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Cuotas Obrero-Patronales La obligación social de tu empresa #CursosEnLinea .

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Cuotas Obrero-Patronales La obligación social de tu empresa

#CursosEnLinea .

Contenido

La clave para cumplir ............................................................................................................................................................................. 3

¿Qué son las Cuotas Obrero-Patronales? ...................................................................................................................................... 4

Un poco de historia ........................................................................................................................................................................... 4

Fundamento legal .............................................................................................................................................................................. 4

¿Quiénes están obligados a cumplir? .............................................................................................................................................. 5

Regímenes del Seguro Social .......................................................................................................................................................... 6

Seguros del Régimen Obligatorio ................................................................................................................................................. 7

¿Qué cubre y proporciona la Seguridad Social? ........................................................................................................................ 8

Contingencias y Servicios ................................................................................................................................................................ 8

Calcula tus cuotas obrero-patronales ............................................................................................................................................ 10

¿Qué necesito para determinar las cuotas obrero-patronales? ....................................................................................... 10

Movimientos Afiliatorios ...................................................................................................... ¡Error! Marcador no definido.

Incapacidades y ausentismos ....................................................................................................................................................... 12

Veamos un ejemplo práctico ........................................................................................................................................................ 13

Plazos de entrega ............................................................................................................................................................................. 14

Hazlo más fácil con Nomilinea ......................................................................................................................................................... 17

¡Recuerda!

No olvides consultar

nuestro curso para

calcular el SDI en

enlinea.digital

La clave para cumplir

Como empresario es fundamental conocer a fondo tu negocio, parte de esta tarea es controlar tus gastos y

cumplir con las obligaciones de ley. Sin embargo, hay un elemento base para que tu empresa continúe

creciendo: tus trabajadores. Sin ellos tu empresa no estaría donde se encuentra en este momento y no

tendría el ímpetu necesario para seguir creciendo.

Piensa en todas esas nuevas ideas, proyectos y visiones que han surgido de tus empleados y que han hecho

de tu empresa un lugar cada día más competitivo. Parte de las atenciones que debes brindarles a cambio de

sus labores son las Cuotas Obrero-Patronales que deben pagarse al IMSS e INFONAVIT. Éstas son uno de

los requerimientos más demandantes del mundo empresarial, ya que se presentan mensual y

bimestralmente, sin embargo, representan, tanto para tus empleados como para tu empresa, la arteria

principal que suministra una administración sana y un crecimiento asegurado.

El Salario Diario Integrado, o también conocido como Salario Base de Cotización, es la clave para que todo

esto suceda, ya que a partir de él se calculan varios impuestos y obligaciones, entre ellas las Cuotas Obrero-

Patronales. Si realizas de forma correcta el cálculo para

determinarlo, sabrás exactamente cuánto gana cada trabajador de

tu empresa lo que te permitirá conocer con exactitud tus Cuotas al

IMSS, evitar sanciones y priorizar tus gastos para que siempre

cumplas en tiempo y forma.

Recuerda que determinar de forma incorrecta el SDI y por tanto las Cuotas, trae consecuencias para el

empresario y su negocio, ya que lo obliga a pagar multas, lo cual constituye un delito de defraudación

fiscal.

Para evitar estos errores y muchos más, está Nomilinea, el sistema más

dinámico y seguro para el cálculo de nóminas y Cuotas Obrero-Patronales,

único avalado por el IMSS e INFONAVIT. A continuación, te enseñaremos qué

fácil es calcular tus Cuotas Obrero-Patronales en tan sólo unos cuantos clics.

Sabías que el no determinar

tus Cuotas Obrero-Patronales

te hace acreedor a una multa

entre el 40 y 100% del

concepto omitido.

¡Recuerda!

Este tipo de actividades como

el alta, baja, modificación de

salario y reingreso de tus

trabajadores se llaman

Movimientos Afiliatorio y

deben ser comunicados al

IMSS

¿Qué son las Cuotas Obrero-Patronales?

Este concepto que suena a trabalenguas es uno de los temas tabú en el mundo laboral, tanto para los

empleados como para los empresarios. Sin embargo a lo largo de esta guía te enseñaremos por qué es tan

importante que estés informado sobre esta obligación, además

descubrirás que no es imposible calcularlas y presentarlas gracias a

Nomilinea, donde tus cálculos siempre son correctos.

Un poco de historia

Esta obligación ha existido desde la primera Ley del Seguro Social, sin

embargo no siempre fue deber del patrón determinar las cuotas; en

las leyes de 1943 y 1973 la responsabilidad de presentarlas

correspondía al Instituto Mexicano del Seguro Social. A partir de la

Reforma de 1993, ésta pasó a los patrones (presente en la ley de

1997), quienes desde entonces tienen que hacerse cargo de las

cuotas, así como de retener y enterar de ello al trabajador.

Fundamento legal

Primero que nada el significado de este concepto está definido dentro de la Ley del Seguro Social en el

Artículo 15, fracción III, la cual dicta que: Los patrones están obligados a determinar las cuotas obrero-

patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto Mexicano del

Seguro Social.

Esto se refiere nada más y nada menos a todas aquellas cantidades

que tú y tus trabajadores pagan al Seguro Social para que tus

empleados tengan derecho a la salud, servicios médicos y un

fondo para el retiro.

¿Quiénes están obligados a cumplir?

Como su nombre lo indica, las Cuotas Obrero-Patronales son contribuciones que realizan en conjunto los

trabajadores y los patrones para garantizar el pago de los cinco seguros que ofrece el Instituto Mexicano del

Seguro Social, aquí te dejamos una infografía para que conozcas más sobre el tema:

Regímenes del Seguro Social

Según la Ley del Seguro Social existen dos tipos de regímenes que deben pagar las cuotas de seguridad

social.

¿Quiénes están obligados a cumplir?

Seguros del Régimen Obligatorio

Comprende 5 seguros que el patrón debe cubrir ante los trabajadores de manera forzosa:

La idea principal de ofrecer estos cinco seguros es cubrir las necesidades fundamentales de las personas; la

Ley del Seguro Social señala que "la Seguridad Social tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la

salud, asistencia médica, protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el

bienestar individual y colectivo".

Cada uno de estos ramos de aseguramiento es distinto porque protegen al trabajador y sus beneficiarios

contra situaciones diferentes, mediante prestaciones en especie y en dinero.

A continuación te presentamos qué es lo que cubre cada seguro y cuáles son los servicios que ofrecen,

como parte del régimen obligatorio.

¿Quiénes están obligados a cumplir?

¿Qué cubre y proporciona la Seguridad Social?

Contingencias y Servicios Cada uno de estos ramos de aseguramiento son distintos porque protegen al trabajador y sus beneficiarios

ante distintas situaciones, a través de prestaciones en especie y en dinero de la siguiente manera:

Entre los servicios que ofrece están las prestaciones en dinero y especie, esto quiere decir, que el Seguro

Social es el encargado de pagar tu sueldo en caso de que sufras un Riesgo de Trabajo o debido a una

enfermedad, pero además brinda medicinas, aseo y cuidado a los hijos de los beneficiarios.

¿Qué cubre y proporciona la Seguridad Social?

Calcula tus cuotas obrero-patronales

¿Qué necesito para determinar las cuotas obrero-patronales?

Antes de realizar el cálculo de tus cuotas obrero-patronales es necesario que identifiques estos elementos:

Salario Diario Integrado o Salario Base Cotización. Es el Salario Diario más las prestaciones que

percibe cada trabajador.

Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal. El cual servirá como medida del salario máximo y

mínimo de un trabajador.

Porcentajes del IMSS. Cada año el Instituto Mexicano del Seguro Social proporciona una tabla donde

se indican los porcentajes que los empresarios y trabajadores deben pagar para cumplir con las Cuotas

Obrero-Patronales. A continuación te presentamos la tabla que actualmente rige los porcentajes en el IMSS.

Seguro Prestaciones Cuotas

Base salarial

Patrón Trabajador Total

Riesgos de Trabajo

1En especie y dinero

Conforme con su siniestralidad laboral

0.00% Prima correspondiente

Salario base de cotización (SBC)

Seguro Prestaciones Cuotas

Base salarial

Patrón Trabajador Total

Enfermedades y Maternidad

En especie

Cuota fija por cada trabajador hasta por tres SMGVDF

2

20.40%

0.00%

20.40%

SMGVDF

Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres VSMGVDF

3

1.10% 0.40% 1.50% Diferencia entre el

SBC y tres VSMGVDF

Gastos médicos para pensionados y beneficiarios

1.05% 0.375% 1.425 SBC

En dinero 0.70% 0.25% 0.95% SBC

Invalidez y Vida En especie y dinero

1.75% 0.625% 2.375% SBC

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CV)

Retiro 2.00% 0.00% 2.00% SBC

CV 3.150% 1.125% 4.275% SBC

Guarderías y Prestaciones Sociales

En especie 1.00% 0.00% 1.00% SBC

Notas: 1 Para conocer más sobre la Prima de Riesgos de Trabajo, consulta nuestro curso sobre PRT entrando a enlinea.digital 2 Salario Mínimo General Vigente en el DF 3 Veces el Salario Mínimo General Vigente en el DF

Calcula tus cuotas obrero-patronales

Incapacidades y ausentismos

Seguramente te estarás preguntando qué sucede con las faltas e incapacidades de tu personal a la hora de

calcular las cuotas obrero-patronales ¡No te preocupes! Aquí te informaremos sobre todo lo que necesitas

para deducir de forma correcta estos imprevistos.

El Artículo 31 de la Ley del Seguro Social y el artículo 29 Ley INFONAVIT, especifican que cuando por

ausencias del trabajador a sus labores no se paguen salarios, pero subsista la relación laboral, la cotización

mensual se ajustará a las reglas siguientes:

Cuando un trabajador tiene incapacidad médica sólo se pagan las cuotas de Retiro e INFONAVIT,

ningún otro seguro.

Cuando es un caso de ausentismo, sólo se paga el seguro de Enfermedad y Maternidad.

Enfermedad y Maternidad Retiro e INFONAVIT

Guarderías; Cesantía y Vejez;

Invalidez y Vida; y Riesgo de

Trabajo

Se restan sólo las incapacidades,

no las faltas

Se restan sólo las faltas, no las

incapacidades

Se restan las faltas y las

incapacidades

Calcula tus cuotas obrero-patronales

Veamos un ejemplo práctico

Julia es redactora en una revista, tiene un año laborando para esta editorial,

lo cual la hace acreedora, según su contratación, a 6 días de vacaciones, una

prima vacacional del 25% y 15 días de aguinaldo. Su periodo de pago es

quincenal y tiene un Salario Diario de $100.00

Especificaciones:

Su Salario Diario Integrado es de $104.52 y le corresponde una Prima de

Riesgos de Trabajo de 0.54355.

Los días del periodo considerados para el cálculo de las cuotas será de 30

días y de acuerdo al Salario Mínimo que es de $73.04.

Tomando estos datos en cuenta el cálculo de las cuotas obrero-patronales para Julia serían las siguientes:

Enfermedades y Maternidad

% Empleado % Empresa

Especie – Cuota Fija 20.40% $447.00

Especie – Excedente 0.400% $ - 1.10% $ -

Prestaciones en dinero

0.250% $7.84 0.70% $21.95

Pensionados y Beneficiarios

0.375% $11.76 1.05% $32.92

Invalidez y Vida 0.625% $19.60 1.75% $54.87

Riesgo de trabajo 1.13065% $35.45

Guarderías y prestaciones sociales

1.00% $31.36

Seguro de Retiro 2.00% $62.71

Cesantía y Vejez 1.125% $35.28 3.15% $98.77

Infonavit 5.00% $156.78

CUOTAS EMPLEADO EMPRESA

IMSS MENSUAL $39.20 $623.55

CESANTÍA BIMESTRAL $70.56 $161.48

INFONAVIT BIMESTRAL - $156.78

TOTALES $109.76 $923.83

Calcula las cuotas obrero-patronales

Plazos de entrega

Las cuotas obrero-patronales se deben pagar el mes posterior, a esto se le conoce como pago por

mensualidades vencidas. Los patrones están a obligados a:

Determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa

informático (SUA), autorizado por el Instituto.

Presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes que

se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día 17 del mes inmediato.

Importante: La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aun en el supuesto de que no se

realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado.

• Mensualidades vencidas: Para los seguros, cuyas reservas administra el Instituto

Mexicano del Seguro Social, a saber, Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad,

Invalidez y Vida, Guarderías y Prestaciones Sociales, a más tardar el 17 del mes

siguiente.

• Bimestrales vencidas: Para el caso del Seguro de Retiro, Cesantía en edad Avanzada

y Vejez, conforme a lo dispuesto en el artículo Vigésimo Séptimo Transitorio de la LSS,

es decir, a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre en que se presentó la

relación laboral.

• Cédulas de liquidación y capitales constitutivos: 15 días naturales contados a partir

de la fecha de su notificación.

Calcula tus cuotas obrero-patronales

Movimientos Afiliatorios

Los patrones deben informar al IMSS las altas, bajas y modificaciones de salario de todos sus trabajadores,

para que el Instituto les otorgue las prestaciones económicas y en especie (tanto inmediatas como diferidas)

en los términos que señala la ley.

Es importante señalar que el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación

de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) es el que especifica el momento en que se debe cumplir

esta obligación.

De acuerdo a lo establecido en el RACERF, la presentación de los movimientos afiliatorios debe hacerse en

un plazo máximo de 5 días hábiles.

Los movimientos afiliatorios que deberás notificar ante el IMSS son los siguientes:

Alta. Este se refiere al inicio de la relación laboral del trabajador que estás asegurando.

Baja. Esto es el aviso que emites al IMSS cuando terminas la relación laboral con tu trabajador.

Modificación de Salario. Se refiere a se refiere a los cambios de salario del asegurado.

Reingreso. Se refiere a la reincorporación de un trabajador a la vida laboral o a su cambio de

empleo.

Existe cierta lógica para establecer las reglas que se deben seguir en el envío de estos movimientos, ya que

toda la información que se envía al IMSS es guardada en la base de datos del instituto y debe guardar

congruencia.

La siguiente tabla explica la lógica que se debe llevar en el envío de los movimientos afiliatorios.

Documento Movimiento Movimientos Posteriores

permitidos

Movimientos posteriores

no permitidos

Afil 02 Alta Baja, Modificación de

salario Alta, Reingreso

Afil 04 Baja Reingreso Baja, Modificación de

Salario

Afil 03 Modificación de Salario Modificación de Salario,

Baja Alta, Reingreso

Afil 02 Reingreso Baja, Modificación de

Salario Alta, Reingreso

De acuerdo al Artículo 15 de la Ley del Seguro Social, los movimientos pueden presentarse en documento

impreso, en el caso de inscripción será el Afil 02, para Modificación de Salario el Afil 03 y para las bajas el

Afil 04; en el caso de los medios magnéticos se presentará a través del IDSE, con el archivo DispMag

generado por el SUA o el Sistema Nomilinea.

Calcula tus cuotas obrero-patronales

Multas por no cumplir

La Ley del Seguro Social establece diferentes castigos por incumplimientos, omisiones o faltas, sin embargo

aquí te mostramos una tabla de las multas que tendrías al no cumplir correctamente con las cuotas obrero-

patronales.

Falta Multa

No determinar o determinar en forma

extemporánea las cuotas obrero-patronales

legalmente a su cargo.

Multa de 20 a 75 Veces el Salario Mínimo No informar al trabajador o al sindicato de las

aportaciones realizadas a la cuenta individual.

No llevar los registros de nóminas o listas de raya,

en los términos que señala la Ley y el Reglamento

para el Pago de Cuotas del Seguro Social.

No comunicar al Instituto o hacerlo

extemporáneamente las modificaciones al salario

base de cotización de sus trabajadores (5 días

hábiles).

Multa de 20 a 125 Veces el Salario Mínimo

Presentar al Instituto los avisos afiliatorios,

formularios, comprobantes de afiliación, registros de

obras o cédulas de determinación de cuotas obrero-

patronales con datos falsos, salvo aquéllos que por

su naturaleza no sean de su responsabilidad. Multa de 20 a 210 Veces el Salario Mínimo

No proporcionar, cuando el Instituto se lo requiera,

los elementos necesarios para determinar la

existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a

su cargo o hacerlo con documentación alterada o

falsa.

No registrarse ante el Instituto, o hacerlo fuera del

plazo (5 días hábiles).

Multa de 20 a 350 Veces el Salario Mínimo

No inscribir a sus trabajadores ante el Instituto o

hacerlo en forma extemporánea (5 días hábiles).

No retener las cuotas a cargo de sus trabajadores

cuando así le corresponda legalmente, o

habiéndolas retenido, no enterarlas al Instituto.

Hay algunas excepciones para no pagar multas, como cuando el cumplimiento de las obligaciones se hace

fuera del plazo señalado pero antes de que la autoridad se lo requiera o cuando la infracción se deba a un

caso fortuito o de fuerza mayor.

Por otro lado, es posible que el Instituto Mexicano del Seguro Social deje sin efectos una multa cuando los

interesados demuestren de forma documental que no se incurrió en la infracción.

Calcula tus cuotas obrero-patronales

Hazlo más fácil con Nomilinea

Un proceso normal para calcular tus Cuotas implicaría:

Ingresar tus movimientos afiliatorios en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA)

Repórtalos ante el IDSE (IMSS Desde Su Empresa)

Vuelve a entrar al SUA para calcular tus cuotas y generar tu disco de pago

Ingresa al SIPARE (Sistema de Pago Referenciado) para pagar vía internet o ve a la sucursal de tu

banco más cercana

EN NOMILINEA HAZ TODO ESTO EN TAN SÓLO UNOS CLICS

Hazlo más fácil con Nomilinea

El aval del IMSS e INFONAVIT garantiza que el Sistema Nomilinea y Software SiCOSS —ambos creados

en Grupo SiCOSS, empresa mexicana especializada en tecnología administrativa— son la única herramienta

autorizada, además del SUA, para realizar el pago de las Cuotas Obrero-Patronales.

El 26 de enero de 2004, por medio del oficio 09-52-17-61-5000/00042 emitido por la Dirección de

Incorporación y Recaudación del Seguro Social y la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del

Instituto Mexicano de Seguro Social, se especificó que Nomilinea puede ser usado como un sistema para

el cumplimiento de obligaciones obrero-patronales en materia de Seguridad Social e INFONAVIT.

Hazlo más fácil con Nomilinea

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