constitución española de 1931 y carta colectiva del episcopado espaÑol

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Page 1: Constitución española de 1931  y CARTA COLECTIVA DEL EPISCOPADO ESPAÑOL

Constitución española de 1931El texto que se nos presenta para comentar contiene varios artículos de la Constitución española que en 1931 aprobaron las Cortes, una vez proclamada la República que dio fin a la Dictadura de Primo de Rivera. En estos artículos, como luego veremos, se reflejan algunos aspectos fundamentales por los que se había de regir la vida de la nación. Procederemos al comentario siguiendo el siguiente esquema: clasificación, determinación del tema e idea principales, contextualización y aportaciones del texto. Finalizaremos con unas breves conclusiones.

1.- Clasificación

Comenzaremos por la naturaleza del texto. En este sentido indicaremos que por su forma es un texto informativo; por su contenido es jurídico-político y, por su origen, es una fuente histórica.

El autor es colectivo, dado que es presentado por las Cortes, y su destinatario es público y nacional. Está datado el 9 de Diciembre de 1931 y seguramente publicado en el Boletín Oficial que se edita en Madrid. Tiene la firma de don Julián Besteiro, Presidente de las Cortes.

2.- Determinación del tema

Como antes indicábamos el texto recoge algunos aspectos fundamentales del ordenamiento jurídico por el que se había de regir España. Las ideas quedan reflejadas en cada uno de los artículos: organización republicana del Estado, soberanía popular, igualdad ante la ley, aconfesionalidad del Estado, estatuto de las órdenes religiosas, división de poderes  y posibilidad de aprobar estatutos de autonomía.

3.- Contextualización

Tras la convocatoria por parte del General Dámaso Berenguer de elecciones municipales, estaba el ambiente político tan enrarecido que el objetivo de las mismas quedó pervertido y en ellas se planteó el dilema de monarquía o república. A esta situación no fueron ajenos los partidos de izquierda, los republicanos y los nacionalistas catalanes que, en reunión tenida en San Sebastián el año 1930, se conjuraron para echar abajo la monarquía alfonsina y trabajar por el establecimiento de la república.

Planteadas así las cosas, el resultado de las urnas fue favorable, por amplia mayoría, a las candidaturas monárquicas. Sin embargo, basados en una interpretación antidemocrática de los votos (más votos urbanos que rurales) y en la traición que determinados políticos hicieron a Alfonso XIII (que se exilió) los firmantes del Pacto de San

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Sebastián proclamaron la República, siendo el primer Ayuntamiento en hacerlo el guipuzcoano de Eibar.

Con la República proclamada y el rey en el exilio se formó un Gobierno Provisional (formado por los líderes de los partidos del Pacto) cuyas dos principales tareas fueron: mantener la tranquilidad en la calle y convocar elecciones generales y constituyentes.

A estas elecciones se presentaron tres bloques de candidaturas: la derecha (muy dividida) , el centro de Lerroux y la izquierda (socialistas y republicanos). Serán estos últimos quienes triunfen por amplia mayoría. Niceto Alcalá Zamora será el Presidente de la República y Manuel Azaña el Jefe de Gobierno.

Como era previsible, una de sus primeras tareas será la elaboración de una nueva Constitución que sustituyese a la anterior redactada en 1875 cuando se proclamó la Restauración monárquica. El texto nos presente, precisamente, algunos de los artículos de esta Constitución.

4.- Aportaciones del texto

Como ya hemos indicado el texto nos aporta los primeros cuatro artículos y el doce. Cada uno de ellos contiene distintas ideas, por lo que haremos el comentario uno por uno.

-          El artículo primero es el más complejo porque abarca tres ideas: la organización de España como República unitaria compatible con autonomía de municipios y regiones, la soberanía popular y los colores de la bandera. Quizá el más interesante sea el primero porque por un lado desecha el federalismo (de tan nefasto recuerdo en la primera República) y, por otro, abre la puerta para el establecimiento de Autonomías (como luego se perfila en el artículo 8). En la misma línea se ubica el artículo 10 en el que se indica que si algunos territorios acuerdan organizarse en región autónoma deberán presentar su propio estatuto para su aprobación.

-          El artículo tercero tiene una sencilla redacción pero motivó una polémica tremenda. En él se dice que el Estado no tiene religión oficial, es decir, se afirma la aconfesionalidad del Estado. La polémica vino porque ni unos ni otros fueron capaces de explicar con detenimiento lo que esto significaba, interpretándolo la derecha y la mayoría del pueblo (católico en su gran mayoría) como un ataque a la religión. Este asunto se perfilará en el artículo 26 en el que se indican dos cuestiones clave: la financiación de la Iglesia y la disolución de la Compañía de Jesús. La primera es taxativa y clara aunque se da un plazo de dos años para extinguir el presupuesto destinado al Clero. La segunda no señala directamente a los Jesuitas pero ellos son los únicos que, además de hacer los tres votos canónicos, hacen uno especial de obediencia al Papa (autoridad distinta a la del Gobierno).

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-          Los artículos 51, 51, 86 y 94 hacen referencia (de forma distinta) a la separación de poderes y las diferentes atribuciones que debe tener cada uno de ellos.

CONCLUSIONES

Finalizaremos nuestro Comentario con unas breves reflexiones a modo de conclusión en las que se recoja lo fundamental de lo ya dicho y sus consecuencias.

-          La proclamación, no demasiado legal, de la República trajo consigo la necesidad de elaborar una nueva Constitución que sustituyese a la monárquica de 1876.

-          El hecho de que el primer gobierno de la república fuese una coalición de republicanos y socialistas motivó que esta Constitución fuese claramente de izquierdas.

-          Los principales puntos que se señalan son: República unitaria, posibilidad de Estatutos de Autonomía, el castellano como lengua oficial (respetando las de las regiones) y la aconfesionalidad del Estado.

-          Esta Constitución estará vigente hasta 1939 cuando, finalizada la guerra civil, será abolida por el régimen franquista. Sólo en 1978 saldrá a la luz la nueva Constitución aún vigente en nuestros días.

CARTA COLECTIVA DEL EPISCOPADO ESPAÑOL

E1 texto que se nos presenta para comentar tiene por titulo “Carta Colectiva del Episcopado español” datada el 1 de Julio de 1937, prácticamente un año después del inicio de la Guerra Civil española. En ella, con un lenguaje con muchos matices teológicos e ideológicos, los obispos muestran su posición ante la guerra que se está desarrollando. Todo ello lo veremos en nuestro comentario en cuya ejecución seguiremos los siguientes pasos: clasificación, análisis del tema e ideas principales…

 

CLASIFICACION

 

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a) Naturaleza: se trata de un texto político. Al mismo tiempo, posee, por sus consecuencias, un fondo social ya que analiza, en cierto modo, las repercusiones del levantamiento militar. Por su origen, debemos indicar que se trata de una fuente histórica. Es una fuente histórica.

b) Autor: el autor de la carta es el Episcopado español, es decir, es un texto cuyo autor es colectivo. Este es el órgano supremo de representación de la Iglesia católica. La carta fue firmada por la gran mayoría de los obispos presentes ya que únicamente dos se negaron a hacerlo: los obispos de Vitoria v Tarragona.

c) Datación temporal y ubicación: la fecha de publicación del documento es el 1 de Julio de 1937, esto es, casi un año después del alzamiento militar que dio lugar a la guerra civil española. Con respecto a su ubicación, no se especifica, pero seguramente fue redactado en Madrid donde estaba la sede de la Conferencia espiscopal.

d) Destinatario y finalidad:- la carta del episcopado es un texto público y de carácter nacional pues está dirigido, sobre todo, a los españoles. Su finalidad es dar a conocer la postura adoptada por la iglesia católica ante la guerra civil.

 

COMENTARIO

 

El contexto hist ó rico en el que debemos situar el texto es la Guerra Civil Española. Concretamente el año siguiente a la declaración del alzamiento cívico-militar que la dio lugar. En este sentido resulta extraño que la Iglesia publicara esta carta sobre su posición favorable al pronunciamiento un año después de producirse teniendo en cuenta que en 1931 había recomendado a los católicos la aceptación de la voluntad popular. Por ello, debemos analizar las causas que motivaron esta situación.

 

La República desde su proclamación en 1931 siempre se posicionó, con mayor o menor intensidad, frente a la Iglesia intentado una secularización de la sociedad y de la vida pública mediante la separación de la Iglesia y el Estado con lo que suponía de la supresión

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del financiamiento de sus miembros y sus actividades. También, durante el primer bienio, se instauró una legislación que establecía la usurpación de la propiedad de los templos, el matrimonio civil, el divorcio, la secularización de los cementerios o la privación a la iglesia de ejercer la enseñanza, el comercio y la industria. Por todo ello, los sectores católicos vivieron un permanente enfrentamiento con la República.

 

Cuando el Frente Popular gana las elecciones de 1936, tras la caída del Bienio Conservador, las fobias anticlericales se llevarán a límites nunca conocidos en Europa. Los templos, conventos, monasterios, bibliotecas al igual que todo tipo de personas relacionadas con ella (sacerdotes, monjas, laicos comprometidos con movimientos católicos) serán víctimas de los atropellos de las masas populares azuzadas en la mayoría de los casos por los líderes políticos y sindicales de izquierda.

 

Por ello, junto con su ideología mayoritariamente conservadora, no es de extrañar que la Iglesia se muestre favorable al alzamiento iniciado el 18 de Julio del año anterior.

 

Analizado e1 contexto, procederemos a comentar las aportaciones del texto para lo cual nos dejaremos guiar por cada uno de los párrafos.

En el primer párrafo se presentan varias opiniones sobre la Guerra Civil desde distintas observadores. Una nos dice. “Es una carrera de velocidad entre el bolchevismo y la civilización cristiana’- lo que ofrece claramente el concepto que tiene la Iglesia de la guerra: es en enfrentamiento entre comunismo y cristianismo o, lo que es lo mismo, una nueva cruzada. En este sentido debiéramos citar la duramente sofocada Revolución de Octubre de 1834 en la que socialistas y anarquistas intentaron, mediante una sangrienta revolución, imponer el modelo bochevique de estado.

 

El segundo párrafo es la definición de la guerra desde el punto de vista del episcopado: en principio fue “en defensa de los principios fundamentales de toda sociedad civilizada”. Y es que, la Iglesia habla estado sufriendo la mas dura represión de la historia de manos de los republicanos y, desde esta situación, tampoco tiene nada de extraño que vea un mejor futuro en los rebeldes que en los defensores del

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Frente Popular ya que, como dice el texto, “no supo o no quiso tutelar aquellos principios cristianos”.

 

A continuación se exponen las consecuencias que todo esto ha traído haciendo referencia a la revolución rusa y lo que, por imitarla, está ocurriendo; a la toma de posición del episcopado favorable al movimiento nacional v a las repercusiones que el levantamiento ha tenido en la conciencia popular.      .

Concluye el texto indicando la toma de postura el episcopado: “no hay en España más esperanza que el triunfo del movimiento nacional porque el bando contrario no ofrece garantías de estabilidad política y social. Con esta última afirmación, el episcopado deja bien claro su apoyo al bando nacional y a la guerra para acabar con los republicanos que estaban limitando sus derechos y llevando a cabo la represión más dura de la historia contra todos los elementos de la Iglesia.

 CONCLUSIÓN

 Para finalizar el comentario señalaré algunas conclusiones:

l.- La proclamación de la República en 1931 aunque no fue bien vista por la Iglesia fue aceptada con toda lealtad.

2.- Las medidas tomadas por el Gobierno republicano-socialista en 1931 inclinaron a muchos católicos y la jerarquía a separarse progresivamente de la República.

3.- La revolución de Octubre de 1935, en pleno gobierno de centro-derecha, desató ya bastantes brutalidades y asesinatos contra la Iglesia, sus bienes y sus personas.

4.- Tras ganar las elecciones el Frente Popular en 1936, la persecución sistemática contra la Iglesia fue, salvo en la Euskadi controlada por el Gobrierno vasco, de una ferocidad nunca conocida en la Historia de Europa. Mientras, en la zona franquísta, todo eran facilidades y ventajas.

5.- Por todo ello nada tiene de extraño que la jerarquía católica se posicionara favorablemente al alzamiento franquista y emitiera para conocimiento público el texto que acabamos de comentar. Sin embargo, señaláramos, para finalizar que, con ello, en nada ayudó la misma Iglesia a solucionar pacíficamente el conflicto.