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CVASF COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN CONCLUSIONES DEL ANÁLISIS DE LA PRIMERA ENTREGA DE LOS INFORMES INDIVIDUALES DE AUDITORÍA CORRESPONDIENTES A LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA 2016 Septiembre de 2017 DOCUMENTO PARA LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA

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CVASF

COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN

CONCLUSIONES DEL ANÁLISIS DE LA PRIMERA ENTREGA DE LOS INFORMES

INDIVIDUALES DE AUDITORÍA CORRESPONDIENTES A LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE

LA CUENTA PÚBLICA 2016

Septiembre de 2017

DOCUMENTO PARA LA COMISIÓN

DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA

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La versión electrónica de este documento se encuentra disponible en el sitio web de la Unidad de Evaluación y Control: http://uec.diputados.gob.mx o www.diputados.gob.mx/UEC

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Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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Contenido

Presentación ............................................................................................................................... 5

1. Datos Básicos de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 ............................... 7

1.1 Infografía ........................................................................................................................ 7

1.2 Numeralia de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 ................................ 9

1.2.1 Auditorías practicadas en la fiscalización ................................................................ 9

1.2.2 Cobertura de la fiscalización .................................................................................. 10

1.2.3 Observaciones-Acciones emitidas .......................................................................... 11

1.2.4 Recuperaciones operadas ...................................................................................... 12

2. Resultados relevantes de los informes individuales de auditoría ..................................... 14

2.1 Grupo Funcional Gobierno ............................................................................................ 14

2.2 Grupo Funcional de Desarrollo Social ........................................................................... 38

2.3 Grupo Funcional de Desarrollo Económico ................................................................... 69

2.4 Gasto Federalizado ....................................................................................................... 89

3. Conclusiones derivadas del trabajo de análisis a los informes individuales de auditoría de

la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 .......................................................... 98

3.1 Sobre el cumplimiento del marco jurídico ..................................................................... 98

3.2 Sobre los datos generales de la fiscalización efectuada ............................................... 99

3.3 Sobre el informe y su avance en el PAAF 2016 ............................................................ 101

3.4 Sobre el enfoque de la fiscalización superior .............................................................. 103

3.5 Sobre la presentación y contenido de los informes individuales de auditoría ............ 104

4. Planteamientos, opiniones y sugerencias en torno a la primera entrega de los informes

individuales de auditoría ................................................................................................. 106

4.1 Sugerencias de la ASF a la Cámara de Diputados....................................................... 106

4.2 Temas a valorar para el trabajo legislativo ................................................................ 111

4.3 Implicaciones de la Nueva Ley de Fiscalización Superior ............................................ 117

4.4 Consideraciones para la conformación del PEF 2018 ................................................. 119

4.5 Planteamientos de los Diputados miembros de la CVASF a la ASF ............................ 121

4.5.1 Grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC) ...................................... 121

4.5.2 Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Institucional (PRI) ................ 129

4.5.3 Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) ................................... 134

4.5.4 Grupo Parlamentario Nueva Alianza (PANAL) ..................................................... 144

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

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Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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Presentación

Con fundamento en los artículos 44; 81, fracción III; y 104, fracción X, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF), la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación (CVASF) envía a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública (CPCP) de la H. Cámara de Diputados, las conclusiones del análisis de la primera entrega de los informes individuales de auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016, para su estudio y consideración en la elaboración del dictamen de la Cuenta Pública referente.

En este sentido, la Unidad de Evaluación y Control (UEC), elaboró el presente documento que considera los trabajos de análisis realizados en torno a los informes individuales entregados por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) el pasado 30 de junio, correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016. Los documentos de análisis considerados en la integración del presente son: el documento de Datos Básicos de los Informes Individuales 2016; los 5 cuadernos de análisis sectorial de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 (sector Hacienda, funciones de Gobierno, funciones de Desarrollo Social, funciones de Desarrollo Económico y Gasto Federalizado); así como el documento de Conclusiones y Recomendaciones que se derivan del análisis de la primera entrega de informes individuales, correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016.

Con base en lo anterior, el documento está integrado por cuatro apartados. El primero ofrece, de manera sintetizada, un panorama numérico de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 (auditorías practicadas, observaciones-acciones emitidas y recuperaciones determinadas). El segundo apartado incluye los resultados más reveladores de una muestra representativa de los informes individuales de auditoría, que corresponden a los trabajos de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016, ordenados por grupo funcional.

El tercer apartado contiene las principales conclusiones derivadas del análisis de la primera entrega de los informes individuales de auditoría, en lo que concierne al cumplimiento del marco jurídico, los datos generales de la fiscalización efectuada, la consistencia de los informes individuales con el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización 2016 (PAAF 2016) y su avance, el enfoque de la Fiscalización Superior, y la presentación y contenido de los informes individuales de auditoría.

El cuarto y último apartado, incorpora las sugerencias de la ASF a la Cámara de Diputados, los temas a valorar para el trabajo legislativo, las implicaciones de la Nueva Ley de Fiscalización Superior, así como las consideraciones para la conformación del Presupuesto de Egresos de la Federación 2018; además de incluir los planteamientos y preguntas de los Diputados miembros de la CVASF a la ASF en torno a los resultados de los informes individuales de auditoría.

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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1. Datos Básicos de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

1.1 Infografía

De las 1,836 auditorías programadas para la fiscalización de la Cuenta Pública 2016, la ASF practicó, en una primera fase, 502 auditorías, equivalente a 27.3% del total1.

Derivado de las auditorías practicadas por el ente fiscalizador, se determinaron 6,491 observaciones que, a su vez, dieron lugar a la promoción de 9,472 acciones.

1 Datos obtenidos de las Consideraciones para la Labor Legislativa de la Entrega de Informes Individuales de la Cuenta Pública 2016, p. 50-52.

35

5

33

6

33

8 42

4 62

7 75

4 96

2

98

7

94

5 1,0

31

1,1

11

1,1

73 1

,41

3 1,6

59

1,6

43

20

01

20

02

20

03

20

04

20

05

20

06

20

07

20

08

20

09

20

10

20

11

20

12

20

13

20

14

20

15

20

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AUDITORÍAS PRACTICADAS, 2001-2016

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

502 auditorías practicadas con corte al 30 de junio

1, 836 auditorías programadas

Cumplimiento Financiero, 236,

47.0%Cumplimiento Financiero con Enfoque de

Desempeño, 154, 30.7%

Desempeño, 72, 14.3%

Inversiones Físicas, 40,

8.0%

502 REVISIONES PRACTICADAS EN LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2016, 1a ENTREGA

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

Gobierno, 143, 5.9% Desarrollo

Económico, 391, 16.1%

Desarrollo Social, 330, 13.6%

Gasto Federalizado, 1,471, 60.7%

Otras Auditorías, 90, 3.7%

ACCIONES EMITIDAS POR LA ASF EN LA FISCALIZACIÓN PARCIAL DE LA CUENTA PÚBLICA 20161/

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

R, 645

RD, 471

SA, 140

PRAS, 555

PO, 584

0

500

1,000

1,500

2,000

2,500

ACCIONES PROMOVIDAS, 20161/

PEFCF, 73

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

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La ASF reporta que, derivado de la primera fase de la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2016, se operaron recuperaciones por 1 mil 581.9 millones de pesos, con corte al 30 de junio de 2017.

En la primera fase de la fiscalización de la Cuenta Pública 2016, el mayor número de irregularidades se presentó en entidades federativas y municipios.

12,333.5

11,504.0

14,428.2

17,688.7

8,557.9

5,293.51,525.2

1,581.9

0.0

10,000.0

20,000.0

30,000.0

40,000.0

50,000.0

60,000.0

70,000.0

RECUPERACIONES OPERADAS POR LA ASF, 2009-2016(Millones de Pesos)

72,912.9 MDP TOTAL

2010

2012

2014

2013

2011

2015

2009

20161/

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

R RD PEFCF SA PRAS PO M TOTAL

ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS 378 1,498 487 0 29 55 458 532 0 1,561

GASTO FEDERALIZADO 367 1,422 473 0 29 0 443 526 0 1,471

Aguascalientes 13 22 10 4 9 23

Baja California 9 79 30 18 32 80

Baja California Sur 6 58 3 3 35 20 61

Campeche 10 47 27 6 14 47

Chiapas 13 61 13 6 3 49 71

Chihuahua 11 39 4 13 22 39

Ciudad de México 13 33 9 13 11 33

Coahuila 10 20 7 4 9 20

Colima 13 26 2 9 15 26

Durango 9 55 8 31 16 55

Guanajuato 7 12 3 10 13

Guerrero 15 45 10 4 35 49

Hidalgo 13 26 2 3 21 26

Jalisco 13 64 31 21 15 67

México 13 67 17 4 33 17 71

Michoacán 12 79 30 2 17 38 87

Morelos 15 44 31 2 5 7 45

Nayarit 11 72 14 1 37 22 74

Nuevo León 18 82 41 27 14 82

Oaxaca 7 34 3 5 9 22 39

Puebla 11 23 6 13 4 23

Querétaro 11 26 24 2 26

Quintana Roo 7 36 2 25 9 36

San Luis Potosí 8 28 3 15 10 28

Sinaloa 13 69 47 9 15 71

Sonora 7 40 3 17 21 41

Tabasco 9 25 12 7 6 25

Tamaulipas 10 54 36 19 55

Tlaxcala 15 16 9 7 16

Veracruz 7 16 3 2 13 18

Yucatán 19 61 24 23 14 61

Zacatecas 12 59 8 43 8 59

Secretarías y Entidades Federales 7 4 4 4

OTRAS AUDITORÍAS A ENTIDADES FEDERATIVAS 11 76 14 55 15 6 90

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.

ENTIDAD REVISIONES OBSERVACIONES

ACCIONES

OBSERVACIONES-ACCIONES EMITIDAS POR LA ASF A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS EN LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA 2016 1/

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1.2 Numeralia de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

1.2.1 Auditorías practicadas en la fiscalización Derivado de la fiscalización superior parcial a la Cuenta Pública 2016, la ASF reportó la práctica de 502 auditorías, de las cuales 236 fueron de cumplimiento financiero (47.0% del total); 154 de cumplimiento financiero con enfoque de desempeño (30.7%); 72 de desempeño (14.3%) y 40 de inversiones físicas (8.0%).

Universo fiscalizado de acuerdo al catálogo de la ASF Con base en el catálogo de Ramos, Dependencias y Entidades de la ASF, vigente para el Informe 2015 de la ASF, la cobertura de entes públicos fiscalizados de los tres poderes de la nación (legislativo, judicial y ejecutivo) y órganos autónomos fue de 69 entes públicos, equivalente a un 21.4% del universo de 322 entes sujetos de fiscalización, los cuales incluyeron: dos entes del Poder Judicial a quienes se le practicaron tres auditorías; 61 entidades del Poder Ejecutivo a quienes se les practicó 117 auditorías; y seis órganos autónomos que fueron objeto de 10 revisiones. Considerando adicionalmente a las entidades federativas y la Ciudad de México (32, que fueron sujetas a 159 auditorías), los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México (153, que fueron objeto de 212 auditorías), así como las instituciones públicas de educación superior revisadas (una, a la que se le aplicó igualmente una auditoría), la cobertura de fiscalización total fue de 255 entes fiscalizados, equivalente al 7.7% de un universo posible de 3 mil 310 entes susceptibles de ser revisados.

Realizadas (%) Realizadas (%) Realizadas (%)

Total 1,659 100.0 1,643 100.0 502 100.0

Desempeño 149 9.0 149 9.1 72 14.3

Financiera con enfoque de desempeño 748 45.1 792 48.2 154 30.7

Evaluación de políticas públicas 8 0.5 8 0.5 0.0

Estudios 5 0.3 15 0.9 0.0

Cumplimiento Financiero 605 36.5 527 32.1 236 47.0

Inversiones Físicas 133 8.0 138 8.4 40 8.0

Forenses 10 0.6 14 0.9 0.0

Situación Excepcional 1 0.1 0.0 0.0

Auditorías 20161/

AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA ASF EN LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA 2014-2016

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

Grupo/TipoAuditorías 2014 Auditorías 2015

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.

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1.2.2 Cobertura de la fiscalización

Por grupo funcional, se tiene que funciones de Gobierno fue objeto de 41 auditorías a 26 entidades de seis sectores y órganos autónomos. Particularmente, el sector Hacienda y Crédito Público, que forma parte del grupo funcional Gobierno, fue objeto de 15 auditorías practicadas a 8 entidades. Por su parte, funciones de Desarrollo Social fue objeto de 37 revisiones practicadas a 22 entidades agrupadas en cinco sectores y entidades no coordinadas sectorialmente. Por su parte, el grupo funcional de Desarrollo Económico fue objeto de 46 auditorías que fueron practicadas a 22 entidades de 11 sectores. Finalmente, Gasto Federalizado fue objeto de 378 auditorías, que incluye 367 auditorías a los estados y municipios y otras 11 revisiones de diversa índole a entidades federativas. De las 367 auditorías practicadas a los estados y municipios, 306 correspondieron: 126 a las aportaciones federales, 102 a convenios de descentralización y 78 a subsidios. Los ámbitos abarcados por estas 306 revisiones fueron: Salud (98 auditorías), Infraestructura Social Básica (81 auditorías), Seguridad Pública (94 auditorías) y Saneamiento financiero (33 auditorías). Asimismo, se efectuaron 28 auditorías al Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado, 28 a la Participación Social y cinco a Contraloría Social. En estas 378 auditorías practicadas por la ASF no se realizó fiscalización a las Participaciones, ni a la deuda de los estados y municipios como lo plantea el nuevo marco legas de la fiscalización. El total de auditorías a Gasto Federalizado fueron practicadas de manera directa por la ASF y se concluyeron las revisiones programadas de seis fondos y programas (FASSA, FAFEF, FORTASEG, PROSPERA Programa de Inclusión Social: Componente de Salud, Seguro Popular y FORTALECE).

Sujetos de Auditoría Universo RevisadoAuditorías

Practicadas% de Cobertura

Total de Entidades Fiscalizadas 3,310 255 502 7.7

Entidades Federativas y Ciudad de México 32 32 159 100.0

Municipios y Órganos Político-Administrativos del

Distrito Federal2,462 153 212 6.2

Instituciones Públicas de Educación Superior 494 1 1 0.2

Subtotal 322 69 130 21.4

Poder Legislativo 2 0.0

Poder Judicial 3 2 3 66.7

Poder Ejecutivo: 305 61 117 20.0

Dependencias 21 16 50 76.2

Entidades Coordinadas Sectorialmente 188 28 31 14.9

Entidades No Coordinadas Sectorialmente 10 3 8 30.0

Órganos Desconcentrados 86 14 28 16.3

Órganos Autónomos 12 6 10 50.0

COBERTURA DE FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2016 1/

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.

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Sectores más auditados en la APF Dentro de la Administración Pública Federal (APF), los sectores más auditados, por grupo funcional, fueron: en el grupo funcional de Gobierno, el Sector Hacienda y Crédito Público con 15 auditorías; en funciones de Desarrollo Social, el sector Educación Pública con 12 auditorías; y en funciones de Desarrollo Económico, el sector Comunicaciones y Transportes con 17 auditorías.

Entidades más fiscalizadas De la Administración Pública Federal, los entes más auditados por grupo funcional, fueron: en el grupo funcional de Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, ambas con cuatro auditorías. En el grupo funcional de Desarrollo Social, la Secretaría de Educación Pública (nueve auditorías) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (cuatro auditorías). En el grupo funcional de Desarrollo Económico, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (10 auditorías) y la Comisión Nacional de Agua (ocho auditorías). Respecto a Gasto Federalizado, las entidades federativas más auditadas fueron: Yucatán, con 19 auditorías practicadas y Nuevo León con 18 auditorías. Por el lado de los subsidios y fondos fiscalizados en Gasto Federalizado, los más auditados fueron: Subsidio a los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y, en su caso, a las Entidades Federativas que Ejerzan de Manera Directa o Coordinada la Función de Seguridad Pública, con 70 auditorías y el Fondo para el Fortalecimiento de la Estructura Estatal y Municipal, con 45 auditorías.

1.2.3 Observaciones-Acciones emitidas Derivado de las auditorías practicadas con motivo de la revisión parcial de la Cuenta Pública 2016 y con base en la información de la correspondiente Matriz de Datos Básicos, la ASF determinó 2 mil 087 observaciones que dieron cauce a la promoción de 2 mil 425 acciones, de las que se cuentan 1 mil 116 acciones preventivas (46.0%) y 1 mil 309 correctivas (54.0%). Por el lado de las acciones preventivas, se emitieron 645 recomendaciones y 471 recomendaciones al desempeño. Por su parte, de las acciones correctivas, se contabilizaron 555 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria PRAS; 584 pliegos de observaciones PO; 140 solicitudes de aclaración SA; 30 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal PEFCF. No se reportaron multas M.

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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La ASF no informa acerca del número de denuncias de hechos que presentó ante las instancias correspondientes. Asevera el titular de la ASF que estas acciones se presentarán, en su caso, en cualquier momento cuando se cuente con los elementos necesarios para tal efecto, de conformidad con lo establecido en el marco legal. Por grupo funcional, las entidades con mayor número de acciones emitidas fueron: en el grupo funcional de Gobierno, la Policía Federal con 27 acciones promovidas, el Instituto Nacional Electoral con 13 y el Consejo de la Judicatura Federal con 10 acciones. En el grupo funcional de Desarrollo Social, la SEP con 105 acciones promovidas (entidad con mayor número de acciones de la Administración Pública Federal), Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas con 32 acciones y SEDESOL junto con el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia con 25 acciones. En el grupo funcional de Desarrollo Económico, SAGARPA con 74 acciones promovidas, SCT con 73 acciones y CONAGUA con 38 acciones promovidas. En Gasto Federalizado, la mayor cantidad de acciones se presentó en el estado de Michoacán con 87, seguido de Baja California con 83 y Nuevo León con 82. Con base en los datos reportados, se tiene que, en promedio, la ASF determinó 4.16 observaciones por auditoría y promovió 4.83 acciones por revisión. Asimismo, la ASF determinó en promedio, 8.18 observaciones y 9.51 acciones por entidad fiscalizada.

1.2.4 Recuperaciones operadas En la Matriz de Datos Básicos se reporta que, respecto de la fiscalización parcial de la Cuenta Pública 2016, se han obtenido recuperaciones por 1 mil 581.9 millones de pesos (cifra mayor que los 1 mil 435.5 millones de pesos de recuperaciones operadas reportadas en el IR 2015), quedando aún por aclarar 21 mil 900.2 millones de pesos, que constituyen las recuperaciones probables, las cuales sólo pueden hacerse válidas si los entes auditados no presentan la documentación comprobatoria del gasto observado.

Absolutos % Absolutos % Absolutos % Absolutos %

Auditorías practicadas 1,413 1,659 1,643 502

Observaciones 8,915 6,346 6,491 2,087

Acciones Promovidas 10,871 100.0 8,245 100.0 9,472 100.0 2,425 100.0

Preventivas 6,902 63.5 3,365 40.8 3,942 41.6 1,116 46.0

R 5,299 48.7 2,233 27.1 2,735 28.9 645 26.6

RD 1,603 14.7 1,132 13.7 1,207 12.7 471 19.4

Correctivas 3,969 36.5 4,880 59.2 5,530 58.4 1,309 54.0

SA 783 7.2 1,207 14.6 377 4.0 140 5.8

PEFCF 57 0.5 75 0.9 73 0.8 30 1.2

PRAS 1,321 12.2 1,871 22.7 2,400 25.3 555 22.9

PO 1,798 16.5 1,639 19.9 2,662 28.1 584 24.1

M 10 0.1 88 1.1 18 0.2 0.0

R. Recomendación.

RD. Recomendación al Desempeño.

SA. Solicitud de Aclaración.

PEFCF. Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

PRAS. Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

PO. Pliego de Observaciones.

M. Multa.

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.

OBSERVACIONES-ACCIONES PROMOVIDAS POR LA ASF EN LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA 2013-2016

Concepto2013 2014 2015 20161/

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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Las recuperaciones operadas que se derivan de los informes individuales correspondientes a la Cuenta Pública 2016 provienen en su mayor parte del estado de México (1 mil 294.3 millones de pesos), monto que representa el 81.8% del total recuperado al 30 de junio de 2017. Por fondo, el 82.4% de las recuperaciones operadas proviene del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (1 mil 303.7 millones de pesos). A nivel de la Administración Pública Federal, el monto mayor de recuperaciones operadas proviene de la fiscalización de la entidad Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. (20.9 millones de pesos). Cabe señalar que el monto operado de las recuperaciones equivale a 6.7% de las recuperaciones determinadas. De manera acumulada, por la revisión de las Cuentas Públicas 2000-2015 más lo reportado en la Matriz de Datos Básicos de la fiscalización parcial de la Cuenta Pública 2016, se han operado un total de recuperaciones por 117 mil 169.9 millones de pesos. El monto de recuperaciones operadas en dicho periodo (2000-2016) representa 15.6% de las recuperaciones determinadas (752 mil 022.7 millones de pesos).

Cuenta Pública Probables Operadas Determinadas

Total 634,852.7 117,169.9 752,022.7

20161/ 21,900.2 1,581.9 23,482.1

Subtotal 612,952.5 115,588.0 728,540.5

2015 63,606.4 1,525.2 65,131.6

2014 51,833.8 5,293.5 57,127.3

2013 71,737.2 8,557.9 80,295.1

2012 41,738.9 17,688.7 59,427.6

2011 39,811.6 14,428.2 54,239.8

2010 44,522.5 11,504.0 56,026.5

2009 47,397.5 12,333.5 59,731.0

2008 41,788.5 8,879.9 50,668.3

2007 50,809.6 5,464.7 56,274.3

2006 29,416.8 2,914.2 32,331.0

2005 20,148.0 1,916.2 22,064.1

2004 22,116.7 7,087.1 29,203.8

2003 4,344.4 2,768.1 7,112.5

2002 72,897.0 964.5 73,861.4

2001 8,695.7 11,097.1 19,792.7

2000 2,087.9 3,165.5 5,253.4

RESUMEN DE RECUPERACIONES DETERMINADAS 2000-2016, CON CORTE AL 30 DE JUNIO DE 2017 (Millones de Pesos)

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

1/. Primera entrega de informes individuales de auditorías sobre la Cuenta Pública 2016.

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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2. Resultados relevantes de los informes individuales de auditoría

2.1 Grupo Funcional Gobierno

Sector Hacendario

SHCP. “Evaluación del Marco Institucional para la Disciplina Financiera de Entidades Federativas y Municipios”. Auditoría Financiera con Enfoque de Desempeño. No. 39. Objetivo. Fiscalizar el Registro Público Único, el Sistema de Alertas Tempranas y la determinación de los Techos de Financiamiento Neto de los Gobiernos Locales; así como las estrategias de ajuste fiscal, los términos y condiciones de los Convenios asociados al Financiamiento Público Local con Garantía de la Federación, de conformidad con las disposiciones aplicables. Mejorar el seguimiento y asegurar la sostenibilidad de las finanzas públicas subnacionales. Propuestas de la ASF. Que la SHCP elabore el reglamento de la LDFEFM y que incluya:

Que el balance primario tenga una tendencia constante o superavitaria en términos reales; que el saldo total de la deuda pública se mantenga en tendencia constante o decreciente. Ambos como proporción del PIB Estatal.

Definir los elementos prácticos para determinar la capacidad de pago de las entidades y municipios, y sus entes públicos, con base en una proyección confiable y en la programación del balance primario, del flujo de recursos de la tesorería, de las amortizaciones y del costo financiero de la deuda y demás obligaciones financieras y pasivos.

La capacidad de pago proyectada deberá ser presentada por el Ejecutivo al Congreso local, mediante la Secretaría de Finanzas o equivalente, como parte de la información que fundamenta la solicitud de autorización de más deuda o financiamiento. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público revisará que dicha capacidad de pago sea definida objetivamente en los convenios previstos en la ley, y realizará el seguimiento y la evaluación de acuerdo con las disposiciones aplicables, el sistema de alertas y la información del Registro Público Único.

Los recursos derivados de las obligaciones a corto plazo deberán cubrir exclusivamente necesidades por insuficiencia de liquidez de carácter temporal, las cuales no podrán corresponder a gasto corriente, en ningún caso.

Establecer que, bajo un esquema de coordinación y con independencia de los poderes Ejecutivo y Legislativo de las entidades federativas, un grupo de expertos contará con las

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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facultades y la capacidad técnica para colaborar con las proyecciones de las finanzas públicas, la deuda pública, la capacidad de pago y la sostenibilidad de las finanzas públicas, en apoyo a los procesos de aprobación de la ley de ingresos, del endeudamiento y del presupuesto de egresos.

Definir los criterios y las metodologías para medir la sostenibilidad de las finanzas públicas incluyendo deuda pública y los pasivos y obligaciones financieras que no se consideren constitutivas de deuda pública, como las asociaciones público-privadas y otros instrumentos de financiamiento del gasto público.

Tener indicadores complementarios para una perspectiva comprensiva, en los que no se incluya el financiamiento en la medición de los balances presupuestario y presupuestario de recursos disponibles. En la determinación de límites a las obligaciones de corto plazo no considerar las fuentes de pago ya comprometidas o que tienen un destino o fin definido legalmente.

Prever que la SHCP, y su equivalente de las entidades federativas y los municipios, elabore y publique en la cuenta pública y en los informes trimestrales previstos en las disposiciones aplicables, una evaluación de los riesgos para la sostenibilidad de las finanzas públicas incluyendo los compromisos y obligaciones financieras que no se consideran constitutivas de deuda pública en la LDFEFM, como las asociaciones público-privadas y otros instrumentos para el financiamiento del gasto público.

Normar operacionalmente los procesos de entrega-recepción de la Tesorería en la transición de gobierno en las entidades federativas y los municipios. Reforzar las disposiciones y los mecanismos institucionales en materia de transparencia y rendición de cuentas.

Asegurar el adecuado registro de las obligaciones financieras y los pasivos con proveedores y contratistas en complemento a la información del Reglamento del Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios.

Dictamen: Cumplió excepto por. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. “Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP)”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento. No. 47. Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera de las aportaciones y la aplicación de recursos del fondo, así como evaluar el ejercicio de las coberturas petroleras adquiridas por el Gobierno Federal con recursos del fondo, a fin de comprobar que las operaciones se efectuaron, registraron y presentaron en la Cuenta Pública, de conformidad con las disposiciones legales y normativas Acumulación de recursos del FEIP en 2016. En el año fiscal revisado por la ASF, el FEIP ingreso recursos por 138 mil 44.5 millones de pesos, de los cuales 50.6% provinieron del Remanente de Operación de Banxico, y 38.8% se originaron en las recuperaciones de ingresos por la cobertura petrolera que se motivaron por la caída del precio del petróleo de la mezcla

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mexicana. EL Fondo Mexicano del Petróleo (FMP) aportó 19 mil 693 millones de pesos. Del monto de recursos del FEIP por 53 mil 737.6 (29.9%) se transfirieron al gobierno para compensar la pérdida de ingresos petroleros por la reducción del precio de la mezcla mexicana de exportación, asimismo se utilizaron recursos del FEIP para las operaciones de cobertura de precios del ejercicio 2016-2017 por 19 mil 016.3 millones de pesos, el 10.6% de los egresos. El Fondo FEIP acumuló recursos por 106 mil 606.4 millones de pesos, que representaron respectivamente el 77.0% de los ingresos del Fondo, y el 59.44% de los egresos.

Indeterminación de la fiscalización superior sobre el cumplimiento de las aplicaciones del Remanente Operativo de Banxico en términos de lo dispuesto por el artículo 19 Bis de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, reformado el 18 de noviembre de 2015. Esta normativa establece que el 70 por ciento del Remanente Operativo de Banxico debe aplicarse a disminuir la deuda del gobierno federal, y el 30 por ciento restante a fortalecer el FEIP o al incremento de activos que fortalezcan la posición financiera del Gobierno Federal. La ASF no determinó de manera explícita si el gobierno aplicó el 70% de los ingresos obtenidos por el remanente operativo de Banxico a la disminución de la deuda del gobierno federal. En su lugar señaló lo siguiente: “El producto de las coberturas petroleras permitió enterar 107 mil 512.0 millones de pesos al Gobierno Federal para compensar parte de la disminución de los ingresos petroleros, de conformidad con el artículo 1°, párrafo décimo sexto, de la Ley de Ingresos de la Federación de 2015”. Pérdida cambiaria en el proceso de traspaso por el FEIP de los recursos de la cobertura petrolera al gobierno federal. La ASF constató una pérdida cambiaria experimentada por el gobierno por 838.3 millones de pesos por el riesgo materializado en el periodo (7 de diciembre de 2016 y el 13 de diciembre de 2016) en que recibió los recursos el gobierno de parte del FEIP. Inversión de recursos del FEIP en instrumentos financieros (pagaré) al no corroborarse disminución de ingresos fiscales en el 2016. La SHCP, informó que el monto invertido en el pagaré por 106 mil 209.5 millones de pesos se determinó en virtud de que para el cierre del

ConceptoIngresos o

Entradas

Distribución

(%)Concepto

Egresos o

salidas

Distribución

(%)

Remanente de operación

de Banxico 201570,000.00 50.56

Depósito del FEIP al

gobierno por

Recuperaciones de la

cobertura petrolera

53,737.61 29.96

Recuperaciones de la

cobertura petrolera53,737.61 38.82

Compra de cobertura

petrolera (2016-2017)19,016.31 10.6

Transferencias del Fondo

Mexicano del Petróleo

para la Estabilización y el

Desarrollo (FMP),

10,693.03 7.72 Honorarios pagados 0.38 0

Intereses ganados 4,013.86 2.9Inversión financiera

más intereses106,606.46 59.44

Total 138,444.50 100 Total 179,360.76 100

Fuente: Elaborado por la UEC, con datos de la ASF.

EVOLUCIÓN DE LOS FLUJOS DE RECURSOS DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN

DE LOS INGRESOS PETROLEROS (FEIP), 2016

(Millones de Pesos)

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ejercicio fiscal 2016 los datos indicaban que no habría una disminución de los ingresos del Gobierno Federal, y por lo tanto, no se presentarían las condiciones señaladas en la normativa vigente para compensar dicha disminución con recursos del FEIP. La ASF constató que la inversión por 106 mil 209.5 millones de pesos fue registrada como parte de la deuda interna del Gobierno Federal. La inversión en este pagaré con vencimiento a 90 días no contravino la normatividad vigente. Sin embargo, la ASF determinó que hubo un financiamiento a la TESOFE, con recursos del fondo, que fueron utilizados para un fin distinto al objetivo del FEIP, de acuerdo con las facultades discrecionales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Contratación de cobertura para asegurar un precio mínimo de venta del petróleo mexicano de exportación para el ejercicio 2016-2017. El Comité Técnico del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP), cubrió a través de 46 operaciones ejecutadas por Banco de México 250 millones de barriles, durante 2016, para el ciclo Noviembre de 2016 noviembre de 2017 distribuidas en siete agentes financieros. Por la contratación de dichas operaciones se ejerció un total de 19 mil 016.3 millones de pesos. El precio de ejercicio promedio ponderado (importe asegurado) de las operaciones fue de 38.0 dólares por barril. Incremento en el saldo de la reserva del FEIP sin exceder el límite establecido en la normativa aplicable. El saldo inicial de la reserva del FEIP fue de 36 mil 729.2 millones de pesos, el saldo final ascendió a 98 mil 405.5 millones de pesos. La ASF comprobó que la reserva por 98 mil 405.5 millones de pesos, no excedió el límite previsto en la ley, de 231 mil 460.2 millones de pesos. Resultados de la cobertura petrolera del ciclo 2015-2016. Como parte de la implementación de la estrategia, durante 2015 los términos de la cobertura fueron los siguientes:

• Monto de la cobertura: 212 millones de barriles de petróleo.

• Precio de la cobertura: 50 dólares el barril de petróleo. Esta cobertura se integró por dos partes:

• Cobertura principal (adquisición de opciones PUT): Se cubrió 49 dólares el barril

• Cobertura complementaria a través de recursos del FEIP: se cubrió 1 dólar

• Costo de la cobertura: 17 mil 503.4 millones de pesos

Recepción de los recursos de la cobertura 2015-2016. La recepción de los recursos recuperados por el gobierno, por la cobertura petrolera se realizó el 7 de diciembre de 2016, en la cuenta de dólares que la TESOFE mantiene a favor del fondo por 2 mil 650.3 millones de dólares, equivalentes a 54 mil 575.9 millones de pesos, valuados a un tipo de cambio de 20.5927 pesos por dólar de ese día. Traslado de los recursos de la cobertura de la TESOFE. El traslado de recursos del gobierno se efectuó el 9 de diciembre de 2016, por un monto de 2 mil 650.3 millones de dólares, el desfase temporal entre la recepción de los recursos al gobierno para su aplicación propició una pérdida cambiaria de 838.3 millones de pesos. El monto del traspaso ascendió a 53 mil 737.6

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millones de pesos, ya que el tipo de cambio de 20.2764 pesos por dólar fue inferior al de la fecha de la recepción de los recursos. Los recursos de la cobertura complementaria totalizaron al cierre de 2016, un monto de 3 mil 476.8 millones de pesos. No se utilizaron estos recursos por lo que se mantuvieron como reserva de cobertura para el 2017. Estrategia de cobertura petrolera del ciclo 2016-2017. Las características de la cobertura fueron:

• Precio de cobertura: 42.0 dólares por barril (dpb). Esta cobertura se integró de dos operaciones a saber:

1. Cobertura principal (adquisición de opciones put): 38 dólares el barril.

2. Cobertura complementaria (recursos FEIP): 4 dólares el barril. Para este fin se

reservaron recursos por 22 mil 096.8 millones de pesos, de los cuales 3 mil 476.8 millones de pesos corresponden a la subcuenta complemento de 2016 y 18 mil 620.0 millones de pesos a la subcuenta de 2017.

Dictamen: Cumplió.

Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB): “Evolución y Prospectiva de la Deuda”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 85. Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera y la evolución de la deuda IPAB, así como verificar que la asignación, aplicación, registro contable y control de los recursos se realizaron de conformidad con la normativa; además de analizar el impacto de las estrategias adoptadas por el instituto para el pago de sus obligaciones. Elevado monto de las obligaciones pendientes de pago del IPAB por el rescate bancario. Al 31 de diciembre de 2016, tenía el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario obligaciones financieras derivadas del rescate bancario con el público inversionista, documentadas con Bonos de Protección al Ahorro (bonos IPAB), por 937 mil 661.1 millones de pesos, un incremento nominal respecto del monto al cierre de 1999 cuando asumió el Instituto esas obligaciones por 714 mil 503.8 millones de pesos. Adicionalmente, la ASF observó que, al cierre de 2016, el Gobierno Federal no había destinado recursos fiscales para la disminución del principal de la deuda administrada por el IPAB. Al respecto la ASF señaló que de mantenerse la estrategia de administración de la deuda, consistente en no amortizar el principal y sólo pagar una porción de los intereses generados, en los próximos 25 años, la deuda continuaría creciendo indefinidamente, ya que los incrementos en el pago de cuotas y la forma en que se determinan los recursos fiscales que se le transfieren, ocasiona que el diferencial de este tipo de obligaciones tenga que financiarse con créditos o emisiones de títulos adicionales, por lo que la deuda neta aumentaría de 889 mil 790. 1 millones de pesos en 2018 a 2 billones 564 mil 472.3 millones de pesos en 2042, el 188.2% de aumento, toda vez

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que se suponen incrementos en la captación de cuotas pagadas por las instituciones de banca múltiple y, disminuciones en las transferencias fiscales que recibiría el IPAB. Elevados montos canalizados al pago de los intereses de la deuda del rescate bancario contratada por el FOBAPROA a cargo del IPAB. De 1995 a 2016 se han erogado recursos para el pago del servicio de la deuda por un monto acumulado de 904 mil 786.5 millones de pesos, distribuidas de la siguiente manera: a) 132 mil 585.3 millones de pesos por concepto de Montos pagados provenientes de las tres cuartas partes de las cuotas (75%) que por la prestación del sistema de protección al ahorro bancario le pagarían las instituciones de banca múltiple al IPAB, cuyo costo los bancos trasladan al usuario de servicios financieros; b) 102 mil 148.7 millones de pesos por concepto de recuperaciones de activos o enajenación de los activos y derechos provenientes de los respectivos fideicomisos (este valor estimado a 1999 fue de 352 mil 699.3 millones de pesos); c) 339 mil 087.5 millones de pesos por concepto de transferencias fiscales provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). Estas cantidades no fueron suficientes para cubrir el monto de los intereses devengados por el servicio de la deuda, por lo que el IPAB tuvo que recurrir a endeudamiento adicional por 330 mil 964.9 millones de pesos, que generarán sus respectivos intereses.

Erogaciones de los costos del rescate bancario 1995-2016, concentradas fundamentalmente en el gobierno y los usuarios de la banca. En el periodo 1995-2016 se han erogado 904 mil 786.5 millones de pesos, de los cuales 670 mil 052 millones de pesos (74.06%) los ha sufragado el gobierno con recursos del PEF o con créditos bancarios y emisiones de bonos que serán pagados con transferencias fiscales provenientes del PEF; los usuarios de los servicios bancarios (quienes pagan realmente el 75% de las cuotas IPAB) han erogado 132 mil 585.3 millones de pesos (14.65%). En conjunto estos dos grupos han absorbido el 88.7% del costo asociado del rescate bancario incluyendo los intereses devengados de la deuda FOBAPROA. Finalmente, los banqueros mediante la cesión de activos tóxicos al FOBAPROA generaron recursos por 102 mil 148.7 millones de pesos, recursos recuperados por la administración del IPAB y que representaron apenas el 11.29%.

Subtotal

Cuotas por

seguro de

depósitos

bancarios 75%

Recuperación de activosTransferencias

fiscales (PEF)

Subtotal Deuda adicional

para el pago de los

intereses devengados

I = A+B+C (A) (B) ( C ) II

937,661.10 904,786.50 573,821.60 132,585.30 102,148.70 339,087.50 330,964.90

Estructura

porcentual100.00% 63.42% 14.65% 11.29% 37.48% 36.58%

Usuario de

servicios

financieros

Activos cedidos por los

banqueros al FOBAPROA

que fueron recuperados

Gobierno Gobierno

14.65% 11.29%

Fuente: Elaborado por la UEC, con datos de la ASF.

Distribución porcentual de costos 74.06%

Asignación de costos

BALANCE DE LA DEUDA DEL RESCATE BANCARIO FOBAPROA-IPAB AL CIERRE 2016

(Millones de pesos y porcentaje)

SALDO DE

DEUDA

PENDIENTE POR

PAGAR

INTERESES DEL SERVICIO DE LA DEUDA DEVENGADOS

(Fuentes de repago)

Total

pagado

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En virtud de que el IPAB ya no tiene activos por recuperar, el saldo pendiente de pago por 937 mil 661.1 millones de pesos, y sus correspondientes intereses serán sufragados íntegramente tanto por el gobierno es decir por los contribuyentes fiscales con recursos del PEF, así como por los usuarios de los servicios bancarios, quienes son los que absorben el costo del 75% de las cuotas cobradas por el IPAB, que los bancos pagan al Instituto pero que transfieren a dichos usuarios. Sustitución de acreedores en el saldo de la deuda del rescate bancario. La estrategia implementada por el gobierno a través del IPAB permitió pagar anticipadamente las obligaciones del rescate bancario a sus acreedores originales, con lo cual, paulatinamente, éstos fueron sustituidos por inversionistas en el mercado de dinero. De esta manera, los bonos se distribuyeron fundamentalmente a inversionistas no bancarios, y sólo la banca conservaba al cierre del 2016, el 10.4% de los bonos emitidos por el IPAB.

Gobierno; 670,052.4 = 74.06%

Usuarios de servicios bancarios (75% de la cuota de seguro);

132,585.3 = 14.65%

Recuperación de activos cedidos por los banqueros al FOBAPROA-IPAB;

102,148.7 = 11.29%

DISTRIBUCIÓN DE COSTOS DEL RESCATE BANCARIO PAGADO 1995-2016

Fuente: Elaborado por la UEC, con información de la Auditoría Superior de la Federación.

Sociedades de Inversión, 39.0%

Otros residentes en el país, 35.3%

Sector Bancario,10.4%Otros, 15.3%

DISTRIBUCIÓN DE LA TENENCIA DE BONOS IPAB AL CIERRE DE 2016

Fuente: Elaborado por la UEC, con información de la Auditoría Superior de la Federación.*/Nota: En la gráfica no se incluyen intereses (cálculo de intereses realizado por la ASF), ya que son pagos a futuro.

Monto total de la Emisión de bonos

Saldo:

Millones de pesos

Saldo más intereses a

futuro*

929,527.1 937,665.1

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Continúa pagando el IPAB sobretasas en la emisión de bonos de la deuda del rescate bancario respecto de la deuda soberana administrada por la SHCP, encareciendo el costo del mismo. En el ejercicio fiscal 1999, la parte más importante de la Deuda contingente contratada por el FOBAPROA con el aval del gobierno fue convertida en deuda pública, quedando únicamente como deuda contingente los pasivos del Programa de Capitalización y Compra de Cartera (PCCC). Estos pasivos, fueron convertidos en deuda pública soberana aprobada por el Congreso en el 2004 cuando el IPAB procedió al canje de los pagarés FOBAPROA del PCCC en bonos IPAB. El canje de bonos FOBAPROA-IPAB ascendió a 107 mil 193 millones de pesos (monto del Nuevo Programa del IPAB). La administración de la deuda pública de haberse consolidado la deuda IPAB en el manejo de total de la deuda soberna por la SHCP, hubiera eliminado el costo de la sobretasas que ha pagado el gobierno en las emisiones de bonos IPAB, en relación al costo de la deuda soberana. Es de llamar, la atención que desde 2004, la Unidad de Evaluación y Control señaló la conveniencia de que se consolidará el manejo de los pasivos IPAB en la SHCP, recomendación que también efectuó la ASF en diversas auditorías practicadas al IPAB. El gobierno ha omitido la recomendación de la ASF y con ello, ha contribuido a encarecer de manera adicional el costo del rescate bancario (pago de sobretasa de interés en los Bonos IPAB), como se aprecia en el gráfico siguiente elaborado por la ASF.

Incremento del saldo de la deuda administrada por el IPAB. El saldo de la deuda administrada por el IPAB al cierre de 2016 ascendió a 937 mil 661.1 millones de pesos, monto mayor que el de 2015, el cual representó 923 mil 385.9 millones de pesos, lo que significó un incremento del 1.5%. Asimismo, el monto en circulación de Bonos de Protección al Ahorro (BPAS) pasó de 918 mil 349.7 millones de pesos en 2015 a 929 mil 527.1 millones de pesos en 2016 un incremento de 11 mil 178 millones de pesos. Dictamen: Cumplió.

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Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. “Financiamiento para el Sector Vivienda.” Auditoría de Desempeño. No. 101. Objetivo. Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y metas relacionados con el otorgamiento de créditos y garantías destinados a la construcción, adquisición, y mejora de viviendas, preferentemente de interés social, a fin de reducir el rezago existente. Otorgamiento de Créditos. En 2016, la SHF otorgó 100 mil 477.3 millones de pesos (mdp) en créditos, por medio de los cuales atendió a 37 intermediarios financieros que representan el 9.7% de las 383 entidades en segundo piso que integraron su población potencial. Del monto del crédito otorgado, el 19.4% (19,516 mdp) fue para construcción, el 5.7% (5,757.6 mdp) para adquisición, el 3.5% (3,511.3 mdp) para mejoramiento de vivienda y el 71.4% (71,692.4 mdp) para garantías. Asistencia a Intermediarios Financieros. Se verificó que, en 2016, la SHF otorgó asistencia permanente a sus intermediarios financieros conforme a la demanda de estos últimos. Sin embargo, la SHF no acreditó: el establecimiento de metas asociadas a la asistencia técnica; la identificación de los intermediarios financieros a los que les otorgó asistencia en los programas de Vivienda Sustentable EcoCasa; el número de personas a las que le otorgó asistencia técnica, ni la medición de los resultados de la asistencia técnica que imparte. Dictamen: Cumplió. Resto de Sectores de Funciones de Gobierno

Suprema Corte de Justicia de la Nación. “Construcción del Nuevo Edificio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Ciudad de México”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 04. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Irregularidades normativas. En el aspecto normativo se determinaron algunas irregularidades entre las que destacan: Falta de documentación comprobatoria. En la revisión del proyecto integral llave en mano para la construcción del edificio de oficinas y estacionamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la ciudad de México, núm. SCJN/DGIF/09/07/2016, se observó que de los 135.9 millones de pesos autorizados para el ejercicio de 2016, se erogaron 93.0 millones de pesos por concepto de anticipo, sin embargo, se solicitó a la SCJN aclare y proporcione la documentación adicional justificativa y comprobatoria de 26.2 millones de pesos, debido a que no se acreditó el uso y destino de los recursos otorgados para dicho proyecto de inversión.

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Se avalaron y autorizaron para pago estimaciones sin contar con todos sus soportes correspondientes. El pago de las estimaciones debieron ser "acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago como números generadores, notas de bitácora, croquis, controles de calidad, pruebas de laboratorio y fotografías, análisis, cálculo e integración de los importes correspondientes a cada estimación y avances de obra, tratándose de contratos a precio alzado (…)", lo anterior con la finalidad de acreditar que son trabajos terminados y ejecutados conforme a los términos del contrato. No se aplicaron a la contratista las penas convencionales y sanciones a la que se hizo acreedora por los atrasos registrados. Se constató que en el contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación no aplicó a la contratista las penas convencionales a que se hizo acreedora por los atrasos registrados en la entrega del proyecto ejecutivo y en el avance de la obra, puesto que a diciembre de 2016 solamente se tenía un avance real de los trabajos por un monto de 9.9 millones de pesos de los 33.8 millones de pesos que debió haber estimado y ejecutado a esa fecha. Se autorizó de manera anticipada un monto de 1.7 millones de pesos por obra y servicios no ejecutados. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, por conducto de su Dirección General de Infraestructura Física, aclare y proporcione la documentación adicional justificativa y comprobatoria de 1.7 millones de pesos por concepto de obra y servicios pagados no ejecutados en las subpartidas video digital de recorrido virtual, representaciones virtuales en perspectiva (renders) y cisternas y cárcamo de bombeo del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado del contrato antes citado, lo anterior debido a que no se acreditó el pago de dichas estimaciones. Dictamen: Cumplió, excepto por. Número de Observaciones: 5, Número de Acciones: 5 (1R, 3 SA y 1 PRAS). Se determinaron recuperaciones probables por 12.0 millones de pesos. Consejo de la Judicatura Federal. “Proyecto Integral para la Construcción del Anexo al Edificio Sede para la Instalación de un Centro de Justicia Penal Federal en Hermosillo, en el Estado de Sonora”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 08. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se presupuestaron, ejecutaron y pagaron, conforme a la legislación aplicable. No hay congruencia en el pago de mano obra. Se observó que en el contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. CJF-40/AD/CJPFH/2015 el Consejo de la Judicatura Federal, por conducto de la Dirección de Proyectos y de Obras de la Dirección General de Inmuebles y Mantenimiento (DGIM), pagó un sobrecosto de 21.7 millones de pesos en la mano de obra del oficial soldador y ayudante general. Existen diferencias detectadas por un monto de 22.7 millones de pesos, integrados por 979.1 miles de pesos por concepto de pena convencional; y 21.7 millones de pesos por que no acreditó ni justificó que en la mano de obra referente al soldador y ayudante general exista congruencia entre el número de operadores indicado con relación a los trabajos a ejecutar.

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No se vigiló adecuadamente el control del programa de obra para su terminación y no se realizó adecuadamente el cierre administrativo del contrato. Se realizaron la subcontrataciones para la ejecución del proyecto ejecutivo y subcontrató a cuatro empresas con autorización de la DGIM, para ejecutar parte los trabajos. Se observó que la contratista a la que se le adjudicó el contrato a precio alzado y tiempo determinado subcontrató con cuatro empresas, con la autorización de la DGIM, la ejecución de los trabajos de las subpartidas siguientes: estudios y trámites preliminares, proyecto ejecutivo, columnas y trabes, instalación de voz y datos, detección de humo, sistema de seguridad y circuito cerrado de televisión por un importe de 57.0 millones de pesos, que representa el 43.8% en relación con el monto del contrato de 130.2 millones de pesos, lo que denota que la empresa a la que se adjudicó el contrato no contó con los recursos técnicos requeridos por el Consejo, ni ofreció las mejores condiciones de oportunidad requeridas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones respectivas. No se cumplió con la expectativa de no realizar el procedimiento de licitación pública. Con la revisión del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado, se determinó que no se cumplió con la expectativa de ejecutar la infraestructura o construcción del inmueble de manera urgente, para que éste iniciara el 14 de junio de 2016, por lo que no se justificó el apremio por iniciar los trabajo sin demora para su instalación, y el de omitir realizar el procedimiento de licitación pública y adjudicar directamente, toda vez que la supervisión interna de la Dirección de Proyectos y de Obras de la DGIM no vigiló ni controló el desarrollo de los trabajos en sus aspectos de tiempo y cumplimiento de los programas de ejecución de los trabajos de conformidad con los avances, recursos asignados y rendimientos pactados en el contrato, ya que no se cumplió con la fecha de entrega de la obra pactada para el 12 de junio de 2016, sino que fue hasta el 14 de septiembre de 2016 que se concluyeron los trabajos. En la solicitud de cotización a las contratistas se les indicó el importe del presupuesto base. Se recomienda que en lo sucesivo se cercioren de que, en la adjudicación directa de los contratos de las obras públicas a su cargo, consideren invariablemente el presupuesto base para evaluar las propuestas económicas y no como parámetro para que presenten las mismas, a fin de que la entidad fiscalizada cuente con las propuestas económicas solventes, en cuanto a precio, tiempo y calidad. Dictamen: Cumplió, excepto por. Número de Observaciones: 8, Número de Acciones: 8 (5R, 2 SA y 1 PRAS). Se determinaron recuperaciones probables por 22.7 millones de pesos. Archivo General de la Nación. “Administración de Archivos”. Auditoría de Desempeño, No. 27. Objetivo. Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y metas de administrar, organizar, conservar y preservar el patrimonio documental de la nación, a fin de contribuir a garantizar el acceso a la información pública para fortalecer la transparencia y rendición de cuentas.

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Libre Acceso a la Información (antecedentes). El derecho al acceso a la información encuentra sus raíces en la promoción y protección de los derechos humanos, que estableció como premisa el derecho al libre acceso a la información, y la necesidad de que éste se proteja expresamente por leyes encaminadas a que se respete e implemente en la práctica.2Mexico no cuenta con una normativa que regule este derecho, por lo cual en 1977 el gobierno mexicano elevo a rango constitucional el derecho a la información. (Art. 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos). Carencias de Requerimientos Archivísticos. En enero de 2008, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) presentó el Diagnóstico sobre la situación archivística de la Administración Pública Federal, se determinó que más del 60.0% de los archivos evaluados cumplía con los requerimientos básicos archivísticos. Sin embargo, se identificó que las dependencias y entidades no cumplían con requerimientos archivísticos avanzados como la digitalización y publicación en internet de las solicitudes de baja documental, procesos certificados en ISO relacionados con la organización de archivos, tratamiento archivístico de documentos electrónicos generados, así como el desarrollo de políticas internas para la organización, conservación y respaldo de estos documentos; empleo de firma electrónica en documentos o procesos, y la implementación de metadatos para la localización de documentos electrónicos. Carencia de Sistema de Control de gestión documental. Después de cinco años de presentado el informe del IFAI, el Archivo General de la Nación (AGN), realizó un nuevo censo para ver la situación archivística actual a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF), aplicado a 204 instituciones, Se determinó que más del 50.0% de las dependencias o entidades de la APF no contaba con un sistema de control de gestión documental y sólo en el 62.0% de las instituciones era prioridad la organización de los archivos en las unidades administrativas. La implementación de un eficiente archivo sistematizado permitirá una mejor rendición de cuentas y acceso a información oportuna, si no existen documentos integrados a expedientes debidamente organizados e identificados, entonces el trabajo cotidiano de cualquier institución será deficiente y poco confiable. Deficiente funcionamiento del sistema de archivos. En la sesiones de la Coordinación del Consejo Nacional de Archivos (CONARCH), aun cuando se emitieron acuerdos que se orientaron a atender necesidades en materia de archivos, el AGN no ha logrado garantizar el funcionamiento adecuado de los archivos de los 866 sujetos obligados por la Ley Federal de Archivos, integrantes del Sistema Nacional de Archivos; No se consolidó una política nacional de archivos públicos y privados (Inexistencia de Directrices). El CONARCH no ha logrado consolidar una política nacional de archivos privados, ya que ésta se encuentra establecida en el marco de una ley federal, situación que, representa una limitación en su alcance para constreñir a los tres niveles de gobierno, y no emitió las directrices para el funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos.

2 El Derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública. Análisis jurídico y recomendaciones para una propuesta de ley modelo

sobre el derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública / Alejandro Fuenmayor Espina. –1 ed. –San José C.R.: Oficina de la UNESCO para América Central, 2004.

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Sin avances en el indicador para la organización de archivos. Existe un indicador (“Porcentaje de operación de sistemas automatizados de gestión y control de documentos en la APF”) por parte de la AGN para la organización de archivos de los sujetos obligados, el cual solo se cumplió en un 49.2 % por lo que en 2016 solo representó un avance del 20.7% del total de las instituciones públicas (295) que contaron con sistemas automatizados de gestión y control de documentos adecuados para eficientar la administración de archivos públicos. Deficiencias en los informes de avance en el establecimiento de las directrices del funcionamiento de los archivos. El AGN en las sesiones ordinarias para establecer las directrices o criterios nacionales para el funcionamiento de los archivos que integren el Sistema Nacional de Archivos, no contó con el informe de avances logrados, ni con el listado de directrices y criterios nacionales emitidos para el funcionamiento del sistema, y derivado de los acuerdos del CONARCH, sólo se elaboraron tres documentos, de los cuales sólo uno se publicó en el DOF que se refiere al Sistema Nacional de Transparencia, pero no se emitieron las directrices para el Sistema Nacional de Archivos. Adicionalmente se elaboraron las Reglas de Operación de las secciones del Consejo Nacional de Archivos, Normatividad para Archivos Privados inscritos en el Sistema Nacional de Archivos y los Lineamientos para la organización y conservación de los archivos del Sistema Nacional de Transparencias; sin embargo, se encontraban en espera de las observaciones que pudieran tener los integrantes del CONARCH. Deficiencias en el cumplimiento de la norma de control primera. En relación a las normas de control interno el organismo cumplió con 7 de los 15 elementos de la norma primera de control interno “Ambiente de control”, esto es el 46.7%, debido a que no contó con un manual de organización, una estructura organizacional, ni los perfiles de puestos, actualizados a 2016 y tampoco dispuso de un manual de procedimientos. Carencia de Objetivos, indicadores ni metas en la estructura programática de 2016. Se identificó que los cuatro niveles de la MIR sólo se orientaron a la preservación del acervo documental de la Nación, la MIR no contiene objetivos, indicadores ni metas en la estructura programática, vinculados con la difusión que señala la denominación del Pp, en términos del inciso IV.2 de la Guía para el diseño de la Matriz de Indicadores para Resultados. Incremento importante en relación al presupuesto aprobado. En 2016, el AGN ejerció 110 mil 073 millones de pesos, en el programa presupuestario E002 “Preservación y difusión del acervo documental de la nación”, cifra que se corresponde con el presupuesto modificado y que, en relación con el presupuesto aprobado de 71 mil 295 millones de pesos, registró un incremento de 38 mil 778 millones de pesos, equivalente al 54.4%. El AGN, no garantizó el funcionamiento adecuado de los archivos que integran el SNA y no ha logrado consolidar una política nacional de archivos, situación que revela que la falta de emisión de directrices o criterios nacionales no ha permitido el funcionamiento eficiente del Sistema Nacional de Archivos. Dictamen: Cumplió, excepto por. Número de Observaciones: 5; Número de Acciones: 6 (6RD).

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Policía Federal. “Adquisición de Vestuario, Uniformes, Materiales de Seguridad y Prendas de Protección”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento. No. 20. Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera del presupuesto asignado a la adquisición de vestuario, uniformes, materiales de seguridad y prendas de protección, para comprobar que los recursos se ejercieron y registraron conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas. Falta de control y actualización del Manual de Organización. El Manual de Organización General de la Policía Federal no se encuentra actualizado conforme a las áreas, funciones y atribuciones contenidas en el Reglamento de la Ley de la Policía Federal, ya que incluye unidades administrativas que hacen mención a la extinta Secretaría de Seguridad Pública y no contiene las funciones de las áreas que integran la Gendarmería Nacional, como son la División de Gendarmería, la Coordinación de Gendarmería, y las direcciones generales de Planeación y Logística de la Gendarmería, de Operaciones Estratégicas y Unidades Especiales, y de Proximidad Social. Carencia de atribuciones que limitan las responsabilidades y las funciones. El Manual de Organización de la Coordinación de Servicios Generales no está actualizado conforme a las funciones y atribuciones contenidas en el Reglamento de la Ley de la Policía Federal y en el Manual de Organización General, lo que limita las funciones y responsabilidades para el personal actuante, propicia la carencia de controles internos y pone en riesgo la calidad, eficiencia y eficacia de los asuntos que le competen. Falta de Actualización de Lineamientos Generales de Recursos Materiales y Servicios Generales. Durante 2016 la Policía Federal contó con los “Lineamientos Generales de Recursos Materiales y Servicios Generales”, sin embargo, no se encuentran actualizados toda vez que la denominación de las unidades administrativas que participan en los procesos de adjudicación de bienes y servicios, así como para la administración y el manejo de bienes muebles y de los almacenes de la Policía Federal no están de acuerdo con el Manual de Organización Específico (MOE) de la Coordinación de Servicios Generales, ya que las nuevas Coordinaciones no se consideran en el MOE. Deficiencias en los registros de control y operación. Existieron 5 notas, en donde los bienes se registraron con un precio unitario de 1.00 peso y con la observación de “Sin pedido y sin contrato Ad Cautelam” sin que fueran regularizadas. Dos notas fueron duplicadas con distintos conceptos. De las Cuarenta notas de entrada al Almacén Central, 36 no cuentan con las actas de entrega de los bienes. Existe una Nota que describen artículos de determinadas características y se entregaron con características inferiores. Se carece de remisión de la nota de entrada núm. AV-160006 (por 16 pares de zapatos para dama y 67 pares de zapatos para caballero) y la nota de entrada núm. AV-160005, se localizó la remisión de fecha 8 de julio de 2016 por 490 cinturones de piel con hebilla metálica con sello del almacén central; sin embargo, dicha remisión no se registró en la nota de entrada. Con respecto a las notas de Almacén Central y de las actas entrega-recepción correspondientes, existe una diferencia de 1 millón 012.8 mil pesos de 2,108 bienes (insignias par de grados) que aún no se han entregado al almacén, al cierre del ejercicio 2016 no se había

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registrado el pago por dichos bienes; y no se proporcionó la documentación que acreditara la imposición de penas convencionales al proveedor por los bienes no entregados, por un importe de 1 millón 074 mil pesos al 3 de mayo de 2017. Deficiencias en la entrada-recepción del almacén sin justificación del cambio de mercancía. Se recibieron bienes en el Almacén Central los cuales no se habían solicitado originalmente, ya que se habían solicitado uniformes de gran gala y zapatos para caballero, y en su lugar se recibieron para dama, los cuales tuvieron un costo menor de 7.7 miles de pesos, sin que se presentará la justificación ni autorización para efectuar dichos cambios. Mecanismos de control deficientes en el Almacén Central no se encuentran sustentados en el instrumento jurídico que establece las características y precios. En relación a los vales de salida del Almacén Central y el total de salidas reportadas en la base de datos proporcionada por la Subdirección de Almacenes e Inventarios (1° de enero al 31 de diciembre de 2016) de los bienes adquiridos mediante el contrato número SEGOB/PF/CSG/DRM/C040-A/2016, no son coincidentes, ya que se reflejan salidas de bienes desde el mes de enero de 2016, cuando el contrato fue celebrado el 9 de julio de 2016. Se realizó una visita domiciliaria al proveedor 2 del contrato número SEGOB /PF /CSG /DRM/C040-A/2016 para la “Adquisición de Uniformes para el Cumplimiento de las Funciones Sustantivas Encomendadas a los Elementos de la Policía Federal” por 730.9 millones de pesos; al respecto, no se exhibió evidencia documental de las remisiones de los bienes entregados a la Policía Federal. Deficiencias en los procesos de adjudicación en la integración y firma de contratos. “En las primeras entregas no se establecía precio en los documentos de entrega, ya que no se contaba con un contrato, por lo que sólo se ponía el valor de 1.00 peso, y posteriormente se inició el procedimiento de adjudicación del cual fue ganador, y todas las entregas realizadas antes de la firma del contrato se formalizaron con las cantidades solicitadas en el contrato y en las actas entrega-recepción”. La Policía Federal, con cargo en la partida 28201 "Materiales de Seguridad Pública", celebró el Convenio de Colaboración Interinstitucional número SEGOB/ PF/ SG/ CSG/ DGRM/ C045/ 2016, el 1 de diciembre de 2016 con la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) para la adquisición de "Agentes Químico Humo Rojo y Low II" por un monto total de a 914.1 miles de pesos. De dicha adquisición no se contó con la factura y actas de entrega-recepción de los bienes adquiridos, por lo que no se pudo constatar que el pago correspondiera a compromisos efectivamente devengados; además, no se proporcionó la documentación que justificara el atraso en la entrega de dichos bienes. Dictamen: Cumplió, excepto por. Número de Observaciones: 7; Número de Acciones: 14 (9R, 4PRAS y 1 PO). Se determinaron recuperaciones probables por 1.1 millones de pesos.

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Prevención y Readaptación Social. “Administración del Sistema Federal Penitenciario” Auditoría de Desempeño. No. 11. Objetivo. Fiscalizar la aplicación de los Tratamientos Técnicos Interdisciplinarios Integrales Individualizados a la población penitenciaria federal sentenciada, para lograr su reinserción social, evitar la reincidencia delictiva y, con ello, contribuir a mejorar las condiciones de seguridad pública. El 6 de febrero de 2001, se instituyó al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS), adscrito a la SEGOB, a que asumiera las funciones de las direcciones generales de Prevención y Readaptación Social; de Prevención y Tratamiento de Menores, y del Patronato para la Reincorporación Social por el Empleo en el Distrito Federal. El 16 de junio de 2016, se abrogó la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, la cual hasta ese momento fue el documento jurídico que tenía como objetivo organizar el Sistema Penitenciario Nacional. En esa misma fecha, se aprobó y publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Nacional de Ejecución Penal, la cual tiene como objeto, entre otros, regular las condiciones para la reinserción social, operando en el año dos instrumentos jurídicos vigentes, el primero de enero a mayo, y el segundo de junio a diciembre de 2016. El Sistema Nacional Penitenciario se compone de los sistemas estatal y federal. De acuerdo con la constitución, los estados son responsables de custodiar a los individuos acusados de cometer delitos del orden común; y el Gobierno Federal de los acusados por delitos del orden federal. En 2016, en el ámbito nacional operaron 379 centros penitenciarios con una capacidad para 209,248 reclusos. Importante problema de Sobrepoblación penitenciaria y falta de una eficiente planeación distributiva. De los 379 centros de reclusión que hay en el país, 157 centros estatales presentaban un problema de sobrepoblación al albergar 153,539 reos y disponer de una capacidad de 106,247 (cuentan con 44.5% de saturación), y 222 tuvieron espacio para alojar a más población, ya que contaban con una capacidad de 103,001 criminales y albergaban a 79,930 (operaban al 77.6% de sus capacidades). Incremento importante en la población penitenciaria por año. La población total penitenciaria en 2016, ascendió a 233,469 internos, de los cuales la población recluida en los CEFERESOS en ese mismo año fue de 22,747 (9.7%). Elevado porcentaje de gente para el tratamiento de reinserción social. De la población recluida en los CEFERESOS (22,747), el 7.9% (1,803) correspondió a la población penitenciaria federal procesada, y el 92.1% (20,944) representó la población penitenciaria federal sentenciada, y ésta es a la que se le debió aplicar el tratamiento de reinserción social. Elevado Presupuesto destinado al Programa de Inclusión de la Población Penitenciaria. En 2016, el Gobierno Federal autorizó en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) la

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inclusión del programa presupuestario E904, para aplicar los tratamientos de la población penitenciaria federal sentenciada, con el objetivo de lograr la reinserción social de ésta y contribuir a mejorar las condiciones de seguridad pública, con una asignación de 17 mil 972.7 millones de pesos. El OADPRS identificó que el problema público consiste en que la población penitenciaria sentenciada presentaba poca evolución al Tratamiento Técnico Integral Interdisciplinario Individualizado. Según el diagnóstico, las causas que originaron ese problema público fueron las siguientes:

• La ineficiencia en los procesos administrativos relativos a la revisión y trámite de los expedientes de esa población,

• El insuficiente e improvisado personal con el perfil jurídico, técnico, de seguridad y administrativo para lograr la reinserción social,

• Así como la carencia de programas formales y de estrategias en materia de reinserción social, los cuales de no atenderse se corre el riesgo de que los sentenciados no estén en posibilidades de reintegrarse a la sociedad.

La MIR no tuvo relación para atender dichas causas, ya que el objetivo de fin se orienta hacia la seguridad dentro de los centros penitenciarios federales y, por lo tanto, los efectos del problema relacionados con que los sentenciados no están en posibilidad de reintegrarse a la sociedad y el deficiente desempeño del Sistema Penitenciario Federal, no son mitigados o reducidos. Ineficiencias en la evaluación de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) por inexistencia de la contribución en el logro de objetivos. El diseño de la MIR del programa presupuestario E904 “Administración del Sistema Federal Penitenciario” no fue adecuado para evaluar y dar seguimiento a las intervenciones realizadas por el OADPRS para lograr la reinserción social de los internos sentenciados del fuero federal. El objetivo de fin no muestra su contribución al logro de los objetivos establecidos en los programas de planeación de mediano plazo, porque está diseñado con un enfoque de mantener la seguridad dentro de los Centros Penitenciarios Federales, y no a la contribución a la mejora de la seguridad pública. Ineficiencia en la creación de Indicadores. Con el análisis horizontal se identificaron 12 indicadores, de los cuales 6 (50.0%) para el nivel de fin no estuvieron correctamente definidos, ya que no se vincularon con el propósito de contribuir a mejorar las condiciones de seguridad pública; 3 (25.0%), uno de nivel de fin, uno de componente y uno de actividad, se encontraban adecuadamente definidos, pero su objetivo no se correspondió con el proceso de reinserción social; 2 (16.7%) a nivel de propósito y actividad no estaban correctamente clasificados, y sólo 1 de actividad (8.3%) estuvo adecuadamente clasificado. Información insuficiente en avance de Indicadores. En 2016, el OADPRS reportó en el “Avance en los Indicadores de los Programas Presupuestarios de la Administración Pública Federal”. La información fue insuficiente, ya que no permite evaluar y dar seguimiento al objetivo del

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programa presupuestario E904 relacionado con lograr la reinserción social de las personas sentenciadas evitando que vuelvan a delinquir, ni en qué medida contribuyó en la atención del problema público. Sin elaboración de un programa integral de reinserción social. El OADPRS no dispuso de la evidencia documental sobre la elaboración, de un programa integral de reinserción social en 2016, y las unidades administrativas del OADPRS, en su ámbito de actuación realizaron actividades orientadas hacia la reinserción social de manera aislada y desarticulada. Resultados de la Efectividad del tratamiento para la reinserción social. En 2016, el OADPRS registró que la población penitenciaria identificada como reincidente criminológico fue de 52.3%; en 2015 de 41.8%, y en 2014 de 45.5%; cifras que muestran que la reincidencia criminológica aumentó en promedio anual un 7.2% en el periodo 2014-2016. Sin embargo El OADPRS no tiene atribución o facultad para determinar la reincidencia penal por lo que no contó con información relativa a la misma. En el periodo 2010-2016, el OADPRS registró que de las 20,623 personas que gozaron de un beneficio de liberad anticipada 5,365 (26.0%) presentaron una constancia para acreditar que contaban con un trabajo, y que 172 (0.8%) volvieron a cometer un delito, por lo que les fue revocado dicho beneficio, ingresando de nuevo a un Centro Penitenciario Federal; éstos 172 internos, sí recibieron un tratamiento de reinserción social, y a pesar de ello, reincidieron en la comisión de un delito, por lo que los tratamientos tuvieron una limitada efectividad en dichas personas. Carencia de resultados de los Programas de cpacitación.En ese año, el OADPRS elaboró el “Programa Anual de Capacitación” (PAC 2016), en el que se establecieron los procesos por medio de los cuales se impartiría la capacitación; también señaló la clasificación de los subprogramas atendiendo a las funciones desempeñadas por el OADPRS, sin embargo, no se presentaron los resultados o avances en el cumplimiento de la meta establecida para la capacitación. Dictamen: No Cumplió. Número de Observaciones: 4; Número de Acciones: 4 (4RD). PGR.” Persecución de los Delitos Financieros”. Auditoría de Desempeño. No. 106. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y metas para la procuración de justicia de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, de falsificación o alteración de moneda y financieros. Estancamiento en la procuración de justicia en las operaciones con recursos de procedencia ilícita. La PGR presenta estancamiento en el fortalecimiento y la procuración de justicia de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, referentes a la falsificación o alteración de moneda y Financieros en 2016.

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Averiguaciones en materia de delitos financieros, representó el 1.7% del total. De las 116,589 averiguaciones previas que el Ministerio Público Federal (MPF) recibió para trámite en 2016, el 1.7% (2,026) correspondió a averiguaciones en materia de delitos financieros, respecto de las cuales se despachó el 21.9% (444), de las que el 22.1% (98) fue consignado ante la autoridad judicial, y de éstas el 3.1% (3) obtuvo una sentencia judicial. Por otra parte, el 77.6% (346) no continuó con el proceso penal, debido a que el Ministerio Público Federal determinó acumular el 37.0% (128), mandar a reserva el 24.8% (86) por no encontrar elementos para consignar y a investigaciones el 24.3% (78) por incompetencia, en el 10.7% (37) determinó el no ejercicio de la acción penal y el 3.2% (11) por incompetencia interna. Alto índice de averiguaciones devueltas. Asimismo, el 58.2% (57) de las consignadas fueron devueltas por el juez, aspecto que denota que la PGR debe analizar las causas por las que el índice de averiguaciones devueltas por el Juez superó la mitad de las consignadas, sin que se acreditara que no se debió a problemas en su integración. Significativa reducción de la productividad en la atención de las averiguaciones previas. En proporción, las unidades encargadas de las averiguaciones previas en materia de delitos financieros despacharon menor cantidad respecto del total registrado en PGR, al despachar el 21.9% (444) de las 2,026 averiguaciones que recibieron; en contraste con el 63.7% (74,310) de averiguaciones previas despachadas, respecto de las 116,589 que recibió PGR. Dictamen: No Cumplió. Número de Observaciones: 4; Número de Acciones: 5 (5 RD). Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI). “Inteligencia para la Persecución de los Delitos Financieros”. Auditoría de Desempeño. No. 108. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y metas en la generación de información de inteligencia y estrategias para la persecución y el combate de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, falsificación o alteración de moneda y los financieros. Insuficiente evidencia de información de inteligencia y/o estratégica. Se implementó la estrategia 8.4 “Desarticulación de cadenas delictivas mediante la destrucción de los nodos de creación de valor”, la cual puntualiza la necesidad de desarticular a las organizaciones criminales atendiendo a la naturaleza económica de sus actividades, mediante la destrucción de los elementos que les permiten generar riquezas ilícitas y afianzarse en el territorio mexicano, esto con el objetivo de eliminar la ventaja de las bandas producto del narcotráfico, ya que estas cuenta con mayor y mejor infraestructura armamentaria y sistemas avanzados de comunicación, que dejan al descubierto a nuestros cuerpos policiacos.

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Fuerte impacto del lavado del dinero. El impacto económico y social del lavado de dinero (producto del tráfico y producción de narcóticos entre otros), se estima en más de 10 mil millones de dólares, esto representó en el 2012 el 3.6% del PIB. Es decir, la PGR se apoya del CENAPI para generar un sistema de inteligencia, por medio de la implementación de mecanismos de sistematización, relacionados con el fenómeno de la delincuencia organizada, así como del intercambio de información que permita la prevención y combate de actividades delictivas. Limitada información en materia de delitos financieros. En 2016, el CENAPI generó 519 diagnósticos del fenómeno delictivo, 461 en el ámbito nacional, de los cuales ninguno contiene información en materia de delitos financieros, y 58 del contexto internacional; de éstos, 56 (96.6%) se relacionaron con los delitos en la materia, de los cuales el 3.4% (2) presentaron información que podría ser utilizada para la definición de estrategias, para el resto no se acreditó que de su realización se establecieran conclusiones que incluyeran prospectivas o sugerencias que promovieran la realización de medidas o propuestas de implementación para el combate de los delitos entre los que se encuentran los de uso de recursos de procedencia ilícita y los financieros. Dictamen: Cumplió, excepto por. Número de Observaciones: 2; Número de Acciones: 2 (2 RD). CNDH. “Derechos Humanos de los Migrantes”. Auditoría de Desempeño. No. 117. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento de objetivos y metas en la promoción, divulgación, observancia y protección para garantizar los derechos humanos de los migrantes. Vulnerabilidad de los Derechos Humanos en lo referente a la protección, observancia, promoción y divulgación de los derechos humanos. De los 188.6 mil migrantes que en el 2016 se reportaron con detecciones, el 21.5% (40,542) fueron niñas, niños y adolescentes detenidos, de los cuales el 44.1% (17,889) no se encontraban acompañados. Continúan en situación de vulnerabilidad la situación de los migrantes por la baja efectividad de impacto de la CNDH. Estos grupos de migrantes están más expuestos a sufrir alguna violación en sus derechos humanos debido a la situación en la que se encuentran, ya que los señalamientos que la CNDH realiza a las autoridades transgresoras no tienen un efecto directo en la disminución de la recurrencia de violaciones a sus derechos humanos, persistiendo la situación de vulnerabilidad. Acciones importantes de capacitación en materia de Migración, careciente de un diagnóstico de necesidades. La CNDH instrumentó estrategias para fortalecer y afrontar esta problemática en 2016, la CNDH efectuó 156 acciones de capacitación de los derechos humanos de personas en el contexto de migración, las cuales llegaron a 7,281 personas, y se capacitó principalmente a servidores públicos que atienden a población migrante y en específico a agentes de migración en las entidades que solicitaron el servicio. No obstante, se detectó la carencia de un diagnóstico de las necesidades de capacitación que considere los flujos migratorios y las

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quejas atendidas por la comisión para focalizar dichas acciones, así como la falta de mecanismos para la programación y el cumplimiento de las metas relacionadas con la cobertura de la divulgación. Cobertura del 100% en las visitas migratorias de los 27 estados de la República. En 2016, la CNDH cumplió con la observancia de los derechos de migrantes, ya que se visitaron 3,055 estaciones migratorias, casas y albergues para migrantes, con las que se atendieron 108,174 personas y se recabaron 596 quejas de migrantes; además, contó con el protocolo para realizar dichas visitas y tuvo una cobertura del 100.0% de las 58 estaciones migratorias que existen en 27 estados de la República Mexicana, con lo que vigiló el respeto a los derechos humanos de los migrantes. La comisión otorgó la protección de derechos humanos a los migrantes al haber recabado 987 quejas de los migrantes (596 de visitas y 391 de presentación directa), de las que se admitieron solo 583 (67.2%), por lo que 30 de cada 100 fueron rechazadas por no ser de la competencia de la CNDH. De las 583 quejas admitidas en relación a migrantes se dividen de la siguiente manera:

310 (53.2%) fueron de presunta violación

266 (45.6%), de orientación directa

7 (1.2%) estuvieron pendientes de calificarse

Por otra parte, se concluyeron 214 quejas, de las cuales 40 (18.7%) fueron violaciones comprobadas y 174 sin comprobar, representando el 81.3% del total. Dictamen: Cumplió. Número de Observaciones: 1; Número de Acciones: 2 (2 RD). INAI. “Plataforma Nacional de Transparencia”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, N° 129. Objetivo: Fiscalizar la gestión financiera de las TIC, su adecuado uso, operación, administración de riesgos y aprovechamiento, así como evaluar la eficacia y eficiencia de los recursos asignados en procesos y funciones. Asimismo, verificar que las erogaciones, los procesos de adjudicación, contratación, servicios, recepción, pago, distribución, registro presupuestal y contable, entre otros, se realizaron conforme a las disposiciones jurídicas y normativas aplicables. Falta de manuales de organización. Se identificó que el INAI no cuenta con manuales de organización y de procedimientos, durante 2016 no contó con un Reglamento Interno vigente y con una estructura autorizada la cual debió de haberse formalizado a los seis meses de la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP) el 9 de mayo de 2016.

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Contrato sin suficiencia presupuestal para su adjudicación. EL INAI celebró el contrato OA/031/15 con los proveedores INTELLEGO, S.C. y DOTTED CLOUD, S.A. de C.V., siendo que rebasaba su suficiencia presupuestal por lo que no se justificó dicha adjudicación ya que había otra propuesta que cumplía con los requisitos técnicos y económicos. Sistemas de información con fallas en su funcionalidad. De las pruebas realizadas a los Órganos Garantes y Sujetos Obligados que conforman Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) se desprenden las siguientes observaciones:

Los órganos Garantes y Sujetos Obligados pueden modificar la información de las obligaciones cargadas previamente, sin que exista un control que asegure la integridad, confiabilidad y trazabilidad de la información presentada en la PNT.

Desde que entró en operación la PNT en mayo de 2015, no se han actualizado los manuales de operación para los Órganos Garantes/o Sujetos Obligados.

Deficiencias en el uso del portal, al utilizar algunas opciones como: “Este sitio es apto para personas con discapacidad”, se desconfigura el portal.

El INAI no ha proporcionado a los Órganos Garantes y Sujetos Obligados un Acuerdo de Nivel de Servicio de la PNT.

La funcionalidad no está disponible para dispositivos móviles

Los Sistemas de solicitudes de acceso a la información (SISAI) y de portales de obligaciones de transparencia (SIPOT) que integran la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) fueron liberados a producción y actualmente son utilizados por los Órganos Garantes y Sujetos Obligados, sin embargo, continúan en proceso de estabilización debido a que presentan fallas en su funcionalidad.

El Sistema de Gestión de Medios de Impugnación (SIGEMI) y el Sistema de Comunicación entre Organismos garantes y sujetos obligados (SICOM) se encuentran liberados, sin que a la fecha de la auditoría (mayo 2017) hayan culminado las etapas de pruebas.

No se penalizó a los proveedores INTELLEGO, S.C. y DOTTED CLOUD, S.A. de C.V., por 2.3 millones de pesos por concepto de retrasos en los entregables establecidos en el anexo técnico del contrato OA/C031/15. No se cuenta con una planeación de capacidades actualizada que considere el volumen de información y las conexiones que la PNT deberá soportar de todos los Órganos Garantes y Sujetos Obligados. Falta de justificación en el pago de 8.8 millones de pesos en relación al PNT. No se proporcionaron los entregables establecidos en las 5 facturas emitidas del contrato OA/C017/16 “Desarrollo de la Plataforma Nacional de Transparencia” en la Segunda Etapa. El

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INAI realizó los pagos sin que la totalidad de los entregables se hayan aceptado y sin tener evidencia de los servicios proporcionados, además de que los 42 recursos solicitados en el anexo técnico 33 del contrato no cumplieron con los requisitos establecidos de las certificaciones. Irregularidades del Porveedor en el Curriculum Vitae (CV) denotando falta de perfil de su personal. De los 42 recursos provistos por el proveedor IDS Comercial, S.A. de C.V., se proporcionaron 38 Curriculum Vitae, de los cuales en 33 se detectaron irregularidades, puesto que no se cumplió con los requisitos solicitados en el Anexo Técnico, por ejemplo certificaciones TOGAF, ISTQB y con la experiencia requerida en modelado de negocio a través de BPM, conocimiento de infraestructura del INAI o de levantamiento de requerimientos entre otras. Del contrato OA/C007/14 "Tercerización de Servicios Profesionales de Informática para los Sistemas Institucionales", se observó que no todos los tickets solicitados al proveedor, describen con precisión a que servicios corresponden, por lo que no es posible identificar si los servicios prestados por Quarksoft han corregido deficiencias de la primera y segunda etapa de la PNT Dictamen: No cumplió. Número de Observaciones: 2; Número de Acciones: 11 (5R, 4PRAS, 2PO). Se determinaron recuperaciones probables por 11.2 millones de pesos. INE. “Sistema de Fiscalización de los Recursos de los Partidos políticos”. Auditoría de Desempeño, No. 1796. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento de objetivos y metas relacionados con la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos, a fin de constatar que se aplicaron para los fines previstos y conforme a la norma aplicable. Antecedentes: En el marco del Sistema de Fiscalización de los Recursos de los partidos políticos, la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) del instituto tiene el objetivo de garantizar la legalidad, transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio de los recursos de los partidos políticos, mediante la fiscalización de los ingresos y egresos de los mismos. El fin último del Sistema de Fiscalización es preservar el régimen de partidos y contribuir al desarrollo de la vida democrática. En 2016, se realizó el proceso electoral en 18 entidades federativas para renovar 1,430 cargos de elección popular: 13 gubernaturas, 448 diputaciones locales y 969 ayuntamientos, en los que la Unidad Técnica de Fiscalización del INE realizó la fiscalización de los ingresos y egresos de los 8,271 candidatos locales que participaron en los procesos electorales locales, mediante la verificación del registro de sus operaciones en el Sistema Integral de Fiscalización (SIF), la

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práctica de auditorías y visitas de verificación, la revisión de sus informes de ingresos y egresos, así como la promoción de sanciones ante el Consejo General del instituto. Cumplimiento de dictámenes en el 96% de los casos. El INE emitió 74 dictámenes derivados de la fiscalización realizada por la UTF, la ASF comprobó que el 95.9% (71) de los 74 dictámenes emitidos cumplió con las características descritas en el artículo 335, numeral 1, del Reglamento de Fiscalización del INE. Se verificó el 100% de las operaciones del Sistema Integral de Fiscalización. El INE fiscalizó los ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos: verificó el 100.0% de las operaciones registradas en el Sistema Integral de Fiscalización; con la práctica de 26 auditorías, 722 visitas de verificación y la revisión de los 15,421 informes de ingresos y egresos de los partidos políticos y candidatos, ejerció las funciones de comprobación del 100.0% de los ingresos (1,297.3 millones de pesos) y de investigación del 56.3% de los egresos (1,423.7 millones de pesos, que incluye egresos no reportados por los partidos políticos) y promovió sanciones por un monto de 414.0 millones de pesos, como consecuencia de errores y omisiones a la normativa en contabilidad y fiscalización. Es necesario fortalecer el Sistema Integral de Fiscalización para mejorar la rendición de cuentas. Derivado del proceso de fiscalización realizado, la UTF detectó 9,364 errores y omisiones por parte de los sujetos obligados, de los cuales se subsanó el 54.7% y el restante derivó en la promoción de 2,776 sanciones por incumplimiento a la normativa en materia de fiscalización y contabilidad de los partidos políticos. Las sanciones promovidas por la UTF tuvieron un monto de 414.0 millones de pesos; de éstos, el 89.6% (371 millones de pesos) correspondió a sanciones firmes. Dictamen: Cumplió excepto por. INE. “Construcción del Edificio Sede de las Oficinas Centrales de Viaducto Tlalpan y de la Macrosala del Instituto Nacional Electoral, en la Ciudad de México”. Informe de la Auditoría de Inversiones Físicas, No. 112. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Vicios en el proceso de licitación en los servicios relacionados con obra pública. Aún y cuando el dictamen de la ASF concluye que en términos generales el INE cumplió con las disposiciones legales y normativas en la construcción del edificio, determinado los siguientes hallazgos:

No se presentó el dictamen de excepción a la licitación pública para otorgar el contrato mediante el procedimiento de adjudicación directa del contrato de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. INE/SROP/06/2015 (3.2 millones de pesos).

No se había formalizado la terminación de los trabajos, con el acta de entrega-recepción, el finiquito, la fianza de vicios ocultos y el acta de extinción de derechos y

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obligaciones de los contratos de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núms. INE/SROP/01/2016 (684.3 miles de pesos) e INE/SROP/02/2016 (342 mil pesos).

En la propuesta técnica y económica presentadas en el proceso de licitación y adjudicación directa de los contratos de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núms. INE/SROP/02/2016 e INE/SROP/05/2016 (6.5 millones de pesos), los análisis de precios unitarios no son acordes con la metodología de ejecución de los trabajos, lo que representa, para este último, un importe por aclarar de 495.0 miles de pesos.

No se presentó el dictamen de excepción a la licitación pública para otorgar los contratos de servicios relacionados con la obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núms. INE/SROP/02/2016 y INE/SROP/06/2015 mediante el procedimiento de adjudicación directa.

Existe un saldo pendiente por comprobar de 1.7 millones de pesos del monto otorgado como anticipo.

No existe evidencia documental que acredite la elaboración de la bitácora, ya que no se presentó como soporte de pago de 349.0 miles de pesos.

Dictamen: Cumplió. Número de Observaciones: 6; Número de Acciones 7 (3SA y 4PRAS). Se determinaron recuperaciones probables por 2.6 millones de pesos.

2.2 Grupo Funcional de Desarrollo Social Sector Educación Secretaría de Educación Pública. “Expansión de la Educación Media Superior y Superior”. Auditoría Horizontal. Dos auditorías de Desempeño, No.142 y 143. Nivel Medio Superior. Auditoría No. 142. Objetivo. Fiscalizar que el otorgamiento de subsidios contribuyó a incrementar la matrícula de estudiantes en las Instituciones Públicas de Educación Media Superior. Subejercicio en el programa presupuestario U079 “Expansión de la Educación Media Superior y Superior”. Se reportó en la Cuenta Pública 2016 que la SEP ejerció 2 mil 362.4 millones de pesos, monto inferior en 37.2% respecto de lo aprobado en el PEF para el otorgamiento de subsidios para infraestructura física educativa, equipamiento y operación a las Unidades Públicas de Educación Media Superior (UPEMS), a fin de incrementar la matrícula y contribuir en la ampliación de la cobertura en ese nivel educativo.

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Falta de diagnósticos para verificar la infraestructura física educativa, equipamiento y operación de las UPEMS. La SEP no incluyó mecanismos periódicos de supervisión y evaluación que permitan verificar el cumplimiento de la normativa; el diagnóstico es necesario para contar con información sobre el estado general de la infraestructura física educativa, equipamiento y operación de las UPEMS, por lo que no se contaron con parámetros y criterios que permitieran focalizar los apoyos, ni con los mecanismos de control y supervisión para asegurar su correcta aplicación y constatar la contribución del Pp U079 en la atención del problema público identificado de ampliación de la cobertura educativa, además de que los lineamientos para la distribución de los recursos presentaron deficiencias en su diseño. La SEP tampoco aseguró la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar la duplicación en el ejercicio de los recursos, ni se contó con información de la asignación presupuestal de conformidad con las necesidades identificadas con el índice de cobertura educativa por entidad federativa. Asimismo, se realizaron estimaciones de la matrícula en 26 de las 32 entidades federativas con un incremento de 1.5% en todos los casos, sin relacionar el monto de los subsidios otorgados por el programa. Por falta de información clave se pone en riesgo la ampliación de la cobertura para atender la demanda educativa. En 2016, la falta de información sobre el incremento de la matrícula educativa en el nivel medio superior y la falta de diagnóstico de la infraestructura por parte de la SEP, limitó conocer el avance en la atención del problema público relativo a la insuficiente infraestructura física educativa, equipamiento y operación de las UPEMS para incrementar su matrícula. Dictamen. La ASF se abstiene de emitir una opinión debido a que la SEP no dispuso de diagnósticos y mecanismos de control que aseguren el cumplimiento de objetivos y metas relacionados con la expansión de la educación media superior. Número de observaciones: 9; Número de acciones: 14 Recomendaciones al Desempeño. Nivel Superior. Auditoría No. 143. Objetivo. Fiscalizar que el otorgamiento de subsidios contribuyó a incrementar la matrícula de estudiantes en las Instituciones Públicas de Educación Superior. Subejercicio presupuestal para atender la problemática en 2016. Se reportó en la Cuenta Pública que la SEP ejerció 1 mil 447.3 millones de pesos, monto inferior en 44.6% respecto de lo aprobado en el PEF (2 mil 612.5 millones de pesos), en el otorgamiento de subsidios para infraestructura física educativa, equipamiento y operación a las Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES), a fin de incrementar la matrícula y contribuir en la ampliación de la cobertura en ese nivel educativo. Información insuficiente en relación al incremento de matrícula en educación superior. Al no contar con la información que acredite el incremento de la matrícula educativa en el nivel superior como resultado de la entrega de subsidios del programa presupuestario U079 “Expansión de la Educación Media Superior y Superior”, la SEP pone en riesgo la ampliación

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de la cobertura para atender la demanda educativa, así como el cumplimiento de la meta sexenal de incrementarla de manera sostenida en educación superior. Falta de diagnósticos para verificar la infraestructura física educativa, equipamiento y operación de las IPES. No se contó con parámetros y criterios que permitan focalizar los apoyos y constatar la contribución del Pp U079, en la atención del problema público identificado; existe deficiencias en el diseño de los lineamientos para la distribución de los recursos, debido a que además no se establecieron los montos máximos por beneficiario; no se aseguró la coordinación de acciones entre dependencias y entidades, para evitar la duplicación en el ejercicio de los recursos; no se previó la temporalidad del otorgamiento de los subsidios; ni se contó información de la asignación presupuestal de conformidad con las necesidades identificadas con el índice de cobertura educativa por entidad federativa. Insuficientes apoyos canalizados a la población objetivo. Se dieron apoyos a solo 46.5% de la población objetivo mediante los cuales se benefició a 127 IPES que representaron el 46.5% de la población objetivo (273) y el 25.1% de la potencial; sin embargo, se careció de mecanismos de control y supervisión que permitan su comprobación, así como de información para realizar el seguimiento de los apoyos entregados. De las 127 IPES beneficiadas, sólo dispuso de información del 81.9% (104). Se constató que la matrícula de las instituciones apoyadas pasó de 1,243.9 miles de alumnos en 2015 a 1,289.9 miles de alumnos en 2016, lo que representa un incremento del 3.7%; sin embargo, de las 31 entidades federativas apoyadas, 8 presentaron una disminución en el número de alumnos, por lo que no se comprobó la contribución del programa a la ampliación de la matrícula educativa de nivel superior. Dictamen. La ASF se abstiene de emitir una opinión de la incidencia de la entrega de subsidios mediante el programa U079 “Expansión de la Educación Media Superior”, debido a que no dispuso de diagnósticos y mecanismos de control que aseguren el cumplimiento de objetivos y metas relacionados con la expansión de la educación superior. Número de observaciones: 8; Número de acciones: 14 Recomendaciones al Desempeño. Secretaría de Educación Pública. “Programa Nacional de Inglés”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 152. Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera para verificar que el presupuesto del programa presupuestario S270 "Programa Nacional de Inglés" se ejerció, aplicó y registró conforme a los montos aprobados, de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables. Falta de mecanismos para comprobar ejercicio de presupuesto. La Dirección General de Desarrollo Curricular de la SEP quien transfiere los recursos del programa a las entidades federativas para su ejercicio, observa ausencia de mecanismos de control y supervisión, lo que trae como consecuencia que la Secretaría de Educación Pública no cuente con la garantía de que el presupuesto de dicho programa se encuentra comprobado con los documentos que

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acrediten fehacientemente su ejercicio en los conceptos de gasto autorizados en las Reglas de Operación. Además, la SEP no cuenta con los mecanismos de supervisión para comprobar la correcta aplicación de los recursos transferidos a las entidades de la federación. Se detectaron también deficiencias en las Reglas de Operación del programa ya que no mencionan los requisitos que deberán cubrir los asesores externos que impartirán las clases del idioma inglés, ni los plazos para que las tesorerías estatales transfieran los recursos a la Autoridad Educativa Local. Asimismo, se detectó que la SEP tiene un monto pendiente de comprobar o reintegrar de 594.9 millones de pesos que proviene de 678.9 millones de pesos ministrados por la Dirección General de Desarrollo Curricular, ya que no evidenció que se haya realizado un seguimiento en la aplicación de los recursos para garantizar que éstos se utilizaron para los fines del programa. Por su parte, la Secretaría de Educación Pública de Nuevo León no acreditó la documentación justificativa y comprobatoria del gasto por un importe de 10.7 millones de pesos; y no acreditó la certificación de 1500 docentes y/o asesores externos especializados y de 850 alumnos con documentación que sustente los centros de trabajo a los que se encuentran adscritos los docentes certificados, ni de la evaluación diagnóstica de 11,000 alumnos. Dictamen. De acuerdo con la ASF, la Secretaría de Educación Pública no cumplió con las disposiciones legales y normativas aplicables. Observaciones: 6; Acciones promovidas: 3 Recomendaciones, 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 2 Pliegos de Observaciones. Recuperaciones Determinadas: Probables, 605.5 millones de pesos. Secretaría de Educación Pública. “Regulación de los Servicios de Educación Básica y Regulación de los Servicios de Educación Media Superior”. Auditoría Horizontal. Dos Auditorías de Desempeño, No. 159 y 160. Educación Básica. Auditoría No. 159. Objetivo. Fiscalizar la regulación de los servicios de educación básica para verificar el cumplimiento de los objetivos y metas. Falta de criterios y procedimientos metodológicos de evaluación. Se constató que la SEP no dispuso de la metodología para garantizar que en el documento “Propuesta Curricular para la Educación Obligatoria”, los planes y programas incluidos en él correspondieran con las necesidades de aprendizaje de los alumnos; asimismo, la SEP no garantizó el establecimiento de los criterios ni de los procedimientos de evaluación y acreditación sobre los conocimientos, habilidades, capacidades y destrezas de los alumnos de educación básica. La SEP no dispuso de la metodología para realizar revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas a estos documentos, con el propósito de asegurar su idoneidad con respecto a las necesidades de aprendizaje de los alumnos, a fin de contribuir a que avancen en su trayectoria

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educativa y desarrollen las competencias requeridas para la vida; no emitió los documentos normativos correspondientes al ejercicio correspondientes a la regulación de los servicios educativos relacionados con el plan y los programas de estudio vigentes en el nivel básico, ni contó con los mecanismos para determinar cuántos y cuáles documentos normativos se debían emitir en ese año. Dictamen. En opinión de la Auditoría Superior de la Federación, en términos generales, la Secretaría de Educación Pública no cumplió con las disposiciones legales y normativas aplicables. Número de Observaciones: 9; Número de acciones: 11 Recomendaciones al Desempeño. Educación Media Superior. Auditoría No. 160. Objetivo. Fiscalizar la regulación de los servicios de educación media superior para verificar el cumplimiento de los objetivos y metas. Falta de mecanismos para diseñar competencias disciplinares extendidas. Se detectó que la SEP no incluyó criterios ni procedimientos de evaluación y acreditación para verificar que los alumnos contaran con las competencias establecidas en los planes y programas de estudio; la SEP no acreditó disponer de políticas e indicadores para verificar en qué medida los planes y programas de estudio vigentes en 2016 fueron pertinentes con las necesidades sociales y los requerimientos del sector productivo, a fin de contribuir a que los estudiantes avanzaran exitosamente en su trayectoria educativa y desarrollaran aprendizajes y competencias significativos para la vida, por lo que existe el riesgo de que los alumnos egresados del nivel medio superior no cuenten con los conocimientos, las capacidades y las competencias pertinentes para desarrollar satisfactoriamente su trayectoria educativa y obtener aprendizajes significativos para la vida, así como para insertarse exitosamente en el mercado laboral. La SEP no diseñó criterios ni estándares de calidad y pertinencia para evaluar los conocimientos, habilidades, destrezas y competencias de los estudiantes; ni acreditó la metodología que permitiera determinar cuántos y cuáles documentos normativos se debían elaborar, actualizar, emitir y operar a partir de la elaboración y emisión de los ocho documentos normativos programados en la MIR del programa presupuestario G001 “Normar los servicios educativos”; tampoco fue posible verificar si los dos documentos elaborados y emitidos, y los ocho instrumentados en 2016 fueron suficientes para regular los servicios de educación media superior. Falta de políticas para determinar si los programas corresponden con las necesidades sociales y del sector productivo. Se detectaron deficiencias en la regulación de los planes y programas de estudio vigentes en 2016, así como en su evaluación y supervisión; la Dirección General de Bachillerato (DGB), adscrita a la SEP, no dispuso del diseño de los mecanismos necesarios para la supervisión de la “Propuesta Curricular para la Educación Obligatoria 2016”. Tampoco llevó a cabo la supervisión de la aplicación de los planes y programas de estudio en 2016. En 2013, la DGB diseñó como estrategia para la supervisión, la aplicación de un cuestionario dirigido

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principalmente a docentes; sin embargo, no acreditó las acciones de mejora implementadas en atención a las áreas de oportunidad detectadas, mediante la aplicación de los cuestionarios. Dictamen. En opinión de la ASF, la SEP diseñó la “Propuesta Curricular para la Educación Obligatoria”, que incluyó las directrices que deberá atender el nuevo Marco Curricular Común actualizado, en el que se establecen las competencias para elaborar los planes y programas de estudio de la educación media superior a partir del ciclo escolar 2018-2019; sin embargo, la regulación para su instrumentación, supervisión y evaluación presentó deficiencias; además, se careció de políticas e indicadores para determinar en qué medida los planes y programas de estudio fueron pertinentes con las necesidades sociales y con los requerimientos del sector productivo, por lo que subsiste el riesgo de que los alumnos de ese nivel educativo no cuenten con las competencias necesarias para lograr exitosamente su trayectoria educativa y desarrollar aprendizajes significativos para la vida. Número de observaciones: 9; Número de acciones: 13 Recomendaciones al Desempeño. Secretaría de Educación Pública. “Servicios de Educación Media Superior: Bachillerato General y Bachillerato Tecnológico”. Auditoría Horizontal. Dos Auditorías de Desempeño, No. 161 y 162. Bachillerato General. Auditoría No. 161. Objetivo. Fiscalizar que los servicios de bachillerato general contribuyeron a atender la demanda educativa. Falta de acreditación de la contribución del programa a la atención de solicitantes. La SEP ejerció recursos fiscales por 2 mil 428.2 millones de pesos en el Pp E007 en la modalidad de bachillerato general, sin acreditar su contribución para la atención de los 57,676 solicitantes que demandaron ingresar ni para el logro de las metas del 80.0% en el ciclo escolar 2018-2019 y de cobertura total en el ciclo escolar 2021-2022, establecidas en el Programa Sectorial de Educación y en el transitorio segundo del Decreto por el que se declara reformado el párrafo primero, el inciso c) de la fracción II y la fracción V del artículo 3º de la Carta Magna, por lo que, aun cuando se destinan recursos públicos para atender la demanda de educación media superior, continúa el riesgo de que los estudiantes no tengan acceso al servicio solicitado, que es necesario para su incorporación al mercado laboral o para continuar sus estudios de nivel superior. Para 2016, en el Presupuesto de Egresos de la Federación se mandató que los recursos aprobados para el Pp E007, a cargo de la Dirección General del Bachillerato de la SEP y el Colegio de Bachilleres, se destinaran a contar con planteles equipados; docentes suficientes y actualizados; así como planes y programas educativos actualizados, pero se evidenció que fueron aplicados, en un 95.3% (2 mil 314.9 de los 2 mil 428.2 millones de pesos del presupuesto ejercido), al pago de servicios personales, y no para la atención de las necesidades de equipamiento de sus 62 planteles, la actualización de sus 5,331 docentes y de los planes y programas educativos; así como a la incorporación de 49 planteles con los que

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contaron en 2016 al Sistema Nacional de Bachillerato, de acuerdo con los objetivos determinados en la MIR del programa. Falta de mecanismos de seguimiento, evaluación y control. La SEP no contó con elementos para determinar su capacidad para ofrecer educación a la población en edad escolar de 15 a 17 años demandante, que permitieran el cumplimiento del objetivo del Pp E007; desconoció la contribución del programa en el aumento de la cobertura de la Educación Media Superior, ya que para su cálculo integró a los alumnos matriculados sin importar el grupo de edad, donde incluía a mayores de 17 años, que no se encontraba dentro de la población objetivo, jóvenes de 15 a 17 años, por lo que se sobrestimó el avance del indicador de “Tasa bruta de escolarización de Educación Media Superior”. La ASF calculó que el porcentaje de alumnos matriculados de 15 a 17 años, respecto del total de jóvenes del mismo rango de edad, será de 66.3 tanto para el ciclo escolar 2018-2019, como para el 2021-2022, por lo que las metas del 80.0% del PSE 2013-2018 y de cobertura total establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no se cumplirían. El bachillerato general prestó servicios educativos en el ciclo escolar 2015-2016, a 127,266 alumnos. En lo que respecta a la atención a la demanda tuvo un porcentaje de 92.9 (53,580 alumnos atendidos de los 57,676 demandantes) en el ciclo escolar 2015-2016, lo que representó el 3.2% de los alumnos que egresaron de secundaria en el ciclo escolar 2014-2015. Dictamen. En opinión de la ASF, en 2016, la SEP y el COLBACH no avanzaron en la atención del problema público identificado como la insuficiencia de servicios educativos para atender la demanda de acceso de los estudiantes de 15 a 17 años, al no acreditar que la prestación del servicio educativo a 127.3 miles de alumnos fue suficiente, ni el equipamiento en 62 planteles, la suficiencia y actualización de los 5,331 docentes, así como la actualización de planes y programas educativos como resultado de la operación del programa, ya que el 95.3% de los 2 mil 428.2 millones de pesos erogados del Programa presupuestario E007 en la modalidad de bachillerato general se destinó al capítulo 1000 “Servicios Personales”. Número de observaciones: 7; Número de acciones: 13 Recomendaciones al Desempeño. Adicionalmente, en el transcurso de la auditoría se emitieron oficios para solicitar o promover la intervención de las instancias de control competente con motivo de 4 irregularidades detectadas. Bachillerato General. Auditoría No. 162. Objetivo. Fiscalizar que los servicios de bachillerato tecnológico contribuyeron a atender la demanda educativa. Falta de acreditación de la contribución del programa a la atención de solicitantes. La SEP ejerció en 2016 recursos fiscales por 26 mil 556.7 millones de pesos en el Pp E007 en la modalidad de Bachillerato Tecnológico, sin acreditar su contribución para la atención de los 365,996 solicitantes que demandaron ingresar ni para el logro de las metas del 80.0% en el ciclo escolar 2018-2019 y de cobertura total en el ciclo escolar 2021- 2022, por lo que, aun cuando se destinan recursos públicos para atender la demanda de educación media superior,

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continúa el riesgo de que los estudiantes no tengan acceso al servicio solicitado, que es necesario para su incorporación al mercado laboral o para continuar sus estudios de nivel superior. Falta de mecanismos de seguimiento, evaluación y control. La SEP no acreditó contar con los elementos para determinar su capacidad para ofrecer educación a la población en edad escolar de 15 a 17 años demandante, que permitieran el cumplimiento del objetivo del Pp E007. El bachillerato tecnológico prestó servicios educativos en el ciclo escolar 2015-2016, a 443,734 alumnos. En lo que respecta a la atención a la demanda, el bachillerato tecnológico tuvo un porcentaje de 87.5 (320,255 alumnos atendidos de los 365,996 demandantes) en el ciclo escolar 2015-2016, lo que representó el 16.1% de los alumnos que egresaron de secundaria en el ciclo escolar 2014-2015. La SEP desconoció la contribución del programa en el aumento de la cobertura de la Educación Media Superior, ya que para su cálculo incluyó a alumnos matriculados sin importar el grupo de edad, donde incluía a mayores de 17 años, que no se encontraban dentro de la población objetivo, jóvenes de 15 a 17 años, por lo que se sobrestimó el avance del indicador de “Tasa bruta de escolarización de Educación Media Superior”. La ASF calculó que el porcentaje de alumnos matriculados de 15 a 17 años, respecto del total de jóvenes del mismo rango de edad, será de 66.3% tanto para el ciclo escolar 2018-2019, como para el 2021-2022, por lo que las metas del 80.0% del PSE 2013-2018 y de cobertura total, establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no se cumplirían. Información incompleta sobre los planteles equipados. No se cuenta con documentos sobre el personal docente suficiente y actualizado, y los planes y programas educativos actualizados de conformidad con los objetivos e indicadores establecidos en la MIR del Pp E007, debido a que para 2016, la MIR del Pp E007 “Servicios de Educación Media Superior” presentó deficiencias en la lógica vertical y horizontal para evaluar objetivamente el desempeño del programa debido a una inadecuada construcción de sus objetivos e indicadores. En 2016 el presupuesto asignado al Pp E007, a cargo de la direcciones generales de Educación Tecnológica Industrial, Educación Tecnológica Agropecuaria y de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar, de la SEP y el Centro de Enseñanza Técnica Industrial, fue aplicado, en un 98.8%, al pago de servicios personales, y no para la atención de las necesidades de equipamiento de sus 830 planteles, la actualización de sus 37,874 docentes y de los planes y programas educativos actualizados; así como a la incorporación de los 517 planteles con los que contaron en 2016 al Sistema Nacional de Bachillerato. Dictamen. En opinión de la ASF, en 2016, la SEP y el CETI no avanzaron en la atención del problema público identificado como la insuficiencia de servicios educativos para atender la demanda de acceso de los estudiantes de 15 a 17 años, al no acreditar que la prestación del servicio educativo a 443.7 miles de alumnos fue suficiente, ni el equipamiento en 830 planteles, la suficiencia y actualización de los 37,874 docentes, así como la actualización de planes y programas educativos como resultado de la operación del programa, ya que el 98.8%

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de los 26 mil 556.7 millones de pesos erogados del Programa presupuestario E007 en la modalidad de bachillerato tecnológico se destinó al capítulo 1000 “Servicios Personales” Número de observaciones: 6; Número de acciones: 12 Recomendaciones al Desempeño. Adicionalmente, en el transcurso de la auditoría se emitieron oficios para solicitar o promover la intervención de las instancias de control competente con motivo de 4 irregularidades detectadas. Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica. “Servicios de Educación Media Superior: Bachillerato Profesional Técnico”. Auditoría de Desempeño, No. 169. Objetivo. Fiscalizar que los servicios de bachillerato profesional técnico contribuyeron a atender la demanda educativa. Ejercicio de recursos sin gestionar requerimientos. En 2016, el CONALEP ejerció los 1 mil 201.9 millones de pesos del Pp E007 en Servicios de Educación Media Superior en la modalidad de Bachillerato Profesional Técnico, de los cuales, el 70.4% se destinó a atender la demanda de servicios en los planteles coordinados por la Dirección de Servicios Escolares y contribuir a lograr las metas de cobertura del nivel educativo; mientras que el 12.6%, fue para las direcciones de Infraestructura y Adquisiciones y Corporativa de Tecnologías Aplicadas, a fin de que elaboraran el diagnóstico de necesidades de equipamiento de los planteles federales, sin haber realizado gestiones para su atención; el 1.9% para la Dirección de Diseño Curricular que diseñó y actualizó 44 programas de estudio de los 80 programados, y el 0.9% se destinó para la Dirección de Formación Docente que habilitó a 7,752 docentes en profesionalización para toda la institución, con lo que superó en 27.9% la meta establecida de 6,061 docentes; sin que se identificara la vinculación de dicha habilitación con el desarrollo de competencias profesionales básicas y extendidas establecidas en el modelo académico del colegio en el 34.2% de los cursos impartidos a 2,653 docentes. El 14.2% se gastó en áreas administrativas y jurídicas. Falta de indicadores de evaluación. El CONALEP no contó con indicadores, metas e información para evaluar la atención de la demanda de los alumnos que requerían esos servicios, ni para el logro de las metas de cobertura del 80.0% en el ciclo escolar 2018-2019 y de la cobertura total en el ciclo escolar 2021-2022, establecidas en el Programa Sectorial de Educación, por lo que, aun cuando se destinan recursos públicos para atender la demanda de educación media superior, continúa el riesgo de que los estudiantes no tengan acceso al servicio solicitado, que es necesario para su incorporación al mercado laboral o para continuar sus estudios de nivel superior. De igual manera, el CONALEP careció de un indicador de medición en el grupo etario definido en el Programa Sectorial de Educación 2013-2018 de los jóvenes de 15 a 17 años, por lo que desconoció su contribución al aumento de la cobertura de la educación media superior para la meta sectorial. Asimismo, en cuanto al indicador “Tasa de variación de la matrícula de Educación Media Superior”, aumentó en 1.2% (3,495 alumnos) la variación de la matrícula respecto del ciclo anterior, por lo que el resultado fue menor en 2.1 puntos, respecto de la meta de 3.3%.

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Respecto de la atención a la demanda, el Bachillerato Profesional Técnico (BPT) tuvo un porcentaje de 83.5% (129,375 alumnos atendidos de los 154,926 demandantes) en el ámbito nacional en el ciclo escolar 2015-2016, lo que representó el 6.5% de los alumnos egresados de secundaria en el ciclo escolar 2014-2015. La falta de metas derivó en diferencias respecto del porcentaje de alumnos solicitantes y matriculados entre las entidades federativas, ya que Tabasco, Estado de México, Sonora y Jalisco atendieron a los solicitantes en un rango de 94.7% a 100.0%, mientras que Veracruz, Aguascalientes, Querétaro y Guanajuato otorgaron servicios en un rango de 59.9% a 70.0% de los demandantes. Dictamen. En opinión de la ASF, en 2016, el CONALEP avanzó marginalmente en la atención del problema público referente a la insuficiencia de los servicios de Educación Media Superior en la modalidad de Bachillerato Profesional Técnico, debido a que elaboró el diagnóstico de necesidades de equipamiento de los planteles; diseñó y actualizó 44 (55.0%) de los 80 documentos curriculares establecidos en su meta y habilitó en profesionalización a 7,752 docentes de los 15,711 de la plantilla, aunque superó la meta de atención de 6,061 docentes en 27.9 % (1,691 docentes); pero mostró deficiencias en la operación del programa, ya que no realizó gestiones para el equipamiento de sus 608 planteles y atender las necesidades diagnosticadas, incumplió la meta de diseño y actualización de documentos curriculares, y el 34.2% de los cursos impartidos a 2,653 docentes no se vinculó con su modelo académico. Número de observaciones: 2; Número de acciones: 3 Recomendaciones al Desempeño. Secretaría de Cultura. “Desarrollo Cultural”. Auditoría de Desempeño No. 166. Objetivo. Fiscalizar que la promoción y difusión de la cultura y las artes haya contribuido a incrementar el acceso y participación de la población a esas manifestaciones. Inconsistencias en la identificación de la población beneficiaria. Se constató la falta de acreditación de la metodología para cuantificar a los beneficiarios en las actividades culturales mediante el Pp E011, Desarrollo Cultural, con un presupuesto en 2016 para la difusión y promoción de la cultura, de 2 mil 564.5 millones de pesos, obstaculizando la determinación de la cobertura de atención del programa, lo que representa un riesgo de no incidir en el incremento del acceso de las personas a la cultura, objeto del programa. Deficiencias en la selección de beneficiarios. La ASF detectó inconsistencias en la selección de la población que presenta el problema o necesidad de acceso a la cultura, que justifica la existencia del programa lo que impidió se determinara la cobertura de atención del programa. Tampoco acreditó la desagregación de la población objetivo por tipo de actividad de difusión o promoción. Falta de elementos para comprobar promoción y difusión del programa. La Secretaría de Cultura solo acreditó la firma de 32 de los 38 acuerdos de coordinación con los operadores del programa, a fin de establecer las actividades de promoción y de difusión que cada uno de ellos realizaría en ese año para cumplir con los objetivos del programa. En los documentos suscritos no se cuantificó ni cualificó la promoción y difusión que se realizaría para verificar su implementación y seguimiento.

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Inconsistencia en las actividades de difusión y promoción de la cultura. La entidad fiscalizada no acreditó los criterios que utilizó para la realización de las actividades de difusión y promoción de la cultura. Dictamen. La ASF se abstiene de emitir una opinión sobre la contribución de la SC, en el marco del Pp E011, para atender el problema público de la insuficiente promoción y difusión de las manifestaciones culturales. Número de observaciones: 8; Número de acciones: 13 Recomendaciones al Desempeño. Adicionalmente se emitieron oficios para solicitar o promover la intervención de las instancias de control competentes con motivo de una irregularidad detectada. Universidad Autónoma Metropolitana. “Construcción de la Segunda Etapa de la Unidad Cuajimalpa; del Módulo A del Edificio de Ciencia y Tecnología de la Unidad de Iztapalapa en la Ciudad de México y de la Tercera Etapa de la Unidad Lerma, en el Estado de México”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 183. Objetivo. Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados a los proyectos, a fin de comprobar que las inversiones físicas se licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron de conformidad con la legislación aplicable. Ejercicio de recursos sin acreditación de la entidad fiscalizada. Se observó que los recursos asignados al capítulo 6000, Inversión Pública, en 2016 se destinaron a la ejecución de los proyectos de inversión que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aprobó con las claves de cartera relativas a la “Construcción de la Segunda Etapa de la Unidad Cuajimalpa”, la “Construcción del Módulo A del Edificio de Ciencia y Tecnología de la Unidad Iztapalapa” y la “Construcción de la 3era. Etapa de la Unidad Lerma”. Sin embargo, la UAM no acreditó el ejercicio o el devengo de dichos recursos al 31 de diciembre de 2016, ni tampoco han sido reintegrados a la Tesorería de la Federación, toda vez que no se comprobaron documentalmente los compromisos adquiridos durante el ejercicio de 2016 para licitar y contratar la construcción de dichas unidades, ni se acreditó la inversión en los proyectos referidos que se reportaron como ejercidos y pagados tanto en el cuarto informe trimestral como en la Cuenta Pública de 2016 por un monto de 185.8 millones de pesos. Durante el proceso de registro de la información para la Cuenta Pública 2016, la Institución subió la plantilla AC001 en el Sistema de Cuenta Pública, considerando los recursos del capítulo 6000 como no devengados y no pagados, sin embargo, en la revisión realizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se manifestó que existía error en el registro de la información, por lo que se consultó con las autoridades de la Institución la situación antes mencionada y se acordó modificar el archivo AC001 de manera tal que los recursos del capítulo 6000 se registraran como recursos devengados y pagados.

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De tal manera que los recursos no fueron pagados en el año 2016 y se encuentran en el programa de obras del presupuesto de ingresos y egresos de la Institución para el año 2017, el cual fue formulado por el patronato y autorizado por el Colegio Académico en diciembre de 2016. Dictamen. La ASF concluye que, en términos generales, la Universidad Autónoma Metropolitana no cumplió las disposiciones legales y normativas aplicables. Número de observaciones: 1 observaciones; Número de acciones: 1 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 1 Pliego de Observaciones. Recuperaciones Determinadas: Probables, 185.8 millones de pesos.

Sector Desarrollo Social SEDESOL. “Seguro de Vida para Jefas de Familia”. Auditoría de Desempeño, No. 266. Objetivo. Fiscalizar el Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia (SVJF) para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. SEDESOL carece de mecanismos de control interno para asegurarse que las mujeres pre-registradas en el programa Seguro de Vida para Jefas de Familia se encuentren realmente en situación de pobreza. La ASF determinó que los mecanismos de control interno de la SEDESOL fueron insuficientes para asegurar que las mujeres pre registradas en el programa se encuentren en situación de pobreza, vulnerabilidad por carencias sociales o vulnerabilidad por ingreso; acreditar la verificación del bienestar de los hijos beneficiarios menores de seis años; disponer de indicadores para evaluar su eficiencia en el pre registro de las jefas de familia, el registro de los hijos beneficiarios y la entrega de los apoyos, así como para medir la contribución del programa en la permanencia escolar de los beneficiarios, por lo que la ASF concluyó que SEDESOL no contó con un proceso sistemático que le permita identificar, evaluar, jerarquizar, controlar y dar seguimiento a los riesgos que puedan obstaculizar o impedir el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. La dependencia reportó que en 2016 realizó cuatro campañas de promoción para el programa con el objetivo de promover la afiliación de jefas de familia y el registro de los hijos beneficiarios, sin embargo, ésta no dispuso de la memoria de cálculo con la cual la definió. Además, no contó con un programa de trabajo y las cifras reportadas en los resultados del indicador no están sustentadas en la base de datos proporcionados por la dependencia. De conformidad con los registros de SEDESOL en 2016 sus delegaciones estatales realizaron 651 campañas de promoción, cifra que difiere de las 4 reportadas en el indicador denominado “Porcentaje de campañas estatales realizadas para el registro de jefas de familia”. Por otro lado la ASF observó que el 50.5% de los expedientes (99 expedientes), no contó con al menos 1 de los 9 requisitos que obligan las reglas de operación del programa, y en el restante 49.5% (97 expedientes) cumplió con los 9 requisitos, por lo que la entidad fiscalizadora determinó que los mecanismos de la dependencia no fueron suficientes para validar la información proporcionada por los beneficiarios y asegurarse de que los subsidios

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del programa se otorguen a quienes cumplieron con los criterios y requisitos de elegibilidad. Aunado a lo anterior, tampoco dispuso de indicadores ni de metas para medir la eficiencia en la entrega de los subsidios a los hijos beneficiarios del programa en 2016. No se alcanzó la meta programada sobre el porcentaje de beneficiarios que concluyeron su nivel educativo. Para evaluar el objetivo específico del Seguro de Vida para Jefas de Familia, en 2016, de contribuir a incentivar la permanencia de sus hijos beneficiarios en el sistema escolar, la SEDESOL estableció el indicador “Porcentaje de beneficiarios que concluyeron su nivel educativo”, en el que reportó que de los 3 mil 198 alumnos que recibieron los apoyos del programa y se esperaba que concluyeran su nivel educativo, el 62.6% (2 mil 002 hijos beneficiarios) finalizó, lo que significó un cumplimiento del 73.7%, respecto de la meta programada de que el 84.9% de los hijos beneficiarios concluyeran. La dependencia no explicó las causas del menor cumplimiento de la meta. Asimismo, la ASF considera que el indicador no es adecuado, ya que mide la conclusión del nivel educativo y no la del grado escolar, por lo que no permite verificar la contribución del SVJF en la permanencia escolar de los hijos beneficiarios. SEDESOL no acreditó las reasignaciones presupuestarias efectuadas en 2016 al programa, además carece de información clara, confiable, oportuna y suficiente para la adecuada toma de decisiones y para la transparencia de la gestión del programa SVJF. El presupuesto ejercido en 2016 por la SEDESOL para el programa fue de 1 mil 080.5 millones de pesos, monto igual al presupuesto modificado, y similar al presupuesto original (1 mil 082.2 millones de pesos). La SEDESOL argumentó que la diferencia de 1.6 millones de pesos, entre el presupuesto original y el ejercido, se debió a una reducción líquida realizada por la SHCP por 1.1 millones de pesos. De acuerdo con la dependencia, los otros 501.4 miles de pesos correspondieron a reasignaciones presupuestarias realizadas por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la SEDESOL; sin embargo, no acreditó la autorización de la transferencia de recursos, ni de la partida presupuestal a la que fueron entregados. Por otro lado, el 31 de octubre de 2013 SEDESOL suscribió con la SHCP el contrato de Fideicomiso Público de Administración y Pago para el otorgamiento de los apoyos económicos del programa SVJF, asimismo a solicitud de SEDESOL en el mismo año el Colegio de México (COLMEX) realizó un estudio denominado “Estudio demográfico-actuarial de las proyecciones de Jefas de Familia, beneficiarios y requerimientos financieros a corto, mediano y largo plazo”, con la finalidad de estimar las obligaciones financieras del SVJF a 2030. De dicho estudio se determinó que:

i) En un primer escenario, en el que se supone la incorporación anual de jefas de familia al programa durante el periodo 2013-2030, el fideicomiso requerirá la cantidad de 15 mil 932.7 millones de pesos para 2030; el número de jefas de familia pre registradas sería de 7,269 miles; se registraría la defunción de 1,554.6 miles de jefas de familia, y el número de hijos beneficiarios se incrementaría a 166,162 hijos beneficiarios.

ii) En un segundo escenario, en el que sólo se permitirá el pre registro de las jefas de familia al programa hasta el 2018, se estimó que el fideicomiso requeriría, para afrontar la entrega de los apoyos a 2030, de 13 mil 985.3 millones de pesos; se

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tendría el pre registro de 3,755 miles de jefas de familia; el número de defunciones sería de 1,251.3 miles de jefas de familia, y se reportarían 127,808 hijos beneficiarios.

Sin embargo, las cifras que SEDESOL proporcionó al COLMEX no son similares, ni guardan proporción con las que entregó a la ASF para la realización de la presente auditoría. Por lo anterior la ASF determinó que la SEDESOL no contó con mecanismos adecuados para el ingreso, registro y generación de información clara, confiable, oportuna y suficiente, para la adecuada toma de decisiones y transparencia de la gestión del SVJF y, por tanto, resta utilidad al estudio demográfico-actuarial.

Consecuencias Sociales. La ASF concluye que las deficiencias en la operación del programa impiden evaluar los resultados de la política pública de dotar a mujeres jefas de familia en situación de pobreza, vulnerabilidad por carencias sociales o vulnerabilidad por ingresos sin acceso a la seguridad social, de un esquema de aseguramiento, y de incentivar la permanencia en el sistema escolar de los hijos de hasta 23 años de edad, ante el eventual fallecimiento de la madre jefa de familia pre registrada en el programa, ya que SEDESOL no contó con mecanismos para asegurar que las mujeres pre registradas en el SVJF contaban con las condiciones para incorporarlas al seguro, y por la falta de información, indicadores y metas para evaluar la contribución del programa en la permanencia de los hijos beneficiarios en el sistema escolar. Dictamen. La ASF considera que no es posible evaluar el cumplimiento de los objetivos general y específico del SVJF, ni su incidencia en el problema público que pretende atender, ya que la SEDESOL careció de mecanismos para asegurar que las mujeres pre registradas en el programa a 2016 se encontraban en situación de pobreza, vulnerabilidad por carencias sociales o vulnerabilidad por ingresos, y no contó con información, indicadores y metas para evaluar la contribución del SVJF en incentivar la permanencia de los hijos de hasta 23 años de edad en estado de orfandad en el sistema escolar. Número de observaciones: 11; Número de acciones: 25 (RD). Instituto Nacional de Economía Social (INAES). “Programa de Fomento a la Economía Social”. Auditoría de Financiera y de Cumplimiento, No. 272. Objetivo. Fiscalizar la gestión financiera del presupuesto asignado al Programa de Fomento a la Economía Social, para verificar que los recursos se ejercieron y registraron conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas. Antecedente. El Programa de Fomento a la Economía Social (PFES) a cargo del INAES estuvo a cargo de la Secretaría de Economía hasta el ejercicio 2015 debido a que mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2015, se reformó la Ley de Economía Social y Solidaria y se derogó la fracción X, del artículo 34, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con lo que el INAES y el Programa de Fomento a la Economía Social se sectorizaron en el Ramo 20 Desarrollo Social. Es importante señalar que una vez re-sectorizado dicho programa en la SEDESOL, se están realizado acciones para fusionar el PFES

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con el Programa de Opciones Productivas que ya existía en la misma dependencia, con el fin de contar con un objetivo para contribuir a mejorar el ingreso de las personas en situación de pobreza mediante el fortalecimiento de capacidades y medios de los Organismos del Sector Social de la Economía. Reglas de operación del Programa, incompletas. La ASF revisó las reglas de operación del programa y constató que en dichas reglas no se consideraron algunas actividades relacionadas con las obligaciones de los beneficiarios del programa, tales como la comprobación y seguimiento de los apoyos otorgados, así como la permanencia de los proyectos productivos. Por otro lado, comprobó que el INAES contó con los órganos técnicos colegiados auxiliares para la operación del PFES. Estos órganos fueron el Comité Técnico Nacional y los comités Técnicos Regionales Norte, Pacífico, Centro y Sur, los cuales fueron conformados y facultados de acuerdo con lo establecido en las Reglas de Operación y con sus respectivos manuales de operación. Sesiones de los comités técnicos regionales sin validez por no contarse con la presencia del delegado federal de la SEDESOL. Respecto a los comités Técnicos Regionales, la ASF comprobó que en las cuatro regiones se celebraron 32 sesiones extraordinarias que cumplieron con el quórum legal requerido y se emitieron las actas respectivas que fueron firmadas por los asistentes facultados; sin embargo, aunque contaron con el quórum requerido para sesionar, en ninguna sesión participó el Delegado Federal de la Secretaría de Desarrollo Social o, en su caso, el suplente designado siendo éste integrante propietario con derecho a voz y voto. Al respecto de lo anterior, la entidad fiscalizada aclaró que de conformidad con el artículo 16 del Manual de Operación del Comité Técnico Regional, se normó que para declarar quórum legal en las sesiones ordinarias y extraordinarias en los Comités Técnicos Regionales, se deberá contar al menos con el cincuenta por ciento más uno de sus integrantes, por lo que mientras se cumpla con el quórum, la inexistencia del Delegado Federal de la SEDESOL no invalida las 32 sesiones extraordinarias, no obstante lo anterior, la ASF señaló que en las Reglas de Operación del programa se estableció en el numeral 3.7.3. Comités, en su apartado “Comités Técnicos Regionales del INAES”, la integración de dicho Comité el cual contempló al Delegado Federal de la SEDESOL. Así mismo la ASF señaló que el INAES no remitió la documentación que acreditara la invitación o, en su caso, la designación de su suplente para cada sesión celebrada, toda vez que con base en el numeral “3.7.4 Coordinación Interinstitucional”, se considera que la presencia del Delegado Federal de la SEDESOL es necesaria para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal. Necesidad de crear una base de datos única sobre la consecuencia detectada de beneficiarios en diversos programas sociales. Por otra parte, la entidad fiscalizadora verificó que los apoyos otorgados por el INAES, en 2016 no hayan presentado duplicidades con otros programas de otras dependencias; sobre el particular la ASF comprobó que la Coordinación General de Planeación y Evaluación del INAES, mediante 28 oficios emitidos en el periodo comprendido entre el 22 de febrero y el 2 de septiembre de 2016, solicitó la confronta de los solicitantes de apoyos en 10 convocatorias a la Comisión Nacional para los Pueblos Indígenas (CDI), del Programa para Mejoramiento de la Producción y Productividad Indígena (PROIN); a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), de

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los programas Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos en Núcleos Agrarios (FAPPA), Programa de Apoyo para la Productividad de la Mujer Emprendedora (PROMETE), en sus componentes Apoyos a Pequeños Productores; al Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM) del Fondo Nacional Emprendedor (FNE), y a la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) mediante la Dirección General de Opciones Productivas (DGOP), bajo la modalidad de Apoyos para el Impulso Productivo (IP). Al respecto, la ASF observó que la CDI, la SAGARPA, el INADEM y la SEDESOL, mediante 28 correos electrónicos y oficios emitidos entre el periodo de 11 de marzo al 20 de septiembre de 2016, remitieron a la Coordinación General de Planeación y Evaluación del INAES la respuesta respecto de las concurrencias detectadas en sus registros, así también, la Coordinación General de Operación del INAES, mediante diversos oficios emitidos durante el periodo del 7 de marzo al 23 de septiembre de 2016, hizo del conocimiento de las delegaciones Estatales del INAES las concurrencias detectadas; en respuesta de ello, se remitieron 190 oficios emitidos entre el 7 de marzo de 2016 y el 2 de febrero de 2017 mediante los cuales las delegaciones estatales del INAES informaron el resultado de dichas concurrencias. Por las concurrencias detectadas la ASF recomendó que estas entidades evalúen la conveniencia de crear una base de datos única que les permita compartir, en línea, la información de las solicitudes de apoyo que se consideren elegibles, a fin de facilitar su consulta en tiempo real por los operarios y así potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y evitar la duplicidad en el otorgamiento de apoyos entre dichas dependencias del Gobierno Federal. Dictamen. La ASF considera que en términos generales, el Instituto Nacional de la Economía Social cumplió con las disposiciones legales y normativas que son aplicables en la materia, excepto por los aspectos observados. Número de observaciones: 8, Número de acciones: 15 (9 R, 5 PRAS, y 1 PO). Recuperaciones determinadas: 2.2 millones de pesos (probables). Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. “Servicios a Grupos con Necesidades Especiales”. Auditoría de Desempeño, No. 274. Objetivo. Fiscalizar las acciones del Instituto para que las personas adultas mayores se beneficien de políticas y acciones que fomentan su desarrollo humano integral. Incremento del número de adultos mayores atendido por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM). La ASF observó que el Instituto mediante la prestación de 9 servicios, atendió a 230,579 adultos mayores, cantidad superior en 14.1% a la meta de 202.1 miles de personas adultas mayores y que representaron el 1.8% de las 12,520.7 miles de personas adultas del país. En cuanto a la meta de incorporar a los adultos mayores a la vida laboral, el Instituto vinculó a 11,165 personas a una actividad productiva, cifra que representó el 73.0% de los 15,287 adultos mayores comprometidos. Sin embargo, el Instituto no cuantificó la cobertura de las personas adultas mayores atendidas respecto de la población potencial y objetivo del programa en las entidades federativas, situación que limitó el análisis y evaluación de las políticas de asistencia social y de vinculación productiva dirigidas a las personas adultas mayores en los estados. Además la ASF especificó que el Instituto carece de

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un sistema de información institucional para disponer de información confiable sobre el total de tarjetas de afiliación entregadas; además, careció de la cobertura de la población adulta mayor potencial y objetivo por afiliar. Falta de coordinación del INAPAM con las autoridades competentes para el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores. La entidad fiscalizada no pudo acreditar ante la ASF que existe coordinación con las autoridades competentes para promover la prestación de los servicios que se otorgó a las personas adultas mayores en las instituciones, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier otro centro de atención, si se realizó con calidad y conforme a los programas, objetivos y metas para lograr el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores beneficiadas, situación que impidió verificar si se avanzó en la atención del problema público del insuficiente desarrollo humano integral de las personas adultas mayores en México. Se desconoce el total de asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales y cualquier otra organización de la sociedad que otorgue atención o asistencia para el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores. La ASF observó que la entidad fiscalizada no contó con los criterios y lineamientos para integrar y actualizar el Registro Único Obligatorio de todos los centros para la atención de personas adultas mayores en México, por lo que al no disponer de dichos criterios, se desconoció el total de asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales y cualquier otra organización de la sociedad que otorgue atención o asistencia, así como el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores en la República Mexicana y que permita servir como fuente de consulta de información sobre el estado general que guardan esas instituciones, a fin de contribuir a garantizar su regulación para mejorar sus instalaciones, servicios, recursos humanos y mejorar la calidad de los mismos. La entidad de fiscalización superior puntualizó que la falta del referido registro impidió coadyuvar al cumplimiento de los objetivos de la asistencia social dirigida a la población adulta mayor y concentrar la información del total de centros para la atención, cuidado y desarrollo integral de ese grupo poblacional. Evaluación parcial del modelo de atención gerontológica utilizado por las instituciones de atención a personas adultas mayores. La ASF constató que el instituto evaluó de manera parcial los procedimientos de supervisión y evaluación del modelo de atención gerontológica por parte de las instituciones públicas y privadas, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier centro de atención a las personas adultas mayores, ya que únicamente valoró los procesos relacionados con los servicios que presta la institución; normativa; personal con que cuenta; detalle físico y condiciones de la institución; dispositivos de seguridad; aspectos arquitectónicos generales; área de nutrición; aspectos de salud; área de trabajo social, y servicios de intendencia, sin supervisar la capacitación del personal, el modelo de atención aplicado y condiciones de la calidad de vida de los adultos atendidos, situación que mostró que no dispuso de un diagnóstico integral sobre la calidad de los servicios de asistencia social que otorgaron las instituciones supervisadas. Imposibilidad constatar si se alcanzó el desarrollo integral de la población de adultos mayores. Respecto a los convenios de coordinación del INAPAM con los Gobiernos Estatales la entidad fiscalizada reportó que tenía firmados 495 convenios para proporcionar asesoría y orientación

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para el diseño, establecimiento y evaluación de modelos de atención, así como de las políticas públicas por implementar. Sobre el particular, la ASF detectó que de los convenios reportados, únicamente el 89.9% (445) estaba completo y con las firmas correspondientes. De los 445 convenios de coordinación firmados, el 98.9% (440) fue con los estados y municipios y el 1.1% (5) con entidades y dependencias de la APF y universidades públicas. De los 440 convenios firmados con los municipios, el 95.5% (420) estaba completo, y representó el 55.1% de la meta de firmar 762 convenios con municipios y el 17.1% de los 2,456 municipios del país. Sobre el seguimiento de los avances y desarrollo de los convenios, la ASF especificó que el Instituto no dispuso de información para verificar que dio seguimiento a los acuerdos comprometidos, por lo que fue imposible verificar si los programas y estrategias definidos permitieron a la población adulta mayor alcanzar su desarrollo integral, así como el ejercicio de sus derechos. En 2016, INAPAM operó sin rendir cuentas. La ASF comprobó que la entidad fiscalizada no reportó en la Cuenta Pública de 2016 información sobre el cumplimiento de su mandato de promover, en coordinación con las autoridades competentes que la prestación de los servicios de asistencia social a los adultos mayores incidió en su desarrollo humano integral. Tampoco registró la información que permitiera evaluar y dar seguimiento a los objetivos de la MIR del programa presupuestario E003 “Servicios a grupos con necesidades especiales”. AL respecto es importante señalar que la ASF reportó que para 2017, el instituto realizó las gestiones necesarias para que, en los siguientes ejercicios fiscales incluya en la Cuenta Pública la información que permita evaluar y dar seguimiento al cumplimiento de sus objetivos. Consecuencias Sociales. La ASF determinó que en 2016, debido a que el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores no acreditó que la prestación de los servicios que se otorgaron a las 230,579 personas adultas mayores atendidas, que representaron el 1.8% de las 12,520.7 miles de personas adultas del país, incidió en lograr su desarrollo humano integral, por lo que aún prevalece el problema público relativo al insuficiente desarrollo humano integral de las personas adultas mayores en México. Dictamen. En opinión de la ASF, el INAPAM cumplió marginalmente con su mandato de promover, en coordinación con las autoridades competentes, que la prestación de los servicios de asistencia social a los adultos mayores incida en lograr su desarrollo humano integral; integrar el Registro Único Obligatorio de todos los centros para la atención de personas adultas mayores en México, y de realizar visitas de inspección y vigilancia, por lo que a 14 años de operación del programa presupuestario E003 “Servicios a grupos con necesidades especiales”, se desconoce en qué medida el Instituto ha promovido, en coordinación con las autoridades competentes, que la prestación de los servicios y atención que se otorguen a los adultos mayores, en las instituciones, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier otro centro de atención, se realizó con calidad y conforme con los programas, objetivos y metas para lograr el desarrollo humano integral de las personas adultas mayores beneficiadas; y careció del Registro Único Obligatorio de todos los centros para la atención de personas adultas mayores en México, por lo que se desconoce el total de

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asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales y cualquier otra organización de la sociedad que otorguen atención o asistencia, que permita servir como fuente de consulta de información sobre el estado general que guardan esas instituciones, a fin de contribuir a garantizar su regulación para mejorar sus instalaciones, servicios y recursos humanos y mejorar la calidad de los mismos, por lo que no ha atendido razonablemente la problemática para la cual fue autorizado el programa presupuestario E003 relativo al insuficiente desarrollo humano integral de las personas adultas mayores en México. Número de observaciones: 9; Número de acciones: 14 (R). Sector Salud La ASF practicó 3 Auditorías al Desempeño de la Secretaría de Salud, concernientes a la Calidad en la Atención Medica; Fortalecimiento de la Atención Medica; y a la Regulación y vigilancia en la Atención Medica, la tres practicadas bajo un enfoque horizontal y con el objetivo de Fiscalizar la calidad en la atención médica para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas; por lo que respecta a sus principales hallazgos y observaciones-acciones determinadas por la ASF, a continuación se deriven las siguientes: Secretaría de Salud (SS). “Calidad en la Atención Médica”. Auditoría de Desempeño, No. 201. Objetivo: Fiscalizar la calidad en la atención médica para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. Información insuficiente para evaluar resultados del programa. De a revisión practicada por la ASF al programa Calidad en la Atención Médica, se pudo observar que la Secretaría de Salud no dispuso de la totalidad de los resultados de las encuestas de trato adecuado y digno de los establecimientos médicos que recibieron subsidios del programa Calidad en la Atención Médica en 2016 lo cual no permitió evaluar la pertinencia de implementar mecanismos, a fin de disponer de información sobre la percepción de la calidad que tienen los usuarios de los servicios médicos para la adecuada toma de decisiones. En cuanto a la información reportada por la SS en la Cuenta Pública 2016 sobre los resultados obtenidos en cada uno de los siete indicadores del programa presupuestario S202 “Calidad en la Atención Médica” esta no fue suficiente para determinar de qué forma contribuyó en el cumplimiento de su objetivo, contenido en la MIR de ese año y en el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Calidad en la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2016, de “contribuir a asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante el impulso a la consolidación de la calidad en los establecimientos de atención médica y áreas administrativas y centrales de calidad de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, mediante acciones de mejora de la calidad para la atención de los problemas de salud prioritarios” Al respecto, la ASF determinó el diseño normativo del programa, en sus reglas de operación no se establecieron sanciones o penalizaciones para los establecimientos que incumplen las obligaciones de remitir a la SS la información y documentación sobre la recepción y aplicación de los recursos, ni se precisa a qué se daría seguimiento, que permitirían conocer y evaluar la

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efectividad de los recursos otorgados en el año, a efecto de ajustar las modalidades de su operación o cancelarlos. Sobrecumplimiento de metas a modo. Por lo que respecta a la supervisión, la ASF precisó que la dependencia realizó 11 de las 12 visitas programadas a entidades federativas que recibieron financiamiento en el año anterior, lo que representó un cumplimiento del 98.9%, respecto de la meta programada de 46.1%, para financiar 13 proyectos en 18 establecimientos, toda vez que no se otorgó el apoyo al Instituto de Diagnóstico y Referencias Epidemiológicos. La causa del cumplimiento superior en 91.7% de la meta se debió a que la programación de la meta para el ejercicio 2016 se realizó mediante los datos históricos del programa, y representó un aumento de 3.9 veces al asignado en 2015, por lo que la SS pudo supervisar un mayor número de entidades federativas que el programado. Derivado de lo anterior, la ASF realizó diversas recomendaciones a la Secretaría de salud para que disponga de información sobre la percepción de la calidad que tienen los usuarios de los servicios médicos de todos los establecimientos médicos que reciben subsidios del programa y, por tanto, de elementos que le permitan identificar en qué medida se está contribuyendo en garantizar a la población el acceso a los servicios de salud con calidad y a reducir la heterogeneidad en la prestación de los mismos. Consecuencias Sociales. La Secretaría de Salud desconoció en qué medida los 45 proyectos de mejora de la calidad que recibieron recursos del programa Calidad en la Atención Médica en 2016, implementados en 224 establecimientos de salud beneficiarios, de los 1,036 identificados como establecimientos objetivo, contribuyeron a atender el problema público, relativo a la heterogeneidad en la calidad de la atención médica en los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, al carecer de la totalidad de los resultados de las encuestas sobre la percepción de la calidad de los servicios médicos que ofrecen los establecimientos que recibieron subsidios para la implementación de los proyectos para la mejora de la calidad. Dictamen. En opinión de la Auditoría Superior de la Federación, la SS desconoce en qué medida los subsidios del programa Calidad en la Atención Médica han contribuido a garantizar el acceso a los servicios de salud de la población y a reducir la heterogeneidad en la calidad de dichos servicios, al no contar con la totalidad de los resultados de las encuestas sobre la percepción de los servicios médicos que ofrecen los establecimientos que recibieron subsidios para la implementación de los proyectos para la mejora de los servicios médicos. Número de Observaciones: 2; Número de Acciones: 2 (RD). Secretaría de Salud. “Fortalecimiento de la Atención Médica”. Auditoría de Desempeño No. 206. Objetivo: Fiscalizar el fortalecimiento de la atención médica para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. Planeación y diseño deficiente de programas. La conclusión de los trabajos de revisión practicados por la ASF al Programa Sectorial de Salud (PROSESA) 2013-2018, señalan que la SS autorizó 788 rutas para las unidades médicas móviles para la atención de 11,543 localidades,

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de las cuales se brindó el servicio al 79.3% (9,155 localidades), y a 1,462.0 miles de personas, el 89.6% de las 1,632.0 miles previstas. Sin embargo, no fue posible determinar la cobertura de atención del programa, toda vez que la dependencia desconoce el total de localidades que cumplieron con los criterios de inclusión: ser geográficamente dispersas, de alta y muy alta marginación y sin servicios de salud, ubicadas en municipios de bajo índice de desarrollo humano, con población predominantemente indígena y/o en municipios de la Cruzada contra el Hambre. Asimismo, se observó que la secretaría careció de un procedimiento para realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas, conforme a lo establecido en las reglas de operación del programa vigentes en ese año. Falta de indicadores impiden conocer la contribución de los resultados del programa. Respecto de los servicios de atención médica, en 2016, por medio de las unidades médicas móviles, la SS proporcionó 8,488.4 miles de intervenciones de promoción de la salud y prevención de enfermedades, y 2,509.6 miles de consultas de medicina familiar y odontológica. También, se aplicaron 396.3 miles de pruebas de gabinete y laboratorio para la detección de enfermedades no transmisibles, con las cuales se detectó a 4.0 miles de personas con alguna enfermedad no transmisible: 1.5 miles (37.5%) fueron mujeres con displasias leves, moderadas, severas y cáncer cérvico uterino; 1.5 miles (37.5%), con diabetes, y 1.0 miles (25.0%), con dislipidemias. Sin embargo, de acuerdo con la ASF, a pesar de que el Gobierno Federal implemento el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica para mejorar la falta de acceso a la atención médica en localidades geográficamente dispersas, de alta y muy alta marginación, y sin servicios de salud, la información reportada por la SS en la Cuenta Pública 2016 sobre los resultados obtenidos en cada uno de los ocho indicadores del programa presupuestario S200 “Fortalecimiento a la atención médica” no es suficiente para determinar de qué forma se contribuyó en el cumplimiento del objetivo de fin, establecido en la Matriz de Indicadores para Resultados, de “contribuir a asegurar el acceso efectivo a servicios de salud con calidad mediante la oferta de servicios del primer nivel de atención a la salud por unidades médicas móviles”, lo que impidió ofrecer servicios a las personas que habitan en las localidades objetivo del programa. Recomendaciones de la ASF al programa. Por ello, ASF recomendó a la SS acciones para disponer de información que permita valorar, si los servicios médicos integrales que ofrecen las unidades médicas móviles a la población sin acceso a servicios de salud, que habita en localidades geográficamente dispersas, de alta y muy alta marginación, contribuyen al mejoramiento de sus condiciones de salud y de esta forma cerrar las brechas existentes en salud entre los diferentes grupos sociales y regiones del país. Consecuencias Sociales: La Secretaría de Salud ofreció atención médica a 1,462.0 miles de personas ubicadas en 9,155 localidades que cumplían los criterios de inclusión del programa, mediante 8,488.4 miles de intervenciones de promoción y prevención de la salud, y de 2,509.6 miles de consultas de medicina familiar y odontológicas. No obstante, no fue posible conocer el efecto de la política pública, en asegurar el acceso efectivo a la atención médica con calidad, mediante la oferta de servicios del primer nivel de atención a la salud, por unidades médicas móviles, y de mejorar las condiciones de salud de la población sin acceso a servicios de salud, para dar tratamiento y controlar a las personas que presentan alguno de los principales

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padecimientos no transmisibles, como la diabetes, los tumores malignos y las enfermedades cerebrovasculares que, de acuerdo con los últimos datos disponibles a 2015, ocupaban el segundo, tercero y sexto lugar, respectivamente, como causas de muerte entre la población. Dictamen: En opinión de la Auditoría Superior de la Federación, la dependencia careció de información para determinar la cobertura de atención del programa, impidiendo evaluar así, la contribución de la política pública destinada a cerrar las brechas en salud existentes entre los diferentes grupos sociales y regiones del país, mediante la oferta de servicios a las personas que habitan en las localidades objetivo del programa, así como, de la atención médica brindada que tiene por objeto contribuir a mejorar la salud de dichos grupos, por medio de la prevención y detección de enfermedades, y el tratamiento y control médico de las personas confirmadas con alguna enfermedad. Número de Observaciones: 4; Número de Acciones: 4 (RD). Secretaría de Salud. “Regulación y Vigilancia en la Atención Médica”. Auditoría de Desempeño No.210. Objetivo: Fiscalizar la regulación y vigilancia de establecimientos y servicios de atención médica para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. Deficiencias en el diseño de los lineamientos del programa. De la revisión practicada al Programa “Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica”, la cual comprendió la acreditación de establecimientos de atención médica, la supervisión a los servicios estatales de salud y la capacitación al personal responsable de operar el Sistema de Gestión de la Calidad en los establecimientos de salud; la ASF determinó, que respecto del diseño normativo del programa, se identificó inconsistencias en los “Lineamientos para la Ejecución de las Líneas Estratégicas del Programa Presupuestario G005, 2016”, destacando la falta de establecimiento de la cobertura que tendrían los subsidios otorgados, en términos del número de establecimientos de salud que se beneficiarían con los recursos federales transferidos. De igual forma, a la ASF no le fue posible identificar a la dependencia o entidad responsable de la definición de los aspectos que regulan la ejecución del programa; tampoco se describen, de manera expresa, clara y precisa, los pasos que debían seguirse para la autorización de los subsidios a los beneficiarios, y la responsabilidad de la SS de vigilar y supervisar la operación del programa que tiene carácter potestativo y no obligatorio, lo que impide a la dependencia evaluar la efectividad de los recursos otorgados en el año, a efecto de ajustar las modalidades de su operación o cancelarlos. Inconsistencias en el registro de establecimientos. Por lo que respecta a la acreditación de establecimientos de atención médica, la ASF observó que en 2016, la población potencial del programa fue de 21,627 establecimientos del Sistema Nacional de Salud, registrados con Clave Única de Establecimientos de Salud (CLUES), de los cuales 12,218 (56.5%) establecimientos se encontraron acreditados en el Catálogo Universal de Servicios (CAUSES); 1,133 (5.2%), en el Fondo de Protección Contra Gastos Catastróficos (FPGC) y el Seguro Médico Siglo XXI (SMSXXI), y 8,276 (38.3%), no se habían acreditado.

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Información y control de registros insuficientes. La ASF señaló que a pesar de que en ese año fueron acreditados 384 establecimientos (1.8%), no fue posible constatar cuántos de los establecimientos acreditados en 2016 fue por efecto de los subsidios transferidos mediante el programa G005 a los SES de cada una de las entidades federativas, ya que el proceso de acreditación comprendió cuatro fases que debieron cumplir los establecimientos antes de obtener su acreditación, mismos que no necesariamente se concluyen en un año, situación que impidió determinar el efecto del programa y la cobertura, en su primer año de operación. Derivado de lo anterior, la ASF recomendó a la Secretaría evaluar la pertinencia de implementar mecanismos, a fin de asegurar que los establecimientos cuenten con las medidas de calidad y seguridad para la atención de sus pacientes, en términos del artículo 45, párrafo primero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, e informe a la Auditoría Superior de la Federación de los resultados del análisis y las medidas emprendidas para corregir la deficiencia detectada. Así como, analizar la factibilidad de implementar mecanismos, a fin de disponer de sistemas que permitan generar estadísticas confiables para dar cuenta de los avances del Programa Anual de Acreditación, en términos del artículo segundo, título segundo, numeral 9, norma cuarta, párrafo primero, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno. Inconsistencia en el seguimiento y supervisión de las actividades del programa. Por lo que se refiere a la supervisión, en 2016, de los 30 Servicios Estatales de Salud (SES) que recibieron los subsidios del programa, 3 no elaboraron el Programa Anual de Supervisión y, de los 27 que lo elaboraron, 4 no cumplieron con los requisitos señalados en los lineamientos, de incorporar el listado de establecimientos a supervisar y las rutas georreferenciadas. De los equipos de supervisión que debían conformar los 30 SES, 23 (76.7%) los acreditaron y, de ellos, 10 (43.5%) presentaron a la SS los informes de los hallazgos de cada visita de supervisión realizada, y sólo 7 (70.0%) dieron seguimiento de los hallazgos e informaron a la SS sobre la atención de los mismos. Seguimiento y control deficientes en la recepción y administración de los bienes adquiridos. Respecto a la adquisición de vehículos para disminuir los tiempos de traslado, y los costos en viáticos y pasajes del personal supervisor, de los 293 SES que recibieron recursos para su compra, 21 (80.8%) no cumplieron con los entregables consistentes en la tenencia o refrendo y la tarjeta de circulación y póliza de seguro, y no acreditó que hubiera acompañado a los SES para supervisar, de forma semestral, a los establecimientos considerados prioritarios por su complejidad y antecedentes, ni que hubiera supervisado el uso de los vehículos que fueron adquiridos con recursos del programa presupuestario G005. Derivado de lo anterior, la ASF recomendó a la Secretaría de Salud investigar las causas por las que no verificó que, en 2016, todos los Servicios Estatales de Salud, en el marco del programa G005 "Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica", cumplieron con realizar la supervisión a los establecimientos de salud; así como, reportar los avances del programa anual de supervisión; realizar informes de los hallazgos de cada visita 3 La Ciudad de México y el estado de Veracruz no recibieron recursos del programa G005 en 2016 para la adquisición de

vehículos, y el estado de Chiapas reintegró los recursos recibidos.

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de supervisión efectuada, y dar seguimiento a los mismos en el programa y, con base en ello, analizar la factibilidad de implementar estrategias, a fin de disponer de información que permita la adecuada toma de decisiones, respecto de los avances del Programa Anual de Supervisión. Por lo que toca los vehículos adquiridos la ASF recomendó a la Secretaría de Salud investigar las causas por las que no se verificó que en todos los Servicios Estatales de Salud que en 2016 recibieron recursos del programa presupuestario G005 Regulación y Vigilancia en la Atención Médica para la compra de los vehículos, no se acreditaron los entregables que se establecieron en los Lineamientos para la Ejecución de las Líneas Estratégicas del Programa Presupuestario G005, consistentes en la tenencia o refrendo, la tarjeta de circulación y la póliza de seguro y, con base en ello, analizar la factibilidad de implementar estrategias, a fin de que la totalidad de los Servicios Estatales de Salud de las entidades federativas este n en posibilidades de incrementar la capacidad operativa en el traslado del personal supervisor de las jurisdicciones sanitarias para mejorar la supervisión de los establecimientos de atención médica. Falta de Información para validad actividades. En cuanto a los Subsidios otorgados por el programa Regulación y Vigilancia de los Establecimientos y Servicios de Atención Médica, la ASF registró que en 2016 la SS reportó que se capacitaron 1,301 personas en la atención de hallazgos de supervisión e implementación del Programa de Mejora Continua, el 97.7% de las 1,332 personas registradas como responsables de la calidad en los establecimientos médicos en las entidades federativas, lo que significó un cumplimiento 22.1% mayor que la meta programada de 80.0%. Sin embargo la ASF señaló que, la SS no acreditó cuántos SES realizaron la capacitación; ni las bases de datos que sustenten el resultado y, en relación con el mayor cumplimiento, tampoco dispuso de las explicaciones correspondientes. Por ello, las recomendaciones de la ASF están orientadas principalmente a que la SS fortalezca sus sistemas de información, a fin de evaluar en qué magnitud está contribuyendo la política implementada a mejorar la calidad de los servicios médicos que ofrecen los establecimientos para proteger la salud de los pacientes. Consecuencias Sociales: La Secretaría de Salud desconoce en qué medida los apoyos otorgados en 2016 a los Servicios Estatales de Salud (SES) para la supervisión de establecimientos de salud, la impartición de cursos de capacitación a los responsables estatales de la calidad, a los evaluadores de los establecimientos de atención médica y a los profesionales de la salud, en el marco de los 31 Convenios Específicos de Colaboración, contribuyeron a la acreditación de los servicios de atención médica, con la finalidad de atender el problema público relacionado con la falta de acceso efectivo a servicios de salud con calidad y seguridad y, por tanto, de su incidencia en elevar la calidad en la atención médica en las instituciones públicas que conforman el Sistema Nacional de Salud. Las limitaciones en el registro y generación de información en la SS, respecto de los resultados obtenidos por los SES, no permitieron conocer el efecto de la política pública de regulación y vigilancia de establecimientos y servicios de atención médica, de lograr que la prestación de los servicios médicos sea homogénea y con seguridad para el paciente. Dictamen: En opinión de la Auditoría Superior de la Federación, la SS desconoce en qué medida los subsidios del programa Regulación y Vigilancia de Establecimientos y Servicios de Atención Médica han contribuido a atender el problema público relacionado con la falta de

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acceso efectivo a servicios de salud con calidad y seguridad, mediante el incremento de la calidad en la atención médica, ya que carece de mecanismos de seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos por el programa. Número de Observaciones: 7; Número de Acciones: 11 (RD). Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia (CENSIA). “Programa de Vacunación” Auditoría de Desempeño, No. 214. Objetivo: Fiscalizar el Programa de vacunación para verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. La entidad no dispuso de mecanismos de control ni de registros de información sobre los efectos del programa. En cuanto a la coordinación del Programa de Vacunación, el CENSIA, en su carácter de Secretario Técnico del CONAVA, con apoyo del Consejo Nacional de Vacunación (CONAVA), convocó y organizó las sesiones para coordinar y cumplir con los objetivos del Programa de Vacunación en 2016 relativos a la capacitación del personal médico y administrativo en la materia; suministro de las vacunas; difusión del programa; registro de la aplicación de las vacunas y los Eventos Supuestamente Atribuibles a la Vacunación e Inmunización (ESAVI), y supervisa y evalúa el propio programa; sin embargo la ASF observó que la entidad no dispuso de mecanismos de control para vigilar la ejecución de los acuerdos y resoluciones, ya que no dio seguimiento al 20.0% (3) de los 15 acuerdos que debieron cumplirse en ese año. Asimismo, la ASF verificó que los diseños normativo, institucional, programático y metodológico del Programa de Vacunación fueron congruentes entre sí y con el asunto de interés público; sin embargo, preciso que el diseño programático de corto plazo establecido en el PEF, en el que se asignan recursos presupuestarios y se establecen los objetivos, indicadores y metas que pretende alcanzar el Programa de Vacunación, que el CENSIA programó recursos económicos mediante el programa presupuestario E036 “Programa de Vacunación”, pero no previó los recursos, objetivos y metas del programa U005 “Seguro Popular”, con el cual también adquirió biológicos. En cuanto al diseño metodológico, este no estableció las gestiones para concretar el objetivo establecido en el diseño programático, referente a “implementar acciones de vacunación enfocadas en grupos vulnerables, para cerrar las brechas existentes en salud entre diferentes grupos sociales y regiones del país” Derivado de lo anterior, la ASF recomendó al CENSIA investigar las causas por las que el árbol de problemas, incluido en el diagnóstico del programa presupuestario E036 "Programa de Vacunación", de 2016, sólo especificó las causas y efectos, pero no el problema que pretende atender la intervención pública y, con base en ello, analizar la factibilidad de implementar estrategias, a fin de identificar con precisión el problema público que pretende atender con el Programa de Vacunación; y en cuanto a la Coordinación interinstitucional, para que el CENSIA, en su carácter de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Vacunación, investigue las causas por las que no acreditó el cumplimiento de 3 acuerdos emitidos en las sesiones del consejo en 2016 y, con base en ello, analizar la factibilidad de implementar las estrategias pertinentes, a fin de contar con mecanismos de control que le permitan vigilar la ejecución de los acuerdos

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y disponer de información confiable, oportuna y suficiente para la adecuada toma de decisiones Planeación y diseño deficientes de metas y objetivos. Por lo que se refiere a la capacitación del personal, sobre vacunación, la entidad realizó, en el ámbito nacional, tres cursos de capacitación en 2016, de acuerdo con lo programado y con los temas definidos por los miembros del CONAVA; sin embargo, no previó el número de personas por capacitar. En los ámbitos estatal y jurisdiccional, el CENSIA impartió 22 cursos y talleres para capacitar a 903 médicos y paramédicos involucrados en el Programa de Vacunación; no obstante, la capacitación no se sustentó en un programa que estableciera las instituciones y el número de servidores públicos participantes y, en las cartas descriptivas, que sustentan el contenido de la capacitación, no se evidenció la participación de las instituciones encargadas de la vacunación. Falta de mecanismos de control ni de registros de información sobre los efectos del programa. Por lo que se refiere al suministro de vacunas, que incluye su adquisición y distribución, el CENSIA reportó en el PASH4 la adquisición de 13,776.5 miles de dosis en 2016, cantidad que difiere de las 35,328.3 miles de dosis adquiridas, según sus bases de datos, por lo que no sustentó que el número de dosis adquiridas se correspondió con el cálculo de la distribución poblacional de responsabilidad institucional, ni con las necesidades por biológico; además, no acreditó la adquisición de las vacunas SRP, DPT, antipoliomielítica, Td, contra la hepatitis A, y contra la varicela, necesarias para garantizar la cobertura de los tres esquemas de vacunación que, para ese año, se integró por 16 vacunas, en función de tres grupos: 1) niños de 0 a 10 años, 2) adolescentes y adultos, y 3) trabajadores de la salud. Con base en los resultados la ASF recomendó al CENSIA investigar las causas por las que la cifra de 13.7 millones de dosis de vacunas reportadas en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda, no se corresponde con la de 18.5 millones de dosis adquiridas con recursos del programa presupuestario E036 "Programa de Vacunación", de 2016, registradas en la "Base de datos de los pagos realizados por concepto de vacunas adquiridas" y, con base en ello, analizar la factibilidad de implementar estrategias, a fin de disponer de mecanismos para generar información confiable sobre el cumplimiento de sus metas y objetivos. Deficiencia en registros de información sobre los efectos del programa. Respecto del registro de la aplicación de las vacunas, el CENSIA no acreditó contar con un Sistema Nacional de Registro Nominal de Vacunación en 2016, ni evidenció avances en su integración, lo que limitó contar con reportes, en los diferentes ámbitos de atención, por biológico, edad y área geográfica, que permitieran la adecuada toma de decisiones; además, el CONAVA no emitió ningún acuerdo relativo a la construcción del censo nominal para el registro de las dosis aplicadas a cada persona, y sobre los ESAVI, el CENSIA registró 2,152 casos, de los cuales el 91.5% (1,970) fue clasificado como no grave, y el otro 8.5% (182), grave; sin embargo, no dictaminó los ESAVI no graves y, de los casos graves notificados, la entidad evidenció la falta de mecanismos de control para asegurar que estos eventos fueran oportunamente detectados, clasificados, notificados, investigados y evaluados, y que se les diera seguimiento. Derivado de lo anterior la ASF recomendó al investigar las causas por las que no acreditó

4 Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda (PASH).

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contar con un Sistema Nacional de Registro Nominal de Vacunación, ni evidenció que realizó gestiones para su integración y, con base en ello, analice la factibilidad de establecer estrategias, a fin de contar con mecanismos adecuados para el ingreso, registro y generación de información confiable, oportuna y suficiente que permita la adecuada toma de decisiones, transparencia y rendición de cuentas. Deficiente control y seguimiento a los registros de información. En cuanto a la supervisión del Programa de Vacunación, en 2016, el CENSIA realizó 35 visitas a 26 Servicios Estatales de Salud, lo que no se correspondió con las 32 visitas a igual número de servicios estatales reportadas en el PASH. De las 35 visitas de supervisión se derivaron 216 recomendaciones correctivas y preventivas, y no se acreditó el seguimiento de 173 (80.1%) recomendaciones en 21 entidades federativas. En cuanto a la evaluación de la política pública, el CENSIA contó con el mecanismo “Caminando a la Excelencia”; sin embargo, no permite verificar el resultado de las actividades de vacunación por grupo de edad, ni del esquema de vacunación, y tampoco si el programa cumplió con su objetivo de otorgar protección específica a la población contra enfermedades que son prevenibles, mediante la aplicación de vacunas. Por lo antes señalado la ASF recomendó al CENSIA investigue las causas por las que las 35 visitas de supervisión que efectuó en 2016 a 26 Servicios Estatales de Salud, registradas en sus bases de datos, no se corresponden con las 32 visitas reportadas en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; así como, las causas por las que no acreditó el seguimiento de 173 medidas correctivas y preventivas de los aspectos susceptibles de mejora emitidas a 21 servicios estatales de salud en 2016, en el marco del "Programa de Supervisión del Programa de Vacunación y, con base en ello, analice la factibilidad de establecer estrategias, a fin de disponer de información confiable y suficiente con el propósito de mejorar la operación del Programa de Vacunación. La ASF señaló que debido a que el Programa de Vacunación es la política pública con la que el Gobierno Federal protege la salud de la población, mediante la prevención de enfermedades prevenibles por vacunación, las recomendaciones planteadas se enfocan principalmente para que el CENSIA disponga de información y medios adecuados para su registro, a fin de coordinar el programa e incidir en la protección específica de la población, mediante la vacunación contra enfermedades prevenibles por vacunación y, con ello, avanzar en la eliminación de enfermedades y evitar el riesgo de un rebrote de las ya controladas. Consecuencias Sociales: En CENSIA registró la adquisición de 35,328.3 miles de dosis de biológicos en 2016, con las que programó la atención de 13,171.7 miles de personas, mediante el Programa de Vacunación; no obstante, no fue posible valorar sus resultados en el otorgamiento de protección específica a la población contra enfermedades prevenibles por vacunación, ya que la entidad no acreditó el número de dosis aplicadas, el número de personas inmunizadas, ni los resultados obtenidos en las metas de mantener coberturas de vacunación iguales o mayores que el 95.0% con cada biológico y del 90.0%, con esquemas completos; no cuantificó a la población atendida mediante las Semanas Nacionales de Salud y el Programa Permanente de Vacunación, y no acreditó la implementación de estrategias de vacunación enfocadas en grupos vulnerables, por lo que no se pudo constatar la disminución de la brecha de equidad en el acceso y disponibilidad de las vacunas en las comunidades en

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situación de vulnerabilidad. En lo que se refiere al control, eliminación y erradicación de las enfermedades prevenibles por vacunación, el CENSIA cumplió la meta de mantener controlada la incidencia de la poliomielitis, rubeola congénita y sarampión en niños menores de cinco años de edad, al no registrar casos en 2016; sin embargo, careció de información para valorar los efectos del programa en el control de las demás enfermedades prevenibles por inmunización, en los demás grupos etarios. Dictamen: En opinión de la Auditoría Superior de la Federación, no es posible valorar los resultados del Programa de Vacunación en la atención del asunto de interés público ya que, el CENSIA no acreditó los resultados obtenidos en las metas de mantener coberturas de vacunación iguales o mayores que el 95.0% con cada biológico y del 90.0% con esquemas completos en 2016. Número de Observaciones: 12; Número de Acciones: 25 (RD). Entidades No Coordinadas Sectorialmente Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. “Planeación y Articulación de la Acción Pública hacia los Pueblos Indígenas”. Auditoría de Desempeño, 277. Objetivo: Fiscalizar las acciones efectuadas por la CDI para preservar y fortalecer las manifestaciones culturales de los pueblos y comunidades indígenas. La entidad no dispuso de mecanismos de control ni de registros de información sobre los efectos del programa. La ASF fiscalizó las acciones efectuadas por la CDI para preservar y fortalecer las manifestaciones culturales de los pueblos y comunidades indígenas para verificar el cumplimiento de objetivos y metas. De acuerdo con los resultados la ASF señaló que en 2016 respecto del programa presupuestario P013, la CDI no dispuso de la información para acreditar que orientó y coordinó los 54 programas presupuestarios autorizados en el PEF en materia indígena, ni los proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas. Además, no realizó las tareas de colaboración con las 16 dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en las políticas y acciones vinculadas con el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas, ni la coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y no dispuso de indicadores y metas para valorar la cobertura de atención respecto de los 68 pueblos y comunidades indígenas, ni de la población por beneficiar de los 12,025.9 miles de indígenas del país, para garantizar los 11 derechos indígenas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Derivado de lo anterior, la ASF recomendó a la CDI, investigar las causas por las cuales, en 2016, no realizó tareas de colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, ni de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios responsables de las políticas y acciones vinculadas con el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas y, con base en los resultados que obtenga, establezca un programa de trabajo que permita la colaboración en materia indígena con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y la coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios responsables de las políticas y acciones vinculadas con el

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desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas. Así como, investigar las causas por las cuales, en 2016, no dispuso de los indicadores con sus correspondientes metas que permitieran valorar la cobertura de atención respecto de los 68 pueblos y comunidades indígenas y de los 12,025.9 miles de indígenas por beneficiar con los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas y, con base en los resultados que obtenga, diseñe los indicadores correspondientes, a fin de que se establezcan metas que, de acuerdo con los recursos disponibles y su capacidad operativa. Informes con datos insuficientes sobre los resultados del programa. La ASF señaló que en 2016, la CDI elaboró el Informe Logros 2016 del Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018, pero no acreditó que, en el marco del programa presupuestario P013 “Planeación y articulación de la acción pública hacia los pueblos indígenas”, dio seguimiento y evaluó las políticas públicas y la aplicación de los programas, proyectos y acciones gubernamentales que conduzcan al desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, ya que de los ocho indicadores comprometidos en ese programa, únicamente reportó avances en un indicador relacionado con el porcentaje de entidades que incorporan en sus constituciones los derechos indígenas reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde las dependencias responsables de generar la información no contaron con los datos oficiales para su evaluación. Asimismo, la comisión tampoco acreditó que realizó el seguimiento de los 4 indicadores relativos al porcentaje de población indígena con carencias básicas de alimentación, porcentaje de población indígena con carencias básicas de salud, porcentaje de población indígena que padece carencia por acceso a servicios básicos en la vivienda a nivel nacional y población con ingreso inferior a la línea de bienestar mínimo. Derivado de lo anterior la ASF recomendó a la CDI investigar las causas por las cuales no dio seguimiento, ni evaluó cuatro de los ocho indicadores comprometidos en el Programa Especial de los Pueblos Indígenas 2014-2018 y, con base en los resultados que obtenga, defina una metodología para su seguimiento y evaluación, así como un programa de trabajo para coordinarse con las dependencias responsables de generar la información, a fin de integrar reportes periódicos del avance en el bienestar y desarrollo en las regiones, municipios y localidades con población indígena. Diseño endeble de proyectos. En el marco del programa presupuestario P013 “Planeación y articulación de la acción pública hacia los pueblos indígenas”, la comisión suscribió tres convenios de colaboración con el FONHAPO, el IMSS y el Estado de Hidalgo para llevar a cabo proyectos conjuntos en favor de los pueblos y comunidades indígenas; sin embargo, no acreditó que adoptó las medidas necesarias para mejorar su ejecución, ya que no se cumplieron los plazos comprometidos para su conclusión. Derivado de lo anterior la ASF recomendó a la CDI investigar las causas por las cuales, en 2016, no dispuso de los indicadores con sus correspondientes metas que permitieran valorar el avance en la firma de los convenios de coordinación con dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con los gobiernos estatales y municipales y con las organizaciones de los sectores social y privado para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntos en favor de los pueblos y comunidades indígenas y, con base en los resultados que obtenga, diseñe los indicadores correspondientes, a fin de que se establezcan las metas que, de acuerdo con los recursos disponibles y su capacidad operativa.

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Dictamen: La ASF concluyó que en 2016, respecto del programa presupuestario P013, la comisión no dispuso de la información para acreditar que orientó y coordinó los 54 programas presupuestarios autorizados en el PEF en materia indígena, ni los proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas; y tampoco realizó las tareas de colaboración con las 16 dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en las políticas y acciones vinculadas con el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas, ni la coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios. Derivado de lo anterior, la Auditoría Superior de la Federación se abstiene de opinar sobre el cumplimiento de los objetivos del programa presupuestario P013 “Planeación y articulación de la acción pública hacia los pueblos indígenas” y de los avances en la atención del problema, ya que a siete años de haberse establecido, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas careció de información para acreditar que orientó, coordinó, dio seguimiento y evaluó las políticas públicas en materia indígena; asimismo, desconoce la cobertura de atención de los 68 pueblos y comunidades indígenas y de los 12,025.9 miles de indígenas del país que superaron las carencias y rezagos que los afectaron y, con ello, lograron su desarrollo integral y sustentable, por lo que persiste la problemática relativa a la existencia de políticas públicas en materia indígena sin la adecuada focalización. Consecuencias Sociales: La falta de información por parte de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas impidió precisar la proporción de la focalización de los 68 pueblos y comunidades indígenas y de los 12,025.9 miles de indígenas del país que, desde el año 2009, en que se autorizó por primer vez la operación del programa presupuestario P013 “Planeación y articulación de la acción pública hacia los pueblos indígenas”, superaron las carencias y rezagos que los afectaron y, con ello, lograron su desarrollo integral y sustentable Número de Observaciones: 7; Número de Acciones: 10 (RD). Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. “Otorgamiento de Apoyos para la Infraestructura Indígena”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 276. Objetivo: Fiscalizar la gestión financiera del Programa de Infraestructura Indígena para verificar que los recursos se destinaron al apoyo de las comunidades indígenas para que dispongan de bienes y servicios básicos mediante la construcción de obras de infraestructura básica; y que los procesos de otorgamiento, seguimiento, comprobación y registro presupuestal y contable, se realizaron conforme a la normativa. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría practicada, cuyo objetivo fue fiscalizar la gestión financiera del Programa de Infraestructura Indígena para verificar que los recursos se destinaron al apoyo de las comunidades indígenas para que dispongan de bienes y servicios básicos mediante la construcción de obras de infraestructura básica; y que los procesos de otorgamiento, seguimiento, comprobación y registro presupuestal y contable, se realizaron conforme a la normativa, y específicamente respecto de la muestra revisada que se establece en el apartado relativo al alcance, la ASF concluyó que, en términos generales, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas cumplió con las disposiciones legales y normativas que son aplicables en la materia, excepto por los aspectos observados siguientes:

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Seguimiento opaco a obras inconclusas. La ASF detectó 53 obras por 190 mil 840.0 millones de pesos que no se encontraban concluidas a la fecha de la revisión (febrero de 2017) y presentaban avances del 50.0% al 99.0%, las cuales tenían como fecha de terminación a más tardar el 31 de diciembre de 2016; con motivo de la intervención de la ASF, los responsables de la ejecución del PROII en la CDI y de los gobiernos de los estados de Chiapas, Querétaro se comprometieron a concluir las obras. Derivado de lo anterior, proporcionaron los finiquitos y las actas de entrega recepción que comprueban su terminación. La ASF verifico la operación del Sistema de Información del Programa de Infraestructura Indígena (SIPROII) el cual da seguimiento a los avances físicos financieros, monitoreo, supervisión y registro de las operaciones relacionadas con la ejecución del Programa de Infraestructura Indígena, la entidad fiscalizadora pudo constatar que en la administración y operación de dicho sistema intervienen las delegaciones estatales (captura), la Subdirección de Operaciones Área Técnica (valida) y la Subdirección de Operación Área Financiera (autoriza). Del análisis de los registros contenidos en el SIPROII, la ASF verificó que se reportaron 1,349 contratos de obra, correspondientes a 2,294 proyectos de mejoramiento y construcción de carreteras, obras de alcantarillado y saneamiento, y de agua potable, entre otros, mismos que se encontraban vigentes al 31 de diciembre de 2016; sin embargo, el sistema presentó deficiencias en sus registros, lo que no permite contar con información confiable y oportuna para dar seguimiento al desarrollo de las obras, ni para tomar decisiones adecuadas. Derivado de lo anterior, la ASF recomendó a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas establecer mecanismos de supervisión, coordinación y control para que sus delegaciones, la Subdirección de Operaciones Área Técnica y la Subdirección de Operación Área Financiera, actualicen los registros en los módulos del Sistema de Información del Programa de Infraestructura Indígena. Deficiente planeación, operación y control de proyectos. Se realizaron 30 obras de infraestructura básica por 134.7 millones de pesos, sin contar con las autorizaciones de las instancias normativas, como son el dictamen del impacto ambiental; dictamen de aprovechamiento de aguas y permisos de descarga residuales; autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, y liberación de derechos de vía y servidumbres de paso por estados y municipios, representando un riesgo para la conclusión y desarrollo de las obras. Derivado de lo anterior, la ASF recomendó a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, establecer mecanismos de operación y control, a efecto de garantizar que se autoricen proyectos de obras que cuenten con las autorizaciones correspondientes conforme a la normativa. Asimismo, se emitió una Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que el Órgano Interno de Control realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades de los servidores públicos, que en su gestión autorizaron la ejecución de 12 obras en la Delegación Estatal de Veracruz y 18 en la Delegación Estatal de Chiapas, sin contar con la documentación comprobatoria relativa a las autorizaciones ambientales, de cambio de uso de suelo, derechos de vía, servidumbres de paso, y disposición o afectación de los recursos requeridos por las obras, incluyendo los inherentes al aprovechamiento del agua, conforme a la normativa.

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Con motivo de la intervención de la ASF, se reintegraron 5,651.8 miles de pesos a la TESOFE, de los cuales 4,149.1 miles de pesos correspondieron a cuatro anticipos otorgados, cuyas obras no fueron iniciadas; 113.3 miles de pesos de cargas financieras y 1,389.4 miles de pesos por recursos no utilizados en una obra que fue cancelada. Asimismo, se reintegraron a la TESOFE 1,612.3 miles de pesos por concepto de penas convencionales y cargas financieras no aplicadas durante el ejercicio. Dictamen: La ASF concluyó que, en términos generales, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas cumplió con las disposiciones legales y normativas que son aplicables en la materia, excepto por los aspectos observados en el análisis que antecede. Número de Observaciones: 8; Número de Acciones: 14 (7 R; 7 PRAS.). Recuperaciones determinadas: 7.5 millones de pesos; Operadas: 7.5 millones de pesos. Auditorías en las que la ASF se abstuvo de emitir dictamen A continuación, se enumeran las auditorías practicadas a entidades vinculadas con funciones de desarrollo social, en las cuales la entidad de fiscalización superior se abstuvo de emitir un dictamen:

2.3 Grupo Funcional de Desarrollo Económico

Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación SAGARPA. “Programa de Fomento a la Agricultura: Componente PROAGRO Productivo”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 0288. Objetivo: Fiscalizar la gestión financiera para verificar que los recursos asignados al citado programa y componente, se ejercieron y registraron conforme a los montos aprobados, y las disposiciones legales y normativas. Pagos realizados en exceso. Se realizaron pagos en exceso por 47.4 millones de pesos, en incentivos (apoyos) por superficies superiores o en estratos distintos de los que correspondían. Otorgamiento de apoyos a personas fallecidas, y a servidores públicos. Se otorgaron apoyos por 4.6 millones de pesos a personas que fallecieron con anterioridad a la fecha en que se autorizaron, así como a 174 servidores públicos.

No. de

AuditoríaEntidad Fiscalizada Tipo de Auditoría

142 SEP Desempeño

143 SEP Desempeño

166 SC Desempeño

ABSTENCIÓN DE OPINIÓN DE LA ASF EN AUDITORÍAS A FUNCIONES DE DESARROLLO SOCIAL

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

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Otorgamiento de apoyos a beneficiarios que no acreditaron la vinculación con el programa. Se constató que un total de 25,064 beneficiarios no acreditaron la vinculación del incentivo (apoyo) por un monto de 79.5 millones de pesos. Uso de los recursos otorgados en otros fines. Se constató que en la delegación estatal de la SAGARPA en el estado de Puebla se identificaron tres predios que recibieron apoyos por 58.4 miles de pesos en los que se sembró un cultivo distinto, así como un caso por 56.0 miles de pesos que al momento de la verificación física el predio no contaba con indicios de haber sido sembrado. Falta de documentación comprobatoria de los apoyos otorgados. Se detectó que un beneficiario no presentó la vinculación del incentivo (apoyo) por un monto de 16.0 miles de pesos y no se cuenta con el expediente que acredite la elegibilidad de un beneficiario apoyado por un monto de 56.0 miles de pesos. Número Observaciones: 7; Número Acciones: 9 (1 R; 8 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 131.7, Operadas: 0.0, Probables: 131.7. Comunicaciones y Transportes Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). “Liquidación del Programa para la Transición a la Televisión Digital Terrestre”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 0321. Objetivo: Fiscalizar la gestión financiera de los recursos asignados al Programa para la Transición a la Televisión Digital Terrestre para verificar que los gastos para su liquidación correspondieron a operaciones propias y fueron congruentes con los requerimientos y lineamientos emitidos para tal efecto; verificar que el registro presupuestal y contable se efectuó conforme a la normativa. Falta de documentación comprobatoria del destino final de los bienes. Se constató la falta de documentación que acredite el destino final de 11,533 televisores, por un monto de 29.3 millones de pesos. Inoportunidad en la reclamación de bienes siniestrados. Se reclamó de manera inoportuna la indemnización de 6,492 televisores siniestrados, por un monto de 16.5 millones de pesos. Bienes faltantes por entregar a beneficiarios. Se constató un faltante de 219 televisores destinados a beneficiarios en el estado de Guerrero y en el almacén “Bombas” de la Ciudad de México, por 556.2 miles de pesos. Trámites sin realizar para indemnización por bienes dañados. No se realizaron las gestiones para reclamar la indemnización de 96 televisores dañados, por un monto de 243.8 miles de pesos.

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Pago de almacenaje de bienes que no se recibieron. Pago de servicios de almacenaje sin evidencia de su recepción, por 42.3 miles de pesos. Servicios contratados no incluidos en el programa anual de adquisiciones. Contratación de servicios para concluir con la Transición a la Televisión Digital Terrestre, que no se incluyeron en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Incumplimiento en el programa de trabajo. Se constató el incumplimiento de 3 actividades establecidas en el Programa de Trabajo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre, cuya fecha de conclusión se estableció para diciembre 2014 y junio 2016. Se realizaron compras de bienes en exceso. Se constató que la SCT realizó compras en exceso por 5,094 televisores. Número de Observaciones: 15; Número de Acciones: 20 (10 R; 1 PEFCF; 3 PRAS; 6 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 46.6, Operadas: 0.0, Probables: 46.6. SCT. “Ampliación del Paseo de la República a la Desviación a San Miguel de Allende del Km 15+000 al Km 28+000, en el Estado de Querétaro”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0305. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Inobservancia a la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas. Se constató la existencia de diversas irregularidades: obra pagada no ejecutada en relación al suministro y fabricación de estructura metálica, aplicación de pintura de esmalte, montaje de estructura metálica, suministro y colocación de sistema de entrepiso, y transporte de la estructura por 9.5 millones de pesos; diferencia de volúmenes entre lo cuantificado y lo pagado en los cementos asfálticos por 2.0 millones de pesos; anticipo por amortizar de 2.4 millones de pesos; incorrecta integración de precios extraordinarios por 404.3 miles de pesos; pagos de 5.7 millones de pesos sin contar con las pruebas de índice de perfil en la carpeta de concreto asfáltico; y, pagos duplicados de la renta de puente peatonal provisional por 1.0 millón de pesos. Número de Observaciones: 16; Número de Acciones: 16 (2 R; 14 SA). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 21.0, Operadas: 0.0, Probables: 21.0. SCT. “Ampliación del Puerto de Isla del Carmen en el Estado de Campeche”, Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0306. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable.

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Autorizaciones indebidas de conceptos de obra que no están en el catálogo. En el contrato de obra núm. 4-D-CC-A-033-W-0-4 se autorizó indebidamente el concepto fuera de catálogo núm. 2 BV, "Bonificación por complejidad y baja eficiencia del suministro y colocación de geotubo, formado a base de telas de fibras multifilamento de polipropileno de alta tenacidad tipo GT1000M color negro, con extremos planos, de 13.70 m de circunferencia y 20.00 m de longitud; según detalles de proyecto, marca TENCATE o similar en cantidad y características” y un monto de 17.4 millones de pesos, en virtud de que el concepto ‘bonificación’ no es reconocido ni está regulado por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Diferencias entre los volúmenes de obra autorizados y pagados. Se determinaron diferencias por 6.6 millones de pesos entre los volúmenes autorizados y pagados con los verificados por la ASF en números generadores en el concepto núm. 2 C, “Suministro y colocación de geotubo, tubo formado de tela a base de fibras multifilamento de polipropileno de alta tenacidad…”. Número de Observaciones: 4; Número de Acciones: 4 (2 R; 2 SA). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 24.0, Operadas: 0.0, Probables: 24.0. SCT. “Carretera Acayucan-La Ventosa, en el Estado de Oaxaca”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0308. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Diferencias entre los volúmenes de obra autorizados y pagados. En los contratos de obras públicas núms. 2015-20-CE-A-136-W-00-2015, 2016-20-CE-A-011-W-00-2016 y 2016-20-CE-A-012-W-00-2016 se detectaron diferencias entre los volúmenes autorizados y pagados por el Centro SCT Oaxaca contra los verificados y cuantificados en las estimaciones de la ASF, por un monto de 3.0 millones de pesos. Anticipo no amortizado y pena convencional sin aplicar. Se detectó el anticipo no amortizado de 8.2 millones de pesos y se omitió aplicar una pena convencional al contratista por 1.3 millones de pesos por el incumplimiento del contrato de obra pública núm. 2016-20-CE-A-011-W-00-2016. Número de Observaciones: 5; Número de Acciones: 6 (2 R; 4 SA). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 9.9, Operadas: 0.0, Probables: 9.9. Adicionalmente, existen 2.7 millones de pesos por aclarar. Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. “Ampliación Natural del Puerto de Veracruz en la Zona Norte y Desarrollo de la Zona de Actividades Logísticas del Puerto de Veracruz”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0349.

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Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto a fin de comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, adjudicaron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Gastos duplicados en el mismo concepto de obra. Se observó un monto por 31.9 millones de pesos en el concepto extraordinario núm. 47 F.C., “traspaleo de roca procedente de las explanadas de la Zona de Actividades Logísticas (ZAL)” en el contrato núm. API-GI-CO-62601-026-14, cuyas actividades estaban contempladas en los conceptos originales de extracción, suministro y colocación de roca vía terrestre y marítima. Diferencias entre volúmenes de obra estimados y ejecutados. Se determinaron diferencias entre los volúmenes de obra estimados y ejecutados por 20.9 millones de pesos, monto que fue reintegrado en el transcurso de la auditoría. Número de Observaciones: 1; Número de Acciones: 1 (1 SA). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 52.8, Operadas: 20.9, Probables: 31.9. Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. “Ampliación y Modernización de la Plataforma Presidencial y de sus Instalaciones de Servicios, Resguardo y Apoyo en el Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0367. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se ejecutaron, pagaron y finiquitaron de conformidad con la normativa aplicable y que su funcionamiento y puesta en operación se realizó de acuerdo a lo propuesto. Obras realizadas no cumplen con las normas de calidad. No se acreditó que la pintura intumescente aplicada en la estructura del edificio de estacionamiento cumpliera con la calidad requerida; no se verificó la correcta terminación de los trabajos, no obstante que se recibieron físicamente, éstos quedaron inconclusos y no cumplieron las normas de calidad aplicables.

Ejecución de trabajos diferentes a los convenidos. Se solicitaron 74.2 millones de pesos para realizar trabajos de conservación y mantenimiento; sin embargo, se ejecutaron trabajos de construcción en áreas que la contratista a la que se adjudicó un contrato de obra pública dejó inconclusas; se incumplieron las cláusulas del convenio de colaboración, no se garantizó el debido cumplimiento de la ejecución de los trabajos y no se hizo constar cómo se determinó el importe asignado por 74.2 millones de pesos. Realización de pagos indebidos. Se identificaron 5.6 millones de pesos por incongruencias entre la integración de los precios unitarios de los conceptos de acarreos y herrería respecto de la ejecución de los trabajos; 38.4 miles de pesos por costos de insumos (cilindros de prueba) mayores que los precios de mercado; 296.9 miles de pesos por duplicidades entre el personal técnico y administrativo indicado en el costo indirecto y en las matrices de los precios unitarios presentados por la supervisora.

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Número de Observaciones: 9; Número de Acciones: 9 (4 SA; 2 PRAS; 3 PO). Recuperaciones (millones de pesos) Determinadas: 5.9, Operadas: 0.0, Probables: 5.9. Adicionalmente, existen 0.2 miles de pesos por aclarar. Economía Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO). “Promoción de la Cultura al Consumidor”. Auditoría de Desempeño, No. 0373. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento del objetivo de promover una cultura de consumo responsable y difundir los temas de consumo que ayuden a las decisiones de compra de los consumidores. No existe una metodología para definir la población beneficiaria. Se constató que la PROFECO carece de una metodología para cuantificar la población potencial y objetivo, así como de fuentes de información para identificar a la población atendida. Sin embargo, a sugerencia de la ASF, la procuraduría estableció, formalizó y difundió el documento “Metodología para el cálculo de la Población Potencial, Objetivo y Atendida del Programa Presupuestario B002”, la cual se aprobó y publicó en el sitio web de la procuraduría. El Programa B002 se denomina “Promoción de una Cultura de Consumo Responsable e Inteligente”. Carencia de indicadores y de información sobre los derechos y hábitos del consumidor. Se constató la inexistencia de indicadores e información necesarios para medir la repercusión del programa en los derechos del consumidor y en los hábitos de consumo de la población beneficiada. Inexistencia de metas e información del número de usuarios atendidos. Se constató que la PROFECO carece de un programa de metas de los servicios otorgados y no cuenta con información del número de usuarios atendidos. Estas carencias se constataron en los 16 servicios otorgados: atención a grupos de consumidores de forma presencial; brújula de compra; encuestas y sondeos; publicaciones en Facebook; respuestas en Facebook; monitoreo de tiendas en línea; podcast; programas de TV; programas de radio; Quién es Quién en el Envío de Dinero (QQED); Quién es Quién en los Precios (QQP); Revista del Consumidor; publicaciones en Twitter; respuestas en Twitter; webcast y publicaciones en Youtube. La PROFECO señaló que estas carencias se deben a que se trata de servicios abiertos y están sujetos a la libre demanda de los consumidores. Trabajo y Previsión Social Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). “Inspección Laboral”. Auditoría de Desempeño, No. 0378. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento del objetivo de promover y vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo mediante las visitas de inspección.

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Baja cobertura de los centros de trabajo inspeccionados. El nivel de cobertura de los centros de trabajo inspeccionados fue de 17.7% (94,711), de un total de 535,653 centros de trabajo registrados en el Directorio Nacional de Empresas (DNE). La STPS no justificó la utilización de este directorio para cuantificar la población potencial y objetivo de los centros de trabajo a inspeccionar; es decir, no estableció criterios de utilización del DNE. Deficiencias en la integración de los expedientes de inspecciones a los centros de trabajo. Se constató que 72 expedientes de inspecciones a centros de trabajo (de una muestra de 361 expedientes) no cuentan con los documentos mínimos requeridos que comprueben el proceso de inspección. Se desconoce si los centros de trabajo cumplen o no con la normativa laboral. Se detectó que en 309 expedientes revisados (85.6% de los 361 expedientes), no se pudo identificar si los centros de trabajo inspeccionados por primera vez cumplieron o no con la normativa laboral, debido a que fueron expedientes con inspecciones canceladas; no correspondieron con los solicitados en la muestra o no se logró identificar el cumplimiento de la normativa con base en los documentos integrados en dichos expedientes. Inexistencia de indicadores y metas de la cobertura de las visitas. La STPS realizó 8,460 visitas de asesoría y asistencia técnica en beneficio de 328,724 personas a las que se les otorgó información y orientación sobre lineamientos y disposiciones de la legislación laboral; sin embargo, se constató que la secretaría no contó con un indicador ni programó metas para evaluar la cobertura de estas visitas. Incumplimiento del objetivo de profesionalizar a los servidores públicos. En relación al indicador “número de certificaciones en estándares de competencia en seguridad y salud en el trabajo”, la STPS no reportó ninguna persona certificada, con lo que se incumplió el objetivo relativo a profesionalizar a los servidores públicos que intervinieron en la actividad de inspección. Número de Observaciones: 6; Número de Acciones: 7 (7 RD). Medio Ambiente y Recursos Naturales Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). “Protección de las Aguas Subterráneas”, Auditoría de Desempeño, No. 0415. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento de administrar las aguas subterráneas de país para su protección y conservación en cantidad y con calidad. Descenso en la disponibilidad de aguas subterráneas. La CONAGUA no dispuso de la información histórica sobre la disponibilidad de agua subterránea; se utilizaron los registros del banco de datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) correspondientes al periodo 1962-2016, en cuyo análisis se identificó que la disponibilidad de las aguas subterráneas por habitante al año disminuyó 68.4%, al pasar de 2,062.6 m3/hab/año en 1962 a 651 m3/hab/año en 2016, debido, entre otras causas, al incremento poblacional y la demanda del agua para su consumo y uso en las actividades

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económicas, la pérdida en las redes de distribución y la falta de una cultura sobre el cuidado del vital líquido. En más del 50% de los acuíferos de agua se desconoce la calidad del recurso. En cuanto a la evaluación de la calidad, en 2016, la CONAGUA instaló 991 sitios de monitoreo para evaluar 282 (43.2%) acuíferos, de los cuales en 923 sitios se reportó agua con calidad y en 68 con deterioro; en tanto que 371 (56.8%) acuíferos no fueron evaluados, lo cual significó que en esos cuerpos de agua la autoridad desconoció la condición del recurso. Vigilancia mínima de la extracción de agua por los concesionarios. La Comisión efectuó 4,632 visitas para vigilar las extracciones realizadas por los concesionarios, las cuales representaron una cobertura de 1.7% respecto de las 275,300 actividades de extracción de aguas subterráneas registradas. Se observó que de los 653 acuíferos del país, en 285 (43.6%) no se efectuaron visitas para vigilar las extracciones. En más del 80% de los cuerpos de agua del subsuelo se ignoró si se vertieron contaminantes. En relación con las visitas de inspección sobre descargas de aguas residuales, la entidad no dispuso de un programa de trabajo en el que se incluyeran metas, se asignaran recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución para medir los resultados alcanzados, por lo que las revisiones se realizaron sin una planeación previa. En 2016, se registró una cobertura de inspección de 102 (15.6%) de los 653 acuíferos del país, lo cual implicó que en cinco de cada seis cuerpos del subsuelo la autoridad desconoció si se vertieron contaminantes que pudieron comprometer la calidad del recurso y poner en riesgo la salud humana. Carencia de proyectos alternativos que apoyen la disponibilidad del recurso hídrico. Para la protección y conservación de las aguas subterráneas del país, en 2016, la Comisión implementó 2 proyectos de recarga artificial, insuficientes para la atención prioritaria de acuíferos con escasez del recurso, dado que se identificó una recuperación anual de 10.9 Mm3, lo que resulta marginal para revertir la sobreexplotación de las aguas subterráneas del país estimada en 5,631.3 Mm3. Laxitud e ineficiencia en la normatividad para el uso racional de los acuíferos. La CONAGUA elaboró los anteproyectos de veda para 99 cuerpos hídricos y, debido al desequilibrio hidrológico, riesgos y daños al medio ambiente, así como la fragilidad de los ecosistemas, desarrolló los anteproyectos de reglamento de otros 234, lo que permitiría la protección y conservación de la cantidad y la calidad de un total de 333 acuíferos del país; sin embargo, a ese año no se estableció ninguna veda, ni reglamento. Exclusión de iniciativas para formular declaratorias de rescate y reserva de agua. Respecto del establecimiento de declaratorias de rescate y reserva de agua, se identificaron 548 acuíferos con disponibilidad del recurso que podrían albergar de dichos mecanismos; sin embargo, la Comisión no consideró el establecimiento para ninguno de eso cuerpos hídricos. Número Observaciones: 4; Número Acciones: 6 (6 RD).

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CONAGUA. “Construcción de los Revestimientos de los Drenes Chimalhuacán I y II, en el Estado de México”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0398. Objetivo: Fiscalizar y verificarla gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se ejecutaron, pagaron y finiquitaron de conformidad con la normativa aplicable y que su funcionamiento y puesta en operación se realizó de acuerdo a lo propuesto. Pagos indebidos por errores en la integración del catálogo de conceptos y por diferencias entre volúmenes de obra pagados versus ejecutados. Los trabajos de fiscalización consideraron la revisión de tres contratos de obras públicas y dos de servicios relacionados con las obras públicas para la construcción de los revestimientos de los Drenes Chimalhuacán I y II en el Estado de México. La ASF concluyó que se presumen daños o perjuicios o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 5.7 millones de pesos por la integración de las matrices de conceptos que no se habían considerado en el catálogo original del contrato; asimismo por 19.2 millones de pesos por diferencias entre el volumen pagado por la CONAGUA y el realmente ejecutado; en el mismo sentido por 306.3 miles de pesos debido a una duplicidad de volúmenes de obra; y, por 2.4 millones de pesos, debido a que se pagaron jornadas que no se trabajaron y a que no se acreditó la totalidad de los servicios pagados. Número Observaciones: 14; Número Acciones: 14 (5 SA; 9 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 27.6; Operadas: 0.0; Probables: 27.6. CONAGUA. “Construcción de Una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en La Paz, en el Estado de Baja California Sur”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0399. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto, a fin de comprobar que las inversiones físicas se ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Nulo control del proyecto en el gasto programable del gobierno federal. No se reportó la inversión aprobada, asignada y ejercida en el proyecto de inversión en los Informes sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública de 2016. Inobservancia a las normas de construcción establecidas para el proyecto. Se construyeron áreas sin cumplir las dimensiones establecidas en los términos de referencia del contrato de obra pública. Pagos indebidos por obra no ejecutada. Se efectuaron pagos por 5.7 y 18.5 millones de pesos por actividades de obra no ejecutadas. Ausencia de control programático-financiero de la obra. No se llevaron a cabo las acciones de control, vigilancia, evaluación, información y documentación de los recursos federales asignados, ni el destino de los rendimientos generados por dichos recursos. Número Observaciones: 5; Número Acciones: 5(5 SA).

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Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 24.2; Operadas: 0.0; Probables: 24.2. Adicionalmente, existen 324.1 millones de pesos por aclarar. CONAGUA. “Construcción del Canal Centenario, en el Estado de Nayarit”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0400. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto a fin de comprobar que las inversiones físicas se presupuestaron, ejecutaron y pagaron, conforme a la legislación aplicable. No se acredita el pago de intereses. En la revisión de dos contratos de obras públicas y uno de servicios relacionados con la obra pública se identificó la falta de acreditamiento de los rendimientos financieros por 5.2 miles de pesos. Negligencia en la aplicación de penas convencionales y amortización de anticipos. Se constató la falta de aplicación de penas convencionales por 1.3 millones de pesos y de amortización del anticipo por 2.5 millones de pesos en el contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado núm. CNA-CGPEAS-FED-OP-099/2014-LPN. Cuentas pendientes de cerrar por contratos rescindidos. Falta de reintegro del saldo del anticipo pendiente de amortizar por 42.8 millones de pesos del contrato núm. CNA-CGPEAS-FED-OP-100/2014-LPN, el cual fue rescindido administrativamente. Número Observaciones: 3; Número Acciones: 3(2 SA, 1 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos) 46.6; Operadas: 0.0; Probables: 46.6. Energía Secretaría de Energía (SENER). “Abasto de Gasolinas y Permisos para su Importación”. Auditoría de Desempeño, No. 0429. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento del objetivo de garantizar el abasto de gasolinas y diésel que demanda el país, mediante la conducción de la política y la regulación y supervisión de los permisos en la materia. No existen mecanismos ni procedimientos para sancionar irregularidades. Se constató que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) no contó con mecanismos para sancionar las posibles irregularidades de los permisionarios de transporte y distribución por ducto, así como de almacenamiento, que están obligados a prestar el servicio de acceso abierto. Asimismo, no dispuso de mecanismos para sancionar las posibles irregularidades de los términos y condiciones de regulación de las ventas de primera mano de gasolinas y diésel. No se concluyó la emisión de las estrategias programáticas y procedimentales. Se constató que en 2016, la SENER condujo la política para abrir el mercado a la participación privada mediante el establecimiento de los mecanismos para regular, supervisar y, en su caso, sancionar a los permisionarios en materia de refinación de petróleo crudo, y exportación e

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importación de gasolinas y diésel; sin embargo, no concluyó la emisión de estrategias programáticas y procedimentales en materia de garantía de suministro ni de almacenamiento mínimo de petrolíferos para garantizar la satisfacción de las necesidades nacionales de esos combustibles. Inexistencia de mecanismos propios para sancionar a permisionarios. Se detectó que en 2016, la CRE otorgó y supervisó 1,488 permisos, de los cuales 48.3% fue para expendio en estaciones de servicio; 33.7%, transporte; 9.2%, comercialización; 8.4%, distribución, y 0.4%, para almacenamiento de gasolinas y diésel. No obstante, se determinó que no contó con mecanismos propios para sancionar las posibles irregularidades de los permisionarios. Falta de información de los resultados en la satisfacción de la demanda de gasolina y diesel, permisos de importación y exportación, y de refinación. Se detectó que la SENER soló reportó la atención y resolución de los permisos de importación y exportación de hidrocarburos; sin embargo, no se informó los resultados obtenidos en la satisfacción de la demanda de gasolinas y diésel, ni permisos de importación y exportación de estos combustibles, ni de refinación de petróleo crudo. Deficiencias en la elaboración de la Matriz de Indicadores para Resultados. Se constató que en el árbol del problema de la Matriz de Indicadores para Resultados “Coordinación de la política energética en hidrocarburos” a cargo de la SENER, no existe lógica vertical entre los niveles de Componente y Actividad, ni en los Propósito y Fin. Además, no existió relación lógica horizontal en los niveles de Fin, Propósito y Componente. Esto porque no se redactaron conforme a la sintaxis recomendada. Número de Observaciones: 7; Número de acciones: 8 (8 RD). Centro Nacional de Control de Gas Natural (CENAGAS). “Auditoría de TIC”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 0435. Objetivo: Fiscalizar la gestión financiera de las TIC, su adecuado uso, operación, administración de riesgos y aprovechamiento, así como evaluar la eficacia y eficiencia de los recursos asignados en procesos y funciones. Asimismo, verificar que las erogaciones, los procesos de adjudicación, contratación, servicios, recepción, pago, distribución, registro presupuestal y contable, entre otros, se realizaron conforme a las disposiciones jurídicas y normativas aplicables. No existen manuales de organización, procedimiento y operación. Se constató que el CENAGAS no contó con los Manuales Organizacionales, Específicos ni de Procedimientos, ni de normativa relativa al proceso de contratación. Asimismo, se comprobó que no se encuentran publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Políticas en Materia de Adquisiciones y Arrendamientos de Bienes Muebles y Contratación de Servicios. Falta de documentación comprobatoria del reclutamiento, selección y capacitación. Se detectó que los procedimientos de Reclutamiento y Selección, así como las acciones de capacitación llevadas a cabo durante 2016, no proporcionaron la documentación soporte de los procedimientos: Aprobación y registro de estructuras orgánicas y ocupacionales,

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Descripción, perfil y valuación de puestos de la Planeación de los Recursos Humanos e Ingreso y Movilidad. Asimismo, No realizaron evaluaciones al desempeño, conforme al Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y Manual del Servicio Profesional de Carrera. No existen evidencias del reclutamiento de personal. De la revisión de 30 recursos de la plantilla que conforman la Unidad de Tecnologías Operacionales y de Información (UTOI), se constató que no se cuentan con evidencia de exámenes técnicos y psicométricos practicados al personal de nuevo ingreso, ni de la autorización de los perfiles por el área correspondiente. No se implementaron controles para validar el proceso de reclutamiento, selección y capacitación. Pagos realizados en exceso. Se detectó pagos por 329.3 millones de pesos, correspondientes al incremento no justificado mensual de 27.4 millones de pesos pagados durante 12 meses; el CENAGAS realizó pagos en exceso resultado del incremento indebido del monto de la contraprestación de los servicios otorgados en los contratos específicos de Pemex sin que hayan aumentado las tarifas para el transporte y almacenamiento del gas natural del Sistema Nacional de Gasoductos o del Sistema Naco-Hermosillo. Número de Observaciones: 5; Número de acciones: 12 (10 R, 1 PRAS, 1 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 329.3, Operadas: 0.0, Probables: 329.3. Petróleos Mexicanos. “Evaluación del Control Interno del Proceso Integral de Adquisiciones de PEMEX-PROCURA”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 0447. Objetivo: Evaluar los mecanismos de control interno en el proceso integral de adquisiciones de PEMEX-PROCURA a efecto de verificar la aplicación de las disposiciones legales y normativas correspondientes. Cumplimiento parcial de la ley de PEMEX en el contenido del Plan de Negocios. Se detectó que en el análisis del Plan de Negocio de Pemex 2016-2020, no se atendió lo establecido en la fracción II, del artículo 14 de la Ley de Petróleos Mexicanos. Asimismo, para Plan de Negocio de Pemex 2017-2021, se constató que en el contenido del mismo, no se contemplaron varias disposiciones establecidas en el artículo 14 de la Ley de Petróleos Mexicanos: la fracción l; fracción ll; fracción lll y fracción IV. Incumplimiento de la normatividad-acuerdo del Programa Anual de Adquisiciones Arrendamientos Servicios y Obras. Se constató que la Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento (DOPA) no proporcionó evidencia de la alineación de las actividades (Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento-DCPA, en términos del Acuerdo DCAS-1001-2016 del 24 de junio de 2016), con el Modelo de Negocio y con la planeación, programación, integración y ejercicio del Presupuesto, por lo que no se ha cumplido con los términos de dicha normativa. Establecimiento de convenios modificatorios. Se constató que servidores públicos celebraron el convenio modificatorio para "Servicios de Aprovisionamiento de Equipo de Cómputo y

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Replicadores de Puerto para Pemex, OS y EF", con una empresa sancionada por la Secretaria de la Función Pública, operación pactada originalmente por 122.2 millones de pesos (convenio modificatorio en un aumento del plazo de 225 días naturales y un incremento de 21.9 millones de pesos en el monto de la contratación). Aplicación de Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria (PRAS). Debido a irregularidades de servidores públicos del Comité de Riesgos de Petróleos Mexicanos, que en su gestión no dieron uso a los resultados y propuestas sugeridas por la consultora Management Solutions, por un monto de 161.0 mil dólares. Pagos anticipados indebidos por adquisición de carros tanques. Se constató quebrantos importantes, violaciones a las disposiciones y bases de contratación, tales como: incremento en precios del bien requerido por el incumplimiento del proveedor por 31.0 millones de dólares (propuesta inicial contratada 91.1 millones de dólares y el reajuste solicitado asciende a 122.2 millones de dólares); procedimientos inadecuados de autorización inadecuados; autorización de otorgar un anticipo indebido, de acuerdo a lo dispuesto en los términos de la licitación y los daños y perjuicios que se presentan por el incumplimiento de dichos términos contractuales, en virtud de que no se atienden las razones por las cuales se justificó la adquisición de 700 carros tanque. Número de Observaciones: 18; Número de acciones: 51 (37 R, 14 PRAS). Pemex Transformación Industrial. “Mantenimiento de la Capacidad de Producción en las Refinerías de Salinas Cruz y Minatitlán, y Tren Energético”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0478. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados a los proyectos, a fin de comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Insuficiente información para el análisis y evaluación. Se constató que la entidad fiscalizada omitió realizar análisis, evaluación y cálculos que permitan acreditar la razonabilidad de los precios contratados, cantidades adicionales y precios extraordinarios; así como, la economía de los contratos en el ejercicio de recursos federales, en relación al programa. Falta de documentación comprobatoria de la supervisión y control. Se detectó que la entidad fiscalizada carece de elementos incluida la falta de medidas necesarias y oportunas que permitan garantizar el control general y supervisión de todos los aspectos importantes que inciden en la ejecución de los servicios y la administración de los contratos, ya que no comprobó documentalmente que se haya llevado a cabo la supervisión y control de las cantidades y rendimientos de la mano de obra, maquinaria, equipos e insumos necesarios para la ejecución de los contratos. Incumplimiento en los alcances convenidos. Se determinó que la refinería “Gral. Lázaro Cárdenas” en relación al contrato de emergencia por adjudicación directa núm. 4500540665 con un monto pagado de 127.8 millones de pesos, no acreditó la excepción de la contratación

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de emergencia para la adquisición de 47 equipos completos. Asimismo, se observó que la adquisición de la totalidad de los equipos no cumplió con los alcances convenidos en su anexo “A”. Falta de documentación comprobatoria del precio unitario por hora-hombre. Se constató que la entidad fiscalizada no proporcionó la evidencia documental del análisis, evaluación y validación del precio unitario por hora-hombre, y no comprobó documentalmente el control o revisión de la cantidad de documentos emitidos por la contratista y avalados técnicamente por el personal de la entidad fiscalizada a cargo de la supervisión del contrato, en los que se justifica el total de las horas-hombre pagadas a la fecha del contrato “Modernización de compresor, fraccionamiento, recuperadora de vapores y tratamientos de FCC”, por 251.0 millones de pesos. Ineficiente manejo de los recursos públicos. Se constató que en el convenio núm. PXR-COMESA-01/2014 no se aseguró las mejores condiciones al Estado de que los recursos económicos de la entidad fiscalizada se hayan administrado con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estaban destinados; no se comprobó que dicho convenio específico haya sido evaluado y autorizado técnica y económicamente por la entidad fiscalizada. Número de Observaciones: 8; Número de acciones: 8 (3 R, 1 SA, 3 PRAS, 1 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 378.9, Operadas: 0.0 millones de pesos, Probables: 378.9. Turismo Secretaría de Turismo (SECTUR). “Desarrollo Sustentable de los Destinos y Regiones Turísticas”. Auditoría de Desempeño, No. 0439. Objetivo: Fiscalizar el cumplimiento del objetivo de impulsar el desarrollo de destinos turísticos sustentables para contribuir a preservar el patrimonio natural, cultural e histórico del país y a incrementar el beneficio social. Inadecuada alineación de las Reglas de Operación con los objetivos del Programa Sectorial de Turismo 2013-2018. Se constató que las Reglas de Operación del Programa fueron inconsistentes con la problemática identificada en los diagnósticos del programa y en los documentos de planeación de mediano plazo; las Reglas de Operación establecidas se alinearon al objetivo 2 “fortalecer las ventajas competitivas de la oferta turística”, del Programa Sectorial de Turismo 2013-2018, y el diagnóstico del programa se alineó al objetivo 5 “fomentar el desarrollo sustentable de los destinos turísticos y ampliar los beneficios sociales y económicos de las comunidades receptoras”. Deficiencias en el establecimiento de las Reglas de Operación. Se constató que las Reglas de Operación del Programa no incluyen las causas por las cuales se creó el programa, no cuentan con criterios metodológicos para la definición y cuantificación de la población objetivo, ni con una estrategia de cobertura que focalice y priorice a los municipios o pueblos mágicos del país.

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Monto transferido inferior al monto autorizado de los proyectos. Se constató que la SECTUR recibió 553 proyectos, rechazó 381 sin identificar las causas; de esta manera el número de proyectos apoyados fue de 172, en lugar de los 192 definidos inicialmente, por un monto de 1 mil 006.5 millones de pesos, cifra que no correspondió con el monto transferido a las entidades federativas por 972.7 millones de pesos. Otorgamiento de apoyos sin respetar los requisitos y criterios establecidos en las Reglas de Operación. Se constató que los recursos otorgados no se realizaron con base a los criterios y requisitos establecidos en las Reglas de Operación, ya que de los 172 proyectos que se apoyaron, en 8 casos no se incluyó la solicitud de apoyo, único y obligatorio requisito para recibir recursos, y sólo en 8 casos se dispuso de permisos y licencias de impacto ambiental, señalética y de patrimonio tangible e intangible que los solicitantes debían obtener ante las autoridades federales. No se reportaron las causas de la variación en el presupuesto del programa. Se constató que la SECTUR ejerció 972.7 millones de pesos, monto inferior a los 1 mil 571.7 millones de pesos (presupuesto original), es decir, ejerció 599.0 millones de pesos menos; no obstante en el Análisis del Ejercicio del Presupuesto de Egresos no se informó sobre las causas de esa variación. Número de Observaciones: 6; Número de acciones: 11 (11 RD). Ciencia y Tecnología Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. “Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica”. Auditoría de Desempeño, No. 0443. Objetivo: Verificar el cumplimiento del objetivo relativo a contribuir al fortalecimiento de las capacidades de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica de las instituciones de investigación y empresas, mediante el otorgamiento de apoyos para infraestructura. Subejercicio de los recursos otorgados. Con el propósito de atender la problemática en torno a la carencia y desactualización de infraestructura científica y tecnológica del país, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) implementó en 2016 el Programa presupuestario (Pp) S236 “Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica”, al cual se le asignó un presupuesto de 1 mil 161.3 millones de pesos para la adquisición de equipo para el fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica, de los cuales se ejercieron sólo 906.9 millones de pesos, que representó el 78.1% del total. Deficiencias en el establecimiento de las Reglas de Operación. Se constató que en 2016, el CONACYT no diseñó adecuadamente las reglas de operación del Programa presupuestario (Pp) S236 “Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica”, ya que no identificó con precisión la población objetivo por región del país y municipio, no incluyó la temporalidad del otorgamiento de los apoyos y tampoco estableció el reporte del ejercicio de los recursos y de gestión en informes trimestrales, como mecanismos de control y supervisión.

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No se dispone de un diagnóstico actual sobre el rezago de la infraestructura científica y tecnológica. Se constató que en 2016, el CONACYT no dispuso de un diagnóstico ni de la cuantificación del rezago de la infraestructura científica y tecnológica, así como de un inventario del equipo adquirido. Otorgamiento de apoyos a una población objetivo diferente a la definida en las Reglas de Operación. En 2016 el CONACYT apoyó 106 instituciones, centros y empresas, que sólo representó el 1.1% de las 10,041 inscritas en el Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT). De la población beneficiada, 81 (76.4%) se correspondieron con Instituciones de Educación Superior; 16 (15.1%) con Centros de Investigación-CONACYT, y 9 (8.5%) con instituciones gubernamentales. Sin embargo, se constató que la población atendida fue integrada por las solicitudes apoyadas y no por las instituciones de educación superior, centros de investigación, instituciones del sector público, del ámbito federal y estatal, así como empresas que cuenten con grupos consolidados de investigación que se encuentren inscritas en el RENIECYT, determinadas como la población objetivo en las reglas de operación del programa. Omisión de los criterios para priorizar el financiamiento de las propuestas apoyadas. El CONACYT recibió 1,826 solicitudes de apoyo para el fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica como resultado de la convocatoria publicada en enero de 2016, de las cuales 643 (35.2%) propuestas incumplieron los criterios de selección administrativos, por lo que fueron rechazadas y 1,183 (64.8%) los cumplieron, por lo que fueron aprobadas. De éstas últimas, se financiaron 208 (17.6%) y las 975 (82.4%) restantes no fueron apoyadas por falta de recursos. El consejo no acreditó los criterios de priorización para el financiamiento de las propuestas apoyadas. Reducida cobertura de apoyos otorgados. Se constató que sólo 208 propuestas fueron apoyadas, de las cuales 102 (49.0%) fueron de investigadores jóvenes y 106 (51.0%) de grupos de investigación consolidados o en consolidación. Mediante las 208 propuestas apoyadas, se benefició a 1,582 investigadores. Reducciones presupuestales afectaron el cumplimiento de las metas. Se constató que en 2016, el consejo ejerció 906.9 (78.1%) millones de pesos de los 1 mil 161.3 millones de pesos aprobados, debido a una reducción de 254.4 (21.9%) millones de pesos realizada mediante adecuaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; este recorte presupuestal limitó el cumplimiento de la meta dispuesta en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2016 de apoyar 275 propuestas; se apoyaron 67 (24.4%) propuestas menos. No se realizaron auditorías ni visitas de supervisión. Se constató que el CONACYT no realizó auditorías ni visitas de supervisión con el propósito de constatar el grado de avance en el desarrollo de los trabajos y la correcta aplicación de los recursos canalizados al sujeto de apoyo. Número de Observaciones: 8; Número de Acciones: 11 (11 RD).

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Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU). “Política de Desarrollo Urbano y Ordenamiento del Territorio”. Auditoría de Desempeño, No. 0385. Objetivo: Fiscalizar que mediante la planeación, la coordinación, el seguimiento y la evaluación, la SEDATU condujo la política pública de desarrollo urbano y ordenamiento del territorio, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Inadecuada conducción de la política de desarrollo urbano y ordenamiento del territorio. Se constató el diseño inadecuado de la planeación estratégica de la política pública, la desactualización de la normativa en la materia, la baja coordinación con los tres órdenes de gobierno para la implementación de la política, y el inadecuado seguimiento de la gestión y evaluación de los resultados de los programas del sector: El resultado fue un desproporcionado crecimiento del territorio urbano, ya que mientras la población urbana se duplicó durante los últimos treinta años, la superficie urbana se multiplicó por seis. Gasto ejercido superior al presupuesto autorizado y falta de documentación comprobatoria del destino de los recursos. La SEDATU ejerció 1 mil 802.5 millones de pesos, superior en 904.5 millones de pesos (100.7%) al presupuesto autorizado; no se acreditó que los recursos fueron destinados para el cumplimiento de los objetivos y metas del programa, ni se contó con registros auxiliares que mostraran los avances presupuestarios y contables para realizar el seguimiento y evaluación del ejercicio presupuestal. No se impulsó la constitución de una instancia sectorial de planeación. Se constató que la SEDATU no impulsó la constitución de una instancia sectorial ni estableció cuál es su objetivo y misión para contribuir al desarrollo urbano y el ordenamiento del territorio. Además, aun cuando la dependencia acreditó la dictaminación de siete manuales y dos lineamientos de operación, así como la actualización de siete reglas de operación y dos lineamientos, no dispuso del número total de instrumentos normativos susceptibles de dictaminar y actualizar. Falta de documentación comprobatoria de la suscripción de contratos, acuerdos y convenios de colaboración. Se constató que la dependencia no comprobó que en 2016 suscribió contratos, acuerdos y convenios de colaboración, coordinación y concertación con las dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, con las entidades federativas y con los municipios, para la atención y solución de problemas del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano. Resultados y avances no sustentados en la operación de la política pública. En el seguimiento, se constató que la SEDATU no evidenció la implementación del Tablero Maestro Agrario Territorial y Urbano (TAMATU), ya que no sustentó los resultados y avances en su operación; y en la evaluación, no demostró contar con un programa de trabajo en 2016 para planear, establecer y coordinar el Sistema Evaluación Integral de la Gestión del Sector, ni programó la realización de estudios prospectivos, a fin de anticipar escenarios y necesidades de desarrollo en materia de ordenamiento territorial.

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Carencia de elementos para evaluar los avances de la política pública. Se determinó que en 2016, la SEDATU careció de elementos para evaluar en qué medida avanzó en la conducción de una política de desarrollo urbano y ordenamiento del territorio, ya que no integró, procesó, generó y analizó la información estratégica del territorio nacional que coadyuvará a la planeación territorial del desarrollo y a la toma de decisiones, para asegurar la consecución de metas y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales. Número de Observaciones: 11; Número de acciones: 16 (16 RD). SEDATU. “Programa de Infraestructura: Componente Ampliación y/o Mejora de la Vivienda”. Auditoría de Desempeño, No. 0386. Objetivo: Fiscalizar que el otorgamiento de subsidios para impulsar obras, acciones y servicios de viviendas que presentan carencias de calidad y espacio contribuyó en la mejora de la ampliación y mejoramiento de viviendas. Deficiencias en el diseño de las Reglas de Operación. Se constató que las reglas de operación presentaron deficiencias en el diseño, respecto de las disposiciones legales que regulan el otorgamiento de subsidios ya que no se definió de manera específica su población objetivo para la vertiente evaluada, no se establecieron los montos por porcentaje del costo total del programa, no se definió cómo evitar que se destinen recursos a una administración costosa y excesiva, ni cómo se garantizaría que los recursos se canalizaron exclusivamente a la población objetivo. Se desconoce el monto de los recursos destinados a la ampliación y mejora de la vivienda. Se detectó que en sus documentos de rendición de cuentas y en sus registros, la SEDATU reportó un ejercicio del 69.5% (6 mil 509.2 millones de pesos) respecto del presupuesto aprobado (9 mil 362.6) en el Pp S273 “Programa de Infraestructura”, sin que se pueda identificar cuánto correspondió a la vertiente de Ampliación y/o Mejoramiento de la Vivienda ni acreditar el gasto. Falta de documentación comprobatoria de los resultados de los proyectos y bienes. La SEDATU reportó en sus bases de datos, la construcción de 77,228 cuartos adicionales, 26.1% (20,132) se encontraban en ejecución y 73.9% (57,096) fueron concluidos, lo que representó un cumplimiento del 81.2% sobre la meta programada de 95,149, y el 1.8% (30.0 millones de pesos) de la dotación de 6,855 estufas ecológicas, sin que la dependencia acreditara esos resultados. La secretaría recibió 93,178 solicitudes para la construcción de un cuarto adicional, mismas que fueron autorizadas; sin embargo, el 5.6% (5,192) de ellas no acreditó contar con el Cuestionario Único de Información Socioeconómica (CUIS), como requisito para su autorización. Deficiencias en las actividades de seguimiento de la ejecución de proyectos de obras. Se constató que la dependencia no realizó las actividades de seguimiento, por lo que carece de evidencias del avance de las obras para asegurar que los recursos se aplicaron para lo que fueron destinados y en beneficio de la población objetivo de la vertiente.

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No se cuantifica la población potencial, objetivo y atendida. Se detectó que en 2016, la SEDATU cuantificó a 21,889,499 hogares como su población potencial, y a 69,681 hogares como la atendida; sin embargo, no determinó a la población objetivo ni identificó si la población atendida se correspondió con los hogares ubicados dentro de las localidades rurales de muy alto, alto y medio rezago social o en Área Geo-Estadística Básica (AGEB) urbanas de alto, medio y bajo rezago social, cuyos hogares se encuentren en situación de pobreza y carencia por calidad y espacios de la vivienda. Número de Observaciones: 10; Número de acciones: 10 (10 RD). SEDATU. “Atención de Conflictos Agrarios”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 0382. Objetivo: Fiscalizar la gestión financiera para verificar que el presupuesto asignado al programa presupuestario E002.- Programa de Atención de Conflictos Agrarios, se ejerció y registró conforme a los montos aprobados, de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables. Deficiencias en los mecanismos de control y supervisión de la normativa que regula el programa. Se constató que la SEDATU no precisó plazos en los “Lineamientos de Operación del Programa de Atención a Conflictos Sociales en el Medio Rural”, no reguló los procedimientos para la comprobación de los recursos otorgados del programa, y no señaló la documentación que respaldará la transferencia de recursos al Fondo Nacional de Fomento Ejidal (FIFONAFE), al Tribunal Unitario Agrario (TUA) y al Fondo de Ordenamiento de la Propiedad Rural (FONORDE), así como el tipo y periodicidad de los informes que rendirán éstos. Incumplimiento del calendario de sesiones del Comité. Se constató, al realizar el análisis de las actas de sesiones del Comité del Programa de Atención a Conflictos Sociales en el Medio Rural (COMAC), que las sesiones efectuadas se realizaron con la presencia de la mayoría de sus integrantes pero no en las fechas y números establecidos en el calendario aprobado en su primera acta de sesión. Asuntos pendientes de resolver debido a que el Comité no sesiona. Se constató la existencia de cuatro asuntos (Estancia Grande, Plan de Arroyo, Lomas de la Ceniza y Francisco de la Fuente Oviedo) de ejercicios anteriores pendientes de resolver por concepto de pago de contraprestaciones por 281.3 miles de pesos (agosto de 2012); 40.0 (diciembre de 2014); 2.5 (octubre de 2015) y 5.1 millones de pesos (diciembre de 2015); para lo cual el COMAC no ha sesionado para afectar los recursos asignados al programa presupuestario. Falta de documentación comprobatoria de la contraprestación. La ASF presume un probable daño o prejuicio, o ambos a la Hacienda Pública Federal por 1.4 millones de pesos, correspondientes a la contraprestación del asunto Adolfo López Mateos pagado mediante la cuenta por liquidar certificada (CLC) núm.2155 por 8.0 millones de pesos, menos un reintegro a la TESOFE por 132.9 miles de pesos, y el cheque núm. 563 que se le entregó al beneficiario en comento por 6.5 millones de pesos.

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Irregularidades en la entrega de recursos a los beneficiarios. Se constató que derivado de cuatro transferencias de recursos al FIFONAFE por 187.6 millones de pesos, en el asunto de “Casas Grandes”, se transfirieron los recursos sin que la Dirección General de Concertación Social (DGCS) comprobara y garantizara la entrega de recursos a los beneficiarios por 150.0 millones de pesos, en un periodo no mayor a los seis meses, como lo estipulan los “Lineamientos de Operación del Programa de Atención a Conflictos Sociales en el Medio Rural”. Número de Observaciones: 6; Número de acciones: 10 (5 R, 3 PRAS, 2 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 1.4, Operadas: 0.0, Probables: 1.4. SEDATU. “Construcción de Viviendas, en la Pesquería La Gloria, Municipio de Arriaga, en el Estado de Chiapas”. Auditoría de Inversiones Físicas, No. 0383. Objetivo: Fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos federales canalizados al proyecto mediante el fideicomiso FONDEN, a fin de comprobar que las inversiones físicas se presupuestaron, ejecutaron y pagaron conforme a la legislación aplicable. Sobreprecio e irregularidades en la adquisición de un inmueble. Se constató que la SEDATU, por conducto de la Delegación Estatal de Chiapas, adquirió el terreno denominado “Las Isabeles” para la construcción de 38 viviendas que fueron reubicadas al Municipio de Arriaga, por daños ocasionados por el huracán Bárbara por 2.9 millones de pesos, no obstante el predio fue adquirido por el vendedor en el año 2014 a un valor de 107.0 miles de pesos, según consta en la escritura pública, el terreno quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Chiapas; y sin contar con el contrato de compraventa, la escritura del terreno, el valor catastral, el avalúo catastral y el avalúo del INDABBIN a la fecha de celebración de dicho convenio. Deficiencias en la planeación y programación de la ejecución de las obras. Se constató que en la revisión de contratos de obras públicas y servicios relacionados con la obra pública relativos a la construcción de viviendas de 38 acciones de reubicación en el municipio de Arriaga, Chiapas, 53 acciones de introducción de servicios en 12 municipios de Chiapas; y supervisión y control de la construcción de vivienda por importes de 4.6; 4.2 millones de pesos y 445.6 miles de pesos respectivamente; la Delegación Estatal de la SEDATU en Chiapas puso los anticipos a disposición de la contratista y la supervisora por 317, 98 y 317 días naturales antes del inicio de los trabajos y servicios; así mismo hubo suspensión de trabajos y servicios debido a que no se contaba con disponibilidad en el predio para la ejecución de los mismos; y la SEDATU no acreditó ni formalizó las suspensiones antes de iniciarlos ni durante el desarrollo de estos. Omisión en la aplicación de penas convencionales por atrasos registrados. Se constató que la Delegación Estatal de Chiapas omitió aplicar penas convencionales por los atrasos en los días naturales registrados en sus contratos de obra pública y servicios relacionados con la obra pública, por importes de 456.0, 44.6 y 424.0 miles de pesos, que representan el 10% de las fianzas de cumplimiento estipuladas en los contratos referentes a la aplicación de penas

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convencionales, ya que los importes reales que arrojan los días de atraso (366,357 y 366 días naturales, respectivamente), son 625.0; 183.0 miles de pesos y 5.0 millones de pesos. Deficiencias en las acciones de construcción de viviendas. Se constató que en las 38 viviendas correspondientes a la localidad de la pesquería La Gloria, en el municipio de Arriaga, no cuentan con los servicios urbanos básicos; la ejecución de los trabajos es de mala calidad, lo que confirma la falta de supervisión, vigilancia y control de calidad en las realización de las acciones de vivienda, a pesar de que el contrato fue adjudicado a una empresa de supervisión externa. Número de Observaciones: 12; Número de acciones: 14 (2 R, 4 SA, 7 PRAS, 1 PO). Recuperaciones Determinadas (millones de pesos): 4.7, Operadas: 0.0, Probables: 4.7.

2.4 Gasto Federalizado

FONDOS DE SALUD

De los informes individuales entregados el 30 de junio de 2017 por la ASF en materia de Salud, sobresalen los resultados de auditoría de los siguientes mecanismos fiscalizados: Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), Acuerdo de Coordinación Celebrado entre la Secretaría de Salud y la Entidad Federativa” (Seguro Popular) y al PROSPERA Programa de Inclusión Social (Componente de Salud)

FASSA

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF: los principales resultados del FASSA, se presentan a continuación:

— Recursos no enterados (al SAT o FOVISSSTE) por 3 mil 025.5 millones de pesos, en los Estados de Baja California, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca y Veracruz, lo que representa el 42.8% del monto total observado.

— Falta de documentación justificativa y comprobatoria del gasto por 1 mil 239.8 millones de pesos, en los Estados de Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Durango, México, Michoacán, Nayarit y Nuevo León, lo que representa el 17.6% del monto total observado.

— Subejercicios (incluye intereses y penas convencionales) por 1 mil 116.8 millones de pesos, en los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luís Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, lo que representa el 15.8% del monto total observado.

— Transferencia de recursos a cuentas bancarias de otros Fondos o Programas, y no reintegrados por 1 mil 060.1 millones de pesos, en los Estados de Baja California, Guerrero, Morelos, Veracruz y Yucatán, lo que representa el 15.0% del monto total observado.

— Pago de ISR con recursos de la cuenta del FASSA de personal que no corresponde al Fondo, por 144.9 millones de pesos, en el Estado de Sinaloa lo que representa el 2.1% del monto total observado.

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— Pagos improcedentes o en exceso, por 117.8 millones de pesos, que corresponde a los Estados de Colima y México, lo que representa el 1.7% del monto total observado.

— Pago de conceptos de nómina no pactados y autorizados para su pago con recursos del Fondo, por 97.8 millones de pesos, en los estados de Chiapas, Michoacán y Nayarit lo que representa el 1.4% del monto total observado.

— Falta de aplicación de los recursos en los objetivos del Fondo 93.8 millones de pesos, en los estados de Chihuahua, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Oaxaca y San Luis Potosí, lo que representa el 1.3% del monto total observado.

— Pagos posteriores a la fecha de baja, y/o no se realizó reintegro de cheques cancelados en las cuentas bancarias pagadoras de nómina, por 45.6 millones de pesos en los Estados de Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango, Michoacán, Nayarit, Sinaloa y Sonora, lo que representa el 0.6% del monto total observado.

— Otros conceptos por 120.2 millones de pesos lo que representa el 1.7% del monto total observado, destacando los siguientes: personal que no acredita el perfil académico, personal que no se localizó en su área de adscripción o comisionado a otras dependencias, pago de terceros institucionales (SAR, FOVISSTE Y ISSSTE) con recursos de la cuenta del FASSA de personal que no corresponde al Fondo, conceptos no contemplados para ser pagados con recursos del FASSA o que corresponden a ejercicios anteriores, pagos al personal de honorarios con recursos de FASSA sin tener evidencia de los contratos que amparen la relación laboral entre otros.

Seguro Popular

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF: los principales resultados del Seguro Popular, se presentan a continuación:

— Falta de documentación comprobatoria del gasto y/o contratos por 2 mil 058.6 millones de pesos, en los Estados de Baja California, Campeche, Chihuahua, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca y Sonora, lo que representó el 34.5% del monto total observado.

— Subejercicios (incluye intereses y penas convencionales) por 1 mil 803.1 millones de pesos, en los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luís Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán, lo que representó el 30.3% del monto total observado.

— Retenciones de impuestos y aportaciones de seguridad social no enteradas a las instancias correspondientes por 770.4 millones de pesos, en los Estados de Baja California, Chiapas, Guerrero, México, Michoacán y Oaxaca lo que representó el 12.9% del monto total observado.

— Transferencia de recursos a otras cuentas bancarias de otros Fondos o Programas, y no reintegrados por 406.7 millones de pesos, en los Estados de Baja California, Campeche, Chiapas, Michoacán y Tamaulipas lo que representó el 6.8% del monto total observado.

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— Pagos a personal sin contrato o superiores a lo contratado por 319.9 millones de pesos, en los Estados de Chihuahua, Ciudad de México, Durango y Michoacán, lo que representa el 5.4% del monto total observado.

— Recursos e intereses financieros no ministrados o transferidos por la tesorería estatal con oportunidad por 305.9 millones de pesos, en los Estados de México, Michoacán y Veracruz, lo que representó 5.1% del monto total observado.

— Otros conceptos por 300.4 millones de pesos, en 18 estados del país, lo que representa el 5.0% del monto total observado, entre los que destacan los siguientes: falta de aplicación de los recursos en los objetivos del Programa; pagos en adquisiciones sin contrato o contratos sin anexos; adquisición de medicamento y servicios no incluidos en el CAUSES, medicamento adquirido a un precio superior al de referencia, además del pago de medicamento que excede el porcentaje autorizado para este rubro; personal que no acredita el perfil académico, que no fueron localizados en su centro de trabajo, o que no están directamente involucradas en la prestación de servicios de atención a los beneficiaros del programa; conceptos no contemplados para ser pagados con recursos del Programa o que corresponden a ejercicios anteriores; pagos superiores a los permitidos, entre otros.

PROSPERA Programa de Inclusión Social (componente de salud)

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF: los principales resultados del PROSPERA componente de salud, se presentan a continuación:

— Subejercicio por 571.1 millones de pesos en los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, lo que representa el 46.1% del monto total observado.

— Recursos no transferidos por 316.1 millones de pesos en el Estado de Veracruz, lo que representa el 25.5% del monto total observado.

— Transferencia de recursos a cuentas bancarias de otros Fondos, Programas, cuentas bancarias de ejercicios anteriores, y no reintegrados por 224.1 millones de pesos, en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Guanajuato, Guerrero, México, Oaxaca, Quintana Roo, Sonora y Tamaulipas, lo que representa el 18.1% del monto total observado.

— Falta de documentación comprobatoria del gasto por 42.6 millones de pesos, en los Estados de Baja California Sur, Chiapas, Guerrero, Jalisco, Oaxaca y Tlaxcala, lo que representa el 3.4% del monto total observado.

— Falta del entero del Impuesto Sobre la Renta retenido a los trabajadores por 25.4 millones de pesos, en los Estados de Baja California, Chiapas, Durango, México y Morelos, lo que representa el 2.1% del monto total observado.

— Conceptos no contemplados para ser pagados con recursos del Programa o que corresponden a ejercicios anteriores por 23.7 millones de pesos en los Estados de Jalisco, Michoacán y Quintana Roo, lo que representa el 1.9% del monto total observado.

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— Otros conceptos por 35.7 millones de pesos, en Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora y Tamaulipas, lo que representa el 2.9% del monto total observado, destacando los siguientes: Pagos al personal de honorarios con recursos del PROSPERA sin tener evidencia de los contratos que amparen la relación laboral, o existen diferencias entre el monto pagado y el contratado, personal que no acredita el perfil académico, o que no están directamente involucradas en la prestación de servicios de atención a los beneficiaros del programa, Recursos no enterados al SAT, recursos recuperados durante la revisión, pendientes de aplicar, pagos posteriores a la fecha de baja, y/o no se realizó reintegro de cheques cancelados en las cuentas bancarias pagadoras de nómina, falta de aplicación de los recursos, entre otros.

INFRAESTRUCTURA SOCIAL BASICA

De los informes individuales entregados el 30 de junio de 2017 por la ASF en materia de infraestructura social básico, sobresalen los resultados de auditoría de los siguientes mecanismos fiscalizados: El Fondo de Infraestructura Social Estatal y el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

FISE

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF: los principales resultados del FISE, se presentan a continuación:

— Se detectaron recursos no aplicados en los fines del fondo por 50.1 millones de pesos.

— Se comprobó la existencia penas convencionales no aplicadas por 0.8 millones de pesos.

— Se detectó la falta de documentación comprobatoria y justificativa del gasto por 3.6 millones de pesos.

— Se detectó obra pagada no ejecutada por 10.1 millones de pesos.

FISMDF

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF: los principales resultados del FISMDF, se presentan a continuación:

— En los Municipios de Chamula y Ocosingo Chiapas, se determinó la falta de documentación justificativa y comprobatoria del gasto por 251.5 millones de pesos.

— En el Municipio de Ocosingo, Chiapas se realizaron pagos con recursos del Fondo por 16.9 millones de pesos, en obras que no están consideradas en el Catálogo de Acciones de los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo.

— En el Municipio de Ocosingo, Chiapas se identificaron pagos realizados en obras que no se encuentran en operación por 10.2 millones de pesos.

— En el Municipio de Salto del Agua, Chiapas se realizaron pagos de acciones que no están contempladas en el catálogo de los Lineamientos del Fondo por 1.5 millones de pesos.

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— En el Municipio de Tila, Chiapas se identificaron reintegros de recursos que están pendientes de aplicar en los fines del Fondo por 1.8 millones de pesos.

— En el Municipio de Manzanillo, Colima se comprobaron concepto de obras que no se concluyeron oportunamente por 4.0 millones de pesos.

— En los siguientes Municipios del Estado de Guerrero: Acatepec, Ayutla de los Libres, Chilapa de Álvarez, Ometepec y Chilpancingo de los Bravo se realizaron pagos de fertilizantes, acción que no se encuentra contemplada en la Ley de Coordinación Fiscal ni en los Lineamientos del Fondo, por 138.2 millones de pesos.

— En el Municipio de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero se constató que se realizaron 5 obras que no beneficiaron directamente a población en pobreza extrema por 8.1 millones de pesos.

— En los Municipios de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero y Santa Catarina, Nuevo León; se realizaron transferencias de recursos del Fondo a otras cuentas del Municipio por 19.9 millones de pesos.

— En el Municipio de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero se comprobó la existencia de obra pagada no ejecutada por 2.7 millones de pesos.

— En los Municipios del Estado de Guerrero. Chilpancingo de los Bravo y Ometepec se realizaron pagos diversos que no están comprendidas dentro de catálogo del Fondo por 4.5 millones de pesos.

— En el Municipio de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero se determinó un subejercicio por 4.5 millones de pesos.

— En el Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo se comprobó la existencia de obras que no operan y penas convencionales por 1.7 millones de pesos.

— En el Municipio de San Pablo del Monte, Tlaxcala se comprobó que se ejercieron recursos del Fondo sin disponer de la documentación justificativa y comprobatoria del gasto por 23.2 millones de pesos.

— En el Municipio de Progreso, Yucatán se realizaron pagos con recursos del Fondo en proyectos que no están considerados en los lineamientos establecidos por la SEDESOL y tampoco corresponden a los rubros establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, por 3.6 millones de pesos.

SEGURIDAD PÚBLICA

De los informes individuales entregados el 30 de junio de 2017 por la ASF en materia de Seguridad Pública, sobresalen los resultados de auditoría de los siguientes mecanismos fiscalizados: El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF) y el Programa de Fortalecimiento para la Seguridad (FORTASEG).

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Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF)

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF; los principales resultados del PFORTAMUN-DF, se presentan a continuación:

— En el Municipio de Manzanillo, Colima se pagaron servicios no recibidos por 0.8 millones de pesos.

— En el Municipio de Chilpancingo de los Bravo, Guerrero se identificó la falta de documentación comprobatoria y justificativa del gasto por 1.4 millones de pesos.

— En el Municipio de San Pablo del Monte, Tlaxcala se identificó la falta de documentación comprobatoria y justificativa del gasto por 3739 millones de pesos.

Programa de Fortalecimiento para la Seguridad (FORTASEG)

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF; los principales resultados del FORTASEG, se presentan a continuación:

— En los municipios de Ensenada Baja California y el de Pueblo Nuevo Durango, se realizaron transferencia de recursos del Subsidio hacia cuentas bancarias en las que se dispone de otro tipo de recursos, sin acreditar su aplicación por 45.6 millones de pesos.

— En los Municipios de Santa Cruz Xoxocotlán, Oaxaca y el Municipio de San Luis Potosí, San Luis Potosí; se detectó la falta de documentación comprobatoria del gasto por 36.3 millones de pesos.

— En los Municipios de León, Guanajuato; Aguascalientes, Aguascalientes y en La Paz, Baja California Sur; se comprobaron recursos no ejercidos ni devengados, e intereses generados que no fueron reintegrados a la TESOFE por 25.1 millones de pesos.

— Se observaron otros conceptos de irregularidad por un monto de 38.4 millones de pesos.

SANEAMIENTO FINANCIERO

De los informes individuales entregados el 30 de junio de 2017 por la ASF en materia de saneamiento financiero, sobresalen los resultados de auditoría del siguiente mecanismo fiscalizado: Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF).

Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF; los principales resultados del FAFEF, se presentan a continuación:

— Se detectó la falta de documentación comprobatoria del gasto por 3 mil 794.8 millones de pesos, que representaron el 38.6% del monto total observado.

— Se identificaron subejercicios a la fecha de la auditoría por 1 mil 979.8 millones de pesos, con el 20.2% del monto total observado.

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— Se determinaron recursos ejercidos en conceptos que no cumplen con los objetivos específicos del fondo por 1 mil 726.0 millones de pesos, que representaron el 17.6% del monto total observado. Los estados que tuvieron una mayor importancia en este concepto fueron Veracruz con el 81.1%, México con el 12.5% y Tabasco con el 3.4%.

— Se constató la transferencia de recursos a otras cuentas bancarias por 1 mil 719.7 millones de pesos que representaron el 17.5% del monto observado. Los estados que tuvieron una mayor importancia en este concepto fueron Coahuila con el 24.6%; Zacatecas con el 22.4% y Morelos con el 20.6%.

— Asimismo, se observaron otros conceptos de irregularidades por 599.2 millones de pesos, que significaron el 6.1% del monto observado.

PROGRAMAS DEL RAMO GENERAL 33

De los informes individuales entregados el 30 de junio de 2017 por la ASF en materia de Programas del Ramo General 33, sobresalen los resultados de auditoría del siguiente mecanismo fiscalizado: Fondo de Pavimentación y Desarrollo Municipal (FORTALECE).

Fondo de Pavimentación y Desarrollo Municipal (FORTALECE)

De una muestra de las auditorías reportadas por la ASF; los principales resultados del FORTALECE, se presentan a continuación:

— Se identificaron subejercicios a la fecha de la auditoría por 245.7 millones de pesos, en los Municipios de Juárez, Chihuahua, Torreón, Coahuila, León, Guanajuato, Bacalar, quintana Roo, Ahome, Sinaloa., Cd. Madero y Reynosa, Tamaulipas, Xalapa, Veracruz, y Delegaciones de Benito Juárez, Cuauhtémoc y Venustiano Carranza, CDMX, lo que representó el 64.3% del monto total observado.

— Falta de documentación justificativa y comprobatoria del gasto por 30.6 millones de pesos, en los Municipios de Ensenada, Baja California, Ocozocoautla de Espinosa, Chiapas, Yurécuaro, Michoacán, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, y Matamoros Tamaulipas, lo que representó el 8.0% del monto total observado.

— No se acreditó la propiedad del Gobierno del Estado o del Municipio del predio donde se realizó la obra ni se presentó el registro patrimonial del inmueble construido por 25.5 millones de pesos, en los Municipios de Campeche, Campeche, Ahome, Sinaloa, y Reynosa, Tamaulipas, lo que representó el 6.7% del monto total observado.

— Transferencia de recursos a otras cuentas bancarias, sin acreditar su destino y aplicación por 22.5 millones de pesos, en los Municipios de Ensenada, Baja California, y Pueblo Nuevo, Durango, lo que representó el 5.9% del monto total observado.

— Se detectaron obras de mala calidad o que no cumplieron con las especificaciones contratadas por 12.3 millones de pesos, en los Municipios de Ocozocoautla de Espinosa, Chiapas, y Reynosa, Tamaulipas, lo que representó el 3.2% del monto total observado.

— Recursos o intereses no comprometidos al 31 de diciembre de 2016 por 2.2 millones de pesos, en los Municipios de Ensenada, baja California, Ocozocoautla de Espinosa, Chiapas, Torreón, Coahuila, Ayotlán, Jalisco, Venustiano Carranza y Yurécuaro, Michoacán, Cerralvo,

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Nuevo León, Ahome, Sinaloa, Matamoros y Reynosa, Tamaulipas, y Jeréz, Zacatecas, lo que representó el 0.6% del monto total observado.

— Otro tipo de irregularidades por 43.2 millones de pesos, que representaron el 11.3% del monto total observado, que se refieren principalmente a: falta de amortización de anticipos, falta de operación de obras concluidas, pago de conceptos extraordinarios no autorizados, modificaciones del calendario de las obras sin contar con la autorización de la UPCP, obras pagadas no ejecutadas, anticipos otorgados no amortizados, obras ejecutadas de las que no se acreditó que fueran públicas, recursos o intereses no transferidos por la Entidad federativa al ejecutor, falta de aplicación de sanciones o penalizaciones por incumplimiento de las obligaciones pactadas, falta de aplicación de retenciones o retenciones no enteradas a las instancias correspondientes, ejecución de proyectos no autorizados, entre otros.

OTRAS AUDITORÍAS A ENTIDADES FEDERATIVAS

Gobierno del Estado de Chihuahua. Programas y Fondos Federales

— Recursos ministrados a FORTAFIN 2016 por 3.0 millones de pesos y a FONMETRO 2016 por 3.6 millones de pesos, que no fueron vinculados a compromisos y obligaciones formales de pago al 31 de diciembre de 2016; y recursos comprometidos no ejercidos en FORTAFIN 2016 por 98.7 millones de pesos y en FONMETRO 2016 por 62.1 millones de pesos.

Gobierno del Estado de Veracruz. Programas y Fondos Federales

— De los recursos ministrados al Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave con cargo en el FORTAFIN y FORTALECE en el ejercicio de 2016, se determinó un monto de 1 mil 304.9 millones de pesos que debe ser reintegrados a la TESOFE, en virtud de que no se acreditó documental, contable, financiera, administrativa y presupuestalmente el destino, aplicación y ejercicio de dicho importe en los proyectos autorizados.

Construcción y Equipamiento del Nuevo Hospital Hidalgo, en el Estado de Aguascalientes:

— Se omitió la aplicación de penalizaciones por trabajos pendientes de ejecutar dentro de los plazos pactados en los dos contratos revisados por 5.5 millones de pesos.

Construcción de los Centros de Justicia Penal en Ensenada y Tecate y Salas de Juicio Oral del Fuero Común, en el Estado de Baja California

— No se aplicaron las retenciones del 5.0% por penas convencionales a los contratos de obra por 13.6 millones de pesos, trabajos no autorizados por 0.9 millones de pesos y trabajos pagados no ejecutados por 1.0 millones de pesos.

Construcción de Hospital de Especialidades (Incluye Oncología) en La Localidad de Gómez Palacio, en el Estado de Durango

— Se realizaron pagos por 3.9 millones de pesos de ajustes de costos, que no se afectaron en un porcentaje igual al del anticipo otorgado por el 30.0% del monto del contrato; tres conceptos de trabajo por 1.2 millones de pesos no cumplen con los alcances de los precios; se autorizaron precios extraordinarios por 165.3 millones de pesos, sin contar con la documentación soporte establecida en la normatividad.

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Proyecto Construcción del Primer Complejo Creativo de Ciudad Creativa Digital en Guadalajara, en el Estado de Jalisco

— Se determinaron pagos por 98.7 y 55.8 millones de pesos de obra pagada no ejecutada y deficiencias en el control, registro y llenado de la bitácora de obra.

Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metrorrey, en el Estado de Nuevo León

— Se realizaron pagos indebidos por un importe de 14.4 millones de pesos y no se aplicaron las retenciones a las contratistas estipuladas en las cláusulas contractuales por 0.7 millones de pesos.

Construcción del Hospital de Especialidades de Chetumal (1a. Etapa), en el Estado de Quintana Roo

— Se pagó obra no ejecutada por 0.7 millones de pesos, se realizaron pagos indebidos a la contratista por un monto total de 3.6 millones de pesos y, sobrecosto de obra no acreditado derivado del incumplimiento de la fecha de término de los trabajos por un importe de 11.9 millones de pesos.

Construcción de la Presa Bicentenario en el Sitio los Pilares (Ampliación), en el Estado de Sonora

— Se realizaron pagos indebidos por trabajos de mala calidad por 6.9 millones de pesos, pago de material de mala calidad por 5.7 millones de pesos, pago improcedente de 10.5 millones de pesos y pago de 13.0 millones de pesos de conceptos fuera de presupuesto.

Centro de Justicia Oral del Primer Distrito Judicial en el Estado de Yucatán

— Se determinaron pagos improcedentes por 2.7 millones de pesos por incumplimiento en la calidad especificada de los conceptos de obra.

Construcción del Nuevo Centro de Convenciones de Mérida, en el Estado de Yucatán

Recursos no comprometidos al mes de diciembre de 2015 por 1.9 millones de pesos, rendimientos financieros no reintegrados a la TESOFE por 0.4 millones de pesos.

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3. Conclusiones derivadas del trabajo de análisis a los informes individuales de auditoría de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

3.1 Sobre el cumplimiento del marco jurídico

Con base en el análisis técnico y normativo de los 502 informes individuales de auditoría, la Unidad de Evaluación y Control (UEC) considera que existen los elementos técnicos suficientes para concluir que, en términos generales, las auditorías practicadas por la ASF a las entidades vinculadas a los grupos funcionales de Gobierno, Gasto Federalizado, Desarrollo Social y Desarrollo Económico, atendieron las disposiciones generales establecidas en el marco legal y normativo aplicable.

Igualmente la UEC considera que dichos informes atienden las disposiciones legales que regulan la formulación, presentación y contenido de los informes individuales de auditoría correspondientes a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2016, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 fracción VI y 79, fracciones I y II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 1, 2, 14, 15 y 35 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación (LFRCF).

Asimismo, los informes de auditoría emitidos permiten observar de forma clara sus criterios de selección, el objetivo, el alcance de cada una de ellas, los procedimientos de auditoría aplicados y el dictamen de la revisión (artículo 36, fracción I de la LFRCF).

Asimismo, los informes individuales de auditoría contienen los resultados de la fiscalización efectuada (artículo 36, fracción IV de la LFRCF).

También la ASF dio cuenta a la Cámara sobre las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, así como la imposición de las multas y demás acciones derivadas de los resultados de las auditorías practicadas en la revisión parcial de la Cuenta Pública 2016 (artículo 37 de la LFRCF).

Las denuncias de hechos (DH) correspondientes a la primera entrega de la revisión de la Cuenta Pública 2016 no fueron reportadas por la ASF. No se constataron los nombres de los servidores públicos de la ASF o, en su caso, de los despachos o profesionales independientes que realizaron los informes individuales, ni tampoco las síntesis de las justificaciones y aclaraciones que las entidades fiscalizadas presentaron en relación con los resultados y observaciones determinadas (artículo 36, fracciones V, II y VI de la LFRCF, respectivamente).

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Se constató que los informes individuales tuvieron un carácter público, manteniéndose en la página de internet de la ASF, en formatos abiertos (artículo 36, fracción VI de la LFRCF). 3.2 Sobre los datos generales de la fiscalización efectuada

Se constató que derivado de la fiscalización superior parcial a la Cuenta Pública 2016, la ASF reportó la práctica de 502 auditorías, de las cuales 236 fueron de cumplimiento financiero (47.0% del total); 154 de cumplimiento financiero con enfoque de desempeño (30.7%); 72 de desempeño (14.3%); y 40 de inversiones físicas (8.0%).

Se constató que la cobertura de entes públicos fiscalizados de los tres poderes de la nación (legislativo, judicial y ejecutivo) y órganos autónomos fue de 69 entes públicos, equivalente a un 21.4% del universo de 322 entes sujetos de fiscalización, los cuales incluyeron: dos entes del Poder Judicial a quienes se le practicaron tres auditorías; 61 entidades del Poder Ejecutivo a quienes se les practicó 117 auditorías; y seis órganos autónomos que fueron objeto de 10 revisiones.

Considerando adicionalmente a las entidades federativas y la Ciudad de México (32, que fueron sujetas de 159 auditorías), los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México (153, que fueron objeto de 212 auditorías), así como las instituciones públicas de educación superior revisadas (una, a la que se le aplicó igualmente una auditoría), se constató que la cobertura de fiscalización total fue de 255 entes fiscalizados, equivalente al 7.7% de un universo posible de 3 mil 310 entes susceptibles de ser revisados.

Se constató que el grupo funcional de Gobierno fue objeto de 41 auditorías a 26 entidades de seis sectores y órganos autónomos. Particularmente, el sector Hacienda y Crédito Público, que forma parte del grupo funcional Gobierno, fue objeto de 15 auditorías practicadas a 8 entidades. El grupo funcional de Desarrollo Social fue objeto de 37 revisiones practicadas a 22 entidades agrupadas en cinco sectores y entidades no coordinadas sectorialmente. Por su parte, el grupo funcional de Desarrollo Económico fue objeto de 46 auditorías que fueron practicadas a 22 entidades de 11 sectores. Finalmente, el Gasto Federalizado fue objeto de 378 auditorías, que incluye 367 auditorías a los estados y municipios y otras 11 revisiones de diversa índole a entidades federativas. De las 367 auditorías practicadas a los estados y municipios, 126 correspondieron a las aportaciones federales, 102 a convenios de descentralización, 78 a subsidios, 28 se efectuaron al Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado, 28 a la Participación Social y cinco a la Contraloría Social.

Asimismo se constató que en estas 378 auditorías practicadas a Gasto Federalizado de manera directa por la ASF, se concluyeron las revisiones programadas de seis fondos y programas (FASSA, FAFEF, FORTASEG, PROSPERA Programa de Inclusión Social:

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Componente de Salud, Seguro Popular y FORTALECE) y no se realizó fiscalización ni a las Participaciones, ni a la deuda de los estados y municipios.

También se constató que dentro de la Administración Pública Federal (APF), las entidades públicas más auditadas fueron: en el grupo funcional de Gobierno, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, ambas con cuatro auditorías; en el grupo funcional de Desarrollo Social, la Secretaría de Educación Pública (nueve auditorías) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (cuatro auditorías); en el grupo funcional de Desarrollo Económico, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (10 auditorías) y la Comisión Nacional de Agua (ocho auditorías); finalmente en el Gasto Federalizado, las entidades federativas más auditadas fueron: Yucatán, con 19 auditorías practicadas y Nuevo León con 18 auditorías.

Se constató que con motivo de la revisión parcial de la Cuenta Pública 2016, la ASF determinó 2 mil 087 observaciones que dieron cauce a la promoción de 2 mil 425 acciones, de las que se cuentan 1 mil 116 acciones preventivas (46.0%) y 1 mil 309 correctivas (54.0%). De las acciones preventivas, se emitieron 645 recomendaciones y 471 recomendaciones al desempeño. Por su parte, de las acciones correctivas, se contabilizaron 555 promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria PRAS; 584 pliegos de observaciones PO; 140 solicitudes de aclaración SA; 30 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal PEFCF. No se reportaron multas M.

Se constató que las entidades con mayor número de acciones emitidas fueron: en el grupo funcional de Gobierno, la Policía Federal con 27 acciones promovidas, el Instituto Nacional Electoral con 13 y el Consejo de la Judicatura Federal con 10 acciones. En el grupo funcional de Desarrollo Social, la SEP con 105 acciones promovidas (entidad con mayor número de acciones de la Administración Pública Federal), Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas con 32 acciones y SEDESOL junto con el Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia con 25 acciones. En el grupo funcional de Desarrollo Económico, SAGARPA con 74 acciones promovidas, SCT con 73 acciones y CONAGUA con 38 acciones promovidas. En Gasto Federalizado, la mayor cantidad de acciones se presentó en el estado de Michoacán con 87, seguido de Baja California con 83 y Nuevo León con 82.

En promedio, la ASF determinó 4.16 observaciones por auditoría y promovió 4.83 acciones por revisión. Asimismo, la ASF determinó en promedio, 8.18 observaciones y 9.51 acciones por entidad fiscalizada.

Se constató que, respecto de la fiscalización parcial de la Cuenta Pública 2016, a la entrega de los informes individuales se obtuvieron recuperaciones por 1 mil 581.9 millones de pesos (cifra mayor que los 1 mil 435.5 millones de pesos de recuperaciones operadas reportadas en el IR 2015), quedando aún por aclarar 21 mil 900.2 millones de pesos, que constituyen las recuperaciones probables, las cuales sólo pueden

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hacerse válidas si los entes auditados no presentan la documentación comprobatoria del gasto observado.

De igual forma se constató que las recuperaciones operadas provienen en su mayor parte del estado de México (1 mil 294.3 millones de pesos), monto que representa el 81.8% del total recuperado al 30 de junio de 2017. Por fondo, el 82.4% de las recuperaciones operadas proviene del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (1 mil 303.7 millones de pesos). A nivel de la Administración Pública Federal, el monto mayor de recuperaciones operadas proviene de la fiscalización de la entidad Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. (20.9 millones de pesos). Cabe señalar que el monto operado de las recuperaciones equivale a 6.7% de las recuperaciones determinadas. Por último, se constató que de la revisión a las Cuentas Públicas 2000-2015 más lo reportado en la fiscalización parcial de la Cuenta Pública 2016, se han operado un total de recuperaciones por 117 mil 169.9 millones de pesos. El monto de recuperaciones operadas en dicho periodo (2000-2016) representa 15.6% de las recuperaciones determinadas (752 mil 022.7 millones de pesos).

3.3 Sobre el informe y su avance en el PAAF 2016

De acuerdo con las recientes modificaciones a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la ASF realizará 3 entregas de informes individuales de fiscalización, así como la entrega del Informe General, bajo el siguiente calendario:5

En la primera entrega, la ASF practicó 502 auditorías: 41 al grupo funcional de Gobierno; 37 a Desarrollo Social; 46 a Desarrollo Económico; y 378 a Gasto Federalizado. Del total de los informes que la ASF entregó, 72 son revisiones de desempeño, 154 financieras con enfoque de desempeño, 236 financieras y de cumplimiento, y 40 de inversión física.

5 Ver Informe General de la Cuenta Pública 2015, página 37, “Comparativo de plazos de Fiscalización”. Febrero 2017, ASF. Asimismo, véase en los artículos 33 y 35 de la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Junio 2017**

-Primera entrega de Informes Individuales

Octubre 2017**

-Segunda entrega de Informes Individuales

20 de Febrero 2018*

-Tercera entrega de Informes Individuales

-Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalizacion de la Cuenta Pública

2016

Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

*Plazo en que vence. **Último día hábil del mes.

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En el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización 2016 (PAAF 2016) el número de auditorías programadas asciende a 1 mil 8666, distribuidas entre los cuatro grupos funcionales: 141 a funciones de Gobierno; 177 a Desarrollo Social; 222 a Desarrollo Económico; 1 mil 318 a Gasto Federalizado; y 8 estudios y evaluaciones.

Las 502 auditorías representan un avance del 26.9% del total de las auditorías programadas en PAAF 2016. Por grupo funcional, las 41 auditorías practicadas a Gobierno corresponden al 28.1% del total de autorías programas en el grupo; las 37 del grupo de Desarrollo Social representan un avance 20.7% de las programadas en el grupo funcional; las 46 de Desarrollo Económico representa el 20.6%; y las 378 revisiones de Gasto Federalizado representan un avance del 28.7%.

Es de destacarse que el total de las auditorías practicadas por la ASF en la primera entrega, están consideradas en el PAAF 2016.

6 Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 de fecha 28 de agosto de 2017.

PAAF Inf. Ind. PAAF Inf. Ind. PAAF Inf. Ind. PAAF Inf. Ind. PAAF Inf. Ind. PAAF Inf. Ind. PAAF Inf. Ind. PAAF Inf. Ind.

Total 149 72 751 154 807 236 136 40 15 0 6 0 2 0 1,866 502 26.9

Gobierno 46 28 4 1 77 8 13 4 1 0 3 0 2 0 146 41 28.1

Desarrollo Social52 24 14 0 96 7 8 6 7 0 2 0 0 0 179 37 20.7

Desarrollo

Económico 51 20 3 0 89 7 74 19 5 0 1 0 0 0 223 46 20.6

Gasto

Federalizado1/ 0 0 730 153 545 214 41 11 2 0 0 0 0 0 1,318 378 28.7

% de avance

respecto al

PAAF

Inf. Ind.: Primer Informe Individual

1/ Se incluyeron 11 auditorías correspondientes a Otras auditorías a Entidades Federativas, todas de inversiones físicas.

Fuente: Elaborado por la UEC con datos del PAAF 2016 y de la Matriz de Datos Básicos de la ASF 2016.

AVANCE DEL PROGRAMA ANUAL DE AUDITORÍAS PARA LA FISCALIZACIÓN (PAAF) 2016

PAAF vs Primer Informe Individual

Estudios TotalSector

DesempeñoFinanciera con enfoque

de desempeño

Financiera y de

cumplimientoInversiones físicas Forenses

Evaluación de Políticas

Públicas

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3.4 Sobre el enfoque de la fiscalización superior

En la fiscalización superior practicada por la ASF a la Cuenta Pública 2016, se llevaron a cabo 502 auditorías, frente a 1,643 y 1,659 en la fiscalización anual de 2015 y 2014, respectivamente.

Del total de auditorías practicadas en 2016, 430 fueron de regularidad y 72 de desempeño; no se realizaron evaluaciones de políticas públicas ni tampoco estudios. De lo anterior se deriva que la ASF aplicó un enfoque basado en auditorías de regularidad, al representar 85.7% de las revisiones en 2016 (430 de 502 auditorías practicadas; es decir, 8.6 de cada 10 auditorías fueron de regularidad), de las cuales 236 fueron financieras y de cumplimiento, 154 financieras con enfoque de desempeño, y 40 de inversiones físicas; no se practicó auditorías forenses. En la

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revisión anual pasada se realizaron 14 auditorías forenses y las revisiones de regularidad significaron el 89.5% de las revisiones totales a la Cuenta Pública 2015.

Es necesario destacar que el Gasto Federalizado concentró el 85.3% del total de auditorías de regularidad; es decir, a dicho gasto se le practicaron 367 revisiones (de un total de 430), de las cuales 214 fueron financieras y de cumplimiento y 153 financieras con enfoque de desempeño. Es importante señalar que a este gasto se le practicaron casi todas las auditorías financieras con enfoque de desempeño (153 de un total de 154 revisiones) y el 90.7% de las financieras y de cumplimiento (214 de un total de 236 auditorías).

Del total de auditorías de inversiones físicas (40), el grupo funcional Desarrollo Económico concentró el 47.5% de las auditorías de inversiones físicas (19); Otras Auditorías a Entidades Federativas el 27.5% (11); Desarrollo Social el 15.0% (6) y Gobierno el 10.0% restante (4).

Por su parte, sólo el 14.3% de las revisiones practicadas en 2016 fueron de desempeño (72 de 502 auditorías), porcentaje superior si se compara con el 9.1% que significó este tipo de auditoría en la revisión 2015 (149 de 1,643 auditorías practicadas). El grupo funcional Gobierno concentró el 38.9% de las auditorías de desempeño (28 revisiones); Desarrollo Social el 33.3% (24) y Desarrollo Económico el 27.8% restante (20).

3.5 Sobre la presentación y contenido de los informes individuales de auditoría

En cumplimiento a las nuevas disposiciones constitucional7 y de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación8, la Auditoría Superior de la Federación realizó, por vez primera, la entrega en tiempo y forma de los Informes de Auditoría correspondientes a la fiscalización superior de la Cuenta Pública de 2016 concluidos durante el periodo previo al último día hábil del mes de junio.

La nueva obligación de entregar resultados en tres momentos distintos, fin de junio, fin de octubre y 20 de febrero acelera el conocimiento por parte de la H. Cámara de Diputados de los primeros resultados de la fiscalización superior. Esto, como lo señala la ASF, hace más oportuno el conocimiento de datos objetivos respecto al ejercicio de recursos públicos, así como en torno al funcionamiento de programas y políticas gubernamentales.

La primera entrega realizada el último día hábil de junio consistió en 502 Informes Individuales de auditoría; el 27 por ciento del total programado en la revisión de la Cuenta Pública 2016. Adicionalmente se hizo entrega del documento “Consideraciones para la

7 Artículos 79, fracción II de la CPEUM, LFRCF, artículo 35. 8 LFRCF, artículo 35, establece que la Auditoría Superior de la Federación deberá entregar a la Cámara de Diputados el último día hábil de los meses de junio y octubre, así como el 20 de febrero del año siguiente al de la presentación de la Cuenta Pública, los informes individuales de auditoría que concluya durante el periodo respectivo.

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Labor Legislativa” y con motivo de la entrega el Auditor Superior, Contador P. C. Juan Manuel Portal.

En este punto se retoman los datos más relevantes de la numeralia presentada por el Auditor Superior en su mensaje:

De las 502 auditorías realizadas, 430 se refieren a revisiones de cumplimiento financiero y 72 a auditorías de desempeño. En el primer grupo se incluyen 154 revisiones que abarcan la verificación del logro de metas y objetivos, por lo que se catalogan como auditorías financieras con enfoque de desempeño. Del total de los informes presentados, 378 se vinculan con gasto federalizado, 46 con desarrollo económico, 41 con la función gobierno y 37 con desarrollo social.

Como resultado de estas revisiones se emitieron 2,424 acciones que se clasifican de la siguiente manera: 1,116 recomendaciones, 583 pliegos de observaciones, 555 promociones de responsabilidades administrativas sancionatorias, 140 solicitudes de aclaración y 30 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal.

Si se toma en cuenta las recuperaciones operadas entre los años 2009 y 2016, y añadimos el monto relacionado con las denuncias de hechos presentadas, más lo que probablemente se recuperará en los siguientes años, se observa un retorno de diez pesos por cada peso invertido en la ASF.

En lo concerniente a los resultados vinculados con la fiscalización de la Cuenta Pública 2016, las recuperaciones ascienden a 1,642 mdp; esta cantidad se incrementará conforme transcurra el plazo de atención a las observaciones efectuadas.

En lo tocante a las denuncias de hechos, para lo correspondiente a la Cuenta Pública 2016, estas acciones se presentarán, en su caso, en cualquier momento cuando se cuente con los elementos necesarios para tal efecto, de conformidad con lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

La entrega de Informes Individuales se realizó de manera impresa, en dispositivos electrónicos y de manera simultánea se subió al portal internet de la ASF con la posibilidad de ser consultada en línea por todos los interesados.

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4. Planteamientos, opiniones y sugerencias en torno a la primera entrega de los informes individuales de auditoría

4.1 Sugerencias de la ASF a la Cámara de Diputados La ASF distingue siete temas genéricos que son recurrentes en las inquietudes de los legisladores. De ahí infiere las correspondientes modificaciones a los ordenamientos legales: Recurrencia de observaciones e irregularidades en los tres órdenes de gobierno. La socialización de la ineficacia e ineficiencia en el ambiente organizacional tuvo su origen en fallas de control, que son responsabilidad de la dirigencia de las instituciones. La solución va encaminada a crear un entorno organizacional que conduzca al funcionario a apegarse a una serie de procedimientos y mecanismos que puedan ser controlados y que se traduzcan en el cumplimiento de las metas institucionales, por encima de las inclinaciones y objetivos individuales, esto es, a implementar sistemas de control interno para prevenir la materialización de riesgos que podrían comprometer el logro efectivo de los objetivos institucionales, así como afectar el correcto ejercicio de los recursos públicos. La propuesta de la ASF a la Cámara de Diputados va en el sentido de que la observancia de los lineamientos de control interno que se definan en el Sistema Nacional Anticorrupción y en el Sistema Nacional de Fiscalización, forme parte de las disposiciones generales en el articulado del Presupuesto de Egresos de la Federación y que, por consiguiente, sean aplicables a todos los entes que ejerzan los recursos asignados en el presupuesto, es decir, se incluyen a los tres órdenes de gobierno. Por su parte, la Unidad de Evaluación y Control recomienda a la CVASF que solicite un reporte especial (separata) en el Informe Anual de Fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente, sobre los factores determinantes de las irregularidades recurrentes observadas, lo cual permitirá enfrentar esta problemática.

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Impacto del Gasto Federalizado. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas FAFEF) tiene como objetivos fortalecer las finanzas públicas y fondear obras y acciones que apoyen el crecimiento económico, desarrollo social y servicios públicos de los estados. La ASF ha determinado que, a pesar de que el FAFEF representa un apoyo importante para el financiamiento del servicio de la deuda pública de las entidades federativas, los recursos se utilizan para resarcir el monto pagado para estos efectos con las participaciones federales. Esto afecta la transparencia de la gestión del fondo y dificulta su trazabilidad. La propuesta de la ASF a la Cámara de Diputados es la de plantear cambios específicos en distintas fracciones del artículo 47 de la Ley de Coordinación Fiscal:

En la fracción I, incluir que los estudios, elaboración y evaluación de proyectos, supervisión y control, deben referirse a las obras de infraestructura financiadas con los recursos del fondo. Asimismo, precisar el alcance del concepto de Infraestructura física, para lo cual se propone que en ésta se consideren las obras referentes a: las infraestructuras artística y cultural, deportiva, educativa, social y vial y urbana.

En la fracción II, especificar que la utilización del FAFEF para el saneamiento financiero debe constreñirse al pago de la amortización de la deuda pública y los gastos asociados a la misma, de manera directa, en porcentajes a ser determinados. Asimismo, se propone que se precise el concepto de “acciones de saneamiento financiero”.

En la fracción III, especificar que el saneamiento de pensiones se realizará mediante el pago de la nómina de jubilados y pensionados. Por su parte, en cuanto a la reforma del sistema de pensiones de los estados, se sugiere que se señale que un porcentaje por definirse del fondo, se destine a incrementar las reservas actuariales.

En las fracciones IV, V, VI, VII y VIII, establecer un porcentaje para asignar recursos a los rubros indicados en cada una de ellas.

En la fracción IX, especificar que el financiamiento de pago a estudios, proyectos, supervisión, liberación del derecho de vía y otros bienes y servicios, se debe relacionar exclusivamente con las obras financiadas con recursos del fondo.

En el último párrafo del citado artículo, incluir como salvedades de su destino para erogaciones de gasto corriente o de operación, los casos previstos, expresamente, en las fracciones I y III.

En adición a lo anterior, la UEC recomienda incorporar un capítulo de transparencia, tanto de las amortizaciones de la deuda pública, como de los costos de la reestructuración, y transparentar el pago de dicha reestructura y las comisiones de la misma, así como los nombres de los comisionistas, directos e indirectos. Oportunidad en el Gasto Federalizado. La ASF determinó que una de las causas que explica el incumplimiento de los objetivos de los diversos fondos y programas que integran el Gasto Federalizado se vincula con la falta de oportunidad en el ejercicio de los recursos, lo que a su vez es generado por una ministración tardía por parte de las tesorerías estatales.

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La propuesta de la ASF a la Cámara de Diputados para mejorar el marco de actuación de todos los fondos y programas del Gasto Federalizado, va en el sentido de plantear un cambio a la LGCG en los siguientes términos:

En el artículo 69, quinto párrafo, incluir la disposición de que las tesorerías estatales ministren los recursos provenientes de la Federación, a los entes ejecutores, dentro de los cinco días hábiles posteriores a su recepción.

La UEC propone agregar en esta propuesta que la violación de esa normativa implique sanciones punitivas severas, sujetas a un dictamen de la ASF. Mejora de prestación de servicios ciudadanos. Con el objeto de que se asegure que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuente con un cuerpo permanente de profesionales, calificado y especializado en las actividades que les corresponden y que contribuya a mejorar la prestación de los servicios, en beneficio de los derechohabientes, la ASF propone a la Cámara de Diputados que en Ley del Seguro Social (LSS) se modifique el artículo 286- G, con el fin de establecer un mayor alcance en el Sistema de Profesionalización y Desarrollo del Personal, para que incluya a los trabajadores con actividades sustantivas. Participación social en la vigilancia del gasto. La participación ciudadana no ha alcanzado un nivel de institucionalización generalizado, en parte, debido a que su marco normativo es disperso, carece de integralidad y su implementación está sujeta, en muchos casos, a la discrecionalidad de autoridades y funcionarios. Además su tratamiento normativo es laxo y opcional. En consecuencia la ASF propone a la Cámara de Diputados:

Emitir una Ley General de Participación Social, que impulse y fortalezca el proceso participativo de la ciudadanía en la gestión, seguimiento, vigilancia y evaluación de los recursos públicos.

Que en la Ley General de Educación (LGE) se modifique el artículo 65, fracción VII, con el fin de establecer la obligación de las autoridades educativas en las entidades federativas de entregar a los Consejos Escolares de Participación Social, al inicio del ciclo escolar y a la mitad de éste, la información relativa a las plantillas de docentes que laboran en cada uno de los planteles, adicionalmente a la obligación de hacer pública dicha información.

Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado (SED-GF). El avance que se tiene actualmente en la implementación y operación del SED-GF es todavía limitado en los gobiernos estatales y los municipales, por lo que es fundamental desarrollar estrategias para su fortalecimiento. Por lo tanto, la ASF propone realizar modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en los siguientes artículos:

En el artículo 85, fracción I, se propone señalar que la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) serán responsables de coordinar el proceso de implementación y desarrollo del SED sobre los recursos

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federales transferidos. La coordinación deberá abarcar a los gobiernos locales, así como a las dependencias federales responsables de los fondos y programas.

En el artículo 111, segundo párrafo, se sugiere establecer que el SED será obligatorio para los ejecutores de gasto, así como para las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

La Unidad de Evaluación y Control propone considerar estas modificaciones como estratégicas para la labor fiscalizadora. Impacto ambiental. La ASF identificó que las plagas y enfermedades forestales representan un gran riesgo para asegurar la protección de los ecosistemas, la provisión de los servicios ambientales y la productividad del sector. En consecuencia la ASF propone que en el artículo 121 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) se establezca la obligación de los ejidatarios, comuneros y demás propietarios o poseedores de terrenos forestales, así como los titulares de autorizaciones de aprovechamiento de recursos forestales de informar a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) sobre la conclusión de los trabajos de saneamiento forestal. A continuación se especifican en un cuadro-resumen las propuestas de modificaciones y reformas legislativas que hace la ASF a la Cámara de Diputados, derivadas de la primera entrega de informes individuales de auditoría correspondientes a la revisión de la Cuenta Pública 2016:

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

110

Ordenamiento Jurídico Disposiciones Propuesta Contribución

Presupuesto de Egresos

de la Federación

Disposiciones

generales

• Incorporar la observancia de los l ineamientos de

control interno7 como parte de las disposiciones

generales en el articulado del PEF, y que éstos sean

aplicables a todos los entes (en los tres órdenes de

gobierno) que ejerzan recursos asignados en el

presupuesto.

Fomentar una gestión basada en riesgos, con enfoque en

la prevención, detección y disuasión de actos irregulares,

así como asegurar razonablemente el cumplimiento de los

objetivos.

Artículo 47,

Fracción I

• Incluir que los estudios, elaboración y evaluación de

proyectos, supervisión y control, deben referirse a las

obras de infraestructura financiadas con los recursos del

FAFEF.

Artículo 47,

Fracción II

• Especificar que la util ización del FAFEF para el

saneamiento financiero debe constreñirse al pago de la

amortización de la deuda pública y los gastos asociados

a la misma, de manera directa, en porcentajes a ser

determinados por la H. Cámara de Diputados. • Precisar

el concepto de “acciones de saneamiento financiero”.

Artículo 47,

Fracción III

• Especificar que el saneamiento de pensiones se

realizará mediante el pago de la nómina de jubilados y

pensionados. • En cuanto a la reforma del sistema de

pensiones de los estados, se sugiere señalar que un

porcentaje por definirse del FAFEF, se destine a

incrementar las reservas actuariales.

Artículo 47,

Fracciones IV, V,

VII y VIII

• Establecer un porcentaje para asignar recursos a los

rubros indicados en cada una de estas fracciones.

Artículo 47,

Fracción IX

• Especificar que el financiamiento de pago a estudios,

proyectos, supervisión, l iberación del derecho de vía y

otros bienes y servicios, se deben relacionar,

exclusivamente, a las obras financiadas con recursos del

fondo.

Artículo 47,

Último párrafo

• Incluir como salvedades de su destino para erogaciones

de gasto corriente o de operación los casos previstos,

expresamente, en las fracciones I y III.

Ley General de

Contabilidad

Gubernamental

Artículo 69,

Quinto Párrafo

• Incluir que las tesorerías estatales ministren los

recursos provenientes de la Federación, a los entes

ejecutores, dentro de los cinco días hábiles posteriores a

su recepción.

Favorecer el cumplimiento de los objetivos de los fondos

y programas del Gasto Federalizado.

Ley del Seguro Social Artículo 286-G

• Establecer un mayor alcance en el Sistema de

Profesionalización y Desarrollo del Personal, para que

incluya a los trabajadores con actividades sustantivas.

Mejorar la calidad de los servicios que otorga el IMSS, en

beneficio de sus derechohabientes.

Ley General de

Participación Social Nueva ley

• Impulsar y fortalecer el proceso participativo de la

ciudadanía en la gestión, seguimiento, vigilancia y

evaluación de los recursos públicos.

Evitar la dispersión del marco normativo existente.

Ley General de

Educación

Artículo 65,

Fracción VII

• Establecer la obligación de las autoridades educativas

estatales de entregar a los Consejos Escolares de

Participación Social, al inicio del ciclo escolar y a la

mitad de éste, la información relativa a la plantil la de

docentes que laboran en cada uno de los planteles,

adicionalmente a la obligación de hacer pública dicha

información.

Lograr un mayor acercamiento entre el gobierno y los

órganos de participación ciudadana sobre la calidad de

los servicios educativos.

Participación social en la vigilancia del gasto

Recurrencia de observaciones e irregularidades en los tres órdenes de gobierno

Impacto del Gasto Federalizado

El rediseño normativo del FAFEF permitirá que su

aplicación sirva para los objetivos que fue creado, sin

dar lugar a ambigüedades. Reducir la discrecionalidad,

en la priorización de proyectos según el impacto

esperado y a la trazabilidad de los recursos.

Ley de Coordinación

Fiscal

Mejora de prestación de servicios al ciudadano

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Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

111

4.2 Temas a valorar para el trabajo legislativo

Propuestas para la conformación del PEF 2018

Los resultados de doce auditorías de desempeño sirven como fundamento para que la ASF presente a la H. Cámara de Diputados una serie de sugerencias para que sean consideradas en la conformación del PEF 2018. Dichas propuestas se agrupan en siete apartados: (1) educación media superior, (2) educación superior, (3) desarrollo urbano, (4) protección social a grupos vulnerables (5) ciencia, tecnología e innovación (6) asuntos laborales y (7) gestión del agua: Educación media superior

Se sugiere que en el PEF se disponga que los subsidios aprobados a las instituciones de educación media superior para la expansión de la oferta educativa no podrán ser afectados, a fin de coadyuvar al cumplimiento de la meta del 80% de la cobertura educativa establecida en el Programa Sectorial de Educación 2013-2018, así como la cobertura total establecida en la Carta Magna (auditoría involucrada: 142-DS).

Se sugiere que en la aprobación del PEF, se incluya un programa presupuestario para destinar recursos al pago de servicios personales para la operación de los servicios de educación media superior (auditorías involucradas: 161-DS y 162-DS).

Se sugiere que los recursos aprobados para apoyar el equipamiento de planteles, contar con personal docente suficiente y actualizado, así como para disponer de planes y programas educativos actualizados sean ejercidos en esos rubros y, con ello, avanzar en el cumplimiento de la meta del 80% de cobertura educativa establecida en el

Ordenamiento Jurídico Disposiciones Propuesta Contribución

Artículo 85,

fracción I

• Señalar que la SHCP y el CONEVAL serán responsables de

coordinar el proceso de implementación y desarrollo del

SED sobre los recursos federales transferidos. La

coordinación deberá abarcar a los gobiernos locales, así

como a las dependencias federales responsables de los

fondos y programas.

Artículo 111,

segundo párrafo

• Establecer que el SED será obligatorio para los

ejecutores de gasto, así como para las entidades

federativas, municipios y demarcaciones territoriales de

la Ciudad de México en lo que corresponde a los recursos

federales que les sean transferidos.

Ley General de

Desarrollo Forestal

Sustentable

Artículo 121

• Establecer la obligación de los ejidatarios, comuneros y

demás propietarios o poseedores de terrenos forestales,

así como los titulares de autorizaciones de

aprovechamiento de recursos forestales de informar a la

SEMARNAT sobre la conclusión de los trabajos de

saneamiento forestal.

Generar información relevante para la H. Cámara de

Diputados y la sociedad en general, respecto al

cumplimiento de las normas instituidas por el Estado

mexicano, para efectos de conservación de los recursos

naturales.

Fuente. Elaborado por la UEC con datos de la ASF.

7/ Se refiere al MICI, revisado y aprobado por la ASF y la SFP, como parte de los trabajos del SNF.

Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado

Ley Federal de

Presupuesto y

Responsabilidad

Hacendaria

Fortalecer la implementación del SED en las entidades

federativas.

Impacto ambiental

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

112

Programa Sectorial de Educación 2013-2018, así como en la cobertura total prevista en la Carta Magna (auditorías involucradas: 161-DS y 162-DS).

Educación superior

Se sugiere que en el PEF se disponga que los subsidios aprobados a las instituciones de educación superior para la expansión de la oferta educativa no podrán ser afectados, a fin de coadyuvar al cumplimiento de la meta de alcanzar al menos el 40 por ciento de cobertura educativa, prevista en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y el Programa Sectorial de Educación 2013-2018 (auditoría involucrada: 143-DS).

Desarrollo Urbano

Se sugiere que en la aprobación del PEF se disponga que los recursos federales para la conducción de la política pública del desarrollo urbano y ordenamiento territorial sean ejercidos para atender efectivamente el mandato de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU; auditoría involucrada: 385-DE).

Se sugiere que en la asignación del presupuesto se considere la gestión por resultados y se fortalezca la intervención de los órganos internos de control, para la comprobación del ejercicio de los recursos (auditorías involucradas: 386-DE; 387-DE; 388-DE).

Protección social a grupos vulnerables

Se sugiere que en la aprobación del PEF se incluyan recursos para integrar el Registro Único Obligatorio de las instituciones públicas y privadas que otorgan servicios a la población adulta mayor, a fin de contribuir a garantizar la regulación de todos los centros de atención para mejorar sus instalaciones, elevar la calidad de la prestación de los servicios y profesionalizar al personal y, con ello, incidir en el desarrollo humano integral de este segmento de la población (auditoría involucrada: 274-DS).

Se sugiere que en el PEF se incorpore, como prioridad para la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el fortalecimiento de la coordinación de la política pública en el país, a efecto de que cumpla su mandato de orientar, coordinar, dar seguimiento y evaluar los programas y proyectos que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) desarrollen en materia indígena, así como con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios (auditoría involucrada: 277-DS).

Ciencia, tecnología e innovación

Se sugiere que la asignación de los recursos presupuestarios para proyectos de infraestructura multianuales se base en sus avances físicos financieros y, con ello, lograr que se concluyan de manera oportuna (auditoría involucrada: 337-DE).

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Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

113

Asuntos laborales

Se sugiere que la H. Cámara de Diputados considere, para la conformación del PEF 2018, que los recursos asignados a las funciones de inspección, en el ejercicio 2016, fueron reasignados, observando la normativa aplicable, para otros fines, pero afectando al mismo tiempo el cumplimiento de los objetivos originalmente previstos y aprobados por esta soberanía (auditoría involucrada: 378-DE).

Gestión del agua Se sugiere que en la asignación de recursos, en el PEF 2018, para la atención del problema del agua se tome en cuenta que el recurso hídrico es considerado como estratégico y está calificado como un asunto de seguridad nacional (auditoría involucrada: 415-DE).

Propuestas de modificaciones y reformas legislativas

La ASF distingue siete temas genéricos que son recurrentes en las inquietudes de los legisladores. De ahí infiere las correspondientes modificaciones a los ordenamientos legales: Recurrencia de observaciones e irregularidades en los tres órdenes de gobierno. La socialización de la ineficacia e ineficiencia en el ambiente organizacional tuvo su origen en fallas de control, que son responsabilidad de la dirigencia de las instituciones. La solución va encaminada a crear un entorno organizacional que conduzca al funcionario a apegarse a una serie de procedimientos y mecanismos que puedan ser controlados y que se traduzcan en el cumplimiento de las metas institucionales, por encima de las inclinaciones y objetivos individuales, esto es, a implementar sistemas de control interno para prevenir la materialización de riesgos que podrían comprometer el logro efectivo de los objetivos institucionales, así como afectar el correcto ejercicio de los recursos públicos. La propuesta de la ASF a la Cámara de Diputados va en el sentido de que la observancia de los lineamientos de control interno que se definan en el Sistema Nacional Anticorrupción y en el Sistema Nacional de Fiscalización, forme parte de las disposiciones generales en el articulado del Presupuesto de Egresos de la Federación y que, por consiguiente, sean aplicables a todos los entes que ejerzan los recursos asignados en el presupuesto, es decir, se incluyen a los tres órdenes de gobierno. Por su parte, la Unidad de Evaluación y Control recomienda a la CVASF que solicite un reporte especial (separata) en el Informe Anual de Fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente, sobre los factores determinantes de las irregularidades recurrentes observadas, lo cual permitirá enfrentar esta problemática. Impacto del Gasto Federalizado. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas FAFEF) tiene como objetivos fortalecer las finanzas públicas y fondear obras y acciones que apoyen el crecimiento económico, desarrollo social y servicios públicos de los estados. La ASF ha determinado que, a pesar de que el FAFEF representa un apoyo importante para el financiamiento del servicio de la deuda pública de las entidades federativas, los recursos se utilizan para resarcir el monto pagado para estos efectos con las

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

114

participaciones federales. Esto afecta la transparencia de la gestión del fondo y dificulta su trazabilidad. La propuesta de la ASF a la Cámara de Diputados es la de plantear cambios específicos en distintas fracciones del artículo 47 de la Ley de Coordinación Fiscal:

En la fracción I, incluir que los estudios, elaboración y evaluación de proyectos, supervisión y control, deben referirse a las obras de infraestructura financiadas con los recursos del fondo. Asimismo, precisar el alcance del concepto de Infraestructura física, para lo cual se propone que en ésta se consideren las obras referentes a: las infraestructuras artística y cultural, deportiva, educativa, social y vial y urbana.

En la fracción II, especificar que la utilización del FAFEF para el saneamiento financiero debe constreñirse al pago de la amortización de la deuda pública y los gastos asociados a la misma, de manera directa, en porcentajes a ser determinados. Asimismo, se propone que se precise el concepto de “acciones de saneamiento financiero”.

En la fracción III, especificar que el saneamiento de pensiones se realizará mediante el pago de la nómina de jubilados y pensionados. Por su parte, en cuanto a la reforma del sistema de pensiones de los estados, se sugiere que se señale que un porcentaje por definirse del fondo, se destine a incrementar las reservas actuariales.

En las fracciones IV, V, VI, VII y VIII, establecer un porcentaje para asignar recursos a los rubros indicados en cada una de ellas.

En la fracción IX, especificar que el financiamiento de pago a estudios, proyectos, supervisión, liberación del derecho de vía y otros bienes y servicios, se debe relacionar exclusivamente con las obras financiadas con recursos del fondo.

En el último párrafo del citado artículo, incluir como salvedades de su destino para erogaciones de gasto corriente o de operación, los casos previstos, expresamente, en las fracciones I y III.

En adición a lo anterior, la UEC recomienda incorporar un capítulo de transparencia, tanto de las amortizaciones de la deuda pública, como de los costos de la reestructuración, y transparentar el pago de dicha reestructura y las comisiones de la misma, así como los nombres de los comisionistas, directos e indirectos. Oportunidad en el Gasto Federalizado. La ASF determinó que una de las causas que explica el incumplimiento de los objetivos de los diversos fondos y programas que integran el Gasto Federalizado se vincula con la falta de oportunidad en el ejercicio de los recursos, lo que a su vez es generado por una ministración tardía por parte de las tesorerías estatales. La propuesta de la ASF a la Cámara de Diputados para mejorar el marco de actuación de todos los fondos y programas del Gasto Federalizado, va en el sentido de plantear un cambio a la LGCG en los siguientes términos:

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

115

En el artículo 69, quinto párrafo, incluir la disposición de que las tesorerías estatales ministren los recursos provenientes de la Federación, a los entes ejecutores, dentro de los cinco días hábiles posteriores a su recepción.

La UEC propone agregar en esta propuesta que la violación de esa normativa implique sanciones punitivas severas, sujetas a un dictamen de la ASF. Mejora de prestación de servicios ciudadanos. Con el objeto de que se asegure que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuente con un cuerpo permanente de profesionales, calificado y especializado en las actividades que les corresponden y que contribuya a mejorar la prestación de los servicios, en beneficio de los derechohabientes, la ASF propone a la Cámara de Diputados que en Ley del Seguro Social (LSS) se modifique el artículo 286- G, con el fin de establecer un mayor alcance en el Sistema de Profesionalización y Desarrollo del Personal, para que incluya a los trabajadores con actividades sustantivas. Participación social en la vigilancia del gasto. La participación ciudadana no ha alcanzado un nivel de institucionalización generalizado, en parte, debido a que su marco normativo es disperso, carece de integralidad y su implementación está sujeta, en muchos casos, a la discrecionalidad de autoridades y funcionarios. Además, su tratamiento normativo es laxo y opcional. En consecuencia, la ASF propone a la Cámara de Diputados:

Emitir una Ley General de Participación Social, que impulse y fortalezca el proceso participativo de la ciudadanía en la gestión, seguimiento, vigilancia y evaluación de los recursos públicos.

Que en la Ley General de Educación (LGE) se modifique el artículo 65, fracción VII, con el fin de establecer la obligación de las autoridades educativas en las entidades federativas de entregar a los Consejos Escolares de Participación Social, al inicio del ciclo escolar y a la mitad de éste, la información relativa a las plantillas de docentes que laboran en cada uno de los planteles, adicionalmente a la obligación de hacer pública dicha información.

Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado (SED-GF). El avance que se tiene actualmente en la implementación y operación del SED-GF es todavía limitado en los gobiernos estatales y los municipales, por lo que es fundamental desarrollar estrategias para su fortalecimiento. Por lo tanto, la ASF propone realizar modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en los siguientes artículos:

En el artículo 85, fracción I, se propone señalar que la SHCP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) serán responsables de coordinar el proceso de implementación y desarrollo del SED sobre los recursos federales transferidos. La coordinación deberá abarcar a los gobiernos locales, así como a las dependencias federales responsables de los fondos y programas.

En el artículo 111, segundo párrafo, se sugiere establecer que el SED será obligatorio para los ejecutores de gasto, así como para las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

116

La Unidad de Evaluación y Control propone considerar estas modificaciones como estratégicas para la labor fiscalizadora. Impacto ambiental. La ASF identificó que las plagas y enfermedades forestales representan un gran riesgo para asegurar la protección de los ecosistemas, la provisión de los servicios ambientales y la productividad del sector. En consecuencia la ASF propone que en el artículo 121 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) se establezca la obligación de los ejidatarios, comuneros y demás propietarios o poseedores de terrenos forestales, así como los titulares de autorizaciones de aprovechamiento de recursos forestales de informar a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) sobre la conclusión de los trabajos de saneamiento forestal. A continuación, se especifican en un cuadro-resumen las propuestas de modificaciones y reformas legislativas que hace la ASF a la Cámara de Diputados, derivadas de la primera entrega de informes individuales de auditoría correspondientes a la revisión de la Cuenta Pública 2016:

Ordenamiento Jurídico Disposiciones Propuesta Contribución

Presupuesto de Egresos

de la Federación

Disposiciones

generales

• Incorporar la observancia de los lineamientos de

control interno7 como parte de las disposiciones

generales en el articulado del PEF, y que éstos sean

aplicables a todos los entes (en los tres órdenes de

gobierno) que ejerzan recursos asignados en el

presupuesto.

Fomentar una gestión basada en riesgos, con enfoque en

la prevención, detección y disuasión de actos irregulares,

así como asegurar razonablemente el cumplimiento de los

objetivos.

Recurrencia de observaciones e irregularidades en los tres órdenes de gobierno

Artículo 47,

Fracción I

• Incluir que los estudios, elaboración y evaluación de

proyectos, supervisión y control, deben referirse a las

obras de infraestructura financiadas con los recursos del

FAFEF.

Artículo 47,

Fracción II

• Especificar que la util ización del FAFEF para el

saneamiento financiero debe constreñirse al pago de la

amortización de la deuda pública y los gastos asociados

a la misma, de manera directa, en porcentajes a ser

determinados por la H. Cámara de Diputados. • Precisar

el concepto de “acciones de saneamiento financiero”.

Artículo 47,

Fracción III

• Especificar que el saneamiento de pensiones se

realizará mediante el pago de la nómina de jubilados y

pensionados. • En cuanto a la reforma del sistema de

pensiones de los estados, se sugiere señalar que un

porcentaje por definirse del FAFEF, se destine a

incrementar las reservas actuariales.

Artículo 47,

Fracciones IV, V,

VII y VIII

• Establecer un porcentaje para asignar recursos a los

rubros indicados en cada una de estas fracciones.

Artículo 47,

Fracción IX

• Especificar que el financiamiento de pago a estudios,

proyectos, supervisión, l iberación del derecho de vía y

otros bienes y servicios, se deben relacionar,

exclusivamente, a las obras financiadas con recursos del

fondo.

Artículo 47,

Último párrafo

• Incluir como salvedades de su destino para erogaciones

de gasto corriente o de operación los casos previstos,

expresamente, en las fracciones I y III.

Ley General de

Contabilidad

Gubernamental

Artículo 69,

Quinto Párrafo

• Incluir que las tesorerías estatales ministren los

recursos provenientes de la Federación, a los entes

ejecutores, dentro de los cinco días hábiles posteriores a

su recepción.

Favorecer el cumplimiento de los objetivos de los fondos

y programas del Gasto Federalizado.

Ley del Seguro Social Artículo 286-G

• Establecer un mayor alcance en el Sistema de

Profesionalización y Desarrollo del Personal, para que

incluya a los trabajadores con actividades sustantivas.

Mejorar la calidad de los servicios que otorga el IMSS, en

beneficio de sus derechohabientes.

Ley General de

Participación Social Nueva ley

• Impulsar y fortalecer el proceso participativo de la

ciudadanía en la gestión, seguimiento, vigilancia y

evaluación de los recursos públicos.

Evitar la dispersión del marco normativo existente.

Ley General de

Educación

Artículo 65,

Fracción VII

• Establecer la obligación de las autoridades educativas

estatales de entregar a los Consejos Escolares de

Participación Social, al inicio del ciclo escolar y a la

mitad de éste, la información relativa a la plantil la de

docentes que laboran en cada uno de los planteles,

adicionalmente a la obligación de hacer pública dicha

información.

Lograr un mayor acercamiento entre el gobierno y los

órganos de participación ciudadana sobre la calidad de

los servicios educativos.

Artículo 85,

fracción I

• Señalar que la SHCP y el CONEVAL serán responsables de

coordinar el proceso de implementación y desarrollo del

SED sobre los recursos federales transferidos. La

coordinación deberá abarcar a los gobiernos locales, así

como a las dependencias federales responsables de los

fondos y programas.

Artículo 111,

segundo párrafo

• Establecer que el SED será obligatorio para los

ejecutores de gasto, así como para las entidades

federativas, municipios y demarcaciones territoriales de

la Ciudad de México en lo que corresponde a los recursos

federales que les sean transferidos.

Ley General de

Desarrollo Forestal

Sustentable

Artículo 121

• Establecer la obligación de los ejidatarios, comuneros y

demás propietarios o poseedores de terrenos forestales,

así como los titulares de autorizaciones de

aprovechamiento de recursos forestales de informar a la

SEMARNAT sobre la conclusión de los trabajos de

saneamiento forestal.

Generar información relevante para la H. Cámara de

Diputados y la sociedad en general, respecto al

cumplimiento de las normas instituidas por el Estado

mexicano, para efectos de conservación de los recursos

naturales.

Impacto del Gasto Federalizado

El rediseño normativo del FAFEF permitirá que su

aplicación sirva para los objetivos que fue creado, sin

dar lugar a ambigüedades. Reducir la discrecionalidad,

en la priorización de proyectos según el impacto

esperado y a la trazabilidad de los recursos.

Ley de Coordinación

Fiscal

Mejora de prestación de servicios al ciudadano

7/ Se refiere al MICI, revisado y aprobado por la ASF y la SFP, como parte de los trabajos del SNF.

Participación social en la vigilancia del gasto

Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado

Ley Federal de

Presupuesto y

Responsabilidad

Hacendaria

Fortalecer la implementación del SED en las entidades

federativas.

Impacto ambiental

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Documento para la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

117

4.3 Implicaciones de la Nueva Ley de Fiscalización Superior

Segmentación de los informes individuales. Con la entrada en vigor de la nueva Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la mecánica y los tiempos para comunicar a la Cámara de Diputados los resultados de la fiscalización de la Cuenta Pública se vuelve más oportuna y dinámica, propiciando una mayor posible utilidad al trabajo legislativo, ya que al segmentarse las entregas de los informes, se facilita la profundización en el análisis de los resultados de las auditorías, se hace ´más útil la fiscalización en el proceso de determinación del PEF y permite el origen de propuestas de reformas normativas. Un área de oportunidad en la que se encuentra trabajando la ASF es la de priorizar para las entregas de junio y octubre, los temas que pudieran tener mayor impacto en las tareas de los diputados, como ha sido solicitado por los legisladores de la CVASF. Además, con la notificación más oportuna del respectivo informe individual a las entidades auditadas, quedarán formalmente promovidas y notificadas las acciones y recomendaciones a las que haya habido lugar, lo que permitirá, por ejemplo, acelerar los tiempos para la solventación de algunas de las observaciones o el inicio de acciones, como el caso de los procedimientos resarcitorios.

Artículo 47,

Fracción I

• Incluir que los estudios, elaboración y evaluación de

proyectos, supervisión y control, deben referirse a las

obras de infraestructura financiadas con los recursos del

FAFEF.

Artículo 47,

Fracción II

• Especificar que la util ización del FAFEF para el

saneamiento financiero debe constreñirse al pago de la

amortización de la deuda pública y los gastos asociados

a la misma, de manera directa, en porcentajes a ser

determinados por la H. Cámara de Diputados. • Precisar

el concepto de “acciones de saneamiento financiero”.

Artículo 47,

Fracción III

• Especificar que el saneamiento de pensiones se

realizará mediante el pago de la nómina de jubilados y

pensionados. • En cuanto a la reforma del sistema de

pensiones de los estados, se sugiere señalar que un

porcentaje por definirse del FAFEF, se destine a

incrementar las reservas actuariales.

Artículo 47,

Fracciones IV, V,

VII y VIII

• Establecer un porcentaje para asignar recursos a los

rubros indicados en cada una de estas fracciones.

Artículo 47,

Fracción IX

• Especificar que el financiamiento de pago a estudios,

proyectos, supervisión, l iberación del derecho de vía y

otros bienes y servicios, se deben relacionar,

exclusivamente, a las obras financiadas con recursos del

fondo.

Artículo 47,

Último párrafo

• Incluir como salvedades de su destino para erogaciones

de gasto corriente o de operación los casos previstos,

expresamente, en las fracciones I y III.

Ley General de

Contabilidad

Gubernamental

Artículo 69,

Quinto Párrafo

• Incluir que las tesorerías estatales ministren los

recursos provenientes de la Federación, a los entes

ejecutores, dentro de los cinco días hábiles posteriores a

su recepción.

Favorecer el cumplimiento de los objetivos de los fondos

y programas del Gasto Federalizado.

Ley del Seguro Social Artículo 286-G

• Establecer un mayor alcance en el Sistema de

Profesionalización y Desarrollo del Personal, para que

incluya a los trabajadores con actividades sustantivas.

Mejorar la calidad de los servicios que otorga el IMSS, en

beneficio de sus derechohabientes.

Ley General de

Participación Social Nueva ley

• Impulsar y fortalecer el proceso participativo de la

ciudadanía en la gestión, seguimiento, vigilancia y

evaluación de los recursos públicos.

Evitar la dispersión del marco normativo existente.

Ley General de

Educación

Artículo 65,

Fracción VII

• Establecer la obligación de las autoridades educativas

estatales de entregar a los Consejos Escolares de

Participación Social, al inicio del ciclo escolar y a la

mitad de éste, la información relativa a la plantil la de

docentes que laboran en cada uno de los planteles,

adicionalmente a la obligación de hacer pública dicha

información.

Lograr un mayor acercamiento entre el gobierno y los

órganos de participación ciudadana sobre la calidad de

los servicios educativos.

Artículo 85,

fracción I

• Señalar que la SHCP y el CONEVAL serán responsables de

coordinar el proceso de implementación y desarrollo del

SED sobre los recursos federales transferidos. La

coordinación deberá abarcar a los gobiernos locales, así

como a las dependencias federales responsables de los

fondos y programas.

Artículo 111,

segundo párrafo

• Establecer que el SED será obligatorio para los

ejecutores de gasto, así como para las entidades

federativas, municipios y demarcaciones territoriales de

la Ciudad de México en lo que corresponde a los recursos

federales que les sean transferidos.

Ley General de

Desarrollo Forestal

Sustentable

Artículo 121

• Establecer la obligación de los ejidatarios, comuneros y

demás propietarios o poseedores de terrenos forestales,

así como los titulares de autorizaciones de

aprovechamiento de recursos forestales de informar a la

SEMARNAT sobre la conclusión de los trabajos de

saneamiento forestal.

Generar información relevante para la H. Cámara de

Diputados y la sociedad en general, respecto al

cumplimiento de las normas instituidas por el Estado

mexicano, para efectos de conservación de los recursos

naturales.

Impacto del Gasto Federalizado

El rediseño normativo del FAFEF permitirá que su

aplicación sirva para los objetivos que fue creado, sin

dar lugar a ambigüedades. Reducir la discrecionalidad,

en la priorización de proyectos según el impacto

esperado y a la trazabilidad de los recursos.

Ley de Coordinación

Fiscal

Mejora de prestación de servicios al ciudadano

7/ Se refiere al MICI, revisado y aprobado por la ASF y la SFP, como parte de los trabajos del SNF.

Participación social en la vigilancia del gasto

Sistema de Evaluación del Desempeño del Gasto Federalizado

Ley Federal de

Presupuesto y

Responsabilidad

Hacendaria

Fortalecer la implementación del SED en las entidades

federativas.

Impacto ambiental

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Ampliación del universo auditable. La nueva Ley hace posible la ampliación considerable del universo fiscalizable al incorporar la revisión de las particiones (que serán presentadas a partir de la segunda entrega de informes individuales) y del cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera de las entidades federativas y los municipios. Con independencia de los Convenios celebrados con las entidades de fiscalización superior locales (EFSL), es posible la realización de auditorías en forma directa por parte de la ASF, si las EFSL no son confiables. Por esta sólida razón se torna indispensable que la ASF incorpore en su programa de fiscalización un conjunto de auditorías especiales o de desempeño de las EFSL. Cancelación de los principios de anualidad y posterioridad. Los conceptos de anualidad y posterioridad quedan superados por las nuevas atribuciones otorgadas a la institución para fiscalizar el ejercicio en curso o ejercicios anteriores cuando se presenten denuncias ante la Cámara de Diputados, la CVASF o directamente ante la ASF. Cuando se presuma un manejo, aplicación o custodia irregular de recursos públicos federales, las unidades auditoras de la ASF deberán elaborar un Dictamen Técnico con base en el cuál, el Auditor Superior autorizará, en su caso, la revisión correspondiente. Para alinear más estrechamente la visión fiscalizadora de la ASF como órgano técnico de la Cámara de Diputados, con la propia Legislatura es indispensable contar con mecanismos institucionales eficaces y eficientes que maximicen la actividad fiscalizadora. Un ejemplo de lo anterior será la promoción de una iniciativa legislativa por parte de la CVASF, con el apoyo de la Comisión de Transparencia, para que con el 33.0% de las firmas de Diputados sea vinculatorio que la ASF realice una auditoría sobre un tema relevante de corrupción o ineficiencia gubernamental como es usual en las mejores prácticas institucionales. Mayor impacto en la gestión de los entes auditados. Un elemento es la formalización de la figura de las “recomendaciones acordadas” entre la parte auditora y la auditada que se señala en el artículo 42 de la LFRCF, lo que permitirá un consenso para la definición de las recomendaciones y los mecanismos para su atención. Ello constituye un cambio sustancial en los canales de comunicación existentes y un sustento a la concepción de que la ASF es un aliado estratégico y no una instancia ajena a los intereses del auditado. Otro aspecto positivo es el de los cambios previstos en el procedimiento de notificación de los pliegos de observación al ente revisado, que darán un mayor dinamismo a la presentación de información adicional que permita su solventación, agilizándose el proceso para definir las acciones subsecuentes que deban emprenderse en el caso de que las observaciones no hayan sido debidamente atendidas, por lo que las consecuencias jurídicas y administrativas de las mismas surtirán efecto con mayor oportunidad, contribuyendo, de esta manera, a aminorar las posibles afectaciones a la hacienda pública. Debido a que las auditorías sobre participaciones federales deben tomar como referencia la legislación local para determinar observaciones, será posible impulsar que los marcos legales de las entidades federativas se alineen a los criterios existentes a nivel federal en las áreas de adquisiciones, obra pública e, inclusive, responsabilidad hacendaria, por mencionar algunas.

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Por último, con la facultad otorgada a la ASF para generar informes acerca del desempeño de las EFL, en el contexto de la fiscalización de las participaciones federales, será posible que la ASF encabece el reordenamiento de la fiscalización superior en el país; conforme este proceso se consolide, deberá traducirse en cambios estructurales en la gestión gubernamental a nivel subnacional y local. Por esta razón, la Unidad de Evaluación y Control recomienda a la CVASF que solicite el subprograma de fiscalización de las Participaciones Federales y de la deuda de las entidades federativas y de los municipios. Fiscalización superior y Sistema Nacional Anticorrupción. En esencia, con la nueva estrategia se pretende establecer un marco de control que desincentive la corrupción a través de la detección de los riesgos en la operación de los entes públicos, la identificación de áreas vulnerables a los mismos, y la aplicación de medidas preventivas y correctivas que limiten la posibilidad de explotar las debilidades existentes y eleven, de manera sustancial, el costo de actuar de manera irregular. El objetivo de alcanzar con una institución de fiscalización superior robustecida implicará propiciar las siguientes condiciones: (1) dotar a las EFL con atribuciones legales similares a las de la ASF, que las conviertan en instituciones pares en cuanto a sus capacidades y mandatos; (2) sostener una interacción y comunicación constantes con los diputados, los propios entes auditados, las distintas instancias de participación ciudadana, medios de comunicación y formadores de opinión que permitan comprender el alcance y los límites de su labor; (3) garantizar la existencia de cuadros de auditores profesionales comprometidos, tanto con el cumplimiento de sus labores técnicas como con la integridad, y (4) incorporar las tecnologías de la información y la comunicación en los procesos de auditoría y en el intercambio eficiente de datos. Adicional a lo anterior, la ASF debe mantener estrecha alianza institucional para el intercambio de datos entre la Unidad de Inteligencia Financiera y la Fiscalía Anticorrupción a efecto de incrementar la efectividad del combate a la corrupción.

4.4 Consideraciones para la conformación del PEF 2018

Los resultados de doce auditorías de desempeño sirven como fundamento para que la ASF presente a la H. Cámara de Diputados una serie de sugerencias para que sean consideradas en la conformación del PEF 2018. Dichas propuestas se agrupan en siete apartados: (1) educación media superior, (2) educación superior, (3) desarrollo urbano, (4) protección social a grupos vulnerables (5) ciencia, tecnología e innovación (6) asuntos laborales y (7) gestión del agua: Educación media superior

Se sugiere que en el PEF se disponga que los subsidios aprobados a las instituciones de educación media superior para la expansión de la oferta educativa no podrán ser afectados, a fin de coadyuvar al cumplimiento de la meta del 80% de la cobertura educativa establecida en el Programa Sectorial de Educación 2013-2018, así como la cobertura total establecida en la Carta Magna (auditoría involucrada: 142-DS).

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Se sugiere que en la aprobación del PEF, se incluya un programa presupuestario para destinar recursos al pago de servicios personales para la operación de los servicios de educación media superior (auditorías involucradas: 161-DS y 162-DS).

Se sugiere que los recursos aprobados para apoyar el equipamiento de planteles, contar con personal docente suficiente y actualizado, así como para disponer de planes y programas educativos actualizados sean ejercidos en esos rubros y, con ello, avanzar en el cumplimiento de la meta del 80% de cobertura educativa establecida en el Programa Sectorial de Educación 2013-2018, así como en la cobertura total prevista en la Carta Magna (auditorías involucradas: 161-DS y 162-DS).

Educación superior

Se sugiere que en el PEF se disponga que los subsidios aprobados a las instituciones de educación superior para la expansión de la oferta educativa no podrán ser afectados, a fin de coadyuvar al cumplimiento de la meta de alcanzar al menos el 40 por ciento de cobertura educativa, prevista en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y el Programa Sectorial de Educación 2013-2018 (auditoría involucrada: 143-DS).

Desarrollo Urbano

Se sugiere que en la aprobación del PEF se disponga que los recursos federales para la conducción de la política pública del desarrollo urbano y ordenamiento territorial sean ejercidos para atender efectivamente el mandato de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU; auditoría involucrada: 385-DE).

Se sugiere que en la asignación del presupuesto se considere la gestión por resultados y se fortalezca la intervención de los órganos internos de control, para la comprobación del ejercicio de los recursos (auditorías involucradas: 386-DE; 387-DE; 388-DE).

Protección social a grupos vulnerables

Se sugiere que en la aprobación del PEF se incluyan recursos para integrar el Registro Único Obligatorio de las instituciones públicas y privadas que otorgan servicios a la población adulta mayor, a fin de contribuir a garantizar la regulación de todos los centros de atención para mejorar sus instalaciones, elevar la calidad de la prestación de los servicios y profesionalizar al personal y, con ello, incidir en el desarrollo humano integral de este segmento de la población (auditoría involucrada: 274-DS).

Se sugiere que en el PEF se incorpore, como prioridad para la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el fortalecimiento de la coordinación de la política pública en el país, a efecto de que cumpla su mandato de orientar, coordinar, dar seguimiento y evaluar los programas y proyectos que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) desarrollen en materia indígena, así como

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con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios (auditoría involucrada: 277-DS).

Ciencia, tecnología e innovación

Se sugiere que la asignación de los recursos presupuestarios para proyectos de infraestructura multianuales se base en sus avances físicos financieros y, con ello, lograr que se concluyan de manera oportuna (auditoría involucrada: 337-DE).

Asuntos laborales

Se sugiere que la H. Cámara de Diputados considere, para la conformación del PEF 2018, que los recursos asignados a las funciones de inspección, en el ejercicio 2016, fueron reasignados, observando la normativa aplicable, para otros fines, pero afectando al mismo tiempo el cumplimiento de los objetivos originalmente previstos y aprobados por esta soberanía (auditoría involucrada: 378-DE).

Gestión del agua

Se sugiere que en la asignación de recursos, en el PEF 2018, para la atención del problema del agua se tome en cuenta que el recurso hídrico es considerado como estratégico y está calificado como un asunto de seguridad nacional (auditoría involucrada: 415-DE).

4.5 Planteamientos de los Diputados miembros de la CVASF a la ASF

Por acuerdo de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, número CVASF/LXIII/002/2017, fueron recopiladas e integradas las preguntas, opiniones, observaciones y/o sugerencias, remitidas por los Diputados miembros de la CVASF, relativas a la Primera entrega de Informes Individuales de la Cuenta Pública 2016, a efecto de que la ASF procediera a dar atención a dicho requerimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el mismo acuerdo. A continuación, se transcriben dichos planteamientos, organizados conforme fueron recibidos por la Unidad, tanto por grupos parlamentarios, como por diputados miembros de la Comisión.

4.5.1 Grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC)

TEMAS GENERALES

Denuncias de la ASF ante la PGR

Observación: Al igual que en ocasiones anteriores, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) no informa del número y situación que guardan las denuncias presentadas ante la Procuraduría General de la República (PGR).

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Recomendación: Se recomienda a la ASF que, en el marco del Convenio de Colaboración con la PGR, que suscribió en el pasado mes de abril, incluya en los informes individuales en las futuras entregas de la Cuenta Pública 2016 información acerca del estatus de las denuncias penales que la ASF ha presentado ante la PGR. No basta conocer la cantidad de denuncias presentadas, esa información es pública y se encuentra disponible en la página web de la ASF, lo que le interesa conocer a la sociedad mexicana son los motivos por los cuales la autoridad en materia de procuración de justicia dilata tanto tiempo en ejercer acción penal contra los responsables de los múltiples casos de desvíos de recursos públicos, los cuales han sido documentados de manera exhaustiva por la ASF. Brindar justicia pronta y expedita es un principio constitucional.

Propuesta de Auditoría a la Compra, Actualización y Uso del Software Pegasus

Observación: El 19 de junio de 2017, el diario New York Times publicó un artículo en el cual señala que destacados defensores de derechos humanos, periodistas y activistas anticorrupción de México han sido afectados por un avanzado programa de espionaje, conocido como Pegasus, el cual fue adquirido por el gobierno mexicano para investigar a criminales y terroristas. El diario estadounidense señaló que desde 2011 el gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto ha gastado casi 80 millones de dólares [aproximadamente unos 1,600 millones de pesos] en programas de espionaje de la empresa israelí NSO Group Technologies LTD. Esta empresa cobra a sus clientes gubernamentales según el número total de objetivos a vigilar, por ejemplo, para espiar a diez usuarios de iPhone el fabricante cobra 650,000 dólares [unos 13 millones de pesos], además de una cuota de instalación del programa de 500,000 dólares9 [unos 10 millones de pesos]. El 10 de julio de 2017, el sitio de internet Aristegui Noticias publicó un artículo en el cual señala que la Procuraduría General de la República (PGR), el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) y la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) gastaron casi 500 millones de pesos en actualizar el software Pegasus.10 Con esto se comprueba que las tres entidades de la administración pública federal (CISEN, SEDENA y PGR) compraron el software Pegasus, pues el gasto realizado es por concepto de mantenimiento y actualización del sistema operático de la plataforma de espionaje. El reportaje en comento indica que un documento de la PGR revela que el 13 de octubre de 2015, esa dependencia desembolsó 145 millones de pesos por una primera actualización de Pegasus, y para el 2016, el gobierno de México volvió a incrementar la capacidad del programa espía a un costo de 344 millones 525 mil pesos, según consta en cuatro facturas.11 De las cuatro facturas obtenidas por Aristegui Noticias, dos fueron emitidas por la empresa Proyectos y Diseños VME a nombre de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y amparan el

9 https://www.nytimes.com/es/2017/06/19/mexico-pegasus-nso-group-espionaje/ 10 http://m.aristeguinoticias.com/1007/mexico/pgr-cisen-y-sedena-gastaron-casi-500-millones-en-actualizar-pegasus-documentos/ 11 Ídem.

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monto global de 210 millones 581 mil pesos. El contrato permite al CISEN vigilar y “consultar” el contenido de mil 250 blancos o dispositivos móviles.12 Una tercera factura corresponde a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y ampara la cifra de un millón 113 mil 600 dólares, documento que fue emitido el 1 de septiembre del 2016.13 Por su parte, la Procuraduría General de la República (PGR), señala el medio de comunicación referido, pagó entre 2015 y 2016 más de 258 millones pesos a Proyectos y Diseños VME por actualizar y obtener nuevas licencias para el uso del malware Pegasus. El 13 octubre de 2015 se pagaron 145 millones de pesos para escalar la versión de Pegasus a 2.18. En septiembre de 2016 se instaló la versión 2.24 en la plataforma de PGR y el costo de la nueva actualización fue de 113 millones 41 mil pesos.14

En suma, el gobierno de México ha gastado aproximadamente 1,600 millones de pesos en la adquisición del software Pegasus, y unos 500 millones de pesos en actualizaciones. Es decir, se han erogado cerca de 2,000 millones de pesos del dinero de todos los mexicanos, en un software cuyo uso es severamente cuestionado por estar implicado no sólo en la investigación de criminales y terroristas, que es para lo que teóricamente se compró, sino que también ha sido utilizado para espiar a defensores de derechos humanos, periodistas y activistas anticorrupción en nuestro país.

La sociedad mexicana exige conocer todo lo relacionado con el proceso de compra del software multicitado, y también el uso que se le ha dado. Es posible que el proceso de adquisición haya sido pulcro y apegado a la normatividad, eso esperamos todos; pero existen justificadas dudas acerca de que el software adquirido se esté utilizando únicamente en los fines lícitos para los cuales fue comprado, por ello, es necesario que los titulares de las tres dependencias de la administración pública federal mencionados, expliquen de cara a la Nación, a través de sus representantes, todo lo relacionado con esta adquisición. Recomendación: Por todo lo antes expuesto, se recomienda a la ASF que lleve a cabo una exhaustiva auditoría a la adquisición, actualización y uso del software Pegasus realizada por dependencias del gobierno.

Recomendaciones de la ASF para el Trabajo Legislativo

Comentario: El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano valora el esfuerzo y agradece a la ASF por la entrega del documento (separata) titulado Consideraciones para la Labor Legislativa. Al igual que en la entrega del Informe de Resultados de la CP 2015, la ASF incluyó una lista de ordenamientos legales susceptibles de ser modificados por parte del poder Legislativo a fin de resolver algunas de las problemáticas más recurrentes halladas por la ASF en su labor fiscalizadora. El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano tomará en cuenta todas estas sugerencias de la ASF y promoverá los consensos necesarios con los demás grupos parlamentarios para impulsar las reformas a diversas leyes, tales como la Ley de Coordinación Fiscal (LCF) y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), pero de

12 Ídem. 13 Ídem. 14 Ídem.

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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manera particular, retomaremos las sugerencias que hace la ASF en el tema de la conformación del Presupuesto de Egresos de la Federación 2018.

Otras Recomendaciones

Comentario: El Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano se adhiere a las recomendaciones hechas por la UEC15 para las subsecuentes entregas parciales de informes individuales que hará la ASF:

Incluir un Informe (separata) acerca de los factores determinantes de las irregularidades recurrentes observadas.

Incluir un Informe (separata) de las amortizaciones de la deuda pública, costos de reestructuración y pago de dicha reestructura y comisiones de la misma, nombres de los comisionistas, directos e indirectos.

En particular, es de suma importancia conocer las razones del desproporcionado aumento que ha registrado la deuda pública de algunas Entidades Federativas, así como las condiciones bajo las cuales se contrata. Por ejemplo, Zacatecas cerró 2016 con un saldo de 8,205.3 millones de pesos de deuda pública, cuando en 2010 la deuda de la Entidad sumaba 682 millones de pesos, es decir, en tan sólo seis años, la deuda del Estado aumentó 1,103%.16 FUNCIONES DE GOBIERNO Sector Gobernación

Prevención y Readaptación Social. “Administración del Sistema Federal Penitenciario” Auditoría de Desempeño. No. 11.

Esta auditoría tuvo por objetivo fiscalizar la aplicación de los Tratamientos Técnicos Interdisciplinarios Integrales Individualizados a la población penitenciaria federal sentenciada, para lograr su reinserción social, evitar la reincidencia delictiva y, con ello, contribuir a mejorar las condiciones de seguridad pública. La ASF documentó entre otros hallazgos:

Un importante problema de sobrepoblación penitenciaria y la falta de una eficiente planeación distributiva. En 2016, en el ámbito nacional operaron 379 centros

15 UEC de la CVASF. “Datos básicos de la Primera Entrega de Informes Individuales de Auditorías Correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016”. Serie: Análisis de los Informes Individuales de Auditoría Correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016, Cuaderno 1, Julio de 2017, pp. 18-19. 16 UEC de la CVASF. “Análisis de la Primera Entrega de los Informes Individuales de Auditoría Correspondientes a Gasto Federalizado”. Serie: Análisis de los Informes Individuales de Auditorías Correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016, Cuaderno 6, Julio de 2017, p. 185.

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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penitenciarios con una capacidad para 209,248 reclusos. De los 379 centros de reclusión que hay en el país, 157 centros estatales presentaban un problema de sobrepoblación al albergar 153,539 reos y disponer de una capacidad de 106,247 (cuentan con 44.5% de saturación), y 222 tuvieron espacio para alojar a más población, ya que contaban con una capacidad de 103,001 criminales y albergaban a 79,930 (operaban al 77.6% de sus capacidades).

Recomendación: Ante el problema de sobrepoblación es necesario conocer la problemática que enfrentan los menores de edad que viven con sus madres en los centros penitenciarios del país. Por ello, se sugiere que la ASF modifique el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016 (PAAF 2016), o bien, incluya en el PAAF 2017, una auditoría de desempeño a fin de conocer el detalle de las condiciones de vida en las cuales realizan sus actividades cotidianas los menores de edad que habitan junto con sus madres los Centros Penitenciarios del país. La Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad 2016 (ENPOL), recientemente publicada por el INEGI, puede ser un instrumento útil para la ASF a fin de planear la auditoria recomendada. La ENPOL permite conocer la cantidad de mujeres que tienen hijos viviendo con ellas dentro del Centro Penitenciario, la cantidad de menores que viven con sus madres en el Centro Penitenciario, si se otorgan o no a los menores servicios médicos, atención psicológica, medicamentos, vacunas, alimentos, educación escolar, ropa, calzado, juguetes y materiales escolares. FUNCIONES DE DESARROLLO SOCIAL Sector Salud Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia (CENSIA). “Programa de Vacunación” Auditoría de Desempeño, No. 214. La ASF encontró que:

En 2016, el CENSIA adquirió 13,776.5 miles de dosis de vacunas, de acuerdo con lo que reportó en el PASH, lo que representó el 100.0% de las dosis programadas; sin embargo, dicha cifra no se corresponde con las 18,511.1 miles de dosis adquiridas con recursos del programa presupuestario E036 “Programa de Vacunación”, registradas en la “Base de datos de los pagos realizados por concepto de vacunas adquiridas”, sin que el CENSIA acreditara las causas de la diferencia.

En CENSIA registró la adquisición de 35,328.3 miles de dosis de biológicos en 2016, con las que programó la atención de 13,171.7 miles de personas, mediante el Programa de Vacunación; no obstante, no fue posible valorar sus resultados en el otorgamiento de protección específica a la población contra enfermedades prevenibles por vacunación, ya que la entidad no acreditó el número de dosis aplicadas, el número de personas inmunizadas, ni los resultados obtenidos en las metas de mantener coberturas de vacunación iguales o mayores que el 95.0% con cada biológico y del 90.0%, con esquemas completos; no cuantificó a la población atendida mediante las Semanas Nacionales de Salud y el Programa Permanente de Vacunación, y no acreditó la

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implementación de estrategias de vacunación enfocadas en grupos vulnerables, por lo que no se pudo constatar la disminución de la brecha de equidad en el acceso y disponibilidad de las vacunas en las comunidades en situación de vulnerabilidad.

Recomendación: Programar para la revisión de la Cuenta Pública 2017 nuevamente una auditoría de desempeño al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, en particular al Programa de Vacunación, para dar un seguimiento puntual a la debida solventación de las observaciones hechas por la ASF en la Auditoría 16-5-12R00-07-0214 214-DS. FUNCIONES DE DESARROLLO ECONÓMICO

Sector Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

SAGARPA. “Programa de Fomento a la Agricultura: Componente PROAGRO Productivo”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 0288. La ASF documentó las siguientes irregularidades:

Se realizaron pagos en exceso por 47.4 millones de pesos, en incentivos (apoyos) por superficies superiores o en estratos distintos de los que correspondían.

Se otorgaron apoyos por 4.6 millones de pesos a personas que fallecieron con anterioridad a la fecha en que se autorizaron, así como a 174 servidores públicos.

Se constató que un total de 25,064 beneficiarios no acreditaron la vinculación del incentivo (apoyo) por un monto de 79.5 millones de pesos.

Preguntas: ¿Se han fincado responsabilidades administrativas o penales a los responsables de las irregularidades mencionadas que representan desvío de recursos públicos por un monto de 121.5 millones de pesos? ¿El ente auditado ha podido, a la fecha, aclarar el motivo de estas irregularidades?

Sector Comunicaciones y Transportes Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT). “Liquidación del Programa para la Transición a la Televisión Digital Terrestre”. Auditoría Financiera y de Cumplimiento, No. 0321. La ASF documentó las siguientes irregularidades:

Se constató la falta de documentación que acredite el destino final de 11,533 televisores, por un monto de 29.3 millones de pesos.

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Conclusiones del análisis de la primera entrega de los Informes Individuales de Auditoría correspondientes a la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2016

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Se reclamó de manera inoportuna la indemnización de 6,492 televisores siniestrados, por un monto de 16.5 millones de pesos.

Se realizaron compras de bienes en exceso. Se constató que la SCT realizó compras en exceso por 5,094 televisores.

Preguntas: ¿Dónde se encuentran los 5,094 televisores comprados en exceso; los auditores de la ASF pudieron verlos físicamente? ¿Es posible que la ASF verifique la existencia física de los 11,533 televisores cuya documentación no acreditó su destino final, en otras palabras, en realidad existen esos 11,533 televisores o únicamente hay documentos? Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales Comisión Nacional del Agua. “Protección de las Aguas Subterráneas”. Auditoría de desempeño, No. 0415. La ASF documentó las siguientes irregularidades:

Para la protección y conservación de las aguas subterráneas del país, a 2016, la entidad implementó 2 de 13 proyectos de recarga artificial, insuficientes para la atención de los acuíferos con escasez del recurso; no publicó 99 decretos de veda y 234 reglamentos para la protección de 333 acuíferos, por lo que no se logró el ordenamiento de los usos del agua; no consideró el establecimiento de declaratorias de rescate y reserva del recurso en los cuerpos hídricos que presentaron las condiciones para ese propósito.

Comentario: Los hallazgos de la ASF hacen evidente la desatención de la CONAGUA en este importante tema, pues como lo señala la ASF estos descuidos, aunados a que el número de acuíferos sobreexplotados pasó de 32 en 1975 a 105 en 2016, representan un riesgo para garantizar el vital líquido a los 119.5 millones de habitantes del país, en especial para los 60.0 millones de personas que se abastecen de los 105 acuíferos sobreexplotados, así como para las generaciones futuras. Pregunta: ¿Quiénes son los responsables directos de estas omisiones señaladas por la ASF? y ¿es posible fincar responsabilidades de tipo penal a los responsables de estas omisiones en materia de conservación de aguas subterráneas toda vez que se trata de un acto de negligencia criminal al poner en riesgo el abasto del vital líquido para la población?

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Sector Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU). “Política de Desarrollo Urbano y Ordenamiento del Territorio”. Auditoría de Desempeño, No. 0385.

La ASF documentó las siguientes irregularidades:

Se constató el diseño inadecuado de la planeación estratégica de la política pública, la desactualización de la normativa en la materia, la baja coordinación con los tres órdenes de gobierno para la implementación de la política, y el inadecuado seguimiento de la gestión y evaluación de los resultados de los programas del sector: El resultado fue un desproporcionado crecimiento del territorio urbano, ya que mientras la población urbana se duplicó durante los últimos treinta años, la superficie urbana se multiplicó por seis.

Preguntas: En opinión de la ASF ¿Qué tanta responsabilidad tienen en la problemática señalada los grupos empresariales de desarrollos inmobiliarios (residenciales y no residenciales? y ¿Es posible conciliar los intereses económicos de esos grupos con los objetivos de la política pública en materia de desarrollo urbano y desarrollo territorial? GASTO FEDERALIZADO Subejercicios del Gasto Federalizado en materia de Salud Comentario: Es preocupante el hallazgo que reporta la ASF acerca del tamaño de los subejercicios en programas sociales, específicamente en el área de salud, lo cual provoca un daño a la población al no brindárseles los apoyos o servicios correspondientes por la falta de aplicación de los recursos autorizados y ministrados.

Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA), subejercicios por un monto total de 1,116.8 millones de pesos, en los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luís Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

PROSPERA Programa de Inclusión Social (componente de salud), subejercicios por un monto total de 571.1 millones de pesos en los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.

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Pregunta: ¿La ASF ha fincado o fincará responsabilidades administrativas y/o penales a los funcionarios responsables de estos subejercicios, toda vez que se ha dejado de atender los problemas de salud de la población por la ineficiencia en la gestión del gasto? Problemas detectados en el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF) Comentario: Es preocupante el hallazgo que reporta la ASF acerca del tamaño del subejercicio en el FAFEF, el cual asciende a 1,979.8 millones de pesos; así mismo, también es motivo de inquietud que en general, las Entidades Federativas no cuenten con sistemas de control interno eficientes, y tengan deficiencias en los procesos de planeación, ejecución y entrega de las obras, así como en los procesos de adjudicación de bienes y servicios. Comentario: Es preocupante el hallazgo que reporta la ASF acerca de las Transferencias de recursos a otras cuentas bancarias en el FAFEF por un monto total de 1,719.7 millones de pesos, principalmente en los Estados de Coahuila, Zacatecas y Morelos.

4.5.2 Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Institucional (PRI)

SECTOR GOBIERNO Suprema Corte de Justicia de la Nación

— En la auditoría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “Construcción del Nuevo Edificio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Ciudad de México”, auditoría de Inversiones Físicas, No. 4-GB, se encuentra en proceso de solventación la Solicitud de Aclaración 16-0-03100-04-0004-03-003, en la cual se destaca lo siguiente:

— “Para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por conducto de su Dirección General de Infraestructura Física, aclare y proporcione la documentación adicional justificativa y comprobatoria de 1,706,095.21 pesos (un millón setecientos seis mil noventa y cinco pesos 21/100 M.N) por concepto de obra y servicios pagados no ejecutados en las subpartidas video digital de recorrido virtual, representaciones virtuales en perspectiva (renders) y cisternas y cárcamo de bombeo del contrato de obra pública a precio alzado y tiempo determinado núm. SCJN/DGIF/09/07/2016”.

De acuerdo a lo anterior, la pregunta es:

¿Si la ASF está realizando alguna acción de fiscalización que contribuya en el futuro para que no se presenten pagos por concepto de obra y servicios no ejecutados en las distintas instancias?

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DESARROLLO SOCIAL Seguro de Vida para jefas de familia

— Sobre la auditoría de desempeño 266, Seguro de Vida para Jefas de Familia, la ASF determinó que la SEDESOL carece de mecanismos internos que aseguren que las mujeres pre-registradas en el programa cumplan con los criterios de selección. Al respecto, la ASF considera que es necesario implementar un proceso sistemático que le permita identificar, evaluar, jerarquizar, controlar y dar seguimiento a los riesgos que puedan obstaculizar o impedir el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. En este sentido, ¿qué tipo de proceso recomienda la ASF implementar a fin de que la SEDESOL cumpla cabalmente con sus objetivos y metas establecidos?

— La ASF revisó la operación del Programa de Fomento a la Economía Social (auditoria 272). Entre los resultados más importantes destaca que el INAES revisó que los apoyos otorgados en 2016 no hayan presentado duplicidades con otros programas de otras dependencias, sobre el particular, durante la revisión se comprobó que en efecto la Coordinación General de Planeación y Evaluación del INAES envió 28 oficios solicitando la confronta de los solicitantes de apoyos en 10 convocatorias: a la Comisión Nacional para los Pueblos Indígenas (CDI), la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM), y la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), detectándose concurrencias que se hicieron del conocimiento de los involucrados para evitar la duplicidad de los apoyos. Por lo anterior, la ASF recomendó que estas entidades evalúen la conveniencia de crear una base de datos única que les permita compartir en línea, la información de las solicitudes de apoyo a fin de facilitar su consulta en tiempo real para evitar la duplicidad en el otorgamiento de apoyos entre dichas dependencias.

— Al respecto quiero comentar que hace 11 años que se aprobó la Ley General de Desarrollo Social, donde se estableció como obligación la creación del Padrón Único de Beneficiarios (PUB) justamente para evitar las duplicidades en la entrega de los apoyos y llevar de una manera ordenada la concentración de la totalidad de los programas sociales, sin embargo, hasta la fecha no se ha logrado consolidar y estos resultados lo confirman.

Mis preguntas son:

¿Qué acciones ha emprendido la ASF contra las dependencias por el incumplimiento de lo que mandata la Ley General de Desarrollo Social?

¿Por qué en los resultados de la auditoría señalada no se menciona nada sobre el

Padrón Único de Beneficiarios y en cambio se recomienda la creación de una base de datos única?

¿No resultaría improductivo crear una base de datos única si ya se tiene por mandato

en ley la creación de un padrón único de beneficiarios?

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Y finalmente, ¿cuáles son las consecuencias sociales que esta situación acarrea?

DESARROLLO ECONÓMICO Deficiencias en la inspección laboral (Economía y Trabajo)

— En el sector Trabajo y Previsión Social, la ASF practicó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, una auditoría de desempeño denominada “Inspección Laboral”.

Tal como se señala en el Informe del Resultado, las irregularidades detectadas fueron las siguientes:

Baja cobertura de los centros de trabajo inspeccionados.

Deficiencias en la integración de los expedientes de inspecciones a los centros de trabajo.

Desconocimiento de que los centros de trabajo cumplen o no con la normativa laboral.

Inexistencia de indicadores y metas de la cobertura de visitas.

Incumplimiento del objetivo de profesionalizar a los servidores públicos en las tareas de inspección.

No se reportó ninguna persona certificada en materia de inspección laboral. Señor auditor,

¿Qué acciones recomienda la ASF, en el ámbito de su competencia, para promover que en los centros de trabajo se cumplan las disposiciones jurídicas en materia laboral, de acuerdo con el artículo 18, fracciones I y II, del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (RGITAS)?

¿La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de

Procedencia Ilícita determinó que la prestación de servicios de contratación (outsourcing) es vulnerable a estas operaciones, de qué manera estas inspecciones laborales están contribuyendo a que el outsourcingno este albergando Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita?

Pequeña representatividad del programa “Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica” (Ciencia y Tecnología)

— En el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018 y en el Programa Sectorial de Educación (PSE) 2013-2018, se establece que el sector ciencia y tecnología presenta problemáticas diversas: rezago en el mercado global de conocimiento; carencia en la

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formación de capital humano; falta de inversión privada en Ciencia Tecnología e Innovación (CTI); insuficiencia en la inversión gubernamental; falta de vinculación empresarial con los grupos y centros de investigación científica en el país y desarticulación de los actores del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación (SNCTI) con las empresas, por lo que no son aprovechadas las capacidades de las Instituciones de Educación Superior (IES) y los Centros Públicos de Investigación (CPI).

— En materia de infraestructura científica y tecnológica, también se identifican deficiencias: desconocimiento del acervo y distribución de la infraestructura para la ciencia, tecnología e innovación del país, y falta de políticas públicas que faciliten los esquemas de importación de equipos, materiales, insumos, reactivos y animales para la investigación que realiza el sector ciencia, tecnología e innovación.

— En 2016, el gasto ejercido por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (31 mil 626.5 millones de pesos), fue orientado principalmente a Becas de Posgrado y Apoyo a la Calidad (29.8%); al Sistema Nacional de Investigadores, (14.1%); Investigación Científica, Desarrollo e Innovación (13.9%); Innovación Tecnológica para Incrementar la Productividad de las Empresas (12.9%); Apoyos para Actividades Científicas, Tecnológicas y de Innovación (9.6%); Diseño y Evaluación de Políticas en Ciencia, Tecnología e Innovación; y, otros programas de menor representatividad (15.5%).

Señor Auditor,

De acuerdo con la asignación del gasto en 2016, el programa presupuestario S236 “Fortalecimiento de la Infraestructura Científica y Tecnológica”, recibió pocos recursos federales, es decir, tuvo una baja representatividad en la distribución del gasto total de la entidad, ¿En materia de fiscalización, que acciones recomendaría la ASF al CONACYT, para que en la asignación del gasto priorice programas fundamentales considerados en la planeación nacional?

Daños económicos en proyectos de mantenimiento en las refinerías (Energía)

— En su labor de fiscalización a la Cuenta Pública 2016, la ASF aplicó a Pemex Transformación Industrial una auditoría de inversiones físicas, relativa al “Mantenimiento de la Capacidad de Producción en las Refinerías de Salinas Cruz y Minatitlán, y Tren Energético”; dicha revisión permitió a la ASF detectar diversas irregularidades, entre las que destacan las siguientes:

Daño probable a la Hacienda Pública Federal por un monto de 127 mil 884.9 millones de pesos, por la adquisición de 47 equipos completos por emergencia, afectados por la presencia de cloruros orgánicos para diferentes plantas de proceso de la refinería, en Minatitlán, Veracruz.

Se observó que 20 equipos no están instalados, los cuales presentaban deterioro, por lo que dicha emergencia no está debidamente justificada.

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— La ASF derivada de estas observaciones emitió tres Promociones de Responsabilidad Administrativa (PRAS) y un Pliego de Observaciones.

Al respecto, Señor Auditor,

¿Tiene conocimiento qué acciones ha tomado PEMEX para atender el señalamiento del probable daño a la hacienda pública federal?

¿En la labor de fiscalización superior, se han identificado casos semejantes en los proyectos de mantenimiento efectuados por esta entidad?

¿Qué hechos y denuncias ha realizado en el pasado la ASF sobre esta problemática y

cuales han sido los resultados?

GASTO FEDERALIZADO

Sistema Nacional anticorrupción

— Dentro del Sistema Nacional Anticorrupción, tan sólo siete Estados han nombrado a los encargados de las Fiscalías Anticorrupción y cinco han conformado los Tribunales de Justicia Administrativa. La Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, establece en su artículo 2° transitorio “Dentro del año siguiente a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las Entidades Federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán expedir las leyes y realizar las adecuaciones normativas correspondientes de conformidad con lo previsto en el presente Decreto”. Por lo anterior, Querétaro, Morelos, Sonora y Edo México son las únicas entidades que han cumplido con las reformas y los nombramientos para la Fiscalía y el Tribunal; caso contrario se observa en el Estado de Chihuahua. ¿Tiene la ASF, previsto algún tipo de estrategia con la cual coadyuve con las Entidades

Federativas, en especial Chihuahua, para avanzar en este tipo de reforma urgente y sensible para la modernización de fiscalización?

— En la administración Federal se ha observado que uno de los factores más importantes en la corrupción es la incorporación de funcionarios públicos al sector privado con conflictos de interés, que luego retornan otra vez al sector público. Este mal endémico ha sido señalado en la criminología internacional como el problema por excelencia detonante de la corrupción sistemáticamente organizada a través de redes complejas de corrupción anidadas de forma simultánea en las tres esferas de gobierno: Local, Estatal y Federal. En el ámbito de los gobiernos subnacionales: ¿Cómo contribuirá la ASF a erradicar este problema?

¿Tiene la ASF un diagnóstico de la corrupción basada “en las puertas giratorias”

(revolvingdoor)?

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4.5.3 Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN)

SECTOR GOBIERNO Consejo de la Judicatura Federal

— En la auditoria número 8 realizada al Poder Judicial y en específico al Consejo de la Judicatura Federal, se hace la siguiente Recomendación por parte de la Auditoría Superior de la Federación: “Para que el Consejo de la Judicatura Federal instruya a las áreas responsables para que en lo subsecuente se aseguren de que en la ejecución y terminación de los trabajos de las obras públicas a su cargo se cumpla en tiempo y forma con la formalización de los finiquitos y del acta de extinción de derechos de las obras”.

— Este tipo de recomendaciones se han realizado a otras instancias del Gobierno prácticamente en los mismos términos y condiciones a lo largo de diferentes años. Por lo anterior:

¿Señor Auditor, la ASF está realizando alguna acción para inhibir esta deficiente

práctica gubernamental en la ejecución del gasto?

Proceso Electoral

— De la auditoría 1796 al INE referida al proceso electoral realizado en 2016, a 17 entidades federativas para renovar 1,430 cargos de elección popular: 13 gubernaturas, 448 diputaciones locales y 969 ayuntamientos, en los que la Unidad Técnica de Fiscalización del INE realizó la fiscalización de los ingresos y egresos de los 8,271 candidatos locales que participaron en los procesos electorales locales, mediante la verificación del registro de sus operaciones en el Sistema Integral de Fiscalización (SIF), la práctica de auditorías y visitas de verificación, la revisión de sus informes de ingresos y egresos, así como la promoción de sanciones ante el Consejo General del instituto; nos señala usted Señor Auditor que, es necesario fortalecer el Sistema de Evaluación del Desempeño, a fin de contar con indicadores que permitan evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas relacionados con la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos. La pregunta es la siguiente:

¿Qué medidas ha implementado el INE para integrar a los partidos políticos al

Sistema de Evaluación del Desempeño (SED)? ¿Qué medidas de Fiscalización Superior está pensando realizar la ASF para que se avance en la aplicación del SED a los partidos políticos?

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DESARROLLO SOCIAL

Adultos Mayores

— El Gobierno Federal ha emprendido, desde el inicio de la Administración, una campaña para reconocer a los adultos mayores como principales fuentes de sabiduría, pero sobre todo para proteger sus derechos y ponerlos como una prioridad dentro del eje México Incluyente del Plan Nacional de Desarrollo (PND). Por ello puso en marcha un programa denominado “Servicios a Grupos con Necesidades Especiales” a través del cual da atención integral a los adultos mayores.

— En la fiscalización a la Cuenta Pública 2016, la ASF reconoció que el Instituto de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) atendió a 230,579 adultos mayores, cantidad superior en 14.1% a la meta de 202.1 miles de personas adultas mayores y que representaron el 1.8% de las 12,520.7 miles de personas adultas del país. Respecto de la incorporación de los adultos mayores a la vida laboral, el Instituto vinculó a 11,165 personas a una actividad productiva, cifra que representó el 73.0% de los 15,287 adultos mayores comprometidos.

En este contexto, ¿la ASF considera que se ha avanzado en el cumplimiento de la

meta del Gobierno Federal en cuanto a lo establecido por el PND? Por otro lado ¿cuáles son los retos que la entidad de fiscalización superior considera aún quedan por cumplir?

— Como se sabe, el Gobierno Federal implementó un proceso presupuestario desde la perspectiva de base cero, lo que implicó la reestructuración de diversos programas sociales, uno de ellos fue el Programa de Fomento a la Economía Social, el cual estuvo a cargo de la Secretaria de Economía hasta el 2015 pero posteriormente se sectorizó al ramo 20 Desarrollo Social. A partir de ese momento el Gobierno Federal está implementando acciones para fusionar el Programa de Fomento a la Economía Social con el Programa de Opciones Productivas que ya existía en la dependencia a cargo (SEDESOL), el objetivo de esto es contribuir a mejorar el ingreso de las personas en situación de pobreza mediante el fortalecimiento de capacidades y medios de los Organismos del Sector Social de la Economía.

Al respecto, ¿considera la ASF que esta fusión cubra de manera íntegra todas las

vertientes que por sí solos atendía cada uno de los programas? ¿Considera que fue una acción adecuada del Gobierno Federal el fusionar ambos programas?

SECTOR SALUD

— En la revisiones de las cuentas públicas 2014, 2015 y el parcial de 2016 se ha observado que la ASF ha realizado diversas auditorías, tanto a la Secretaría de Salud como a otras entidades del estado, para verificar el desempeño respecto de la calidad en la Atención Medica brindada, en seguimiento a los compromisos establecidos en el PND 2007-2012, el cual “la calidad” es uno de los componentes de la política de salud, estableciéndose para ello la estrategia 5.3 “Asegurar recursos humanos, equipamiento, infraestructura y

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tecnologías de la salud suficientes, oportunas y acordes con las necesidades de salud de la población”, para que ésta contara con servicios de salud eficientes y de alta calidad.

Al respecto, podría señalar:

¿Cuál ha sido el desempeño general de los objetivos y programas destinados a la

atención de dicha estrategia?

Con base en los resultados obtenidos en sus diferentes revisiones tanto a la Secretaria de Salud como a las entidades de salud involucradas, ¿Considera la ASF que los compromisos establecidos en el PND 2007-2012 están alcanzando tanto los objetivos como las metas propuestas?

Se ha observado que en muchos de los programas auditados, el común

denominador de las irregulares detectadas coincide con la falta de certeza de la información provista por las entidades encargadas de llevar a cabo la aplicación de los programas, en consecuencia la ASF ha recomendado reiteradamente la mejora del diseño de sus indicadores de manera que permitan verificar y contar con información suficiente, clara y oportuna para la adecuada rendición de cuentas de su gestión pública, al respecto: ¿Ha observado la ASF avances positivos significativos sobre estas recomendaciones?

DESARROLLO ECONÓMICO Irregularidades recurrentes en el Programa de Fomento Agrícola (Sector Agropecuario y Pesquero)

— En su labor de fiscalización superior a la Cuenta Pública 2015, la ASF aplicó a la SAGARPA auditorías forenses a 2 componentes del Programa de Fomento a la Agricultura (PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, y Programa de Incentivos para Productores de Maíz y Frijol), con el fin de buscar evidencias de actos u omisiones que impliquen irregularidades o conductas ilícitas para promover las acciones legales procedentes.

La aplicación de estas auditorías le permitió a la ASF detectar las siguientes irregularidades:

Avalar operaciones bancarias alteradas.

Entregar facturas falsas y otorgar recursos a empresas que no operan o se dedican a otros giros.

Establecimiento de convenios con universidades que subcontrataron a personas no aptas y entregó estudios bajados de Internet.

Liberación de pagos a proveedores sin que se acrediten la entrega de bienes y sin tener la certeza de la población objetivo, ya que hubo beneficiarios que no

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confirmaron haber recibido apoyos y, en otros casos, a la fecha de la auditoría ni siquiera dieron inicio los proyectos, aunque ya se les había liquidado.

Pagos duplicados.

— Por su parte, en la fiscalización superior a la Cuenta Pública 2016, la ASF aplicó a la SAGARPA una auditoría financiera y de cumplimiento a un componente del Programa de Fomento a la Agricultura (PROAGRO Productivo), cuyo propósito es que los apoyos otorgados deben vincularse con el mejoramiento de la productividad agrícola, es decir, los beneficiarios están obligados a acreditar el destino de los recursos en aspectos técnicos, productivos, organizacionales y de inversión.

Las irregularidades detectadas en la aplicación de la auditoría, fueron las siguientes:

Pagos realizados en exceso.

Otorgamiento de apoyos a personas fallecidas y a servidores públicos.

Otorgamiento de apoyos a beneficiarios que no acreditaron la vinculación con el programa.

Uso de los recursos otorgados en otros fines a los autorizados.

Falta de documentación comprobatoria de los apoyos otorgados. A partir de estos resultados, le pregunto Señor Auditor,

¿Por qué no se han tomado medidas preventivas para evitar continuar destinando recursos año con año a programas que han mostrado recurrentes irregularidades, incumplimiento de sus objetivos y permitido el desvío de recursos utilizando un gran número de acciones fraudulentas?

¿Qué acciones ha realizado la ASF, en el ámbito de su competencia, para sancionar a los principales responsables de estas irregularidades recurrentes?

¿Qué está haciendo la ASF para contribuir a erradicar la práctica recurrente de desviar recursos con flagrante impunidad?

La ASF ha dicho repetidas veces que lo que no se puede cuantificar no se puede evaluar. ¿Sobre esta base y considerando, que las auditorías practicadas al sector son una muestra del gasto auditado puede la ASF cuantificar el daño general social de las irregularidades anteriormente señaladas?

Aplicación de la Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA) (Comunicaciones y Transportes)

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— La auditoría financiera y de cumplimiento, “Tarifa de Uso de Aeropuerto Facturada y sus Aplicaciones”, que practicó en la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2015, al Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (GACM), señaló que el ente fiscalizado, no acreditó con la documentación soporte los siguientes aspectos:

El costo total que se tendrá que pagar con recursos de la TUA por las disposiciones del contrato del crédito de 1, 000,000.0 miles de dólares, tales como intereses, comisiones, y gastos asociados con el mismo.

Las características de las disposiciones del crédito contratado por 1, 000,000.0 miles de dólares.

El plazo por el que tendrían que ceder los recursos de la TUA para liquidar las disposiciones del crédito del esquema de financiamiento.

Los controles establecidos para conocer el ingreso que tienen las líneas aéreas por la recolección de la TUA, ya que entregan al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (AICM), los “Manifiestos de salida” (documentos de buena fe), en los que informan, bajo protesta de decir verdad, la TUA que pagaron los usuarios.

Los procedimientos de control y supervisión respecto de la facturación que el AICM, realiza a las aerolíneas, las cuales depositan la TUA al fideicomiso privado 2172, como parte del esquema de financiamiento para la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.

Cómo se erogaron 2, 706,991.1 miles de pesos de recursos provenientes de la TUA por los fideicomisos privados 2172 y 80460 y las instrucciones giradas por las dos entidades para el efecto, ya que el esquema de financiamiento fue estructurado bajo el marco legal de derecho privado, modificando su naturaleza de recursos públicos a privados, lo que evitó que el crédito por 1, 000,000.0 miles de dólares se registrara como deuda pública.

— Bajo el mismo esquema financiero y operativo del proyecto, en la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2016, la ASF aplicó la auditoría financiera y de cumplimiento, “Aplicación de la Tarifa de Uso de Aeropuerto”, al Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V. Se señaló en el dictamen que en términos generales, el GACM y el AICM cumplieron con las disposiciones legales y normativas aplicables en la materia, específicamente en lo relacionado con el ejercicio de los recursos de la Tarifa de Uso de Aeropuerto, derivada de los compromisos pactados en el esquema de financiamiento del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Se emitió este dictamen no obstante que fueron señaladas nueve recomendaciones derivadas de la siguiente observación:

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— “El AICM cuenta con controles, mediante el Sistema Oracle y conciliaciones, para confirmar que la recolección, facturación, cobro y registro de la TUA se realiza correctamente; sin embargo, se detectó que (i) para efectos de conciliar con las aerolíneas a qué facturas corresponden los pagos realizados al fideicomiso privado 2172, éstas no le desglosan esa información; que (ii) el Sistema Oracle no cuenta con alertas para identificar las facturas vencidas pendientes de cobro, ni determina el monto de los intereses moratorios a cubrir por las aerolíneas, situación que representa un riesgo operativo, y (iii) el registro de las cuentas por cobrar no se realiza en subcuentas por concepto a fin de distinguir las correspondientes a la TUA”.

Con estos antecedentes, le pregunto señor Auditor,

Tanto en la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2015 como en la de 2016, se detectaron diversas irregularidades; no obstante esta situación, en la revisión de 2016 la ASF emitió un dictamen de cumplimiento, ¿cuáles fueron las consideraciones para que la ASF emita una opinión de este tipo?

Deficiencias en las Reglas de Operación y cuantificación de la población objetivo (Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano)

— Con el propósito de resolver la problemática derivada de la insuficiencia de ingresos para cubrir las necesidades básicas que da pie a un aumento de hogares que presentan carencia de calidad y espacio de vivienda, el programa “Programa de Infraestructura: Componente Ampliación y/o Mejora de la Vivienda” creó espacios públicos adecuados y favorables para el desarrollo comunitario, incorporó políticas de inclusión social con perspectiva de género, a fin de apoyar a las mujeres con la construcción de centros integrales, los cuales contaron con distintos módulos de servicios de fortalecimiento económico, educación colectiva, atención a la salud sexual y reproductiva, violencia intrafamiliar, así como incorporar bibliotecas, zonas de recreación y estimulación infantil.

— En 2016, la ASF aplicó a la SEDATU la auditoría de desempeño al programa mencionado, la cual le permitió detectar diversas irregularidades en las Reglas de Operación y en la cuantificación de la población potencial, objetivo y atendida, ya que no se definió de manera específica su población objetivo para la vertiente evaluada, no se establecieron los montos por porcentaje del costo total del programa, no se definió cómo evitar que se destinen recursos a una administración costosa y excesiva, ni cómo se garantizaría que los recursos se canalizaran exclusivamente a la población objetivo; asimismo, la SEDATU cuantificó a 21,889,499 hogares como su población potencial, y a 69,681 hogares como la atendida; sin embargo, no determinó a la población objetivo ni identificó si la población atendida se correspondió con los hogares ubicados dentro de las localidades rurales de muy alto, alto y medio rezago social.

A partir de estos resultados, le pregunto Señor Auditor,

¿Cuáles han sido las recomendaciones para que la entidad pública verifique o en su caso realice un adecuado diseño de las Reglas de Operación, a fin de atender irregularidades detectadas en la identificación de la población objetivo,

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establecimiento de montos por porcentaje del costo total y se garantice que los recursos se canalicen exclusivamente a la población objetivo?

En su opinión, ¿la deficiente cuantificación de la población objetivo no da pie a que la dependencia incurra en la práctica de desvío de recursos?

¿Cómo piensa contribuir la ASF en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción para inhibir esta mala práctica del ejercicio del gasto que puede derivar en corrupción profunda?

GASTO FEDERALIZADO Entidades de Fiscalización Locales

— En la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación señala que la ASF llevará a cabo, de manera directa, las auditorías que correspondan, cuando el órgano local de fiscalización haya solventado sin sustento, o en contravención a los lineamientos, observaciones realizadas con motivo de auditorías al ejercicio de las participaciones federales durante dos años consecutivos. ¿Cuáles son los mecanismos y procesos que permitirán identificar en qué momento

las Entidades Fiscalización Locales solventan sin sustento?

¿La ASF tiene un estimado cuantitativo del importe solventado sin sustento?

En el momento de presentarse un caso ¿Cuáles son las sanciones que se aplicarán a la(s) Entidad(es) de Fiscalización Local(es)?

— Casos de contratación excesiva de deuda pública como los de Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Quintana Roo, Sonora y Veracruz, que no sucedieron de un ejercicio fiscal a otro, sino que se trató de un endeudamiento acumulado durante las administraciones de sus Gobernadores, nos hacen reflexionar respecto del papel que desempeñaron las Entidades de Fiscalización Locales respecto de la dictaminación de las Cuentas Públicas de cada Entidad Federativa.

En este contexto ¿Por qué la Auditoría Superior de la Federación no realiza

observaciones públicas respecto del desempeño de los Titulares de las Entidades de Fiscalización Locales, quienes no sólo omitieron advertir los riesgos del insostenible endeudamiento público, sino que con su silencio decidieron obviar estas malas prácticas gubernamentales?

¿Por qué la Auditoría Superior de la Federación no ha denunciado públicamente la

falta de probidad o de independencia de los Titulares de las Entidades de Fiscalización Locales respecto de los Gobernadores de las Entidades Federativas? Casos como los de Tlaxcala, Veracruz, Chihuahua o Coahuila demuestran que los

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llamados Auditores Superiores Locales acatan las instrucciones de los Gobernadores y no cumplen su función de apoyo técnico del Congreso Local.

Gobiernos de las Entidades Federativas

— Los recursos federales transferidos a las Entidades Federativas y a los Municipios representan la fuente principal de ingresos de estos órdenes de gobierno y son fundamentales para financiar sus estrategias y programas de desarrollo.

— En el periodo de 2000 a 2012, el gasto federalizado ascendió a 13 mil 270 millones de pesos, de los cuales el 59% correspondió al gasto federalizado programable, mientras que las participaciones federales representaron el 41%.

— En ese mismo periodo, el gasto federalizado programable significó el 20% del gasto neto total y el 25% del gasto programable total.

— A decir de la propia Auditoría Superior de la Federación en el estudio “Diagnóstico sobre la opacidad del gasto federalizado” elaborado en 2012, el marco normativo que regula la gestión del gasto federalizado es genérico, ambiguo e insuficiente en algunos aspectos sustantivos, además de estar disperso en diversos ordenamientos; asimismo, se puntualiza la falta de mecanismos explícitos para la distribución de recursos; la insuficiente transparencia en la definición o aplicación de la fórmula o el mecanismo de distribución de los recursos, entre otros cuestionamientos.

Dentro de este contexto ¿cuáles son los señalamientos más sentidos de la Auditoría Superior de la Federación respecto del ejercicio del gasto federalizado por parte de las Entidades Federativas?

GASTO CENTRALIZADO

— En el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2016, esta Cámara de Diputados autorizó que fuera ejercido un gasto de 4.7 billones de pesos; a pesar de los recortes presupuestales efectuados por la Secretaría de Hacienda y Crédito en enero y junio por un monto total de 164 mil 777 millones de pesos, los datos sobre la Cuenta Pública 2016 señalan que el gasto presupuestario total ejercido fue de 5.3 billones de pesos, un 12.9% superior a lo que fue aprobado.

— El 95% de ese sobre ejercicio se concentró en el Gasto Programable, en específico en las aportaciones patrimoniales a PEMEX y a CFE; al mayor pago de pensiones, y los mayores recursos transferidos a las Entidades Federativas por concepto de subsidios a los centros educativos.

— Es de llamar la atención que, habiéndose registrado un sobre ejercicio tan importante en el gasto presupuestario, la parte definida de éste como Gasto Estructural no haya mostrado una expansión proporcionalmente similar; de lo que se puede inferir que los recursos disponibles para la operación corriente del Gobierno Federal y el cumplimiento

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de sus funciones están acotadas por las cantidades que deben destinarse al pago de pensiones y jubilaciones del sector público, así como para sufragar el costo de los combustibles utilizados para la generación de electricidad.

— Tratándose del gasto programable, en su clasificación administrativa, el sobre ejercicio fue del 16.2% concentrándose en los Ramos Administrativos y en los Ramos Generales, con incrementos respectivos de 36.6% y de 9.9%; sin embargo, a pesar de este sobre ejercicio, los ramos que registraron gastos inferiores a los que originalmente habían sido aprobados por la Cámara de Diputados son los que tienen mayor incidencia social: el Ramo 12 “Salud”, el Ramo 08 “Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación” y el Ramo 20 “Desarrollo Social” cuyas erogaciones fueron inferiores a los presupuestos que le habían sido aprobados en 6.0%, 6.2% y 2.9% respectivamente.

— Los citados subejercicios, se traducen en importantes rezagos en el gasto de los programas presupuestarios vinculados directamente con la atención de los grupos más vulnerables; a mayor abundamiento, la brecha entre los recursos ejercidos y los aprobados no sólo se registró en los Ramos vinculados a las prioridades de gasto social sino que, además, los programas presupuestales más castigados fueron los de subsidios, a pesar de que tienen como principal propósito coadyuvar a mitigar la pobreza en los grupo de población más vulnerable.

En este contexto, en su opinión ¿cómo podría hacerse más eficiente el gasto y el

aparato público?

¿Cuál es el monto de los recursos públicos que han sido canalizados o destinados a las organizaciones sindicales dentro de PEMEX, CFE, SNTE, etc.? ¿Cuál es la opinión de la Auditoría Superior de la Federación al respecto?

Delegaciones Federales

— Las Delegaciones Federales son órganos desconcentrados regionales, que dependen de la Administración Pública Centralizada y que, teóricamente, tienen como objetivo acercar a la ciudadanía los servicios públicos de sus respectivas competencias de manera ágil y expedita.

— Para el ejercicio fiscal de 2017, el Presupuesto de Egresos de la Federación prevé que sean asignados 241.5 millones de pesos para las Delegaciones Federales de la SAGARPA; 509.47 millones de pesos para las Delegaciones Federales de la Secretaría de Salud; 270.56 millones para las Delegaciones Federales de la SEMARNAT; por enunciar algunos ejemplos. ¿Cuál es su opinión respecto de la existencia de Delegaciones Federales de distintas

Secretarías de los Ramos del Gobierno dentro de las Entidades Federativas? ¿No le parece que únicamente elevan el costo burocrático? ¿Qué indicadores se tienen respecto de la eficiencia en el desempeño de su gasto?

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Combate a la corrupción

— La reforma constitucional de mayo de 2015, situó a la fiscalización superior, primordialmente, como una herramienta para combatir a la corrupción.

— Asimismo, para que la fiscalización superior pudiera incidir en el combate a la corrupción, se planteó a la sanción como núcleo duro de la rendición de cuentas, enfocándose a que las prácticas de irregularidades y de actos de corrupción, tuvieran consecuencias.

— La Auditoría Superior de la Federación prevé recomendaciones de tipo preventivo y acciones de tipo correctivo, que derivan de las observaciones efectuadas a los resultados de las auditorías.

— Dentro de las acciones promovidas con carácter correctivo se encuentra la formulación de un pliego de observaciones, siendo éstas de carácter económico en las que se presume un daño, un perjuicio, o ambos, así como la presunta responsabilidad de infractores, en cantidad líquida.

— Cuando la entidad fiscalizada solventa en forma parcial o no solventa el pliego de observaciones, la Auditoría Superior de la Federación lleva a cabo el Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria, en que se determina la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios estimables en dinero.

— Con fecha 31 de marzo de 2017, la Auditoría Superior de la Federación entregó a la Cámara de Diputados el “Informe del estado que guarda la solventación de observaciones y acciones promovidas a las Entidades Fiscalizadas”.

¿Cuál es el estado que guardan las 9,146 acciones promovidas que estaban en

proceso de solventación al 31 de marzo de 2017? ¿cuál es el estado que guardan los 628 procedimiento resarcitorios reportados a esa fecha?

No consideraría conveniente la Auditoría Superior de la Federación que, después de la solventación de las observaciones ¿se emita un nuevo informe para tener claridad de cuáles son –realmente– los montos en desvío y los observados?

Sistema Nacional Anticorrupción

— El Sistema Nacional Anticorrupción se concibió como la instancia de coordinación entre las autoridades de los tres niveles de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y de hechos de corrupción, así como la fiscalización y control de los recursos públicos.

— En el Artículo Séptimo de las Disposiciones Transitorias del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2017, se estableció que durante dicho ejercicio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizaría las adecuaciones presupuestarias correspondientes para proveer de recursos humanos,

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financieros y materiales correspondientes al inicio de operación de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.

— Durante 2017 se instaló el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y comenzó operaciones la Secretaría Ejecutiva del mismo; es prudente señalar que, con ello, inició la coordinación de siete instituciones como i) la Auditoría Superior de la Federación; ii) la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; iii) la Secretaría de la Función Pública; iv) el Tribunal Federal de Justicia Administrativa; v) el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; vi) el Consejo de la Judicatura Federal; y, vii) el Comité de Participación Ciudadana.

— Una de las problemáticas actuales en materia presupuestaria, es la ausencia de mecanismos de rastreo que den visibilidad a los ejecutores del gasto dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación, lo que limita la evaluación, la planeación, la asignación, la ejecución y la medición de la eficiencia del gasto público.

— La literatura especializada ha señalado que una de las herramientas para conocer cómo es que será ejercido el gasto público para problemáticas específicas, son los Anexos Transversales. En éstos, se concentran programas presupuestarios y unidades responsables con recursos destinados a obras, acciones y servicios vinculados con un sector en específico. Para que un Anexo Transversal surja, su obligatoriedad no necesariamente debe derivar de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sino que también puede crearse directamente en el Decreto de Presupuesto.

— Nos enfrentamos a la problemática de irrastreabilidad del gasto público que se destina para la operación del Sistema Nacional Anticorrupción, tanto para las nuevas instituciones, así como para las que ya existen.

Dentro de este contexto ¿considera viable la existencia de un Anexo Transversal

para el Sistema Nacional Anticorrupción? En su opinión, la calidad y eficiencia del gasto público destinado al combate a la corrupción en general, canalizado a través del Sistema Nacional Anticorrupción ¿mejoraría con la inclusión de un Anexo Transversal de esta naturaleza dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación?

4.5.4 Grupo Parlamentario Nueva Alianza (PANAL)

GRUPO FUNCIONAL GOBIERNO

Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Procuraduría General de la República y Comisión Nacional de Derechos Humanos. La violencia e inseguridad son, lamentablemente, temas de la mayor importancia. También lo son la protección y el trato adecuado a los ciudadanos por parte de todas las instancias públicas. Lo que nos coloca en el terreno del respeto a los derechos humanos.

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En este sentido, en la primer entrega de avances de informes de auditoría, hay tres referidas a ellos: la auditoría 29-GB realizada al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; la auditoría 107-GB a la Procuraduría General de la República y la auditoría 117-GB a la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

En este sentido Sr. Auditor, en la auditoría al CONAPRED la Auditoría Superior de la Federación señala que la Matriz de Indicadores para Resultados –MIR-, no permite valorar el cumplimiento de los objetivos institucionales. En la auditoría realizada a la PGR, la entidad de fiscalización superior señala insuficiencias en la MIR, por lo que no es posible determinar la relación causa – efecto que existe entre los distintos niveles de la matriz; es decir, que no se conoce el efecto logrado como consecuencia del servicio prestado. Por último, en la auditoría realizada a la CNDH la ASF encontró deficiencias en el diagnóstico de necesidades de capacitación y deficiencias legales que limitan el seguimiento de las recomendaciones. Dado que de las tres auditorías se desprende la existencia de insuficiencias o deficiencias de diseño y normativas que impiden el adecuado conocimiento del impacto que las tres instituciones realizan para la protección de los derechos humanos, me permito preguntar a Usted ¿Por qué los dictámenes de las auditorías mencionadas puntualizan exclusivamente las acciones realizadas por las 3 instituciones auditadas, dejando de lado las insuficiencias detectadas por la entidad de fiscalización?

Plataforma Nacional de Transparencia.

En la auditoría 129-GB realizada al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en lo específico a la Plataforma Nacional de Transparencia y a los Sistemas que la integran, la ASF concluyó que los Sistemas presentan fallas en su funcionalidad, específicamente el Sistema de Gestión de Medios de Impugnación (SIGEMI) y el Sistema de Comunicación entre Organismos Garantes y Sujetos Obligados (SICOM), se encuentran en funcionamiento sin que a la fecha de la auditoría (mayo 2017) hayan culminado las etapas de pruebas para proceder a su plena operatividad.

Sobre este particular Señor Auditor, ¿Qué repercusiones respecto a la protección de datos y acceso a la información han ocasionado las fallas de dicha Plataforma? y ¿Qué medidas se pusieron en marcha a partir de los resultados de esta auditoría para solucionarlas?

GRUPO FUNCIONAL DESARROLLO SOCIAL

Educación. Actualmente, el dominio del idioma inglés de un amplio porcentaje de los estudiantes mexicanos es, en el mejor de los casos, muy limitado; lo que significa que la mayoría de las y los niños y jóvenes en México no comprende el idioma ni puede responder a las preguntas

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más elementales en dicha lengua. Sin embargo, al igual que en otras asignaturas, los métodos de evaluación implementados permiten que los alumnos continúen avanzando en los niveles escolares, sin contar con los conocimientos suficientes para ello. Situación que acentúa y mantiene la mala calidad de la educación en esta materia. Lo anterior representa una gran área de oportunidad para el sistema educativo, ya que una amplia gama de oportunidades laborales se mantiene inaccesible a los profesionistas mexicanos que no dominan el idioma, siendo este un requisito básico en la mayoría de las compañías en expansión. A partir de la fiscalización superior efectuada a entes vinculados con el sector educativo, particularmente al Programa Nacional de Inglés, podrá decirnos Señor Auditor:

¿Qué deficiencias se identifican en la tentativa gubernamental por dar cumplimiento a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, Programa Sectorial de Educación y Programa para Democratizar la Productividad, en lo relativo al fomento de la adquisición de capacidades básicas, incluyendo el manejo de otros idiomas, para incorporarse a un mercado laboral competitivo a nivel global?

Por último Señor Auditor, quisiera conocer las razones por las cuales los Informes de Auditoría son cada vez más escuetos. En mi opinión, serían de mayor utilidad Dictámenes de auditoría con resultados más claros y contundentes sobre los hallazgos de la entidad de fiscalización a su cargo; ya que si bien se trata de un esfuerzo de sistematización de la información por parte de la entidad de fiscalización a su Digno cargo, también lo es, que la revisión de los informes a partir de la información presentada resulta insuficiente, limitando con ello los resultados de la fiscalización superior y el impacto de sus resultados.

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