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CRV Declaración sobre la justicia social para una globalización equitativa. OFICINA REGIONAL. Christian Ramos Veloz, Especialista en Normas Internacionales del Trabajo y Pueblos Indígenas Lima, Perú 11 y 12 agosto 2008

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Declaración sobre la justicia social para una globalización equitativa.

OFICINA REGIONAL.Christian Ramos Veloz, Especialista en Normas Internacionales del Trabajo y Pueblos Indígenas

Lima, Perú 11 y 12 agosto 2008

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Declaración sobre la justicia social para una globalización equitativa.

PREAMBULO.I. ALCANCE Y PRINCIPIOS .II. MÉTODO DE APLICACIÓN.III. DISPOSICIONES FINALES.ANEXO.RESOLUCIÓN.

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Por que una Declaración?Por que una Declaración?

Contexto actual de la Globalización.

Beneficios de la Globalización.

Desafíos de la Globalización.

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Papel de la OIT…Papel de la OIT…Convencida…Aspiración universal de la justicia

social.

Papel clave.

Mandato.

Reconocimiento internacional Trabajo Decente.

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La CIT convencidaLa CIT convencida…… interdependencia y de internacionalización de la producción:

los valores fundamentales…. son esenciales para un desarrollo y una eficacia sostenibles en materia económica y social;

el diálogo social y el tripartismo para fortalecer la cohesión social y el Estado de derecho mediante las normas internacionales del trabajo;

la importancia de la relación de trabajo debería reconocerse;

las empresas productivas, rentables y sostenibles, junto con una economía social sólida y un sector público viable…

la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social (1977)

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I A. Alcance y Principios

Concretizar mandato constitucional OIT, en particular mediante las NIT.

Situar Empleo pleno y Productivo y Trabajo decente como elemento central de políticas económicas y sociales.

Basadas en 4 OE de igual importancia, para plasmar PTD

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Objetivos estratégicos de la OIT

i) promover el empleo creando un entorno institucional y económico sostenible;

ii) adoptar y ampliar medidas de protección social —que sean sostenibles y estén adaptadas a las circunstancias nacionales

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Objetivos estratégicos de la OIT iii) promover el dialogo social y el

tripartismo como los métodos más apropiados;

iv) respetar, promover y aplicar los principios y derechos fundamentales en el trabajo,

- Cláusula de excepción.

FOMENTAR DIALOGO SOCIAL para adaptar la aplicación de los objetivos estratégicos a las necesidades y circunstancias de cada país;— traducir el desarrollo económico en progreso social y el progreso social en desarrollo económico;— facilitar la creación de consenso respecto de las políticas nacionales e internacionales que inciden en las estrategias y programas en materia de empleo y trabajo decente, y— fomentar la eficacia de la legislación y las instituciones laborales, en particular respecto del reconocimiento de la relación de trabajo, la promoción de buenas relaciones laborales y el establecimiento de sistemas eficaces de inspección del trabajo,
teniendo en cuenta que: que la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva son particularmente importantes para permitir el logro de esos cuatro objetivos estratégicos, y — que la violación de los principios y derechos fundamentales en el trabajo no puede invocarse ni utilizarse de modo alguno como ventaja comparativa legítima y que las normas del trabajo no deberían utilizarse con fines comerciales proteccionistas.
Esto esta en el Preábulo de la Declaración de la OIT sobre Principios y Derechos de 1998.
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B. Objetivos estratégicos

Los cuatro objetivos estratégicos son inseparables, están interrelacionados y se refuerzan mutuamente.

Su promoción deberían formar parte de una estrategia global e integrada de la OIT en pro del trabajo decente.

Igualdad de género y no discriminación deben considerarse cuestiones transversales.

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C.C. Implementación de los Objetivos estratégicos

La forma en que los Miembros alcancen los objetivos estratégicos es una cuestión que ha de determinar cada Miembro de conformidad con obligaciones internacionales y con los PDFT, teniendo en cuenta 3 elementos :

i) condiciones y circunstancias nacionales, así como las necesidades y las prioridades expresadas por las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores;

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C.C. Implementación de los Objetivos estratégicos

ii) interdependencia, solidaridad y cooperación entre Miembros OIT que son más pertinentes que nunca en contexto de una economía globalizada, y

iii) principios y las disposiciones de normas internacionales del trabajo.

La Unión Europea se había centrado en la eficacia de la OIT y había aportado conceptos esenciales al debate. A ella se debía la incorporación al texto del término «solidaridad».
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II. MÉTODO DE APLICACIÓN

A. OIT debe guíar, coordinar y apoyar esfuerzos de sus Miembros utilizando mejor sus recursos humanos y financieros y su estructura tripartita y sistema normativo.

(Países en desarrollo).

i) comprender mejor las necesidades de sus Miembros a partir de un punto recurrente del orden del día de la Conferencia, a efectos de:

OIT
Las negociaciones sobre la sección II del proyecto de texto relativa al método de aplicación, habían puesto de relieve las siguientes cuestiones. Habían planteado inquietudes en relación con el establecimiento de un equilibrio entre las responsabilidades de los Miembros y las correspondientes a la Organización. Además, si bien el proyecto de texto inicial de la Oficina se había referido a un examen universal y periódico por la Conferencia Internacional del Trabajo, el Grupo de Redacción había preferido mantener la expresión «punto recurrente del orden del día», y evitar así la duplicación de la labor de los órganos de control de la Organización. Esta cuestión también la había planteado el Grupo de Redacción cuando discutió el anexo sobre las medidas de seguimiento. Respecto de la referencia a los cuatro convenios prioritarios, se había optado por hacer una referencia general en el cuerpo del texto a los temas de esos convenios y mantener una referencia específica en una nota de pie de página en el anexo. El Grupo de Redacción había observado que esa referencia no presuponía la obligación por parte de los Miembros de ratificar dichos convenios.
La promoción de las empresas sostenibles también se había añadido accediendo a una solicitud del Grupo de los Empleadores, que la consideraba un punto importante en relación con el objetivo del empleo.
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II. MÉTODO DE APLICACIÓN B. Miembros tienen responsabilidad

fundamental de contribuir, mediante su política económica y social, a lograr la formulación de una estrategia global e integrada para poner en práctica los objetivos estratégicos que incluya el Programa de Trabajo Decente .

Aplicación del Programa de Trabajo Decente a nivel nacional dependerá de necesidades y prioridades de países e incumbirá a Estados Miembros determinar, en consulta con organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, forma en que darán cumplimiento a dicha responsabilidad.

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II. MÉTODO DE APLICACIÓN

C. La OIT podría invitar otras organizaciones internacionales cuyos mandatos abarcan ámbitos conexos, a promover el trabajo decente.

Dado que la política comercial y la política de los mercados financieros repercuten en el empleo, la función de la OIT es evaluar esos efectos con miras a que el empleo pase a ser un elemento fundamental de las políticas económicas.

OIT
La referencia a las organizaciones multilaterales interesadas debería entenderse con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Constitución de la OIT.
A petición de los Grupos de los Empleadores y de los Trabajadores, que habían deseado recoger algunas de las ideas enunciadas en el Programa Global de Empleo, el Grupo de Redacción, sobre la base del párrafo 45 de dicho documento, había retenido la idea de que correspondía a la OIT evaluar los efectos en el empleo de la política comercial y de los mercados financieros.
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III. Disposiciones finales

A. El DG velará por que la presente Declaración se comunique a todos los Miembros y, a organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, a organizaciones internacionales competentes, y a toda otra entidad que el Consejo pueda determinar.

Los gobiernos, así como las organizaciones de empleadores y de trabajadores en el ámbito nacional, deberán dar a conocer la Declaración en todos los foros pertinentes en los que participen.

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III. Disposiciones finales B. Incumbirá al Consejo de Administración

y al Director General de la Oficina Internacional del Trabajo establecer modalidades apropiadas para aplicar sin demora la Sección II de la presente Declaración.

C. Cuando el Consejo de Administración lo estime oportuno, y con arreglo a las modalidades que se han de establecer, las repercusiones de la presente Declaración, y en particular las medidas adoptadas para promover su aplicación, serán objeto de examen por la Conferencia Internacional del Trabajo con miras a evaluar qué medidas convendría adoptar.

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