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•'2012 - Ano de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano ' . di'tini.de no- tie ddyavafd, S-m/i/eo- u degeeyidem d e e m / yf, 'L.,f BUENOS AIRES, VISTO el Expediente N° 1.082.515/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, las Leyes N° 24.013 y sus modificatorias, 26.077, 26.204, 26.339, 26.456, 26563 y 26729, los Decretos Nros. 165 de fecha 22 de enero de 2002, 565 de fecha 3 de abril de 2002, 39 de fecha 7 de enero de 2003, 1.353 de fecha 29 de diciembre de 2003, 1.506 de fecha 28 de octubre de 2004, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 481 de fecha 10 de julio de 2002 y sus modificatorias, 230 de fecha 2 de mayo de 2003, 223 de fecha 1 ° de abril de 2005, 72 de fecha 6 de febrero de 2006, 60 de fecha 29 de enero de 2007, 96 de fecha 31 de enero de 2008, 72 de fecha 12 de enero de 2009, 150 de fecha 4 de febrero de 2010 y 302 de fecha 29 de marzo de 2011. :fl"' dj Zh CONSIDERANDO: Que el Decreto H° 165/02 declard la EMERGENCIA OCUPACIONAL NACIONAL. Que mediante la Resolucidn del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 481/02 se cred el PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA para ser aplicado mientras dure la EMERGENCIA OCUPACIONAL NACIONAL, destinado exclusivamente a trabajadores que prestan su labor en sectores privados en declinacion y areas geograficas en crisis y tiene por objeto

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•'2012 - Ano de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano '

. di'tini.de no- tie ddyavafd,

S-m/i/eo- u degeeyidem d e e m /

yf, 'L.,f

BUENOS AIRES,

VISTO el Expediente N° 1.082.515/04 del Registro del MINISTERIO DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto

ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, las Leyes N° 24.013 y sus

modificatorias, 26.077, 26.204, 26.339, 26.456, 26563 y 26729, los Decretos Nros.

165 de fecha 22 de enero de 2002, 565 de fecha 3 de abril de 2002, 39 de fecha 7

de enero de 2003, 1.353 de fecha 29 de diciembre de 2003, 1.506 de fecha 28 de

octubre de 2004, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL N° 481 de fecha 10 de julio de 2002 y sus modificatorias, 230

de fecha 2 de mayo de 2003, 223 de fecha 1 ° de abril de 2005, 72 de fecha 6 de

febrero de 2006, 60 de fecha 29 de enero de 2007, 96 de fecha 31 de enero de

2008, 72 de fecha 12 de enero de 2009, 150 de fecha 4 de febrero de 2010 y 302 de

fecha 29 de marzo de 2011.

:fl" ' d j Zh

CONSIDERANDO:

Que el Decreto H° 165/02 declard la EMERGENCIA OCUPACIONAL

NACIONAL.

Que mediante la Resolucidn del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL N° 481/02 se cred el PROGRAMA DE RECUPERACION

PRODUCTIVA para ser aplicado mientras dure la EMERGENCIA OCUPACIONAL

NACIONAL, destinado exclusivamente a trabajadores que prestan su labor en

sectores privados en declinacion y areas geograficas en crisis y tiene por objeto

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"2012 - Aiio de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano "

t.ditM.is/dfd'O, de. dy,adm.m,,

uimJtieo- 'U ydeatAmaMa d ' o c m i

y d d Uf

brindar una ayuda econdmica no remunerativa a los mismos en miras a paliar los

efectos negatives en su relacidn de empleo.

Que dicha EMERGENCIA OCUPACIONAL NACIONAL fue prorrogada

oportunamente durante los arios 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y

2011 disponiendose en consecuencia la vigencia del PROGRAMA DE

RECUPERACION PRODUCTIVA durante dichos periodos.

Que la Ley 26729 dispuso una nueva prorroga de la declaracidn de

EMERGENCIA OCUPACIONAL NACIONAL hasta el 31 de diciembre de 2013.

Que mediante la Resolucidn del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL N° 302/11 se establecid la prdrroga del PROGRAMA DE

RECUPERACION PRODUCTIVA hasta el 31 de diciembre de 2011,

fundamentandose tal decisidn en el dictado de la Ley N° 26563 que extenflera la

EMERGENCIA OCUPACIONAL NACIONAL hasta el 31 de diciembre de 2011.

Que atento a lo expuesto y teniendo en cuenta los logros obtenidos

mediante la implementacidn del PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA,

en relacidn al mantenimiento de puestos de trabajo existentes, el mejoramiento de

las condiciones laborales de los trabajadores involucrados, asf como tambien

considerando el significative apoyo que los beneficios del mismo produjeron en los

procesos de recuperacion y crecimiento de las empresas participantes para la

generacidn de nuevos empleos, resulta pertinente prorrogar la vigencia del citado

Programa.

"f) Que en miras a optimizer la gestidn del PROGRAMA es necesario

modificar la Solicitud de Adhesidn y la Informacidn socio-econdmica-laboral a

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"2012 - Ano de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano "

,.dii.'m6/emep de, dyedede,,

S'mJdee- if de-gteydtetddccdtl

presenter por les empresas que soliciten su adhesidn.

Que a fin de prever situaciones que pongan en peligro le celidad y/o

cantided de puestos de trabejo y proveer lo conducente pera la efective proteccion

del trabejador, es pertinente exigir el empleador edherido al PROGRAMA la

mantencidn de la dotacidn total de personal registrada en el Sistema Integrado

Previsional argentine (S.I.P.A) y/o "Mi Simplificacion" al momento de la presentacidn

de su solicitud y/o aprobacion de la misma y la abstencidn a realizar despidos sin

causa y/o por fuerza mayor durante todo el tiempo de adhesion al mismo.

Que no obstante lo entedicho en el perrefo que antecede al presente

respecto e la mentencidn total del personal se tendra en consideracidn le situacion

perticuler de les empreses edherentes al Progreme que cuenten en su nomine de

trebejadores e empleados sujetos el regimen de contreto de temporeda.

Que si el empleedor dispusiera la suspensidn y/o reduccion de jornade del

personel durente el periodo de inclusidn en el PROGRAMA debera presenter le

correspondiente Acte Acuerdo tremiteda en sede edministretive.

Que no podran ser beneficierios del presente progreme los trebajedores

menores de 18 (DIECIOCHO) erics.

Que se tendre en consideracidn la presente eyude, en equellas empresas

con necesidad y capecidad de incrementer puestos de trebejo, con especiel atencidn

e le contretacion de persones en situacidn de vulnerabilidad leborel incluidas en

progremas de esta Certere de Estedo.

Que resulte neceserio disponer el otorgemiento del beneficio por un lepso

de hesta DOCE (12) meses y por une suma fija mensuel no remuneretive de PESOS

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'2012 - Ano de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano "

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K.'d'ilmite.yZ.o, de dyadaJo,,

drndiiee- u deff44/yiaytfddoedd

OCHOCIENTOS ($800), pare el primer semestre de 2012 y de PESOS MIL ($1,000),

pare el segundo semestre de 2012, e fever de los trebajedores de les empreses

edherides al mencionedo Progreme.

Que en atencidn e le experiencie obtenide, se considera neceserio prever

le posibilided de disponer, con ceracter excepcionel, le extension del beneficio por

un lepso mayor a DOCE (12) meses, e favor de los trebejedores de empreses

edherides, cuye situecidn perticuler lo emeriten en razdn de circunstencies objetivas

que pongen en riesgo greve la continuided de sus puestos de trabejo.

Que le presentecidn, tramitecidn y otorgamiento del mencionedo beneficio

tiene caracter gratuito.

Que en virtud de le proteccion del trabejo, este MINISTERIO podre firmer

ACTAS ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES DE

SOSTENIMIENTO DEL EMPLEO con los GOBIERNOS PROVINCIALES,

MUNICIPIOS, ENTIDADES GREMIALES Y CAMARAS que egrupen diferentes

sectores industrieles.

Que la Direccion General de Asuntos Juridicos de este Ministerio ha

tomedo le intervencidn que le compete.

Que le presente medide se dicta conforme a les fecultades previstas en le

Ley de Ministerios W 22.520 (t. o . por Decreto 438/92) y sus modificetories y la Ley

N° 24.013 y sus modificatorias.

Por ello,

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•'2012 - Ano de Homenaje al doctor D. Manuel Belg-ano'

^di4,'nZi/e,yio, d . dyr/de/Jo,,

uif».Aiee> If .de<f,U/ytc/Ma d o c u t i

"T"'

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO

Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Prorrogese heste el 31 de diciembre de 2012, le vigencia del

PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA creado por le Resolucidn

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 481 de feche 10

de julio de 2002 y sus modificetories.

ARTICULO 2°- Modificase el Anexo I (Solicitud de Adhesidn) de le Resolucidn

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL W 302/11 y Anexo II

(Informe Socio-Econdmico-Leboral) de la Resolucion MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 150/11 , conforme lo establece le presente

Resolucidn y que como Anexos formen perte integrente de le presente medida.

ARTICULO 3°- En el ambito de le Direccidn Necionel de Releciones Federeles,

dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, se conformd le UNIDAD TECNICA

DE EVALUACION de les solicitudes y proyectos presentedos por les empreses y

asociaciones sindiceles. A efectos de esta evaluecion, le UNIDAD TECNICA,

edemes de considerer le informacidn y documentacion remitides por le empresa,

podre relever detos edicioneles que permiten empliar y/o verificer los aportados

inicielmente y soliciter la documentecidn que estime necesarie. Asimismo, podra

disponer la reelizecidn de visitas de eveluecidn e la sede del establecimiento por

parte de tecnicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD

SOCIAL, e efectos de ratificer y/o rectlficar conclusiones y recabe cualquier nueva

pi i _ -•<-'y iJ jd.,.,......

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•'2012 - Ano de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano "

iditenZ.deydp rie 'dyadu/et-,

immee u deff^Mfddaed doedeel

informacidn considerede relevente a los fines de la eveluecidn de la propueste.

ARTICULO 4°- Les empreses cuyes solicitudes fueren eprobedes se comprometeren

e abonar e los trebejedores beneficierios del PROGRAMA, el suplemento en dinero

necesario pere alcenzer el selerio esteblecido pere le categoria de que se trete en el

Convenio Colectivo de Trebejo apliceble e la ectividad correspondiente, de acuerdo

e lo dispuesto en el articulo 3° de le Resolucion del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 481/02 ; e mentener le dotecidn total de

personel registrade al momento de le presentecidn de su solicitud y/o eprobecidn de

le misma y e abstenerse de disponer despidos sin cause (art. 245 LCT) y por

rezones de fuerza mayor (ert. 247 LCT).

Dicha obligecidn de mantencidn de la nomine totel de personal podre ser

exceptuede en los casos de las empresas que cuenten en su nomine de

trebejadores e contretedos bejo el regimen de contreto de temporede, situecion que

debere ser fehecientemente comunicede y acredltede por el empleador el momento

de su adhesion, la cuel tendra que ester estrictamente vinculade con la ectivided que

la emprese deserrolle.

Si el empleedor dispusiere la suspensidn y/o reduccidn de jornade del personal

durante el periodo de inclusion en el PROGRAMA debere presenter le

correspondiente Acta Acuerdo tremiteda en sede administrative.

ARTICULO 5°- La Direccidn Necionel de Relaciones Federeles e traves del sisteme

informetico "RePro" podre verificer mediante el cruce automatico con el Sisteme

Integredo Previsionel Argentine (S.I.P.A) y "Mi Simplificecidn", el mentenimiento de le

dotecidn totel de personel por perte de les empreses adherentes el mencionedo

y d [id

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•'2012 - Afio de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano'

...•Iwtede yw dy?, dyrdedci,,

K^n^'deo If defff,eydieta doeZed

Progreme, como asi tembien que los beneficierios del mismo se encuentren

registredos como trebejedores en relecidn de dependencie, y en ceso de

corresponder, dispondre les intimeciones de regularizecidn pertinentes.

ARTICULO 6°- En virtud de razones de indole objetive, debidemente constatedas y

enelizedas que efecten perticulermente a une emprese o region, con el objeto de

contribuir e le recuperacion, crecimiento y desarrollo de las empreses y sectores

privedos que presenten sus solicitudes, e fin de coadyuver el sostenimiento y

generecion de puestos de trebejo, podre disponerse mediente resolucidn ministeriel,

el otorgemiento del beneficio por un lepso de heste DOCE (12) meses y por une

suma fije mensuel no remuneretive de PESOS OCHOCIENTOS ($800), pera el

primer semestre de 2012 y de PESOS MIL ($1,000), pere el segundo semestre de

2012, e favor de los trebejedores de las empreses edherides el Progreme.

El lapso estipuledo en el presente podre extenderse por circunstancias especiales

debidemente fundedas y ecreditedes.

ARTICULO 7°- Le Direccidn Necionel de Relaciones Federeles reelizere, e treves de

su estructure territorial el seguimiento, fiscelizecidn y monitoreo del PROGRAMA.

ARTICULO 8° - Le presentecidn de la solicitud de edhesidn, asi como la tremitecidn

del beneficio y su otorgemiento tiene en todo su proceso carecter gretuito, no siendo

neceseria le intervencion de intermedierios pere ningun fin.

ARTICULO 9°- El incumplimiento por perte de le empresa de les obligaciones

dispuestas por le Resolucidn del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL N° 481/02 y sus modificetories, provocare la ceducidad del

beneficio otorgedo, sin pequicio de les ecciones legeles que corresponden, dirigides

'""dZy"'

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"2012 - Aflo de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano'

,...Mi'mdeyZr/, de, dr-rdeMe,

dim^dea if d(',Q(M'uietddoedil

a obtener el reembolso por perte de empleedor, de los montos percibidos

indebidemente.

ARTiCULO 9°- Le Resolucidn del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL N° 223 del 1 de ebril de 2005 seguire vigente en todo lo que

no hubiere sido expresemente modificedo por le presente Resolucidn.

ARTICULO 10°.- Comuniquese, publiquese, dese e la Direccidn Necionel del

Registro Oficiel y erchivese.

RESOLUCION M.T.E. y S .S. N

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ANEXOI

/ / , , ,r / PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA

dwf/r-f y, /y/ffj-fd^d. dcud SOLICITUD DE ADHESION N"

- y y

1 •- DATOS DE LA EMPRESA SOLICITANTE

APELLIDO Y NOMBRE / RAZON SOCIAL-

CUITN".

DOMICILIO LEGAL.

CALLE Y N".

LOCALIDAD-

CIUDAD:

DEPARTAMENTO.

PROVINCIA:

DOMICILIO DONDE EFECTIVAMENTE PRESTAN TAREAS LOS TRABAJADORES:

CALLE Y N°.

LOCALIDAD:

ClUDAD-

DEPARTAMENTO.

PROVINCIA CODIGO POSTAL:

TELEFONO:

TOTAL DE EMPLEADOS DECLA>RADOS EN S.I P.A. AL __ /__ /__ :

TOTAL DE EMPLEADOS DECLARADOS EN MI SIMPLIFICACION AL __ /__ /__ :

CANTIDAD DE EMPLEADOS DENTRO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO AL _ _ / _ / _ :

CANTIDAD DE EMPLEADOS SUJETOS AL REGIMEN DE TEMPORADA D E S D E _ / _ _ / _ _ A L __/__/_

CANTIDAD DE BENEFICIARIOS SOLICITADOS:

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO APLICABLE-

DESCRIPCION DE ACTIVIDAD PRINCIPAL:

RESPONSABLE DESIGNADO POR LA EMPRESA PARA RESPONDER CONSULTAS.

APELLIDO Y NOMBRES.

CARGO-

TELEFONO.

CORREO ELECTRONICO-

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ANEXOI

. i(< ?u.sddy(0 ae d / f< i /dao. PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA SOLICITUD DE ADHESION N"

1 63 2.- DOCUMENTACION ACOMPANADA

SE ADJUNTA A \J \ PRESENTS \JK DOCUMENTACION QUE SE SENALA CON UNA "X" EN EL SIGUIENTE LISTADO.

(RECUERDE QUE ES INDISPENSABLE LA PRESENTACI6N DE TODA LA DOCUMENTACION DETALLADA PARA LA POSTERIOR

EVALUACION D E SU SOLICITUD Y QUE LA MISMA DEBE ENCONTRARSE DEBIDAMENTE CERTIFICADA )

PERSONAS JURIDICAS

1 COPIA DE LOS ESTATUTOS DE U\ EMPRESA

2 COPIA DE INSCRIPCIONES IMPOSITIVAS AFIP

3 COPIA DEL ACTA DE DESIGNACION DE AUTORIDADES DE LA EMPRESA

4 COPIA DEL PODER / INSTRUMENTO QUE ACREDITA LAS FACULTADES DEL FIRMANTE DE LA PRESENTE SOLICITUD PARA REPRESENTAR A LA EMPRESA.

5 ULTIMO BALANCE CERTIFICADO POR EL RESPECTIVO CONSEJO PROFESIONAL

6 INFORME SOCIO-ECONCMICO-LABGRAL QUE DEBERA ESTAR SUSCRIPTO, POR CONTADOR PUBLICO Y CERTIFICADO POR EL RESPECTIVO CONSEJO PROFESIONAL

7 CoPA DE LA ULTIMA DECIARACION JURADA DE S I P A PRESENTADA.

8 COPA DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE IVA DE LOS PERiODOS COMPRENDIDOS DESDE

LA FECHA DE CIERRE DEL ULTIMO BALANCE HASTA UK ULTIMA PRESENTACION IMPOSmVA E

IGUALES PERiODOS DELANO ANTERIOR

9 COPIA DE TRES ULTIMAS DECLARACIONES JURADAS DE GANANOAS

10 COPIA DE LAS FACTURAS DE ENERGIA Fl ECTRICA Y GAS CORRESPONDIENTES AL PRESENTE

AND E IGUALES PERIODOS DELANO ANTERIOR.

11 DDJJ DE AUSENCIA DE TRABAJO INFANTIL EN NINGUN AMBITO DE LA CADENA DE VALOR

DEL PRODUCTO Y/O SERVICIO DE LA EMPRESA

12. CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES, CONFORME A LA

RESOLUCI6N ST N° 774/08

13 LISTADO DE TRABAJADORES A INCLUIR EN EL PROGRAMA (EN PAPEL Y SOPORTE

DIGITAL)

MARCAR CON

X

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. ei(//u^/d^(<> r/p d/i'ri./pafo,

(d m/ i /do u ^deg-f/yfr/dtdi 'doc^<f/

ANEXOI

PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA

SOLICITUD DE ADHESION N" 1 ^ 3

PERSONAS FIsicAs

1. COPIA DE LAS DOS PRIMERAS HOJAS DEL DNI

2. COPIA DE INSCRIPCIONES IMPOSITIVAS AFiP

3. E N CASO Q U E EL FIRMANTE DEL CONVENIO SEA UN APODERADO, COPIA DEL

PODER

4 INFORME SOCIO-ECONOMICO-LABORAL QUE DEBERA ESTAR SUSCRIPTO, POR CONTADOR PUBLICO Y CERTIFICADO POR EL RESPECTIVO CONSEJO PROFESIONAL

5 CoPA DE SEIS ULTIMAS DECLARACIONES JURADAS DE IVA DEL PRESENTS AND, E IGUALES

PERiODOS DELANO ANTERIOR

6 COPA DE TRES ULTIMAS DECLARACIONES JURADAS DE GANANCAS, EN CASO DE

CORRESPONDER

7 COPA DE LAS FACTURAS DE ENERGiA Fl FCTRICA Y GAS CORRESPONDIENTES AL PRESENTE

ANO E IGUALES PERIODOS DELANO ANTERIOR.

8. CoPA DE LA ULTIMA DECLARACION JURADA DE SUP PRESENTADA

9. DDJJ DE AUSENCIA DE TRABAJO INFANTIL EN NINGUN AMBITO DE LA CADENA DE VALOR

DEL PRODUCTO Y/O SERVICIO DE LA EMPRESA

10. CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES, CONFORME A LA

RESOLUCION ST N° 774/08

11. LISTADO DE TRABAJADORES A INCLUIR EN EL PROGRAMA (EN PAPEL Y SOPORTE

DIGITAL)

MARCAR CON

X

3. - CONFORMIDAD DE LA ASOCIACION SINDICAL

(A CONTINUACION, DEBERA SUSCRIBIR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA A S O C I A C I O N SINDICAL QUE REPRESENTE A

LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA SOLICITANTE, PRESTANDO SU CONFORMIDAD D E B E R A ACREDITARSE LA

PERSONERIA GREMIAL DE LA A S O C I A C I O N SINDICAL DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR LA LEY N°23.551 Y SU

REGLAMENTACION.)

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ANEXOI

• /(f/nd&dfo de d/rf/Of/^o, PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA SOLICITUD DE A D H E S I O N N °

POR LA PRESENTE, EN REPRESENTACION DE |

PRESTO EXPRESA CONFORMIDAD CON LA SOLICITUD

DE A D H E S I C N AL P R O G R A M A DE RECUPERACION

PRODUCTIVA DE LA EMPRESA: SELLO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE SINDICAL

EL Q U E SUSCRIBE EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE

LEGAL DE LA EMPRESA DECLARA QUE LA INFORMACION

INCLUIDA EN ESTE FORMULARIO Y EN LA DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA DETALLADA ES FIDEDIGNA.

MANIFIESTA CONOCER Y ACEPTAR LA NORMATIVA QUE RIGE EL PROGRAMA DE RECUPERACION

PRODUCTIVA - RESOLUGION M.T.E. Y S.S. N°481/02 Y NORMAS REGALMENTARIAS Y SE COMPROMETE

A CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES QUE ESTABLECEN EN CASO QUE SE APRUEBE LA PRESENTE SOLICITUD

DE ADHESION, COMO ASf TAMBIEN FACILITAR LAS ACCIONES DE EVALUACION, SUPERVISION Y

FISCALIZACION QUE SE REALICEN.

FIRMA Y SELLO DEL EMPLEADOR

r y / l 4 ' y

U

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ANEXO II

y I PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA , dt'^/i/f/'ic. d Y/ffdm/f',

i . fd y if..dad. AW Informe socio-economico-laboral

Lugar y fecha

Apellido y Nombre / Razon Social.

QUIT N°-

Domicilio donde efectivamente prestan tareas los trabajadores-

Calle y N°:

Localidad.

Ciudad;

Departamento:

Provincia:

1 - Breve descripcion histonca de la empresa:

2 - Breve descripcion del bien o servicio principal:

3.- Indique con una " x ", si se realizaron suspensiones de personal en los ultimos 3 meses: ,

4 - Indique con una " x ", si se realizaron reducciones de jornada de trabajo en los ultimos 3 meses;

De 5 a 13 Solo completarse por Personas Juridicas

5 - Indique en pesos el Activo Total

Al _ / _ / _ _ _ (1)

6.- Indique en pesos el total de efectivo, depositos bancanos e inversiones temporaries (por ejemplo tenencia de titulos, bonos y acciones). Al _L_/___(1)

7 .- Indique en pesos el Pasivo Total Al _ / _ / _ _ _ (1)

8.- Indique en pesos el total de Pasivos Corrientes Al / / (1)

Pagina 1 de 3

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*fe ANEXOI

•^^ PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA , diMye-rtfi f/e y/i'/dtajc,

4>nfd. ^ df„„ddid,<.a/ Informe socio-economico-laboral

9 - Indique en pesos el total de Ventas Mercado Interno Periodo desde / / hasta __/__/___ (2)

10.- Indique en pesos el total de Ventas Mercado Externo Periodo desde _/__/ hasta __ /_ /___ (2)

11 - Indique en pesos el total de Costos de Bienes Vendidos y Servicios Prestados Periodo desde _ _ / _ / _ _ hasta __ /_ /___ (3)

12.- Indique en pesos el Resultado Bruto sobre las Ventas Periodo desde __/__/___ hasta _ / _ / _ _ _ (2)

13.- Indique en pesos el total de Sueldos y Cargas Sociales

Periodo desde __ /__ /__ hasta __ /_ /___ (2)

De 14 a 19 Solo completarse por Personas Fisicas

14 - Indique en pesos el de Bienes de su titularidad Al / / (1)

15 - Indique en pesos el Total Deudas sin importar su origen Al _ _ / _ / _ _ (1)

16 - Indique en pesos el total de Ventas Anuales

Periodo desde __/__/___ hasta _ / _ _ / _ _ (2)

17.- Indique en pesos el total de Gastos incurridos en la actividad Periodo desde _ /__ /___ hasta / / (3)

18.- Indique en pesos el total de Sueldos y Cargas Sociales Periodo desde _ / _ / _ _ _ hasta / / (2)

19.- Indique el porcentaje de los insumos de origen nacional que forma parte del producto terminado o servicio que que produce/comercializa:

20.- Detalle las dificultades por las que atraviesa la empresa y sus causas:

2 1 - Describa las acciones que realizara la empresa para solucionar las dificultades mencionadas, durante el periodo de vigencia del Programa:

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Page 15: CONSIDERANDO - trabajo.gov.arVISTO el Expediente N° 1.082.515/04 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado

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ANEXO II

PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA

Informe soclo-economico-laboral

22 - Indique si durante el periodo de vigencia del Programa recibira otro tipo de asistencia, especifique las caracteristicas y el organismo o entidad que la proporcionara.

23 - Descripcion de la recuperacion estimada de la empresa en el corto y mediano plazo, por efecto de la incorporacion de la misma al programa.

24 - Otros datos de interes que el empresario desee exponer

El que suscribe, .. . . . . . . en su caracter de . , . afirma que ios datos consignados en este formulano son correctos y completos

Firma y sello del empleador

Firma y sello de Contador Publico

Firma y sello de recepcion

(1) Ultimo dia habil correspondiente al mes antenor a la presentacion del informe

(2) Periodo que comprende los ultimos doce meses antenores a la presentacion del informe (3) Periodo que comprende los ultimos doce meses antenores a la presentacion del informe No debera incluir el

Costo de Mano de Obra

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