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Creación de documentos electrónicos accesibles Diversidad funcional y productos de apoyo José María Fernández Gil – [email protected] Unidad de Accesibilidad Digital – Universidad de Alicante

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Page 1: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

Creación de documentos electrónicos accesibles

Diversidad funcional y productos de apoyoJosé María Fernández Gil – [email protected]

Unidad de Accesibilidad Digital – Universidad de Alicante

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Unidad de Accesibilidad Digital

• Desde 2014 Programa de Accesibilidad Digital en Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo.

• Desde 2020 Unidad Organizativa del Secretariado de Empleo y Apoyo a Estudiantes.

• Promoción, concienciación y formación en materia de Accesibilidad Digital y Tecnologías Accesibles.

• Unidad Responsable de Accesibilidad de la Universidad deAlicante ante el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

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Objetivos de la Unidad

• Romper barreras digitales• Crear directrices para la elaboración de contenido digital

accesible• Asesorar y formar a la comunidad universitaria en el uso de

tecnologías accesibles• Detectar oportunidades de emprendimiento a través de la

investigación en accesibilidad• Creación de canales de comunicación para su divulgación.• https://web.ua.es/accesibilidad

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Índice de contenidos

• Personas con necesidades específicas: Limitaciones por tipo de discapacidad.

• Productos de apoyo que permiten a las personas con discapacidad acceder a contenidos.

• Accesibilidad a las TIC.• Dispositivos desde los que se puede visualizar un documento.• La importancia de un entorno heterogéneo y de las TIC como

elemento de inclusión.

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Diversidad funcional

• Diversidad funcional: fenómeno, hecho o característica presente en la sociedad que, por definición, afectaría a todossus miembros por igual. Es decir, en la sociedad existen personas con capacidades o funcionalidades diversas o diferentes entre sí.

• Diversidad funcional no es un término alternativo a "discapacidad" sino un termino para exclusiones o discriminaciones.

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Diversidad funcional en la UA• Estudiantes: 240

• Visual: 22• Auditivo: 20• Física: 58• Mental: 22• Salud: 57

• No los conocemos a todos• No todas las necesidades específicas otorgan certificado de discapacidad.

• PAS/PDI 44

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Producto de Apoyo

• Cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipo, instrumentos, tecnología y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado, para:

• prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar• deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones en la

participación.

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Accesibilidad de las TIC

• Definición• La accesibilidad o accesibilidad universal es el grado en el que todas

las personas pueden utilizar un objeto, visitar un lugar o acceder a un servicio, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o físicas. Es indispensable e imprescindible, ya que se trata de una condición necesaria para la participación de todas las personas independientemente de las posibles limitaciones funcionales que puedan tener. (Wikipedia)

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Accesibilidad de las TIC

• La accesibilidad debería ser una ventaja para quienes se han convertido poco a poco en usuarios habituales de las TIC, como las personas con diversidad.

• Pejm: ¿Un Periodico?• Pero a veces, se transforma en un cotidiano calvario en el que

las dificultades superan con creces a las ventajas y los problemas de acceso se convierten en un obstáculo mayor que el que de antemano se quería salvar.

Barreras digitales

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Accesibilidad de las TIC

• Cada vez que escribimos una línea de código• Cada vez que escribimos un documento electrónico y lo

hacemos figurar en alguna parte de la red; • cada vez que redactamos un simple correo electrónico o • cada vez que publicamos una fotografía, • estamos realizando una acción en la que deberíamos tener

presente la mayor o menor probabilidad de acceso por parte de cualquier persona, incluidas aquellas que presenten una discapacidad.

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Diseño para todos• El Diseño para Todos no excluye el ajuste razonable, la

adaptación y la individualización, pero entiende que desde el principio, desde el mismo instante en el que se diseña, se planifica o se desarrolla un producto o un servicio, debe prevalecer el propósito de que sea accesible para el mayor número de personas.

• Esta pretensión no es nada sencilla: implica un verdadero cambio de mentalidad, en el que seguramente entrarán en juego no sólo la necesidad de un mayor compromiso, sino también las dudas, la inseguridad respecto a la pertinencia de lo que se está haciendo y el desconocimiento sobre la mejor forma de hacerlo.

Page 12: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

Acceso universalLa presentación de la información de manera accesible supone garantizar el acceso a la misma con independencia de:• El equipamiento (hardware).• Los programas (software): editores de texto, bases de datos,

programas de presentaciones, programas de diseño gráfico, etc.

• Agentes de usuario: navegadores gráficos, navegadores por voz, navegadores de texto, reproductores, etc.

• Dispositivos: teclado, ratón, ratón de cabeza, pantalla, dispositivos Braille, etc.

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Normativa reguladora 1• Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la

información y de comercio electrónico (LSSICE)• «Accesibilidad para las personas con discapacidad y de edad

avanzada a la información proporcionada por medios electrónicos»:

1. Las Administraciones Públicas adoptarán las medidas necesarias para que la información disponible en sus respectivas páginas de Internet pueda ser accesible a personas con discapacidad y de edad avanzada de acuerdo con los criterios de accesibilidad al contenido generalmente reconocidos antes del 31 de diciembre de 2005. Asimismo, podrán exigir que las páginas de Internet cuyo diseño o mantenimiento financien apliquen los criterios de accesibilidad antes mencionados.

2. Igualmente, se promoverá la adopción de normas de accesibilidad por los prestadores de servicios y los fabricantes de equipos y software, para facilitar el acceso de las personas con discapacidad o de edad avanzada a los contenidos digitales.

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Norma reguladora 2• Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, No

Discriminación y Accesibilidad Universal de las personas con discapacidad (LIONDAU)

• «Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social».

1. En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno aprobará, según lo previsto en su artículo 10, unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y de cualquier medio de comunicación social, que serán obligatorias en el plazo de cuatro a seis años desde la entrada en vigor de esta ley para todos los pro- ductos y servicios nuevos, y en el plazo de ocho a diez años para todos aque- llos existentes que sean susceptibles de ajustes razonables.

2. En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobier- no deberá realizar los estudios integrales sobre la accesibilidad a dichos bienes o servicios que se consideren más relevantes desde el punto de vista de la no discriminación y accesibilidad universal.

Page 15: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

Norma reguladora 3• Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen

las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado

• «Condiciones de accesibilidad en los impresos y documentos»1. Se garantizará la disponibilidad de los documentos e impresos destina- dos

al ciudadano en condiciones de plena accesibilidad para personas con dis-capacidad, mediante su ubicación en estantes, dispensadores u otro mobilia- rio que permitan la máxima autonomía de estas personas para obtenerlos.

2. A requerimiento de la persona con discapacidad, se ofrecerán en for- matos alternativos utilizando tipografías grandes o ampliadas, en braille, o bien se contará con personal de apoyo para facilitar su cumplimentación.

Page 16: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

Norma reguladora 3• Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las

condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado

• «Accesibilidad del contenido y estructura de documentos e impresos»1. Los documentos e impresos estarán redactados con un lenguaje simple y directo,

sin que se utilicen siglas o abreviaturas. Los documentos básicos de información de uso más habitual deberán contar con versiones simplificadas para personas con discapacidades intelectuales o problemas de comprensión escrita.

2. En los impresos destinados a cumplimentación por los ciudadanos se reservarán espacios apropiados en tamaño para ser rellenados con comodidad y se evitará la utilización de fondos con dibujos y tintas que presenten poco contraste. Deberán ir acompañados de instrucciones claras y concisas.

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Normal reguladora 4• Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los

ciudadanos a los Servicios Públicos• «principios generales»

• Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la normativa vigente en esta materia, a través de sistemas que permitan obtenerlos de manera segura y comprensible, garantizando especialmente la accesibilidad universal y el dise- ño para todos de los soportes, canales y entornos con objeto de que todas las personas puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones, incorporando las características necesarias para garantizar la accesibilidad de aque- llos colectivos que lo requieran.

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Norma reguladora 5

• Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social

• En su único artículo, este real decreto aprueba un reglamento que resul- ta esencial para el tema que nos ocupa: regula las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comu- nicación social.

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Norma reguladora 6

• Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordo-ciegas

• Esta ley, ansiada durante muchos años por los colectivos que integran a las personas sordas o con discapacidad auditiva, tiene por objeto reconocer y regular la Lengua de Signos Española (o catalana en su caso) como len- gua de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordo-ciegas en España, así como la regulación de los medios de apoyo a la comunicación oral.

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Norma reguladora 7

• Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual

• Esta ley, por el momento la más reciente normativa que trata de poner un poco al día el ámbito de la industria audiovisual y de la comunicación audiovisual en general, dedica, como no podría ser de otra forma, algunos apartados específicos a la accesibilidad.

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Norma reguladora 8

• Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, 2006

• En el contexto internacional cabe mencionar esta convención como una normativa genérica de la que se derivan o en la que se apoyan otras normas nacionales o internacionales. La convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo entraron en vigor el 3 de mayo de 2008. Su propósito es asegurar el goce pleno y en con- diciones de igualdad de todos los derechos humanos por todas las personas con discapacidad.

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Normas UNE• En nuestro país, la Asociación Española de Normalización y

Certificación (AENOR) tiene entre sus competencias la elaboración de normas que sirven, por una parte, para garantizar la calidad de determinados productos o servicios en muy diferentes ámbitos y, por otra, para indicar a los propios usuarios cuáles son los requerimientos técnicos indispensables (o estándares) para que puedan ser considerados válidos en función de una gran variedad de parámetros, entre los que se cuenta la accesibilidad.

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Normas UNE• UNE 153010:2003. Subtitulado para personas sordas y personas

con discapacidad auditiva. Subtitulado a través del teletexto.• UNE 139803:2004. Aplicaciones informáticas para personas con

dis- capacidad. Requisitos de accesibilidad para contenidos en la Web.

• UNE 153020:2005. Audiodescripción para personas con discapacidad visual. Requisitos para la audiodescripción y elaboración de audio guías.

• UNE 139804:2007. Requisitos para el uso de la Lengua de Signos Española en redes informáticas.

• UNE 66181:2008. Calidad de la formación virtual.

Page 24: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

Real Decreto 1112/2018

• Sobre la accesibilidad de sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

• Todo contenido (web, Word, PDF, etc) debe ser accesible para todas las personas.

• Garantizar requisitos de accesibilidad• Mecanismo de consutlas, quejas, sugerencias y solicitud de

información accesible• Informes anuales a la CRUE.• Red de Contactos de Accesibilidad de las AAPP españolas.

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Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web (WCAG)• El World Wide Web Consortium, abreviado W3C, es un consorcio

internacional que produce recomendaciones para la World Wide Web. Se trata de una comunidad internacional que desarrolla «estándares» (especificaciones técnicas y directrices), con pretensión de universalidad, que aseguren el desarrollo a largo plazo de la Red garantizando la innovación y la coherencia en sus productos, servicios y aplicaciones. Creado en 1994, cuenta con una oficina en España desde el año 2003.

• Crean WCAG 1.0 y 2.0• Todo contenido en internet debe cumplir esta norma (Recogida en la

norma UNE española).

Page 26: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

WCAG 2.0

• El CONTENIDO debe ser:1. Percibido mediante distintos sentidos.2. Operable en todos los elementos de interacción.3. Comprensible por si mismo.4. Robusto para funcionar con las tecnologías actuales y futuras

(incluyendo la tecnologías de apoyo).

Page 27: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

Las personas: Diversidad

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Diversidad 1

• Justiniana tiene 71 años y vive en La Matea aldea situada en Santiago de la Espada, Jaén.

• Utiliza un portátil para conectarme al WIFI público de mi aldea.

• Pero internet va lento: a veces no cargan imágenes ni videos y lee los textos alternativos

• Amplia el tamaño del textopuesto que perdió visión.

• Le cansa leer y encontrar información en un contenido muy extenso.

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Diversidad 2.1

• Francisco tiene 20 años y estudia Derecho en la UA. Padece ceguera y le apasiona la música.

• Usa un PC adaptado con una línea braille y el lector de pantalla Jaws.

• No puede ver las imágenes, necesita su descripción.

• Los índices de contenidos son muy útiles para encontrar más fácil la información.

• Le vienen genial resúmenes de tablas/gráficas complejas.

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Diversidad 2.2• Francisco tiene 20 años y

estudia Derecho en la UA. Padece ceguera y le apasiona la música.

• Es importante que todo el contenido esté correctamente etiquetado, por ejemplo:

• Una lista es una lista. Su lector le avisará que hay una lista de X elementos.

• Un título es un título… Él no puede ver si se indica un título únicamente cambiando tamaño y color del mismo.

• Si hay texto en inglés y no se marca, se pronunciará mal L.

Page 31: Creación de documentos electrónicos accesibles · •Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la

Línea braille

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Diversidad 3.1• Natalia tiene 28 años y vive

en Madrid. Trabaja como Diseñadora. Padece hipoacusia severa y le encantan los animales

• Usa su iPhone para acceder a internet.

• Está alfabetizada y puede leer contenidos en español, pero su lengua materna es la lengua de señas española (LSE), por lo que le resulta más fácil comprender los contenidos en esa lengua.

• Hay muy poco contenido en LSE L.

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Diversidad 3.2• Natalia tiene 28 años y vive

en Madrid. Trabaja como Diseñadora. Padece hipoacusia severa y le encantan los animales.

• Existen términos que no comprende, como por ejemplo:

• ¿Gran almacén? ó Centro comercial

• Las imágenes le ayudan a asociar y comprender conceptos.

• Cuando más asequible sea el texto mayor es la comprensión.

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Diversidad 4• Diana tiene 17 años y es de

Valencia. Estudia 2º de Bachillerato. Es daltónica y padece dislexia.

• ¡Los colore! Para mí rojo y verde o azúl y amarillo ¡los veo igual!es!, no transmitir información ÚNICAMENTE con colores: Pejem Gráficas.

• Me cuesta mucho comprender los textos, tengo que leer varias veces, me ayuda:

• Texto estructurado en párrafos.• No más de 80 caracteres por

línea.• Interlineado entre líneas.• Los tipos de fuentes: cuanto más

bonitas son, más me cuesta leer.

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Diversidad 5• Clara tiene 25 años y estudia

en la UMH. Tiene parálisis cerebral que le afecta a la movilidad de brazos.

• Utiliza el ordenador con bastante soltura con distintos productos de apoyo como:

• Dragon Natural Speaking –dictado y comandos de voz-

• Sistema de Eye tracking –moveel puntero con la mirada-.

• Le beneficia que el texto esté estructurado, que esté dividido en secciones

• Y que los elementos de interacción en pantalla estén lo suficientemente alejados.

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Diversidad 6• Pedro tiene 23 años, estudia

ingeniería multimedia a distancia en la UNED y practica triatlón, por tantos entrenamientos y competiciones tiene déficit de atención.

• También tiene dificultades de lecto-escritura.

• Así que, Pablo va un poco retrasado en los estudios pero tiene la suficiente voluntad para continuar a pesar de sus limitaciones para el aprendizaje.

• Las imágenes, listas, índices, esquemas, resúmenes, etc le ayudan adquirir más rápidamente los conocimientos.

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Diversidad 7• Chema tiene 34 años y trabaja

como técnico en la UA. Tiene déficit visual y auditivo.

• Utiliza PC, portátil, MAC, iPhone, iPad….

• Usa el magnificador de pantalla ZoomText que le amplia el texto hasta 16 veces el tamaño real.

• Le gusta utilizar fuentes claras como Arial y Verdana.

• Le cuesta leer texto de imágenes.

• El contraste de luminiosidadentre fondo y texto es fundamental para que lea más rápido.

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La importancia de las TIC Accesibles.

• Sensibilización y formación en creación de documentos electrónicos accesibles y en tecnologías de apoyo.

• Desarrollo de plataformas educativas desde el punto de vista del diseño universal.

• El aprendizaje ubicouo.• Nos guste más o menos. Es nuestra obligación.• El lenguaje academicista. Simplificar.• Competitividad, factor diferenciador.