cuadro 4-a (continuación) - congreso.gob.pe

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CUADRO 4-A DEPENDENCIAS COMPETENTES EN POLÍTICA LABORAL Y MARCO NORMATIVO País/estructura política México Costa Rica El Salvador Guatemala Nicaragua Organización federal, con legislación federal y distribución de competencias de aplicación de la legislación entre la federación y los estados según la materia Organización unitaria Organización unitaria Organización unitaria Organización unitaria Organo competente en PL Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Ministerio del Trabajo Marco normativo Constitución (Art. 123, apartado A y B); Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley Federal del Trabajo; Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y; Reglamento de la STPS. Constitución (Arts. 56 a 62); Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Código de Trabajo. Constitución de la República (Título II Capítulo H: Derechos Sociales, Sección segunda titulada Trabajo y Seguridad Social, Arts. 37 al 52); Código de Trabajo); Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo No. 1860; Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes No. 7877 y; Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes No. 8051 Constitución Política de la República de Guatemala (Título II, Capítulo II: Derechos Sociales, Sección Octava titulada Trabajo, del Art. 101° al 106°, y los referentes a los trabajadores del Estado en la Sección novena, del Art. 107° al 117°); Código de Trabajo; Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Constitución Política de Nicaragua (Título IV; Título IV; Título VI; Título VIII); Código de Trabajo; Ley de Derechos Laborales Adquiridos No. 516 (continúa)

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Page 1: Cuadro 4-A (Continuación) - congreso.gob.pe

CUADRO 4-ADEPENDENCIAS COMPETENTES EN POLÍTICA LABORAL Y MARCO NORMATIVO

País/estructura política

México Costa Rica El Salvador Guatemala NicaraguaOrganización federal, con legislación federal y distribución de competencias de aplicación de la legislación entre la federación y los estados según la materia

Organización unitaria Organización unitaria Organización unitaria Organización unitaria

Organo competente en PL

Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Ministerio del Trabajo

Marco normativo

Constitución (Art. 123, apartado A y B); Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley Federal del Trabajo; Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado y; Reglamento de la STPS.

Constitución (Arts. 56 a 62); Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; Código de Trabajo.

Constitución de la República (Título II Capítulo H: Derechos Sociales, Sección segunda titulada Trabajo y Seguridad Social, Arts. 37 al 52); Código de Trabajo); Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo No. 1860; Reglamento para la Afiliación de los TrabajadoresIndependientes No. 7877 y; Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes No. 8051

Constitución Política de la República de Guatemala (Título II, Capítulo II: Derechos Sociales, Sección Octava titulada Trabajo, del Art. 101° al 106°, y los referentes a los trabajadores del Estado en la Sección novena, del Art. 107° al 117°); Código de Trabajo; Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Constitución Política de Nicaragua (Título IV; Título IV; Título VI; Título VIII); Código de Trabajo; Ley de Derechos Laborales Adquiridos No. 516

(continúa)

Page 2: Cuadro 4-A (Continuación) - congreso.gob.pe

Cuadro 4-A (Continuación)

Dependencias competentes

Acceso al empleo

Planes y proyectos para impulsar la ocupación

Dirección General de Fomento de la Empleabilidad y Servicio Nacional de Empleo

Dirección de Empleo

Departamento de Gestión de Empleo (Observatorio del Mercado Laboral)

Dirección General del Trabajo

Dirección de Empleo

Promover el incremento de la productividad

Dirección General de Productividad Laboral

Dirección de Empleo (Dirección de Intermediación, orientación y prospección de empleo)

Departamento de Productividad

Formación y capacitación y adiestramiento para el trabajo

Servicio Nacional de Empleo y Dirección General de Capacitación

Oficina de Capacitación Social y Aprendizaje

Departamento de Relaciones de Trabajo

Dirección General de Empleo, Formación y Capacitación

Dirección de Normas y Capacitación

Intermediación y Servicios de Empleo

Servicio Nacional de Empleo

Dirección de Empleo(Departamento de generación de empleo)

Servicio Nacional del Empleo

Departamento de Intermediación

Fomento a cooperativas

Dirección General de Fomento a la Empleabilidad

Oficina de Cooperativas

Institutosalvadoreño deFomentoCooperativo

RemuneracionesPolítica salarios Comisión Nacional

de Salarios Mínimos

Consejo Nacional de Salarios

Consejo Nacional de Salario Mínimo

Departamento Nacional del Salario

Dirección General de Empleo y Salarios

(continúa)

Page 3: Cuadro 4-A (Continuación) - congreso.gob.pe

Cuadro 4-A (continuación)

Relaciones laborales

Registro de sindicatos (obreros y patronales)

Dirección General de Registro de Asociaciones

Oficina de sindicatos

Registro y control de organizaciones sociales

Departamento de Registro Faboral

Dirección deAsociaciónSindical

Negociación colectiva y coordinar la formulación y promulgación de contratos ley

Unidad deFuncionariosConciliadores

Departamento deorganizacionessociales

Viceministerio de Administración del Trabajo

Dirección de Negociación Colectiva y Conciliación Individual

Control del ejercicio del derecho de huelga

JuntaFederal/locales de Conciliación y Arbitraje

Consejo Superior de Trabajo

Coordinarintegración de comisiones para regular relaciones laborales

Dirección General de Productividad Faboral

Dirección General de Relaciones Faborales

Departamento Relaciones de Trabajo

Viceministerio de Administración del Trabajo

Dirección General de Derechos Colectivos y Asesoría Faboral

Seguridad social

Definir política y coordinar servicios

Oficina de Acción Social: Tribunal Administrativo de la Seguridad Social (órgano tripartito y desconcentrado)

Dirección General de Previsión Social

Dirección General de Previsión Social

Seguridad e higiene

Estudiar y ordenar medidas y vigilar su cumplimiento

Dirección General de Seguridad e Higiene/Dirección general de Inspección del Trabajo

De Seguridad e Higiene del Trabajo

Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional

SeguridadFunciones y Comité de Seguridad en el Trabajo

Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo

(continúa)

Page 4: Cuadro 4-A (Continuación) - congreso.gob.pe

Cuadro 4-A (Conclusión)

Fiscalización

Vigilar la observancia y aplicación de normas laborales (Constitución, ley y reglamentos)

Dirección General de Inspección Federal del Trabajo

Dirección de Inspección General de Trabajo

Dirección de Inspección General de Trabajo

Dirección de Inspección General de Trabajo

Dirección General de Insectoría del Trabajo

Prevención y resolución de conflictos

Buscar el equilibrio entre los factores de la producción

Juntas de Conciliación y Arbitraje-Poder Judicial

De Asuntos Gremiales y Conciliación Administrativa

Dirección General del Trabajo

Dirigir y coordinar la Procuraduría de la Defensa del Trabajo

Procuraduría de la Defensa del Trabajo

Oficina de Asuntos Gremiales y Conciliación Administrativa

Sección de Relaciones Colectivas de Trabajo/Sección de Relaciones Individuales de Trabajo

Procuraduría de la Defensa del Trabajador

Departamento deDefensoríaLaboral

Acceso a la información

Llevar las estadísticas correspondientes a la materia de trabajo

Dirección General de Investigación y Estadísticas del Trabajo

Oficina de Estadística

Oficina de Estadística e Informática

Departamento de Estadística Laboral

Oficina de Planes e Indicadores socio laborales

Equidad

Garantizar la equidad y no discriminación

Dirección General para la Igualdad Laboral

Despacho del Ministro (Instancia asesora en Género)

Unidad para la equidad entre los géneros

Viceministerio de Previsión social y empleo

Dirección superior de Igualdad y No discriminación en el empleo

Fuentes: Elaboración propia con base en información oficial de los ministerios, México (Secretaría del Trabajo y Previsión Social, http://www.stps.gob.mx/bp/index.html, consultada en julio de 2013); Costa Rica (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, http://www.mtss.go.cr/acerca-del-mtss/fimciones.html, consultada en julio de 2013); El Salvador (Ministerio del Trabajo y Previsión Social, http://www.mtps.gob.sv/index.php?option=com_content&view=article&id=47:otras- instituciones&catid=84:institucion&Itemid=82, consultada en julio de 2013); Guatemala (Ministerio del Trabajo y Previsión Social, http://www.mintrabajo.gob.gt/index.php/organizacionintema/acercadelministerio/134-obligaciones, consultada en julio de 2013); y Nicaragua (Ministerio del Trabajo, http://www.mitrab.gob.ni/, consultada en julio de 2013).

Page 5: Cuadro 4-A (Continuación) - congreso.gob.pe

110

CUADRO 5-A CONVENIOS FUNDAMENTALES RATIFICADOS

Convenios OITPaís ratificado

Costa Rica El Salvador Guatemala México NicaraguaTrabajo forzoso

C.29Convenio sobre el trabajo forzoso 1960 1995 1989 1934 1934C. 105 □ □ □ □ □Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso 1959 1958 1959 1959 1967

Trabajo infantilC. 138 X

□Convenio sobre la edad mínima, 1973 1976 1996 1990 1981C. 182 □Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil 1960 2000 2001 2000 2000

DiscriminaciónC. 100Convenio sobre igualdad de remuneración 1960 2000 1960 1952 1967

C. 111Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación)

Libertad sindicalC. 87

1962 1995 1961 1961 1967

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación 1960 2006 1952 1950 1967

C. 98Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva 1960 2006 1952

X1967

Fuente: Elaboración propia con base en información de la OIT (Ratificación de los convenios de la OIT, consultado en agosto de 2013; http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:11001:0::NO:::)

Page 6: Cuadro 4-A (Continuación) - congreso.gob.pe

CUADRO 6-ADERECHO AL TRABAJO: CONTENIDO E IM PLICACIONES

Derecho al trabajo (PIDESC, art. 6)

Contenido Implicaciones en política laboral

Alcance

Individual: Trabajo digno libremente escogido o aceptado: respetuoso de los derechos fundamentales de la persona humana y derechos laborales, en condiciones de seguridad laboral y remuneración que permitan a los trabajadores y sus familias vivir dignamente. Se prohíbe el trabajo forzoso y la privación injusta del trabajo.

Considerar ambas dimensiones en la legislación, políticas, planes y programas

Colectiva: derecho a fundar sindicatos, afiliarse al de su elección y a que los sindicatos actúen libremente

Sujetos titulares (alcance)Todo tipo de trabajadores, autónomos o asalariados Incluir dentro de los objetivos, programas y

competencias del Ministerio de Trabajo a todos los trabajadores

Sujetos titulares con tutela específicaMujeres; jóvenes; trabajo infantil; personas con discapacidad; trabajadores migratorios y sus familiares

Protección especial a grupos vulnerables

Sujetos obligados Estados partes Ministerios de Trabajo; Poder Legislativo, Poder Judicial

Obligaciones Generales Estados: RESPETAR; PROTEGER Y APLICAR

Adoptar medidas de todo tipo para reducir la “economía sumergida”, lo que obliga a los empleadores a cumplir la legislación y declarar a sus trabajadores, para que disfruten de los derechos contenidos en arts. 6,7 y 8 del PIDESC.Asegurar: a) disponibilidad; accesibilidad (igualdad de oportunidades y trato; accesibilidad física y de información), aceptabilidad y calidad

Sistema de Inspección del trabajo eficaz para detectar y reducir la informalidad así como asegurar condiciones justas y favorables de empleo, incluyendo derechos sindicales.Campañas de formalización Promover, en su caso, reformas para equiparar derechos de domésticos y trabajadores del campo Organizar un Servicio del Empleo Público de Empleo/ o contar con uno Privado

(continúa)