para la empresa McKenzie SRL, Asesores y Corredores de Seguros,

esperando que el mismo satisfaga la necesidad de dicha empresa.

4

Diseño Metodológico

Tipo de Investigación

En el presente estudio se pretende utilizar los tipos de investigación de campo y

descriptiva.

Para desarrollar el tema el objeto de esta investigación se utilizará el tipo de

investigación de campo, puesto que tendremos que asistir a la empresa para

recolectar información de los procesos que ejecutan, para así informar y realizar las

observaciones de lugar conjuntamente con los resultados obtenidos.

Será descriptiva, porque s0065 pretende describir los tratamientos de control de las

operaciones utilizados por la institución.

Metodología de Investigación

Los métodos que se estarán utilizando en esta investigación serán:

Método analítico, ya que se estará descomponiendo el modelo actual de

los controles que posee la empresa, para poder observar cada una de las

partes o elementos de forma lógica.

Método Descriptivo que nos ayudara a identificar las características

fundamentales, utilizando criterios que pongan de manifiesto el

comportamiento de las informaciones obtenidas.

método de la observación que nos permitirá ver mediante la percepción

directa de la empresa estudiada.

5

Técnicas de Investigación

Las Técnicas de recolección de información a utilizar para esta investigación

serán las siguientes:

Entrevista: que nos permitirá interactuar con el personal de la empresa.

Encuesta: para recolectar datos y visualizar la opinión de los empleados

acerca del objeto de estudio.

Observación: de la ejecución de las operaciones de la empresa por parte

del empleado.

Revisión de documentos: para verificar los registros hechos por la

empresa.

Objetivo específicos

1. Analizar los procesos administrativos y contables de la empresa, para

determinar los riesgos implicados en dichos procesos.

2. Diseñar procedimientos y actividades de control para mitigar los riesgos que

pueda enfrentar la empresa.

3. Analizar los Riesgos asociados a las actividades de Asesoría e intermediación

de Seguros.

4. Identificar políticas, procedimientos y controles internos que impulsen el

cumplimiento de los requerimientos legales establecidos en la legislación

vigente, en cuanto a identificación y conocimiento del cliente, reporte de

operaciones sospechosas y mantenimiento de registros, etc.

CAPITULO I

GENERALIDADES DE LA LEY 155-7 CONTRA LAVADO

DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

6

1.1 Aspectos Generales de la Ley 155-17

1.1.1 Antecedentes Históricos de la ley

El 26 de abril del año 2002 fue promulgada la ley 72-02 sobre Lavado de Activos,

proveniente del tráfico ilícito de drogas, que hasta el momento de la

promulgación de la nueva ley que la sustituye, ha tenido un tiempo de vigencia

de aproximadamente 15 años y un mes, ley con la cual se combatió durante

todo ese periodo las actividades ilícitas de lavados de activos, que tenían como

ilícito principal las transacciones de drogas.

A partir de la entrada en vigencia de la nueva ley 155-17 que sustituye la 72-02,

solo quedarán vigentes de la misma los artículos 14, 15, 16, 17 y 33, modificado

por la ley 196-11 del 3 de agosto del 2011, es decir, estos artículos de la vieja

ley 72-02 solo estarán en vigencia hasta tanto se dicte la ley sobre

administración y disposiciones de bienes incautados, decomisados y

abandonados, previstos por el articulo 51 numeral 6 de la Constitución de la

República.

También fue derogada de manera total la ley 480-08, del 12 de diciembre del

2008, de zonas financieras internacionales en la República Dominicana,

conforme a lo previsto en el capítulo XI en la Primera de las disposiciones finales

de la ley 155-17.

7

1.1.2 Inicio de la ley 155-17 Contra Lavado de Activo y el

Financiamiento del Terrorismo

La ley 155-17 fue promulgada el 31 de mayo del 2017, con el título “Lavado de

Activos y el Financiamiento del Terrorismo”, por el Poder Ejecutivo de la República

Dominicana, entrando en vigencia de manera inmediata.

Aunque quedaron en vigencia de manera temporal algunas excepciones de la ley

71-02, la ley inicio su aplicación por todo el territorio Nacional, por esto es algo

imprescindible el análisis de la misma.

1.1.3 Objetivo de la Ley 155-17

El objeto es establecer los actos que tipifican el lavado de activos, las infracciones

precedentes o determinantes, así como sus sanciones penables que le resultan

aplicables. Las técnicas y mecanismos de investigación y medidas cautelares

aplicables. De este modo busca proteger las instituciones y la economía mediante

el establecimiento de una organización institucional la cual estará orientada a evitar

que el sistema económico nacional sea utilizado como LA/FT y el financiamiento de

la proliferación de armas de destrucción masiva.1

1 Ley 155. (2017). Ley contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

8

1.2 Definiciones

Se refiere a un conjunto de conceptos establecidos en el capítulo I, donde se

definen aproximadamente 26 términos imprescindibles para la aplicación de la ley,

siendo los más importantes para este trabajo de investigación los siguientes:

Activos:

La ley reconoce los activos como títulos, billetes o bienes de todo tipo, tales como,

pero sin limitarse a, bienes muebles e inmuebles, tangibles o intangibles, recursos

naturales, como quiera que hayan sido adquiridos, los documentos legales o

instrumentos en cualquier forma, incluyendo electrónica o digital, que evidencien la

titularidad de, o la participación en tales fondos u otros bienes.

“El activo está constituida por los recursos con que cuenta: dinero en bancos, en

caja, títulos y valores, mercaderías, muebles y equipos, inmuebles , créditos a favor,

facturas por cobrar, e intangibles como patentes ,marcas ,regalías, etc. (Rojas)2”

“Se resume todos los bienes derechos y valores adquiridos por la empresa, así

como los desembolsos relacionados con la investigación, exploración, desarrollo,

etc. que deberán ser absorbidos como gasto en ejercicio posteriores. (Zeballos)3”

En ese sentido entendemos que los activos son todos aquellos bienes tangibles o

intangibles que posee una empresa con intención de generar ingresos.

2 http://www.monografias.com/trabajos70/contabilidad-general/contabilidad-general2.shtml 3 http://www.monografias.com/trabajos70/contabilidad-general/contabilidad-general2.shtml

9

Lavados de Activos:

Según la ley es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y

organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a los bienes o activo

ilícito provenientes de los delitos señalados contemplados en la referida ley, con la

intención de ser introducidos en la economía como activos provenientes de

actividades licitas para así darle una apariencia de legalidad.

“Proceso dinámico en tres fases que requiere: en primer lugar, alejar los fondos de

toda asociación directa con el delito; en segundo lugar, disfrazar o eliminar todo

rastro; y, en tercer lugar, devolver el dinero al delincuente una vez ocultados su

origen geográfico y ocupacional. (Blum, Levi, Naylor, & Williams, 1998)4”

Sujetos Obligados:

Se refiere a las personas físicas o jurídicas que, en virtud de la ley, están obligadas

al cumplimiento de obligaciones destinadas a prevenir, detectar, evaluar, y mitigar

el riesgo de lavado de activos y la financiación del terrorismo y otras medidas para

la prevención de la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.

Se dividen en dos grupos, los sujetos obligados financieros y sujetos obligados no

financieros, entre ellos están:

4 Código Penal, Pag.1160

10

Sujetos Obligados Financieros:

o Las entidades de intermediación financiera.

o Los intermediarios de valores, es decir, las personas que realicen

operaciones de corretaje o intermediación de títulos o valores, de

inversiones y de ventas a futuro.

o Las personas que intermedien en el canje, cambio de divisas y la remesa

de divisas.

o Banco Central de la República Dominicana.

o Personas jurídicas que se encuentren facultadas o licenciadas para fungir

como fiduciarias.

o Asociaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito.

o Compañías de Seguros, de Reaseguro y corredores de seguro.

o Sociedades Administradoras de Fondos de inversión.

o Sociedades titularizadoras.

o Puestos de bolsa e intermediarios de valores.

o Depósito centralizado de valores.

o Emisores de valores de oferta pública que se reserven la colocación

primaria.

Sujetos Obligados No Financieros:

o Los casinos de juego, juego de azar, bancas de lotería o apuestas y

concesionarios de lotería y juego de azar.

o Empresas de factoraje.

11

o Agentes inmobiliarios cuando estos se involucran en transacciones para

sus clientes concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios.

o Comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas.

o Los abogados, notarios, contadores, y otros profesionales jurídicos,

cuando se disponen a realizar transacciones o realizan transacciones

para sus clientes, sobre las siguientes actividades:

a) Compra, venta o remodelación de inmuebles, Administración del

dinero, valores u otros bienes del cliente.

b) Administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores.

c) Organización de contribuciones para la creación, operación o

administración de empresas.

d) Creación, operación o administración de personas jurídicas u otras

estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.

e) La constitución de personas jurídicas, su modificación patrimonial, por

motivo de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión,

así como la compra venta de acciones y partes sociales.

f) Actuación como agente de creación de personas jurídicas.

g) Actuación (o arreglo para que otra persona actúe) como director o

apoderado de una sociedad mercantil, un socio de una sociedad o

una posición similar con relación a otras personas jurídicas.

h) Provisión de un domicilio registrado, domicilio comercial o espacio

físico, domicilio postal o administrativo para una sociedad mercantil,

sociedad o cualquier otra persona jurídica o estructura jurídica.

12

i) Actuación o arreglo para que una persona actúe como un accionista

nominal para otra persona.

o Las empresas o personas físicas que de forma habitual se dediquen a la

compra y venta de vehículos, de armas de fuego, barcos y aviones,

vehículos de motor.

o Casas de empeños.

o Empresas constructoras.

Operación Sospechosa

Según lo establecido en la ley 155-17, son aquellas transacciones efectuadas o no,

complejas, insólitas y significativas, así como todos los patrones de transacciones

no habituales o transacciones no significativas pero periódicas, que no tengan un

fundamento económico legal o evidente o que generen una sospecha de estar

involucrados en el lavado de activos, algún ilícito precedente o en el financiamiento

del terrorismo.

Infracciones Precedentes o Determinantes:

Son aquellas infracciones que generan los bienes o activos susceptibles de lavado,

y que por demás se consideran como delitos precedentes o determinantes, es decir,

esas infracciones contempladas en el literal 11, siempre deberán ser consideradas

como el punto de partida para que pueda configurarse la infracción de lavado de

activos, por esa razón se consideran precedentes o determinantes. Entre estas

están: el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas, falsificación de moneda,

13

valores o títulos, estafa al Estado, delito tributario, piratería de productos,

enriquecimiento no injustificado, falsificación de documentos públicos, entre otros.

De esta forma se consideran infracciones precedentes o determinantes a todas

infracciones graves, sancionadas con una pena punible no menor de tres (3) años.

Infracciones Graves

Son aquellas infracciones que, por su acentuado grado de daño personal o social,

conlleva una pena imponible no menor de tres años de prisión y que además genera

recursos ilícitos susceptibles de lavado de activos

1.3 Infracciones propias de la Ley 155-17

Las infracciones penales son aquellas violaciones a la ley 155-17 y abarcan una

serie de hechos y personas que deben evitar ser sancionados, entre esos hechos

y conductas sancionadas por la ley están:

Lavado de Activo:

1. Las personas que conviertan, transfiera o transporte bienes, a sabiendas de que

son el producto de cualquiera de los delitos precedentes, con el propósito de

ocultar, disimular o encubrir la naturaleza, el origen, la localización, la

disposición, el movimiento o la propiedad real de los bienes o derechos sobre

los bienes, será sancionada con una pena de 10 a 20 años de prisión mayor, y

multas de 200 a 400 salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos,

14

valores, instrumentos y derechos sobre ellos, así como la inhabilitación

permanente para desempeñar funciones, prestar servicios, o ser contratados

por entidades financieras, participante del mercado de valores y entidades

públicas.

2. La persona que oculte, disimule, o encubra la naturaleza, el origen, la

localización, la disposición, el movimiento o la propiedad real de bienes o

derechos sobre bienes, a sabiendas de que dichos bienes provienen de

cualquiera de los delitos precedentes, será sancionada con una pena de diez a

veinte años de prisión mayor, multa de doscientos a cuatrocientos salarios

mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores, instrumentos y

derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un período de diez

años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser contratado por

entidades de intermediación financiera, participantes del mercado de valores, y

entidades públicas.

3. La persona que adquiera, posea, administre o utilice bienes, a sabiendas de que

proceden de cualquiera de los delitos precedentes, será sancionado con una

pena de diez a veinte años de prisión mayor, multa de doscientos a

cuatrocientos salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores,

instrumentos y derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un

período de diez años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser

15

contratados por entidades de intermediación financieras, participantes del

mercado de valores, y entidades públicas.

4. La persona que asista, asesore, ayude, facilite, incite o colabore con personas

que estén implicadas en lavado de activos para eludir la persecución,

sometimiento o condenaciones penales, será sancionada con una pena de

cuatro a diez años de prisión mayor, multa de doscientos a cuatrocientos

salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores, instrumentos

y derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un período de

diez años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser contratados por

entidades de intermediación financieras, participantes del mercado de valores,

y entidades públicas.

5. La participación, en calidad de cómplice, en alguna de las actividades

mencionadas en los numerales anteriores, la asociación para cometer este tipo

de actos, las tentativas de perpetrarlas y el hecho de ayudar a su comisión con

una prestación esencial para realizarlas o facilitar su ejecución, será sancionado

con una pena de cuatro a diez años de prisión mayor, multa de cien a doscientos

salarios mínimos, el decomiso de todos los bienes, valores, instrumentos y

derechos sobre ellos, así como la inhabilitación temporal por un período de diez

años para desempeñar posiciones, prestar servicios o ser contratados por

entidades de intermediación financieras, participantes del mercado de valores,

y entidades públicas.

16

1.4 Infracciones Penales Asociadas al Lavado de Activos.

Están previstas y contempladas en la ley, y son las siguientes:

1. El empleado, ejecutivo, funcionario, director u otro representante autorizado de

los sujetos obligados que, actuando como tales, no cumplan de manera

intencional con las obligaciones de información o reporte establecidas en esta

ley, será sancionado con una pena de tres a cinco años de prisión mayor, multa

de cien a doscientos salarios mínimos e inhabilitación permanente para

desempeñar funciones, prestar asesoría o ser contratado por entidades públicas

o entidades de intermediación financieras, y participantes del mercado de

valores.

2. El empleado, ejecutivo, funcionario, director u otro representante autorizado de

los sujetos obligados que falsee, adultere, destruya u oculte los documentos,

registros o informes establecidos en esta ley, será sancionado con una pena de

dos a cinco años de prisión mayor, multa de doscientos a cuatrocientos salarios

mínimos e inhabilitación permanente para desempeñar funciones, prestar

asesoría o ser contratados por entidades públicas o entidades de intermediación

financiera, y participantes del mercado de valores.

3. El empleado, ejecutivo, funcionario, director u otro representante autorizado de

los sujetos obligados que revele a sus clientes, proveedores, usuarios o terceros

17

no autorizados por la ley, los reportes de operaciones sospechosas u otra

información relacionada entregada a la Unidad de Análisis Financiero, será

sancionado con una pena de dos a cinco años de prisión mayor, multa de

doscientos a cuatrocientos salarios mínimos e inhabilitación permanente para

desempeñar funciones, prestar asesoría o ser contratado por entidades públicas

o entidades de intermediación financiera, y participantes del mercado de valores.

4. El servidor público que, en razón de su función, reciba información de los sujetos

obligados o de la Unidad de Análisis Financiero, y lo divulgue públicamente o a

terceros no autorizados por la ley, será sancionado con una pena de prisión de

dos a tres años de prisión mayor, multa de veinte a cuarenta salarios mínimo e

inhabilitación temporal de cinco años para desempeñar funciones, prestar

asesoría o ser contratado por entidades públicas o entidades de intermediación

financiera, y participantes del mercado de valores.

5. El funcionario público titular de una autoridad competente para la supervisión y

fiscalización del cumplimiento por los sujetos obligados de las obligaciones

puestas a su cargo en esta ley que, por omisión o a sabiendas de la falta grave

incurrida por un sujeto obligado, no inicie o impida que se inicie el procedimiento

administrativo sancionador en el plazo establecido en el reglamento de esta ley,

será sancionado con una pena de dos a tres años de prisión, multa de cuarenta

a sesenta salarios mínimos e inhabilitación permanente para desempeñar

18

funciones, prestar asesoría o ser contratado por entidades públicas o entidades

de intermediación financiera, y participantes del mercado de valores.

6. Cárcel Para Fiscales y Policías: El miembro del Ministerio Público, así como el

personal de los organismos investigativos, que al margen de la ley disponga de

bienes o fondos incautados o lo retengan para su uso personal o de terceros,

sin que estos bienes le hayan sido temporalmente asignados por escrito por el

Ministerio Público para su conservación, serán sancionados con prisión mayor

de 2 a 5 años y una multa de doscientos a cuatrocientos salarios mínimos. Con

iguales penas serán sancionados los encargados de custodiar y administrar los

bienes incautados que hagan un uso personal o en beneficios de terceros, o que

los destinen a una finalidad distinta a la establecida en esta ley.

7. La persona que falsamente alegue tener derecho, a título personal, en

representación o por cuenta de un tercero, de un bien derivado del lavado de

activos con el objeto de impedir su incautación o decomiso, será sancionada con

una pena de prisión de tres a cinco años, multa de cien a doscientos salarios

mínimos, y el decomiso de los bienes reclamados como propios.

8. El que simule la identidad de otra persona o quien utilice la identidad de otra

persona para lograr cualquier transacción con activos, bienes, o instrumentos,

sean éstos productos de una infracción grave será sancionada con una pena de

tres a seis años de prisión, y con una multa de doscientos a cuatrocientos

salarios mínimos, y con el decomiso de todos los activos o bienes involucrados,

19

instrumentos y derechos sobre ellos. Cuando la simulación o uso indebido de la

identidad de otro se acompañe de alguna manipulación a través de documentos

públicos o privados, medios electrónicos o artificio semejante, o se consiga la

transferencia de cualquier activo o bien, se castigará con una pena de cinco a

diez años de prisión, multa de cien a doscientos salarios mínimos y el decomiso

de todos los bienes involucrados en las operaciones de simulación.

9. La persona física que preste su nombre para adquirir activos o bienes producto

de una infracción grave, así como de las infracciones tipificadas en esta Ley,

será sancionada con una pena de tres a seis años de prisión, y con una multa

de cien a doscientos salarios mínimos, y con el decomiso de todos los activos o

bienes ilícitos, instrumentos y derechos sobre ellos.

10. La persona jurídica que preste su nombre para adquirir activos o bienes producto

de una infracción grave y de aquellas infracciones tipificadas en esta Ley será

sancionada con la disolución, y con una multa de cuatrocientos a seiscientos

salarios mínimos, y con el decomiso de todos los activos o bienes ilícitos,

instrumentos y derechos sobre ellos.

11. Cárcel Para Notarios: Los notarios públicos, registradores públicos, incluyendo

los registradores mercantiles, que sin constancia fehaciente del medio de pago

participe, instrumente o registre cualquiera de las operaciones en efectivo

prohibidas en esta ley, serán sancionados con una pena de seis meses a un año

20

de prisión menor. En el caso de los notarios públicos se le revocará su

investidura como oficial público.

12. La persona, nacional o extranjera, que al ingresar o salir del territorio nacional,

por vía aérea, marítima o terrestre, portando dinero o títulos valores al portador

o que envíe los mismos por correo público o privado, cuyo monto exceda la

cantidad de diez mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América

(US$10,000.00), o su equivalente en moneda nacional u otra moneda extranjera,

y no lo declare o declare falsamente su cantidad, será sancionada con una pena

de seis meses a un año de prisión menor, el decomiso del dinero o los títulos

valores no declarados o falsamente declarados, así como multa de cuarenta a

sesenta salarios mínimos.

1.5 Circunstancias Agravantes en Caso de Lavado de Activos

Están previstas y contempladas en el capítulo III, articulo 9 de la ley, y consisten

en aquellas circunstancias que agravan las infracciones de lavado de activos y

que provocan que le sea aplicada el máximo de la pena, estas circunstancias

son:

1. La participación de grupos criminales organizados.

2. El hecho de haber cometido el delito en asociación de dos o más personas.

21

3. Cuando el agente autor del delito hubiese ingresado al territorio nacional con

artificios o engaños o sin autorización legal, sin perjuicio del conjunto de

delitos que puedan presentarse.

4. Cuando el que comete el delito ostenta un cargo público o fuese funcionario

o servidor público.

5. Cuando el que comete el delito es director, funcionario o empleado de un

Sujeto Obligado.

1.6 Tipicidad Subjetiva

Está prevista y contemplada en el capítulo III, articulo 7 de la ley 155-17 y

consiste en el conocimiento, dolo, intención o la finalidad requerida como

elemento subjetivo de cualquieras de las infracciones de lavado de activo y de

financiamiento de terrorismo, prevista en esta ley, que podrán inferirse de las

circunstancias objetivas de caso. En la determinación de este tipo penal

subjetivo, resultarán equivalentes el conocimiento, el dolo, la obligación de

conocer y la ignorancia deliberada

1.7 Responsabilidad de las Personas Jurídicas

Está contemplada en el capítulo III, articulo 8 de la ley 155-17, que establece

que cuando una infracción penal de la prevista en esta ley, resulta imputable a

una persona jurídica con independencia de la responsabilidad penal de los

propietarios, directores, gerentes, administradores o empleados, la sociedad

22

comercial o empresa individual, será sancionada con cualquiera o todas las

siguientes penas:

1. Multa con un valor no menor de dos mil salarios mínimos o hasta el valor de

los bienes lavados por dicha persona jurídica.

2. Clausura definitiva de locales o establecimientos.

3. Prohibición de realizar en el futuro actividades de la clase de aquellas en

cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito.

4. Cancelación de licencias, derechos y otras autorizaciones administrativas;

5. Disolución de la persona jurídica.

6. Las reincidencias.

7. El empleo de menores para facilitar la ejecución del delito y el uso de

instituciones educativas a los mismos fines.

1.8 Tentativa en la ley 155-17

El capítulo III, artículo 11, establece que en todos los casos de infracciones

previstas en la Ley 155-17, la tentativa será castigada como la infracción misma.

En caso de que como consecuencia de la tentativa de la comisión de unas de

las infracciones prevista en la ley o en una de las leyes especiales, los autores

o cómplices generaran algún bien o derecho, son susceptibles a ser

perseguidos por lavado de activos.

23

1.9 Reporte de Obligaciones Sospechosas

Está contemplado en el artículo 55 de la ley 155-17, consisten en comunicar por

parte de los sujetos obligados a la Unidad de Análisis Financieros (UAF) dentro

de los 5 días hábiles de la operación considerada sospechosa.

1.10 Transacciones Múltiples en Efectivo

Está contemplada en el artículo 54 de la ley 155-17, y consisten en aquellas

operaciones realizadas en efectivo en una misma entidad que en su conjunto

sea igual o superior a QUINCE MIL DOLARES (US$15,000.00), aun cuando se

realicen en diferentes depósitos que deben ser consideradas como una sola

transacción si son realizadas en beneficios de la misma persona física, y dentro

del periodo de 24 horas, debiendo ser reportada a la UAF.

CAPITULO II

ASPECTOS GENERALES DE LA EMPRESA

24

2.1. Antecedentes

La empresa Mckenzie & Asociados fue fundada el 6 de octubre de 2006, como

sociedad anónima conforme a las leyes en ese periodo con una participación de 7

accionistas. Se inicia basada en la experiencia en el marcado asegurador del Sr.

Eduardo Mckenzie, quien fue ejecutivo de 2 de las aseguradoras más importante

del mercado y decidió emprender este proyecto.

En el año 2008 con la ley de Organización de compañía la empresa se transformó

en empresa de Responsabilidad Limitada (SRL) siendo, con 2 socios, siendo el

principal Eduardo Mckenzie5.

2.2 Filosofía de la empresa

Mckenzie & Asociados, provee al mercado asegurador dominicano soluciones

integrales, competitivas y específicas para cada una de las necesidades de sus

clientes, sus propiedades y su patrimonio, bajo los más altos estándares de calidad

y servicio.

2.1.1 Misión

Ofrecer a nuestros clientes y relacionados productos y servicios con soluciones

integrales en seguros personales y empresariales.

5 Manual de la Empresa

25

2.2.2. Visión

Ser la oficina de corretaje de referencia del mercado asegurador dominicano.

2.2.3. Valores

Los siguientes principios guían su actividad diaria para beneficio de los clientes,

relacionados, y para la sociedad dominicana en general.

Independencia

Responsabilidad Social

Actuamos apegados a la ética

Alta calidad en el servicio a los clientes

Vocación de liderazgo

2.3. Estructura Organizacional

A continuación, se presenta la estructura organizacional acorde con la situación

Actual de la empresa, así como la descripción de sus puestos.

26

2.3.1. Organigrama

2.3.2. Descripción de Puesto

Presidencia

Es la encargada de trazar, conjuntamente las normas y políticas que rigen el

funcionamiento de la organización, velando permanentemente por el cumplimiento

de la visión y misión establecidas por la empresa. También gestiona mejores

condiciones en el mercado para los clientes, procurando siempre la óptima relación

de costo –cobertura.

Presidencia

Gerente Administrativo

y Financiero

Departamento de Seguros

empresariales

Departamento de Seguros de

Personas

Departamentode Cobros

Area Tecnica

Gerente General

27

Gerente General

Se encarga del diseño de los programas de seguros, establecimiento de las

políticas de suscripción y seguimiento y control de dichas políticas. Es el encargado

de brindar apoyo a la gestión comercial y técnica de la empresa.

Gerente Administrativo y Financiero

El Gerente Administrativo y Financiero es el que se encarga de asistir al presidente

en las funciones administrativas y de recursos humanos. También Maneja el

sistema contable y de control interno que permita preparar, presentar y evaluar la

situación financiera, sus resultados operativos y nivel de liquidez y a su vez es el

responsable de todas las transferencias electrónicas, con entidades reguladas o

clientes.

Departamento de Seguros Empresariales:

Esta área se encarga del diseño de los programas de seguros empresariales,

establecimiento de las políticas de suscripción y seguimiento y control de dichas

políticas. Brinda apoyo a la gestión comercial y técnica de la compañía,

maximizando la calidad y el nivel de servicios a los clientes con el fin de logar el

correcto desempeño de sus funciones. También gestiona mejores condiciones en

el mercado para los clientes, procurando siempre la óptima relación costo-

Cobertura.

28

Departamento de Seguro de Personas.

Este departamento tiene como principal función segura la atención de todo cliente

que visite o contacte la empresa para solicitar información de los seguros de

personas, cotizaciones, renovaciones, emisiones o modificaciones de pólizas. Así

como el procesamiento de las transacciones relativas a las pólizas.

Además, se encarga de preparar y asistir a los clientes con las solicitudes de pólizas

de acuerdo a los lineamientos establecidos por ramo y remitirlos a las aseguradoras

y/o ARS, también Coordinar con las aseguradoras y/o ARS las evaluaciones

médicas de los clientes que así lo requieran según sus procedimientos.

Funciones en coordinación directa con la Administración

Tanto el departamento de seguros de personas como el departamento seguro

empresariales, tienen funciones en coordinación directa con administración, que

son las siguientes:

o Atención de clientes con casos relativos a reclamaciones nuevas o

existentes.

o Dar seguimiento a mantener comunicación directa con los clientes hasta el

cierre de sus reclamaciones.

o Mantener comunicación directa con los Prestadores de Servicio cuando el

caso así lo requiera.

o Dar seguimiento y mantener comunicación directa con las aseguradoras y/o

ARS hasta el pago de los reembolsos a clientes.

29

o Cualquier otra función que le sea asignada por su superior inmediato en el

ámbito de sus funciones.

o Otras tareas no especificadas.

Área Técnica

Se encarga de asegurar y asistir de todo cliente que visite o contacte la empresa

para solicitar información de los seguros generales, cotizaciones, renovaciones,

emisiones o modificaciones de pólizas. Así como el procesamiento de las

transacciones relativas a las pólizas.

Además, debe cumplir con las siguientes Funciones:

o Atención de clientes con casos relativos a reclamaciones nuevas o

existentes.

o Dar seguimiento a mantener comunicación directa con los clientes hasta el

cierre de sus reclamaciones.

o Mantener comunicación directa con los Prestadores de Servicio cuando el

caso así lo requiera.

o Dar seguimiento y mantener comunicación directa con las aseguradoras y/o

ARS hasta el pago de los reembolsos a clientes.

o Cualquier otra función que le sea asignada por su superior inmediato en el

ámbito de sus funciones.

o Otras tareas no especificadas.

30

Departamento de Cobros

Realizar el cobro de prima oportuno de todos los clientes en el tiempo establecido

por ley y/o los acuerdos de pagos entre las aseguradoras y los clientes.

2.4. Servicios que Ofrece

La empresa cuenta con una amplia gama de productos y servicios para la cobertura

de sus riesgos, adaptados a cada necesidad y actividad de sus clientes.

Seguros Personales

a. Automóvil

b. Hogar

c. Vida Individual y Familiar

d. Accidentes Personales

e. Viajes

f. Enfermedades Graves

Seguros Empresariales

a. Automóvil Flotilla

b. Incendio y Líneas Aliadas

c. Eventos de la Naturaleza (Huracán, Terremoto, Etc.)

d. Responsabilidad Civil General

e. Transporte Mercancías Aéreo y Marítimo

f. Casco Marítimo y Aéreo

31

g. Transporte Mercancías Terrestre

h. Fianzas

i. Maquinarias y Equipos Electrónicos

j. Todo Riesgo Construcción

k. Vida Colectiva

l. Todo Riesgo Propiedades

m. Todo Riesgo Montaje

n. Resp. Civil Medica

2.5 Riesgos asociados a la actividad comercial

El riesgo empresarial se puede definir como un evento o circunstancia el cual puede

tener un impacto negativo en la empresa este a su vez se divide en dos. Riesgos

externos es todo aquello proveniente del entorno y que influye directa o

indirectamente en la marcha de la empresa, lo que puede convertirse en amenazas

reales para la misma.

Mientras que los riesgos internos dependen de la gestión que se realiza dentro de

la propia empresa a nivel general, como de cada uno de sus departamentos.

Entre los riesgos cabe destacar:

Clientes que realizan constante operaciones en efectivo.

Intención de vinculación de varios asegurados con el mismo bien asegurado.

Solicitante de seguros que se encuentren en las listas restrictivas.

32

Empresas constituidas con bajos capitales, luego reciben grandes sumas de

inversión extranjera.

Clientes con actividades catalogadas Independiente y que manejan grandes

sumas de dinero.

Expedientes de Clientes

Solicitudes de pólizas diligenciadas indebidamente.

Firmas irregulares de clientes.

Falta de recaudos.

Existe constancia de comunicación enviada a los intermediarios para

subsanar debilidades, sin respuesta.

Copias de las cédulas de identidad ilegibles.

Números de teléfonos para ubicar a clientes, corresponden al intermediario.

Expedientes de Intermediarios

Formularios con poca información.

Credenciales desactualizadas.

Cedulas de identidad vencida.

No existen constancia de capacitación en materia de Prevención de Lavado

de activos y FT.

33

2.6. Análisis F.O.D.A.

Trayectoria en el Mercado

Asegurador

Atención al cliente.

Experiencia empresarial y

gerencial.

Planes de Inversión a futuro.

Solidez financiera

Fortalezas

Acceso a la información

virtual

Calidad en el Servicio

Mayor número de productos

para invertir.

Oportunidades

Limitado manejo de las

herramientas web en cuanto

a la actualización y

diversificación de

información de los mismos.

Falta de imagen a nivel

nacional

Debilidades

Medios de Seguridad poco

confiables

Nuevas leyes y normas

Credibilidad de los Clientes

Aumento de la

Competencia

Amenazas

Figura 1: FODA

Fuente:

https://www.youtube.com/watch?v=UaulMgpZx0k&ab_channel=E

lT%C3%ADoTech

34

CAPITULO III

RESULTADOS DE LA INVESTIGACION

34

3.1. Métodos de investigación

En el desarrollo de todo este trabajo se utilizaron los métodos de la investigación

descriptiva y la investigación de campo:

a) Método descriptivo: fue utilizado para el desarrollo, recopilación y la

presentación de los datos necesarios al proceso de selección del

personal que participo en la encuesta.

b) Método Analítico: se aplicó para descomponer el modelo actual en la que

se maneja la empresa para le prevención de lavado de activo y para

poder observar cada una de sus partes o elementos de forma lógica.

c) Método de observación: se utilizó para determinar la situación actual de

la empresa estudiada.

d) Método comparativo: aplicado para establecer las diferencias que existen

entre los procesos de aplicación tradicional y el que se quiere establecer.

3.2 Técnicas e Instrumentos

1. Antevista: fueron dirigidas al personal administrativo (supervisor, gerentes,

técnicos, etc..) con los datos recopilados se obtuvo información de primer

orden y una visión clara de la situación actual en que se encuentra la

empresa respecto al tema de estudio.

2. Encuesta: se utilizaron para conocer y recoger información sobre las

actividades, motivaciones y opiniones de los empleados operativos tienen

con relación al tema de la investigación.

35

3.3 Fuentes para la recolección de la información

Para el desarrollo de la investigación se utilizaron fuentes primarias y secundarias:

Primarias:

Fueron aquellas que proveyeron un testimonio o evidencia directa sobre el tema

directo de investigación. Las fuentes primarias fueron escritas durante el tiempo

que se estuvo estudiando o por la persona directamente envuelta en el evento.

Se utilizaron las fuentes primarias los siguientes medios:

Apuntes de investigaciones suministradas por la misma empresa, como lo

son las páginas web y brochures.

Documentos originales, como lo son: Historia de la empresa y cantidad de

capacitaciones ofrecidas en años anteriores.

Entrevistas a los supervisores, directores y empleados.

Secundarias:

Las fuentes secundarias fueron textos basados en fuentes primarias, que implican

generalización, análisis, síntesis, interpretación o evaluación.

En este trabajo de investigación se utilizaron como fuentes secundarias revistas,

libros y páginas web.

36

3.4. Población y Muestra

La población objeto de estudio para esta investigación estará constituida por los

empleados de la empresa McKenzie SRL.

Esta investigación se llevó a cabo a partir de una encuesta, la cual consta de

preguntas cerradas, estudiadas y seleccionadas previamente, donde el encuestado

proporciona una respuesta afirmativa o negativa.

3.5 Recopilación y análisis de datos

Para obtener los resultados y poder brindarle a la empresa las mejores

recomendaciones, se realizó una encuesta a diecinueve (19) preguntas a una

muestra de 10 empleados de los distintos departamentos de seguro de persona y

seguro empresariales, el resultado de cada una es el siguiente:

37

Pregunta No.1

¿La empresa cuenta con un programa de Prevención y control de Lavado de

Activos?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

Como resultado se manifiesta que el 50% de los empleados de la empresa

McKenzie SRL, conocen la existencia de un programa de Prevención y control de

Lavado de Activos mientras que la otra mitad lo desconoce. Esta falta de

conocimiento requiere una capacitación y aplicación del mismo en las operaciones.

50%50%

RESULTADO

SI NO

38

Pregunta No.2

¿El Programa de Prevención y Lavado de activo está aprobado por la alta

dirección de la empresa?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

En la Tabla no. 2 demuestra el 50% de los empleados están de acuerdo que El

Programa de Prevención y Lavado de activo está aprobado por la alta dirección de

la empresa, mientras que la otra parte desconoce esta información.

50%50%

RESULTADO

SI NO

39

Pregunta No.3

¿El programa de prevención y control de lavado de activo está diseñado

atendiendo a la nueva Ley de Lavado de Activo?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

Se observa que el 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL afirma que

el programa de prevención y control de lavado de activo está diseñado atendiendo

a la nueva Ley de Lavado de Activo.

50%50%

RESULTADO

SI NO

40

Pregunta No.4

¿Cuenta la empresa con políticas y procedimientos para prevenir, detectar y

reputar transacciones sospechosas?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

El 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL conoce las políticas y

procedimientos para prevenir, detectar y reputar transacciones sospechosas.

50%50%

RESULTADO

NO SI

41

Pregunta No.5

¿Cuenta la institución con un departamento de auditoria interna o de

revisión externa que evalúe regularmente las prácticas y políticas de

prevención y detención de lavado de activos?

Variable Frecuencia %

Si 2 20%

No 8 80%

Total 10 100%

La Tabla no. 5 muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie SRL,

concuerda en que la empresa no cuenta con un departamento de auditoria o de

revisión externa que evalúe regularmente las prácticas y políticas de prevención y

detención de lavado de activos, lo que establece la necesidad de establecer un

departamento para asegurar el buen funcionamiento de las operaciones y control

interno.

80%20%

RESULTADO

NO SI

42

Pregunta no. 6

¿La empresa realiza investigaciones para detectar la verdadera identidad del

cliente y los beneficios?

Variable Frecuencia %

Si 6 60%

No 4 40%

Total 10 100%

Podemos observar que el 60% de los empleados de la empresa McKenzie SRL

afirma que realizan investigaciones para detectar la verdadera identidad del cliente

y los beneficios.

60%

40%

RESULTADO

SI NO

43

Pregunta No.7

¿Aplica procedimientos adecuados para determinar el origen de los fondos

de los clientes?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

La Tabla no. 7 muestra que el 50% de los empleados de la empresa McKenzie

aplican procedimientos adecuados para determinar el origen de los fondos de los

clientes

50%50%

RESULTADO

SI NO

44

Pregunta No.8

¿Existe requisitos preestablecidos para contratar personas y/o compañías

que prestan servicios independientes?

Variable Frecuencia %

Si 8 80%

No 2 20%

Total 10 100%

En la Tabla no. 8 se muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie

SRL confirma la existencia de requisitos preestablecidos para contratar personas

y/o compañías que prestan servicios independientes.

72%

28%

RESULTADO

SI NO

45

Pregunta No.9

¿Mantiene un registro de las transacciones es en efectivo superiores a los

US$15,000 o su equivalente a monda nacional o cualquier otro tipo de

moneda?

Variable Frecuencia %

Si 4 40%

No 6 60%

Total 10 100%

Podemos observar que el 40% de los empleados de la empresa McKenzie SRL

confirma la existencia de un registro de las transacciones es en efectivo superiores

a los US$15,000 o su equivalente a monda nacional o cualquier otro tipo de

moneda, mientras que el 60% restante difiere.

40%

60%

RESULTADO

SI NO

46

Pregunta No.10

¿Remiten el reporte de los Formularios UAF-SEG-001 completados en el

mes, vía la Superintendencia de Seguros, en los primeros quince (15) días

del mes posterior a la UAF?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

En la Tabla no. 10 el 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL afirmo

remitir el reporte de los Formularios UAF-SEG-001 completados en el mes, vía la

Superintendencia de Seguros, en los primeros quince (15) días del mes posterior a

la UAF. El restante desconoce la acción.

50%50%

RESULTADO

SI NO

47

Pregunta No.11

¿Controlan que los formularios estén debidamente llenados y preparan el

envío al organismo oficial de control?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

.

En la Tabla no. 11 el 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL controlan

que los formularios estén debidamente llenados y preparan el envío al organismo

oficial de control.

50%50%

RESULTADO

SI NO

48

Pregunta No. 12

¿Revisan los volúmenes de depósitos y retiros en efectivo por día a los

clientes?

Variable Frecuencia %

Si 6 60%

No 4 40%

Total 10 100%

En la Tabla no. 12 muestra que el 60% de los empleados de la empresa McKenzie

SRL revisan los volúmenes de depósitos y retiros en efectivo por día a los clientes.

60%

40%

RESULTADO

SI NO

49

Pregunta No. 13

¿Cuenta la Entidad con un Sistema Tecnológico Preventivo al LA/FT que

facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por

negocios, servicios y productos?

Variable Frecuencia %

Si 1 10%

No 9 90%

Total 10 100%

En la Tabla no. 13 muestra como el 90% de los empleados de la empresa McKenzie

SRL concuerda en que la misma no cuenta con un Sistema Tecnológico Preventivo

al LA/FT que facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por

negocios, servicios y productos.

10%

90%

RESULTADO

SI NO

50

Pregunta no. 14

¿Conservan registros y archivos por clientes y la identificación de los

mismos por un período de diez (10) años?

Variable Frecuencia %

Si 8 80%

No 2 20%

Total 10 100%

La Tabla no. 14 muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie

SRL está de acuerdo en que se conservan registros y archivos por clientes y la

identificación de los mismos por un período de diez (10) años.

80%

20%

RESULTADO

SI NO

51

Pregunta No. 15

¿Mantiene estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en

razón de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas,

como forma de colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el

Financiamientos del Terrorismo?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

En la Tabla no. 15 muestra que el 50% de los empleados de la empresa McKenize

SRL mantiene estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en razón

de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas, como forma de

colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamientos del

Terrorismo.

50%50%

RESULTADO

SI NO

52

Pregunta No. 16

¿Mantiene un nivel de confidencialidad ante sus clientes por operaciones o

hechos realizados, que den al traste a investigaciones sobre posible

vinculación al Lavado de Activo?

Variable Frecuencia %

Si 8 80%

No 2 20%

Total 10 100%

En la Tabla no. 16 muestra que el 80% de los empleados de la empresa McKenzie

SRL mantiene un nivel de confidencialidad ante sus clientes por operaciones o

hechos realizados, que den al traste a investigaciones sobre posible vinculación al

Lavado de Activo.

80%

20%

RESULTADO

SI NO

53

Pregunta No. 17

¿Conocen los empleados las obligaciones y sanciones que impone la Ley, en

cuanto a la lucha contra el Lavado de Activos y Financiamientos del

Terrorismo?

Variable Frecuencia %

Si 6 60%

No 4 40%

Total 10 100%

En la Tabla no. 17 el 60% de los empleados de la empresa McKenzie SRL conocen

las obligaciones y sanciones que impone la Ley, en cuanto a la lucha contra el

Lavado de Activos y Financiamientos del Terrorismo.

60%

40%

RESULTADO

SI NO

54

Pregunta No. 18

¿La empresa capacita a su personal de manera regular la materia de Lavado

de Activos?

Variable Frecuencia %

Si 5 50%

No 5 50%

Total 10 100%

La Tabla no. 18 muestra que el 50% de los empleados de la empresa McKenzie

SRL están de acuerdo en que se les capacita de manera regular en materia de

Lavado de Activos.

72%

28%

RESULTADO

SI NO

55

Pregunta No. 19

¿Aplica la institución en esquema de evaluación de riesgos a los clientes y

sus transacciones?

Variable Frecuencia %

Si 6 60%

No 4 40%

Total 10 100%

En la Tabla no. 19 el 60% de los empleados de la empresa McKenzie SRL están

de acuerdo en que la institución aplica en esquema de evaluación de riesgos a los

clientes y sus transacciones.

60%

40%

RESULTADO

SI NO

CAPITULO IV

DISEÑO PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO BASADO EN

RIESGO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL

RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO

DEL TERRORISMO

56

MCKENZIE, ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS

Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención y Control del

Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

57

Resumen

El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza

para la estabilidad del sistema financiero de un país por su carácter global y por las

diferentes modalidades y redes utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal

circunstancia destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando esencial

el papel que para tal propósito deben desempeñar las compañías de seguros, las

cuales deben asumir el compromiso de cumplir adecuadamente las directivas y

normas relacionadas con la prevención del lavado de activos y del financiamiento

del terrorismo.

Hoy, una de las tareas más desafiantes para los empresarios es la de hacer

negocios con responsabilidad, con seguridad y ajustados a las normas legales. Por

esto, existe una clara necesidad de orientar o fortalecer su gestión empresarial con

herramientas que los ayude a combatir el LA/FT, y así evitar ser instrumento para

el ocultamiento, manejo, inversión y aprovechamiento, en cualquier forma, de

dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas, o para dar apariencia

de legalidad a las mismas o a las transacciones y fondos vinculados con tales

actividades; en este proceso se deben identificar los riesgos relevantes que

enfrentan sus empresas en la persecución del objetivo de no ser utilizadas

directamente o a través de sus operaciones como instrumentos de LA/FT y/o

canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas.

58

En Mckenzie, Asesores y Corredores de Seguros hemos asumido enfrentar los

riesgos a los cuales estamos expuestos, y, por consiguiente, tomaremos todas las

medidas preventivas necesarias para protegerse de los mismos.

Objetivo

El presente documento tiene como objetivo principal establecer las políticas,

procedimientos e instancias de control para una adecuada administración de los

riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, que nos permita

prevenir, detectar y reportar a las autoridades competentes las transacciones que

puedan estar relacionadas con actividades de LA/FT.

En éste se establecen los lineamientos establecidos por Mckenzie, Asesores y

Corredores de Seguros para la prevención y control del LA/FT, con la finalidad de

evitar que la compañía sea utilizada en actividades tendientes a la legitimación de

activos provenientes de actividades delictivas, de lavado de dinero y el

financiamiento del terrorismo.

Objetivos Específicos

Desarrollar e implementar políticas, procedimientos y controles internos que

garanticen el cumplimiento de los requerimientos legales establecidos en la

legislación vigente, en cuanto a identificación y conocimiento del cliente,

reporte de operaciones sospechosas y mantenimiento de registros, etc.

59

Definir e implementar las políticas y los lineamientos que se deben seguir los

empleados para la prevención, detención y control de los riesgos

identificados, de con el fin de minimizar la posibilidad de que la compañía en

el desarrollo de sus operaciones, sea utilizada directa o indirectamente como

instrumento para llevar a cabo actividades ilícitas.

Garantizar y asegurar a nuestros clientes y relacionados nuestra decisión de

aplicar las mejores prácticas de prevención, en concordancia con las normas

establecidas.

Implementar políticas y procedimientos respecto del personal que aseguren

un alto grado de integridad y responsabilidad, así como su continua

capacitación y entrenamiento en prevención y detección de LA/FT.

Aplicar las políticas de debida diligencia del cliente necesarias que nos

permita conocer el beneficiario final de las transacciones y el origen de los

fondos.

Reportar oportunamente ante las autoridades competentes las

transacciones inusuales o sospechosas.

Ámbito de Aplicación

Las disposiciones contenidas en este manual son aplicables y de estricto

complimiento para todos los ejecutivos y empleados de la compañía.

60

I. Desarrollo del Programa de Cumplimiento para la

Prevención de Lavado de Activo y Financiamiento de

Terrorismo (LA/FT)

Órganos y responsabilidades de cumplimiento

La alta gerencia y los principales ejecutivos de la compañía son los responsables

de aplicar y monitorear el programa de cumplimiento y prevención del riesgo de

lavado de activos y financiación del terrorismo y efectuar su evaluación para

determinar fallas o debilidades de sus políticas y procedimientos y adoptar las

medidas adecuadas con el fin de corregir y mejorar oportunamente el proceso.

La alta gerencia será responsable de:

Aprobar el Programa de Cumplimiento

Aprobar las políticas, procedimientos, normas y controles establecidos en

el presente programa;

Aprobar el Código de Conducta y el Programa de Capacitación;

Supervisar las funciones del Oficial de Cumplimiento;

Conocer y aprobar los informes de auditorías;

Autorizar la remisión de los Reportes de Operaciones Sospechosas a la

UAF.

61

Los Empleados de la compañía son responsables de cumplir con las políticas

establecidas en el presente documento, así como de la correcta ejecución de los

procedimientos sobre prevención y detección de LA/FT establecidos, así mismo

estar alerta y reportar a su superior de manera interna y al Oficial de

Cumplimiento los reportes de actividades inusuales o sospechosas que detenten.

Todos y cada uno de los empleados de la compañía son responsables de evitar

que ésta sea utilizada para la LA/FT y demás situación proveniente de actividades

ilícitas y están obligados a reportar las situaciones sospechosas cuando tengan

conocimiento.

Oficial de Cumplimiento (Principios, Criterios de Selección, Funciones,

Composición, Reuniones de seguimiento, Actas de reuniones de cumplimientos).

El Oficial de Cumplimiento ocupará un nivel jerárquico superior a los del resto de

los empleados y tendrá capacidad decisoria, tendrá la responsabilidad de

administrar y supervisar todo lo relacionado con la prevención y el control de LA/FT.

El Oficial de Cumplimiento no podrá pertenecer a ninguna instancia de control

establecida en la compañía (comité de auditoría, etc.) ni a las áreas directamente

relacionadas con las actividades previstas en el objeto social principal.

62

Las funciones principales a ser desempeñadas por el Oficial de Cumplimiento

son:

● Vigilar el cumplimiento del programa, incluyendo los procedimientos de

detección oportuna y reporte de operaciones sospechosas.

● Identificar los factores de riesgo de LA/FT a que está expuesta la compañía

de acuerdo a lo establecido en el Programa de Cumplimiento e implementar

medidas de control adecuadas para mitigar los diferentes tipos y niveles de

riesgo identificados.

● Verificar el desarrollo e implementación de la metodología de identificación

y evaluación de riesgos.

● Servir de enlace con la Unidad Análisis Financiero (UAF) y el ente supervisor.

● Informar a la alta gerencia sobre los avances en la implementación y

desarrollo del programa.

● Analizar las operaciones inusuales detectadas reportadas, con la finalidad

de determinar las operaciones que podrían ser calificadas como

sospechosas.

● Elaborar y remitir a la Unidad Análisis Financiero, durante el periodo

establecido, los repostes de operaciones inusuales y sospechosas, previo

análisis de las mismas.

● Desarrollar y ejecutar el proceso de capacitación de los empleados en

relación a LA/FT.

● Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos generados

y suminístralos a la autoridad competente cuando sean requeridos.

63

● Establecer las acciones necesarias, para asegurar que el personal,

considerando las funciones específicas de cada uno de ellos, cuente con el

nivel de capacitación apropiado que le permita detectar operaciones

inusuales y sospechosas, así como para la adecuada difusión del Código de

Conducta y del presente Manual.

● Asegurar el correcto mantenimiento de los registros, reportes, así como de

los

● expedientes de los empleados y clientes.

Los criterios de selección del Oficial de Cumplimiento serán los siguientes:

Acreditación de conocimientos en materia de administración de riesgos y del

sector seguros.

Experiencia mínima de cinco (05) años en labores de seguimiento y control

de operaciones o cumplimiento normativo.

La designación del Oficial de Cumplimiento no dispensa a los empleados y

ejecutivos de la compañía de la obligación de asumir responsabilidades

sobre la prevención y detección del LA/FT.

Debida Diligencia.

Debida Diligencia de Clientes

Las políticas y procedimientos de debida diligencia para los clientes han sido

definidas procurando la identificación y monitoreo continuo, en especial los

que presentan un perfil alto de riesgo. Estas medidas tienen por objetivo

64

predecir con relativa seguridad los tipos de actividades que realizan nuestros

clientes, las cuales pueden ser potencialmente sospechosas.

Las medidas de debida diligencia respecto del cliente se adoptarán cuando:

Se inicien relaciones comerciales con la compañía.

Se realicen operaciones ocasionales por encima del umbral establecido.

Se tenga dudas sobre la autenticidad de la información proporcionada o se

descubran incongruencias en la información contenida en los documentos

de identificación obtenida.

Definición y Tipo de Clientes y/o Beneficiario Final

Para la ejecución del proceso de definición del tipo de cliente y/o beneficiario final

se deberá tener en consideración, entre otros, las siguientes variables:

Tipo de cliente (persona natural/ persona jurídica)

Nacionalidad, lugar de residencia, etc.;

Actividad económica y ocupación del cliente;

Procedencia de sus ingresos;

Actividad económica u ocupación del cliente a manera de tener una forma

de identificar las transacciones que se salen del patrón regular.

65

Requerimientos de vinculación de clientes y/o Beneficiario Final:

Información, Documentación y Verificación

Las políticas de debida diligencia establecidas para nuestros actuales y potenciales

clientes, establecen el requerimiento de las completar el formulario correspondiente

y de suministrar los siguientes documentos:

Para personas físicas nacionales, información mínima a requerir:

● Nombre (s) y apellido (s) tal y como aparece en la Cédula de Identidad y

Electoral.

● Lugar de nacimiento (País, Provincia/ municipio).

● Fecha de nacimiento.

● Sexo, estado civil, domicilio y ocupación.

● Nombre y dirección de la empresa donde trabaja (si aplica).

● Dirección residencial o domicilio social.

● Números telefónicos del domicilio y trabajo (si no tiene requerirle un

número alterno., fax, celulares, otros).

● Correo electrónico. (si posee)

Para personas físicas extranjeras, información mínima a requerir:

● Nombre completo, tal como aparece en su documento de identificación.

● Cédula de Identidad de residente permanente o residente temporal que

provee la Junta Central Electoral Dominicana y el pasaporte vigente.

● Nacionalidad, fecha y lugar de Nacimiento.

● País de Residencia.

66

● Número de Pasaporte vigente y Código del país emisor.

● Estado civil, sexo, ocupación y domicilio.

● Dirección y nombre de la empresa donde trabaja (si aplica)

● Números telefónicos del domicilio y trabajo (si no tiene requerirle un número

alterno., fax, celulares, otros).

● Correo electrónico (si posee)

Ésta información deberá estar debidamente documentada y formará parte del

expediente individual de cada cliente.

Actualización de Información

En todos los casos se deberá asegurar que los documentos, datos o informaciones

recopiladas se mantengan actualizados, mediante la realización de revisiones

periódicas de los registros existentes, priorizando los clientes de mayor riesgo.

Clientes no Aptos

Política Interna

La empresa McKenzie SRL considera como CLIENTES NO APTOS aquellas

personas físicas o morales que presentan las siguientes características:

Clientes que no cumplen con los requisitos establecidos de acuerdo al

producto que están solicitando.

Clientes con antecedentes delictivos o penales.

Clientes que no aparecen registrados en el Buró de Crédito.

67

Clientes que no presenten su documento de identidad original.

Clientes que estén registrados en la lista Negra de la entidad.

Debida Diligencia Clientes No Aptos

Cuando se hayan identificado altos niveles riesgos de LA/FT, se deberá realizar

una debida diligencia ampliada a esos clientes, lo que implicará un monitoreo

continuo y permanente de sus operaciones y de sus generalidades. Este proceso

se llevará a cabo en un periodo de tiempo según el perfil establecido, el cual no

puede ser menor de seis (6) meses.

Sin ser restrictivos se deberá:

1. Comprobar la reputación del cliente en fuentes públicas;

2. Indagar la fuente de sus fondos;

3. Instituir un seguimiento reforzado sobre el origen de los pagos en efectivo

que reciban,

4. Procurar especial cuidado a los clientes PEP’s nacionales o extranjeros.

5. Prestar especial atención al origen del cliente.

Debida diligencia simplificada

Esta se realizará anualmente mediante la verificación o rectificación de las

informaciones suministradas al inicio de la relación comercial.

68

Personas Expuestas Políticamente Nacionales (PEPs)

● Personas que hayan desempeñado o que se desempeñen como

funcionarios públicos por elección o nombramiento ejecutivo.

● Personas que deben presentar declaración jurada de bienes;

● Miembros de partidos políticos;

● Delegados y oficiales de instituciones no gubernamentales, incluidas las

religiosas.

Para estos casos se deberán establecer instrumentos para determinar si el cliente

es una persona expuesta políticamente.

La autorización para la vinculación con estos clientes con la compañía, debe ser

dictada por la alta gerencia a solicitud del Oficial de Complimiento.

Personas Expuestas Políticamente Extranjeras (PEPs)

● Representantes de Gobiernos Extranjeros

Visitas a clientes

Durante el proceso de revisión de la identificación inicial de nuestros clientes, se

realizarán visitas a sus residencias u oficinas, así como entrevistas personales que

nos permitan obtener información verídica de que los clientes han sido debidamente

identificados, debiendo dejar constancia documental de ello en el expediente

individual de cada cliente, y en la cual se indique el lugar, fecha y hora de los

mismos, así como sus resultados.

69

La información suministrada por los clientes y que no nos sea posible verificar,

constituirá una señal de alerta para la detección de operaciones sospechosas.

Factores de Riesgos

Tomando en cuenta la naturaleza especial de nuestro negocio, las regulaciones

existentes y las recomendaciones estatales sobre prevención y detención del

LA/FT, los factores de riesgo a ser tomados en cuenta serán los siguientes:

Factores el Riesgo Segmento Por Variables

Cliente

Tomador

Asegurado

Contratante

Beneficiario

Productos y

Servicios

Automóvil

Personas

Patrimoniales

Fianzas

Otros

Canal de

Distribución

Agentes de Seguros

Corredores de Seguros

Sociedades de

Corretaje de Seguros

Venta Directa

Zona Geográfica

Región

Provincias

Municipios

70

Ubicaciones Geográficas

Como política de prevención se tomarán como casos de cuidado los clientes con

conexiones importantes en zonas geográficas de alto riesgo.

Esto incluye:

Aquellas empresas/clientes que poseen residencia, domicilio, oficinas o su

Casa Central/Matriz en zonas de riesgo.

Aquellas empresas/clientes cuyos accionistas mayoritarios o cuyo

beneficiario final se encuentren en zonas de riesgo.

Debida Diligencia con los ejecutivos y empleados de la compañía

Se ha establecido como política de debida diligencia hacia nuestros ejecutivos y

empleados la obtención y verificación de las siguientes informaciones:

● Datos filiatorios (nombres completos, documentos de identidad, domicilio,

etc.)

● Datos relativos a las circunstancias sociales: Características de alojamiento,

vivienda, situación familiar, propiedades, posesiones, aficiones y estilos de

vida, pertenencia a clubes y asociaciones.

● Composición del núcleo familiar y sus vinculaciones profesionales y/o

comerciales.

● Datos económicos, financieros y de seguros: Ingresos, rentas, inversiones,

bienes patrimoniales, créditos, préstamos, avales, datos bancarios, planes

de pensiones, jubilación, datos deducciones impositivas/impuestos, seguros,

hipotecas, subsidios, beneficios, historial de créditos, tarjetas de crédito.

71

● Datos relativos a transacciones de bienes y servicios: Bienes y servicios,

transacciones financieras, compensaciones e indemnizaciones.

Código de Conducta

Con el objetivo de establecer las normas básicas de conductas que rijan el

quehacer de nuestro personal, de promover y fomentar la importancia de la ética y

la integridad en el desarrollo de sus funciones, y de procurar el máximo grado de

cooperación en lo relativo a la prevención y detección del LA/FT, se ha desarrollado

un Código de Conducta de la compañía.

Este documento debe ser de conocimiento de todos los empleados que integren

nuestra compañía, a través de un proceso de difusión interna, que asegure el

adecuado conocimiento del mismo, así como de su observancia obligatoria,

dejándose constancia de ello en sus expedientes del empleado. Asimismo, se ha

establecido el requerimiento de la firma o suscripción de un documento mediante

el cual el personal asuma el compromiso de cumplir con lo establecido en el Código

de Conducta, en el ejercicio de sus funciones. Dicho documento deberá reposar en

el expediente del empleado.

Reclutamiento y Selección

El proceso de reclutamiento y selección se ha desarrollado tomando como base

principal la aplicación de normas y políticas que garanticen la captación de un

72

personal con un alto nivel de honestidad, capacidad y preparación académica,

según la posición a ser desempeñada.

Para el logro de este objetivo se deberán tener en cuenta en los casos de selección

del personal, la verificación de los antecedentes personales, laborales y

patrimoniales de los postulantes a pertenecer a la compañía.

La información básica inicial que se obtiene del solicitante deberá ser verificada,

antes de proceder a la contratación de dicho personal.

Reglas sobre el Mantenimiento de Documentos.

Expediente de Clientes

El expediente del cliente deberá abarcar las constancias de cumplimiento de los

requisitos indicados en el presente manual.

Estos se conservarán y custodiarán por un periodo de 10 años a partir de la

finalización de la relación con el cliente y a disposición de las autoridades

competentes.

Expediente de Empleados y funcionarios

A los fines de garantizar una adecuada administración de nuestros recursos

humanos hemos establecido como norma interna, entre otras cosas, el

mantenimiento de registros actualizados con la información generada por el

73

personal, la cual queda conformada bajo la forma de Expediente del Empleado, el

cual deberá contener, como mínimo los siguientes informaciones y documentos

anexos:

● Currículum Vitae

● Datos del empleado (nombre completo, cedula de identidad o pasaporte,

dirección exacta, números de teléfonos residenciales y móviles, correo

electrónico, etc.)

● Datos relativos a las características personales: estado civil, fecha de

nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad)

● Datos académicos y profesionales: Formación, titulaciones, experiencia

profesional, pertenencia a colegios o asociaciones culturales y

profesionales.

● Vinculaciones comerciales y/o profesionales

Historia Laboral:

● Cargos ocupados

● Remuneraciones

● Licencias, permisos y ausencias

● Situación patrimonial y su evolución (a los fines de debida diligencia

a ejecutivos y empleados)

74

Monitoreo de las Operaciones

A los fines de asegurar una continua vigilancia de nuestros clientes durante la

relación comercial establecida con esta compañía y de asegurar que las

operaciones y actividades realizadas sean consistentes con el conocimiento que se

tiene sobre el mismo, se realizará un monitoreo periódico de dichas operaciones a

con el objetivo de detectar algún cambio en el perfil establecido.

El Oficial de cumplimiento será el responsable de establecer los procedimientos y

mecanismos para monitorear y revisar las operaciones, a los fines de identificar

aquellas que puedan ser sospechosas, de alto riesgo o fuera de lo común y que

puedan llegar a requerir un cambio en el perfil de riesgo establecido.

Países de Alto Riesgo

Se tomarán en cuenta los clientes procedentes de los países categorizados como

de alto riesgo por el GAFI, el nivel de corrupción, los altos índices delictivos, la

producción o tráfico de drogas, las actividades terroristas y su financiación, las

flexibilidades legislativas y los bajos niveles de cumplimiento.

También los listados de países definidos como no cooperantes en materia de

prevención de lavado de activos por el GAFI por no haber adoptado las “40

Recomendaciones”.

75

Programa de Capacitación y Actualización

Los programas de capacitación relacionados con la prevención y detención del

LA/FT, se han desarrollado para todo el personal sin excepciones, y tienen la

finalidad de instruir a nuestros empleados sobre las normas vigentes en materia de

prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, así como de las

políticas y procedimientos establecidos para el cumplimiento de sus funciones, y

demás aspectos vinculados a la administración de la gestión de riesgos de LA/FT,

considerando la actividad a la cual estamos vinculados.

El Oficial de Cumplimiento será el responsable del desarrollo y ejecución del

Programa de Capacitación, así como de las evaluaciones correspondientes.

Los procesos de aprendizaje deben contemplar el análisis e interpretación de las

normas legales y reglamentarias existentes en relación con el lavado de dinero, y

fundamentalmente deben apegarse a lograr un adecuado conocimiento de las

normas de procedimiento internas que contribuyan a asegurar el estricto

cumplimiento de las mismas.

Los empleados de nuevo ingreso deberán recibir una inducción y capacitación y a

más tardar dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de ingreso.

Se deberá mantener una constancia de las capacitaciones recibidas y de las

evaluaciones del impacto de la capacitación.

76

El programa de capacitación se ha desarrollado para realizar dos (2) capacitaciones

al año, mediante siguientes modalidades de cursos: presenciales, online,

entrenamiento en el lugar de trabajo, modalidades mixtas.

Dentro de los temas a ser impartidos se encuentran:

Conocimiento de la Ley No. 155-17 de fecha 1ro. de junio de 2017, contra el

lavado de activos y el financiamiento del terrorismo y demás regulaciones

sobre el tema.

Programa de Cumplimiento para la Prevención y Control del Riesgo de

Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Mckenzie, Asesores Y

Corredores de Seguros).

Definición de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo

Principales Señales de alertas para detectar operaciones inusuales y

sospechosas y las técnicas para reconocer estas actividades.

Procedimiento interno establecido para el reporte de operaciones inusuales.

Las sanciones penales y administrativas, sus aspectos conceptuales y

regulatorios y las sanciones internas establecidas).

Código de Conducta de la Compañía.

Evaluación Independiente

Auditoría Interna y Auditoría Externa

El diseño y aplicación del Sistema de PLA&FT forma parte de la responsabilidad de

la empresa y el mismo deberá ser evaluado por Auditoría Interna basándose en los

77

procedimientos de auditoría generalmente aceptados. La unidad de Auditoría

Interna considerará en su plan de trabajo anual, los exámenes dirigidos a evaluar y

dar recomendaciones orientadas al mejoramiento del sistema de control interno

para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

De acuerdo a la normatividad vigente, McKenzie SRL requerirá a los auditores

externos la elaboración de un informe independiente de cumplimiento, de

periodicidad anual, sobre la evaluación del Sistema de PLA&FT implementado en

la Empresa, de acuerdo a los dispositivos legales y conforme a lo dispuesto en el

Reglamento de Auditoría Externa.

Aspectos Relativos a la Confidencialidad y la Revelación de

Información

● Todos los empleados deberán guardar confidencialidad respecto a cualquier

tipo de información o actividad catalogada como sospechosa.

● Ningún empleado de la compañía deberá informar a los clientes o

relacionados, que ha sido o están siendo reportados por efectuar alguna

operación sospechosa.

Política de comunicación con las Autoridades Competentes

La compañía tiene como una de sus políticas principales la colaboración con las

autoridades competentes, ya sea mediante requerimiento expreso o mediante el

reporte de cualquier información relevante sobre operaciones que, por su suma o

78

características, demuestren incompatibilidad y contradicciones con la actividad

económica del cliente, según el conocimiento previo y teniendo en cuenta la

aplicación de los criterios establecidos.

El oficial de complimiento es el responsable de remitir y poner a disposición de la

Unidad de Análisis Financiero, en los plazos y formas dispuestas, los informes,

reportes de operaciones sospechosas y en efectivo, mediante medio electrónico u

otro que se establezca, así como toda información que permita certificar el

cumplimiento de las disipaciones establecidas.

Los reportes de operaciones sospechosas se remitirán a la UAF y a la autoridad

competente en los modelos y formatos establecidos por estos, en los diferentes

documentos regulatorios.

Política de Comunicación Interna

Como política de comunicación interna se ha establecido el carácter de

confidencialidad de las informaciones contenidas en las comunicaciones, informes,

registros y reportes que, de acuerdo a la Ley, se deben remitir a la autoridad

competente, también el impedimento de suministrar o poner en conocimiento de

alguna persona particular, el contenido de dicha información, así como que la

misma ha sido solicitada, puesta a disposición o proporcionada a la autoridad

competente.

79

Plataforma Tecnológica

Con la finalidad de facilitar la captura y procesamiento de las informaciones sobre

nuestros clientes y sus operaciones, así como también para una adecuada gestión

de la información y la generación de los reportes correspondientes, hemos

incorporado en nuestra compañía de una infraestructura tecnológica que nos

permita:

Capturar los datos que componen los expedientes de los clientes.

Clasificar a los clientes y las operaciones que realizan.

Monitorear operaciones y emitir alertas.

Detectar y reportar operaciones relevantes, inusuales y sospechosas.

Permitir el envío de reportes internos al Oficial de Cumplimiento.

Conozca su Cliente

En Mckenzie, Asesores y Corredores de Seguros somos conscientes que el

establecimiento de una estricta política de conocimiento de nuestros clientes

constituye s una herramienta importante y efectiva para prevenir, impedir y detectar

los métodos utilizados para el lavado de activos, así como también para cumplir con

las normas legales y promover correctas prácticas comerciales, protegiendo la

reputación y credibilidad de nuestra compañía.

Como forma de evitar que nuestra compañía se convierta en víctima de delitos de

LA/FT se han establecidos las siguientes políticas de Conozca su Cliente:

80

● La entrega de un documento de identificación con foto el cual debe ser

emitido por la junta Central Electoral.

● Comprobación de que el nombre y la apariencia del cliente coincidan con la

información y con la fotografía en el documento de identificación.

● Si el cliente no es residente en el país, deberá presentar un pasaporte, tarjeta

de identificación de extranjero u otro documento oficial que refleje la

nacionalidad o la residencia.

● No se aceptará ninguna forma de identificación que haya vencido, que

parezca alterada o falsificada.

● Monitoreo continuo de las actividades y transacción del cliente.

● Los datos del cliente se deberán actualizar por lo menos anualmente.

La información de los clientes que no sea actualizada o una vez actualizada no

pueda confirmarse, constituye una señal de riesgos para nosotros.

Monitoreo

La empresa McKenzie SRL establece procedimiento para el monitoreo de

operaciones para los clientes que por su perfil operacional y de comportamiento,

por las funciones que desempeñan y origen de los recursos financieros que

administran, puedan exponer en un mayor grado a la empresa al riesgo de lavado

de activos y financiamiento de delitos.

81

Reportes internos

Mensualmente se genera un reporte de transacciones que superan el umbral

establecido, acumulando todas las transacciones realizadas por cliente y por tipo

en un periodo de tiempo de 30 días y se determinan operaciones usuales e

inusuales.

Reportes a las autoridades

El Departamento de Cumplimiento se encargará mensualmente de emitir los

reportes con las transacciones que superan el umbral y transacciones inusuales e

injustificadas.

● Reportes de Operaciones en Efectivo que excedan los US$15,000.00

y Reportes de Operaciones Sospechosas.

● Transacciones múltiples en efectivo. Las transacciones múltiples en

efectivo realizadas en una misma entidad, que en su conjunto sea

igual o superior a quince mil dólares (US$15.000), serán agrupadas y

consideradas como una transacción única si son realizadas en

beneficio de una misma persona física o jurídica, y si son realizadas

dentro de un período de veinticuatro (24) horas.

● Reporte de operación sospechosa, las cuales deberán ser reportadas

dentro de los cinco (5) días hábiles después de realizada o intentada

la operación.

82

Definición de Señales de alerta

Las señales de alerta son hechos, situaciones, eventos, cuantías o indicadores

financieros que la experiencia nacional e internacional ha identificado como

elemento de juicio y a partir de los cuales se pueda concluir, la posible existencia

de un hecho o situación anormal de acuerdo con la naturaleza de sus operaciones.

Las siguientes conductas, entre otras, han sido definidas como señales de alerta

sobre transacciones u operaciones realizadas con nuestra compañía y las cuales

requieren una suficiente y adecuada supervisión:

Información insuficiente o falsa referente al conocimiento del cliente.

Inconsistencias de la información suministrada.

Solicitud de servicios o productos con identidades ficticias.

El cliente se niega a suministrar determinada información.

El cliente suministra información o documentos falsos.

Clientes sin historial bancario.

Pagos en efectivo de manera sucesiva (más de cinco eventos en un mismo

mes) el monto tope diario de RD$1, 000,000.00 de pesos.

Mecanismo de respuesta a información requerida

Para la ejecución del proceso de reportes o informaciones a la UAF se ha

establecido el siguiente procedimiento:

83

El Oficial de Cumplimiento recibirá todos los reportes individuales que todos

y cada uno de los empleados de la compañía, que, sin excepción alguna, le

hayan sido remitido.

Posteriormente, procede a su análisis y remisión a la alta gerencia a los fines

de conocimiento y aprobación de su envío a la UAF o a la autoridad

competente según el caso.

NOTA: Para los casos del Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), no se

requiere que haya certeza de que se trata de una actividad delictiva, así como

tampoco debe identificar el tipo de delito o que los recursos que maneja

provienen de esas actividades. Sólo se requiere que se considere que la

operación como sospechosa.

Sanciones Penales y Administrativas

Sanciones Penales

Los profesionales jurídicos imputados de lavado de activos pueden incurrir en

sanciones en calidad de autores o como cómplices. Como autores, las sanciones

principales consisten en una pena de diez a veinte años de prisión mayor (artículos

3.1, 3.2 y 3.3 de la Ley), mientras que como cómplice la pena principal es de cuatro

a diez años de prisión mayor (artículo 3.5).

Sanciones Administrativas

El artículo 75 de la Ley 155-17 establece las siguientes multas aplicables:

84

● Sanción a las infracciones administrativas leves una multa de

RD$300,000 a RD$1, 000,000.

● Sanción a las infracciones administrativas graves una multa de RD$1,

000,001 a RD$2, 000,000.

● Sanción a las infracciones administrativas muy graves una multa de

RD$2, 000,001 a RD$4, 000,000.

Mientras que el artículo 78 impone multas de RD$ 500,000 a RD$3, 000,000, así

como separación del cargo e inhabilitación, a los directivos que sean responsables

de la comisión de la infracción muy grave.

Sanciones Internas

El incumplimiento de alguna de las obligaciones o la violación de alguna de las

prohibiciones señaladas en el presente manual, a juicio de la compañía, dará lugar

a la aplicación de una o algunas de las siguientes medidas:

Amonestación (verbal o escrita)

Suspensión disciplinaria

Terminación del contrato de trabajo con justa causa

Cuando algún empleado incurra en el incumplimiento o la violación de alguna de

las prohibiciones establecidas en este documento y en el código de conducta, se

procederá a la imposición de las sanciones a que haya lugar o para dar por

terminado el contrato de trabajo, si es el caso.

85

Aspectos Conceptuales y Regulatorios

Glosario de Términos

Actividades Ilícitas: son aquellas conductas o actividades que de conformidad

con una norma vigente ostentan el carácter de ilícitas, esto es, contra derecho.

En relación con el lavado de activos, es evidente que el desarrollo de esta

conducta constituye la realización de una actividad ilícita, máxime cuando la

legislación penal la tipifica como delito.

Autoridad Competente: Para los fines del presente manual, la Unidad de

Análisis Financiero, que se encarga de los análisis financieros relativos a

posibles infracciones de lavado de activos, infracciones precedentes y el

financiamiento del terrorismo; y la Superentendía de Seguros, la cual está

investida con facultades de regulación, supervisión, vigilancia, fiscalización,

requerimiento de información, inspección extra situ e in situ, y de aplicación de

sanciones sobre los sujetos obligados y su personal, de conformidad con lo

establecido en el artículo 98 de la Ley.

Beneficiario Final: Se refiere a la persona física que ejerce el control efectivo

final sobre una persona jurídica o tenga como mínimo el 20% del capital de la

persona jurídica, incluyendo a la persona física en beneficio de quien o quienes

se lleva a cabo una transacción.

86

Cliente: Persona física o jurídica con la cual se establece y mantiene, de forma

habitual u ocasional, una relación contractual, profesional o comercial para el

suministro de cualquier producto o servicio. Puede ser ocasional o permanente.

Clientes de Alto Riesgo: Son aquellos clientes que pueden estar relacionados

en actividades o están conectados con jurisdicciones, que están identificadas

por fuentes fiables definidas por las autoridades competentes, como

susceptibles de lavado de activos o financiamiento de actividades terroristas.

Debida Diligencia: Conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante

los cuales los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre

sus clientes y relacionados, actuales y potenciales, beneficiarios finales y de las

actividades que realizan.

Debida Diligencia Ampliada: Conjunto de políticas y procedimientos más

exigentes, diseñados para que el conocimiento de un cliente o beneficiario final

se profundice, en virtud de los resultados arrojados por los procedimientos de

evaluación, diagnóstico y mitigación de los riesgos identificados.

Debida Diligencia Simplificada: Conjunto de políticas y procedimientos

menores, diseñados para que los elementos utilizados para el conocimiento de

un cliente o beneficiario final se simplifiquen, en virtud de los resultados

arrojados por los procedimientos de evaluación, diagnóstico y mitigación de los

riesgos identificados.

87

Financiamiento del Terrorismo: Es cualquier forma de acción económica,

ayuda o mediación que proporcione apoyo a las actividades de elementos o

grupos terroristas.

Lavado de Activos: Es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas

y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o

activos ilícitos provenientes de los delitos precedentes señalados en la Ley.

Matriz de Riesgo: Es una herramienta analítica que cada sujeto obligado debe

elaborar y actualizar para determinar su grado de exposición al riesgo y poder

establecer conforme su propio perfil los controles mitigantes para la prevención

de LA/FT.

Oficial de Cumplimiento: Es la persona designada para encargarse de vigilar

el estricto cumplimiento del programa de cumplimiento y prevención de LA/FT,

el cual deberá estar dotado de capacidad técnica y autonomía en sus funciones.

Operaciones Inusuales: Son aquellas operaciones intentadas o realizadas en

forma aislada o reiterada, sin justificación económica y/o jurídica, ya sea porque

no guardan relación con el perfil económico, financiero, patrimonial del cliente,

o porque se desvían de los usos y costumbres en las prácticas de mercado, por

su frecuencia, habitualidad, monto, complejidad, naturaleza y/o características

particulares.

88

Operaciones Sospechosas: Es o son aquellas transacciones, efectuadas o no,

complejas, insólitas, significativas, así como todos los patrones de

transacciones no habituales o transacciones no significativas pero periódicas,

que no tengan un fundamento económico o legal evidente, o que generen una

sospecha de estar involucradas en el lavado de activo, algún delito precedente

o en la financiación del terrorismo.

Países, Jurisdicciones y Áreas Geográficas de Alto Riesgo: Se consideran

como tales, aquellos países, jurisdicciones y áreas geográficas nacionales o

internacionales, que ameriten tener una especial atención y debida diligencia

ampliada, para la prevención de lavado de activos y financiamiento al terrorismo.

Persona Expuesta Políticamente (PEP’s): Cualquier individuo que

desempeña o ha desempeñado, durante los últimos tres (3) años, altas

funciones públicas, por elección o nombramientos ejecutivos, en un país

extranjero o en territorio nacional, incluyendo altos funcionarios de

organizaciones internacionales. Incluye, pero no se limita a: jefes de estado o

de gobierno, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta

jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios, así como

aquellos que determine el Comité Nacional de Lavado de Activos y

Financiamiento del Terrorismo previa consulta con el Ministerio de

Administración Pública. Los cargos considerados PEP’s, serán todos aquellos

funcionarios obligados a presentar Declaración Jurada de Bienes. Se asimilan

89

todas aquellas personas que hayan desempeñado o desempeñen estas

funciones o su equivalente para gobiernos extranjeros.

Reportes Regulatorios: Son aquellas informaciones que obligatoriamente

deberán remitir a la Unidad de Análisis Financiero, en los plazos y formas

establecidos en la regulación vigente.

Revelación o “Tipping off”: Se refiere a que el Sujeto Obligado o sus

empleados no podrán revelar a terceros el hecho de que se está realizando un

reporte de operación sospechosa o información relacionada a las autoridades

competentes.

Riesgo de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento al Terrorismo (FT): Es

el riesgo inherente que tienen y afrontan permanentemente las entidades

supervisadas por su misma naturaleza de negocios, de ser utilizadas consciente

o inconscientemente, para el lavado de A\activos, y para el financiamiento del

terrorismo.

Productos y Servicios: Se entiende como aquellos ofertados por el sujeto

obligado para la generación de sus ingresos, y que están establecidos como su

objeto social licito de acuerdo a los documentos legales de la empresa.

90

Terrorismo: Se denomina terrorismo aquellos actos que se ejecuten

empleando medios susceptibles de provocar en forma indiscriminada o atroz,

muertes, heridas, lesiones físicas o psicológicas, de un número indeterminado

de personas, o graves estragos materiales a infraestructuras estratégicas de la

nación o propiedad de particulares, con la finalidad de atemorizar a la población

en general o determinados sectores de ésta; ejercer retaliaciones fundadas por

motivos políticos, étnicos, religiosos, o de cualquier otra índole y afectar las

relaciones del Estado Dominicano con otros Estados o su imagen exterior, de

conformidad con lo prescrito en el artículo 5 de la Ley No. 267-08.

CONCLUSION

91

Conclusión

Durante el desarrollo de este trabajo de investigación y mediante los resultados

obtenidos a través de las técnicas e instrumentos de investigación utilizados para

la empresa McKenzie SRL, arrojaron las principales conclusiones:

Se pudo evidenciar que el 50% de los empleados desconocen la existencia

de un programa de Prevención y Control de Lavado de Activos. En ese

sentido, tampoco tienen conocimiento de su aprobación por la alta dirección,

y si está diseñado cumpliendo los requerimientos de la nueva Ley de Lavado

de Activos.

Por otra parte, el 50% de los encuestados afirman que no cuentan con un

manual de políticas o procedimientos para prevenir, detectar y reportar

transacciones sospechosas.

El 80% del personal de la empresa McKenzie SRL confirmaron que la

empresa no cuenta con un departamento de Auditoria Interna que vele por

el cumplimiento de los procedimientos exigidos por la nueva ley de Lavado

de Activos.

Un 40% de los encuestados no tienen conocimientos de si se realiza

investigaciones para detectar la verdadera identidad del cliente y los

beneficios.

Durante el proceso de investigación pudimos determinar que la empresa

cumple con los requisitos establecidos para contratar personas y/o

compañías que prestan servicios independientes.

92

El 60% de los encuestados establecen que la empresa no mantiene un

registro de las transacciones en efectivo superiores a los US$15,000 o su

equivalente en moneda nacional o cualquier otro tipo de moneda.

El 50% de los empleados de la empresa McKenzie SRL aseguran que no se

mantiene una estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en

razón de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas, como

forma de colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el

Financiamientos del Terrorismo.

La empresa no cuenta con un Sistema Tecnológico Preventivo al LA/FT que

facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por

negocios, servicios y productos, según establecieron el 90% de los

encuestados.

La empresa no cuenta con un programa de capacitación continua para sus

empleados en materia de lavado de activos.

RECOMENDACIONES

93

Recomendaciones

De acuerdo a las conclusiones que presentamos sobre los resultados arrojados en

la investigación realizada en la empresa McKenzie, SRL, presentamos las

siguientes recomendaciones:

Con la finalidad de que la empresa McKenzie SRL, pueda proteger sus

activos, verificar la exactitud y confiabilidad de sus datos contables, para

promover la eficiencia operativa se recomienda la implementación del

programa de Prevención y Control de Lavado de Activos, de tal forma que

se pueda garantizar la realización de los procesos y los controles tal y como

se describen en el manual de procedimientos el cual deberá ser dado a

conocer entre todos los empleados.

Se recomienda la creación de un Departamento de Auditoria Interna con el

objetivo de velar por el cumplimiento de la ley y la norma relativa al lavado

de activos.

Sugerimos la continuidad del análisis de identidad de cada titular de póliza a

través del formulario “Conozca a su Cliente” con el fin de prevenir, impedir y

detectar los métodos utilizados para el lavado de activos, así como también

para cumplir con las normas legales y promover correctas prácticas

comerciales, protegiendo la reputación y credibilidad de nuestra compañía.

94

Se recomienda a la empresa mantener un registro de las transacciones

ocurridas, así como las medidas de debida diligencia tomadas durante el

proceso, durante al menos 10 años aun después de que haya finalizado la

relación comercial o después de la fecha de la transacción.

Estos documentos deberán ser reportados a la Unidad de Análisis Financiero

(UAF) dentro de los primeros 10 días calendarios.

Todas transacciones múltiples realizadas en efectivo por un mismo cliente,

que en su conjunto sea igual o supere los quince mil dólares (US$15,000.00),

deberán ser agrupadas y consideradas como una transacción única si son

realizadas en beneficio de una misma persona física o jurídica, y si son

realizadas dentro de un período de veinticuatro (24) horas, según lo estipula

la Ley sobre Lavado de Activos.

Se sugiere designar a un Oficial de Cumplimiento para estar en constante

comunicación con las autoridades con los fines de proporcionar

informaciones cuando sean requieras.

Para un correcto funcionamiento del Programa de Prevención y control de

Lavado de Activos la empresa necesitara un Sistema Tecnológico Preventivo

al LA/FT que facilite la detección de transacciones sospechosas y

estructuradas por negocios, servicios y productos.

95

Se recomienda que se implementen un programa de capacitación continuo

a los empleados de la empresa con el fin de que sean instruidos en el

cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y control del

riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, el contenido del

programa actual, el código de conducta su aplicación y cumplimiento.

BIBLIOGRAFÍA

96

Bibliografía

146-02Ley. (2002). Ley General de Seguros. Santo Domingo.

267-08Ley. (2008). Sobre Prevención del Terrorismo. Santo Domingo.

Activos, 7.-0. S. (2002). Sobre Prevención de Lavado de Activos. Santo Domingo.

Ley155. (2017). Ley sobre el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de

Drogas y Sustancias Controladas. Santo Domingo.

Seguros, A. (2017). Rol de los Intermediarios de Seguros ante la ley 155-17.

Santo Domingo: Atrio Seguros.

Seguros, S. d. (2002). Normas para la Prevención y Lavado de Activos. Santo

Domingo.

Metodología para Elaborar Manual de Procedimiento:

https://www.csv.go.cr/documents/10179/10843/Metodologia+para+elaborar

+un+Manual+de+Procedimiento.pdf/4a19ea22-4f8d-467c-856d-

c6b0a449fa24

http://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere2/Tesis14.pdf

Dirección General de Impuestos Internos: Lavado de activos

http://www.dgii.gov.do/legislacion/prevencionDeLavado/informacionEspecial

izada/Documents/BrochureLavadoDeActivos.pdf

A N E X O S

ANEXOS I

98

99

100

101

INDICE

I. TITULO DEL TEMA ........................................................................................................... 101

II. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................... 8

III. JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................. 103

V. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS .................................................................... 104

Objetivo general ................................................................................................................... 104

Objetivos específicos ............................................................................................................ 105

VI. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL .............................................................................. 105

VII. MARCO CONCEPTUAL ................................................................................................ 113

VIII. DISEÑO DE INVESTIGACION ...................................................................................... 116

Diseño: .................................................................................................................................. 116

Enfoque: ............................................................................................................................... 116

Orientación ........................................................................................................................... 117

IX. METODOLOGÍA ............................................................................................................. 117

Tipo de investigación ............................................................................................................ 117

Métodos a utilizar ................................................................................................................. 118

Técnicas de recopilación de información .............................................................................. 118

X. FUENTES BIBLIOGRÁFICAS ........................................................................................... 119

XI. ESQUEMA PRELIMINAR D CONTENIDO DEL TRABAJO DE GRADO .................. 156

I. TITULO DEL TEMA

102

“Elaboración de un Manual de control de riesgo para prevenir casos

de Lavado de Activos. Caso: Empresa de Corretaje de Seguros, año

2017”

II. INTRODUCCIÓN

El Lavado de activo, es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y

organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos

provenientes de delitos (Ley155, 2017)

El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza para la

estabilidad del sistema financiero de un país por su carácter global y por las diferentes

103

modalidades y redes utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal circunstancia destaca

la importancia y urgencia de combatirlos, resultando esencial el papel que para tal

propósito deben desempeñar las compañías de seguros y empresas relacionadas al sector

asegurador, como son las empresas de corretaje y asesorías, las cuales deben asumir el

compromiso de cumplir adecuadamente las directivas y normas relacionadas con la

prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

Hoy, una de las tareas más desafiantes para los empresarios es la de hacer negocios con

responsabilidad, con seguridad y ajustados a las normas legales. Dada esta necesidad, esta

investigación se basa en la elaboración de un Manual o Programa de Cumplimiento basado

en Riesgo para la Prevención y Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento

del Terrorismo para la empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros, en

cumplimiento a lo establecido en la ley 155-17 y las normas complementarias.

Nuestra investigación pretende mostrar las responsabilidades del sujeto Obligado (SO) en

el área aseguradora, y elaborar un manual de cumplimiento que ayude a prevenir o mitigar

los riesgos identificados; a tales fines, la misma contará con tres capítulos, el primer

capítulo está dedicado al Diseño de la Investigación, el segundo a las Generalidades de

Ley 155-17 y sus normas complementarias, inherentes al sector seguros y el tercero a la

presentación de Manual o Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la Prevención

y Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo para la

empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros.

III. JUSTIFICACIÓN

El Sujeto Obligado (SO), es toda persona física o moral (jurídica) que en virtud de la ley

155-17, o su reglamento está obligada al cumplimiento de obligaciones destinadas a

prevenir, impedir y detectar el lavado de activos.

La empresa Mckenzie, S.R.L, Asesores y Corredores de Seguros, como empresa dedicada al

ofrecimiento de servicios de Asesoría, corretaje e intermediación de todo tipo de seguros a

nivel nacional e internaciones, es uno de los SO citados en la ley. En la actualidad la

104

empresa no cuenta con una matriz que le permita identificar los riesgos asociados a la

actividad comercial que realiza, valorar los mismos, así como establecer las políticas y

realizar las debidas diligencias para prevenir el lavado de activos.

El disponer de este manual, constituye una violación de la ley y sus normas complementarias,

por los que sus altos ejecutivos están expuestos a las sanciones previstas en la ley.

IV. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La Empresa Mckenzie, S.R.L. es una empresa de corredores de seguros, en el mercado

dominicano, que provee servicios y soluciones innovadoras en todo lo que concierne a

seguros. La empresa ha conseguido un crecimiento en el mercado aprovechando las

oportunidades que se han presentado a través de los años, sin embargo, la empresa no ha

desarrollado y ni formalizado de manera suficiente las medidas que le permitan evitar

Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo según lo establece la ley 155-17.

V. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS

Objetivo general

Identificar los riesgos inherentes a las actividades de asesoría e intermediación de seguros,

que permitan identificar acciones y establecer las políticas, procedimientos e instancias de

control para una adecuada administración de los riesgos de lavado de activos y

financiamiento del terrorismo.

105

Objetivos específicos

Describir las Generalidades del Mercado Asegurador Dominicano.

Analizar los Riesgos asociados a las actividades de Asesoría e intermediación de

Seguros.

Identificar políticas, procedimientos y controles internos que impulsen el

cumplimiento de los requerimientos legales establecidos en la legislación vigente, en

cuanto a identificación y conocimiento del cliente, reporte de operaciones

sospechosas y mantenimiento de registros, etc.

Describir las Obligaciones de los sujetos obligados del sector.

Proponer un Manual o Programa de Cumplimiento basado en Riesgo para la

Prevención y Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del

Terrorismo en la empresa McKenzie, S.R.L

VI. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL

Las siguientes afirmaciones sobre el manual le servirán como soporte al lector para orientarlo

sobre el tema a investigar y el porqué de la importancia de este.

Manual

De acuerdo a (Alvarez, 1996), ´´ Los manuales son una de las mejores herramientas

administrativas, pues le permiten a cualquier entidad encauzar sus operaciones. La

normalización es la plataforma sobre la que se sustenta el crecimiento y el desarrollo de una

organización, dándole estabilidad y solidez. Los manuales son a la organización lo que los

106

cimientos son a un edificio, pues el tenerlos, facilitan y sirven de base para el crecimiento;

no tenerlos, limitaría la carga y el número de pisos que esta pueda soportar.

En ese sentido, (Joaquín, 2004), nos dice que para facilitar el cumplimientos de las

responsabilidades de los distintos elementos que participan en el desarrollo de los

procedimientos es necesario determinar en forma explícita las políticas, criterios, o

lineamientos generales que le permitan realizar sus actividades sin tener que consultar a los

niveles jerárquicos superiores.

Un manual es el documento que contiene la descripción de políticas o actividades que deben

seguirse en la realización de las funciones de una unidad administrativa, o de dos o más de

ellas. El manual incluye además los puesto o unidades administrativas que intervienen

precisando su responsabilidad y participación.(Franklin F. E., 2014).

Objetivos

De acuerdo a (Pelaez, 2008), los manuales tienen como objetivo principal:

Determinar las actividades que se deben realizar dentro de la Empresa para la

consecución de los Objetivos para los cuales fue creada y a su vez detectar cuales se

requieren implementar, modificar o desechar tomando como base de análisis las

actividades de los puestos creados para la consecución de dicho objetivo

Definir si es que no existe la estructura organizacional de la empresa de acuerdo a

los puestos existentes y/o en su caso validar la importancia estructural del puesto para

definir de manera eficiente la reestructura organizacional pertinente a fin de mejorar

la productividad y reducir cargas financieras para la Empresa.

Validar de acuerdo a las actividades realizadas por el personal si el puesto justifica

su existencia dentro de la estructura organizacional, si esta correctamente definido

en cuanto a cargas de trabajo (número de plazas), especialización y responsabilidad.

107

Mejorar la productividad de la Empresa mediante el análisis de la forma en que se

realizan las operaciones (tareas o autorizaciones), tiempos y movimientos,

necesidades de capacitación o desarrollo de habilidades, buscando en todo momento

hacer eficiente o modificar las actividades del puesto para la consecución de mejorar

la productividad.

Tener una guía para la inducción de nuevo personal al puesto en cuanto a las

obligaciones y actividades a realizar. Así como permitir que se pueda evaluar la

productividad y efectividad del empleado en el puesto (Valuación de Desempeño

(Presupuesto de Sueldos) y facilitar las Auditorías Operativas para detectar

desviaciones en cuanto al desarrollo de las actividades de manera fácil y expedita.

Poder definir el perfil de personal (descripción de puesto y necesidades de

capacitación o desarrollo de habilidades) que se requiere para el desarrollo de las

actividades del puesto y facilitar la búsqueda de candidatos internos y/o externos para

ocupar el puesto (reclutamiento y selección de personal).

Poder evaluar el valor (salario) de las actividades realizadas (no por nombre del

puesto) en el mercado abierto y mantener dentro de parámetros competitivos a la

Empresa (estabilidad laboral del personal y posicionamiento laboral de la Empresa).

En ese sentido, pero desde un punto de vista general, Díaz (2005), afirma que el objetivo de

un manual es servir de guía o como fuente ordenada de actos de administrativos esenciales

para la mejor realización de las tareas relativas a una o varias funciones. Asimismo, el mismo

autor nos dice que los manuales sirven para la liberar a los miembros de la administración

de tener que rehacer el marco de referencia para la toma de decisiones cada vez que se

encuentran frente a la misma situación.

Ventajas y desventajas sobre la implementación de manuales en empresas.

Ventajas

108

Entre las ventajas más importantes según (CEJA, 2012), se encuentran las siguientes:

Logra y mantiene un sólido plan de organización.

Asegura que todos los interesados tengan una adecuada comprensión del plan general

y de sus propios papeles y relaciones pertinentes.

Facilita el estudio de los problemas de organización.

Sistematiza la iniciación, aprobación y publicación de las modificaciones necesarias

en la organización.

Sirve como una guía eficaz para la preparación, clasificación y compensación del

personal clave.

Determina la responsabilidad de cada puesto y su relación con los demás de la

organización.

Evita conflictos jurisdiccionales y la yuxtaposición de funciones.

Pone en claro las fuentes de aprobación y el grado de autoridad de los diversos

niveles.

La información sobre funciones y puestos suele servir como base para la evaluación

de puestos y como medio de comprobación del progreso de cada quien.

Conserva un rico fondo de experiencia administrativa de los funcionarios más

antiguos.

Mientras que como desventajas, (CEJA, 2012), nos plantea las siguientes:

Muchas compañías consideran que son demasiado pequeñas para necesitar Un

manual que describa asuntos que son conocidos por todos sus integrantes.

Algunas consideran que es demasiado caro, limitativo y laborioso preparar un manual

y conservarlo al día.

Existe el temor de que pueda conducir a una estricta reglamentación y rigidez.

Su deficiente elaboración provoca serios inconvenientes en el desarrollo de las

operaciones.

El costo de producción y actualización puede ser alto.

Si no se actualiza periódicamente, pierde efectividad.

109

Incluye solo aspectos formales de la organización, dejando de lado los informales,

cuya vigencia e importancia es notorio para la misma.

Muy sintética carece de utilidad: muy detallada los convierte en complicados

Tipos de manuales

El tipo de manual que elabora una organización depende de la naturaleza del negocio

y el uso que se quiera dar, de acuerdo a (Eduardo, 2007), se agrupan de la siguiente

manera:

Manuales de Organización: Describe la estructura de la organización a

través del detalle de los objetivos, organigrama funcional por área y general,

perfiles de puesto, descripción de funciones, responsables de cada área. Es

necesario que cada área o departamento tenga su manual de organización y

se utiliza con mucha frecuencia como herramienta de inducción para el

personal nuevo.

Manuales de Políticas: Describe los lineamientos que el personal debe seguir

para el cumplimiento de las responsabilidades de las distintas áreas

funcionales que participan en el desarrollo de la organización. Sirven como

guía en el transcurso de las tareas asignadas para evitar consultando

constantemente a los niveles jerárquicos superiores sobre la forma de

proceder ante determinada situación.

Procedimientos: Describe los procedimientos que debe hacer el personal

para determinada actividad, considerado como una guía de gran ayuda para

el personal nuevo porque les da la pauta de cómo proceder en la ejecución de

sus funciones. El objetivo de un manual de procedimientos es evitar el

desperdicio de tiempo señalando quién, cómo, cuándo y dónde es responsable

de ciertas tareas.

110

Manuales para Especialistas: Describe cómo realizar las actividades

operacionales de un área funcional. Los manuales técnicos se crean con la

finalidad de ser la fuente de conocimiento para el personal de esa área y de

información general para el personal que está relacionado con dicha área.

Sirve como base para futuras modificaciones.

Manual de procedimientos

Definición

El manual de procedimientos es un medio escrito que sirve para registrar y

Dar información clara respecto a una actividad específica en una organización;

coordina de forma ordenada las actividades a seguir para lograr los objetivos

específicos, mostrando claramente los lineamientos e instrucciones necesarios para

la mejora del desempeño; lo anterior significa que este documento contiene los pasos

a seguir para realizar una o más funciones, basándonos en la explicación que da

(DIAMOND, 1983) en su libro ´´Cómo preparar manuales administrativos´´.

La definición de (DIAMOND, 1983) es la siguiente: el manual de procedimientos es

el libro de los Cómo”. Es la pregunta común de cómo hacerlas cosas. A estos

manuales también se les conocen como manuales de operaciones.

Mientras que para (Franklin, 2009) los manuales de procedimientos “Constituyen un

documento técnico que incluye información sobre la sucesión cronológica y

secuencial de operaciones concatenadas entre sí, que se constituye en una unidad

para la realización de una función, actividad o tarea específica en una organización”.

Importancia

La importancia de un manual de procedimientos es proporcional a los beneficios que

este proporciona a la empresa, por lo tanto, podemos decir que dentro de los

beneficios que estos manuales brindan, podemos hacer mención de los siguientes:

111

Proporcionan al usuario un sistema de referencia común y estandarizada.

Proporcionan documentación; donde la información queda registrada para

compartir el conocimiento.

Sirven como sistema de archivo de información, fácil uso y al alcance.

Los usuarios realizan las actividades en base a la especificación

establecida por la organización.

Se ahorra tiempo y aseguran respuesta exacta. En vez de preguntar a un

subalterno, se puede optar por consultar el manual y no se corre el riesgo

de que la información sea errónea.

Sirven como instrumento de adiestramiento para los nuevos empleados.

Son utilizados como herramientas auxiliares de entrenamiento.

Diagramas de flujo

Un diagrama de flujo es una representación gráfica que desglosa un proceso en

cualquier tipo de actividad a desarrollarse tanto en empresas industriales o de

servicios y en sus departamentos, secciones u áreas de su estructura

organizativa.(Pleguezuelos, 1999)

Un diagrama de flujo presenta generalmente un único punto de inicio y un único

punto de cierre, aunque puede tener más, siempre que cumpla con la lógica requerida.

Tipos de diagramas

Generalmente la intención es poder demostrar ciertos grados de jerarquía por lo que

la mayoría de las empresas suelen utilizar diagramas verticales, pero gracias a la

interpretación que recibe cada una de sus formas el diseño realmente no afecta su

comprensión.(Polo, 2017)

112

Diagrama de flujo vertical: la secuencia de operaciones se realiza de arriba hacia

abajo, poniendo en la cima aquellos ítems de mayor valor o importancia.

Diagrama de flujo horizontal: a diferencia del diagrama de flujo vertical la

información se jerarquiza de izquierda a derecha.

Diagrama de flujo panorámico: quizá la representación más completa de cualquier

diagrama de flujo ya que con un corto vistazo podemos detallar de forma sencilla

cada recuadro o figura. Sus dimensiones se expanden tanto vertical como

horizontalmente de acuerdo a la necesidad de la información y puede registrar

acciones de forma simultánea. Las siguientes son acciones previas a la realización

del diagrama de flujo:

Identificar las ideas principales al ser incluidas en el diagrama de flujo. Deben

estar presentes el autor o responsable del proceso, los autores o responsables

del proceso anterior y posterior y de otros procesos interrelacionados, así

como las terceras partes interesadas.

Definir qué se espera obtener del diagrama de flujo.

Identificar quién lo empleará y cómo.

Establecer el nivel de detalle requerido.

Símbolos utilizados en los diagramas de flujo.

Normalmente solo se utilizan los recuadros para los diagramas de flujo sencillos que buscan

expresar etapas o procesos para conseguir un fin específico, mayormente utilizado para

diagrama de ventas o ejemplificación del proceso de atención al cliente.

Por otra parte, los diagramas de empresas en cuanto a procesos de producción o distribución

suelen ser un poco más complicados, añadiendo una mayor cantidad de símbolos al diagrama

de flujo.(Polo, 2017)

Algunos de los símbolos básicos son los siguientes:

113

Óvalos: para iniciar o finalizar el diagrama de flujo.

Rectángulo: utilizado como cuadro de texto.

Flechas: para representar la continuidad del diagrama, funciona como conector entre

símbolos y de acuerdo a dónde apunte indicará la secuencia del proceso.

Rombos: sirven para identificar las preguntas o cuestionamientos dentro del proceso.

Por otro lado, Torres (1996), destaca que los símbolos básicos para elaborar un diagrama de

flujo son:

•Símbolo actividad: es un rectángulo que designa una actividad. Dentro de cada rectángulo

se incluye una breve descripción de cada actividad.

•Símbolo decisión: es un rombo que señala un punto en el proceso en el que hay que tomar

una decisión, a partir de él, se ramifica en dos o más vías el camino que se puede seguir.

•Símbolo terminal: Es un óvalo que identifica sin ninguna ambigüedad, el principio y el

final de un proceso, según la palabra dentro del símbolo terminal.

VII. MARCO CONCEPTUAL

Actividades Ilícitas: son aquellas conductas o actividades que de conformidad con una

norma vigente ostentan el carácter de ilícitas, esto es, contra derecho. En relación con el

lavado de activos, es evidente que el desarrollo de esta conducta constituye la realización

de una actividad ilícita, máxime cuando la legislación penal la tipifica como delito.

Autoridad Competente: Para los fines del presente manual, la Unidad de Análisis

Financiero, que se encarga de los análisis financieros relativos a posibles infracciones de

lavado de activos, infracciones precedentes y el financiamiento del terrorismo; y la

Superentendía de Seguros, la cual está investida con facultades de regulación,

supervisión, vigilancia, fiscalización, requerimiento de información, inspección extra

situ e in situ, y de aplicación de sanciones sobre los sujetos obligados y su personal, de

conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley.

114

Beneficiario Final: Se refiere a la persona física que ejerce el control efectivo final sobre

una persona jurídica o tenga como mínimo el 20% del capital de la persona jurídica,

incluyendo a la persona física en beneficio de quien o quienes se lleva a cabo una

transacción.

Cliente: Persona física o jurídica con la cual se establece y mantiene, de forma habitual

u ocasional, una relación contractual, profesional o comercial para el suministro de

cualquier producto o servicio. Puede ser ocasional o permanente.

Clientes de Alto Riesgo: Son aquellos clientes que pueden estar relacionados en

actividades o están conectados con jurisdicciones, que están identificadas por fuentes

fiables definidas por las autoridades competentes, como susceptibles de lavado de activos

o financiamiento de actividades terroristas.

Debida Diligencia: Conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante los

cuales los sujetos obligados establecen un adecuado conocimiento sobre sus clientes y

relacionados, actuales y potenciales, beneficiarios finales y de las actividades que

realizan.

Debida Diligencia Ampliada: Conjunto de políticas y procedimientos más exigentes,

diseñados para que el conocimiento de un cliente o beneficiario final se profundice, en

virtud de los resultados arrojados por los procedimientos de evaluación, diagnóstico y

mitigación de los riesgos identificados.

Debida Diligencia Simplificada: Conjunto de políticas y procedimientos menores,

diseñados para que los elementos utilizados para el conocimiento de un cliente o

beneficiario final se simplifiquen, en virtud de los resultados arrojados por los

procedimientos de evaluación, diagnóstico y mitigación de los riesgos identificados.

Financiamiento del Terrorismo: Es cualquier forma de acción económica, ayuda o

mediación que proporcione apoyo a las actividades de elementos o grupos terroristas.

Lavado de Activos: Es el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y

organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos

provenientes de los delitos precedentes señalados en la Ley.

Matriz de Riesgo: Es una herramienta analítica que cada sujeto obligado debe elaborar

y actualizar para determinar su grado de exposición al riesgo y poder establecer conforme

su propio perfil los controles mitigantes para la prevención de LA/FT.

115

Oficial de Cumplimiento: Es la persona designada para encargarse de vigilar el estricto

cumplimiento del programa de cumplimiento y prevención de LA/FT, el cual deberá

estar dotado de capacidad técnica y autonomía en sus funciones.

Operaciones Inusuales: Son aquellas operaciones intentadas o realizadas en forma

aislada o reiterada, sin justificación económica y/o jurídica, ya sea porque no guardan

relación con el perfil económico, financiero, patrimonial del cliente, o porque se desvían

de los usos y costumbres en las prácticas de mercado, por su frecuencia, habitualidad,

monto, complejidad, naturaleza y/o características particulares.

Operaciones Sospechosas: Es o son aquellas transacciones, efectuadas o no, complejas,

insólitas, significativas, así como todos los patrones de transacciones no habituales o

transacciones no significativas pero periódicas, que no tengan un fundamento económico

o legal evidente, o que generen una sospecha de estar involucradas en el lavado de activo,

algún delito precedente o en la financiación del terrorismo.

Países, Jurisdicciones y Áreas Geográficas de Alto Riesgo: Se consideran como tales,

aquellos países, jurisdicciones y áreas geográficas nacionales o internacionales, que

ameriten tener una especial atención y debida diligencia ampliada, para la prevención de

lavado de activos y financiamiento al terrorismo.

Persona Expuesta Políticamente (PEP’s): Cualquier individuo que desempeña o ha

desempeñado, durante los últimos tres (3) años, altas funciones públicas, por elección o

nombramientos ejecutivos, en un país extranjero o en territorio nacional, incluyendo

altos funcionarios de organizaciones internacionales. Incluye, pero no se limita a: jefes

de estado o de gobierno, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta

jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales o funcionarios, así como aquellos que

determine el Comité Nacional de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

previa consulta con el Ministerio de Administración Pública. Los cargos considerados

PEP’s, serán todos aquellos funcionarios obligados a presentar Declaración Jurada de

Bienes. Se asimilan todas aquellas personas que hayan desempeñado o desempeñen estas

funciones o su equivalente para gobiernos extranjeros.

Reportes Regulatorios: Son aquellas informaciones que obligatoriamente deberán

remitir a la Unidad de Análisis Financiero, en los plazos y formas establecidos en la

regulación vigente.

Revelación o “Tipping off”: Se refiere a que el Sujeto Obligado o sus empleados no

podrán revelar a terceros el hecho de que se está realizando un reporte de operación

sospechosa o información relacionada a las autoridades competentes.

116

Riesgo de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento al Terrorismo (FT): Es el riesgo

inherente que tienen y afrontan permanentemente las entidades supervisadas por su

misma naturaleza de negocios, de ser utilizadas consciente o inconscientemente, para el

lavado de A\activos, y para el financiamiento del terrorismo.

Productos y Servicios: Se entiende como aquellos ofertados por el sujeto obligado para

la generación de sus ingresos, y que están establecidos como su objeto social licito de

acuerdo a los documentos legales de la empresa.

Terrorismo: Se denomina terrorismo aquellos actos que se ejecuten empleando medios

susceptibles de provocar en forma indiscriminada o atroz, muertes, heridas, lesiones

físicas o psicológicas, de un número indeterminado de personas, o graves estragos

materiales a infraestructuras estratégicas de la nación o propiedad de particulares, con la

finalidad de atemorizar a la población en general o determinados sectores de ésta; ejercer

retaliaciones fundadas por motivos políticos, étnicos, religiosos, o de cualquier otra

índole y afectar las relaciones del Estado Dominicano con otros Estados o su imagen

exterior, de conformidad con lo prescrito en el artículo 5 de la Ley No. 267-08.

VIII. DISEÑO DE INVESTIGACION

Diseño:

Se utilizará un diseño no experimental para el desarrollo de esta investigación. Ya que solo

observaremos los fenómenos tal y como ocurren naturalmente, sin intervenir en su

desarrollo, para luego poder determinar cuáles son las normas y procedimientos

convenientes a proponer para un adecuado manual de políticas y procedimientos.

Enfoque:

Considerando las características de los diferentes enfoques, por una parte el enfoque

cuantitativo al utilizar la recolección y el análisis de datos para contestar preguntas de

investigación y probar hipótesis establecidas previamente y al confiar en la medición

numérica, el conteo y la estadística para establecer con exactitud patrones de

comportamiento en una población, y por otra parte, el enfoque cualitativo, al utilizarse

117

primero en descubrir y refinar preguntas de investigación y al basarse en métodos de

recolección de datos sin medición numérica, como las descripciones y las observaciones

y por su flexibilidad se mueve entre los eventos y su interpretación, entre las respuestas

y el desarrollo de la teoría.

Por lo anteriormente mencionado, para desarrollar esta investigación se utilizará el enfoque

mixto, en virtud de que ambos se entremezclan en la mayoría de sus etapas, por lo que será

conveniente combinarlos para obtener información que permita triangularla. Esta

triangulación aparecerá como alternativa en esta investigación a fin de tener la posibilidad

de encontrar diferentes caminos para conducirlo a una comprensión e interpretación lo más

amplia del fenómeno en estudio.

Orientación

Por último, debido al tema que se tiene como objeto de estudio, la investigación reflejará

una orientación transversal, lo que implica la recolección de datos en un solo periodo de

tiempo sin interrupciones.

IX. METODOLOGÍA

Tipo de investigación

La presente investigación está sustentada en el tipo de investigación descriptiva para la

obtención y análisis de la información oportuna para el desarrollo del tema seleccionado.

La investigación es descriptiva debido a que se busca describir las condiciones actuales en

las que la empresa maneja sus operaciones, así como especificar las características que

predominan en el control de sus operaciones, para de ese modo determinar las posibles

medidas a tomar en torno a la mejora del control de existencias de la institución.

De esta forma mediante este método se podrá recopilar información relevante a cerca del

control interno y el manejo de los sistemas de información utilizados y de este modo

determinar el impacto que tiene esta situación, para esto se consideraron, tanto aportes

118

documentales como los obtenidos de la aplicación de los instrumentos de recolección de

datos.

Métodos a utilizar

Método deductivo: ya que se necesita partir de lo general a lo particular, este método

permitirá que se relaciones las situaciones generales para llegar a explicaciones

particulares las cuales se encuentran contenidas en una situación que afecta a la

población en general.

Método de análisis: Después de identificar las partes de la realidad estudiada, se

buscará relación causa-efecto entre estas.

Método síntesis: Ya que es un proceso que va de los simple a lo complejo, de la

causa al efecto y de los principios a las consecuencias, es decir, busca explicaciones

a partir del estudio.

Técnicas de recopilación de información

Entrevistas cerradas: que permite interactuar con las personas involucradas en los

diferentes procesos operacionales que lleva a cabo la empresa, para evaluar desde su

perspectiva cuales son los puntos débiles en este proceso

Observación: del manejo de las operaciones de los diferentes departamentos, por

parte de los empleados.

Encuestas: para recolectar datos de relevancia y visualizar la opinión de los

empleados involucrados en esta área.

119

X. FUENTES BIBLIOGRÁFICAS

146-02Ley. (2002). Ley General de Seguros. Santo Domingo.

267-08Ley. (2008). Sobre Prevención del Terrorismo. Santo Domingo.

Activos, 7.-0. S. (2002). Sobre Prevencion de Lavado de Activos. Santo Domingo.

Ley155. (2017). Ley sobre el Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas

y Sustancias Controladas. Santo Domingo.

Seguros, A. (2017). Rol de los Intermediarios de Segurosante la ley 155-17. Santo

Domingo: Atrio Seguros.

Seguros, S. d. (2002). Normas para la Preventacón y Lavado de Activos. Santo Domingo.

120

XI. ESQUEMA PRELIMINAR D CONTENIDO DEL TRABAJO DE

GRADO

INDICE DE CONTENIDO

(PRELIMINAR)

CAPÍTULO 1. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

1.1 Antecedentes

1.2 Planteamiento del Problema

1.3 Formulación del problema

1.4 Objetivos

1.4.1 Objetivo General

1.4.2 Objetivos Específicos

1.4.3 Preguntas de Investigación

1.4.4 Justificación

1.5 Hipótesis

CAPITULO 2. GENERALIDADES DEL MERCADO ASEGURADOR

DOMIMINICANO

2.1 Generalidades del Mercado Asegurador

2.2 Superintendencia de Seguros

2.3 El Riesgo de Lavado de Activos

2.3.1. Características

2.3.2. Riesgos Asociados a la Actividad comercial

2.4 Debida Diligencia para Prevención

2.5 Manual de Cumplimiento

CAPITULO 3. MANUAL O PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO BASADO

EN RIESGO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL RIESGO DE LAVADO

DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

3.1 Objetivo del Manual

3.2 Ámbito de Aplicación

3.3 Descripción general de la Empresa

3.4 Órganos y responsabilidades de cumplimiento

3.5 Oficial de Cumplimiento

3.5.1 Funciones

3.5.2 Los criterios de selección del Oficial

3.6 Debida Diligencia

3.6.1 Clientes

3.6.2 Empleados

3.6.2.1 Reclutamiento y Selección

3.6.2.2 Código de Conducta

121

3.7 Personas Políticamente Expuestas

3.8 Documentación y Verificación

3.9 Factores de Riesgos

3.10 Programa de Capacitación y Actualización

3.11 Evaluación Independiente

3.12 Políticas de Comunicación

3.13 Plataforma Tecnológica

3.14 Glosario de Términos

4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

122

ANEXOS II

123

FORMULARIOS CONOCE A TU CLIENTE

124

125

126

CRONOGRAMA DE CAPACITACIONES

NOMBRES CAPACITACIONES ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

Mckenzie Rivera, Eduardo SantiagoMarco Legal Y Regulatorio en la Prevención Lavado de Activos

Tolentino Peralta, Tomasina Desarrollo de la Marca Personal

Fermín Almonte, Ana Josefa LicelotDiplomado en Seguros

González Camilo, Mariela Desarrollando el Líder que hay en ti

Portes Lantigua, Karla Marie Prevención Lavado de Activos

Sensibilización Prevención Lavado de Activos

Excel Avanzado

Redacción de Informe Técnicos

CRONOGRAMA DE CAPACITACION 2018

127

MANUAL DE CONDUCTA

INTRODUCCIÓN

Mckenzie, S.R.L, es una empresa que basa los servicios que ofrece en valores

éticos y morales. Para fomentarlo pone a disposición de miembros del equipo el

Código de Conducta, de forma que cada uno pueda asumirlo como parte de nuestra

cultura organizacional y de nuestro accionar.

Los lineamientos del Código se aplican a todo el personal de Mckenzie, S.R.L.,

proveedores, Clientes y a todo aquel que preste servicios para o en representación

de Mckenzie, S.R.L, y que sea capaz de incurrir en prácticas contrarias a la ética

en representación de Mckenzie, S.R.L.

Este Código de Conducta define los lineamientos y estándares de integridad y

transparencia a los que deberán ajustarse todos los empleados de Mckenzie, S.R.L,

cualquiera sea su nivel jerárquico o especialidad. Sin perjuicio de lo anterior, ni este

ni ningún otro código puede prever todas las situaciones que debamos enfrentar y

de ningún modo sustituye la aplicación del sentido común y el buen criterio.

En la medida en que la naturaleza de cada vinculación lo permitiera, todos los

principios establecidos en el presente código deberán aplicarse también en la

relación de Mckenzie, S.R.L con proveedores, personas asociadas, tales como

128

intermediarios comerciales, representantes no comerciales, consultores, socios de

negocios, o cualquiera que preste servicios para o en representación de Mckenzie,

S.R.L, ya sea que recibieran o no una retribución, todos quienes sean capaces de

incurrir en prácticas contrarias a la ética en representación de Mckenzie, S.R.L.

En el marco de la vinculación laboral, todo el personal debe desempeñar sus

funciones de acuerdo con las leyes aplicables, las normas externas e internas, las

pautas de este Código y con todas las políticas y procedimientos internos

aplicables, sobre una base de compromiso personal con la honestidad, la lealtad y

la transparencia en todas las acciones relacionadas con esa vinculación laboral.

Se espera de los empleados de Mckenzie, S.R.L que:

1. Aprendan y cumplan con las leyes, las normas, políticas y procedimientos de

Mckenzie, S.R.L que se aplican a su trabajo;

2. Procuren rápidamente asesoramiento y orientación si no están seguros

acerca del rumbo a tomar y alienten a otros a que hagan lo mismo;

3. Estén alertas e informen toda cuestión o potenciales violaciones a su

supervisor directo, y a los Servicios Legales de Mckenzie, S.R.L, o a los

asesores en materia de Dirección de Auditoría, respecto de todas las

cuestiones que se encuentren cubiertas por la Política de Conducta

Empresarial.

4. Nunca juzguen, ni tomen ningún tipo de represalias contra una persona que

plantee una cuestión, informe una violación o participe en una investigación.

129

Las siguientes preguntas deberán ser consideradas antes de tomar cualquier

decisión en el ámbito laboral:

a. ¿La acción propuesta cumple con la legislación aplicable y las políticas y

procedimientos internos de Mckenzie, S? R.L?

b. ¿La acción propuesta se ajusta a la letra y al espíritu del Código de

Conducta?

c. ¿Esta decisión puede justificarse como el curso de acción más apropiado?

d. Si la acción propuesta tuviese difusión pública, ¿podría comprometer a

Mckenzie, S.R.L o resultar perjudicial para su reputación o su posición en la

comunidad?

IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

Es responsabilidad de la Gerencia Administrativa y Financiera la difusión e

implementación del Presente Código.

El Consejo de Administración resolverá cualquier cuestión de implementación o

interpretación del Código que no pudieran ser resueltas satisfactoriamente por los

niveles de supervisión jerárquica.

130

Cada vez que fuera apropiado o necesario, la Gerencia Administrativa y Financiera,

realizara la actualización, definición e implementación de normas y procedimientos

para asegurar el total cumplimiento del Código.

La gerencia de Mckenzie, S.R.L tomará las medidas necesarias para asegurar que

todo su personal, todos los proveedores, agentes, representantes, clientes y

cualquiera que preste servicios para o en representación de Mckenzie, S.R.L

conozcan y comprendan las disposiciones de este Código de Conducta y

comprendan cómo se aplicará en su ambiente de trabajo.

La gerencia de Mckenzie, S.R.L, asegurará que se provea una capacitación sobre

este Código y sobre las políticas y procedimientos de Mckenzie, S.R.L a todos los

empleados.

Los empleados de Mckenzie, S.R.L que requirieran mayor información que la

ofrecida por sus supervisores podrán contactar a la Gerencia Administrativa y

Financiera, mediante correo electrónico a [email protected]

CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA

Las pautas del Código prevalecen sobre la obediencia a instrucciones de

funcionarios jerárquicamente superiores.

131

Aceptar cumplir con las disposiciones de este Código es condición de empleo en

Mckenzie, S.R.L.

El cumplimiento de este Código será una responsabilidad personal y exclusiva de

cada empleado. En el caso de cualquier transgresión, los empleados, una vez

informados sobre su implementación, no podrán invocar su desconocimiento o el

hecho de haber obedecido instrucciones de funcionarios de un nivel jerárquico

superior.

Se espera que el personal adopte una actitud proactiva, evitando una actitud de no

intervención frente a posibles violaciones, y actuando por iniciativa propia en caso

de que detectare hechos de incumplimiento de este Código en cualquier tipo de

proceso.

Se espera que cada empleado cumpla las pautas del Código de Conducta y

colabore con investigaciones internas cuando le fuera requerido.

Los supervisores no deberán aprobar ni tolerar violaciones a este Código y, en caso

de tener conocimiento de hechos de ese tipo, deberán denunciarlos

inmediatamente.

132

Dependiendo de la gravedad del incumplimiento y el régimen legal aplicable, las

sanciones disciplinarias pueden conducir al despido y a acciones legales iniciadas

aun después del despido.

DENUNCIA DE VIOLACIONES AL CÓDIGO DE CONDUCTA

El Código regula el funcionamiento de una Línea Transparente, con la opción de

mantener confidencial la identidad de los denunciantes, y respeta el derecho de

defensa del personal involucrado.

Mckenzie, S.R.L ha implementado y fomenta el uso de una Línea Transparente

para recibir consultas, pedidos de orientación y reportes de situaciones o denuncias

de comportamientos que sean contrarios a este Código.

Este canal de comunicación deberá asegurar mecanismos necesarios para evitar

cualquier medida de represalia o sanción contra los empleados que contactaren la

Línea Transparente.

La Línea Transparente será operada de acuerdo a los procedimientos diseñados

por la Gerencia Administrativa y financiera, en lo referido a asuntos financieros o a

los sistemas de control interno sobre reporte financiero.

133

Quienes se comunicarán con la Línea Transparente podrán solicitar que en todos

los registros relacionados con sus denuncias se los referenciara utilizando un

nombre de fantasía a fin de salvaguardar la confidencialidad de su identidad.

La gerencia de Mckenzie, S.R.L adoptará las medidas necesarias para asegurar la

más absoluta confidencialidad de la información recibida, el trato justo del personal

involucrado en violaciones al Código y el derecho de defensa de dicho personal.

PAUTAS DE CONDUCTA

CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES

Los empleados deben cumplir con la legislación aplicable.

El personal deberá respetar en todos los casos el cumplimiento de las leyes a las

que se encuentra sujeta Mckenzie, S.R.L, incluyendo las leyes vigentes en los

distintos países en los cuales Mckenzie, S.R.L opera o desarrolla negocios. Los

empleados deben ser conscientes de que, debido al carácter global de las

operaciones de Mckenzie, S.R.L, una conducta inapropiada en un determinado país

podría generar responsabilidad legal para Mckenzie, S.R.L o sus empleados no

sólo en el país donde tuviera lugar esa conducta impropia sino también,

potencialmente, en otros países. Si existiera alguna duda respecto de si una acción

u otro acontecimiento podría originar responsabilidad para Mckenzie, S.R.L en

cualquier país, los empleados deberán plantear inmediatamente la cuestión a su

134

supervisor directo, a los Servicios Legales de Mckenzie, S.R.L. en relación con los

temas alcanzados por la Política de Conducta Empresarial.

Periódicamente, Mckenzie, S.R.L emite políticas, regulaciones y guías para

alcanzar sus objetivos de negocio, aplicar las mejores prácticas y cumplir con las

regulaciones impuestas por varias jurisdicciones en las cuales desarrolla sus

negocios. Aunque Mckenzie, S.R.L siempre se esfuerza por comunicar dichas

políticas, regulaciones y pautas, se espera que los empleados también determinen

cuáles son aplicables a ellos. Los empleados pueden consultar en la Intranet de

Mckenzie, S.R.L o en los Servicios Legales de Mckenzie, S.R.L para obtener

asistencia al respecto.

GESTIÓN TRANSPARENTE

La información suministrada debe ser precisa y las decisiones deben ser

transparentes.

El personal debe tomar los recaudos necesarios para asegurar un manejo

transparente de la información y de la toma de decisiones.

A los efectos del presente, la información es transparente cuando refleja con

precisión la realidad.

Se considera que una decisión es transparente cuando cumple con todas y cada

una de las siguientes condiciones:

135

1. Cuenta con una aprobación en el nivel adecuado según lo establecido

en la política o procedimiento aplicable.

2. Se basa en un análisis razonable de los riesgos involucrados.

3. Deja registros de sus fundamentos.

4. Privilegia los mejores intereses de Mckenzie, S.R.L por sobre

cualquier interés personal.

CONFLICTO DE INTERESES Y DEBER DE LEALTAD

Los conflictos de intereses deben ser divulgados.

Existe un conflicto de intereses, real o potencial, cuando la relación de un empleado

con un tercero pudiera afectar los intereses de Mckenzie, S.R.L.

En sus relaciones con clientes, proveedores, intermediarios comerciales,

contratistas y competidores, los empleados deben privilegiar los intereses de

Mckenzie, S.R.L por sobre cualquier situación que pudiera conducir a un beneficio

personal real o potencial para sí mismos o para cualquier familiar o personas

allegadas.

Los conflictos de intereses que involucraran a personal de Mckenzie, S.R.L deben

ser revelados por escrito en su totalidad según lo requirieran las normas ad hoc de

Mckenzie, S.R.L. Esta divulgación deberá ser realizada de acuerdo con las políticas

y procedimientos internos o cuando Mckenzie, S.R.L lo considere apropiado.

136

Toda conducta relacionada con el ámbito laboral que generará un beneficio

personal no autorizado a favor de empleados, sus familiares o sus allegados y que

pudiera ocasionar un daño a Mckenzie, S.R.L o a terceros con un interés en ella

(accionistas, clientes, proveedores, otros empleados o a la comunidad), será

considerada como contraria a los principios de este Código.

Se espera de los empleados que actúen de manera justa y honesta, siempre de

acuerdo con los objetivos comerciales de Mckenzie, S.R.L y sus valores

fundamentales.

OBSEQUIOS Y ATENCIONES

La promesa, entrega y aceptación de obsequios está restringida.

La promesa, entrega y aceptación de obsequios, comidas y entretenimiento puede

formar parte de la construcción de una relación comercial. Sin embargo, ningún

empleado de Mckenzie, S.R.L, ni tampoco ninguna persona que preste servicios

para o en representación de Mckenzie, S.R.L, debe ofrecer, prometer, dar, solicitar,

acordar recibir o aceptar invitaciones, obsequios, comidas o entretenimientos

excesivos o inapropiados que pudieran crear o implicar una influencia inapropiada

o generar una obligación a cualquier destinatario de los mismos.

137

Los empleados podrán dar y aceptar obsequios de cortesía, comidas o

entretenimiento que sean de poco valor, tales como pequeños presentes u

obsequios entregados como muestra de hospitalidad, sólo cuando los mismos no

fuesen dirigidos a obtener comportamientos impropios que pudieran ser

interpretados por parte de un observador imparcial como destinados a proveer u

obtener alguna ventaja indebida.

Los empleados de Mckenzie, S.R.L deberán tener especial cuidado en las

relaciones con empleados o funcionarios de agencias gubernamentales y de

entidades vinculadas con los gobiernos, incluyendo entidades comerciales

vinculadas con los gobiernos, con el fin de no dar lugar a ningún indicio de una

conducta deshonesta.

Los empleados de Mckenzie, S.R.L deberán informar a su supervisor directo si, se

les ofrece o esperan recibir de una entidad o una persona invitaciones, obsequios,

comidas o entretenimiento que excedan el monto de US$100 (cien dólares) debe

informarlo a la gerencia de la empresa.

Bajo ninguna circunstancia se podrá dar o aceptar dinero en efectivo o bienes

fácilmente convertibles en dinero.

138

Las invitaciones recibidas para participar en acontecimientos de negocios,

conferencias, convenciones, presentaciones comerciales o cursos técnicos deben

ser autorizadas por los niveles de supervisión adecuados.

Estas restricciones para la recepción o entrega de invitaciones, obsequios, comidas

o entretenimiento son igualmente aplicables a los familiares o asociados de

cualquier persona con quien un empleado de Mckenzie, S.R.L pueda estar

relacionándose o interactuando en cualquier asunto relacionado con Mckenzie,

S.R.L.

USO DE ACTIVOS

Los activos de Mckenzie, S.R.L deben ser utilizados con prudencia y

responsabilidad.

Los empleados deben asegurar que los activos de Mckenzie, S.R.L sean

exclusivamente utilizados para el beneficio de la Empresa, según los fines previstos

y por las personas debidamente autorizadas.

De acuerdo con la legislación nacional vigente, cada empleado es responsable de

proteger la propiedad y otros activos tangibles e intangibles de Mckenzie, S.R.L

contra cualquier uso no autorizado, el abuso de confianza y su daño o pérdida por

negligencia o por utilización con intención delictiva.

139

SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN DE MCKENZIE, S.R.L

El acceso a la información debe estar limitado al personal autorizado y debe estar

protegida su divulgación indebida. La información cuya divulgación no sea

legalmente exigida debe preservarse como confidencial.

Sólo las personas expresamente autorizadas y sujetas a toda restricción impuesta

por la legislación aplicable y las regulaciones de Mckenzie, S.R.L, pueden acceder

a la información relativa a operaciones (sea que ésta se encuentre en medios

físicos, magnéticos, electrónicos u ópticos), y solamente podrá ser utilizada para

cumplir las responsabilidades y tareas de esas personas y durante los períodos

especificados en la respectiva autorización.

La clave de acceso equivale a la firma de un empleado. Sólo podrá ser conocida

por su dueño y no se permite su divulgación a terceros.

Los empleados son responsables directos de adoptar los recaudos necesarios para

preservar la información de la Empresa de daños o pérdidas y de asegurar su

custodia segura de acuerdo con las regulaciones y las normas internas.

Los empleados de Mckenzie, S.R.L deben mantener la confidencialidad de toda

información a la que tuvieran acceso en el desempeño de su trabajo en Mckenzie,

S.R.L, aun cuando ésta no hubiera sido clasificada como reservada o no se refiriera

140

específicamente a Mckenzie, S.R.L (por ejemplo, información sobre accionistas,

clientes, proveedores, sistemas, carteras, ente otros) y sin importar el modo en que

dicha información se hubiere obtenido o hubiere sido comunicada. Esta obligación

incluye, sin limitación alguna, la información obtenida o comunicada en forma oral,

escrita, electrónica, a través de inspecciones de libros y registros, a través de

grabaciones de sonido o imágenes o en cualquier otra forma, como también la

información mantenida en documentos físicos o digitales, archivos, imágenes,

sonidos, grabaciones de video y de voz o en cualquier otro formato.

Algunos de los empleados tienen acceso, ya sea en forma habitual u ocasional, a

información confidencial debido al tipo de trabajo que realizan. Esto puede incluir,

por ejemplo, información relacionada a ventas, actividades de promoción y planes

comerciales, datos financieros, información técnica de productos, actividades de

fusión o adquisición, secretos comerciales, productos o servicios actuales o futuros,

actividades de investigación y desarrollo, invenciones, contratos potenciales,

información o resultados financieros que todavía no fueron publicados,

proyecciones financieras, información almacenada en sistemas de almacenamiento

de información de Mckenzie, S.R.L, o cualquier otro tipo de información.

La información confidencial de Mckenzie, S.R.L nunca debe ser compartida con

ninguna persona que no necesite la misma para realizar un trabajo o prestar un

servicio para Mckenzie, S.R.L. Como regla general, la información confidencial sólo

puede ser intercambiada con personas autorizadas. Aún dentro de Mckenzie,

141

S.R.L, la información confidencial sólo debe ser intercambiada cuando ello sea

necesario en función de la actividad de quienes participan del intercambio. El

personal debe seguir todos los procedimientos de seguridad y mantenerse alerta

respecto de cualquier situación que pueda causar la pérdida, el uso incorrecto o el

hurto de la información o la propiedad de Mckenzie, S.R.L. La información

confidencial de otras personas con quienes Mckenzie, S.R.L hace negocios o

interactúa también debe ser respetada.

En caso de duda, toda información debe presumirse confidencial y debe ser tratada

con cuidado. La información confidencial de Mckenzie, S.R.L siempre debe ser

protegida para evitar la divulgación impropia o involuntaria. La información

confidencial no debe ser usada para beneficiar a otro empleador o negocios

externos o invenciones no patrocinadas por Mckenzie, S.R.L.

La política de no divulgación debe ser mantenida hasta que dicha información sea

revelada públicamente. La obligación de proteger la información confidencial

continuará en cabeza del empleado aún después de que el vínculo laboral haya

finalizado.

El incumplimiento o falta con la obligación de confidencialidad será calificada como

un incumplimiento grave si involucrara la divulgación de, o facilitará la oportunidad

de divulgar, información no pública relativa a emprendimientos y actividades de

Mckenzie, S.R.L.

142

USO DE LOS RECURSOS TECNOLÓGICOS

El hardware y software sólo pueden utilizarse para fines corporativos o para

aquellos otros expresamente autorizados. La utilización de software sin licencia

está terminantemente prohibida.

El personal no puede utilizar los equipos, sistemas y dispositivos tecnológicos de

propiedad de Mckenzie, S.R.L para fines distintos a los autorizados por Mckenzie,

S.R.L.

El uso de software que no cumpla con los estándares oficiales de Mckenzie, S.R.L

no está permitido, salvo con autorización escrita de las respectivas áreas técnicas.

El personal debe abstenerse de introducir en los ambientes tecnológicos de

Mckenzie, S.R.L copias ilegales de software.

Los empleados que operasen recursos tecnológicos deberán ser informados sobre

las restricciones de uso y deberán abstenerse de violar acuerdos de licencia y de

ejecutar cualquier acto que comprometiera la responsabilidad de Mckenzie, S.R.L

frente a terceros o frente a autoridades gubernamentales.

Los recursos tecnológicos deben manejarse de acuerdo con las políticas y los

procedimientos definidos por las áreas correspondientes.

143

Mckenzie, S.R.L tiene el derecho a monitorear, en cualquier momento y sin aviso,

el uso de sus recursos de información tecnológica, y, por ende, a acceder, revisar,

copiar o capturar archivos, documentos, registros, bases de datos, mensajes

electrónicos (incluyendo tanto mensajes laborales como personales), actividad en

internet y cualquier otra información generada a través del uso de los recursos de

información tecnológica de Mckenzie, S.R.L.

En igual sentido, los usuarios de los recursos de información tecnológica de

Mckenzie, S.R.L deben tener expectativas de privacidad en relación a la

información o comunicaciones que sean generadas o transmitidas a través de, o

almacenadas en los recursos de información tecnológica de Mckenzie, S.R.L.

Por el contrario, Mckenzie, S.R.L no accederá ni monitoreará las comunicaciones

de los empleados que se realicen a través de sistemas de mensajería web provistos

por terceros (tales como Hotmail, Gmail, Yahoo, etc.), a los que se accedan a través

de computadoras de Mckenzie, S.R.L.

La información y datos almacenados dentro de las instalaciones de Mckenzie, S.R.L

y los recursos de información tecnológica (incluyendo las computadoras de

Mckenzie, S.R.L) son propiedad de Mckenzie, S.R.L y, en consecuencia, Mckenzie,

S.R.L puede decidir sobre la provisión de esta información a autoridades u otros

terceros si lo considera apropiado o necesario.

144

USO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA

SE PROHÍBE TERMINANTEMENTE EL USO INDEBIDO Y LA DIVULGACIÓN

DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA.

Ningún empleado podrá adquirir, vender o negociar de cualquier otra manera títulos

valores de Mckenzie, S.R.L, ni de cualquier otra empresa que tuviera relaciones

comerciales con Mckenzie, S.R.L, mientras dispusiera de información relevante no

pública.

Asimismo, los empleados no podrán divulgar a persona alguna, en forma directa o

indirecta, cualquier información relevante no pública a la que hubieran accedido

durante el cumplimiento de sus funciones en Mckenzie, S.R.L y que estuviera

relacionada con Mckenzie, S.R.L o con cualquier otra empresa que cotizara

públicamente en mercados de valores.

Además de la acción disciplinaria que pudiera corresponder de acuerdo con el

marco legal aplicable, la violación de esta política podrá derivar en ulteriores

acciones legales contra el empleado involucrado.

145

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

El derecho de propiedad intelectual sobre cualquier know how desarrollado en el

ámbito laboral queda reservado a Mckenzie, S.R.L.

Los derechos de propiedad sobre todos los conocimientos desarrollados en el

ámbito laboral pertenecen a Mckenzie, S.R.L, quien conserva su derecho a

explotarlos del modo y en el momento que considere más oportunos, de acuerdo

con la legislación aplicable.

La titularidad de la propiedad intelectual incluye planos, sistemas, procedimientos,

metodologías, cursos, informes, proyecciones, diseños y cualquier otra actividad

desarrollada en Mckenzie, S.R.L o mediante contratación de ésta.

AMBIENTE DE CONTROL INTERNO

Todos los empleados, en sus respectivas funciones, son responsables de cumplir

con los controles internos y de cooperar con el aseguramiento del adecuado

funcionamiento de dichos controles.

Es política de Mckenzie, S.R.L difundir, la organización, una cultura caracterizada

por la conciencia sobre la existencia de controles, así como una mentalidad

orientada a los controles. Deberá lograrse una actitud positiva hacia los controles a

fin de incrementar la eficiencia en las actividades de Mckenzie, S.R.L y asegurar

que los negocios de Mckenzie, S.R.L son conducidos de un modo consistente con

146

las mejores prácticas reconocidas, las políticas y procedimientos de Mckenzie,

S.R.L y toda la legislación aplicable.

Los controles internos son todas aquellas herramientas necesarias o útiles para

encarar, administrar y chequear las actividades dentro de Mckenzie, S.R.L; su

objetivo consiste en asegurar el respeto a este Código y a las políticas y

procedimientos que han sido o serán establecidos en Mckenzie, S.R.L. Asimismo,

estos controles tienen por objetivo proteger los activos de Mckenzie, S.R.L,

administrar las operaciones eficientemente, suministrar información contable

precisa y completa e impedir toda conducta ilícita.

La gerencia de Mckenzie, S.R.L es la principal responsable de la implementación

de un sistema de control interno eficiente pero los empleados de todos los niveles

de la organización son responsables de adherir a los controles establecidos y de

identificar y plantear cualquier debilidad o falla percibida en el funcionamiento

adecuado de los controles internos.

REGISTROS E INFORMES PRECISOS

Todos los empleados, en sus respectivas funciones, son responsables de la

creación y mantenimiento de registros precisos.

Es política de Mckenzie, S.R.L que:

147

1. Los libros y registros de Mckenzie, S.R.L deban reflejar las transacciones de

acuerdo con los métodos aceptados para informar eventos económicos,

2. La declaración falsa, el ocultamiento, la falsificación, el engaño y todo otro

acto deliberado que resultara en la inexactitud de los libros y registros

financieros son actos ilícitos y no serán tolerados y

3. Las transacciones se deberán reflejar apropiadamente en los libros y

registros de Mckenzie, S.R.L de modo de permitir la preparación de estados

financieros de conformidad con los principios contables aplicables.

Asimismo, el término “registros” es amplio, incluyendo virtualmente todo tipo

de información generada o guardada por Mckenzie, S.R.L.

INCENTIVOS COMERCIALES. PROHIBICIÓN DE SOBORNOS

Los incentivos comerciales deben ser consistentes con la legislación aplicable y las

prácticas de mercado y deben ser aprobados de acuerdo con los procedimientos

de Mckenzie, S.R.L.

El otorgamiento de comisiones, descuentos, créditos y bonificaciones debe ser

implementado de acuerdo con la legislación vigente y debe efectuarse de manera

autorizada a organizaciones legalmente reconocidas y con la correspondiente

documentación de soporte.

148

Aun cuando cumpliera con los requisitos más arriba mencionados, cualquier

incentivo comercial debe estar alineado con las prácticas de mercado, a valores

autorizados y siguiendo las políticas y procedimientos aplicables.

Los empleados no deben entregar absolutamente nada como ser, por ejemplo,

dinero, obsequios, gastos de viajes, atenciones excesivas o cualquier otra ventaja

a nadie, que fuera o pudiera ser interpretado como:

a. Un intento para influir en la decisión de funcionarios gubernamentales o de

representantes políticos o en su desempeño de una función o actividad

relevante o

b. Una violación a cualquier ley o regulación aplicable. Mckenzie, S.R.L no

permitirá la utilización de representantes, intermediarios, agentes, para dar,

o prometer dar algo a nadie en nombre de Mckenzie, S.R.L con el fin de

evitar esta prohibición.

Los empleados deberán tener especial cuidado en las relaciones con funcionarios

públicos, lo cual debe ser interpretado ampliamente, de manera de incluir

empleados o funcionarios de organismos gubernamentales y de entidades

vinculadas con gobiernos, o entidades controladas por el gobierno, incluyendo

entidades comerciales relacionadas con gobiernos (como, por ejemplo, empresas

estatales), con el fin de no dar lugar a ningún indicio de conducta indecorosa.

Ninguna comida, regalo, viaje o atención podrá ser dado o pagado a, o en nombre

de, un empleado o funcionario gubernamental, directa o indirectamente, sin cumplir

149

con las reglas expresadas en la Política de Conducta Empresarial y procedimientos

vinculados los cuales describen los procedimientos que Mckenzie, S.R.L ha

implementado para asegurar la adhesión a estos principios del Código.

EL SOBORNO ESTÁ TOTALMENTE PROHIBIDO.

Según lo establecido en la Política de Conducta Empresarial de Mckenzie, S.R.L

S.A., no se consentirá, bajo ninguna circunstancia, el ofrecimiento o la recepción de

sobornos o de cualquier otro pago indebido.

La mayoría de los países tienen leyes que establecen la ilegalidad de incurrir en

soborno, incluyendo la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de Estados

Unidos de Norteamérica (U.S. Foreign Corrupt Practices Act). Asimismo, la

Convención para Combatir el Soborno de la OCDE establece principios legalmente

vinculantes que criminalizan el soborno de funcionarios públicos extranjeros en

transacciones comerciales internacionales.

AMBIENTE DE TRABAJO

Se prohíbe la discriminación ilegal en las relaciones de empleo.

Todas las personas cuentan con la oportunidad de incorporarse a Mckenzie, S.R.L

o de aspirar a una nueva posición de acuerdo a los requerimientos de los puestos

vacantes y de criterios de mérito, sin discriminación arbitraria alguna.

150

Todos los empleados, en todos los niveles, deberán colaborar para mantener un

clima de respeto recíproco frente a diferencias personales.

Mckenzie, S.R.L implementará políticas de observancia obligatoria alineadas a la

legislación nacional aplicable con el propósito de promover un ambiente de trabajo

sano y seguro.

RELACIONES CON LA COMUNIDAD

Los empleados no están autorizados a apoyar públicamente en nombre de

Mckenzie, S.R.L a partidos políticos, ni a participar en campañas electorales, ni a

tomar parte en conflictos religiosos, étnicos, políticos o interestatales.

Todo aporte político realizado en cualquier país deberá cumplir con las políticas y

procedimientos establecidos en la Política de Conducta Empresarial de Mckenzie,

S.R.L.

Todos los empleados de Mckenzie, S.R.L deben respetar la legislación y las normas

que regulan las relaciones con funcionarios gubernamentales locales.

PROMOCIÓN DEL RESPETO POR LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL

Mckenzie, S.R.L aspira a lograr una mejora continua en la relación con el medio

ambiente, pretendemos cumplir y espera que todos los empleados cumplan con el

151

espíritu como también con la letra de las leyes ambientales aplicables. Donde existe

un vacío legal, los empleados deben imponerse estándares altos y apropiados.

VIGENCIA

Este código entra en vigencia a partir del 01 de febrero del año 2018.

152

ANEXOS III

153

ENCUESTA

“Elaboración de un Manual de control de riesgo para prevenir casos de Lavado de

Activos. Caso: Empresa de Corretaje de Seguros, año 2017¨

ENCUESTA A LA EMPRESA MCKENZIE, SRL

*Obligatorio

1- ¿La empresa cuenta con un programa de Prevención y control de Lavado

de Activos? *

o Sí

o No

2- ¿El Programa de Prevención y Lavado de activo está aprobado por la alta

dirección de la empresa? *

o Sí

o No

3- ¿El programa de prevención y control de lavado de activo está diseñado

atendiendo a la nueva Ley de Lavado de Activo? *

o Sí

o No

4- ¿Cuenta la empresa con políticas y procedimientos para prevenir, detectar

y reputar transacciones sospechosas? *

o Sí

o No

154

5- ¿Cuenta la institución con un departamento de auditoria interna o de

revisión externas que evalué regularmente las prácticas y políticas de

prevención y detención de lavado de activos? *

o Sí

o No

6- ¿La empresa realiza investigaciones para detectar la verdadera identidad

del cliente y los beneficios? *

o Sí

o No

7- ¿Aplica procedimientos adecuados para determinar el origen de los fondos

de los clientes? *

o Sí

o No

8- ¿Existe requisitos preestablecidos para contratar personas y/o compañías

que prestan servicios independientes? *

o Sí

o No

9- ¿Mantiene un registro de las transacciones es en efectivo superiores a los

US$10,000 o su equivalente a monda nacional o cualquier otro tipo de

moneda? *

o Sí

o No

155

10- ¿Remiten el reporte de los Formularios UAF-SEG-001 completados en el

mes, vía la Superintendencia de Seguros, en los primeros quince (15) días del

mes posterior a la UAF? *

o Sí

o No

11- ¿Controlan que los formularios estén debidamente llenados y preparan el

envío al organismo oficial de control? *

o Sí

o No

12- ¿Revisan los volúmenes de depósitos y retiros en efectivo por día a los

clientes? *

o Sí

o No

13- ¿Cuenta la Entidad con un Sistema Tecnológico Preventivo al LA/FT que

facilite la detección de transacciones sospechosas y estructuradas por

negocios, servicios y productos? *

o Sí

o No

14- ¿Conservan registros y archivos por clientes y la identificación de los

mismos por un período de diez (10) años? *

o Sí

o No

156

15- ¿Mantiene estrecha comunicación con las Autoridades Competentes en

razón de otorgar respuestas oportunas a las informaciones requeridas, como

forma de colaborar en la lucha contra el Lavado de Activos y el

Financiamientos del Terrorismo? *

o Sí

o No

16- ¿Mantiene un nivel de confidencialidad ante sus clientes por operaciones

o hechos realizados, que den al traste a investigaciones sobre posible

vinculación al Lavado de Activo? *

o Sí

o No

17- ¿Conocen los empleados las obligaciones y sanciones que impone la Ley,

en cuanto a la lucha contra el Lavado de Activos y Financiamientos del

Terrorismo? *

o Sí

o No

18- ¿La empresa capacita a su personal de manera regular la metería de

Lavado de Activos? *

o Sí

o No

19- ¿Aplica la institución en esquema de evaluación de riesgos a los clientes

y sus transacciones? *

o Sí

o No

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PÁGINA DE ANTIPLAGIO