conorcfe-02 procedimiento para la eval de la confor con normas de ref cfe

33
MÉXICO PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE PROCEDIMIENTO CONORCFE-02-2006

Upload: darkneoss

Post on 05-Jul-2015

299 views

Category:

Documents


7 download

TRANSCRIPT

Page 1: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

MÉXICO

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO CONORCFE-02-2006

Page 2: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

P R E F A C I O Este procedimiento de la evaluación de la conformidad ha sido elaborado con la participación y la aprobación de las áreas de CFE y los organismos miembros del CONORCFE, indicados a continuación: Asociación de Normalización y Certificación Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricistas Dirección General de Normas Gerencia de Abastecimientos de CFE Instituto de Investigaciones Eléctricas Subdirección del Centro Nacional de Control de Energía de CFE Subdirección de Construcción de CFE Subdirección de Distribución de CFE Subdirección de Generación de CFE Subdirección Técnica de CFE Subdirección de Transmisión Universidad Nacional Autónoma de México El presente procedimiento de evaluación de la conformidad será actualizado y revisado tomando como base las observaciones que se deriven de la aplicación del mismo. Dichas observaciones deben enviarse a la Presidencia del Comité de Normalización de CFE, quien por medio del Departamento de Normalización y Metrología coordinará la revisión. La entrada en vigor de este procedimiento será a partir de la fecha abajo indicada. NOTA: Este procedimiento es vigente desde el 11 de diciembre del 2006.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre del 2006 Primera Edición

Page 3: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

C O N T E N I D O

1 OBJETIVO_________________________________________________________________________ 1

2 CAMPO DE APLICACIÓN ____________________________________________________________ 1

3 NORMAS QUE APLICAN _____________________________________________________________ 1

4 DEFINICIONES _____________________________________________________________________ 1

4.1 Organismo de Certificación de Producto (OCP)__________________________________________ 2

4.2 Organismo de Certificación de Sistemas (OCS)__________________________________________ 2

4.3 Agencia de Evaluación de Proveedores (AEP) ___________________________________________ 2

4.4 Laboratorios Aceptados _____________________________________________________________ 2

4.5 Informe de Aceptación de Prototipos (IAP)______________________________________________ 2

4.6 Informe de Evaluación de Proveedor (IEP) ______________________________________________ 2

4.7 Informe de Evaluación del Sistema de Gestión de Calidad (IESC) ___________________________ 2

4.8 Certificado de Conformidad con Norma de Referencia (Certificado NRF)_____________________ 3

4.9 Informe de Pruebas _________________________________________________________________ 3

4.10 IPRAF ____________________________________________________________________________ 3

4.11 PECNRF __________________________________________________________________________ 3

4.12 Muestreo__________________________________________________________________________ 3

4.13 Familia de Bienes___________________________________________________________________ 3

4.14 LAPEM ___________________________________________________________________________ 3

4.15 Verificación________________________________________________________________________ 3

4.16 Prototipo__________________________________________________________________________ 3

4.17 Pruebas Prototipo __________________________________________________________________ 3

4.18 No Conformidad____________________________________________________________________ 4

4.19 Defecto ___________________________________________________________________________ 4

4.20 Acción Correctiva __________________________________________________________________ 4

5 PROCESOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NRF EN CFE _______________ 4

6 PROCESO DE ACEPTACIÓN DE PROTOTIPOS CON NRF _________________________________ 4

6.1 Condiciones Generales ______________________________________________________________ 4

6.2 Proceso de Obtención del IAP ________________________________________________________ 5

Page 4: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

6.3 Convenios_________________________________________________________________________ 9

7 PROCESO DE ACEPTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS MEDIANTE INSPECCIÓN EN RECIBO ___ 9

7.1 Condiciones Generales ______________________________________________________________ 9

7.2 Proceso de Inspección en Recibo ____________________________________________________ 10

8 PROCESO DE SUPERVISIÓN DE PROVEEDORES_______________________________________ 12

8.1 Evaluación de Proveedores _________________________________________________________ 12

8.2 Evaluación del Sistema de Gestión de la Calidad _______________________________________ 13

9 CERTIFICADO NRF ________________________________________________________________ 13

9.1 Condiciones Iniciales ______________________________________________________________ 13

9.2 Condiciones de Operación de Bienes y Servicios _______________________________________ 13

9.3 Suspensión o Cancelación del Certificado NRF_________________________________________ 14

10 REQUISITOS, ACEPTACIÓN Y VIGILANCIA DE OCP _____________________________________ 15

10.1 Aceptación de OCP ________________________________________________________________ 15

10.2 Competencia del Personal __________________________________________________________ 15

10.3 Vigilancia ________________________________________________________________________ 15

10.4 Subcontratación___________________________________________________________________ 15

11 APELACIONES, QUEJAS Y DISPUTAS ________________________________________________ 16

12 TRANSITORIOS ___________________________________________________________________ 16

13 BIBLIOGRAFÍA____________________________________________________________________ 16

APÉNDICE A (NORMATIVO) MODELO PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE _________________________________________________________ 17

APÉNDICE B (NORMATIVO) FORMATO DEL ÍNDICE DE PRUEBAS PROTOTIPO ____________________ 22

APÉNDICE C (NORMATIVO) FORMATO DEL INFORME DE ACEPTACIÓN DE PROTOTIPOS __________ 24

APÉNDICE D (NORMATIVO) FORMATO DE AVISO DE PRUEBA__________________________________ 25

APÉNDICE E (NORMATIVO) FORMATO DE SOLICITUD DE INSPECCIÓN EN RECIBO________________ 26

APÉNDICE F (NORMATIVO) CONTENIDO DEL REPORTE DE INSPECCIÓN (TIPO IIR-4) ______________ 27

APÉNDICE G (NORMATIVO) FORMATO DE CERTIFICADO DE CONFORMIDAD CON NORMA DE REFERENCIA _________________________________________________ 28

Page 5: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

1 de 29

1 OBJETIVO Establecer los lineamientos generales para realizar la evaluación de la conformidad con normas de referencia de bienes y servicios para la Comisión Federal de Electricidad (CFE). 2 CAMPO DE APLICACIÓN Este procedimiento es aplicable a los proveedores nacionales y extranjeros. Debe ser utilizado por las áreas de CFE, la Gerencia del LAPEM y Organismos de Certificación acreditados que participen en el proceso de evaluación de la conformidad con normas de referencia CFE (NRF), en los procesos de adquisiciones y contratos de obra pública. 3 NORMAS QUE APLICAN

NMX-CC-9001-IMNC-2000 Sistemas de Gestión de la Calidad-Requisitos. NMX-CC-SAA-19011-IMNC-2002 Directrices para la Auditoría de los Sistemas de Gestión de

la Calidad y/o Ambiental. NMX-EC-022-IMNC-2000 Criterios Generales Referentes a la Declaratoria de

Conformidad del Proveedor. NMX-EC-062-IMNC-2000 Requisitos Generales para Organismos que Realizan la

Evaluación y Certificación/Registros de Sistemas de Calidad. NMX-EC-065-IMNC-2000 Requisitos Generales para Organismos que Operan

Sistemas de Certificación de Producto. NMX-EC-17025-IMNC-2006 Requisitos Generales para la Competencia de Laboratorios

de Ensayo y Calibración. NMX-Z-012-2-1987 Muestreo para la Inspección por Atributos - Parte 2 Método

de Muestreo, Tablas y Gráficas. LAPEM-01 Guía de Relación con Proveedores – Aceptación de

Prototipos de Bienes. LAPEM-02 Guía de Relación con Proveedores – Evaluación y

Calificación de Proveedores de Bienes. LAPEM-08 Sistema de Supervisión de la Calidad a Distancia Vía

Internet, para los Suministros de CFE. 4 DEFINICIONES

a) Proveedor:

Es aquella empresa fabricante, manufacturera o de ingeniería o servicios asociados a los bienes, nacional o extranjera, entendiéndose cada una como sigue: Empresas fabricantes dedicadas a la transformación de materiales dentro de un proceso continuo o intermitente, el cual modifica la estructura o propiedades de estos materiales, empresas dedicadas a las actividades de ensamble, manufactura, armado, instalación de componentes, los cuales pueden ser fabricados o adquiridos de terceros, empresas de ingeniería dedicadas a las actividades de diseño, ingeniería de detalle, proyecto, “software”, ingeniería de aplicación o de integración de componentes adquiridos de terceros, así como las actividades subsecuentes de instalación y puesta en servicio.

Page 6: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

2 de 29

Empresas de servicios dedicadas a la construcción de instalaciones, reconstrucción y mantenimiento de bienes, maquila de bienes y el suministro de refacciones.

b) Comercializador:

Es aquel distribuidor o representante que realiza las actividades de importación o distribución de los productos adquiridos por la CFE, de tal manera que actúan como intermediario entre el proveedor y la CFE.

4.1 Organismo de Certificación de Producto (OCP) Aquel que está acreditado en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) para la evaluación de la conformidad de bienes y servicios bajo las normas oficiales mexicanas (NOM), normas mexicanas (NMX) o normas internacionales (ISO, IEC o ITU) relacionadas con el tipo de producto que se describe en el campo de aplicación de la NRF de interés y que, asimismo existe un convenio de colaboración para el desarrollo de las actividades de evaluación de la conformidad entre la CFE y el citado organismo. En caso de que fuese un OCP extranjero con el cual se tenga tratado de libre comercio, debe estar acreditado de acuerdo con la norma NMX-EC-065-IMNC y haber aceptado el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC. 4.2 Organismo de Certificación de Sistemas (OCS) Es el LAPEM o aquel que está acreditado en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) para la evaluación de la conformidad de sistemas de gestión de calidad. En caso de que fuese un OCS extranjero debe pertenecer a la red de IQNET, acreditado de acuerdo con la norma equivalente a la NMX-EC-062-IMNC. 4.3 Agencia de Evaluación de Proveedores (AEP) Es el LAPEM o aquel OCS u OCP que cuenta con un convenio de colaboración para el desarrollo de las actividades de evaluación de proveedores entre la CFE y el citado organismo. 4.4 Laboratorios Aceptados Es el LAPEM, los laboratorios externos que realizan las pruebas o calibración de equipos que están acreditados y aprobados en términos de la LFMN para la evaluación de bienes y servicios bajo las NOM, NMX o normas internacionales. En caso de que fuese un laboratorio extranjero con el que se tenga tratado de libre comercio con su país, debe estar acreditado de acuerdo con la norma equivalente a la NMX-EC-17025-IMNC. 4.5 Informe de Aceptación de Prototipos (IAP) Es el documento mediante el cual se hace constar que un prototipo determinado cumple las especificaciones establecidas en la NRF, y cuya validez está sujeta al seguimiento respectivo. 4.6 Informe de Evaluación de Proveedor (IEP) Es el documento que confirma que un proveedor cuenta con la capacidad comercial, técnica y productiva, que no tiene limitaciones que afecten la potencialidad de la empresa en el suministro de los bienes. 4.7 Informe de Evaluación del Sistema de Gestión de Calidad (IESC) Es el documento mediante el cual se hace constar que una empresa cuenta con un sistema de gestión de calidad que cumple con los requisitos mínimos establecidos para proveedores de un determinado bien o servicio, evaluado a través de una lista de verificación estándar. El IESC puede ser sustituido por el Certificado de Conformidad del Sistema de Gestión de Calidad (CCSC).

Page 7: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

3 de 29

4.8 Certificado de Conformidad con Norma de Referencia (Certificado NRF) Es el documento mediante el cual se hace constar que un bien o servicio producido por una empresa determinada cumple con el modelo de evaluación de la conformidad aplicable conforme con la Norma de Referencia CFE, y cuya validez está sujeta al seguimiento respectivo. 4.9 Informe de Pruebas Es el documento que emite un laboratorio aceptado, mediante el cual se presentan, ante el LAPEM o el OCP, los resultados y dictámenes obtenidos de las pruebas realizadas a un bien, conforme a los procedimientos establecidos en la NRF. 4.10 IPRAF Es el Informe de Pruebas de Rutina y/o Aceptación realizado por el fabricante anteriormente denominado “Certificado de Calidad”. 4.11 PECNRF Es el procedimiento específico para evaluar la conformidad aplicable a una determinada NRF. 4.12 Muestreo Es el procedimiento mediante el cual se selecciona una o más unidades de bienes o servicios terminados de un lote, conforme a lineamientos establecidos en las PECNRF aplicables o, en su defecto, conforme a la Norma Mexicana NMX-Z-012-2, muestreo para la inspección por atributos. 4.13 Familia de Bienes Es un grupo de productos del mismo tipo y misma fábrica, en el que las variantes existentes entre éstos, no difieren sustancialmente y ponen en riesgo el cumplimiento con la NRF. 4.14 LAPEM Para los efectos de este procedimiento, es la Gerencia del Laboratorio de Pruebas de Equipos y Materiales de la CFE, responsable del proceso de evaluación de la conformidad de bienes y suministros. 4.15 Verificación Es el seguimiento periódico mediante realización de inspecciones y pruebas a que está sujeto un producto respecto del cual se emitió un IAP, para comprobar que continúa cumpliendo con la NRF. 4.16 Prototipo Para efectos de aplicación de este procedimiento, es aquel seleccionado mediante una muestra de un lote fabricado para bienes con fines de comprobación de características y propiedades de un bien, o es el primer ejemplar construido de un bien con fines de evaluación del diseño mediante pruebas tecnológicas, paramétricas y funcionales. 4.17 Pruebas Prototipo Son aquellas que se realizan a los prototipos de los bienes para realizar las pruebas y verificaciones, mediante las cuales se comprueba que la tecnología, características de diseño y funcionalidad del bien, está conforme con las NRF aplicables.

Page 8: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

4 de 29

4.18 No conformidad Incumplimiento con un requisito. 4.19 Defecto Incumplimiento con un requisito asociado a un uso previsto o especificado. 4.20 Acción Correctiva Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra condición indeseable. 5 PROCESOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NRF EN CFE En la evaluación de la conformidad con normas de referencia CFE combina los procesos siguientes:

- aceptación de prototipos, - inspección en recibo, - supervisión de proveedores (Evaluación de Proveedores y Evaluación del Sistema de

Gestión de Calidad), - comportamiento operativo (Confiabilidad de los Bienes en Operación y Servicio al Usuario).

Estos procesos se complementan para una misma familia de bienes conforme a los lineamientos establecidos en el Apéndice A. El modelo de evaluación de cada NRF se establece dentro del procedimiento específico para evaluar la conformidad de una determinada familia de bienes (PECNRF). NOTA: Los modelos para la evaluación de la conformidad son compatibles con los lineamientos establecidos por la Comisión

Nacional de Normalización pero adaptados al esquema de supervisión de calidad de suministros en CFE. 6 PROCESO DE ACEPTACIÓN DE PROTOTIPOS CON NRF 6.1 Condiciones Generales 6.1.1 Solicitud El solicitante debe requisitar por escrito al LAPEM o al OCP la Aceptación de Prototipo para evaluar su conformidad con la NRF. 6.1.2 Información requerida para obtener el IAP El solicitante debe entregar la información siguiente al LAPEM o al OCP:

a) Solicitud de aceptación de prototipo indicando los datos exactos sobre el bien, con referencia a la NRF precisando el equivalente a su catálogo, modelo, tipo, dibujo y plano. Además: Razón social del fabricante, marca, país de origen, datos completos del solicitante y normas aplicables del bien.

b) Documentación necesaria de acuerdo con el PECNRF, correspondiente al tipo de bien.

Page 9: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

5 de 29

c) Planos prototipo aprobados por el área usuaria conforme a lo indicado en el subinciso 6.1.3. d) Informe de pruebas prototipo, acompañado de un índice de pruebas conforme al formato

establecido en Apéndice B, emitido por un laboratorio aprobado. Adjuntar en caso aplicable el informe de muestreo indicado en el subinciso 6.2.4, letra c).

NOTAS: 1. El solicitante debe realizar los pagos correspondientes al proceso de aceptación de prototipos. 2. Se recomienda que el solicitante asigne al proceso de aceptación de prototipos a personal técnicamente competente,

con conocimientos en el diseño del producto sometido a aceptación. 6.1.3 Aprobación de planos prototipo Los bienes donde se indica el requisito de la aprobación de planos prototipo en el PECNRF el proveedor debe solicitar la aprobación de los planos prototipo según corresponda a las áreas usuarias de CFE indicadas en la misma PECNRF, previamente a la solicitud del IAP. En el caso de que dicho plazo no esté establecido en el PECNRF particular, y no existiese respuesta en un plazo de 30 días naturales, los planos se consideran aprobados. 6.1.4 Condiciones de origen para la aceptación de prototipos Los IAP deben ser emitidos por el LAPEM o el OCP únicamente con titularidad para proveedores. Por ningún motivo debe emitirse a nombre de los comercializadores de una empresa nacional o extranjera. Los comunicados y documentos originales deben dirigirse a la empresa representante previa comprobación de su representación mediante copia del acuerdo de representación o mediante carta original de la empresa fabricante que confirme dicha representación, el documento debe ser notariado y/o visado por el consulado mexicano para reconocimiento de firma. 6.2 Proceso de Obtención del IAP El proceso para obtener el IAP puede ser realizado, de ser requerido, empleando una o varias de las alternativas siguientes:

a) Atestiguamiento de pruebas prototipo en laboratorios no aceptados. b) Realización de pruebas prototipo en laboratorios aceptados.

c) Revisión documental de informes de pruebas prototipo realizados anteriormente.

Adicionalmente, a la alternativa de evaluación seleccionada, los bienes deben cumplir con una inspección visual y dimensional de las muestras seleccionadas para confirmar que cumplen con las NRF y planos aprobados (cuando apliquen), la cual debe ser realizada por el LAPEM o el OCP. 6.2.1 Realización de pruebas en laboratorios aceptados Las pruebas no deben ser testificadas cuando sean realizadas en laboratorios aceptados, a menos que el laboratorio pertenezca al fabricante o al mismo grupo industrial. En este último caso, las pruebas deben testificarse. 6.2.2 Realización de pruebas en laboratorios no aceptados En caso de que las pruebas se realicen en laboratorios no aceptados, las pruebas deben testificarse por el LAPEM o el OCP.

Page 10: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

6 de 29

Las instalaciones de prueba deben cumplir con las siguientes condiciones:

a) El laboratorio debe contar con todos los elementos para la medición y equipo de pruebas, requeridos para la correcta ejecución de las pruebas.

b) Los instrumentos, equipos y dispositivos de medición deben estar calibrados por laboratorios

aceptados o trazables a patrones nacionales o internacionales.

c) Contar con las condiciones ambientales e instalaciones, con medidas de seguridad para el operador del equipo y el personal que testifica las pruebas.

d) Tener los planos de los bancos de pruebas y los diagramas de conexiones de los circuitos de

pruebas cuando sea aplicable, los cuales son sujetos a verificación por el LAPEM o el OCP.

e) Cuando se utilicen programas de “software” para la adquisición de los datos obtenidos en las mediciones, estos programas deben ser validados y aprobados previamente por el proveedor del “software”.

6.2.3 Evaluación documental La evaluación de los informes de pruebas prototipo se realiza basándose en el listado completo de las pruebas indicadas en las NRF y normas aplicables, así como las características indicadas en la propia NRF y en los planos aprobados por CFE. Los informes de pruebas deben ser documentos originales emitidos por el laboratorio y deben contener la firma del responsable autorizado de dicho laboratorio, en su defecto, se aceptan copias legibles con la leyenda, el sello y firma original del laboratorio que certifique que es copia fiel del documento original. Los informes de pruebas y/o informes de calibración que se presenten originalmente para evaluación documental no deben tener una fecha de emisión mayor a un año, a menos que se indique otra cosa en el PECNRF. 6.2.4 Muestreo A menos que se indique otra cosa en el PECNRF, el muestreo debe sujetarse al procedimiento siguiente:

a) Se efectúa por el LAPEM o el OCP según corresponda.

b) Las muestras deben ser identificadas de forma legible y visible, colocando etiquetas o sellos de seguridad sobre el producto o sobre el empaque y deben contar con la fecha de toma de muestra, nombre y firma de la persona que realiza el muestreo, descripción general de la muestra y número de la misma para evitar la posibilidad de alteración del producto o cambio de las muestras.

c) Se elabora un informe del muestreo, firmado por la persona responsable de la obtención de las

muestras y refrendado por los representantes de las partes interesadas, si están presentes. Este informe debe proporcionar la información necesaria relativa al lote o partida.

d) La manipulación y transporte de las muestras al laboratorio de pruebas y/o de calibración es

responsabilidad del solicitante, de tal manera que se impida su ruptura, alteración o contaminación y se asegure que la muestra examinada por el laboratorio sea la misma recogida y documentada por la persona que efectuó el muestreo. Asimismo, se elegirán las condiciones ambientales que reduzcan al mínimo la posibilidad de cambio durante el almacenamiento y transporte de las muestras.

e) Las muestras deben ser presentadas al laboratorio seleccionado a efecto de que se realicen las

pruebas que establezca la NRF.

Page 11: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

7 de 29

Los informes de muestreo deben contener la siguiente información cuando sea aplicable:

- la fecha del muestreo,

- identificación sin ambigüedad de los bienes o servicios muestreados, incluyendo el nombre del fabricante, el modelo o tipo de designación y números de serie como sea apropiado,

- lugar del muestreo, incluyendo cualquier diagrama, esquema o fotografía,

- una referencia al plan de muestreo y/o procedimientos utilizados,

- detalles de cualquier condición ambiental durante el muestreo que pudiera afectar la

interpretación de los resultados de las pruebas,

- cualquier norma para el método o procedimiento de muestreo y desviaciones, adiciones a, o exclusiones de las normas relacionadas.

6.2.5 Informes de pruebas prototipo Los informes de pruebas deben incluir por lo menos la siguiente información:

a) Un título. b) Nombre y dirección del laboratorio y localidad donde se efectuaron las pruebas, si es diferente de

la dirección del laboratorio.

c) Identificación única del informe de pruebas (tal como número de serie) y en cada página una identificación con objeto de asegurar que la página sea reconocida como una parte del informe y una clara identificación del final del informe.

d) Nombre y dirección del solicitante.

e) Identificación del método de pruebas utilizado.

f) Descripción, condición e identificación sin ambigüedad de el(los) bien(es) probado(s), incluyendo el

nombre del fabricante, el modelo o tipo de designación y números de serie como sea apropiado.

g) La fecha de recepción de el(los) producto(s) sujetos a pruebas.

h) Referencia al plan de muestreo y a los procedimientos utilizados por el laboratorio, cuando sea relevante para la validez o aplicación de los resultados.

i) Resultados de las pruebas, las unidades de medida cuando sea apropiado.

j) Declaración de la conformidad o no conformidad con los requisitos establecidos en la NRF o

norma técnica.

k) El(los) nombre(s), función(es) y firma(s), o identificación equivalente de la(s) persona(s) que autorizan el informe de pruebas.

NOTAS 1.- Las copias en papel de los informes de pruebas deben incluir el número de página y el número total de páginas. 2.- Es recomendable que el laboratorio incluya una declaración especificando que el informe de pruebas no deben ser

reproducidos, excepto en su totalidad, sin la aprobación por escrito del laboratorio.

Page 12: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

8 de 29

A menos que se especifique otra cosa en el PECNRF, los informes de pruebas son vigentes durante la vigencia de la NRF, en caso de haber una revisión de la norma, solo deben repetirse las pruebas que hayan sufrido cambios técnicos. Se considera que no hay cambios técnicos (por ejemplo, metodología y resultados) de la prueba en la NRF si así lo establece la propia norma. 6.2.6 Rechazo de prototipos Si el producto no cumple con alguna de las pruebas aplicables, indicadas en la NRF correspondiente, no procederá la emisión del IAP lo cual se debe dar a conocer al solicitante por escrito por el LAPEM o el OCP. Sólo en caso de encontrar defectos menores que no afecten la funcionalidad del bien que se detecten en las verificaciones visual y dimensional se puede dar oportunidad al proveedor de corregirlas y continuar con el proceso de aceptación de prototipos. 6.2.7 Aceptación de prototipos La aceptación de los prototipos es otorgada mediante el IAP, que está avalada por el informe de pruebas del prototipo que incluye los reportes de pruebas, planos aprobados y el soporte documental de la aceptación. El IAP sólo puede emitirse cuando haya evidencia documentada de la conformidad del producto en el 100 % de las pruebas requeridas en la NRF y la normativa aplicable. La responsabilidad en la emisión del IAP es del LAPEM o del OCP y estas deben contar con el contenido establecido en el formato del Apéndice C. Los números de identificación de los IAP deben ser acordados previamente entre el LAPEM y el OCP. Los expedientes de los IAP deben ser conservados por el LAPEM o el OCP por un periodo mínimo de 12 años. El OCP debe entregar una copia de dichos expedientes al LAPEM para su conservación y consulta. 6.2.8 Verificación Los IAP deben estar sujetos al menos a una verificación anual por parte del LAPEM o del OCP, según corresponda, a menos que se especifique otra cosa en el PECNRF o exista duda en cuanto al cumplimiento. Las pruebas y el muestreo a realizar son las indicadas en el PECNRF correspondiente. Dicha verificación es con cargo al fabricante o su representante. Las verificaciones de los bienes programadas anualmente de acuerdo con el PECNRF se deben efectuar preferentemente en la planta del fabricante. En caso de no contar con los bienes en dicho lugar podrá convenirse el tomar la muestra de alguno de los almacenes de CFE. En caso de que no existan muestras disponibles, el fabricante debe comprometerse a presentar las muestras a verificación al LAPEM o el OCP en el primer lote fabricado. El periodo máximo para presentar las muestras a verificación es de 6 meses, en caso contrario procederá conforme a lo indicado en el subinciso 9.3.1. 6.2.9 Ampliación, renovación o revalidación de prototipos Es responsabilidad del fabricante el uso indebido o inadecuado del IAP, por ejemplo, cuando haya introducido cambios sustanciales en el producto, o cuando han sido modificadas las condiciones originales establecidas, tales como cambios en el diseño y materiales.

Page 13: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

9 de 29

Por cambio sustancial debe entenderse cualquiera que pueda tener efecto en la confiabilidad, funcionabilidad y comportamiento del bien, y asimismo, puedan afectar los resultados en una o más de las pruebas que se hayan efectuado al prototipo original. En el caso de modificaciones en las NRF o en la normativa aplicable, el fabricante debe realizar los cambios necesarios, durante la entrada en vigor, para asegurar la conformidad del producto con la nueva normativa. En caso de que las modificaciones o cambios sean sustanciales debe realizarse un nuevo proceso de aceptación de prototipos realizando las pruebas que pudieran ser afectadas por las modificaciones realizadas. El proveedor puede solicitar la ampliación de su IAP para variantes del modelo o marcas, cuando éstos sean procedentes o sean permitidos por la PECNRF correspondiente. En caso de que las ampliaciones, modificaciones o cambios sean sustanciales debe realizarse un nuevo proceso de aceptación de prototipo realizando las pruebas que pudieran ser afectadas por las modificaciones realizadas. En lo posible, las PECNRF deben establecer los criterios sobre las modificaciones y ampliaciones permitidas y no permitidas en un determinado bien. La renovación o revalidación, previa solicitud por escrito del titular del IAP, debe proceder cuando los cambios de diseño o construcción del producto han sido probados de acuerdo con la NRF correspondiente. El LAPEM o el OCP deben dar respuesta a la solicitud de revalidación del proveedor indicándole la factibilidad de la revalidación o en su caso la improcedencia de la misma con las razones por las cuales no procede la solicitud. 6.3 Convenios El LAPEM o el OCP deben establecer un convenio de operación del proceso de aceptación de prototipos con el proveedor, este convenio debe tener la duración establecida en la vigencia de la NRF. Dicho convenio debe establecer las reglas conforme a lo establecido en este procedimiento para las condiciones de origen, condiciones de operación y vigilancia del proceso de aceptación del prototipo. El LAPEM o el OCP pueden establecer un convenio por cada NRF o un convenio general que ampare varias NRF con cada proveedor. Los fabricantes pueden seleccionar, cuando proceda conforme al PECNRF, al LAPEM o al OCP para la obtención del IAP. 7 PROCESO DE ACEPTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS MEDIANTE INSPECCIÓN EN RECIBO 7.1 Condiciones Generales 7.1.1 Modalidades en el suministro de bienes El LAPEM es el responsable de implementar el modelo para la inspección en recibo de los bienes y servicios adquiridos, y puede autorizar al OCP su intervención en el proceso, dicha intervención puede ser en una o algunas de las siguientes modalidades para el suministro de bienes:

a) Tipo A1. Adquisición directa mediante contrato a los proveedores de CFE.

b) Tipo A2. Adquisición a través de contratistas de obras financiadas (PIDIREGAS).

Page 14: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

10 de 29

c) Tipo A3.

Adquisición a través de distribuidores o fraccionadotes. 7.1.2 Requisitos para la inspección en recibo La inspección de los bienes y servicios se realiza conforme al modelo de inspección establecido en el Apéndice A, y los proveedores deben solicitar mediante los formatos indicados en los subincisos 7.2.1 o 7.2.2 la aceptación final del producto. Las inspecciones durante el proceso pueden solicitarse mediante oficio. Los criterios de inspección se establecen conforme al PECNRF. No obstante lo anterior, el LAPEM puede establecer requerimientos específicos para la presentación de los informes de pruebas, formatos para los informes de pruebas para algunos equipos importantes, conforme a las necesidades del sistema de información de la CFE, o cuando el equipo pueda estar sujeto a penalización por desviación en las garantías establecidas por CFE, estos procedimientos deben hacerse del conocimiento del OCP y/o de los proveedores, pero no pueden modificar los requisitos establecidos en las normas de referencia, la normativa técnica aplicable, ni en lo establecido en el PECNRF. 7.2 Proceso de Inspección en Recibo 7.2.1 Solicitudes de inspección de bienes tipo A1 Para la modalidad en el suministro de bienes tipo A1, el proveedor debe solicitar la aceptación de su producto al LAPEM mediante el formato “Aviso de Prueba” (AP) establecido en el Apéndice D, indicando los datos exactos sobre la razón social del proveedor o comercializador, dirección y teléfono, así como los datos sobre el producto en el contrato, tales como pedido, partida, unidad de medición, cantidad a inspeccionar, la descripción exacta del producto, número de serie o lote, el lugar de destino, el costo del producto, así como las precisiones sobre el lugar de presentación de los bienes y servicios. El AP debe ser firmado por el proveedor y entregado al LAPEM donde es foliado con un número único consecutivo con su fecha de recepción. 7.2.2 Solicitudes de inspección de bienes tipos A2 y A3 Para la modalidad en el suministro de bienes tipos A2 y A3, el proveedor debe solicitar la aceptación de su producto al LAPEM o al OCP mediante el formato “Solicitud de Inspección en Recibo” (SIR) establecido en el apéndice E, indicando los datos exactos sobre la razón social del proveedor o comercializador, dirección y teléfono, así como los datos sobre el producto tales como contrato de origen con CFE (tipo A2), número consecutivo de reserva (tipo A3), unidad de medición, cantidad a inspeccionar, la descripción exacta del producto, números de serie o lote, el lugar de destino, el costo del producto, así como las precisiones sobre el lugar de presentación de los bienes y servicios. La SIR debe ser firmada por el proveedor y entregada al LAPEM o al OCP donde es foliada con un número único consecutivo con su fecha de recepción. Cuando sea aplicable debe anexarse la información contractual tales como bases de licitación, contrato, planos aprobados y otros. Cuando sea necesario los responsables del LAPEM o el OCP pueden establecer una o más reuniones con el proveedor, con el objeto de determinar lo siguiente:

- los canales de comunicación,

- alcance del servicio y documentos aplicables,

- contrato de servicios de inspección de recibo,

- programa de actividades (lugares, fechas, entre otros). 7.2.3 Actividades en fábrica

a) Reunión inicial.

Page 15: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

11 de 29

El personal designado para la realización de la inspección en recibo efectúa una reunión inicial con el fabricante de los bienes para establecer el programa de actividades y revisar los documentos aplicables, y en su caso, realizar las aclaraciones necesarias.

b) Inspección de los bienes.

Debe comprender el 100 % del alcance del servicio solicitado, para detectar las no conformidades y defectos que contengan, para determinar su aceptación o rechazo. La persona designada para realizar la inspección en recibo debe clasificar las no conformidades y defectos encontrados para determinar la aceptación o rechazo de los bienes conforme a los criterios establecidos en el PECNRF, normas de referencia y normas técnicas aplicables, así como los documentos de licitación, contrato y planos aprobados.

c) Resultados de la inspección de los bienes.

Los resultados de la inspección de los bienes deben registrarse en el AP o SIR en el campo “Resultados de la Inspección”, con los siguientes conceptos: Aceptado: En el caso de que los bienes cumplan con la NRF, normas técnicas y documentación aplicable; y/o cuando la cantidad de defectos encontrados en la inspección realizada por muestreo estén dentro del número de aceptación. Rechazado: En caso de que los bienes contengan no conformidades o defectos conforme a la NRF, normas técnicas y documentación aplicable; y/o cuando la cantidad de defectos encontrados en la inspección realizada por muestreo sobrepasen el número de aceptación. Anulado: En caso de que los bienes no estén terminados, los IPRAF sean erróneos, o cualquier documentación sea incorrecta, incluyendo los datos establecidos en el AP o SIR.

7.2.4 Elaboración, integración y entrega del informe El informe de inspección en recibo (IIR) puede ser de acuerdo con lo siguiente:

a) IIR-1: Para los modelos de inspección tipos 1 y 2 (Apéndice A) el fabricante debe entregar junto con su solicitud (AP o SIR) los IPRAF de los bienes incluyendo la declaración de conformidad este último conforme a la norma NMX-EC-022-IMNC.

b) IIR-2: Para los modelos de inspección tipos 3, 4 y 5 (Apéndice A) el fabricante debe entregar los

IPRAF en la reunión inicial previa a la inspección de los bienes, el informe de la inspección debe contener el reporte de inspección por muestreo por atributos y, cuando proceda, por variables establecidos en el PECNRF para cada tipo de bienes. El informe de inspección está formado por el AP o SIR, el reporte de inspección por muestreo y los IPRAF de los bienes.

c) IIR-3: Para los modelos de inspección tipos 6, 7, 8, 9, A y B (Apéndice A), el informe de la

inspección debe contener el reporte de control de inspecciones y pruebas establecido en el PECNRF por cada tipo de bienes. El informe de inspección está formado por el AP o SIR, el reporte de control de inspecciones y pruebas y los IPRAF de los bienes. Normalmente el LAPEM o el OCP puede elaborar un informe de pruebas detallado con todos los valores obtenidos en las inspecciones y pruebas realizadas o puede firmar el informe de pruebas.

Page 16: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

12 de 29

d) IIR-4: Cuando en el PECNRF se indique para los modelos de inspección tipos 6, 7, 8, 9, A y B (Apéndice A), el informe de la inspección debe contener el reporte de inspecciones y pruebas con el contenido establecido en el Apéndice F. El informe de inspección está formado por el AP o SIR, el reporte de inspecciones y pruebas y los IPRAF de los bienes. Normalmente el LAPEM o el OCP puede elaborar un informe de pruebas detallado con todos los valores obtenidos en las inspecciones y pruebas realizadas o puede firmar el informe de pruebas. Los IIR deben ser conservados por el LAPEM o el OCP por un periodo mínimo de 12 años. El OCP debe entregar una copia de los IIR al LAPEM para su conservación y consulta.

7.2.5 Sistema de información de inspección de recibo El LAPEM y el OCP deben contar con un sistema para el registro de la información del modelo de inspección de recibo. El OCP debe entregar periódicamente en el formato convenido la información sobre los resultados de la inspección en recibo. El LAPEM o el OCP deben presentar un informe anual sobre el nivel de calidad de recibo de las inspecciones realizadas en dicho periodo para cada uno de los fabricantes y familia de bienes y servicios inspeccionados, asimismo, debe presentar los histogramas o gráficos de Pareto por defectos o no conformidades detectadas. Cuando el informe sea emitido por parte de un OCP, debe entregar una copia de dicho documento al LAPEM. El LAPEM o el OCP deben establecer un sistema de alertas sobre problemas de calidad en recibo cuando:

a) Se detecten defectos o no conformidades sistemáticas en inspecciones sucesivas, o dentro de un periodo determinado.

b) Se detecten defectos o fallas en pruebas.

c) Existan tres o más inspecciones sucesivas con rechazo de los bienes.

d) Existan cambios significativos en la construcción del producto, con respecto a los prototipos

aprobados. El reporte de alerta del OCP debe ser entregado al LAPEM. 7.2.6 Sistema de inspección a distancia vía internet El modelo de inspección de recibo puede ser sustituido por el sistema de inspección a distancia vía Internet conforme a lo establecido en la Guía LAPEM-08. 8 PROCESO DE SUPERVISIÓN DE PROVEEDORES 8.1 Evaluación de Proveedores La empresa fabricante debe solicitar la evaluación al LAPEM para obtener el Informe de Evaluación de Proveedor (IEP). El procedimiento y proceso de evaluación de proveedores está establecido en la Guía LAPEM-02. Este proceso consiste en la evaluación de todos los recursos y la capacidad de una empresa, así como de la evaluación del sistema de gestión de calidad.

Page 17: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

13 de 29

La evaluación de proveedores aplica solamente para aquellos bienes y servicios de instalación permanente de los procesos de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, debiéndose seleccionar del apéndice A, el tipo de modelo de supervisión de procesos aplicable (E, S o Q). 8.2 Evaluación del Sistema de Gestión de la Calidad 8.2.1 Certificación del sistema de gestión de calidad La empresa fabricante debe contar con el certificado de conformidad del sistema de gestión de calidad (CSGC) que incluya la línea de producción del producto de interés. El certificado debe ser conforme a la norma NMX-CC-9001-IMNC (ISO-9001) emitido por un OCS, que esté acreditado en el sector aplicable al producto a certificar. 8.2.2 Evaluación del sistema de gestión de calidad En caso de que la empresa fabricante no cuente con el CCSC debe solicitar la evaluación del sistema de gestión de calidad al LAPEM o al OCS, para obtener el Informe de Evaluación del Sistema de Gestión de Calidad (IESC), esta auditoría debe ser realizada conforme a los lineamientos establecidos en NMX-CC-SAA-19011-IMNC. 8.2.3 Consideraciones sobre la certificación de sistemas de calidad La certificación de sistemas de calidad de proveedores aplica solamente para aquellos bienes donde existan al menos tres empresas proveedoras nacionales certificadas para una misma familia de bienes y servicios; y exista un acuerdo entre CFE, a través del LAPEM, y las Cámaras Industriales para su implementación, por lo que la selección de este modelo (Q del Apéndice A) debe considerarlo. Cuando el modelo de evaluación de la conformidad del bien o servicio requiera el CCSC, se debe prever un periodo de transición mínimo de 1 año para que todos los proveedores puedan obtenerlo. 9 CERTIFICADO NRF 9.1 Condiciones Iniciales El proveedor debe solicitar el certificado NRF al LAPEM o al OCP cuando cuente con el IAP, el IEP y el IESC. El certificado NRF debe emitirse conforme al formato establecido en el Apéndice G. El certificado NRF es valido durante la vigencia de la NRF. Las reglas de operación para la emisión del certificado NRF se indican el inciso 9.2, mismas que aplican durante la vigencia de la NRF. Para tal efecto el proveedor debe firmar de conformidad su aceptación en un convenio. 9.2 Condiciones de Operación de Bienes y Servicios Los bienes y servicios amparados por un certificado NRF deben cumplir con los siguientes requisitos de operación, para que el certificado mantenga su vigencia:

a) Los resultados en la confiabilidad del producto deben ser aceptables para las áreas usuarias de CFE.

b) Los resultados estadísticos en la calidad durante la inspección del producto deben ser aceptables

para la CFE.

Page 18: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

14 de 29

c) Atención satisfactoria a los reclamos por fallas, mal funcionamiento, refacciones, servicios de mantenimiento y reparación, actualización de “software” y otros aspectos derivados de la operación de los bienes instalados.

Los criterios de decisión sobre los niveles de operación esperados y máximos se establecen en el PECNRF. Ante problemas de tipo operativo, o a través del sistema de alertas, el LAPEM puede demandar la toma de acciones correctivas y realizar auditorías a las empresas para confirmar su corrección o iniciar el proceso de suspensión del Certificado NRF conforme a lo establecido en el inciso 9.3. 9.3 Suspensión o Cancelación del Certificado NRF 9.3.1 Suspensión En el caso de que el proveedor no cumpla con las condiciones de origen del certificado NRF correspondiente o realice cambios al diseño, procesos de fabricación o materiales, se suspende temporalmente el certificado NRF, hasta que el proveedor efectúe las acciones necesarias para retirar la suspensión. Se debe proceder a la suspensión del certificado NRF cuando:

a) Un bien o servicio aceptado no cumpla con alguna de las pruebas indicadas en el PECNRF durante la verificación del prototipo.

b) Cuando por causas imputables al proveedor, no se haya realizado la verificación de prototipo

durante el año programado o establecida en PECNRF.

c) Cuando el proveedor no cumpla con los compromisos establecidos en el IEP y obtenga un dictamen no satisfactorio o no aprobado en los seguimientos, reevaluaciones y auditorías periódicas que se realicen durante los procesos de evaluación a proveedores del sistema de gestión de calidad.

d) Cuando los OCS suspenda o cancele el CSGC otorgado al proveedor.

e) Cuando no se cumplan las condiciones de operación de los bienes o servicios. En este caso el

LAPEM establece el proceso de investigación sobre los niveles de calidad para solicitar las acciones correctivas al proveedor.

Las desviaciones detectadas deben ser atendidas en un plazo límite establecido después del análisis correspondiente, mismo que se debe realizar en un plazo no mayor de 30 días naturales entre el fabricante, el área usuaria, en caso de ser necesaria y el LAPEM o el OCP según corresponda. 9.3.2 Cancelación En caso de no corregir las desviaciones derivadas de una suspensión en el plazo establecido, procede la cancelación del certificado NRF. En caso de la cancelación de un certificado NRF, el proveedor está obligado dentro de 15 días naturales a entregar los originales del documento al LAPEM para su resguardo.

Page 19: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

15 de 29

10 REQUISITOS, ACEPTACIÓN Y VIGILANCIA DE OCP 10.1 Aceptación de OCP Los OCP deben solicitar al LAPEM su participación en el procedimiento de evaluación de la conformidad con normas de referencia dentro de los modelos de Aceptación de Prototipos e Inspección en Recibo. 10.2 Competencia del Personal El LAPEM y el OCP deben asegurar la competencia del personal que realiza las actividades de aceptación de prototipos e inspección de recibo, estableciendo procedimientos para la calificación del personal como sigue: Nivel 1: Supervisor de calidad con la competencia requerida para realizar las actividades de muestreo y atestiguar las pruebas de rutina y aceptación para determinar el grado de aceptación de un producto con respecto a las NRF aplicables. Nivel 2: Supervisor de calidad con la competencia requerida para realizar las actividades de nivel 1 y asimismo, tiene la competencia para atestiguar las pruebas de prototipo y especiales para evaluar el cumplimiento de un producto con las NRF aplicable, así como tiene la capacidad para capacitar y entrenar a personal con nivel 1. Nivel 3: Supervisor de calidad con la competencia requerida para niveles 1 y 2, y asimismo tiene la competencia para evaluar requerimientos y establecer métodos de pruebas, así como para capacitar y entrenar personal con niveles 1 y 2. El LAPEM y los OCP deben establecer el procedimiento que asegure la competencia del personal y asimismo, establecer los requerimientos de capacitación y calificación de personal para cada NRF. Por lo menos una vez al año debe existir una reunión entre los supervisores del OCP y LAPEM para intercambio de experiencias y normalizar métodos de supervisión, asimismo para actualizar a todo el personal en los problemas de calidad, requisitos y tendencias en los procesos involucrados en el Certificado NRF. 10.3 Vigilancia El LAPEM puede realizar auditorías a los OCP para verificar que se cumple con la metodología para el proceso de certificación de NRF. Las auditorías se pueden realizar también a algunas áreas del mismo LAPEM, al laboratorio de pruebas o al fabricante y tienen únicamente la finalidad de verificar que se cumple con el proceso de certificación de NRF por las partes involucradas. Las auditorías deben ser realizadas conforme a los lineamientos establecidos en la norma NMX-CC-SAA-19011-IMNC. Cuando se detecte que no se cumple sistemáticamente con el proceso de certificación de NRF o no se atienden las no conformidades imputables al OCP, se debe proceder a cancelar el acuerdo de colaboración. 10.4 Subcontratación Cuando el OCP decida subcontratar parte de los trabajos relacionados con el modelo de certificación NRF a un organismo o persona externa, debe redactarse un acuerdo apropiadamente documentado que incluya la confidencialidad y conflicto de intereses. El OCP debe:

a) Tomar la responsabilidad total de dicho trabajo subcontratado y mantener su responsabilidad en los resultados del proceso subcontratado.

Page 20: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

16 de 29

b) Asegurar que el organismo o persona subcontratada es competente y cumple con las disposiciones aplicables de este documento y con las establecidas en los PECNRF y que no está comprometido ya sea directamente a través del empleador, con el diseño o producción del producto de tal forma que se comprometa su imparcialidad.

c) Debe obtener el consentimiento del proveedor o solicitante.

d) Sólo se permite un nivel de subcontratación, el subcontratista debe reportar directamente al OCP.

11 APELACIONES, QUEJAS Y DISPUTAS Las apelaciones, quejas y disputas que se presenten ante el LAPEM, OCP y AEP por los fabricantes, proveedores o solicitantes deben estar sujetas a un procedimiento para la atención de apelaciones, quejas y disputas que se presenten por escrito; debiendo:

a) Mantener un registro de todas las apelaciones, quejas y disputas, así como las acciones correctivas relativas al proceso.

b) Tomar las acciones subsecuentes apropiadas.

c) Documentar las acciones tomadas y su efectividad.

12 TRANSITORIOS El LAPEM, de común acuerdo con el área usuaria, convocará a reunión con los proveedores, directamente y a través de las Cámaras para informarles de los periodos de transición establecidos, y establecer un acuerdo con los proveedores permanentes representativos en el suministro del producto. El LAPEM debe continuar utilizando los procedimientos de inspección y las guías LAPEM-01 y LAPEM-02 establecidos en su sistema de gestión de calidad mientras no estén definidos los PECNRF. En tanto el LAPEM termina el proceso de modernización del sistema de información para la evaluación de proveedores, éste no está autorizado a la participación de organismos externos a la CFE. 13 BIBLIOGRAFÍA Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN). Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (RLFMN). Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (RLAASSP). Lineamientos para la Elaboración o Modificación de Procedimientos para la Evaluación de la Conformidad con Normas Oficiales Mexicanas – Comisión Nacional de Normalización – 2003. Reglas de Operación del CONORCFE. CONORCFE-01-2006; Procedimiento General para la Elaboración, Revisión o Cancelación de Normas de Referencia.

Page 21: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

17 de 29

APÉNDICE A (NORMATIVO)

MODELO PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

Está formado por el agrupamiento de los siguientes modelos: Aceptación de Prototipos + Inspección en Recibo + Supervisión de Proveedores Ejemplo: Modelo P6E significa un modelo P de aceptación de prototipos (pruebas de prototipo en diseño), un modelo 6 de inspección (inspección al 100 %), y un modelo E de supervisión de proveedores (evaluación y aprobación del proveedor). A.1 MODELOS PARA LA ACEPTACIÓN DE PROTOTIPOS

Modelo tipo Pruebas de prototipo con selección de muestra Pruebas de prototipo Verificación periódica del prototipo

N

No Requiere No Requiere No Requiere

H Si Requiere A una muestra de la producción terminada con fines de evaluación con la NRF antes de la asignación de contratos

No Requiere No Requiere

K Si Requiere A una muestra de la producción terminada con fines de evaluación con la NRF antes de la asignación de contratos.

No Requiere Si Requiere A una muestra aleatoria de la producción terminada realizada de forma periódica.

P No Requiere Si Requiere A la primera unidad producida con fines de evaluar si el diseño y la producción resultante está conforme con la NRF antes de la asignación de contratos

No Requiere

V No Requiere Si Requiere A una muestra de la producción terminada o la primera unidad producida con fines de evaluar si el diseño y la producción resultante está conforme con la NRF antes de la asignación de contratos

Si Requiere A una muestra aleatoria de la producción terminada en fábrica o tomada de los almacenes de CFE realizada de forma periódica.

D No requiere Sí Requiere Se realiza revisión de diseño o ingeniería con la realización de alguna verificación o prueba crítica a un modelo o unidad representativa de la familia de bienes con fines de evaluar si el diseño resultante está conforme con la NRF.

No Requiere

Page 22: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

18 de 29

A.2 MODELOS PARA LA INSPECCIÓN EN LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO

Modelo tipo

IPRAF a muestras del lote

recibido del fabricante

IPRAF de cada bien o servicio

recibido del fabricante

Muestreo programado a la

producción terminada

Muestreo por cada lote recibido

Inspección al 100 % de los

bienes y servicios recibidos

Pruebas de prototipo de los

bienes y servicios recibidos

Inspección en proceso en cada

etapa

0

No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere

1 Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de las muestras de cada lote inspeccionado incluyendo Declaración de Conformidad con NRF

No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere

2 No Requiere Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado incluyendo Declaración de Conformidad con NRF

No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere

3 No Requiere No Requiere Sí Requiere Se realizan las pruebas de rutina y aceptación conforme a un programa acordado con el fabricante, puede incluir inspecciones no programadas.

No Requiere No Requiere No Requiere No Requiere

Page 23: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

19 de 29

4 Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de las muestras (1) de cada lote inspeccionado.

No Requiere No Requiere Sí Requiere Inspección por muestreo (1) para cada lote recibido.

No Requiere No Requiere No Requiere

5 No Requiere Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado.

No Requiere Sí Requiere Inspección por muestreo (1) para cada lote recibido.

No Requiere No Requiere No Requiere

6 No Requiere Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado que incluyan las pruebas de rutina.

No Requiere No Requiere Sí Requiere Inspección al 100 % incluyendo pruebas de rutina y aceptación indicadas en la NRF.

No Requiere No Requiere

7 No Requiere Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado que incluyan las pruebas de rutina.

No Requiere No Requiere Sí Requiere Inspección al 100 % incluyendo pruebas de rutina y aceptación indicadas en la NRF.

No Requiere Sí Requiere Se realiza la inspección en proceso en cada etapa conforme a un plan de calidad acordado con el fabricante.

8 No Requiere Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado que incluyan las pruebas de rutina.

No Requiere No Requiere Sí Requiere Inspección al 100 % incluyendo pruebas de rutina y aceptación indicadas en la NRF.

Sí Requiere Deben realizarse las pruebas de prototipo indicadas en la NRF a la primera unidad del lote los bienes y servicios recibidos.

No Requiere

Page 24: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

20 de 29

9 No Requiere Sí Requiere

Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado que incluyan las pruebas de rutina.

No Requiere No Requiere Sí Requiere Inspección al 100 % incluyendo pruebas de rutina y aceptación indicadas en la NRF.

Sí Requiere Deben realizarse las pruebas de prototipo indicadas en la NRF a la primera unidad del lote los bienes y servicios recibidos.

Sí Requiere Se realiza la inspección en proceso en cada etapa conforme a un plan de calidad acordado con el fabricante.

A No Requiere Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado que incluyan las pruebas de rutina.

No Requiere No Requiere Sí Requiere Inspección al 100 % incluyendo pruebas de rutina y aceptación indicadas en la NRF.

Sí Requiere Deben realizarse las pruebas de prototipo indicadas en la NRF al 100 % de los bienes y servicios recibidos

No Requiere

B No Requiere Sí Requiere Debe entregar los IPRAF de cada producto inspeccionado que incluyan las pruebas de rutina.

No Requiere No Requiere Sí Requiere Inspección al 100 % incluyendo pruebas de rutina y aceptación indicadas en la NRF.

Sí Requiere Deben realizarse las pruebas de prototipo indicadas en la NRF al 100 % de los bienes y servicios recibidos.

Sí Requiere Se realiza la inspección en proceso en cada etapa conforme a un plan de calidad acordado con el fabricante.

(1) El NCA se establece en la NRF o en su PECNRF correspondiente, conforme a NMX-Z-012-2. A.3 MODELO PARA ESTABLECER EL NIVEL DE SUPERVISIÓN DE PROVEEDORES

Modelo tipo Evaluación del proveedor Evaluación del sistema de gestión de calidad

Certificado de conformidad con norma NMX-CC-9001-IMNC

X No Requiere No requiere No Requiere

E Si Requiere No requiere No Requiere

S Si Requiere Si requiere No Requiere

Q Si Requiere Si requiere Si Requiere

Page 25: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02 21 de 29

A.4 MAPA DE PROCESOS EN LA EVALUACIÓN DE CONFORMIDAD CON NRF

PROCESO DE ACEPTACIÓN DE

PROTOTIPOS

Informe de Aceptación de Prototipos

LAPEM / OCP

PROVEEDOR

LAPEM

PROCESO DE EVALUACIÓN DE

PROVEEDOR

Informe de Evaluación de proveedor

LAPEM / AEP

PROVEEDOR

Certificado NRF

Avisos de prueba y

solicitudes de inspección

LAPEM / OCP

PROVEEDOR

Estadísticas de Inspección

LAPEM

PROVEEDOR

Informes de Quejas y fallas

LAPEM

USUARIO

Estadísticas de confiabilidad

Mantenimiento del certificado NRF

PROCESO DE AUDITORÍAS DE CALIDAD Y TÉCNICAS

SISTEMA DE CONSULTA

LAPEM

OCS/LAPEM

PROVEEDOR

PROCESO DE EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD

PROCESO DE INSPECCIÓN EN

RECIBO

PROCESO DE CONFIABILIDAD

OPERATIVA Y SERVICIO AL USUARIO

SISTEMA DE ALERTAS

Informe IESC o certificado

CCSC

Page 26: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

22 de 29

APÉNDICE B (NORMATIVO)

FORMATO DEL ÍNDICE DE PRUEBAS PROTOTIPO

INFORME DE PRUEBAS PROTOTIPO

Reporte No. Fecha: Empresa solicitante:

Empresa fabricante:

Descripción del producto

Modelo y marca del producto

País de manufactura o fabricación

Planos prototipo aprobados

Título del informe de pruebas prototipo

Resumen:

No. Prueba Laboratorio Especificación y/o norma Reporte No. Fecha Satisfactorio

Si/No

Informe de pruebas a:

Observaciones

Page 27: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

23 de 29

Resumen (continuación):

No. Prueba Laboratorio Especificación y/o norma Reporte No. Fecha Satisfactorio

si/no

Elabora:

Revisa:

Aprueba:

Page 28: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02

24 de 29

APÉNDICE C (NORMATIVO)

FORMATO DEL INFORME DE ACEPTACIÓN DE PROTOTIPOS

INFORME DE ACEPTACIÓN DE PROTOTIPO

DATOS DEL FABRICANTE

DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN DEL PROTOTIPO

BIENES O SERVICIOS EVALUADOS

RESPONSABLE DEL PROCESO DE ACEPTACIÓN DE PROTOTIPOS

RESPONSABLE DE LA ORGANIZACIÓN QUE LA EMITE

Dirección, Teléfonos, Sitio WEB, entre otros, del emisor.

Expediente: Fecha:

LOGOTIPO DEL LAPEM O EL OCP

FABRICANTE: DIRECCIÓN: PAÍS DE FABRICACIÓN O MANUFACTURA:

Nombre Genérico: Descripción Corta: Marca: Especificaciones:

Norma de Referencia de CFE: Nº de informe de pruebas: Nº de plano: Procedimiento de Evaluación de la Conformidad: Procedimiento Específico de Evaluación de la Conformidad: Pruebas Iniciales: Pruebas de Verificación: Resultado: SATISFACTORIO

Page 29: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02 25 de 29

APÉNDICE D (NORMATIVO)

FORMATO DE AVISO DE PRUEBA

LAPEM

VITALIDAD E INNOVACIÓN

DATOS DEL PROVEEDOR

3.- Clave del proveedor

4.- Razón social

5.- Dirección y teléfono

DATOS DEL PRODUCTO

6.- No. de pedido o carta pedido 7.- Partida 8.- Unidad 9.- Cantidad que se solicita se inspeccione

N O T AS

10.- Descripción

Costo del material o equipo de esta solicitud

IVA

11.- Lugar de destino

Total OBSERVACIONES:

12.- Utilicese cuando el material se encuentre en otro domicilio para su inspección

13.- Nombre y firma del proveedor

I.- Esta solicitud puede llenarse a máquina o con letra de molde.

II.- En cada Aviso de Prueba debe llenarse unicamente una partida.

III.- El proveedor debe llenar unicamente del cuadro 3 al cuadro 13.

IV.- Al ingresar esta solicitud en el LAPEM, le será devuelta al proveedor como comprobante la última copia debidamente sellada en los cuadros 1 y 2.

V.- Para todo asunto relacionado con esta solicitud referirse al número de la misma (cuadro 2).

VI.- Este Aviso de Prueba no es válido si no está debidamente sellado en los cuadros 1 y 2 y firmado por un inspector de LAPEM.

VII.- La cantidad aceptada no deberá exceder en ningún caso a la cantidad especificada en el cuadro 9.

RESULTADOS DE LA INSPECCIÓN

Cantidades Aceptación o

rechazo Enteros Fracción

decimal

Clave del resultado de la

inspección Fecha de la inspección

CLAVES DE RESULTADOS

R.P.E. del inspector Total

inspeccionado

Total aceptado Total

rechazado o anulado

Nombre y firma del inspector

________________________

14.- Aclaraciones para aceptación, anulación y rechazo

11013701

AVISO DE PRUEBA

2.- Número de solicitud

1.- Fecha de presentación

ESTA PARTE SERÁ LLENADA POR EL INSPECTOR DEL LAPEM

CLAVES DE ANULACIÓN

0100.- Falta de datos 0200.- Datos Incorrectos 0300.- Producto no terminado 0400.- Producto Inexistente 0500.- Duplicidad de solicitud 0600.- Otras

CLAVE DE ACEPTACIÓN 1401.- Certificados del Fabricante 1402.- Pruebas muestra Lote Cert.

Fab. 1403.- Pruebas muestra Lote no

Cert. Fab. 1404.- Inspección Visual y

Dimensional

CLAVE DE RECHAZO 1701.- Planos Aprobados 1702.- Inspección Visual 1703.- Inspección Dimensional 1704.- Pruebas Funcionales 1705.- Pruebas Paramétricas 1706.- Otras

Page 30: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02 26 de 29

APÉNDICE E (NORMATIVO)

FORMATO DE SOLICITUD DE INSPECCIÓN EN RECIBO

LOGOTIPO DEL LAPEM O EL OCP

SOLICITUD DE INSPECCIÓN EN RECIBO

3.- Clave del proveedor 4.- Razón social 5.- Dirección y teléfono

DATOS DEL PROVEEDOR

6.- Contratista o distribuidor 7.- No. de stock 8.- Unidad 9.- Cantidad que se solicita se inspeccione 10.- Descripción del producto Norma de referencia CFE: Número de lote: Números de serie: 11.- Lugar de destino Costo del producto a inspeccionar IVA Total

DATOS DEL PRODUCTO

OBSERVACIONES

12.- Úsese cuando el material se encuentre en otro domicilio para su inspección:

13.- Nombre y firma del proveedor

ESTA PARTE SERÁ LLENADA POR EL INSPECTOR

RESULTADOS DE LA INSPECCIÓN Resultado de Cantidades Clave del

Enteros Decimal resultado ACEPTADO RECHAZADO ANULADO TOTAL INSPECCIONADO

14.- Aclaraciones sobre los resultados de la inspección

Clave de identificación,

Nombre y firma del inspector

Fecha de inicio

1.- Fecha de presentación

2.- Número de solicitud

NOTAS a. Esta solicitud debe ser

llenada a máquina. b. Cada solicitud debe ser por

cada producto y número de stock.

c. El proveedor sólo debe llenar los cuadros 3 al 13.

d. Al recibir cada solicitud será fechada y foliada en cuadros 1 y 2.

e. Todo asunto relacionado con esta solicitud, referirse al folio del cuadro 1.

f. Esta solicitud no es válida si no está debidamente sellado en los cuadros 1 y 2, y firmado por inspector autorizado.

g. La cantidad aceptada no podrá exceder en ningún caso a la cantidad especificada en el cuadro 9.

NUMERO DE STOCK Cada solicitud debe contar con su propio número de stock formado como sigue: AÑO-MES-CONSECUTIVO (ejemplo: 05-07-003).

CLAVES DE RESULTADOS CLAVES DE ANULACIÓN 0100- Falta de datos 0200- Datos Incorrectos 0300- Producto no terminado 0400- Producto inexistente 0500- Duplicidad de solicitud 0600- Otras CLAVES DE ACEPTACIÓN 1401- Certificados del fab. 1402- Pruebas a muestras lote certificado 1403- Muestras lote no certificado 1404- Inspección visual y dim. CLAVES DE RECHAZO 1701- Planos aprobados 1702- Inspección visual 1703- Inspección Dimensional 1704- Pruebas funcionales 1705- Pruebas Paramétricas 1706- Otras.

Fecha de terminación

Page 31: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02 27 de 29

APÉNDICE F

(NORMATIVO)

CONTENIDO DEL REPORTE DE INSPECCIÓN (TIPO IIR-4) F.1 GENERALIDADES F.1.1 Resumen Se resume en tiempos generales, quien es el solicitante del servicio, los comunicados involucrados y la solicitud, el alcance del servicio, el lugar y el personal que realizó el mismo. F.1.2 Fecha Se indica la o las fechas y lugares donde se realizó el servicio. F.1.3 Documentos Aplicables Se enlistan los documentos aplicables empleados en la inspección, por ejemplo:

- bases de licitación,

- contrato,

- normas técnicas de compra,

- planos aprobados por usuario final,

- planos esquemáticos, plano de distribución, eléctricos, unificares,

- base de datos aprobada por el usuario,

- arquitectura, “hardware”, comunicaciones,

- componentes aprobados,

- protocolos de pruebas. F.1.4 Personal Contactado Personal del solicitante y del fabricante con quien se haya tenido relación. F.2 ACTIVIDADES REALIZADAS Describir qué se hizo, cómo se hizo y los resultados obtenidos, asimismo, indicar qué se cumple y qué no. En los casos de incumplimientos, establecer de forma objetiva por qué no se cumple. F.3 CONCLUSIONES Con base en los resultados obtenidos en las actividades descritas en el punto anterior, y en términos de lo indicado en la carátula del reporte, ratificar los resultados. F.4 PENDIENTES Mencionar qué no se probó y por qué, también indicar si hay suministros faltantes, si procede, indicar también que pruebas se deben repetir. F.5 ANEXOS Invariablemente se deben anexar los registros de pruebas de acuerdo con el índice de actividades.

Page 32: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02 28 de 29

APÉNDICE G

(NORMATIVO)

FORMATO DE CERTIFICADO DE CONFORMIDAD CON NORMA DE REFERENCIA

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD CON NORMA DE REFERENCIA DE CFE

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) otorga el presente Certificado de Conformidad para los productos indicados de conformidad con Norma de Referencia CFE, con base en el cumplimiento del modelo de evaluación de la conformidad establecido en el Procedimiento CONORCFE-02, y en el procedimiento particular para evaluación de la conformidad, se extiende el presente certificado a:

SE EXTIENDE EL PRESENTE CERTIFICADO A EL(LOS) PRODUCTO(S) INDICADO(S) EN LA PÁGINA SIGUIENTE Este Certificado de Conformidad con Norma de Referencia es vigente durante la vigencia de la Norma de Referencia CFE arriba indicada, y podrá ser suspendida o cancelada en cualquier momento si las condiciones que le dieron origen son modificadas conforme a los procedimientos de evaluación de la conformidad establecidos.

Condiciones de Origen del Certificado: Informe de Aceptación de Prototipo: Informe de Evaluación del Proveedor:

Informe de Evaluación del Sistema de Gestión de Calidad:

Calidad en la Recepción del Producto: Establecidas en el Procedimiento PECNRF-

Condiciones de Operación: Establecidas en el Reglamento de Operación y en Procedimiento PECNRF-

SUBGERENTE DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

GERENTE DEL LAPEM

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD NÚMERO:

EMPRESA: DIVISIÓN O PLANTA: DIRECCIÓN:

Con base al cumplimiento satisfactorio en el cumplimiento del modelo de evaluación de la conformidad con: Norma de Referencia de CFE:

Procedimiento de Evaluación de la Conformidad: Procedimiento Específico de Evaluación de la Conformidad:

Page 33: CONORCFE-02 Procedimiento Para La Eval de La Confor Con Normas de Ref Cfe

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON NORMAS DE REFERENCIA CFE

PROCEDIMIENTO

CONORCFE-02 29 de 29

DESCRIPCIÓN DE PRODUCTO(S)

Nombre Genérico: Descripción Corta: Marca: Especificaciones: