convenio pampamarca

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  • 7/24/2019 Convenio Pampamarca

    1/4

    DE

    a

    oe

    GOBIERNO REGIONAL CUSCO

    PRESIDENCIA REGIONAL

    148

    CONVENIO N

    -2012-GR-CUSCO/PR

    CONV ENIO DE COOPERACIN INTERINSTITUCIONAL ENTRE GOBIERNO REGIONAL CUSCO Y

    LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAM ARCA

    t

    Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperacin Interinstitucional, que celebran de una parte el

    GOBIERNO REGIONAL CUSCO,

    con RUC N

    20527147612, con domicilio legal en la Av. Tomasa Tito

    Condemayta s/n del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco, el adelante el

    GOBIERNO

    REGIONAL CUSCO

    representado por su Presidente Regional Arq. Jorge Isaacs Acudo Tito, identificado con

    DNI N ' 23899091, con credencial N

    551 emitida por el Jurado Nacional de Elecciones de fecha 20 de diciembre

    del 2010; y de otra parte, la

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAMARCA,

    con RUC N 20220549292 , con

    domicilio legal en la Plaza de Armas s/n, de la localidad y Distrito de Pampamarca ,Provincia de Canas,

    Departamento del Cusco en adelante

    LA MUNICIPALIDAD

    representada por su Alcalde, Sr. Lic. LEO IVA N

    ARIAS PAULLO, identificado con DN I N

    23902065 autorizado para la suscripcin del presente convenio con el

    Acuerdo del Concejo Municipal N

    033-2012-MDP-A de fecha 10 de julio del ao 2012 respectivamente, el

    presente Convenio se celebra en los trminos y condiciones siguientes:

    BASE LEGAL

    Constitucin Poltica del Per

    Ley N 27783, Ley de Bases de la Descentralizacin;

    Ley N 27867, Ley O rgnica de G obiernos Regionales y su M odificatoria Ley 2790 2.

    Ley N 27972, Ley Orgnica de Municipalidades;

    Ley N 298 12, Ley del Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2012;

    Ley N 28304, Ley de Promocin para el Desarrollo Econmico y Productivo

    Ley N 26338 , Ley General de Servicios de Saneamiento y su Reglamento D.S. N 02 3-2005-

    VIVIENDA.

    Ley N 28870, Ley para optimizar la Gestin de las Entidades Prestadoras de Servicios de

    Saneamiento.

    Dems normas pertinentes.

    /

    l GOBIERNO REGIONAL CUSCO

    Es una Persona Jurdica de derecho pblico, con Autonoma Poltica, econmica y administrativa en asuntos de

    u competencia cuya finalidad esencial es fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversin

    blica, privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de

    habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo, de

    r

    formidad con lo dispuesto en la Ley Orgnica de Gob iernos Regionales Ley N 278 67 y sus modificatorias.

    Es voluntad del GOBIERNO REGIONAL CUSCO,

    aceptar la peticin realizada por la

    MUNICIPALIDAD

    para

    constituirse en Unidad Ejecutora del Proyecto de Inversin Pblica

    CREACIN DE SERV ICIO DE

    SANEAMIENTO B SICO EN LOS SECTORES DE ROSASPATA , SAN PEDRO Y BARRIOS ALTOS DE LA

    COMUNIDAD DE PABELLONES , DISTRITO DE PAMPAM ARCA ,PROVINCIA DE CANAS-CUSCO , co n

    CODIGO SNIP 195 093 .

    7 2 : 1 ?

    ;

    c

    my L A M U N IC I P A L I D A D

    Es una persona Jurdica de derecho pblico que cuenta con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines,

    como una entidad bsica de la organizacin territorial del Estado e instancia inmediata de la participacin

    Convenio Gobierno Regional Cusco - Municipalidad Distrital De Pampamarca.

    LUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

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  • 7/24/2019 Convenio Pampamarca

    2/4

    GEiArkCIA

    GEKEPAL

    REniONAL

    4e

    0c

    GOBIERNO REGIONAL CUSCO

    PRESIDENCIA REGIONAL

    vecinal en asuntos pblicos, su rol es promotor del desarrollo integral para posibilidad el crecimiento

    econmico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgnica

    de Municipalidades Ley N 27972.

    Es voluntad de la Municipalidad desistirse como unidad ejecutora del Proyecto de Inversin Pblica mencionado.

    CLUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO

    El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones formales de Delegacin de facultades y/o

    competencias de ejecucin del Proyecto de Inversin Pblica materia de Convenio, lo cual permitir contribuir

    al mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin de la Comunidad de Pabellones, Distrito de Pampamarca,

    Provincia de Canas, Departamento del Cusco, y establecer las condiciones para la sostenibilidad de los

    servicios de Saneam iento Bsico a travs de la participacin y contribucin interinstitucional.

    CLAUSULA TERCERA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES

    DE LA MUNICIPALIDAD

    Aprobar y Tramitar el cambio de Unidad Ejecutora del Proyecto de Inversin Pblica; CREACIN DE

    SERVICIO DE SANEAMIENTO BSICO EN LOS SECTORES DE ROSASPATA , SAN PEDRO Y BARRIOS

    ALTOS DE LA CO MUN IDAD DE PABELLONES , DISTRITO DE PAMPAMARCA ,PROVINCIA DE CANAS-

    CUSCO , CON C DIGO SNIP 195093, de la

    MUNICIPALIDAD

    a favor del

    GOBIERNO REGIONAL CUSCO.

    Participar activamente en el desarrollo del componente Social del Proyecto mencionado en las etapas de

    ejecucin y post ejecucin a travs de la ON SAB A respectiva.

    Brindar las facilidades del caso a los actores directos del Proyecto tales como el Residente de Obra,

    Promotora Social, Supervisor de Obra y Social.

    aborar el diagnstico de la Comunidad de Pabellones.

    DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO

    Asumir la ejecucin del Proyecto de Inversin Pblica CREACI N DE SERV ICIO DE SANE AMIEN TO BSICO

    N LOS SECTORES DE ROSASPATA SAN PEDRO Y BARRIOS ALTOS DE LA COMUNIDAD DE

    BELLONES , DISTRITO DE PAM PAMARCA ,PROVINCIA DE CANAS-CUSCO , CON CD IGO SNIP

    093

    AUSULA CUARTA: DEL PRESUPUESTO FINANCIAMIENTO

    E l

    GOBIERNO REGIONAL CUSCO

    asumir el presupuesto y financiamiento del Proyecto de Inversin Pblica

    materia del presente Convenio.

    CLAUSULA Q UINTA: DE LA COORDINACIN INSTITUCIONAL

    r.

    Con la finalidad de facilitar el cumplimiento del p resente Convenio las partes designan a sus coordinadores,

    Y e m a

    ncargados de las coordinaciones operativas, as como del seguimiento, monitoreo y supervisin de su

    urdica

    cumplimiento.

    E l

    GOBIERNO REGIONAL CUSCO

    designa como coordinador al Gerente Regional de Infraestructura o su

    representante.

    Convenio Gobierno Regional Cusco - Municipalidad Distdtal De Pampamarca.

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    GOBIERNO REGIONAL CUSCO

    PRESIDENCIA REGIONAL

    LA M UNICIPALIDAD

    acreditar mediante documento al Funcionario representante que cumpla dichas

    funciones.

    CLAUSULA SEXTA: DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO

    El presente Convenio tendr vigencia desde su suscripcin hasta la culminacin de la ejecucin del Proyecto

    de Inversin Pblica materia del presente convenio.

    CLAUSULA SEPTIMA: DE LA MODALIDAD, RESTRICCIN O AMPLIACIN

    Cualquier modificacin, restriccin o ampliacin al presente Convenio que las partes estimen conveniente se

    efectuar mediante Adenda que se suscribir con las mismas formalidades del presente documento.

    CLAUSULA OCTAV A: DE LAS CAUSALES DE LA RESOLUCIN DEL CONV ENIO

    Se determinan como causales de resolucin del presente Convenio las siguientes:

    1. Incumplimiento de las obligaciones contradas por las partes en las clausulas precedentes.

    . Por mutuo acuerdo.

    3.

    Por caso fortuito o fuerza mayor que impida el incumplimiento de los compromisos

    Asumidos.

    4 .

    Por decisin unilateral de las partes.

    Si una de las partes considera que los objetivos del presente Convenio no estn siendo alcanzadas o no

    pueden ser alcanzadas, realizar las coordinaciones necesarias a fin de solucionar las causas que imposibiliten

    su cum plimiento , luego de lo cual , de persistir las mismas, resolverlo unilateralmente, para lo cual notificar a

    la otra parte por escrito con treinta (30) das calendarios de anticipacin, resolvindose el presente convenio