contratacion publica
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LA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN
COLOMBIA
¿Qué es la Contratación Pública?
Contrato: es un acuerdo de voluntades entre dos o mas partes que genera unas obligaciones.
La contratación pública, tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con personas jurídicas o naturales del sector público o privado, para cumplir con algunas de sus obligaciones. Generalmente se ha asociado a la prestación de servicios públicos, a la construcción de obras, etc.
Partes del Proceso de Contratación:
- Contratante: Paga por recibir el bien o servicio que contrata. Para el caso es el Estado.
- Contratista: Provee el bien o servicio contratado y recibirá un pago por ello.
¿Por qué conocer de contratación
pública?
- Instrumento del Estado para cumplir con sus metas. Es el instrumento de ejecución del presupuesto.
- Proporciona reglas de juego para usar los recursos públicos.
- Recursos (dinero) atractivo para:
• Las empresas privadas: ganancias económicas• Los gobernantes: desarrollo de su gestión• Las comunidades: satisfacción de necesidades
La Contratación nos importa
Los recursos de contratación se pueden utilizar correctamente para
mejorar la calidad de vida de la comunidad, o inadecuadamente para
favorecer a unos pocos por encima de todos nosotros (corrupción).
¿Qué formas de contratación hay?
Según la Ley 80 de 1993, el instrumento legal que regula la
contratación pública en Colombia, los modos de contratación son
fundamentalmente dos :
• Licitación Pública
• Contratación Directa
• Selección Abreviada
• Concurso de Meritos
¿Qué es una Licitación?
Es un proceso mediante el cual una entidad estatal
(Municipio, Departamento o Nación) hace públicamente una
convocatoria para que en igualdad de oportunidades, los
interesados presenten sus ofertas y seleccione entre ellas la
más favorable.
Licitación Pública
- Debe ser la generalidad a ser aplicada en las contrataciones que realice el Estado.
- La entidad que hace la convocatoria, establece previamente las características del bien o servicio que está solicitando, a las cuales se deben ajustar quienes estén interesados en participar en la licitación.
- En dicha convocatoria, pueden participar todos aquellos interesados que consideren que cuentan con las capacidades técnicas, administrativas y financieras para cumplir cabalmente con el objeto del contrato.
¿Qué es contratación directa?
Este tipo de contratación es una excepción a la regla. Se contrata a través de este medio por situaciones especiales que no hacen posible el proceso licitatorio, como por ejemplo:
- Cuando el objeto del contrato contiene necesidades técnicas específicas que sólo pueden ser desarrolladas por un contratista en particular.
- Cuando el costo de los bienes o servicios a contratar es bastante reducido y por ende es muy costoso adelantar un proceso licitatorio por un monto tan mínimo.
- Cuando sucedan hechos considerados imprevistos que implican la acción rápida de las autoridades.
Principios y Deberes de la
Contratación Pública
La Ley 80 de 1993 fue creada para ser un marco general en el cual se
debe desenvolver la contratación del Estado, mediante la
observancia de tres principios generales y dos deberes:
Principio Deberes
Transparencia Selección Objetiva
Economía Publicidad
Responsabilidad
Principio de Transparencia
Se refiere a la etapa de formación del contrato y esta relacionado con
que la generalidad de la contratación estatal debe hacerse mediante
licitación o concurso público.
Con ello se ha pretendido evitar que la contratación pública se
convierta en un negocio de unos pocos. Se busca entonces, tener el
mayor número de opciones en igualdad de oportunidades.
La existencia de determinados contratos (Directa), que no pueden
ser desarrollados por Licitación, no implica que éstos puedan obviar
la transparencia como uno de los principios rectores.
Principio de Economía
Se invita a la necesaria eficiencia en el manejo de los recursos
estatales.
Este principio de economía pretende reducir los costos de la
contratación, con el fin de evitar trámites innecesarios que fuera de
su costo también incentivan prácticas corruptas.
Se busca facilitar el acceso de la mayor cantidad de competidores
eliminando las posibles "barreras" que impidan la participación de la
mayor cantidad de posibles contratistas.
Principio de Economía
Medidas para garantizar este principio.
La publicación de los pliegos de condiciones y términos de referencia vía Internet para evitar errores de forma.
Contar con las partidas y disponibilidades presupuestales que respalden el pago oportuno al contratista. Para evitar costosas demandas.
Inclusión de estudios y análisis previos que sustenten la necesidad de realizar contratar determinado bien o servicio, con lo cual se pretende evitar el despilfarro de los recursos públicos y priorizar la utilización de los mismos.
Principio de Responsabilidad
Se buscan mecanismos para que los funcionarios encargados de la
contratación respondan por sus actos.
Desde la expedición de esta ley, la función de contratar quedó en
cabeza del jefe o representante legal de la entidad que contrata, el
cual puede delegarla pero en personal de índole ejecutivo.
Se reitera la obligación de los servidores públicos, de proteger en
todo momento del proceso contractual los intereses del Estado, sin
actuar en contra del contratista o de terceros.
Deber de Selección Objetiva
Elección imparcial del contratista que más convenga a los intereses
del Estado, considerando los criterios que han sido previamente
establecidos por la entidad para calificar y escoger en igualdad de
condiciones la mejor de las propuestas.
No necesariamente es el menor precio el que garantiza que una
determinada propuesta sea elegida.
Publicidad La actividad contractual se considera pública, con el fin de permitir a
los interesados el conocimiento del proceso.
La publicación vía Internet de los datos relativos al proceso contractual es un medio masivo de comunicación con alto potencial de difusión, capaz de garantizar el acceso permanente a la información a todos los potenciales contratistas y a todo ciudadano que desee ejercer el control social.
De igual manera, se establecen procedimientos y términos precisos en los cuales la información, debe ser publicada. Con esta disposición, se logra ampliar el universo de los posibles proponentes y contribuir con una selección más objetiva.
Internet y el Decreto 2170
• Discusión pública del borrador de pliegos de contratación a través de Internet.
• Publicación en las páginas Web de las entidades públicas de todos los procesos de contratación en curso, incluidos los de menor cuantía.
• La ampliación de los plazos para ofrecer información suficiente antes de la Apertura de la Licitación.
• Participación de las veedurías ciudadanas en todas las etapas del proceso Contractual.
Pasos de una Licitación
1. Estudio sobre oportunidad o conveniencia del contrato.
2. Publicación de avisos. Dentro de los 10 y 20 días anteriores a la apertura. (Ver periódico).
3. Elaboración del Pliego de Condiciones.
1. Objeto.
2. Regulación jurídica.
3. Derechos u obligaciones de las partes.
4. Otros factores de evaluación. Claridad
4. Apertura de la Licitación o concurso.
5. Audiencia de aclaraciones 3 días después del inicio del plazo de presentación de propuestas.
6. Evaluación y resolución de preguntas.
7. Adjudicación.